Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIMéxico, DF, 12 de abril de 2005 Sesión No. 22
DIPUTADO QUE SE REINCORPORA

Comunicación del diputado Javier Alejandro Galván Guerrero, con la que informa que se reincorpora a sus actividades legislativas por el XVIII distrito del estado de Jalisco. De enterado

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración del Comité de Administración. Aprobada

CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL 2003

Comunicación de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con la que remite el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003. De enterado y remítase al archivo para consulta de los diputados

JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con acuerdo por el que se da por enterada de la aprobación del dictamen de la Sección Instructora en el juicio de procedencia planteado por el Ministerio Público Federal en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal, bajo el expediente SI/03/04. De enterado

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con acuerdo por el que decreta que no ha lugar a proceder penalmente en contra del ciudadano jefe de Gobierno del Distrito Federal, por lo que continuará en el ejercicio de su cargo con la inmunidad constitucional que le corresponde. De enterado

ESTADO DE VERACRUZ

Oficio de la Comisión Investigadora del Daño Ecológico y Social Generado por Petróleos Mexicanos, con el que remite el informe correspondiente a la gira de trabajo realizada en el estado de Veracruz, por los derrames sufridos en esa entidad. De enterado

MUJERES DE CANCUN

Oficio de la Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, el pasado 1o. de marzo, para exhortar a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo, a realizar las actuaciones necesarias para proporcionar protección permanente y eficaz a todas las mujeres que trabajan en el Centro Integral de Atención a las Mujeres de Cancún. Remítase a la Junta de Coordinación Política y a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

CONSUL HONORARIO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso necesario para que el ciudadano Diego José Garibay y García de Quevedo, pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Reino de Suecia en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en los estados de Colima y Jalisco. Se turna a la Comisión de Gobernación

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dos oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que solicita el permiso necesario para que ocho ciudadanos puedan prestar servicios en representaciones diplomáticas de Estados Unidos de América en México, y comunica que dos ciudadanos han dejado de prestarlos. Por lo que se refiere a las solicitudes de permisos, se turnan a la Comisión de Gobernación, y por lo que se refiere a quienes han dejado de prestar servicios, se turnan a las comisiones de Gobernación de las Cámaras de Diputados y de Senadores, para su conocimiento

YACIMIENTOS PETROLEROS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, en la sesión del 1o. de febrero del presente año, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que informe sobre los alcances científicos y el impacto ecológico de los trabajos en el cráter Chicxulub, así como ampliar la información sobre posibles descubrimientos de yacimientos petroleros en esa zona. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ESTADO DE QUINTANA ROO

Oficio de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del estado de Quintana Roo, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

AGUA DE LLUVIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del 14 de diciembre de 2004, para exhortar a diversas instancias a promover programas, proyectos y acciones para captar, tratar, almacenar y aprovechar el agua de lluvia para uso potable. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ESTADO DE CAMPECHE

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del 14 de diciembre de 2004, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a reactivar el Consejo Consultivo del área de protección de flora y fauna Laguna de Términos y a revisar y, en su caso, rectificar la manifestación del impacto ambiental autorizada para la operación de pozos petroleros en esa área. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ARBOLES DE NAVIDAD

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del pasado 8 de marzo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a mantener una estricta inspección y vigilancia en las épocas decembrinas, en virtud del interés que despiertan los árboles de navidad naturales a personas que trafican con ellos y para evitar el ingreso de plagas con aquellos que se importan. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ESTADO DE VERACRUZ

Dos oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestación a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados, en la sesión del 14 de diciembre de 2004, para exhortar al Ejecutivo federal a que decrete como áreas naturales protegidas la zona del Cerro del Colihuic, en el estado de Puebla, y la zona de Caña Alta, en el estado de Veracruz; y se publique el programa del manejo de la reserva de la biosfera Archipiélago de Revillagigedo. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

CIUDADES MEXICANAS DEL PATRIMONIO MUNDIAL

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del 6 de noviembre de 2003, para exhortar al Poder Ejecutivo federal para que, con el concurso de las autoridades locales, instrumente políticas para la restauración, conservación, protección y desarrollo de las ciudades mexicanas inscritas en la lista del patrimonio mundial de la UNESCO. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

PETROLEOS MEXICANOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del pasado 14 de marzo, por el que se solicita al Director General de Petróleos Mexicanos que expida copia certificada de los Contratos-Alianza. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ESTADO DE VERACRUZ

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del pasado 10 de febrero, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión Nacional del Agua a declarar la cuenca del Río Coatzacoalcos, Veracruz, zona de restauración ecológica. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ESTADO DE SINALOA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del pasado 24 de febrero, por el que se exhorta a los titulares de las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que implementen a la mayor brevedad un programa emergente para el combate integral de la rata de campo en la superficie de cultivos agrícolas del norte del estado de Sinaloa. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del pasado 28 de febrero, sobre las irregularidades electorales cometidas por las autoridades del gobierno del estado de Baja California Sur durante las elecciones del 6 de febrero del presente año. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

AGUA DE LLUVIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en la sesión del 14 de diciembre de 2004, para exhortar a diversas instancias a promover programas, proyectos y acciones para captar, tratar, almacenar y aprovechar el agua de lluvia para uso potable. Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento

TRABAJADORES MIGRATORIOS

Oficio de la Cámara de Senadores con acuerdo, por el que se adhiere al similar de la Cámara de Diputados, para exhortar al Ejecutivo federal a efecto de que por medio de las instancias que correspondan, vigile la estricta aplicación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. Remítase a las comisiones de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para su conocimiento

LEY DE EDUCACION MILITAR DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional

LEY DE AMPARO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 12 y 19 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

DERECHOS HUMANOS

Intervienen en relación con los derechos humanos en el mundo y la próxima sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, los diputados:

Jesús Emilio Martínez Álvarez

Pedro Vázquez González

Cuauhtémoc Ochoa Fernández

Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre

Jorge Leonel Sandoval Figueroa

EMILIANO ZAPATA SALAZAR

Para referirse al LXXXVI aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata Salazar, se concede la palabra a los diputados:

Juan Fernando Perdomo Bueno

María Ávila Serna

Rodolfo Esquivel Landa

Teófilo Manuel García Corpus

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, a que suspenda los permisos otorgados a la empresa Sempra Energy de México, SA de CV, para la instalación de una planta regasificadora en el sitio denominado Costa Azul, en el municipio de Ensenada, Baja California

Sobre el tema interviene, el diputado Raúl Pompa Victoria

Se aprueba el acuerdo de referencia. Comuníquese

FRENTE PARLAMENTARIO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE DEL CAFE

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados, se pronuncia a favor de la integración del Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café

Sobre el tema interviene, el diputado Jorge Baldemar Utrilla Robles

Se aprueba el acuerdo de referencia. Comuníquese

TRANSFERENCIA DE REMESAS DE MIGRANTES

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores que instruya a los consulados mexicanos en los Estados Unidos de América, que instrumenten una campaña informativa para los migrantes sobre el uso de cuentas bancarias para la transferencia de remesas a México, con el fin de disminuir los costos de envío. Aprobado, comuníquese

AÑO MUNDIAL DE LA FISICA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados apoya al Año Mundial de la Física, y para exhortar a las secretarías de Educación Pública, de Energía y de Gobernación, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y a los gobiernos de las entidades federativas a que en el presente año realicen una amplia promoción de la física

Sobre el tema interviene el diputado Julio César Córdova Martínez

Se aprueba, comuníquese

ESTADO DE CHIAPAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría de Justicia del estado de Chiapas, a que revisen los casos de los maestros indígenas detenidos el 14 de marzo de 2005 en esa entidad federativa

Interviene el diputado Belizario Iram Herrera Solís

Se aprueba, comuníquese

ESTADO DE CHIAPAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Comisionado de Acuacultura y Pesca, a que atienda las necesidades y peticiones de los pescadores del estado de Chiapas

Habla en pro el diputado Julián Nazar Morales

Se aprueba, comuníquese

ORGANIZACION CAZA-INMIGRANTES

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia en contra de las acciones realizadas por la organización caza-inmigrantes denominada Minute Man Project, y exhorta al secretario de Relaciones Exteriores para llevar a cabo una enérgica condena de los actos realizados por esa organización

Se refieren al tema, los diputados:

María de Jesús Aguirre Maldonado

Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre

Pedro Ávila Nevárez

Es aprobado el acuerdo presentado. Comuníquese

LEY DE NACIONALIDAD

El diputado José Javier Osorio Salcido presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 19 y reforma el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, sobre la nacionalidad mexicana. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, respecto a estímulos fiscales a la realización de ferias del libro. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ARTICULO 38 CONSTITUCIONAL

El diputado Luis Maldonado Venegas presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a las causas por los que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

VOLUMEN II

ARTICULO 97 CONSTITUCIONAL

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL - LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL - LEY FEDERAL DEL TRABAJO - LEY FEDERAL DE METROLOGIA Y NORMALIZACION - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

Se recibe de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 21 y 37 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 48 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 539 y 539-A de la Ley Federal del Trabajo; 1o., 32, 37 y 59 de la Ley Federal de Metrología y Normalización; y 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, respecto a la Secretaría de Economía. Se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Trabajo y Previsión Social, de Economía y de Gobernación

LEY PARA EL USO Y LA PROTECCION DE LA DENOMINACION Y DEL EMBLEMA DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA

La diputada Maki Esther Ortiz Domínguez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY DE AGUAS NACIONALES

Se recibe del diputado Israel Tentory García, iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 120 y 121 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos

ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL

El diputado Jorge Leonel Saldoval Figueroa presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al derecho de petición. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

VERIFICACION DE QUORUM

Desde su curul la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, solicita la verificación del quórum

ARTICULOS 59 Y 116 CONSTITUCIONALES

El diputado Salvador Márquez Lozornio presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre reelección legislativa. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL

El diputado Quintín Vázquez García presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre contemplar al deporte y la recreación como medios para la readaptación social. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

VERIFICACION DE QUORUM

La Secretaría informa de la existencia de quórum

LEY GENERAL DE SALUD

La diputada Gisela Juliana Lara Saldaña presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversos artículos de la Ley General de Salud, respecto a las adecuaciones a denominaciones de diversas dependencias de la administración pública. Se turna a la Comisión de Salud

CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Hugo Rodríguez Díaz presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 387 del Código Penal Federal, sobre sanciones a patrones que no registren a trabajadores a su servicio ante diversas instituciones. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS

El diputado Miguel Angel Toscano Velasco presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 1o., reforma el artículo 11 y deroga el penúltimo párrafo del artículo 2o. y la fracción II del artículo 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ARTICULOS 5o. Y 31 CONSTITUCIONALES

El diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 5o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación al servicio comunitario. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA - LEY DE LA POLICIA FEDERAL PREVENTIVA

La diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y de la Ley de la Policía Federal Preventiva, en materia de delitos cibernéticos y contra menores. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad Pública

Desde su curul la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, solicita modificación de trámite y la Presidencia turna la iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El diputado Enrique Guerrero Santana presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, para garantizar la alimentación y nutrición de la población de educación preescolar y primaria en el país. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un artículo 38 Bis 1, pasando el actual a ser 38 Bis 2 y el siguiente a ser 38 Bis 3 a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de auditorías ambientales. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL

El diputado Lino Celaya Luría presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, sobre el juicio de revisión constitucional. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

CODIGO PENAL FEDERAL

La diputada Evelia Sandoval Urbán presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 149 Bis del Código Penal Federal, respecto a sanciones a delitos de genocidio y en contra de mujeres embarazadas o menores de edad. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY ADUANERA

El diputado Julio César Córdova Martínez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 106 de la Ley Aduanera, en materia de importación temporal de vehículos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ARTICULO 3o. CONSTITUCIONAL

El diputado Federico Madrazo Rojas presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con educación media superior y superior. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

ESTADO DE CAMPECHE

Se recibe de la diputada Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a que emita un dictamen sobre la muerte de delfines en el área natural protegida de Laguna de Términos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

TRABAJADORES MIGRATORIOS

Se recibe del diputado Roberto Pedraza Martínez, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal, a que haga llegar al Presidente de los Estados Unidos de América, una propuesta migratoria que permita el trabajo temporal de mexicanos en ese país. Se turna a las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

ESTADO DE MEXICO

Se recibe del diputado Pablo Bedolla López, proposición con punto de acuerdo para crear una Comisión Especial encargada de vigilar que no se desvíen recursos públicos federales en el proceso electoral del estado de México. Se turna a la Junta de Coordinación Política

ESTADO DE JALISCO

Se recibe del diputado Carlos Blackaller Ayala, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a fin de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes presente el proyecto ejecutivo para la modernización y ampliación de la carretera número 80 en su tramo Villa Corona - Melaque, en el estado de Jalisco. Se turna a la Comisión de Transportes

ESTADO DE CHIHUAHUA

Se recibe de la diputada María Ávila Serna, proposición con punto de acuerdo para exhortar a las secretarías de Salud, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Relaciones Exteriores, así como a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, resuelvan el caso de contaminación y afectación a la salud en las colonias aledañas a la empresa Fundidora Asarco, en Ciudad Juárez, Chihuahua. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales

ESTADO DE PUEBLA

Se recibe del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno del estado de Puebla a que declare improcedente y sin validez el acuerdo que compromete la entrega de concesiones estatales de transporte público a la organización Antorcha Campesina. Se turna a la Comisión de Gobernación

MANUEL CRESCENCIO GARCIA REJON Y ALCALA

Se recibe del diputado Sebastián Calderón Centeno, proposición con punto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo federal, se decrete la erección en la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil, a falta de los restos mortuorios, de un cenotafio en honor del jurista Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá. Se turna a la Comisión de Gobernación

TRABAJADORAS MIGRATORIAS

La diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez presenta proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, para que en el marco del Grupo de Trabajo Técnico de Repatriación México - Estados Unidos de América, se convenga establecer en el Acuerdo Modelo diversas medidas de protección a las mujeres. Se considera de urgente resolución

A discusión se concede la palabra a la diputada Laura Elena Martínez Rivera

Suficientemente discutido, se aprueba. Comuníquese

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

El Presidente informa que el último registro de asistencia contará como lista final


Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
ASISTENCIA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Pido a la Secretaría hacer del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de los ciudadanos diputados asistentes a esta sesión.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 402 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones (a las 11:16 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Martes 12 de abril de 2005

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Del diputado Javier A. Galván Guerrero.

De la Junta de Coordinación Política.

De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Con el que remite Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2003.

De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Dos, por los que comunica acuerdos relativos al proceso de declaración de procedencia contra el jefe de Gobierno del Distrito Federal, expediente número SI/03/04.

De la Comisión Investigadora del daño ecológico y social generado por Pemex

Con el que remite informe correspondiente a la gira de trabajo realizada en el estado de Veracruz.

De la Procuraduría General de Justicia del Estado de Quintana Roo

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

De la Secretaría de Gobernación

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Diego José Garibay y García de Quevedo pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de Suecia en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en los estados de Colima y de Jalisco. (Turno a Comisión)

Dos, por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Guillermo Daniel Prior Ortiz, Víctor Alfredo Herrera Ávila, Lourdes Aidé Berger Armendáriz, Mónica Sabrina Nava Garcés, Susette Trinidad Vázquez Gudiño, Ana Laura de la Torre Saavedra, Martha Elena Muñoz Pérez y Mary Anne Colín Gascón puedan prestar servicios en la Embajada de la República de Sudáfrica, en los Consulados Generales de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, Guadalajara, Jalisco, y Tijuana, Baja California, y en la Embajada de Estados Unidos de América en México, respectivamente; y comunica que han dejado de prestar servicios los ciudadanos Ana Clotilde Escobar Ancheta y Carlos Calderón Loeza. (Turno a Comisión)

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Doce, con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

Oficio de la Cámara de Senadores

En el que transcribe acuerdo por el que se adhiere al aprobado por la Cámara de Diputados para exhortar al Ejecutivo federal a vigilar mediante las instancias correspondientes la estricta aplicación de la Convención Internacional sobre Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma y adiciona la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Posicionamientos de los grupos parlamentarios

-- En relación con los derechos humanos en el mundo y con la próxima sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.

--En relación con el aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política:

Con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal a suspender los permisos otorgados a Sempra Energy México, SA de CV. ( Votación)

Con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia a favor de la integración del Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café. (Votación)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a instruir a los consulados en Estados Unidos de América para que instauren una campaña informativa entre los migrantes mexicanos en relación con el uso de cuentas bancarias para la transferencia de remesas a México, con el fin de disminuir los costos de envío. (Votación)

Con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados expresa su apoyo al Año Mundial de Física y exhorta a las Secretarías de Educación Pública, de Energía, y de Gobernación, y al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, así como a los gobiernos de las entidades federativas, a realizar una amplia promoción de la física. (Votación)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas a revisar los casos de los maestros indígenas Rubén Aviud Cruz Trigueros, Samuel Velásquez Jacob, Víctor Manuel de Jesús González García y Ever Vicente Escalante, detenidos el 14 de marzo del presente año. (Votación)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al comisionado de Acuacultura y Pesca, C. Ramón Corral Ávila, a dar respuesta a las necesidades y peticiones de los pesqueros en el estado de Chiapas. (Votación)

Con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia contra las acciones realizadas por la organización cazamigrantes Minute Man Project y exhorta al secretario de Relaciones Exteriores a llevar a cabo una enérgica condena de los actos delictivos realizados por esa organización. (Votación)

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 19 y 20 de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado José Javier Osorio Salcido, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, a cargo del diputado Miguel Alonso Raya, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley General de Agrupaciones Financieras, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción II del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativa a las causas por las cuales los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden, a cargo del diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, a cargo de la diputada Maki Esther Ortiz Domínguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 120 y 121 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reelección, a cargo del diputado Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de las leyes Federal de Sanidad Animal, Federal de Sanidad Vegetal, Federal del Trabajo, Federal sobre Metrología y Normalización, y Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 4, 31, 43, 104, 105, 108, 109, 115, 117, 123, 182, 286 Bis y 300 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Gisela Juliana Lara Saldaña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona la fracción XVII Bis al artículo 387 del Código Penal Federal, relativo a sanciones cuando el patrón no registre a un trabajador a su servicio ante el IMSS o ante el Infonavit, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, a cargo del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 34 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Hilaria Domínguez Arvizu, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de servicio comunitario, a cargo del diputado José Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, a cargo de la diputada Hilaria Domínguez Arvizu, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley de la Policía Federal Preventiva, en materia de delitos cibernéticos y delitos contra menores, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Enrique Guerrero Santana, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de auditorías ambientales, a cargo del diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un párrafo al artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Lino Celaya Luría, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona el artículo 149 Bis al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 106 de la Ley Aduanera, en materia de importación temporal de vehículos, a cargo del diputado Julio César Córdova Martínez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 5 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 301 y adiciona el artículo 309 Bis del Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 366 del Código Penal Federal.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Fomento Cooperativo y Economía Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 46 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Jorge Adrián Zubieta y Landa Ortiz para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Nicaragua en Monterrey, con circunscripción consular en el estado de Nuevo León.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Mario Jesús Riestra Venegas y Alfredo Fuentevilla Ruffo para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren el Presidente de la República Federal de Alemania y el Gobierno del Reino de Dinamarca, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alejandra Fernández Lozoya, Edith Araceli Gómez González, Carla Virginia Padilla Rosales, Octavio Becerra Cortés, César Adalberto Domínguez y Alfredo González Castro para prestar servicios en las Embajadas de Côte d'Ivoire, y de Serbia y Montenegro en México, respectivamente.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, con punto de acuerdo sobre la disposición de los recursos del fondo de reserva constituido en el IMSS y de los recursos propiedad de los trabajadores administrados por el Infonavit, para el traspaso a las Afore o pago a los trabajadores o a sus beneficiarios de los recursos derivados del SAR 92-IMSS y de la subcuenta de vivienda Infonavit acumulados en las cuentas individuales entre mayo de 1992 y junio de 1997.

Dictamen negativo

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se devuelve, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Profepa que dictamine sobre los casos de delfines encontrados muertos en Laguna de Términos, a cargo de la diputada Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a hacer llegar a su homólogo de Estados Unidos la propuesta migratoria 10-2 o 5-1 que permita el trabajo temporal de mexicanos en ese país y con ello evitar la desintegración familiar, a cargo del diputado Roberto Pedraza Martínez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para crear una comisión especial encargada de vigilar, por las instancias del Gobierno Federal, del estado y de los municipios, que no se desvíen recursos públicos de origen federal en el proceso electoral del estado de México, a cargo del diputado Pablo Bedolla López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a la Junta de Coordinación Política)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a efecto de que el titular de la SCT presente el proyecto ejecutivo para modernizar y ampliar la carretera número 80, en el tramo Villa Corona-Melaque, en Jalisco; y de que programe los recursos económicos necesarios a fin de ejecutar la obra en el ejercicio presupuestal de 2006, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Electoral del Estado de México y al gobernador de esa entidad a resolver con arreglo a derecho las denuncias presentadas contra el proceso electoral en la entidad, a cargo del diputado Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que se considere 2005 Año de Innovación y Calidad en la Vivienda, a cargo del diputado Isaías Lemus Muñoz Ledo, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Vivienda. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a reconstruir y rehabilitar mediante la Semarnat, la Comisión Nacional del Agua y la Sagarpa el bordo de contención del lago de Chapala, a cargo del diputado Miguel Amezcua Alejo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los diversos gobiernos estatales y a los municipales a realizar en el ámbito de sus respectivas competencias las gestiones necesarias a efecto de cambiar la nomenclatura de los lugares públicos que llevan el nombre del ex presidente Luis Echeverría Álvarez, a cargo del diputado José Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a emitir los instrumentos jurídicos específicos necesarios a fin de ejecutar el Programa Especial de Energía para el Campo, a cargo del diputado Benjamín Sagahón Medina, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Salud a proporcionar más presupuesto destinado a suero antialacránico para los estados de Guerrero, Jalisco, Guanajuato, Morelos y Michoacán, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a investigar las irregularidades cometidas por la empresa de transporte aéreo Aviacsa con relación a la discrecionalidad de cambios de rutas e itinerarios de vuelos, a cargo de la diputada Dolores Gutiérrez Zurita, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a crear mediante el secretario de Turismo un programa de seguridad para los visitantes en nuestro país, a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Turismo, del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, y del Instituto Nacional de Antropología e Historia a incentivar las campañas de vigilancia, protección y conservación de las zonas arqueológicas, e investigar posibles actos de negligencia de las autoridades, a cargo del diputado Carlos Álvarez Reyes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Transportes de esta soberanía a crear una subcomisión o grupo de trabajo que investigue e informe acerca del derrumbe del puente San Cristóbal, en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, a cargo de la diputada Janette Ovando Reazola, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SCT a informar sobre las acciones realizadas o proyectadas para garantizar la permanencia, confidencialidad y soberanía de las redes satelitales gubernamentales que se tienen en las bandas de frecuencia C, Ku y L, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal y a la SCT a expedir el reglamento correspondiente a los artículos 2, fracción XIII, y 58 de la Ley de Caminos y Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos a redistribuir su presupuesto para evitar accidentes derivados de las actividades tendentes a explotar recursos petroleros, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al secretario de Salud a proporcionar más presupuesto destinado a suero antialacránico para los estados de Guerrero, Jalisco, Guanajuato, Morelos, Michoacán y Durango, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar de manera respetuosa al titular de la SER a requerir formal e institucionalmente ante el Presidente de la República de Argentina, doctor Néstor Carlos Kirchner, la no extradición del luchador social de origen chileno Galvarino Sergio Apablaza Guerra, actualmente detenido por la Interpol en ese país, y a proponerle su asilo ahí, a cargo del diputado Francisco Diego Aguilar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para convocar al concurso de dibujo infantil y juvenil Agua, acciones locales para un reto global, en el marco del cuarto Foro Mundial del Agua, a cargo del diputado Juan Carlos Núñez Armas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades estatales y a las municipales de turismo de Baja California Sur, así como a la SCT y a la Sectur del Gobierno Federal, a asumir su responsabilidad inmediatamente, aplicando una estrategia conjunta a fin de solucionar, en el ámbito de sus competencias, el conflicto generado en materia de transporte público para el turismo en Los Cabos, a cargo de la diputada Míriam Muñoz Vargas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Salud y a las autoridades sanitarias de los gobiernos estatales a vigilar el cumplimiento óptimo de la NOM-028-SSA2-1999 para que la prevención, el tratamiento y el control de adicciones se realicen con absoluto respeto de la integridad y dignidad humanas, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para reasignar recursos a la Sagarpa y crear instrumentos operativos integrales que beneficien a los productores piñeros de Loma Bonita y Tuxtepec, Oaxaca, a cargo del diputado Gustavo Zanatta Gasperín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a las entidades federativas y a los Consejos Estatales de Ciencia y Tecnología a participar y apoyar en la realización de la 46ª Olimpiada Internacional de Matemáticas, a cargo de la diputada Marisol Urrea Camarena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que la PGR informe a esta soberanía por qué no ha solicitado el ejercicio de acción penal contra el C. Mario Laborín Gómez, director general de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, quien no ha cumplido un amparo otorgado por el Décimo Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Primer Circuito, a cargo del diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a la SHCP a homologar las condiciones laborales de los docentes de las instituciones públicas de educación media superior, a cargo del diputado Paulo Tapia Palacios, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de Puebla a suspender la entrega de concesiones de transporte público a la organización Antorcha Campesina, a cargo del diputado Rogelio Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Hidalgo a conducirse con imparcialidad en el proceso electoral, e investigar sobre desvíos de recursos públicos, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades educativas, federales y estatales, a realizar las acciones necesarias para que se considere obligatoria la asignatura de orientación vocacional en los planes y programas de estudio de las instituciones de educación media superior, públicas y privadas, incluyendo los organismos descentralizados y desconcentrados que imparten ese nivel, a cargo del diputado Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a conducirse con arreglo a la Constitución en el próximo encuentro trilateral de mandatarios de la región del TLCAN, a cumplir los compromisos firmados en el Acuerdo Nacional para el Campo respecto del Capítulo Agropecuario del TLCAN y presentar a esta soberanía un balance a 11 años de dicho acuerdo comercial, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Relaciones Exteriores a detallar a esta soberanía las cantidades de agua que se acordó entregar para eliminar el adeudo acumulado durante los ciclos 25 y 26, correspondientes al periodo 1992-2002, de conformidad con el tratado celebrado en 1944 entre nuestro país y el Gobierno de Estados Unidos de América, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos locales a legislar sobre los requisitos que deben cumplir los rectores de universidades públicas para postularse en una elección popular, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al secretario de Comunicaciones y Transportes que programe y ejecute la ampliación y modernización de la carretera del municipio de General Francisco R. Murguía (antes Nieves), Zacatecas, a cargo del diputado José Luis Medina Lizalde, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a instaurar mediante el INEA un programa que abata de manera integral el analfabetismo y convocar a organismos del sector privado a participar en la instrumentación, financiamiento y operación de este programa, donde las aportaciones de carácter privado sean deducibles de impuestos, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a instruir a la SCT y a la Cofetel para que disminuyan el número de claves lada asignadas al estado de Tlaxcala, a cargo del diputado Juan Bárcenas González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que se aplique la tarifa eléctrica 1E a los municipios fronterizos de Ciudad Guerrero, Miguel Alemán y Camargo, pertenecientes al distrito I de Tamaulipas, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, de la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros, a fin de solicitar a la Comisión de Hacienda y Crédito Público que la iniciativa presentada el 9 de diciembre de 2004 referente a los ex braceros mexicanos se dictamine a favor, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Ambiental Metropolitana y a la Secretaría de Salud a actualizar los valores de activación o disparo de los programas para mitigar el efecto de las contingencias ambientales en el valle de México, a cargo del diputado Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a atender con carácter de urgente, mediante la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía, la problemática derivada de las tarifas cobradas por el servicio de gas natural por la empresa Gas Natural México en el estado de Nuevo León, a cargo de la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a canalizar de manera urgente los apoyos extraordinarios de los fondos correspondientes al sector agropecuario de los municipios de Balancán y Tenosique, Tabasco, a raíz de la severa sequía que padecen desde hace meses y que pone en riesgo el sustento de los productores y de sus familias, suscrita por los diputados Eugenio Mier y Concha Campos y Francisco Herrera León, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se congratula por la normalización del proceso de transición democrática de Ucrania, felicita al nuevo Presidente de ese país, Víctor Yuschenko, y exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a abrir una embajada de México en Kiev, suscrita por los diputados Adriana González Carrillo y Homero Ríos Murrieta, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público que cree un grupo de trabajo que estudie los factores que limitan la capacidad de la banca comercial para otorgar crédito a muchas actividades productivas, y que elabore propuestas de modificación de la legislación aplicable con el fin de resolver ese grave problema, a cargo del diputado Guillermo A. Olmos Capilla, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno a actuar de acuerdo con las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre las constantes agresiones contra periodistas en Baja California, a cargo del diputado Manuel González Reyes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre la problemática de acceso al mercado de América del Norte, a cargo del diputado Guillermo A. Olmos Capilla, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Fiscalía General del Estado de Chiapas a llevar a cabo acciones inmediatas en los casos de delitos sexuales y feminicidios ocurridos en la zona sur del estado, así como al titular del Poder Ejecutivo federal a establecer políticas públicas con perspectiva de género, tendentes a instaurar un auténtico desarrollo social, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Legislaturas locales, y a los gobiernos de los estados y a los municipales a trabajar una agenda común y realizar acciones para conocer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, a cargo de la diputada Margarita E. Zavala Gómez del Campo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre la defensa legal de empresas mexicanas que exportan a Estados Unidos, a cargo del diputado Guillermo A. Olmos Capilla, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar observaciones y tomar las medidas necesarias para la recuperación y el mantenimiento del río Suchiate, en Chiapas, a cargo del diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a Pemex que reubique los ductos y la subestación número 8 que atraviesan la zona urbana en Ciudad Mendoza y el cauce del río Chiquito, en Veracruz, a cargo del diputado Tomás Trueba Gracián, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al administrador general de Aduanas a presentar un informe detallado sobre el reporte del destino de las mercancías solicitadas por las dependencias del Gobierno Federal y entidades federativas, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a actuar con imparcialidad en los asuntos que por querella o de oficio sean del conocimiento de ese organismo, a agotar los procedimientos establecidos en la ley antes de emitir opiniones o recomendaciones contra las autoridades, y a evitar juicios personales y de valor sobre los asuntos nacionales, sin demérito de su libertad de expresión como persona y como ciudadano, a cargo del diputado Javier Villacaña Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía tome en cuenta el punto de acuerdo presentado por el gobernador de Chihuahua, licenciado José Reyes Baeza Terrazas, aprobado por unanimidad en la 23ª reunión ordinaria de la Conago, del miércoles 16 de marzo del presente año, en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas, donde se establecen consideraciones a la Ley Federal de Presupuesto, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a cumplir permanentemente los artículos 84 Bis, 84 Bis 1 y 84 Bis 2 de la Ley de Aguas Nacionales, e implantar un programa continuo en los diversos medios de comunicación sobre el uso racional de ese recurso, a cargo del diputado Raúl Leonel Paredes Vega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Presidente de la República que instruya a la representación de México ante la ONU para que en el próximo Pleno de la Asamblea reconsidere el voto emitido el 18 de febrero de este año en el Comité de la Convención Internacional contra la Clonación de Seres Humanos con Fines Reproductivos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que, en uso de la facultad conferida en el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modifique el Reglamento de la Ley del Servicio Militar para cambiar la palabra ``inútiles'' por ``personas con discapacidad'', y que derogue diversos artículos obsoletos de ese ordenamiento, de conformidad con el Reglamento de Pasaportes en vigor, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad que actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios de Michoacán para reclasificar la tarifa de consumo aplicada, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a instruir a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Energía, y a la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, para que establezcan la tarifa 1F en Nuevo Laredo, Tamaulipas, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se requiere al secretario de Gobernación que informe a esta soberanía sobre la autorización, distribución y venta de revistas de caricaturas pornográficas, por ser un asunto concerniente al ramo de sus actividades, así como al secretario de Comunicaciones y Transportes que retire de inmediato la pornografía infantil en dibujos que se vende a niños, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a pronunciarse en la Comisión de Derechos Humanos de Ginebra en favor del resolutivo que condena Estados Unidos de América por la violación sistemática de los derechos humanos en la base naval de Guantánamo y la cárcel de Abu Ghraib, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, sobre la destrucción de manglares en la zona costera de los estados de Nayarit y de Sinaloa, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los secretarios de Gobernación, y de Relaciones Exteriores a promover un trato más digno para las mujeres en proceso de repatriación que realizan las autoridades migratorias estadounidenses, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a investigar las actividades de la Fundación de los Derechos Humanos, promovida en México por la Fundación Cubano-Americana; y a declarar no gratos a Omar López Montenegro y Jorge Mas Santos por sus actos de injerencia en la política interna de México y por sus ignominiosas declaraciones contra las instituciones del Estado mexicano, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Economía, y de la Comisión Federal de Electricidad a iniciar una profunda revisión de las tarifas domésticas por suministro y venta de energía eléctrica en el estado de Chihuahua para que, en beneficio de la ciudadanía, se de una homologación con base en la tarifa más baja, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Electoral del Estado de México, a cargo del diputado Rubén Maximiliano Alexander Rábago, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Estado de Hidalgo a conducirse con imparcialidad en el proceso electoral, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Profepa en relación con el levantamiento sísmico marino del navío de investigaciones Maurice Ewing fuera de la costa septentrional de Yucatán, en el golfo de México, a cargo de la diputada Irene Herminia Blanco Becerra, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la SEP y al Conaculta a realizar las gestiones correspondientes para aplicar las asignaciones al Capítulo 1000, aprobadas y etiquetadas en el decreto de Presupuesto 2005 por esta soberanía, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a la Sedesol a implantar un programa urgente de educación integral para que en las escuelas rurales del país de nivel preescolar y primarias se construyan comedores y cocinas con el equipo apropiado para facilitar la adecuada alimentación de los estudiantes, a cargo del diputado Enrique Guerrero Santana, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud federal y al gobernador de Aguascalientes a aplicar las medidas correspondientes de corrección y sanción a los funcionarios involucrados en las irregularidades detectadas por los órganos internos de control de la entidad en el programa Seguro Popular de Salud, a cargo de la diputada María del Consuelo Rodríguez de Alba, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a expedir, previo acuerdo con los gobernadores de las entidades federativas, las reglas a que se sujetarán el suministro, intercambio y sistematización de la información del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud a diseñar y aplicar una campaña nacional permanente para concienciar, prevenir y controlar las infecciones que afectan las vías respiratorias, las cuales se transmiten por los sistemas de aire acondicionado y/o calefacción, a cargo de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Economía y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a elaborar un programa para la clasificación del ganado bovino en pie, a cargo del diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a diseñar y desarrollar los estudios necesarios para declarar como zona de restauración ecológica el sistema lagunar Julivá-Santa Anita, Tabasco, a cargo del diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Legislaturas de las entidades federativas, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a que en sus respectivas leyes penales prevean como delitos las conductas relativas al abandono de personas o, en su caso, procedan a la revisión de los referidos tipos penales, a fin de otorgar una mayor tutela en este rubro, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión Federal de Electricidad que actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios del estado de Michoacán, con objeto de reclasificar la tarifa de consumo aplicada en ellos, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Salud, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Relaciones Exteriores, así como a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a que resuelvan el caso de contaminación y afectación a la salud en las colonias aledañas a la empresa fundidora Asarco, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario el Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para la urgente emisión del dictamen sobre la derogación del artículo 29 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión respalda los trabajos del Gobierno Federal para promover una reforma amplia de la Organización de las Naciones Unidas, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría General de la Cámara de Diputados a llevar a cabo, de manera permanente, Programas de Actualización y Profesionalización para los empleados de la misma, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Puebla a que emita resolución sobre el conflicto limítrofe entre los municipios de Puebla y San Andrés Cholula, respetando la actual división territorial y el marco normativo vigente en el estado de Puebla, a cargo el diputado Rogelio Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a diversas Comisiones de la Cámara de Diputados que se acepte y analice el estudio que realizará la Universidad Nacional Autónoma de México sobre la instalación de casinos en México, previo dictamen de la iniciativa de Ley Federal de Juegos, Apuestas y Sorteos, suscrita por los diputados Nancy Cárdenas Sánchez y Rene Arce Islas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a que en el próximo proyecto de Presupuesto se amplíe, por conducto de las dependencias competentes, la asignación de recursos a los Ramos 33 y 20, a fin de fortalecer la cobertura de servicios de salud y nutrición para combatir la marginación y la pobreza extrema de los mexicanos, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que se inhumen los restos del jurista Manuel Crescencio Rejón en la Rotonda de las Personas Ilustres del panteón civil de Dolores, a cargo del diputado Sebastián Calderón Centeno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del estado de Chiapas a que eviten la apertura del mercado de recursos genéticos sin la debida discusión y construcción de consensos, y que promueva decididamente en su legislación el cumplimiento del Convenio sobre la Diversidad Biológica, del que México forma parte, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a las autoridades laborales de los estados de Baja California, Chihuahua, Coahuila y Tamaulipas a que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 540 y 541 de la Ley Federal del Trabajo, den a conocer los resultados de las inspecciones periódicas y extraordinarias practicadas de 2004 a la fecha en las industrias maquiladoras establecidas a lo largo de sus respectivas franjas fronterizas, a cargo de la diputada Irma Guadalupe Moreno Ovalles, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, así como a los titulares de las instituciones que forman la banca de desarrollo, a impulsar el microcrédito y los programas referidos a éste y, en su caso, a estructurar estrategias que desarrollen esta modalidad del crédito en 2005, proclamado por la ONU como Año Internacional del Microcrédito, a cargo del diputado Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ministerio Público Militar a conducirse con imparcialidad y transparencia, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Excitativas

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Gonzalo Alemán Migliolo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones de Gobernación, de Puntos Constitucionales, de Justicia y Derechos Humanos, y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado Lino Celaya Luría, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Igual que en el punto anterior, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa también la lectura al acta de la sesión anterior, ya que está publicada en la Gaceta.

El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

Los que estén en contra... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes cinco de abril de dos mil cinco, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos ochenta y tres diputadas y diputados, a las once horas con ocho minutos del martes cinco de abril de dos mil cinco, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma manera la aprueba.

Comunicación del diputado Juan José García Ochoa con la que informa que se reincorpora a sus actividades legislativas. De enterado.

Dos comunicaciones de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal con las que remite información relativa a la evolución de los ingresos y egresos del endeudamiento neto de los meses de enero y febrero de dos mil cinco. Se turnan a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos. Se aprueba en votación económica.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos propone acuerdo que rige la actuación de la Cámara de Diputados como Jurado de Procedencia para conocer del dictamen emitido por la Sección Instructora en el expediente SI/ cero tres/ cero cuatro, relativo al procedimiento de declaración de procedencia instruido en contra del ciudadano Andrés Manuel López Obrador, Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Se aprueba en votación económica. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

A las once horas con veintiséis minutos la Secretaría informa del registro de cuatrocientos dieciséis diputadas y diputados e instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

El Presidente expresa unas palabras por el sensible fallecimiento del Papa Juan Pablo Segundo y la Asamblea guarda un minuto de silencio en su memoria.

Dos oficios de la Cámara de Senadores por los que remite:

  • Acuerdo del Congreso del estado de Sonora por el que solicita se apruebe la iniciativa de ley que contiene propuesta de solución al problema de los ex-trabajadores braceros mexicanos del periodo mil novecientos cuarenta y dos -- mil novecientos sesenta y siete. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Solicitud de excitativa de la senadora Dulce María Sauri Riancho, del Partido Revolucionario Institucional, en relación con la minuta proyecto de decreto que reforma los artículos veintiséis y setenta y tres, fracción vigésima novena -- D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Remítase a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público.

    La Cámara de Senadores remite las siguientes minutas proyectos de decreto:

  • Que reforma la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Que expide la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional.

  • Que reforma el párrafo cuarto y adiciona los párrafos quinto, sexto y séptimo, recorriéndose en su orden los restantes, del artículo dieciocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

    El Presidente informa de la recepción de una iniciativa con proyecto de decreto del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia, que reforma el artículo treinta y tres de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • Francisco Luis Monárrez Rincón, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo cuarenta y uno y adiciona el artículo cuarenta y cuatro de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Consuelo Camarena Gómez, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo dieciocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia, que reforma el artículo mil cuatrocientos uno del Código de Comercio. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a las Comisiones Unidas de Economía y de Justicia y Derechos Humanos.

  • Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia, que deroga la fracción decimatercera del artículo once de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Gobernación.

  • Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona un artículo ciento cincuenta bis a la Ley General de Bienes Nacionales. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Gobernación.

  • Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del Partido Acción Nacional, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios, que adiciona los artículos segundo y séptimo de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona el artículo catorce de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

    Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

    Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Justicia y Derechos Humanos.

  • José Javier Osorio Salcido, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos cuatrocientos cuarenta y nueve, cuatrocientos setenta y cinco y seiscientos dieciocho, y adiciona los artículos cuatrocientos cincuenta y seis bis y cuatrocientos setenta y cinco bis al Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Previamente al turno, desde su curul el diputado Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, solicita la verificación del quórum y la Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia y votación para atender lo solicitado.

  • Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley de Protección y Conservación del Ecosistema Manglar; adiciona los artículos segundo y séptimo y reforma el artículo cuarto de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura y Ganadería. La Secretaría informa del registro de trescientos noventa y tres diputadas y diputados, confirmándose la existencia de quórum.

  • Eliana García Laguna, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo dieciocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia, que deroga el artículo ciento veinticuatro y adiciona el artículo ciento veinticinco de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.

  • Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo novecientos noventa y cinco de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

  • Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley Federal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos.

  • Jorge Legorreta Ordorica, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Variedades Vegetales. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

  • Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores del Estado. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Vivienda.

  • Iván García Solís, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona el artículo noveno de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Gonzalo Moreno Arévalo, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos ciento noventa y uno y ciento noventa y dos del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • María Cristina Díaz Salazar, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo sesenta y siete de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma la fracción cuarta del artículo quinto de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma el artículo trescientos uno y adiciona el artículo trescientos nueve bis al Código Penal Federal. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma los artículos veintinueve, doscientos veintidós y doscientos veintidós bis del Código Penal Federal. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona el artículo trescientos sesenta y seis del Código Penal Federal. Es de primera lectura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Fomento Cooperativo con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarenta y seis de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior. Es de primera lectura.

    Tres dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto que conceden permiso:

  • Al ciudadano Jorge Adrián Zubieta y Landa Ortiz para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Nicaragua en Monterrey, con circunscripción consular en el estado de Nuevo León.

  • A los ciudadanos Mario Jesús Riestra Venegas y Alfredo Fuentevilla Ruffo para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren el Presidente de la República Federal de Alemania y el gobierno del Reino de Dinamarca, respectivamente.

  • A seis ciudadanos para prestar servicios en las embajadas de Côte d´ Ivoire y de Serbia y Montenegro en México.

    Son de primera lectura.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento sesenta y cinco de la Ley del Seguro Social. Es de segunda lectura. El diputado Lucio Galileo Lastra Marín, del Partido Acción Nacional, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por cuatrocientos siete votos en pro y ninguno en contra. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    El Presidente informa de la recepción de una minuta de la Cámara de Senadores y de una proposición de acuerdo de la Junta de Coordinación Política y la Asamblea aprueba su incorporación en el orden del día en votación económica.

    La Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del seis al nueve de abril de dos mil cinco, a efecto de que realice una visita a la República Italiana y a la Santa Sede. En votación económica la Asamblea le dispensa todos los trámites. La Secretaría da lectura al proyecto de decreto respectivo, mismo que sin discusión se aprueba por trescientos sesenta votos en pro, treinta en contra y doce abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

    Comunicación de la Junta de Coordinación Política con proyecto de acuerdo por el que propone la integración de la Comisión Bicamaral encargada del control y evaluación de las políticas y acciones vinculadas con la seguridad nacional. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    Dictamen de la Comisión de Salud con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento ochenta y cinco de la Ley General de Salud, presentada el nueve de diciembre de dos mil cuatro.

    Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que no se aprueban tres iniciativas con proyectos de decreto que reforman la Ley del Registro Nacional de Vehículos presentadas el nueve de agosto y cinco y catorce de septiembre de dos mil. La Secretaría da lectura a una fe de erratas que la Asamblea admite se incorpore al dictamen en votación económica.

    Dictamen de la Comisión de Economía con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo cincuenta y cinco de la Ley Minera, presentada el veintitrés de noviembre de dos mil cuatro. La Secretaría da lectura a una fe de erratas que la Asamblea admite se incorpore al dictamen en votación económica.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía y de Gobernación con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Reglamentaria del Artículo veintisiete Constitucional en Materia Nuclear y adiciona la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, presentada el veintidós de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

    Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos treinta y dos y treinta y tres de la Ley General de Educación, presentada el catorce de octubre de dos mil cuatro.

    Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos cuarenta y cuarenta y ocho de la Ley General de Educación, presentada el veintisiete de abril de dos mil cuatro.

    Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con puntos de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos séptimo, treinta y tres, sesenta y nueve, setenta y setenta y dos de la Ley General de Educación, presentada el veintiuno de octubre de dos mil cuatro.

    Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con punto de acuerdo por el que se acepta el resolutivo de la Cámara de Senadores que desecha la minuta proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo setenta y cinco de la Ley General de Educación.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se devuelve la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo ciento noventa y cuatro de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, recibida el veintiocho de septiembre de dos mil cuatro.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se devuelve la minuta proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción quinta del artículo quince de la Ley Aduanera, recibida el dieciséis de marzo de dos mil cuatro.

    Se aprueban los diez dictámenes anteriores, en su caso con las fe de erratas admitidas, en votación económica. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos y por lo que se refiere a los dos últimos dictámenes, devuélvanse a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El Presidente informa de la recepción de dos proposiciones con punto de acuerdo del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia:

  • Para exhortar a las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a que intervengan para solucionar el problema de la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de especies prohibidas para la práctica de la pesca comercial. Se turna a las Comisiones Unidas de Pesca y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Para exhortar a la Secretaría de Salud a que implemente las medidas necesarias a efecto de que las autoridades sanitarias verifiquen la equitativa y efectiva distribución de vacunas en los hospitales y clínicas públicas y privadas de la República Mexicana. Se turna a la Comisión de Salud.

    Presentan proposiciones con punto de acuerdo los diputados:

  • Roberto Aquiles Aguilar Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Reforma Agraria, y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a implementar un programa de atención integral a las comunidades asentadas de manera irregular en el área natural protegida del Cañón del Sumidero, en el estado de Chiapas. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Reforma Agraria.

  • Roberto Colín Gamboa, del Partido Acción Nacional, para exhortar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal a que investigue sobre el presunto mal uso del padrón de beneficiarios de la pensión alimentaria para los adultos mayores residentes en el Distrito Federal, y solicita trámite de urgente resolución. Así considera la Asamblea el asunto en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma manera. Comuníquese.

  • Ángel Juan Alonso Díaz -- Caneja, del Partido Acción Nacional, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios, para ampliar la vigencia de la Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional del Sur -- Sureste de México. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

  • Óscar Bitar Haddad, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar a las secretarías de Salud, de Economía y de Turismo, a diseñar e implementar programas conjuntos de difusión, prevención, vigilancia y mejoramiento de la salud en los centros turísticos del país. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, de Economía y de Turismo.

  • Juan José García Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar a la Secretaría de Economía a que instrumente una campaña informativa para dar a conocer los programas y acciones que lleva a cabo en beneficio de las micro, pequeñas y medianas empresas, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa manera el asunto en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma forma. Comuníquese. Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, solicita verificación de quórum y la Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia y votación para el efecto.

  • Elpidio Desiderio Concha Arellano, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar al Secretario de Hacienda y Crédito Público, a que en el proceso de integración del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, y en la elaboración de los calendarios financieros respectivos, se dé cumplimiento a las disposiciones contenidas en el decreto correspondiente. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Eliana García Laguna, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a que resuelva el amparo interpuesto por seis ciudadanos vascos del Reclusorio Norte, en proceso de extradición. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Francisco Diego Aguilar, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar a los titulares de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a que tomen acciones para evitar la discriminación laboral de las personas adultas entre los treinta y cinco y sesenta y cinco años de edad. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Justicia y Derechos Humanos.

  • Armando Leyson Castro, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y al Comité Olímpico Mexicano, a que suscriban un acuerdo de colaboración integral en materia deportiva, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera el asunto de esa manera en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma forma. Comuníquese. La Secretaría informa del registro de trescientos setenta y seis diputadas y diputados, confirmándose la existencia de quórum.

  • Juan Pérez Medina, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar a la Secretaría de Educación Pública, a que utilice los tiempos oficiales de transmisión en radio y televisión para promover y garantizar la enseñanza. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

  • Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo, para que la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría de los fondos federales otorgados al Sistema de Desarrollo Integral de la Familia, al Instituto de Vivienda y a la Secretaría de Finanzas del estado de Durango, en los ejercicios fiscales de mil novecientos noventa y ocho a dos mil cuatro. Se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

  • Miguel Amezcua Alejo, del Partido Revolucionario Institucional, para crear un programa de protección del pelícano blanco americano y para que se declare a la zona de Petatán y La Palma, en el estado de Michoacán, como área natural protegida. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, el Presidente informa que el último registro de quórum contará como registro final de asistencia de diputadas y diputados, que en virtud de que la próxima sesión tiene una agenda especial de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, no se dará lectura al orden del día de la próxima sesión y levanta la de hoy a las quince horas con cincuenta y seis minutos, citando para la sesión en la que la Cámara de Diputados se erigirá en Jurado de Procedencia el próximo jueves siete de abril de dos mil cinco a las diez horas.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Proceda la Secretaría a poner a discusión entonces el acta.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Los que estén en contra... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Está aprobada el acta. Proceda la Secretaría a resolver comunicaciones.
    DIPUTADO QUE SE REINCORPORA

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y de su Reglamento Interior, me permito informar a usted que a partir del 17 de abril del año en curso solicito se me reintegre a mis labores como diputado federal.

    Motivo por el cual pido se dé por concluido el lapso para el que se me concedió licencia para separarme de mis funciones como diputado federal por tiempo indefinido; así como realizar todos los demás trámites conducentes que conforme a derecho correspondan.

    Sin más por el momento, agradezco la atención que se sirva dar a la presente.

    Atentamente

    México, DF, a 31 de marzo de 2005.--- Dip. Javier A. Galván Guerrero (rúbrica).»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.
    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado José González Morfín, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c), en relación con el artículo 46, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo octavo, segundo párrafo del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de los siguientes cambios en el Comité de Administración solicitados por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Sustitución del diputado José González Morfín por el diputado Jaime del Conde Ugarte como integrante titular.

  • Sustitución del diputado Jaime del Conde Ugarte por el diputado José Julio González Garza como integrante sustituto.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Diputado José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica).»

    En votación económica, se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobada.
    CUENTA DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL 2003

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

    Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.--- Presente.

    Me permito comunicar a usted que con oficio OASF/- 0484/2005, de fecha 31 de marzo del año en curso, el Auditor Superior de la Federación, CPC Arturo González de Aragón, remitió a la Cámara de Diputados, por conducto de esta Comisión de Vigilancia, el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 74, fracción IV, y 79, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 30, 31, 32 y 74, fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

    En razón de lo anterior y con fundamento en los artículos 66 y 67, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, me permito remitir a usted el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003.

    Anexo se servirá encontrar el referido informe, contenido en 10 tomos, con un total de 16 volúmenes, y un CD-ROM.

    Sin otro particular, le reitero la más alta de mis consideraciones distinguidas.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2005.---Dip. Salvador Sánchez Vázquez (rúbrica), Presidente.»

    «Del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública

    Artículo 30.- La Auditoría Superior de la Federación tendrá un plazo improrrogable que vence el 31 de marzo del año siguiente a aquel en que la Cámara, o en su caso, la Comisión Permanente, reciba la Cuenta Pública, para realizar su examen y rendir en dicha fecha a la Cámara, por conducto de la Comisión, el informe del resultado correspondiente, mismo que tendrá carácter público y mientras ello no suceda, la Auditoría Superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones e informaciones.

    Artículo 31.- El Informe del Resultado a que se refiere el artículo anterior deberá contener como mínimo lo siguiente:

    a) Los dictámenes de la revisión de la Cuenta Pública;

    b) El apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas, con respecto a la evaluación de la consecución de sus objetivos y metas, así como de la satisfacción de las necesidades correspondientes, bajo criterios de eficiencia, eficacia y economía;

    c) El cumplimiento de los principios de contabilidad gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos legales correspondientes;

    d) Los resultados de la gestión financiera;

    e) La comprobación de que los Poderes de la Unión, y los entes públicos federales, se ajustaron a lo dispuesto en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación y en las demás normas aplicables en la materia;

    f) El análisis de las desviaciones presupuestarias, en su caso, y

    g) Los comentarios y observaciones de los auditados.

    En el supuesto de que conforme al apartado b) de este artículo, no se cumplan con los objetivos y metas establecidas en los programas aprobados, la Auditoría Superior de la Federación hará las observaciones y recomendaciones que a su juicio sean procedentes.

    Artículo 32.- La Auditoría Superior de la Federación en el Informe del Resultado, dará cuenta a la Cámara de los pliegos de observaciones que se hubieren fincado, de los procedimientos iniciados para el fincamiento de responsabilidades y de la imposición de las sanciones respectivas, así como de la promoción de otro tipo de responsabilidades y denuncias de hechos presuntamente ilícitos, que realice de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.

    Artículo 74.- El Auditor Superior tendrá las siguientes atribuciones:

    XV. Formular y entregar, por conducto de la Comisión, el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública a la Cámara, a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al de su presentación;

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo 74.- Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

    IV. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo, así, como revisar la Cuenta Pública del año anterior.

    El Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre.

    Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de diciembre.

    No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo Presupuesto; las que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del Presidente de la República.

    La revisión de la Cuenta Pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

    Para la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados se apoyará en la entidad de fiscalización superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley.

    La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión dentro de los diez primeros días del mes de junio.

    Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del proyecto de Presupuesto de Egresos, así como de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven;

    Artículo 79.- La entidad de fiscalización superior de la Federación, de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley.

    Esta entidad de fiscalización superior de la Federación tendrá a su cargo:

    II. Entregar el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al de su presentación. Dentro de dicho informe se incluirán los dictámenes de su revisión y el apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas, que comprenderá los comentarios y observaciones de los auditados, mismo que tendrá carácter público.

    La entidad de fiscalización superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones y observaciones hasta que rinda los informes a que se refiere este artículo; la ley establecerá las sanciones aplicables a quienes infrinjan esta disposición.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado; remítase al archivo para consulta de los ciudadanos diputados.


    JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados de la LIX Legislatura.--- Presente

    Por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracciones XXI y XXX; 36, fracción V, de la Ley Orgánica; 103 y 110 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro resolvió aprobar el acuerdo de la Comisión de Gobierno por el que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura, se da por enterada de la aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión del dictamen de la Sección Instructora en el juicio de procedencia planteado por el Ministerio Público Federal en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal, en los siguientes términos:

    Acuerdo

    Primero. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura, se hace sabedora y se da por enterada de la aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión del dictamen de la Sección Instructora en el juicio de procedencia planteado por el Ministerio Público Federal en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal, bajo el expediente SI/03/04.

    Segundo.- Hágase del conocimiento del Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura, para los efectos conducentes.

    Lo anterior para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexo al presente, copia del acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 7 de abril de 2005.--- Dip. Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Presidente.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados de la LIX Legislatura.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracciones XXI y XXX, y 36, fracción V, de la Ley Orgánica; 103 y 110 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el acuerdo de la Comisión de Gobierno para solicitar al Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que declare que no ha lugar a proceder en contra del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y que no ha lugar a retirarle el fuero constitucional, en los siguientes términos:

    Acuerdo

    Primero.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura, decreta que no ha lugar a proceder penalmente en contra del ciudadano jefe de Gobierno del Distrito Federal, por lo que continuará en el ejercicio de su cargo con la inmunidad constitucional. que le corresponde.

    Segundo.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura, decreta que no ha lugar a ejecutar acto alguno con motivo de la declaratoria de la Cámara de Diputados.

    Tercero.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura, decreta suspender todo procedimiento ulterior, sin que ello impida que la imputación del Ministerio Público continúe su curso cuando el inculpado concluya el ejercicio de su encargo, pues no se prejuzga sobre los fundamentos de la imputación.

    Cuarto.- Hágase del conocimiento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, del Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de la Procuraduría General de la República y del jefe de Gobierno del Distrito Federal.

    Transitorios

    Primero.- El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

    Segundo.- Publíquese para su mayor difusión en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

    Lo anterior para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexo al presente, copia del acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 7 de abril de 2005.---Dip. Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Presidente.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado.
    ESTADO DE VERACRUZ

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión Investigadora del Daño Ecológico y Social Generado por Pemex.

    C. Dip. Fed. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados de la LIX Legislatura.--- Presente.

    Con fundamento en el numeral cuarto del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política de la H. Cámara de Diputados, a través del cual se crea esta Comisión, me permito anexar a la presente el informe correspondiente a la gira de trabajo realizada en el estado de Veracruz, misma que desarrollamos de manera conjunta con las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de Energía.

    Como es de su conocimiento el estado de Veracruz es uno de los estados en donde podemos encontrar una de las mayores concentraciones de la actividad industrial de Petróleos Mexicanos, que su definición como industria de alto riesgo implica que en esta región se presenten un número considerable de accidentes con afectaciones Ambientales, Sociales, y Económicas.

    Entre diciembre de 2004 y febrero de 2005, el estado de Veracruz estuvo expuesto a cinco derrames de hidrocarburos en instalaciones de Petróleos Mexicanos, mismos que generaron un impacto negativo en el medio ambiente, catalogado por especialistas como uno de los mayores a nivel mundial.

    El impacto no sólo fue al medio ambiente, toda vez que las afectaciones que arrojaron estos derrames, también alcanzaron a la población en general, que tuvo que ser evacuada de sus hogares e instalada en albergues provisionales; en los municipios de Agua Dulce y Coatzacoalcos, Veracruz.

    Ante esta situación de emergencia, la Comisión Investigadora del Daño Social y Ecológico de Pemex, visitamos la zona impactada, para conocer el estado real de situación, los impactos y los trabajos que se desarrollaban para amortiguar y resarcir los daños causados, para lo cual se sostuvieron reuniones y se desarrollaron foros de expresión.

    Fue de esta manera que el 10 de enero de 2005, los integrantes de esta Comisión, de manera conjunta con la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, asistimos a una gira de trabajo por el estado de Veracruz, que nos permitieron intercambiar experiencias y propuestas con los representantes de la sociedad veracruzana.

    Durante esta visita, los legisladores escuchamos a todos los sectores productivos y afectados por estos derrames, sin embargo, las cifras proporcionadas por Petróleos Mexicanos no coinciden con las que los pobladores y los grupos ambientalistas señalan como el hidrocarburo que fue a dar al medio ambiente, ya que mientras el primero de ellos expresa 10 mil barriles de crudo, los segundos lo consideran entre 25 y 30 mil barriles.

    La sociedad veracruzana y ambientalista del país se han pronunciado por una reforma a la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para que las sanciones impuestas por la Profepa sean más severas ante los acontecimientos descritos.

    Se estima que la recuperación parcial del medio ambiente afectado con este derrame llevó entre 3 y 5 meses, toda vez que se realizaron acciones de retiro de hidrocarburos y de vegetación, y se trató el suelo con bacterias vivas para darle atención.

    Según declaraciones del director general de Petróleos Mexicanos, Luis Ramírez Corzo, las instalaciones de la paraestatal se encuentran en riesgo crítico, por la carencia de mantenimiento y de recursos económicos para modernizar esta infraestructura.

    Reconoció que son oleoductos principalmente de la subsidiaria de Pemex Refinación, donde se han registrado las fugas, los cuales son oleoductos que han estado operando por más de 40 años.

    Ramírez Corzo ha señalado que las áreas más críticas de la añeja tubería de Pemex se encuentran en las entidades de Tabasco y Veracruz.

    El funcionario comentó que hay ductos que es urgente sustituir y para lo cual cuentan con un programa para cambiarlos y reemplazarlos, porque se han tenido equipos operando, mismos que debieron ser cambiados hace mas de 10 años, de los cuales muchos de ellos, ya los fabricantes no existen, ni las refacciones para los equipos.

    Para esta labor se requiere de una inversión preliminar de 3 mil millones de dólares, los cuales serían ejercidos en los próximos tres años, para de esta manera poder cerrar la brecha en un lapso de seis años.

    La reforma energética del país es necesario revisarla, entre otros aspectos, sobre sí persiste la aportación de Pemex en el 40 por ciento del Presupuesto total del país, la modernización y mantenimiento de la infraestructura petrolera está en riesgo.

    Ante el estado en que se encuentra la red de ductos en el país, es posible que este tipo de accidentes se presenten cada vez más frecuentemente y de un impacto irreversible, por lo que es urgente atender esta problemática.

    Agradeciendo de antemano su amable atención, aprovecho la ocasión para reiterarle mi más alta consideración.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 1 de abril de 2005.--- Dip. Fed. Carmen Guadalupe Fonz Sáenz (rúbrica), Presidenta.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Informe de la Comisión Investigadora del daño ecológico y social generado por Pemex, correspondiente a la visita a la zona de Veracruz afectada por los derrames, realizada el 10 de enero de 2005.

    Introducción

    Entre diciembre de 2004 y febrero de 2005, el estado de Veracruz estuvo expuesto a cinco derrames de hidrocarburos en instalaciones de Petróleos Mexicanos, que generaron un impacto negativo en el medio ambiente, catalogado por especialistas como uno de los mayores a nivel mundial.

    El impacto no sólo fue al medio ambiente, toda vez que las afectaciones que arrojaron estos derrames también alcanzaron a la población en general, que tuvo que ser evacuada de sus hogares e instalada en albergues provisionales en los municipios de Agua Dulce y Coatzacoalcos, Veracruz.

    Ante esta situación de emergencia, la Comisión Investigadora del Daño Social y Ecológico de Pemex, visitó la zona afectada para conocer el estado real de situación, los impactos y los trabajos que se desarrollaban para amortiguar y resarcir los daños causados, para lo cual se sostuvieron reuniones y se desarrollaron foros de expresión.

    Fue de esta manera que el 10 de enero de 2005 los integrantes de esta Comisión, de manera conjunta con la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, asistimos a una gira de trabajo por el estado de Veracruz, que nos permitió intercambiar experiencias y propuestas con los representantes de la sociedad veracruzana.

    Durante esta visita, los legisladores escuchamos a todos los sectores productivos y afectados por estos derrames, sin embargo, las cifras proporcionadas por Petróleos Mexicanos no coinciden con las mencionadas por los pobladores y los grupos ambientalistas, quienes señalan cómo el hidrocarburo fue a dar al medio ambiente; mientras Pemex expresa que fueron 10 mil barriles de crudo, los segundos consideran que fueron entre 25 y 30 mil barriles.

    Otro dato importante de esta visita son las declaraciones de los directivos de Pemex, quienes expresan que este tipo de accidentes se continuará registrando, considerando el mal estado de los ductos con que se cuenta, ya que la empresa no tiene los recursos para su mantenimiento adecuado, además de que muchos de ellos han sobrepasado su vida útil.

    Finalmente, resulta incongruente, que un accidente que ha sido considerado como el segundo en impacto ambiental por petróleo en la historia, comparado únicamente con el ocurrido en la sonda de Campeche con el pozo petrolero Ixtoc, las autoridades de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa), hayan impuesto una sanción económica a la paraestatal por el orden de los 2.5 millones de pesos.

    Diputados participantes: Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, Presidenta; Carla Rochín Nieto, secretaria; Yadira Serrano Crespo, secretaria; Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, secretaria; Francisco Javier Lara Arano, Gonzalo Guízar Valladares, Juan Fernando Perdomo Bueno, Óscar Pimentel González, Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, Sergio Arturo Posadas Lara, Víctor Manuel Alcerreca Sánchez.

    Programa de Actividades

    Con la finalidad de atender las demandas de los habitantes y sectores productivos de Veracruz, ante el problema que enfrentan por los cinco derrames acontecidos en esta entidad, en instalaciones de Petróleos Mexicanos (Pemex), el siguiente fue el programa desarrollado durante el 10 de enero de 2005:

    10 de enero

    6:30 horas.

    Salida de la Ciudad de México con destino a Minatitlán, Veracruz.

    7:40 horas.

    Desayuno en Minatitlán, Veracruz.

    8:30 horas.

    Salida a la terminal marítima de Pajaritos.

    10:00 horas.

    Presentación en la sala de juntas de la terminal marítima Pajaritos.

    Programa:

  • Bienvenida y presentación de asistentes.Ing. J. Ocejo Moreno.
  • La industria petrolera nacional.Ing. D. Gómez Bilbao.
  • Terminal marítima Pajaritos.Ing. J. Refugia Venegas.
  • Evaluación de derrame de crudo.Ing. D. Cortez Bilhao.
  • Derrame en Cunduacan.Ing. R. Leranda Sedan.

    13:00 horas.

    Sobrevuelo en helicóptero a la zona afectada en el río Coatzacalcos.

    14:00 horas.

    Visita a la primera estación de rebombeo Nuevo Teapa.

    15:00 horas.

    Visita a las instalaciones de ductos.

    16:00 horas.

    Comida.

    18:30 horas.

    Salida al aeropuerto de Minatitlán.

    Participantes por parte de Pemex:

    Ing. Jorge C. Moreno, coordinador de asesores de la Dirección General.

    Ing. Daniel Codmaz Bilbao, subdirector de SIASPA de Pemex-Refinación.

    Ing. Rogelio Morado Sedas, subdirector de SIASPA de Pemex Exploración y Producción.

    Ing. Manuel Olivares Páez, gerente de Protección Ambiental de Pemex-Refinación.

    Derrames Registrados en Veracruz

    22 de diciembre de 2004.

    Una explosión en la estación de bombeo Masumiapan derivó en un derrame al cerrar las válvulas; la presión rebasó los límites y reventó uno de los ductos, a la altura del municipio de Nanchital. La mancha de hidrocarburos se extendió en el río Coatzacoalcos, el arroyo Tepeyec y llegó al golfo de México.

    11 de enero de 2005

    Tres explosiones y un incendio en la presa de lodos del pozo Guince I, provocadas por una chispa, luego que la maquinaria con que se hacían las perforaciones sufriera un desperfecto y un corto circuito; hubo daños en el ejido Tlacuilolapan, municipio de Moloacán.

    24 de enero de 2005

    A 120 kilómetros del derecho de vía 25, en el rancho Lipsa, a un kilómetro de la vía federal Villahermosa-Coatzacoalcos.

    Se tuvo que realizar la evacuación de los habitantes sobre la ribera del río Aguaculcita, las colonias Centro, Cuatro Caminos, Ejido la Gloria, Nevada del Río, Pajaral, Puebla y Agraria.

    31 de enero de 2005

    Una fuga en un tramo del ducto que en diciembre derramó más de 10 mil barriles de crudo, ahora por fisuras a causa de la corrosión; derramó alrededor de 40 mil litros de crudo, lo que afectó principalmente pastizales de un rancho en los ejidos La Norma y Cuatotolapan.

    2 de febrero de 2005

    Un derrame de crudo de Pemex afectó pastizales de Veracruz, a consecuencia de lo que ha sido denominado como goteo, ante lo que se fugaron entre 60 y 100 litros de crudo del pozo Tonalá 3, en el municipio de Agua Dulce, Veracruz.

    Problemática

    El grado de corrosión, las fallas humanas y técnicas, la falta de un mantenimiento adecuado, así como el vencimiento de los tiempos de vida útil de la red de ductos de gas e hidrocarburos del país han sido la causa de accidentes, a causa de los cuales los energéticos se vierten al medio ambiente, provocando serias afectaciones.

    Si bien es cierto que lo acontecido en el estado de Veracruz el 22 de diciembre de 2004 no se considera un ecocidio, por las oportunas intervenciones de autoridades civiles y militares de la entidad y de la Federación, así como de personal de la paraestatal Petróleos Mexicanos, también es verdad que es necesario esperar los resultados de los estudios que habrán de realizar la Universidad Veracruzana y la Universidad Nacional Autónoma de México, para determinar el grado de afectación.

    El 22 de diciembre de 2004 diez mil barriles de petróleo crudo se derramaron en el río Coatzacoalcos, en el estado de Veracruz, cuerpo de agua que es el más grande de la entidad, tras lo cual se presentó la explosión de un pozo y una estación de bombeo de Petróleos Mexicanos (Pemex).

    Cabe destacar que la cifra de 10 mil barriles derramados, es la proporcionada por Pemex; sin embargo, grupos ambientalistas y habitantes de la zona, así como especialistas en la materia, resuelven que fueron entre 20 y 30 mil los barriles derramados en este accidente.

    José Manuel Olivares Páez, director de Protección Ambiental de Pemex Refinación, explicó que el derrame de hidrocarburo se extendió en un área de seis kilómetros en el río Coatzacoalcos, alcanzando el río Tepeyac, a unos 120 kilómetros de donde ocurrió la explosión.

    El derrame de hidrocarburos se registró en el municipio de Nanchital, Veracruz, al cerrarse las válvulas de 30 pulgadas que administraban crudo al pozo y a la estación de bombeo Masuniapan, que explotó en el municipio de Santiago Tuxtla, al sur de la entidad. Según la información proporcionada, el accidente se produjo ante la presión, que rebasó los límites permitidos en los oleoducto y provocó que reventara uno de los tubos de 30 pulgadas de diámetro que transporta petróleo de Nuevo Oteapan a Poza Rica.

    Este accidente dejó como resultado cinco personas lesionadas, siendo éstas Ramón Galván Usanga, Ignacio Orozco García, Ignacio Orozco García, Alfredo Fonseca Constantino, Rafael Valencia Bernal y Jaime Tiburcio Uribe, quienes tras su atención médica, se encuentran fuera en recuperación.

    Los trabajos de prevención por este accidente llevaron a las autoridades a acordonar 500 metros a la redonda del lugar, a la vez que se tuvo que desalojar a las cerca de 400 familias que se encuentran asentadas en las inmediaciones del río Coatzacoalcos, como medida de precaución, mientras se realizaban las labores de recolección del hidrocarburo.

    El crudo derramado en el río Coatzacoalcos llegó al mar continental, ante el mal estado del tiempo imperante.

    En los trabajos de limpieza de la zona, trabajaron más de 3 mil 500 pescadores y obreros, 40 embarcaciones menores. A la vez, los servicios médicos de Pemex atendieron a 545 pacientes en el hospital de la paraestatal de Nanchital, principalmente por dolor de cabeza e irritaciones leves de faringe.

    La sanción ante el accidente que provocó daños al medio ambiente, sociales y económicos en Veracruz y las localidades aledañas al lugar del accidente, fue del orden de 2.5 millones de pesos, aunque según el delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en la entidad, la multa fue por 50 mil salarios mínimos por el desastre ecológico.

    La sociedad veracruzana y ambientalista del país se han pronunciado por una reforma a la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para que las sanciones impuestas por la Profepa sean más severas ante los acontecimientos descritos.

    Se estima que la recuperación parcial del medio ambiente afectado con este derrame, llevará entre 3 y 5 meses, toda vez que se realizaron acciones de retiro de hidrocarburos y de vegetación, y se trató el suelo con bacterias vivas para darle atención.

    Con la finalidad de rescatar las especies de fauna afectadas, Pemex se apoyó con personal del Fondo Internacional para la Protección de los Animales y su Hábitat (IFAW, por sus siglas en inglés), quienes en la terminal marítima Pajaritos limpiaron a más de 400 pelícanos que presentaban manchas de crudo. Los especialistas revelaron que la recuperación de aves tardará, al menos, cerca de tres semanas, una vez que puedan generar nuevamente las grasas que juegan el papel de impermeabilizante en su plumaje.

    El accidente provocó la paralización de la actividad pesquera en la zona, en perjuicio de más de 600 pescadores. Semanas más tarde, los pescadores denunciaron el hallazgo de peces muertos, de especies como robalo, hechos que fueron corroborados por personal de la Secretaría de Medio Ambiente Estatal.

    La paraestatal encargó a la Universidad Veracruzana y a la Universidad Nacional Autónoma de México, los trabajos para evaluar los daños que provocó el derrame al ecosistema de la zona.

    Ante el accidente, las autoridades determinaron la integración de la Comisión de Vigilancia para verificar que sean completamente saneados el río Coatzacoalcos y las playas del Golfo de México que se vieron impactadas tras el derrame. Además se realizaría un inventario de las rutas de escape y se elaborará un estudio de afectaciones en el sector pesquero para pagar las indemnizaciones correspondientes.

    Explosiones en Moloacan

    Cuando aún se realizaban los trabajos de recuperación de los 10 mil barriles de crudo derramados en el río Coatzacoalcos, otro accidente se registró el 11 de enero de 2005, al presentarse tres explosiones y un incendio en un pozo de Petróleos Mexicanos en el municipio de Moloacan, Veracruz.

    Según la información de Pemex, la consecuencia de este accidente fue un corto circuito, con lo que se inició el incendio, presumiblemente en la fosa de lodos de emulsión inversa del pozo de perforación Guince I, perteneciente al activo de exploración salina del Istmo, en cuya área se encontraban trabajando alrededor de 80 obreros.

    En este accidente no se registraron lesionados y los impactos al medio ambiente fueron mínimos, ya que no se presentaron derrames.

    Expertos que fueron consultados por esta Comisión, dieron a conocer que fue un corto circuito en el quipo de control de sólidos propiedad de la compañía Halliburton, con aparente falta de mantenimiento, lo que ocasionó el inicio del incendio.

    Fuga de naftas

    Un nuevo accidente se registró el lunes 24 de enero de 2005, cuando se presentara la fuga de combustible conocido como nafta ligera, en el municipio de Agua Dulce, en Veracruz.

    Tras este derrame se suspendió el bombeo de las naftas ligeras que provienen de Nuevo Pemex, Tabasco, para que los técnicos de la empresa iniciaran los trabajos de reparación del tubo afectado.

    La fuga se registró en un gasolinoducto de 12 pulgadas de diámetro, que se encuentra ubicado a 10 kilómetros de Villahermosa, Tabasco, en una zona despoblada conocida como rancho Lipsa, en el municipio veracruzano de Agua Dulce.

    Por tratarse de un derrame de naftas fue necesario, como medida de precaución, evacuar a la población aledaña y alojarla en albergues temporales.

    Fueron evacuados pobladores de los colonias Centro, Cuatro Caminos, Ejido La Gloria, Nevada del Río, Pajaral, Puebla y Agraria.

    Tercer derrame

    La fisura en un oleoducto de Petróleos Mexicanos (Pemex) ocasionó el derrame de más de 100 mil litros de crudo en estado de Veracruz, el pasado jueves 27 de enero de 2005.

    Con este vertimiento se contabilizaban los primeros tres que se presentaban en Veracruz en los últimos dos meses.

    Esta fisura fue en el oleoducto de 75 centímetros de diámetro, en el municipio de Hueyapan de Ocampo, Veracruz.

    Los daños fueron minimizados por Pemex; quien informara que sólo se afectaron pastizales, además de que informó que se trataba de un derrame subterráneo.

    El titular de la Gerencia Regional Golfo Centro de la Comisión Nacional del Agua, Guillermo Hernández Viveros, aseveró que se urgió a Pemex para que acelerara la recolección de crudo, para evitar que se filtrara al subsuelo y dañe más aún los mantos acuíferos de la zona.

    Tonalá, quinto derrame

    El último derrame registrado en esta entidad, durante el primer trimestre del año se presentó en pastizales cercanos al pozo Tonalá III, en el municipio de Agua Dulce, al sur de Veracruz, el 2 de febrero de 2005.

    Se estima que en esta ocasión se derramaron entre 60 y 100 litros de crudo, ya que según los funcionarios de la paraestatal, este accidente sólo se trato de un goteo.

    Peligran instalaciones petroleras

    Según declaraciones del director general de Petróleos Mexicanos, Luis Ramírez Corzo, las instalaciones de la paraestatal se encuentran en riesgo crítico, por la carencia de mantenimiento y de recursos económicos para modernizar esta infraestructura.

    Reconoció que son oleoductos principalmente de la subsidiaria de Pemex Refinación, donde se han registrado las fugas, los cuales son oleoductos que han estado operando por más de 40 años.

    Ramírez Corzo ha señalado que las áreas más críticas de la añeja tubería de Pemex se encuentran en las entidades de Tabasco y Veracruz.

    El funcionario comentó que hay ductos que es urgente remplazar, para lo cual cuentan con un programa de para cambiarlos, porque se han tenido equipos operando, mismos que debieron ser cambiados hace más de 10 años, de los cuales muchos de ellos ya los fabricantes no existen, ni las refacciones para los equipos.

    Para esta labor se requiere de una inversión preliminar de 3 mil millones de dólares, los cuales serían ejercidos en los próximos tres años, para de esta manera poder cerrar la brecha en un lapso de seis años.

    Información de Pemex

    El director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), Luis Ramírez Corzo, anunció en un comunicado de prensa que no se escatimarían esfuerzos ni recursos para restablecer a sus condiciones naturales el río Coatzacoalcos y el entorno que resultó afectado por la ruptura del oleoducto de 30 pulgadas de diámetro Nuevo Teapa-Poza Rica.

    De la misma manera anunció que se instalaría una Comisión que diera seguimiento permanente a las actividades que se desarrollan en la entidad con la infraestructura de la paraestatal.

    Asimismo, Pemex entregó a la Universidad Veracruzana un estudio para evaluar las acciones técnicas a desarrollar y para apoyar en la operación de programas y señaló que en enero se solicitaría a la Universidad Nacional Autónoma de México un análisis similar.

    Se informó que en la recuperación del hidrocarburo derramado se utilizaron esponjas absorbentes especiales, así como productos que cumplen con las norma mexicana para este tipo de contingencias, cuya aplicación fue vigilada por las autoridades ambientales, así como por la Universidad Veracruzana.

    En las instalaciones de la reserva ecológica que tiene Pemex en la terminal marítima de Pajaritos, se proporcionó, con apoyo y asesoría de la Internacional Fund Animal Welfare (IFAW), la atención y limpieza de algunos animales que presentan manchas por estar expuestos al crudo.

    De la misma manera, al 3 de enero de 2005, se había censado mil 201 personas y 247 casas, y se tenían quejas por afectaciones de 139 casas, las cuales han sido evaluadas y están en trámite de pago 15; mientras que en inspección y cuantificación hay un total de 70.

    La paraestatal dio a conocer que es indispensable diseñar un plan de acción inmediato en materia de seguridad industrial y protección ambiental en Pemex Refinación que permita identificar y tomar medidas pertinentes para contener y eliminar las causas de los accidentes.

    Por su parte, la subsidiaria Pemex Refinación ha dado a conocer que se requiere modernizar este organismo sin detener sus operaciones, por lo que es indispensable que empresa y trabajadores apliquen sus conocimientos y experiencias para mitigar riesgos, reparar oportunamente los problemas que se presenten y reconocer deficiencia para contratar empresas que ayuden a fortalecer la integridad de las instalaciones.

    Comparecencia del director general de Pemex

    Durante la comparecencia del director general de Petróleos Mexicanos, Luis Ramírez Corzo, ante esta Cámara de Diputados, dijo que la causa confirmada del incendio en Mazumiapan fue la fuga en sello de una bomba, mientras que de las causas de la ruptura del ducto, se tenía la hipótesis del mal estado del ducto y las afectaciones por la topografía y el incremento de la presión.

    Reconoció como consecuencias de este accidente a cinco personas lesionadas en Mazumiapan; el derrame de 5 mil 13 barriles de crudo en Nanchital.

    En los daños a la población se informó que se desarrolló la evacuación de 200 personas; molestias respiratorias e irritación de los ojos en la población cercana al derrame; fachadas de casas, lanchas de pescadores y embarcaciones mayores impregnadas con crudo.

    En los daños al medio ambiente se estima que fueron 11.3 kilómetros del margen derecho del río Coatzacoalcos, 3 hectáreas del campo deportivo de Nanchital, 12 kilómetros de playas en Coatzacoalcos y Allende, 500 metros del arroyo Tepeyac, noreste de la laguna Pajaritos, escolleras de la desembocadura al mar, 2 hectáreas de manglar, 175 animales impregnados por hidrocarburos.

    La empresa, desde el inicio de la emergencia y hasta el 31 de enero, los servicios médicos de la empresa habían atendido 198 personas en Nanchital y 614 en Mazumiapan. Por su parte, los Servicios Coordinados de Salud atendieron a 571 personas.

    Se reconoce la presencia de dos averiguaciones previas en la Procuraduría General de la República (PGR), por causas de fuerza mayor o caso fortuito, en donde no existe responsabilidad penal y por negligencia o imprudencia, donde se fincará responsabilidad penal a quien resulte.

    Se da a conocer una red de ductos por 61 mil 201 kilómetros; de los cuales 36 mil 738 kilómetros son ductos de transporte y existen 24 mil 463 kilómetros de ductos para líneas de descarga de pozos y otros servicios, de los cuales cerca de 8 mil kilómetros están en operación.

    Hay una red de ductos en operación cercana a los 54 mil kilómetros.

    La antigüedad promedio de ductos en operación Petróleos Mexicanos es de 21 años, 60 por ciento de los ductos con antigüedad superior a los 30 años, se concentra en Pemex Refinación.

    Anexo a este informe, documentos específicos sobre la información descrita anteriormente.

    Antecedentes

    Relación de accidentes que anteceden a lo acontecido en Veracruz.

  • En diciembre de 1988, se registró una fuga y derrame por oleoducto en Los Cocos -Nanchital.

  • El 2 octubre, de 1993, se presentó la fuga y derrame por poliducto en Minatitlán-Villahermosa.

  • 1 de octubre, 1 y 19 de noviembre de 1995, se documentan tres fugas y derrames por oleoducto Los Cocos-Nanchital.

  • El 8 de noviembre de 1997 se registra una fuga y derrame por oleoducto Los Cocos-Nanchital.

  • El 17 de abril de 2001, se presentó la fuga y derrame de crudo en oleoducto Nuevo Teapa-Poza Rica.

  • El 22 de diciembre de 2004, un incendio en Mazumiapan, fuga y derrame de crudo en el oleoducto Nuevo Teapa-Poza Rica.

    Información de la Semarnat

    La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Comisión Nacional del Agua (CNA) y sus respectivas delegaciones federales, mantienen una estricta supervisión sobre el cumplimiento de las medidas ambientales de urgente aplicación a raíz del derrame de petróleo crudo que ocurrió en el municipio Nanchital, Veracruz, el 22 de diciembre de 2004.

    Dentro de las acciones que emprendió la Semarnat se encuentran:

  • La Profepa interpuso una denuncia penal contra Pemex Refinación y/o contra quién o quiénes resulten responsables por el derrame del petróleo crudo. La denuncia fue recibida por el agente del Ministerio Público Federal de la ciudad de Coatzacoalcos, donde se lleva la investigación correspondiente.

  • La Profepa, además de exigir y vigilar que se realice la restauración ambiental de la zona afectada, impuso a la paraestatal Pemex una multa económica del orden de 50 mil salarios mínimos, 2.5 millones de pesos.

  • Pemex por mandato legal de la autoridad ambiental, elabora un informe detallado sobre las causas del accidente, así como un estudio minucioso para cuantificar los daños.

    Cabe subrayar que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales desarrolla programas conjuntos con Pemex, como la importante explotación de gas natural en la cuenca de Burgos, para controlar y reducir al mínimo los riesgos y daños ambientales, así como programas de reforestación y restauración de suelos en las regiones por donde corren los ductos de la paraestatal.

    Solicitudes recibidas

  • Solicitar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) la información sobre las medidas de urgente aplicación establecidas para atender el impacto ambiental ocasionado por el derrame de petróleo al río Coatzacoalcos, así como el avance a la fecha en materia de cumplimiento de las mismas por parte de Pemex.

  • Solicitar a Pemex un diagnóstico detallado de la situación en la que se encuentra la infraestructura de ductos con mayor riesgo de contingencia social y ambiental.

  • Solicitar a la Semarnat que declare la cuenca del río Coatzacoalcos como zona de restauración ecológica y publicar la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación.

