Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Juan de Dios Castro Lozano
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IMéxico, DF, 27 de abril de 2004 Sesión No. 14
DIPUTADO QUE SE REINCORPORA

Comunicación del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, con la que informa que se reincorpora a sus labores legislativas. De enterado

ESTADO DE COAHUILA

Comunicación del Congreso estatal con el que remite acuerdo por el que se adhiere al similar del Congreso del estado de Colima, en el que se manifiesta contra la pena de muerte y a favor de su derogación en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento

Comunicación del Congreso estatal con el que remite acuerdo por el que se adhiere al del Congreso del estado de Tlaxcala, en el que solicita a la Cámara de Diputados la aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a fin de que el contrabando y los actos equiparados al mismo, se tipifiquen como delitos de delincuencia organizada. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento

ESTADO DE NAYARIT

Comunicación del Congreso estatal con el que remite acuerdo por el que solicita al Congreso de la Unión, revise la situación y el cumplimiento de los acuerdos derivados del Convenio Binacional 1942-1967, suscrito por los gobiernos de México y de Estados Unidos de América. Se turna a la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros, para su conocimiento

TORTUGA

El Gobierno del estado de Michoacán remite informe sobre los puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, en relación con las tareas de protección de diversas especies de tortuga. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que informa de cambios en la integración de la Comisión de Vivienda. De enterado

Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que informa de la designación de un representante suplente del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México ante el Comité de Comunicación Social. De enterado

PARLAMENTO DE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS

Desde su curul, el diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla hace comentarios en relación con la proposición con punto de acuerdo relativa al Parlamento de las Niñas y los Niños de México. El Presidente da respuesta

RAMO 33

Las comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público remiten información relativa al cumplimiento de lo dispuesto por el artículo quinto transitorio de la Ley de Desarrollo Social, respecto a la distribución de los fondos de aportaciones federales relativos al desarrollo social. De enterado

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Oficio del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social con el que remite Informe sobre la Composición y Situación Financiera de las Inversiones del Instituto, correspondiente al primer trimestre de 2004. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Social

SECRETARIA DE ECONOMIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite el Informe de Evaluación de la Secretaría de Economía, correspondiente al primer trimestre del ejercicio fiscal de 2004, sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los resultados previstos en las reglas de operación. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Economía

MIGRANTES

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite copia de la contestación de la Secretaría de la Función Pública, a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 1º de abril, en relación con el presunto robo de cheques enviados por la oficina de Seguridad Social de los Estados Unidos de América por medio del Servicio Postal Mexicano. Se turna a la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros, y al promovente, para su conocimiento

TORTUGAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite copia de la contestación de la Procuraduría General de la República, al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en relación con el monitoreo en playas, mercados y lugares de venta de quelonios y derivados. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al promovente, para su conocimiento

ARTICULO 88 CONSTITUCIONAL

Oficio del Congreso del estado de Querétaro con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

MATERIA FISCAL

La diputada Rosalina Mazari Espín presenta iniciativa con proyecto de decreto, que deroga los artículos octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004 y 2-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 71 y reforma y adiciona el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona el artículo 53 y reforma los artículos 6º, 48 y 51 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El diputado Santiago Cortés Sandoval presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de discapacitados. Se turna a las comisiones unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana

LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL

El diputado Manuel Velasco Coello presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

El diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Se turna a la Comisión de Comunicaciones

LEY DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Presentan a nombre de diputados integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 5º y 14 de la Ley de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, los diputados:

Juan Antonio Guajardo Anzaldúa

Emilio Badillo Ramírez

Se turna a la Comisión de Energía

LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley General de Educación, en relación con la educación artística y musical. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Cultura

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Angel Pasta Muñúzuri presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 217 de la Ley General de Salud, respecto a bebidas alcohólicas. Se turna a la Comisión de Salud

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Emilio Serrano Jiménez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 194 de la Ley del Seguro Social, sobre pensionados. Se turna a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

El diputado Alejandro Agundis Arias presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, en relación con el tiempo de encargo de los magistrados. Se turna a las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Reforma Agraria

LEY FEDERAL PARA EL MANEJO ECOLOGICO SUSTENTABLE DE LOS ENVASES Y EMBALAJES DE MATERIAL PLASTICO

El diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes de Material Plástico. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

ESTADOS DE BAJA CALIFORNIA SUR Y QUINTANA ROO

El diputado Maximino Alejandro Fernández Avila presenta a nombre de diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, iniciativa con proyecto de decreto para convocar a una Sesión Solemne de la Cámara de Diputados para conmemorar el XXX aniversario de la Creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY DEL SISTEMA DE CONSULTA A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

El diputado Angel Paulino Canul Pacab presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas. Se turna a las comisiones unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas

LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA

El diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 24, 25 y 45 de la Ley Federal de Cinematografía, respecto a las categorías para la clasificación de películas. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía

LEY INTEGRAL SUSTENTABLE PARA LA CAFETICULTURA MEXICANA

El diputado Marcelo Herrera Herbert presenta iniciativa con proyecto de decreto, que crea la Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión Especial del Café

VOLUMEN II
LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Víctor Manuel Alcerreca Sánchez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 3º, 5º y 133 y adiciona el artículo 132 y un artículo 7 bis, de la Ley Federal del Trabajo, en relación con la discriminación contra las personas de capacidades diferentes. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

ASAMBLE A LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

La diputada Patricia Garduño Morales presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal

TRABAJOS LEGISLATIVOS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la conclusión del segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LIX Legislatura. Se aprueba

BECA PARLAMENTO DE LAS NIÑAS Y DE LOS NIÑOS DE MEXICO-LIX LEGISLATURA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para instituir la beca denominada Parlamento de las Niñas y de los Niños de México-LIX Legislatura. Se turna a las comisiones unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos

ESTADO DE DURANGO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para la integración de una Comisión Especial para obtener información relacionada con la aplicación de programas y fondos federales durante el desarrollo de los procesos electorales del estado de Durango. Se aprueba

ESTADO DE MEXICO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a los cobros excesivos que por concepto de bonos y compensaciones hicieron servidores y ex servidores del Instituto Electoral del estado de México, en las elecciones ordinarias y extraordinarias de 2003

Interviene el diputado Israel Raymundo Gallardo Sevilla

Se aprueba

CAMARA DE DIPUTADOS

El diputado Carlos Zeferino Torreblanca Galindo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 3º y 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y reforma los artículos 28 y 109 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

RECICLAJE DE ENVASES

El diputado Fernando Espino Arévalo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un Capítulo Segundo denominado De los Envases Desechables y Retornables, al Título Sexto de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y el artículo 225 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público

LEY DE AMPARO

La diputada Nora Elena Yu Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 123 y 124 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la comercialización y venta de mercancías extranjeras sin acreditar su estancia legal en el país. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos: 153, 154 y 159 de la Ley Federal del Trabajo, sobre programas de capacitación. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

REHABILITACION DE ENFERMOS

El diputado Rafael García Tinajero Pérez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 91 de la Ley del Seguro Social y 23 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, respecto a otorgar rehabilitación y aparatos de prótesis y ortopedia a asegurados con enfermedad general. Se turna a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

LEY DE NACIONALIDAD

El diputado Omar Bazán Flores presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 3º de la Ley de Nacionalidad, referente a la inclusión de la matrícula consular como documento probatorio de la nacionalidad mexicana. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La diputada Patricia Flores Fuentes presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de flexibilidad laboral para jóvenes estudiantes. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social

ARTICULO 4º CONSTITUCIONAL

El diputado Inti Muñoz Santini presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre el derecho a la cultura. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ARTICULOS 10 Y 73 CONSTITUCIONALES

El diputado Jesús Morales Flores presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 10 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en referencia a las actividades pirotécnicas. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ARTICULO 4º CONSTITUCIONAL

Se rectifica el turno dado a la iniciativa presentada por el diputado Muñoz Santini. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Cultura

LEY DE EDUCACION SUPERIOR

La diputada Consuelo Camarena Gómez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley de Educación Superior. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

ARTICULO 6º CONSTITUCIONAL

La diputada Cristina Portillo Ayala presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley Reglamentaria del artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de cláusula de conciencia y secreto profesional de los periodistas. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY DE PESCA

El diputado Eugenio Mier y Concha Campos presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 7º, 11 y 22 de la Ley de Pesca. Se turna a la Comisión de Pesca

PODER JUDICIAL

La diputada Rocío Sánchez Pérez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos: 27, 73, 94, 97, 100, 101, 105, 110 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS

El diputado Quintín Vázquez García presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 5º y 7º de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública

Desde su curul, el diputado Pedro Avila Nevárez hace comentarios en relación con la iniciativa de referencia y el Presidente le informa que podrá hacerlos valer en la comisión respectiva

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

El diputado José Luis Hinojosa Moreno presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con las comisiones legislativas. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

CONSUMO DE CARNE

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 193 bis al Código Penal Federal y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para tipificar como delito grave el uso de betaanálogos en la engorda de animales para consumo humano. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de Ganadería

ARTICULO 115 CONSTITUCIONAL

El diputado Tomás Antonio Trueba Gracian presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a permitir la elección inmediata de los integrantes de los ayuntamientos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo

LEY DE COORDINACION FISCAL

El diputado Abel Echeverría Pineda presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos: 25, 46, 47 y 48 de la Ley de Coordinación Fiscal, para establecer el Fondo de Aportaciones al Fortalecimiento de las Entidades Federativas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ARTICULO 71 CONSTITUCIONAL

El diputado Alvaro Elías Loredo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la Comisión Nacional de Derechos Humanos pueda iniciar leyes en lo relativo a su encomienda. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

PROTECCION A LA NIÑEZ

El diputado Alvaro Burgos Barrera presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversos artículos del Código Penal Federal, en materia de protección de la niñez

Se turna a las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Atención a Grupos Vulnerables, esta última a solicitud hecha desde su curul por el diputado Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez

ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL

El diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY DE AMPARO

El diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 97 y 99 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre el recurso de queja. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

El diputado José Angel Córdova Villalobos presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 184 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se turna a la Comisión de Economía

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL MAGUEY

El diputado Moisés Jiménez Sánchez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que crea la Ley Federal de Protección al Maguey. Se turna a la Comisión de De-sarrollo Rural

REGLAMENTO INTERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES EN LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO GENERAL

El diputado Hugo Rodríguez Díaz presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide el Reglamento Interno para el Funcionamiento de Comisiones en la Cámara de Diputados del Congreso General. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

El diputado Hugo Rodríguez Díaz presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de otorgar competencia definida a cada una de las comisiones y comités de las Cámaras de Diputados y de Senadores. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

VOLUMEN III
CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Hugo Rodríguez Díaz presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 250 del Código Penal Federal, en lo relativo a las profesiones. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado José Juan Bárcenas González presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona los artículos 7º y 14 de la Ley General de Educación, respecto a las cooperativas escolares. Se turna a las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Fomento Cooperativo y Economía Social

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que adiciona una fracción XVII al artículo 3º, recorriéndose las siguientes, de la Ley General de Salud, en materia de prevención y tratamiento del cáncer de mama. Es de primera lectura

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 74, 75, 111 y 168 de la Ley General de Salud, en materia de salud mental. Es de primera lectura

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que adiciona los artículos 130 bis y 136 bis a la Ley General de Salud, respecto a evitar la discriminación de personas infectadas por el sida. Es de primera lectura

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 39, 40, 89 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la Comisión de Equidad y Género. Es de primera lectura

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 117 y 118 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a la Comisión Permanente. Es de primera lectura

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a centros de estudio en la Cámara de Diputados. Es de primera lectura

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma el artículo 7º de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la sesión de Congreso General a la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias de cada año legislativo. Es de primera lectura

LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

Dictamen de la Comisión de Equidad y Género con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Es de primera lectura

COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS

Desde su curul, el diputado Iván García Solís solicita información en relación con los dictámenes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el Presidente atiende la solicitud

LEY DE COORDINACION FISCAL

La Asamblea autoriza la incorporación en el orden del día del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, en relación con el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los estados y del Distrito Federal

LEY MINERA

La Asamblea autoriza la incorporación en el orden del día del dictamen de las comisiones unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Minera

Quedan de primera lectura, los dos anteriores dictámenes

LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

La Asamblea autoriza su incorporación en el orden del día a oficio de la Cámara de Senadores con el que remite minuta proyecto de decreto que adiciona una fracción V bis al artículo 5º y un artículo 7 bis al Capítulo Primero del Título Segundo de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Salud

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 39, 40, 89 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la Comisión de Equidad y Género. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba. Se devuelve al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 117 y 118 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a la Comisión Permanente. Es segunda lectura

Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

ORDEN DEL DIA

La Presidencia informa que a solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios se prorroga la sesión

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a centros de estudio en la Cámara de Diputados. Es de segunda lectura

Sin que motive debate se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma el artículo 7º de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la sesión de Congreso General a la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias de cada año legislativo. Es de segunda lectura

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario, los diputados:

Jesús Porfirio González Schmal

Pedro Vázquez González

Luis Antonio González Roldán

Iván García Solís

Jorge Luis Preciado Rodríguez

Raúl Mejía González

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen y lo aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

Dictamen de la Comisión de Equidad y Género con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Es de segunda lectura

A nombre de la comisión la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, fundamenta el dictamen y propone modificaciones que la Asamblea admite

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario, los diputados:

Jesús Emilio Martínez Alvarez

Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán

Angélica de la Peña Gómez

Margarita Ester Zavala Gómez del Campo

Rebeca Godínez y Bravo

Se considera suficientemente discutido el dictamen y es aprobado con las modificaciones admitidas. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

Desde su curul, el diputado Isidoro Ruiz Argaiz aclara el sentido de su voto

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

La Asamblea aprueba solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios para que se adelante la discusión del siguiente dictamen

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 bis a la Ley de Ciencia y Tecnología, en relación con el financiamiento de la investigación científica y desarrollo tecnológico. Es de segunda lectura

Se concede la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión al diputado Julio César Córdova Martínez

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario, los diputados:

Jesús Porfirio González Schmal

Jorge Legorreta Ordorica

Omar Ortega Alvarez

María Eloísa Talavera Hernández

Fernando Ulises Adame de León

Se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. El Presidente informa que se reservan para la discusión en lo particular el artículo 9 bis de la Ley de Ciencia y Tecnología y el artículo segundo transitorio del proyecto de decreto, hace aclaraciones de procedimiento y da lectura al artículo 120 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Desde su curul, el diputado Julio Boltvinik Kalinka solicita aclaraciones que el Presidente hace

Se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular de los artículos no reservados. . .

Para referirse al artículo 9 bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, reservado, se concede la palabra a los diputados:

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

Hugo Rodríguez Díaz

Se considera suficientemente discutido el artículo de referencia

Desde su curul, el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza solicita que la votación nominal de los artículos reservados sea al final de su discusión

También desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, solicita que con base en un acuerdo con el Presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología y con diversos grupos parlamentarios, se regrese el dictamen a la comisión. El Presidente aclara que el dictamen ha sido votado en lo general

Desde su curul, el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza solicita la palabra para presentar una moción suspensiva; el Presidente da lectura a los artículos 109 y 110 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Desde su curul, el diputado Pablo Gómez Alvarez hace aclaraciones de procedimiento. El Presidente toma en consideración la solicitud

Desde su curul, el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza declina su participación en apoyo a la solicitud del diputado Gómez Alvarez

La Asamblea aprueba suspender la sesión para continuarla el jueves 29 de abril de dos mil cuatro

RECESO

Se reanuda la sesión el jueves 29 de abril de 2004

PARLAMENTO DE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS DE MEXICO

Desde su curul, el diputado Emilio Serrano Jiménez solicita aclaraciones en relación con una intervención del Presidente durante el Parlamento de las Niñas y los Niños de México. La Presidencia ofrece las explicaciones respectivas

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

La Presidencia informa el procedimiento para concluir el desahogo de la discusión en lo particular del dictamen con proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 bis a la Ley de Ciencia y Tecnología, y para referirse al artículo segundo transitorio reservado, concede la palabra a los diputados:

José Guadalupe Osuna Millán

Pablo Gómez Alvarez

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo particular

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

El Presidente solicita a la Secretaría consultar a la Asamblea, en votación económica, si ha lugar a votar los artículos reservados, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 118 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Desde su curul, el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza solicita aclaraciones de procedimiento. El Presidente da lectura al artículo referido y atiende la solicitud

También desde su curul, el diputado Wintilo Vega Murillo solicita que la votación respectiva sea nominal

El resultado de la votación declara que ha lugar la votación de los artículos reservados

Solicitan aclaraciones sobre la votación, desde sus respectivas curules, los diputados:

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

Wintilo Vega Murillo

Se recoge la votación del artículo 9 bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, reservado, mismo que se aprueba en los términos del dictamen

Se recoge la votación del artículo segundo transitorio del proyecto de decreto, reservado, mismo que se aprueba en los términos del dictamen

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 bis a la Ley de Ciencia y Tecnología. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

ORDEN DEL DIA

El Presidente informa de la recepción de una solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios para dar por terminada la presente sesión y la Asamblea lo aprueba

LISTA DE ASISTENCIA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS, CORRESPONDIENTE A LA PRESENTE SESION


Presidencia del diputado Juan de Dios castro Lozano
ASISTENCIA
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 298 diputadas y diputados.

Por lo tanto, hay quórum señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano (a las 11:16 horas):

Se abre la sesión.


ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al orden del día.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor... Gracias.

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Primer año.--- LIX Legislatura

Orden del día

Martes 27 de abril de 2004.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Del diputado Guillermo Velasco Rodríguez.

De los congresos de los estados de Coahuila y Nayarit.

El gobierno del estado de Michoacán de Ocampo, remite informe sobre los puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, en relación a las tareas de protección de la Tortuga Negra, Golfina y Laúd. (Turno a comisión.)

De la Junta de Coordinación Política.

De las comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política con proyecto de acuerdo:

Para la integración de una comisión especial para obtener información relacionada con la aplicación de programas y fondos federales durante el desarrollo de los procesos electorales del estado de Durango.

Relativo a los cobros excesivos que por concepto de bonos y compensaciones mensuales y trimestrales, hicieron servidores y ex servidores públicos al Instituto Electoral del Estado de México en las elecciones ordinarias y extraordinarias celebradas el año próximo pasado.

Oficio del Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Con el que remite el informe sobre la composición y situación financiera de las inversiones del Instituto, correspondiente al primer trimestre de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 286-C de la Ley del Seguro Social. (Turno a comisión.)

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite el informe de evaluación de la Secretaría de Economía, correspondiente al primer trimestre del Ejercicio Fiscal de 2004, sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación. (Turno a comisión.)

Con el que remite contestación de la Secretaría de la Función Pública, en relación a los puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, sobre el presunto robo de cheques enviados por la oficina de Seguridad Social de Estados Unidos de América a través del Servicio Postal Mexicano. (Turno a comisión.)

Con el que remite contestación de la Procuraduría General de la República, al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en relación a los monitoreos en playas, mercados y lugares de venta de quelonios y derivados. (Turno a comisión.)

Iniciativa del Congreso del Estado de Querétaro

Que adiciona un párrafo segundo al artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a comisión.)

Iniciativas de diputados

Que deroga el artículo octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004 y el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia fiscal, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a cargo del diputado Antonio de la Vega Asmitia, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Santiago Cortés Sandoval, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el primer párrafo del artículo 50-ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la intervención de comunicaciones privadas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Jesús Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Que adiciona los artículos 5o. y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a fin de someterlos expresamente al pago de las contribuciones municipales que ocasiona la propiedad o uso inmobiliario, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Filemón Arcos Suárez Peredo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 217 de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas, a cargo del diputado Angel Pasta Muñúzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona dos párrafos al artículo 194 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

De Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes de Material Plástico, a cargo del diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con proyecto de decreto por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 7 de octubre de 2004, para conmemorar el XXX aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Gobernación. (Turno a comisión.)

De Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas, a cargo del diputado Angel Paulino Canul Pacab, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma diversos artículos de la Ley Federal de Cinematografía, a cargo del diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

De Ley General de Educación Ambiental, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Víctor Manuel Alcerreca Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 122 base primera, fracción V, inciso b), tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 67, fracción XII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a cargo de la diputada Patricia Garduño Morales, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona un numeral al artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y reforma los artículos 28 y 109 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Zeferino Torreblanca Galindo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Que reforma la fracción II del artículo 123; la fracción II y el segundo párrafo del artículo 124 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Nora Elena Yu Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, para establecer en el objeto de la capacitación, el inicio, continuación o conclusión de la educación de los trabajadores, a cargo del diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona el artículo 91 de la Ley del Seguro Social y el artículo 123 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que las aseguradas y los asegurados víctimas de una enfermedad general tengan derecho a la rehabilitación y a los aparatos de prótesis y ortopedia, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que adiciona una fracción al artículo 3o. de la Ley de Nacionalidad, referente a la inclusión de la matrícula consular como documento probatorio de la nacionalidad mexicana, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de flexibilidad laboral para los jóvenes estudiantes y para establecer una jornada laboral máxima para todos los trabajadores, a cargo de la diputada Patricia Flores Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona un párrafo noveno al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reconocer el derecho a la cultura, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que adiciona los artículos 10 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jesús Morales Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

De Ley de Educación Superior, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que expide la ley reglamentaria del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de cláusula de conciencia y secreto profesional de los periodistas, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Pesca, a cargo del diputado Eugenio Mier y Concha Campos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 7o. y 14 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Juan Bárcenas González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona los artículos 27, 73, 94, 97, 100, 101, 105, 110 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para fortalecer al Poder Judicial, a cargo de la diputada Rocío Sánchez Pérez, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona los artículos 5o. y 7o. de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Luis Hinojosa Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que adiciona el artículo 193-bis del Código Penal Federal, a fin de tipificar como delito grave el uso de beta-análogos en la engorda de animales que den origen a productos de consumo humano, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de permitir la reelección inmediata de los integrantes de los ayuntamientos, a cargo del diputado Tomás Antonio Trueba Gracian, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma la Ley de Coordinación Fiscal, para establecer el Fondo de Apoyos al Fortalecimiento de las Entidades Federativas, a cargo del diputado Abel Echeverría Pineda, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para adicionar una fracción que dote de facultad para iniciar leyes a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en lo relativo a su encomienda, a cargo del diputado Alvaro Elías Loredo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma diversos artículos del Código Penal Federal, en materia de protección a la niñez, a cargo del diputado Alvaro Burgos Barrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que adiciona un párrafo al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo, a cargo del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 97 fracción IV y 99, último párrafo de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Heliodoro Díaz Escárraga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el primer párrafo del artículo 184 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a cargo del diputado José Angel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De Ley Federal de Protección al Maguey, a cargo del diputado Moisés Jiménez Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que expide el Reglamento Interno para el Funcionamiento de Comisiones en la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de otorgar competencia definida a cada una de las comisiones ordinarias, de investigación, especiales, bicamarales y comités con que cuentan las Cámaras de Diputados y Senadores, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el inciso a) de la fracción II, del artículo 250 del Código Penal Federal, a fin de que se proceda penalmente contra quien usurpe una profesión cuando no cuente con autorización vigente para ejercerla o a quien se atribuya el carácter de profesionista aun y cuando no ejerza la profesión que usurpa, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Salud con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVII al artículo 3o., recorriéndose la actual XVII y posteriores de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 74, 75, 111 y 168 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud con proyecto de decreto que adiciona los artículos 130-bis y 136-bis, a la Ley General de Salud.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 39, 40, 89 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos de Mexicanos. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.).

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 117 y 118 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y reforma y adiciona diversos artículos del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Equidad y Género con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Agricultura y Ganadería con proyecto de decreto por el que se adiciona el párrafo trigésimo segundo del artículo 2o. y se reforma el párrafo primero del artículo 44 de la Ley Federal de Sanidad Animal.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 9o.-bis a la Ley de Ciencia y Tecnología.

De la Comisión de Salud con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Araceli Minerva Fabián Vargas y Juan Esteban Andreu Mendoza, para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado General en Ciudad Juárez, Chihuahua.

De la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Griselda López Saldaña, José Luis Almazán Robles, José Manuel Hernández Colín, Francisca Benteño Medina, Shuji Ando Ashijara, María del Carmen Blanco Peña, Fermín Vásquez Ortiz, Rubén Barrera Salcedo, Martha Lilia Muñiz Colunga, Cecilia López Alonso y Enrique Huerta Alvarado, para prestar servicios en la Embajada de Japón en México.

De la Comisión de Economía con puntos de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que se instruya a la Secretaría de Economía, a fin de incluir al estado de Tlaxcala dentro de la zona de cobertura del Programa Marcha Hacia el Sur.

De las comisiones unidas de Economía y Medio Ambiente y Recursos Naturales con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, para que las autoridades portuarias y aduaneras sean notificadas y capacitadas en relación a la entrada en vigor del Protocolo de Cartagena.

Dictamen negativo

De la Comisión de Economía con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción XVII al artículo 90 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Proposiciones

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios que evalúen el impacto ambiental que causarían las actividades de explotación de Pemex en la zona aledaña al Parque Nacional Marino Arrecife Alacranes, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar al titular del Ejecutivo Federal instruya, con fundamento en el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, de Economía y a la Comisión Federal de Electricidad, fijen tarifa especial 1F que considere las altas temperaturas que se registran durante el verano en el estado de Chihuahua y diversas regiones del país, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía a evitar que las empresas importadoras sigan introduciendo todo tipo de contrabando a nuestro país, y al Consejo de la Judicatura Federal, para que supervise la actuación de algunos jueces de distrito que otorgan amparos para importar mercancías denominadas contrabando técnico, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que abrogue el acuerdo que autoriza el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio a las tarifas domésticas, a cargo del diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar al honorable Congreso del Estado de Puebla; para derogar los artículos 13, 14, 44, 57, 73, 74, 75, 82, fracción II y 97 de la Ley para el Federalismo Hacendarlo del Estado de Puebla, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a decretar una norma oficial mexicana para el aprovechamiento de la fauna de acompañamiento de la pesquería del camarón y especies de escama, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a las secretarías de De-sarrollo Social y de Salud, se realice un diagnóstico respecto al grave problema de salud motivado por la contaminación del río Santiago, que padecen los habitantes del municipio de El Salto en el estado de Jalisco, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Jefe del Poder Ejecutivo Federal a derogar el decreto que crea un cuerpo colegiado que se denominará Comisión de Fomento Deportivo del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del miércoles 24 de enero de 1945, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública, para que investigue el desempeño y fusión de la extinta unidad de proyectos especiales del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo que a través de las instituciones del sector salud, se incorpore de manera permanente en los programas y campañas de prevención, detección y atención del cáncer cervicouterino, el estudio de la colposcopía de manera gratuita a todas las mujeres del país, y se envíe a esta Cámara de Diputados un proyecto piloto emergente en función del calendario del programa de acción de cáncer cervicouterino y de manera anticipada el proyecto de infraestructura que se requiere para que en el presupuesto de egresos del año 2005 se impulsen los recursos económicos al sector salud, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para pedirle al Ejecutivo Federal que, dentro del marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, aplique de manera urgente un diferimiento para la inversión extranjera en nuestro país en lo que respecta al autotransporte, como medida de efecto equivalente ante el incumplimiento por parte de Estados Unidos de América de los acuerdos que sobre dicha actividad contiene el referido tratado, a cargo del diputado Francisco Juan Avila Camberos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para que se constituya una comisión especial contra el contrabando y la piratería, cuyas funciones tendrán como objeto analizar, sistematizar, plantear acciones y supervisar su instrumentación y ejecución y todas las demás que en su plan de trabajo sean consideradas pertinentes para el combate de este grave mal, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para recomendar al Ejecutivo Federal que modifique el decreto de creación de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conadem), con el objetivo de otorgarle mayores facultades, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Organo de Control Interno de la Cámara de Diputados, abra una investigación por la publicación aparentemente errónea en la Gaceta Parlamentaria, año VII, con fecha de diciembre de 2003, sin precisar día, del anexo 21 del proyecto del PEF 2004 y se aplique la ley a quien o a quienes resulten responsables, a cargo de la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar la reinstalación de los trabajadores despedidos injustificadamente por el titular del INEGI, a cargo del diputado Pedro Avila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo por el cual se exhorta al Senado de la República a ratificar a la brevedad posible el Convenio Marco para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Miguel Angel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para conformar un grupo de trabajo interinstitucional que acuerde la implementación de diversas acciones para el combate del contrabando técnico de productos agropecuarios, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y al Fideicomiso de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (Feesa), informen sobre la situación financiera y administrativa de los ingenios expropiados con fecha 3 de septiembre de 2001, asimismo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Comisión Nacional del Agua (CNA), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Infonavit informen sobre los adeudos existentes de estos ingenios y/o Feesa, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Junta de Gobierno del SAT, dé prioridad a la celebración de convenios con micro, pequeños y medianos empresarios, para la condonación total o parcial de multas y recargos de créditos fiscales derivados de contribuciones federales, así como las condiciones de plazo para el pago y la amortización de tales créditos fiscales, de conformidad con el artículo decimoprimero transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, a cargo de diputados integrantes de la Comisión de Economía. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo por el cual se exhorta a las autoridades estatales y federales a realizar las acciones necesarias para que la leche que distribuye el Sistema Nacional DIF en sus programas alimentarios, cumpla con la Norma Oficial Mexicana 155SCFI2003 y se fortalezca el abasto por parte de productores nacionales mediante la compra preferencial, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que realice una visita de inspección al estado de Coahuila para revisar los presuntos problemas en los que incurre la manifestación del impacto ambiental de la presa Cañón de Cabeza, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Salud, atienda de manera urgente la demanda de los trabajadores y ex trabajadores de la Empresa Metalúrgica de México Peñoles, SA de CV, para ser valorados médicamente ante la presunción de haber sido contaminados con plomo en su desempeño laboral, a cargo del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Comisión Reguladora de Energía y a otras agencias del Gobierno Federal, a no conceder permisos de instalación a toda planta regasificadora y/o almacenadora de gas natural licuado o a cualquier otra industria contaminante de riesgo, en áreas específicamente prohibidas en los planes de desarrollo urbano de los núcleos de población de los municipios, de acuerdo a la vocación del terreno y considerando las reglamentaciones y normatividades que exige la Ley de Protección Civil, a cargo del diputado Manuel González Reyes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Estado de México, junto con las autoridades correspondientes, revisen si las compañías gaseras instaladas en todo el valle de México se ajustan a las normatividades correspondientes, a cargo del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo mediante el que se apoya la decisión del Ejecutivo Federal para votar a favor de la propuesta de la República de Cuba ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, sobre la cuestión de las presuntas detenciones arbitrarias en la Base Naval de Estados Unidos de América en Guantánamo, a cargo del diputado Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Economía, emita un nuevo acuerdo con respecto al listado de fabricantes, marcas y tipos, de automóviles, camiones y autobuses que podrán ser importados y destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del país, a cargo de diputados integrantes de la Comisión de Economía. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se le envíe comunicado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como al Servicio de Administración Tributaria, para la no emisión de las reglas de carácter general sobre los equipos de control volumétrico a que hace referencia la fracción V del arábigo 28 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para que la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, con fundamento en la fracción IV del artículo 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con base en los artículos 2o., 4o. y 16 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, practique auditorías a los fondos federales asignados al estado de Chihuahua, durante los ejercicios fiscales de 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003, a cargo del diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretario de Comunicaciones y Transportes a separar del cargo al director del Servicio Postal Mexicano, así como efectuar la investigación que proceda sobre su desempeño como funcionario público, a cargo del diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía del Poder Ejecutivo Federal, para que implemente un programa de mantenimiento y capacitación al interior de todo el sector eléctrico paraestatal, así como de modernización para todas las unidades de generación que sean sujetas a mejoras tecnológicas, durante los periodos que estén fuera de operación, con la finalidad de aumentar su eficiencia y competitividad, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para requerir al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, informe las medidas que han sido tomadas por la Secretaría a su cargo, para el confinamiento, reciclamiento y preservación de efectos contaminantes de llantas o neumáticos desechados, en atención al incendio que se presentó el pasado 8 de abril de 2004, en Tultitlán, estado de México, a cargo del diputado Jesús González Schmall, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al Acuerdo Nacional para el Campo, a cargo del diputado Cruz López Aguilar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar al gobernador constitucional del estado de Puebla a corregir las finanzas publicas de esa entidad federativa, y a disminuir el excesivo endeudamiento público gubernamental, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Servicio de Administración Tributaria a que detengan los embargos precautorios en contra de las cooperativas campechanas que se dedican a la pesca ribereña hasta que no se realice una investigación seria en cuanto a la imposibilidad del cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las cooperativas campechanas, a cargo del diputado Abraham Bagdadi Estrella, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación con las inundaciones en el estado de Tamaulipas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretario de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que fije a la brevedad el esquema de operación del apoyo económico a los productores de agave tequilena weber azúl, agave que marca la norma oficial mexicana, agave fourcroydes iem, dasylirion spp o agave augustifolia (espadín azul), para ser utilizado en la elaboración del tequila, mezcal, bebida de henequén o sotol, a cargo del diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Congreso del Estado de Puebla a cumplir con la obligación de legislar en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, busquen los instrumentos y mecanismos con la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, para que los agricultores de menores ingresos que se encuentran inscritos en el padrón del Procampo y ganaderos con hasta cincuenta unidades animal, tengan acceso a precios preferenciales en los costos de camionetas nacionales, para sus labores del campo, disminuyendo así la posible adquisición de vehículos importados, a cargo del diputado Rafael Candelas Salinas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal dé cumplimiento con su obligación constitucional que le impone la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud a lo ordenado por el artículo cuarto transitorio de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas y expida el Reglamento de Ley, toda vez que el término de 180 días contados a parir de la expedición de la misma, transcurrido en exceso, a cargo del diputado Pablo Anaya Rivera, del grupo parlamentarlo del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Federal de Electricidad y a la Comisión Nacional del Agua para que se incluya el factor humedad en los criterios para la aplicación de tarifas eléctricas y para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la aplicación de la tarifa 1F en la región sur del estado de Sinaloa, a cargo del diputado Alejandro Higuera Osuna, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se exhorte a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para que se eviten las diversas irregularidades en el proceso de traspaso de cuentas entre administradoras de fondos para el retiro, a cargo del diputado Oscar Martín Ramos Salinas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se solicita a esta soberanía contemplar dentro del proyecto de presupuesto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2005, una partida presupuestaria suficiente para el control y erradicación de la rabia paralítica bovina, principalmente en las zonas donde se presenta con mayor frecuencia, a cargo del diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a las televisoras abiertas de cadena nacional a que contribuyan al fortalecimiento del nivel cultural y educativo en México, a cargo de la diputada Kenny Denisse Arroyo González, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal para que a través de la Comisión Nacional del Agua resuelva a la brevedad las irregularidades que se están presentando en la concesión y explotación de los acuíferos del estado de Chihuahua, asimismo se establezca la estrategia para llevar a cabo la recuperación de los acuíferos sobreexplotados, a cargo del diputado Fernando Alvarez Monje, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se pronuncia en contra de los constantes errores cometidos y la negligencia que se ha presentado en la refinación de hidrocarburos por parte de Petróleos Mexicanos, a cargo de la diputada Kenny Denisse Arroyo González, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo a fin de solicitar a la entidad de Fiscalización Superior de la Federación realice auditoría respecto del ejercicio de los recursos públicos federales a los 11 municipios del estado de Aguascalientes, en los ejercicios de los años 2000, 2001, 2002 y 2003, a cargo del diputado Francisco Javier Valdez de Anda, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para que la Auditoría Superior de la Federación practique auditorías a los fondos federales asignados al estado de Chiapas, durante los ejercicios fiscales de los años 2001, 2002 y 2003, a cargo del diputado Mario Carlos Culebro Velasco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se exhorte a la Comisión Reguladora de Energía, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad, para que agilicen los trámites para el otorgamiento de los permisos de importación de energía eléctrica correspondientes a 17 empresas del municipio de Mexicali, Baja California, con el fin de recuperar la competitividad regional y salvaguardar las fuentes de empleo, al disminuir en gran medida los gastos por concepto de este servicio, que por sus altos precios perjudican su productividad, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Marina para que realice los trámites correspondientes, con el propósito de que el Hospital Naval ubicado en Frontera, municipio de Centla, Tabasco, pase a formar parte del patrimonio del gobierno del estado de Tabasco y así pueda prestar servicios de salud a la población abierta, a cargo del diputado Francisco Herrera León, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a Caminos y Puentes Federales y a Petróleos Mexicanos, a que se opere un programa de accesibilidad para personas con discapacidad en carreteras federales, autopistas de cuota y autoservicios de gasolineras, en lo que se refiere a servicios de uso sanitario, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Solicitudes de excitativas

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social, a solicitud de la diputada Marbella Casanova Calam, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de la diputada Marbella Casanova Calam, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social, a solicitud de las diputadas Martha Lucía Mícher Camarena y Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía, a solicitud del diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía, a solicitud del diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Agenda Política

Sobre la persistencia de feminicidios en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada María Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Comentarios sobre la construcción de la Terminal Norte de Toluca, a cargo del diputado Juan Carlos Núñez Armas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Comentarios en torno a la decisión del Gobierno de Canadá, sobre la matanza masiva de focas dentro de su territorio, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Comentario sobre los resultados de la reunión de la Cepal que conmemora los 10 años de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, realizada en Santiago de Chile, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Pido a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veintidós de abril de dos mil cuatro, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos treinta y cuatro diputadas y diputados, a las diez horas con treinta y seis minutos del jueves veintidós de abril de dos mil cuatro, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicación del Tribunal Superior de Justicia del estado de Yucatán, con la que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, por el que se solicita información sobre las acciones para dar cumplimiento a la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad federativa, en relación con el caso del señor Ricardo Ucán Seca. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que propone la designación de un representante sustituto del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo de Europa. Se aprueba en votación económica.

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite la postura oficial de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, sobre el empleo de beta-agonistas en animales. Se turna a las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Salud, para su conocimiento.

La Cámara de Senadores remite las siguientes minutas proyectos de decreto por los que:

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite iniciativa del titular del Poder Ejecutivo con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación.

Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

Presidencia del diputado Antonio Morales de la Peña

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

A las once horas con treinta y dos minutos la Secretaría informa del registro de cuatrocientos cuarenta y cuatro diputadas y diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia.

Presidencia del diputado Antonio Morales de la Peña

Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura.

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad Pública.

Presidencia del diputado Antonio Morales de la Peña

Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía.

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

El Presidente informa de la recepción de un dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que adiciona un artículo nueve bis a la Ley de Ciencia y Tecnología. Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones en relación con el dictamen de referencia que el Presidente hace y la Asamblea, en votación económica, admite su incorporación en el orden del día.

Continúan la presentación de iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

Presidencia del diputado Antonio Morales de la Peña

Se turna a la Comisión de Gobernación.

Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Presidencia del diputado Antonio Morales de la Peña

Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público.

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Sanidad Animal. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que adiciona un artículo nueve bis a la Ley de Ciencia y Tecnología. Es de primera lectura.

El Presidente informa de la recepción del dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma los artículos trece y ciento doce, reforma y adiciona el artículo sesenta y uno y adiciona el artículo tercero de la Ley General de Salud, y la Asamblea, en votación económica, admite su incorporación en el orden del día. Es de primera lectura.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente. Es de segunda lectura. La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, del Partido de la Revolución Democrática, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen, propone modificaciones y presenta una fe de erratas a las que la Secretaría da lectura y la Asamblea admite en votación económica. Sin nadie más que solicite la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por cuatrocientos veinticuatro votos en pro y ninguno en contra. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

El Presidente informa de la recepción de un oficio del Presidente de la Comisión de Gobernación por el que solicita sea retirado del orden del día el dictamen con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la Medalla Agrícola que le confiere la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, solicita información sobre los motivos para retirar el dictamen y el Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura al oficio referido. Hablan desde su respectiva curul los diputados: Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar que el Presidente de la Comisión de Gobernación explique las razones para retirar el dictamen y la Presidencia considera no procedente la solicitud; Pablo Gómez Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones, para solicitar la lectura de un oficio que refiere y el Presidente informa que la Mesa Directiva no lo ha recibido; Pablo Alejo López Núñez, del Partido Acción Nacional, para hacer comentarios sobre el dictamen; y nuevamente Vega Murillo, para hacer observaciones de procedimiento y sobre el oficio del Presidente de la Comisión de Gobernación.

Nuevamente desde su curul habla el diputado Gómez Álvarez, para solicitar la lectura del artículo noventa y uno del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y que se someta a consideración de la Asamblea la decisión de retirar el dictamen. El Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura al artículo solicitado y acto seguido hace aclaraciones de procedimiento.

Hablan también desde su curul los diputados: Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional, para informar que su grupo parlamentario no tiene inconveniente en que se discuta y vote el dictamen; y de nueva cuenta Vega Murillo, para solicitar aclaraciones que el Presidente hace, y Gómez Alvarez, para reclamar, con el apoyo del diputado Vega Murillo, el trámite de la Presidencia de retirar el dictamen y el Presidente aclara que no lo ha dictado.

El Presidente instruye a la Secretaría a consultar a la Asamblea, en votación económica, si el dictamen se mantiene en el orden del día y desde su curul el diputado Vega Murillo, a nombre propio y de otros diputados, solicita que la votación sea nominal. Por trescientos noventa y seis votos en pro, uno en contra y diez abstenciones, se mantiene el dictamen.

El Presidente informa que ha transcurrido el tiempo establecido para la duración de las sesiones y la Asamblea, en votación económica, aprueba prorrogar la duración de la presente sesión.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la Medalla Agrícola que le confiere la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Es de segunda lectura. Hablan los diputados: Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia, en contra; José González Morfín, del Partido Acción Nacional, en pro; Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, en contra; Sergio Vázquez García, del Partido Acción Nacional, en pro, y es interrumpido por el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar la lectura de la fecha del dictamen de referencia y el Presidente instruye a la Secretaría a atender la solicitud, y por el diputado Fernando Alberto García Cuevas, del Partido Revolucionario Institucional, quien solicita una moción de orden que la Presidencia atiende; Roberto Antonio Marrufo Torres, del Partido Revolucionario Institucional, en contra; y Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional, en pro. La Secretaría recoge votación económica para determinar si el asunto está suficientemente discutido y en virtud de que existen dudas sobre el resultado, se recoge votación nominal y por ciento sesenta y seis votos en pro, doscientos treinta y dos en contra y siete abstenciones, no se considera suficientemente discutido. En consecuencia, se concede la palabra, para hablar en contra, a los diputados: Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; J. Miguel Luna Hernández, del Partido de la Revolución Democrática; y Rafael Galindo Jaime, del Partido Revolucionario Institucional. La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en votación económica y la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que arroja los siguientes resultados: ciento treinta y cuatro votos en pro, doscientos sesenta y cuatro en contra y cuatro abstenciones. El Presidente declara que no se aprueba el dictamen y en votación económica la Asamblea no admite que regrese a la Comisión. Se desecha el dictamen y se devuelve a la Cámara de Senadores.

Transcurrido el tiempo acordado para la duración de esta sesión, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión. El Presidente informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las dieciséis horas con cincuenta y dos minutos, citando para la que tendrá lugar el martes veintisiete de abril de dos mil cuatro, a las once horas.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Proceda la Secretaría a ponerla a discusión.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones de la Presidencia, está a discusión el acta...

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Aprobada el acta.

Continúe la Secretaría.


DIPUTADO QUE SE REINCORPORA

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Diputado Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

Por este conducto me permito comunicarle que a partir del día 29 de abril de este año, me reintegro a mi cargo como diputado federal propietario de la V circunscripción plurinominal.

Motivo por el cual le solicito realice todos los trámites conducentes a efecto de concretar el presente acto jurídico, y se me otorgue todo lo que por hecho y derecho me corresponda.

Sin otro particular agradezco de antemano la atención que se sirva brindar al presente.

Atentamente.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, a 26 de abril de 2004.--- Diputado federal con licencia, Guillermo Velasco Rodríguez.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

De enterado.
ESTADO DE COAHUILA

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo.--- Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

C. Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

En sesión celebrada el 1 de abril de 2004, el Pleno del Congreso del estado de Coahuila Zaragoza conoció del dictamen que se acompaña a esta comunicación, el cual fue presentado por las Comisiones Unidas de Justicia, y de la Defensa de los Derechos Humanos y de los Niños, con relación a un punto de acuerdo aprobado por el H. Congreso del estado de Colima, para manifestar su repudio total y absoluto a la aplicación de la pena de muerte en cualquiera de los casos que se ventilen ante los tribunales penales de cualquier ámbito.

Conforme a lo propuesto en dicho dictamen, el Pleno de este Congreso aprobó lo siguiente:

Primero. El Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza comparte el criterio adoptado por el H. Congreso del estado de Colima y nos adherimos al mismo por los razonamientos expuestos en los considerandos del dictamen, manifestándonos contra la pena de muerte para cualquiera de los casos que se ventilen ante los tribunales penales de cualquier ámbito y en favor de la derogación de dicha sanción en la Carta Magna, así como en las leyes militares.

Segundo. Comuníquese el presente al H. Congreso del estado de Colima, a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y a la Secretaría de la Defensa Nacional, para su conocimiento.

Atendiendo a lo que se dispone en el resolutivo segundo del mencionado dictamen, lo anterior se comunica a la H. Cámara de Diputados para su conocimiento y los efectos procedentes.

Sin otro particular, reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Saltillo, Coahuila, a 2 de abril de 2004.--- Lic. Profr. Alfonso Martínez Pimentel (rúbrica), Oficial Mayor del Congreso del Estado.»

«Escudo.--- Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

Con fundamento en lo establecido en los artículos 67, fracción XX, de la Constitución Política del estado de Coahuila de Zaragoza; y 17, inciso 1, 40, 42, inciso 3, y 84 de la Ley Orgánica del Congreso del estado de Coahuila, las Comisiones de Justicia, y de la Defensa de los Derechos Humanos y de los Niños de este honorable Congreso emiten el siguiente proyecto de dictamen.

Antecedentes

1. Con fecha 19 de diciembre de 2003 fue turnada a estas Comisiones por el Pleno del H. Congreso del estado la siguiente documentación:

Oficio del Congreso de Colima mediante el cual se informa sobre la probación de un punto de acuerdo para manifestar su repudio total y absoluto a la aplicación de la pena de muerte en cualquiera de los casos que se ventilen ante los tribunales penales de cualquier ámbito, disponiéndose asimismo su envío a los Congresos de los estados de la República, con la solicitud de que se solidaricen con el pueblo mexicano y se opongan a la aplicación de dicha pena.

2. Anexas al oficio citado, se recibieron copias simples de los siguientes documentos:

a) Oficio número 0088703, de fecha 26 de noviembre de 2003, signado por los diputados secretarios Luis Avilla Aguilar y Esmeralda Cárdenas Sánchez.

b) Punto acuerdo de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del honorable Congreso del estado de Colima, aprobado en sesión del periodo ordinario, en el cual se acuerda lo siguiente:

Primero. Los diputados integrantes de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del estado de Colima manifestamos nuestro repudio total y absoluto a la aplicación de pena de muerte para cualquiera de los casos que se ventilen ante los tribunales penales de cualquier ámbito.

Segundo. Se envíe el presente acuerdo a los H. Congresos de los estados de la República y del Distrito Federal, para que éstos a su vez se solidaricen con el pueblo mexicano y se opongan a la aplicación de dicha pena.

Tercero. Que se envíe el presente acuerdo a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a efecto de manifestarle nuestra inconformidad con la pena capital y, en su oportunidad, de que se legisle para abolir de la Carta Magna la pena de muerte.

Cuarto. Que se envíe el presente acuerdo a la Secretaría de la Defensa Nacional a efecto de que se una a la lucha para abolir y derogar de los códigos militares y de la Carta Magna la pena capital.

Considerandos

Primero. Al hacer un estudio de la documentación presentada por el Congreso de Colima y tal como se expone en los considerandos del referido punto de acuerdo, efectivamente la pena de muerte se encuentra considerada en el artículo 22 de la Carta Magna, estableciéndose en ese dispositivo los casos en que podrá imponerse dicha sanción. Pese a encontrarse contenida en la Constitución General, la pena de muerte no se contempla en ninguno de los ordenamientos penales de las entidades federativas del país, sólo en los códigos militares.

Segundo. La aplicación de la pena de muerte en el país ha desatad todo tipo de polémicas y debates. Hay voces que se manifiestan de modo abierto en favor especialmente para los culpables de la comisión de delitos como secuestro y violación. Sin embargo, consideramos más importante eliminar la corrupción para que los delincuentes sean juzgados y sancionados de manera debida con las penas previstas en los Códigos Penales y evitar la impunidad en que nos encontramos. Los principales razonamientos que se han vertido contra la aplicación de esa pena son los siguientes:

a) Es éticamente reprochable;

b) Atenta contra los postulados de los derechos humanos, ya que la vida es un derecho innato al ser humano y nadie tiene derecho a suprimirlo;

c) Es contraria a fines de la pena. No satisface la finalidad de prevención general y elimina, de manera radical, la posibilidad de la prevención especial;

d) Cancela el postulado de rehabilitación del delincuente, objetivo primordial de las penas y sanciones; y

e) Es irreversible e irreparable, ya que ente un error judicial es imposible subsanar el daño causado, aunado a la poca confiabilidad con que cuentan los órganos de impartición de justicia en el país.

Durante décadas se han presentado argumentos sólidos de tipo filosófico, dogmático-jurídico y criminológico, argumentos que compartimos y nos pronunciamos contra la aplicación de la muerte en el país.

Tercero. En días pasados y en conmemoración del Día del Ejército, el Ejecutivo de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, anunció la propuesta de enviar la iniciativa en que se elimine la pena de muerte en los códigos militares y en la Carta Magna, iniciativa que veremos con agrado una vez que sea presentada, manifestándonos en favor del respeto de la vida.

Cuarto. Asimismo, es importante destacar que esta Quincuagésima Sexta Legislatura se ha pronunciado en diversas ocasiones contra la aplicación de pena de muerte y en favor del respeto de la vida, motivos por los cuales los integrantes de las Comisiones de Justicia, y de la Defensa de los Derechos Humanos y de los Niños nos adherimos al punto de acuerdo presentado por el Congreso de Colima.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 84 de la Ley Orgánica del Congreso, las Comisiones de Justicia, y de la Defensa de los Derechos Humanos y de los Niños proponen para su aprobación el siguiente proyecto de

Dictamen

Primero. El Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza comparte el criterio adoptado por el H. Congreso del estado de Colima y nos adherimos al mismo por los razonamientos expuestos en los considerandos del presente documento, manifestándonos contra la aplicación de la pena de muerte para cualquiera de los casos que se ventilen ante los tribunales penales de cualquier ámbito, y en favor de la derogación de dicha sanción en la Carta Magna, así como en las leyes militares.

Segundo. Comuníquese, para su conocimiento, el presente al H. Congreso del estado de Colima, a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y a la Secretaría de la Defensa Nacional para su conocimiento.

Saltillo, Coah., a 22 de marzo de 2004.--- Por la Comisión de Justicia.--- Diputados: Jesús de León Tello, coordinador; Hugo Héctor Martínez González, Jesús Mario Flores Garza, Carlos Tamez Cuéllar, Miguel Felipe Mary Ayup (rúbrica), Gabriel Ramos Rivera, Luis F. Salazar Fernández, Ramón Díaz Avila y María B. Granillo Vázquez (rúbricas).

Por la Comisión de la Defensa de los Derechos Humanos y de los Niños.--- Diputados: José Angel Pérez Hernández (rúbrica), coordinador; Jesús Alfonso Arreola Pérez (rúbrica), Martha Loera Arámbula (rúbrica), Hilda Esthela Flores Escalera (rúbrica), Latiffe Eloísa Burciaga Neme, Gregorio Contreras Pacheco (rúbrica), Karla Samperio Flores (rúbrica), María Beatriz Granillo Vázquez (rúbrica) y Samuel González Pérez (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo.--- Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

C. Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

En sesión celebrada el 1 de abril de 2004, el Pleno del Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza, conoció del dictamen que se acompaña a esta comunicación, el cual fue presentado por la Comisión de Justicia, con relación a un punto de acuerdo aprobado por ese H. Congreso del estado de Tlaxcala, para solicitar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la aprobación de la Reforma de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con objeto de que el delito fiscal de contrabando y los actos equiparados al mismo se incluyan en el artículo segundo de dicho ordenamiento y se tipifiquen como actos que las organizaciones delictivas llevan a cabo de manera permanente.

Conforme a lo propuesto en dicho dictamen, el propio Pleno de este Congreso, aprobó lo siguiente:

Primero. El Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza comparte el criterio adoptado por el H. Congreso del estado de Tlaxcala y se adhiere al mismo por los razonamientos expuestos en los considerandos del dictamen, en lo relativo a solicitar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la aprobación de la reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Segundo.- Comuníquese el presente, al H. Congreso del estado de Tlaxcala y a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para su conocimiento.

Atendiendo a lo que se dispone en el resolutivo segundo del mencionado dictamen, lo anterior se comunica a esa H. Cámara de Diputados, para su conocimiento y los efectos procedentes.

Sin otro particular, reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Saltillo, Coahuila, a 2 de abril de 2004.--- El Oficial Mayor del Congreso del Estado, Lic. Profr. Alfonso Martínez Pimentel (rúbrica).»

«Escudo.--- Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

Con fundamento en lo establecido en el artículo 67, fracción XX, de la Constitución Política del estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 17, inciso 1, 40, 42, inciso 3, y 84 de la Ley Orgánica del Congreso del estado de Coahuila, la Comisión de Justicia de este Honorable Congreso, emite el siguiente proyecto de dictamen.

