Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Extraordinarias del Segundo Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIMéxico, DF, 21 de junio de 2005 Sesión No. 2
COMISIONES REGLAMENTARIAS Y PROTOCOLARIAS

El Presidente informa que comunicará por escrito al Ejecutivo federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que la Cámara de Diputados ha iniciado formalmente el Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del segundo receso del segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura

COMISION PERMANENTE

Oficio de la Comisión Permanente, por el que remite copia del decreto por el que se convoca a la LIX Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos al Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias del segundo receso del segundo año de ejercicio, aprobado en sesión del 15 de junio pasado. De enterado

DIPUTADOS QUE SE REINCORPORAN

Dos comunicaciones de la Comisión Permanente, con las que informa de la reincorporación a sus actividades legislativas de los diputados Isidro Camarillo Zavala y José Eduviges Nava Altamirano. De enterado

LICENCIAS DE DIPUTADOS

Cuatro comunicaciones de la Comisión Permanente, con las que informa de la aprobación de puntos de acuerdo por los que se concede licencia por tiempo indefinido a los diputados Jesús María Ramón Valdéz, Francisco Javier Guízar Macías y Juan García Costilla, y del 20 al 30 de junio de 2005, al diputado José Angel Córdova Villalobos. Llámese a los suplentes

DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN

La Presidencia designa comisión que acompañe a los ciudadanos: Ernesto Vela del Campo, Benito Chávez Montenegro y Martha Cecilia Rodríguez Amaro, electos como diputados federales suplentes en el I distrito del estado de Coahuila, I distrito del estado de Jalisco y en la primera circunscripción plurinominal, respectivamente; en el acto de rendir su protesta de ley

MESA DIRECTIVA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que postula al diputado Alvaro Elías Loredo para ocupar la Vicepresidencia de la Mesa Directiva vacante en razón de la licencia concedida al diputado Juan de Dios Castro Lozano. Aprobado

El Presidente hace la declaratoria y toma la protesta del diputado Alvaro Elías Loredo como Vicepresidente de la Mesa Directiva

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada. Aprobada

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración de las mesas directivas de las comisiones de Comunicaciones y de Presupuesto y Cuenta Pública. Aprobada

Desde su curul el diputado Angel Augusto Buendía Tirado, solicita la palabra para hablar sobre la comunicación de referencia y el Presidente hace aclaraciones de procedimiento

Por indicaciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si aprueba se le conceda la palabra al diputado Buendía Tirado y se declara la negativa

Desde su curul el diputado Angel Augusto Buendía Tirado, solicita que la votación sea nominal, que da por resultado el que no se le conceda la palabra

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que informa de cambios en la integración de las comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y Jurisdiccional. De enterado

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Puntos Constitucionales, de Cultura y de Salud. De enterado

EMPRESA CONSTRUCCIONES PRACTICAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que propone la constitución de la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV. Aprobado

EMPRESA CONSTRUCCIONES PRACTICAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que modifica el acuerdo que propone la constitución de la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV. Aprobado

SECRETARIA DE GOBERNACION

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que propone la constitución de la Comisión Especial encargada de revisar el cumplimiento de la normatividad en los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación, en materia de juegos y sorteos y, en particular, los relativos a centros de apuesta remotas, sala de sorteos de números, ferias regionales y sorteos transmitidos por medios de comunicación masiva

A discusión, se concede la palabra a los diputados:

Salvador Vega Casillas, quien presenta proposición de modificación

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

Arturo Nahle García

Pedro Vázquez González

Suficientemente discutido, la propuesta del diputado Vega Casillas es desechada y se aprueba el acuerdo en los términos. Comuníquese

VOTO DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que propone se cite a comparecer a los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes, para que informen sobre la viabilidad técnica de las distintas modalidades de voto postal. Aprobado, comuníquese

VOTO DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que propone se invite a comparecer al consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, para que informe sobre la viabilidad técnica de las distintas modalidades de voto postal. Aprobado, comuníquese

LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZUCAR

Primera lectura a dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. Se le dispensa la segunda lectura

A discusión en lo general, intervienen los diputados:

José María de la Vega Larraga

Lázaro Arias Martínez

José María de la Vega Larraga, para contestar alusiones personales

Javier Castelo Parada

Suficientemente discutido en lo general, el Presidente informa de los artículos reservados

Se aprueba el dictamen presentado, en lo general y en lo particular de los artículos no reservados

A discusión en lo particular, participan los diputados:

Emiliano Vladimir Ramos Hernández, quien presenta propuesta de modificación al artículo 5o

J. Miguel Luna Hernández, quien presenta modificaciones a los artículos 34 y 38

Se desecha la propuesta presentada por el diputado Ramos Hernández

Desde su curul el diputado Cruz López Aguilar, solicita moción de procedimiento sobre los artículos reservados por el diputado Luna Hernández, que la Presidencia considera procedente

Se aprueba en lo general y particular el proyecto de decreto. Pasa al Poder Ejecutivo para los efectos constitucionales

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

El Presidente informa que la última votación servirá de registro final de diputadas y diputados

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2o., numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones:

Del dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

Del dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (en lo particular los artículos 5, 34 y 38 reservados, en sus términos)



ASISTENCIA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Proceda la Secretaría a ratificar el quórum, mencionando la asistencia que marca el sistema.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 474 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (a las 14:05 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Primer Periodo Extraordinario de Sesiones.--- Segundo Receso.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Martes 21 de junio de 2005.

Declaratoria de instalación de la Cámara para funcionar durante el primer periodo de sesiones extraordinarias del segundo receso, del segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura.

Comunicaciones

De la Comisión Permanente.

Protesta de ciudadanos diputados.

Elección de vicepresidente de la Mesa Directiva.

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política:

Con punto de acuerdo por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de una Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV. (Votación)

Con punto de acuerdo por el que se modifica el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de una Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa, Construcciones Prácticas, SA de CV. (Votación)

Con punto de acuerdo por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de la Comisión Especial encargada de revisar el cumplimiento de la normatividad en los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación, en materia de juegos y sorteos y, en particular, los relativos a centros de apuesta remotas, sala de sorteos de números, ferias regionales y sorteos transmitidos por medios de comunicación masiva. (Votación)

Con punto de acuerdo por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados que cite a comparecer a los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes, así como al consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, para que informen sobre la viabilidad técnica de las distintas modalidades de voto postal. (Votación)

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación).»

Cumplida la instrucción, señor Presidente. Se invita a los presentes a ponerse de pie.


DECLARATORIA DE APERTURA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: La Cámara de Diputados hoy, 21 de junio de 2005, se declara legalmente instalada para funcionar durante el primer periodo de sesiones extraordinarias del segundo receso del segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura a que fue convocado por la Comisión Permanente.
COMISIONES REGLAMENTARIAS Y PROTOCOLARIAS
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De conformidad con lo que establece el artículo 11 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva participará por escrito al Ejecutivo federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Cámara de Senadores y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la instalación de esta Cámara de Diputados para funcionar durante el primer periodo de sesiones extraordinarias del segundo receso del segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura.
REGISTRO DE ASISTENCIA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Instruya la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta de las comunicaciones de la Comisión Permanente.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Ciérrese el sistema electrónico de asistencia. Le informo, diputado Presidente, que hay 475 diputadas y diputados, por lo que hay quórum.


COMISION PERMANENTE

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente

Decreto

Por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a celebrar un periodo de sesiones extraordinarias

Artículo 1. La Comisión Permanente que funciona durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias.

Artículo 2. La Sesión de Congreso General en la que se hará la declaratoria de apertura del Periodo de Sesiones Extraordinarias se celebrará el martes 21 de junio de 2005, a las 13:00 horas, y la correspondiente clausura se verificará una vez que cada Cámara determine que ha agotado el objeto que motivó la convocatoria.

Artículo 3. Durante el Periodo de Sesiones Extraordinarias al que se refiere el presente Decreto, las Cámaras del Congreso de la Unión se ocuparán de los siguientes asuntos:

1. Reformas a la Legislación Electoral;

2. Proyecto de Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

3. Reformas a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal;

4. Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos;

5. Ley para el Aprovechamiento de las Fuentes Renovables de Energía;

6. Reformas constitucionales y legales en materia de seguridad pública, procuración, impartición y administración de justicia.

7. Ley de la Caña de Azúcar;

8. Reformas constitucionales y legales sobre la organización y funcionamiento del Congreso de la Unión;

9. Reformas a la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres;

10. Reformas a la Ley de Amparo;

11. Decretos por los que se establecen las características de las siguientes monedas conmemorativas:

a) Por el que se establecen las características de diversas monedas conmemorativas del 80 aniversario de la fundación del Banco de México, del 470 aniversario de la Casa de Moneda de México y del 100 aniversario de la reforma monetaria de 1905.

b) Por el que se establecen las características de la sexta moneda de plata conmemorativa del quinto centenario del Encuentro de Dos Mundos.

c) Por el que se establecen las características de dos monedas conmemorativas de la participación de México en la Copa Mundial de la FIFA.

d) Por el que se establecen las características de dos monedas conmemorativas del 400 aniversario de la primera edición de la obra literaria ``El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha'', de Miguel de Cervantes Saavedra.

12. Proyecto de decreto mediante el cual se reforma el único párrafo y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 46; se deroga la fracción IV del artículo 73; se adicionan las fracciones X y XI, pasando la actual fracción X a ser fracción XII del artículo 76; y se reforma la fracción I del artículo 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los asuntos anteriormente enlistados comprenden aquellas iniciativas o proyectos de dictamen que actualmente se encuentran en comisiones en cualquiera de las Cámaras y que han sido presentadas con anterioridad a la presente convocatoria en el ejercicio de esta LIX Legislatura. Para la discusión de los asuntos, las Cámaras podrán actuar indistintamente como Cámara de origen o Cámara revisora.

Artículo 4. La Cámara de Diputados se ocupará de los siguientes asuntos, mismos que son de su exclusiva competencia:

1. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005;

2. Elección de Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados; creación, integración y cambios en comisiones y comunicados de órganos de gobierno; y

3. Reincorporación y toma de protesta a diputados que de conformidad con la Constitución y la Ley deban asumir el cargo.

Artículo 5. La Cámara de Senadores se ocupará de los siguientes asuntos, mismos que son de su exclusiva competencia:

1. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

2. Toma de protesta y en su caso reincorporación de senadores que de conformidad con la Constitución y la ley deban asumir el cargo.

Artículo 6. Durante el periodo de sesiones extraordinarias, los presidentes de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores convocarán a las sesiones en las fechas que consideren oportunas a fin de dar cumplimiento a los asuntos previstos en la convocatoria a periodo extraordinario.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

México, DF, a 15 de junio de 2005.--- Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Vicepresidente en Funciones de Presidente.»

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.
DIPUTADOS QUE SE REINCORPORAN

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento, que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con comunicación del diputado Isidro Camarillo Zavala, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por la que informa de su reincorporación a sus actividades legislativas a partir del 30 de mayo de 2005.

La Presidencia dictó el siguiente trámite: ``Quedó de enterado. Comuníquese a la Cámara de Diputados''.

Atentamente.

México, DF, a 25 de mayo de 2005.--- Dip. Héctor Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Vicepresidente.»

«Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

Por este medio le envío un cordial saludo y al mismo tiempo me permito hacer alusión a la licencia concedida a un servidor por el Pleno de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, el 30 de noviembre del año pasado, para separarme de mis funciones como diputado federal a partir de esa fecha.

En referencia a lo anterior, hago de su conocimiento que a partir del 30 de mayo me reincorporo a mis actividades como diputado federal, solicitándole de la manera más atenta se lleven a efecto los trámites pertinentes.

Sin otro particular, quedo a sus apreciables órdenes.

Atentamente.

Palacio Legislativo, a 19 de mayo de 2005.--- Dip. Isidro Camarillo Zavala (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con comunicación del diputado José Eduviges Nava Altamirano, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por la que informa de su reincorporación a sus actividades legislativas, a partir del 4 de junio de 2005.

La Presidencia dictó el siguiente trámite: ``Quedó de enterado. Comuníquese a la Cámara de Diputados''.

Atentamente.

México, DF, a 15 de junio de 2005.--- Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Vicepresidente en Funciones de Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la De la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

Sirva el presente, para hacer de su conocimiento que a partir del día sábado 4 de junio del año en curso me reincorporé a mis actividades del cargo que ostento como diputado federal, después de que se me concedió licencia a partir del lunes 30 de mayo al viernes 3 de los corrientes.

Agradeciendo de antemano su fina atención.

Atentamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de junio de 2005.--- Dip. José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica).»

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.
LICENCIAS DE DIPUTADOS

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

``Único.- Se concede licencia por tiempo indefinido, a partir del 13 de mayo de 2005, para separarse de sus funciones como diputado federal, al ciudadano Jesús María Ramón Valdéz''.Atentamente.

México, DF, a 18 de mayo de 2005.--- Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Vicepresidente en Funciones de Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

``Único.- Se concede licencia por tiempo indefinido, a partir del 18 de mayo de 2005, para separarse de sus funciones como diputado federal, al ciudadano Francisco Javier Guízar Macías''.Atentamente.

México, DF, a 25 de mayo de 2005.--- Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Vicepresidente en Funciones de Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

``Único.- Se concede licencia por tiempo indefinido, a partir del 30 de mayo de 2005 para separarse de sus funciones como diputado federal al ciudadano Juan García Costilla''.Atentamente.

México, DF, a 25 de mayo de 2005.--- Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Vicepresidente en Funciones de Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Comisión Permanente.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

``Único.- Se concede licencia del 20 al 30 de junio de 2005, para separarse de sus funciones como diputado federal al ciudadano José Ángel Córdova Villalobos.''Atentamente.

México, DF, a 25 de mayo de 2005.--- Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Vicepresidente en Funciones de Presidente.»

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Llámese a los suplentes.
DIPUTADOS SUPLENTES QUE SE INCORPORAN
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Se encuentran a las puertas de este recinto los ciudadanos Ernesto Vela del Campo, Benito Chávez Montenegro y Martha Cecilia Rodríguez Amaro, diputados suplentes electos en el I distrito del estado de Coahuila, en el I distrito del estado de Jalisco y de la primera circunscripción plurinominal. Se designa en comisión para que los acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones a los siguientes ciudadanos diputados: Leticia Gutiérrez Corona, Gerardo Montenegro Ibarra, Marisol Vargas Bárcena, Bernardino Ramos Iturbide, Guillermo Velasco Rodríguez y Jesús Martínez Álvarez.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se pide a la comisión cumplir este encargo.

(La comisión designada cumple el encargo.)

Se invita a los presentes a ponerse de pie.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Ciudadanos Ernesto Vela del Campo, Benito Chávez Montenegro y Martha Cecilia Rodríguez Amaro: ¿protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado, que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

Los ciudadanos Ernesto Vela del Campo, Benito Chávez Montenegro y Martha Cecilia Rodríguez Amaro: Sí, protesto.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Si así no lo hicieran, que la nación se los demande.

¡Enhorabuena!


MESA DIRECTIVA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: El siguiente punto del orden del día es la elección del segundo vicepresidente de la Mesa Directiva durante el segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura, por el periodo comprendido del 21 de junio al 31 de agosto de 2005. Proceda la Secretaría a dar lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política respecto a la elección del segundo vicepresidente.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Los suscritos, coordinadores de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a usted se sirva someter a la consideración de la Asamblea la postulación del diputado Álvaro Elías Loredo para ocupar la Vicepresidencia que ha quedado vacante en razón de la licencia concedida al diputado Juan de Dios Castro Lozano.

Asimismo, le solicitamos que la votación de la postulación a la que se refiere el párrafo que antecede, se realice a través del sistema de votación electrónica, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 17, párrafo 3 de la Ley Orgánica.

Atentamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de junio de 2005.--- Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Convergencia.»

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico de votación, hasta por tres minutos, para proceder a recoger la votación de la propuesta.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación.

(Votación.)

Ciérrese el sistema electrónico de votación.

De viva voz:

El diputado Ernesto Vela del Campo (desde la curul): Ernesto Vela del Campo, a favor.

El diputado Benito Chávez Montenegro (desde la curul): A favor.

La diputada Martha Cecilia Rodríguez Amaro (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Diputado Presidente: se emitieron 414 votos a favor, 10 en contra y 20 abstenciones.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada, la propuesta, por 414 votos.

En consecuencia, ha sido elegido por 414 votos el diputado Álvaro Elías Loredo como vicepresidente de la Mesa Directiva durante este segundo año de ejercicio de la LIX Legislatura. Se pide al señor diputado pase al presídium.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Se invita a los presentes a ponerse de pie.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Señor diputado Álvaro Elías Loredo, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de vicepresidente de la Cámara de Diputados que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

El diputado Álvaro Elías Loredo: Sí, protesto.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.

¡Enhorabuena y bienvenido!

Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea de las comunicaciones de la Junta de Coordinación Política.
COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fecha 21 de abril de 2005, el diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, solicitó a la Junta de Coordinación Política, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el alta de la diputada Beatriz Mojica Morga como secretaria en la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana. Con fecha 26 de abril del mismo año, se recibió un alcance en el que se especifica que el alta de la diputada Beatriz Mojica Morga en la referida Comisión es en sustitución de la diputada María Angélica Díaz del Campo.

En consecuencia, y por instrucciones del diputado José González Morfín, Presidente de la Junta de Coordinación Política, me permito solicitarle que el cambio que enseguida se precisa sea procesado de conformidad con el acuerdo adoptado por este órgano de gobierno en reunión celebrada el 17 de mayo de 2004, que dispone que los cambios en la integración de mesas directivas de comisiones que se verifiquen durante los periodos de receso se comunicarán al Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con la petición de que se instruya su publicación en la Gaceta Parlamentaria para que surtan los efectos provisionales conducentes, hasta en tanto sean ratificados por el Pleno de la Cámara.

Cargo/Comisión: Secretaria en la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana.

Alta: Diputada Beatriz Mojica Morga.

Baja: Diputada María Angélica Díaz del Campo.

Sin otro particular, quedo de usted.

Palacio Legislativo, a 8 de junio de 2005.--- Diputado José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica).»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Por instrucciones del diputado José González Morfín, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c), en relación con el artículo 43, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo octavo, tercer párrafo, del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente cambio en la integración de Mesas Directivas en Comisiones, solicitados por el diputado Wintilo Vega Murillo, vicecoordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

Cargo/Comisión: Integrante y Presidente de la Comisión de Comunicaciones.Baja: Diputado Ángel Heladio Aguirre Rivero.Cargo/Comisión: Integrante y Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.Baja: Diputado Ángel Augusto Buendía Tirado.Cargo/Comisión: Integrante y Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.Alta: Diputado Ángel Heladio Aguirre Rivero.

Sin otro particular, quedo de usted.

Palacio Legislativo, a 21 de junio de 2005.--- Diputado José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica).»

En votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Continúe la Secretaría.

El diputado Ángel Augusto Buendía Tirado (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. Diputado Ángel Buendía, ¿con qué objeto?El diputado Ángel Augusto Buendía Tirado (desde la curul): Moción personal respecto al punto recién votado, señor Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Buendía: en estricto apego al artículo 8o. del Acuerdo parlamentario relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico, tenía usted derecho a intervenir antes de la votación...

Sonido en la curul del diputado Buendía.

El diputado Ángel Augusto Buendía Tirado (desde la curul): Le pediría, señor Presidente, por la importancia de esta votación, concederme la oportunidad de presentar un punto de vista personal respecto a esta decisión recién tomada.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Usted sabe que me agrada mucho, en el ejercicio de la Presidencia, dar oportunidad a todos los integrantes de la Asamblea cuando la normatividad lo permite. Sin embargo, esta Presidencia instruye a la Secretaría a efecto de que sea la Asamblea la que permita o no a esta Presidencia otorgarle el uso de la voz, en estricto sentido a la práctica parlamentaria.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si es de aprobarse la petición del diputado Ángel Buendía.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... La mayoría por la negativa, diputado Presidente....

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Buendía.El diputado Ángel Augusto Buendía Tirado (desde la curul): Le pediría, señor Presidente, instruir una votación nominal.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Quién lo apoya, diputado Buendía?...

Se instruye la apertura del sistema electrónico, hasta por tres minutos, para recabar la votación nominal, en el entendido de que el ``sí'' es por otorgar el uso de la palabra al diputado Buendía hasta por cinco minutos; el ``no'' es en posición contraria.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento. Ábrase el sistema electrónico hasta por tres minutos.

(Votación nominal.)

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta votación, según lo estipulado en los acuerdos, no cuenta para los efectos del registro de asistencia.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

De viva voz:

El diputado Ernesto Vela del Campo (desde la curul): A favor.

El diputado Benito Chávez Montenegro (desde la curul): Por la negativa.

La diputada Martha Cecilia Rodríguez Amaro (desde la curul): En contra.

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: En contra. Diputado Presidente: se emitieron 135 votos a favor, 245 en contra y 30 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, no es dable otorgar el uso de la palabra al diputado Buendía. Continúe la Secretaría.
COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Por instrucciones del diputado José González Morfín, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c), en relación con el artículo 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo octavo, segundo párrafo, del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de los siguientes cambios en comisiones, solicitados por el grupo parlamentario del Partido de Acción Nacional:

Cargo/Comisión: Integrante de las Comisiones de:

  • Trabajo y Previsión Social.

  • De Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Y Jurisdiccional. Baja: Diputado Álvaro Elías Loredo.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 21 de junio de 2005.--- Diputado José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De enterado. Y aprobado, el anterior acuerdo, si es que no hubo el debido registro en la cinta magnetofónica.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado José González Morfín, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el articulo 34, párrafo 1, inciso e), en relación con el artículo 43, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo octavo, tercer párrafo del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente cambio en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales, solicitado por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

    Cargo/Comisión: Secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales.Baja: Diputado Álvaro Elías Loredo.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 21 de junio de 2005.--- Diputado José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De enterado.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado José González Morfín, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c), en relación con el artículo 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo octavo, segundo párrafo, del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados, cuando sea jurídicamente posible y, mientras tanto, se instruya su publicación en Gaceta Parlamentaria de los siguientes cambios en comisiones, solicitados por el grupo parlamentario del Partido de Acción Nacional:

    Cargo/Comisión: Integrante de la Comisión de Cultura.

    Baja: Diputado Germán Martínez Cázares.

    Alta: Diputada María Salomé Elyd Sáenz.Cargo/Comisión: Integrante de la Comisión de Salud.

    Baja: Diputado José Luis Treviño Rodríguez.

    Alta: Diputada María Salomé Elyd Sáenz.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, 14 de junio de 2005.--- Diputado José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De enterado. Continúe la Secretaría.
    EMPRESA CONSTRUCCIONES PRACTICAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de una comisión de investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV

    ConsideracionesI. De conformidad con el tercer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno de las Cámara de Diputados, a petición de una cuarta parte de sus integrantes, está facultado para integrar comisiones para investigar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria.

    II. El artículo 41 de la Ley Orgánica prevé que las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a la que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional antes citado.

    III. Por su parte, el artículo 34, párrafo 1 inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General establece la facultad de la Junta de Coordinación Política para proponer al Pleno la integración de comisiones.

    IV. En sesión del Pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 28 de abril de 2005, el Presidente de la Mesa Directiva dio cuenta de la recepción y, en consecuencia, dictó turno a la Junta de Coordinación Política, de la proposición con punto de acuerdo para crear una Comisión de Investigación que indague y examine la posible existencia de tráfico de influencias dentro de las diversas áreas del Gobierno federal para favorecer a la empresa Construcciones Prácticas SA de CV, en la cual se presume la participación de los hijos de la Señora Martha María Sahagún Jiménez, esposa del C. Presidente de la República de los Estados Unidos Mexicanos Lic. Vicente Fox Quesada.

    V. De la revisión a las firmas contenidas en la proposición a la que se refiere el considerando anterior, se desprende que la propuesta de creación de la comisión de investigación objeto del presente acuerdo, se encuentra respaldada por 165 firmas de diputadas y diputados, por lo que satisface el requisito constitucional de procedencia.

    Con base en lo anteriormente expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 34, párrafo 1, inciso c) y 42, párrafo 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se crea la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública, concesiones, contratos de suministro de bienes de consumo o de compraventa de bienes inmuebles de titularidad pública, otorgados por organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas SA de CV, y cualesquiera otras que tuvieren relación con la misma.

    Segundo: La Comisión de Investigación estará integrada por 12 miembros nombrados por los coordinadores de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados, de conformidad con la siguiente proporción:

  • 4 del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

  • 3 del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;

  • 2 del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

  • 1 del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;

  • 1 del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y

  • 1 del Grupo Parlamentario de Convergencia.

    Tercero: La Comisión de Investigación contará con una Mesa Directiva integrada por un presidente designado por el grupo parlamentario del PRI, y por un secretario designado por los grupos parlamentarios del PAN y del PRD respectivamente.

    Cuarto: La Comisión de Investigación estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2005.

    Quinto: La Comisión de Investigación deberá presentar a la Junta de Coordinación Política, dentro de los 30 días naturales siguientes a la conclusión del plazo previsto en el resolutivo que antecede, un informe en el que se sinteticen las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos.

    La Junta de Coordinación Política adoptará las medidas necesarias a efecto de hacer del conocimiento del Ejecutivo Federal los resultados de la investigación desarrollada por la Comisión a la que se refiere el presente acuerdo.

    Sexto: La Comisión de Investigación contará con los recursos humanos, materiales y financieros que determine la Junta de Coordinación Política.

    Séptimo: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 4 de abril de 2005.--- Diputado José González Morfín (rúbrica en abstención), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Convergencia.»

    En votación económica, se pregunta a la Asamblea si son de aprobarse los puntos de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.


    EMPRESA CONSTRUCCIONES PRACTICAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de una comisión de investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV

    ConsideracionesI. En sesión de la Junta de Coordinación Política celebrada el pasado 4 de abril, se aprobó el Proyecto de Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de una Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV.

    II. El resolutivo Tercero del Acuerdo al que se refiere el numeral que antecede, establece lo siguiente:

    Tercero: La Comisión de Investigación contará con una Mesa Directiva integrada por un presidente designado por el Grupo Parlamentario del PRI, y por un secretario designado por los grupos parlamentarios del PAN y del PRD respectivamente.III. En sesión celebrada el 20 de junio, la Junta de Coordinación Política acordó que la Mesa Directiva de la Comisión a la que se refiere el presente acuerdo, se integre por un presidente designado por el Grupo Parlamentario del PRD, y por un secretario designado por cada uno de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados.

    Con base en lo anteriormente expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, adopta el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se modifica el resolutivo Tercero del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de una Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV, aprobado por la Junta de Coordinación Política en sesión celebrada el 4 de abril de 2005, para quedar como sigue:

    Tercero: La Comisión de Investigación contará con una Mesa Directiva integrada por un presidente designado por el Grupo Parlamentario del PRD, y por un secretario designado por cada uno de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados.

    Segundo: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de junio de 2005.--- Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Convergencia.»

    En votación económica, se pregunta a la Asamblea si son de aprobarse los puntos de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.
    SECRETARIA DE GOBERNACION

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados la constitución de la comisión especial encargada de revisar el cumplimiento de la normatividad en los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación en materia de juegos y sorteos y, en particular, los relativos a centros de apuesta remotas, salas de sorteos de números, ferias regionales y sorteos transmitidos por medios de comunicación masiva

    ConsideracionesI. El artículo 34, párrafo 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General establece la facultad de la Junta de Coordinación Política para proponer al Pleno la integración de comisiones;

    II. Por su parte, el artículo 42, párrafo 1, del citado ordenamiento legal otorga al Pleno de la Cámara de Diputados la atribución de acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico;

    III. En sesión de la Comisión Permanente celebrada el pasado 8 de junio, el Diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó Proposición con Punto de Acuerdo para crear una Comisión Especial que investigue el cumplimiento de la normatividad de los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación en materia de juegos y sorteos y, en especial, los relativos a centros de apuestas remotas, salas de sorteos de números, ferias regionales y sorteos transmitidos por medios de comunicación masiva;

    IV. La Junta de Coordinación Política, en sesión celebrada el 20 de junio del año en curso, analizó la proposición a la que se refiere el numeral que antecede y, en consecuencia, acordó proponer al Pleno de la Cámara de Diputados la creación de la Comisión Especial en comento, con el voto en contra del Grupo Parlamentario del PAN en lo relativo a la integración de la Mesa Directiva y al ámbito temporal de vigencia de la Comisión, y la abstención del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en relación con los mismos aspectos.