  • Solicitar a la Comisión Nacional del Agua que elabore, en el marco de la declaratoria como zona de restauración ecológica, el programa de manejo de la cuenca del río Coatzacoalcos.

  • Establecer convenios en los que Pemex dé atención inmediata para indemnizar a los afectados.

  • Elaborar un programa. de trabajo, a través de Pemex, para la remediación del medio ambiente afectado.

  • Garantizar, con la intervención del gobierno del estado y los municipios, la atención inmediata en materia de salud a la población que se haya afectado.

  • Promover reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de sanciones por afectaciones al ambiente y el destino de los recursos por multas.

    Conclusiones

    De acuerdo con la información recabada sobre los derrames registrado en el estado de Veracruz, principalmente el que se presentara el 22 de diciembre de 2004, donde se derramaron 5 mil barriles de petróleo al río Coatzacoalcos, a causa de la ruptura de un oleoducto cerca de la comunidad de Nanchital.

    Se estima que el impacto que este accidente registró, lesionó a cinco obreros de la paraestatal y afectó a unas seis mil familias de pescadores de la zona.

    Consideramos que serán cerca de 60 mil personas las que se verán afectadas por este impacto, entre ellas transportistas, comerciantes y pequeños empresarios.

    El derrame ocasionó que cerca de 200 viviendas se hayan visto afectadas, al ser manchadas por hidrocarburos, además de que tres hectáreas del campo deportivo de Nanchital fueron afectadas también.

    Con la finalidad de prevenir posibles intoxicaciones y accidentes, mil 500 personas fueron evacuadas el 22 de diciembre, ante los fuertes olores provocados por el hidrocarburo; 76 personas reclaman indemnizaciones por las pérdidas de animales de traspatio.

    No existe un diagnóstico preciso del impacto a la salud que tuvo esta contingencia, mientras que la actividad turística de la zona fue severamente alterada.

    Estimaciones de especialista consideran que los daños se consideran hasta en 20 millones de dólares.

    Daños ambientales

    Los daños ambientales que esta Comisión documentó son:

  • 11.3 kilómetros del río Coatzacoalcos.

  • Un kilómetro de longitud por 2.5 metros de ancho de manglar que fue dañado.

  • 11 mil metros cuadrados de vegetación impactada.

  • 105 metros cuadrados de suelo saturado con hidrocarburos.

  • 12 kilómetros de playas afectadas en Coatzacoalcos y en la Colonia Allende.

  • 500 metros del arroyo Tepeyac dañados.

  • Contaminación de la laguna Pajaritos.

  • 140 pelícanos, además de otras especies de aves y reptiles, fueron impactadas al ser cubiertas por petróleo.

    Mientras tanto, la nata de petróleos se sumergió en el lecho del río Coatzacoalcos, cubriendo criaderos de camarón, robalo, curvina, lisa, etc.

    Petróleos Mexicanos ha informado que existen 50 mil kilómetros de ductos en todo el país, de los cuales el 20 por ciento de ellos requiere de atención urgente, sin embargo no se cuenta con los recursos necesarios para ello.

    Es necesario revisar la reforma energética del país, entre otros aspectos, sobre sí persiste la aportación de Pemex en el 40 por ciento del presupuesto total del país; la modernización y mantenimiento de la infraestructura petrolera está en riesgo.

    Ante el estado de la red de ductos en el país, es posible que este tipo de accidentes se presente cada vez más frecuentemente y sean de un impacto irreversible, por lo que es urgente atender esta problemática.

    Anexo I

    Reseña con fotografías (copias) de la visita realizada al estado de Veracruz, en el mes de enero de 2005, por los derrames de hidrocarburos.

    Anexo II

    Información

    Datos proporcionados por Pemex

    Equipo utilizado en cuerpos de agua

    Embarcaciones

  • Río Hondo, Grijalva, Armada de México.

  • Verónica, Víctor M'Call (Contrato PEP).

  • Remolcadores 54, 185, 395, 396, 397 Pemex Refinación.

    Embarcaciones menores

  • Chalanes PQ3, A81, Ferry 1, lanchas abastecedoras 165, 385, 386, 366 Pemex Refinación.
  • 75 lanchas motor fuera de borda de pescadores locales contratados.

    Equipo, aéreo

  • 2 helicópteros (Contrato PEP).
  • 1 helicóptero de la Armada de México.

    Barreras oceánicas

  • 600 metros (2 mil disponibles).

    Barreras fluviales

  • 7 mil 300 metros.

    Desnatadores y recolectores de crudo (skimmers)

  • 3 oceánicas.
  • 7 fluviales.

    Destino de material recuperados

  • Arena y materiales recolectados en playas. 196 metros cúbicos, los cuales se enviaron al área de almacenamiento de Rabón Grande, para su biotratamiento y reciclaje.

  • Suelo saturado con hidrocarburos. Zona de derrame. 105 metros cúbicos que fueron incinerados en cementera.

  • Crudo. 2 mil 700 barriles que se enviaron a reproceso en Pemex Refinación.

  • Material orgánico impregnado (lirio acuático, palizada). 4 mil 950 metros cúbicos. Pendientes (al 28 de diciembre) 6 mil 50 metros cúbicos fueron colocados en bioceldas con geomembrana. En evaluación metodológica de disposición final.

    Participantes en la atención del derrame

  • Vecinos y pescadores de Nanchital, Allende y Coatzacoalcos.

  • Ejército Mexicano.

  • Armada de México.

  • Gobierno del estado de Veracruz.

  • Municipio de Nanchital.

  • Municipio de Coatzacoalcos.

  • Pemex Exploración y Producción.

  • Pemex Petroquímica.

  • Pemex Gas y Petroquímica Básica.

  • Pemex Corporativo.

  • Empresas especializadas.

  • Comité local de ayuda mutua, zona industrial Pajaritos.

  • Pemex Refinación.Anexo III

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos a presentar informe de avance en el cumplimiento de las medidas de urgente aplicación establecidas por la autoridad ambiental competente con relación al derrame de hidrocarburos en el río Coatzacoalcos, estado de Veracruz, suscrita por la diputada Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, del grupo parlamentario del PRI

    La suscrita diputada de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución de conformidad con los antecedentes y consideraciones que a continuación se detallan:

    Antecedentes

    Como es de su conocimiento, el pasado día 22 de diciembre Petróleos Mexicanos, tuvo un accidente en la estación de bombeo Mazumiapan, estado de Veracruz, que ocasionó la represión y ruptura de un oleoducto de 30 pulgadas, provocando el derrame de aproximadamente 5 mil barriles de hidrocarburos al río Coatzacoalcos.

    El pasado día 10 de enero, doce diputados federales de las Comisiones Investigadora del Daño Ecológico y Social Generado por Pemex, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, previa obtención de información relativa al asunto, aportada por la filial Pemex-Refinación, visitamos el área afectada en las cercanías de la terminal marítima de Pajaritos y de la población de Nanchital, así como la estación de bombeo en Nuevo Teapa y los márgenes de la desembocadura del Coatzacoalcos, incluyendo las playas aledañas, constatando los avances en los trabajos de recuperación del crudo derramado y de limpieza del río, de las labores emprendidas para atender las diversas demandas sociales y económicas derivadas del accidente y los esfuerzos de coordinación interinstitucional entre los tres niveles de gobierno y diversos sectores involucrados. Resulta significativo mencionar la disposición de Pemex para atender, en el ámbito de sus responsabilidades, todas y cada una de las demandas que se les han presentado en este sentido.

    Las autoridades de Pemex y del gobierno del estado de Veracruz y posteriormente las diversas instancias del sector ambiental federal han instrumentado estrategias de atención en toda la zona impactada por este derrame. Las medidas de urgente aplicación fueron ordenadas, conforme a las disposiciones legales en la materia, por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), a fin de iniciar los trabajos de recuperación del crudo vertido al río y así disminuir, en lo posible, el impacto a la salud pública, al medio ambiente y a los recursos naturales.

    Los trabajos asociados a la atención de las medidas de urgente aplicación han sido realizados y seguramente en breve habrá resultados definitivos de donde se desprenderán las labores propias de la restauración y manejo ambiental de la cuenca del río Coatzacoalcos.

    Consideraciones

    Una primera y somera evaluación de los hechos nos indican las siguientes cifras: la afectación a 11.3 kilómetros de la margen sur del río Coatzacoalcos, afectación al manglar en aproximadamente un kilómetro de largo por 2.5 metros de ancho, que ha dado lugar a 11,000 metros cúbicos de material orgánico impregnado y 105 metros cúbicos de suelo saturado por el hidrocarburo, a la afectación de alrededor de 400 pelícanos y reptiles mayores de la región, y a las playas de Coatzacoalcos y de la colonia Allende, del arroyo Tepeyac y la laguna Pajaritos, así como la afectación a 173 casas y a los diversos sectores económicos de la región, entre ellos 765 agremiados de cooperativas pesqueras y a la necesidad de atención médica especializada de 765 personas.

    Dichas afectaciones, consecuencia de uno más de los percances de la actividad de Pemex, se deben en gran parte a que la gran mayoría de los ductos y poliductos fueron construidos y puestos en operación hace más de dos décadas, habiendo algunos agotado su vida útil y los restantes observan diversos grados de deterioro, que obligan a operarlos en condiciones no satisfactorias y con medios de control no automatizados que ponen en riesgo su operación.

    La red de ductos construida por Pemex en todo el país rebasa los 50 mil kilómetros de longitud, de los cuales se estima que 20 mil requieren de mantenimiento, estos últimos incluyen cerca de 2 mil kilómetros que requieren de una reparación mayor o sustitución urgente.

    Aunque, a nadie escapa que la empresa ha sido la caja grande de las finanzas públicas, y que sus utilidades han sido empleadas como fuente de financiamiento del desarrollo nacional, dejándola con un mínimo margen para nuevas inversiones, no existe explicación por parte de las autoridades de la paraestatal para no llevar a cabo el mantenimiento requerido a la red de ductos a nivel nacional, es muy diferente hablar de nuevas inversiones que permitan la expansión del sector, a los gastos que la empresa debe realizar para mantener en buen estado todas y cada una de las instalaciones.

    Esto es un asunto de responsabilidad, del buen manejo administrativo, de no permitir el desmantelamiento de la empresa pública.

    Por las razones antes expuestas y con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración del Pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición, de urgente y obvia resolución:

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se exhorta al ingeniero Luis Ramírez Corzo, director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), para que en su próxima comparecencia ante esta H. Cámara de Diputados relacionada con los acontecimientos del 22 de diciembre de 2004, presente un informe detallado de los avances en el cumplimiento de las medidas de urgente aplicación establecidas por la autoridad ambiental competente y las tareas que se deberán emprender en las próximas semanas, con relación al accidente ocurrido en el río Coatzacoalcos, estado de Veracruz.

    Segundo. De igual manera se exhorta al ingeniero Luis Ramírez Corzo, director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), a que presente un diagnóstico pormenorizado, acompañado del programa de acción priorizado y presupuestado correspondiente, para atender la infraestructura operativa de la red de oleoductos y poliductos que implique riesgos inminentes a la población, al medio ambiente y los recursos naturales en todo el país.

    Tercero. Se exhorta al ingeniero Luis Ramírez Corzo, director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), a que presente un informe detallado de los resultados de las auditorías ambientales practicadas, durante los dos últimos años, a la infraestructura operativa en plantas industriales y red de ductos, donde existan riesgos inminentes para la población y al medio ambiente y los recursos naturales.

    Cuarto. Se exhorta al ingeniero Luis Ramírez Corzo, director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), a que determine las mejores tecnologías que permitan la remediación de los daños ocasionados por el derrame, así como la restauración de los recursos naturales.

    Suscrito por doce miembros de las Comisiones Investigadora del Daño Ecológico y Social Generado por Pemex, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, incluido el de la voz, diputado Víctor M. Alcérreca Sánchez, y con el apoyo de los legisladores del grupo parlamentario del PRI y del PVEM en esta Comisión Permanente.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 19 días del mes de enero de 2005.--- Diputados: Carmen Guadalupe Fonz Sáenz (rúbrica), Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Carla Rochín Nieto (rúbrica), Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Óscar Pimentel González (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Francisco Javier Lara Arano, Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), José Guadalupe Osuna Millán (rúbrica), José Antonio de la Vega Asmitia (rúbrica), Leonardo Álvarez Romo (rúbrica), Arturo Nahle García (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), María Elena Orantes López (rúbrica), Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica); senadores: Érika Larregui Nagel, Emilio Gamboa Patrón, Sadot Sánchez Carreño (rúbricas).»

    Anexo IV

    Recortes periodísticos del Diario del Instituto de fecha 11 de enero de 2005.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: De enterado; publíquese en la Gaceta Parlamentaria e insértese en el Diario de los Debates.
    MUJERES DE CANCUN

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

    Remito a usted, para los efectos que correspondan, oficio y documentación recibida en mi oficina, dirigido al Dip. Francisco Arroyo Vieyra, Vicepresidente en funciones de Presidente y a un servidor; con fecha 8 de marzo de 2005, signado por la Lic. Celia Pérez Gordillo, Procuradora General de Justicia del estado de Quintana Roo, en el cual acusa recibo del oficio número D.G.P.L. 59-11-0-1678 referente al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 1 de marzo del año en curso y señala que ya se giraron instrucciones precisas para la eficaz protección del personal e integrantes del Centro Integral de Atención a las Mujeres y sus Hijas e Hijos, AC (CIAM Cancún), y anexa copia de los documentos que prueban su oportuna intervención.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 6 de abril de 2005.--- Dip. Fed. Marcos Morales Torres (rúbrica), secretario de la Mesa Directiva.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo.

    C. Lydia Cacho Ribeiro, Presidenta del Centro Integral de Atención a las Mujeres y sus hijas e hijos, CIAM Cancún.--- Presente.

    Ante la preocupación públicamente manifiesta y remitida a esta instancia por diversos organismos protectores de las Organizaciones Defensoras de los Derechos Humanos, por las amenazas y agresiones recibidas por su equipo de trabajo del CIAM Cancún y en particular por usted, en el cumplimiento de su labor; he instruido al subdirector de la Policía Judicial de la Zona Norte del estado, licenciado Luis Germán Sánchez Méndez a efecto de que se les brinden, las debidas medidas de protección, que garanticen tanto su integridad y seguridad personal, como la de las mujeres y las niñas y los niños que se encuentran en los refugios bajo su protección.

    Sin más por el momento que manifestarle la colaboración de la institución que represento y la mía propia, quedo de usted.

    Atentamente.

    ``Justicia para todos''

    Cd. Chetumal, Q. Roo, a 18 de febrero de 2005.--- Lic. Celia Pérez Gordillo (rúbrica), procuradora general de Justicia del estado de Quintana Roo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo.

    Dip. Francisco Arroyo Vieyra, Vicepresidente en Funciones de Presidente; Dip. Marcos Morales Torres, Secretario de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo Federal.

    Acuso recibo de su oficio número D.G.P.L 59-II-0-1678 fechado en la Ciudad de México, DF, el día 1° de marzo del año en curso y tomo nota del punto de acuerdo único aprobado en la sesión celebrada en la misma fecha por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y les informo que en acatamiento a su exhorto, realizaré las gestiones necesarias para lograr la coordinación con el Procurador General de la República que nos lleve, en el ámbito de nuestras respectivas competencias, al cabal cumplimiento de lo que en el mismo se establece.

    A mayor abundamiento, considero oportuno señalar que en virtud de la gravedad de las amenazas que vulneran la seguridad personal de la periodista Lydia Cacho Ribeiro, así como la del personal que con ella labora en el Centro Integral de Atención a las Mujeres y sus Hijas e Hijos, AC (CIAM Cancún), y las personas que por ser víctimas de la violencia han solicitado sus servicios profesionales y se encuentran en los albergues bajo su resguardo, con fecha 18 de febrero del año en curso he girado las instrucciones precisas al subdirector de la Policía Judicial en la Zona Norte del estado, licenciado Luis Germán Sánchez Méndez para brindarles la eficaz protección que se requiere y que como he podido constatar se viene cumpliendo en sus términos. Esta situación ha sido notificada con oportunidad a la periodista Cacho Ribeiro, así como a las instituciones protectoras de los Defensores de los Derechos Humanos que con justificada preocupación nos han hecho llegar sus solicitudes de protección, mismas que anexo al presente como prueba de mi oportuna intervención que deriva de la sentida preocupación ante la gravedad de los acontecimientos que hoy nos ocupan.

    Atentamente.

    ``Justicia para todos''

    Cd. Chetumal, Q. Roo, a 18 de febrero de 2005.--- Lic. Celia Pérez Gordillo (rúbrica), procuradora general de Justicia del estado de Quintana Roo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo.

    Lic. Luisa Pérez Escobedo.--- Programa de Defensa Integral.--- Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, AC.--- México, DF.

    Al tener conocimiento por diversos medios de las reiteradas amenazas y agresiones que han recibido la periodista Lydia Cacho Ribeiro y personal que presta sus servicios en el Centro de Atención Integral de Atención a la Mujer (CIAM Cancún) que ella preside en el cumplimiento de su labor de protección y defensa de los derechos humanos de mujeres, niñas y niños víctimas de violencia que han solicitado de su asistencia y que por encontrarse en situación de riesgo permanecen bajo su protección en el refugio del mencionado Centro, el día 18 de febrero del año en curso giré instrucciones precisas al subdirector de la Policía Judicial en la zona norte del estado, licenciado Luis Germán Sánchez Méndez para que a partir de esa misma fecha se le otorgaran las medidas de protección necesarias y suficientes para salvaguardar la integridad. física de la periodista y la del personal que con ella labora, así como la de las personas que se encuentran bajo su custodia.

    Dichas medidas fueron notificadas a la C. Lydia Cacho Ribeiro, Presidenta del Centro Integral de Atención a las Mujeres y sus Hijas e Hijos, CIAM Cancún, mediante oficio número A-193/2005 recibido por personal de la referida ONG a las 14:10 horas del día 24 de febrero del año en curso como consta y aparece en la parte inferior derecha del documento que se anexa. Asimismo, comunico que la instrucción dada por la suscrita al Lic. Luis Germán Sánchez Méndez, se ha estado cumpliendo en sus términos.

    Ahora bien, con relación a la profunda preocupación, que desde luego comparto, de todos los organismos protectores de los Defensores de los Derechos Humanos que han hecho suyas las peticiones de justicia de la periodista Cacho Ribeiro en virtud de los actos de intimidación de que han sido objeto ella y su equipo de trabajo, considero que en virtud de que en esta instancia investigadora que hoy represento no se encuentra documentada ninguna denuncia por los hechos que se hacen del conocimiento de la ciudadanía por diversas publicaciones en la prensa estatal y nacional, así como de esta Procuraduría por la vía de los comunicados que le han sido remitidos, considero que para el ejercicio pleno de los legítimos derechos de las víctimas, garantizados en los diversos ordenamientos legales estatales y federales así como en los instrumentos internacionales, conveniente sería, que la periodista Lydia Cacho Ribeiro en forma personal y como representante legal de la institución que preside, denunciara los hechos que han motivado la atinada intervención de diversas instancias de la sociedad civil organizada y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ante la autoridad ministerial que corresponda, para estar ante la posibilidad legal de iniciar e integrar la correspondiente indagatoria que nos conduzca al esclarecimiento de la verdad, y en su caso, a la consignación de los responsables de los hechos constitutivos de delito a la instancia judicial competente para que sean juzgados conforme a derecho corresponda.

    Consciente de la gravedad de los hechos que nos ocupan y preocupan estaré pendiente del curso de los mismos.

    Sin otro asunto que tratar por el momento, hago propicia esta ocasión para enviarle un afectuoso saludo.

    Atentamente.

    ``Justicia para todos''

    Cd. Chetumal, Q. Roo, a 18 de febrero de 2005.--- Lic. Celia Pérez Gordillo (rúbrica), procuradora general de Justicia del Estado de Quintana Roo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo.

    María del Mar Monroy García.--- Área de Denuncia.--- Comisión Nacional de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, AC.--- México, DF.

    Al tener conocimiento por diversos medios de las reiteradas amenazas y agresiones que han recibido la periodista Lydia Cacho Ribeiro y personal que presta sus servicios en el Centro de Atención Integral de Atención a la Mujer (CIAM Cancún) que ella preside en el cumplimiento de su labor de protección y defensa de los derechos humanos de mujeres, niñas y niños víctimas de violencia que han solicitado de su asistencia y que por encontrarse en situación de riesgo permanecen bajo su protección en el refugio del mencionado Centro, el día 18 de febrero del año en curso giré instrucciones precisas al subdirector de la Policía Judicial en la Zona Norte del estado, licenciado Luis Germán Sánchez Méndez para que a partir de esa misma fecha se le otorgaran las medidas de protección necesarias y suficientes para salvaguardar la integridad física de la periodista y la del personal que con ella labora, así como la de las personas que se encuentran bajo su custodia. Dichas medidas fueron notificadas a la C. Lydia Cacho Ribeiro, Presidenta del Centro Integral de Atención a las Mujeres y sus Hijas e Hijos, CIAM Cancún, mediante oficio número A-193/2005 recibido por personal de la referida ONG a las 14:10 horas del día 24 de febrero del año en curso como consta y aparece en la parte inferior derecha del documento que se anexa. Asimismo, comunico que la instrucción dada por la suscrita al Lic. Luis Germán Sánchez Méndez, se ha estado cumpliendo en sus términos.

    Ahora bien, con relación a la profunda preocupación, que desde luego comparto de todos los organismos protectores de los Defensores de los Derechos Humanos que han hecho suyas las peticiones de justicia de la periodista Cacho Ribeiro en virtud de los actos de intimidación de que han sido objeto ella y su equipo de trabajo, considero que en virtud de que en esta instancia investigadora que hoy represento no se encuentra documentada ninguna denuncia por los hechos que se hacen del conocimiento de la ciudadanía por diversas publicaciones en la prensa estatal y nacional, así como de esta Procuraduría por la vía de los comunicados que le han sido remitidos, considero que para el ejercicio pleno de los legítimos derechos de las víctimas, garantizados en los diversos ordenamientos legales estatales y federales así como en los instrumentos internacionales, conveniente sería, que la periodista Lydia Cacho Ribeiro en forma personal y como representante legal de la institución que preside, denunciara los hechos que han motivado la atinada intervención de diversas instancias de la sociedad civil organizada y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ante la autoridad ministerial que corresponda, para estar ante la posibilidad legal de iniciar e integrar la correspondiente indagatoria que nos conduzca al esclarecimiento de la verdad, y en su caso, a la consignación de los responsables de los hechos constitutivos de delito a la instancia judicial competente para que sean juzgados conforme a derecho corresponda.

    Consciente de la gravedad de los hechos que nos ocupan y preocupan estaré pendiente del curso de los mismos.

    Sin otro asunto que tratar por el momento, hago propicia esta ocasión para enviarle un afectuoso saludo.

    Atentamente.

    ``Justicia para todos''

    Cd. Chetumal, Q. Roo, a 18 de febrero de 2005.--- Lic. Celia Pérez Gordillo (rúbrica), procuradora general de Justicia del Estado de Quintana Roo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo.

    C. Juan José Gómez Camacho, director general de Derechos Humanos y Democracia.--- Subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.--- Presente.

    Al tener conocimiento por diversos medios de las reiteradas amenazas y agresiones que han recibido la periodista Lydia Cacho Ribeiro y personal que presta sus servicios en el Centro de Atención Integral de Atención a la Mujer (CIAM Cancún) que ella preside en el cumplimiento de su labor de protección y defensa de los derechos humanos de mujeres, niñas y niños víctimas de violencia que han solicitado de su asistencia y que por encontrarse en situación de riesgo permanecen bajo su protección en el refugio del mencionado Centro, el día 18 de febrero del año en curso giré instrucciones precisas al subdirector de la Policía Judicial en la Zona Norte del estado, licenciado Luis Germán Sánchez Méndez para que a partir de esa misma fecha se le otorgaran las medidas de protección necesarias y suficientes para salvaguardar la integridad física de la periodista y la del personal que con ella labora, así como la de las personas que se encuentran bajo su custodia. Dichas medidas fueron notificadas a la C. Lydia Cacho Ribeiro, Presidenta del Centro Integral de Atención a las Mujeres y sus Hijas e Hijos, CIAM Cancún, mediante oficio número A-193/2005 recibido por personal de la referida ONG a las 14:10 horas del día 24 de febrero del año en curso como consta y aparece en la parte inferior derecha del documento que se anexa. Asimismo, comunico que la instrucción dada por la suscrita al Lic. Luis Germán Sánchez Méndez, se ha estado cumpliendo en sus términos.

    Ahora bien, con relación a la profunda preocupación, que desde luego comparto, de todos los organismos protectores de los Defensores de los Derechos Humanos que han hecho suyas las peticiones de justicia de la periodista Cacho Ribeiro en virtud de los actos de intimidación de que han sido objeto ella y su equipo de trabajo, considero que en virtud de que en esta instancia investigadora que hoy represento no se encuentra documentada ninguna denuncia por los hechos que se hacen del conocimiento de la ciudadanía por diversas publicaciones en la prensa estatal y nacional, así como de esta Procuraduría por la vía de los comunicados que le han sido remitidos, considero que para el ejercicio pleno de los legítimos derechos de las víctimas, garantizados en los diversos ordenamientos legales estatales y federales así como en los instrumentos internacionales, conveniente sería, que la periodista Lydia Cacho Ribeiro en forma personal y como representante legal de la institución que preside, denunciara los hechos que han motivado la atinada intervención de diversas instancias de la sociedad civil organizada y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ante la autoridad ministerial que corresponda, para estar ante la posibilidad legal de iniciar e integrar la correspondiente indagatoria que nos conduzca al esclarecimiento de la verdad, y en su caso, a la consignación de los responsables de los hechos constitutivos de delito a la instancia judicial competente para que sean juzgados conforme a derecho corresponda.

    Consciente de la gravedad de los hechos que nos ocupan y preocupan estaré pendiente del curso de los mismos.

    Sin otro asunto que tratar por el momento, hago propicia esta ocasión para enviarle un afectuoso saludo.

    Atentamente.

    ``Justicia para todos''

    Cd. Chetumal, Q. Roo, a 18 de febrero de 2005.--- Lic. Celia Pérez Gordillo (rúbrica), procuradora general de Justicia del estado de Quintana Roo.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la Junta de Coordinación Política y a la Comisión de Derechos Humanos.
    CONSUL HONORARIO

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación solicitando que se tramite ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción IV, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el C. Diego José Garibay y García de Quevedo pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de Suecia en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en los estados de Colima y de Jalisco.

    Por lo anterior me permito anexar original de la carta, dirigida al H. Congreso de la Unión, con la que el interesado solicita dicho permiso y de la carta de vecindad; y copia certificada del acta de nacimiento, así como copias simples de su currículum vitae, de la nota de nombramiento formulada por la Embajada de Suecia y de su identificación oficial.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.---Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    prestar servicios en representaciones diplomaticas

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción II, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que la persona que se cita a continuación pueda prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:

    Nombre: Guillermo Daniel Prior Ortiz.

    Puesto: Traductor.

    Lugar de trabajo: Embajada de la República de Sudáfrica en México.

    Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, copia certificada del acta de nacimiento que acredita la nacionalidad mexicana de dicha persona y original del escrito en que solicita que se realicen los trámites correspondientes, así como copias simples de su currículum vitae, de su identificación y dos fotografías.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 31 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción II, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que las personas que se citan a continuación puedan prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:

    Nombre: Víctor Alfredo Herrera Ávila.

    Puesto: Mecánico de mantenimiento.

    Lugar de trabajo: Consulado General de Estados Unidos de América en Cuidad Juárez, Chihuahua.Nombre: Lourdes Aide Berger Armendáriz.

    Puesto: Operadora telefónica.

    Lugar de trabajo: Consulado General de Estados Unidos de América en Cuidad Juárez, Chihuahua.Nombre: Mónica Sabrina Nava Garcés.

    Puesto: Asistente consular.

    Lugar de Trabajo: Consulado General de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.Nombre: Susette Trinidad Vázquez Gudiño.

    Puesto: Asistente financiera.

    Lugar de trabajo: Consulado General de Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.Nombre: Ana Laura de la Torre Saavedra.

    Puesto: Asistente de información en la Sección de Prensa.

    Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.Nombre: Martha Elena Muñoz Pérez.

    Puesto: Secretaria en la Sección Consular.

    Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.Nombre: Mary Anne Colín Gascón.

    Puesto: Asistente administrativa del Área Cultural.

    Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en que solicitan que se realicen los trámites correspondientes, así como copias simples de su identificación.

    Al mismo tiempo se informa que las personas que se mencionan a continuación solicitan la cancelación del permiso que les fue concedido para prestar sus servicios al gobierno estadounidense.

    Nombre: Ana Cleotilde Escobar Ancheta.

    Puesto: Asistente especial de Servicios Consulares.

    Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.Nombre: Carlos Calderón Loeza.

    Puesto: Chauffeur/guardia.

    Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Las solicitudes de permiso túrnense a la Comisión de Gobernación. Por lo que hace a los ciudadanos que han dejado de prestar servicios, túrnese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.
    YACIMIENTOS PETROLEROS

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-3-1228, signado el 1 de febrero del año en curso por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Ma. del Carmen Mendoza Flores, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número S.G.P.A./DGIRA.DDT.065.05, suscrito el 9 del actual por el C. biólogo J. Ricardo Juárez Palacios, director general de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a realizar un informe pormenorizado de los alcances científicos y de los impactos ecológicos, en caso de continuar con los trabajos en el cráter de Chicxulub.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 18 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Lic. M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

    El presente es emitido con referencia al oficio número SEL/300/511/05 del 2 de febrero de 2005, recibido en esta unidad administrativa el 14 del mismo mes y año, a través del cual anexa el punto de acuerdo por medio del cual el Poder Legislativo federal exhorta a esta Secretaría para que realice un informe pormenorizado de los alcances científicos y los impactos ecológicos del proyecto denominado ``Levantamiento sísmico marino del navío de investigación Maurice Ewing, fuera de la costa septentrional de Yucatán, golfo de México''.

    Al respecto le puedo comentar que, de acuerdo a lo presentado en la manifestación de impacto ambiental modalidad regional presentada por el Instituto de Geofísica de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) para la evaluación del proyecto de referencia, el objetivo del mismo era realizar una investigación sísmica en la zona marina al norte de la península de Yucatán para estudiar el cráter Chicxulub y obtener la siguiente información:

    a) Determinar la dirección de la aproximación y el ángulo de impacto del cometa que chocó en la zona.

    b) Elaborar un levantamiento de la deformación que se registra en corteza superior cerca del centro del cráter, para obtener información acerca de la cinética de impactos por bólidos de gran tamaño.

    c) Obtener una imagen del cráter y sus características morfológicas en el cuadrante noroeste del mismo, con la finalidad de entender los parámetros físicos de la estructura del impacto Chicxulub.

    d) Trazar un modelo del colapso tridimensional de un cráter instantáneo asimétrico.

    Como se puede observar, no se plantea dentro de los objetivos del estudio la búsqueda de yacimientos petroleros por parte de la UNAM. Sin embargo, es importante destacar que en caso que la intención no manifiesta de la UNAM fuera el señalado por el Poder Legislativo, las actividades de prospección sísmica marina que utilizan pistones neumáticos para actividades petroleras no requieren de autorización en materia de impacto ambiental de acuerdo a lo señalado en el punto V del inciso D del artículo 5 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, razón por la cual la UNAM no habría tenido la obligación de presentar una manifestación de impacto ambiental tal y como lo hizo.

    En adición, es competencia de esta Secretaría evaluar la viabilidad ambiental de las obras y actividades que le presenten los particulares conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en este sentido, la Secretaría no está facultada para cuestionar los objetivos que sustentan a un promovente a someter un proyecto al procedimiento de evaluación en materia de impacto ambiental, sino a resolver respecto a la petición de evaluación.

    Por otra parte, esta Dirección General identificó que el impacto ambiental potencial de las actividades relacionadas con el proyecto de referencia será la presión acústica a la cual se expondrán los organismos marinos, del que se considera pertinente hacer las siguientes aclaraciones:

  • El impacto acústico provocado por las actividades de prospección sísmica del tipo usado por la embarcación Maurice Ewing no sobrepasan los niveles de capacidad de respuesta de organismos marinos a alteraciones de su medio ambiente. Lo anterior se encuentra documentado en diversos estudios científicos publicados.

  • Lo anterior se evidencia en que varios experimentos detectaron conductas de evasión como respuesta a disparos de pistolas de aire, por ejemplo alteraciones de curso al experimentar intensidades de 159 decibeles o el alejamiento de individuos a niveles de 164 decibeles, como respuesta natural de los organismos a este tipo de actividades.

  • El proyecto tiene una duración menor a un mes, por lo que no es un evento recurrente y los impactos potenciales son temporales.

  • Los estudios científicos publicados concuerdan en que no se puede establecer una correlación directa entre las actividades de prospección sísmica y daños fisiológicos en fauna marina, por lo que se requieren más estudios.

  • El estudio del cráter Chicxulub se lleva a cabo a profundidades menores de 50 metros, razón por la que expertos opinaron durante la reunión pública de información que la riqueza de mamíferos marinos es muy baja, únicamente dos especies de delfines.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 9 de marzo de 2005.--- Biólogo J. Ricardo Juárez Palacios (rúbrica), director general de Impacto y Riesgo Ambiental.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.
    ESTADO DE QUINTANA ROO

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno del Estado Libre y Soberano de Qintana Roo.--- Cd. Chetumal Q. Roo.

    Lic. Manlio Fabio Beltrones Rivera, diputado Presidente de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- México, DF.

    Me refiero a su atento oficio con número DGPL-59-II-5-1322, dirigido al C. gobernador del estado, licenciado Joaquín E. Hendricks Díaz, referente al punto de acuerdo de la Cámara de Diputados en el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al gobierno del estado de Quintana Roo y al municipio de Benito Juárez a tomar las medidas pertinentes para solucionar la problemática de disposición final de residuos sólidos en dicho municipio.

    Al respecto, envío adjunta, para su conocimiento, tarjeta que contiene información sobre la recolección y tratamiento de residuos sólidos en el municipio de Benito Juárez.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Cd. Chetumal, Q. Roo, a 22 de marzo de 2005.--- Ing. Jorge Mariano Morales Calzada (rúbrica), secretario de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.»

    «Gobierno del estado de Quintana Roo Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente

    Recolección y tratamiento de residuos sólidos en el municipio de Benito Juárez

    Antecedentes

    El H. ayuntamiento de Benito Juárez celebró contrato de prestación de servicios con Tribasa para la recolección y el tratamiento de los residuos sólidos hace aproximadamente 10 años.

    Durante la presente administración municipal (2002-2005) se dio incumplimiento de pagos a la empresa por parte del H. ayuntamiento de Benito Juárez (se estima un adeudo superior a 30 millones de pesos).

    La empresa dejó de cumplir el tratamiento de los residuos sólidos depositándolos en el actual relleno sanitario, creando un tiradero a cielo abierto.

    El predio donde se ubica el relleno sanitario está en el municipio de Isla Mujeres, existiendo convenio entre los ayuntamientos en beneficio de Isla Mujeres, como son tratamiento de su basura sin costo (25 toneladas a un día), pago mensual de 300 mil pesos (el ayuntamiento de Benito Juárez ha dejado de pagar por lo menos tres meses).

    Situación reciente

    Hace tres años, ante la inminente saturación del relleno sanitario, se estableció entre los ayuntamientos un convenio, en el cual Benito Juárez iniciaría la búsqueda de un nuevo sitio para la construcción de un nuevo relleno; hasta abril de 2004 no se había atendido con eficiencia este compromiso, generando el bloqueo al acceso del actual relleno por parte del ayuntamiento de Isla Mujeres, otorgándole 60 días al ayuntamiento de Benito Juárez para iniciar los trabajos que garanticen la construcción de un nuevo sitio.

    Interviene el gobierno del estado como mediador ante la petición del presidente municipal de Benito Juárez para convenir una prórroga de al menos dos meses con Isla Mujeres.

    Es pertinente mencionar que miembros del cabildo de Benito Juárez ya se habían abocado a la búsqueda de un nuevo sitio y, junto con algunas direcciones del H. ayuntamiento, se elaboró el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona Denominada Polígono 11, en la que se ubicó el nuevo sitio para la construcción del relleno sanitario. El Programa Parcial fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, no sin antes haber verificado que no se violaba el ordenamiento ecológico del sistema lagunar Nichupte y que tanto la CNA como la CAPA no tenían objeción en cuanto al sitio seleccionado.

    Los estudios técnicos preliminares determinaron la necesidad de al menos seis meses de prórroga para que con trabajo intenso del ayuntamiento de Benito Juárez y Tribasa se lograra tener un nuevo relleno sin descuidar el que estaba en operación. El ayuntamiento de Isla Mujeres accedió, con lo cual el término quedó hasta el 31 de diciembre de 2004.

    Los compromisos adquiridos en junio de 2004 fueron:

    Tribasa

  • Realiza el estudio para el cambio de uso de suelo necesario para presentar a la Semarnat.

  • Realiza el proyecto ejecutivo de la primera etapa del nuevo relleno, construye una microcelda en el actual relleno para garantizar cuatro meses de operación.

  • Dar tratamiento a la basura vertida a cielo abierto en el actual relleno, elevando hasta en 2 metros más la altura de las celdas.

  • Manifiesta realizar lo comprometido si recibe el pago de lo que se adeuda.

    H. ayuntamiento de Benito Juárez

  • Realiza el estudio de impacto generado al ambiente para su presentación al gobierno del estado y a la Semarnat (esto porque en el sitio seleccionado para la construcción del nuevo relleno el H. ayuntamiento de Benito Juárez inició trabajos de desmonte, despalme y rellenos sin los permisos ambientales).

  • Acordará con Tribasa la firma de pago del adeudo que tienen para que ésta reinicie el tratamiento de los residuos sólidos.

    Gobierno del estado

  • Financiará hasta con 5 millones de pesos para el pago de estudios, proyecto y construcción de microcelda, para lo cual se deberá firmar convenio de devolución de recursos. El H. ayuntamiento de Benito Juárez no entrega documentación para la elaboración del convenio.

    A principios de octubre de 2004, el H. ayuntamiento de Isla Mujeres cierra totalmente el acceso al actual relleno, ante el incumplimiento de los pagos convenidos, así como al nulo avance en el trabajo de tratamiento de la basura vertida en el relleno y a la construcción del nuevo relleno.

    El ayuntamiento de Benito Juárez deposita la basura a cielo abierto en tres sitios de Cancún y disminuye su actividad de recolección de basura en la ciudad.

    El gobierno del estado interviene ante el H. ayuntamiento de Isla Mujeres logrando la apertura del relleno sanitario (12 de octubre de 2004) y, a través de ello, se logra la contaminación de la construcción en la microcelda.

    La capacidad económica del H. ayuntamiento de Benito Juárez se estimaba muy limitada; no se atendía el mantenimiento de vehículos de recolección de basura; lo que se cobraba por recolección y tratamiento a los habitantes de Cancún no se sabía si se destinaba al servicio ni cuánto es.

    Al terminar el mes de noviembre de 2004, el H. ayuntamiento de Benito Juárez manifiesta que el nuevo sitio seleccionado no deberá utilizarse, ya que la población que habita en las cercanías del mismo está inconforme ante la construcción del relleno sanitario en ese lugar (cabe hacer mención de que esta inconformidad se dio porque el propio ayuntamiento depositó basura durante 15 días en ese sitio sin darle ningún tratamiento, generando la presencia de fauna nociva).

    Esta posición, sin duda, ha generado incertidumbre en el H. ayuntamiento de Isla Mujeres, ya que no se ve ninguna acción que lleve a la construcción de un nuevo relleno y sí, por el contrario, está viendo que el actual relleno sanitario se está saturando, aun la microcelda ya construida. Esto, en virtud de no realizar el tratamiento de la basura sino sólo utilizándolo como basurero a cielo abierto.

    El ayuntamiento de Benito Juárez ha iniciado la contratación de una empresa que le está realizando los estudios geofísicos y geotécnicos en un nuevo sitio, así como también el proyecto ejecutivo y el estudio de impacto ambiental que, en el menor de los tiempos, podrá estar disponible en la primera semana de abril de 2005, sin que se tenga el estudio del cambio de uso de suelo de forestal a urbano, lo que deja un problema por resolver ante la Semarnat, ya que es requisito para la utilización del predio.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    AGUA DE LLUVIA

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-3-1120, signado el 14 de diciembre de 2004, por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Antonio Morales de la Peña, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número BOO.00.04.08.-134, suscrito el 9 del actual, por la C. MCC Heidi Storsberg Montes, titular de la Unidad de Comunicación Social de la Comisión Nacional del Agua, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a ese organismo a identificar, conjuntar, validar y transmitir las tecnologías generadas por los centros de investigación y, particularmente, a conformar paquetes tecnológicos que apoyen la capacitación y asesoría técnica sobre captación, tratamiento, almacenamiento y utilización de agua de lluvia.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Comisión Nacional del Agua.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    En relación con el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el día 14 de diciembre de 2004, mediante el cual se exhorta a esta Comisión Nacional del Agua a realizar actividades encaminadas al buen uso del agua en el país, en particular aquellas relacionadas con proyectos, promoción y acciones para captar, tratar, almacenar y utilizar el agua de lluvia, le informo lo siguiente:

    De acuerdo con el ámbito de competencia de esta Comisión Nacional del Agua, se promoverá al interior de los Consejos de Cuenca este tipo de inquietudes, con el fin de que surjan propuestas de acciones, o bien, estudios particulares que puedan ser promovidos a través del Fondo Sectorial de Investigación y Desarrollo sobre el Agua CNA/Conacyt.

    Lo anterior, con la finalidad de contar con los recursos para llevar a cabo tareas de investigación y acciones específicas para la obtención de resultados objetivos en los rubros señalados para el manejo de agua de lluvia.

    Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarte un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 9 de marzo de 2005.--- MCC Heidi Storsberg Montes (rúbrica), titular de la Unidad de Comunicación Social»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    ESTADO DE CAMPECHE

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-4-906 signado el 14 de diciembre de 2004, por los CC. diputados, Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número DG/CA-EL/140/05 suscrito el 14 del actual, por el C. Ing. Jorge Ocejo Moreno, coordinador de Asesores del director general de Petróleos Mexicanos, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales aporta elementos relacionados con el punto de acuerdo en el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a reactivar el Consejo Consultivo del Área de Protección de Flora y Fauna ``Laguna de Términos'', en el estado de Campeche, así como a verificar y, en su caso, rectificar la manifestación de impacto ambiental autorizada para la operación de 13 pozos petroleros en dicha zona.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Pemex.--- Dirección General de Asesores.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    En atención al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2004, relativo a revisar el permiso otorgado a Pemex para explotar la zona de manejo intensivo del área natural protegida Laguna de Términos, en anexo referimos a los comentarios de la Dirección Corporativa de Operaciones y de la Dirección General de Pemex Exploración y Producción.

    Amablemente solicitamos hacer llegar esta información a las instancias interesadas.

    Atentamente.

    México, DF, a 14 de marzo de 2005.--- Ing. Jorge Ocejo Moreno (rúbrica), coordinador de Asesores, Dirección General.»

    Nota informativa de la Dirección Corporativa de Operaciones con relación al punto de acuerdo aprobado el 14 de diciembre de 2004 por la H. Cámara de Diputados sobre el permiso otorgado a Pemex para explotar la zona de manejo intensivo del área natural protegida Laguna de Términos.

    ``La autorización condicionada emitida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental. (DGIRA) de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental de la Semarnat a la Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad regional (MIA-MR) así como el estudio de riesgo (ER) presentado por PEP para el proyecto de referencia, se apega a la establecido en la legislación vigente, incluyendo el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Laguna de Términos, Campeche documento en el que la Comisión basa su alegato.

    En el capítulo de Consideraciones de la autorización emitida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), en su punto 3 relativo a las opiniones que la mencionada Dirección recibió, provenientes de las autoridades vinculadas con la aceptación del proyecto de referencia, se debaten las opiniones expresadas por la Comisión de Áreas Naturales Protegidas, mismas que son coincidentes en algunos puntos con las expresadas en el documento de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

    Las condicionantes establecidas en la autorización contemplan la minimización y/o el resarcimiento o compensación de las afectaciones que durante la obra puedan ser causadas a los ecosistemas.

    La autorización establece que PEP deberá elaborar y ejecutar el programa de seguimiento propuesto en la MIA-MR para evaluar la recuperación de los ecosistemas en los cordones litorales, implementar un programa de seguimiento a la medida de compensación de restauración de 1 ha., de manglar. Asimismo, entregará reportes semestrales de avance de estas medidas, y un informe anual del cumplimiento de las condicionantes establecidas en la autorización, del cual entregará una copia a la Profepa.

    Estos documentos serán respaldados con planos y memoria fotográfica''

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    ARBOLES DE NAVIDAD

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-3-1350 signado el 8 de marzo del año en curso, por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, original del similar número SIEDF/295/2005 suscrito el 11 del actual, por el C. Lic. Carlos Javier Vega Memije, subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales de la Procuraduría General de la República, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, en coordinación con esa Procuraduría, implementen operativos de inspección permanente, a fin de detectar sitios de distribución de árboles de navidad, provenientes de la tala e importación ilegal.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de la Republica.

    Licenciado Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Calle Abraham González Esq. Bucareli, México, Distrito Federal.--- Presente.

    Distinguido señor subsecretario:

    Por instrucciones del licenciado Rafael Macedo de la Concha, procurador general de la República, y en atención al punto de acuerdo aprobado por ese órgano camaral, a través del cual se precisa que: ``Segundo.- Se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para que, en coordinación con la Procuraduría General de la República (PGR), implementen operativos de inspección permanente, a fin de detectar sitios de distribución de árboles de navidad, provenientes de tala ilegal y de importación ilegal'' (sic), me permito comunicar a esa instancia parlamentaria lo siguiente:

    Con base en los artículos 21 y 102 Apartado ``A'' de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adjunto al presente original del oficio SIEDF/295/2005 con el que se da respuesta institucional al citado órgano legislativo, respecto del punto de acuerdo en cita.

    Lo anterior, a efecto de que la Subsecretaría a su digno cargo, como enlace oficial del Gobierno Federal con ese órgano legislativo, haga llegar la respuesta en comento.

    En ese sentido, respetuosamente le solicito se tenga por desahogado el requerimiento formulado a esta institución, por parte de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, y de esa dependencia.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 11 de marzo de 2005.--- Licenciado Carlos Javier Vega Memije (rúbrica), subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de la Republica.

    Diputado Federal Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

    Diputado Marcos Morales Torres, Secretario de la Mesa Directiva de laLIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

    Distinguidos legisladores:

    Por instrucciones del licenciado Rafael Macedo de la Concha, procurador general de la República, y en atención al punto de acuerdo aprobado por ese órgano camaral, a través del cual se precisa que: ``Segundo.- Se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para que, en coordinación con la Procuraduría General de la República (PGR), implementen operativos de inspección permanente, a fin de detectar sitios de distribución de árboles de navidad, provenientes de tala ilegal y de importación ilegal'' (sic), me permito comunicar a esa instancia parlamentaria lo siguiente:

    Que con motivo de los hechos referidos en el punto de acuerdo que se atiende, esta Procuraduría, de conformidad con los artículos 21 y 102 Apartado ``A'' de la Constitución General de la República, he instruido al licenciado Elías Gabino Troncoso Calderón, titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, para que, en ejercicio de sus funciones, instrumente de inmediato las acciones interinstitucionales que permitan atender la solicitud planteada por el Poder Legislativo.

    En ese sentido, el citado servidor público, en su carácter de miembro permanente del Grupo Central de Trabajo para la Atención de Delitos contra el Ambiente y Gestión Ambiental, instalado el 27 de octubre del año 2003, con motivo de la firma del Convenio de Colaboración que en dicha materia suscribieron el 28 de septiembre del mismo año, los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y esta Institución, incluyó la problemática relacionada con el punto de acuerdo que se atiende, en la agenda de dicho grupo colegiado, por lo que en breve se podrán realizar las acciones solicitadas por esa soberanía, en el marco del combate a la tala ilegal que llevan a cabo las instituciones partícipes, con énfasis en el comercio de árboles de navidad.

    En ese sentido, también he instruido para que los resultados que se obtengan sobre el particular, sean informados oportunamente a ese órgano parlamentario.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 11 de marzo de 2005.--- Licenciado Carlos Javier Vega Memije (rúbrica), subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    ESTADO DE VERACUZ

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-5-1183 signado el 14 de diciembre de 2004, por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 090/2005, suscrito el 7 del mes en curso por el C. Capitán de Navío CG. DEM. José Luis Sánchez Sánchez, Presidente de la Comisión de Estudios Especiales de la Secretaría de Marina, mediante el cual da respuesta al apartado segundo del punto de acuerdo en el que se exhorta a esa dependencia a realizar, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, un programa de ``Erradicación Definitiva'' de la fauna no nativa de las islas que comprenden el Archipiélago de Revillagigedo, a fin de salvaguardar la integridad de los ecosistemas terrestres altamente vulnerables a las actividades de dicha fauna nociva, así como a dar capacitación permanente a los marinos y pobladores que ingresen a la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 17 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Marina.

    Al C. licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Ciudad.

    Estimado licenciado:

    Por instrucciones del C. Almirante Secretario de Marina, esta Presidencia de la Comisión de Estudios Especiales a mi cargo con relación a su oficio número SEL/300/5370/04 de fecha 22 de diciembre de 2004, mediante el cual comunica el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, en cuyo punto segundo establece:

    El exhorto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Secretaría de Marina para que de manera conjunta inicien un programa de ``Erradicación Definitiva'' de la fauna no nativa de las islas que comprenden el Archipiélago de Revillagigedo en un término no mayor a un año. A la vez de dar capacitación permanente a los marinos y pobladores que ingresen a la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo para que realicen sus actividades con el menor impacto ambiental sobre los ecosistemas terrestres y marinos de dichas islas. Igualmente que ambas dependencias realicen evaluaciones periódicas del estado en el que se encuentran las poblaciones de especies de flora y fauna sujetas a protección por las leyes mexicanas y de la restauración de su hábitat dentro de la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo''.

    Sobre el particular hago de su conocimiento lo siguiente:

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ``Semarnat'' elaborar el programa de manejo del área natural protegida (Archipiélago de Revillagigedo), así como la forma en que se organizará la operación. También, con fundamento en lo establecido por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 32 bis, fracciones I, VII, XIV y XVII, es competencia de la ``Semarnat'' entre otras, atender la problemática para evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, y sobre los programas para la prevención de accidentes, con incidencia ecológica.

    Asimismo y con base en el artículo 16, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, una vez publicado el programa de manejo para la erradicación de la fauna no nativa, esta dependencia en coadyuvancia con la ``Semarnat'', participará en la implementación de las medidas y programas de preservación y restauración del equilibrio de los ecosistemas del archipiélago y apoyará con personal operativo a la erradicación de la fauna no nativa.

    No omito señalar que uno de los objetivos importantes de la Armada de México, es el coadyuvar en la preservación del medio ambiente a través de las acciones relativas a hacer cumplir las normas jurídicas en materia ambiental en el área de nuestra competencia. Dichas acciones se llevan a cabo con una visión que implica afrontar cabalmente la responsabilidad de disponer los recursos materiales y humanos con que cuenta la institución, empeñando nuestro esfuerzo para legar a las generaciones futuras un país inmerso en un proceso de desarrollo permanente y sustentable. Confirma lo anterior, el hecho de que desde el 7 de mayo del 2002, el Alto Mando de la Armada de México se dirigió a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, para manifestarles que nos declaramos en la mejor disposición de apoyar en la formulación del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo para impedir la captura de especies en las zonas núcleo y de amortiguamiento para el efecto de evitar la depredación ecológica de dicha reserva.

    Ahora, bien, es incuestionable que el tratamiento integral de los problemas ambientales, sólo puede darse dentro de un orden nacional de corresponsabilidad, que contribuya al establecimiento de medidas tendentes a la conservación del entorno ecológico, por ello las disposiciones jurídicas tocantes al ambiente, disponen que las dependencias del Ejecutivo federal en el ámbito de sus atribuciones realicen las actividades para su preservación y aprovechamiento racional.

    Por cuanto hace a la Secretaría de Marina - Armada de México, las atribuciones que le corresponden en la materia, tiene su sustento en lo establecido por la Ley Orgánica de la Armada de México que en su artículo 2°, fracciones X y XI, señala:

    Artículo 2.- Son atribuciones de la Armada de México, las siguientes:

    Fracción X. Realizar actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica, biológica y de los recursos marítimos, actuando por sí o en colaboración con otras instituciones nacionales o extranjeras, o en coordinación con dependencias del Ejecutivo;

    Fracción XI. Intervenir, sin perjuicio de las atribuciones de las dependencias del Ejecutivo, en la prevención y control de la contaminación marítima, así como vigilar y proteger el medio marino dentro del área de su responsabilidad, actuando por sí, o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras''.

    Bajo ese contexto, en la que corresponde a las tareas correspondientes a la Secretaría de Marina - Armada de México, se han identificado diversas medidas y estrategias orientadas a salvaguardar el medio ambiente como son:

    I. En relación al programa de ``Erradicación Definitiva'' de la fauna no nativa de las islas que comprenden el Archipiélago de Revillagigedo, se han realizado las siguientes acciones:A.- Se apoyó a la Semarnat en la elaboración del citado programa, el cual actualmente se encuentra en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Economía para las observaciones correspondientes.

    B.- Actualmente y contando con el apoyo brindado por esta H. Institución, se promovió y concretó la instalación de un aviario para el proyecto ``Paloma de Socorro.'' (Zenaida graysoni). Este proyecto constituye un primer intento relevante a nivel mundial para reintroducir a su hábitat a una especie extinta en su estado silvestre. En este proyecto internacional participan individuos e instituciones gubernamentales y no gubernamentales de 7 países (México, Estados Unidos, Alemania, Inglaterra, Bélgica, los Países Bajos y España). Con respecto a este punto la Secretaría de Marina ha recibido reconocimientos por las medidas tomadas como son: Evitar la introducción de especies ajenas a estos ecosistemas.

    II. Respecto a la capacitación permanente a los marinos y pobladores que ingresan a la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo para realizar sus actividades con el menor impacto ambiental sobre los ecosistemas terrestres y marinos de dichas islas, se han elaborado trípticos donde de manera sencilla y explicativa se induce a que el personal naval destacado en SUBNAVSOC, durante su estancia en mencionado sitio conozca y se le fomente una conciencia ecológica del entorno que lo rodea, para que sus actividades se den en completo respeto al marco legal existente y en armonía con los ecosistemas insulares.

    III. Con relación a la realización de evaluaciones periódicas del estado en el que se encuentran las poblaciones de especies de flora y fauna sujetas a protección por las leyes mexicanas y de la restauración de su hábitat dentro de la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo, se han realizado las siguientes acciones:

    A. A través del Instituto Oceanográfico del Pacífico, con sede en Manzanillo, Col., se han realizado varias incursiones de investigación tanto de moluscos como de peces dando a conocer la biota marina (principalmente las especies con status de protección ecológica) a través de publicaciones.

    B. Se ha brindado apoyo logístico a múltiples instituciones de investigación, dependencia del Gobierno y asociaciones ecologistas, a fin de garantizar la conservación de esta importante reserva natural mexicana, por ejemplo:

    --- Grupo Ecología y Conservación de Islas A.C. (GECI)

    --- Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    --- Organización Sea Watch.

    --- Instituto de Endémicos Insulares de Saint Louis Missouri. U.S.A.

    --- Instituto de Island Endemics

    --- Universidad Nacional Autónoma de México

    --- Studio 107 Ushuaia Nature. (Francia)

    --- American Bird Conservancy.

    C. Asimismo, ha participado con la Universidad de Tecomán, Col., en el estudio para erradicar a la langosta voladora, investigación que se ha visto interrumpida por cuestiones presupuestarias y que lamentablemente esta H. Institución no ha podido continuar o realizar investigaciones por sí sola sobre esta plaga, en virtud de que se carece de personal de entomólogos, así como de instalaciones apropiadas para realizar bioensayos, entre otras insumos, por lo que sería conveniente que otras instancias realicen lo concerniente.

    Como se puede observar la Secretaría de Marina - Armada de México ha implementado diversas líneas de acción encaminadas a combatir de manera integral el problema de la fauna no nativa, así como de preservar la fauna nativa y reintroducir a su hábitat a una especie extinta en su estado silvestre, asimismo para reforzar estas líneas de acción se han implementado programas de concientización al personal en materia ecológica y preservación del medio ambiente. Independientemente de lo anterior el secretario de Marina ha girado instrucciones a nivel institucional a fin de que se establezcan las coordinaciones necesarias con las dependencias de la Administración Pública Federal relacionadas con el medio ambiente así como con diversas organizaciones, instituciones educativas, para invitarlos a participar en la preservación del medio ambiente en la Reserva de la Biosfera del Archipiélago de Revillagigedo.

    Por lo expuesto, le solicito atentamente se haga del conocimiento de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión el contenido del presente escrito, en la inteligencia de que la Secretaría de Marina - Armada de México continuará prestando los apoyos logísticos de transporte marítimo, terrestre, vigilancia, protección y desarrollo de investigaciones a las dependencias e instituciones y organizaciones involucradas en la preservación del medio ambiente en la reserva de la biosfera del Archipiélago de Revillagigedo.

    Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo y reiterarle mi distinguida consideración.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 7 de marzo de 2005.--- Capitán de Navío CG. DEM José Luis Sánchez Sánchez (S-6605095) (rúbrica), presidente de la Comisión de Estudios Especiales.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-5-1183, signado el 14 de diciembre de 2004 por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número FOO.- 101, suscrito el 15 del actual por el doctor Ernesto Enkerlin Hoeflich, Presidente de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo al borrador final del Programa de Manejo del Área Natural Protegida Archipiélago Revillagigedo.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Estimado Lic. Aguilar:

    Hago referencia a su similar oficio número SEU300/- 5369/04, fechado en México, DF, el 22 de diciembre de 2004, mediante el cual hace del conocimiento de esta Secretaría: ``Primero. La Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Economía para que envíe a la brevedad a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas las observaciones correspondientes al borrador final del Programa de Manejo del Área Natural Protegida Archipiélago Revillagigedo, para que ésta realice lo correspondiente para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de manera que entre en vigor y puedan ejercerse las medidas contenidas en dicho programa. Segundo. Asimismo, se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Secretaría de Marina para que, de manera conjunta, inicien un programa de erradicación definitiva de la fauna no nativa de las islas que comprenden el archipiélago de Revillagigedo en un término no mayor de un año a fin, de salvaguardar la integridad de los ecosistemas terrestres altamente vulnerables a las actividades de dicha fauna nociva. A la vez de dar capacitación permanente a los marinos y pobladores que ingresen en la reserva de la biosfera Archipiélago de Revillagigedo para que realicen sus actividades con el menor impacto ambiental sobre los ecosistemas terrestres y marinos de dichas islas. Igualmente, se exhorta a ambas dependencias para que realicen evaluaciones periódicas del estado en que se encuentran las poblaciones de especies de flora y fauna sujetas a protección por las leyes mexicanas y de la restauración de su hábitat en la reserva de la biosfera Archipiélago de Revillagigedo''.

    Por este medio me permito hacer de su conocimiento que, como lo menciona el licenciado Carlos García Fernández, titular de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria en su oficio COFEME/05/0204, del 19 de enero de 2005, la Cofemer emitió dictamen final a la manifestación de impacto regulatorio del anteproyecto Programa de Conservación y Manejo de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo comunicando que ``la Semarnat puede proceder con las formalidades para publicar en el Diario Oficial de la Federación el anteproyecto que nos ocupa de acuerdo con lo señalado en el segundo párrafo del artículo 69-L de la LFPA. Lo anterior, toda vez que dicha dependencia solicitó el dictamen final de conformidad con el artículo 69-J, tercer párrafo, de la referida ley''.

    Sin embargo, en el documento mencionado, la Cofemer señala que la Semarnat viola el principio de legalidad y el Estado de derecho, al tomar una decisión individual sin respaldo en una disposición general anteriormente dictada debido a que, como esa Comisión Federal establece, ``entre las facultades del titular de la Semarnat previstas en la normatividad aplicable a la materia que nos ocupa, no se encontraron las atribuciones para establecer la subzonificación mediante programa de manejo de un ANP''.

    El decreto de la reserva de la biosfera Archipiélago de Revillagigedo, publicado el 6 de junio de 1994 en el Diario Oficial de la Federación, no contiene una subzonificación expresa. No obstante, derivado del diagnóstico del área y de las consultas públicas y reuniones con los diferentes sectores involucrados en el proceso, se determinó la necesidad de subzonificar la mencionada reserva de la biosfera, atendiendo al principio previsto en el artículo 47 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Esta Comisión Nacional se encuentra en la imposibilidad de publicar actualmente el Programa de Conservación y Manejo de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo, ya que incluye la definición de dos subzonas de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en la zona de amortiguamiento, que no fueron consideradas en el decreto de creación del ANP.

    Sin embargo, como es de su conocimiento, con fecha 23 de febrero de 2005 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones y adiciones a la LGEEPA que permiten establecer la subzonificación en el programa de conservación y manejo, así que esta Comisión Nacional podrá publicar el mencionado documento en cuanto éstas entren en vigor.

    Por otra parte, me permito comentar que la Dirección de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo tiene considerado realizar las siguientes acciones durante el presente año: el inicio del diagnóstico de la situación ecológica actual de las islas, así como el proceso de restauración de sitios afectados, particularmente en isla Socorro.

    Para lograr estas acciones se han iniciado acercamientos con investigadores del Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste y se está en proceso de formalizar un convenio de colaboración. Asimismo, se elabora un programa de monitoreo junto con la Universidad de Guadalajara.

    Se tiene considerado también realizar el diagnóstico de la situación de las poblaciones de especies exóticas en las diversas islas que componen la reserva, incluyendo además la colaboración de la Secretaría de Marina, con la que ya se tiene una larga trayectoria de trabajo.

    No omito mencionar que la erradicación de especies exóticas es un proceso de muy largo plazo y requiere tiempo, recursos económicos cuantiosos y técnicas específicas, por lo que si bien contamos con el apoyo de la Secretaría de Marina, también requerimos la intervención de otras instancias especializadas. Por esto, la Conanp está organizando alianzas estratégicas con ONG de amplia trayectoria en la erradicación de especies exóticas y con el Instituto Nacional de Ecología.

    Sin más por el momento, me pongo a sus órdenes y le envío un cordial saludo.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Ciudad de México, a 15 de marzo de 2005.--- Ernesto Enkerlin Hoeflich (rúbrica), presidente de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    CIUDADES MEXICANAS DEL PATRIMONIO MUNDIAL

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-70, signado el 6 de noviembre de 2003 por los CC. secretarios de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número DGJ / 0628 / 05, suscrito el 17 del actual por la licenciada Norma Rojas Delgadillo, directora general jurídica del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal para que, con el concurso de las autoridades locales, instrumente políticas para la restauración, conservación, protección y desarrollo de las ciudades mexicanas inscritas en la lista del patrimonio mundial de la UNESCO.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 31 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Conaculta.

    Lic. María Virginia Valdés Delgado, directora general Adjunta de Proceso Legislativo de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Por medio del presente, adjunto copia simple del oficio DG/054/2005, de fecha 15 de marzo del presente año, por medio del cual el director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura dio contestación a los tres puntos de acuerdo enviados por su Dirección General, los cuales se mencionan a continuación:

    300. Primero. El Senado de la República, con estricto apego al principio de división de poderes, solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal que intensifique las acciones y la implementación de programas con el propósito de mejorar la preservación y protección del patrimonio cultural de nuestro país, en especial a concretar las declaratorias de protección a zonas de monumentos históricos y arqueológicos que se encuentran en una etapa de análisis, buscando en todo momento que la defensa del patrimonio cultural ocupa un sitio fundamental en las políticas públicas, dispensable para el desarrollo social y cultural de nuestro país.

    Segundo. El Senado de la República solicita respetuosamente a las autoridades del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, y del Instituto Nacional de Bellas Artes que realicen una investigación para determinar si hubo o no negligencia de las autoridades estatales o federales por no realizar las medidas preventivas que evitaran el desplome de la obra, así como al ejecutar las labores de remoción de los restos del mural de don Federico Cantú, haciendo del conocimiento de la Comisión de Educación y Cultura del Senado y de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados, así como del público en general, los resultados de esta investigación y, en caso de haber responsables, que se les sancione por su eventual negligencia.

    Tercero. El Senado del la República propone el establecimiento de una comisión integrada por funcionarios del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, del Instituto Nacional de Bellas Artes, de las autoridades del gobierno estatal y del ayuntamiento de Iturbide, así como de legisladores y representantes de la comunidad artística de Nuevo León, para realizar un programa de rehabilitación de la obra destruida, de resarcimiento de daños al municipio de Iturbide y de reconocimiento al legado cultural de don Federico Cantú en Nuevo León y en México.

    468. Primero. La Comisión del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al C. Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada; al secretario de Educación Pública, doctor Reyes Tamez Guerra; y a la Presidenta del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, señora Sara Bermúdez, a intervenir decididamente en defensa de la posesión de las 38 obras de Remedios Varo, hasta ahora parte del patrimonio de la nación; y a que, de haber existido dolo o negligencia en los representantes del Estado en el litigio de los herederos de Remedios Varo contra el INBA, se sancione a quien corresponda.

    Segundo. En el marco de la división de poderes, se exhorta respetuosamente al Poder Judicial a revisar el proceso de juicio testamentario de la obra de Remedios Varo.

    78. Primero. Que las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Educación y Servicios Educativos, Cultural y Turismo, en el momento de analizar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el próximo ejercicio fiscal y con base en el análisis de la situación por la que atraviesan las ciudades mexicanas declaradas patrimonio mundial, determinen una partida específica para su rescate y conservación que, dado el deterioro en que se encuentran, no deberá ser inferior a 100 millones de pesos, creándose un fondo nacional para las ciudades mexicanas patrimonio mundial, donde se integre la totalidad de los recursos disponibles, y un fideicomiso que lo administre en forma ordenada, colegiada y transparente.

    Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo federal para que, con el concurso de las autoridades locales, instrumente políticas para la restauración, conservación, protección y desarrollo de las ciudades mexicanas inscritas en la lista del patrimonio mundial de la UNESCO.

    Lo anterior, con el propósito de que se tengan por desahogados los asuntos antes señalados con sus efectos legales y administrativos a que haya lugar.

    Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 17 de marzo de 2005.--- Lic. Norma Rojas Delgadillo (rúbrica), directora general jurídica.»

    «Conaculta.--- INBA--- Dirección General.

    Lic. Norma Rojas, directora general jurídica de Conaculta.--- Presente.

    En respuesta al oficio número DGJ/0473/05, referente a los tres puntos de acuerdo enviados por la Dirección General Adjunta del Proceso Legislativo de la Secretaría de Gobernación, me permito comentarle lo siguiente:

    300. Primero. Aun y cuando este punto no se refiere a las declaratorias de monumento artístico, le informo que el INBA realiza una labor constante en materia de preservación del patrimonio cultural de México. En particular, continuamente el Instituto remite a las instancias correspondientes los expedientes con las propuestas de inmuebles susceptibles a ser declarados monumento artístico.

    Segundo. El altorrelieve Los altares, obra de Federico Cantú, se encontraba esculpida en piedra, en un talud de la carretera federal que corre de Linares a San Roberto, en el municipio de Iturbide, estado de Nuevo León, data de 1961 y tenía una superficie de 650 metros cuadrados aproximadamente.

    El talud donde se esculpió dicha escultura se ubica en el perímetro de la zona federal de la carretera indicada, por lo que su mantenimiento estaba a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    La investigación, en la que participaron especialistas del INBA, se llevó a cabo inmediatamente después del derrumbe provocado por una intensa temporada de lluvias que dejó varios deslaves en la zona cercana a la carretera Linares-Monterrey. Un geólogo de la Universidad Autónoma de Nuevo León dictaminó que el accidente fue por causas naturales, muy comunes en la sierra Madre Oriental. Por ello no consideramos que haya existido negligencia ni falta de mantenimiento sino, simplemente, se trató de un fenómeno natural que provocó un desgaje de 2 mil 500 toneladas de un cerro en donde se encontraba la obra de Cantú.

    El INBA presentó en tiempo y forma a las autoridades correspondientes una propuesta para rescatar la mayor cantidad posible de fragmentos y exhibirlos en un espacio aledaño a la zona en donde se encontraba originalmente el altorrelieve.

    Tercero. Este instituto no tiene ningún inconveniente en participar con personal capacitado en conservación y restauración dentro de una comisión para realizar la rehabilitación de la obra destruida.

    468. Primero. Relacionado con el juicio sucesorio intestamentario a bienes de Remedios Varo Uranga, se hace la aclaración de que hasta la fecha las obras pictóricas de la autoría de Remedios Varo no forman la masa hereditaria, por lo que el INBA continúa en posesión y propiedad de las mismas, siendo bienes del dominio público, regidos por la Ley General de Bienes Nacionales.

    A efecto de explicar de manera general el caso, ofrezco la siguiente cronología:

    26 de diciembre de 2001

    Se publica en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de monumento artístico de 38 obras de la autoría de Remedios Varo.

    27 de febrero de 2002

    Walter Gruen y Anna Alexandra Varsoviano de Gruen donan al INBA 38 obras de su propiedad y de la autoría de Remedios Varo. Esta donación se formaliza ante notario.

    27 de febrero de 2002

    La beneficencia pública cede al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura los derechos hereditarios de la sucesión de Remedios Varo. A partir de este momento, los representantes legales del INBA intervienen en el juicio.

    13 de enero de 2003

    El juzgado tuvo por aceptado y protestado el cargo de albacea en favor del licenciado Javier Oropeza y Segura, director de Asuntos Jurídicos del INBA.

    28 de enero de 2003

    El juez 13º de lo Familiar aprobó la sección segunda del juicio sucesorio intestamentario, integrado únicamente con los derechos morales de autor.

    12 de febrero de 2003

    Se aprueba la sección tercera, relativa a la administración y rendición de cuentas, en donde se asienta: ``En cuanto a la administración de los derechos morales, hasta el momento no se ha producido erogación o generado ingresos por el manejo de los mismos''.

    14 de enero de 2004

    Se emite sentencia por parte de las integrantes de la Tercera Sala Familiar, en donde se establece lo siguiente:

    ``Tercero. Se condena al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a rendir cuenta general de su albaceazgo dentro del plazo de cinco días, contados a partir de que quede firme la presente resolución.

    ``Cuarto. Se condena al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, por conducto de su representante legítimo, a entregar a la parte actora la posesión de todos los bienes y derechos que integren la masa hereditaria de la sucesión de Remedios Varo Uranga que tenga en su poder. Para los efectos de este punto resolutivo, la entrega y rendición de cuentas deberán efectuarse conjuntamente con la exhibición del inventario del acervo de la obra pictórica de Remedios Varo Uranga, tanto de lo que fue materia de donación como de comodato o cualquier acto de disposición de obras pertenecientes a la sucesión de la de cujus y que posea o hubiese poseído sin justo título...''

    3 de noviembre de 2004

    Se interpone ante el juzgado conocedor un incidente de cumplimiento de sentencia, a fin de dar el debido cumplimiento a la resolución emitida por la Sala Familiar, el cual se encuentra pendiente de resolución.

    De esta manera, no ha existido dolo o negligencia en dicho litigio por parte de los representantes legales del INBA.

    Segundo. Este punto es competencia única del Poder Judicial de la Federación.

    468. Primero. Este punto es competencia única de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Educación y Servicios Educativos, de Cultura, y de Turismo. Sin embargo, consideramos pertinente formar un catálogo de necesidades que incluya una propuesta financiera que sea sometida a las Comisiones mencionadas, a fin de establecer prioridades.

    Segundo. El INBA continuará colaborando con las autoridades locales en la protección, conservación y restauración del patrimonio artístico inmueble que se encuentra en las ciudades mexicanas inscritas en la lista del patrimonio mundial de la UNESCO.

    Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de marzo de 2005.--- Saúl Juárez Vega (rúbrica), director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    PETROLEOS MEXICANOS

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-1758, signado el 14 de marzo del año en curso por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Graciela Larios Rivas, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número DG/CA-EL/153/05, suscrito el 28 del actual por el C. ingeniero Jorge Ocejo Moreno, coordinador de asesores del Director General de Petróleos Mexicanos, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales da respuesta, al punto de acuerdo por el que se solicita al titular de ese organismo que remita copia certificada de los denominados Contratos-Alianza.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 30 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Pemex.--- Dirección General.--- Coordinación de Asesores.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    En atención al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados: ``Único: Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicite formalmente al director general del organismo público Petróleos Mexicanos, a efecto de que, a la brevedad, remita copia certificada de los denominados Contratos-Alianza, que han sido revisados tanto por el área jurídica como por el Órgano Interno de Control de ese organismo, y, en su caso, copia de los anexos que los acompañan, incluyendo los dictámenes u opiniones emitidos que justifiquen su aprobación'', en anexo referimos los comentarios de la Dirección General de Pemex Exploración y Producción.

    Amablemente solicitamos hacer llegar esta información a las instancias interesadas.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Ing. Jorge Ocejo Moreno (rúbrica), director general de la Coordinación de Asesores.»

    Nota informativa de la Dirección General de Pemex Exploración y Producción con relación a la información solicitada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

    ``Con relación al esquema de contrato de obras y servicios denominados Contratos-Alianza, a la fecha no se tienen documentos relacionados con esta modalidad.

    Cabe mencionar que el concepto a que se hace referencia como Contratos-Alianza, es un concepto enteramente académico, presentado en un foro académico. Asimismo, los comentarios vertidos por la persona que presentó esta propuesta en el sentido de que ``han sido revisados por el área jurídica y el Órgano Interno de Control del organismo, no cumple con el procedimiento de autorización de este tipo de instrumentos contractuales, los cuales deben ser aprobados por las áreas competentes a nivel central. Como tal, la información difundida no es información oficial ni está respaldada por autorizaciones que permitan asegurar su validez legal y su conveniencia comercial.''

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    ESTADO DE VERACRUZ

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-1529 signado el 10 de febrero próximo pasado, por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Graciela Larios Rivas, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número BOO.00.04.08.-140, suscrito el 9 del actual por la C. M.C.C. Heidi Storsberg Montes, titular de la Unidad de Comunicación Social de la Comisión Nacional del Agua, así como de los anexos que en el mismo se citan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa Comisión a que presente el Plan de Manejo de la gestión integral de los recursos hídricos de la Cuenca del Río Coatzacoalcos, estado de Veracruz.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Comisión Nacional del Agua.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Hago referencia al punto de acuerdo presentado por el C. diputado Gonzalo Guizar Valladares y aprobado por el H. Congreso de la Unión el día 10 de febrero del año en curso, relacionado con la exhortación a la Semarnat para que declare como Zona de Restauración Ecológica a la Cuenca del Río Coatzacoalcos y a la CNA a que presente el Plan de Manejo de la gestión integral de los recursos hídricos de dicha cuenca, en el estado de Veracruz.

    Al respecto me permito anexar al presente, oficio número BOO.00.R10.07.3.-132 de fecha 8 de marzo de 2005, mediante el cual la Gerencia Regional Golfo Centro de esta Comisión informa de las acciones de saneamiento de la cuenca del río Coatzacoalcos que se realizan dentro del Programa Hidráulico 2001-2006 y en el Consejo de Cuenca del Río Coatzacoalcos; asimismo, en relación con las principales fuentes contaminantes que se localizan en la parte media y baja de la cuenca, describe los avances en las acciones de vigilancia para el cumplimiento de la Norma Oficial NOM-001-SEMARNAT-1996 y Condiciones Particulares de Descargas de Aguas Residuales.

    En espera de que la información le sea de utilidad, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 9 de marzo de 2005.--- M.C.C. Heidi Storsberg Montes (rúbrica), titular de la Unidad de Comunicación Social.»

    «Comisión Nacional del Agua.

    C. Lic. Heidi Storsberg Montes, gerente de la Unidad de Comunicación Social.--- Presente.

    Con relación al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la CNA a declarar la Cuenca del Río Coatzacoalcos, Veracruz, zona de restauración ecológica, a cargo del diputado Gonzalo Guizar Valladares del grupo parlamentario del PRI y específicamente al punto de acuerdo segundo, que a la letra dice: ``Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a que con fundamento legal en los artículos 7 y 7 Bis de la Ley de Aguas Nacionales, presente, a la brevedad posible, el Plan de Manejo de la gestión integral de los recursos hídricos de la cuenca del río Coatzacoalcos, estado de Veracruz'', asimismo señala como indispensable sentar las bases para que contingencias como la ocurrida el pasado 22 de diciembre de 2004, no vuelvan a presentarse e iniciar el trabajo de restauración ecológica de mediano plazo y de gestión integral de la cuenca del río Coatzacoalcos con un horizonte a 50 años; al respecto, esta Gerencia Regional pone a su consideración la siguiente propuesta de respuesta:

    Al margen de las acciones para la remediación del impacto causado por el derrame de hidrocarburos ocurrido el pasado 22 de diciembre, que se establecerán con base en los resultados de la caracterización integral que actualmente se realiza en la zona afectada, previa autorización de la Semarnat, y cuyo seguimiento deberá ser interinstitucional de acuerdo a las atribuciones conferidas a cada dependencia; comunico a usted que las bases para que este tipo de contingencia no vuelvan a presentarse deberán ser planteadas por la paraestatal Petróleos Mexicanos a partir de un análisis integral de las condiciones de su infraestructura y análisis de riesgos en su operación.

    En cuanto al Plan de Manejo de la gestión integral de los recursos hídricos de la cuenca del río Coatzacoalcos, es importante señalar que para el caso específico del recurso hídrico el término más apropiado es ``Programa Hidráulico'' y para este caso particular se elaboraría un ``Programa de Saneamiento de la Cuenca del río Coatzacoalcos''.

    De acuerdo a lo anterior y teniendo como antecedente el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 (PND), el cual constituye el instrumento base de la planeación del Ejecutivo federal y presenta los principios, objetivos y estrategias que orientarán las acciones en los próximos años, donde lo correspondiente al sector hidráulico deriva en el Programa Nacional Hidráulico 2001-2006, el cual detalla el proceso de planeación partiendo de la percepción local para integrarla a nivel nacional y con una amplia participación de usuarios, autoridades locales, organizaciones no gubernamentales y ciudadanos en general a través de diversos órganos de consulta, principalmente los Consejos de Cuenca, esta Gerencia Regional ha llevado a cabo una serie de acciones basadas en la participación organizada de los usuarios del agua y de diversos grupos de la sociedad en las tareas de gestión integral del recurso hídrico a nivel de las principales cuencas hidrológicas del país, mediante el establecimiento de Consejos, Comisiones y Comités de Cuenca y Acuífero, con base en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, donde en coordinación con representantes de los tres niveles de gobierno, son consensados objetivos, metas, estrategias, políticas, programas y proyectos para mejorar la administración de las aguas nacionales, el desarrollo de la infraestructura hidráulica y la preservación de las cuencas.

    En este contexto de responsabilidades compartidas, el 12 de junio de 2000 se instaló el Consejo de Cuenca del Río Coatzacoalcos, así como el Grupo de Seguimiento y Evaluación (GSE), y el 21 de febrero de 2001 en la quinta reunión del GSE se constituyó el Grupo Especializado de Saneamiento, como un grupo de trabajo por iniciativa de los interesados --sociedad, usuarios del agua y gobierno--, donde se suman voluntades y recursos para atender la problemática específica del agua en la región.

    El Consejo de la Cuenca del Río Coatzacoalcos, acordó formular y ejecutar un programa de saneamiento: en dicho programa se incluyen acciones de diversos tipos; se aprobó la elaboración y publicación de un documento de divulgación y otro denominado básico. El primero con el propósito de informar de manera precisa y clara la situación de la calidad del agua del río Coatzacoalcos y con ello evitar la tergiversación y alteración de la información en la cuenca. El otro documento, el básico, servirá para que los integrantes del Comité y sus asesores técnicos cuenten con la información de mayor detalle para la toma de decisiones y el seguimiento y evaluación de acciones por realizar.

    Dentro de las acciones realizadas y por realizar para el saneamiento de la cuenca del río Coatzacoalcos dentro del sector hídrico y que formarán parte del Programa de Saneamiento de la Cuenca, se tienen las siguientes:

  • Se integró el documento básico de la clasificación del río Coatzacoalcos. Presenta en forma precisa la situación actual de la cuenca en cuanto a la calidad del agua, antecedentes, marco de referencia (climatología e hidrología), indicadores de la cuenca, disponibilidad y usos del agua, municipios de la cuenca, descargas y cargas orgánicas de aguas residuales, tratamiento de aguas residuales, normatividad en materia de aguas residuales, Red Nacional de Monitoreo - estaciones y resultados. Clasificación de la Cuenca del Río Coatzacoalcos y actividades del comité de cuenca.

  • En el año 2004 se realizó la actualización del Estudio de Clasificación del Río Coatzacoalcos y elaboración de la propuesta de Declaratoria de Clasificación. El estudio consideró la medición y análisis detallado de la calidad del agua de la cuenca, utilizando modelos matemáticos de calidad del agua con el fin de predecir el comportamiento de los contaminantes a través de su recorrido por el cauce, bajo diferentes escenarios presentes y futuros. Los resultados del estudio permitieron fijar las metas de calidad.

  • El 5 de octubre de 2004 se presentaron los resultados del Estudio de Clasificación del Río Coatzacoalcos y propuestas de la Declaratoria de Clasificación, ante el Grupo de Seguimiento y Evaluación del Consejo de Cuenca del Río Coatzacoalcos.

  • El 5 de octubre de 2004, los usuarios del Sector Agrícola, Agroindustrial, Público Urbano, Servicios Pecuarios e Industria Petroquímica de la cuenca del río Coatzacoalcos, aprobaron la propuesta de Declaratoria de Clasificación del Río Coatzacoalcos y el día 7 de diciembre de 2004 fue aprobada por el sector industrial de la misma cuenca.

  • Actualmente se realizan las gestiones para la publicación de la Declaratoria de Clasificación del Río Coatzacoalcos en el Diario Oficial de la Federación.

  • En el presente año 2005, se formulará el Programa de Saneamiento Integral definitivo de la cuenca del Río Coatzacoalcos, donde se integrarán el resto de las acciones relacionadas con el recurso hídrico.

  • Una vez publicada la Declaratoria de Clasificación del Río Coatzacoalcos en el Diario Oficial de la Federación se procederá a actualizar las Condiciones Particulares de las descargas de aguas residuales de todos los usuarios de la cuenca, conforme las metas de calidad y fechas de cumplimiento establecidas en la Declaratoria.

  • Regularización de usuarios localizados en el área de influencia del río.

  • Monitoreo sistemático y permanente de la calidad del agua de las corrientes.

  • Orientación a los usuarios sobre las acciones para mejorar la calidad de sus descargas.

  • Desarrollo de estudios, proyectos ejecutivos, construcción y operación del sistema de tratamiento municipales.

  • Ampliar la cobertura de los sistemas de alcantarillado, promoviendo como obligatorio el diseño y construcción de sistemas de tratamiento de aguas residuales respectivos.

  • Promover, diseñar e instrumentar un solo programa de saneamiento rural a base de letrinas o fosas sépticas.

  • Realizar campañas permanentes de limpieza y saneamiento básico en las zonas marginales del río y sus afluentes.

  • Realizar campañas de uso eficiente y cuidado del agua.

  • Los avances en las acciones de vigilancia del cumplimiento de la Norma Oficial NOM-001-SEMARNAT-1996 y Condiciones Particulares de Descarga, son los siguientes:

    Las principales fuentes contaminantes se localizan en la parte media y baja de la cuenca representadas por la industria química, petroquímica, refinación del petróleo y ciudades de Coatzacoalcos y Minatitlán, entre otras: sin embargo y derivado de la publicación de la Norma Oficial NOM-001-SEMARNAT-1996, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas residuales y fechas de cumplimiento, la situación prevaleciente en la actualidad es la siguiente:

    Industria química

    De las ocho industrias químicas más importantes de la cuenca del río Coatzacoalcos, actualmente 4 cuentan con sistemas de tratamiento de aguas residuales y cumplen con la NOM-001-SEMARNAT-1996, 2 concluyeron sus programas de acciones y están pendientes de verificación, 1 cumple con los avances programados en la construcción de su sistema de tratamiento de aguas residuales y una fue clausurada por incumplimiento en el mes de septiembre de 2003, sin embargo actualmente y de acuerdo a sus reportes de calidad de sus aguas residuales, cumple con la Norma Oficial; independientemente de que continúa realizando acciones para mejorar sus procesos para el control de la calidad de sus aguas residuales.