Antecedentes

1. Con fecha 3 de diciembre de 2003 fue turnada a esta Comisión, por el Pleno de este H. Congreso del estado la siguiente documentación:

2. Anexo al oficio citado se recibieron copias simples de los siguientes documentos:

a) Oficio de fecha 7 de noviembre de 2003, signado por el Lic. Sergio Cuauhtémoc Lima Pérez, diputado secretario parlamentario del H. Congreso de Tlaxcala.

b) Resolutivos de punto de acuerdo aprobado por el Pleno de la Quincuagésima Séptima Legislatura del honorable Congreso del estado de Tlaxcala en el cual se acordó lo siguiente:

Primero.- Solicitar, como Poder Legislativo estatal a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, que a la brevedad posible apruebe la reforma a la Ley Federal contar la Delincuencia Organizada, para que tanto el delito fiscal de contrabando y los actos que se equiparan a éste, que se traducen en el contrabando documentado, se introduzcan en el artículo 2° de dicha ley federal y sean tipificados como actos que las organizaciones delictivas llevan a cabo de manera permanente.

Segundo.- Envíese copia del presente punto de acuerdo al resto de las Legislaturas de los estados, con la finalidad de que se sumen la solicitud que se formula a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Considerandos

Primero.- Una vez que se realizó un análisis minucioso de los documentos arriba descritos y del estudio realizado al artículo 2° de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada que se solicita sea reformado y que a la letra establece:

Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:

I. Terrorismo, previsto en el artículo 139, párrafo primero; contra la salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero; falsificación o alteración de moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237; operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el artículo 400 Bis, todos del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal;

II. Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83 Bis y 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos;

III. Tráfico de indocumentados, previsto en el artículo 138 de la Ley General de Población;

IV. Tráfico de órganos, previsto en los artículos 461, 462, y 462 Bis de la Ley General de Salud, y

V. Asalto, previsto en los artículos 286 y 287; secuestro, previsto en el artículo 366; tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter, y robo de vehículos, previsto en el. artículo 381 Bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales.

La Comisión de Justicia y de Derechos Humanos de la Cámara, actualmente analiza las reformas que se han presentado a la ley federal presentadas contra la delincuencia organizada por los senadores Fauzi Hamdan Amad, Francisco Fraile García y Ricardo Alaniz Posadas; estas reformas consisten en añadir una fracción más al artículo 2° que ha sido trascrito y se incluya el delito de contrabando como delincuencia organizada además de que un juez de distrito pueda, en caso necesario, autorizar la intervención de comunicaciones privadas, tratándose de las materias aduanales y fiscales, actualmente el contrabando y su equiparable se encuentra a contemplado en el Código Fiscal de la Federación, artículos 102 y 105, fracciones I a la IV. En la exposición de motivos se establece que, si bien el contrabando está tipificado como delito grave y, por ende, no procede la libertad provisional, se estima necesario considerarlo uno de los supuestos de la delincuencia organizada, a efecto de que en su detección y combate la autoridad cuente con los mecanismos que le permitan actuar de manera oportuna, lo que permitirá que las autoridades actúen en un marco de legalidad, con pleno respeto al Estado de derecho y en beneficio de la sociedad.

Segundo.- Asimismo, es importante resaltar que la delincuencia organizada se manifestaba principalmente en conductas delictuosas como narcotráfico y secuestro, sin embargo en los últimos años el narcotráfico se ha convertido en una actividad ilícita, es necesario que se persiga y se castigue bajo un régimen distinto como lo es la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, toda vez que el contrabando ha superado a las instituciones y se encuentra en una expansión por demás preocupante, ya que este tráfico de mercancías introducidas ilegalmente al país provoca severas pérdidas al sistema fiscal, violando las leyes fiscales al efecto, obteniendo de esta forma ganancias en forma ilegal, además de ser una competencia desleal en contra de los comerciantes debidamente establecidos y regulados conforme a las normativas comerciales y fiscales.

Tercero.- En los últimos años, la mercancía ilegal, proveniente principalmente de Asia, textiles, calzado y juguetes, ha afectado seriamente la economía de nuestro país, lo que ha propiciado la quiebra de industrias y la inevitable pérdida de empleos aumentándose la economía informal; estas actividades, al ser realizadas por organizaciones perfectamente organizadas, que hacen posible la introducción de mercancías, transportación y comercialización. Todas estas consideraciones con aceptadas y compartidas por esta Comisión, por lo que estamos de acuerdo y nos pronunciamos a favor en que el delito de contrabando y sus equiparables sean considerados, perseguidos y sancionados conforme a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y sean estas reformas aprobadas a la brevedad posible.

Dictamen

Primero.- El Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza comparte el criterio adoptado por el H. Congreso del estado de Tlaxcala y se adhiere al mismo por los razonamientos expuestos en los considerando el presente documento en lo relativo a solicitar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobar la reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Segundo.- Comuníquese, para su conocimiento, el presente al H. Congreso del estado de Tlaxcala, y a la Cámara de Diputados del H Congreso de la Unión para su conocimiento.

Atentamente.

Saltillo, Coah., a 22 de marzo de 2004.--- Diputados: Jesús de León Tello, coordinador; Hugo Héctor Martínez González, Jesús Mario Flores Garza, Carlos Tamez Cuéllar, Miguel Felipe Mary Ayup, Gabriel Ramos Rivera, Luis F. Salazar Fernández, Ramón Díaz Avila y María B. Granillo Vázquez.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento.
ESTADO DE NAYARIT

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo de Nayarit, XXVII Legislatura.

C. Diputado Marcos Morales Torres, Secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Al honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Señor Legislador:

Por resolución de la asamblea legislativa, me permito comunicarle respetuosamente la aprobación del acuerdo número 81, mediante el cual se acordó solicitar al H. Congreso de la Unión la revisión del fondo de ahorro derivado del Convenio Binacional México-Estados Unidos de América.

En virtud de lo anterior, remito el documento referido con antelación para sus efectos legales correspondientes.

Sin otro particular, reciba usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Tepic, Nayarit, a 5 de abril de 2004. Dip. Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Presidente de la Comisión de Gobierno Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo de Nayarit.

El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXVII Legislatura

Acuerda

Solicitar al Congreso de la Unión la revisión del fondo de ahorro derivado del Convenio Binacional México-Estados Unidos de América.

Unico. La Vigésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del estado de Nayarit solicita respetuosamente al Congreso General que revise la situación y el cumplimiento de los acuerdos derivados del Convenio Binacional 1942-1967, suscrito por los Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de Estados Unidos de América.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación y deberá publicarse en la Gaceta Parlamentaria.

Segundo. Suscríbase el presente resolutivo por los diputados integrantes de la XXVII Legislatura al Congreso del estado de Nayarit.

Tercero. Comuníquese el presente resolutivo a las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso General, para sus efectos correspondientes.

Dado en la Sala de Sesiones Licenciado Benito Juárez del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en Tepic, su capital, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil cuatro.--- Diputados: Eduardo Benítez Moreno (rúbrica), Presidente; Enrique Mejía Pérez (rúbrica), Juan Manuel Mier Pecina (rúbrica), secretarios; Beatriz Eugenia Altamirano Contreras, Efraín Arellano Núñez (rúbrica), Carlos Manuel Castillón Medina (rúbrica), José Ramón Cambero Pérez (rúbrica), Abad Cervantes Zurita (rúbrica), Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Yolanda del Real Ureña, Obdulia Delgado Delgado (rúbrica), Sergio González García (rúbrica), Raúl Escobedo Carvajal, José de Jesús Jáuregui Algarín (rúbrica), Lino Jacobo Aquino (rúbrica), Alejandro Lara Morán (rúbrica), José Antonio Jiménez González (rúbrica), Norma Elizabeth Sánchez Contreras, Héctor Javier Lozano Tovar (rúbrica), Manuel Narváez Robles (rúbrica), Carlos Ruiz Flores (rúbrica), Eduardo Ponce Cruz (rúbrica), José de Jesús Paredes Flores, Rodolfo Rodríguez Abud (rúbrica), José Alejandro Rivas Contreras, José Félix Torre Haro (rúbrica), Bernardo Rodríguez Naya (rúbrica), María Guadalupe Ruiz Romero (rúbrica), Everardo Sánchez Parra (rúbrica) y Oscar Javier Villaseñor Anguiano (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Túrnese a la Comisión Especial para darle Seguimiento a los Fondos Aportados por los Trabajadores Mexicanos Braceros, para su conocimiento.
TORTUGA

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo.

C. Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, Diputada Secretaria de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados de la Honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

En relación al oficio número D.G.P.L. 59-II-3-214, de fecha 15 de diciembre del año próximo pasado, mediante el cual remite al C. Lázaro Cárdenas Batel, Gobernador del estado de Michoacán, los puntos de acuerdo de esa representación popular, tomados mediante sesión celebrada en esa misma fecha, y en cuyo punto tercero ``Se exhorta al Gobierno del Estado de Michoacán a dar cumplimiento a lo dispuesto por sus leyes locales de Protección a los Animales y del Equilibrio y Protección al Ambiente en la Conservación de la Tortuga Marina'', al efecto me permito remitir a usted, el INFORME SOBRE LAS TAREAS DE PROTECCION DE LA TORTUGA NEGRA (Chelonia agassizzi), GOLFINA (Leídochelys olivacea), y LAÚD (Dermochelys coriacea), así como las Estrategias para la Protección de la Tortuga Negra, Golfita y Laúd, emprendidas por el Gobierno del Estado de Michoacán.

De igual forma, no omito señalarle el compromiso del Gobernador Lázaro Cárdenas Batel y de esta Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente en el estado, de aplicar puntualmente las disposiciones contenidas en la Ley de Protección a los Animales, Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y otras disposiciones normativas, a fin de lograr la protección de las especies de tortugas antes señaladas para lo cual le mantendremos informada periódicamente de las acciones emprendidas.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para saludarlo cordialmente.

Atentamente.

Morelia, Michoacán, 15 de abril de 2004.--- Mtro. Guillermo Vargas Uribe (rúbrica), Secretario de Urbanismo y Medio Ambiente.»

«ESTRATEGIAS PARA LA PROTECCION DE LA TORTUGA NEGRA, GOLFINA Y LAÚD.

1. Revisión y Actualización del Decreto por el que se determinan como zonas de reserva y sitios de refugio para la protección; conservación; repoblación, desarrollo y control de las diversas especies de tortuga marina, los lugares en que anida y desova dicha especie.

2. Valoración de la pertinencia de continuar con los trabajos de protección y conservación en playas de poca incidencia de anidación de tortugas marinas.

3. Incorporar las necesidades de conservación de tortugas marinas a programas de ordenamiento ecológico.

4. Proteger playas de anidación de tortugas marinas y ecosistemas funcionalmente asociados, evitando su modificación, degradación y destrucción por los desarrollos costeros (turismo, desarrollo urbano, industria, agricultura, carreteras y extracción de arena).

5. Conservar y manejar hábitats de alimentación, migración, apareamiento y reposo de tortugas marinas, para evitar su degradación debido a prácticas destructivas de pesca, contaminación, basura, calentamiento global y otros factores.

Es necesaria la aplicación de criterios normativos para el establecimiento y operación de campamentos tortugueros, así como para todas las acciones de protección, conservación, investigación y manejo de las tortugas marinas que se realicen en el territorio nacional. Tareas de primera importancia a realizar son las que a continuación se indican:

1. Registro para el establecimiento y operación de Campamentos Tortugueros

La operación de los campamentos tortugueros debe ser normada a través de un proceso de registro que permita recabar la mayor cantidad de datos posibles, a fin de conocer los esfuerzos que como país se están realizando, y que además permita llevar un seguimiento de las actividades en cada sitio, se evalúe su desempeño y sea la herramienta para la planificación de las tareas de protección y conservación.

2. Regularización de las playas de anidación en la zona federal marítimo terrestre para actividades de protección y conservación de tortugas marinas.

La regularización jurídica y administrativa de las áreas de anidación donde se realizan acciones de protección y conservación, comprende la tramitación de la concesión, para el caso de particulares, o destino de zona federal marítimo terrestre para el caso de las dependencias de gobierno. Esto permite fortalecer las acciones de protección y conservación que actualmente se realizan en las distintas áreas de anidación, evitando sean concesionadas o destinadas para usos incompatibles.

3. Regulación de las actividades de: investigación sobre tortugas marinas en el territorio nacional.

Como consecuencia de las modificaciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Artículo 87) y la publicación de la Ley General de Vida Silvestre (Artículos 97 y 98) se establece con carácter obligatorio el contar con una autorización expresa para efectuar la colecta e investigación de flora y fauna silvestre en territorio nacional. (Ello se está manejando con el PDIA)

4. Inspección y Vigilancia.

La inspección y vigilancia es responsabilidad de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

5. Inspección y vigilancia en las principales zonas de anidación de tortuga marina.

Las actividades de vigilancia implican la realización de recorridos sistemáticos en las playas durante la temporada de anidación. Para la realización de estas acciones se cuenta, en caso necesario, con el apoyo del personal de la Secretaría de Marina, Procuraduría General de la República y de las policías de caminos, estatales y municipales. Asimismo, se realizan recorridos vía marítima en la periferia de las zonas catalogadas como de refugio de las tortugas marinas.

6. Atención a quejas y denuncias de la ciudadanía.

Fuera de las zonas de anidación se realizan actividades relacionadas con la atención a quejas y denuncias de la ciudadanía por la presunta posesión y venta ilegal de especímenes, productos y subproductos de tortuga marina: Asimismo, se continúa el control de pieles de tortuga marina bajo la posesión de particulares, a través de la inspección y revisión de sus inventarios.

7. Operativos especiales de verificación.

Detección de infractores en los sitios de mayor comercio de productos y subproductos de tortuga marina, con el apoyo y la colaboración de otras instituciones.

8. Sistema de Información.

Este sistema permitirá conjuntar los resultados obtenidos y los que generen todas las instancias involucradas a fin de contar con información, tanto de los esfuerzos como de los resultados, en materia de protección, conservación, investigación y manejo de tortugas marinas, en el que se incluirán un inventario de playas de anidación, datos biológicos, así como recursos económicos y humanos invertidos. Actividades de importancia a realizar en este apartado son las siguientes:

Esta base de datos pretende ser el inicio y consolidación de un sistema con una estructura que permita el manejo rápido y eficiente de la información; éste, no pretende competir ni absorber las bases de datos que ya operan en el país con información puntual y de alta definición para fines académicos y de investigación, sino más bien compartirla.

La integración de la base de datos al Sistema Nacional de Información permitirá asegurar la disponibilidad de datos apropiados y compatibles para formular estrategias efectivas de conservación, brindando información oportuna a los usuarios sobre los proyectos y grado de avance del Programa.

9. Participación comunitaria.

La participación de las comunidades costeras en la conservación y el manejo sustentable de las tortugas marinas es poco frecuente y normalmente estas tareas son realizadas por instituciones gubernamentales, académicas o asociaciones civiles integradas en su gran mayoría por personas ajenas a la comunidad. Sin embargo, las comunidades locales asociadas con las tortugas marinas y sus hábitats, son actores importantes que, sin patrones de manejo adecuado, propician la degradación del ambiente y la sobreexplotación de los recursos. La marginación social, la carencia de alternativas productivas viables que incrementen el nivel económico de las comunidades; la desvinculación de los programas gubernamentales; universitarios y de organizaciones civiles a la problemática socioeconómica de las comunidades y la carencia de programas locales, regionales y nacionales adecuados de educación ambiental, propician que las comunidades costeras poco entiendan y participen en programas de conservación y manejo sustentable de las tortugas marinas y sus hábitats relacionados.

La comprensión y participación de los comunitarios es esencial ya que sin ella, se puede conducir al deterioro y fracaso de los programas de conservación.

Con el propósito de contribuir a compatibilizar y reforzar los programas de protección y conservación de las tortugas marinas con las necesidades de desarrollo de las comunidades aledañas a las playas de anidación, se deberá promover el establecimiento de proyectos alternativos acordes a las características regionales y a los pobladores de esas comunidades. Estas acciones, aunadas a una mayor participación y comprensión de los programas de conservación por parte de los lugareños, podrá lograr una compaginación entre las aspiraciones y necesidades de las comunidades y las de las acciones requeridas para la conservación de las tortugas marinas según su condición.

El estudio socioeconómico de las comunidades costeras, previo al establecimiento de proyectos alternativos tendientes a promover el desarrollo de éstas, permitirá obtener mejores resultados en su realización; optimizando el trabajo del personal directamente involucrado en la actividad. El estudio de los recursos naturales de la zona permitirá detectar aquellos susceptibles de aprovechamiento.

Impulsar actividades productivas tradicionales que sean compatibles con el manejo de la vida silvestre a través de la gestión de convenios y acuerdos de colaboración y cooperación ante las autoridades competentes de las distintas dependencias de gobierno, con la iniciativa privada y organismos internacionales. En todos estos proyectos productivos, será indispensable lograr, por lo menos eventualmente, la autogestión y una administración local para el beneficio primario de la comunidad.

El Sistema de Unidades para la Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, (Suma), está conformado por Unidades para la Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, (Uma); mismas que operan bajo condiciones de manejo intensivo y extensivo. Dentro de estas unidades se persigue el cumplimiento de varios objetivos de forma independiente o integrada, ya que pueden funcionar como centros productores de pies de cría, como bancos de germoplasma, como alternativas de conservación y reproducción de especies de fauna y flora que se encuentren en alguna categoría de riesgo; en labores de educación ambiental, investigación y como unidades de producción de ejemplares; productos y subproductos que pueden ser incorporados a los diferentes circuitos del mercado legal.

El Suma busca promover la diversificación de actividades productivas en el sector rural, basadas en el binomio ``conservación-aprovechamiento'' de los recursos naturales, que respondan a estas exigencias para lograr eI bienestar social y contribuir al combate de la pobreza.

Una de las características más sobresalientes de estas unidades es su aportación a la protección y manejo del hábitat para la vida silvestre; generada con la participación de los titulares o legítimos poseedores de la tierra.

El ecoturismo significa una opción para generar beneficios económicos a quienes conservan y usan ecológicamente los ecosistemas (comunidades, propietarios y operadores). Este puede generar incentivos a favor de la conservación, permitiendo también la valorización de la naturaleza en términos de su significado intrínseco en la medida que genera fuentes de trabajo y divisas surgidas del deseo de ver conservadas las especies de vida silvestre y los ecosistemas.

Como actividad económica importante, el ecoturismo tiene un potencial muy considerable para generar empleos permanentes y bien remunerados, contribuyendo a crear y a mantener empleos directos e indirectos. Las necesidades relativamente pequeñas de inversión, comparativamente con el turismo convencional, lo hacen mucho más rentable y le dan posibilidades de distribuir mejor actividades y beneficios en espacios territoriales mucho más amplios, apartándose de modelos tradicionales de producción.

Para ser viable y poder aprovechar todo su potencial el ecoturismo requiere desarrollarse, en primera instancia, como elemento alternativo dentro de los esquemas tradicionales de producción en el sector rural y en un marco adecuado de regulación, de ordenamiento, de planeación y de formación profesional para esa actividad. El ecoturismo debe ser objeto de una aplicación eficiente de diferentes instrumentos de política como son: el ordenamiento ecológico y la evaluación de impacto ambiental, con el propósito fundamental de mantener el nivel de actividad dentro de las capacidades de carga de cada unidad territorial:

Tomando en cuenta el valor tradicional que representa el uso de las tortugas marinas para las comunidades costeras, es recomendable que de manera paralela a la determinación del estado de conservación de las diferentes poblaciones y, según estos resultados, estudiar la viabilidad y posibles consecuencias de realizar un aprovechamiento sustentable de las tortugas marinas. Se deberá establecer y analizar los aspectos normativos, sociales y económicos para estas acciones.

10. Campaña de difusión y divulgación.

La instrumentación de una campaña de difusión debe ser una acción prioritaria mediante la cual se den a conocer los resultados y esfuerzos realizados en materia de tortugas marinas. La sociedad debe ser sensibilizada sobre la necesidad de contar con su participación activa, resaltando la importancia de la protección y conservación de tortugas marinas. Para este fin deberán utilizarse las siguientes medidas:

11. Diseño y publicación de material informativo y montaje de exposiciones.

La publicación de trípticos, folletos; carteles, edición de videos y montaje de exposiciones permitirá sensibilizar a la población sobre la importancia de la protección y conservación de estos quelonios, haciéndola partícipe de los esfuerzos realizados en la materia.

12. Publicación de artículos en revistas de divulgación.

La publicación de artículos en revistas de divulgación tiene el objeto de dar a conocer al público en general aspectos sobre la biología y ecología de estas especies, así como de la importancia de su protección y conservación.

13. Promover el uso de manuales actualizados de técnicas de manejo de tortugas marinas.

Considerando la experiencia que México tiene en la conservación de las tortugas marinas y derivado de ésta, actualmente se cuentan con diversos manuales sobre técnicas de manejo de tortugas marinas. Estos trabajos han sido, en muchos casos, realizados en colaboración o tomando en cuenta la experiencia de investigadores extranjeros. Promover el uso de estos manuales se hace necesario.

14. Mejorar la calidad y la ejecución de los esfuerzos de educación ambiental.

Las acciones de educación ambiental buscan concientizar a todos los sectores de la sociedad mexicana en la protección y conservación del recurso tortuga marina, mediante prácticas, conferencias y talleres, con el objeto de promover la participación de pescadores, ejidatarios y autoridades de las comunidades costeras. Para lo anterior se requiere:

Informe sobre las Tareas de Protección de la Totuga Negra (Chelonía agassizii), Golfina (Leídochelys olívacea), y Laúd (Dermochelys coríacea).

Con sus casi 2 millones de kilómetros cuadrados de superficie, el territorio mexicano alberga más especies de plantas y animales que Estados Unidos y Canadá juntos. La fauna de aves en México posee casi un mil especies y hay dos mil 500 especies de mariposas, mientras que nuestros dos socios del norte sólo tienen 650 especies de aves y 770 de mariposas. En México habitan un total estimado de 30 mil especies distintas de plantas superiores (angiospermas y gimnospermas), en contraste con las 18 mil registradas para Estados Unidos, las 20 mil de la ex Unión Soviética, y las 26 mil de China, que es el cuarto país en el mundo por su tamaño territorial.

México tiene entre el ocho y el doce por ciento del total de las especies conocidas en el mundo. El 23 por ciento de los crustáceos de la biósfera habitan en nuestro país; igualmente el 11.6 por ciento de reptiles, 717 especies, -somos el país con mayor número de especies-; de mamíferos tenemos 449 especies, el 10:8 por ciento; el 12.5 por ciento de las aves con 1.150 especies; y el 7.4 por ciento de peces marinos, del total conocido sobre la tierra. De plantas, tenemos el 13 por ciento de las conocidas en el planeta, y entre ellas, el 14.5 por ciento de las coníferas (80 especies) (Toledo, 1988).

La diversidad de reptiles en el territorio nacional es muy elevada en cuanto al número de especies (717) lo que equivale al 11.6% del total de los reptiles a escala mundial (Flores, 1993), de estas especies 146 (20.3%) se encuentran en Michoacán, correspondiendo tres especies a tortugas marinas; cuatro a tortugas dulceacuícolas, cincuenta y tres a saurios, una a cocodrilos y ochenta y cinco a serpientes.

Las tortugas marinas forman parte de la biodiversidad mundial, son un grupo primitivo y singular con características anatómicas únicas que no han cambiado substancialmente desde que aparecieron en la tierra. Los registros fósiles de las tortugas marinas datan de hace 100 millones de años, a finales del Mesozoico, en el Cretácico Superior.

Su historia de vida es prodigiosa. Son especies longevas, cuya maduración sexual puede tardar años y hasta décadas. Excelentes navegantes; durante sus migraciones recorren cientos de kilómetros al trasladarse entre sus sitios de alimentación y anidación. Pasan la mayor parte de su vida en el mar, y durante la temporada de reproducción las hembras regresan a las playas para desovar. Los ciclos de anidación son múltiples, lo que quiere decir que las hembras arriban a las playas en varias ocasiones por temporada para depositar sus huevos. Las nidadas permanecen en incubación de 45 a 60 días y al emerger las crías se dirigen al mar, incorporándose a comunidades pelágicas, a la deriva, durante periodos de tiempo variables; según la especie (Figura 1).

Mientras alcanzan la madurez reproductiva, transitan por una amplia variedad de hábitats oceánicos y costeros. En las diferentes etapas de desarrollo, la tasa de mortalidad es alta de tal manera que de 10,000 crías sólo el 0.02 al 0.2% alcanzan la edad adulta (Hughes y Richard, 1974; Márquez, et al, 1976 y Hirth y Schafter, 1974).

Hasta el siglo XIX; ,las tortugas. marinas fueron muy abundantes en sus áreas de distribución en los océanos templados y tropicales, estando sus poblaciones formadas por millones de individuos.

En la actualidad las poblaciones de las diferentes especies de tortugas marinas se encuentran reducidas. Esta merma en el ámbito de su distribución mundial es resultado de la interacción de diversas causas como son: la pesca excesiva, el comercio ilícito, el saqueo de nidadas, la captura y sacrificio de hembras anidadoras, la modificación y degradación de hábitat y la captura incidental de juveniles y adultos. En los últimos años, el hombre ha diezmado drásticamente la capacidad de estas especies para mantener su viabilidad, por lo que la mayoría de sus poblaciones se encuentran en declinación, frecuentemente a niveles críticos.

México no está excluido de esta problemática, por lo que el gobierno, con el establecimiento de diversas acciones de índole técnico, jurídico y administrativo encaminadas a la protección, conservación e investigación de las tortugas marinas, ha contribuido para contrarrestar el deterioro en las poblaciones de tortugas marinas a través de acciones como las que se presentan en el cuadro 1.

CUADRO 1. Acciones desarrolladas en materia de protección de tortuga marina durante la segunda mitad del siglo XX.

1966 Establecimiento del programa de investigación de tortugas marinas por el Instituto Nacional de Investigaciones Biológico Pesqueras.

1968 Se establecen las disposiciones de captura, aprovechamiento y comercialización de las tortugas caguama; prieta y carey.

1972 Vedas parciales a la captura de tortuga marina.

1973 Vedas a la captura total de tortuga marina.

1986 Se decretan como zonas de reserva y sitios de refugio para la protección, conservación; repoblación, desarrollo y control de las diversas especies de tortuga marina, los lugares en que anidan y desovan dichas especies.

1990 Se promulga el decreto de veda total y permanente para las especies y subespecies de tortuga marina, sus productos y derivados en aguas de jurisdicción nacional. Se crea el Programa Nacional de Protección y Conservación de las Tortugas Marinas a cargo de la entonces Sedue.

1991 Se inicia el Programa Nacional de Evaluación de la Captura incidental de Tortugas Marinas y del impacto Técnico y Económico del Uso de los Dispositivos Excluidores de Tortuga Marina (INP, Instituciones Académicas y Sectores Productivos).

1992 Adhesión de México a la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

1993 Se crea la Comisión Intersecretarial para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas. Se constituye el Comité Nacional para la Protección y Conservación de Tortugas Marinas integrado por representantes de los sectores productivo, académico y gubernamental. Se publican las Normas Oficiales Mexicanas de Emergencia 002-PESC-1993 y 008-PESC-1993, por las que se estableció el uso obligatorio de dispositivos excluidores de tortugas marinas en el Golfo de México y Mar Caribe. Se publica la Norma Oficial Mexicana NOM-002-PESC-1993, para ordenar el aprovechamiento de las especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se establece el uso obligatorio de dispositivos excluidores de tortuga marina.

1994 Se publica la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-1994, por la que se determinan las siete especies de tortuga marina en la categoría de: en peligro de extinción.

1995 Se publica el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Semarnap.

1996 Se publica la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-PESC-1996, por la que se establece el uso obligatorio de dispositivos excluidores de tortugas marinas en las redes de arrastre durante las operaciones de pesca de camarón en el Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California. Adición del capítulo de delitos ambientales al Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal.

1997 Se publica el Programa de Conservación de la Vida Silvestre y Diversificación Productiva en el Sector Rural 1997-2000, México. Este documento contiene la estrategia de conservación y recuperación de especies prioritarias dentro de las cuales se incluye a las tortugas marinas. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-PESC-1993, en donde se ratifica el uso obligatorio de excluidores de tortuga marina en todas las redes de arrastre camaroneras y se autoriza el uso de excluidores de tipo rígido exclusivamente.

2000 Se crea la Ley General de Vida Silvestre.

Las acciones instrumentadas a lo largo de los últimos 30 años proveen herramientas básicas para la protección de las siete especies de tortugas marinas que arriban a territorio mexicano, mismas que desde tiempos ancestrales anidan y se alimentan en nuestras costas, razón por la cual se considera a México .como una región de especial importancia en la conservación de tortugas marinas y una zona estratégica para la aplicación de programas de protección, conservación, investigación y manejo de estos quelonios.

Datos importantes sobre las especies de tortugas marinas que anidan en Michoacán.

Todas las especies, son consideradas como especies bajo condición especial dentro de una variedad de instrumentos legales enmarcados en tratados de conservación con alcances regionales e internacionales.

Los resultados por especie que se muestran a continuación, denotan la importancia que para la recuperación de las tortugas marinas representan las actividades de protección y conservación realizadas de manera prioritaria en un las playas de anidación de Michoacán; ello gracias al esfuerzo compartido entre sociedad civil, académicos y gobierno estatal.

Tortuga prieta Chelonia agassizii tiene una marcada preferencia por anidar en las playas de Colola (playa con mayor número de anidaciones) y Maruata en el estado de Michoacán, presentándose de manera esporádica en otras playas de Michoacán, Colima, Jalisco y Oaxaca.

Para esta especie, se establece un promedio de 2:8 anidaciones por hembra por año (Márquez,1996a), tomando esto en cuenta y aunado a los resultados de los trabajos para su protección en los años 1998 y 1999, se pueden estimar para Michoacán 534 y 173 hembras anidadoras para esos años:

Esta especie se encuentra estrechamente vinculada a las comunidades étnicas de la zona costera, por lo que es necesario manifestar la sobresaliente participación de éstas en las actividades de protección y conservación:

En el cuadro anterior se observa la tendencia de recuperación de esta especie.

Tortuga laúd (Dermochelys coriacea) merece atención especial, debido a que sus poblaciones han disminuido dramáticamente al paso de los años. A principios de los ochenta se estimaba que 65 por ciento de la población mundial anidaba en playas de Michoacán, Guerrero y Oaxaca. Ya en la década de los noventa se observaba una declinación continua, hasta que en 1993 se registraron 16 hembras anidando en la playa de Mexiquillo, Michoacán. A partir de entonces no se observan índices de recuperación a pesar de las fluctuaciones observadas en el número de hembras y nidos.

Estimación del número de hembras anidadoras de tortuga laúd en Mexiquillo, Michoacán, de 1985 a 1998:

A partir de 1995 se han realizado esfuerzos de coordinación entre diferentes instituciones con el fin de estimar el estado de la población de tortuga laúd. Para ello, se han realizado censos aéreos a lo largo de la costa del Pacífico mexicano y patrullajes terrestres en playas clave, como Mexiquillo, Michoacán; Tierra Colorada, Guerrero; y Llano Grande y Barra de la Cruz, Oaxaca. Los resultados se presentan en el cuadro siguiente:

Resultados de protección y conservación de tortuga laúd en 1997-1998 y 1998-1999.

Actualmente, se sabe que son tres las principales playas de anidación para tortuga laúd en México, seguidas por cuatro de importancia secundaria. Estas playas son Mexiquillo, Michoacán; Tierra Colorada y Playa Ventura, Guerrero; Barra de la Cruz, Llano Grande y Chacahua, Oaxaca; y Agua Blanca, Baja California Sur. Juntas representan aproximadamente 70 por ciento de la anidación total en México (Sarti, et al, 1999).

De las playas señaladas, sólo Agua Blanca, en Baja California Sur, carece de un programa de protección.

Los trabajos de investigación en tortuga laúd han abordado aspectos como parámetros reproductivos, fisiología del buceo, genética, determinación sexual, telemetría, fotoidentificación, estimación poblacional de hembras anidadoras y contaminación de huevos. Pese a los esfuerzos realizados, la población ha disminuido.

Problemática

A partir de la segunda mitad del siglo XX, la importancia de las tortugas marinas aumentó con rapidez, en especial en los años sesenta, como pesquería ribereña. En México, la captura de tortugas marinas se desarrolló de tal manera, que durante casi dos décadas (1965-1982) contribuyó al mercado con más de la mitad de la producción mundial debido a que su piel comenzó a utilizarse como sustituto de la piel de cocodrilo. El caparazón y la carne se procesaron industrialmente y se recolectaron grandes cantidades de huevo para su venta.

La captura se mantuvo hasta 1989, con uno de los peores años para la pesquería de tortuga golfina, dados los bajos volúmenes de captura que se lograron. Por no considerarse los límites biológicos de las poblaciones, pronto se rebasaron los niveles óptimos de explotación y se agotaron varias de las colonias más importantes de esta especie. Desde mucho tiempo antes se paró la captura de las otras especies, pues fueron llevadas con mayor rapidez a niveles incosteables económica y ambientalmente para propósitos de captura legal.

Las pesquerías de tortuga marina en las aguas nacionales fueron prohibidas total e indefinidamente mediante el acuerdo por el que se establece la veda total para las especies y subespecies de tortuga marina en aguas de jurisdicción federal, del 31 de mayo de 1990. Derivado de esta prohibición y aunado a la falta de opciones de desarrollo económico, así como a la permanente demanda, la cotización de productos y subproductos de las tortugas marinas se ha disparado, fomentando su captura en forma clandestina. No se cuenta con datos reales y claros de dicha actividad.

Hasta ahora, la naturaleza no ha sufrido la pérdida de ninguna de las ocho especies de tortugas marinas conocidas. Sin embargo, muchas de sus poblaciones se han reducido al mínimo, poniendo en riesgo las propias especies, siendo las principales causas de la reducción de sus poblaciones las de origen antropógenico.

Actualmente, en la mayoría de los casos, la tortuga se sacrifica en el mar o en la playa, aprovechándose en algunas ocasiones sólo la carne y los huevos de vientre, desechándose el resto. En otras es sólo la piel la que se aprovecha (Lazcano-Barrero, et al, 1986). La piel, principalmente de Chelonia mydas, Caretta caretta, Eretmochelys imbricata y Lepidochelys olivacea, ha sido sumamente cotizada en la industria peletera, causando una baja significativa en sus poblaciones.

Es importante mencionar el caso particular de la tortuga laúd D. coriacea, que en la década de los noventa mostró una baja extrema de hembras anidadoras, como resultado de la intensa colecta de huevos en las playas de anidación, principalmente en los años previos al inicio de los trabajos de protección en la mayoría de las playas de anidación, aunado a la captura incidental de juveniles y adultos, en las pesquerías con palangre y redes de deriva, principalmente del pez espada, en aguas chilenas, peruanas y hawaianas (Sarti, et al, 1998).

En resumen, las prácticas ilegales están asociadas a problemas de educación, a la falta de opciones de desarrollo socioeconómico y al desconocimiento del marco legal vigente, así como a la insuficiente vigilancia en las zonas costeras de arribazón para evitar la comercialización y el transporte de huevos, carne y piel. De acuerdo con los resultados de los procedimientos administrativos instaurados por la Profepa, un alto porcentaje de los infractores detenidos en la comercialización y transporte de huevos de tortuga marina son personas menores de edad y mujeres. Esta práctica alcanza altos volúmenes de huevos, los cuales se comercializan ilícitamente en las grandes ciudades.

El gobierno del estado de Michoacán, junto con la sociedad civil y académicos, ha desarrollado con mayor o menor intervención por alguna de las partes lo siguiente:

Propuesta de planes de recuperación y planes de acción

Por lo anterior, es necesario desarrollar una estrategia de conservación, investigación, manejo y aprovechamiento sustentable para las especies de reptiles michoacanas, independientemente de las medidas que sobre la protección de la flora y la fauna en su conjunto puedan establecerse. Algunas de estas medidas específicas se indican a continuación:

Por lo anterior, es claro que una sola institución no va a lograr la conservación de cualquier recurso natural. Por ello que se propone, de acuerdo con sus atribuciones, la acción de las siguientes dependencias federales, estatales y municipales, en coordinación con la sociedad civil para lograrlo.

Institución:

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Actividades:

Fomentar la protección, restauración y conservación de las tortugas marinas, a fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable.

Institución:

Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente. Actividades:

Actividades:

Vigilar y estimular el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con el recurso tortuga marina; y, en su caso, imponer sanciones procedentes.

Instituciones:

H. Ayuntamientos.

Actividades:

Otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y asignaciones; reconocer derechos, según corresponda, en materia de aguas forestales, ecológica, pesquera, explotación de la flora y fauna silvestre, y sobre playas, zona federal marítimo-terrestre, terrenos ganados al mar (ello puede impulsarse mediante el PDIA).

Institución:

Secretaría de Marina.

Actividades:

Institución:

Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Actividades:

Institución:

Secretaría de Turismo (ámbitos federal y estatal).

Actividades:

Instituciones:

Procuraduría General de la República y Policía Ministerial.

Actividades:

Institución:

Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Actividades:

Institución:

Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Actividades:

Institución:

Secretaría de Relaciones Exteriores.

Actividades:

Instituciones:

Secretarías de Educación Pública; y de Urbanismo y Medio Ambiente.

Actividades:

Institución:

Secretaría de la Defensa Nacional.

Actividades:

Institución:

Secretaría de Desarrollo Social.

Actividades:

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.
COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

En relación con la atenta comunicación suscrita por el licenciado Cristian Alarcón Ojeda bajo el turno número LIX-1206, por virtud de cual remitió a este órgano de gobierno diverso oficio suscrito por el C. diputado Jorge A. Kahwagi Macari, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, mediante el cual informa de la sustitución del C. diputado Maximino Fernández Avila, como integrante de la Comisión de Vivienda, designándose en su lugar al C. diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada en esta misma fecha, los integrantes de la Junta de Coordinación Política se dieron por enterados de la solicitud formulada en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de abril de 2004.--- Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: De enterado.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

Una comunicación más de la Junta de Coordinación Política...

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Un momento, Secretaria. Yo quisiera rogarle a los señores integrantes de los medios masivos de comunicación, tengan la gentileza de ocupar sus lugares para poder continuar el desarrollo de la sesión. Adelante Secretaria.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

Con todo gusto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

En relación con la atenta comunicación de fecha 22 de abril del año en curso, suscrita por el C. diputado Manuel Velasco Coello, vicecoordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, por virtud del cual hace del conocimiento de este órgano de gobierno la designación de que ha sido objeto el C. diputado Javier Orozco Gómez, como representante suplente de ese grupo parlamentario ante el Comité de Comunicación Social, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada en esta misma fecha, los integrantes de la Junta de Coordinación Política se dieron por enterados de la designación propuesta en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1; inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos de que se someta a consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados la propuesta planteada, para los efectos procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de abril de 2004.--- Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: De enterado.

Continúe la Secretaría.


PARLAMENTO DE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla (desde su curul):

Señor Presidente, por favor.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Por favor, sonido en la curul del señor diputado Moreno Garavilla.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla (desde su curul):

Una moción. Muchas gracias, señor Presidente.

A la Presidencia de la Comisión de Participación Ciudadana, se notificó oficialmente, quizá la versión preliminar de los acuerdos tomados por la Junta de Coordinación Política, en el sentido de que, adoptado por consenso, se daría cuenta de un punto de acuerdo formulado, propuesto por uno de los distinguidos miembros de la comisión a propósito de este importante evento del Parlamento de las Niñas y de los Niños.

Habida cuenta de que la participación de los integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana fue soslayada en su oportunidad y amablemente rectificada por el señor Presidente en turno, quisiera yo rogar, señor Presidente, que conste en el acta de esta sesión que las integrantes y los integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana que nos vimos de plácemes participando con los de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, queremos consignar este esfuerzo del diputado Fermín Trujillo por el punto de acuerdo que entiendo habrá de desahogarse en el punto del orden del día correspondiente pero sí quisiera rogarle que esto se asiente en el acta de la sesión.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Señor diputado Moreno Garavilla, en el acta queda constancia de su intervención y quiero expresarle que hay todavía dos puntos de acuerdo que la Presidencia no ha recibido, pero que se desahogarán en el transcurso de la sesión, de parte de la Junta de Coordinación Política.

Continúe la Secretaría.


RAMO 33

La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

«Escudo.--- LIX Legislatura.--- Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.--- Comisión de Desarrollo Social, Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Pleno de la H. Cámara de Diputados.

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Diputados Federales, integrantes de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, presidentes de las Comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público, hacen de su conocimiento la presente comunicación, bajo las siguientes

Consideraciones

Que la aprobación de la Ley General de Desarrollo Social reflejó el trabajo conjunto del Congreso de la Unión, así como de las distintas fuerzas políticas representadas en él.

Que dicha Ley, en su artículo quinto transitorio, establece que ``las comisiones de Desarrollo Social, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados deberán revisar la distribución de los fondos relativos al desarrollo social contenidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, en un plazo no mayor a 90 días y, en su caso, recomendar las modificaciones que se consideren pertinentes''.

Que las Comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público han desarrollado una serie de trabajos para el cumplimiento de dicho mandato, los cuales les permiten presentar el siguiente documento resultado de esta revisión de dichos fondos:

Partiendo de que el Capítulo V denominado ``De los Fondos de Aportaciones Federales'' contempla 7 fondos de los cuales 6 son relativos al gasto en desarrollo social a saber:

1). Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB).

2). Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA).

3). Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS).

4). Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF).

5). Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM).

6). Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA).

La revisión de la distribución de los fondos se ha realizado en dos sentidos: el económico y el funcional.

A) En cuanto al económico, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados ha analizado que:

a) El monto total de los 6 fondos para el ejercicio 2004 asciende a 248,701.4 millones de pesos, es decir, una disminución de 9,820.7 millones de pesos respecto a 2003, lo que significa una baja en términos reales del 0.1%. En esta reducción destaca el FAEB con el 1.0% y FAETA con el 1.6 por ciento, respectivamente en tanto que el FASSA creció en un 2.7% real.

b) La distribución de las aportaciones presupuestales para gasto en desarrollo social por entidad federativa muestra una clara concentración en 9 entidades (México, Veracruz, Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Puebla y Guanajuato), las que absorben el 52 por ciento de los fondos relativos al gasto social contemplados en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, que se canalizan sólo a menos de la tercera parte de las entidades federativas.

De esta revisión económica se recomienda que, para el ejercicio 2005, el crecimiento real del gasto social a que se refieren estos Fondos sea el que mandata el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Social, el cual a la letra dice que ``el presupuesto federal destinado al gasto social no podrá ser inferior, en términos reales, al año fiscal anterior. Este gasto se deberá incrementar cuando menos en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del PIB, en los Criterios Generales de Política Económica y en congruencia con la disponibilidad de recursos a partir de los ingresos que autorice el Congreso al Gobierno Federal''.

También, se propone explicar las causas que motivan la concentración de las aportaciones presupuestales en un reducido número de entidades.

B) En cuanto al funcional, la Comisión de Desarrollo Social ha detectado que la distribución de los fondos tiene un conjunto de problemas que son que:

El 80% del total de los recursos asignados vía el Ramo 33 del presupuesto federal, se encuentran vinculados al pago de la plantilla de personal de los servicios de salud y educación desconcentrados a los estados, los recursos no alcanzan para el mejoramiento o ampliación de los servicios. Los gobiernos estatales se han convertido en meros pagadores de maestros, médicos y enfermeras.

El monto de los recursos transferidos para financiar las funciones de educación y salud al ser insuficiente, provoca que las entidades federativas tengan que destinar proporciones importantes de sus presupuestos para mantener tales servicios, lo que ha llevado a los gobiernos estatales a tener serios problemas financieros.

Los criterios de distribución de los recursos para educación y salud dirigidos a las entidades federativas, establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, reproducen las desigualdades y distorsiones que existen en el reparto de los recursos entre los estados. Tales criterios no responden a las necesidades y rezagos prevalecientes a nivel estatal y municipal sino a las inercias de un modelo de descentralización hoy totalmente disfuncional.

Existen Fondos que no tienen un mecanismo de distribución establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, como es el caso del Fondo de Aportaciones Múltiples, lo que lleva a que exista discrecionalidad al momento de su reparto entre las distintas entidades federativas.

En torno al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social existen problemas como la falta de autonomía de las autoridades locales para determinar el destino del gasto, la existencia de conflictos internos en los ayuntamientos porque las obras que se realizan no responden a las necesidades más apremiantes de las comunidades y dificultades para la fiscalización de esos montos, entre otros problemas.

Existe una notable desigualdad en la distribución de los fondos de educación básica y normal (FAEB) y de servicio de salud (FASSA). Así, mientras que algunas entidades tienen un gasto per cápita muy alto por beneficiario potencial de los servicios de educación y salud, otras reciben hasta 50% menos por los mismos servicios.

Las reflexiones anteriores nos llevan a apuntar que la situación actual de los fondos se caracteriza por:

1) Falta claridad en los objetivos generales de los fondos actuales.

2) Insuficiencia de los métodos para la conformación y distribución de los montos que integran los fondos.

3) Faltan definiciones para el uso y destino de los recursos.

4) Falta de mecanismos para la evaluación del impacto social.

5) Complejidad administrativa para la operación de los fondos y carencia de mecanismos para la transparencia y rendición de cuentas.

6) Insuficiencia de los esquemas de participación en la operación de los fondos por parte de estados y municipios, así como falta de mecanismos que garanticen la continuidad de la utilización de los fondos en un plan de desarrollo estatal y municipal de largo plazo.

7) Faltan normas compensatorias para reducir la desigualdad reinante en la distribución de los recursos de los Fondos.

De estas problemáticas se desprendieron cuatro líneas de análisis que son:

1) Análisis de la distribución de los recursos públicos en los fondos contenidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

2) Análisis de la distribución de cada fondo para las entidades federativas.

3) Diseño de incentivos para mejorar la participación de estados y municipios en la utilización de los fondos.

4) La fiscalización de la aplicación de los recursos de los fondos para estados y municipios.

Respecto a estas cuatro líneas se solicitaron opiniones de los Secretarios de Finanzas de los gobiernos de las entidades federativas que dieron como resultado las siguientes propuestas:

1) PROPUESTAS DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVA CON RESPECTO A LA DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS PUBLICOS EN LOS FONDOS CONTENIDOS EN EL CAPITULO V DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL.

Existe consenso en cuanto a la necesaria revisión de las fórmulas nacionales de distribución para garantizar que los recursos nunca sean inferiores a los del PEF del año anterior Sin embargo, se presentaron diferentes opciones en cuanto a que variables se deben incluir en nuevas fórmulas.

Algunos estados proponen tomar en cuenta el PIB, distribución per cápita, porcentajes compensatorios y resarcitorios a partir de la desigualdad entre las entidades. Diseñar fórmulas que privilegien el grado de marginación por encima del de población, que tomen en cuenta las diferencias y peculiaridades de la pobreza rural y urbana.

En tanto que, para otras entidades, es prioritario considerar variables para estimular la ampliación anual de los recursos tomando en cuenta los logros alcanzados en materia de disminución de la pobreza y desarrollo social.

Se propone que la distribución se haga a partir de una matriz de gasto federalizado elaborada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que permita hacer un análisis y una distribución equitativa.

Se considera que la asignación de recursos de las entidades federativas se debe hacer en bloque, de manera similar a como se hace con el Ramo 28.

2) PROPUESTAS DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVA PARA MEJORAR LA DISTRIBUCION DE CADA FONDO PARA LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.

Existe consenso en cuanto a que los recursos de los fondos no sean etiquetados por el gobierno federal, sino que sean utilizados de acuerdo a las necesidades, los problemas y los programas reales de cada entidad, pero que se haga en un marco de metas nacionales.

Se busca incrementar la participación en las decisiones de programación por parte de gobiernos estatales y municipales.

Precisar las prioridades y responsabilidades de cada nivel de gobierno en materia educativa, de salud y desarrollo de infraestructura social. Precisar mejor en qué se puede gastar y en qué no.

En cuanto a cada fondo en particular existen diversas propuestas:

Para el FAEB se requiere garantizar la continuidad de los fondos aportados el año anterior del ejercicio presupuestal, precisar el concepto de fondo irreductible para hacer más eficiente su uso y diseñar una fórmula que considere la utilización de recursos excedentes.

Para el FASSA, se presenta una preocupación común en cuanto a que no se asigne a éste el costo del seguro popular; que se cumpla la ley en cuanto al monto irreductible pues en muchos casos esto no se respeta.

Para el FAIS, se propone establecer sanciones económicas a quien no destine el fondo a lo previsto en la Ley.

Para el FISE se señala que debe contemplar elementos resarcitorios y que precise que su impacto debe ser regional e intermunicipal, para evitar la duplicidad de obras, además de incrementarlo anualmente para ir cubriendo gradualmente las necesidades de inversión pública del estado.

Para el FORTAMUN se propone que las fuentes para el cálculo de distribución sean homologados de la federación a las entidades federativas y de ahí a los municipios; integrar la variable: tasa de desempleo; aclarar el concepto de saneamiento de la hacienda municipal.

Para el FAM se propone que la parte correspondiente a la construcción de escuelas se incorpore al FAEB.

Para el FAETA se propone incorporarlo al FAEB.

Para el FASP se propone incorporar una variable de estímulo por avances en el combate a la delincuencia. También que al aplicar la fórmula de distribución, se deduzca del monto anual el monto de dotaciones complementarias que se ha convertido en un gasto irreductible.

Se propone la creación de un Fondo de Aportaciones para el Desarrollo de los estados similar al que existe para los municipios.

3) PROPUESTAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVA PARA INCENTIVAR Y MEJORAR LA PARTICIPACION DE ESTADOS Y MUNICIPIOS EN LA UTILIZACION DE LOS FONDOS.

Que se reconozca el esfuerzo presupuestal que hacen las entidades, de sus propio gasto, para complementar los recursos federales.

Que se retome la propuesta de la SEDESOL en el sentido de que al irreductible se sumaría una cantidad excedente adicional distribuida con otros criterios.

Que se realice una reforma fiscal para devolverle a las entidades federativas y municipios las facultades tributarias y fiscales que cedieron en la década de los 80s en la Ley de Coordinación Fiscal.

4) PROPUESTAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVA PARA LA FISCALIZACION DE LA APLICACION DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS PARA ESTADOS Y MUNICIPIOS.

Existe coincidencia para llegar a un convenio entre el Gobierno Federal, el Congreso de la Unión y las Entidades Federativas, para precisar los mecanismos de control, unificar parámetros de medición de resultados, criterios de transparencia y de rendición de cuentas.

Que sea el órgano de fiscalización de cada entidad federativa, mediante convenio con la Auditoria Superior de la Federación, el que lleve a cabo la fiscalización del gasto de los fondos y, posteriormente, entregar las evaluaciones al gobierno federal.

El análisis de las anteriores propuestas enviadas a la Comisión de Desarrollo Social por parte de los Secretarios de Finanzas de los Gobiernos de las Entidades Federativas, así como el de otras que se presenten más adelante, se continuará también de manera temática, de acuerdo a la naturaleza de los fondos.

Para cada uno de los fondos de aportaciones de: educación (FAEB, FAETA y FAM en lo relativo a infraestructura educativa); salud, (FASSA); infraestructura social básica y asistencia social (FAIS y FAM en lo relativo a asistencia social), se analizarán: a) la distribución de los fondos entre las entidades federativas; b) los mecanismos de operación de los fondos (donde se incluye el análisis de los incentivos para mejorar la participación de los estados en la utilización de los Fondos); y c) la fiscalización de la aplicación de los fondos para estados y municipios.

En conclusión, de esta manera, las Comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público han efectuado la revisión de la distribución de los fondos relativos al desa-rrollo social contenidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal al que nos obliga el artículo quinto transitorio de la Ley General de Desarrollo Social. Sin embargo, la complejidad de la problemática existente en torno a estos Fondos nos obliga a continuar con su análisis.

La revisión realizada muestra que existe un amplio consenso que involucra a los gobiernos federal, estatales y municipales sobre la necesidad de llevar a cabo reformas legales para modificar los mecanismos de funcionamiento y fiscalización de los Fondos, así como las fórmulas de distribución de sus recursos entre las entidades federativas.

Asimismo, dentro de los Programas Nacionales de Salud y Educación se establece como un objetivo prioritario el modificar los criterios de distribución de los fondos de aportaciones para lograr una verdadera equidad y justicia en el reparto de los recursos federales destinados a los rubros de salud y educación. Hoy, dentro de la Convención Nacional Hacendaria también se está discutiendo el tema, específicamente en las mesas de gasto y de coordinación interinstitucional.

En síntesis, es necesario que dentro de la Cámara de Diputados continuemos analizando la distribución de los fondos de aportaciones federales pero también su forma de operación, ejercicio y fiscalización, y proponer, considerando esos distintos niveles, las modificaciones legales pertinentes.

Con base en todo lo anterior:

PRIMERO.- Se ha hecho la revisión que indica el artículo quinto transitorio de la Ley General de Desarrollo Social y se presentan las líneas generales, a partir de los cuales se podrían diseñar una serie de modificaciones al Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal y, en particular, a las fórmulas de distribución de los fondos de aportaciones del Ramo 33.

SEGUNDO.- Dado que la problemática relativa a estos fondos de aportaciones federales relativos al desarrollo social contenidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal abarca no sólo su distribución, como establece el artículo quinto transitorio sino mecanismos de funcionamiento y fiscalización, las Comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público continuarán analizando los mencionados fondos con el objetivo de que en el próximo periodo ordinario de sesiones se presentaran las modificaciones legales pertinentes.