    Con base en lo anteriormente expuesto, la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c) y 42, párrafo 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se crea la Comisión Especial encargada de revisar el cumplimiento de la normatividad en los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación en materia de juegos y sorteos y, en particular, los relativos a centros de apuesta remotas, salas de sorteos de números, ferias regionales y sorteos transmitidos por medios de comunicación masiva.

    Segundo: La Comisión Especial a la que se refiere el presente acuerdo se integrará por 12 miembros nombrados por los coordinadores de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados, de conformidad con la siguiente proporción:

  • 4 del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

  • 3 del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;

  • 2 del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

  • 1 del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;

  • 1 del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y

  • 1 del Grupo Parlamentario de Convergencia.

    Tercero: La Comisión Especial contará con una Mesa Directiva integrada por un presidente designado por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y por un secretario designado por cada uno de los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados.

    Cuarto: La Comisión Especial estará vigente hasta el 30 de abril de 2006.

    Quinto: La Comisión Especial deberá presentar a la Junta de Coordinación Política un informe en el que se sinteticen las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y en el que se formulen recomendaciones sobre acciones concretas a realizar por parte de la Cámara de Diputados y de sus órganos internos en las materias que se correspondan con su objeto de creación.

    Sexto: La Comisión Especial contará con los recursos humanos, materiales y financieros que determine la Junta de Coordinación Política.

    Séptimo: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de junio de 2005.--- Diputado José González Morfín (rúbrica p.a. en contra de integración de la Mesa Directiva y de la duración de la Comisión), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Convergencia.»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia tiene registrados en contra al diputado Salvador Vega Casillas, del Partido Acción Nacional, y en pro a los señores diputados, señor y señora diputados Héctor Gutiérrez de la Garza y Claudia Ruiz Massieu. En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Salvador Vega Casillas, del Partido Acción Nacional, por cinco minutos. Va a presentar una modificación; si nos la deja por escrito por favor. Por cinco minutos. ¿Va a presentar una modificación; nos la deja por escrito por favor?El diputado Salvador Vega Casillas: Con su permiso, señor Presidente. En primer lugar, quisiera dejar claro que estoy presentando una modificación del artículo 4o. de este acuerdo de la Junta de Coordinación Política, y quisiera dejar en claro que en el Partido Acción Nacional estamos de acuerdo, como siempre lo hemos estado, en que se investigue cualquier sospecha que pudiera haber en relación con actos públicos. No nos preocupa de ninguna manera que se investigue: el mismo presidente del partido ha expresado públicamente su interés de que se aclare cualquier situación que pueda existir respecto al otorgamiento de esos permisos. La propia Secretaría de Gobernación ha iniciado su investigación para poder aclarar y poder poner en claro cualquier duda que pueda existir en estos actos de gobierno. Hemos votado a favor todas las auditorías y todas las solicitudes de investigación al Gobierno Federal que se han presentado aquí. Recordarán también por supuesto todas las auditorías que, año con año, esta Cámara manda al Presidente de la República, a la Oficina de la Presidencia, y que han salido limpias una y otra vez. Ha sido auditado cada peso que le han mandado y que ha invertido la Presidencia de la República, sin existir nunca una sola desviación. Y hemos votado a favor de que se investiguen todas las sospechas que pudieran tener. Pero también es cierto que este Congreso tiene un órgano técnico, que es el encargado de la vigilancia, que depende de este Congreso y que es independiente de razones partidistas y que cada vez que se quiere hacer un uso electorero de este tipo de investigaciones se le saca la vuelta a nuestro propio fiscalizador para crear una comisión que pueda dar opiniones, que por supuesto no son técnicos, son opiniones políticas. Se está optando, pues, por una justicia o por una vigilancia alterna, a la que esta misma Cámara ha creado; y me parece que no debería ser así. Sin embargo, como esas comisiones están integradas por supuesto por diputados de los diferentes partidos, me parece que debió haber sido mandada a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, que debería realizar estas investigaciones.

    No fue así. No pondré aquí en duda, porque no tengo ninguna duda, de la autoridad moral que puedan tener el PRD o el PRI para investigar actos de corrupción. No me cabe ninguna duda de la autoridad que puedan tener. Sin embargo, lo que aquí se tiene que hacer es emitir una opinión técnica, que no podrán dar los partidos por supuesto, porque es una comisión creada con una intención electorera. Y esto donde lo podemos medir claramente es en el plazo en que se le quiere dar: no es posible que para investigar unos permisos o la legalidad de unos permisos se tome un plazo de 10 meses, que además le va a costar a la Cámara, que por supuesto la única intención que tiene es llevar esta discusión a los tiempos electorales. Mi propuesta clara en este punto es que el artículo 4o. sea modificado para quedar como sigue: ``Las Comisión Especial estará vigente hasta el 30 de septiembre del año 2005''. Tres meses y no diez. Cualquiera que sepa algo de fiscalización y de investigación sabe que son más que suficientes para saber y para determinar si estos permisos fueron otorgados con legalidad y fueron otorgados de acuerdo con la norma y si hubo cualquiera o cualquier irregularidad. Así que dejo aquí por escrito mi propuesta de modificación y los exhorto a que voten a favor de esta modificación. Si lo que quieren realmente es saber qué sucedió, investigar qué sucedió con estos permisos, tres meses son más que suficientes; si no, pues queda en claro por supuesto la intención que tienen de llevar esto hasta un tiempo electoral, simple y sencillamente refriteando el tema. Muchas gracias.

    «Propuesta de modificación al artículo cuarto del acuerdo para la constitución del la Comisión Especial encargada de revisar el cumplimiento de la normatividad en los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación en materia de juegos y sorteos.

    Se propone:

    Cuarto. La Comisión Especial estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2005.

    Palacio Legislativo, a 21 de junio de 2005.--- Dip. Salvador Vega Casillas (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Nos deja su propuesta por escrito, la Secretaría, si es tan gentil? Tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza: Con su venia, diputado Presidente. Me gustaría hacer diversas precisiones de la intención de la creación de esta comisión especial. Y vamos a partir de hechos, no de ``sospechosismos''. Hay un reglamento, emitido por el Poder Ejecutivo, de septiembre del año pasado, reglamento que la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad: interponer controversia constitucional, toda vez que --en nuestro concepto-- el Ejecutivo federal invade atribuciones de esta soberanía. La Suprema Corte de Justicia de la Nación no nos concede la suspensión y anticipamos que ese reglamento iba a ser el instrumento mediante el cual se pretendería legitimar la proliferación del juego en el país. Ese reglamento tiene en su interior un Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos, Consejo Consultivo que debe verificar la transparencia en el otorgamiento de los permisos, pero en su constitución los únicos que votan son subordinados del secretario de Gobernación. Aquí solicitamos que los tres ciudadanos que iban a intervenir como observadores, porque no tienen derecho a voto en ese Consejo, fueran seleccionados mediante convocatoria pública, y el Gobierno Federal hizo oídos sordos a nuestra petición. El tiempo nos da la razón. Y en mayo --para ser exactos, entre el 2 y el 25 de mayo-- aparecen siete nuevos permisionarios para centros de apuestas remotas y para salas de sorteos de números, normal o coloquialmente denominados books y bingos. Hay 198 nuevos centros de apuesta autorizados en el mes de mayo por el entonces secretario de Gobernación. Ésos son hechos objetivos sobre los que debemos trabajar.

    Ahora bien, no venimos aquí a hablar de situaciones electoreras, como señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra. Hizo mención de que incluso el presidente de su partido había visto con buenos ojos esta investigación. Lo felicito, pero lo que opine el presidente de los partidos políticos en un asunto de seguridad y de salud pública es muy respetable, pero no tiene nada que ver en la Cámara de Diputados. Y para ilustrar el contenido de su propuesta, quisiera señalar que el órgano de vigilancia revisa ejercicios concluidos, salvo que otorguen nuevas atribuciones a la comisión correspondiente.

    Esta comisión especial que se está constituyendo de manera plural pretende revisar la legalidad de los permisos otorgados, no sólo de ellos --los que comunicacionalmente han sido los books y los bingos--: se incluyen ferias regionales porque el tema de Aguascalientes nos va a resultar bastante interesante, como los propios sorteos de medios de comunicación masiva. No se concreta únicamente al tema que comunicacionalmente nos ocupa en este momento.

    Ahora bien, para realizar un análisis exhaustivo y técnico requerimos información, información que no tiene la Cámara de Diputados, que esta comisión especial --en uso de sus atribuciones y con el acuerdo de la directiva de la propia comisión-- solicitará a las diversas autoridades federales. Por tanto, hablar de que sea la Cámara de Diputados la que retrase un dictamen o un informe, como es el caso, en situaciones que nos ocupan en este momento porque el plazo va a estar fijado de acuerdo con el momento que tengamos la información correspondiente. Por lo mismo, el plazo fatal que tiene la comisión especial para abril de 2006 es prudente, bajo el entendido de que los que opinen de la misma manera que la totalidad de los integrantes de esa comisión, que es agilizar esto, ¿para qué? Para que no se constituyan esos centros de apuesta que en este momento no son más que promesas otorgadas por el Secretario de Gobernación, y que más adelante demostraremos que fueron otorgados de manera ilegal. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, señor diputado. La diputada Claudia Ruiz Massieu declina, pero han solicitado hacer uso de la voz el señor diputado Arturo Nahle García y el señor diputado Pedro Vázquez González. Y en términos del 123, se cierra la lista de oradores y tiene el uso de la palabra el diputado Nahle, por cinco minutos.El diputado Arturo Nahle García: Gracias, ciudadano Presidente. En marzo de 2004, ante esta soberanía presentamos un punto de acuerdo a través del cual solicitamos a la Secretaría de Gobernación que nos informara cuántos permisos había otorgado a las televisoras nacionales para los llamados telejuegos o telesorteos.

    Pedíamos a la Secretaría de Gobernación que nos informara con qué fundamento legal estaba otorgando dichos permisos. Pedíamos a la Secretaría de Gobernación que nos informara qué cantidades de dinero habían pagado las televisoras nacionales por el otorgamiento de estos permisos. Pedíamos a la Secretaría de Gobernación que nos informara qué destino había dado a esos recursos. El punto de acuerdo se turnó a la Comisión de Gobernación, que preside un distinguido diputado del grupo parlamentario del PAN. Y el punto de acuerdo estuvo sin dictaminarse en esa Comisión un año, un año lo tuvo la Comisión de Gobernación de la Cámara. Presentamos dos excitativas, hasta que finalmente se dictaminó; se presentó a esta Asamblea, se aprobó y hasta entonces la Secretaría de Gobernación no empezó a darnos, a cuentagotas, la información. Y ahora pretenden que la comisión que se plantea pueda llevar a cabo su tarea en tres meses, cuando la Comisión de Gobernación se tardó un año en dictaminar nuestro punto de acuerdo. De ninguna manera: esta comisión debe tener el tiempo y la libertad suficientes para investigar de manera minuciosa, con profundidad, la transparencia, la legalidad, y yo diría algo más, la moralidad, la moralidad de estos permisos que otorgó el ex secretario de Gobernación. Ustedes saben perfectamente que la Constitución faculta de manera exclusiva al Congreso de la Unión para legislar en materia de juegos y sorteos; es materia federal, no lo pueden hacer las Legislaturas locales.

    En ejercicio de esa facultad exclusiva que tiene el Congreso, se expidió la Ley Federal de Juegos y Sorteos, y en esta ley --repito, expedida por el Congreso-- de manera expresa se establece, de manera clara, contundente, se establece que están prohibidos los juegos con apuestas. Y en septiembre de 2004, como ya dijo el diputado Gutiérrez de la Garza, el Poder Ejecutivo emite un reglamento de esta ley, donde se autofaculta para otorgar permisos para juegos con apuestas. Este reglamento es ilegal, este reglamento es anticonstitucional; y por ello esta Cámara tiene interpuesta una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para echar abajo ese reglamento ilegal. Y a sabiendas de que está impugnado el reglamento y a sabiendas de que es un reglamento administrativo ilegal, anticonstitucional, se otorgan esos permisos para abrir en nuestro país prácticamente 200 casinos, 200 salas de apuesta en 29 estados de la República. Tenemos que investigar no solamente sobre la legalidad de esos permisos: hay que ver a quién se los dieron, quiénes son los socios de esas empresas y quiénes son los socios de los socios y qué hubo a cambio del otorgamiento de esos permisos, otorgados con base en un reglamento ilegal, con base en un reglamento anticonstitucional, con base en un reglamento que esta Cámara tiene impugnado a través de una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Si la Comisión de Gobernación de esta Cámara tardó un año en dictaminar el punto de acuerdo a que ya me referí, les aseguro que la comisión que se va a constituir podrá hacer su tarea en menos tiempo, pero no le pongan candados, señores diputados.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado. Tiene el uso de la palabra el diputado Pedro Vázquez González.El diputado Pedro Vázquez González: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: el poder público, por su naturaleza, debe estar sometido al escrutinio de la sociedad. El poder público, al final de cuentas, es una representación de la sociedad porque ésta es la que ha construido las instituciones públicas. En los últimos años se ha dado una lucha férrea por transparentar los actos del gobierno. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental es muestra palpable de ese esfuerzo que ha hecho la sociedad por contar con los mecanismos de carácter legal, que le permitan pedir información puntual sobre el ejercicio del gobierno.

    El Poder Legislativo tiene dentro de sus facultades crear comisiones especiales para analizar un asunto relacionado con el desempeño del Poder Ejecutivo. Recordemos, por ejemplo, la creación de la comisión especial que la misma Cámara de Diputados creó para investigar las irregularidades en la Conasupo, u otras comisiones de carácter especial que se han encargado de vigilar que recursos públicos federales no sean desviados en campañas electorales. A través de la formación de estas comisiones, el Poder Legislativo puede revisar que los recursos públicos, por un lado, y que las acciones de gobierno, por otro, sean apegados estrictamente al marco legal. En días pasados se presentó en el seno de la Comisión Permanente una propuesta con punto de acuerdo para que se formara una comisión especial que revise la validez del otorgamiento de permisos por parte de la Secretaría de Gobernación a varias empresas para operar casas de juego con apuestas y sorteos. Dichos permisos fueron otorgados por el licenciado Santiago Creel Miranda, días antes que dejara el cargo de secretario de Gobernación.

    La mayoría de los permisos fueron otorgados a empresas vinculadas con una de las principales televisoras de nuestro país y, sobre todo, en el marco del arranque de la precampaña a la Presidencia del propio ex secretario Creel Miranda. Esta problemática se ha dado al amparo del Reglamento de la Ley de Juegos, la Ley Federal de Juegos y Sorteos, instrumento jurídico impugnado por la Cámara de Diputados, a través de la llamada ``controversia constitucional'' que está tramitándose y analizándose por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Consideramos preciso aclarar la validez de dichos permisos porque es sospechoso que el Gobierno Federal beneficie un grupo vinculado con los medios electrónicos de comunicación, cuando estamos inmersos en una guerra mediática de los precandidatos de distintos partidos a la Presidencia de la República. Favorecer los compromisos para explotar actividades relacionadas con juegos y sorteos puede abrir la puerta a que dicha empresa brinde trato preferencial a la persona que otorgó dichos permisos y que, además, aspira a ser Presidente de la República. Nuestro compromiso debe ser con la legalidad y el respeto del Estado constitucional de derecho, aspectos que el mismo precandidato Creel dijo defender en el tiempo que fue servidor público. Los mexicanos no podemos estar inmersos en un clima de opacidad y de poca transparencia. Por eso, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo nos sumamos al esfuerzo que hace la Cámara de Diputados por clarificar las acciones de los servidores públicos. Es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, señor diputado.

    Esta Presidencia da la más cordial bienvenida al señor Graham Buig, de la República Francesa y al señor Jorge Chapa González, de Estados Unidos de América, invitados del diputado Miguel Lucero Palma. Sean ustedes bienvenidos. Habiéndose agotado la lista de oradores, pregunte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el asunto que está a su consideración.

    El diputado Salvador Vega Casillas (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene usted razón, discúlpeme. Hay una propuesta del diputado Salvador Vega Casillas. En votación económica, es lo que se va a someter a la consideración del Pleno. Nada más le ruego, por favor, se lea el texto de la propuesta para ilustrar a la Asamblea sobre lo que se va a votar.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Con todo gusto. La propuesta dice lo siguiente: ``Artículo cuarto. La Comisión Especial estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2005''.

    En votación económica, se pregunta si se aprueba, si se admite la propuesta de modificación presentada por el diputado Salvador Vega. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén por la negativa.... La mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechada.

    Se ruega a la Secretaría someter a la consideración de la Asamblea si es de aprobarse el acuerdo que está a su consideración.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: En votación económica, se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo en sus términos.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén por la negativa.... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.
    VOTO DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría dar lectura al acuerdo que propone al Pleno de la Cámara de Diputados que se cite a comparecer a los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores, y de Comunicaciones y Transportes, así como al Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados que cite a comparecer a los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores, y de Comunicaciones y Transportes para que informen sobre la viabilidad técnica de las distintas modalidades de voto postal

    ConsiderandoI. Que la Cámara de Diputados está facultada para citar a comparecer a los servidores públicos a los que se refiere el artículo 93, segundo párrafo de la Constitución Política, para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades;

    II. Que en el mismo tenor, el artículo 53 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General establece que los Secretarios del Despacho asistirán a las sesiones siempre que fueren llamados por acuerdo de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión;

    III. Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política es el órgano en el que se expresa la pluralidad de la Cámara, y en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le confieren;

    IV. Que el artículo 34, párrafo 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General faculta a la Junta de Coordinación Política a impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo;

    V. Que en sesión celebrada el 20 de junio de 2005, la Junta de Coordinación Política acordó proponer al Pleno de la Cámara de Diputados que se cite a comparecer a los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes para que informen sobre la viabilidad técnica de las distintas opciones de voto postal que la Cámara de Diputados se encuentra analizando en el marco de la tramitación de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, remitida por la Cámara de Senadores el pasado 27 de abril.

    Con base en lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 33 y 34, párrafo 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 53 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se cita a comparecer ante el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión al Dr. Luis Ernesto Derbez Bautista, en su calidad de Secretario de Relaciones Exteriores del Poder Ejecutivo Federal, en la sesión extraordinaria que tendrá lugar el miércoles 22 de junio de 2005, a las 11:00 horas, en el Recinto Legislativo de San Lázaro.

    Segundo: Se cita a comparecer ante el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión al Arq. Pedro Cerisola y Weber, en su calidad de Secretario de Comunicaciones y Transportes del Poder Ejecutivo Federal, en la sesión extraordinaria que tendrá lugar el miércoles 22 de junio de 2005, al término de la comparecencia a la que se refiere el resolutivo que antecede.

    Tercero: Las comparecencias a las que se refiere el presente Acuerdo tendrán por objeto que los servidores públicos comparecientes informen sobre la viabilidad técnica de las distintas opciones de voto postal que la Cámara de Diputados se encuentra analizando en el marco de la tramitación de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, remitida por la Cámara de Senadores el pasado 27 de abril.

    Cuarto: Las comparecencias de los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes se desarrollarán en 6 rondas de oradores, de conformidad con el orden siguiente:

  • Grupo Parlamentario del Partido Convergencia;

  • Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;

  • Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;

  • Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

  • Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y

  • Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

    Las rondas de oradores iniciarán con la intervención, hasta por 5 minutos, de los diputadas y diputados designados por el grupo parlamentario que corresponda, de acuerdo con el orden precedente. Al término de cada intervención, el funcionario compareciente dispondrá de 5 minutos para responder a los cuestionamientos que los legisladores le formulasen. Acto seguido, los grupos parlamentarios dispondrán de hasta 3 minutos para un turno de réplicas.

    Quinto: Notifíquese mediante oficio a los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22, párrafo 2 de la Ley Orgánica del Congreso General.

    Sexto: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo, 20 de junio de 2005.--- Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Convergencia.»

    En votación económica, se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.
    VOTO DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone al Pleno de la Cámara de Diputados que invite al Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral para que informe sobre la viabilidad técnica de las distintas modalidades de voto postal

    ConsiderandoI. Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política es el órgano en el que se expresa la pluralidad de la Cámara, y en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le confieren;

    II. Que el artículo 34, párrafo 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General faculta a la Junta de Coordinación Política a impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo;

    III. Que en sesión celebrada el 20 de junio de 2005, la Junta de Coordinación Política acordó proponer al Pleno de la Cámara de Diputados que se cite a comparecer a los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes para que informen sobre la viabilidad técnica de las distintas opciones de voto postal que la Cámara de Diputados se encuentra analizando en el marco de la tramitación de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, remitida por la Cámara de Senadores el pasado 27 de abril, y

    IV. Que en el mismo tenor resulta necesario que las diputadas y diputados escuchen la opinión del Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, en relación con las capacidades técnicas de la institución para implementar las distintas modalidades de voto postal.

    Con base en lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 y 34, párrafo 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se invita al Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, Dr. Luis Carlos Ugalde Ramírez, a participar en la sesión extraordinaria que tendrá lugar el próximo miércoles 22 de junio de 2005, a partir de las 11:00 horas, con objeto de que informe sobre la viabilidad técnica de las distintas opciones de voto postal que la Cámara de Diputados se encuentra analizando en el marco de la tramitación de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, remitida por la Cámara de Senadores el pasado 27 de abril.

    Las intervenciones del Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral tendrán lugar una vez agotadas las comparecencias de los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes.

    Segundo: La participación del Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral durante la sesión a la que se refiere el resolutivo Primero del presente acuerdo, se desarrollará en 10 rondas de oradores, de conformidad con las siguientes reglas:

    a) Cada ronda de oradores iniciará con la intervención, hasta por 5 minutos, de las diputadas y los diputados designados por el grupo parlamentario que corresponda. Al término de cada intervención, el funcionario invitado dispondrá de 5 minutos para responder a los cuestionamientos que los legisladores le formulasen. Acto seguido, los grupos parlamentarios dispondrán de hasta 3 minutos para un turno de réplicas.

    b) El orden de intervenciones será el siguiente:

  • Grupo Parlamentario del Partido Convergencia;

  • Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;

  • Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;

  • Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

  • Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;

  • Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

  • Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

  • Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

  • Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y

  • Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Tercero: Gírese invitación al Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22, párrafo 2 de la Ley Orgánica del Congreso General.

    Cuarto: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo, 20 de junio de 2005.--- Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario Convergencia.»

    En votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.
    LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZUCAR
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería con proyecto de decreto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, publicado en la Gaceta Parlamentaria.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

    A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la H Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, con la opinión de la Comisión Especial para analizar los problemas de la Agroindustria Azucarera, la Minuta con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, remitida por la H. Cámara de Senadores y en uso de la facultad que le concede el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su calidad de cámara revisora.

    Con fundamento, en lo dispuesto por el artículo 72 inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos , 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a esta Comisión de Agricultura y Ganadería, con la opinión de la Comisión Especial para analizar los problemas de la Agroindustria Mexicana de la Caña de Azúcar, emitir el dictamen correspondiente sobre las observaciones realizadas por el Senado de la República:

    ANTECEDENTESI. En la sesión del 14 de noviembre de 2000 el C. Diputado Francisco Castro González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados una Iniciativa de Ley de la Agroindustria de la Caña de Azúcar, disponiendo la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados su turno a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados.

    II. En la sesión del 26 de diciembre de 2000 el C. Diputado Arturo Herviz Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley de la Agroindustria de la Caña de Azúcar, disponiendo la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados su turno a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados.

    III. En la sesión del 15 de noviembre de 2001 el C. Diputado Bernardo Pastrana Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley de la Agroindustria de la Caña de Azúcar, disponiendo la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados su turno a la Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión Especial de la Agroindustria Mexicana de la Caña de Azúcar.

    IV. En la sesión del 2 de septiembre de 2004 la Cámara de Diputados recibió de la Cámara de Senadores la Minuta proyecto de decreto que adiciona tres artículos transitorios a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, derivada de una Iniciativa presentada por los CC. Senadores Fidel Herrera Beltrán, Gerardo Buganza Salmerón, Rodimiro Amaya Téllez y Gloria Lavara Mejía, de los grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Verde Ecologista de México, respectivamente, aprobada por el mismo Pleno del Senado de la República en su sesión de 29 de Abril de 2004. Retomando de la minuta lo concerniente a la caña de azúcar.

    V. Previos los análisis y consultas respectivos, en la sesión del 17 de marzo de 2005 esta Comisión de Agricultura y Ganadería sometió a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el dictamen con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. Aprobado en lo general y en lo particular y enviado a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales procedentes.

    VI. Recibida por la Cámara de Senadores la minuta respectiva proveniente de la colegisladora en la sesión del 30 marzo de 2005 la Mesa Directiva del Senado de la República determinó turnarla a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos, Segunda, con opinión de la Comisión Especial para dar Seguimiento al Decreto de Expropiación de los Ingenios Azucareros.

    VII. El 27 de abril de 2005, las Comisiones dictaminadoras del Senado de la República, sometieron al Pleno de la misma, el dictamen de la minuta que nos ocupa. Apoyando ampliamente a esta Cámara de Origen en los propósitos, objetivos y necesidades apremiantes de contar con una Ley para esta importante cadena productiva como lo es la Agroindustria Azucarera.

    VIII. El 28 de abril de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería la minuta con proyecto de Decreto que expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, con modificaciones al articulado que permitieran darle mayor congruencia para la efectiva aplicación y entendimiento de la Ley.

    CONSIDERACIONES

    Que esta Comisión dictaminadora estima que la agroindustria de la caña de azúcar tiene una relevancia determinante para contribuir a un desarrollo nacional sustentable.

    Lo anterior se desprende del hecho de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las condiciones conforme a las cuales el Estado mexicano tiene la responsabilidad de ejercer la rectoría del desarrollo nacional, con la finalidad de consolidar un desarrollo integral que se traduzca en el constante mejoramiento económico, social y cultural de los mexicanos. En este desarrollo nacional, el aspecto económico desempeña un papel fundamental, ya que mediante el fomento al desarrollo nacional se pretende lograr un crecimiento económico y la generación de empleo que permita una mejor distribución del ingreso y de la riqueza nacional, que responda al interés general en el marco de las libertades que establece nuestro máximo ordenamiento jurídico.

    Que resulta importante destacar que la actividad en torno a la industria de la caña de azúcar desborda el ámbito rural en virtud de los volúmenes de producción que se generan anualmente y que impactan en la economía nacional.

    Que el cultivo de la caña de azúcar es uno de los que genera mayor cantidad de ingresos del campo mexicano al participar con el 13.5% del valor de la producción agrícola nacional, equivalente al 3.5.% de la rama de alimentos y tabacos y representa el 0.5% del Producto Interno Bruto y a la vez genera 440 mil empleos directos equivalente al 1% de la planta manufacturera nacional, dependiendo en forma directa 2.5 millones de mexicanos en quince Estados de la República Mexicana y 227 municipios, en donde viven más de 12 millones de habitantes que se ven beneficiados en su economía y con los empleos directos e indirectos que 58 plantas fabriles generan en las regiones productoras de caña de azúcar. Lo anterior se traduce en una producción promedio de 44 millones de toneladas de caña y 5 millones de toneladas de azúcar por ciclo azucarero.

    Que la agroindustria no solamente es importante en el ámbito nacional sino también en el internacional, dado que ocupa el séptimo lugar de azúcar producido entre un centenar de países, la octava posición respecto al consumo, el tercer lugar en rendimientos de toneladas de caña por hectárea y el cuarto lugar con relación a los rendimientos de azúcar por hectárea, lo que la hace destacar en comparación con otros cultivos agrícolas.