    Industria petroquímica

    En la cuenca del río Coatzacoalcos se localizan cuatro complejos petroquímicos, de los cuales tres se encuentran cumpliendo con la Norma Oficial de referencia y el cuarto recientemente concluyó su programa de acciones y se encuentra pendiente de verificación.

    Industria de refinación del petróleo

    La Refinería Gral. Lázaro Cárdenas del Río, ubicada en la ciudad de Minatitlán, Ver., cuenta con un sistema de tratamiento para tratar 240 l/seg de aguas residuales industriales y 110 l/seg de aguas residuales urbanas provenientes de la ciudad de Minatitlán. En virtud de tratar eficientemente 350 l/seg de aguas residuales, implementó un sistema de recirculación de agua, con lo cual se dejaron de descargar al río Coatzacoalcos 11 millones de m3 anuales de aguas residuales industriales y municipales.

    Descargas de origen público urbano

    En la cuenca del río Coatzacoalcos se localizan dos grandes ciudades que son Coatzacoalcos y Minatitlán, la primera cuenta con una planta de tratamiento para tratar 500 l/seg, sin embargo actualmente trata 170 l/seg de aguas residuales, ya que para ingresar un volumen mayor de aguas residuales es necesaria la construcción de infraestructura como son colectores y estaciones de bombeo. En el caso de Minatitlán, independientemente de los 110 l/seg de aguas residuales que se tratan en la planta de la Refinería Lázaro Cárdenas, actualmente cuentan con un sistema de tratamiento con capacidad para tratar 120 l/seg, con lo cual la cobertura de saneamiento es de aproximadamente el 50%, debido a la falta de integración de la infraestructura, sobre la cual actualmente se trabaja además de tener contemplada la construcción de un segundo módulo con capacidad para tratar 433 l/seg de aguas residuales, proyectado para los años 2003-2006.

    Asimismo, las ciudades de Jaltipan y Nanchital, cuyas poblaciones se encuentran en el rango 50,000 - 20,000 habitantes, se apegaron al decreto presidencial del 21 de diciembre de 2001, para cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996 a partir del mes de enero de 2007; sin embargo, actualmente la ciudad de Nanchital no cumple con lo establecido en su programa de acciones, motivo por el cual se le invitará a adherirse al decreto presidencial publicado el 17 de noviembre de 2004 con la finalidad de que regularice su situación y reprograme sus acciones de saneamiento.

    Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Xalapa, Ver., a 8 de marzo de 2005.--- Ing. Guillermo A. Hernández Viveros (rúbrica), gerente regional Golfo Centro de la Comisión Nacional del Agua.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    ESTADO DE SINALOA

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-1631, signado el 24 de febrero del año en curso por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 112.- 000307, suscrito el 18 del actual por el C. licenciado Felipe Zavala Ponce, coordinador general de Política Sectorial de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales da contestación al punto de acuerdo en el que se exhorta al titular de esa dependencia a implementar un programa emergente para el combate integral de la rata de campo en la superficie de cultivos agrícolas en los Valles del Fuerte y del Carrizo, en el norte del estado de Sinaloa.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    Para: Lic. Felipe Zavala Ponce, coordinador General de Política Sectorial.

    De: Javier Trujillo Arriaga, director en Jefe del Senasica.

    Referencia: Programa emergente para el combate integral contra la rata de campo en Sinaloa.

    Con relación al punto de acuerdo de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados para que se implemente a la brevedad un programa emergente para el combate integral contra la rata de campo en la superficie agrícola del norte de Sinaloa, informo a usted que se estableció un programa emergente a partir del pasado 28 de febrero de 2005, una vez tomados los acuerdos entre las partes involucradas; éste contempla una primera etapa inmediata para los próximos 15 días para la atención de esta contingencia.

    * Aportaciones de los gobiernos federal y estatal de los recursos federalizados de la Alianza para el Campo $1'730,000.00; compañía azucarera Los Mochis, $866,000.00; productores $1'750,000.00. Los módulos de riego apoyarán con la maquinaria para la limpieza de la red hidráulica.

    La campaña contra la rata de campo se ha venido realizando en forma sistemática en toda la entidad a través de las Juntas Locales de Sanidad Vegetal, para lo cual, los productores aportan un promedio de $17.00/hectárea por ciclo agrícola, en promedio anualmente se erogan entre 10 y 12 millones de pesos para controlar este roedor, más las acciones que realizan los propios ingenios en sus áreas de siembra.

    Las áreas de la zona norte en donde se están presentando las infestaciones altas (16.6%) es en los módulos de riego Sevelvampo y Pascola (una superficie aproximada de 20,000 hectáreas), en esta zona existen 900 hectáreas de caña que la compañía azucarera Los Mochis no cosechó por ser cañas con poca producción y muy viejas (sexta, séptima y octava soca), otra de las causas de este problema es la falta de limpieza de la red hidráulica, la presencia de lluvias que no ha permitido un buen efecto de los rodenticidas, así como condiciones de sequía que se presentaron los dos años anteriores.

    Respecto a las pérdidas, la compañía azucarera de Los Mochis, reporta bajos rendimientos en campo en las 16,000 hectáreas establecidas con pérdidas de 100 millones de pesos, provocados por la sequía que se mencionó anteriormente y la rata de campo, adicionalmente se tienen reportados daños parciales en aproximadamente 400 hectáreas de maíz; es importante mencionar que en el diagnóstico de la H. Cámara de Diputados, en donde se señalan pérdidas por 821 millones de pesos, es la pérdida que estimó la Asociación de Agricultores del Río Fuerte Sur, que se pudieran presentar si no se realizan acciones contra esta plaga.

    Es importante señalar que en la zona de San Lorenzo del municipio de Culiacán y en El Rosario, también se están presentando infestaciones altas del roedor.

    Es necesario continuar con las acciones con un programa a mediano plazo con 60-70 días de duración, en las regiones norte, centro y sur del estado para evitar daños en los cultivos de caña, maíz, trigo, sorgo y hortalizas para lo cual se requieren los siguientes recursos:

    Nota: No se dispone de recursos para la segunda etapa del programa por lo que solicitamos su intervención para la consecución de estos.

    En coordinación con el gobierno del estado y el Comité Estatal de Sanidad Vegetal estaremos realizando el monitoreo y seguimiento de las acciones emprendidas y le mantendremos informado.

    Le informo que ya hicimos contacto, por medio de la Fundación Produce Sinaloa, con la doctora Isabel Vázquez, y estará con nosotros la próxima semana para definir la estrategia que seguiremos para bajar la sobrepoblación de ratas y acciones que aplicaremos a futuro.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2005.--- Director en Jefe de Senasica.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-1663, signado el 28 de febrero del año en curso por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número COPLADII/DGPPCI/1513/2005, suscrito el 22 del actual por el C. Eduardo Enrique Gómez García, coordinador de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional de la Procuraduría General de la República, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de esa Procuraduría a que valore cada una de las pruebas presentadas en las denuncias formuladas por Alianza Ciudadana por Baja California Sur y, en su caso, ejercite la acción penal correspondiente contra quienes resulten responsables por la probable comisión de delitos electorales.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 30 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Procuraduría General de la República.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Distinguido Señor Subsecretario:

    Con relación al punto de acuerdo, aprobado en sesión de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión celebrada el 28 de febrero del presente, en el cual se exhorta a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de la Procuraduría General de la República a valorar las denuncias formuladas y las pruebas presentadas por Alianza Ciudadana por Baja California Sur y a ejercitar acción penal contra los responsables por la probable comisión de delitos electorales, me permito informar lo siguiente:

    La Dirección General de Averiguaciones Previas en materia de Delitos Electorales de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de esta institución informó mediante oficio 1904/DGAPMDE/FEPADE/2005, de fecha 15 de marzo de 2005, que la citada coalición presentó por conducto del licenciado José Santiago Leal Amador una denuncia de hechos ante la delegación estatal de Baja California Sur de esta Procuraduría, misma que dio lugar a la averiguación previa AP/PGR/BCS/LP-1-2/015/2005, la cual se remitió por incompetencia a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, integrándose la averiguación previa AP/FEPADE/2005; y, luego de practicarse las diligencias ordenadas por el agente del Ministerio Público de la Federación, se determinó que dicha Fiscalía Especializada debía declararse incompetente en razón de fuero para conocer los hechos denunciados, por lo que una vez notificado el denunciante, se remitirá a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur.

    Asimismo, hace del conocimiento que se recibieron tres denuncias de hechos formuladas por los ciudadanos Esteban Ojeda Ramírez, quien dijo ser coordinador de campaña de Alianza Ciudadana por Baja California Sur, Rafael Duarte Gómez, quien se ostentó como representante de la citada Alianza; y Luis Josefat Gastélum Vázquez, quien manifestó que se dirigía a las oficinas de Alianza Ciudadana cuando acontecieron los hechos denunciados, resaltando que no acreditaron tal personalidad. Finalmente, informó que las denuncias se encuentran en trámite en la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales para que, en su momento, se emita la determinación que conforme a derecho proceda.

    Sin otro particular por el momento y en espera de que la información remitida le sea de utilidad, le reitero mi atenta y distinguida consideración, haciendo propia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 22 de marzo de 2005.--- Eduardo Enrique Gómez García, director general de Políticas Públicas y Coordinación Interinstitucional.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    AGUA DE LLUVIA

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-3-1120, signado el 14 de diciembre de 2004 por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Antonio Morales de la Peña, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 03.01-105/05, suscrito el 15 del actual por el C. ingeniero Eduardo Bours Castelo, gobernador del estado de Sonora, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades federales, estatales y municipales de todo el país, encargadas del sector agua, a promover y desarrollar programas, proyectos y acciones para captar, tratar, almacenar y utilizar el agua de lluvia.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 31 de marzo de 2005.--- Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno del estado de Sonora.

    Lic. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Me refiero a su atento oficio número SEL/300/5405/04, fechado el 21 de diciembre de 2004, mediante el cual envía comunicado del punto de acuerdo de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, relativo al exhorto a autoridades federales, estatales y municipales de todo el país encargadas del sector agua, a promover y desarrollar programas, proyectos y acciones para captar, tratar, almacenar y utilizar agua de lluvia dentro de áreas urbanas y rurales y, en general, en todo el territorio de la nación tanto en áreas privadas como públicas.

    Al respecto, comunico a usted que actualmente la Comisión Estatal del Agua se encuentra haciendo acopio de resultados de investigaciones sobre este tema en México y diversos lugares del mundo como Alemania, África y Brasil, entre otros, con el objeto de analizar la factibilidad de implementar programas de este tipo en nuestro estado.

    Considerando que criterios internacionales sugieren que la cosecha de agua de lluvia es factible financieramente donde la lluvia anual acumulada es mayor de 150 mm/año y dados los altos índices de evaporación y temperaturas predominantes en nuestro estado, creemos que proyectos de este tipo pudieran ser viables, efectivos y de costo razonable en el medio rural serrano, donde pueden implementarse sistemas de captación de agua de lluvia como tubos recolectores en techos y patios de las casas conectados a aljibes y tanques de almacenamiento. Estos sistemas, con las adecuadas prevenciones sanitarias, pudieran suministrar agua segura y barata para uso doméstico y en pequeña escala para siembra de huertos familiares.

    Tenga usted la seguridad de que en fecha próxima pondremos a su consideración nuestras experiencias en este tema.

    Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Hermosillo Sonora, marzo 15 de 2005.--- Eduardo Bours Castelo (rúbrica), gobernador del Estado.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    TRABAJADORES MIGRATORIOS

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó dictamen de la Comisión de Gobernación con el siguiente punto de acuerdo:

    ``Único. Esta Cámara de Senadores se adhiere al punto de acuerdo aprobado por la LIX Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados para exhortar al Ejecutivo federal a efecto de que, por medio de las instancias que correspondan, vigile la estricta aplicación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares.''

    Atentamente.

    México, DF, a 5 de abril de 2004.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Remítase a las Comisiones de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para su conocimiento.
    LEY DE EDUCACION MILITAR DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    Atentamente.

    México, DF, a 5 de abril de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE EDUCACION MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS, EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

    LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

    CAPITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

    ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene por objeto regular la Educación que imparte la Secretaria de la Defensa Nacional, orientada al conocimiento y aplicación de la ciencia y el arte militar, así como otras afines a las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    La aplicación de esta Ley corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional, por conducto de la Dirección General de Educación y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.

    ARTÍCULO 2.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    I.- Ley, Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    II.-Secretaría, la Secretaría de la Defensa Nacional, y

    III.- Dirección y Rectoría, la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.

    ARTICULO 3.- La Secretaría establecerá las directivas relacionadas con la filosofía, políticas educativas, objetivos y líneas de acción para el Sistema Educativo Militar.

    ARTICULO 4.- La Educación Militar tiene como finalidad formar militares para la practica y el ejercicio del mando y la realización de actividades de docencia, difusión de la cultura e investigación para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, inculcándoles el amor a la patria, la lealtad institucional, la honestidad, la conciencia de servicio y superación y la responsabilidad de difundir a las nuevas generaciones los valores y conocimientos recibidos.

    ARTICULO 5.- Los objetivos de la Educación Militar son los siguientes:

    I. Desarrollar armónica e integralmente a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    II. Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis y de reflexión crítica;

    III. Vincular permanentemente la educación y adiestramiento de los militares;

    IV. Promover la conciencia institucional, los valores y la doctrina militar;

    V. Fomentar el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, así como propiciar el conocimiento de los derechos humanos y el respeto de los mismos, y

    VI. Fortalecer el conocimiento enfocado a la preservación de la salud y la protección al medio ambiente.

    ARTICULO 6.- La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea tiene las finalidades siguientes:

    I. Impartir al personal militar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos a nivel de educación medio superior y superior para el cumplimiento de las misiones de las armas y servicios propios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    II. Realizar investigaciones científicas en lo general, relacionadas con el avance de la ciencia y el arte militar;

    III. Formar profesores para las diversas asignaturas que imparten las Instituciones de Educación Militar, y

    IV. Difundir y enriquecer la cultura del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    ARTICULO 7.- La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea depende de la Secretaría, a través de la Dirección General de Educación Militar, misma que ejercerá la función de Rectoría.

    ARTICULO 8.- La Secretaría satisface sus necesidades de recursos humanos profesionales, a través de la Educación Militar, a fin de estar en capacidad de cumplir con las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    ARTICULO 9.- La Dirección y Rectoría dispondrá de los recursos presupuéstales que le sean asignados por conducto de la Secretaría.

    CAPITULO II DEL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR

    ARTICULO 10.- El Sistema Educativo Militar es el conjunto de Instituciones Educativas que imparten conocimientos castrenses de distintos propósitos, tipos y niveles y modalidades, condicionados a una filosofía, doctrina e infraestructura militares propias del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, bajo la conducción de la Dirección y Rectoría.

    ARTICULO 11.- Los objetivos del Sistema Educativo Militar son los siguientes:

    I. Mejorar los niveles de eficiencia Terminal, la calidad educativa y el aprovechamiento académico, optimizando los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros disponibles;

    II. Fortalecer mediante un proceso continuo y permanente el desarrollo profesional del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en un marco de calidad educativa;

    III. Proporcionar a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos los servicios educativos que corresponden a su jerarquía y especialidad;

    IV. Impartir los conocimientos y desarrollar las habilidades necesarias para fortalecer las capacidades de planeo y ejecución de operaciones militar es combinadas y conjuntas;

    V. Desarrollar y fortalecer el conocimiento mediante la práctica de los valores y las virtudes, como parte fundamental de la formación militar;

    VI. Impulsar, organizar y normar las actividades de investigación sobre el arte y ciencia de la guerra, así como aspectos técnicos y científicos de los servicios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

    VII. Elevar el nivel cultural y académico de los recursos humanos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y

    VIII. Proporcionar en forma oportuna y secuencial la formación orientada a la función específica que habrá de cumplir el personal militar.

    ARTICULO 12.- La función del Sistema Educativo Militar es adquirir, transmitir y acrecentar la cultura castrense que contribuya al desarrollo integral del militar profesional para el cumplimiento de los deberes que le impone el servicio de las armas.

    ARTICULO 13.- Para los efectos de Ley, El Sistema Educativo Militar esta constituido por:

    I. Los discentes, docentes y personal de apoyo;

    II. Las Autoridades Educativas Militares;

    III. El Plan General de Educación Militar, y

    IV. Las Instituciones de Educación Militar.

    Los integrantes del Sistema Educativo Militar serán regulados por los reglamentos que en su caso se expidan.

    ARTICULO 14.- Las Instituciones de Educación Militar se clasifican en:

    I. Colegios;

    II. Escuelas;

    III. Centros de Estudios, y

    IV. Unidades-Escuela.

    ARTICULO 15.- Los reglamentos de las Instituciones de Educación Militar, especificarán además la misión, valores, objetivos, organización, funciones, tipos y niveles y, en su caso las modalidades educativas de los cursos que impartan.

    ARTICULO 16.- Los cursos del Sistema Educativo Militar por su propósito se clasifican en:

    I. De Formación;

    II. De Capacitación;

    III. De Aplicación;

    IV. De Perfeccionamiento;

    V. De Actualización, y

    VI. De Especialización.

    CAPITULO III DEL PROCESO EDUCATIVO

    SECCIÓN PRIMERA DE LOS TIPOS Y MODALIDADES DE LA EDUCACIÓN MILITAR

    ARTICULO 17.- El proceso educativo será realizado en los términos de esta Ley, por los Colegios, Escuelas Militares, Centros de Estudios, Unidades-Escuela y Dependencias de la Secretaría que tengan asignada la responsabilidad de impartir cursos considerados en el Plan General de Educación Militar.

    ARTICULO 18.- El Sistema Educativo Militar impartirá educación del tipo superior, medio superior y de capacitación para el trabajo, en los términos que establecen esta Ley y las disposiciones legales respectivas.

    ARTICULO 19.- Los tipos y niveles, así como las modalidades educativas serán indicados en los Planes de Estudio de los respectivos cursos, de conformidad con el Plan General de Educación Militar.

    SECCIÓN SEGUNDA DE LA PLANEACIÓN INSTITUCIONAL

    ARTICULO 20.- La Planeación Institucional será realizada por las Autoridades Educativas Militares de conformidad con los procedimientos que especifique el reglamento respectivo de esta ley.

    ARTICULO 21.- El proceso educativo que impartan las Instituciones de Educación Militar será de conformidad a las normas técnico-didácticas que expida la Dirección y Rectoría.

    ARTICULO 22.- Los planes de estudio tendrán una vigencia mínima igual al tiempo que duren los estudios a que se refieran más un cincuenta por ciento del mismo, sin detrimento de que los programas derivados de este, sean realizadas las adecuaciones necesarias para asegurar su actualización.

    SECCIÓN TERCERA DE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACION EDUCACIONAL

    ARTICULO 23.- La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas aplicables en el proceso educativo, de conformidad al tipo y nivel y modalidades educativas, capacitando al personal responsable de las Instituciones del Sistema Educativo Militar en su aplicación.

    ARTICULO 24.- La Secretaría proveerá los recursos necesarios para garantizar que las Instituciones del Sistema Educativo Militar cumplan la función Educativa.

    SECCIÓN CUARTA DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL

    ARTICULO 25.- La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas para regular los procedimientos de evaluación institucional.

    ARTICULO 26.- La Dirección y Rectoría establecerá los mecanismos adecuados para evaluar permanentemente los resultados del proceso educativo.

    ARTICULO 27.- La evaluación del proceso educativo estará dirigida a diagnosticar el cumplimiento de los objetivos de la Educación Militar y la calidad de los servicios educativos que proporcione por si o por medio de otras instituciones.

    CAPITULO IV DE LA ADMISIÓN

    SECCIÓN PRIMERA DE LOS ASPIRANTES NACIONALES

    ARTICULO 28.- El proceso de admisión a las Instituciones de Educación Militar se señalará en el reglamento respectivo de esta Ley.

    ARTICULO 29.- Todo mexicano tiene derecho a ingresar a las Instituciones que integran el Sistema Educativo Militar, de conformidad con las disposiciones legales reglamentarias aplicables.

    ARTICULO 30.- El ingreso a las Instituciones de Educación Militar será mediante concurso de selección, cuyos procedimientos de planeación y ejecución estarán a cargo de la Dirección y Rectoría.

    ARTICULO 31.- La Secretaría determinará los cursos que, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, no requieran para el ingreso un proceso de selección.

    SECCIÓN SEGUNDA DE LOS EXTRANJEROS

    ARTICULO 32.- La Secretaría ofrecerá los cursos a los Ministerios de Defensa de otros países para que el personal extranjero realice estudios en las Instituciones de Educación Militar.

    ARTICULO 33.- El personal extranjero que ingrese al Sistema Educativo Militar deberá sujetarse a los requisitos que emita la Secretaría en la convocatoria respectiva.

    ARTICULO 34.- Los becarios extranjeros estarán sujetos a las disposiciones académicas, disciplinarias y administrativas que para el efecto señalen los reglamentos de las Instituciones de Educación Militar en donde realicen sus estudios.

    ARTICULO 35.- Los militares extranjeros becados en el Sistema Educativo Militar conservarán la jerarquía asignada por las fuerzas armadas de su país.

    ARTICULO 36.- Las Autoridades Educativas Militares expedirán al personal becario extranjero los documentos que acrediten satisfactoriamente la conclusión de sus estudios de conformidad al curso realizado.

    ARTICULO 37.- El personal becario extranjero deberá reincorporarse a su país de origen y por ningún motivo podrá pertenecer o permanecer en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, una vez finalizados sus estudios o causado baja de la Institución de Educación Militar correspondiente.

    ARTICULO 38.- La Secretaría determinará sobre el alta, baja, permisos o solicitudes del personal becario extranjero.

    SECCIÓN TERCERA DE LOS MILITARES MEXICANOS EN EL EXTRANJERO

    ARTICULO 39.- La Secretaría podrá convocar al personal militar para realizar cursos en el extranjero en calidad de becarios, efectuando el proceso de selección respectivo.

    ARTICULO 40.- Los militares que obtengan la calidad de becarios observarán las disposiciones legales del país donde se encuentren realizando sus estudios.

    ARTICULO 41.- El personal militar con calidad de becario en el extranjero será controlado por la Agregaduría Militar de México en el país anfitrión y, para el caso de que no se cuente con este tipo de representación, la Secretaría se encargará directamente de su control.

    CAPITULO V DE LA ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

    ARTICULO 42.- La Dirección y Rectoría dictaminará sobre la compatibilidad de los estudios realizados fuera del Sistema Educativo Militar, de conformidad al procedimiento que especifique el reglamento respectivo.

    ARTICULO 43.- La Dirección y Rectoría gestionará el reconocimiento de validez oficial de estudios que sean impartidos en el Sistema Educativo Militar, así como el registro y expedición de la cédula correspondiente, cuando ésta sea necesaria para el ejercicio profesional en términos de la legislación aplicable.

    ARTICULO 44.- Los estudios realizados en el Sistema Educativo Militar podrán, en su caso, declararse equivalentes por niveles académicos de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al caso.

    ARTICULO 45.- La Dirección y Rectoría establecerá un sistema de créditos, el cual permitirá la revalidación de estudios de nivel superior entre las diferentes Instituciones del Sistema Educativo Militar, de conformidad al reglamento en la materia de esta Ley.

    ARTICULO 46.- Las Autoridades Educativas Militares expedirán certificados, constancias, diplomas, títulos y grados académicos a quienes hayan concluido satisfactoriamente sus estudios, de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes.

    ARTICULO 47.- La Dirección y Rectoría establecerá los procedimientos por medio de los cuales expedirá certificados y dictámenes técnicos a quienes acrediten conocimientos adquiridos de manera autodidacta o por experiencia laboral, en relación con los empleos y especialidades del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

    CAPITULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES

    ARTICULO 48.- Para los efectos de esta Ley, se consideran como infracciones del personal directivo, académico, administrativo y docente del sistema educativo militar, las siguientes:

    I. Incumplir las obligaciones que les impongan los reglamentos de esta Ley;

    II. Suspender las actividades académicas sin motivo justificado;

    III. Difundir antes de su aplicación los exámenes o cualquier otro instrumento de evaluación;

    V. Expedir certificados, constancias, diplomas, grados o títulos de estudios sin la autorización de la Dirección y Rectoría.

    V. Permitir o realizar actividades de publicidad o comercialización dentro de las Instituciones de Educación Militar de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, e

    VI. Incumplir cualquiera de los preceptos de esta Ley.

    ARTICULO 49.- El personal directivo, académico, administrativo y docente del Sistema Educativo Militar que incurra en las infracciones previstas en el artículo anterior, será sancionado de conformidad con las leyes y reglamentos militares y disposiciones que dicte la Secretaría y, en su caso, quedará sujeto al fuero de guerra.

    ARTICULO 50.- No serán aplicables las disposiciones del artículo 48 de esta Ley, a los profesores civiles que presten sus servicios en el Sistema Educativo Militar, en virtud de que las infracciones en que incurran serán sancionadas conforme a las disposiciones específicas establecidas en su nombramiento.

    ARTICULO 51.- Los discentes de las Instituciones de Educación Militar estarán sujetos a los reglamentos y disposiciones que la Secretaría emita para el caso y, quedarán sujetos al Fuero de Guerra.

    Los nacionales civiles o extranjeros que realicen estudios en el Sistema Educativo Militar, no estarán sujetos al Fuero de Guerra.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se abrogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 5 de abril de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Rafael Melgoza Radillo (rúbrica), Secretario.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 5 de abril de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional.
    LEY DE AMPARO

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos correspondientes, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se adiciona y reforma la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Atentamente.

    México, DF, a 6 de abril de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE ADICIONA Y REFORMA LA LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    Único.- Se adiciona un nuevo primer párrafo al Artículo 12 recorriéndose los subsecuentes, y se reforma el primer párrafo del Artículo 19, ambos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como siguen:

    Artículo 12.- Los órganos legislativos federales, de los Estados y del Distrito Federal, podrán ser representados directamente en el juicio por conducto de los titulares de sus respectivas oficinas de asuntos jurídicos o representantes legales, respecto de los actos que se les reclamen.

    En los casos no previstos por esta Ley, la personalidad se justificará en el juicio de amparo en la misma forma que determine la ley que rija la materia de la que emane el acto reclamado; y en caso de que ella no lo prevenga, se estará a lo dispuesto por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

    Tanto el agraviado como el tercero perjudicado podrán constituir apoderado para que los represente en el juicio de amparo, por medio de escrito ratificado ante el juez de Distrito o autoridad que conozca de dicho juicio.

    Artículo 19.- Salvo las excepciones previstas en el primer párrafo del artículo 12 de esta ley y en el párrafo segundo del presente artículo, las autoridades responsables no pueden ser representadas en el juicio de amparo, pero si podrán, por medio de simple oficio, acreditar delegados para que hagan promociones, concurran a las audiencias, rindan pruebas, formulen alegatos y promuevan los incidentes y recursos previstos en esta ley.

    No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el Presidente de la República podrá ser representado en todos los tramites establecidos por esta Ley, en los términos que determine el propio Ejecutivo Federal por el conducto del Procurador General de la República, por los Secretarios de Estado y Jefes de Departamento Administrativo a quienes en cada caso corresponda el Asunto, según la distribución de competencias establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    En estos casos y en los juicios de amparo promovidos contra los titulares de las propias dependencias del Ejecutivo de la Unión, éstos podrán ser suplidos por los funcionarios a quienes otorguen esa atribución los Reglamentos interiores que se expidan conforme la citada Ley Orgánica.

    En los amparos relativos a los asuntos que correspondan a la Procuraduría General de la República, su titular podrá también representar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y ser suplido por los funcionarios a quienes otorgue esta atribución el Reglamento de la Ley Orgánica de dicha Procuraduría.

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 6 de abril de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 6 de abril de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    REGISTRO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Instruya, previo al posicionamiento, la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Ciérrese el sistema electrónico de asistencia. Diputado Presidente: hay una asistencia de 412 diputadas y diputados. Se recuerda que tienen 15 minutos para hacer la asistencia por cédula.


    DERECHOS HUMANOS
    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: El siguiente punto del orden del día es posicionamiento de los grupos parlamentarios en relación con los derechos humanos en el mundo y sobre la próxima sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.

    Conforme al orden en que se han registrado los ciudadanos diputados, tiene la palabra el señor diputado Jesús Martínez Álvarez, del Partido Convergencia, hasta por cinco minutos.

    El diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez: Con su permiso, Presidente; compañeras y compañeros: el tema de los derechos humanos que hoy ha sido puesto en esta agenda política no pretende de ninguna manera resaltar las diferencias entre los diferentes partidos, ni mucho menos tampoco el hecho de reclamar al Ejecutivo federal que no haya escuchado el consenso mayoritario, el año pasado, para que se abstuviera de votar o presentar el voto de México el pasado año, con motivo de la celebración de los derechos humanos precisamente en Suiza. Para el grupo parlamentario de Convergencia, el objetivo de este posicionamiento es muy claro: por una parte, es urgente definir una política de Estado de derechos humanos y, en este sentido, queremos reconocer desde luego que el pasado 10 de diciembre de 2004 el Ejecutivo federal ya presentó su Programa Nacional de Derechos Humanos; y, por otra parte, también destacar que ya se encuentra una iniciativa en el Senado, y que tengo entendido también que ya se encuentra a discusión el dictamen, con objeto de que los derechos humanos formen parte de nuestra Carta Magna. Y en esto, creo que a todos nos conviene.

    El Ejecutivo federal destaca y señala de manera contundente que es importante ya terminar con todos los vaivenes políticos que se presentan y tampoco estar sujetos a calendarios electorales. Señala también en su programa que los derechos humanos deben convertirse en el eje fundamental de su política. Ante esta situación, y quizá las cosas más destacadas, importantes, señalaría las siguientes: se destaca que en el Capítulo número uno se agregue: ``de los derechos fundamentales y de las garantías individuales''. Esto trae como consecuencia que los derechos humanos establezcan ya dentro de nuestra Constitución título de propiedad, por llamarle de alguna manera. Y, en este sentido, la violación de cualquiera de los derechos humanos traería como consecuencia incluso el hecho de poderse amparar contra la violación de alguno de los derechos considerados; y, por otro lado, se está viendo una visión integral de lo que deben ser los derechos humanos.

    Pero el tema, el tema que hoy nos ocupa es para que el Pleno de la Cámara de Diputados exhorte, precisamente por congruencia, al Ejecutivo federal para que en la sesión que se celebrará en Ginebra, Suiza, a partir del 14 de este mes, esta misma semana, se vote contra la resolución que va a presentar. Sin duda, ya está considerado en la agenda de los derechos humanos un voto para nuevamente insistir en ese diferendo ancestral que tiene Estados Unidos con Cuba. Creo que ya no podemos seguirnos sumando a este tipo de actitudes, cuando vemos cómo se violan los derechos humanos en diferentes partes del mundo sin que ningún país alce la voz para condenarlos. Ya no queremos hablar de lo que ha sucedido en el pasado y en el presente con las famosas guerras ``humanitarias'' y hoy las famosas guerras ``preventivas'', que no tienen otro objeto que seguir permitiendo la intromisión del país más poderoso en la vida interna de los países. Por tanto, simple y sencillamente pedimos al Ejecutivo federal que, de acuerdo con su propuesta, se atenga a lo señalado en el artículo 89, fracción X, para que el voto de México sea un voto contra todo lo que afecte la dignidad el pueblo y del gobierno cubanos. De esta manera, la congruencia y la precisión de nuestro voto evitarán que sigamos siempre sujetos a estos ``juegos olímpicos'' que se presentan en este tipo de eventos de carácter internacional. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, señor diputado. Tiene la palabra, con el mismo propósito, el diputado Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo.El diputado Pedro Vázquez González: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: como sabemos, en el seno de Naciones Unidas se está dando actualmente la discusión sobre el respeto de los derechos humanos en el mundo. En la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos se establece que el respeto de éstos es un ideal común para todos los pueblos, y las instituciones deben promover y enseñar como valor fundamental de nuestras sociedades. Sin embargo, este ideal choca abiertamente con la realidad que rodea las naciones capitalistas porque, como parte de ellas, el Estado tiene una naturaleza de clase que representa los intereses de los más poderosos. Sólo así podemos entender por qué los Estados asumen posturas autoritarias en el plano interno y en el plano externo, en contra sobre todo de los sectores sociales que son una amenaza a esos intereses materiales, políticos, ideológicos y económicos.

    Partiendo de las premisas anteriores, cualquiera podrá entender que el respeto de los derechos humanos es inviable en las sociedades clasistas. Por esa razón, el derecho a un salario digno, a la educación gratuita, a la igualdad ante la ley y a la seguridad social plena se vuelve mera ilusión ante una realidad avasalladora que niega esos derechos a los más débiles. Compañeras y compañeros diputados: el respeto de los derechos humanos se ha transformado en una temática que se ha manoseado y utilizado con fines políticos e ideológicos. Por eso nos parece una falsedad y un acto demagógico que Estados Unidos de América intente convertirse en paladín de los derechos humanos en el mundo. Llama poderosamente la atención que, con descaro y cinismo, se atreva a calificar el desempeño de los gobiernos de otras partes del mundo en esta materia que analizamos y es el respeto de los derechos humanos, cuando sabemos que ellos son los que más han pisoteado, cercenado y violentado los derechos humanos de los pueblos del mundo a lo largo de su dominio imperial tan extenso y largo.

    Las muertes de cientos de miles de víctimas civiles e indefensas en Irak y en Afganistán son un claro ejemplo de ello. Hoy, no les ha quedado otra que actuar directamente en el seno de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, presentando una moción contra Cuba, por una supuesta violación de los derechos humanos. Hoy, ya no encontraron eco sus perversidades porque ningún gobierno del mundo se prestó a ser comparsa de lo que viene haciendo cada año contra la hermana República de Cuba. Incluso, Cuba ha salido más fortalecida contra esos ataques arteros, infundados y embusteros del gobierno norteamericano. La firma de apoyo al pueblo cubano y a su gobierno por más de 4 mil distinguidas personalidades del mundo que rechazan la propuesta de condena contra Cuba que implanta Estados Unidos es prueba fehaciente y documentada de quién tiene la razón.

    Nos queda claro que el Estado cubano podrá ser criticado por los opositores de este modelo, pero su situación está muy lejos de compararse con los gobiernos que no respetan los derechos humanos en otras partes del mundo. Nadie puede negar los avances que ha logrado el Estado cubano en las materias de educación, vivienda, salud, alimentación, empleo, y cuidado y protección del ambiente. Éstas son realidades incuestionables en la Cuba de hoy. Los propios organismos internacionales reconocen los avances que he señalado en las anteriores materias. Mientras que en otras partes del mundo la seguridad pública es un asunto que ha rebasado los Estados, en Cuba esta asignatura está plenamente cumplida. Compañeras y compañeros diputados: para hablar del respeto real de los derechos humanos, tenemos que transitar hacia sociedades que garanticen la igualdad de oportunidades a todos los seres humanos. Pero ésta es una lucha que tendremos que dar para alcanzar una de las demandas más apremiantes del mundo moderno. Muchas gracias; y es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado Vázquez. Tiene la palabra el señor diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Partido Verde Ecologista de México.El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: los derechos humanos son el conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histórico concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, los cuales deben ser reconocidos positivamente por el ordenamiento jurídico a nivel nacional e internacional. La base del concepto de ``derechos humanos'' es el reconocimiento de la dignidad del ser humano; estos derechos son producto de la lucha histórica de los grupos sociales. La internacionalización y la universalización de los derechos humanos cobraban ímpetu a partir de 1945, con la creación de la ONU, y --señaladamente-- el 10 de diciembre de 1948, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A partir de entonces, el respeto o violación de los derechos humanos ya no pertenecían a la jurisdicción interna de los Estados, con la creación de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, uno de los foros más importantes del mundo en materia de derechos humanos; el trato de la población quedó fuera del resguardo de la soberanía estatal. La Comisión ha ido ampliando a lo largo de los años su mandato inicial para ocuparse de toda la problemática de los derechos humanos.

    Fija las normas por las que se rige la conducta de los Estados y también actúa como foro en el que todos los países, los grupos no gubernamentales y los defensores de los derechos humanos de todo el mundo pueden expresar sus inquietudes. A pesar de la lucha y los avances obtenidos, en la actualidad nos enfrentamos a una gran contradicción: por un lado, los derechos humanos aceptados como un discurso formal, como una necesidad para el desarrollo de sociedades más democráticas y participativas; sin embargo, al mismo tiempo, cada vez hay más violaciones de los mismos. Se vive en un tipo de régimen, pero se actúa como si estuvieran en otro. Los derechos humanos no deben ser solamente normas jurídicas nacionales e internacionales, ni son parte únicamente de declaraciones idealistas o abstractas; son procesos de lucha, elementos o símbolos emancipadores para las personas. Los derechos humanos no deben servir como una bandera para conseguir fines particulares; deben estar basados en los valores de humanidad y justicia, y --así-- reconstruirse como instrumentos de crítica, de análisis, de lucha y reivindicación.

    Nuestro país ha trabajado en la elaboración de normas y principios que puedan garantizar a las personas el respeto de su dignidad e integridad, que puedan, en suma, permitir a sus ciudadanos y ciudadanas vivir en libertad y seguridad, bajo el amparo y protección de la ley. Sin embargo, no hemos llegado a la meta. La discriminación y la intolerancia persisten en nuestro país; los trabajadores migratorios y sus familias, así como los pueblos indígenas, son víctimas sistemáticas de actos de discriminación o racismo. Las personas, por su discapacidad, por su edad y por su preferencia sexual, así como las mujeres y los niños también, sufren discriminación, intolerancia e incluso son víctimas de trata de explotación sexual. La historia del hombre parece mostrar que la lucha por acabar con estos hechos es imposible; sin embargo, las construcciones ideológicas sobre la paz, la justicia, el respeto de los derechos humanos y la inviolabilidad del derecho internacional no han muerto: la lucha continúa y hoy debemos refrendar nuestro compromiso. La situación actual en materia de derechos humanos no nos demuestra solamente fracasos de las esperanzas fincadas, sino que puedan representar también nuevos comienzos para los que siguen en la lucha, para los que estén vivos. El solo hecho de la continuidad de estos comienzos en la sucesión de las generaciones garantiza una historia que no tiene fin, ya que es la historia de unos seres cuyo fin primordial es comenzar. Por ello, comencemos de nuevo y hagamos de las palabras hechos; sólo así podremos llegar a la verdadera democracia. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, señor diputado. El siguiente turno es para el diputado Jorge Martínez Ramos, del Partido de la Revolución Democrática. Por no encontrarse en la sesión, tiene la palabra el señor diputado Gustavo de Unanue Aguirre, del Partido Acción Nacional.El diputado Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre: Con su permiso, señor Presidente: en el Programa Nacional de Derechos Humanos se enfatiza que la protección de los derechos humanos es inherente a la estructura y las funciones del Estado democrático. La Constitución y las leyes forman un sistema para llevar a cabo y salvaguardar esa máxima del Estado; y todas las autoridades, desde el ámbito de sus atribuciones y funciones, deben cumplir ese cometido. Existe una clara relación entre el Estado y los derechos humanos, ya que el primero se justifica en el cumplimiento de sus obligaciones relativas a la protección y defensa efectiva de los segundos. De esa manera, sistemáticamente México ha velado por la protección de los derechos humanos, tanto a nivel interno como internacional, particularmente en la Corte Internacional de Justicia, con el caso Avena, donde se ha velado por los intereses de nuestros connacionales.

    En la Comisión de Derechos Humanos de Ginebra de la ONU, México cuenta con un trabajo amplio, pues su objetivo es elevar los estándares de protección de derechos humanos en el mundo. Para ello, México está trabajando en los temas del Protocolo Facultativo contra la Tortura --que ya fue aprobado--, Convención contra la Desaparición Forzada, contra la Impunidad, Reparación de Daño en Violaciones de Derechos Humanos. Además, México propone directamente la protección de los derechos humanos en el combate del terrorismo. Para ello, propone un relator mundial de derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, derechos humanos de los migrantes con relator especial, derechos humanos de los indígenas con relator especial, derechos humanos de las personas con discapacidad, acceso para que la mujer pueda tener propiedades, por ejemplo, a una vivienda digna. Es decir, en México se ha dado un gran avance, pues no sólo acepta la presencia de relatores y observadores internacionales para que hagan una auditoría respecto a los derechos humanos de nuestro país sino que, también, se han sistematizado las recomendaciones y se ha actuado en favor de ellas; además, se han involucrado las autoridades estatales, ya sea por violación o cooperación.

    Por ello, México actúa en congruencia con los estándares que ha mantenido dentro de sus fronteras, y respalda, pide por lo menos el mismo nivel de cooperación en el mundo. En la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, México no propone resoluciones contra países sino que busca resoluciones en favor de una causa. Cabe resaltar que, en la misma Comisión, 10 por ciento de las resoluciones se aprueba respecto a países y el restante 90 por ciento es con cuestiones temáticas. En el último rubro es donde México ha hecho su mayor labor. En el caso que nos ocupa, en el caso Cuba, se debe enfatizar que éste es un documento donde se busca la cooperación, y no es un documento condenatorio. México apoya las resoluciones respecto a los países cuando se propone lo que se ha hecho en nuestro país; esto, con el fin de guardar congruencia a nivel interno e internacional. México apoya las resoluciones que van por el lado de la cooperación y los mecanismos de acuerdo entre los países; jamás tiene una actitud condenatoria. No hemos votado ni vamos a votar en favor de una condena, pues lo único que pedimos es una cooperación para que se dé acceso a la Oficina de Relatores de los Derechos Humanos de la ONU, como ya lo hicimos en México. Lo que se pide a Cuba está en un umbral más abajo de lo que México está aceptando para sí. La presencia de un relator de derechos humanos no es una violación de la soberanía de ese país pues, si así lo fuera, ¿por qué en México nadie se ha exaltado cuando recibimos a los relatores para nuestro país? Por ello, México está en favor de la visita de los relatores, ya sea en Cuba, en Estados Unidos o en cualquier otro país, siempre y cuando sea esto en favor y en la defensa de los derechos humanos de las personas. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado De Unanue. Tiene la palabra, para terminar con el posicionamiento de los grupos parlamentarios respecto a los derechos humanos en el mundo, el señor diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional.El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas, compañeros diputados: en nombre de mi Partido, el Revolucionario Institucional, hago uso de esta tribuna para fijar nuestra posición con miras a la celebración de la próxima sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. La sociedad, en todas las regiones del mundo, se forma por mujeres y por hombres; es una obligación para cada uno de los países respetar sus calidades porque los derechos humanos constituyen un tesoro con el que hemos nacido. Ningún ser humano puede atentar contra la vida, la libertad, la dignidad, la igualdad, la seguridad, la integridad y la propiedad de los individuos; éstos son los valores que tutelan los derechos humanos y que, para vergüenza histórica, no fueron reconocidos sino hasta la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, de Francia de 1789. México reconoce su importancia en la Constitución General de la República, en el capítulo de las garantías individuales, y en los tratados internacionales, por lo que cumple su compromiso a través de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como órgano dotado de facultades para intervenir cuando el irracional avance social se dedica a realizar actos destinados a vulnerar al ser humano.

    No hace más de un siglo, el autor Thomas Hobbs advirtió en su obra El leviatán que el ``hombre es el lobo del hombre'', homo homini lupus est. No podemos continuar viendo que los países del mundo sean parte de una organización como la de Naciones Unidas sin que se cumpla la obligación de los gobernados de respetar y velar por preservar los derechos humanos, para después jactarse en la próxima asamblea del avance institucional logrado en la materia. México de ningún modo está exento de ser el punto de atención, y no así por constituirse en un país que ha cumplido su obligación de respetar los derechos humanos de la población. Un ejemplo claro lo constituyen los fenómenos sociales de los últimos años, en los que el exceso de cumplimiento de la ley y la búsqueda de la supremacía política han logrado violar los derechos humanos de los mexicanos, como ocurre en el caso de los programas sociales establecidos en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2005, el cual lleva cuatro meses detenido en virtud de un conflicto político, sin que el gobernado sea el beneficiado.

    Ésos deben ser los grandes retos que los políticos tenemos: el deber de legitimar el interés con que se comparezca en la próxima sesión de Naciones Unidas, para discutir y fijar posturas ante una comunidad mundial que nos observa. Por eso, el Gobierno Federal está obligado a asistir con el ánimo de preservar en lo subsiguiente los derechos humanos que no ha podido respetar. Debemos, los actores políticos, las instituciones públicas y las privadas, pasar del discurso a los hechos y no sólo con posturas como la sucedida ante el mundo el 11 de abril pasado, en que México presentó ante Naciones Unidas un instrumento de ratificación del Protocolo de la Convención contra la Tortura. Es una necesidad prestar oídos a los gobernados, ya que por ellos estamos en estos espacios. Frente a ello, la dogmática y la justicia constitucionales tienen como desafío pendiente revisar sus propias fuentes doctrinarias que le permitan otorgar a los derechos fundamentales un rol protagónico en el fortalecimiento del Estado constitucional en México, América Latina y el mundo. Un reto, un reto más es la atención legislativa que merecen los ordenamientos legales destinados a fomentar la cultura entre los mexicanos sobre los derechos difusos que se traducen en la obligación del Estado mexicano por fomentar un medio ambiente más sano para el desarrollo del gobernador. Ésta debe ser la postura del Gobierno Federal en la próxima asamblea: refrendar el compromiso del país por luchar para mantener una vida digna y respetuosa de los derechos humanos. Sólo así haremos un mejor país, un mejor lugar para nosotros y nuestras próximas generaciones en México y el mundo. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado Sandoval. Se encuentran presentes un grupo de estudiantes del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, campus Hidalgo, invitados por el diputado Alfredo Bejos Nicolás, a quienes damos la más cordial bienvenida. También está con nosotros un grupo de invitados especiales, del estado de Oaxaca, de la Unión de Organizaciones de Taxistas, invitados del diputado Javier Villacaña Jiménez; reciban también la más cordial bienvenida.
    EMILIANO ZAPATA SALAZAR
    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: El siguiente punto del orden del día es posicionamiento de los grupos parlamentarios en relación con el aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar. Para el efecto, tiene la palabra el señor diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, a fin de hacer el posicionamiento por parte del Partido Convergencia.El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno: Compañeras y compañeros diputados: el 10 de abril de 1919 fue asesinado el General Emiliano Zapata, caído en una celada en la hacienda de Chinameca, en el estado de Morelos. Se cumplieron así 86 años de su sacrificio. Zapata constituye para la Revolución Mexicana la esencia de su concepción agrarista, uno de los móviles sociales que dieron sustento a dicho movimiento armado. Al firmarse el Plan de Ayala, además del desconocimiento que ahí se plasmara contra el Gobierno del Presidente Madero, lo que destacaba era su combate en favor de los campesinos pobres sin tierra, así como la demanda de que se restituyeran sus tierras a los pueblos indios y que se dotara de ejidos a las poblaciones rurales que no las tuvieran. Estas demandas fueron la base del agrarismo mexicano; es decir: raíz y razón de Zapata.

    Cuando Emiliano Zapata muere, ya el artículo 27 de la Constitución del 17 era la llama legal que normaba prácticamente el probable cumplimiento de las demandas zapatistas. Su muerte significó un retraso sociopolítico, cuyo estancamiento fue roto hasta el florecimiento del Gobierno del General Lázaro Cárdenas. Pero ese atentado antiagrarista no detuvo las luchas por las reivindicaciones de los pueblos indios y campesinos despojados; si profundizamos en su análisis, éstas continúan. Pese a los altibajos que ha habido desde ese día que enlutara el campo mexicano, el articulado constitucional, respecto del cual --por cierto-- habría que señalar al diputado constituyente que más se distinguiera en la redacción y defensa del artículo 27, el General Francisco J. Mújica, quien falleciera en la Ciudad de México el 12 de abril del 54, sobre el reparto posrevolucionario de la tierra, el cual fue encabezado por el lema zapatista ``Tierra y Libertad'', contenido en el Plan de Ayala, que ha sido guía esencial de instituciones educativas posrevolucionarias, como la actual Universidad Autónoma Chapingo.

    Para el grupo parlamentario de Convergencia, es parte esencial de nuestra historia e identidad nacional mantener la vigencia de la obra de nuestros luchadores sociales, como el caso de Zapata, porque su trayectoria e ideales constituyen uno de los pilares de la fortaleza moral de la nación. Las ideas de Zapata siguen vigentes en el siglo XXI, no sólo por la situación de rezago social que permanece en el campo mexicano, cuyos trabajadores han sido reducidos como ente secundario de la producción económica, sino porque es en las zonas rurales donde la desigualdad continúa. No deberíamos olvidar en ningún momento que entre nuestros campesinos pobres y marginados queda todavía el flagelo del analfabetismo, situación de rezago intelectual que fomenta y favorece todo tipo de explotación y degradación sociales. Convergencia considera que la mejor manera de rendir homenaje histórico a nuestros luchadores sociales que han forjado la patria consiste en mantener la búsqueda de solución de los problemas que en su momento le dieron vigencia.

    Hoy, a casi un siglo de su desaparición física, esos anhelos e ideales zapatistas auténticos son actuales. Por tanto, tenemos el deber de encontrar la respuesta concreta de justicia social a esos rezagos que dieron motivo a aquel levantamiento justificado. No es sólo una expresión meramente simbólica reconocer que Emiliano Zapata cabalga y seguirá cabalgando en todos los parajes agropecuarios del suelo mexicano, en tanto no se solucionen también dos problemas que hunden el campo en el abandono social de todas las explotaciones en pleno siglo XXI: uno, el analfabetismo absoluto de los núcleos étnicos, nuestros compatriotas indios y los campesinos marginados, éstos, los que son de ``mero abajo''; y el otro, quizás el principal, la terrible desigualdad de las mujeres campesinas, quienes casi sin excepción no disfrutan de ninguna equidad de género y son sometidas, aun por sus propios compañeros de vida. Por ello, la divisa ``Tierra y Libertad'' se seguirá escuchando en todos los confines de la patria. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Esta Presidencia también da la más cordial de las bienvenidas a los maestros y alumnos del Tecnológico de Monterrey, campus Santa Fe, que han sido invitados por la diputada Laura Elena Martínez Rivera. Tiene la palabra la diputada María Ávila Serna, del Partido Verde Ecologista de México.La diputada María Ávila Serna: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores: narra la historia que el 10 de abril de 1919, el General Emiliano Zapata Salazar entró en la hacienda de Chinameca con una pequeña escolta. Durante el mes anterior, el dirigente campesino había recibido informes respecto a que, en el bando enemigo, el Coronel de Caballería Jesús Guajardo tenía profundos desencuentros con Pablo González, aquel sanguinario general constitucionalista designado por Carranza para aniquilar al Ejército Libertador del Sur. Después de recibir una carta en la que Zapata lo invitaba a unirse con todo y tropa, Guajardo informó que había que definir los términos. Para ello, Zapata y Guajardo tuvieron una entrevista personal. En ésta, el coronel constitucionalista confirmó su decisión y ambos pactaron el encuentro en Chinameca. Lo sucedido ese 10 de abril de 1919 es bien conocido: la traición de Jesús Guajardo se materializó en forma de lluvia de balas que cayó sobre Emiliano Zapata y sus hombres.

    El día de hoy conmemoramos un acontecimiento histórico, que ha dado perfil e identidad a la nación mexicana: recordamos este día la muerte del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata, quien ha sido el símbolo de las luchas de los oprimidos en demanda de libertad y justicia social agraria. Su lucha fue el alma del movimiento de la sociedad agraria, donde pelearon por la reivindicación de la tierra, la justicia y la libertad. Al definir en el Plan de Ayala los reclamos de justicia social para los campesinos, dio principios e ideología, sentido y guía al movimiento agrario nacional para convertirse en postulados aún vigentes. De esa forma, su movimiento constituyó los principios que definen la estructura de la propiedad agraria en la norma constitucional. Es indiscutible que se ha dado un gran paso desde la promulgación del Plan de Ayala para completar el proceso distributivo de la tierra, ideal de Zapata, lucha que significó grandes sacrificios por la resistencia de los terratenientes y caciques que, a través de ``guardias blancas'', asesinaron a líderes y campesinos, tratando de frenar el impetuoso proceso de la Reforma Agraria. Desafortunadamente, en el campo mexicano aún no se han cumplido plenamente los postulados superiores de justicia y libertad enmarcados en los ideales que enarboló el Plan de Ayala.

    En el campo prevalecen grandes contrastes: un sector productor moderno y otro donde solamente se alcanza a producir apenas para la subsistencia. Hoy, encontramos un sector agrario y forestal con serias dificultades no sólo para cumplir la enorme demanda de alimentos que requiere la población nacional sino, también, con problemas de competencia desigual, dificultades para producir con mejores sistemas tecnológicos y de carácter financiero y comercial, entre otros. Nuestro país requiere que la política de precios y los sistemas de comercialización tengan mayor integración para que los esfuerzos de los campesinos no se pierdan en la iniquidad en el mercado. En los sectores de subsistencia en el campo no basta el desarrollo de programas coyunturales temporales para atenuar las carencias en alimentación, salud y educación; sin duda, se requiere fortalecer la política social y productiva de los grupos marginados.

    Las condiciones actuales del campo no permiten postergar decisiones. Así, el ideario de Zapata sigue vigente: la deuda con los campesinos, y particularmente con nuestros indígenas, no está saldada. Sólo una reforma agraria integral nos podría llevar a la plena justicia social, no solamente de discursos sino de programas y de compromiso de acciones concretas. Hoy, en el aniversario luctuoso de Emiliano Zapata, el Partido Verde Ecologista de México los exhorta a reflexionar sobre los ideales por los que luchaba este caudillo que, sin duda, han sido parte fundamental para la formación de la normatividad agraria. Sin embargo, consideramos que para alcanzar dichos ideales y transitar en este nuevo milenio, es necesario que el nuevo marco legislativo comprometa la acción del Estado y la unidad de lucha de todos los campesinos con sus organizaciones, para alcanzar la justicia y el bienestar para los hombres y las mujeres del campo de nuestro país. Por su atención, muchas gracias.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, diputada. Tiene la palabra la diputada Ana Lilia Guillén Quiroz, del Partido de la Revolución Democrática, no encontrándose en el salón de plenos. En consecuencia, tiene la palabra el diputado Rodolfo Esquivel Landa, del Partido Acción Nacional.El diputado Rodolfo Esquivel Landa: Con su venia, diputado Presidente: en nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional, conmemoro el recuerdo de Emiliano Zapata, cuyo propósito fundamental fue la defensa del derecho del pueblo a la tierra. Emiliano Zapata, el hombre de Anenecuilco, estado de Morelos, encabezó uno de los movimientos más importantes, cuya suma dio por resultado ese momento extraordinario del que surgió nuestra historia contemporánea y al que denominamos ``Revolución Mexicana''. Mientras Francisco I. Madero exigía democracia a través de la convicción en el ``sufragio efectivo y la no reelección'' y Francisco Villa propugnaba la autonomía regional frente al centralismo vigente, Zapata se pronunció una y otra y otra vez para que se reconociera plenamente el derecho a poseer la tierra de los que la trabajaban. ``Tierra y Libertad'' fue el lema que, heredado del anarquismo, se convirtió en el principio del movimiento zapatista, un principio que no admitía claudicaciones, concesiones, desfallecimientos ni esperas. Un principio por el que era posible, sin vacilaciones, entregar la vida.

    ``Quiero morir siendo esclavo de los principios, no de los hombres'', escribió alguna vez Emiliano Zapata. Y, coherente con ese decir, fiel a ese pensamiento, luchó por aquello en lo que creía. Merece la pena recuperar esas palabras del líder del zapatismo, cobrar conciencia sobre la vigencia que contienen, traerlas desde el tiempo que fueron expresadas y colocarlas aquí, en medio de todos nosotros, para refrendar los principios en que creemos. No importa cuál es el signo político que nos distingue; lo que importa es la coherencia con que vivimos, los principios que proclamamos, pues es esa coherencia la que nos hereda la memoria de Zapata, la que nos hace respetar su lucha. La demanda de la tierra y, con ella, la demanda de la libertad enarbolada por Zapata continúa en muchos sentidos vigente. Los campesinos mexicanos son todavía hoy quienes viven día a día carencias, escasez, desigualdad, pues incluso los que poseen la tierra no tienen plena libertad para decidir, para hacer y dotarse de mejores condiciones de vida.

    En un sentido muy real, aún queda mucho por hacer por esa cuarta parte de la población cuya jornada diaria es tan fecunda como la de la tierra mexicana. Los diputados de Acción Nacional consideramos de suma importancia retomar el ejemplo de coherencia con los principios que nos dio Emiliano Zapata. Los principios deben ser siempre guía en el sendero por el cual transitamos, pues ello nos permitirá actuar por el bien de México, hacer del Poder Legislativo que hoy representamos un instrumento para promover, conseguir, instaurar y fortalecer una nación generosa en la que todos encuentren el espacio para desarrollarse a plenitud. Una nación donde no exista más la exclusión de ciudadano alguno, pues cada mexicano tiene algo que aportar al país y también tiene algo que recibir del país. Pensar hoy, cuando recordamos a Emiliano Zapata, en los campesinos de nuestro país, proponer e impulsar leyes que nos permitan demostrarles cuánto valoramos su arraigo a la tierra, el trabajo que a diario realizan, los frutos que de él se desprenden y que nutren el país entero constituye sin lugar a duda un deber ineludible para quienes formamos la LIX Legislatura. Conocer y analizar las necesidades de los campesinos, establecer prioridades y atenderlas cuanto antes para devolver a la tierra de México todo el potencial que su grandeza exige y además hacer competitiva nuestra producción agropecuaria es el homenaje más justo que podemos hacer al jefe, a Emiliano Zapata Salazar. Por su atención, muchas gracias.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, señor diputado Esquivel. Damos la más cordial bienvenida también a profesores, alumnos y padres de familia de la escuela secundaria técnica número 11, de Tilzapotla, estado de Morelos; todos, invitados de la diputada Rosalina Mazari. Para terminar con el posicionamiento de los partidos políticos respecto al aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata, tiene la palabra el señor diputado Teófilo Manuel García Corpus.El diputado Teófilo Manuel García Corpus: Con su permiso, ciudadano Presidente; compañeras diputadas, compañeros diputados: como ustedes saben, este 10 de abril se cumplió un aniversario más del artero crimen que segó la vida del general Emiliano Zapata. Mucho me honra y compromete compartir una breve reflexión en torno de la vida y obra del revolucionario agrarista con motivo del LXXXVI aniversario de su asesinato, en este momento tan delicado y sensible de la vida política, social y económica de nuestro país. El tiempo, las incongruencias políticas y los embates de la reacción no han podido borrar y destruir el enorme y significativo legado de la revolución agrarista del sur. Para la estructuración social y política del nuevo Estado mexicano que pactaron los constituyentes de 1917 en la Carta Magna, el arraigo del pensamiento zapatista entre las masas campesinas que participaron en la Revolución Mexicana, sobre todo en los estados del centro y del sur del país, se originó fundamentalmente porque aquél representaba la esencia de las demandas de tierra, de libertad y de justicia social que los pueblos campesinos y las comunidades indígenas reclamaron a las clases dominantes desde la época de la Colonia.

    Asimismo, porque el general Zapata también encarnaba la congruencia, el compromiso y el sentido profundo de pertenencia de los campesinos con sus comunidades y con la nación. Fue precisamente la lucidez y la congruencia política de Zapata lo que le permitió, por una parte, darse cuenta sin tardanza del incumplimiento y abandono de las reivindicaciones agrarias por parte del gobierno maderista; y, por otra, de la necesidad de continuar la lucha armada hasta lograr el reparto agrario y la restitución de las tierras a sus legítimos dueños, las comunidades y los campesinos. La lucha zapatista no se limitó a la restitución y el reparto de tierras; el zapatismo promovió, entre otras cosas, que se apoyara al campesino en su proceso productivo. Para ello propuso la creación de un banco agrícola que proporcionara créditos asequibles, alentó medidas como la asistencia técnica para la diversificación productiva y creó organismos que regularan el comercio de los productos agrícolas para evitar su acaparamiento. Además, la revolución agraria del sur impulsó la intervención organizada de los campesinos en la vida política ante la necesidad estratégica de innovar los poderes públicos que sólo beneficiaban a las grandes compañías extranjeras, a los millonarios y a los terratenientes.

    De esa forma, en los territorios zapatistas se establecieron reglas para la reorganización de los municipios y el respeto de las formas comunitarias tradicionales que los campesinos e indígenas conservaban para organizarse y gobernarse. Asimismo, se puso énfasis en la educación de la niñez y se promovieron escuelas agrícolas. De esa época, resaltan los planteamientos para eliminar los impuestos a los artículos de primera necesidad, a los artesanos y a los pequeños comerciantes. En el zapatismo se planteó también la necesidad de legislar en materia laboral y sobre el aprovechamiento nacional y social de la riqueza del subsuelo. Compañeras y compañeros: rememorar en este momento de la historia de nuestro país la obra y los postulados de Emiliano Zapata adquiere mayor significado y compromiso si tenemos en cuenta que, pese a todo lo realizado en favor de los campesinos, la inmensa mayoría sigue viviendo en condiciones de pobreza y pobreza extrema.

    La producción agropecuaria no garantiza la satisfacción de las necesidades alimentarias de la población, y lo más lamentables es que tampoco lo hacen los otros sectores de la economía, aunque un contexto histórico diferente de esta situación provoca que se reproduzca y agudice día con día el mismo tipo de tensiones sociales que dieron origen a la lucha de Emiliano Zapata. Por lo anterior, esta soberanía debe estar muy atenta a los reclamos que hoy expresan las organizaciones campesinas, como el de definir y establecer una nueva política de Estado hacia el campo que dé respuesta a los añejos y nuevos problemas, así como la creación y vigencia de un nuevo marco jurídico para el sector con el que se contribuya a establecer mejores condiciones de justicia e igualdad en las relaciones sociales y productivas de nuestros campesinos. Conscientes de esto, y tratando de actuar en consecuencia, las diputadas y los diputados de la Comisión de Reforma Agraria, excepto los del Partido Acción Nacional, hemos presentado ante la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto de una nueva Ley Federal Agraria, en la que, en el contexto de las condiciones actuales, reivindicamos el contenido de la lucha del Caudillo del Sur; es decir, la defensa de las tierras para la producción, la soberanía alimentaria y el acceso a mejores condiciones de vida y de justicia social para los campesinos y los indígenas. Consideramos que en este 86 aniversario de la caída del General, en nuestro papel de legisladores no existe mejor forma de honrar su memoria que la de hacer trascender al presente los principios por los que entregó la vida. ¡Viva por siempre en la mente y en el corazón de los campesinos el legado del General Emiliano Zapata Salazar! Muchas gracias.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias a usted, don Manuel. El siguiente punto del orden del día son proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno. Los que siguen, por darles lectura, son de la Junta de Coordinación Política.
    ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal a que suspenda los permisos otorgados a Sempra Energy México, SA de CV

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo décimo cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo por el que la H. Cámara de Diputados se pronuncia por la suspensión de los permisos otorgados a Sempra Energy México, SA de CV, quien promueve la instalación de una planta regasificadora en Costa Azul, municipio de Ensenada, Baja California, hasta que se defina su situación jurídica que enfrenta en su propio país, referente a la demanda en perjuicio de ciudades y consumidores en Estados Unidos y, con el fin de que, de realizarse el proyecto, sea un inversionista cuya ética de negocios sea congruente con las inversiones extranjeras que se requieren promover en México y dé cumplimiento estricto a la normatividad, legislación vigente y protección a la sociedad civil y el medio ambiente presentada por el diputado Raúl Pompa Victoria, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero: Se exhorta al Ejecutivo federal a que suspenda los permisos concedidos a la empresa Sempra Energy de México, SA de CV, hasta en tanto se realice una revisión técnica y legal de los procedimientos y normatividad, se logre la conciliación de intereses en Ensenada, Baja California, y se defina la situación judicial que enfrenta la empresa matriz en la Unión Americana, la cual está acusada de fraude en perjuicio del estado de California y de los usuarios.

    Segundo: Se exhorta al Ejecutivo federal a que con base en el resultado de las revisiones a las que se refiere el resolutivo que antecede, determine si ha lugar a reactivar o cancelar los permisos omitidos, velando en todo momento por el interés de los bajacalifornianos del resto de México.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica p.a. en contra), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor secretario. Para hablar en pro del punto de acuerdo, tiene la palabra el señor diputado don Raúl Pompa Victoria.El diputado Raúl Pompa Victoria: Con su permiso, señor Presidente; diputados y diputadas de esta Cámara: realmente es muy honroso que la Junta de Coordinación Política haya hecho suyo este punto de acuerdo, ya que nos encontramos en Baja California, como ya hemos venido a exponer en esta tribuna, el problema de las plantas regasificadoras, donde se pretende instalar en un corredor turístico que existe entre la ciudad de Tijuana y Ensenada, pasando por la ciudad de Rosarito. Esas plantas regasificadoras, obviamente, obedecen a una necesidad inminente que tiene el estado de California de gas natural. Sempra Energy de México, SA, promueve la instalación de una planta regasificadora de gas natural licuado en el sitio denominado ``Fraccionamiento Costa Azul'', que precisamente se encuentra en este corredor turístico, que está ya destinado exclusivamente para esos fines y no para fines industriales. Sin embargo, no entendemos por qué se ha violentado este acuerdo, este decreto que existía para efectos de que exclusivamente se utilice este corredor para fines turísticos.

    Sempra Energy también ha realizado gestiones y obtenido permisos en el ámbito federal, estatal y municipal, que también nos extraña este asunto y se han otorgado éstos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Reguladora de Energía, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y en fin. En virtud de las características especiales de este tipo de proyectos y su impacto en la seguridad de la sociedad civil, el medio ambiente, normatividad, soberanía nacional e impacto en el desarrollo social y económico de la región, por lo que ya anteriormente mencioné, y ante la oposición que se percibe de la ciudadanía de Baja California, nos extraña que se hayan expedido todos estos permisos. Pero, adicionalmente, lo más grave es que la empresa promotora de este proyecto, Sempra Energy y sus afiliadas, actualmente son objeto de demandas por varias ciudades del estado de California, Estados Unidos. Además, por asociaciones de consumidores, debido a la manipulación de precios en el mercado de energía y cobros excesivos en perjuicio de los consumidores, lo que nos coloca en la necesidad de analizar detalladamente la instalación de la planta de Sempra Energy de México, en el fraccionamiento, como ya lo mencioné, Costa Azul, de la municipalidad de Ensenada. Por tal motivo y obvio rechazo de la ciudadanía de Tijuana, de Rosarito y de Ensenada a la instalación en esa zona costera de las plantas regasificadoras, me uno precisamente al punto de acuerdo que presenta ahora y que hace suyo la Junta de Coordinación Política. Por tanto, solicito a mis compañeros diputados que voten en favor de ese punto de acuerdo presentado. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Gracias, señor diputado. Proceda la Secretaría, en votación económica, a preguntar si se aprueba el punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén en contra... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobado; comuníquese.
    FRENTE PARLAMENTARIO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE DEL CAFE

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia a favor de la integración del Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café.

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo décimo cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión se pronuncia a favor de la integración del Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café y la designación de sus representantes, suscrita por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios miembros de la Comisión Especial del Café, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero: La Cámara de Diputados se pronuncia a favor de la formal constitución del Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café, por considerar que las actividades desplegadas por este organismo de carácter internacional favorecerán la reactivación de la industria del café.

    Segundo: La Junta de Coordinación Política designará a los integrantes de la delegación ante el organismo al que se refiere el resolutivo que antecede.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Está a discusión el punto de acuerdo. Esta Presidencia tiene registrado para hablar en pro al señor diputado don Jorge Baldemar Utrilla Robles, del Partido Revolucionario Institucional, quien tiene el uso de la voz.El diputado Jorge Baldemar Utrilla Robles: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: en el marco del Seminario Internacional del Café, celebrado en la ciudad de Brasilia durante los días 15 y 16 de febrero del año en curso, los parlamentarios presentes, entre los que se encontraba México, acordamos constituir un Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café, que se integrará originalmente por 10 países productores del aromático. Dicho Frente tiene como objetivos principales instrumentar medidas legislativas que puedan crear mecanismos que mejoren la rentabilidad y el empleo de los productores, defender una reestructuración de precios en el mercado mundial para reducir su volatilidad, facilitar las condiciones de negociación en el ámbito de los acuerdos multilaterales y regionales, articular y negociar con los Parlamentos de los países consumidores una discusión global sobre el equilibrio de los precios en el mercado, con objeto de minimizar el acentuado proceso de transferencia de renta entre la producción, la comercialización y la industrialización; y articular y promover la institucionalización de políticas públicas entre el ámbito de los gobiernos locales que puedan beneficiar al productor del café por medio de financiamiento, tecnologías, uso de insumos modernos y asistencia técnica.

    El Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café estará coordinado por un presidente y, a propuesta de los diputados mexicanos, por dos vicepresidentes. Los legisladores de Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Perú, a efecto de concretar sus objetivos, tienen como tarea inmediata elaborar un programa de trabajo para desarrollar durante el presente año, el cual comprenderá actividades como obtener la aprobación de sus respectivos Parlamentos, elaborar sus estatutos, designar a los representantes de cada país miembro y elegir a su directiva, y realizar una reunión el 30 de junio de 2005 en Colombia para aprobar la agenda de trabajo por desarrollar en el corto y mediano plazos. Los diputados miembros de la Comisión Especial del Café de esta Cámara estiman necesario e imprescindible que nuestra representación popular participe activa y decididamente en este Frente Parlamentario, por la importancia que para nuestro país tienen la producción, el beneficio, la comercialización y la exportación de café y su impacto económico en el Producto Interno Bruto.

    México no puede aislarse de los esfuerzos de la comunidad internacional para reactivar la industria ni desaprovechar la oportunidad de compartir objetivos, estrategias y acciones, en unión con los países productores, en un frente común. En tal virtud, los diputados miembros de la Comisión Especial del Café consideran conveniente y sumamente rentable continuar participando en foros o espacios de representación de la naturaleza indicada y asumir un papel protagónico y de liderazgo dentro de los mismos, así como estrechar lazos de colaboración con los países participantes y proponer la instrumentación de políticas públicas que posibiliten un auténtico desarrollo del sector cafetalero. En consecuencia, solicitamos de nuestros compañeros diputadas y diputados su aprobación al punto de acuerdo propuesto por la Junta Directiva, a efecto de dar el fortalecimiento y acompañamiento necesarios a los 482 mil productores de México, que están diseminados en los 12 estados productores del país con 650 hectáreas y que dependen de forma directa e indirecta cerca de 5 millones de mexicanos. Por ello se hace importante la participación en el concierto internacional de la Cámara de Diputados ante el Frente Latinoamericano y del Caribe. Por su comprensión y su apoyo, muchas gracias. Gracias, Presidente.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, señor diputado. En virtud de que no hay más oradores registrados, esta Presidencia considera el punto suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si es e aprobarse.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.


    TRANSFERENCIA DE REMESAS DE MIGRANTES

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que instruya a los consulados en Estados Unidos de América para que instrumenten un campaña informativa para los migrantes mexicanos en relación con el uso de cuentas bancarias para la transferencia de remesas a México, con el fin de disminuir los costos de envío

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo décimo cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Relaciones Exteriores instruya a los Consulados en los Estados Unidos de América a lanzar una campaña informativa para los migrantes mexicanos sobre el uso de cuentas bancarias para la transferencia de remesas a México, con el fin de disminuir los costos de envío, como Western Union y Moneygram, presentada por el diputado Juan Manuel Vega Rayet, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único: La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores que instruya a los Consulados en los Estados Unidos de América que instrumenten un campaña informativa para los migrantes mexicanos en relación con el uso de cuentas bancarias para la transferencia de remesas a México, con el fin de disminuir los costos de envío, los cuales resultan más altos en empresas especializadas como Western Union y Moneygram.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica); Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que esta Presidencia no tiene registrados oradores, considera el punto suficientemente discutido. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Los que estén en contra... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.


    AÑO MUNDIAL DE LA FISICA

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados expresa su apoyo al Año Mundial de Física y exhorta a las Secretarías de Educación Pública, de Energía, y de Gobernación, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, así como a los gobiernos de las entidades federativas a que realicen una amplia promoción de la física

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo décimo cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía hace un pronunciamiento de apoyo al Año Mundial de la Física y exhorta a las secretarías de Educación Pública, de Energía y de Gobernación, así como al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y a los gobiernos de las entidades federativas a que, durante el año 2005, realicen una amplia promoción de la física, presentada por el diputado Julio César Córdova Martínez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de acuerdo

    Primero: La Cámara de Diputados expresa su apoyo al Año Mundial de Física.

    Segundo: Se exhorta a las Secretarías de Educación Pública, de Energía, y de Gobernación, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, así como a los gobiernos de las entidades federativas a que realicen una amplia promoción de la física.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia tiene registrado al señor diputado Julio César Córdova Martínez, para hablar en pro, quien tiene el uso de la palabra.El diputado Julio César Córdova Martínez: Con el permiso de la Presidencia; compañeras diputadas, compañeros diputados: como es de su conocimiento, a principios de este año se realizaron varias actividades para celebrar el Año Mundial de la Física. Lo anterior se debió a que en noviembre de 2003 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la UNESCO, adoptó una resolución en la que apoyó la iniciativa de declarar 2005 como el Año Mundial de la Física, lo cual fue aprobado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 10 de julio de 2004. Todo lo anterior se debe a que 2005 marca el centenario del llamado ``Año Milagroso de Albert Einstein'', en el que publicó tres importantes documentos: relatividad espacial, el efecto fotoeléctrico y movimiento browniano, los cuales introdujeron ideas revolucionarias a preguntas fundamentales, incluyendo la existencia de los átomos, la naturaleza de la luz y los conceptos de espacio, energía y materia. Muchos nos preguntamos o ignoramos la importancia de la física en la vida cotidiana; sin embargo, a pesar de que su estudio requiere un alto nivel de abstracción, ayuda a resolver muchos problemas comunes.

    Por ello es importante que las mayores audiencias posibles comprendan el progreso y la importancia de este gran campo de la ciencia. Y estoy convencido de que este año debe ser la ocasión para empezar debates prospectivos sobre la gran necesidad de la investigación científica en el siglo XXI. Los debates deben relacionarse con problemáticas sociales que acompañen la práctica de la ciencia en general y de la física en particular. Por ello, el 12 de enero de 2005 la comunidad científica y académica mexicana solicitó a esta soberanía, a través del Foro Consultivo, Científico y Tecnológico, que se hiciera un pronunciamiento al respecto. Siete premios Nobel de Física y uno de Química, ministros y secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Internacionales y Regionales de Física, 500 estudiantes de 70 países y diversos investigadores participaron del 13 al 15 de enero en la conferencia Física para el futuro en la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), que marcó el inicio oficial del Año Mundial de la Física.

    En el mundo escolar, la física sigue siendo una materia con fama de difícil. Ante los jóvenes y el público en general, suele tener una imagen negativa, ya que se relaciona con conceptos abstractos, ecuaciones y una enseñanza puramente teórica. Ahora bien, cuando se contempla desde otra perspectiva, la física puede ser apasionante y, como ya lo comentamos, resolver muchos de nuestros problemas. Gracias a ella se pueden encontrar soluciones a problemas tan importantes como los energéticos, el medio ambiente y la salud. Por todo lo anterior, el grupo parlamentario del PRI ve con mucho agrado que la Junta de Coordinación Política haga suyo este tema fundamental. Asimismo, la Comisión de Ciencia y Tecnología felicita a esta soberanía porque sabe de antemano que va a aprobar que éste sea el Año Mundial de la Física y va a hacer también, esta soberanía, un exhorto a las autoridades correspondientes para difundir este tema tan fundamental para el desarrollo de la ciencia y de la humanidad. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. No habiendo más oradores registrados, esta Presidencia considera el punto suficientemente discutido. Pregunte la secretaría a la Asamblea si es de aprobarse.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.
    ESTADO DE CHIAPAS

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas a revisar los casos de los maestros indígenas Rubén Aviud Cruz Trigueros, Samuel Velásquez Jacob, Víctor Manuel de Jesús González García y Ever Vicente Escalante, detenidos el catorce de marzo del presente año

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, así como a los órganos de gobierno del estado de Chiapas encargados de la administración, procuración e impartición de justicia, a liberar a los maestros indígenas Rubén Aviud Cruz Trigueros, Samuel Velásquez Jacob Víctor Manuel de Jesús González García y Ever Vicente Escalante detenidos el pasado catorce de marzo del presente año, presentada por el diputado Belisario Iram Herrera Solís, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único: Se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas a revisar los casos de los maestros indígenas Rubén Aviud Cruz Trigueros, Samuel Valásquez Jacob, Víctor Manuel de Jesús González García y Ever Vicente Escalante detenidos el catorce de marzo del presente año

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica p.a), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, señor secretario. Esta Presidencia tiene registrado al señor diputado Belizario Iram Herrera Solís para hablar en pro. Tiene el uso de la palabra, señor diputado.El diputado Belizario Iram Herrera Solís: Con su permiso, señor Presidente: desde luego, agradecer a la Junta de Coordinación por considerar este punto de acuerdo de urgente resolución. Compañeros diputados: ante esta tribuna y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes antecedentes:

    En el estado de Chiapas, desde el 14 de marzo del año que transcurre se encuentran detenidos en el penal de alta seguridad El Amate los maestros indígenas Rubén Abiú Cruz Trigueros, Samuel Velásquez Jacob, Víctor Manuel de Jesús González García y Ebert Vicente Escalante, privados de la libertad injustamente por ejercer derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como lo es la libertad de expresión y la libre manifestación de ideas. La libertad es una potestad inseparable de la naturaleza humana. Como elemento esencial de la persona, la libre manifestación de las ideas, pensamientos, opiniones constituye uno de los factores indispensables para el progreso cultural y social. Sin estas libertades se atenta el cabal desenvolvimiento de la personalidad humana, estimulando su perfeccionamiento y elevación cultural.

    El Constituyente de 1917 plasmó en el artículo 6o. de la Carta Magna la libertad de expresión como una garantía individual, que es una obligación correlativa a cargo del Estado y sus autoridades, consistente en respetar el derecho y preservar o cumplir las condiciones de seguridad jurídica del mismo, como un derecho subjetivo público, que emana de dicha relación en favor del gobernado, siendo el Estado el encargado de velar por el respeto de estos derechos subjetivos públicos. Es inconcebible que en Chiapas, el gobernador, después de haber sido favorecido con el voto del magisterio, que contribuyó a que hoy ostente el cargo de representación popular, ahora emplea el uso de la fuerza pública y otros medios para reprimir y someter al pueblo, en este caso al magisterio chiapaneco, y en Chiapas no se puede hablar de la existencia de un Estado de derecho, cuando el titular del Ejecutivo estatal pretende imponer su voluntad a través de la fuerza y el exceso de poder.

    Hasta la fecha, las autoridades gubernamentales no han prestado atención a los planteamientos del magisterio en general. Atenderlos y escucharlos no significa necesariamente la obligación de resolver sus demandas; sin embargo, el gobierno del estado, en lugar de escucharlos, los reprime porque este sector de la sociedad se manifiesta de manera diferente, ante la falta de interés del propio gobierno en su problemática. Un Estado, antes de ser castigador o de convertirse en policía, debe ser un Estado educador que promueva el diálogo, la paz, la convivencia social y garantice la libre expresión y manifestación de las ideas. Desde esta tribuna, la más alta de la nación, y por la trascendencia y gravedad del asunto, se exhorta al C. gobernador del estado de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchía, a agotar el diálogo con las organizaciones manifestantes, a devolver la paz y la tranquilidad social a los chiapanecos; y, particularmente, se revise la situación jurídica de los maestros que fueron privados de la libertad, cuyos únicos delitos fueron manifestarse ante la falta de atención a las demandas. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

    Único. Se solicita a la Secretaría de Gobernación tomar cartas en el asunto y exhortar a los órganos estatales del gobierno del estado de Chiapas encargadas de la administración, procuración e impartición de justicia a liberar a los maestros indígenas Rubén Abiú Cruz Trigueros, Samuel Velásquez Jacob, Víctor Manuel de Jesús González García y Ebert Vicente Escalante, detenidos el pasado 14 de marzo del presente año, por ser ilegal y por falta de fundamentos.

    Muchas gracias, compañeros.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. No habiendo más oradores registrados, el tema se considera suficientemente discutido. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: En votación económica, se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén en contra... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.
    ESTADO DE CHIAPAS

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Comisionado de Acuacultura y Pesca, C. Ramón Corral Ávila, a dar respuesta a las necesidades y peticiones de los pesqueros en el estado de Chiapas

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al C. Ramón Corral Ávila, Comisionado de Acuacultura y Pesca, a dar respuesta a las necesidades y peticiones de los pesqueros en el estado de Chiapas, presentada por el diputado Julián Nazar Morales, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Comisionado de Acuacultura y Pesca, C. Ramón Corral Ávila, a dar respuesta a las necesidades y peticiones de los pesqueros en el estado de Chiapas.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica p.a), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica); Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.); Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado Julián Nazar Morales, para hablar en pro.El diputado Julián Nazar Morales: Con su permiso, señor Presidente. Quiero agradecer en forma especial a la Junta de Coordinación por darnos la oportunidad de presentar este punto de acuerdo, que es de trascendental importancia para el estado de Chiapas, pero en forma especial quiero dejar reiterado mi agradecimiento al compañero diputado González Morfín, coordinador de la fracción parlamentaria del PAN, por apoyarnos a impulsar este punto de acuerdo. Compañeros diputados, compañeras diputadas: el suscrito, diputado federal Julián Nazar Morales, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y con facultades en el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, viene a poner a consideración los siguientes puntos de acuerdo.

    La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca se creó el 31 de mayo de 2001, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, teniendo en conocimiento la riqueza de los recursos pesqueros con que cuenta nuestro territorio nacional, que es de aproximadamente 11 mil 500 kilómetros de litoral, 3 millones de kilómetros cuadrados de zona económicamente exclusiva, más de 2 millones 900 mil hectáreas de aguas interiores y trasciende 58 mil kilómetros cuadrados de plataforma continental; también, áreas situadas en las costas y en el interior del territorio nacional que son o pueden ser susceptibles de usos para la acuacultura. Al revisar estos datos, nos damos cuenta del recurso natural con que contamos y del potencial que representa, que desafortunadamente no ha sido debidamente aprovechado de acuerdo con las necesidades de la población y de acuerdo con sus demandas.

    En atención a estas necesidades radica la importancia de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. De acuerdo con el artículo 2o., fracción XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se establece que debe fomentar la actividad pesquera acuícola, lo que implica impulsarla y orientar sus actividades y procesos en términos de eficientar la calidad, rentabilidad y participación plena de la población dedicada a esta actividad. En relación con ello comentamos: la Comisión de Pesca de la diputación federal que preside el compañero Javier Obregón y en representación de los diputados federales de las diferentes fracciones, tanto del PAN como del PRI y del PRD, en donde estuvieron presentes el compañero diputado Sebastián Calderón, Alejandro Higuera, Javier Obregón, Presidente de la Comisión, Francisco Grajales, integrante de la misma, y su servidor, recibimos la demanda más sentida de los compañeros pesqueros del estado de Chiapas. Por eso no entendemos la actitud del señor comisionado Ramón Corral, en donde más de un año de seguimiento que hemos dado a las solicitudes planteadas ante esta Comisión por los pescadores de Chiapas, vemos que se discrimina y se atenta contra los principios elementales del derecho de cada mexicano de ser igual con los iguales.