TERCERO.- En el análisis de los Fondos de Aportaciones Federales realizado por las comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público se invitará a participar a las comisiones de Salud, y Educación Pública y Servicios Educativos, y, también, a Senadores y funcionarios de los gobiernos federal, estatales y municipales de los rubros de salud, educación, desarrollo social y finanzas relacionados con el funcionamiento de los fondos relativos al desarrollo social contenidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

Dip. Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social; Dip. Gustavo E. Madero Muñoz (rúbrica), Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

De enterado.


INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

«Instituto Mexicano del Seguro Social.--- Dirección General.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con objeto de dar debido cumplimiento a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 286-C de la Ley del Seguro Social, el H. Consejo Técnico del Instituto, en Acuerdo 2D0/2002 del 17 de abril del 2002, estableció los dispositivos de información para que en forma periódica, oportuna y accesible, se dé a conocer la composición y situación financiera de las inversiones de este organismo y se remita trimestralmente al honorable Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México.

Por tal motivo y con fundamento en el artículo 268, fracciones II y XI de la Ley del Seguro Social, me es grato acompañar un ejemplar conteniendo la información antes citada, correspondiente al 1er. trimestre del 2004, en el que se incluye fundamentalmente la posición de los recursos financieros en inversión al cierre del mismo, los montos promedio, la estructura del portafolios y los rendimientos obtenidos.

Con los resultados alcanzados en el periodo que se informa, se cumple satisfactoriamente con los objetivos y metas institucionales fijadas por el Consejo Técnico para este proceso, situación que se ha mantenido de esa forma durante los últimos ejercicios, debido a la eficiencia en la administración de la inversión de los recursos financieros institucionales, en la cual se ha contado con las valiosas aportaciones de los miembros de la Comisión de Inversiones Financieras del Instituto, integrada en forma tripartita por representantes del sector obrero y del sector patronal ante el H. Consejo Técnico, así como de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el titular del órgano interno de control en el IMSS, el presidente de la Comisión de Vigilancia y funcionarios del propio Instituto.

Sin otro particular envío a usted un respetuoso saludo.

México, DF, a 27 de abril de 2004.--- Santiago Levy

«Escudo.--- IMSS Seguridad y Solidaridad Social.

Informe Trimestral sobre la Composición y Situación Financiera de las Inversiones del Instituto.

CONTENIDO

Introducción

Comisión de Inversiones Financieras

I Composición y situación financiera de las inversiones institucionales

a) Posición financiera de los recursos en inversión al cierre de enero, febrero y marzo de 2004

b) Montos promedio de inversión enero, febrero y marzo de 2004

c) Acumulación de Reservas Financieras 1998 - mar/2004

d) Evolución de las Reservas Financieras ene/1996- mar/2004

e) Estructura, del portafolios por tipo de instrumento de inversión al cierre de enero, febrero y marzo de 2004

f) Inversiones en valores corporativos por sector de la economía, al cierre de enero, febrero y marzo de 2004

g) Tasas de rendimiento, monto acumulado de los intereses devengados y cumplimiento de las metas de inversión al 1er. trimestre de 2004

h) Valor en riesgo por cartera y total del portafolios de inversión al cierre de enero, febrero y marzo de 2004

i) Comportamiento del Var de abril 2003 a marzo 2004

j) Sensibilidad del portafolios de inversiones institucional por cartera y total del portafolios ante movimientos en las tasas de interés (duración modificada), al cierre de enero, febrero y marzo de 2004

k) Promedio ponderado de los días por vencer del portafolios de inversión en moneda nacional (duración Macaulay), de abril 2003 a marzo 2004

l) Sensibilidad del valor del portafolio de inversión institucional, ante movimientos en las tasas de interés en moneda nacional (Duración Modificada), de abril 2003 a marzo 2004

II. Control de operaciones, resumen de asignaciones y transaccionalidad

INTRODUCCIÓN

El 20 de diciembre de 2001 se promulgaron reformas y adiciones a la Ley del Seguro Social, impulsadas por el Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada y aprobadas por el H. Congreso de la Unión.

Entre los frutos significativos de dichas reformas se encuentra el dar mayor transparencia a la constitución y al manejo de las reservas financieras del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Asimismo, los artículos 286-C y 73-B, fracción VII, de la Ley del Seguro Social y del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, respectivamente, ordenan que en forma periódica, oportuna y accesible se dé a conocer al público en general la composición y la situación financiera de las inversiones del Instituto y que esta información se remita trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Banco de México y al H. Congreso de la Unión.

Los dispositivos para alcanzar esta finalidad fueron precisados, conforme lo ordena la ley, por el Consejo Técnico del Instituto. En este documento se presenta el informe correspondiente al lapso enero-marzo de 2004 y constituye el noveno de los reportes que sobre la materia rinde el IMSS de manera trimestral.

La Ley prevé que para garantizar el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga el IMSS, derivadas del pago de beneficios y de la prestación de servicios, deberá constituir y contabilizar por ramo de seguro la provisión y el respaldo financiero de reservas, con metas anuales de fondeo fijadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Establece también que los recursos afectos a estas reservas no forman parte del patrimonio del Instituto, sino recursos a favor de sus derechohabientes, y que sólo se podrá disponer de ellos para cumplir los fines previstos en la Ley del Seguro Social y para garantizar la viabilidad financiera del IMSS en el largo plazo.

Conforme a la ley, el Instituto constituyó cuatro tipos de reservas:

I. Reservas Operativas;

II. Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento;

III. Reservas Financieras y Actuariales, y

IV. Reserva General Financiera y Actuarial.

Por otra parte y separado de las reservas, se crea un Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual: dicho fondo tiene como propósito contar progresivamente con mayores recursos para hacer frente a los pasivos laborales del Instituto.

Finalmente, cabe apuntar que a partir de la entrada en vigor de la ley se fortaleció la Dirección de Inversiones Financieras del Instituto, que conforme con el artículo 286-C de la Ley del Seguro Social, es el órgano especializado que se encarga de la administración financiera de la inversión de los recursos institucionales, aplicando mecanismos que permiten obtener el mayor rendimiento posible, bajo criterios de prudencia, seguridad, rendimiento y liquidez, diversificación de riesgo, transparencia y respeto a las sanas prácticas y usos del medio financiero nacional.

COMISION DE INVERSIONES FINANCIERASI. Antecedentes

En marzo de 1999, el H. Consejo Técnico mediante acuerdo 141/99 aprobó el mecanismo de protección patrimonial consistente en:

Asimismo, en dicho numeral se definen las facultades y obligaciones de la misma:

Evalúa y emite opinión al Consejo Técnico, respecto a:

--- Políticas y directrices de inversión, uso y dispersión de las reservas

--- Documentos normativos para las inversiones institucionales

--- Riesgos financieros de inversión

--- Instituciones del sistema financiero, en cuanto al perfil de riesgo y rendimiento

--- Estudios financieros para llevar a cabo inversiones en acciones de sociedades o empresas cuyo objeto social sea complementario o afin del propio Instituto

--- Determina las operaciones de inversión, las expectativas de tasas de interés y la calificación de la contraparte y del emisor

El artículo 4o. del Reglamento, define la siguiente estructura para la CIF:

III. Funcionamiento

La CIF fue instalada formalmente por el Director General del IMSS el 12 de noviembre de 1999, asimismo, en esta sesión fueron aprobados los trabajos y acuerdos de las 20 reuniones semanales que se celebraron con el carácter de preparatorio, a fin de dar continuidad a las acciones de inversión que por sus características técnicas y su dinámica no era posible interrumpir.

Previa convocatoria, la CIF se reúne semanalmente de acuerdo al calendario anual aprobado por la misma. En cada sesión ordinaria se presenta una carpeta de trabajo integrada por los siguientes apartados, en los cuales se tratan los siguientes temas, mismos que son analizados y comentados ampliamente durante la sesión:

--- Seguimiento de acuerdos. Se informa acerca del estado que guardan los acuerdos tomados.

--- Reporte de inversión semanal. Se describe en forma pormenorizada las operaciones de inversión efectuadas durante la semana que se informa, la posición cada una de las reservas y del fondo laboral, la acumulación de rendimientos devengados, así como gráficos del comportamiento de las inversiones respecto a parámetros del mercado y metas.

--- Evaluación del riesgo. Se rinden informes acerca de la medición del riesgo de mercado de las operaciones de inversión y se presenta el monitoreo de los montos invertidos en valores corporativos y su calidad crediticia, evaluando el cumplimiento de los límites establecidos en la normatividad.

--- Evaluación de la operación. Se presenta el comportamiento de los ingresos y gastos, de las inversiones en dólares, se informan los montos liquidados de las operaciones de inversión, el reporte del número de operaciones efectuadas, de asignación de títulos, así como los horarios de inversión, asignación y liberación, por intermediario y por reserva; muestra el seguimiento del programa de dispersión de fondos de egresos y comparativos de los saldos de las reservas y del fondo laboral, de la semana que se informa.

--- Expectativas del mercado. Se comentan los aspectos más relevantes ocurridos en la semana relativos a la economía de Estados Unidos, el desempeño del mercado petrolero, del mercado cambiario y el entorno doméstico, así como la volatilidad en el mercado de deuda tanto para los valores gubernamentales como para el papel bancario a un día, con el fin de aportar elementos para revisar las estrategias de inversión proponen.

--- Estrategias de inversión y riesgo. Se someten a consideración de la CIF los lineamientos que respaldan la estrategia semanal de inversión en los términos de la normatividad vigente, señalando los plazos, el tipo de instrumento en los que se realizan las inversiones y los límites de operación autorizados.

--- Asuntos generales. Se incluyen temas adicionales que requieren ser sometidos a consideración de la CIF.

De cada sesión se levanta una minuta en la que se detallan los puntos de acuerdo que se toman.

En relación al control de las operaciones de inversión, durante los meses de enero, febrero y marzo de 2004, se administraron en promedio 1,710 asignaciones (títulos) las cuales se mantuvieron y/o mantienen en el Indeval hasta su vencimiento, en la cuenta del custodio del Instituto, lo que significa mayor seguridad y transparencia en el manejo de sus recursos financieros en inversión.

Por lo que hace a la transaccionalidad (volumen de los recursos financieros administrados) durante el trimestre de análisis, ascendió a un monto promedio de 661 mil 246 millones de pesos.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Social.


SECRETARIA DE ECONOMIA
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Se recibió en esta Secretaría el oficio No................ STPCE/l322/2004 de fecha 22 del actual, signado por el ciudadano Adalberto Núñez Ramos, Secretario Técnico de Planeación, Comunicación y Enlace de la Secretaría de Economía, en el que solicita que en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso a) de la fracción IV del artículo 55 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, se haga llegar el informe de evaluación relativo al primer trimestre del ejercicio fiscal de 2004, a los programas a cargo de la Secretaría de Economía que se establecen en el anexo 15 del citado Presupuesto de Egresos.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el presente les acompaño copia del oficio de referencia, así como el anexo que en el mismo se menciona, para los fines procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 22 de abril de 2004.--- El subsecretario, M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Economía.

Licenciado Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Con fundamento en la fracción X del artículo 8o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, le solicito atentamente su valiosa intervención con el fin de que se envíe a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por conducto de las comisiones correspondientes, el informe de evaluación relativo al primer trimestre del ejercicio fiscal de 2004 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía señalados en el anexo 15 del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2004 (PEF). Los fondos y programas son:

1. Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes)

2. Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (Fommur)

3. Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Ponafim)

4. Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme)

5. Programa Marcha hacia el Sur (PMS) ,

6. Comité Nacional de Productividad e Innovación Tecnológica (Conpite)

Cabe señalar que de acuerdo al artículo 55, fracción IV, inciso a), del PEF los resultados deben presentarse a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre, fecha que en este caso se cumple el 23 de abril de 2004.

Lo anterior toda vez que de conformidad con el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación el conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros poderes de la Unión.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente.

México, DF, a 22 de abril de 2004.--- Licenciado Adalberto Núñez Ramos, Secretario Técnico de Planeación, Comunicación y Enlace.»

«Informe de Evaluación correspondiente al Primer Trimestre del Ejercicio Fiscal de 2004 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de metas y objetivos con base en los indicadores de resultados establecidos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía, señalados en el anexo 15 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2004.

Secretaría de Economía.--- Abril de 2004.

Fernando Canales Clariond, Secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 55 fracción IV inciso a) del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2004; 5o. fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

Considerando

Que el 25 de abril de 2003 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas de operación del Comité Nacional de Productividad e Innovación Tecnológica (Conpite), mismas que continúan vigentes conforme a lo dispuesto en el octavo artículo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2004.

Que el 8 de mayo de 2003 fueron publicadas en el DOF las reglas de operación del Programa Marcha Hacia el Sur, mismas que continúan vigentes conforme a lo dispuesto en el octavo artículo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2004.

Que el 4 de julio de 2003 fueron publicadas en el DOF las reglas dé operación del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim), mismas que continúan vigentes conforme a lo dispuesto en el octavo artículo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2004.

Que el 29 de julio de 2003 fueron publicadas en el DOF las reglas de operación del Programa Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes), mismas que continúan vigentes conforme a lo dispuesto en el octavo artículo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2004.

Que el 12 de noviembre de 2003 fueron publicadas en el DOF las reglas de operación del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (Fommur), mismas que continúan vigentes conforme a lo dispuesto en el octavo artículo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2004.

Que el 27 de febrero de 2004 fueron publicadas en el DOF las reglas de operación del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme).

Que los recursos de dichos fondos y programas son públicos y en su calidad de subsidios deben destinarse a actividades prioritarias de interés general con criterios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad, para la promoción del desarrollo económico y la generación de ingresos y empleos y

Que para dar seguimiento a la aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2004, es necesario que se reporten trimestralmente el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas, a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, así como a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. Por tal motivo se presenta el siguiente

Informe de evaluación correspondiente al primer trimestre del Ejercicio Fiscal de 2004 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de metas y objetivos con base en los indicadores de resultados establecidos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía, señalados en el anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004.

1. Introducción

En el Plan Nacional de Desarrollo 20012006 (PND) se establece que uno de los propósitos centrales del Gobierno Federal es el logro de un crecimiento con calidad a través de cinco grandes vertientes: conducción responsable de la economía, aumentar y extender la competitividad del país, generar un desarrollo incluyente, lograr un desarrollo regional equilibrado y establecer las condiciones para alcanzar un desarrollo sustentable.

La Secretaría de Economía (SE) desempeña una función estratégica en el logro del crecimiento con calidad, dada su injerencia en la promoción del desarrollo económico. Para ello realiza un conjunto de acciones orientadas a consolidar un sector productivo amplio, moderno y competitivo a través de la operación de un conjunto de programas de apoyo que buscan imprimir un mayor impulso a la actividad económica en todas las regiones del país.

Para propósitos estratégicos, los esquemas de promoción y apoyo empresarial están organizados en dos vertientes que atienden necesidades específicas y se articulan entre sí. La primera de ellas contempla a un conjunto de programas que apoyan las iniciativas productivas de individuos y grupos sociales de bajos ingresos, mediante la instrumentación de acciones orientadas a facilitar el acceso a servicios de financiamiento y de capacitación a los emprendedores con pequeños proyectos productivos viables, quienes tradicionalmente han carecido de acceso a los mismos. La segunda vertiente se encuentra delineada en el Programa Nacional de Desarrollo Empresarial 2001-2006, mismo que articula el conjunto de políticas, programas y acciones que permitirán cumplir con el objetivo de incrementar la competitividad de las empresas del país, en particular de las micro, pequeñas y medianas.

La ejecución de estas dos vertientes tiene el propósito de generar una secuencia continua y articulada de apoyos para los esfuerzos de los emprendedores mexicanos, independientemente de su alcance y sector, la cual se inicia con los apoyos a las iniciativas productivas de las personas de bajos ingresos, continúa con los apoyos a las micro, pequeñas y medianas empresa y culmina con el impulso a la actividad exportadora. El propósito central es lograr que tales esfuerzos de los emprendedores mexicanos encuentren un respaldo institucional que favorezca la consolidación y crecimiento de sus proyectos o empresas, con el fin de que adquieran la capacidad de enfrentar los retos que impone la competencia.

Primera Vertiente Estratégica: El apoyo y fomento al microemprendedor y a la empresa social

En esta vertiente la SE apoya las iniciativas productivas de los emprendedores de bajos ingresos mediante un conjunto integral de programas de fomento que proporcionan una serie de servicios adecuados a cada tipo de necesidades productivas. Los servicios para crear o consolidar proyectos productivos se clasifican en dos tipos fundamentales: aquellos destinados a proyectos individuales que surgen como una alternativa de autoempleo, y los que se dirigen a crear o consolidar proyectos productivos que tratan de darle impulso al esfuerzo colectivo de grupos sociales organizados.

Dichos servicios se otorgan a través de tres programas: Fommur, Fonaes y el Pronafim.

Tanto el Pronafim como el Fommur operan esquemas de apoyo que funcionan con base en la tecnología de microcrédito, que consiste en el otorgamiento de una secuencia de préstamos, con montos inicialmente reducidos pero crecientes en el tiempo y con tasas de interés de mercado, a personas en lo individual u organizadas en grupos solidarios que asumen un compromiso colectivo de pago.

El préstamo a personas que se organizan en grupo para garantizar solidariamente el pago proporciona los incentivos para que éstos se constituyan con individuos que son buenos pagadores, es decir, el esquema logra que aquellos individuos con bajo riesgo de incurrir en incumplimiento de pago se autoseleccionen para formar parte del grupo. Al mismo tiempo, se genera un monitoreo entre los miembros del grupo que reduce al mínimo el riesgo de hacer una selección equivocada, dado que cada uno de ellos tiene buena información respecto a las características reales de los otros miembros y existe el incentivo para hacer un uso provechoso de esa información debido a que la permanencia de cada uno en el programa depende de que los demás tengan un adecuado comportamiento de pago.

El otorgamiento de créditos por ciclos en montos crecientes genera incentivos dinámicos que ayudan a propiciar conductas favorables al pago de los préstamos, ya que con el aliciente de acceder a créditos mayores los beneficiarios cumplen con el compromiso contraído.

Adicionalmente, ambos programas coadyuvan en la creación de un sistema de instituciones de microfinanciamiento, independientes, sólidas y financieramente autosustentables a través de apoyos directos para actividades de capacitación, asistencia técnica y adquisición de infraestructura.

Asimismo, el Fonaes otorga aportaciones de recursos financieros para el fortalecimiento patrimonial de fondos de fomento que aplican la tecnología de microcrédito.

Por otra parte, el Fonaes otorga financiamiento en condiciones preferenciales (montos suficientes para cubrir requerimientos de capital, tasas blandas, plazos de recuperación acordes con la maduración de los proyectos) para la creación y consolidación de proyectos productivos propuestos por grupos sociales en los ámbitos rural y urbano. En la empresa social el grupo asume la responsabilidad y la toma de decisiones y los beneficios son propiedad de los socios que a su vez son dueños y trabajadores de la empresa. En general, las ganancias son reinvertidas para alcanzar el objetivo social de la empresa. Los apoyos se otorgan bajo las siguientes modalidades: financiamiento para gastos de inversión y de inicio de operaciones, así como para capital de trabajo, comercialización, capacitación, asistencia técnica y aportaciones para la constitución de fondos estatales de fomento y cajas solidarias de ahorro y préstamo.

Segunda vertiente estratégica: impulso a la micro, pequeña y mediana empresas y al desarrollo regional

El Ejecutivo Federal, a través de la SE implementa una política integral para el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), la cual promueve la intensa participación de las entidades federativas, de los municipios e instituciones educativas y de investigación, así como la acción comprometida de los organismos empresariales, de los empresarios y emprendedores. Los empresarios y sus organizaciones, desde sus regiones, municipios y entidades, promueven proyectos viables que reciben apoyos de la SE y con base en la vocación productiva, así como en las perspectivas y tendencias sectoriales de cada entidad, inciden directamente en la formulación de los mismos.

La política integral para el desarrollo de las Mipyme comprende un conjunto de estrategias, acciones e instrumentos de corto, mediano y largo plazos que apoyan a las empresas y a los emprendedores de las diversas regiones y sectores económicos del país y propone la participación activa y corresponsable de los actores y la acción subsidiaria de las instancias de gobierno.

En correspondencia con la demanda social se ha continuado apoyando a las pequeñas y medianas empresas del país con diversos servicios a los que tradicionalmente no tenían acceso y que resultan determinantes para su éxito: creación y fortalecimiento de empresas e innovación tecnológica, encadenamientos productivos, acceso a mercados, acceso al financiamiento, capacitación y consultoría empresarial, formación de instructores de capacitación y de consultores, elaboración de estudios y proyectos, así como promoción y fortalecimiento de organismos intermedios. Todo ello a. través de los programas denominados Fondo Pyme y Conpite.

A su vez el Programa Marcha Hacia el Sur continuó apoyando la atracción de proyectos de inversión en las zonas de mayor rezago económico del país, mediante estímulos económicos a la localización de unidades productivas en dichas zonas. Asimismo, a través de los recursos asignados a la Red Cetro-Crece, se ha brindado un apoyo importante al desarrollo de la competitividad empresarial de las Pyme a través de la identificación de sus necesidades y del acercamiento de las herramientas apropiadas para ser productivas y competitivas

Articulación de programas

Los programas de apoyo productivo de la Secretaría de Economía tienen características que los hacen complementarios entre sí, a partir de lo cual sus acciones se refuerzan mutuamente, potenciando el efecto de impulso al desarrollo de los emprendedores mexicanos. Adicionalmente, la Secretaría de Economía realiza un esfuerzo deliberado para inducir la migración de los beneficiarios entre programas. Para ello se han establecido diversos mecanismos de vinculación para que los emprendedores que han alcanzado el grado de madurez que permiten los apoyos de un programa determinado, tengan acceso preferencial) a los apoyos de otro programa orientado a empresas con mayor grado de desarrollo y reto competitivo.

2. Presupuesto ejercido de los recursos incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004.

Presupuesto autorizado del sector economía

El presupuesto original autorizado al sector economía para el ejercicio fiscal 2004 fue de 5,380.0 millones de pesos (MDP).

Al cierre preliminar de marzo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha autorizado modificaciones al presupuesto original otorgado al sector economía a nivel de programa sectorial.

Programas con reglas de operación

El presupuesto autorizado a los programas con reglas de operación, que se encuentran establecidos en el anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, fue de 2,091.3 MDP.

Al cierre preliminar del primer trimestre no se tienen variaciones entre el presupuesto autorizado por la H. Cámara de Diputados para los programas con reglas de operación del sector economía.

El artículo 55 del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente señala en su primer párrafo que ``Con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos señalados en el Anexo 15 de este decreto, y aquellos que al sujetarse a reglas de operación, contribuyan de mejor manera a cumplir el Acuerdo Nacional para el Campo y la Ley de Desarrollo Rural Sustentable'', por tanto los programas que se consideran en este informe se encuentran enlistados en dicho anexo.

Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con oficio 312-A-DGADSTE-435 del pasado 15 de marzo, comunicó que no obstante que se consideran en el anexo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación 2004 los programas: ``Programa de Encadenamientos Productivos (Fidecap)'' y el ``Fondo para la Generación de Empleos en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FGEMPYME)'', al no habérseles asignado expresamente recursos, no están en posibilidad de ser instrumentados.

Al cierre preliminar del mes de marzo los programas con reglas de operación presentan un presupuesto programado de 274.0 MDP, de los cuales se ha ejercido el 33.4 por ciento (91.5 MDP).

Cabe señalar que en su mayoría los programas son operados mediante fideicomisos que tienen patrimonio propio, o bien cuentan con recursos provenientes del mandato de recuperaciones. De este modo, la diferencia entre los recursos programados y los ejercidos al cierre del trimestre no refleja un subejercicio presupuestal, sino un desfase temporal que obedece a eventualidades de diversa índole, el cual, además, será resarcido en el transcurso del ejercicio.

Al cierre de marzo de 2004 se reporta un adecuado cumplimiento de los programas operativos, lo cual se ha realizado mediante las fuentes de recursos arriba especificadas y se describe detalladamente en el apartado 3 de este informe.

3. Principales acciones de los fondos y programas

En esta sección del informe del primer trimestre de 2004 se destacan las principales acciones desarrolladas por los fondos y programas durante los meses de enero, febrero y marzo. En el Anexo I del presente documento se reporta el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en sus reglas de operación.

I. Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes)

Objetivo: el facultamiento empresarial integral de las personas de bajos ingresos a través de la prestación de diversos servicios orientados a facilitar el acceso de las mismas al crédito, al microcrédito, a capital de riesgo y a la formación de habilidades empresariales y administrativas básicas.

Características: el Fonaes promueve, desarrolla y consolida vocaciones y capacidades empresariales de personas, familias o grupos de personas de bajos ingresos, con un enfoque de desarrollo regional, productivo y sustentable para mejorar su calidad de vida. Sus objetivos y acciones se encaminan a facilitar el proceso de desarrollo económico a partir del apoyo a proyectos productivos, afirmando su vocación social mediante el apoyo a la población de escasos recursos a través del impulso a la operación de pequeños negocios viables. Así, el Fonaes tiene una importante participación en las acciones que impulsan el desarrollo incluyente y participativo, generando oportunidades de acceso al financiamiento y la formación empresarial para la competitividad.

Acciones relevantes

A fin de atender las solicitudes de la población objetivo tendientes a la conformación de empresas y proyectos productivos viables y a la realización de acciones de formación empresarial, durante el periodo Fonaes ejerció 50.1 millones de pesos provenientes del mandato de recuperaciones de los apoyos otorgados. De esos recursos, 40.9 millones se destinaron al financiamiento de 179 proyectos productivos que generaron 1,847 empleos directos y 1,636 indirectos, mientras que 9.2 millones se destinaron al financiamiento de acciones de formación empresarial.

En la distribución de los apoyos por entidad federativa destacan Oaxaca (28.1%), Hidalgo (5.4%), Jalisco (5.1%), Sonora (4.7%) y Veracruz (4.5%). La proporción ejercida por tipo de apoyo fue: Capital Social de Riesgo (53.3%), Apoyo al Desarrollo Empresarial (18.4%), Impulso Productivo de la Mujer (10.4%), Apoyo para la Capitalización al Comercio, la Industria y Servicios (7.7%), Capital de Trabajo Solidario (6.8%) y Comercializadora Social (3.5%).

Cumplimiento de objetivos

Los objetivos del Fonaes conforme a las reglas de operación vigentes son:

General Específicos

La convergencia de estos objetivos específicos permitió impulsar el trabajo productivo y empresarial de la población rural, campesina, indígena y de los grupos de las áreas urbanas del sector social.

Durante el primer trimestre de 2004 se otorgaron apoyos para la formación del capital productivo en 179 proyectos y empresas sociales: a través de Capital Social de Riesgo se beneficiaron 68 empresas sociales, con Capital de Trabajo Solidario se apoyaron 22 proyectos productivos, a través de Apoyo para la Capitalización al Comercio, la Industria y Servicios (ACCIS) se financiaron 37 proyectos. Adicionalmente, se apoyó una comercializadora social y 51 proyectos de mujeres a través de Impulso Productivo de la Mujer.

Para promover el facultamiento empresarial y con ello incrementar la competitividad de los beneficiarios del Fonaes, se realizaron 413 acciones de desarrollo empresarial vinculadas a acciones de consultoría integral para empresas sociales y a la capacitación en materia de liderazgo.

Para la formación de grupos y empresas de mujeres se apoyaron 68 proyectos productivos sustentados exclusivamente por ellas y 80 más con participación de mujeres entre sus socios.

Cumplimiento de estrategias

Microrregiones

Se apoyaron 92 proyectos productivos presentados por las empresas y los grupos sociales de las microrregiones sujetas a atención, con una inversión total de 23.5 millones de pesos. Con estas acciones se generaron 1 mil 282 empleos directos y 969 indirectos. Los apoyos otorgados por el Fonaes en las microrregiones significaron el 58% de la inversión total ejercida por el programa en proyectos productivos. Los empleos directos generados en las microrregiones representaron el 69% de los generados por el programa y el 59% de los indirectos.

Equidad de género

El Fonaes como precursor en la estrategia de género dio especial atención al apoyo de las actividades productivas de las mujeres. Al cierre del primer trimestre de 2004 se ejercieron 34.1 millones de pesos (68% del total de la derrama del Fonaes) en beneficio de 148 proyectos productivos sustentados exclusivamente por mujeres o con la participación de ellas.

La Coordinación de Desarrollo Productivo de la Mujer envió a los sectores interesados boletines de información semanal y cápsulas estadísticas sobre la situación de la mujer en México y temas relacionados. Asistió a diferentes foros con el objeto de informar y promover las acciones del Fonaes en apoyo a las mujeres empresarias y sostuvo reuniones de vinculación y coordinación con diferentes dependencias y el Instituto Mexicano de la Juventud. En el último caso para dar seguimiento a las acciones del proyecto piloto sobre la inserción social y productiva de las madres jóvenes. Por lo que respecta al proyecto Generosidad, patrocinado por el Banco Mundial y cuyo propósito principal es diseñar programas de apoyo que favorezcan el empoderamiento de mujeres en condiciones de marginalidad y pobreza, se analizaron y evaluaron las acciones realizadas a la fecha con los gobiernos de las entidades federativas involucradas.

Empresas sociales integradas por personas con discapacidad

Para la atención a las empresas sociales integradas por personas con discapacidad, en el marco del Programa Ecodis (Emprendedores con Discapacidad), se elaboró el plan de trabajo 2004 y se inició una campaña para difundir en las oficinas centrales y las representaciones estatales del Fonaes la inclusión de proyectos de personas con discapacidad.

Desarrollo empresarial

En el marco del fomento al desarrollo empresarial se llevó a cabo la Jornada de Capacitación de Líderes de Economía de Mercado en México, impartido por la empresa española LKS, en beneficio de empresarios sociales de ocho entidades federativas con un alto grado de consolidación en sus negocios. Asimismo, se preparó el Encuentro Nacional de Empresarias Sociales que se realizó el 1o. y 2 de abril con la asistencia de más de mil mujeres integrantes de empresas sociales.

Se firmó un convenio de colaboración con el Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural (INCA-Rural) para brindar consultoría integral a 402 empresas sociales de 14 entidades federativas.

Desarrollo regional

Se apoyó a la Unión de Productores y Engordadores del Río Sonora para la constitución de una comercializadora social que opera en seis municipios de ese Estado e incorpora a 65 socios, de los cuales 29 son mujeres. Entre los beneficios del proyecto se encuentra la integración de la cadena de producción, consumo y articulación de redes de comercialización que va desde la producción de forraje y la crianza de ganado hasta la comercialización nacional e internacional de este último.

Buen gobierno

En cumplimiento a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el Fonaes atendió 15 solicitudes de información y remitió al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública el índice de los expedientes reservados.

Con base en lo dispuesto por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2003 se remitió a la Cámara de Diputados la evaluación externa del Fonaes del ejercicio 2003, realizada por la Universidad Autónoma de Chapingo.

II. Fondo de Microfinanciamiento a mujeres rurales (Fommur)

Objetivo: establecer un mecanismo de microfinanciamiento a favor de las mujeres rurales por conducto de organismos intermediarios, para fomentar la inversión productiva, impulsar el ahorro y propiciar la capitalización del sector rural.

Características: estos microfinanciamientos se caracterizan por ser accesibles y oportunos a fin de impulsar proyectos de inversión productiva, generadores de autoempleo e ingresos, rentables y recuperables a corto y mediano plazos.

La mecánica del programa tiene dos etapas, en la primera de ellas el Fommur otorga a los OI apoyos de dos tipos:

1. Líneas de crédito para otorgar microcréditos, recuperables a una tasa de interés positiva en términos reales.

2. Recursos no recuperables, pero decrecientes en el tiempo, para actividades de promoción, capacitación, asistencia técnica y adquisición de infraestructura, con objeto de favorecer su desarrollo.

Estos apoyos son por un monto de hasta 20% del total de las líneas de crédito otorgadas en el primer año de operaciones con el Fommur, de hasta 15% en el segundo año, hasta 10% en el tercero y hasta 5% a partir del cuarto año para los OI que tengan grupos de mujeres en el primer ciclo de financiamiento.

En la segunda etapa los OI otorgan microcréditos a las mujeres rurales bajo la siguiente mecánica:

1. Los microcréditos se otorgan a mujeres que viven en el medio rural en condiciones de pobreza y se organizan en grupos solidarios.

2. Estos grupos se forman con mujeres que habitan en una misma localidad y aceptan obligarse colectivamente a responder por los préstamos de toda integrante del grupo que no cumpla con el pago de su crédito.

3. Por lo anterior no se requiere entregar garantías para respaldar el pago de los microcréditos.

4. Al constituirse un grupo solidario las mujeres que lo integran asumen un compromiso de ahorro semanal cuyo monto lo fijan ellas mismas. Las propias mujeres del grupo recaban los recursos ahorrados y deciden el uso que darán a los mismos.

5. El financiamiento se otorga como una secuencia de cuatro préstamos con un monto inicialmente reducido, pero que crece en cada préstamo posterior.

La devolución de los préstamos se realiza a corto plazo y el acceso a préstamos sucesivos está condicionado a que se pague el que se haya contratado previamente.

6. La tasa de interés que se paga por los microcréditos es determinada por cada OI, en un nivel que le permita recuperar sus costos y que además tome en cuenta las condiciones de su mercado.

Así pues, el esquema operativo del Fommur constituye un mecanismo que induce el desarrollo de una oferta de servicios financieros en beneficio de las mujeres de bajos recursos que viven en el medio rural. Dicho esquema busca que la prestación de tales servicios sea rentable para un conjunto de instituciones dispuestas a asumir el riesgo de presentar dinero a mujeres de escasos recursos, y que el contar con esos servicios sea beneficioso para los grupos de población que tradicionalmente han carecido de acceso a los mismos; es decir, el Fommur hace posible que las motivaciones de los OI para ofrecer microcréditos y de las mujeres rurales para solicitarlos sean compatibles, de modo que el resultado final sea que una parte importante de la población menos favorecida haga uso de tales servicios financieros y se beneficie con ello.

Cumplimiento de objetivos

Los objetivos generales del Fommur, conforme a las reglas de operación 2003 vigentes a la fecha, establecen:

1. Fomentar la inversión productiva y la práctica del ahorro entre las mujeres de escasos recursos del medio rural.

2. Generar oportunidades de autoempleo y de generación de ingresos para dicho grupo de la población.

3. Fomentar la conformación de una oferta de microfinanciamiento en beneficio de las mujeres rurales, y

4. Cooperar a la capitalización del sector rural.

Con el fin de fomentar la inversión productiva y la práctica del ahorro entre las mujeres rurales de escasos recursos y cooperar en la capitalización de este sector, el Fommur autorizó durante el primer trimestre del año 38 mil 880 microcréditos a igual número de beneficiarias, por un monto total de 66 millones 703 mil pesos.

En lo referente al fomento de una oferta de microfinanciamiento a las mujeres rurales, se autorizó la incorporación de siete nuevos organismos intermediarios (Comercialización Organizada de Tierra Blanca, Organizaciones Indígenas del Valle, Producción Ecoturística Colotepec, Sierra Madre Valle Santa Engracia, Unidos por el Mundo, Unión de Productores Indígenas de café de Papaloapan y Valle de Mapimí). Con ello, se amplía y fortalece la presencia de este fideicomiso en diferentes entidades del país en beneficio de las mujeres de las comunidades rurales. Asimismo, el Fommur autorizó a 30 Organismos Intermediarios un monto por 7 millones 466 mil 504 pesos por concepto de apoyo no recuperable, de los cuales el 86% lo canalizaron a actividades de promoción, 9% a actividades de capacitación y el 5% restante a la adquisición de infraestructura y equipo informático.

Cumplimiento de estrategias

Las estrategias del Fommur para 2004 se diseñaron bajo cuatro vertientes, con el propósito de crecer en los aspectos cualitativo y cuantitativo:

1. Incrementar el número de microcréditos y de organismos intermediarios.

2. Actualizar los procesos y herramientas.

3. Orientar las actividades de los intermediarios hacia un enfoque de microfinanzas.

4. Posicionar al programa Fommur en la Secretaría de Economía y promocionarlo entre la población-objetivo.

En lo referente a la primera estrategia, durante el primer trimestre del año el número de microcréditos autorizados ascendió a 38 mil 880 cifra que benefició a igual número de mujeres de las comunidades. Asimismo, se incorporaron siete nuevos organismos al programa con lo que se fortaleció y amplió la presencia de este fideicomiso en algunas de las entidades federativas del país.

En materia de actualización de procesos y herramientas, se adquirieron cinco equipos de cómputo en el periodo eneromarzo del presente año y se agilizaron al interior del mismo algunos procesos operativos en las áreas de crédito y cartera, con el fin de brindar un servicio más rápido y eficiente a los organismos intermediarios.

En lo relativo a la orientación de los intermediarios hacia un enfoque de microfinanzas, el Fommur impartió un curso de capacitación a ocho organismos de nuevo ingreso, con el propósito de dar a conocer su filosofía, objetivos y alcances, así como los mecanismos generales de operación.

Por lo que corresponde a la estrategia de posicionamiento y promoción, se logró un compromiso con la Secretaría de Economía, a través de la Coordinación de Delegaciones, para incorporar a un nuevo organismo intermediario por cada delegación o subdelegación, a más tardar al finalizar el presente año.

En el estado de San Luis Potosí, se lograron compromisos con siete municipios de la Huasteca para brindar atención a las mujeres rurales de esta zona, a través de un nuevo intermediario que atenderá esta región.

Se han realizado cinco visitas de promoción a diferentes delegaciones de la Secretaría de Economía y a diversos organismos intermediarios en los estados de San Luis Potosí, Tamaulipas, Tabasco, Puebla y Veracruz.

III. Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim)

Objetivo: crear las condiciones adecuadas que permitan el acceso a servicios de financiamiento a individuos de escasos recursos con capacidad e iniciativa productiva, a fin de otorgarles la oportunidad de alcanzar por sí mismos mejores condiciones de vida en forma permanente, a través de su incorporación a la actividad productiva del país.

Características: para lograr su objetivo, el programa apoya la conformación de un sistema nacional de instituciones microfinancieras que otorgan directamente microcréditos a las personas de bajos ingresos que tienen un proyecto productivo viable pero carecen de acceso a los servicios de la banca comercial. Los apoyos consisten en líneas de crédito y asistencia técnica, así como acciones de capacitación en las áreas de sistemas de información gerencial, desarrollo de tecnologías y habilidades especializadas para atraer ahorro y manejo eficiente del portafolios.

Acciones relevantes

Al cierre del primer trimestre del presente ejercicio se tuvieron acciones relevantes en lo referente a apoyos financieros, al incorporar al programa cinco nuevas instituciones de microfinanciamiento. Asimismo, se abrieron 23 sucursales de las microfinancieras que ya operan con el programa y se ampliaron 11 líneas de crédito. Todo esto permitirá al programa atender de manera más eficiente a los beneficiarios y continuar apoyando los proyectos productivos de los grupos sociales marginados.

Cumplimiento de objetivos

Se continua avanzando en la consolidación de un sistema de instituciones de microfinanciamiento con cobertura nacional, lo cual permitirá contar con un adecuado esquema de apoyo a proyectos que contribuyan a potenciar la capacidad productiva de la población emprendedora de bajos ingresos, logrando su incorporación a la economía del país.

Al cierre del mes de marzo se han otorgado líneas de crédito por un monto total de 24 millones 800 mil pesos a lo que se adicionan apoyos no recuperables, por 2 millones 200 mil aplicados en la estrategia de incubación y apertura de sucursales, así como en actividades de capacitación.

Cumplimiento de estrategias

Con base en las acciones que se alcanzaron en el periodo enero-marzo, se ha cumplido con la estrategia de expansión del programa en gran parte del territorio nacional; de igual forma se ha cumplido a la fecha con la consolidación del programa al otorgar líneas de crédito adicionales, además de haberse dado cumplimiento a la estrategia de promoción y vinculación del programa mediante la realización de eventos, vídeos promocionales y testimoniales.

IV. Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme)

Durante los años 2001, 2002 y 2003 se crearon los siguientes esquemas de apoyo a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme): el Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresas (Fampyme), el Fondo de Fomento a la Integración de Cadenas Productivas (Fidecap), el Fondo de Apoyo para el Acceso al Financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Foafi), y el Programa de Centros de Distribución en Estados Unidos (Facoe).

Estos esquemas tuvieron como objetivo general contribuir a la creación, desarrollo y consolidación de Mipyme competitivas, cada uno de ellos atendiendo estrategias específicas, mediante apoyos directos para la formación empresarial y la realización de proyectos productivos y de infraestructura industrial, así como para facilitar el acceso al crédito del Sistema Financiero Nacional y facilitar la incorporación de las empresas de menor tamaño al sector exportador.

La experiencia derivada de la operación de los citados esquemas en el periodo 2001-2003 motivó que para 2004 se tomara la decisión de establecer un solo fondo de apoyo a favor de las Mipyme (Fondo Pyme), ya que eso permite obtener, entre otras, las siguientes ventajas:

Adicionalmente se logra dar un seguimiento más puntual a los apoyos otorgados, lo que permite conocer con mayor especificidad los impactos de cada proyecto.

Este fondo contempla en sus líneas de apoyo las estrategias contenidas en el Programa de Desarrollo Empresarial 2001-2006, así como lo establecido en la Ley para el Desa-rrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas, lo que lo convierte en un instrumento que apoya de manera directa las políticas públicas establecidas a favor de la Mipyme.

Asimismo, y con el propósito de alinear todos los programas e instrumentos que se han desarrollado a favor de las empresas de menor tamaño, se determinó que la Red Cetro-Crece se integrara al Fondo Pyme, y que funcionara como un organismo intermedio en los términos de las reglas de operación del citado fondo.

Con el fin de simplificar y transparentar el procedimiento de presentación, revisión y evaluación de los programas o proyectos para los cuales se soliciten apoyos del Fondo Pyme, se ha diseñado y puesto en operación el sistema de seguimiento de apoyos, que será el único medio para presentar las solicitudes de apoyo. Este sistema se accesa por medio de Internet y en su operación consta de tres grandes áreas:

ACCIONES RELEVANTES

Durante el primer trimestre de 2004 se elaboraron las reglas de operación del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresas (Fondo Pyme 2004), mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2004. El Fondo Pyme tiene como objetivo general promover el desarrollo económico nacional a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Las categorías a través de las cuales el Fondo Pyme canaliza los apoyos son:

I. Creación y fortalecimiento de empresas e innovación tecnológica

II. Articulación productiva sectorial y regional

III. Acceso a mercados

IV. Acceso al financiamiento

V. Capacitación empresarial

VI. Consultoría empresarial

VII. Elaboración de contenidos para capacitación de las Mipyme

VIII. Formación de instructores y consultores

IX. Elaboración de estudios y proyectos

X. Promoción

XI. Fortalecimiento de organismos intermedios

Se diseñó el sistema de seguimiento para evaluar las solicitudes presentadas al Fondo Pyme y se capacitó a las delegaciones federales y a las secretarías de Desarrollo Económico de las entidades federativas sobre su operación. Actualmente se realizan las mejoras derivadas de los comentarios recibidos durante ese proceso.

Por otra parte, se procedió a elaborar el manual de operación del Fondo Pyme, con la participación de la Asociación Mexicana de Secretarios de Desarrollo Económico. Se espera publicar el manual durante el segundo trimestre del año, para de esta manera contar con una metodología institucional para evaluar las solicitudes que se presenten al fondo.

CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS

En este primer trimestre se cubrieron los siguientes objetivos:

Asimismo, se han llevado a cabo las tareas de seguimiento de los proyectos apoyados en ejercicios anteriores por los fondos: Fidecap, Fempyme, Foafi y Facoe.

CUMPLIMIENTO DE ESTRATEGIAS

En el primer trimestre de operación se tuvo como estrategia principal la difusión de este nuevo instrumento de política para el desarrollo empresarial. Para ello, se realizaron diferentes reuniones con las delegaciones federales de la Secretaría de Economía, con la Asociación de Secretarios de Desarrollo Económico, así como con diversos organismos empresariales, instituciones académicas y de investigación, entre otros.

Estas reuniones de trabajo tuvieron por objeto difundir y proporcionar toda la información relevante para operar el Fondo Pyme, a fin de aclarar todas las dudas y recibir retroalimentación para hacer más eficiente la operación del fondo.

VI. Programa Marcha Hacia el Sur

Objetivo: el propósito fundamental del programa se inscribe en el objetivo del Gobierno Federal de impulsar vigorosamente el desarrollo de las regiones con mayores rezagos y en asegurar un desarrollo regional y nacional más equilibrado. En tal sentido, su objetivo es generar las condiciones para alcanzar mayores niveles de desarrollo en los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Tabasco y Veracruz, que constituyen la región sur-sureste, así como municipios con altos índices de marginación en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Quintana Roo, Puebla, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas.

Características: el Programa se propone enfrentar dichos rezagos a través del fomento a la inversión nacional y extranjera por medio del estímulo al establecimiento de plantas productivas que generen empleos permanentes y bien remunerados, así como impulsar el desarrollo regional y fomentar una cultura industrial y empresarial entre los habitantes de la zona de cobertura.

ACCIONES RELEVANTES

Durante este primer trimestre el comité técnico del fideicomiso aprobó el presupuesto a ejercer durante este 2004 con sus respectivas metas, así como el programa de trabajo y el plan estratégico 2004, y la propuesta de algunas modificaciones a las reglas de operación 2003 para ampliar sus beneficios a la población objetivo.

CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS

Uno de los objetivos que se propuso el fideicomiso para este año fue el de rehacer el manual de política y procedimientos de las áreas de asesoría del programa, por lo que se empezó a elaborar dicho manual en este primer trimestre.

CUMPLIMIENTO DE ESTRATEGIAS

En cumplimiento de las estrategias del programa se realizaron reuniones con empresarios, con secretarios de desa-rrollo económico de los estados y con los delegados federales de la SE. Asimismo se inició el proceso para mejorar la imagen institucional del programa, se realizaron labores de difusión, se organizaron encuentros de negocios y se está rediseñando la página de Internet del programa.

CONCLUSIONES

Se ha mantenido contacto constante con otros programas gubernamentales de apoyo productivo, como lo son: Fira, Firco, Fonaes, los programas de la SE en apoyo a las Pyme, y el Plan Puebla-Panamá, a fin de coordinar y alinear estrategias tendientes a la diversificación de los proyectos hacia actividades como agronegocios, turismo, ecoturismo y no simplemente enfocarse como en años anteriores, a la industria textil.

CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS

Los objetivos marcados por el organismo en cada uno de los programas se ven cumplidos en el periodo a reportar, ya que se ha logrado superar el número de empresas que se tenía previsto, se optimizó el ejercicio de los recursos federales asignados y adicionalmente se está en negociación con diferentes gobiernos estatales, a fin de formalizar convenios de colaboración para dar atención a empresas que requieren los servicios de consultoría y capacitación especializada. En este sentido, en el periodo del reporte se concretó la firma de convenios con los estados de Yucatán y Michoacán; Canacintra Nuevo León y Piedras Negras, Coahuila.

CUMPLIMIENTO DE ESTRATEGIAS

Las estrategias programadas por el organismo están permitiendo lograr los objetivos planteados, ya que se está logrando cubrir al número de empresas previstas para el periodo.

ANEXO I

Informe al primer trimestre de 2004 sobre el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación de los programas a cargo de la Secretaría de Economía señalados en el anexo 15 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004.

1 Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad (Fonaes)INDICADORES DE RESULTADOS

1. Nombre del indicador: apoyar la creación o consolidación de grupos o empresas sociales con un proyecto productivo

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: porcentaje esperado: mayor o igual a 85 por ciento de lo programado. Porcentaje observado: 84.0 por ciento

2. Nombre del indicador: apoyar el facultamiento empresarial de los grupos y empresas financiadas

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: porcentaje esperado: mayor o igual a 85 por ciento de lo programado. Porcentaje observado: 29.1 por ciento

3. Nombre del indicador: impulsar la formación de grupos y empresas de mujeres con proyectos productivos

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: porcentaje esperado: mayor o igual a 85 por ciento de lo programado. Porcentaje observado: 108.5 por ciento

METAS Y OBJETIVOS AL PRIMER TRIMESTRE DE 2004

1. Proyectos productivos apoyados:

Resultados: número de empresas y proyectos esperado: 163. Número de empresas y proyectos logrado: 128

2. Acciones para la formación y el desarrollo empresarial:

Resultados: número de acciones esperado: 1,417. Número de acciones logrado: 413

3. Creación y consolidación de instituciones de financiamiento y ahorro: resultados: número esperado: 3. Número logrado: 0

4. Apoyos para proyectos productivos para mujeres: resultados: número esperado: 47. Número logrado: 51

5. Monto de los apoyos otorgados por el Fonaes.

Resultados: monto esperado: 426.5 millones de pesos. Monto logrado: 26.6 millones de pesos

6. Monto de los apoyos aplicados en microrregiones

Resultados: monto esperado: 193.5 millones de pesos. Monto logrado: 23.5 millones de pesos

2 Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (Fommur)INDICADORES DE RESULTADOS

1. Nombre del indicador: cobertura del programa

Periodicidad: trimestral

Resultad del indicador: cobertura esperada: 100 por ciento, cobertura obtenida: 85.8 por ciento

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la meta no se cubrió, debido a que algunos organismos intermediarios no enviaron en tiempo sus propuestas para la renovación de créditos subsecuentes

2. Nombre del indicador: porcentaje de recuperación de la cartera

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: recuperación esperada: 96 por ciento. Recuperación observada: 97.7 por ciento

3. Nombre del indicador: avance de créditos otorgados

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: tasa esperada: 100 por ciento. Tasa observada: 89.1 por ciento

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la meta no se cubrió, debido a que algunos organismos intermediarios no enviaron en tiempo sus propuestas para la renovación de créditos subsecuentes.

4. Nombre del indicador: capacitación

Periodicidad: anual

Resultado del indicador: capacitación esperada: 1 curso. Capacitación obtenida: 1 curso

5. Nombre del indicador: supervisión

Periodicidad: anual

Resultado del indicador: visitas de supervisión esperada: 19. Visitas de supervisión obtenidas: 23

METAS Y OBJETIVOS AL PRIMER TRIMESTRE DE 2004

1. Capacitación:

Resultado: cursos esperados 1. Cursos logrados: 1

2. Mujeres beneficiarias:

Resultado:

Explicación sobre la diferencia entre la meta esperada y la lograda: para el segundo y tercer ciclos no se cumplió con la meta programada debido a que algunos organismos intermediarios no enviaron a tiempo sus propuestas para las renovaciones de los créditos subsecuentes. No obstante se tiene previsto que este desfase se subsane completamente en el transcurso del ejercicio fiscal.

3. Créditos otorgados:

Resultado: créditos esperados: 43,643. Créditos otorgados: 38,880

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la meta no se cubrió, debido a que algunos organismos intermediarios no enviaron en tiempo sus propuestas para la renovación de créditos subsecuentes. No obstante se tiene previsto que este desfase se subsane completamente en el transcurso del ejercicio fiscal.

3 Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim)INDICADORES DE RESULTADOS

1. Nombre del indicador: cobertura del programa

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en el número de beneficiarios atendidos: 20 por ciento de lo programado en el ejercicio. Porcentaje observado: 33 por ciento

2. Nombre del indicador: porcentaje de recuperación de cartera

Periodicidad: semestral

Resultado del indicador: porcentaje esperado de cartera recuperada: 97 por ciento. Porcentaje observado: 97 por ciento

3. Nombre del indicador: créditos otorgados

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: porcentaje esperado de créditos otorgados: 18 por ciento de lo programado en el ejercicio. Porcentaje observado: 12 por ciento

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: las IMF no han reportado los microcréditos otorgados durante el mes de marzo; se estima que una vez que se cuente con dicha información el resultado indique el cumplimiento del porcentaje programado

4. Nombre del indicador: monto promedio del microcrédito otorgado a cada beneficiario

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: monto esperado: $5,000.00. Monto observado: $4,651.73

5. Nombre del indicador: plazo promedio para otorgar el microcrédito, reportado por la microfinanciera

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: plazo esperado: 10 días. Plazo observado: 12 días

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: algunas microfinancieras han implementado créditos que se renuevan cada 15 días, lo que prolonga la etapa de autorización y por consiguiente la entrega de microcréditos

6. Nombre del indicador: visitas de seguimiento a las microfinancieras

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: porcentaje de avance en el número de visitas a microfinancieras: 24% de lo programado en el ejercicio. Porcentaje observado: 20%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: se recalendarizaron algunas visitas en la misma zona para ahorro de gastos

METAS Y OBJETIVOS AL PRIMER TRIMESTRE DE 2004

1. Integrar al programa nuevas microfinancieras

Resultados: número esperado de microfinancieras: 3. Número obtenido: 5

2. Incubación de nuevas instituciones de microfinanciamiento: Resultados: número esperado de incubaciones: 1. Número logrado: 1

3. Apoyar la apertura de sucursales de microfinancieras incorporadas al programa:

Resultados: número esperado de sucursales: 8. Número logrado: 23

4. Otorgamiento de ampliaciones de líneas de crédito

Resultados: número esperado de microfinancieras: 10. Número obtenido: 11

5. Cobertura del programa:

Resultados: número esperado de microcréditos: 41,938. Número logrado: 28 mil 748

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: falta considerar información de los meses de febrero y marzo, misma que se recibirá en el transcurso de abril y mayo

4 Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme)

CUMPLIMIENTO DE INDICADORES Y METAS

En el mes de marzo se tenía como meta detonar 28 proyectos productivos y apoyar 250 empresas en capacitación, consultoría e innovación y desarrollo tecnológico, sin embargo y debido a lo novedoso del esquema planteado por el Fondo Pyme, se han tenido que concentrar los esfuerzos en las tareas de difusión y capacitación para que las Mipymes obtengan un mayor beneficio de los apoyos que otorga el fondo.