    Que la economía nacional ha tenido procesos de cambio que son importantes a considerar en la revisión del marco normativo reglamentario aplicable a este sector agrícola, tales como el retiro del Estado para subsidiar en forma directa a esta actividad, la desincorporación en primera instancia y el desregulamiento de las estructuras de gobierno que aseguraban la preservación del interés público. Esa situación originó la desaparición de las instituciones de fomento y apoyo financiero específicas, aunado al hecho de que a partir de 1992 se promulgó la Ley Federal de Competencia Económica, la cual aceleró el proceso de desregulación de las instituciones, de los mecanismos de fijación de precios y de la libre concurrencia del azúcar y los productos sustitutos.

    Que la ausencia de un marco jurídico de la agroindustria que dispusiera la creación de instituciones y políticas públicas claras que fomentaran al sector para hacerlo más competitivo y en aptitud de operar frente a las condiciones de competencia global y a los mecanismos desregulatorios que establece la Ley Federal de Competencia Económica, constituye parte de la explicación de los actuales problemas de la agroindustria. Por otro lado, el incumplimiento del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y las Cartas Paralelas que favorecieron la importación de jarabe de maíz de alta fructuosa y la importación de maíz amarillo de los Estados Unidos para producir este jarabe en México, tuvieron como consecuencia que la agroindustria azucarera presentara altas pérdidas por acumulación de inventarios y la colocación de azúcares en el mercado internacional a precios de excedentes; situación originada por el desplazamiento del azúcar en el consumo industrial nacional por el jarabe de maíz de alta fructuosa, provocando una competencia desleal tanto al ramo azucarero como a los maiceros mexicanos.

    Es importante resaltar el trabajo serio, decidido y responsable por parte de los Senadores de la República, quienes llevaron a cabo algunas propuestas de adiciones y modificaciones, con el fin de buscar una mayor comprensión y desarrollo del articulado del proyecto, en aras de asegurar una mejor y más efectiva aplicación de las disposiciones legales que beneficiarán en su conjunto a los sectores productivos de la agroindustria.

    Es conveniente mencionar que en algunos casos sólo se trata de aspectos de redacción, en algunos otros la reubicación del Capitulado y su articulado para darle una mayor congruencia y, en otros, se obedece a la necesidad de adecuar debidamente estas disposiciones a la legislación relacionada con esta Ley, sin afectar en lo más mínimo el espíritu de la Minuta dictaminada y aprobada por esta Soberanía.

    MODIFICACIONES A LA MINUTA

    Las modificaciones realizadas por el Senado de la República son las siguientes:

    1.- El artículo primero se modifica en su redacción con el propósito de precisar que la Ley se expide en el marco de los artículos 25 y 27, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables, de tal manera que ello obedece a la conveniencia de aclarar su fundamento constitucional.

    2.- El artículo segundo se modifica pero, retomando el contenido del artículo primero de la minuta original, y que es establecer la naturaleza del ordenamiento que se crea, el objeto de sus disposiciones, así como su concordancia con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    Es importante destacar que esta adecuación de redacción permite enriquecer su contenido, sin alterar el espíritu de las consideraciones de los CC. Diputados en el sentido de concederle suma importancia al desarrollo sustentable de la caña de azúcar en sus diversos productos, además de sus modalidades de coproductos, subproductos y derivados reafirmando su carácter de interés público.

    3.- El artículo 3 se modifica con el propósito de integrar en él las definiciones utilizadas en la Ley, que ya se encuentran contenidas inicialmente en el artículo 6 de la minuta que se analiza, tomando en cuenta que ello obedece únicamente a un criterio de orden lógico, es decir, a efecto de que en los primeros artículos queden estructuradas dichas definiciones.

    No obstante, se introducen algunos cambios en dos definiciones únicamente para destacar su concordancia con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de la que emanan las figuras de Junta Permanente de Arbitraje y el Servicio Nacional del Registro Agropecuario.

    Asimismo se agrega la definición de CICTCAÑA, que corresponde al Centro de Investigación Científica y Tecnológica de la Caña de Azúcar, que se utiliza en diversos artículos de la Ley, con el objeto de obviar el manejo de su nombre, por lo que con ello se considera que únicamente se enriquece el contenido de las definiciones, preservando la propuesta de esta Cámara de Origen.

    Es importante mencionar que el contenido del artículo 3 de la Minuta de esta Cámara se suprime en su totalidad por considerar que la obligación a cargo del Estado mexicano que ahí se señala, ya se encuentra contenida en diversos ordenamientos como la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley de Capitalización del Procampo, y la Ley Orgánica de la Financiera Rural, entre otros, de lo que se desprende la conveniencia de evitar repeticiones innecesarias a fin de no generar confusión en el cumplimiento de dicha obligación.

    4.- El artículo 4 se modifica en su redacción para precisar que el Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar contemple los objetivos, las metas, las estrategias y las líneas de acción, de los programas sectoriales correspondientes, por considerar que estas especificaciones presentan una mejor concordancia con la Ley de Planeación.

    Asimismo, el segundo párrafo del artículo 4 de la minuta original y a criterio de la colegisladora se integra como artículo 5 del proyecto que se sometió a la consideración del Pleno del Senado de la República, introduciendo la modificación en su redacción por considerar que, de mantener exceptuados de la aplicación de la Ley Federal de Competencia a los Convenios y Acuerdos de concertación previstos en la redacción original de la minuta, podrían haberse provocado inconformidades y demandas por parte de los competidores de productos sustitutos del azúcar así como de consumidores industriales, ya que se presume se consolidaría un mercado de vendedores, provocando una distorsión de la política preventiva y pragmática que la Ley Federal de Competencia Económica establece con respecto a las concentraciones que provocan prácticas monopólicas, por lo que el producto azúcar de caña debe quedar sujeto a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Federal de Competencia Económica, pues debe prevalecer en sus términos esta disposición respecto a la intervención gubernamental en la fijación de los precios máximos de este producto por ser de consumo popular.

    5.- En cuanto al artículo 5 de la minuta original, la colegisladora lo acepta íntegramente con la modificación de que pasa a ser artículo 6 del proyecto que se somete a la consideración de esta H. Asamblea.

    6.- El artículo 7 de la minuta original se suprime en virtud de que todas las actividades de fomento agrícola se encuentran previstas en nuestra Carta Magna y en la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable, siendo innecesaria la referencia a la atribución de fomento a la agroindustria de la caña de azúcar.

    7.- El artículo 8 de la minuta original queda integrado como artículo 7 en el proyecto aprobado por la colegisladora y con las siguientes modificaciones:

    a) Se incluye a las dependencias y entidades de los gobiernos estatales y del Distrito Federal, así como de los municipios, además de considerar a las del Gobierno Federal, para la realización de las diversas actividades previstas en dicha disposición legal, recogiendo el contenido del artículo 11 de la minuta de mérito, por considerarse como acción a realizar por la Secretaría que en él se menciona.

    b) Se introducen cambios de redacción en las diferentes actividades previstas en esa disposición legal, con el propósito de jerarquizarlas en función de las atribuciones de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y hacer aún más comprensible su contenido.

    c) Se hace notar que el contenido del artículo 10 de la minuta que se dictamina queda incorporado en las fracciones III y IV del artículo 7 del proyecto devuelto por el Senado de la República, porque su contenido se refiere a acciones que debe realizar la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    8.- El artículo 9 de la minuta original queda integrado en su contenido como artículo 8 del proyecto remitido por el Senado, introduciendo la participación coordinada del Comité Nacional en la formulación del Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar, que será presentado al Titular del Ejecutivo Federal. Asimismo se incorporan en el programa correspondiente instrumentos de valuación y asignación de recursos para su ejecución.

    9.- El artículo 12 de la minuta original queda integrado como artículo 9 del proyecto remitido por el Senado, por razón de la eliminación de anteriores artículos, para referir la constitución del organismo público descentralizado Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar a lo dispuesto por la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, estableciendo, además, su objeto y domicilio legal.

    Cabe destacar que el párrafo segundo del artículo 12 de la minuta queda estructurado como artículo 12 en el nuevo proyecto, reestructurando su contenido en cuanto a la integración de la Junta Directiva del Comité Nacional, adecuando su estructura con la Ley Federal de Entidades Paraestatales y ampliando la posibilidad de invitación a terceros como integrantes de la misma.

    10.- El contenido del artículo 13 de la minuta se incorpora como fracción XXVIII del artículo 10 del nuevo proyecto, por tratarse de una acción que debe realizar el Comité Nacional a que se refiere el Artículo 10, modificando su redacción para mayor congruencia, pero manteniendo el propósito que motivó su aprobación en la minuta original.

    11.- El artículo 14 de la minuta queda integrado como artículo 10 en el nuevo proyecto, con diversas mejoras de redacción e incorporando nuevas atribuciones al Comité Nacional con el propósito de que su funcionamiento sea más eficaz y acorde con la naturaleza jurídica del propio Comité.

    12.- El artículo 15 de la minuta original queda suprimido en virtud de que algunas previsiones contenidas en esa disposición se incorporan en diversos artículos del nuevo proyecto y otras por referirse a la figura del Secretario Técnico que no existe en la estructura de un Organismo Público Descentralizado, y tales funciones corresponden al Director General.

    13.- Tratándose del artículo 16 de la minuta original queda suprimido en virtud de que, de acuerdo a la naturaleza jurídica del Comité Nacional, no existen atribuciones del Presidente sino de su Director General.

    14.- Los artículos 17 y 18 de la minuta original se suprimen en virtud de que las funciones y obligaciones de los sujetos a que se refieren son ejercidas y cumplidas, respectivamente, por la Junta Directiva en su conjunto.

    15.- El contenido del artículo 19 de la minuta enviada al Senado pasa a formar parte del artículo 17 del nuevo proyecto, porque su contenido se refiere a obligaciones que debe cumplir el Director General del Comité Nacional.

    16.- El artículo 20 de la minuta original quedó suprimido en virtud de que forma parte de las facultades de la Junta Directiva previstas en la fracción XV del artículo 14 del nuevo proyecto.

    17.- El artículo 21 de la minuta original se suprime en virtud de que su contenido corresponde a funciones del Director General previstas en la fracción I del artículo 17 del nuevo proyecto.

    18.- El artículo 22 de la minuta original se suprime toda vez que se considera que no siempre los acuerdos aprobados por el Comité Nacional podrán ser obligatorios para sus integrantes, ya que en muchas ocasiones tendrán la necesidad de obtener la previa autorización de las entidades u organizaciones que representan.

    19.- El artículo 23 de la minuta original se suprime en virtud de que por tratarse de un Organismo Público Descentralizado sus determinaciones deben ajustarse a las atribuciones que le confiere la ley, por lo que sería incongruente mantener su contenido.

    20.- El artículo 24 de la minuta original pasa a ser el artículo 118 del nuevo proyecto, contenido en el Capítulo de la Conciliación y el Arbitraje en la Agroindustria de la Caña de Azúcar, adicionándosele un inciso d) para establecer la posibilidad de controversia azucarera entre Abastecedores de Caña y/o Industriales con los Comités de Producción y Calidad Cañera, con el propósito de propiciar la transparencia en el funcionamiento de dichos Comités y preservar, en su ámbito, el interés público de la agroindustria de la caña de azúcar.

    21.- Los artículos 25 al 32 de la minuta original pasan a ser en orden correlativo los artículos 119, 125, 127, 128, 129, 120, 130 y 140 del nuevo proyecto, por resultar conveniente su reubicación para que la estructura del articulado siga un orden lógico, respetando su contenido.

    22.- Por la misma razón que en el caso anterior, los artículos 33 y 34 de la minuta original pasan a ser 141 y 142 del nuevo proyecto de estas dictaminadoras, suprimiendo la palabra inconformidad para evitar la confusión con un procedimiento de defensa, y las demandas se precisan como controversiales, considerando la necesidad de integrar en las mismas los hechos que sean fundatorios de la pretensión respectiva.

    23.- Los artículos 35 a 39 de la minuta original pasan a ser correlativamente 143 a 147 del nuevo proyecto y el artículo 40 pasa a ser el 124, por la reubicación del capitulado para estructurar mejor el contenido de la Ley.

    24.- El artículo 41 de la minuta original pasa a ser primer párrafo de la fracción II del artículo 126 del nuevo proyecto que ahora se presenta; el artículo 42 pasa a ser segundo párrafo de la fracción II del artículo 126, pues en ambos casos su contenido se refiere a parte del procedimiento arbitral regulado en el artículo 126 citado.

    25.- El artículo 43 de la minuta original pasa a ser la fracción III del artículo 126 del nuevo proyecto que se presenta, por tratarse de otra etapa del procedimiento arbitral.

    26.- Los artículos 44 y 45 de la minuta original pasan a ser artículos 148 y 149 del nuevo proyecto, por la reestructuración del Capitulado, pero respetándose íntegramente su contenido.

    27.- El artículo 46 se suprime con objeto de propiciar una impartición de justicia verdaderamente expedita, evitando así la dilación innecesaria del procedimiento de arbitraje con la prórroga de los términos dentro del procedimiento.

    28.- El artículo 47, de la minuta original, referido al cumplimiento de laudos, pasa a ser artículo 150 del nuevo proyecto que se presenta, por reubicación del Capitulo que le corresponde, adicionando la necesidad de que el laudo arbitral respectivo deba ser homologado por la autoridad competente para efecto de su ejecución.

    29.- Los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55 de la minuta original pasan a ser correlativamente los artículos 131, 132, 138, 134, 135, 136, 139 y 23, respectivamente, del nuevo proyecto que se presenta, cuya reubicación responde a la necesidad de conferir al cuerpo de la Ley una mejor integralidad.

    30.- El artículo 56, relativo a las facultades y obligaciones del Comité de Producción y Calidad Cañera, pasa a ser el artículo 26 del nuevo proyecto que se presenta, por resultar necesaria la reubicación del Capítulo correspondiente, agregando una fracción relativa a la obligación del Comité de informar pública, clara y puntualmente los gastos que realice con especificación de sus montos, conceptos y distribución.

    31.- El artículo 57 de la minuta original pasa a ser inciso d) del artículo 118 del nuevo proyecto que se presenta, por que resulta más adecuada su inclusión en éste artículo, por razones de congruencia con su contenido al referirse a la posibilidad de que los Comités sean demandados por incumplimiento de esta Ley y demás disposiciones derivadas.

    32.- El artículo 58 de la minuta original pasa a ser la fracción XV del artículo 26 del nuevo proyecto que se presenta, por tratarse de una obligación a cargo de los Comités.

    33. Los artículos 59 a 65 de la minuta original pasan a ser correlativamente los artículos 24, 25, 27, 28, 29, 22 y 30, respectivamente, del nuevo proyecto que se dictamina, por razón de la reestructuración del Capitulado, sin modificar su contenido, con excepción del artículo 25 que establece la adopción de acuerdos por el Comité de Producción y Calidad Cañera por mayoría de votos, excepto los asuntos que se refieren a la determinación de fechas de inicio y terminación de zafra, corte de rendimiento de los kilogramos de azúcar recuperable base estándar, descuentos y castigos de cañas, cañas diferidas y cañas quedadas, así como distribución de gastos prorrateables a la masa común de caña liquidable, que deben adoptarse por unanimidad en virtud de que debe existir uniformidad sobre estos asuntos.

    34.- El artículo 66 de la minuta original se adiciona en su redacción con objeto de considerar a las organizaciones de caña que se constituyan en el futuro y pasa a ser el artículo 31 del nuevo proyecto que se presenta, por necesaria reubicación del Capítulo correspondiente.

    35.- Los artículos 67 a 91 de la minuta original pasan a ser los artículos 32 a 56 del nuevo proyecto que se presenta por razón de la reestructuración del Capitulado, sin modificación en su contenido en lo general, excepto los artículos 53, 55, 58, 60, 64, 77 y 87 con objeto de precisar su redacción, incorporando tanto en el procedimiento conciliatorio como de arbitraje la obligación de registrar las actuaciones efectuadas.

    36.- El artículo 92 de la minuta original pasa a ser artículo 57 del nuevo proyecto por reubicación del Capítulo respectivo, precisándose la facultad del Comité Nacional en materia de precios de referencia del azúcar.

    37.- El artículo 93 de la minuta original, por reubicación del Capitulado, pasa a ser el artículo 58 del nuevo proyecto que se presenta modificando su redacción para precisar el mecanismo de determinación del precio de referencia del azúcar.

    38.- Los artículos 94 a 131 de la minuta original pasan a ser artículos 59 a 96 del nuevo proyecto que se presenta, por reubicación de los Capítulos en que están comprendidos, pero sin modificación esencial en su contenido.

    39.- El artículo 132 de la minuta original queda integrado, por la misma razón de reubicación, como artículo 97 del nuevo proyecto que se presenta, adicionándolo con la disposición de que el CICTCAÑA depende del Comité Nacional, el que deberá aprobar su estructura, programa de mediano plazo, programa operativo anual de investigación y desarrollo y su presupuesto.

    40.- Los artículos 133 a 138 de la minuta original, también por reubicación, pasan a ser los artículos 98 a 103 del nuevo proyecto, con pequeñas adiciones o correcciones para mayor claridad en las disposiciones que en ellos se contienen.

    41.- El artículo 139 de la minuta original pasa a ser el artículo 104 del nuevo proyecto que se presenta ampliándose la explicación del concepto de diversificación productiva en la materia, a los aprovechamientos de derivados de la sacarosa.

    42.- El artículo 140 de la minuta original pasa a ser el artículo 105 del nuevo proyecto, por reubicación en la estructura de la Ley, incluyendo en forma total el aprovechamiento de la agroenergía derivada de la caña de azúcar.

    43.- Los artículos 141 a 152 de la minuta original, por reubicación del Capítulo del que forman parte, pasan a ser los artículos 106 a 117 del nuevo proyecto, con algunos cambios en redacción para una mejor precisión.

    44.- En el artículo Transitorio SEGUNDO se aclara que la excepción a la derogación dispuesta se refiere a los Artículos Transitorios TERCERO, QUINTO, SEXTO Y OCTAVO, no solo a los acuerdos que en ellos se mencionan.

    45.- Se modifica el Artículo Transitorio SEXTO, al igual que el SÉPTIMO, para adecuar los numerales de los Artículos que se refieren a la actualización de las Organizaciones.

    De conformidad con las modificaciones propuestas por la H. Cámara de Senadores, la estructura del proyecto de Ley que se presenta es la siguiente:

    Título Primero

    El Título Primero, denominado Disposiciones Generales, establece el marco en que se funda la expedición de esta Ley, que son los Artículos 25 y 28, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la naturaleza de sus disposiciones, el objeto de las mismas, el marco definitorio, así como los sujetos destinatarios de la norma.

    Título Segundo

    El Título Segundo se enfoca a precisar las regulaciones de las actividades y atribuciones que corresponde desarrollar a las autoridades y a los órganos involucrados en la aplicación de la Ley, a saber: la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, los Comités Regionales para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar y los Comités de Producción y Calidad Cañera de cada ingenio, precisando en particular los aspectos relativos a los órganos de Administración del Comité Nacional, su estructura, funcionamiento, facultades y obligaciones.

    Se integra con los CAPITULOS: I De la Secretaría; II Del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; III De los Comités Regionales para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, y IV de los Comités.

    En este Título es importante destacar el carácter de las normas y las tareas concretas que el Estado debe cumplir, para asumir una efectiva rectoría económica en materia de la agroindustria azucarera, y las líneas de política en la formulación del Programa Nacional Azucarero congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo y su previsión en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

    Título Tercero

    El Título Tercero DE LAS ORGANIZACIONES DE ABASTECEDORES DE CAÑA DE AZUCAR, regula las organizaciones locales y nacionales de Abastecedores de Caña de azúcar, los requisitos para su constitución, su objeto y su registro, observando el cumplimiento de la garantía de libre asociación preservada en el Artículo 9º Constitucional, así como las disposiciones para la conformación del Padrón Nacional de Abastecedores de Caña.

    Adicionalmente, para mejorar los sistemas administrativos de control y registro de las figuras asociativas de los Abastecedores de Caña, se propone hacerlo por conducto del Servicio Nacional de Registro Agropecuario dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en los términos establecidos por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    Contiene los CAPITULOS: I Constitución y Objeto de las Organizaciones de Abastecedores; II De las Organizaciones Locales de Abastecedores de Caña; III De las Organizaciones Nacionales de Abastecedores de Caña; IV Del Padrón Nacional de Abastecedores de Caña.

    Título Cuarto

    El Título Cuarto DE LAS RELACIONES CONTRACTUALES se enfoca a regular las relaciones contractuales aplicables a la siembra, cultivo, cosecha, entrega y recepción de caña de azúcar, la modalidad del sistema de pago aplicable a la caña de azúcar, regulando las relaciones jurídicas de la agricultura de contrato.

    Se estructura con los CAPITULOS: I Del Contrato Uniforme; II Del Sistema de Pago; III De las Características de la Caña como Materia Prima para la Industria Azucarera; IV De las Cañas Contratadas no Industrializadas; V Del Sistema para Determinar el Azúcar Recuperable Base Estándar Uniforme de la Caña Industrializada; y VI de la Normatividad y de la Supervisión del Proceso de Fábrica.

    En el Capítulo referente al sistema de pago, se mantiene la participación de la caña con el 57% del precio de referencia. Es importante señalar que esta participación es resultado de un proceso de negociaciones históricas que tiene que ver con la desregulación de las obligaciones de los Industriales para con los Abastecedores de Caña, de tal forma que en el pasado la caña de azúcar representaba el 60 % del valor del azúcar, y adicionalmente los productores participaban del valor de las mieles finales y los alcoholes.

    Para mantener esta participación de la caña en el precio del azúcar, el Gobierno de la República se apoyaba en una política de precios oficiales y subsidios al sector.

    En la presente Ley se mantiene la participación del 57% del precio de referencia de azúcar de caña, y cuidadosos de no afectar a terceros, estas Comisiones revisamos la estructura de precios del azúcar en el mercado, de tal forma que pudimos constatar que el precio de referencia que se obtiene es inferior hasta en un 38% respecto del precio detallista, e inferior de los precios mayorista y medio mayorista, de tal manera que esta decisión no afecta a los consumidores finales del azúcar.

    Sin embargo para efectos de los Coproductos, Subproductos y Derivados de la caña de azúcar y la sacarosa, las participaciones en el valor de esta producción se hará en función de los riegos de inversión que asuma cada uno de los integrantes de la agroindustria.

    Cobra especial relevancia la normatividad aplicable al pago por calidad de la caña, individual o por grupo de abastecedores de caña incorporando lo relativo a su normatividad.

    Título Quinto

    El Título Quinto DE LA INVESTIGACIÓN, LA DIVERSIFICACIÓN Y LA SUSTENTABILIDAD, atiende en especial a la investigación, diversificación y sustentabilidad de las actividades de la agroindustria de la caña, a fin de orientar los proyectos de investigación y desarrollo para otorgar más competitividad y rentabilidad a dicha agroindustria, toda vez que ha sido preocupación de las Cámaras del Congreso atender los aspectos relacionados con el desarrollo de este sector en materia de agroenergía, a efecto de competir con la cadena productiva del maíz proveniente de los Estados Unidos, por lo que es de singular importancia preveer disposiciones para enfrentar las condiciones de un mercado abierto en productos de segundas y terceras cadenas productivas y remontar el bajo nivel tecnológico en campo y fábrica, teniendo como propósito, mediante una investigación ordenada, lograr el desarrollo en agroenergía, sucroquímica, productos alimenticios derivados de la sacarosa, tales como la sucralosa, olestra y fructooligosacáridos y productos farmacéuticos de alto valor derivados de esta última, siendo los más conocidos los siguientes: sucralfate, polysucrose, esteres especiales, epóxidos, sucrogel y bioplásticos.

    Este Título contiene los CAPITULOS: I De la Investigación y Desarrollo Tecnológico; II Diversificación Productiva y III De la Sustentabilidad.

    Título Sexto

    El Título Sexto DE LA CONCILIACIÓN Y EL ARBITRAJE EN LA AGROINDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZUCAR, se enfoca a regular el procedimiento aplicable a la conciliación y arbitraje de las controversias en la agroindustria de la caña de azúcar, creándose la Junta Permanente de Arbitraje de la Agroindustria de la Caña de Azúcar en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para conocer y resolver todas aquellas controversias azucareras que surjan con motivo de la aplicación de esta Ley y demás disposiciones aplicables.

    El conflicto azucarero, por la calidad de los sujetos, requiere de una regulación legal especializada, que no especial, lo que justifica por sí mismo disposiciones de esta naturaleza para consolidar y actualizar el sistema de conciliación y arbitraje entre los sujetos particulares destinatarios de la Ley propuesta.

    Este Título contiene los CAPITULOS: I De las Controversias; II del Procedimiento Conciliatorio; III Del Arbitraje; IV De la Junta Permanente; V Del Pleno de la Junta Permanente; VI de la Secretaría General de la Junta Permanente; VII Del Ámbito Competencial y del Procedimiento ante la Junta Permanente.

    Finalmente los Artículos TRANSITORIOS se mantienen con la misma numeración y pequeñas adecuaciones que no resultan trascendentales en relación con el contenido de la minuta original.

    En virtud de que las diversas adiciones y modificaciones realizadas a la minuta, propician un mejor entendimiento y ordenamiento a la Ley que se propone, esta Comisión de Agricultura y Ganadería, conjuntamente con la opinión positiva de la Comisión Especial para analizar los problemas de la Agroindustria Azucarera dictaminan favorablemente y en sus términos, las reformas y adiciones a la Minuta Proyecto de Decreto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, realizadas por la H. Cámara de Senadores.

    Por lo que esta Comisión de Agricultura y Ganadería somete a la consideración de este Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZUCAR.

    Artículo Único.- Se expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

    LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR.

    TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 1.- Se expide la presente Ley en el marco de los artículos 25 y 27, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que resultan aplicables.

    Artículo 2.- Sus disposiciones son de interés público y de orden social, por su carácter básico y estratégico para la economía nacional en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, tiene por objeto normar las actividades asociadas a la agricultura de contrato y a la integración sustentable de la caña de azúcar, de los procesos de la siembra, el cultivo, la cosecha, la industrialización y la comercialización de la caña de azúcar, sus productos, subproductos, coproductos y derivados.

    Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

    I. Abastecedores de Caña: Los productores, personas físicas o morales, cuyas tierras se dediquen total o parcialmente al cultivo de la caña de azúcar, para uso industrial y que tengan celebrado un Contrato Uniforme sancionado por el Comité de Producción y Calidad Cañera correspondiente o un contrato de condiciones particulares;

    II. Cámara Azucarera: La Cámara Nacional de las Industrias Azucarera y Alcoholera;

    III. Ciclo Azucarero: El periodo comprendido del 1 de octubre de un año al 30 de septiembre del año siguiente;

    IV. Comisión Intersecretarial: La Comisión Intersecretarial de Desarrollo Rural Sustentable;

    V. Comité Nacional: El Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar;

    VI. Comité Regional: Cada uno de los Comités Regionales para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar;

    VII. Comité: Cada uno de los Comités de Producción y Calidad Cañera de cada Ingenio;

    VIII. Contrato: El Contrato Uniforme de Compraventa y de siembra, cultivo, cosecha, entrega y recepción de caña de azúcar;

    IX. Industriales: Los propietarios de los Ingenios procesadores de caña de azúcar;

    X. Ingenio: La planta industrial dedicada al procesamiento, transformación e industrialización de la caña de azúcar;

    XI. Junta Permanente: La Junta Permanente de Arbitraje de la Agroindustria de la Caña de Azúcar, de conformidad con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

    XII. Ley: La Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar;

    XIII. Organizaciones: Las organizaciones nacionales y locales de Abastecedores de Caña de azúcar;

    XIV. Padrón Nacional: El listado de los Abastecedores de Caña del país;

    XV. Plantilla: Caña en su primer ciclo de cultivo, la que se cosecha en el primer corte;

    XVI. Registro: El Servicio Nacional del Registro Agropecuario, previsto por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

    XVII. Resoca: Segunda soca, caña que se cosecha después de la soca;

    XVIII. Secretaría: La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

    XIX. CICTCAÑA: Centro de Investigación Científica y Tecnológica de la Caña de Azúcar;

    XX. Soca: Caña que se cosecha después de la plantilla;

    XXI. Zona de Abastecimiento: El área geográfica donde se ubican los terrenos de los abastecedores de cada Ingenio, y

    XXII. Contrato de condiciones particulares: El Contrato de compraventa, siembra, cultivo, cosecha, entrega y recepción de caña de azúcar, que de manera voluntaria e individual celebren los Abastecedores de Caña con algún Ingenio, que pudiera estipular condiciones diferentes a las del Contrato Uniforme.