    Por esto quiero decirles, compañeros, y pido a la Mesa Directiva que tome en consideración, y pedimos la comparecencia del compañero Ramón Corral, para que nos explique cómo en el estado de Sinaloa se autorizaron 2 mil 512 permisos de embarcaciones con motores fuera de borda de hasta 115 caballos de fuerza, y en Chiapas no ha sido posible autorizar las 200 o 300 embarcaciones que se pidieron para que los compañeros ribereños que tienen la necesidad de capturar el camarón en alta mar sean beneficiados con estos permisos y ahí no podemos entender cómo un funcionario como Ramón Corral, quien tiene la responsabilidad de velar por los intereses de los mexicanos y tiene la responsabilidad precisamente de liberar los permisos para que sean beneficiados estos compañeros, no ha sido tomado en cuenta el estado de Chiapas.

    Y quiero dejar bien aclaradas las cosas: más de un año llevamos ya con él, tratando de que estos permisos sean para los compañeros pescadores, principalmente los de Boca del Cielo, Paredón y Barra del Palmar, y no ha sido posible concertarlo. Ya en tres ocasiones nos han dicho que íbamos a iniciar el censo; se iba a iniciar ya con la matriculación de las embarcaciones, y es la hora de que ni al secretario de Pesca del estado, David Sol, le ha permitido que se hagan estos trabajos porque tiene que participar precisamente la Comisión que preside el compañero Ramón Corral, por lo cual exponemos los siguientes puntos de acuerdo:

    Primero. Se exhorta al C. Ramón Corral Ávila, comisionado de Acuacultura y Pesca, para que otorgue a los pescadores del estado de Chiapas la autorización para utilizar embarcaciones de pesca con motor fuera de borda de hasta 115 caballos de fuerza para capturar camarones en alta mar.

    Segundo. Solicitar al C. Ramón Corral Ávila, comisionado de Acuacultura y Pesca, actúe con respeto a todos los pesqueros y no de manera parcial, de acuerdo con sus intereses o criterio personal, y no discrimine a los pescadores chiapanecos y favorezca únicamente a los de Sinaloa.

    Tercero. Que el Presidente de la Mesa Directiva cite a comparecer al compañero Ramón Corral y que el compañero Presidente de la Comisión de Pesca, Francisco Javier Obregón, haga la solicitud de la Mesa Directiva que comparezca el licenciado Ramón Corral Ávila, comisionado de Acuacultura.

    Insértese, compañero Presidente, íntegramente en el Diario de los Debates este punto de acuerdo y, nuevamente, agradecemos a la fracción parlamentaria del PAN, del PRD y del PRI por darnos la oportunidad de presentar este punto de acuerdo, que es de vital importancia para los pescadores del estado de Chiapas. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Esta Presidencia no tiene registrados más oradores; luego entonces, considera el tema suficientemente discutido. Pregunte la Secretaría la Asamblea si es de aprobarse.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría.
    ORGANIZACION CAZA-INMIGRANTES

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados se pronuncia en contra de las acciones realizadas por la organización caza---inmigrantes Minute Man Project y exhorta al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores a llevar a cabo una enérgica condena de los actos delictivos realizados por esta organización

    Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo para que esta soberanía se pronuncie en contra de las acciones realizadas por la organización caza-inmigrantes denominada Minute Man Project, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores a llevar a cabo una enérgica condena de los actos delictivos realizados por esta organización, presentada por la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, cuyo original se anexa al presente.

    Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero: La Cámara de Diputados se pronuncia en contra de las acciones realizadas por la organización caza-inmigrantes Minute Man Project.

    Segundo: Se exhorta al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores a llevar a cabo una enérgica condena de los actos delictivos realizados por la organización a la que se refiere el resolutivo que antecede.

    Palacio Legislativo, a 11 de abril de 2005.--- Dip. José González Morfín (rúbrica), Presidente; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, quien la ha solicitado para hablar en pro.La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: Gracias, diputado Presidente, con su venia; compañeros diputados y compañeras diputadas: el pasado 1 de abril inició un vergonzoso y ofensivo programa en el estado de Arizona, que tiene como objetivo la cacería de inmigrantes. Dicho programa es el ya mencionado Minute Man Project, que se promociona a través de carteles, anuncios e Internet, medios por los cuales ha logrado reclutar más de mil ciudadanos norteamericanos armados, con la tarea de entregar y capturar migrantes, violando expresamente la normatividad internacional y la de su propio país, Estados Unidos de América. Estas personas, que portan armas de largo alcance y que incluso han contratado pilotos para sobrevolar y vigilar la zona fronteriza, han capturado más de 70 migrantes hasta la fecha, haciendo la tarea que en teoría correspondería a las autoridades norteamericanas y utilizando mecanismos como el amedrentamiento armado hacia mexicanos que nada portan para defenderse, además de que se encuentran exhaustos, hambrientos y temerosos a la autoridad.

    Es importante tener presente que la detención de mexicanos indocumentados en el suelo de Estados Unidos de América sólo debe hacerse por las autoridades competentes, en este caso la Patrulla Fronteriza, y que cualquier captura de mexicanos por personas ajenas a este órgano es una clara violación del derecho internacional. La Cámara de Diputados, como órgano gubernamental y representativo del pueblo mexicano, no debe mantenerse al margen de los problemas que padecen nuestros connacionales, que se ven en la necesidad de emigrar para alcanzar mejores niveles de vida, por lo que pido su atención y preocupación por los actos perpetrados contra mexicanos en suelo estadounidense. Debemos hacer un enérgico llamado a las autoridades norteamericanas para que cumplan lo acordado con la Cancillería, que básicamente es asegurar el respeto de los derechos humanos de los migrantes mexicanos, prevenir cualquier acto de violencia o maltrato por parte de los integrantes de Minute Man Project y promover la observancia y respeto de la legislación estadounidense y la internacional.

    Los gobiernos de ambos países han coincidido en múltiples foros en que la seguridad de la zona fronteriza es un tema prioritario para la relación bilateral. Pero dicha responsabilidad corresponde de manera exclusiva a las autoridades de ambos países, no a los ciudadanos por su propia mano. Que la comunidad internacional sepa que los diputados mexicanos rechazamos tajantemente este tipo de acciones. Es nuestro deber pronunciarnos por el respeto de los derechos humanos de los migrantes mexicanos y el de libre tránsito de las personas, procurando protegerlos y evitando que este tipo de acciones xenófobas y racistas realizadas por los integrantes de Minute Man Project conlleven a escaladas de violencia con resultados francamente lamentables. Mantenerse al margen es quedarse callado ante actos de racismo que pueden crecer y afectar la relación bilateral de México y Estados Unidos, por lo que la Secretaría de Relaciones Exteriores debe poner más énfasis y atención en resolver este importante problema binacional. No es únicamente enviando notas diplomáticas que este problema puede resolverse; es un problema multicausal y sumamente complejo que requiere nuestro compromiso permanente como legisladores y como mexicanos. Por lo anterior, compañeras diputadas y compañeros diputados, los invito a votar en favor de este pronunciamiento, en nombre de nuestro queridísimo México y más: en nombre de nuestros compatriotas. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputada. Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Gustavo de Unanue Aguirre, del Partido Acción Nacional, también en pro.El diputado Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre: Con su permiso, Presidente: es evidente que este tema une a todos los partidos y une a todos los mexicanos en rechazo de estas actitudes racistas. Es evidente que el Partido Acción Nacional está en favor de este punto de acuerdo, pero me gustaría compartir con ustedes una serie de acciones, ya que --como bien decía la diputada-- pensamos que solamente con aprobar un punto de acuerdo o con cartas diplomáticas no vamos a resolver el problema, y me gustaría compartir con ustedes algunas acciones que han tomado legisladores sonorenses en favor de esta causa. Decirles, primero, que en la Cámara de Diputados, en esta Cámara de Diputados, ya se creó un grupo especial de trabajo para dar seguimiento al Minute Man Project, integrado por la diputada Cristina Díaz, del PRI; Alejandra Méndez, del Partido Verde Ecologista; y por un servidor del PAN. Los diputados locales del estado de Sonora aprobaron ya un punto de acuerdo, lo mismo que los diputados de Chihuahua, Tamaulipas, Nuevo León.

    También, los legisladores sonorenses en la Conferencia Legislativa de Estados Fronterizos realizaron una serie de acuerdos con legisladores estadounidenses para que ellos, en Estados Unidos, en los estados de que son parte los legisladores fronterizos, utilicen instrumentos jurídicos similares a los pronunciamientos de aquí, en México, en favor de la legalidad y en favor o en contra de las actitudes racistas de este grupo Minute Man Project. Decirles que, a iniciativa de los legisladores locales sonorenses, en la próxima reunión de la Conferencia Legislativa de Estados Fronterizos, esta Cámara de Diputados tendrá voz. Y hay un compromiso de que asistan legisladores federales de Estados Unidos en Tijuana para discutir a fondo este tema del Minute Man Project. También, el alcalde de Agua Prieta, David Figueroa Ortega, se reunió con el alcalde de Douglas, Arizona, y con grupos de la sociedad civil de los dos estados para discutir el tema y manifestar el rechazo a las actitudes racistas de este grupo.

    Y decir que este grupo no tuvo tal convocatoria, como se ha dejado ver en algunos medios de comunicación. Efectivamente, ellos habían anunciado que había cerca de mil afiliados a su proyecto; a la hora de la reunión en el pueblo de Tucson, Arizona, no fueron ni cien las personas que asistieron a integrar el proyecto Minute Man. Y no sólo esto, sino que en días pasados corrieron a uno de estos integrantes del proyecto porque se encontró con un migrante en la frontera e incluso le dio agua y le dio pan, y lo corrieron. Es decir, es un proyecto que por ser racista se está diluyendo por sí mismo; y hay que estar pendientes de que todas las autoridades de Estados Unidos hagan cumplir la ley allá. Por supuesto, lo que ha generado esto es que todas las autoridades mexicanas, el Gobierno Federal, el gobierno del estado de Sonora, los legisladores locales y ahorita los legisladores federales pongamos los ojos en la frontera. Quiero exhortarlos, sí, efectivamente, a aprobar este punto de acuerdo, pero principalmente a que los ojos en la frontera de México y Estados Unidos estén puestos permanentemente por los legisladores mexicanos. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, señor diputado. Esta Presidencia no tiene registrados más oradores; luego entonces...

    El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul): Señor Presidente, solicito la palabra.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Don Pedro Ávila Nevárez, ¿con qué objeto?El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul): Para hechos.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En términos reglamentarios, no debería. Sin embargo, haciendo uso de las facultades que me concede el 23, adelante, don Pedro. Adelante, tiene usted el uso de la palabra.El diputado Pedro Ávila Nevárez: Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados, compañeras diputadas: ¡Qué triste es ver que a nuestros mexicanos que pasan a Estados Unidos, esas gentes racistas de Estados Unidos se preparan para matarlos como si fueran unos animales! Cómo recuerdo en estos momentos el incidente en que unos pescadores chiapanecos fueron baleados por el gobierno de Miguel Idígoras Fuentes, en el gobierno de Adolfo López Mateos, y se rompieron las relaciones con el pueblo de Guatemala. Cómo recuerdo esa política internacional de México de defender con dignidad a nuestros connacionales, no esa política.

    Ahorita, aquí un diputado que me antecedió decía que ya todos los diputados están de acuerdo, los locales y los federales, en hacer puntos de acuerdo. Sí, se trata de que intervengamos nosotros, los diputados. Y qué bueno que así sea, ya que tanto al Presidente de la República, Vicente Fox, como a Luis Ernesto Dérbez o Derbez, como sea, que no es Dérbez ni Derbez, es un pobre hombre que anda allá en Estados Unidos buscando la candidatura de la OEA, les importa un comino lo que está pasando a nuestros connacionales y él sigue allá en Estados Unidos pidiéndoles que lo hagan secretario general de la OEA, mientras todos estos mafiosos hacen lo que hacen con nuestros connacionales, y tanto Fox como Derbez se hacen los desentendidos y los tontos para no intervenir en forma enérgica. Hace unos días veíamos a Fox allá con Bush en una entrevista que tuvieron en una visita de Estado. Y todo le pidió a Bush, menos que se respetara a nuestros connacionales. Cuándo se iba a ver esto, compañeros diputados. Cuándo se iba a ver que la soberanía de México la pisotearan en una forma tan artera y tan arbitraria.

    Aquí, en este Congreso de la Nación, donde la patria misma vibra, queremos hacer un llamado tanto a Fox como a Dérbez o Derbez, como sea, para que fijen sus ojos en la frontera y cumplan su cometido; y, de no ser posible esto, que se rompan las relaciones con Estados Unidos porque no es posible que estemos permitiendo que estas cosas se realicen en perjuicio de gente que va a trabajar en una forma honrada, a buscar un pedazo de pan para sus hijos y, sin embargo, se les trata como ladrones y como asesinos. Quién mueve la economía de Estados Unidos si no son los mexicanos que están allá. Quiénes son los que mandan los millones de pesos a México si no son nuestros mexicanos que se parten el alma por hacer que la economía de México sea más alta y sus hijos y sus mujeres tengan un mejor tenor de vida en nuestra patria. Los exhorto para que mandemos, aparte de lo que propone nuestra valiente compañera María de Jesús Aguirre, para que enviemos un exhorto al Presidente de la República y a Luis Ernesto Derbez, secretario de Relaciones Exteriores, para que defina su puesto: quiere ser el secretario de Relaciones Exteriores y defender los intereses de México, o quiere seguir siendo lacayo de Estados Unidos. Si es así, que renuncie y se postule para la OEA. Y a Fox, que piense que es Presidente de los mexicanos y no un... --¿para qué digo?-- de Bush. Muchas gracias, compañeros.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No habiendo más oradores registrados, pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse el punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: En votación económica, se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén en contra... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.

    El siguiente punto del orden del día es el capítulo de iniciativas. Esta Presidencia se permite informar a la Asamblea que el punto primero, el tercero y el cuarto han sido pospuestos a petición de los grupos parlamentarios promoventes.


    LEY DE NACIONALIDAD
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En tal virtud, tiene el uso de la palabra el señor diputado José Javier Osorio Salcido, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona los artículos 19 y 20 de la Ley de Nacionalidad.El diputado José Javier Osorio Salcido: Con su venia, señor Presidente: el suscrito, José Javier Osorio Salcido, en su carácter de diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pone a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se modifica la fracción III y se adiciona una fracción V al artículo 19 del primer párrafo del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, bajo la siguiente exposición de motivos:

    En la actualidad, la mayoría de las naciones del mundo busca actualizar su legislación en materia de naturalización y nacionalidad. Lo anterior, por cuestiones de seguridad nacional, por lo que la mayoría de las naciones en la actualidad exige mayor número de requisitos a los extranjeros que pretenden adquirir la nacionalidad del país en que residen. Si bien es cierto que nuestra nación se ha distinguido por una política migratoria flexible, que ha permitido en muchos de los casos que algunos extranjeros se hayan aprovechado de las lagunas legales que tiene nuestra legislación en esta materia para su beneficio, actualmente los Estados exigen una serie de requisitos mínimos a los extranjeros que desean adquirir la nacionalidad. La generalidad de los requisitos que se exigen es muy razonable y necesaria para garantizar la plena integración a la sociedad, previniendo de esta manera que el interesado pueda convertirse en un problema para el Estado y para la sociedad.

    Nuestra Ley de Nacionalidad no toma con seriedad esta serie de requisitos, que son necesarios para la seguridad nacional, ya que si bien sí hace referencia a ellos, deja a la libre interpretación de los órganos gubernamentales su cumplimiento. Esto podría ser entendible si existiera un reglamento para esta ley, pero el hecho es que nunca se ha elaborado dicho reglamento. Esta ley lleva ya casi siete años en vigor: fue publicada el 28 de enero de 1998 y entró en vigor el 20 de marzo del mismo año. Es urgente hacer modificaciones a la Ley de Nacionalidad, por lo que estos cambios no pueden ni deben esperar más. Es urgente la reforma de esta ley para dotarla de certeza jurídica en su aplicación, a fin de hacerla más clara y segura en su aplicación y, de esta forma, impedir las interpretaciones que actualmente se hacen. Al aprobarse esta iniciativa, que reforma la Ley de Nacionalidad, en su Capítulo Tercero, ``De la Nacionalidad Mexicana por Naturalización'', se especificarán de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los extranjeros que desean adquirir la nacionalidad mexicana por naturalización. Lo anterior, para acabar con las ambigüedades que presenta actualmente dicho ordenamiento.

    La Ley de Nacionalidad, hasta el día de hoy, en su artículo 19, fracción III, sólo exige al interesado que pretende adquirir la nacionalidad mexicana por naturalización probar que habla español, que conoce la historia del país y que se encuentra integrado a la cultura nacional. Pero la ley no señala el medio por el que el interesado dará cumplimiento a este requisito, y esto es utilizado por los funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores para realizar entrevistas y exámenes a quienes ellos consideran, de forma discrecional, y a algunos otros es dispensado --extrañamente-- este requisito. Debido a esto, nos encontramos con una serie de personas provenientes, en este caso, de países orientales que ya cuentan con carta de naturalización y que en su gran mayoría no habla español, menos conoce la historia y la cultura mexicanas. Por lo anterior se hace necesario reformar dicho artículo para señalar expresamente en la ley la obligación de presentar un examen elaborado y aplicado por una universidad pública de prestigio para dar cumplimiento a este requisito.

    De esa manera se estará acabando con la discrecionalidad de los funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que otorgan cartas de naturalización a personas que no satisfacen estos requisitos. El artículo 20 de la Ley de Nacionalidad es igualmente ambiguo en su primer párrafo, el cual exige al extranjero que pretende naturalizarse mexicano una residencia mínima de cinco años en territorio nacional. La ley no especifica a qué tipo de residencia se refiere, no así la Ley de Población: en ella sí se especifica que la única calidad migratoria que tiene carácter de residencia es la calidad migratoria de inmigrante. Así, la Ley General de Población, en su artículo 44, define qué se entiende por ``inmigrante'', y lo define de la siguiente manera: ``Inmigrante es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicarse en él en tanto adquiere la calidad de inmigrado''.

    Esa calidad migratoria se otorga a extranjeros profesionistas, deportistas, inversionistas, artistas y los demás que expresamente señala el artículo 48 de la Ley General de Población para que, con posterioridad, quienes así lo deseen puedan acceder a la naturalización. Por tanto, el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad debe señalar expresamente que ``residencia legal'' se refiere a la calidad migratoria de inmigrante, es decir, a la que se refieren los artículos 44 a 48 de la Ley General de Población. El requisito es razonable, ya que el sujeto se encuentra asimilado económica, social y culturalmente, además de que este tipo de extranjeros aporta al país cultura, conocimientos científicos y técnicos y capital económico que fomenta el desarrollo del país. Por último, es necesario adicionar una fracción V al artículo 19, a fin de que se exija al extranjero que desea adquirir la nacionalidad mexicana presentar carta de no contar con antecedentes penales en México ni en el extranjero, o documento donde se señale expresamente por qué delito fue sentenciado para que, a consideración del gobierno mexicano, se le otorgue o deniegue la nacionalidad.

    Ésta es una medida de seguridad necesaria para resguardar la seguridad del país. No podemos estar vulnerables a entregar cartas de naturalización a gente que ha delinquido y que muchas veces, como se mencionó, vienen huyendo de sus países, donde son vigilados por las autoridades policiacas. El requisito anterior es necesario para el Estado mexicano porque se debe asegurar de que no naturalizará a un delincuente o a un futuro delincuente que gozará de todos los derechos como un nacional. Por lo anterior, esta reforma, al aprobarse, exigirá al interesado allegarse su historial ministerial a las autoridades mexicanas de migración para que éstas decidan si les otorga o no la nacionalidad, en el caso de contar con antecedentes penales. De esa forma, las autoridades podrán decidir con mayor claridad a quiénes consideren con las cualidades para otorgarles la nacionalidad de los que consideren peligrosos para la seguridad nacional. Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones mencionadas, presento a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que modifica la fracción III, adiciona una fracción V al artículo 19 y modifica el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad

    Artículo Único. Se modifica la fracción III, adiciona una fracción V al artículo 19 y modifica el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, para quedar como sigue:

    Artículo 19. De la primera a la segunda quedan igual. Fracción III. Probar que se sabe hablar español, conocer la historia del país y estar integrado a la cultura nacional, lo cual deberá acreditar con la aprobación de un examen, cuya elaboración y aplicación estarán a cargo de una universidad pública de reconocido prestigio.

    IV a final, igual. V. Acreditar fehacientemente, por medio de documentos oficiales, los antecedentes penales en México y en el extranjero.

    Artículo 20. El extranjero que pretenda naturalizarse mexicano deberá acreditar que ha residido en territorio nacional con la calidad migratoria de inmigrante, según los artículos 44, 45 y 48 de la Ley General de Población, cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, salvo lo dispuesto en las fracciones I a III.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2005.

    Muchas gracias por su atención.

    «Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 19 y 20 de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado José Javier Osorio Salcido, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, José Javier Osorio Salcido, en su carácter de diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pone a consideración de esta soberanía presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se modifican la fracción III y se adiciona una fracción V al artículo 19 y el primer párrafo del articulo 20 de la Ley de Nacionalidad, para exigir la aprobación de un examen de idioma español y de conocimientos históricos y culturales de México; así como, exigir la residencia legal y el no contar con antecedentes penales, tanto en México como en el extranjero; todo lo anterior, para los extranjeros que quieran adquirir la nacionalidad mexicana.

    Exposición de Motivos

    En la actualidad la mayoría de las naciones del mundo, buscan actualizar su legislación en materia de naturalización y nacionalidad, lo anterior, por cuestiones de seguridad nacional, de esta manera, cada día la mayoría de las naciones exigen un mayor número de requisitos a los extranjeros que pretenden adquirir la nacionalidad del país en el que residen.

    Si bien es cierto que nuestra nación se ha distinguido por una política migratoria flexible; que ha permitido en mucho de los casos el abuso de extranjeros, que han aprovechado en su beneficio las lagunas legales que tiene nuestra legislación en esta materia. Actualmente, los Estados exigen una serie de requisitos mínimos a los extranjeros que desean adquirir la nacionalidad de estos Estados. La generalidad de los requisitos que se exigen es muy razonable y necesaria para garantizar la plena integración a la sociedad, la honorabilidad y honestidad del solicitante, previniendo que el interesado se pueda convertir en un problema para el Estado.

    Uno de los principales requisitos que suelen exigir los Estados; es el de hablar el idioma oficial del país; el contar con los conocimientos básicos de la historia de la nación y nociones de su cultura. Si bien es cierto, que nuestro Gobierno exige este requisito, a los extranjeros que deseen adquirir la nacionalidad mexicana; este requisito no es calificado tangiblemente, generando ambigüedades. En otros Estados la calificación de estos requisitos es realizada, y verificada por órganos gubernamentales, quienes tienen la obligación de aplicar y calificar los exámenes. Con la aprobación de estos exámenes, el interesado, cumple de forma, que no se deja lugar a dudas, con los requisitos de dominio del idioma oficial, y los conocimientos históricos y culturales del país.

    Otro de los requisitos, que también se suele exigir con mucha frecuencia; es el de exigir al interesado, un cierto tiempo de residencia en el país. Pero es importante señalar, que esta residencia debe de ser legal; no solo se trata de estar viviendo en esa nación, sino que debe de certificar --por medio de documentación oficial del país-- que se reside conforme a las leyes de la nación, por lo que se debe de acreditar que se entró con una visa de trabajo, que es normalmente la que da el carácter de residente legal en las diferentes naciones. Este requisito es de entenderse ya que sirve de referente al gobierno del país, de que el extranjero, no infringió normas legales internas para internarse, durante su residencia y en su modo de vivir.

    No hay que confundir, la situación de los inmigrantes mexicanos en los Estados Unidos de Norteamérica --son mexicanos que por cuestiones económicas buscan trabajo y solo tienen como único fin trabajar y pedir el respeto y la protección de sus derechos fundamentales- y la situación del que pide la nacionalidad, pues se trata de una persona que con la naturalización adquirirá los mismos derechos y obligaciones con los que cuentan los ciudadanos, del país, al cual le pidió la nacionalidad.

    Cada vez más, hoy día, los Estados suelen exigir como requisito no contar con antecedentes penales, ni en la nación en la que se pretende adquirir la nacionalidad, ni en el extranjero. Este requisito es perfectamente entendible, ya que ningún Estado se puede permitir el riesgo de sufrir los actos que pudiera llegar a realizar una persona que ya presentó inadaptación social. No es poco común, que la gente huya de su país de origen, cuando a cometido un delito y es perseguido por estos delitos; o cuando habiendo cumpliendo con su condena, ya no pueden seguir realizando las conductas delictivas por los que fueron enjuiciados, por el hecho de encontrarse vigilados por los órganos policíacos de su país, así que mucha de esta gente busca otro lugar donde pueda seguir delinquiendo. Un ejemplo de estos casos son los que cometen el delito de pedofilia en las naciones desarrolladas, estas personas se encuentran vigiladas por los órganos ministeriales de sus países para evitar tengan contacto con niños y puedan volver a delinquir; no hay que olvidar que muchas de estas conductas obedecen a padecimientos psiquiátricos.

    Esta serie de requisitos no son tomados con la seriedad y seguridad requerida por nuestra Ley de Nacionalidad; ya que, si bien, se hace referencia a ellos, deja a la libre interpretación de los órganos de gobierno, encargados, su cumplimiento. Esto podría ser entendible, si existiera un reglamento para esta Ley, pero el hecho es que nunca se ha elaborado dicho reglamento; esta Ley lleva ya casi siete años en vigor, --fue publicada el 28 de enero de 1998 y en vigor desde el 20 de marzo del mismo año.

    Es urgente hacer modificaciones a la Ley de Nacionalidad, estos cambios no pueden ni deben esperar más, se debe reformar esta Ley para dotarla de certeza jurídica en su aplicación; a fin de hacerla más segura, y de esta forma impedir las interpretaciones que actualmente se hacen, fuera del espíritu que persigue la ley.

    Esta iniciativa busca que se aprueben una serie de reformas y modificaciones a esta Ley, en su Capitulo III de la Nacionalidad Mexicana por Naturalización, a fin, de que se especifique de manera más clara y precisa los requisitos que deben de cumplir los extranjeros que deseen adquirir la nacionalidad mexicana por naturalización, lo anterior para acabar con las ambigüedades que presenta actualmente dicho ordenamiento.

    Hoy día, la Ley de Nacionalidad en su artículo 19, fracción III, sólo exige a los interesados en adquirir la nacionalidad mexicana, por naturalización; probar que se habla español, que se conoce la historia del país y que se encuentra integrado a la cultura nacional; la ley no señala el medio por el que el interesado dará cumplimiento a este requisito; esto es utilizado por los funcionarios de la Secretaria de Relaciones Exteriores; para realizar entrevistas y exámenes a quien ellos consideran oportuno, y algunos otros les es dispensado de forma extraña este requisito; debido a esto nos encontramos con una serie de personas provenientes de países orientales --chinos, coreanos, etcétera-- e hindúes que ya cuentan con su Carta de Naturalización y que en su gran mayoría no hablan castellano y menos aun conocen la historia y cultura mexicana.

    Por lo anterior se hace necesario reformar dicho artículo para señalar expresamente en la ley, la obligación de presentar un examen, elaborado y aplicado por una universidad pública de prestigio, para dar cumplimiento a este requisito, de esta manera se estará acabando con la discrecionalidad de los funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores que extrañamente otorgan Cartas de Naturalización a personas que no satisfacen estos requerimientos.

    Otro artículo de la Ley de Nacionalidad que es igualmente ambiguo es el primer párrafo del artículo 20 de esta Ley, el cual exige al extranjero que pretenda naturalizarse mexicano una residencia mínima de cinco años en territorio nacional, la Ley no especifica a que tipo de residencia se refiere; no así la Ley General de Población, en esta Ley si se especifica que la única calidad migratoria que tiene carácter de residencia es la Calidad Migratoria de Inmigrante; así, la Ley General de Población en su artículo 44 define que se entiende por inmigrante:

    Artículo 44. Inmigrante es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicarse en él, en tanto adquiere la calidad de inmigrado.

    De esa forma, la ley presume que los extranjeros que entran en el país como inmigrantes tienen intenciones de radicarse en México; para con posterioridad adquirir la calidad de inmigrado, y si así, lo desean, poder acceder a la naturalización para adquirir la nacionalidad mexicana. Esta calidad migratoria se otorga a extranjeros profesionistas, deportistas, inversionistas, artistas, y los demás que expresamente señala el artículo 48 de la Ley General de Población.

    Por tanto, el artículo 19 de la Ley de Nacionalidad debe de señalar expresamente que por residencia legal, se refiere a la de calidad migratoria de inmigrante, es decir, a la que se refiere los artículos 44 a 48 de la Ley General de Población. El requisito es razonable, ya que el sujeto se encuentra asimilado económica, social y culturalmente; además de que este tipo de extranjeros aportaran al país cultura, conocimientos científicos y técnicos y capitales económicos que fomentaran el desarrollo del país.

    De no aprobarse estas reformas, estaremos corriendo el riesgo de seguir dando cartas de naturalización a personas que entraron con la calidad migratoria de no inmigrante visitante --para la cual exigen menos requisitos-- y que normalmente suelen traer mas problemas aparejados al país; ya que se suele tener menor control administrativo sobre estas personas. Este tipo de migración puede llegar a representar problemas económicos y sociales al país.

    Actualmente, la Secretaría de Relaciones Exteriores entrega Cartas de Naturalización a personas que ingresaron con Formas Migratorias de No Inmigrantes, distintas a las que la Ley General de Población, jurídicamente les da el carácter de residencia con la finalidad de radicar en el país. Así nos encontramos con personas que entraron con características migratorias de visitantes o estudiantes y que hoy día cuentan con su Carta de Naturalización, esto como ya se dijo ocasiona problemas económicos y sociales al país, que tiene que sufrir la asimilación de estas personas.

    Como ya se dijo, no se debe confundir la situación que guardan nuestros connacionales en la Unión Americana, los inmigrantes mexicanos solo buscan trabajar --y lo hacen en trabajos que los norteamericanos no están dispuestos a realizar-- para su sustento, y en exigir se les respete sus derechos humanos de los que goza cualquier persona humana; de ninguna forma buscan ser ciudadanos Norteamericanos. Los muy pocos casos en que se encuentran en posibilidades de pedir al Estado Norteamericano su ciudadanía, deben de cumplir una serie requisitos para poder acceder a la ciudadanía. El Estado mexicano mal haría en entrometerse en las políticas que exige esta nación para otorgar la nacionalidad a los extranjeros; el gobierno mexicano, solo exige respeto a la dignidad de los trabajadores inmigrantes. El que pide la nacionalidad de otro Estado del que se es oriundo, no solo busca trabajar en esta nación, además le interesa gozar con los derechos y prerrogativas de que gozan los nacionales de ese Estado; por lo que los requisitos para la obtención de la nacionalidad deben ser mayores, ya que los Estados deben asegurarse de no darle su nacionalidad a cualquier persona.

    Por último, es necesario adicionar una fracción V al artículo 19 a fin de que se exija al extranjero que desee adquirir la nacionalidad mexicana, presentar carta de no contar con antecedentes penales en México y en el extranjero, o documento donde se señale expresamente por que delito fue sentenciado; para que a consideración del Gobierno mexicano se le otorgue o niegue la nacionalidad mexicana. Es una medida de seguridad necesaria para la resguardar seguridad del país. No podemos estar vulnerables a entregar Cartas de Naturalización a gente que ha delinquido y que muchas veces, como ya se menciono, vienen huyendo de sus países donde son vigilados de cerca por las autoridades policíacas, y por lo tanto se les hace más dificulta realizar su actividad delictiva.

    El requisito anterior es necesario, el Estado mexicano debe asegurarse que no naturalizara a un futuro delincuente, que gozara de todos sus derechos como un nacional. Lo que se busca con la reforma es, exigir al interesado allegue su historial ministerial a las autoridades mexicanas de migración, para que estas decidan si se le otorga o no la nacionalidad, al interesado, en el caso de contar con antecedentes penales; de esta forma las autoridades podrán discriminar a los interesados, que ellos consideren peligrosos para la seguridad nacional; como serian los casos de narcotráfico; delitos sexuales; contrabando; etcétera.

    Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las deposiciones antes mencionadas, presento a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que modifica la fracción III y adiciona una fracción V al artículo 19; y modifica el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad

    Decreto que modifica la fracción III y adiciona una fracción V al artículo 19; y modifica el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad

    Artículo Único. Se modifica la fracción III y adiciona una fracción V al artículo 19; y modifica el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad para quedar como sigue:

    Artículo 19. (...)

    I. y II. (...)

    III. Probar que sabe hablar español, conoce la historia del país y esta integrado a la cultura nacional; lo cual deberá acreditar con la aprobación de un examen cuya elaboración y aplicación estará a cargo de una universidad pública de reconocido prestigio.

    IV. (...); y

    V. Acreditar fehacientemente, por medio de documentos oficiales, los antecedentes penales en México y en el extranjero.

    Artículo 20. El extranjero que pretenda naturalizarse mexicano deberá acreditar que ha residido en territorio nacional con la calidad migratoria de inmigrante según los artículos 44; 45 y 48 de la ley general de población cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, salvo lo dispuesto en las fracciones siguientes:

    I. a III. (...)

    (...)

    (...)

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de abril de 2005.--- Dip. José Javier Osorio Salcido (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted. Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.
    LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, presentada por el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55 fracción II, 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Hacienda y Crédito Público la presente iniciativa que adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2006, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    El consumo cultural en México ha vivido un desarrollo vertiginoso en la última década, fundamentalmente porque ha sido estimulado desde disciplinas y ámbitos diversos y por una gama amplia de demandas, que abarcan desde la búsqueda de democratización de las políticas culturales hasta la mejor mercantilización en dicha industria.

    En la actual discusión sobre el tema de las llamadas políticas culturales tiene que estar presente la reflexión sobre el sustrato cultural en que se está configurando el mexicano. Nuestros intelectuales, están muy claros de las carencias que tenemos en el orden político, económico, educacional y de salud, pero sabemos muy poco de lo cultural como base y soporte de las reacciones ante las cosas que más afectan nuestra vida.

    Si bien es cierto que en contraste con otros países de nuestro entorno México ha tenido una alfabetización tardía, lo que podría explicar la falta de hábito lector, no es tan comprensible que la mitad de la población actual no lea nunca.

    Hay diversas áreas en las que las audiencias pueden presentarse como especialmente sugerentes y que están prácticamente inexploradas. Una de ellas es la formación de públicos. Si tomamos en cuenta que los públicos no nacen, sino se hacen, esto es, que son constantemente formados por la familia, la escuela, los medios, las ofertas culturales comerciales y no comerciales, entre otros agentes que influyen ---con diferentes capacidades y recursos--- en las maneras cómo se acercan o se alejan de las experiencias de consumo cultural, las políticas de formación de públicos son necesarias.

    En general, las instituciones gubernamentales encargadas de la promoción y la difusión cultural, han limitado la formación de públicos a multiplicar la oferta y la publicidad, pero todo esto no se ha transformado en experiencias reales de formación de la capacidad de disfrute del arte. Ante la inefectividad estatal, niños y jóvenes se forman como públicos fundamentalmente por la televisión y la oferta comercial. Eventualmente, ellos serán o no el ahora menguante público futuro de las ofertas realizadas fuera del ámbito doméstico.

    La cultura de un pueblo es la expresión de su historia y la fuente de su identidad. Es lo que le da su lugar en el mundo y construye civilización. Es lo que nos permite preservarnos como nación. El patrimonio, las expresiones y el potencial cultural de México son verdaderamente extraordinarios, únicos. México tiene una cultura con raíces milenarias y un caudal de talento y creatividad que baña todos los campos del quehacer cultural. Las más de sesenta lenguas indígenas que se hablan a lo largo del territorio no son sino un botón de muestra de la riqueza de nuestro país. Contamos con un incomparable legado histórico y cultural, construido a lo largo de siglos. Nuestra patria ha sido cuna de artistas y creadores en todos los campos, que han destacado entre los mejores del mundo. La cultura es pues uno de los más preciados tesoros con que contamos.

    La lectura, en especial la de libros, es un factor fundamental para el crecimiento económico, político, social y cultural de las personas y de las naciones. El nivel de desarrollo de un país puede medirse por el número y calidad de sus lectores, así como por la infraestructura que sostiene a la lectura y la escritura.

    En los últimos veinte años se ha ido aguzando la conciencia de que los niveles de lectura en México son muy inferiores a los que demanda la exigencia de desarrollo del país y a los que supondría el nivel de alfabetización. Todos los indicadores lo señalan así: entre otros, la dificultad de las escuelas para formar lectores, la escasa producción editorial, el número insuficiente de bibliotecas y librerías --así como las malas condiciones físicas en que muchas de ellas se encuentran y el bajo número de usuarios y clientes--, la reducida circulación de los medios impresos. Al mismo tiempo, ha crecido la conciencia de que la lectura no es un problema de un pequeño grupo de ilustrados, sino de toda la población. La lectura tiene que ver no sólo con las humanidades y las ciencias, sino con todos los campos del conocimiento, con todas las esferas de actividad. Una capacidad de lectura bien desarrollada es un requisito para el aprovechamiento del enorme esfuerzo que ha significado, durante más de cuarenta años. Leer bien, comprender lo que se lee, leer por gusto es un fundamento indispensable para ir adelante en la era del conocimiento.

    Elevar los niveles de lectura de libros --indispensable para la formación de lectores capaces-- es una tarea inaplazable. Formar más niños, jóvenes, hombres y mujeres que sean lectores más expertos, curiosos y ávidos, que hagan de la lectura un medio para crecer, a lo largo de la vida, en conocimientos, sensibilidad e imaginación, en su capacidad crítica y su posibilidad de abrir y aprovechar nuevas oportunidades es una tarea enorme. Llevarla a cabo requiere el concurso de toda la sociedad: de las familias y las escuelas, de los centros de estudios superiores y las instituciones de cultura, de las organizaciones ciudadanas, las empresas privadas y las dependencias de gobierno.

    En este terreno prioritario, debemos contribuir directamente a la formación de lectores y a mejorar la producción, la distribución y la circulación de libros proponiendo maneras de avanzar, con el trabajo de todos, hacia la construcción y la consolidación de un país de lectores.

    La formación de nuevos lectores requiere estrategias que llamen la atención de la población no lectora hacia la lectura, la edición de colecciones de circulación masiva y bajos precios, así como la apertura de nuevos espacios y oportunidades para leer.

    En este sentido, el diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, somete a consideración la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 para quedar en los siguientes términos:

    Artículo Único.- Se adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 para quedar:

    Artículo 17. . . .

    Fracción XV.- Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta por la realización de ferias del libro que lleven a cabo en el ejercicio, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 10% de los descuentos realizados en el ejercicio por la renta de espacios para la celebración de este tipo de ferias, contra el Impuesto sobre la Renta a su cargo causado en el ejercicio.

    Se considerarán ferias del libro aquellas que cumplan con los requisitos que para el efecto señale el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, el día 12 del mes de abril de 2005.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Por lo que esta Presidencia la turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que haga las valoraciones necesarias y le otorgue el tratamiento que considere pertinente.
    ARTICULO 38 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra el señor diputado don Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario del Partido de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma la fracción II del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativa a las causas por las cuales los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden.El diputado Luis Maldonado Venegas: Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores legisladores:

    «Iniciativa que reforma la fracción II del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativa a las causas por las cuales los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden.

    El suscrito, Luis Maldonado Venegas, diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario del Partido Convergencia, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el decreto que reforma la fracción II del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Estado mexicano ha suscrito ciento seis Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos con la aprobación del Senado de la República, los cuales han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación y que por lo tanto, son de observancia general en todo el territorio nacional.

    Ello implica, necesariamente, llevar a efecto las adecuaciones indispensables en nuestro Derecho Positivo, a fin de que no se contraponga al contenido y a la esencia de los Tratados Internacionales.

    En ese contexto, se inscribe la iniciativa que hoy someto a la alta consideración de esta Soberanía, en virtud, de que la segunda fracción del artículo 38 Constitucional, se contrapone a un principio general de derecho, el cual señala que a toda persona debe considerársele inocente, mientras no se demuestre lo contrario.

    Principio que se reconoce también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, suscrita por nuestro país, en cuyo inciso 1 del artículo 11 dice: ``Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa''.

    El texto constitucional citado indica:

    Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

    II. Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión;

    Por supuesto que a nadie escapa el que en esta época, en la que el desafuero del Jefe de Gobierno del Distrito Federal ocupa la atención del país entero, se proponga la revisión del artículo 38 Constitucional, cuando el texto invocado no ha sufrido ninguna modificación desde la promulgación de la Constitución de 1917, pero los acontecimientos que impactan a la opinión pública, son también ocasión propicia para que se actualicen las normas que nos rigen en beneficio de todos los mexicanos, disposiciones que, como afirmábamos al inicio de esta exposición de motivos, se oponen inclusive a Tratados Internacionales suscritos por nuestro país.

    Tal es el caso del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de enero de 1981.

    Este documento señala en su artículo tercero: ``los Estados parte del Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad de todos los derechos civiles y políticos enunciados''. En su artículo quinto, inciso dos, añade: ``no podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los Derechos Humanos fundamentales reconocidos o vigente en un Estado Parte en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, so pretexto de que en el presente pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado; y en su artículo 25 establece que ``Todos los ciudadanos gozarán de los siguientes derechos y oportunidades: votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual, por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores''.

    En el mismo sentido, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como Pacto de San José, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 1981, en su artículo segundo refiere que ``la Ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos u oportunidades exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena por juez competente en proceso penal'', lo que significa hacer de lado, como corresponde, la presunción de culpabilidad antes de que una sentencia cause estado.

    Ninguno de los tratados internacionales aludidos señala que los derechos humanos, específicamente los políticos, se pierdan o deban suspenderse por estar sometido a proceso, antes bien, enfatizan que el ciudadano debe continuar en posesión y disfrute de los mismos y que solo ante sentencia de condena por juez competente en proceso penal podrán ser suspendidos.

    Considero que ningún ciudadano puede ser prejuzgado y suspendido de sus derechos ciudadanos sin que medie una sentencia previa, como lo indica la fracción II del artículo 38 Constitucional que hoy pretendo modifiquemos, ya que muchos ciudadanos que han sido absueltos de los delitos que se les imputaron, fueron afectados de sus derechos políticos, mientras que otros al amparo de una fianza, caución o preliberación, pueden ejercer sin limitación alguna sus derechos, inclusive sufragando.

    Sabemos que el Constituyente de 1917 aprobó el actual texto del artículo 38 sin mayor debate, únicamente fue sometido a una corrección de estilo, pues inicialmente aludía en su fracción II que ``los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal o alternativa de pecuniaria o corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión''.

    Mientras, en la Constitución de 1857 encontramos la siguiente redacción del mismo artículo 38: ``La ley fijará los casos y la forma en que se pierde o suspenden los derechos del ciudadano y la manera de hacer la rehabilitación''.

    El Acta de Reformas de 1847 contemplaba en su artículo 9 que ``el ejercicio de los derechos de ciudadano se suspende por ser ebrio consuetudinario, o tahúr de profesión, o vago, por el estado religioso, por el de interdicción legal, en virtud de proceso sobre aquellos delitos por los que se pierde la calidad de ciudadano, y por rehusarse a servir los cargos públicos de nombramiento popular...''

    Es de observar que éste es el antecedente mas claro del actual texto que señala que solo se suspenden los derechos ciudadanos en virtud de proceso sobre aquellos delitos por los que se pierde la calidad de ciudadano.

    Muy parecida es la redacción que encontramos en el artículo octavo de la Constitución de 1842, la cual indica que ``los derechos se pierden por el oficio de doméstico, por ser ebrio consuetudinario o tahúr de profesión, vago o mal entretenido, por tener casa de juegos prohibidos, por el estado religioso o de interdicción legal y por proceso sobre aquellos delitos por los que se pierde la cualidad de mexicano''.

    Vale la pena precisar, dado este repaso histórico que sobre el artículo 38 he mencionado, que la Constitución de 1824, no señala nada respecto a la suspensión de los Derechos de los ciudadanos.

    Mantener el texto actual de la fracción II del artículo 38 constitucional permite que una gran cantidad de ciudadanos que se encuentran sometidos a proceso penal por diversas causas, sean suspendidos de sus derechos ciudadanos presuponiendo su culpabilidad, situación inadmisible en Derecho, porque como ya se ha acreditado, se contrapone a tratados internacionales en vigor, por lo que consideramos que modificarlo, sería benéfico para nuestra democracia.

    En consecuencia, someto a la consideración de ustedes la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 38 constitucional

    Artículo Único. Se reforma la fracción II del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

    II. Por sentencia condenatoria emitida por juez competente en proceso penal, a contar desde el momento en que dicha sentencia cause ejecutoria y hasta la extinción de la pena.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de abril de 2005.--- Dip. Luis Maldonado Venegas (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

    VOLUMEN II

    CONTINUACION DE LA SESION No. 22 DEL 12 de ABRIL de 2005

    ARTICULO 97 CONSTITUCIONAL

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Gonzalo Moreno Arévalo: Con su permiso, diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados: pongo a su consideración iniciativa de decreto que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atento a la siguiente exposición de motivos:

    Tal como se consagra en el artículo 49 de nuestra Ley de Leyes, el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, lo cual en principio supone un equilibrio de poderes, al colocarlo sin prelación de uno sobre otro, sino en un nivel de fuerzas sistemáticas igualitarias en jerarquía y de funcionalidad complementaria en el ejercicio de nuestra soberanía como nación. Tan es así, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, haciendo uso de una de las facultades exclusivas, ha interpretado este precepto aprobando la tesis de jurisprudencia que a continuación se transcribe. De lo anterior se puede concluir que, pese a que existan facultades exclusivas por competencia, nuestro sistema de gobierno no debe ser discriminatorio en cuanto a la flexibilidad de la división de poderes, por cuanto hace a la abrogación de ciertas facultades entre ellos que funcionan de manera sistemática y armoniosa para la mayor eficacia y cumplimiento de sus fines, tal como se plasma en la siguiente tesis de jurisprudencia.

    Así las cosas, tenemos que, esta flexibilidad en el ejercicio de atribuciones exclusivas se encuentra limitada para la previsión de tal excepción de manera expresa en la propia Constitución federal. Según dispone el artículo 97 en su párrafo segundo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar a alguno o algunos de sus miembros, al juez de distrito o magistrado de circuito o designar uno o varios comisionados especiales cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o el gobernador de algún estado. Únicamente para que se averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual, también podrá solicitar el Consejo de la Judicatura Federal que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal. De lo anterior se desprende que únicamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Poder Judicial de oficio o a petición exclusiva del Ejecutivo federal, del Congreso de la Unión o el gobernador de algún estado, Poder Ejecutivo local, se puede iniciar alguna violación grave de las garantías constitucionales, lo cual queda claro en la siguiente interpretación plasmada en tesis de jurisprudencia.

    Esta situación resulta a todas luces discriminatoria de los otros poderes locales, como son el Judicial y el Legislativo de las entidades que integran nuestra nación, que sin duda no tiene razón de ser, toda vez que si se concede la facultad a los poderes similares a nivel federal, debería concederse en igualdad de circunstancia a los poderes locales, a excepción del Poder Judicial local, ya que en lugar de la facultad de investigar las violaciones se les podría dotar de la facultad de solicitar al Poder Judicial federal, el que investiga el igual, el que se le otorga dicho derecho a los gobernadores de los estados, que incluso debería concederse a las Legislaturas locales, toda vez que la violación de las garantías, su previsión, investigación y sanción son de interés público. Las violaciones graves de garantías a que se refiere el artículo 97 de nuestra Constitución federal, con hechos generalizados, consecuentes a un estado de cosas acaecido en una entidad o región determinados y su averiguación tiene lugar cuando ocurren acontecimientos que, debiendo ser afrontados y resueltos por las autoridades constituidas con estricto apego al principio de legalidad, esos acontecimientos no se logran controlar por la actitud de la propia autoridad, produciéndose en consecuencia violaciones de los derechos fundamentales de los individuos.

    Por ende, la grave violación de las garantías individuales se actualiza cuando la sociedad no se encuentra en la seguridad material, social, política o jurídica, a consecuencia de que las propias autoridades que deben proteger a la población que gobiernan son las que producen o propician los actos violentos, pretendiendo en tal forma obtener una respuesta disciplinada, aunque aquéllos sean violatorios de los derechos de las personas y de las instituciones, que frente a un desorden generalizado las autoridades sean omisas, negligentes o impotentes para encauzar las relaciones pacíficas de la comunidad o bien sean totalmente indiferentes en obtener el respeto de las garantías individuales. Uno de los principales propósitos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es garantizar los derechos fundamentales del hombre, para lo cual propone procedimientos tendentes a evitar infracción de esos derechos fundamentales, mediante el juicio de amparo, o bien, en el caso de una violación grave y generalizada de garantías individuales, la intervención de este alto tribunal en averiguación de los hechos para precisar esas infracciones, y con intención de que cesen la violencia y alarma, se propicia el regreso al respeto a las garantías individuales. Las diferencias de estos procedimientos son básicamente las siguientes:

    El juicio de amparo procede a petición del agraviado, en el procedimiento del 97. Por el contrario, se actúa de oficio por propia decisión de la Suprema Corte de Justicia o a petición del Ejecutivo federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o del gobernador de algún estado. En el amparo, se trata de un juicio o proceso y el artículo 97 constitucional se refiere a una averiguación de hechos que constituye una grave violación de garantías individuales. En el juicio de amparo, que concluye con una sentencia, pero que se admite sobreseimiento por razones técnicas o materiales. En el 97, con un informe sobre los hechos averiguados y una consecuente decisión de si constituyen o no una grave violación de las garantías individuales.

    En el juicio de amparo se conoce de violación de garantías que sólo afectan a una o varias personas sin trascendencia social. En el caso del artículo 97, las violaciones deben ser generalizadas; es decir, que se trate de violaciones graves. En el amparo se pretende evitar que la violación de garantías se consume para restituir al gobernado en el goce de la garantía violada o, en el caso de estar consumado irreparablemente el acto reclamado, a sobreseer, mientras que la averiguación del 97 versa sobre hechos consumados.

    Esta responsabilidad se requiere que sea, se encuentre declarada en la sentencia de autoridad competente; es decir, el Poder Judicial federal, existiendo la posibilidad de que no sólo mediante sentencia de juicio de amparo se agilice esta violación grave a instancias locales sino que, aun no existiendo alguna resolución de amparo, ésta pudiese ser declarada a través de la investigación que puede realizar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que pudiese incurrir cualquier poder de los estados, en especial en el caso del Ejecutivo local, se está ante la imposibilidad de que por una violación grave de estas garantías individuales los otros dos poderes locales no pueden solicitar la investigación en un claro interés de la justicia, máxime si tomamos en cuenta que las Legislaturas locales tienen la facultad de incoar juicio político y ésta se ve coartada por no poder ser exhaustivos en este sentido por la limitante de que la Constitución no le otorga la facultad de solicitar la investigación de violaciones graves e individuales.

    Por eso, y por lo expuesto, someto respetuosamente a la elevada consideración de esta honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 97, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

    Artículo Único. Se reforma el artículo 97, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

    Los magistrados de circuito y los jueces de distrito, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de distrito o magistrado de circuito o designar a uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador o el Poder Judicial, la Legislatura de algún estado, únicamente para que se averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual, también podrá solicitar el Consejo de la Judicatura Federal que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal, la Suprema Corte de Justicia está facultada, la Suprema Corte de Justicia nombrará y removerá cada cuatro años el Pleno, cada ministro.

    Transitorios. Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Dado en el Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Atentamente, el de la voz, diputado Gonzalo Moreno Arévalo. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del PRI

    Gonzalo Moreno Arévalo, con las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a su consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa decreto que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atento a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Primero.- Tal y como lo consagra el artículo 49 de nuestra ley de leyes: el supremo poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Lo cual en principio supone un equilibrio de poderes al colocarlos sin prelación de uno sobre otro, sino en un nivel de fuerzas sistemáticas igualitarias en jerarquía y de funcionalidad complementaria en el ejercicio de nuestra soberanía como nación, tan es así que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, haciendo uso de una de sus facultades exclusivas ha interpretado este precepto aprobando la siguiente tesis de jurisprudencia que a continuación se transcribe:

    Quinta Epoca

    Instancia: Pleno

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación

    Tomo: VIII

    Página: 409

    CONFLICTOS ENTRE LOS PODERES DE LA FEDERACION. La Suprema Corte no es competente para conocer de ellos, pues dividido el Poder de la Federación, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, estos tres Poderes, independientes entre sí, funcionan armónicamente, sin que ninguno de ellos tenga preeminencia sobre los otros, pues la Constitución no lo dispone así, y sólo divide entre ellos, por manera igualitaria, el ejercicio de la soberanía.

    Controversia constitucional. Suscitada entre el Ejecutivo Federal y el Senado de la República contra los Poderes del Estado de Michoacán. 23 de febrero de 1921. Mayoría de siete votos. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.

    De lo anterior, se puede concluir que pese a que existan facultades exclusivas por competencia, nuestro sistema de gobierno no debe ser discriminatorio en cuanto a la flexibilidad de la división de poderes, por cuanto hace a la abrogación de ciertas facultades entre ellos que funcionan de manera sistemática y armoniosa para la mayor eficacia y cumplimiento de sus fines, tal y como se plasma en la siguiente tesis de jurisprudencia:

    Séptima Epoca

    Instancia: Segunda Sala

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación

    Tomo: 151-156 Tercera Parte

    Página: 117

    DIVISION DE PODERES. SISTEMA CONSTITUCIONAL DE CARACTER FLEXIBLE. La división de poderes que consagra la Constitución Federal no constituye un sistema rígido e inflexible, sino que admite excepciones expresamente consignadas en la propia Carta Magna, mediante las cuales permite que el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo o el Poder Judicial ejerzan funciones que, en términos generales, corresponden a la esfera de las atribuciones de otro poder. Así, el artículo 109 constitucional otorga el ejercicio de facultades jurisdiccionales, que son propias del Poder Judicial, a las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, en los casos de delitos oficiales cometidos por altos funcionarios de la Federación, y los artículos 29 y 131 de la propia Constitución consagran la posibilidad de que el Poder Ejecutivo ejerza funciones legislativas en los casos y bajo las condiciones previstas en dichos numerales. Aunque el sistema de división de poderes que consagra la Constitución General de la República es de carácter flexible, ello no significa que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial puedan, motu propio, arrogarse facultades que corresponden a otro poder, ni que las leyes ordinarias puedan atribuir, en cualquier caso, a uno de los poderes en quienes se deposita el ejercicio del Supremo Poder de la Federación, facultades que incumben a otro poder. Para que sea válido, desde el punto de vista constitucional, que uno de los Poderes de la Unión ejerza funciones propias de otro poder, es necesario, en primer lugar, que así lo consigne expresamente la Carta Magna o que la función respectiva sea estrictamente necesaria para hacer efectivas las facultades que le son exclusivas, y, en segundo lugar, que la función se ejerza únicamente en los casos expresamente autorizados o indispensables para hacer efectiva una facultad propia, puesto que es de explorado derecho que las reglas de excepción son de aplicación estricta.

    Amparo en revisión 2606/81. Sucesión de Carlos Manuel Huarte Osorio y otro. 22 de octubre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.

    Volúmenes 115-120, página 65. Amparo en revisión 4277/77. Héctor Mestre Martínez y coagraviados (acumulados). 30 de noviembre de 1978. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.

    Así las cosas, tenemos que, conforme a esta flexibilidad en el ejercicio de atribuciones exclusivas, se encuentra limitada por la previsión de tal excepción de manera expresa en la propia Constitución Federal.

    Segundo.- Según los dispone el artículo 97 en su párrafo segundo ``La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún Juez de Distrito o Magistrado de Circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal o alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador de algún Estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual. También podrá solicitar al Consejo de la Judicatura Federal, que averigüe la conducta de algún Juez o Magistrado federal''. De lo anterior se desprende que únicamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Poder Judicial) de oficio, o a petición exclusiva del Ejecutivo Federal (Poder Ejecutivo) o de Cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión (Poder Legislativo Federal) o del Gobernador de algún Estado (Poder Ejecutivo Local) se puede iniciar alguna violación grave a las garantías Constitucionales, lo cual queda claro en la siguiente interpretación plasmada en tesis de jurisprudencia:

    Novena Epoca

    Instancia: Pleno

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

    Tomo: XI, Marzo de 2000

    Tesis: P./J. 19/2000

    Página: 34

    GARANTÍAS INDIVIDUALES. QUIÉNES TIENEN LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA SOLICITAR LA AVERIGUACIÓN DE VIOLACIONES GRAVES A ELLAS, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 97 CONSTITUCIONAL. La intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en investigación de violaciones graves a las garantías individuales, puede ser de oficio, cuando este Máximo Tribunal de la República lo estime conveniente, o a petición del titular del Poder Ejecutivo, de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o del gobernador de algún Estado, lo que implica que ninguna otra persona está legitimada para solicitarla.

    Expediente varios 451/95. Consulta respecto del trámite que procede darle al escrito presentado por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. 18 de septiembre de 1995. Once votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Indalfer Infante González.

    Expediente varios 1/97. Consulta respecto al trámite que procede darle al escrito presentado por Mariclaire Acosta y otros. 17 de febrero de 1997. Once votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Alejandro Sánchez López.

    Solicitud 2/98. Edgar Cortez Moralez, para que el Tribunal Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ejerza la facultad prevista en el segundo párrafo del artículo 97 constitucional. 3 de septiembre de 1998. Once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Clementina Flores Suárez.

    Solicitud 1/99. Félix Salgado Macedonio y otros, para que el Tribunal Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ejerza la facultad prevista en el párrafo tercero del artículo 97 constitucional. 12 de agosto de 1999. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Mariano Azuela Güitrón y Juan Díaz Romero. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Juan Ramírez Díaz.

    Solicitud 2/99. Óscar Alzaga, para que el Tribunal Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ejerza la facultad prevista en el segundo párrafo del artículo 97 constitucional. 7 de octubre de 1999. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Mariano Azuela Güitrón, José Vicente Aguinaco Alemán y Humberto Román Palacios. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Carlos Mena Adame.

    El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de febrero en curso, aprobó, con el número 19/2000, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintinueve de febrero de dos mil.

    Tercero.- Esta situación resulta a todas luces discriminatoria de los otros dos poderes locales como lo son el judicial y el legislativo de las entidades que integran nuestra nación, que sin suda alguna no tiene razón de ser toda vez que si se les concede la facultad a los poderes similares a nivel federal debería concedérsele en igualdad de circunstancia a los poderes locales, a excepción del poder judicial local, ya que en lugar de la facultad de investigar las violaciones, se les podría dotar de la facultad de solicitar al Poder Judicial Federal el que investigue al igual que se le otorga dicho derecho a los gobernadores de los Estados, e incluso debería concedérsele a las legislaturas locales, toda vez que la violación de las garantías su previsión investigación y sanción son de interés público.

    Cuarto.- Las violaciones graves de garantías a que se refiere el artículo 97 de nuestra Constitución Federal, son hechos generalizados consecuentes a un ``estado de cosas'', acaecidos en una entidad o región determinados, y su averiguación tiene lugar cuando ocurren acontecimientos que debiendo ser afrontados y resueltos por las autoridades constituidas con estricto apego al principio de legalidad, esos acontecimientos no se logran controlar por la actitud de la propia autoridad, produciéndose, en consecuencia, violaciones a los derechos fundamentales de los individuos. Por ende, la grave violación de garantías individuales se actualiza cuando la sociedad no se encuentra en seguridad material, social, política o jurídica, a consecuencia de que: a) Las propias autoridades que deben proteger a la población que gobiernan, son las que producen o propician los actos violentos, pretendiendo en tal forma obtener una respuesta disciplinada, aunque aquellos sean violatorios de los derechos de las personas y de las instituciones. b) Que frente a un desorden generalizado las autoridades sean omisas, negligentes o impotentes para encauzar las relaciones pacíficas de la comunidad, o bien que sean totalmente indiferentes en obtener el respeto a las garantías individuales.

    Quinto.- Uno de los principales propósitos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es garantizar los derechos fundamentales del hombre, para lo cual propone procedimientos tendientes a evitar la infracción a esos derechos fundamentales, mediante el juicio de amparo, o bien, en el caso de una violación grave y generalizada de garantías individuales, la intervención de este alto tribunal en la averiguación de los hechos, para precisar esas infracciones, y con la intención de que cese la violencia y alarma y se propicie el regreso al respeto a las garantías individuales. Las diferencias de estos procedimientos son, básicamente las siguientes: a) El juicio de amparo procede a petición del agraviado; en el procedimiento del 97, por el contrario, se actúa de oficio, por propia decisión de la Suprema Corte de Justicia, o a petición del Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o el gobernador de algún Estado; b) En el amparo se trata de un juicio o proceso y, el artículo 97 constitucional se refiere a una averiguación de hechos que constituyan una grave violación de garantías individuales; c) En el juicio de amparo se concluye con una sentencia, pero que admite sobreseimiento por razones técnicas o materiales; en el 97, con un informe sobre los hechos averiguados y una consecuente decisión de si constituyen, o no, una grave violación de garantías individuales; d) En el juicio de amparo se conoce de violación de garantías que sólo afectan a una o varias personas, sin trascendencia social; en el caso del artículo 97, las violaciones deben ser generalizadas, es decir, que se trate de violaciones graves; y, e) En el amparo se pretende evitar que la violación de garantías se consume para restituir al gobernado en el goce de la garantía violada, o en caso de estar consumado irreparablemente el acto reclamado sobreseer, mientras que la averiguación del 97 versa sobre hechos consumados.

    De tal suerte que, si tomamos en cuenta que una de las causales de juicio político generalmente contemplada en las leyes locales así como en la legislación federal es la violación grave y sistemática de las garantías constitucionales y que para incoar esta responsabilidad se requiere de que esta se encuentre declara en sentencia de autoridad competente, es decir el Poder Judicial Federal, existiendo la posibilidad de que no solo mediante sentencia de juicio de amparo se acredite esta violación grave en instancias locales, sino que aun no existiendo alguna resolución de amparo, esta pudiese ser declarada a través de la investigación que Pude realizar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que pudiesen incurrir cualquier poder de los estados, y en especial en el caso del ejecutivo local, se esta ante la imposibilidad de que por una violación grave de estos a las garantías individuales los otros dos poderes locales no puedan solicitar la investigación en un claro interés de justicia, máxime si tomamos en cuenta que las legislaturas locales tienen la facultad de incoar juicio político y esta se ve coartada por no poder ser exhaustivos en este sentido por la limitante de que la constitución no les otorga la facultad de solicitar la investigación de violaciones graves a las garantías individuales.

    Toda vez que la declaración o el informe resultante podría resultar fundamental para mejor proveer en un juicio político e incluso dar materia al mismo tal y como se puede desprender del análisis de la siguiente interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación plasmada en la respectiva tesis de jurisprudencia:

    Novena Epoca

    Instancia: Pleno

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

    Tomo: III, Junio de 1996

    Tesis: P. XC/96

    Página: 515

    GARANTIAS INDIVIDUALES. EL RESULTADO DE LA AVERIGUACION PREVISTA EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 97 CONSTITUCIONAL, DEBE HACERSE DEL CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES QUE SE ESTIMEN COMPETENTES. La interpretación literal del párrafo segundo del artículo 97 no es operante para estimar que una vez concluida la averiguación de algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual, después de informar al Pleno de la Suprema Corte, proceda el archivo del informe respectivo como asunto concluido, bajo el argumento que el precepto citado no establece cuál deberá ser el destino de ella. En efecto, los párrafos segundo y tercero del artículo 97 constitucional prevén la facultad extraordinaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para averiguar: en el primer caso, la existencia de una violación grave y generalizada de las garantías individuales; y en el segundo, la violación al voto público, pero sólo en el caso de que a su juicio pudiera ponerse en duda la legalidad de todo el procedimiento de elección de alguno de los Poderes de la Unión. Sin embargo, en el segundo párrafo se señala quiénes deben llevar a cabo la averiguación, y los designa como ``comisionados''; en el tercer párrafo no se hace tal precisión. Por ello, si en el segundo párrafo no se indica el manejo de los resultados de la averiguación, debe entenderse que es aplicable lo dispuesto en el tercero, el cual indica que se hará llegar oportunamente el informe a los órganos competentes. Estas diferencias permiten establecer la necesidad de interpretar conjunta y sistemáticamente ambos párrafos, pues no podría decirse que por la sola circunstancia de que en el párrafo tercero no se precisa la designación de comisionados para llevar a cabo la averiguación, ésta no pudiera efectuarse, sino que, entendiéndose de manera concordante con el ejercicio de igual facultad a la que alude el párrafo segundo resulta inconcuso que para su desarrollo debe la Suprema Corte comisionar a alguno o algunos de sus miembros. Consecuentemente, por identidad de razón, y bajo el mismo sistema de interpretación, aun cuando en el párrafo segundo no se precise el destino final del resultado de la averiguación, esa omisión ha de interpretarse a la luz del párrafo tercero, en el sentido que los resultados del mismo deberán hacerse llegar oportunamente a los órganos que en principio pudieran resultar competentes.

    Solicitud 3/96. Petición del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza la facultad prevista en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución Federal. 23 de abril de 1996. Unanimidad de once votos.

    El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veinticuatro de junio en curso, aprobó, con el número XC/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y seis.

    Por lo anteriormente expuesto, someto respetuosamente a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 97 párrafo segundo del la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

    Artículo Único: Se reforma el artículo 97 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 97. Los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito ...

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún Juez de Distrito o Magistrado de Circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal o alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador o el poder judicial o la legislatura de algún Estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual. También podrá solicitar al Consejo de la Judicatura Federal, que averigüe la conducta de algún Juez o Magistrado federal.

    La Suprema Corte de Justicia está facultada ...

    La Suprema Corte de Justicia nombrará y removerá ...

    Cada cuatro años, el Pleno ...

    Cada Ministro ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    Transitorios

    Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Dado en el Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el día de su presentación.--- Dip. Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY Federal de Sanidad Animal- LEY Federal de Sanidad Vegetal - LEY Federal del Trabajo - LEY Federal DE MetrologIa y NormalizaciOn - LEY OrgAnica de la AdministraciOn PUblica FederalEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió de parte de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma diversas disposiciones de las siguientes leyes: Federal de Sanidad Animal, Federal de Sanidad Vegetal, Federal del Trabajo, Federal del Trabajo... perdón, Federal sobre Metrología y Normalización, y Orgánica de la Administración Pública Federal.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma diversas disposiciones de las siguientes leyes: Federal de sanidad Animal, Federal de Sanidad vegetal, Federal del Trabajo, Federal de Metrología y Normalización y Orgánica de la administración Pública Federal, presentada por la diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jacqueline G. Argüelles Guzmán, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se turne a la Comisión correspondiente para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa.

    Exposición de Motivos

    La administración pública es la principal actividad que corresponde desarrollar al Poder Ejecutivo para la prestación de los servicios públicos.

    En nuestro país, en el ámbito federal existe, de conformidad a lo que previene el artículo 80 de la Constitución, un Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, mismo que se deposita en un sólo individuo al que se le denomina como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    El presidente de la república para auxiliarse en el desarrollo de la actividad administrativa del Estado, cuenta con una serie de entidades administrativas que le prestan auxilio y que, por razón de jerarquía, dependen de él, bien sea de manera directa o indirecta.

    El artículo 90 de la Carta Magna dispone que la Administración Pública Federal será Centralizada y Paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso. En esa Ley Orgánica se distribuyen los negocios del orden administrativo de la Federación que están a cargo de las Secretarías de Estado y departamentos administrativos y define las bases generales de la creación de las entidades Paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación.

    Así pues, en el sistema jurídico positivo mexicano, es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la obra legislativa que consagra las bases para la organización de la Administración Pública Federal Centralizada y Paraestatal. Las entidades que forman parte de la Administración Pública Central o Centralizada reciben la denominación de órganos administrativos.

    Los órganos administrativos que forman parte de la Administración Pública Federal son las Secretarías de Estado; los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica.

    En México, al inicio de cada periodo presidencial, es frecuente que el presidente electo haga cambios dentro de la administración pública. Dentro de nuestro sistema parece ser una constante que al comenzar una nueva gestión, se realicen cambios independientemente del ámbito y/o nivel de que se trate.

    En el año 2000, el nuevo presidente, Vicente Fox Quesada, consideró que debían hacerse algunos cambios en las instituciones de la Administración Pública Federal con el objetivo de que éstas fueran lo suficientemente flexibles y elásticas para adecuarse a los tiempos y a los cambios.

    Fue así que como parte de un proceso integral de reestructuración de la Administración Pública Federal, el Partido Acción Nacional presentó en el mes de noviembre del 2000 una iniciativa que reformaba diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás relativas, a fin de modificar la estructura gubernamental, fortalecer la eficacia con que se presta la función ejecutiva y dar sustento y legitimidad social al Gobierno.

    En la iniciativa, aprobada el mismo mes de noviembre por las dos Cámaras, se planteó el cambio de denominación de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial por el de Secretaría de Economía; de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por el de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y la denominación de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca por el de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Es así como desde hace casi seis años estas Secretarías cambiaron de nombre aunque conservaron sus funciones generales. A pesar de ello todavía encontramos en varias leyes las denominaciones anteriores.

    Por todo ello y con el fin de que exista una concordancia y homogeneidad entre las leyes que rigen la administración pública de nuestro país y con el objetivo de que estas imprecisiones no susciten confusiones, la diputada del Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, el presente

    Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Artículo Primero.- Se reforman los artículos 2, 21 y el 37 de la Ley Federal de Sanidad Animal para quedar como sigue:

    Artículo 2.

    Para los efectos de esta ley, se entiende por:

    Acreditamiento: El acto mediante el cual la Secretaría de Economía reconoce organismos nacionales de normalización, organismos de certificación, laboratorios de pruebas y unidades de verificación para que lleven a cabo actividades de acuerdo a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

    (...)

    Artículo 21.

    Podrá realizarse libremente en el territorio nacional toda movilización de animales, sus productos y subproductos y de productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios, para uso en animales o consumo por estos, salvo cuando la Secretaría expida normas oficiales en las que establezca los casos en que la movilización e importación de animales, sus productos y subproductos, así como de productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios, para uso en animales o consumo por éstos, requieran de certificado zoosanitario en razón del riesgo zoosanitario que impliquen. En tratándose de importación, dichas normas serán expedidas en coordinación con la Secretaría de Economía.

    (...)

    Artículo 37.

    Corresponde a la Secretaría aprobar por materias específicas para las que se otorgue cada aprobación:

    I a V

    (...)

    Se requerirá el acreditamiento de la Secretaría Economía cuando se realicen actividades relacionadas con el ámbito competencial de dos o más dependencias.

    (...)

    Artículo Segundo.- Se reforma el artículo 48 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal para quedar como sigue:

    Artículo 48

    Corresponde a la Secretaría otorgar aprobaciones por materias específicas a personas físicas o morales para operar como:

    I. a IV.

    (...)

    Se requerirá el acreditamiento de la Secretaría de Economía cuando se realicen actividades relacionadas con el ámbito competencial de dos o más dependencias.

    (...)

    Artículo Tercero.- Se reforma el inciso d) de la fracción segunda del artículo 539 y el segundo párrafo del artículo 539-A de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:

    Artículo 539

    De conformidad con lo que dispone el artículo que antecede y para los efectos del 537, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponden las siguientes actividades:

    I. En materia de promoción de empleos:a) a h)II. En materia de colocación de trabajadores:a) a c)

    d) Intervenir, en coordinación con las respectivas Unidades Administrativas de las Secretarías de Gobernación, de Economía y de Relaciones Exteriores, en la contratación de los nacionales que vayan a prestar sus servicios en el extranjero;

    (...)

    Artículo 539-A

    (...)

    Por el Sector Público participarán sendos representantes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; de la Secretaría de Educación Pública; de la Secretaría de Economía; de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal y del Instituto Mexicano del Seguro Social.

    (...)

    Artículo Cuarto.- Se reforma el segundo párrafo del artículo 1º, el artículo 32, la fracción II del artículo 37 y la fracción I del artículo 59 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para quedar como sigue:

    Artículo 1

    La presente ley regirá en toda la República y sus disposiciones de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento.

    Siempre que en esta ley se haga mención a la Secretaría, se entenderá hecha a la Secretaría de Economía.

    Artículo 32

    El Consejo Directivo del Centro Nacional de Metrología se integrará con el Secretario de Economía, quien lo presidirá; los subsecretarios cuyas atribuciones se relacionen con la materia, de las Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Energía, Minas e Industria Paraestatal; Educación Pública; Comunicaciones y Transportes; un representante de la Universidad Nacional Autónoma de México; un representante del Instituto Politécnico Nacional; el Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; sendos representantes de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales; de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio y el Director General de Normas de la Secretaría. Por cada miembro propietario se designará un suplente.

    A propuesta de cualquiera de los miembros del Consejo Directivo podrá invitarse a participar en las sesiones a representantes de las instituciones de docencia e investigación de alto nivel y de otras organizaciones de industriales.

    Artículo 37

    El patrimonio del Centro Nacional de Metrología se integrará con:

    I. Los bienes que le aporte el Gobierno Federal;

    II. Los recursos que anualmente le asigne el Gobierno Federal dentro del presupuesto aprobado a la Secretaría de Economía;

    III. a IV.

    Artículo 59

    Integrarán la Comisión Nacional de Normalización:

    I. Los subsecretarios correspondientes de las Secretarías de Desarrollo Social; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Energía; Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes; Salud; Trabajo y Previsión Social, y Turismo;

    II. a III.

    Artículo Quinto.- Se reforman la fracción X del artículo 31 y la IX del 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para quedar como sigue:

    Artículo 31

    A la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. a IX.

    X. Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que corresponda;

    XI. a XXV

    Artículo 35

    A la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. a VIII.

    IX. Promover el desarrollo de la infraestructura industrial y comercial de la producción agropecuaria, en coordinación con la Secretaría de Economía;

    X. a XXII.

    Transitorio

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 12 de abril de 2005.--- Dip. Jacqueline G. Argüelles Guzmán (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Por lo que se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Trabajo y Previsión Social, de Economía, y de Gobernación, respectivamente.

    Los puntos números 15 y 18 del orden del día de esta sesión han sido pospuestos a petición de los diputados promoventes.


    LEY PARA EL USO Y LA PROTECCION DE LA DENOMINACION Y DEL EMBLEMA DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra la diputada Maki Esther Ortiz Domínguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.La diputada Maki Esther Ortiz Domínguez: Con su venia, señor Presidente: el Comité Internacional de la Cruz Roja tiene una misión exclusivamente humanitaria, que consiste en proteger la vida, la dignidad de las víctimas de la guerra y de la violencia interna, así como prevenir el sufrimiento engendrado por esas situaciones. Cumple este cometido ocupándose directamente de las víctimas, desempeñando su función de intermediario en cuanto a que es una institución neutral e independiente, e influyendo en el comportamiento real o probable de los autores de dicha violencia. Su labor de protección y asistencia está destinada a fomentar la aplicación del derecho internacional humanitario y de los principios humanitarios universales, habida cuenta de las normas jurídicas y de las peculiaridades culturales, morales, religiosas del entorno en que opera. La Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja coordina la asistencia internacional a los damnificados por desastres naturales o provocados por el hombre, actuando en calidad de representante oficial de sus miembros en el plano internacional.

    Obra en el mundo entero por alentar, propiciar, facilitar y promover las actividades humanitarias que llevan a cabo las sociedades nacionales, para mejorar la situación de los más vulnerables. Además, ayuda a las sociedades nacionales a planificar y realizar programas de preparación en prevención de desastres y proyectos de largo plazo destinados a reducir la vulnerabilidad y a fomentar un desarrollo sostenido. En cada país sólo puede existir una sociedad de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja, que debe ser asequible para todos y extender su acción humanitaria a la totalidad del territorio. En el caso de nuestro país, la sociedad nacional presente es la Cruz Roja Mexicana, constituida por decreto presidencial, firmado el 21 de febrero de 1910 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo del mismo año.

    El movimiento internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja despliega a través de sus componentes actividades en más de 180 países, lo que lo convierte en la mayor red humanitaria del mundo, y se guía por siete principios fundamentales: humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad. Ello permite que quienes integran este movimiento se enfoquen a evitar y aliviar el sufrimiento humano, proteger la vida y la salud humana, sin discriminación de nacionalidad, raza, religión, condición social o credo político. No toman parte en las hostilidades, lo que les permite actuar siempre de acuerdo con los principios del movimiento.

    El emblema, una cruz roja sobre un fondo blanco, como signo distintivo de las sociedades de socorro a los militares heridos, fue la manera de suplir las insuficiencias de los servicios sanitarios de los ejércitos en campaña. La Media Luna Roja surge como símbolo emblemático para los países musulmanes. Con el fin de distinguirse como organización y contar con una protección, los integrantes del movimiento internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja utilizan el emblema de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja como símbolo humanitario que mueve a su acción a quienes resultan afectados en un conflicto armado. Es por excelencia, y a menudo, el único medio de protección de que disponen las personas y su equipo en la tarea de aliviar el sufrimiento de las víctimas en conflicto. Constituye en tiempos de guerra el principal medio y manifestación visible de protección del personal y medios de transporte sanitario. La Cruz Roja y la Media Luna Roja, dispuestas sobre un fondo blanco, se encuentran entre los escasos símbolos que la gente reconoce de inmediato en cualquier lugar del mundo, aunque en un comienzo eran signos para identificar los servicios sanitarios de las Fuerzas Armadas para proteger a los enfermos y a los heridos. Han llegado a representar la asistencia humanitaria imparcial, que se presta a quienes sufren, pero que una persona, organización o empresa participe o quiera tomar parte en actividades humanitarias no le da derecho alguno a utilizar el emblema de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja en su propio quehacer.

    En los convenios de Ginebra y los protocolos adicionales se estipula que la Cruz Roja y la Media Luna Roja son símbolos protegidos por el derecho internacional y su uso está estrictamente delimitado. En las disposiciones de dichos instrumentos se designa qué personas tienen derecho a usar los emblemas, así como los fines para los que pueden ser utilizados. Queda prohibido el uso no autorizado de los emblemas. El uso del emblema suele autorizarse para proteger los servicios sanitarios de las Fuerzas Armadas y en tiempo de guerra los hospitales civiles. También lo emplean las sociedades nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, su Federación Internacional y el Comité Internacional de la Cruz Roja. De ahí la necesidad de impulsar medidas que aseguren un uso adecuado del emblema y apegado a los principios que lo rigen. Se sabe que el emblema puede ser utilizado de manera abusiva de la siguiente manera: imitación y uso por organizaciones que utilizan un signo, que puede ser confundido por la forma o el color con el emblema, lo que genera un riesgo de confusión en relación con el propósito de protección que fue conferido al emblema.

    Uso del emblema por entidades o personas no autorizadas, como son empresas, comercios, farmacias, médicos, hospitales, clínicas privadas, ambulancias, organizaciones no gubernamentales, particulares, firmas comerciales, que están en contradicción con el principio de servicio voluntario y desinteresado de los que lo portan. Y el más grave, el uso pérfido, que consiste en utilizar el emblema en tiempo de conflicto para proteger a combatientes o material militar, lo que confunde al enemigo y pone en peligro la seguridad de los servicios médicos.

    El eventual empleo abusivo del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja va en detrimento del respeto y confianza que inspira a la población; se pone en peligro la preservación de la imparcialidad inherente a la prestación de asistencia humanitaria. El abuso por lo que atañe al emblema como el signo distintivo empaña su imagen en la mente del público y reduce por ende su capacidad de protección en tiempo de conflicto armado. Por tal motivo es indispensable que en tiempos de paz se fortalezca una cultura de respeto de las normas que le confieren el carácter de protección al emblema. Para ello es necesario que las legislaciones de los países, en particular el nuestro, fortalezcan su marco legal.

    En este contexto, proponemos la creación de la Ley para el Uso y la Protección y la Denominación del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, que fortalezca la efectiva aplicación de los planteamientos contenidos por los convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales, de los cuales nuestro país forma parte. No debemos esperar a que nuestro país enfrente un conflicto armado, sino que debemos prever y encauzar acciones preventivas, lo cual es además resultado de una obligación contraída por México al firmar los convenios de Ginebra en el 49 y sus protocolos adicionales. La ley propuesta consta de 29 artículos, que guardan conformidad con lo dispuesto en los instrumentos internacionales, y recoge la estructura de la ley tipo que promueve el Comité Internacional de la Cruz Roja. Se define lo que se considera emblema de la Cruz Roja y se establecen los lineamientos sobre el objetivo de su uso, las personas, organizaciones y bienes autorizados para utilizarlo y las autoridades encargadas de autorizar la utilización del emblema, tanto en su carácter protector como indicativo. El uso del emblema como signo protector es la manifestación visible de la protección que en los convenios de Ginebra se confiere a las personas, a las unidades y a los medios de transporte. En este marco, se establecen las sanciones para quienes imiten, usurpen o utilicen de manera pérfida el emblema y dañen los fines humanitarios que abandera el movimiento internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

    Cabe destacar que se obligue a las autoridades y a la Cruz Roja Mexicana a difundir la ley, principalmente en cuando al uso del emblema se refiere. La sociedad nacional de la Cruz Roja Mexicana desde su fundación adoptó para su plena identificación con el pueblo de México el emblema de la cruz roja sobre el fondo blanco. Es tiempo de que nuestro país cuente con una legislación interna que promueva el uso correcto del emblema de la Cruz Roja. En un mundo cada vez más cambiante, a veces hostil e inestable, todos contamos con la presencia de la Cruz Roja, dispuesta siempre a brindar ayuda incondicional. En la medida en que las necesidades de la humanidad se han ido incrementando, la Cruz Roja ha desplegado más acciones en favor de quienes las necesitan, hasta llegar a formar lo que es hoy: la mayor organización privada no lucrativa de socorro en el mundo. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa de Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, a cargo de la diputada Maki Esther Ortiz Domínguez, del grupo parlamentario del PAN

    El grupo parlamentario del PAN, a través de la suscrita, diputada Maki Esther Ortiz Domínguez, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 Constitucional y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara, la siguiente Iniciativa con Proyecto de decreto por el que se expide la Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Movimiento Internacional de la Cruz Roja tiene sus orígenes a mediados del siglo XIX durante la guerra por la unidad italiana con los enfrentamientos entre los ejércitos franco-sardos y las tropas austriacas alrededor de la aldea de Solferino situada al norte de Italia.

    Es el ciudadano suizo Jean Henry Dunant quien al darse cuenta de que abandonados a su suerte, miles de caídos tendidos en el campo de batalla morían ante lo inadecuado de los servicios sanitarios militares, se da a la tarea de concienciar a los gobiernos para formar, en tiempos de paz, sociedades de socorros cuya finalidad sería prestar, en tiempo de guerra, asistencia a los heridos, mediante voluntarios, abnegados y bien calificados para semejante obra.

    Esta idea toma forma con la conformación en 1864 por 16 países más Ginebra, Suiza, como sede de la organización de la institución denominada ``Cruz Roja'' para el auxilio de los heridos de la guerra, cuya participación en los conflictos armados posteriores a su creación, así como en las dos guerras mundiales, le hacen ganar el prestigio y respeto como institución de asistencia humanitaria internacional.

    La preocupación de la Cruz Roja, de los Estados y de diversas organizaciones sobre la suerte de las personas que no participan o que han dejado de participar en las hostilidades, ha llevado al establecimiento de normas de carácter Internacional y Nacional para su protección.

    El Derecho Internacional Humanitario, nombre que adquiere el conjunto de disposiciones que por razones humanitarias trata de limitar los efectos de los conflictos armados, cobra vigor a partir de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados.

    En estos instrumentos se establecen los principios de protección a los heridos y víctimas de los enfrentamientos armados. Asimismo se definen mecanismos de protección a la labor del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, de sus tres componentes (Comité Internacional de la Cruz Roja, Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja) y en especial del Emblema.