Con estas` acciones se tiene contemplado que a partir del segundo trimestre de 2004 se normalice el cumplimiento de todas las metas comprometidas.

5 Programa Marcha Hacia el Sur (PMS)

INDICADORES DE RESULTADOS

1. Nombre del indicador: indice de proyectos de inversión atendidos

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: número de proyectos que se esperaba atender: 28. Número de proyectos atendidos: 31

2. Nombre del indicador: indice de proyectos comprometidos

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: número esperado de proyectos: 0. Número observado de proyectos: 5

3. Nombre del indicador: indice de empleos comprometidos

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: número esperado de empleos: 0. Número observado de empleos: 351

4. Nombre del indicador: indice de participación por tamaño

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: distribución de la atención entre empresas pequeñas medianas y grandes esperada: 10, 70 y 20%, respectivamente. Distribución obtenida: 2, 4 y 0% respectivamente

5. Nombre del indicador: indice de participación por sector

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: participación esperada: 85, 7.5 y 7.5% para los sectores: industria, comercio y servicios, respectivamente. Participación observada: 5, 0 y 1% respectivamente

6. Comité Nacional de Productividad e Innovación Tecnológica (Conpite)

INDICADORES DE EVALUACIÓN

1. Nombre del indicador: índice de empresas atendidas (Talleres)

Periodicidad: trimestral

Resultado del Indicador: talleres esperados: 125. Talleres impartidos: 142

2. Nombre del indicador: consultorías en calidad

Periodicidad: trimestral

Resultado del Indicador: consultorías esperadas: 15. Consultorías impartidas: 63

3. Nombre del indicador: capacitación empresarial

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: número de cursos esperados: 32. Número de cursos impartidos: 28

4. Nombre del indicador: responsabilidad Social e Integridad

Periodicidad: trimestral

Resultado del indicador: número de consultorías en responsabilidad social esperadas: 0. Número de consultorías en responsabilidad social impartidas: 0

METAS Y OBJETIVOS AL PRIMER TRIMESTRE DE 2004

1. Programa de talleres:

Resultados: avance esperado: 125 talleres. Avance logrado: 142 talleres

2. Programa de consultoría ISO 9000:

Resultados: avance esperado: 15 empresas nuevas. Avance logrado: 63 empresas nuevas

3. Programa de capacitación empresarial:

Resultados: avance esperado: 32 cursos. Avance logrado: 28 cursos

4. Programa de responsabilidad social e integridad:

Resultados: Avance esperado: 0 empresas en consultoría. Avance logrado: 0 empresas en consultoría.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Economía.


MIGRANTES

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-429 signado el día 1 del mes en curso, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número SACN/300/190/2004 suscrito el día 20 del actual, por el C. licenciado Roberto Anaya Moreno, subsecretario de Atención Ciudadana y Normatividad de la Secretaría de la Función Pública, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo sobre el presunto robo de cheques emitidos por la Oficina de Seguridad Social de Estados Unidos de América enviados a través del Servicio Postal Mexicano, presentado por el diputado Ramón Galindo Noriega.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 22 de abril de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Lic. M. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo.--- Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Hago referencia a su oficio número SEL/300/921/04, de fecha 2 de abril de 2004, recibido en la oficina del C. secretario de la Función Pública el 13 del mismo mes, por medio del cual comunica los puntos de acuerdo, aprobados en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en la sesión del 1 de abril del año en curso. En dichos puntos, en síntesis, se exhorta a los secretarios de la Función Pública, y de Comunicaciones y Transportes a investigar sobre los presuntos robos de cheques enviados por la Oficina de Seguridad Social de Estados Unidos de América mediante el Servicio Postal Mexicano, pues se desprenden posibles hechos constitutivos de un delito; y se solicita que presenten la denuncia correspondiente ante la Procuraduría General de la República o ante las autoridades ministeriales correspondientes.

Sobre el particular, me permito informarle que los hechos a que hace referencia el punto de acuerdo, propuesto por el diputado Ramón Galindo Noriega y aprobado por la Cámara de Diputados el 1 de abril pasado, han sido desde 2000 materia de una investigación conjunta del Organo Interno de Control en Sepomex, autoridades de Estados Unidos, el Cisen, la AFI y la UEDO, la cual inició la indagatoria número PGR/UEDO/033/2003, dentro de la cual se han girado nueve órdenes de presentación, además de haberse practicado diversos arraigos, cateos y aseguramientos durante 2003, lográndose la detención y consignación de diversas personas presuntamente responsables. A la fecha, se continúa en la integración de la averiguación con la participación de diversas autoridades para la debida identificación de funcionarios posiblemente involucrados en la comisión de los ilícitos.

Esta información fue hecha del conocimiento del diputado Galindo Noriega el 26 de febrero de 2004, mediante el oficio número OM/500/128/2004, girado por el oficial mayor de la Secretaría de la Función Pública, que en copia simple agrego para su mayor conocimiento.

Aprovecho la ocasión para manifestarle mi consideración más distinguida.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 20 de abril de 2004.--- Lic. Roberto Anaya Moreno (rúbrica), Subsecretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de la Función Pública.

Dip. Ramón Galindo Noriega, Presidente de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Dando contestación a su escrito de fecha 18 de diciembre de 2003, dirigido al licenciado Eduardo Romero Ramos, secretario de la Función Pública, en el que solicita se inicie una investigación respecto de robo de cheques del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos en el Servicio Postal Mexicano (Sepomex), me permito comentarle lo siguiente:

Sepomex, junto con su órgano interno de control, detectó este ilícito desde 1998, investigándolo con apoyo del similar de Estados Unidos sin obtener resultados positivos, sin embargo, en el año 2000 pidió del Cisen, AFI y UEDO logrando detectar que se trata de una banda perfectamente organizada e involucrada con otras conductas delictivas de alto impacto.

Entre los involucrado en el ilícito se encuentran funcionarios de la propia entidad de Sepomex, de la Policía Federal Preventiva, Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Pública y Aeropuertos y Servicios Auxiliares; asimismo, empleados de Servicios de Apoyo en Tierra (SEAT), líneas aéreas, EULEN seguridad privada, Aeromexpress, así como empleados financieros de tesoreros y promotores de centros cambiarios, casas de bolsa y bancarios.

Estos hechos dieron inicio a la indagatoria número PGR/UEDO/033/2003, en donde se han girado nueve órdenes de presentación además de haberse practicado diversos arraigos y cateos durante el año 2003, consignando además a Ricardo Gómez Ramírez, quien es propietario de la Cadena de Cambios y Servicios México, SA de CV, cerrándose cinco de sus casas de cambio y asegurándose entre otras:

Computadoras, impresoras, escáners; divisa nacional y extranjera, centenarios, alhajas, seis armas de fuego, cartuchos útiles, dos pinturas al oleo, diversas fotografías, una tarjeta de presentación a nombre de Alejandro ``N'' de la Policía Federal Preventiva, cuarenta carpetas con información, una copia de un recorte de periódico, al parecer del año de 1999, en donde aparece Ricardo Gómez en compañía de dos sujetos con pie de foto que manifiesta la detención por falsificación de papel moneda y en sí, diversos documentos, que comprueban el ilícito que realizaban.

Independientemente, se logró la detenciones de: José Naranjo Sánchez, Ana María Armendáriz Huerta, Tomás Estrada Rubio, Cristina Rocío Flores Cuéllar, María Xóchitl Araiza Macías, Alejandro Hernández Fuentes, Margarita Gamboa González y Guillermo Solórzano Sute, este último, voluntariamente comparece ante la UEDO para aportar información en contra de la organización, en el entendido de que éste fungía como uno de los lavadores de dinero de la misma.

Hasta el momento, se continúa con la integración de la indagatoria citada y se proyectan la participación del Sistema de Administración Tributaria así como la propuesta de mecanismos para la identificación de otros funcionarios posiblemente involucrados.

Esperando que la información le sea de utilidad, quedo de usted.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 26 de febrero de 2004.--- Lic. Francisco Javier Molina Ruiz (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Un momento, Secretario. En relación con el anterior oficio que remite el informe de evaluación de la Secretaría de Economía, se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Economía y en relación con el que remite sobre la composición y situación financiera de las inversiones del Instituto Mexicano del Seguro Social, se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Social y por la que acaba de leer, túrnese a la Comisión Especial para darle seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros y al promovente para su conocimiento.


TORTUGAS

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Subsecretaría de Enlace Legislativo.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-1-352 de fecha 16 de marzo del año en curso, suscrito por los CC. secretarios de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño copia del similar No............. COPLADII/DGPPCI/V/2022/04, signado por el C. Eduardo Enrique Gómez García, coordinador de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional de la Procuraduría General de la República, así como el anexo que en el mismo se cita, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo presentado por la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, en el que exhorta a esa Procuraduría a realizar monitoreos en playas, mercados y lugares de venta de quelonios y derivados, a fin de dar cumplimiento al artículo 420 del Código Penal Federal.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 19 de abril de 2004.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de la República.

Lic. M. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Distinguido licenciado Aguilar Coronado:

En relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el 10 de febrero de 2004, en el que se solicita a la PGR que informe a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales sobre los resultados de los monitoreos en playas, mercados y lugares de venta de quelonios y derivados, a fin de dar cumplimiento al artículo 420 del Código Penal Federal, dónde se establece la sanción al aprovechamiento extractivo de la tortuga marina.

Al respecto, me permito adjuntar el oficio SIEDF/471/2004, firmado por el titular de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales, mediante el cual se da respuesta al punto de acuerdo mencionado.

Sin otro particular por el momento, le envío un cordial y afectuoso saludo, reiterándole mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente.

México, DF, a 6 de abril de 2004.--- Eduardo Enrique Gómez García (rúbrica), coordinador de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de la República.

Diputada Jacqueline Argüelles Guzmán, Presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, Secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

Diputado Marcos Morales Torres, Secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

Distinguidos diputados:

Por instrucciones del licenciado Rafael Macedo de la Concha, procurador general de la República, y en atención al punto de acuerdo aprobado por esa H. Cámara, en el que se solicita a esta institución un informe sobre los resultados de los monitoreos en playas, mercados y lugares de venta de quelonios y derivados, me permito comunicar a usted lo siguiente:

Que con fundamento en los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución General de la República, y con motivo de la problemática existente en el país, es responsabilidad de esta Procuraduría investigar y perseguir los delitos generados a partir de la captura, daño, privación de la vida y comercialización de productos y subproductos de la tortuga marina, no así las tareas de prevención y supervisión que por ley corresponden a diversas instituciones de la Administración Pública Federal, como son la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, entre otras.

No obstante lo anterior, esta Procuraduría General de la República, a través de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, ha desarrollado una estrategia de inteligencia y análisis científico que conlleve a la desarticulación de las organizaciones que se dedican a tales actividades ilícitas, misma que hasta el momento ha permitido obtener los siguientes resultados:

Con fecha 5 de septiembre del año 2003 se inició la averiguación previa número 018/UEIDAPLE/DA''A''/2/2003, instruida en contra de quien resulte responsable, por la probable comisión del delito de comercio de huevos de quelonio, derivada de una denuncia de hechos formulada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en la cual se ejercitó acción penal en contra de Javier Sarabia, alias ``El Conejo'', por delito contra el ambiente; así como a los servidores públicos de nombres Pedro Enríquez Ríos, inspector federal, y Héctor René Reyes Polo, subdelegado de la Profepa, en el estado de Oaxaca, por ejercicio indebido de servicio público, correspondiéndole el Juzgado Sexto de Distrito en el estado, con sede en Salina Cruz, Oaxaca.

En ese sentido, la citada Unidad Investigadora inició también la averiguación previa 01/UEIDAPLE/DA''A''/2/2004, en contra de quien resulte responsable, por la probable comisión del delito de comercio de huevos de quelonio, la cual es derivada de la diversa 018/UEIDAPLE/DA''A''/2/2003, misma en la que se dejó abierto el triplicado, para la continuación de las investigaciones relacionadas con la recolección de huevos de tortuga marina, en diversos estados de la República Mexicana, entre los que se encuentran Guerrero y Guanajuato.

Es precisamente en esas entidades federativas, en las que durante los meses de enero y febrero del año en curso, se han venido realizando un conjunto de diligencias ministeriales apoyadas por la Agencia Federal de Investigaciones y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a efecto de obtener elementos que permitan robustecer la indagatoria, identificar a los presuntos responsables y ejercitar la acción penal que corresponda.

Como consecuencia de las acciones derivadas de las líneas de investigación diligenciadas en la indagatoria de mérito, el pasado 9 de marzo del 2004, en cumplimiento de la orden de cateo 002/2004 obsequiada por el C. juez tercero de distrito en Procesos Penales Federales del estado de Guanajuato, el representante social de la Federación llevó a cabo un operativo ministerial en la Ciudad de León, mismo que permitió revisar un taller de calzado y un almacén en el Barrio de San Miguel, a través del cual se lograron los siguientes resultados:

1. Detención y consignación de cuatro personas:

2. Aseguramiento de los siguientes productos:

3. Aseguramiento de las siguientes armas:

Aunado a lo anterior, la institución se coordina de manera permanente con las dependencias federales encargadas de la prevención y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales del país, así como para la atención pronta y expedita de las denuncias que en dicha materia sean presentadas. En ese orden de ideas, se ultiman detalles para la firma de un convenio de colaboración entre la secretaría del ramo, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y esta Procuraduría, a efecto de realizar tareas conjuntas que potencien aún más la acción del Gobierno Federal en su conjunto, en contra de estos fenómenos delictivos, sobre todo en áreas naturales protegidas de gran importancia como los Montes Azules, en Chiapas; la Mariposa Monarca, en Michoacán; el Izta-Popo, en el estado de México; y el corredor biológico Chichinautzin y las lagunas de Zempoala, en Morelos.

Aunado a las acciones generadas por esta Subprocuraduría, las delegaciones de la institución en los estados de la República Mexicana llevan a cabo acciones de coordinación con autoridades estatales y municipales para que, de manera local, se adopten medidas que contribuyan en esta Cruzada de la Procuraduría General de la República en materia de combate a los delitos contra el ambiente.

En ese orden de ideas, he instruido al licenciado Elías Gabino Troncoso Calderón, titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, a efecto de que continúe desarrollando de manera acuciosa las funciones que se le tienen encomendadas, así como que profundice en las líneas de investigación que han arrojado las pesquisas hasta ahora realizadas, con el fin de solventar oportunamente las demandas que requiere la sociedad en materia de delitos contra el ambiente, especialmente aquellos ilícitos rela- cionados con las especies en peligro de extinción como la tortuga marina.

Sin otro particular, le envío un atento y cordial saludo.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 19 de marzo de 2004.--- Lic. Carlos Javier Vega Memije (rúbrica), Subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al promovente para su conocimiento.
ARTICULO 88 CONSTITUCIONAL

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo.--- Querétaro.--- Poder Legislativo.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27, fracciones V y XII, y 40 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, en sesión extraordinaria de la Legislatura celebrada el 25 de marzo de 2004 se ordenó remitirles el acuerdo por el que se remite al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos iniciativa de Ley que adiciona un párrafo segundo al artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos constitucionales y legales correspondientes.

Sin otro particular, le reiteramos nuestro respeto institucional.

Atentamente.

Santiago de Querétaro, Qro., a 1 de abril de 2004.--- LIV Legislatura del Estado de Querétaro.--- Comisión Permanente: Dip. Angel Rojas Angeles (rúbrica), Presidente; Dip. María Cristina Morales Domínguez (rúbrica), Primera Secretaria.»

«Escudo.--- Querétaro.--- Poder Legislativo.

La Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 40 y 41, fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, y

Considerando

1°. Que existen ideas e instituciones cuyos principios, a pesar de su antigüedad, siguen vigentes e incluso han cobrado mayor fuerza que en la época de su surgimiento. Como un sencillo y poderoso ejemplo podemos citar la institución de la democracia, principio rector en la mayoría de los paí-ses del mundo y que proviene de la antigua Grecia. Hoy la democracia, si no un sistema perfecto, sí es, al menos socialmente, un derecho y un privilegio de miles y millones de personas. Así, avanzando en el tiempo, Carlos Secondat propone otro principio, la división de poderes, y sienta las bases para que ``el poder limite al poder'', situación que en la actualidad está más vigente que nunca y que incluso hace la diferencia entre los países industrializados y los subdesarrollados.

2°. Que, por lo anterior, es importante reafirmar que en el orden de las ideas, el tiempo no las deroga por sí mismas, ni las pone en desuso, sino que es la razón de las mismas la que las hace perdurar o desvanecerse en el recuerdo de lo que fue más que nada una tendencia. Gran parte de los principios, ideas, tendencias y pensamientos se encuentran expresados en las leyes, como una manera de que generen consecuencias jurídicas, y sean observadas por la sociedad y por los gobernantes, para instituir nuevas vías para el desarrollo económico, social, político y cultural y en general para dar los lineamientos que habrán de marcar el actuar del Estado.

3°. Que por eso, la tarea legislativa debe ser tan dinámica, partiendo de una fundamentación clara, aunque de hecho existen una serie de disposiciones, incluso de la más alta jerarquía, que son tan sólo rezagos del tiempo, de principios, de temores, de prevenciones e incluso de tecnología ya superados en la actualidad.

4°. Que en este caso se encuentra el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyos orígenes válidos han sido superados por el tiempo. Dicho artículo precisa: ``El Presidente de la República no podrá ausentarse del territorio nacional sin permiso del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, en su caso''.

5°. Que esta disposición viene siendo conservada desde la Constitución Política de la monarquía española, promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812, en cuyo artículo 172 se prohibía al rey ausentarse del reino sin consentimiento de las Cortes; y si lo hiciere, se entendería su abdicación a la Corona.

6°. Que posteriormente, el artículo 141 del Decreto para la Libertad de la América Mexicana, sancionado en Apatzingán el 22 de octubre de 1814, establecía que ningún individuo de esta corporación (refiriéndose al Supremo Gobierno), podría pasar ni aun una noche fuera del lugar destinado para su residencia, sin que el Congreso le concediera expresamente su permiso.

7°. Que asimismo, el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano de 1822, restringía al emperador para abandonar el país e incluso casarse, siempre que no contara con el consentimiento de la Junta Nacional o el Cuerpo Legislativo.

8°. Que ya en 1824, la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos señalaba entre las restricciones de las facultades del Presidente, la de salir del territorio de la República durante su encargo sin permiso del Congreso, y de hecho extendía esta prohibición relativa a un año después del término de su mandato. Situación similar señalaba el artículo 18, fracción IV, de la cuarta de las Leyes Constitucionales de la República Mexicana y el artículo 96, fracción II, del primer proyecto de Constitución Política de la República Mexicana de 1842.

9°. Que por su parte, el artículo 84 de la Constitución Política de la República Mexicana del 5 de febrero de 1857 decía lo siguiente: ``El Presidente no puede separarse del lugar de residencia de los Poderes Federales, ni del ejercicio de sus funciones, sin motivo grave calificado por el Congreso y, en su receso, por la Diputación Permanente''. Esta disposición fue objeto de una reforma en 1904, que incluía la prohibición al vicepresidente, para que dicha figura volviera a desaparecer de este precepto el 29 de septiembre de 1916.

10°. Que hemos pasado de prohibiciones absolutas a relativas, así como hemos pasado de 1812 al año 2004, casi dos siglos. Los avances en materia de comunicaciones y medios de transporte han sido espectaculares y han dado acceso a situaciones difícilmente soñadas, en un mundo donde la tecnología y su desarrollo hacen obsoletas innovaciones a meses de su descubrimiento. Por estas razones, el artículo constitucional de referencia vigente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha venido perdiendo sentido, e incluso ha venido a politizarse, ocupando de hecho tiempo importante de los miembros del Congreso, asuntos tan sencillos y elementales dentro de la función presidencial como las giras al extranjero, incluidas las visitas oficiales. Sin embargo y dado que el Poder Ejecutivo recae en una sola persona, no se pretende en esta exposición de motivos ignorar la importancia de que en momentos de trascendencia para la estabilidad del país, el Congreso de la Unión pueda prohibir al Presidente de la República el ausentarse del mismo.

11°. Que dicha reforma se propone en una etapa política competitiva a nivel nacional, por lo que dista mucho de tener dedicatoria, favorecer a partido o persona alguna y sin encontrar adecuaciones legales en nuestra Constitución Federal que faciliten tanto el trabajo del Ejecutivo, así como a la vez alivianen la carga de la Legislatura federal que hoy goza no sólo de jure sino de facto, con una jerarquía de igual rango que la del Ejecutivo.

12°. Que con esta propuesta, el Congreso del estado también coopera, en uso de nuestra facultad constitucional, en el nuevo marco legal, desde su cúspide, proponiendo mejores leyes a favor de todos los mexicanos.

Por lo anterior, esta Quincuagésima Cuarta Legislatura del estado de Querétaro expide el presente

Acuerdo por el que se remite al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos iniciativa de ley que adiciona un párrafo segundo al artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO UNICO.- La Quincuagésima Cuarta Legislatura del estado de Querétaro, en ejercicio de la facultad que le confiere lo dispuesto en el artículo 73, fracción III, de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, remite al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos iniciativa de Ley para quedar en los siguientes términos:

``Ley que adiciona un párrafo segundo al artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos''.

``Artículo Unico.- Se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, agregando un segundo párrafo, para quedar como sigue:

Artículo 88.- El Presidente...

Dicho permiso sólo podrá ser negado en caso de invasión, que existan circunstancias que alteren de manera grave la paz pública o de cualquier otra que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

Transitorios

Artículo Primero.- La presente ley entrará en vigor el 1 de septiembre del año 2006.

Artículo Segundo.- Al entrar en vigor la presente ley, deberán impulsarse las reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones legales aplicables en la materia.''

TRANSITORIOS

Primero.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno de la LIV Legislatura del estado de Querétaro.

Segundo.- Remítase el presente acuerdo al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos constitucionales y legales correspondientes.

Atentamente.

Dado en el Salón de Sesiones ``Constituyentes de 1916-1917'', Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, a 25 de marzo de 2004.--- LIV Legislatura del Estado de Querétaro.--- Comisión Permanente: Dip. Angel Rojas Angeles (rúbrica), Presidente; Dip. María Cristina Morales Domínguez (rúbrica), Primera Secretaria.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
MATERIA FISCAL
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

El siguiente punto del orden del día es iniciativas de diputados.

Tiene el uso de la palabra la diputada Rosalina Mazari Espín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para una iniciativa que deroga el artículo 8º transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2004 y el artículo 2 C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en Materia Fiscal.

La diputada Rosalina Mazari Espín:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

«Iniciativa que deroga el artículo octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004 y el artículo 2° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia fiscal.

Rosalina Mazari Espín, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que deroga de forma conjunta los artículos octavo transitorio, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004 y 2 C, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia fiscal, la cual se fundamenta y motiva en la siguiente:

Exposición de Motivos

Existe obligación de los gobernados de contribuir al gasto público que permita al Estado cumplir con sus compromisos económicos y sociales en bien de la sociedad. La equidad tributaria se presenta cuando se cumplen dos principios básicos fiscales, la proporción que es la posibilidad real del contribuyente de pagar sin eliminar su propia actividad económica que lo hace tributar y cuando se da la capacidad de recaudación del órgano de gobierno, posibilidad de pago y de recaudación crea relaciones sanas en materia de impuestos, aportaciones, aprovechamientos y derechos.

La duplicidad de contribuciones en los mismos conceptos hacen del Régimen de Pequeños Contribuyentes, una imposibilidad de pago y una circunstancia inmediata de caer en la informalidad del comercio en perjuicio del erario público federal; al perderse gran parte de los ingresos que otorgan al Estado Mexicano los 3.5 millones de Repecos registrados, que han contribuido mediante el pago del Impuesto Sobre la Renta a las finanzas públicas del país.

El régimen especial Repeco, que se basa en la estimativa de los ingresos y de la utilidad, en la práctica al aplicar la norma y su porcentaje, se presenta un alto monto de pago que afecta de forma grave a los locatarios, establecimientos y microempresas que ponen en riesgo la subsistencia de miles de familias en el país. El comerciante del Repeco paga y quiere seguir haciéndolo con proporción y equidad tributaria como lo dispone la Constitución Federal de la República.

Los especialistas afirman, que es cada vez más complicado cumplir con los requisitos de este régimen fiscal, es tal, que los Estados se niegan a firmar los Convenios de Coordinación Fiscal, al no querer estos la carga recaudatoria para destinar sólo el recurso a programas sociales de los Repecos, como lo exige el artículo octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004.

Las entidades del país no firmaran los Convenios bajo el argumento de imprecisión de las reglas al no querer crear más problemas a los contribuyentes, esto comprueba que el órgano recaudador no tiene la posibilidad de cobro del IVA al Repeco.

Los comerciantes en pequeño no pueden pagar más porque no tienen más recursos que ofrecer al Sistema de Administración Tributaria, lo que hace aplicar un principio de derecho de que nadie está obligado a lo imposible, ante este escenario real de inconformidad social y falta de efectividad de cobro. El Estado a través de su Poder Legislativo, tendremos en esta Asamblea soberana que entrar al análisis que derogue el cobro del Impuesto al Valor Agregado sin acreditamiento, por ser contrario a la posibilidad económica y jurídica de los contribuyentes en pequeño de México.

Señores Legisladores del país, los comerciantes y locatarios de Morelos, me han pedido hacer uso de esta alta Tribuna de la nación, para hacer de su conocimiento de que la pobreza y miseria de México los ha alcanzado, no tienen ventas, el mínimo ingreso que obtienen les permite comer y bastantes de ellos han cerrando sus establecimientos y han cambiado de actividad; qué hacer ante ello, considero que será modificar la norma fiscal que crea lesión jurídica al contribuyente, al hacerlo, representaremos con certeza los intereses de la nación mexicana.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta Asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se derogan de forma conjunta los artículos Octavo Transitorio, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004 y 2 C, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo Unico: Se derogan de forma conjunta los artículos Octavo Transitorio, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004 y 2 C, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Transitorio

Unico: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dip. Rosalina Mazari Espín (rúbrica).»

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Gracias diputada.

Túnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don José Antonio de la Vega Asmitia, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia:

Con su venia, diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El suscrito, diputado a esta LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, como integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II del Reglamento Interior del Congreso, someto a la consideración de este pleno, la presente iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En los últimos años, en nuestro país, ha sido evidente el interés por el asunto de los derechos humanos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos fue creada por decreto presidencial, publicado el 6 de julio de 1990 como órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, esa entidad sería la encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones que consagran los derechos humanos en nuestro país.

Casi 10 años después, primero la Cámara de Diputados, el 1° de junio de 1999 y después la Cámara de Senadores, el 8 del mismo mes y año, aprobarían el decreto por el que se reformó y adicionó el artículo 102, Apartado B de la Constitución, para dotar de autonomía a dicho órgano, autonomía que redundaría en los siguientes aciertos:

Asegurarle su independencia de cualquiera de los poderes públicos, partidos políticos o cualquier otro poder;

Dotaría de autonomía presupuestaria, lo cual implica que el proyecto de presupuesto que presente, sólo puede ser modificado por la Cámara de Diputados y en su ejercicio goza de total independencia respecto al Poder Ejecutivo Federal;

Que las recomendaciones continúen sin tener carácter vinculatorio porque la comisión no es un tribunal ni se siguen las formalidades procesales propias de una sentencia y lo es también, que no haberla facultado para ejercitar acción penal respecto al delito de tortura en virtud de que no es Ministerio Público;

No haber ampliado sus facultades en materia jurisdiccional, electoral y laboral porque no le son propias, en razón de todos los argumentos que reiteradamente se han expuesto.

A los anteriores logros es posible, no obstante, añadir una serie de previsiones que vendrían a fortalecer sustancialmente la capacidad de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para cumplir con su cometido, a saber, presentar iniciativas de ley en materias estrictamente vinculadas con el marco jurídico de protección a los derechos humanos;

Promover una cultura a favor de los derechos humanos y del cumplimiento de los compromisos internacionales que México ha firmado en esta materia;

Hacer comparecer a funcionarios y servidores públicos para fines exclusivos de su competencia y adicionalmente y como una medida de control respecto de la actuación de este órgano, la iniciativa procura transparentar su gestión al establecer mecanismos para que se someta a una efectiva rendición de cuentas. En consecuencia se propone dar al Senado la facultad de exigir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, información sobre los asuntos de su competencia.

Establecer en la legislación la exigencia de que los informes periódicos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, incluyan invariablemente la relación de todas las quejas recibidas y las causas que las originaron. Es preciso en este punto hacer una advertencia previa:

La iniciativa no pretende coartar la independencia ni la autonomía de la comisión, en todo momento estamos conscientes de que la primera entraña una ausencia de vínculo jerárquico con cualquier autoridad o poder público y la segunda implica, como el propio texto constitucional lo señala, autonomía de gestión y presupuestaria; es decir, la facultad de gobierno de este órgano y su capacidad para decidir el alcance y contenido de sus actos de acuerdo a las normas que rigen su quehacer, así como la ausencia de injerencia de cualquier órgano de la administración pública o de los Poderes Legislativo o Judicial.

Conscientes pues, de dichas circunstancias, la iniciativa pretende al mismo tiempo fortalecer a dicho órgano, transparentar el ejercicio de su función y examinar su actuación a la luz de las disposiciones legales que la rigen, sin influir en el contenido de sus actos.

La iniciativa parte del supuesto de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos constituye un eficaz medio de protección y defensa de los derechos de los gobernados, pero asimismo, como un organismo desvinculado del poder público y como titular de una función del Estado, quizá una de las más significativas, la que garantiza proteger al ciudadano de los abusos del Gobierno, es necesario establecer mecanismos que aseguren el adecuado ejercicio de sus atribuciones.

La propuesta es, y no pretende intervenir más allá de lo que resulta deseable en un esquema de control recíproco del poder público, procura solamente equilibrar y hallar un marco jurídico adecuado para esta relación entre órganos del Estado, que lejos de enfrentarse o competir entre sí de manera equilibrada, buscan el fin último de la organización estatal, a saber, facilitar la convivencia, armonizar las naturales diferencias entre los seres que integran una colectividad, alcanzar los fines trascendentes que sólo pueden realizarse cuando de un grupo de afanes, de conciencias, de voluntades, convergen en un mismo punto; en suma, lograr lo que constituye razón y esencia de vivir en sociedad: lograr el bien común.

Es cuanto, diputado Presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo del diputado José Antonio de la Vega Asmitia, del grupo parlamentario del PAN (esta iniciativa se publica nuevamente, ya que por un error de la Gaceta Parlamentaria se adjudico al legislador la pertenencia a un grupo parlamentario diferente del suyo)

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.---Presente.

El suscrito, diputado a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento Interior del Congreso General, somete a la consideración de este órgano la presente iniciativa de ley, a efecto de reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en esta materia; lo anterior, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

I.- En los últimos años, en nuestro país, ha sido evidente el interés por el asunto de los derechos humanos; expresamente, el Presidente Vicente Fox manifestó desde el inicio de su administración, que el respeto y la protección de los derechos humanos serían prioridad en su gobierno. Al efecto, se han creado dos subsecretarías, la Subsecretaría de Relaciones Exteriores para los Derechos Humanos y la Democracia y la Subsecretaría dependiente de Gobernación sobre Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos; instalándose además una Comisión de Política Gubernamental en esta materia. Asimismo, México ha ratificado una serie de instrumentos internacionales sobre el particular y recibido la visita de relatores de Naciones Unidas en materia diversas: vivienda adecuada, independencia de jueces y abogados, desplazados internos, migrantes, del grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias y del comité contra la tortura, así como sobre derechos de la mujer, entre otros.

Hay que recordar que la CNDH fue creada por decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 1990, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación; esa entidad sería la encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones que consagran los derechos humanos en nuestro país; casi diez años después, primero la Cámara de Diputados -el 1 de junio de 1999- y después la Cámara de Senadores -el 8 del mismo mes y año- aprobarían el decreto por el que se reformó y adicionó el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para dotar de autonomía a dicho órgano.

A los anteriores logros es posible, no obstante, añadir una serie previsiones que vendrían a fortalecer sustancialmente la capacidad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para cumplir con su cometido; a reserva de verlo de manera más detallada, la presente iniciativa prevé que la CNDH pueda:

Adicionalmente, y como una medida de control respecto de la actuación de este órgano, la iniciativa procura transparentar su gestión al establecer mecanismos para que se someta a una efectiva rendición de cuentas; así se propone:

Es preciso en este punto hacer una advertencia previa; la iniciativa no pretende coartar la independencia ni la autonomía de la Comisión; en todo momento, estamos conscientes de que la primera entraña una ausencia de vínculo jerárquico con cualquier autoridad o poder público; y la segunda, la autonomía, implica -como el texto constitucional lo señala- ``autonomía de gestión y presupuestaria''; es decir, la facultad de gobierno de este órgano y su capacidad para decidir el alcance y contenido de sus actos de acuerdo a las normas que rigen su quehacer, así como la ausencia de injerencia de cualquier órgano de la administración pública o de los poderes Legislativo o Judicial. Conscientes pues de dicha circunstancias, la iniciativa pretende, al mismo tiempo que fortalecer a dicho órgano, transparentar el ejercicio de su función y examinar su actuación a la luz de las disposiciones legales que la rigen, sin influir en el contenido de sus actos.

II.- Las reformas constitucionales.

Las propuestas de reforma a la Constitución General de la República se hacen consistir en lo siguiente:

1.- El artículo 71 se adiciona con una fracción IV en la cual se propone que la CNDH tenga la facultad de iniciar leyes ante el Congreso de la Unión; este órgano tendría el derecho de iniciar leyes exclusivamente en materias vinculadas al tema de los derechos humanos. La CNDH ha seguido un proceso de transformación desde órgano jerárquicamente vinculado a la Secretaría de Gobernación hasta el organismo constitucional autónomo de nuestros días, con funciones plenas en la supervisión y vigilancia de la actividad gubernamental cuando ésta es susceptible de violar derechos humanos; en este dilatado proceso, como una consecuencia obvia, se generan necesidades de reformar las estructuras, órganos, procesos y normas que rigen su actividad. Resulta pertinente así, modificar el texto del artículo 71 de la Constitución Federal, para que la CNDH pueda formular aquellas iniciativas que reflejen los cambios útiles para que dicha entidad alcance la plena realización de los principios que alentaron su creación y estimulan su funcionamiento. Al otorgarle la facultad de iniciativa se pretende que dicho órgano -que cuenta con la capacidad técnica para la elaboración de soluciones y la independencia política para que éstas sean neutrales y funcionales- realmente tenga la posibilidad de participar mediante la formación de iniciativas en el proceso legislativo.

Igualmente se modifica el segundo párrafo para que las iniciativas presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al igual que las presentadas por el Presidente de la República, las Legislaturas de los estados o sus diputaciones, pasen desde luego a la comisión que corresponda.

2.- El artículo 76 se adiciona con una fracción XI para que dentro de las facultades exclusivas de la Cámara de Senadores se contemple la posibilidad de solicitar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos información sobre los asuntos de su competencia; es importante que con pleno respeto a su autonomía e independencia, este órgano informe de sus actividades; la función que realiza es de suma importancia para garantizar el respeto a los derechos individuales de los gobernados, empero las condiciones en que se desarrolle esta labor es también importante; para ese fin la fracción X se reforma y la fracción XI se adiciona, pero su contenido es idéntico a la vigente fracción X y lo único que se hace es recorrerla para quedar en los siguientes términos: ``Las demás que la misma Constitución le atribuye''.

III.- Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

De este ordenamiento se reforman diversas disposiciones como se aprecia a continuación:

1.- El artículo 6 sufre modificaciones diversas:

a).- La fracción VII se modifica a efecto de prever que adicionalmente a la actual facultad para impulsar la observancia de los derechos humanos en el país, la CNDH también deba ``promover una cultura a favor de éstos y del cumplimiento de los compromisos internacionales en la materia''; es decir, este tema de los derechos humanos, como otros más -pensemos en el de la corrupción-, requiere de una activa participación ciudadana y una verdadera transformación de la cultura de la simulación y la impune trasgresión al orden jurídico; para ese fin, no basta con sólo observar las violaciones a los derechos humanos que desde el gobierno surjan, sino también, prevenir éstas, a través de la paulatina transformación de la mentalidad colectiva.

b).- La fracción VIII en la actualidad establece como atribución de la CNDH la de proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de ella redunden en una mejor protección de los derechos humanos; esta determinación se estima pertinente; empero, se considera también que para cumplir adecuadamente con ella, es necesario reforzar las facultades de este órgano, autorizándolo para que pueda solicitar información pública a estas mismas autoridades a fin de realizar estudios que busquen la mejoría en las condiciones de los derechos humanos. La publicidad es necesaria para constreñir a la autoridad respectiva a cumplir con este mandato, dado que la CNDH carece de facultades coercitivas.

2.- El artículo 48 se propone que sea modificado; el texto vigente previene que: ``La Comisión Nacional no estará obligada a entregar ninguna de sus pruebas a la autoridad a la cual dirigió una recomendación o a algún particular. Si dichas pruebas le son solicitadas, discrecionalmente determinará si son de entregarse o no''; la prohibición anterior se considera excesiva; máxime que la expresión ``discrecional'' podría dar pie a que esta facultad se ejercitara de manera arbitraria; de ahí que se proponga que la CNDH estará obligada a entregar las pruebas con que cuente a la autoridad a la cual dirigió una recomendación o al particular que lo solicite y tenga relación con el asunto de que se trate. Agregándose la previsión, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en su artículo 61, que en tratándose de la CNDH, ésta deberá establecer ``mediante reglamentos o acuerdos de carácter general, los órganos, criterios y procedimientos institucionales para proporcionar a los particulares el acceso a la información, de conformidad con los principios y plazos establecidos en esta Ley'', previsión que se reitera en el artículo cuarto transitorio que señala: ``Los sujetos obligados a los que se refiere el artículo 61 deberán publicar las disposiciones correspondientes a más tardar un año después de la entrada en vigor de la ley''. En esa virtud el derecho de los particulares a solicitar información, deberá sujetarse a las disposiciones administrativas de carácter general dictadas por la propia Comisión al efecto.

3.- El artículo 51 se reforma y se agrega a la obligación del Presidente de la Comisión Nacional de publicar las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad, la de difundirlos. Ello, por cuanto que no obstante que dicha información es pública, ciertamente no es conocida por la ciudadanía en general dado que no es información que circule con asiduidad o profusión; de ahí que por estimarse de interés público y un paso en la construcción de una cultura de protección y defensa de los derechos humanos, es que se propone dicha medida.

4.- Por lo que atañe al artículo 53, se le adiciona un último párrafo; dicho ordinal se ocupa de regular los informes anuales del Presidente de la Comisión; si bien el numeral prevé que éstos deberán comprender una descripción del número y características de las quejas y denuncias que se hayan presentado, los efectos de la labor de conciliación; las investigaciones realizadas, las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad que se hubiesen formulado, no menciona las causas posibles que originaron las quejas o denuncias; de ahí que se propone añadir esta previsión con la adición del siguiente párrafo: ``Invariablemente, los informes a que se refiere este artículo incluirán la relación de todas las quejas recibidas y las causas que las originaron''.

IV.- Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, me permito someter a la consideración de esta H. Asamblea la presente iniciativa para adicionar y reformar diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; lo anterior, conforme al siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero.- Se adicionan, con una fracción IV el artículo 71 y con una fracción XI el artículo 76, y se reforma la fracción X del artículo 76; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

...

II.- A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión;

III.- A las Legislaturas de los estados, y

IV.- A la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en las materias vinculadas con el marco jurídico de protección a los derechos humanos.

Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los estados, por las diputaciones de los mismos o por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

Artículo 76.- Son facultades exclusivas del Senado:

...

X.- Solicitar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos información sobre asuntos de su competencia, y

XI.- Las demás que la misma Constitución le atribuye.

Artículo Segundo.- Se adiciona con un último párrafo el artículo 53; y se reforman los artículos siguientes: 6, en su fracción VIII; 48 y 51; todos de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 6.- ...

VIII.- Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos. Para los efectos de este párrafo, podrá solicitar información pública a estas mismas autoridades a fin de realizar estudios que busquen la mejoría en las condiciones de los derechos humanos;

...

Artículo 48.- La Comisión Nacional estará obligada a entregar las pruebas con que cuente a la autoridad a la cual dirigió una recomendación.

Tratándose de particulares que tengan relación con el asunto de que se trate, la petición se sujetará a las previsiones contenidas en las disposiciones internas emitidas de conformidad con la ley de la materia.

Artículo 51.- El Presidente de la Comisión Nacional deberá publicar y difundir, en su totalidad o en forma resumida, las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad de la Comisión Nacional. En casos excepcionales podrá determinar si los mismos sólo deban comunicarse a los interesados de acuerdo con las circunstancias del propio caso.

Artículo 53.- ...

Invariablemente, los informes a que se refiere este artículo incluirán la relación de todas las quejas recibidas y las causas que las originaron.

Transitorio

Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, México, DF, a 27 de abril de 2004.--- Dip. José Antonio Pablo de la Vega Asmitia.»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Gracias, señor diputado don José Antonio de la Vega Asmitia.

Túrnese el documento a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos.
CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Tiene el uso de la palabra al señor diputado don Santiago Cortés Sandoval, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El señor diputado profesor don Santiago Cortés Sandoval, ha solicitado a la Presidencia permita pasar al frente a un intérprete que auxiliará en la exposición al señor diputado. Esta Presidencia lo autoriza.

Adelante, diputado.

El diputado Santiago Cortés Sandoval:

Con su permiso, señor diputado Presidente; con su permiso, compañeras diputadas y diputados.

El suscrito, Santiago Cortés Sandoval, diputado federal del Partido de la Revolución Democrática de esta honorable LIX Legislatura y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este pleno de esta soberanía, la presente iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer el marco jurídico nacional en materia de discapacidad, el cual ya cuenta con preceptos en diferentes leyes federales y generales. Con esta iniciativa estamos poniendo a consideración de esta soberanía, un conjunto de medidas que permitirán que las personas con discapacidad ejerzan plenamente su derecho de elegir a quienes serán sus gobernantes.

La Organización Mundial para la Salud estima que la población de personas con discapacidad en México representa entre el 7 y el 10%. El conjunto de medidas que someto a este acto, tiene por objetivo, como lo señala Luis Salazar y José Woldenberg en el Cuaderno Divulgación de la Cultura Democrática No. 1 titulado ``Principios y valores de la democracia'', integrar a la normatividad electoral nacional principios de toda democracia moderna, como el derecho de las minorías, derecho que permite distinguirnos de un régimen autoritario y garantiza el derecho a existir, organizarse y expresarse e incluso el status jurídico de éstas constituyen un indicador importante del desarrollo democrático: la igualdad.

La ley pretende universalizar derechos y obligaciones y ésta igualdad trasciende a diferencias de riqueza, propiedad, sexo, religión, condición física e ideológica, la participación. El régimen democrático fomenta la participación ciudadana en la esfera política y la institucionalidad democrática, necesita que los ciudadanos participen en los asuntos que se ventilan en la esfera pública, los derechos individuales.

La democracia presupone una serie de derechos garantizados por el Estado para todos y cada uno de los ciudadanos, con derechos humanos, como la no discriminación, la libertad, el libre tránsito etc., se encuentran mejor tutelados en un régimen democrático.

Proponemos en el artículo 44, numeral 1 la adición del párrafo, para que los partidos políticos introduzcan sus mensajes televisivos, un recuadro con un intérprete en lenguaje de señas mexicanas o subtítulos, que permita a las personas con capacidad auditiva, conocer las diferentes propuestas de los partidos políticos de México.

Las personas con discapacidad auditiva representan el 15.7% del total del sector, es decir, cerca de 1.5 millones de personas, de las cuales el 60% son votantes potenciales.

Nuestra adición al artículo 47 de aprobarse permitirá a las personas sordas conocer y formarse una opinión, sobre los candidatos de los diferentes partidos políticos, durante el desarrollo de las campañas electorales, a través de mensajes que podrán entender vía un intérprete o subtítulos en sus promocionales.

Con esta reforma los partidos políticos nacionales deberán construir propuestas legislativas y de gobierno, para competir por este importante mercado electoral, que representan los electores con discapacidad, en general y de manera particular, las personas sordas.

En la televisión nacional ya se cuenta con antecedentes, en Televisa, hasta hace unos días, en el noticiero vespertino de la periodista Dolores Ayala, se podía ver a un intérprete traduciendo para las personas sordas el resumen que simultáneamente daba la periodista.

Nuestra iniciativa aspira a ser parte de la gran reforma electoral que el México del Siglo XXI requiera. La democracia en nuestros tiempos reclama nuevas reglas electorales que sean incluyentes e integrales.

La adición al artículo 141 del Cofipe que estoy sometiendo a esta soberanía, propone que se agreguen...

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Un momento, señor diputado.

Señoras y señores legisladores, esta Presidencia ruega a todos los señores legisladores, tengan la bondad de prestarle la atención que la cortesía amerita, al señor diputado.

Adelante, diputado.

El diputado Santiago Cortés Sandoval:

...Propone se agregue a la información básica de los mexicanos mayores de 18 años, que registra el IFE en la técnica censal casa por casa, si el solicitante tiene discapacidad y con esta información conformar un padrón electoral más eficiente, que no sólo indique cuántos son los electores, sino que sea una herramienta para que el IFE cumpla plenamente con la función que la Constitución le encomendó.

La información sobre la discapacidad del elector se actualizará constantemente al solicitarle al elector que informe al IFE, como lo hace actualmente con el cambio de domicilio, sobre cambios a sus condiciones físicas que se configuren como discapacidad; misma que deberá ser comprobada con una constancia expedida por una institución oficial de salud.

Además, proponemos que esta información, la de la discapacidad, se incluya en la credencial de elector convirtiéndola no sólo en un eficiente instrumento de identificación, sino también en una constancia para que sea beneficiario de diferentes programas sociales y asistenciales de los gobiernos de los tres niveles.

El Instituto sabrá cuántos son los electores con discapacidad, dónde sufragarán, qué necesitarán para votar etcétera, para proporcionar mayor certeza y seguridad a las personas con discapacidad visual, que cabe acotar representan el 26% de la población con discapacidad y auditiva. Estamos proponiendo que éstos puedan hacerse acompañar de personas de su entera confianza para hacer todos sus trámites ante las autoridades electorales.

El acompañante podrá verificar los documentos que tendrá que firmar el elector con discapacidad; proporcionará al elector la información que oralmente los funcionarios de los módulos y oficinas del Instituto le brinden.

Reformamos el artículo 149 para sustituir el término ``incapacitados físicos'' por el de personas con discapacidad; entendida ésta como todo ser humano que representa temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas e intelectuales o sensoriales ya sea múltiples o severas, que le limitan a realizar actividades normales.

En la elección para Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el año 2000, el instituto electoral local, implementó el uso de plantillas con el logotipo de los partidos políticos y las alianzas participantes en la jornada electoral. Nuestra iniciativa propone que el IFE edite las boletas para las jornadas electorales con este mecanismo; mecanismo que permitirá el ejercicio pleno del derecho de sufragar por la opción que informadamente ha elegido el elector con discapacidad.

Finalmente la iniciativa que someto a su consideración, propone derogar el inciso f) del artículo 3º del artículo 241 del Cofipe, porque por un lado es innecesario señalar la edad para ser asistente electoral cuando las actividades de éste son por su naturaleza inadecuados para personas adultas mayores y porque la medida resulta violatoria de la Ley Federal Contra la Discriminación.

Las reformas y adiciones que aquí proponemos nos permiten necesariamente ir a buscar referentes jurídicos en códigos y leyes electorales en países de América Latina. Solamente quiero mencionar de forma rápida, de algunos países donde se ha tomado muy en cuenta en sus leyes, la discapacidad de los ciudadanos. En Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Bolivia, Canadá, Costa Rica, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana y Uruguay, se ha tomado en cuenta la discapacidad ciudadana, para adoptar medidas que les permitan votar plenamente.

Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos electorales, a cargo del diputado Santiago Cortés Sandoval, del grupo parlamentario del PRD

CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Los suscritos diputados federales de la LIX Legislatura y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración del Pleno de esta honorable soberanía la presente iniciativa, que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer el marco jurídico nacional en materia de discapacidad, el cual ya cuenta con preceptos en diferentes leyes federales y generales.

Con esta iniciativa, estamos poniendo a consideración de esta H. Soberanía un conjunto de medidas que permitirán que las personas con discapacidad ejerzan plenamente su derecho de elegir a quienes serán sus gobernantes.

La Organización Mundial para la Salud estima que la población de personas con discapacidad en México representa entre el 7 y el 10 por ciento.

El conjunto de medidas, que someto en este acto, tienen con objetivo, como lo señala Luis Salazar y José Woldenberg en el Cuaderno de Divulgación de la Cultura Democrática No. 1 titulado ``Principios y Valores de la Democracia'' integrar a la normatividad electoral nacional principios de toda democracia moderna como:

Promovemos en el artículo 44 numeral 1 la adición de un párrafo para que los partidos políticos introduzcan en sus mensajes en televisión un recuadro con un interprete en lenguaje de señas mexicanas o subtítulos que permita a las personas con discapacidad auditiva conocer las diferentes propuestas de los partidos políticos de México. Las personas con discapacidad auditiva representan el 15. 7 por ciento del total del sector, es decir cerca de 1.5 millones de personas, de los cuales el 60 por ciento son votantes potenciales.

Nuestra adición al artículo 47, de aprobarse, permitirá a las personas sordas conocer y formarse una opinión sobre los candidatos de los diferentes partidos políticos durante el desarrollo de las campañas electorales, a través de mensajes que podrán entender vía un intérprete o subtítulos en sus promocionales.

Con esta reforma los partidos políticos nacionales deberán construir propuestas legislativas y de gobierno para competir por este importante mercado electoral que representan los electores con discapacidad, en general y de manera particular, las personas sordas.

En la televisión nacional ya se cuenta con antecedentes. En Televisa, hasta hace unos días, en el noticiero vespertino de la periodista Dolores Ayala, se podía ver a una interprete traduciendo para las personas sordas el resumen que simultáneamente daba la periodista.

Nuestra iniciativa aspira ser parte de la gran reforma electoral que el México del siglo XXI requiere. La democracia de nuestros tiempos reclama nuevas reglas electorales que sean incluyentes e integrales.

La adición al artículo 141 del Cofipe que estoy sometiendo al entendimiento de esta Soberanía propone que se agregue a la información básica de los mexicanos mayores de 18 años que registra el IFE en la técnica censal casa por casa, si el solicitante tiene discapacidad. Y, con esta información conformar un padrón electoral más eficiente que no sólo indique cuantos son los electores, sino que sea una herramienta para que el IFE cumpla plenamente la función que la Constitución le encomendó.

La información sobre la discapacidad del elector se actualizará constantemente, al solicitarle al elector que informe al IFE, como lo hace actualmente con el cambio de domicilio, sobre cambios a sus condiciones físicas que se configuren como discapacidad, misma que deberá ser comprobada por una constancia expedida por una institución oficial de salud.

Además, proponemos, que esta información -la de la discapacidad- se incluya en la credencial de elector, convirtiéndola no sólo un eficiente instrumento de identificación, sino también en una constancia para ser beneficiario de diversos programas sociales y asistenciales de los gobiernos de los tres niveles.

El Instituto sabrá cuántos son los electores con discapacidad, dónde sufragaran, qué necesitarán para votar, etcétera.

Para proporcionar mayor certeza y seguridad a las personas con discapacidad visual -que, cabe acotar, representa el 26 por ciento de la población con discapacidad- y auditiva estamos proponiendo que éstos puedan hacerse acompañar de personas de su entera confianza para hacer todos sus trámites ante las autoridades electorales, el acompañante podrá verificar los documentos que tendrá que firmar el elector con discapacidad, proporcionará al elector la información que oralmente los funcionarios de los módulos y oficinas del Instituto le brinden.

Reformamos el artículo 149 para sustituir el término incapacitados físico por el de persona con discapacidad, entendida esta como todo ser humano que presenta temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, intelectuales ó sensoriales, ya sean múltiples o severas, que le limitan realizar una actividad normal.

En la elección para Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el año 2000 el Instituto electoral local implemento el uso de plantillas con el logotipo de los partidos políticos y las alianzas participantes en la jornada electoral. Nuestra iniciativa propone que el IFE edite en las boletas para la jornada electoral este mecanismo. Mecanismo que permita el ejercicio pleno del derecho de sufragar por la opción que informadamente a elegido el elector con discapacidad.

Finalmente, la iniciativa que someto a sus consideración propone derogar el inciso f) del numeral 3 del artículo 241 A del Cofipe porque por un lado es innecesario señalar la edad para ser asistente electoral cuando las actividades de éste son por su naturaleza inadecuados para personas adultas mayores y porque la medida resulta violatoria de la Ley Federal contra la Discriminación.

Las reformas y adiciones aquí propuestas nos remiten, necesariamente, a buscar referentes jurídicos en códigos y leyes electorales en países de América Latina. De acuerdo con un estudio realizado por el Centro de Asesoría y Promoción Electoral y el Instituto Latinoamericano de Derechos Humanos en el año 2002 y después de analizar las leyes y códigos electorales de 17 países latinoamericanos se concluyo que:

1. En Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Bolivia, Canadá, Costa Rica, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana y Uruguay sus leyes electorales contienen preceptos que permiten a la persona con discapacidad ser auxiliadas o acompañadas por personas de su confianza o de algún funcionario electoral. En algunos de estos países el acompañante debe guardar en secreto el voto del elector con discapacidad.