    Artículo 4.- Las líneas de política para la agroindustria de la caña de azúcar deberán ser consideradas y previstas en el Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar con carácter especial, contemplando los objetivos, las metas, las estrategias y las líneas de acción propuestas en los programas sectoriales agropecuario, industrial y comercial.

    Artículo 5.- El producto azúcar de caña, por ser necesario para la economía nacional y el consumo popular, queda sujeto a las disposiciones contenidas en el Artículo 7° de la Ley Federal de Competencia Económica.

    Artículo 6.- Son sujetos de esta Ley los Abastecedores de Caña, los Industriales procesadores de la caña de azúcar y las Organizaciones que los representan.

    TITULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES Y DE LOS ORGANOS EN MATERIA DE LA AGROINDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZÚCAR.

    CAPITULO I De la Secretaría

    Artículo 7. La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades competentes de los Gobiernos Federal, Estatales y del Distrito Federal, así como de los municipios, en el ámbito de sus atribuciones realizará lo siguiente:

    I. Dictar las políticas públicas nacionales que habrán de aplicarse en la materia, a fin de imprimir rentabilidad, productividad y competitividad a las actividades que regula esta Ley, que la hagan sustentable;

    II. Establecer programas para el fomento y el desarrollo de la agroindustria de la caña de azúcar e impulsar esquemas que propicien la inversión en el campo cañero y en la industria azucarera;

    III. Gestionar los recursos que demande la ejecución de los programas que formule para promover el mejoramiento de la agroindustria de la caña de azúcar;

    IV. Formular en coordinación con el Comité Nacional, los programas de apoyo y financiamiento dirigidos a la agroindustria de la caña de azúcar, así como las Reglas de Operación de los mismos;

    V. Participar en coordinación con las autoridades correspondientes, en la tramitación y/o prestación de todos los servicios asociados a la agroindustria de la caña de azúcar;

    VI. Establecer en coordinación con la Secretaría de Economía, las medidas para procurar el abasto nacional suficiente del azúcar de caña previendo la reserva estratégica que permita el establecimiento de niveles de inventarios adecuados;

    VII. Proponer a la Secretaría de Economía las bases para la fijación de precios máximos en la materia, en términos del Artículo 7° de la Ley Federal de Competencia Económica;

    VIII. Promover y encauzar el crédito en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el desarrollo y estimulación de la producción del campo cañero, la operación de los Ingenios y el financiamiento de los inventarios de azúcar;

    IX. Fomentar en coordinación con las Secretarías de Economía y de Energía la exportación de productos, coproductos, subproductos y derivados de la caña de azúcar;

    X. Proponer a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía cuando así se requiera, los niveles de cuota y arancel para la importación de azúcar y sus sustitutos;

    XI. Participar e instrumentar en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las acciones de preservación del medio ambiente y la protección de la biodiversidad en el campo cañero en las Zonas de Abastecimiento y de los Ingenios, impulsando la ejecución de programas de recuperación ecológica;

    XII. Fomentar el consumo nacional del azúcar y de los productos, coproductos, subproductos y derivados de la caña de azúcar;

    XIII. Establecer en coordinación con la Secretaría de Economía un sistema integral de información de mercados y otros servicios que consoliden el mercado doméstico y la exportación de productos, coproductos, subproductos y derivados de la caña de azúcar;

    XIV. Elaborar, actualizar y difundir un banco de proyectos y oportunidades de inversión en la agroindustria de la caña de azúcar y sus actividades complementarias, para lo cual, en coordinación con las dependencias o entidades competentes de los tres órdenes de gobierno, fomentará el establecimiento de empresas de los sectores social y privado cuyo objeto social sea el aprovechamiento de la caña de azúcar, la industrialización y comercialización de los productos, coproductos, subproductos y derivados de la misma propiciando la competitividad y en su caso, la reconversión productiva;

    XV. Elaborar y promover programas de productividad de las Zonas de Abastecimiento donde se incorporen los programas de infraestructura hidroagrícola y de caminos rurales;

    XVI. Instrumentar el sistema de registro de las Organizaciones locales y nacionales de Abastecedores de Caña, así como de los Ingenios, dentro del Servicio Nacional del Registro Agropecuario;

    XVII. Promover la conciliación y el arbitraje de las controversias de la agroindustria de la caña de azúcar en los términos del Sistema Nacional de Arbitraje que establece la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y esta Ley, y

    XVIII. Las demás que esta Ley y su Reglamento establezcan.

    Artículo 8.- La Secretaría, en coordinación con el Comité Nacional, deberá formular el Programa Nacional de la Agroindustria de la Caña de Azúcar con carácter especial, que será presentado para su aprobación al Titular del Ejecutivo Federal, el que deberá considerar como mínimo, el balance azucarero y el balance general de edulcorantes, las políticas de financiamiento de inversión para el campo cañero y fábrica, las políticas comerciales, los estímulos fiscales y apoyos gubernamentales, la competitividad en costos y precios, el desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías, los tratados comerciales celebrados con otros países y el comportamiento del mercado nacional e internacional, con el objeto de establecer, para el corto y el mediano plazos, los objetivos, metas, estrategias, líneas de acción, asignación de recursos, responsabilidades, instrumentos de evaluación, y mecanismos de colaboración y coordinación interinstitucional con los gobiernos Federal, Estatales, del Distrito Federal y municipales, para propiciar el ordenamiento, fortalecimiento y transparencia en las actividades de la agroindustria de la caña de azúcar.

    CAPITULO II Del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

    Sección Primera De la denominación, objeto y domicilio.

    Artículo 9.- En términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se constituye el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar como un organismo público descentralizado, dependiente de la Administración Pública Federal, cuyo objeto será la coordinación y la realización de todas las actividades previstas en esta Ley relacionadas con la agroindustria de la caña de azúcar; su domicilio legal será la Ciudad de México, Distrito Federal.

    Sección Segunda De las atribuciones

    Artículo 10.- El Comité Nacional, para el cumplimiento de su objeto, tendrá las siguientes atribuciones:

    I. Proponer a la Secretaría, en los términos del Sistema Nacional de Planeación, los programas que resulten mas convenientes para la producción, industrialización y comercialización de la caña de azúcar, sus coproductos, subproductos y derivados, así como las obras de infraestructura, considerando el entorno en el que se desenvuelve el sector en el corto y en el mediano plazos;

    II. Generar mecanismos de concertación entre Abastecedores de Caña e Industriales;

    III. Analizar el tamaño de los mercados de edulcorantes con el propósito de instrumentar estrategias de expansión y repliegue del azúcar de caña en sus distintas presentaciones, así como sus coproductos, subproductos y derivados, acorde con las tendencias de los mercados y las condiciones del País, que a su vez permitan participar con criterios objetivos y pertinentes en la definición de aranceles, cupos y modalidades de importación de azúcar, coproductos, subproductos, derivados y sustitutos;

    IV. Promover alianzas estratégicas y acuerdos para la integración de los agentes económicos participantes, llevando un registro de acuerdos, convenios y contratos de asociación en participación y coinversiones celebrados entre los Ingenios y sus Abastecedores de Caña;

    V. Evaluar las repercusiones de los tratados de libre comercio en el ámbito de la agroindustria de la caña de azúcar y proponer las medidas pertinentes;

    VI. Instrumentar en coordinación con la Secretaría, un sistema obligatorio de registro e informes de control semanal, mensual y anual del comportamiento del balance azucarero y de edulcorantes totales con base en el ciclo azucarero;

    VII. Llevar el registro y control de niveles de producción óptima por Ingenio para contribuir a elevar la competitividad del sector;

    VIII. Evaluar periódicamente el Sistema de pago de la caña por calidad uniforme y el Sistema de pago por la calidad de la caña individual o de grupo; proponiendo los cambios necesarios que le den viabilidad en el contexto del comportamiento de los mercados. Cualquier cambio necesario deberá ser aprobado por el Pleno del Comité;

    IX. Elaborar balances azucareros y de edulcorantes totales por país, para homologar las políticas públicas de los socios comerciales de nuestro país en relación con costos, precios, subsidios, índices de productividad, fondos compensatorios, estímulos fiscales, tasas de interés, políticas crediticias, políticas comerciales, precios administrados y de mercado que entre otros se consideren para establecer las bases para fijar criterios de precios máximos al azúcar de caña en el mercado nacional;

    X. Conciliar entre los Ingenios del país, la distribución de las cuotas de exportación de azúcar acordadas en los tratados comerciales que México haya celebrado o celebre en el futuro;

    XI. Con base en el balance azucarero para la zafra correspondiente, calcular y proponer el precio de referencia del azúcar para el pago de la caña, llevando registro y control de los precios nacionales del azúcar y de los precios del mercado internacional incluidos los precios del mercado de los Estados Unidos de América;

    XII. Elaborar y aprobar las bases y cláusulas del Contrato y en su caso, sus modificaciones;

    XIII. Fomentar el sistema de pago de la caña de azúcar por calidad individual o por grupos;

    XIV. Llevar el registro nacional de los métodos de pago por calidad de la caña adoptado por el Comité de cada Ingenio, considerando los sistemas de determinación de los kilogramos de azúcar recuperable base estándar, para efectos de cálculo del precio de la caña;

    XV. Elaborar las estadísticas de resultados de producción y productividad de las zafras, tanto de campo como de fábrica;

    XVI. Proponer a los Abastecedores de Caña y a los Industriales la instrumentación de un sistema de información que permita integrar los costos de producción de la siembra, el cultivo, la cosecha, los costos de transformación y de distribución de la caña y del azúcar, para sustentar las bases del programa de productividad y competitividad de la agroindustria;

    XVII. Aprobar los programas de fomento que se circunscriban a las Zonas de Abastecimiento, autorizando su ejecución por conducto de los Comités;

    XVIII. Promover la instalación de los Comités Regionales, apoyados en la multifuncionalidad de las Zonas de Abastecimiento, el desarrollo de los territorios rurales, complementando e integrando las actividades económicas, agrícolas, pecuarias, forestales y pesqueras, para fortalecer el empleo, la inversión y los programas de bienestar social que mejoren los mínimos de bienestar de las familias cañeras y de los pobladores;

    XIX. Coadyuvar al estricto cumplimiento de la Ley y de todas las disposiciones que de ella emanen, así como concertar acuerdos entre los distintos sectores que intervienen en la agroindustria de la caña de azúcar para incrementar su eficiencia y la productividad;

    XX. Instrumentar un programa de desarrollo tecnológico que articule el campo con la fábrica para elevar sus niveles de competitividad en forma sostenible;

    XXI. Aprobar el Reglamento, el programa de trabajo y el presupuesto del Centro de Investigación Científica y Tecnológica de la Caña de Azúcar, recibir informes periódicos y evaluar el cumplimiento de su desempeño, así como proponer las aportaciones que hagan los Industriales, las Organizaciones nacionales y la Secretaría;

    XXII. Proponer en coordinación con la Secretaría, las acciones y programas de capacitación, asistencia técnica y transferencia de tecnología, formulándose y ejecutándose bajo criterios de sustentabilidad, integralidad, inclusión y participación, los cuales formarán parte del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, que establece la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

    XXIII. Recibir, analizar y evaluar los informes de los Comités respecto de los programas convenidos y sus modificaciones, los avances semanales y acumulados de los programas de campo y de recepción e industrialización de caña en fábrica, los de inicio y término de zafra, los reportes de evaluación de actividades y todos aquellos que a su juicio resulten necesarios para tomar decisiones en materia de esta Ley;

    XXIV. Realizar revisiones, exámenes o auditorías a solicitud de los Comités sobre el desempeño de sus operaciones en general o de alguna en particular;

    XXV. Opinar sobre todos aquellos asuntos que sean sometidos a su consideración y que propicien la eficiencia administrativa y el aprovechamiento pleno de los recursos, a fin de alcanzar niveles de producción de azúcar satisfactorios y aumentar la eficiencia y productividad en el campo cañero y en la fábrica;

    XXVI. Proponer a la instancia correspondiente todas aquellas reglas, definiciones y disposiciones que contribuyan a la instrumentación de la Ley;

    XXVII. Intervenir en las consultas de carácter técnico, presupuestal o programático que le sean planteadas;

    XXVIII. Invitar a los centros de investigación, instituciones de educación superior y organismos no gubernamentales relacionados con la actividad de la agroindustria de la caña de azúcar para escuchar su opinión de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar y para incorporarlos al Centro de Investigación Científica y Tecnológica de la Caña de Azúcar, y

    XXIX: Las demás que se señalen en esta Ley.

    Sección Tercera De los Órganos de Administración del Comité Nacional

    Artículo 11.- La administración del Comité Nacional estará a cargo de:

    I. La Junta Directiva, y

    II. El Director General.

    Artículo 12. - La Junta Directiva es la autoridad suprema del Comité Nacional y estará integrada por:

    I. El Titular de la Secretaría, quien la presidirá;

    II. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

    III. La Secretaría de Economía;

    IV. La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales;

    V. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

    VI. Representantes de la Cámara Azucarera, y

    VII. Representantes de las organizaciones nacionales de Abastecedores de Caña de azúcar.

    Por cada miembro propietario habrá un suplente y contará con las mismas facultades que los propietarios, en caso de ausencia de éstos.

    El total de integrantes de la Junta Directiva no será menor de cinco ni mayor de quince.

    Podrán integrarse a la Junta Directiva con carácter de invitados y solo con derecho a voz, los servidores públicos de la administración pública federal, estatal y municipal, que tengan a su cargo acciones relacionadas con el objeto del Comité Nacional, así como los representantes de organizaciones privadas o sociales con actividades afines al mismo, siempre y cuando así lo apruebe la Junta Directiva.

    Artículo 13.- Las sesiones que celebre la Junta Directiva, serán ordinarias o extraordinarias. Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo cuando menos cuatro veces al año en forma trimestral y las extraordinarias las veces que sean necesarias.

    Serán válidas las sesiones cuando se encuentren presentes la mayoría de sus miembros. En caso de ausencia del Presidente la sesión la presidirá su suplente. El Presidente o quien presida la sesión, tendrá voto de calidad en caso de empate.

    Los acuerdos serán tomados por mayoría de votos de los miembros presentes; de cada sesión se levantará acta circunstanciada misma que será firmada por los asistentes e inscrita en el Registro.

    Artículo 14. - La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

    I. Establecer en congruencia con el sistema de planeación nacional, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Comité Nacional para el cumplimiento de su objeto;

    II. Aprobar el Programa Institucional de Desarrollo y el Programa Financiero correspondiente; los Programas de Acción, que deriven de los programas de mediano plazo, así como el Programa Operativo Anual del Comité Nacional, el Presupuesto de Ingresos y Egresos y sus modificaciones en los términos de la legislación aplicable;

    III. Conocer y aprobar el cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo, de los Programas de Acción y del Programa Operativo Anual, en correlación con el ejercicio del presupuesto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;

    IV. Aprobar los convenios de cooperación y desarrollo que celebre el Comité Nacional con instituciones nacionales y extranjeras, así como con los sectores público, privado y social, para beneficio del Comité Nacional y del sector;

    V. Aprobar la estructura orgánica del Comité Nacional y las modificaciones que procedan a la misma;

    VI. Aprobar el Estatuto Orgánico del Comité Nacional y las disposiciones reglamentarias que rijan su organización, funcionamiento, control y evaluación, así como sus modificaciones;

    VII. Conocer y resolver los asuntos de su competencia de conformidad con esta Ley, el Estatuto Orgánico y demás disposiciones legales aplicables;

    VIII. Velar por el cumplimiento de la legislación aplicable al Comité Nacional y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes en los términos de la misma en el ámbito de su competencia;

    IX. Nombrar y remover a propuesta del Director General, a los servidores públicos del organismo que ocupen cargos en las dos jerarquías administrativas inmediatas inferiores a las de aquél, así como aprobar la fijación de sueldos, prestaciones y conceder licencias;

    X. Analizar y en su caso aprobar, los informes anual y los trimestrales, que rinda el Director General sobre el desempeño del Comité Nacional, con la intervención que corresponda al Comisario;

    XI. Aprobar y ajustar los precios de los bienes y servicios que produzca o preste el Comité Nacional, a fin de incorporarlos a su presupuesto de ingresos;

    XII. Aprobar la concertación de los créditos para el financiamiento del Comité Nacional, así como observar los lineamientos que dicten las autoridades competentes en materia de manejo de disponibilidades financieras;

    XIII. Expedir las normas o bases generales con arreglo a las cuales de conformidad con la legislación aplicable, el Director General cuando fuere necesario pueda disponer de los activos fijos del Comité Nacional que no correspondan a las operaciones propias del objeto del mismo;

    XIV. Aprobar de acuerdo con las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, las bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar el Comité Nacional con terceros en obras públicas, arrendamientos, adquisiciones y prestaciones de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles. El Director General y en su caso, los servidores públicos que deban de intervenir de conformidad con el Estatuto Orgánico, realizarán tales actos bajo su responsabilidad con sujeción a las directrices fijadas por la Junta Directiva;

    XV. Autorizar a propuesta del Presidente, o cuando menos de la tercera parte del Comité Nacional, la creación de comités especializados para apoyar la programación estratégica y la supervisión de la marcha normal del Comité Nacional, atender los problemas de administración y organización, así como para la selección y aplicación de adelantos científicos y tecnológicos que permitan elevar la productividad y eficiencia;

    XVI. Aprobar, en caso de existir excedentes económicos, la constitución de reservas y su aplicación, previa autorización de la Comisión Intersecretarial Gasto-Financiamiento;

    XVII. Establecer con sujeción a las disposiciones aplicables las normas y bases para la adquisición, arrendamiento y enajenación de los bienes inmuebles que el Comité Nacional requiera para la prestación de sus servicios, con excepción de aquellos inmuebles que la ley considere de dominio publico;

    XVIII. Acordar con sujeción a las disposiciones legales relativas, los donativos y pagos extraordinarios y verificar que los mismos se apliquen a los fines señalados;

    XIX. Aprobar las normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor del Comité Nacional en los términos de ley. Cuando fuere notoriamente imposible la práctica de sus cobros, informará a las autoridades correspondientes;

    XX. Aprobar anualmente previo informe del Comisario y dictamen de los auditores externos en su caso, los estados financieros y el estado del ejercicio del presupuesto del organismo y autorizar la publicación de los mismos;

    XXI. Controlar y evaluar la forma en que los objetivos sean alcanzados y la manera en que las estrategias básicas y las metas sean cumplidas, atendiendo los informes que en materia de control y auditoría les sean turnados, vigilando la implantación de las medidas preventivas y correctivas a que hubiere lugar;

    XXII. Nombrar y remover a propuesta de su Presidente, al Secretario del órgano de gobierno, quien podrá ser miembro o no de la Junta Directiva, así como designar o remover a propuesta del Director General al Prosecretario del órgano de gobierno, quien deberá ser servidor público del Comité Nacional, y

    XXIII. Las demás que le otorguen la presente Ley y las disposiciones jurídico-administrativas aplicables.

    Artículo 15.- El Director General será nombrado y removido por el Titular del Ejecutivo Federal.

    Artículo 16.- Para ser Director General se requiere:

    I. Ser mexicano por nacimiento;

    II. Ser mayor de treinta y menor de setenta años;

    III. Poseer grado académico, preferentemente vinculado a las tareas del sector, y tener conocimientos en materia de administración pública, y

    IV. No ser ministro de culto religioso, militar activo, dirigente de partido político, representante sindical o directivo de organismos empresariales al momento de su designación.

    Artículo 17.- El Director General tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

    I. Representar legalmente al Comité Nacional y llevar a cabo todos los actos jurídicos y de dominio necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con los lineamientos que establezca la Junta Directiva, la cual podrá determinar en qué casos debe ser necesaria su previa y especial aprobación y también en qué casos podrá sustituirse dicha representación;

    II. Presentar para su aprobación ante la Junta Directiva el Programa Institucional de Desarrollo y el Programa Financiero correspondiente; los programas de Acción; así como el Programa Operativo Anual y los presupuestos de Ingresos y Egresos del Comité Nacional;

    III. Someter para su aprobación al órgano de gobierno, los convenios de cooperación y desarrollo que celebre el Comité Nacional con instituciones nacionales e internacionales, así como con los sectores publico, privado y social, para beneficio del Comité Nacional y del sector;

    IV. Presentar para su aprobación a la Junta Directiva, la estructura orgánica y sus modificaciones;

    V. Someter a la consideración del órgano de gobierno para su aprobación, el Estatuto Orgánico del Comité Nacional, así como las disposiciones reglamentarias correspondientes para su organización, funcionamiento, control y evaluación;

    VI. Elaborar los manuales de organización, procedimientos y políticas del Comité Nacional y presentarlo a la Junta Directiva para su aprobación;

    VII. Dirigir el desarrollo de las actividades técnicas, sustantivas y administrativas, así como de control y evaluación del Comité Nacional y dictar los acuerdos pertinentes para estos propósitos;

    VIII. Proponer a la Junta Directiva, el nombramiento o remoción de los dos primeros niveles de servidores públicos del Comité Nacional inferiores al Director General, proponer la fijación de sueldos y demás prestaciones y designar al resto de los mismos, conforme a las asignaciones globales del presupuesto y de gasto corriente aprobado por la Junta Directiva, en los términos de ley;

    IX. Establecer los sistemas de control y evaluación de gestión del Comité Nacional, a fin de contar con información veraz y oportuna sobre el cumplimiento de los objetivos y metas, así como de desempeño institucional para la toma de decisiones y presentar a la Junta Directiva en forma trimestral un informe;

    X. Presentar trimestralmente y de manera anual a la Junta Directiva, el informe de las actividades y resultados;

    XI. Promover la difusión y divulgación del sector y sus actividades;

    XII. Establecer los mecanismos de evaluación que destaquen la eficiencia y la eficacia con que se desempeñe el Comité Nacional y presentar a la Junta Directiva la evaluación de la gestión escuchando al Comisario, para emprender acciones de mejora continua;

    XIII. Ejecutar las disposiciones generales y acuerdos de la Junta Directiva;

    XIV. Llevar a cabo todos los actos de administración, de dominio, para pleitos y cobranzas, con todas las facultades que requieran cláusula especial conforme a la ley y sustituir y delegar esta representación en uno o más apoderados para que las ejerzan individual o conjuntamente;

    XV. Obligar al Comité Nacional cambiariamente, emitir y negociar títulos de crédito y concertar las operaciones de crédito, de conformidad con lo dispuesto por las leyes y reglamentos aplicables;

    XVI. Comprometer asuntos en arbitraje y realizar transacciones comerciales y financieras en los términos de ley, previa autorización del órgano competente;

    XVII. Ejercer todos los actos de representación y mandato que sean necesarios, especialmente los que para su ejercicio requieran cláusula especial, así como para revocar los poderes que otorgue, desistirse del juicio de amparo, presentar denuncias o querellas y otorgar el perdón correspondiente;

    XVIII. Establecer mecanismos y procedimientos que permitan el óptimo aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles del Comité Nacional;

    XIX. Establecer los instrumentos para controlar la calidad de los suministros y programas de recepción, que aseguren la continuidad en la prestación de los servicios que son objeto del Comité Nacional;

    XX. Establecer y conservar actualizados los procedimientos y sistemas de información, así como su aplicación para garantizar un servicio de calidad en el Comité Nacional;

    XXI. Establecer los instrumentos y procedimientos que permitan que los procesos de trabajo se realicen de manera articulada, congruente y eficaz;

    XXII. Establecer los sistemas de registro, control y evaluación necesarios para alcanzar los resultados, metas y objetivos propuestos para el corto y mediano plazos;

    XXIII. Establecer sistemas eficientes para la administración del personal, de los recursos financieros y de los materiales que aseguren la prestación de servicios que brinde el Comité Nacional;

    XXIV. Establecer un sistema de indicadores que permita evaluar la gestión de la entidad;

    XXV. Establecer los mecanismos de autoevaluación que destaquen la eficiencia y eficacia con que se desempeñe el Comité Nacional y presentar al órgano de gobierno por lo menos dos veces al año la evaluación de gestión con el detalle que previamente acuerde con el órgano y escuchando al Comisario público;

    XXVI. Suscribir, en su caso, los contratos colectivos e individuales que regulen las relaciones laborales de la entidad con sus trabajadores, y

    XXVII. Las demás que le confiera la presente Ley y las disposiciones legales aplicables.

    Sección Cuarta Del Patrimonio del Comité Nacional

    Artículo 18.- El patrimonio del Comité Nacional se integrará con:

    I. Los ingresos que obtenga por los servicios que preste en cumplimiento de su objeto;

    II. Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que le otorguen los gobiernos federal, estatal y municipal y en general las personas físicas y morales para el cumplimiento de su objeto;

    III Los legados, herencias y donaciones otorgadas en su favor y los fideicomisos en los que se señale como fideicomisario;

    IV. Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad y los que adquiera por cualquier título legal, y

    V. Los intereses, rendimientos y en general, todo ingreso que adquiera por cualquier título legal.

    Sección Quinta De la Vigilancia

    Artículo 19.- La vigilancia del Comité Nacional estará a cargo de un Comisario propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública; lo anterior sin perjuicio de que el Comité Nacional integre en su estructura su propio órgano interno de control.

    Artículo 20.- El Comisario evaluará el desempeño general y por funciones del Comité Nacional, realizará estudios sobre la eficiencia con la que se ejerzan las erogaciones de los gastos corriente y de inversión, así como lo referente a los ingresos y en general solicitará toda la información para efectuar los actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de las tareas que la Secretaría de la Función Pública le asigne de conformidad con la ley. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, la Junta Directiva y el Director General, deberán proporcionar la información que solicite el Comisario.

    Sección Sexta De las relaciones laborales

    Artículo 21.- Las relaciones de trabajo entre el organismo descentralizado y su personal, se regirán por la legislación que dispone el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    CAPITULO III De los Comités Regionales de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

    Artículo 22.- En el ámbito territorial en el que quede comprendida cada una de las regiones que determine el Comité Nacional, se promoverá la creación de los Comités Regionales, para que, en concordancia con los acuerdos del Comité Nacional y los programas estatales y municipales del ramo, coadyuven en el ámbito regional a la planeación, organización, producción, competitividad y rentabilidad, con base en la multifuncionalidad de las zonas cañeras, circunscribiendo su actuación al ámbito regional y estatal que corresponda, en los términos de la propia Ley.

    Corresponde al Comité Nacional la instalación de los Comités Regionales y la expedición de su Reglamento Interno.

    CAPITULO IV De los Comités de Producción y Calidad Cañera

    Artículo 23.- En cada Ingenio se constituirá un Comité para tratar todo lo concerniente a la siembra, cultivo, cosecha, entrega, recepción y a la calidad e industrialización de la materia prima.