    El Comité Internacional de la Cruz Roja tiene una misión exclusivamente humanitaria, que consiste en proteger la vida, la dignidad de las víctimas de la guerra y de la violencia interna, así como en prevenir el sufrimiento engendrado por esas situaciones. Cumple éste cometido ocupándose directamente de las víctimas, desempeñando su función de intermediario en cuanto a que es una Institución neutral e independiente, e influyendo en el comportamiento real o probable de los autores de dicha violencia. Su labor de protección y asistencia está destinada a fomentar la aplicación del Derecho Internacional Humanitario y de los Principios Humanitarios universales, habida cuenta de las normas jurídicas y de las peculiaridades culturales, morales y religiosas del entorno en el que opera.

    Cabe destacar que en 1990 la Asamblea General de las Naciones Unidas decide invitar al Comité Internacional de la Cruz Roja a participar en los períodos de sesiones y la labor de la Asamblea General en calidad de observador, dicha admisión, es un importante reconocimiento del papel de la Cruz Roja en el plano internacional.

    La Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, coordina la asistencia internacional a los damnificados por desastres naturales o provocados por el hombre, actuando en calidad de representante oficial de sus miembros en el plano internacional. Obra en el mundo entero por alentar, propiciar, facilitar y promover las actividades humanitarias que llevan a cabo las Sociedades Nacionales para mejorar la situación de los más vulnerables, además ayuda a las Sociedades Nacionales a planificar y realizar programas de preparación en prevención a desastres y proyectos a largo plazo, destinados a reducir la vulnerabilidad y a fomentar un desarrollo sostenido.

    En gran parte de los países del mundo existen Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y la Media Luna Roja que personifican la labor y los principios de este Movimiento Internacional. En calidad de auxiliares de los poderes públicos, brindan una gama de servicios que van desde la prestación de socorros en caso de desastre a la asistencia social y los primeros auxilios. En tiempo de guerra, prestan apoyo a los servicios médicos de las fuerzas armadas.

    En cada país sólo puede existir una Sociedad de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja, que debe ser accesible a todos y extender su acción humanitaria a la totalidad del territorio. En el caso de nuestro país la Sociedad Nacional presente es la Cruz Roja Mexicana, constituida por Decreto Presidencial firmado el 21 de febrero de 1910 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo del mismo año.

    El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja despliega a través de sus componentes actividades en más de 180 países, lo que lo convierte en la mayor red humanitaria del mundo y se guía por siete Principios Fundamentales: Humanidad, Imparcialidad, Neutralidad, Independencia, Voluntariado, Unidad y Universalidad. Ello permite que quienes integran éste Movimiento, se enfoquen en evitar y aliviar el sufrimiento humano, proteger la vida y la salud humana, sin discriminación de nacionalidad, raza, religión, condición social o credo político. No toman parte en las hostilidades, lo que les permite actuar siempre, de acuerdo con los principios del Movimiento.

    El emblema, una cruz roja sobre un fondo blanco como signo distintivo de las Sociedades de Socorro a los militares heridos, fue la manera de suplir las insuficiencias de los servicios sanitarios de los ejércitos en campaña; la media luna roja surge como símbolo emblemático para los países musulmanes.

    Con el fin de distinguirse como organización y contar con una protección, los integrantes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, utilizan el emblema de la cruz roja o de la media luna roja, como símbolo humanitario que mueven su acción a quienes resultan afectados en un conflicto armado. Es por excelencia y a menudo el único medio de protección del que disponen las personas y su equipo en la tarea de aliviar el sufrimiento de las víctimas en conflicto. Constituye, en tiempos de guerra, el principal medio y manifestación visible de protección del personal y medios de transporte sanitarios.

    La cruz roja y la media luna roja dispuestas sobre un fondo blanco se cuentan entre los escasos símbolos que la gente reconoce de inmediato en cualquier lugar del mundo. Aunque en un comienzo estos signos servían para identificar a los servicios sanitarios de las fuerzas armadas, para proteger a los enfermos y a los heridos, han llegado a representar la asistencia humanitaria imparcial que se presta a quienes sufren. Pero que una persona, organización o empresa participe o quiera tomar parte en actividades humanitarias no le da derecho alguno a utilizar el emblema de la cruz roja o de la media luna roja en su propio quehacer.

    En los Convenios de Ginebra y los Protocolos adicionales se estipula que la cruz roja y la media luna roja son símbolos protegidos por el Derecho Internacional y su uso está estrictamente delimitado. En las disposiciones de dichos instrumentos se definen qué personas y qué servicios tienen derecho a usar los emblemas, así como los fines para los que pueden ser utilizados. Queda prohibido el uso no autorizado de los emblemas. El uso del emblema suele autorizarse para proteger los servicios sanitarios de las fuerzas armadas y, en tiempo de guerra, los hospitales civiles. También lo emplean las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, su Federación Internacional y el Comité Internacional de la Cruz Roja.

    De ahí la necesidad de impulsar medidas que aseguren un uso adecuado del emblema y apegado a los principios que lo rigen. Se sabe que el emblema puede ser utilizado de manera abusiva de la siguiente manera:

  • Imitación y uso por organizaciones que utilizan un signo que puede ser confundido, por la forma y/o el color con el emblema, lo que genera un riesgo de confusión en relación con el propósito de protección que le fue conferido al emblema.

  • Uso del emblema por entidades o personas no autorizadas como son: empresas, comercios, farmacias, médicos, hospitales o clínicas privados, ambulancias, organizaciones no gubernamentales, particulares, firmas comerciales, etcétera, que están en contradicción con el principio de servicio voluntario y desinteresado de aquellos que lo portan.

  • Y el más grave, el uso pérfido, que consiste en utilizar el emblema en tiempo de conflicto para proteger a combatientes o material militar, lo que confunde al enemigo y pone en peligro la seguridad de los servicios médicos.

    El eventual empleo abusivo del emblema de la cruz roja y de la media luna roja va en detrimento del respeto y confianza que inspira a la población. Se pone en peligro la preservación de la imparcialidad inherente a la prestación de asistencia humanitaria. El abuso por lo que atañe al emblema como signo distintivo empaña su imagen en la mente del público y reduce, por ende, su capacidad de protección en tiempo de conflicto armado.

    Por tal motivo es indispensable que en tiempos de paz se fortalezca una cultura de respeto a las normas que le confieren el carácter de protección al emblema. Para ello, es necesario que las legislaciones de los países, en particular el nuestro, fortalezcan su marco legal. En este contexto proponemos la creación de la Ley para el Uso y la Protección y la Denominación del Emblema de la cruz roja y de la media luna roja que fortalezca la efectiva aplicación de los planteamientos contenidos por los Convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales, de los cuales nuestro país forma parte.

    No debemos esperar a que nuestro país enfrente un conflicto armado, sino que debemos prever y encauzar acciones preventivas, lo cual además es resultado de una obligación contraída por México al firmar los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales. El artículo 54 del I Convenio de Ginebra de 1949 establece que los Estados tienen la obligación de tomar las medidas necesarias para impedir y reprimir, en todo tiempo, el abuso del emblema.

    La ley propuesta consta de 29 artículos que guardan conformidad con lo dispuesto por los instrumentos internacionales y recoge la estructura de la ley tipo que promueve el Comité Internacional de la Cruz Roja. Se define lo que se considera como emblema de la cruz roja y se establecen los lineamientos sobre el objetivo de su uso, las personas, organizaciones y bienes autorizados a utilizarlo y las autoridades encargadas de autorizar la utilización del emblema tanto en su carácter protector como indicativo.

    El uso del emblema como signo protector es la manifestación visible de la protección que en los Convenios de Ginebra se confiere a las personas, a las unidades y a los medios de transporte sanitarios.

    El uso del emblema como signo indicativo muestra que una persona, o un bien, tiene un vínculo con el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

    En este marco se establecen las sanciones para quienes imiten, usurpen o utilicen de manera pérfida el emblema y dañen los fines humanitarios que abandera el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Cabe destacar que se obliga a las autoridades y a la Cruz Roja Mexicana a difundir la ley, principalmente en cuanto al uso del emblema se refiere.

    La Sociedad Nacional de la Cruz Roja Mexicana, desde su fundación adopto, para su plena identificación con el pueblo de México el emblema de la cruz roja sobre fondo blanco. Es tiempo que nuestro país cuente con una legislación interna que promueva el uso correcto del emblema de la Cruz Roja. De su promulgación y plena vigencia depende el reconocimiento de los principios humanitarios y la protección de la integridad física de quienes despliegan estas actividades para llevarlos a la práctica.

    Por lo anteriormente expuesto, la suscrita diputada, en nombre de las diputadas y los diputados del Partido Acción Nacional, somete ante este honorable Congreso la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

    Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

    Título Primero Disposiciones Generales

    Capítulo Único

    Artículo 1. La presente ley es de orden público y de observancia general en toda la República. Su objeto es regular el uso y la protección del emblema de la cruz roja y de la media luna roja; así como las ``denominaciones Cruz Roja y Media Luna Roja''; y las demás señales distintivas establecidas para su identificación, de conformidad con lo previsto por los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y el Primer Protocolo de 1977, y demás legislación vigente en el país.

    Siempre que en esta ley se diga ``cruz roja'', para referirse al emblema o a la denominación, se entiende de manera análoga el emblema de la media luna roja y la denominación ``Media Luna Roja'', y demás emblemas o denominaciones que comprendan los ordenamientos jurídicos internacionales, que sin ir contra lo establecido en los Convenios de Ginebra, cumplan los mismos usos, funciones y propósitos, previstos y regulados por tales convenios. Lo anterior sin detrimento a lo establecido en la presente ley.

    Artículo 2. Para efectos de interpretación de la presente ley, ninguna disposición podrá significar una limitante de la protección conferida al emblema y a la denominación cruz roja por los tratados internacionales o demás disposiciones legales vigentes en el país.

    Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entiende por:

    I. Convenios de Ginebra: Los cuatro Convenios de Ginebra de 1949. Celebrados en Ginebra, Suiza el 12 de Agosto de 1949 y que comprenden el I Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña y sus anexos correspondientes; el II Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar y su anexo correspondiente; el III Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, así como sus anexos correspondientes; y el IV Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra y sus anexos correspondientes;

    II. Protocolos: Al Primer Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, del 8 de junio de 1977, y el Segundo Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional del 8 de junio de 1977; y sus anexos correspondientes;

    III. Movimiento Internacional de la Cruz Roja: Al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, integrado por el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;

    IV. Conferencia Internacional: A la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, la cual es el máximo órgano deliberante del Movimiento Internacional de la Cruz Roja, en la que participan el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, así como todos los Estados parte de los Convenios de Ginebra de 1949;

    V. CICR: Comité Internacional de la Cruz Roja, con sede en Ginebra, Suiza;

    VI. Federación Internacional: A la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, con sede en Ginebra, Suiza;

    VII. Sociedad Nacional: Es una sociedad de socorro voluntaria, conformada en términos de la Legislación Nacional del Estado donde radique, la cual forma parte de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, misma que debe de cumplir con lo dispuesto por los Convenios de Ginebra y la normatividad establecida por la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;

    VIII. Cruz Roja Mexicana: A la Institución de Asistencia Privada, con sede en la Ciudad de México, creada conforme al Decreto Presidencial publicado el 12 de Marzo de 1910, reconocida como Sociedad Nacional por el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;

    IX. Servicio de Sanidad: Actividad dirigida a la búsqueda, el rescate, el transporte y/o la asistencia de los heridos y de los enfermos; o a la prevención de enfermedades; así como aquella destinada exclusivamente a la administración de los establecimientos de sanidad; y

    X. Misión Médica. Comprende el conjunto de personas, unidades, medios de transporte, equipos, materiales y actividades, transitorios o permanentes, fijos o móviles, de destinación exclusiva y necesarios para la administración, el funcionamiento y la prestación de servicios médico-asistenciales, en las áreas de prevención y promoción, atención y rehabilitación a las personas.

    Título Segundo Definición y Uso del Emblema de la Cruz Roja

    Capítulo I Emblema de la Cruz Roja

    Artículo 4. El emblema de la Cruz Roja, conforme a lo establecido en el artículo 38 del primer Convenio de Ginebra de 1949, está constituido por una cruz de color rojo, o una media luna de color rojo en posición vertical, ambas sobre fondo blanco. La cruz roja estará formada por dos fajas de color rojo de iguales dimensiones, que se cortan en el centro de manera perpendicular, conformando la imagen de cinco cuadros iguales. En ningún caso el emblema tocará los bordes de la bandera o escudo.

    Capítulo II Usos del Emblema de la Cruz Roja

    Artículo 5. El emblema de la cruz roja, así como la denominación ``cruz roja'', solo podrán ser utilizados conforme a los fines establecidos en los Convenios de Ginebra de 1949, sus Protocolos Adicionales de 1977, así como en lo establecido por las reglamentaciones emitidas por la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

    Artículo 6. El emblema de la cruz roja, conforme a los Convenios de Ginebra de 1949, tendrá dos usos: el uso protector y el uso indicativo.

    Capítulo III Uso Protector del Emblema de la Cruz Roja

    Artículo 7. De acuerdo con lo previsto en los Convenios de Ginebra, el emblema y la denominación ``cruz roja'' en su uso protector se otorga a las personas, los bienes, las unidades, los medios de transporte y el material sanitarios, cuando desarrollan cualquiera de las actividades que les son propias en el marco de un conflicto armado; representa la inviolabilidad de la Misión Médica y recuerda a los combatientes que la Misión Médica está protegida, debe ser respetada y no debe ser atacada.

    Podrán utilizar el emblema de cruz roja: el personal sanitario y religioso, civil y militar que, se encargue de la búsqueda, la recogida, el transporte, el diagnóstico, la atención y la asistencia, el tratamiento y la rehabilitación a heridos, enfermos, náufragos, personas privadas de la libertad o muertos, o de la administración de unidades sanitarias, o del funcionamiento o administración de los medios de transporte sanitario, Cruz Roja Mexicana, las sociedades de socorro voluntarias, los hospitales civiles, los barcos hospitales y otras embarcaciones sanitarias, las empresas de transporte sanitario por tierra, mar y aire, las zonas y localidades sanitarias, y de otras sociedades de socorro voluntario, debidamente autorizadas por la Secretaría de la Defensa Nacional, que durante un conflicto armado gozan de la protección conferida por los Convenios de Ginebra.

    Artículo 8. El emblema utilizado a título protector siempre tendrá la forma pura; es decir, no habrá adición alguna en la cruz roja ni en el fondo blanco. Debe ser identificable desde tan lejos como sea posible. Será tan grande como las circunstancias lo justifiquen. De noche o cuando la visibilidad sea escasa, podrá estar alumbrado o iluminado. En la medida de lo posible, será de materiales que permitan su reconocimiento gracias a medios técnicos de detección y se colocará en banderas o sobre una superficie plana que resulten visibles desde todas las direcciones posibles, incluido el espacio aéreo.

    El personal autorizado a enarbolar el emblema en su uso protector, deberá portar un brazal, y credencial de identidad de la forma y características establecidas por los Convenios de Ginebra, los cuales serán expedidos por la Secretaria de la Defensa Nacional.

    Artículo 9. El personal, los bienes inmuebles y los medios de transporte destinados al servicio de sanidad civil, reconocidos por la Secretaría de Salud, podrán gozar, exclusivamente durante un conflicto armado, previa autorización emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional y de conformidad con la presente ley, de la protección del emblema de la cruz roja a título protector, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la presente ley.

    Artículo 10. La Cruz Roja Mexicana, a través de su Sede Nacional, podrá poner a disposición del servicio de sanidad de las Fuerzas Armadas, personal sanitario, inmuebles y/o medios de transporte. Dicho personal y bienes estarán sometidos a la legislación y a la administración militar y estarán autorizados por la Secretaría de la Defensa Nacional a utilizar el emblema de la cruz roja en su uso protector. Dicho personal y bienes, serán utilizados exclusivamente para la realización de actividades propias del servicio de sanidad y de tipo humanitario.

    La Cruz Roja Mexicana, previa autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional, y sin detrimento de lo establecido en la presente ley y los tratados internacionales, podrán utilizar el emblema de la cruz roja en su uso protector, durante un conflicto armado, para identificar a personal, transportes e inmuebles, que realicen labores de servicio sanitario y/o operaciones humanitarias, los cuáles deberán ser debidamente determinados y gozar de la autorización expresa de la Secretaría de la Defensa Nacional, de conformidad con lo establecido en el articulo 8 de la presente ley.

    Si la Cruz Roja Mexicana, en caso de conflicto armado, continúa desplegando sus actividades de tiempo de paz, tomará todas las oportunas medidas para que se considere al emblema que a título indicativo figure, en personas o en bienes únicamente como indicador de la relación con ésta Sociedad Nacional y no como garante de la protección particular del Derecho Internacional Humanitario.

    Capítulo IV Uso Indicativo del Emblema de la Cruz Roja

    Artículo 11. El uso indicativo tiene por finalidad señalar a las personas y los bienes que tienen relación con alguno de los componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja, y su uso se limitará en el despliegue de sus actividades, mismas que se avendrán a lo establecido por los Convenios de Ginebra de 1949, la presente ley y el Reglamento sobre el uso del emblema de la cruz roja o de la media luna roja por las Sociedades Nacionales.

    El emblema de la cruz roja en su uso indicativo deberá ser de pequeñas dimensiones, es decir, será de tamaño proporcional a la superficie sobre la que este plasmado. El emblema ira acompañado con la denominación del componente del Movimiento Internacional de la Cruz Roja al cual represente directamente.

    En caso del emblema utilizado con este uso por la Cruz Roja Mexicana, deberá ir acompañada de la denominación ``Cruz Roja Mexicana'', sin que esta denominación afecte la visibilidad e identificación del emblema de la cruz roja.

    Artículo 12. La reglamentación interna de la Cruz Roja Mexicana dispondrá, en concordancia a los Convenios de Ginebra, la presente ley, y el Reglamento sobre el uso del emblema de la cruz roja o de la media luna roja por las Sociedades Nacionales, la forma en que se utilizará el emblema de manera indicativa en los uniformes del personal al servicio de la institución, instalaciones, transportes y demás bienes que estén al servicio de las labores propias de la Sociedad Nacional.

    Artículo 13. Toda persona al servicio de una Sociedad Nacional que haga uso del emblema en nuestro país deberá contar y traer consigo, mientras lo use, una credencial o tarjeta de identidad vigente en la que se consigne, cuando menos, nombre y apellidos; firma; fotografía; vigencia de la misma; cuál es la función de esta persona en la institución y nombre o firma de quien la expide.

    Artículo 14. El emblema, acompañado de la denominación Cruz Roja Mexicana, podrá figurar en los bienes inmuebles, de cualquier especie, sean o no propiedad de la institución, que ésta utilice en el desarrollo de sus actividades. Dicho emblema podrá ser colocado en las fachadas, o en todas ellas, pero nunca en los pisos.

    Artículo 15. En caso de que el bien inmueble o mueble, deje de ser utilizado para los fines propios de la Cruz Roja Mexicana, la institución deberá retirar el emblema o emblemas, y la denominación de cruz roja, que sobre el haya colocado.

    Artículo 16. El personal interno de la Cruz Roja Mexicana que no se encuentre en servicio desplegando actividades propias de la Institución, conforme a lo establecido por la reglamentación interna de la institución podrá portar el emblema de pequeñas dimensiones, identificándose en todo momento como miembro de la Cruz Roja Mexicana de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de esta ley.

    Artículo 17. La Cruz Roja Mexicana podrá utilizar o autorizar, bajo su control y lo establecido por su reglamentación interna, el uso del emblema con fines de imagen cuando tengan lugar actos públicos en los que participe; o bien su uso en material destinado a la promoción de la Cruz Roja Mexicana o del Movimiento Internacional de la Cruz Roja, su acción humanitaria y asistencial, el Derecho Internacional Humanitario y/o los Principios Fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja, como pueden ser publicaciones, películas, medallas, diplomas y otros testimonios de agradecimiento, o la publicidad en general.

    Artículo 18. La Cruz Roja Mexicana puede utilizar el emblema seguido de su denominación para señalar los socorros enviados por ferrocarril, por carretera, por vía marítima o aérea y destinados a las víctimas de conflictos armados o de desastres en el territorio nacional y/o en el extranjero, velando en todo momento por que se impidan los abusos. Asimismo, podrá utilizar el emblema junto con el de otra organización o institución para fines humanitarios en el caso de una acción específica y a condición de que esta utilización sea discreta y no cree confusión entre ésta Sociedad Nacional y dicha organización o institución. Podrá utilizar el emblema en la colecta nacional anual, en los actos públicos o material necesario para recaudar fondos destinados a la propia acción de la institución.

    Artículo 19. Está prohibido utilizar bienes muebles e inmuebles que ostenten el emblema y la denominación cruz roja en actividades ajenas a las contempladas en esta ley. Se exceptúa del presente artículo a Cruz Roja Mexicana, siempre que haga uso del emblema y la denominación para dar cumplimiento a su objeto social.

    Capítulo V Uso del Emblema de Manera Indicativa por Organizaciones Distintas de las Pertenecientes al Movimiento Internacional de la Cruz Roja

    Artículo 20. Sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de que México sea parte, en relación con señalamientos viales, la Cruz Roja Mexicana, discrecionalmente, podrá autorizar, sin contravención a lo establecido en los Convenios de Ginebra, la presente ley, así como la normatividad emitida por la Conferencia internacional, a otras personas el uso del emblema, en su uso indicativo, para señalar vehículos utilizados como ambulancias y para marcar puestos de socorro o centros de asistencia medica, siempre que en ambos casos se trate de asistencia gratuita a heridos y enfermos.

    En este caso, la Cruz Roja Mexicana podrá en todo tiempo vigilar el uso que se haga del emblema en los términos autorizados y tendrá el derecho de revocar en cualquier tiempo y sin trámite especial alguno la autorización concedida, con efecto inmediato, comunicando su decisión al interesado.

    Capítulo VI Uso del Emblema por Parte de los Organismos Internacionales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja, y Otras Sociedades Nacionales Distintas de la Cruz Roja Mexicana

    Artículo 21. El Comité internacional de la Cruz Roja y la Federación Internacional, podrán hacer uso del emblema o emblemas, en cualquiera de sus modalidades, y de su denominación en cualquier tiempo o circunstancia; y para todas sus actividades.

    Las denominaciones de ambos organismos internacionales serán de uso exclusivo y discrecional de éstos y serán protegidos de manera análoga, y en lo que no contravenga a lo establecido en el presente capítulo, al emblema y la denominación cruz roja.

    Artículo 22. Las demás Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, distintas a la Cruz Roja Mexicana, que con la autorización del gobierno y de la Cruz Roja Mexicana lleven a cabo actividades en el territorio nacional, se sujetaran a lo dispuesto en la presente ley.

    Capítulo VII Uso de Señales Distintivas

    Artículo 23. Las señales distintivas establecidas en los Convenios de Ginebra, que tengan por finalidad el complementar y mejorar la identificación de los transportes sanitarios protegidos por el emblema de la cruz roja en su uso protector, serán así mismo protegidos por la presente ley, de manera análoga al emblema de la cruz roja en su uso protector, sin perjuicio ni contravención a lo establecido en el presente capítulo.

    Título Tercero Medidas de Control y Sanciones

    Capítulo Único

    Artículo 24. Compete a la Secretaría de Gobernación, en todo aquello que no se encuentre ya regulado en la presente ley y sin perjuicio de lo establecido en la misma, vigilar el estricto cumplimiento de esta ley y, en su caso, sancionar administrativamente el uso del emblema o del término ``cruz roja'' por personas o entidades que según lo dispuesto por esta ley no tienen derecho ni están autorizadas para su uso. En esta función será auxiliada por todas las autoridades del país.

    Artículo 25. Las violaciones a la presente ley serán investigadas de oficio, o a petición de la Cruz Roja Mexicana, por parte de la autoridad competente.

    La Cruz Roja Mexicana está facultada para colaborar con las autoridades en cualquier procedimiento de tipo penal, civil o administrativo, concerniente a cualquier violación a la presente ley.

    Artículo 26. Se sancionará con multa equivalente de 5 a 50 veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, a toda persona que use sin autorización el emblema de la Cruz Roja, las señales distintivas, la denominación Cruz Roja o cualquier imitación que pueda prestarse a confusión con el emblema de la Cruz Roja protegido en los términos de la presente ley.

    Artículo 27. Las autoridades competentes en ningún caso registrarán marca alguna, diseño industrial, aviso o nombre comercial, o logotipo de cualquier especie que incluya en cualquier modalidad el emblema o alguna imagen semejante tanto por su forma como por su color, que pueda provocar confusión con el emblema protegido por esta ley, ni autorizará denominación o razón social de alguna persona moral que incluya de manera alguna la denominación ``cruz roja''.

    Artículo 28. La autoridad competente, ordenará el embargo de manera provisional, y en su caso la destrucción, de los bienes en los cuales se viole lo establecido en la presente ley, así como que se retire el emblema y la denominación de la cruz roja, al igual que todo aquello que pueda ocasionar confusión con los emblemas, denominaciones y señales protegidas por los Convenios de Ginebra y la presente legislación, también podrá ordenar el embargo o la destrucción de los bienes que sirvan para su reproducción.

    Título Cuarto Difusión

    Capítulo Único

    Artículo 29. Las dependencias y entidades del gobierno federal a las cuales les concierna la aplicación, regulación y sanción de la presente ley, así como la Cruz Roja Mexicana, deberán tomar, dentro de su ámbito de actividad, las medidas necesarias para la difusión y conocimiento de la presente ley.

    Artículos Transitorios

    Artículo Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. Al término de los tres meses siguientes a partir de la fecha de entrada en vigor de esta ley quedan sin efecto todos los contratos o autorizaciones que hubiere otorgado la Cruz Roja Mexicana para el uso del emblema, sin perjuicio de que puedan otorgarse nuevamente con apego a lo dispuesto por la presente ley.

    Artículo Tercero. Toda persona que a la fecha de entrada en vigor de la presente ley esté haciendo uso en cualquier forma del emblema de la Cruz Roja o de la denominación ``cruz roja'', sin tener derecho a éste, deberá abstenerse de seguir haciéndolo a partir de dicha fecha y, en su caso, contará con un plazo de un año contados a partir de la entrada en vigor de esta ley para suprimir o retirar el emblema de todo tipo de bienes de su propiedad o que utilice para cualquier fin, reemplazándolos para tal efecto por los señalamientos de indicación para Ambulancias, Primeros Auxilios y Protección Civil.

    Artículo Cuarto. Todas las autoridades del país en materia de vialidad, conforme a lo dispuesto en los tratados internacionales de que México sea parte, en relación con señalamientos viales, y en observancia de lo dispuesto por la presente ley, realizará las acciones conducentes para que en el plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de esta ley, suprima de todos los señalamientos viales el emblema y sea substituido por otro signo admitido en dichos tratados internacionales.

    México, DF, a 12 de abril de 2005.--- Dip. Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica)»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputada Maki. Túrnese a la Comisión de Gobernación.

    Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a un grupo de ministros de la grey católica de Tecámac, estado de México, invitados por la diputada Gema Isabel Martínez López. Sean ustedes cordialmente bienvenidos.


    LEY DE AGUAS NACIONALES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El señor diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática --hasta donde entiendo, no está en el salón--, presentaría iniciativa que reforma y adiciona los artículos 120 y 121 de la Ley de Aguas Nacionales.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 120 y 121 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 120 y 121 de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    En México como en el mundo entero la preocupación por los recursos hídricos se ha convertido en un tema importante de la agenda política. El agua es considerada como un recurso estratégico, vital, vulnerable y finito, con valor social, económico y ambiental, cuya preservación en cantidad, calidad y sustentabilidad es tarea fundamental del Estado Mexicano y de la sociedad, así como prioridad y asunto de seguridad nacional.

    El agua es esencial para la vida humana, la salud básica y la supervivencia, así como para la producción de alimentos y para las actividades económicas, sin embargo en México no existe una comunión entre la disponibilidad de agua y la ubicación de los principales centros de demanda, lo que complica la gestión del agua y obliga a una eficiente gestión de nuestro vital recurso.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 27 establece que la propiedad de las aguas comprendidas dentro del territorio nacional corresponden originariamente a la nación, quien tiene el derecho de regular su aprovechamiento, de transmitir el dominio de ellas a los particulares y de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público. De igual manera menciona que la explotación, uso o aprovechamientos de las aguas no podrá realizarse sino mediante concesiones otorgadas por el Ejecutivo federal, quien a su vez delega en la Comisión Nacional del Agua el ejercicio de sus atribuciones de acuerdo con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento.

    En este contexto el 29 de abril del 2004 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la modificación a diversos artículos de la Ley de Aguas Nacionales, con el objeto de una administración más eficiente y descentralizada del recurso hídrico, al crearse una nueva estructura tendiente a optimizar la ejecución de procesos; asimismo se incluyeron conceptos relacionados con la utilidad e interés público del agua, la modernización de los servicios hidráulicos, implantación de sistemas de recirculación, reuso y tratamiento de las aguas residuales, al tiempo de descentralizar y mejorar la gestión del recurso, con la participación de los Estados, Municipios y el Distrito Federal, se reducen los plazos máximos de vigencia de concesiones, asignaciones y permisos, de 50 a 30 años, prorrogables por iguales periodos de tiempo, se crean nuevas obligaciones a los concesionarios verbigracia, la de realizar estudios anuales respecto de la calidad de agua, instalación de medidores de volumen, tanto de consumo como descarga de aguas residuales, entre otros.

    Un punto a destacarse de estas reformas es el relativo a las sanciones por violaciones a las disposiciones de la Ley, toda vez que se aumentaron significativamente, previéndose penas pecuniarias que van de los 1,000 a los 20,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento en que se cometa la infracción, independientemente de las sanciones establecidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley de Bienes Nacionales y la Ley Federal de Metrología y Normalización así como sus reglamentos, las Normas Oficiales Mexicanas, el Código Penal Federal y demás disposiciones aplicables en la materia. En los casos de reincidencia, el monto de la multa podrá ser hasta por tres veces el monto originalmente impuesto, sin que exceda del triple del máximo permitido, haciéndose también acreedor a la suspensión y en su caso, revocación del titulo o permiso con carácter provisional. Por otra parte la autoridad también se encuentra facultada para imponer la clausura y en el caso de ocupación de vasos, cauces, zonas federales y demás bienes nacionales inherentes a que se refiere la Ley de Aguas Nacionales, mediante la construcción de cualquier tipo de obra o infraestructura, sin contar con el título o permiso con carácter provisional correspondiente, ``la Autoridad del Agua'' queda facultada para remover o demoler las mismas con cargo al infractor, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

    Ahora bien, el fundamento del poder sancionador de la administración pública se desprende del artículo 21 constitucional que establece que: ``...Compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía...''. Esta facultad es acotada por el mismo precepto en los casos de que el infractor fuere jornalero, obrero o trabajador, en cuyo caso la multa no podrá exceder del equivalente a un jornal o salario de un día. En este tenor es de señalarse que la infracción administrativa es todo acto o hecho de una persona que viole el orden establecido por la administración pública, para la consecución de sus fines, tales como mantener el orden público y prestar un servicio eficiente en la administración de servicios, es decir, una falta administrativa es una conducta no considerada como delito, que altera el orden público y lesiona los bienes de las personas tutelados por la ley. Por otra parte, el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos proscribe la imposición de multas excesivas, entendiéndose por tales, toda sanción que esté en desproporción con la gravedad de la infracción cometida, con el monto del negocio y con la capacidad económica del particular.

    Sin duda, la nueva Ley de Aguas Nacionales publicada en el año 2004, tiene como finalidad garantizar que exista suficiente agua para México, lo cual ha significando un período de transición en cuanto a gestión de agua en México; sin embargo la Comisión Nacional del Agua con las nuevas facultades que tiene ha instaurado numerosos procedimientos administrativos que lesionan la economía de los campesinos, los agricultores y de todas aquellas personas que por cuestiones de orografía se han asentado a las orillas de aguas nacionales, al sancionarlos con multas excesivas. Por ejemplo en la población de Caracuaro de Morelos; Michoacán, los terrenos aptos para asentamientos humanos son muy escasos y la mayoría de la población ha construido sus viviendas y en consecuencia su patrimonio al margen del Río Caracuaro, la Comisión Nacional del Agua ha iniciado procedimientos administrativos contra los habitantes de esta población, en los cuales la resolución administrativa implicará multas excesivas e incluso la demolición de sus viviendas, lo cual implica perder su patrimonio y aún con muchos años de trabajo imposible cubrirla.

    La única forma de evitar la imposición de sanciones pecuniarias irrazonables o desproporcionadas y, por tanto, excesivas, que contraríen los artículos 21 y 22 constitucionales, es otorgándole a la autoridad pleno arbitrio para valorar la gravedad de la infracción en los términos ya anotados, el monto del negocio y las condiciones que consideren justas dentro de un mínimo y un máximo; de ello se sigue que todas aquellas leyes o preceptos que no concedan a la autoridad estas facultades, aunque sea implícitamente, riñen directamente con la garantía consagrada en la citada norma constitucional. En tal orden de ideas, si el artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, autoriza la imposición de multas que van de 1,000 a 20,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento en que se comenta la infracción debe concluirse entonces que dicho precepto resulta violatorio de la garantía de mérito, tratándose de aquellos infractores jornaleros, obreros o trabajadores, quienes por desconocimiento de la ley han infringido la misma. Si bien esta no es una causa excluyente, si debe ser una atenuante para que las sanciones que se les impongan no sean excesivas.

    México es un país muy grande y con diferencias muy acusadas entre los estados y regiones, tanto por condiciones determinadas por el entorno físico, como por condiciones étnicas y culturales. El desarrollo socioeconómico es otro factor de importancia fundamental que condiciona diferencias, la suma de las cuales presenta un mosaico en el cual es imposible aplicar soluciones iguales o simplemente por decreto, por ello resulta indispensable actualizar el marco normativo que regula la imposición de sanciones en la Ley de Aguas Nacionales, toda vez que estas han resultado excesivas violentando gravemente lo establecido en los artículos 21 y 22 constitucionales, por lo que para la cuantificación de las multas, aún y cuando la ley señala un mínimo y un máximo, la autoridad debe razonar su arbitrio y tomar en consideración los siguientes elementos básicos: a) el monto del perjuicio sufrido; b) la negligencia o mala fe del causante; o la espontaneidad de su conducta para acatar la ley, aunque extemporáneamente; c) si se trata de una infracción aislada, o de una infracción insistentemente repetida por dicho causante, y d) la capacidad económica del infractor. Pues la multa debe ser proporcional al daño que la infracción causa, y para fijarla se debe considerar la malicia y la reiteración del causante, así como sancionar con distinta medida a quienes tienen diferente capacidad, para no lastimar más a quien tiene menos, por una causa semejante. El único monto que las autoridades pueden imponer sin razonar su arbitrio, demostrada la infracción, es el mínimo, pues ello implica que se ha aceptado un máximo de circunstancias atenuantes.

    Lo anterior es lógico si se toma en cuenta que la finalidad que persigue este tipo de sanciones es además de intimidatoria, la de evitar la reincidencia de los infractores, mas no la de terminar con sus patrimonios, a lo cual se llegaría de aceptarse la imposición de multas que rebasen la capacidad económica. Los actuales cobros de multas son realmente injustos, pues impiden que los productores del sector social y todos aquellos agentes de la sociedad rural desarrollen su actividad y por consiguiente no puedan llevar a sus hogares el sustento que requieren sus familias para vivir, los esfuerzos de los poderes constituidos deben tender a eliminar deficiencias que ancestralmente aquejan a los productores agropecuarios de México, y permitir que éstos puedan en base a su trabajo, inversión y riesgo acceder a niveles competitivos que les genere el acceso a una vida digna. Por consiguiente, aún en los casos de imposición de multas mínimas, la autoridad sancionadora debe desplegar el arbitrio que la ley le concede individualizándola, y tomando en cuenta los elementos anteriores, para así cumplir con el diverso mandamiento del artículo 16 constitucional fundando y motivando su decisión según el caso particular.

    Por ello, es necesario que esta soberanía establezca en la Ley mecanismos que en lugar de castigar instrumenten programas que modifiquen la cultura en el manejo del agua, a través de políticas institucionales de difusión, preparación y concientización para la utilización racional de dicho recurso; hacerlo así, reducirá la grave inconformidad prevalece por la aplicación de tales medidas correctivas.

    Por todo lo anteriormente expuesto, presente a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 120 y 121 de la Ley de Aguas Nacionales.

    Artículo Primero.- Se reforma la fracción primera y se adiciona un párrafo al artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 120 ...

    I. 200a 1,500, en el caso de violación a las fracciones XVI y XXIV;

    II a III ...

    ...

    ...

    ...

    ``La Autoridad del Agua'', tratándose de infractores indígenas, jornaleros, obreros, trabajadores, pequeños y medianos productores agropecuarios y de todas aquellas personas que se encuentren en situación de pobreza, por cualquiera de las infracciones del artículo 119 de la Ley, impondrá la sanción mínima establecida en la fracción I del presente artículo. ``La Autoridad del Agua'', fundamentando y motivando plenamente su decisión, podrá otorgar al infractor la opción de pagar la multa o realizar trabajos o inversiones a favor de la comunidad, equivalentes en materia de conservación, protección o restauración de los recursos hídricos, siempre y cuando se garanticen las obligaciones del infractor, éste no sea reincidente y no se trate de irregularidades que impliquen la existencia de riesgo inminente de daño o deterioro grave, con la finalidad de garantizar una gestión integrada de los recursos hídricos.

    Artículo Segundo.- Se reforma la fracción II y se adicionan las fracciones V y VI del artículo 121 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 121 ...

    I ...

    II. Las condiciones económicas, sociales y culturalesdel infractor;

    III a IV ...

    V. El beneficio económico directamente obtenido por el infractor por los actos u omisiones que motiven la sanción y

    VI. El carácter intencional o no de la acción u omisión

    ... ...

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de abril de 2005.--- Dip. Israel Tentory García (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia la turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.
    ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra el señor diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas, compañeros diputados: en mi carácter de diputado federal del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución General de la República; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    El Gobierno de México sustenta sus actuaciones en el principio de soberanía popular, toda vez que el pueblo es quien elige a sus gobernantes, que tienen la obligación de velar por sus intereses, postulado de la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789, recogido por el artículo 39 constitucional. El pueblo tiene el inalienable derecho de alterar y modificar su forma de gobierno; por ello, el ciudadano tiene la responsabilidad de controlar el poder público y exigir a sus representantes que cumplan sus obligaciones, en virtud de que no es suficiente emitir el sufragio cada periodo electoral para consumar la democracia. Una forma de control ciudadano es ejerciendo los derechos en materia de información y de petición ante el Gobierno Federal, estatal y municipal que el artículo 6o. constitucional establece en el derecho a la información, que será garantizado por el Estado, lo que significa que el gobierno debe difundir la información generada a quien la solicite con arreglo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental.

    Por otra parte, cuando un gobernado necesita información del Estado o considera que la proporcionada es insuficiente, ejerce la facultad conferida en el artículo 8o. de la Ley Fundamental, mediante el derecho de petición, siendo importante señalar que una vez recibida la solicitud, la autoridad debe dictar un acuerdo escrito en el que se atienda el estado del trámite de la respuesta, o bien, rendir su contestación en un término breve. Sin embargo, en la práctica existe un vacío legal en el artículo 8o. constitucional, ya que se deja al libre albedrío de la autoridad la interpretación del término breve, porque no se señala un plazo preciso, un término perentorio, lo que propicia el abuso de las autoridades para retardar dolosamente su obligación de proporcionar los informes requeridos; o bien, incumplen este deber de manera infundada e injustificada. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido diversa jurisprudencia respecto al contexto del concepto término breve, y la mayoría de las tesis señala que será por un máximo de 120 días hábiles.

    Lo anterior se justifica en que durante esos cuatro meses la autoridad podrá localizar los archivos en donde se encuentra la información requerida y ese criterio se rescató por el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y que la Constitución de ningún modo establece. Por otra parte, es necesario valorar que una vez transcurrido el ``término breve'', si el peticionario no recibe respuesta, el juicio de amparo o, en su caso, el recurso de revisión previsto en el artículo 49 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental son los medios para hacer valer esta garantía, pero no podemos alentar más la afluencia a estas instancias por este motivo, por las molestias que se causan al gobernado, habida cuenta de que en la vida cotidiana las autoridades requeridas utilizan sus etapas procesales para retardar más el cumplimiento de su obligación de informar. Debemos ponderar que la Constitución, como norma suprema del Estado mexicano, no debe sujetarse a interpretaciones basadas en resoluciones de contradicción de tesis jurisprudenciales que sólo alientan el abuso de las autoridades renuentes al respeto de esa garantía individual y, mucho más, a constreñirse al término de 120 días hábiles, por ser excesivo y atentatorio del espíritu de los artículos 6o. y 17 de la Ley Fundamental. Por tal motivo, con la finalidad de cubrir este vacío legal que propicie injusticia, presento esta iniciativa de fijación de un plazo perentorio con esta adición al artículo 8o. constitucional, que determine el periodo en que las autoridades deben cumplir la obligación de dar información requerida con base en el principio de legalidad, reforma que contribuirá a mejorar el ejercicio de los derechos ciudadanos con leyes más claras y expeditas en beneficio de los mexicanos.

    Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo Único. Se reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política, sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a que se haya dirigido, la cual tiene obligación de darla a conocer al peticionario en un término no mayor de 40 días hábiles.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de abril de 2005. Solicito de manera atenta y respetuosa, señor Presidente, que se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto, muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI

    Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en mi carácter de diputado federal del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71 fracción II y 72 Constitucionales; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; someto a la consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el tenor de la siguiente:

    Exposición de Motivos

    México como gobierno democrático sustenta sus actuaciones en el principio de soberanía popular, el cual establece que el poder supremo de un territorio reside en el pueblo conforme a lo ordenado en el artículo 39 de la Ley Fundamental.

    La dinámica de que el pueblo elige libremente a sus gobernantes y representantes populares, quienes tienen la obligación de velar por sus intereses y preservar la soberanía encomendada, es un postulado que se ha recogido por el artículo 30 de la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789, toda vez que el pueblo es en todo tiempo quien tiene el inalienable derecho de alterar y modificar la forma de su gobierno.

    Por ello el ciudadano tiene la responsabilidad de controlar al poder público y de exigir a sus gobernantes que cumplan sus obligaciones, porque no es suficiente emitir el sufragio en cada periodo electoral para construir la cultura política democrática de pueblo.

    Una forma de llevar a cabo los mecanismos políticos legales de control del poder por conducto del gobernado es ejerciendo los derechos fundamentales en materia de información y de petición con los tres niveles de gobierno: el federal, el estatal y el municipal, dado que los servidores públicos en estricto derecho deben proporcionar los datos que se les solicitan sea cual fuere la materia y naturaleza del requerimiento.

    Es en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se señala que el derecho a la información será garantizado por el Estado, lo cual significa que el Gobierno deberá difundir la información que se genera a quien la solicite de manera oportuna con arreglo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental, no obstante que ésta hace una clasificación en sus artículos 13 y 18 sobre lo que constituye la información reservada y la información confidencial, sin definir el concepto, ni los alcances de esos términos, por ello opera este cuerpo normativo en muchos casos como un recurso para evadir la respuesta al individuo sobre el tema solicitado y por ende se incumple esta obligación del Estado.

    Por otra parte, si algún interesado considera que la información proporcionada por el gobierno es insuficiente o inoportuna, ejerce la facultad conferida en el artículo 8 de la Ley Fundamental con el derecho de petición, siendo importante señalar que una vez emitida la solicitud a la autoridad, ésta debe dictar un acuerdo por escrito en el que se aborde el estado del trámite de la respuesta o bien la contestación en un término breve.

    Sin embargo en la práctica, nos enfrentamos a un vacío legal respecto lo que se interpreta como término breve, toda vez que no se señala en el texto legal un plazo, lo cual propicia el abuso por parte de las autoridades con el fin de retardar dolosamente su obligación de proporcionar la información requerida, o bien en muchos casos incumplen esta obligación de manera infundada e injustificada.

    Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido en sus diversas épocas sendas interpretaciones jurisprudenciales respecto al contexto que entraña el concepto constitucional ``término breve'', y señalan en la mayoría de las tesis que será por un máximo de 120 días hábiles, porque durante esos cuatro meses se deja en aptitud a la autoridad de localizar los archivos que contienen la información requerida, criterio que fue rescatado en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo además de preceptuar diversos requisitos previos para satisfacer las peticiones en la materia y que implican formalidades que la constitución no establece.

    Por otra parte, es necesario valorar que transcurrido el término denominado como breve y si el peticionario no recibe una respuesta, el juicio de amparo o en su caso el recurso previsto en el artículo 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental serán los medios idóneos para defender esta garantía individual, por lo que de ningún modo debemos continuar propiciando que siga aumentando la afluencia de estas instancias por el motivo expresado, habida cuenta que en la vida cotidiana las autoridades requeridas en primer término utilizan las etapas procesales de instrucción para retardar aún más el cumplimiento de estas obligaciones.

    Es necesario ponderar que la Constitución como Norma Suprema del Estado Mexicano, no puede continuar sujeta a interpretaciones basadas en resoluciones derivadas de conflictos de contradicción de tesis jurisprudenciales que solo alientan los abusos de las autoridades renuentes al respeto de las garantías individuales y mucho menos a constreñirse al término de 120 días hábiles por ser excesivo y atentatorio del espíritu de los artículos 6 y 8 de la Ley Fundamental.

    Por tal motivo, con la finalidad de concluir con este vacío legal que solo propicia la injusticia y la inequidad debemos fijar nuestra visión democratizadora en soluciones legales concretas mediante la adición de un plazo expreso en el artículo 8 Constitucional que determine cual será el periodo que las autoridades de todos los niveles de gobierno deben cumplir para dar cumplimento al derecho de petición, con la finalidad de lograr el equilibrio en la búsqueda de la justicia ciudadana y el cumplimiento del principio de legalidad que enaltece al Estado de derecho.

    Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo Único: Se reforma el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

    ``Artículo 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

    A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de darla a conocer al peticionario en un término no mayor a 40 días hábiles''.

    Transitorio

    Artículo Único.- El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 7 días del mes de abril del dos mil cinco.

    Solicito de manera atenta y respetuosa, señor Presidente se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates, es cuanto.

    Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y así se hará, señor diputado. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales. Diputada, ¿con qué objeto?
    VERIFICACION DE QUORUM
    La diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez (desde la curul): Señor Presidente, ruego a usted que solicite verificación de quórum.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: A petición y en términos del artículo 27 del Acuerdo parlamentario, se pide a la Secretaría --y le ruego me permita un segundo, señor diputado-- abrir el registro electrónico, por 10 minutos, para verificar el quórum. En tanto, se instruye para que continúe la sesión.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Háganse los avisos a que hace referencia el artículo 161 de nuestro Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico de asistencia, por 10 minutos, para la verificación del quórum.


    ARTICULOS 59 Y 116 CONSTITUCIONALES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra el señor diputado don Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reelección. Adelante, señor diputado.El diputado Salvador Márquez Lozornio: Muchas gracias; con su permiso, diputado Presidente: el suscrito, diputado federal del grupo parlamentario de Acción Nacional, integrante de la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa, con el fin de establecer reelección legislativa consecutiva para diputados plurinominales, hasta por tres veces consecutivas, y senadores de mayoría y de primera minoría, hasta por una vez, pero en todo caso los diputados y senadores de representación proporcional sólo podrán hacerlo siempre y cuando lo hagan mediante el sistema uninominal.

    Si bien es cierto que no es la panacea, es una propuesta fundamental en el fortalecimiento del Poder Legislativo la reinstalación de la figura de la reelección inmediata ya que, más allá de sus desventajas, son mucho mayores sus bondades. Primeramente, porque se constituye como un mecanismo de rendición de cuentas, de control, de supervisión y de calificación ciudadana respecto a la actuación de sus representantes, al tener la oportunidad éstos, cada tres años, de señalar los errores y los aciertos. Es, como diría Alonso Lujambio, ``la instalación de un juicio ciudadano a través de las urnas''. La reelección es la oportunidad de que el ciudadano sea juez del desempeño legislativo de sus representantes, lo que se verá reflejado al momento del voto. El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional se manifiesta en favor de la reelección inmediata de legisladores con base en la convicción de que ésta fortalecerá la profesionalización en el quehacer legislativo y, al significar una relación más estrecha entre electores y representantes electos, se traducirá en una efectiva rendición de cuentas que fortalecerá la consolidación democrática de nuestro sistema político.

    Con la certeza de que la consolidación democrática de nuestro sistema demanda el pleno fortalecimiento del Poder Legislativo y de que esto sólo es posible a través de la configuración de un Congreso cuyos diputados y senadores sean auténticos representantes de los ciudadanos, me pronuncio en favor del establecimiento de la reelección inmediata de legisladores, ya que este hecho contribuirá a reforzar el carácter democrático de nuestro sistema político, trayendo consigo una amplia oportunidad de mejorar y dar continuidad a los trabajos y proyectos legislativos caracterizados por la profesionalización de los integrantes del Congreso, sin que esto signifique su permanencia inamovible. Hoy, nuestro país es muy distinto de aquel en el que la demanda de ``no reelección'' era ineludible. Hoy, México es un país donde el sufragio es efectivo en la mayoría de las elecciones. Por consiguiente, los legisladores estamos obligados a dotarlo de leyes que reflejen y enmarquen esta nueva realidad, la realidad de la consolidación democrática. El proceso de la consolidación democrática que actualmente protagonizamos hace inaplazable el deber de conferir a los ciudadanos, y no a los partidos políticos, representantes auténticos, obligados además a una efectiva rendición de cuentas.

    Proponemos la reelección continua de legisladores no porque queramos perpetuarnos en el cargo; por el contrario, queremos que sea el ciudadano quien decida quién llega, quién se queda y quién se va a casa. Queremos fortalecer los incentivos para la rendición de cuentas para el trabajo constante, para erradicar la simulación y, sobre todo, para devolver a la sociedad el mejoramiento del trabajo legislativo. En este contexto, se propone establecer la reelección legislativa consecutiva bajo dos bases fundamentales: la primera es que, como una etapa inicial, la reelección inmediata se establezca acotada a un plazo de 12 años, tanto para senadores como para diputados.

    Dicha limitación que se propone es con la finalidad de promover nuevos cuadros parlamentarios que renueven con sus aportaciones el ambiente y la acción legislativos, con lo que se guardaría un equilibrio entre la experiencia y las nuevas ideas. La segunda es que la reelección legislativa inmediata de legisladores de representación proporcional no se dé nuevamente mediante el sistema plurinominal.

    Lo anterior obedece a la premisa de la vinculación social de la evaluación y del juicio ciudadano que representa el mecanismo de reelección inmediata. Así, resulta exigible que se establezcan ciertas modalidades para el caso de los legisladores de representación proporcional, toda vez que el actual sistema mediante listas cerradas y previamente diseñadas y presentadas ante el Instituto Federal Electoral ha ocasionado que un legislador de representación proporcional no se vincule con el electorado, sino con la cúpula del partido, que es el que generalmente diseña las listas y los candidatos que la integran, reduciendo o prácticamente anulando la evaluación de los electores respecto del legislador en lo individual. Así, se propone reformar el artículo 59 y el párrafo segundo de la fracción II del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos de la presente iniciativa, que solicito respetuosamente sea insertada de manera íntegra en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Iniciativa que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reelección, a cargo del diputado Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Salvador Márquez Lozornio, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa, con el fin de establecer la reelección legislativa consecutiva para diputados uninominales hasta por tres veces consecutivas y senadores de mayoría y de primera minoría hasta por una vez, pero en todo caso los diputados y senadores de representación proporcional sólo podrán hacerlo siempre y cuando lo hagan mediante el sistema uninominal. Esta propuesta de reforma se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Si bien es cierto que no es la panacea, lo cierto es que una propuesta fundamental en el fortalecimiento del Poder Legislativo, lo es la reinstalación de la figura de la reelección inmediata, ya que más allá de sus desventajas son mayores sus bondades. Primeramente porque se constituye como un mecanismo de rendición de cuentas, de control, de supervisión y calificación ciudadano respecto a la actuación de sus representantes; que tengan la oportunidad cada tres años, de señalar los errores y los aciertos. Es como diría Alonso Lujambio la instalación de un juicio ciudadano a través de las urnas.

    La reelección es la oportunidad de que el ciudadano sea juez del desempeño legislativo de sus representantes, lo que se verá reflejado al momento del voto en la reelección. Se generaría un incentivo para incitar a que se genere un mejor trabajo legislativo por parte de los representantes y para mantener un contacto estrecho con los votantes. Se cultivaría al electorado, explicarle su conducta, a informarle, a justificar su posición respecto algún asunto.

    El grupo parlamentario de Acción Nacional se manifiesta a favor de la reelección inmediata de legisladores, con base en la convicción de que ésta fortalecerá la profesionalización del quehacer legislativo y al significar una relación más estrecha entre electores y representantes electos, se traducirá en una efectiva rendición de cuentas que fortalecerá la consolidación democrática de nuestro sistema político.

    Desde 1933, el artículo 59 de nuestra Constitución prohibió la reelección de los legisladores federales en el periodo inmediato; prohibición que fue extendida a los diputados de los Congresos estatales a través del artículo 116.

    Resulta pertinente recordar en qué contexto y con qué consecuencias se impidió la reelección inmediata de los integrantes del Poder Legislativo, a efecto de argumentar las razones que hoy hacen necesario e inaplazable un cambio del marco legal vigente.

    La permanencia en el poder durante más de tres décadas del régimen conducido por Porfirio Díaz, dio lugar al pronunciamiento a favor de la no reelección consignado en el Plan de San Luis por Francisco I. Madero; mientras que años después, en 1928, la reelección, aunque no inmediata, del ex presidente Álvaro Obregón, aunada a su asesinato, pareció confirmar el rechazo de la ciudadanía a la reelección de los gobernantes, rechazo fundamentado en el temor de que éstos, en la medida en que detentaban el poder, utilizarán los recursos que éste conlleva para conservarlo y perpetuarse en él.

    Con base en este rechazo histórico fue que a partir de 1933, esto es, durante el periodo del maximato en México, el artículo 59 constitucional estableció la prohibición de la reelección inmediata de los legisladores. No obstante y si bien es cierto que dicho artículo atendía una demanda ciudadana, también es cierto que se orientaba, sobre todo, al fortalecimiento del recién fundado Partido Nacional Revolucionario (PNR), promovido por Plutarco Elías Calles, quien se autoproclamaba el jefe máximo de la Revolución.

    El fortalecimiento del PNR, posteriormente, Partido Revolucionario Institucional (PRI) radicó, entre muchos otros factores, en el hecho de que la no reelección permitió la movilidad de la clase política aglutinada en torno a él, al tiempo que, al inaugurar un sistema de recompensas y sanciones, otorgadas a partir de la lealtad demostrada a quien detentaba el liderazgo real de aquél partido, esto es, al presidente de la República, significó la subordinación del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo.

    La prohibición de la reelección inmediata ha implicado otras graves consecuencias, en torno a las cuales merece la pena reflexionar a efecto de considerar la pertinencia de modificar el marco legal y evitarlas con el propósito de contribuir al proceso de consolidación democrática que hoy experimentamos.

    Es necesario reconocer que la complejidad del trabajo legislativo hace necesario un proceso inicial de aprendizaje de los aspectos esenciales que lo caracterizan y que sólo se produce cuando el legislador asume su responsabilidad como tal. Esto significa que el legislador se forma y aprende la tarea que le corresponde al mismo tiempo en que la lleva a cabo y tres años después, cuando ha adquirido un conocimiento real sobre el quehacer legislativo, y cuando a través del trabajo en Comisiones ha acumulado un saber especializado, que garantiza un auténtico desempeño profesional, el legislador ya no puede seguir aportando lo que ha aprendido ni enriquecer con su experiencia el trabajo legislativo, debido a que está prohibida su reelección inmediata. Así, y aún cuando en cada Legislatura encontramos legisladores que fungen como tales por segunda o más ocasiones, la profesionalización de quienes integran el Poder Legislativo no es predominante, hecho que conlleva recomenzar, cada tres años, el proceso de aprendizaje, en detrimento de la eficiencia y eficacia requeridos.

    Con la convicción de que la consolidación democrática de nuestro sistema demanda el pleno fortalecimiento del Poder Legislativo y de que esto sólo es posible a través de la configuración de un Congreso cuyos diputados y senadores sean auténticos representantes de los ciudadanos; me expreso a favor de establecer la reelección legislativa ya que el hecho de establecer la reelección inmediata de los Legisladores contribuirá a reforzar el carácter democrático de nuestro sistema político, trayendo consigo una amplia oportunidad de mejorar y dar continuidad a los trabajos y proyectos legislativos caracterizados por la profesionalización de los integrantes del Congreso sin que esto signifique la permanencia inamovible de los mismos.

    Los cambios sustanciales que en muchos aspectos hemos realizado, conjuran el temor de aquellos que consideran a la reelección una oportunidad para mantenerse e incluso perpetuarse en el poder. Hoy, nuestro país es muy distinto a aquel en el que la demanda de ``No reelección'' era ineludible; hoy, México es un país donde el sufragio es efectivo en la mayoría de las elecciones, por consiguiente, los legisladores estamos obligados a dotarlo de las leyes que reflejen y enmarquen esta nueva realidad, la realidad de la consolidación democrática.

    Se engaña y engaña a los demás quien ``sataniza'' prima facie un proyecto legislativo que, en primer lugar, ya ha sido cotidianeidad en la realidad mexicana, y en segundo, está destinado a fortalecer la vida democrática y representativa del ciudadano mexicano. Efectivamente, durante varios años aún después de finalizada la revolución mexicana, el Congreso Mexicano podía reelegirse, porque los promotores del ``sufragio efectivo, no reelección'' sabían que este ideal estaba dirigido al Ejecutivo, no al Legislativo, toda vez que un Legislativo fuerte es uno de los mejores garantes del correcto ejercicio de la Administración Pública. Esto fue así hasta que en 1933 una camarilla guiada por el Presidente de la República terminó con la profesionalización, independencia y dignidad de la casa del pueblo.

    Hoy, el acceso de los legisladores al Poder Legislativo depende, principalmente de los votantes que, a través del sufragio, eligen a quienes habrán de representarlos.

    En la medida en que los electores sean quienes le den importancia a la carrera y desempeño público de los legisladores, éstos se verán obligados a mantener una relación estrecha con la ciudadanía y menos aún asumen el deber de rendir cuentas sobre el trabajo que han realizado en el ámbito legislativo. Esta separación es real entre representantes y representados, incide de manera negativa en el sistema político, puesto que no existe una auténtica democracia representativa, en la que los legisladores expresen cabalmente las necesidades, demandas y aspiraciones de los mexicanos.

    El proceso de consolidación democrática que actualmente protagonizamos hace inaplazable el deber de conferir a los ciudadanos y no a los partidos políticos, representantes auténticos, obligados además a una efectiva rendición de cuentas.

    La no reelección inmediata de los legisladores, no sólo ha fortalecido el control de las instancias partidistas en detrimento del poder de los electores, también ha conllevado una precaria profesionalización de los integrantes del Poder Legislativo y, por consiguiente, ha obstaculizado el óptimo desempeño de éste.

    Que quede claro, la figura de la reelección continua de los legisladores funciona para beneficio de los ciudadanos, no de los diputados y senadores. Quienes pudieran permanecer en su encargo no serán los desarraigados de su distrito ni los ausentes de las reuniones de comisión, serán quienes se ganen la confianza de la gente con base en su pulcro trabajo. Los funcionarios que no cumplan con las expectativas en ellos cifradas no encontrarán cobijo en alguno otro órgano legislativo, por que tal será la decisión del electorado y de este modo se puede crear un juicio ciudadano que permita inscribirse como un instrumento de apertura a la trasparecía política que obligue al legislador a informar y dar resultados a los ciudadanos sobre su trabajo legislativo.

    Proponemos la reelección continua de legisladores, no porque queramos perpetuarnos en el cargo, por el contrario, queremos que sea el ciudadano quien decida quien llega y quien se va a su casa.

    Queremos fortalecer los incentivos para la rendición de cuentas, para el trabajo constante, para erradicar la simulación y sobre todo, para devolverle a la sociedad el mejorar el trabajo legislativo.

    En este contexto se propone establecer la reelección legislativa consecutiva bajo dos bases fundamentales:

    Primero.- Que como una etapa inicial, la reelección inmediata se establezca acotada a un plazo de 12 años, tanto para senadores como para diputados; dicha limitación que se propone, es con la finalidad de promover nuevos cuadros parlamentarios que renueven, con sus aportaciones, el ambiente y la acción legislativos con lo que se guardaría un equilibrio entre la experiencia y las nuevas ideas.

    Segundo.- Que la reelección legislativa inmediata de legisladores de representación proporcional no se dé nuevamente mediante el sistema plurinominal.

    Lo anterior obedece a la premisa de la vinculación social, de la evaluación y del juicio ciudadano que representa el mecanismo de reelección inmediata del legislador. Es así que resulta exigible que se establezcan ciertas modalidades para el caso los legisladores de representación proporcional, toda vez, que el actual sistema mediante el sistema de listas cerradas y previamente diseñadas y presentadas ante el Instituto Federal Electoral, ha ocasionado que un legislador de representación proporcional no se vincule con el electorado sino más bien con la cúpula del partido, que es quien generalmente diseña las listas y los candidatos que la integran, reduciendo o prácticamente anulando la evaluación de los electores respecto del legislador en lo individual, siendo así que en estos casos se desnaturalizaría las bondades de la reelección legislativa, y por el contrario el efecto negativo podría ser el de provocar el anquilosamiento y fortalecimiento de las oligarquías partidistas, mismas que estarían ajenas al filtro ciudadano, en el supuesto de reelección de legisladores por el sistema de representación proporcional, ya que insistimos su reelección dependerá en muchos de los casos de la decisión del seno de su partido más que de los propios electores.

    En este sentido, se estima que una propuesta que podría contribuir a que los legisladores de representación proporcional sean más representativos del electorado y menos de las élites de los partidos políticos, lo sería la propia reelección de dichos diputados de representación proporcional siempre y cuando la reelección inmediata que busquen sea bajo el principio de mayoría relativa mediante el sistema de distrito uninominales; es decir, que si un diputado de representación proporcional mejor conocido como plurinominal o un senador elegido según el principio de representación proporcional de la circunscripción plurinominal nacional, solo podrá ser candidato inmediatamente para el mismo cargo de elección popular, cuando ello lo hiciere mediante el principio de mayoría, lo que implicaría entrar a la contienda electoral bajo terrenos de competencia tanto en el distrito como en la entidad federativa según sea la elección, lo que lo haría entrar a la dinámica de convencer, y ganarse la preferencia de los electores.

    Luego entonces el legislador plurinominal se vería obligado a regresar o responder a sus electores frente al incentivo de la reelección, su labor legislativa no se agotaría en convencer sólo al partido sino principalmente al electorado, que será al final de cuentas quien decida si le otorga o no nuevamente la confianza para el ejercicio de la representación política. Aquí lo importante es no obstruir la conexión política de los legisladores con los distritos que conforman el mapa electoral de México, por el contrario bajo el esquema planteado en la presente iniciativa se estimularía una relación de responsabilidad y rendición de cuentas entre los representantes populares plurinominales y sus representados.

    Lo cierto es que resulta indispensable establecer la reelección inmediata de los legisladores, en los términos y forma planteada en la presente iniciativa ya que además de constituirse como instrumento de la llamada sanción difusa o instrumento de castigo o de premio electoral en las urnas, mediante el reconocimiento o la desaprobación de quien actuado bien o de quien actuado mal según la percepción social; es también un incentivo a la responsabilidad; es aprovechar la experiencia adquirida; es hacer competitivo al Congreso frente a los demás poderes, principalmente frente al Ejecutivo; es potencializar la institucionalidad del Congreso y con ello, fortalecer la división de poderes que a su vez, vigorice la función legislativa, de fiscalización, de presupuestación, y en general de control político que corresponde a este poder Legislativo.

    Es así, que se propone reformar el artículo 59 constitucional, para establecer que los senadores propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y la representación hubiere sido mediante el principio de mayoría relativa o de primera minoría, podrán ser electos para un periodo consecutivo. Los senadores propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y la representación hubiere sido mediante el principio de representación proporcional, mediante el sistema de lista votada en una sola Circunscripción plurinominal nacional, podrán ser electos para un periodo consecutivo siempre y cuando lo hicieran bajo el principio de votación mayoritaria relativa o de primera minoría.

    Asimismo se prevé que los diputados propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y que hubieren sido elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa podrán ser reelectos hasta en tres periodos consecutivos. Los diputados propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y que hubieren sido elegidos según el principio de representación proporcional, podrán ser electos para un periodo consecutivo siempre y cuando lo hicieran bajo el principio de votación mayoritaria relativa y sólo entonces podrán ser electos para un siguiente periodo consecutivo por el principio de mayoría o de representación proporcional.

    A fin de dejar claramente acotado que la reelección sólo es hasta 12 años, es que se plantea disponer que los senadores y diputados propietarios que hayan sido electos en los términos anteriormente descritos, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

    Por otra parte, se plantea disponer en el artículo 116 constitucional, relativo al régimen de los estados, que los diputados propietarios a las legislaturas de los estados, o los suplentes que hubieran estado en ejercicio, podrán ser reelectos para el periodo inmediato en los términos que señalen las constituciones de los estados, para que sean éstas las que legislen los términos y formas en la materia, de acuerdo a sus respectivas realidades, esto con un espíritu federalista, en el sentido de que sean las propias legislaturas de acuerdo a sus propias realidades las que establezcan los términos de este mecanismo de rendición de cuentas y evaluación ciudadana.

    Por lo anteriormente expuesto, el suscrito diputado Federal, Salvador Márquez Lozornio, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo Único.- Se reforman el artículo 59 y el segundo párrafo de la fracción II del artículo 116. Ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 59.- Los senadores propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y la representación hubiere sido mediante el principio de mayoría relativa o de primera minoría, podrán ser electos para un período consecutivo. Los senadores propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y la representación hubiere sido mediante el principio de representación proporcional, mediante el sistema de lista votada en una sola circunscripción plurinominal nacional, podrán ser electos sólo un periodo consecutivo siempre y cuando lo hicieran bajo el principio de votación mayoritaria relativa o de primera minoría.

    Los diputados propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y que hubieren sido elegidos según el principio de votación de mayoría relativa podrán ser reelectos hasta en tres períodos consecutivos. Los diputados propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, y que hubieren sido elegidos según el principio de representación proporcional, podrán ser electos para un periodo consecutivo siempre y cuando lo hicieran bajo el principio de votación mayoritaria relativa y sólo entonces podrán ser electos para un tercer periodo consecutivo por el principio de mayoría.

    Los senadores y diputados propietarios que hayan sido electos en los términos del párrafo anterior, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

    Artículo 116. ...

    ...

    I.- ...

    ... ... ... ...

    II.- ...

    Los Diputados propietarios a las Legislaturas de los estados, o los suplentes que hubieran estado en ejercicio, podrán ser reelectos para el periodo inmediato.

    ...

    III.- ...

    ... ... ... ... ...

    IV.- ...

    a) a i) ... V.- ...

    VI.- ...

    VII.- ...

    Transitorios

    Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Salvador Márquez Lozornio (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Muchas gracias, señor diputado Márquez Lozornio, y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra el señor diputado don Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Quintín Vázquez García: Con su venia, compañero diputado Presidente: el suscrito, diputado federal por el distrito IX electoral, con cabecera en Guadalajara, Jalisco, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo previsto en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, expone ante el Pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto, por la que se reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de que se consideren el deporte y la recreación como otros medios para lograr la readaptación social de los reclusos de los centros de readaptación social, de conformidad con la siguiente exposición de motivos:

    Inicio mis comentarios resaltando el texto vigente del artículo 20, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, que a la letra dice: ``Artículo 20, fracción XIV. Ofrecer capacitación laboral a los reclusos, así como promover el deporte y la cultura como medio de reintegración de los internos a la sociedad''. Como vemos, la propia instancia rectora en el ejercicio de la readaptación social considera uno de los elementos más importantes en el desarrollo mental y físico del ser humano, como el deporte y la recreación, así como la cultura, como un medio integrador de los individuos a la sociedad. El texto vigente del artículo 18 constitucional establece en su primer y segundo párrafos que ``sólo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados. Los gobiernos de la Federación y de los estados organizarán el sistema penal en base en sus respectivas jurisdicciones sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente''.

    Señala el excelente jurista don Sergio García Ramírez, en sus comentarios al artículo en comento, que el texto vigente habla de ``jurisdicciones'', donde se ve la idea competencial, ámbito de atribuciones de cada nivel de gobierno, el federal y el estatal; y de ``readaptación social'', donde se refleja el proyecto de ajustar la conducta del sujeto a la norma social prevaleciente, sin aspirar a una regeneración mucho más compleja y ambiciosa que la mera readaptación. Por otra parte, comenta que mientras las cárceles sigan siendo sitios carentes de condiciones sanitarias, mientras se mantenga a los reclusos en una lamentable ociosidad y no se haga de ellos una cuidadosa clasificación según su peligrosidad, sus antecedentes, sus tendencias y sus aptitudes para lograr en la mayor medida posible la individualización administrativa de la pena de prisión, y mientras la administración y vigilancia de esos establecimientos no se pongan en manos de funcionarios y empleados especializados y aptos, no se podrá encontrar ningún sentido de utilidad social ni de rehabilitación del delincuente en la imposición y ejecución de las penas privativas de libertad.

    Es importante resaltar que, con fecha 22 de abril de 2004, presentamos iniciativa de decreto que reforma los artículos 5 y 7 de la Ley que Establece las Normas Mínimas para la Readaptación Social de Sentenciados, relativos a los cursos de formación y de actualización del personal asignado, así como a los estudios de personalidad que se practican a los reos, particularmente bajo los siguientes conceptos. Dicha iniciativa fue dictaminada positivamente por la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados y aprobada por el Pleno; actualmente, se encuentra en proceso de análisis por la Cámara de Senadores. Si bien es cierto que se presentan alternativas que favorezcan la integración social de los sentenciados, también debemos reconocer que nos hace falta actualizarnos en diversos conceptos relativos a una mejor readaptación social vía reforma constitucional. Si reconocemos que en la actualidad el sistema penitenciario representa un elevado costo social en virtud de que no readapta ni regenera, ni que el actual precepto constitucional se cumple de manera precisa, se hace necesario analizar el fondo de la problemática actual.

    Señala la Procuraduría General de la República en su informe de gestión 2004, A la vanguardia en procuración de justicia, su participación en la Convención de Palermo celebrada en Viena, Austria, en junio de 2004, foro en el que se buscaron acuerdos de colaboración internacional y de evaluación de las acciones contra el terrorismo, la corrupción, la explotación sexual infantil, el tráfico de migrantes, el secuestro y el tráfico de armas. Los delitos señalados nos dan una idea del desfasamiento total que existe entre los tiempos de la intención del Constituyente y los que actualmente vivimos; las características y los escenarios son totalmente distintos. Las medidas en los centros penitenciarios requieren extremar una mayor seguridad, limitan casi en su totalidad la posibilidad de cumplir cabalmente lo establecido en el segundo párrafo del artículo 18 constitucional. Al verse limitados los conceptos sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente, se hace imperativo integrar la voluntad expresa del ente rector y promover esta iniciativa de decreto para reformar el segundo párrafo del artículo 18 de nuestra Carta Magna, con el fin de considerar el deporte y la recreación como un mecanismo factible de integración a la sociedad de los sentenciados. Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto:

    Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 18. Los gobiernos de la Federación y de los estados organizarán el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, el deporte y la recreación como medios para la readaptación social del delincuente.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en el mes de abril de 2005. Muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal por el distrito 9 electoral con cabecera en Guadalajara, Jalisco, Quintín Vázquez García, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 55, fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, expone ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de que se considere el deporte y la recreación como otros medios para lograr la readaptación social de los reclusos de los centros de readaptación social, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    Inicio mis comentarios resaltando el texto vigente del artículo 20, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y que a la letra dice:

    Artículo 20

    Fracción XIV.- ofrecer capacitación laboral a los reclusos, así como promover el deporte y la cultura como medio de reintegración de los internos a la sociedad.

    Como vemos, la propia instancia rectora en el ejercicio de la readaptación social, considera uno de los elementos más importantes en el desarrollo mental y físico del ser humano como lo es el deporte y la recreación, así como la cultura como un medio integrador de los individuos a la sociedad.

    El texto vigente del artículo 18 constitucional establece en su primer y segundo párrafos que:

    Solo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de esta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

    Los gobiernos de la Federación y de los estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente.

    Señala el excelente jurista don Sergio García Ramírez, en sus comentarios al artículo en comento, ``que el texto vigente habla de jurisdicciones, donde se ve la idea competencial (ámbito de atribuciones de cada nivel de gobierno: el federal y el estatal), y de ``readaptación social'', donde se refleja el proyecto de ajustar la conducta del sujeto a la norma social prevaleciente, sin aspirar a una ``regeneración'', mucho más compleja y ambiciosa que la mera ``readaptación''

    Por otra parte, comenta que, ``mientras las cárceles... Sigan siendo sitios carentes de condiciones sanitarias; mientras se mantenga a los reclusos en una lamentable ociosidad y no se haga de ellos una cuidadosa clasificación, según su peligrosidad, sus antecedentes, sus tendencias y sus aptitudes, para lograr, en la mayor medida posible, la individualización administrativa de la pena de prisión; y mientras la administración y vigilancia de esos establecimientos no se pongan en manos de funcionarios y empleados especializados y aptos.... No se podrá encontrar ningún sentido de utilidad social ni de rehabilitación del delincuente en la imposición y ejecución de las penas privativas de libertad''.

    Es importante resaltar que con fecha 22 de abril de 2004, presentamos iniciativa de decreto que reforma los artículos 5 y 7 de la Ley que Establece las Normas Mínimas para la Readaptación Social de Sentenciados relativos a los cursos de formación y de actualización del personal asignado, así como a los estudios de personalidad que se practican a los reos, particularmente bajo los siguientes conceptos:

    Artículo 5.- Los miembros del personal penitenciario quedan sujetos a la obligación de seguir, antes de la asunción de su cargo y durante el desempeño de éste, los diplomados de formación y de actualización académica que se establezcan, así como de aprobar los exámenes de selección que se implante. Para ello, en los convenios se determinará la participación que en este punto habrá de tener el servicio de selección, dichos cursos deberán ser aplicados por universidades u organismos públicos o privados.

    Artículo 7.- El régimen penitenciario tendrá carácter progresivo y técnico y constará, por lo menos de periodos obligatorios de estudio y diagnóstico y de tratamiento, dividido este último en fases de tratamiento de clasificación y de tratamiento preliberacional. El tratamiento se fundará en los resultados de los estudios de personalidad que se practiquen al reo, los que deberán ser actualizados por lo menos una vez cada semestre.

    Será obligatorio el estudio de personalidad del interno desde que éste quede sujeto a proceso, en cuyo caso se turnará copia de dicho estudio a la autoridad jurisdiccional de la que aquel dependa.

    Dicha iniciativa fue dictaminada positivamente por la Comisión de Seguridad Pública de esta Cámara de Diputados y aprobada por el Pleno.

    Actualmente se encuentra en proceso de análisis por la Cámara de Senadores.

    Si bien es cierto se presentan alternativas que favorezcan la integración social de los sentenciados, también debemos de reconocer que nos hace falta actualizarnos en diversos conceptos relativos a una mejor readaptación social vía reforma constitucional.

    Si reconocemos, que en la actualidad el sistema penitenciario representa un elevado costo social, en virtud de que no readapta ni regenera, ni que el actual precepto constitucional se cumple de manera precisa, se hace necesario analizar el fondo de la problemática actual.

    Señala la Procuraduría General de la República en su Informe de Gestión 2004, a la vanguardia en procuración de justicia, su participación en la Convención de Palermo, celebrada en Viena, Austria, en junio de 2004, foro en el que se buscaron acuerdos de colaboración internacional y de evaluación de las acciones contra el terrorismo, la corrupción, la explotación sexual infantil, el tráfico de migrantes, el secuestro y el tráfico de armas.

    Los delitos anteriormente señalados nos otorgan una idea del desfasamiento total que existe entre los tiempos de la intención del Constituyente y los que actualmente vivimos.

    Las características y escenarios son totalmente diferentes.

    Las medidas al interior de los centros penitenciarios, requieren de extremar una mayor seguridad, limitan casi en su totalidad la posibilidad de cumplir cabalmente con lo establecido en su segundo párrafo del artículo 18 constitucional.

    Al verse limitados los conceptos sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente, se hace imperativo integrar la voluntad expresa del ente rector y promover esta iniciativa de decreto para reformar el segundo párrafo del artículo 18 de nuestra Carta Magna con el fin de considerar el deporte y la recreación como un mecanismo factible de integración a la sociedad de los sentenciados.

    Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto:

    Único.- Se reforma el segundo párrafo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 18.- ...

    Los Gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, el deporte y la recreación, como medios para la readaptación social del delincuente.

    ...

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en el mes de abril de 2005.--- Dip. Quintín Vázquez García (rúbrica).»

    Presidencia del diputado Juan de Dios Castro LozanoEl Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, don Quintín Vázquez García. Túrnese la iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    VERIFICACION DE QUORUM
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Se ruega a la Secretaría informar a la Presidencia del resultado del cómputo del quórum.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Diputado Presidente: hay una asistencia de 302 ciudadanas y ciudadanos diputados. Hay quórum.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, secretaria. Tiene el uso de la palabra doña... Ruego antes a la Secretaría disponer que se cierre el sistema electrónico.

    La Secretaria diputada Graciela Larios Rivas: Ciérrese el sistema electrónico de votación.


    LEY GENERAL DE SALUD
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, secretaria. Tiene el uso de la palabra la diputada doña Gisela Juliana Lara Saldaña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma 15 artículos de la Ley General de Salud.La diputada Gisela Juliana Lara Saldaña: Gracias, señor Presidente; honorable Asamblea: la suscrita, diputada federal Gisela Juliana Lara Saldaña, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con las facultades que le confieren los artículos 71, en su fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración de este Pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 4, fracción IV; 31, primero y segundo párrafos; 43; 104; 105; 108; 109; 115, fracción VIII; 117; 123; 182; 286 Bis, fracción I; y 300 de la Ley General de Salud, con la finalidad de adecuar el texto de la Ley General, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    Con la publicación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el 29 de diciembre de 1976, la programación y presupuestación del gasto público federal, anteriormente competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pasaron a formar parte de las atribuciones de la Secretaría de Programación y Presupuesto. La modernización entrañaba una actitud nueva, la de enfrentar con oportunidad y con tesón las condiciones cambiantes del presente. Fue una disposición para innovar y modificar lo que tenía o desviaba nuestro avance, exigiendo ser más eficaces para alcanzar los propósitos. Sin embargo, consideraron necesario realizar ajustes que tienen que ver con la estructura y las funciones de las dependencias del Ejecutivo federal, principalmente la responsable de la política económica, política cuya ejecución constituía el instrumento fundamental para conducir el desarrollo económico del país y cumplir el objetivo prioritario del Gobierno de la República de procurar cada vez más el bienestar de los mexicanos.

    En este contexto, el Ejecutivo propuso ubicar en una secretaría de Estado las atribuciones fiscal, financiera, crediticia y de gasto del Poder Ejecutivo federal, además de las relativas a la planeación y a la información que sirve de base a ésta, con el propósito de fortalecer la cohesión de la política económica y, con ello, contribuir a la consolidación tanto de la recuperación económica como de la estabilización y del financiamiento de desarrollo. Eso tuvo lugar mediante la fusión de las Secretarías de Programación y Presupuesto, y de Hacienda y Crédito Público. Las responsabilidades asignadas en ese momento a las Secretarías de Programación y Presupuesto, y de Hacienda y Crédito Público se encontraban estrechamente vinculadas, razón por la cual fue necesario en su oportunidad instrumentar mecanismos que hicieran compartir las funciones a cargo de estas dependencias, de tal manera que la formulación de los programas financiero y del gasto público federal guardara la debida congruencia. Los propósitos que animaron la formación de la Secretaría de Programación y Presupuesto, en el sentido de institucionalizar y fortalecer funciones básicas del sector público, se cumplieron.

    Por otra, la evolución que tuvo el país, y particularmente la observada en la Administración Pública Federal, ya no requirió las funciones que tenía asignada la Secretaría de Programación y Presupuesto. Por lo que hace a la denominación de la nueva dependencia, y dado que se trató en realidad de una fusión, incorporó los conceptos connotativos; éstos fueron ``programación'', ``hacienda'', ``presupuesto'' y ``crédito público''. Sin embargo, se estimó conveniente mantener la de Hacienda y Crédito Público. Con esto se logró mayor equilibrio en la relación entre el ingreso y el gasto públicos, en la modernización de la administración pública, en una mayor definición de sus responsabilidades, en una reducción del tamaño de la rama administrativa del Estado, sin detrimento de su función rectora, y en la simplificación de estructuras e instancias administrativas. El 21 de febrero de 1992 se aprobó el decreto que deroga, reforma y reordena diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, desapareciendo la Secretaría de Programación y Presupuesto.

    Por otro lado, el 9 de noviembre de 2000, diputados federales del grupo parlamentario de Acción Nacional presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Dentro de su exposición de motivos argumentaron que la Administración Pública Federal es el instrumento del poder público que da sustento material a las instituciones políticas. Así, a cada etapa de la historia ha correspondido una estructura orgánica adecuada a las necesidades y demandas de la población y a las prioridades nacionales. En este sentido, la Administración Pública Federal debe responder a estos retos, estructurándose de tal manera que convierta las leyes y los presupuestos en políticas públicas que den sustento material y legitimidad social al gobierno. En este sentido, propusieron la reorganización de la Administración Pública Federal. Por tanto, propusieron hacer las adecuaciones de las denominaciones de diversas dependencias, sustituyendo los nombres de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial por la de Secretaría de Economía, Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología por Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, aprobado el proyecto de decreto el día 21 de noviembre de 2000.

    Lo anteriormente dispuesto, debido a su aplicación y observancia jurídica, no tiene problema alguno, pero el motivo de las reformas que estoy proponiendo es que se explicite más la Ley General de Salud, específicamente en los artículos 4, fracción IV; 31, primer y segundo párrafos; 43; 104; 105; 108; 109; 115, fracción VIII; 117; 123; 182; 286 Bis, fracción I; y 300, que revisten importancia toral. Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XVI, del mismo ordenamiento, y 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pongo a consideración de este honorable Pleno la presente iniciativa:

    Que en su artículo 4 diga: ``Son autoridades sanitarias:''

    Fracción IV. ``Los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el Gobierno del Distrito Federal''.

    En el artículo 31: ``La Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría de Salud, asegurará la adecuada distribución y comercialización y fijará los precios máximos de venta al público de los medicamentos e insumos.

    ``La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la intervención que le corresponda en la determinación de precios cuando tales bienes sean producidos por el sector público.

    ``La Secretaría de Salud proporcionará los elementos técnicos a la Secretaría de Economía acerca de la importación de insumos para la salud.''

    Artículo 43. ``Los servicios de salud de carácter social y privado, con excepción del servicio personal e independiente, estarán sujetos a las tarifas que establezca la Secretaría de Economía oyendo la opinión de la Secretaría de Salud''.

    El artículo 104: ``La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con la Ley de Información, Estadística y Geografía y con los criterios de carácter general que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, captarán, producirán y procesarán la información necesaria para el proceso de planeación, programación, presupuestación y control del sistema nacional de salud, así como sobre el estado y la evolución de la salud pública''.

    Artículo 105. ``En coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de conformidad con las bases, normas y principios que ésta fije, la Secretaría de Salud integrará la información a que se refiere el artículo anterior, para elaborar las estadísticas nacionales en salud que contribuyan a la consolidación de un sistema nacional de información en salud''.

    Artículo 108. ``La Secretaría de Salud orientará la captación, producción, procesamiento, sistematización y divulgación de la información para la salud, con sujeción a los criterios generales que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a los cuales deberán ajustarse las dependencias y entidades del sector público y las personas físicas y morales de los sectores social y privado''.

    Artículo 109. ``La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los datos que integren las estadísticas nacionales para la salud que elabore para su incorporación al sistema nacional estadístico y formará parte de las instancias de participación y consulta que para estos fines se instituyan''.