2. En Canadá, Chile y Puerto Rico las legislaciones le otorga a las personas con discapacidad el derecho de inscribirse en el Padrón Electoral señalando el tipo de discapacidad que tienen y que le permite a los institutos electorales de estos países planificar la participación electoral de este importante sector de la sociedad.

3. La legislación electoral de Bolivia, Canadá, Ecuador, Paraguay y Uruguay prevé el derecho de preferencia para las personas con discapacidad, de la tercera edad y las mujeres embarazadas para ejercer su derecho al voto sin hacer fila.

4. La previsión de que los centro receptores de votos o casillas se encuentren en lugares accesibles para personas con discapacidad existe en los códigos electorales de Argentina, Brasil, Canadá, Costa rica, Nicaragua y Uruguay.

5. La ley electoral de Canadá y Costa Rica establecen la obligatoriedad a los partidos políticos para que difundan sus mensajes y promocionales electorales con el auxilio de intérpretes de señas.

6. El uso de serchas digitales, mascarillas, plantillas en braille, realces en las boletas electorales para garantizar el ejercicio del voto de manera personalizada a las personas con discapacidad visual se encuentra establecida en los códigos electorales de Bolivia, Brasil, Canadá, Colombia, El Salvador, Guatemala, Perú y Puerto Rico.

7. En diversos países latinoamericanos las leyes y códigos electorales prevén apoyos como el auxilio de la Cruz Roja, policía, guías, scouts, sillas de ruedas, solicitudes por teléfono y participación de voluntarios durante la jornada electoral.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno de esta honorable Cámara el presente

Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Unico. Se adiciona un párrafo al numeral 1 del artículo 44, al inciso c) del numeral 1 del artículo 47, el inciso g) al numeral 2 del artículo 141, un párrafo al numeral 1 del artículo 144, el inciso h) al numeral 1 del artículo 148, el numeral 3 al artículo 150, el inciso h) al numeral 1 del artículo 164, un párrafo al numeral 1 del artículo 205; se reforman el numeral 1 del artículo 149 y el numeral 2 del artículo 218, y se deroga el inciso f) del numeral 2 del artículo 214 A, para quedar como sigue:

Artículo 44

1. Del tiempo total que le corresponde al Estado en las frecuencias de radio y en los canales de televisión, cada partido político disfrutará de 15 minutos mensuales en cada uno de estos medios de comunicación.

Los partidos políticos procurarán el uso de subtítulos o de intérpretes en el lenguaje de señas mexicanas en sus tiempos en los canales de televisión.

2. a 4. ...

Artículo 47

1. Los partidos políticos...

a) a b)...

c) Durante el tiempo de las campañas electorales...

En los promocionales en televisión, los partidos políticos procurarán el uso de subtítulos o de intérpretes en el lenguaje de señas mexicanas

2. a 7. ...

Artículo 141

1. a 2. ...

a) a f) ...

g) Tipo de discapacidad.

3. a 5. ...

Artículo 144

Los ciudadanos tendrán la obligación de acudir a las oficinas o módulos que determine el Instituto Federal Electoral, a fin de obtener su credencial para votar con fotografía.

Los ciudadanos con discapacidad podrán hacerse acompañar por una persona de su confianza en las oficinas y módulos del Instituto.

2. a 6. ...

Artículo 148

1. La solicitud de incorporación al Catálogo General de Electores podrá servir para la inscripción de los ciudadanos en el Padrón Electoral...

a) a g) ...

h) Tipo de discapacidad.

2. a 3. ...

Artículo 149

1. Los ciudadanos mexicanos residentes en el territorio nacional, que tengan discapacidad física para acudir a inscribirse ante las oficinas de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores correspondiente a su domicilio, deberán solicitar su inscripción por escrito, acompañando la documentación que acredite su discapacidad. En su caso, la Dirección Ejecutiva dictará las medidas pertinentes para la entrega de la Credencial para Votar del elector con discapacidad física.

Artículo 150

1. a 2. ...

3. Cuando un ciudadano contraiga una discapacidad, avisará al Instituto, anexando los documentos que así lo hagan constar.

Artículo 164

1. La credencial para votar deberá contener...

a) a g) ...

h) Tipo de discapacidad.

2. a 3. ...

Artículo 205

1. Para la emisión del voto...

El Consejo General implantará como medida para alcanzar la equidad la emisión de boletas con realce del logotipo de los partidos o coaliciones.

2. a 6. ...

Artículo 218

1. Una vez comprobado...

2. Los electores que no sepan leer o que posean una discapacidad para marcar sus boletas de voto, podrán hacerse asistir por una persona de su confianza que les acompañe.

3. a 5. ...

Artículo 241-A

1. a 2. ...

3. Son requisitos...

a) a e) ...

f) Derogada

g) a h) ...

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 27 de abril de 2004.--- Dip. Santiago Cortés Sandoval (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Gracias, señor diputado profesor don Santiago Cortés Sandoval.

Damos las gracias también a la señorita intérprete que auxilió en la exposición de esta iniciativa.

Señoras y señores legisladores: queremos dar la bienvenida a los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo de México, así como también al Comité Directivo, comités regionales, presidentes de comisiones y presidentes de las cámaras de comercio del país que muy amablemente nos visitan el día de hoy.

A todos ustedes bienvenidos.

Por lo que se refiere a la iniciativa del señor profesor diputado Santiago Cortés Sandoval, se turna a las comisiones unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana.
LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista, para presentar una iniciativa que reforma el primer párrafo del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la intervención de comunicaciones privadas.

El diputado Manuel Velasco Coello:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El crimen organizado es un cáncer silencioso que amenaza seriamente a las instituciones y compromete el futuro de nuestra sociedad. Su capacidad para corromper rebasa fronteras, llega al país y echa raíces en el tejido social, descomponiendo todo a su paso como una enfermedad mortal.

México representa un puente natural para la delincuencia. Las rutas fronterizas son privilegiadas para bandas criminales de diversas nacionalidades. Por ello son asuntos prioritarios de seguridad nacional.

¿Tenemos los instrumentos suficientes para enfrentarlas? ¿Estamos a tiempo para actuar? Los senadores acaban de dar un paso significativo en este sentido. La nueva Ley de Seguridad Nacional responde a estas preguntas; sin embargo, quiero sumar una propuesta a manera de complemento.

La delincuencia organizada es un fenómeno de mil caras. Cada día surgen nuevos actores, nuevos métodos y nuevas conductas dificultando no sólo su combate, sino su detección inmediata.

Asimismo, las realidades sociales en las fronteras aumentan su capacidad operativa. Por ejemplo, en el sureste, además del tráfico de drogas y personas, se suman las pandillas centroamericanas como una modalidad criminal.

Los Mara Salvatrucha son delincuentes juveniles que penetran a territorio nacional para cumplir un extraño código de odio y exterminio racial por el control y dominio de la región. Es un nuevo tipo de violencia que se extiende del sureste hacia el centro del país.

En estados como Chiapas invaden universidades y las normales rurales y escuelas, siendo los jóvenes los principales blancos.

En este sentido, los poderes públicos locales y la población quedan en estado de indefensión pues la respuesta de la autoridad federal es insuficiente ante el crecimiento alarmante de la violencia desatada por estas pandillas.

Estos criminales extranjeros constituyen una grave amenaza a la seguridad de las personas y al orden institucional en todos sus niveles, ya que su actividad se amplía al narcotráfico, al robo, al secuestro y al homicidio, quebrantando así la paz y la tranquilidad social.

Si esperamos a que violen el orden interno para actuar en consecuencia, mañana serán incontrolables. Es menester combatirlos de raíz con acciones preventivas, estableciendo además su probable vínculo con bandas organizadas que facilitan su introducción al país.

Por esta razón, la propuesta del Partido Verde Ecologista de México es como prioridad de seguridad nacional considerar la introducción ilegal de extranjeros a territorio nacional como una causal más para la intervención de comunicaciones privadas.

Con la medida anterior se garantizaría con absoluta transparencia un mejor cumplimiento del párrafo segundo del artículo 138 de la Ley General de Población, del artículo 2º, inciso III) y del Capítulo IV de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, así como los términos establecidos en la reciente Ley de Seguridad Nacional.

``Por todo lo anterior, someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50-Ter, del Título Cuarto de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación referente a la intervención de comunicaciones privadas.''

Solicito a la Presidencia publique el texto íntegro en el Diario de los Debates.

Es cuanto, diputado Presidente.

«Iniciativa que reforma el primer párrafo del artículo 50 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la intervención de comunicaciones privadas, presentada por el diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del PVEM, en la sesión del martes 27 de abril de 2004.

Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundiz Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Arguelles Guzmán, María Avila Serna, Fernado Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Felix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuahutémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raul Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:

Exposición de Motivos

El crimen organizado es un cáncer silencioso que amenaza seriamente a las instituciones y compromete el futuro de nuestra sociedad.

Su capacidad para corromper rebasa fronteras. Llega al país y echa raíces en el tejido social, descomponiendo todo a su paso como una enfermedad mortal.

México representa un puente natural para la delincuencia. Las rutas fronterizas son privilegiadas para bandas criminales de diversas nacionalidades. Por ello son asunto prioritario de seguridad nacional.

O ¿Tenemos los instrumentos suficientes para enfrentarla? ¿Estamos a tiempo para actuar?

Los senadores acaban de dar un paso significativo en este sentido. La nueva Ley de Seguridad Nacional responde a estas preguntas. Sin embargo, quiero sumar una propuesta a manera de complemento.

La delincuencia organizada es un fenómeno de mil caras. Cada día surgen nuevos actores, nuevos métodos y nuevas conductas, dificultando no sólo su combate, sino su detección inmediata.

Asimismo, las realidades sociales en las fronteras aumentan su capacidad operativa. Por ejemplo, en el sureste además del tráfico de drogas y personas, se suman las pandillas centroamericanas como una nueva modalidad criminal.

Los Mara Salvatrucha son delincuentes juveniles que penetran a territorio nacional, para cumplir un extraño código de odio y exterminio racial por el control y dominio de la región.

Es un nuevo tipo de violencia que se extiende del sureste hacia el centro del país. En estados como Chiapas invaden universidades y escuelas, siendo los jóvenes sus principales blancos.

En este sentido, los poderes públicos locales y la población quedan en estado de indefensión, pues la respuesta de la autoridad federal es insuficiente ante el crecimiento alarmante de la violencia desatada por estas pandillas.

Estos criminales extranjeros constituyen una grave amenaza a la seguridad de las personas y al orden institucional en todos sus niveles, ya que su actividad se amplía al narcotráfico, al robo, al secuestro y al homicidio, quebrantando así la paz y la tranquilidad social.

Si esperamos a que violen el orden interno para actuar en consecuencia, mañana serán incontrolables. Es menester combatirlos de raíz con acciones preventivas, estableciendo además su probable vínculo con bandas organizadas que facilitan su introducción al país.

Por esta razón, la propuesta del Partido Verde Ecologista de México es, como prioridad de seguridad nacional, considerar la introducción ilegal de extranjeros a territorio nacional como una causal más para la intervención de comunicaciones privadas.

Con la medida anterior se garantizaría con absoluta transparencia un mejor cumplimiento del párrafo segundo del Artículo 138 de Ley General de Población; del Artículo Segundo, Inciso III y del Capítulo Cuarto de la Ley contra la Delincuencia Organizada, así como los términos establecidos en la reciente Ley de Seguridad Nacional.

Por todo lo anterior, nos permitimos someter a la consideración de la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, el presente:

Decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Artículo Único.- Se reforma el párrafo primero del Artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para quedar como sigue:

Artículo 50 Ter.- Cuando la solicitud de autorización de intervención de comunicaciones privadas, sea formulada en los términos previstos en las legislaciones locales, por el titular del Ministerio Público de alguna entidad federativa, exclusivamente se concederá si se trata de los delitos establecidos en el artículo 2° de la Ley Federal contra la delincuencia Organizada, así como los delitos de homicidio, asalto en carreteras o caminos, robo de vehículos, privación ilegal de la libertad o secuestro, tráfico de menores, todos ellos previstos en el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal, o sus equivalentes en las legislaciones penales locales.

...

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de abril de 2004.--- Diputados: Jorge Antonio Kahwagi Macari coordinador (rúbrica); Manuel Velasco Coello vicecoordinador (rúbrica) Alejandro Agundis Arias (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio, Cuahutémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica) y Raul Piña Horta (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Gracias, señor diputado Manuel Velasco Coello.

Como lo solicita, publíquese e insértese íntegro el documento en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria en caso de que no se haya publicado y se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Jesús Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia, para una iniciativa que reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

El diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez:

Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Adelante, diputado.

El diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez:

``Vamos a presentar una iniciativa que reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones con objeto de que la Comisión Federal de Telecomunicaciones resuelva los recursos de revisión que se han interpuesto contra sus actos administrativos.

Como ustedes recordarán, en la sesión antepasada tuvimos la oportunidad de presentar ya una iniciativa de reformas a la Ley de Telecomunicaciones. Destacábamos en esa ocasión el trabajo intenso que viene realizando la propia Comisión de Comunicaciones que preside el diputado Angel Heladio Aguirre.

Sin embargo, hoy esta comisión viene trabajando, escuchando todas las voces de las partes interesadas con objeto de poder aprobar una Ley de Telecomunicaciones acorde a los tiempos actuales.

Sin embargo, no es una tarea fácil. El día de hoy precisamente esta comisión, en una reunión con las personas que manejan el Cable, tuvieron la oportunidad de recibir las diferentes propuestas.

Sin embargo, consideramos que independientemente de que va a salir finalmente esta nueva Ley de Telecomunicaciones acorde a los tiempos actuales, requerimos ir modificando gradualmente algunas de las disposiciones que le permitan a la Cofetel contar con mayor autonomía. Es por eso que estamos presentando pues esta reforma al artículo 74 en su fracción correspondiente con objeto de que la Cofetel, como órgano regulador de telecomunicaciones, cuente con las facultades necesarias para resolver los recursos de revisión que se presenten en contra de los dictámenes del pleno de la misma.

Es de suma importancia considerar que para declarar la revocación de las concesiones y permisos y la imposición de las sanciones previstas por la Ley de Telecomunicaciones, se considere el espíritu del artículo 28 constitucional, que establece la prohibición de las prácticas monopólicas y la necesidad de que éstas se sancionen conforme a derecho.

Se trata, como lo establece el artículo 2º de la Ley Federal de Competencia Económica, de proteger el proceso de competencia y la libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.

Para la aplicación de este precepto se incluyen todos los agentes económicos sin distinción alguna, personas físicas o morales, dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, asociaciones, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos o cualquier otra forma de participación en la actividad económica.

Sin embargo, y como lo hemos reiterado, la Cofetel nace después de que fue publicada esta Ley Federal de Telecomunicaciones y a diferencia, por ejemplo, de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal de Competencia, conocida como Cofeco, tiene previsto resolver, ella sí, los recursos administrativos que se presentan en contra de las resoluciones de su pleno. Esto le permite, como le permitiría a la Cofetel, desde luego, una mayor autonomía en la toma de sus decisiones. Entonces así todo recurso de reconsideración tiene por objeto no sólo de revocar o de modificar, sino también de confirmar la resolución reclamada.

La presente iniciativa busca con esto contribuir a que la Comisión Federal de Telecomunicaciones cuente con una más de las facultades que le permitan ejercer su mandato con mayor autonomía respecto de la Secretaría del ramo, sin que ello implique su autonomía plena en relación a las políticas determinadas por la propia Secretaría y el Estado mexicano.

Por lo anteriormente expuesto y de acuerdo al marco jurídico actual, me permito presentar ante esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto para que se reforme el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo 74.- Para declarar la revocación de las concesiones y permisos, la imposición de las sanciones previstas en esta ley, la Comisión Federal de Telecomunicaciones resolverá los recursos de revisión que sean interpuestos contra sus actos administrativos y se estará a lo previsto por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

Transitorio

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.''

Por lo tanto, señor Presidente, pido que sea publicada en la forma en que lo voy a presentar.

Le agradezco mucho su atención.

«Escudo.--- Convergencia.

Iniciativa que reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para que la Comisión Federal de Telecomunicaciones resuelva los recursos de revisión interpuestos contra sus actos administrativos, presentada por el diputado Jesús Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

El suscrito, diputado Jesús Martínez Alvarez, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del grupo parlamentario de Convergencia, en ejercicio de la facultad que otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 55, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta honorable Asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, con objeto de que la Comisión Federal de Telecomunicaciones resuelva los recursos de revisión que sean interpuestos contra sus actos administrativos.

Exposición de Motivos y Antecedentes

1. El pasado 13 de abril presentamos una primer iniciativa de reforma en materia de telecomunicaciones. En dicha iniciativa señalamos por qué es fundamental y apremiante que la Comisión Federal de Telecomunicaciones cuente con la mayor autonomía técnica y financiera en sus funciones. Destacábamos la necesidad de que dicha Comisión tenga la facultad de sancionar cada una de las infracciones que la Ley de Telecomunicaciones establece.

2. En lo que respecta a la presente iniciativa de reforma, ésta tiene el objeto de darle mayor autonomía a las resoluciones de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) como órgano regulador de las telecomunicaciones. Se trata que la Comisión cuente con la facultad de resolver los recursos de revisión que se presenten contra los dictámenes del pleno de la misma.

3. Es de suma importancia considerar que para declarar la revocación de las concesiones y permisos, y la imposición de las sanciones previstas por la Ley de Telecomunicaciones se considere el espíritu del artículo 28 constitucional que establece la prohibición de las prácticas monopólicas y la necesidad de que éstas se sancionen conforme a derecho.

4. Se trata, como lo establece el artículo 2 de la Ley Federal de Competencia Económica, de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios. Para la aplicación de este precepto se incluyen todos los agentes económicos, sin distinción alguna: personas físicas o morales, dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, asociaciones, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos o cualquier otra forma de participación en la actividad económica.

5. A diferencia de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) tiene previsto resolver los recursos administrativos que se presentan en contra de las resoluciones de su pleno. Esto le permite, desde luego, una mayor autonomía en la toma de sus decisiones. Entonces así, todo recurso de reconsideración tiene por objeto no sólo de revocar o modificar, sino también de confirmar la resolución reclamada.

6. No obstante los logros alcanzados con la Ley Federal de Telecomunicaciones, es ineludible un proceso de reformas de la misma con la finalidad de alcanzar, entre otros fines, una mayor certeza jurídica tanto para la autoridad emisora como para los gobernados. Se necesita contar con una ley que enfrente y supere los nuevos retos que enfrenta el país en el contexto de una economía globalizada; una nueva norma que supere los rezagos en materia de telecomunicaciones para que todo los mexicanos tengan acceso a las más variadas tecnologías de la información.

7. La presente iniciativa busca contribuir a que la Comisión Federal de Telecomunicaciones, cuente con una más de las facultades que le permita ejercer su mandato con mayor autonomía respecto de la secretaría del ramo, sin que ello implique su autonomía plena en relación con las políticas determinadas por el Estado mexicano.

Por lo expuesto, y de acuerdo con el marco jurídico actual, me permito presentar ante esta soberanía la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo 74

Para declarar la revocación de las concesiones y permisos; la imposición de las sanciones previstas en esta Ley, la Comisión Federal de Telecomunicaciones resolverá los recursos de revisión que sean interpuestos contra sus actos administrativos, se estará a lo previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, a 27 de abril de 2004.--- Dip. Jesús Martínez Alvarez (rúbrica.)»

Presidencia del diputado Antonio Morales de la PeñaEl Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Túrnese a la Comisión de Comunicaciones.
LEY DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

En la siguiente iniciativa participarán dos diputados, en primer lugar el diputado Juan Guajardo Anzaldúa y, en segundo lugar, el diputado Emilio Badillo Ramírez, los dos por cinco minutos; la iniciativa que adiciona los artículos 5º y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a fin de someterlos expresamente al pago de las contribuciones municipales que ocasiona la propiedad o uso inmobiliario, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

El diputado Juan Antonio Guajardo Anzaldúa:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Con 126 firmas de diputadas y diputados de los grupos parlamentarios del PRI, PRD, Partido Convergencia, Partido Verde y Partido del Trabajo, integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, así como integrantes de otras comisiones de la LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de ley que consiste en un decreto por el que se adiciona el artículo 5º de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a fin de incorporarlos al pago de las contribuciones municipales que ocasiona la propiedad o su inmobiliario con base en las siguientes

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contiene en su parte orgánica el Catálogo de Asignación de Competencia de los Organos por los que se ejerce el Poder Supremo de la Federación, también la propiedad inmobiliaria tratándose de lo establecido por el artículo 5º de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, así como el artículo 14 de la misma ley.

Dichas disposiciones se contravienen cuando Pemex pretende litigar en contra de los municipios que actualmente se encuentran afectados en su patrimonio inmobiliario con los programas de exploración del denominado Proyecto Cuenca de Burgos y otros.

Pemex argumenta que la costumbre en su reiterado ejercicio pretende darle el peso de la ley y con ello violenta los diferentes niveles de gobierno a través de acciones sin previo aviso, entre ellas: uso de inmuebles de propiedad privada o municipal rompiendo y trastocando planes municipales de desarrollo invadiendo en ausencia de planes proyectos o permisos, reservas territoriales, municipales, dañando brechas, contaminando arroyos y mantos acuíferos sin que nada ni nadie pueda oponerse.

Cabe destacar, que al menos en los municipios fronterizos en donde se localiza la cuenca de Burgos dichas actividades, nos consta, las realizan empresas privadas que aparentemente actúan por cuenta y orden de Pemex-Exploración y Producción, aun cuando a estos municipios les asiste la razón legal constitucional y reglamentaria para impedir el paso desordenado y arbitrario de líneas de conducción y maquinaria.

Se reconoce de manera irrestricta el papel violatorio que representa este sector para el desarrollo nacional, sin embargo también se debe salvaguardar el respeto a la autoridad municipal que pretende establecer un orden, respetar el plan municipal de desarrollo y la captación de recursos vía derechos municipales de construcción.

Asimismo debemos cuidar que las autoridades jurisdiccional, administrativa, estatal, respeten el orden municipal, dejar atrás las presiones y dádivas que Pemex ofrece a cambio de su actividad exploradora dejando a los municipios al margen de cualquier información cuando debiera tener conocimiento del número de ductos, pozos o mejoras que la paraestatal realice en sus localidades.

En tales condiciones, la actitud desafiante de la paraestatal no contribuye a un desarrollo coordinado, no toda la construcción de Pemex son bienes del dominio público de la Federación, por eso urge ordenar en forma coherente las actividades que realice el someterlas, como cualquier otro órgano de gobierno, al respecto a la Carta Magna, al cumplimiento de las obligaciones estatales y municipales en materia de propiedad e información inmobiliaria exhibiendo previamente planos, permisos y programas que pretenda realizar.

Por lo señalado anteriormente, se propone la presente iniciativa de ley que se someterá a su consideración y estudio, cuya finalidad es que Pemex cubra a los municipios los derechos de uso de suelo y construcción de las obras que rea-lice, independientemente de que éstas puedan estar exentas del pago de impuesto predial siempre y cuando exista la declaratoria correspondiente y necesaria cuando se trate de bienes del dominio público.

Por las razones aquí expuestas, se entrega por separado la versión íntegra de la iniciativa, por lo que se le solicita, señor Presidente, su publicación en el Diario de los Debates de esta honorable Cámara de Diputados.

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Iniciativa que adiciona los artículos 5 y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y organismos subsidiarios, a fin de someterlos expresamente al pago de las contribuciones municipales que ocasiona la propiedad o uso inmobiliario, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Población, Fronteras Y Asuntos Migratorios.

Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura, integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en forma plural, sometemos a su superior consideración la siguiente iniciativa de ley, que consiste en un decreto por el que se adiciona el artículo 5 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a fin de someterlos expresamente al pago de las contribuciones municipales que ocasiona la propiedad o su inmobiliario; iniciativa que se soporta en las siguientes motivaciones.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contiene en su parte orgánica el catálogo de asignación de competencias a los órganos por los que se ejerce el poder supremo de la Federación, también determina la existencia de tres niveles de gobierno claramente identificados: federal, estatal y municipal, delimitando con precisión las facultades de cada uno de ellos.

De los niveles de gobierno, el municipio es que mayor preocupación ha despertado en el seno del Constituyente Permanente con más de diez reformas y adiciones, con la única finalidad de consecutar el ideal revolucionario de municipio libre; modificaciones constitucionales que le han dotado de mecanismos jurídicos que posibilitan la obtención de su libertad y autonomía en administración, gobierno y hacienda, sin que escape para los suscritos diputados que el contenido de cada una de las modificaciones constitucionales a que nos referimos, se explica en los múltiples capítulos históricos que el municipio mexicano ha tenido que vivir, siempre desdeñado por los gobernadores y en el olvido de la federación; el estatus municipal actual es resultado de una serie de ajustes constitucionales de tales dimensiones que han acabado por colocarlo en el mismo nivel donde se encuentran la federación y las entidades federativas, dotándolo de un grupo de prerrogativas, derechos y obligaciones, que constituyen su ámbito constitucional de competencia y que, frente a los demás niveles de gobierno, le sirven de contrapeso.

No debe pasar desapercibido que la ubicación constitucional del municipio como poder o nivel de gobierno, fue ``descubierta'' por la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver las resoluciones conocidas como caso amparo Mexicali, amparo en revisión 4521/90 resuelto en sesión de pleno de fecha 7 de noviembre de 1991, y caso Chihuahua II, controversia constitucional 1/93, promovida por el municipio de Delicias, Chihuahua, resuelto en sesión plenaria 30/agosto/1994; resoluciones emitidas en base a proyectos elaborados por el ministro Mariano Azuela Güitrón, basados en valiosos estudios teolológico-históricos de las reformas, adiciones y modificaciones constitucionales a que sometió el constituyente permanente al artículo 115, sustancialmente con motivo de las iniciativas formuladas por el entonces presidente Miguel de la Madrid. Conforme con los criterios emitidos en las resoluciones referidas se reconoció en el municipio un nivel de gobierno, donde se podían encontrar las tres funciones básicas del poder público: administrar, legislar y aplicar el derecho; ello adicionalmente al impedimento (que actualmente persiste) de que el municipio como persona moral oficial, se encontraba, y se encuentra, impedido para ejercer la acción de reparación constitucional contenida en los artículos 103 y 107 de la Carta Federal, circunstancia que motivo la necesidad de abrir la vía de reparación del orden constitucional contenida en el artículo 105, a fin de no dejar al poder municipal en estado de indefensión, y que dieron origen a la reforma constitucional del artículo 105 de diciembre de 1994; reforma constitucional que tuvo por objeto garantizar la efectividad de las prerrogativas municipales constituyendo la vía de justicia constitucional que permitiera la vigencia de las prerrogativas municipales y cuidara su preeminencia.

Desde las discusiones en el seno del constituyente de 1917, fue el tema de la libertad hacendaria el que atrajo la atención, así el constituyente cobijó la aspiración revolucionaria de consecutar un municipio libre, dirigiendo sus esfuerzos a la construcción de una hacienda independiente, ello se aprecia de los términos en los que la 2ª Comisión elaboró el dictamen referente a los artículos 115 a 122 del proyecto de don Venustiano Carranza:

``Como la futura base de la administración política y municipal de los estados, y por ende, del país. Las diversas iniciativas que ha tenido a la vista la Comisión y su empeño de dejar sentados los principios en que debe descansar la organización municipal, ha inclinado a ésta a proponer las tres reglas que intercala en el artículo 115 y que se refieren a la independencia de los ayuntamientos, a la formación de su hacienda, que también debe ser independiente y al otorgamiento de personalidad jurídica para que puedan contratar, adquirir , defenderse, etc.''

``...la Comisión ha estimado que deben ser protegidos por medio de disposiciones constitucionales y garantizarles su hacienda, condición sine qua non de vida y su independencia, condición de su eficacia.''

La anterior conceptualización del municipio libre, se vio nutrida en la fase de discusión, donde el constituyente por Veracruz don Heriberto Jara concretiza la aspiración de la Junta Constitucionalista en las siguientes palabras:

``No demos libertad política y restrinjamos hasta lo último la libertad económica, porque entonces la primera no podrá ser efectiva, quedará simplemente consignada en nuestra Carta Magna como un bello capítulo y no se llevará a la práctica, porque los municipios no podrán disponer de un solo centavo para su desarrollo,...''

Las ideas transcritas, vertidas en el teatro Iturbide de la ciudad de Querétaro, han servido al Constituyente Permanente de directriz a fin de lograr la plena libertad municipal a través de las reformas con que el precitado artículo 115 constitucional se ha visto nutrido y actualizado a la realidad político-social de cada momento determinado, que poco a poco van logrando la emancipación del municipio.

Así hemos llegado a contar en nuestros días con una libertad municipal perfectamente distinguida en tres grandes ramos o elementos, a saber:

a) El elemento subjetivo-organizativo,

b) El elemento objetivo-competencial, y

c) El elemento financiero-económico.

De los elementos precisados, el que interesa para el caso lo es el último de ellos, que podemos localizar en las fracciones II y IV del artículo 115 multicitado, de forma tal que los municipios administrarán libremente su hacienda y manejarán su patrimonio conforme a la ley, que emitan las Legislaturas locales, y que se formará por:

a) Rendimientos de los bienes que les pertenezcan,

b) Contribuciones sobre la propiedad imobiliaria,

c) Las participaciones federales.

d) Ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

Para la presente iniciativa de ley, interesa el rubro de las contribuciones sobre propiedad inmobiliaria, sin embargo y a fin de encontrarnos en posibilidad de determinar el sentido de la presente propuesta, debe tenerse a la vista lo dispuesto por el multicitado artículo 115:

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa en municipio libre, conforme a las bases siguientes:

I.- ...

II.- .......

III.-.......

IV.- Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:

a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

Los municipios podrán celebrar convenios con el estado para que éste se haga cargo de alguna de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.

b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los estados.

c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

Las leyes federales no limitarán la facultad de los estados para establecer las contribuciones a que se refieren los inicios a) y c), ni consideran exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los estados o los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público. Los ayuntamientos , en el ámbito de su competencia, propondrán a las Legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

Las Legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles.

Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien , por quien ellos autoricen, conforme a la ley;

Debemos verificar un análisis de las reformas a las que se ha sido sometido el citado artículo 115, a efecto de determinar con precisión los alcances de su texto relacionado con las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, como integrante del elemento financiero-económico de la libertad municipal; utilizando la interpretación teleológica e histórica del artículo. Así tenemos que el precitado artículo 115, hasta agosto de 2001, ha sido objeto de once reformas, teniendo importancia y trascendencia para el caso en que tratamos las siguientes:

a) Octava reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983, impulsada por el entonces presidente Miguel de la Madrid, que reestructuró el artículo constitucional en cuestión convirtiendo en diez fracciones las cinco en que hasta ese entonces constaba.

En materia de hacienda municipal se estableció la fórmula con la que se garantizó a los municipios en letra constitucional, los medios económicos para cumplimentar con sus funciones propias de órgano primario de organización política y satisfactor de las necesidades fundamentales de subsistencia del ser humano; con las que además se posibilitaba su desarrollo con la firme idea de asegurar el ejercicio real de su libertad, devolviéndose los ingresos que le corresponden al municipio en diversos rubros incluyéndose las contribuciones sobre propiedad raíz.

La libertad económica del municipio se garantizó con la elevación a la calidad de prerrogativa, de la intocabilidad de sus fuentes de ingresos, de tal forma que desde la reforma constitucional en comento no puede existir limitación establecida por leyes federales, prohibiéndose además cualquier exención o subsidio de las contribuciones ocasionadas sobre los bienes raíces, de tal forma que ni las entidades federativas ni la federación se encuentran posibilitadas para hacer exenciones, ya que de hacerlo se atentará en contra de la libertad hacendaria municipal, y como ejemplo de ello nos permitimos citar las controversias constitucionales falladas en pro de los municipios de Hermosillo, Cananea, Magdalena de Kino, Sonora y municipios veracruzanos.

b) Décima reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, que en materia hacendaria reformó el artículo 115, fracción IV, inciso c), párrafo segundo, a efecto de precisar y hacer inequívoco que sólo estarán exentos de pago de impuestos de agua y predial los bienes de dominio publico, de la Federación, estado o municipio siempre y cuando no sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público; el agregado en referencia se constituyó como la parte final del invocado párrafo segundo, quedando a la letra como sigue:

``Las leyes federales no limitaran la facultad de los estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios a favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los estados o de los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.''

La reforma en comento, tuvo acontecimiento en razón de múltiples iniciativas presentadas por los diversos grupos parlamentarios integrantes de la Cámara de Diputados, presentadas entre octubre de 1997 y mayo de 1999, destacando la formulada por el grupo parlamentario del partido del trabajo, que en la parte conducente argumenta:

``El grupo parlamentario del Partido del Trabajo considera que tanto la Federación como los estados paguen a todos los municipios el correspondiente impuesto predial. En el caso del Gobierno Federal deben pagar este impuesto las dependencias de la administración pública centralizada como las entidades de la administración pública paraestatal, de igual forma en el caso de las entidades federativas se debe pagar este impuesto por todos los bienes inmuebles de los cuales sean propietarios, independientemente de la naturaleza de bienes de dominio público o de dominio privado tanto de la Federación como de los estados.''

De igual forma se debe citar la formulada por el grupo parlamentario del PAN, de fecha 31 de marzo de 1998, que en la parte interesante dice:

``I) de igual manera el penúltimo párrafo de la fracción cuarta que se reforma y adiciona, establece el imperativo de que no serán considerados como bienes de dominio público de la federación o los estados, aquellos bienes que se hayan aportado a entidades paraestatales con personalidad jurídica y patrimonios propios, para los efectos de la exención que el propio párrafo indica, ni los que aún no habiendo salido del dominio del gobierno central se encuentren bajo la explotación de aquéllas, o de particulares bajo cualquier forma de gobierno:''

Fuera de las referencias anteriores, ninguna hace referencia a la exención de pago, por lo que debe estimarse entonces que dicho beneficio sólo opera en tratándose de contribuciones de agua y predial, tal y como la doctrina lo hace notar:

``Se reformó este artículo en el inciso c), párrafo segundo, para precisar de manera inequívoca que sólo estarán exentos del pago de impuestos de agua y predial los bienes de dominio público de la Federación, estado o municipio y siempre y cuando no sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público,...''

Así el texto constitucional del artículo 115, ha llegado confeccionado a estos días de la forma en que ya hemos trascrito, en la parte que interesa, encontrándonos en la posibilidad de hablar de principios constitucionales en materia hacendaria municipal, siendo indiscutiblemente uno de ellos el referente a que las leyes federales no limitan la facultad de los estados para establecer las contribuciones referidas, ni concederán exenciones en relación a las mismas ni tampoco las leyes locales podrán establecer exenciones o subsidios respecto de las mencionadas contribuciones. Sólo los bienes de dominio público de la federación, de los estados o de los municipios estarán exentos de las contribuciones en materia de agua y predial.

Contrario a lo preceptuado por el artículo constitucional, el artículo 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiados, dispone a favor de entidades paraestatales una especial situación de exención lo que ocasiona una lesión al patrimonio municipal, protegido por las prerrogativas hacendarias a que hemos hecho referencia líneas arriba, por lo que estimamos que dicha norma general es contraria al texto constitucional y por tal situación debe procederse a la reforma que se plantea, a fin de hacer valer los derechos e intereses patrimoniales que el Constituyente de 1917 aspiró consecutar, y que el Poder Constituyente Permanente se ha esforzado en obtener a través de las múltiples reformas a que ha sometido al citado artículo 115 constitucional.

Lo anterior ha sido evaluado por los suscritos al tener conocimiento de los procedimientos y complicaciones a que se han enfrentado los diversos municipios mexicanos, principalmente Río Bravo, Tamaulipas, que se ha visto imposibilitado para hacer valer las disposiciones de su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal anterior y actual, ya que Pemex se ha negado a cubrir las contribuciones que le corresponden a fin de contar con las autorizaciones de uso de suelo requeridas para la introducción de líneas subterráneas en su programa denominado Cuenca de Burgos.

En vista de las anteriores consideraciones, y con la finalidad de adecuar la legislación a la realidad constitucional referente a la libertad hacendaria, se somete a esa soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Unico.- se adicionan los artículos 5o. y 14 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, para quedar como sigue:

Artículo 5°.- El patrimonio de Petróleos Mexicanos y el de cada uno de los organismos subsidiarios estará constituido por los bienes, derechos y obligaciones que hayan adquirido o que se les asignen o adjudiquen; los que adquieran por cualquier título jurídico; las ministraciones presupuestales y donaciones que les otorguen; los rendimientos que obtengan por virtud de sus operaciones y los ingresos que reciban por cualquier otro concepto.

Petróleos Mexicanos y cada uno de sus organismos subsidiarios, deberán solventar las obligaciones fiscales que a forma de contribuciones, establezcan a favor de los municipios las leyes estatales, ocasionadas por la propiedad inmobiliaria.

Petróleos Mexicanos y los organismos subsidiarios podrán responder solidaria o mancomunadamente por el pago de las obligaciones nacionales e internacionales que contraigan.

Petróleos Mexicanos y los organismos subsidiarios administrarán su patrimonio conforme a las disposiciones legales aplicables y a los presupuestos y programas que formulen anualmente y que apruebe el órgano de gobierno de Petróleos Mexicanos. La consolidación contable y financiera de todos los organismos será hecha anualmente por Petróleos Mexicanos.

Artículo 14.- Los actos jurídicos que celebren Petróleos Mexicanos o cualquiera de sus organismos subsidiarios se regirán por las leyes federales aplicables y las controversias nacionales en que sea parte, cualquiera que sea su naturaleza, serán de la competencia de los tribunales de la Federación, salvo acuerdo arbitral, quedando exceptuados de otorgar las garantías que los ordenamientos legales exijan a las partes, aún en los casos de controversias judiciales.

Sin perjuicio del derecho de Petróleos Mexicanos y cualquiera de sus organismos subsidiarios, de decidir someter a la decisión de tribunales las controversias derivadas de las obligaciones fiscales en materia de propiedad inmobiliaria, deberá liquidar los montos que en concepto de tales contribuciones municipales se ocasionen.

Tratándose de actos jurídicos de carácter internacional, Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios podrán convenir la aplicación de derecho extranjero, la jurisdicción de tribunales extranjeros en asuntos mercantiles y celebrar acuerdos arbitrales cuando así convenga al mejor cumplimiento de su objeto.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios: Diputados: Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, (rúbrica) Presidente; Jaime Fernández Saracho, (rúbrica) Secretario; Emilio Badillo Ramírez, (rúbrica) Secretario; Ruth Trinidad Hernández Martínez, Secretaria; Rosa María Avilés Nájera, (rúbrica) Secretaria; Lino Celaya Luría (rúbrica), Marco Antonio Gama Basarte, Eliana García Laguna (rúbrica), Alfonso González Ruiz (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), Francisco Herrera León (rúbrica), Fernando Alvarez Monje (rúbrica), María Avila Serna, Julio César Córdova Martínez (rúbrica), Heliodoro Carlos Díaz Escárraga (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado, Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), Francisco Mora Ciprés (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Alfonso Moreno Morán, Carlos Osvaldo Pano Becerra (rúbrica), Roberto Pedraza Martínez (rúbrica), Homero Ríos Murrieta, Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña, María Guadalupe Suárez Ponce, José Isabel Trejo Reyes, Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz (rúbrica), Juan Manuel Vega Rayet (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), Jesús Emilio Martínez Alvarez (rúbrica), J. Miguel Luna Hernández (rúbrica), Cruz López Aguilar (rúbrica), Jesús Humberto Martínez de la Cruz (rúbrica), Javier Manzano Salazar (rúbrica), Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Carlos Zeferino Torreblanca Galindo (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Bernardino Ramos Iturbide (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Alfonso Juventino Nava Díaz (rúbrica), Pedro Avila Nevárez (rúbrica), Lorenzo Miguel Lucero Palma (rúbrica), Kenny Arroyo González (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Jesús Angel Díaz Ortega (rúbrica), Sofia Castro Ríos (rúbrica), Manuel Velasco Coello (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio (rúbrica), Pedro Vázquez González (rúbrica), Joel Padilla Peña (rúbrica), Oscar González Yáñez (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Alejandro González Yáñez (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz (rúbrica), Eduardo Olmos Castro (rúbrica), Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Jaime Fernández S. (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Emilio Zebadúa González (rúbrica), Francisco Valdés Manzo (rúbrica), Wintilo Vega Murillo (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica) Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Sara Rocha Medina (rúbrica), Gaspar Avila Rodríguez (rúbrica), René Arce Islas (rúbrica), Belisario Iram Herrera Solís (rúbrica), Jorge Utrilla Robles (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Roberto Campa Cifrián (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría (rúbrica), Jorge Castillo Cabrera (rúbrica), Mario Wong Pérez (rúbrica), Kenny Dense Arroyo González (rúbrica), José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Salvador Martínez Della Roca (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Jesús Vizcarra Calderón (rúbrica), Santiago Cortés Sandoval (rúbrica), Dolores Padierna Luna (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica), Angel Buendía Tirado (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), Jesús Lomelí Rosas (rúbrica), Adrián Villagómez García (rúbrica), Evelia Sandoval Urbán (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Juan Antonio Gordillo Reyes (rúbrica), Enrique Burgos García (rúbrica), Alfonso Nava Díaz (rúbrica), Benjamín Sagahon Medina (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Salvador Sánchez Vázquez (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Clara Brugada Molina (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos (rúbrica), Mario Zepahua Valencia (rúbrica), Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica), Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Concepción Castañeda Ortiz (rúbrica), Humberto Filizola Haces (rúbrica), Oscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), T. Manuel García Corpus (rúbrica), Eviel Pérez Magaña (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), María Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Susana Manzanares Córdova (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Elpidio Concha Arellano (rúbrica), Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), Margarita Martínez López (rúbrica), Héctor Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Iván García Solís (rúbrica), Omar Ortega Alvarez (rúbrica), Abraham Bagdadi Estrella (rúbrica), Cristina Portillo Ayala (rúbrica), , Rafael García Tinajero (rúbrica).»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias.

Tiene la palabra el diputado Emilio Badillo Ramírez.

El diputado Emilio Badillo Ramírez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El documento que acaba de presentar el Presidente de la Comisión de Población, Frontera y Asuntos Migratorios, es de suma importancia para la actividad administrativa de los ayuntamientos pero también nos deja ver que la no observancia y la falta de respeto a las leyes protectoras del medio ambiente por parte de la paraestatal no es un asunto menor con actitud de esta naturaleza.

Petróleos Mexicanos irrumpe en algunas ocasiones en los municipios y provocan daños que en muchos casos se convierten en irreversibles al equilibrio ecológico al realizar trabajos de exploración, perforación e instalación de ductos, el deterioro ambiental no es consecuencia inevitable del desarrollo sino expresión de un mal desarrollo que lógicamente terminan por incidir sobre los sistemas naturales.

Llama la atención la actitud que en algunos municipios aplica la empresa petroquímica, cuando decide realizar trabajos de introducción de ductos sin informar a la autoridad municipal, provocando en muchos casos la inconformidad de las autoridades del ayuntamiento que si se respetaran las formas adecuadas, no debieran provocar conflictos, ya que indudablemente este tipo de obras conlleva beneficios económicos para la población pero es necesario que Petróleos Mexicanos mantenga una actitud de colaboración y se muestre abierto al diálogo con los municipios cuando se provoquen daños a la propiedad inmobiliaria.

Se debe de crear los convenios de colaboración que implican responsabilidad de ambas partes con un marco de respeto y civilidad. Soy un convencido de que el concepto de municipio libre está vigente en nuestra Carta Magna, démosle la dimensión exacta como la célula principal de nuestro federalismo que merece respeto.

Mi fracción parlamentaria se une a este reclamo del diputado Juan Antonio Guajardo, no estamos en contra del desa-rrollo económico de nuestro país ni de la industria petroquímica, sino en pro de un desarrollo armónico donde todas las partes salgamos beneficiadas, sólo pedimos un trato igualitario para los municipios y su propiedad inmobiliaria, que se preserve su entorno ecológico, que se respeten los usos y costumbres de muchos de ellos, que se tiendan puentes de comunicación entre autoridades federales, estatales y municipales en la búsqueda de mejores alternativas de solución.

Todos sin excepción, tenemos la obligación de buscar siempre los canales de negociación adecuados, donde prevalezcan los consensos sobre los disensos, que no hay vencedor ni vencido, que impere en el ánimo de la negociación el bien común de los gobernados, a ellos nos debemos.

El municipio es el que mayor preocupación ha despertado siempre en el legislador, esto ha merecido la mayoría de las reformas buscando el equilibrio que le doten de mecanismos jurídicos que posibiliten su autonomía en la administración, gobierno y hacienda. En cada una de las modificaciones constitucionales que los han enriquecido en su vida jurídica se explican los múltiples capítulos que el municipio ha tenido que vivir.

El status municipal actual es el resultado de ajustes constitucionales que han acabado por colocarlo en el nivel donde se encuentran la Federación y las entidades federativas dotándolo de prerrogativas y derechos; una de ellas son las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

La cuestión al daño patrimonial y ambiental en los municipios, debe ejercerse con responsabilidad, por cada uno de nosotros en lo individual y en lo colectivo; el deterioro ecológico es la suma de acciones humanas que implican una actitud de indiferencia o ignorancia hacia nuestro entorno.

La eliminación de las posibilidades de calidad de vida y de futuro para nuestros hijos, nuestras acciones, pueden contribuir, si así lo queremos, a solucionar gran parte de la problemática.

Bajo este orden de ideas, el Congreso de la Unión tiene la obligación política que está debidamente sustentada en la Constitución, de coadyuvar y desplegar todos los recursos legales e institucionales a su alcance para realizar las adecuaciones que sean necesarias para darle certidumbre al desarrollo de los municipios, pero de parte de la paraestatal es necesario que asuma el compromiso firme de respetar el marco legal.

Finalmente, le solicito, señor Presiente, sea publicada íntegramente mi participación en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Energía.
LEY GENERAL DE EDUCACION
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Filemón Arcos Suárez Peredo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley General de Educación.

El diputado Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo:

Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Adelante.

El diputado Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo:

Compañeras y compañeros diputados:

Con fundamento en lo dispuesto a los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía, la pre- sente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y 48, párrafo tercero de la Ley General de Educación, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El nivel de educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, mental, afectivo y social de los menores; mientras que el nivel de educación básica tiene por objeto el desarrollo integral de los alumnos, principalmente en su aspecto físico, intelectual, estético, cívico y social, así como su preparación para la vida en cuanto a la formación de niñas y niños que habrán de ser adultos productivos y solidarios. Aunque permanece un pequeño rezago para que la cobertura de la población infantil en edad de cursar la educación primaria, puede considerarse que en este momento la prioridad ha pasado a ser la de elevar la calidad de la educación.

El plan de estudios de la Secretaría de Educación Pública, pretende brindar a los estudiantes un aprendizaje permanente; sus principales características son: la prioridad, la lectura y las matemáticas, la enseñanza de las ciencias naturales y el aprendizaje de historia, geografía y educación cívica, además se reservan espacios para la educación física y artística como parte de la formación integral de los alumnos, toda vez que ambas deben ser no sólo en una práctica escolar, sino también un estímulo para enriquecer el juego de los niños y su uso del tiempo libre.

Lamentablemente, en la enseñanza solamente se dedican un promedio de 40 horas anuales a la educación artística. Si atendemos a lo anterior, podemos concluir que la enseñanza de las artes y la música en particular en el nivel de educación inicial, se encuentra sumamente limitado, ya que si la propia Secretaría de Educación Pública al regir su instrumentación en la educación primaria, les concede una importancia secundaria y el nivel de educación inicial, al no estar estipulada la obligatoriedad de su aplicación, su tiempo y calidad, no son acordes a las necesidades y potencial de los menores.

Las artes y la música juegan un papel esencial en el desa-rrollo y funcionamiento del cerebro al promover el movimiento de diferentes sistemas, ayudando así al desarrollo de la coordinación fina y motora y propiciando habilidades estimulantes para el área del lenguaje. Las artes comprenden y estimulan las emociones del ser humano y, por lo tanto, fomentan su interés y atención.

La música facilita el proceso de escucha y retención de la información, desarrolla las habilidades mentales sobre conceptos espaciales, fomenta la creatividad, es un catalizador para el aprendizaje de la lecto-escritura y tiene un efecto positivo en las emociones y comportamiento del ser humano. De la misma manera está demostrado que al seguir el ritmo de la música, la persona aprende a balancear su cuerpo, a coordinar sus movimientos y a mejor su comunicación, crear independencia en sus manos, en sus pies, como en el caso de la batería y los organistas. El hecho de escuchar música, también influye en el pulso, la presión arterial, la actividad de los músculos y refuerza las conexiones entre las células del sistema nervioso y la corteza cerebral.

Un estudio realizado por la Fundación Internacional de Investigaciones en Música, señala la importancia de la estimulación musical temprana, desde el nacimiento hasta los cinco años, pues se ha encontrado que estimula las conexiones entre las células y el cerebro y que la interacción con la música es crítica para el desarrollo emocional y sicológico de niñas y niños.

A nivel primaria se encontró que la interacción con la música, favorece las diferentes actitudes y habilidades, pues permite al estudiante visualizar su objeto desde diferentes perspectivas e incrementar sus habilidades especiales y su autoestima, aumenta la creatividad, mejora el aprendizaje de la lectura, la lengua, incluida las extranjeras; las matemáticas y el rendimiento académico en general.

La educación músico-instrumental desarrolla el sentido del ritmo, lo que incide en la formación física y motora del niño proporcionándole un mejor sentido de equilibrio, lateralidad y motricidad. El desarrollar el oído no sirve para el estudio de la música, sino para el resto de su formación intelectual. Una diferencia de vital importancia del aprendizaje de la música con otras materias y actividades, es en la forma como se llega a él.

La música es parte de nuestra vida cotidiana y se encuentra presente en todas las actividades de la cultura del hombre: en el juego, en las rondas, en las expresiones religiosas, en las expresiones emocionales etc. Entonces acer- carse al maravilloso mundo de la música es acercarse de manera más profunda al género humano. La música es una actividad que hay que vivir, fomentar la expresividad musical, no dar tanta importancia a los conocimientos técnicos musicales, sino dar posibilidad al niño de cantar, de bailar, de escuchar música y de hacer música a su manera y según sus necesidades expresivas.

No obstante, los estudios anteriores enfatizan que para obtener los beneficios señalados se debe de proporcionar una instrucción musical sistemática en un periodo no menor a dos años. En este sentido, las autoridades y los legisladores debemos concretar que la iniciación artística y musical no sean vistas como una materia más en el curriculum o plan de estudios, sino que se incluyan de manera formal y continua a la Ley General de Educación, toda vez que es necesario integrar sus beneficios al aprendizaje continuo en las aulas.

Se debe asegurar que desde la educación inicial, las artes y la música encuentren el espacio que les corresponde dentro de la formación integral de la persona, ello mediante su estipulación legal en un método coherente, atractivo y realista.

Por otro lado, las artes y la música en particular son factores de entidad decisivos para las personas, las familias y los pueblos, preservar los valores artísticos y musicales de las regiones que tiene una gran importancia para el desarrollo de los individuos, ya que se constituye en una fuerza cohesiva en una época en que distintos valores se están debilitando ante la globalización de la cultura y cambios sociales que promueve.

Por esto, resulta indispensable que las autoridades locales cuenten con la libertad y la garantía legal para proponer a la Secretaría de Educación Pública planes educativos regionales, cuyos contenidos promuevan sus valores artísticos y musicales. El Siglo XXI necesita de muy diversos talentos y personales además de individuos excepcionales, también esenciales en toda la sociedad, así, los integrantes de la LIX Legislatura debemos garantizar que niños y jóvenes tengan todas las oportunidades de descubrimiento y experimentación artística y en particular musical, que fueron fundamentales en el pasado y lo siguen siendo en los países más avanzados.

Por las razones expuestas, presento la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y 48, párrafo III de la Ley General de Educación, en pro de la educación artística y musical:

Unico. Se reforman los artículos 40 y 48, párrafo III, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 40. La educación inicial tiene como propósito a favor el desarrollo físico, cognoscitivo, efectivo, de iniciación artística y musical y social de los menores de cuatro años de edad, incluye orientación a padres de familia o tutores para educación de sus hijos o pupilos.

Artículo 48. Las autoridades educativas locales propondrán para consideración, y en su caso autorización de la Secretaría, contenidos regionales que sin mengua del contenido nacional de los planes y programas citados, permitan que los educandos adquieran un conocimiento de la historia, la geografía, las costumbres, las tradiciones, los ecosistemas, el arte y música regionales y además aspectos propios de identidad y municipios respectivos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Educación de los estados y los municipios de la Federación, presentarán sus programas y planes de estudio en materia de educación artística y musical, 90 días después de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Los institutos públicos, como el IMSS, el ISSSTE y otros que imparten la educación inicial, adecuarán sus programas a fin de cumplir con lo dispuesto en la presente reforma.

Cuarto. El Presupuesto de Egresos de la Federación inmediato posterior a la aprobación de este decreto, incluirá de manera explícita el monto del gasto para el fortalecimiento de la educación inicial.

Señor Presidente: solicito que esta iniciativa sea turnada a la Comisión de Educación con opinión de la Comisión de Cultura.