    Artículo 24.- Los Comités se integrarán con los representantes de los Ingenios y los representantes de los Abastecedores de Caña que correspondan, bajo las siguientes reglas:

    I. Un representante del Ingenio con facultades para tomar decisiones, de preferencia el representante legal o gerente general y el superintendente de campo, con el carácter de propietario y suplente, respectivamente; quienes acreditarán su carácter con el nombramiento o poder notarial correspondiente, y

    II. Cada una de las organizaciones locales de Abastecedores de Caña tendrá un representante propietario con su respectivo suplente, quienes acreditarán su personalidad con el nombramiento o poder notarial correspondiente. El Presidente o Secretario General de cada organización local, en su caso, actuarán como propietarios, siendo el suplente un miembro del comité ejecutivo de la organización local designado por el mismo.

    Artículo 25.- Los acuerdos de los Comités se tomarán por mayoría de votos, excepto los que se refieran a la determinación de fechas de inicio y terminación de zafra, corte de rendimiento de los kilogramos de azúcar recuperable base estándar, descuentos y castigos de cañas, cañas diferidas y cañas quedadas, así como distribución de gastos prorrateables a la masa común de caña liquidable, que deberán adoptarse por unanimidad.

    Artículo 26.- Los Comités son los órganos encargados de vigilar el cumplimiento de esta Ley, y de las reglas y definiciones que acuerde el Comité Nacional y tendrán las siguientes facultades y obligaciones:

    I. Formular para su respectiva Zona de Abastecimiento los programas de operación de campo relativos a la siembra de caña de azúcar; actividades agrícolas; mecanización del campo cañero; cosecha y molienda de caña para la zafra; conservación y mejoramiento de caminos cañeros; albergues para cortadores; modificación de tarifas por trabajos ejecutados y de tarifas de trabajos de siembra, cultivo, cosecha, entrega y recepción de caña y de las solicitudes de crédito en general;

    II. Elaborar y modificar, en su caso, el programa semanal de prioridades de Corte; adecuar el programa de zafra cuando a su juicio sea conveniente y acordar la suspensión de cortes si las condiciones lo requieren;

    III. Determinar las erogaciones que, en su caso, deban hacer el Industrial y/o los Abastecedores de Caña de azúcar para cubrir costos generados por causa de interrupciones en la zafra, incluyendo entre otros el correspondiente a los apoyos a cortadores y fleteros;

    IV. Convenir las condiciones económicas y de operación para la transferencia de caña de azúcar de un Ingenio a otro, cuando así se estime conveniente;

    V. Expedir las órdenes de suspensión de riegos, de quemas y de corte, así como elaborar el acta de fin de zafra dentro de los diez días siguientes a su terminación;

    VI. Determinar los descuentos por impurezas aplicables a la caña de azúcar al ser entregada al Ingenio, en términos de esta Ley;

    VII. Determinar el monto de los castigos a que se hagan acreedores los Abastecedores de Caña o el Industrial, en los términos del artículo 79;

    VIII. Revisar y aprobar los presupuestos de conservación y mantenimiento de caminos cañeros;

    IX. Aprobar el control y rotación de estibas de caña en el batey del Ingenio;

    X. Aprobar la distribución de todos los gastos prorrateables efectuados durante los períodos de pre-zafra y zafra que deban ser aplicados a la masa común de caña liquidable;

    XI. Informar al Comité Nacional en los formatos que el mismo expida, el avance de los programas convenidos; los avances semanales y acumulados de los programas de campo y de recepción de caña en fábrica; los reportes de evaluación de actividades y los cambios de programas; el inicio y término de la operación de zafra y los demás que se le soliciten;

    XII. Coadyuvar en su ámbito de acción con las medidas necesarias que le den viabilidad a las actividades que contribuyan al desarrollo sustentable de la caña de azúcar;

    XIII. Integrar la información digitalizada de la Zona de Abastecimiento con la finalidad de estar en posibilidades de acordar lo procedente para elevar la productividad y la producción de azúcar por hectárea;

    XIV. Solicitar al Comité Nacional la realización de revisiones, exámenes o auditorías sobre el desempeño de las operaciones del Comité en general o sobre de alguna de ellas en particular;

    XV. Informar a los Abastecedores de Caña en forma pública, clara y puntual, por conducto del representante respectivo, los gastos efectuados en el ejercicio de sus funciones, especificando montos, conceptos y distribución de los mismos, y

    XVI. Las demás que les confiera la presente Ley.

    Artículo 27.- Los Comités celebrarán las reuniones que se indican a continuación:

    a) Ordinarias, una vez por semana durante la zafra y cada 15 días en el tiempo de pre-zafra, y

    b) Extraordinarias, cuando así lo requiera la atención de asuntos urgentes, deberán ser convocadas, por escrito, por cualquiera de sus miembros, debiendo acompañarse del orden del día correspondiente.

    Artículo 28.- Cuando sin causa justificada y habiendo sido legalmente notificado no asista alguno de los representantes a una sesión ordinaria del Comité no se llevará a efecto dicha reunión, debiendo convocarse a una nueva reunión con tres días naturales de antelación. En caso de sesiones extraordinarias, la convocatoria para una nueva reunión podrá hacerse dentro de las 24 horas siguientes si el asunto así lo amerita.

    En ambos casos se realizarán con los que asistan, siendo los acuerdos obligatorios para todas las partes.

    Artículo 29.- Todos los cargos en el Comité serán honoríficos.

    TITULO TERCERO DE LAS ORGANIZACIONES DE ABASTECEDORES DE CAÑA DE AZÚCAR

    CAPITULO I Constitución y Objeto de las Organizaciones de Abastecedores

    Artículo 30.- Los Abastecedores de Caña de los Ingenios podrán constituir organizaciones locales y nacionales de productores de caña para la mejor representación y defensa de sus intereses.

    Artículo 31.- Las organizaciones nacionales y locales deberán constituirse o estar constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley Agraria o en las Leyes Federales, Estatales y del Distrito Federal vigentes, cualquiera que sea su materia.

    Artículo 32.- La Secretaría, por conducto del Registro y con la intervención de la Junta Permanente, inscribirá las organizaciones locales y nacionales de abastecedores que se constituyan, asentando los datos relativos al acta constitutiva y a su padrón de afiliados, los estatutos, directivas y modificaciones de documentos, previo cumplimiento de los requisitos señalados en esta Ley y en el reglamento correspondiente.

    Una vez obtenido el registro de las organizaciones locales y nacionales con base en lo dispuesto en esta Ley, los Abastecedores de Caña a través de sus Organizaciones estarán representados en el Comité Nacional y la Junta Permanente; así como en el Consejo Mexicano y los Consejos para el Desarrollo Rural Sustentable en los municipios, en los Distritos de Desarrollo Rural y en las entidades federativas, a que se refiere el Artículo 24 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    Las inscripciones realizadas en el Registro, relacionadas con los sujetos de esta Ley, tendrán efectos de fe pública, de conformidad con lo que establece la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y demás disposiciones aplicables.

    CAPITULO II De las Organizaciones Locales de Abastecedores de Caña

    Artículo 33.- Las Organizaciones Locales de Abastecedores de Caña estarán constituidas en las Zonas de Abastecimiento con los productores de caña que tengan celebrado Contrato con el Ingenio que corresponda.

    Artículo 34.- Las organizaciones locales que se constituyan, para obtener y mantener su registro, deberán contar con una membresía mínima equivalente al 10% del padrón total de los Abastecedores de Caña del Ingenio de que se trate y por lo menos con el l0 % del volumen total de la caña de la Zona de Abastecimiento correspondiente, cumplir con los requisitos establecidos en la legislación bajo la cual adopten la figura jurídica para su constitución y deberán estar debidamente inscritas en el Registro. Para estos efectos, el Registro deberá certificar que dichos padrones cumplen con los requerimientos establecidos en esta Ley.

    Igualmente, deberán exhibir dos copias de su acta constitutiva y de sus estatutos debidamente certificados, dos copias del acta de elección de su Comité Local vigente y dos copias del padrón de Abastecedores de Caña asociados, mismo que deberán actualizar anualmente.

    Los Abastecedores de Caña que tengan celebrado un contrato de condiciones particulares tendrán los mismos derechos y obligaciones que establece esta Ley.

    Artículo 35.- Entre otras funciones, a las organizaciones locales de Abastecedores de Caña, les corresponderá:

    I. Representar los intereses generales de sus agremiados ante los Industriales y toda clase de autoridades y organismos federales, estatales y municipales;

    II. Impulsar la modernización de las Zonas de Abastecimiento de caña y la adopción de prácticas productivas e innovaciones tecnológicas que tiendan a incrementar la productividad entre sus afiliados;

    III. Promover las medidas que se estimen convenientes para impulsar la actividad cañera en las Zonas de Abastecimiento de caña;

    IV. Organizar el otorgamiento de servicios de orientación y asistencia técnica, legal y administrativa relacionada con su actividad, en beneficio de sus asociados;

    V. Defender los intereses particulares de sus afiliados en los Comités;

    VI. Organizar y participar en eventos, exposiciones, conferencias, seminarios y en general toda clase de actividades que redunden en beneficio de sus afiliados;

    VII. Procurar el mejoramiento de las condiciones de vida y la actualización de los Abastecedores de Caña de azúcar para elevar sus niveles de producción;

    VIII. Procurar el mejoramiento de las condiciones de vida de las familias cañeras de las Zonas de Abastecimiento;

    IX. Promover y fomentar las figuras asociativas para el desarrollo de proyectos productivos y de financiamiento que contribuyan al desarrollo regional, municipal y al empleo;

    X. Informar con periodicidad a los Abastecedores de Caña integrantes de su organización sobre su actuación, y el alcance de los programas y acciones en beneficio de sus agremiados, y

    XI. Las demás que esta Ley y sus propios estatutos les señalen.

    Artículo 36.- Las organizaciones cañeras locales que se constituyan con apego a esta Ley, se podrán integrar o adherir a cualquiera de las organizaciones cañeras nacionales legalmente registradas.

    CAPITULO III De las Organizaciones Nacionales de Abastecedores de Caña

    Artículo 37.- Para la mejor atención y defensa de los intereses de sus agremiados las organizaciones locales de Abastecedores de Caña podrán constituirse en organizaciones cañeras nacionales en los términos de la presente Ley.

    Artículo 38.- Las organizaciones nacionales de Abastecedores de Caña de azúcar deberán estar debidamente inscritas ante el Registro.

    Para su debido registro, deberán exhibir dos copias del padrón de Abastecedores de Caña asociados que deberán actualizar anualmente. La certificación del padrón se basará en el registro de afiliaciones de sus organizaciones locales, sancionadas por el Comité de cada uno de los Ingenios.

    Con objeto de fomentar la constitución de nuevas organizaciones nacionales de Abastecedores de Caña, por única vez el Servicio Nacional del Registro Agropecuario podrá otorgar a organizaciones nacionales de Abastecedores de Caña registro condicionado durante los ciclos 2005-2006 y 2006-2007, el cual podrá ser definitivo siempre y cuando dichas Organizaciones demuestren que sus organizaciones locales están constituidas en términos del artículo 34 de esta Ley, y:

    a) Contar inicialmente con el 5% de la membresía del Padrón Nacional de Abastecedores de Caña, el 5% de la producción nacional de caña y tener presencia al menos en cuatro Estados productores de caña de azúcar, y

    b) Contar con presencia en Estados productores de caña de azúcar y con el porcentaje de membresía y de producción nacional durante los ciclos azucareros siguientes:

    Si en cualquier ciclo de los mencionados, la organización nacional que tenga registro condicionado acredita cumplir con los requisitos previstos en el párrafo segundo de este artículo, obtendrá su registro definitivo; en caso de no cumplirlos perderá el registro condicionado.

    La organización nacional con registro condicionado, tendrá derecho a participar con voz y sin voto en el Comité Nacional y en la Junta Permanente, hasta en tanto no obtenga su registro definitivo.

    Artículo 39.- Las organizaciones nacionales, entre otros, tendrán por objeto:

    I. Representar los intereses de sus afiliados ante cualquier autoridad u organismo de carácter público o privado;

    II. Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones locales afiliadas;

    III. Fomentar la modernización del campo cañero nacional y la adopción de mejoras tecnológicas;

    IV. Promover la instrumentación de políticas que impulsen el desarrollo equilibrado de la actividad cañera en nuestro país;

    V. Organizar y participar en eventos, exposiciones, conferencias, seminarios y en general toda clase de actividades que redunden en beneficio de la actividad cañera;

    VI. Impulsar e instrumentar programas de capacitación y adiestramiento para la profesionalización de los cuadros de abastecedores, técnicos y directivos de las organizaciones cañeras;

    VII. Estudiar y promover el establecimiento y perfeccionamiento del sistema de seguridad y prevención social en beneficio de las familias cañeras;

    VIII. Fomentar la constitución y operación de organismos auxiliares de crédito y servicios relacionados con la actividad agropecuaria;

    IX. Procurar el mejoramiento de las condiciones de vida de las familias cañeras del país y promover el desarrollo rural sustentable de la agroindustria de la caña de azúcar;

    X. Participar en representación de los intereses de sus agremiados en el Comité Nacional y las instancias contempladas en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y en la presente Ley;

    XI. Defender los intereses de sus agremiados en la Junta Permanente, en los términos que se señalen en sus estatutos y en el reglamento interno de dicha Junta Permanente;

    XII. Prestar los servicios públicos que les sean autorizados o concesionados por los Gobiernos Federal, de las Entidades Federativas o municipales;

    XIII. Informar con periodicidad a sus organizaciones locales y los Abastecedores de Caña afiliados sobre su actuación, y el alcance de los programas y acciones en beneficio de sus agremiados, y

    XIV. Las demás que le señale esta Ley y sus propios estatutos.

    CAPITULO IV Del Padrón Nacional de Abastecedores de Caña

    Artículo 40.- El Padrón Nacional estará conformado por el listado de Abastecedores de Caña del país, especificando los Ingenios con los que tengan celebrado Contrato y la organización local y/o nacional a la que pertenezcan, así como los datos que permitan su plena identificación.

    Artículo 41.- De conformidad con lo establecido en los Artículos 32, 34 y 38 de la presente Ley, corresponde al Registro la verificación del padrón de Abastecedores de Caña de azúcar de cada Ingenio y la certificación, en su caso, de las afiliaciones y renuncias a las organizaciones locales y/o nacionales que les sean presentadas.

    Artículo 42.- Para efectos del artículo anterior se establece el siguiente procedimiento:

    I. Los Abastecedores de Caña que tengan interés en constituir una Organización o de renunciar a la que pertenezcan, deberán presentar la solicitud de afiliación y/o renuncia que deberá contener lo siguiente:a) Nombre del Abastecedor de Caña;

    b) Clave de abastecedor del Ingenio de que se trate;

    c) Nombre del predio, parcela, ejido o congregación, municipio y entidad federativa a la que pertenezca;

    d) Superficie contratada y volumen de caña entregada en la zafra inmediata anterior o, en su caso, el estimado de producción a industrializarse;

    e) Número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social;

    f) Manifestación expresa de la organización local y/o nacional a que desee pertenecer o renunciar, y

    g) Firma o huella digital del solicitante, de ser este último el caso, se requerirá la firma de dos testigos.

    II. En caso de renuncia a la Organización a la que pertenezca, deberá ser presentada por escrito a la misma, con copia para el Comité, para el Registro, y para la Organización a la que desee pertenecer en su caso.

    Artículo 43.- Una vez recibida por el Registro la documentación a la que se hace referencia en el articulo anterior, procederá a su análisis, evaluación y aprobación, en su caso; de ser procedente, certificará la misma para los fines legales a que haya lugar.

    Artículo 44.- Los Ingenios tendrán la obligación de entregar al Comité y al Registro la relación de la totalidad de sus Abastecedores de Caña de azúcar anualmente o cuando así se les requiera, especificando la agrupación a que correspondan.

    Artículo 45.- Cuando exista duplicidad de una afiliación, el Registro pedirá al Comité que cite al Abastecedor de Caña de azúcar para que, de manera personal, manifieste a qué Organización desea pertenecer, certificando tal decisión.

    En caso de que el Abastecedor de Caña de azúcar no atienda el citatorio sin causa que lo justifique, se le considerará no afiliado a Organización alguna.

    Artículo 46.- Las solicitudes de afiliación y/o renuncia que se presenten antes del inicio del Ciclo Azucarero, surtirán efecto a partir del inicio del mismo.

    Si se presentaran una vez iniciado el Ciclo Azucarero tendrán efectos jurídicos hasta el inicio del siguiente.

    Artículo 47.- Los padrones de Abastecedores de Caña de azúcar por Ingenio se actualizarán anualmente; de no presentarse modificación alguna una vez iniciado el Ciclo Azucarero, prevalecerá el padrón del Ciclo anterior.

    Artículo 48.- Las afiliaciones que hayan sido certificadas se incluirán en el registro del Padrón Nacional cuando cuenten con la aprobación de la Organización a la que deseen pertenecer.

    Artículo 49.- El Padrón Nacional servirá de base para fomentar y fortalecer los programas y acciones de Gobierno orientados a la modernización y desarrollo de las zonas de abastecimiento.

    TITULO CUARTO DE LAS RELACIONES CONTRACTUALES

    CAPITULO I Del Contrato Uniforme

    Articulo 50.- El Contrato que deben celebrar los Industriales con los Abastecedores de Caña es el instrumento jurídico que regula las relaciones entre ambos respecto de la siembra, el cultivo, la cosecha y la industrialización de la caña de azúcar; será uniforme para todos los Ingenios del país, se sujetará a los términos que se establecen en esta Ley y requerirá la sanción del Comité correspondiente, entregándose copia del mismo a las partes.

    Deberá contener, como mínimo la personalidad de los contratantes, la identificación del Ingenio y del terreno contratado para producción de caña de azúcar, la vigencia del Contrato, la forma de pago de la caña, el pago de intereses ordinarios o moratorios, las causales de rescisión, el sometimiento expreso de las partes a los acuerdos del Comité Nacional y del Comité, así como a la jurisdicción de la Junta Permanente.

    El Comité Nacional elaborará el formato del Contrato.

    Artículo 51.- La rescisión de algún Contrato solo podrá darse por la voluntad de las partes; cuando el Ingenio o el Comité estimen que existen causales de rescisión, procederá a someter el caso a la Junta Permanente para su resolución definitiva. Igualmente, los abastecedores podrán recurrir a dicha Junta Permanente cuando se les rescinda su Contrato sin existir previamente resolución de la misma.

    Artículo 52.- Los Contratos que celebren los Abastecedores de Caña de azúcar e Industriales deberán tener en consideración para su vigencia, la naturaleza del ciclo de la caña de azúcar, contemplándose en los que se refieran a nuevas siembras, una vigencia mínima obligatoria de cuatro cortes y de un año para los Ciclos de Soca y Resoca, conservando el Abastecedor de Caña el derecho de recontratar la misma superficie al término de la vigencia o sustituirla por una superficie igual, de similares o mejores condiciones de producción, previa aprobación del Comité respectivo.

    En los casos de operaciones de compra venta de la superficie sembrada con caña de azúcar, el adquiriente conservará, si así lo desea, la relación contractual de la misma con el Ingenio.

    Artículo 53.- Cuando el contrato considere el otorgamiento de créditos, el Industrial actuará como retenedor, en este caso, a solicitud de las Organizaciones y mediante acta del Comité, retendrá de los alcances de los Abastecedores de Caña de azúcar los montos que se le indiquen, efectuando los enteros al acreedor financiero.

    En los casos en que se convenga con los Industriales para que actúen como retenedores, no quedarán obligados a retener y enterar importes de crédito que no hayan sido contratados por conducto de las instituciones integrantes del Sistema Bancario Mexicano o de las Organizaciones Auxiliares del Crédito en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

    Artículo 54.- En el Contrato se establecerán los mecanismos necesarios para garantizar el pago oportuno de los alcances que correspondan a los Abastecedores de Caña.

    Sin embargo, en caso de concurso mercantil de los Industriales sin liquidez o de imposibilidad de acceso a créditos para cubrir sus obligaciones contractuales con los Abastecedores de Caña, éstos serán considerados acreedores con garantía real en los términos de lo dispuesto en los Artículos 217, Fracción II, y 219 de la Ley de Concursos Mercantiles.

    Artículo 55.- Los contratos que de manera voluntaria celebren los Ingenios y los Abastecedores de Caña en materia de coinversión, de constitución de asociaciones o cualquier otro contrato para aumentar la inversión, la productividad, la eficiencia y la diversificación del campo cañero, para que surtan efectos deberán ser registrados previamente ante la Junta Permanente.

    Artículo 56.- Los Ingenios y sus Abastecedores de Caña se someterán expresamente a la jurisdicción de la Junta Permanente con el objeto de dirimir las controversias que surjan con motivo del incumplimiento de lo establecido en la presente Ley y del Contrato que celebren y demás disposiciones derivadas y relacionadas.

    CAPITULO II Del Sistema de Pago

    Artículo 57.- El precio de la caña de azúcar regirá anualmente, de acuerdo al precio de referencia del azúcar que proponga el Comité Nacional, y publique la autoridad competente en el Diario Oficial de la Federación en el mes de octubre del primer año de cada zafra.

    Artículo 58.- Cuando la caña de azúcar se destine a la producción de azúcar, su precio deberá referirse al azúcar recuperable base estándar, a razón del 57% del precio de referencia de un kilogramo de azúcar base estándar.

    El precio de referencia de un kilogramo de azúcar base estándar se determinará como el promedio ponderado del precio nacional del azúcar estándar al mayoreo, más el precio promedio de las exportaciones de azúcar realizadas en el Ciclo Azucarero de que se trate.

    Para efectos del párrafo anterior, el precio nacional del azúcar estándar al mayoreo se determinará con base en el monitoreo del Sistema Nacional de Información de Mercados, o del mecanismo que lo sustituya acordado por el Comité Nacional y el precio promedio de las exportaciones del azúcar se calculará con base en los registros del balance azucarero que determinen, a partir de la producción y consumos nacional del azúcar, los excedentes netos exportables de azúcar nacional y por Ingenio, de donde se obtendrá la variación porcentual del componente de exportación del precio del azúcar.

    El precio de referencia será el que se obtenga como promedio ponderado de ambos precios.

    Artículo 59.- En virtud de la diversificación productiva que pueda darse en esta agroindustria, por mutuo acuerdo de los Abastecedores de Caña y los Industriales de un Ingenio específico, podrán acordar modificaciones o la sustitución del sistema de pago contemplado en el artículo anterior, cuando la caña se utilice para obtener bienes distintos al azúcar, previa aprobación del Comité Nacional y la sanción de la Secretaría de Economía.

    Artículo 60.- Para determinar el monto que debe pagarse con base en la calidad de la caña conforme a un contenido de azúcar recuperable base estándar uniforme en cada Ingenio, se deberá cumplir con lo siguiente:

    I. Al concluir la molienda de un Ingenio, se determinará el promedio ponderado del azúcar recuperable base estándar conforme al total de la caña neta molida en la zafra de que se trate, calculado en kilogramos de azúcar base estándar por tonelada, utilizando al efecto el informe final conciliado por los técnicos representantes de los Abastecedores de Caña e Industriales, resultados que deberán quedar asentados en el informe oficial de corrida final, y

    II. El azúcar recuperable base estándar se calculará en función de los siguientes elementos: el porcentaje de pol en caña, el porcentaje de fibra en caña y la pureza del jugo mezclado que registre el informe diario conciliado por los técnicos representantes de los Abastecedores de Caña e Industriales, resultados que deberán quedar asentados en los informes oficiales de corrida semanal, considerando además una eficiencia mínima de fábrica de 82.37%, aplicada a una calidad específica de caña de cada Ingenio.

    Artículo 61.- Los Ingenios pagarán la caña conforme a las siguientes reglas:

    I. Una preliquidación equivalente al 80 % de la caña neta recibida sobre la base del promedio ponderado del porcentaje de azúcar recuperable base estándar obtenido en las cinco zafras anteriores, calculados con respecto a la caña neta industrializada, debiendo descontarse sus obligaciones crediticias y aportaciones que correspondan con vencimiento en la zafra de que se trate. La preliquidación deberá cubrirse al precio vigente el día 15 de cada mes cuando la terminación del corte de la caña por Contrato sea en la segunda quincena del mes anterior, y el día último del mes cuando la terminación del corte de la caña por Contrato sea en la primera quincena del mismo mes, y

    II. Una liquidación final equivalente a la diferencia entre el total de kilogramos de azúcar recuperable base estándar obtenidos y los kilogramos considerados en la preliquidación respectiva; del saldo deberán descontarse las obligaciones pendientes que no se hubieren descontado durante la preliquidación. Este saldo deberá pagarse con el precio vigente, en un plazo no mayor a treinta días naturales contados a partir del día de la terminación de la zafra.

    Artículo 62.- Si existiere acuerdo del Comité respectivo para determinar el monto que debe pagarse a los Abastecedores de Caña, conforme a un contenido de azúcar base estándar individual y/o por grupos de Abastecedores de Caña organizados en frentes de corte o unidades de cosecha, se deberá cumplir con lo siguiente:

    I. El azúcar recuperable base estándar se calculará mediante el análisis de las muestras tomadas con un sistema de muestreo representativo a través de una sonda mecánica u otro implemento idóneo instalado en el patio de muestreo;

    II. El cálculo del azúcar base estándar se hará en función de los siguientes elementos: la pol de la caña o porcentaje de sacarosa, la pureza del jugo extraído por una prensa hidráulica u otro mecanismo idóneo y la fibra en caña, obtenida a partir del peso de la torta residual del bagazo que arroje el mecanismo de muestreo para referirlo a la fibra en caña, considerando además una eficiencia dada de fábrica no menor a 82.37% respecto a una calidad específica de caña entregada por cada Abastecedor de Caña o grupo de abastecedores, conforme a los lineamientos correspondientes, y

    III. La toma de muestras se llevará a cabo aleatoriamente, debiendo existir representatividad de la caña de los Contratos a los que se vaya a aplicar esa muestra, de acuerdo con la normatividad respectiva. El Comité establecerá los métodos de agrupamiento y muestreo de las cañas entregadas.

    Artículo 63.- Cuando sea aplicable el sistema referido en el Artículo 62 de esta Ley, los Ingenios pagarán la caña recibida de la siguiente manera:

    I. Una preliquidación equivalente al 85% del azúcar recuperable base estándar determinado, que deberá pagar al precio vigente el día quince de cada mes cuando la terminación del corte de caña por Contrato sea en la segunda quincena del mes anterior y el último día del mes cuando la terminación del corte sea en la primera quincena del mismo, debiendo descontarse sus obligaciones crediticias y aportaciones que correspondan con vencimiento en la zafra de que se trate, y

    II. Una liquidación final equivalente al 15 % del azúcar recuperable base estándar cuyo monto deberá pagarse en un plazo no mayor de treinta días naturales al precio vigente a partir de la terminación de la zafra, debiendo descontarse las obligaciones crediticias y aportaciones que correspondan que no se hubieren descontado durante la preliquidación.

    Artículo 64.- Para el cálculo del precio de la tonelada de caña de azúcar utilizando tanto el sistema de determinación del azúcar recuperable base estándar uniforme, como el individual o por grupos, se considerarán hasta milésimas de kilogramos de azúcar recuperable base estándar con relación a la caña neta.

    Artículo 65.- Para el pago individual por calidad de la caña de azúcar descrito en el Artículo 62 de esta Ley, el Comité que corresponda presentará para su aprobación al Comité Nacional, el programa, la fecha y la viabilidad financiera y tecnológica de la sonda mecánica o la tecnología que decidan adoptar, siempre y cuando la misma garantice, en términos de equidad y medición, la calidad de la caña y el procedimiento como deberá pagarse. El Comité Nacional dará respuesta en un plazo razonable.

    Artículo 66.- Los Industriales estarán obligados a entregar semanalmente, un ejemplar del Informe Oficial de Corrida Semanal al Comité Nacional, a la Junta Permanente, a la Cámara Azucarera y a las organizaciones nacionales y locales de Abastecedores de Caña.