    Artículo 115. ``La Secretaría de Salud tendrá a su cargo

    ``VIII. Proporcionar a la Secretaría de Economía los elementos técnicos en materia nutricional para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas.''

    En el artículo 117: ``La formulación y conducción de la política de saneamiento ambiental corresponde a la Secretaría de Medio ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con la Secretaría de Salud, en lo referente a la salud humana''.

    El artículo 123: ``La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Economía y, en general, a las demás autoridades competentes los requisitos técnico-sanitarios para que el almacenamiento, distribución, uso y manejo del gas natural, el gas licuado de petróleo y otros productos industriales gaseosos que sean de alta peligrosidad no afecten la salud de las personas, los que serán de observancia obligatoria y, en su caso, deberán incorporarse a las normas oficiales mexicanas''.

    Artículo 182. ``En caso de emergencia causada por deterioro súbito del ambiente que ponga en peligro inminente a la población, la Secretaría de Salud adoptará las medidas de prevención y control indispensables para la protección de la salud, sin perjuicio de la intervención que corresponda al Consejo de Salubridad General y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales''.

    Artículo 300. ``Con el fin de proteger la salud pública, es competencia de la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad que se refiere a la salud, al tratamiento de las enfermedades, a la rehabilitación de los inválidos, al ejercicio de las disciplinas para la salud y a los productos y servicios que se refiere esta ley. La facultad se ejercerá sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia confieran las leyes de las Secretarías de Gobernación, de Educación Pública, de Economía, y de Comunicaciones y Transportes, y otras dependencias del Ejecutivo federal''.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa que reforma los artículos 4, 31, 43, 104, 105, 108, 109, 115, 117, 123, 182, 286 Bis y 300 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Gisela Juliana Lara Saldaña, del grupo parlamentario del PAN

    La suscrita, diputada federal Gisela Juliana Lara Saldaña, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con las facultades que le confieren los artículos 71, en su fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración de este Pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se reforman los artículos 4, fracción IV; 31, primero y segundo párrafos; 43; 104; 105; 108; 109; 115, fracción VIII; 117; 123; 182; 286 Bis, fracción I; y 300 de la Ley General de Salud, con la finalidad de adecuar el texto de la ley, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Con la publicación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el 29 de diciembre 1976, la programación y presupuestación del gasto público federal, anteriormente competencia de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, pasó a formar parte de las atribuciones de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

    La modernización entrañaba una actitud nueva: la de enfrentar con oportunidad y con tesón las condiciones cambiantes del presente. Fue una disposición para innovar y modificar lo que tenia o desviaba nuestro avance exigiendo ser más eficaces para alcanzar los propósitos invariables.

    La organización administrativa que existía les permitió en diferentes momentos hacer frente a los retos que les planteaba el desarrollo nacional. Sin embargo, consideraron necesario realizar ajustes que tienen que ver con la estructura y funciones de las dependencias del Ejecutivo Federal, principalmente las responsables de la política económica; política cuya cabal ejecución constituía el instrumento fundamental para conducir el desarrollo económico del país y cumplir con el objetivo prioritario del gobierno de la República de procurar, cada vez más, el bienestar de las mayorías.

    En este contexto, el Ejecutivo propuso ubicar en una secretaría de Estado las atribuciones fiscal, financiera, crediticia y de gasto del Poder Ejecutivo Federal, además de las relativas a la planeación y a la información que le sirve de base a ésta, con el propósito de fortalecer la cohesión de la política económica y, con ello, contribuir a la consolidación, tanto de la recuperación económica, como de la estabilización y del financiamiento del desarrollo. Eso tuvo lugar mediante la fusión de las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público.

    En efecto, con la expedición de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en 1977, nace la Secretaría de Programación y Presupuesto, responsabilizándola de la planeación global, con el propósito de institucionalizar la programación de las acciones de la Administración Pública Federal.

    Las responsabilidades asignadas en ese momento a las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público se encontraban estrechamente vinculadas; razón por la cual fue necesario, en su oportunidad, instrumentar mecanismos que hicieran compatibles las funciones a cargo de esas dependencias, de tal manera que la formulación de los programas financiero y de gasto público del gobierno federal guardaran la debida congruencia.

    Los propósitos que animaron la conformación de la Secretaría de Programación y Presupuesto, en el sentido de institucionalizar y fortalecer funciones básicas del sector público, se cumplieron. Por otra, la evolución que tuvo el país y particularmente la observada en la administración pública federal, ya no requirieron de las funciones que tenían asignadas la Secretaría de Programación y Presupuesto.

    Por lo que hace a la denominación de la nueva dependencia y dado que se trató en realidad de una fusión, incorporó los conceptos connotativos; estos fueron, programación, hacienda, presupuesto y crédito público. Sin embargo, se estimó conveniente mantener la de ``Hacienda y Crédito Público'' por tratarse de una institución que nació, prácticamente, con el México Independiente, ya que en 1821, el 8 de noviembre, con la expedición del Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal se creó la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda y el 25 de octubre del mismo año se había establecido la Junta de Crédito Público, a partir del decreto del 12 mayo de 1853 se le atribuye formalmente la denominación Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Por tanto, se logró un mayor equilibrio en la relación entre el ingreso y gasto público; en la modernización de la administración pública; en una mayor definición de sus responsabilidades; en una reducción del tamaño de la rama administrativa del estado, sin detrimento de su función rectora, y en la simplificación de estructuras e instancias administrativas.

    El 21 de febrero de 1992 se aprobó el decreto que deroga, reordena y reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, desapareciendo la Secretaría de Programación y Presupuesto; en su párrafo quinto transitorio, que a la letra dice:

    Las atribuciones que en otras leyes y en reglamentos se otorgan a las Secretarias de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público se tendrán por conferidas a esta última, las que ejercerá con base en lo que dispone el presente ordenamiento, con excepción de las relativas a la coordinación y promoción del desarrollo científico y tecnológico, que se entenderán atribuidas, en lo sucesivo, a la Secretaría de Educación Pública.

    Por otro lado, el 9 de noviembre de 2000 diputados federales del grupo parlamentario Acción Nacional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Dentro de su exposición de motivos argumentaron que la Administración Pública Federal es el instrumento del poder público que da sustento material a las instituciones políticas. Así, a cada etapa de la historia ha correspondido a una estructura orgánica adecuada a las necesidades y demandas de la población y a las prioridades nacionales. En este sentido, La Administración Pública Federal debe responder a estos retos, estructurándose de tal manera que convierta las leyes y los presupuestos en políticas públicas que den sustento material y legitimidad social al gobierno.

    En este sentido, propusieron la reorganización de la Administración Pública Federal, por lo tanto propusieron hacer las adecuaciones a las denominaciones de diversas dependencias, sustituyendo los nombres de las Secretaría de Comercio y Fomento Industrial por el de Secretaría de Economía, Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Aprobando el proyecto de decreto el día 21 de noviembre del año 2000, con 366 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones.

    Lo anteriormente dispuesto, debido a su aplicación y observancia jurídicamente no tiene problema alguno, pero el motivo de las reformas que estoy proponiendo es que se explicite más a la Ley General de Salud, específicamente en los artículos, 4 fracción IV, 31 primer y segundo párrafo, 43, 104, 105, 108, 109, 115 fracción VIII, 117, 123, 182, 286 Bis, fracción I, y 300 que revisten importancia toral.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XVI, del mismo ordenamiento, y 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pongo a la consideración de este honorable Pleno la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto

    Artículos. Se reforman los artículos 4, fracción IV; 31, primero y segundo párrafos; 43; 104; 105; 108; 109; 115, fracción VIII; 117; 123; 182; 286 Bis, fracción I; y 300 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 4. Son autoridades sanitarias:

    IV. Los Gobiernos de las Entidades Federativas, incluyendo el Gobierno del Distrito Federal.

    Artículo 31. La Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría de Salud, asegurara la adecuada distribución y comercialización y fijará los precios máximos de venta al público de los medicamentos e insumos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la intervención que le corresponda en la determinación de precios, cuando tales bienes sean producidos por el sector público.

    La Secretaría de Salud proporcionará los elementos técnicos a la Secretaría de Economía, acerca de la importación de insumos para la salud.

    Artículo 43. Los servicios de salud de carácter social y privado, con excepción del servicio personal independiente, estarán sujetos a las tarifas que establezca la Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría de Salud.

    Artículo 104. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con la Ley de Información Estadística y Geográfica y con los criterios de carácter general que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, captarán, producirán y procesaran la información necesaria para el proceso de plantación, programación, presupuestación y control del sistema nacional de salud, así como sobre el estado y evolución de la salud pública.

    Artículo 105. En coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de conformidad con las bases, normas y principios que ésta fije, la Secretaría de Salud integrará la información a que se refiere el artículo anterior, para elaborar las estadísticas nacionales en salud que contribuyan a la consolidación de un sistema nacional de información en salud.

    Artículo 108. La Secretaría de Salud orientará la capacitación, producción, procesamiento, sistematización y divulgación de la información para la salud, con sujeción a los criterios generales que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a los cuales deberán ajustarse las dependencias y entidades del sector público y las personas físicas y morales de los sectores social y privado.

    Artículo 109. La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los datos que integren las estadísticas nacionales para la salud que elabore, para su incorporación al sistema nacional estadístico, y formará parte de las instancias de participación y consulta que para esos fines se instituyan.

    Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:

    VIII. Proporcionar a la Secretaría de Economía los elementos técnicos en materia nutricional, para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas.

    Artículo 117. La formulación y conducción de la política de saneamiento ambiental corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con la Secretaría de Salud, en lo referente a la salud humana.

    Artículo 123. La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Economía y, en general, a las demás autoridades competentes, los requisitos técnicos sanitarios para que el almacenamiento, distribución, uso y manejo del gas natural, del gas licuado de petróleo y otros productos industriales gaseosos que sean de alta peligrosidad, no afecten la salud de las personas, los que serán de observancia obligatoria, y en su caso, deberán incorporarse a las normas oficiales mexicanas.

    Artículo 182. En caso de emergencia causada por deterioro súbito del ambiente que ponga en peligro inminente a la población, la Secretaría de Salud adoptará las medidas de prevención y control indispensables para la protección de la salud; Sin perjuicio de la intervención que corresponda al Consejo de Salubridad General y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Artículo 286 Bis.

    I. Podrán importarse los productos, siempre que el importador exhiba la documentación establecida en las disposiciones reglamentarias de esta ley, incluido el certificado sanitario expedido por la autoridad sanitaria del país de origen, de acuerdo con los convenios y tratados internacionales que se celebren o de laboratorios nacionales o extranjeros acreditados por las Secretarías de Salud o de Economía, conforme a los acuerdos de coordinación que celebren estas dependencias. Asimismo, deberá dar aviso a la secretaria del arribo y destino de los productos.

    Artículo 300. Con el fin de proteger la salud publica, es competencia de la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad que se refiera a la salud, al tratamiento de las enfermedades, a la rehabilitación de los inválidos, al ejercicio de las disciplinas para la salud y a los productos y servicios a que se refiere esta ley. Esta facultad se ejercerá sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia confieran las leyes a las Secretarías de Gobernación, Educación Pública, Economía, Comunicaciones y Transportes y otras dependencias del Ejecutivo federal.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de abril de 2005.--- Dip. Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, diputada doña Gisela Juliana Lara Saldaña. Túrnese la iniciativa a la Comisión de Salud.
    CODIGO PENAL FEDERAL
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para iniciativa que adiciona la fracción XVII Bis al artículo 387 del Código Penal Federal, relativo a sanciones cuando el patrón no registre a un trabajador a su servicio ante el IMSS o ante el Infonavit.

    El diputado Hugo Rodríguez Díaz: Con su permiso, ciudadano Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante, don Hugo.El diputado Hugo Rodríguez Díaz: La iniciativa que pongo a consideración de ustedes, compañeros diputados, compañeras diputadas, tiene que ver con los abusos laborales, contratación infantil y argucias fiscales. Las conquistas laborales en México han sido producto de la lucha de obreros y de organizaciones que, conscientes de su papel en la industria nacional, han propuesto sus inquietudes en diferentes escenarios en el Congreso de la Unión. Numerosos han sido los casos de que tenemos conocimiento en que el patrón cuando da de alta a un trabajador para que sea sujeto de los beneficios de la seguridad social, lo hace con un sueldo inferior al que realmente está devengando, provocando con esto que las prestaciones de los trabajadores se vean disminuidas considerablemente en el momento de su retiro. Asimismo, lo anterior lleva en beneficio de las arcas del patrón que poco a poco enriquece sus bolsillos, tal como lo hacen los directivos de la compañía de El Cerrito, propiedad de la familia Fox, en San Francisco del Rincón, Guanajuato, y cuyos empleados, así como los de los campos del secretario de Agricultura, Javier Usabiaga, no son sujetos ni siquiera de los beneficios de la seguridad social, entre otras prestaciones, según se desprende de la nota publicada ayer en el periódico La Jornada. El investigador de esa nota señala que estos empleados trabajan en condiciones infrahumanas, tal como lo refiere en su artículo.

    Ese tipo de criterios provoca descontento social, provoca falta de control administrativo, evasión en el pago de impuestos y migración al extranjero. En fin, volviendo a cosas que preocupan a los trabajadores, luego de haber construido un patrimonio para su retiro, éste se ha mermado con la disminución de las aportaciones que haya hecho al IMSS o al Infonavit y que en un momento dado perciba menores cantidades que las que realmente debe recibir, o bien, que no pueda acceder a las cantidades a que tiene derecho para adquirir o remodelar su vivienda. Así las cosas, también es conocido el criterio de algunas empresas que exigen al trabajador desde el momento de su alta como tal que firme la renuncia a ejercer toda clase de acción penal, laboral, administrativa o de cualquier materia, situación que nos parece baja y mezquina. Por lo anterior, el propósito de esta iniciativa es precisar como ``fraude genérico'' cuando el patrón no registre a un trabajador a su servicio ante el IMSS o en Infonavit o lo registre con un salario inferior al que se encuentra devengando. Asimismo, propongo incluir un candado para evitar que los patrones incurran en la práctica de hacer renunciar a sus derechos como trabajador, persiguiéndose de oficio por la autoridad competente.

    En mérito de lo anterior y debidamente expuesto, propongo una iniciativa con proyecto de decreto que propone la modificación y adición de la fracción XVII Bis del artículo 387 del Código Penal Federal, para aplicar las mismas sanciones que en la comisión de fraude genérico cuando el patrón no inscriba al trabajador o lo haga con un salario inferior al realmente devengado. Por lo anterior pido a usted, Presidente, que sea insertada en su totalidad esta iniciativa en el Diario de los Debates, para su constancia. Es cuanto.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona la fracción XVII Bis al artículo 387 del Código Penal Federal, relativo a sanciones cuando el patrón no registre a un trabajador a su servicio ante el IMSS o ante el Infonavit, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal Hugo Rodríguez Díaz, integrante de esta H. LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y relativos, pone a la consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que propone la adición de la fracción XVII bis del artículo 387 del Código Penal Federal para aplicar las mismas sanciones que en la comisión de fraude genérico, cuando el patrón registre a un trabajador a su servicio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social o del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores con un salario inferior del que se encuentra devengando, o no lo registre, debiéndose condenar al patrón encontrado responsable en la comisión de este delito tanto por las sanciones carcelarias señaladas por el artículo 386 del mismo Código Penal Federal como al pago de los daños económicos causados al trabajador en materia de jubilación y de créditos otorgados por el Infonavit, actualizados conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, acorde a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Primero.- Uno de los principales objetivos históricos de la lucha laboral es que el trabajador reciba una pensión por jubilación justa derivada de las cotizaciones que durante su vida laboral llevó a cabo.

    Actualmente, la Ley del Seguro Social señala en su artículo 25 que ``para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, los patrones, los trabajadores y el Estado aportarán una cuota de uno punto cinco por ciento sobre el salario base de cotización. De dicha cuota corresponderá al patrón pagar el uno punto cero cinco por ciento, a los trabajadores el cero punto trescientos setenta y cinco por ciento y al Estado el cero punto cero setenta y cinco por ciento'', esto es, del 1.5% que como cuota se debe pagar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tomando como base el salario con que se registre para efectos de cotización al trabajador, el patrón pagará 1.05%; el propio trabajador pagará 0.375% y el Estado pagará 0.075%.

    Segundo.- Por su parte, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores señala en su artículo 29 como obligación laboral el inscribir a sus trabajadores con el salario que perciban al momento de su inscripción, el cual variará conforme lo haga el propio salario del trabajador según lo indica su artículo 31 señalando el mismo artículo 29 en mención que la cuota a cubrir en su totalidad por el patrón será del 5% del salario del trabajador formando esas cuotas parte del patrimonio de los trabajadores.

    Tercero.- De lo anterior se deriva por obvio de razones que dependiendo del salario con que los patrones registren a su o sus trabajadores, dependerá la cantidad que el patrón deberá pagar al IMSS y al Infonavit y las cantidades que tanto por concepto de jubilación o crédito a vivienda recibirá el trabajador.

    Cuarto.- Sin embargo, se han encontrado múltiples casos en los que durante su vida laboral el trabajador no fue registrado ni ante el IMSS ni ante el Infonavit, o solo ante el primero, pero cuando fue registrado se manifestó un salario inferior al que realmente devengó, de tal forma que, aprovechándose del error en que el trabajador se encuentra por falta de información o ignorancia de sus cotizaciones, el patrón incumplido alcanza un lucro indebido como lo son las cantidades que no pagó al IMSS o al Infonavit y que además traen como efecto al trabajador que:

    a) Al tramitar su jubilación ante el IMSS, por estar así cotizado durante su vida laboral, el Instituto le paga por concepto de jubilación el resultado de las cotizaciones derivadas del salario menor devengado un monto menor a la que el trabajador tiene derecho, causándole un daño patrimonial para el resto de su vida puesto que durante todo el tiempo en que le sea entregada la cantidad por concepto de jubilación, ésta será menor de la que realmente tiene derecho el trabajador, máxime que el sistema legal de medios de impugnación del IMSS no ofrece recursos o medios de defensa al trabajador afectado para que reclame una recotización sobre los sueldos realmente devengados; y

    b) Al tramitar algún crédito ante Infonavit y toda vez que los créditos de este Instituto tienen como base la subcuenta de vivienda individual del trabajador conforme lo marca el artículo 43 bis y relativos de la ley de este instituto de vivienda, la cantidad que Infonavit le otorga al trabajador para fines de vivienda, también tiene relación con el sueldo que el patrón haya registrado al trabajador, de tal forma que si se trata de un sueldo menor del que realmente devenga, el crédito que Infonavit le puede otorgar será menor del que verdaderamente tenga derecho.

    Quinto.- No queda lejos un ejemplo claro de que la conducta de algunos patrones llega al extremo de pagar, incluso, menos de lo que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos señala como ``salario mínimo'', pues la cuantía de casos hizo que el legislador federal tipificara ya como delito de fraude equiparado en la fracción XVI del artículo 387 del Código Penal Federal cuando se acredita que no se le pague al trabajador las cantidades legales a que tiene derecho por sus labores.

    Es por ello que el suscrito pretende que también sea considerado como delito el que un trabajador no sea inscrito ante el IMSS o ante el Infonavit, o de ser registrado, se haga con un salario menor del sueldo real que devenga.

    Sexto.- No escapa de la vista del autor de esta iniciativa el hecho que se da en algunas instituciones del servicio público y que afectan a la burocracia de los tres niveles (federal, estatal y municipal), esto es, que existen casos en los que se registra al trabajador público ante los institutos equivalentes (ISSSTE y Fovissste) con un salario menor del que realmente devenga, por lo que propongo dentro de esta iniciativa que los casos jurídicamente acreditados, la sanción aplicable en los casos de la iniciativa privada, también se imponga a los servidores públicos mencionados en el artículo 212 del Código Penal Federal que hayan cometido esta conducta reprochable, a sabiendas que de aprobarse esta iniciativa solo será aplicable en materia federal dado que la materia que trata el Congreso de la Unión es precisamente la materia federal.

    Séptimo.- Finalmente, es conocida la actitud de algunos patrones que exigen al trabajador desde el momento de firmar el contrato, cuando lo firman, a también hacerlo respecto de firmar un documento en el cual el trabajador renuncia a sus derechos laborales y se desiste de toda acción penal, laboral, administrativa o de cualquier materia jurídica a favor del patrón e incluso, a transmitir sus derechos a terceras personas ``prestanombres'' de los patrones. Por ello, en el párrafo final de esta fracción bis, se propone incluir como ``candado'' y a esta actitud de algunos patrones que este delito será inalienable e irrenunciable, además de que se perseguirá de oficio, haciendo esta aclaración debido a que ningún artículo de las normas punitivas de fondo y procedimiento señalan cuáles delitos se persiguen de oficio, aún y cuando sí señala cuáles se persiguen por querella de parte, más, tomando en consideración la garantía constitucional de exacta aplicación de la ley exigida por el artículo 14 de la Constitución Federal, se hace el señalamiento para evitar confusiones.

    En ese sentido, el suscrito diputado federal Hugo Rodríguez Díaz, integrante de esta H. LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y relativos, pone a la consideración de esta Asamblea la siguiente:

    Iniciativa de ley con proyecto de decreto que presenta el diputado Hugo Rodríguez Díaz que propone la adición de la fracción XVII bis del artículo 387 del Código Penal Federal para aplicar las mismas sanciones que en la comisión de fraude genérico, cuando el patrón no registre a un trabajador a su servicio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social o ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o lo registre con un salario inferior del que se encuentra devengando, debiéndose condenar al patrón encontrado responsable en la comisión de este delito tanto las sanciones carcelarias señaladas por el artículo 386 del mismo Código Penal Federal, como al pago de los daños económicos causados al trabajador en materia de jubilación y de créditos otorgados por el Infonavit, actualizados conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, aplicándose las mismas penas cuando se trate de trabajadores al servicio del Estado.

    Artículo Único.- Se adiciona la fracción XVII Bis del artículo 387 del Código Penal Federal para quedar como sigue:

    Artículo 387.- ...

    I a la XVII.- ...

    XVII Bis.- Al que no inscriba a un trabajador a su servicio en el Instituto Mexicano del Seguro Social o en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, o lo haga registrándolo con un salario inferior al que realmente devenga.

    A quien se le encuentre responsable de las conductas mencionadas en el párrafo anterior, se le condenará, además de las sanciones privativas de libertad a que se refiere el artículo 386 de este Código conforme la cantidad defraudada, al pago al trabajador o trabajadores afectados de las cantidades no cubiertas actualizadas conforme al incremento en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

    Además del pago de los montos no cotizados, el patrón responsable deberá pagar al trabajador o trabajadores afectados por el mismo tiempo en que se cubra por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social las cantidades igualmente actualizadas que por concepto de jubilación entregue este Instituto al trabajador y, en su caso, deberá cubrir los faltantes de los montos de los créditos a que el trabajador deba tener derecho en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda Para los Trabajadores.

    Las mismas sanciones serán aplicadas a los servidores públicos mencionados en el artículo 212 de este Código que cometan las conductas citadas en los párrafos que anteceden, pero relativas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    Este delito se perseguirá de oficio y sus beneficios al trabajador son inalienables e irrenunciables.

    XVIII a la XI.- ...

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, en la fecha de su presentación.--- Dip. Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, diputado don Hugo Rodríguez Díaz. Túrnese la iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

    El diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: Con su permiso, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante, don Miguel Ángel.El diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: Gracias. El suscrito, diputado federal Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, perteneciente a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa, que tiene como propósito principal modificar la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, bajo la siguiente exposición de motivos:

    En los términos en que actualmente se encuentra redactado el artículo 1o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, se provoca que los vehículos importados por fabricantes o comerciantes en el ramo de vehículos tengan una carga financiera que no tienen los vehículos de fabricación nacional, toda vez que en los primeros se tiene que pagar el Impuesto sobre Automóviles Nuevos en el momento en que se introducen en el país y dicho monto no se recuperará hasta el momento en que el vehículo importado sea enajenado por el consumidor. Asimismo, el esquema previsto en dicho artículo provoca un tratamiento desigual frente a vehículos de fabricación nacional, ya que en estos últimos la base del impuesto es el precio de venta al consumidor, el cual es mayor que el precio que se declara en la aduana por los vehículos importados, puesto que este precio no tiene contemplado el margen de utilidad a que se enajenan al consumidor.

    Por lo anterior, se propone modificar el mencionado artículo 1o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, a fin de establecer que, tratándose de las importaciones de vehículos por los fabricantes o por los comerciantes en el ramo de vehículos, el impuesto se pague al momento en que se enajenen al consumidor, eliminando la carga financiera al enajenante y permitiendo que se integren a la base los gastos y al margen de utilidad de este último. Además, con la nueva mecánica propuesta a través de la presente iniciativa, se permite que la entidad federativa en que se tramiten por primera vez las placas de circulación de los vehículos importados reciba el monto del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Asimismo, se considera conveniente derogar la exención que actualmente se encuentra prevista en la fracción II del artículo 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos vigente, que consiste en que no se pague ese impuesto de enajenación al público en general de automóviles compactos de consumo popular, definidos en el segundo párrafo de dicha fracción como aquellos cuyo precio de enajenación, incluido el Impuesto al Valor Agregado, sea la cantidad actualizada al 1 de enero de 2005 de 135 mil 690 pesos, el motor sea de fabricación nacional y posea una capacidad para transportar hasta cinco pasajeros, en virtud de que esta exención otorga un tratamiento inicuo con relación a los automóviles que se importen y tengan características similares en cuanto a capacidad y precio.

    También, consideramos pertinente reformar el párrafo segundo del artículo 11 de la ley de la materia, con el fin de precisar que cuando el Impuesto sobre Automóviles Nuevos ya se haya pagado con motivo de la importación o cuando el vehículo forme parte del activo fijo de las empresas, no se deberá volver a pagar dicho impuesto. Por último, se propone reformar el tercer párrafo del referido artículo 11, en virtud de que hoy día dicho precepto prevé que los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de automóviles no deberán hacer la separación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos en el documento que ampare la enajenación, siendo que los comerciantes en el ramo de vehículos que también son sujetos de este impuesto deben cumplir este requisito. Por todo lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Y pido a la Presidencia que se transcriban los artículos que se reforman al final del documento. Es cuanto, señor Presidente. Muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, a cargo del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Miguel Ángel Toscano Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, perteneciente a la LIX Legislatura de esta H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa, que tiene como propósito principal modificar la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    En los términos en que actualmente se encuentra redactado el artículo 1o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, se provoca que los vehículos importados por fabricantes o comerciantes en el ramo de vehículos tengan una carga financiera que no tienen los vehículos de fabricación nacional, toda vez que en los primeros se tiene que pagar el impuesto sobre automóviles nuevos en el momento en que se introducen al país y dicho monto se recuperará hasta el momento en que el vehículo importado sea enajenado al consumidor.

    Asimismo, el esquema previsto en dicho artículo provoca un tratamiento desigual frente a vehículos de fabricación nacional, ya que en éstos últimos la base del impuesto es el precio de venta al consumidor; el cual es mayor al precio que se declara en la aduana por los vehículos importados, puesto que este precio no tiene contemplado el margen de utilidad al que se enajenan al consumidor. Por lo anterior, se propone modificar el mencionado artículo 1o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos a fin de establecer que tratándose de la importación de vehículos por los fabricantes o por los comerciantes en el ramo de vehículos, el impuesto se pague al momento en que se enajenen al consumidor, eliminando la carga financiera al enajenante y permitiendo que se integren a la base los gastos y el margen de utilidad de este último.

    Además, con la nueva mecánica propuesta a través de la presente Iniciativa, se permite que la Entidad Federativa en la que se tramiten por primera vez las placas de circulación de los vehículos importados, reciba el monto del impuesto sobre automóviles nuevos.

    Asimismo se considera conveniente derogar la exención que actualmente se encuentra prevista en la fracción II del artículo 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos vigente, que consiste en que no se pague este impuesto en la enajenación al público en general de automóviles compactos de consumo popular, definidos en el segundo párrafo de dicha fracción como aquellos cuyo precio de enajenación incluyendo el impuesto al valor agregado sea la cantidad actualizada al 1 de enero de 2005 de $ 135,690.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL, SEISCIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.), el motor sea de fabricación nacional y posea una capacidad para transportar hasta cinco pasajeros; en virtud de que esta exención otorga un tratamiento inequitativo en relación a los automóviles que se importen y tengan características similares en cuanto a capacidad y precio.

    También se considera pertinente reformar el párrafo segundo del artículo 11 de la Ley de la materia, con el fin de precisar que cuando el impuesto sobre automóviles nuevos ya se haya pagado con motivo de la importación o cuando el vehículo forme parte del activo fijo de las empresas, no se deberá volver a pagar dicho impuesto.

    Por último, se propone reformar el tercer párrafo del referido artículo 11, en virtud de que hoy día dicho el precepto prevé que los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de automóviles no deberán hacer la separación del impuesto sobre automóviles nuevos en el documento que ampare la enajenación; siendo que los comerciantes en el ramo de vehículos que también son sujetos de este impuesto, deben cumplir con ese requisito.

    Por todo lo anterior, se somete a consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

    Artículo Único. Se reforman los artículos 1o., fracciones I y II; 5o., inciso d), y 11, segundo y tercer párrafos; se adiciona el artículo 1o., con un último párrafo, y se derogan los artículos 2o., penúltimo párrafo, y 8o., fracción II, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para quedar como sigue:

    ``Artículo 1o. ...

    I. Enajenen automóviles nuevos. Se entiende por automóvil nuevo el que se enajena por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.

    II. Importen en definitiva al país automóviles, siempre que se trate de personas distintas al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.

    Para los efectos de lo dispuesto en las fracciones anteriores, los automóviles importados por los que se cause el impuesto establecido en esta Ley, son los que corresponden al año modelo posterior al de aplicación de la Ley, al año modelo en que se efectúe la importación, o a los 10 años modelo inmediato anteriores.

    Artículo 2o. ...

    Penúltimo párrafo. (Se deroga.)

    ...

    Artículo 5o. ...

    d) Comerciantes en el ramo de vehículos, a las personas físicas y morales cuya actividad sea la enajenación de vehículos nuevos o usados.

    Artículo 8o. ...

    II. (Se deroga.)

    ...

    Artículo 11. ...

    Para los efectos de esta Ley, no se considerarán automóviles nuevos, aquellos por los que ya se hubiera pagado el impuesto establecido en esta Ley, incluyendo los que se devuelvan al enajenante.

    Los fabricantes, ensambladores, distribuidores autorizados de automóviles o comerciantes en el ramo de vehículos, no harán la separación del monto de este impuesto en el documento que ampare la enajenación.

    Transitorios

    Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. Las personas físicas y morales a que se refiere la fracción II del artículo 1o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos vigente hasta antes de la entrada en vigor del presente decreto, que hayan importado en definitiva al país automóviles con anterioridad a esa fecha, que hubieren optado por diferir el pago del impuesto sobre automóviles nuevos hasta el momento de la enajenación al consumidor al amparo de la regla 5.4.1. de la Primera Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2004, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2004 y que a la fecha de la entrada en vigor del presente decreto aún no hayan enajenado dichos vehículos, deberán pagar el impuesto respectivo, a más tardar, dentro de los 15 días siguientes a aquél en el que los enajenen.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a los 12 días del mes abril del 2005.--- Dip. Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, señor diputado. Como pide el señor diputado don Miguel Ángel Toscano Velasco, insértese íntegro el documento en el Diario de los Debates y túrnese la iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    ARTICULOS 5o. Y 31 CONSTITUCIONALES
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don José Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 5 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de servicio comunitario.

    El diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez: Con su permiso, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Adelante, don José Francisco.El diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez: Me presento ante esta soberanía con el objetivo de exponer las razones de esta iniciativa, que busca transformar el Servicio Militar obligatorio en voluntario y otorgar el carácter obligatorio del servicio comunitario a nivel constitucional, destacando la importancia de la creación de la Ley del Servicio Comunitario. En 1943, entró en vigor la Ley del Servicio Militar Nacional, con el objetivo de contar con una reserva de jóvenes capacitados, para hacer frente a las posibles amenazas a la soberanía nacional. México, orillado por los conflictos mundiales y su ulterior entrada como país beligerante, introdujo en la Constitución el Servicio Militar Nacional, con el argumento de que podría afrontar así de mejor manera las amenazas desde el exterior. Actualmente, la situación mundial y nacional ha cambiado diametralmente, después de la desaparición del bloque soviético y la distensión militar mundial posterior a la Guerra Fría, varios países comenzaron a redefinir sus estrategias de seguridad nacional y militar.

    Diferentes causas han llevado a la transformación del Servicio Militar obligatorio en el mundo. En Europa comenzó con la reducción en los contingentes de conscriptos del sistema militar, dando preferencia a la preparación de un Ejército completamente profesional. En Argentina, por ejemplo, no es casual que la abolición del sistema obligatorio se haya acelerado como consecuencia de la Guerra de las Malvinas, la cual se convirtió en ejemplo evidente de lo que puede ocurrir con conscriptos mal entrenados y convertidos en soldados. Por otro lado, estudios en la materia indican que la inversión en el Servicio Militar obligatorio no es redituable en términos de costo-beneficio, ya que implica repetir año con año el proceso de instrucción de nuevos contingentes de conscriptos e impide la posibilidad de continuar la preparación de los de clases anteriores; además, se podría optimizar el número de personal dedicado a la conscripción. Ejemplo de ello es que en los países que tienen Servicio Militar obligatorio poseen Fuerzas Armadas con 34 por ciento más de personal que aquellos donde el reclutamiento es voluntario.

    Otra de las razones para transformar el Servicio Militar obligatorio en voluntario es la necesidad de profesionalizar a todos los contingentes armados. Para afrontar los problemas actuales de seguridad nacional, como el terrorismo, la estrategia y la logística bélicas implican que todos los contingentes cuenten con adiestramiento especializado. En suma, se observa que el modelo de conscripción obligatoria va desapareciendo en diversas partes del mundo. En América encontramos diversos ejemplos, como Chile, Paraguay, Argentina, Uruguay, Canadá, Estados Unidos y Nicaragua, entre otros. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Juventud 2000, la mayoría de los jóvenes desea participar en actividades como la defensa del ambiente, el respeto de los indígenas, actividades solidarias y por la paz. Por ello es importante garantizar jurídicamente la continuidad de los programas existentes y fomentar la aplicación de otros.

    Es necesario contar con un marco jurídico congruente con las actividades que el Servicio Militar obligatorio impulsa actualmente. En nuestros días existen amenazas para nuestro país que ponen en riesgo el desarrollo sustentable y la seguridad nacional, diferentes de los de hace 60 años, cuando fue expedida esta ley, entre los que se encuentran el terrorismo, el narcotráfico, la pobreza, la deforestación, los desastres naturales, la drogadicción y el rezago educativo, entre otros. En este contexto, el nuevo rostro que el Servicio Militar ha adoptado en los últimos años, aun sin contar con el marco jurídico adecuado, ha tenido una visión benéfica para la juventud, a través de diversas acciones de labor social. Sin embargo, se podrían aprovechar de mejor manera el talento, la generosidad, la creatividad y las habilidades que tienen todos los jóvenes. También se podría mejorar la coordinación entre las diferentes dependencias gubernamentales, las que actualmente participan en el Sistema Militar Nacional y las que no se han incorporado todavía. También podrían participar diferentes actores sociales en este sentido. Por lo anterior, esta iniciativa también pretende otorgar el carácter obligatorio del servicio comunitario, toda vez que en eso ha consistido la instrucción militar desde 1997, cuando se firmaron convenios por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional con diversas dependencias de la Administración Pública Federal.

    Se otorga el carácter de obligatorio como una acción afirmativa que permitirá que la sociedad vaya conociendo los resultados del servicio comunitario y los jóvenes conozcan los beneficios personales y sociales de llevarlo a cabo. Se prevé que el servicio comunitario mejorará la relación costo-beneficio de su operatividad, ya que con la aplicación de las capacidades de los miles de jóvenes que prestan ayuda continuamente en programas de tipo social se amortiguará el gasto realizado en diversos programas en favor de las comunidades más necesitadas. Asimismo, no se contempla un aumento en las erogaciones destinadas a la supervisión y al control de los centros de adiestramiento a nivel nacional porque se utilizaría la misma infraestructura operativa y de personal con que cuenta el Servicio Militar en la actualidad. Por ningún motivo se pretende tampoco que las mujeres realicen un Servicio Militar obligatorio. Los programas sociales han servido para que miles de jóvenes realicen labores altruistas por su comunidad, fomentando una conciencia cívica y solidaria, además de considerar que ya existen los mecanismos, instrumentos y presupuesto para su ejecución sin mayor dificultad. El servicio comunitario representa una oportunidad para formar ciudadanos comprometidos con la comunidad y el desarrollo nacional.

    Por las razones anteriores es necesario crear la Ley del Servicio Comunitario, que establezca el marco jurídico que genere la permanencia de las acciones que se desarrollan en este sentido. Esto deberá contar los casos de excepción de quienes, por razones económicas, de ocupación o ambas no pudiesen realizarlo en un momento dado, también de quienes podrían ser exentos de realizar otro tipo de servicio obligatorio, como el servicio social profesional, en razón de haber realizado el comunitario. El Servicio Militar voluntario permitiría aprovechar la vocación de los jóvenes ciudadanos que deseen realizar una actividad en que se les incorpore una instrucción militar adecuada, donde sientan los voluntarios una vocación por la carrera de las armas. Y, además, permitiría contar con contingentes realmente especializados para responder a los peligros inminentes. De ahí la importancia de esta propuesta, que busca modificar el artículo 5o. y las fracciones I y II y también el artículo 31 de la Constitución, con objeto de que el servicio de las armas sea voluntario e incluir entre los servicios obligatorios el comunitario. Legisladoras y legisladores: los invito a que apoyemos esta propuesta, la analicemos y contribuyamos a impulsar la realización de foros y consultas públicas, con el objetivo de conocer los puntos de vista de los actores involucrados interesados en la expedición de la Ley de Servicio Comunitario. Estamos seguros de que la transformación hacia un Servicio Militar voluntario será benéfico, por bien de nuestra propia seguridad, y que la obligación de realizar un servicio comunitario permitirá que muchos mexicanos, hombres y mujeres, contribuyan con el país en las necesidades locales más importantes, generando la formación de ciudadanos responsables, disciplinados, preparados, con vocación de servicio y con mayor capacidad de autodeterminación. Es cuanto, señor Presidente; y solicitaría que se incluya en el Diario de los Debates.

    «Iniciativa que reforma los artículos 5o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de servicio comunitario, a cargo del diputado José Francisco Landero Gutiérrez, del grupo parlamentario del PAN

    El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a través del suscrito diputado José Francisco Landero Gutiérrez, perteneciente a la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 5 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Me presento ante esta soberanía con el objetivo de exponer las razones de esta iniciativa que busca transformar el Servicio Militar obligatorio en voluntario y otorgar el carácter obligatorio al Servicio Comunitario a nivel constitucional, destacando la importancia de la creación de la Ley del Servicio Comunitario.

    Objetivo

    Esta iniciativa pretende establecer un marco jurídico congruente con la realidad del Servicio Militar Nacional y crear el Servicio Comunitario Obligatorio, además de abrir espacios para que las y los jóvenes participen activamente en el servicio a la comunidad y fortalecer la coordinación institucional.

    Antecedentes

    En 1943 entró en vigor la Ley del Servicio Militar Nacional con el objetivo de contar con una reserva de jóvenes capacitados para hacer frente a las posibles amenazas a la soberanía nacional.

    México, orillado por los conflictos mundiales y su ulterior entrada como país beligerante, instaura en la Constitución el Servicio Militar Nacional, con el argumento de que permitiría afrontar los peligros que desde el exterior amenazaban la soberanía del país.

    Situación actual

    Actualmente la situación mundial y nacional ha cambiado diametralmente. Después de la desaparición del bloque soviético y la distensión militar mundial posterior a la ``Guerra Fría'', varios países comenzaron a redefinir sus estrategias de seguridad nacional y militar.

    Transformación del Servicio Militar

    Diferentes causas han llevado a la transformación del servicio militar obligatorio en el mundo: En Europa, comenzó con la reducción en los contingentes de conscriptos del sistema militar, dándole preferencia a la preparación de un ejército completamente profesional.

    En Argentina, no es casual que la abolición del sistema obligatorio se haya acelerado como consecuencia de la Guerra de las Malvinas, la cual se convirtió en un ejemplo evidente de lo que puede ocurrir con conscriptos mal entrenados y convertidos en soldados.1

    Por otro lado, estudios en la materia indican que la inversión en el servicio militar obligatorio no es redituable en términos de costo-beneficio, ya que implica, año con año, repetir el proceso de instrucción de nuevos contingentes de conscriptos e impide la posibilidad de continuar la preparación de aquellos de clases anteriores. Además, se podría optimizar el número de personal dedicado a la conscripción, ejemplo de ello es que los países que tienen servicio militar obligatorio poseen fuerzas armadas con un 34% más de personal que aquellos en donde el reclutamiento es voluntario2

    Otra de las razones para transformar el servicio militar obligatorio en voluntario es la necesidad de profesionalizar a todos los contingentes armados. Para afrontar los problemas actuales de seguridad nacional como el terrorismo, la estrategia y logística bélica implica que todos los contingentes cuenten con adiestramiento especializado.

    En suma, se observa que el modelo de conscripción obligatoria va desapareciendo en diversas partes del mundo. En América encontramos ejemplos sobresalientes de la transformación del servicio militar obligatorio en voluntario como en Chile, Paraguay, Argentina, Uruguay, Canadá, Estados Unidos y Nicaragua entre otros.

    Asimismo, es necesario contar con un marco jurídico congruente con las actividades que el servicio militar obligatorio impulsa actualmente.3

    De acuerdo con la Encuesta Nacional de Juventud 2000, la mayoría de los jóvenes desean participar en actividades como: La defensa del medio ambiente, el respeto a los indígenas, actividades solidarias y por la paz. Por ello, es importante garantizar jurídicamente, la continuidad de los programas existentes y fomentar la aplicación de otros,4 ya que cumplen de mejor manera con las expectativas de las y los jóvenes quienes desean participar en actividades con amplio sentido de solidaridad, lo que representa un incentivo para realizar un servicio con convicción.

    Necesidad de un servicio comunitario obligatorio

    Actualmente existen amenazas para nuestro país que ponen en riesgo el desarrollo sustentable y la seguridad nacional diferentes a las de hace 60 años, entre las que se encuentran: el terrorismo, el narcotráfico, la pobreza, la deforestación, los desastres naturales, la drogadicción, el rezago educativo, la corrupción, la delincuencia y el crimen organizado.

    En ese contexto, el nuevo rostro que el servicio militar ha adoptado en los últimos años, aún sin contar con el marco jurídico adecuado, una visión benéfica para la sociedad, a través de diversas acciones de labor social. Sin embargo, se podría aprovechar de mejor manera el talento, la generosidad, la creatividad y las habilidades que tienen todos los jóvenes (incluyendo mujeres y personas con capacidades diferentes). También se podría mejorar la coordinación entre las diferentes dependencias gubernamentales (las que actualmente participan y las que no se han incorporado todavía) y los diversos actores sociales en este sentido.

    Por lo anterior, esta iniciativa también pretende otorgar el carácter obligatorio al Servicio Comunitario, toda vez que en eso ha consistido la instrucción militar desde 1997 en que se firmaron convenios por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional con diversas dependencias de la Administración Pública Federal. Se otorga el carácter de obligatorio como una acción afirmativa que permitirá que la sociedad vaya conociendo los resultados del Servicio Comunitario y los jóvenes conozcan los beneficios personales y sociales de llevarlo a cabo.

    Se prevé que el Servicio Comunitario mejorará la relación costo-beneficio de su operatividad, ya que con la aplicación de las capacidades de los miles de jóvenes que prestarán su ayuda continuamente en programas de tipo social, se amortiguará el gasto realizado en diversos programas a favor de las comunidades más necesitadas. Además, diversas instituciones gubernamentales y civiles podrán apoyar en el desarrollo de las actividades del servicio.

    Asimismo, no se contempla un aumento en las erogaciones destinadas para la supervisión y control de los centros de adiestramiento, a nivel nacional, porque se utilizará la misma infraestructura operativa y de personal con el que cuenta el Servicio Militar en la actualidad.

    Ley del Servicio Comunitario

    Estos programas sociales han servido para que miles de jóvenes realicen labores altruistas por su comunidad, fomentándoles una conciencia cívica y solidaria. Además de considerar que ya existen los mecanismos, instrumentos y presupuesto para su ejecución sin mayor dificultad. El servicio comunitario representa una oportunidad para formar ciudadanos comprometidos con la comunidad y el desarrollo nacional. Por las razones anteriores es necesario crear la Ley del Servicio Comunitario que establezca el marco jurídico que genere la permanencia de las acciones que se desarrollen en ese sentido. Esta deberá contemplar los casos de excepción de quienes, por razones económicas y/o de ocupación, no pudiesen realizarlo en un momento dado; también de quienes podrían ser exentos de realizar otro tipo de servicio obligatorio como el servicio social profesional en razón de haber realizado el comunitario.

    Consideraciones finales

    Es muy importante preocuparse y ocuparse por la formación de ciudadanos respetuosos de las instituciones y por el impulso hacia una sociedad solidaria y subsidiaria. El Servicio Militar voluntario permitiría aprovechar la vocación de los jóvenes ciudadanos que deseen realizar una actividad en la que se les proporcione una instrucción militar profesional adecuada, donde se despierte en los voluntarios una vocación por la carrera de las armas y además permitiría contar con contingentes realmente especializados para responder a peligros inminentes.

    De ahí la importancia de esta propuesta que busca modificar el artículo 5 y las fracciones I y II, del artículo 31, de la Constitución, con el objeto de que el servicio de las armas sea voluntario e incluir entre los servicios públicos obligatorios el Servicio Comunitario.

    Legisladores y legisladoras los invito a que apoyemos esta propuesta y contribuyamos a impulsar la realización de foros y consultas públicas con el objetivo de conocer los puntos de vista de los actores involucrados e interesados en una Ley del Servicio Comunitario. Estamos seguros que la transformación hacia un servicio militar voluntario será en beneficio de nuestra propia seguridad, y que la obligación de realizar un servicio comunitario, permitirá que muchos mexicanos, hombres y mujeres, contribuyan con el país en las necesidades locales más importantes, generando la formación de ciudadanos responsables, disciplinados, preparados, con vocación de servicio y con mayor capacidad de autodeterminación.

    Es así que propongo a consideración de esta soberanía el siguiente:

    Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 5o. y reforma el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo Único. Se reforma el artículo 5o. y las fracciones I y II del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 5o. ...

    ...

    ...

    ...

    En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, los jurados, así como el desempeño de los cargos concejiles y los de elección popular, directa o indirecta. Las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito, pero serán retribuidas aquéllas que se realicen profesionalmente en los términos de esta Constitución y las leyes correspondientes. Los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que ésta señale.

    El servicio comunitario será obligatorio para todos los mexicanos, hombres y mujeres, en los términos que establezca el Congreso de la Unión en la Ley del Servicio Comunitario. En dicha ley se deberá considerar la solidaridad, corresponsabilidad, legalidad, objetividad, transparencia, no discriminación y apartidismo como principios rectores.

    El servicio de las armas será voluntario y de orden público para todos los mexicanos, hombres y mujeres, en los términos que establezca la autoridad militar federal. La instrucción militar que reciban los voluntarios deberá mantenerlos diestros en el manejo de las armas y equipo, y conocedores de la disciplina y técnicas militares.

    ...

    ...

    ...

    Artículo 31 ...

    Son obligaciones de los mexicanos:

    I.- Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la educación cívica que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos y obligaciones de ciudadano, en los términos que establezca la ley.

    II.- Asistir en los días y horas designados por la autoridad competente del lugar en que residan, para prestar el servicio comunitario con el objetivo de realizar acciones de beneficio social y fomentar una conciencia cívica de solidaridad y compromiso con la comunidad y el desarrollo nacional.

    III ...

    IV ...

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. El Congreso de la Unión tendrá un año para expedir la Ley del Servicio Comunitario y hacer las adecuaciones correspondientes a la Ley del Servicio Militar, a partir de la entrada en vigor de este decreto y de acuerdo a lo establecido en el mismo.

    Tercero. Los contingentes del servicio militar obligatorio que a la entrada en vigor de este decreto se encuentren prestando su servicio, están obligados a continuar con el mismo hasta terminar su ciclo.

    Cuarto. En tanto el Congreso de la Unión expida la Ley del Servicio Comunitario, y se hagan las adecuaciones correspondientes a la Ley del Servicio Militar, seguirá en vigor la Ley del Servicio Militar publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 1940.

    Quinto. Se derogan las disposiciones legales que se opongan a este decreto.

    Notas:

    1 Yárnoz, Carlos ``El Ejército que se aburre. Defensa y los mandos militares buscan otro modelo para hacer la «mili»'', en El País. ``Temas de nuestra Época'', Nº 52, Madrid, 10/11/1988, p. 3.

    1 Para defender las islas Malvinas del ataque de los ingleses bien entrenados y equipados, la junta militar procedió a reclutar jóvenes argentinos, sin instrucción militar, la mayoría de los cuales provenía de provincias pobres del interior del país. Al final de la guerra se supo de la muerte de más de 600 jóvenes argentinos. Fuente: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Argentina.

    2 White, Michael D. ``Conscription and the size of armed forces'', Social Science Quarterly, vol. 70, No. 3, Austin, September, 1989, pp. 779-780.

    3 Programas de Beneficio Social (Educativo, Deportivo, Rescate del Acervo Cultural, Marcha Contra las Adicciones y de Labor Social)

    4 Sedesol, Micro regiones; Semarnat, Programa de Equidad de Género, Medio Ambiente y Sustentabilidad; Cruz Roja Mexicana, Servicio a la Comunidad [Sercom] y Protección de la Salud y de la Vida [Prosalvid]; diversos programas del Cemefi; Segob, Protección Civil.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 12 de abril de 2005.--- Dip. José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, señor diputado. Como solicita el diputado don José Francisco Landero Gutiérrez, insértese el texto íntegro del documento en el Diario de los Debates y túrnese la iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    COdigo Penal Federal - COdigo Federal de Procedimientos Penales - Ley Federal contra la Delincuencia Organizada - Ley de la PolicIa Federal PreventivaEl Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra la diputada doña Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley de la Policía Federal Preventiva, en materia de delitos cibernéticos y delitos contra menores.La diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: ¿cuántas veces utilizamos al día el teléfono celular, una computadora, portátil o de escritorio, un disco compacto, ya sea para verlo, leerlo o escucharlo? ¿Cuántas veces oprimimos algún botón para elegir una opción ofrecida por un aparato electrónico? ¡Cuánta variedad de información recibimos a través de un correo electrónico o de una conversación por computadora en tiempo real, de un videojuego o de una señal vía satélite! A lo largo de la historia, el hombre ha necesitado transmitir y tratar la información de forma continua. Aún están en el recuerdo las señales de humo y los destellos con espejo y, más recientemente, los mensajes trasmitidos a través de cables utilizando el código Morse o la propia voz por medio del teléfono. La humanidad no ha cesado en la creación de métodos para procesar información. Los avances técnicos, científicos, médicos y sociales fueron posibles porque el ser humano registró sus experiencias en elementos materiales que permitieron su conocimiento por otros y las conservó para futura memoria: pinturas rupestres y la escritura cuneiforme, luego la imprenta y ahora los sistemas electrónicos de información. Con ese fin nace la informática, como ciencia encargada del estudio y desarrollo de estas máquinas y métodos, y --además-- con la idea de ayudar al hombre en los trabajos rutinarios y repetitivos, generalmente de cálculo o de gestión.

    La informática nos rodea, y es una realidad incuestionable y parece que también irreversible. Está en casi todos los aspectos de la vida del hombre, desde los más triviales hasta los más sofisticados. Sin la informática, las sociedades actuales colapsarían; es instrumento de expansión ilimitada e inimaginable del hombre y es a la vez una nueva forma de energía que potencia y multiplica las posibilidades del desa-rrollo científico y social, erigiéndose en patrimonio universal de la humanidad. Las reformas elaboradas del Código Penal, Código de Procedimientos Penales y Código de Comercio que involucran el uso de sistemas y equipos de informática, integran legislaciones modelo de organismos internacionales, necesarias para estar a la vanguardia en la regulación de actos jurídicos que incorporan estas tecnologías y de formas novedosas para hacer negocios gracias a la información que fluye a través de sistemas y equipos informáticos, incluidas sus redes. Los sistemas y equipos informáticos se han convertido en una herramienta delictuosa y con ello surge la interrogante que señala: ``¿Hasta dónde regular el uso, goce o disposición de ellos y cuándo se rebasa la línea de privacidad que las personas poseen?'' Por ello, la necesidad de contar con una legislación eficaz para combatir los delitos cibernéticos es fundamental para prevenir este tipo de ilícitos o la convergencia internacional en esta materia no deja dudas sobre la preocupación que existe. En este sentido, esta iniciativa pretende adecuar con precisión cada una de las conductas que demuestran el uso o disposición incorrectos de equipos o sistemas informáticos, además de que en algunos casos representan un riesgo para el bienestar común. Son éstas las que hacen más complejo el escenario de un delito, pues la velocidad de transmisión de datos y la multiplicidad de sujetos que intervienen en el curso de la información dan por resultado una persecución con obstáculos y, más allá de eso, contra el reloj.

    Al nacer Internet como una tecnología que pondría la cultura, la ciencia y la información al alcance de personas de todo el mundo, delincuentes diversos encontraron el modo de contaminarla, y --lo que es peor-- impunemente. Desde los organismos internacionales, la atención hacia los delitos cibernéticos ha ido en incremento, pues la vulnerabilidad de los sistemas electrónicos y digitales de todos los países alrededor del mundo se ha visto afectada desde los niveles gubernamentales y financiero, hasta la comunicación personal a través de un teléfono celular. La OEA respondió a esta preocupación con la creación del grupo de expertos por mandato de la cuarta reunión de ministros de Justicia o procuradores generales de las Américas, en 2002. Se consideró la elaboración de los instrumentos jurídicos interamericanos pertinentes y de legislación modelo, con el fin de fortalecer la cooperación hemisférica en el combate contra el delito cibernético, considerando normas relativas a la privacidad, la protección de la información, los aspectos procesales y la prevención del delito.

    Las estadísticas de la Procuraduría General de la República y la Policía Federal Preventiva sobre delitos que involucran sistemas y equipos informáticos señalan un aumento progresivo de los delitos que afectan industrias, negocios y consumidores por igual. La disminución de crímenes de este tipo se logra contando con una legislación adecuada y de vanguardia que considera mecanismos de cooperación entre autoridades locales, estatales, federales e internacionales, tal y como pretende la presente propuesta. El esfuerzo que hacen las autoridades no es suficiente para combatir los delitos cibernéticos. El trabajo continuo en el combate de este tipo de ilícitos es fundamental para crear una cultura básica de la prevención. En 2002 inicia funciones el grupo interinstitucional para combatir los delitos cibernéticos DC-México, integrado por el Gobierno Federal y los gobiernos estatales, instituciones académicas, proveedores de servicio de Internet y organizaciones civiles y privadas, convirtiéndose en un grupo de trabajo que evalúa y propone soluciones en el combate de los delitos cibernéticos. Del mismo modo, la Cámara de Senadores aprobó un dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes demostrando su preocupación a este respecto.

    La iniciativa que presento ante ustedes reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y Ley de la Policía Federal Preventiva. Las reformas del Código Penal Federal consideran un título especial, denominado ``Delitos Cibernéticos'', que contempla delitos como el acceso no autorizado a sistemas y equipos de informática, con sus respectivas sanciones y agravantes, también el abuso de sistemas y equipos informáticos para los que utilicen estos dispositivos para cometer algún otro delito. El capítulo relativo a la corrupción de menores, pornografía, prostitución y lenocinio infantiles incluye un catálogo de definiciones; se especifica cada conducta, acorde con el grado de participación y se sanciona el turismo sexual infantil. Los textos relativos a los delitos de amenazas, robo y terrorismo se modifican, incluyendo modalidades que involucran equipos y sistemas de informática. De igual modo, la piratería de señales se elimina de los delitos para derecho de autor y así incluirse en acceso no autorizado a equipos y sistemas de informática.

    Respecto al Código Federal de Procedimientos Penales, se señalan disposiciones comunes para la averiguación previa de este tipo de delitos, como la información contenida en un equipo o sistema, que se considerará evidencia. También la información digital o virtual es considerada prueba, pero únicamente está limitada esta condición para los delitos informáticos. Asimismo, se propone incluir como delitos graves la corrupción de menores, pornografía, prostitución y lenocinios infantiles. De la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se propone incluir la corrupción de menores, pornografía, prostitución y lenocinio infantiles en el catálogo de delitos considerados como tales y se amplían las herramientas utilizadas para la comisión y para la investigación de los delitos de cintas magnéticas a dispositivos ópticos, electrónicos o magnéticos; ello, para una mayor diversidad. Por último, de la Ley Federal de la Policía Federal Preventiva, únicamente se agrega la atribución a la PFP de vigilar el tráfico de Internet y la vigilancia del tráfico de información en las telecomunicaciones.

    Sin embargo, para estas reformas es necesario fortificar los recursos con que se cuenta. En este sentido, proponemos fortalecer la Policía Cibernética, a través de su creación formal; del mismo modo, podrá capacitar a las policías cibernéticas estatales y a los miembros del Poder Judicial que así lo requieran, siempre respetando los esquemas de cooperación y coordinación en materia de seguridad pública que para este efecto tengan signados las autoridades. Finalmente, el adecuado funcionamiento de los esquemas de cooperación y el resultado que obtuvimos durante los trabajos para la presentación de esta iniciativa no se verían completados sin la propuesta final de formalizar jurídicamente la formación del grupo DC-México, cuyos alcances pretendemos sean más allá de sugerir adecuaciones del marco legal en materia penal, para convertirse en un grupo con dinámica fija y que sea punta de lanza en el establecimiento de medidas preventivas y correctivas, incluidas las educativas para los usuarios de equipos y sistemas informáticos. Por lo anteriormente expuesto y fundado, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona, reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y Ley de la Policía Federal Preventiva, relativas a los delitos cibernéticos y delitos contra menores, solicito a la Presidencia de este H. cuerpo legislativo lo siguiente:

    Primero. Se me tenga por aceptado y turnado en los términos solicitados en el proemio de este instrumento legal; y

    Segundo. Sea publicado de manera íntegra en el Diario de los Debates, tal como se reproduce en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley de la Policía Federal Preventiva, en materia de delitos cibernéticos y de delitos contra menores, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del PAN

    La que suscribe, Sheyla Fabiola Aragón Cortés diputada del Estado de México por la quinta circunscripción de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; solicito se turne a las Comisiones de Comunicaciones y de Justicia y Derechos Humanos para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de esta H Asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona, reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y Ley de la Policía Federal Preventiva; relativas a los delitos cibernéticos y delitos contra menores, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Los motivos que llevan a la presentación de esta iniciativa de reforma y adiciones al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y la Ley de la Policía Federal Preventiva cuentan con los siguientes:

    Antecedentes

    I. En 1996 la Organización de las Naciones Unidas emitió la Declaración de Estocolmo contra la Explotación Sexual Infantil con Fines Comerciales, la cual México firmó como Estado Parte, comprometiéndose a establecer medidas legislativas con el fin de evitar la pornografía y prostitución infantiles.

    II. En marzo de 1999 la Organización de los Estados Americanos (OEA), dentro del marco de la Segunda Reunión de Ministros de Justicia o Procuradores Generales de las Américas, recomendaron integrar un grupo de expertos intergubernamentales sobre delito cibernético para evaluar la actividad delictiva, la legislación, la política y las prácticas nacionales contra esta actividad, así como establecer mecanismos de cooperación entre las naciones del continente para perseguir este mal.

    III. El 17 de mayo de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la modificación al Título Noveno del Código Penal Federal con el nombre de ``Revelación de Secretos y Acceso Ilícito a Sistemas y Equipos de Informática'' y se adicionó un Capítulo II con siete nuevos tipos penales, los llamados equipos informáticos.

    IV. El 29 de mayo de 2000 se publicaron en el Diario Oficial diversas reformas y adiciones en materia de comercio electrónico al Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal, del Código Federal de Procedimientos Civiles, del Código de Comercio y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

    V. En el año 2000 la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Policía Federal Preventiva creó la Unidad de Policía Cibernética y Delitos contra Menores, siendo la primera policía en su tipo en México cuyas actividades incluyen el patrullaje de la Internet, pornografía infantil, atención a fraudes computacionales, análisis de daños a sistemas, detección de sitios de alto riesgo criminal, tráfico de drogas, armas y terrorismo.

    VI. En junio de 2002 se publicaron en el Diario Oficial reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de firma electrónica, para su regulación y efectos jurídicos en las transacciones y certificaciones electrónicas.

    VII. El 9 de diciembre de 2002 inicia funciones el Grupo de Coordinación Interinstitucional para Combatir los Delitos Cibernéticos (DC México), integrado por el gobierno federal y los gobiernos estatales, instituciones académicas, proveedores de servicio de Internet y organizaciones civiles y privadas.

    VIII. Del 27 al 30 de enero de 2004 este H. recinto fue sede del Foro Legislativo en Materia de Delitos Cibernéticos organizado conjuntamente con la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, con la asistencia de representantes de diversos países de Centro y Sudamérica.

    IX. El 10 marzo de 2004 mediante Punto de Acuerdo de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se exhortó a la Secretaría de Relaciones Exteriores a iniciar las gestiones para la adhesión de México al Convenio del Consejo de Europa sobre Cibercrimen.

    X. El 23 de marzo de 2004 el Subgrupo Jurídico y de Consultoría Legislativa de Grupo DC México entregó a la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados una propuesta de modificaciones a diversos ordenamientos legales, para ser estudiadas con el fin de elaborar una iniciativa al respecto.

    XI. Por oficio recibido el 29 de abril de 2004 en este recinto, la Cámara de Senadores informa del Dictamen sobre los Delitos Cibernéticos aprobado por el pleno.

    XII. A través de oficio recibido el 14 de julio de 2004 en la Comisión Permanente, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores respondió al Punto de Acuerdo referido en el antecedente IX.

    XIII. La Comisión Federal de Telecomunicaciones reportó durante 2004 usuarios de Internet estimados en 14,036,475, de los cuales 5,521,128 poseen equipos de cómputo en sus hogares y 8,515,347 utilizan Internet fuera de ellos, aunque de éstos 2,634,812 también cuentan con computadoras en el hogar.

    XIV. En su informe de labores correspondiente al periodo de 2004 la Secretaría de Seguridad Pública informa sobre las actividades de la Policía Cibernética, en las que reporta durante el año: 101 comunidades en Internet dedicadas a promover la comisión de delitos cibernéticos, 300 páginas dedicadas a promover la prostitución infantil, de las cuales 116 eran mexicanas, y 21 pederastas detenidos.

    XV. De igual forma la Procuraduría General de la República informó sus resultados. Durante 2004 en lo concerniente a los delitos de propiedad intelectual, industrial y de derechos de autor, arrojaron 42,600 unidades en software, 8,693,315 fonogramas, 78,570 videojuegos y 1,775,596 videogramas, además de desmantelar 66 laboratorios dedicados a estos ilícitos.

    Con base en los antecedentes antes mencionados expongo a este H. Congreso las siguientes:

    Consideraciones

    I. La necesidad de contar con una legislación eficaz para combatir los delitos cibernéticos es fundamental para la prevenir este tipo de ilícitos, la convergencia internacional en esta materia no deja dudas sobre la preocupación que existe, cada vez más creciente, de que la comisión de esta clase de delitos, constituye un obstáculo difícil de superar en virtud de sus alcances y modalidades en relación al tiempo y a los sujetos que intervienen en ellos.

    II. Los sistemas y equipos informáticos se han convertido en una herramienta delictuosa y con ello surge la interrogante que señala hasta donde regular el uso, goce o disposición de ellos y cuando se rebasa la línea de privacidad que las personas poseen. Es en este sentido que esta iniciativa pretende adecuar con precisión cada una de las conductas que demuestran el uso o disposición incorrectos de equipos o sistemas informáticos además, en algunos casos, representan un riesgo para el bienestar común.

    III. Las reformas elaboradas al Código Penal, Código de Procedimientos Penales y Código de Comercio que involucran el uso de sistemas y equipos de informática integran legislaciones modelo de organismos internacionales, necesarias para estar a la vanguardia en la regulación de actos jurídicos que incorporan estas tecnologías y de formas novedosas para hacer negocios gracias a la información que fluye a través de sistemas y equipos informáticos incluyendo sus redes. Son estas las que hacen más complejo el escenario de un delito pues la velocidad de transmisión de datos y la multiplicidad de sujetos que intervienen en el curso de la información dan por resultado una persecución con obstáculos, y más allá de eso, contra reloj.

    IV. Desde los organismos internacionales la atención hacia los delitos cibernéticos ha ido en incremento, pues la vulnerabilidad de los sistemas electrónicos y digitales de todos los países alrededor del mundo se han visto afectados desde los niveles gubernamentales y financiero hasta la comunicación personal a través de un teléfono celular. La OEA respondió a esta preocupación con la creación del grupo de expertos por mandato de la Cuarta Reunión de Ministros de Justicia o Procuradores Generales de las Américas en 2002, se consideró la elaboración de los instrumentos jurídicos interamericanos pertinentes y de legislación modelo con el fin de fortalecer la cooperación hemisférica en el combate contra el delito cibernético considerando normas relativas a la privacidad, la protección de la información, los aspectos procesales y la prevención del delito.

    V. Las autoridades policiales y de persecución deberán contar en el futuro con los recursos técnicos y humanos para la persecución de estos delitos. En México, la Policía Cibernética perteneciente a la Policía Federal Preventiva es de los primeros cuerpos especializados en Latinoamérica, sólo Brasil y Chile cuentan con un cuerpo policial de este tipo. A lo largo de esta administración ha demostrado su efectividad en el combate a estos delitos y coadyuvando con diversas autoridades en la solución de crímenes que involucran estas tecnologías.

    VI. Las estadísticas de la Procuraduría General de la República y la Policía Federal Preventiva sobre delitos que involucran sistemas y equipos informáticos señalan un aumento progresivo de los delitos que afectan a industrias, negocios y consumidores por igual. La disminución de crímenes de este tipo se logra contando con una legislación adecuada y de vanguardia que contemple mecanismos de cooperación entre autoridades locales, estatales, federales e internacionales, tal y como pretende la presente propuesta.

    VII. El esfuerzo que hacen las autoridades no es suficiente en ocasiones para combatir los delitos cibernéticos, el trabajo conjunto de cada uno de los sujetos involucrados en este tipo de ilícitos es fundamental para crear una cultura básica de la prevención. El Grupo DC México, involucra a los sectores afectados, convirtiéndose en un grupo de trabajo que evalúa y propone soluciones en el combate a los delitos cibernéticos; en esta ocasión colaboró con esta H. Cámara de Diputados en la elaboración de una propuesta que entregó a la Comisión de Comunicaciones, la cual es base de la presente iniciativa y que se adjunta al respecto.

    VIII. Dentro de los compromisos adquiridos al finalizar el Foro sobre Delitos Cibernéticos, estuvo el de impulsar la incorporación de México al Convenio del Consejo de Europa sobre Cibercrimen, lo cual se cumplió y cuya respuesta de parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores fue la siguiente:

    ``La Convención del Consejo de Europa es un instrumento amplio que contiene disposiciones especializadas para combatir el delito cibernético. La legislación mexicana no contempla muchas de esas figuras. Adicionalmente, serán necesarios recursos para poder instrumentarla de manera específica. En caso que la Cámara de Diputados decida adoptar el Punto de Acuerdo, debería comprometerse, en el mismo documento, a aprobar la legislación que sería necesaria para instrumentarla y a proveer a las autoridades competentes de las partidas presupuestales necesarias con el mismo fin. Conviene recordar que la propia Convención establece un mecanismo de consulta cuyos costos serían sufragados por sus Partes... Asimismo, hago de su conocimiento que se están llevando a cabo las consultas pertinentes para definir la conveniencia de que nuestro país se adhiera a esa Convención y, una vez que haya tomado una decisión sobre el particular, ésta le será comunicada con la debida celeridad''

    Esta respuesta justifica el presente instrumento en virtud de que se integran los criterios señalados en la parte sustantiva de la Convención, con el fin de homologar criterios para describir las conductas de los tipos penales. En el aspecto procesal se incluyen algunas en virtud de las características de nuestro sistema jurídico.

    IX. Del mismo modo la Cámara de Senadores aprobó un dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, demostrando su preocupación a este respecto y en la cual señala ciertas directrices sobre las cuales se tiene que legislar y del mismo modo fueron tomados en cuenta en esta iniciativa tal y como lo señalan los resolutivos de dicho dictamen descritos a continuación por oficio recibido en este recinto:

    ``Me permito hacer de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con el siguiente Punto de Acuerdo:

    ``Primero.- Se exhorta a las Legislaturas Locales de las Entidades Federativas, a que legislen en temas que sean de su competencia y/o concurrencia, a efecto de que incorporen disposiciones jurídicas similares a las contenidas en el Código Penal Federal, en el Libro Segundo, Título Noveno denominado, Revelación de Secretos y Acceso Ilícito a Sistemas y Equipos de Informática.

    Segundo.- Se reconoce a la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados, quien se encuentra trabajando en una Iniciativa de Ley, a que continué con la conformación de la misma, para que se pueda contar con una legislación que tipifique las conductas delictivas que ponen en riesgo la seguridad de los consumidores; de los sitios de Internet; del comercio electrónico en general; y de los titulares de derechos.

    Tercero.- Se exhorta al Ejecutivo federal, para que considere la posibilidad y beneficios de que México se adhiera a los Tratados Internacionales que existen sobre la materia, a efecto de poder prevenir actos delictivos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas, redes y datos informáticos, facilitando su detección, investigación y sanción, tanto a nivel nacional como internacional''.

    Los resolutivos señalan sugerencias para que se legisle en esta materia además de reconocer la iniciativa que a este respecto elabora la Comisión de Comunicaciones. Ello se puede solventar con esta y las demás iniciativas presentadas por integrantes de la Comisión en el período ordinario pasado ya que tienen como base la propuesta de DC México.

    X. Las propuestas legislativas concretas y las prioridades que, según los distintos miembros del Subgrupo Jurídico de DC México, debían legislarse prioritariamente son varias:

    a) Microsoft

    Se debe procurar que la iniciativa que se redacte se ajuste a los términos o conceptos jurídicos existentes, sin variar su connotación ya establecida por otras leyes, tal como puede ocurrir, por ejemplo, respecto de términos jurídicos como ``daño'', ``mensaje de datos'', o la determinación de conductas con ``dolo'' o ``culpa''.

    Por otra parte, se debe sustituir el término ``computadora'' por el de ``sistemas o equipos informáticos'', e incluso ampliarlo hasta el Internet.

    Adicionalmente, proporciona definiciones distintas a las de la iniciativa de la LVIII legislatura en materia de pornografía infantil y datos personales, acotando los límites respecto acerca de las conductas ilícitas en esta última materia.

    Para el tema de la penalización del spam, se sugiere la revisión de la can-spam de los Estados Unidos de América.

    Señala Microsoft su preocupación respecto de otros temas como la protección de privacidad y datos personales, que involucran cuestiones de ``robo de identidad'' (ID Theft), que ya son motivo de discusión en otros foros del ámbito legislativo y financiero, y que implicarán la promulgación de nuevas leyes y reformas o adiciones en leyes existentes, cuya circunstancia tendrá necesariamente un impacto sobre la regulación que se efectúe en materia de delitos cibernéticos.

    Se deberá atender y definir nuevos conceptos y sujetos de regulación , así como delimitar los casos y rangos de responsabilidad de los proveedores de servicio de Internet y/u otros agentes intermediarios en el almacenamiento o transmisión de información que potencialmente pueda ser delictiva per se o por su eventual uso para la comisión de delitos, bajo el criterio de control; desde el punto de vista procesal, restringir la responsabilidad de dichos proveedores o agentes y determinar los casos y condiciones en los cuales queden obligados a proporcionar información, en rangos razonables y operativos.

    Sugiere la inclusión del siguiente texto: ``Las conductas previstas en el presente [título, artículo] únicamente podrán ser atribuidas a un proveedor o sus representantes [o Proveedor de Servicio de Internet, o ISP según se defina] en la medida en que el servidor o cualquier otro medio de almacenamiento o transmisión de que se trate, a través de los cuales se actualicen aquéllas, estén bajo su control o se lleven a cabo de forma personal y directa por dicho proveedor o sus representantes''.

    Determinar con claridad los delitos que requieren calidad objetiva, subjetiva o ánimo en particular (por ejemplo, casos en los que se requiera el ánimo de lucro o de comisión subsecuente de otro delito).

    Circunscribirse a delitos del orden federal o procurar definición de los del orden común en los ordenamientos respectivos.

    b) Mercado libre

    Agregar una definición sobre Proveedor de Servicios que establezca que se trata de aquella entidad pública o privada que presta un servicio por medio de un sistema informático a distancia, por vía electrónica y a petición individual de un destinatario de servicios.

    Se sugiere el siguiente texto en materia de Fraude Informático o cometido por medio de un sistema informático:

    ``el que con ánimo de lucro y valiéndose de cualquier ardid o engaño, perjudicare patrimonialmente a otro mediante la utilización de un sistema informático, sea modificando datos, sea introduciendo datos falsos o verdaderos o cualquier elemento extraño que sortee los procedimientos de seguridad del sistema, se le impondrá la pena de ...''.

    Mercado Libre sugiere limitación de responsabilidad de los prestadores de servicios de Internet bajo la incorporación del procedimiento de ``Notice & Take Down'' en los siguientes términos:

    El Proveedor de Servicios no será responsable por el contenido de terceros por él almacenados, si:

    1. Desconoce que el contenido de la información es ilícito;

    2. Retira o bloquea el acceso a la información inmediatamente de tomar conocimiento de su carácter ilícito.

    - Mera transmisión

    Responsabilidad de los Prestadores de Servicios: El Prestador de Servicios de transmisión de datos no será responsable por el contenido de las comunicaciones que transmite si no es él mismo el originante; ni es él mismo quien seleccione al destinatario; ni es él mismo quien selecciona o modifica los datos transmitidos.

    - Obligaciones. La exclusión de responsabilidad prevista anteriormente, no afecta las obligaciones emergentes de la aplicación de normativas regulatorias específicas ni las obligaciones contractuales asumidas en su caso por parte de proveedores de servicios intermediarios.

    -Memoria transitoria. El Proveedor de Servicios no será responsable por el almacenamiento automático, provisional y temporal de datos suministrados por sus clientes o usuarios, si:

    1. No modifica la información;

    2. Actúa con prontitud para retirar la información que haya almacenado o bloquea su acceso, en cuanto tenga conocimiento efectivo a raíz de una notificación del titular del derecho de propiedad intelectual o que un tribunal o una autoridad administrativa ha ordenado retirarla o impedir que se acceda a ella.

    - Inexistencia de obligación general de supervisión.

    Los Proveedores de Servicios no están obligados a supervisar los datos que transmiten y almacenan; ni están obligados a realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que, en el ámbito de los servicios que prestan, indiquen la existencia de actividades ilícitas.

    c) Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI)

    Se sugiere incorporar dentro de los delitos en los que los medios electrónicos sirven como medios comisivos el término de mensaje de datos y sistemas informáticos, a efecto de lograr la equivalencia funcional.

    d) Alestra

    Presenta una propuesta de punto de acuerdo a efecto de que la H. Cámara de Diputados solicite del Senado se sirva revisar el texto de la Convención de Ciberdelitos del Consejo Europeo para, en su caso, que el gobierno federal suscriba el citado instrumento.

    Deben evitarse los requerimientos extra-legales de información y acciones que comprometen la operación y desarrollo de importantes elementos y actores que hacen posible la industria de las Tecnologías de Información y Comunicaciones en nuestro país y todos sus beneficios derivados a la sociedad.

    e) Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM)

    Buscar la unidad en la legislación sustantiva y adjetiva a nivel estatal, federal e internacional.

    Proteger los datos personales y las redes de infraestructura crítica.

    Adoptar la Convención de Ciberdelitos del Consejo Europeo suscrita por los estados del Viejo Continente, Japón, Sudáfrica, EE.UU.A., Canadá, (miembros del TLCAN), toda vez que establece un catálogo mínimo de delitos que por estar en la Convención se consideran extraditables, así como las medidas procesales para la obtención de evidencia por parte de las autoridades conducentes y una efectiva Cooperación Internacional.

    Considerar el documento denominado Creación de una Sociedad de la Información más segura mediante la mejora de la seguridad de las infraestructuras de información y la lucha contra los delitos informáticos.

    f) Centro de Inteligencia para la Seguridad Nacional (CISEN)

    Es preciso revisar los elementos normativos para llevar a cabo investigaciones en torno a terrorismo, atentados contra la infraestructura estratégica gubernamental y ataques a entidades estratégicas de la economía nacional

    No existe ninguna ley que obligue a ISP a entregar la información respecto de una investigación sin hay una orden judicial. Cada empresa procede de manera autónoma ante las solicitudes para entregar evidencias electrónicas y los tiempos y trámites son excesivos para la entrega de la información.

    Falta de reconocimiento y validez jurídica de la evidencia digital en México.

    Falta de legislación y procedimientos en materia de manejo de evidencia electrónica.

    Se requiere de jueces y peritos especializados en materia de delitos informáticos.

    g) Procuraduría General de la República (PGR)

    No se deben tipificar conductas ilícitas independientes a los tipos penales clásicos como el fraude, cuando las mismas sean contenidas a través del uso de computadoras, ya que ello implica elevar a rango de delito el uso de un medio comisivo determinado. En todo caso, se considera apropiado revisar los tipos penales de mayor incidencia que son cometidos a través de sistemas de cómputo, en aras de concluir si efectivamente es necesario incorporar en las descripciones penales correspondientes el medio comisivo en comento.

    Determinar en forma general el bien jurídico o tutelar, a fin de establecer claramente si se sanciona el acto o al autor, que en opinión propia debiera ser en relación al acto mismo y no al autor.

    Se considera necesario tipificar las conductas ilícitas que atentan contra los sistemas de cómputo que no estén previstas en la legislación federal vigente tales como la intercepción ilícita de datos, la denegación del sistema o la producción o venta de dispositivos para la comisión de delitos cibernéticos.

    Se considera oportuno que la legislación prevea la obligación de los proveedores de Internet para resguardar la información de sus clientes por un determinado periodo de tiempo.

    En materia procesal, no obstante que el Ministerio Público tiene la facultad de solicitar a los proveedores de Internet la información que tengan respecto de sus usuarios, siempre y cuando, ello no implique intervención de comunicaciones privadas, de conformidad con el artículo 180 del Código Federal de Procedimientos Penales, se debe explorar la posibilidad de prever expresamente la facultad de la autoridad ministerial en aras de evitar controversias judiciales.

    Se considera oportuno que la legislación prevea los mecanismos legales necesarios para superar los obstáculos que implica el hecho de que varios proveedores de Internet se encuentren constituidos en el extranjero.

    h) Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel)

    Incluir en la definición de ``daño'' el concepto de sistemas o equipos informáticos en lugar de computadoras y homologarlo en la medida posible con la definición de daño dado en el artículo 2108 del Código Civil Federal. No obstante lo anterior, sería conveniente considerar la eliminación de este rubro toda vez que la destrucción, descompostura, deterioro o menoscabo causado a computadoras representa un daño más bajo en el contexto de responsabilidad civil por daño a bienes ajenos, que un delito informático en sí mismo.

    En la definición de datos personales, sería conveniente sustituir los calificativos de ``identificada o identificable'' por ``que la identifique o haga identificable'' e, igualmente clarificar a que se refiere la disposición cuando establece ``entre otra'', de qué otro tipo sería esta?

    En materia de pornografía infantil sería conveniente considerar aún aquellas representaciones que se realice sobre personas o menores aún aquellas que no existan en la realidad.

    Respecto del Código Penal Federal existe una inconsistencia en el artículo 211 bis 1 al señalar que sólo cometen el delito de acceso ilícito a sistemas y equipos informáticos cuando las acciones descritas por la disposición legal en comento son aplicadas a equipos o sistemas informáticos que se encuentren protegidos (esto implica que los no protegidos sí pueden ser violentados?)

    En el artículo 368 de la iniciativa se estableció que se equiparan al robo...III. La copia...o el aprovechamiento o utilización de dichos documentos, datos o archivos sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos, lo que da pie a una serie de posibilidades tales como que, exista derecho pero no consentimiento, o que no exista el derecho pero si el consentimiento, siendo únicamente bajo el contexto de una presentación conjunta de ambos que la acción encuadre con el tipo penal establecido; asimismo en su caso será necesario definir el concepto de ``disponer''.

    En relación al artículo 211 bis 2 de la iniciativa, resulta inadecuado establecer como atenuante del delito el no causar un daño, ya que la conducta descrita lo establece como elemento esencial del tipo penal ahí establecido y, siendo el derecho penal de aplicación estricta en caso de no darse el daño no se estaría ante el tipo penal descrito.

    Se debe determinar claramente en qué tipos penales planteados es posible establecer el grado de tentativa; ya que no en todos es aplicable y posible.

    Será necesario determinar cómo se medirá el daño por ejemplo, en el caso de pérdida o comercialización de información o datos personales.

    Establecer medios de cooperación internacional e interestatal para no sobrepasar los límites de la jurisdicción.

    i) Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS)

    Organización Internacional del Trabajo (OIT)

    Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe)

    En el Código Penal Federal se sanciona con la pérdida del beneficio de la libertad preparatoria a quien se dedique a la corrupción, pornografía, turismo y trata de menores, también castiga a quien corrompa a los menores, los induzca a la pornografía infantil, o a quien grabe o videograbe, administre o financie, posea o distribuya por medios electrónicos pornografía infantil.

    De igual manera se sanciona al que promueva por cualquier medio el turismo sexual con menores.

    Asimismo, el Código Federal de Procedimientos Penales sanciona considera delito grave la corrupción, pornografía y turismo sexual de menores.

    La Ley contra la Delincuencia Organizada establece que la corrupción, pornografía y turismo sexual de menores entra en el rubro de actividades de la delincuencia organizada.

    Finalmente la Ley para la Protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes fomenta las actividades de prevención en contra de los ilícitos citados con anterioridad.

    XI. Las modificaciones que se pretenden se justifican en el orden que a continuación se describen:

    1. Código Penal Federal

    Las adiciones que se proponen son:

    Las de un Título Vigésimo Séptimo denominado Delitos Cibernéticos pues se consideran delitos especiales por su propia naturaleza, siguiendo así el mismo criterio de los Delitos Ambientales consignados en el Título Vigésimo Quinto y los Delitos en materia de Derechos de Autor en el Título Vigésimo Sexto. El capitulado obedece a un criterio de redacción general del libro cuyo catálogo de delitos asigna unitariamente un capítulo por delito. Así el concepto o delito es señalado como parte del título del Capítulo y la descripción del tipo penal se encuentra en el texto del artículo. Además son 9 artículos cuya inclusión dentro de la seriación numérica del Código utilizando latinismos numéricos, corrompería la integridad y en ocasiones la congruencia del cuerpo legal.

    Las de incluir un Capítulo IV al Título Octavo con el nombre de Disposiciones comunes para este Título, en virtud de incluir en él, definiciones de términos técnicos o confusos, utilizados particularmente en la redacción del articulado de los Capítulos II y III, con el fin de hacerlos más comprensibles para definir el tipo penal.

    Del Título Vigésimo Segundo, la fracción tercera del artículo 368 del Capítulo Primero. Con esta adición se pretende incluir el robo de información digital, virtual o de naturaleza electrónica en virtud de que existen delitos de otra índole en los que se comete robo de identidad o de datos personales para la comisión del mismo. Particularmente el Código de Comercio y el Código Civil ya contemplan la figura de la firma electrónica cuya falsificación o abuso en la disposición del mismo no sería tutelado.

    La reforma que se proponen al Libro Primero es la siguiente:

    El inciso c) del artículo 85 del Capítulo Tercero del Título Cuarto. Relativo a las causales por las cuales se niega la libertad preparatoria, cuyos cambios en los conceptos de las conductas ilícitas aclaran su significado detallando el concepto y evitan términos discriminatorios u ofensivos para personas con capacidades distintas. Se incluyen los delitos de pornografía infantil y lenocinio infantil en un sentido de congruencia con la afectación en el desarrollo humano y sus consecuencias que sufren los menores al paso del tiempo.

    Las correspondientes al Libro Segundo y su catálogo de delitos a continuación se describen.

    El artículo 139 del Capítulo Sexto del Título Segundo. Terrorismo. Consideramos que es necesaria esta reforma pues ante la vulnerabilidad de los avances tecnológicos utilizados en la prestación de servicios básicos públicos y privados, existe el riesgo latente de sufrir un ataque masivo de singulares características propias de los sistemas y equipos informáticos pero que sus consecuencias serían serias y de gravedad no solamente doméstico sino internacional. Carecemos de una figura homologada a lo que internacionalmente se denomina ciberterrorismo. Sobretodo que comprenda todas las características del tipo penal que actualmente describe al terrorismo, por ello consideramos agregar a su redacción, como medio comisivo, el ataque masivo a estas herramientas.

    Del Título Octavo se reforma su denominación de ``Delitos contra la moral pública y las buenas costumbres'' a ``Delitos que lesionan el desarrollo humano''. Conceptos como moral pública y buenas costumbres son ideas o conceptos que a través del tiempo han sido utilizados para calificar determinadas conductas como socialmente inapropiadas, resultado de convencionalismos sociales. Dice García Maynez `` ... Generalmente, los convencionalismos son exigencias tácitas de la vida colectiva, es decir, carecen de una formulación expresa y absolutamente clara; pero nada impide admitir la posibilidad de que se les formule e inclusive se les codifique. Una prueba de ello la encontramos en los manuales de urbanidad y los códigos de honor.''1 El debate acerca de la codificación de los convencionalismos proviene desde la Teoría del Derecho, y sus distintas escuelas. Así, ha correspondido a los tribunales judiciales y a la Suprema Corte hacer interpretaciones jurídicas acerca de los valores; ello provoca que la norma jurídica, imperfecta de origen, carezca de claridad y precisión, razón por la cual se sugiere en este proyecto la sustitución de la denominación del Título. Si bien, el título es algo representativo también es necesaria su concordancia con las normas jurídicas que agrupa. De esta forma se plantea un título más congruente y aplicable a los artículos contenidos con base en un concepto clínico y humanista.

    Del mismo Título, la denominación de su Capítulo Segundo, sus artículos 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208 que se integra al Capítulo Cuarto; con ello se derogan los artículos 201 bis, 201 bis 1, 201 bis 2, 201 bis 3. Con respecto a estos artículos se ordena y precisa las conductas y las sanciones correspondientes. Se comienza proponiendo un cambio al título del Capítulo para adecuarlo al cuerpo normativo y por las mismas razones del Considerando anterior. Se propone dividir cada conducta o sanción en fracciones para una mejor comprensión. Algunos párrafos se rectifican en otros artículos relativos y se amplían los conceptos, señalando conducta por conducta el tipo penal específico. El margen de diferencia entre la mínima y máxima pena aplicable es amplio para que el juez pueda aplicarla considerando el daño causado, las consecuencias del delito y las secuelas que pudiera sufrir eventualmente la víctima. Para ello se incluye también un artículo que contempla agravantes. También se define mejor el delito de Trata de Personas y el de Lenocinio y se incluye un artículo que define los delitos y otros conceptos técnicos complejos para acreditar con mayor eficacia el cuerpo del delito o la evidencia.

    Del Título Noveno se elimina de su denominación la frase ``Acceso ilícito a sistemas y equipos de informática'' para quedar únicamente como ``Revelación de Secretos''. En virtud de que hay una incongruencia con el título original del Código que señalaba originalmente ``Revelación de Secretos'' y para la reforma de 1999 al Código Penal en comento, se incluye la frase Acceso Ilícito a Sistemas y Equipos de Informática exhibiendo una deficiente técnica jurídica, toda vez que se desvirtúa la composición del Título añadiendo no sólo un elemento objetivo que en absoluto tiene que ver con la materia del titular, sino que añade artículos que regulan otro objeto y materia distintos. Ello es respaldado por la numeración deficiente del articulado que lejos de respetar la secuencia lógica jurídica del Código, resalta la deficiente reforma elaborada, más aún por la longitud del capítulo equívocamente añadido. De tal modo que la propuesta que se expuso en el primer considerando de esta iniciativa, consideramos, es la correcta al contemplar un capítulo distinto, de modo que posea cierta flexibilidad para posteriores reformas debido a la naturaleza de la materia y cuya longitud no sea un inconveniente dentro de la actual secuencia numérica que posee la ley.

    Del Título Vigésimo Sexto los artículos 424 bis y 426. Que se refieren a los Delitos en Materia de Derechos de Autor se elimina la fracción segunda del artículo 424 bis en virtud de que se solventa con el artículo 431 propuesto como Acceso no autorizado a sistemas y equipos de informática pues la conducta que contempla la fracción II se tipifica de mejor forma en el numeral mencionado. En lo que respecta al 426 su relación es muy estrecha con un delito cibernético en comento, si bien se corrigió su redacción en lo concerniente a señalar detalles que no contempla aquél.

    2. Código Federal de Procedimientos Penales

    Las reformas que se proponen son:

    El artículo 175 para la conformación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado hay que señalar ciertas características comunes a todos, como es el uso de un equipo o sistema informático, las circunstancias en las que se utiliza y los conocimientos que tenga el indiciado al respecto, la dificultad de probar este tipo de delitos, hace necesario el dar reconocimiento y validez jurídica a la evidencia digital, a la información contenida y transmitida a través de equipos y sistemas informáticos. También los conocimientos del indiciado en esta materia influye en la complejidad del delito en particular cuando es uno solo el autor, sin embargo, la dificultad se presenta al momento de acreditar el delito. Para que esta iniciativa se complete es necesario dar el suficiente valor probatorio a este tipo de elementos, evidentemente para no provocar un desajuste, esto solo se circunscribe a los delitos cibernéticos, de modo tal, que no será reconocido como medio de prueba para algún otro a menos que haya ``información'' involucrada en el delito que textualmente describa el tipo penal.

    El artículo 194 por su parte nos describe cuales son los delitos clasificados como graves y en este aspecto se propone incluir la corrupción de menores, la pornografía y lenocinio infantiles por su naturaleza y las consecuencias que sufren los menores víctimas de estos delitos y que se manifiestan al crecer como seres humanos.

    El artículo 285 excluye a la evidencia digital y a la información de ser consideradas como meros indicios en virtud de la excepción señalada para el artículo 175 que expresamente señala ``... para el caso de los delitos cibernéticos....'' y ello también con la finalidad de limitarlos o circunscribirnos exclusivamente a comprobar esta clase de delitos por la naturaleza de los mismos.

    3. Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

    La fracción V del artículo 2 contempla como delincuencia organizada el tráfico de menores. Consideramos dentro de este contexto, agregar los delitos de Corrupción de Menores, Pornografía infantil y Lenocinio Infantil. Ello porque para su ejecución o para que se realice el delito descrito en la norma, en muchas ocasiones convergen 3 o más individuos, sobretodo cuando se busca un lucro a través de esta actividad.

    Los artículos 20, 22 y 23, la propuesta solo es de agregar el concepto de dispositivos, ópticos electrónicos o magnéticos, en virtud de que la información, incluyendo el audio y video, se pueden almacenar y transportar en este tipo de dispositivos de distinta índole, y que actualmente son de mayor utilidad para llevar a cabo todas las investigaciones de forma rápida y eficiente, evitando así limitarlos únicamente al uso de dispositivos magnéticos.

    4. Ley de la Policía Federal Preventiva

    Dentro del inciso a) de la fracción III dentro del artículo 4 se señalan las atribuciones de la Policía Federal Preventiva garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, salvaguardar la integridad de las personas, así como prevenir la comisión de delitos. En este sentido se decidió incluir en este inciso el tráfico de información a través de Internet es necesario formalizar este aspecto, porque aunque su Policía Cibernética atiende ya la vigilancia en este aspecto, también es cierto que no está contemplado expresamente dentro de sus atribuciones. El concepto Internet es ya universalmente aceptado e incluido en otras legislaciones internacionales, adoptado también dentro del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española y reconocido universalmente por ello la conveniencia de incluirlo en la redacción del texto legal.

    5. Transitorios

    El artículo Segundo Transitorio del presente instrumento pretende formalizar la Unidad de Policía Cibernética dentro de la Estructura Orgánica de PFP, si bien, si existe en la estructura orgánica como Departamento de Análisis de Delitos Cibernéticos, dependiente de la Dirección General de Tráfico y Contrabando, que por cierto poco tiene de relación, también es necesario que para una mayor eficacia y organización de recursos financieros humanos y materiales sea concebida como un cuerpo especializado y contemplado orgánicamente.

    El Tercero Transitorio se redacta con el fin de hacer comprensibles los delitos cibernéticos a las autoridades administrativas y judiciales en virtud del lenguaje técnico que se utiliza para su valorización. Para ello es necesaria la capacitación en este tipo de temas, por ello se le consultó a la Policía Cibernética si accedía a ser responsable de esta tarea a lo cual accedió puntualizando que no solamente serían las autoridades administrativas y judiciales, sino también en la creación de las policías cibernéticas estatales, estarían dispuestos a coadyuvar con el fin de uniformizar criterios de aplicación de la ley y persecución.

    El artículo Cuarto Transitorio, formaliza la creación de DC México como un grupo interinstitucional de consultoría y asesoría de combate a delitos cibernéticos, se contempla también que ejerza estas funciones para combatir el correo electrónico, tipo spam (mensaje de datos comercial no solicitado), pues causa un perjuicio social, así como otras conductas que causen un perjuicio social a través de la utilización de Internet o de redes públicas o privadas de telecomunicaciones.

    El artículo Quinto Transitorio se redacta atendiendo a la persecución de los delitos cibernéticos, cuya reacción ante estos ilícitos tiene que se pronta y expedita, debido a su naturaleza y al vertiginoso tráfico de información a través de redes e Internet. Para ello la colaboración entre autoridades estatales federales e inclusive internacionales tiene, por lo menos, ser igual de pronta para afrontar con eficacia estos delitos. Los distintos convenios de colaboración pueden solventar esto.

    Por las motivaciones expuestas anteriormente, someto a consideración de esta H. Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

    Artículo Primero.- Se modifican del Código Penal Federal las siguientes disposiciones:

    I. Se adicionan al Libro Segundo: el Título Vigésimo Séptimo denominado Delitos Cibernéticos constante en ocho artículos, con numerales desde el artículo 430 al 438 y divididos en cuatro capítulos; el Capítulo Cuarto del Título Octavo; el artículo 251 bis dentro del Capítulo Octavo del Título Decimotercero; y la fracción tercera al artículo 282 del Capítulo Primero del Título Decimoctavo. Del Título Vigésimo Segundo, una fracción tercera del artículo 368 del Capítulo Primero

    II. Se reforma del Libro Primero: el inciso c) del artículo 85 del Capítulo Tercero del Título Cuarto. Del Libro Segundo se reforman: el artículo 139 del Capítulo Sexto del Título Segundo; del Título Octavo se reforma su denominación de ``Delitos contra la moral pública y las buenas costumbres'' a ``Delitos que lesionan el desarrollo humano'', de su Capítulo Segundo su título y los artículos 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208 que se integra al Capítulo Cuarto, y de éste último el 209; del Título Noveno se elimina de su denominación la oración ``Acceso ilícito a sistemas y equipos de informática'' para quedar únicamente como ``Revelación de Secretos''; del Título Vigésimo Segundo el artículo 386 del Capítulo Tercero; y del Título Vigésimo Sexto los artículos 424 bis y 426.

    III. Se derogan del Libro Segundo: los artículos 201 bis, 201 bis 1, 201 bis 2, 201 bis 3, del Capítulo Segundo en el Título Octavo.

    IV. Se abroga el Capítulo Segundo del Título Noveno

    Lo anterior para quedar como sigue:

    Código Penal Federal

    Libro Primero

    Título Cuarto

    Capítulo III Ejecución de Sentencias.

    Artículo 85.- No se concederá la libertad preparatoria...

    I. ...

    a) ...

    b) ...

    c) Corrupción de menores o de quienes son incapaces para comprender el significado del hecho, pornografía infantil, lenocinio infantil; previstos en los artículos 201, 202 y 204, respectivamente.

    d) a j)

    II. ... Libro Segundo

    Título Segundo.- Delitos contra la Seguridad de la Nación.

    Capítulo VI.- Terrorismo

    Artículo 139.- Se impondrá pena de prisión de dos a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando: explosivos, sustancias tóxicas, armas de fuego, la comisión de incendios o inundaciones, ataque masivo a sistemas o equipos informáticos, cualquier otra tecnología, u otro medio violento; realice actos en contra de las personas, cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor terror en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública, o tratar de menoscabar la autoridad del Estado, o presionar a la autoridad para que tome una determinación

    Título Octavo.- Delitos que lesionan el desarrollo humano.

    Capítulo II Corrupción, Pornografía, Lenocinio en Menores y Personas con Capacidades Distintas

    Artículo 201.- Comete el delito de corrupción de menores, o de personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, quien incite, induzca, facilite, provoque o procure en menor de edad o persona con capacidades distintas, las conductas que se sancionan a continuación:

    I. Realizar actos de exhibicionismo corporal. Se castigará con cinco a nueve años de prisión, y de quinientos a mil doscientos días de multa;

    II. El alcoholismo, o el consumo de estupefacientes, psicotrópicos, o sustancias tóxicas, de manera ilegal. Se sancionará con cinco a diez años de prisión y multa de seiscientos a dos mil días de multa, más el costo de la rehabilitación del menor;

    III. El pandillerismo o la asociación delictuosa. Se sancionará con prisión de siete a doce años y multa de doscientos a quinientos días, independientemente de las que puedan corresponder a estas conductas sancionadas por este código;

    IV. La comisión de algún delito. La sanción será aumentada hasta en una mitad de la pena correspondiente al delito cometido.

    V. La práctica de la mendicidad. Se impondrá de 1 a 5 años de prisión y de doscientos cincuenta a 800 días de multa, y

    VI. Presten sus servicios en establecimientos, cuya autorización de funcionamiento, prohíba su contratación o ingreso; no obstante si es regular o irregular. Incurrirán en las mismas penas los padres o tutores que permitan lo anterior a sus hijos o menores que estén bajo su guarda o custodia.

    Si derivado de las conductas anteriores el menor o la persona adquiriese un hábito o una dependencia de cualquier tipo se deberán aumentar las sanciones previstas hasta en una tercera parte.

    No se entenderá por corrupción de menores los programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre función reproductiva, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente.

    Artículo 202.- Comete el delito de pornografía de menores, o de personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, quien, con el fin de exhibir, publicar, distribuir, o comercializar, imágenes, secuencias de video o sonidos con contenido sexual, a través de cualquier medio de comunicación o de sistemas y equipos informáticos, realice las actividades que a continuación se describen:

    I. Incite, induzcan, faciliten, provoquen, procuren u obliguen a menores de edad o personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de exhibicionismo corporal, o pornografía;

    II. Participe en la elaboración de imágenes, fotografías, filmaciones o grabaciones, a través de cualquier técnica, sistemas o equipos informáticos u otra tecnología; en los cuales consten actos de exhibicionismo corporal o pornografía, donde participan menores de edad o personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho;

    III. El que financie o patrocine, promueva, invite, o gestione a personas que realicen las actividades de la fracción I y II, y

    IV. El que copie, ofrezca, venda, arriende, publique, distribuya, transmita o posea cualquier dispositivo de almacenamiento óptico, electrónico o magnético, donde consten los elementos señalados por la fracción II.

    Artículo 203.- Las sanciones y agravantes respecto al delito de pornografía de menores atenderán de forma particular a la víctima, el daño físico, fisiológico, emocional o moral que pueda padecer con sus consecuencias; y la relación del autor respecto al ofendido conforme al margen siguiente:

    I. De 6 a 12 años de prisión y de 400 a 2500 días de multa, si la persona ofendida fuese mayor de 14 y menor de 18;

    II. de 10 a 18 años de prisión y de 800 a 4000 días de multa si la víctima fuese mayor de 10 y menor de 14, y

    III. De 14 a 25 años de prisión y de 1000 a 6000 días de multa si la persona ofendida fuese menor a 10 años.

    También se decomisarán los objetos, instrumentos y demás dispositivos que formen la evidencia del delito, o que se integren como pruebas del mismo, así como la información que resida en sistemas o equipos informáticos propiedad de terceros en cuyo caso se extraerá únicamente la necesaria para perseguir el delito respetando sus derechos respectivos.

    Artículo 204.- Comete el delito de lenocinio infantil el que cometa alguna de las actividades descritas a continuación y que se sancionarán atendiendo a la magnitud del daño físico, fisiológico, moral o emocional que eventualmente sufran las víctimas, así mismo se sancionará de la siguiente forma:

    I. Induzca, promueva, facilite u obligue la prostitución de menores de edad o incapaces, independientemente de recibir una contraprestación por ello; se sancionará con pena de 7 a 15 años de prisión y de 2000 a 6000 días de multa.

    II. El que ejerza el comercio carnal sobre menores de edad o incapaces; se aplicará una pena de 7 a 15 años de prisión y de 1000 a 8000 días de multa.

    Comete el delito de promoción de prostitución de menores de edad o quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, el que promueva, invite, facilite o gestione por cualquier medio el viaje de personas hacia el interior o exterior del territorio nacional con el propósito de practicar actos sexuales o que impliquen corrupción o pornografía con menores de edad o con quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho.

    Artículo 205.- Las sanciones correspondientes a los delitos señalados en el artículo 201, 202 y 204 se aumentarán de conformidad con lo siguiente:

    Hasta en una tercera parte, si el delito es cometido por servidores públicos, o por aquél que ejerza autoridad sobre la víctima en virtud de cualquier relación. El servidor público será inhabilitado para desempeñar cualquier cargo público hasta por un tiempo equivalente al de la pena en prisión que corresponda.

    Hasta en una mitad, si el delito es cometido por ascendientes sin límite de grado, familiares en línea colateral hasta cuarto grado; tutores o curadores; quienes ejerzan la patria potestad, guarda o custodia sobre el menor; por quien habite con la víctima; por ministro de algún culto religioso; o a través de violencia física o moral.

    Los familiares directos o indirectos de la víctima, los que ejerzan la patria potestad sobre su descendencia o sobre la víctima, perderán todos los derechos y beneficios que por ley les correspondan o de los cuales gocen.

    Asimismo los responsables de los delitos contemplados en este capítulo quedarán inhabilitados para ser tutores o curadores.

    Capítulo III. De la Trata de Personas y Lenocinio

    Artículo 206.- Comete el delito de Trata de Personas quien promueva realice o fomente la migración de personas, a través de engaños, o aprovechándose de la situación en la que se encuentran, para ser sometidas al comercio carnal. La sanción será la que corresponda al lenocinio aumentada hasta en una mitad.

    Artículo 207.- Comete el delito de lenocinio:

    I. Toda persona que habitual o accidentalmente ejerza el comercio carnal, subsista de él u obtenga cualquier contraprestación de él.

    II. Al que induzca, promueva, facilite, encubra, o intermedie a favor de alguien y en nombre de una persona para someterla al comercio carnal incluida la prostitución.

    III. El que se ostente como responsable, administre o sostenga directa o indirectamente prostíbulos, casas de cita o lugares de concurrencia expresamente dedicados a explotar la prostitución u obtenga cualquier beneficio con sus servicios.

    El lenocinio se sancionará con prisión de 6 a 15 años y de 100 a 3000 días de multa, y atenderá a la magnitud del daño físico, fisiológico, moral o emocional que eventualmente sufran las víctimas. Si la víctima es un menor de edad o alguna persona que no tenga capacidad para comprender el hecho, se aumentará la pena hasta en una mitad.

    Capítulo IV Disposiciones Comunes para este Título

    Artículo 208.- Para los efectos de este Título se entenderá como:

    Menor de edad.- La persona menor de dieciocho años cumplidos, al día en que se comente el delito.

    Persona que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho.- Las personas con capacidades distintas, los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia, aunque tengan intervalos lucidos; y aquellos que padezcan alguna afección originada por: enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psicológico o sensorial, o la originada por adicción al alcohol, los psicotrópicos, los estupefacientes u otras sustancias tóxicas. Siempre que, debido a la limitación o a la alteración en la inteligencia que esto les provoque, no puedan gobernarse y obligarse por si mismos o manifestar su voluntad por algún medio.

    Exhibicionismo Corporal.- Representación fija o en movimiento del cuerpo humano con fines de lascivia sexual real o simulada.

    Pornografía.- Representación real o simulada del cuerpo humano a través de cualquier medio visual o auditivo, involucrado explícitamente en un acto sexual o de lascivia respecto al mismo.

    No se considerarán como tal las imágenes, fotografías, grabaciones de audio o video contenidas en sistemas o equipos informáticos, o de otra tecnología y que sean programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales que tengan por objeto la educación sexual, prevención de enfermedades de transmisión sexual, o el embarazo.

    Prostitución.- Actividad a la que se dedica quien mantiene relaciones sexuales con otras personas, a cambio de alguna contraprestación.

    Comercio carnal.- Aquél que se realiza con personas privadas de su libertad o sometidas, para ser explotadas de cualquier modo, incluyendo sus órganos, tejidos o componentes físicos, independientemente de que se obtenga un lucro o contraprestación de cualquier índole por ello.

    Vicio.- Gusto especial por actividades, cuya naturaleza de su objeto, incitan a realizarlas frecuentemente con exceso, que como propiedad o costumbre, tienen algunas personas o es común a una colectividad; y como consecuencia, les provoca trastornos físicos, fisiológicos o mentales.

    Artículo 209.- Cuando de la comisión de los delitos a que se refiere el presente Título, resultaren otros delitos se estará a las reglas del concurso.

    Título Noveno.- Revelación de Secretos

    Título Decimotercero.- Falsedad

    Capítulo VIII Disposiciones Comunes a los Capítulos Precedentes.

    Artículo 251 bis.- Para los efectos de este título, también se entenderá por documento a los mensajes de datos que consten o sean susceptibles de reproducirse en cualquier medio físico o tecnológico. Se entenderá por mensaje de datos a la información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

    Título Decimoctavo.- Delitos Contra la Paz y Seguridad de las Personas.

    Capítulo I Amenazas

    Artículo 282.- ...

    I. ...

    II. ...

    III. Amenace, intimide, o cause temor a personas físicas o morales, a través de mensajes de datos, el uso de sistemas o equipos informáticos u otros mecanismos tecnológicos similares sin menoscabo de incurrir en abuso de equipos o sistemas informáticos.

    ...

    Título Vigésimo Segundo.- Delitos en contra de las Personas en su Patrimonio.

    Capítulo I. Robo

    Artículo 368.- Se equiparan al robo y se castigarán como tal:

    I. ...

    II. ...

    III. La copia, sustracción o el apoderamiento de información contenida en sistemas o equipos informáticos, o el aprovechamiento o utilización de dicha información sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de la misma.

    Título Vigésimo Segundo.- Delitos contra las personas en contra de su patrimonio

    Capítulo III.- Fraude

    Artículo 386.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa, información, o alcanza un lucro indebido.

    Título Vigésimo Sexto.- De los Delitos en Materia de Derecho de Autor.

    Capítulo Único

    Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa a quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas y libros protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor; en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.

    Artículo 426.- Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años y de trescientos a tres mil días multa, a quien descifre por sí solo o a través de un sistema o equipo informático una señal de satélite protegida por algún mecanismo de seguridad sin autorización de su distribuidor.

    Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a cometer las conductas a que se refiere el párrafo anterior.

    Título Vigésimo Séptimo.- Delitos Cibernéticos

    Capítulo I Definiciones

    Articulo 430.- Para los efectos de este título y aquellas disposiciones de este código que contemplen las siguientes definiciones, adicionalmente, se entenderán de la siguiente forma:

    I. Sistemas o equipos informáticos: cualesquiera conjuntos o unidades de máquinas, aparatos, sistemas, equipos de informática o en general cualquier dispositivo, ya sea electrónico, óptico, magnético, o de cualquier otra tecnología, que realice funciones lógicas, aritméticas, transmisión, procesamiento o almacenamiento de datos de cualquier naturaleza, así como para el tratamiento sistemático de la información mediante el procesamiento automático de datos electrónicos o de cualquier otra tecnología.

    II. Programas de cómputo o computación: la expresión original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como propósito que un sistema o equipo informático realice una tarea o función específica.

    III. Daño: alteración, deterioro o menoscabo a la integridad, confidencialidad o disponibilidad de datos, información o programas de cómputo, así como la destrucción, descompostura, deterioro o menoscabo físicos causado a sistemas o equipos informáticos.

    IV. Mensajes de datos: la información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

    Información: archivos, imágenes, sonido, video, símbolos o datos de cualquier índole, así como documentos que consten o sean susceptibles de reproducirse en cualquier medio físico o tecnológico, o cualquier registro que conste la comisión de un delito, sin importar su fuente o fecha de elaboración.

    VI. Mecanismo de seguridad: dispositivo físico o electrónico, palabra clave, código de acceso, programa de cómputo o equipo informático que tenga por objetivo proteger una computadora, un programa de cómputo o la información contenida en un, sistema o equipo informático contra:

    a) Accesos internos o externos no autorizados;

    b) Borrado, alteración o daño de información;

    c) Ataque informático de cualquier índole;

    d) Rechazo del emisor, receptor o destinatario de la información.

    e) Copiado, distribución, uso ilícito o no autorizado.

    VII. Datos personales: La información concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, correo electrónico, firma electrónica, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad. Capítulo II Acceso no Autorizado a Sistemas o Equipos Informáticos.

    Artículo 431.- Comete el delito de acceso no autorizado a sistemas o equipos informáticos o programas de computación, la persona que sin derecho:

    I. Acceda a información o a un sistema o equipo informático sin autorización o excediendo su acceso autorizado;

    II. Intercepte, modifique, borre, destruya, provoque daño o pérdida de información contenida en sistemas o equipos informáticos o programas de cómputo;

    III. Conozca, copie, divulgue o distribuya hacia terceros información o comunicaciones no dirigidas a él contenidas en sistemas o equipos informáticos;

    IV. Diseñe, introduzca, programe, distribuya, o provoque la transmisión o ejecución de programas de computación, información, códigos, conjuntos de instrucciones o comandos informáticos, que tengan por objeto: a) Impedir el uso, funcionamiento apropiado, o causar daños a información contenida en sistemas o equipos informáticos, o programas de computación;

    b) Alterar la información de programas de computación contenidos en sistemas o equipos informáticos o, y

    c) Causar la negación de servicios de naturaleza informática realizados por sistemas o equipos informáticos, o programas de computación.

    V. Para violar mecanismos de seguridad de sistemas o equipos informáticos, o programas de cómputo: diseñe, programe, importe, fabrique, posea, use, comercialice, transmita, haga disponibles hacia terceros o distribuya; máquinas, aparatos, sistemas, equipos o cualquier dispositivo físico, así como programas de cómputo, números de serie o registro, palabras clave o códigos de acceso, o información de cualquier naturaleza;

    VI. Produzca, copie, posea, trafique, transmita, difunda, distribuya o haga disponible hacia terceros a través de sistemas o equipos informáticos, de sus redes, de dispositivos de almacenamiento magnéticos, ópticos, electrónicos o de cualquier otra tecnología:

    a) Pornografía de menores;

    b) Lenocinio de menores;

    c) Información xenofóbica, racista o discriminatoria de cualquier naturaleza;

    d) Incitaciones o provocaciones para cometer delitos de cualquier índole, e

    e) Información que explique cómo realizar cualesquiera de los delitos contemplados en este capítulo.

    VII. Obtenga sin consentimiento, o mediante engaños, datos personales de individuos para usarlos para cometer cualquier actividad ilícita; VIII. Transmita, distribuya o haga disponible a través de sistemas o equipos informáticos datos personales de terceros sin su consentimiento;

    IX. Inserte, altere, o elimine información veraz contenida en sistemas o equipos informáticos o programas de cómputo, lo cual resulte en información falsa aparentemente auténtica, independientemente de si la información sea directamente legible o accesible para su consulta, y

    X. Cause daño físico, mediante cualquiera de los actos u omisiones descritos en las fracciones anteriores, a sistemas o equipos informáticos, redes de sistemas o equipos informáticos, equipos periféricos, o cualquier otro bien tangible.

    Se perseguirá a querella de parte ofendida, salvo los casos previstos en la fracción V, los incisos a) y b) de la fracción VII, las agravantes mencionadas en la fracción II, los incisos b) y c) de la fracción III del artículo 433, y las previstas en el artículo 434; en cuyo caso serán de oficio.

    Artículo 432.- Se impondrán las siguientes penas respecto a las fracciones del artículo anterior que a continuación se describen:

    I. De 1 -- 3 años de prisión y de 100 -- 400 días de multa para las fracciones I y III ;

    II. De 2 -- 5 años de prisión y de 300 -- 700 días de multa para las fracciones II, VI, VII y VIII;

    III. De 5 --10 años de prisión y de 600 --1000 días de multa para las fracciones IV, V, IX y X.

    Artículo 433.- Las penas previstas en el artículo anterior se aumentarán hasta en una mitad

    I. Para los casos previstos en las fracciones III y V, cuando la información obtenida se utilice en beneficio propio o ajeno;

    II. Para el caso previstos en la fracción IV, cuando el daño se haya extendido masivamente, afectando a sistemas o equipos informáticos localizados en varias Entidades Federativas.;

    III. Para todas las fracciones del artículo 431:

    a) Cuando las conductas sean cometidas por funcionarios, empleados o personas que presten sus servicios en la institución, organización o empresa víctima del delito;

    b) Cuando el delito se haya cometido en contra de sistemas o equipos informáticos de gobierno o del sistema financiero;

    c) Cuando dos o más individuos hayan actuado coordinadamente para perpetrar alguno de los delitos de este título;

    d) Cuando para cometer el delito se haya violado algún mecanismo de seguridad;

    e) Cuando con el fin de disimular su identidad o ubicación, se haya aprovechado de sistemas o equipos informáticos o datos personales de un tercero, o haya usado datos falsos para realizar cualesquiera de las conductas tipificadas en este capítulo;

    f) Cuando bajo engaños o aprovechándose del error en que se encuentra una persona, obtiene de ésta información, códigos o claves de acceso, o logra instalar en sistemas o equipos informáticos programas de cómputo de terceros, que le permitan realizar cualesquiera de las conductas tipificadas en este capítulo.

    Artículo 434.- Las penas previstas en este capítulo se aumentarán hasta el doble, cuando se hayan dado dos o más agravantes contempladas en el artículo 433; o cuando el delito informático haya sido motivado por cuestiones políticas, interés de grupo; o que impliquen los delitos que se señalan en el Título Primero del presente Libro.

    Artículo 435.- Las penas previstas en las fracciones I, II y III del artículo 431 disminuirán entre la mitad y dos terceras partes si el delito fuese culposo o si de él no se derivó ningún daño o perjuicio de cualquier índole.

    Capítulo III Abuso de Sistemas o Equipos Informáticos.

    Artículo 436.- Comete el delito de abuso de sistemas o equipos informáticos, la persona física o moral que aproveche sistemas o equipos informáticos para la comisión de cualquier delito distinto a este capítulo o aquellos contemplados en las leyes especiales.

    Para sancionar esta conducta se impondrá hasta la mitad de la pena correspondiente al delito con el que concurra.

    Capítulo IV Disposiciones Generales para los Capítulos de este Título

    Artículo 437.- Las conductas previstas en el presente Título únicamente podrán ser atribuidas a un Proveedor de Acceso a Internet, en los casos siguientes:

    I. En la medida en que sus dispositivos de transmisión o almacenamiento automático, provisional y temporal de información, en los cuales se tipifica el delito, estén bajo su control o estas conductas se lleven a cabo de forma personal y directa por dicho proveedor o sus representantes;

    II. Si al conocer el contenido ilegal de la información omite retirar o bloquear inmediatamente el acceso a esta;

    III. Si crea o modifica la información ilegal transmitida, o elige a los destinatarios de dicha información.

    Responsabilidades adicionales de los proveedores de servicios de telecomunicaciones estarán señaladas en la ley de la materia.

    Artículo 438.- Cuando de la comisión de los delitos a que se refiere el presente capítulo resultaren otros delitos, se estará a las reglas del concurso.

    Artículo Segundo.- Se reforman del Código Federal de Procedimientos Penales los artículos 175 del Capítulo Primero y 194 del Capítulo Quinto, ambos del Título Quinto; del Título Sexto los artículos 268 bis del Capítulo Séptimo y el artículo 285 del Capítulo Noveno; lo anterior, para quedar como sigue:

    Título Quinto.- Disposiciones Comunes a la Averiguación Previa y a la Instrucción

    Capítulo I Comprobación del Cuerpo del Delito y de la Probable Responsabilidad del Inculpado.

    Artículo 175.- Tratándose de delitos informáticos para la comprobación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado se tomarán en cuenta: clase o tipo de sistema o equipo informático utilizado, la información contenida en ellos como evidencia o prueba del ilícito y los conocimientos técnicos o profesionales del indiciado en materia informática o en el manejo del sistema o equipo en cuestión.

    Capítulo IV Aseguramiento del Inculpado

    Artículo 194.- ...

    I. ... 1) a 12) ...

    13) Corrupción de menores o de Personas con capacidades diferentes, pornografía y lenocinio infantiles previstos en los artículos 201, 202 y 204, respectivamente;

    14) Los previstos en los artículos 204 y 206;

    15) a 33) ...

    II. a la XIV. ... Título Sexto.- Prueba

    Capítulo VII. Careos

    Artículo 268 bis.- Cuando la víctima u ofendido sea menor de dieciocho años o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, las declaraciones que se reputen contradictorias se practicarán en la misma forma que el careo supletorio.

    Capítulo IX Valor Jurídico de la Prueba

    Artículo 285.- Todos los demás medios de prueba o de investigación y la confesión, salvo lo previsto en el artículo 175, constituyen meros indicios.

    Artículo Tercero.- Se reforman las siguientes disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: el artículo 2 del Capítulo Único en el Título Primero; del Título Segundo, Capítulo Cuarto, los artículos 20, 22 y 23; lo anterior para quedar como sigue:

    Título Primero.- Disposiciones Generales

    Capítulo Único Naturaleza, Objetos y Aplicación de la Ley

    Artículo 2.- ...

    I. a la IV. ...

    V. Pornografía de menores, lenocinio en la misma modalidad, o trata de menores, o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, previstos en los artículos 201, ,202, 204 y 206; asalto, previsto en los artículos 286 y 287; secuestro, previsto en el artículo 366; tráfico de menores, previsto en el artículo 366 ter y robo de vehículos, previsto en el artículo 381 bis, todos del Código Penal Federal o en las disposiciones equivalentes de las legislaciones penales del Distrito Federal y de los Estados de la República integrantes de la Federación.

    Título Segundo.- De la Investigación de la Delincuencia Organizada

    Capítulo Cuarto De las Órdenes de Cateo y de Intervención de Comunicaciones

    Artículo 20.- Durante las intervenciones de las comunicaciones privadas, el Ministerio Público de la Federación ordenará la transcripción de aquellas grabaciones que resulten de interés para la averiguación previa y las cotejará en presencia del personal del cuerpo técnico de control de la unidad especializada prevista en el artículo 8o. anterior, en cuyo caso serán ratificadas por quien las realizó. La transcripción contendrá los datos necesarios para identificar el dispositivo óptico electrónico o magnético de donde fue tomada. Los datos o informes impresos que resulten de la intervención serán igualmente integrados a la averiguación.

    Las secuencias o imágenes de video que se estimen convenientes podrán, en su caso, ser convertidas a imágenes fijas para ser impresas e integrarlas a la indagatoria. En este caso, se indicará el dispositivo de donde proviene la imagen y el nombre y cargo de la persona que realizó la conversión.

    Artículo 22.- De toda intervención se levantará acta circunstanciada por el Ministerio Público de la Federación, que contendrá las fechas de inicio y término de la intervención; un inventario pormenorizado de los documentos, objetos y los dispositivos ópticos, electrónicos o magnéticos para audio o video que contengan los sonidos o imágenes captadas durante la misma; la identificación de quienes hayan participado en las diligencias, así como los demás datos que considere relevantes para la investigación. Los dispositivos originales y el duplicado de cada una de ellos, se numerarán progresivamente y contendrán los datos necesarios para su identificación. Se guardarán en sobre sellado y el Ministerio Público de la Federación será responsable de su seguridad, cuidado e integridad.

    Artículo 23.- Al iniciarse el proceso, los dispositivos ópticos, electrónicos o magnéticos, así como todas las copias existentes y cualquier otro resultado de la intervención serán entregados al juez de distrito. Durante el proceso, el juez de distrito, pondrá los dispositivos a disposición del inculpado, quien accederá a la información contenida en ellos para escucharla o verla durante un periodo de diez días, bajo la supervisión de la autoridad judicial federal, quien velará por la integridad de estos elementos probatorios. Al término de este periodo de diez días, el inculpado o su defensor, formularán sus observaciones, si las tuvieran, y podrán solicitar al juez la destrucción de aquellos dispositivos, información o documentos no relevantes para el proceso. Asimismo, podrá solicitar la transcripción de aquellas grabaciones o la fijación en impreso de imágenes o secuencias de video, que considere relevantes para su defensa.

    La destrucción también será procedente cuando los dispositivos, la información o los registros provengan de una intervención no autorizada o no se hubieran cumplido los términos de la autorización judicial respectiva.

    El auto que resuelva la destrucción de dispositivos, la transcripción de grabaciones o la fijación de imágenes, es apelable con efecto suspensivo.

    Artículo Cuarto.- Se modifica el inciso a), numeral III, del artículo 4 del Capítulo Segundo correspondiente a la Ley de la Policía Federal Preventiva; para quedar como sigue:

    Capítulo II De la Organización y Funcionamiento de la Institución

    Artículo 4.- ...

    I. ...

    II. ...

    III. ...

    a) Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación así como sus servicios auxiliares, y las redes públicas de telecomunicaciones

    b) a d) ...

    IV. a la XV. ... Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

    Segundo.- La Policía Federal Preventiva deberá formalizar en 60 días, la creación de la Unidad de Policía Cibernética.

    Tercero.- La Policía Federal Preventiva a través de su Policía Cibernética, será responsable de la capacitación a los órganos administrativos y judiciales en materia penal respecto a delitos cibernéticos. Podrá capacitar y coordinar a los cuerpos policíacos estatales especializados en esta materia, así como impulsar su creación en aquéllas entidades que carezcan de éstos, respetando los esquemas de coordinación de seguridad pública entre autoridades federales y estatales.

    Cuarto.- Se formalizará el convenio de colaboración que da origen al Grupo Interinstitucional para combatir los Delitos Cibernéticos, en los mismos términos como actualmente se desempeña, para cumplir trabajos de consultoría y asesoría respecto a las políticas públicas de combate al delito cibernético, así como otras conductas que causen un perjuicio social por el uso de redes de telecomunicaciones públicas o privadas incluyendo Internet.

    Quinto.- La persecución de los delitos cibernéticos y aquellos que tengan que ver con sistemas o equipos informáticos a que se refieren las legislaciones modificadas, será responsabilidad de las autoridades federales, estatales y municipales conforme a los convenios de coordinación en materia de seguridad pública que hayan sido suscritos entre sí. Asimismo se buscará la colaboración con autoridades internacionales cuando los delitos tengan éste carácter, de conformidad a los tratados y convenios de cooperación internacionales celebrados para tal efecto.

    Nota:

    1 Eduardo García Maynez. Introducción al Estudio del Derecho, pág. 27, Ed. Porrúa, México 1992.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de abril de 2005.--- Dip. Sheyla Fabiola Aragón Cortés (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, doña Sheyla Fabiola Aragón Cortés. Como solicita en el propio documento, insértese el texto íntegro del mismo en el Diario de los Debates y se turna la iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.

    Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Enrique Guerrero Santana.

    Por favor, sonido en la curul de doña María de Jesús Aguirre.

    La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (desde la curul): Gracias, diputado Presidente: si pudiera también turnar la iniciativa para opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias. El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Se obsequia en sus términos su pedimento, diputada.
    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Enrique Guerrero Santana, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social.

    El diputado Enrique Guerrero Santana: Con su permiso, señor Presidente.

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante, don Enrique.El diputado Enrique Guerrero Santana: Compañeros diputadas y diputados; honorable Asamblea: el suscrito, diputado federal Enrique Guerrero Santana, integrante de la honorable LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 2o. y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona y reforma la Ley General de Desarrollo Social, bajo la siguiente exposición de motivos:

    El Banco Mundial reconoce que la pobreza y la marginación en el campo y los municipios mexicanos son alarmantes. Tan sólo en los últimos 10 años han venido creciendo de manera importante: de 1995 a 2004 aumentaron en 25 por ciento. La desnutrición se ha calificado como un problema grave de salud pública, que afecta a 50 por ciento de los niños menores de 5 años del medio rural. Los efectos en la primera infancia, de 0 a 8 años, son devastadores y duraderos, pues impiden el desarrollo conductual y de conocimientos, lo que se refleja en el bajo rendimiento escolar. Este problema de salud en México alcanza niveles insospechados, pues 25 mil menores mueren anualmente, lo que representa la décima causa de muertes en nuestro país.

    Las cifras anteriores resaltan que la desnutrición se ha agravado en las comunidades rurales e indígenas, debido a la escasa variedad de alimentos consumidos. Es de mencionarse que el Instituto Mexicano del Seguro Social establece que los trastornos asociados a la desnutrición son responsables de 60 por ciento de las muertes infantiles. Si pretendemos que todos estos indicadores dejen de ser focos rojos, es apremiante instrumentar políticas públicas dirigidas principalmente a erradicar dichas cifras. El campo y los municipios mexicanos atraviesan por una grave y compleja crisis multidisciplinaria, económica, educativa y cultural. Dicha situación se debe en gran medida a la falta de interés político para la toma de decisiones congruentes y de instrumentación de acciones dirigidas a terminar con la problemática en cuestión. La constante de casi todos los problemas sociales radica principalmente en situaciones de carencias educativas y de formación de valores.

    En la medida en que invirtamos en la educación, en esa misma proporción se erradicará gradualmente la mayoría de los problemas sociales. Todos sabemos que ésta es la mejor inversión para nuestro país. No escatimemos recursos tratándose de la formación de nuestros niños. No es de corto plazo, pero sí la más rentable y segura que pudiera existir. La educación es parte fundamental en el buen desa-rrollo de cualquier sociedad. Proporcionar una educación digna a nuestra niñez es el mejor principio para erradicar la marginación y la pobreza social, así como combatir los rezagos culturales y educativos. Debemos estar conscientes de que los niños son sin lugar a duda el futuro de nuestro México. Si tenemos niños bien alimentados, seguro que tendremos buenos estudiantes en los años venideros.

    Por lo anterior, pongo a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Desa-rrollo Social:

    Artículo Único. Se adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

    Las fracciones del I al IX quedan como están.

    Se adiciona una, la X: ``... las políticas, programas y acciones públicas necesarios para garantizar y mejorar los niveles de alimentación y nutrición para la población infantil de las escuelas de los niveles de preescolar y primaria en municipios y comunidades rurales marginados de nuestro país, con la implementación de cocinas, comedores y lavamanos para preparar desayunos y comidas con buenos niveles nutricionales, así como la implementación de bebederos con sistema de filtración de agua en los planteles educativos''.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Enrique Guerrero Santana, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal Enrique Guerrero Santana, integrante de esta honorable Quincuagésima Novena Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona y reforma la Ley General de Desarrollo Social, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Banco Mundial reconoce que la pobreza y la marginación en el campo y los municipios mexicanos son alarmantes, tan solo en los últimos diez años han venido creciendo de manera importante, de 1995 al 2004 aumentaron en un 25%.

    La desnutrición se ha calificado como un problema grave de salud pública que afecta al 50% de los niños menores de cinco años del medio rural.

    Los efectos en la primera infancia ---de cero a ocho años--- son devastadores y duraderos, pues impiden el desarrollo conductual y de conocimientos que se refleja en bajo rendimiento escolar.

    Este problema de salud en México alcanza niveles insospechados, pues 25 mil menores mueren anualmente, lo que representa la décima causa de muerte en nuestro país.

    Las cifras anteriores resaltan que la desnutrición se ha agravado en las comunidades rurales e indígenas debido a la escasa variedad de alimentos consumidos.

    Es de mencionarse que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establece que los trastornos asociados a la desnutrición son responsables del 60% de las muertes infantiles.

    Si pretendemos que todos estos indicadores dejen de ser focos rojos, es apremiante instrumentar políticas públicas dirigidas principalmente a erradicar dichas cifras.

    El no actuar simplemente denota la falta de acuerdos o de la mínima sensibilidad humana y política para comprender la desgracia de nuestros semejantes, además de que se pagarían de manera muy alta los costos por descuidos, omisiones y negligencias.

    El campo y los municipios mexicanos atraviesan por una grave y compleja crisis multidisciplinaria; económica, educativa y cultural.

    Dicha situación se debe en gran medida a la falta de interés político para la toma de decisiones congruentes y de la instrumentación de acciones dirigidas a terminar con la problemática en cuestión.

    La constante de casi todos los problemas sociales radica, principalmente, en situaciones de carencias educativas y de formación de valores.

    En la medida en que invirtamos en la educación, en esa misma proporción se erradicaran gradualmente la mayoría de los problemas sociales.

    Todos sabemos que esta es la mejor inversión para nuestro país, no escatimemos recursos tratándose de la formación de nuestros niños, no es a corto plazo, pero si la más rentable y segura que pudiera existir.

    La educación es parte fundamental en el buen desarrollo de cualquier sociedad.

    Proporcionar una educación digna a nuestra niñez es el mejor principio para erradicar la marginación y la pobreza social, además de combatir el rezago cultural y educativo.

    Por todo esto y con la finalidad de realizar un proyecto integral, dirigido especialmente a apoyar a nuestros niños en las comunidades en situación de pobreza y marginación extrema, que carecen de los mínimos niveles de nutrición en los distintos grados de preescolar y primaria.

    La propuesta concreta es que en las escuelas rurales del país se implementen comedores y cocinas, con el equipo apropiado, para facilitar la preparación rápida de alimentos con la higiene necesaria; además de la instalación de lavamanos, así como de bebederos con sistemas de filtración de agua y con esto coadyuvar para lograr una buena formación académica y fomentar el hábito de la higiene.

    El resultado de esta inversión será buena para el país, debemos estar conscientes de que los niños son, sin lugar a dudas, el futuro de nuestro México.

    Si tenemos niños bien alimentados, seguro que tendremos buenos estudiantes en los años venideros.

    Por lo anterior, pongo a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Desarrollo Social.

    Artículo Único.- Se adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

    Artículo 19.- ...

    I a IX ...

    X.- Las políticas, programas y acciones públicas necesarias para garantizar y mejorar los niveles de alimentación y nutrición para la población infantil de las escuelas de nivel preescolar y primarias, en municipios y comunidades rurales marginadas de nuestro país, con la implementación de cocinas, comedores y lavamanos para preparar desayunos y comidas con buen nivel nutricional, así como la instalación de bebederos con sistemas de filtración de agua en los planteles educativos.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 12 de abril de 2005.--- Dip. Enrique Guerrero Santana (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, don Enrique Guerrero Santana. Túrnese la iniciativa a la Comisión de Desarrollo Social.
    Ley General del Equilibrio EcolOgico y la ProtecciOn al AmbienteEl Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para iniciativa que reforma y adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de auditorías ambientales.El diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez: Con su permiso, señor Presidente. El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Adelante, don Carlos Manuel.

    El diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez: El suscrito, diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, somete a esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de auditorías ambientales, con base en la siguiente exposición de motivos:

    El deterioro ambiental causado por las distintas actividades productivas en el país continúa en aumento, convirtiéndose en grave amenaza, ahora no sólo para el equilibrio ecológico sino para la integridad física de la población y para las bases mismas que sustentan la economía de la nación. Los esfuerzos realizados por el Estado mexicano resultan insuficientes, y la creciente incidencia de accidentes y contingencias ambientales pone de relieve la urgencia de reforzar las medidas de vigilancia que garanticen la aplicación de la normatividad ambiental. Los modelos de comando y control, así como de cumplimiento voluntario, han probado ser insuficientes, dadas las limitaciones en las capacidades físicas y procesales de los órganos responsables de la aplicación de las leyes ambientales.

    La LGEEPA no prevé procedimientos claros y precisos para la verificación del cumplimiento de la normatividad ambiental, por lo que se protege en la supletoriedad de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. No obstante, el proceso resulta largo, complejo, ineficaz e insuficiente. Asimismo, el carácter multimedia de la contaminación contrasta con la especificidad que exige el procedimiento administrativo, de modo que las revisiones resultan parciales. Por lo que concierne al cumplimiento voluntario de la normatividad, éste se ha diseñado en función de las ventajas que se confieren a los establecimientos empresariales frente a los mercados comerciales. Hoy día, se ha consolidado la figura de la auditoría ambiental y los procesos de administración ambiental, orientados a la certificación de la calidad total, como es el caso de la norma internacional ISO-14000. Ambos procedimientos comparten la necesidad de realizar una revisión exhaustiva del cumplimiento de la ley en la materia documental, de diagnóstico de procesos y fuentes de emisiones, así como en el cumplimiento real de los compromisos o sanciones ahí contenidos.

    Cabe recordar que el procedimiento de inspección ambiental tiene alternativamente un efecto preventivo o correctivo: cuando el inspector llega a una empresa como parte del programa normal de verificación de la Profepa, encuentra la posibilidad de detectar fallas que pueden derivar en daños graves y, entonces, actuar preventivamente, del mismo modo que si detecta omisiones graves, determinar las correcciones apropiadas. Normalmente, este proceso se convierte en una molestia para los responsables de las empresas, que consideran una intromisión inaceptable que casi siempre deriva en sanciones económicas. Cuando se advierte al responsable de la instalación, como prevé la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, entonces éste tiene la oportunidad de modificar el estado de operación normal de la planta, bien sea parando líneas, limpiando o evitando mostrar los puntos críticos de la misma. El inspector o verificador trabaja entonces en un clima de agresividad y tensión.

    El caso de las auditorías ambientales tiene la garantía de la cooperación voluntaria del responsable. Ante la perspectiva de obtener un certificado que la identifica como una industria limpia y la posibilidad de utilizarlo como elemento de competitividad ante sus clientes, se apresta a proporcionar toda la información que se le requiere. Y, lo más importante, comienza a resolver sus deficiencias normativas casi de inmediato, asignando incluso importantes inversiones en materia de dispositivos de prevención y control de la contaminación. Una diferencia sustancial entre uno y otro modelo de cumplimiento ambiental significa sin duda los costos que implican cada una de ellas. Las inspecciones no cuestan a la empresa, pero significan desembolsos importantes en materia de abogados y multas. Las auditorías ambientales son costosas y tienen que ser cubiertas por los responsables. Las empresas en México tienen una actitud diferente en función del tamaño. De este modo, las grandes empresas invierten importantes sumas de dinero en la realización de programas y auditorías ambientales.

    Con frecuencia muchas de ellas son filiales o subsidiarias de matrices internacionales, de modo que son éstas las que dictan las políticas ambientales que deben cumplir. De aquí que el cumplimiento obedezca más a las ventajas que ofrece el mercado internacional para las empresas exportadoras que un cumplimiento meramente ético hacia el interior del país. La mediana industria cumple las obligaciones ambientales porque la autoridad las enfoca y prioriza en los programas de vigilancia, por lo que el incentivo no necesariamente encuentra la competitividad del mercado. El problema se complica en la micro y pequeña industrias, que viven una permanente crisis económica que les impide un cumplimiento proactivo de las obligaciones ambientales; son las más numerosas y las que menos incentivos tienen para adoptar medidas de prevención y control de la contaminación. Un rubro muy importante lo constituye la empresa paraestatal, concretamente Pemex y la Comisión Federal de Electricidad, que están llamadas a cumplir sus obligaciones ambientales por el solo hecho de ser parte del Estado.

    Esas empresas asignan abundantes recursos en la formulación de auditorías ambientales, y varias instalaciones han cumplido exitosamente los compromisos ambientales asumidos. Con todo, la incidencia de accidentes ambientales, algunos de magnitud catastrófica, se suceden incluso en las empresas que se identifican como ``industria limpia''. Ello refleja que hay falta de procedimiento. La auditoría, ya no digamos la inspección convencional, está dejando de lado partes vulnerables de la planta industrial; o bien, no se está dando prioridad a las medidas de control comprometidas con la autoridad. Es decir, el compromiso de cumplimiento voluntario no considera la atención ni corrección preventiva de los puntos más críticos de la planta, o simplemente no se cumplen. La sociedad no se explica la elevada frecuencia con que ocurren accidentes industriales que impactan en el ambiente, precisamente en las instalaciones y partes industriales que justamente han recibido los beneficios de las inversiones en pro del ambiente.

    La presente iniciativa propone entonces la creación de la figura de la auditoría ambiental de cumplimiento obligatorio como un instrumento que fortalezca la visita de verificación de cumplimiento. Este instrumento tendría las bondades de la auditoría ambiental voluntaria, en la que la autoridad estaría en la posibilidad de realizar una revisión exhaustiva del cumplimiento ambiental por parte de la empresa, de diagnosticar las omisiones y fallas que contribuyen a la emisión de contaminantes, así como de emitir las condicionantes que determinen las medidas de prevención y control pertinentes. La diferencia estriba en que sería un instrumento obligatorio que permitiría fincar responsabilidades cuando no se cumplan las recomendaciones. Asimismo, las auditorías de cumplimiento voluntario en curso serían contrastadas y verificadas con relación al cumplimiento puntual de las acciones comprometidas con la autoridad.

    En consecuencia, se propone el proyecto de decreto que reforma el artículo 38 Bis 1, para recorrerlo al 38 Bis 2, el artículo 38 Bis 2, para recorrerlo al 38 Bis 3; y adiciona e inserta el artículo 38 Bis 1, para quedar como sigue:

    Artículo 38 Bis 1. Las auditorías ambientales tendrán el carácter de obligatorias para las entidades paraestatales, órganos desconcentrados y demás entidades autónomas de la Administración Pública Federal.

    Muchas gracias, diputado.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona la Ley General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de auditorías ambientales, a cargo del diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del grupo parlamentario del PRI

    Con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72, 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

    El suscrito, diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, somete a esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de auditorias ambientales, con base en la siguiente:

    Exposición de Motivos

    El deterioro ambiental causado por las distintas actividades productivas en el país, continua incrementando, convirtiéndose en una grave amenaza, ya no nada más para el equilibrio ecológico, sino para la integridad física de la población y para las bases mismas que sustentan la economía de la nación.

    Los esfuerzos realizados por el Estado mexicano resultan insuficientes y la creciente incidencia de accidentes y contingencias ambientales ponen de relieve la urgencia de reforzar las medidas de vigilancia que garanticen la aplicación de la normatividad ambiental.

    Los modelos de comando y control, así como de cumplimiento voluntario han probado ser insuficientes, dada las limitaciones en las capacidades físicas y procesales de los órganos responsables de la aplicación de las leyes ambientales.

    La LGEEPA no prevé procedimientos claros y precisos para la verificación del cumplimiento de la normatividad ambiental, por lo que se protege en la supletoriedad de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    No obstante, el proceso resulta largo, complejo, ineficaz e insuficiente. Asimismo, el carácter multimedia de la contaminación contrasta con la especificidad que exige el procedimiento administrativo, de modo que las revisiones resultan parciales.

    En lo que concierne al cumplimiento voluntario de la normatividad, este se ha diseñado en función de las ventajas que le confiere a los establecimientos empresariales frente a los mercados comerciales.

    Hoy en día se ha consolidado la figura de la auditoría ambiental y los procesos de administración ambiental orientados a la certificación de la calidad total, como es el caso de la norma internacional ISO-14000.

    Ambos procedimientos comparten la necesidad de realizar una revisión exhaustiva de cumplimiento de ley en las materias documental, de diagnóstico de procesos y fuentes de emisiones, así como en el cumplimiento real de los compromisos o sanciones ahí contenidos.

    Cabe recordar que el procedimiento de inspección ambiental tiene alternativamente un efecto preventivo o correctivo.

    Cuando el inspector llega a una empresa como parte del programa normal de verificaciones de la Profepa, encuentra la posibilidad de detectar fallas que pueden derivar en daños graves y entonces actuar preventivamente, del mismo modo que si detecta omisiones graves, determinar las correcciones apropiadas.

    Normalmente este proceso se convierte en una molestia para los responsables de las empresas, que consideran una intromisión inaceptable, que casi siempre deriva en sanciones económicas.

    Cuando se le advierte al responsable de la instalación, como lo prevé la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, entonces este tiene la oportunidad de modificar el estado de operación normal de la planta, bien sea parando líneas, limpiando o evitando mostrar aquellos puntos críticos de la misma.

    El inspector o verificador trabaja entonces, en un clima de agresividad y tensión.

    El caso de las auditorias ambientales tiene la garantía de la cooperación voluntaria del responsable.

    Ante la perspectiva de obtener un certificado que le identifica como una industria limpia y la posibilidad de utilizarlo como un elemento de competitividad ante sus clientes, se apresta a proporcionar toda la información que se le requiere.

    Y lo más importante, comienza a resolver sus deficiencias normativas casi de inmediato, asignando incluso importantes inversiones en materia de dispositivos de prevención y control de la contaminación.

    Una diferencia substancial entre uno y otro modelo de cumplimiento ambiental significa sin duda los costos que implican cada una de ellas.

    Las inspecciones no le cuestan a la empresa, pero significan desembolsos importantes en materia de abogados y multas. Las auditorias ambientales son costosas y tienen que ser cubiertas por los responsables.

    Las empresas en México tienen una actitud diferente en función del tamaño de las mismas. De este modo, las grandes empresas invierten importantes sumas de dinero en la realización de programas de auditorias ambientales.

    Con frecuencia, muchas de ellas son filiales o subsidiarias de matrices internacionales, de modo, que son estas las que dictan las políticas ambientales que deben de cumplir.

    De aquí que el cumplimiento obedezca más a las ventajas que ofrece el mercado internacional para aquellas empresas exportadoras, que un cumplimiento meramente ético hacia el interior del país.

    La mediana industria cumple con las obligaciones ambientales, porque la autoridad las enfoca y prioriza en los programas de vigilancia. Por lo que el incentivo no necesariamente, encuentra en la competitividad del mercado.

    El problema se complica en la micro y pequeña industria, que vive en una permanente crisis económica, que les impide un cumplimiento proactivo de las obligaciones ambientales.

    Son las más numerosas y las que menos incentivos tienen para adoptar medidas de prevención y control de la contaminación.

    Un rubro muy importante lo constituye la empresa paraestatal, concretamente Pemex y la Comisión Federal de Electricidad, que están llamadas a cumplir con sus obligaciones ambientales, por el solo hecho de ser parte del Estado.

    Estas empresas asignan abundantes recursos en la formulación de auditorías ambientales y varias instalaciones han cumplido exitosamente con los compromisos ambientales asumidos.

    Con todo, la incidencia de accidentes ambientales, algunos de magnitud catastrófica, se suceden incluso, en aquellas empresas que se identifican como Industria Limpia. Ello refleja que hay una falla en el procedimiento.

    La auditoría, ya no digamos la inspección convencional, está dejando de lado partes vulnerables de la planta industrial o bien no se está dando la prioridad a las medidas de control que comprometidas con la autoridad.

    Es decir, el compromiso de cumplimiento voluntario no considera la atención y corrección preventiva de aquellos puntos más críticos de la planta. O simplemente, no se cumplen.

    La sociedad no se explica la elevada frecuencia con que ocurren accidentes industriales que impactan al ambiente, precisamente en aquellas instalaciones y parques industriales que justamente han recibido los beneficios de las inversiones en pro del ambiente.

    La presente iniciativa propone entonces, la creación de la figura de la Auditoría Ambiental de cumplimiento obligatorio, como un instrumento que fortalezca a la visita de verificación de cumplimiento.

    Este instrumento tendría las bondades de la auditoria ambiental voluntaria, en la que la autoridad estaría en la posibilidad de realizar una revisión exhaustiva del cumplimiento ambiental por parte de la empresa.

    De diagnosticar las omisiones y fallas que contribuyen a la emisión de contaminantes, así como de emitir las condicionantes que determinen las medidas de prevención y control pertinentes.

    La diferencia estriba en que sería un instrumento obligatorio que permitiría fincar responsabilidades cuando no se cumplan las recomendaciones.

    Asimismo, aquellas auditorías de cumplimiento voluntario en curso serían contrastadas y verificadas con relación al cumplimiento puntual de las acciones comprometidas con la autoridad.

    En consecuencia se propone el proyecto de decreto que reforma el artículo 38 Bis 1, para recorrerlo al 38 Bis 2; el artículo 38 Bis 2 para recorrerlo al 38 Bis 3 y se adiciona e inserta el Artículo 38 Bis 1, para quedar como sigue:

    Artículo 38 Bis 1.- Las auditorias ambientales tendrán el carácter de obligatorias para las entidades paraestatales, órganos desconcentrados y demás entidades autónomas de la Administración Pública Federal.

    Artículo 38 Bis 2.- Los Secretaría pondrá los programas preventivos y correctivos derivados de la auditorías ambientales, así como el diagnóstico básico del cual derivan, a disposición de quienes resultan o pueden resultar directamente afectados.

    En todo caso, deberán observarse las disposiciones legales relativas a la confidencialidad de la información industrial y comercial.

    38 Bis 3.- Los estados y el Distrito Federal podrán establecer sistemas de autorregulación y auditorías ambientales en los ámbitos de sus respectivos competencias.

    Transitorio Único: El presente decreto entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, DF, abril 12 de 2005.--- Dip. Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Gracias, don Carlos Manuel Rovirosa Ramírez. Túrnese la iniciativa a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    Ley General del Sistema de Medios de ImpugnaciOn en Materia ElectoralEl Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Lino Celaya Luría, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.El diputado Lino Celaya Luría: Con su autorización, señor Presidente: el suscrito, integrante de la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa de reforma, que adiciona un párrafo tercero al artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, con objeto de dar certeza y certidumbre jurídica al principio de definitividad en materia electoral, bajo lo siguiente:

    El 26 de julio de 1996, los grupos parlamentarios del PRI, del PAN, del PRD y del PT de la Cámara de Diputados, y PAN, PRI y PRD de la Cámara de Senadores, y el Ejecutivo Federal presentaron una iniciativa de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se introdujeron nuevos mecanismos jurídicos que otorgaban mayor eficacia y confiabilidad al sistema de justicia electoral. Dicho decreto de reformas y adiciones se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996. Como producto de esta reforma político-electoral, el actual artículo 41 constitucional establece, en su fracción IV, lo siguiente: ``Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votados y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución''.

    En tanto, el artículo 99, fracción IV, dice: ``Al Tribunal Electoral corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre el artículo 4, las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones. Esta vía procederá solamente cuando la reparación solicitada sea material y jurídicamente dentro de los plazos electorales y sea factible antes de la fecha constitucional o legalmente fijada para la instalación de los órganos o la toma de posesión de los funcionarios elegidos.''

    Asimismo, el artículo 116, fracción IV, inciso e), indica: ``Las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral garantizarán que se fijen los plazos convenientes para el desahogo de todas las instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad de las etapas de los procesos electorales''. En este sentido, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha establecido en una de sus tesis de jurisprudencia: ``El proceso electoral de una entidad federativa no concluye hasta que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelva el último de los juicios de revisión constitucional electoral o para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano''. Promovidos para impugnar los actos o las resoluciones de las autoridades electorales, emitidos al final de la etapa de resultados, en virtud de que las ejecutorias que se dictan en los referidos juicios son las que proporcionan realmente la certeza de que dichos actos impugnados han adquirido definitividad.

    No obstante lo anterior, la realidad ha demostrado que existe una dilación en la impartición de justicia electoral, toda vez que las resoluciones se han emitido prácticamente un día antes de la toma de posesión de los representantes populares, lo que, lejos de generar certidumbre jurídica, ha generado inestabilidad social sujeta al vaivén metajurídico de factores político-sociales, en el mejor de los casos, porque en otros ha generado violencia postelectoral. Aunado a lo anterior, cabe mencionar que el periodo de transición que vive México, por no decir de simple alternancia, inauguró un nuevo escenario, el de la incertidumbre democrática, donde nadie sabe cuál es el desenlace de los intereses en juego de los diferentes grupos o personas; es decir, estas nuevas relaciones de la sociedad y el poder se encuentran anquilosadas y atadas a prácticas autoritarias que no responden a los reclamos ciudadanos ni, mucho menos, a las necesidades de los escenarios. Debido a ello, debemos institucionalizar la consolidación de nuestra democracia electoral a través de instituciones sólidas que garanticen, entre otras cosas, el respeto de la legalidad y de la perfección de la ley, y qué mejor garante de ello que sea a través del Poder Judicial.

    En ese sentido, vale la pena señalar que el voto popular constituye la única fuente de legitimidad y legalidad del poder público, ya que el Constituyente originario de 1917 reconoció en el proyecto de Constitución de Venustiano Carranza lo siguiente: ``Siendo el sufragio una función esencialmente colectiva, es la condición indispensable del ejercicio de la soberanía; debe ser atribuido a todos los miembros del poder social que emprendan el interés y el valor de esa altísima función''. En tal virtud, una consecuencia práctica de la soberanía en la aplicación del sufragio universal, que otorga a cada ser un voto, independientemente de su condición social, económica o cultural. Ahora mismo, el impacto que tienen estas disfuncionalidades en la eficacia y viabilidad del sistema electoral dista mucho de ser una de las causas primordiales del menosprecio ciudadano hacia la política y las instituciones; más bien, introduce un conjunto de conflictos alternos al clima de descontento ciudadano, los cuales pueden ser subsanables de forma satisfactoria, ya sea por medio de una modificación legislativa, por conducto de la intervención de los órganos entre actores políticos, siendo este último una vía de resolución identificada como prácticas antidemocráticas de nuestro pasado reciente.

    En suma, se adiciona el párrafo tercero del artículo 93 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para que pueda quedar como sigue:

    Artículo 93, tercera parte: ``El juicio de revisión constitucional deberá ser resuelto a más tardar treinta días antes de que tomen posesión los representantes populares a que se refiere el artículo 87, párrafo primero, de esta ley''.

    Transitorios. Primero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Segundo. La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Atentamente, su servidor, Lino Celaya. Muchas gracias, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Lino Celaya Luría, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, integrante de la LIX Legislatura de la H Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa de reforma que adiciona un párrafo ``3'' al artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, con el objeto de dar certeza y certidumbre jurídica al principio de definitividad en materia electoral; bajo la siguiente:

    Exposición de Motivos

    El 26 de julio de 1996 los grupos parlamentarios del PAN, PRI, PRD y PT de la Cámara de Diputados, PAN, PRI y PRD de la Cámara de Senadores y Ejecutivo Federal presentaron una iniciativa de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el que se introdujeron nuevos mecanismos jurídicos que otorgaban mayor eficacia y confiabilidad al sistema de justicia electoral. Dicho decreto de reformas y adiciones se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996.

    Como producto de esta reforma político-electoral, el actual artículo 41 Constitucional establece en su fracción IV lo siguiente: ``Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votado y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución...''

    En tanto que el artículo 99, párrafo cuarto, fracción IV dice:

    ``Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:

    IV. Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones. Esta vía procederá solamente cuando la reparación solicitada sea material y jurídicamente posible dentro de los plazos electorales y sea factible antes de la fecha constitucional o legalmente fijada para la instalación de los órganos o la toma de posesión de los funcionarios elegidos;

    Asimismo, el artículo 116 fracción IV, inciso e), indica que:

    ``IV. Las constituciones y leyes de los estados en materia electoral garantizarán que: e) Se fijen los plazos convenientes para el desahogo de todas las instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad de las etapas de los procesos electorales,''

    En este sentido, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha establecido en una de sus Tesis de Jurisprudencia que: ``El proceso electoral de una entidad federativa concluye hasta que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelva el último de los juicios de revisión constitucional electoral o para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovidos para impugnar los actos o resoluciones de las autoridades electorales, emitidos al final de la etapa de resultados, en virtud de que las ejecutorias que se dictan en los referidos juicios, son las que proporcionan realmente la certeza de que dichos actos impugnados han adquirido definitividad''

    No obstante lo anterior, la realidad ha demostrado que existe una dilación en la impartición de justicia electoral, toda vez, que las resoluciones se han emitido prácticamente un día antes de la toma de posesión de los representantes populares, lo que lejos de generar una certidumbre jurídica, ha generado una inestabilidad social sujeta al vaivén metajurídico de factores político-sociales, en el menor de los casos, porque en otras ha generado violencia post-electoral.

    Aunado a lo anterior, cabe mencionar que el periodo de transición que vive México, por no decir de simple alternancia, inauguró un nuevo escenario, el de la incertidumbre democrática, donde nadie sabe cual es el desenlace de los intereses en juego de los diferentes grupos o personas. Es decir, estas nuevas relaciones de la sociedad y el poder, se encuentran anquilosadas y atadas a prácticas autoritarias que no responden a los reclamos ciudadanos, ni mucho menos a las necesidades de los nuevos escenarios.

    Debido a ello debemos institucionalizar la consolidación de nuestra democracia electoral, a través de instituciones sólidas que garanticen entre otras cosas, el respeto a la legalidad, y la perfección de la ley, y que mejor garante de ello, que sea a través del Poder Judicial.

    En este sentido, vale la pena señalar que: el voto popular constituye la única fuente de legitimidad y legalidad del poder público. Ya que el Constituyente originario de 1917 reconoció en el proyecto de Constitución de Venustiano Carranza lo siguiente: ``Siendo el sufragio una función esencialmente colectiva, es la condición indispensable del ejercicio de la soberanía, debe ser atribuido a todos los miembros del cuerpo social que comprendan el interés y el valor de esa altísima función''. En tal virtud, una consecuencia práctica de la soberanía es la aplicación del sufragio universal, que otorga a cada ser humano un voto, independientemente de su condición social, económica o cultural.

    Asimismo, en los últimos años, el sistema electoral mexicano ha experimentado una serie de cambios cuyas consecuencias no siempre han producido los escenarios y fines ``democráticos'' exigidos por la dinámica coyuntural marcada por la transición política de un régimen de corte autoritario, donde los principios democráticos de la contienda electoral eran comúnmente vulnerados y manipulados para beneficioso de grupo político determinado o para favorecer los objetivos de la coalición dominante, a la instauración de un sistema político distinto, donde la credibilidad en las instituciones y procedimientos electorales desempeñen un papel trascendental en el difícil proceso de consolidación democrática.

    Ahora bien, el impacto que tiene estas disfuncionalidades en la eficacia y viabilidad del sistema electoral dista mucho de ser una de las causas primordiales del menosprecio ciudadano hacia la política y las instituciones, más bien introduce un conjunto de conflictos alternos al clima de descontento ciudadano, los cuales pueden ser subsanables de forma satisfactoria, ya sea por medio de una modificación legislativa, por conducto de la intervención de los órganos electorales, en especial, jurisdiccionales, o mediante el acuerdo entre actores políticos (concertasesión), siendo este último una vía de resolución identificada con prácticas ``antidemocráticas'' de nuestro pasado reciente.

    En suma, por lo anteriormente fundado y motivado, y a fin de evitar el resurgimiento de un supremo poder conservador que usurpe el voto popular del pueblo soberano se propone el siguiente proyecto de decreto:

    Único.- Se adiciona el párrafo 3 al artículo 93 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para quedar como sigue:

    Artículo 93. ...

    1. ...

    2. ...

    3. El juicio de revisión constitucional deberá ser resuelto a más tardar 30 días antes de que tomen posesión los representantes populares a que se refiere el artículo 87 párrafo 1 de esta Ley.

    Transitorio

    Primero.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Segundo.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.--- Dip. Lino Celaya Luría (rúbrica).»

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, señor diputado don Lino Celaya Luría. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    CODIGO PENAL FEDERAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona el artículo 149 Bis al Código Penal Federal.La diputada Evelia Sandoval Urbán: Con su venia, diputado Presidente; compañeras diputadas, compañeros diputados: en México se promueve un marco jurídico basado en la no discriminación y en la protección en favor de los pueblos indígenas y grupos étnicos. Por ello, nuestra Carta Magna lo regula en su artículo 1o., el cual cita en el párrafo tercero lo siguiente: ``Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas''. Y el artículo 2o. establece lo siguiente: ``La nación tiene una composición pluricultural, sustentada originalmente en los pueblos indígenas, que son los que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas''.

    Además, el propio artículo 149 Bis del Código Penal Federal sanciona a quienes cometan este delito. Sin embargo, esto no ha sido suficiente para que ese terrible delito sea erradicado, pues recordemos las matanzas del 2 de octubre de 1968 y, sobre todo, del 10 de junio de 1971, ambos casos en donde la mayoría de las víctimas fueron estudiantes y actualmente no olvidar el genocidio cometido en Ciudad Juárez, Chihuahua, contra miles de mujeres.

    Lo más triste e indignante es que ninguna norma puede controlar esa terrible masacre. Por lo anterior, estamos convencidos de la importancia de proteger el bienestar material y el desarrollo espiritual, mental y social, y las condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica en igualdad de oportunidades en favor de todos los grupos indígenas, étnicos, nacionales o de cualquier carácter, los cuales forman parte importante en nuestro país. Así pues, nadie por ninguna circunstancia debe alterar dicha garantía.

    Es un hecho que falta mucho por hacer en favor de dichos grupos indígenas, étnicos o nacionales. Es importante proteger todos los derechos de los cuales gozan y no sólo ello sino hacerlos de su conocimiento, pues no se ha logrado integrarlos en la colectividad nacional, y situaciones sociales, económicas y culturales hacen más difícil dicha integración. Debemos perseguir el mejoramiento en las condiciones de vida y de trabajo de esas poblaciones ejerciendo acciones simultáneas sobre todos los factores que han impedido el progreso a favor de estos grupos, no perdiendo de vista que nuestra intención es garantizar la protección en favor de las poblaciones de que se trata; es decir, si estos individuos tienen conocimiento de los derechos de que gozan, en el momento en que sean violentados sus derechos ejercerán a través de las autoridades las denuncias pertinentes. Además, la intención primordial de la presente iniciativa es proteger a las embarazadas y a los niños que integran dichos grupos, pues sabemos que son los más vulnerables. Por ello, aumentando las penalidades y ejerciendo el derecho con objetividad y determinación se hará que disminuya la comisión de éste y todos los delitos.

    Debemos enfatizar en la necesidad de reconocer, promover y fortalecer el papel de las poblaciones indígenas para lograr con ello el desarrollo integral de estos grupos. Pero para ello es necesario establecer y fijar claramente las directrices políticas, así como actualizar los procedimientos y las sanciones a fin de reducir la agresión que se comete contra dichas comunidades. Por último, decidir que esta propuesta va encaminada en favor de las mujeres embarazadas y niños es para establecer prioridades que atañen al desarrollo estructural y social del país. Por una parte, la integridad física y mental de un menor es uno de los proyectos primordiales en nuestro país, pues consideramos a los menores el futuro, pero no debemos olvidarnos del presente. Si existen agresiones contra ellos, estamos truncando el crecimiento no sólo de nuestros menores sino de nuestras creencias, instituciones, cultura y costumbres, y hasta del desarrollo económico, social y cultural de nuestro país. En el mismo sentido, la protección que se brinda en favor de las embarazadas debe vincularse a proyectos de desarrollo, respeto e igualdad. La sociedad lo reclama y así lo haremos.

    Por lo expuesto y con los fundamentos jurídicos expresados, me permito poner a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma el Código Penal Federal, como se señala a continuación, al tenor de la siguiente propuesta:

    Artículo Único. Se reforman los párrafos segundo, tercero y cuarto; y se adiciona un párrafo, que será el quinto, pasando el actual a ser el sexto párrafo, del artículo 149 Bis, para quedar como sigue:

    Artículo 149 Bis. Comete delito de genocidio el que, con el propósito de destruir total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio delitos contra la vida de miembros de aquéllos o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción de un grupo. Por tal delito se impondrán de 20 a 40 años de prisión y multa de mil a dos mil días de salario mínimo.

    Si con idéntico propósito se llevaren a cabo ataques a la integridad corporal o a la salud de los miembros de dichas comunidades, se trasladaren de ellas a otros grupos menores de 10 y 6 años empleando para ello la violencia física o moral, la sanción será de 5 a 20 años de prisión y multa de 500 a 1,000 días de salario mínimo.

    Se aplicarán las mismas sanciones señaladas en el párrafo anterior a quien, con igual propósito, someta intencionalmente al grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial.

    Si el delito se comete contra mujeres embarazadas o menores de edad, la sanción que se impondrá será de 10 a 30 años de prisión y multa de 1,000 a 1,500 días de salario mínimo.

    En caso de que los responsables de dichos delitos fueran gobernantes, funcionarios o empleados públicos y los cometieran en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de las sanciones establecidas en este artículo, se les aplicarán las penas señaladas en el artículo 15 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación.

    Artículo Transitorio. Único. Este decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Señor Presidente, es cuanto.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona el artículo 149 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del PRI

    La que suscribe, Evelia Sandoval Urbán, diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 70 y 71, fracción II, de la Constitución Política y el 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa que reforma y adiciona el artículo 149 bis del Código Penal Federal en los términos de la siguiente:

    Exposición de Motivos

    La palabra genocidio fue creada por Raphael Lemkin, judío de Polonia, en 1944, de las raíces genos (palabra griega que significa familia, tribu ó raza) y --cidio (del latín-cidere, forma combinatoria de caedere, matar, por otra parte, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define al genocidio como ``exterminio ó eliminación sistemática de un grupo social por motivo de raza, de religión ó de política''

    En México se promueve un marco jurídico basado en la no discriminación y protección a favor de los pueblos indígenas y grupos étnicos, por ello nuestra carta magna lo regula en sus artículos 1º el cual cita en su párrafo 3ero lo siguiente: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas; y el artículo 2º establece lo siguiente: La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas..., además el propio artículo 149 Bis del Código Penal Federal sanciona a quienes cometan este delito.

    Sin embargo, esto no ha sido suficiente para impedir que la comisión de este terrible delito sea erradicado pues recordemos las matanzas del 2 de octubre de 1968 y, sobre todo, la del 10 de junio de 1971, ambos casos en donde la mayoría de las víctimas fueron estudiantes; y actualmente, no olvidar el genocidio cometido en Ciudad Juárez, Chihuahua, en contra de miles de jóvenes mujeres, lo más triste es que ninguna norma puede controlar esta terrible masacre.

    Por lo anterior, estamos convencidos de la importancia de proteger el bienestar material y desarrollo espiritual, mental, social en condiciones de libertad y dignidad de seguridad económica y en igualdad de oportunidades a favor de todos los grupos indígenas, étnicos, nacionales o de cualquier carácter, los cuales forman parte importante en nuestro país, así pues nadie por ninguna circunstancia debe alterar dicha garantía.

    Es un hecho, falta mucho por hacer a favor de dichos grupo indígenas, étnicos ó nacionales, es importante proteger todos los derechos de los cuales gozan y no solo ello sino hacerlos de su conocimiento, pues aún no se ha logrado integrarlos en la colectividad nacional y por situaciones sociales, económicas y culturales hace más difícil dicha integración, debemos perseguir el mejoramiento en las condiciones de vida y de trabajo de esas poblaciones ejerciendo acciones simultaneas sobre todos aquellos factores que han impedido el progreso a favor de estos grupos, no perdiendo de vista que nuestra intención es garantizar la protección a favor de las poblaciones de que se trata, es decir, si estos individuos tienen conocimiento de los derechos de los cuales gozan, en el momento en que sean violentados dichos derechos ejercerán a través de las autoridades las denuncias pertinentes, además la intención primordial de la presente iniciativa es proteger a las mujeres embarazadas y niños que integran dichos grupos, pues sabemos que son los más vulnerables, por ello aumentado las penalidades y ejerciendo el derecho con objetividad y determinación harán que disminuya la comisión de este y todos los delitos.

    Debemos enfatizar en la necesidad de reconocer, promover y fortalecer el papel de las poblaciones indígenas para lograr con ello el desarrollo integral de estos grupos, pero para ello, es necesario establecer y fijar claramente las directrices políticas así mismo actualizar los procedimientos y sanciones a fin de reducir la agresión que se comete en contra de dichas comunidades.

    Por último, el decidir que esta propuesta va encaminada a favor de las mujeres embarazadas y niños, es para establecer prioridades que atañen al desarrollo estructural y social del país, por una parte la integridad física y mental de un menor es uno de los proyectos primordiales en nuestro país, pues consideramos a los menores como el futuro; si existen agresiones en contra de ellos estamos truncado el crecimiento no solo de nuestros menores sino de nuestras, creencias, instituciones, cultura, costumbres y hasta del desarrollo económico, social y cultural del país, en el mismo sentido la protección que se brinda a favor de las mujeres embarazadas debe vincularse a proyectos de desarrollo, respeto e igualdad, la sociedad lo reclama y así lo haremos.

    Por lo anteriormente expuesto y con los fundamentos jurídicos expresados en el proemio, me permito poner a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa de decreto que reforma el Código Penal Federal como se señala a continuación al tenor de la siguiente propuesta de

    Decreto

    Artículo Único.- Se reforman los párrafos segundo, tercero y cuarto y se adiciona un párrafo que será el quinto pasando el actual a ser el sexto párrafo del artículo 149 Bis; para quedar como sigue:

    Artículo 149 Bis.- Comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir, total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio, delitos contra la vida de miembros de aquellos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo.

    Por tal delito se impondrán de veinte a cuarenta años de prisión y multa de 1000 a 2000 días de salario mínimo.

    Si con idéntico propósito se llevaren a cabo ataques a la integridad corporal o a la salud de los miembros de dichas comunidades o se trasladaren de ellas a otros grupos menores de diez y seis años, empleando para ello la violencia física o moral, la sanción será de cinco a veinte años de prisión y multa de 500 a 1000 días de salario mínimo.

    Se aplicarán las mismas sanciones señaladas en el párrafo anterior, a quien con igual propósito someta intencionalmente al grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.

    Si el delito se comete en contra de mujeres embarazadas o menores de edad, la sanción que se impondrá será de 10 a 30 años de prisión y multa de 1000 a 1500 días de salario mínimo.

    En caso de que los responsables de dichos delitos fueran gobernantes, funcionarios o empleados públicos y las cometieren en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de las sanciones establecidas en este artículo se les aplicarán las penas señaladas en el artículo 15 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación.

    Artículos Transitorios

    Único. Este Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los doce días del mes de abril de 2005.--- Dip. Evelia Sandoval Urbán (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputada Evelia Sandoval. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY ADUANERA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene la palabra el señor diputado don Julio César Córdova Martínez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 106 de la Ley Aduanera, en materia de importación temporal de vehículos.El diputado Julio César Córdova Martínez: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores: en nombre de mis compañeros diputados, representantes de la frontera norte de nuestro país, Raúl Pompa Victoria, de Baja California; Omar Bazán Flores, de Chihuahua; Laura Elena Martínez Rivera, de Coahuila; Marcela Guerra Castillo y Adrián Villagómez García, de Nuevo León; y José Manuel Abdalá de la Fuente y Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, de Tamaulipas, así como de mis compañeros diputados sonorenses Manlio Fabio Beltrones Rivera, Antonio Astiazarán, Lamberto Díaz Nieblas, Rafael Galindo Jaime y Fermín Trujillo Fuentes, vengo a esta tribuna en respuesta de una de las demandas más sentidas de los migrantes mexicanos, que es la modificación del esquema legal vigente de la Ley Aduanera, a efecto de que los vehículos introducidos legalmente en territorio nacional no sean embargados. Nos referimos específicamente al artículo 106, el cual permite que vehículos que no son de procedencia nacional puedan circular en México, siempre que sean importados y conducidos por residentes acreditados en el extranjero. Esos permisos se derivan de la convivencia natural que presenta la situación socio-geográfica de nuestras fronteras, como lazos familiares, afectivos, laborales, profesionales y turísticos, los cuales se incrementan en temporadas especiales, como las fiestas decembrinas y los periodos vacacionales.

    La convivencia constante y la propia dinámica reflejada en nuestros más de 3 mil kilómetros de frontera nos llevan a señalar que dicha flexibilidad es insuficiente para satisfacer las necesidades de los ciudadanos que habitan en esta zona. Ello se debe primordialmente a que varios de nuestros paisanos han perdido parte importante de su patrimonio, debido a que la normatividad vigente ha originado que situaciones de necesidad o emergencia sean convertidas en verdaderos calvarios, lastimando seriamente la dignidad de nuestros connacionales. Es común que nuestros paisanos que introdujeron legalmente sus vehículos en territorio nacional lo presten a sus familiares más cercanos. El supuesto perjudicial deriva del requerimiento de que los parientes y cónyuges del residente en el extranjero sólo pueden conducir el vehículo cuando éste se encuentre en el mismo; de lo contrario, la autoridad fiscal puede embargar el mencionado vehículo.

    Lo anterior es recurrente en la frontera norte, más aún tratándose de un paisano que labore en Estados Unidos y acredite su residencia, pero que su familia en primer grado no pueda hacerlo. Consecuentemente, miles de residentes en el extranjero han perdido los vehículos que adquirieron con tanto esfuerzo, por haberlos prestado cuando se encuentren en México en situaciones de emergencia, como el salir a comprar medicamentos, atender una urgencia o simplemente ir al supermercado. Obviamente, la disposición busca contrarrestar el contrabando. Sin embargo, esta situación no es responsabilidad de nuestros connacionales; es un problema estructural que debe resolverse con reglas claras, con autoridad y con acuerdos de todos los sectores involucrados. Por ello no se justifica que la medida provoque consecuencias absurdas, como la de perjudicar a nuestros paisanos por reaccionar a una emergencia o satisfacer una primera necesidad.

    En este sentido, proponemos una reforma del artículo 106 de la Ley Aduanera, que otorgue una mínima protección a nuestros paisanos, autorizando a sus cónyuges, padres, hijos o hijas, hermanos o hermanas, aUn cuando no sean residentes en el extranjero, a conducir el vehículo sin que tenga que ir a bordo el importador temporal. El resto del artículo se conserva en el mismo sentido. Compañeras y compañeros diputados: nuestros héroes anónimos, nuestros paisanos que tanto aportan a nuestra economía nacional, que día con día trabajan con ahínco por construirse un futuro mejor y que gracias a ellos millones de familias mexicanas han podido salir adelante requieren el apoyo de la LIX Legislatura. Su trabajo y su esfuerzo merecen ser reconocidos por esta soberanía y debemos apoyarlos con normas mínimas que les garanticen una feliz estancia en nuestro país cuando nos visitan. Por ello les solicito su solidaridad y apoyo con nuestros paisanos para dar una respuesta satisfactoria a una de sus demandas más sentidas, la conservación de sus vehículos que con tanto esfuerzo han adquirido. Muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 106 de la Ley Aduanera, en materia de importación temporal de vehículos, a cargo del diputado Julio César Córdova Martínez, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado federal en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo que dispone la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa que reforma el artículo 106 de la Ley Aduanera, con base en la siguiente:

    Exposición de Motivos

    Vengo a esta tribuna a defender a los intereses de los migrantes mexicanos.

    Esta iniciativa responde a la reiterada petición de nuestros paisanos que radican en Estados Unidos y que bajo el esquema legal vigente en nuestro país han perdido parte importante de su patrimonio.

    Asimismo, es una respuesta para los habitantes de la región fronteriza norte que trabajan en nuestro vecino país de Estados Unidos.

    Aunque el principio de que ``el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento'' es reconocido por el derecho mexicano; este principio de derecho --que aunque cierto no inocuo- genera comúnmente problemas a nuestros paisanos de la región fronteriza norte que laboran del otro lado del Río Bravo. Y en materia aduanera, la problemática se acentúa aún más.

    En este sentido, es evidente que los funcionarios públicos se encuentran obligados a hacer cumplir la Ley Aduanera y demás ordenamientos relacionados. Asimismo, también es sabido que aquellos que se encuentren en territorio mexicano están obligados a cumplir dichos ordenamientos. Sin embargo, para lograr un entendimiento claro de estas normas en particular, se requiere de especial grado de entendimiento en la materia, por no decir una especialización muy particular, que el común denominador de los mexicanos desconoce.

    Lo anterior genera una problemática muy particular que ha provocado que se demerite el patrimonio de nuestros connacionales sin que exista una causa legítima, aunque sí legal, para ello.

    Ahondando en la problemática expuesta, la normatividad aduanera permite que los residentes en Estados Unidos circulen en un vehículo con placas y documentos extranjeros en la región fronteriza, siempre y cuando acrediten su residencia en ese país. Esta permisibilidad deriva de la convivencia natural que presenta la situación geo-sociográfica de nuestras fronteras; es decir, gracias a los lazos familiares, afectivos, laborales, profesionales y turísticos que llevan a que los residentes fronterizos en general no distingan barreras de ningún tipo.

    Sin embargo, la constante convivencia y dinámica fronteriza nos lleva a concluir que dicha flexibilidad es insuficiente para satisfacer las necesidades de los ciudadanos que habitan esa zona y bajo dichas condiciones.

    Ello se debe primordialmente a que varios de nuestros paisanos han perdido su patrimonio o parte importante del mismo, debido a que la normatividad, ha llevado a que en situaciones de necesidad o emergencia sufran situaciones que, fuera de vergonzosas, lastiman la dignidad de nuestros paisanos.

    El supuesto perjudicial deriva del requerimiento de que el o la cónyuge, los ascendientes, los descendientes y los hermanos del importador temporal, sólo pueden conducir el vehículo, cuando éste o ésta se encuentre dentro del mismo. Esto provoca que en caso contrario, la autoridad fiscal embargue el vehículo y por tanto perjudique tanto al importador como a su pariente o cónyuge que conducía el vehículo.

    Lo anterior es demasiado común en la frontera norte. Mucho más aún tratándose de un paisano que labore en Estados Unidos y acredite su residencia, pero que su familia en primer grado no pueda hacerlo.

    En concreto, miles de residentes fronterizos han perdido los vehículos que adquirieron con tanto esfuerzo, por haberlos prestado a sus cónyuges, padres, hijos o hijas, o hermanos o hermanas, en situaciones de emergencia como el comprar medicamentos, asistir a un servicio de urgencias, o simplemente ir al supermercado.

    Es evidente que la disposición busca contrarrestar el contrabando. Sin embargo, esto no justifica que la medida provoque las consecuencias absurdas de perjudicar a nuestros paisanos que, por reaccionar a una emergencia o satisfacer una primera necesidad, son afectados en su patrimonio. Menos aún cuando dicho patrimonio fue fruto del esfuerzo y el sacrificio del que todos ellos son sujetos.

    Por ello, proponemos una reforma que otorgue una mínima protección a nuestros paisanos. En este sentido, proponemos que si el o la cónyuge, un ascendiente, un descendiente, o un hermano o hermana conduce el vehículo sin que vaya a bordo el residente estadounidense importador temporal del vehículo, la medida no aplique. Es decir, proponemos que los anteriores se consideren como autorizados por la normatividad vigente para que en dichos supuestos el importador temporal no sea víctima de un embargo sobre el bien que con tanto esfuerzo adquirió.

    Por lo anteriormente expuesto, me permito poner a consideración de ésta H. Soberanía, la siguiente iniciativa:

    Artículo Único: Se modifica el inciso e) de la fracción II del artículo 106 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

    Artículo 106. (...)

    I. (...)

    II. (...)

    a) (...)

    b) (...)

    c) (...)

    d) (...)

    e) Las de vehículos, siempre que la importación sea efectuada por mexicanos con residencia en el extranjero o que acrediten estar laborando en el extranjero por un año o más, comprueben mediante documentación oficial su calidad migratoria que los autorice para tal fin y se trate de un solo vehículo en cada periodo de doce meses. En estos casos, los seis meses se computarán en entradas y salidas múltiples efectuadas dentro del periodo de doce meses contados a partir de la primera entrada. Los vehículos podrán ser conducidos en territorio nacional por el importador, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos; o por un extranjero con las calidades migratorias indicadas en el inciso a) de la fracción IV de este artículo. Cuando sea conducido por alguna persona distinta de las autorizadas, invariablemente deberá viajar a bordo el importador del vehículo. Los vehículos a que se refiere este inciso deberán cumplir con los requisitos que señale el Reglamento.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de abril de 2005.--- Dip. Julio César Córdova Martínez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    ARTICULO 3o. CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En el uso de la palabra, el señor diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Federico Madrazo Rojas: Con su permiso, diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados: la existencia de asimetrías, no sólo en el plano económico sino en el desarrollo humano fomentado por medio de la educación, constituye el motivo fundamental de esta iniciativa con proyecto de decreto, la cual pretende cimentar las bases de una política de Estado que garantice el derecho social a la educación de todos los ciudadanos mexicanos en los niveles medio superior y superior. El artículo 3o. de la Constitución de 1857 es el antecedente inmediato del texto vigente de 1917. Desde entonces, podemos identificar seis etapas en el proceso educativo que han influido en sus reformas: la enseñanza libre, la pedagogía, la corriente revolucionaria, la educación socialista, la crisis y la modernización educativa y la transición política a la pluralidad de ofertas. Como puede observarse, en la historia legislativa sobre las reformas del artículo 3o. han existido rasgos distintivos correlacionados al momento político, al desarrollo nacional y en respuesta siempre de las necesidades educacionales de nuestro pueblo. Algunas de ellas han sido la obligatoriedad y gratuidad del Estado en materia educativa, fortaleciendo de esta forma el derecho a la educación. En este sentido, la equidad y la justicia social en el desarrollo sólo serán posibles si podemos lograr y garantizar las condiciones de acceso a este derecho con una educación de calidad en todo el sistema educativo.

    En México, una persona de 25 años perteneciente a los deciles más altos tiene casi 6 veces los años de estudio que una persona de la misma edad, pero que pertenece a los deciles más bajos. En promedio, la población perteneciente al 10 por ciento más rico tiene 12 años de estudio, mientras que las personas pertenecientes al 10 por ciento más pobre tiene solamente 2 años de instrucción. En este sentido, esta reforma pretende aminorar esta brecha de desigualdad, que afecta a los jóvenes en edad de recibir instrucción media superior y superior. Por tanto, esta soberanía, consciente de su responsabilidad social, puede dejar un legado a millones de alumnos y convertir esta propuesta en la séptima reforma estructural en materia educativa. Así, nuestros estudiantes y las futuras generaciones tendrán certidumbre de su derecho a la educación y garantía de todos sus niveles. Esto constituiría sin duda un primer paso para construir una verdadera política social, que transcienda a las futuras generaciones, que se convierta en un instrumento que dé impulso al desarrollo nacional a través de la educación, invirtiendo en el desarrollo humano para fortalecer y adecuar el perfil que deben desarrollar nuestros estudiantes, en aras de ser más competitivos en el marco de la globalización.

    La obligatoriedad del Estado debemos entenderla entonces como una necesidad para el correcto funcionamiento del sistema educativo nacional, que depende del cumplimiento puntual en la asignación de los recursos para el desarrollo de la actividad educativa, así como de la revisión de los planes y programas de estudio para establecer parámetros de calidad mínima por observar y, de esta manera, se asegure que la educación impartida sea de calidad y que los estudiantes tengan certeza sobre la instrucción que van a recibir. Por ello es indispensable también actualizar el sistema educativo frente a modificaciones en otras variables que lo impactan, como son cambios de la estructura demográfica y ocupacional, avances tecnológicos y el surgimiento de nuevos conocimientos. Por otra parte, el comportamiento del sistema productivo y los cambios en el mercado laboral exigen nuevas cualidades de aptitudes a los profesionistas, principalmente a la población económicamente activa, que antes de salir al mercado laboral debe adquirir los conocimientos y desarrollar habilidades de acuerdo con las necesidades de los empleadores, por lo que los profesionistas obligadamente tendrán que cursar otro tipo de estudio complementario que responda a estas exigencias.

    Sin duda, los retos presupuestales para cubrir la educación de nivel medio superior y superior son enormes y requieren grandes esfuerzos, pero en conjunto es posible superarlos. Un gran avance es la propuesta del Plan Nacional de Educación, el cual contempla que se destine 1 por ciento del PIB a la educación superior para el año 2006. De esta manera, las aportaciones federales no se sujetarán más al acontecer político ni condicionarán el desarrollo humano de millones de jóvenes a las coyunturas y falta de acuerdos entre algunos actores o grupos de presión, por lo que con la reforma propuesta se contribuye a dar garantías presupuestales al sistema educativo medio superior y superior. No obstante estos esfuerzos, es necesario explorar nuevos puentes para que el Gobierno Federal, en coordinación con las instituciones educativas, facilite el acceso de éstas a empréstitos con organismos internacionales, como puede ser el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desa-rrollo, con los segundos créditos incentivos fiscales, que se destinen a la inversión en calidad educativa, y --junto con las diferentes instituciones educativas-- busque la forma de incrementar los ingresos propios sin afectar la economía estudiantil. En el marco del contexto planteado en la presente exposición de motivos, resulta impostergable la reforma del artículo 3o. constitucional para salvaguardar el derecho social a la educación y elevar, como obligatoriedad del Estado, la de impartir educación media superior y superior. Así estaremos contribuyendo a dar certidumbre jurídica y garantía de acceso educacional al sector de la población que demanda el cumplimiento de su derecho fundamental a recibir educación con calidad.

    Por lo anteriormente expuesto, sometemos a esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, mediante la cual se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado --Federación, estados, Distrito Federal y municipios-- impartirá educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.

    De esta forma, solicito amablemente a la Presidencia que se publique este texto íntegramente en el Diario de los Debates. Es cuanto, Presidente.

    «Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del PRI

    Federico Madrazo Rojas, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita que se turne a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La existencia de asimetrías no sólo en el plano económico, sino en el desarrollo humano fomentado por medio de la educación, constituyen el motivo fundamental de esta Iniciativa con Proyecto de Decreto, la cual pretende cimentar las bases de una Política de Estado que garantice el derecho social a la educación de todos los ciudadanos mexicanos, en los niveles medio superior y superior.

    El artículo 3o. de la Constitución de 1857 es el antecedente inmediato del texto constitucional de 1917, desde entonces podemos identificar seis etapas en el proceso educativo que han influido en sus reformas: la enseñanza libre (1821-1856); la pedagogía, movimiento de reforma (1851-1917); la corriente revolucionaria; la educación socialista (1917-1940); la crisis y modernización educativa (1982-1995) y la transición política a la pluralidad de ofertas (1995-2002).

    Como puede observarse, en la historia legislativa sobre las reformas al artículo tercero han existido rasgos distintivos correlacionados al momento político, al desarrollo nacional y en respuesta a las necesidades educacionales de nuestro pueblo. Algunas de ellas han sido la obligatoriedad y la gratuidad del Estado en materia educativa, fortaleciendo de esta forma, el derecho a la educación.

    En este sentido, la equidad y justicia social en el desarrollo, sólo serán posibles si podemos lograr y garantizar las condiciones de acceso a este derecho con una educación de calidad en todo el Sistema Educativo.

    En México, una persona de 25 años perteneciente a los deciles más altos tiene casi seis veces los años de estudio que una persona de la misma edad, pero que pertenece a los deciles más bajos. En promedio, la población perteneciente al 10% más rico tiene 12 años de estudio, mientras que las personas del 10% más pobre tienen apenas 2. Esta reforma pretende aminorar esta brecha de desigualdad que afecta a los jóvenes en edad de recibir instrucción media superior y superior.

    Por tanto, esta soberanía, consciente de su responsabilidad social, puede dejarle un legado a millones de alumnos y convertir esta propuesta en la séptima reforma estructural en materia educativa, así nuestros estudiantes y las futuras generaciones, tendrán certidumbre de su derecho a la educación y garantía en todos sus niveles.

    Por ello es importante generar la obligación del Estado en impartir la educación de nivel medio superior y superior.

    Esto constituye un primer paso para construir una verdadera política social que se convierta en un instrumento que impulse el desarrollo nacional a través de la Educación, invirtiendo en el desarrollo humano para fortalecer y adecuar el perfil que deben desarrollar nuestros estudiantes en aras de ser más competitivos en el marco de la globalización.

    La obligatoriedad del Estado debemos entenderla, entonces, como una necesidad para el funcionamiento del Sistema Educativo Nacional, que depende del cumplimiento puntual en la asignación de los recursos necesarios para el desarrollo de la actividad educativa en los niveles medio y medio superior, así como de la revisión de los planes y programas de estudio para establecer parámetros de calidad mínima a observarse y, de esta manera, se asegure que la educación impartida sea de calidad y los estudiantes tengan certeza sobre la instrucción que van a recibir.

    Con relación a esto, cabe señalar que el llamado es con el ánimo de construir entre los diversos sectores un Pacto Nacional para la Educación de Calidad, con pleno respeto de la autonomía, libertad de cátedra, investigación y de libre examen y de discusión de las ideas que salvaguarda la Constitución.

    Es indispensable también actualizar el Sistema Educativo frente a modificaciones en otras variables que lo impactan, como cambios en la estructura demográfica y ocupacional, avances tecnológicos, y el surgimiento de nuevos conocimientos.

    Por otra parte, el comportamiento del sistema productivo y los cambios en el mercado laboral, exigen nuevas cualidades y aptitudes a los profesionistas, principalmente a la Población Económicamente Activa que antes de salir al mercado laboral debe adquirir los conocimientos y desarrollar habilidades de acuerdo a las necesidades de los empleadores, por lo que los profesionistas obligadamente tendrán que cursar otro tipo de estudios complementarios que respondan a estas exigencias.

    Sin duda, los retos presupuestales para cubrir la educación de nivel medio superior y superior son enormes y requieren grandes esfuerzos, pero en conjunto es posible superarlos. Un gran avance es la propuesta del Plan Nacional de Educación, el cual contempla que se destine el 1% del Producto Interno Bruto a la educación superior para el año 2006.

    De esa manera, las aportaciones federales no se sujetarán al acontecer político, ni condicionarán el desarrollo humano de millones de jóvenes a las coyunturas y falta de acuerdos entre algunos actores o grupos de presión, por lo que con la reforma propuesta se contribuye a dar garantías presupuestales al rango medio superior y superior.

    No obstante estos esfuerzos, es necesario explorar nuevos puentes para que el gobierno federal, en coordinación con las Universidades, los gobiernos estatales y las Instituciones educativas, facilite el acceso de las primeras a empréstitos con Organismos internacionales como el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo; con los segundos cree incentivos fiscales que se destinen a la inversión en calidad educativa y, junto con las diferentes Instituciones educativas, busque formas de incrementar los ingresos propios sin afectar la economía estudiantil.

    En el marco del contexto planteado en la presente exposición de motivos, es impostergable la reforma al artículo 3o. constitucional para salvaguardar el derecho social a la educación y elevar como obligatoriedad del Estado la de impartir educación media superior y superior.

    Así, estaremos contribuyendo a darle certidumbre jurídica y garantía de acceso educacional al sector de la población que demanda el cumplimiento de su derecho fundamental a recibir educación con calidad.

    Se destaca que el reconocimiento oficial a la necesidad de la educación medio superior y superior es refrendado en el vigente Plan Nacional de Educación 2001-2006, a través de la implementación de políticas tendientes a fortalecer el crecimiento con equidad y calidad, coordinar y regular este sistema, al establecimiento de criterios de financiamiento, y supeditar el desarrollo de las Instituciones a la planeación estratégica, evaluación y acreditación.

    Actualmente, la matrícula en el nivel medio superior es de 3.5 millones y del nivel superior es de 2.4 millones. Así, entre las metas del Plan esta el aumento de la matrícula en el nivel medio superior para cubrir en 28 por ciento aproximadamente el grupo poblacional de los 18 a 23 años. Y aumentar para el 2006 la matrícula en el nivel superior para llegar hasta 3 millones de alumnos.

    Esto responde al crecimiento de los grupos de edades de 15 a 19 y 20 a 24 años que, de acuerdo a un estudio realizado con datos de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior y del Consejo Nacional de Población, la presión educativa va en incremento. Su punto más alto se registrará de 1996 a 2005, sin embargo, del presente año hasta el 2015 esos grupos de población sumarán más de 10 millones de personas en demanda de educación media superior y superior.

    Aunado a lo anterior, la Población Económicamente Activa, a finales de 2006, podría llegar a 50 millones. Por tanto, la educación superior será factor determinante para desarrollar profesionistas aptos para el nuevo perfil requerido por el mercado laboral y por medio de la misma se contribuye a reducir la desigualdad social al ofertar los mismos conocimientos de calidad para los estudiantes, logrando un aumento en la escolaridad de las generaciones futuras.

    En suma, por lo anteriormente fundado y motivado, se somete ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo Único. Se reforma el artículo 3o., párrafo I y numeral V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 3o.

    Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado --Federación, estados, Distrito Federal y municipios-- impartirá educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

    (...)

    V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educación inicial y a la educación superior- necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

    (...)

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los doce días del mes de abril de 2005.--- Dip. Federico Madrazo Rojas (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, señor diputado don Federico Madrazo Rojas. Publíquese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

    Señoras y señoras legisladores: por una colegiación entre coordinadores de grupos parlamentarios, esta Presidencia va a remitir algunos puntos de acuerdos, que sólo se refirieron y habrá que turnar a comisiones.


    ESTADO DE CAMPECHE
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Profepa que dictamine sobre los casos de delfines encontrados muertos en Laguna de Términos, suscrita por la diputada Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Profepa que dictamine sobre los casos de delfines encontrados muertos en Laguna de Términos, a cargo de la diputada Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, del grupo parlamentario del PRI

    La suscrita diputada de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente:

    Exposición de Motivos

    Durante el 2004, en el Área Natural Protegida ``Laguna de Términos'', ubicada en el estado de Campeche y de manera puntual en el Municipio de El Carmen, fueron encontrados decenas de delfines muertos, algunos de ellos mostraban huellas de haber sido capturados o que se habían enredado entre las redes de los pescadores.

    De esta forma, grupos ecologistas como Marea Azul y la Fundación Sandoval, realizaron denuncias públicas sobre que estos acontecimientos pudieron ser provocados por el desarrollo de proyectos sismológicos que efectuó la paraestatal Petróleos Mexicanos en la Sonda de Campeche, así como a la presencia de una serie de embarcaciones vinculadas con la actividad, en el área de acceso al Área Natural Protegida Laguna de Términos.

    Pese a que el hallazgo de delfines muertos en la región no es nada nuevo, ya que desde el 2003 se registraron numerosos casos de este problema y las múltiples denuncias que se han hecho, no solo por parte de los grupos ecologistas de Carmen, sino también de la sociedad civil y de la propia Comisión de Medio Ambiente de esta honorable Cámara, hasta el momento no se tiene un dictamen sobre las autopsias que se han realizado a los ejemplares que han sido encontrados.

    Para nadie es un secreto que pese a que las medidas de protección al medio ambiente que se han realizado por parte de Petróleos Mexicanos son mejores, y que cada vez su política es la de afectar en menor porcentaje los ecosistemas, sin embargo, es de señalar que los aceites que se usan para esta actividad industrial, y combinados la presencia de lluvia , van a dar al lecho marino, afectando con ello los ecosistemas existentes. Situación ante la cual, no se justifica la autorización y presencia de la plataformas y barcazas en una zona tan importante para el medio ambiente, como lo es el Área Natural Protegida Laguna de Términos en donde se registra la mayor presencia de delfines de la región.

    Esta situación requiere de acciones inmediatas ya que al estar expuesto recursos naturales, los cuales se encuentran en calidad de en peligro de extinción, como es el caso de los delfines denominados nariz de botella, no nos podemos dar el lujo de seguir esperando, poniendo en riesgo a tan importante especie.

    Precisamente el pasado domingo 27 de febrero, autoridades de la Dirección de Ecología Municipal y representantes de grupos ambientalistas de El Carmen, encontraron el cuerpo de un ejemplar bebé, en las playas de la isla del mismo nombre, el cual presentaba estallamiento de vísceras y un golpe contuso en la parte de la cabeza.

    Es importante recalcar, que de la misma manera, el Comité Estatal de Protección de la Tortuga Marina en Campeche, demandó en presencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Alberto Cárdenas Jiménez, su preocupación por la disminución en la presencia de estas especies, que atribuyen la responsabilidad de estos hechos, a los Estudios Sismológicos desarrollados por Petróleos Mexicanos

    Estudios que se han expuesto por parte de los grupos ambientalistas, desarrollados por reconocidas instituciones de investigación a nivel mundial, en otros países, han demostrado que estos estudios tienen un impacto negativo al medio ambiente y a las especies marinas, sin embargo se continúa autorizando estos estudios en la Sonda de Campeche y otras zonas.

    Por lo anteriormente expuesto me permito someter a esta soberanía el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a emitir un dictamen, a la brevedad posible, sobre las muertes de delfines acontecidas en el área natural protegida ``Laguna de Términos'', en base en las autopsias que se han realizado a los ejemplares que han sido hallados muertos en dicha zona.

    Segundo.- De igual forma se exhorta a la Profepa, presente información donde se especifique si los estudios sismológicos con neumáticos, afectan o no al medio ambiente y las especies marinas.

    Tercero.- Que la PROFEPA presente un informe sobre los motivos que han originado la disminución en la arribazón de la tortuga marina a las costas campechanas.

    Es cuanto ciudadano presidente, solicito se inserte integro el texto del presente punto de acuerdo en el diario de los debates.

    Dip. Carmen Guadalupe Fonz Saenz (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    TRABAJADORES MIGRATORIOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a hacer llegar a su homólogo norteamericano la propuesta migratoria 10-2 o 5-1, que permite el trabajo temporal de mexicanos en la Unión Americana y con ello evitar la desintegración familiar, suscrita por el señor diputado don Roberto Pedraza Martínez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal hacer llegar a su homólogo de Estados Unidos la propuesta migratoria 10-2 o 5-1, que permita el trabajo temporal de mexicanos en ese país y evitar con ello la desintegración familiar, a cargo del diputado Roberto Pedraza Martínez, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que haga llegar a su homólogo norteamericano la propuesta migratoria 10-2 o 5-1, 5-1 que permita el trabajo temporal de mexicanos en la Unión Americana y que evite la desintegración familiar en México, con base en los siguientes

    Considerandos

    1. Actualmente, según cifras que, hasta la fecha, ha dado a conocer el Consejo Nacional de Población (Conapo), aproximadamente cuatrocientos mil mexicanos cruzan la frontera con los Estados Unidos de América en busca de mejores oportunidades de desarrollo. Esto, pese a las situaciones de riesgo y de peligro para su vida, y aún y cuando existe el temor y la angustia de ser detenidos y deportados a nuestro país sin consideración alguna una vez que han logrado obtener un empleo.

    Es menester afirmar que dentro del sector migrante de la población de nuestro país, no sólo se encuentran agricultores o personas con un bajo perfil académico, sino que también hay profesionistas y hasta personas con niveles de educación superior a la licenciatura que no encuentran cabida dentro del mercado de trabajo nacional.

    2. Para poder llegar a los Estados Unidos, es necesaria la entrega de dinero al traficante o ``pollero'', en cantidades tasadas en dólares americanos y que, en promedio, llegan hasta los $2,500.00 USD (dos mil quinientos dólares americanos) por persona. Lo peor del asunto es que ese dinero se pierde, pudiendo o no pudiendo el migrante cumplir con su objetivo, y si vive o muere, ya sea en el desierto o en las aguas del río Bravo.

    Es necesario señalar que el problema no sólo es económico, sino social. La familia, que es la base del tejido social, está sufriendo las repercusiones de este fenómeno que, cada vez, va en crecimiento. Se presentan problemas de desunión y drogadicción por la falta de la imagen paterna en el hogar, además, aumenta el índice de divorcios y de separación entre los pilares familiares, dada la lejanía y las necesidades naturales de compañía y de acoplamiento que acarrea el que uno de los miembros se vea en la necesidad de alejarse de su terruño en busca de la subsistencia familiar, lo que llega a ser paradójico y complejo, ya que, en ocasiones, para el sostenimiento de una, el migrante llega a formar otra familia en el lugar donde se encuentra trabajando.

    El daño social provocado a las familias mexicanas es irreparable, aún y cuando la cuantía de remesas que ingresan al país sea generosa y sean las familias las beneficiarias directas de las mismas. No es justo el sacrificio de la familia por el trabajo ``remunerado'' que el migrante pueda obtener en el país vecino. Además, se debe de combatir la cultura del dinero fácil. Así como se hacen campañas en contra del narcotráfico, el país tiene la obligación de impulsar una política de medios, para la preservación de la unidad familiar, ya que, estamos convencidos de que, destruirla es acabar con la nación y sus principios básicos, y si esta destrucción se da por la migración de uno de sus pilares, el Estado debe de buscar que ese fenómeno no afecte, en mucho, la estabilidad familiar.

    4. La propuesta que hacen los diputados federales abajo firmantes es la siguiente:

    a) La estancia del migrante sería convenida o acordada con los Estados Unidos de América, y se daría de la siguiente forma: 1) En un periodo de 10 meses de trabajo en Estados Unidos, por dos meses con su familia en México; o 2) Dos periodos de 5 meses de trabajo en Estados Unidos por un mes de estancia con su familia en México.

    b) El dinero que el migrante entrega al traficante, se propone el migrante lo entregue al gobierno de los Estados Unidos de América como fianza para su regreso a México al término de los plazos convenidos, previa retención de los gastos administrativos de carácter migratorio o de seguridad social.

    c) Existiría un compromiso del gobierno de México de certificar la competencia laboral del migrante así como establecer filtros en la selección, que irían desde la convalidación comunitaria, municipal, estatal y federal, además de que cada persona calificada deba de tener toda su documentación oficial en regla, es decir, la CURP, la credencial de elector, en su caso el RFC, etc.

    5. Existe el hecho de que los días 22 a 24 de marzo del presente año, el Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, tendrá una reunión de trabajo con su homólogo norteamericano George W. Bush, lo que se presenta como una magnífica oportunidad para poderle hacer patente el problema migratorio, y como una solución al mismo, los suscritos proponen se le envíe al Presidente Fox este punto de acuerdo, por los canales conducentes, y a la brevedad, para que se pueda someter esta propuesta, en los días referidos, a la consideración del Presidente de los Estados Unidos de América.

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta al Ejecutivo federal para que, en el ámbito de su competencia, presente a su homólogo de los Estados Unidos de América la propuesta inserta en este punto de acuerdo y que es suscrita por los diputados federales que abajo firman, para lo cual deberá de enviársele a la brevedad y por los canales correspondientes.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal a los 16 días del mes de marzo del año dos mil cinco.--- Dip. Roberto Pedraza Martínez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.
    ESTADO DE MEXICO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió proposición con punto de acuerdo para crear una comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen recursos públicos de origen federal a través de las diferentes instancias del Gobierno Federal, del estado y de los municipios, en el proceso electoral del estado de México, suscrita por el señor diputado don Pablo Bedolla López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Proposición con punto de acuerdo, para crear una comisión especial encargada de vigilar que no se desvíen recursos públicos de origen federal, a través de las diferentes instancias del Gobierno Federal, del estado y de los municipios, en el proceso electoral del estado de México, a cargo del diputado Pablo Bedolla López, del grupo parlamentario del PRI

    Los suscritos, diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de este Pleno, la siguiente proposición con punto de acuerdo para que se cree una comisión especial temporal encargada de vigilar que no se desvíen recursos públicos de origen federal a través de las diferentes instancias del Gobierno Federal, del estado y de los municipios, en el proceso electoral del estado de México, proposición que se sustenta al tenor de las siguientes:

    Consideraciones

    El Estado de México, se encuentra inmerso en el Proceso Electoral, en donde habrá de elegirse al gobernador constitucional del estado de México para el período 2005-2011, mismo que inició el día 7 de enero de 2005, con la primera Sesión que celebró el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

    En las LVII y LVIII, Legislaturas que nos antecedieron, se crearon comisiones especiales para vigilar el uso de recursos públicos federales y no se dieran desviaciones de las mismos, en las elecciones de Veracruz y Tabasco de 1997; Nayarit, Guerrero y Coahuila en 1999; en los Comicios Federales del año 2000; en Nayarit y Guerrero en 2002; en la Elección Local del Estado de México y en la Federal de julio de 2003.

    Dichas comisiones se han integrado por legisladores de los diferentes grupos parlamentarios; una vez constituidas han elaborado su plan de trabajo y concluidos los procesos electorales, han presentado sus informes del resultado de sus actividades.

    Como diputados integrantes de esta LIX Legislatura, nos corresponde vigilar que no se dé ninguna desviación o malversación de Recursos Públicos de Origen Federal, a través de las diferentes instancias del Gobierno Federal, del Estado y de los Municipios, en atención de lo dispuesto por los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    De conformidad con lo previsto en la base I, del artículo 40 de nuestra Ley Suprema ``Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales'', por ende todos los partidos aquí representados estamos facultados para participar en las elecciones del Estado de México, en consecuencia somos corresponsales de vigilar que la preparación y desarrollo de los Procesos comiciales, se lleven con estricta sujeción a lo dispuesto por el marco normativo que los regula, tanto a nivel federal como local.

    Por lo antes expuesto y fundado, los legisladores que suscriben la proposición, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero: Se cree una Comisión Especial Temporal, encargada de Vigilar que no se desvíen Recursos Públicos de Origen Federal, a través de las Diferentes instancias del Gobierno Federal, del Estado y de los Municipios, en el Proceso Electoral del Estado de México.

    Segundo: Que la citada Comisión, se integre por once diputados de las diferentes fuerzas políticas: cuatro del PRI, tres del PAN, dos del PRD, uno del PT y PVEM y Convergencia por la Democracia, mismos que deberán elaborar un Plan de Trabajo e informar de sus actividades a esta soberanía, sobre sus actividades realizadas.

    Tercero: Que una vez constituida, se notifique al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México a efecto de que se presten las facilidades debidas.

    Diputados: Pablo Bedolla López, Rebeca Godínez y Bravo, Gaspar Ávila Rodríguez (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Junta de Coordinación Política.
    ESTADO DE JALISCO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió asimismo proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que el titular de dicha Secretaría presente el proyecto ejecutivo para la modernización y ampliación de la carretera número 80, en su tramo Villa Corona-Melaque, en el estado de Jalisco, y programe los recursos económicos necesarios para la ejecución de la obra en el ejercicio presupuestal del año 2006, suscrita por el señor diputado don Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la SCT, para que el titular de la Secretaría presente el proyecto ejecutivo para la modernización y ampliación de la carretera número 80 en su tramo Villa Corona-Melaque, en el estado de Jalisco, y programe los recursos económicos necesarios para la ejecución de la obra en el ejercicio presupuestal del año 2006, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del PRI

    Con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 58, fracciones I, II y III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 34, incisos a) y b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión la siguiente resolución con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Todos sabemos que en el Plan Nacional de Desarrollo se ha considerado a la infraestructura carretera y a los servicios de comunicaciones y transportes como ejes estratégicos del desarrollo económico político y social de nuestro país.

    Entendemos que con este acto estamos reafirmando tanto al sector transportista como a los usuarios como instrumento de enlace con los demás sectores económicos del país.

    Una adecuada planeación de la inversión en obras de infraestructura en las comunicaciones es indispensable para el desarrollo de nuestro País, recordando que estas tienen una vida útil de largo plazo.

    Ya de manera muy particular, la costa de la Jalisco es la región de nuestro estado con menos infraestructura carretera, por lo que

    Considerando

    Que la Carretera Federal número 80 fue construida en 1960 y según estudios realizados por especialistas, tiene hoy una sobrecarga vehicular, con un aforo de 4,450 vehículos en promedio diario anual, en los dos cuerpos de circulación.

    Que por la misma antigüedad, esta vía es susceptible con las nuevas tecnologías constructivas existentes, de rectificación de trazos, de modernización de curvas y hasta de construcción de carriles de ascenso o tercer carril en las zonas sinuosas o montañosas, pues la carretera cruza en 5 tramos los macizos montañosos de la Sierra Madre Occidental y del eje neovolcánico.

    Que este tramo carretero atraviesa de manera directa 14 Municipios con una población aproximada de 343,000 habitantes y de manera indirecta tiene influencia e impacta al desarrollo de más de 36 municipios del estado con una población cercana a los 700,000 habitantes.

    Que es la única carretera libre que comunica de manera directa, la Capital del Estado con la costa, cuya longitud es de más de 320 kilómetros, entroncando con la carretera federal 200 que va de Nayarit a Chiapas.

    Que es la vía por la que se trasportan los insumos, fertilizantes y productos que se cosechan en las más de 60,000 Hectáreas de riego y humedad que se ubican en esa región, así como también las miles de hectáreas de tierras del régimen de temporal principalmente del maíz que se produce en esta región.

    Que las condiciones actuales de la carretera, adicional al riesgo que implica para los usuarios, han sido factores de restricción en el crecimiento, y han limitado sustancialmente las oportunidades de negocios y desarrollo turístico, agrícola, industrial y pesquero de toda esta región, por lo cual los ilimitados recursos naturales existentes en la zona no se han aprovechado adecuadamente en beneficio económico de nuestro estado y el país.

    Que actualmente se está terminando los tramos que se han licitado con las asignaciones presupuestales del ejercicio 2004 y de este año 2005, que comprenden 9 de los 13 kilómetros, que van del entronque de Acatlán de Juárez a Villa Corona.

    Que la asignación de recursos a los tramos carreteros se hace cuando un proyecto ejecutivo tiene ya su clave hacendaria y al terminarse este tramo y si no cuenta con proyecto ejecutivo, difícilmente se podrán asignar recursos de manera inmediata, por lo que esta carretera y todos los que por distintas razones la utilizamos, quedaríamos en enormes desventajas, sumadas a las ya existentes y definidas anteriormente.

    Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Único. Se exhorte al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que, en función de sus facultades y atribuciones, el titular de la Secretaría presente el proyecto ejecutivo para la modernización y ampliación de la carretera número 80, en el tramo Villa Corona-Melaque, en el estado de Jalisco, así como también programe los recursos económicos necesarios para la ejecución de la obra en el ejercicio presupuestal de 2006.

    Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de mes abril de 2005.--- Dip. Carlos Blackaller Ayala (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se se turna a la Comisión de Transportes.
    ESTADO DE CHIHUAHUA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se recibió de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Salud, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Relaciones Exteriores, así como a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, resuelvan el caso de contaminación y afectación a la salud en las colonias aledañas a la empresa fundidora Asarco, en Ciudad Juárez, Chihuahua.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Salud, de Medio Ambiente y Recursos naturales, y de Relaciones Exteriores, así como a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a que resuelvan el caso de contaminación y afectación a la salud en las colonias aledañas a la empresa fundidora Asarco, en Ciudad Juárez, Chihuahua, presentada por la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del PVEM

    Manuel Velasco Coello, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Luis Antonio González Roldán, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Ávila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar que se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, la siguiente proposición con punto de acuerdo.

    Los mayores riesgos para la salud humana y el ambiente provienen, en esta época de la acelerada industrialización y globalización del comercio internacional. Hoy en día, son miles los productos que diariamente usa el hombre y cuyo legado significa una clara amenaza para la salud pública y ambiental.

    Los riesgos que para la vida representan las sustancias químicas producidas y utilizadas masivamente por el hombre, son mayores de lo que se pensaba cuando se comenzaron a descubrir sus efectos directos en el ser humano. En 1996, la investigadora estadounidense Theodora Colborn publicó, en su obra Our Stolen Future, 1996, uno de los más importantes hallazgos de finales de siglo XX, el cual trata de las sustancias químicas contaminantes y su relación con el sistema reproductivo y el sistema inmunológico de los seres vivientes, incluyendo al propio hombre.

    Las investigaciones epidemiológicas y toxicológicas que se han realizando a nivel mundial aportan cada vez más mayores evidencias sobre los agudos efectos tóxicos que a largo plazo están afectando a las poblaciones humanas. Estos daños están asociados al continuo contacto que tiene el hombre con las sustancias peligrosas que se acumulan en el ambiente, y con los mismos productos de consumo, en los cuales se les halla en concentraciones inaceptables.

    El plomo es un metal tóxico que está ampliamente distribuido en el medio ambiente, básicamente como producto del desarrollo industrial. La intoxicación con el plomo es el padecimiento de origen ambiental más común, afecta a todos los humanos expuestos y daña todos los tejidos en donde se deposita. Sin embargo, los niños son particularmente sensibles a los efectos nocivos, pues su sistema nervioso central está en desarrollo y es susceptible de ser dañado permanentemente con facilidad.

    En México tenemos una historia de contaminación ambiental con plomo y se manifiesta en el deterioro de la salud de la población expuesta. El plomo impide que niños y niñas aprendan a leer y a escribir con facilidad, disminuye su desarrollo cognoscitivo y altera su comportamiento. También se asocia con menor crecimiento en estatura, alteraciones en el desarrollo neurológico, defectos en la sístesis hemoglobina y mayor susceptilibilidad a la anemia. En casos más graves de intoxicación (valores de plomo en sangre por arriba de 50 mg/dL) se presentan encefalopatías y convulsiones. Los adultos también sufren los efectos negativos de la contaminación con plomo. A bajos niveles de intoxicación, la tensión arterial aumenta, la capacidad auditiva disminuye, se presentan casos de infertilidad masculina, puede haber daño renal, y al igual que en los menores, la síntesis normal de hemoglobina no es normal. Las encefalopatías y convulsiones son también observadas en casos de intoxicación grave.

    Uno de los casos más peligrosos de contaminación de plomo en nuestro país, fue el causado por la fundidora Asarco (American Smelting and Refining Company), localizada en El Paso, Texas, que se vio forzada a cerrar sus operaciones en 1999 debido a que las emanaciones de monóxido de carbono llegaron a niveles insalubres, según el Departamento de Resguardo Ambiental de Ciudad Juárez, Chihuahua. Después de ser denunciada, se le encontró como responsable de contaminar con plomo y arsénico la sangre de niños que viven en colonias como Puerto de Anapra, Ladrillera y Felipe ángeles de esta ciudad.

    De acuerdo con la delegación estatal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, una investigación que realizaron expertos en contaminación por plomo y arsénico en las citadas colonias arrojó datos que confirman que Asarco contaminó el suelo en la orilla mexicana del Bravo.

    En noviembre de 2002, el Congreso de Chihuahua creó una comisión especial para investigar los problemas de contaminación con plomo y arsénico en la sangre de personas que viven en colonias como Puerto de Anapra, Felipe Ángeles, Ladrillera y otras, ubicadas a orillas del río Bravo, donde del lado estadounidense se hallaba la fundidora Asarco. En dicho organismo legislativo se incluyó a representantes de organismos ecológicos de los tres niveles de gobierno, así como organizaciones no gubernamentales, e instituciones oficiales de El Paso.

    Como coordinador de la comisión se nombró al médico Luis Rauda Esquivel, quien presentó un estudio que practicó hace seis meses a 210 madres al momento del parto, en el cual encontró que ellas y sus bebés tenían altos niveles de plomo en la sangre. Dicha investigación se realizó para la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, en las clínicas 6 y 35 del Instituto Mexicano del Seguro Social.

    Asimismo, comentó que ``en análisis previos realizados por médicos en 1973 y 1976 se demostró que en ambos lados de la frontera 50 por ciento de los niños tenían niveles de plomo arriba de la norma permitida en esa fecha''.

    Hasta la fecha, aproximadamente, se han detectado en estas colonias a 463 niños con índices superiores a las normas permitidas de plomo en la sangre.

    El pasado mes de marzo del año en curso, la directora de Protección Civil y Ecología, Rosario Díaz informó que Ciudad Juárez quedó excluida de los recursos que aportó la Agencia de Protección al Ambiente de Estados Unidos (EPA) para compensar los daños que ocasionó la operación de la compañía Asarco.

    Estos recursos se dieron únicamente para la vecina ciudad, no obstante que las investigaciones demuestran que residentes de varios asentamientos juarenses se vieron afectados también por la contaminación que la planta generó durante los años que estuvo en funciones.

    Díaz fue integrante del Centro de Estudios del Medio Ambiente de la UACJ, organismo que realizó la investigación antes mencionada en la que se encontraron altos niveles de plomo en las colonias de Ciudad Juárez aledañas a la fundidora, lo que hace necesaria la aplicación de recursos para reparar el daño.

    La funcionaria manifestó que en las colonia Ladrilleros de Juárez, Anapra y Felipe Ángeles al ser detectadas partículas de plomo, se hizo necesario cubrir o remover esas superficies a fin de evitar que estuvieran expuestas a la población, sin embargo, fueron pocas las tierras que se removieron y la gente sigue expuesta a sufrir consecuencias, que si no se tratan a tiempo, llegan a ser mortales.

    Por otro lado, informes de la prensa señalan luego de su clausura en la década de los noventa, en varias ocasiones se ha difundido la versión de que la planta volverá a retomar sus operaciones, pero hasta el momento la autoridad municipal no tiene ninguna información al respecto. En caso de que estos rumores fueran correctos y la planta iniciará de nuevo la producción de cobre, la titular del Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México, Sandra Ely aseguró que, en un año se emitirían alrededor de 7 mil toneladas de bióxido de azufre, 350 toneladas de partículas diversas, 250 toneladas de óxidos de nitrógeno y ocho toneladas de plomo, desechos altamente tóxicos que afectarían la atmósfera, el agua y la tierra en la zona donde viven al menos 2.8 millones de personas.

    Ante esta situación el Partido Verde Ecologista de México somete a consideración la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se exhorta a la Secretaria de Salud, para que realice un estudio de salud en las personas que residen en las colonias aledañas a la Fundidora Asarco como Puerto de Anapra, Ladrillera y Felipe Ángeles, de Ciudad Juárez, Chihuahua y se informe a esta soberanía sobre los resultados obtenidos.

    Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para que establezca un programa urgente de remediación de sitios contaminados en las colonias afectadas por la contaminación generada por la empresa Asarco en Ciudad Juárez, Chihuahua.

    Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para que negocie la posibilidad con la Agencia de Protección al Ambiente de Estados Unidos (EPA) de que las colonias afectadas por las operaciones de la Fundidora Asarco sean incluidas dentro de su programa de compensación de los daños causados por dicha empresa.

    Cuarto. Se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para que revise el caso de contaminación al ambiente por parte de la empresa Asarco en Ciudad Juárez, y que de encontrar responsabilidades proceda a sancionar a los presuntos responsables.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 12 días del mes de abril de 2005.--- Diputados: Manuel Velasco Coello, coordinador; Jorge A. Kahwagi Macari, vicecoordinador; Luis Antonio González Roldán (rúbrica), vicecoordinador; Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Ávila Serna (rúbrica), Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a Comisiones Unidas de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    ESTADO DE PUEBLA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Recibió también de parte del señor diputado don Rogelio Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno del estado de Puebla a suspender la entrega de más concesiones estatales de transporte público a favor de la organización Antorcha Campesina.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de Puebla a suspender la entrega de más concesiones estatales de transporte público a favor de la organización Antorcha Campesina, a cargo del diputado Rogelio Flores Mejía, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito diputado federal a la LIX Legislatura integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo estipulado por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo, bajo las siguientes

    Consideraciones

    En el mes de enero del año 2003, se realizaron mesas de trabajo entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del estado de Puebla y distintos concesionarios y organizaciones del transporte público, en las cuales, se concluyó en un compromiso expreso entre las partes para no incrementar el parque vehicular del transporte público a través de la entrega de nuevas concesiones, toda vez que los estudios técnicos en la materia determinaron una sobresaturación de unidades que ofrecen el servicio.

    No obstante, el 18 de febrero del 2004, fue signada una minuta de acuerdos entre la Secretaría de Gobernación del estado de Puebla, la Secretaría de Comunicaciones y transportes de dicha entidad federativa y la organización priísta denominada Antorcha Campesina, en la que se establece el compromiso de entregar poco más de trescientas concesiones estatales de transporte público.

    En fechas recientes, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del estado de Puebla ha entregado nuevas concesiones estatales de transporte público, tanto a empresas particulares como a la organización Antorcha Campesina.

    Es el caso de la permuta de 108 concesiones federales por concesiones estatales en favor de la Línea de Autobuses Puebla, Cholula y Anexas SA de CV realizada el 20 de agosto de 2004.

    Son los casos, también, de la entrega de 6 concesiones realizada el pasado 12 de enero de 2005 para la ruta San Juan Castillotla-San Diego Acapulco-Atlixco, de la ciudad de Atlixco, Puebla.

    La entrega de 7 concesiones del servicio público realizada el pasado 17 de enero de 2005 para la ruta del servicio público del transporte denominada San Martín Tlamapa-Atlixco y viceversa de diferentes localidades del municipio de Atlixco, Puebla.

    La entrega de 6 concesiones de transporte público realizada el 8 de septiembre de 2004 para la ruta Izúcar de Matamoros-Rijo del municipio de Izúcar de Matamoros en favor de Antorcha Campesina.

    En virtud de la sobresaturación del parque vehicular del transporte público en el estado de Puebla y la entrega discrecional de concesiones por parte del gobierno estatal, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero.- La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del estado de Puebla a que declare improcedente y sin validez la minuta de acuerdos signada el 18 de febrero de 2004 entre la Secretaría de Gobernación del estado de Puebla y la organización Antorcha Campesina por la que se compromete la entrega de poco más de 300 concesiones estatales de transporte público.

    Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta al gobernador del estado de Puebla, Lic. Mario Marín Torres y al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de dicha entidad federativa, Lic. Carlos Arredondo Contreras, a suspender la entrega de más concesiones estatales de transporte público.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 15 de marzo de 2005.--- Dip. Rogelio Flores Mejía (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    MANUEL CRESCENCIO GARCIA REJON Y ALCALA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y de parte del señor diputado don Sebastián Calderón Centeno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición también con punto de acuerdo por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal se inhumen los restos del jurista Manuel Crescencio Rejón en la Rotonda de las Personas Ilustres del panteón civil.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que se inhumen los restos del jurista Manuel Crescencio Rejón en la Rotonda de las Personas Ilustres del panteón civil de Dolores, a cargo del diputado Sebastián Calderón Centeno, del grupo parlamentario del PAN

    Sebastián Calderón Centeno, diputado federal de la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente punto de acuerdo por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal, sean inhumados los restos del Jurista Manuel Crescencio Rejón en la Rotonda de las Personas Ilustres en el panteón civil de Dolores. Lo anterior, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    Don Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá nació el 23 de agosto de 1799, en Bolonchén-Ticul, una población de la región de Los Chenes de la parte noroeste del actual territorio del estado de Campeche. En la época del nacimiento del señor Rejón, todo la península integraba una sola entidad federativa llamada Yucatán.

    Desde la separación de Campeche, en 1857, la región de Los Chenes pasó a formar parte de este estado. Y es una de las dos ciudades más importantes del municipio de Hopelchén. A la fecha, Bolonchén lleva agregado el apellido Rejón, en honor del ilustre jurista.

    Por esta razón, tanto Yucatán como Campeche se sienten muy orgullosos de considerar como uno de sus más preclaros hijos a don Manuel Crescencio Rejón y Alcalá.

    Y hoy, ante el olvido de que nuestro coterráneo se encuentre en la Rotonda de las Personas Ilustres, es que los legisladores campechanos del Partido Acción Nacional promovemos el presente punto de acuerdo.

    Es prudente significar, que don Manuel Crescencio Rejón escribía y firmaba con tan solo esos dos apelativos y un solo patronímico, con la salvedad de que prescindía de la ``s'' en su nombre de Crescencio.

    Así está su firma en el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, de enero de 1824, que desemboca el 4 de octubre de ese mismo año en la primera Constitución Federal de México. Se anexa copia fotostática.

    La trayectoria de Manuel Crescencio Rejón, sin lugar a dudas, es destacable en cualquiera de sus facetas. A lo largo de su vida, fue ministro de Relaciones Exteriores, Embajador, legislador, periodista y un excelente abogado.

    El 19 de agosto de 1843, Antonio López de Santa Anna llamó a Rejón para ocupar por primera vez el encargo de ministro de Relaciones Exteriores. Posteriormente, fue designado Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario ante las Repúblicas del Sur e Imperio del Brasil y Consejero de Gobierno, encargado de los Asuntos Exteriores.

    Se destacó por su lucha en contra de la pena de muerte en nuestro país, por considerarla contraria a la humanidad. Propuso que fueran abolidas las condiciones degradantes a que estaban sujetos los indígenas en Yucatán.

    En su papel como legislador, se destacó por ser un promotor de reformas políticas encaminadas a la consolidación de la democracia. Propuso la implementación de la votación directa para la elección de los integrantes del Congreso y de las autoridades del Ejecutivo. Luchó incansablemente por la creación de la Universidad de la Ciudad de Mérida.

    Crescencio Rejón, también fue un destacado patriota. En mayo de 1822, atacó y criticó a Agustín de Iturbide por proclamarse emperador. Esta situación, tuvo como consecuencia que al disolver Iturbide al Congreso, Rejón fuera a parar a prisión. Cuando Iturbide renuncia y marcha al destierro, se vuelve a plantear en el Congreso la posibilidad de crear una nueva Constitución. En este proyecto, participa don Manuel Crescencio Rejón. Propone la redacción de diversos artículos, realizando en la tribuna, destacadas y apasionadas defensas de los mismos. Entre sus aportaciones se encuentran las bases para la independencia del Poder Judicial, así como la ampliación de las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia. Rejón también participa en la creación de la Constitución yucateca de 1841. Defendió la soberanía e integridad nacionales frente a la agresión extranjera. Nunca comulgó con quienes aceptaron la mutilación de nuestro territorio para enajenarlo a Estados Unidos de América. Una vez concluida la guerra contra Estados Unidos, Rejón publicó sendas observaciones contra los Tratados de Guadalupe-Hidalgo de 1848, por considerarlos contrarios a la Constitución, en vista de que cedían más de la mitad del territorio mexicano y cancelaban las hostilidades sin autorización del Congreso.

    Rejón fue un periodista de primer nivel. Participó constantemente en la redacción de diversos periódicos liberales de la época. Para él, la libertad de expresión no era un principio abstracto, sino una forma de vida.

    Manuel Crescencio Rejón se distinguió más que nada durante su vida y especialmente durante su juventud en diversos asuntos que le dan suficientes meritos para que ingresa a la Rotonda de las Personas Ilustres de Panteón Nacional, en donde inexplicablemente hasta la fecha no ha sido llevado.

    Esos acontecimientos en la vida de Rejón son:

    1.- Su participación como redactor y firmante del Acta Constitutiva de la Federación Mexicana en enero de 1824.

    2.- Su decidida participación en la redacción de la Constitución Federal de 1824 para mantener la independencia de los tres poderes. Se significó en su lucha por mantener el Poder Judicial separado del Poder Ejecutivo.

    3.- Su lucha por mantener el federalismo en la nación y una de las tantas derrotas que sufrió en la vida y una mas de las que supo soportar, lo llevaron después de separarse del doctor Valentín Gómez Farías, de quien era secretario, a Campeche, en donde logra participar como diputado al segundo Congreso Constituyente de Yucatán, en donde redacta la exposición de motivos ``de la sabia y liberal Constitución yucateca de 1841''. Y sienta las bases de lo que es su más grande obra: el juicio de amparo.

    4.- Fue diputado y senador.

    Don Manuel Crescencio Rejón, es reconocido como el padre del Juicio de Amparo. El derecho positivo mexicano estableció desde el siglo pasado un juicio al que puedan recurrir los particulares para defenderse de los actos de autoridad que violan sus garantías individuales. El Amparo, es a la vez un juicio de defensa de la legalidad y de defensa de la Constitución. Esta institución orgullosamente mexicana, fue establecida desde el siglo XIX en la Constitución yucateca de 1841. En el ámbito federal, fue impulsado por el ilustre jalisciense don Mariano Otero, quien logró que se incluyera en el acta de reformas de 1847.

    Como ya se dijo, inexplicablemente don Manuel Crescencio Rejón no está aún en el sitial de honor que le corresponde por ser uno de los forjadores de nuestra nación, quizá ello se deba a que sus restos mortuorios, que fueron depositados en la fosa número 3, en el panteón de San Fernando de la Ciudad de México, ya desaparecieron de ese lugar, ignorándose hasta la fecha en dónde se encuentran.

    Por lo anterior y por la ausencia de los restos del señor Rejón, debemos recomendar aquí que dentro de la Rotonda de las Personas Ilustres se erija un cenotafio, tal como acontece con los restos ausentes de Juan A. Mateos y Jesús Reyes Heroles.

    De acuerdo con lo dispuesto por el artículo segundo del decreto por el que se establecen las bases y procedimientos que rigen la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil de Dolores, es facultad del Ejecutivo Federal, decretar la inhumación en la Rotonda de las Personas Ilustres y las honras póstumas a personas que hubieren tenido en vida los merecimientos por sus acciones heroicas, sus virtudes cívicas, o políticas o sus aportaciones destacadas en los campos de las ciencias, de las artes o de la cultura.

    Con fundamento en lo estipulado por el artículo séptimo del referido decreto, cualquier ciudadano o institución mexicanos, podrán proponer al titular del Poder Ejecutivo federal, el o los candidatos cuyas acciones considere que lo hacen merecedor de la declaración de hombre o mujer ilustre.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se decrete la erección en esa rotonda, a falta de los restos mortuorios de don Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá, un cenotafio en su honor.

    Segundo.- Se informe al C. secretario de Gobernación, en su carácter de Presidente del Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres, del contenido del presente punto de acuerdo, para que proceda conforme a las facultades que le confiere el referido decreto.

    Tercero.- Invítese al Poder Judicial, por conducto del C. ministro Presidente de la honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que se sume a este homenaje.

    Salón de Sesiones del H. Cámara de Diputados, a 12 de abril de 2005.--- Dip. Sebastián Calderón Centeno (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    TRABAJADORAS MIGRATORIAS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Ahora sí, tiene el uso de la palabra la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Gobernación, y de Relaciones Exteriores a promover un trato más digno para las mujeres en proceso de repatriación que realizan las autoridades migratorias estadounidenses.La diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez: Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea: en este momento, un gran número de mexicanos y de mexicanas están arriesgando la vida para cruzar ilegalmente hacia Estados Unidos. Estas personas van a buscar trabajo para garantizar que sus hijos tengan que comer y una mejor educación. No buscan el sueño americano, que supone riqueza y fama sin esfuerzo, sino que buscan el sueño mexicano, que implica el justo deseo de un mejor futuro para su familia. Estas mujeres y hombres luchadores no deben ni merecen ser tratados como delincuentes. Al contrario, son personas honradas y trabajadoras que van en busca de un futuro mejor, un futuro que no encontraron en sus lugares de origen porque aún no se los hemos podido dar.

    Precisamente por esta responsabilidad debemos trabajar en dar oportunidades a esta gente, enfocándonos en lo que es la mejor de las políticas públicas, el empleo. Al mismo tiempo, debemos velar por los derechos que nuestros connacionales tienen, aun fuera de nuestro territorio nacional. Son derechos fundamentales que no se circunscriben a una soberanía; al contrario, la rebasan al cimentarse en garantías que los individuos tenemos desde nuestra concepción. Por esa razón hoy ocupo esta honorable tribuna.

    Como muchos de los presentes saben, parte de las dificultades que pasan estos migrantes es la forma humillante y hasta inhumana del proceso de repatriación; es decir, cuando son asegurados en su intento de introducirse ilegalmente en Estados Unidos y son deportados a la frontera de México de forma arbitraria. Afortunadamente, nuestro gobierno ha tenido avances en cuanto a la búsqueda de mecanismos que salvaguarden estos derechos de miles de mexicanos.

    El 20 de febrero de 2003, México y Estados Unidos suscribieron el memorándum de entendimiento entre la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos de América, sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos. Con ese acuerdo se establecen criterios básicos y principios que reafirman y mejoran los procedimientos locales para llevar a cabo la repatriación de nacionales mexicanos desde el interior, puertos de entrada y en la frontera de México y Estados Unidos.

    Se desprenden de ese acuerdo la revisión y actualización de los arreglos locales para la repatriación segura y ordenada, el fortalecimiento de los mecanismos de enlace fronterizo y la reactivación de los mecanismos de consulta interior entre los cónsules mexicanos en Estados Unidos y los funcionarios del Departamento de Seguridad Interna a niveles local y regional. Así, se pretende velar por el respeto de los derechos humanos y dignidad de esos migrantes indocumentados. Se busca preservar la unidad familiar durante los procesos de repatriación, el trato adecuado de personas vulnerables como menores no acompañados y enfermos y la garantía del uso de los canales institucionales bilaterales para acordar aspectos operativos y resolver asuntos que surjan durante los procesos de repatriación. Los acuerdos locales especifican reglas operativas bajo las cuales se tienen que dar los eventos de repatriación, marcan horarios y lugares específicos, requisitos del proceso, así como garantías para la protección.

    En este sentido, y por la preocupación que existe de preservar esos derechos de las mujeres migrantes --concluyo, señor Presidente--, estamos proponiendo y poniendo a su consideración que en especial se salvaguarden los derechos de las migrantes repatriadas, quienes tienen que enfrentar situaciones de vejaciones, de maltrato, en su intento por cruzar hacia Estados Unidos. Por esa razón es el exhorto a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el marco de la revisión de los tratados bilaterales, se tenga especial atención al cuidado de las mujeres migrantes y que éstas no sean repatriadas en horarios nocturnos, solamente en horario diurno. Es cuanto, señor Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los secretarios de Gobernación, y de Relaciones Exteriores a promover un trato más digno para las mujeres en proceso de repatriación que realizan las autoridades migratorias estadounidenses, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del PAN

    La suscrita diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de las facultades contenidas en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Relaciones Exteriores a definir un trato más digno para las mujeres en el proceso de repatriación que realizan las autoridades migratorias estadounidenses, con la siguiente

    Exposición de Motivos

    En este momento, un gran número de connacionales está arriesgando su vida para cruzar ilegalmente hacia los Estados Unidos. Estas personas van a buscar trabajo para garantizar que sus hijos tengan que comer y una mejor educación. No van en busca del sueño americano, que supone riqueza y fama sin esfuerzo, van en busca del sueño mexicano, que implica el justo deseo de un mejor futuro para su familia.

    Estas mujeres y hombres, luchadores no deben ni merecen ser tratados como delincuentes, al contrario, son personas honradas y trabajadoras que van en busca de un futuro mejor. Precisamente por esta responsabilidad, debemos trabajar en dar oportunidades a esta gente, enfocándonos en la que es la mejor de las políticas públicas, el empleo. Al mismo tiempo, debemos velar por los derechos que nuestros connacionales ostentan aun fuera de nuestro territorio nacional. Son derechos fundamentales que no se suscriben a una soberanía, al contrario, la rebasan al cimentarse en garantías que los individuos tenemos desde nuestra concepción.

    Es precisamente esa responsabilidad la que en esta ocasión, me lleva a ocupar esta honorable tribuna. Como muchos de los presentes saben, parte de las dificultades que pasan estos migrantes es la forma humillante y hasta inhumana del proceso de repatriación. Es decir, cuando son asegurados en su intento de introducirse ilegalmente a los Estados Unidos, y son deportados a la frontera de México de formas arbitrarias.

    Afortunadamente, nuestro Gobierno ha tenido avances en cuanto a la búsqueda de mecanismos que salvaguarden esos derechos de miles de mexicanos. El 20 de febrero del 2003, México y Estados Unidos suscribieron el Memorándum de entendimiento entre la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos.

    Con este acuerdo, como se menciona en su primer artículo, se establecen ``criterios básicos y principios que reafirman y mejoran los procedimientos locales de las dependencias participantes para llevar a cabo la repatriación de nacionales mexicanos desde el interior, puertos de entrada y en la frontera de México y Estados Unidos''. Se desprende de este acuerdo la revisión y actualización de los arreglos locales para la Repatriación Segura y Ordenada, el fortalecimiento de los Mecanismos de Enlace Fronterizo y la reactivación de los Mecanismos de Consulta al Interior entre los cónsules mexicanos en Estados Unidos y los funcionarios del Departamento de Seguridad Interna a nivel local y regional.

    Así, se vela por el respeto de los derechos humanos y dignidad de esos migrantes indocumentados; se busca preservar la unidad familiar durante los procesos de repatriación; el trato adecuado de personas vulnerables, como menores no acompañados y enfermos; y la garantía de uso de los canales institucionales bilaterales para acordar aspectos operativos y resolver asuntos que surjan durante los procesos de repatriación.

    Los Acuerdos Locales, especifican las reglas operativas bajo las cuales se tienen que dar los eventos de repatriación, marcan horarios y lugares específicos, requisitos del proceso así como garantías para la protección de estos migrantes considerando sus particularidades. En esos acuerdos se estima por ejemplo que los menores no acompañados, las mujeres embarazadas y los enfermos deberán entrar a eventos de repatriación independientes que cuiden el horario de llegada a México y la participación de autoridades del Instituto Nacional de Migración. Solamente el convenio entre Chihuahua-Texas considera que dentro de estas personas con requerimientos especiales se encuentren las Mujeres no Acompañadas. Fuera de estas consideraciones, en todos los casos se especifica que la repatriación de adultos se hará durante las 24 horas en la mayoría de los casos y puntos de internación.

    Como vemos, no se hacen consideraciones de género, que garanticen a la mujer sin compañía, un trato de acuerdo a sus necesidades particulares. En ningún momento se estimó que sea una mujer la autoridad norteamericana que hace la revisión física de las repatriadas, ni que estas fueran trasladadas a México en horarios que no las pusieran en peligro. En estos convenios se dejó de considerar que frecuentemente las mujeres pueden ser ultrajadas, son víctimas de abusos por parte de autoridades so pretexto de revisión y quedamos a merced de peligros al no garantizarse su seguridad.

    Como muestra de estos peligros, basta recordar la creciente violencia contra las mujeres que se repite una y otra vez a lo largo de la frontera y en el interior del país. En la calle, en el trabajo, la escuela, y hasta en el hogar, miles de mujeres son agraviadas constantemente, si a eso agregamos que son migrantes, lejos de sus tierras y familias, de escasos recursos, sin un albergue seguro, y a expensas de los peligros de la calle en la noche, tenemos un enorme sector que esta siendo expuesto a la violencia irresponsablemente.

    Agrupaciones civiles han expuesto esta situación, aludiendo que se han incrementado en más de 10% el número de asaltos sexuales hacia nuestras migrantes, teniendo en cuenta cifras del 2003 y 2004, según información nuestros propios consulados y autoridades migratorias. Esta referencia responde por supuesto a los casos denunciados. Poniendo esto en perspectiva, vemos que si en México solo es denunciado 1 de cada 10 violaciones, en el caso de las migrantes estas denuncias disminuye importantemente debido a los temores de éstas o a que lograron internarse a los Estados Unidos.

    La importancia y urgencia de atender este tema, lo vemos en el enorme volumen de mujeres que se encuentran en un riesgo potencial de no serles otorgadas condiciones más favorables. Como muestra, vemos que de los 559,949 repatriados en el 2003, 96,473 eran mujeres, es decir un 17.2% del total. Igualmente de los 514,944 del 2004, fueron 80,665 mujeres que representaron el 15.6%, como lo demuestran datos del Instituto Nacional de Migración.

    Es por estas razones, que pongo a consideración de esta honorable Asamblea, esta propuesta que pretende contribuir en la búsqueda de un marco más favorable para nuestras repatriadas, busca contribuir en que estas luchadoras de nuestra sociedad tengan el trato digno que se merecen y sobre todo, busca avanzar en cuanto al establecimiento de un trato equitativo de sexos en donde la mujer tenga las condiciones que sus propias características ameritan.

    Por lo antes expuesto, y con fundamento en el artículo 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que en el marco del Grupo de Trabajo Técnico de Repatriación México-EUA se convenga establecer en el ``Acuerdo Modelo'' que fundamentará posteriormente los Acuerdos Locales, las siguientes medidas de protección a las mujeres.

    1. Las autoridades de migración de ambos países deberán tomar las medidas necesarias para que en todos los momentos del proceso de repatriación y recepción en México se proteja la integridad física de la mujer.

    2. Las autoridades encargadas de la revisión física de las mujeres, deberán ser mujeres también.

    3. Mientras se encuentren en resguardo por las autoridades migratorias estadounidenses, deberán estar en un espacio independiente de los varones.

    4. Las mujeres repatriadas sin compañía de sus familiares, deberán ser repatriadas en un horario de entre 7:00 am y 7:00 pm, en los puntos de recepción más seguros de cada ciudad fronteriza.

    México, DF, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 31 de marzo de 2005.--- Dip. Ruth Trinidad Hernández Martínez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputada. Esta Presidencia no tiene registrados oradores. La diputada Laura Elena Martínez.La diputada Laura Elena Martínez Rivera (desde la curul): Señor Presidente, pido la palabra para hablar a favor. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Adelante, diputada. Nada más que permítame desahogar un trámite. Lo primero que tenemos que hacer es solicitar a la Secretaría que pregunte a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento Interior, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se considera de urgente resolución. Y ahora sí corresponde el turno a la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.La diputada Laura Elena Martínez Rivera: Compañeros diputados y diputadas: subo a esta tribuna para expresar mi beneplácito por el punto de acuerdo presentado por la diputada Ruth, del Partido Acción Nacional. De origen, como he expresado en otras ocasiones, no estoy de acuerdo con el programa de repatriación que se está realizando pero, habida cuenta de que el tratamiento hacia las migrantes que son repatriadas tiene que ser corregido en muchas circunstancias para que ellas tengan la seguridad, para el caso de que no pueden permanecer en Estados Unidos, la seguridad de que regresen a su país sanas y salvas y que queden al margen de riesgos, como violaciones, maltrato, de que no lleguen a sus destinos con la mente cuerda y que puedan, especialmente por la preservación de su seguridad. Por eso he subido a esta tribuna, para pedir a todos ustedes que aprueben este punto de acuerdo para que la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Secretaría de Gobernación y todas las instancias involucradas puedan establecer reglas que beneficien directamente a las mujeres que son repatriadas, especialmente en cuanto a los horarios, que sean diurnos, en cuanto a la preservación de la unidad familiar. Por eso estoy en esta tribuna, de manera rápida para pedirles su apoyo, para que sea este punto de acuerdo. Aunque quiero dejar en claro que no estaré de acuerdo con los programas de repatriación; existen mecanismos mejores. Gracias. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No habiendo más oradores registrados, esta Presidencia considera el tema suficientemente discutido. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse.

    El Secretario diputado Antonio Morales de la Peña: En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los que estén en contra... La mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobada; comuníquese.

    Continué la Secretaría con la lectura del orden del día de la siguiente sesión.


    ORDEN DEL DIA
    La Secretaría diputada Graciela Larios Rivas: «Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Jueves 14 de abril de 2005.

    Acta de la sesion anterior.

    Comunicaciones

    De la Secretaría de Gobernación

    Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente durante el Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LIX Legislatura.

    Cuatro, con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El último registro electrónico de asistencia contará como de final de sesión.
    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra (a las 16:11 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 14 de abril, a las 10:00 horas. Y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8: 00 de la mañana.--------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 55 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 402 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 412 diputados.

  • Verificación de quórum: 302 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 302 diputados.

  • Diputado que se reincorpora: 1.

  • Proposiciones con punto de acuerdo: 7.

  • Puntos de acuerdo aprobados: 1.

  • Efemérides: 2.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 7.

  • Oradores en tribuna: 37

    PRI-20; PAN-11; PVEM-2; PT-1; PC-3.

    Se recibió:

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración del Comité de Administración;

  • 1 comunicación de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con la que remite el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003;

  • 2 comunicaciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

  • 1 informe de la Comisión Investigadora del Daño Ecológico y Social generado por Petróleos Mexicanos;

  • 1 oficio de la Procuraduría General de Justicia del estado de Quintana Roo, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso necesario para que un ciudadano pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Reino de Suecia en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en los estados de Colima y Jalisco;

  • 2 oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que solicita el permiso necesario para que ocho ciudadanos puedan prestar servicios en representaciones diplomáticas de los Estados Unidos de América en México, y comunica que dos ciudadanos han dejado de prestarlos.

  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente;

  • 1 oficio de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del estado de Quintana Roo, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 11 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con acuerdo por el que se adhiere al similar de la Cámara de Diputados para que vigile la aplicación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares;

  • 2 minutas proyectos de ley;

  • 10 iniciativas del PRI;

  • 7 iniciativas del PAN;

  • 1 iniciativa del PRD;

  • 2 iniciativas del PVEM;

  • 1 iniciativa del PC.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Aguirre Maldonado, María de Jesús (PRI) Código Penal Federal - Código Federal de Procedimientos Penales - Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada - Ley de la Policía Federal Preventiva: 187 desde curul
  • Aguirre Maldonado, María de Jesús (PRI) Organización Caza-inmigrantes: 102
  • Aragón Cortés, Sheyla Fabiola (PAN) Código Penal Federal - Código Federal de Procedimientos Penales - Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada - Ley de la Policía Federal Preventiva: 166
  • Ávila Nevárez, Pedro (PRI) Organización Caza-inmigrantes: 103
  • Ávila Serna, María (PVEM) Emiliano Zapata Salazar: 89
  • Celaya Luría, Lino (PRI) Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral: 193
  • Córdova Martínez, Julio César (PRI) Año Mundial de la Física: 97
  • Córdova Martínez, Julio César (PRI) Ley Aduanera: 200
  • De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo (PAN) Derechos Humanos: 87
  • De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo (PAN) Organización Caza-inmigrantes: 103
  • Esquivel Landa, Rodolfo (PAN) Emiliano Zapata Salazar: 90
  • García Corpus, Teófilo Manuel (PRI) Emiliano Zapata Salazar: 91
  • Guerrero Santana, Enrique (PRI) Ley General de Desarrollo Social: 187
  • Hernández Martínez, Ruth Trinidad (PAN) Trabajadoras migratorias: 217
  • Hernández Martínez, Ruth Trinidad (PAN) Verificación de quórum: 140 desde curul
  • Herrera Solís, Belizario Iram (PRI) Estado de Chiapas: 98
  • Landero Gutiérrez, José Francisco Javier (PAN) Artículos 5o. y 31 constitucionales: 161
  • Lara Saldaña, Gisela Juliana (PAN) Ley General de Salud: 150
  • Madrazo Rojas, Federico (PRI) Artículo 3o. constitucional: 203
  • Maldonado Venegas, Luis (PC) Artículo 38 constitucional: 111
  • Márquez Lozornio, Salvador (PAN) Artículos 59 y 116 constitucionales: 141
  • Martínez Álvarez, Jesús Emilio (PC) Derechos Humanos: 85
  • Martínez Rivera, Laura Elena (PRI) Trabajadoras migratorias: 220
  • Moreno Arévalo, Gonzalo (PRI) Artículo 97 constitucional: 115
  • Nazar Morales, Julián (PRI) Estado de Chiapas: 100
  • Ochoa Fernández, Cuauhtémoc (PVEM) Derechos Humanos: 86
  • Ortiz Domínguez, Maki Esther (PAN) Ley para el Uso y la Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja: 125
  • Osorio Salcido, José Javier (PAN) Ley de Nacionalidad: 104
  • Perdomo Bueno, Juan Fernando (PC) Emiliano Zapata Salazar: 89
  • Pompa Victoria, Raúl (PRI) Estado de Baja California: 93
  • Rodríguez Díaz, Hugo (PRI) Código Penal Federal: 155
  • Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel (PRI) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: 189
  • Saldoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Artículo 8o. constitucional: 137
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Derechos Humanos: 88
  • Sandoval Urbán, Evelia (PRI) Código Penal Federal: 197
  • Toscano Velasco, Miguel Ángel (PAN) Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos: 158
  • Utrilla Robles, Jorge Baldemar (PRI) Frente Parlamentario Latinoamericano y del Caribe del Café: 94
  • Vázquez García, Quintín (PRI) Artículo 18 constitucional: 146
  • Vázquez González, Pedro (PT) Derechos Humanos: 85 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno Jesús Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría José Guillermo Arias Martínez Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Bailey Elizondo Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bedolla López Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera Manlio Fabio Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Bravo Carbajal Francisco Javier Briones Briseño José Luis Buendía Tirado Ángel Augusto Burgos Barrera Álvaro Burgos García Enrique Bustillos Montalvo Juan Campa Cifrián Roberto Rafael Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán Martín Carrillo Rubio José Manuel Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castillo Cabrera Jorge de Jesús Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Cervantes Vega Humberto Chávez Dávalos Sergio Armando Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Concha Arellano Elpidio Desiderio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel David David Sami De las Fuentes Hernández Fernando Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga Heliodoro Carlos Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Gastélum Bajo Diva Hadamira Godínez y Bravo Rebeca Gómez Carmona Blanca Estela Gómez Sánchez Alfredo González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín González Ruíz Alfonso Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guerrero Santana Enrique Guizar Macías Francisco Javier Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez Corona Leticia Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Gutiérrez Romero Marco Antonio Guzmán Santos José Hernández Bustamante Benjamín Hernández Pérez David Herrera León Francisco Herrera Solís Belizario Iram Ibáñez Montes José Angel Islas Hernández Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Macías Carlos Martín Jiménez Sánchez Moisés Laguette Lardizábal María Larios Rivas Graciela Leyson Castro Armando Lomelí Rosas J. Jesús López Aguilar Cruz López Medina José Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez López Gema Isabel Martínez López Margarita Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Maya Pineda María Isabel Mazari Espín Rosalina Medina Santos Felipe Mejía González Raúl José Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arcos Mario Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos Gustavo Muñoz Muñoz José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Neyra Chávez Armando Olmos Castro Eduardo Orantes López María Elena Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Osornio Sánchez Arturo Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora Juan Carlos Pimentel González Oscar Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María Ramírez Pineda Luis Antonio Ramón Valdez Jesús María Ramos Salinas Óscar Martín Rangel Espinosa José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona Sonia Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Ochoa Alfonso Rodríguez Rocha Ricardo Rojas Gutiérrez Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Sagahon Medina Benjamín Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez Hernández Alfonso Sánchez López Jacobo Sánchez Vázquez Salvador Sandoval Figueroa Jorge Leonel Sandoval Urbán Evelia Scherman Leaño María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López Isaías Sotelo Ochoa Norma Elizabeth Suárez y Dávila Francisco Tapia Palacios Paulo José Luis Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García Quintín Vega Carlos Bernardo Vega Murillo Wintilo Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Vidaña Pérez Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García Adrián Villegas Arreola Alfredo Wong Pérez José Mario Yabur Elías Amalin Yu Hernández Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Zúñiga Romero Jesús Asistencias: 159 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 2 Permiso Mesa Directiva: 32 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 31 Total diputados: 224 Aldaz Hernández Huberto Alegre Bojórquez Ricardo Alexander Rábago Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Monje Fernando Álvarez Ramos J. Irene Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Bermúdez Méndez José Erandi Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Castro Lozano Juan de Dios Chavarría Salas Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita del Colín Gamboa Roberto Contreras Covarrubias Hidalgo Córdova Villalobos José Angel Corella Manzanilla María Viola Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Cortés Mendoza Marko Antonio Cruz García Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elías Loredo Álvaro Eppen Canales Blanca Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Fuentes Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gallardo Sevilla Israel Raymundo Gama Basarte Marco Antonio Gámez Gutiérrez Blanca Amelia García Velasco María Guadalupe Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Carrillo Adriana González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Morfín José González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Martínez Ruth Trinidad Herrera Tovar Ernesto Hinojosa Moreno Jorge Luis Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez José Francisco Javier Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo Francisco Isaias Llera Bello Miguel Angel Loera Carrillo Bernardo López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Marquez Lozornio Salvador Martínez Cázares Germán Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Muñoz Vargas Miriam Marina Nader Nasrallah Jesús Antonio Núñez Armas Juan Carlos Obregón Serrano Jorge Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Herrera Verónica Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández Margarita Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Talavera Hernández María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Userralde Gordillo Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio Edmundo Gregorio Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Asistencias: 113 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 1 Permiso Mesa Directiva: 15 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 19 Total diputados: 149 Alonso Raya Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas René Avilés Nájera Rosa María Bagdadi Estrella Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Rosalía Boltvinik Kalinka Julio Brugada Molina Clara Marina Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Díaz Del Campo María Angélica Díaz Palacios Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Espinoza Pérez Luis Eduardo Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Figueroa Romero Irma Sinforina Flores Mendoza Rafael Franco Castán Rogelio Franco Hernández Pablo García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana García Ochoa Juan José García Solís Iván García Tinajero Pérez Rafael Garfias Maldonado María Elba Gómez Álvarez Pablo González Bautista Valentín González Salas y Petricoli María Guillén Quiroz Ana Lilia Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Guzmán Cruz Abdallán Hernández Ramos Minerva Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Luna Hernández J. Miguel Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Manzano Salazar Javier Martínez Della Rocca Salvador Pablo Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Mícher Camarena Martha Lucía Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Moreno Álvarez Inelvo Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza Francisco Javier Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Ortiz Pinchetti José Agustín Roberto Padierna Luna María De Los Dolores Pérez Medina Juan Portillo Ayala Cristina Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Iturbide Bernardino Rodríguez Fuentes Agustín Rosas Montero Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Salinas Narváez Javier Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Sigala Páez Pascual Silva Valdés Carlos Hernán Suárez Carrera Víctor Tentory García Israel Torres Baltazar Edgar Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González Emilio Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 21 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 75 Total diputados: 96 Agundis Arias Alejandro Alvarado Villazón Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline Guadalupe Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro Fuentes Villalobos Félix Adrián González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Legorreta Ordorica Jorge Lujambio Moreno Julio Horacio Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Piña Horta Raúl Velasco Coello Manuel Asistencias: 8 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 7 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 17 Espinosa Ramos Francisco Amadeo González Yáñez Alejandro González Yáñez Óscar Guajardo Anzaldúa Juan Antonio Padilla Peña Joel Vázquez González Pedro Asistencias: 4 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Maldonado Venegas Luis Martínez Álvarez Jesús Emilio Moreno Garavilla Jaime Miguel Perdomo Bueno Juan Fernando Asistencias: 5 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 0 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo Tatiana Ruíz Esparza Oruña Jorge Roberto Asistencias:2 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Aguirre Rivero Ángel Heladio Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alemán Migliolo Gonzalo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Bailey Elizondo Eduardo Alonso Bazan Flores Omar Bravo Carbajal Francisco Javier Burgos Barrera Álvaro Bustillos Montalvo Juan Cervantes Vega Humberto Culebro Velasco Mario Carlos Del Valle Reyes Guillermo Fajardo Muñoz María Concepción Figueroa Smutny José Rubén Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Guizar Macías Francisco Javier Herrera León Francisco Jiménez Sánchez Moisés Martínez López Margarita Montenegro Ibarra Gerardo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Osornio Sánchez Arturo Pavón Vinales Pablo Reyes Retana Ramos Laura Sánchez Hernández Alfonso Sotelo Ochoa Norma Elizabeth Suárez y Dávila Francisco Vidaña Pérez Martín Remigio Faltas por grupo: 31 Baeza Estrella Virginia Yleana Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Mendoza Marko Antonio Eppen Canales Blanca García Velasco María Guadalupe González Reyes Manuel Loera Carrillo Bernardo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Núñez Armas Juan Carlos Rojas Toledo Francisco Antonio Sacramento Garza José Julián Sandoval Franco Renato Sigona Torres José Talavera Hernández María Eloísa Trejo Reyes José Isabel Userralde Gordillo Leticia Socorro Villanueva Ramírez Pablo Antonio Faltas por grupo: 19 Alonso Raya Agustín Miguel Arce Islas René Avilés Nájera Rosa María Bagdadi Estrella Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Rosalía Boltvinik Kalinka Julio Brugada Molina Clara Marina Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Cárdenas Sánchez Nancy Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Díaz Del Campo María Angélica Díaz Palacios Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Flores Mendoza Rafael Franco Castán Rogelio Franco Hernández Pablo García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana García Solís Iván García Tinajero Pérez Rafael Garfias Maldonado María Elba González Bautista Valentín Guillén Quiroz Ana Lilia Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Guzmán Cruz Abdallán Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Della Rocca Salvador Pablo Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Mícher Camarena Martha Lucía Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Moreno Álvarez Inelvo Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Pérez Medina Juan Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Iturbide Bernardino Rosas Montero Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Sigala Páez Pascual Silva Valdés Carlos Hernán Tentory García Israel Torres Baltazar Edgar Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González Emilio Faltas por grupo: 75 Méndez Salorio Alejandra Faltas por grupo: 1