Es cuanto, señor Presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley general de Educación, a cargo del diputado Filemón Arcos Suárez Peredo, del grupo parlamentario del PRI

Filemón Arcos Suárez, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55,56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y 48 de la Ley General de Educación, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El nivel de educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, mental, afectivo y social de los menores; mientras que el nivel de educación básica tiene por objeto el desarrollo integral de los alumnos, principalmente en su aspecto físico, intelectual, estético, cívico y social, así como su preparación para la vida, en cuanto a la formación de niñas y niños que habrán de ser adultos productivos y benéficos para la sociedad.

Sin duda, los avances que México ha tenido en cuanto al incremento de la matrícula de educación primaria son incuestionables, las posibilidades de acceder a la educación primaria se han generalizado, y hoy en día existe una mayor equidad en su distribución social. Sin embargo, continúa el gran reto de la calidad educativa, ya que las transformaciones que surgen de nuestra sociedad, exigen una formación sólida.

``El plan de estudios de la Secretaría de Educación Pública pretende brindar a los estudiantes un aprendizaje permanente. Sus principales características son la prioridad la lectura y las matemáticas, la enseñanza de las ciencias naturales y el aprendizaje de la historia, geografía y educación cívica. Además, se reservan espacios para la educación física y artística como parte de la formación integral de los alumnos, toda vez que ambas, deben ser no sólo una práctica escolar, sino, también, un estímulo para enriquecer el juego de los niños y su uso del tiempo libre.''

Lamentablemente, en la enseñanza solamente se dedican, en promedio, 40 horas anuales a la educación artística.

Si atendemos a lo anterior, podremos concluir que la enseñanza de las artes y la música, en particular, en el nivel de educación inicial se encuentra sumamente limitado, ya que si la propia Secretaría de Educación Pública al regir su instrumentación en la educación primaria les concede una importancia secundaria, en el nivel de educación inicial, al no estar estipulada la obligatoriedad de su aplicación, su tiempo y calidad no son acordes a las necesidades y potencial de los menores.

Las artes y la música juegan un papel esencial en el desa-rrollo y funcionamiento del cerebro al promover el movimiento de diferentes sistemas, ayudando así al desarrollo de la coordinación fina y motora, y propiciando habilidades estimulantes para el área del lenguaje. Las artes comprenden y estimulan las emociones del ser humano, y por lo tanto, fomentan su interés y atención.

La música facilita el proceso de escucha y retención de la información desarrolla habilidades mentales sobre conceptos espaciales, fomenta la creatividad, es un catalizador para el aprendizaje de la lecto-escritura y tiene un efecto positivo en las emociones y comportamiento del ser humano. De la misma manera, está demostrado que al seguir el ritmo de la música la persona aprende a balancear su cuerpo, a coordinar sus movimientos y a mejorar su comunicación crear independencia en sus manos y hasta en sus pies, como en el caso de la batería y los organistas. El hecho de escuchar música, también influye en el pulso, la presión arterial, la actividad de los músculos y constituye y refuerza las conexiones entre las células del sistema nervioso y la corteza cerebral.

Un estudio realizado por la Fundación Internacional de Investigación en Música señala la importancia de la estimulación musical temprana, desde el nacimiento hasta los cinco años, pues ha encontrado que ésta estimula las conexiones entre las células y el cerebro, y que la interacción con la música es crítica para el desarrollo emocional y psicológico de niñas y niños. A nivel primaria, se encontró que la interacción con la música favorece diferentes actitudes y habilidades, pues permite al estudiante visualizar su objeto desde diferentes perspectivas e incrementar sus habilidades especiales y su autoestima.

La educación musical mejora el aprendizaje de lectura, lengua (incluidas lenguas extranjeras), matemáticas y rendimiento académico en general. La música aumenta la creatividad, mejora la estima propia del alumno.

La educación músico-instrumental desarrolla el sentido del ritmo, lo que incide en la formación física y motora del niño, proporcionándole un mejor sentido del equilibrio, lateralidad y motricidad. El desarrollar el oído no sólo sirve para el estudio de la música, sino para el resto de su formación intelectual.

Los niños y las niñas ``que oyen mucho y bien'', que saben escuchar y discriminar entre distintos sonidos y tonos, captan mejor los mensajes en la escuela, aprende con más facilidad y llegará a dominar su idioma antes que los niños no educados musicalmente. Muchos de los niños que se denominan ``lentos'' sólo tienen dificultades de audición, y al superar este problema, mejoran sustancialmente

El estudio de la música y la disciplina y continuidad que presupone, así como el esfuerzo en la consecución de una meta, el adiestramiento motriz, desarrollo del sentido del ritmo además de la educación auditiva, no son aspectos de utilidad estrictamente musical, sino que producen un aspecto de transferencia a los demás aspectos intelectuales, sensoriales y motrices.

Una diferencia de vital importancia del aprendizaje de la música con otras materias y actividades, es en la forma como se llega a él.

La música es parte de nuestra vida cotidiana y se encuentra presente en todas las actividades de la cultura del hombre: en el juego, en las rondas, en las expresiones religiosas, en las expresiones emocionales, etc. entonces, acercarse al maravilloso mundo de la música es acercarse de manera más profunda al género humano.

La música es una actividad que hay que vivir.

Fomentar la expresividad musical; no dar tanta importancia a los conocimientos técnicos musicales, sino dar posibilidades al niño de cantar, de bailar, de escuchar música, de hacer música, a su manera y según sus necesidades expresivas.

No obstante, los estudios anteriores enfatizan que para obtener los beneficios señalados se debe de proporcionar una instrucción musical sistemática en un periodo no menor de dos años.

En este sentido, las autoridades y los legisladores debemos concretar que la iniciación artística y musical, no sean vistas como una materia más en el currículo o plan de estudios, sino, que se incluyan de manera formal y continua en la Ley General de Educación, toda vez que es necesario integrar sus beneficios al aprendizaje continuo de las aulas.

Se debe asegurar que, desde la educación inicial, las artes y la música encuentren el espacio que les corresponde dentro de la formación integral de la persona; ello, mediante su estipulación legal y un método coherente, atractivo y realista.

Por otro lado, las artes y la música, en particular, son factores de identidad decisivos para las personas, las familias y los pueblos. Preservar los valores artísticos y musicales de las regiones tiene una gran importancia para el desarrollo de los individuos, ya que se constituye en una fuerza cohesiva en una época en que distintos valores se están debilitando ante la globalización de la cultura y cambios sociales que promueve.

Por esto, resulta indispensable que las autoridades locales cuenten con la libertad y garantía legal para proponer ante la Secretaría de Educación Pública, planes educativos regionales cuyos contenidos promuevan sus valores artísticos y musicales.

En relación con lo anterior, la conferencia Many musics (octubre de 2003), Conferencia sobre la diversidad musical, avalada por la UNESCO, recomienda:

Declaraciones

Apoyamos el derecho de cada comunidad a tener su propio y particular sistema de música y educación musical.

Creemos que es una responsabilidad brindar oportunidades de aprender una variedad de músicas a las personas de todas las edades.

La música deberá ser enseñada por un profesional con aptitud en esa clase de música como poseedor de esa cultura. La aptitud de esto músicos que enseñan deberá ser reconocida.

Reconocemos que vivimos en un mundo cambiante en el cual los medios de comunicación tienen un impacto considerable en las vidas de los infantes, niños y jóvenes.

Reconocemos la necesidad de que todas las músicas sean escuchadas y que se provean los recursos para que esto suceda.

Creemos que es importante mejorar el mutuo entendimiento y respeto por la dignidad de todas las músicas e intérpretes de música.

Las tradiciones locales deben ser reforzadas.

El México del siglo XXI necesita de muy diversos talentos y personalidades, además de individuos excepcionales, también esenciales en toda sociedad. Así, los integrantes de la LIX Legislatura debemos garantizar que infantes, niños y jóvenes tengan todas las oportunidades de descubrimiento y experimentación artística y, en particular, musical que fueron fundamentales en el pasado y lo siguen siendo en los países más avanzados. Por esta razón, presento la siguiente

Iniciativa de decreto que reforma los artículos 40 y 48, párrafo tercero, de la Ley General de Educación, en pro de la educación artística y musical

Unico. Se reforman los artículos 40 y 48, párrafo III, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 40. La educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, efectivo, de iniciación artística y musical, y social de los menores de cuatro años de edad. Incluye orientación a padres de familia o tutores para la educación de sus hijos o pupilos.

Artículo 48.

Párrafo III. ... Las autoridades educativas locales propondrán para consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría contenidos regionales que -sin mengua del contenido nacional de los planes y programas citados- permitan que los educandos adquieran un conocimiento de la historia, la geografía, las costumbres, las tradiciones, los ecosistemas, el arte y música regionales, y demás aspectos propios de la entidad y municipios respectivos.

Transitorios

1. En el presupuesto de egresos de la federación del año en que se apruebe la presente reforma se incluirá una partida especial para el fortalecimiento de la educación inicial por medio de los Ramos 11, 25 y 33.

2. Los institutos públicos como IMSS e ISSSTE y otros que imparten la educación inicial adecuaran sus programas a fin de hacer viable la presente reforma.

3. Las Secretarías de Educación de los estados y los municipios de la Federación presentarán sus programas y planes de estudio en materia de educación artística y musical 90 días después de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

4. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 27 de abril de 2004.--- Dip. Filemón Arcos Suárez (rúbrica)»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con la opinión de la Comisión de Cultura.
REGISTRO DE ASISTENCIA
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico de asistencia e instruya el cierre del sistema.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

Con todo gusto, señor Presidente.

¿Falta algún diputado o diputada de registrar su asistencia?..

Ciérrese el sistema electrónico.

Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 455 diputadas y diputados.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 30 minutos para realizarlo por cédula.

Cumplida su encomienda, diputado Presidente.

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, Secretaria.


LEY GENERAL DE SALUD
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Angel Pasta Muñúzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 217 de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas.

El diputado Angel Pasta Muñúzuri:

Con el permiso de la Presidencia, diputadas y diputados:

«Iniciativa que reforma el artículo 217 de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas.

Diputado Angel Pasta Muñúzuri, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72 párrafo I y 73 fracción XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este cuerpo colegiado; la presente iniciativa al artículo 217, dónde se reforma y adiciona a la Ley General de Salud, de conformidad con lo siguiente:

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su artículo 117 último párrafo, que el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados dictarán, desde luego, leyes encaminadas a combatir el alcoholismo.

De acuerdo con los resultados obtenidos de la encuesta nacional de adicciones, realizada en 1998, por el Consejo Nacional Contra las Adicciones, hoy debemos admitir que en nuestro país, en el que los jóvenes entre 12 y 17 años se consideran bebedores fuertes, es decir que cuentan con una tasa de prevalencia de consumo de bebidas alcohólicas. También es lastimoso constatar que, según lo señala el Consejo Nacional contra las Adicciones a través del Sistema de Verificación de Adicciones 2001, los accidentes son la tercera causa de muerte y la primera en menores de veinte años, así como también en el 80% de los casos, los accidentes fatales están relacionados con el abuso en el consumo de alcohol.

En México, según datos proporcionados por el Instituto Nacional de Información Estadística y Geográfica existen poco más de 27 millones de personas entre 15 y 29 años, todos ellos potenciales consumidores de bebidas alcohólicas.

Dichas instituciones han encontrado que en el 42% de los homicidios, el 72% de las denuncias de violencia intrafamiliar y el 50.8% de las casi setenta y cuatro mil personas arrestadas por los cuerpos de seguridad pública en un año, el abuso del alcohol forma parte de las causas que originaron la conducta dañina.

No extraña por ello que exista un justificado clamor social, acentuado entre los padres y madres con hijos jóvenes, para que se establezcan medidas que ayuden a evitar, o al menos a reducir, estos fenómenos tristes y nocivos, derivados del abuso del alcohol.

Al problema del alcoholismo que ataca a millones de mexicanos, se suman hoy los efectos nocivos del consumo de bebidas alcohólicas de mala calidad o de procedencia clandestina, mejor conocidas como BEBIDAS ADULTERADAS.

Para lograr resultados en esta materia no basta simplemente en establecer penas más graves a quienes cometen delitos bajo la influencia de bebidas alcohólicas adulteradas, ni es suficiente la acción de las autoridades de procuración e impartición de justicia. Se requiere del esfuerzo coherente y continuado de la sociedad entera, incluyendo a las autoridades estatales y municipales, de seguridad, de educación y de salud; los comerciantes, los padres de familia, los maestros y las instituciones de educación, particularmente las de educación superior y técnica.

El alcoholismo a largo plazo causa daños al hígado, al sistema nervioso incluyendo el cerebro, puede causar hipertensión arterial y daños al corazón, problemas digestivos como úlceras, problemas de los órganos y las funciones sexuales, senilidad prematura y cáncer. El abuso del alcohol también puede llevar a la violencia, accidentes (más de la mitad de todos los accidentes se relacionan con el consumo de alcohol), segregación social y dificultades en el trabajo y en el hogar.

Conscientes de los desafortunados sucesos generados por las bebidas adulteradas, que no solo dañan la salud de sus consumidores, sino que afectan considerablemente a esa rama de la industria en México, propongo una reforma al artículo 217 de la Ley General de Salud para que en su texto se incluya todo tipo de porcentaje de alcohol.

Por lo antes expuesto, es que someto a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, la iniciativa de reforma a la Ley General de Salud el artículo 217, para quedar como sigue:

Artículo Primero.- Se reforma artículo 217 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 217.- Para los efectos de esta Ley, se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan todo tipo de porcentaje de alcohol etílico.

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a los 27 días del mes de abril de 2004.--- Dip. Angel Pasta Muñúzuri (rúbrica).»

Compañeras y compañeros diputados, tomemos real conciencia de que México sí tiene futuro y por supuesto, más legislando a favor de la salud por nuestros niños y por los jóvenes de México

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Túrnese a la Comisión de Salud.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que adiciona dos párrafos al artículo 194 de la Ley del Seguro Social.

El diputado Emilio Serrano Jiménez:

Con su permiso, diputado Presidente.

También le solicito que el texto se publique íntegro en el Diario de los Debates y simplemente daré a conocer una síntesis de esta propuesta que hago a mis compañeras y compañeros diputados federales.

Uno de los temas más lastimosos, uno de los temas de más inquietud en este momento es el de las pensiones.

Considerando que hay trabajadores que durante 25, 30 años o más aportan de sus percepciones una parte para crear un fondo, un fondo de retiro para que cuando dejen de laborar puedan irse y gozar de una calidad de vida mejor. Sin embargo, hemos visto la cruda realidad y en México hay pensionados de primera, de segunda y de tercera. Y obviamente los más desprotegidos, los pobres, que son los más, son los que no se ven favorecidos con el trabajo legislativo de las Cámaras.

Sabemos que pensión en su concepción gramatical, quiere decir: se debe dar una cantidad periódica vitalicia a la persona que deja de trabajar. Así lo hacía el Seguro Social de acuerdo a la ley de 1973 que dejó de ser en 1997, a partir del 1º de julio de 1997 en que se crean las Afores, es cuando se ven más perjudicados los trabajadores.

Porque ahora solamente tienen derecho a decidir por jubilarse bajo dos conceptos: la renta vitalicia o el retiro programado. La renta vitalicia es por la que están pugnando todos, pero hay que comprar a una aseguradora esa renta vitalicia. Y la única opción prácticamente que tienen, es la de retiros programados, que significa que la cuenta individual de cada persona, debe de hacerse las cuentas de acuerdo al número de años que se considere que va a vivir cada persona y es como se divide entre los meses que se va a entregar este fondo.

Pero si el cálculo no es del todo bien hecho, puede agotarse el recurso y quedarse desprotegido el trabajador o la persona que se jubila. Cuando más necesita de ese apoyo, de esa pensión, es cuando se le agotó su recurso. Es el porqué la Consar emitió dos circulares, para que el Seguro Social pueda considerar la pensión garantizada el Gobierno Federal.

Una pensión garantizada equivalente a un salario mínimo vigente en el Distrito Federal, de hecho esta práctica ya se viene dando, a partir del 2002, pero la propuesta de su servidor es que no se quede al capricho de la Consar de que puede emitir otra circular y se desproteja a los que más necesitan: los jubilados y pensionados de México, los del salario mínimo.

Es el porqué hacemos esta propuesta, para que se adicionen dos párrafos al artículo 194 de la Ley del Seguro Social, que dicen, como protección a estos trabajadores que han dejado los mejores años de su vida para la creación de este México moderno, del cual gozamos todos menos ellos:

Artículo 194. En caso de que se agoten los recursos de la subcuenta de retiro programados de la cuenta individual, los pensionados por cesantía en edad avanzada y vejez, tendrán derecho a la pensión garantizada.

Las administradoras que se encuentren pagando retiros programados, deberán notificar al Gobierno Federal que están por agotarse los recursos de dicha subcuenta, a efecto de que se convoque y se provea los fondos necesarios, para que se continúe pagando al pensionado la pensión garantizada, por conducto del Instituto Mexicano del Seguro Social.

También deberá darse aviso al trabajador de este hecho con 10 días de anticipación.

Transitorio

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, a los 22 días de abril de 2004.

Repito diputado Presidente, solicito que este texto se incluya íntegro en el Diario de los Debates.

Es cuanto, Presidente.

«Iniciativa que adiciona dos párrafos al artículo 194 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del PRD

Emilio Serrano Jiménez diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que le concede el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 62, 63 y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Lo ideal para las personas de la tercera edad es que puedan combinar hasta el último momento en que les sea posible: el desempeño de un trabajo, con las modalidades de jornada y descansos que determine la Ley, con la percepción de una pensión, de manera de tener un ingreso digno y sobre todo, mantener activas todas sus capacidades y experiencia en bien propio y de la comunidad. Sin embargo, ante la rea-lidad económica decreciente que mantiene deprimidos al empleo y los ingresos (dificultándose la apertura de plazas a las nuevas generaciones, por lo que se forza la separación de los adultos mayores ) es obligación del Estado garantizar un ingreso periódico suficiente a estas personas para su sobrevivencia, de manera vitalicia. Con mayor razón cuando se trata de trabajadores que cubrieron las cotizaciones y, en general los requisitos marcados por las leyes de seguridad social para acceder a una pensión.

Lo anterior sin menoscabo de las obligaciones familiares hacia las personas de la tercera edad y, que igualmente el Estado y la Sociedad deben hacer todo lo necesario para que se fortalezca la conciencia para su cumplimiento espontáneo, en caso contrario debe de instrumentarse en materia civil las vías rápidas, sin formalismos y gratuitas para su exigencia forzosa. Debe ponerse un alto a la creciente ingratitud, abandono y violencia hacia los adultos mayores en el seno del hogar.

Pero en tanto se alcanza lo anterior, es necesario que el Estado ponga el ejemplo acabando con la ingratitud social hacia un sector con cuyo esfuerzo se ha creado la riqueza nacional, tanto desde el punto de vista económico como cultural. La unión de ambas gratitudes, la social y la familiar, irá abriendo mejores opciones de vida para los adultos mayores.

En esta tónica, diremos que en su concepción gramatical, pensión es una cantidad periódica que se entrega de manera vitalicia a una persona. Respetando lo anterior, la Ley del Seguro Social de 1973 (es decir, la que conservó su vigencia hasta el 30 de junio de 1997), otorgaba (es más aún otorga) todas sus pensiones bajo la forma de rentas vitalicias, las únicas que alcanzan a plenitud su tarea de protección y justicia.

Sin embargo, conforme a la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1º. de julio de 1997, el trabajador que se pensione en los ramos de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, podrá solicitar que tal pensión se le otorgue bajo cualquiera de las siguientes dos formas : Renta Vitalicia o Retiros Programados. Partiendo del artículo 159 de la Ley del Seguro Social tenemos que:

Renta Vitalicia. Es ``El contrato por el cual la aseguradora a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual se obliga a pagar periódicamente una pensión DURANTE TODA LA VIDA DEL PENSIONADO.''

Retiros Programados, significa que para efectos del pago de la pensión, los fondos (más rendimientos previsibles) de la cuenta individual del trabajador se dividirán entre el número de años que probablemente viva el trabajador ( esperanza de vida ), el resultado se dividirá entre el número de meses así determinados, de manera que la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) le hará pagos mensuales al pensionado hasta el agotamiento de tales fondos.

Por tanto, en este último caso los trabajadores no necesariamente recibirán pagos por concepto de pensión por el resto de su vida sino hasta el agotamiento de los recursos, lo que implica que por regla general se quedarán sin recursos en sus últimos años de existencia, cuando más necesarios le serían los mismos.

Desde el año de 1995, muchos especialistas en la materia y representantes de la clase trabajadora denunciaron la injusticia que representaba la pensión bajo esta forma de Retiros Programados, por ir en contra en contra de la esencia de la Seguridad Social eminentemente tutelar y solidario y, cuyo único objeto era reducir el número de pensionados, abusando de la necesidad económica de los trabajadores que muchas veces optan por la entrega de sus fondos en una sola exhibición o en varias sin pensar en el futuro de él y su familia y, por el otro tendía a que los recursos se mantuvieran en las Afores por más tiempo para continuar alimentando este inescrupuloso y gigantesco negocio a costa de los ahorros de los más pobres.

Sin embargo en años recientes la Comisión Nacional de Sistemas de Ahorro para el Retiro (Consar) en la circular Consar 52-1 , ``Reglas Generales a las que deberán sujetarse las Afores y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la operación de los retiros programados y pensión garantizada'', publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de marzo de 2002 , precisamente en su Sección VI, Regla 64º, estableció que:

``Las administradoras que se encuentren pagando Retiros Programados deberán realizar los cálculos necesarios que les permitan determinar la fecha aproximada en que se agotarán los recursos de dicha cuenta. En caso de prever que los recursos de la Subcuenta de Retiros Programados estén por agotarse, con un mínimo de sesenta días hábiles de anticipación a dicho evento, deberán notificar al Gobierno Federal a través de una Empresa Operadora a efecto de que dicha Empresa gestione ante el propio Gobierno Federal que se continúe otorgando la pensión prevista en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social 1997, por conducto del IMSS, una vez agotados los recursos de la Subcuenta de Retiros Programados.''

``Si al revisarse el monto anual de pensión, se determina o identifica que los recursos no resultan suficientes para continuar pagando la pensión por Retiros Programados, las administradoras deberán ajustarse a lo previsto en el párrafo anterior.''

``Las Administradoras deberán notificar de las situaciones antes mencionadas al trabajador dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha en que se realice la previsión o la revisión anual, y deberán tener a disposición de la Comisión, los medios por los cuales se acredite que el trabajador fue notificado fehacientemente.''

``CUANDO LAS ADMINISTRADORAS NO REALICEN CUALQUIERA DE LOS AVISOS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE DISPOSICIÓN, Y LOS RECURSOS RESULTEN INSUFICIENTES PARA EL PAGO DE LA MENSUALIDAD CORRESPONDIENTE, ÉSTAS DEBERÁN CON CARGO A SUS RECURSOS, PAGAR LAS MENSUALIDADES A LOS TRABAJADORES PENSIONADOS, hasta en tanto sea remitida la información al IMSS. En este caso, deberán notificar al trabajador en el plazo de 10 días hábiles dicha situación, así como mantener a disposición de la Comisión (Consar), los medios por los cuales se acredite que el trabajador fue notificado.''

Posteriormente, la circular Consar 31-5, ``Reglas Generales que establecen los procesos a los que deberán sujetarse las Afores y las empresas operadoras de la Base de Datos nacional SAR, para la disposición y transferencia de los recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores'', aparecida en el Diario Oficial de la Federación del 31 de octubre de 2003, reproduce en su esencia, precisamente en su Regla 167º, el mismo texto de la mencionada Regla 64º, antes transcrita. Veamos:

``Las Administradoras que se encuentren pagando Retiros Programados deberán realizar los cálculos necesarios que les permitan determinar la fecha aproximada en que se agotarán los recursos de dicha cuenta. En caso de prever que los recursos de la Subcuenta de Retiros Programados estén por agotarse, con un mínimo de sesenta días hábiles de anticipación a dicho evento, deberán notificar al Gobierno Federal a través de una Empresa Operadora a efecto de que dicha empresa gestione ante el propio Gobierno Federal que se continúe otorgando la pensión prevista en el artículo 170 de la Ley del seguro social 1997, por conducto del IMSS, una vez agotados los recursos de la Subcuenta de Retiros Programados.''

Si al revisar el monto anual de pensión, se determina o identifica que los recursos no resultan suficientes para continuar pagando la pensión por Retiros Programados, las Administradoras deberán ajustarse a lo previsto en el párrafo anterior.

Las Administradoras deberán notificar de las situaciones antes mencionadas al trabajador dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha en que se realice la previsión o la revisión anual, y deberán tener a disposición de la Comisión (Consar), los medios por los cuales se acredite que el trabajador fue notificado fehacientemente.

``Cuando las Administradoras no realicen cualquiera de los avisos a que se refiere la presente disposición, y los recursos resulten insuficientes para el pago de la mensualidad correspondiente, éstas deberán con cargo a sus recursos, pagar la mensualidad a los trabajadores pensionados, hasta en tanto sea remitida la información al IMSS. En este caso, deberán notificar al trabajador en el plazo de 10 días hábiles dicha situación, así como mantener a disposición de la Consar, los medios por los cuales se acredite que el trabajador fue notificado.''

Ratificándose de esta manera que al agotarse los recursos de la Subcuenta de Retiros Programados el pensionado accederá a una ``pensión garantizada'' que le entregará el IMSS con recursos del Gobierno Federal. En tal virtud lo que ahora urge es elevar a la Ley del Seguro Social este derecho hasta ahora sólo consagrado en una simple Circular administrativa a efecto de que se fortalezca jurídicamente y, por tanto no quede sujeto a los caprichos del Ejecutivo Federal.

Esto es absolutamente procedente, ya que las referidas Circulares, ponen de manifiesto que los recursos necesarios para esta reforma no constituyen problema para el Ejecutivo Federal desde el momento en que ya está aceptando tal desembolso y, lo cual resulta lógico ya que en todo caso representarán mucho menos carga que el reclamado por las Rentas Vitalicias a contratar con las aseguradoras, partiendo además de que no se pagará en una sola entrega, como sucede con éstas.

Las Circulares de cita también ponen de manifiesto, que las Afores están de acuerdo, así como los representantes en la Consar de los sectores obrero, patronal y financiero.

En suma las adiciones propuestas permitirán que a nivel de Ley, esto es, en la Ley del Seguro Social se consagre el derecho de las pensionadas y pensionados que opten por la pensión bajo la forma de Retiros Programados, a recibir de manera complementaria, una vez agotados los fondos de su Subcuenta de Retiros Programados, una ``pensión garantizada'' equivalente a un SMGDF mensual por conducto del IMSS y con fondos que deberá facilitar el Gobierno Federal. Lo que además de hacer posible una pensión vitalicia a estos asegurados, contribuirá a un mayor equilibrio financiero del rubro pensiones dentro del gasto federal, proyectando a mediano y a largo plazo los gastos que en principio tendrían que realizarse a corto plazo.

La obligación a cargo del Gobierno Federal de proporcionar en este caso los recursos necesarios para cubrir la ``pensión garantizada'' deviene de la propia letra de la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1º. de julio de 1997, por lo que debe darse un trato igualitario a todos los trabajadores , sin que cambie la esencia el hecho de que se opte por una pensión bajo la forma de Retiro Programado o que nazca el derecho a esta tutela ante la insuficiencia de lo ahorrado por el trabajador en su cuenta individual llegado el momento de pensionarse.

En mérito de todo lo expuesto, someto a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la siguiente adición de dos párrafos al artículo 194 de la Ley del Seguro Social para quedar en los siguientes términos:

Artículo 194. ...

...

En caso de que se agoten los recursos de la subcuenta de retiros programados de la cuenta individual, los pensionados por cesantía en edad avanzada y vejez tendrán derecho a la pensión garantizada.

Las Administradoras que se encuentren pagando retiros programados deberán notificar al Gobierno Federal, con un mínimo de sesenta días hábiles de anticipación, que están por agotarse los recursos de dicha subcuenta, a efecto de que provea los fondos necesarios para que se continúe pagando al pensionado la pensión garantizada por conducto del Instituto. También deberá darse aviso al trabajador de este hecho con diez días hábiles de anticipación.

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, a los 27 días de abril de 2004.--- Dip. Emilio Serrano Jiménez (rúbrica).»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado Serrano.

Como lo solicita insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.


LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Alejando Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario.

El diputado Alejandro Agundis Arias:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Nuestra Carta Magna contempla dentro de sus garantías la de seguridad jurídica consagrada en su artículo 17 que prescribe que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito quedando en consecuencia prohibidas las costas judiciales.

Las leyes federales y locales, establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. Esta garantía individual establece el principio que la procuración y administración de justicia debe ser a través de tribunales que estarán expeditos para impartirla, quienes actuarán con toda autonomía e independencia y sus resoluciones serán con carácter imparcial, de manera ágil y completa. Lo anterior con apego a la legalidad.

En un Estado de Derecho es menester que la división de poderes sea clara y transparente, todo aquello contribuye a un ambiente de gobernabilidad porque existe un sentido de respeto irrestricto a las instituciones que lo conforman. Visto así, en nuestro país existen órganos competentes para la procuración y administración de justicia con plena jurisdicción, tales como el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, las juntas de conciliación y arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, la Suprema Corte de Justicia y sus salas, tribunales unitarios y colegiados y los juzgados de distrito. Lo anterior en el ámbito federal.

En materia agraria contamos con el Tribunal Superior Agrario. Este tribunal agrario encuentra su fundamento constitucional en la fracción XI del artículo 27 de nuestra Carta Magna y fue creado por decreto en el año de 1994, gozando de autonomía y teniendo plena jurisdicción. Los tribunales agrarios imparten justicia en la materia del mismo nombre y tienen el objeto de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y de la pequeña propiedad.

Asimismo, apoyarán en la asesoría legal a los campesinos, son de jurisdicción federal y resuelven todas las controversias que atañen a los límites de terrenos ejidales y comunales, cualesquiera que sea el origen de éstos. De las controversias entre dos o más núcleos de población y en general para la administración de justicia agraria.

Los tribunales agrarios están integrados por magistrados cuyo nombramiento realizado por el Ejecutivo Federal y designados por el Senado de la República o en sus recesos por la Comisión Permanente.

En congruencia con la carta política el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, prescribe que los magistrados rendirán su protesta ante la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente; durarán en su encargo seis años. Si concluido dicho término fueran ratificados serán inamovibles.

La inamovilidad que gozan los magistrados del Tribunal Agrario acarrea dos situaciones a saber: Por un lado asegura la permanencia de sus funcionarios impartidores de justicia y con ello se perfecciona la función justicial y por el otro se crea un círculo vicioso, se crean cotos de poder. El ejercicio de la administración de justicia se vuelve oligárquico en virtud de esa permanencia por años, lustros o en su caso décadas, se coartan anhelos de jóvenes que tienen el deseo, las aspiraciones de poder ocupar algún día o en algún momento el cargo de magistrado.

La inamovilidad de los magistrados del Tribunal Agrario se asemeja a una dictadura en la impartición de justicia, ya que sólo pueden ser revocados en dos situaciones: por causas graves, sin que la Ley Agraria señale qué debemos entender como tales y cuando los magistrados cumplan la edad de 75 años.

El espíritu de esta iniciativa tiene la finalidad de otorgarles permanencia a los magistrados del multicitado tribunal para que, atendiendo a su experiencia y capacidad, puedan ser ratificados hasta por otros tres periodos, es decir, de acuerdo a la evaluación que se haga de su función juzgadora tengan la posibilidad de que se les ratifique por otros seis años, al término de los cuales por otro término de igual duración y por un último período por otro período de seis años, al término de los cuales no podrán ser ratificados.

En síntesis, los magistrados durarán en su encargo, siempre que sean ratificados por la Cámara de Senadores o en sus recesos por la Comisión Permanente, en total 24 años, al término de los cuales dejarán de ejercer la administración de justicia en materia agraria, independientemente que ocupen un cargo diverso dentro del tribunal.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México sometemos al pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, para quedar como sigue:

Artículo único. Se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, para quedar en los siguientes términos.

Artículo 17. Los magistrados rendirán su protesta ante la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, durarán en su encargo seis años. Concluido dicho término podrán ser ratificados por otros tres periodos de la misma duración, sin que en ningún caso se rebasen 24 años de servicio con la misma categoría.

Lo anterior sin perjuicio que al término de su gestión puedan ocupar otro cargo dentro del Tribunal.

Los magistrados únicamente podrán ser removidos en caso de falta grave en el desempeño de su cargo, conforme al procedimiento aplicable para los funcionarios del Poder Judicial de la Federación.

Artículo Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

Iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Agrario, presentada por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM.

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de la LIX Legislatura.--- Presente.

Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernado Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuahutémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículo 71 fracción de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los correlativos 55 fracción II, 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de la Reforma Agraria la presente iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios de acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

Nuestra Carta Magna contempla dentro de sus garantías, la de seguridad jurídica, consagrada en su artículo 17, que prescribe que ``Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones.'' Esta garantía individual establece el principio que la procuración y administración de justicia debe ser a través de tribunales que estarán expeditos para impartirla, quienes actuarán con toda autonomía o independencia y sus resoluciones serán con carácter imparcial, de manera ágil y completa, lo anterior con estricto apego a la legalidad.

En un Estado de Derecho, es menester que la división de poderes sea clara y transparente, todo ello contribuye a un ambiente de gobernabilidad, porque existe un sentido de respeto irrestricto a las Instituciones que lo conforman. Visto así en nuestro país existen órganos competentes para la procuración y administración de justicia, con plena jurisdicción tales como: el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, la Suprema Corte de Justicia y sus Salas, Tribunales Unitarios y Colegiados y los Jueces de Distrito, lo anterior en el ámbito federal, en materia agraria contamos con el Tribunal Superior Agrario.

Este tribunal agrario encuentra su fundamento constitucional en la fracción XIX del artículo 27 de la Carta Política, y fue creado por decreto en el año de 1994, gozan de autonomía y tendrán plena jurisdicción

Los tribunales agrarios imparten justicia en la materia del mismo nombre y tiene el objeto de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y de la pequeña propiedad, así mismo apoyarán en la asesoría legal a los campesinos; son de jurisdicción federal y resuelven todas las controversias que atañen a los límites de terrenos ejidales y comunales, cualquiera que sea el origen de éstos; de las controversias entre dos o mas núcleos de población y, en general para la administración de justicia agraria.

Los tribunales agrarios están integrados por Magistrados cuyo nombramiento es realizado por el Ejecutivo Federal y designados o ratificados por el Senado de la República o en sus recesos por la Comisión Permanente.

En congruencia con la Carta Política, el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios prescribe que los magistrados rendirán su protesta ante la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, durarán en su encargo seis años. Si concluido dicho término fueren ratificados serán inamovibles. La inamovilidad que gozan los Magistrados del Tribunal Agrario acarrea dos situaciones a saber: por un lado asegura la permanencia de sus funcionarios impartidores de justicia y con ello se perfecciona la función justicial y por el otro, se crea un círculo vicioso, ya que surgen cotos de poder, es decir, el ejercicio de la administración de justicia se vuelve oligárquico, en virtud de esa permanencia por años, lustros o en su caso décadas. Por otro lado se coartan los anhelos o aspiraciones de jóvenes abogados que tienen el deseo o las esperanzas de poder ocupar algún día o en algún momento el cargo de Magistrado.

La inamovilidad de los magistrados del Tribunal Agrario se asemeja a una ``dictadura'' en la impartición de justicia, ya que sólo pueden ser revocados en dos situaciones: por causas graves, sin que la Ley Agraria señale qué debemos entender como tales, y cuando los magistrados cumplan la edad de setenta y cinco años. El espíritu de ésta iniciativa conlleva a la finalidad de otorgarles permanencia a los magistrados del multicitado tribunal, para que atendiendo a su experiencia y capacidad puedan ser ratificados hasta por otros tres periodos, es decir, de acuerdo a la evaluación que se haga de su función juzgadora, tengan la posibilidad de que se les ratifique por otros seis años al término de los cuales por otro tiempo de igual duración y por un último periodo por otros seis años al término de los cuales, no podrán ser ratificados. En síntesis, los magistrados durarán en su encargo, siempre que sean ratificados, por la Cámara de Senadores o en sus recesos por la Comisión Permanente, en total veinticuatro años al término de los cuales dejarán de ejercer la administración de justicia en materia agraria, independientemente que ocupen un cargo diverso dentro del tribunal. En tanto, se incentiva la sana competencia, de aquellos abogados que aspiren a ocupar el cargo de magistrado del multicitado tribunal, y que han aglutinado una suerte de experiencias porque han llevado una carrera, pasando por diversas funciones dentro de la justicia agraria,

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México sometemos al pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, para quedar como sigue:

ARTICULO UNICO.- Se reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios para quedar en los siguientes términos:

Artículo 17 Los magistrados rendirán su protesta ante la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, durarán en su encargo seis años. Concluido dicho término podrán ser ratificados por otros tres periodos de la misma duración, sin que en ningún caso se rebasen veinticuatro años de servicio con la misma categoría. Lo anterior sin perjuicio que al término de su gestión puedan ocupar otro cargo dentro del tribunal.

Los magistrados únicamente podrán ser removidos en caso de falta grave en el desempeño de su cargo, conforme al procedimiento aplicable para los funcionarios del Poder Judicial de la Federación.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo.--- San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de abril de 2004.--- Diputados Jorge A. Kahwagi Macari; coordinador; Manuel Velasco Coello, vicecoordinador (rúbrica), Alejandro Agundis Arias (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Maximino Fernández Avila (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica), Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica) y Raúl Piña Horta (rúbrica).»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Muchas gracias, diputado.

Túrnese a las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Reforma Agraria.
LEY FEDERAL PARA EL MANEJO ECOLOGICO SUSTENTABLE DE LOS ENVASES Y EMBALAJES DE MATERIAL PLASTICO
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar una iniciativa de Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes de Material Plástico.

El diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros:

Con fecha 6 de octubre del año 2003 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General para la Preservación y Gestión Integral de los Residuos, ésta entró en vigor a partir del 6 de enero del año en curso.

Esta ley establece diversas disposiciones que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos en el territorio nacional.

Sin duda se trata de una ley importante, de una ley trascendente para preservar el medio ambiente y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención, de la generación, la valoración y la gestión integral de los residuos peligrosos y de los residuos sólidos urbanos.

Sin embargo, necesitamos contar con una ley específica que se refiera única y exclusivamente a los envases y embalajes, pues el impacto que estos productos tienen en el medio ambiente son verdaderamente peligrosos y que provocan incertidumbre en la calidad de vida de la tierra, el agua y el aire.

La propuesta que hoy estamos haciendo tiene por objeto precisamente señalar de manera puntual el manejo correcto y adecuado de envases y embalajes por las razones siguientes:

En la última década el uso de envases y embalajes en las diversas presentaciones se ha incrementado exponencialmente, lo que es particularmente notorio en el consumo de agua y refrescos que se comercializan en botellas de plástico. Este incremento está ocasionando un serio problema en términos de medio ambiente y acumulación de basura. La falta de previsión de las autoridades, de los productores, envasadores, comerciantes y usuarios, como porque la producción y uso sin control de estos envases ha provocado la saturación en nuestras calles, ríos, cuencas, presas, tiraderos de basura, basureros públicos y privados de ciudades, de pueblos enteros y comunidades.

El plástico es un material resistente a la degradación. Su proceso de descomposición libera sustancias tóxicas que pueden recorrer largas distancias a través del subsuelo, llegando a alterar la potabilidad del agua en toda su travesía. Al aire libre las botellas de plástico al transformarse pierden su tonicidad, se fragmentan y dispersan. Enterradas duran más. La mayoría está hecha de teretalato de polietileno, conocido mejor como PEP, un material duro de destruir. Los microorganismos no tienen mecanismos para atacarlos. Se dice que tardan de 100 a 1,000 años en degradarse.

Esas características de los plásticos hacen que su presencia masiva en los más diversos ambientes produzcan graves efectos nocivos que tienen, por ejemplo, una incidencia negativa en la vida marina, ya que algunos animales los ingieren por error, como las tortugas marinas, que confunden los plásticos con las medusas, componente fundamental de su dieta.

Nuestro país, lamentablemente, es el segundo consumidor de plástico en Latinoamérica. En 2002 se consumieron aproximadamente 3.4 millones de toneladas. Para el 2005 se prevé un consumo de 6.7 millones de toneladas, de acuerdo con cifras de la industria mexicana de envases plásticos.

Según datos oficiales cada año se dispersan en el ambiente 90 millones de botellas de PEP, que juntas llenan 25 veces el cócalo de la Ciudad de México. Como pasivo ambiental acumulado ensucian hasta los más remotos ecosistemas del país y afectan principalmente el paisaje y la infraestructura hidráulica de ciudades y campos, además de que representan un grave riesgo para la salud.

Según el INEGI en los últimos 5 años se produjeron en nuestro país 15 mil 876 millones de envase y cerca de 800 mil toneladas de bolsa. De estos totales, según el organismo privado Ecología y Compromiso Empresarial, anualmente se recicla únicamente el 1.4 por ciento de los envases.

Además algo que debemos de tomar en cuenta, por efectos del Tratado de Libre Comercio con sus dos vecinos del norte, debe hacer México un esfuerzo importante y urgente para legislar respecto de los residuos y envases y embalajes, con el fin de que México, nuestro país, se siga convirtiendo, si no es que está ya ocurriendo, en el tiradero de los envases y embalajes que no cumplen con las normas que se exigen en estos países.

Esa normatividad tiene por objeto frenar abusos en materia de desechos, forzando la búsqueda de soluciones para reducir el uso innecesario de materias primas, cuya destrucción genera problemas ecológicos, económicos y de convivencia social.

El grupo parlamentario de Convergencia, preocupado precisamente por el vacío legal existente y por la falta de compromiso y de responsabilidad en el manejo sustentable de plásticos en formas de envases y embalajes, así como por el creciente volumen de éstos, lo que pone en riesgo la conservación del equilibrio de los ecosistemas, presenta esta iniciativa que busca responsabilizar a todos los actores, productores, envasadores, usuarios y autoridades de cada uno de los niveles, para que cada uno cumpla con el grado de responsabilidad que nos corresponde.

Por lo anteriormente expuesto se somete a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa de decreto para que se expida la Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes, (de material plástico).

Y a continuación viene el detalle de cada uno de los artículos y que vuelvo a insistir, tiene por objeto corresponsabilizar los diferentes niveles de gobierno, así como todos los actores que intervenimos. Y no sólo eso, en el artículo transitorio con toda precisión se fijan los plazos y las metas para poder cumplir con este cometido.

Por todo lo anterior, pido de la manera más atenta sea publicado en forma íntegra el documento que estamos presentando.

Muchas gracias.

«Escudo.--- Convergencia.

Iniciativa de Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes de Material Plástico, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

El suscrito, diputado Jesús Martínez Alvarez, integrante de la LIX legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, del grupo parlamentario de Convergencia, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 55, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos presenta ante esta honorable Asamblea la iniciativa con proyecto de decreto de Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes.

Exposición de Motivos

Con fecha 6 de octubre de 2003, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General para la Preservación y Gestión Integral de los Residuos, que entró en vigor a partir del 6 de enero del año en curso. Esta Ley es establece diversas disposiciones que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos en el territorio nacional.

Sin duda, se trata de una Ley importante y trascendental para preservar el medio ambiente y propiciar el desarrollo sustentable, a través de la prevención, de la generación, la valoración y la gestión integral de los residuos peligrosos y de los residuos sólidos urbanos.

Sin embargo, necesitamos contar con una ley específica que se refiera única y exclusivamente a los envases y embalajes, pues el impacto que éstos productos tienen hacia el medio ambiente son verdaderamente peligrosos y que provocan incertidumbre en la calidad de vida de la tierra, el agua y el aire. La propuesta que hoy estamos haciendo tiene por objeto referirse de manera puntual y precisa para el correcto manejo adecuado de envases y embalajes por las razones siguientes:

En la última década, el uso de envases y embalajes en sus diversas presentaciones se ha incrementado exponencialmente, lo que es particularmente notorio en el consumo de agua y refrescos que se comercializan en botellas de plástico.

Este incremento está ocasionando un serio problema en términos de medio ambiente y acumulación de basura. La falta de previsión de las autoridades, de los productores, envasadores, comerciantes y usurarios como porque la producción y uso sin control de estos envases, ha provocado la saturación de calles, ríos, cuencas, presas, tiraderos de basura, basureros públicos y privados de ciudades, pueblos y comunidades.

El plástico es un material resistente a la degradación. Su proceso de descomposición libera sustancias tóxicas, que pueden recorrer largas distancia a través del subsuelo, llegando a alterar la potabilidad de las aguas en toda su travesía. Al aire libre, las botellas de plástico al transformarse pierden su tonicidad, se fragmentan y dispersan. Enterradas, duran más. La mayoría está hecha de tereftalato de polietileno (PET), un material duro de roer: los microorganismos no tienen mecanismos para atacarlos. Tardan de 100 a 1,000 años en degradarse.

Otro plástico de uso generalizado es el PVC que genera una elevada contaminación en su fabricación. Al incinerarse crea algunas de las sustancias más tóxicas que se conocen: las dioxinas y los furanos.

Estas características de los plásticos hacen que su presencia masiva, en los más diversos ambientes, produzcan graves efectos nocivos. Tienen, por ejemplo, una incidencia negativa en la vida marina. Algunos animales los ingieren por error, como las tortugas marinas, que confunden los plásticos con las medusas, componente fundamental de su dieta. Ello les provoca obstrucciones intestinales e incluso la muerte. Algunas aves quedan atrapadas por plásticos que les ocasionan laceraciones, estrangulamientos y también pueden provocarles la muerte.

En todas las poblaciones es común encontrar grandes cantidades de envases plásticos en la vía pública o en las alcantarillas. Los plásticos producen también atascos en tuberías, provocan obstrucción en las rejas de entrada de los sistemas de drenaje y ocasionan diversos problemas higiénicos y mecánicos.

Nuestro país, lamentablemente, es el segundo consumidor de plástico en Latinoamérica. En 2002 se consumieron aproximadamente 3.4 millones de toneladas; para el 2005 se prevé un consumo de 6.7 millones de toneladas, de acuerdo con cifras de la Industria Mexicana de Envases Plásticos.

Según datos oficiales ``?cada año se dispersan en el ambiente 90 millones de botellas de PET, que juntas llenan 25 veces el Zócalo de la Ciudad de México. Como pasivo ambiental acumulado, ensucian hasta los más remotos ecosistemas del país y afectan principalmente el paisaje y la infraestructura hidráulica de ciudades y campos, además de que ponen en riesgo la salud pública''.

Según estadísticas del Instituto Nacional de Geografía y Estadística en los últimos 5 años se produjeron en nuestro país 15 mil 876 millones de envases y cerca de 800 mil toneladas de bolsas. De estos totales, según el organismo privado Ecología y Compromiso Empresarial (Ecoce), anualmente se recicla únicamente el 1.4% de los envases.

Además, México enfrenta los efectos del Tratado de Libre Comercio con sus dos vecinos del Norte y debe hacer un esfuerzo importante y urgente para legislar respecto de los residuos de envases y embalajes, con el fin de evitar que el país pueda convertirse, si no es que ya ocurre, en el ``tiradero'' de los envases y embalajes que no cumplan con las normas americanas y canadienses.

En todo el mundo, la preocupación por la protección y por la contaminación del medio ambiente es creciente. Como consecuencia, diversos países han establecido una serie de reglamentaciones referidas a la fabricación, materiales, destino y gestión de los envases y embalajes usados.

Esta normatividad tiene como objetivo frenar abusos en materia de desechos, forzando la búsqueda de soluciones para reducir el uso innecesario de materias primas, cuya destrucción genera problemas ecológicos, económicos y de convivencia social.

En nuestro país no existe una legislación específica que norme el ciclo de vida de los envases y embalajes, y las estadísticas disponibles sobre la materia, en ocasiones, difieren sustancialmente unas de otras, dependiendo de la institución u organismo especializado que las aporte. Padecemos de leyes laxas, imprecisas, sin metas concretas sobre su manejo y sin asignación de responsabilidades.

El grupo parlamentario de Convergencia, preocupado por el vacío legal existente y por la falta de compromiso y responsabilidad en el manejo ecológico sustentable del plástico en forma de envases y embalajes, así como por el creciente volumen de éstos, lo que pone en riesgo la conservación del equilibrio de los ecosistemas y la viabilidad de nuestro país para las futuras generaciones, presenta esta iniciativa que busca responsabilizar a todos los actores: productores, envasadores, usuarios y autoridades de cada uno de los niveles, para que cada uno cumpla con el grado de responsabilidad que nos corresponde.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta H. Asamblea, la presente

Iniciativa de decreto por el que se expide la Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes (de Material Plástico).

Artículo Unico.- Se expide la Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes (de Material Plástico).

Ley Federal para el Manejo Ecológico Sustentable de los Envases y Embalajes (de Material Plástico)

Capítulo Primero

Disposiciones Generales

Artículo 1.- Esta Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección al ambiente en todo el territorio nacional, y las zonas en las que ejerce su soberanía y jurisdicción.

Sus disposiciones son de orden público e interés general y tienen por objeto la protección al ambiente contra toda afectación que pudiera derivarse de la producción y uso de los envases y embalajes, así como del manejo y disposición de sus residuos.

Artículo 2.- Para alcanzar los objetivos anteriores, los responsables de poner en el mercado productos envasados y embalajes, que tras su uso generan sus residuos, estarán obligados a elaborar y aplicar planes de prevención destinados a la reducción o eliminación de los mismos.

Artículo 3.- Para los efectos de esta ley se entenderá por:

a) Actores económicos.- Los fabricantes o importadores de materias primas para la fabricación de envases y embalajes; las personas físicas y morales dedicadas a la fabricación, envasado, reciclaje y distribución de los envases y embalajes, así como los recuperadores de residuos de envases y embalajes usados; los consumidores y usuarios.

b) Distribuidores.- Los actores económicos dedicados a la distribución mayorista o minorista de envases y embalajes o de productos envasados.

c) Eliminación.- Todo procedimiento dirigido al almacenamiento o vertido controlado de los residuos de envases y embalajes, así como a su destrucción total o parcial por cualquier método que no implique recuperación de energía, sin poner en peligro la salud humana y sin usar métodos que puedan causar daños al medio ambiente.

d) Envasadores.- Los actores económicos dedicados al envasado de productos, así como la adquisición o importación de productos envasados para su venta en el mercado.

e) Envase.- Es el componente de un producto que cumple la función de contenerlo y protegerlo para su distribución, comercialización y consumo.

f) Embalaje.- Todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, envolver, manipular, distribuir, transportar y presentar mercancías en las industrias, comercios, servicios o importaciones o exportaciones.

g) Plástico.- Producto derivado del petróleo de cualquiera de los siguientes tipos:

PET.- Polietilente reftalato

PEAD.- Polietileno de alta densidad

PVC.- Policloruro de vinilo.

PEBD.- Polietileno de baja densidad

PP.- Polipropileno

PS.- Poliestireno

h) Manejo.- La recolección, la clasificación, el transporte, el almacenamiento, la valorización y la eliminación o confinamiento de los residuos de envases y embalajes.

i) Prevención.- La reducción de la cantidad y del impacto para el medio ambiente, mediante el desarrollo de productos y técnicas no contaminantes.

j) Reciclaje.- El proceso industrial de transformación al que se someten los materiales de residuo para utilizarse como materia prima en una nueva cadena o ciclo productivo.

k) Recuperadores de residuos de envases usados.- Los actores económicos dedicados a la recolección, clasificación, almacenamiento, acondicionamiento y comercialización de residuos de envases y embalajes, para su reutilización, reciclado y otras formas.

l) Residuos de envases o embalajes.- Todo envase, embalaje o sus materiales de los cuales se desprende su poseedor.

m) Rehúso o reutilización.- El proceso de aprovechamiento físico de los envases o embalajes o sus materiales, sin que sean sujetos de procesos industriales de transformación.

n) Autoridad estatal.- Los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal.

ñ) Autoridad local.- Los gobiernos municipales.

o) Autoridad federal.- El Ejecutivo federal.

p) Semarnat.- Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

q) Secofi.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

r) SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público

s) Valorización.- Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los residuos de envases y embalajes.

Artículo 4.- La aplicación de la presente ley está bajo la jurisdicción de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Artículo 5.- Quedan dentro del ámbito de aplicación de esta ley todos los envases y embalajes, así como sus residuos, sin importar el material del que estén fabricados ni si fueron fabricados en el territorio nacional o se colocaron en su mercado vía importaciones.

Sin perjuicio de las demás disposiciones aplicables, no quedan comprendidos en la presente ley los envases y residuos de envases industriales y comerciales que sean de uso y consumo exclusivo en las actividades industriales, comerciales o agropecuarias a que se refiere la ley en la materia.

Artículo 6.- Lo establecido en esta ley lo será independientemente y sin perjuicio de las disposiciones de carácter especial referente a la seguridad, protección de la salud e higiene de los productos envasados en el manejo, disposición, transporte y confinación de residuos peligrosos, incluidos los biológico-infecciosos, que deberán observar las disposiciones establecidas en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento y la ley general para la prevención y gestión integral de los residuos.

Artículo 7.- Se crea el padrón de agentes e importadores de envases y embalajes, y el de envasadores y usuarios de embalajes, los cuales estarán bajo la jurisdicción de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Capítulo Segundo

Competencia

Artículo 8.- El Ejecutivo federal, las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios ejercerán sus atribuciones en materia de regulación del ciclo de vida de los envases y embalajes, de conformidad con las competencias previstas en la presente Ley, así como en otros ordenamientos aplicables a la materia.

Artículo 9.- Son facultades del Ejecutivo federal las relacionadas con la atención de los asuntos derivados del manejo, reciclaje o eliminación de envases y embalajes, y de sus residuos y partes, que afecten al equilibrio ecológico en el territorio nacional o en zonas sujetas a la soberanía y jurisdicción de México.

Artículo 10.- Corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el ejercicio de las siguientes atribuciones relacionadas con el objeto de la presente ley.

I.- Elaborar y controlar el padrón de agentes productores e importadores de envases y embalajes.

II.- Elaborar y controlar el padrón de envasadores y usuarios de envases y embalajes.

III.- Establecer, coordinar y controlar los programas de reciclaje de los residuos de envases y embalajes.

IV.- Las demás que se deriven de la presente ley.

Artículo 11.- Corresponde a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial el ejercicio de las siguientes atribuciones relacionadas con el objeto de la presente ley.

I.- Elaborar las normas oficiales mexicanas que regulen lo relativo al control de composición del material con el que se fabrican los envases y embalajes que se utilicen en el territorio nacional.

II.- Establecer las normas oficiales mexicanas que identifiquen los envases y embalajes que se utilicen en el territorio nacional.

III.- Las demás que le otorgue esta ley.

Artículo 12.- Corresponde a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público proponer las medidas fiscales y financieras para el logro de los objetivos de la presente ley.

Artículo 13.- Corresponde a las entidades federativas, al Distrito Federal y a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta ley, las leyes locales y los bandos municipales de la materia, las siguientes facultades:

I.- Formular, conducir y evaluar la política de manejo de residuos de envases y embalajes municipales.

II.- Establecer, regular y vigilar los centros de manejo de envases y embalajes, así como de sus residuos.

III.- Establecer y coordinar programas municipales de fomento al reciclaje que tiendan a la reducción y manejo de envases y embalajes.

IV.- Las demás que esta ley les confiera.

Artículo 14.- La autoridad federal, por conducto de las secretarías mencionadas en esta ley, y las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de su competencia, podrán suscribir convenios o acuerdos de coordinación con el objeto de que asuman las siguientes funciones:

I.- La vigilancia y supervisión de los centros de producción, importación y manejo de envases y embalajes.

II.- La vigilancia y control de los volúmenes de residuos de envases y embalajes.

III.- La realización de acciones tendentes a cumplir con los objetivos previstos en esta ley.

IV.- La realización de acciones para la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de esta ley.

Artículo 15.- El Ejecutivo federal, por conducto de las secretarías mencionadas en esta ley, y las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de su competencia, podrán suscribir entre ellos o con personas físicas o morales convenios de trabajo y coordinación para el manejo, control y reciclaje de los residuos de envases y embalajes, que permitan cumplir con los objetivos de esta ley.

Capítulo Tercero

De los Envases y Embalajes de Material Plástico

Artículo 16.- Los envases y embalajes que se fabriquen en México o importen para su disposición y uso en nuestro país, deberán producirse preferentemente con materiales que garanticen su biodegradación, reutilización o reciclaje.

Artículo 17.- Los envases y embalajes de material plástico, en función de la naturaleza del material con el que sean fabricados, a efecto de facilitar su identificación y manejo, deberán exhibir en un lugar visible dicha clasificación de acuerdo a las disposiciones reglamentarias de la presente ley.

Artículo 18.- Los envases y embalajes de material plástico deberán exhibir en un lugar visible la marca o nombre del envasador.

Capítulo Cuarto

De los Residuos de Envases y Embalajes Fabricados con Material Plástico

Artículo 19.- Los actores económicos dedicados al envasado de productos, así como a la adquisición o importación de productos envasados para su venta en el mercado, son responsables del impacto ambiental causado por los residuos de envases y embalajes de material plástico que contengan sus productos.

Artículo 20.- Los actores económicos responsables del impacto ambiental deberán instrumentar medidas tendientes a modificar los procesos industriales, prevenir la generación de residuos, recuperarlos y reciclarlos. Asimismo, deberán instrumentar lo necesario para la adecuada disposición final de sus envases y embalajes.

Artículo 21.- La eliminación de residuos de envases y embalajes no se podrá hacer mediante el proceso de incineración, salvo que para ello se utilice un proceso totalmente controlado, entendiéndose por ello, que garantice que no se emitan ningún tipo se sustancias contaminantes que pongan en riesgo el medio ambiente y la salud de la población.

Artículo 22.- El Ejecutivo Federal, por medio de las Secretarías involucradas, y las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios otorgarán las facilidades, en la medida de sus atribuciones, para que los actores económicos cumplan con sus responsabilidades establecidas en esta ley, en su reglamento y con las disposiciones normativas aplicables.

Capítulo Quinto

Sanciones

Artículo 23.- El ejercicio de la facultad sancionadora prevista en este capítulo corresponde al Ejecutivo federal, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, de conformidad con las atribuciones reglamentarias de la presente ley y demás disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Para el año 2015 deberán cumplirse en el ámbito de todo el territorio nacional los siguientes objetivos.

a) Para el año 2010 deberán reducirse, por los medios estipulados en el reglamento de la presente ley, en 50% los residuos de envases y embalajes puestos en el mercado nacional, producidos en México e importados.

b) Para el año 2015 deberán reducirse, por los medios estipulados en el reglamento de la presente ley, en 85% los residuos de envases y embalajes puestos en el mercado nacional, producidos en México e importados.

Tercero.- La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales expedirá el reglamento de esta ley a los seis meses de entrada en vigor.

Dado en el Palacio Legislativo.--- San Lázaro, a 27 de abril de 2004.--- Dip. Jesús Martínez Alvarez (rúbrica.)»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Intégrese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
ESTADOS DE BAJA CALIFORNIA SUR Y QUINTANA ROO
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Maximino Fernández Avila, para presentar una iniciativa con proyecto de decreto, por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día 7 de octubre de 2004, para conmemorar el trigésimo aniversario de la crea-ción de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Gobernación.

El diputado Maximino Alejandro Fernández Avila:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 7 de octubre de 2004, para conmemorar el trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo.

Antecedentes

Desde la creación de la República Mexicana en 1824 hasta el 8 de octubre de 1974, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación, del decreto por el que se reforman el artículo 43 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los territorios federales de Baja California Sur y Quintana Roo, recibieron distintas formas de reconocimiento constitucional, sin que se les reconociera plenamente como partes integrantes de la Federación.

Con dicha resolución se atendió un reclamo histórico que los habitantes de los territorios habían planteado en innumerables ocasiones: adoptar la naturaleza jurídica y política del estado libre y soberano que los pondría en igualdad de circunstancias respecto al resto de los estados de la República Mexicana.

A lo largo de casi tres décadas, los estados de Baja California Sur y Quintana Roo han formado parte del pacto federal, con dinámicas propias y han contribuido al engrandecimiento de la nación mexicana con singulares esfuerzos y con un fuerte ímpetu democrático.

Antecedentes legislativos

El 21 de enero del año en curso fue turnada a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictamen, la iniciativa de proyecto de decreto para que se declare el año 2004 trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, presentada por el H. Congreso de Baja California Sur.

La iniciativa, en términos generales, busca conmemorar el aniversario de la promulgación del decreto por el que se crearon como entidades federativas los hasta entonces territorios de Baja California Sur y Quintana Roo.

La forma propuesta por el honorable Congreso de Baja California Sur para esta conmemoración, fue que el Congreso de la Unión expidiese un decreto donde se declare el año 2004 trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo y ordenase la inclusión de esta leyenda en todos los documentos oficiales que se generan hasta el 31 de diciembre de 2004.

Sin embargo, tras el estudio y discusión al seno de la comisión, los legisladores abajo firmantes y dada la importancia del hecho que nos conmemora, acordamos retomar el espíritu de la iniciativa presentada por el honorable Congreso de Baja California Sur y dar respuesta favorable a la misma, a través de la presentación de una nueva iniciativa de decreto más extensa en cuanto a sus efectos.

Si bien es cierto que el año 2004 ya ha iniciado, consideramos aún oportuno el resolver de manera favorable esta propuesta, que presenta la clara oportunidad de reafirmar el espíritu federalista de esta soberanía.

Consideramos que la manera más apropiada de celebrar este hecho que merece ser recordado como símbolo de unidad nacional, es la convocatoria de una sesión solemne de la Cámara de Diputados, manera habitual en que el Poder Legislativo Federal celebra un importante evento.

Se propone como fecha para la celebración de la sesión solemne el 7 de octubre, en razón de que el decreto por el que se suprimió la figura de territorio en el sistema jurídico mexicano y por el que se erigen las entidades federativas de Baja California Sur y Quintana Roo, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 1974.

Por lo anteriormente expuesto y como conclusión de los trabajos de estudio y análisis de la iniciativa con proyecto de decreto para que se declare el año 2004 Trigésimo Aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, presentada el 21 de enero de 2004 por el honorable Congreso de Baja California Sur y para ratificar nuestro compromiso con el pacto federal consagrado en el artículo 40 de nuestra Carta Magna, los que suscribimos, diputados miembros de la Quincuagésima Novena Legislatura, sometemos a la consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente

Iniciativa de decreto por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 7 de octubre de 2004 para conmemorar el trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo.

Artículo Primero.- Se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados el día 7 de octubre del 2004 en el Palacio Legislativo de San Lázaro, para conmemorar el XXX Aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo.

Artículo Segundo.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados definirá el orden del día y protocolo de la sesión solemne referida en el artículo anterior y deberá invitar, de manera oficial, a los integrantes de la Mesa Directiva de la Junta de Coordinación Política y de las comisiones del Federalismo y Desarrollo Municipal, de Gobernación y de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores, a los gobernadores de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, así como a las mesas directivas de los congresos de la entidades federativas mencionadas.

Transitorio.

Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, México, DF, a los 20 días del mes de abril de 2004.

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Gobernación.

Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el 7 de octubre de 2004 para conmemorar el Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y de Quintana Roo, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Gobernación.

Honorable Asamblea:

Los que suscribimos, diputadas y diputados federales a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, integrantes de la Comisión de Gobernación, en uso del derecho de iniciativa que nos concede la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presentamos ante el Pleno de la Cámara de Diputados esta iniciativa de decreto para conmemorar el Trigésimo Aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSI. Antecedentes

Desde la creación de la República Mexicana en 1824, hasta el 8 de octubre de 1974, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Decreto por el que se reforman el artículo 43 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Territorios Federales de Baja California Sur y Quintana Roo recibieron distintas formas de reconocimiento constitucional, sin que se les reconociera plenamente como partes integrantes de la Federación.

Con dicha resolución se atendió un reclamo histórico que los habitantes de los territorios habían planteado en innumerables ocasiones: adoptar la naturaleza jurídica y política de Estado Libre y Soberano que los pondría en igualdad de circunstancia respecto al resto de los Estados de la República Mexicana.

El 3 de septiembre de 1973, el entonces Presidente de la República, Licenciado Luis Echeverría Alvarez, promovió ante el Honorable Congreso de la Unión una iniciativa de reformas constitucionales con el propósito de erigir los estados de Baja California Sur y Quintana Roo y preparar la instalación de las instituciones propias de una entidad federativa.

A lo largo de casi tres décadas, los estados de Baja California Sur y Quintana Roo han formado parte del Pacto Federal con dinámicas propias y han contribuido al engrandecimiento de la nación mexicana con singulares esfuerzos y con un fuerte ímpetu democrático.

II. Antecedentes Legislativos

El 21 de enero del año en curso, fue turnada a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se declare el año ``2004, Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo'', presentada por el H. Congreso de Baja California Sur.

La iniciativa en términos generales busca conmemorar el aniversario de la promulgación del Decreto por el que se crearon como entidades federativas los hasta entonces territorios de Baja California Sur y Quintana Roo. La forma propuesta por el H. Congreso de Baja California Sur para esta conmemoración fue que el Congreso de la Unión expidiese un decreto donde se declare el año ``2004, Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo'', y ordenase la inclusión de esta leyenda en todos los documentos oficiales que se generen hasta el 31 de diciembre de 2004.

Sin embargo, tras el estudio y discusión al seno de la Comisión, los legisladores abajo firmantes y dada la importancia del hecho que se conmemora, acordamos retomar el espíritu de la iniciativa presentada por el H. Congreso de Baja California Sur y dar respuesta favorable a la misma a través de la presentación de una nueva iniciativa de decreto más extensa en cuanto a sus efectos.

Si bien es cierto que el año 2004 ya ha iniciado, consideramos aún oportuno el resolver de manera favorable esta propuesta que presenta la clara oportunidad de reafirmar el espíritu federalista de ésta soberanía.

Consideramos que la manera más apropiada de celebrar este hecho, que merece ser recordado como símbolo de unidad nacional, es la convocatoria a un Sesión Solemne de la Cámara de Diputados, manera habitual en que el Poder Legislativo Federal celebra un evento importante.

Ya en otras ocasiones esta Cámara de Diputados ha rendido honor al Pacto Federal consagrado en el artículo 40 constitucional, reconociéndole como pilar fundamental del Estado Mexicano. La más reciente, en el año 2002, celebrando el 178 aniversario de la federación del Estado de Chiapas a los Estados Unidos Mexicanos. Cabe señalar que la sesión solemne se llevó a cabo el 1° de octubre de 2002, y contó con la presencia del Lic. Pablo Salazar Mendiguchía, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas.

Se propone como fecha para la celebración de la sesión solemne el 7 de octubre en razón de que el Decreto por el que se suprimió la figura de territorio en el sistema jurídico mexicano y por el que se erigen las entidades federativas de Baja California Sur y Quintana Roo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 1974.

Por lo anteriormente expuesto, y como conclusión de los trabajos de estudio y análisis de la Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se declare el año ``2004, Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo'', presentada el 21 de enero de 2004 por el H. Congreso de Baja California Sur y para ratificar nuestro compromiso con el Pacto Federal consagrado en el artículo 40 de nuestra carta magna, los que suscribimos diputados miembros de la LIX Legislatura, sometemos a la consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de:

DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A UNA SESIÓN SOLEMNE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN EL DÍA 7 DE OCTUBRE DE 2004 PARA CONMEMORAR EL TRIGÉSIMO ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DE LOS ESTADOS DE BAJA CALIFORNIA SUR Y QUINTANA ROO.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se convoca a una Sesión Solemne de la Cámara de Diputados el día 7 de octubre de 2004, en el Palacio Legislativo de San Lázaro para conmemorar el Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados definirá el orden del día y el protocolo de la sesión solemne referida en el artículo anterior, y deberá invitar de manera oficial a los integrantes de la Mesa Directiva, de la Junta de Coordinación Política y de las Comisiones de Federalismo y Desarrollo Municipal, de Gobernación y de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores; a los Gobernadores de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo, así como a las Mesas Directivas de los Congresos de las entidades federativas mencionadas.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de abril de 2004.--- Por la Comisión de Gobernación: Diputados: Julián Angulo Góngora, presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez, secretario; Miguel Angel García Domínguez, secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas, secretaria; Maximino Alejandro Fernández Avila, secretario; Jesús González Schmal, Pablo Alejo López Núñez, Hugo Rodríguez Ríos, José Luis Briones, Sergio Vázquez García y José Sigona Torres (rúbricas).»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Túrnese la iniciativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
LEY DEL SISTEMA DE CONSULTA A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Angel Paulino Canul Pacab, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas.

El diputado Angel Paulino Canul Pacab:

Con su permiso, diputado Presidente:

Mix bikin un pe México tuux minánon toon dios bootic yo'o la uikeex le iniciativa qui tasic teex tie kiina

Nunca más un México donde no estemos nosotros, muchas gracias por escuchar hoy esta iniciativa que les presento.

Compañeras y compañeros diputados: los pueblos indígenas han hecho oír su voz una y otra vez, nunca más un México sin nosotros por eso, desde el Congreso de la Unión tenemos que trabajar para y con los pueblos indígenas, con el propósito de acabar de una vez por todas con la marginación, la pobreza, la exclusión y la discriminación que padecen desde siempre.

Tenemos una deuda histórica con ellos que no permite más dilaciones. En el grupo parlamentario del PRI tenemos proyecto para hacer realidad una nueva relación entre el Estado y los pueblos indígenas, una nueva relación que no se agote en los enunciados teóricos, sino que se traduzca en un conjunto de acciones y políticas públicas que permitan diseñar y ejecutar un amplio programa de desarrollo social integral y sustentable, encaminado a superar definitivamente los rezagos históricos de los pueblos indígenas, sacarlos de la miseria e insertarlos en el sistema económico en condiciones dignas, competitivas y de reconocimiento hacia sus identidades culturales; una nueva relación que permita construir y consolidar las condiciones jurídicas, económicas y sociales necesarias para que los pueblos indígenas puedan ejercer plenamente el derecho a la libre determinación y a la autonomía que tanto necesitan y exigen; una nueva relación con la sociedad nacional, con el Estado, con los recursos naturales y la biodiversidad existente en sus regiones; una nueva relación que permita, por fin, encontrar las fórmulas político-legales necesarias para que los pueblos indígenas puedan acceder de manera efectiva y directa a la representación política en el Congreso de la Unión y en los Congresos locales, así como los organismos públicos que impactan sustancialmente en su vida, una representación política acorde con su presencia poblacional y su vitalidad cultural.

Sólo así podremos construir el Estado multiétnico y reivindicar la nación pluricultural que los pueblos indígenas exigen y que la Constitución les reconoce; sólo así podremos establecer las bases para la práctica permanente de un diálogo intercultural donde las diversas culturas que conforman a la nación mexicana, puedan expresarse, convivir, enriquecerse y reproducirse.

El grupo parlamentario del PRI tiene proyecto para alcanzar estos objetivos estratégicos; tenemos propuestas para construir una política indígena de Estado que permita la concreción histórica de la nueva relación entre el Estado, los pueblos indígenas y la sociedad; una política indígena que no cambie discrecionalmente por motivos políticos o electorales; una política indígena con motivos en el corto, mediano y largo plazos.

En este sentido, es necesario dejarles bien claro que la idea del grupo parlamentario del PRI de que estamos fatalmente divididos es falsa. Nuestras diferencias internas no nos impiden ponernos de acuerdo en asuntos que conllevan un gran beneficio social. Con estas acciones en beneficio de los pueblos indígenas, demostramos que somos capaces de privilegiar las coincidencias a favor de los que menos tienen.

Nuestro proyecto es incluyente, abierto a la participación, a las aportaciones y propuestas de todas las fuerzas políticas y sociales. Nadie tiene la última palabra en el tema de los pueblos indígenas; nadie tiene la verdad absoluta y nadie puede denominarse representante único de ellos. Los pueblos indígenas ya no quieren más demagogia, ya no quieren que se utilice el juego del todo o nada en función de intereses partidistas o de grupo.

Lo que se puede y debe hacer de inmediato es crear condiciones para que los pueblos indígenas ejerzan al máximo sus derechos consagrados en la Constitución y en las leyes secundarias y con base en esa experiencia, visualizar los mejores caminos para nuevas formas legales.

Por estos motivos, desde el grupo parlamentario del PRI, presentamos el pasado 18 de febrero la iniciativa de Ley General de Protección a los Conocimientos Tradicionales de los Pueblos Indígenas con el objetivo de ponerle fin al saqueo de que son objeto los pueblos y comunidades indígenas, quienes ven cómo las empresas transnacionales se llevan sus conocimientos y los materiales genéticos asociados a ellos; cómo actúan sin regulación alguna en la biodiversidad que habitan y ellos no obtienen ningún beneficio.

Con esta ley, este fenómeno quedará debidamente regulado; los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas serán protegidos y obtendrán beneficios que por la ley se encauzarán hacia el desarrollo de sus propias comunidades.

De igual manera, promovemos la construcción del parlamento indígena como un mecanismo permanente de representación política y diálogo de los pueblos indígenas con el Poder Legislativo. El parlamento indígena se institucionalizará y expresará su palabra aquí, en la tribuna más alta de la nación para proponer y demandar políticas públicas indigenistas y medidas legislativas concretas, para comprometer a los legisladores con sus causas y sus anhelos.

Tenemos que hacer una profunda revisión de la reforma institucional que permitió la transición del Instituto Nacional Indigenista hacia la Comisión Nacional para el Desa-rrollo de los Indígenas. El espíritu de esta reforma ha sido que los pueblos indígenas participen en la definición y orientación de las políticas públicas que tienen impacto sustancial en su vida.

En este caso, la experiencia nos va a decir si la reforma institucional ha sido suficiente o es necesario promover una nueva reforma para que la...

Tenemos que hacer una revisión institucional, el espíritu de esta reforma ha sido que los pueblos indígenas participen en la definición y orientación de las políticas públicas que tienen su impacto sustancial en su vida. En este caso la experiencia nos dirá cuál será el camino que ha de seguirse para la institucionalización de esta nueva reforma en caso de ser necesario.

Muchas gracias.

Es cuanto, señor Presidente y le solicito que esta iniciativa se turne a la Comisión de Asuntos Indígenas de esta Cámara.

«Iniciativa de Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas, a cargo del diputado Ángel Paulino Canul Pacab, del grupo parlamentario del PRI

Angel Paulino Canul Pacab, diputado federal de la LIX Legislatura al Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas.

Artículo Unico.- Se expide la Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas, para quedar como sigue:

Exposición de Motivos

El pasado 14 de agosto de 2001, el Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 1°, 2°, 4°, 18 y 115, en el que se crea un nuevo marco jurídico para la protección, el ejercicio y el respeto a los derechos y culturas de los pueblos indígenas.

En el artículo 2°, apartado B de la Constitución, se establecen disposiciones que obligan a la federación, los estados y los municipios a promover la igualdad de oportunidades de los indígenas para eliminar cualquier práctica discriminatoria, estableciendo las instituciones y determinando las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Adicionalmente, el mismo apartado B establece que Para abatir carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, las autoridades de los tres niveles de gobierno, tienen la obligación de: Fracción IX.- Consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan Nacional de desarrollo y de los estatales y municipales y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen.

Las experiencias en la organización de consultas a pueblos y comunidades indígenas son relativamente recientes en México. Un antecedente fundamental de esta materia ha sido la adopción del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales por parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), realizada en Ginebra el 27 de junio de 1989, el cual fue ratificado por el Senado de la República el 11 de julio de 1990 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de este último año. El Presidente de la República emitió el decreto promulgatorio del instrumento de ratificación de dicho Convenio el 25 de septiembre de 1990, mismo que fue publicado el 24 de enero de 1991 en el Diario Oficial de la Federación. A partir de lo anterior se han registrado importantes avances en este tipo de ejercicios en el territorio nacional.

Este instrumento jurídico internacional ha sido hasta ahora la parte medular invocada por las instituciones convocantes de los procesos de consulta. El artículo 6 a la letra establece:

Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:

a) Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente

2.- Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Asimismo, el artículo 7 del referido Convenio estipula que:

1.- Los pueblos indígenas interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que este afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.

Sin embargo, los cuestionamientos de organizaciones indígenas y autoridades tradicionales sobre las formas y criterios técnicos aplicados en las consultas han sido reiterados. Uno de los señalamientos más conocidos ha sido que las reformas constitucionales sobre cultura y derechos indígenas aprobadas por el Congreso de la Unión en 2001 se llevaron a cabo sin la consulta a pueblos y comunidades. En sentido estricto, esto no es del todo exacto.

El levantamiento armado de Chiapas de principios de enero de 1994 causó fuerte impacto entre la sociedad mexicana y puso al descubierto ante el concierto de las naciones la marginación social y discriminación que padecen las comunidades indígenas. A partir del proceso de diálogo entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional y el gobierno federal que fue registrado en la firma de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar el 16 de febrero de 1996, numerosas organizaciones indígenas han hecho suyos el espíritu y letra de estos, en los que se establecen los principios de la nueva relación del Estado con los pueblos indígenas, y que reclaman sean respetados.

Entre las propuestas que ambas partes signantes se comprometen enviar a las instancias de debate y de decisión nacional, se encuentra el documento IV.- Adopción de los siguientes principios que deben normar la nueva relación entre los pueblos indígenas, el Estado y el resto de la sociedad, en donde se asienta el siguiente punto:

4.- Consulta y acuerdo. Las políticas, leyes, programas y acciones públicas que tengan relación con los pueblos indígenas serán consultados con ellos. El Estado deberá impulsar la integridad y concurrencia de todas las instituciones y niveles de gobierno que inciden en la vida de los pueblos indígenas, evitando las prácticas parciales que fraccionen las políticas públicas. Para asegurar que su acción corresponda a las características diferenciadas de los diversos pueblos indígenas y evitar la imposición de políticas y programas uniformadores, deberá garantizarse su participación en todas las fases de la acción pública, incluyendo su concepción, planeación y evaluación.

Las instituciones públicas han llevado a cabo distintos esfuerzos de coordinación institucional para aplicar consultas a pueblos y comunidades indígenas sobre diversas disposiciones jurídicas y reformas institucionales. Destaca en especial la Consulta Nacional sobre Derechos y Participación Indígena, para solicitar la opinión de todos los pueblos indígenas sobre los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, misma que fue realizada entre noviembre de 1995 a marzo de 1996. La convocatoria fue suscrita conjuntamente por las Secretarías de Gobernación, de Desarrollo Social y la Reforma Agraria, en coordinación con el Congreso de la Unión, a través de las Comisiones de Asuntos Indígenas del Senado y la Cámara de Diputados.

La Consulta consistió en la organización de 33 foros estatales (uno por cada estado y dos en el Distrito Federal), 120 encuentros con pueblos y comunidades indígenas en 18 entidades, en donde participaron 25 mil personas y se presentaron 2 mil ponencias. Esta fue el sustento para elaborar la Iniciativa de Ley COCOPA, presentada el 29 de noviembre de 1996 por la 1ª COCOPA (1994-97), que propuso modificar los artículos 4º y 115º constitucional para otorgarle sustento jurídico a la autodeterminación de los pueblos indígenas.

La consulta más reciente fue la que implementó el desaparecido Instituto nacional Indigenista en el año de 2002, la cual versó sobre las reformas jurídicas a la Ley que creó dicho organismo y que pretendió realizarse en el marco del proceso legislativo que dio paso a la ley que crea la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (Conadepi), aunque este ya se llevaba a cabo en el marco de la Conferencia Parlamentaria que se creó para tal propósito.

La Ley que crea la Conadepi, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003, y que entró en vigor el 4 de julio del mismo año, establece en su artículo 2, fracción IX, que tiene por objeto:

Diseñar y operar, en el marco del Consejo Consultivo, un sistema de consulta y participación indígenas, estableciendo los procedimientos técnicos y metodológicos para promover la participación de las autoridades, representantes y comunidades de los pueblos indígenas en la formulación, ejecución y evaluación de los planes y programas de desa-rrollo.

Las consultas son procedimientos técnicos en donde es activada la nueva relación entre el Estado, la sociedad nacional y los pueblos indígenas y tienen por propósito fundamental obtener sus opiniones y propuestas sobre las medidas legislativas y políticas públicas que en materia indígena pretende llevar a cabo el Estado en las regiones tradicionales de asentamiento indígena y en los polos de atracción de migrantes indígenas, principalmente en las metrópolis, a fin de alcanzar acuerdos o su consentimiento con relación a dichas medidas y políticas.

Las instituciones públicas han instrumentado distintos criterios técnicos en los procesos de consulta, que han sido duramente cuestionados por diferentes sectores sociales, y por los propios pueblos indígenas. En diversas consultas organizadas por las instituciones públicas se ha podido constatar que recabar la opinión, asesoría y las propuestas de los pueblos indígenas sobre medidas legislativas y programas que les afectan directamente, no han sido los propósitos fundamentales.

Destacan entre los cuestionamientos más reiterados los siguientes:

a) Que en la organización de las consultas han sido excluidos los representantes indígenas; b) Que se aplican de mala fe y sin considerar las circunstancias apropiadas de las propias comunidades y pueblos, sobresaliendo las acusaciones de que son invitados a participar, personajes que no son miembros de estas comunidades y que no se entregan los documentos propuestos para la consulta, sino que se les presentan largos listados de preguntas sesgadas que pretenden inducir las respuestas; c) Que no se aplican con transparencia, ni se alienta la presencia de observadores de la sociedad civil, notarios públicos y medios de comunicación; d) Que frecuentemente impera la descoordinación de los esfuerzos institucionales de los Tres Poderes de la Federación y los Tres órdenes de gobierno en su organización, y finalmente; e) Que los acuerdos alcanzados en las consultas no tienen carácter vinculatorio para las instituciones públicas que las organizan y que son manipuladas las cifras y propuestas presentadas.

La población indígena nacional registrada en el XII Censo General de Población y Vivienda del 2000 arrojaba una estimación de 12, 700, 000 habitantes, distribuidos en 62 pueblos indígenas. La existencia de estos distribuida a lo largo del territorio nacional es una muestra irrefutable de la riqueza pluricultural, reconocida a partir de 1992, cuando se produjo la reforma del artículo 4º. Constitucional, el cual explícitamente establecía que la nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en los pueblos indígenas. Desde entonces, cada vez son menos quienes defienden la idea de que México debe tener una sola lengua y una sola cultura para todos los mexicanos, como condición necesaria para alcanzar el desarrollo nacional,

Asimismo, la LIX Legislatura tiene 16 iniciativas de reformas de Ley en materia indígena, pendientes de dictaminar las Comisiones competentes de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, mismas que deberán ser sometidas a consulta ante los pueblos y comunidades indígenas.

Ante el vacío jurídico existente en la materia, que hace posible la discresionalidad y la manipulación, es imperativo establecer normas jurídicas en los procesos de consulta que permitan solicitar las opiniones de pueblos y comunidades indígenas, a fin de transitar hacia la instauración del Estado pluricultural y multiétnico. Por tanto, es necesario otorgarle credibilidad y legitimidad a los procesos de consulta que realizan las instituciones públicas. Ante este panorama, la legislación que crea el sistema de consultas aplicable a pueblos y comunidades se inscribirse en el marco de la transición democrática de México, ya que permitirá la construcción de amplios consensos entre el Estado y los propios pueblos indígenas.

La presente iniciativa de ley tiene por objeto crear un instrumento de diálogo intercultural y de construcción de consensos entre el Estado mexicano y los pueblos indígenas como sujetos de derecho, a través de un sistema de consulta de Estado, en donde se articulen los esfuerzos interinstitucionales de los Tres Poderes de la Federación y los tres niveles de gobierno. Dicho sistema se articulará a través de una Coordinación Ejecutiva, instancia que será la responsable de implementar las consultas en sus fases de diseño, planeación, organización, realización, seguimiento y evaluación.

La operatividad de los procesos de consulta estará a cargo de un Grupo Técnico Operativo, que estará integrado exclusivamente por profesionales especializados en el diseño y ejecución de programas de desarrollo indigenista, quienes llevarán a cabo las acciones de organización en las sedes en donde se realizarán dichas consultas.

Por todo lo anteriormente expuesto, se expide la siguiente

Ley del Sistema de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley es orden público e interés general y tiene por objeto regular la realización de las consultas que se apliquen a pueblos y comunidades indígenas en el territorio nacional, en sus fases de diseño, planeación, operación seguimiento y evaluación.

Artículo 2.- Las consultas que organice el Estado a pueblos y comunidades deberán contener objetivos, estrategias y líneas de acción tendientes a:

I. Crear las condiciones objetivas que generen certidumbre, transparencia y confianza en las mismas;

II. Solicitar consejo sobre temas o asuntos trascendentes relacionadas a sus condiciones de vida de la población indígena, o cuando pretendan instrumentarse medidas legislativas, administrativas o políticas públicas que puedan afectarles sustancialmente;

III. Crear espacios para posibilitar el diálogo intercultural y construcción de consensos, a fin de fortalecer la nueva relación entre el Estado, pueblos indígenas y la sociedad nacional;

IV. Alcanzar acuerdos o lograr el consentimiento fundamentado previo de pueblos y comunidades con respecto a medidas legislativas, programas sociales o propuestos de políticas públicas indigenistas;

V. Impulsar la participación efectiva de pueblos y comunidades indígenas en el diseño, la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos y programas orientados a fomentar su desarrollo integral, de conformidad con lo estipulado por los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y por el artículo 2 constitucional;

VI. Fomentar y promover las condiciones que posibiliten la no discriminación social y garanticen la igualdad de oportunidades de desarrollo y el pleno ejercicio de los derechos de la población indígena;

VII. Identificar referentes fundamentales que las instituciones convocantes tomarán en consideración, sustentados en los resultados de las consultas, según proceda, a fin de incorporarlos en iniciativas de ley, planes y programas de desarrollo, reformas institucionales o acciones indigenistas que puedan impactar sustancialmente en el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.

Artículo 3.- Para los efectos de la presente Ley, se entiende por:

I. Pueblos Indígenas: Colectividades humanas que descienden de las poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización, y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, políticas y culturales, o parte de ellas, y cuyos habitantes mantienen el sentido de pertenencia a ellas;

II. Comunidad indígena: Unidad socioeconómica culturalmente diferenciada localizada en un territorio determinado que cuenta con organización social propia y autoridades tradicionales reconocidas en sus sistemas normativos;

III. Consulta: Procedimiento técnico-metodológico mediante el cual las instituciones y dependencias del Estado le presentan a pueblos y comunidades indígenas iniciativas legislativas, propuestas de planes y programas, modelos de políticas públicas y reformas institucionales que les afectan directamente, con el propósito de conocer sus opiniones y recoger sus propuestas relacionadas con estas medidas y acciones;

IV. Coordinación interinstitucional: Estrategia de política pública que consiste en articular y coordinar los esfuerzos de los Tres Poderes de la Unión y de los tres órdenes de gobierno, orientados a racionalizar y eficientar los recursos públicos, con el propósito de atender los rezagos sociales y construir amplios consensos entre pueblos y comunidades;

V. Coordinación Ejecutiva: La Comisión Coordinadora del Sistema de Consulta Indígena;

VI. Conadepi: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Artículo 4.- Las consultas que se lleven a cabo entre los pueblos y comunidades indígenas deberán realizarse de buena fe y de manera apropiada a las circunstancias de éstos, con la finalidad de alcanzar acuerdos o el consentimiento informado relacionado con las iniciativas o propuestas que las instituciones públicas les presenten, y en su caso, incorporar las recomendaciones y conclusiones que realicen.

Artículo 5.- Las instituciones representativas de los pueblos y comunidades indígenas serán corresponsables solidarios de la organización y propósitos de las consultas que se organicen en el territorio nacional, conforme a lo estipulado en esta misma Ley.

Artículo 6.- En los procesos de consulta queda terminantemente prohibido:

I. Tratar de inducir las respuestas de los consultados con preguntas, acciones coactivas o mensajes propagandísticos;

II. Introducir elementos técnicos o académicos que conduzcan a favorecer determinada tendencia o posición relacionada al tema objeto de la consulta;

III. Manipular cifras o distorsionar los resultados de la consulta;

IV. Manifestar conductas discriminatorias, trato denigrante o proferir palabras vejatorias contra cualquier miembro de los pueblos y comunidades indígenas.

Artículo 7.- En ningún caso podrán convocar y organizar consultas a comunidades y pueblos indígenas dentro del territorio nacional los organismos multilaterales o instituciones extranjeras.

Capítulo II

De los Sujetos de Consulta

Artículo 8.- Es derecho de todos los pueblos indígenas ser consultados en los asuntos públicos fundamentales que les atañe directamente. El Estado garantizará el acceso a ese derecho y adoptará las medidas necesarias para hacerlo efectivo.

Artículo 9.- Serán objeto obligado de consultas todas las iniciativas de ley o reformas de ley en materia indígena, planes y programas de desarrollo relacionados a pueblos y comunidades indígenas y las propuestas de reformas institucionales de los organismos públicos especializados en su atención.

Artículo 10.- No podrá ser materia de consulta los siguientes asuntos:

I. El nombramiento de mandos medios y superiores de los organismos especializados en la atención a pueblos indígenas;

II. El presupuesto consolidado en materia de desarrollo de los pueblos indígenas a ser incluido en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 11.- Toda consulta podrá realizarse en las fechas que se considere necesario, debiendo convocarse por lo menos con 30 días de anticipación. Las convocatorias y demás aspectos relacionados con la misma deberán publicarse en los medios de comunicación, tanto en la lengua materna como en castellano, debiendo utilizarse también los medios electrónicos, públicos y privados, para difundir dichas convocatorias de manera bilingüe, así como socializar esta información a través de las propias instituciones indígenas.

Artículo 12.- Las convocatorias de consulta deberán contener los siguientes elementos:

I. Instituciones convocantes;

II. Exposición de motivos;

III. Objetivos de la misma;

IV. Asunto, tema o materia motivo de consulta;

V. Bases de participación;

VI. Instrumentos técnicos de consulta, y;

VII. Sedes y fechas de celebración.

Artículo 13.- Los pueblos y comunidades, a través de sus legítimos representantes, definirán los criterios de identidad y adscripción indígena, para los propósitos de ser consultados.

Artículo 14.- Serán sujetos de consulta todos los pueblos y comunidades indígenas, sin distinción de credo religioso, lengua, cultura, género, filiación partidista o ideológica, a través de

I. Las autoridades tradicionales electas mediante los procedimientos establecidos en sus sistemas normativos;

II. Los representantes de las comunidades, mediante las organizaciones indígenas existentes en sus diversas figuras asociativas (productivas, políticas, culturales, educativas, de defensa de derechos humanos) que estén legalmente constituidas, y;

III. Los legisladores o servidores públicos que asuman públicamente su identidad de adscripción a un pueblo indígena.

Artículo 15.- Los representantes indígenas que participen en los procesos de consulta deberán acreditar mediante documentación oficial su identidad y la representación de su pueblo o comunidad ante la Comisión Coordinadora, y ratificarán su voluntad de participar por mandato en el ejercicio de consulta.

Artículo 16.- En ningún caso podrán ser sujetos de consulta, en cuanto tales:

I. Investigadores académicos;

II. Medios de comunicación, por medio de sus comunicadores, columnistas o reporteros;

III. Funcionarios de la administración pública, federal, estatal o municipal;

IV. Representantes de organismos no indígenas de la sociedad civil, ministros del culto religioso, partidos políticos y/o legisladores.

Capítulo III

De la Coordinación Ejecutiva del Sistema de Consulta Indígena

Artículo 17.- Se crea la Coordinación Ejecutiva del Sistema de Consulta Indígena como instancia de coordinación interinstitucional, del Poder Ejecutivo Federal, del Congreso de la Unión, de las entidades federativas y de los pueblos indígenas, responsable de organizar las consultas, la cual se integrará por:

I. El Titular de la Conadepi;

II. Los representantes de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal: a) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Pesca; Secretaría de Gobernación; c) Secretaría de Economía; d) Secretaría de Hacienda y Crédito Público; e) Secretaría de Desarrollo Social; f) Secretaría de la Reforma Agraria, y g) Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales;

III. Los representantes de los gobernadores de los Estados y del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que en atención a la materia de consulta en sus demarcaciones, acuerden formar parte de la misma;

IV. Los integrantes de las mesas directivas de las Comisiones de Asuntos Indígenas de ambas Cámaras del Congreso de la Unión;

V. Los Presidentes de las Comisiones Legislativas de ambas Cámaras del Congreso de la Unión relacionados con las materias de consulta;

VI. Los Titulares del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, de la Coordinación General de Educación Intercultural Bilingüe de la Secretaría de Educación Pública, y;

VII. Los representantes, debidamente acreditados, de los pueblos y organizaciones indígenas.

Los representantes de las Secretarías de Estado señaladas en la fracción II deberán ser nombrados por los titulares de las mismas.

Artículo 18.- La Coordinación Ejecutiva será presidida por el Titular de la Conadepi, y la coordinación de las acciones de la consulta estará a cargo del Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas de una de las Cámaras del Congreso de la Unión, según acuerden en su plenaria.

Artículo 19.- Para llevar a cabo las consultas se celebrarán convenios de colaboración interinstitucionales entre las dependencias e instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno involucradas, en donde se establecerán los objetivos de aquéllas y los compromisos que asumen los participantes para sumar y coordinar esfuerzos con el fin de hacer posible su eficiente realización.

Artículo 20.- La Coordinación Ejecutiva tendrá las siguientes funciones y atribuciones:

I. Designar a los miembros del Grupo Técnico Operativo, y a su Secretario Técnico;

II. Aprobar el programa de trabajo y el calendario de actividades de la consulta que le presente el Secretario Técnico;

III. Definir los instrumentos técnicos y metodológicos que se aplicarán, así como dar seguimiento a las acciones que se realicen durante la consulta;

IV. Aprobar las sedes de la consulta;

V. Tramitar y proporcionar los recursos financieros, humanos y logísticos necesarios para llevarla a cabo;

VI. Publicar y difundir la convocatoria de la consulta y sus bases de participación con una anticipación de por lo menos 30 días naturales;

VII. Coordinar, supervisar y orientar los trabajos del Grupo Operativo;

VIII. Publicar los resultados de la consulta en los medios de comunicación y enviarlos a los representantes y autoridades tradicionales indígenas, legisladores, instituciones y dependencias públicas a la brevedad posible.

Artículo 21.- La Coordinación Ejecutiva se constituirá durante el período de consulta, tendrán voz y voto en sus reuniones plenarias, y su quórum se conformará con el cincuenta por ciento más uno de ellos.

Artículo 22.- Durante el período de consulta la Coordinación Ejecutiva sesionará de manera ordinaria cada quince días, y de manera extraordinaria cuando así lo considere necesario.

Artículo 23.- La Coordinación Ejecutiva contará con un Secretario Técnico designado en los términos de esta Ley, el cual fungirá como Secretario de la misma y participará en las plenarias con derecho a voz, pero sin voto.

Capítulo IV

Del Grupo Técnico Operativo

Artículo 24.- La instrumentación operativa de las consultas estará a cargo del Grupo Técnico Operativo, que será creado por la Coordinación Ejecutiva, el cual se integrará con profesionales de diferentes disciplinas a propuesta de las instituciones convocantes, que estarán bajo su mando. Los miembros de este Grupo tendrán el siguiente perfil:

I. Contar con amplio conocimiento de la diversidad económica, social y cultural de los pueblos indígenas;

II. Experiencia acreditada en la organización y operación de procesos de consulta a pueblos y comunidades indígenas;

III. Capacidad de trabajo en grupo y para la coordinación de esfuerzos interinstitucionales en el campo.

Artículo 25.- El Grupo Técnico Operativo, previa aprobación de la Coordinación Ejecutiva, realizará las medidas que sean necesarias para:

I. Planear y desarrollar las acciones relacionadas con los procesos de consulta;

II. Formular el calendario de actividades de esta;

III. Elaborar el Reglamento Interno del Grupo que determinará las normas a que quedará sujeto durante las consultas;

IV. Presentar sus instrumentos técnicos y metodológicos, y la mecánica de los trabajos relacionados a la misma;

V. Activar la publicación de las convocatorias, coordinar y enviar las invitaciones personalizadas a los representantes indígenas, facilitar el traslado de participantes e invitados especiales identificados en cada sede;

VI. Organizar y coordinar con las instituciones estatales de atención a pueblos indígenas y las unidades operativas de la Conadepi, las campañas de difusión y los trabajos operativos y logísticos que se realicen en las de la consulta;

VII. Llevar a cabo reuniones de trabajos de coordinación con el personal comisionado de las instituciones convocantes y los representantes y autoridades tradicionales indígenas en las sedes, a fin de asegurar su eficiencia previa al evento;

VIII. Hacer llegar los documentos de consulta a representantes de pueblos y comunidades indígenas al menos con 15 días de anticipación, y corroborar su entrega;

IX. Entregar las Relatorías y el Informe de Actividades a más tardar 10 días naturales después de realizada cada consulta;

X. Sistematizar la información surgida de las consultas y presentar sus resultados a más tardar 15 días naturales después de concluido el proceso de consulta.

Artículo 26.- El Secretario Técnico será el coordinador general del Grupo Técnico y fungirá como responsable de la ejecución de las acciones de consulta ante la Comisión Coordinadora.

Artículo 27.- Para ser nombrado Secretario Técnico del Grupo Operativo se deberán cumplir con los requisitos siguientes:

I. Tener amplio conocimiento de la cuestión indígena y haberse destacado en el ámbito de las políticas de desarrollo de pueblos y comunidades;

II. No ser servidor público al momento de su designación ni haber ocupado cargos de dirección en partido político alguno, por lo menos dos años anteriores al día de su nombramiento.

Artículo 28.- El Grupo Técnico Operativo será constituido únicamente durante el período que duren los procesos de consulta.

Capítulo V

De las Modalidades de la Consulta y sus Instrumentos Técnicos

Artículo 29.- La Coordinación Ejecutiva podrá contar con el auxilio de consultorías técnicas y de especialistas en la materia para asesorarse sobre la metodología e instrumental de consulta que considere pertinentes.

Artículo 30.- Los instrumentos técnicos que se aplicarán en las consultas serán las siguientes:

I. Asambleas Comunitarias;

II. Foros regionales abiertos;

III. Talleres Temáticos, y;

IV. Encuentros con legisladores y/o funcionarios de las instituciones públicas convocantes con representantes indígenas.

Artículo 31.- En toda consulta, las instituciones y dependencias públicas entregarán a los pueblos y comunidades indígenas, anexo a la convocatoria pública, la iniciativa o reforma de ley, propuesta de plan o programa de política pública indigenista, o modelo de reforma institucional, motivo de la misma.

Artículo 32.- Las sedes de los eventos en donde se realicen las consultas se definirán atendiendo a los criterios de volumen y densidad de población de hablantes de lenguas maternas y diversidad étnica en sus regiones tradicionales de asentamiento y áreas conurbadas de fuerte atracción de migrantes indígenas.

Artículo 33.- Para asegurar la eficiente realización del proceso de consulta el Grupo Técnico Operativo brindará asesoría técnica y cursos de capacitación al personal de apoyo que trabajará en las sedes, previamente a la celebración de los eventos.

Artículo 34.- En cada uno de los eventos de las consultas organizados en las sedes deberán estar presentes al menos dos representantes de los organismos e instituciones públicas convocantes.

Artículo 35.- A fin de generar transparencia en los procesos de consulta, la Coordinación Ejecutiva alentará y facilitará la presencia de notarios públicos que darán fe de su legalidad, de observadores ciudadanos y medios de comunicación.

Capítulo VI

Del Resultado de las Consultas

Artículo 36.- Los resultados de las consultas deberán publicarse en los medios de comunicación escritos y difundirse con amplitud en los medios electrónicos en forma bilingüe; deberán entregarse a la mayor cantidad posible de representantes indígenas en un plazo no mayor a 30 días naturales.

Artículo 37.- Las conclusiones y propuestas de las consultas serán sistematizadas y enviadas al Congreso de la Unión, a las dependencias y organismos del Poder Ejecutivo Federal y entidades federativas, para su análisis y conocimiento.

Artículo 38.- Las instituciones públicas convocantes de las consultas deberán tomar en consideración las propuestas y recomendaciones que resulten de estas en la elaboración de dictámenes de iniciativas o reformas de ley, políticas públicas o reformas institucionales en materia indígena.

Artículo 39.- El seguimiento de la aplicación o incorporación efectiva de las propuestas y recomendaciones que hubieran emergido de los procesos de consulta estará a cargo de la Conadepi, de acuerdo con las funciones y atribuciones que le confiere su Ley de creación y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 2º. Constitucional.

Capítulo VIII

De las Sanciones Aplicables

Artículo 40.- Se considerarán violaciones a esta Ley cuando los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, así como sus organismos y dependencias abocados a la atención de los pueblos indígenas y las legislaturas federal y estatales, cuando pretendan aplicar programas, proyectos o políticas públicas, o legislar en asuntos que afectan directamente a dichos pueblos, sin haberlos consultado con suficiente antelación y en los términos estipulados por la presente Ley.

Artículo 41.- Los pueblos y comunidades indígenas podrán interponer denuncias y quejas por violaciones al derecho de consulta contra los servidores públicos que infrinjan esta Ley, solicitando ante las autoridades competentes sean sancionados conforme a la legislación vigente. Será la Conadepi la instancia de inicio a la que los quejosos podrán acudir a presentar dichas denuncias y quejas, la cual deberá asesorarlos en los procesos correspondientes.

Artículos Transitorios

Primero.- Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- A partir de su publicación de esta Ley, la Conadepi deberá difundirla en el sistema de radiodifusoras indigenistas, y contará con un lapso de 120 días naturales para traducirla en las principales lenguas indígenas del país y distribuirla entre los pueblos y comunidades.

Tercero.- Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, deberá integrarse la Coordinación Ejecutiva del Sistema de Consulta Indígena, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 17 de la misma.

En su sesión constitutiva, que deberá ser pública, esta Coordinación aprobará su Reglamento Interno, los términos de referencia para la celebración de los convenios interinstitucionales señalados en el artículo 19, así como los Linea-mientos Generales para el funcionamiento del Grupo Técnico Operativo.

Dado en el Salón de Plenos de la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2004.--- Dip. Angel Paulino Canul Pacab (rúbrica.)»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas.
LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley Federal de Cinematografía.

El diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río:

Con su venia, señor Presidente.

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Adelante.

El diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río:

Compañeras y compañeros diputados:

El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional a través del suscrito, perteneciente a la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General de Cinematografía, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El cine es una de las expresiones de la cultura contemporánea más importantes, refleja la manera de pensar en un lugar y época determinada. Cuando vemos una película nos asomamos a una ventana que nos envuelve. Para lograr este efecto el cine se alimenta de un libreto que cuenta una historia, con actores que con su interpretación hacen viva la producción, crea el entorno para su realización y la fotografía capaz de captar con su lente los paisajes, las emociones, los efectos y todo lo que visualmente se quiere transmitir al espectador.

El cine es también un fenómeno de comunicación en el que los creadores cinematográficos envían un mensaje, el público lo recibe y decodifica, puede influir en los comportamientos sociales e incidir en las conductas individuales. Respecto de esto último, los menores de edad requieren particular atención, a diferencia de los adultos, que en su gran mayoría van al cine para disfrutar, participar o experimentar una sensación lúdica o incluso para evadir la realidad por medio de la ficción. Los niños y aun los adolescentes, si bien se divierten con la cinta, la perciben como un medio para entrar en contacto con el mundo que los rodea y tratan de entenderla; mientras el adulto suspende su incredulidad para entretenerse con una ficción, los niños en cambio, a causa de su menor experiencia y menor desarrollo de su conciencia crítica, tienen más dificultad para separar los hechos de las ficciones.

La clasificación de películas cinematográficas es una práctica mundial, países como Francia, Canadá, Holanda, Brasil, Argentina y Estados Unidos, por mencionar algunos, son muestra de ello. Años atrás, afortunadamente cada vez más lejanos en México, la clasificación era instrumento para la censura en materia cinematográfica; implicaba modificación de guiones, corte de cintas y prohibición de exhibición pública o su enlatado como en el medio se le conoce y que se aplicó a películas como: La Sombra del Caudillo y la Rosa Blanca. Lograron escapar de él, Rojo Amanecer y más recientemente la Ley de Herodes, gracias a presiones ejercidas por promotores y defensores de la libertad de la expresión, como es el caso de la Sociedad General de Escritores de México.

Hoy día, gracias a que en nuestro país la libertad de expresión es una realidad innegable, la clasificación ya no es más instrumento de censura. Actualmente tiene dos funciones básicas y se basa en los efectos probables de una obra en los espectadores, fuera de simples criterios moralistas, ideológicos, artísticos o de otra índole.

La primera de dichas funciones es informar al espectador de cine sobre contenido de las películas, con esto se atiende al derecho de la información que está garantizado en el artículo 6° de nuestra Constitución; proporciona al espectador elementos para tomar una decisión sobre ver una película cinematográfica.

La segunda función de la clasificación es proteger los derechos de los niños, de los menores de edad y que persiguen su sano desarrollo, ello en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4° constitucional, así como en tratados internacionales de los que México es parte.

Esta protección se da mediante la información que la clasificación proporciona a los padres de familia o a quienes ejercen la patria potestad o tutela, de tal suerte que sean ellos quienes asuman la decisión final u orienten a los menores en su decisión sobre ver o no ver una determinada película. Padres mejor informados para que los hijos puedan estar mejor formados.

La protección se da también mediante disposiciones que obligan a impedir el acceso de menores a películas en los supuestos previstos en la ley. Se insiste, la prioridad es proteger a los menores de edad, con el fin de no exponerlos a materiales que puedan afectarlos en su desarrollo integral.

La clasificación está regulada por la Ley Federal de Cinematografía, el Reglamento de esta Ley y el acuerdo mediante el cual se expiden los criterios para la clasificación de películas cinematográficas. Estas disposiciones como toda labor humana, son perfectibles, la reforma que ahora se propone persigue avanzar más en el tema.

En orden con lo anterior, la propuesta incluye categorías de clasificación adicionales a las actualmente establecidas en la ley: se incorpora la de mayores de 15 años ya prevista en el reglamento, así como otra para mayores de 12 años acompañados de un adulto.

Asimismo, se abre la posibilidad de que la clasificación no se identifique exclusivamente mediante letras que nada indican al espectador, tal y como ahora la ley lo prevé, sino también por medio de la utilización de números, símbolos o figuras que provean de mayor información simbólica de la que puede proporcionar una simple letra.

Se agrega un párrafo para que en el reglamento de la ley se establezca la forma y reglas de integración y funcionamiento del grupo de personas que realiza la clasificación, esto con el propósito de que dicho grupo se integre de manera más plural y representativa del amplio mosaico que constituye a la sociedad mexicana.

La propuesta busca también mayor equidad y congruencia al extender la obligación de prohibir el acceso a materiales para menores de edad, a quienes venden o rentan películas y ya no sólo a los exhibidores. Asimismo, se establece la obligación de proporcionar información general sobre las categorías de clasificación y de los criterios correspondientes, tanto en los puntos de exhibición, venta o renta, como en las páginas de Internet mediante las que se publiciten películas.

Por último se proponen también cambios menores que responden a imprecisiones en el texto vigente.

El cine es acción y movimiento; pensamiento, palabra y pasión, es arte y poesía, denuncia social; expresión política, comedia, divertimiento, risa, terror, erotismo y obra maestra, es todo cuanto el ser humano es. El cine no persigue enseñar, sin embargo, los menores aprenden. Los menores son nuestro futuro y se busca protegerlos en pro de un futuro mejor.

Con base en lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta soberanía el siguiente

Artículo único. Se reforman los artículos 24 primer párrafo, 25 y 45 primer párrafo, de la Ley Federal de Cinematografía.

En consideración a la restricción de tiempo, me permito solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva se incluya el texto íntegro de esta iniciativa de decreto en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

Iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Cinematografía, a cargo del diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río, del grupo parlamentario del PAN.

Ciudadano Presidente y Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; señoras diputadas y señores diputados:

El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a través del diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río, perteneciente a la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Cinematografía, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

El cine es una de las expresiones de la cultura contemporánea más importante. Refleja la manera de pensar en un lugar y época, determinada. Cuando vemos una película nos asomamos a una ventana que nos envuelve. Para lograr este efecto, el cine se alimenta de un libreto que cuenta una historia, con actores que con su interpretación hacen viva la producción, que crea el entorno para su realización, y la fotografía capaz de captar con su lente los paisajes, las emociones, los efectos y todo lo que visualmente se quiere transmitir al espectador.

El cine es también un fenómeno de comunicación, en el que los creadores cinematográficos envían un mensaje, el público lo recibe y decodifica. Puede influir en los comportamientos sociales e incidir en las conductas individuales. Respecto de esto último, los menores de edad requieren particular atención.

A diferencia de los adultos, que en su gran mayoría ven el cine para disfrutar, participar o experimentar una sensación lúdica o incluso para evadir la realidad por medio de la ficción, los niños y aún los adolescentes, si bien se divierten con la cinta, lo perciben como un medio para entrar en contacto con el mundo que los rodea y trata de entenderlo. Mientras el adulto ``suspende su incredulidad'' para entretenerse con una ficción, los niños en cambio, a causa de su menor experiencia y menor desarrollo de su conciencia crítica, tienen más dificultad para separar los hechos de las ficciones.

La clasificación de películas cinematográficas es una práctica mundial. Países como Francia, Canadá, Holanda, Brasil, Argentina y Estados Unidos, por mencionar alguno, son muestra de ello.

Años atrás, afortunadamente cada vez más lejanos, en México la clasificación era un instrumento para la censura en materia cinematográfica. Implicaba modificación de guiones, corte de cintas y prohibición de exhibición pública o su ``enlatado'', como en el medio se le conoce, y que se aplicó a películas como ``La Sombra del Caudillo'' y ``La Rosa Blanca''. Lograron escapar de él ``Rojo Amanecer'' y, más recientemente, ``La Ley de Herodes'', gracias a presiones ejercidas por promotores y defensores de la libertad de expresión como es el caso de la Sociedad General de Escritores de México.

Hoy día, gracias a que en nuestro país la libertad de expresión es una realidad innegable, la clasificación ya no es más instrumento de censura. Actualmente tiene dos funciones básicas y se basa en los efectos probables de una obra en los espectadores, fuera de simples criterios moralistas, ideológicos, artísticos o de otra índole.

La primera de dichas funciones es informar al espectador de cine sobre contenidos de las películas. Con esto se atiende el derecho a la información que está garantizado en el artículo Sexto de nuestra Constitución. Proporciona al espectador elementos para tomar una decisión sobre ver una película cinematográfica.

La segunda función de la clasificación es proteger los derechos de los menores de edad y que persiguen su sano desarrollo integral. Ello en cumplimiento de lo establecido en el artículo Cuarto de la Constitución, así como en tratados internacionales de los que México es parte. Tal es el caso de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración de los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos de la Niñez y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Está protección se da mediante la información que la clasificación proporciona a los padres de familia o a quienes ejercen la patria potestad o tutela, de tal suerte que sean ellos quienes asuman la decisión final u orienten a los menores en su decisión sobre ver o no ver una determinada cinta. Padres mejor informados para que los hijos puedan estar mejor formados.

La protección se da también mediante disposiciones que obligan a impedir el acceso de menores a películas en los supuestos previstos en la ley. Se insiste, la prioridad es proteger a los menores de edad con el fin de no exponerlos a materiales que puedan afectarlos en su desarrollo integral.

La clasificación está regulada por la Ley Federal de Cinematografía, el Reglamento de esta Ley y el Acuerdo mediante el cual se expiden los criterios para la clasificación de películas cinematográficas. Estas disposiciones, como toda obra humana, son perfectibles. La reforma que ahora se propone, persigue avanzar más en el tema.

En orden con lo anterior, la propuesta incluye categorías de clasificación adicionales a las actualmente establecidas en la Ley Federal de Cinematografía. Se incorpora la de mayores de quince años, ya prevista en el Reglamento, así como otra para mayores de doce años acompañados de un adulto.

Asimismo, se abre la posibilidad de que la clasificación no se identifique exclusivamente mediante letras que nada indican al espectador, tal y como ahora la Ley lo prevé, sino también mediante la utilización de números, símbolos o figuras, que provean de mayor información simbólica de la que puede proporcionar una simple letra.

Se agrega un párrafo para que en el reglamento de la Ley se establezca la forma y reglas de integración y funcionamiento del grupo de personas que realizará la clasificación. Esto con el propósito de que dicho grupo se integre de manera más plural y representativa del amplio mosaico que constituye a la sociedad mexicana.

La propuesta busca también mayor equidad y congruencia al extender la obligación de prohibir el acceso a materiales no aptos para menores de edad, a quienes venden o rentan películas y ya no solo a los exhibidores. Asimismo, se establece la obligación de proporcionar información general sobre las categorías de clasificación y de los criterios correspondientes.

Por último, se proponen también cambios menores que responden a imprecisiones en el texto vigente.

El cine es acción y movimiento, pensamiento, palabra y pasión. Es arte y poesía, denuncia social, expresión política, comedia y divertimento, risa, terror, erotismo y obra maestra. Es todo cuanto el ser humano es. El cine no persigue enseñar; sin embargo, los menores aprenden. Los menores son nuestro futuro. Se busca protegerlos en pro de un futuro mejor.

Con base en lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta soberanía el siguiente:

Artículo Único. Se reforman los artículos 24, primer párrafo, 25 y 45, primer párrafo, de la Ley Federal de Cinematografía, para quedar como sigue:

Artículo 24

Previamente a la exhibición, distribución y comercialización de las películas, éstas deberán someterse a la autorización y clasificación correspondiente, ante la autoridad competente, de conformidad con lo que establezca esta Ley y su Reglamento.

...

Artículo 25

Las películas se clasificarán de acuerdo con las siguientes categorías:

I. Para todo público, que sean además comprensibles para niños menores de siete años de edad.

II. Para todo público.

III. Mayores de doce años.

IV. No recomendadas para menores de quince años.

V. Mayores de doce años acompañados de un adulto.

VI. Mayores de dieciocho años.

VII. Mayores de dieciocho años y cuyo contenido único o dominante es sexo explícito, lenguaje procaz y/o alto grado de violencia.

La ubicación de las películas en las categorías de clasificación, se hará de conformidad con lo señalado en el Reglamento de esta Ley. El Reglamento igualmente establecerá la manera para identificar dichas categorías, pudiendo ser mediante letras, números, símbolos, figuras u otros elementos similares. También establecerá la forma y reglas de integración y funcionamiento del grupo de personas que rea-lizará la clasificación.

Las categorías a que se refieren los incisos I, II, III y IV de este artículo son de carácter informativo. Las categorías de los incisos V, VI y VII son de índole restrictiva y, por ende, es obligación de los exhibidores negar la entrada y de los comercializadores negar la venta o renta, a quienes no cubran la edad y, en su caso, las condiciones previstas en dichos incisos.

Al comercializarse o exhibirse públicamente una película, se deberá dar a conocer la correspondiente clasificación en la forma que establezca el Reglamento de esta Ley. Asimismo, tanto los exhibidores como los comercializadores de películas mediante venta o renta, deberán poner al alcance del público en los puntos de exhibición, venta o renta, así como en las páginas de internet mediante las que publiciten películas, información general sobre las categorías de clasificación a que este artículo se refiere y de los criterios correspondientes.

Artículo 45

Los infractores los artículos 8, 17, 19, segundo párrafo, 20, 21, 23, 24 y 25 de la presente Ley, serán sancionados por la Secretaría de Gobernación, según la gravedad de la falta, la intención o dolo existente, con las sanciones siguientes:

...

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Ejecutivo Federal tendrá noventa días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para hacer las adecuaciones necesarias en el Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía.

Artículo Tercero. El Ejecutivo Federal tendrá ciento veinte días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para hacer las adecuaciones necesarias en el Acuerdo mediante el cual se expiden los criterios para la clasificación de películas cinematográficas.

Palacio Legislativo.--- San Lázaro, México, Distrito Federal, a 27 de abril de 2004.--- Dip. Manuel Gómez Morín Martínez del Río (rúbrica).»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.
LEY INTEGRAL SUSTENTABLE PARA LA CAFETICULTURA MEXICANA
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Tiene la palabra el diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana.

El diputado Marcelo Herrera Herbert:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

En esta ocasión vengo a hacer uso de la más alta tribuna de la nación con el propósito de someter a la consideración de ustedes la iniciativa de Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana.

Me presento de frente al sector más vulnerable de México, me refiero al sector campesino; me presento convencido de que se requiere avanzar en la definición de una ley para la cafeticultura, que establezca bases claras para el ordenamiento y renovación de esta noble e importante actividad.

Señoras y señores legisladores: quisiera, si me lo permiten, hacer un recuento de algunos de los serios problemas que la actividad cafetícola enfrenta en estos tiempos. La actividad cafetícola en México se desarrolla desde hace más de 200 años, ésta cobra mayor auge durante la década de los ochenta Hacia 1992 el padrón consideraba a 282 mil productores enmarcados en 12 estados de la República, mismos que cultivaron 762 mil hectáreas; para el presente año existen 480 mil productores, quienes suman alrededor de 700 mil hectáreas. El aumento de los productores se debe a una división de los predios para un manejo económico más familiar y de menor escala y en gran parte para tratar de obtener mayores apoyos fiscales.

Es necesario resaltar que de esta actividad dependen 5 millones de personas; 3.5 de manera directa, es decir, productores, además de jornaleros, comercializadores, inversionistas e intermediarios de la bolsa de verde, transportistas, fabricantes de costales, distribuidores y detallistas.

En suma, pues, 5 millones de mexicanos enmarcados, como ya lo mencioné, en los 12 estados del país que son productores: Chiapas, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Guerrero, Hidalgo, San Luis Potosí, Nayarit, Jalisco, Colima, Querétaro y Tabasco.

La producción de café de calidad depende, en primer término, de que ello implique un mejoramiento de la calidad de vida de los productores, de los jornaleros y de todos los que viven de este producto, ya que los países productores no reciben todos los beneficios de la venta.

Por ejemplo, en el año 2000 éstos sólo recibieron nueve de los 65 mil millones de dólares que se obtuvieron ese año. Para el 2002, el valor superó los 70 mil millones de dólares, de los cuales los países exportadores recibieron cerca de 5 mil millones de dólares y los cultivadores sólo 1 mil 400 millones.

Es necesario recordar que a partir de 1993 se forma el Consejo Mexicano del Café, que es una asociación civil con participación de los gobiernos Federal y estatal y de organismos de productores comercializadores e industriales; desgraciadamente, su labor no ha sido suficiente, pues se requieren reformas de fondo que sólo el Poder Legislativo puede impulsar mediante una legislación específica.

Por otra parte, considero pertinente resaltar que existe el fenómeno del bajo consumo, originado por la desconfianza, por la baja calidad del café que se oferta.

Durante varios años, las organizaciones de productores han insistido en la eliminación de cafés dañados no aptos para el consumo humano obteniendo como resultado un bajo alcance.

En virtud de que México es productor en un 95% de cafés arábigos, suaves, debe privilegiarse toda política de consumo interno en función de su calidad.

La comercialización del café en su mayor monto ha pasado a ser manejada por filiales de empresas trasnacionales. A estas empresas les ha interesado más el manejo de volúmenes que el impulsar el mejoramiento de la calidad, no les ha interesado pagar mayores precios de café a los cafés de más calidad.

Por otra parte, han bloqueado cualquier medida de ordenamiento del mercado y de regulaciones. Los fuertes intereses económicos de las compañías extranjeras, comercializadoras y sublizadoras de café, se han impuesto en el mercado mexicano lo que aunado a las significancias políticas implementadas por el Gobierno, han colocado a la industria mexicana cafetalera al borde del colapso económico, lo que afecta a las personas que viven de este producto, fundamentalmente a los productores.

En los últimos años, las políticas públicas para la cafeticultura se han orientado principalmente a otorgar subsidios a los productores para compensar parcialmente las pérdidas por los bajos precios. No hubo interés en impulsar medidas de ordenamiento del mercado que sin duda serían menos costosas.

En el ámbito internacional urge que México impulse una mayor colaboración con los países productores de café para llegar a acuerdos que protejan la actividad, tales como promover el consumo del café en el mundo, establecer estándares internacionales de calidad y la obligatoriedad de certificarla; revisar los precios del café en el mercado e intentar incrementarlos atendiendo a la calidad; establecer reservas de café de calidad y promover entre los países productores la destrucción de parte de la producción de los cafés de baja calidad, todo ello encauzado a ordenar el mercado internacional y hacer frente a las políticas de las grandes compañías comercializadoras y sublizadoras que fomentan cultivos de café de baja calidad, los compran y los emplean.

Señores legisladores: resulta necesario hacer una minuciosa reflexión a fin de instrumentar nuevas políticas más eficientes, similares a las que se plantean en el ámbito internacional para ayudar a rescatar la actividad a la que se dedican muchos mexicanos.

Los daños económicos y sociales que está generando la caída de la industria mexicana del café, al seguir perdiendo precio en el mercado internacional, hace incosteable la actividad.

Ante el desplome de los precios del café, los recursos disminuyen y la cafeticultura ya no es rentable, lo que ocasiona que los productores abandonen el cultivo, migren al país del norte, sean presa fácil de los que promueven el cultivo de enervantes o bien se generen conflictos por la tenencia de la tierra.

Otro asunto muy importante o muy importante es la sustentabilidad que ofrece el cultivo a las regiones cafetaleras, la producción de agua, captura de carbono, producción de oxígeno, fijación de suelos, regulación de microclima, refugio de aves y protección de la biodiversidad, son servicios ambientales que prestan las 700 mil hectáreas de café en México suceda de manera similar.

Compañeros diputados, apelo al compromiso que todos tenemos con el campo; esta ley contribuiría a que todos los mexicanos que dependen de esta actividad, sean favorecidos, pues su objetivo es normar y fomentar la producción de café, así como su comercialización y consumo, considerando los parámetros de calidad de este grano y la adecuada distribución de los programas y presupuestos destinados al sector con criterios de competitividad técnica, factibilidad económica, desarrollo social y finalmente, no por eso menos importante, desarrollando la cultura de la sustentabilidad.

Ahora bien, no puedo dejar de mencionar que en esta ley se encuentran implícitas las conclusiones, necesidades e inquietudes recogidas en el marco del Encuentro Nacional de Productores, Industrializadores y Comercializadores de Café, celebrado en fechas pasadas, con una participación que podría calificarse como exitosa.

Por lo anteriormente expuesto, compañeras y compañeros diputados, a nombre de mi grupo parlamentario y del mío propio, presento ante esta soberanía la iniciativa de Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana.

Señor Presidente, en virtud de lo extenso que resultaría hacer la presentación de esta ley, solicito se publique de manera íntegra en el Diario de los Debates; para ello, en este mismo acto hago entrega a la Secretaría del documento.

Por su atención, muchas gracias.

Es cuanto, señor Presidente.

«Iniciativa de Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática Marcelo Herrera Herbert, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa de ley, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Primero.- Que de la cafeticultura mexicana viven 3.5 millones de familias, 500 mil productores, además de jornaleros, comercializadores, inversionistas e intermediarios de la bolsa de verde, transportistas, fabricantes de costales, distribuidores y detallistas, en suma no menos de cinco millones de mexicanos, de los cuales el 66 % son indígenas.

Segundo.- Que el café se produce en 12 entidades de México: Chiapas, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Guerrero, Hidalgo, San Luis Potosí, Nayarit, Jalisco, Colima, Querétaro y Tabasco. Más del 80% de la producción se obtiene de los estados de Chiapas, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Guerrero e Hidalgo.

Tercero.- Que desgraciadamente, los países productores no reciben todos los beneficios de la venta, en el año 2000 éstos sólo recibieron nueve de los 65 mil millones de dólares que se obtuvieron ese año. Para el 2002, el valor superó los 70 mil millones de dólares, de los cuales los países exportadores recibieron cerca de cinco mil millones y los cultivadores sólo 1,400 millones de dólares.

Cuarto.- Que la producción de café de calidad depende en primer término de que ella implique un mejoramiento de la calidad de vida de los productores, de los jornaleros y de todos los que viven de este producto. Además, el impulso a la actividad cafetalera evitaría o disminuiría el flujo migratorio que se está dando hacia Estados Unidos.

Quinto.- Que a partir de 1993, se forma el Consejo Mexicano del Café, que es una asociación civil con participación mixta: gobiernos federal y estatal y organismos de productores, comercializadores e industriales. Desgraciadamente, su labor no ha sido suficiente, pues se requieren reformas de fondo que sólo el Poder Legislativo puede impulsar, mediante una legislación específica y el impulso de programas, así como la supervisión de los ya existentes.

Sexto.- Que existe por parte de legisladores de Brasil, Colombia y de los países centroamericanos el impulsar la búsqueda de medidas para atender la crisis de bajos precios. En México, la Cámara de Diputados debe contar con una contraparte más operativa que fortalezca los lazos con los legisladores de estos países. La Cámara de Diputados debe jugar pues, un papel importante para diseñar e instrumentar nuevos esquemas de cooperación a nivel internacional, tanto en la Organización Internacional del Café, como unilateralmente con los demás países productores.

Séptimo.- Que la actividad cafetalera favorece la protección ambiental, pues el cinturón cafetalero sirve para la fijación de los suelos y retención de agua. Es técnicamente factible, económicamente rentable, social y moralmente necesario coadyuvar en el rescate y fortalecimiento de la cafeticultura como medio de preservación del equilibrio ecológico y de la biodiversidad.

Octavo.- Que en la base del bajo consumo, se encuentra la desconfianza por la calidad del café que se oferta. Durante varios años las organizaciones de productores han insistido en la eliminación de cafés dañados no aptos para el consumo humano obteniendo como resultado un bajo alcance. En virtud de que México es productor en un 95% de cafés arábigos suaves, debe privilegiarse toda política de consumo interno en función de su calidad.

Noveno.- Que la comercialización del café en su mayor monto ha pasado a ser manejada por filiales de empresas trasnacionales. A estas empresas les ha interesado más el manejo de volúmenes que el impulsar el mejoramiento de la calidad. No les ha interesado pagar mayores precios a los cafés de más calidad. Por otra parte, han bloqueado cualquier medida de ordenamiento del mercado y de regulaciones.

Aunque el consumo interno del café ha tendido a mejorar en los últimos años, el monto per cápita es muy bajo, comparado con los principales países importadores e incluso con los productores.

Décimo.- Que en los últimos años, las políticas públicas para la cafeticultura mexicana se han orientado principalmente a otorgar subsidios a los productores para compensar parcialmente las perdidas por los bajos precios. No ha habido interés en impulsar medidas de ordenamiento del mercado que sin duda hubieran sido menos costosas y

Decimoprimero.- Que el Estado debe expedir la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público como lo establece la fracción XX del artículo 27 constitucional.

Por lo anteriormente expuesto, a nombre de mi Grupo Parlamentario y del mío propio, presento ante esta Soberanía la Iniciativa de Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana para quedar de la siguiente manera:

Iniciativa de Ley Integral Sustentable Para la Cafeticultura Mexicana

Capítulo I

Disposiciones generales y ámbito de aplicación de la Ley

Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés general, sus disposiciones se rigen en todo el territorio nacional. Su objetivo es normar y fomentar la producción sustentable de café, así como su comercialización y consumo, considerando los parámetros de calidad de este grano y la adecuada distribución de los programas y presupuestos destinados al sector; con criterios de competitividad técnica, factibilidad económica, desarrollo social y sustentabilidad.

Artículo 2. Esta ley tiene observancia y aplicación en los productores de café, en cualquiera de los diferentes sistemas de producción existentes y en cualquier tipo de tenencia de la tierra, en los beneficiadores, en los torrefactores, en los industriales, en los comercializadores y en los exportadores de café. El carácter de los sujetos de esta ley, se definirá en un reglamento correspondiente.

Artículo 3. Las Secretarías de Economía y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación serán las encargadas de elaborar (en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización), lineamientos orientados a procurar la sanidad de la planta del café así como la calidad del producto.

Artículo 4. La Secretaría, el Consejo, el Fondo, el Programa y el Comité Técnico, serán los encargados de promover y fomentar la cafeticultura a nivel nacional e internacional. Con el objeto de aumentar el consumo interno e incrementar la participación del sector cafetalero en la producción, procesamiento y comercialización de este producto, encaminados a un desarrollo integral sustentable de la actividad y de las regiones cafetaleras.

Artículo 5. Para efectos de la presente ley, se entenderá por:

I.- Ley.- Ley Integral Sustentable para la Cafeticultura Mexicana.

II.- Secretaría.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desa-rrollo Rural, Pesca y Alimentación. (Sagarpa).

III.- Consejo.- Consejo Nacional del Café.

IV.- Comité: Comité Técnico.

V.- Comité Directivo: Comité Directivo Nacional del Café.

VI.- Fondo.-Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura.

VII.-Sistema.- Sistema Nacional de Certificación de Calidad de Café.

VIII.- Programa.- Programa Integral para el Desarrollo de la Cafeticultura.

IX.- Presupuesto.- Presupuesto de Egresos de la Federación.

X.- Productor.- Persona física o moral que se dedique al cultivo y cosecha de café.

XI.- Jornalero.- persona que se emplea en una plantación cafetalera, sin ser dueño de esta y percibiendo un salario por su trabajo.

XII.- Comercializador. Persona física o moral que se dedique a la compra - venta del café en cualquier parte de la cadena productiva.

XIII.- Exportador. Persona que se dedique a comercializar en otros países, el café producido en México.

XIV.- Torrefactor.- Persona que se dedica al tostado y molido del café.

XV.- Tostadores de café.- Unidades industriales en que se efectúa el procesamiento del café verde.

XVI. Apoyo. Ayuda oficial de cualquier índole que incida directamente en el proceso de producción cafetalero.

XVII. Cafeto. Planta del género Coffea L., perteneciente a las familias de las rubiáceas.

XVIII. Café cereza. Café sin despulpar, cosechado de las plantas de cafeto.

XIX. Café pergamino. Grano de café totalmente despulpado, limpio y seco, apto para siembra (Grano de café despulpado, fermentado o desmucilaginado y secado).

XX. Café verde. Grano del café después de eliminarle la pulpa y el pergamino, también conocido como café oro.

XXI. Café puro. Producto obtenido exclusivamente de grano de café verde sin descafeinar o descafeinado, sin adición de materias o sustancias ajenas al grano de café.

XXII. Centro de acopio. Establecimiento de las instalaciones pertinentes en las regiones cafetaleras que se encarguen de la operación de entrega-recepción en la compra-venta de café.

XXIII.- Expendios de café, los establecimientos que venden el café tostado a que se refiere el artículo anterior.

XXIV.- Cafés o cafeterías, los establecimientos que expenden al público la bebida preparada para su consumo inmediato.

XXV. Incentivos. Apoyos en aspectos económicos, jurídicos, administrativas, fiscales y financieras que apliquen las entidades federales, estatales o municipales que beneficien al sector cafetalero.

XXVI. Torrefacción. Proceso industrial dirigido al tostado y molido del café y que es realizado por una persona física o moral propietaria o arrendataria de un establecimiento dedicado a esa actividad.

Capítulo II

Sobre la Creación del Consejo Nacional del Café

Artículo 6.- Para los propósitos de esta Ley se crea el Consejo Nacional del Café, que sustituye al Consejo Mexicano del Café, como un organismo descentralizado, autónomo, con patrimonio propio y provisto de facultades legales para actuar, en nombre y representación del Gobierno Federal y de los productores, en el diseño, el establecimiento y la ejecución de las políticas y los programas de la actividad cafetalera.

Artículo 7.- El Consejo Nacional del Café deberá establecer convenios con los Consejos Estatales del Café para reglamentar su participación en el mismo.

Artículo 8.- El Consejo promoverá un sistema general de acopio, certificación y comercialización de café para apoyar a los cafeticultores en la comercialización del café.

Artículo 9.- El Consejo promoverá el establecimiento de centros de acopio, certificación y comercialización en las regiones cafetaleras, que se encarguen de la operación de entrega-recepción en la compra-venta de café, los cuales serán manejados por los propios productores en coordinación con la Sagarpa y el Consejo, para ello el Consejo expedirá las reglas de organización y operación de los centros previstos en este artículo.

Artículo 10. El Consejo para el café tendrá un presupuesto a partir de recursos fiscales para los programas de fomento a la cafeticultura y deberá contemplarse en la Ley de Egresos del Gobierno Federal.

Artículo 11.- El Consejo contará con un órgano de vigilancia, el cual estará integrado por un comisario propietario y un suplente, designados en los términos de la ley de la materia.

Artículo 12.- El Consejo se auxiliará para el ejercicio de sus atribuciones de los consejos estatales de Café, para lo cual se celebrarán los convenios respectivos.

Capítulo III

De la Integración del Comité Directivo Nacional del Café

Artículo 13.- El órgano máximo de la dirección del Consejo será el Comité Directivo Nacional, el cual estará integrado por:

I.- Cuatro representantes que al efecto designen los titulares de la Sagarpa (1), quien lo presidirá, y de las Secretarías de Economía (2), y de Hacienda y Crédito Público (3), así como del Banco Nacional de Comercio Exterior (4), quienes deberán tener el nivel de subsecretario o su equivalente. Estos representantes podrán asistir y participar, con voz y sin voto, en las reuniones que celebre el Consejo. Por cada propietario se nombrará a un suplente con nivel de director general o su homólogo,

II.- Cuatro representantes rotativos de los gobiernos de las entidades federativas productoras de café, que serán preferentemente los secretarios en el estado que atiendan la Agricultura o sus equivalentes;

III.- Por cada miembro propietario de los gobiernos de los estados deberá nombrarse un suplente que deberá tener el cargo de Subsecretario o su homólogo.

IV.- Seis representantes de las organizaciones nacionales de productores de café, que serán electos de acuerdo con el reglamento respectivo y que sean representativos de cada una de las regiones productoras del país.

V.- Un representante de los comercializadores,

VI.- Un representante de los industrializadores

Capítulo IV

Del Director y sus Funciones

Artículo 14.- Las organizaciones cafetaleras propondrán a los candidatos para ocupar el puesto de Director General del Consejo, quien será votado por los integrantes del mismo.

Artículo 15.- La Sagarpa recibirá las propuestas de las organizaciones cafetaleras, para elegir al Director del Consejo, considerando aspectos fundamentales como la experiencia, el perfil, las contribuciones a la cafeticultura nacional y los merecimientos de cada candidato, los cuales serán puestos a consideración del Presidente de la República para su nombramiento.

Artículo 16.- Son atribuciones del Director del Consejo:

I.- Representar al organismo como apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de dominio, actos de administración, con todas las facultades generales y especiales que requiera, conforme a las disposiciones civiles aplicables;

II.- Proponer al Comité Directivo Nacional el Programa Operativo Anual del Consejo y el proyecto de presupuesto;

III.- Informar al Comité Directivo los avances y verificación del Padrón Nacional Cafetalero;

IV.- Presentar el informe trimestral de actividades, incluido un capítulo financiero, de acuerdo con los requerimientos dictados por el Comité Directivo;

V.- Informar al Comité Directivo de las operaciones del Fondo de Estabilización, Fortalecimiento; y Reordenamiento de la Cafeticultura;

VI.- Presentar denuncias y querellas en asuntos de orden civil y penal y, previo acuerdo del Comité Directivo, otorgar perdón y pactar convenios para la resolución de controversias judiciales;

VII.- Someter a la consideración del Comité Directivo los convenios celebrados con las dependencias y las entidades del Ejecutivo federal, así como con los gobiernos estatales y los municipales, en beneficio de la cafeticultura; el Director General, acudirá a las sesiones del Consejo, con voz y sin derecho a voto.

VIII. Expedir los nombramientos del personal de confianza y reconocer los derechos laborales de los trabajadores de base y de confianza que sean transferidos de otras dependencias; y

IX. Ejecutar los acuerdos del Comité Directivo y los demás que ésta determine.

Capítulo V

Del Comité Directivo

Artículo 17.- El Presidente del Consejo Nacional del Café, será el titular de la Sagarpa.

Artículo 18.- Los acuerdos del Comité Directivo se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente contará con voto de calidad.

Artículo 19.- Los trabajadores que presten servicios al Consejo se regirán por lo dispuesto en el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en su ley reglamentaria.

Artículo 20.- El domicilio del Consejo será la Ciudad de México, sin menoscabo de que pueda establecer representaciones en el interior de la República o el extranjero.

Artículo 21.- El Comité Directivo tendrá las siguientes facultades:

I.- Determinar las políticas, bases y reglas para la administración, uso, conservación y transmisión de los bienes que formen el patrimonio del Consejo de acuerdo con la normatividad correspondiente;

II.- Aprobar los procedimientos y mecanismos de administración;

III.- Revisar y aprobar el proyecto de presupuesto de egresos anual del Consejo y someterlo para efecto de su incorporación en la iniciativa del Presupuesto de Egresos de la Federación, en términos de las disposiciones aplicables;

IV.- Supervisar que la aplicación de los recursos que se destinen al fomento de la producción y comercialización del café cumpla los propósitos que originaron su autorización;

V.- Aprobar la fijación de sueldos y prestaciones del personal que integra el Consejo, en términos de su reglamento y de las disposiciones aplicables;

VI.- Aprobar la estructura administrativa, en los términos de las disposiciones aplicables y del presupuesto aprobado;

VII.- Constituirse en órgano de consulta y promoción ante las autoridades competentes en materia de comercio exterior, aranceles, sujeción a convenios y tratados internacionales, a fin de coadyuvar al reordenamiento del mercado;

VIII.- Establecer normas y procedimientos para la sujeción del comercio exterior del café, de conformidad con los acuerdos que se deriven de convenios y tratados internacionales;

IX.- Representar los intereses de la cafeticultura en los diversos foros nacionales e internacionales;

X.- Autorizar los programas anuales detallados de apoyo financiero a los productores de café para ejercer los distintos fondos de fomento de la cafeticultura;

XI.- Supervisar la aplicación de los recursos que destinen los gobiernos federales y estatales al fomento de la producción y comercialización del café;

XII.- Determinar las políticas, bases y reglas para la administración, uso, conservación y transmisión de todos los bienes que conformen el patrimonio del Consejo de acuerdo a la normatividad correspondiente; y

XIII.- Aprobar la constitución de representaciones y delegaciones regionales, en términos de las disposiciones aplicables.

Artículo 22.- El Comité Directivo se reunirá por lo menos una vez cada tres meses y en forma extraordinaria cuando lo convoquen su Presidente o la tercera parte de sus integrantes. El titular del Consejo se encargará de proponer el orden del día y deberá convocar por lo menos con 15 días de anticipación. Para que sesione válidamente, se requerirá la presencia de cuando menos la mitad, más uno, de sus integrantes. Podrán asistir a las sesiones del Comité Directivo, con voz pero sin voto, representantes de las dependencias públicas federales, estatales y municipales con competencia en la materia. Asimismo, podrán asistir representantes de organismos empresariales y del comercio, previa invitación del Presidente del Comité Directivo.

Artículo 23.- El patrimonio del Consejo se formará con:

I.- Los recursos que le sean asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, en términos del decreto correspondiente y de las disposiciones aplicables;

II.- Las aportaciones y los subsidios otorgados por los gobiernos federales, estatales y municipales, considerados en los presupuestos de egresos correspondientes;

III.- Las propiedades y posesiones, obras, servicios, derechos y obligaciones que para su debido funcionamiento le transfieran los gobiernos federales, estatales y municipales, o cualquier otra entidad pública o privada nacional o internacional;

IV.- Los fondos obtenidos para el financiamiento de programas específicos;

V.- Los recursos que obtenga de las operaciones, actividades o eventos que realice;

VI.- Las acciones, derechos o productos que adquiera por cualquier otro acto lícito o título legal;

VII.- La donación y los legados que se hagan al Consejo para beneficio de la cafeticultura; y

VIII.- En general, los demás bienes, derechos y aprovechamientos que por cualquier medio le sean destinados.

Capítulo VI

De la Formación del Comité Técnico

Artículo 24. Para los propósitos de esta Ley, se crea el Comité Técnico como el órgano ejecutor del Consejo, este emitirá una convocatoria abierta en dos medios de comunicación de circulación nacional para seleccionar a los candidatos a integrarlo.

Artículo 25. El Comité Técnico se integrará por cinco miembros; estas personas no deberán ser parte del Comité Directivo, de esta manera se garantizara la imparcialidad de su labor. Para formar parte del Comité Técnico se deberá cumplir con los siguientes requisitos: experiencia comprobada en el ramo, solvencia moral, amplio conocimiento del sector cafetalero y no ser funcionario público ni militante en activo de ningún partido político.

Artículo 26. El Comité Técnico estará dividido e integrado por cuatro áreas: Producción, Certificación, Comercialización, Procesamiento y transformación, las cuales estarán bajo la supervisión de un coordinador general.

Artículo 27. El Comité Técnico tendrá facultades legales para instrumentar mecanismos de ordenamiento del mercado del café como la formación de reservas y programas de retiro del consumo humano de los cafés inferiores.

Artículo 28. El Comité Técnico impulsará la organización del mercado interno.

Artículo 29. El Comité Técnico, junto con el Comité Directivo, será responsable de supervisar, controlar y dar seguimiento al Fondo, así como de la vigilancia del traslado de los recursos. Además, evitará el uso de los mismos con fines partidistas.

Artículo 30. El Comité Técnico tendrá conocimiento de las aportaciones económicas realizadas por entidades y personas físicas o morales para la capitalización del Fondo.

Artículo 31. El Comité Técnico está obligado a presentar un informe trimestral o cuando el Consejo lo solicite.

Articulo 32. El Comité Técnico propondrá y promoverá el uso de paquetes tecnológicos especializados acordes a cada uno de los sistemas de producción existentes en las zonas cafetaleras.

Capítulo VII

Del Fomento y Desarrollo de la Cafeticultura

Artículo 33. La Secretaría, formulara la política y los programas en materia cafetalera, analizando y tomando en cuenta la opinión y propuestas del Consejo.

Artículo 34. El Comité Técnico apoyara la ejecución de las políticas cafetaleras, las cuales tendrán como objetivos:

I.- Realizar acciones que conlleven al fomento y desarrollo de la cafeticultura, poniendo especial interés en el cuidado fitosanitario de este cultivo, así como en su tecnificación y manejo integral que permita obtener un grano de calidad, impulsando la industrialización a pequeña y gran escala. Asimismo, se deben considerar los servicios ambientales que brinda este tipo de cultivos.

II. Apoyar y vigilar el cumplimiento y aplicación de leyes y reglamentos establecidos para este sector, considerando sus intereses en el ámbito nacional e internacional

III.- Elaborar y promover programas de desarrollo y financiamiento para ser considerados en las distribuciones presupuéstales y fiscales correspondientes;

IV.- Propiciar la coordinación de las entidades-públicas de los tres ámbitos de gobierno con los sectores privado y social, así como con los organismos internacionales, para el desarrollo de la cafeticultura;

V.- Fomentar y coordinar la participación de los servicios institucionales de fomento y desarrollo establecidos en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, poniendo especial interés en la investigación, la asistencia técnica, la capitalización y la organización de los sectores social y privado;

VI.- Impulsar la adquisición de equipo e infraestructura para cada una de las actividades que se desarrollan en la cafeticultura, desde el trasporte, hasta el procesamiento y comercialización del café;

VII.- Realizar acciones que impulsen la inversión de capitales de riesgo, de créditos refaccionarios, prendarios y de avio, coordinando la integración de uniones de crédito especializadas que beneficien a los productores de este sector.

VIII. Realizar acciones que impulsen el otorgamiento de estímulos y prestaciones que garanticen la seguridad social y estabilidad laboral para los trabajadores de este sector,

IX. Impulsar la formación de capital humano en el sector cafetalero, en donde se contemple el manejo integral de este cultivo.

Artículo 35.- La presente Ley, los programas, las acciones y las estrategias relacionadas con el sector cafetalero, estarán orientados a estimular y apoyar prioritariamente a los productores comprometidos con la actividad, que se esfuercen por generar, procesar y comercializar café de alta calidad.

Artículo 36.- En la importación y exportación de café, los productores deberán apegarse a los Tratados Internacionales;

Artículo 37.- La Secretaría y el Comité Directivo, impulsarán los mecanismos necesarios para fomentar e impulsar el consumo interno de café producido en el país, en instituciones federales, estatales, instituciones de enseñanza e investigación (en todos los niveles educativos) y en todos los sectores de la sociedad mexicana.

Capítulo VIII

Del Fondo de Estabilización, Fortalecimiento y Reordenamiento de la Cafeticultura

Artículo 38.- Las Reglas de Operación del Fondo serán emitidas por Sagarpa previa revisión y acuerdo con las organizaciones de productores, el Comité Directivo y el Comité Técnico, en las cuales se especificará lineamientos para la entrega de los apoyos a los productores.

Artículo 39.- La operación del Fondo estará a cargo del Comité Directivo, considerando las recomendaciones técnicas del Comité Técnico para su ejecución, basándose en los términos establecidos en las Reglas de Operación que al efecto emita la Secretaría.

Artículo 40.- El Consejo tendrá la obligación de trasladar los recursos a un Fideicomiso para su posterior distribución a los productores beneficiarios. Estas acciones se desarrollaran en coordinación con los Consejos Estatales del Café y con la participación de la Secretaría,

Artículo 41.- El Comité Directivo y el Comité Técnico deberán analizar y elaborar un informe sobre los logros y avances obtenidos a través de la aplicación y ejecución de este Fondo, contemplando y analizando las ventajas y desventajas que han ocurrido a partir de su ejecución.

Artículo 42.- Los beneficios del Fondo serán aplicables a los productores de café inscritos en el Registro Nacional de Productores. Este registro permanecerá en constante actualización

Artículo 43.- El Consejo nombrara un Comité Administrativo encargado de manejar los recursos financieros del Fondo, actuando como agente técnico; y la Secretaría, sin perjuicio de las facultades que las leyes confieren a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública, será responsable de supervisar y dar seguimiento al Fondo.

Artículo 44.- El Fondo de la Cafeticultura podrá incrementarse con las aportaciones que libremente realice toda clase de entidades y personas físicas o morales, canalizados a una cuenta que determine la Secretaría y el Consejo. El Consejo tendrá conocimiento de las aportaciones económicas realizadas por entidades y personas físicas o morales para el Fondo de Estabilización, y lo informará a sus socios en sus reuniones mensuales

Artículo 45.- La recuperación de los recursos que otorga el Fondo, deberá de realizarse a través del Consejo y deberán los productores participantes, suscribir una carta compromiso con el Consejo, en la que se señalará que, cuando el precio internacional de café se eleve por encima del límite establecido para recibir el apoyo del Fondo, el Consejo empezará a recuperar los recursos otorgados.

Capítulo IX

De la Creación del Fideicomiso

Artículo 46.- El Comité Directivo y el Comité Técnico constituirán un Fideicomiso que, a través del Comité administrativo, tendrá la función de administrar los recursos de los Fondos para la realización de programas y proyectos específicos, apoyos y pagos a cafeticultores, de cualquiera de los sujetos previstos en esta ley, y demás establecidos en las leyes relativas a la materia. Los programas de fomento serán consensuados con las organizaciones de productores a través del Comité Técnico

Artículo 47.- En el Fideicomiso antes mencionado, los productores de café serán fideicomitentes y el Gobierno Federal fideicomisario, fungiendo la Secretaría como Presidente del Comité Administrativo de este Fideicomiso, establecido en el reglamento correspondiente.

Artículo 48.- El Comité Directivo señalará a través del diario oficial de la federación, las instituciones de crédito en que el productor pueda tramitar el cobro de los apoyos, asimismo se establecerán los requisitos que cubrirán los productores.

Capítulo X

Sobre la Venta del Café

Artículo 49. El Comité Directivo y el Comité Técnico deberán establecer de manera obligatoria un esquema para que no se procesen y comercialicen los cafés dañados en el consumo nacional.

Artículo 50. El Consejo tendrá facultades legales y recursos para instrumentar mecanismos de ordenamiento del mercado del café, como la formación de reservas y programas de retiro del consumo humano de los cafés inferiores.

Artículo 51.- La Secretaría será la encargada de expedir, en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, normas oficiales mexicanas y normas mexicanas tendientes a procurar la sanidad de la planta del café, así como la inocuidad y calidad de su producto. Estas leyes deberán ser difundidas por el Comité Técnico

Artículo 52.- La elaboración y venta de café tostado, molido, extracto, soluble y todos los subproductos que se deriven del aromático serán normadas por esta ley y su reglamento, bajo la supervisión del Consejo Nacional del Café.

Artículo 53.- El Comité Directivo y el Comité Técnico promoverán la organización del mercado interno del café y la concurrencia de los diferentes actores del proceso para generar cotizaciones que permitan la realización de transacciones mercantiles y el logro de mayor equidad en la distribución del ingreso cafetalero.

Artículo 54. Se establecerá de manera obligatoria un esquema para que no se usen cafés dañados en el consumo nacional. Se establecerá un sistema de certificación y se otorgara un sello a las marcas que cumplan con los lineamientos establecidos.

Capítulo XI

Del Establecimiento de los Centros de Acopio

Artículo 55. El organismo cafetalero impulsara el establecimiento de centros de acopio y reforzara los ya existentes. Se apoyará a los que establezcan las organizaciones de productores, los cuales se regirán por un reglamento que adopte medidas como las siguientes:

1. No se recibirá café con más de 3% de granos verdes y pasados de maduros.

2. Se establecerán parámetros de costos de beneficio húmedo y de gastos de exportación.

3. Se establecerán parámetros para el pago de los cafés, considerando su calidad.

Artículo 56.- Promover la organización de productores estatales, regionales o nacionales y la creación de figuras asociativas de los sectores social y privado considerados en las leyes de la materia. Así como fortalecer a las organizaciones ya existentes

Artículo 57. El Comité Técnico impulsara el establecimiento de los centros de acopio

Artículo 58. El Consejo apoyara a las Organizaciones de Productores que establezcan centros de acopio, para su fortalecimiento y desarrollo, fomentando la integración de proyectos de desarrollo comercial.

Capítulo XII

Programa Integral para el Desarrollo de la Cafeticultura

Artículo 59.- En términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Planeación, el Consejo propondrá el Programa Integral para el Desarrollo de la Cafeticultura, el cual estará basado en el diagnóstico integral actualizado del sector cafetalero y, en su propuesta de política, atendiendo los objetivos, las prioridades, los mecanismos y los procedimientos adecuados para el desarrollo del sector cafetalero nacional, especialmente de los minifundistas y de las regiones marginadas.

Artículo 60. El Comité Directivo, apoyándose del Comité Técnico, será el promotor de las acciones que conlleven al desarrollo y fomento de la cafeticultura, teniendo a su cargo las siguientes funciones:

I.- Previamente condensadas con las organizaciones, propondrá a la Sagarpa la formulación de políticas, programas, proyectos y demás acciones en materia cafetalera;

II.- Expedir en los términos de las leyes aplicables y de los convenios internacionales suscritos por México los certificados de origen y la documentación que se requiera para la exportación definitiva;

III.- Elaborar y Proponer a las dependencias del Ejecutivo federal la elaboración de proyectos y normas oficiales mexicanas y normas mexicanas relativas al desarrollo de la cafeticultura;

IV.- El Comité Técnico será el encargado de elaborar y proponer al Comité Directivo, para su consideración, el Programa Integral para el Desarrollo de la Cafeticultura;

V.- Administrar, reglamentar y mantener actualizados permanentemente los registros nacionales de Productores, Industrializadores, Comercializadores y Exportadores de Café, informando de los avances en sus Asambleas generales con los representantes de las organizaciones de cafetaleros y del gobierno federal;

VI.- Emitir juicios y opiniones sobre los programas anuales que en materia de importación del café presente la Secretaría de Economía;

VII.- La organización del mercado interno del café y la concurrencia del productor al exterior se realizarán a través de un Sistema Nacional de Certificación de Calidad de Café que facilite las cotizaciones de producto, a fin de lograr la equidad en la distribución del ingreso cafetalero;

VIII.- Participar con la diversas secretarías del Gobierno Federal en todo lo que en el ámbito de su competencia tenga relación con la cafeticultura;

IX.- Promover el suministro de insumos de alta calidad, entre los que podemos mencionar: material vegetativo, fertilizantes y agroquímicos para el control de plagas y de enfermedades;

X.- Proponer a la Sagarpa los programas, las estrategias y los proyectos mediante los cuales se diseñen, ejecuten y promuevan los incentivos para el fomento y desarrollo de la cafeticultura;

XI.- Fomentar por la vía de las entidades públicas responsables la tecnificación del cultivo del café, mediante la reproducción de semillas mejoradas; la introducción de nuevas técnicas de plantación de cultivos y de conservación de suelos; la difusión de buenas practicas agrícolas que mejoren los rendimientos de las plantas y ayuden a conservar el ambiente; y la difusión de los métodos de control de malezas, de plagas y de enfermedades;

XII.- A través de entidades de enseñanza e investigación, públicas y privadas, promover el desarrollo de investigaciones científicas conducentes a mejorar y enriquecer el material genético y a obtener nuevas variedades compatibles con la ecología y las necesidades de la realidad rural;

XIII.- Alentar la introducción y el uso de equipos modernos para el procesamiento del café, más adecuados para el desarrollo del sector;

XIV.- Convenir con los productores los elementos de cuantificación de los costos que permitan establecer un precio anual de referencia para operar el Fondo;

XV.- Fomentar la operación de instancias públicas y privadas que tengan por objeto proveer asistencia técnica a los productores de café;

XVI.- Promover y supervisar la elaboración y venta de café en todas sus presentaciones, para asegurar la calidad del producto.

Artículo 61.- El Programa Integral para el Desarrollo de la Cafeticultura deberá prever:

I.- El apoyo en la gestión de créditos en condiciones preferenciales y dentro de los parámetros de competitividad internacional, tanto en tasas como en plazos, a través de la banca de desarrollo y la comercial;

II.- La promoción de convenios con la banca de desarrollo que permita a los productores acceder a prestamos preferenciales;

III.- La transferencia y adopción de nuevas y modernas tecnologías, tendientes a adquirir maquinaria y equipo industrial que procure la especialización, el incremento de la productividad y las formas de empleo complementarias para elevar el nivel y la calidad de vida de los habitantes de todas y cada unas de las regiones cafetaleras; y

IV. Establecer los mecanismos de organización del mercado del café para garantizar la libre competencia y concurrencia de los agentes de la cadena productiva.

Artículo 62.- Este Programa considerará como prioridades los siguientes aspectos:

I. Actualizar de manera permanente el Registro Nacional de Productores que permita definir el carácter y conocer número de productores, cultivo y productividad por superficies, la capacidad de beneficio húmedo y seco, y la participación en los mercados nacional e internacional del café en sus diferentes presentaciones, entre otros parámetros''

II.- La integración de pequeños productores y organizaciones minifundistas con base en superficie en cultivo obtenida para que puedan alcanzarse incrementos de productividad y volúmenes rentables;

III.- La exportación de productos con alto grado de integración nacional y con mayor valor agregado;

IV. -Fomentar el establecimiento de procesos productivos que no afecten el medio ambiente y que impulsen el desa-rrollo de esta actividad;

V. Impulsar y fomentar el consumo per cápita del café, contemplando la distribución de cafés de alta calidad en el sector nacional:

VI.- La investigación y el desarrollo de tecnologías en toda la cadena productiva del café;

VII.- Los proyectos que propicien la capitalización del campo cafetalero;

VIII.- Impulsar mecanismos de reordenamiento del mercado para garantizar la auténtica libre competencia y concurrencia de los agentes de las cadenas productiva y comercial; y

IX.-La creación de Centros de acopio, certificación y comercialización, que mejoren el abasto y distribución de café, y que propicien la reducción de costos de almacén y transporte.

Artículo 63.- La Sagarpa encargará al Comité Directivo y al Comité Técnico los estudios y las acciones necesarias para crear una entidad pública que tenga como objeto apoyar al productor, cuando así lo requiera, para su acceso al mercado en mejores condiciones. Asimismo, vigilar la equidad en los términos generales de los contratos que sirvan corno base para la compra-venta del grano.

Artículo 64. El Comité Técnico promoverá la reconversión productiva en zonas no aptas para el desarrollo del café, fomentando su cultivo y mantenimiento en zonas con alto potencial

Artículo 65. El Consejo, promoverá el cambio de plantaciones enfermas y viejas, por el establecimiento de variedades especializadas que conlleven a una producción mayor en cantidad y calidad.

Artículo 66. El Comité Directivo y el Comité Técnico, apoyándose en el Instituto Nacional de Capacitación para el desarrollo de Capacidades del sector rural (INCA Rural A. C.), programaran el desarrollo de sesiones continuas y permanentes de capacitación para las regiones cafetaleras del país.

Artículo 67. El Comité Técnico instrumentara Normas específicas sobre el manejo sanitario que deben de guardar las plantaciones de café.

Artículo 68. El Comité Técnico fomentara el desarrollo de plantaciones orgánicas de café, apoyando la comercialización de este producto.

Artículo 69. El Comité Técnico y el Comité Directivo analizaran y emitirán propuestas referentes a la aplicación del concepto ``venta de servicios ambientales'' para las regiones cafetaleras del país.

Capítulo XIII

De la Organización de Productores

Artículo 70.- El Consejo promoverá y apoyara la integración y operación de la asociación y organización de los cafeticultores de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Artículo 71.- Promover la organización de productores estatales, regionales o nacionales y la creación de figuras asociativas de los sectores social y privado considerados en las leyes de la materia.

Artículo 72.- La organización de productores estatales, regionales o nacionales tendrá como objetivos fundamentales:

I.- Consolidar la oferta para fortalecer su acción en el mercado;

II.- La obtención de mejores precios para participar equitativamente en la distribución del ingreso cafetalero;

III.- Uso adecuado de los servicios institucionales de fomento y desarrollo previstos en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

IV.- Integración y consolidación de las organizaciones de productores cafetaleros como sujetos de crédito;

V.- Capacitación de los productores para el uso de tecnologías de alta productividad, conservación de los sistemas y avances en la incorporación de valor agregado a su producto;

VI.- Transformar al productor de café en beneficiario de los sistemas educativo, de salud y de seguridad social; y

VII.- Los productores asociados, cumplirán con las normas oficiales mexicanas e internacionales, en términos de lo dispuesto por la presente Ley.

Capítulo XIV

Del Registro de Productores, Industrializadores, Comercializadores y Exportadores

Artículo 73.- El Registro Nacional del café es el mecanismo de organización y consulta operado por el Consejo, quien expedirá los lineamientos de operación del Registro Nacional, y contará con la información de productores, industrializadores, comercializadores y exportadores de café.

Artículo 74.-. El productor de café deberá encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Productores, Industrializadores, Comercializadores y Exportadores de café, para tener derecho a recibir los servicios, los estímulos y apoyos que preste u otorgue el Consejo previstos en está ley.

Capítulo XV

De las Sanciones

Artículo 75.- El servidor público o persona que infrinja, auxilie, encubra o aconseje a cualquier individuo a violar las disposiciones de esta Ley y su Reglamento en materia que no constituya delito, será sancionado en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Transitorios

Primero.- Esta ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Los programas y recursos que para su operación actualmente administra el Consejo Mexicano del Café, AC, así como otros bienes y recursos que le hayan sido asignados de origen federal, pasarán a formar parte del patrimonio del Consejo Nacional del Café.

Tercero.- El titular de la Sagarpa, en un plazo no mayor de 45 días, contados a partir de la publicación de esta ley, publicará en este mismo medio y en dos periódicos de circulación nacional la convocatoria para la elección de los integrantes del Comité Directivo. Para efectos de este artículo transitorio, serán convocados los gobiernos de los estados productores de café.

Cuarto.- El Consejo, en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir de la publicación de esta ley, expedirá su Reglamento Interno.

Quinto.- En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2005 y subsecuentes se considerarán los recursos presupuestales para la aplicación de los preceptos de la presente ley.

Sexto.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.

México, DF, a 27 de abril de 2004.--- Dip. Marcelo Herrera Herbert (rúbrica).»

El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:

Gracias, diputado.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión Especial del Café.

La siguiente iniciativa, relacionada con la Ley General de Educación Ambiental, a petición del grupo parlamentario del Partido Verde, se pospone.