    CAPITULO III De las Características de la Caña como Materia Prima para la Industria Azucarera

    Artículo 67.- Por caña de azúcar como materia prima para la industria azucarera se entiende la parte del tallo comprendido entre el entrenudo mas cercano al surco y el último entrenudo superior desarrollado, correspondiente a la sección entre los entrenudos 8 y 10, desprovisto, adherido o no, de otras porciones de la gramínea o de tierra, así como los objetos extraños de cualquier naturaleza que sean.

    Artículo 68.- La pol o sacarosa aparente es en sí lo que da valor a la caña de azúcar como materia prima de la agroindustria de la caña de azúcar y se distribuye en su mayor proporción en la parte del tallo que ha alcanzado su total desarrollo fisiológico, desde su base hasta los entrenudos 8 a 10. Los entrenudos 8 a 10 en una caña normalmente desarrollada se localizan contando las hojas de la punta hacia abajo, siendo la número uno la que empieza a desenvolverse.

    La parte del tallo superior de esos entrenudos 8-10 se denomina cogollo o punta y no tiene valor como materia prima para la industria azucarera, quedando en propiedad del cañero después de la cosecha.

    Artículo 69.- Quedarán comprendidos dentro de la denominación basura, materias extrañas o impurezas: las vainas y hojas o tlazole, puntas o cogollos incluyendo la banderilla o inflorescencia, tallos de desarrollo insuficiente conocidos como mamones o chupones, yemas germinadas o lalas, raíces sueltas o adheridas al tallo, tierra, piedras y cualquier otra materia distinta a la caña de azúcar.

    Artículo 70.- Por caña programada se entenderá aquella que esté comprendida dentro de las fechas de corte según el programa previo aprobado por el Comité, debidamente actualizado durante el desarrollo de la zafra y cubierta por su respectiva orden de quema en su caso, de corte y/o de suspensión de riegos, con base en su índice de madurez.

    Artículo 71.- Se entiende por caña bruta el peso de la caña en báscula sin descuento alguno.

    Artículo 72.- Se entiende por caña neta el resultado que se obtiene de deducir de la caña bruta cualquier cantidad en kilogramos correspondiente a basura o materia extraña.

    Artículo 73.- Al momento de su recepción en el batey del Ingenio, la caña de azúcar deberá tener la condición y las características siguientes:

    I. Estar comprendida dentro de los programas de corte oportunamente establecidos, de acuerdo a su índice de madurez;

    II. Ser fresca, en el momento de su entrega, entendiéndose por ello no más de 72 horas después de su corte en el caso de caña cruda y no mas de 48 horas después de su quema;

    III. Deberá estar despuntada inmediatamente arriba de la sección 8-10 que es la parte de madurez mas reciente. En el caso de cañas afectadas por heladas, el despunte se hará en el límite entre la parte sana y la parte dañada, de acuerdo con el grado de daño sufrido;

    IV. En caso de cañas afectadas por sequía, inundación, ciclones y plagas, merecerán consideración especial, debiéndose llevar a cabo una investigación técnica por parte del Comité respectivo, a fin de conocer el grado de deterioro de esa caña, para dictar la resolución que sea conducente, y

    V. Estar constituida por los tallos de caña limpios de basura, materias extrañas o impurezas.

    Artículo 74.- Cuando la caña cruda rebase las 72 horas desde su corte, por causas imputables al Abastecedor de Caña de azúcar, será sujeta a un castigo hasta el 10 % de su valor durante las primeras 24 horas siguientes y hasta el 20 % de su valor durante las 24 horas posteriores que dictaminará el Comité. La recepción de caña con mayor tiempo de lo antes señalado será motivo de análisis para determinar su deterioro y en su caso, el castigo correspondiente que establecerá el citado Comité.

    Artículo 75.- Cuando la caña rebase las 48 horas después de su quema sin ser entregada en el batey, por causas imputables al Abastecedor de Caña de azúcar, será sujeta a un castigo hasta del 10 % ciento de su valor durante las primeras 24 horas posteriores siguientes y hasta el 20 % de su valor durante las 24 horas posteriores, que dictaminará el Comité. La recepción de la caña con mayor tiempo de lo antes señalado, será motivo de análisis para determinar su deterioro y en su caso, el castigo correspondiente que establecerá el citado Comité.

    Articulo 76.- Para el caso de los dos artículos anteriores, cuando el deterioro de la caña por demoras en su entrega sea por causas no imputables al Abastecedor de Caña de azúcar, tales como fenómenos meteorológicos, incendios o explosiones, el Comité resolverá lo conducente.

    Artículo 77.- Para la organización de la cosecha en general, las cañas no programadas se sujetarán a los procedimientos siguientes:

    I. Cuando el Abastecedor de Caña de azúcar sin orden de corte y sin autorización del Comité coseche su caña, ésta podrá no ser recibida por el Ingenio, y

    II. Cuando por causa accidental una superficie con caña desarrollada se queme sin orden de corte, será castigada hasta con el 10% de su valor sin perjuicio de otros descuentos y/o castigos que le pudiera corresponder. El Comité, previa investigación de las causas que hayan provocado el accidente, determinará dicho castigo.

    Artículo 78.- Para la evaluación de basura, materia extraña o impurezas en la caña de azúcar destinada a la industria azucarera, se adoptará el siguiente procedimiento:

    I. La evaluación del porcentaje de basura, materia extraña o impurezas se hará bajo la dirección y responsabilidad del Comité, por muestreos físicos en batey o en campo.

    La evaluación en por ciento será el cociente resultante de dividir el peso de basura y materias extrañas entre el peso bruto de la muestra de caña, multiplicado por 100. El total de basura y materia extraña se obtendrá al separar de los tallos y pesar en báscula: tlazole, raíces, mamones, cogollos, partes del tallo dañadas por heladas, tierra y materiales ajenos a la caña que resulten de limpiar cuidadosamente la muestra.

    El resultado obtenido servirá de base para calcular la deducción que habrá de hacerse del peso de la caña bruta entregada y así obtener el peso neto;

    II. El Comité podrá acordar que la calificación de basura, materia extraña o impurezas se realice en forma visual, pero siempre fundamentado en el muestreo físico.

    Como la calificación visual no detecta la presencia de piedras, terrones, tierra y otros elementos, las deducciones de peso que se tengan que hacer por estos conceptos, tendrán que basarse precisamente en el muestreo físico, y

    III. Cuando el descuento por los conceptos señalados en este artículo superen el 10 %, será motivo de acuerdo entre las partes para la aplicación del descuento resultante o bien el rechazo de dicha caña.

    Artículo 79.- El importe neto de la caña castigada se determinará multiplicando la cantidad total de caña castigada por el precio de la tonelada de caña, deduciendo el importe total de sus costos de cosecha promedio y demás deducibles que le correspondan. El importe resultante invariablemente deberá prorratearse entre el volumen total de caña no castigada de la zafra.

    Para la determinación de castigos, el Comité deberá escuchar a los afectados y en caso de inconformidad esta deberá hacerse constar en el acta respectiva para que en su caso recurra a la Junta Permanente.

    Artículo 80.- Cuando el Ingenio por cualquier causa suspenda la recepción y/o la molienda de caña de azúcar por más de 12 horas, deberá notificar de inmediato al Comité, para que éste suspenda las órdenes de quema y reprograme los cortes, levantando el acta correspondiente de la caña quemada en campo y en trayecto al Ingenio, para su relación con la aplicación de castigos en su caso.

    Artículo 81.- Cuando por causas imputables al Ingenio, la caña se procese con deterioro, debido a demoras en su recepción, o bien por haber estado más de 24 horas en el batey sin molerse, se le aplicará un castigo que será hasta del 10 % del valor de la caña deteriorada y hasta del 20 % ciento de su valor durante las 24 horas siguientes. El importe de este castigo será determinado por el Comité y el Ingenio deberá abonarlo a la caña total aportada.

    CAPITULO IV De las Cañas Contratadas no Industrializadas

    Artículo 82.- Las cañas contratadas no industrializadas en la zafra de que se trate, se considerarán como cañas quedadas, excepto las que convengan el Ingenio y el Abastecedor de Caña en diferir para la siguiente zafra.

    Artículo 83.- Cuando por causas imputables al Ingenio, resulten cañas sin industrializar, éstas deberán ser pagadas al abastecedor por dicho Ingenio, en los términos establecidos en el presente capítulo.

    Artículo 84.- Se entenderán por causas imputables al Ingenio las siguientes:

    I. La disminución de la capacidad de molienda, debidamente verificada y sancionada por el Comité;

    II. Cuando las ampliaciones de fábrica den como resultado retrasos en el inicio normal de la zafra y/o mal funcionamiento de la fábrica;

    III. La suspensión de las labores por conflictos obrero patronales;

    IV. La imprevisión del Ingenio en el aprovechamiento o utilización de equipo, materiales, refacciones y sustancias necesarias que afecten la operación normal de la molienda;

    V. La insuficiencia en la capacidad de molienda en la fábrica, en relación con la caña contratada y programada para su industrialización;

    VI. Cuando se muela caña de otro Ingenio, o no contratada, sin la sanción del Comité y se deje caña contratada sin industrializar;

    VII. Cuando sin la sanción del Comité, un Ingenio fomente y contrate la producción de la caña de azúcar;

    VIII. Por deficiencia en el corte y acarreo de las cañas, cuando estas operaciones sean organizadas y ejecutadas directamente por el Ingenio;

    IX. Cuando se ocasione disminución en la capacidad de recepción del Ingenio, por no lograr adecuada fluidez en el movimiento de la caña en báscula, grúas y batey del Ingenio, ya sea por mala organización administrativa o carecer del equipo necesario;

    X. Cuando el Ingenio no acate los acuerdos del Comité y afecte directamente la molienda, y

    XI. Cuando no se notifique oportunamente al Comité la posibilidad de excedentes, a fin de que se tomen las providencias necesarias para que se industrialice la caña en otro Ingenio.

    Artículo 85.- Se entenderán por causas imputables a los Abastecedores de Caña de azúcar de un Ingenio las siguientes:

    I. Cuando, sin motivo justificado, se opongan al corte de su caña programada para zafrar;

    II. Cuando no acaten las disposiciones del Comité referente a la suspensión de riegos, conforme al programa de maduración de la caña;

    III. Cuando no realicen oportunamente las labores y obras necesarias que permitan la cosecha y transporte de la caña;

    IV. Cuando por conflictos de los propios Abastecedores de Caña, obstaculicen parcial o totalmente la entrega de caña;

    V. Cuando sin causa justificada los Abastecedores de Caña obstaculicen parcial o totalmente la entrega de la caña;

    VI. Cuando no acaten los acuerdos dictados y notificados oportunamente por el Comité y afecten directamente la molienda, y/o

    VII. Cuando no atiendan oportunamente la quema, el corte y el acarreo de sus cañas.

    Artículo 86.- En caso de cañas quemadas accidentalmente y fuera de programa, el Comité podrá llevar a cabo una reprogramación en sus frentes de corte, acudiendo en auxilio del Abastecedor de Caña afectado para facilitar la entrega, con el fin de que se industrialice el mayor volumen posible sin lesionar los intereses de otros cañeros cuyas cañas estén en proceso de corte.

    Artículo 87.- Cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor, tales como fenómenos meteorológicos, ajenos al Ingenio y a los Abastecedores de Caña, se queden cañas contratadas y programadas sin industrializar en la zafra de que se trate, en beneficio de los Abastecedores de Caña afectados se establece lo siguiente:

    I. De acuerdo con el estimado de la producción de caña, llevado a cabo por el Comité para cada caso, se harán los cálculos del valor de dichas cañas, deduciendo el promedio de los costos totales de cosecha y demás deducibles que le correspondan. Del valor resultante el 34 % será absorbido por el propio Abastecedor de Caña, abonándosele a su cuenta el 66%, del cual el Ingenio cubrirá 33% y el otro 33 % será a cargo de la totalidad de los Abastecedores de Caña que hayan entregado caña durante la zafra de que se trate, y

    II. En casos de tiempos perdidos debidamente registrados por excesos de lluvias durante el programa de zafra y de quemas accidentales de cañas desarrolladas fuera de tiempo de zafra, según dictamen del Comité, se atenderá su solución en igual forma a la que se menciona en el párrafo anterior.

    Artículo 88.- Para todos los efectos, el Abastecedor de Caña conservará la propiedad de la caña no industrializada y de las socas y resocas subsecuentes.

    Artículo 89.- En el caso demostrado y sancionado por el Comité de la incapacidad eventual o permanente, parcial o total, de los Abastecedores de Caña para cumplir con su obligación de entregar la materia prima, de acuerdo con las cuotas de entrega señaladas en la programación o reprogramaciones, el Ingenio quedará autorizado para llevar a cabo las gestiones necesarias tendientes a normalizar las entregas, regularizar la molienda y evitar la posibilidad de que se queden cañas sin industrializar, aun siendo imputables a los propios Abastecedores de Caña, debiendo intervenir en este acto con la autorización del Comité.

    Artículo 90.- Una vez concluida la zafra, el Abastecedor de Caña al que se le hayan quedado cañas sin industrializar, en pie o cortadas, deberá acudir dentro de los diez días siguientes a la conclusión oficial de la zafra de que se trate ante el Comité, a fin de que éste sancione y haga constar en acta lo siguiente:

    I. La cuantificación del volumen de caña considerada como no industrializada, incluyendo nombre del Abastecedor de Caña, superficie neta, rendimiento estimado por hectárea y toneladas de caña, y

    II. La calificación de la procedencia de la reclamación del Abastecedor de Caña en los términos de la presente Ley.

    Artículo 91.- El valor de la caña no industrializada imputable al Ingenio, será calculado con base en el precio de liquidación de la caña industrializada deduciendo el promedio de los costos totales de cosecha y demás deducibles que le correspondan cuando la caña no ha sido quemada o cortada. El saldo será cubierto en un término de treinta días naturales a partir de la fecha de terminación de la zafra del Ingenio correspondiente.

    Cuando se trate de caña quemada, en pie o cortada, o cruda cortada, se agregará al valor anterior el monto de los trabajos de corte, pica y saca según corresponda, de acuerdo con las tarifas sancionadas por el Comité.

    Artículo 92.- Por mutuo acuerdo de las partes contratantes se podrá programar el diferimiento de la cosecha de superficies de caña para el inicio de la zafra siguiente debidamente sancionado por el respectivo Comité.

    CAPITULO V Del Sistema para Determinar el Azúcar Recuperable Base Estándar Uniforme de la Caña Industrializada

    Artículo 93.- Para determinar el azúcar recuperable base estándar de la caña industrializada, establecido en el Artículo 58 de la presente Ley, se deberá aplicar el sistema correspondiente que considera una Eficiencia Base de Fábrica mínima de 82.37% referida a la calidad especifica de caña de cada Ingenio del país.

    Con ese fin se fomentará la normalización e impulsará los programas para el fomento de la calidad.

    CAPITULO VI De la Normatividad y de la Supervisión del Proceso de Fábrica

    Artículo 94.- El procedimiento de toma, manejo y análisis de muestras se efectuará con base en la normatividad aplicable a la agroindustria de la caña de azúcar expedida por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía y, a falta de ésta, por los acuerdos adoptados en el seno del Comité Nacional.

    Artículo 95.- Para la toma de muestras representativas y la realización de los análisis en el laboratorio, los Industriales estarán obligados a contar en los Ingenios con el local de laboratorio funcional, exclusivo para ello, con espacio y mobiliario suficientes para el personal representante de Abastecedores de Caña e Industriales, dotado de todos los materiales, equipos, aparatos y reactivos contemplados en las especificaciones de las normas mexicanas respectivas. Para tal efecto, el Gobierno Federal se obliga a verificar, calibrar y certificar los instrumentos de medición, materiales, reactivos y demás elementos que se requieran en los términos establecidos en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Artículo 96.- Bajo el sistema en el que el precio de la caña se determina mediante el azúcar recuperable base estándar promedio uniforme de toda la caña molida en la zafra por cada Ingenio del país, el resultado del azúcar físicamente producido en cada zafra no tendrá relación con el pago de la caña.

    En consecuencia los Abastecedores de Caña por conducto de sus Organizaciones tienen derecho a supervisar en la fábrica y a participar conjuntamente con el personal del Ingenio, únicamente hasta la parte del proceso que interviene para la determinación de los parámetros comprendidos en el cálculo del azúcar recuperable de su caña, que son:

    a) Peso de la caña al ser entregada en batey del Ingenio;

    b) Peso o medición del agua de imbibición;

    c) Peso del jugo mezclado;

    d) Toma, manejo y conservación de muestras de jugo mezclado y de bagazo;

    e) Determinación de la pol y de la fibra en caña;

    f) Determinación de pol en jugo mezclado y bagazo;

    g) Determinación de brix o sólidos totales en jugo mezclado;

    h) Cálculos para obtener los datos promedio ponderados del día, de la semana y acumulados al término de la zafra del porciento de pol en caña y el porciento de fibra en caña, así como la pol y el brix del jugo mezclado para determinar su pureza, y

    i) Verificación de la instalación en los Ingenios de los equipos necesarios y su correcta operación, así como de la aplicación debida de las normas mexicanas vigentes y disposiciones que correspondan emitidas por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía.

    En caso de que las Organizaciones nombren representantes para vigilar y participar en la determinación de los parámetros utilizados en el cálculo del azúcar recuperable de la caña industrializada, deberán firmar conjuntamente con el personal del Ingenio encargado de dichas actividades los resultados diarios obtenidos. En caso de divergencia, las partes manifestarán su inconformidad levantando el acta respectiva que harán del conocimiento inmediato del Comité del Ingenio de que se trate.

    TITULO QUINTO DE LA INVESTIGACIÓN, LA DIVERSIFICACIÓN Y LA SUSTENTABILlDAD

    CAPITULO I De la Investigación y Desarrollo Tecnológico

    Artículo 97.- Se crea el Centro de Investigación Científica y Tecnológica de la Caña de Azúcar (CICTCAÑA), que tendrá como propósito orientar los proyectos de investigación y desarrollo para otorgarle más competitividad y rentabilidad a la agroindustria de la caña de azúcar.

    Este centro dependerá del Comité Nacional, y se sujetará a las directrices de éste, a las del Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable y a las políticas que sean aprobadas por la Comisión Intersecretarial y el Consejo Mexicano en la materia.

    Su estructura, programa de mediano plazo y programa operativo anual de investigación y desarrollo, así como su presupuesto, serán aprobados por el Comité Nacional.

    Artículo 98.- Para darle viabilidad al CICTCAÑA se creará un fondo con aportaciones tripartitas, del Gobierno Federal, de los Industriales y de las Organizaciones en los términos, lineamientos y reglamentación que acuerde el Comité Nacional.

    Artículo 99.- A través del CICTCAÑA, en coordinación con las instituciones de investigación y educación superior participantes, se dará prioridad al establecimiento de un inventario nacional de proyectos de investigación y recursos materiales en campus de experimentación, a efecto de optimizar las investigaciones y sus resultados obtenidos y aprovechar los campus existentes para el desarrollo de nuevos proyectos.

    Artículo 100.- El CICTCAÑA se apoyará en cuerpos colegiados formados por investigadores de reconocido prestigio que serán convocados de las diferentes instituciones públicas que realizan investigación científica y tecnológica en el país.

    Artículo 101.- El CICTCAÑA, con la aprobación del Comité Nacional, atenderá las demandas de los sectores integrantes de la agroindustria de la caña de azúcar, y tendrá como propósitos fundamentales los siguientes:

    I. Desarrollar nuevas variedades con elevados contenidos de sacarosa, baja fibra, tolerantes a plagas y enfermedades, sequía e inundaciones y otras adversidades climatológicas;

    II. Generar paquetes tecnológicos regionales que incrementen sustancialmente la productividad agrícola e industrial;

    III. Diseñar y evaluar los sistemas de cartografía y geoposicionamiento satelital y los programas de cómputo que aseguren una aplicación y uso estandarizado en los Comités, con el fin de fortalecer el Sistema de Información para la toma de decisiones que permitan la elevación de la productividad y competitividad de cada una de las zonas de abastecimiento cañero;

    IV. Establecer los mecanismos de vinculación y coordinación de todas las instancias que participan en el desarrollo tecnológico de la gramínea y en particular retomar el control de las estaciones de hibridación y cuarentenaria para proyectar el programa de nuevas variedades a largo plazo, evitar duplicidades y abaratar los costos;

    V. Promover las investigaciones que diversifiquen y optimicen el aprovechamiento de la caña atendiendo a su rentabilidad, mercado y disponibilidad de inversiones;

    VI. Elaborar el inventario de investigación aplicada y sus productos en el mercado, a efecto de medir sus ventajas y su costo beneficio, poniéndola a disposición de Abastecedores de Caña e Industriales;

    VII. Profundizar en la evaluación del efecto en los rendimientos de fábrica y campo del proceso de fabricación del azúcar de caña cortada en verde;

    VIII. Promover para cada región y Zona de Abastecimiento, el sistema de cartografía y geoposicionamiento satelital estandarizado para todos los Comités, con el propósito de facilitar la reconversión productiva y lograr el pleno aprovechamiento de la tierra;

    IX. Determinar mediante estudios e investigaciones, la contribución a la competitividad del territorio rural de cada una de las Zonas de Abastecimiento cañero que permitan consolidar la producción, el empleo y los servicios rurales;

    X. Inventariar la investigación y sus resultados en materia de coproductos, subproductos y derivados, y promover las nuevas investigaciones para maximizar el aprovechamiento y diversificación de la caña de azúcar, y

    XI. Llevar a cabo las investigaciones, estudios y acciones que acuerde y le instruya el Comité Nacional.

    Artículo 102.- El CICTCAÑA promoverá, a través de los mecanismos de coordinación que se establezcan con las instituciones académicas y de investigación, la formación del recurso humano que le dé certidumbre y continuidad a este centro de investigación.

    Artículo 103.- A efecto de garantizar la aportación del Gobierno Federal a este centro, se harán las previsiones necesarias en el Programa Especial Concurrente que incluya el Presupuesto de Egresos de la Federación cada año. Las aportaciones que deban realizar los Abastecedores de Caña y los Industriales se harán por tonelada de caña y serán acordadas en el Pleno del Comité Nacional.

    CAPITULO II Diversificación Productiva

    Artículo 104.- Se considera como diversificación productiva la obtención del azúcar de caña en todas sus presentaciones, los Coproductos, Subproductos y Derivados de la caña de azúcar.

    Los Coproductos: son una variedad de productos intermedios y finales, que tienen como propósito dar un mejor uso a los residuos del proceso agrícola y de la industria de la caña de azúcar.

    Los Subproductos: son productos colaterales a la producción azucarera.

    Derivados: son aquellos productos que se obtienen a partir de los Subproductos de la caña.

    Artículo 105.- El Comité Nacional, apoyándose en el CICTCAÑA promoverá el intercambio de tecnologías de punta probadas en el aprovechamiento de la agroenergía, con el propósito de que los interesados tengan la información necesaria para mejorar la eficiencia térmica del Ingenio, que permita la cogeneración de energía eléctrica y la obtención de gas sintético.

    Artículo 106.- El Comité Nacional, por conducto de la Secretaría, propondrá a la Comisión Intersecretarial las políticas, el marco legal y administrativo tanto público como privado, que permita el aprovechamiento diversificado de la caña de azúcar, a efecto de que procedan las adecuaciones de Ley y reglamentación respectiva.

    Artículo 107.- El CICTCAÑA propondrá al Comité Nacional los estudios y proyectos que tengan como prioridad el desarrollo y aprovechamiento de la agroenergía, en particular del etanol como carburante y oxigenante de gasolina a partir de mieles iniciales y de mieles finales, así como del aprovechamiento del bagazo de la caña con fines de industrialización para la cogeneración de energía y la obtención de gas sintético. De igual manera los productos alimenticios tales como la sucralosa, olestra, fructooligosacáridos y farmacéuticos como sucralfate, polisucrose, esteres especiales, epóxidos, sucrogel y bioplásticos derivados de la sacarosa.

    Los resultados de dichos estudios deben incorporar la rentabilidad financiera, social e institucional, para que, de resultar favorables, el Comité Nacional proponga a la Comisión Intersecretarial la reglamentación e iniciativas de Ley que permitan el aprovechamiento de los coproductos como bienes estratégicos para la soberanía nacional en producción de energéticos y los derivados de sacarosa como bienes necesarios para la soberanía alimentaria y farmacéutica del país.

    Artículo 108.- El Comité Nacional propondrá a la Comisión Intersecretarial, para su aprobación, los estímulos a la inversión para la producción de gas sintético, cogeneración de energía y producción de etanol como carburante, sin dejar de incluir al resto de coproductos, subproductos y derivados.

    Artículo 109.- El Comité Nacional, con apoyo de la Secretaría, promoverá el desarrollo de los Coproductos, Subproductos y Derivados vinculándolos a los programas de riesgo compartido y riesgo de inversión, a las alianzas productivas y a las instituciones de educación superior existentes dentro del territorio de la Zona de Abastecimiento cañero donde se promueva, mediante módulos demostrativos, la viabilidad de este desarrollo.

    Artículo 110.- Los apoyos que el Gobierno Federal otorgue para la diversificación productiva de la agroindustria de la caña, se preverán en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable que incluya el Presupuesto de Egresos de la Federación cada año.

    CAPITULO III De la Sustentabilidad

    Artículo 111.- El Comité Nacional, con apoyo del CICTCAÑA, identificará las actividades innovadoras, tanto en el área agrícola como industrial cuya implementación coadyuve al desarrollo sustentable del sector.

    Artículo 112.- El Comité Nacional promoverá sistemas de agricultura cañera sustentables basados en la conservación del medio ambiente y el eficiente aprovechamiento de los recursos disponibles, involucrando la calidad de vida de los productores y de la sociedad en general.

    Artículo 113.- El Comité Nacional evaluará, promoverá y apoyará la instrumentación de programas que reduzcan la fuente contaminante de la industria, tanto al aire como al suelo y al agua, lo relativo a la solución del tratamiento de las aguas residuales de los Ingenios y de las destilerías y de los gases de combustión de las calderas.

    Artículo 114.- Se promoverá y apoyará la adopción de prácticas de manejo sustentable del suelo, estableciendo un sistema de registro por Ingenio.

    Artículo 115.- Se impulsará el aprovechamiento de la biomasa residual de la caña de azúcar, particularmente los procesos de gasificación o termólisis, apoyando aquellos proyectos que demuestren la rentabilidad sustentable.

    Artículo 116.- El Comité Nacional elaborará una propuesta de estímulos a la inversión para aquellos Industriales que realicen y pongan en marcha proyectos sustentables de alta eficiencia energética, enfocados a su propio abastecimiento y venta de energía. La Secretaría propondrá a la Comisión Intersecretarial la aprobación de esta propuesta para los efectos jurídicos, administrativos y presupuestales que sea necesario instrumentar.

    Artículo 117.- A efecto de garantizar una agricultura y una industrialización de la caña de azúcar de carácter sustentable, se considerarán los apoyos necesarios en el Programa Especial Concurrente del Presupuesto de Egresos de la Federación, para cada ejercicio.

    TITULO SEXTO DE LA CONCILIACIÓN Y EL ARBITRAJE EN LA AGROINDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZÚCAR

    CAPITULO I De las Controversias

    Artículo 118.- Son controversias azucareras las que, con motivo del incumplimiento en la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Contrato y disposiciones derivadas, se susciten entre:

    a) Abastecedores de Caña de azúcar e Industriales;

    b) Abastecedores de Caña de azúcar;

    c) Industriales, y

    d) Cualquiera de los sujetos anteriores y los Comités.

    Serán aplicables de manera supletoria, el Código de Comercio, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

    Artículo 119.- El sistema de solución de conflictos de la agroindustria de la caña de azúcar se conformará con:

    a) Comités, como instancia de conciliación, y

    b) Junta Permanente, en procedimiento conciliatorio o en procedimiento arbitral.

    Artículo 120.- En la tramitación de las controversias que sean puestas bajo su conocimiento, la Junta Permanente y los Comités se sujetarán al procedimiento previsto en esta Ley, debiendo dejar constancia por escrito de todas sus actuaciones en los expedientes respectivos.

    CAPITULO II Del Procedimiento Conciliatorio

    Artículo 121.- Los Comités tendrán la jurisdicción que les corresponda en razón del Ingenio donde se constituyan.

    Artículo 122.- Los Comités, para los fines de conciliación, se integrarán en los términos que dispone el Artículo 24 de la presente Ley.

    Artículo 123.- Los Comités, en su función conciliatoria, tendrán las facultades y obligaciones siguientes:

    I. Actuar como instancia conciliatoria potestativa en las controversias azucareras surgidas entre Abastecedores de Caña de azúcar, entre éstos, de ellos con los Industriales o entre estos últimos;

    II. Procurar un arreglo conciliatorio de las controversias azucareras;

    III. Recibir las pruebas que los Abastecedores de Caña o los Industriales juzguen conveniente rendir ante ellos, en relación con las acciones y excepciones que pretendan deducir ante la Junta Permanente. El término para la recepción de pruebas no podrá exceder de diez días;

    IV. Llevar a cabo los trámites necesarios de inscripción en el Registro de las constancias de lo actuado en su función conciliatoria, y

    V. Las demás que les confieran las leyes.

    Adicionalmente a petición de parte podrán recibir las demandas que le sean presentadas, remitiéndolas a la Junta Permanente. Asimismo complementar los exhortos y practicar las diligencias que le solicite la Junta Permanente.

    Artículo 124.- El procedimiento conciliatorio se sujetará a las siguientes reglas:

    I. El órgano conciliatorio, una vez recibida la solicitud de su intervención en tal carácter citará a las partes a una audiencia de avenimiento señalando el lugar, la fecha y la hora para su celebración, así como el motivo de la audiencia;

    II. El día de la audiencia de avenimiento, el órgano conciliatorio exhortará a las partes a que resuelvan amigablemente sus diferencias, proponiendo para el efecto las alternativas de solución que a su juicio considere pertinentes;

    III. Si las partes lIegaren a un arreglo, el conflicto se tendrá por terminado en forma conciliatoria, asentándose lo pactado en un convenio que deberá ser firmado por aquellas, el cual producirá todos los efectos jurídicos de un laudo y llevará aparejada su ejecución, y

    IV. Si alguna de las partes no asiste a la audiencia convocada se tendrá por inconforme con cualquier arreglo, o habiendo asistido las partes no se llegare a él, se dará por concluido el procedimiento conciliatorio.

    CAPITULO III Del Arbitraje

    Artículo 125.- Para la resolución de las controversias azucareras que se susciten, los Abastecedores de Caña y los Industriales deberán someterse a la jurisdicción de la Junta Permanente, a petición de parte, en los términos establecidos en esta Ley, en el Contrato y demás disposiciones derivadas.

    Las partes deberán cumplir con las resoluciones que dicte la Junta Permanente, una vez que causen estado.

    Artículo 126.- El procedimiento arbitral, en su caso, se sujetará a las siguientes reglas:

    I. De no lograrse la conciliación de las partes, ya sea ante el Comité correspondiente o ante la Junta Permanente, y solicitada la intervención arbitral, la Junta Permanente correrá traslado de la demanda y emplazará al demandado para que, en un término de diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que surta efectos el emplazamiento, dé contestación a la misma, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que estime necesarias.

    II. Contestada o no la demanda, y desahogadas las pruebas admitidas, se concederá a las partes un plazo de diez días hábiles para presentar sus alegatos.

    Cuando, para mejor proveer, a juicio de la Junta Permanente sea necesario obtener mayor información, recabar más pruebas, o realizar alguna investigación respecto a las controversias instauradas, ésta podrá hacerlo en el plazo necesario para ello. En estos casos, se citará para alegatos una vez recopiladas y desahogadas las pruebas y diligencias que se hubieren ordenado.

    III. Transcurridas las etapas mencionadas y presentados o no los alegatos de las partes, la Junta Permanente cerrará el periodo de instrucción y contará con un plazo máximo de treinta días hábiles para dictar el laudo correspondiente.

    CAPITULO IV De la Junta Permanente

    Artículo 127.- Se crea la Junta Permanente en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la que tendrá plena competencia para conocer y resolver todas aquellas controversias azucareras que le sean sometidas.

    En ningún caso la Junta Permanente intervendrá en controversias de carácter interno de las Organizaciones o en asuntos políticos de las mismas.

    Artículo 128.- La Junta Permanente estará dotada de autonomía para dictar sus fallos y contará con presupuesto anual propio, que se integrará con las aportaciones anuales de los sectores representados en ella, en los montos que determine su Pleno, en términos del Artículo 186 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    Artículo 129.- La Junta Permanente, en acuerdo con la Secretaría, por conducto del Registro, tomará nota de la integración y actualización del registro de las organizaciones nacionales y locales de productores de caña; del registro de los miembros del Comité de cada Ingenio y el registro oficial del Padrón en los términos de esta Ley, debiendo el Registro turnar copia a la Junta Permanente de la documentación respectiva.

    Artículo 130.- La Junta Permanente tendrá su domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal.

    CAPITULO V Del Pleno de la Junta Permanente

    Artículo 131.- El Pleno será el órgano supremo de la Junta Permanente, quien dictará los laudos y las interlocutorias que pongan fin a las controversias azucareras.

    Artículo 132.- El Pleno de la Junta Permanente estará integrado por:

    a) Un representante de la Secretaría, quien lo presidirá;

    b) Un representante de cada una de las organizaciones nacionales cañeras registradas, y

    c) Representantes de la Cámara Azucarera, en número igual al de los representantes de las organizaciones nacionales cañeras registradas.

    El Presidente tendrá la representación de la Junta Permanente y contará con todos los poderes generales para pleitos y cobranzas y actos de administración, pudiendo delegar estas facultades en su totalidad o parcialmente, para los efectos que se requieran.

    Por cada representante propietario habrá un suplente; dichos cargos serán intransferibles y honoríficos.

    Artículo 133.- El Presidente de la Junta Permanente será nombrado por el Titular de la Secretaría. Sus ausencias temporales y las definitivas, en tanto se hace nuevo nombramiento, serán cubiertas por su suplente.

    Artículo 134.- Las reuniones serán presididas por el Presidente o, en su ausencia, por su suplente; el Pleno sesionará por instrucciones del mismo o a petición de, por lo menos, dos de sus miembros, previa notificación por escrito de sus integrantes con cinco días hábiles de antelación a la misma.

    Artículo 135.- El Pleno deberá sesionar con la asistencia total de sus miembros. En caso de no celebrarse una sesión por la inasistencia de alguno de ellos, el Secretario General citará nuevamente para celebrarse dentro de los tres días hábiles siguientes, llevándola a cabo con los que asistan, y se tendrán por conformes los miembros no asistentes con las resoluciones o acuerdos que se tomen en ella.

    Artículo 136.- El Pleno de la Junta Permanente resolverá por unanimidad o mayoría de votos los asuntos que sometan las partes a su consideración. En caso de empate el presidente tendrá voto de calidad.

    Artículo 137.- El Pleno de la Junta Permanente tiene las facultades y obligaciones siguientes:

    I. Expedir el Reglamento Interior de la Junta Permanente;

    II. Conocer y resolver de las controversias azucareras que se le presenten;

    III. Recibir las demandas interpuestas en contra de los Comités, en su conjunto o la parte integrante del mismo que resulte responsable, cuando por negligencia o mala fe debidamente comprobada, causen daño a los Abastecedores de caña o al Ingenio;

    IV. Designar al Secretario General de la Junta Permanente, y

    V. Las demás que le confieren las leyes.

    CAPITULO VI De la Secretaría General de la Junta Permanente

    Artículo 138.- El Pleno de la Junta Permanente designará al Secretario General de la misma, que deberá ser Licenciado en Derecho con una experiencia mínima de cinco años en la materia de la agroindustria de la caña de azúcar, al que se le otorgarán las facultades necesarias para su mejor actuación, responsabilizado del adecuado funcionamiento de la Junta Permanente.

    Artículo 139.- El Secretario General de la Junta Permanente tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

    I. Coordinar las labores de la Junta Permanente y administrar los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la misma;

    II. Convocar a las partes en controversia en los términos del artículo 124 de esta Ley, para que en vías de conciliación se procure una solución que les satisfaga;

    III. Comisionar al personal que considere necesario, por iniciativa propia o a petición de parte, para la investigación, información o aclaración del asunto que se someta a su consideración;

    IV. Integrar los expedientes de los asuntos en trámite, dictando todo tipo de acuerdos que para la sustanciación del procedimiento sean necesarios;

    V. Ordenar las investigaciones necesarias y el aprovisionamiento de datos o documentos que se encuentren relacionados con los asuntos que se ventilen ante la misma y, en su oportunidad, formular el proyecto de laudo o interlocutoria que dé por terminado el juicio arbitral, que someterá a la consideración del Pleno;

    VI. Encargarse de la sustanciación de los procedimientos arbitrales hasta dejarlos en estado de resolución, incluyendo la firma de las resoluciones interlocutorias que declaren improcedentes las excepciones de previo y especial pronunciamiento que no impliquen dar por concluido el juicio arbitral;

    VII. Mantener actualizado un registro de los miembros del Comité de cada Ingenio del país;

    VIII. Llevar el registro oficial del tonelaje de caña aportado por los abastecedores;

    IX. Presentar para su análisis y aprobación al Pleno de la Junta Permanente, en forma detallada y con base en las necesidades de operatividad funcional, el presupuesto anual de la Junta Permanente;

    X. Informar por escrito, trimestralmente o cuantas veces sea requerido por el Comité Nacional o por el Pleno de la Junta Permanente, del ejercicio y manejo de los fondos asignados a la Junta Permanente;

    XI. Ordenar la expedición de copias certificadas, a petición de parte interesada, de las constancias que obren en los archivos de la Junta Permanente;

    XII. Autorizar con su firma las actuaciones y las copias certificadas que les sean solicitadas, y

    XIII. Las demás que se contemplen en la presente Ley.

    CAPITULO VII Del Ámbito Competencial y del Procedimiento ante la Junta Permanente

    Artículo 140.- La Junta Permanente tendrá competencia para conocer de las controversias surgidas entre Abastecedores de Caña de azúcar, de éstos con los Industriales o entre estos últimos, derivadas de la aplicación de la presente Ley, el Contrato y de las demás disposiciones relativas.

    Artículo 141.- Las demandas controversiales interpuestas ante la Junta Permanente deberán ser formuladas por escrito señalando el nombre y domicilio de la o las personas contra quien se entablen, así como los hechos fundatorios de su petición. El escrito inicial de demanda, así como los documentos fundatorios de su acción, deberán ser presentados en original y acompañados de las copias necesarias para traslado. Igualmente deberán ofrecer las pruebas que se estime convenientes.

    Artículo 142.- Cuando una demanda controversial no sea lo suficientemente clara a juicio de la Junta Permanente, ésta solicitará las aclaraciones pertinentes, las cuales deberán hacerse dentro de un término máximo de diez días hábiles. Transcurrido dicho plazo sin que se hubieran presentado las aclaraciones solicitadas, no se dará curso a la demanda o inconformidad, dejando a salvo los derechos del actor, interrumpiendo el plazo para la prescripción de la acción intentada.

    No será necesaria la aclaración anterior, en el caso de que las Organizaciones de Abastecedores de Caña demanden al Ingenio determinada prestación sin especificar su monto, nombre de Abastecedores de Caña y toneladas de caña entregadas por cada uno, ya que en caso de procedencia, toda cuantificación podrá hacerse al efectuarse la liquidación de lo fallado, mediante estimados de producción o volumen de caña de azúcar y promedios de contenido de sacarosa o índice de calidad que corresponda, así como registros de Abastecedores de Caña, a menos que la Junta Permanente estime que son necesarias para la defensa de la contraparte o resolución de la controversia, o cuando se presente una excepción por parte del Ingenio que comprenda a un abastecedor o grupo de abastecedores.

    Las demandas controversiales deberán presentarse en contra de la persona física o moral en forma individualizada.

    Artículo 143.- Cuando la Junta Permanente reciba inhibitoria de tribunal judicial u órgano arbitral en que se promueva sobre la competencia y considerase debido sostener la suya, en un plazo no mayor a tres días hábiles lo comunicará así al competidor.

    Artículo 144.- Cuando la persona que comparezca ante la Junta Permanente lo haga en nombre de otra, bastará con que acredite su personalidad con carta poder firmada por el poderdante y dos testigos.

    En caso de personas morales, éstas deberán acreditar la personalidad de su representante con el poder notarial correspondiente.

    Las organizaciones nacionales y locales de Abastecedores de Caña inscritas en el Registro, tendrán personalidad para representar legalmente a sus afiliados ante la Junta Permanente.

    Cuando la personalidad de las partes haya sido reconocida previamente dentro de un procedimiento instaurado, dicha personalidad se tendrá por reconocida por la Junta Permanente, salvo inconformidad o prueba en contrario.

    Artículo 145.- Las partes deberán señalar en su escrito de demanda o de contestación domicilio ubicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a efecto de que se les notifiquen los acuerdos y laudos dictados por la Junta Permanente, de no hacerlo, las notificaciones se les harán por lista.

    Artículo 146.- Recibida la solicitud de intervención arbitral, la Junta Permanente iniciará el procedimiento, emitirá el auto de radicación de la demanda controversial y procederá a intervenir en la resolución del conflicto, en única instancia, de acuerdo a sus facultades.

    Artículo 147.- Radicada la demanda controversial, la Junta Permanente citará a las partes a una audiencia conciliatoria que deberá celebrarse dentro del plazo de diez días hábiles.

    En el citatorio se expresará, cuando menos, el nombre completo del actor, su pretensión, la fecha, hora y lugar fijados para llevar a cabo la audiencia de avenimiento.

    Artículo 148.- En la resolución de los conflictos, la Junta Permanente deberá dictar sus laudos a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos debidos en conciencia, sin sujetarse a las reglas o formalidades sobre estimación de pruebas, pero expresando los motivos y fundamentos legales en que sus fallos se apoyen.

    Artículo 149.- Los acuerdos de trámite podrán ser recurridos ante quien los haya emitido; las incidentales que no pongan fin al trámite, podrán recurrirse ante el Pleno; los laudos y las interlocutorias de éste se sujetarán, en su caso, a lo dispuesto en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

    Artículo 150.- La parte condenada deberá dar cumplimiento al laudo de la Junta Permanente dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir de la notificación correspondiente. Si no lo hiciere, la parte interesada podrá solicitar su homologación y ejecución a la autoridad competente.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se deroga toda disposición que contravenga a esta Ley, con excepción de lo dispuesto en los artículos Transitorios TERCERO, QUINTO, SEXTO Y OCTAVO de la presente.

    TERCERO.- Los asuntos que se encuentren pendientes de resolver en los Comités de Producción Cañera y en la Junta de Conciliación y Arbitraje de Controversias Azucareras, a la entrada en vigor de la presente Ley, deberán seguir tramitándose y resolverse conforme a las disposiciones que se encontraban vigentes al momento de su inicio.

    CUARTO.- El Comité Nacional, la Junta Permanente y el CICTCAÑA deberán quedar debidamente instalados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de esta Ley.

    Para la instalación de uno y otra la Secretaría deberá convocar a los sectores involucrados en un término máximo de 15 días después de la entrada en vigor de esta Ley.

    QUINTO.- Para el establecimiento del precio de la caña de azúcar, en tanto el Comité Nacional no adopte un acuerdo unánime que los modifique, serán vigentes el ``Acuerdo que Establece las Reglas para Determinación del Precio de Referencia del Azúcar para el Pago de la Caña de Azúcar'', publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 26 de marzo de 1997; el ``Acuerdo que Reforma al Diverso que Establece las Reglas para la Determinación del Precio de Referencia del Azúcar para el Pago de la Caña de Azúcar'', publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de marzo de 1998 y el Acuerdo del Comité Nacional de la Agroindustria Azucarera, aprobado en su sesión ordinaria del 10 de octubre de 1991, relativo al ``Sistema para Determinar el Azúcar Recuperable Base Estándar Uniforme de la Caña Industrializada en cada ingenio del País'', conforme lo establece el artículo DÉCIMO SEGUNDO del Decreto por el que se declara de interés público la siembra, el cultivo, la cosecha y la industrialización de la caña de azúcar, publicado el 31 de mayo de 1991, así como el Decreto que reforma el diverso por el que se declara de interés público la siembra, el cultivo, la cosecha y la industrialización de la caña de azúcar, publicado el 27 de julio de 1993.

    SEXTO.- Las organizaciones locales y nacionales de Abastecedores de Caña, que se encontraban registradas ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de Controversias Azucareras, se les tendrá por reconocidas, debiendo actualizar su inscripción en los términos de los Artículos 34 y 38 y en concordancia con lo estipulado en el Artículo Transitorio SÉPTIMO de la presente Ley.

    SÉPTIMO.- Los programas, proyectos y las acciones que se lleven a cabo por la aplicación de la presente Ley, así como los apoyos, subsidios y beneficios que se ejerzan con recursos de carácter federal, se sujetarán a la disponibilidad de recursos que se hayan aprobado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente y deberán observar las disposiciones aplicables en materia presupuestaria.

    OCTAVO.- En tanto no se elabore por el Comité Nacional un nuevo formato de Contrato que deben celebrar los Industriales con los Abastecedores de Caña de azúcar, continuará vigente el Formato del Contrato Uniforme derivado del Decreto por el que se declara de interés público la siembra, el cultivo, la cosecha y la industrialización de la caña de azúcar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1991.

    Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LIX Legislatura a los once días del mes de mayo de dos mil cinco.

    Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Edmundo Valencia Monterrubio (rúbrica), Diego Palmero Andrade (rúbrica), Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretarios; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime, Roger David Alcocer García (rúbrica), Arturo Robles Aguilar, José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Larraga, Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Míriam Marina Muñoz Vargas, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista, Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros, Víctor Suárez Carrera (rúbrica).

    Es de primera lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que se encuentra publicado --como se dijo-- en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar y se pone a discusión y votación de inmediato.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se le dispensa la lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, está a discusión en lo general. Esta Presidencia tiene registrados en contra a los señores diputados José María de la Vega Larraga y Javier Castelo Parada, y en pro a los diputados Lázaro Arias Martínez, Carlos Blackaller Ayala, Marco Torres Hernández y Ángel Augusto Buendía Tirado. Tiene el uso de la palabra el diputado José María de la Vega Larraga, del Partido Acción Nacional.El diputado José María de la Vega Larraga: Con su venia, señor Presidente; honorable asamblea: en esta ocasión me dirijo a ustedes respetuosamente para plantear una serie de interrogantes, con el único fin de fomentar la reflexión propositiva y, de igual manera, darles a conocer la postura de Acción Nacional en un tema tan delicado como la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. Primeramente, ¿esta ley responde a las necesidades del sector? La respuesta es no. La minuta proyecto busca reinstalar esquemas de regulación similares a los contenidos en los decretos cañeros que tuvieron razón de ser en el pasado. De frente a la apertura de mercados y ante compromisos establecidos en anteriores administraciones, la sobrerregulación del sector desalienta las inversiones, devalúa los activos de las empresas, paraliza las operaciones y limita la posibilidad de desarrollar nuevos subproductos, con las consecuencias previsibles en términos de riesgo para el sector primario y para los productores cañeros, así como para la preservación de la planta laboral. En la minuta proyecto desaparece la figura del sistema producto, como contempla la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se sustituye el Comité Nacional Sistema Producto Caña de Azúcar por el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, como un organismo público descentralizado, dependiente de la Administración Pública Federal. La minuta proyecto de ley consagra un régimen de excepción para un cultivo que, lejos de generar las condiciones de competitividad que requiere la actividad azucarera ante la apertura comercial, aleja la agroindustria de las decisiones de reducción de costos, de producción e incremento de la competitividad que se requieren para lograr preservarse en el tiempo y enfrentar la competencia de azúcares más baratos y edulcorantes sustitutos del azúcar.

    ¿Esta ley beneficiará a los productores de caña del país? Claro que no. Este proyecto aparenta proteger sólo una parte de la cadena, a los productores, a través de esquemas paternalistas del pasado, que hicieron mucho daño al campo de México pues, sin considerar ni incentivar indicadores de productividad y eficiencia, establecen la obligatoriedad de que sean el Estado y, en específico, los contribuyentes los que deban cubrir los altibajos del sector, y busca transmitir los costos de la ineficiencia y de la falta de competitividad. Otra pregunta: ¿se fomentarán la libre participación y asociación de los productores? La respuesta nuevamente es ``¡no!'' El proyecto, de aprobarse, condenará los campos cañeros y a sus trabajadores al mismo esquema de control político y económico que prevalecía en el anterior decreto cañero, ya que garantiza sólo a dos organizaciones cañeras la preservación de sus privilegios y que son, entre otros, la obtención de 0.5 por ciento del valor de toda la caña que se industrializa en el país, solamente por concepto de las cuotas nacionales que los ingenios pagan a las organizaciones, así como privilegios importantes para los líderes de las organizaciones cañeras a nivel local y nacional en el otorgamiento de créditos, agroinsumos, cuotas locales, organización de la cosecha, poder de decisión sobre cañas por contratar y otros esquemas de control corporativo. Se estima que el valor de estas prebendas es superior a 500 millones de pesos por año. ¿La ley nos llevará a un esquema de competitividad y sustentabilidad en el sector? Les vuelvo a decir: ``¡no!'' Con esta ley se revive el esquema que fomenta ineficiencias en el sector, compromete el pago de cuotas. Y todo ello eleva los costos de producción, lo que provoca que en México se produzca la tonelada más cara de caña en el mundo. Señores: esta ley niega toda oportunidad de inversión privada, por lo que los costos de operación de los ingenios seguirán siendo elevados, ya que los equipos son obsoletos respecto de los parámetros internacionales de eficiencia de fábrica. Esta iniciativa establece la forma de contratar los castigos y hasta el precio de referencia para el pago de la caña, y se perderá toda oportunidad de inversión. Dejaremos el sector en manos de un partido político y dos asociaciones. El dictamen no fortalece ni hace dinámica la sociedad rural, no fomenta esquemas de competitividad y desarrollo integral de las cadenas productivas, no acepta la libre y democrática participación de todos los agentes productivos. Y si esto, señores, que les he dicho no es suficiente para que reflexionen su voto, entonces que la nación se los demande. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Tiene la palabra el señor diputado Lázaro Arias Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, en pro.El diputado Lázaro Arias Martínez: Con su permiso, señor Presidente: quiero agradecer a mis compañeros diputados la oportunidad que nos brindan, y que brindan a los miles de productores de caña en el país, de poder tener una ley que les permita certidumbre y que garantice el desarrollo de este sector. No comparto lo expresado en esta tribuna por mi compañero José María. Sin duda, hace falta ser productor de caña para que se conozca de fondo lo que es, y valores, y lo que vale este sector. El cultivo de la caña de azúcar, compañeros diputados, es uno de la cadena productiva en este país, el número uno. El que genera en verdad más de 440 mil empleos directos. El que genera 13.5 por ciento de la producción agrícola. El que genera 0.5 por ciento del Producto Interno Bruto, que está enclavado en 58 zonas cañeras, que beneficia a 2.5 millones de mexicanos, pero --además-- derrama económica en 12 millones de mexicanos, en 15 estados de la República, 58 zonas cañeras y 227 municipios. En verdad que no comparto lo que dice Chema: si con la abrogación del decreto cañero, que me diga cómo vamos a enfrentar la gran competitividad que requerimos. Aquí parece que José María vino a defender la industria. ¿Y qué ha pasado con los industriales? Están acostumbrados a que muchos, el gobierno, les regalen los ingenios. Y ahí está la muestra, con la expropiación que se hizo, para hacerse millonarios. ¿A costa de quién? De los productores de caña y de sus familias. La Ley para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, compañeros diputados, viene a beneficiar todo el sector. Es una ley tan bondadosa, que incluso, incluso permite al gobierno, permite al gobierno integrar, planear y dar certidumbre en el futuro.

    ¡Mentira, mentira que no podemos tener competitividad! Les digo, señores diputados: los productores de caña, los productores de caña, con todas las deficiencias, con todas las limitaciones, sin créditos, sin apoyos, están dando al país la autosuficiencia. Y para prueba de ello, este año vamos a producir 5 millones 800 mil toneladas de azúcar. ¿Cómo vamos a tener competitividad si no tenemos apoyo del gobierno? ¿Nos falta tecnología? ¡Claro! Habría querido que Chema dijera aquí cómo vamos a enfrentar 2008 y que la industria nos diga la verdad, si es que los ingenios no son negocio, que los dejen a los cañeros para que vean que sí es negocio. Y el Gobierno Federal con la expropiación de los ingenios ya lo ha demostrado. Ya lo ha demostrado, ya lo está administrando. La industria, señores diputados, es negocio, es rentable, es de ganar, ganar para todos. Invito a José María a que trabajemos por el sector, que le demos certidumbre para el futuro y que, como mexicanos, podamos enfrentar 2008, pero verdaderamente comprometidos con todo el sector y no nada más con la industria. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra...

    El diputado José María de la Vega Larraga (desde la curul): Pido la palabra.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Con qué objeto, diputado José María de la Vega?El diputado José María de la Vega Larraga (desde su curul): Para alusiones personales.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene usted derecho y el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, para contestar alusiones personales.El diputado José María de la Vega Larraga: Con su permiso, señor Presidente: el tema a tratar en esta tribuna es realmente la situación del sector de la industria de la caña de azúcar. Estimado Lázaro: hemos comentado muy ampliamente esto, y de ninguna manera estoy a favor de los industriales. Si ha habido alguien crítico en la Comisión de Agricultura y Ganadería respecto a la posición que debía tener el sector de la agroindustria, tú bien lo sabes, he sido yo. Y mi reclamo en este momento es que, estando en 2005, no hemos sido capaces de plantear ese desarrollo para la agroindustria en México. Y eso es un reclamo que hago a los líderes cañeros; ése es un reclamo que hago a los productores que se han dejado estar siempre con el pie encima por parte de los productores; ése es un reclamo que hago también a los industriales; y es un reclamo que hago también a la Cámara de Diputados, que todavía en este momento no estemos planteando un verdadero desarrollo para la agroindustria. No va a ser a través de leyes ni decretos como se va a fortalecer este sector; va a ser entendiendo que se decidió por parte del país entrar en un tratado de libre comercio no solamente con Estados Unidos sino con muchos países y que tenemos que, por ese motivo, fortalecer toda la agroindustria.

    Propongo y exijo que entendamos que la caña de azúcar no es solamente para producir azúcar. Lo he planteado en mi Comisión y lo he planteado al Presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería, incluso tratar de hacer una ley de bioenergía, donde la caña de azúcar puede verdaderamente jugar un papel muy importante. Es cuestionable por qué en este momento en el país todavía no se puede romper el esquema, que podamos tener gasolinas con un mejor comportamiento ecológico usando el etanol. El esquema que existe en los productores de caña es que quieren tener seguridad, pero no va a ser vía esta ley, va a ser vía que haya una demanda muy fuerte de que estemos ampliando la superficie cultivada y no pensando en cómo reducir la superficie cultivada y cómo incluso eficientar la que está sembrada. Ése es el esquema que reclamo, y no va a ser con esto que estamos promoviendo aquí como vayamos a salir del bache en que estamos. Por eso les pido que tratemos de entender el problema en toda su dimensión y que planteemos junto con el Ejecutivo y con quien sea necesario, con la misma Cámara, que entendamos de qué manera a este sector puede darse toda la potencialidad que realmente debe tener vía energéticos, vía toda la cadena petrolera que se pueda hacer en los productos cuando tiene uno el etanol, y de ahí se puede partir la síntesis de todo lo que se puede hacer. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted. Tiene el uso de la palabra el diputado Javier Castelo Parada.El diputado Javier Castelo Parada: Con su permiso, diputado Presidente: ¡qué interesantes los comentarios del orador que habló a favor! Nosotros queremos manifestar que buscamos que el sector azucarero subsista en todos sus eslabones: los abastecedores, los productores, por supuesto, y el sector industrial. Pero nos acaban de dar la razón con la afirmación que hizo el orador, al decir que tienen producción récord y no hay ley, no hay ley, y ésta que se está buscando pensando que ésa va a ser la salvación del sector y que lamentablemente no es. Se ha dicho en diversas ocasiones que existe en la agroindustria azucarera un vacío legal. Quiero decir a todos los presentes y a quienes nos escuchan que el sector agroindustrial azucarero nacional está sustentado en el marco jurídico que le otorga la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a la cual no hemos permitido que mediante sus instrumentos pueda regir en este sector, como lo ha hecho en los otros 35 productos donde ya hay los sistemas producto. Su cumplimiento de la Ley de Desarrollo Rural obliga a abrir el proceso para la integración del sistema producto caña de azúcar en los términos de la propia ley, garantiza la participación de los agentes económicos de la cadena y coadyuva a fortalecer la visión productiva de cañeros e industriales, a través de la rectoría del Estado y su papel en la promoción de la equidad. Entonces, es falso que se diga que hay un vacío legal. Al margen del debate legislativo, se han dado pasos importantes en la constitución del Comité Nacional Sistema Producto, se trabaja con productores e industriales de manera permanente, observando la problemática con una visión de integración en términos de desarrollo rural, para dar paso a la creación y funcionamiento del Comité Nacional y los Comités Regionales Sistema Producto por ingenio. Una vez instalado el Comité Nacional, deberá evaluar y establecer sus reglas antes del 30 de septiembre del año en curso, como lo determina el decreto abrogatorio de enero 14 pasado. En este sentido, se ordenó el establecimiento de la Junta Permanente de Controversias en 60 días naturales, no el establecimiento del Comité Nacional Sistema Producto Caña de Azúcar, como se ha dicho; el Servicio Nacional de Arbitraje quedó instalado el 14 de febrero pasado. Aun después de la abrogación del decreto cañero en enero, los agentes concurrentes han logrado ponerse de acuerdo, las zafras se han desarrollado con normalidad hasta hoy, 2 de 58 ingenios continúan zafrando, 7 concluyeron la semana pasada, cañeros e industriales se reconocen y se reconocerán como complementarios en términos económicos.

    En cuanto a la minuta proyecto de Ley de Desarrollo Rural Sustentable de la Caña de Azúcar, ésta reinstalará esquemas de regulación similares a los contenidos en los decretos cañeros, hoy extintos, que tuvieron su razón y justificación en el pasado. La sobrerregulación impuesta a este sector no sólo desalentará inversiones sino que evaluará activos de las empresas y del sector cañero. Creo que éste es un aspecto muy importante, compañeras y compañeros, que la sobrerregulación espanta a los inversionistas. Creo que fue muy bien vista la abrogación del decreto cañero por los inversionistas, quienes incluso han puesto sobre la mesa ofertas para comprar los ingenios. Cuando surge lo de esta ley, ya se están retirando esas inversiones, paralizará las operaciones y limitará la posibilidad de desarrollar nuevos productos. Bajo este régimen se abre la puerta de excepción a otras ramas de la producción. La minuta proyecto de ley consagra un régimen de excepción para un cultivo que, lejos de generar las condiciones de competitividad que requiere la actividad azucarera, sobre todo ante la apertura comercial, este aspecto no se ha profundizado como se debería y la ley que se está proponiendo no es la que va a dar solución a este reto. Aleja de la agroindustria las decisiones de reducción de costos de producción e incremento de la competitividad que se requieren para lograr preservarse en el tiempo y enfrentar la competencia de azúcar en más baratos y edulcorantes, sustitutos del azúcar. Por todas estas razones, amigas y amigos, estamos contra la ley en cuestión.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Para los efectos del artículo 234, esta Presidencia se permite informar a la Asamblea que han reservado los artículos 5 y ha reservado el artículo 5 el diputado Emiliano Ramos Hernández, el 34 el diputado Miguel Luna Hernández y el propio diputado Luna Hernández el 38. Se instruye a la Secretaría para que se abra el sistema electrónico de votación, hasta por 10 minutos, a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.

    (Votación.)

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: De viva voz:

    El diputado Ernesto Vela del Campo (desde la curul): A favor.

    El diputado Benito Chávez Montenegro (desde la curul): A favor.

    La diputada Martha Cecilia Rodríguez Amaro (desde la curul): En contra.

    El diputado Mario Carlos Culebro Velasco (desde la curul): A favor.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente: se emitieron en pro 312 votos, en contra 136 y abstenciones 3.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado, por 312 votos.

    Tiene el uso de la palabra el señor diputado Emiliano Ramos Hernández para presentar su reserva del artículo 5.

    El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: Con la venia de la Presidencia: en principio, debo puntualizar que estamos aquí con la intención de proteger los intereses de los productores de la caña de azúcar. Son aproximadamente 160 mil en todo el país, de los que 70 por ciento son pequeños productores con menos de tres hectáreas. Estamos de acuerdo en que debe aprobarse una Ley del Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar que pueda proteger y que pueda reactivar la agroindustria de la caña de azúcar. Sin embargo, en la minuta del Senado trae algunas trampas; voy a explicar a qué me refiero. En el artículo 5 del dictamen que nos ocupa se somete la caña al dictado del artículo 7 de la Ley Federal de Competencia Económica, lo que es contrario al contenido de la propuesta que hemos elaborado los diputados, que exceptuaba los acuerdos de los actores del sometimiento de la ley citada, de tal manera que el carácter de interés público del cultivo se mantenía indemne. El pretexto es que el texto original podría ocasionar inconformidad entre los competidores de la caña --estamos hablando de los importadores de maíz amarillo y del jarabe del maíz--, y también podría generar inconformidad entre los consumidores industriales --estamos refiriéndonos a la refresquera--. Supuestamente, los acuerdos del sector cañero darán curso a monopolios... El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado, ¿me permite un segundo? Sólo para efectos del procedimiento parlamentario, le pregunto si este artículo está en el pliego modificatorio que envió el Senado de la República.

    El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: Sí está.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Okay, adelante.

    El diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández: En el acuerdo 7 de la Ley Federal de Competencia Económica se dice lo siguiente: ``Para la impulsión de precios máximos a los productores y servicios que sean necesarios para la economía nacional o el consumo popular, se estará a lo siguiente... Fracción II. La Secretaría de Economía, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otra dependencia, determinará mediante acuerdos, debidamente fundados y motivados, los precios máximos que correspondan a los bienes y servicios, determinados conforme a la fracción anterior --conforme a la fracción anterior--, con base en criterios que eviten la insuficiencia en el abasto. La Secretaría podrá concertar y coordinar con los productores o distribuidores las acciones que sean necesarias en esta materia, sin que ello se entienda violatorio de lo dispuesto en esta ley, procurando minimizar los efectos sobre la competencia de libre concurrencia''. De esa manera, la Secretaría de Economía fijará el precio máximo del azúcar, y los actores quedan en segundo plano. Indirectamente, el Senado posiciona el cultivo en la esfera jurídica del libre comercio, lo que antagonizará con los intereses de los productores, sobre todo en la perspectiva de que en menos de tres años el mercado se liberarizará y no habrá ya oportunidad de protección alguna. En realidad, la determinación del precio del azúcar, de cuyo monto dependen los ingresos de los productores, quedará en manos de la tecnocracia, que supone que la competitividad es más importante que el bienestar de los productores.

    Soñamos con el día en que esto sea posible, pero se nos ha demostrado que las reglas de la competitividad han empobrecido a nuestra población, las reglas de libre comercio y no las de una comercialización agresiva que fortalezca la exportación y una política de precios que, sin perjudicar al consumidor, procure una vida decorosa al productor. Cierto es que no es el único aspecto y que la problemática de la ley es amplia, pero si realmente este cultivo, de interés público, no puede ser sometido a los dictados de la tecnocracia, pues esto contraviene la rectoría del Estado, cuyo espíritu es la protección de los más vulnerables, que en este caso son los más de 180 mil productores en el país, pequeños productores. Por ello, el artículo de la minuta del Senado... me voy a permitir darle lectura. Dice: ``El producto de azúcar de caña, por ser necesario para la economía nacional y el consumo popular, queda sujeto a las disposiciones contenidas en el artículo 7 de la Ley Federal de Competencia Económica''. Les propongo que la redacción quedara de la siguiente manera: ``Artículo 5. Para consolidar estas líneas de políticas referidas en el artículo anterior y en virtud del ciclo productivo de la gramínea, de la participación de los abastecedores de caña en los precios de exportación de los excedentes de azúcar, del carácter estacional e inelástico de la demanda de azúcar de caña y de la necesidad de elevar la competitividad y la productividad y con el propósito de evitar un daño grave a la economía de la agroindustria de la caña de azúcar, quedan exceptuados de lo dispuesto en la Ley Federal de Competencia Económica los acuerdos de concertación que permitan preservar el interés público de esta agroindustria''. Es cuanto. Gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Nos deja por favor su reserva por escrito? Y tiene la palabra el diputado Miguel Luna Hernández para presentar sus reservas de los artículos 34 y 38 en un solo evento.El diputado J. Miguel Luna Hernández: Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. Creo que esto de la Ley Sustentable de la Caña de Azúcar no es cualquier cosa; esto es algo muy importante en nuestro país que trae como consecuencia que pueda haber nuevas organizaciones de productores de caña, pero así como está la ley, en el artículo 38, obstaculiza el nacimiento y desarrollo de nuevas organizaciones locales y nacionales de productores de caña, toda vez que si los productores y afiliados fueran sancionados por los comités de producción de cada uno de los ingenios, la CNC y la CNPR se convertirían, más bien se convierten, en juez y parte. Sería como si en vez de que el IFE resuelva sobre la institución de nuevos partidos, fueran los partidos ya creados los que tengan esta facultad, por lo que podemos asegurar que estas organizaciones no sólo se van a reunir para sancionar las afiliaciones, sino que jamás las van a recibir. Quienes en todo caso las deben sancionar son el Registro Nacional Agropecuario y la Junta de Controversias Azucareras. El artículo 38 establece que las organizaciones nacionales serán sancionadas por el Comité de cada uno de los ingenios; y, de acuerdo con esta ley y la estructura actual del sistema caña, son sólo dos organizaciones las que ya controlan los comités. En el articulado se habla de un registro condicionado de una oportunidad por única vez; y pregunto: ¿qué pasará después de 2007: ya no se podrán establecer nuevas organizaciones? Estos conceptos limitan la libre asociación y fomentan el corporativismo. Por ello proponemos los siguientes textos para los artículos 34 y 38 porque, de lo contrario, consideramos que se viola el artículo 9o. de la Constitución General de la República, de la libre asociación. Y propongo las siguientes modificaciones:

    Miguel Luna Hernández, como integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 124 y 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo la modificación al artículo 38 del dictamen con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para quedar como sigue: ``Artículo 38. Las organizaciones nacionales y abastecedoras de caña de azúcar deberán estar debidamente inscritas en el Registro. Para su registro deberán exhibir dos copias del padrón de abastecedores de caña asociados, que deberán actualizar anualmente. La certificación del padrón se basará en el registro de afiliaciones de sus organizaciones locales. Las organizaciones nacionales y abastecedoras de caña que se constituyen deberán contar con 5 por ciento de la membresía del padrón nacional y con 5 por ciento de producción nacional de caña de azúcar, así como tener presencia al menos en cuatro estados donde se produce caña de azúcar. Las organizaciones deberán cumplir los requisitos establecidos en la legislación bajo la cual adoptan la figura jurídica de la constitución. Toda organización nacional de abastecedores de caña tendrán voz y voto en el Comité Nacional y en la Junta Permanente para facilitar la defensa de sus representados y derechos de los mismos''.

    La reserva del artículo 34, de la siguiente forma: de acuerdo con los artículos 124 y 125 de Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo la modificación del artículo 34 del dictamen con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para quedar como sigue: ``Artículo 34. Las organizaciones locales que se constituyen, para obtener y mantener su registro, deberán contar con una membresía mínima equivalente a 5 por ciento del padrón total de abastecedores de caña del ingenio de que se trate, y por lo menos 5 por ciento del volumen total de la caña de la zona de abastecimiento correspondiente y cumplir los requisitos establecidos en la legislación bajo la cual adoptan la figura jurídica para su constitución. Deberán estar debidamente inscritas en el registro''. Esto, compañeras y compañeros, esta propuesta es que efectivamente abramos, que sea una ley democrática, que no de entrada cierre las puertas a posibles nuevas organizaciones, nuevas asociaciones de cañeros porque esto democratizará más nuestro país. ¿Por qué digo esto? Porque en las actuales condiciones, como están los productores de caña, si no se afilian a la CNPR o a la CNC, es muy difícil, van dejando a la cola a todos los que estén en contra porque, de lo contrario, no hay crédito para fertilizante, no te doy para el flete, no te doy para el crédito, etcétera, etcétera, y entonces están muy amarrados de estas organizaciones, hay que decirlo así, y el poder...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un momento. Quiero nada más informar a la Asamblea que el diputado está presentando dos reservas; luego entonces, estamos siendo un poco tolerantes porque presentó dos reservas con sólo el tiempo para una. Adelante, diputado.

    El diputado J. Miguel Luna Hernández: ... porque, miren, es obvio, no lo digo yo, como diputado, lo dicen los productores: una producción en cuatro hectáreas, que aproximadamente deberían recibir el productor 120 mil pesos por su producción de cuatro hectáreas, resulta que de puras quitas van dejando alrededor de 26 mil pesos a un productor de cuatro hectáreas, y esto, compañeras y compañeros, es gravísimo. De 120 mil, que debería ser a como está el precio de caña, con todas las quitas, pues viene recibiendo 30 por ciento de lo que debería recibir. Y entonces, bueno, tenemos que abrir espacios más democráticos; incluso, esta ley propone una serie de requisitos para crear las nuevas organizaciones, pero con derecho a voz, ni siquiera a voto. Esto, compañeras y compañeros, no puede ser. En este país, en estas condiciones del país en 2005, esto ya es atrasadísimo. Tenemos que ver la situación y por eso propongo estas modificaciones del artículo 34 y del artículo 38. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado Luna. Se ruega a la Secretaría someter a la consideración de la Asamblea, en votación económica, la reserva del diputado Emiliano Ramos Hernández, previa lectura sólo de la reserva. Por favor, señor secretario. De inmediato, la del diputado Miguel Luna Hernández, del 34, y del propio diputado Luna Hernández, la del 38; una por una por favor.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: ¿Si se acepta?

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Si se admiten.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se presenta la reserva del diputado Emiliano Ramos Hernández, y es la siguiente: la modificación del artículo 5 de la minuta que contiene el proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para quedar como sigue:

    ``Artículo 5. Para consolidar estas líneas de políticas referidas en el artículo anterior y en virtud del ciclo productivo de la gramínea, de la participación de los abastecedores de caña en los precios de exportación de los excedentes de azúcar, del carácter estacional e inelástico de la demanda de azúcar de caña y de la necesidad de elevar la competitividad y la productividad y con el propósito de evitar un daño grave a la economía de la agroindustria de la caña de azúcar, quedan exceptuados de lo dispuesto en la Ley Federal de Competencia Económica los acuerdos de concertación que permitan preservar el interés público de esta agroindustria''.

    Se somete a la consideración de la Asamblea si es de admitirse la propuesta realizada por el diputado Emiliano Ramos Hernández.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De-sechada.

    La siguiente por favor. Es evidente, diputado. La siguiente.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Reserva del artículo 34, presentada por el diputado Miguel Luna Hernández. Quedaría como sigue: ``Artículo 34. Las organizaciones locales que se constituyen, para obtener y mantener su registro, deberán contar con una membresía mínima...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. Diputado Cruz López, ¿con qué objeto?El diputado Cruz López Aguilar (desde la curul): Señor Presidente, para comentarle que, en el caso de los artículos 34 y 38, el Senado, en términos de texto, lo mandó exactamente como lo planteamos. No sé si aquí lo que se está cuestionando es la posición que tiene en la nueva numeración, pero no tiene sentido esto. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Si los términos en que los votó el Senado no difieren de los términos en que los votó Cámara de Diputados, no podríamos en estricto iure someterlo a la consideración del Pleno. Luego entonces, no podríamos votar --con todo respeto, diputado Miguel Luna, no podríamos votar porque estaríamos faltando a la Constitución y a la ley-- el contenido de sus dos propuestas. Vamos a votar en sus términos los artículos 5, 34 y 38 para lo que pido a la Secretaría abrir el sistema electrónico hasta por tres minutos.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento. Ábrase el sistema electrónico hasta por tres minutos para proceder a la votación.

    (Votación.)

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En términos de la minuta, de la minuta, cada quien. Claro, estamos votando a favor; cuando se dice ``a favor'', es en los términos de la minuta, a favor en los términos de la minuta. En contra, evidentemente, ya dependerá de la voluntad de cada legislador. Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a los visitantes del distrito XI de los municipios de Úrsulo Galván y Puente Nacional, del estado de Veracruz.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: De viva voz:

    El diputado Ernesto Vela del Campo (desde la curul): A favor. Gracias.

    El diputado Benito Chávez Montenegro (desde la curul): Benito Chávez Montenegro, a favor.

    La diputada Martha Cecilia Rodríguez Amaro (desde la curul): Martha Rodríguez Amaro, en contra.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente: se emitieron en pro 296 votos, en contra 147 y abstenciones 4.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados, los artículos 5, 34 y 38, por 296 votos. Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

    Se ruega a la Secretaría dar lectura al orden del día de la próxima sesión.


    ORDEN DEL DIA

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Primer Periodo Extraordinario de Sesiones.--- Segundo Receso.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Miércoles 22 de junio de 2005.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    De la Comisión Permanente.

    Protesta de ciudadanos diputados.

    Comparecencia

    De los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores y de Comunicaciones y Transportes, así como del consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, para que informen sobre la viabilidad técnica de las distintas modalidades de voto postal.

    Y los demás asuntos previstos en la convocatoria con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta última votación se toma como registro final de asistencia.
    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra (a las 16:39 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana, miércoles 22 de junio, a las 11:00 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9: 00 de la mañana.--------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 2 horas 34 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 474 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 475 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 447 diputados.

  • Declaratoria de apertura.

  • Elección de Vicepresidente de la Mesa Directiva.

  • Diputados suplentes que se incorporan: 3.

  • Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 6.

  • Oradores en tribuna: 10

    PRI-2; PAN-4; PRD-3; PT-1.

    Se recibió:

  • 1 oficio de la Comisión Permanente, por el que remite copia del decreto por el que se convoca a la LIX Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos al primer periodo de sesiones extraordinarias del segundo receso del segundo año de ejercicio;

  • 2 comunicaciones de la Comisión Permanente, con las que informa de la reincorporación a sus actividades legislativas de los diputados Isidro Camarillo Zavala y José Eduviges Nava Altamirano;

  • 4 comunicaciones de la Comisión Permanente, con las que informa de la aprobación de puntos de acuerdo por los que se concede licencia por tiempo indefinido a los diputados Jesús María Ramón Valdéz, Francisco Javier Guízar Macías, Juan García Costilla y José Ángel Córdova Villalobos;

  • 5 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de las Comisiones: Especial para conocer y dar seguimiento a las investigaciones relacionadas con los feminicidios en la República Mexicana y a la procuración de justicia vinculada, de Comunicaciones, de Presupuesto y Cuenta Pública, de Trabajo y Previsión Social, de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Jurisdiccional, de Puntos Constitucionales, de Cultura y de Salud.

    Dictamen de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

    Dictamen aprobado:

    1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Arias Martínez, Lázaro (PRI) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 64
  • Buendía Tirado, Ángel Augusto (PRI) Comisiones legislativas: 14 desde curul, 14 desde curul
  • Castelo Parada, Javier (PAN) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 65
  • De la Vega Larraga, José María (PAN) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 63, 65
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRI) Secretaría de Gobernación: 21
  • López Aguilar, Cruz (PRI) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 69 desde curul
  • Luna Hernández, J. Miguel (PRD) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 67
  • Nahle García, Arturo (PRD) Secretaría de Gobernación: 21
  • Ramos Hernández, Emiliano Vladimir (PRD) Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar: 66
  • Vázquez González, Pedro (PT) Secretaría de Gobernación: 22
  • Vega Casillas, Salvador (PAN) Secretaría de Gobernación: 20 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno Jesús Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría José Guillermo Arias Martínez Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Bailey Elizondo Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bedolla López Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera Manlio Fabio Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Bravo Carbajal Francisco Javier Briones Briseño José Luis Buendía Tirado Ángel Augusto Burgos Barrera Álvaro Burgos García Enrique Bustillos Montalvo Juan Campa Cifrián Roberto Rafael Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán Martín Carrillo Rubio José Manuel Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castillo Cabrera Jorge de Jesús Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Cervantes Vega Humberto Chávez Dávalos Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Concha Arellano Elpidio Desiderio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel David David Sami De las Fuentes Hernández Fernando Donato Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga Heliodoro Carlos Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Gastélum Bajo Diva Hadamira Godínez y Bravo Rebeca Gómez Carmona Blanca Estela Gómez Sánchez Alfredo González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín González Ruíz Alfonso Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez Corona Leticia Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Gutiérrez Romero Marco Antonio Guzmán Santos José Hernández Bustamante Benjamín Hernández Pérez David Herrera León Francisco Herrera Solís Belizario Iram Ibáñez Montes José Angel Islas Hernández Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Macías Carlos Martín Jiménez Sánchez Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas Graciela Leyson Castro Armando Lomelí Rosas J. Jesús López Aguilar Cruz López Medina José Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez López Gema Isabel Martínez López Margarita Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Maya Pineda María Isabel Mazari Espín Rosalina Medina Santos Felipe Mejía González Raúl José Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arcos Mario Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos Gustavo Muñoz Muñoz José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Neyra Chávez Armando Olmos Castro Eduardo Orantes López María Elena Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Osornio Sánchez Arturo Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora Juan Carlos Pimentel González Oscar Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda Luis Antonio Ramos Salinas Óscar Martín Rangel Espinosa José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona Sonia Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Ochoa Alfonso Rodríguez Rocha Ricardo Rojas Gutiérrez Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Sagahon Medina Benjamín Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez Hernández Alfonso Sánchez López Jacobo Sánchez Vázquez Salvador Sandoval Figueroa Jorge Leonel Sandoval Urbán Evelia Scherman Leaño María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López Isaías Sotelo Ochoa Norma Elizabeth Suárez y Dávila Francisco Tapia Palacios Paulo José Luis Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García Quintín Vega Carlos Bernardo Vega Murillo Wintilo Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Vela Del Campo Ernesto Vidaña Pérez Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García Adrián Villegas Arreola Alfredo Wong Pérez José Mario Yabur Elías Amalin Yu Hernández Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Zúñiga Romero Jesús Asistencias: 190 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 6 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 28 Total diputados: 224 Aldaz Hernández Huberto Alegre Bojórquez Ricardo Alexander Rábago Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Monje Fernando Álvarez Ramos J. Irene Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Bermúdez Méndez José Erandi Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Camarillo Zavala Isidro Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Chavarría Salas Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa Roberto Contreras Covarrubias Hidalgo Corella Manzanilla María Viola Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Cortés Mendoza Marko Antonio Cruz García Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elías Loredo Álvaro Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales Blanca Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Fuentes Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gallardo Sevilla Israel Raymundo Gama Basarte Marco Antonio Gámez Gutiérrez Blanca Amelia García Velasco María Guadalupe Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Carrillo Adriana González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Morfín José González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Martínez Ruth Trinidad Herrera Tovar Ernesto Hinojosa Moreno Jorge Luis Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez José Francisco Javier Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo Francisco Isaias Llera Bello Miguel Angel Loera Carrillo Bernardo López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Marquez Lozornio Salvador Martínez Cázares Germán Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Nader Nasrallah Jesús Antonio Núñez Armas Juan Carlos Obregón Serrano Jorge Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Herrera Verónica Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez Amaro Martha Cecilia Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández Margarita Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Talavera Hernández María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Marcos Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Userralde Gordillo Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio Edmundo Gregorio Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Asistencias: 140 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 4 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 4 Total diputados: 149 Alonso Raya Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas René Avilés Nájera Rosa María Bagdadi Estrella Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Rosalía Boltvinik Kalinka Julio Brugada Molina Clara Marina Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Díaz Del Campo María Angélica Díaz Palacios Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Espinoza Pérez Luis Eduardo Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Figueroa Romero Irma Sinforina Flores Mendoza Rafael Franco Hernández Pablo García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana García Ochoa Juan José García Solís Iván García Tinajero Pérez Rafael Garfias Maldonado María Elba Gómez Álvarez Pablo González Bautista Valentín González Salas y Petricoli María Marcela Guillén Quiroz Ana Lilia Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Guzmán Cruz Abdallán Hernández Ramos Minerva Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Luna Hernández J. Miguel Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Della Rocca Salvador Pablo Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Mícher Camarena Martha Lucía Mojica Morga Beatriz Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Moreno Álvarez Inelvo Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza Francisco Javier Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Ortiz Pinchetti José Agustín Roberto Padierna Luna María De Los Dolores Pérez Medina Juan Portillo Ayala Cristina Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide Bernardino Rodríguez Fuentes Agustín Rosas Montero Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Salinas Narváez Javier Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Sigala Páez Pascual Silva Valdés Carlos Hernán Suárez Carrera Víctor Tentory García Israel Torres Baltazar Edgar Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González Emilio Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 93 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 0 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 3 Total diputados: 96 Agundis Arias Alejandro Alvarado Villazón Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline Guadalupe Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro Fuentes Villalobos Félix Adrián González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Legorreta Ordorica Jorge Lujambio Moreno Julio Horacio Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Velasco Coello Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Asistencias: 12 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 4 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 17 Espinosa Ramos Francisco Amadeo González Yáñez Alejandro González Yáñez Óscar Guajardo Anzaldúa Juan Antonio Padilla Peña Joel Vázquez González Pedro Asistencias: 4 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 0 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 2 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Maldonado Venegas Luis Martínez Álvarez Jesús Emilio Moreno Garavilla Jaime Miguel Asistencias: 3 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo Tatiana Ruíz Esparza Oruña Jorge Roberto Total diputados: 2 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Aguilar Bueno Jesús Aragón Del Rivero Lilia Isabel Bazan Flores Omar Burgos Barrera Álvaro Campa Cifrián Roberto Rafael Carrillo Rubio José Manuel Collazo Gómez Florencio De las Fuentes Hernández Fernando Donato Díaz Salazar María Cristina Fernández Saracho Jaime Galindo Jaime Rafael Gastélum Bajo Diva Hadamira González Huerta Víctor Ernesto González Ruíz Alfonso Guerra Castillo Marcela Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Hernández Bustamante Benjamín Fernando Jiménez Macías Carlos Martín Lucero Palma Lorenzo Miguel Martínez De La Cruz Jesús Humberto Orantes López María Elena Osornio Sánchez Arturo Ponce Beltrán Esthela de Jesús Robles Aguilar Arturo Rodríguez Ochoa Alfonso Romero Romero Jorge Silva Santos Erick Agustín Villegas Arreola Alfredo Faltas por grupo: 28 Barrera Zurita Baruch Alberto Eppen Canales Blanca Gutiérrez Ríos Edelmira Sigona Torres José Faltas por grupo: 4 Chávez Castillo César Antonio Herrera Ascencio María del Rosario Padierna Luna María De Los Dolores Faltas por grupo: 3 Espino Arévalo Fernando Faltas por grupo: 1 González Yáñez Alejandro González Yáñez Óscar Faltas por grupo: 2 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami De las Fuentes Hernández, Fernando Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Osornio Sánchez, Arturo Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo, Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Camarillo Zavala, Isidro Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Herrera, Veronica Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rodríguez Amaro, Martha Cecilia Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami De las Fuentes Hernández, Fernando Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Osornio Sánchez, Arturo Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela del Campo, Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Camarillo Zavala, Isidro Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Herrera, Veronica Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rodríguez Amaro, Martha Cecilia Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto