Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 27 de octubre de 2005 Sesión No. 19
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Realizan su posicionamiento sobre las declaraciones del diputado Miguel Angel Toscano Velasco, del Partido Acción Nacional, sobre el cabildeo dentro de la Cámara de Diputados en relación con la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia del tabaco, los diputados:

Juan Fernando Perdomo Bueno

Pedro Vázquez González

Guillermo Velasco Rodríguez

Luis Eduardo Espinoza Pérez

Federico Döring Casar

Luis Antonio Ramírez Pineda

SISTEMA ELECTRONICO DE ASISTENCIA

Por problemas en su funcionamiento se instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para realizar una prueba de funcionamiento

COMISIONES LEGISLATIVAS

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género. Aprobados

REPUBLICA DE CUBA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar al Ejecutivo federal a que instruya al representante mexicano ante la Organización de las Naciones Unidas, para que el voto de México ante ese organismo sea en contra del bloqueo que mantiene el gobierno de los Estados Unidos de América contra Cuba

Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo hace aclaraciones sobre la presentación del proyecto de acuerdo de referencia

Sobre el tema interviene el diputado Pedro Vázquez González

Suficientemente discutido es aprobado. Comuníquese

PARLAMENTO DE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS DE MEXICO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los titulares del Poder Ejecutivo federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones políticas del Distrito Federal, y a los presidentes de los órganos de gobierno de los congresos locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a dar seguimiento y resolución a los acuerdos del Tercer Parlamento de las Niñas y los Niños de México. Aprobado, comuníquese

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar al Ejecutivo federal a que en base a las facultades del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, emita decreto para diferir el cumplimiento de las obligaciones fiscales y el pago de contribuciones y emita decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes, de las zonas geográficas afectadas por las lluvias y huracanes Stan y Wilma

Sobre el tema, se concede la palabra a los diputados:

Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez

José Orlando Pérez Moguel

Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza solicita la palabra para proponer una adición y el Presidente hace aclaraciones de procedimiento

Se considera suficientemente discutido el proyecto y se aprueba. Comuníquese

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar al Ejecutivo federal a que agilice la entrega de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales y destine otras partidas, con el fin de iniciar la etapa de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma

Intervienen los diputados:

Evelia Sandoval Urbán

Alfredo Rodríguez y Pacheco

Sin nadie más que solicite la palabra, se aprueba. Comuníquese

SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar a la Auditoría Superior de la Federación a que proponga los procedimientos de coordinación con las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que colaboren en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales recibidos por esos órdenes de gobierno, para el Sistema de Protección Social en Salud, y a que audite la legalidad y desempeño de la Comisión Nacional de Protección Social de la Salud durante el ejercicio fiscal de 2004. Aprobado, comuníquese

FENOMENOS METEOROLOGICOS

Desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre la presentación de un acuerdo de la Junta de Coordinación Política los diputados:

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

Wintilo Vega Murillo

El diputado José Adolfo Murat Macías presenta el acuerdo de la Junta de Coordinación Política para exhortar al Ejecutivo federal a que instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que libere 5,000 millones de pesos a los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma

Sobre el tema interviene la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella

Suficientemente discutido, se aprueba. Comuníquese

CENTROS DE READAPTACION SOCIAL

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar a los gobiernos federal y estatales para que instalen en los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración, los equipos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en su interior

Interviene el diputado Ernesto Herrera Tovar

Suficientemente discutido, es aprobado. Comuníquese

SISTEMA ELECTRONICO DE ASISTENCIA

El Presidente informa de nueva cuenta de la existencia del problema técnico en el funcionamiento parcial del sistema electrónico de asistencia y votación, así como del procedimiento para tomar las votaciones nominales en esta sesión

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY GENERAL DE EDUCACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

LEY MONETARIA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 19 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

DISPOSICIONES FISCALES

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Es de segunda lectura

El Presidente informa de los artículos que se reservan para la discusión en lo particular, y se aprueba en lo general y en lo particular de los artículos no reservados

El Presidente informa nuevamente de los artículos reservados y desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, solicita aclaraciones sobre artículos reservados que no están considerados en el proyecto de decreto y el Presidente informa que en este caso se desecharán

Desde su curul la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño retira su reserva del artículo 32, fracción XXVI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Hacen comentarios de procedimiento, desde su curul, los diputados:

Pablo Gómez Alvarez

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

A discusión en lo particular la diputada María Cristina Díaz Salazar, propone modificación al artículo 32 reservado de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la que la Presidencia considera improcedente por no formar parte del proyecto de decreto

Desde sus curules hacen comentarios de procedimiento a las que el Presidente en su oportunidad responde, los diputados:

Wintilo Vega Murillo

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

Wintilo Vega Murillo

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

El Presidente considera improcedente la reserva del artículo 45 - J de la Ley del Impuesto sobre la Renta, hecha por el diputado Guillermo Huízar Carranza, por no formar parte del proyecto de decreto

El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz propone modificaciones de adición al artículo 106 Bis; la derogación de la fracción VII del artículo 123 y de los artículos 136 Bis y 154 Bis; y la reforma de la fracción I del artículo 142 y de la fracción III del artículo 148 reservados, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y propone su eliminación del proyecto de decreto. La Asamblea admite la propuesta

La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara propone modificaciones al artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que la Asamblea admite

En contra de las modificaciones propuestas intervienen los diputados:

Francisco Luis Monárrez Rincón

Juan Carlos Pérez Góngora

Se considera suficientemente discutido el asunto

El diputado Raúl José Mejía González propone la eliminación del proyecto de decreto del artículo 2o., fracción I, inciso C), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Son contestados por parte de la Presidencia los comentarios de procedimiento de los diputados:

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

Pablo Gómez Alvarez

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

Wintilo Vega Murillo

El diputado Pablo Gómez Alvarez hace uso de la palabra para hablar en pro del artículo 2o., fracción I, inciso C), numeral 1, reservado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en los términos del dictamen

La Asamblea, en votación económica, aprueba la propuesta del diputado Raúl José Mejía González

Desde sus respectivas curules hacen comentarios de procedimiento o solicitan se regrese a la discusión del artículo 2o., fracción I, inciso C), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que en su momento son contestadas por el Presidente, los diputados:

Pablo Gómez Alvarez

Luis Eduardo Espinoza Pérez

Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

El diputado Víctor Suárez Carrera comienza a presentar su reserva del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Continúan realizando comentarios, desde sus respectivas curules, respecto a procedimiento o solicitar se regrese a la discusión del artículo 2o., fracción I, inciso C), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que en su momento son contestadas por el Presidente, los diputados:

Guillermo Velasco Rodríguez

Luis Eduardo Espinoza Pérez

Oscar González Yáñez

Emilio Serrano Jiménez

Luis Antonio González Roldán

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

Pablo Gómez Alvarez

Se considera suficientemente discutido el artículo 2o., fracción I, inciso C), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

El diputado Víctor Suárez Carrera propone modificaciones al artículo 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que la Asamblea de-secha

El diputado Miguel Angel Toscano Velasco propone modificaciones a los artículos reservados 3o., 19 y 23 - B, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que la Asamblea desecha en votación económica

El diputado Carlos Blackaller Ayala propone modificaciones a los artículos 2o., 3o., 4o., 8o. y 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que la Asamblea admite

En pro del artículo 2o. en los términos del dictamen, el diputado Guillermo Velasco Rodríguez

Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo solicita una moción de orden que el Presidente considera procedente

El diputado Guillermo Velasco Rodríguez acepta interpelación del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández

Desde su curul el diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia solicita moción de orden que el Presidente atiende

El diputado Guillermo Velasco Rodríguez acepta interpelación del diputado Emilio Serrano Jiménez

Hacen comentarios de procedimiento, desde su curul, los diputados:

José Antonio Pablo de la Vega Asmitia

Wintilo Vega Murillo

Emilio Serrano Jiménez

Desde su curul el diputado Carlos Blackaller Ayala hace comentarios sobre sus propuestas de modificación, mismas que la Asamblea aprueba

Desde su curul el diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas, hace comentarios sobre las modificaciones aprobadas, el Presidente informa que el diputado Carlos Blackaller Ayala retira sus propuestas

Se realiza votación nominal respecto de los artículos: 32, fracción XXVI, en los términos del dictamen; y con las propuestas admitidas: la adición al artículo 106 Bis; la derogación de la fracción VII del artículo 123 y de los artículos 136 Bis y 154 Bis; la reforma de la fracción I del artículo 142 y la fracción III del artículo 148, y 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y los artículos 2o., 3o., 4o., 8o., 19 y 23-B de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en los términos del dictamen

El Presidente explica el sentido de la siguiente votación y desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo solicita aclaraciones

Se realiza votación nominal respecto del artículo 2o., fracción I, inciso C), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la que da por resultado que no se apruebe dicho artículo

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Es de segunda lectura

Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en relación con la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión en que deberá izarse a toda asta la Bandera Nacional. Es de primera lectura

LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de igualdad de género. Es de primera lectura

LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 14 y 32 y adiciona los artículos 13 y 30 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, en materia de igualdad de género. Es de primera lectura

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Es de primera lectura

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006. Es de primera lectura

PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina. Es de primera lectura

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Se le dispensa la segunda lectura al dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006

El Presidente informa de la presentación de los siguientes votos particulares, de los diputados:

Francisco Luis Monárrez Rincón, en relación al primer párrafo del artículo 2o

Juan Carlos Pérez Góngora, respecto a artículos transitorios

Juan Carlos Pérez Góngora, en relación al primer párrafo del artículo 2o

Fija la posición de su grupo parlamentario, el diputado Alfonso Ramírez Cuéllar

El Presidente informa de los artículos reservados y se aprueba el proyecto en lo general y en lo particular de los artículos no reservados

A discusión en lo particular presentan modificaciones al artículo 1o. reservado, apartado C, fracción IX, numeral 3, del proyecto de ley, los diputados:

Francisco Javier Carrillo Soberón

Manuel Enrique Ovalle Araiza

La Asamblea desecha la proposición

Propone modificación al artículo segundo transitorio, el diputado Adrián Villagómez García y el Presidente le formula moción de orden, solicitándole que en su oportunidad la presente

Habla el diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, en relación al primer párrafo del artículo 2o. El Presidente explica el procedimiento para el desahogo de la propuesta

El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón propone modificaciones al artículo 5o., fracción I, que la Asamblea desecha

El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón propone modificaciones al artículo 7o., fracción VII, misma que la Asamblea admite

Sobre el artículo 12, párrafos noveno y undécimo, el diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca propone modificaciones a nombre de integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, que la Asamblea desecha

La Presidencia anuncia que el diputado Omar Ortega Alvarez, retira su reserva del artículo 16

Desde su curul la diputada Tatiana Clouthier Carrillo hace comentarios sobre las últimas votaciones económicas

El diputado Víctor Suárez Carrera propone modificaciones al artículo sexto transitorio

Desde su curul el diputado Luis Antonio Ramírez Pineda solicita que la votación sea de manera individual

Se desecha la primera propuesta

Desde su curul el diputado Adrián Chávez Ruiz solicita que la segunda votación sea de forma nominal, y realizada tal se desecha

El diputado Juan Carlos Pérez Góngora propone adiciones a los artículos 38 y 39

Solicitan que la votación sea nominal, desde sus respectivas curules, los diputados:

Blanca Judith Díaz Delgado

Inti Muñoz Santini

Salvador Pablo Martínez Della Rocca

Se desechan las modificaciones presentadas por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora

El diputado Omar Bazán Flores propone adiciones de un artículo transitorio, que se admite a discusión

Intervienen apoyando la propuesta los diputados:

Fernando Ulises Adame de León

Pedro Avila Nevárez

Se considera suficientemente discutida la adición en votación económica y de la misma forma la aprueba

Desde su curul el diputado Julio Boltvinik Kalinka hace comentarios sobre el procesamiento de las adiciones propuestas

La diputada María Cristina Díaz Salazar propone artículo transitorio, al que la Secretaría da lectura y la Asamblea desecha

Desde su curul el diputado Pedro Avila Nevárez realiza comentarios sobre la adición propuesta

El diputado Adrián Villagómez García propone un artículo transitorio, que la Asamblea desecha

El Presidente informa sobre el procedimiento para votar los artículos reservados

Se realiza la votación de los artículos 1o., apartado C, fracción IX, numeral 3; 2o., primer párrafo; 5o., fracciones I y II; 12, párrafos noveno y undécimo; 16, fracción IV, inciso b); y sexto transitorio, del proyecto de ley, que se aprueban en los términos del dictamen

El Presidente aclara el sentido de la votación del artículo 7o., fracción VII, del proyecto de ley, con las modificaciones admitidas, y la votación aprueba el artículo de referencia en los términos del dictamen

En votación se desecha la adición de un artículo transitorio

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

Se dispensa la segunda lectura al dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina

Sin discusión se aprueba. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Con base a la comunicación de la Junta de Coordinación Política con acuerdo del día 13 de octubre, se reciben las siguientes nueve proposiciones con puntos de acuerdo relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, de los diputados:

Rogelio Rodríguez Javier, para los cacaoteros de los municipios de Comalcalco, Jalpa de Méndez y Cunduacán del estado de Tabasco

María de los Dolores Padierna Luna, para la reconstrucción de las zonas afectadas por el huracán Wilma, en particular en el estado de Quintana Roo

Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, para la construcción de una dársena de abrigo para embarcaciones menores en Santa Clara, Yucatán

Adriana González Carrillo, María Guadalupe Suárez Ponce y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, para la construcción de una estación migratoria en el municipio de Tultitlán, estado de México

Isidro Camarillo Zavala, para la instalación de un arco para revisión y detección de armas y drogas en la carretera transpeninsular en Baja California Sur

Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, respecto al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, que destinen recursos a las erogaciones que correspondan al cumplimiento de los laudos relativos al caso de los trabajadores despedidos injustamente por ese Instituto desde 1999

Sheyla Fabiola Aragón Cortés, sobre recursos para el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Fondo de Apoyo a Comunidades para la Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal

Benito Chávez Montenegro, sobre el desarrollo de la comunidad Huichol Wixarika, que se localiza en la Sierra Madre Occidental, que comprende diversos municipios de los estados de Jalisco, Zacatecas, Durango y Nayarit

Sheyla Fabiola Aragón Cortés, sobre el Instituto Mexicano del Cine, el Centro de Capacitación Cinematográfica y los Estudios Churubusco - Azteca

Esthela de Jesús Ponce Beltrán, para la pavimentación de caminos en los municipios del estado de Baja California Sur

Agustín Miguel Alonso Raya, sobre recursos para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, destinados a la compra total de cartera de los créditos cofinanciados por el Fondo de la Vivienda de ese Instituto

Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

El Presidente informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2, numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones:

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales (en lo general y en lo particular de los artículos no reservados)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales (en lo particular los artículos reservados, en sus términos y con las modificaciones y adiciones aceptadas)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales (en lo particular el artículo 2o., fraccion I, inciso c) numeral 1 reservado, en sus términos)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo particular la modificación propuesta por el diputado Víctor Súarez Carrera al artículo sexto transitorio reservado, si se admite a discusión)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo particular la adición de los artículos 38 y 39 propuestas por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora, si se admiten)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo particular la adición de un artículo transitorio, propuesto por el diputado Adrián Villagómez García)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo particular los artículos reservados, en sus términos)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo particular el artículo 7o., fracción VII, reservado, con la modificación aceptada)

Del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (en lo particular la adición de un artículo transitorio)

EFEMERIDES

Con base al artículo primero transitorio del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para adicionar los artículos decimotercero y decimoséptimo y reformar el artículo decimoctavo del Acuerdo Parlamentario relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, aprobado en la sesión del día 5 de abril de 2004, se reproducen las siguientes efemérides:

Relativa al aniversario del ``voto de la mujer'', a cargo de la diputada María Mercedes Rojas Saldaña, del grupo parlamentario del PRI

Con motivo del Día de las Naciones Unidas, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia

Con motivo del 132 aniversario del natalicio de Francisco I. Madero, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia


Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

ASISTENCIA
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 414 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga (a las 10:25 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se informa a la Asamblea que se ha incorporado en el capítulo de dictámenes de primera lectura, de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, un proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Jueves 27 de octubre de 2005.

Acta de la sesión anterior.

Posicionamiento de los grupos parlamentarios con relación a las declaraciones del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco.

Comunicaciones

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir al representante de México ante la Organización de las Naciones Unidas para que el voto de México ante ese organismo sea contra el bloqueo de Cuba. (Votación)

Por el que se exhorta a los titulares del Poder Ejecutivo federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones políticas del Distrito Federal, y a los presidentes de los órganos de gobierno de los Congresos locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a dar seguimiento y resolución a los acuerdos del Tercer Parlamento de las Niñas y los Niños de México. (Votación)

Por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que libere 5 mil millones de pesos a los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma. (Votación)

Por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a emitir, en el ejercicio de sus facultades previstas en la fracción I del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes de las zonas geográficas afectadas por las fuertes lluvias y los huracanes Stan y Wilma. (Votación)

Por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a agilizar la entrega de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales con el fin de iniciar la etapa de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma. (Votación)

Por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a suscribir con los órganos de fiscalización de las entidades federativas los convenios de colaboración necesarios para auditar el uso de los recursos destinados al financiamiento del sistema de protección social en salud. (Votación)

Por el que se exhorta a los gobiernos federal y estatales para que instalen en los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración los equipos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en su interior. (Votación)

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 6 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De Ley para el Fomento a la Innovación y al Desarrollo de Empresas y Actividades de Base Tecnológica, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``A los Constituyentes de Apatzingán de 1814'', a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario de Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 288, 292 y 311 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para cambiar el formato del Informe Presidencial, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 20, 45 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por los diputados Margarita Zavala Gómez del Campo, Adriana González Furlong y Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 105 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 420 del Código Penal Federal, y 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 46 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Máyela Quiroga Tamez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Rafael Flores Mendoza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 4, 166, 223 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Ley de Aeropuertos, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 103, 105 y 109 del Código Fiscal de la Federación, relativo al contrabando, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; y 141, 145, 164, 191 y 208 Bis del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona diversas disposiciones transitorias a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia ambiental, a cargo de la diputada Guadalupe García Velasco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 366 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Raúl Rogelio Chavarría Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5o. de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 42 de la Ley General de Población, a cargo de la diputada Blanca Eppen Canales, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 24, 119 y 120 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Fernando Álvarez Monje, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3, 4, 62, 64 y 68 de la Ley de Aviación, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 47, 48, 51 y 53 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Turismo, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción IV del artículo 15 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Julián Angulo Góngora, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado José Luis Medina Lizalde, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 63 y 67 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Jaime del Conde Ugarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo del diputado Salvador Martínez Della Rocca, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas, a cargo de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Yolanda Valladares Valle, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

De las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social, y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones por realizarse en Mar del Plata, Argentina.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3 y el párrafo tercero del artículo 5 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que deroga las fracciones V y VI del artículo 114 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 y adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 211 Bis 1, y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Dictámenes negativos

De la Comisión de Marina, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona la fracción III al artículo 41 de la Ley de Ascensos de la Armada de México.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 5 y 12 de la Ley de Seguridad Nacional.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1916 Bis del Código Civil Federal.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 76 de la Ley General de Salud, en materia de salud mental.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 198 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 245 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 90 y una fracción VI al artículo 111 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal cumplir con el compromiso de construir el tramo carretero Agua Prieta-Bavispe, Sonora, adquirido el pasado 4 de junio de 2004 en el marco de la inauguración de la planta termoeléctrica ciclo combinado Naco-Nogales y colocación del arete electrónico para el ganado, en la ciudad de Agua Prieta, Sonora, a cargo del diputado Fermín Trujillo Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que oficialmente solicite al Gobierno de Austria y al Museo de Etnología de ese país devolver a la nación mexicana el penacho de Moctezuma, con la finalidad de ponerlo en custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para crear una comisión especial de seguimiento del voto en el extranjero que vigile y supervise la correcta aplicación de la ley en materia electoral en el extranjero, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa para que a la brevedad se revisen los instrumentos normativos: Norma Oficial Mexicana 002-PESC-1993 y NOM-009-PESC-1993 con el objeto de regular de manera equilibrada la actividad de captura de camarón y que de esta manera se evite cualquier confrontación social, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Legislativo Federal, a las Legislaturas Estatales, al Ejecutivo federal y a los Gobiernos de los Estados promover acciones a favor de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía y a la SHCP, mantengan las cuotas compensatorias a la introducción de artículos metálicos, de plástico, juguetes y muebles para bebé terminados, así como cualquier componente importado y que sea utilizado en el ensamblado de juguetes en territorio nacional, a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de Pemex, informe sobre los fondos y recursos que se pretenden destinar a la construcción del Centro Hospitalario en el Municipio de Paraíso, en el estado de Tabasco, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud informe a esta soberanía sobre las medidas que se toman para la oportuna detección de padecimientos de enfermedades reumatoides que afectan a la población mexicana, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal a través de la CFE, Semarnat y Profepa, indemnice a las comunidades Cantiles, El Ciruelo y a la familia Hernández Fletes, afectada por la construcción de la presa hidroeléctrica El Cajón, situada en el estado de Nayarit, a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, que al dictaminar la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2006, considere la inclusión de un estímulo fiscal a los pequeños contribuyentes en materia del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Francisco Javier Salinas Narváez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instruya a la nueva dirección del IMSS, proponga a esta soberanía mecanismos que permitan elevar la eficiencia en la prestación de servicios y el abasto de medicamentos y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública analice la misma para su inclusión en el Presupuesto de Egresos 2006, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al H. Congreso de la Unión, apoye las candidaturas de mexicanas y mexicanos distinguidos para encabezar organismos y acciones internacionales en mecanismos multilaterales globales, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP, instruya a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, revise las causas de la baja recaudación nacional, estatal y municipal de impuestos, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, integre una subcomisión que estudie las condiciones, recursos y viabilidad para emprender un programa de expansión del sistema de educación superior, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, para que a partir del año 2006, se fije un incremento real del 2% en el salario mínimo, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud en coordinación con la Semarnat, al Instituto Nacional de Ecología y los Gobiernos de los Estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas a implementar un programa permanente de verificación vehicular, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Semarnat, destine mayores recursos a los santuarios de tortuga marina ubicados en las playas del estado de Michoacán y que estos sean considerados dentro de los programas de conservación y manejo, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Comisión de Transportes integre una subcomisión o grupo especial de trabajo que se encargue de verificar las condiciones en las que actualmente opera el Sistema de Transporte Colectivo, Metro, de la Ciudad de México, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que el Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas, establezcan las acciones necesarias para atender a las personas con problemas de trastorno por déficit de atención e hiperactividad, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SHCP suspenda la ``Convocatoria Pública para Obtener Títulos de Autorización a que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera'', a cargo del diputado Javier Villacaña Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que solicita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, integre una subcomisión que tenga como finalidad emprender los estudios necesarios para analizar la viabilidad de emprender el Sistema Nacional de Banca y Crédito Regional, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua en coordinación con la CFE, la Secretaría de Turismo, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y los municipios aledaños al Cañón del Sumidero, implementen un programa de saneamiento permanente de la zona, que incluya el monitoreo y protección de especies en categoría de riesgo, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, recursos que apoyen a los cacaoteros de los municipios de Comalcalco, Jalpa de Méndez y Cunduacán, del estado de Tabasco, a cargo del diputado Rogelio Rodríguez Javier, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo, integre una subcomisión con la finalidad de estudiar la Ley de Coordinación Fiscal y las fórmulas aplicadas para la distribución de los recursos federales a los estados y municipios, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, procure a las naciones involucradas suscriban el protocolo de Kyoto, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de Acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Seguridad Social, integre una subcomisión con la finalidad de estudiar la forma de dar certidumbre a los Fondos de Pensiones y llevar a cabo una revisión de la edad de jubilación que no afecte los derechos adquiridos por los trabajadores, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica, incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, una partida especial para la reconstrucción de la zona afectada por el huracán Wilma, en particular en el estado de Quintana Roo, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de Acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, integre una subcomisión para el estudio de la posibilidad de establecer una Ley del Trabajo Doméstico, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Transportes, integre una subcomisión para estudiar la posibilidad de homologar los precios de las tarifas de transporte público en las zonas metropolitanas del país, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el problema de los ex braceros, a cargo del diputado Juan José García Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos federales y estatales, implementen e instalen los equipos técnicos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en el interior de los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Cámara de Diputados manifieste su respaldo y solidaridad a las familias afectadas por las recientes lluvias y solicite respetuosamente al titular del Ejecutivo federal instrumente medidas inmediatas y apoye económicamente al Gobierno de Michoacán para resolver la problemática de todos aquellos que se vieron afectados, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos de las entidades federativas y a la Secretaría de la Función Pública, el establecimiento de un convenio de Coordinación, para instaurar un registro de Empresas Constructoras que participen en Licitaciones a cualquier nivel de Gobierno, a cargo del diputado Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral y a los Institutos Estatales Electorales, a seguir fomentando la participación Infantil, suscrita por las diputadas Angélica Ramírez Luna, Adriana González Furlong y María del Rocío Jaspeado Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar al Secretario de Salud del gobierno federal, informe sobre los motivos para suspender la campaña contra la homofobia y que ésta sea nuevamente difundida tanto en medios de comunicación como en el portal de Internet de la propia Secretaría, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT informe sobre las acciones realizadas o proyectadas para asegurar la permanencia, confidencialidad y soberanía de las redes satelitales gubernamentales, que se tienen en las bandas de frecuencia C, Ku y L, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para dirigir un extrañamiento y exhortar al Presidente Municipal de Mérida, Yucatán, a conducirse con respeto a la investidura de los representantes populares, autoridades electas y ciudadanos en general evitando medidas represivas innecesarias, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República, actualizar el decreto por el que se sujetó el gas licuado de petróleo a precios mínimos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2003, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, permitir la participación de organizaciones civiles en el proceso de repatriación voluntaria, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al ejido San Rafael, municipio de Contepec, estado de Michoacán, a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, implemente acciones conducentes para acelerar el proceso de reconstrucción en todos los sectores del estado de Chiapas, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a las secretarías de educación de las entidades federativas, establezcan de manera coordinada las acciones necesarias que posibiliten a los connacionales, que por efecto del huracán Katrina están regresando al país, la inscripción de sus hijos en las escuelas de nivel básico y medio, a cargo de la diputada Margarita Chávez Murguía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad, actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios del estado de Michoacán, con el objeto de reclasificar la tarifa de consumo aplicada a ellos, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se difunda y publicite el reconocimiento de la Matricula Consular como identificación oficial, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa, a través de la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura, estudie la factibilidad de habilitar módulos en los muelles para la venta de permisos individuales de pesca deportiva-recreativa, a cargo del diputado Raúl Leonel Paredes Vega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, instruir de inmediato la ejecución de la obra Carretera Libre a Zapotlanejo, en el estado de Jalisco, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios, prohíban la comercialización, distribución y venta de la formula láctea infantil Enfamil, que produce el laboratorio Bristol Mayers Squibb, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a no disminuir el Arancel de las Importaciones de Productos de Acero, a cargo del diputado Enrique Burgos García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita se considere una reducción en los impuestos a los combustibles para automotores que adquieran los transportistas en el próximo ejercicio fiscal, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se hace un llamado al Gobierno Federal y al Gobierno y Municipios del estado de Michoacán, para frenar la ola de violencia que impera en ese Estado, a cargo del diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la integración de un grupo de diputados de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía y de Justicia y Derechos Humanos para que atienda la problemática relacionada con el proyecto hidroeléctrico la ``Parota'' en el estado de Guerrero, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP, devolver el ISR indebidamente retenido en el pago de pensiones al personal del Instituto Mexicano de Investigaciones Tecnológicas, que fue víctima del desvío del fondo constituido para su retiro, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se suspenda de forma definitiva la construcción de las regasificadoras en la zona del noroeste de la República Mexicana, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Sedesol, remita a los Municipios de los Estados y Delegaciones del Distrito Federal participantes, los resultados de las evaluaciones que sobre los programas de desarrollo social se han venido aplicando por dicha Secretaría, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, investigue el acuerdo que firmó el Gobierno Federal, por el que cede a la empresa estadounidense Kansas City Southern, un paquete accionario del 20 por ciento de la empresa Transportación Ferroviaria Mexicana, a cargo de la diputada Dolores Gutiérrez Zurita, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, para que a través del INEA, instrumente un programa que de manera integral abata el fenómeno conocido como analfabetismo, en donde pueda convocar a organismos del sector privado a participar en la instrumentación, financiamiento y operación de este programa, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Director de Petróleos Mexicanos, a erogar los recursos del Programa de Seguridad Industrial y Mantenimiento de Infraestructura, a las instalaciones de la paraestatal en los estados del Golfo de México, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Sagarpa, otorgue recursos extraordinarios a los productores de manzana, a fin de resarcir las pérdidas que por granizada sufrieron los municipios de Guerrero, Bachiniva, Cuauhtémoc, Rubio, La Junta y Basuchil, del estado de Chihuahua, a cargo del diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de la Función Pública y al Instituto Nacional de los Derechos de Autor, realicen una investigación y, en su caso, soliciten una auditoría sobre la recaudación, administración y rendición de cuentas de los recursos que maneja la Sociedad de Autores y Compositores de México, a cargo del diputado Rafael Candelas Salinas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se envía un atento exhorto al Congreso de los Estados Unidos de América, para que por su conducto le haga llegar al gobierno del Presidente George W. Bush algunas consideraciones, respecto a la oferta hecha por el gobierno de Cuba para proporcionar apoyo médico a los ciudadanos damnificados por los huracanes Katrina y Rita, en la ciudad de Nueva Orleans y zonas aledañas, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Poder Ejecutivo federal que, a través del Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, así como al Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud, se extienda y aplique de manera urgente e inmediata el Programa del Seguro Popular a los Infantes y Adolescentes de la República Mexicana que padecen de Cáncer en sus diferentes características, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Secretaría de Salud, a establecer una Norma Oficial Mexicana que determine el límite máximo permisible de ácido sulfhídrico (H2S) en el medio ambiente, producido por la extracción de vapor geotérmico utilizado para la generación de energía eléctrica, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para combatir las importaciones irregulares por contrabando y triangulaciones de chile seco, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat, para que rinda un informe acerca de la política que el Gobierno Federal asume respecto a la construcción del proyecto Chevron Texaco en las Islas Coronado, del estado de Baja California, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al secretario de Energía y al titular de la Comisión Reguladora de Energía, para que suspendan de inmediato la firma de contratos pendientes, la celebración de nuevas licitaciones y el otorgamiento de cualquier permiso adicional a los ya otorgados bajo la figura de productor independiente de energía eléctrica y de manera gradual se vayan liquidando los contratos hechos por el Gobierno Federal y los productores independientes, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, adoptar las medidas necesarias para facilitar el traslado de los hermanos Héctor y Antonio Cerezo Contreras a un reclusorio del Distrito Federal, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a suspender los efectos de cualquier permiso otorgado relacionado con explosivos, en tanto no exista claridad en torno al resto de las regulaciones necesarias que debe de cumplir una explotación de este tipo y sobre todo, mientras no se llegue a un proceso de concertación entre los pobladores que permita evitar un conflicto social y jurídico, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, canalizar recursos necesarios al estado de San Luis Potosí, para la implementación de Programas Preventivos de la Lucha contra el Dengue, a cargo del diputado José Luis Briones Briseño, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol formular y expedir, o en su caso actualizar las normas oficiales mexicanas, necesarias para garantizar las condiciones y características de habitabilidad, calidad y seguridad para los diferentes tipos de viviendas y de sus etapas de construcción, así como vigilar el estricto cumplimiento de las mismas, a cargo del diputado Manuel González Reyes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, a la SRE, a la Secretaría de Economía y a las autoridades culturales del país, suscribir en las reuniones de la Organización Mundial de Comercio la ratificación a la Convención sobre la protección de la diversidad de los contenidos culturales y las expresiones artísticas, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal, recuperar el mural Fraternidad, del pintor mexicano Rufino Tamayo, que se encuentra en el edificio central de la Organización de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa, fortalecer las políticas de aumento a la producción y productividad del sorgo, impulsando políticas de asistencia técnica e investigación y elaborando programas que incentiven a los productores, canalizando mayores recursos a subsidios y el otorgamiento de créditos blandos a esta industria, a cargo del diputado Javier Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía manifiesta sus condolencias a la familia del licenciado Rogelio Zarazúa Ortega, asesinado el pasado 16 de septiembre, en Morelia, Michoacán. Asimismo, se exhorta al titular del Ejecutivo federal a iniciar un proceso de discusión sobre el marco conceptual y las estrategias que sustentan la lucha del Estado Mexicano contra la delincuencia organizada en particular el narcotráfico, a cargo del diputado Rafael García Tinajero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SSP, para establecer los rubros sobre los cuales se realizará una inversión destinada al control interno y vigilancia de Centros Penitenciarios, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, evalúe si los beneficios del Programa Oportunidades son compatibles y complementarios con el programa Liconsa, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, modifique el acuerdo sobre la elaboración del Orden del Día de las Sesiones, Discusiones de los Dictámenes y Operación del Sistema Electrónico de Votación, con el objeto de agotar todos los apartados establecidos en el orden del día, a cargo del diputado Rafael García Tinajero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía se sume a la iniciativa de diversos ciudadanos de todo el país que solicitan que la medalla Belisario Domínguez 2005, sea otorgada post mórtem al periodista Francisco Huerta, fallecido el pasado 27 de enero del presente año, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la PGJDF agilice la investigación de los hechos denunciados en el caso de la C. Nadia Ernestina Zepeda Molina y finquen responsabilidades en contra de los funcionarios que incurrieron en violaciones y se repare el daño adecuadamente, a cargo de la diputada Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal informe a la ciudadanía que la reforma energética, no está aún en esta soberanía; además aclare que los integrantes de la LIX Legislatura de esta Cámara de Diputados no han detenido y/o rechazado dicha reforma, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, publicar los planes y programas, así como los resultados y grado de avance que presenta la problemática de deterioro ecológico de la reserva de la biosfera de Los Tuxtlas, en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Marcelo Herrera Herbert, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Guerrero y a la SEP, entablar una mesa de diálogo con los egresados normalistas de dicha entidad, suscrita por los diputados Emiliano Vladimir Ramos Hernández y Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades del IMSS, a establecer con carácter de urgente, mesas de diálogo con los productores agropecuarios de cada una de las regiones productivas del país, a fin de que se analicen a fondo las reformas recientes a la Ley de dicho Instituto, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobierno del estado de Puebla, informe sobre el destino final de los recursos e insumos recibidos del Fonden para ayudar a las comunidades afectadas por las lluvias del pasado 30 de agosto en las Sierras Norte, Nororiental y la Sierra Negra del estado de Puebla, a cargo del diputado Rogelio Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT, cancele la concesión otorgada a la Empresa Genesee & Wyoming para operar el tren Chiapas-Mayab en el estado de Chiapas, a cargo del diputado Carlos Osvaldo Pano Becerra, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SSP, a ejercer los recursos de la partida del ramo 33 aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005, para hacer efectivo el socorro de ley a las entidades federativas que tengan en sus centros penitenciarios internos del fuero federal, a cargo del diputado Sergio Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre el permiso a los trabajos de explotación de la Minera San Javier en el Cerro de San Pedro, Pueblo del Siglo XVI, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las secretarías de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública y de la Auditoria Superior de la Federación, privilegien el diálogo y la conciliación para reanudar las obras de construcción de la Carretera Lagos de Moreno-San Luis Potosí, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP active el Sistema Escalafonario de los Profesores transferidos que laboran en Escuelas consideradas tradicionalmente del Sistema Estatal en la entidad de Tlaxcala, a cargo del diputado Florentino Domínguez Ordóñez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua, para que analicen, dictaminen y en su caso resuelvan a favor del equilibrio ecológico y las reservas de agua en el Municipio de Jiquipilco, estado de México, a cargo de la diputada Blanca Estela Gómez Carmona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los integrantes de la LIX Legislatura, aporten el equivalente a un día de salario neto para beneficiar a los damnificados de los municipios de Huixtla, Mapastepec, Huehuetán, Acapetahua, Escuintla, Villacomaltitlán, Mazatan y Acacoyagua, del estado de Chiapas, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del SAE, donar al Municipio de Pénjamo o bien al Gobierno del estado de Guanajuato, los restos de las bodegas y terreno ubicado en la ex -- hacienda de Corralejo, de la estación ferrocarrilera Corralejo II, del Municipio de Pénjamo Guanajuato, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Jalisco, y a la Secretaría de Administración y de Finanzas, se abstengan de invitar a participar al C. Susumo Azano Moritani y/o a la empresa Diseños e Impresos de Seguridad, SA de CV, en las licitaciones públicas o concursos para la elaboración de matriculas metálicas vehiculares, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a todo el proceso de selección del Servicio Profesional de Carrera y se constituya una subcomisión de legisladores para realizar una visita de inspección al área responsable de ejecutar dicho servicio en la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instruya al titular de la SCT y al Gobierno del estado de Chiapas, pagar las indemnizaciones correspondientes de las tierras afectadas por la construcción de la carretera México-Tuxtla Gutiérrez, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, para que integre en los libros de texto gratuitos la parte relativa a educación cívica, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SCT, haga público el grado de avance físico y el ejercicio de los recursos presupuestados para este año, a través del proyecto de prestación de servicios para la construcción de la carretera Apatzingán-Cuatro Caminos, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Veracruz, legislar sobre el tema de participación ciudadana, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFE y a los Institutos Estatales Electorales, implementen programas y proyectos para la población juvenil, enfocados a incrementar la participación ciudadana en las elecciones, suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa, para que el Servicio Nacional de Registro Agropecuario se apegue a la aplicación precisa de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, emita el decreto que exente a las Pyme del pago de impuesto al activo del ejercicio fiscal 2005, a cargo del diputado Norberto Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la LXII Legislatura del estado de Chiapas, elabore las adecuaciones correspondientes en su Constitución Estatal, respecto de las reformas al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del año 1999, a cargo del diputado Francisco Antonio Rojas Toledo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la SHCP aplique la tarifa 1-F para el suministro y venta de energía eléctrica en los municipios de Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa, adicione a las reglas de operación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera, un texto en apoyo a los particulares dedicados a la crianza de ganado bovino, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Secretario de Gobernación, suspenda el otorgamiento de toda autorización que permita el inicio de operaciones de los permisos ya otorgados para centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números, hasta en tanto no se resuelva la controversia constitucional 97/2004, a cargo del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal a seguir fomentando la participación ciudadana, a cargo del diputado José Julio González Garza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales para que recomienden a las universidades e instituciones de educación superior integren en sus planes de estudio el tema de educación cívica, a cargo de la diputada Adriana González Furlong, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal para que a través de la Secretaría de Finanzas libere la asignación de los recursos financieros para el cumplimiento séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 2005, a cargo del diputado Horacio Martínez Meza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con Punto de acuerdo por el que se exhorta a los Partidos Políticos se dirijan con respeto y dignidad en sus campañas políticas, a cargo de la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a los desastres ocasionados por las lluvias en los estados de Chiapas, Puebla, Oaxaca y Veracruz, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a investigar y deslindar responsabilidades respecto a la violación a la Ley Federal para Prevenir y evitar la Discriminación, a cargo del diputado Roberto Colín Gamboa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, revalide los estudios en medicina de los estudiantes de la Escuela Latinoamericana de Medicina, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de los Estados, realicen el trámite Constitucional de la Minuta con proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero a la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Sergio Vázquez García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las ciudades declaradas Patrimonio Mundial y a la Secretaría de Turismo, realicen el Plan Maestro, a cargo de la diputada Nancy Cárdenas Sánchez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Baja California, para que dentro de sus facultades, pueda homologar su Código Civil al de otras entidades federativas en materia de derecho familiar, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta al Ejecutivo federal, a depositar ante la ONU el instrumento de ratificación del estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Rodrigo Iván Cortés Jiménez y Gustavo de Unanue Aguirre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a los gobiernos de los estados con comunidades en estado de desastre y a la Profeco, a implementar acciones para evitar y castigar las prácticas de comercio abusivas en dichas zonas de desastre y las zonas cercanas a ellas, a cargo del diputado Edmundo G. Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SEP, a la Sedena, al IMSS, al ISSSTE, a la PGR y al Gobierno del Distrito Federal, a dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales de las entidades federativas de la República Mexicana, para que en sus Presupuestos de Egresos para el año fiscal 2006, aprueben un mayor presupuesto para los programas pesqueros, a cargo del diputado Evaristo Corrales Macías, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, tome las medidas necesarias para reabrir el caso de la Isla de la Pasión o Isla de Clipperton, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, redoble esfuerzos para la protección y debida atención de niños migrantes en los procesos de repatriación segura y ordenada en la frontera norte de México, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, redoble esfuerzos para la protección y debida atención de niños migrantes en los procesos de repatriación segura y ordenada en la frontera norte de México, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJ, al Tribunal Superior de Justicia y a la SSP del estado de Baja California, investiguen a fondo el homicidio de Paulina Baeza Sauceda, a cargo de la diputada Marcela Lagarde y de los Ríos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Nuevo León, agilice la asignación de los recursos del ramo 33, relativos al Fondo de Aportación para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal, especialmente al municipio de San Nicolás de los Garza, a cargo de la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador y al secretario de Seguridad Publica del estado de Nuevo León, expliquen el incremento de la violencia y el presunto involucramiento de jefes policíacos en los recientes acontecimientos de secuestro y delincuencia organizada en la entidad, a cargo de la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el objeto de que reconsidere el monto económico impuesto por concepto de compensación ambiental en el cambio de uso de suelo de terrenos forestales de zonas áridas del estado de Chihuahua, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal y del ISSSTE, abstenerse de retener el pago de pensiones a jubilados y pensionados que no hayan presentado la CURP, a cargo del diputado Jaime Fernández Saracho, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, fiscalice y audite los recursos federales que fueron transferidos al IMSS, conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Sagarpa y la Ssa, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, mediante la Segob, y al Instituto Nacional de Migración, informen sobre las condiciones de operación de la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, a cargo de la diputada Regina Vázquez Saut, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, reconsidere su postura frente al apoyo económico que ofreció el Gobierno Español a los países Centroamericanos afectados por la tormenta Stan, a cargo del diputado Benjamín Fernando Hernández Bustamante, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación efectúe las auditorías necesarias al sistema Metrobús del Gobierno del Distrito Federal y a los funcionarios responsables de dichos sistemas, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para crear una Comisión Plural de diputados que realice una Auditoria Técnica Jurídica y Administrativa a la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 se considere en el rubro de puertos del programa de obras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la construcción de una dársena de abrigo para embarcaciones menores en Santa Clara, Yucatán, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a establecer una partida especial para construir una estación migratoria en Tultitlán, México, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Guadalupe Suárez Ponce y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Consejo de Salubridad General y a la Comisión de Presupuesto de esta soberanía a participar en las acciones de prevención de la pandemia de gripe producida por el virus de la influenza aviar, suscrito por los diputados Emilio Serrano Jiménez y Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Pablo Anaya Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; y Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 un incremento a la Sedena a efecto de instalar un arco para revisión y detección de armas y drogas en la carretera transpeninsular en Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 se consideren recursos económicos al INEGI para las erogaciones correspondientes al cumplimiento de los laudos relativos al caso de los trabajadores despedidos injustamente por el Instituto desde 1999, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 los recursos destinados al INAH y al Fondo de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFE a ejercer un mayor presupuesto en la promoción del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, suscrito por los diputados Eliana García Laguna, Juan José García Ochoa y Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT que programe y ejecute la repavimentación de 45 kilómetros de carretera con destino a la Bocana, municipio de Mulegé, Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a esta soberanía que en el proyecto de Ley de Ingresos de 2006 considere la participación de los municipios en los ingresos provenientes de las administraciones portuarias integrales situadas en sus jurisdicciones, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Directivo de la Sociedad Hipotecaria Federal a atender el punto de acuerdo presentado ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en agosto del presente año sobre abstenerse de ejercer las multas que se pretende aplicar de manera injusta a los desarrolladores de vivienda, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a intervenir en el conflicto entre la Cooperativa de Refrescos Pascual y los dueños de dos predios que ocupa ésta; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía, a destinar una partida para apoyar a esos cooperativistas en el pago de los predios, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos económicos que contribuyan al desarrollo de la comunidad huichola Wixarika, localizada en la Sierra Madre Occidental, que comprende diversos municipios de Jalisco, Zacatecas, Durango y Nayarit, a cargo del diputado Benito Chávez Montenegro, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a incrementar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 los recursos destinados al Instituto Mexicano del Cine, al Centro de Capacitación Cinematográfica y a los Estudios Churubusco-Azteca, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y de la Conade a impulsar la creación de una coordinación encargada de vigilar el fomento de la educación y cultura físicas en las escuelas de educación básica, a cargo del diputado Gerardo Ulloa Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 una partida especial para la Secretaría de Comunicaciones y Transportes destinada a la pavimentación de caminos en los cinco municipios de Baja California Sur, a cargo de la diputada Esthela Ponce Beltrán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía se pronuncie en favor del fortalecimiento de la ONU, en la conmemoración de su sexagésimo aniversario, suscrito por los diputados Adriana González Carrillo, Blanca Gámez Gutiérrez y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a efecto de incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 una ampliación de los recursos destinados al ISSSTE para la compra total de cartera de los créditos cofinanciados por el Fovissste, a cargo del diputado Miguel Alonso Raya, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a adoptar por conducto de la Semarnat, la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios las medidas necesarias para la próxima temporada de caza por el riesgo que implica el contagio de la gripe aviar, a cargo de la diputada Blanca Eppen Canales, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Excitativas

A las Comisiones de Energía, de Gobernación, de Seguridad Pública, de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, a solicitud del diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública, a solicitud del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables, a solicitud de las diputadas Marcela Lagarde y de los Ríos y Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Salvador Sánchez Vázquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Salud, a solicitud del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, a solicitud del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a solicitud de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado Salvador Sánchez Vázquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

A las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, a solicitud de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Social.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veinticinco de octubre de dos mil cinco, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos noventa y siete diputadas y diputados, a las once horas con veintidós minutos del martes veinticinco de octubre dos mil cinco, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica. Desde su curul el diputado José Guzmán Santos, del Partido Revolucionario Institucional, solicita la inclusión de un punto de acuerdo en el orden del día relativo a los municipios afectados por el huracán Wilma en el estado de Quintana Roo, y el Presidente le informa que está agendado un proyecto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política con ese tema.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

A las once horas con veintiocho minutos, la Secretaría informa del registro de cuatrocientos diecisiete diputadas y diputados e instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia.

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal invita a la ceremonia cívica conmemorativa del centésimo octogésimo octavo aniversario luctuoso del General Pedro Moreno González, Benemérito de la Patria. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

  • Durango, con acuerdo por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, se destinen recursos adicionales para diversas obras públicas en municipios de esa entidad federativa. Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Durango, con acuerdo por el que solicita no se incrementen los precios de venta al consumidor del gas licuado de petróleo. Remítase a la Comisión de Energía, para su conocimiento.

  • Guerrero, con acuerdo por el que solicita mayores recursos financieros para la formación y contratación de docentes en esa entidad federativa. Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • San Luis Potosí, con acuerdo por el que solicita la elaboración de una Norma Oficial Mexicana para combatir las importaciones irregulares y triangulaciones de chile seco. Remítase a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

    Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que informa de cambios en la integración del Grupo de Trabajo para dar seguimiento a la aplicación de recursos y programas en la atención a las zonas de desastre ocasionadas por las lluvias en los estados de Chiapas, Hidalgo, Oaxaca, Puebla y Veracruz. De enterado.

    La Junta de Coordinación Política propone los siguientes proyectos de acuerdo:

  • Para exhortar al Ejecutivo Federal a que a la brevedad se liberen los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, a los diversos municipios de los estados de Quintana Roo, Yucatán y Campeche, afectados por el huracán Wilma y para que el Grupo de Trabajo para dar seguimiento a la aplicación de recursos y programas en la atención a las zonas de desastre ocasionadas por las lluvias en los estados de Chiapas, Hidalgo, Oaxaca, Puebla y Veracruz, amplíe sus actividades a esos municipios. El diputado José Guzmán Santos, del Partido Revolucionario Institucional, habla en pro. Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones sobre el sentido de la intervención del diputado Guzmán Santos, que el Presidente hace. Hablan en pro: las diputadas Nancy Cárdenas Sánchez, del Partido de la Revolución Democrática, y María Beatriz Zavala Peniche, del Partido Acción Nacional; y el diputado Leonardo Álvarez Romo, del Partido Verde Ecologista de México. La Asamblea considera suficientemente discutido el proyecto de acuerdo en votación económica y de la misma forma lo aprueba. Comuníquese.

  • Para realizar una Sesión Solemne en la que se entregue un reconocimiento a los integrantes y cuerpo técnico de la Selección Nacional de Fútbol Sub - diecisiete, por haber ganado el Campeonato Mundial de la especialidad.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

    Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    Comunicación del Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable en el estado de Zacatecas con la que remite pronunciamientos a favor de la declaratoria de contingencia climatológica y en respaldo a las medidas emprendidas para frenar las importaciones desleales de chile seco. Remítase a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

    La Comisión Nacional del Agua remite informe correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal de dos mil cinco de los recursos devueltos a los diversos estados inmersos en el Programa de Devolución de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Oficios de la Secretaría de Gobernación:

  • Con el que remite informes correspondientes al tercer trimestre de dos mil cinco, del avance físico y financiero del Programa de Desarrollo Institucional Ambiental y del Programa de Empleo Temporal, así como el formato relativo a la evaluación de los programas sociales apoyados con subsidios y transferencias. Se turna a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Con el que remite informe de la Secretaría de Economía de la evaluación correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal de dos mil cinco, a los fondos y programas a cargo de esa dependencia. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Con el que solicita permiso para que cuatro ciudadanos puedan prestar servicios en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Con el que solicita permiso para que dos ciudadanos puedan prestar servicios en la Delegación de la Comisión Europea en México. Se turna a la Comisión de Gobernación.

    La Cámara de Senadores remite:

  • Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo cuarto del artículo diecisiete de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador Fernando Gómez Esparza, del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Activo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, presentada por el senador Fauzi Hamdan Amad, del Partido Acción Nacional, a nombre propio y de diversos senadores. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Cuatro acuerdos para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis se destinen recursos suficientes para: la implementación de un programa emergente de combate a la inseguridad en la frontera sur de la República Mexicana; los campamentos tortugueros del país; el Programa Hábitat de la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de la Reforma Agraria; la educación superior y la creación de una extensión de la Universidad de Sonora en el municipio de Cajeme. Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Minuta proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del dos al seis de noviembre de dos mil cinco, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la Cuarta Cumbre de las Américas y en la Decimanovena Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma la fracción tercera del artículo tercero y el párrafo tercero del artículo quinto de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que deroga las fracciones quinta y sexta del artículo ciento catorce de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma el artículo cincuenta y ocho y adiciona un segundo párrafo al artículo cincuenta y seis de la Ley de Seguridad Nacional. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento trece de la Ley General de Salud. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo doscientos once bis uno, y los artículos doscientos once bis ocho y doscientos once bis nueve al Código Penal Federal. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma los artículos quince, párrafo segundo, y diecinueve, párrafo primero, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. Es de primera lectura.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Es de primera lectura.

    La Presidencia informa de la recepción de las siguientes proposiciones con puntos de acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis se consideren recursos suficientes para diversos rubros, de los diputados:

  • Integrantes de diversas comisiones, para el Centro de Rehabilitación y Educación Especial del estado de Tabasco.

  • Esthela de Jesús Ponce Beltrán, del Partido Revolucionario Institucional, para la Secretaría de Educación Pública, destinados al mantenimiento y a la construcción de dos nuevos espacios educativos en las comunidades de Santa Rosalía y Ciudad Insurgentes, en el estado de Baja California Sur.

  • María de los Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática, seis, para: establecer el Programa de Útiles Escolares para los alumnos de todas las escuelas públicas del país; establecer un programa destinado a la población indígena del país; emprender un programa de ingreso mínimo para las personas adultas mayores de setenta años; emprender un programa de becas para discapacitados de escasos recursos; el rubro de ciencia y tecnología; y para emprender el Programa Uniformes Escolares para Todos.

  • Marcelo Herrera Herbert, del Partido de la Revolución Democrática, para el Parque Marino Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano.

    Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

    El Presidente informa de la recepción de un proyecto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política y la Secretaría consulta a la Asamblea, en votación económica, si admite su inclusión en el orden del día, informando que la mayoría es por la afirmativa. Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, con el apoyo de otros diputados, solicita que la votación sea nominal, y por doscientos ochenta y un votos en pro, ciento veintiséis en contra y cuatro abstenciones, se aprueba su inclusión.

    En consecuencia, la Secretaría da lectura a la comunicación de la Junta de Coordinación Política con proyecto de acuerdo por el que se prorroga la vigencia de la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, Sociedad Anónima de Capital Variable, y cualesquiera otras que estuvieran relacionadas con la misma. A solicitud hecha desde su curul por el diputado Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, con el apoyo de otros diputados, se recoge votación nominal, misma que resulta aprobatoria por doscientos setenta y siete votos en pro, ciento veintinueve en contra y siete abstenciones.

    La Asamblea dispensa en votación económica la lectura del dictamen de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social con proyecto de decreto que reforma los artículos doce, treinta y dos, ochenta y nueve, noventa, noventa y dos y noventa y tres de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Es de segunda lectura. El diputado Francisco Javier Saucedo Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen. Sin nadie más que solicite la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto en lo general y en lo particular, misma que resulta aprobatoria por cuatrocientos quince votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Se devuelve al Senado para los efectos del inciso d) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social con proyecto de decreto que reforma el artículo doscientos noventa y nueve de la Ley del Seguro Social. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por cuatrocientos seis votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

    Tres dictámenes de la Comisión de Gobernación con puntos de acuerdo:

  • Para exhortar al Secretario de Gobernación a que, en coordinación con las dependencias estatales y municipales competentes, garantice la seguridad de los connacionales que retornan a México, particularmente en los períodos vacacionales.

  • Para exhortar a las legislaturas locales a reformar sus leyes de planeación estatal para considerar la planeación a largo plazo.

  • Para exhortar al Secretario de Gobernación a que refuerce el Programa Paisano, particularmente en periodos vacacionales.

    Dos dictámenes de la Comisión de Salud con puntos de acuerdo:

  • Para exhortar a la Secretaría de Salud y a las autoridades sanitarias del estado de Tamaulipas a que fortalezcan las acciones de prevención y control del brote de dengue clásico y hemorrágico.

  • Para exhortar a la Secretaría de Salud a fin de que se incluya de manera progresiva la aplicación de la vacuna contra el neumococo dentro del esquema básico de vacunación.

    Se aprueban los cinco dictámenes anteriores en votación económica. Comuníquense.

    El Presidente informa de la recepción de las siguientes iniciativas con proyectos de decreto de los diputados:

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Partido Verde Ecologista de México, cuatro: que reforma el artículo doscientos quince del Código Penal Federal, que se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos; que reforma los artículos segundo y sexto de la Ley General de las Personas con Discapacidad, que se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables; que reforma el artículo quinto de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social; y que reforma los artículos ciento diecisiete de la Ley de Instituciones de Crédito y catorce de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Gobernación.

  • Maximino Alejandro Fernández Ávila, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo setenta y uno de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • Irma Sinforina Figueroa Romero, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona los artículos tercero y ciento sesenta y ocho de la Ley General de Salud, doce de la Ley de Asistencia Social y segundo y cuarenta y cuatro de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Relaciones Exteriores.

  • Manuel Velasco Coello, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Víctor Hugo Adrián Islas Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Jorge Legorreta Ordorica, del Partido Verde Ecologista de México, que expide la Ley General de Protección a los Animales. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Gonzalo Ruiz Cerón, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona el artículo dieciséis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural.

  • Francisco Xavier Alvarado Villazón, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo setenta y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Gonzalo Moreno Arévalo, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo quinto y adiciona el artículo noveno de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

  • Jaime del Conde Ugarte, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo tercero de la Ley Federal de Competencia Económica. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Economía.

  • Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos tercero, quinto y sexto de la Ley de Seguridad Nacional. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Carlos Flores Rico, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos cincuenta y nueve y sesenta y uno de la Ley Federal de Radio y Televisión y tercero de la Ley del Impuesto sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por Ley, en los que Intervengan Empresas Concesionarias de Bienes del Dominio Directo de la Nación. Se turna a las Comisiones Unidas de Radio, Televisión y Cinematografía y de Hacienda y Crédito Público.

  • Ramón Galindo Noriega, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona los artículos sesenta y cinco y sesenta y seis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Horacio Martínez Meza, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo veinticinco y los artículos cuarenta y cinco bis, cuarenta y cinco ter y cuarenta y cinco quáter a la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Francisco Javier Bravo Carbajal, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos catorce y quince de la Ley Federal de Competencia Económica. Se turna a la Comisión de Economía.

  • Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo doscientos diecinueve de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Moisés Jiménez Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, que expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.

    Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

    Se turna a la Comisión de Ciencia y Tecnología. Desde su curul el diputado Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, solicita la verificación de quórum y la Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para atender lo solicitado.

  • Blanca Amelia Gámez Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo once de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • Isidoro Ruiz Argaiz, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo sesenta y nueve -- A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Se turna a la Comisión de Gobernación. Con el registro de trescientos setenta y dos diputadas y diputados se confirma la existencia de quórum.

    Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

  • Con la que informa de cambios en la integración de la Comisión de Comunicaciones. De enterado.

  • Con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Se aprueba en votación económica.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

    El Presidente informa que la verificación de quórum servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las quince horas con cuarenta y ocho minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves veintisiete de octubre de dos mil cinco a las diez horas.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada, el acta.

    Ruego de manera muy amable a los medios de comunicación que ocupen el lugar que tienen reservado para cumplir su importante función, a fin de que esta sesión se lleve a cabo con toda normalidad y pongamos todos y todas la debida atención a los oradores.


    LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es posicionamiento de los grupos parlamentarios con relación a las declaraciones del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco. Se han registrado para referirse al tema los siguientes ciudadanos diputados: diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del Partido de Convergencia; diputado Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México; diputado Pablo Gómez Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática; diputado Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional; y diputado Luis Antonio Ramírez Pineda, del Partido Revolucionario Institucional. En consecuencia, tiene la palabra el diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia, hasta por 10 minutos.El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno: Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras y compañeros, muy buenos días a todos: quiero, en primer lugar, expresar enfática y contundentemente que la fracción parlamentaria de Convergencia no ha aceptado ni aceptará ningún favor particular ni personal de ninguna empresa, organización, institución o del propio gobierno para cambiar su decisión en las cuestiones importantes que tiene que tomar, decisiones en su función legislativa. No lo hará. La manera en que la fracción parlamentaria de Convergencia se comporta cuando existen peticiones de grupos es solicitarles por escrito y de la misma manera hacerlo. No podemos, el día de hoy, dejar a un lado también que el cabildeo existe.

    El cabildeo es válido y es ético en muchos países. Cabildear es lograr convencer, en buena manera, con argumentos, con sustento y con respaldo, de la posición, la visión de parte de un grupo, de una organización, en este caso posiblemente de un legislador, pero con argumentos legítimos y válidos, muy diferente del soborno, que significaría entregar recursos, dinero o dádivas para que alguien realice una acción ilícita o injusta. Hay que reconocer que todos los sectores del comercio, de la industria, los productores, el propio gobierno y los legisladores llevamos a cabo tareas de cabildeo porque buscamos, con argumentos sólidos, serios, responsables, convencer a nuestras contrapartes de que posiblemente están en un error con su percepción de las cosas o tal vez ratificar y esforzarse para que podamos llegar a una visión conjunta, complementaria, adonde queremos arribar.

    Lo que estamos de alguna manera dejando contundentemente claro es que no es correcto que se pueda incidir en la voluntad o en la actitud de algún diputado por acciones que van más allá del convencimiento con palabras, con hechos y con sustento serio. No pensamos que sea correcto que en estos momentos, cuando el Poder Legislativo está pasando por críticas de parte de la sociedad, considerando que nuestro valor en nuestro trabajo no es el adecuado, nosotros mismos estemos generando sospechas y dudas del trabajo de nuestros compañeros.

    Creo que lo correcto será que las declaraciones que el diputado Toscano hizo, si existe verdadera sospecha o duda, valdría la pena que diera a conocer los nombres de estas personas y diera el mayor de los sustentos para no generar confusión entre los 500 diputados. Estamos conscientes de que no será fácil probarlo, pero si cuenta con alguno de esos elementos, es necesario que los dé a conocer.

    Reitero: los diputados de Convergencia no acostumbramos tener pláticas privadas con nadie; buscamos atenderlos en comisiones y responder a sus escritos por escrito. En ningún momento los diputados pueden estar contra los intereses de sus representados. Eso sería lo que no sería ético, eso sería lo que no fuera responsable, eso sería lo que fuera ilegal: estar recibiendo recursos de parte de una persona para no solamente vender tu conciencia, sino vender la conciencia de las personas a que tú representas.

    Si hubiera algún acto de corrupción, a las primeras instancias a que hay que informar son a las mesas directivas y a la Junta de Coordinación Política, que son los órganos reguladores de la Cámara de Diputados, y no a los medios. Si es que hubiera actos de corrupción, debemos demostrarlo con pruebas. No se puede poner de manera fácil y sencilla en duda la honorabilidad de los legisladores. Lo primero que debemos hacer es cuidar la imagen del Congreso y, si encontramos dudas o sospechas, trabajar para encontrar elementos que permitan fortalecer esta duda o sospecha, o --definitivamente-- no señalarlo.

    Nuestra coordinación parlamentaria, nuestro coordinador, Jesús Martínez Álvarez, por motivos ajenos a su persona, no ha podido asistir en los últimos días a las sesiones, pero hace más de 10 días hizo llegar por escrito al Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, al diputado Madero, su anuencia para la aplicación del IEPS al tabaco. Pero sí puso una condición: que sin hacer contradisposiciones legales, sin afectar la ley, se pudiera etiquetar ese recurso para efectos de salud. Por eso, Convergencia de manera clara y contundente reitera su posición: aceptamos que debe haber cabildeo; lo que no aceptamos es que de manera ilícita, pasando ya al soborno, algunas instituciones, organizaciones o personas entreguen recursos para que se puedan cambiar las decisiones de los diputados en favor de esas empresas, organizaciones o instituciones.

    Reitero: Convergencia no ha aceptado ni aceptará ningún favor en apoyo particular o personal. Y sí creemos que es importante que para dejar en claro la honorabilidad de los legisladores, de los 500 legisladores, se den a conocer con pruebas las personas que aceptaron estos recursos o este apoyo o algún tipo de viaje, algún tipo de beneficio particular para votar contra este punto específico del impuesto en el tabaco. Es cuanto, diputado Presidente; muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Pedro Vázquez González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por 10 minutos.El diputado Pedro Vázquez González: Con la venia de la Presidencia; legisladoras y legisladores: el asunto de pretender involucrar a los diputados en la orientación para favorecer los intereses de las compañías tabacaleras es una cuestión que desprestigia a la Cámara de Diputados. Sabemos que es una práctica común en todos los países capitalistas que los grandes grupos económicos y financieros, así como las grandes industrias de distintas actividades, intenten comprar la conciencia y el voto parlamentario de las diputadas y los diputados que no están comprometidos con las causas de las mayorías. Incluso, muchas de esas grandes compañías financian las campañas de algunos representantes populares que luego, como pago o retribución, representen directamente sus intereses en las comisiones de dictamen legislativo, como es el caso más evidente, el caso norteamericano.

    Desde ahí legislan en favor de esas grandes compañías, o bien, son poderosos diques para que la legislación correspondiente no sea modificada y no afecte sus intereses particulares. La compra de conciencia de algunos legisladores ha sido práctica común en coyunturas específicas, donde se discute la aprobación de leyes o reglamentos que involucran privilegios y prebendas de grandes compañías nacionales y extranjeras. Los legisladores que se presten a prácticas desleales y corruptas, lamentablemente, dañan en su conjunto a los demás integrantes del Congreso porque en la apreciación de la ciudadanía queda la imagen de que todas y todos los demás legisladores se prestan a este juego mercantil y perverso. Al grupo parlamentario del Partido del Trabajo queda claro que la Cámara de Diputados es un poder del Estado mexicano independiente y autónomo respecto a los otros Poderes de la Unión y, como tal, sus integrantes son responsables de lo que aquí se discuta, se dictamine y, en su caso, se apruebe.

    En ese contexto, los diputados proponemos iniciativas de ley que buscan modificar las condiciones económicas, políticas y sociales en función de la filosofía que sustenten nuestros principios estatutarios. Por lo mismo, se entiende que algunas leyes que se aprueban resultan de consenso entre todos los grupos parlamentarios, aunque también se aprueban leyes que no son de consenso porque no representan en parte la visión de algunos grupos parlamentarios, pero que son el producto del acuerdo de las mayorías parlamentarias.

    El grupo parlamentario del Partido del Trabajo reivindica la autonomía del Congreso de la Unión frente a los otros Poderes de la Unión y frente a cualquier interés particular que no favorezca a las mayorías del pueblo mexicano. Por esa razón rechazamos y reprobamos cualquier intento que tenga como fin corromper la conciencia de las diputadas y de los diputados porque eso equivale a ensuciar a esta representación nacional y popular. Equivale a entregar la soberanía de esta honorable Cámara de Diputados a intereses mezquinos que, al final de cuentas, dañan a la mayoría de este país y nos crean, como representantes del pueblo, la imagen de que estamos legislando sólo para unos cuantos. Por esa razón, hoy más que nunca necesitamos reafirmar ante el pueblo mexicano que, como representantes populares, los legisladores buscamos el mejoramiento y perfeccionamiento de nuestro marco jurídico, lo cual constituye la base de nuestra ética parlamentaria.

    Es decir, queremos que las leyes que aprobemos en el Pleno incidan en las transformaciones de las condiciones económicas, políticas y sociales de nuestro pueblo. Por las consideraciones anteriores, nuestra postura en torno de la problemática que hoy nos ocupa es sobre todo destacar la soberanía de la Cámara de Diputados y poner muy en alto la ética parlamentaria; éstos, como garantes del trabajo que aquí hacemos y lo cual consideramos de manera responsable, buscando siempre mantener un trabajo limpio y transparente ante el pueblo de México. Muchas gracias. Y es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por 10 minutos.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Con su permiso, diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados: iniciaré leyendo lo que establece el artículo 61 de nuestra Carta Magna: ``Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos por ellas. El Presidente de cada Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar''. Esa figura ha estado siempre presente en la institución parlamentaria.

    La finalidad de esa prerrogativa es permitir que los diputados y los senadores podamos desempeñar nuestros encargos con libertad, independencia y sin presiones. Consiste en la protección procesal que los parlamentarios poseemos, aunque terminemos nuestro encargo, de no poder ser demandados o arrestados por opiniones o expresión de ideas durante el ejercicio del encargo. Habiendo dejado en claro lo preceptuado en este artículo, debo manifestar que mi grupo parlamentario y el de la voz nunca hemos acusado a ningún miembro de esta Cámara de condicionar su voto a cambio de una retribución en dinero o especie; esto, porque no tenemos prueba alguna al respecto.

    Lo que sí deseamos enfatizar es que nos parece sumamente extraño que se defienda tan enérgicamente la industria tabacalera con pretextos que no tienen fundamento real. Por otro lado, nos parece sospechosa la cambiante actitud del Partido Acción Nacional en torno del gravamen del cigarro, siendo que en un principio defendieron a capa y espada dicha propuesta y ahora, sorpresivamente, se retractan de lo pactado, argumentado lo que ustedes mismos habían refutado en la Comisión. Además, quiero dejar en claro que a ningún diputado del Partido Verde Ecologista de México nos han ofrecido o hemos aceptado pago o dádiva alguna a cambio de modificar nuestra postura. Este tema, que ha permeado a los medios de comunicación, no es más que un reflejo del cabildeo sin control que se lleva a cabo en el interior de este recinto. Distintos grupos de presión y de poder han realizado sus actividades a espaldas de la luz pública, con las mejores o peores intenciones de contribuir a la sociedad que representamos.

    Y es que, como representantes populares, no es ajeno a nosotros reconocer que existan diversos entes sociales, económicos y políticos que buscan tener injerencia en nuestras decisiones. El problema versa cuando por los pasillos de este Congreso, se presume, ocurren actos que denigran y envilecen nuestra actividad. Compañeros, hay que fortalecer nuestra institución. Para el caso concreto, el impulso que realiza la industria tabacalera con objeto de evitar un alza del impuesto de este sector y que presumiblemente ha destapado lo preocupante de estas acciones de cabildeo, consideramos que resulta por demás extraño el cambio de opinión de varios legisladores del PAN, al ya no apoyar este impuesto especial. Por ello solicitamos que este debate no sólo sirva para que bajo las imputaciones de corrupción se pruebe lo dicho sino para que, de igual forma, se investigue si algún miembro de esta Cámara aceptó algún tipo de dádiva, obsequio o donativo a cambio de su voto. De ser así, que se les castigue. De lo contrario, que se haga lo conducente.

    También espero que los intereses electorales no estén pesando más ahora en sus decisiones legislativas que el bien nacional por el que debemos luchar. Me preocupa y me apena que el día de hoy estemos usando esta tribuna, la más alta de la nación, para discutir un tema periférico, con el que sólo se busca distraer la atención de todos para perder la esencia del tópico que nos ocupa, que es atacar el gravísimo problema de tabaquismo en nuestro país. Honestamente, compañeros legisladores, no existe argumento alguno que pudiera de manera contundente desechar lo ya aprobado por la Comisión de Hacienda.

    Las tabacaleras han mal informado a varios legisladores con sus mitos y verdades a medias y, peor aún, han manipulado a los campesinos, condicionándolos con puras patrañas. El Partido Verde ha impulsado este impuesto desde 1997, año en que por primera vez llegamos a esta institución. Creemos que no es cierto lo que sostiene la industria del tabaco de que el contrabando es por los altos impuestos que se aplican al tabaco y que la única solución viable es la reducción de dichos impuestos. La realidad es otra completamente: los impuestos no representan un cambio significativo en el nivel de contrabando; existen otros factores más importantes, como el propio papel que juega la industria del tabaco en la generación del contrabando, la ausencia de controles adecuados y la existencia de redes de contrabando, así como la distribución sin licencia, las leyes vagas, la débil observancia coercitiva de las normas y, finalmente, la corrupción de los funcionarios.

    Y eso, compañeros diputados, no lo digo yo, lo dice el SAT, vía Dirección General de Aduanas, que aseveró en 2002 que el incremento del IEPS, en sus palabras, no había afectado el nivel de contrabando de los cigarrillos. El 21 de mayo de 2003, durante la quincuagésima sexta Asamblea Mundial de la Salud, los 192 miembros de la OMS, entre ellos México, adoptaron por unanimidad el Primer Tratado Mundial de Salud Pública, el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, siendo éste el primer instrumento jurídico diseñado para reducir las defunciones y enfermedades relacionadas con el tabaco en todo el mundo. Entre muchas otras medidas, el tratado exige que los países impongan restricciones a la publicidad, el patrocinio y la promoción del tabaco adopten un nuevo envasado y etiquetado de los productos de tabaco, establezcan controles para velar por un aire limpio en ambientes interiores y fortalezcan su legislación, cuestión que deberíamos estar debatiendo en este momento.

    Algunos diputados aún creen que este incremento del impuesto se traduciría en una pérdida permanente de miles de puestos de trabajo en el sector agrícola y en las fábricas. Además, temen que la aplicación de impuestos más altos resultaría en menores recaudaciones, cuestión totalmente falsa. Cabe destacar que el tabaco es un peligro letal para campesinos, jornaleros y consumidores de cigarros; los productores de cigarros utilizan gran cantidad de aditivos químicos para incrementar el potencial adictivo y, con ello, obtener mayor consumo y, obviamente, mayores ganancias.

    El Boletín para el Control del Tabaco de abril de 2004, del Instituto Nacional de Salud Pública, trató sobre la enfermedad de tabaco verde, enfermedad que al parecer compañeros de los estados supuestamente afectados por este impuesto parece que no conocen. La enfermedad consiste en una forma de intoxicación por la absorción térmica de las nicotinas; los síntomas de esta intoxicación son similares a los causados por el contacto con insecticidas que, en grandes cantidades, se utilizan en el cultivo del tabaco en general y con gran descontrol en la zona norte del estado mexicano en Nayarit que, por cierto, compañeros diputados, es el primer lugar en intoxicaciones por plaguicidas, el mismo estado que abastece de producto a las tabacaleras transnacionales, British American Tobacco y Philip Morris.

    La Organización Panamericana de la Salud considera que en este cultivo se utilizan de 30 a 60 kilogramos de plaguicidas por hectárea. En México, 2 millones de niños, en su mayoría indígenas, son explotados en el campo por grandes productores y empresas transnacionales que les pagan salarios mínimos y no cubren su ingreso en la seguridad social, aun cuando muchos terminan enfermos debido a que los cultivos son altamente fumigados con pesticidas. Esto tampoco lo digo yo; lo denunciaron los diputados de las Comisiones de Agricultura, de Desarrollo Rural, y Especial de la niñez, adolescencia y familias. Eso debería preocupar más que un incremento de 110 a 130 por ciento.

    Por todo lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hará lo conducente, conforme a sus postulados, para evitar que desde la máxima tribuna de la nación se mienta al resto de la sociedad; seguiremos luchando por el bien de la salud pública en nuestro país. Lo que sí queremos enfatizar, como mensaje final, es que aunque no contemos con pruebas ni evidencias para hacer señalamientos tan categóricos, nos parece por demás extraño, sorpresivo y sospechoso el viraje tan repentino de la bancada de Acción Nacional en torno del tema. Por su atención, muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por 10 minutos.El diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez: Muchas gracias. Con su permiso, Presidente. Celebro que el día de hoy estemos aquí dando un debate, fijando posición los grupos parlamentarios sobre un tema que, desde el punto de vista del grupo parlamentario del PRD, afecta a todas y todos los integrantes de esta Cámara de Diputados. No es un asunto solamente de determinar si existen o no mecanismos para recibir a distintos interesados en las decisiones que toma la Cámara sobre diversos motivos, sobre diversas iniciativas, sobre diversas leyes. Reconocemos que aquí, en la Cámara de Diputados, hemos recibido a gobernadores interesados en los temas presupuestales, que afectan los posibles recursos destinados para el siguiente año fiscal.

    Han venido secretarios de Estado, aunque tengan una prohibición del Ejecutivo federal de venir a la Cámara de Diputados, a solicitar modificaciones de las partidas presupuestales que hemos recibido de parte de la Secretaría de Hacienda. Incluso, como todos sabemos, existe un decreto mediante el cual el Presidente de la República establece que los secretarios de Estado que vengan a la Cámara de Diputados a intervenir en la modificación del Presupuesto serán reconvenidos y trasladada su situación a la Secretaría de la Función Pública para lo que sea necesario. De modo tal que lo que estamos aquí discutiendo es si existe o no lo que hemos llamado ``cabildeo''; existe, existe. Y también, a la mejor lo que hoy estamos discutiendo es la necesidad que tienen la Cámara de Diputados y el Congreso de establecer los mecanismos reglamentarios adecuados para que estos diversos intereses estén debidamente transparentados y garanticemos que en todo momento las decisiones que tomamos de manera soberana en este Pleno, en esta Asamblea estén debidamente acreditadas.

    Otros diputados ya han dicho, y creo que todos coincidimos en este tema, que debemos de manera acelerada establecer normas que sean suficientemente transparentes para garantizar que ningún diputado o diputada tenga decisiones tomadas a costa de mecanismos que no sean legales. Sin embargo, el problema que tenemos a la vista es que un diputado, el diputado Toscano, del Partido Acción Nacional, afirma que diputados de esta Legislatura han sido sobornados, y que han sido sobornados por una empresa que tiene interés en que un impuesto sea modificado. Como todos sabemos, la Comisión de Hacienda arribó en días pasados a aprobar un dictamen para modificar el IEPS en Tabasco y establecerlo a 130 por ciento. Y, posteriormente, ocurrió que algunos diputados comenzaron a modificar su intención de voto o comenzaron a afirmar que existía una decisión errónea; y en ese contexto se plantea esta acusación. Esta Asamblea aún no ha votado el impuesto de referencia y, sin embargo, el diputado Toscano afirma que ya han sido compradas las decisiones a través de este soborno.

    Me parece que eso es lo grave, y es lo que tenemos que aclarar. El diputado Toscano tiene derecho a afirmar y no ser reconvenido por sus afirmaciones; es un derecho constitucional. Sin embargo, el diputado Toscano comete un agravio contra el Congreso porque supone que todos los demás diputados vamos a aceptar modificar lo que ya fue aprobado en la Comisión de Hacienda. Lo vamos a ver al rato de todos modos, vamos a ver cómo se conduce cada uno de los diputados que firmó ese dictamen y cómo se van a comprometer con el voto que dieron. Y, en todo caso, veremos si efectivamente tienen suficientes argumentos para demostrar que su decisión fue equivocada y modifican su voto. Lo vamos a ver en unos momentos, pero el diputado Toscano lo que tiene que decir a esta Cámara es quiénes son los diputados que aceptaron ser sobornados, y ése es un delito. Como todos sabemos, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos prohíbe; es un delito... Establece la fracción XV del artículo 47: ``Abstenerse durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir por sí o por interpósita persona dinero, objetos mediante enajenación, etcétera''.

    Quienes aceptaron eso; es decir, quienes aceptaron los viajes, quienes aceptaron ir a algún lugar, están cometiendo un delito. Y el diputado Toscano tiene que decir quiénes son; tiene que dar los nombres para que todos estemos a salvo. Y tenemos garantías de que, efectivamente, nuestras decisiones se están realizando con plena soberanía. El diputado Toscano colocó esta Cámara en una situación en la que hoy, creemos, debemos cerrar el asunto. No podemos aceptar ninguno de los que estamos aquí presentes que las decisiones que tomamos aquí estén subordinadas a un interés donde nuestra dignidad y nuestro voto está sujeto a un precio; eso sería inadmisible. Creo, finalmente, que el diputado Toscano nos ha brindado la oportunidad para dar este debate, que era importante, porque estamos a punto de aprobar en próximos días el Presupuesto de 2006; y en esta discusión tendremos que resolver también diversas presiones que todos tenemos sobre cómo asignar estos recursos. Creo y... celebro y emplazo al diputado Toscano a que diga quiénes son los diputados que aceptaron esas prebendas; si no lo hace, que acepte que está difamando a esta Legislatura, a los 500 diputados y diputadas de esta Legislatura. Si no lo hace, exijo al diputado Toscano que haga una declaración pública y exprese su decisión de reconvenirse ante todos nosotros. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Federico Döring Casar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por 10 minutos.El diputado Federico Döring Casar: Compañeras y compañeros diputados: quisiera iniciar mi intervención con una cita de don Adolfo Christlieb Ibarrola, del año de 1968, que a la letra reza: ``Los grupos de presión resultan políticamente irresponsables porque su influencia se ejerce sobre los órganos de poder exteriormente. Por eso, las expresiones responsables y directas de la política corresponden al poder público y a los propios partidos políticos, a los que, a través de grupos de presión, dejan la responsabilidad política y social de las decisiones, sin perjuicio de su legítimo derecho para influir sobre los mismos.

    La aspiración de los ciudadanos de participar en la vida política y social, cada día más personal y más intensa, debe ser expresada por los grupos intermedios no para convertirse en factores de presión ilícita sobre el poder, sino para informar y formar a la opinión pública, que debe ser recibida, atendida y legítimamente canalizada por autoridades y partidos''. Hasta aquí la cita. El tema que nos ocupa el día de hoy es un tema que, a la luz de esta cita, fue planteado en las tesis fundamentales de Acción Nacional desde el año de 1968. Acción Nacional cree y le apuesta al cabildeo porque entendemos que el cabildeo es una práctica moderna de cualquier Congreso maduro, plural y competitivo electoralmente.

    No debemos satanizar la legítima práctica del cabildeo; el cabildeo nace con mayor vigor después de la caída de la mayoría del PRI en la Gran Comisión, cuando la necesidad de interlocución se vuelve más plural y más vigorosa. Anteriormente, el cabildeo era un asunto más soterrado, donde bastaba ir a Bucareli o bastaba hablar con el Presidente de la Gran Comisión; hoy día, la pluralidad de este Congreso, de esta Cámara exige de los actores ciudadanos mayor participación en el cabildeo. Y el tema, para nosotros, el fondo del tema, que bien ha dicho el diputado Espinoza, que trae hoy a esta tribuna, es si el Congreso está a la altura del reto de la transición mexicana y puede reglamentar la actividad del cabildeo.

    Nosotros creemos que sí: el diputado Antonio Morales de la Peña y un servidor presentamos una iniciativa sobre este sentido en diciembre del año pasado, y el objeto de la iniciativa es hacer del dominio público las actividades de promoción. La postura del PAN va mucho más lejos de lo que he escuchado el día de hoy porque en esa iniciativa no sólo se reglamenta la actividad legítima del cabildeo que tengan que llevar a cabo particulares con legisladores, sino la que lleven a cabo los particulares con los funcionarios del Poder Ejecutivo federal.

    Se establece también en el artículo 14, por poner sólo un ejemplo del tema que hoy se está ventilando, la prohibición de toda donación o prestación en dinero o en especie para los sujetos pasivos del cabildeo; es decir, los cabildeados. Y también en el artículo 18 y en el 19, cuestión inédita, en la propuesta de Acción Nacional se establece la necesidad para los servidores públicos de informar a un registro de que cabilderos profesionales, sobre los encuentros que tengan con cabildeos, el objeto de dichos encuentros y la resolución de esos cabildeos en la medida en que fueron o no aceptados. Se establece el concepto de un registro de cabildeo en el cual todas las empresas de cabildeo profesionales tengan que registrar el objeto de su cabildeo, el cliente de su cabildeo, la naturaleza del cabildeo y rendir un informe semestral.

    La postura de Acción Nacional es que debe haber absoluta transparencia en la forma de hacer política por parte del Ejecutivo federal, también del Congreso de la Unión, pero también de las fuentes reales de poder, también de los que inciden en la opinión y en la toma de decisiones desde el ámbito privado. También esos particulares deben informar con quién se reúnen, para qué se reúnen y cuáles son los objetos legítimos que promueven, como en el caso del impuesto al tabaco puede ser o la no aprobación o la aprobación del mismo.

    Nosotros entendemos el día de hoy que hay un llamado al Congreso, y el Congreso puede ser parte del escándalo o puede ser parte de la solución. Los panistas vamos a apostar a la solución y vamos a seguir trabajando porque se reglamente el cabildeo, que no es una postura privativa del PAN: hay una iniciativa de la diputada Portillo, del PRD; hay una excitativa del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza y de la diputada Ruiz Massieu; hay trabajo en el Senado, del senador Chaurand, del PRI, del senador César Jáuregui, del PAN. Hay muchos legisladores comprometidos en este país con dar un marco regulatorio y mayor transparencia a lo que es una consecuencia natural, sana y democrática de la caída de la mayoría priísta, en 1997, en los Congresos. Eso es sano; es sano porque el hecho de que hoy día se tenga que discutir cómo se cabildea, con todos los asegunes que esto pueda tener, es de suyo mucho más alentador para un país democrático como México que el oscurantismo del pasado.

    Nosotros los nombres que vamos aportar son los nombres de los diputados del PAN que voten a favor un dictamen que reglamente la iniciativa del cabildeo. Queremos dejar en claro ante este Pleno dos cosas: primera, porque ha habido algunas imputaciones de quienes me antecedieron en el uso de la palabra. Estamos absolutamente orgullosos de la conducta de todos los integrantes del PAN en la Comisión de Hacienda, todos los que apoyaron la propuesta del diputado Toscano, convencidos de sus méritos de la misma y también de nuestro compañero nayarita Manuel Pérez Cárdenas, que demostró un enorme compromiso y arraigo con sus representados.

    De todos ellos estamos orgullosos y no tenemos absolutamente nada que recriminarles, pero también estamos orgullosos, como grupo parlamentario, de ser un grupo parlamentario democrático, un grupo parlamentario donde no hay línea, donde no hay imposición, donde lo que se acuerda en una comisión todavía puede ser materia de debate y análisis por el resto de los diputados. En ese ejercicio, las decisiones vinculan ausentes y disidentes y los compañeros que habían impulsado esta propuesta desde el punto de vista fiscal eminentemente perdieron el debate y la votación con los compañeros que lo argumentaron desde el punto de vista de la salud pública y las políticas que en esa materia tiene el Ejecutivo federal.

    El debate enriqueció mi óptica, mi visión y la de todos los diputados y las diputadas de Acción Nacional presentes en esta reunión primaria. De eso no hay ninguna disculpa que ofrecer y no hay absolutamente nada de que avergonzarse. Acción Nacional ha sido transparente en la génesis de la propuesta, en la aprobación de la propuesta, y en el debate y la deliberación de la postura final sobre la propuesta y ojalá --como bien decían-- cuando se discuta la propuesta al rato, lo que discutamos sean los méritos de la propuesta con un debate que enaltezca al Congreso y no con un escándalo que lo demerite. Para nosotros la disyuntiva es clara, entre el escándalo y la solución, nosotros hoy y siempre vamos a ser parte de la solución. Gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a un grupo de campesinos productores de tabaco de los estados de Nayarit, Veracruz, Oaxaca y Chiapas, a invitación de los diputados de los mismos estados; sean ustedes bienvenidos. Tiene la palabra el diputado Luis Antonio Ramírez Pineda, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por 10 minutos.El diputado Luis Antonio Ramírez Pineda: Con su venia, señor Presidente; señoras y señores legisladores: vengo en nombre de mi fracción parlamentaria, la del PRI, para fijar nuestra postura en torno de un asunto que no podemos pasar por alto porque lo delicado de la insinuación mancha con la sombra de la sospecha nuestro trabajo parlamentario. No se puede aceptar de ninguna manera que se ventilen ante la opinión pública con tanta ligereza e irresponsabilidad ocurrencias y denuncias sin sustento alguno, que perturban nuestra dignidad de legisladores y la honorabilidad de nuestra Cámara.

    Somos legisladores y políticos profesionales, y eso supone un compromiso con la verdad y con la ética. Ser diputado, y así lo dice nuestra Constitución, es ser representante de la nación y no comparsa de las autoridades o siervo de los poderosos o de cualquier otro interés, que será siempre menor que los sagrados intereses de la patria. Estamos aquí representando a nuestro pueblo y luchamos con pasión por principios, con ideas, con razones, con argumentos para contribuir a edificar y renovar una estructura jurídica que propicie el desarrollo integral, acorde con las aspiraciones y exigencias de nuestro país. Con esa mística y entusiasmo llegamos aquí para servir a México, a sus grupos más vulnerables, a sus grandes causas sociales, a sus necesarias transformaciones, para conquistar la equidad y la justicia con que soñó Morelos desde los albores de nuestra independencia.

    Por esa convicción arraigada en la mayoría de los diputados que integran esta honorable Legislatura, no podemos de ninguna manera aceptar que se involucre impunemente sin ninguna prueba a ningún diputado con algún interés ilegítimo, menos en eventos de corrupción y, peor todavía, si éstos se relacionan con intereses de empresas transnacionales. Si en el caso concreto de la discusión sobre un impuesto a las cajetillas de cigarros muchos diputados nos hemos negado a apoyarlo, es porque hemos analizado la repercusión que éste tendrá en el ya de por sí crítico campo tabacalero; afectaría muy severamente a los productores. Pero en la lógica de quienes difaman, los legisladores que voten contra el impuesto y difieran de su verdad, fueron sobornados o influidos por el interés de las transnacionales cigarreras. Nos negamos a aceptar tan descomunal despropósito y perversidad política. Esa actitud degrada la labor legislativa y llena de soledad la democracia.

    En el caso del tabaco no hay consenso, pues nuestra posición viene de diferentes visiones del problema. En el caso particular del PRI, queremos estimular la producción y generar empleos que permitan a los tabacaleros tener una fuente segura de ingresos. Que quede claro: los diputados del PRI hemos apoyado y apoyaremos las iniciativas y propuestas que busquen nuevas fuentes de ingresos, siempre y cuando ello no cause perjuicio indeseable a los que menos tienen.

    El PRI no apoyará medidas que golpeen todavía más un sector como el de los campesinos tabacaleros, y menos cuando no se establezcan medidas claras para compensarlos. Pero la defensa de nuestros productores del campo, que prácticamente están en quiebra, se está confundiendo como un apoyo a los intereses de las grandes empresas transnacionales. Lo afirmo sin lugar a ninguna duda: los legisladores del PRI no vendemos nuestras conciencias; nuestras acciones legislativas se basan en los principios y valores que nuestro partido ha construido históricamente.

    Rechazamos categóricamente las acusaciones absurdas de que nuestras decisiones respondan a la compra de conciencias. No se debe hacer demagogia fácil ni condenar con los venenos de la suspicacia o de suposiciones fantasiosas que contribuyan al linchamiento a que han sido sometidos los legisladores con demasiada frecuencia. Las discusiones y los debates en que hemos sido actores, tanto en el seno de las comisiones como en el Pleno soberano, han estado llenas de pasión, pero de pleno respeto de las ideas de cada uno. Hemos planteado nuestras tesis y argumentos con toda honestidad, pensando siempre, desde nuestras respectivas posiciones ideológicas, en el bien de la patria.

    Hemos ejercido nuestra función legislativa en forma soberana. Somos un poder legislador y deliberante; somos gestores de los intereses populares de nuestros representados. Tenemos conciencia de los altos intereses que defendemos, particularmente quienes nos debemos al sector social, el más necesitado, el que sobrevive en el mundo de los pobres. Por eso rechazamos, con vigor y con indignación, que arrojen sobre nuestro trabajo legislativo cualquier sombra de sospecha.

    La diatriba, el chisme, la calumnia, deben ser sombra... perdón. La diatriba, el chisme, la calumnia deben ser desterrados como expresión del subdesarrollo político para dar paso a la reflexión creativa, a la crítica que construye al ejercicio cabal de la política que fecunda. El hostigamiento al Congreso en cualquier país o Estado produce casi siempre parálisis y enfrentamientos estériles que hace que no funcione la tarea legislativa. Particularmente, los diputados de esta Legislatura hemos venido sufriendo ataques por error o perversidad.

    Sin embargo, independientemente de las diferencias ideológicas y nuestras diferencias en temas concretos, hoy, como pocas veces, tenemos la oportunidad a partir de este lamentable incidente de abrir las puertas a un trascendental debate: el del llamado cabildeo. Que sepa, en prácticamente todos los Parlamentos del mundo existe la actividad de los lobbystas, incluso en algunos países, como Estados Unidos, se ha hecho de este ejercicio del cabildeo toda una profesión. Aquí, en nuestra Cámara, permanentemente vemos lobbystas de todas partes y de todos los temas: los hay del gobierno, de las empresas, de los productores, de la sociedad en general... Y esta realidad no implica que se estén asumiendo compromisos o actitudes vergonzantes que atenten contra la nación o contra la soberanía de nuestra honorable Cámara.

    Por esa razón pienso que ha llegado el momento de entrar a fondo en la discusión del ejercicio del cabildeo para transparentarlo, regularlo, establecer criterios y normas y evitar inmoralidades, el uso indebido o poco ético de la información privilegiada y, sobre todo, evitar el conflicto de intereses. Compañeras y compañeros legisladores: no es la primera vez ni será la última en que se nos denuesta. Por nuestra parte, hemos asumido nuestra función constitucional con responsabilidad y con honradez, a pesar de que incluso hemos sido reconvenidos, inconstitucionalmente, por el propio Presidente de la República.

    Que quede claro: nuestra disputa por la nación es ideológica. Tenemos que resolver un problema fundamental: la desigualdad entre los pocos ricos y los muchos pobres. Defender lo nuestro, nuestros propios valores y cultura, los recursos que son de la nación; defender los bienes que serán de nuestros hijos y que son el producto del sacrificio y los sueños de varias generaciones. Nuestra lucha es contra la pobreza y la iniquidad, que agobian a demasiados mexicanos. Tenemos que aportar, como legisladores, con honestidad, con dignidad y claridad política lo que constitucionalmente nos corresponde. No podemos ni debemos perdernos en el submundo de las intrigas, las acechanzas y el asedio de los grandes intereses financieros o comerciales. Elevemos la mira, demos altura al debate; enaltezcamos el ejercicio de la política; sólo así serviremos verdaderamente a México. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Con la intervención del orador concluye este punto, donde se ha fijado la posición de las diversas fracciones parlamentarias respecto al tema que abordamos.
    SISTEMA ELECTRONICO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia tiene noticia de que el sistema electrónico de votación ha sido restablecido. Sin embargo, ordeno a la Secretaría que autorice y ordene la apertura del sistema electrónico para hacer una prueba y que los diputados presentes en el recinto puedan tanto marcar la asistencia como hacer un ensayo de votación; será única y exclusivamente una prueba. El tiempo será por 10 minutos.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, para realizar la prueba del sistema electrónico ábrase el mismo por un tiempo de 10 minutos.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.
    COMISIONES LEGISLATIVAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43 párrafo 3 y 44, párrafo 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de la siguiente integración en el Comité del Centro de Estudios para Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género:

  • Que cause alta la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella, como Secretaria de dicho Comité.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF 25 de octubre de 2005.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43 párrafo 3 y 44, párrafo 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de la siguiente integración en el Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad y Género:

  • Que cause alta la diputada Angélica de la Peña Gómez, como Secretaria de dicho Comité.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF 25 de octubre de 2005.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo..

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada.


    REPUBLICA DE CUBA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir al representante de México ante la Organización de las Naciones Unidas para que el voto de México ante ese organismo sea contra el bloqueo de Cuba

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la Proposición con Punto de Acuerdo que el diputado Pedro Vázquez González del Grupo Parlamentario del PT, presentó, en el mismo sentido, a este órgano de gobierno, por lo que somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Único.- Esta Soberanía exhorta al titular del Ejecutivo Federal, para que en la próxima reunión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que se celebrará el 8 de noviembre del año en curso, instruya a nuestro representante ante ese organismo internacional para que el voto de México sea en contra del bloqueo que los Estados Unidos de Norteamérica mantiene contra Cuba desde hace casi 50 años.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame; permítame secretaria. Simplemente, quiero corroborar que no existan oradores inscritos para este tema...

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Presidente, Presidente...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado Wintilo Vega. Sonido a la curul del diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente, la Junta de Coordinación Política había acordado ayer que este punto no fuera leído por la Secretaría sino que fuera presentado en nombre de la Junta por el diputado Pedro Vázquez.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia tiene la información de que no fue recibido escrito alguno en ese sentido, diputado Wintilo. Podríamos enmendar este asunto si se concede el uso de la palabra en nombre de la Junta de Coordinación al diputado Pedro Vázquez González. Si no existe alguna otra observación o comentario, daríamos el uso de la palabra al diputado Pedro Vázquez González, en nombre de todas las fracciones parlamentarias de la Junta de Coordinación Política, hasta por 10 minutos.El diputado Pedro Vázquez González: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores: la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 14 del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo que presentó ante este órgano de gobierno el de la voz, diputado Pedro Vázquez González, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo y Presidente del Grupo de Amistad México-Cuba, bajo las siguientes Consideraciones

    El próximo 8 de noviembre tendrá lugar, en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, la votación sobre la resolución que plantea el término del bloqueo económico comercial y financiero contra Cuba. Queremos dejar en claro que no hay razones para continuar la política de beligerancia de Estados Unidos contra Cuba. La única razón de fondo la representa la camarilla de anticastristas radicados en Miami que, a cambio de prebendas y votos al partido del gobierno en turno en Estados Unidos, consigue que el bloqueo siga vigente. El pasado 15 de octubre se celebró la XV Cumbre Iberoamericana, en Salamanca, España, donde se reunieron diversos Jefes de Estado y de Gobierno de varios países.

    Entre sus resoluciones, acordaron lo siguiente: ``Primero. Solicitar al gobierno de Estados Unidos, con carácter de inmediato, que detenga la aplicación de las medidas adoptadas en el curso de los dos últimos años con objeto de fortalecer y profundizar el impacto de su política de bloqueo económico, comercial y financiero a Cuba. Segundo. Solicitar a Estados Unidos la extradición a Venezuela del terrorista anticastrista Luis Posada Carriles, acusado por el gobierno de la isla de atentar contra un avión cubano, lo que causó la muerte de 73 personas''.

    Las peticiones señaladas coinciden con las 13 sucesivas resoluciones de Naciones Unidas --la primera de ellas, en 1992-- para poner fin al genocidio que se realiza contra la isla caribeña al someterla a un embargo económico y político, pero que este año se pide el fin inmediato del bloqueo. El endurecimiento de la política anticastrista ha llegado al extremo de restringir los intercambios académicos, culturales, científicos y deportivos entre Cuba y otras naciones. Lo más inhumano es que se limita la compra de alimentos y medicinas, ya que a los barcos que realizan ventas a la isla se les prohíbe arribar a puertos norteamericanos por un periodo de seis meses; todo ello, con el claro objetivo de limitar los suministros a la isla. Por lo que respecta al tráfico de personas, se limitan las visas de los norteamericanos a Cuba, los viajes de los residentes cubanos a Estados Unidos, el envío de remesas a familiares y se incrementan las restricciones a ciudadanos y residentes estadounidenses para comprar productos de origen cubano, incluyendo tabaco y alcohol. Por lo que respecta a las finanzas cubanas, el gobierno norteamericano arreció la campaña para impedir el depósito, canje a otras monedas o transferencia a través de bancos de terceros países de los dólares que Cuba obtiene legítimamente por concepto de turismo, remesas y ventas en centros comerciales.

    Por las consideraciones expuestas, la propuesta de punto de acuerdo queda como sigue:

    Artículo Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal de nuestro país para que en la próxima reunión de la ONU, que se celebrará el 8 de noviembre de año en curso, instruya a nuestro representante en ese organismo internacional para que el voto de México sea en contra del bloqueo que Estados Unidos de América mantiene contra Cuba desde hace casi 50 años.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de octubre del año en curso. Firma el diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: No habiendo oradores registrados, consulte la Secretaría si el asunto está suficientemente discutido.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    PARLAMENTO DE LAS NIÑAS Y LOS NIÑOS DE MEXICO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los titulares del Poder Ejecutivo federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones políticas del Distrito Federal, y a los presidentes de los órganos de gobierno de los Congresos locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a dar seguimiento y resolución a los acuerdos del Tercer Parlamento de las Niñas y los Niños de México

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la Proposición con Punto de Acuerdo que, con la misma intención, diputadas y diputados integrantes de las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, de Participación Ciudadana, y Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, presentaron a este órgano de gobierno.

    Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se exhorta respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones políticas del Distrito Federal, y a los presidentes de los órganos de gobierno de los congresos locales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a dar seguimiento y resolución a los acuerdos del Tercer Parlamento de las Niñas y los Niños de México, realizado del 23 al 27 de mayo de 2005, en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Dichos acuerdos deberán ser considerados en sus planes de trabajo y en la definición de las políticas públicas, de acuerdo a las facultades y atribuciones de cada institución y nivel de gobierno.

    Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a emitir, en el ejercicio de sus facultades previstas en la fracción I del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes de las zonas geográficas afectadas por las fuertes lluvias y los huracanes Stan y Wilma

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la Proposición con Punto de Acuerdo que la diputada Mayela Quiroga Tamez del Grupo Parlamentario del PRI, presentó, en el mismo sentido a este órgano de gobierno.

    Por anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el ámbito de su competencia, adopte las acciones necesarias para que los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal en las zonas geográficas definidas como afectadas localizadas en los estados de Campeche, Chiapas, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Yucatán y Quintana Roo, puedan diferir hasta el 31 de marzo de 2006, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y el pago de las contribuciones comprendidas por el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, correspondientes a los pagos provisionales de los meses de septiembre a diciembre del ejercicio fiscal de 2005, así como los pagos correspondientes al mes de septiembre y al cuarto trimestre, o al segundo semestre de dicho ejercicio en el pago de personas físicas que tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, que debieron o deban enterarse en los meses de octubre a diciembre de 2005 y enero de 2006, según sea el caso,

    Segundo.- Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que en el ejercicio de sus facultades previstas en la fracción I del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, emita decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes de las zonas geográficas afectadas por las fuertes lluvias y por los huracanes Stan y Wilma, ocurridos en el mes de octubre de 2005.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame, secretaria. Se han registrado para hablar sobre el acuerdo de la Junta de Coordinación Política los siguientes ciudadanos diputados: la diputada Mayela Quiroga Tamez, del Partido Revolucionario Institucional; y el diputado José Orlando Pérez Moguel, del Partido Acción Nacional. Tiene la palabra la diputada Mayela Quiroga Tamez, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.La diputada Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez: Gracias, diputado Presidente; con su permiso. Compañeros diputados: les pido su voto a favor del presente punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, para exhortar al Ejecutivo federal a diferir el pago de las contribuciones comprendidas por el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios correspondientes a los pagos provisionales de los meses de septiembre a diciembre del ejercicio 2005, así como los pagos correspondientes al mes de septiembre y al cuarto trimestre del ejercicio señalado, tratándose de contribuyentes que puedan efectuar los pagos trimestrales y al segundo semestre de dicho ejercicio que debieron o deben enterarse en los meses de octubre a diciembre de 2005 y enero de 2006, según sea el caso, en los estados de Campeche, Chiapas, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Yucatán y Quintana Roo. Lo anterior, debido a que esos estados fueron afectados seriamente por las fuertes lluvias y los huracanes, toda vez que es prioridad del Estado mexicano lograr en el menor tiempo posible la normalización de la vida económica de las zonas afectadas.

    Estos momentos son de gran incertidumbre social y económica que padecen nuestros hermanos en estas regiones, que representan las principales fuentes de ingreso del sector turismo, agropecuario e industrial. Es necesario que se inviertan en estos momentos en infraestructura para poder lo antes posible estar a cien por ciento en las condiciones de reactivar la economía en los estados antes señalados y aligerando un poco la carga tributaria.

    Tenemos como antecedente de lo anterior que en el año de 1999 se emitió un decreto similar en los estados afectados por las lluvias en estos años. Les pido su voto a favor en este punto de acuerdo, que presenté a la Junta de Coordinación Política, para solidarizarnos con nuestros hermanos que actualmente padecen los estragos de los fenómenos naturales en este último mes de octubre. Compañeros diputados: les pido por favor que voten a favor de este punto de acuerdo. Por su atención, muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado José Orlando Pérez Moguel, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.El diputado José Orlando Pérez Moguel: Compañeras y compañeros legisladores: en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, vengo a manifestar nuestro apoyo al punto de acuerdo que se presenta ante esta soberanía. Vivimos días que dejarán huella imborrable en la mente de muchas familias mexicanas, debido a los trágicos acontecimientos que la presencia de diversos fenómenos de origen hidrometeorológico ha ocasionado en diversas entidades federativas. Los efectos de esos desastres de origen natural generaron lamentablemente la irreparable pérdida de vidas humanas, daños de viviendas e infraestructura en diversas poblaciones, que en ocasiones no cuentan con recursos económicos suficientes para salir avante en sus vidas y actividades diarias. De aquí surge la importancia de los apoyos que las autoridades, como representantes de los intereses de la sociedad en su conjunto y en el marco de la legalidad, pueden realizar a efecto de mitigar y avanzar en las etapas de reconstrucción y normalidad.

    En ese sentido, como previsiblemente ya habrá sido objeto de ponderación y estudio para su implementación por parte de las autoridades federales, el exhorto dirigido al titular del Poder Ejecutivo a efecto de que, en ejercicio de sus facultades previstas en la fracción I del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, emita decreto a efecto de diferir el pago de contribuciones a contribuyentes y a las personas morales no contribuyentes de las zonas geográficas afectadas por las fuertes lluvias y por los huracanes Stan y Wilma. Es una de las medidas que deberán impulsar el restablecimiento de la normalidad en la vida de nuestros hermanos en desgracia. El grupo parlamentario de Acción Nacional apoya estas medidas. Por su atención, gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría si el asunto está debidamente discutido.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado; ¿con qué objeto? Den sonido a la curul donde está el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza por favor.El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias, Presidente. Para ver si me permite el uso de la tribuna y presentar una modificación; más bien, una adición a la proposición presentada a votación.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Instruyo a la Secretaría para que consulte a la Asamblea si el asunto se encuentra suficientemente discutido. En caso contrario, señor diputado, tendrá usted el uso de la palabra hasta por cinco minutos. ¿Sí, diputado?El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Con el debido respeto, diputado Presidente: la intervención de un servidor no debe estar condicionada a si el asunto está o no suficientemente discutido sino, en su momento, si la propuesta es o no de ser aceptada por esta Asamblea. Ojalá me dieran la oportunidad de presentarla, que es con un fin totalmente noble.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Entiendo perfectamente la intención y la nobleza de su propuesta, pero esta Presidencia se rige por lo que dispone el Reglamento Interior y, en su artículo 22, tengo la obligación de consultar a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido. En caso de no aprobarse, tendrá usted el uso de la palabra, señor diputado. Consulte la Secretaría si el asunto se encuentra suficientemente discutido, en el entendido de que, en caso negativo, tendrá el uso de la palabra el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, hasta por cinco minutos.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Continúe la Secretaría.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta el punto de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a agilizar la entrega de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, a fin de iniciar la etapa de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo que la diputada Evelia Sandoval Urbán, del grupo parlamentario del PRI, en el mismo sentido, presentó a este órgano de gobierno.

    Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta al Ejecutivo Federal para que:

    a) Agilice la entrega de los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales (Fonden), con el fin de iniciar la etapa de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma; sobre todo, en Quintana Roo, principal centro turístico del país.

    b) Anticipe las partidas presupuestales con los recursos que, por los excedentes de la venta del petróleo, le corresponden a las entidades federativas, dañadas por los huracanes Stan y Wilma; así como liberar de manera inmediata los recursos que corresponden al Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), con el objetivo de acelerar la reconstrucción de dichos estados.

    c) Proporcione urgentemente un paquete integral que contenga los programas emergentes de reconstrucción y desarrollo regional para las zonas afectadas por los huracanes Stan y Wilma. Dicho paquete servirá para canalizar la reasignación de los recursos que no han sido ejercidos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2005 a los estados afectados.

    Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame, señor secretario. Se han registrado para hablar sobre el acuerdo de la Junta de Coordinación Política los siguientes ciudadanos diputados: diputada Evelia Sandoval Urbán y diputado Alfredo Rodríguez y Pacheco; los dos diputados están registrados para hablar en pro. En consecuencia, tiene la palabra la diputada Evelia Sandoval Urbán, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional hasta por cinco minutos.La diputada Evelia Sandoval Urbán: Con su permiso, diputado Presidente. La situación que enfrentan nuestros hermanos de los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma requiere toda nuestra solidaridad y compromiso, lo cual debe traducirse en acciones precisas que permitan la pronta reconstrucción de las comunidades, así como la recuperación de los bienes que miles de familias perdieron y representan su patrimonio.

    Es lamentable ver la destrucción material y económica que sufrieron los estados afectados pero, a la vez, debemos reconocer el gran trabajo de prevención que realizó la ciudadanía en coordinación y bajo la dirección de los gobiernos estatales, como fue el caso del gobernador Felipe Arturo González Canto, quien eficientemente logró poner a salvo las vidas de los turistas y quintanarroenses en refugios seguros, que los protegieron del terrible huracán Wilma. Hoy, es evidente que debemos superar cualquier escollo burocrático y político; en este momento debemos aplicar los recursos públicos donde se necesitan.

    Tenemos que pensar en los mexicanos, en nuestras niñas y niños, afectados por este fenómeno de la naturaleza. Requieren la reconstrucción de viviendas, escuelas, hospitales y fuente de ingresos, la industria hotelera, en el caso de Quintana Roo. De acuerdo con las cifras oficiales, el monto de los daños ocasionados por Stan en los estados de Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Puebla es de alrededor de 20 mil millones de pesos; y por Wilma, de casi 30 mil millones de pesos en Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

    Solamente en este último, se estiman en casi 25 mil millones de pesos hasta ahora, porque la región afectada corresponde a 75 por ciento de la población del estado y a 98 por ciento de la infraestructura hotelera, que genera una derrama turística anual de 4 mil millones de dólares, recibe a 10 millones de turistas y visitantes, que generan 33 por ciento de las divisas que ingresan en el país por concepto de turismo. En este sentido, queda claro que la ayuda y las acciones no pueden esperar más; la solidaridad y la eficacia con que respondamos a las necesidades de nuestros hermanos sin lugar a dudas fortalecerán el desarrollo no sólo de los estados afectados sino del país en su conjunto. Compañeros legisladores, nuestros hermanos del sureste necesitan todo nuestro apoyo solidario y nuestro compromiso.

    La desgracia de los estados afectados no debe llevar banderas partidistas ni lucimientos políticos; no se vale que se opaquen los esfuerzos y el trabajo de la sociedad y de los gobiernos estatales y municipales de las zonas afectadas. El grupo parlamentario del PRI se solidariza con nuestros hermanos afectados y solicitamos a esta soberanía que se apruebe a favor la presente proposición con punto de acuerdo. Es cuanto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Alfredo Rodríguez y Pacheco, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.El diputado Alfredo Rodríguez y Pacheco: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores: en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, vengo a manifestar nuestro apoyo al punto de acuerdo que se presenta ante esta soberanía, así como nuestra solidaridad a los pueblos que en estos momentos sufren la pérdida e infortunio de sus vidas.

    Situaciones que se están viviendo en nuestras regiones, en las diversas regiones de nuestro territorio marcarán la vida de muchas personas y familias. En ese sentido, resalta de manera clara la obligación que tiene el Estado de conservar la vida y seguridad de las personas, premisa sobre la que se finca la importancia de la protección civil como una de las herramientas básicas y más importantes para asegurar el pleno y armonioso desarrollo de las sociedades.

    La República Mexicana, debido a su posición geográfica, se sitúa como uno de los países con mayor presencia de desastres naturales, principalmente de origen hidrometeorológico, que azotan de manera constante y reiterada su territorio. Durante los últimos meses, y en particular en las últimas semanas, las lluvias torrenciales que se han registrado en diversos lugares del país han puesto en situación crítica a un número considerable de familias mexicanas, así como el buen desarrollo de las actividades económicas de diversas regiones.

    Somos conscientes de que la atención de calamidades de esta naturaleza, que impactan nuestro país y transforman el desarrollo normal de sus actividades en un estado de daños, no es tarea fácil, ya que requiere la suma de voluntades y la colaboración estrecha de los tres órdenes de gobierno, del sector privado y del social, de la población en general y los recursos económicos y técnicos necesarios.

    Por lo anterior, reiteramos nuestro apoyo al punto de acuerdo sometido a la consideración de esta Asamblea, a fin de que, en apego a la subsidiariedad que orienta los esfuerzos y el funcionamiento de nuestro esquema de protección civil, se destinen los recursos respectivos del Fondo Nacional de Desastres Naturales para apoyar las etapas de reconstrucción y reactivar la economía y el desarrollo de los estados afectados por la presencia de los huracanes Stan y Wilma. Por su atención, gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si es de aprobarse el punto de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor ...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a suscribir con los órganos de fiscalización de las entidades federativas los convenios de colaboración necesarios para auditar el uso de los recursos destinados al financiamiento del sistema de protección social en salud

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo que presentaron los diputados Rafael García Tinajero Pérez y Pablo Anaya Rivera, del grupo parlamentario del PRD, en el mismo sentido, a este órgano de gobierno.

    Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 33, 34 y 35 de la Ley de Fiscalización Superior;

    a) Proponga los procedimientos de coordinación con las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en el ejercicio de las atribuciones de control que éstas tengan conferidas, colaboren en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales, recibidos por dichos órdenes de gobierno, para el Sistema de Protección Social en Salud.

    b) Para que revise la legalidad de los convenios de prestación de servicios a los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, realizados al amparo del Reglamento de la Ley en la materia y la comprobación de la aplicación adecuada de los recursos que hayan recibido particulares por concepto de subsidios otorgados por las entidades federativas y con cargo a recursos federales destinados a financiar las acciones del Sistema de Protección Social en Salud.

    c) Para que en caso de que se acrediten afectaciones al estado en su Hacienda Pública Federal, atribuibles a las autoridades estatales, o del Distrito Federal, proceda a fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, y promueva ante los órganos o autoridades competentes las responsabilidades administrativas, civiles, políticas y penales a que hubiere lugar.

    Segundo.- Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que audite la legalidad y el desempeño de la Comisión Nacional de Protección Social de la Salud durante el ejercicio fiscal de 2004.

    Tercero: Comuníquese al Auditor Superior de la Federación.

    Cuarto: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    FENOMENOS METEOROLOGICOS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Junta de Coordinación Política. Proposición con punto de acuerdo mediante la cual la Junta de Coordinación Política exhorta al titular del Ejecutivo federal a que instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que libere 5 millones de pesos a los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma. La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto de Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame, secretaria; permítame. Como sucedió anteriormente, la Junta de Coordinación Política, en relación con este punto de acuerdo, nos ha solicitado que a él mismo dé lectura el diputado José Adolfo Murat Macías. En consecuencia tiene usted, diputado Adolfo Murat Macías, el uso de la palabra.

    El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: ¿Sí, señor diputado? Sonido a la curul del diputado José Antonio de la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente, tendría en todo caso usted que dar la palabra en pro al diputado Murat sobre el punto de acuerdo, en virtud de que el acuerdo de la Junta de Coordinación Política fue que hablara en nombre de la Cámara y de la Junta el diputado Aguirre, Presidente de la Comisión. De no ser el caso y de no contar usted con un acuerdo de la Junta para que el diputado Murat hable en nombre de ella, tendría que darle la palabra en pro después de la diputada Baeza, que está registrada primero en pro.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado, tengo que reconocer que, efectivamente, no hay acuerdo de la Junta de Coordinación Política: acabo de recibir una comunicación económica, que es usual en estos casos. En consecuencia, para resolver este asunto, instruyo a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se concede el uso de la palabra al diputado José Adolfo Murat Macías para que lo haga en nombre de los grupos parlamentarios de la Junta de Coordinación Política, que lea el punto de acuerdo. ¿Sí, diputado?El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Lo único que le estamos pidiendo es la aplicación estricta del Reglamento, en el que usted puede dar la palabra en pro o en contra. El diputado Murat no tiene el acuerdo de la Junta, que es un órgano de gobierno distinto del Pleno. Le solicitaríamos que hablara el diputado Murat en pro después de la diputada Baeza, que fue registrada primero que él, en pro, para hablar en favor del punto de acuerdo.

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: ¿Sí, diputado Wintilo Vega? Sonido a la curul del diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Entiendo el razonamiento del diputado De la Vega; me queda muy clara su intención, nada más que quien está nombrado por la Presidencia, y supongo que es un acuerdo de la Comisión de Presupuesto y, si no, lo tendría que consultar el diputado De la Vega --si está en contra--, se envió al diputado, por la Comisión de Presupuesto, al diputado José Adolfo Murat a hablar, a presentar el punto de acuerdo para dar cumplimiento al acuerdo que tuvo la Junta de Coordinación Política ayer, pero es más fácil como usted lo está proponiendo, Presidente: que se ponga a consideración del Pleno si habla el diputado Murat para que proponga en nombre de la Junta de Coordinación Política el punto de acuerdo. El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado De la Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Presidente, le solicito que la votación, con apoyo de los compañeros que están levantando la mano, pudiera ser nominal.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Diputado Wintilo de la Vega...

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): No, Presidente: no soy ``De la Vega'', nada más ``Vega''.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene usted toda la razón, diputado. Tenemos un problema de carácter técnico en el tablero, tenemos asuntos pendientes en cartera muy importantes y estamos por instruir la forma y los términos en que la votación, con un tablero afectado de manera parcial, podría desarrollarse. Recojo esta propuesta; quisiera resolverla de la siguiente manera --si me lo permite, diputado José Antonio de la Vega--: someter a la consideración de la Asamblea la decisión para que el diputado José Adolfo Murat Macías dé lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación y que esta votación sea de carácter económico; en su momento daría el uso de la palabra a la diputada de su fracción para que hablara en pro. Por favor, instruyo a la Secretaría para que someta a consideración de la Asamblea si se da el uso de la palabra al diputado José Adolfo Murat Macías para que dé lectura al acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en votación económica.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si esta Asamblea está de acuerdo en que se dé el uso de la palabra al diputado José Murat para que lea el punto de acuerdo, en nombre de la Junta de Coordinación Política.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Diputado José Adolfo Murat Macías, tiene usted el uso de la palabra para dar lectura al punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

    El diputado José Adolfo Murat Macías: Muchas gracias, señor Presidente:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que libere 5 mil millones de pesos a los estados afectados por los huracanes Stan y Wilma

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la Proposición con Punto de Acuerdo que, con el mismo propósito, diputadas y diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios representados en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, presentaron a este órgano de gobierno.

    Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a que instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, mediante fideicomiso público, se destinen 5 mil millones de pesos a los estados de Chiapas, Quintana Roo, Yucatán, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Hidalgo, Guerrero y Campeche, que serán aplicados por las dependencias del Ejecutivo federal, y según corresponda, por las entidades federativas, en este caso sin considerar ``pari-passu'', para hacer frente a la situación de emergencia que presentan por los estragos resultado de los huracanes Stan y Wilma.

    Segundo.- Estos recursos deben ser aplicados de manera urgente y proporcional, previa cuantificación de los daños ocurridos en los estados afectados.

    Tercero.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    Es todo, señor Presidente. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se ha registrado para hablar sobre el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en pro, la diputada Virginia Yleana Baeza Estrella, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. Tiene usted el uso de la palabra, señora diputada, hasta por cinco minutos.La diputada Virginia Yleana Baeza Estrella: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros legisladores: en nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional, vengo a manifestar nuestro apoyo al punto de acuerdo que se presenta ante esta soberanía, así como nuestra solidaridad a los pueblos de Chiapas, Quintana Roo y demás estados afectados por la presencia de los fenómenos de origen hidrometeorológicos Stan y Wilma.

    La presencia de esos fenómenos y los efectos que llevan consigo, como son lluvias torrenciales, derrumbes y vientos de gran intensidad que se han registrado en los últimos días en diversos municipios de los estados señalados, han colocado en situación crítica a un sinnúmero de familias mexicanas, así como la estabilidad económica y la seguridad pública de dichas regiones. Sin duda, el recuento de daños es extenso y doloroso, por lo que el destino y uso de recursos públicos deberán ser una acción importante para mitigar y ayudar en la recuperación de la tranquilidad de los mexicanos afectados.

    Estamos seguros de que, como ha sucedido hasta el momento, la siempre activa participación de las autoridades federales, estatales y municipales al amparo del Sistema Nacional de Protección Civil, así como el siempre solidario pueblo de México, fortalecerá sus acciones con la finalidad de brindar el apoyo necesario a las labores de rescate y protección de vidas humanas, así como a las etapas de reconstrucción y rehabilitación de la infraestructura dañada y de los hogares de los damnificados, que en algunas ocasiones perdieron lo poco que tenían. Desde esta alta tribuna reiteramos nuestra disposición para que, en el marco de nuestra competencia, podamos fortalecer las acciones para volver a etapas de normalidad lo más pronto posible. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    CENTROS DE READAPTACION SOCIAL

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a los gobiernos federal y estatales a instalar en los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración los equipos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Artículo Décimo Cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo que el diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del PAN, presentó, en el mismo sentido, a este órgano de gobierno.

    Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se exhorta a los gobiernos, federal y estatales, para que instalen en los centros de readaptación social que se encuentren sujetos a su administración los equipos necesarios para inhibir las señales de telefonía celular en su interior.

    Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de octubre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Dip. José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se ha registrado para hablar en pro sobre el acuerdo de la Junta de Coordinación Política el diputado Ernesto Herrera Tovar, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. En consecuencia, tiene la palabra el diputado Ernesto Herrera Tovar, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.El diputado Ernesto Herrera Tovar: Compañeras y compañeros diputados: subimos a hablar en pro de este punto de acuerdo por los siguientes Antecedentes

    En México, la inseguridad a que se encuentran expuestos los habitantes y la población en general se ha incrementado notablemente. En la comisión de diversos delitos se buscan nuevas y más eficaces modalidades. Los avances de la ciencia y la tecnología se encuentran al alcance de personas pertenecientes a diversos estratos sociales y cuyas formas de ganarse la vida pueden ser de carácter lícito e ilícito. La mayoría de los mexicanos hemos sido víctimas de algún delito. Por lo general, esos ataques se llevan a cabo cuando nos encontramos en la calle, fuera de nuestros domicilios y, en algunos casos, al salir de nuestros lugares de trabajo. Sin embargo, los niveles de inseguridad han ocasionado que incluso en el interior de estos lugares seamos presas del sobresalto y la inquietud debido a un delito que se realiza cada vez con mayor frecuencia: la extorsión por vía telefónica, lo cual se ha incrementado alarmantemente en los últimos siete meses del presente año.

    De acuerdo con cifras proporcionadas recientemente por el titular de la Policía Federal Preventiva, en lo que va del año se han generado 3 mil 817 denuncias por extorsión telefónica. Esas cifras han aumentado considerablemente en comparación con el año 2004, donde se registraron solamente mil 170 y en el 2003 solamente se registraron mil 160. El modus operandi de esos delincuentes es mediante llamadas telefónicas realizadas desde un teléfono celular o público. Se estima que, tan sólo en el Distrito Federal, entre 85 y 90 por ciento de esas llamadas con amenaza de secuestro proviene de los centros de readaptación social. El problema de la seguridad al cual nos enfrentamos se presenta en reclusorios federales y estatales.

    Las zonas donde existe mayor índice de denuncias de esta naturaleza son el Distrito Federal, el estado de México y el estado de Jalisco. Uno de los fines que persigue el Estado es la seguridad de sus habitantes y, teniendo en consideración que este propósito puede alcanzarse de diversas formas, cada nación adopta de conformidad con su sistema de gobierno las que considera más eficaces.

    Sin embargo, el factor común que identifica todos los países del orbe es la búsqueda de métodos, prácticas, procedimientos e instrumentos que inhiban la comisión de delitos. Por mandato constitucional, corresponde a los gobiernos federal y a los estados organizar el sistema penal mexicano, lo que implica la ejecución de las sanciones penales, así como la coordinación y el control de los centros de readaptación social. Ello implica que la administración, operación y dirección de cada uno de estos establecimientos, las bases para readaptarlos se sujetarán principalmente en la educación, el trabajo y la capacitación. Partimos del hecho de que las personas que están internadas en dichos centros se encuentran sujetas a proceso o compurgando una pena privativa de libertad.

    Por tanto, en la mayoría de los casos son presumiblemente delincuentes. Los principios que este país ha adoptado en su tratamiento tienen como base, en el deber estatal, la readaptación social. No obstante, esta actividad podría entenderse sin que exista una obligación de vigilancia en todas las actividades de los reos, vigilancia que en la práctica normalmente es de carácter pasivo; incluso, en muchos de los casos, los custodios se vuelven cómplices de los internos en la gama de delitos cometidos en los reclusorios. La realidad del sistema penitenciario mexicano es que los centros de readaptación social estatales y federales, en la mayoría de los casos, se encuentran sobrepoblados. Los infractores, al ingresar en un reclusorio, difícilmente encuentran la readaptación, motivo por el cual estos Ceresos con conocidos popularmente como ``escuelas del crimen'' y hoy día la comisión de delitos peligrosamente está trascendiendo del interior a la población exterior.

    Por las consideraciones antes expuestas, en este punto de acuerdo se propone que se exhorte a la autoridad competente para que realice la implementación de un plan piloto que registre la señal, restrinja las señalas de telefonía celular en el interior de los centros de readaptación social con el mayor índice de estos delitos procurando, con motivo de su restricción y en caso de ser necesario, la instalación de un mayor número de teléfonos públicos con mensajes grabados que permitan al destinatario la identificación del origen de la llamada. Esta opción determinaría la viabilidad de un proyecto que permitiría la disminución del delito de extorsión por vía telefónica. Muchas gracias, compañeros.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: No habiendo más oradores, consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    SISTEMA ELECTRONICO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: ¿Me permite, señor secretario? Esta Presidencia quiere informar a las señoras y a los señores diputados lo siguiente: que a pesar de los esfuerzos por restablecer íntegro el funcionamiento del sistema electrónico de asistencia y votación, como es notoriamente visible, la tercera columna del tablero del ala norte no registra la asistencia y votación de un grupo de diputados, del grupo parlamentario del PRI, concretamente 61 diputados, y de 1 diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Por tal motivo y para las votaciones nominales que se registren durante el desarrollo del día de hoy, se utilizará el sistema electrónico de asistencia y votación, salvo en los casos de esta tercera columna del tablero, en cuyo caso las señoras y los señores diputados lo harán de viva voz, con el auxilio del personal administrativo, para lo cual instruyo a la Secretaría que, en su oportunidad y cuando llevemos a cabo votación nominal, dos secretarios tomen la votación correspondiente: uno de ellos la votación en pro; y otro, la votación en contra.

    Continúe la Secretaría.


    LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito remitir a ustedes el expediente relativo al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.

    Atentamente.

    México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Atentamente.

    México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 6 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.

    ARTICULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 6 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para quedar como sigue:

    Artículo 6.- Las atribuciones que esta Ley otorga a la Federación, serán ejercidas por el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría y, en su caso, podrán colaborar con ésta las Secretarías de Defensa Nacional y de Marina cuando por la naturaleza y gravedad del problema así lo determine, salvo las que directamente corresponden al Presidente de la República por disposición expresa de la Ley.

    ...

    ...

    TRANSITORIO

    Único.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 25 de octubre de 2005.---Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    LEY GENERAL DE EDUCACION

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación.

    Atentamente.

    México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    QUE REFORMA EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

    Artículo único.--- Se reforma la fracción III y se adiciona la fracción XIII al artículo 70 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

    Artículo 7o. ...

    I.- ...

    II.- ...

    III.- Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración y respeto de las tradiciones, la diversidad étnica, promoviendo la identidad y particularidades culturales de las diversas regiones del país.

    IV a XII.- ...

    XIII.--- Inculcar valores éticos, cívicos, humanistas y sociales, promoviendo el respeto por la libertad, la paz, la justicia social, la solidaridad y la cooperación de los pueblos.

    TRANSITORIOS

    Único.- La presente reforma entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
    LEY MONETARIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

    Atentamente.

    México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 2º incisos b) y c), 5º, 7º y 19, segundo párrafo; y adiciona el artículo 2º con un inciso d), un segundo y tercer párrafos, todos de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 2°...

    a) ...

    b) Las monedas metálicas de cincuenta, veinte, diez, cinco, dos y un pesos, y de cincuenta, veinte, diez y cinco centavos, con los diámetros, composición metálica, cuños y demás características que señalen los decretos relativos;

    c) Las monedas metálicas conmemorativas de acontecimientos de importancia nacional, en platino, en oro, en plata o en metales industriales, con los diámetros, leyes o composiciones metálicas, cuños y demás características que señalen los decretos relativos, y

    d) Las monedas de plata sin valor nominal conforme a su cotización en pesos, con el diámetro, composición metálica, cuño y demás características que señalen los decretos relativos.

    Dicha cotización en pesos se determinará conforme a las disposiciones que para tales efectos emita el Banco de México. Las citadas disposiciones, así como la cotización que se determine conforme a las mismas deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

    Cuando los decretos relativos a las monedas a que se refieren los incisos b), c) y d) de este artículo prevean aleaciones opcionales para la composición de las monedas metálicas, el Banco de México determinará su composición metálica señalando alguna de las aleaciones establecidas en el decreto respectivo o sustituyendo la así señalada por otra de ellas.

    El Banco de México publicará en el Diario Oficial de la Federación las resoluciones en las que se determine la aleación que se utilizará en la composición metálica de las monedas de que se trata.

    Artículo 5°. Las monedas metálicas a que se refieren los incisos b), c) y d) del artículo 2° de esta Ley, tendrán poder liberatorio limitado, al valor de cien piezas de cada denominación en un mismo pago.

    ...

    Artículo 7°. Las obligaciones de pago de cualquier suma en moneda mexicana se denominarán invariablemente pesos y, en su caso, sus fracciones. Dichas obligaciones se solventarán mediante la entrega, por su valor nominal, de billetes del Banco de México o monedas metálicas de las señaladas en el artículo 2° incisos b) y c).

    No obstante, si el deudor demuestra que recibió del acreedor monedas de las mencionadas en los artículos 2°, inciso d) y 2° bis, podrá solventar su obligación entregando monedas de esa misma clase conforme a la cotización de éstas para el día en que se haga el pago.

    Artículo 19...

    Cuando las monedas sean auténticas se entregará a su tenedor su importe mediante monedas o billetes de igual o de distinta denominación. En el caso de moneda extranjera se entregará al tenedor monedas o billetes de igual o distinta denominación de la moneda extranjera de que se trate. Si las monedas nacionales o extranjeras respectivas resultaren falsas, estuvieren alteradas y no se pudiera determinar la autenticidad de las mismas, el Banco de México procederá a dar parte de inmediato a las autoridades competentes, poniéndolas a su disposición para el aseguramiento correspondiente.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO. El tenedor de monedas a que se refiere el artículo 19 de la Ley, cuya autenticidad se encuentre en proceso de verificación a la entrada en vigor del presente Decreto, podrá recibir su importe, en el evento de resultar auténticas, mediante monedas metálicas o billetes, nacionales o extranjeros, según el caso, de igual o de distinta denominación.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Sara I. Castellanos Cortes (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 25 de octubre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones fiscales, y que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos


    DISPOSICIONES FISCALES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Octubre 21, 2005

    HONORABLE ASAMBLEA

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por conducto de esta H. Cámara de Diputados, el Ejecutivo Federal sometió a la consideración del H. Congreso de la Unión la Iniciativa de ``Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales'', la cual fue turnada el pasado 5 de septiembre de 2005 a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio, análisis y dictaminación.

    Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

    DICTAMEN

    Esta Comisión consideró conveniente dictaminar en forma separada cada una de las disposiciones que integran el ``Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales'', incorporando en cada caso las Iniciativas que sobre la materia fueron turnadas a esta Comisión relativas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

    Al efecto, se llevaron a cabo diversas consultas y reuniones de trabajo con representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Colegios de Profesionales, Instituciones Académicas y Científicas, así como con otros sectores interesados en la materia.

    Asimismo, es conveniente señalar que las modificaciones a las leyes fiscales: Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, de las cuales se presentan las Iniciativas las cuales fueron turnadas a esta Comisión, respecto de las cuáles se recogió, en todo caso, las modificaciones que se tomaron en cuenta de las Iniciativas relacionadas con la materia objeto de dictamen, se enuncian a continuación:

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley Aduanera. Presentada por la Diputada Nora Elena Yu Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI. Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. El 27 de noviembre de 2003.

    2. Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la Ley del Seguro Social y a la Ley del Impuesto al Activo, con el fin de promover incentivos fiscales en materia de cultura física y deporte, de la Senadora Gloria Lavara Mejía del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 15 de diciembre de 2003.

    3. Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a la Ley General del Impuesto Sobre la Renta, del Diputado Fernando Espino Arévalo a nombre de integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 27 de abril de 2004.

    4. Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 200 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de los Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM, de fecha 14 de octubre de 2004 con opinión de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

    5. Iniciativa que adiciona una fracción XII al artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Diputado José Manuel Carrillo Rubio del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 26 de octubre de 2004.

    6. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Servicio de Administración Tributaria y de Ingresos de la Federación para el Ejercicio de 2005, de la Senadora Erika Larregui Ángel del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 28 de octubre de 2004.

    7. Iniciativa que reforma los artículos 32 y 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para no considerar a los alimentos proporcionados a los trabajadores como ingresos acumulables, de los Diputados María Díaz Salazar y Armando Neyra Chávez del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 09 de diciembre de 2004. Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Trabajo y Previsión Social.

    8. Iniciativa que reforma el párrafo primero de la fracción XXVI, del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para que se exente a las personas físicas por las operaciones realizadas en bolsa de valores de los mercados organizados y operados por mecanismos o plataformas autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, presentada por la Diputada Sofía Castro Ríos del Grupo Parlamentario del PRI, el 14 de diciembre de 2004.

    9. Iniciativa que adiciona un artículo 225 a la Ley del Impuesto sobre la Renta y adiciona la fracción XV, al artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, para otorgar estímulos fiscales a prestadores de servicios de ecoturismo. Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el 14 de diciembre de 2004.

    10. Iniciativa que reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Ingresos, para considerar como estímulo fiscal los donativos a las asociaciones civiles de desarrollo y asistencia social, mediante un Comité interinstitucional en la Ley de Ingresos, presentada por la Senadora Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público el 22 de febrero de 2005.

    11. Iniciativa que reforma el artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para que los pagos con cheque nominativo se verifiquen por el Servicio de Administración Tributaria, a los proveedores que se nieguen aceptar el pago en los términos de la Ley, presentada por la Diputada Dolores Gutiérrez Zurita, del Grupo Parlamentario del PRD, el 28 de febrero de 2005.

    12. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente, se expide la Ley General de Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera y se adiciona un artículo 227 a la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la Senadora Gloria Lavara Mejía, del Grupo Parlamentario del PVEM, el 10 de marzo de 2005.

    13. Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para otorgar estímulos fiscales a las empresas que contraten madres solteras o mujeres que sean jefas de familia, a cargo de la Diputada Margarita Martínez López, del Grupo Parlamentario del PRI, el 14 de marzo de 2005. Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Equidad y Género.

    14. Iniciativa que remite la Cámara de Senadores que reforma el artículo 86, fracción VIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Senador Fernando Gómez Esparza, del Grupo Parlamentario del PRI, turnada el 14 de abril de 2005.

    15. Iniciativa que adiciona el artículo 227 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del PVEM, turnada el 14 de abril de 2005.

    16. Con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Presentada por el Senador Fauzi Hamdán Amad, del Grupo Parlamentario del PAN. Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. El 21 de abril de 2005.

    17. Que reforma la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 y la Ley del Impuesto sobre la Renta. Presentada por el Diputado Jesús Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del Convergencia. Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. El 1 de agosto de 2005.

    18. Iniciativa que remite la Cámara de Senadores con proyecto de Decreto que adiciona una fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducción de seguro de vida, presentada por el Senador Fernando Gómez Esparza, del Grupo Parlamentario del PRI, el 12 de septiembre de 2005.

    19. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona la fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducción de Colegiaturas, suscrita por Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de septiembre de 2005.

    20. Que reforma el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Presentada por el diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del PVEM. Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. El 21 de septiembre de 2005.

    21. Iniciativa remitida por el Senado con proyecto de decreto que modifica los artículos 113, 116 y 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Senador Omar Raymundo Gómez Flores, del Grupo Parlamentario del PRI, el 22 de septiembre de 2005.

    22. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por los Senadores Fauzi Hamdán Amad y Francisco Fernández de Cevallos Urueta, del Grupo Parlamentario del PAN, el 6 de octubre de 2005.

    23. Iniciativa que reforma el artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del Grupo Parlamentario del PRI, el 13 de octubre de 2005.

    24. Iniciativa que reforma el artículo 153 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Diputado David Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PRI, el 11 de octubre de 2005.

    IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

    1. Iniciativa que reforma el inciso f) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Senadora Verónica Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 14 de octubre de 2004.

    2. Iniciativa que adiciona un párrafo cuarto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Diputado Óscar Cantón Zetina, del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 9 de diciembre de 2004.

    3. Iniciativa que adiciona un último párrafo al artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Diputado Alejandro Murat Hinojosa del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 22 de diciembre de 2004.

    4. Que reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en materia de congresos, convenciones, exposiciones, ferias y viajes grupales de incentivo. Presentada por la Diputada Elizabeth Yáñez Robles, del Grupo Parlamentario del PAN. Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Turismo, el 8 de marzo de 2005.

    5. Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 41 y 44 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el Diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del Grupo Parlamentario del PRI, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el 5 de abril de 2005.

    6. Iniciativa que reforma los artículos 2o.-C, 15 y 41 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en relación con los impuestos por espectáculos públicos, presentada por la Diputada Martha Laguette Lardizábal, del Grupo Parlamentaria del PRI, turnada el 19 de abril de 2005.

    7. Iniciativa que reforma la fracción III, párrafo quinto, del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el Senador Adalberto Arturo Madero Quiroga, del Grupo Parlamentario del PAN, el 6 de octubre de 2005.

    8. Iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el Diputado Sergio Arturo Posadas Lara, del Grupo Parlamentario del PRI, el 13 de octubre de 2005.

    IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

    1. Iniciativa que reforma y adiciona las Leyes del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Federal de Derechos, de la Comisión Reguladora de Energía y del Servicio Público de Energía Eléctrica, del Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 30 de noviembre de 2004.

    2. Iniciativa que reforma la Ley General para la Preservación y Gestión Integral de los Residuos y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de residuos de envases de plástico gravando con una cuota fija de $20.00 por kilogramo, presentada por el Diputado Francisco Guízar Macias, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 25 de mayo de 2005.

    3. Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios, en materia de tabacos, presentada por el Diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del Grupo Parlamentario del PAN y el Diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PVEM, presentada el 27 de septiembre de 2005.

    IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS

    1. Iniciativa que adiciona una fracción IV al artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Presentada por el Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Grupo Parlamentario del PVEM, el 13 de septiembre de 2005.

    2. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, presentada por el Diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del PVEM, el 14 de octubre de 2005.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL EJECUTIVO FEDERAL

    A. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

    Residentes en el extranjero y precios de transferencia.

    Con la finalidad de dar mayor certeza y seguridad jurídica a los particulares, se incorporan a la ley, diversas disposiciones reglamentarias o bien que actualmente aparecen como disposiciones de carácter administrativo, y que si bien es cierto las autoridades administrativas las han establecido para proveer en la exacta aplicación de las disposiciones legales, o para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, también es cierto que por su naturaleza jurídica dichas disposiciones podían ser modificadas o dejadas sin efectos en cualquier momento, sin que produjeran mayores efectos legales a favor de los contribuyentes, por lo que resulta necesario incorporarlas al texto de la ley, para que surtan plenamente sus efectos legales frente a los particulares y la administración pública.

    Se incluye en la Ley del Impuesto sobre la Renta que los intereses provenientes de títulos de crédito colocados en México, emitidos por el Gobierno Federal o por sus agentes financieros, de bonos de regulación monetaria emitidos por el Banco de México, de títulos de deuda emitidos por el Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas y de Bonos de Protección de Ahorro Bancario emitidos por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, estén exentos del pago del impuesto sobre la renta, siempre que cumplan con los requisitos que señale dicha Ley.

    Con el fin de impulsar al mercado mexicano de derivados y lograr que el mismo mercado se desarrolle paralelamente a los mercados internacionales de este tipo, se propone exentar del pago del impuesto sobre la renta a las operaciones financieras derivadas de deuda que se encuentren referidas a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio, así como a los títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal o por sus agentes financieros y que cumplan con los requisitos que señala la Ley del Impuesto sobre la Renta. Asimismo, con esta modificación se busca homologar el tratamiento en dicha Ley con el que actualmente se da a nivel internacional.

    Se reforma el artículo 216 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para establecer que los contribuyentes que tengan que aplicar los métodos previstos en dicho artículo, deberán considerar en primer término el método de precio comparable no controlado, antes de cualquier otro método, en virtud de que es el medio más directo para precisar si las condiciones de las relaciones comerciales y financieras entre partes relacionadas cumplen con la característica de estar a precios de mercado. Este método no será aplicable cuando el contribuyente demuestre que el mismo no es el apropiado para determinar que las operaciones realizadas se encuentran a precios de mercado, de acuerdo con las Guías de Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, emitidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

    Que los contribuyentes que apliquen los métodos de precios de transferencia de reventa, de costo adicionado y de márgenes transaccionales de utilidad de operación, que utilizan primordialmente como elementos comparables costos y precios, deberán demostrar que los mismos se encuentran a precios de mercado, con el objetivo de que acrediten que se cumple con la metodología correspondiente, además de que los contribuyentes utilicen los elementos idóneos que permitan establecer que sus operaciones con partes relacionadas se realizan a precios que utilizarían partes independientes en operaciones comparables.

    Fideicomisos inmobiliarios.

    Con el propósito de fomentar el mercado inmobiliario mexicano, en el año de 2003 se incluyó un estímulo fiscal a los fideicomisos cuya actividad fuera la construcción o adquisición de inmuebles que se destinen a su enajenación o la concesión del uso o goce de los mismos, así como a la adquisición del derecho para percibir ingresos por otorgar dicho uso o goce.

    En este sentido, en los artículos 223 y 224 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se estableció como estímulo a dichos fideicomisos el que los fideicomitentes no consideraran como enajenación las aportaciones de inmuebles que realizaran a los fideicomisos, así como el que no realizaran pagos provisionales mensuales, con el objeto de que dichos fideicomisos contaran con flujos de efectivo que les permitieran cumplir con su objeto.

    Además, el estímulo permitía la inversión por parte de fondos de pensiones o jubilaciones, tanto nacionales como extranjeros, por tratarse de inversiones de largo plazo que permiten a dichos fondos obtener recursos para los pagos de pensiones o jubilaciones.

    En este orden de ideas, los fideicomisos inmobiliarios se constituyen como importantes vehículos de inversión para lograr el desarrollo inmobiliario del país, por lo que es indispensable fortalecer el estímulo que actualmente contempla la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tanto de la fiduciaria que opera las actividades del fideicomiso como de los fideicomitentes que aportan bienes al mismo.

    Aunado a lo anterior, dichos fideicomisos colocan certificados de participación en los mercados bursátiles con el objeto de obtener flujo de recursos que les permita cumplir con sus objetivos, de ahí que se ha considerado necesario modificar el estímulo actualmente vigente, que permita facilitar las operaciones que estos fideicomisos realizan en la Bolsa de Valores.

    Por lo anterior, se propone a esa Soberanía modificar el estímulo en los siguientes términos:

    ``Los fideicomitentes al momento de aportar bienes inmuebles al fideicomiso deberán determinar la ganancia por la enajenación de dichos bienes y ésta se acumulará actualizada hasta el momento en el que el fideicomitente enajene los certificados de participación correspondientes. Es importante señalar que la ganancia se acumulará en la proporción que represente respecto de los certificados enajenados.''

    Se mantiene el estímulo consistente en que el fideicomiso no efectúe pagos provisionales del impuesto sobre la renta.

    Se exenta la ganancia que las personas físicas y los residentes en el extranjero obtengan por la enajenación de los certificados de participación que emita el fideicomiso, cuando éste los coloque en bolsas de valores autorizadas o mercados reconocidos. Ello con el objeto de otorgar a dichos certificados el mismo tratamiento que a las acciones.

    Derivado de lo anterior, es importante señalar que se propone efectuar una adición al artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para exentar la enajenación de dichos certificados del impuesto que esa ley regula, en virtud de que no se enajena la propiedad del patrimonio del fideicomiso, sino el derecho a recibir los rendimientos que dicho fideicomiso genere. En este sentido, al estar desvinculados los certificados del patrimonio del fideicomiso, es necesario otorgarles el mismo tratamiento que para esa clase de títulos existe en dicha Ley.

    Se mantiene el estímulo a los inversionistas que sean fondos de pensiones o jubilaciones del país y del extranjero, en el sentido de no efectuarles la retención por los rendimientos que genere el fideicomiso, siempre que dichos fondos sean los beneficiarios efectivos y hayan sido propietarios de los certificados de participación cuando menos durante un año, ello en virtud de que dichos fondos se encuentran exentos del impuesto sobre la renta.

    Asimismo, con el objeto de facilitar la operación de los fideicomisos y de los inversionistas, se propone establecer obligaciones específicas a las personas físicas residentes en México y a los residentes en el extranjero, con lo anterior el tratamiento fiscal aplicable a estos contribuyentes será más sencillo y permitirá el acceso de cualquier inversionista, liberándolos de cumplir con todas las disposiciones aplicables a los ingresos por actividades empresariales.

    B. LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.

    Un problema que no se puede dejar de lado, es la afectación al medio ambiente que provocan los envases que no son recolectados y reutilizados y que obligan a las Entidades Federativas y a los municipios a incurrir en gastos adicionales para su recolección. Si bien es cierto que algunos de dichos envases podrían ser reciclados, el proceso de reciclado es menos amigable al medio ambiente que el proceso de reutilización.

    En efecto, el reciclaje es un proceso que requiere del consumo de recursos energéticos, generación de emisiones contaminantes y de residuos que generalmente constituyen desperdicios.

    En cambio, el proceso de reutilización presenta una de las medidas más ecológicas y económicas, ya que asegura que no se desperdicien los envases, que no se consuma energía para su transformación industrial y que no se generen residuos que tengan que desecharse.

    Con motivo de lo anterior, y acorde con las tendencias mundiales actuales que buscan fomentar el apoyo a la ecología y al medio ambiente a través de medidas impositivas, se propone a esa Soberanía establecer que los fabricantes, productores y envasadores en la enajenación de cerveza y quienes realicen su importación, determinen como impuesto a pagar, la cantidad que resulte mayor de la comparación entre la tasa establecida en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a la enajenación o importación de cerveza, y la cantidad de $3.00 por cada litro de cerveza enajenado o importado, disminuida, en su caso, con la cantidad de $1.26 por la utilización de envases retornables correspondientes a cada litro de cerveza enajenado o importado.

    El establecimiento de esta cuota máxima y la posibilidad de disminuirla, tendrá como efecto que los contribuyentes que reutilicen mayor cantidad de envases de cerveza paguen un impuesto menor en relación con los que comercializan la cerveza en envases no reutilizables, sin que en ningún caso el impuesto a pagar sea inferior al que establece actualmente la Ley.

    Se busca cumplir con el fin extrafiscal de apoyar al medio ambiente y a la ecología a través del fomento del uso de envases reutilizables de mejor calidad y mayor duración por parte de la industria cervecera, de forma tal que se reduzca la cantidad de basura que se genera. Este fin extrafiscal a favor de la ecología se materializa a través de la disminución de la cantidad de $1.26 por litro a la cuota de $3.00 por litro de cerveza enajenado o importado en envases reutilizados.

    Cabe mencionar que esta propuesta, además, representará beneficios para los municipios y para las Entidades Federativas, ya que los costos por concepto de recolección de basura disminuirán de manera directamente proporcional al incremento de envases reutilizados.

    A fin de que los contribuyentes puedan disminuir la cantidad de $1.26 por litro de cerveza enajenado en envases reutilizados, se deberá acreditar que los envases en que se enajena la cerveza son envases que se recolectaron y que se volvieron a utilizar después de pasar por un proceso que les permite tener las características sanitarias para ser reutilizados nuevamente para la comercialización del mismo tipo de producto.

    Para estos efectos, los contribuyentes que enajenen cerveza tomarán en cuenta la proporción en litros que representen los envases reutilizados en el mes, en relación con los enajenados en el mismo y, en el caso de la importación, se tomará en cuenta los litros importados en relación con los envases recolectados y exportados, en su capacidad en litros.

    Asimismo, los contribuyentes deberán llevar un control de las enajenaciones de cerveza que realicen y de los envases que reutilicen, así como de las importaciones de cerveza que efectúen y de las exportaciones de envases de cerveza recolectados que realicen, según se trate.

    En el caso de los importadores de cerveza, con objeto de garantizar un trato equitativo por virtud del cual puedan aplicar el estímulo fiscal de acuerdo con la naturaleza de las actividades que realizan y que consisten en la importación de cerveza que se produce, fabrica y envasa en el extranjero, se considerará que los envases en que importan la cerveza son reutilizados y con ello la disminución de la cantidad referida es aplicable, en la medida en que acrediten con el documento aduanal correspondiente que los envases de cerveza recolectados fueron exportados y salieron de territorio nacional. Con lo anterior, se consigue el fin extrafiscal de fomentar que se recolecten los envases que en su momento fueron importados y los exporten fuera de México, de manera que se evite la carga administrativa y los costos de recolección para las Entidades Federativas y los municipios.

    Con lo anterior, los importadores reciben un trato equitativo respecto de los productores, fabricantes y envasadores nacionales de cerveza, ya que los importadores también podrán aplicar la disminución antes mencionada. Tal como fue señalado, la variante que existe para la aplicación de la disminución mencionada entre los importadores y los fabricantes, productores o envasadores, obedece a la naturaleza propia de los actos que realizan.

    Cabe señalar que el tratamiento propuesto a través de la presente Iniciativa únicamente puede aplicar para los fabricantes, productores y envasadores en la enajenación y para quienes realicen la importación de cerveza, debido a que está directamente relacionado con la cuota base que se propone del impuesto que se deberá trasladar en la enajenación o pagar en la importación de cerveza. El referido tratamiento no aplica en los demás eslabones de la cadena de comercialización de la cerveza ni para otros productos distintos de la cerveza, toda vez que no están obligados al pago de la cuota base antes citada que se está proponiendo incluir en el ordenamiento legal.

    Es importante destacar que el esquema de impuesto ad valorem continuará aplicándose por lo que en caso de que exista un incremento en los precios de la cerveza, la recaudación del impuesto especial sobre producción y servicios también se incrementaría de manera proporcional. La cuota base del impuesto que se propone de $3.00 susceptible de disminuirse con la cantidad de $1.26, la cual pagarán los fabricantes, productores, envasadores e importadores de cerveza, cumple el fin extrafiscal de desalentar la distribución de productos con apoyo de la economía informal y de moderar el consumo, situación que se traducirá en mayor recaudación respecto de productos que se distribuyen a través de la economía informal con precios bajos en el primer eslabón de la cadena productiva y en la importación.

    C. LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS.

    Considerando que el Artículo Octavo del Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de agosto de 2005, otorga una exención del impuesto sobre automóviles nuevos que se cause por la enajenación de automóviles que se realice al consumidor por el fabricante, distribuidor, ensamblador o comerciante en el ramo de vehículos, así como aquellos que se importen de manera definitiva por el consumidor final, cuyo precio de enajenación al consumidor o valor en aduana, según se trate, no exceda de $150,000.00 sin IVA, siempre que el impuesto mencionado no sea trasladado ni cobrado al adquirente de los automóviles; y que tratándose de automóviles cuyo precio de enajenación o valor en aduana se encuentre comprendido entre $150,000.01 y $190,000.00 la exención del referido impuesto es de 50%; se considera conveniente incorporar un mecanismo de compensación para las Entidades Federativas que registrarán una pérdida de recaudación correspondiente al ISAN a partir del ejercicio de 2006. Se estima que para dicho año la disminución de ingresos será de $1,262.8 mdp.

    Para resarcir la pérdida de recursos fiscales a las Entidades Federativas se propone crear un fondo de compensación constituido por una cantidad anual equivalente a la pérdida de ingresos estimada, el cual se distribuirá mensualmente con base a los coeficientes de recaudación del impuesto sobre automóviles nuevos correspondiente al ejercicio fiscal de 2004.

    En razón de lo anterior se propone adicionar el artículo 14 a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para establecer el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para resarcir la disminución de ingresos derivada de la ampliación de la exención citada. Adicionalmente, con el propósito de evitar el deterioro en las finanzas públicas de las Entidades Federativas por efectos de la inflación, se prevé la actualización en forma anual del monto correspondiente al fondo.

    Asimismo, para garantizar que los municipios no se vean afectados por la disminución de ingresos como consecuencia de la ampliación de la exención del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, se prevé en el mismo artículo 14 que se propone adicionar, que cuando menos el 20% de los recursos que las Entidades Federativas reciban correspondientes al Fondo se distribuyan a sus municipios.

    CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

    A. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    Maquiladoras

    Con objeto de promover la prestación de servicios en el extranjero de empresas de albergue ubicadas en México se crean estructuras entre empresas consideradas como partes relacionadas.

    Al efecto, las empresas de albergue para cumplir con las actividades para las cuales fueron creadas (prestación de servicios de maquiladoras de albergue) celebran contratos con su parte relacionada del extranjero, quien a su vez promueve y contrata los servicios de maquiladoras de albergue, con diversos clientes residentes en el extranjero. Al efecto las disposiciones fiscales en vigor establecen la posibilidad de que estas empresas, siempre que no sean partes relacionadas, puedan operar como maquiladoras.

    Por lo anterior, se propone ampliar hasta el ejercicio fiscal de 2011, la vigencia de la disposición transitoria que permite a las empresas maquiladoras con programa de albergue a considerar que no tiene establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades de maquila que realicen al amparo del programa autorizado por la Secretaría de Economía, por lo que se propone el siguiente texto:

    ``Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la RentaARTICULO TERCERO. Lo dispuesto en la fracción XVIII del Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta del Decreto por el que se establecen, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002, será aplicable hasta el ejercicio fiscal de 2011, siempre que la empresa maquiladora bajo el programa de albergue informe, a más tardar en el mes de febrero de cada año, el importe de los ingresos acumulables y del impuesto pagado por su parte relacionada corespondientes al ejercicio inmediato anterior.''

    Capitalización delgada

    La Comisión de Hacienda y Crédito Público, consideró la Iniciativa que reforma el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Senador Fauzi Hamdán Amad, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    En efecto, refiere la Iniciativa que se dictamina, que en la reforma realizada por este Congreso de la Unión en el mes de diciembre de 2004, se estableció en la Ley del Impuesto sobre la Renta las reglas de subcapitalización entre partes relacionadas residentes en el extranjero, a efecto de evitar los abusos y planeaciones que venían realizando algunos contribuyentes en perjuicio del fisco federal.

    Señala también, que existen ciertos contribuyentes que realizan proyectos productivos de infraestructura en nuestro país, siendo que éstos, acuden a fuentes externas de financiamiento, a efecto de optimizar sus costos financieros.

    Asimismo, para la realización de dichos proyectos, contratan créditos, los cuales se sujetan a condiciones específicas y que tienen por objeto el garantizar el destino del crédito, así como la viabilidad financiera de la empresa para hacer frente al pago de dichos créditos.

    En este sentido, se considera adecuado adicionar un séptimo párrafo a la fracción XXVI del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para establecer que no se considerará dentro del cálculo del saldo promedio de las deudas de los contribuyentes, aquellas deudas que sujeten a condiciones o términos específicos y determinados por el acreedor para realizar los proyectos a financiar.

    Asimismo, se propone excluir del cálculo del ajuste anual por inflación al exceso del monto de las deudas que dan origen a intereses no deducibles, con el propósito de armonizar las disposiciones contenidas en el tercer párrafo del artículo 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, toda vez que en el cálculo del ajuste anual por inflación no se consideran deudas aquellas que hayan sido originadas por partidas no deducibles.

    Considerando que la fracción XXVI del artículo 32 fue incorporada en la Ley a partir del ejercicio de 2005, esta Comisión considera pertinente que las reformas planteadas a la citada disposición para el ejercicio de 2006 sean aplicables en la determinación de los intereses no deducibles que se determinen en el ejercicio de 2005, subsanando así las inconsistencias anteriormente mencionadas, por lo que se propone la incorporación de una disposición de vigencia anual.

    Por lo anteriormente expuesto, se adiciona un séptimo párrafo a la fracción XXVI del artículo 32 y se reforma el tercer párrafo del artículo 48, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

    ``Artículo 32. ...

    XXVI. ...

    Tampoco se considerarán para el cálculo del saldo promedio anual de las deudas a que se refiere el cuarto párrafo de esta fracción, los créditos que se sujeten a condiciones o términos que limiten al deudor para distribuir utilidades o dividendos, reducir su capital, enajenar sus activos fijos, contratar nuevos créditos o transmitir de cualquier forma la titularidad de la mayoría de su capital social, así como que permitan que el acreedor pueda intervenir en la determinación del destino de los créditos....

    Artículo 48. ...

    En ningún caso se considerarán deudas las originadas por partidas no deducibles, en los términos de las fracciones I, VIII y IX del artículo 32 de esta Ley, así como el monto de las deudas que excedan el límite a que se refiere el primer párrafo de la fracción XXVI del mismo artículo.

    ...''

    Deducción de montacargas

    Esta Comisión propone establecer que a los montacargas les aplique el por ciento de deducción que actualmente establece la Ley para los vehículos automotrices, en virtud de que el desgaste por su movimiento constante es aproximadamente de cuatro años.

    Por lo anterior, se propone reformar la fracción VI del artículo 40 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue:

    ``Artículo 40. ...

    VI.- 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques.

    ...''

    Personas morales con fines no lucrativos

    Considerando que en el contexto internacional las organizaciones dedicadas a apoyar y defender los derechos humanos gozan de diversos beneficios fiscales, entre éstos la posibilidad de recibir donativos deducibles para sus donantes, se considera importante, como parte del compromiso asumido por el Gobierno Federal a favor de la defensa de los derechos humanos, incorporar como donatarias autorizadas a las organizaciones dedicadas al apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos, incorporando para ello, un inciso h), a la fracción VI, del artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

    ``Artículo 95. ...

    VI. ...

    h) Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos....''

    Acreditamiento de impuestos cedulares

    El artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado otorga facultades a las Entidades Federativas para establecer impuestos locales a las personas físicas que perciben ingresos por la prestación de servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, por enajenación de bienes inmuebles o por la realización de actividades empresariales. Durante el año de 2005, Chihuahua y Guanajuato establecieron impuestos locales a las personas físicas obteniendo un incremento en la recaudación interna.

    Actualmente la Ley del Impuesto sobre la Renta otorga una deducción a los contribuyentes que pagan impuestos locales por los conceptos anteriormente mencionados, por ello, esta Comisión propone cambiar de un esquema de deducción del citado impuesto a un esquema de acreditamiento para las personas físicas incentivando así que más Entidades Federativas se sumen a la incorporación de impuestos locales en sus legislaciones respectivas, por lo anterior se propone reformar los artículos 106 Bis, 142, 148; y derogar los artículos 123, fracción VII, 136 Bis y 154 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    ``Artículo 106 Bis. Las personas físicas a que se refiere el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, podrán acreditar el impuesto que paguen a las Entidades Federativas, tanto en pagos provisionales como en la declaración anual''

    ``Artículo 123. ...

    VII. (Se deroga)

    ...''

    Artículo 136-Bis. (Se deroga)

    Artículo 142. ...

    I. Los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al año de calendario sobre dichos inmuebles, así como por las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que afecten a los mismos.

    ...

    Artículo 148. ...

    III. Los gastos notariales, impuestos y derechos, por escrituras de adquisición y de enajenación, pagados por el enajenante. Asimismo, serán deducibles los pagos efectuados con motivo del avalúo de bienes inmuebles.

    ...

    Artículo 154 Bis. (Se deroga)

    Medidas de control fiscal

    La que Dictamina considera que los controles establecidos por las Instituciones Financieras para el monitoreo de las cuentas y operaciones realizadas por sus clientes, han obligado a los miembros de la delincuencia organizada a idear nuevos mecanismos para establecer flujos de dinero que permitan financiar sus actividades delictivas fuera del sector financiero, por lo que se han visto en la necesidad de utilizar el mercado no financiero mediante la realización de operaciones en efectivo, con la intención de que dichas operaciones no sean detectables.

    Derivado de lo anterior, y ante el desarrollo de la legislación internacional, los criminales han trasladado mayores recursos hacia mercados no financieros. Actualmente existen sectores o actividades económicas que no se encuentran obligados a informar a las autoridades competentes de las operaciones que realicen o de las cuales tengan conocimiento y que pudiesen estar relacionadas con actividades delictivas, lo cual coloca a los sujetos mencionados en el párrafo anterior en una posición ventajosa para financiar la realización de actividades ilícitas. Dentro de los sectores que han sido identificados como vulnerables, podemos mencionar: el inmobiliario, adquisición de productos de lujo tales como autos, yates, joyas y piedras preciosas; uso de personas morales no lucrativas, y la utilización de servicios característicos de ciertas profesiones para llevar a cabo inversiones a través de los cuales disfracen como legítimos, los recursos de procedencia ilícita.

    Como resultado de los esfuerzos a nivel internacional, el Grupo de Acción Financiera (GAFI) emitió una serie de recomendaciones, que buscan establecer controles para evitar que los sujetos que obtienen recursos producto de la comisión de actividades ilícitas, utilicen los mecanismos financieros y no financieros para legitimar tales recursos.

    A partir de dichas recomendaciones, los países miembros de GAFI han establecido con éxito, parámetros homogéneos para evitar que los sistemas mencionados sean utilizados por los grupos delictivos.

    Esta Dictaminadora considera que con la reforma que se propone en México, adecuará la operación del mercado no financiero a estándares internacionales, mediante el establecimiento de procesos y procedimientos que permitan analizar las transacciones y operaciones realizadas en determinadas actividades y sujetos, con la finalidad de identificar la utilización de recursos provenientes de posibles fuentes ilícitas.

    En efecto, los países deberán implementar medidas para detectar la transportación física de moneda y de instrumentos negociables al portador a través de las fronteras, incluyendo un sistema de declaración u otras obligaciones de revelación.

    En razón de lo anterior, se busca asegurar que las autoridades competentes tengan facultades para detener o controlar moneda o instrumentos negociables al portador que se sospeche estén relacionados con financiamiento al terrorismo o lavado de dinero, o que sean falsamente declarados o revelados.

    En tal virtud, por recomendaciones del grupo de trabajo de la unidad de inteligencia financiera y de GAFI tendientes a asegurar que existan sanciones efectivas, proporcionadas y disuasivas para las personas que hagan declaraciones o revelaciones falsas, esta Comisión incorpora una serie de medidas tendientes a apoyar el combate que a nivel internacional se esta llevando a cabo por diversos países.

    ``Artículo 86.- ...

    XIX. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos. Las referidas reglas de carácter general podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información a que se refiere esta fracción.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 97. ...

    VI. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de los donativos recibidos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    ...

    Artículo 133. ...

    VII. Presentar y mantener a disposición de las autoridades fiscales la información a que se refieren las fracciones VII, VIII, IX y XIX del artículo 86 de esta Ley.

    ...

    Artículo 145. ...

    V. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 154 Ter. Los contribuyentes que obtengan ingresos por la enajenación de bienes, deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos. Las referidas reglas de carácter general podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información a que se refiere este artículo.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.''

    Regímenes fiscales preferentes

    Para los grupos empresariales mexicanos con inversiones en el extranjero existen disposiciones fiscales que resultan inoperantes y muy costosas en comparación con los países del mundo que cuentan con legislación de Regímenes Fiscales Preferentes, lo cual deja a los grupos empresariales mexicanos en franca desventaja competitiva con los grupos empresariales del extranjero, lo que desalienta, impide el crecimiento económico y penaliza a los inversionistas mexicanos que tienen operaciones productivas y comerciales en el extranjero.

    En términos generales los ingresos por operaciones productivas y comerciales de sociedades propiedad de grupos empresariales no son gravados; sin embargo, en México esto ocurre exclusivamente, cuando las empresas o figuras jurídicas se ubiquen en un país con el que México tenga en vigor acuerdos amplios de intercambio de información tributaria. Cuando no se tengan dichos acuerdos, la autoridad podrá autorizar no considerar dichos ingresos no pasivos, siempre que los contribuyentes obtengan por escrito la aceptación por parte de las autoridades competentes del país de que se trate, para intercambiar información tributaria sobre los ingresos e inversiones del contribuyente con las autoridades mexicanas. La autorización que emitan las autoridades mexicanas quedará sin efecto cuando las autoridades extranjeras no intercambien la información que, en su caso, las autoridades mexicanas requieran.

    Actualmente, México tiene establecidos acuerdos amplios de intercambio de información tributaria sólo con diecisiete países, en tanto que grupos empresariales mexicanos tienen operaciones productivas y comerciales en más de sesenta países del mundo. En aquellos casos en los que no se tienen dichos acuerdos, resulta materialmente imposible para los contribuyentes obtener en forma individual la aceptación para el intercambio amplio de información tributaria por parte de las autoridades competentes del país de que se trate, ya que en la mayoría de las legislaciones de esos países no se permite firmar acuerdos con particulares para intercambio de información tributaria y en situaciones específicas sólo se permite firmar acuerdos entre autoridades competentes de cada país, tales son los casos del Reino Unido, Alemania y Hungría, entre otros, situación que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha pasado por alto.

    No obstante que en algún caso de excepción se obtuviera la aceptación por parte de las autoridades competentes extranjeras de intercambio de información tributaria y la autorización fuera otorgada al contribuyente, éste quedaría en total estado de indefensión a futuro, cuando el país respectivo no proporcione la información que, en su caso, requirieran las autoridades mexicanas y conforme a las disposiciones actuales la autorización quedaría sin efecto; toda vez que el contribuyente no puede obligar a una autoridad competente de otro país a responder, aun cuando en principio hubiere dado su aceptación.

    Es importante señalar que las legislaciones internacionales como las de Estados Unidos, Reino Unido, Alemania y España, entre otros, no tienen el requerimiento de que la empresa o figura jurídica del extranjero se encuentre ubicada en un país con el que se tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria, para exentar los ingresos productivos y comerciales.

    En varios regímenes anti-diferimiento sólo se busca gravar los ingresos por operaciones pasivas, cuando las empresas o figuras jurídicas en el extranjero no demuestren que las actividades se realizan en empresas que cuentan con los elementos para llevar a cabo sus operaciones, incluyendo al personal necesario, o cuando se generen este tipo de ingresos y sus importes no sean superiores a ciertos porcentajes del valor de los ingresos de la entidad o figura jurídica en lo individual, o bien cuando dichos ingresos pasivos de todas las entidades o figuras jurídicas en el extranjero provenientes de un grupo, no representen un valor superior de cierto porcentaje del total de los ingresos generados por todas las entidades o figuras jurídicas en el extranjero del grupo empresarial de que se trate.

    Sobre el particular, es necesario simplificar el régimen fiscal de territorios preferentes aplicable a los grupos empresariales mexicanos con la finalidad de que este régimen pueda gravar exclusivamente operaciones pasivas cuando no se cuenten con los elementos necesarios para llevar a cabo sus actividades, es decir empresas sin ninguna infraestructura, y no eliminarles la posibilidad a dichos grupos empresariales mexicanos de seguir siendo competitivos comparativamente con otros grupos empresariales a nivel internacional, así como para darle certidumbre jurídica al pago del impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de las entidades o figuras jurídicas consideradas como regímenes fiscales preferentes, y al mismo tiempo, facilitar a las autoridades fiscales el ejercicio de sus facultades de comprobación.

    En la Iniciativa del Dip. Francisco Monárrez Rincón, del Grupo Parlamentario del PRI, se sugiere modificar el artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para establecer el gravamen solo a los ingresos pasivos y las excepciones al régimen con la finalidad de no dejar en desventaja competitiva a los grupos empresariales mexicanos comparativamente con otros grupos empresariales a nivel internacional.

    En razón de lo anterior esta Comisión, considera que se debe reformar el octavo párrafo del artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue:

    ``Artículo 212 ...

    Cuando el país en el que se generan los ingresos sujetos a un régimen fiscal preferente tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria con México, los contribuyentes que generen ingresos distintos de los ingresos pasivos señalados en este artículo no los considerarán como ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. En los casos en que no se tenga dicho acuerdo, los contribuyentes podrán aplicar lo establecido en este párrafo, siempre que, el contribuyente y las entidades o figuras jurídicas a través de las cuales se generen ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, dictaminen sus estados financieros por un contador público independiente que pertenezca a una firma de contadores que tenga una oficina de representación en México, por el ejercicio de que se trate y el contribuyente presente dicho dictamen en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación.

    ...''

    Deducción inmediata

    Considerando que la tasa de descuento con la que se calculan los porcentajes de la deducción inmediata que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta es de 6% real, la cual es similar a la tasa promedio real de los créditos contratados por las empresas, observada en los últimos cuatro años, de acuerdo con la Encuesta de tasas de interés activas del Banco de México, esta Comisión estima que no es conveniente incorporar los por cientos que establece el Decreto Presidencial de fecha 20 de junio de 2003, en donde se utiliza una tasa de descuento de 3% real.

    Adicionalmente, se ha tomado en consideración la tendencia de la tasa real de los créditos contratados por las empresas, la cual es hacia el alza. Por ejemplo, en 2005 dicha tasa se ubica en 9.96%, la cual sería incongruente con los por cientos de deducción inmediata calculados con la tasa real de 3%.

    Esta Comisión considera necesario adecuar el momento para ejercer esta opción, establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta, a lo que establece el citado Decreto Presidencial. En este sentido, se podrá ejercer la deducción inmediata en el ejercicio en el que se efectúe la inversión, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, asimismo, se propone establecer en una disposición de vigencia anual que los por cientos de deducción para el ejercicio de 2006 serán los previstos en el Decreto por el que se otorga un Estímulo Fiscal en Materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo.

    Por lo anterior, esta Comisión propone modificar el primer párrafo del artículo 220 y adicionar una fracción III al Artículo Segundo de las Disposiciones de Vigencia Anual de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar en la siguiente forma:

    ``Artículo 220.- Los contribuyentes del Título II y del Capítulo II del Título IV de esta Ley, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de las previstas en los artículos 37 y 43 de la Ley, deduciendo en el ejercicio en el que se efectúe la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en este artículo. La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo 221 de esta Ley.

    ...

    Disposiciones de Vigencia Anual de la Ley del Impuesto sobre la RentaArtículo Segundo. ...

    III. Para el ejercicio fiscal de 2006, en lugar de aplicar los por cientos de deducción y la tabla a que se refieren los artículos 220 y 221 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicarán los por cientos y la tabla contenidos en el Decreto por el que se otorga un Estímulo Fiscal en Materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2003.''

    Exención a títulos gubernamentales emitidos en México y precios de transferencia

    Actualmente la Ley del Impuesto sobre la Renta exenta del pago del impuesto a los residentes en el extranjero, por los intereses que deriven de créditos concedidos al Gobierno Federal o al Banco de México y por los provenientes de bonos por ellos emitidos, siempre que se adquieran y paguen en el extranjero.

    Esto constituye una práctica internacional que tiene por objeto hacer competitivas las colocaciones de deuda que los diversos países realizan; sin embargo, cuando los títulos de crédito o bonos emitidos por el Gobierno Mexicano se encuentran colocados en el país y son adquiridos por residentes en el extranjero, los intereses que de ellos derivan no se encuentran exentos de gravamen.

    En este sentido, esta Comisión Dictaminadora considera acertada la medida propuesta en el sentido de exentar a los residentes en el extranjero de los ingresos por intereses que se deriven de los títulos y bonos gubernamentales colocados en México, ya que con ello se homologaría el tratamiento que actualmente se da a dichos instrumentos adquiridos y pagados en el extranjero.

    Asimismo, la que Dictamina considera adecuado modificar la propuesta de adicionar un párrafo al artículo 199 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para exentar la ganancia proveniente de operaciones financieras derivadas de deuda, siempre que los beneficiarios efectivos sean residentes en el extranjero, ya que ello impulsará al mercado mexicano de derivados, logrando que se desarrolle paralelamente a los mercados internacionales de este tipo.

    Aunado a lo anterior, la que Dictamina considera necesario establecer un párrafo adicional que establezca que cuando no sea posible identificar al beneficiario de la ganancia proveniente de la operación financiera derivada, el intermediario financiero no tendrá la obligación de efectuar la retención ni la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.

    Por lo anterior, esta Comisión propone modificar los artículos 196 fracción IV y 199 penúltimo y último párrafos para quedar de la siguiente forma:

    ``Artículo 196. ...

    IV. Los que deriven de créditos concedidos al Gobierno Federal o al Banco de México y los provenientes de títulos de créditos emitidos por el Gobierno Federal o por el Banco de México, colocados en México entre el gran público inversionista, siempre que los beneficiarios efectivos sean residentes en el extranjero.

    En el caso de que no sea posible identificar al beneficiario efectivo residente en el extranjero de los intereses provenientes de los créditos o títulos a que se refiere el párrafo anterior, los intermediarios financieros no estarán obligados a efectuar la retención correspondiente ni tendrán la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 199. ...

    No se pagará el impuesto a que se refiere este artículo, tratándose de operaciones financieras derivadas de deuda que se encuentren referidas a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio o a títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal o por el Banco de México y cualquier otro que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, colocados en México entre el gran público inversionista, siempre que se realicen en bolsa de valores o mercados reconocidos, en los términos de las fracciones I y II del artículo 16-C del Código Fiscal de la Federación y que los beneficiarios efectivos sean residentes en el extranjero.

    En el caso de que no sea posible identificar al beneficiario efectivo residente en el extranjero de las ganancias provenientes de las operaciones financieras derivadas a las que se refiere el párrafo anterior, los socios liquidadores no estarán obligados a efectuar la retención correspondiente ni tendrán la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.''

    Por otra parte, la que Dictamina considera acertada la propuesta del Ejecutivo en el sentido de modificar el artículo 216 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para establecer que los contribuyentes que tengan que aplicar los métodos previstos en dicho artículo, deberán considerar en primer término el método de precio comparable no controlado, antes de cualquier otro método, en virtud de que es el medio más directo para precisar si las condiciones de las relaciones comerciales y financieras entre partes relacionadas cumplen con la característica de estar a precios de mercado. Este método no será aplicable cuando el contribuyente demuestre que el método no es el apropiado para determinar que las operaciones realizadas se encuentran a precios de mercado, de acuerdo con las Guías de Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, emitidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

    Asimismo, esta Comisión considera adecuado que los contribuyentes que apliquen los métodos de precios de transferencia de reventa, de costo adicionado y de márgenes transaccionales de utilidad de operación, que utilizan primordialmente como elementos comparables costos y precios, además de utilizar los elementos idóneos que permitan establecer que sus operaciones con partes relacionadas se realizan a precios que utilizarían partes independientes en operaciones comparables, deberán demostrar que las mismas se encuentran a precios de mercado, para que acrediten que se cumple con la metodología correspondiente.

    Fideicomisos inmobiliarios

    En el año de 2003, esta Soberanía aprobó un estímulo fiscal aplicable a los fideicomisos cuya actividad fuera la construcción o adquisición de inmuebles destinados a su enajenación o a la concesión del uso o goce de los mismos, así como a la adquisición del derecho para percibir ingresos por otorgar dicho uso o goce.

    Dicho estímulo tenía por objeto principal fomentar el mercado inmobiliario mexicano, el cual constituye un detonante importante de inversiones productivas de largo plazo y, por ende, generador de empleos.

    En este sentido, los fideicomisos inmobiliarios constituyen un importante vehículo de inversión productiva, por lo que resulta necesario fortalecer el esquema que actualmente contempla la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones, tanto de la fiduciaria que opera las actividades del fideicomiso, como de los fideicomitentes que aportan bienes al mismo.

    Además, para la operación de los fideicomisos se requieren importantes flujos de recursos que les permita cumplir con sus objetivos, por lo que éstos colocan certificados de participación entre el gran público inversionista. De ahí que para lograr la finalidad del estímulo fiscal que esta Soberanía aprobó en el año de 2003, es necesario mejorar el esquema fiscal actual, permitiendo con ello facilitar las operaciones que dichos fideicomisos realizan a través de bolsa de valores o mercados reconocidos.

    En este orden de ideas, la que Dictamina considera acertada la propuesta del Ejecutivo Federal en el sentido de modificar el actual esquema aplicable a los fideicomisos inmobiliarios, a fin de simplificarlo y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los inversionistas que participen en dichos fideicomisos.

    Una parte importante en la operación de los fideicomisos consiste en la aportación de inmuebles que realizan los fideicomitentes a éstos para que puedan cumplir con su objeto, por lo que esta Dictaminadora considera adecuado establecer como estímulo el que los fideicomitentes difieran la acumulación de la ganancia derivada por la enajenación de los bienes aportados al fideicomiso hasta el momento en el que se enajenen los certificados de participación que reciban por la operación del inmueble. Es importante señalar que la ganancia se acumulará en la proporción que represente respecto de los certificados enajenados por los fideicomitentes.

    Sin embargo, esta Comisión Dictaminadora estima que los inmuebles aportados al fideicomiso pueden ser enajenados por la institución fiduciaria, sin que los fideicomitentes hayan enajenado sus certificados de participación, por lo que para evitar que se difiera de manera indefinida la ganancia por la enajenación de los bienes aportados al fideicomiso, se propone establecer que los fideicomitentes también deben acumular la ganancia por la aportación del inmueble cuando éste sea enajenado por el fideicomiso que lo recibe, en la misma proporción que represente respecto de la parte del inmueble que se enajene, más aun cuando se trata de una operación realizada a través de un ente transparente, que afecta la esfera jurídica de los fideicomitentes.

    Asimismo, con el objeto de que los fideicomisos mantengan flujos de efectivo para su operación, esta Soberanía considera adecuado mantener el estímulo consistente en que los fideicomisos no efectúen pagos provisionales del impuesto sobre la renta. Sin embargo, esta Dictaminadora considera necesario también establecer que los contribuyentes no realicen pagos provisionales del impuesto al activo en virtud de que es un impuesto complementario al impuesto sobre la renta.

    Aunado a lo anterior, como se ha señalado, una fuente importante de los recursos que obtienen estos fideicomisos para operar, proviene de la colocación de los certificados de participación a través de bolsa de valores o mercados reconocidos, los cuales son adquiridos por inversionistas personas físicas y morales tanto residentes en México como en el extranjero, así como de fondos de pensiones y jubilaciones.

    En este sentido, con el objeto de facilitar las operaciones realizadas por los fideicomisos a través de bolsa de valores o mercados reconocidos, esta Soberanía coincide con el Ejecutivo Federal en otorgar a los certificados de participación el mismo tratamiento que hoy día la Ley establece para las acciones.

    Así, la ganancia que las personas físicas y los residentes en el extranjero obtengan por la enajenación de los certificados de participación que emita el fideicomiso, cuando éstos se coloquen en bolsa de valores o mercados reconocidos, se encontrará exenta del pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

  • Cuando la adquisición o enajenación de los certificados se realice en bolsa de valores o mercados reconocidos y al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

  • Cuando los certificados se adquieran fuera de bolsa de valores o mercados reconocidos, pero su enajenación se realiza a través de dicha bolsa o mercados, además de cumplir con el requisito de que se encuentre colocado un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso entre el gran público inversionista, deberán haber trascurrido al menos cinco años ininterrumpidos desde la fecha en la que los contribuyentes adquirieron dichos certificados.

  • Cuando el enajenante sea fideicomitente persona física o residente en el extranjero, siempre que hayan transcurrido cinco años ininterrumpidos desde que el mismo fideicomitente es propietario de los certificados que se enajenen y de que dichos certificados estén colocados en bolsa de valores o mercados reconocidos, además de que un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

    Es importante señalar que la exención propuesta únicamente aplica a las personas físicas o a los residentes en el extranjero, por lo que esta Dictaminadora considera necesario en principio reubicar la exención como una fracción III del artículo 223 de la Iniciativa que se dictamina y establecer claramente que la exención aplica sólo a dichos contribuyentes. En el caso de las personas morales que obtengan ingresos por la enajenación de los certificados de participación en bolsa de valores o mercados reconocidos, deberán acumular la ganancia en los términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Por otra parte, la que Dictamina con el objeto de hacer viable la exención de los certificados que cotizan en bolsa de valores o mercados reconocidos, considera necesario facilitar también la operación de dichos certificados en relación con el impuesto al activo. Lo anterior, en virtud de que los certificados que se coloquen en bolsa de valores o mercados reconocidos representan derechos sobre el patrimonio del fideicomiso, que de encontrarse gravado con el impuesto al activo haría menos atractiva la colocación de estos títulos entre el gran público inversionista.

    En este sentido, esta Dictaminadora estima conveniente establecer que no se pague el impuesto al activo por el valor del activo en el ejercicio correspondiente a las actividades realizadas por el fideicomiso, siempre que un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista, lo cual simplificará el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que inviertan en los fideicomisos inmobiliarios, toda vez que el impuesto al activo es un gravamen complementario del impuesto sobre la renta, que de no contemplar dicha facilidad haría inviable el estímulo otorgado en materia del impuesto sobre la renta.

    Por lo anterior, esta Comisión propone modificar el artículo 223, para quedar como sigue:

    ``Artículo 223. Con el objeto de fomentar el mercado inmobiliario mexicano, los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, estarán a lo siguiente:

    I. Los fideicomitentes que aporten bienes inmuebles al fideicomiso:

    a) Determinarán la ganancia por la enajenación de los bienes aportados en los términos de los Títulos II, IV o V de esta Ley, según corresponda.

    b) Acumularán la ganancia a que se refiere el inciso anterior, cuando se de cualquiera de los siguientes supuestos:

    1. Enajenen los certificados de participación, en la proporción que los certificados enajenados representen del total de los certificados que recibió el fideicomitente por la aportación del inmueble al fideicomiso, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente.

    2. Cuando la institución fiduciaria enajene los bienes aportados, en la proporción que la parte que se enajene represente de los mismos bienes, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente.

    La ganancia que se acumule se actualizará desde el mes en el que se obtuvo y hasta el mes en el que se acumule.

    La deducción de los bienes aportados corresponderá a la institución fiduciaria a partir de la fecha y por el valor, de la aportación. Los fideicomitentes no podrán deducir los bienes aportados a partir de dicha fecha.

    II. Los fideicomitentes y cualquier otro tenedor de los certificados de participación, cuando los enajenen, acumularán la ganancia por dicha enajenación, que se determinará de acuerdo con lo siguiente:a) Se adicionará a los ingresos obtenidos por la enajenación de los certificados, el saldo de la cuenta de resultado fiduciario determinado por la fiduciaria por las actividades realizadas por el fideicomiso a la fecha de adquisición, actualizado, en la parte que corresponda a los títulos que enajene el contribuyente.

    b) Se adicionará al costo comprobado de adquisición actualizado de los certificados de participación que enajene el contribuyente correspondientes a un mismo fideicomiso, el saldo de la cuenta de resultado fiduciario determinado por la fiduciaria por las actividades realizadas por el fideicomiso a la fecha de enajenación, actualizado, en la parte que corresponda a los títulos que enajene el contribuyente.

    c) La actualización del costo comprobado de adquisición de los certificados que se enajenen, se efectuará por el periodo comprendido desde el mes de su adquisición y hasta el mes en el que se enajenen. El saldo de la cuenta de resultado fiduciario se actualizará desde la última vez que se actualizó y hasta el mes en el que se enajenen los certificados.

    d) La ganancia por la enajenación de los certificados, será la cantidad que resulte de disminuir al resultado obtenido de conformidad con el inciso a) de esta fracción, la cantidad determinada en los términos del inciso b) de la misma fracción, cuando el primero sea mayor que la segunda.

    Para los efectos de esta fracción, se considera que los certificados que se enajenan, son los primeros que se adquirieron.

    III. No se pagará el impuesto sobre la renta por la ganancia a que se refiere la fracción anterior, cuando el enajenante sea una persona física o un residente en el extranjero, siempre que se trate de certificados que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, su adquisición y su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a los tratados internacionales que México tenga en vigor, y al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

    Tampoco se pagará el impuesto sobre la renta, cuando la persona física o el residente en el extranjero que enajene los certificados en las bolsas o mercados reconocidos señalados en el párrafo anterior, los haya adquirido fuera de dichas bolsas o mercados, siempre que hayan transcurrido al menos cinco años ininterrumpidos desde la fecha en la que los adquirió y además se cumplan los demás requisitos señalados en el mismo párrafo.

    Asimismo, no se pagará el impuesto sobre la renta por la ganancia a que se refiere la fracción anterior, cuando el enajenante sea un fideicomitente persona física o residente en el extranjero, siempre que se trate de certificados que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a los tratados internacionales que México tenga en vigor, hayan transcurrido cinco años ininterrumpidos desde que el fideicomitente es propietario de los certificados enajenados y de que los certificados emitidos por el fideicomiso están colocados en dicha bolsa o mercados, y al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

    IV. La institución fiduciaria no realizará pagos provisionales por concepto del impuesto sobre la renta e impuesto al activo, por las actividades realizadas por el fideicomiso.

    V. No se pagará el impuesto al activo por el valor del activo en el ejercicio correspondiente a las actividades realizadas por el fideicomiso, siempre que al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.''

    En el caso de inversionistas que sean fondos de pensiones y jubilaciones, esta Soberanía coincide en el sentido de no efectuarles la retención por los rendimientos que genere el fideicomiso, siempre que dichos fondos sean los beneficiarios efectivos. No obstante lo anterior, para que la retención sea proporcional, esta Dictaminadora considera necesario establecer en lugar de la condición de que los citados fondos hayan sido propietarios de los certificados de participación cuando menos durante un año, el que la exención de la retención se realice en la proporción de la tenencia promedio diaria que los fondos tengan respecto de sus certificados de participación o la proporción que represente la tenencia de certificados que tengan al término del mismo ejercicio en relación con el total de las aportaciones realizadas al fideicomiso a dicha fecha, la que resulte menor, con lo cual éstos gozarán de la exención en la proporción que les corresponda por su participación en el fideicomiso.

    Asimismo, la que Dictamina considera adecuado establecer como obligación de las instituciones fiduciarias, el que retengan a los tenedores de los certificados de participación, el impuesto que corresponda cuando se efectúe la distribución mínima en cada ejercicio, lo que permitirá a dichas instituciones fiduciarias identificar a los inversionistas que se encuentren gravados o exentos del impuesto sobre la renta. Dicha retención se considerará pago definitivo cuando se efectúe a una persona moral o a un residente en el extranjero.

    Cuando la retención se efectúe a una persona física, ésta acumulará el resultado fiscal del ejercicio que le corresponda y podrá acreditar la retención que le hubiesen efectuado.

    En el caso de que los certificados se encuentren colocados entre el gran público inversionista, los obligados a efectuar la retención correspondiente serán los intermediarios financieros que operen dichos títulos, ya que ellos podrán identificar a los inversionistas correspondientes.

    Asimismo, la que Dictamina considera adecuada la propuesta en el sentido de que las instituciones fiduciarias lleven una cuenta del resultado fiduciario; sin embargo, esta Comisión Dictaminadora estima conveniente establecer en la fracción II del artículo 223-B de la Iniciativa que se dictamina, que cuando se distribuyan a las personas morales ingresos que provengan de la cuenta del resultado fiduciario, éstas adicionen a su cuenta de utilidad fiscal neta el resultado fiduciario distribuido y lo consideren como dividendos percibidos para los efectos de dicha cuenta, toda vez que se trata de ingresos respecto de los cuales la fiduciaria realizó una retención definitiva del impuesto y que debe reflejarse en la cuenta de utilidad fiscal neta de la persona moral que los perciba, para que cuando distribuya dividendos a sus accionistas, estén libres de este gravamen.

    Esta Comisión Dictaminadora considera adecuada la propuesta del Ejecutivo en el sentido de que los contribuyentes personas físicas residentes en México acumulen a sus ingresos del ejercicio el resultado fiscal que les distribuya el fideicomiso; sin embargo, se observa que cuando el fideicomiso distribuya a residentes en México ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, ya sea por que exceda al saldo de dicha cuenta o que no la hubiese constituido, les retenga el impuesto que les corresponda aplicando la tasa del 28% sobre el monto distribuido y que dichos contribuyentes acumulen dichos ingresos para efectos de su declaración anual.

    En el caso de residentes en el extranjero o personas morales, se estima necesario establecer que cuando se distribuyan ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, la institución fiduciaria o el intermediario financiero, según sea el caso, deberán retener el impuesto correspondiente, teniendo dicho pago el carácter de definitivo.

    Asimismo, la que Dictamina estima conveniente establecer que en el caso de fideicomisos que distribuyan la totalidad del resultado fiscal de cada ejercicio, puedan optar por no llevar la cuenta de resultado fiscal fiduciario. Cuando en algún ejercicio no se distribuya la totalidad del resultado fiscal, la institución fiduciaria deberá llevar la cuenta de resultado fiduciario.

    Como se ha señalado, un aspecto importante en la operación de los fideicomisos es la colocación de los certificados de participación entre el gran público inversionista, por lo que esta Dictaminadora advierte que para ser operable el estímulo que se propone, es indispensable facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los tenedores de los certificados de participación.

    Por ello, la que Dictamina considera adecuado establecer que tratándose de inversionistas personas físicas residentes en México, únicamente cumplan con obligaciones mínimas, lo cual las liberará de las demás obligaciones formales.

    En este sentido los inversionistas personas físicas sólo tendrán como obligación la de acumular a sus demás ingresos el resultado fiscal del ejercicio que les corresponda por su participación en el fideicomiso, así como los ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, pudiendo acreditar el impuesto retenido por la institución fiduciaria o el intermediario financiero.

    Asimismo, tendrán la obligación de proporcionar a la institución fiduciaria o a los intermediarios financieros, la información correspondiente para que éstos puedan efectuar la retención del impuesto. Es importante señalar, que en el caso de que el inversionista persona física no se encuentre inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, deberá solicitar su inscripción a dicho registro.

    Aunado a lo anterior, también tendrán la obligación de presentar únicamente la declaración anual correspondiente; en este sentido, dichos contribuyentes personas físicas no tendrán la obligación de presentar pagos provisionales del impuesto sobre la renta.

    En el caso de residentes en el extranjero, esta Dictaminadora estima acertada la medida de considerar como pago definitivo del impuesto, la retención que en su caso efectúe la institución fiduciaria o el intermediario financiero, así como la de establecer como obligación de dichos residentes, la de proporcionar la información a dicha institución o intermediarios.

    Por lo tanto, esta Comisión propone modificar los artículos 223-B y 223-C, para quedar como sigue:

    ``Artículo 223-B. La institución fiduciaria de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, además de lo dispuesto en otras disposiciones fiscales, deberá:

    I. Determinar en los términos del Título II de esta Ley, el resultado fiscal del ejercicio por las actividades realizadas a través del fideicomiso y retener el impuesto del ejercicio a los tenedores de los certificados de participación, al momento de la distribución a que se refiere la fracción IV del artículo 224 de esta Ley, aplicando al resultado fiscal del ejercicio que les corresponda, la tasa del 28%. Cuando la retención se efectúe a una persona moral o a un residente en el extranjero, tendrá el carácter de pago definitivo.

    Además, cuando distribuya ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, deberá retener el impuesto, aplicando al monto distribuido, la tasa del 28%. Cuando la retención se efectúe a una persona moral o a un residente en el extranjero, tendrá el carácter de pago definitivo.

    Cuando los certificados de participación sean considerados como colocados entre el gran público inversionista, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria, los intermediarios financieros deberán efectuar las retenciones a que se refiere esta fracción.

    Las retenciones se deberán enterar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél en el que se efectúen.

    II. Llevar una cuenta de resultado fiduciario, aplicando las reglas y el procedimiento establecidos en el artículo 88 de esta Ley y considerando los conceptos siguientes:

    a) La utilidad fiscal neta será el resultado fiduciario neto de cada ejercicio. Para los efectos de este inciso, se considerará como resultado fiduciario neto del ejercicio, la cantidad que resulte de restar al resultado fiscal del ejercicio, el resultado fiscal distribuido en los términos de la fracción IV del artículo 224 de esta Ley sin que exceda de 28% y las partidas no deducibles a que se refiere el tercer párrafo del artículo 88 de la misma Ley.

    Cuando la suma del resultado fiscal distribuido en los términos de la fracción IV del artículo 224 de esta Ley sin que exceda de 28% y las partidas no deducibles a que se refiere el tercer párrafo del artículo 88 de la misma Ley, sea mayor al resultado fiscal del ejercicio del fideicomiso, la diferencia se disminuirá del saldo de la cuenta de resultado fiduciario que se tenga al final del ejercicio o, en su caso, del resultado fiduciario neto que se determine en los siguientes ejercicios hasta agotarlo. En este último caso, el monto que se disminuya se actualizará desde el último mes del ejercicio en el que se determinó y hasta el último mes del ejercicio en el que se disminuya.

    b) Los ingresos por dividendos percibidos serán los ingresos que se perciban de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley.

    c) Los dividendos o utilidades pagados será el resultado fiscal distribuido en los términos de la fracción IV del artículo 224 de esta Ley, que exceda de 28%.

    Los tenedores de los certificados de participación que sean personas morales, adicionarán a la cuenta de utilidad fiscal neta a que se refiere el artículo 88 de esta Ley, los ingresos que provengan de la cuenta de resultado fiduciario, y los considerarán como dividendos percibidos para los efectos de la cuenta de utilidad fiscal neta.

    La institución fiduciaria podrá optar por no llevar la cuenta a que se refiere esta fracción, siempre que distribuya la totalidad del resultado fiscal de cada ejercicio durante el mismo ejercicio y los dos meses siguientes al término de éste, a cuenta de dicho resultado. Cuando en algún ejercicio no se distribuya la totalidad del resultado fiscal, a partir de dicho ejercicio, la institución fiduciaria deberá llevar la cuenta de resultado fiduciario.

    III. Presentar la información y proporcionar las constancias, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos, que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    La institución fiduciaria o los intermediarios financieros, según corresponda, no efectuarán la retención a que se refiere el primer párrafo de la fracción I de este artículo, a los fondos de pensiones y jubilaciones a que se refieren los artículos 33 y 179 de esta Ley, siempre que los mismos fondos sean los beneficiarios efectivos del resultado fiscal distribuido, por la parte que corresponda a la proporción de la tenencia promedio diaria de certificados que dichos fondos tengan del fideicomiso de que se trate en el ejercicio que corresponda o a la proporción que represente la tenencia de certificados que tengan al término del mismo ejercicio en relación con el total de aportaciones realizadas al fideicomiso a dicha fecha, la que resulte menor. La tenencia promedio diaria de certificados se calculará dividiendo la suma de la proporción diaria que representen los certificados propiedad del fondo respecto del monto total de las aportaciones realizadas al fideicomiso, entre el número de días del ejercicio.

    La institución fiduciaria o los intermediarios financieros, según corresponda, tampoco efectuarán la retención a que se refiere el segundo párrafo de la fracción I de este artículo, cuando efectúen la distribución del resultado fiscal a los fondos a que se refiere el párrafo anterior, siempre que los mismos fondos sean los beneficiarios efectivos del resultado fiscal distribuido, por la parte que corresponda a la proporción de la tenencia promedio diaria de certificados que dichos fondos tengan del mismo fideicomiso, o a la proporción que represente la tenencia de certificados que tengan a la fecha de distribución en relación con el total de aportaciones realizadas al fideicomiso a dicha fecha, la que resulte menor.

    Para los efectos del párrafo anterior, la tenencia promedio diaria de los certificados tratándose de la primera distribución del ejercicio, se calculará dividiendo la suma de la proporción diaria que representen los certificados propiedad del fondo respecto del monto total de las aportaciones realizadas al fideicomiso, desde el inicio del ejercicio y hasta la fecha de la distribución, entre el número de días transcurridos desde el inicio del ejercicio y hasta la fecha de distribución del resultado fiscal. En distribuciones posteriores, la tenencia promedio diaria de los certificados se calculará dividendo la suma de la proporción diaria que representen los certificados propiedad de los citados fondos respecto del monto total de las aportaciones realizadas al fideicomiso, desde el día inmediato posterior al de la última distribución y hasta la fecha de la distribución de que se trate, entre el número de días transcurridos desde el día inmediato posterior al de la última distribución y hasta la fecha de la distribución de que se trate.

    Artículo 223-C. Los tenedores de los certificados de participación a que se refiere este artículo, por las actividades que realicen a través de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, únicamente deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

    I. Tratándose de personas físicas residentes en México:

    a) Acumular el resultado fiscal del ejercicio que les corresponda, así como los ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, y acreditar el impuesto retenido en los términos del artículo 223-B de esta Ley.

    b) Proporcionar a la institución fiduciaria o a los intermediarios financieros, según corresponda, la información que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    c) En su caso, solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y presentar los avisos correspondientes, en los términos del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, salvo el aviso de aumento o disminución de obligaciones, por los ingresos a que se refiere el inciso a) de esta fracción.

    d) Presentar la declaración anual a que se refiere el Capítulo XI del Título IV de esta Ley.

    II. Tratándose de residentes en el extranjero:a) Proporcionar a la institución fiduciaria o a los intermediarios financieros, según corresponda, la información que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    b) Los fondos de pensiones y jubilaciones a que se refiere el artículo 179 de esta Ley, deberán inscribirse en el Registro de Bancos, Entidades de Financiamiento, Fondos de Pensiones y Jubilaciones y Fondos de Inversión del Extranjero.''

    La que Dictamina considera necesario modificar el artículo 224 de la Iniciativa, con el objeto de garantizar que los beneficiarios del estímulo sean aquellos fideicomisos que únicamente tengan como fin la adquisición y construcción de bienes inmuebles, que se destinen al arrendamiento y la enajenación siempre que ésta se realice después de que dichos bienes hayan sido otorgados en arrendamiento por un periodo de al menos un año anterior a su enajenación, así como la adquisición de derechos de percibir ingresos provenientes del arrendamiento de bienes inmuebles.

    Lo anterior busca que los beneficiarios del estímulo no adquieran o construyan bienes inmuebles para enajenarlos inmediatamente después de su adquisición o construcción, sino que los conserven un año otorgándolos en arrendamiento, en tanto que el estímulo tiene por objeto fomentar el mercado inmobiliario mexicano y no a la industria de la construcción. En este sentido, se propone modificar el artículo 224, para quedar como sigue:

    ``Artículo 224. Para aplicar lo dispuesto en los artículos 223, 223-A, 223-B y 223-C, los fideicomisos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    I. Estar constituidos de conformidad con las leyes mexicanas.

    II. Que su fin sea la adquisición o la construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento y la enajenación posterior de ellos después de haber sido otorgados en arrendamiento por un periodo de al menos un año antes de su enajenación, así como la adquisición de derechos de percibir ingresos provenientes del arrendamiento de bienes inmuebles.

    III. Destinar su patrimonio cuando menos en un 70% al fin a que se refiere la fracción anterior y el remanente a la adquisición de valores a cargo del Gobierno Federal inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o de acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda.

    IV. Distribuir a los tenedores de los certificados de participación, dentro de los dos meses siguientes al término del ejercicio, cuando menos y a cuenta del resultado fiscal del mismo ejercicio, determinado en los términos del Título II de esta Ley, la cantidad que resulte de aplicar a dicho resultado, la tasa del 28%.

    V. Tratándose de fideicomisos cuyos certificados de participación no se encuentren colocados entre el gran público inversionista, deberán tener al menos diez tenedores, y cada uno de ellos no podrá tener una participación mayor al 20% del monto total de las aportaciones al fideicomiso.''

    Esta Comisión Dictaminadora observa que las actividades que se pretenden estimular, también pueden ser realizadas por sociedades mercantiles que tributen en los términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo que se estima adecuado otorgar a dichas sociedades las facilidades que por su naturaleza jurídica pueden aplicar.

    En este orden de ideas, se propone adicionar un artículo 224-A, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, aplicable a las sociedades mercantiles constituidas en México, cuyo único fin sea la adquisición o la construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento y la enajenación posterior de dichos bienes después de haber sido otorgados en arrendamiento por un periodo de al menos un año antes de su enajenación, así como a la adquisición de derechos de percibir ingresos provenientes del arrendamiento de bienes inmuebles y que destinen su patrimonio en cuando menos en un 70% a dicho fin y el remanente a la adquisición de valores a cargo del Gobierno Federal o de acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda.

    Estas sociedades mercantiles, podrán aplicar los siguientes beneficios fiscales:

  • Cuando los accionistas aporten inmuebles podrán diferir la ganancia por la enajenación de los bienes aportados a la sociedad, hasta el momento en el que enajene las acciones de dicha sociedad, o bien, hasta el momento en el que la sociedad enajene los bienes inmuebles aportados.

  • Asimismo, no realizarán pagos provisionales por concepto de impuesto sobre la renta ni por impuesto al activo.

  • Dado que en estas sociedades, que tienen personalidad jurídica distinta a la de sus accionistas, pueden participar fondos de pensiones que se encuentran exentos del impuesto sobre la renta, es necesario reconocer la exención por los ingresos que perciban dichos fondos en la proporción de su inversión en la sociedad. Para ello, esta Comisión Dictaminadora propone que la sociedad mercantil entregue a los fondos un crédito fiscal equivalente al impuesto que les correspondería por su participación en dicha sociedad.

    El crédito fiscal que la sociedad entregue a los fondos de pensiones y jubilaciones, dicha sociedad lo podrá acreditar contra el impuesto del ejercicio a su cargo, lo cual permitirá que sólo se encuentren gravados los accionistas que son contribuyentes del impuesto sobre la renta, respetando la exención de que gozan los fondos de pensiones y jubilaciones.

  • Asimismo, las sociedades mercantiles deberán cumplir con los requisitos de información que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.

    No pasa desapercibido a esta Dictaminadora, que los beneficios que se propone otorgar a las sociedades difieren de aquellos otorgados a los fideicomisos. Ello es así, dado que se trata de figuras jurídicas, que por su propia naturaleza y por sus efectos fiscales, son distintas, entre otros aspectos, por los siguientes:

  • Las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica distinta a la de sus accionistas, mientras que el fideicomiso es un contrato que no crea a una persona jurídica distinta a la de sus miembros, quienes actúan a través de una institución fiduciaria para cumplir con los fines del fideicomiso.

  • La sociedad mercantil determina y entera un impuesto propio por las actividades que realiza en cumplimiento de su objeto social, en tanto que en el fideicomiso, como entidad transparente, la institución fiduciaria calcula el resultado fiscal del ejercicio para distribuirlo entre los titulares de los certificados de participación o de los derechos fideicomisarios, quienes son los sujetos obligados al pago del impuesto correspondiente por las actividades realizadas a través del fideicomiso.

  • La sociedad mercantil realiza directamente las actividades propias de su objeto, en tanto que para la celebración y operación del fideicomiso, necesariamente se requiere de la intervención de una institución financiera autorizada para fungir como fiduciaria.

    Por lo tanto, esta Dictaminadora considera que de conformidad con las características especiales de las sociedades mercantiles, para que puedan operar únicamente requieren de las facilidades señaladas anteriormente.

    En este orden de ideas se propone adicionar el artículo 224-A en los siguientes términos:

    ``Artículo 224-A. Las sociedades mercantiles que tributen en los términos del Título II de esta Ley y cumplan con los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 224 de la misma Ley, podrán aplicar lo siguiente:

    I. Los accionistas que aporten bienes inmuebles a la sociedad, acumularán la ganancia por la enajenación de los bienes aportados, cuando se de cualquiera de los siguientes supuestos:

    a) Enajenen las acciones de dicha sociedad, en la proporción que dichas acciones representen del total de las acciones que recibió el accionista por la aportación del inmueble a la sociedad, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente

    b) La sociedad enajene los bienes aportados, en la proporción que la parte que se enajene represente de los mismos bienes, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente.

    La ganancia que se acumule se actualizará desde el mes en el que se obtuvo y hasta el mes en el que se acumule.

    II. No realizarán pagos provisionales por concepto de los impuestos sobre la renta y al activo.

    III. Cuando tengan accionistas que sean fondos de pensiones y jubilaciones a los que se refieren los artículos 33 y 179 de esta Ley, deberán entregar a dichos fondos, dentro de los dos meses siguientes al término del ejercicio, un crédito fiscal por un monto equivalente al resultado de multiplicar el impuesto del ejercicio por la participación accionaria promedio diaria que los fondos tuvieron el mismo ejercicio o por la participación accionaria al término del ejercicio, la que resulte menor.

    La participación accionaria promedio diaria a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, se calculará dividiendo la suma de la participación accionaria diaria que representen las acciones propiedad del fondo respecto del capital social, entre el número de días del ejercicio.

    La sociedad podrá acreditar el crédito fiscal que haya entregado en los términos del primer párrafo, contra el impuesto del ejercicio de que se trate. Dicha cantidad se considerará como impuesto pagado para los efectos del artículo 88 de esta Ley.

    Las sociedades mercantiles a que se refiere este artículo deberán cumplir con los requisitos de información que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.''

    B. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

    Régimen de pequeños contribuyentes

    En relación con el régimen de pequeños contribuyentes previsto en el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en vigor, se propone hacer una reforma al mismo, tomando en cuenta que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aprobó en sesión del 14 de marzo de 2005, las Tesis aisladas números IX/2005 y X/2005, en las que determinó el alcance del principio de proporcionalidad tributaria en relación con los impuestos indirectos, considerando que el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente a partir del 1 de enero de 2004, que prevé el mecanismo de cálculo del impuesto al valor agregado para quienes tributan bajo el régimen de pequeños contribuyentes para los efectos del impuesto sobre la renta, transgrede el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Al respecto, el máximo tribunal menciona que en el caso del impuesto al valor agregado el citado principio constitucional exige, como regla general, que se vincule el objeto del impuesto --el valor que se añade al realizar los actos o actividades gravadas por dicho tributo-- con la cantidad líquida que se ha de cubrir por dicho concepto, y para tal efecto, resulta necesario atender al impuesto causado y trasladado por el contribuyente a sus clientes, al impuesto acreditable trasladado por los proveedores al causante y, principalmente, a la figura jurídica del acreditamiento, toda vez que ésta, al permitir que se disminuya el impuesto causado en la medida del impuesto acreditable, tiene como efecto que el contribuyente efectúe una aportación a los gastos públicos que equivale precisamente al valor que agrega en los procesos de producción y distribución de satisfactores.

    Por lo anterior, en virtud de que el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que los pequeños contribuyentes deberán pagar el impuesto atendiendo a la estimativa del valor de los actos o actividades que practiquen las autoridades fiscales, la cual se determina conforme a los ingresos del contribuyente, los cuales no guardan relación alguna con el objeto del impuesto, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estimó que el mencionado artículo es violatorio del principio de proporcionalidad tributaria.

    Asimismo, el mencionado artículo se consideró violatorio del principio de proporcionalidad, porque toma en cuenta los ingresos correspondientes a un periodo distinto al que corresponde el pago, lo cual desvincula al impuesto que se calcula de las operaciones que efectivamente resulten relevantes para efectos del impuesto al valor agregado.

    De acuerdo con lo que sostiene el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la mecánica de cálculo contenida en el referido artículo, no permite atender al objeto propio del gravamen, considerando que para tal efecto es necesario atender al impuesto causado y trasladado por el contribuyente a sus clientes, al impuesto acreditable trasladado por los proveedores al causante y, principalmente, a la figura del acreditamiento con la cual se logra que el contribuyente determine el impuesto con base en el valor agregado en las distintas etapas del proceso de producción y distribución. Sin embargo, el propio numeral expresamente establece que los contribuyentes no tendrán derecho a tal acreditamiento.

    Las tesis antes aludidas textualmente establecen lo siguiente:

    ``PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. ALCANCE DE DICHO PRINCIPIO EN RELACIÓN CON LOS IMPUESTOS INDIRECTOS. Los impuestos indirectos, como el impuesto al valor agregado, gravan manifestaciones indirectas de riqueza, es decir, no gravan directamente el movimiento de riqueza que corresponde a la operación --caso en el cual atendería a la afectación patrimonial positiva para el contribuyente normativamente determinado--, sino que atienden al patrimonio que la soporta --el del consumidor contribuyente de facto--, de manera que sin conocer su dimensión exacta y sin cuantificarlo positivamente, el legislador considera que si dicho patrimonio es suficiente para soportar el consumo, también lo es para pagar el impuesto; de ahí que la sola remisión a la capacidad contributiva del sujeto pasivo no resulta suficiente para establecer un criterio general de justicia tributaria, toda vez que un simple análisis de la relación cuantitativa entre la contraprestación recibida por el proveedor del bien o del servicio y el monto del impuesto, no otorga elementos que permitan pronunciarse sobre su proporcionalidad, por lo que el estudio que ha de efectuarse debe circunscribirse a la dimensión jurídica del principio de proporcionalidad tributaria, lo que se traduce en que es necesario que exista una estrecha vinculación entre el objeto del impuesto y el monto del gravamen. Consecuentemente, en el caso del impuesto al valor agregado el citado principio constitucional exige, como regla general --es decir, exceptuando las alteraciones inherentes a los actos o actividades exentos y a los sujetos a tasa cero--, que se vincule el objeto del impuesto --el valor que se añade al realizar los actos o actividades gravadas por dicho tributo--, con la cantidad líquida que se ha de cubrir por dicho concepto, y para tal efecto, resulta necesario atender al impuesto causado y trasladado por el contribuyente a sus clientes, al impuesto acreditable trasladado por los proveedores al causante y, principalmente, a la figura jurídica del acreditamiento, toda vez que ésta, al permitir que se disminuya el impuesto causado en la medida del impuesto acreditable, tiene como efecto que el contribuyente efectúe una aportación a los gastos públicos que equivale precisamente al valor que agrega en los procesos de producción y distribución de satisfactores.

    Amparo en revisión 1844/2004.- Mauricio Hurtado García.- 11 de enero de 2005.- Mayoría de seis votos; votaron en contra Juan Díaz Romero, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Juan N. Silva Meza y Mariano Azuela Güitrón.- Ponente: Juan N. Silva Meza.- Secretario: Pedro Arroyo Soto.- Encargado del engrose: José Ramón Cossío Díaz.- Secretario: Juan Carlos Roa Jacobo.''

    ``VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 2o.-C DE LA LEY RELATIVA, VIGENTE EN 2004, QUE PREVÉ EL MECANISMO DE CÁLCULO PARA QUIENES TRIBUTEN BAJO EL RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. El citado precepto que dispone que las personas físicas que tributen en el régimen de pequeños contribuyentes para efectos del impuesto sobre la renta, en lugar de determinar el impuesto al valor agregado en los términos generales establecidos por la ley respectiva, deberán hacerlo atendiendo a la estimativa del valor de los actos o actividades que practiquen las autoridades fiscales, a la cual se le aplicará el coeficiente de valor agregado, que es un porcentaje establecido legalmente para cada uno de los diferentes rubros de actividad empresarial, y a la cantidad obtenida se le aplicará la tasa que corresponda, transgrede el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ello en virtud de que el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente en 2004, soslaya la naturaleza del mencionado gravamen como impuesto indirecto, pues el monto a enterar no se determina en atención al impuesto causado y trasladado, disminuido en la medida del impuesto acreditable, sino en atención a la manifestación de riqueza o al incremento patrimonial del contribuyente determinado normativamente, como si se tratara de un impuesto directo, sin considerar que la imposición indirecta debe soportarse por el patrimonio del consumidor contribuyente de facto, aunado a que si la estimativa mencionada se determina conforme a los ingresos del contribuyente, los cuales no guardan relación alguna con el objeto del impuesto y considerando un periodo distinto al corriente, se desvincula al impuesto que se calcula de las operaciones que efectivamente resulten relevantes para efectos del impuesto al valor agregado. Esto es, la mecánica de cálculo que se desprende del referido artículo 2o.-C no permite atender al objeto propio del gravamen considerando el valor que se añade en las distintas etapas del proceso de producción y distribución, lo cual se obtiene con base en la diferencia entre el impuesto causado y el acreditable, siendo que la figura jurídica del acreditamiento permite que la imposición se determine tomando en cuenta la variación entre el precio de adquisición y el de venta, es decir, sobre el valor agregado, pero que el propio numeral expresamente establece que los contribuyentes no tendrán derecho a tal acreditamiento, a pesar de que dicha figura es trascendental para salvaguardar la garantía constitucional de proporcionalidad en el impuesto al valor agregado.

    Amparo en revisión 1844/2004.- Mauricio Hurtado García.- 11 de enero de 2005.- Mayoría de seis votos; votaron en contra Juan Díaz Romero, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Juan N. Silva Meza y Mariano Azuela Güitrón.- Ponente: Juan N. Silva Meza.- Secretario: Pedro Arroyo Soto.- Encargado del engrose: José Ramón Cossío Díaz.- Secretario: Juan Carlos Roa Jacobo.''

    Atendiendo a la declaratoria de inconstitucionalidad antes mencionada, esta Comisión Dictaminadora propone una reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado para corregir los defectos aludidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación con el tratamiento vigente en dicha Ley, aplicable a los pequeños contribuyentes.

    Es importante mencionar que la reforma que se propone al respecto, toma en consideración que los llamados pequeños contribuyentes, son un sector de personas físicas con reducida capacidad administrativa que tienen, además, dificultad para obtener de sus proveedores de bienes y servicios, los comprobantes en los que se señale expresamente el impuesto al valor agregado que se les traslada en forma separada. Esta situación impacta negativamente en dichos contribuyentes, puesto que implica que carezcan de comprobantes que reúnan los requisitos necesarios para llevar a cabo el acreditamiento del impuesto al valor agregado que les es trasladado en los términos generales de la ley, por lo que se hace necesario establecer la posibilidad de llevar a cabo el acreditamiento mediante un procedimiento de estimación.

    Cabe mencionar que el régimen de facilidades administrativas para el sector de pequeños contribuyentes en este gravamen, es acorde con las prácticas que han adoptado otros países tales como España, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala y Nicaragua, entre otros.

    Por ello, la Comisión que suscribe considera necesario mantener un tratamiento simplificado para los pequeños contribuyentes, pero con las adecuaciones necesarias para corregir los defectos señalados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación mencionados anteriormente.

    En ese sentido, esta Comisión propone que el tratamiento aplicable a los pequeños contribuyentes en materia del impuesto al valor agregado, tenga las características siguientes:

    Las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general, estarán obligadas a tributar en los términos generales que establece la Ley del Impuesto al Valor Agregado, pero podrán optar por hacerlo mediante estimativa del impuesto al valor agregado mensual que practiquen las autoridades fiscales, siempre que los ingresos de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no excedan de dos millones de pesos, que son los mismos requisitos que establece el artículo 137 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se deben reunir para tributar como pequeños contribuyentes para los fines de dicho impuesto.

    La estimativa de referencia se llevará a cabo de conformidad con el siguiente procedimiento:

    Se obtendrá el valor estimado mensual de las actividades afectas al pago del impuesto al valor agregado que realice el contribuyente. Para ello se podrá considerar el valor estimado de dichas actividades durante un año de calendario. Dicho valor se dividirá entre los meses del año para obtener el valor estimado mensual. Se precisa que dentro de las actividades citadas no se deberán considerar las afectas a la tasa de 0%. Debe destacarse que ello es así, tomando en cuenta que las actividades empresariales no son homogéneas durante un año de calendario, sino que presentan variables cíclicas, por lo cual se debe practicar una estimación del valor de las actividades anuales, que al ser prorrateado entre los meses del año, se obtiene un valor estimado de las actividades mensuales del contribuyente.

    Al valor estimado mensual de las actividades se aplicará la tasa del impuesto al valor agregado que corresponda y el resultado será el impuesto al valor agregado a cargo estimado mensual.

    Posteriormente, a efecto de permitir el acreditamiento del impuesto al valor agregado que sus proveedores le trasladan, se hace necesario determinar el impuesto acreditable estimado mensual. Para ello también se deberá estimar el impuesto acreditable que corresponda a un año de calendario. Dicha estimación se dividirá entre los meses del año para obtener el impuesto acreditable estimado mensual. La diferencia entre este último y el impuesto acreditable estimado mensual será el impuesto a pagar por el contribuyente.

    Se propone que la estimación se funde en elementos que permitan conocer la situación económica del pequeño contribuyente, tales como: el inventario de las mercancías, maquinaria y equipo; el monto de la renta del establecimiento; las cantidades cubiertas por concepto de energía eléctrica, teléfonos y demás servicios; otras erogaciones destinadas a la adquisición de bienes, de servicios o al uso o goce temporal de bienes, utilizados para la realización de actividades por las que se deba pagar el impuesto al valor agregado; así como la información que proporcionen terceros que tengan relación de negocios con el contribuyente.

    Como una medida de simplificación esta Comisión Dictaminadora propone establecer que el momento y lugar de pago serán similares a los que deben realizar los pequeños contribuyentes para los efectos del impuesto sobre la renta.

    La estimativa practicada se mantendrá por los meses siguientes a aquél en el que fue practicada hasta que las autoridades determinen otra cantidad a pagar por realizarse alguno de los siguientes supuestos:

  • Cuando el contribuyente manifieste en forma espontánea que el valor mensual de sus actividades se ha incrementado en el 10% o más.

  • Cuando las autoridades fiscales, a través del ejercicio de sus facultades de comprobación, determinen una variación superior al 10% del valor mensual de las actividades estimadas.

  • Cuando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor exceda del 10% del propio índice correspondiente al mes en el que se haya practicado la última estimación.

    Por otra parte, a efecto de evitar manipulaciones que tengan por objeto obtener ventajas indebidas, esta Dictaminadora propone incluir reglas de permanencia una vez que los contribuyentes opten por tributar ya sea en los términos generales de la ley, o bien, conforme al régimen de estimativa. Para ello, se propone establecer que los contribuyentes que decidan no ejercer la opción de estimativa deberán permanecer tributando en los términos generales que establece la ley por un período al menos de cinco años. Lo anterior es con el fin de evitar que obtengan devoluciones importantes de saldos a favor provenientes de inversiones en inventarios y activos fijos e inmediatamente después cambiar al régimen de estimativa, con el cual podrían tomar un impuesto acreditable estimado y ampararse en registros simplificados.

    En cambio, los contribuyentes que opten por el régimen de estimativa, al ser un esquema optativo, podrán abandonar la opción en cualquier momento porque así lo estimen conveniente.

    Por otra parte, habida cuenta de que hoy día los pequeños contribuyentes tienen ya cuotas estimadas mensuales del impuesto al valor agregado, esta Comisión Dictaminadora estima necesario establecer una regla de transición que permita que dichas cuotas se sigan aplicando hasta que las autoridades fiscales les estimen el impuesto al valor agregado mensual a su cargo, así como el impuesto acreditable mensual que podrán acreditar.

    Los contribuyentes que inicien actividades y que reúnan los requisitos antes mencionados para tributar conforme al tratamiento que se propone, podrán optar por pagar el impuesto al valor agregado conforme al citado tratamiento.

    En este caso, los contribuyentes deberán estimar el valor mensual de las actividades por las que vayan a estar obligados al pago del impuesto, excepto aquellas afectas a la tasa de 0%. A dicha estimación se aplicará la tasa correspondiente para determinar el impuesto a cargo estimado mensual, el cual se disminuirá con el impuesto acreditable estimado mensual. La diferencia entre ambos conceptos será el impuesto a pagar en cada mes, hasta que las autoridades fiscales estimen otra cantidad a pagar, o bien, los contribuyentes soliciten una rectificación.

    Por otra parte, considerando la reducida capacidad administrativa de los pequeños contribuyentes, la Comisión que suscribe propone que aquéllos que opten por pagar el impuesto conforme al régimen de estimativa, en lugar de las obligaciones previstas en el artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, únicamente tengan las siguientes:

  • Llevar el registro de sus ingresos diarios.

  • Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, por las compras de bienes nuevos de activo fijo que usen en su negocio, cuando el precio sea superior a dos mil pesos.

  • Trasladar el impuesto al valor agregado incluido en el precio a las personas que adquieran los bienes o reciban los servicios.

  • Presentar declaraciones mediante las que se entere el impuesto al valor agregado por los mismos periodos y en las mismas fechas en los que se efectúe el pago del impuesto sobre la renta.

    Los contribuyentes que realicen actividades a las que únicamente les sea aplicable la tasa de 0%, podrán optar por tributar como pequeños contribuyentes, en cuyo caso quedarán liberados de las obligaciones de presentar declaraciones y de llevar los registros de sus ingresos diarios.

    Es importante destacar que cuando los contribuyentes trasladen en forma expresa y por separado el impuesto al valor agregado, se considera que se deja de optar por pagar el impuesto mediante estimativa y, por lo tanto, deberán pagar el impuesto al valor agregado en los términos generales que establece la ley, a partir del mes en el que se expida el primer comprobante, con la separación mencionada. Lo anterior es así, para evitar manipulaciones de este sector de contribuyentes con aquéllos que tributen en los términos generales de la ley, ya que éstos pudieran tomar acreditamientos superiores al impuesto estimado mensual que deban pagar los pequeños contribuyentes.

    Asimismo, esta Dictaminadora propone establecer que las Entidades Federativas que tengan celebrado convenio de coordinación para la administración del impuesto sobre la renta a cargo de los pequeños contribuyentes, quedan coordinadas en los términos de dicho convenio para la administración del impuesto al valor agregado a cargo de los contribuyentes que ejerzan la opción que se propone en esta Iniciativa y deberán practicar la estimativa del impuesto mensual con sujeción a lo previsto anteriormente. Además, se propone regular la participación de las Entidades Federativas en cuanto al impuesto que recauden de los pequeños contribuyentes, estableciendo que recibirán como incentivo el 100% de dicha recaudación.

    Es importante aclarar que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2o., tercer párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, no se incluyen en la recaudación federal participable los incentivos que se establezcan en los convenios de colaboración administrativa, por lo que el incentivo que se establezca en el convenio respectivo para que las Entidades Federativas reciban el 100% de la recaudación del impuesto al valor agregado a cargo de los pequeños contribuyentes que ejerzan la opción propuesta en esta Iniciativa, no formará parte de la recaudación federal participable.

    Finalmente, esta Comisión que dictamina propone establecer que las Entidades Federativas que hayan celebrado el convenio antes mencionado, deberán recaudar en una sola cuota, el impuesto al valor agregado, el impuesto sobre la renta y las contribuciones y derechos locales que dichas Entidades determinen, que deban cubrir los contribuyentes que ejerzan la opción en el impuesto al valor agregado y que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Asimismo, se propone que cuando los contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias, en dos o más Entidades Federativas, se deberá establecer una cuota en cada una de ellas, considerando los impuestos que correspondan a los contribuyentes por las actividades realizadas en cada Entidad.

    Con base en las consideraciones anteriores, esta Comisión Dictaminadora propone reformar el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

    ``Artículo 2o.-C. Las personas físicas que reúnan los requisitos a que se refiere el artículo 137 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pagarán el impuesto al valor agregado en los términos generales que esta Ley establece, salvo que opten por hacerlo mediante estimativa del impuesto al valor agregado mensual que practiquen las autoridades fiscales. Para ello, dichas autoridades obtendrán el valor estimado mensual de las actividades por las que el contribuyente esté obligado al pago de este impuesto, pudiendo considerar el valor estimado de dichas actividades durante un año de calendario, en cuyo caso dicho valor se dividirá entre doce para obtener el valor de las actividades mensuales estimadas. Para los efectos del cálculo mencionado anteriormente, no se deberá considerar el valor de las actividades a las que se les aplique la tasa del 0%. Al valor estimado mensual de las actividades se aplicará la tasa del impuesto al valor agregado que corresponda. El resultado así obtenido será el impuesto a cargo estimado mensual.

    El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la diferencia entre el impuesto estimado a su cargo determinado en los términos del párrafo anterior y el impuesto acreditable estimado mensual. Para ello se estimará el impuesto acreditable mensual a que se refiere el artículo 4o. de la presente Ley, pudiendo estimar el que corresponda a un año de calendario, en cuyo caso dicha estimación se dividirá entre doce para obtener el impuesto acreditable estimado mensual.

    Para estimar el valor de las actividades, así como el impuesto acreditable de los contribuyentes, las autoridades fiscales tomarán en consideración los elementos que permitan conocer su situación económica, como son, entre otros: El inventario de las mercancías, maquinaria y equipo; el monto de la renta del establecimiento; las cantidades cubiertas por concepto de energía eléctrica, teléfonos y demás servicios; otras erogaciones destinadas a la adquisición de bienes, de servicios o al uso o goce temporal de bienes, utilizados para la realización de actividades por las que se deba pagar el impuesto al valor agregado; así como la información que proporcionen terceros que tengan relación de negocios con el contribuyente.

    El impuesto al valor agregado mensual que deban pagar los contribuyentes se mantendrá hasta el mes en el que las autoridades fiscales determinen otra cantidad a pagar por dicha contribución, en cualquiera de los supuestos a que se refieren los apartados siguientes:

    A. Cuando los contribuyentes manifiesten a las autoridades fiscales en forma espontánea que el valor mensual de sus actividades se ha incrementado en el 10% o más respecto del valor mensual estimado por las autoridades fiscales por dichas actividades.

    B. Cuando las autoridades fiscales, a través del ejercicio de sus facultades, comprueben una variación superior al 10% del valor mensual de las actividades estimadas.

    C. Cuando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor exceda el 10% del propio índice correspondiente al mes en el cual se haya realizado la última estimación del impuesto al valor agregado.

    Tratándose de los contribuyentes que inicien actividades y que reúnan los requisitos a que se alude en el primer párrafo de este artículo, dichos contribuyentes podrán ejercer la opción prevista en el mismo, en cuyo caso estimarán el valor mensual de las actividades por las que estén obligados a efectuar el pago del impuesto, sin incluir aquellas afectas a la tasa de 0%. Al valor mensual estimado se aplicará la tasa del impuesto al valor agregado que corresponda y el resultado será el impuesto a cargo estimado mensual. Dicho impuesto se deberá disminuir con la estimación que se haga del impuesto acreditable a que se refiere el artículo 4o. de esta Ley que corresponda al mes de que se trate y el resultado será el monto del impuesto a pagar. Dicho monto se mantendrá hasta el mes en el que las autoridades fiscales estimen otra cantidad a pagar, o bien, los contribuyentes soliciten una rectificación.

    Para los efectos del impuesto establecido en esta Ley, los contribuyentes que opten por pagar el mismo en los términos de este artículo, deberán cumplir la obligación prevista en la fracción IV del artículo 139 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en lugar de llevar la contabilidad a que se refiere la fracción I del artículo 32 de esta Ley. Así mismo, deberán contar con comprobantes que reúnan requisitos fiscales, por las compras de bienes a que se refiere la fracción III del citado artículo 139.

    Los contribuyentes a que se refiere el presente artículo trasladarán el impuesto al valor agregado incluido en el precio a las personas que adquieran los bienes o reciban los servicios. Cuando los citados contribuyentes expidan uno o más comprobantes trasladando el impuesto en forma expresa y por separado, se considera que cambian la opción de pagar el impuesto al valor agregado mediante la estimativa a que se refiere este artículo, para pagar dicho impuesto en los términos generales establecidos en esta Ley, a partir del mes en el que se expida el primer comprobante, trasladando el impuesto en forma expresa y por separado.

    El pago del impuesto determinado conforme a lo dispuesto en el presente artículo deberá realizarse por los mismos periodos y en las mismas fechas en los que se efectúe el pago del impuesto sobre la renta.

    Las Entidades Federativas que tengan celebrado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público convenio de coordinación para la administración del impuesto sobre la renta a cargo de las personas físicas que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, estarán obligadas a ejercer las facultades a que se refiere el citado convenio a efecto de administrar también el impuesto al valor agregado a cargo de los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere el presente artículo y deberán practicar la estimativa prevista en el mismo. Las Entidades Federativas recibirán como incentivo el 100% de la recaudación que obtengan por el citado concepto.

    Las Entidades Federativas que hayan celebrado el convenio a que se refiere el párrafo anterior deberán, en una sola cuota, recaudar el impuesto al valor agregado y el impuesto sobre la renta a cargo de los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere este artículo y que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como las contribuciones y derechos locales que dichas Entidades determinen. Cuando los contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias, en dos o más Entidades Federativas, se establecerá una cuota en cada una de ellas, considerando el impuesto al valor agregado correspondiente a las actividades realizadas en la Entidad de que se trate y el impuesto sobre la renta que resulte por los ingresos obtenidos en la misma.

    Tratándose de los contribuyentes a que se refiere el presente artículo, que realicen únicamente actividades afectas a la tasa de 0%, podrán optar por tributar conforme a lo dispuesto en este artículo, en cuyo caso quedarán liberados de las obligaciones de presentar declaraciones y de llevar los registros de sus ingresos diarios.

    Los contribuyentes a que se refiere este artículo que no ejerzan la opción prevista en el mismo, deberán pagar el impuesto al valor agregado en los términos generales que establece esta Ley al menos durante 60 meses, transcurridos los cuales se tendrá derecho nuevamente a ejercer la opción de referencia.

    Cuando los contribuyentes opten por pagar el impuesto conforme a lo dispuesto en este artículo, podrán cambiar su opción en cualquier momento para pagar en los términos generales que establece esta Ley, en cuyo caso estarán a lo dispuesto en el párrafo anterior.

    Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

    ARTÍCULO QUINTO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo CUARTO de este Decreto, se estará a lo siguiente:

    I. Para los efectos del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se entenderá que los contribuyentes ejercen la opción a que se refiere dicho artículo, cuando continúen pagando el impuesto mediante estimativa que practiquen las autoridades fiscales.

    II. En tanto las autoridades fiscales estiman el impuesto de los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los contribuyentes deberán pagar por cada mes que transcurra desde la fecha de la entrada en vigor de este Decreto y la fecha en la que se realice la estimación del impuesto, la última cuota mensual que hayan pagado con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor de este Decreto.

    Los contribuyentes podrán solicitar que las autoridades fiscales les practiquen la estimativa del impuesto al valor agregado mensual, para lo cual deberán presentar la solicitud respectiva en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad la estimación del valor mensual de las actividades y del impuesto acreditable mensual a que se refieren los párrafos primero y segundo del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    III. Para los efectos del artículo 2o.-C, décimo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, las Entidades Federativas que a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto tengan celebrado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público convenio de coordinación para la administración del impuesto sobre la renta a cargo de las personas físicas que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán comunicar por escrito a la citada Secretaría la terminación del convenio mencionado dentro de los 10 días naturales posteriores a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto.''

    Fideicomisos inmobiliarios

    Derivado del tratamiento fiscal que en materia del impuesto sobre la renta se propone para los fideicomisos inmobiliarios y con el objeto de hacer operable dicho esquema, la que Dictamina coincide con la propuesta del Ejecutivo Federal en el sentido de exentar del Impuesto al Valor Agregado, la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables, siempre que éstos se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y su enajenación se realice en la Bolsa Mexicana de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a tratados internacionales que México tengan en vigor, ya que de lo contrario sería inviable el estímulo fiscal que se pretende para los fideicomisos inmobiliarios.

    No obstante lo anterior, la que Dictamina estima necesario complementar la Iniciativa que se dictamina, adicionando una fracción X al artículo 5o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para excluir del cálculo de la proporción del impuesto al valor agregado acreditable a la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables, puesto que se trata de una actividad que no se realiza habitualmente.

    Asimismo, se propone establecer en el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que la ganancia por enajenación de los inmuebles aportados a los fideicomisos o a las sociedades mercantiles a que se refieren los artículos 224 y 224-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se considere para los efectos del impuesto cedular que en su caso establezcan las Entidades Federativas, en el mismo momento en el que lo prevé el artículo 223 de este último ordenamiento, es decir, hasta que se enajenen los certificados de participación que se hubiesen emitido por dicha aportación de inmuebles o bien cuando la institución fiduciaria o la sociedad mercantil enajene los inmuebles aportados. Lo anterior, con el objeto de que exista simetría en el momento de acumulación establecido en el impuesto federal con el que, en su caso, se establezca a nivel local.

    Además, se debe especificar en el impuesto cedular que pueden establecer las Entidades Federativas, que no se grave la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios que coticen en bolsa de valores o mercados reconocidos, para hacerlo congruente con la exención que se otorga en materia del impuesto sobre la renta, dado que el impuesto cedular se establece siempre sobre la misma base del impuesto sobre la renta.

    También observa esta Comisión Dictaminadora que la Iniciativa del Ejecutivo Federal sería incompleta si las Entidades Federativas pueden gravar con impuestos locales la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables que coticen en bolsa de valores o mercados reconocidos, ya que tendrían una carga fiscal por cada enajenación que se realice en éstos.

    En este sentido, la que Dictamina estima conveniente establecer una limitante a las Entidades Federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal para que no puedan gravar la enajenación de los citados certificados de participación inmobiliarios.

    En efecto, actualmente el artículo 41 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en su fracción IV, establece la obligación de las Entidades Federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal de no mantener impuestos locales o municipales sobre intereses, títulos de crédito, operaciones financieras derivadas y productos o rendimientos derivados de su propiedad o enajenación.

    Por otra parte, en la Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal para el ejercicio fiscal de 2006, se propone exentar del impuesto al valor agregado a la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables, cuando se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a tratados internacionales que México tenga en vigor.

    En este sentido, la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios, al tratarse de títulos de crédito, no podrían gravarse por las Entidades Federativas con impuestos locales o municipales, conforme a lo establecido en la fracción IV del artículo 41 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; sin embargo, en virtud de que los certificados, en algunos casos, representan la propiedad alícuota de un inmueble, su enajenación actualiza la excepción establecida en el artículo 42 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    El artículo precitado establece que se exceptúan de la limitación establecida en el artículo 41, a los impuestos que las Entidades Federativas establezcan sobre la enajenación de construcciones por las que se deba pagar el IVA, así como gravar con impuestos locales o municipales la propiedad o posesión del suelo o construcciones o la transmisión de propiedad de las construcciones o sobre la plusvalía o mejoría específica.

    Por ello, con el objeto de hacer viable el esquema fiscal que se propone para los fideicomisos inmobiliarios a que se refiere el artículo 224 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es necesario que la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios que se realice en bolsa de valores o mercados reconocidos, no se grave con impuestos locales como el de adquisición de inmuebles.

    En ese sentido, se considera que debe modificarse el artículo 42 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, adicionándole un tercer párrafo en el que se establezca que las excepciones previstas en el mismo no aplican en el caso de la enajenación de certificados de participación inmobiliarios no amortizables a que se refiere el artículo 9o., fracción VII, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, propuesto en la Iniciativa del Ejecutivo Federal.

    ``Artículo 5.-C. ...

    X. La enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 9o. de esta Ley.

    ...

    Artículo 42. ...

    Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no se aplicará respecto de la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 9o. de esta Ley.

    ...

    Artículo 43. ...

    Cuando el ingreso a que se refiere la fracción III de este artículo derive de la aportación de inmuebles que los fideicomitentes o accionistas, personas físicas realicen a los fideicomisos o sociedades mercantiles, a los que se refieren los artículos 223 y 224-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, según se trate, el impuesto cedular deberá considerar la ganancia en el mismo momento que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece para la acumulación de dicho ingreso.

    Las Entidades Federativas que establezcan el impuesto cedular a que se refiere la fracción III de este artículo, no podrán gravar la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables, cuando se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a tratados internacionales que México tenga en vigor.

    ...''

    C. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

    Esta Comisión de Hacienda y Crédito Público está de acuerdo con la propuesta del Ejecutivo Federal por tratarse de una medida ecológica a favor del medio ambiente que incentiva la recolección de envases y la reutilización de los mismos, además de disminuir los costos por concepto de recolección de basura en beneficio de las Entidades Federativas.

    No obstante lo anterior, esta Comisión Dictaminadora considera necesario realizar algunos ajustes al esquema planteado originalmente en la Iniciativa en dictamen, mismos que se exponen a continuación.

    En la citada Iniciativa se establece un procedimiento para cuantificar los litros de cerveza enajenados o importados en envases reutilizados, el cual alude precisamente al número de envases reutilizados, por lo que en opinión de esta dictaminadora el citado procedimiento es innecesario. Sin embargo, la que dictamina considera conveniente aclarar que cuando se enajene o importe cerveza en envases reutilizados, la capacidad total de los envases deberá considerarse en litros.

    Por otra parte, en el último párrafo del artículo 2o.-C propuesto en la Iniciativa que se dictamina, se señala que si los litros correspondientes a envases reutilizados en el mes son mayores que el total de los litros de cerveza enajenados o importados en el mismo mes, la diferencia se considerará en los siguientes meses como envases reutilizados, situación que a juicio de esta dictaminadora únicamente se produce en el caso de la importación de cerveza y no así en el de su enajenación.

    De lo anterior, esta dictaminadora propone efectuar una precisión en la redacción del último párrafo del citado artículo 2o.-C propuesto en la Iniciativa de referencia, para establecer que si los litros correspondientes a exportaciones de los envases reutilizados en el mes son mayores que el total de los litros de cerveza importados en el mismo mes, la diferencia se considerará en los siguientes meses, hasta agotarse, como importaciones realizadas en envases reutilizados.

    Por lo expuesto, la que Dictamina propone modificar los párrafos tercero y cuarto del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, contenidos en la Iniciativa en análisis, para quedar como sigue:

    ``Artículo 2o.-C. ...

    Para los efectos del párrafo anterior, cuando se enajene o importe cerveza en envases reutilizados, la capacidad total de los envases deberá considerarse en litros.

    Si los litros correspondientes a exportaciones de los envases reutilizados en el mes son mayores que el total de los litros de cerveza importados en el mismo mes, la diferencia se considerará en los siguientes meses, hasta agotarse, como importaciones realizadas en envases reutilizados.''

    En cuanto a los envases que se consideran como envases reutilizados, tratándose de la importación, la que dictamina considera conveniente precisar en el segundo párrafo de la fracción XI del artículo 3o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, propuesto por el Ejecutivo Federal, que serán envases reutilizados aquellos que cumplan con las características a que se refiere el párrafo primero de dicha fracción. Lo anterior, con el objeto de evitar que se consideren como envases reutilizables aquellos que se recolecten y que se exporten al extranjero pero que no puedan ser reutilizados, como por ejemplo, los envases de lata.

    En ese sentido, esta Comisión Dictaminadora propone que el segundo párrafo de la fracción XI del artículo 3o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, quede en los términos siguientes:

    ``Artículo 3o. ...

    XI. ...

    Tratándose de los importadores, se considerarán como envases reutilizados los que hayan recolectado y exporten al extranjero amparados con el documento aduanal correspondiente, siempre que se trate de envases que cumplan con las características a que se refiere el párrafo anterior.

    ...''

    Esta Comisión Dictaminadora observa que en la Iniciativa en análisis no se establece la posibilidad para efectuar el acreditamiento del impuesto acreditable contra las cantidades que resulten de aplicar la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C propuesto, por lo que estima necesario modificar el actual artículo 4o., cuarto párrafo de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

    ``Artículo 4o. ...

    El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta Ley, las tasas a que se refiere la fracción I, incisos A), G) y H) del artículo 2o. de la misma, o de la que resulte de aplicar la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley. Se entiende por impuesto acreditable, un monto equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios efectivamente trasladado al contribuyente o el propio impuesto que él hubiese pagado con motivo de la importación, exclusivamente en los supuestos a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, en el mes al que corresponda.

    ...''

    Por otra parte, esta Comisión Dictaminadora considera necesario precisar que la causación del impuesto será con base en el esquema de flujo de efectivo cuando se aplique la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C que se propone en la Iniciativa que se analiza.

    Por lo anterior, la que dictamina propone que se modifique tanto el actual artículo 10 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, como el propio texto del artículo 11, último párrafo contenido en la Iniciativa en dictamen, de manera que queden como sigue:

    ``Artículo 10. En la enajenación de los bienes a que se refiere esta Ley, el impuesto se causa en el momento en el que se cobren las contraprestaciones y sobre el monto de lo cobrado. Cuando las contraprestaciones se cobren parcialmente, el impuesto se calculará aplicando a la parte de la contraprestación efectivamente percibida, la tasa que corresponda en términos del artículo 2o. de esta Ley. Por las enajenaciones de cerveza en las que el impuesto se pague aplicando la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley, el impuesto se calculará por los litros que hayan sido pagados con el monto de las contraprestaciones efectivamente percibidas.

    Artículo 11. ...

    Por las enajenaciones de cerveza en las que el impuesto se pague aplicando la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley, los contribuyentes calcularán el impuesto sobre el total de litros enajenados.''

    Respecto a las obligaciones contenidas en las fracciones XX y XXI que se proponen adicionar al artículo 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la que dictamina considera conveniente ajustar su redacción, con el objeto de que la información que se solicite a los contribuyentes se presente a través de los medios, formatos electrónicos y plazos que señale el Servicio de Administración Tributaria.

    Por último, del análisis realizado a la Iniciativa que se comenta, se observa que la misma es omisa en cuanto al establecimiento de las consecuencias que deben sufrir los contribuyentes por el incumplimiento de las obligaciones a que se refiere la fracción XXI, que se propone adicionar al artículo 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, por lo que esta Comisión considera necesario adicionar un último párrafo a dicha fracción, para establecer que los contribuyentes que no cumplan con los registros establecidos en la misma, sean falsos o no se cuente con la documentación soporte, no tendrán derecho a la disminución prevista en el artículo 2o.-C propuesto en la Iniciativa.

    Derivado de las anteriores consideraciones, la que dictamina sugiere que el texto correspondiente a las fracciones XX y XXI del artículo 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, queden de la siguiente forma:

    ``Artículo 19. ...

    XX. Los fabricantes, productores o envasadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, deberán presentar a las autoridades fiscales, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos que señale el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, un informe en el que manifiesten el total de litros de cerveza enajenados y la capacidad en litros del total de los envases reutilizados de cerveza enajenados, en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

    Los importadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, deberán presentar a las autoridades fiscales, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos que señale el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, un informe en el que manifiesten el total de litros de cerveza importados en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, así como la capacidad en litros del total de los envases de cerveza exportados en cada uno de los meses del citado ejercicio inmediato anterior.

    XXI. Los fabricantes, productores o envasadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, estarán obligados a llevar un registro del total de litros de cerveza enajenados y de la capacidad en litros del total de los envases reutilizados de cerveza enajenados, en cada mes. Los importadores de cerveza que apliquen la disminución antes mencionada estarán obligados a llevar un registro del total de litros de cerveza importados en cada mes y de la capacidad en litros del total de envases de cerveza exportados en cada mes.

    Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán contener clasificaciones por presentación, capacidad medida en litros y separar los litros de cerveza por los que deba pagarse el impuesto conforme a la tasa prevista en el artículo 2o., fracción I, inciso A) de esta Ley, de aquellos por los que deba pagarse la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de la misma, así como la demás información que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

    Los importadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, deberán llevar una cuenta de control que adicionarán con las exportaciones de envases de cerveza recolectados y se disminuirá con las importaciones de cerveza por las que se haya aplicado el citado monto. La referida cuenta de control deberá estar clasificada por las distintas presentaciones de los envases, señalando su capacidad medida en litros.

    Cuando los contribuyentes no cumplan con los registros establecidos en esta fracción, dichos registros sean falsos o no se cuente con la documentación soporte de los mismos, no se tendrá derecho a la disminución prevista en el artículo 2o.-C de esta Ley.''

    Por otra parte, con el propósito de eliminar el efecto negativo en los productores de maíz amarillo que representa gravar a los refrescos y otras bebidas edulcoradas con fructosa, esta Comisión estima conveniente ampliar la exención en el impuesto especial sobre producción y servicios, cuando también se utilice en la elaboración de los refrescos y otras bebidas fructosa producida con maíz, siempre que la caña de azúcar, así como el maíz se produzcan bajo el esquema de agricultura por contrato para consumo humano.

    Con base en lo anterior, se propone reformar el artículo 8o., fracción I, inciso f) y adicionar el artículo 3o., con una fracción XIV de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

    ``Artículo 3o. ...

    XIV. Agricultura por contrato para consumo humano, aquel contrato en que el agricultor se obliga a la siembra de caña de azúcar o maíz destinados a la producción de azúcar o fructosa, de forma tal que tanto la fructosa como el azúcar cumplan con las especificaciones sanitarias para el consumo humano.

    ...

    Artículo 8o. ...

    I. ...

    f) Las de los bienes a que se refieren los incisos G) y H) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley siempre que utilicen como edulcorante azúcar de caña o fructosa producida con maíz, bajo el esquema de agricultura por contrato para consumo humano.

    ...''

    Finalmente, respecto del impuesto especial sobre producción y servicios aplicable a los tabacos labrados, esta Comisión estima conveniente establecer la tasa de 130% en sustitución de la actual de 110% que se aplica a los cigarros. Lo anterior tiene como finalidad exclusivamente trasparentar la carga del impuesto citado más las aportaciones que realiza actualmente la industria tabacalera al fondo de protección contra gastos catastróficos a que se refiere el artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud.

    En efecto, la industria mencionada actualmente paga el impuesto de referencia conforme a la tasa vigente citada, pero además lleva a cabo una aportación de manera gradual hasta de cinco centavos por la enajenación de cada cigarro, que se destina al fondo de protección contra gastos catastróficos citado con antelación, de conformidad con el Decreto por el que se exime del pago de los impuestos especiales sobre producción y servicios y al valor agregado a los contribuyentes que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 2004. De esta forma, la nueva tasa que se propone es el resultado de expresar en tasas ad valorem, la carga que representa el impuesto especial sobre producción y servicios actual más la aportación que en este momento efectúa la industria tabacalera al fondo mencionado por la enajenación de cigarros.

    Por lo anterior, se propone reformar el artículo 2o., fracción I, inciso c), numeral 1 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

    ``Artículo 2o. ...

    I. ...

    C) ...

    1. Cigarros. ............................................ 130%

    ...''

    Finalmente, esta Comisión considera que no es una medida adecuada el uso de marbetes para cajetillas de cigarros, ya que si bien es cierto que en la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, se estableció la obligación de adherir marbetes a las cajetillas de cigarros a partir del año 2006, también es cierto que la experiencia en otros países que han adoptado estás medidas, no han logrado controlar el contrabando y el producto falsificado, razones que llevaron a esta Soberanía a imponer tales medidas.

    En corolario de lo anterior, resaltan los ejemplos de Brasil, que cuenta con más de 35% de mercado informal, Argentina con 15% y Perú con más de 50%, todos ellos con marbetes en sus productos. Al mismo tiempo, la experiencia ha demostrado que este tipo de instrumentos no solo no ayudan a controlar el contrabando, sino que en el largo plazo tienden a fomentarlo.

    Aunado a lo anterior, se estima que estos ``signos distintivos de control fiscal y sanitario'' como así los define la propia Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios vigente a partir del 2005, sí pueden ser falsificables debido a que los sistemas de fabricación del marbete están al alcance de cualquiera y no se requiere más que comprar los insumos para su elaboración.

    Asimismo, las disposiciones de la Ley General de Salud no dejan espacio para la colocación del marbete como una medida de control sanitario, toda vez que actualmente las cajetillas de cigarrillos requieren traer impreso los datos del fabricante con su domicilio fiscal, una leyenda precautoria de salud que cubre el 50% de la cara trasera, una leyenda lateral, las medidas de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono, el contenido de unidades por empaque y la leyenda de venta prohibida a menores.

    En adición a lo antes expuesto, el costo para el Estado es bastante elevado y genera mayores trámites, ya que se tiene que llevar a cabo una licitación para la adquisición del papel seguridad, de las tintas y de los demás componentes utilizados en la fabricación del marbete, o bien, el costo por la licitación del marbete como producto terminado, aunado al costo que se genera por el control y almacenaje de inventarios, entrega y recepción de los marbetes.

    Por otra parte, se estima que las cajetillas suaves o blandas llevan un sello para adherir la imagen de marca con el aluminio usado para retener frescura y existen algunas cajetillas que por su tamaño y presentación no llevan el mencionado sello, por lo que el marbete resultaría de difícil colocación con unas reglas de operación que fueran de aplicación estricta.

    En esta tesitura, esta Dictaminadora estima que si bien el marbete ha demostrado su eficacia en otras industrias, como la de las bebidas alcohólicas, no menos cierto resulta que en el caso del tabaco se ha demostrado que los costos de su instrumentación, resultarían más elevados que los costos fiscales que se generarían por su poca eficacia de combate al contrabando.

    En tal virtud, esta Comisión estima necesario modificar la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en los siguientes términos:

    ``Artículo 3o. ...

    IV. Marbete, el signo distintivo de control fiscal y sanitario, que se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que no exceda de 5,000 mililitros.

    ...

    Artículo 19. ...

    V.- Los contribuyentes deberán adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, inmediatamente después de su envasamiento. Tratándose de bebidas alcohólicas a granel, se deberán adherir precintos a los recipientes que las contengan, cuando las mismas se encuentren en tránsito o transporte. No será aplicable lo dispuesto en este párrafo tratándose de bebidas alcohólicas envasadas que se destinen a la exportación, siempre que se cumplan con las reglas de carácter general que al efecto se señalen en el Reglamento de esta Ley.

    Quienes importen bebidas alcohólicas y estén obligados al pago del impuesto en términos de esta Ley, deberán colocar los marbetes o precintos a que se refiere esta fracción previamente a la internación en territorio nacional de los productos o, en su defecto, tratándose de marbetes, en la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. No podrán retirarse los productos de los lugares antes indicados sin que se haya cumplido con la obligación señalada.

    ...

    Último párrafo. (Se deroga)

    ...

    XV. Los productores, envasadores e importadores, de bebidas alcohólicas, estarán obligados a presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, un informe de los números de folio de marbetes y precintos, según corresponda, obtenidos, generados, utilizados, destruidos, e inutilizados durante el trimestre inmediato anterior.

    ...

    Artículo 23-B. Se presume que las bebidas alcohólicas que no tengan adherido el marbete o precinto correspondiente y que se encuentren fuera de los almacenes, bodegas o cualesquiera otro lugar propiedad o no del contribuyente o de los recintos fiscales o fiscalizados, fueron enajenados y efectivamente cobradas las contraprestaciones o importados, en el mes en que se encuentren dichos bienes al poseedor o tenedor de los mismos, y que el impuesto respectivo no fue declarado. Para tales efectos, se considerará como precio de enajenación, el precio promedio de venta al público en el mes inmediato anterior a aquél en el que dichos bienes sean encontrados.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable respecto de las bebidas alcohólicas destinadas a la exportación por las que no se esté obligado al pago de este impuesto, que se encuentren en tránsito hacia la aduana correspondiente, siempre que dichos bienes lleven adheridos etiquetas o contraetiquetas que contengan los datos de identificación del importador en el extranjero.

    Disposición Transitoria de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

    ARTÍCULO SÉPTIMO. Se deroga el ARTÍCULO TERCERO del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2004.''

    D. IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS

    Esta Dictaminadora considera que, en efecto, como lo expone el Ejecutivo Federal, el Artículo Octavo del Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de agosto de 2005, otorga una exención del impuesto sobre automóviles nuevos que se cause por la enajenación de automóviles que se realice al consumidor por el fabricante, distribuidor, ensamblador o comerciante en el ramo de vehículos, así como aquellos que se importen de manera definitiva por el consumidor final, cuyo precio de enajenación al consumidor o valor en aduana, según se trate, no exceda de $150,000.00 sin IVA, siempre que el impuesto mencionado no sea trasladado ni cobrado al adquirente de los automóviles; y que tratándose de automóviles cuyo precio de enajenación o valor en aduana se encuentre comprendido entre $150,000.01 y $190,000.00 la exención del referido impuesto es de 50%. Por ello, esta Dictaminadora considera conveniente incorporar un mecanismo de compensación para las Entidades Federativas que registrarán una pérdida de recaudación correspondiente al impuesto sobre automóviles nuevos a partir del ejercicio de 2006.

    Así, para resarcir la pérdida de recursos fiscales a las Entidades Federativas se estima adecuado crear un fondo de compensación constituido por una cantidad anual equivalente a la pérdida de ingresos estimada, el cual se distribuirá mensualmente con base a los coeficientes de recaudación del impuesto sobre automóviles nuevos correspondiente al ejercicio fiscal de 2004.

    En razón de lo anterior, se adiciona el artículo 14 a la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para establecer el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para resarcir la disminución de ingresos derivada de la ampliación de la exención citada. Adicionalmente, con el propósito de evitar el deterioro en las finanzas públicas de las Entidades Federativas por efectos de la inflación, se prevé la actualización en forma anual del monto correspondiente al fondo.

    Igualmente, se estima adecuado garantizar que los municipios no se vean afectados por la disminución de ingresos como consecuencia de la ampliación de la exención del impuesto sobre automóviles nuevos, por lo que se establece en el mismo artículo 14 que cuando menos, el 20% de los recursos que las Entidades Federativas reciban correspondientes al Fondo, se distribuyan a sus municipios.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público pone a consideración del Pleno el siguiente

    DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES.

    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    ARTÍCULO PRIMERO. Se REFORMAN los artículos 33, fracción II, primer párrafo; 40, fracción VI; 48, tercer párrafo; 86, fracción XV; 133, fracción VII; 142, fracción I; 148, fracción III; 212, octavo párrafo; 216, primer párrafo; 220, primer párrafo; 223 y 224, se ADICIONAN los artículos 32, fracción XXVI, con un antepenúltimo párrafo; 86, con una fracción XIX; 95, fracción VI, con un inciso h); 97, con una fracción VI; 106-Bis; 145, con una fracción V; 154-Ter; 196, con una fracción IV; 199, con un penúltimo y último párrafos; 216, con un antepenúltimo y penúltimo párrafos; 223-A; 223-B, 223-C y 224-A, se DEROGAN los artículos 123, fracción VII; 136 Bis y 154 Bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

    Artículo 32. ...

    XXVI. ...

    Tampoco se considerarán para el cálculo del saldo promedio anual de las deudas a que se refiere el cuarto párrafo de esta fracción, los créditos que se sujeten a condiciones o términos que limiten al deudor para distribuir utilidades o dividendos, reducir su capital, enajenar sus activos fijos, contratar nuevos créditos o transmitir de cualquier forma la titularidad de la mayoría de su capital social, así como que permitan que el acreedor pueda intervenir en la determinación del destino de los créditos.

    ...

    Artículo 33. ...

    II. La reserva deberá invertirse cuando menos en un 30% en valores a cargo del Gobierno Federal inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o en acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda. La diferencia deberá invertirse en valores aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como objeto de inversión de las reservas técnicas de las instituciones de seguros, o en la adquisición o construcción y venta de casas para trabajadores del contribuyente que tengan las características de vivienda de interés social, o en préstamos para los mismos fines, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias, o en certificados de participación emitidos por las instituciones fiduciarias respecto de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, o bien en acciones emitidas por las sociedades a que se refiere el artículo 224-A de la misma Ley, siempre que en estos dos últimos casos la inversión total no exceda del 10% de la reserva a que se refiere esta fracción.

    ...

    Artículo 40. ...

    VI.- 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques.

    ...

    Artículo 48. ...

    En ningún caso se considerarán deudas las originadas por partidas no deducibles, en los términos de las fracciones I, VIII y IX del artículo 32 de esta Ley, así como el monto de las deudas que excedan el límite a que se refiere el primer párrafo de la fracción XXVI del mismo artículo.

    ...

    Artículo 86. ...

    XV. Tratándose de personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, éstas deberán determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables. Para estos efectos, aplicarán los métodos establecidos en el artículo 216 de esta Ley, en el orden establecido en el citado artículo.

    ...

    XIX. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos. Las referidas reglas de carácter general podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información a que se refiere esta fracción.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 95. ...

    VI. ...

    h) Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos.

    ...

    Artículo 97. ...

    VI. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de los donativos recibidos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    ...

    Artículo 106 Bis. Las personas físicas a que se refiere el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, podrán acreditar el impuesto que paguen a las Entidades Federativas, tanto en pagos provisionales como en la declaración anual.

    Artículo 123. ...

    VII. (Se deroga)

    ...

    Artículo 133. ...

    VII. Presentar y mantener a disposición de las autoridades fiscales la información a que se refieren las fracciones VII, VIII, IX y XIX del Artículo 86 de esta Ley.

    ...

    Artículo 136-Bis. (Se deroga)

    Artículo 142. ...

    I. Los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al año de calendario sobre dichos inmuebles, así como por las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que afecten a los mismos.

    ...

    Artículo 145. ...

    V. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    ...

    Artículo 148. ...

    III. Los gastos notariales, impuestos y derechos, por escrituras de adquisición y de enajenación, pagados por el enajenante. Asimismo, serán deducibles los pagos efectuados con motivo del avalúo de bienes inmuebles.

    ...

    Artículo 154 Bis. (Se deroga)

    Artículo 154 Ter. Los contribuyentes que obtengan ingresos por la enajenación de bienes, deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos. Las referidas reglas de carácter general podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información a que se refiere este artículo.

    La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 196. ...

    IV. Los que deriven de créditos concedidos al Gobierno Federal o al Banco de México y los provenientes de títulos de créditos emitidos por el Gobierno Federal o por el Banco de México, colocados en México entre el gran público inversionista, siempre que los beneficiarios efectivos sean residentes en el extranjero.

    En el caso de que no sea posible identificar al beneficiario efectivo residente en el extranjero de los intereses provenientes de los créditos o títulos a que se refiere el párrafo anterior, los intermediarios financieros no estarán obligados a efectuar la retención correspondiente ni tendrán la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 199. ...

    No se pagará el impuesto a que se refiere este artículo, tratándose de operaciones financieras derivadas de deuda que se encuentren referidas a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio o a títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal o por el Banco de México y cualquier otro que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, colocados en México entre el gran público inversionista, siempre que se realicen en bolsa de valores o mercados reconocidos, en los términos de las fracciones I y II del artículo 16-C del Código Fiscal de la Federación y que los beneficiarios efectivos sean residentes en el extranjero.

    En el caso de que no sea posible identificar al beneficiario efectivo residente en el extranjero de las ganancias provenientes de las operaciones financieras derivadas a las que se refiere el párrafo anterior, los socios liquidadores no estarán obligados a efectuar la retención correspondiente ni tendrán la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.

    Artículo 212 ...

    Cuando el país en el que se generan los ingresos sujetos a un régimen fiscal preferente tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria con México, los contribuyentes que generen ingresos distintos de los ingresos pasivos señalados en este artículo no los considerarán como ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. En los casos en que no se tenga dicho acuerdo, los contribuyentes podrán aplicar lo establecido en este párrafo, siempre que, el contribuyente y las entidades o figuras jurídicas a través de las cuales se generen ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, dictaminen sus estados financieros por un contador público independiente que pertenezca a una firma de contadores que tenga una oficina de representación en México, por el ejercicio de que se trate y el contribuyente presente dicho dictamen en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación.

    ...

    Artículo 216. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 215 de esta Ley, los contribuyentes deberán aplicar los siguientes métodos:

    ...

    Los contribuyentes deberán aplicar en primer término el método previsto por la fracción I de este artículo, y sólo podrán utilizar los métodos señalados en las fracciones II, III, IV, V y VI del mismo, cuando el método previsto en la fracción I citada no sea el apropiado para determinar que las operaciones realizadas se encuentran a precios de mercado de acuerdo con las Guías de Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales a que se refiere el último párrafo del artículo 215 de esta Ley.

    Para los efectos de la aplicación de los métodos previstos por las fracciones II, III y VI de este artículo, se considerará que se cumple la metodología, siempre que se demuestre que el costo y el precio de venta se encuentran a precios de mercado. Para estos efectos se entenderán como precios de mercado, los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables o cuando al contribuyente se le haya otorgado una resolución favorable en los términos del artículo 34-A del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, deberá demostrarse que el método utilizado es el más apropiado o el más confiable de acuerdo con la información disponible, debiendo darse preferencia a los métodos previstos en las fracciones II y III de este artículo.

    ...

    Artículo 220. Los contribuyentes del Título II y del Capítulo II del Título IV de esta Ley, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de las previstas en los artículos 37 y 43 de la Ley, deduciendo en el ejercicio en el que se efectúe la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en este artículo. La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo 221 de esta Ley.

    ...

    Artículo 223. Con el objeto de fomentar el mercado inmobiliario mexicano, los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, estarán a lo siguiente:

    I. Los fideicomitentes que aporten bienes inmuebles al fideicomiso:a) Determinarán la ganancia por la enajenación de los bienes aportados en los términos de los Títulos II, IV o V de esta Ley, según corresponda.

    b) Acumularán la ganancia a que se refiere el inciso anterior, cuando se de cualquiera de los siguientes supuestos:

    1. Enajenen los certificados de participación, en la proporción que los certificados enajenados representen del total de los certificados que recibió el fideicomitente por la aportación del inmueble al fideicomiso, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente.

    2. Cuando la institución fiduciaria enajene los bienes aportados, en la proporción que la parte que se enajene represente de los mismos bienes, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente.

    La ganancia que se acumule se actualizará desde el mes en el que se obtuvo y hasta el mes en el que se acumule.La deducción de los bienes aportados corresponderá a la institución fiduciaria a partir de la fecha y por el valor, de la aportación. Los fideicomitentes no podrán deducir los bienes aportados a partir de dicha fecha.

    II. Los fideicomitentes y cualquier otro tenedor de los certificados de participación, cuando los enajenen, acumularán la ganancia por dicha enajenación, que se determinará de acuerdo con lo siguiente:

    a) Se adicionará a los ingresos obtenidos por la enajenación de los certificados, el saldo de la cuenta de resultado fiduciario determinado por la fiduciaria por las actividades realizadas por el fideicomiso a la fecha de adquisición, actualizado, en la parte que corresponda a los títulos que enajene el contribuyente.

    b) Se adicionará al costo comprobado de adquisición actualizado de los certificados de participación que enajene el contribuyente correspondientes a un mismo fideicomiso, el saldo de la cuenta de resultado fiduciario determinado por la fiduciaria por las actividades realizadas por el fideicomiso a la fecha de enajenación, actualizado, en la parte que corresponda a los títulos que enajene el contribuyente.

    c) La actualización del costo comprobado de adquisición de los certificados que se enajenen, se efectuará por el periodo comprendido desde el mes de su adquisición y hasta el mes en el que se enajenen. El saldo de la cuenta de resultado fiduciario se actualizará desde la última vez que se actualizó y hasta el mes en el que se enajenen los certificados.

    d) La ganancia por la enajenación de los certificados, será la cantidad que resulte de disminuir al resultado obtenido de conformidad con el inciso a) de esta fracción, la cantidad determinada en los términos del inciso b) de la misma fracción, cuando el primero sea mayor que la segunda.

    Para los efectos de esta fracción, se considera que los certificados que se enajenan, son los primeros que se adquirieron.

    III. No se pagará el impuesto sobre la renta por la ganancia a que se refiere la fracción anterior, cuando el enajenante sea una persona física o un residente en el extranjero, siempre que se trate de certificados que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, su adquisición y su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a los tratados internacionales que México tenga en vigor, y al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

    Tampoco se pagará el impuesto sobre la renta, cuando la persona física o el residente en el extranjero que enajene los certificados en las bolsas o mercados reconocidos señalados en el párrafo anterior, los haya adquirido fuera de dichas bolsas o mercados, siempre que hayan transcurrido al menos cinco años ininterrumpidos desde la fecha en la que los adquirió y además se cumplan los demás requisitos señalados en el mismo párrafo.

    Asimismo, no se pagará el impuesto sobre la renta por la ganancia a que se refiere la fracción anterior, cuando el enajenante sea un fideicomitente persona física o residente en el extranjero, siempre que se trate de certificados que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a los tratados internacionales que México tenga en vigor, hayan transcurrido cinco años ininterrumpidos desde que el fideicomitente es propietario de los certificados enajenados y de que los certificados emitidos por el fideicomiso están colocados en dicha bolsa o mercados, y al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

    IV. La institución fiduciaria no realizará pagos provisionales por concepto del impuesto sobre la renta e impuesto al activo, por las actividades realizadas por el fideicomiso.

    V. No se pagará el impuesto al activo por el valor del activo en el ejercicio correspondiente a las actividades realizadas por el fideicomiso, siempre que al menos un monto equivalente al 20% del total de las aportaciones realizadas al fideicomiso se encuentre colocado entre el gran público inversionista.

    Artículo 223-A. Cuando en los artículos 223, 223-B, 223-C y 224 de esta Ley, se haga referencia a los certificados de participación, se entenderán comprendidos:

    I. Los derechos a recibir el provecho que el fideicomiso implica o una parte alícuota de los frutos o rendimientos de los valores, derechos o bienes de cualquier clase que tenga el fideicomiso.

    II. Los derechos a una parte alícuota del derecho de propiedad o de la titularidad de esos bienes, derechos o valores.

    III. Los derechos a una parte alícuota del producto neto que resulte de la venta de dichos bienes, derechos o valores.

    Cuando en los mismos artículos se haga referencia a los tenedores de los certificados de participación, se entenderán comprendidos los titulares de los derechos a que se refiere este artículo.

    Para los efectos de la fracción II del artículo 223 de esta Ley, cuando los fideicomitentes enajenen alguno de los derechos a que se refiere este artículo, considerarán como costo comprobado de adquisición, el valor de la aportación hecha al fideicomiso al momento en el que se otorgó el derecho que se enajene.

    Artículo 223-B. La institución fiduciaria de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, además de lo dispuesto en otras disposiciones fiscales, deberá:

    I. Determinar en los términos del Título II de esta Ley, el resultado fiscal del ejercicio por las actividades realizadas a través del fideicomiso y retener el impuesto del ejercicio a los tenedores de los certificados de participación, al momento de la distribución a que se refiere la fracción IV del artículo 224 de esta Ley, aplicando al resultado fiscal del ejercicio que les corresponda, la tasa del 28%. Cuando la retención se efectúe a una persona moral o a un residente en el extranjero, tendrá el carácter de pago definitivo.

    Además, cuando distribuya ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, deberá retener el impuesto, aplicando al monto distribuido, la tasa del 28%. Cuando la retención se efectúe a una persona moral o a un residente en el extranjero, tendrá el carácter de pago definitivo.

    Cuando los certificados de participación sean considerados como colocados entre el gran público inversionista, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria, los intermediarios financieros deberán efectuar las retenciones a que se refiere esta fracción.

    Las retenciones se deberán enterar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél en el que se efectúen.

    II. Llevar una cuenta de resultado fiduciario, aplicando las reglas y el procedimiento establecidos en el artículo 88 de esta Ley y considerando los conceptos siguientes:

    a) La utilidad fiscal neta será el resultado fiduciario neto de cada ejercicio. Para los efectos de este inciso, se considerará como resultado fiduciario neto del ejercicio, la cantidad que resulte de restar al resultado fiscal del ejercicio, el resultado fiscal distribuido en los términos de la fracción IV del artículo 224 de esta Ley sin que exceda de 28% y las partidas no deducibles a que se refiere el tercer párrafo del artículo 88 de la misma Ley.

    Cuando la suma del resultado fiscal distribuido en los términos de la fracción IV del artículo 224 de esta Ley sin que exceda de 28% y las partidas no deducibles a que se refiere el tercer párrafo del artículo 88 de la misma Ley, sea mayor al resultado fiscal del ejercicio del fideicomiso, la diferencia se disminuirá del saldo de la cuenta de resultado fiduciario que se tenga al final del ejercicio o, en su caso, del resultado fiduciario neto que se determine en los siguientes ejercicios hasta agotarlo. En este último caso, el monto que se disminuya se actualizará desde el último mes del ejercicio en el que se determinó y hasta el último mes del ejercicio en el que se disminuya.

    b) Los ingresos por dividendos percibidos serán los ingresos que se perciban de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley.

    c) Los dividendos o utilidades pagados será el resultado fiscal distribuido en los términos de la fracción IV del artículo 224 de esta Ley, que exceda de 28%.

    Los tenedores de los certificados de participación que sean personas morales, adicionarán a la cuenta de utilidad fiscal neta a que se refiere el artículo 88 de esta Ley, los ingresos que provengan de la cuenta de resultado fiduciario, y los considerarán como dividendos percibidos para los efectos de la cuenta de utilidad fiscal neta.

    La institución fiduciaria podrá optar por no llevar la cuenta a que se refiere esta fracción, siempre que distribuya la totalidad del resultado fiscal de cada ejercicio durante el mismo ejercicio y los dos meses siguientes al término de éste, a cuenta de dicho resultado. Cuando en algún ejercicio no se distribuya la totalidad del resultado fiscal, a partir de dicho ejercicio, la institución fiduciaria deberá llevar la cuenta de resultado fiduciario.

    III. Presentar la información y proporcionar las constancias, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos, que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    La institución fiduciaria o los intermediarios financieros, según corresponda, no efectuarán la retención a que se refiere el primer párrafo de la fracción I de este artículo, a los fondos de pensiones y jubilaciones a que se refieren los artículos 33 y 179 de esta Ley, siempre que los mismos fondos sean los beneficiarios efectivos del resultado fiscal distribuido, por la parte que corresponda a la proporción de la tenencia promedio diaria de certificados que dichos fondos tengan del fideicomiso de que se trate en el ejercicio que corresponda o a la proporción que represente la tenencia de certificados que tengan al término del mismo ejercicio en relación con el total de aportaciones realizadas al fideicomiso a dicha fecha, la que resulte menor. La tenencia promedio diaria de certificados se calculará dividiendo la suma de la proporción diaria que representen los certificados propiedad del fondo respecto del monto total de las aportaciones realizadas al fideicomiso, entre el número de días del ejercicio.

    La institución fiduciaria o los intermediarios financieros, según corresponda, tampoco efectuarán la retención a que se refiere el segundo párrafo de la fracción I de este artículo, cuando efectúen la distribución del resultado fiscal a los fondos a que se refiere el párrafo anterior, siempre que los mismos fondos sean los beneficiarios efectivos del resultado fiscal distribuido, por la parte que corresponda a la proporción de la tenencia promedio diaria de certificados que dichos fondos tengan del mismo fideicomiso, o a la proporción que represente la tenencia de certificados que tengan a la fecha de distribución en relación con el total de aportaciones realizadas al fideicomiso a dicha fecha, la que resulte menor.

    Para los efectos del párrafo anterior, la tenencia promedio diaria de los certificados tratándose de la primera distribución del ejercicio, se calculará dividiendo la suma de la proporción diaria que representen los certificados propiedad del fondo respecto del monto total de las aportaciones realizadas al fideicomiso, desde el inicio del ejercicio y hasta la fecha de la distribución, entre el número de días transcurridos desde el inicio del ejercicio y hasta la fecha de distribución del resultado fiscal. En distribuciones posteriores, la tenencia promedio diaria de los certificados se calculará dividendo la suma de la proporción diaria que representen los certificados propiedad de los citados fondos respecto del monto total de las aportaciones realizadas al fideicomiso, desde el día inmediato posterior al de la última distribución y hasta la fecha de la distribución de que se trate, entre el número de días transcurridos desde el día inmediato posterior al de la última distribución y hasta la fecha de la distribución de que se trate.

    Artículo 223-C. Los tenedores de los certificados de participación a que se refiere este artículo, por las actividades que realicen a través de los fideicomisos a que se refiere el artículo 224 de esta Ley, únicamente deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

    I. Tratándose de personas físicas residentes en México:a) Acumular el resultado fiscal del ejercicio que les corresponda, así como los ingresos que no provengan de la cuenta de resultado fiduciario, y acreditar el impuesto retenido en los términos del artículo 223-B de esta Ley.

    b) Proporcionar a la institución fiduciaria o a los intermediarios financieros, según corresponda, la información que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    c) En su caso, solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y presentar los avisos correspondientes, en los términos del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, salvo el aviso de aumento o disminución de obligaciones, por los ingresos a que se refiere el inciso a) de esta fracción.

    d) Presentar la declaración anual a que se refiere el Capítulo XI del Título IV de esta Ley.

    II. Tratándose de residentes en el extranjero:a) Proporcionar a la institución fiduciaria o a los intermediarios financieros, según corresponda, la información que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    b) Los fondos de pensiones y jubilaciones a que se refiere el artículo 179 de esta Ley, deberán inscribirse en el Registro de Bancos, Entidades de Financiamiento, Fondos de Pensiones y Jubilaciones y Fondos de Inversión del Extranjero.

    Artículo 224. Para aplicar lo dispuesto en los artículos 223, 223-A, 223-B y 223-C, los fideicomisos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    I. Estar constituidos de conformidad con las leyes mexicanas.

    II. Que su fin sea la adquisición o la construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento y la enajenación posterior de ellos después de haber sido otorgados en arrendamiento por un periodo de al menos un año antes de su enajenación, así como la adquisición de derechos de percibir ingresos provenientes del arrendamiento de bienes inmuebles.

    III. Destinar su patrimonio cuando menos en un 70% al fin a que se refiere la fracción anterior y el remanente a la adquisición de valores a cargo del Gobierno Federal inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o de acciones de sociedades de inversión en instrumentos de deuda.

    IV. Distribuir a los tenedores de los certificados de participación, dentro de los dos meses siguientes al término del ejercicio, cuando menos y a cuenta del resultado fiscal del mismo ejercicio, determinado en los términos del Título II de esta Ley, la cantidad que resulte de aplicar a dicho resultado, la tasa del 28%.

    V. Tratándose de fideicomisos cuyos certificados de participación no se encuentren colocados entre el gran público inversionista, deberán tener al menos diez tenedores, y cada uno de ellos no podrá tener una participación mayor al 20% del monto total de las aportaciones al fideicomiso.

    Artículo 224-A. Las sociedades mercantiles que tributen en los términos del Título II de esta Ley y cumplan con los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 224 de la misma Ley, podrán aplicar lo siguiente:

    I. Los accionistas que aporten bienes inmuebles a la sociedad, acumularán la ganancia por la enajenación de los bienes aportados, cuando se de cualquiera de los siguientes supuestos:a) Enajenen las acciones de dicha sociedad, en la proporción que dichas acciones representen del total de las acciones que recibió el accionista por la aportación del inmueble a la sociedad, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente

    b) La sociedad enajene los bienes aportados, en la proporción que la parte que se enajene represente de los mismos bienes, siempre que no se hubiera acumulado dicha ganancia previamente.

    La ganancia que se acumule se actualizará desde el mes en el que se obtuvo y hasta el mes en el que se acumule.

    II. No realizarán pagos provisionales por concepto de los impuestos sobre la renta y al activo.

    III. Cuando tengan accionistas que sean fondos de pensiones y jubilaciones a los que se refieren los artículos 33 y 179 de esta Ley, deberán entregar a dichos fondos, dentro de los dos meses siguientes al término del ejercicio, un crédito fiscal por un monto equivalente al resultado de multiplicar el impuesto del ejercicio por la participación accionaria promedio diaria que los fondos tuvieron en el mismo ejercicio o por la participación accionaria al término del ejercicio, la que resulte menor.

    La participación accionaria promedio diaria a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, se calculará dividiendo la suma de la participación accionaria diaria que representen las acciones propiedad del fondo respecto del capital social, entre el número de días del ejercicio.

    La sociedad podrá acreditar el crédito fiscal que haya entregado en los términos del primer párrafo, contra el impuesto del ejercicio de que se trate. Dicha cantidad se considerará como impuesto pagado para los efectos del artículo 88 de esta Ley.

    Las sociedades mercantiles a que se refiere este artículo deberán cumplir con los requisitos de información que el Servicio de Administración Tributaria establezca mediante reglas de carácter general.

    Disposiciones de Vigencia Anual de la Ley del Impuesto sobre la Renta

    ARTÍCULO SEGUNDO. Para los efectos de lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicarán las siguientes disposiciones:

    I. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción I, inciso a), numeral 2, del artículo 195 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el ejercicio de 2006, los intereses a que hace referencia dicha fracción podrán estar sujetos a una tasa del 4.9%, siempre que el beneficiario efectivo de los intereses mencionados en este artículo sea residente de un país con el que se encuentre en vigor un tratado para evitar la doble tributación y se cumplan los requisitos previstos en dicho tratado para aplicar las tasas que en el mismo se prevean para este tipo de intereses.

    II. Para los efectos de los artículos 223-B, fracciones I y II, incisos a) y c), y 224, fracción IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el ejercicio fiscal de 2006 se aplicará la tasa del 29%.

    III. Para el ejercicio fiscal de 2006, en lugar de aplicar los por cientos de deducción y la tabla a que se refieren los artículos 220 y 221 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicaran los por cientos y la tabla contenidos en el Decreto por el que se otorga un Estímulo Fiscal en Materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2003.

    IV. Para determinar los intereses a que se refiere el primer párrafo de la fracción XXVI del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, correspondientes al ejercicio fiscal de 2005, los contribuyentes podrán optar por aplicar lo dispuesto en la fracción XXVI del artículo 32 y en el tercer párrafo del artículo 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1 de enero de 2006.

    Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta

    ARTICULO TERCERO. Lo dispuesto en la fracción XVIII del Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta del Decreto por el que se establecen, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sustitutivo del Crédito al Salario, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002, será aplicable hasta el ejercicio fiscal de 2011, siempre que la empresa maquiladora bajo el programa de albergue informe, a más tardar en el mes de febrero de cada año, el importe de los ingresos acumulables y del impuesto pagado por su parte relacionada correspondientes al ejercicio inmediato anterior.

    LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

    ARTÍCULO CUARTO. Se REFORMA el artículo 2o.-C, y se ADICIONAN la fracción X del artículo 5o.-C; la fracción VII, con un segundo párrafo del artículo 9o.; el tercer párrafo del artículo 42 y el antepenúltimo y el penúltimo párrafos del artículo 43, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

    Artículo 2o.-C. Las personas físicas que reúnan los requisitos a que se refiere el artículo 137 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pagarán el impuesto al valor agregado en los términos generales que esta Ley establece, salvo que opten por hacerlo mediante estimativa del impuesto al valor agregado mensual que practiquen las autoridades fiscales. Para ello, dichas autoridades obtendrán el valor estimado mensual de las actividades por las que el contribuyente esté obligado al pago de este impuesto, pudiendo considerar el valor estimado de dichas actividades durante un año de calendario, en cuyo caso dicho valor se dividirá entre doce para obtener el valor de las actividades mensuales estimadas. Para los efectos del cálculo mencionado anteriormente, no se deberá considerar el valor de las actividades a las que se les aplique la tasa del 0%. Al valor estimado mensual de las actividades se aplicará la tasa del impuesto al valor agregado que corresponda. El resultado así obtenido será el impuesto a cargo estimado mensual.

    El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la diferencia entre el impuesto estimado a su cargo determinado en los términos del párrafo anterior y el impuesto acreditable estimado mensual. Para ello se estimará el impuesto acreditable mensual a que se refiere el artículo 4o. de la presente Ley, pudiendo estimar el que corresponda a un año de calendario, en cuyo caso dicha estimación se dividirá entre doce para obtener el impuesto acreditable estimado mensual.

    Para estimar el valor de las actividades, así como el impuesto acreditable de los contribuyentes, las autoridades fiscales tomarán en consideración los elementos que permitan conocer su situación económica, como son, entre otros: El inventario de las mercancías, maquinaria y equipo; el monto de la renta del establecimiento; las cantidades cubiertas por concepto de energía eléctrica, teléfonos y demás servicios; otras erogaciones destinadas a la adquisición de bienes, de servicios o al uso o goce temporal de bienes, utilizados para la realización de actividades por las que se deba pagar el impuesto al valor agregado; así como la información que proporcionen terceros que tengan relación de negocios con el contribuyente.

    El impuesto al valor agregado mensual que deban pagar los contribuyentes se mantendrá hasta el mes en el que las autoridades fiscales determinen otra cantidad a pagar por dicha contribución, en cualquiera de los supuestos a que se refieren los apartados siguientes:

    A. Cuando los contribuyentes manifiesten a las autoridades fiscales en forma espontánea que el valor mensual de sus actividades se ha incrementado en el 10% o más respecto del valor mensual estimado por las autoridades fiscales por dichas actividades.

    B. Cuando las autoridades fiscales, a través del ejercicio de sus facultades, comprueben una variación superior al 10% del valor mensual de las actividades estimadas.

    C. Cuando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor exceda el 10% del propio índice correspondiente al mes en el cual se haya realizado la última estimación del impuesto al valor agregado.

    Tratándose de los contribuyentes que inicien actividades y que reúnan los requisitos a que se alude en el primer párrafo de este artículo, dichos contribuyentes podrán ejercer la opción prevista en el mismo, en cuyo caso estimarán el valor mensual de las actividades por las que estén obligados a efectuar el pago del impuesto, sin incluir aquellas afectas a la tasa de 0%. Al valor mensual estimado se aplicará la tasa del impuesto al valor agregado que corresponda y el resultado será el impuesto a cargo estimado mensual. Dicho impuesto se deberá disminuir con la estimación que se haga del impuesto acreditable a que se refiere el artículo 4o. de esta Ley que corresponda al mes de que se trate y el resultado será el monto del impuesto a pagar. Dicho monto se mantendrá hasta el mes en el que las autoridades fiscales estimen otra cantidad a pagar, o bien, los contribuyentes soliciten una rectificación.

    Para los efectos del impuesto establecido en esta Ley, los contribuyentes que opten por pagar el mismo en los términos de este artículo, deberán cumplir la obligación prevista en la fracción IV del artículo 139 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en lugar de llevar la contabilidad a que se refiere la fracción I del artículo 32 de esta Ley. Así mismo, deberán contar con comprobantes que reúnan requisitos fiscales, por las compras de bienes a que se refiere la fracción III del citado artículo 139.

    Los contribuyentes a que se refiere el presente artículo trasladarán el impuesto al valor agregado incluido en el precio a las personas que adquieran los bienes o reciban los servicios. Cuando los citados contribuyentes expidan uno o más comprobantes trasladando el impuesto en forma expresa y por separado, se considera que cambian la opción de pagar el impuesto al valor agregado mediante la estimativa a que se refiere este artículo, para pagar dicho impuesto en los términos generales establecidos en esta Ley, a partir del mes en el que se expida el primer comprobante, trasladando el impuesto en forma expresa y por separado.

    El pago del impuesto determinado conforme a lo dispuesto en el presente artículo deberá realizarse por los mismos periodos y en las mismas fechas en los que se efectúe el pago del impuesto sobre la renta.

    Las Entidades Federativas que tengan celebrado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público convenio de coordinación para la administración del impuesto sobre la renta a cargo de las personas físicas que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, estarán obligadas a ejercer las facultades a que se refiere el citado convenio a efecto de administrar también el impuesto al valor agregado a cargo de los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere el presente artículo y deberán practicar la estimativa prevista en el mismo. Las Entidades Federativas recibirán como incentivo el 100% de la recaudación que obtengan por el citado concepto.

    Las Entidades Federativas que hayan celebrado el convenio a que se refiere el párrafo anterior deberán, en una sola cuota, recaudar el impuesto al valor agregado y el impuesto sobre la renta a cargo de los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere este artículo y que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como las contribuciones y derechos locales que dichas Entidades determinen. Cuando los contribuyentes tengan establecimientos, sucursales o agencias, en dos o más Entidades Federativas, se establecerá una cuota en cada una de ellas, considerando el impuesto al valor agregado correspondiente a las actividades realizadas en la Entidad de que se trate y el impuesto sobre la renta que resulte por los ingresos obtenidos en la misma.

    Tratándose de los contribuyentes a que se refiere el presente artículo, que realicen únicamente actividades afectas a la tasa de 0%, podrán optar por tributar conforme a lo dispuesto en este artículo, en cuyo caso quedarán liberados de las obligaciones de presentar declaraciones y de llevar los registros de sus ingresos diarios.

    Los contribuyentes a que se refiere este artículo que no ejerzan la opción prevista en el mismo, deberán pagar el impuesto al valor agregado en los términos generales que establece esta Ley al menos durante 60 meses, transcurridos los cuales se tendrá derecho nuevamente a ejercer la opción de referencia.

    Cuando los contribuyentes opten por pagar el impuesto conforme a lo dispuesto en este artículo, podrán cambiar su opción en cualquier momento para pagar en los términos generales que establece esta Ley, en cuyo caso estarán a lo dispuesto en el párrafo anterior.

    Artículo 5o.-C. ...

    X. La enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 9o. de esta Ley.

    ...

    Artículo 9o. ...

    VII. ...

    Tampoco se pagará el impuesto en la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables, cuando se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a tratados internacionales que México tenga en vigor.

    ...

    Artículo 42. ...

    Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no se aplicará respecto de la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 9o. de esta Ley.

    ...

    Artículo 43. ...

    Cuando el ingreso a que se refiere la fracción III de este artículo derive de la aportación de inmuebles que los fideicomitentes o accionistas, personas físicas realicen a los fideicomisos o sociedades mercantiles, a los que se refieren los artículos 223 y 224-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, según se trate, el impuesto cedular deberá considerar la ganancia en el mismo momento que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece para la acumulación de dicho ingreso.

    Las Entidades Federativas que establezcan el impuesto cedular a que se refiere la fracción III de este artículo, no podrán gravar la enajenación de los certificados de participación inmobiliarios no amortizables, cuando se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y su enajenación se realice en bolsa de valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en mercados reconocidos de acuerdo a tratados internacionales que México tenga en vigor.

    ...

    Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

    ARTÍCULO QUINTO.- En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo CUARTO de este Decreto, se estará a lo siguiente:

    I. Para los efectos del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se entenderá que los contribuyentes ejercen la opción a que se refiere dicho artículo, cuando continúen pagando el impuesto mediante estimativa que practiquen las autoridades fiscales.

    II. En tanto las autoridades fiscales estiman el impuesto de los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en el artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los contribuyentes deberán pagar por cada mes que transcurra desde la fecha de la entrada en vigor de este Decreto y la fecha en la que se realice la estimación del impuesto, la última cuota mensual que hayan pagado con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor de este Decreto.

    Los contribuyentes podrán solicitar que las autoridades fiscales les practiquen la estimativa del impuesto al valor agregado mensual, para lo cual deberán presentar la solicitud respectiva en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad la estimación del valor mensual de las actividades y del impuesto acreditable mensual a que se refieren los párrafos primero y segundo del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    III. Para los efectos del artículo 2o.-C, noveno párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, las Entidades Federativas que a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto tengan celebrado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público convenio de coordinación para la administración del impuesto sobre la renta a cargo de las personas físicas que tributen conforme al régimen de pequeños contribuyentes de acuerdo con lo previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán comunicar por escrito a la citada Secretaría la terminación del convenio mencionado dentro de los 10 días naturales posteriores a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto.

    LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

    ARTÍCULO SEXTO. Se REFORMAN segundo párrafo del artículo 1o.; la fracción I, inciso C), numeral 1 del artículo 2o.; la fracción IV del artículo 3o.; cuarto párrafo del artículo 4o.; fracción I, inciso f) del artículo 8o.; artículo 10; último párrafo del artículo 14; las fracciones I, V, primero y segundo párrafos y XV del artículo 19, y artículo 23-B, se ADICIONAN el artículo 2o.-C; las fracciones XI y XIV del artículo 3o.; el tercer párrafo, pasando los actuales párrafos tercero a quinto a ser cuarto a sexto párrafos del artículo 5o.; el último párrafo del artículo 11 y las fracciones XX y XXI del artículo 19, y se DEROGA el último párrafo de la fracción V del artículo 19, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

    Artículo 1o. ...

    El impuesto se calculará aplicando a los valores a que se refiere este ordenamiento, la tasa que para cada bien o servicio establece el artículo 2o. del mismo o, en su caso, la cuota establecida en esta Ley.

    ...

    Artículo 2o. ...

    I. ...C) ...1. Cigarros ............................................... 130%

    ...

    Artículo 2o.-C. Para los efectos del artículo 2o., fracción I, inciso A) de esta Ley, los fabricantes, productores o envasadores de cerveza, que la enajenen y quienes la importen, pagarán el impuesto que resulte mayor entre aplicar la tasa prevista en dicho inciso al valor de la enajenación o importación de cerveza, según se trate, y aplicar una cuota de $3.00 por litro enajenado o importado de cerveza, disminuida, en los casos que proceda, con el monto a que se refiere el siguiente párrafo. En estos casos, el impuesto no podrá ser menor al que resulte de aplicar la tasa prevista en el citado inciso a la enajenación o importación de cerveza.

    Los fabricantes, productores, envasadores o importadores de cerveza, podrán disminuir de la cuota de $3.00 por litro a que se refiere el párrafo anterior, $1.26 por litro de cerveza enajenado o importado en envases reutilizados en los términos de esta Ley. El monto de $1.26 por litro en ningún caso podrá disminuirse del impuesto que resulte de aplicar a las actividades gravadas, la tasa prevista en dicho inciso. Los citados fabricantes, productores o envasadores, deberán trasladar el importe mayor que resulte conforme a lo dispuesto en este artículo.

    Para los efectos del párrafo anterior, cuando se enajene o importe cerveza en envases reutilizados, la capacidad total de los envases deberá considerarse en litros.

    Si los litros correspondientes a exportaciones de los envases reutilizados en el mes son mayores que el total de los litros de cerveza importados en el mismo mes, la diferencia se considerará en los siguientes meses, hasta agotarse, como importaciones realizadas en envases reutilizados.

    Artículo 3o. ...

    IV. Marbete, el signo distintivo de control fiscal y sanitario, que se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que no exceda de 5,000 mililitros.

    ...

    XI. Envases reutilizados, aquellos que ya fueron usados para envasar y comercializar cerveza, recolectados y sometidos a un proceso que permite recuperar sus características sanitarias originales para que sean utilizados nuevamente para envasar y comercializar el mismo tipo de producto, sin que este proceso en ningún caso implique que el envase está sujeto a procesos industriales de transformación.

    Tratándose de los importadores, se considerarán como envases reutilizados los que hayan recolectado y exporten al extranjero amparados con el documento aduanal correspondiente, siempre que se trate de envases que cumplan con las características a que se refiere el párrafo anterior.

    ...

    XIV. Agricultura por contrato para consumo humano, aquel contrato en que el agricultor se obliga a la siembra de caña de azúcar o maíz destinados a la producción de azúcar o fructosa, de forma tal que tanto la fructosa como el azúcar cumplan con las especificaciones sanitarias para el consumo humano.

    ...

    Artículo 4o. ...

    El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta Ley, las tasas a que se refiere la fracción I, incisos A), G) y H) del artículo 2o. de la misma, o de la que resulte de aplicar la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley. Se entiende por impuesto acreditable, un monto equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios efectivamente trasladado al contribuyente o el propio impuesto que él hubiese pagado con motivo de la importación, exclusivamente en los supuestos a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, en el mes al que corresponda.

    ...

    Artículo 5o. ...

    Tratándose de fabricantes, productores o envasadores de cerveza, en lugar de considerar la cantidad que se obtenga de aplicar la tasa que corresponda en los términos del artículo 2o. de esta Ley a las contraprestaciones efectivamente percibidas en el mes de que se trate, por la enajenación de cerveza, se considerarán las cantidades que resulten de aplicar el artículo 2o.-C de esta Ley.

    ...

    Artículo 8o. ...

    I. ...

    f) Las de los bienes a que se refieren los incisos G) y H) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley siempre que utilicen como edulcorante azúcar de caña o fructosa producida con maíz, bajo el esquema de agricultura por contrato para consumo humano.

    ...

    Artículo 10. En la enajenación de los bienes a que se refiere esta Ley, el impuesto se causa en el momento en el que se cobren las contraprestaciones y sobre el monto de lo cobrado. Cuando las contraprestaciones se cobren parcialmente, el impuesto se calculará aplicando a la parte de la contraprestación efectivamente percibida, la tasa que corresponda en términos del artículo 2o. de esta Ley. Por las enajenaciones de cerveza en las que el impuesto se pague aplicando la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley, el impuesto se calculará por los litros que hayan sido pagados con el monto de las contraprestaciones efectivamente percibidas.

    Artículo 11. ...

    Por las enajenaciones de cerveza en las que el impuesto se pague aplicando la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley, los contribuyentes calcularán el impuesto sobre el total de litros enajenados.

    Artículo 14. ...

    Por las importaciones de cerveza en las que el impuesto se pague aplicando la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de esta Ley, los contribuyentes calcularán el impuesto sobre el total de litros importados afectos a la citada cuota.

    Artículo 19. ...

    I. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar conforme a este último la separación de las operaciones, desglosadas por tasas. Asimismo, se deberán identificar las operaciones en las que se pague el impuesto mediante la aplicación de la cuota prevista en el artículo 2o.-C de esta Ley.

    ...

    V. Los contribuyentes deberán adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, inmediatamente después de su envasamiento. Tratándose de bebidas alcohólicas a granel, se deberán adherir precintos a los recipientes que las contengan, cuando las mismas se encuentren en tránsito o transporte. No será aplicable lo dispuesto en este párrafo tratándose de bebidas alcohólicas envasadas que se destinen a la exportación, siempre que se cumplan con las reglas de carácter general que al efecto se señalen en el Reglamento de esta Ley.

    Quienes importen bebidas alcohólicas y estén obligados al pago del impuesto en términos de esta Ley, deberán colocar los marbetes o precintos a que se refiere esta fracción previamente a la internación en territorio nacional de los productos o, en su defecto, tratándose de marbetes, en la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. No podrán retirarse los productos de los lugares antes indicados sin que se haya cumplido con la obligación señalada.

    ...

    Último párrafo. (Se deroga)

    ...

    XV. Los productores, envasadores e importadores, de bebidas alcohólicas, estarán obligados a presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, un informe de los números de folio de marbetes y precintos, según corresponda, obtenidos, generados, utilizados, destruidos, e inutilizados durante el trimestre inmediato anterior.

    ...

    XX. Los fabricantes, productores o envasadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, deberán presentar a las autoridades fiscales, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos que señale el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, un informe en el que manifiesten el total de litros de cerveza enajenados y la capacidad en litros del total de los envases reutilizados de cerveza enajenados, en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

    Los importadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, deberán presentar a las autoridades fiscales, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos que señale el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, un informe en el que manifiesten el total de litros de cerveza importados en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, así como la capacidad en litros del total de los envases de cerveza exportados en cada uno de los meses del citado ejercicio inmediato anterior.

    XXI. Los fabricantes, productores o envasadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, estarán obligados a llevar un registro del total de litros de cerveza enajenados y de la capacidad en litros del total de los envases reutilizados de cerveza enajenados, en cada mes. Los importadores de cerveza que apliquen la disminución antes mencionada estarán obligados a llevar un registro del total de litros de cerveza importados en cada mes y de la capacidad en litros del total de envases de cerveza exportados en cada mes.

    Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán contener clasificaciones por presentación, capacidad medida en litros y separar los litros de cerveza por los que deba pagarse el impuesto conforme a la tasa prevista en el artículo 2o., fracción I, inciso A) de esta Ley, de aquellos por los que deba pagarse la cuota a que se refiere el artículo 2o.-C de la misma, así como la demás información que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

    Los importadores de cerveza que apliquen la disminución del monto a que se refiere el artículo 2o.-C, segundo párrafo de esta Ley, deberán llevar una cuenta de control que adicionarán con las exportaciones de envases de cerveza recolectados y se disminuirá con las importaciones de cerveza por las que se haya aplicado el citado monto. La referida cuenta de control deberá estar clasificada por las distintas presentaciones de los envases, señalando su capacidad medida en litros.

    Cuando los contribuyentes no cumplan con los registros establecidos en esta fracción, dichos registros sean falsos o no se cuente con la documentación soporte de los mismos, no se tendrá derecho a la disminución prevista en el artículo 2o.-C de esta Ley.

    Artículo 23-B. Se presume que las bebidas alcohólicas que no tengan adherido el marbete o precinto correspondiente y que se encuentren fuera de los almacenes, bodegas o cualesquiera otro lugar propiedad o no del contribuyente o de los recintos fiscales o fiscalizados, fueron enajenados y efectivamente cobradas las contraprestaciones o importados, en el mes en que se encuentren dichos bienes al poseedor o tenedor de los mismos, y que el impuesto respectivo no fue declarado. Para tales efectos, se considerará como precio de enajenación, el precio promedio de venta al público en el mes inmediato anterior a aquél en el que dichos bienes sean encontrados.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable respecto de las bebidas alcohólicas destinadas a la exportación por las que no se esté obligado al pago de este impuesto, que se encuentren en tránsito hacia la aduana correspondiente, siempre que dichos bienes lleven adheridos etiquetas o contraetiquetas que contengan los datos de identificación del importador en el extranjero.

    Disposición Transitoria de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

    ARTÍCULO SÉPTIMO. Se deroga el ARTÍCULO TERCERO del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2004.

    LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS

    ARTÍCULO OCTAVO. Se ADICIONA el artículo 14 a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para quedar como sigue:

    Artículo 14. Se crea un Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para resarcir a las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y que tengan celebrado con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia del impuesto sobre automóviles nuevos, de la disminución de ingresos derivada de la ampliación de la exención de este impuesto que se otorga mediante el Artículo Octavo del Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de agosto de 2005, equivalente a $1,262,786,195.00.

    Mensualmente se distribuirá la cantidad que resulte de dividir el monto establecido en el primer párrafo de este artículo entre 12 a las Entidades Federativas, de acuerdo a los coeficientes de distribución de la siguiente tabla:

    Entidad Coeficiente

    Aguascalientes 0.010201

    Baja California 0.024732

    Baja California Sur 0.004627

    Campeche 0.005038

    Coahuila 0.032702

    Colima 0.005974

    Chiapas 0.015838

    Chihuahua 0.033976

    Distrito Federal 0.229286

    Durango 0.007617

    Guanajuato 0.032040

    Guerrero 0.008630

    Hidalgo 0.009030

    Jalisco 0.078613

    México 0.108289

    Michoacán 0.028170

    Morelos 0.009869

    Nayarit 0.003937

    Nuevo León 0.070119

    Oaxaca 0.012463

    Puebla 0.044415

    Querétaro 0.014387

    Quintana Roo 0.021638

    San Luis Potosí 0.017531

    Sinaloa 0.027518

    Sonora 0.026867

    Tabasco 0.016162

    Tamaulipas 0.040972

    Tlaxcala 0.003656

    Veracruz 0.037974

    Yucatán 0.013333

    Zacatecas 0.004396

    Total 1.000000

    El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá los recursos del fondo a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, dentro de los primeros 25 días de cada mes y se considerará como pago definitivo. La entidad federativa de que se trate deberá distribuir cuando menos el 20% de los recursos que reciba de este fondo a los municipios de la entidad, que se distribuirá entre estos últimos, en la forma en que determine la legislatura respectiva.

    El monto del fondo a que se refiere el primer párrafo de este artículo se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el cual se actualizará cada año, aplicando el factor correspondiente al periodo comprendido desde el mes de julio del penúltimo año hasta el mes de julio inmediato anterior a aquel por el cual se efectúa la actualización, mismo que se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.

    Disposición transitoria de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos

    ARTÍCULO NOVENO. El monto del fondo a que se refiere el primer párrafo del artículo 14 de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos es el que estará vigente a partir del 1 de enero de 2006 y deberá incorporarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    TRANSITORIO

    ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2006.

    Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 21 de octubre de 2005.

    Ley del Impuesto sobre la Renta, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández, José Arturo Alcántara Rojas, Ángel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Humberto Francisco Filizola Haces, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas, Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Mario Moreno Arcos (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González.

    Ley del Impuesto al Valor Agregado, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica, sin incluir la reforma al artículo 2-C), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández, José Arturo Alcántara Rojas, Ángel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Humberto Francisco Filizola Haces, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas, Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica en contra), Mario Moreno Arcos (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas, Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González (rúbrica).

    Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica a favor; rúbrica en contra aumento tabaco), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica a favor en general; rúbrica en contra: ``no al aumento del 130% en tabacos''), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica a favor tabaco 130%, cerveza; rúbrica en contra fructosa), Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Óscar González Yáñez (rúbrica), Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández, José Arturo Alcántara Rojas, Ángel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica en contra), Humberto Francisco Filizola Haces, José Luis Flores Hernández (rúbrica a favor en general; rúbrica en contra tabaco), Juan Francisco Molinar Horcasitas, Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica en contra), Mario Moreno Arcos (rúbrica en contra), José Adolfo Murat Macías, Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica en contra), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica a favor en lo general; rúbrica en contra impuesto al tabaco), Javier Salinas Narváez (rúbrica a favor; rúbrica en contra fructosa), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica a favor; rúbrica en contra tabaco), Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González (rúbrica a favor; rúbrica en contra tabaco).

    Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Óscar González Yáñez (rúbrica), Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández, José Arturo Alcántara Rojas, Ángel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Humberto Francisco Filizola Haces, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas, Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica en contra), Mario Moreno Arcos (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco, Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Está a discusión en lo general. No hay oradores registrados.

    Esta Presidencia considera suficientemente discutido el dictamen. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba en sus términos, en lo general...

    Permítame, secretaria. Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular, especificando la ley de que se trate.

    Esta Presidencia ha recibido las siguientes reservas: la adición del artículo 106 Bis, la derogación de la fracción VII del artículo 123, del artículo 136 Bis y del artículo 154 Bis, y la reforma de la fracción I del artículo 142 y de la fracción III del artículo 148, todos referidos a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Y las reservas al artículo 31, fracción III, al artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, igual que lo anterior, y al artículo 8, fracción I, inciso f), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se pregunta a los miembros de la Asamblea si existe alguna otra reserva. Sonido a la curul del diputado Suárez Dávila.

    El diputado Francisco Suárez Dávila (desde la curul): Señor Presidente, tenemos algunas otras reservas: una es del artículo 2o., fracción I, inciso c), numeral 1, de la Ley del IEPS. La otra es también a los artículos 2o., 3o., 4o., 8o. y 19, también de la Ley del IEPS. Y tenemos también una reserva del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, fracción XXVI. Y también el artículo 8o., fracción I, también del IEPS.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado, si no tiene usted algún otro agregado, le rogamos que envíe por escrito las reservas a los que ha hecho mención, y se tienen por formuladas. Sonido en la curul de la diputada Cristina Díaz.La diputada María Cristina Díaz Salazar (desde la curul): Presidente, me quiero reservar el artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su fracción XX.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se ha tomado nota de la reserva, señora diputada. Sonido a la curul del diputado Miguel Ángel Toscano.El diputado Miguel Ángel Toscano Velasco (desde la curul): Gracias. Para reservarme los artículos 3o., 19, 23 y 23 B de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios por favor.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: ¿Lo repite por favor?El diputado Miguel Ángel Toscano Velasco (desde la curul): 3o., estoy mandando por escrito las reservas, 3o., 19, 23 y 23 B por favor. El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se han registrado las reservas, señor diputado. Sonido a la curul del diputado Guillermo Huízar.El diputado Guillermo Huízar Carranza (desde la curul): Señor Presidente, para reservar el artículo 45 J de la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuyo contenido por escrito ha sido ya notificado a la Mesa Directiva.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Si nos envía el documento por escrito. Esta Presidencia no tiene físicamente el escrito. Entre tanto, instruya la Secretaría el cierre del sistema electrónico de votación, que se abrió sólo para efectos de prueba.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se instruye a que se cierre el sistema electrónico de votación, que se abrió para efectos de prueba.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia pregunta si algún otro diputado o diputada se va a reservar. Sonido a la curul del diputado Bravo Carbajal.El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal (desde la curul): Diputado Presidente, para reservar el artículo 15, fracción XII, de la Ley del IVA.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se toma nota, señor diputado. Esta Presidencia da más cordial de las bienvenidas a alumnos de la escuela preparatoria de la Universidad Autónoma de Querétaro, encabezados por los profesores Maricruz Santamaría y Lourdes Hernández Reyna, invitados del diputado Enrique Burgos García. Asimismo, damos la bienvenida al personal docente y alumnos de la secundaria 10 de Abril, del municipio de Emiliano Zapata, estado de Morelos, invitados de la diputada Rosalina Mazari. Y saludamos la presencia de un grupo de estudiantes de licenciatura de la Escuela Nacional de Trabajo Social de la Universidad Nacional Autónoma de México, invitados por el diputado federal Salvador Sánchez Vázquez. Todos sean bienvenidos.

    Se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

    (Votación.)

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia informa nuevamente que los diputados que tienen su nombre registrado en el tablero del ala norte, que por el momento no está funcionando, que son 61 diputados del Partido Revolucionario Institucional y 1 del Partido Verde Ecologista, al concluir la votación nominal en el tablero, en su parte que sí funciona, se tomará su votación de viva voz a través de micrófonos que les pasará el personal de asistencia. Y, desde luego, la Secretaría tiene instrucciones de tomar nota de su voto a favor, en contra o en abstención. Instruyo a la Secretaria el cierre electrónico de votación y de viva voz recoja la votación de quienes no aparecen en el tablero electrónico.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Sí, señor Presidente. Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se va a proceder a recoger la votación de viva voz de las diputadas y los diputados que no aparecen en el tablero.

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José a favor; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo a favor; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo a favor; Rodríguez Díaz, Hugo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rodríguez Rocha, Ricardo a favor; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso a favor; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador a favor; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús a favor; Silva Santos, Erick Agustín a favor; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco a favor; Tapia Palacios, Paulo José Luis a favor; Tecolapa Tixteco, Marcelo a favor; Torres Hernández, Marco Antonio a favor; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge a favor; Utrilla Robles, Jorge Baldemar ausente; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda a favor; Vázquez García, Quintín a favor; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo a favor; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio a favor; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo ausente; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena a favor; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario a favor; Zorrilla Fernández, Guillermo a favor; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente; Obregón Serrano, Jorge Carlos a favor.

    Señor Presidente, se emitieron 406 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, aprobados en lo general y en lo particular, los artículos no impugnados, por 406 votos. Esta Presidencia informa que se han reservado para la discusión en lo particular los artículos siguientes: de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el artículo 32, fracción XXVI, por la diputada María Esther Scherman; el artículo 32, fracción XX, por la diputada María Cristina Díaz Salazar; el artículo 454 J, del diputado Guillermo Huízar Carranza; adición del artículo 106 Bis, del diputado Gustavo Enrique Madero; derogación de la fracción VII del artículo 123, del diputado Gustavo Enrique Madero; derogación del artículo 136 Bis, del diputado Gustavo Enrique Madero; reforma de la fracción I del artículo 142, del diputado Gustavo Enrique Madero; reforma de la fracción III del artículo 148, del diputado Gustavo Enrique Madero; derogación del artículo 154 Bis, del diputado Gustavo Enrique Madero; artículo 212, de la diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara.

    De la Ley del Impuesto al Valor Agregado se reservó el artículo 15, fracción XII, del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal.

    De la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios se han reservado el artículo 2, fracción I, inciso c), numeral 1, del diputado Raúl José Mejía González; artículo 8, fracción..., inciso f), del diputado Víctor Suárez Carrera; artículos 3o., 19, 23 y 23 B, del diputado Miguel Ángel Toscano Velasco; artículos 2, 3, 4, 8 y 19, del diputado Francisco Suárez Dávila; y artículo 8, fracción I, inciso f), del diputado Lázaro Arias.

    Esta Presidencia ha dado lectura a las reservas de las diversas leyes y, con objeto de llevar el orden correspondiente, si alguna reserva existe, en adición de la ya mencionada, favor de informarlo a la Presidencia. ¿Sí, diputado Gutiérrez de la Garza? Sonido a la curul del diputado Gutiérrez de la Garza.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias, diputado Presidente. Quisiera que explicara a esta Asamblea cuál va a ser el procedimiento, porque escuché por ahí reservas de artículos que no están en el dictamen. Entonces, ¿cuál va a ser el procedimiento correspondiente? Porque lo único que se sometió a votación y de lo que no hubo reservas, es de los artículos a discusión. Entonces, hay mención de reservas de artículos que no vienen en el proyecto de dictamen. ¿Cuál va a ser el tratamiento? Porque es reserva ¿de qué?El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado, las reservas que se refieran a un artículo inexistente se van a desechar; está siendo corroborado por Servicios Parlamentarios. Se ha registrado para la discusión del artículo 32, fracción XXVI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta la diputada María Esther Scherman Leaño, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional. Tiene el uso de la palabra la diputada María Esther... ¿Sí, diputada?La diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño (desde la curul): Señor Presidente, está usted haciendo referencia al artículo 16, si no me equivoco.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Artículo 32, fracción XXVI, le di lectura...La diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño (desde la curul): Artículo 32, fracción XXVI. Es correcto, pero declino, señor Presidente.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Declina su intervención. Tiene el uso de la palabra la diputada María Cristina Díaz Salazar, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, quien se reservó el artículo 32, fracción XX, de la Ley del Impuesto sobre la Renta... Sí, sonido a la curul del diputado Pablo Gómez.El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Presidente, es que para cada artículo reservado debe abrirse una lista a favor o en contra. Entiendo que la diputada quiere hablar en contra, pero debe abrirse primero la lista a favor y en contra. La Comisión siempre podrá intervenir en el curso del debate, con el propósito de llevar un orden; de otra manera, vamos a tener una situación de que se habla en contra y no hay debate con nadie. Entonces, sería mejor que se hiciera como siempre se ha hecho; o sea, reservado el artículo, se abre la lista de oradores a favor, en la lista de oradores, primero en contra, perdón, y después a favor.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muy bien, diputado, como lo ha solicitado... Sonido a la curul del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Diputado Presidente, una vez que el diputado o diputada presenta su propuesta, se somete en votación económica para ver si se acepta o no que se someta a discusión la propuesta presentada, y esta Asamblea decide en votación económica que se acepta que se someta a discusión, entonces sí ya se procede, como señala el diputado Pablo Gómez. Gracias, diputado Presidente.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Encuentro coincidencia en lo que está proponiendo el diputado Pablo Gómez y la puntualización que hace usted, diputado Héctor Gutiérrez de la Garza; así se procederá. Vamos a abrir la lista de oradores en pro, en contra y en pro. Preciso, diputado, que es una vez que la Asamblea precise si se acepta o se rechaza. Tiene usted el uso de la palabra, diputada María Cristina Díaz Salazar, en función de la reserva que hizo al artículo 32, fracción XX, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Y para aclarar a la Asamblea: una vez escuchada la diputada, preguntaremos si se acepta o se rechaza la propuesta.La diputada María Cristina Díaz Salazar: Gracias, señor Presidente. El motivo es que el diputado don Armando Neyra Chávez y su servidora proponemos la reforma de la normatividad en materia de alimentación, con objeto de que los patrones propicien una correcta alimentación de sus trabajadores y que la misma fluya a través de la economía formal, y en la iniciativa se propone precisar en la fracción XX del artículo 32 que los gastos en alimentación que el patrón proporciona a sus trabajadores en sus instalaciones o a través de instrumentos que permiten la adquisición de éstos sólo serán deducibles cuando se otorguen de manera general.

    Por tanto, también está estrechamente vinculada al artículo 110, que es complementario; y se considera que toda vez que es una prestación en materia alimenticia, además de que es acorde con lo establecido en la fracción VI contenida en el artículo 109, el cual señala que son ingresos exentos de los trabajadores las prestaciones de previsión social que se concedan de manera general. Por tanto, lo que estamos proponiendo en materia de alimentación no tiene impacto recaudatorio, ya que sólo son precisiones o adecuaciones con objeto de otorgar seguridad jurídica a los contribuyentes, además de no presentar ningún cambio en cuanto a la legislación vigente. Está considerado ya con los diputados del sector obrero y los compañeros diputados que saben que no hay poder adquisitivo en el salario, y por ello los empresarios compensan en efectivo para el consumo de los alimentos a los obreros del país. Concluyo, señor Presidente, que espero que los compañeros nos apoyen, al diputado Armando Neyra y a su servidora.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Conforme a lo establecido por esta Presidencia en el sentido de que los artículos reservados, las fracciones, los numerales que no estuvieran contemplados en la ley que se discute se desecharán de plano... En consecuencia, la reserva que hizo la diputada Cristina Díaz Salazar esta Presidencia la desecha. No ha lugar a discutirla porque no tiene referencia con la ley en cuestión. Tiene la palabra...

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Presidente, totalmente de acuerdo en que no debería entrar, nada más que era en el momento en que se le presentó la reserva. Ahorita estamos totalmente de acuerdo en lo que está señalando, pero al momento que acepta una reserva de una cosa que no existe, usted le dio entrada, tendría que ponerlo a consideración del Pleno, lo cual le pediría que hiciera. No pasa nada. Si se acepta o no.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sonido a la curul del diputado De la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente, en este caso estamos votando ya las reservas, entramos en ese punto. Aprobado el dictamen en lo general, solamente puede haber adiciones y modificaciones de los artículos aprobados, y en ninguna medida se puede aceptar alguna modificación adicional de artículos que no están considerados, como fue el caso. Podemos entender que en el momento en que de viva voz los señores diputados y diputadas dicen a la Presidencia de la Mesa los artículos reservados, es difícil precisar en ese instante cuáles contiene el dictamen y cuáles no, por eso pediríamos que se hiciera una exhaustiva revisión de los artículos que fueron reservados para ver que los que están fuera del dictamen no sean considerados para su resolución por el Pleno.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia determina que la Secretaría de Servicios Parlamentarios haga una exhaustiva revisión de las reservas hechas, para que no se contemple ninguna que no aparezca en las leyes que están a discusión, y ratifica su decisión, diputado Wintilo Vega, de no someter a discusión o a votación porque parece que no hay materia al respecto.

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Coincido con usted en que no existe el artículo, coincido con usted en que no se le puede dar entrada; el problema es que se le admitió. Por eso se tendría que hacer, antes de admitir, la revisión, y en el momento que le llevan la reserva, se le dice al señor diputado: ``éste no puede ser reserva porque no existe ese artículo en el proyecto''. Ése sería el paso.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En el caso de la admisión, como entiende esta Presidencia, es en función de la determinación que tome la Asamblea. La Asamblea no ha hecho pronunciamiento al respecto; y ratifico, en consecuencia, la decisión de la Presidencia, con el ánimo de no discutir, diputado Wintilo de la Vega, un asunto que no tiene materia, un artículo que no está consignado en la ley porque sería totalmente improcedente entrar en un procedimiento cuando el asunto pública y notoriamente no tiene materia. Continuamos. Tiene el uso de la palabra el diputado Guillermo Huízar Carranza para una adición al artículo 45 J de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: ¿Sí, diputado? Permítame, señor diputado Huízar, permítame.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente, para solicitarle que, en el mismo caso de la diputada Cristina Díaz Salazar, la reserva al artículo 45 J, que no existe en el dictamen aprobado por el Pleno, tiene que ser desechado y no puede ser considerado en tribuna.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado De la Vega, el diputado Huízar hizo la reserva para hacer una adición al artículo.

    El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: ¿Sí, diputado?El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Simplemente, que se aplique el artículo 124 del Reglamento, que a la letra dice: ``En la sesión en que definitivamente se vote una proposición o proyecto de ley podrán presentarse por escrito adiciones o modificaciones a los artículos aprobados, ninguno fuera de este esquema''.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Diputado Huízar, lo lamento, no está en el dictamen; y es completamente aplicable lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento para el Gobierno Interior. Se concede el uso de la palabra al diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, para hablar en favor de la reserva a la adición del artículo 106 Bis. Tiene el uso de la palabra el diputado Enrique Madero hasta por cinco minutos.El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz: Con su venia, señor Presidente. El propósito de esta intervención es la reserva de la adición del artículo 106 Bis, la derogación de la fracción VII del artículo 123, del artículo 136 Bis y del artículo 154 Bis; y la reforma de la fracción I del artículo 142 y de la fracción III del artículo 48, todos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En la Convención Nacional Hacendaria se concluyó que la mayor parte de los ingresos nacionales proviene de las contribuciones legisladas por la Federación y que, por tanto, se deberían otorgar potestades tributarias a los esquemas en que la Federación hiciera un espacio.

    Dentro de este contexto, el año pasado legislamos la posibilidad de que las entidades federativas puedan establecer impuestos cedulares a las personas físicas que perciban ingresos por la prestación de servicios profesionales por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, por la enajenación de los mismos o por realizar actividades empresariales. Con el fin de que esas potestades no desencadenaran en mayor complejidad para el contribuyente, se aprobó que la base gravable local considerara los mismos ingresos y deducciones que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, sin incluir el impuesto cedular local.

    Adicionalmente, las entidades federativas que ejerzan dichas potestades podrán convenir con la Secretaría de Hacienda que los contribuyentes paguen y enteren los impuestos cedulares junto con el Impuesto sobre la Renta. Un aspecto importante dentro de estas nuevas facultades es la posibilidad de que el impuesto cedular pagado pueda deducirse de ingresos obtenidos en las distintas actividades en que se genere tal dictamen. Cabe mencionar que, en el contexto internacional, los países que aplican Impuesto sobre la Renta en los ámbitos federal y local permiten la deducción del impuesto local para los efectos del federal; o bien, el impuesto local es adicional al impuesto federal.

    En ningún caso se permite el acreditamiento contra el Impuesto sobre la Renta federal, lo que tiene por objeto fortalecer la recaudación nacional a través del esfuerzo recaudatorio de parte de los estados y no hacer un mejor o peor arreglo de transferencias intergubernamentales de los ingresos tributarios. Bajo este nuevo contexto, las facultades impositivas conferidas a los estados no deben implicar transferencias adicionales de recursos tributarios que menoscaben los de la Federación. La imposibilidad de establecer que los impuestos cedulares, en lugar de ser deducibles para efectos del Impuesto sobre la Renta federal, sean acreditables conlleva a una menor recaudación para la Federación, ya que ésta absorbería el costo total de los impuestos cedulares que las entidades federativas apliquen, con lo cual disminuirían el Fondo General de Participaciones y, por ende, la participación a los gobiernos locales. Este impacto recaudatorio estimado del acreditamiento de los impuestos cedulares podría ascender a 5 mil millones de pesos.

    Es importante comentar que las reducciones del Impuesto sobre la Renta, de 40 a 28 por ciento vigentes en 2007, obedece a dar mayor competitividad a la tasa del Impuesto sobre la Renta empresarial para traer inversión, tanto extranjera como nacional, y para evitar el arbitraje. También se establece la misma tasa para las personas físicas, cuando éstas realmente no lo requieren, por lo que la reducción de 12 puntos porcentuales en los individuos da un espacio suficientemente amplio para que las entidades federativas establezcan un gravamen de entre 2 y 5 por ciento, pero no en detrimento de los ingresos de la Federación. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el diputado Gustavo Enrique Madero respecto a la adición del artículo 106 Bis y, previamente, dé lectura a la propuesta que hizo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se aceptan a discusión las propuestas reservadas por el diputado Gustavo Madero. Se refieren específicamente a la adición del artículo 106 Bis, la derogación de la fracción VII del artículo 123, del artículo 136 Bis y del artículo 154 Bis y la reforma de la fracción I del artículo 142 y de la fracción III del artículo 148 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aceptada. En consecuencia, está a discusión y se abre el registro de oradores. Se pregunta a la Asamblea si algún orador, algún diputado, va a hacer uso de la palabra en pro o en contra. No habiendo oradores, se instruye a la Secretaría que consulte si están suficientemente discutidas las propuestas que formuló el diputado Enrique Madero.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se consideran suficientemente discutidas las propuestas presentadas por el diputado Gustavo Madero.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido; y se reserva para la votación final en conjunto. Tiene el uso de la palabra la diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara, en relación con la reserva que hizo al artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. El tiempo, señora diputada, es por cinco minutos.

    La diputada Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara: Gracias, señor Presidente. Efectivamente, nos estamos reservando el artículo 212 y pretendemos que no quede como lo votó, de manera mayoritaria, la Comisión de Hacienda sino que se le agregue un párrafo, que presentaría un candado, porque lo que pretende este artículo es que, a través del dictamen de un contador público independiente, se pudiera validar que una inversión que está en un paraíso fiscal tuviera un tratamiento de no paraíso fiscal. Esto sería tanto como sancionar el fraude fiscal y permitir que asesores particulares determinaran en qué caso sí existiría el fraude fiscal y en qué caso no.

    Es importantísimo que no solamente por dictamen se logre la exclusión de esos regímenes fiscales preferentes; porque la evasión y la elusión fiscales en México son prácticas indeseables y nocivas, ha sido la voluntad de esta Legislatura combatirlas. Sin embargo, con la globalización económica y la apertura comercial existe un sinnúmero de operaciones de exportación o importación de mercancías que se realizan entre los países, las cuales son en su mayoría prácticas normales del comercio internacional. Sin embargo, el problema es cuando esta globalización se utiliza por las empresas para triangular operaciones, creando filiales en paraísos fiscales a las que venden sus productos a un precio subvaluado, y con esto se evade pagar impuestos en México. A su vez, esas filiales venden los productos al mismo territorio nacional o a otros territorios a un precio ya de mercado, pero obteniendo una tasa fiscal preferente.

    No podemos permitir que ese tipo de triangulaciones sean sancionadas simplemente por los despachos independientes de contadores y con esto bastara para que se estimara que en esos casos no hay régimen fiscal preferente. Por eso creemos que al artículo 212 debe aplicarse un candado más y no permitir que haya esta dictaminación en el caso de los contribuyentes que realicen operaciones de compra y venta de bienes en el comercio internacional a través de entidades o figuras jurídicas del extranjero en las que participen directa o indirectamente, que en este caso sólo puedan aplicar lo dispuesto con relación a la dictaminación de estados financieros únicamente a los ingresos que se generen por las ventas de bienes importados o producidos por dichas entidades o figuras, pero siempre que dichas ventas se realicen en el territorio de su país de creación o constitución, o los que se generen por la exportación de bienes producidos por dichas entidades o figuras en su país de creación o constitución.

    Es muy importante para México sancionar con medidas eficaces a esos grandes contribuyentes que, después de haber hecho su patrimonio, su riqueza en el país, contratan a veces a grandes despachos para que les diseñen figuras especiales de triangulación a través de las cuales las utilidades las sacan de México, las afectan a tasas preferentes de Impuesto sobre la Renta, en perjuicio del país que los vio nacer y en el cual generaron su riqueza. Por eso mi grupo parlamentario se pronuncia porque votemos este artículo 212 como está, pero con la adición que se está proponiendo en la reserva. Gracias, Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta por la diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara y, previamente, dé lectura a la propuesta hecha.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se somete a votación económica si se acepta a discusión la modificación propuesta por la diputada Diana Bernal, que se refiere al artículo 212, párrafo octavo: ``los contribuyentes que realicen operaciones de compra y venta de bienes en el comercio internacional a través de entidades o figuras jurídicas del extranjero en las que participen directa o indirectamente podrán aplicar lo dispuesto en este párrafo únicamente a los ingresos que se generen por las ventas de bienes importados o producidos por dichas entidades o figuras y siempre que dichas ventas se realicen en el territorio de su país de creación o constitución o los que se generen por la exportación de bienes producidos por dichas entidades o figuras en su país de creación o constitución''.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se acepta y se admite a discusión. Se va a formular la lista de oradores. ¿Diputadas o diputados que deseen hablar en contra de la propuesta formulada por la diputada Diana Bernal? Diputado Juan Carlos Pérez Góngora, en contra.

    El diputado José Adolfo Murat Macías (desde la curul): Para anotarme para hablar a favor de la propuesta de la diputada Diana Bernal.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muy bien. No habiendo más oradores... Sí, diputado... Sonido en la curul del diputado Monárrez.El diputado Francisco Luis Monárrez Rincón (desde la curul): En contra de la propuesta de la diputada Diana Bernal y a favor del dictamen.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado, ya lo tenía registrado. Tiene la palabra el diputado Francisco Monárrez para hablar en contra de la propuesta formulada por la diputada Diana Bernal y a favor del dictamen en sus términos. El tiempo es de cinco minutos, señor diputado.El diputado Francisco Luis Monárrez Rincón: Gracias, diputado Presidente. Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras y compañeros diputados: me he inscrito para hablar contra la propuesta de la diputada Diana Bernal y hablar en favor de cómo está el dictamen porque, indudablemente, la Secretaría de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Ingresos, está manipulando información. Una de ellas es que no ha querido reconocer que México tiene tratados y acuerdos solamente de intercambio fiscal solamente con 17 países y que, en cambio, con 90 países no tiene acuerdo de intercambio fiscal, de información fiscal. Y eso, lamentablemente, hace que los empresarios mexicanos no sean competitivos con el resto de los países del mundo. Antier acaba de salir esta nota en El Economista, donde se reconoce que México ha perdido terreno comercial en el exterior precisamente porque nuestros inversionistas están en desigualdad.

    De acuerdo con eso, es muy interesante saber que en 90 países donde no se tiene acuerdo de intercambio de información fiscal no se les puede obligar a que proporcionen al Estado mexicano datos de las operaciones que han realizado en esos países, y no poder deducir esos gastos los hace poco competitivos y poco atractivos. Y lo mismo para el país, inversionistas extranjeros que quieran... Abriendo esto, va a haber inversiones. Lo que no ha dicho, y con todo respeto, la diputada que me antecedió es que también... no ha hablado de que hay capitales preferentes pasivos, que se refieren a los que no tienen una actividad económica, comercial ni productiva, que únicamente son capitales o inversiones económicas, y que ésos sí son auténticos paraísos fiscales, y que las utilidades que se tienen por esos motivos sí constituyen una eterna evasión, que lastima y daña nuestro país. En cambio, las inversionistas no pasivas son las que están relacionadas con la actividad productiva y con la actividad comercial, que es lo que tratamos de regular. ¿Por qué hemos puesto un candado de que dictamine un contador público independiente? Por una razón muy sencilla: porque es la forma en que los podemos amarrar a que realicen operaciones comerciales o productivas con los 90 países con que no tenemos tratado o acuerdo de intercambio de información fiscal. Es obvio que alguien nos tiene que dar cierta información, y puede ser un dictamen fiscal asociado con un despacho de contadores en México que sea representante de ellos y que sea el responsable fiscal de esas operaciones que en México hablan.

    Esta tribuna lo ha abordado con toda la responsabilidad. Sé de los acuerdos cupulares, de los acuerdos que se hacen. Al rato diré de esos acuerdos. Sé que no es fácil convencer de una propuesta que se desconoce, pero que confío en que entendamos que México tiene que cambiar y que el cabildeador de la Secretaría de Hacienda, concretamente de la Subsecretaría de Ingresos, ha convencido ya a muchos diputados de que esto es dañino, pero que no tienen idea de lo que realmente se busca para un país al que urge, al que se exige tener mayor empleo, que le urge que vengan mayores inversiones que dinamicen nuestra economía. Muchas gracias, compañeros diputados.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia no tiene registrados a diputadas o diputados que hablen en pro. En consecuencia, se concede el uso de la palabra al diputado Pérez Góngora, quien hablará contra la propuesta formulada por la diputada Diana Bernal y en favor del dictamen en sus términos. Tiene usted el uso de la palabra, diputado, hasta por cinco minutos.El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Compañeras y compañeros diputados: vengo a hablar contra la propuesta de la diputada Diana Bernal y en favor del texto del dictamen que se contempla en el artículo 212 y que regula las actividades de las empresas mexicanas que realizan operaciones en otros países, que buscan crecimiento de sus negocios en otros mercados con el fin de generar actividades empresariales, con fin de generar riqueza y poder capitalizarla y traerla posteriormente a nuestro país. La disposición que viene en el dictamen es muy clara y no busca por ningún motivo tratar de evadir o de ocultar las utilidades en el pago de los impuestos en nuestro país. Es importante resaltar que habla únicamente de actividades u operaciones de las que se denominan ``activas''; esto es, que sean empresas mexicanas que tengan otras empresas en otros países o que tengan sucursales, que tengan empresas y que tengan operaciones en donde comercialicen, en donde produzcan y vendan en otros mercados, no en el mercado mexicano.

    No estamos hablando de empresas que se constituyen con el fin de dejar utilidades o dejar intereses o triangular operaciones que nos presten dinero para pagar un interés. Operaciones pasivas no entran; son únicamente operaciones activas. Lo que está buscando la disposición ésta, incluyendo ya el articulado que tenemos en este momento y no se está modificando, es señalar que esas empresas deben pagar impuestos en México cuando cobren los dividendos de las ganancias que tienen en los otros países.

    La legislación, como la están planteando en esta reserva, lo que quieren modificar es que las empresas que están en otros países paguen impuestos en México aun y cuando no generen utilidades, paguen impuesto como si esa empresa que está en un país europeo pague sus impuestos como si fuera una empresa mexicana; no es una empresa mexicana. Por hacer un equivalente: sería como decir a los mexicanos, a las personas físicas que viven ya en otro país, que vengan y paguen su Impuesto sobre la Renta en México. Ellos residen en otro país y pagan sus impuestos en otros países; es lo mismo. La disposición que tenemos en este momento en la ley y la adecuación que se está haciendo es para no perjudicar esas actividades productivas. Sería incongruente establecer una doble tributación para este tipo de grupos, que buscan otros mercados para crecer su capital, su patrimonio que tienen en México.

    Estamos hablando de esas empresas que han invertido en otros países con el fin de generar utilidades de los otros mercados y traerlas a nuestro país; creo que la situación es de suma importancia. Además, no podemos aplicar tasas de impuesto mexicano sobre utilidades y reglas de otros países donde los ingresos y los gastos tienen tratamientos y reglas totalmente distintas de las reglas mexicanas. En ese contexto, y aunado a lo que señaló ya mi compañero Francisco Monárrez, pido que se respete la decisión tomada en la Comisión de Hacienda, en la votación que tuvimos, y que se apruebe el texto del dictamen y se deseche la propuesta de nuestra compañera Diana Bernal. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: No habiendo más oradores, instruyo a la Secretaría para que consulte si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutida la propuesta presentada por la diputada Diana Bernal.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido, y se reserva para su votación al final en conjunto. Hecha la revisión por parte de la Secretaría de Servicios Parlamentarios y aplicando el criterio que ya ha externado esta Presidencia, tiene el uso de la palabra el diputado Raúl José Mejía González, quien se reservó el artículo 2, fracción I, inciso c), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    El diputado Raúl José Mejía González: Muchísimas gracias, diputado Presidente. Señoras y señores diputados: los diputados federales de Nayarit y de Veracruz nos hemos reservado el artículo 2 del dictamen de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, debido a que el planteamiento de un incremento a la tasa de 110 a 130 por ciento es una medida que, en realidad, no lograría cumplir los propósitos planteados y sí provocaría serios impactos a un sector de la población que, por todos es conocido, es de los más desprotegidos en nuestro país; y este tipo de medidas sólo agravaría la situación de ellos.

    Me refiero a los agricultores de los estados donde se produce tabaco, como Nayarit, Veracruz y Chiapas, primordialmente, donde el impacto por el incremento del impuesto a 130 por ciento se traduciría en una reducción de la producción de manera sustancial. Esas familias, que suman miles en los estados de Chiapas, Nayarit y Veracruz, cada año vienen sufriendo la inestabilidad que produce el hecho de que se aumenten los impuestos, se disminuyan las superficies sembradas, se caigan sus ingresos y no se les brinden alternativas. La certidumbre del marco legal que regula los sectores del país debe ser el criterio central para orientar la toma de decisiones responsable de un Congreso responsable. Por ello, a lo largo de los últimos años esta Cámara ha construido una trayectoria impositiva que ha dado como resultado, por un lado, la caída del consumo del tabaco en el país, pero por otro ha permitido dar señales claras a las empresas productoras y comercializadoras y, sobre todo, algo de seguridad a los productores de tabaco, pero todavía no estamos conformes. Por eso es importante abrir espacios para deliberar, elaborar la agenda del campo tabacalero en México y poder concluir con alternativas viables para resolver problemas sociales. Por eso nos reservamos este artículo de esta ley, de este dictamen, para que quede en términos de la ley vigente, tal como propone el Ejecutivo federal. Muchas gracias.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez, para hablar a favor, por cinco minutos.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Presidente, primero ponga a votación si se admite o se rechaza.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, por favor. ¿Dejó el señor diputado, por escrito, alguna propuesta?

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: ¡No, no, Presidente!

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Me permite un segundo, diputado Pablo Gómez? Vamos a preguntar al Pleno si la aceptamos o no para su discusión. Tiene usted la palabra.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez: Ciudadanos diputados, el trámite...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame, diputado. Diputado De la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente, entiendo que el procedimiento es consultar primero a la Asamblea si acepta o no la modificación propuesta por el diputado que antecedió en la tribuna y, posteriormente, abrir la lista de oradores en pro o en contra, como lo hemos venido estableciendo en el curso de esta sesión.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En tal caso, lo que podríamos preguntar a la Asamblea es si se admite a discusión o no. El diputado Mejía lo que está proponiendo es rechazar esta parte del dictamen. Entonces, si me permite, diputado Pablo Gómez, aunque ya le habíamos dado el uso de la palabra, vamos solamente a preguntar a la Asamblea si aceptamos a discusión o no esta argumentación, en contra, del diputado Mejía.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez: Es que, si me permite, Presidente...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Le permito con mucho gusto.El diputado Pablo Gómez Álvarez: El trámite legislativo es a favor o en contra del dictamen. El preopinante habló contra el dictamen. Él quiere que el Pleno vote contra lo que viene en el dictamen. Es decir, el dictamen dice: ``este impuesto se tasará en 130''. Presidente, la ley vigente dice que se tasa en 110. La Comisión dictaminadora propone que sea en 130. El preopinante está en contra de que se apruebe. Si el Pleno rechaza el dictamen en esta parte, se queda como está vigente la ley; no hay ninguna modificación de la ley. Lo que no se puede votar, primero, del dictamen es la ley vigente porque la ley vigente no está a votación; lo que está a votación es el proyecto que viene en el dictamen. Entonces, el procedimiento tiene que ser en votación nominal si se acepta o no el proyecto. ¡Si no se acepta el proyecto, pues la ley queda como está: en 110, que eso es lo que quiere el diputado preopinante!El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez: esta Presidencia toma como propuesta de modificación del señor diputado Raúl Mejía la reserva que hace para que el impuesto quede en 110 y no en 130. Luego entonces, creo que lo que procede, señor diputado Gómez, es preguntar a la Asamblea si lo discutimos en este momento o no.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Es que estamos discutiéndolo, señor Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pero necesitamos la autorización del Pleno para que nos permita el Pleno considerar si se acepta o no a discusión y podremos hacer...El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¿Si se acepta o no qué cosa?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: A discusión esta reserva.El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¿La qué?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta reserva, esta modificación...El diputado Pablo Gómez Álvarez: Pero las reservas no se votan, señor Presidente. Usted tiene que admitir la reserva de un artículo porque el Reglamento lo obliga a usted.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Efectivamente.El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¡Si la Asamblea dice que no acepte usted, que no acepte usted una reserva de un artículo a un diputado, pues por más que se lo ordene la Asamblea, usted tiene que admitirlo porque es un derecho del diputado en lo individual!El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: La reserva está admitida; lo que vamos a preguntar al Pleno es si aceptamos en este momento discutirla o no...El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¿Por qué?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: La reserva porque...El diputado Pablo Gómez Álvarez: Señor Presidente, eso ya no...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Porque de la reserva del señor diputado Raúl Mejía se deriva, se deriva la propuesta de que el impuesto quede en 110 y no en 130.El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¿En qué?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En 110 por ciento y no en 130.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Pero eso es lo que ya dice la ley actual, señor Presidente. Eso no se puede votar. ¡Lo que se va a votar es el proyecto de la Comisión! Si el Pleno rechaza el proyecto de la Comisión, queda la ley como está. Es más, si el Pleno lo acepta y pasa al Senado y allá no se aprueba, la ley queda como está. Es más, si el Congreso lo acepta y el Presidente lo devuelve, la ley queda como está. O sea, la ley como está no se está votando. ¡No se está votando! Lo que se está votando es el proyecto. Si la mayoría de la Cámara vota contra el proyecto, queda como está; ya no va al Senado. Y en el Senado no se puede iniciar una modificación de una ley de éstas; sólo aquí, en la Cámara. En tal virtud, lo que usted tiene que poner a votación en su momento procesal no es si acepta a alguien una impugnación, el compañero diputado tiene derecho a impugnar todo lo que quiera, sino si se acepta lo que la Comisión propone o no se acepta. ¡Punto! Es más...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, diputado Pablo Gómez. Diputado De la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente: de la intervención del diputado Pablo Gómez se infiere, cuando habla de que la reserva está a discusión, él piensa que el orador que lo antecedió en la palabra subió para hablar en contra, como él lo está haciendo ahora. Quizá la precisión...El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¡No, estoy a favor; no estoy en contra!El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Estoy en el uso de la palabra.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se prohíben los diálogos.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Quizá la equivocación del diputado Pablo Gómez es que desconoce que el diputado que lo antecedió en la palabra lo que presentó es una modificación a través de una reserva, que se debe consultar a la Asamblea su admisión. Y una vez siendo así, podríamos entrar a abrir la lista de oradores. Eso es lo que procede porque el dictamen viene en un sentido y lo que el señor diputado que lo antecedió... es una modificación la que está proponiendo a la Asamblea, que tiene que conocer de la misma.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia aceptó esta reserva, precisamente, como una modificación. Y lo que estamos haciendo es preguntar a la Asamblea si la admitimos o no a discusión.El diputado Pablo Gómez Álvarez: ¿Me permite? A ver señor Presidente, creo que aquí el punto consiste en lo siguiente: si el diputado que me antecedió en el uso de la palabra hubiera propuesto que la tasa, en lugar de 130, fuera de 115 en el dictamen, sí estaríamos hablando de una modificación del dictamen. Pero el diputado quiere que la ley no se modifique, que quede como está, igualita, que diga ``110''. Eso no lo podemos votar porque eso es lo que ya está. ¡Punto! Si el diputado quiere poner el IEPS de los cigarrillos...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez, permítame un segundo.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Espéreme, déjeme terminar... a 115.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez, permítame un segundo.El diputado Pablo Gómez Álvarez: ... estoy de acuerdo en que lo que quiere es modificar el proyecto de dictamen.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez, permítame un segundo, si es usted tan gentil. Mire usted, estamos en un conflicto de interpretación y esta Presidencia, en aras de la economía procesal parlamentaria, concede a usted el uso de la palabra para que argumente, y de inmediato le daremos el trámite que corresponda. Diputado De la Vega, le ruego por favor que permita que esta Presidencia haga suyas las facultades que le confiere el artículo 23. Diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): No puede usted conceder la palabra al diputado Gómez porque, además, esa Presidencia... ha venido manejándose en todas las reservas consulta a la Asamblea. Incluso, en los artículos reservados anteriores, el mismo diputado Gómez ha estado votando si se aceptan o no las reservas. Ahorita ya no le conviene el asunto y cambió la teoría, pero está mal el diputado Gómez.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Wintilo Vega, esta Presidencia lo que quiere hacer en este momento es dilucidar un conflicto de interpretación que tenemos porque de la propuesta de la reserva del señor diputado Raúl Mejía se infiere que la ley quede en el texto vigente. Por ello, haciendo uso de las facultades del artículo 23, esta Presidencia concede el uso de la palabra al diputado Gómez, y de inmediato vamos a consultar a la Asamblea para ver si se acepta o no. Adelante.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Señores diputados; ciudadanas diputadas: la Comisión dictaminadora, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, propone al Pleno de la Cámara que el impuesto que se pague especial por la producción de cigarrillos sea a una tasa de 130 por ciento, una de las más bajas del mundo; actualmente es de 110. Hay una serie de diputados que defienden que se mantenga en 110 por ciento el impuesto a los cigarrillos. Resulta que, en términos reales, en términos de la realidad económica, los consumidores de cigarrillos están pagando en este momento una tasa fiscal de 110, más un sobreprecio; el precio de los cigarrillos ha aumentado. Si lo tuviéramos que tasar en términos fiscales, el impuesto sería más o menos de 123 por ciento, aproximadamente.

    La Cámara juzga que hay que aumentar... la Comisión, perdón, 7 centésimas porque este impuesto debe repartirse entre los estados. Y está bien que le toque a los estados, pues ellos no pueden poner ningún impuesto sobre el tabaco, sólo la Federación. Ahora bien, ¿qué se dice contra el aumento de la tasa? Que eso va a afectar la producción de tabaco en Nayarit. ¡Falso!, ya les vendieron la idea. En México hay dos grades productores de tabaco, los demás no tienen significación en el mercado. Una diferencia de 7 centésimas de la tasa real no va a afectar ni un kilo de producción de tabaco en Nayarit ni en ninguna parte del país.

    ¿Qué ocurre? Que las compañías tabacaleras están entregando al gobierno este diferencial entre 110 por ciento del impuesto y lo que podría ser un impuesto de 123 directamente como una dádiva, producto de un convenio firmado. El problema, ciudadanas y ciudadanos, es que ese convenio termina el último día de noviembre del año 2006, fue firmado solamente con el Gobierno Federal actual y no está garantizado el sobreprecio de las cajetillas de cigarros. Los fumadores saben que ha subido el precio, no por razones fiscales sino para hacer que funcione esta dádiva, se va a mantener, pero el convenio puede no mantenerse. Entonces, los productores se van a quedar con el sobreprecio, ¿y el sobreprecio no afectó la producción de tabaco? El impuesto tampoco. ¿Y el sobreprecio no aumentó el contrabando de cigarrillos? Pues tampoco el impuesto porque lo que estamos haciendo es regularizar la dádiva de las empresas al gobierno.

    Nosotros subimos el impuesto a 130, y damos el mismo dinero a la Secretaría de Salud. Pero, por disposición de Estado, no como dádiva de las tabacaleras que se acaba, se acaba el día en que el Presidente entregue a su sucesor la banda presidencial. Y éste es el problema, ¿por qué convenios sexenales con ramas de la industria? ¿Por qué dádivas de las ramas de la industria? El Estado es Estado, tiene la capacidad de imponer contribuciones y hacer obligatorio que ese sobreprecio se aplique al sector salud, que es donde está el gasto por las enfermedades pulmonares.

    Entonces, lo que se está buscando con la tasa, con el aumento de la tasa del IEPS a los cigarrillos, es regularizar la dádiva y convertirla en obligación fiscal, obligación fiscal pagadera --todavía no termina--. Eso es lo que estamos pidiendo; que no los apantallen, ni los lleven a pasear, señores del PAN, los tabacaleros. Esto no modifica nada el mercado ni la producción; sólo regulariza algo y lo deja para el futuro, sea quien sea, el próximo Presidente de la República. Por eso lo sostenemos.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pregunte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación propuesta por el diputado Raúl Mejía González.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se acepta la modificación propuesta.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado Víctor Suárez Carrera para presentar la modificación... Vamos a hacer la consulta pertinente a la Comisión de Hacienda en este momento porque hay la determinación del Pleno de votar todos los artículos al final; seguramente tendremos que hacer apartados. Diputado Espinosa... Permítanos hacer la consulta porque, seguramente, hay determinación del Pleno de votar todo al final, lo que se ha modificado y lo que queda en sus términos. Seguramente, vamos a tener que hacer varias votaciones.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Señor Presidente, ¿cómo se va a votar el dictamen? En todo caso, aludí al 124 y al 125. Yo reclamo el trámite exacto, y se acaba el relajo.

    El diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez (desde la curul): Es deber del Presidente someter a discusión el dictamen.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En términos. Seguramente vamos a tener que hacer varias votaciones, varios apartados. Permítanos hacer la consulta y manifestarnos al respecto. Tiene el uso de la palabra el diputado Víctor Suárez Carrera... Sí, diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Diputado Presidente, recibimos todos su resolución por economía parlamentaria, en la que entramos en una discusión no obstante haberse admitido para ello una propuesta presentada. El comentario va a que esto no fije un precedente en lo que sigue. El compañero diputado va a presentar en este momento una propuesta, derivada de la reserva, y deberá someterse a votación si se admite o no a discusión, y ya iniciamos la lista de oradores. Entendimos que el diputado Gómez no aceptaba dejar la tribuna y era preferible gastar los cinco minutos que continuar así, pero que esto no fije un precedente. Gracias diputado.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No, el precedente de la resolución anterior fue en virtud de que en la ley tenía el mismo porcentaje de la propuesta que se derivaba del diputado Raúl Mejía, pero --efectivamente-- creo que no sentará precedente para la siguiente discusión. Tiene el uso de la palabra Víctor Suárez.El diputado Víctor Suárez Carrera: Muchas gracias, señor Presidente. Compañeras y compañeros, es para plantear una adición del artículo 8o., inciso i), fracción I, inciso f), de la Ley del IEPS. Sobre el tema del impuesto a la fructosa, se está planteando en el dictamen de la...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, diputado. ¿Con qué objeto, diputado Guillermo Velasco?El diputado Guillermo Velasco Rodríguez (desde la curul): Se nos negó al Partido Verde Ecologista de México ingresar en la discusión sobre el tema del IEPS al tabaco. Y le solicito que nos dé la oportunidad de hablar a favor de lo que viene en el dictamen.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Bueno, no pidió usted la palabra... Diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Estamos en otro asunto. Estamos en otro asunto, ya no viene.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Guillermo Velasco.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez (desde la curul): Diputado Presidente, usted nunca estableció cuándo inició el momento de discusión, por eso no pedimos la palabra. Los mismos miembros de apoyo parlamentario nos dijeron que no había iniciado la discusión del tema.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pero, lamentablemente, ya precluyó su derecho. Diputado Suárez, adelante... Permítame un segundo. Diputado Eduardo Espinoza.El diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez (desde la curul): Entiendo que en ningún momento el Presidente sometió a la consideración del Pleno que estaba suficientemente discutido, como lo había hecho en las anteriores ocasiones. El caso es que el diputado del Verde Ecologista no está enterado de que, efectivamente, está suficientemente discutido y, por tanto, está pidiendo la palabra. Lo que hizo el Pleno fue únicamente aceptar que era admitida la propuesta del diputado para modificar esta parte de la ley. Creo que tiene derecho a hablar, y el Presidente deberá otorgarle y abrir una bitácora de labores para determinar si está suficientemente discutido o no lo anterior.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Desgraciadamente, ya estamos ya en otro tema.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez (desde la curul): Señor Presidente, nada más para expresar que no tenga inconveniente en que se pueda dar paso a...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidente sí tiene inconveniente, y da a usted el uso de la palabra para efectos de presentar su reserva. Adelante, Víctor.El diputado Víctor Suárez Carrera: Quiero insistir en mi disposición a que se queda el turno para que continúe el debate sobre el IEPS sobre tabaco y, en seguida, restituir mi turno.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Ya estamos en otra reserva, diputado Víctor Suárez: el 8, fracción I, inciso f); y le ruego por favor que ejerza su derecho.

    El diputado Víctor Suárez Carrera: Hay una interrupción.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Velasco... Frenen el tiempo del diputado.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez (desde la curul): Diputado Presidente, ¿por qué no somete a votación del Pleno que se nos permita hablar y discutir este tema?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No ha lugar, diputado, porque, mire usted, estamos en una discusión compleja y necesitamos darle el curso adecuado. Permita usted que el señor diputado Víctor Suárez ejerza el derecho de presentar su reserva del 8, fracción I, inciso f), de esta Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Adelante.El diputado Víctor Suárez Carrera: Señor Presidente, solamente pido que se me restituyera el tiempo.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Restituyan el tiempo al diputado. Permítame un segundo. Diputado Óscar González.El diputado Óscar González Yáñez (desde la curul): Señor Presidente, usted sabe que este tema ha sido muy conflictivo y deteriorador para la imagen de los diputados. Sería bueno que usted fuera mucho más sensible: ayudará a la Asamblea, ayudará a la imagen de los diputados, en este tema en particular, que se permita discutir este tema profundamente y darle una salida, no ocultarlo en la generalidad. Es un asunto muy particular, de interés de muchos de nosotros, que queremos que se sanee la vida parlamentaria. En consecuencia, pedimos a usted mucha mayor sensibilidad de la que nos ha mostrado. Muy amable, Presidente, gracias.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tan sensibles somos en esta Legislatura, que ha habido un apartado especial para posicionar los grupos parlamentarios respecto al tema. Y claro, diputado, tenga usted la seguridad y la certeza de que esta Presidencia apartará, si es necesario, este artículo en especial para su votación al final de la discusión. Adelante, don Víctor... Emilio Serrano, sonido en la curul del diputado Emilio Serrano.El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Diputado Presidente, si bien es cierto que hubo un posicionamiento de las diferentes fracciones de esta Cámara, no hubo debate; y es necesario que haya debate para dejar muy clara la posición de todos los diputados que no participamos en el soborno. Entonces, que se discuta plenamente, diputado.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Víctor Suárez, tiene usted el uso de la palabra para presentar sus reservas.El diputado Víctor Suárez Carrera: Bien. Compañeros y compañeras diputadas, diputados: es para plantear un tema muy relevante y relacionado con el impuesto especial a la fructosa, que se modifica en el dictamen de la Comisión de Hacienda, donde se establece que este impuesto especial será exentado para...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. ¿Qué pasó, diputado Luis Antonio González Roldán? Sonido en su curul.El diputado Luis Antonio González Roldán (desde la curul): En el mismo sentido, como lo externaron Eduardo Espinoza y los compañeros que me antecedieron desde la curul. El procedimiento, señor Presidente, fue pactado desde el inicio por el Presidente de esta Cámara, Heliodoro Díaz; y en el caso del impuesto al tabaco, en momento alguno se siguió el trámite que se había acordado. No hay congruencia en los trámites que está estableciendo la Presidencia con relación al tema anterior. Lo que estamos solicitando es que reponga el procedimiento, señor Presidente, y que, en virtud de eso, se pueda abrir el debate con el punto que acaba de pasar. Muchas gracias.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Vamos a desahogar estas reservas, señor diputado. Esta Presidencia velará y vigilará que en todo momento la voluntad de la Asamblea quede auténtica y prístinamente manifiesta en el momento de la votación... Diputado González Roldán.El diputado Luis Antonio González Roldán (desde la curul): Señor Presidente, la voluntad de la Asamblea se manifestó desde que se dio la forma en que iba a ser la votación, a petición del diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza. En ese sentido, nosotros le pedimos que se lleve a cabalidad el procedimiento como se estableció y que se abra el debate en pro y en contra con relación al impuesto anterior. Es cuanto, señor Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado De la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente, es claro que no se consultó si el asunto estaba suficientemente discutido o no porque no había más oradores registrados en el asunto que nos antecedía. Le solicitaría, en función de que está generando cierta confusión, que pusiera a consideración de la Asamblea si el anterior asunto fue suficientemente discutido para salvar este falso debate.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame, diputado Suárez, le ruego que me disculpe por la interrupción. Pregunte la Secretaría a la Asamblea... Diputado Pablo Gómez.El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Presidente, antes que se sigan haciendo aquí normas reglamentarias al calor de una culpa tabaquera y viajera, le sugiero, le pido formalmente que instruya a la Secretaría para leer los artículos 124 y 125 del Reglamento, con la encomienda a usted de que los aplique porque su obligación es aplicarlos y que no se deje usted intimidar por los diputados de su bancada que quieren que los viole usted cada vez que ellos quieren. Usted aplique el Reglamento, y ya. Ésa es su obligación.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez, esta Presidencia no se intimida más que por la estricta aplicación de la ley. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, diputado Pablo Gómez.El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Insisto en que se lean el 124 y el 125. Usted dice que está aplicando el Reglamento; yo digo que para nada. El Reglamento es el que habla; todos entendemos el español más o menos. Por tanto, si esto ya se votó, si se admite o no a discusión, páselo usted a la Comisión, de acuerdo con el 125, dé usted el trámite, pero como no se requiere la declaratoria de suficientemente discutido para una adición, aceptada ésta que fuera, se turna a la Comisión, que ése es el trámite que estoy demandando aquí del 125. De lo contrario, le ofrezco otra salida reglamentaria, la salida que consiste en que ponga usted a discusión el artículo segundo en cuanto a la tasa de 130 en una lista de oradores a favor y en contra para que, luego que se agote la lista, ponga usted a discusión el proyecto que viene en el dictamen, como debe hacerse de acuerdo con el Reglamento; y eso zanjaría el problema. De lo contrario, regrese usted lo que fue aprobado por la mayoría a la Comisión, de acuerdo con el 125; y si usted no lo quiere regresar, pues estará violando el Reglamento, pero si usted quiere poner a discusión la tasa de 130, póngala a debate en lista a favor y en contra. Y no diga por favor que este asunto ya se discutió en el punto que puso la Junta de Coordinación Política sobre los que se fueron a viajar a Europa, que éste es otro asunto; aquí estamos en tema legislativo.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se pide a la Secretaría que dé lectura a los artículos 124 y 125 del Reglamento Interior.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Sí, señor Presidente:

    ``Artículo 124. En la sesión en que definitivamente se vote una proposición o proyecto de ley podrán presentarse por escrito adiciones o modificaciones a los artículos aprobados. Artículo 125. Leída por primera vez una adición, y oídos los fundamentos que quiera exponer su autor, se preguntará inmediatamente si se admite o no a discusión. Admitida, se pasará a la Comisión respectiva; en caso contrario, se tendrá por desechada''.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Señor Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Pablo Gómez.El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Si se vota en contra, no se aprueba y se acabó, se queda el 110.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia ya consultó a la Asamblea a ese respecto, diputado Pablo Gómez.

    El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Pero el Reglamento...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, vamos a preguntar a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido. Y vamos a apartar este artículo...El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): ¿Cuál asunto?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El de la reserva del diputado Raúl Mejía. Y vamos a apartar este artículo para efectos de que la Asamblea tenga la posibilidad de manifestarse con toda claridad en su momento. Este asunto esta Presidencia no lo va a votar en conjunto. Adelante.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutida la reserva al artículo 2, fracción I, inciso c), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega al diputado Víctor Suárez ejercer el derecho que tiene; y por favor, denle su tiempo.

    El diputado Víctor Suárez Carrera: Bien, el tema del IEPS sobre fructosa también es igualmente controvertido como el tabaco. Desde que el Congreso estableció el IEPS en 2002, para proteger el sector agroazucarero del país frente al incumplimiento de Estados Unidos de lo establecido en el TLCAN, las empresas transnacionales han estado intentando año con año quitar este impuesto. Hoy, en el dictamen se plantea una exención; nosotros planteamos, para que esa exención no se convierta en un pretexto y una pantalla en favor de esas transnacionales, planteamos una adición del artículo 8o., fracción e, inciso f), para que se establezca la obligación para que los volúmenes de agricultura por contrato que se establezcan para producir fructosa se descuenten de los cupos de importación autorizados por la Secretaría de Economía.

    De otra manera, exentar el IEPS de esa manera es dar la razón a la industria transnacional, que es un oligopolio, y dar la espalda al sector agroazucarero mexicano, dar la espalda al país y permitir que claudiquemos en este Congreso, como ha claudicado el Ejecutivo federal, frente a las presiones de las transnacionales, que tienen un cabildeo que incluye a hijos de ex Presidentes de la República. El poder del dinero de nueva cuenta se mete en el proceso legislativo para beneficiar intereses muy elitistas; en lugar de perfeccionar el impuesto a la fructosa, se abandona por la presión de esas empresas.

    Por eso estamos proponiendo que se establezca esta adición, para que se establezca la obligación de que volumen que se establezca en agricultura por contrato para las fructoseras sea obligatorio por la Secretaría de Economía, para que se les disminuya de los cupos de importación autorizados, para que --efectivamente-- se trate de una sustitución de importaciones y no de un pretexto, como ha sido hasta ahora, de las empresas fructoseras para seguir importando sin límites, para no pagar 500 millones de dólares de 1994 a la fecha de los impuestos que debían haber pagado, pero por la complicidad del Ejecutivo federal no pagaron, desprotegiendo el sector maicero nacional porque, además, esto implica dar la razón a las transnacionales en el panel que interpusieron en la OMC y que perdió México. Y esto implica dar la razón al Ejecutivo federal, que no quiere apelar este fallo ante la OMC.

    Esto implica también dar carta de legitimidad a las ilegales cartas paralelas de Serra Cantor, que fueron declaradas ilegítimas por el Senado de la República. Esto implica dar la razón a Estados Unidos por el incumplimiento del Tratado de Libre Comercio desde 1995 en materia azucarera: nosotros sí damos acceso a la fructosa de las empresas transnacionales en nuestro mercado y Estados Unidos no da acceso al azúcar mexicana en el mercado de Estados Unidos. Por esa razón les quiero sugerir y proponer con toda seriedad que hagamos esta adición para que la exención sea algo fuerte y no sea un pretexto más. Desde 1994, las empresas fructoseras han importado de 900 mil toneladas a 2 millones hoy, y el incremento de la compra de cosechas nacionales es insignificante.

    A partir de que quieren que le exentemos el IEPS, no quieren negociar con México y, además, están interponiendo una demanda contra el país por 300 millones de dólares, amparándose en el Capitulo 11 del TLCAN. Entonces, les sugiero que podamos aceptar esta propuesta de adición del artículo 8o., inciso i), fracción f). Muchas gracias por su apoyo.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Deja usted su propuesta por escrito?

    El diputado Víctor Suárez Carrera: Sí.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría darle lectura. Primero, vamos a pedir a la Asamblea si se admite a discusión en este momento.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se acepta a discusión la propuesta presentada por el diputado Víctor Suárez.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Ángel Toscano Velasco para presentar la reserva de los artículos 3, 19 y 23 B. El 23 esta Presidencia no lo admite a reserva porque no está incluido en el dictamen.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): ¿La de Víctor Suárez se desechó?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: La de Víctor Suárez queda desechada.El diputado Miguel Ángel Toscano Velasco: Gracias, ciudadano Presidente. Es del conocimiento general que los cigarros son los productos más falsificados en el mundo. Alrededor de un tercio de los cigarros comercializados internacionalmente aparecen en el mercado negro. Anualmente, los gobiernos de todos los países pierden entre 25 y 30 billones de dólares por contrabando de cigarros. En México, aproximadamente entre 4 y 5 por ciento del mercado de cigarros son cigarros de contrabando o de imitación.

    El contrabando de cigarros daña la riqueza nacional, al evadir el pago de impuestos y aranceles a la importación, disminuyendo el nivel de ingresos públicos disponibles para invertir en la salud pública y en las acciones contra el contrabando y la piratería. Aunado a esto, los cigarros clandestinos permiten el acceso de la gente a cigarros más baratos, especialmente la gente joven y los pobres, aumentando la demanda, además de presionar al gobierno para mantener o reducir los precios de los cigarros. Existe una creencia general, especialmente promovida por las empresas tabacaleras, de que la principal causa del contrabando de cigarros son sus precios altos o un gran diferencial en el nivel de impuestos entre país o regiones. No obstante, estudios como del Banco Mundial han mostrado que son otros factores los principales causantes del contrabando de cigarros: el nivel de corrupción, la tolerancia a productos pirata y una cultura de venta en las calles.

    Asimismo, el nivel de contrabando debido al diferencial de impuestos y precios en cigarros entre regiones es mínimo en comparación con el contrabando que se da cuando los productos pagan cero cantidad de dinero por impuestos o aranceles, que abarcan aproximadamente 80 por ciento del contrabando mundial. Mucho se ha hablado sobre las formas para contrarrestar el contrabando, por lo cual organizaciones como el Banco Mundial, la Unión Internacional para la Promoción de la Salud y la Educación o la Organización Mundial de la Salud, a través del Convenio Marco para el Control del Tabaco han emitido una serie de lineamientos por seguir, tanto a nivel nacional como a nivel regional o internacional.

    Una de las principales recomendaciones propuestas a nivel nacional es la utilización de sellos fiscales de alta seguridad en las cajetillas de cigarros que muestren que todos los impuestos y aranceles han sido oportunamente pagados y con lo cual los consumidores pueden distinguir, de manera rápida y fácil, los productos legales de los ilegales y las autoridades pueden rastrear fácilmente los productos de contrabando para poder aplicar la ley con mayor fuerza y efectividad. Un caso reciente es el de Reino Unido, donde el nivel de contrabando de cigarros ha acaparado hasta 30 por ciento del mercado total. El gobierno empezó a llevar a cabo un programa para disminuir el contrabando y, a partir de julio de 2001, todas las cajetillas a la venta en Reino Unido llevan consigo una estampilla fiscal, lo que significa que los cigarros que no la traigan son falsificados o contrabandeados.

    El mayor nivel de ventas de cigarros legales y de los ingresos tributarios por concepto de cigarros muestra que sí han surtido efectos las medidas implantadas. Otros países que ya aplican la estampilla fiscal son Brasil, España y los Países Bajos. Por todas las razones antes mencionadas, propongo reformar y adicionar los artículos 3o., 19 y 23 B de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, con el fin de que se adhieran marbetes fiscales a las cajetillas de cigarros para contrarrestar el comercio ilegal de cigarros, elevando así el nivel de ingresos públicos y salvaguardando la salud de los mexicanos. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. ¿Va usted a dejar alguna propuesta por escrito? Se ruega a la Secretaría consultar a la Asamblea si es de admitirse para su discusión en este momento.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta a discusión la reserva presentada por el diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, con relación a los artículos 3, 19, 23 y 23 B de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El 23 no está aceptado.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ah, perdón. Es 3, 19 y 23 B de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de marbetes para cigarros.

    Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No se acepta; y se desecha. Tiene el uso de la palabra el señor diputado Carlos Blackaller Ayala.

    El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Que sea nominal.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Ya se votó, diputado. Hay declaratoria, hay declaratoria. Tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Blackaller Ayala, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar las reservas que, en su momento, hizo de los artículos 2o., 3o., 4o. 8o. y 19.El diputado Carlos Blackaller Ayala: Con su permiso, diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados: vengo a presentar las reservas sobre el artículo 6o., en los artículos 2o., 3o., 4o., 8o. y 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. La agroindustria de la caña de azúcar en nuestro país reviste especial importancia, en virtud de la gran cantidad de empleo y dinamismo económico que la misma genera.

    Mediante fórmulas contenidas en la Ley del IEPS, la actividad encontró una etapa de fortalecimiento de su mercado, sin afectar otros sectores y como un mecanismo de defensa contra el incumplimiento de Estados Unidos de América a lo estipulado en el Tratado de Libre Comercio en materia de edulcorantes. El crecimiento de la producción azucarera se ha visto estimulado por mayor productividad de la agroindustria en su conjunto. El mercado nacional del azúcar tiende a un crecimiento aparejado al de la población, y tanto el nivel actual de producción como las estimaciones de mediano plazo muestran claramente excedentes netos. Por diversas instancias jurídicas, incluso la recurrida por Estados Unidos de América ante la OMC, el mecanismo establecido por esta soberanía, vigente desde 2002, ha sido fuertemente cuestionado. Es cierto, en nuestro campo hoy se producen bajo el esquema de agricultura por contrato materias primas para su transformación agroindustrial, como es el caso del maíz amarillo. En la caña de azúcar, ese esquema registra antecedentes de más de 30 años.

    Dado el sentido del fallo de la Organización Mundial de Comercio contra nuestro país, y en congruencia con nuestra responsabilidad de impulsar el desarrollo sustentable del campo, es de considerar que las modificaciones propuestas en el dictamen de la Comisión de Hacienda tienen esa orientación. Sin embargo, no debe dejar de considerarse que dicha modificación tendrá un impacto significativo en la agroindustria mexicana de la caña de azúcar; estimándose un desplazamiento del orden de 400 mil toneladas de azúcar, lo que equivale a un impacto económico de más de 2 mil millones de pesos. Por lo anterior, y a efecto de impulsar la agricultura por contrato y reducir el impacto económico en la agroindustria azucarera, que sin duda tendrá fuertes repercusiones negativas en los 227 municipios de 15 estados donde se cultiva la caña de azúcar, se propone considerar en el marco de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, además de los refrescos y las bebidas rehidratantes, a los jugos y néctares, así como a los productos edulcorados, conservas, mermeladas y jaleas, para lo cual se propone a esta soberanía adicionar los incisos i) y j) a la fracción I del artículo 2o. y las fracciones XIV, XVII, XVIII y XIX al artículo 3o.; reformar los párrafos segundo y cuarto y adicionar un párrafo al artículo 4o.; y modificar los incisos d) y f) de la fracción I del artículo 8o. y las fracciones II, párrafos primero y tercero, VIII, X, XI y XIII, y adicionar la fracción XXII al artículo 19, todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que están contenidos en el artículo 6o. del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales, para quedar de esa forma. Señor Presidente, dejo en esta Secretaría. Es cuanto.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pregunte la Secretaría a la Asamblea si se aceptan a discusión en este momento... Diputado Velasco, ¿con qué objeto?El diputado Guillermo Velasco Rodríguez (desde la curul): Gracias, Presidente. Antes que lleguemos a la votación, quiero aclarar un punto con usted: según lo entendido, el diputado se está reservando el artículo 2o. del dictamen, referente también a los impuestos a los cigarrillos. Me gustaría subir a la discusión a hablar en pro del artículo 2o. del dictamen.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Blackaller, ¿se está usted reservando el artículo 2o., fracción I, inciso c), numeral 1?

    El diputado Carlos Blackaller Ayala: Me estoy reservando el artículo 2o. en su conjunto, con base en el Reglamento, en su artículo 117.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿En su conjunto, todo? ¿Hasta la fracción I, inciso c), numeral 1?

    El diputado Carlos Blackaller Ayala: Interpretando el Reglamento, el artículo 2o., adicionando dos incisos, el i) y el j).

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El i) y el j). Vamos a pedir a la Secretaría que pregunte a la Asamblea si se aceptan a discusión las reservas del diputado Carlos Blackaller Ayala.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aceptan a discusión las modificaciones presentadas por el diputado Carlos Blackaller Ayala.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Si tiene duda la Secretaría, vamos a repetir la votación, preguntando, solicitando a los diputados que se pongan de pie en cada una de las preguntas por favor.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se pregunta a la Asamblea si se aceptan a discusión las propuestas presentadas.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, tiene el uso de la palabra el señor diputado Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México.

    El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Gracias, señor Presidente. Voy a hablar sobre el artículo 2o. del IEPS, que viene en el dictamen. Qué lástima que lo tenga que hacer así y no lo haya hecho en el momento en que debió de llevarse. El que contamina paga. Compañeras y compañeros legisladores: hago uso de la palabra para solicitar su voto a favor de la propuesta del IEPS al tabaco. Vengo a pedirles que pongan el interés social encima de los intereses económicos y electorales. Debido a la epidemia del tabaquismo en México, cada año mueren más de 54 mil personas, cuestión que convierte las enfermedades relacionadas con el tabaquismo...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. Diputado Wintilo Vega... Sonido en la curul del diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Es obvio que el señor diputado equivocó el tema. El tema de que está hablando ya pasó. Ya se declaró por esta Asamblea que estaba suficientemente discutido. Entonces, le pediría que lo llamara al orden para que trate el asunto para el cual pidió la palabra, si es que tiene idea de que la pidió.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En términos del artículo 105 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Presidencia llama al orador a sujetarse al tema en cuestión. Diputado Emilio Serrano.El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Le solicito, si es tan amable, de anotarme después del orador, para hechos.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Para hechos o a favor o en contra de la propuesta?El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): A favor.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Velasco, esta Presidencia tiene la obligación, una vez que la Asamblea declaró el tema suficientemente discutido y una vez que los derechos de los diputados están a salvo porque esta Presidencia ha anunciado que va a apartar esta reserva para una votación en especial, esta Presidencia lo llama con todo respeto a sujetarse al tema.El diputado Manuel Velasco Coello: Diputado Presidente, sigo mi posicionamiento respecto al artículo 2o. del dictamen que tenemos cada uno en nuestras curules y atendiendo a que la Constitución me da permiso y la inviolabilidad de poder expresar mis opiniones, aquí continúo.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: La Constitución, el Reglamento y la ley no le da inviolabilidad para no respetar estas manifestaciones normativas. Esta Presidencia lo llama a sujetarse al tema. Sin embargo, está usted en el uso de la palabra y esta Presidencia verá, en el momento procesal oportuno, qué tratamiento da a su intervención.El diputado Manuel Velasco Coello: Señor Presidente, a menos que me niegue la palabra, voy a seguir leyendo el posicionamiento que el Partido Verde Ecologista de México tiene, en atención al artículo 2o. del IEPS. Según la Encuesta Nacional de Adicciones, tan sólo en 12 años el número de fumadores en México creció de 9.3 millones en 1988 a casi 17 millones en el año 2002. Podemos calcular que para 2006 habrá cerca de 20 millones de fumadores en México, más del doble que hace 18 años, crecimiento particularmente significativo en mujeres, jóvenes y niños.

    El consumo de tabaco es uno de los retos más importantes de México. Los costos sociales derivados de la adicción al cigarro son altísimos. Cada año México pierde miles de millones de pesos debido a que el tabaquismo es un lastre nacional. Recuerden que tan sólo en el sector de salud pública actualmente gastamos 29 mil millones de pesos al año para atender enfermedades relacionadas con el tabaquismo, mientras que la industria tabacalera en México aporta únicamente con la mitad de este costo, vía el IEPS. En el Partido Verde Ecologista de México sostenemos que el que contamina paga. Si alguien decide fumar, él tiene que ser el que cubra el costo que traerá a la sociedad en el futuro como no fumador. Me parece injusto que todos tengamos que cubrir los costos que se generan de este producto tan innecesario y perjudicial para nuestra salud.

    En este sentido, y como solución, en el Partido Verde Ecologista de México impulsamos una reforma del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, reforma que nos ha sido apoyada todavía por la Revolución Democrática y por el Partido del Trabajo, cuando no Acción Nacional. Lamentablemente, como les digo, el 130 sigue a discusión y probablemente se pierda. Quiero hacer uso de esta tribuna para desmentir los mitos que se han mencionado, dado que muchos de ustedes aún creen en lo que les dice la industria tabacalera; los usan como pretexto para frenar el incremento del impuesto a los tabacos.

    Voy a dar una repasada a cada uno de ellos. Mito número uno: el impuesto al tabaco incrementará significativamente el contrabando de cigarros. En este sentido, a diferencia de los compañeros diputados que han dicho que sí incrementa el contrabando, voy a citar al titular de la Administración General de Aduanas, que aseguró: ``El IEPS no se ha reflejado en aumento de contrabando en el producto de los cigarros''.

    Esto lo dijo el experto nacional en la materia en nuestro país. No lo digo yo, no lo dice otro diputado; lo dice el funcionario calificado para hablar de él. Mito número dos: elevar el IEPS de 110 a 130 ocasionaría tal disminución en la demanda de cigarros, que la industria tabacalera no tendría con qué comprar el tabaco a los agricultores de Veracruz y Nayarit. Compañeros diputados, como dijo el diputado Pablo Gómez, para nada afecta el consumo al tabaco. Si bien a los diputados de Veracruz, si llegara a haber una disminución en el consumo del tabaco...

    El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (desde la curul): Señor Presidente...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Con qué objeto, diputado Ochoa?El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (desde la curul): Quería ver si el orador me acepta una interpelación.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Acepta usted una pregunta del señor diputado Cuauhtémoc Ochoa?El diputado Guillermo Velasco Rodríguez (En tribuna): Claro que sí, señor Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Proceda, diputado Ochoa.El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (desde la curul): Gracias. Quisiera ver si usted podría redundar más en el asunto de los mitos que establece esta ley de que está usted hablando, señor.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Claro que sí, compañero diputado; con todo gusto. Continúo: si vemos las tendencias en el consumo del tabaco, como en la Encuesta Nacional de Adicciones que acabo de mencionar, el consumo de tabaco en nuestro país y el número de fumadores viene creciendo de manera exponencial. Si no hacemos nada al respecto, seguirá esta tendencia, lo que quiere decir que, aun cuando aumentemos de 110 a 130 por ciento el impuesto al tabaco, no llegaremos a afectar los intereses de los agricultores de Nayarit ni de Veracruz. También es importante aclarar que la industria tabacalera importa en grandes cantidades el tabaco de países como Brasil. El incremento del impuesto, si llegara a traer a largo plazo una disminución en la demanda, sería para las industrias tabacaleras, como bien nos lo han mencionado a nosotros, se ajustaría en las cuotas de importación que tiene. Sigo contestando a su pregunta, diputado Ochoa...

    El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Señor Presidente...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Serrano, ¿con qué objeto?El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Diputado Presidente, le solicito que sea tan amable de preguntar al diputado si me acepta una pregunta...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está contestando una pregunta, diputado Emilio Serrano...El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Después de ésta, si es tan amable.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pues deje que acabe de contestar, y con mucho gusto.El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Porque corrió el tiempo sin que él estuviera hablando y está a punto de terminarse. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Adelante, diputado, continúe.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Gracias. Con todo gusto, al acabar mi respuesta al diputado Ochoa, atenderé la pregunta de mi compañero diputado. Ahora, sobre la cuestión de los huicholes, en Nayarit, les voy a decir cuál es la realidad en las plantaciones tabacaleras en el estado de Nayarit. Los huicholes hace años, en 1976, llegaron grandes empresas madereras, que invadieron la región, construyeron carreteras y destruyeron los bosques, de los que la vida de los huicholes dependía. Fueron forzados, este grupo de indígenas, junto con otros, a trabajar como jornaleros en las plantaciones de tabaco, debido a que no tenían otro sustento.

    Ellos son migrantes desplazados que hoy en día están expuestos a insecticidas extremadamente tóxicos y a la contaminación por nicotina. La cantidad de agroquímicos para matar las plagas, al vivir y trabajar en estos campos durante largas temporadas, los jornaleros, ejidatarios y sus familias, se exponen al contacto cotidiano con plaguicidas extremadamente tóxicos. La paga, como bien saben mis compañeros que están aquí, depende de la cantidad de trabajo realizado, por lo que todos los miembros de las familias, incluidos los menores de edad, deben trabajar para ganar apenas lo suficiente para vivir.

    Dos millones de niños, en su mayoría indígenas, son explotados en el campo por las grandes empresas tabacaleras, que les pagan...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado De la Vega... Permítame un segundo, diputado orador.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Diputado Presidente, para que llame al orden al orador para que se centre en el tema de la pregunta que le hicieron, en virtud de que consideramos que ha excedido el tiempo para responder.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia ha hecho ya un par de llamados al orador para que se ajuste a lo reglamentariamente listado en el artículo 105 del Reglamento. El señor orador no ha hecho caso y ha querido hacer uso de su derecho de tribuna y esta Presidencia, en un ánimo de no violar o coartar el derecho de manifestación de los diputados, se lo ha concedido. Dejamos en la conciencia del señor diputado, pues, si termina o si quiere seguir con su respuesta. Adelante.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Diputado: a diferencia de muchos legisladores que están en este recinto, tengo la conciencia tranquila y seguiré con la respuesta de la pregunta del diputado Ochoa.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Cuauhtémoc Ochoa...El diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández (desde la curul): Gracias, señor Presidente. Solamente pidiéndole que se aplique el artículo 207 y el 209 del Reglamento de esta Cámara por favor, señor Presidente.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Fin. Compañero Ochoa: como le seguía contestando en la cuestión de los mitos, la explotación en los campos agrícolas mexicanos tabacaleros es de suma importancia, y es un mito que va a caer el consumo y que esto va a causar pérdidas a los agricultores de nuestro país. Sigo con el siguiente mito y sigo respondiendo su pregunta: incrementar el impuesto a los cigarros causaría una caída de la recaudación. Según el Centro de Estudios de Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, que son los expertos en este recinto en el tema, ellos marcan que si se incrementa de 110 a 130 por ciento el IEPS, la recaudación en este rubro crecería 28 por ciento, que es alrededor de 3 mil millones de pesos, eso sin contar el crecimiento de la demanda de los tabacos.

    Finalmente, para acabar de contestar la pregunta del diputado Ochoa --el mito número cuatro--, mencionan: ``Es mejor mantener el convenio que firmó la Secretaría de Salud con las tabacaleras que pasar este incremento al gravamen de cigarros'', cuestión totalmente falsa. El secretario de Salud legisló de facto un impuesto a favor de su Secretaría y, además, comprometió nuestro país en ciertos compromisos con la industria tabacalera. El monto para 2006 que se recibirá por este donativo es menor que el impuesto que planteamos en la Comisión de Hacienda. Y como diputados, les recuerdo que tenemos la facultad y la obligación de dar los recursos necesarios a la Secretaría de Salud para que siga atendiendo los problemas de salud. Señor Presidente: con esto acabé la respuesta al diputado Ochoa. Tengo entendido que hay otra pregunta en fila entonces.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Sonido en la curul del diputado Emilio Serrano.El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Muchas gracias, diputado Presidente. Diputado que está en la tribuna, le pregunto: ¿existe la sospecha de que algunos diputados de esta Legislatura recibieron soborno o beneficio personal para colocar su posición contra este impuesto a los cigarrillos?El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Adelante con su respuesta, señor diputado orador.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Diputado Serrano, gracias por su pregunta. No tengo elemento alguno para hacer un señalamiento tan categórico como mencionar que algún diputado aquí fue sobornado por alguna industria. Lo que sí llegue a mencionar fue que se me hizo extraño --ésa es la palabra--, muy extraño el viraje tan repentino del grupo parlamentario de Acción Nacional en torno de este tema, ya que en la Comisión de Hacienda defendieron los mismos argumentos que hoy utilizan como pretextos para bloquear este impuesto en el tabaco. Presidente: si me da permiso, desearía concluir mi discurso. Finalmente, compañeros legisladores, les hago un llamado para que tan sólo por una vez en la Legislatura abandonen la simulación y se conviertan en el legislador que todos los mexicanos queremos ver. Ustedes saben bien que no hay argumento alguno que se oponga a los que hemos puesto en la Comisión de Hacienda y en esta tribuna.

    Tengan claro que el IEPS de 110 a 130 por ciento que propuso el Partido Verde y que ahora impulsamos junto con el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo, que por cierto sí se han mantenido congruentes en sus posturas, traerá un beneficio neto para la nación hoy y en lo futuro. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores: Esta Presidencia... Diputado De la Vega.El diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (desde la curul): Presidente, nada más para solicitarle que se aplique el Reglamento y que no quede a excesiva discrecionalidad por parte de la Presidencia la aplicación del mismo, en virtud que reiteradamente el diputado que hizo uso de la palabra violó el Reglamento porque entró en la discusión de un tema que ya había sido debatido por la Asamblea; y nos parece que este tipo de asuntos sientan precedentes negativos para el orden de las sesiones. Entonces, solicitarle la aplicación estricta de nuestro Reglamento para que todos podamos ceñirnos a un orden recto y para la mejor evolución de las sesiones del Pleno.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia, señor diputado De la Vega, no tiene más que apelar al buen juicio de los legisladores, no tiene más herramientas. Luego entonces, trataremos en la medida de lo posible y lo prudente de que esta discusión no salga de los cauces reglamentarios... Diputado Wintilo Vega.El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Sí entendemos que no tiene más que el sentido de responsabilidad de los diputados para acatar la normatividad la Presidencia como herramienta, pero si vamos a estar resolviendo de esa forma por cada diputado que se sienta chamaqueado, vamos a terminar mañana y no vamos a acabar nunca la discusión.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Toma nota la Presidencia. Diputado Emilio Serrano.El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Ya había solicitado la palabra, señor diputado Presidente.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Con qué objeto?El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Primero se la pedí por hechos y usted me dijo que si era a favor o en contra.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Para sujetarse al tema, ¿no a un tema ya suficientemente discutido?El diputado Emilio Serrano Jiménez (desde la curul): Siento, si me permite el uso de la tribuna, diputado Presidente...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia está recibiendo reclamos justos de que no hacemos valer el artículo 105, de que esta Asamblea ya ha determinado este asunto como suficientemente discutido. Como esta Presidencia no quiere ser en demasía laxa en la aplicación del Reglamento, vamos a preguntar a la Asamblea. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de concederse la palabra al diputado Emilio Serrano.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se autoriza el uso de la palabra al diputado Emilio Serrano.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No tiene usted el uso de la palabra, diputado. Señoras y señores legisladores, queda a esta Presidencia someter a la consideración de la Asamblea las propuestas del diputado Carlos Blackaller Ayala; sin embargo, nuestra asesoría de Servicios Parlamentarios está haciendo una última compulsa respecto de algunas propuestas que el diputado Blackaller ha hecho a incisos y artículos que no están contemplados en el dictamen. Entonces, podemos nosotros, si me permiten un segundo, en principio los incisos i) y j) no están contemplados en el dictamen... Diputado Blackaller, ¿con qué objeto? Le rogaría que nos auxiliase y retire de sus propuestas los artículos o incisos que no están contemplados en el dictamen.

    El diputado Carlos Blackaller Ayala (desde la curul): Señor Presidente, con base en el artículo 117, que menciona que cuando el proyecto ha sido suficientemente discutido, se discutirán en seguida los artículos en lo particular. Igualmente, podemos presentar los diputados, con base en el 124, por escrito, adiciones o modificaciones de los artículos aprobados. El artículo 2o. está contenido en el dictamen. La admisión de mi reserva... Fue admitido el artículo 2o. como reserva. La integralidad del artículo consta, considero, de todas sus fracciones e incisos. Podría yo haber propuesto un mecanismo que desvirtuaría la ley y estar incorporando el i) y el j) como subincisos, por ejemplo, del c), lo cual creo que no sería correcto en técnica legislativa. Entonces, por ese motivo considero que con base en el 117 y los derechos que tenemos como legisladores en el 124 del Reglamento, es de admitirse y es de analizarse esta reserva.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea si son de aceptarse las modificaciones y adiciones planteadas por el señor diputado Carlos Blackaller Ayala, en el entendido de que en lo que se refiere a la fracción I, inciso c), numeral 1, del artículo 2o., esta Asamblea ya tomó alguna decisión al respecto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si son de aceptarse las modificaciones y adiciones presentadas por el diputado Carlos Blackaller Ayala.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Repita la votación, pidiendo a los diputados que estén en uno o en otro sentido que se pongan de pie.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aceptadas, las modificaciones.

    Señoras y señores legisladores, esta Presidencia propone a la Asamblea que votemos nominalmente, por economía procesal, en los siguientes términos: se ruega a la Asamblea que si hay alguna decisión específica para apartarla y votar por separado, lo hagan saber a esta Presidencia. Vamos... ¿Sí, diputado Molinar?

    El diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas (desde la curul): Simplemente, para inscribirnos en la lista de oradores contra este punto por favor.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿De cuál punto, señor?El diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas (desde la curul): Del señor Blackaller.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Ya se aceptaron las modificaciones y ya se discutieron. ¿Quiere usted hablar? Esta Presidencia no preguntó a la Asamblea si estaba suficientemente discutido porque no tenía más registro de oradores, pero ya la Asamblea tomó una determinación. Primero, votamos si se aceptaba a discusión, la Asamblea determinó que sí; ahora, votamos económicamente si eran de aceptarse las modificaciones, y la Asamblea determinó que sí. Sonido en la curul del diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas.El diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas (desde la curul): Señor Presidente, a mi entender, queda todavía, después de aceptarse a discusión, que se abra la lista de oradores a favor y en contra. El único diputado que tuvimos inscrito fue el diputado del Partido Verde Ecologista de México que, por cierto, no se refirió al tema.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Las reservas y las inscripciones de los oradores se hacen por los conductos que, usted sabe, usualmente se practican en las discusiones en esta Cámara, diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas.El diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas (desde la curul): Bueno, si es así, tendré que atenerme desde luego a lo que determine la Presidencia, pero creo que sería importante que se diera la oportunidad de que se vote por separado, pues en medio de la confusión que se ha generado precisamente por estarse refiriendo a temas ajenos a lo que se estaba discutiendo, perdí la oportunidad de inscribirme en el turno de oradores en contra y no es un asunto menor; después de todo, en este momento se estarían gravando los alimentos básicos de la población mexicana. Éste es un asunto que no debe pasar sin discusión y sin dejar establecido claramente en la Cámara que lo que se quiere hacer en este momento es imponer impuestos a los alimentos, especialmente a los alimentos de la clase trabajadora en los estratos de menos ingresos de la población. Por eso le solicito, señor, en atención a la confusión que se generó por el debate, que me permita usted tomar la palabra para expresar la posición del Partido Acción Nacional, en el sentido de que lo que se está haciendo es gravar los alimentos y que el pueblo mexicano debe saber que eso es lo que ocurre.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señor diputado Molinar, el diputado Blackaller informa a esta Presidencia que retira su propuesta. Estamos en una situación sui géneris; luego entonces, esta Presidencia votará en los términos del dictamen. Señoras y señores legisladores, esta Presidencia, de principio, aparta el artículo segundo, fracción I, inciso c), numeral 1, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para una votación aparte.

    Esta Presidencia sugiere a la Asamblea que votemos en un solo acto la fracción XXVI del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus términos, la adición del artículo 106 Bis con la modificación aceptada, la derogación de la fracción VII del artículo 123 con la modificación aceptada, la derogación del artículo 136 Bis con la modificación aceptada, la reforma de la fracción I del artículo 142 con la modificación aceptada, la reforma de la fracción III del artículo 148 con la modificación aceptada y la derogación del artículo 154 Bis con la modificación aceptada; todas éstas, presentadas por el diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, y la primera en sus términos porque declinó la diputada Scherman. El artículo 8o., fracción I, inciso f), del diputado Víctor Suárez Carrera en sus términos porque no fue aceptado por la Asamblea. En sus términos también el artículo 3o., 19 y 23 B. En sus términos, el artículo 2o., 3o., 4o. y 19. Se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, por 10 minutos, para recabar la votación nominal de todos estos artículos, a excepción, ya dijimos, de la fracción I del inciso c), numeral 1, del artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación nominal de todos los artículos reservados, con excepción del 2o., de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    (Votación.)

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Modificación aceptada del artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que, en su momento, presentó la diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara. Esta Presidencia hace una excitativa a quienes no sean diputados para que se retiren del Pleno, especialmente al señor Hans Valdés. Esta Presidencia también ruega a la Secretaría, en paralelo con la recepción de la votación de quienes están haciendo uso del sistema electrónico, que vayan recabando la votación nominal de viva voz de los diputados que no tienen acceso por la falla del propio sistema, auxiliados por dos secretarios más, uno que lleve el conteo del positivo y otro del negativo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se va a proceder a recoger la votación de viva voz de las diputadas y los diputados que no aparecen en el tablero.

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José a favor; Reyes Retana Ramos, Laura ausente; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo a favor; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo a favor; Rodríguez Díaz, Hugo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso ausente; Rodríguez Rocha, Ricardo a favor; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario ausente; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso ausente; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador a favor; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús a favor; Silva Santos, Erick Agustín a favor; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth ausente; Suárez y Dávila, Francisco a favor; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo a favor; Torres Hernández, Marco Antonio ausente; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge ausente; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda a favor; Vázquez García, Quintín a favor; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo a favor; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio ausente; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo a favor; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena a favor; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario ausente; Zorrilla Fernández, Guillermo ausente; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    El diputado Guillermo del Valle Reyes (desde la curul): Secretaria.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Diputado, ¿su nombre? ¿Guillermo?

    El diputado Guillermo del Valle Reyes (desde la curul): Para rectificar mi voto, que lo puse a favor y es en contra.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Guillermo del Valle, en contra. Señor Presidente: se emitieron 385 votos en pro, 14 en contra y 12 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados por 385 votos, los artículos 32, fracción XXVI, y la adición del artículo 106 Bis, la fracción VII del artículo 123, el artículo 136 Bis, la reforma de la fracción I del artículo 142, la reforma de la fracción III del artículo 148, el artículo 154 Bis, y el artículo 212 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el artículo 8, fracción I, inciso f), los artículos 13, 19 y 23 B; y los artículos 2, 3, 4 y 19, estos últimos en sus términos.

    Se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del sistema electrónico de votación para recabar votación nominal de la fracción I del inciso c), numeral 1, del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, sólo que votar a favor en esta votación nominal, votar a favor de los términos del dictamen es estar votando por el impuesto en 130 por ciento. No podemos votar la propuesta del diputado Raúl Mejía, en el 110, porque la actual ley así lo contempla. Luego entonces, lo que procede es votar en los términos del dictamen; esto es, quienes voten a favor es votar en 130, quienes voten en contra es dejar la ley como está... Diputado Wintilo Vega.

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Presidente, no puede ser su propuesta así. Está mal por una sencilla razón: hay diputados que están a favor del dictamen en sus términos en la gran mayoría, salvo en lo que corresponde a la propuesta, modificación del diputado Raúl Mejía. A usted creo que se lo explicó bien el diputado Gómez, en el sentido de que pusiera a discusión por lista de oradores a favor y en contra el dictamen. Entendí que usted lo había apartado; fue su palabra: ``lo vamos apartar''. Tendría que ponerlo primero para que después incluyera el dictamen en lo general.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Wintilo Vega, lo único que estamos votando en este momento es si el impuesto es de 130 o se queda como está en la ley vigente. Así las cosas, votar a favor en este momento es votar a favor de 130 por ciento, quienes voten en contra están votando en contra del dictamen porque, si no, no habría modificación. Instruya la Secretaría la apertura del sistema electrónico de votación. Repito por tercera vez: votar a favor en este momento es votar a favor del impuesto a 130, votar en contra es votar porque se quede en los términos de la ley actual, en 110, por cinco minutos.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal.

    (Votación.)

    Se va a proceder a recoger la votación de viva voz.

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. en contra; Ramírez Pineda, Luis Antonio en contra; Ramón Valdez, Jesús María en contra; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José en contra; Reyes Retana Ramos, Laura en contra; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo en contra; Rocha Medina, María Sara en contra; Rodríguez Anaya, Gonzalo en contra; Rodríguez Cabrera, Oscar en contra; Rodríguez de Alba, María del Consuelo en contra; Rodríguez Díaz, Hugo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio en contra; Rodríguez Ochoa, Alfonso en contra; Rodríguez Rocha, Ricardo en contra; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes en contra; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel en contra; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto en contra; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario en contra; Sagahon Medina, Benjamín Abstención Salazar Macías, Rómulo Isael en contra; Saldaña Villaseñor, Alejandro ausente; Sánchez Hernández, Alfonso en contra; Sánchez López, Jacobo en contra; Sánchez Vázquez, Salvador en contra; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel en contra; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús en contra; Silva Santos, Erick Agustín en contra; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth en contra; Suárez y Dávila, Francisco en contra; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo en contra; Torres Hernández, Marco Antonio en contra; Trujillo Fuentes, Fermín en contra; Uscanga Escobar, Jorge en contra; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban en contra; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda en contra; Vázquez García, Quintín en contra; Vega Carlos, Bernardo en contra; Vega Murillo, Wintilo en contra; Vega Rayet, Juan Manuel en contra; Vega y Galina, Roberto Javier en contra; Vidaña Pérez, Martín Remigio en contra; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián en contra; Villegas Arreola, Alfredo en contra; Wong Pérez, José Mario en contra; Yabur Elías, Amalín en contra; Yu Hernández, Nora Elena en contra; Zanatta Gasperín, Gustavo en contra; Zepahua Valencia, Mario en contra; Zorrilla Fernández, Guillermo en contra; Zúñiga Romero, Jesús en contra; Agundis Arias, Alejandro ausente; Ovalle Araiza, Manuel Enrique en contra; Rangel Hernández, Armando en contra; Zepeda Burgos, Jazmín Elena a favor; Camacho Solís, Víctor Manuel a favor; Vázquez García, Sergio en contra; Moreno Arévalo, Gonzalo en contra; Murat Macías, José Antonio en contra.

    Señor Presidente: se emitieron 116 votos en pro... Señor Presidente, repito: se emitieron 116 votos en pro, 268 en contra y 19 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No se aprueba la fracción I, inciso c), numeral 1, del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    LEY FEDERAL DE DERECHOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores: el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura al dictamen.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

    Octubre 20, 2005.

    HONORABLE ASAMBLEA

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción I y 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante esta H. Cámara de Diputados una Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

    Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    Con fecha 5 de septiembre de 2005, el Ejecutivo Federal, presentó iniciativa con proyecto de decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

    El 6 de septiembre de 2005, la mesa directiva de esta H. Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa en comento para su estudio y dictamen.

    Es conveniente señalar que las modificaciones a la Ley Federal de Derechos que se proponen a través del presente dictamen, son el resultado del análisis de cada una de las iniciativas que sobre esta materia fueron turnadas a esta Comisión, respecto de las cuáles se recogió, en todo caso, lo relativo a las modificaciones que mas adelante se proponen. Las iniciativas relacionadas con la materia objeto de dictamen, se enuncian a continuación:

    1.- Iniciativa que reforma el artículo 198 de la Ley Federal de Derechos, de la Diputada Irma S. Figueroa Romero del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de fecha 07 de diciembre de 2004.

    2.- Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 138 de la Ley Federal de Derechos, para que los derechos por embarcaciones por el servicio de radio enlace cubran el 50%, presentada por la Diputada Irma S. Figueroa Romero del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 10 de febrero de 2005.

    3.- Iniciativa que deroga el artículo 85-A y adiciona el artículo 86-A-1 de la Ley Federal de Derechos, por la inspección sanitaria, presentada por el Diputado Gonzalo Alemán Migliolo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 30 de marzo de 2005.

    4.- Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 191-E de la Ley Federal de Derechos, para la exención del pago a la pesca deportiva recreativa, presentada por la Diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentada el 31 de marzo de 2005.

    5.- Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos quinto y sexto de la fracción II del artículo 198 de la Ley Federal de Derechos, presentada por el por Congreso del Estado de Quintana Roo, turnada el 16 de mayo de 2005.

    6.- Iniciativa que reforma la Ley Federal de Derechos, en materia de Minería, presentada por la Diputada Elizabeth Oswelia Yánez Robles, del grupo parlamentario de Partido de Acción Nacional, el 27 de junio de 2005.

    Para lo anterior, se llevaron a cabo diversas consultas y reuniones de trabajo con representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Colegios e Instituciones Académicas y diversos sectores interesados en la materia.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    1. Iniciativa del Ejecutivo Federal.

    En la Iniciativa se plantean diversos cambios y adiciones a la Ley Federal de Derechos con el propósito de fomentar un adecuado uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Federación, modificar los derechos a fin de apropiar sus conceptos a las leyes sustantivas que fundamentan su cobro, así como en algunos casos, adecuar las disposiciones fiscales al entorno económico.

    La que Dictamina considera adecuado derogar diversas disposiciones que generan el cobro de derechos por los trámites que se realicen en materia de concesiones, permisos y contenido de las transmisiones en radio y televisión en concordancia con la ley sustantiva, a fin de evitar trámites obsoletos e innecesarios, incrementando el desempeño de la Administración Pública Federal y proporcionando colateralmente mayor certeza jurídica al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    De igual manera, esta Comisión estima conveniente reformar el derecho por el trámite, estudio y, en su caso, clasificación y autorización de películas, series filmadas, telenovelas y teleteatros grabados, sujetando el cobro de dicho derecho a la grabación de la obra y no al tiempo de duración de la misma.

    Se estima relevante para esta Dictaminadora, la supresión de los derechos por los servicios que presta la Secretaría de Economía en materia de permisos de importación, ya que la misma es coincidente con las políticas de simplificación y armonización de procedimientos que permiten reducir los costos de transacción en las operaciones comerciales de carácter Internacional, lo cual redundará en un mejor posicionamiento de nuestro país frente a las políticas de comercio Internacional.

    En materia Minera, se resalta la reforma presentada respecto al derecho sobre minería señalado en el artículo 263 de la Ley, con la finalidad de dar debido cumplimiento al artículo segundo transitorio del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, aprobado por este Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2005, el cual en su parte conducente señala que la reforma a los numerales que prevén la existencia de una sola concesión minera que confiera derechos para la realización de obras y trabajos de exploración y explotación entrará en vigor cuando inicie la vigencia de las reformas conducentes a la Ley Federal de Derechos. En este sentido, la que Dictamina estima viable eliminar la actual distinción entre los derechos que se pagan según el tipo de concesión o asignación minera de que se trate, ya sea de exploración o explotación, a fin de homologar su cobro sin considerar la distinción, respetando la gradualidad de las cuotas como en los términos vigentes se aplican.

    Asimismo, a fin de estar en concordancia con la reforma de la Ley Minera, esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, coincide con el planteamiento realizado por el Ejecutivo Federal en la Iniciativa correspondiente, en el sentido de crear un nuevo Capítulo denominado ``Salinas'' en el Título Segundo de la Ley Federal de Derechos. Lo anterior, a fin de que dicho producto cuente con su tratamiento fiscal por separado al de los minerales. En este sentido se manifiesta la conformidad de esta Comisión en incorporar al capítulo correspondiente, dos derechos actualmente existentes, uno por tonelada de sal enajenada y el otro por el uso o aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, contemplados en los artículos 263 y 232-C de la Ley Federal de Derechos respectivamente, sin variar sus cuotas vigentes.

    Por otra parte, esta Dictaminadora considera pertinente establecer cuotas específicas para cada actividad de las señaladas en el derecho por la expedición de concesiones, permisos y autorizaciones para la construcción o el uso o aprovechamiento de obras marítimo portuarias, así como para la prestación de servicios portuarios en las vías generales de comunicación por agua, lo anterior, en virtud de que la naturaleza y complejidad de cada servicio es totalmente variable, lo cual implica estudios diversos dependiendo del tipo de concesión, permiso o autorización de que se trate.

    Igualmente, la que Dictamina coincide en la necesidad de que los derechos en materia educativa se encuentren en concordancia con lo normado en la Ley sectorial, por lo cual es viable reformar el artículo 186 de la Ley sujeta a Dictamen, en lo relativo a la incorporación de la educación preescolar como parte de la educación básica obligatoria, de conformidad con la reforma realizada al artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Asimismo esta Comisión manifiesta su conformidad en continuar con el ajuste de las cuotas de los derechos que se encuentran obligados a cubrir las entidades y sujetos del sistema financiero por inspección y vigilancia por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el sentido de modificar los factores que se utilizan como referencia para la determinación del monto de los derechos, a fin de mantener el esfuerzo por parte de la Comisión de actualizar los servicios que presta. Sin embargo, se considera necesario precisar en el artículo 29-M, que dicha disposición únicamente es aplicable a los derechos de inspección y vigilancia a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como sigue:

    ``Artículo 29-M. Cuando en la determinación del importe de los derechos a pagar por concepto de inspección y vigilancia a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el ejercicio fiscal de que se trate, resultare un importe mayor o menor respecto del importe determinado en el ejercicio fiscal inmediato anterior, únicamente se pagará el monto que resulte de sumar, al importe determinado en el ejercicio fiscal inmediato anterior, el 20 por ciento del monto de la diferencia que, en su caso, resulte.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior en ningún caso se aplicará tratándose de fusiones de entidades financieras o filiales de entidades financieras del exterior de cualquier tipo, así como de los importes mínimos y cuotas fijas que se determinan conforme a lo dispuesto en los artículos 29-D y 29-E.''

    Resulta importante para esta Comisión, reformar los artículos 198 y 198-A de la Ley Federal de Derechos, referentes al derecho relativo al uso o aprovechamiento de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación existentes dentro de las áreas naturales protegidas marinas o terrestres de la Federación, con la finalidad de integrar dentro del pago respectivo a todas las áreas naturales protegidas federales existentes hasta hoy en día, para así explotar racional y sustentablemente, mediante el acceso respectivo, los recursos biológicos ahí existentes, así como establecer un cobro opcional de carácter anual por el monto de $250.00, por el acceso a dichas áreas dependiendo su naturaleza, lo cual podrá incrementar la afluencia de visitantes nacionales y extranjeros, generando mayores recursos destinados para el mejoramiento de dichos bienes.

    Finalmente, es de resaltar la reforma presentada en materia de bienes culturales de la Nación, mediante la creación del área tipo AAA para efectos del artículo 288 de la propia Ley, referente al derecho por el acceso a los museos, monumentos y zonas arqueológicas propiedad de la Federación. Dicha modificación implica que 12 museos y zonas arqueológicas actualmente comprendidas en el área tipo AA se ubiquen en la nueva área, en virtud de que las mismas cuentan con todos los servicios al público con los mejores estándares de calidad y a que, debido a la intensa visita que abrigan a diario, requieren de una constante preservación en su patrimonio cultural y de un mantenimiento permanente en su infraestructura, acorde con su nivel. Cabe señalar que la cuota por el acceso a los mismos se está proponiendo en $45.00 en lugar de los $38.00 que actualmente se pagan.

    Asimismo, resulta de suma conveniencia para el País, la creación de un horario extraordinario de operaciones para las áreas tipo AAA, ya que es necesario que se aproveche de la mejor manera posible, con estrictos estándares de calidad, nuestros museos y zonas arqueológicas, a fin de que se promueva una mayor afluencia de turistas.

    2. Iniciativas de Legisladores

    El 16 de marzo del año en curso, el Dip. Gonzalo Alemán Migliolo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona y reforma la Ley Federal de Derechos, mediante la cual, se adiciona un artículo 86-A-1, referente el pago de derechos por servicios de verificación, inspección, control y vigilancia sanitaria de la importación de animales, sus productos y subproductos, a la Ley Federal de Derechos.

    Sobre el particular, esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, se abocó a analizar la legalidad y factibilidad económica derivada de su posible implementación, obteniendo como resultado que los cobros propuestos por los servicios de inspección y control sanitario contraviene lo pactado en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y en los Acuerdos sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC), ya que en dichos convenios se establece una condición para la imposición de un derecho como el que nos ocupa, y es que el monto del mismo no sea superior al que se cobra por dicho servicio a las mercancías similares nacionales, en este sentido, al no haber un gravamen genérico, aplicable tanto para los productos nacionales como importados, evidentemente, se viola el principio de ``Trato Nacional'' que abriga el propio Tratado de Libre Comercio, lo cual, puede generar la apertura de páneles de controversia sobre este tópico.

    Además, es violatorio de los numerales 5 y 6 del artículo 712 del TLCAN, por constituir un ``Obstáculo innecesario'' y una ``Restricción encubierta'', toda vez que no se toma en cuenta la factibilidad técnica, económica y parecería que el único fin de establecer este derecho es constituir una restricción encubierta al comercio entre las Partes.

    Asimismo, el derecho propuesto, genera efectos inflacionarios, al trasladar los importadores dicha cuota al precio final del producto, generando un incremento notable en los productos y subproductos alimenticios de origen animal, tanto importados como nacionales, toda vez que, dicha medida permitiría a los productores nacionales alinear los precios a los importados.

    Finalmente, se considera que la cuota del derecho no se encuentra relacionada con la prestación del servicio, toda vez que el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) al prestar este tipo de servicios, selecciona aleatoriamente una muestra para dichos fines, la cual con su resultado afecta la determinación sanitaria de las demás, más sin embargo, la cuota se cubre por especie, cuando en realidad sólo se prestó efectivamente un servicio.

    Por lo antes expuesto, la que Dictamina procede a desechar la propuesta planteada a fin de dejar en términos vigentes lo regulado en esta materia en la propia Ley Federal de Derechos.

    Respecto a la Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 138 de la Ley Federal de Derechos, para que los derechos por embarcaciones por el servicio de radio enlace cubran el 50%, presentada por la Diputada Irma S. Figueroa Romero del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 10 de febrero de 2005, esta Dictaminadora emite las siguientes consideraciones:

    La iniciativa que se dictamina propone adicionar propiamente un párrafo para establecer que cuando el equipo transreceptor de radio enlace sea utilizado en una embarcación para brindar servicio de seguridad y protección a turistas y al público en general, se cobrará el 50% de la cuota establecida en la fracción II de ese apartado.

    Sin embargo, esta Dictaminadora considera que pretender establecer una disminución de la cuota para dicho supuesto generaría sesgos antieconómicos, toda vez que de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 1º. de la Ley Federal de Derechos la cuota debe ser proporcional al costo del servicio que presta la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, misma que independientemente del fin para que se utilice el equipo transreceptor tiene que realizar los estudios pertinentes para que, en su caso, se emita el certificado de homologación, provisional o definitivo.

    Por lo anterior, esta Dictaminadora no considera procedente la iniciativa en comento.

    Sobre la Iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 191- E de la Ley Federal de Derechos, para la exención del pago a la pesca deportiva recreativa, presentada por la Diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentada el 31 de marzo de 2005, la que dictamina emite las siguientes consideraciones:

    La iniciativa que nos ocupa propone adicionar un párrafo a dicho artículo para establecer que no estarán obligados al pago de ese derecho, la pesca deportiva contratada a través de un prestador de servicios cuando la embarcación sea dedicada habitualmente para la prestación de servicios de pesca deportivo-recreativa.

    Sin embargo, esta Dictaminadora estima que la adición propuesta es contraria a las reglas 4.17. y 4.17.1. de la Norma Oficial Mexicana NOM-017-PESC-1994, para regular las actividades de pesca deportivo-recreativa en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, tanto los pescadores deportivos y los prestadores de servicios a la pesca deportivo recreativa, están obligados a obtener el permiso de pesca correspondiente y cubrir, previamente, los derechos que establezca la legislación respectiva para la práctica de la pesca deportiva.

    En este sentido, los prestadores de servicios de pesca deportivo-recreativa estarían exentos del pago de los derechos correspondientes, mientras que los pescadores deportivos que cuenten con embarcaciones propias o bien, arrenden embarcaciones que no se dediquen habitualmente a este tipo de actividades, tendrían que pagar los derechos correspondientes, no obstante que desempeñan una actividad idéntica y en igualdad de circunstancias, generando evidentemente inequidad tributaria por el trato preferencial que se pretende otorgar.

    Ahora bien, de conformidad con el artículo 191-F de la Ley Federal de Derechos, las Entidades Federativas percibirán la totalidad de los ingresos que se generen por la prestación del servicio señalado en el artículo 191-E, siempre que hayan celebrado convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que directamente, cuando así lo acuerden expresamente, ejerzan funciones operativas de administración sobre los ingresos que se obtengan por el cobro de los derechos establecidos en el artículo de referencia.

    Lo anterior, tiene por objeto incentivar la coordinación de las Entidades Federativas con el Gobierno Federal para la correcta aplicación operativa del derecho de referencia y crear la infraestructura necesaria para garantizar que la pesca deportivo-recreativa sea racional y se desarrolle de manera sustentable, por lo que incluir la propuesta en estudio a la Ley Federal de Derechos, afectaría los ingresos de las Entidades Federativas que hayan ejercido la opción establecida en dicho numeral y por ende, el desarrollo sustentable de la actividad pesquera.

    Por lo anterior, esta Soberanía no considera procedente la Iniciativa en dictamen.

    Sobre la Iniciativa que reforma los párrafos quinto y sexto de la fracción segunda del artículo 198 de la Ley Federal de Derechos, presentada por el Congreso del Estado de Quintana Roo, en fecha 14 de abril de 2005, esta Soberanía manifiesta lo siguiente:En principio, es de destacar que de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, existe una Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas quien tiene a su cargo la formulación, ejecución y evaluación de los programas de desarrollo regional sustentable para la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad, aplicables a las zonas marginadas situadas en las regiones en que se ubiquen las áreas naturales protegidas, en sus zonas de influencia y otras que por sus características la Comisión determine como prioritarias para la conservación.

    En este sentido, que los recursos que se generan por las áreas tengan por destino específico a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas está determinado por la necesidad de atender al sistema de Áreas Naturales Protegidas en su conjunto. Históricamente se ha invertido más en algunas que en otras, algunas ya generan recursos importantes, otras se están incorporando al esquema de cobro de derechos pues ya cuentan con la capacidad (personal e infraestructura) para ello, en otras aún se requiere invertir.

    Los recursos provenientes del cobro de derechos se destinan única y escrupulosamente a las Áreas Naturales Protegidas, a acciones de conservación, de equipamiento y de difusión. Existe un Consejo Asesor donde se presenta y se discute el Programa Operativo Anual, el monto de los recursos provenientes de derechos y su destino. En él tienen voz y voto el gobierno estatal, los gobiernos municipales y los prestadores de servicios náuticos, y existe la posibilidad de analizar las necesidades de las reservas y la prioridad de las acciones a desarrollarse en ellas.

    Por otra parte, hay que recordar que a instancias del propio Poder Legislativo, el Consejo de Promoción Turística, entidad que tiene como objetivo, precisamente, promover los destinos turísticos mexicanos, cuenta con los ingresos provenientes por la aplicación del Derecho de No Inmigrante (DNI), establecido en el artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos.

    En caso de desviar los recursos generados por las Áreas Naturales Protegidas para un fondo de promoción turística, los requerimientos por parte de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas crecerían, pues aún con el buen ritmo de recaudación que tiene hoy en día este derecho, aún son fondos insuficientes.

    Hay que recordar que el decreto que da origen a un Área Natural Protegida restringe actividades económico sociales en la zona determinada, a cambio de la tutela del Estado Mexicano sobre ese hábitat. La tutela sólo se puede llevar a cabo con recursos, si no se estará en falta con el decreto de origen.

    Por los argumentos anteriormente expuestos, esta dictaminadora considera improcedente dividir el destino específico que se establece en la Iniciativa en comento, dado que corresponde a la propia Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la disposición de tales recursos, para los fines que considere convenientes.

    Sobre este mismo tema, en relación con la Iniciativa que reforma el artículo 198 de la Ley Federal de Derechos, presentada por la Diputada Irma Figueroa Romero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fecha 7 de diciembre de 2004, mediante la cual propone que los recursos que se generen por las Áreas Naturales Protegidas se destinen a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, quien a su vez, deberá destinar al menos el 50% del recurso para acciones de conservación, de equipamiento y de difusión de las Áreas Naturales Protegidas, generadoras del recurso.

    Sobre el particular, esta Dictaminadora considera adecuado el actual sistema de distribución de los recursos recaudados por la aplicación del derecho respectiva plasmado en la Ley Federal de Derechos vigente, ya que la propia Comisión Nacional de Áreas Naturales, debe atender al sistema de dichas áreas en su conjunto, y no única y exclusivamente a algunas Áreas Naturales específicas, pues lo que se pretende es lograr precisamente la conservación de todo el sistema y no sólo de una parte del mismo. Es por ello, que destinar una parte considerable de los ingresos a las generadoras del recurso, rompe con el espíritu de conservación, equipamiento y difusión del sistema, a fin de beneficiar a una minoría. En tales consecuencias, esta Soberanía no considera viable la iniciativa sujeta a dictamen.

    Por otra parte, esta Dictaminadora considera conveniente establecer como disposición permanente, la fracción novena del artículo segundo de las Disposiciones Transitorias de la Ley Federal de Derechos vigente, para dar certeza jurídica a los contribuyentes que pagan el derecho por práctica de pesca comercial de calamar en aguas de jurisdicción nacional, ya que actualmente esta especie constituye la única pesquería con un grado de desarrollo importante.

    La carta nacional pesquera considera al calamar como un recursos susceptible de un aprovechamiento a escala comercial. Por ello, se requiere de un permiso de pesca comercial que constituye el principal instrumento regulatorio, sin embargo considerando que el recurso es abundante y las poblaciones de calamar cuadruplican lo explotado por la industria se considera adecuada la medida.

    Asimismo, a causa de la pesca indiscriminada en aguas nacionales de tiburón, registrando un volumen de capturas de miles de toneladas anuales, representando un alto porcentaje de la producción pesquera del país y considerando la escasez del recurso, esta Soberanía considera conveniente incrementar la cuota del derecho por la práctica de pesca comercial de esta especie de $6.00 a $12.00

    Por lo anteriormente expuesto, se modifica el artículo 199-A, fracciones VI y XXI de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

    ``Artículo 199-A. ...VI. CALAMAR. ............................ $71.00 ...

    XXI. TIBURÓN. .......................... $12.00''

    Asimismo, con el objeto de fomentar el transporte marítimo mexicano, y debido al deterioro que ha sufrido la Marina Mercante Mexicana, debido a la falta de una política integral de apoyo que dote de un marco legal, regulatorio y financiero equiparable al de los países con los cuales tiene que competir este sector, esta Dictaminadora considera como acción prioritaria el reactivar está industria a través de la renovación y modernización de la flota. Para lograr este objetivo, se requiere un mecanismo financiero que le permita al empresario acceder al financiamiento en condiciones competitivas.

    En tal virtud, se propone la creación de un fondo de garantías que apoye a esta industria a fin de acceder al mercado nacional e internacional de financiamiento para la adquisición y modernización de buques.

    El Fondo se constituiría con recursos monetarios aportados por el gobierno federal y los empresarios navieros, depositados en un instrumento financiero, con el objeto de garantizar a los agentes financieros el cumplimiento de las obligaciones de pago derivadas de operaciones de crédito que se contraten con motivo de la compra o modernización de embarcaciones mexicanas para el trafico marítimo de cabotaje y off shore (costa afuera).

    El Fondo de Desarrollo es un instrumento de participación conjunta gobierno-empresarios, que permitirá iniciar el desarrollo y consolidación de la Marina Mercante Mexicana facilitando el acceso del sector a los mercados financieros.

    En efecto, las principales ventajas del Fondo de Garantías en el acceso a fuentes de financiamiento, es el detonar la reposición y modernización de la Flota Mercante Mexicana de tráfico de cabotaje y off shore, apoyar con garantías a empresas navieras mexicanas, legal y cabalmente constituidas bajo el régimen jurídico mexicano, iniciar el proceso de reposicionamiento del sector en el mercado mexicano de cabotaje y off shore, con la recuperación del sector, iniciar el proceso de generación de riqueza económica, el rescate y creación de empleos, así como lograr mejores condiciones de financiamiento, como tasa de interés preferenciales y menores garantías a las solicitadas hoy en día. El fondo sería en sí una garantía sólida, con respaldo del Gobierno Federal y el sector naviero mexicano, el cual podría ser administrado por el Banco de Comercio Exterior, S. N. C.

    Adicionalmente con este fomento a la Marina Mercante Mexicana, se tendrán impactos fiscales positivos a mediano plazo, por vía de recaudación en impuesto al valor agregado, impuesto sobre la renta y estos mismos derechos, pues el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público para puerto y atraque se prende que aumenten.

    Por lo anteriormente expuesto, se adiciona el artículo 204-A, de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

    ``Artículo 204-A La totalidad de los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos señalados en el presente capítulo, se destinarán al Fondo de Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana.''

    Por otra parte, esta Dictaminadora estima necesario la modificación del artículo 232-D, referente a la Zona VII, consistente a la eliminación del Municipio de Isla Mujeres para integrarla a la Zona VIII; asimismo, se elimina el Municipio de Cozumel de la Zona VIII para integrarla a la Zona IX, y finalmente se elimina el Municipio de Solidaridad de la Zona IX para integrarla a la Zona X, en virtud de que los valores inmobiliarios de dichos municipios se han incrementado en forma considerable derivado del incremento de la inversión privada (infraestructura turística), de la inversión Pública (infraestructura urbana) y del crecimiento acelerado del sector terciario, principalmente de servicios turísticos.

    Los cambios de zona actualizarán las contraprestaciones que el Gobierno Federal cobra por el aprovechamiento especial de sus playas, zona federal marítimo terrestre o terrenos ganados al mar, sin necesidad de modificar el mecanismo establecido desde hace años.

    Finalmente, respecto de la Iniciativa con Proyecto de Decreto que modifica el Capítulo VI del Título Primero; adiciona el Capítulo V al Título Segundo en materia de Salinas; y reforma los artículos 63, 64, 232-C, 263, 264 y 267 de la Ley Federal de Derechos en materia de minería, presentada el 22 de junio de 2005, por la Diputada Elizabeth Oswelia Yánez Robles, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, se manifiesta que dicha Iniciativa es coincidente con la presentada por el Ejecutivo Federal, misma que fue dictaminada positivamente en párrafos anteriores.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración de esta H. Cámara de Diputados el siguiente:

    DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.

    ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 7o., último párrafo; 19-E, fracción VI; 29, fracciones IV y VI; 29-B, fracción I, incisos a), segundo párrafo, b), numerales 1, segundo párrafo y 2, segundo párrafo, e), segundo párrafo, f), i), numeral 2, segundo párrafo y k); 29-C, párrafo primero, fracciones I, segundo párrafo y II, segundo párrafo; 29-D, fracciones I, incisos a) y b), II, incisos a), b) y c), III, incisos a) y b), IV, incisos a) y b), V, incisos a), b) y c), VI, incisos a) y b), VII, incisos a), b) y c), X, incisos a), b) y c), XI, inciso a) y penúltimo párrafo, XII, incisos a), b), c) y último párrafo, XIII, incisos a), b), c) y último párrafo, XIV, inciso b), XV, inciso b); 29-E, fracciones I, segundo párrafo, II, segundo párrafo, III, segundo párrafo, IV, segundo párrafo, V, segundo párrafo, VI, segundo párrafo, XI, segundo párrafo, XII, segundo párrafo, XIII, segundo párrafo, XV, segundo párrafo, XVI, segundo párrafo, XVIII, segundo y último párrafos, XIX, segundo párrafo, XX, segundo párrafo, XXII, incisos a) y b), XXIII, segundo y último párrafos, XXIV, segundo párrafo; 29-H; 63, primero y último párrafos; 89; 100, párrafo primero; 124, fracción IV; 138, antepenúltimo párrafo; 167; 186, fracciones II y III; 192, párrafo primero y fracción IV; 192-A, párrafo primero, fracciones II, III y V; 194-F, apartado B, fracción I, párrafo primero; 194-F-1, fracción II; 194-H, fracción IV, tabla A; 194-K, primero y segundo párrafos; 194-L, primero y segundo párrafos; 194-M, último párrafo; 194-N; 194-N-2, fracción III; 194-N-4, fracciones I y II; 194-N-5; 195-A, fracción VI, párrafo tercero; 195-X, fracción IV; 198; 198-A; 198-B, párrafo primero; 199-A, fracciones VI y XXI; la denominación del Capítulo V del Título Segundo para quedar como ``SALINAS'', comprendiendo los artículos 211-A y 211-B; 232-C, párrafo primero, tabla de usos; el artículo 232-D, zonas VII, VIII, IX y X; 233, fracción VIII; 238-C, primero, segundo, tercero y quinto párrafos; 245, fracción I; 245-B, párrafo primero y fracción II; 263; 264; 288, primero, segundo, Áreas tipo AA, B y C y, último párrafos; 288-A, párrafo primero; se ADICIONAN los artículos 29, fracción VIII; 29-F, con un último párrafo; 29-G, con un último párrafo; 29-I, con un tercero y cuarto párrafos, pasando los actuales tercero, cuarto y quinto a ser quinto, sexto y séptimo párrafos respectivamente; 29-M; 90, con una fracción IV; 103, fracción II, con un inciso e); 124, fracción II, con un inciso f); 172-G, con una fracción IV; 192, con una fracción V; 194-K, con un último párrafo; 194-L, con un último párrafo; 194-T-4; 204-A; 211-A; 211-B; 288, párrafo primero, Áreas tipo AAA, segundo párrafo, Áreas tipo AAA, y se DEROGAN los artículos 19-E, fracciones IV, V y VIII; 19-F, fracción IV; la Sección Quinta del Capítulo VI del Título Primero denominada ``Permisos de Importación'' comprendiendo los artículos 74, 74-A, 74-B, 75 y 76; 89-A; 148, apartado D, fracción II; 153-A; 194-H, fracción V; 194-N-4, fracción III; 195-A, fracción IV, último párrafo; 289, fracción I, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Derechos para quedar como sigue:

    Artículo 7o. ...

    Asimismo, las dependencias y entidades a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un informe dentro de los primeros quince días del mes de julio respecto de los ingresos que hayan percibido por derechos durante el primer semestre del ejercicio fiscal en curso, así como los que tengan programados percibir durante el segundo semestre.

    Artículo 19-E. ...

    IV. (Se deroga).

    V. (Se deroga).

    VI. Por el trámite, estudio y, en su caso, clasificación y autorización de:

    a). Películas, por cada una $1,195.00

    b). Telenovelas y teleteatros grabados destinados a su exhibición en televisión, por capítulo $723.00

    c). Series filmadas, por capítulo $533.00

    ...

    VIII. (Se deroga).

    ...

    Artículo 19-F. ...

    IV. (Se deroga).

    Artículo 29. ...

    IV. Por el estudio y trámite de la solicitud para la inversión en sociedades inmobiliarias y empresas de servicios auxiliares o complementarios: $17,240.02

    ...

    VI. Por la autorización de una institución calificadora de valores: $177,303.74

    ...

    VIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de uniones de crédito $25,000.00

    ...

    Artículo 29-B. ...

    I. ...a). ...1.7739 al millar por los primeros $650'470,868.93 del capital contable de la emisora, y 0.8870 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $7'652,599.00b). ...1. ...

    1.7739 al millar por los primeros $650'470,868.93 sobre el monto emitido, y 0.8870 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $7'652,599.05

    2. ...

    0.8870 al millar por los primeros $650'756,367.00 del monto emitido, y 0.4435 al millar por el excedente, sin que los derechos a pagar en el primer año contado a partir de la obtención de la autorización por programa, excedan del resultado de multiplicar 0.8870 al millar por los primeros $650'756,367.00 del monto autorizado, y 0.4435 al millar por el excedente.

    ...

    e). ...

    0.8870 al millar por los primeros $650'470,869.00 del monto autorizado, y 0.4435 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $890,172.00

    f). Tratándose de valores emitidos por las entidades federativas y municipios, así como por los organismos descentralizados de las entidades federativas o municipios o valores fiduciarios en los que dichas personas morales actúen exclusivamente en su carácter de fideicomitentes o fideicomisarios:

    0.7391 al millar por los primeros $650'470,869.00 del monto emitido, y 0.3696 al millar por el excedente.

    ...

    i). ...

    2. ...

    0.45 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por año, excedan de: $1'000,613.93

    ...

    k). Tratándose de la inscripción o ampliación de valores fiduciarios sobre acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores, se pagará una cuota de 0.4 al millar sobre el monto emitido.

    ...

    Artículo 29-C. Por las actuaciones de intervención gerencial de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entendiendo por tal, las actividades internas desarrolladas por la Comisión que sean necesarias para la ejecución de dichas intervenciones, se pagará a más tardar el primer día hábil de cada mes, el derecho por intervención gerencial, conforme a las siguientes cuotas:

    I. ...2 por ciento adicional al importe de la cuota de inspección y vigilancia anual que respectivamente les corresponda, sin que en caso alguno sea inferior a: $316,137.02II. ...2 por ciento adicional al importe de la cuota de inspección y vigilancia anual que respectivamente les corresponda, sin que en caso alguno sea inferior a: $158,068.51

    Artículo 29-D. ...

    I. ...a). El resultado de multiplicar 0.229168 al millar por el valor de los certificados de depósito de bienes, emitidos por la entidad de que se trate;

    b). El resultado de multiplicar 0.451000 al millar por el valor de sus otras cuentas por cobrar menos las estimaciones por irrecuperabilidad o difícil cobro de esas otras cuentas por cobrar.

    ...

    II. ...

    a). El resultado de multiplicar 1.413523 al millar por el valor del total de su pasivo;b). El resultado de multiplicar 0.995000 al millar, por el valor de su cartera de arrendamiento vencida;

    c). El resultado de multiplicar 0.038000 al millar por el valor del total de su cartera de arrendamiento menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.

    ...

    III. ...

    a). El resultado de multiplicar 0.200607 al millar, por el valor del total de los pasivos de la entidad de que se trate;

    b). El resultado de multiplicar 0.021420 al millar, por el valor de sus activos sujetos a riesgo totales.

    ...

    IV. ...

    a). El resultado de multiplicar 0.165064 al millar, por el valor del total de pasivos de la entidad de que se trate;

    b). El resultado de multiplicar 0.010540 al millar, por el valor de sus activos sujetos a riesgo totales.

    ...

    V. ...

    a). El resultado de multiplicar 8.298136 al millar, por el valor de su capital global;

    b). El resultado de multiplicar 1.785000 al millar, por el producto de su índice de capitalización (equivalente al requerimiento de capital entre el capital global) multiplicado por el requerimiento de capital;

    c). El resultado de multiplicar 0.364000 al millar, por el producto del recíproco del indicador de liquidez (equivalente a dividir 1 entre la cantidad que resulte de dividir activo circulante entre pasivo circulante) multiplicado por el pasivo total.

    ...

    VI. ...

    a). El resultado de multiplicar 7.689099 al millar, por el valor de su capital contable;

    b). El resultado de multiplicar 3.430000 al millar, por el importe que resulte de capital contable menos las disponibilidades netas (equivalentes a la suma de caja, billetes y monedas, saldos deudores de bancos, documentos de cobro inmediato, remesas en camino e inversiones en valores, menos los saldos acreedores de bancos). En este caso, cuando las disponibilidades netas sean negativas, la aplicación de la fórmula a que se refiere este inciso será equivalente a sumar el valor absoluto de dichas disponibilidades netas al capital contable.

    ...

    VII. ...

    a). El resultado de multiplicar 1.113121 al millar, por el valor del total de su pasivo;

    b). El resultado de multiplicar 0.625000 al millar, por el valor de su cartera de factoraje vencida;

    c). El resultado de multiplicar 0.026900 al millar, por el valor de su cartera de factoraje menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.

    ...

    X. ...

    a). El resultado de multiplicar 0.392710 al millar, por el valor del total de sus pasivos;

    b). El resultado de multiplicar 0.272000 al millar, por el valor de su cartera de crédito vencida;

    c). El resultado de multiplicar 0.013400 al millar, por el valor del total de su cartera de crédito menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.

    ...

    XI. ...

    a). El resultado de multiplicar 0.750000 al millar, por el valor total de las acciones representativas de su capital social en circulación, valuadas a precio corriente en el mercado y, a falta de éste, a su valor contable o precio actualizado de valuación, determinado por la sociedad valuadora o el comité de valuación que corresponda.

    La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción, en ningún caso podrá ser inferior a $13,200.00, sin que pueda ser superior a: . . . . . $330,000.00

    ...

    XII. ...

    a). El resultado de multiplicar 0.223649 al millar, por el valor del total de sus pasivos;

    b). El resultado de multiplicar 0.224000 al millar, por el valor de su cartera de crédito vencida;

    c). El resultado de multiplicar 0.005740 al millar, por el valor del total de su cartera de crédito menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.

    La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción, en ningún caso podrá ser inferior a: $217,350.00

    XIII. ...

    a). El resultado de multiplicar 0.635498 al millar, por el valor del total de sus pasivos;

    b). El resultado de multiplicar 0.169500 al millar, por el valor de su cartera de crédito vencida;

    c). El resultado de multiplicar 0.020980 al millar, por el valor del total de su cartera de crédito menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.

    La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción, en ningún caso podrá ser inferior a: $62,489.00

    XIV. ...

    b). El resultado de multiplicar 0.305800 al millar por el total de sus activos.XV. ...b). El resultado de multiplicar 0.024831 al millar por el total de sus activos.

    ...

    Artículo 29-E. ...

    I. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Asesores de Inversión entendiéndose para tales efectos, a las personas que en términos de la Ley del Mercado de Valores, den aviso a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores del inicio de las actividades del manejo de cartera de valores, deberá pagar la cantidad de: $17,796.00

    II. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Bolsas de Futuros y Opciones, entendiéndose para tales efectos, a las entidades que cuenten con autorización para constituirse y operar como tales en términos de las disposiciones aplicables, pagará el 1.10 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial, sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $943,756.00

    III. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Bolsas de Valores, entendiéndose para tales efectos, a las entidades que cuenten con la concesión para constituirse y operar como tales en términos de la legislación aplicable, pagará el 0.81 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial, sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $1,047,048.00

    IV. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Cámaras de Compensación, entendiéndose por ello a las sociedades que cuenten con la autorización correspondiente en términos de la legislación aplicable, deberá pagar anualmente una cantidad igual al 1.20 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial, sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $1'174,188.00

    V. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Contrapartes Centrales, entendiéndose por ello a las sociedades que cuenten con la concesión correspondiente en términos de la legislación aplicable, pagará el 1.0 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial, sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $849,000.00

    VI. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Empresas de Servicios Complementarios, entendiéndose por ello a las sociedades que presten servicios complementarios o auxiliares en la administración a entidades financieras en términos de las disposiciones aplicables, o en la realización de su objeto, pagará la cantidad de: $60,063.00

    ...

    XI. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Instituciones Calificadoras de Valores, entendiéndose por ello aquellas sociedades que con tal carácter se constituyan y sean autorizadas en términos de la Ley del Mercado de Valores, deberán pagar: $254,354.00

    XII. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Instituciones para el Depósito de Valores, entendiéndose por ello aquellas sociedades que cuenten con la concesión correspondiente en términos de la legislación aplicable, pagará el 0.92 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial, sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $632,886.00

    XIII. ...

    Cada entidad que opere mecanismos para facilitar las operaciones con valores, autorizados en términos de la Ley del Mercado de Valores pagará la cantidad de: $193,826.00

    ...

    XV. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Operadores del Mercado de Futuros y Opciones pagará la cantidad de: $44,248.00

    ...

    XVI. ...

    Los Organismos Autorregulatorios debidamente reconocidos conforme a las disposiciones que los rigen, pagarán la cantidad de: $105,554.00

    ...

    XVIII. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Proveedores de Precios pagará: $127,873.00

    Se entiende que pertenecen al sector de Proveedores de Precios las personas morales cuyo objeto social sea exclusivamente la prestación habitual y profesional del servicio de cálculo, determinación y proveeduría o suministro de precios actualizados para valuación de valores, documentos e instrumentos financieros, autorizados en términos de la Ley del Mercado de Valores.

    XIX. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Sociedades Controladoras de Grupos Financieros, entendiéndose por ello a las sociedades controladoras previstas en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, pagará la cantidad de: $598,443.00

    XX. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Sociedades de Información Crediticia, entendiéndose por ello a las sociedades autorizadas conforme a la Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia pagará la cantidad de: $329,847.00

    ...

    XXII. ...

    ...

    a). De renta variable y de inversión en instrumentos de deuda: $44,266.00

    b). De capitales o de objeto limitado: $37,627.00

    XXIII. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Sociedades Valuadoras de Acciones de Sociedades de Inversión, entendiéndose por ello a las sociedades a que con tal carácter se refiere la Ley de Sociedades de Inversión, pagará la cantidad de $575.00 por cada Fondo valuado.

    La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción, en ningún caso podrá ser inferior a: $26,538.00

    XXIV. ...

    Cada entidad que pertenezca al sector de Socios Liquidadores pagará la cantidad de: $448,446.00

    ...

    Artículo 29-F. ...

    Las personas morales que pertenezcan al sector de sociedades de inversión no pagarán la cuota establecida en el presente artículo, cuando éstas mantengan inscritas sus acciones en el Registro Nacional de Valores sin que al efecto haya mediado oferta pública.

    Artículo 29-G. ...

    Las entidades financieras señaladas en los artículos 29-D y 29-E de esta Ley, no estarán obligadas al pago de derechos por concepto de inspección y vigilancia cuando por cualquier acto de la autoridad competente para ello, o por cualquier otra causa prevista en las leyes, pierdan el carácter de entidad supervisada a que se refieren los propios artículos 29-D y 29-E. Lo anterior, aplicará desde el momento en que surta efectos la notificación relativa de la autoridad de que se trate y ésta haya quedado firme, o bien, se actualicen los supuestos previstos en las leyes de que se trate. En caso de que el acto de autoridad a que se refiere este párrafo haya quedado sin efectos por resolución de autoridad competente para ello, las entidades señaladas en los artículos 29-D y 29-E de esta Ley, deberán cubrir las cuotas que hubieren dejado de pagar en términos de las disposiciones aplicables.

    Artículo 29-H. En el caso de fusión de entidades financieras o de filiales de entidades financieras del exterior, el importe de los derechos por inspección y vigilancia a pagar por la entidad fusionante o la de nueva creación durante el resto del ejercicio en que se produzca este evento, será por la suma de las cuotas que correspondan a las entidades participantes en la fusión. Dichos derechos deberán ser pagados al momento de recibir la autorización correspondiente o, en su caso, a partir de que surta efectos la fusión cuando no se requiera autorización en términos de las disposiciones aplicables.

    Artículo 29-I. ...

    Tratándose de fusiones de entidades financieras o filiales de entidades financieras del exterior de cualquier tipo que se hubieren verificado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, la entidad financiera que subsista de la fusión deberá sumar las cifras resultantes de la aplicación de los factores que le correspondan, más las cifras resultantes de la aplicación de los factores relativos a la entidad fusionada, utilizando el promedio mensual, en términos de lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo.

    En caso de que la fusión de que se trate se hubiere verificado dentro del periodo a que se refiere el primer párrafo de este artículo, la entidad fusionante o de nueva creación, utilizará el promedio mensual de los datos o cifras de las variables que, según el caso, resulten de sumar a las cifras que se obtengan de la aplicación de los factores que le correspondan, las cifras resultantes de la aplicación de los factores que correspondan a la entidad fusionada, durante el periodo comprendido entre el mes inmediato anterior a aquél en que se hubiere autorizado la fusión y los meses previos a éste conforme al periodo a que se refiere el primer párrafo de este artículo, adicionado con los datos o cifras resultantes de la aplicación de los factores que correspondan a la entidad fusionante o de nueva creación durante el periodo comprendido entre el mes en que se autorice la fusión y el mes de octubre.

    ...

    Artículo 29-M. Cuando en la determinación del importe de los derechos a pagar por concepto de inspección y vigilancia a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el ejercicio fiscal de que se trate, resultare un importe mayor o menor respecto del importe determinado en el ejercicio fiscal inmediato anterior, únicamente se pagará el monto que resulte de sumar, al importe determinado en el ejercicio fiscal inmediato anterior, el 20 por ciento del monto de la diferencia que, en su caso, resulte.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior en ningún caso se aplicará tratándose de fusiones de entidades financieras o filiales de entidades financieras del exterior de cualquier tipo, así como de los importes mínimos y cuotas fijas que se determinan conforme a lo dispuesto en los artículos 29-D y 29-E.

    Artículo 63. Por el estudio, trámite y resolución de cada solicitud de concesión o asignación minera, se pagarán los derechos que resulten de aplicar la siguiente tabla al número de hectáreas que pretende amparar la solicitud:

    ...

    Por el estudio, trámite y resolución de cada solicitud de prórroga de concesión minera, se pagará por concepto de derechos el 50% de la cantidad que resulte de aplicar la tabla anterior.

    SECCIÓN QUINTA Permisos de Importación (Se deroga)

    Artículo 74. (Se deroga).

    Artículo 74-A. (Se deroga).

    Artículo 74-B. (Se deroga).

    Artículo 75. (Se deroga).

    Artículo 76. (Se deroga).

    Artículo 89. Por el refrendo anual del título de protección de los derechos del obtentor de variedades vegetales de cualquier especie, se pagará el derecho del obtentor, conforme a la cuota de: $2,139.00

    Artículo 89-A. (Se deroga).

    Artículo 90. ...

    IV. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, la inscripción en el catálogo de variedades factibles de certificación $201.00

    Artículo 100. Por el estudio y autorización de la solicitud de modificaciones técnicas, administrativas, operativas y legales de permisos o autorizaciones de servicios de radiocomunicación privada incluyendo enlaces, otorgados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    Artículo 103. ...

    II. ...e). Inscripción $4,080.97

    ...

    Artículo 124. ...

    II. ...f). Para instalar y operar un equipo complementario de zona de sombra de estaciones de radiodifusoras en FM. $3,077.00...

    IV. Por el estudio y revisión del cumplimiento de obligaciones por cada estación que esté incluida en la concesión que se solicita refrendar $5,901.48

    ...

    Artículo 138. ...

    Por la expedición de un certificado de homologación definitivo, con antecedentes de homologación y el solicitante presente pruebas fehacientes del funcionamiento del equipo, estipulado en el proceso de homologación vigente, avaladas por dos peritos en telecomunicaciones o por un laboratorio autorizado por la autoridad competente, se pagará el equivalente al 50% de las cuotas establecidas según el producto a homologar establecido en este apartado.

    ...

    Artículo 148. ...

    D. ...

    II. (Se deroga).

    ...

    Artículo 153-A. (Se deroga).

    Artículo 167. Por el estudio, trámite y, en su caso, expedición de concesiones, permisos o autorizaciones para el uso o aprovechamiento de obras marítimo portuarias; así como para la prestación de servicios portuarios en las vías generales de comunicación por agua, se pagará el derecho de solicitud de concesión, permiso o autorización, conforme a las siguientes cuotas:

    I. Concesión de bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, destinados a la administración portuaria integral o a la construcción, operación y explotación de terminales marinas e instalaciones portuarias $37,400.00

    II. Permiso para la prestación de servicios portuarios o para la construcción y uso de embarcaderos, atracaderos, botaderos y demás similares en las vías generales de comunicación por agua $9,500.00

    III. Autorización para la construcción de obras marítimas y de dragado $29,800.00

    Artículo 172-G. ...

    IV. Por la verificación de las instalaciones de los servicios auxiliares $1,407.03

    Artículo 186. ...

    II. Por solicitud, estudio y resolución del trámite de autorización para impartir educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros, sea cual fuere la modalidad $626.75

    III. Por solicitud, estudio y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios de los niveles medio superior o equivalente y de formación para el trabajo, sea cual fuere la modalidad $626.75

    ...

    Artículo 192. Por el estudio, trámite y, en su caso, autorización de la expedición o prórroga de títulos de asignación o concesión, o de permisos o autorizaciones de transmisión que se indican, incluyendo su posterior inscripción por parte de la Comisión Nacional del Agua en el Registro Público de Derechos de Agua, se pagará el derecho de servicios relacionados con el agua, conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    IV. Por cada prórroga o modificación, a petición de parte interesada, a las características de los títulos o permisos a que se refieren las fracciones I, II y III de este artículo, respecto a la extracción, derivación, a la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, profundización, sustitución de usuarios, relocalización o reposición de pozos, punto o calidad de descarga o plazo $1,125.76

    V. Por cada transmisión de títulos de concesión y permisos de descarga cuando se modifiquen las características del título $2,201.40

    Artículo 192-A. Por el estudio y trámite y, en su caso, autorización de títulos de concesión y permisos que se indican, incluyendo su posterior inscripción por parte de la Comisión Nacional del Agua en el Registro Público de Derechos de Agua, se pagará el derecho de servicios relacionados con el agua, conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    II. Por cada título de concesión para el uso o aprovechamiento de terrenos de cauces, vasos, lagos o lagunas, así como esteros, zonas federales y demás bienes nacionales regulados por la Ley de Aguas Nacionales $933.12

    III. Por cada permiso para la construcción de obras hidráulicas destinadas a la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales o en zonas de veda y reglamentadas, para perforación de pozos para uso de aguas del subsuelo o para la construcción de obras en zona federal $2,848.95

    ...

    V. Por la prórroga o modificación, a petición de parte interesada, a las características de los títulos o permisos a que se refieren las fracciones I a IV de este artículo, respecto a la explotación, uso o aprovechamiento, sustitución de usuario, ubicación o plazo, por cada uno $1,125.76

    ...

    Artículo 194-F. ...

    B. ...

    I. Por el trámite y, en su caso, autorización de colecta científica, temporal o definitiva, de material biológico de flora y fauna silvestres, terrestres y acuáticas realizada en el país por extranjeros $9,674.36

    ...

    Artículo 194-F-1. ...

    II. Por el trámite y, en su caso, expedición de cada licencia de prestadores de servicios de aprovechamiento en caza deportiva $800.00

    Por la reposición de la licencia referida en esta fracción, se pagará la cuota de $350.00

    ...

    Artículo 194-H. ...

    IV. ......

    V. (Se deroga)

    ...

    Artículo 194-K. Por la recepción, evaluación y dictamen del programa de manejo forestal y, en su caso, la autorización o refrendo de la autorización de aprovechamiento de recursos forestales de especies maderables de clima templado y frío, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    Por la solicitud y, en su caso, autorización de la modificación de los programas de manejo a que se refiere este artículo se pagará el 35% de la cuota según corresponda.

    No se pagarán los derechos establecidos en el presente artículo, cuando se cumpla alguno de los siguientes supuestos:

    a). La solicitud de modificación al programa de manejo sea exclusivamente para incluir el aprovechamiento de recursos forestales no maderables;

    b). Hayan pagado los derechos a que se refiere el artículo 194-H de la presente Ley y se trate del mismo proyecto, o

    c). Se trate de una solicitud de autorización automática y venga acompañada del certificado emitido por la Comisión Nacional Forestal.

    Artículo 194-L. Por la recepción, evaluación y dictamen del programa de manejo forestal y, en su caso, la autorización o refrendo de la autorización de aprovechamiento de recursos forestales, de especies maderables de clima árido y semiárido, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    Por la solicitud y, en su caso, autorización de la modificación de los programas de manejo a que se refiere este artículo se pagará el 35% de la cuota según corresponda.

    No se pagarán los derechos establecidos en el presente artículo, cuando se cumpla alguno de los siguientes supuestos:

    a). La solicitud de modificación al programa de manejo sea exclusivamente para incluir el aprovechamiento de recursos forestales no maderables;

    b). Hayan pagado los derechos a que se refiere el artículo 194-H de la presente Ley y se trate del mismo proyecto, o

    c). Se trate de una solicitud de autorización automática y venga acompañada del certificado emitido por la Comisión Nacional Forestal.

    Artículo 194-M. ...

    Cuando la solicitud se refiera a terrenos incendiados que requieran de un dictamen especial, se pagará adicionalmente el 20% de las cuotas establecidas en las fracciones anteriores.

    Artículo 194-N. Por la recepción, evaluación y dictamen del programa de manejo de plantación forestal comercial y, en su caso, autorización de plantación forestal comercial en terrenos preferentemente forestales, en superficies mayores a 800 hectáreas o, en su caso, en sustitución de vegetación nativa, se pagará la cuota de $4,100.00

    Artículo 194-N-2. ...

    III. Por la emisión del dictamen técnico de determinación taxonómica de muestras entomológicas o patológicas detectadas en productos y/o subproductos forestales de importación $850.00

    Artículo 194-N-4. ...

    I. Por colecta de recursos biológicos forestales con fines biotecnológicos comerciales $9,579.00

    II. Por colecta de recursos biológicos forestales con fines científicos $1,100.00

    III. (Se deroga).

    Artículo 194-N-5. Por la expedición de formatos que deban utilizar los interesados para acreditar la legal procedencia de materias primas, productos y subproductos forestales, se pagará el derecho conforme a la cuota de:

    I. De 1 a 3 formatos $9.00

    II. A partir del cuarto formato, por cada uno $3.00

    Artículo 194-T-4. Por la recepción, análisis y, en su caso, autorización de la solicitud para exportar materiales peligrosos, se pagará la cuota de: $600.00

    Artículo 195-A. ...

    IV. ...

    (Se deroga último párrafo).

    ...

    VI. ...

    Por otras modificaciones, renovación o prórroga que se soliciten a los registros señalados en las fracciones anteriores de este artículo, se pagará el 75% del derecho que corresponda al registro.

    ...

    Artículo 195-X. ...

    IV. Por la inscripción de cada arma de fuego o equipo utilizado por las personas físicas o morales a que se refiere este artículo, en el Registro Nacional de Empresas de Seguridad Privada $30.57

    ...

    Artículo 198. Por el uso o aprovechamiento de los elementos naturales marinos e insulares sujetos al régimen de dominio público de la Federación existentes dentro de las Áreas Naturales Protegidas competencia de la Federación, derivado de actividades recreativas, turísticas y deportivas de buceo autónomo, buceo libre, esquí acuático, recorridos en embarcaciones motorizadas y no motorizadas, observación de fauna marina en general, pesca deportiva en cualquiera de sus modalidades, campismo, pernocta y la navegación en mares, canales, esteros, rías y lagunas costeras, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas:

    I. Por persona, por día, por cada Área Natural Protegida o Zona de Área Natural Protegida, consideradas como de baja capacidad de carga de conformidad con la siguiente lista: $50.00
  • Parque Nacional Cabo Pulmo

  • Parque Nacional Alacranes

  • Islas Catalana y Montserrat, dentro del Parque Nacional Bahía de Loreto

  • Arrecifes Maracaibo, Punta Sur, El Islote y Chunchaka'ab, dentro del Parque Nacional Arrecifes de Cozumel

  • Parque Nacional Isla Contoy

  • Parque Nacional Arrecife de Xcalak

  • Parque Nacional Isla Isabel

  • Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California, excepto las islas Venados, Lobos y Pájaros, frente al Puerto de Mazatlán, Sinaloa

  • Reserva de la Biosfera Banco Chinchorro

  • Reserva de la Biosfera El Vizcaíno

  • Canales de Muyil-Chunyaxché, dentro de la Reserva de la Biosfera de Sian Ka'an

  • Reserva de la Biosfera Arrecifes de Sian Ka'an

  • Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo

  • Reserva de la Biosfera Isla Guadalupe

    II. Por las demás Áreas Naturales Protegidas no enlistadas en la fracción I, por persona, por día, por Área Natural Protegida: $20.32

    No pagarán el derecho establecido en esta fracción, las personas que hayan pagado el derecho señalado en la fracción I de este artículo, siempre y cuando la visita se realice el mismo día.

    III. Las personas podrán optar por pagar el derecho a que se refiere este artículo, por persona, por año, para todas las Áreas Naturales Protegidas: $250.00

    La obligación del pago de los derechos previstos en las fracciones I y II de este artículo, será de los titulares de registros, autorizaciones, permisos o concesiones para la prestación de servicios náutico-recreativos o acuático-recreativos. En los casos en que las actividades a las que se refieren las fracciones de este artículo, se realicen sin la participación de los titulares mencionados, la obligación del pago será de cada individuo.

    No pagarán el derecho a que se refiere este artículo, la tripulación de las embarcaciones que presten servicios náutico-recreativos y acuático-recreativos, ni los residentes permanentes de las localidades contiguas a las Áreas Naturales Protegidas en cuestión, siempre y cuando cuenten con la certificación de esta calidad, otorgada por la autoridad responsable, previa presentación de la documentación correspondiente, y realicen actividades recreativas sin fines de lucro.

    Estarán exentos del pago de los derechos a que se refiere este artículo, los menores de 6 años y los discapacitados.

    Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos a que se refiere este artículo, se destinarán a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la conservación y aprovechamiento sustentable de las Áreas Naturales Protegidas.

    Artículo 198-A. Por el uso o aprovechamiento no extractivo de elementos naturales y escénicos que se realiza dentro de las Áreas Naturales Protegidas terrestres, derivado de las actividades turísticas, deportivas y recreativas como ciclismo, paseo a caballo, rappel, montañismo, excursionismo, alta montaña, campismo, pernocta, observación de aves y otra fauna y flora silvestre, espeleología, escalada en roca, visitas guiadas y no guiadas, descenso de ríos, uso de kayak y otras embarcaciones a remo o motorizadas y recorridos en vehículos motorizados, pagarán este derecho, conforme a las siguientes cuotas:

    I. Por día, por persona, por Área Natural Protegida: $10.39

    II. Las personas podrán optar por pagar el derecho a que se refiere este artículo, por persona, por año, para todas las Áreas Naturales Protegidas: $250.00

    La obligación del pago del derecho a que se refiere la fracción I, será de los titulares de registros, autorizaciones, permisos o concesiones para la prestación de servicios turísticos, deportivos y recreativos. En los casos en que las actividades a las que se refieren las fracciones de este artículo, se realicen sin la participación de los titulares mencionados, la obligación del pago será de cada individuo.

    No estarán sujetos al pago de derechos a que se refiere este artículo, el transporte público y de carga, así como los recorridos de vehículos automotores en tránsito o de paso realizados en vías pavimentadas.

    Los residentes de la zona de influencia de las Áreas Naturales Protegidas que realicen algunas de las actividades a que se hace referencia en este artículo, que demuestren dicha calidad ante la autoridad competente, pagarán el 50% de la cuota establecida en la fracción I.

    Estarán exentos del pago de los derechos a que se refiere este artículo, los menores de 6 años y los discapacitados.

    No pagarán los derechos a que se refiere este artículo, quienes por el servicio que prestan realicen estas actividades dentro del Área Natural Protegida ni los residentes permanentes que se encuentren dentro de la misma, siempre y cuando cuenten con la certificación de esta calidad otorgada por la autoridad responsable, previa presentación de la documentación correspondiente.

    Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos a que se refiere este artículo, se destinarán a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para acciones y proyectos de protección, manejo, restauración y gestión para la conservación de las Áreas Naturales Protegidas. La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas destinará los recursos generados, prioritariamente a aquellos programas y proyectos sustentables realizados por o para los propietarios o legítimos poseedores de los terrenos en las Áreas Naturales Protegidas mencionadas.

    En el caso de que en un Área Natural Protegida se realice cualquiera de las actividades establecidas en el presente artículo o en el artículo 198 de esta Ley, únicamente se pagará el derecho establecido en este último artículo.

    El pago del derecho a que se refiere este artículo, no exime a los obligados del mismo del cumplimiento de las obligaciones que pudieran adquirir con los propietarios o legítimos poseedores de los terrenos que se encuentran dentro de las Áreas Naturales Protegidas.

    Artículo 198-B. Por la filmación, videograbación y tomas fotográficas con fines comerciales dentro de las Áreas Naturales Protegidas decretadas por la Federación, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    Artículo 199-A. ...

    VI. CALAMAR $71.00 ...

    XXI. TIBURÓN $12.00

    ...

    Artículo 204-A La totalidad de los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos señalados en el presente capítulo, se destinarán al Fondo de Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana.

    CAPÍTULO V SALINAS

    Artículo 211-A. Están obligados a pagar el derecho de explotación de sal, las personas físicas o morales, titulares de permisos, autorizaciones o concesiones mineras que al amparo de las mismas exploten las sales o subproductos que se obtengan de salinas formadas de aguas provenientes de mares actuales, en forma natural o artificial. El derecho se calculará aplicando la cantidad de $1.3568 por cada tonelada enajenada de sal o sus subproductos.

    El derecho se pagará semestralmente mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los 5 días posteriores al último día del semestre al que corresponda el pago.

    Artículo 211-B. Las personas físicas o morales a que se refiere el artículo anterior, que para realizar las actividades descritas en este Capítulo usen o aprovechen la zona federal marítimo terrestre, adicionalmente al derecho previsto en el artículo 211-A de esta Ley, pagarán anualmente el derecho de uso de la zona federal marítimo terrestre para la explotación de salinas, por cada metro cuadrado, la cantidad de $0.084

    El derecho se determinará tomando como base únicamente la faja de 20 metros que corresponda a la zona federal marítimo terrestre utilizada.

    El derecho se calculará y pagará por ejercicios fiscales, mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio fiscal que corresponda.

    A cuenta del derecho anual, los contribuyentes efectuarán pagos provisionales bimestrales mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, a más tardar el día 17 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre del mismo ejercicio fiscal y enero del siguiente. El pago provisional será una sexta parte del monto del derecho que corresponda al año.

    Los contribuyentes obligados al pago de este derecho, podrán optar por realizarlo por todo el ejercicio en la primera declaración bimestral y presentar posteriormente sólo la declaración anual del ejercicio o, en su caso, efectuar el pago conforme a lo señalado en los párrafos anteriores.

    Al monto total del derecho que resulte por el ejercicio de que se trate en los términos de este artículo, se le restará el importe de los pagos provisionales cubiertos durante el ejercicio. La diferencia que resulte a su cargo se enterará conjuntamente con la declaración anual de derechos por el mismo ejercicio. Cuando resulte saldo a favor, éste podrá acreditarse contra los pagos provisionales del derecho que resulte a su cargo en el ejercicio siguiente, posteriores a la presentación de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.

    Los ingresos generados por la recaudación de este derecho, estarán a lo dispuesto en los párrafos quinto y sexto del artículo 232-C de esta Ley, cuando así proceda.

    Artículo 232-C. ...

    ...

    Artículo 232-D. ...

    ZONA VII. Estado de Baja California; Tijuana; Estado de Baja California Sur; Mulegé; Estado de Jalisco: Cihuatlan; Estado de Nayarit: Compostela; Estado de Sonora: Guaymas; Estado de Veracruz: Coatzacoalcos.

    ZONA VIII. Estado de Baja California: Playas de Rosarito; Estado de Baja California Sur: Loreto; Estado de Colima: Manzanillo; Estado de Oaxaca: San Pedro Mixtepec; Estado de Quintana Roo: Isla Mujeres; Estado de Nayarit: Bahía de Banderas; Estado de Sinaloa: Mazatlán; Estado de Sonora: Puerto Peñasco; Estado de Veracruz: Boca del Rió y Veracruz.

    ZONA IX. Estado de Baja California Sur: La Paz; Estado de Guerrero: José Azueta; Estado de Oaxaca: Santa María Huatulco; Estado de Quintana Roo: Cozumel.

    ZONA X. Estado de Baja California Sur: Los Cabos; Estado de Guerrero: Acapulco de Juárez; Estado de Jalisco: Puerto Vallarta; Estado de Quintana Roo: Benito Juárez y Solidaridad.

    Artículo 233. ...

    VIII. No se pagará el derecho a que se refiere el artículo 232-C de esta Ley, cuando la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o cualquier otro depósito de aguas marinas, se usen o aprovechen para la explotación de salinas formadas de aguas provenientes de mares actuales, superficiales o subterráneos, naturales o artificiales, para lo cual se estará a lo dispuesto en el Capítulo V denominado ``Salinas'', de este Título.

    ...

    Artículo 238-C. Por el aprovechamiento no extractivo de tortugas terrestres, dulceacuícolas y marinas y de la vida silvestre en general, originado por el desarrollo de las actividades de observación en centros para la protección y conservación de las tortugas propiedad de la Nación y en los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre, se pagará el derecho de aprovechamiento no extractivo por persona, por día, conforme a la siguiente cuota $20.00

    Estarán exentos del pago del derecho a que se refiere este artículo, las personas menores de 6 años, así como personas con discapacidad.

    No pagarán el derecho a que se refiere este artículo, las personas que accedan a los centros para la protección y conservación de las tortugas con fines de investigación, previa acreditación por la dirección de dichos centros, así como los residentes permanentes de las localidades contiguas a los centros para la protección y conservación de las tortugas y de los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre, siempre y cuando cuenten con la certificación de esta calidad otorgada por la autoridad responsable, previa presentación de la documentación correspondiente y realicen actividades recreativas sin fines de lucro.

    ...

    Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho a que se refiere este artículo, se destinarán a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para programas de conservación, mantenimiento y operación de los centros tortugueros.

    Artículo 245. ...

    I. Por cada estación terminal de cada enlace multicanal o por cada punto extremo del mismo o antena y por cada repetidor $3,712.59

    ...

    Artículo 245-B. El derecho por el uso del espectro radioeléctrico, para sistemas de punto a punto o punto a multipunto entre estaciones, con o sin repetidor, se pagará anualmente conforme a las siguientes cuotas:

    ...

    II. Para servicios de voz o datos en sistemas punto a punto o punto a multipunto:a). Por nodo, se pagará por cada frecuencia $3,887.81

    b). Por cada estación fija, se pagará por cada frecuencia $1,943.62

    c). Por frecuencia asignada a nivel regional se pagará por entidad federativa, sin importar la cantidad de estaciones o nodos $35,920.58

    d). Por cada estación fija remota $1,943.62

    Artículo 263. Los titulares de concesiones y asignaciones mineras pagarán semestralmente por cada hectárea o fracción concesionada o asignada, el derecho sobre minería, de acuerdo con las siguientes cuotas:

    Concesiones Cuotay asignaciones mineras por hectáreaI. Durante el primer y segundo

    año de vigencia. $4.42

    II. Durante el tercero y cuarto

    año de vigencia. $6.61

    III. Durante el quinto y sexto

    año de vigencia. $13.68

    IV. Durante el séptimo y octavo

    año de vigencia. $27.51

    V. Durante el noveno y décimo

    año de vigencia. $55.01

    VI. A partir del décimo primer

    año de vigencia. $96.83

    La determinación del pago del derecho cuando la concesión o asignación cubra periodos inferiores a un semestre, se hará considerando la parte proporcional que le corresponda con base en las mismas.

    Para los efectos del cálculo del derecho a que se refiere este artículo, se entenderá que la vigencia de las concesiones y asignaciones mineras coincide con el año calendario. Para el caso de las nuevas concesiones mineras, el primer año de su vigencia será el periodo comprendido desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Minería hasta el 31 de diciembre del año de que se trate. Tratándose de nuevas asignaciones mineras, el primer año de su vigencia será el periodo comprendido desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación hasta el 31 de diciembre del año de que se trate.

    En el caso de sustitución de concesiones o asignaciones por las causas previstas en la Ley Minera, la vigencia para efectos del pago del derecho sobre minería se computará, para las concesiones a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Minería y para las asignaciones a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Los titulares de concesiones mineras que al amparo de dichas concesiones exploten sales y los subproductos que se obtengan de salinas formadas por aguas provenientes de mares actuales, superficiales o subterráneos, de modo natural o artificial, estarán a lo dispuesto en el Capítulo V denominado ``Salinas'', de este Título.

    Artículo 264. El derecho sobre minería a que se refiere este Capítulo deberá pagarse semestralmente en los meses de enero y julio de cada año.

    Las concesiones y asignaciones mineras que se otorguen en el transcurso de un semestre pagarán la parte proporcional del derecho por el periodo que corresponda, tratándose de concesiones mineras desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Minería y, en el caso de asignaciones mineras desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Para tales efectos, los derechos se deberán pagar dentro de los treinta días naturales siguientes a esas fechas.

    Artículo 288. Están obligadas al pago del derecho por el acceso a los museos, monumentos y zonas arqueológicas propiedad de la Federación, las personas que tengan acceso a las mismas, de las 9:00 a las 17:00 horas, conforme a las siguientes cuotas:

    Áreas tipo AAA: $45.00y a partir de las 17:00 hrs. . . . .$150.00

    ...

    Áreas tipo AAA:

    Zona Arqueológica de Palenque (con museo); Museo y Zona Arqueológica de Templo Mayor; Museo Nacional de Antropología; Museo Nacional de Historia; Zona Arqueológica de Teotihuacán (con museos); Zona Arqueológica de Monte Albán (con museo); Museo de las Culturas de Oaxaca; Zona Arqueológica de Tulum; Zona Arqueológica de Cobá; Zona Arqueológica de Tajín (con museo); Zona Arqueológica de Chichén Itzá (con museo); y Zona Arqueológica Uxmal (con museo);

    Áreas tipo AA:

    Zona Arqueológica de Paquimé y Museo de las Culturas del Norte; Museo Nacional del Virreinato; Zona Arqueológica de Xochicalco (con museo); Zona Arqueológica Kohunlich; Zona Arqueológica Cacaxtla y Xochitécatl (con museo); Zona Arqueológica de Dzibilchaltún y Museo del Pueblo Maya; Zona Arqueológica Yaxchilán.

    ...

    Áreas tipo B:

    Museo Regional Histórico de Aguascalientes; Museo de las Misiones Jesuitas; Zona Arqueológica de San Francisco; Zona Arqueológica Chicanná; Zona Arqueológica Xpuhil; Zona Arqueológica de Chinkultic; Museo Casa Carranza; Ex convento de Actopan; Zona Arqueológica Calixtlahuaca; Museo Virreinal de Acolman; Zona Arqueológica Santa Cecilia Acatitlán (con museo); Zona Arqueológica de San Bartolo Tenayuca (con museo); Zona Arqueológica Tingambato; Zona Arqueológica Teopanzolco; Zona Arqueológica El Tepoxteco (Tepoztlán); Zona Arqueológica de Mitla; Museo Casa de Juárez; Zona Arqueológica de Yagul; Museo Histórico de la No Intervención; Museo del Valle de Tehuacán; Museo de la Evangelización; Fuerte de Guadalupe; Zona Arqueológica Xel-Ha; Zona Arqueológica El Rey; Zona Arqueológica de X-Caret; Zona Arqueológica Oxtankah; Museo Regional de Sonora; Zona Arqueológica de Cempoala (con museo); Museo de Artes e Industrias Populares; Museo Tuxteco; Zona Arqueológica de Kabah; Zona Arqueológica de Labná; Zona Arqueológica de Sayil; Zona Arqueológica Gruta de Balankanché; Zona Arqueológica de Chacmultún; Zona Arqueológica Gruta de Loltún; Zona Arqueológica de Oxkintok; Museo Regional de Nayarit; Museo Arqueológico de Cancún; Museo Arqueológico de Campeche; Museo Regional Potosino; Museo Casa de Allende; Museo Regional Michoacano; Zona Arqueológica la Venta (con museo); Zona Arqueológica la Campana; Zona Arqueológica San Felipe Los Alzati; Zona Arqueológica Chalcatzingo; Zona Arqueológica La Ferrería; Zona Arqueológica Ixtlán del Río-Los Toriles; y Zona Arqueológica el Meco.

    Áreas tipo C:

    Zona Arqueológica el Vallecito; Museo Regional Baja California Sur; Museo Arqueológico Camino Real Hecelchacán; Museo de las Estelas Mayas Baluarte de la Soledad; Museo Histórico Reducto San José El Alto ``Armas y Marinería''; Zona Arqueológica de Balamkú; Zona Arqueológica de Hochob; Zona Arqueológica de Santa Rosa Xtampak; Zona Arqueológica El Tigre; Zona Arqueológica el Chanal; Museo Arqueológico del Soconusco; Museo Ex convento Agustino de San Pablo; Museo de Guillermo Spratling; Ex Convento de San Andrés Epazoyucan; Ex-convento de Ixmiquilpan; Museo Arqueológico de Cd. Guzmán; Zona Arqueológica Los Melones; Zona Arqueológica de Tlapacoya; Monumento Histórico Capilla de Tlalmanalco; Ex Convento de Oxtotipac; Museo de Sitio Casa de Morelos; Zona Arqueológica de Ihuatzio; Zona Arqueológica Huandacareo La Nopalera; Zona Arqueológica Tres Cerritos; Museo Histórico del Oriente de Morelos; Zona Arqueológica Las Pilas; Zona Arqueológica Coatetelco (con museo); Ex convento y Templo de Santiago; Cuilapan; Zona Arqueológica de Dainzu; Zona Arqueológica Lambityeco; Capilla de Teposcolula; Ex convento de Yanhuitlán; Zona Arqueológica de Zaachila; Ex convento de Tecali; Museo del Arte Religioso de Santa Mónica; Zona Arqueológica de Yohualichan; Casa del Dean; Ex convento San Francisco, Tecamachalco; Ex convento de San Francisco Huaquechula; Zona Arqueológica de Toluquilla; Zona Arqueológica de Malpasito; Zona Arqueológica de Tizatlán (con museo); Zona Arqueológica de Ocotelulco (con museo); Zona Arqueológica de Tres Zapotes (con museo); Zona Arqueológica Las Higueras (con museo); Zona Arqueológica de Quiahiztlan; Zona Arqueológica Mayapán; Zona Arqueológica de Acanceh; Zona Arqueológica Ruinas de Ake; Zona Arqueológica Chalchihuites; Museo Arqueológico de Mazatlán; Museo de la Estampa Ex Convento de Santa María Magdalena Cuitzeo; Museo Local del Cuale, Puerto Vallarta; Casa de Hidalgo, Dolores Hidalgo, Gto.; Pinacoteca del Estado Juan Gamboa Guzmán; Zona Arqueológica de Tenam Puente; Zona Arqueológica Ek-Balam; Zona Arqueológica Las Ranas; y Zona Arqueológica de Muyil.

    ...

    De las 9:00 horas a las 17:00 horas, no pagarán el derecho a que se refiere este artículo, las personas mayores de 60 años, menores de 13 años, jubilados, pensionados, discapacitados, profesores y estudiantes en activo, así como los pasantes o investigadores que cuenten con permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia para realizar estudios afines a los museos, monumentos y zonas arqueológicas a que se refiere este artículo. Asimismo, estarán exentos del pago de este derecho, los visitantes que accedan a los museos, monumentos y zonas arqueológicas los domingos de las 9:00 horas a las 17:00 horas.

    Artículo 288-A. Están obligadas a pagar el derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y morales que usen o aprovechen bienes sujetos al régimen el dominio público de la Federación en los museos, monumentos históricos y zonas arqueológicas administrados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, conforme a lo que a continuación se señala:

    ...

    Artículo 289. ...

    I. ...

    (Se deroga cuarto párrafo).

    ...``

    Disposiciones Transitorias

    Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2006.

    Artículo Segundo. Durante el año de 2006, se aplicarán en materia de derechos las siguientes disposiciones:

    I. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 223, apartado A, de la Ley Federal de Derechos, en el pago de los derechos por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales que se utilicen en los ingenios azucareros, se efectuará conforme al 55% de las cuotas por metro cúbico, que corresponda a las zonas de disponibilidad a que se refiere el artículo 231 de la citada Ley.

    II. Por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales que se extraigan y utilicen en los Municipios de Coatzacoalcos y Minatitlán del Estado de Veracruz, se cobrará la cuota que corresponda a la zona de disponibilidad 7 a que se refiere el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos.

    III. Por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales que se utilicen en los Municipios de Lázaro Cárdenas del Estado de Michoacán y Hueyapan de Ocampo en el Estado de Veracruz, se cobrará la cuota que corresponda a la zona de disponibilidad 9 a que se refiere el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos.

    IV. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 232, fracción IV de la Ley Federal de Derechos, las personas físicas y las morales que usen o aprovechen los bienes nacionales comprendidos en los artículos 113 y 114 de la Ley de Aguas Nacionales, que realicen actividades agrícolas o pecuarias pagarán el 30% de la cuota del derecho establecida en dicha fracción.

    V. No pagarán el derecho a que se refiere el artículo 8o., fracción I de la Ley Federal de Derechos, aquellos turistas que visiten el país por vía terrestre, cuya estancia no exceda de siete días en el territorio nacional.

    VI. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 223, apartado A, de la Ley Federal de Derechos, la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales que se utilicen en la industria de la celulosa y el papel, pagará el 80% de las cuotas por metro cúbico, que corresponda a las zonas de disponibilidad a que se refiere el artículo 231 de la citada Ley, salvo que se encuentren en las zonas de disponibilidad I, II o III y que cuenten con oferta local de aguas residuales tratadas en volumen suficiente y calidad adecuada conforme a la norma NOM-ECOL-001. Si en este caso, los usuarios consumen dichas aguas hasta el límite técnico de su proceso o se agota dicha fuente alterna, los volúmenes complementarios de aguas nacionales se pagarán al 80% de la cuota correspondiente.

    VII. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 223, apartado A, de la Ley Federal de Derechos, la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales que se utilicen en los procesos de exploración, extracción, molienda, separación, lixiviación y concentración de minerales, hasta antes del beneficio secundario, por lo que se exceptúan los procesos de fundición y refinación de minerales, durante el año 2006 pagarán el 25% de las cuotas por metro cúbico que corresponda a las zonas de disponibilidad a que se refiere el artículo 231 de la citada Ley.

    VIII. En relación al registro de título de técnico o profesional técnico, técnico superior universitario o profesional asociado, se aplicarán en materia de derechos las siguientes disposiciones:

    a). Por el registro de título de técnico o profesional técnico, expedidos por Instituciones del Sistema Educativo Nacional que impartan educación del tipo medio superior, así como la expedición de la respectiva cédula profesional, se pagará el 30% del monto a que se refieren las fracciones IV y IX del artículo 185 de la Ley Federal de Derechos.

    b). Por el registro de título de técnico superior universitario o profesional asociado, expedidos por Instituciones del Sistema Educativo Nacional que impartan educación de tipo superior, así como por la expedición de la respectiva cédula, se pagará el 50% del monto a que se refieren las fracciones IV y IX del artículo 185 de la Ley Federal de Derechos.

    IX. Para los efectos de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 170, se pagará el 50% más de la cuota señalada, cuando los servicios se presten fuera del tiempo señalado como horario ordinario de operación, salvo lo previsto en la fracción I.

    Artículo Tercero. Para los efectos del artículo 167 de la Ley Federal de Derechos reformado mediante el presente Decreto, las personas físicas o morales que a la entrada en vigor del mismo tengan vigentes sus concesiones, permisos o autorizaciones podrán continuar pagando anualmente la cuota de $914.13, hasta la terminación de las mismas.

    Para el caso de renovaciones, prórrogas o nuevas concesiones, permisos o autorizaciones, se estará a lo dispuesto por el artículo 167 de la Ley Federal de Derechos reformado mediante el presente Decreto.

    Artículo Cuarto. Para los efectos del cálculo de los derechos a que se refiere el Capítulo XIII denominado ``Minería'', del Título Segundo de la Ley Federal de Derechos, las concesiones y asignaciones mineras cuyos títulos se hubiesen inscrito o publicado, con anterioridad al 1 de enero de 2006, se estará a lo siguiente:

    I. Para aquellos inscritos o publicados entre el 1 de enero y el 30 de junio del año correspondiente, se considerará como su primer año de vigencia el periodo comprendido entre el 1 de enero del año de su inscripción o, en su caso, de su publicación, hasta el 31 de diciembre del mismo año.

    II. Para aquellos inscritos o publicados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del año correspondiente, se considerará como su primer año de vigencia, el periodo comprendido desde el 1 de enero del año siguiente a la fecha de su inscripción o, en su caso, de su publicación, hasta el 31 de diciembre de ese último año.

    Artículo Quinto. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 231 de la Ley Federal de Derechos, el pago del derecho por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales utilizadas en los municipios del territorio mexicano que a continuación se señalan, durante el año 2006 se efectuará de conformidad con las zonas de disponibilidad de agua como a continuación se indica:

    ZONA 6.

    Estado de Oaxaca: Excepto los municipios comprendidos en las zonas 4, 5, 7, 8 y 9.

    ZONA 7.

    Estado de Oaxaca: Abejones, Concepción Papalo, Guelatao de Juárez, Natividad, Nuevo Zoquiapam, San Francisco Telixtlahuaca, San Juan Atepec, San Jerónimo Sosola, San Juan Bautista Atatlahuca, San Juan Bautista Jayacatlán, San Juan del Estado, San Juan Evangelista Analco, San Juan Chicomezuchil, San Juan Quiotepec, San Juan Tepeuxila, San Miguel Aloapam, San Miguel Amatlán, San Miguel Chicahua, San Miguel Huautla, San Miguel del Río, San Pablo Macuiltiangis, San Pedro Jaltepetongo, San Pedro Jocotipac, Santa Ana Yareni, Santa Catarina Ixtepeji, Santa Catarina Lachatao, Santa María Apazco, Santa María Ixcatlán, Santa María Jaltianguis, Santa María Papalo, Santa María Texcaltitlán, Santa María Yavesia, Santiago Apoala, Santiago Huauclilla, Santiago Nacaltepec, Santiago Tenango, Santiago Xiacui, Santos Reyes Pápalo, Tecocuilco de Marcos Pérez, Teotitlán del Valle y Valerio Trujano.

    ZONA 8.

    Estado de Oaxaca: Loma Bonita.

    Estado de Puebla: Chalchicomula de Sesma y Esperanza.

    Estado de Tabasco: Jalpa de Méndez, Nacajuca y Paraíso.

    Estado de Veracruz: Hueyapan de Ocampo.

    ZONA 9.

    Todos los municipios del Estado de Chiapas.

    Estado de Oaxaca: Acatlán de Pérez Figueroa, Asunción Cacalotepec, Ayotzintepec, Capulalpam de Méndez, Chiquihuitlán de Benito Juárez, Cosolopa, Cuyamecalco Villa de Zaragoza, Eloxochitlán de Flores Magón, Huautepec, Huautla de Jiménez, Ixtlán de Juárez, Mazatlán Villa de Flores, Mixitlán de la Reforma, San Ándrés Solaga, San Ándrés Teotilalpam, San Ándrés Yaá, San Baltazar Yatzachi El Bajo, San Bartolomé Ayautla, San Bartolomé Zoogocho, San Cristóbal Lachirioag, San Felipe Jalapa de Díaz, San Felipe Usila, San Francisco Cajonos, San Francisco Chapulapa, San Francisco Huehuetlan, San Ildefonso Villa Alta, San Jerónimo Tecoatl, San José Chiltepec, San José Independencia, San José Tenango, San Juan Bautista Tlacoatzin, San Juan Bautista Tuxtepec, San Juan Bautista Valle Naci, San Juan Coatzospam, San Juan Comaltepec, San Juan Cotzocon, San Juan Juquila Vijanos, San Juan Lalana, San Juan Petlapa, San Juan Tabaá, San Juan Yae, San Juan Yatzona, San Lorenzo Cuaunecuiltitla, San Lucas Camotlán, San Lucas Ojitlán, San Lucas Zoquiapam, San Mateo Cajonos, San Mateo Yoloxochitlán, San Melchor Betaza, San Miguel Quetzaltepec, San Miguel Santa Flor, San Miguel Soyaltepec, San Miguel Yotao, San Pablo Yoganiza, San Pedro Cajonos, San Pedro Ixcatlán, San Pedro Ocopetatillo, San Pedro Ocotepec, San Pedro Sochiapam, San Pedro Teutila, San Pedro y San Pablo Ayutla, San Pedro Yaneri, San Pedro Yolox, Santa Ana Ateixtlahuaca, Santa Ana Cuauhtémoc, Santa Cruz Acatepec, Santa María Alotepec, Santa María Chilchotla, Santa María Jacatepec, Santa María La Asunción, Santa María Temaxcalapa, Santa María Teopoxco, Santa María Tlahuitoltepec, Santa María Tlalixtac, Santa María Yalina, Santiago Atitlán, Santiago Camotlán, Santiago Choapam, Santiago Comaltepec, Santiago Jocotepec, Santiago Lalopa, Santiago Laxopa, Santiago Texcalcingo, Santiago Yaveo, Santiago Zacatepec, Santiago Zoochila, Santo Domingo Albarradas, Santo Domingo Roayaga, Santo Domingo Xagacía, Tamazulapam Del Espíritu San, Tanetze De Zaragoza, Totontepec Villa De Morelos, Villa Díaz Ordaz, Villa Hidalgo y Villa Talea De Castro.

    Estado de Puebla: Coyomeapan, Eloxochitlan, San Sebastián Tlacotepec, Zoquitlan.

    Estado de Tabasco: Balancan, Cárdenas, Centro, Cunduacán, Centla, Comalcalco, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jonuta, Macuspana, Tacotalpa, Teapa y Tenosique.

    Estado de Veracruz: Alvarado, Ángel R. Cabada, Catemaco, Ignacio De La Llave, Ixmatlahuacan, José Azueta, Lerdo De Tejada, Omealca, Saltabarranca, Tatahuicapan De Juárez, Tierra Blanca y Tlalixcoyan y los municipios que no estén comprendidos en las zonas 6, 7 y 8.

    Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 20 de octubre de 2005.

    Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández, José Arturo Alcántara Rojas, Ángel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza, Enrique Ariel Escalante Arceo, Humberto Francisco Filizola Haces, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas, Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez, María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González.»

    Es de primera lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrados oradores para fundamentar al dictamen ni en la discusión, por lo que consideramos suficientemente discutido el tema. Para efectos del artículo 134 en lo general... Para los efectos del artículo 134, esta Presidencia pregunta si hay interés de algún ciudadano diputado o ciudadana diputada de reservar algún artículo. No habiendo quien reserve artículos, se considera también suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cinco minutos para recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto. Sonido en la curul...

    La diputada Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (desde la curul): Señor Presidente, que fueran tomando la votación de los diputados que no aparecen en el tablero. Desde el momento en que empezamos la votación nosotros no se ha hecho.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Así se instruyó y se reitera la indicación. Lo que pasa es que en la primera de las votaciones no estaban algunos de los diputados presentes. Así será. Adelante.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tómese la votación de los diputados que no tienen acceso por la falla del sistema electrónico de votación, con el auxilio de dos secretarios, de tal suerte... una de las secretarias vaya por la afirmativa y otra por la negativa.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se va a proceder a tomar la votación de viva voz de los diputados que no aparecen en el tablero.

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José a favor; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo a favor; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo a favor; Rodríguez Díaz, Hugo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rodríguez Rocha, Ricardo a favor; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso a favor; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús a favor; Silva Santos, Erick Agustín a favor; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco a favor; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo a favor; Torres Hernández, Marco Antonio a favor; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge a favor; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda a favor; Vázquez García, Quintín a favor; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo a favor; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio a favor; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo a favor; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena a favor; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario a favor; Zorrilla Fernández, Guillermo a favor; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente; Treviño Rodríguez, José Luis abstención; Rodríguez Javier, Rogelio, a favor; Corella Manzanilla, María Viola a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Señor Presidente: se emitieron a favor 393 votos, 0 en contra y 3 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos, el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

    Señoras y señores legisladores, el siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes publicados en la Gaceta Parlamentaria.


    LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura le fueron turnadas para su estudio, análisis y dictamen correspondiente las siguientes iniciativas:

    a) Con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 18, inciso a), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    b) Con proyecto de Decreto que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    Está Comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, párrafo primero, 71, 72 y 73, fracción XXIX-B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 65, 85, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de las Iniciativas de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTESI. Con fecha 17 de febrero de 2005, el Diputado Jesús Martínez Álvarez, integrante del grupo parlamentario de Convergencia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 18, inciso a), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    II. En la misma fecha, el Presidente de la Cámara de Diputados, turnó la iniciativa antes referida, a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    III. En sesión ordinaria del 19 de abril de 2005, el Diputado Fernando Álvarez Monje, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    IV. En esa misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que la iniciativa de referencia fuera turnada a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

    V. En sesión plenaria de la Comisión de Gobernación de fecha 13 de octubre de 2005 se sometió a consideración de los diputados integrantes de la misma el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado unanimidad en esa misma fecha.

    Establecidos los antecedentes, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribimos el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES1. Que el texto original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, contempló un solo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, que iniciaba el 1° de septiembre y que no podía prolongarse más allá del 31 de diciembre de cada año.

    2. Que el 7 de abril de 1986, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de reforma a los artículos 65 y 66 de la Constitución donde se establecieron dos periodos ordinarios que iniciarían el 1º de noviembre y el 15 de abril de cada año, manteniendo inalterados los principios de improrrogabilidad de los periodos de sesiones y el de su posible conclusión anticipada al 31 de diciembre, tratándose del primer periodo y del 30 de abril, tratándose del segundo.

    3. Que el 3 de septiembre de 1993, se publicó el Decreto que modificó los artículos 65 y 66 de nuestra Carta Magna, adelantando la fecha de inicio del segundo periodo de sesiones al 15 de marzo de cada año.

    4. Que en virtud del Decreto publicado el 2 de agosto de 2004 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reforma el primer párrafo del artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se modificó una vez más la fecha de inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, adelantándose al 1° de febrero de cada año.

    5. Que por su parte, La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en vigor desde el 24 de febrero de 1984, constituye el instrumento legal que ordena y precisa preceptos y prácticas que regulan las características y el uso adecuado y respetuoso del Escudo, la bandera y el Himno Nacionales.

    6. Que es indiscutible que los símbolos nacionales son la síntesis de nuestros procesos históricos, amalgama de nuestra cohesión nacional y supremacía de los valores republicanos que nos inspira su percepción.

    7. Que la Ley sobre el Escudo, la Bandera e Himno Nacionales tiene en el propósito de afirmar la respetabilidad y permanencia de los Símbolos Patrios y de reglamentar su uso solemne, así como el de definir los elementos constitutivos de éstos y el regular su uso civil.

    8. Que el artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera e Himno Nacionales dispone a la letra:

    Artículo 15.- En las fechas declaradas solemnes para toda la Nación, deberá izarse la Bandera Nacional, a toda o a media asta, según se trate de festividad o duelo, respectivamente, en escuelas, templos y demás edificios públicos, así como en la sede de las representaciones diplomáticas y consulares de México. Todas las naves aéreas y marítimas mexicanas, portarán la Bandera Nacional y la usarán conforme a las Leyes y Reglamentos aplicables.

    ...

    9. Que el artículo 18 de la Ley, que hoy se propone reformar, lista las fechas declaradas como solemnes para toda la Nación, reservando su inciso a) para las festividades, y el inciso b) para las fechas y conmemoraciones de duelo nacional.

    10. Que el texto vigente del inciso a) del artículo 18 de la Ley en comento, declara solemnes los días 15 de marzo y el 1° de septiembre de cada año, en virtud de que era en estas fechas cuando se iniciaban los periodos de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión hasta antes de la reforma del mes de agosto de 2004. De la misma manera, el inciso a) del artículo 18 establece, en su último párrafo, que el Lábaro Patrio se izará en los días en que estos periodos se clausuren.

    11. Que el texto vigente del inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales ha quedado desfasado en virtud de la reforma constitucional entrada en vigor el año pasado.

    12. Que las iniciativas de los Diputados Jesús Martínez Álvarez y Fernando Álvarez Monje coinciden en el propósito de adecuar el texto vigente y retornarle la coherencia debida a este precepto legal con los nuevos plazos constitucionales.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, de la LIX Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL INCISO A) DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 18.- ...

    a) ...

    1 de febrero:

    Apertura del segundo período de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.

    (15 de marzo.- Derogado)

    ...

    TRANSITORIO

    ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México DF, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

    HONORABLE ASAMBLEA:

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen de la:

    MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

    ANTECEDENTES

    PRIMERO.- En sesión celebrada por la H. Cámara de Senadores con fecha 26 de abril de 2005, la Senadora Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    SEGUNDO.- En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, acordó que se turnara dicha Iniciativa a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos, Primera.

    TERCERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Senadores, de fecha 27 de abril de 2005, el pleno del Senado aprobó el Dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos, Primera.

    CUARTO.- En la sesión plenaria de la Cámara de Diputados, del 27 de abril de 2005, se dio cuenta del oficio de la Cámara de Senadores con el que remite el expediente con la MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

    QUINTO.- Con fecha 28 de abril de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, mediante Oficio No. D.G.P.L. 59-II-I-1284, acordó que se turnara dicha Minuta a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su estudio y dictamen.

    SEXTO.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de las Minuta aludida, efectuando múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la Minuta que se discute los cuales se exponen en las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Primera.- La Minuta materia del presente dictamen, tiene por objeto, facultar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que lleve a cabo la observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

    En este tenor, establece la Minuta, que para avanzar en la construcción de una sociedad más equitativa y justa, tanto mujeres como hombres debemos tener nuevas formas de pensar y de actuar, por lo que es necesario comenzar a cuestionar las actuales normas y roles desempeñados; pero también se requiere del apoyo y acompañamiento del cambio en las instituciones de gobierno y de la organización de la sociedad, para retomar el significado de las diferencias de género, con el fin de promover acciones tanto para hombres y mujeres, buscando así menor desigualdad.

    En tal virtud, debe decirse que la diferencia sexual se ha traducido en una desigualdad social, política y económica para las mujeres, sostenida por una diversidad de prácticas sociales instrumentadas en el hogar, la escuela, los medios de comunicación, en los que participamos en general, tanto los sujetos como las instituciones sociales, lo cual debe erradicarse para avanzar en la construcción de una sociedad más equitativa y justa.

    Por otra parte, señala la Minuta, que como parte importante de la búsqueda de soluciones a esta problemática, es necesario que se sigan realizando investigaciones que nos permitan conocer el desempeño de mujeres y hombres en un sentido multidimensional, en el que se tomen en cuenta de manera seria las diferencias geográficas e históricas, aún de una misma cultura. Por ello, es de gran importancia la creación de una instancia especial encargada de tal observancia que de seguimiento, evaluación y monitoreo a la Política Nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres, las cuales deben realizarse con autonomía e independencia, para emitir opiniones, lineamientos, sugerencias, recomendaciones e incluso excitativas para que las disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, sean debidamente observadas.

    En otro orden de ideas, con la adición de la fracción XIV bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se atribuye a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el análisis, evaluación y seguimiento de las políticas públicas en materia de igualdad de género.

    Segunda.- Los integrantes de esta Comisión Dictaminadora coinciden en señalar, que para efectos de conocer los alcances de la presente propuesta, es necesario traer a colación que la protección y defensa de los Derechos Humanos en México fue elevada a rango constitucional el 28 de enero de 1992, con la publicación del Decreto que adicionó el apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Esta disposición facultó al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecieran organismos especializados para atender las quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa violatorios de Derechos Humanos, por parte de cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, así como para formular recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades correspondientes.

    Posteriormente, se reformó el artículo 102, apartado B constitucional, para establecer que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, así como personalidad jurídica y patrimonio propios. El objetivo esencial de este organismo es la protección, observación, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos previstos por el orden jurídico mexicano.

    Por lo tanto, la tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.

    Tercera.- Ahora bien, habiendo creado el marco regulatorio de las atribuciones y facultades de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se considera indispensable encomendar a dicho organismo el análisis, evaluación y seguimiento de las políticas públicas en materia de equidad de género. En virtud de que dicha problemática forma parte de la noción de protección a los derechos humanos inherentes a toda persona, en el caso que nos ocupa, de las mujeres.

    Por lo que de aprobarse la adición de la fracción XIV Bis que se propone, la Comisión Nacional de Derechos Humanos podrá hacer valer y respetar el principio de igualdad entre hombres y mujeres que se consagra en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Asimismo, en que dicha atribución permitirá a la Comisión Nacional de Derechos Humanos que pueda emitir opiniones y recomendaciones a las instancias gubernamentales de los lineamientos y pautas que deben seguirse para garantizar la protección de los derechos fundamentales de las mujeres, en aras de que puedan desarrollar sus máximas capacidades en las actividades que desempeñan en su quehacer cotidiano.

    Cuarta.- Consideramos, que si queremos erradicar de manera fehaciente tales prácticas discriminatorias hacia las mujeres, es necesario contar con un órgano especializado en la defensa y promoción de los derechos humanos, entre los que se encuentran indudablemente el de la igualdad de géneros, que tenga como función conocer por una parte, los factores que han influido y que hasta nuestros días siguen persistiendo, para concebir a las mujeres como entes sin derechos, y por la otra, garantizar que tales actos no se sigan llevando a cabo en menoscabo de la dignidad de las mujeres.

    Quinta.- Esta Comisión considera necesario por técnica legislativa incluir en el Proyecto de Decreto y en lo particular, en la parte de los Transitorios la vigencia del mismo, por lo que deberá devolverse al Senado de la República para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo anteriormente expuesto, los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sometemos a la consideración de la Asamblea el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:

    Artículo 6.- ...

    I a XIV. ...

    XIV Bis.- La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres;

    XV. ...

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos realizará las reformas o adiciones a su Reglamento Interior dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, donde establecerá las funciones específicas del área encargada del seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de igualdad entre mujeres y hombres; sin perjuicio de las adecuaciones que sean necesarias a la entrada en vigor de la Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres.

    TERCERO.- Las adecuaciones reglamentarias a que se refiere el artículo anterior y que al efecto realice la Comisión en el ámbito de su competencia, deberán contemplar medidas tendientes a capacitar y especializar a los servidores públicos a cargo del área encargada del seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

    CUARTO.- El área a que se refieren los numerales anteriores iniciará sus funciones al momento de entrar en vigor las adecuaciones al Reglamento Interior de la Comisión, con los recursos y la estructura que al efecto disponga ésta de acuerdo con su Presupuesto en vigor; sin perjuicio de las ampliaciones presupuestales que se propongan en términos de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para los ejercicios fiscales subsecuentes y se aprueben en términos de la legislación aplicable.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a trece de septiembre de dos mil cinco.

    La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Amalín Yabur Elías (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Félix Adrián Fuentes Villalobos, secretarios; María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Ernesto Herrera Tovar (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica en abstención), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcenas (rúbrica en abstención), Margarita Zavala Gómez del Campo, Francisco Diego Aguilar, Angélica de la Peña Gómez, Eliana García Laguna, Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género les fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

    Estas Comisiones Unidas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73, fracción XXX, en concordancia con la fracción II del artículo 89, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 60, 62, 63, 65, 87, 88, 90 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTESI. Con fecha 11 de diciembre del 2003, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, la Diputada Socorro Díaz Palacios, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

    II. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa en comento a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género para su estudio y dictamen.

    III. En sesión plenaria de la Comisión de Gobernación celebrada el 20 de abril de 2005, se presentó a discusión el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado.

    IV. En sesión plenaria de la Comisión de Equidad y Género, se presentó a discusión el dictamen respectivo, siendo aprobado.

    Establecidos los antecedentes, los miembros de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    I. Análisis de la Iniciativa.

    1. Que de acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa que presenta la Diputada Socorro Díaz Palacios, existen diversas investigaciones que señalan que la incidencia de género en las organizaciones e instituciones reflejan la necesidad de reforzar la presencia de la mujer en los ámbitos de la política, la economía, la cultura y la sociedad.

    2. Que la incorporación y permanencia de la mujer en el mundo laboral muestran rezagos importantes. En el sector público y, de manera específica, en la Administración Pública Federal el 48 por ciento del total de trabajadores son mujeres. Si bien, en algunas dependencias federales como son las relacionadas con la salud y la educación son mayoría absoluta, en otras como las Secretarías de Economía, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público y Trabajo y Previsión Social su participación es minoritaria.

    3. Que la Diputada Díaz Palacios afirma que del total de puestos de mandos medios y superiores en los tres poderes de la Unión, sólo el 30.8 por ciento está ocupado por mujeres.

    4. Que la iniciante asevera que el 94.33 por ciento del total de mujeres que participa en puestos de mandos medios y superiores, lo hace desempeñando responsabilidades en los niveles jerárquicos más bajos correspondientes a puestos de enlace, jefa de departamento, subdirectora de área y directora de área.

    5. Que estas cifras dejan ver la baja participación de las mujeres en la toma de decisiones dentro del servicio público.

    6. Que la proponente señala que la instauración de un Servicio Profesional de Carrera con enfoque de género constituye un paso fundamental para la transición democrática. Que es sabido que el proceso democrático no se agota en comicios transparentes y creíbles, sino que constituye un conjunto de principios, procedimientos e instituciones que tienen que ver con la igualdad efectiva en una sociedad que le apuesta a la vida democrática en todas sus facetas.

    7. Que la legisladora asevera, en su exposición de motivos, que el Servicio Profesional de Carrera con enfoque de género corresponde a una cultura democrática que reconoce la igualdad entre los sexos y la necesidad de continuar la tarea de gobierno con los mejores cuadros, sin distingo de sexo o ideologías.

    8. Que es precisamente en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal donde el gobierno mexicano puede coadyuvar en el diseño de un sistema que facilite la participación de la mujer en el ámbito público y gubernamental en igualdad de circunstancias.

    9. Que la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal tiene por objeto establecer las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera en las dependencias de la Administración Pública Federal centralizada. Y que con su expedición en abril del 2003 se dio un paso fundamental en aras de modernizar y reorientar el ejercicio del gobierno en sus diversas estructuras.

    10. Que la iniciativa en comento propone establecer la igualdad de género como principio rector en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y obligar al Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades a establecer modelos que propicien la igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres.

    II. Valoración de la Iniciativa.

    1. Que México forma parte de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer desde 1981 y que también suscribió la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer en el año de 1994.

    2. Que en el artículo 7 de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer se establece textualmente:

    Artículo 7.- Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y en particular, garantizarán en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

    ...

    Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;

    ...

    3. Que ha sido prioridad del Estado Mexicano cumplir con los tratados internacionales que ha suscrito de acuerdo a lo establecido en nuestra Constitución y, derivado de ello, México ha dado una muestra fehaciente en su afán de proteger los derechos fundamentales de las personas, en especial los de las mujeres.

    4. Que el artículo 2 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal establece los principios rectores del Sistema de Servicio Profesional de Carrera y señala lo siguiente:

    Artículo 2.- El Sistema de Servicio Profesional de Carrera es un mecanismo para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito y con el fin de impulsar el desarrollo de la función pública para beneficio de la sociedad.

    El Sistema dependerá del titular del Poder Ejecutivo Federal, será dirigido por la Secretaría de la Función Pública y su operación estará a cargo de cada una de las dependencias de la Administración Pública.

    Serán principios rectores de este Sistema: la legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad y competencia por mérito.

    5. Que precisamente al señalarse en el artículo 2 los principios rectores del Sistema de Servicio Profesional de Carrera, la adición propuesta a este artículo para incluir la equidad de género como principio rector de dicho Sistema encuadra acertadamente en el contenido del artículo.

    6. Que en concordancia con lo que establece la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres es preferible usar el término ``equidad de género'' en vez del de ``igualdad de género'' ya que, el concepto de ``equidad de género'' ya se define en la Ley y ha quedado manifiesta su aceptación y ha proliferado su uso dentro del sistema jurídico mexicano. Dicha Ley en su artículo 5 la define como:

    Artículo 5.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:

    ...

    Equidad de género: concepto que refiere al principio conforme al cual hombres y mujeres acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficios de los bienes y servicios de la sociedad, incluyendo aquéllos socialmente valorados, oportunidades y recompensas, con la finalidad de lograr la participación equitativa de las mujeres en la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.

    ...

    7. Que estas Comisiones Unidas celebran que se especifique como un principio rector adicional del Sistema Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal el de equidad de género.

    8. Que la Ley en comento establece que el Sistema de Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada, comprende siete subsistemas a saber:

    a) Subsistema de Planeación de Recursos Humanos que determina en coordinación con las dependencias, las necesidades cuantitativas y cualitativas de personal que requiera la Administración Pública Federal para el eficiente ejercicio de sus funciones.

    b) Subsistema de Ingreso que regula los procesos de reclutamiento y selección de candidatos, así como los requisitos necesarios para que los aspirantes se incorporen al Sistema de Servicio Profesional de Carrera.

    c) Subsistema de Desarrollo Profesional que contiene los procedimientos para la determinación de planes individualizados de carrera de los servidores públicos.

    d) Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades que establece los modelos de profesionalización para los servidores públicos para que éstos adquieran conocimientos, especialización y actualización principalmente.

    e) Subsistema de Evaluación de Desempeño cuyo propósito es establecer los mecanismos de medición y valoración del desempeño y la productividad de los servidores públicos de carrera, que a su vez son los parámetros para obtener ascensos, promociones, premios y estímulos y garantizan la estabilidad laboral.

    f) Subsistema de Separación que se encarga de atender los casos y supuestos mediante los cuales un servidor público deja de formar parte del Sistema de Servicio Profesional de Carrera o suspende temporalmente sus derechos.

    g) Subsistema de Control y Evaluación cuyo objetivo es diseñar y operar los procedimientos y medios que permitan efectuar la vigilancia y en su caso, corregir la operación del Sistema de Servicio Profesional de Carrera.

    9. Que el artículo 13 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal trata sobre la integración de los Subsistemas de Planeación de Recursos Humanos; Ingreso; Desarrollo Profesional; Capacitación y Certificación de Capacidades; Evaluación del Desempeño; Separación y de Control y Evaluación.

    10. Que estas Comisiones Unidas consideran pertinente que en el subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades, del que trata el artículo 13, se anexe con un inciso f) en el sentido de que se den las condiciones objetivas para propiciar igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres.

    11. Que el artículo 14 de la Ley en comento versa sobre el Subsistema de Planeación de los Recursos Humanos encargado de definir la estructura funcional del Sistema de Servicio Profesional de Carrera y de calcular las necesidades cuantitativas de personal y por eso, estas Comisiones Unidas estiman que en este subsistema se promueva y se garantice la equidad de género en conjunto con el resto de los principios rectores del Sistema señalados en el artículo 2 de dicha Ley.

    12. Que de acuerdo con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal se entiende por Comités: a los Comités Técnicos de Profesionalización y Selección de cada dependencia y por Dependencia: a las Secretarías de Estado, incluyendo sus órganos desconcentrados, Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

    13. Que en el artículo 30 se establece que la Secretaría de la Función Pública emitirá las guías y lineamientos generales para la elaboración y aplicación de los mecanismos de evaluación que deberán operar los comités en las distintas dependencias para la selección de servidores públicos y que a juicio de estas Comisiones dictaminadoras es muy favorable que estos comités al realizar sus evaluaciones pugnen porque prevalezcan todos los principios rectores a los que hace referencia la Ley, incluyendo el de equidad de género.

    14. Que el artículo 32 de esta Ley indica que cada dependencia de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, establecerá los parámetros mínimos de calificación para acceder a los diferentes cargos y que en igualdad de condiciones, tendrán preferencia los servidores públicos de la misma dependencia. Con la reforma a este artículo se procura, además, que el equilibrio entre ambos géneros sea un factor más a considerar.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género de la LIX Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente:

    DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 2, párrafo tercero; 14, fracción III y 32, segundo párrafo y se adicionan un inciso f), a la fracción IV del artículo 13 y un tercer párrafo al artículo 30, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 2.- ...

    ...

    Serán principios rectores de este Sistema: la legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género.

    Artículo 13.- ...

    I a III...

    IV...

    a) a e)...

    f) Las condiciones objetivas para propiciar igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres.

    V a VII ...

    ...

    ...

    Artículo 14.- ...

    ...

    I al II...

    III. Calculará las necesidades cuantitativas de personal, en coordinación con las dependencias y con base en el Registro, considerando los efectos de los cambios en las estructuras organizacionales, la rotación, retiro, y separación de los servidores públicos sujetos a esta Ley, con el fin de que la estructura de la Administración Pública tenga el número de servidores públicos adecuado para su buen funcionamiento y, acorde con los principios rectores de este Sistema, promueva y garantice la equidad de género y permita la movilidad de los miembros del Sistema.

    IV a VIII...

    Artículo 30

    ...

    ...

    En cualquier caso, los comités pugnarán porque prevalezcan los principios rectores a los que hace referencia el artículo 2 de esta Ley.

    Artículo 32.

    ...

    En igualdad de condiciones, tendrán preferencia los servidores públicos de la misma dependencia, procurando el equilibrio entre ambos géneros.

    TRANSITORIOS

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de abril de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Patricia Garduño Morales (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), José González Morfín, Omar Bazán Flores, Jesús González Schmal, Pablo Bedolla López (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), José Sigona Torres, Socorro Díaz Palacios, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, María Sara Rocha Medina (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Sergio Vázquez García (rúbrica).

    Comisión de Equidad y Género, diputados: Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Presidenta; Margarita Martínez López (rúbrica), Norma Elizabeth Sotelo Ochoa (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Blanca Eppen Canales (rúbrica), secretarias; Ángel Paulino Canul Pacab (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Miriam Marina Muñoz Vargas, Gema Isabel Martínez López (rúbrica), Rosalina Mazari Espín, María Elena Orantes López (rúbrica), Esthela de Jesús Ponce Beltrán (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Rosario Sáenz López (rúbrica), Evelia Sandoval Urbán (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Concepción Cruz García (rúbrica), Patricia Flores Fuentes (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña, María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Martha L. Rivera Cisneros (rúbrica), Janette Ovando Reazola, María Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Marbella Casanova Calam (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita (rúbrica), María Marcela Lagarde y de los Ríos (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

    28 de septiembre de 2005

    HONORABLE ASAMBLEA:

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción I, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal presentó Iniciativa de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, en fecha 21 de mayo realizaron una reunión de Trabajo con el Secretario de Trabajo y Previsión Social, y el Titular del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) para conocer de la Iniciativa que crea la Ley del Instituto, por lo que, conforme a las deliberaciones y el análisis que de la misma realizaron los miembros de estas Comisiones Unidas, reunidos en Pleno, presentan a esta Honorable Asamblea el presente

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    1.- Con fecha 19 de abril de 2005, el Ejecutivo Federal, presentó Iniciativa que expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    2.- En esa misma fecha, la mesa directiva de esta H. Cámara de Diputados turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, la iniciativa antes señalada, para su estudio y dictamen.

    3.- En sesión ordinaria los Diputados integrantes de estas H. H. Comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, procedieron al análisis de la iniciativa mencionada, con base en el siguiente:

    RESULTANDO

    ÚNICO.- Los suscritos integrantes de estas Comisión Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, estiman procedente puntualizar la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, que a la letra señala:

    ``Exposición de Motivos

    A principios de la década de los años 70, las organizaciones de trabajadores demandaron a través del Congreso del Trabajo, una mayor equidad en las prestaciones y mecanismos para la adquisición de bienes y servicios a precios competitivos. Como una respuesta a estas demandas, el Gobierno Federal en su carácter de promotor del desarrollo social, propuso la creación de un fondo de fomento para la atención de las necesidades de consumo de los trabajadores de más bajos ingresos del país.

    Para tales efectos y a iniciativa del Poder Ejecutivo Federal, el H. Congreso de la Unión decretó la creación del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores en las Reformas a la Ley Federal del Trabajo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1973. Para instrumentar tal disposición legal, el Ejecutivo Federal ordenó la constitución de un fideicomiso público paraestatal denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'' (FONACOT) mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1974, con la finalidad de proteger la capacidad adquisitiva y facilitar el acceso a los satisfactores que requieren los trabajadores como jefes de familia en el orden material, social y cultural.

    Al inicio de la presente administración se llevó a cabo un diagnóstico empresarial y financiero del FONACOT, en el que se identificó que la institución era inviable e insolvente, ya que, por una parte, registraba pérdidas en su operación y, por la otra, contaba con un patrimonio de 350 millones de pesos y un adeudo con el Banco de México por 1,157 millones de pesos originado desde el año 1994, que resultaba superior a su capacidad de pago, Además, contaba con cadenas de distribución limitadas en cantidad y variedad, así como un proceso muy lento para el otorgamiento de crédito.

    1. Fonacot 2001-2005

    En el año 2001, en el marco de la política de la transformación de la Administración Pública Federal impulsada por el Ejecutivo Federal y teniendo como marco de referencia el Programa Nacional de Política Laboral 2001-2006 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se planteó un proceso de cambio para convertir al Fondo en una institución competitiva que contribuyera al crecimiento económico y desarrollo social y humano, con un enfoque dirigido a los trabajadores de menores recursos de México.

    Como una derivación de dicha estrategia, se definieron la misión y visión del FONACOT, de la siguiente manera:

    a) Misión: ``Elevar el nivel de vida de los trabajadores y su familia a través de lograr un mayor rendimiento de su salario mediante el crédito barato, para la obtención de bienes. y servicios de alta calidad y precio competitivo, que contribuyan a su desarrollo integral, fomentando cadenas productivas, desarrollo regional y ahorro popular, coadyuvando de esta forma a la disminución de las graves desigualdades sociales''.

    b) Visión: ``Ser la mejor institución financiera para apoyo de los trabajadores de más bajos ingresos del país''.

    El proceso de planeación estratégica incluyó una reingeniería de procesos, así como la reestructura orgánica integral y una modernización de sistemas.

    2. Reingeniería de Procesos

    Se desarrolló una nueva estructura orgánica caracterizada por ser plana y flexible, la cual pasó de 22 a 7 niveles jerárquicos, soportada en un contrato colectivo de trabajo con puestos multifuncionales de habilidades múltiples. Dichos cambios se han realizado con la instrumentación en paralelo de programas de capacitación y con estímulos a la productividad del personal.

    Con base en los logros apuntados, el FONACOT obtuvo la certificación de la norma ISO-9001:2000 en el proceso sustantivo de crédito, convirtiéndose en la primera institución de esas características en América Latina y la segunda en América, en obtener ese certificado.

    Para el año 2005, se tiene planteado reforzar la estructura de la institución, así como su presencia a nivel estatal y regional, en razón de que se incrementó el número de oficinas a 4 direcciones regionales, 40 direcciones estatales y 100 oficinas de en el territorio nacional, todo ello sin ampliar el número de plazas.

    3. Modernización Tecnológica

    La modernización de equipos informáticos y de comunicación de datos, así como el rediseño de los procesos de información, han permitido una mayor eficiencia en la autorización de créditos a los trabajadores. De esta forma, se ha disminuido el tiempo para la obtención de un crédito, ya que, pasó de ser de 40 días a tan sólo 15 minutos. De igual manera se han hecho reducciones considerables al plazo de pago a los distribuidores, ya que anteriormente se requerían 90 días para realizarlo, y en la actualidad se efectúa en tan sólo 48 horas.

    Asimismo, se llevó a cabo la licitación de un sistema de crédito que se caracteriza por ser uno de los más avanzados en el mundo, que cuenta con una plataforma tecnológica que permitirá mayor agilidad en los trámites y la operación en gran escala de la tarjeta FONACOT.

    4. Principales resultados operativos

    En la presente administración, el FONACOT ha otorgado 1.7 millones de créditos a trabajadores, por un monto aproximado de 11 mil millones de pesos, en beneficio de alrededor de 7.7 millones de personas, con más de 31,600 centros de trabajo afiliados.

    Al mismo tiempo, se ha logrado mantener un nivel de recuperación de cartera superior al 95%, por lo que del año 2000 a la fecha, se redujo la cartera vencida de 39% al 6.7%.

    Se cuenta con una red de aproximadamente 11,525 distribuidores de bienes y servicios dentro de los programas del FONACOT, que incluyen bienes duraderos y servicios de salud, educativos, para personas con capacidades diferentes, turísticos, notariales y funerarios, entre otros.

    En apoyo de la economía interna y de las pequeñas y medianas empresas para enfrentar la competencia de las importaciones, el Fondo ha celebrado convenios con las principales cámaras empresariales, como la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación; la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo, y la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda.

    5. Programa de Fortalecimiento Financiero

    En la presente administración FONACOT se ha convertido en una institución viable financiera y operativamente. Cuenta con un remanente de operación positivo (utilidad de operación) desde el año 2001; renegoció y acordó el pago del pasivo que el Fondo tenía con el Banco de México, ya que de no haberlo hecho se habría generado una contingencia jurídica importante para el FONACOT. Lo anterior, aunado a los buenos resultados obtenidos en los últimos cuatro años, le permitieron al FONACOT incrementar en 4.2 veces su patrimonio, con respecto al que contaba en el año 2000.

    La institución está acreditada en el sistema financiero mexicano, financiándose con recursos de la banca comercial, la banca de desarrollo y, principalmente en el mercado de valores, a través de certificados bursátiles, a los cuales ha tenido acceso en virtud de haber obtenido la calificación AAA para la enajenación de su cartera y la calificación de A1+ y F1+ para la administración, por parte de Standard & Poor´s y Fitch Ratings, sin el aval del Gobierno Federal. Debe señalarse que estas son las calificaciones más altas que existen.

    6. Debilidad

    Es preciso comentar, que en toda su historia el FONACOT ha tenido cambios sustanciales en la orientación de sus actividades y servicios que ofrece en el mercado, en gran medida generados por la constante rotación en la alta dirección. Hasta el año 2000 se registraron 11 relevos a nivel de Dirección General, lo que ha propiciado que no se cuente con una visión permanente del Fondo como una entidad eminentemente al servicio de los trabajadores de México.

    El origen de esta problemática, desde el punto de vista jurídico, es que tan sólo cuenta con un decreto constitutivo, por lo que es de interés del Ejecutivo Federal buscar la permanencia en los cambios obtenidos, para que los diferentes inversionistas del mercado de valores, la banca comercial, red de distribuidores, centros de trabajo y de manera fundamental los trabajadores, tengan la seguridad de que el FONACOT será una institución que cada día les ofrezca un mejor servicio, como una acción del Gobierno Federal de carácter subsidiaria, solidaria, de justicia social y autónoma, que busque el mejor aprovechamiento del salario. En suma, un instrumento que apoye la política laboral, para lo cual requiere contar con certeza jurídica que es la base de la institucionalidad.

    7. Prospectiva de FONACOT

    El sector social del Estado mexicano está conformado en buena medida por trabajadores, personas que constituyen un pilar esencial para el desarrollo del país y de la economía nacional. Los trabajadores en el entorno económico nacional actual demandan del Gobierno Federal el apoyo, promoción y realización de actos que permitan una más justa distribución de la riqueza y el acceso a un mejor nivel de vida para ellos y sus familias.

    Para el desarrollo de todo el potencial de la planta productiva nacional, los trabajadores requieren del apoyo de instrumentos e instituciones que fortalezcan el poder adquisitivo del salario y les permitan acceder a los bienes y servicios que procuren el bienestar de su núcleo familiar.

    Es por lo anterior, que el Ejecutivo Federal ha adoptado como prioridades impulsar el mercado interno y el empleo, la ocupación productiva y la protección y mejoramiento del ingreso de los trabajadores.

    Las políticas del Gobierno Federal conciben actualmente el trabajo no como una actividad aislada e independiente, sino como un círculo virtuoso que vincula a diversos sujetos que intervienen en el proceso productivo, tales como las entidades gubernamentales, los empleadores, comerciantes e industriales y a los propios trabajadores.

    Asimismo, dichas políticas señalan la necesidad de crear vías institucionales para propiciar la interacción de las cadenas de producción y la mejor obtención de resultados.

    Como fue señalado anteriormente, en el año de 1974 el Ejecutivo Federal emitió el Decreto que ordena la constitución de un fideicomiso para la operación del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, previsto por el artículo 103 bis de la Ley Federal del Trabajo.

    Dicho fideicomiso actualmente es una entidad integrante de la Administración Pública Paraestatal, regido por las relaciones contractuales que le dan vida, en adición a la normativa del derecho público.

    Se debe hacer énfasis en que la decisión del Ejecutivo Federal para la constitución del Fondo como fideicomiso público, fue idónea en ese momento para las relaciones prevalecientes entre los distintos integrantes de los procesos productivos nacionales; pero también es cierto, que 30 años después resulta evidente la necesidad de contar con mecanismos que atiendan la vigente necesidad de brindar a los trabajadores nuevos medios o instrumentos para que el salario sea su fuente de crecimiento y mejora continua.

    Es premisa de la política económica del Estado alcanzar un crecimiento con baja inflación, que contribuya a la recuperación de los salarios reales, la reducción en la tasa de interés y la expansión del crédito, así como la promoción de reformas estructurales necesarias para lograr una nueva cultura laboral y una reforma en este ámbito, con la consecuente implantación de programas de promoción, financiamiento y capacitación.

    El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, identifica como uno de los objetivos rectores propiciar una cultura laboral básica que permita a los futuros trabajadores ver al trabajo como una actividad de realización humana, convivencia solidaria y servicio a la comunidad, transformando a los empleos en oportunidades de crecimiento personal.

    Precisamente, una de las estrategias para mejorar los niveles de educación y bienestar de los mexicanos, plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo, se refiere a establecer una cultura que promueva el trabajo como medio para la plena realización de las personas y para elevar su nivel de vida y el de sus familias. Esto último incluye promover una nueva cultura laboral, siendo compromiso del Gobierno Federal impulsar las acciones que permitan que el desarrollo de los individuos se dé en condiciones equitativas, facilitando la posibilidad de todos los mexicanos de mejorar su calidad de vida.

    Esta iniciativa tiene congruencia con el Programa Nacional de Política Laboral 2001-2006, toda vez que se contempla en la política 3.4., la modernización orgánica y funcional de las instituciones laborales. De esta suerte, corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ser la institución líder del cambio del Gobierno Federal, en cuanto a la modernización en estructura y operación de dichas instituciones.

    Ante tal perspectiva, la línea de acción 3.4.4., del Programa Nacional de Política Laboral, que se refiere a garantizar los beneficios del crédito FONACOT de calidad para un mayor número de trabajadores de bajos ingresos, prevé la necesidad de coadyuvar a disminuir las graves desigualdades sociales y elevar el nivel de vida de los trabajadores y de sus familias, satisfaciendo sus necesidades de consumo.

    Así pues, el Ejecutivo a mi cargo ha concluido que a través de un organismo público descentralizado, cuya creación en la presente iniciativa se somete a la mejor consideración de esa H. Soberanía, se garantiza la permanencia de los logros obtenidos en la presente administración en beneficio del desarrollo integral de los trabajadores y de sus familias; se da una visión de la nueva entidad como la institución financiera al servicio de los trabajadores de México y se permite el acceso a otros sectores de trabajadores al financiamiento en condiciones de mercado preferenciales.

    Asimismo, se tendrán las condiciones necesarias para crear esquemas novedosos, dinámicos y modernos, sin que impliquen subsidios o el aval del Gobierno Federal y, que a su vez, propicien la corresponsabilidad que tienen los sectores público, social y privado en el desarrollo económico nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de nuestra Carta Magna.

    El organismo público descentralizado que se propone crear, en caso de aprobarse la presente iniciativa, será quien lleve a cabo las funciones que le encomienda el artículo 103 bis de la Ley Federal del Trabajo al Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, atendiendo el mandato constitucional, pero con un enfoque que fortalezca la corresponsabilidad de los sectores que concurren a la economía nacional.

    8. Estructura de la Iniciativa

    La presente iniciativa de Ley consta de 33 artículos permanentes y 9 transitorios, divididos en cinco Capítulos.

    En el Capítulo Primero se abordan los aspectos relativos a la creación del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, como un organismo público descentralizado de interés social con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como con autosuficiencia presupuestal, sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Se señala que el nuevo Instituto tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos para la adquisición de bienes y pago de servicios. Se prevé que el Instituto tenga su domicilio en el Distrito Federal, con la posibilidad de establecer delegaciones, sucursales, agencias, u otro tipo de oficinas en los lugares de la República Mexicana que resulten convenientes.

    Se definen los conceptos que se utilizan en el contexto de la ley y se señalan expresamente los diferentes ordenamientos jurídicos que regirán las operaciones y servicios del Instituto.

    También se contempla la obligación de que el Instituto formule su propio programa operativo y financiero, el presupuesto general de gastos e inversiones, así como las estimaciones de ingresos. Asimismo, se prevé que el Instituto someta a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los límites de financiamiento neto que podrá destinarse a los sectores social y privado.

    Se prevé que las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado ``A'' del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo que respecta al Capítulo Segundo, se indican las atribuciones del Instituto. Como novedad se prevé la posibilidad de celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto pueda otorgar créditos a los trabajadores respectivos de aquéllos.

    Dentro de este mismo Capítulo, se señalan también las operaciones que podrá realizar el Instituto para cumplir con su objeto, entre las cuales se encuentran, principalmente, la de otorgar financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y pago de servicios, así como promover entre los trabajadores el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación del gasto familiar.

    En el Capítulo Tercero, se prevé la forma en que se integrará el patrimonio del Instituto. Se establece la limitante relativa a que los recursos del organismo descentralizado sólo podrán destinarse al cumplimiento de su objeto y a cubrir sus gastos de operación y administración.

    En el Capítulo Cuarto se abordan las cuestiones relacionadas con la estructura y administración del Instituto. Se prevé la existencia de un Consejo Directivo integrado en forma tripartita por consejeros que serán los Secretarios del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, contando además con representantes de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo; Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Confederación Patronal de la República Mexicana, y un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Asimismo, se indican los requisitos que deben satisfacer los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para formar parte de este Consejo Directivo, el cual será presidido por el Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Se prevén los tipos y periodicidad de las sesiones que podrá llevar a cabo el Consejo Directivo del Instituto. Se identifican las atribuciones indelegables específicas con que contará dicho órgano, además de las señaladas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

    Por otra parte, se contempla la existencia de comités por materia dentro del Instituto, indicando sus facultades y en el caso particular del de Recursos Humanos, su integración.

    También se señala la forma de designación, facultades y obligaciones del Director General del Instituto. Se prevé que para el cumplimiento de sus facultades, podrá ser auxiliado por los servidores públicos de base y de confianza que establezca el correspondiente Estatuto Orgánico, refiriendo que en dicho Estatuto se indicará el régimen de suplencias del Director General.

    En el Capítulo Quinto se establecen los órganos para el control, vigilancia y evaluación del Instituto. Se indica que el Instituto contará con un órgano interno de control que estará integrado por un titular y por los titulares de las áreas de auditoría interna, auditoría de control y evaluación, y de quejas y responsabilidades, que serán designados por la Secretaría de la Función Pública, con las respectivas facultades que se les otorgan en el Reglamento Interior de dicha dependencia.

    Se contempla la existencia de un Comisario Público (con voz pero sin voto en el órgano de gobierno) y de su suplente, quienes serán designados por la Secretaría de la Función Pública, los cuales se encargarán de vigilar y evaluar la operación del Instituto y tendrán las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones legales aplicables.

    Además, se señalan las facultades que en materia de supervisión y vigilancia tendrá la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para verificar que las operaciones del Instituto se ajusten a lo previsto en la presente ley. Para estos efectos, se establece la obligación a cargo del Instituto de proporcionar los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y, en general, la información que se estime necesaria para el ejercicio de las facultades de inspección y vigilancia de la referida Comisión Nacional.

    Destaca la facultad que se otorga a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para establecer programas preventivos o correctivos de cumplimiento forzoso, tendientes a eliminar irregularidades o desequilibrios financieros que pudieran afectar la liquidez, solvencia o estabilidad del Instituto. En esta tesitura, se concede a dicha Comisión la atribución de emitir la regulación prudencial que deberá observar el Instituto, así como las disposiciones a que deberá sujetarse en materia de registro de operaciones, información financiera, estimación de activos y, en su caso, las relativas a sus responsabilidades y obligaciones.

    Este Capítulo también establece que el incumplimiento o violación a las disposiciones de la ley, se sancionará con multa de cien a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, indicando que para la imposición de las multas la referida Comisión seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Crédito.

    En cuanto al régimen transitorio cabría resaltar que pasarán a formar parte del patrimonio del nuevo organismo descentralizado, los recursos que a la entrada en vigor de la ley, integren el patrimonio del fideicomiso público denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''. Los activos, muebles e inmuebles, derechos y obligaciones del fideicomiso cuya extinción se ordena, se transferirán de manera formal en un plazo no mayor a doce meses.

    Para lograr una armónica transición, se prevé que el fideicomiso público denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'' continuará con las funciones que actualmente lleva a cabo, hasta que el nuevo organismo descentralizado esté en posibilidad de hacerse cargo de dichas funciones, para lo cual se prevé un plazo máximo de 90 días hábiles.

    La primera sesión ordinaria del Consejo Directivo del Instituto deberá llevarse a cabo dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la ley. Para estos efectos, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá adoptar las medidas pertinentes para que en dicho plazo se realicen las acciones correspondientes para la instalación del mismo. Por otra parte, el Estatuto Orgánico del nuevo organismo deberá ser aprobado y expedido por el Consejo Directivo a más tardar en la segunda sesión ordinaria.

    Por lo que respecta a las personas que prestan un servicio personal subordinado a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario en el Fideicomiso Público Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, se tiene previsto que pasen a formar parte del personal al servicio del nuevo organismo descentralizado y que conserven las remuneraciones y prestaciones de las cuales gocen al entrar en vigor la ley.

    Por lo anteriormente expuesto, a usted C. Presidente de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, atentamente pido que den cuenta con la siguiente Iniciativa de:

    LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

    Artículo 1. Se crea el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores como un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 2.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios.

    Asimismo, el Instituto deberá actuar bajo criterios que favorezcan el desarrollo social y las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias. Además, deberá ajustar su operación a las mejores prácticas de gobierno corporativo y mejora continua, quedando sujeto, entre otras, a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

    Artículo 3.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá su domicilio en el Distrito Federal. Para el cumplimiento de su objeto, podrá establecer delegaciones, sucursales, agencias o cualquier otro tipo de oficinas en los lugares de la República Mexicana que resulten convenientes.

    Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    I. Comisión, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

    II. Consejo, el Consejo Directivo del Instituto;

    III. Distribuidores, las empresas y establecimientos afiliados al Instituto que presten servicios o comercialicen bienes para ser adquiridos por los trabajadores;

    IV. Fondo, el fondo de fomento y garantía para el consumo de los trabajadores a que se refiere la Ley Federal del Trabajo;

    V. Instituto, el organismo descentralizado denominado Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VI. Ley, la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VII. Recursos del Fondo, la totalidad de los activos que integren el patrimonio del Instituto en términos de la presente Ley, excepto los inmuebles, mobiliario y equipo necesarios para su funcionamiento;

    VIII. Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

    IX. Secretaría del Trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 5.- La organización, el funcionamiento y la operación administrativos del Instituto como organismo descentralizado, integrante del sistema financiero mexicano, se sujetará a la presente Ley y, en lo que no se opongan a ésta, le serán aplicables, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Las operaciones y servicios del Instituto se regirán por lo dispuesto en la presente Ley y, en lo no previsto en ésta y en el orden siguiente, por la Ley Federal del Trabajo, la legislación mercantil, los usos y prácticas mercantiles y el Código Civil Federal.

    El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y de la Secretaría de Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, estará facultado para interpretar esta Ley para efectos administrativos.

    Artículo 6.- El Instituto formulará anualmente su programa operativo y financiero, su presupuesto general de gastos e inversiones, así como las estimaciones de ingresos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. El Instituto deberá someter a la autorización de la Secretaría de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca, los límites de financiamiento neto que podrá destinar al sector privado y social.

    El presupuesto del Instituto se ejercerá en términos de las disposiciones aplicables de la materia.

    Artículo 7.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado ``A'' del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    CAPÍTULO SEGUNDO De las Atribuciones del InstitutoArtículo 8.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto contará con las siguientes atribuciones:

    I. Administrar el Fondo;

    II. Participar en programas y proyectos en términos de la presente Ley que tengan como finalidad el fomento al ahorro de los trabajadores;

    III. Coadyuvar en el desarrollo económico integral de los trabajadores y de sus familias;

    IV. Instrumentar acciones que permitan obtener a los trabajadores financiamiento para la adquisición de bienes y servicios, en las mejores condiciones de precio, calidad y crédito;

    V. Participar en términos de la presente Ley en los programas que establezcan las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, dirigidos a fomentar el crédito para los trabajadores, así como para los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VI. Brindar apoyo y asesoría en el funcionamiento de las tiendas y almacenes a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VII. Celebrar los actos o contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto;

    VIII. Celebrar convenios con las entidades federativas y gobiernos de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Constituir fideicomisos y otorgar mandatos, directamente relacionados con su objeto, y

    X. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto, así como proceder a su enajenación, en su caso, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 9.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto sólo podrá realizar las siguientes operaciones:

    I. Garantizar los créditos y, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    II. Otorgar financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y pago de servicios y garantizar dichas adquisiciones y pagos;

    III. Contratar financiamientos conforme a lo previsto en esta Ley y en las disposiciones aplicables en la materia;

    IV. Gestionar ante otras instituciones la obtención de condiciones adecuadas de crédito, garantías y precios que les procuren un mayor poder adquisitivo a los trabajadores;

    V. Realizar operaciones de descuento, ceder, negociar y afectar los derechos de crédito a su favor y, en su caso, los títulos de crédito y documentos, respecto de financiamientos otorgados a que se refieren las fracciones I y II anteriores;

    VI. Participar y coadyuvar en esquemas o programas a efecto de facilitar el acceso al financiamiento a los Distribuidores, que tiendan a disminuir el precio y facilitar la adquisición de dichos bienes y pago de servicios;

    VII. Promover entre los trabajadores, el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar, y

    VIII. Realizar las operaciones y servicios análogos o conexos necesarios para la consecución de las operaciones previstas en este artículo, previa autorización de la Secretaría de Hacienda.

    Las garantías que otorgue el Instituto conforme a las fracciones I y II y los financiamientos que contrate en términos de la fracción III de este artículo, deberán hacerse con cargo a los Recursos del Fondo y, en ningún caso, los montos de dichas operaciones en su conjunto podrán ser superiores al importe de los Recursos del Fondo. Asimismo, las operaciones a que se refiere este párrafo no podrán generar endeudamiento neto alguno al cierre de cada ejercicio fiscal del Instituto, y quedarán sujetas a la consideración y, en su caso, autorización previa por parte de la Secretaría de Hacienda.

    CAPÍTULO TERCERO Del Patrimonio del InstitutoArtículo 10.- El patrimonio del Instituto se integra por:

    I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

    II. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;

    III. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;

    IV. Las donaciones que se otorguen a su favor, y

    V. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

    Artículo 11.- Los recursos del Instituto sólo podrán destinarse al cumplimiento de su objeto y a cubrir sus gastos de operación y administración.

    Artículo 12.- El Instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o garantías de cualquier tipo para el cumplimiento de sus obligaciones de pago.

    CAPÍTULO CUARTO De la Administración del InstitutoArtículo 13.- La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités previstos en esta Ley y en los demás que constituya el propio Consejo, así como de los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico.Sección I Del Consejo DirectivoArtículo 14.- El Consejo se integrará en forma tripartita por los siguientes consejeros:

    I. El Secretario del Trabajo y Previsión Social;

    II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

    III. El Secretario de Economía;

    IV. Un representante de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo;

    V. Un representante de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos;

    VI. Un representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana, y

    VII. Un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo.

    El titular de la Secretaría del Trabajo determinará mediante acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, las confederaciones de organizaciones de trabajadores que deban ser invitadas a participar en la integración del Consejo.

    Los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán contar con la experiencia, capacidad y prestigio profesional que les permita desempeñar su función en forma objetiva. Estos representantes percibirán por su participación las remuneraciones que determine el Consejo Directivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 15.- El Secretario del Trabajo presidirá el Consejo y, en su ausencia, lo hará su suplente, quien deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al de aquél.

    Artículo 16.- Cada consejero propietario designará a su suplente. En el caso de los servidores públicos, los suplentes deberán tener, por lo menos, el nivel de director general.

    Artículo 17.- El Consejo celebrará sesiones ordinarias por lo menos cada tres meses. Cuando se estime necesario, también podrá sesionar en forma extraordinaria.

    Las sesiones serán convocadas por el Presidente o, en su defecto, por el Secretario del Consejo a petición de la mayoría de los consejeros o del Director General; serán válidas cuando asistan, por lo menos, seis de sus miembros, incluyendo dos representantes de la Administración Pública Federal, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

    A las sesiones del Consejo asistirán el Director General y el Comisario del Instituto con derecho a voz, pero sin voto.

    A las sesiones del Consejo podrán asistir también los invitados que autorice el Presidente, a propuesta del Director General del Instituto, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto y únicamente en los puntos de la orden del día para los cuales se les haya invitado.

    Los invitados deberán ser personas distinguidas de los sectores público, social y privado, cuya opinión específica sea de interés para el Consejo, en virtud de sus conocimientos y experiencia sobre las materias o los asuntos del Instituto.

    Artículo 18.- Además de las señaladas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Consejo tendrá las atribuciones indelegables siguientes:

    I. Aprobar anualmente el proyecto de presupuesto de gastos de administración, operación, inversión y vigilancia del Instituto, una vez autorizados sus montos globales por la Secretaría de Hacienda;

    II. Aprobar, a propuesta del Director General del Instituto, las políticas generales sobre tasas de interés, plazos, garantías y demás características de las operaciones del Instituto, orientadas a preservar y mantener los recursos de su patrimonio;

    III. Determinar los mecanismos necesarios para que el Instituto conduzca sus actividades en forma programada y con base en las políticas sectoriales, prioridades y restricciones que se deriven del sistema nacional de planeación;

    IV. Fijar, a propuesta del Director General del Instituto, la cantidad máxima para el otorgamiento de préstamos o créditos;

    V. Aprobar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    VI. Aprobar los manuales de operación y funcionamiento, así como las reglas de operación de los comités de apoyo del Instituto;

    VII. Autorizar la participación de profesionistas independientes en los comités de apoyo del Instituto, en términos de lo dispuesto por el Estatuto Orgánico;

    VIII. Autorizar las políticas generales para la celebración de convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Acordar los asuntos intersectoriales que se requieran en la administración integral del Instituto;

    X. Autorizar con sujeción a las disposiciones aplicables en la materia, la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación. Todo esto a propuesta del Director General y oyendo la opinión del Comité de Recursos Humanos;

    XI. Fijar las remuneraciones que correspondan a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores por su participación en las sesiones del Consejo;

    XII. Aprobar el contenido de las actas que se levanten en sus sesiones;

    XIII. Aprobar su calendario anual de sesiones, y

    XIV. Las demás previstas en la presente Ley.

    Sección II De los Comités de Apoyo del InstitutoArtículo 19.- El Instituto contará con los siguientes comités de apoyo:

    I. De Operaciones;

    II. De Crédito;

    III. De Auditoría, Control y Vigilancia;

    IV. De Administración Integral de Riesgos;

    V. Recursos Humanos, y

    VI. Los demás que constituya el Consejo.

    Artículo 20.- Los Comités a que se refiere el artículo anterior se integrarán por servidores públicos del Instituto, representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, según lo determine su Estatuto Orgánico, por profesionistas independientes en la materia propia de cada Comité.

    Los profesionistas independientes a que se refiere este artículo serán nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Director General del Instituto.

    Respecto de los comités de apoyo a que se contraen las fracciones I a V del artículo 19 de esta Ley, el Estatuto Orgánico establecerá lo relativo a su objeto, integración, operación, facultades y reglas básicas de operación, en términos de las disposiciones de carácter general que al efecto expidan las autoridades competentes.

    Artículo 21.- El Comité de Operaciones tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales o lineamientos sobre tasas de interés, plazos, garantías, otorgamiento de los préstamos o créditos y demás características de las operaciones del Instituto.

    Artículo 22.- El Comité de Crédito tendrá especialmente la facultad de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales con base en las cuales se autorizarán los créditos y los aspectos inherentes a su otorgamiento.

    Artículo 23.- El Comité de Auditoría, Control y Vigilancia tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales sobre control y auditoría, evaluación y desarrollo administrativo.

    Artículo 24.- El Comité de Administración Integral de Riesgos tendrá la atribución de fijar la metodología para la estimación de pérdidas por riesgos de crédito, de mercado, de liquidez y de operación, así como por los de carácter legal. Dicho Comité someterá a la consideración y aprobación del Consejo los términos para la aplicación de las reservas al efecto constituidas.

    Artículo 25.- El Comité de Recursos Humanos tendrá entre otras atribuciones, la de opinar sobre la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación de trabajadores.

    Artículo 26.- El Comité de Recursos Humanos, estará integrado de la siguiente forma:

    I. Un representante de la Secretaría del Trabajo;

    II. Un representante de la Secretaría de Hacienda;

    III. Un representante de la Secretaría de la Función Pública;

    IV. El responsable del área de administración del Instituto;

    V. Un profesionista independiente con amplia experiencia en el área de recursos humanos;

    Salvo el caso del profesional independiente, los demás miembros del Comité contarán con sus respectivos suplentes, quienes serán preferentemente servidores públicos del nivel inmediato inferior.

    Sección III Del Director GeneralArtículo 27.- El Director General del Instituto será designado por el titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario del Trabajo y Previsión Social. El nombramiento deberá recaer en persona que reúna los requisitos que establece la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y quien, además, deberá contar con una experiencia mínima de cinco años en puestos de alto nivel decisorio en materia financiera dentro del sistema financiero mexicano.

    Artículo 28.- El Director General tendrá a su cargo las facultades y obligaciones siguientes:

    I. Administrar y representar legalmente al Instituto. En el ejercicio de su representación legal estará facultado para:

    a) Celebrar y otorgar toda clase de actos jurídicos y documentos inherentes al objeto del Instituto;

    b) Ejercer las más amplias facultades para realizar actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aun aquéllas que requieran de autorización especial, según esta Ley u otras disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias;

    c) Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;

    d) Querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en el juicio de amparo;

    e) Comprometer en árbitros y transigir, y

    f) Otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aun las que requieran cláusula especial, sustituirlos y revocarlos, y otorgar facultades de sustitución a los apoderados, previa autorización expresa del Consejo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio.

    II. Dirigir técnica y administrativamente las actividades y programas del Instituto;

    III. Presentar a la aprobación del Consejo los proyectos de Estatuto Orgánico, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    IV. Someter a la autorización del Consejo el establecimiento, reubicación y cierre de oficinas en el territorio nacional;

    V. Presentar anualmente al Consejo los proyectos de los programas operativo y financiero, de las estimaciones de ingresos anuales y del presupuesto de gastos e inversión para el ejercicio siguiente;

    VI. Ejercer el presupuesto del organismo con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables;

    VII. Nombrar y remover a los servidores públicos del Instituto, distintos de los dos primeros niveles;

    VIII. Rendir al Consejo informes periódicos, con la intervención que corresponda al comisario;

    IX. Vigilar la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control y registro;

    X. Presentar a la Secretaría de Hacienda los informes que se requieran en términos de las disposiciones aplicables;

    XI. Realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con los fines del Instituto, y

    XII. Las demás que le atribuyan la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, esta Ley o cualquier otra disposición y el Consejo.

    Las facultades del Director General del Instituto previstas en las fracciones III y VI de este artículo serán indelegables.

    Artículo 29.- El Director General del Instituto será auxiliado en el cumplimiento de sus facultades por los servidores públicos de base y de confianza que establezca el Estatuto Orgánico,

    Asimismo, dicho Estatuto determinará al servidor público que suplirá al Director General en sus ausencias. El suplente deberá tener el nivel inmediato inferior al del Director General.

    CAPÍTULO QUINTO Del Control, Vigilancia y Evaluación del InstitutoArtículo 30.- El Instituto contará con un órgano interno de control, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Al frente de dicho órgano de control y de las áreas de Auditoría Interna, Auditoría de Control y Evaluación, de Quejas y Responsabilidades, estarán los servidores públicos que sean designados por la Secretaría de la Función Pública, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quienes contarán con las facultades que respectivamente les otorga el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Artículo 31.- El Instituto contará con un comisario público propietario y uno suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública. El comisario vigilará y evaluará la operación del Instituto y tendrá las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las demás disposiciones legales aplicables.

    Artículo 32.- La Comisión ejercerá la supervisión del Instituto, en términos de esta Ley y en los de aquélla que rige a la propia Comisión.

    La supervisión que ejerza la Comisión tendrá por objeto verificar que las operaciones del Instituto se ajusten a lo previsto en la presente Ley y a las disposiciones que con base en ella se expidan.

    Sin perjuicio de las facultades de otras instancias fiscalizadoras, la supervisión de la Comisión comprenderá el ejercicio de las de inspección, vigilancia, prevención y corrección que le confiere su propia ley.

    El Instituto estará obligado a proporcionar a la Comisión los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y, en general, toda la información que ésta estime necesaria para el ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia.

    Esta obligación comprende la información y documentación relativa al titular o beneficiario de las operaciones y servicios que realice el Instituto y que se encuentren protegidas por algún tipo de secreto.

    La Comisión podrá establecer programas preventivos o correctivos de cumplimiento forzoso, tendientes a eliminar irregularidades o desequilibrios financieros que puedan afectar la liquidez, solvencia o estabilidad del Instituto. Los términos y condiciones para la ejecución de dichos programas podrán ser convenidos por la Comisión y el Instituto.

    El incumplimiento de los programas o convenios a que se refiere el párrafo anterior, dará lugar a la imposición de las sanciones que correspondan.

    Artículo 33.- La Comisión emitirá la regulación prudencial que deberá observar el Instituto y las disposiciones a las que se sujetará en materia de registro de operaciones, información financiera, estimación de activos y, en su caso, las relativas a sus responsabilidades y obligaciones.

    El incumplimiento o violación a la presente Ley se sancionará con multa de cien a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Para la imposición de las multas, la Comisión seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Crédito y su importe se cargará al patrimonio líquido del Instituto.

    TRANSITORIOSPRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se decreta la desincorporación mediante extinción del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    TERCERO.- A la entrada en vigor de la presente Ley, pasarán a formar parte del patrimonio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores los recursos, los activos, los bienes muebles e inmuebles, los derechos y las obligaciones que integren el patrimonio del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    La transferencia formal de los bienes, derechos y obligaciones a que se contrae el párrafo que antecede, así como los actos necesarios para llevar a cabo la extinción del fideicomiso público a que dicho párrafo se refiere, deberán efectuarse en un plazo no mayor a doce meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    Las transferencias de bienes y derechos previstas en el presente artículo, no quedarán gravadas por contribución federal alguna.

    Las inscripciones y anotaciones marginales efectuadas en los registros públicos de la propiedad y de comercio, así como en cualquier otro registro del país, relativas a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', respecto de inmuebles, contratos, convenios, títulos de crédito, comisiones de carácter mercantil y cualquier otra, se entenderán referidas al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Como causahabiente, del fideicomiso público cuya extinción se ordena en la presente Ley, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores se subrogará en todos los derechos y obligaciones de aquél, y ejercerá las acciones, opondrá las excepciones y defensas e interpondrá los recursos de cualquier naturaleza deducidos en los procedimientos judiciales y administrativos en los que haya sido parte Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del mencionado fideicomiso.

    Con objeto de que no se interrumpan las operaciones y funciones que a la fecha realiza el Fideicomiso denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', éste continuará desarrollándolas, hasta en tanto el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores esté en posibilidad de hacerse cargo de las mismas, para lo cual tendrá un plazo máximo de 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    En tanto se expide la normatividad interna del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, continuará aplicándose la que rige la operación y funcionamiento del Fideicomiso cuya extinción se ordena, en lo que no se oponga a esta Ley y, en lo no previsto, se estará a lo que resuelva el Consejo Directivo.

    CUARTO.- Sin perjuicio de lo señalado en el último párrafo del artículo 9 de esta Ley con respecto a las nuevas obligaciones de pasivo derivadas de financiamientos, las mencionadas obligaciones de pasivo contraídas por el fideicomiso público denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores antes de la entrada en vigor de esta Ley, podrán ser canjeadas, modificadas, novadas y, en general, refinanciadas por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores a partir de la entrada en vigor de esta Ley, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que dichas obligaciones sean disminuidas gradualmente hasta su liquidación, conforme a los términos y condiciones autorizados por la mencionada Dependencia.

    QUINTO.- El Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores deberá ser aprobado y expedido por el Consejo Directivo a más tardar en la segunda sesión ordinaria que celebre.

    SEXTO.- Las personas que presten servicios personales subordinados a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario en el fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', formarán parte del personal al servicio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y conservarán las remuneraciones y prestaciones de las cuales gozan al entrar en vigor la presente Ley.

    El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores constituirá y mantendrá las reservas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la relación laboral con sus trabajadores, en función del estudio actuarial que se realice para tal efecto.

    SÉPTIMO.- La primera sesión ordinaria del Consejo Directivo deberá llevarse a cabo dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social adoptará las medidas pertinentes para la instalación del Consejo Directivo.

    OCTAVO.- Previo al inicio de operaciones que sean distintas a las que actualmente realiza el fideicomiso Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores someterá a la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sus sistemas operativos, de procesamiento de información y de control interno, así como sus manuales de organización y operación.

    NOVENO.- El Instituto Nacional para el Consumo de los Trabajadores se circunscribirá en el presente ejercicio fiscal al presupuesto autorizado al Fideicomiso denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''

    CONSIDERACIONES DE LAS COMISIONES

    PRIMERA.- Estas Comisiones Unidas resultan competentes para dictaminar la Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    SEGUNDO.- Las Comisiones Unidas consideran que es de aprobarse la Ley que crea el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    En efecto, se coincide con transformar al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, en un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con una autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios en los términos a que se refiere la iniciativa que se dictamina, con lo que se pretende que dicho Instituto sea una Institución Financiera para el apoyo a los trabajadores de más bajos ingresos del País.

    Además, se establece en la Iniciativa que el Instituto deberá actuar bajo criterios que favorezcan el desarrollo social y las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias ajustando su operación a las mejores prácticas de gobierno corporativo y mejora continua, quedando sujeto, entre otras, a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

    Las que dictaminan consideran adecuado que el Instituto se someta a la autorización de la Secretaría de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca, los límites de financiamiento neto que podrá destinar al sector privado y social.

    Se establece en la Iniciativa que las atribuciones del Instituto tendrán el objeto en participar en programas y proyectos en que tengan como finalidad el fomento al ahorro de los trabajadores y coadyuven en el desarrollo económico integral de los trabajadores y de sus familias , instrumentando acciones que permitan obtener a los trabajadores financiamiento para la adquisición de bienes y servicios, en las mejores condiciones de precio, calidad y crédito, para el cumplimiento de su objeto, garantizara los créditos y, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    Las Comisiones Unidas consideran adecuado como se integra el Patrimonio del Instituto mediante los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio, el efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos, las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes, las donaciones que se otorguen a su favor, y los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

    La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités que constituya el propio Consejo y los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico y el Consejo Directivo se integrará en forma tripartita por el l Secretario del Trabajo y Previsión Social; el Secretario de Hacienda y Crédito Público; el Secretario de Economía; un representante de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo; un representante de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; un representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana, y un representante de cada una de las tres confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo, en el Consejo Directivo el Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate y en las sesiones del Consejo asistirán el Director General y el Comisario con derecho a voz, pero sin voto por lo que la Comisiones Unidas consideran adecuado.

    La Ley establece que el Instituto contará con los comités de apoyo, de Operaciones, de Crédito, de Auditoria, Control y Vigilancia de Administración Integral de Riesgos, Recursos Humanos, y los demás que constituya el Consejo los cuales integrarán por servidores públicos del Instituto, representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, según lo determine su Estatuto Orgánico, por profesionistas independientes en la materia propia de cada Comité.

    La iniciativa señala que el Director General será designado por el Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario del Trabajo y Previsión Social y su nombramiento deberá recaer en persona que reúna los requisitos que establece la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y quien, además, deberá contar con una experiencia mínima de cinco años en puestos de alto nivel decisorio en materia financiera dentro del sistema financiero mexicano.

    El Instituto contará con un órgano interno de control, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las áreas de Auditoría Interna, Auditoría de Control y Evaluación, de Quejas y Responsabilidades, estarán los servidores públicos que sean designados por la Secretaría de la Función Pública.

    CONSIDERACIONES A LA INICIATIVA

    Las que dictaminan consideran que sería conveniente precisar en el segundo párrafo del artículo 2°, que el objeto del FONACOT, se ajuste sus operaciones a las mejoras prácticas del buen gobierno.

    Consideran las Comisiones Unidas que el Consejo Directivo en el artículo 14, se incluya al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, eliminando al representante de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo. Asimismo, amen de que exista uniformidad en el precepto que se analiza, se considera incrementar en la fracción V, a cuatro el número de confederaciones de organizaciones de patrones más representativas del país que integrarán el Consejo Directivo.

    Así como, el precisar que el Titular de la Secretaría del Trabajo, considerará las propuestas de las organizaciones de patrones y trabajadores fundadoras, al participar en la integración del consejo, en tal virtud se modifica el segundo párrafo del artículo 14.

    Asimismo, estas Comisiones consideran que para ser válidas las sesiones del Consejo, deben asistir por lo menos siete miembros, incluyendo tres representantes de la Administración Pública Federal, modificando el segundo párrafo del artículo 17,

    Por lo anterior las que dictaminan consideran que la creación del Instituto dará seguridad a la permanencia y logros alcanzados del FONACOT y a los beneficios que ofrece, fundamentalmente a los trabajadores, los centros de trabajo, red comercial e industrial, así como mayor certeza en el mercado financiero, principalmente en el mercado de valores y con la banca comercial.

    En el Comité de Apoyo del Instituto, se considera incluir a especialistas del sector de los trabajadores en la materia propia de cada Comité que se señalan en el artículo 19, por lo cual se modifica el primer párrafo del artículo 20.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad y de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someten a consideración de la Asamblea el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    ARTICULO ÚNICO.- se expide la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

    CAPÍTULO I Disposiciones Generales

    Artículo 1.- Se crea el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores como un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 2.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá como objeto promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios.

    Asimismo, el Instituto deberá actuar bajo criterios que favorezcan el desarrollo social y las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias. Además, deberá ajustar su operación a las mejores prácticas de buen gobierno y mejora continua, quedando sujeto, entre otras, a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

    Artículo 3.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores tendrá su domicilio en el Distrito Federal. Para el cumplimiento de su objeto, podrá establecer delegaciones, sucursales, agencias o cualquier otro tipo de oficinas en los lugares de la República Mexicana que resulten convenientes.

    Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    I. Comisión, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

    II. Consejo, el Consejo Directivo del Instituto;

    III. Distribuidores, las empresas y establecimientos afiliados al Instituto que presten servicios o comercialicen bienes para ser adquiridos por los trabajadores;

    IV. Fondo, el fondo de fomento y garantía para el consumo de los trabajadores a que se refiere la Ley Federal del Trabajo;

    V. Instituto, el organismo descentralizado denominado Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VI. Ley, la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

    VII. Recursos del Fondo, la totalidad de los activos que integren el patrimonio del Instituto en términos de la presente Ley, excepto los inmuebles, mobiliario y equipo necesarios para su funcionamiento;

    VIII. Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

    IX. Secretaría del Trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    Artículo 5.- La organización, el funcionamiento y la operación administrativos del Instituto como organismo descentralizado, integrante del sistema financiero mexicano, se sujetará a la presente Ley y, en lo que no se opongan a ésta, le serán aplicables, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Las operaciones y servicios del Instituto se regirán por lo dispuesto en la presente Ley y, en lo no previsto en ésta y en el orden siguiente, por la Ley Federal del Trabajo, la legislación mercantil, los usos y prácticas mercantiles y el Código Civil Federal.

    El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y de la Secretaría de Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, estará facultado para interpretar esta Ley para efectos administrativos.

    Artículo 6.- El Instituto formulará anualmente su programa operativo y financiero, su presupuesto general de gastos e inversiones, así como las estimaciones de ingresos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. El Instituto deberá someter a la autorización de la Secretaría de Hacienda, de acuerdo con los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca, los límites de financiamiento neto que podrá destinar al sector privado y social.

    El presupuesto del Instituto se ejercerá en términos de las disposiciones aplicables de la materia.

    Artículo 7.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado ``A'' del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    CAPÍTULO II De las Atribuciones del Instituto

    Artículo 8.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto contará con las siguientes atribuciones:

    I. Administrar el Fondo;

    II. Participar en programas y proyectos en términos de la presente Ley que tengan como finalidad el fomento al ahorro de los trabajadores;

    III. Coadyuvar en el desarrollo económico integral de los trabajadores y de sus familias;

    IV. Instrumentar acciones que permitan obtener a los trabajadores financiamiento para la adquisición de bienes y servicios, en las mejores condiciones de precio, calidad y crédito;

    V. Participar en términos de la presente Ley en los programas que establezcan las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, dirigidos a fomentar el crédito para los trabajadores, así como para los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VI. Brindar apoyo y asesoría en el funcionamiento de las tiendas y almacenes a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    VII. Celebrar los actos o contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto;

    VIII. Celebrar convenios con las entidades federativas y gobiernos de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Constituir fideicomisos y otorgar mandatos, directamente relacionados con su objeto, y

    X. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto, así como proceder a su enajenación, en su caso, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 9.- Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto sólo podrá realizar las siguientes operaciones:

    I. Garantizar los créditos y, en su caso, otorgar financiamiento para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

    II. Otorgar financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y pago de servicios y garantizar dichas adquisiciones y pagos;

    III. Contratar financiamientos conforme a lo previsto en esta Ley y en las disposiciones aplicables en la materia;

    IV. Gestionar ante otras instituciones la obtención de condiciones adecuadas de crédito, garantías y precios que les procuren un mayor poder adquisitivo a los trabajadores;

    V. Realizar operaciones de descuento, ceder, negociar y afectar los derechos de crédito a su favor y, en su caso, los títulos de crédito y documentos, respecto de financiamientos otorgados a que se refieren las fracciones I y II anteriores;

    VI. Participar y coadyuvar en esquemas o programas a efecto de facilitar el acceso al financiamiento a los Distribuidores, que tiendan a disminuir el precio y facilitar la adquisición de dichos bienes y pago de servicios;

    VII. Promover entre los trabajadores, el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar, y

    VIII. Realizar las operaciones y servicios análogos o conexos necesarios para la consecución de las operaciones previstas en este artículo, previa autorización de la Secretaría de Hacienda.

    Las garantías que otorgue el Instituto conforme a las fracciones I y II y los financiamientos que contrate en términos de la fracción III de este artículo, deberán hacerse con cargo a los Recursos del Fondo y, en ningún caso, los montos de dichas operaciones en su conjunto podrán ser superiores al importe de los Recursos del Fondo. Asimismo, las operaciones a que se refiere este párrafo no podrán generar endeudamiento neto alguno al cierre de cada ejercicio fiscal del Instituto, y quedarán sujetas a la consideración y, en su caso, autorización previa por parte de la Secretaría de Hacienda.

    CAPÍTULO III Del Patrimonio del Instituto

    Artículo 10.- El patrimonio del Instituto se integra por:

    I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

    II. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;

    III. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;

    IV. Las donaciones que se otorguen a su favor, y

    V. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

    Artículo 11.- Los recursos del Instituto sólo podrán destinarse al cumplimiento de su objeto y a cubrir sus gastos de operación y administración.

    Artículo 12.- El Instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o garantías de cualquier tipo para el cumplimiento de sus obligaciones de pago.

    CAPÍTULO IV De la Administración del Instituto

    Artículo 13.- La administración del Instituto estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, quienes se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de los comités previstos en esta Ley y en los demás que constituya el propio Consejo, así como de los servidores públicos que prevea el Estatuto Orgánico.

    Sección I Del Consejo Directivo

    Artículo 14.- El Consejo se integrará en forma tripartita por los siguientes consejeros:

    I. El Secretario del Trabajo y Previsión Social;

    II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

    III. El Secretario de Economía;

    IV. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    V. Un representante de cada una de las cuatro confederaciones de organizaciones de patrones más representativas del país, y

    VI. Un representante de cada una de las cuatro confederaciones de organizaciones de trabajadores más representativas del país, debidamente registradas ante la Secretaría del Trabajo.

    El Titular de la Secretaría del Trabajo, considerando las propuestas de las organizaciones de patrones y de trabajadores fundadoras, determinará mediante acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, las organizaciones de patrones y de trabajadores que, en el marco de la ley, deban ser propuestas a participar en la integración del Consejo.

    Los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán contar con la experiencia, capacidad y prestigio profesional que les permita desempeñar su función en forma objetiva. Estos representantes percibirán por su participación las remuneraciones que determine el Consejo Directivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

    Artículo 15.- El Secretario del Trabajo presidirá el Consejo y, en su ausencia, lo hará su suplente, quien deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al de aquél.

    Artículo 16.- Cada consejero propietario designará a su suplente. En el caso de los servidores públicos, los suplentes deberán tener, por lo menos, el nivel de director general.

    Artículo 17.- El Consejo celebrará sesiones ordinarias por lo menos cada tres meses. Cuando se estime necesario, también podrá sesionar en forma extraordinaria.

    Las sesiones serán convocadas por el Presidente o, en su defecto, por el Secretario del Consejo a petición de la mayoría de los consejeros o del Director General; serán válidas cuando asistan, por lo menos, siete de sus miembros, incluyendo tres representantes de la Administración Pública Federal, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

    A las sesiones del Consejo asistirán el Director General y el Comisario del Instituto con derecho a voz, pero sin voto.

    A las sesiones del Consejo podrán asistir también los invitados que autorice el Presidente, a propuesta del Director General del Instituto, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto y únicamente en los puntos de la orden del día para los cuales se les haya invitado.

    Los invitados deberán ser personas distinguidas de los sectores público, social y privado, cuya opinión específica sea de interés para el Consejo, en virtud de sus conocimientos y experiencia sobre las materias o los asuntos del Instituto.

    Artículo 18.- Además de las señaladas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Consejo tendrá las atribuciones indelegables siguientes:

    I. Aprobar anualmente el proyecto de presupuesto de gastos de administración, operación, inversión y vigilancia del Instituto, una vez autorizados sus montos globales por la Secretaría de Hacienda;

    II. Aprobar, a propuesta del Director General del Instituto, las políticas generales sobre tasas de interés, plazos, garantías y demás características de las operaciones del Instituto, orientadas a preservar y mantener los recursos de su patrimonio;

    III. Determinar los mecanismos necesarios para que el Instituto conduzca sus actividades en forma programada y con base en las políticas sectoriales, prioridades y restricciones que se deriven del sistema nacional de planeación;

    IV. Fijar, a propuesta del Director General del Instituto, la cantidad máxima para el otorgamiento de préstamos o créditos;

    V. Aprobar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    VI. Aprobar los manuales de operación y funcionamiento, así como las reglas de operación de los comités de apoyo del Instituto;

    VII. Autorizar la participación de profesionistas independientes en los comités de apoyo del Instituto, en términos de lo dispuesto por el Estatuto Orgánico;

    VIII. Autorizar las políticas generales para la celebración de convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que el Instituto otorgue a los trabajadores respectivos los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 9 de esta Ley;

    IX. Acordar los asuntos intersectoriales que se requieran en la administración integral del Instituto;

    X. Autorizar con sujeción a las disposiciones aplicables en la materia, la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación. Todo esto a propuesta del Director General y oyendo la opinión del Comité de Recursos Humanos;

    XI. Fijar las remuneraciones que correspondan a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores por su participación en las sesiones del Consejo;

    XII. Aprobar el contenido de las actas que se levanten en sus sesiones;

    XIII. Aprobar su calendario anual de sesiones, y

    XIV. Las demás previstas en la presente Ley.

    Sección II De los Comités de Apoyo del Instituto

    Artículo 19.- El Instituto contará con los siguientes comités de apoyo:

    I. De Operaciones;

    II. De Crédito;

    III. De Auditoría, Control y Vigilancia;

    IV. De Administración Integral de Riesgos;

    V. Recursos Humanos, y

    VI. Los demás que constituya el Consejo.

    Artículo 20.- Los Comités a que se refiere el artículo anterior se integrarán por servidores públicos del Instituto, representantes de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, según lo determine su Estatuto Orgánico, por profesionistas independientes y especialistas del sector de los trabajadores en la materia propia de cada Comité.

    Los profesionistas independientes a que se refiere este artículo serán nombrados por el Consejo Directivo a propuesta del Director General del Instituto.

    Respecto de los comités de apoyo a que se contraen las fracciones I a V del artículo 19 de esta Ley, el Estatuto Orgánico establecerá lo relativo a su objeto, integración, operación, facultades y reglas básicas de operación, en términos de las disposiciones de carácter general que al efecto expidan las autoridades competentes.

    Artículo 21.- El Comité de Operaciones tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales o lineamientos sobre tasas de interés, plazos, garantías, otorgamiento de los préstamos o créditos y demás características de las operaciones del Instituto.

    Artículo 22.- El Comité de Crédito tendrá especialmente la facultad de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales con base en las cuales se autorizarán los créditos y los aspectos inherentes a su otorgamiento.

    Artículo 23.- El Comité de Auditoría, Control y Vigilancia tendrá entre sus facultades la de someter a la consideración y aprobación del Consejo, las políticas generales sobre control y auditoría, evaluación y desarrollo administrativo.

    Artículo 24.- El Comité de Administración Integral de Riesgos tendrá la atribución de fijar la metodología para la estimación de pérdidas por riesgos de crédito, de mercado, de liquidez y de operación, así como por los de carácter legal. Dicho Comité someterá a la consideración y aprobación del Consejo los términos para la aplicación de las reservas al efecto constituidas.

    Artículo 25.- El Comité de Recursos Humanos tendrá entre otras atribuciones, la de opinar sobre la estructura orgánica básica; los niveles de puestos; las bases generales para la elaboración de tabuladores de sueldos; la política salarial y de incentivos que considere las compensaciones y demás prestaciones económicas en beneficio de los trabajadores del Instituto; los lineamientos en materia de selección, reclutamiento, capacitación, ascenso y promoción; los indicadores de evaluación del desempeño, y los criterios de separación de trabajadores.

    Artículo 26.- El Comité de Recursos Humanos, estará integrado de la siguiente forma:

    I. Un representante de la Secretaría del Trabajo;

    II. Un representante de la Secretaría de Hacienda;

    III. Un representante de la Secretaría de la Función Pública;

    IV. El responsable del área de administración del Instituto;

    V. Un profesionista independiente con amplia experiencia en el área de recursos humanos;

    Salvo el caso del profesional independiente, los demás miembros del Comité contarán con sus respectivos suplentes, quienes serán preferentemente servidores públicos del nivel inmediato inferior.

    Sección III Del Director General

    Artículo 27.- El Director General del Instituto será designado por el titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario del Trabajo y Previsión Social. El nombramiento deberá recaer en persona que reúna los requisitos que establece la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y quien, además, deberá contar con una experiencia mínima de cinco años en puestos de alto nivel decisorio en materia financiera dentro del sistema financiero mexicano.

    Artículo 28.- El Director General tendrá a su cargo las facultades y obligaciones siguientes:

    I. Administrar y representar legalmente al Instituto. En el ejercicio de su representación legal estará facultado para:a) Celebrar y otorgar toda clase de actos jurídicos y documentos inherentes al objeto del Instituto;

    b) Ejercer las más amplias facultades para realizar actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aun aquéllas que requieran de autorización especial, según esta Ley u otras disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias;

    c) Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;

    d) Querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en el juicio de amparo;

    e) Comprometer en árbitros y transigir, y

    f) Otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aun las que requieran cláusula especial, sustituirlos y revocarlos, y otorgar facultades de sustitución a los apoderados, previa autorización expresa del Consejo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio.

    II. Dirigir técnica y administrativamente las actividades y programas del Instituto;

    III. Presentar a la aprobación del Consejo los proyectos de Estatuto Orgánico, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, y demás instrumentos normativos que regulen el funcionamiento del Instituto;

    IV. Someter a la autorización del Consejo el establecimiento, reubicación y cierre de oficinas en el territorio nacional;

    V. Presentar anualmente al Consejo los proyectos de los programas operativo y financiero, de las estimaciones de ingresos anuales y del presupuesto de gastos e inversión para el ejercicio siguiente;

    VI. Ejercer el presupuesto del organismo con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables;

    VII. Nombrar y remover a los servidores públicos del Instituto, distintos de los dos primeros niveles;

    VIII. Rendir al Consejo informes periódicos, con la intervención que corresponda al comisario;

    IX. Vigilar la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control y registro;

    X. Presentar a la Secretaría de Hacienda los informes que se requieran en términos de las disposiciones aplicables;

    XI. Realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con los fines del Instituto, y

    XII. Las demás que le atribuyan la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, esta Ley o cualquier otra disposición y el Consejo.

    Las facultades del Director General del Instituto previstas en las fracciones III y VI de este artículo serán indelegables.

    Artículo 29.- El Director General del Instituto será auxiliado en el cumplimiento de sus facultades por los servidores públicos de base y de confianza que establezca el Estatuto Orgánico,

    Asimismo, dicho Estatuto determinará al servidor público que suplirá al Director General en sus ausencias. El suplente deberá tener el nivel inmediato inferior al del Director General.

    CAPÍTULO V Del Control, Vigilancia y Evaluación del Instituto

    Artículo 30.- El Instituto contará con un órgano interno de control, en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Al frente de dicho órgano de control y de las áreas de Auditoría Interna, Auditoría de Control y Evaluación, de Quejas y Responsabilidades, estarán los servidores públicos que sean designados por la Secretaría de la Función Pública, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quienes contarán con las facultades que respectivamente les otorga el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Artículo 31.- El Instituto contará con un comisario público propietario y uno suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública. El comisario vigilará y evaluará la operación del Instituto y tendrá las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las demás disposiciones legales aplicables.

    Artículo 32.- La Comisión ejercerá la supervisión del Instituto, en términos de esta Ley y en los de aquélla que rige a la propia Comisión.

    La supervisión que ejerza la Comisión tendrá por objeto verificar que las operaciones del Instituto se ajusten a lo previsto en la presente Ley y a las disposiciones que con base en ella se expidan.

    Sin perjuicio de las facultades de otras instancias fiscalizadoras, la supervisión de la Comisión comprenderá el ejercicio de las de inspección, vigilancia, prevención y corrección que le confiere su propia ley.

    El Instituto estará obligado a proporcionar a la Comisión los datos, informes, registros, libros de actas, auxiliares, documentos, correspondencia y, en general, toda la información que ésta estime necesaria para el ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia.

    Esta obligación comprende la información y documentación relativa al titular o beneficiario de las operaciones y servicios que realice el Instituto y que se encuentren protegidas por algún tipo de secreto.

    La Comisión podrá establecer programas preventivos o correctivos de cumplimiento forzoso, tendientes a eliminar irregularidades o desequilibrios financieros que puedan afectar la liquidez, solvencia o estabilidad del Instituto. Los términos y condiciones para la ejecución de dichos programas podrán ser convenidos por la Comisión y el Instituto.

    El incumplimiento de los programas o convenios a que se refiere el párrafo anterior, dará lugar a la imposición de las sanciones que correspondan.

    Artículo 33.- La Comisión emitirá la regulación prudencial que deberá observar el Instituto y las disposiciones a las que se sujetará en materia de registro de operaciones, información financiera, estimación de activos y, en su caso, las relativas a sus responsabilidades y obligaciones.

    El incumplimiento o violación a la presente Ley se sancionará con multa de cien a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Para la imposición de las multas, la Comisión seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Crédito y su importe se cargará al patrimonio líquido del Instituto.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se decreta la desincorporación mediante extinción del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    TERCERO.- A la entrada en vigor de la presente Ley, pasarán a formar parte del patrimonio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores los recursos, los activos, los bienes muebles e inmuebles, los derechos y las obligaciones que integren el patrimonio del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores''.

    La transferencia formal de los bienes, derechos y obligaciones a que se contrae el párrafo que antecede, así como los actos necesarios para llevar a cabo la extinción del fideicomiso público a que dicho párrafo se refiere, deberán efectuarse en un plazo no mayor a doce meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    Las transferencias de bienes y derechos previstas en el presente artículo, no quedarán gravadas por contribución federal alguna.

    Las inscripciones y anotaciones marginales efectuadas en los registros públicos de la propiedad y de comercio, así como en cualquier otro registro del país, relativas a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', respecto de inmuebles, contratos, convenios, títulos de crédito, comisiones de carácter mercantil y cualquier otra, se entenderán referidas al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Como causahabiente, del fideicomiso público cuya extinción se ordena en la presente Ley, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores se subrogará en todos los derechos y obligaciones de aquél, y ejercerá las acciones, opondrá las excepciones y defensas e interpondrá los recursos de cualquier naturaleza deducidos en los procedimientos judiciales y administrativos en los que haya sido parte Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario del mencionado fideicomiso.

    Con objeto de que no se interrumpan las operaciones y funciones que a la fecha realiza el Fideicomiso denominado ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', éste continuará desarrollándolas, hasta en tanto el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores esté en posibilidad de hacerse cargo de las mismas, para lo cual tendrá un plazo máximo de 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

    En tanto se expide la normatividad interna del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, continuará aplicándose la que rige la operación y funcionamiento del Fideicomiso cuya extinción se ordena, en lo que no se oponga a esta Ley y, en lo no previsto, se estará a lo que resuelva el Consejo Directivo.

    CUARTO.- Sin perjuicio de lo señalado en el último párrafo del artículo 9 de esta Ley con respecto a las nuevas obligaciones de pasivo derivadas de financiamientos, las mencionadas obligaciones de pasivo contraídas por el fideicomiso público denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores antes de la entrada en vigor de esta Ley, podrán ser canjeadas, modificadas, novadas y, en general, refinanciadas por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores a partir de la entrada en vigor de esta Ley, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que dichas obligaciones sean disminuidas gradualmente hasta su liquidación, conforme a los términos y condiciones autorizados por la mencionada Dependencia.

    QUINTO.- El Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores deberá ser aprobado y expedido por el Consejo Directivo a más tardar en la segunda sesión ordinaria que celebre.

    SEXTO.- Las personas que presten servicios personales subordinados a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de fiduciario en el fideicomiso público ``Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores'', formarán parte del personal al servicio del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y conservarán las remuneraciones y prestaciones de las cuales gozan al entrar en vigor la presente Ley.

    El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores constituirá y mantendrá las reservas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la relación laboral con sus trabajadores, en función del estudio actuarial que se realice para tal efecto.

    SÉPTIMO.- La primera sesión ordinaria del Consejo Directivo deberá llevarse a cabo dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social adoptará las medidas pertinentes para la instalación del Consejo Directivo.

    OCTAVO.- Previo al inicio de operaciones que sean distintas a las que actualmente realiza el fideicomiso Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores someterá a la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sus sistemas operativos, de procesamiento de información y de control interno, así como sus manuales de organización y operación.

    NOVENO.- El Instituto Nacional para el Consumo de los Trabajadores se circunscribirá en el presente ejercicio fiscal al presupuesto autorizado al Fideicomiso denominado Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores.

    Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 28 de septiembre de 2005.

    Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Enrique Burgos García (rúbrica), Presidente; Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), Secretaria; María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Secretaria; Sergio Álvarez Mata (rúbrica), Secretario; Agustín Rodríguez Fuentes, Secretario; Miguel Alonso Raya (rúbrica en contra), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Pedro Ávila Nevárez, Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica en contra), Marko Antonio Cortés Mendoza, Tomás Cruz Martínez (rúbrica en contra), Blanca Eppen Canales (rúbrica), Fernando Espino Arévalo, Pablo Franco Hernández (rúbrica en contra), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Víctor Flores Morales (rúbrica), Salvador Márquez Lozornio (rúbrica), Carlos Mireles Morales (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Juan Pérez Medina, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha, Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica).

    Por la Comisión de Seguridad Social, diputados: Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica en contra), Roberto Javier Vega Galina (rúbrica en contra), Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), José Mario Wong Pérez, María Cristina Díaz Salazar, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), David Hernández Pérez (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Óscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Martín Carrillo Guzmán, Roberto Colín Gamboa (rúbrica), Israel Raymundo Gallardo Sevilla (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello, Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Carlos Tiscareño Rodríguez, Tomás Antonio Trueba Gracián (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes (rúbrica en contra), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica en contra), Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica en contra), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica en contra), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica en contra), Francisco Amadeo Espinosa Ramos.

    Por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica en contra), Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Ángel Buendía Tirado (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Humberto Francisco Filizola Haces (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, Jorge Carlos Obregón Serrano (rúbrica), José Osuna Millán, María de los Dolores Padierna Luna (rúbrica en contra), Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica en contra), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez, María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Váldez de Anda (rúbrica), Emilio Zebadúa González.»

    Es de primera lectura.


    LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Octubre 26, 2005

    HONORABLE ASAMBLEA

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I; 73, fracción VII y 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 7 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal sometió a la consideración del H. Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, la cual fue turnada el pasado 5 de septiembre de 2005 a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio, análisis y dictaminación.

    Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el dictamen relativo a la Iniciativa de Decreto antes citada.

    El esfuerzo anterior exigió llevar a cabo diversas consultas y reuniones de trabajo con representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Colegios e Instituciones Académicas, Organismos y Cámaras Empresariales, Secretarios de Finanzas de diferentes Estados de la República, Presidentes Municipales y diversos sectores interesados en la materia.

    Es conveniente señalar, que las modificaciones a la Ley de Ingresos de la Federación que se proponen a través del presente dictamen, son el resultado del análisis de la Iniciativa en comento además de cada una de las Iniciativas que sobre la materia fueron turnadas a esta Comisión y respecto de las cuales se recogió, en cada caso, lo relativo a las modificaciones que más adelante se proponen y las cuales se enuncian a continuación:

  • Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, presentada por el Lic. Vicente Fox Quesada, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 05 de septiembre de 2005.

  • Iniciativa que adiciona un artículo 225 a la Ley del Impuesto sobre la Renta y se adiciona una fracción XV al artículo 17 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2006, del Diputado Raúl Piña Horta del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 17 de diciembre de 2004.

  • Iniciativa que adiciona una fracción XV a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, del Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 12 de abril de 2005.

  • Iniciativa que adiciona un artículo Séptimo Transitorio a la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, del Diputado Gonzalo Ruiz Cerón del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 22 de septiembre de 2005.

  • Iniciativa que reforma el Artículo Segundo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, del Diputado Jesús Martínez Álvarez del Grupo Parlamentario de Convergencia, de fecha 08 de febrero de 2005.

  • Iniciativa que reforma la Ley General del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Ingresos para 2005, de la Senadora Noemí Zoila Guzmán Lagunas del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 22 de febrero de 2005.

  • Iniciativa que reforma la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 y la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Diputado Jesús Martínez Álvarez del Grupo Parlamentario de Convergencia, de fecha 27 de julio de 2005.

  • Iniciativa que reforma el artículo 17 de la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, del Diputado Guillermo Velasco Rodríguez del Grupo Parlamentario del PVEM, de fecha 11 de octubre de 2005.

  • Iniciativa que reforma el segundo y tercer párrafos del artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal y adiciona el artículo 7 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, del Congreso del Estado de San Luis Potosí, de fecha 11 de diciembre de 2003.

  • Iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas leyes en materia fiscal y administrativa para el fortalecimiento de Petróleos Mexicanos, del Diputado Manuel Medellín Milán del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 08 de agosto de 2001.

  • Iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2002 y la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, del Congreso del Estado de Jalisco, de fecha 23 de enero de 2002.

  • Iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2002 y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Congreso del Estado de Jalisco, de fecha 23 de enero de 2002.

  • Iniciativa que reforma el párrafo primero y deroga el párrafo segundo del artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, del Diputado Arturo de la Garza Tijerina del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 13 de febrero de 2002.

  • Iniciativa que adiciona una fracción XV al artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, del Congreso del Estado de Jalisco, de fecha 27 de febrero de 2002.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 43, 44, 45 y 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dichas Iniciativas fueron turnadas a esta Comisión de Hacienda y Crédito Público para su análisis, discusión y dictamen.

    Esta Comisión tomó en consideración los criterios de política económica y finanzas públicas que presentó el Ejecutivo Federal y los que diversos analistas e instituciones especializados estiman para el ejercicio 2006, así como los planteamientos y propuestas que en materia de Ley de Ingresos de la Federación presentaron las Iniciativas mencionadas.

    Esta Dictaminadora que suscribe con base en las facultades señaladas, se abocó al análisis de las Iniciativas relacionadas, procediendo a dictaminarlas conforme a su articulado y contenido, realizando para tales efectos, reuniones de trabajo con servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como con diversos sectores interesados en los temas contemplados en las Iniciativas en dictamen, por lo que con base en los resultados de las deliberaciones y el análisis que realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, se presenta a esta Honorable Asamblea el siguiente:

    DICTAMEN

    DESCRIPCIÓN DE LA INICIATIVA

    La propuesta de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2006, estima obtener un total de 1 billón 881 mil 200.4 millones de pesos por concepto de ingresos presupuestales, que representa el 21.3 por ciento del PIB; de estos el Gobierno Federal recibirá ingresos por 1 billón 296 mil 553.3 millones de pesos, ingresos de organismos y empresas por un monto de 582 mil 254.1 millones de pesos y financiamientos por 2 mil 392.8 millones de pesos. Asimismo, se estima una Recaudación Federal Participable por 1 billón 104 mil 237.2 millones de pesos; en cuanto al endeudamiento neto interno, se propone autorizar al Ejecutivo Federal un monto hasta por 180 mil millones de pesos.

    La Iniciativa mantiene el esquema aplicable a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, modificando los montos correspondientes a los anticipos diarios y semanales a cargo de dichos organismos. También propone que los montos que se deriven del aprovechamiento sobre rendimientos excedentes, se destinen a gasto de inversión de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las Entidades Federativas, en este caso, se realizarán los ajustes que correspondan por la diferencia que, en su caso, resulte entre los anticipos trimestrales enterados y el monto del aprovechamiento anual.

    Asimismo, se establece que los ingresos que obtengan las dependencias de la Administración Pública Federal por concepto de productos y aprovechamientos, se destinarán a las dependencias que los generen, hasta por el limite autorizado.

    Por otro lado, continúa el trato fiscal aplicable a los ingresos que por concepto de productos y aprovechamientos, obtengan las dependencias de la Administración Pública Federal, los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como los Tribunales Administrativos, el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mediante el cual se permite el descuento de los gastos indispensables que hayan efectuado y que son necesarios para la generación de los ingresos por dichos conceptos.

    También plantea omitir la solicitud de autorización a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para cobrar los productos que provengan de arrendamientos o enajenaciones efectuados por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, toda vez que como órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública, la Ley General de Bienes Nacionales vigente le confiere atribuciones en materia de administración de inmuebles federales y de valuación de bienes nacionales.

    Como en años anteriores se proponen diversos estímulos fiscales que se aplicarán para el ejercicio fiscal 2006, así como eliminar aquellos que ya cumplieron su objetivo.

    Con el propósito de ampliar y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes se faculta al Servicio de Administración Tributaria para que lleve a cabo recorridos de domicilios, establecimientos, locales, puestos fijos y semifijos en la vía pública o en cualquier otro lugar donde se realice una actividad económica, aclarando que la solicitud de información y de datos no constituye el inicio de facultades de comprobación.

    Asimismo, a efecto de que las Entidades Federativas y Municipios participen en el mantenimiento y actualización del Registro Federal de Contribuyentes, se considera necesario dejar abierta la posibilidad de que dichas Entidades puedan realizar la actividad propuesta, siempre que se prevea en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal.

    CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

    La Comisión dictaminadora estima ingresos públicos para el ejercicio 2006 por 1 billón 973 mil 500 millones de pesos, es decir 92 mil 299.6 millones de pesos más a lo previsto por la Iniciativa del Ejecutivo y representa el 22.4 por ciento del PIB, de los cuales el Gobierno Federal recibirá 1 billón 339 mil 787.1 millones de pesos; se considera razonable el monto de endeudamiento interno neto del Gobierno Federal por 222 mil millones de pesos y el objetivo de mantener un equilibrio en las finanzas públicas en sustitución del superávit propuesto por el Ejecutivo Federal. Estas estimaciones consideran un precio ponderado acumulado del barril de petróleo crudo de exportación de 36.50 dólares.

    Derivado de los ingresos fiscales a obtener, esta Comisión conviene en que durante el ejercicio de 2006, se obtenga una Recaudación Federal Participable por 1 billón 139 mil 400.4 millones de pesos, es decir 35 mil 163.2 millones de pesos más de lo propuesto por el Ejecutivo, en beneficio de estados y municipios.

    Esta Comisión considera razonable que se continúe aprovechando los términos y condiciones de los financiamientos de los organismos financieros internacionales, a fin de lograr que el monto de desendeudamiento externo neto planteado en el paquete económico de al menos 500 millones de dólares, se alcance mediante operaciones de manejo y administración de pasivos que permita mejorar la composición y los términos de la estructura de la deuda pública externa.

    Esta Dictaminadora considera procedente que el Gobierno del Distrito Federal contrate y ejerza créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para un endeudamiento neto de 1 mil 600 millones de pesos para el financiamiento de obras y proyectos de inversión.

    Derivado de la aprobación del nuevo régimen fiscal aplicable a Petróleos Mexicanos, resulta necesario realizar la adecuación de los artículos 1 y 7 de la Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, toda vez que con el nuevo régimen, se establecen en el Capítulo XII, Título Segundo, de la Ley Federal de Derechos, los derechos a cargo de PEMEX Exploración y Producción.

    Asimismo, esta Comisión considera necesario mantener el aprovechamiento sobre rendimientos excedentes con una tasa del 6.5%, a fin de destinarlo en su totalidad a las Entidades Federativas, mismo que junto con el derecho extraordinario sobre la exportación de petróleo crudo a que se refiere el artículo 257 de la Ley Federal de Derechos, equivaldría a un porcentaje igual al 50% del aprovechamiento sobre rendimientos excedentes de 39.2% que actualmente se destina a las entidades, de esta manera, el artículo 7o. quedaría en los siguientes términos:

    ``Artículo 7o. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios estarán obligados al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, excepto el impuesto sobre la renta, de acuerdo con las disposiciones que los establecen y con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, además, estarán a lo siguiente:I. HidrocarburosDe acuerdo con lo establecido en el artículo 260 de la Ley Federal de Derechos, Pemex Exploración y Producción deberá realizar los anticipos que a continuación se señalan:

    A cuenta del derecho ordinario sobre hidrocarburos a que se refiere el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos, Pemex-Exploración y Producción deberá realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por 585 millones 597 mil pesos durante el año. Además, el primer día hábil de cada semana del ejercicio fiscal deberá efectuar un pago de 4,110 millones 437 mil pesos. Estos anticipos se acreditarán contra el derecho que resulte en la declaración anual.

    Durante el ejercicio fiscal de 2006 Pemex Exploración y Producción no efectuará los pagos provisionales mensuales del derecho ordinario sobre hidrocarburos, en los términos previstos en el Capítulo XII del Título II de la Ley Federal de Derechos y sus disposiciones transitorias.

    II. Enajenación de gasolinas y dieselPetróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, por la enajenación de gasolinas y diesel, enterarán por conducto de Pemex-Refinación, diariamente, incluyendo los días inhábiles, anticipos por un monto de 54 millones 495 mil pesos, como mínimo, a cuenta del impuesto especial sobre producción y servicios, mismos que se acreditarán contra el pago mensual que establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, correspondiente al mes por el que se efectuaron los anticipos.

    El pago mensual del impuesto especial sobre producción y servicios deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél al que corresponda el pago. Estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.

    Los pagos mínimos diarios por concepto del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gasolinas y diesel, se podrán modificar cuando los precios de dichos productos varíen, para lo cual se aplicará sobre los pagos mínimos diarios un factor que será equivalente al aumento o disminución porcentual que registren los productos antes señalados, el cual será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar el tercer día posterior a su modificación.

    Cuando las gasolinas y el diesel registren diferentes por cientos de incremento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará el factor a que se refiere el párrafo anterior, tomando en consideración el aumento o la disminución promedio ponderado de dichos productos, de acuerdo con el consumo que de los mismos se haya presentado durante el trimestre inmediato anterior a la fecha de incremento de los precios.

    Cuando en un lugar o región del país se establezca un sobreprecio al precio de la gasolina, no se estará obligado al pago del impuesto especial sobre producción y servicios por dicho sobreprecio en la enajenación de este combustible.

    Cuando la determinación de la tasa aplicable, de acuerdo con el procedimiento que establece el artículo 2-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, resulte negativa, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrán disminuir el monto que resulte de dicha tasa negativa, del impuesto especial sobre producción y servicios a su cargo o del impuesto al valor agregado, si el primero no fuera suficiente. Para otorgar dicha autorización, se deberá considerar la situación que guarden las finanzas públicas de la Federación, los ingresos del Gobierno Federal, los ingresos de Petróleos Mexicanos y las participaciones que correspondan a las entidades federativas y a los municipios.

    III. Pagos del impuesto al valor agregadoPetróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios efectuarán individualmente los pagos del impuesto al valor agregado en la Tesorería de la Federación, mediante declaraciones que presentarán a más tardar el último día hábil del mes siguiente.IV. Determinación y pago de los impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivadosCuando el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades a que se refiere el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establezca impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios deberán determinarlos y pagarlos a más tardar el último día hábil del mes siguiente a aquél en que se efectúe la exportación.V. Impuesto a los rendimientos petrolerosPetróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, a excepción de Pemex Exploración y Producción, estarán a lo siguiente:

    a) Cada organismo deberá calcular el impuesto a que se refiere esta fracción aplicando al rendimiento neto del ejercicio la tasa del 30%. El rendimiento neto a que se refiere este párrafo, se determinará restando de la totalidad de los ingresos del ejercicio, el total de las deducciones autorizadas que se efectúen en el mismo. En ningún caso la pérdida neta de ejercicios anteriores se podrá disminuir del rendimiento neto del ejercicio.

    b) A cuenta del impuesto sobre rendimientos petroleros a que se refiere esta fracción, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, a excepción de Pemex Exploración y Producción, deberán realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por un total de 6 millones 628 mil pesos durante el año. Además, el primer día hábil de cada semana del ejercicio fiscal deberán efectuar un pago por un total de 46 millones 524 mil pesos.

    El impuesto se pagará mediante declaración que se presentará ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2007 y contra el impuesto que resulte, se acreditarán los anticipos diarios y semanales a que se refiere el párrafo anterior.

    Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta fracción se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones fiscales y las reglas de carácter general expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de ingresos, deducciones, cumplimiento de obligaciones y facultades de las autoridades fiscales.

    VI. Importación de mercancíasPetróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios determinarán individualmente los impuestos a la importación y las demás contribuciones que se causen con motivo de las importaciones que realicen, debiendo pagarlas ante la Tesorería de la Federación a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél en que se efectúe la importación.VII. Aprovechamiento sobre rendimientos excedentes.Cuando en el mercado internacional el precio promedio ponderado acumulado mensual del barril del petróleo crudo mexicano exceda de 36.50 dólares de los Estados Unidos de América, Pemex Exploración y Producción pagará un aprovechamiento que se calculará aplicando la tasa del 6.5% sobre el rendimiento excedente acumulado, que se determinará multiplicando la diferencia entre el valor promedio ponderado acumulado del barril de crudo y 36.50 dólares de los Estados unidos de América por el volumen total de exportación acumulado de hidrocarburos.

    La recaudación anual que genere la aplicación del aprovechamiento sobre rendimientos excedentes, se destinarán en su totalidad a las Entidades Federativas en los términos que disponga el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    Para los efectos de lo establecido en esta fracción, Pemex Exploración y Producción calculará y efectuará anticipos trimestrales a cuenta del aprovechamiento anual, que se pagarán a más tardar el último día hábil de los meses de abril, julio y octubre de 2006 y enero de 2007. Pemex Exploración y Producción presentará ante la Tesorería de la Federación una declaración anual por este concepto a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2007, en la que podrá acreditar los anticipos trimestrales enterados en el ejercicio.

    VIII. Otras obligacionesPetróleos Mexicanos será quien cumpla por sí y por cuenta de sus subsidiarias las obligaciones señaladas en esta Ley y en las demás leyes fiscales, excepto la de efectuar pagos diarios y semanales cuando así se prevea expresamente. Para tal efecto, Petróleos Mexicanos será solidariamente responsable del pago de contribuciones, aprovechamientos y productos, que correspondan a sus organismos subsidiarios.

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios presentarán las declaraciones, harán los pagos y cumplirán con las obligaciones de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, ante la Tesorería de la Federación.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para variar el monto de los pagos diarios y semanales, establecidos en este artículo, cuando existan modificaciones en los ingresos de Petróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiarios que así lo ameriten; así como para expedir las reglas específicas para la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.

    Petróleos Mexicanos presentará una declaración a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los meses de abril, julio y octubre de 2006 y enero de 2007 en la que informará sobre los pagos por contribuciones y los accesorios a su cargo o a cargo de sus organismos subsidiarios, efectuados en el trimestre anterior.

    Petróleos Mexicanos presentará conjuntamente con su declaración anual del impuesto a los rendimientos petroleros, declaración informativa sobre la totalidad de las contribuciones causadas o enteradas durante el ejercicio anterior, por sí y por sus organismos subsidiarios.

    Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio, por concepto de mermas, el 0.74% del valor total de las enajenaciones de gasolina PEMEX Magna y PEMEX Premium, que realice a dichas estaciones de servicio. El monto de ingresos que deje de percibir Petróleos Mexicanos por este concepto, podrá ser disminuido de los pagos mensuales que del impuesto especial sobre producción y servicios debe efectuar dicho organismo en los términos del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    El Banco de México deducirá los pagos diarios y semanales que se establecen en el presente artículo de los depósitos que Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios deben hacer en dicha institución, conforme a la Ley del propio Banco de México y los concentrará en la Tesorería de la Federación.

    En el caso de que Pemex Exploración y Producción cambie de denominación o se fusione, con motivo de su reforma corporativa, las obligaciones previstas en esta ley, en la Ley Federal de Derechos o en cualquier otra disposición de carácter fiscal que haga referencia a Pemex Exploración y Producción, se entenderán a cargo de Petróleos Mexicanos; sin embargo, respecto del impuesto sobre rendimientos petroleros, el mismo se calculará, en su caso, como si los mismos organismos subsidiarios hubieran subsistido por separado.''

    La que dictamina coincide con la propuesta de adicionar a la obligación de registrar, la de conservar a disposición de los órganos revisores de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, la documentación comprobatoria de los registros de los ingresos que obtengan las entidades sujetas a control presupuestario directo, los Poderes Legislativo y Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    Por lo que se refiere a posibilitar la entrega y aplicación inmediata de los productos que obtengan las instituciones educativas, los planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación media superior, superior, de posgrado, de investigación y de formación para el trabajo del sector público, esta Comisión considera acertada la propuesta de permitirles el manejo de dichos recursos, a través de un fondo revolvente destinado a cubrir los gastos asociados con sus objetivos y programas.

    La Comisión conviene en que se continúe con la tasa de recargos aplicable a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Por tanto, la que dictamina considera acertado determinar la tasa de interés a cobrar por concepto de recargos aplicando una tasa que esté en función del periodo de pago a plazos en parcialidades, por lo que el artículo 8o. quedaría con la siguiente redacción:

    ``Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:I. Al 0.75% mensual sobre los saldos insolutos.

    II. Cuando conforme al Código Fiscal de la Federación, se permita que la tasa de recargos por prórroga incluya actualización, se aplicarán sobre los saldos las siguientes tasas, durante los periodos que a continuación se señalan:

    a) Tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1% mensual.

    b) Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.25% mensual.

    c) Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.50% mensual.''

    Asimismo, con la finalidad de preservar el debido cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrados entre la Federación y las Entidades Federativas, esta Comisión considera procedente establecer en el artículo 9o. de la Ley que se dictamina, que tratándose de mercancías y vehículos de procedencia extranjera, embargados precautóriamente por las Entidades Federativas, que pasen a propiedad del fisco federal en cumplimiento de dichos convenios, no se transferirán en esos casos al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, de acuerdo a lo señalado por la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con lo cual se podrá dar cumplimiento a los compromisos en materia de estímulos establecidos en los Convenios. En este sentido, se propone reformar el segundo párrafo y adicionar un tercero al artículo 9o, en los siguientes términos:

    ``Artículo 9o....................................................................

    Asimismo, se ratifican los convenios que se hayan celebrado entre la Federación por una parte y los Estados, organismos autónomos por disposición Constitucional de éstos y los Municipios, por la otra, en los cuales se finiquiten adeudos entre ellos. También se ratifican los convenios que se hayan celebrado o se celebren entre la Federación por una parte y las Entidades Federativas, por la otra, en los cuales se señalen los incentivos que perciben las propias Entidades Federativas y, en su caso, los municipios, por las mercancías ó vehículos de procedencia extranjera, embargados precautóriamente por las mismas, que pasen a propiedad del fisco federal.

    En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, no se aplicará lo dispuesto en el artículo 6-bis de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.''

    Esta Comisión considera importante continuar con el tratamiento de los ingresos por enajenación de acciones, cesión de derechos y desincorporación de entidades, en el sentido de permitir descontar los gastos necesarios para llevar a cabo dichos procedimientos. Sin embargo, se considera necesario precisar que tratándose de operaciones que le sean encomendadas al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes en los términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, se podrá descontar además un porcentaje por concepto de gastos indirectos de operación, a fin de que se encuentre en posibilidades de llevar a buen término la totalidad de las operaciones y procedimientos a su cargo. Por lo anterior, se propone la adición de un último párrafo al artículo 13 de la Ley sujeta a Dictamen, en los siguientes términos:

    ``Artículo 13....................................................................

    Además de los conceptos señalados en los párrafos tercero y cuarto del presente artículo, a los ingresos que se obtengan por la enajenación de bienes, incluyendo acciones, por la enajenación y recuperación de activos financieros y por la cesión de derechos, todos ellos propiedad del Gobierno Federal, o de cualquier Entidad Transferente en términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como por la desincorporación de entidades, se les podrá descontar un porcentaje sobre el monto de dichos ingresos, por concepto de gastos indirectos de operación, que no podrá ser mayor del 5 por ciento, a favor del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, cuando a éste se le haya encomendado la ejecución de dichos procedimientos. Este porcentaje será autorizado por su Junta de Gobierno y se destinará a financiar, junto con los recursos fiscales y patrimoniales del organismo, las operaciones de éste.''

    En el mismo sentido, se faculta a las autoridades fiscales a que cancelen los créditos fiscales cuyo cobro les corresponde efectuar en los casos en que exista imposibilidad práctica de cobro cuando los deudores no tengan bienes embargables, hubieran fallecido o desaparecido sin dejar bienes a su nombre o cuando por sentencia firme sea declarado en quiebra a falta de activo.

    La Comisión conviene en mantener en la Ley objeto del presente Dictamen, algunos de los estímulos fiscales vigentes en la Ley de Ingresos para el presente ejercicio fiscal, entre los que destacan continuar permitiendo a los contribuyentes de los sectores agropecuario y forestal, el acreditamiento de la inversión con motivo de su actividad contra un monto equivalente a la del impuesto al activo determinado en el ejercicio; de igual forma, se estima procedente la exención del pago de dicho impuesto a las personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 4 millones de pesos.

    En materia de Ciencia y Tecnología, esta Comisión dictaminadora considera acertado darle continuidad al estímulo fiscal consistente en el otorgamiento del monto de 3 mil millones de pesos por los gastos e inversión que realicen las empresas por esta actividad; sin embargo, esta Comisión propone aumentar el beneficio a 4 mil millones de pesos, a fin de que 750 millones se destinen a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología en fuentes alternativas de energía, así como a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología de la micro y pequeña empresa; otra cantidad similar, a proyectos de creación de infraestructura especializada para centros de investigación cuyos proyectos hayan sido dictaminados como proyectos orientados al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción que representen un avance científico o tecnológico y el resto entre los solicitantes. Dicha medida coadyuvará al desarrollo de las empresas en el rubro tecnológico. En este sentido, se propone las siguientes modificaciones a la fracción IV del artículo 16, como sigue:

    ``Artículo 16....................................................................

    IV.....................................................................................

    b) El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 4,000 millones de pesos para el año de 2006.

    c) El monto total se distribuirá de la siguiente manera:

    750 millones de pesos se destinarán a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología en fuentes alternativas de energía, así como a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología de la micro y pequeña empresa.

    750 millones de pesos se destinarán a proyectos de creación de infraestructura especializada para centros de investigación cuyos proyectos hayan sido dictaminados como proyectos orientados al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción que representen un avance científico o tecnológico.

    2,500 millones de pesos se distribuirán entre el resto de los solicitantes.

    En el caso de que al término del tercer trimestre del ejercicio fiscal 2006, las solicitudes de estímulo fiscal correspondientes a los numerales 1 y 2 no fueran suficientes para asignar los montos establecidos, los remanentes podrán ser utilizados para incrementar el monto establecido en el numeral 3.

    d) El Comité Interinstitucional estará obligado a publicar a más tardar el último día de febrero de 2007, el monto erogado durante el ejercicio anterior, así como las empresas beneficiarias del estímulo fiscal y los proyectos por los cuales fueron merecedoras de este beneficio.

    .......................................................................................''

    Asimismo, por lo que se refiere al impuesto especial sobre producción y servicios, la que dictamina conviene en mantener el estímulo fiscal para los diversos sectores de contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final, entre los cuales destacan el sector agrícola, ganadero, pesquero y minero, así como para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga, consistente en permitir el acreditamiento de dicho impuesto causado por la enajenación del propio diesel.

    En el mismo sentido, esta Comisión considera procedente el otorgamiento de un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje que utilizan la red nacional de autopistas de cuota, consistente en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la carretera de cuota hasta en un 50 por ciento del monto erogado por ese concepto.

    En otro aspecto, la que dictamina conviene en proporcionar un apoyo fiscal a los contribuyentes que utilicen el diesel marino especial como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de la marina mercante y se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para otorgar estímulos fiscales y subsidios relacionados con la importación de artículos de consumo e importación de equipo y maquinaria a las regiones fronterizas, así como a las cajas de ahorro y sociedades de ahorro y préstamo.

    Por otra parte, se estima necesaria la precisión al artículo 19 de la Ley de Ingresos que se dictamina, sobre el concepto y procedimiento para la determinación de los ingresos excedentes y correlacionar dichos preceptos con las disposiciones contenidas en el Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    Esta Dictaminadora considera positivo que queden sin efecto las exenciones relativas a los impuestos a bienes inmuebles previstas en leyes federales a favor de organismos descentralizados sobre contribuciones locales, excepto en lo que se refiere a bienes propiedad de dichos organismos que se consideren del dominio público de la Federación.

    Con relación a las obligaciones de presentación de la información sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Dictaminadora considera correcta la adecuación de los plazos establecidos en el artículo 23 de la Ley de Ingresos, a los plazos aprobados por el Congreso de la Unión en la Ley de Servicio de Administración Tributaria y en la Ley General de Deuda Pública.

    Por otro lado, con el objeto de ampliar y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes, en la Iniciativa en dictamen se faculta al Servicio de Administración Tributaria para realizar recorridos de domicilios, locales, puestos fijos o cualquier otro lugar donde se realice una actividad económica, lo que esta Comisión estima acertado.

    En cuanto las regulaciones en materia de importación, producción y comercialización de maíz, leche y frijol tomando en consideración las necesidades y situación del agro nacional, se adiciona un artículo Sexto Transitorio que precisa las disposiciones que habrán de regir durante el ejercicio 2006.

    Finalmente, la Comisión considera conveniente que el Servicio de Administración Tributaria pueda celebrar convenios con los contribuyentes con el propósito de condonar total o parcialmente multas y recargos sobre créditos fiscales derivados de contribuciones federales que debieron causarse antes del 1 de enero de 2003.

    Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la siguiente:

    LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2006

    Capítulo I

    De los Ingresos y el Endeudamiento Público

    Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2006, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

    Cuando una ley que establezca alguno de los ingresos previstos en este artículo, contenga disposiciones que señalen otros ingresos, estos últimos se considerarán comprendidos en la fracción que corresponda a los ingresos a que se refiere este artículo.

    El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los ingresos pagados en especie o en servicios, por contribuciones, así como, en su caso, el destino de los mismos.

    Derivado del monto de ingresos fiscales a obtener durante el ejercicio de 2006, se estima una recaudación federal participable por 1 billón 139 mil 400.4 millones de pesos.

    El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informará al Congreso de la Unión, trimestralmente, dentro de los 35 días siguientes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidos por la Federación en el ejercicio fiscal de 2006, en relación con las estimaciones que se señalan en este artículo.

    Se estima que el pago en especie, durante el ejercicio fiscal de 2006, en términos monetarios, del impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés público por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación, establecido en la Ley que Establece, Reforma y Adiciona las Disposiciones Relativas a Diversos Impuestos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1968 y cuyo pago se regula en el decreto publicado el 10 de octubre de 2002, ascenderá al equivalente de 2,540.2 millones de pesos.

    La aplicación de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se hará de acuerdo a lo establecido en los artículos correspondientes del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006.

    Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, en los términos de la Ley General de Deuda Pública y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 222 mil millones de pesos. Asimismo, podrá contratar endeudamiento interno adicional al autorizado, siempre que se obtenga una disminución de la deuda pública externa por un monto equivalente al del endeudamiento interno neto adicional asumido. El Ejecutivo Federal, queda autorizado para contratar créditos o emitir valores en el exterior con el objeto de canjear o refinanciar obligaciones del Sector Público Federal a efecto de obtener un monto de desendeudamiento neto externo de al menos 500 millones de dólares de los Estados Unidos de América. El cómputo de lo anterior se realizará, en una sola ocasión, el último día hábil bancario del ejercicio fiscal de 2006 considerando el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, así como la equivalencia del peso mexicano con otras monedas que dé a conocer el propio Banco de México, en todos los casos en la fecha en que se hubieren realizado las operaciones correspondientes.

    También se autoriza al Ejecutivo Federal para que, a través de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita valores en moneda nacional y contrate empréstitos para canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública. Asimismo, el Ejecutivo Federal queda autorizado para contratar créditos o emitir valores en el exterior con el objeto de canjear o refinanciar endeudamiento externo.

    El Ejecutivo Federal queda autorizado, en caso de que así se requiera, para emitir en el mercado nacional, en el ejercicio fiscal de 2006, valores u otros instrumentos indizados al tipo de cambio del peso mexicano respecto de monedas del exterior, siempre que el saldo total de los mismos durante el citado ejercicio no exceda del 10 por ciento del saldo promedio de la deuda pública interna registrada en dicho ejercicio y que, adicionalmente, estos valores o instrumentos sean emitidos a un plazo de vencimiento no menor a 365 días.

    Las operaciones a las que se refieren el segundo y tercer párrafos de este artículo no deberán implicar endeudamiento neto adicional al autorizado para el presente ejercicio.

    Del ejercicio de estas facultades, el Ejecutivo Federal dará cuenta trimestralmente al Congreso de la Unión, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los 35 días siguientes al trimestre vencido, especificando las características de las operaciones realizadas. En caso de que la fecha límite para informar al Congreso de la Unión sea un día inhábil, la fecha límite se recorrerá hasta el siguiente día hábil.

    El Ejecutivo Federal también informará trimestralmente al Congreso de la Unión en lo referente a aquellos pasivos contingentes que se hubieran asumido con la garantía del Gobierno Federal, durante el ejercicio fiscal de 2006, incluyendo los avales distintos de los proyectos de inversión productiva de largo plazo otorgados.

    Se autoriza al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario a contratar créditos o emitir valores con el único objeto de canjear o refinanciar exclusivamente sus obligaciones financieras, a fin de hacer frente a sus obligaciones de pago, otorgar liquidez a sus títulos y, en general, mejorar los términos y condiciones de sus obligaciones financieras. Los recursos obtenidos con esta autorización únicamente se podrán aplicar en los términos establecidos en la Ley de Protección al Ahorro Bancario incluyendo sus artículos transitorios. Sobre estas operaciones de canje y refinanciamiento se deberá informar trimestralmente al Congreso de la Unión.

    El Banco de México actuará como agente financiero del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, para la emisión, colocación, compra y venta, en el mercado nacional, de los valores representativos de la deuda del citado Instituto y, en general, para el servicio de dicha deuda. El Banco de México también podrá operar por cuenta propia con los valores referidos.

    En el evento de que en las fechas en que corresponda efectuar pagos por principal o intereses de los valores que el Banco de México coloque por cuenta del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, éste no tenga recursos suficientes para cubrir dichos pagos, en la cuenta que para tal efecto le lleve el Banco de México, el propio Banco deberá proceder a emitir y colocar valores a cargo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, por cuenta de éste y por el importe necesario para cubrir los pagos que correspondan. Al determinar las características de la emisión y de la colocación, el Banco procurará las mejores condiciones para el Instituto dentro de lo que el mercado permita.

    El Banco de México deberá efectuar la colocación de los valores a que se refiere el párrafo anterior en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se presente la insuficiencia de fondos en la cuenta del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Excepcionalmente, la Junta de Gobierno del Banco de México podrá ampliar este plazo una o más veces por un plazo conjunto no mayor de tres meses, si ello resulta conveniente para evitar trastornos en el mercado financiero.

    En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, se dispone que, en tanto se efectúe la colocación referida en el párrafo anterior, el Banco de México podrá cargar la cuenta corriente que le lleva a la Tesorería de la Federación, sin que se requiera la instrucción del Tesorero de la Federación, para atender el servicio de la deuda que emita el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. El Banco de México deberá abonar a la cuenta corriente de la Tesorería de la Federación, el importe de la colocación de valores que efectúe en términos de este artículo.

    Se autoriza a Financiera Nacional Azucarera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo y a las Sociedades Nacionales de Crédito que integran el Sistema Banrural contempladas en el Artículo Transitorio Tercero de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, todas en liquidación, para que en el mercado interno y por conducto de su liquidador, contrate créditos o emita valores con el único objeto de canjear o refinanciar sus obligaciones financieras, a fin de hacer frente a sus obligaciones de pago, y en general, a mejorar los términos y condiciones de sus obligaciones financieras. Las obligaciones asumidas en los términos de la presente autorización, estarán respaldadas por el Gobierno Federal en los términos previstos para los pasivos a cargo de las Instituciones de Banca de Desarrollo conforme a sus respectivas Leyes Orgánicas.

    Se autoriza a la banca de desarrollo y fondos de fomento un monto conjunto de déficit por intermediación financiera, definida como el crédito neto otorgado al sector privado y social más el déficit de operación de las instituciones de fomento, de 35 mil 576 millones de pesos, de acuerdo a lo previsto en los Criterios Generales de Política Económica para 2006 y a los programas establecidos en el Tomo V del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006.

    El monto autorizado a que hace referencia el párrafo anterior podrá ser adecuado previa autorización de su Consejo de Administración y con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; debiendo informarse al H. Congreso de la Unión cada trimestre sobre las modificaciones.

    Artículo 3o. Se autoriza al Distrito Federal a contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para un endeudamiento neto de 1 mil 600 millones de pesos para el financiamiento de obras y proyectos de inversión contemplados en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal del 2006, con la siguiente distribución:

    El endeudamiento a que se refiere este artículo se ejercerá de acuerdo a lo siguiente:

    1. El endeudamiento debe de contratarse con apego a lo establecido en la Ley General de Deuda Pública. Los proyectos y programas que se financien a través de endeudamiento deberán contemplarse en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal del 2006 y deberán apegarse a las disposiciones legales aplicables.

    2. El endeudamiento deberá contratarse en las mejores condiciones que el mercado crediticio ofrezca, que redunde en un beneficio para las finanzas del Distrito Federal y en los instrumentos que, a consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no afecten las fuentes de financiamiento del Gobierno Federal.

    3. El monto de los desembolsos de los recursos crediticios y el ritmo al que procedan deberá conllevar una correspondencia directa con las ministraciones de recursos que vayan presentando tales obras, de manera que el ejercicio y aplicación de los recursos crediticios deberá darse a paso y medida en que proceda el pago de las citadas ministraciones. En todo caso, el desembolso de dichos recursos deberá destinarse directamente al pago de aquellas obras y proyectos que ya hubieren sido adjudicados bajo la normatividad correspondiente.

    4. El Gobierno del Distrito Federal informará trimestralmente al Congreso de la Unión sobre el estado de la deuda pública de la entidad y el ejercicio del monto autorizado, desglosada por su origen y fuente de financiamiento, especificando las características financieras de las operaciones realizadas.

    5. La Auditoría Superior de la Federación, en coordinación con la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, realizará auditorías a los contratos y operaciones.

    6. Los informes de avance trimestral que el Jefe de Gobierno rinda al Congreso de la Unión deberán contener un apartado específico de deuda pública, de acuerdo a lo siguiente:

    I. Evolución de la deuda pública durante el periodo que se informe.

    II. Perfil de vencimientos del principal para el ejercicio fiscal correspondiente y para al menos los 5 siguientes ejercicios fiscales.

    III. Colocación de deuda autorizada, por entidad receptora, y aplicación a programas, subprogramas y proyectos específicos.

    IV. Composición del saldo de la deuda por usuario de los recursos y por acreedor.

    V. Servicio de la deuda.

    VI. Costo financiero de la deuda.

    VII. Reestructuración o recompras.

    VIII. Evolución por línea de crédito.

    IX. Programa de colocación para el resto del ejercicio fiscal.

    7. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, remitirá al Congreso de la Unión a más tardar el 31 de marzo del 2006, el programa de colocación de la deuda autorizada para el ejercicio fiscal de 2006.

    Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2006, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada por 684 mil 947.8 millones de pesos, de acuerdo con la siguiente distribución:

    Los ingresos anuales a que se refiere este artículo, que genere cada proyecto durante la vigencia de su financiamiento, sólo podrán destinarse al pago de cada año de las obligaciones atribuibles al propio proyecto, incluyendo todos sus gastos de operación, mantenimiento y demás gastos asociados, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 de la Ley General de Deuda Pública; 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 38-B de su Reglamento. Los ingresos excedentes no podrán ser destinados a gasto corriente.

    A más tardar el 31 de enero las entidades deberán enviar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los montos de las obligaciones fiscales referidas en el párrafo anterior, atribuibles a cada proyecto de infraestructura productiva de largo plazo durante el ejercicio fiscal de 2006.

    Los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo autorizados deberán identificar dentro de la contabilidad de cada proyecto los ingresos asociados, así como todos los egresos atribuibles a dichos proyectos, que incluye obligaciones fiscales, inversión física y costo financiero, gastos de operación, de mantenimiento y demás gastos asociados.

    Artículo 5o. Se autoriza al Ejecutivo Federal a contratar proyectos de inversión financiada en los términos de los artículos 18 de la Ley General de Deuda Pública; 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 38-B de su Reglamento, por 65 mil 256.8 millones de pesos que corresponden a proyectos de inversión directa y condicionada, de acuerdo con la siguiente distribución:

    Artículo 6o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar las compensaciones que deban cubrir los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal, por los bienes federales aportados o asignados a los mismos para su explotación o en relación con el monto de los productos o ingresos brutos que perciban.

    Capítulo II

    De las Obligaciones de Petróleos Mexicanos

    Artículo 7o. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios estarán obligados al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, excepto el impuesto sobre la renta, de acuerdo con las disposiciones que los establecen y con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, además, estarán a lo siguiente:

    I. Hidrocarburos

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 260 de la Ley Federal de Derechos, Pemex Exploración y Producción deberá realizar los anticipos que a continuación se señalan:

    A cuenta del derecho ordinario sobre hidrocarburos a que se refiere el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos, Pemex-Exploración y Producción deberá realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por 585 millones 597 mil pesos durante el año. Además, el primer día hábil de cada semana del ejercicio fiscal deberá efectuar un pago de 4,110 millones 437 mil pesos. Estos anticipos se acreditarán contra el derecho que resulte en la declaración anual.

    Durante el ejercicio fiscal de 2006 Pemex Exploración y Producción no efectuará los pagos provisionales mensuales del derecho ordinario sobre hidrocarburos, en los términos previstos en el Capítulo XII del Título II de la Ley Federal de Derechos y sus disposiciones transitorias.

    II. Enajenación de gasolinas y diesel

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, por la enajenación de gasolinas y diesel, enterarán por conducto de Pemex-Refinación, diariamente, incluyendo los días inhábiles, anticipos por un monto de 54 millones 495 mil pesos, como mínimo, a cuenta del impuesto especial sobre producción y servicios, mismos que se acreditarán contra el pago mensual que establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, correspondiente al mes por el que se efectuaron los anticipos.

    El pago mensual del impuesto especial sobre producción y servicios deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél al que corresponda el pago. Estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.

    Los pagos mínimos diarios por concepto del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gasolinas y diesel, se podrán modificar cuando los precios de dichos productos varíen, para lo cual se aplicará sobre los pagos mínimos diarios un factor que será equivalente al aumento o disminución porcentual que registren los productos antes señalados, el cual será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar el tercer día posterior a su modificación.

    Cuando las gasolinas y el diesel registren diferentes por cientos de incremento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará el factor a que se refiere el párrafo anterior, tomando en consideración el aumento o la disminución promedio ponderado de dichos productos, de acuerdo con el consumo que de los mismos se haya presentado durante el trimestre inmediato anterior a la fecha de incremento de los precios.

    Cuando en un lugar o región del país se establezca un sobreprecio al precio de la gasolina, no se estará obligado al pago del impuesto especial sobre producción y servicios por dicho sobreprecio en la enajenación de este combustible.

    Cuando la determinación de la tasa aplicable, de acuerdo con el procedimiento que establece el artículo 2-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, resulte negativa, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrán disminuir el monto que resulte de dicha tasa negativa, del impuesto especial sobre producción y servicios a su cargo o del impuesto al valor agregado, si el primero no fuera suficiente. Para otorgar dicha autorización, se deberá considerar la situación que guarden las finanzas públicas de la Federación, los ingresos del Gobierno Federal, los ingresos de Petróleos Mexicanos y las participaciones que correspondan a las entidades federativas y a los municipios.

    III. Pagos del impuesto al valor agregado

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios efectuarán individualmente los pagos del impuesto al valor agregado en la Tesorería de la Federación, mediante declaraciones que presentarán a más tardar el último día hábil del mes siguiente.

    IV. Determinación y pago de los impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados

    Cuando el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades a que se refiere el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establezca impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios deberán determinarlos y pagarlos a más tardar el último día hábil del mes siguiente a aquél en que se efectúe la exportación.

    V. Impuesto a los rendimientos petroleros

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, a excepción de Pemex Exploración y Producción, estarán a lo siguiente:

    a) Cada organismo deberá calcular el impuesto a que se refiere esta fracción aplicando al rendimiento neto del ejercicio la tasa del 30%. El rendimiento neto a que se refiere este párrafo, se determinará restando de la totalidad de los ingresos del ejercicio, el total de las deducciones autorizadas que se efectúen en el mismo. En ningún caso la pérdida neta de ejercicios anteriores se podrá disminuir del rendimiento neto del ejercicio.

    b) A cuenta del impuesto sobre rendimientos petroleros a que se refiere esta fracción, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, a excepción de Pemex Exploración y Producción, deberán realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por un total de 6 millones 628 mil pesos durante el año. Además, el primer día hábil de cada semana del ejercicio fiscal deberán efectuar un pago por un total de 46 millones 524 mil pesos.

    El impuesto se pagará mediante declaración que se presentará ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2007 y contra el impuesto que resulte, se acreditarán los anticipos diarios y semanales a que se refiere el párrafo anterior.

    Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta fracción se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones fiscales y las reglas de carácter general expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de ingresos, deducciones, cumplimiento de obligaciones y facultades de las autoridades fiscales.

    VI. Importación de mercancías

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios determinarán individualmente los impuestos a la importación y las demás contribuciones que se causen con motivo de las importaciones que realicen, debiendo pagarlas ante la Tesorería de la Federación a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél en que se efectúe la importación.

    VII. Aprovechamiento sobre rendimientos excedentes.

    Cuando en el mercado internacional el precio promedio ponderado acumulado mensual del barril del petróleo crudo mexicano exceda de 36.50 dólares de los Estados Unidos de América, Pemex Exploración y Producción pagará un aprovechamiento que se calculará aplicando la tasa del 6.5% sobre el rendimiento excedente acumulado, que se determinará multiplicando la diferencia entre el valor promedio ponderado acumulado del barril de crudo y 36.50 dólares de los Estados unidos de América por el volumen total de exportación acumulado de hidrocarburos.

    La recaudación anual que genere la aplicación del aprovechamiento sobre rendimientos excedentes, se destinarán en su totalidad a las Entidades Federativas en los términos que disponga el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    Para los efectos de lo establecido en esta fracción, Pemex Exploración y Producción calculará y efectuará anticipos trimestrales a cuenta del aprovechamiento anual, que se pagarán a más tardar el último día hábil de los meses de abril, julio y octubre de 2006 y enero de 2007. Pemex Exploración y Producción presentará ante la Tesorería de la Federación una declaración anual por este concepto a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2007, en la que podrá acreditar los anticipos trimestrales enterados en el ejercicio.

    VIII. Otras obligaciones

    Petróleos Mexicanos será quien cumpla por sí y por cuenta de sus subsidiarias las obligaciones señaladas en esta Ley y en las demás leyes fiscales, excepto la de efectuar pagos diarios y semanales cuando así se prevea expresamente. Para tal efecto, Petróleos Mexicanos será solidariamente responsable del pago de contribuciones, aprovechamientos y productos, que correspondan a sus organismos subsidiarios.

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios presentarán las declaraciones, harán los pagos y cumplirán con las obligaciones de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, ante la Tesorería de la Federación.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para variar el monto de los pagos diarios y semanales, establecidos en este artículo, cuando existan modificaciones en los ingresos de Petróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiarios que así lo ameriten; así como para expedir las reglas específicas para la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.

    Petróleos Mexicanos presentará una declaración a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los meses de abril, julio y octubre de 2006 y enero de 2007 en la que informará sobre los pagos por contribuciones y los accesorios a su cargo o a cargo de sus organismos subsidiarios, efectuados en el trimestre anterior.

    Petróleos Mexicanos presentará conjuntamente con su declaración anual del impuesto a los rendimientos petroleros, declaración informativa sobre la totalidad de las contribuciones causadas o enteradas durante el ejercicio anterior, por sí y por sus organismos subsidiarios.

    Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio, por concepto de mermas, el 0.74% del valor total de las enajenaciones de gasolina PEMEX Magna y PEMEX Premium, que realice a dichas estaciones de servicio. El monto de ingresos que deje de percibir Petróleos Mexicanos por este concepto, podrá ser disminuido de los pagos mensuales que del impuesto especial sobre producción y servicios debe efectuar dicho organismo en los términos del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

    El Banco de México deducirá los pagos diarios y semanales que se establecen en el presente artículo de los depósitos que Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios deben hacer en dicha institución, conforme a la Ley del propio Banco de México y los concentrará en la Tesorería de la Federación.

    En el caso de que Pemex Exploración y Producción cambie de denominación o se fusione, con motivo de su reforma corporativa, las obligaciones previstas en esta ley, en la Ley Federal de Derechos o en cualquier otra disposición de carácter fiscal que haga referencia a Pemex Exploración y Producción, se entenderán a cargo de Petróleos Mexicanos; sin embargo, respecto del impuesto sobre rendimientos petroleros, el mismo se calculará, en su caso, como si los mismos organismos subsidiarios hubieran subsistido por separado.

    Capítulo III

    De las Facilidades Administrativas y Estímulos Fiscales

    Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:

    I. Al 0.75% mensual sobre los saldos insolutos.

    II. Cuando conforme al Código Fiscal de la Federación, se permita que la tasa de recargos por prórroga incluya actualización, se aplicarán sobre los saldos las siguientes tasas, durante los periodos que a continuación se señalan:

    a) Tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1% mensual.

    b) Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.25% mensual.

    c) Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.50% mensual.

    Artículo 9o. Se ratifican los acuerdos expedidos en el Ramo de Hacienda, por los que se haya dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes y las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la causación de tales gravámenes.

    Asimismo, se ratifican los convenios que se hayan celebrado entre la Federación por una parte y los Estados, organismos autónomos por disposición Constitucional de éstos y los Municipios, por la otra, en los cuales se finiquiten adeudos entre ellos. También se ratifican los convenios que se hayan celebrado o se celebren entre la Federación por una parte y las Entidades Federativas, por la otra, en los cuales se señalen los incentivos que perciben las propias Entidades Federativas y, en su caso, los municipios, por las mercancías ó vehículos de procedencia extranjera, embargados precautóriamente por las mismas, que pasen a propiedad del fisco federal.

    En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, no se aplicará lo dispuesto en el artículo 6-bis de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

    Artículo 10. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar los aprovechamientos que se cobrarán en el ejercicio fiscal de 2006, por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público o por la prestación de servicios en el ejercicio de las funciones de derecho público por los que no se establecen derechos.

    Para establecer el monto de los aprovechamientos a que hace referencia este artículo, por la prestación de servicios y por el uso o aprovechamiento de bienes, se tomarán en consideración criterios de eficiencia económica y de saneamiento financiero, de los organismos públicos que realicen dichos actos, conforme a lo siguiente:

    I. La cantidad que deba cubrirse por concepto de uso o aprovechamiento de bienes o por la prestación de servicios, que tienen referencia internacional, se fijará considerando el cobro que se efectúe por el uso o aprovechamiento o por la prestación de servicios, de similares características, en países con los que México mantiene vínculos comerciales.

    II. Los aprovechamientos que se cobren por el uso o aprovechamiento de bienes o por la prestación de servicios, que no tengan referencia internacional, se fijarán considerando el costo de los mismos, siempre que se derive de una valuación de dichos costos en los términos de eficiencia económica y de saneamiento financiero.

    III. Se podrán establecer aprovechamientos diferenciales por el uso o aprovechamiento de bienes o por la prestación de servicios, cuando éstos respondan a estrategias de comercialización o racionalización y se otorguen de manera general.

    Durante el ejercicio fiscal de 2006, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante resoluciones de carácter particular, aprobará los montos de los aprovechamientos que cobren las dependencias de la Administración Pública Federal, salvo cuando su determinación y cobro se encuentre previsto en otras leyes. Para tal efecto, las dependencias interesadas estarán obligadas a someter para su aprobación, durante los meses de enero y febrero de 2006, los montos de los aprovechamientos que se cobren de manera regular. Los aprovechamientos que no sean sometidos a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate a partir del 1o. de marzo de dicho año. Asimismo, los aprovechamientos cuya autorización haya sido negada por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate, a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución respectiva.

    Las autorizaciones para fijar o modificar las cuotas de los aprovechamientos que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante el ejercicio fiscal de 2006, sólo surtirán sus efectos para dicho año y, en su caso, se señalará el destino específico que se apruebe para los aprovechamientos que perciba la dependencia correspondiente.

    Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca un aprovechamiento con motivo de la garantía soberana del Gobierno Federal, el mismo se podrá destinar a la capitalización de los Bancos de Desarrollo.

    En tanto no sean autorizados los aprovechamientos a que se refiere este artículo para el ejercicio fiscal de 2006, se aplicarán los vigentes al 31 de diciembre de 2005, multiplicados por el factor que corresponda según el mes en el que fueron autorizados o, en el caso de haberse realizado una modificación posterior, a partir de la última vez en el que fueron modificados en dicho ejercicio fiscal, conforme a la siguiente tabla:

    MES FACTOR

    Enero 1.0380

    Febrero 1.0379

    Marzo 1.0345

    Abril 1.0298

    Mayo 1.0262

    Junio 1.0288

    Julio 1.0297

    Agosto 1.0257

    Septiembre 1.0242

    Octubre 1.0177

    Noviembre 1.0132

    Diciembre 1.0071

    En el caso de aprovechamientos que en el ejercicio inmediato anterior se hayan fijado en por cientos, se continuarán aplicando durante 2006 los por cientos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encuentren vigentes al 31 de diciembre de 2005, hasta en tanto dicha Secretaría no emita respuesta respecto de la solicitud de autorización para el presente ejercicio fiscal.

    Los aprovechamientos por concepto de multas, sanciones, penas convencionales, cuotas compensatorias, recuperaciones de capital, así como aquellos a que se refiere la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y los accesorios de los aprovechamientos, no requieren de autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su cobro.

    Tratándose de aprovechamientos que no hayan sido cobrados en el ejercicio inmediato anterior o que no se cobren de manera regular, las dependencias interesadas deberán someter para su aprobación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el monto de los aprovechamientos que pretendan cobrar, en un plazo no menor a diez días anteriores a la fecha de su entrada en vigor.

    Las dependencias de la Administración Pública Federal, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar en el mes de marzo de 2006, los conceptos y montos de los ingresos que por aprovechamientos hayan percibido, así como de los enteros efectuados a la Tesorería de la Federación por dichos conceptos, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.

    Asimismo, las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un informe durante los primeros quince días de julio de 2006, respecto de los ingresos y su concepto que hayan percibido por aprovechamientos durante el primer semestre del ejercicio fiscal en curso, así como de los que tengan programado percibir durante el segundo semestre.

    Artículo 11. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar, mediante resoluciones de carácter particular, las cuotas de los productos que pretendan cobrar las dependencias durante el ejercicio fiscal 2006, aun cuando su cobro se encuentre previsto en otras leyes.

    Las autorizaciones para fijar o modificar las cuotas de los productos, que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante el ejercicio fiscal de 2006, sólo surtirán sus efectos para dicho año y, en su caso, se señalará el destino específico que se apruebe para los productos que perciba la dependencia correspondiente.

    Para tal efecto, las dependencias interesadas estarán obligadas a someter para su aprobación, durante los meses de enero y febrero de 2006, los montos de los productos que se cobren de manera regular. Los productos que no sean sometidos a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate a partir del 1o. de marzo de dicho año. Asimismo, los productos cuya autorización haya sido negada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate, a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución respectiva.

    En tanto no sean autorizados los productos a que se refiere este artículo para el ejercicio fiscal de 2006, se aplicarán los vigentes al 31 de diciembre de 2005, multiplicados por el factor que corresponda según el mes en que fueron autorizados o, en el caso de haberse realizado una modificación posterior, a partir de la última vez en el que fueron modificados en dicho ejercicio fiscal, conforme a la siguiente tabla:

    MES FACTOR

    Enero 1.0380

    Febrero 1.0379

    Marzo 1.0345

    Abril 1.0298

    Mayo 1.0262

    Junio 1.0288

    Julio 1.0297

    Agosto 1.0257

    Septiembre 1.0242

    Octubre 1.0177

    Noviembre 1.0132

    Diciembre 1.0071

    En el caso de productos que en el ejercicio inmediato anterior se hayan fijado en por cientos, se continuarán aplicando durante 2006 los por cientos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encuentren vigentes al 31 de diciembre de 2005, hasta en tanto dicha Secretaría no emita respuesta respecto de la solicitud de autorización para el presente ejercicio fiscal.

    Los productos por concepto de penas convencionales, los que se establezcan como contraprestación derivada de una licitación, subasta o remate, los intereses, así como aquellos productos que provengan de arrendamientos o enajenaciones efectuadas tanto por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales como por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes y los accesorios de los productos, no requieren de autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su cobro.

    Los ingresos provenientes de las enajenaciones realizadas por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, respecto de los bienes propiedad del Gobierno Federal que hayan sido transferidos por la Tesorería de la Federación, serán depositados, hasta por la cantidad que determine la Junta de Gobierno de dicho organismo, en un fondo que se destinará a financiar, junto con los recursos fiscales y patrimoniales del organismo, las operaciones de éste, y el remanente será enterado a la Tesorería de la Federación en los términos de las disposiciones aplicables.

    Tratándose de productos que no se hayan cobrado en el ejercicio inmediato anterior o que no se cobren de manera regular, las dependencias interesadas deberán someter para su aprobación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el monto de los productos que pretendan cobrar, en un plazo no menor a diez días anteriores a la fecha de su entrada en vigor.

    Las dependencias de la Administración Pública Federal deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar en el mes de marzo de 2006, los conceptos y montos de los ingresos que por productos hayan percibido, así como de los enteros efectuados a la Tesorería de la Federación por dichos conceptos durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.

    Asimismo, las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un informe durante los primeros quince días del mes de julio 2006 respecto de los ingresos y su concepto que hayan percibido por productos durante el primer semestre del ejercicio fiscal citado, así como de los que tengan programado percibir durante el segundo semestre.

    Artículo 12. Los ingresos que se recauden por parte de las dependencias o sus órganos administrativos desconcentrados por los diversos conceptos que establece esta Ley deberán concentrarse en la Tesorería de la Federación el día hábil siguiente al de su recepción y deberán reflejarse, cualquiera que sea su naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Los ingresos que se enterarán a la Tesorería de la Federación en los términos de este párrafo, serán los netos de gasto de recaudación que autorice el Código Fiscal de la Federación.

    El incumplimiento en la concentración oportuna a que se refiere el párrafo anterior, generará a las dependencias o a sus órganos administrativos desconcentrados, sin exceder sus presupuestos autorizados, la obligación de pagar cargas financieras por concepto de indemnización al Fisco Federal. La tasa anual aplicable a dichas cargas financieras será 1.5 veces la que resulte del promedio aritmético de las tasas de rendimiento equivalentes a las de descuento de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, en colocación primaria, que dé a conocer Banco de México dentro del periodo que dure la falta de concentración. En el caso de que por cualquier motivo se dejen de colocar los mencionados Certificados de la Tesorería de la Federación, se utilizará la tasa de interés que el Banco de México dé a conocer en sustitución de la tasa de rendimiento de los mismos.

    El monto de las cargas financieras se determinará dividiendo la tasa anual aplicable antes descrita entre 360 y multiplicando por el número de días transcurridos desde la fecha en que debió realizarse la concentración y hasta el día en que la misma se efectúe. El resultado obtenido se multiplicará por el importe no concentrado oportunamente.

    No será aplicable la carga financiera a que se refiere este artículo cuando las dependencias acrediten ante la Tesorería de la Federación la imposibilidad práctica del cumplimiento oportuno de la concentración, debiendo contar siempre con la validación respectiva del órgano interno de control de la dependencia de que se trate.

    Las entidades sujetas a control presupuestario directo, los Poderes Legislativo y Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sólo registrarán los ingresos que obtengan por cualquier concepto en el rubro correspondiente de esta Ley y deberán conservar a disposición de los órganos revisores de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, la documentación comprobatoria de dichos ingresos.

    Las entidades sujetas a control presupuestario indirecto, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre sus ingresos, a efecto de que se esté en posibilidad de elaborar los informes trimestrales que establece esta Ley y se reflejen dentro de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

    No se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones de seguridad social destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, los que podrán ser recaudados por las oficinas de los propios Institutos y por las instituciones de crédito que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo cumplirse con los requisitos contables establecidos y reflejarse en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

    Igualmente, no se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones y de los abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

    Los ingresos por concepto de productos que obtengan las instituciones educativas, los planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación media superior, superior, de postgrado, de investigación y de formación para el trabajo del sector público, serán aplicados por éstos para gastos de sus objetivos y programas institucionales. Para tal efecto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con base en la estimación anual de los ingresos previstos por las instituciones educativas, los planteles y centros de investigación deberán establecer, en el mes de enero, un fondo revolvente que garantice la entrega y aplicación inmediata de dichos ingresos. Las erogaciones que se efectúen con cargo al fondo revolvente se reflejarán en los presupuestos de las instituciones en los términos de las disposiciones aplicables.

    La cuantía o la disponibilidad de los recursos por concepto de productos que obtengan las instituciones a que se refiere el párrafo anterior, no dará lugar a la disminución, limitación o compensación de las asignaciones presupuestales normales autorizadas conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación, ni tampoco dará lugar para que la Federación, los gobiernos estatales y municipales reduzcan o limiten su obligación de destinar recursos crecientes a la educación pública.

    Las instituciones educativas, los planteles y centros de investigación de las dependencias que presten servicios de educación media superior, superior, de postgrado, de investigación y de formación para el trabajo del sector público, así como los centros públicos de investigación, a que hace referencia el párrafo noveno, deberán informar semestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el origen y aplicación de sus ingresos por concepto de productos.

    Las contribuciones, productos o aprovechamientos a los que las leyes de carácter no fiscal otorguen una naturaleza distinta a la establecida en las leyes fiscales, tendrán la naturaleza establecida en las leyes fiscales. Se derogan las disposiciones que se opongan a lo previsto en este artículo, en su parte conducente.

    Los ingresos que obtengan las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal, a los que las leyes de carácter no fiscal otorguen una naturaleza distinta a los conceptos previstos en el artículo 1o. de esta Ley, se considerarán comprendidos en la fracción que les corresponda conforme al citado artículo.

    Las dependencias de la Administración Pública Federal presentarán, a más tardar en el mes de marzo de 2006, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, una declaración informativa sobre los ingresos percibidos durante el ejercicio fiscal de 2005 por concepto de contribuciones, aprovechamientos y productos.

    Lo señalado en el presente artículo se establece sin perjuicio de la obligación de concentrar al final del ejercicio, en la Tesorería de la Federación, los recursos no devengados.

    Los recursos públicos remanentes a la extinción de un fideicomiso que se hayan generado con cargo al presupuesto de una dependencia, deberán ser concentrados a la Tesorería de la Federación, bajo la naturaleza de aprovechamientos, y se podrán destinar a la dependencia que aportó los recursos o a la dependencia o entidad que concuerden con los fines para los cuales se creó el fideicomiso, salvo aquéllos que en el contrato de fideicomiso esté previsto un destino distinto.

    Artículo 13. Los ingresos que se recauden por concepto de bienes que pasen a ser propiedad del Fisco Federal se enterarán a la Tesorería de la Federación, hasta el momento en que se cobre la contraprestación pactada por la enajenación de dichos bienes.

    Tratándose de los gastos de ejecución que reciba el Fisco Federal, éstos se enterarán a la Tesorería de la Federación hasta el momento en el que efectivamente se cobren, sin clasificarlos en el concepto de la contribución o aprovechamiento del cual son accesorios.

    Los ingresos que se enteren a la Tesorería de la Federación por concepto de bienes que pasen a ser propiedad del Fisco Federal o gastos de ejecución, serán los netos que resulten de restar al ingreso percibido, las erogaciones efectuadas para realizar la enajenación de los bienes o para llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución que dio lugar al cobro de los gastos de ejecución, así como las erogaciones a que se refiere el párrafo siguiente.

    Los ingresos netos por enajenación de acciones, cesión de derechos y desincorporación de entidades son los recursos efectivamente recibidos por el Gobierno Federal, una vez descontadas las erogaciones realizadas tales como comisiones que se paguen a agentes financieros, contribuciones, gastos de administración, de mantenimiento y de venta, honorarios de comisionados especiales que no sean servidores públicos encargados de dichos procesos, así como pagos de las reclamaciones procedentes que presenten los adquirentes o terceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otra índole, activos inexistentes y asuntos en litigio y demás erogaciones análogas a todas las mencionadas. Los ingresos netos a que se refiere este párrafo se concentrarán en la Tesorería de la Federación, y deberán manifestarse, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a la enajenación de acciones y cesión de derechos cuando impliquen contrataciones de terceros para llevar a cabo tales procesos, las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

    Además de los conceptos señalados en los párrafos tercero y cuarto del presente artículo, a los ingresos que se obtengan por la enajenación de bienes, incluyendo acciones, por la enajenación y recuperación de activos financieros y por la cesión de derechos, todos ellos propiedad del Gobierno Federal, o de cualquier Entidad Transferente en términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como por la desincorporación de entidades, se les podrá descontar un porcentaje sobre el monto de dichos ingresos, por concepto de gastos indirectos de operación, que no podrá ser mayor del 5 por ciento, a favor del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, cuando a éste se le haya encomendado la ejecución de dichos procedimientos. Este porcentaje será autorizado por su Junta de Gobierno y se destinará a financiar, junto con los recursos fiscales y patrimoniales del organismo, las operaciones de éste.

    Artículo 14. Se aplicará el régimen establecido en esta Ley, salvo lo dispuesto en el artículo 12 de la misma, a los ingresos que por cualquier concepto reciban las entidades de la Administración Pública Federal paraestatal que estén sujetas a control presupuestario en los términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, entre las que se comprende, de manera enunciativa a las siguientes:

    Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.

    Comisión Federal de Electricidad.

    Instituto Mexicano del Seguro Social.

    Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    Luz y Fuerza del Centro.

    Las entidades a que se refiere este artículo deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y llevar contabilidad en los términos de las disposiciones fiscales, así como presentar las declaraciones informativas que correspondan en los términos de dichas disposiciones, aun cuando se sujeten al régimen establecido en esta Ley.

    Artículo 15. Se faculta a las autoridades fiscales para que lleven a cabo la cancelación de los créditos fiscales cuyo cobro les corresponda efectuar, en los casos en que exista imposibilidad práctica de cobro. Se considera que existe imposibilidad práctica de cobro, entre otras, cuando los deudores no tengan bienes embargables, el deudor hubiera fallecido o desaparecido sin dejar bienes a su nombre o cuando por sentencia firme hubiera sido declarado en quiebra por falta de activo.

    Artículo 16. En materia de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de 2006, se estará a lo siguiente:

    I. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades de los sectores agropecuario y forestal, consistente en permitir el acreditamiento de la inversión realizada contra una cantidad equivalente al impuesto al activo determinado en el ejercicio, mismo que podrá acreditarse en ejercicios posteriores hasta agotarse. Igual estímulo se otorgará para el sector forestal en lo relativo a inversiones en protección, conservación y restauración cuando se refieran a construcción de torres contra incendios, caminos forestales, viveros de alta productividad, brechas corta fuego, equipo y mobiliario contra incendios, laboratorios de sanidad, habilitación y pagos de jornales a brigadas contra incendios forestales.

    II. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto al activo a las personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $4'000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), consistente en el monto total del impuesto que hubiere causado.

    III. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto al activo por el monto total del mismo que se derive de la propiedad de cuentas por cobrar derivadas de contratos que celebren los contribuyentes con organismos públicos descentralizados del Gobierno Federal, respecto de inversiones de infraestructura productiva destinada a actividades prioritarias, autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública.

    IV. Para la aplicación del estímulo fiscal a que hace referencia el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se estará a lo siguiente

    a) Se creará un Comité Interinstitucional que estará formado por un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, uno de la Secretaría de Economía, uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien tendrá voto de calidad, y uno de la Secretaría de Educación Pública, el cual deberá dar a conocer a más tardar el 31 de marzo de 2006, las reglas generales con que operará dicho Comité, así como los sectores prioritarios susceptibles de obtener el beneficio, las características de las empresas y los requisitos adicionales que se deberán cumplir para poder solicitar el beneficio del estímulo.

    b) El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 4,000 millones de pesos para el año de 2006.

    c) El monto total se distribuirá de la siguiente manera:

    1. 750 millones de pesos se destinarán a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología en fuentes alternativas de energía, así como a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología de la micro y pequeña empresa.

    2. 750 millones de pesos se destinarán a proyectos de creación de infraestructura especializada para centros de investigación cuyos proyectos hayan sido dictaminados como proyectos orientados al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción que representen un avance científico o tecnológico.

    3. 2,500 millones de pesos se distribuirán entre el resto de los solicitantes.

    En el caso de que al término del tercer trimestre del ejercicio fiscal 2006, las solicitudes de estímulo fiscal correspondientes a los numerales 1 y 2 no fueran suficientes para asignar los montos establecidos, los remanentes podrán ser utilizados para incrementar el monto establecido en el numeral 3.

    d) El Comité Interinstitucional estará obligado a publicar a más tardar el último día de febrero de 2007, el monto erogado durante el ejercicio anterior, así como las empresas beneficiarias del estímulo fiscal y los proyectos por los cuales fueron merecedoras de este beneficio.

    El contribuyente podrá aplicar el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción, contra el impuesto sobre la renta o el impuesto al activo que tenga a su cargo, en la declaración anual del ejercicio en el que se otorgó dicho estímulo o en los ejercicios siguientes hasta agotarlo.

    La parte del estímulo fiscal no aplicada se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en que se presentó la declaración del ejercicio en que se determinó el estímulo fiscal y hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se aplique. La parte del estímulo fiscal actualizada pendiente de aplicar, se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en que se actualizó por última vez y hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se aplique.

    V. Se otorga una franquicia postal y telegráfica a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión. Para estos efectos, cada una de las Cámaras determinará las reglas de operación conducentes.

    VI. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes de los sectores agrícola, ganadero, pesquero y minero que adquieran diesel para su consumo final y siempre que dicho combustible no sea para uso automotriz en vehículos que se destinen al transporte de personas o efectos a través de carreteras o caminos, consistente en permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de este combustible, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en:

    a) Maquinaria fija de combustión interna, maquinaria de flama abierta y locomotoras.

    b) Vehículos marinos y maquinaria utilizada en las actividades de acuacultura.

    c). Tractores, motocultores, combinadas, empacadoras de forraje, revolvedoras, desgranadoras, molinos, cosechadoras o máquinas de combustión interna para aserrío, bombeo de agua o generación de energía eléctrica, que se utilicen en actividades de siembra, cultivo y cosecha de productos agrícolas; cría y engorda de ganado, aves de corral y animales; cultivo de los bosques o montes, así como en la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos.

    d). Vehículos de baja velocidad o bajo perfil que por sus características no estén autorizados para circular por si mismo en carreteras federales o concesionadas y siempre que se cumplan los requisitos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.

    Asimismo, los contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria fija de combustión interna, maquinaria de flama abierta y locomotoras, independientemente del sector al que pertenezcan, podrán aplicar el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción.

    VII. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción anterior, los contribuyentes estarán a lo siguiente:a) Podrán acreditar únicamente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación del diesel.

    Para estos efectos, el monto que dichas personas podrán acreditar será el que se señale expresamente y por separado en el comprobante correspondiente.

    En los casos en que el diesel se adquiera de agencias o distribuidores autorizados, el impuesto que los contribuyentes antes mencionados podrán acreditar, será el que se señale en forma expresa y por separado en el comprobante que les expidan dichas agencias o distribuidores y que deberá ser igual al que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación a dichas agencias o distribuidores del diesel, en la parte que corresponda al combustible que las mencionadas agencias o distribuidores comercialicen a esas personas. En ningún caso procederá la devolución de las cantidades a que se refiere este inciso.

    b) Las personas que utilicen el diesel en las actividades agropecuarias o silvícolas señaladas en el inciso c) de la fracción VI de este artículo, podrán acreditar un monto equivalente a la cantidad que resulte de multiplicar el precio de adquisición del diesel en las estaciones de servicio y que conste en el comprobante correspondiente, incluido el impuesto al valor agregado, por el factor de 0.355, en lugar de aplicar lo dispuesto en el inciso anterior.

    Tratándose de la enajenación de diesel que se utilice para consumo final, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios o sus agencias o distribuidores autorizados, deberán desglosar expresamente y por separado en el comprobante correspondiente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hubieran causado por la enajenación de que se trate.

    El acreditamiento a que se refiere la fracción anterior, podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado, que tenga el contribuyente a su cargo o contra las retenciones efectuadas a terceros por dichos impuestos, así como contra el impuesto al activo.

    VIII. Las personas que adquieran diesel para su consumo final en las actividades agropecuarias o silvícolas a que se refiere el inciso c) de la fracción VI del presente artículo, podrán solicitar la devolución del monto del impuesto especial sobre producción y servicios que tuvieran derecho a acreditar en los términos de la fracción VII que antecede, en lugar de efectuar el acreditamiento a que el mismo se refiere, siempre que cumplan con lo dispuesto en esta fracción.

    Las personas a que se refiere el párrafo anterior que podrán solicitar la devolución, serán únicamente aquéllas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año. En ningún caso el monto de la devolución podrá ser superior a $ 747.69 mensuales por cada persona física, salvo que se trate de personas físicas que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos de las Secciones I o II del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso podrán solicitar la devolución de hasta $1,495.39 mensuales.

    El Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas necesarias para simplificar la obtención de la devolución a que se refiere el párrafo anterior, a más tardar el 31 de enero de 2006.

    Las personas morales que podrán solicitar la devolución serán aquéllas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año, por cada uno de los socios o asociados, sin exceder de doscientas veces dicho salario mínimo. El monto de la devolución no podrá ser superior a $ 747.69 mensuales, por cada uno de los socios o asociados sin que exceda en su totalidad de $7,884.96 mensuales, salvo que se trate de personas morales que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo VII del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso podrán solicitar la devolución de hasta $1,495.39 mensuales, por cada uno de los socios o asociados, sin que en este último caso exceda en su totalidad de $14,947.81 mensuales.

    La devolución correspondiente deberá ser solicitada trimestralmente en los meses de abril, julio y octubre del mismo año y enero del siguiente.

    Las personas a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, deberán llevar un registro de control de consumo de diesel, en el que asienten mensualmente la totalidad del diesel que utilicen para sus actividades agropecuarias o silvícolas en los términos del inciso c) de la fracción VI de este artículo, distinguiendo entre el diesel que se hubiera destinado para los fines a que se refiere dicho inciso, del diesel utilizado para otros fines. Dicho registro deberá estar a disposición de las autoridades fiscales por el plazo a que se esté obligado a conservar la contabilidad en los términos de las disposiciones fiscales.

    Para obtener la devolución a que se refiere esta fracción, se deberá presentar la forma oficial 32 de devoluciones, ante la Administración Local de Recaudación que corresponda, acompañada de la documentación que la misma solicite, así como la establecida en la presente fracción.

    El derecho para la recuperación mediante acreditamiento o devolución del impuesto especial sobre producción y servicios, tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha en que se hubiere efectuado la adquisición del diesel cumpliendo con los requisitos señalados en esta fracción, en el entendido de que quien no lo acredite o solicite oportunamente su devolución, perderá el derecho de realizarlo con posterioridad a dicho año.

    Los derechos previstos en esta fracción no serán aplicables a los contribuyentes que utilicen el diesel en bienes destinados al autotransporte de personas o efectos a través de carreteras o caminos.

    IX. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga, consistente en permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de este combustible.Tratándose de la enajenación de diesel que se utilice para consumo final, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios o sus agencias o distribuidores autorizados, deberán desglosar expresamente y por separado en el comprobante correspondiente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hubieran causado por la enajenación de que se trate. El comprobante que se expida deberá reunir los requisitos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.

    El acreditamiento a que se refiere esta fracción, únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo o en su carácter de retenedor o, en su caso, contra el impuesto al activo, que se deba enterar, utilizando la forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria. Lo dispuesto en esta fracción, también será aplicable al transporte privado de carga, de pasajeros o al transporte doméstico público o privado, efectuado por contribuyentes a través de carreteras o caminos del país.

    En ningún caso este beneficio podrá ser utilizado por los contribuyentes que presten preponderantemente sus servicios a otra persona moral residente en el país o en el extranjero, que se considere parte relacionada, aplicando en lo conducente el artículo 215 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    El acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios se realizará únicamente contra el impuesto que corresponda en los pagos provisionales del mes en que se adquiera el diesel o los doce meses siguientes a que se adquiera el diesel o contra el impuesto del propio ejercicio.

    Los beneficiarios del estímulo previsto en esta fracción deberán llevar los controles y registros que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.

    X. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, consistente en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50% del gasto total erogado por este concepto.Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta el estímulo a que hace referencia esta fracción en el momento en que efectivamente lo acrediten.

    El acreditamiento a que se refiere esta fracción, únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo o, en su caso, contra el impuesto al activo, que se deba enterar, utilizando la forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria.

    El acreditamiento de los gastos a que hace referencia esta fracción se realizará únicamente contra el impuesto que corresponda en los pagos provisionales del ejercicio en que se realicen dichos gastos o contra el impuesto del propio ejercicio, en el entendido de que quien no lo acredite contra los pagos provisionales o en la declaración del ejercicio que corresponda, perderá el derecho de realizarlo con posterioridad a dicho ejercicio.

    Lo dispuesto en esta fracción, también será aplicable al transporte privado de carga, de pasajeros o al transporte doméstico público o privado, efectuado por contribuyentes a través de carreteras o caminos del país.

    Se faculta al Servicio de Administración Tributaria para emitir las reglas de carácter general que determinen los porcentajes máximos de acreditamiento por tramo carretero y demás disposiciones que considere necesarias para la correcta aplicación de este beneficio.

    XI. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto sobre automóviles nuevos a las personas físicas o morales que enajenen al público en general o que importen definitivamente en los términos de la Ley Aduanera, automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquellos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna, consistente en el monto total del impuesto que hubieren causado.

    XII. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel marino especial, para su consumo final y que sea utilizado exclusivamente como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la marina mercante, consistente en permitir el acreditamiento de un monto equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de diesel marino especial.

    En los casos en que el diesel marino especial se adquiera de agencias o distribuidores autorizados, el monto que los contribuyentes podrán acreditar será el que se señale en forma expresa y por separado en el comprobante que les expidan dichas agencias o distribuidores y que deberá ser igual al que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación a tales agencias o distribuidores del diesel, en la parte que corresponda al combustible que las mencionadas agencias o distribuidores comercialicen a dichos contribuyentes.

    Para los efectos de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el comprobante que se expida deberá reunir los requisitos previstos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, sin que se acepte para los efectos del estímulo a que se refiere esta fracción, comprobante simplificado.

    Cuando el monto a acreditar a que se refiere esta fracción, sea superior al monto de los pagos provisionales o definitivos de los impuestos contra los que se autoriza el acreditamiento, la diferencia se podrá acreditar contra los pagos subsecuentes, correspondientes al año de 2006. En ningún caso procederá la devolución de las cantidades a que se refiere esta fracción.

    El acreditamiento a que se refiere la presente fracción deberá efectuarse, sin excepción alguna, a más tardar en las fechas siguientes:

    1. Tratándose del impuesto al valor agregado, en la fecha en que los contribuyentes deban presentar la declaración correspondiente al mes de diciembre de 2006.

    2. Tratándose del impuesto sobre la renta o del impuesto al activo, en la fecha en que los contribuyentes deban presentar la declaración correspondiente al ejercicio de 2006.

    Para aplicar el estímulo fiscal a que se refiere la presente fracción, los contribuyentes deberán cumplir, además, con lo siguiente:

    a) Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, y en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera.

    b) Presentar en la Administración Local de Recaudación o en la Administración Local de Grandes Contribuyentes, según sea el caso, que corresponda a su domicilio fiscal, dentro de los cinco días posteriores a la presentación de las declaraciones provisionales o del ejercicio del impuesto sobre la renta o del impuesto al activo, o definitivas tratándose del impuesto al valor agregado, en las que se efectúe el acreditamiento a que se refiere el presente Decreto, copia de las mismas, adjuntando la siguiente documentación:

    1. Copia del despacho o despachos expedidos por la Capitanía de Puerto respectiva, a las embarcaciones de su propiedad o bajo su legítima posesión en las que haya utilizado el diesel marino especial por el que hayan aplicado el estímulo fiscal a que se refiere el presente Decreto, en el que deberá constar el puerto y fecha de arribo.

    En el caso de embarcaciones a las que la Capitanía de Puerto les haya expedido despachos de entradas y salidas múltiples, se deberá anexar copia de dichos despachos en los que deberá constar la fecha de cada una de las ocasiones en que entró y salió del puerto la embarcación.

    Tratándose de embarcaciones que sólo realizan navegación interior, los contribuyentes deberán presentar copia del informe mensual rendido a la Capitanía de Puerto sobre el número de viajes realizados.

    Los duplicados de los documentos mencionados en este inciso deberán contener el sello y la firma originales de la autoridad marítima que los expida.

    2. Escrito en el que se mencione el número de la inscripción del contribuyente en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera, manifestando la siguiente información de cada una de las embarcaciones propiedad de la empresa o que se encuentren bajo su legítima posesión en las que hayan utilizado el diesel marino especial por el que hayan aplicado el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción:

    i) Nombres de las embarcaciones;

    ii) Matrículas de las embarcaciones;

    iii) Eslora y tonelaje de registro bruto de cada embarcación;

    iv) Capacidad de carga de combustible, y

    v) Cálculo promedio de su consumo de combustible en millas náuticas por galón.

    3. Copias simples de los comprobantes fiscales expedidos a favor del contribuyente por la adquisición del diesel marino especial, correspondientes al periodo que abarque la declaración provisional, definitiva o del ejercicio, en que se aplicó el estímulo fiscal.

    El acreditamiento a que se refiere esta fracción, únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado, que tenga el contribuyente a su cargo o contra las retenciones efectuadas a terceros por dichos impuestos, así como contra el impuesto al activo.

    Los beneficiarios de los estímulos previstos en las fracciones VI, IX y X del presente artículo, quedarán obligados a proporcionar la información que les requieran las autoridades fiscales dentro del plazo que para tal efecto le señalen.

    Los beneficios que se otorgan en las fracciones VI, VII y VIII del presente artículo, no podrán ser acumulables con ningún otro estímulo fiscal establecido en esta Ley. Tratándose de los estímulos establecidos en las fracciones IX y X del mismo podrán ser acumulables entre sí, pero no con los demás estímulos establecidos en la citada Ley.

    Los estímulos que se otorgan en el presente artículo, están condicionados a que los beneficiarios de los mismos cumplan con los requisitos que para cada estímulo establece la presente Ley.

    Se faculta al Servicio de Administración Tributaria para emitir las reglas generales que sean necesarias para la obtención de los beneficios previstos en este artículo.

    Artículo 17. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para otorgar los estímulos fiscales y subsidios siguientes:

    I. Los relacionados con comercio exterior:a) A la importación de artículos de consumo a las regiones fronterizas.

    b) A la importación de equipo y maquinaria a las regiones fronterizas.

    II. A cajas de ahorro y sociedades de ahorro y préstamo.

    Se aprueban los estímulos fiscales y subsidios con cargo a impuestos federales, así como las devoluciones de impuestos concedidos para fomentar las exportaciones de bienes y servicios o la venta de productos nacionales a las regiones fronterizas del país en los por cientos o cantidades otorgados o pagadas en su caso, que se hubieran otorgado durante el ejercicio fiscal de 2005.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para conceder los estímulos a que se refiere este artículo escuchará, en su caso, la opinión de las dependencias competentes en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido por este artículo en materia de estímulos fiscales y subsidios.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará trimestralmente al Congreso de la Unión sobre el costo que representan para el erario federal, por concepto de menor recaudación, los diversos estímulos fiscales a que se refiere esta fracción, así como los sectores objeto de este beneficio.

    Artículo 18. Se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones federales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones federales, distintos de los establecidos en el Código Fiscal de la Federación, ordenamientos legales referentes a organismos descentralizados federales que prestan los servicios de seguridad social, Decretos Presidenciales, tratados internacionales y las leyes que establecen dichas contribuciones, así como los reglamentos de las mismas.

    Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable cuando las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones federales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones, federales, se encuentren contenidas en normas jurídicas que tengan por objeto la creación de organismos descentralizados, órganos desconcentrados y empresas de participación estatal.

    Se derogan las disposiciones que establezcan que los ingresos que obtengan las dependencias o entidades por concepto de derechos, productos o aprovechamientos, tienen un destino específico, distintas de las contenidas en el Código Fiscal de la Federación, en la presente Ley y en las demás leyes fiscales.

    Asimismo, se derogan las disposiciones contenidas en leyes de carácter no fiscal que establezcan que los ingresos que obtengan las dependencias, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, o entidades, por concepto de derechos, productos, o aprovechamientos, e ingresos de cualquier otra naturaleza, serán considerados como ingresos excedentes en el ejercicio fiscal en que se generen.

    Artículo 19. Los ingresos acumulados que obtengan en exceso a los previstos en el calendario que publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los ingresos contemplados en el artículo primero de esta Ley, los Poderes Legislativo y Judicial, de la Federación, los Tribunales Administrativos, el Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las dependencias del Ejecutivo Federal y sus órganos administrativos desconcentrados, así como las entidades sujetas a control presupuestario directo, se deberán aplicar a los fines que al efecto establezca el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de esta Ley.

    Las adecuaciones y el ejercicio de los recursos presupuestarios que, en su caso sean necesarios para el pago de obligaciones derivadas de contribuciones federales, estatales o municipales, así como para las obligaciones contingentes que se generen por resoluciones emitidas por autoridad competente, se sujetarán estrictamente a lo que disponga el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 y los demás ordenamientos aplicables.

    Para determinar los ingresos excedentes de la unidad generadora de las dependencias a que se refiere el primer párrafo de este artículo, se considerará la diferencia positiva que resulte de disminuir los ingresos acumulados estimados en la Ley de Ingresos de la Federación de la dependencia, a los enteros acumulados efectuados por dicha dependencia a la Tesorería de la Federación, en el periodo que corresponda.

    Se entiende por unidad generadora de los ingresos de la dependencia, cada uno de los establecimientos de la misma en los que se otorga o proporciona, de manera autónoma e integral, el uso o aprovechamiento de bienes o el servicio por el cual se cobra el aprovechamiento o producto, según sea el caso.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a conocer, a más tardar el 31 de enero, la estimación de los ingresos, desagregando el artículo 1o., rubro A, fracciones I, numerales 1, 3, 4 y 9, inciso A, III, numeral 3 y VI, numerales 19, inciso D, 21 y 23, de esta Ley.

    Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir dictámenes, así como para recibir notificaciones, de ingresos excedentes que generen las dependencias y entidades.

    Sólo se podrá emitir dictamen de ingresos excedentes, cuando estos sean susceptibles de aplicarse de conformidad con las disposiciones del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006.

    Artículo 20. Los ingresos excedentes a que se refiere el artículo anterior, se clasifican de la siguiente manera:

    I. Ingresos inherentes a las funciones de la dependencia o entidad, los cuales se generan en exceso a los previstos en el calendario de los ingresos previstos en esta Ley o, en su caso, a los previstos en los presupuestos de las entidades, por actividades relacionadas directamente con las funciones recurrentes de la institución.

    II. Ingresos no inherentes a las funciones de la dependencia o entidad, los cuales se obtienen en exceso a los previstos en el calendario de los ingresos previstos en esta Ley o, en su caso, a los previstos en los presupuestos de las entidades, por actividades que no guardan relación directa con las funciones recurrentes de la institución.

    III. Ingresos de carácter excepcional, los cuales se obtienen en exceso a los previstos en el calendario de los ingresos a que se refiere esta Ley o, en su caso, a los previstos en los presupuestos de las entidades, por actividades de carácter excepcional que no guardan relación directa con las atribuciones de la entidad, tales como la recuperación de seguros, los donativos en dinero, y la enajenación de bienes muebles, y

    IV. Ingresos de los Poderes Legislativo y Judicial, así como de los Tribunales Administrativos, Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la facultad de fijar o modificar en una lista la clasificación de los ingresos a que se refieren las fracciones I, II y III de este artículo. Dicha lista se dará a conocer a las dependencias y entidades, a más tardar el último día hábil de enero de cada año y durante el ejercicio fiscal, conforme se modifiquen.

    Artículo 21. Quedan sin efecto las exenciones relativas a los gravámenes a bienes inmuebles previstas en leyes federales a favor de organismos descentralizados sobre contribuciones locales, salvo en lo que se refiere a bienes propiedad de dichos organismos que se consideren del dominio público de la Federación.

    Artículo 22. Para los efectos de lo dispuesto por los artículos 58 y 160, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el ejercicio fiscal de 2006 la tasa de retención anual será del 0.5%.

    Capítulo IV

    De la Información, la Transparencia, y la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, la Fiscalización y el Endeudamiento

    Artículo 23. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estará obligado a proporcionar información sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, al Congreso de la Unión en los términos siguientes:

    I. Informes mensuales sobre los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa. Dichos informes deberán presentarse a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de las Cámaras de Diputados y de Senadores a más tardar 30 días después de terminado el mes de que se trate.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará a la Cámara de Diputados, a más tardar 35 días después de concluido el mes, sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas. La recaudación federal participable se calculará de acuerdo con lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal. La recaudación federal participable se comparará con la correspondiente al mismo mes del año previo.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará a la Cámara de Diputados, a más tardar 30 días después de concluido el mes, sobre el pago de las participaciones a las entidades federativas. Esta información deberá estar desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa. El monto pagado de participaciones se comparará con el correspondiente al del mismo mes del año previo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá proporcionar la información a que se refieren los dos párrafos precedentes a las entidades federativas, a través del Comité de Vigilancia del Sistema de Participaciones en Ingresos Federales de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, a más tardar 30 días después de concluido el mes. Además, deberá publicarla en su página de Internet.

    II. Informes trimestrales sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública en los que se presente información sobre los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa. Dichos informes deberán presentarse a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de las Cámaras de Diputados y de Senadores a más tardar 30 días después de terminado el trimestre de que se trate.

    III. La información sobre el costo total de las emisiones de deuda interna y externa deberá identificar por separado el pago de las comisiones y gastos inherentes a la emisión, de los del pago a efectuar por intereses. Estos deberán diferenciarse de la tasa de interés que se pagará por los empréstitos y bonos colocados. Asimismo, deberá informar sobre la tasa de interés o rendimiento que pagará cada emisión, el plazo, y el monto de la emisión.

    IV. Los datos estadísticos y la información que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tenga disponibles que puedan contribuir a una mejor comprensión de la evolución de la recaudación y del endeudamiento, que los Diputados y Senadores soliciten por conducto de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público respectivas. Dicha información deberá entregarse en forma impresa y en medios magnéticos en los términos que estas Comisiones determinen. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público proporcionará dicha información en un plazo no mayor de 30 días naturales, contados a partir de la solicitud que se haga.

    La información que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público proporcione en los términos de este artículo deberá ser completa y oportuna. En caso de incumplimiento se estará a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y las demás disposiciones aplicables.

    V. Informes trimestrales relativos a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo a que se refieren los artículos 4o. y 5o. de la presente Ley. Dicha información deberá presentarse a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de las Cámaras de Diputados y Senadores, respectivamente, las cuales podrán publicarla en sus respectivas páginas de Internet, y deberá contener:

    a) Una contabilidad separada con el objeto de identificar los ingresos asociados a dichos proyectos.

    b) Los costos de los proyectos y las amortizaciones derivadas de los mismos.

    c) El análisis que permita conocer el monto, a valor presente, de la posición financiera del Gobierno Federal con respecto a los proyectos de que se trate.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá publicar la información a que hace referencia esta fracción en su página de Internet.

    Artículo 24. En los informes trimestrales a que se refiere el artículo 23 de esta Ley, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá incluir un informe de deuda pública que contenga la evolución detallada de la misma al trimestre, incluyendo el perfil de amortizaciones internas y externas. Este informe deberá incluir un apartado que refiera las operaciones activas y pasivas del Instituto de Protección al Ahorro Bancario, así como de su posición financiera, incluyendo aquéllas relativas a la enajenación de bienes, colocación de valores y apoyos otorgados.

    De igual forma, incluirá un informe sobre el uso de recursos financieros de la banca de desarrollo y fondos de fomento para financiar al sector privado y social. Detallando el déficit de operación y la concesión neta de créditos, así como sus fuentes de financiamiento.

    En este informe se deberá incluir la información sobre las comisiones de compromiso pagadas por los créditos internos y externos contratados.

    Los informes a que se refiere este artículo deberán integrarse bajo una metodología que permita hacer comparaciones consistentes a lo largo del ejercicio fiscal.

    Artículo 25. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluirá trimestralmente en el Informe Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, la información relativa a los requerimientos financieros y disponibilidades de la Administración Pública Centralizada, de órganos autónomos, del sector público federal y del sector público federal consolidado, lo cual implica considerar a las entidades paraestatales contempladas en los tomos IV y V del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, así como de las disponibilidades de los fondos y fideicomisos sin estructura orgánica.

    Asimismo, con el objeto de evaluar el desempeño en materia de eficiencia recaudatoria, se deberán incluir en Informe a que se refiere el párrafo anterior, la información correspondiente a los indicadores que a continuación se señalan:

    1. Avance en el padrón de contribuyentes.

    2. Información estadística de avances contra la evasión y elusión.

    3. Avances contra el contrabando.

    4. Reducción de rezagos y cuantificación de resultados en los litigios fiscales.

    5. Plan de recaudación.

    Artículo 26. En la recaudación y el endeudamiento público del Gobierno Federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las entidades, estarán obligadas a proporcionar a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de las disposiciones que apliquen, la información en materia de recaudación y endeudamiento que éstas requieran legalmente.

    El incumplimiento a lo dispuesto en este artículo será sancionado en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y las demás disposiciones aplicables.

    Artículo 27. Con el objeto de transparentar la información referente a los ingresos generados por concepto de derechos y aprovechamientos por las distintas dependencias y órganos de la administración pública federal, así como de los órganos autónomos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentará a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados antes del 31 de julio de 2006, las estimaciones de ingresos de dichas dependencias y órganos para el mismo año.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá publicar la información a que hace referencia este artículo en su página de Internet.

    Artículo 28. Con el propósito de coadyuvar a conocer los efectos de la política fiscal en el ingreso de los distintos grupos de la población, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar un estudio de ingreso-gasto con base en la información estadística disponible que muestre por decil de ingreso de las familias su contribución en los distintos impuestos y derechos que aporte, así como los bienes y servicios públicos que reciben con recursos federales, estatales y municipales.

    La realización del estudio será responsabilidad exclusiva de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá ser entregado a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados y publicado en la página de Internet de dicha Secretaría, a más tardar el 15 de marzo de 2006. Estas Comisiones determinarán a más tardar el 15 de abril de 2006 si el estudio cumple con los objetivos establecidos.

    De determinarse que dicho estudio no cumple con los objetivos establecidos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendrá hasta el 15 de agosto de 2006 para presentarlo a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados con las modificaciones respectivas, debiéndose publicar en la página de Internet de dicha Secretaría a más tardar el 30 de junio del 2006.

    Artículo 29. Los estímulos fiscales y las facilidades que prevea la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007 se otorgarán con base en criterios de eficiencia económica, no discriminación, temporalidad definida y progresividad.

    Para el otorgamiento de los estímulos deberá tomarse en cuenta si los objetivos pretendidos pudiesen alcanzarse de mejor manera con la política de gasto. Las facilidades y los estímulos se autorizarán en la Ley de Ingresos de la Federación. Los costos para las finanzas públicas de las facilidades administrativas y los estímulos fiscales se especificarán en el presupuesto de gastos fiscales.

    Artículo 30. El Ejecutivo Federal presentará a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público del Congreso de la Unión, a más tardar el 30 de mayo de 2006 un estudio integral que analice el grado de cumplimiento de la Banca de Desarrollo, de sus objetivos legales e informe acerca de su financiamiento neto, su comparativo de financiamiento con el programado, su canalización de crédito en términos reales durante los últimos cinco años y sobre su canalización de crédito respecto del Producto Interno Bruto. Adicionalmente, informará sobre el costo de operación de las instituciones y el comparativo de los gastos de administración respecto a la cartera total y gastos de administración respecto a su margen financiero, así como un informe sobre su índice de capitalización, fuentes de recursos financieros y fiscales.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá publicar la información a que hace referencia este artículo en su página de Internet.

    Artículo 31. Los datos generales que a continuación se citan, de las personas morales y de las personas físicas que realicen actividades empresariales o profesionales de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y el Servicio de Administración Tributaria, obtengan con motivo del ejercicio de sus atribuciones, podrán ser comunicados entre dichos organismos con objeto de mantener sus bases de datos actualizadas.

    I. Nombre, denominación o razón social.

    II. Domicilio o domicilios donde se lleven a cabo actividades empresariales o profesionales.

    III. Actividad preponderante y la clave que se utilice para su identificación.

    La información así obtenida no se considerará comprendida dentro de las prohibiciones y restricciones que establece el Código Fiscal de la Federación, la Ley de Información Estadística y Geográfica y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Los datos a que se refiere el presente artículo podrán ser objeto de difusión pública.

    Artículo 32. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar en su página de Internet y entregar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Presupuesto y Cuenta Pública y al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores antes del 30 de junio de 2006, el Presupuesto de Gastos Fiscales.

    Este comprenderá al menos, en términos generales, los montos que deja de recaudar el erario federal por conceptos de tasas diferenciadas en los distintos impuestos, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades, estímulos, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal. Dicho Presupuesto de Gastos Fiscales deberá contener los montos referidos estimados para el ejercicio fiscal de 2007 desglosado por impuesto y por cada uno de los rubros que la ley respectiva contemple.

    Artículo 33. Con el propósito de transparentar la formación de pasivos financieros del Gobierno Federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá hacer llegar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, a más tardar el 30 de abril de 2006, una definición de los balances fiscales, junto con la metodología respectiva, en que se incluya de manera integral todas las obligaciones financieras del Gobierno Federal, así como los pasivos públicos, pasivos contingentes y pasivos laborales.

    Artículo 34. En los informes a que se refiere el artículo 23 de esta Ley, deberá incluirse un informe detallado de los juicios ganados y perdidos por el Gobierno Federal en materia fiscal, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del INFONAVIT frente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como el monto que representan en un aumento o disminución de los ingresos y el costo operativo que representan para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, este informe incluirá una explicación detallada de las disposiciones fiscales que causan inseguridad jurídica a la recaudación. Para los efectos de este artículo, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deberá facilitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria la información que éstos requieran para elaborar el informe a que se refiere el primer párrafo.

    Artículo 35. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante convenio con cada una de las entidades federativas, deberá realizar un estudio en el que se muestre un diagnóstico integral de la situación actual de las haciendas públicas estatales y municipales, así como diversas propuestas para el fortalecimiento de las haciendas públicas de los tres órdenes de gobierno, que tengan como objetivos fundamentales dar mayor eficiencia al uso de los recursos públicos y hacer más eficaz el impacto de dichos recursos en la población. Para la realización de dicho estudio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá seguir los lineamientos técnicos que establezca la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados antes del 15 de febrero de 2006.

    La realización del estudio será responsabilidad exclusiva de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá publicarse en la página de Internet de dicha Secretaría, así como entregarse a la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de mayo de 2006. Los resultados de dicho estudio estarán sujetos al dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, la que determinará si el estudio cumple con los objetivos establecidos.

    De presentarse un dictamen no favorable sobre dicho estudio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá hasta el 15 de julio de 2006 para presentarlo a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, con las modificaciones respectivas y publicarlo en la página de Internet de la citada Secretaría.

    Artículo 36. En el ejercicio fiscal de 2006, toda Iniciativa en materia fiscal, incluyendo aquellas que se presenten para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, deberá incluir en su exposición de motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas. Asimismo, en cada una de las explicaciones establecidas en dicha exposición de motivos se deberá incluir claramente el artículo de la disposición de que se trate en el cual se llevarían a cabo las reformas.

    Toda Iniciativa en materia fiscal que envíe el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión observará lo siguiente:

    1. Que se otorgue certidumbre jurídica a los contribuyentes;

    2. Que el pago de los impuestos sea sencillo y asequible;

    3. Que el monto a recaudar sea mayor que el costo de su recaudación y fiscalización, y

    4. Que las contribuciones sean estables para las finanzas públicas.

    Estas disposiciones deberán incluirse en la exposición de motivos de la Iniciativa, las cuales deberán ser tomadas en cuenta en la elaboración de los dictámenes que emitan las Comisiones respectivas en el Congreso de la Unión. La Ley de Ingresos de la Federación únicamente incluirá las estimaciones de las contribuciones contempladas en las leyes fiscales.

    Artículo 37. Se autoriza al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados a solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria, la información estadística en materia de finanzas públicas que éste requiera. La solicitud de información se hará por escrito y deberá ser entregada por dichas dependencias del Gobierno Federal en los siguientes 20 días naturales, respetando en todo momento la información reservada en los términos de la legislación aplicable.

    Transitorios

    Primero. La presente Ley entrará en vigor el día 1o. de enero de 2006.

    Segundo. Se aprueban las modificaciones a la Tarifa de los Impuestos Generales a la Importación y Exportación efectuadas por el Ejecutivo Federal durante el año de 2005, a las que se refiere el informe que en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 Constitucional, ha rendido el propio Ejecutivo al Congreso de la Unión.

    Tercero. Los montos establecidos en la Sección C, fracción IX del artículo 1º, así como el monto de endeudamiento neto interno consignado en el artículo 2o. de esta Ley, se verán, en su caso, modificados en lo conducente como resultado de lo siguiente: i) la distribución, entre Gobierno Federal y los organismos y empresas de control presupuestario directo, de los montos autorizados en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, y ii) por los montos que resulten de la aplicación de lo establecido en la fracción III del artículo 8 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006.

    Cuarto. Con la finalidad de que el Gobierno Federal dé cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 3 y segundo transitorio del ``Decreto por el que se expropian por causa de utilidad pública, a favor de la Nación, las acciones, cupones o los títulos representativos del capital o partes sociales de las empresas que adelante se enlistan'', publicado en el Diario Oficial de la Federación los días 3 y 10 de septiembre de 2001, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, conforme a las disposiciones aplicables y la intervención que corresponda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, establecerá el instrumento adecuado para tal efecto, el cual, sin perjuicio de los recursos que reciba para tal fin en términos de las disposiciones aplicables, se integrará por los que se enteren por parte del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero, Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito o de cualquier otro ente jurídico, provenientes de los vehículos financieros autorizados por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento e instituidos conforme a los artículos 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 40 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 75 de la Ley de Instituciones de Crédito y las demás disposiciones aplicables.

    Para todos los efectos establecidos en la presente Ley y en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, los recursos que integran el patrimonio del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero o de cualquiera de los vehículos financieros, a que se refiere el párrafo anterior, se ajustarán, en todo momento, a lo señalado en el artículo 75 de la Ley de Instituciones de Crédito y a las demás disposiciones aplicables en la materia.

    Quinto. El Servicio de Administración Tributaria implementará un Programa de Ampliación y Actualización del Registro Federal de Contribuyentes que tendrá por objeto verificar el exacto cumplimiento de las obligaciones en dicha materia, lo que permitirá un adecuado control de las obligaciones fiscales y aduaneras de los contribuyentes. Dicho programa se ejecutará mediante la práctica de recorridos, invitaciones, solicitudes de información, censos o cualquier otra medida que, en todo caso, encuentre su fundamento en disposición prevista en el Código Fiscal de la Federación.

    Para la realización del Programa anteriormente descrito, el Servicio de Administración Tributaria deberá otorgar a los contribuyentes la asistencia necesaria para el debido cumplimiento de las obligaciones antes señaladas, en los términos de las disposiciones fiscales vigentes.

    Los particulares, que por el monto de los ingresos que obtengan, se encuadren en el régimen de pequeños contribuyentes a que hace referencia la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el ejercicio fiscal de 2006 quedarán liberados de las infracciones o sanciones que correspondan por el incumplimiento de obligaciones formales, salvo que se trate de conductas reincidentes. El Servicio de Administración Tributaria podrá otorgar facilidades administrativas a las personas a que hace referencia este párrafo, para que puedan corregir su situación fiscal.

    Las Entidades Federativas y sus municipios podrán realizar de manera total o parcial el Programa previsto en el presente artículo, siempre que les sean delegadas las facultades necesarias mediante convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal.

    Sexto. Las regulaciones en materia de importación, producción y comercialización de maíz, leche y fríjol serán las siguientes:

    I. Disposiciones en materia de maíz amarillo.En los casos en los que se requiera importar maíz amarillo indispensable para el abasto nacional, que rebasen las cuotas mínimas libres de arancel acordadas por las Partes en los tratados de libre comercio, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, determinarán el arancel que aplicará a la cuota adicional en consulta con el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y con el Comité Nacional Sistema-Producto Maíz.

    En lo referente a su importación, se asegurará no poner en riesgo el suministro de materia prima a los consumidores industriales, pecuarios y formuladores de alimentos balanceados, a la vez que se atiendan los legítimos intereses de los productores primarios. En el marco de estas consideraciones, se aplicarán los criterios de asignación siguientes:

    a) Las cuotas mínimas y adicionales se asignarán a la industria, al sector pecuario y de alimentos balanceados que utilizan maíz amarillo.

    b) Las cuotas adicionales se otorgarán una vez que los consumidores manifiesten por escrito sus compromisos de compra de granos nacionales en el esquema de agricultura por contrato y/o complementariamente con operaciones de contratos de compra-venta, y éstos queden registrados ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Los casos de excepción serán resueltos en el Comité Sistema Producto Maíz.

    c) Para aquellos industriales consumidores de maíz amarillo que acrediten ante Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA/SAGARPA) compromisos de agricultura por contrato o contratos de compra-venta de granos nacionales, equivalentes a por lo menos el 25% del consumo anual auditado de maíz amarillo importado bajo cuota en 2005, o en su caso, el reportado para la asignación de cupo mínimo de 2006 de maíz importado bajo cuota, se aplicarán los siguientes lineamientos de asignación:

    La cantidad de cuota adicional asignada a cada solicitante, será el equivalente al consumo anual auditado de granos en 2005 o, en su caso, el reportado para la asignación de cupo mínimo de 2006 de maíz amarillo total, menos la cantidad recibida de cupo mínimo en 2006, menos el 25% del consumo anual auditado de granos, reportado para la asignación de cuota mínima de 2006 de maíz amarillo importado bajo cuota.

    d) Para los solicitantes del Sector Pecuario y de alimentos balanceados, que acrediten ante ASERCA/SAGARPA compromisos de adquisición de granos forrajeros nacionales de por lo menos el 25% del consumo anual auditado de 2005 de maíz amarillo importado bajo cuota o en su caso, el consumo reportado para la asignación de cupo mínimo de maíz amarillo en 2006, a través de agricultura por contrato o contratos de compra-venta de granos forrajeros nacionales, se aplicarán los siguientes lineamientos de asignación:

    La cantidad de cuota adicional asignada a cada solicitante, será el equivalente al consumo anual auditado de grano forrajero total de 2005 o, en su caso, al reportado para la asignación del cupo mínimo en 2006, menos la cantidad recibida de cuota mínima en 2006, menos el 25% del consumo anual auditado, reportado para la asignación del cupo mínimo en 2006, de maíz amarillo importado bajo cuota.

    Las cantidades que se determinen de acuerdo con los procedimientos señalados en los incisos c) y d) podrán ser incrementadas en caso de una ampliación de la capacidad instalada o utilizada de 2006 respecto a la de 2005. Dicha ampliación, deberá estar debidamente certificada por un auditor externo autorizado.

    e) Para empresas que no se ajustan con los incisos c) y d), se les asignará una vez el promedio mensual del consumo anual auditado de granos, reportado para la asignación del cupo mínimo en 2006 o consumo anual auditado de granos en 2005, en caso de no haber solicitado cuota mínima en 2006 o no tener antecedentes de importación.

    f) El Ejecutivo Federal creará condiciones objetivas mediante el establecimiento de un programa especial para incrementar y fortalecer significativamente la producción y productividad de maíz amarillo y granos forrajeros, para asegurar que se cumplan los esquemas de sustitución de importaciones, conversión productiva y agricultura por contrato a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por lo que deberá promover con antelación el objetivo de sustituir importaciones con esquemas de agricultura por contrato o conversión productiva en reuniones regionales entre productores e industriales consumidores, así como los productores pecuarios, de acuerdo con un calendario límite de realización de las reuniones hasta el 31 de mayo para el ciclo primavera-verano, y hasta el 31 de diciembre para el ciclo otoño-invierno. Los contratos de compra-venta se podrán firmar en cualquier época del año.

    La promoción consistirá en informar sobre el procedimiento de contratación y acreditación de los contratos de agricultura o de compra-venta, informando a su vez sobre los montos, porcentajes e instrumentos correspondientes a la conversión productiva y agricultura por contrato con base en las Reglas de Operación del Programa correspondiente y sus lineamientos específicos en los siguientes conceptos:

    I) Monto del Ingreso Objetivo para los productores cubiertos y regiones.

    II) Base en zona de consumo acordada entre los productores, industriales consumidores y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    III) Base regional diferencial para maniobras y fletes cortos de los productores dependiendo de las distancias entre las zonas de producción y las bodegas locales de consumo acreditadas para este propósito.

    IV) El precio de indiferencia del maíz amarillo tomará en consideración las siguientes definiciones: el precio internacional (CBOT), el tipo de cambio, la base a frontera o puerto de entrada mexicano, los costos aduanales y de internación, la base de puerto de entrada o frontera mexicana a zona de consumo y la base regional. La metodología será publicada en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de marzo de 2006.

    V) Apoyo complementario al ingreso que pagará la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para cubrir el diferencial entre el Ingreso Objetivo del Productor y el Precio de agricultura por contrato para proteger la competitividad de la cadena productiva.

    Este apoyo se establecerá en lo referente a su monto y plazo de entrega en el cuerpo del contrato.

    VI) Coberturas de precios para garantizar el Ingreso Objetivo del Productor y el Precio de Indiferencia del Industrial Consumidor, las cuales deberán otorgarse a los agentes económicos involucrados en la firma de los contratos.

    VII) Apoyo a compensación de bases para realizar oportunamente la compensación correspondiente a la parte afectada por fluctuaciones de precio y niveles de base.

    VIII) Formato tipo para agricultura por contrato y conversión productiva incluyendo cláusulas de incumplimiento que apliquen penalizaciones y den garantía de abasto incluyendo las necesarias cuotas adicionales.

    g) La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación deberá publicar, en su caso, en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 15 de febrero para el ciclo primavera verano y a más tardar el 31 de julio para el ciclo otoño invierno, las modificaciones a las áreas de influencia logística para efectos del registro de los convenios de agricultura por contrato de granos, así como las Bases en Zona de Consumo y Base Regional.Para el caso de las plantas establecidas en los estados de Yucatán, Quintana Roo, Campeche y Tabasco se les asignarán, de la cuota adicional, 5 veces el promedio mensual de consumo auditado de granos forrajeros del 2005 o, en su caso, el del periodo reportado para la asignación del cupo mínimo de 2006 de maíz amarillo importado bajo cuota.

    En el caso de plantas establecidas en otros estados que comprueben ante ASERCA/SAGARPA la imposibilidad de realizar agricultura por contrato, también se les dará el tratamiento antes citado.

    h) En el caso de que existan incumplimientos en agricultura por contrato por parte del vendedor o siniestros que sean dictaminados por SAGARPA, previa consulta con el Comité del Sistema Producto Maíz, la Secretaría de Economía otorgará oportunamente cupos adicionales equivalentes al volumen del incumplimiento.

    i) ASERCA/SAGARPA deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación el procedimiento de acreditación al que hacen referencia los incisos c), d) y e) a más tardar el último día hábil de marzo de 2006.

    Dicho procedimiento estipulará los requisitos específicos que deberán cumplir los solicitantes para poder obtener la acreditación.

    La publicación del Acuerdo que regule la asignación de la cuota adicional para el 2006, deberá hacerse a más tardar el 15 de junio y el trámite de asignación no será mayor a diez días hábiles.

    II. Disposiciones en materia de importación, producción y comercialización de maíz blanco.Para el caso de maíz blanco, el Ejecutivo Federal establecerá un arancel no inferior a 36.3% para las importaciones que superen la cuota mínima prevista en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

    No se autorizarán cuotas de importación de maíz blanco en la República Mexicana excepto en casos comprobados de desabasto nacional para los Estados de Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Chiapas. En los estados en los que se autoricen dichas cuotas, éstas serán asignadas de acuerdo con los lineamientos publicados por la Secretaría de Economía. ASERCA aplicara un esquema de planeación de cosechas regionales y sus zonas de influencia, que garanticen el mejor proceso de comercialización en consulta con productores y comercializadores para el desarrollo equitativo de mercados regionales en el seno del Comité Sistema Producto Maíz.

    Las cuotas autorizadas de maíz blanco para los Estados mencionados en el párrafo anterior serán por un equivalente a cinco veces el consumo mensual promedio auditado en el 2005 y se otorgarán dentro de la cuota mínima, excepto para Chiapas donde dicho cupo será de dos veces el consumo mensual promedio auditado en el 2005 y Yucatán donde dicho cupo será de 10 veces el consumo mensual. Dichos montos serán reducidos en función de la producción nacional y de los apoyos autorizados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para la movilización de cosechas nacionales y conforme a la metodología de determinación de déficit de abasto regional establecida por la Secretaría de Economía y ASERCA.

    En lo referente al estado de Chiapas, el periodo de importación será del 1o. de noviembre al 15 de diciembre.

    El Ejecutivo Federal, creará una reserva de cuota mínima, para cubrir los requerimientos de importación de maíz blanco para el 2o. semestre de 2006; la cual, por estar etiquetada para los consumidores de esta variedad específica de grano, no interferirá con la asignación de cuotas adicionales para los solicitantes de cupo de maíz amarillo.

    La condición previa a la autorización de cuotas mínimas de importación para el segundo semestre será la celebración de contratos de compra-venta o agricultura por contrato de cosechas nacionales del ciclo anterior.

    Los industriales y comercializadores consumidores de maíz blanco presentarán con antelación sus compromisos de adquisición de cosecha nacional, a través de agricultura por contrato o contratos de compra-venta, los cuales deberán quedar registrados ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Para tal efecto se dará prioridad en el ciclo Primavera-Verano a los Estados de Jalisco y Chiapas y en el ciclo Otoño-Invierno a Sinaloa y Tamaulipas en cuyos casos los contratos se firmarán por el 50% de las compras auditadas en 2005 de cada empresa en dichos estados.

    La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través de ASERCA deberá publicar, en su caso, en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 15 de febrero para la cosecha del ciclo agrícola Otoño-Invierno y a más tardar el 31 de julio para la cosecha del ciclo agrícola Primavera-Verano, todos los criterios aplicables al pago de los apoyos correspondientes.

    La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación deberá tomar las medidas necesarias para asegurar que el productor debidamente registrado y autorizado ante la misma, reciba el apoyo complementario al Ingreso Objetivo dentro de los quince días hábiles posteriores a la comprobación de la operación de compra-venta, sin perjuicio de los adelantos que se convengan. Para tal efecto, podrá habilitar a las organizaciones de productores o a la industria como ventanilla de trámite a través de Almacenes Generales de Depósito.

    El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Economía y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, convocará a la constitución del Consejo Promotor y Regulador de la Cadena Maíz Tortilla, en el que estarán representados los diversos sectores que intervienen en dicha cadena, de conformidad con la convocatoria que para tal efecto emitan las Secretarías antes mencionadas. La convocatoria para la constitución del Consejo, deberá ser emitida a más tardar el 16 de enero de 2006. El Consejo será la instancia representativa de consulta para las Secretarías convocantes para los temas de fomento, producción y comercialización de la cadena maíz-tortilla.

    El Precio de Indiferencia del Maíz Blanco en Zona de Consumo será el del maíz amarillo como se define en el presente Ordenamiento más un sobreprecio del 13% de dicho valor por tonelada. Este precio de indiferencia para maíz blanco será equivalente al precio piso en cada zona de consumo.

    III. Disposiciones en materia de importación, producción y comercialización de frijol.Para el caso del frijol, el Ejecutivo Federal establecerá un arancel no inferior al 23.5% para las importaciones que superen la cuota mínima prevista en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

    Las cuotas mínimas libres de arancel de frijol acordadas por las Partes en los tratados de libre comercio, estarán sujetas a licitación bajo la modalidad de postura ofrecida ganadora. Dicha licitación, en cuanto a las fechas para realizarse deberá ser concertada entre la Secretaría de Economía, ASERCA y el Sistema Producto Fríjol en el mes de enero.

    Las importaciones de frijol por encima de las cuotas mínimas libres de arancel acordadas por las Partes en los tratados de libre comercio, en ningún caso podrán rebasar el 10% del total de las cuotas mínimas libres de arancel y serán asignadas a través de licitaciones públicas bajo la modalidad de postura ofrecida ganadora con un precio piso que resultará de la adición del 11.72%, correspondiente al valor anual del monto de desgravación arancelaria, al precio declarado y comprobado del frijol de importación en punto de origen expresado en pesos mexicanos por kilogramo.

    El Ejecutivo Federal creará las condiciones objetivas para asegurar un Programa de Sustitución de Importaciones y Adquisición de frijol de Producción Nacional. Dicho Programa tendrá dos vías de adquisición de frijol de producción nacional, la efectuada mediante el Acopio y Comercialización de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA por 320,000 toneladas y la adquisición hasta por 680,000 toneladas a través de contratos de compra-venta entre los productores y sus Organizaciones Económicas y de no contar éstas con capacidad suficiente, a través de Empresas Comercializadoras en los Estados de Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Nayarit, San Luis Potosí, Sinaloa y Zacatecas). Las bases mínimas para ambas formas de adquisición de frijol deberán contener:

    a) La integración y registro ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Economía, del Padrón de Productores, Organizaciones Económicas y se promoverá la participación de las Empresas de los propios Productores.

    b) El precio de compra al Productor en el Programa, que será de $0.50 adicional por kilogramo al Precio de referencia del programa.

    c) La Norma de Calidad del Productor para el Programa que tomará como referencia las calidades comerciales, conforme a las normas aplicables.

    d) Forma de pago del apoyo complementario por kilogramo, habilitando para tal efecto como ventanilla de trámite a ASERCA, Organizaciones Económicas y Empresas Participantes.

    El precio de referencia del programa tomará como base de cálculo el promedio de los precios estimados de entrada de frijol a las principales centrales de abasto del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey, de las variedades de frijol negros, pintos y claros durante 2005 y de los precios del frijol negros, pintos y claros excepto bayo de importación en punto de origen de Estados Unidos durante 2005, expresados en pesos mexicanos por kilogramo, aplicando una reducción del 20% para el frijol bayo.

    IV. Disposiciones en materia de lecheA. Importación de Leche.De los cupos libres de arancel de la fracción arancelaria 1901.90.05, de conformidad con lo publicado en el D.O.F. del 22 de abril de 2005, y de las fracciones arancelarias 0402.10.01 y 0402.21.01, se asignarán directamente 100 mil toneladas a LICONSA, S.A. de C.V., para su Programa de Abasto Social de Leche. Del remanente de los mismos, el 20% se asignará de manera directa, a través de la Secretaría de Economía, a las empresas industriales del sector privado que no puedan cubrir el 70% de compra de leche fluida, leche en polvo y otros sólidos de leche de producción nacional de sus consumos totales auditados de productos lácteos.

    La condición previa para la asignación directa del restante 80% de los cupos libres de arancel será que cada empresa presente sus consumos auditados en volumen de leche fluida, de leche en polvo y otros sólidos de leche de producción nacional y de leche en polvo importada de 2005, así como sus compromisos de adquisición de leche de producción nacional para 2006, los cuales deberán quedar registrados ante la Secretaría de Economía. Para que un solicitante pueda acceder a dichas cuotas, la participación del consumo de leche en polvo importada, no deberá sobrepasar el 30% de la suma de los consumos auditados de leche en polvo y de leche fluida convertida a sólidos totales, utilizando el factor de 8.5.

    Los cupos adicionales equivalentes a un 46% de los cupos libres de arancel señalados en el primer párrafo destinados a la industria, serán asignados directamente a ese sector.

    En adición se convocará a licitaciones públicas bajo la modalidad de postura ofrecida ganadora con un precio piso, que establecerá la Secretaría de Economía tomando en cuenta los subsidios a la exportación de leche en polvo de Estados Unidos y la Unión Europea.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la obligación de verificar el origen de las importaciones de lácteos que ingresan al país bajo las preferencias arancelarias establecidas en los tratados de libre comercio vigentes, de las fracciones arancelarias 04.02.10.01, 04.02.21.01, 04.04.10.01 y 19.01.90.05, conforme a los procedimientos legales aplicables, informando trimestralmente los resultados al Congreso de la Unión.

    B. Programa de Adquisición de Leche de Producción Nacional.El Ejecutivo Federal, creará las condiciones objetivas para asegurar un Programa de Sustitución de Importaciones de Leche en Polvo y Adquisición de Leche de Producción Nacional.

    En el marco de dicho programa, la leche será adquirida directamente por LICONSA durante todo el año por un volumen de hasta 350 millones de litros a través de la oferta directa de los productores de leche de vaca, mediante registro de productores.

    Adicionalmente se podrá realizar adquisición de excedentes de leche hasta por 250 millones de litros mediante la oferta directa a LICONSA a través de las Organizaciones Gremiales de Productores Lecheros.

    Para las modalidades de adquisición de excedentes de leche, los padrones de productores, organizaciones y empresas participantes se registrarán con fecha límite al 31 de marzo ante ASERCA, para lo cual, dicha institución deberá publicar las bases del Programa de Adquisición de Excedentes de Leche de Producción Nacional a más tardar el 15 de febrero.

    Los Centros de Apoyo al Desarrollo Rural, liquidarán a los pequeños productores de hasta mil litros diarios, por litro entregado en el esquema del Programa de Adquisición de Leche de Producción Nacional, un apoyo adicional de $0.20 (pesos mexicanos) previa comprobación de la entrega ante las instancias acreditadas en el presente ordenamiento. No podrán recibir este apoyo aquellos que importen leche a través de los cupos de importación libres de arancel, autorizados por la Secretaría de Economía.

    Las bases mínimas de adquisición de leche anual y excedentaria serán las siguientes:

    a) Registro del Padrón de Productores de Leche de Vaca.

    b) El precio de compra al productor en el Programa será igual al Precio de Referencia del Programa.

    c) La calidad de la leche del productor para el Programa será con base en leche fría, tomando como referencia la norma NMX-F-700-COFOCALEC-2004, Sistema producto leche-alimento lácteo-leche cruda de vaca-especificaciones fisicoquímicas y sanitarias y métodos de prueba.

    El Precio de Referencia del Programa será el de la leche entera en polvo importada e internada en el país convertida en litros, mas un 20% del valor que resulte por litro correspondiente a 3.5% por debajo del nivel de la tasa arancelaria preferencial fuera de cupo de la leche entera en polvo para el año 2006 en el marco del TLCAN.

    La base para determinar el Precio de Referencia del Programa será el cociente entre el valor y el volumen de las importaciones totales del semestre comprendido de abril a septiembre de 2005 de leche entera en polvo que reporta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los reportes mensuales de importación expedidos por la Administración General de Aduanas que vienen expresados en pesos mexicanos por kilogramo. La proporción por litro de leche fluida se obtendrá dividiendo cada kilogramo entre 8.5, que es el factor mundialmente aceptado. Los gastos de internación al país y aduanales, fletes y seguro en México, se tomarán a razón del 8% del costo de la leche entera en polvo reportado por la Administración General de Aduanas.

    Derivado de lo anterior, la fórmula de cálculo para el Precio de Referencia del Programa por litro de leche fluida será la suma del precio de importación de la leche entera en polvo en aduana mexicana por kilogramo dividido entre 8.5, mas el producto del valor anterior multiplicado por el factor 0.08, mas el producto del valor anterior multiplicado por el factor 0.2.

    Los recursos fiscales necesarios para los gastos de operación de los Centros de Acopio de LICONSA en el marco del Programa de Sustitución de Importaciones de Leche en Polvo y Adquisición de Leche de Producción Nacional serán de $0.20 por litro acopiado.

    Séptimo. El Servicio de Administración Tributaria, por conducto de su Junta de Gobierno, podrá celebrar convenios con los contribuyentes con la finalidad de condonar total o parcialmente multas y recargos respecto de créditos fiscales derivados de contribuciones federales que debieron causarse antes del 1 de enero de 2003 y acordará, en su caso, las condiciones de plazo para el pago y amortización de tales créditos fiscales, conforme a lo siguiente:

    I. La condonación total o parcial de recargos y multas será acordada por la autoridad, atendiendo a la situación financiera del contribuyente, a su posibilidad de pago y en función de la carga financiera que representen tales recargos y multas para el propio contribuyente.Para los efectos del párrafo anterior, el contribuyente deberá exhibir toda la información y documentación que considere necesaria o conveniente que acredite la necesidad del otorgamiento de la condonación solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, la autoridad también podrá requerir al contribuyente todos los datos, informes o documentos que resulten necesarios para determinar la procedencia o no de la condonación.

    En caso de que la autoridad considere viable la condonación, la autoridad y el contribuyente celebrarán el convenio respectivo, dentro de los 40 (cuarenta) días posteriores a la fecha en que se haya presentado la documentación correspondiente.

    La Junta de Gobierno del Servicio de Administración Tributaria establecerá el tipo de casos o supuestos en que procederá la condonación total o parcial de los recargos y multas a que se refiere este artículo, los cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

    II. La condonación total o parcial de recargos y multas procederá aun y cuando deriven de créditos fiscales que estén siendo pagados a plazo en los términos del artículo 66 del Código Fiscal de la Federación.

    III. Asimismo, la condonación total o parcial de recargos y multas también procederá aun y cuando los mismos deriven de créditos fiscales que hayan sido objeto de impugnación por parte del contribuyente, sea ante la propia autoridad hacendaria o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

    IV. Sin perjuicio de la condonación total o parcial de recargos o multas que, en su caso, acuerde la autoridad con el contribuyente, la Junta de Gobierno igualmente podrá acordar con el contribuyente el pago a plazos de los créditos fiscales respecto de los que se causaron los recargos y multas condonadas, ya sea en forma diferida o en parcialidades, conforme lo establece el Código Fiscal de la Federación. Asimismo, la autoridad fiscal podrá eximir la garantía del interés fiscal cuando el contribuyente no tenga posibilidad de otorgarla.

    V. En caso de que el contribuyente incumpla con sus obligaciones de pago derivadas del convenio que se llegue a celebrar con la autoridad, se tendrá por rescindido de pleno derecho y, por lo tanto, las autoridades fiscales competentes iniciarán de inmediato el procedimiento administrativo de ejecución.

    VI. No procederá la condonación total o parcial de recargos y multas, cuando el contribuyente se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

    a) La determinación de los créditos fiscales respecto de los que se causaron los recargos y multas derive de actos u omisiones que impliquen la existencia de agravantes en la comisión de infracciones en términos del Código Fiscal de la Federación.

    b) Los créditos se hayan determinado presuntivamente de acuerdo con lo que señala el Código Fiscal de la Federación.

    c) Exista sentencia ejecutoriada que provenga de la comisión de delitos fiscales.

    d) Se trate de impuestos retenidos o recaudados.

    VII. La solicitud de condonación a que se refiere el presente artículo no constituirá instancia y las resoluciones que dicte la autoridad fiscal al respecto, no podrán ser impugnadas por los medios de defensa.La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará trimestralmente a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público del Congreso de la Unión, del ejercicio de las facultades otorgadas en los términos de este artículo.Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 26 de octubre de 2005.

    Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Gustavo Enrique Madero Muñoz, Presidente, (rúbrica); Francisco Suárez y Dávila, Secretario (rúbrica); Juan Carlos Pérez Góngora, Secretario, (rúbrica); José Felipe Puelles Espina, Secretario; Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, Secretaria, (rúbrica); Cuahutémoc Ochoa Fernández, Secretario; Oscar González Yáñez, Secretario (rúbrica); Jesús Emilio Martínez Álvarez, Secretario; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Ángel Augusto Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza, Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Humberto Francisco Filizola Haces, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Jorge Carlos Obregón Serrano (rúbrica), José Guadalupe Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda, Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Valdez de Anda (rúbrica) y Emilio Zebadúa González.»

    Es de primera lectura.


    PREMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones por realizarse en Mar del Plata, Argentina

    HONORABLE ASAMBLEA:

    El 25 de octubre del presente año, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente, la Minuta Proyecto de Decreto por el que se concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 párrafo sexto, incisos d, e y f; así como en el tercero transitorio, fracción IV, inciso a, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 57, 59, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos , la Comisión que suscribe procedió al estudio y análisis de la minuta enviada por la Cámara de Senadores, con base en las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Visita de Estado a la República de Costa Rica

    Las relaciones con la República de Costa Rica, tradicionalmente cercanas, han avanzado en contenido político y económico a partir de la creación del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla en 1991 y de la iniciativa del Plan Puebla Panamá, así como por la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre ambos países en 1995.

    En este contexto, ambas naciones comparten objetivos comunes con firme sustento en la institucionalidad democrática, el respeto a los derechos humanos y la búsqueda del bienestar de la población.

    El Presidente Vicente Fox Quesada saldrá de México el día 2 de noviembre y el mismo día llegará a San José de Costa Rica, donde permanecerá hasta el día 3 de noviembre.

    La iniciativa del Ejecutivo nos señala que la Visita de Estado a la República de Costa Rica, responde a la invitación que formuló al Presidente Vicente Fox el señor Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de ese país, en reciprocidad a la que efectuó a México los días 24 y 25 de febrero de 2004, lo que permitiría analizar asuntos de interés común en materia económica y comercial, de cooperación y desarrollo, las iniciativas y proyectos del Plan Puebla Panamá, así como los temas más destacados de la agenda regional e internacional.

    En este contexto, la iniciativa del Ejecutivo destaca la participación de Costa Rica en el Plan Puebla Panamá como fundamental en virtud de su liderazgo regional, así como el avance en el tratamiento de sus temas y su compromiso con la integración mesoamericana. Es preciso destacar que la República de Costa Rica tiene a su cargo la Iniciativa Mesoamericana de Transporte, fundamental para el desarrollo y la competitividad de la región.

    Esta Comisión Dictaminadora, coincide en cuanto a la importancia en el ámbito económico, ya que nuestro país suscribió un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Costa Rica en 1995, con base en el alto nivel de nuestros intercambios comerciales y de inversión. La República de Costa Rica se ha consolidado como el principal socio comercial de México en el Istmo Centroamericano y, desde 1998, es el país de esa región que más exporta al mercado mexicano, desplazando de este lugar a Guatemala. El importante crecimiento que han tenido las compras a ese país con el TLC ha determinado incluso que se registre un saldo deficitario para México.

    Es de destacar que el intercambio comercial con la República de Costa Rica representó, a finales del 2004, el 36.3% del total del comercio de México con los países del Istmo. El comercio bilateral se ubicó en 1,194.6 mdd, cifra 30.4% mayor a la registrada el año anterior. La balanza comercial registró un saldo deficitario para México de 501.3 mdd. Las exportaciones e importaciones mexicanas registraron un incremento de 4.6% y 45.1%, respectivamente, en relación con las observadas en 2003.

    Entre enero y junio de 2005 el comercio bilateral se ubicó en 582.4 mdd, cifra 11.8% mayor a la registrada en el mismo período del año anterior. La balanza comercial registró un saldo deficitario para México de 205.6 mdd. Las exportaciones e importaciones mexicanas registraron un incremento de 9.7% y 12.8%, respectivamente, en relación con las observadas en el mismo periodo de 2004.

    Por lo que se refiere a la inversión de México en la República de Costa Rica, en 2004 nuestro país se convirtió en el segundo inversionista en esa nación, después de los Estados Unidos de América, con un monto acumulado de 291.3 mdd. Nuestra presencia se concentró principalmente en áreas como la industria alimentaria, comercio, comunicaciones, servicios financieros y construcción.

    Entre enero de 1994 y marzo de 2005 la inversión de la República de Costa Rica en México ascendió a 23.2 mdd. La acumulada entre enero de 1999 y marzo de 2005 se destinó a la industria manufacturera (88.5% del total), a servicios (7.2%), a comercio (4.1%) y a comunicaciones y transportes (0.3%). En marzo de 2005 se contaba con el registro de 76 empresas de capital costarricense.

    La iniciativa contempla además, una reunión de trabajo que sostendrá el Titular del Ejecutivo con el sector empresarial de ese país, con la finalidad de evaluar las oportunidades que ofrece el TLC para incrementar los flujos comerciales y de inversión, en beneficio de ambas naciones, así como destacar el dinamismo del Programa de Cooperación Técnica y Científica entre México y la República de Costa Rica, el primero en la región, gracias al decidido impulso de las instituciones participantes.

    Así mismo, en el marco del diálogo con los Poderes del Estado, el Presidente Vicente Fox dirigirá un mensaje de amistad al pueblo costarricense en ocasión del diálogo respetuoso que sostendrá con la Asamblea Legislativa de ese país.

    IV Cumbre de las Américas

    Para efectos de asistir a esta reunión, y a la Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, el Presidente Vicente Fox viajará de San José de Costa Rica el día 3 de noviembre y el mismo día arribará a Mar del Plata, en donde permanecerá hasta el día 5 de noviembre, fecha en que regresará a México.

    La Cumbre de las Américas es el espacio de concertación, que reúne a 34 mandatarios americanos, donde se han sentado las bases de un diálogo franco y productivo, que privilegia valores coincidentes e impulsa el interés del sistema interamericano de contribuir a alcanzar la prosperidad de nuestros pueblos.

    México ha mantenido una participación propositiva en los trabajos de este foro, tanto en las etapas preparatorias como en las propias Cumbres, efectuadas en Miami (diciembre 1994), Santiago de Chile (abril 1998) y Québec (abril 2001). La participación de México en cada una de ellas, resultó un puntal importante para la conjugación de acciones en favor de la unidad regional.

    Esta Comisión dictaminadora, coincide en el sentido de que nuestro país ha sido un activo promotor de iniciativas en las dos Reuniones Extraordinarias realizadas. En esta ocasión se ha previsto que en la IV Cumbre de las Américas, a celebrarse en Mar del Plata, Argentina, los días 4 y 5 de noviembre de 2005 se adopten una Declaración Política y un Plan de Acción que definan tareas específicas, de manera que los Estados participantes puedan evaluar avances concretos y puntuales. Nuestro país podrá desempeñar un papel sobresaliente en el diseño y ejecución de medidas, que contribuyan al fortalecimiento de las oportunidades de desarrollo en las sociedades del Hemisferio.

    La IV Cumbre ofrecerá la ocasión de discutir estrategias y políticas que permitan abordar la cuestión desde una perspectiva integral, tanto en sus aspectos económicos como en los sociales y en los vinculados con la gobernabilidad democrática.

    La iniciativa nos señala que el Titular del Ejecutivo Federal buscará enfatizar el concepto de desarrollo de las personas y el vínculo que existe entre el empleo y la dignidad humana, en el que el trabajo representa la mejor vía para combatir la pobreza, consolidar sociedades democráticas y prósperas, y generar riqueza por medio de la productividad, la competitividad y la inversión, así como destacar la importancia de que la globalización tenga un fuerte contenido ético que ponga a la persona en el centro de la economía, la empresa y el trabajo, promoviendo la dimensión humana, el diálogo social y el empleo de calidad, como aspectos fundamentales del nexo esencial entre el empleo y la gobernabilidad democrática.

    En el marco de la Cumbre, se podrá subrayar la importancia de la negociación del Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA), como respuesta a la necesidad de integración hemisférica.

    En materia de migración, uno de los temas a los que México atribuye especial significado, en dicho decreto, se contempla que el Presidente Vicente Fox refrende la posición de nuestro país, expresada en todos los foros, en el sentido de que los derechos fundamentales de los trabajadores deben ser respetados a plenitud, con independencia de la calidad migratoria de éstos.

    Finalmente, se tiene previsto dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Declaración de Nuevo León, en virtud de su estrecha vinculación con los temas que se habrán de discutir en la IV Cumbre de las Américas.

    XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río.

    El Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política conocido como Grupo de Río, fue creado en 1986 y constituye el foro político más importante de América Latina y el Caribe, a la vez que se ha convertido en el interlocutor privilegiado de la región ante otros países y grupos de países, es así que en sus casi dos decenios de existencia, el Grupo de Río ha demostrado su utilidad como invaluable foro de comunicación personal entre los Jefes de Estado y de Gobierno del área. La preservación de los valores democráticos, la vigencia plena e irrestricta de las instituciones y el Estado de Derecho, constituyen principios esenciales del Grupo.

    México está convencido que los objetivos y principios que dieron origen al Grupo de Río se mantienen vigentes y constituyen una plataforma política para impulsar, aún más, la presencia de América Latina y el Caribe en los escenarios internacionales. Entre las principales iniciativas promovidas por nuestro país destacan, el apoyo a la preservación y fortalecimiento de la democracia representativa, la defensa y promoción de los derechos humanos como uno de los principios básicos del mecanismo, el intercambio de información sobre buenas prácticas en la lucha contra la pobreza, la promoción de acciones dirigidas a dar cumplimiento a los compromisos de la Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo, el fortalecimiento del multilateralismo y la cooperación en materia de desastres naturales.

    En el año 2004, la XVIII Cumbre del Grupo se celebró en Río de Janeiro, Brasil y, en ella, se abordaron temas como la lucha contra la pobreza, mecanismos financieros innovadores y la situación en Haití.

    Quienes suscribimos, coincidimos en que la presencia del Titular del Ejecutivo en esta Cumbre es congruente con la posición de México de reflejar los consensos y compromisos que alcancemos en temas como derechos humanos, democracia y fortalecimiento de la gobernabilidad democrática, la reforma de las Naciones Unidas, los Compromisos del Milenio, la situación en Haití, la búsqueda de mecanismos financieros innovadores para el desarrollo y la incorporación de Belice como miembro pleno del Grupo de Río.

    Por lo anteriormente expuesto, se propone a la Asamblea la aprobación del siguiente:

    DECRETO

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina.

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente Decreto entrara en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de octubre de 2005.

    Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), Secretario; Carlos Jiménez Macías, Secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), Secretario; Jorge Martínez Ramos, Secretario: Rodrigo Iván Cortes Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja (rúbrica), Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñárritu, Sami David David, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio, Sergio Penagos García, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Homero Díaz Rodríguez, María Cristina Díaz Salazar, José Luis Flores Hernández, Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    * LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura al dictamen.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia no tiene registrado orador alguno en términos del 108, que es para fundamentar el dictamen.

    Informa que existen publicados y presentados en tiempo y forma tres votos particulares: uno de ellos, del señor diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, para efectos del artículo 2, primer párrafo; otro de ellos, del diputado Juan Carlos Pérez Góngora, artículos transitorios; y otro más del diputado Juan Carlos Pérez Góngora, artículo 2, primer párrafo; esto es, coincide con el del diputado Monárrez Rincón.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Voto Particular del diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, en relación al primer párrafo del artículo 2o.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva; Dip. Gustavo E. Madero Muñoz, Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Francisco Luis Monárrez Rincón, con fundamento en el artículo 88 y demás artículos aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos y, debido a que no estoy de acuerdo con el dictamen finalmente aprobado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara el día 26 de octubre de 2005, presento el siguiente VOTO PARTICULAR respecto al dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, especialmente, en relación al primer párrafo del artículo 2o. pues, con el contenido que se está disponiendo para él, no estamos cumplimiento cabalmente con el expreso mandato constitucional contenido en el artículo 73, fracción VIII, toda vez que, este enunciado dispone expresamente, el único supuesto en el que se puede facultar al Ejecutivo para la celebración de empréstitos o contratación de deuda en general, que no es otro que ``... para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos...'' salvo en los supuestos de excepción que en dicho numeral se determinan. En consecuencia, propongo que para cumplir con el principio de legalidad constitucional, no otorguemos un cheque en blanco al ejecutivo disponiendo únicamente el techo de endeudamiento interno por la cantidad de hasta 180 mil millones de pesos y precisemos explícitamente la finalidad a que tienen que destinarse dichos recursos.

    Por lo anterior, se propone que el texto del primer párrafo del artículo 2o. del dictamen de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2006 sea:

    ``Artículo 2o.- Se autoriza al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, en los términos de la Ley General de Deuda Pública y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 180 mil millones de pesos, cantidad que íntegramente deberá destinarse para la ejecución de obras que produzcan directamente un incremento en los ingresos públicos, en estricto cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, podrá contratar endeudamiento adicional al autorizado ....''

    Por lo anterior, solicito que se ponga a consideración y se vote la modificación y adición del primer párrafo del artículo 2o. del dictamen de Ley de Ingresos de la Federación para el 2006. Finalmente, pido que este voto particular se publique en la Gaceta Parlamentaria con el dictamen del que forma parte.

    Palacio Legislativo, a 26 de octubre de 2005.--- Diputado federal Francisco Luis Monárrez Rincón.»

    «Voto Particular del diputado Juan Carlos Pérez Góngora, respecto a artículos transitorios.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva; Dip. Gustavo E. Madero Muñoz, Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Juan Carlos Pérez Góngora, con fundamento en el artículo 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos y, en virtud de que disiento del sentido del dictamen finalmente aprobado en la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara, presento a nombre propio y, en compañía y representación de todos los diputados que aparecemos en este documento, el siguiente VOTO PARTICULAR respecto al dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, específicamente tratándose de los artículos transitorios, dado que, en el dictamen se omitió la inclusión del artículo transitorio propuesto por el que ahora suscribe este voto; artículo transitorio que se encuentra relacionado y condicionado a la aprobación del transitorio referente a la nueva fórmula para la determinación del precio, tanto del gas natural como del combustóleo, disposición que igualmente fue propuesto por un servidor. En consecuencia, la discusión y , en su caso la aprobación del artículo transitorio que propongo y que constituye el objeto de este voto, debe hacerse de manera posterior al voto particular antes referido y claro está, siempre y cuando resulte aprobado y se determine su inclusión en los artículos transitorios del Dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    El texto del artículo transitorio que ahora se propone y que no se incluyó en el Dictamen de la Ley que nos ocupa es:

    Artículo Transitorio.... La Comisión Federal de Electricidad deberá elaborar y sujetarse a un plan para elevar su eficiencia y productividad mediante la reducción de costos de producción y administración. Asimismo, y en relación con los artículos 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y a consecuencia de la reducción de dichos costos, la Comisión Federal de Electricidad deberá reducir real y efectivamente el precio del suministro de la energía eléctrica, en la proporción equivalente a la disminución de los precios de los insumos que se utilicen para la generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de la energía eléctrica y, en general, para la operación del organismo. El precio de la energía eléctrica que servirá de base para aplicar la reducción referida, será el vigente en octubre de 2006.

    Es indiscutible que de aprobarse e incluirse una nueva fórmula para la determinación del precio de primera mano del gas natural y del combustóleo, como se ha planteado en otro artículo transitorio, los costos de producción y administración de la Comisión Federal de Electricidad tendrán una ostensible disminución y, en tal virtud, dicho beneficio debe necesariamente trasladarse a las personas que consuman energía eléctrica.

    Personas éstas, que como todos sabemos, a últimas fechas han sido duramente golpeadas en su economía familiar por el desmedido incremento del precio de la energía eléctrica. Por tanto, resulta indispensable que las familias y los mexicanos sean directamente beneficiados con la disminución de los insumos utilizados por la Comisión Federal de Electricidad.

    Por lo anterior, solicitamos que se ponga a consideración y se vote la inclusión dentro de los artículos transitorios del dictamen de Ley de Ingresos de la Federación para el 2006, con el número que le corresponda, el artículo que proponemos y que ha quedado debidamente descrito en este voto particular. Finalmente, solicito que se publique en la Gaceta Parlamentaria con el dictamen del que forma parte.

    Palacio Legislativo, a los 26 días del mes de octubre de 2005.--- Diputados: Eduardo Bailey Elizondo, Margarita Martínez López, Alfonso Rodríguez Ochoa, Héctor Gutiérrez de la Garza, Humberto Cervantes Vega, Mayela Quiroga Tamez, Alfonso González Ruiz, Adrián Villagómez García, Marcela Guerra Castillo, Cristina Díaz Salazar, Carlos Mireles Morales, María de Jesús Aguirre Maldonado, Juan Carlos Pérez Góngora en representación de la fracción parlamentaria del PRI por el estado de Nuevo León.»

    «Voto Particular del diputado Juan Carlos Pérez Góngora, en relación al primer párrafo del artículo 2o.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva; Dip. Gustavo E. Madero Muñoz, Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Con fundamento en el artículo 88 y demás artículos aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos y, debido a que no estoy de acuerdo con el dictamen finalmente aprobado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara el día 26 de octubre de 2005, presento el siguiente Voto Particular respecto al dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, especialmente, en relación al primer párrafo del artículo 2o., pues, con el contenido que se está disponiendo para él, no estamos cumplimiento cabalmente con el expreso mandato constitucional contenido en el artículo 73, fracción VIII, toda vez que, este enunciado dispone expresamente, el único supuesto en el que se puede facultar al Ejecutivo para la celebración de empréstitos, que no es otro que ``... para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos...,'' salvo en los supuestos de excepción que en dicho numeral se determinan. En consecuencia propongo que para cumplir con el principio de legalidad tratándose de los artículos transitorios, dado que, en el dictamen se omitió la inclusión del artículo transitorio propuesto por el que ahora suscribe el presente voto. Artículo éste, mediante el que se plantea una fórmula para la determinación del precio de primera mano del gas natural y del combustóleo para que se ajuste a los costos y precios reales en que se producen y adquieren tales hidrocarburos, pues la discrecionalidad de la autoridad en la identificación de elementos de referencia y la indebida generalización de reglas para la fijación de los precios, están afectando y llevando a la quiebra o desaparición a las empresas e industrias que requieren de dichos insumos para operar.

    El texto propuesto tiene expresamente el siguiente contenido:

    ``Artículos Transitorios

    Artículo ... En relación con el Capítulo II de esta Ley denominado ``De las Obligaciones de Petróleos Mexicanos'' y con base en lo dispuesto por el artículo 58 fracción III de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, su Reglamento y demás ordenamientos y disposiciones jurídicas aplicables, el precio para la venta de primera mano de gas natural que realice Petróleos Mexicanos será el resultado de sumar:

    1.- El costo de producción nacional de la exploración, producción y procesamiento eficiente ponderados para las zonas marinas, sur y norte; al que se le adicionará.

    2.- La utilidad bruta razonable que, a juicio de la Comisión Reguladora de Energía, permita reinversión, misma que no deberá exceder del cuarenta por ciento del costo de producción señalado en el numeral anterior.

    El precio del combustóleo será determinado como el costo de oportunidad de Petróleos Mexicanos, entendido como el precio que dicha entidad obtendría (neto de los costos de transporte y demás costos de entrega) si exportara su producción de combustóleo al mercado de la Costa del Golfo en EEUU, considerando en dicho cálculo el efecto que dicha exportación tendría sobre el precio prevaleciente en el mercado antes referido.''

    Es indispensable tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Cada país desarrolla su sector energético y sus recursos en función de lo que le proporcione mayor seguridad, confiabilidad y competitividad energética.

  • En materia de gas natural y combustóleo, cada país productor determina su propia política de precios con base a su estructura energética y productiva, éste es un asunto de soberanía nacional.

  • A nivel internacional, no existe una fórmula única o un concepto único para fijar los precios del gas natural. Hay una variedad importante de conceptos para definir la política de precios de dicho energético, asimismo es fundamental no depender de precios de otros países.

  • El mercado de referencia con el que se determina el precio en México (Sur de Texas) es actualmente el más caro del mundo, poco líquido, especulativo, volátil y manipulable.

  • Existen claros indicios de manipulación y especulación de precios están siendo reportados en EE.UU. En adición se han reducido sensiblemente las transacciones consideradas para la fijación de los índices usados para la determinación de precios en México, lo que los hace altamente vulnerables a distorsión, especulación y/o manipulación

  • El hecho de que el precio sea dictado por empresas estadounidenses y afectado además por problemas legales, regulatorios y de falta de planeación en EE.UU., además del aumento de las importaciones de México, pone en riesgo la soberanía energética del país. Por ejemplo, México resulta afectado con mayores precios.

  • En EE.UU. su regulación federal o estatal restringe internamente el acceso a sus reservas limitando la oferta.

    Por lo que, se puede concluir la discrecionalidad con que actúan las autoridades mexicanas en la fijación del precio, tanto del gas natural como del combustóleo, y la distorsión de su monto por la falta de justificación de los elementos de referencia utilizados para su establecimiento, tal situación ha provocado que:

  • El precio del gas natural en México esté muy por arriba de su costo de producción y del costo real de oportunidad del productor.

  • Su enfoque de destrucción de demanda, sin tener sustento en el suministro local, está destruyendo la planta productiva, el empleo y la economía de las familias; además repercute directamente en menor crecimiento y competitividad.

    Mantener este esquema tendrá repercusiones negativas inmediatas en lo económico y lo social para el país.

    Por lo anterior, solicitamos que se ponga a consideración y se vote la inclusión dentro de los artículos transitorios del dictamen de Ley de Ingresos de la Federación para el 2006, con el número que le corresponda, el artículo que proponemos y que ha quedado debidamente descrito en este voto particular. Finalmente solicitamos que se publique en la Gaceta Parlamentaria con el dictamen del que forma parte.

    Palacio Legislativo, a 26 de octubre de 2005.- Diputados: Eduardo Bailey Elizondo, Margarita Martínez López, Alfonso Rodríguez Ochoa, Héctor Gutiérrez de la Garza, Humberto Cervantes Vega, Mayela Quiroga Tamez, Alfonso González Ruiz, Adrián Villagómez García, Marcela Guerra Castillo, Cristina Díaz Salazar, Carlos Mireles Morales, María de Jesús Aguirre Maldonado, Juan Carlos Pérez Góngora en representación de la fracción parlamentaria del PRI por el estado de Nuevo León.»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia respeta el derecho de presentarlos en tribuna, si es que así lo consideran prudente. No ejerciendo su derecho de tribuna, esta Presidencia considera que no habiendo más oradores en lo general, informa a la Asamblea que el señor diputado Alfonso Ramírez Cuéllar se ha inscrito para fijar la posición del Partido de la Revolución Democrática. Hasta por 10 minutos, tiene el uso de la palabra.El diputado Alfonso Ramírez Cuéllar: Compañeras y compañeros diputados: el día de hoy en la mañana, la fracción parlamentaria del PRD decidió votar a favor del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda en relación con la Ley de Ingresos de la Federación. Pero queremos alertar de dos cosas: esta Ley de Ingresos que estamos a punto de aprobar hace nugatorios los beneficios que de manera clara se esperaban recibir del nuevo régimen fiscal de Pemex.

    El Ejecutivo federal presentó dentro de sus observaciones una valoración que impedía que alrededor de 23 mil millones de pesos que debería recibir Petróleos de México por concepto del nuevo régimen fiscal quedaran perfectamente claros en el Presupuesto de Egresos de la Federación. A pesar de que este Pleno y las Comisiones Unidas de Hacienda, y de Energía rechazaron esta observación del Ejecutivo, en el dictamen que vamos a aprobar el día de hoy se hace una aceptación explícita para impedir que Petróleos de México tenga este beneficio y pueda hacer uso de los recursos que se van a producir como resultado del nuevo régimen fiscal de Pemex.

    Tenemos un segundo problema, compañeras y compañeros: cuando el Ejecutivo nos presentó el proyecto tanto de Ingresos como de Egresos, prácticamente destrozó muchísimas de las aspiraciones que la mayoría de los legisladores hemos venido presentando reiteradamente para tratar de restituir una serie de recursos a ramos que permanentemente están siendo castigados y que tienen que ver con educación, con el desarrollo rural, con la infraestructura hidráulica y con todo el sistema de comunicaciones del país. Prácticamente, la propuesta del Ejecutivo señalaba con claridad el establecimiento de un Presupuesto totalmente recesivo, que volvía a castigar, así como lo quiso hacer en el Presupuesto de 2005, volvía a castigar ahora para 2006 ramos importantes que son en beneficio del país y que van dirigidos al desarrollo regional y a los sectores de menores ingresos; además, para restituir muchísimas carencias en infraestructura educativa y en infraestructura carretera.

    Tenemos un incremento en el Presupuesto de Egresos, en la Ley de Ingresos de aproximadamente 92 mil millones de pesos, en términos brutos. Después de hacer todos los descuentos que se derivan del establecimiento del nuevo precio al petróleo, el incremento neto, real, de la Ley de Ingresos es de aproximadamente 75 mil millones de pesos. Esta cantidad no alcanza a restituir el desorden presentado por el Ejecutivo en su paquete económico; siguen estando castigadas muchísimas aspiraciones que tenemos la mayoría de los legisladores, con una agravante además: no nos alcanza para dar atención responsable a la devastación que sufrieron muchísimos estados del sureste del país.

    El PRI y el PAN hicieron no solamente un acuerdo en materia de incremento de recursos establecidos en la Ley de Ingresos sino que, también, dibujaron un escenario que tiene que ver con reasignaciones y que se reduce a reasignar aproximadamente 5 mil millones de pesos de gasto no programable, particularmente de adeudos fiscales y de costo financiero de deuda, lo que nos daría una bolsa de aproximadamente 80 mil millones de pesos.

    La gran pregunta es ¿estaremos en posibilidades, con esta bolsa de 80 mil millones de pesos, de poder restituir el recorte que viene por parte del Ejecutivo en educación? No tenemos tampoco posibilidad de restituir el recorte que viene en la propuesta del Ejecutivo para desarrollo rural, mucho menos tenemos posibilidades de restituir el recorte que viene para comunicaciones, tampoco para la infraestructura hidráulica y tampoco para los servicios de salud. Hubo un avance porque el Presidente señalaba que el precio del barril de petróleo debería ser de 31.5. ¡Siempre a la baja, de manera alevosa para tener un margen de discrecionalidad mucho mayor! Se hizo un esfuerzo para que quedara en 36.5. ¡Nuevamente el Ejecutivo mandó subestimados los ingresos tributarios! Por segunda ocasión el Centro de Finanzas Públicas de esta Cámara demostró que el Presidente estaba escondiendo un colchón importante de recursos y que debería de hacerse una estimación objetiva. Y los cálculos del Centro señalaban con toda claridad y con toda precisión que la subestimación alcanzaba cerca de 40 mil millones de pesos. Se aceptaron 28 mil. Lo que no quieren mover, porque es una actitud religiosa en extremo, es el déficit.

    El Presidente de la República nos propuso un superávit de 0.2 por ciento. ¿En qué cabeza cabe? Un país totalmente destrozado, lleno de carencias y de enormes necesidades, y un Presidente que quiere simple y sencillamente cumplir a plenitud ese dogma, que está siendo ya rebasado por muchísimos gobiernos del mundo en su propuesta de superávit. Llegaron a aceptar que hubiese equilibrio y que el déficit quedara en cero, pero todavía eso no resuelve los problemas.

    Nosotros propusimos que hubiera un déficit de 0.15 por ciento. ¿Cómo no tener déficit si tenemos un país o medio país totalmente destrozado por los huracanes? ¿Cómo no tener la posibilidad de llegar a esta conclusión si prácticamente en unos lados la devastación es por las fuertes lluvias, en otros lados por la gran sequía y por el abandono que sigue existiendo en muchísimas regiones del país y en necesidades fundamentales? No, se quiso cumplir una receta a costa del país y a costa de poder resolver de manera adecuada los problemas; simple y sencillamente, porque así lo dictaron el Fondo Monetario y el Banco Mundial porque estaba establecido en el Programa Nacional de Financiamiento y porque esto era un compromiso del Gobierno Federal para terminar supuestamente con variables macroeconómicas totalmente sanas, a pesar de que al país se lo estuviera llevando... el desastre y el incremento en necesidades. ¿Qué es más responsable: cumplir una recomendación, dar la apariencia cosmética de que tenemos equilibrio financiero, o cumplir las necesidades sociales? Se impuso la decisión del cumplimiento de la receta, y sigue pendiente la atención de las necesidades del país.

    Por eso, compañeras y compañeros, señores diputados del Partido Revolucionario Institucional, hagámonos cargo de otra cosa, podemos votar esta Ley de Ingresos a reserva de que hagamos un programa de reasignaciones que nos permita cumplir con responsabilidad para atender una vasta región del sureste del país y no vamos a quedar como pura demagogia al no destinar recursos a la reconstrucción. Y hagámonos cargo también de que Petróleos Mexicanos debe recibir lo que estaba esperando con el nuevo régimen fiscal; es decir, sus 23 mil millones de pesos. Voy a concluir diciendo: si no hacemos esto, compañeras y compañeros, lo del desastre y la reconstrucción es pura demagogia; lo del fortalecimiento de Pemex es pura mentira porque pesa más la amenaza del veto, sobre la cual actuaron muchísimos legisladores, que responder a las necesidades de los mexicanos.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Esta Presidencia no tiene más oradores registrados en lo general. Luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido, repito, en lo general.

    Para los efectos del artículo 134, esta Presidencia informa que los señores diputados Francisco Javier Carrillo Soberón y Manuel Enrique Ovalle Araiza, el primero del PRD, el segundo del PAN, han reservado el artículo 1o., apartado C, fracción IX, numeral 3. Adrián Villagómez García, del PRI, el segundo, primer párrafo. El diputado Carrillo Soberón, del PRD, el 5o., fracciones I y III. El propio diputado Carrillo Soberón, el 7o., fracción VII. Salvador Martínez Della Rocca, en nombre de los individuos que integran la Comisión de Educación y Servicios Educativos, el 12, párrafos noveno y undécimo. Omar Ortega Álvarez, el artículo 16, fracción IV, inciso b), y una adición de un párrafo. Víctor Suárez Carrera, un sexto transitorio. Juan Carlos Pérez Góngora, la adición de los artículos 38 y 39. Omar Bazán Flores, la adición de un artículo transitorio. Y María Cristina Díaz Salazar, la adición de un artículo transitorio. Francisco Javier Carillo Soberón, en el 5o., son fracciones I y II, dice: ``II''. Se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para la votación nominal en lo general y de los artículos no impugnados. Y a la par, vaya la Secretaría tomando la votación de los diputados que no tienen acceso. ¿Diputada Cristina Díaz? Perdón, en términos del 134; ¿y Adrián Villagómez?

    La diputada María Cristina Díaz Salazar (desde la curul): Muchas gracias, Presidente. Me quiero reservar para incluir un artículo transitorio, el octavo o el que corresponda, de la Ley de Ingresos.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Ya se leyó, ya se dijo que usted lo está reservando. Lo mismo el de Adrián Villagómez, también. Adelante.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. Diputado Monárrez, ¿con qué objeto?El diputado Francisco Luis Monárrez Rincón (desde la curul): La intención de mi voto particular... también quiero hacerlo en tribuna.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Bueno, lo que pasa es que ya precluyó su derecho porque esta Presidencia anunció al principio que usted había presentado voto particular en tiempo y forma, y abrió la posibilidad de que usted ejerciera. Adelante.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

    (Votación.)

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José a favor; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo a favor; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo ausente; Rodríguez Díaz, Hugo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso a favor; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador a favor; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús a favor; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías a favor; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth ausente; Suárez y Dávila, Francisco a favor; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo a favor; Torres Hernández, Marco Antonio ausente; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge a favor; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda a favor; Vázquez García, Quintín a favor; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo a favor; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio a favor; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo a favor; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena a favor; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario a favor; Zorrilla Fernández, Guillermo a favor; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente; Treviño Rodríguez, José Luis a favor.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Señor Presidente: se emitieron 372 votos en pro, 6 en contra y 5 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados en lo general y en lo particular, los artículos no impugnados, por 372 votos. Tiene el uso de la palabra el señor diputado Francisco Javier Carrillo Soberón para presentar su reserva del artículo 1o., apartado C, fracción IX, numeral 3.El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón: Muchas gracias compañero Presidente. En el dictamen que esta Cámara votó respecto al nuevo régimen fiscal de Pemex, en su página 13, en la observación que hace el Ejecutivo al artículo segundo transitorio se dice: ``La meta del balance financiero de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio en que entra en vigor el presente decreto se incrementará con los ingresos adicionales que obtengan Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, derivados de la aplicación de las disposiciones fiscales establecidas en la Ley Federal de Derechos respecto a los que hubiesen obtenido, aplicando las disposiciones fiscales vigentes el año anterior al referido ejercicio''.

    Esto es solicitado por el Ejecutivo, que se incrementara la meta de balance financiero de Petróleos Mexicanos, a efecto de posponer en los hechos la aplicación del nuevo régimen fiscal de Pemex. ¿Qué consideramos en el dictamen? Dice: ``Si bien estas Comisiones coinciden con el Ejecutivo en cuanto a que se debe mejorar la posición financiera de la empresa, esta medida no ayudaría a dicho propósito, ya que con ello no se permitiría a la paraestatal destinar los ingresos adicionales al pago de deuda o a inversión, espíritu original de cambio del nuevo régimen fiscal. En atención a lo anterior, no se considera conveniente incorporar dicha disposición. Sin embargo, compañeras y compañeros, en nuestro artículo 10, apartado C, fracción IX, numeral 3, se incrementa el superávit de organismos y empresas de control presupuestario, de 176 mil 603 millones a 201 mil millones de pesos; esto es, se incrementa justamente en los mismos términos en que lo solicitó el Ejecutivo de incrementar la meta de balance financiero en el superávit del organismo de Pemex, a efecto de que no pueda hacer uso de esos recursos sino que se destinen simplemente al superávit que abona Pemex a la Federación.

    Nosotros queremos presentar esta propuesta, en la cual se conserva el superávit de las empresas de control presupuestario en los mismos términos de 176 mil 603 millones, para que el ingreso adicional que otorgamos a Pemex en el nuevo régimen fiscal quede disponible en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Nos parece muy importante que en este asunto el Congreso, la Cámara de Diputados tenga absoluta claridad de qué responsabilidad estamos asumiendo al votar un superávit de 201 mil millones. Queremos dejar muy claro que con este superávit se está planteando alimentar, por decirlo de esta manera, la bolsa distribuible en el gasto, de aproximadamente 80 mil millones de pesos. Debe quedar muy claro a este Congreso que de algún lado va a tener entonces que salir el aporte fiscal para mejorar el presupuesto de Pemex o, en caso contrario, estamos contradiciendo lo que ya votamos cuando rechazamos la observación del Ejecutivo en este punto en específico, por absoluta mayoría de votos.

    Nos parece muy importante que esta Cámara tenga absoluta congruencia y claridad de que aportar al superávit es impedir que el organismo asuma esos recursos para su gasto de inversión o pago de deuda, como ya dijimos en los considerandos del dictamen del nuevo régimen fiscal de Pemex. De otra manera, estaremos posponiendo nuevamente la decisión que tanto trabajo ha costado al país, al Congreso, a las Cámaras, de dar el paso para despetrolizar nuestro Presupuesto, obligar a que la Secretaría de Hacienda asuma estrictamente su responsabilidad y permita el desarrollo de la empresa más importante en nuestro país. De otra manera, el año que viene Pemex estará constreñido porque, además, el Presupuesto que nos ha propuesto el Ejecutivo es un Presupuesto reducido nominalmente respecto al de 2005. En este escenario, compañeras y compañeros, es imposible que siga con salud y aportando recursos y riqueza a este país la empresa petrolera nuestra, propiedad de la nación. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado. El señor diputado Manuel Enrique Ovalle Araiza, del Partido Acción Nacional, reservó el mismo artículo. ¿El diputado Carrillo Soberón nos dejó por escrito? Nos tiene que dejar por escrito y firmada su reserva para poderla someter a la consideración de la Asamblea en su momento, si es que ésta la acepta a discusión. Y tiene el uso de la palabra el diputado Manuel Enrique Ovalle Araiza porque reservó el mismo artículo, de tal suerte que la Asamblea tenga la posibilidad de ponderar ambas propuestas.El diputado Manuel Enrique Ovalle Araiza: Con el permiso de la Presidencia. Estimados asambleístas, diputados y diputadas: vengo aquí con objeto de que podamos encontrar un momento de reflexión ante una oportunidad brillante que se nos presenta. Tenemos en puerta la aprobación del régimen fiscal de Pemex en el Senado y creo que el beneficio que ahí estamos buscando no podemos de ninguna manera neutralizarlo en la Ley de Ingresos. Y quiero decir esto porque de alguna, la Comisión de Hacienda y la Comisión de Energía, cuando aprobamos el dictamen de régimen fiscal, en su última versión, después de atender las observaciones del señor Presidente, precisamente una de estas observaciones no la aceptamos, y no la aceptamos porque lo que se quería era que el ingreso adicional que iba a tener Pemex como producto, como resultado de esta reforma que nosotros estamos haciendo, se quería sumarse al balance financiero, y nosotros fuimos muy claros y cuando digo ``nosotros'' --reitero-- fuimos la Comisión de Hacienda y la Comisión de Energía, y después el Pleno.

    Es decir, todos ustedes, compañeros diputados, aprobaron y reiteraron esto que precisamente les voy a explicar. Si nosotros ahorita no somos consistentes, congruentes con lo que se aprobó en ese momento, estamos mandando un mensaje pues por lo menos distorsionado. Nosotros en ese momento decíamos que precisamente esta discusión se tenía que llevar a cabo en el Presupuesto de Egresos, cuando discutiéramos ese dictamen, no ahorita en Ley de Ingresos.

    ¿Cuál es el problema? ¿Cuál es al parecer la mala interpretación que estamos teniendo en este momento? Si nosotros, el ingreso adicional que logramos para Pemex lo metemos en el superávit y una vez ahí lo sumamos, cuando comparemos la carátula del proyecto de Presupuesto que emitió el Presidente con su respectiva Ley de Ingresos contra el proyecto de dictamen que vamos a aprobar o que se pretende aprobar en este momento, las diferenciaciones en los diferentes rubros lo que nos van a dar es un incremento de los ingresos adicionales que por lo general, ustedes saben, es la bolsa que nosotros, los diputados, asignamos y reasignamos durante el ejercicio de la discusión presupuestal.

    Si hacemos eso, lo que estamos haciendo automáticamente es metiendo esos 23 mil millones de pesos que correspondían a Pemex para distribuirlo en cualquier otro bien o servicio no necesariamente y muy probablemente, muy seguramente nada que tenga que ver con la empresa petrolera. Por eso, lo que nosotros en este momento queremos dejar muy claro es que tenemos que ser congruentes, todo el Pleno de la Cámara, que aprobamos ese dictamen de régimen fiscal, que no podemos echarlo a perder porque es uno de los grandes avances de lo poco que ha dejado esta Cámara que realmente sea valioso, que realmente sea fundamental, que sea consistente con las reformas estructurales. Por eso pido un momento de reflexión a ustedes, que podamos llegar a un acuerdo para que tanto el régimen fiscal logre su objetivo de fortalecer la empresa como que podamos sacar en buenos términos este ejercicio, esta discusión, que es muy diferente de otros años en lo que a la Ley de Ingresos y al Presupuesto de Egresos se refiere. Invito a la reflexión, y ojalá podamos encontrar un acuerdo, de no ser posible aquí, por lo menos que el debate se transfiera al Senado de la República. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado. ¿Firma su propuesta? Tiene que estar firmada. Señoras y señores legisladores, la propuesta del diputado Francisco Javier Carrillo Soberón es idéntica, la está firmando conjuntamente con el diputado Manuel Enrique Ovalle Araiza. Se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea si se acepta a discusión de inmediato.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, pongo a consideración de esta Asamblea si se acepta a discusión la modificación presentada.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No se acepta, y se considera como desechada. Se reserva para su votación nominal en sus términos. El diputado Adrián...El diputado Francisco Carrillo Soberón (desde la curul): Señor Presidente, que sea nominal.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Carrillo Soberón, con todo respeto, la votación nominal se pide antes. Tiene la palabra el señor diputado Adrián Villagómez García para presentar la reserva del artículo 2o., primer párrafo.El diputado Adrián Villagómez García: Gracias, diputado Presidente. Compañeros diputados: en nombre de la diputación priísta del estado de Nuevo León, subo a esta tribuna a fin de justificar el voto particular presentado por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara el 26 de octubre de 2005, en el cual se aprobó en lo general la Ley de Ingresos para el ejercicio de 2005. Actualmente, el precio del gas en México está muy por arriba de los costos de producción y del costo real de oportunidad del productor, situación que está destruyendo la planta productiva, el empleo y la economía de las familias, reflejándose además en el mayor crecimiento y menor competitividad. Este modelo ha causado el disparo de los energéticos en México, siendo uno de los principales detonantes del cierre de empresas y de la pérdida de empleos.

    Desde 1999, el precio del gas se ha prácticamente quintuplicado; el combustóleo, triplicado; y las tarifas eléctricas, duplicado. Compañeros, el asunto es delicado y de urgente solución, ya que de 2000 a la fecha se han cerrado cerca de 10 mil empresas y se han perdido más de 740 mil empleos en la industria de transformación y se han dejado de invertir más de 15 mil millones de dólares; claro está, afectando gravemente la obtención de recursos fiscales. Asimismo, hemos decaído en competitividad y, obvio, estamos siendo desplazados en el crecimiento de nuestras exportaciones.

    En la actualidad, el costo del gas se fija a partir y en función del gas del mercado del sur de Texas, y es ésta la cotización que rige tanto para la industria como para los hogares, la cual resulta incomprensible e injustificado si consideramos que las importaciones de gas representan sólo 18 por ciento del consumo nacional. La fórmula actual incentiva la escasez para incrementar el precio, en detrimento de los consumidores y el resto de la economía, además de favorecer que todas las ineficiencias de suministrador en materia de planeación, inversión, operación y producción las paguen los consumidores. Fuera de la región de Norteamérica, el precio de México es el más caro del mundo, incluso por arriba de los países que no tienen el recurso natural del gas, afectando la competitividad en el mercado interno y en el externo. Esta situación es de suma relevancia, no sólo por el impacto negativo que tiene en el desarrollo de nuestra economía sino que, de manera adicional, debe considerarse el riesgo que tiene este esquema para nuestra soberanía, pues incluye en el control sobre la fijación de precio de una buena estrategia para la planta productiva nacional y, por tanto, para nuestro desarrollo. A nivel internacional no existe una forma única o un concepto único para fijar los precios del gas; hay una gran variedad importante de conceptos para definir la política de precios de dicho energético. Asimismo, es fundamental no depender de los precios de otros países. Por ejemplo, en el caso de Holanda, España, Japón, China y Rusia...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Adrián Villagómez, la reserva del apartado c) de la fracción... Perdón, la reserva del primer párrafo del artículo 2o. se refiere a deuda pública y, en términos del 105, estoy obligado a pedirle que se circunscriba al tema. Le ruego que me disculpe, pero esta Presidencia tiene que cumplir estrictamente su obligación.El diputado Adrián Villagómez García: Estamos en un transitorio.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No, estamos en el artículo 2o., primer párrafo, que es lo que yo tengo registrado como su reserva. Hay la propuesta de dos artículos transitorios, si gusta usted hacer una síntesis de su propuesta, entonces. Le ruego que me disculpe.El diputado Francisco Luis Monárrez Rincón (desde la curul): Presidente, para hablar en contra.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El diputado Monárrez presentó un voto particular y no ejerció su derecho de presentarlo en su momento. Esta Presidencia ofreció al diputado Monárrez darle la palabra en este momento. Tiene usted el uso de la palabra. Diputado Villagómez, le ruego que me disculpe.

    El diputado Adrián Villagómez García (desde la curul): Correcto, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tenemos reservados, tenemos la adición de dos artículos transitorios; y en este momento daremos la palabra al diputado Villagómez.El diputado Adrián Villagómez García (desde la curul): Gracias, diputado.El diputado Francisco Luis Monárrez Rincón: Gracias, señor Presidente, diputado. Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras y compañeros diputados: efectivamente, propuse un voto particular y he pedido a la Presidencia hablar en contra de este artículo 2, su primer párrafo, que dice: ``... autorizamos al Ejecutivo federal --en síntesis-- para que contrate un monto de endeudamiento neto interno hasta por 222 mil millones de pesos en deuda interna; y en deuda en el exterior con un monto equivalente de endeudamiento hasta por 500 millones de dólares''. Me parece, compañeras y compañeros diputados, que es gratis esta autorización que se propone en este dictamen. Me parece que esta aprobación también es el atentado más grande que se va a hacer al país en materia de endeudamiento. El engaño más grande que se va a hacer a todos los habitantes de México.

    Me parece que aceptar las travesuras de un secretario de Hacienda irresponsable y maquiavélico y también maquillador... Estamos cometiendo el más grande error de todo el país y de toda la historia de esta honorable Cámara de Diputados. ¿En qué sentido? Aceptarle que en la carátula del Presupuesto, de la Ley de Ingresos vaya un déficit cero y, por el lado contrario, por dentro, en los anexos, autoricemos un cheque al portador en deuda por 222 mil millones de pesos en deuda interna, que ha ido creciendo bárbaramente, en perjuicio --el día de mañana-- de los ahorradores mexicanos y del fondo del SAR y de no sé cuántos más, pero también seguir con la costumbre de los acuerdos copulares, que en nada benefician al país: ``te desconcedo'' una autorización para que el Gobierno del Distrito Federal ejerza una deuda hasta por mil 600 millones a cambio de que yo te valide una deuda interna por 220 mil millones de pesos y una deuda externa hasta por 500 millones de dólares. ¡Eso es criminal, señores!

    También validar este endeudamiento, so pretexto de que se nos ha autorizado una reasignación por el orden de los 90 mil millones, es lo peor, el peor engaño que podemos hacer a todos los mexicanos porque, a cambio de eso, estamos autorizando un endeudamiento por 130 mil millones al Ejecutivo federal para que los ejerza con la mayor discrecionalidad, sin ningún preámbulo, durante 2006. ¿Qué propongo, diputadas y diputados compañeros? Que le cerremos el círculo. El artículo 73, en el párrafo séptimo, de la Constitución, establece muy claramente que sólo se autorizará al Ejecutivo empréstitos o contrataciones de deuda en general, cuando se trate de inversiones que generen a la vez mayores productos, mayor dinero para beneficio del mismo país, y eso a cambio de un proyecto clara y perfectamente definido en materia de obra de infraestructura, de inversión que genere más ingresos. ¿Qué propongo? Simplemente, a ese apartado añadir lo que dice exactamente este artículo constitucional, que sería lo peor que pudiéramos hacer: ``... cantidad que íntegramente deberá destinarse para la ejecución de obras que produzcan directamente un incremento en los ingresos públicos, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos''.

    Y para facilitar la negociación y la transición de esta propuesta, añadir que damos al Ejecutivo hasta 90 días para que nos haga el planteamiento de la propuesta de inversión. Es cuanto, compañeros diputados; es cuanto, Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia someterá a la consideración de la Asamblea el artículo en sus términos en virtud de que el diputado Monárrez presentó un voto particular que se desahogará en caso de no ser aprobada esta Ley de Ingresos. Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Javier Carrillo Soberón para presentar la reserva del artículo 5o., en sus fracciones I y II.El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón: Muchas gracias, compañero Presidente. En este artículo 5o., fracciones I y II, se está anotando en el dictamen como inversión financiada condicionada un monto de 3 mil 831 millones de pesos, destinados a respaldar la inversión privada en dos plantas de generación de electricidad --una, La Venta 3, eólica, en el estado de Oaxaca; y una turbina de gas de ciclo combinado, en Baja California--, de alrededor de 2 mil 600 millones de pesos. ¿Qué queremos comentar al respecto? Estos dos generadores son generadores privados, bajo la figura de productores independientes de electricidad. Esta figura, a nuestro entender y números, ya no es redituable para la Comisión Federal de Electricidad; implica asumir el compromiso contractual, por parte de la Comisión Federal de Electricidad, de pagar un cargo fijo al inversionista durante 25 años para que el inversionista recupere su inversión y, en adición, se compre la energía que estas plantas generarán.

    Queremos señalar que al día de hoy, con el movimiento de los precios del gas en las mismas condiciones tecnológicas y de operación, el costo de kilowatt de la Comisión Federal es de 70 centavos; y el de los productores independientes, de 78 centavos. Es decir, ya resulta más caro a la Comisión Federal pagar a los productores independientes la generación que le proveen que asumir por inversión directa este tipo de obras de ciclo combinado. En relación con la planta La Venta 2... La Venta 3, es una planta que requiere subsidios. Los generadores privados han gestionado ante el Banco Mundial un subsidio de 70 millones de dólares para poder asumir los costos de generación de estas plantas. Hemos alegado que esto podría o debería asumirlo la propia Comisión Federal de Electricidad, asumiendo ella misma, como ya lo está haciendo, la construcción de la planta La Venta 2 o la eléctrica, también en Oaxaca, de más o menos la misma capacidad de 100 megawatts, por lo cual proponemos que lo que está destinado a inversión financiada condicionada se traslade a la columna de inversión financiada directa en favor de proyectos de obra pública financiada de la Comisión Federal de Electricidad.

    No estamos planteando que se supriman los proyectos; no estamos planteando que se altere la planeación en el sentido de la concreción de nuevas plantas de generación, sino que se asuman ya figuras que resultan más convenientes para el sector público y más convenientes para el impacto en tarifas. Hoy estamos ya asumiendo alrededor de 30 por ciento del presupuesto de la Comisión Federal de Electricidad para pagar a los generadores privados, un costo que está impactando severamente el costo de tarifas eléctricas. Es decir, los generadores privados han estado permanentemente incrementando el costo a la Comisión Federal de Electricidad de la energía que le venden, y eso nos está impactando en el costo de tarifas en virtud de que se está generalizando la inversión con plantas generadoras con base a gas. Hemos insistido en la urgencia de diversificar el escenario energético mexicano a fin de poder deprimir la demanda de gas natural y, de esa manera, reducir la importación de gas; y, de esa manera, poder impactar a favor de un precio en México de gas impactado mejor con los costos de producción mexicanos y con esto no sólo ayudar al consumo doméstico, tan urgido en muchos sectores de la población, sino al desarrollo del sector industrial.

    De esa manera, compañeras y compañeros, nuestra propuesta es que, finalmente, empecemos ya a reencauzar la orientación del sector eléctrico nacional. Que abonemos a proyectos de inversión donde sí hay desarrollo tecnológico mexicano y no como hasta hoy han sido los proyectos de inversión, de productores independientes de energía que, en adición a lo que he dicho de costos no convenientes, eliminan la ingeniería mexicana y han venido suprimiendo el desarrollo tecnológico nacional, pues son prácticamente en un 100 por ciento importados en todos sus componentes. Es todo, señor Presidente. Lo dejo aquí y solicito, para este caso, igualmente votación nominal.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado, la votación será económica en cuanto a forma, y será nominal en cuanto a fondo. Luego entonces, pregunte la Secretaría, en votación económica, si se acepta a discusión. Si se acepta a discusión en el fondo, será nominal. Adelante.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se acepta a discusión la modificación propuesta por el diputado Carrillo Soberón.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Tengo duda, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Repita la votación pidiendo a los diputados que se pongan de pie.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, repetiremos la votación...

    El diputado Julio Boltvinik Kalinka (desde la curul): Presidente, es la votación de fondo, no se puede tomar así...El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo, vamos a repetir la votación en estos términos: les ofrezco que la de fondo, la de fondo será...El diputado Julio Boltvinik Kalinka (desde la curul): Es una decisión importante. Se le está pidiendo que sea formal. Estoy en mi derecho y usted está en obligación de corresponderme. Estoy actuando en forma legal; estoy solicitando conforme al Reglamento.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No cumple los requisitos, diputado. Adelante, que se pongan de pie. No está actuando conforme a Reglamento, diputado, porque no cumplió --a mi manera de ver-- los requisitos. Adelante.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, nuevamente pregunto a ustedes si es de aceptarse la propuesta del diputado Carrillo Soberón. Solicito a ustedes que, en lugar de levantar la mano, se pongan de pie.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa favor de ponerse de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse ponerse de pie... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se considera desechada. Diputado Boltvinik, le mando un texto ahora del artículo 148. Tiene el uso de la palabra el señor diputado Francisco Javier Carrillo Soberón para presentar la reserva de la fracción VII del artículo 7.

    El diputado Francisco Javier Carrillo Soberón: Solicito la reflexión de mis compañeros diputados al siguiente punto. Aparece, en el artículo 7, fracción VII, del dictamen de Ley de Ingresos nuevamente el famoso ARE, el Aprovechamiento sobre Rendimientos Excedentes, que suponíamos superado con el nuevo régimen fiscal de Pemex. A la lectura se comprende cuál es la intención: ajustar con un 6.5 por ciento los ingresos distribuibles a favor de los estados. Atendiendo a la preocupación que bajo esta forma se ha dado a este nuevo ARE de un nuevo impuesto de un 6.5 por ciento sobre rendimientos excedentes, la propuesta que hacemos a esta soberanía, y solicitamos atentamente, es su reflexión de que no carguemos este aprovechamiento de rendimientos excedentes sobre el recurso de Petróleos Mexicanos sino que lo hagamos acreditándolo contra el derecho sobre hidrocarburos del fondo de estabilización.

    El fondo de estabilización lo vamos a constituir con 10 por ciento de los ingresos petroleros. Es un fondo de estabilización bastante importante, de cerca de 20 mil millones de pesos. Este ARE, que es una preocupación legítima de los estados, creemos que puede proceder, pero pedimos y solicitamos a ustedes que diga: ``el aprovechamiento sobre rendimientos excedentes efectivamente pagados se acreditará contra el derecho sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización a que se refiere el artículo 256 de la Ley de Derechos''.

    De otra manera, compañeras y compañeros, de no acreditarlo contra el fondo de estabilización, estamos generando un impuesto más a Petróleos Mexicanos y contradiciendo nuestro dictamen del nuevo régimen de Ley de Derechos en torno de la nueva condición fiscal de Petróleos Mexicanos. Creemos que en este caso pudiera haber la sensibilidad del Congreso de no cargar más a Pemex el pago de esas cuestiones, cuando ya tenemos un fondo, el de estabilización de ingresos petroleros, constituido justamente sobre la base de que existe un buen momento de precios del petróleo, que existe un buen monto de excedentes petroleros y que no le haremos mayor afectación si este 6.5 por ciento lo agregamos a que se acredite contra este fondo de estabilización. ¿Qué resultaría? Resultaría que lo que tenemos aprobado del 13.1 por ciento como fondo de estabilización de los estados se incrementaría a 19.6, que es realmente la cantidad que nosotros creemos que --efectivamente-- equivale a lo que los estados ya tenían reservado en el régimen vigente actual. Finalmente, subrayamos: lo único que planteamos es que este ARE revivido se acredite contra el fondo de estabilización y no en contra de la condición financiera de Petróleos Mexicanos. Muchas gracias, compañeros y compañero Presidente.

    Presidencia del diputado Heliodoro Díaz EscárragaEl Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría, en votación económica, a la Asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el diputado Francisco Javier Carrillo Soberón en relación con el artículo y la fracción mencionados.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si es de aceptarse a discusión la modificación presentada por el diputado Carrillo Soberón.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Diputado Presidente, tengo duda con la votación.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En virtud de lo manifestado por la Secretaría, ruego a los diputados que ocupen sus curules para que podamos llevar a cabo la votación y que quede clara ésta cuando se esté efectuando la misma. Vamos a llevar a cabo nuevamente la votación, pidiendo que se pongan de pie para votar en un sentido o en otro.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Nuevamente: los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa si son tan amables de ponerse de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse ponerse de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se acepta a discusión y, en consecuencia, se abre el registro de oradores en pro y en contra. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación en conjunto. Tiene el uso de la palabra el diputado Salvador Martínez Della Rocca, en nombre de la Comisión de Educación y Servicios Educativos, en relación con la reserva que hizo del artículo 12, párrafos noveno y undécimo, hasta por cinco minutos.

    El diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca: Compañeros diputados y diputadas: igual que el año pasado, quiero proponer una modificación del artículo 12, párrafos noveno y undécimo, porque en la propuesta que nos mandan de Ley de Ingresos se señala que los autogenerados de las instituciones media superior, de cultura --por ejemplo, el Instituto Politécnico Nacional--, los tecnológicos que autogeneran, que no se tengan que ir a la Tesorería sino que los puedan usar ellos libremente en el momento adecuado y para las necesidades que requieren, pero que semestralmente tienen la obligación de informar a la Secretaría de Hacienda de los montos y en qué los gastaron.

    Propongo que quede así. Hablo en nombre de la Comisión de Educación porque esto, por unanimidad, fue votado en la Comisión de Educación; y dice así: ``Los ingresos que por concepto de productos y prestación de servicios, venta de bienes derivados de sus actividades sustantivas o por cualquier otra vía obtengan las instituciones educativas y culturales, los planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación media superior, de educación superior, de posgrado, de investigación, de cultura y de formación para el trabajo del sector público, independientemente de que sean órganos descentralizados, desconcentrados o tengan otra naturaleza jurídica, serán aplicados directamente por éstos para gastos de sus objetivos y programas institucionales.

    Las instituciones educativas y culturales, los planteles y centros de investigación de las dependencias que presten servicios de educación media superior, de educación superior, de posgrado, de investigación, de cultura y de formación para el trabajo del sector público a que hace referencia el párrafo noveno sólo deberán informar semestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del origen y aplicación de sus ingresos que obtengan por concepto de productos y prestación de servicios, venta de bienes derivados de sus actividades sustantivas o por cualquier otra vía sin concentrarlos en la Tesorería de la Federación''.

    Como Presidente de la Comisión de Educación, y todos los miembros, diputados, diputadas de la Comisión de Educación les pedimos que voten a favor de esto porque nos hemos reunido con los directores de los institutos tecnológicos, con el director del Instituto Politécnico Nacional; y dicen todos ellos que es urgente que manejen sus autogenerados, que no haya burocracia, que no se concentren, que se tenga confianza en lo mejor que tiene este país.

    Pido a todos ustedes que, igual que el año pasado, votemos esto por unanimidad. Así se hizo el año pasado y no queremos la propuesta de que se haga un fondo revolvente y que luego se haga la tramitología. Creo que no es posible. Ruego, pues, a todos ustedes, en nombre de la Comisión de Educación, que este punto sea aprobado. Señor Presidente, y pido que la votación sea nominal.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado: la votación en cuanto al fondo será nominal al final de la misma. En este momento instruyo a la Secretaría para que consulte a la Asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el diputado Salvador Martínez Della Rocca respecto al artículo 12, párrafos noveno y undécimo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si es de admitirse la propuesta que hace el diputado Martínez Della Rocca para discusión.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Tengo duda con la votación, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se instruye a la Secretaría para que repita la votación, pidiendo a las diputadas y a los diputados que se pongan de pie para votar en uno u otro sentido.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa si son tan amables favor de ponerse de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa favor de ponerse de pie... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se desecha en consecuencia la propuesta... Sí, diputado. Sonido a la curul del diputado Inti Muñoz.

    El diputado Inti Muñoz Santini (desde la curul): Creo que fue ostensible la persistencia de la duda. Solicitamos que la votación se haga de manera nominal.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado: ya hubo declaratoria al respecto. La Secretaría dio cuenta con el resultado y, en consecuencia, se ha desechado. El diputado Omar Ortega Álvarez ha retirado su reserva del artículo 16, fracción IV, inciso b), y adición de un párrafo. En consecuencia, queda el dictamen correspondiente en sus términos para votación al final. Tiene el uso de la palabra el diputado Víctor Suárez Carrera, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, en relación con la reserva que hizo del sexto transitorio, hasta por cinco minutos.El diputado Víctor Suárez Carrera: Muchas gracias, diputado Presidente. Para proponer dos adiciones...El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Permítame, señor diputado. Sonido a la curul de la diputada Clouthier.La diputada Tatiana Clouthier Carrillo (desde la curul): Señor Presidente, nada más quisiera hacer un llamado: que las últimas votaciones que hemos tenido, y no estoy pidiendo que rectifique las mismas, simplemente he estado viendo dudas constantes, por lo que le pediría de favor y con la idea de que todo mundo se quede tranquilo que las empecemos a hacer nominal, ante la gran confusión que se ha estado presentando en las mismas.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Recojo con atención su propuesta, señora diputada, y esta Presidencia insiste en que los diputados ocupen sus curules porque es lo que causa confusión en la votación. Ruego que en las votaciones en asuntos tan importantes como los que estamos discutiendo, además de solicitar atención a las mismas, ocupen sus curules porque esto es lo que causa la confusión. Adelante, señor diputado.El diputado Víctor Suárez Carrera: Compañeros: para proponer dos adiciones del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos, que se refiere a regulaciones en materia de importación, producción y comercialización de maíz, leche y frijol. La primera adición que propongo es apoyar el sector porcícola en estas disposiciones en materia de importaciones de maíz amarillo. El sector porcícola en los últimos años ha sufrido la competencia desleal de Estados Unidos, las importaciones han crecido en más de 1100 por ciento en los últimos 10 años.

    En el último año, las importaciones procedentes de Estados Unidos se incrementaron en 65 por ciento y hoy nuestro país consume 53 por ciento de la carne de cerdo proveniente de Estados Unidos. Por tanto, es urgente un apoyo a la competitividad del sector; y propongo que se adicione un texto al artículo sexto transitorio que diga en el inciso primero, letra d), lo siguiente: ``A efecto de proporcionar competitividad al sector porcícola, se le asignarán 300 mil toneladas de maíz amarillo de la cuota mínima''. Esta propuesta, además, se sustenta en que con la aprobación de la exención al cobro del IEPS para la fructosa bajo agricultura por contrato, el sector de la fructosa, el sector almidonero, dejará de utilizar cupos de importación de maíz amarillo de alrededor de 1 millón de toneladas. Ésta es la primera adición que propongo. Y la segunda adición es en el mismo artículo sexto transitorio, fracción I, letra f); es la siguiente: ``En los convenios de agricultura por contrato de maíz amarillo que suscriba la industria almidonera con las organizaciones de productores deberá establecerse que un monto por tonelada equivalente a 2 por ciento del precio en diferencia en zona de consumo será pagado por esta industria a favor de la organización de productores por concepto de promoción, organización y desarrollo del esquema de agricultura por contrato convenida como un componente adicional, cuyo valor no deberá afectar la base regional correspondiente''.

    Esta adición permitirá que, efectivamente, el esquema de agricultura por contrato sea una realidad y no solamente pantalla de las empresas almidoneras para no pagar impuestos a la importación de maíz por arriba de la cuota establecida en el TLCAN y para que la exención del IEPS realmente sea efectiva. Necesitamos la organización de productores para todo el proceso de promoción, organización y cumplimiento del esquema de agricultura por contrato. Son las dos adiciones que pongo a consideración del Pleno, para favorecer el sector porcícola nacional y la organización de productores de maíz sujetos al esquema de agricultura por contrato. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica y poniéndose de pie en un sentido o en otro, si se admite o no a discusión... Sonido a la curul del diputado Luis Antonio Ramírez Pineda.El diputado Luis Antonio Ramírez Pineda (desde la curul): Presidente, para solicitar si se pueden votar por separado ambas propuestas.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Así lo haremos. En virtud de que hizo dos propuestas, instruyo a la Secretaría para que consulte a la Asamblea, en votación económica y solicitándole a las diputadas y a los diputados ponerse de pie, si se admite la modificación propuesta, la primera modificación propuesta por el diputado Víctor Suárez Carrera. Y antes de ponerla a votación, lea la propuesta correspondiente.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si es de aceptarse a discusión lo que propuso el diputado Víctor Suárez Carrera, a lo cual daré lectura: ``Adición de un párrafo al final del inciso d) del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos. Sexto Transitorio. A efecto de proporcionar competitividad al sector porcícola, se le asignarán 300 mil toneladas de maíz amarillo de la cuota mínima. Diputado Víctor Suárez Carrera'':

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la negativa, diputado Presidente, de este sexto transitorio.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, se desecha esta propuesta. Consulte la Secretaría, pero ya en idénticos términos, la segunda propuesta que hizo el diputado Víctor Suárez Carrera; y déle lectura previamente.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: La segunda propuesta es la adición de un párrafo al final del inciso f del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos: ``Sexto Transitorio. En los convenios de agricultura por contrato de maíz amarillo que suscriba la industria almidonera con las organizaciones de productores, deberá establecerse que en un monto por tonelada equivalente a 2 por ciento del precio de diferencia en zona de consumo será pagado por esta industria a favor de la organización de productores por concepto de promoción, organización y desarrollo del esquema de agricultura por contrato convenido, como un componente adicional cuyo valor no deberá afectar la base regional correspondiente. Diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD'':

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa de que entre en discusión sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, se desecha la propuesta hecha por el diputado Víctor Suárez Carrera, en el segundo apartado del sexto transitorio. Señor diputado, ya fue cantada la votación y la Secretaría dio cuenta con el resultado de la misma.

    El diputado Víctor Suárez Carrera (desde la curul): Solicito que, ante la duda, se aplique la votación nominal. Varios diputados apoyan esta propuesta.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muy bien, señor diputado, voy a pedir que se repita la segunda votación. Ruego a las señoras y a los señores diputados ocupar sus lugares con el propósito de que se certifique adecuadamente la votación. Repita usted, señora secretaria, la votación por lo que respecta a la segunda propuesta que hizo el diputado Víctor Suárez Carrera... ¿Sí, diputado Adrián Chávez? Adelante.El diputado Adrián Chávez Ruiz (desde la curul): Con todo respeto, señor Presidente, la diputada Tatiana mencionó que había un problema ya de poca claridad en el resultado de las votaciones y amablemente se le solicitó que en lo posterior, a partir del 148 del Reglamento, se pudieran hacer nominales. Le solicito amablemente que pueda darnos la posibilidad de tener una votación de carácter nominal. El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Voy a preguntar algo, ¿quién lo apoya? Perfecto. Se pide que se abra el sistema electrónico de votación por tres minutos para votar esta propuesta.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161. Ábrase el sistema electrónico de votación por cinco minutos... perdón, por tres minutos.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia simplemente quiere insistir en que la votación en sentido positivo se entiende a favor de la propuesta hecha por el diputado Víctor Suárez; y, en consecuencia, que se admite a discusión. Si la votación es en sentido negativo es que se desecha y queda en sus términos el dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Si son tan amables de abrir el sistema electrónico.

    (Votación.)

    Procederemos a la votación de las personas que no aparecen en el tablero.

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. en contra; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María en contra; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José en contra; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo en contra; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo en contra; Rodríguez Cabrera, Oscar en contra; Rodríguez de Alba, María del Consuelo en contra; Rodríguez Díaz, Hugo ausente; Rodríguez Javier, Rogelio en contra; Rodríguez Ochoa, Alfonso en contra; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes en contra; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge en contra; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel en contra; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo en contra; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario en contra; Sagahon Medina, Benjamín en contra; Salazar Macías, Rómulo Isael en contra; Saldaña Villaseñor, Alejandro ausente; Sánchez Hernández, Alfonso ausente; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel en contra; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús en contra; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco en contra; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo en contra; Torres Hernández, Marco Antonio en contra; Trujillo Fuentes, Fermín en contra; Uscanga Escobar, Jorge en contra; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda en contra; Vázquez García, Quintín en contra; Vega Carlos, Bernardo en contra; Vega Murillo, Wintilo en contra; Vega Rayet, Juan Manuel en contra; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio en contra; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo en contra; Wong Pérez, José Mario en contra; Yabur Elías, Amalín en contra; Yu Hernández, Nora Elena en contra; Zanatta Gasperín, Gustavo en contra; Zepahua Valencia, Mario en contra; Zorrilla Fernández, Guillermo en contra; Zúñiga Romero, Jesús en contra; Agundis Arias, Alejandro ausente; Díaz Palacios, Socorro a favor;

    Señor Presidente: se emitieron 122 votos en pro, 255 en contra y 2 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, se desecha y se reserva para su votación en conjunto al final, en sus términos. Tiene el uso de la tribuna el diputado Juan Carlos Pérez Góngora, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, con relación a la adición de los artículos 38 y 39, hasta por cinco minutos.El diputado Juan Carlos Pérez Góngora: Compañeros y compañeras diputados y diputadas: considerando que es necesario que se establezca en el Capítulo IV de esta Ley de Ingresos de la Federación, el capítulo que se refiere a la información, transparencia, la evaluación de la eficiencia recaudatoria, la fiscalización y el endeudamiento, que se establezca un artículo en el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se obligue a enviar a la Cámara de Diputados, complementariamente al paquete fiscal del siguiente año, y también cualquier otra información, las memorias de cálculo, las bases de datos, las proyecciones y la metodología utilizadas con que obtuvieron las cifras esperadas de ingreso, de gasto, de deuda y de financiamiento públicos, así como cualquier otro dato necesario para arribar a los montos asentados en los documentos respectivos.

    Que el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas tenga elementos para revisar los datos, las cifras, todos los cálculos y esa metodología que utilizó el Ejecutivo en la elaboración de la Ley de Ingresos, del Presupuesto de Egresos de la Federación, de la miscelánea fiscal y, también, de cualquier otra información que se deba presentar a esta Cámara de Diputados, incluyendo la de la Cuenta Pública. También, otro artículo que se propone adicionar, que sería el artículo 39, en el supuesto de que las cifras o montos sean alterados, manipulados o distorsionados por servidores públicos del Ejecutivo federal, se propone que dichos actos sean sancionados conforme a las disposiciones legales aplicables. Por lo anterior se somete a consideración esta adición de los dos artículos, el 38 y el 39, a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, que fue dictaminada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público. En este acto, señor Presidente, hago entrega de los textos, de los dos artículos, el 38 y el 39, y solicito que se adicionen al dictamen de la Ley de Ingresos. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la adición de los artículos 38 y 39 que ha propuesto el diputado Juan Carlos Pérez Góngora. Nuevamente le solicito, señora secretaria, que la votación sea poniéndose de pie.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si son de aceptarse para discusión las propuestas hechas por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora respecto al artículo 38 y al 39.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, está sujeta a discusión y se abre la lista de oradores.La diputada Blanca Judith Díaz Delgado (desde la curul): Presidente, disculpe usted. No me quedó clara la votación; le suplico que la repita. Que sea nominal por favor.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como esta Presidencia ha insistido en que la falla para captar adecuadamente la votación consiste en que los señores diputados o diputadas no están en su lugar, instruyo nuevamente que se abra el sistema electrónico de votación.La diputada Blanca Judith Díaz Delgado (desde la curul): Gracias, Presidente, muy amable.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: La Presidencia está para servir y llevar a cabo adecuadamente esta votación. Hasta por tres minutos, señora secretaria.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico hasta por tres minutos para recibir la votación de la propuesta del diputado, si son de aceptarse a discusión los artículos propuestos por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora, artículos 38 y 39.

    (Votación.)

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado Inti Muñoz. Sonido a la curul del diputado Inti Muñoz, en el entendido de que se está llevando a cabo la votación.El diputado Inti Muñoz Santini (desde la curul): Gracias, señor Presidente, sólo para hacer notar que, en un caso exactamente similar, hace sólo unos minutos, en el que ante una votación cuyo resultado fue, digamos, cantado por la Secretaría, la Presidencia de esta Cámara se negó a que se abriera la votación nominal, exactamente en los mismos términos. Quisiera hacerlo notar y hacer valer aquí nuestra protesta por esto.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se asienta lo dicho y recoge su comentario esta Presidencia, en el entendido de que se está efectuando la votación, por economía procesal. Sonido a la curul del diputado Martínez Della Rocca.El diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca (desde la curul): Quisiera solicitarle, señor Presidente, que la votación de la propuesta que hice, como se la solicité de manera nominal, quisiera que se votara la propuesta que hice de manera nominal también. Me parece injusto, injusto, poco ético que no se me haya dado la oportunidad de que fuera votación nominal.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Recojo su planteamiento, señor diputado, pero éste es un asunto que ya se discutió y se votó. Lamentablemente, esta Presidencia no puede acceder más que a seguir el curso que tenemos sobre los asuntos en cartera hasta este momento.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Procederemos a tomar la votación de los diputados que no aparecen en el tablero:

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio en contra; Ramón Valdez, Jesús María en contra; Ramos Salinas, Óscar Martín en contra; Rangel Espinosa, José en contra; Reyes Retana Ramos, Laura abstención; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo en contra; Rocha Medina, María Sara en contra; Rodríguez Anaya, Gonzalo en contra; Rodríguez Cabrera, Oscar en contra; Rodríguez de Alba, María del Consuelo en contra; Rodríguez Díaz, Hugo en contra; Rodríguez Javier, Rogelio en contra; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes en contra; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge en contra; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto en contra; Ruiz Cerón, Gonzalo en contra; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael en contra; Saldaña Villaseñor, Alejandro en contra; Sánchez Hernández, Alfonso en contra; Sánchez López, Jacobo en contra; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel en contra; Sandoval Urbán, Evelia en contra; Scherman Leaño, María Esther de Jesús en contra; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco en contra; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo en contra; Torres Hernández, Marco Antonio en contra; Trujillo Fuentes, Fermín en contra; Uscanga Escobar, Jorge en contra; Utrilla Robles, Jorge Baldemar en contra; Valenzuela García, Esteban en contra; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda en contra; Vázquez García, Quintín en contra; Vega Carlos, Bernardo en contra; Vega Murillo, Wintilo en contra; Vega Rayet, Juan Manuel en contra; Vega y Galina, Roberto Javier en contra; Vidaña Pérez, Martín Remigio en contra; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo en contra; Wong Pérez, José Mario en contra; Yabur Elías, Amalín ausente; Yu Hernández, Nora Elena en contra; Zanatta Gasperín, Gustavo en contra; Zepahua Valencia, Mario en contra; Zorrilla Fernández, Guillermo a favor; Zúñiga Romero, Jesús en contra; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Diputado Presidente: se emitieron 106 votos en pro, 265 en contra y 4 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, se desechan las adiciones propuestas por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora y se reserva para su votación el dictamen en sus términos. Tiene el uso de la palabra el diputado Omar Bazán Flores, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, que propone una adición de un artículo transitorio.El diputado Omar Bazán Flores: El sector agropecuario del país enfrenta numerosos y muy complejos problemas de todo tipo: económico-productivos, ambientales, de organización y de comercio, entre otros. Grandes superficies de tierra en el campo se encuentran ubicadas en zonas áridas o semiáridas. Aun así, se hace producir esas tierras a base del esfuerzo y del ingenio del campesino a este medio y generando empleo y riqueza para el país. Al problema de la sequía en diferentes zonas del país y a la necesidad de contar con riegos para poder cultivar productos básicos se suman las condiciones económicas adversas, que impiden la óptima producción en nuestro campo, ya que en zonas áridas es prioritario contar con infraestructura para la extracción de agua. Para ello es indispensable la utilización de la energía eléctrica para operar los pozos para la extradición de agua para el uso agrícola.

    Nos encontramos con el problema en la realidad, de no contar con tarifas preferenciales o beneficios palpables de acuerdo con lo establecido en la Ley de Energía para el Campo, la cual entró en vigor el 30 de diciembre de 2002, en la cual se establece impulsar la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias. Y en el artículo 7o., fracción I, de esta ley se requiere el apoyo para lograr cuotas energéticas que apoyen el campo, en especial para los costos del funcionamiento de los motores para el bombeo. Debido al gran costo que representa el consumo de energía eléctrica para lograr el abasto del agua necesaria para las actividades agrícolas, los campesinos del país realizan grandes gastos, económicamente hablando, para cubrir estos costos, por lo que la productividad no se compensa con el gasto. Por ello se necesita emprender acciones para lograr una tarifa eléctrica de 14 centavos por kilowatt/hora. Por tanto, expongo la siguiente propuesta: ``Artículo Transitorio. Se aprueben las modificaciones necesarias a la tarifa de energía eléctrica empleada en el campo para la extracción de agua y se fije el precio de 14 centavos kilowatt la hora''. Muchas gracias, Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite a discusión la adición propuesta por el diputado Omar Bazán Flores, en el sentido de que la manifestación del voto se hará poniéndose de pie en uno y otro sentidos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si son de aceptarse las modificaciones y la propuesta del diputado Omar Bazán Flores... Es una adición, perdón: los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se acepta y, en consecuencia, se abre el registro de oradores para la discusión. Esta Presidencia recibe propuestas en contra y en pro. Sí, diputado Ulises Adame...El diputado Fernando Ulises Adame de León (desde la curul): Ulises Adame en pro.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Diputado Pedro Ávila, en pro, por favor. No habiendo otras propuestas con oradores, tiene la palabra el diputado Ulises Adame para hablar en pro de esta adición. El tiempo, señor diputado, es de cinco minutos.El diputado Fernando Ulises Adame de León: Gracias, amigo Presidente. Compañeras y compañeros diputados: la propuesta que hace el compañero Bazán tiene que analizarse con cuidado; y tiene, en el espacio de la discusión, que verse también la posibilidad de lo que esto implica realmente para los productores del campo. México está inmerso en un espacio de competencia, en un esquema de competencia que no estamos ganando. Y hace algunos años México definió también que era necesario abrir la discusión para ver la forma en que se tenía que apoyar a los productores para volverlos competitivos.

    Después de eso, el país, los legisladores de la Legislatura anterior generan la oportunidad de hacerlo a través de una ley de energía para el campo. Nosotros hemos sido parte de la discusión en el sentido de que no podemos dejar solos a los productores. No se puede dejar de lado que la competencia con los países aliados nuestros es brutal y que no la estamos ganando. La Ley de Energía para el Campo definió los conceptos de cómo apoyar a los productores y, sin embargo, ya en la operación, en la reglamentación, esto no se refleja. México no puede ganar esta guerra si no se apoya realmente a los productores. México no puede transitar a la libertad alimentaria, no puede transitar a la competencia mientras tengamos costos de producción más altos que los competidores nuestros. Falta este espacio por atender y muchos más.

    Sin embargo, creo que no hay muchas oportunidades como la de hoy para que los diputados apoyemos realmente a los productores que lo demandan. La electricidad es un tema de todos los mexicanos. Es un tema de debate, pero también una parte fundamental de esta patria que son los campesinos; necesitan el apoyo en este momento. No podemos dejar pasar la oportunidad.

    En dos o tres años más, México estará de frente en el mercado de la competencia con Estados Unidos y Canadá a través de la apertura completa del Capítulo Agropecuario. ¿Qué vamos a decir a los productores dentro de dos o tres años? Que no tuvimos la capacidad de ponernos de acuerdo para apoyarlos en este Presupuesto. Ojalá que éste y otros renglones los podamos atender ahora. Ojalá que con ese voto, y hago un llamado directo a mis compañeros del Partido Revolucionario Institucional, pero también a los amigos de Acción Nacional, que han luchado junto con nosotros por este proyecto, vamos a dar la mano a los compañeros del campo, a los productores que, si no es de esa forma, los vamos a ver que se extingan poco a poco hasta no que no quede ninguno. Y a los amigos del Partido de la Revolución Democrática, conocemos de la sensibilidad que tienen ustedes.

    No creo que vayamos a batallar en ponernos de acuerdo. Ésta es nuestra oportunidad de dar un poquito de justicia a nuestra gente. Ésta es la oportunidad de volver competitivo un sector de la producción que lo demanda en este momento. Por eso hago un llamado también al Partido Verde, a Convergencia y al Partido del Trabajo. Vamos a dar la oportunidad de que esta propuesta transite eficientemente, de tal manera que nos pongamos un poquito más cerca de los productores y un poquito menos lejos de nuestros competidores, que en este momento nos están ganando. Muchas gracias, Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la palabra el diputado Pedro Ávila Nevárez, hasta por cinco minutos.El diputado Pedro Ávila Nevárez: Compañeros diputados. Con su permiso, señor Presidente: creo que la propuesta del compañero Omar Bazán alcanza plenitud en esta tarde histórica aquí, en este Congreso de la Unión. Venir a pedir que se ponga este artículo transitorio, el artículo séptimo, a las modificaciones necesarias a la tarifa de la energía eléctrica empleada en el campo para la extracción de agua y se fije en 14 centavos kilowatt por hora. Creo que es la ocasión que todos estábamos esperando para hacer justicia a la gente del campo, a esa gente que todo da a cambio de nada, ya que a los que vivimos en la ciudad ellos son los que nos dan alimento y nos dan de comer, a noso-tros y a nuestros hijos. Ellos necesitan la electricidad para sacar agua de sus pozos, para sembrar y tener mejores alimentos en la mesa de todos los mexicanos.

    Qué bueno que un paisano nuestro como fue Ulises Adame se uniera a esta propuesta. Y creo que todos debemos unirnos a un sector que, como el sector campesino, es el que ha hecho todos los movimientos sociales en nuestra lucha por la libertad del pueblo de México. Si fue en la Independencia, fueron los campesinos; si fue en la Reforma, fueron los campesinos los que nos dieron libertad; y si fue en la Revolución, también fueron ellos los que expusieron su vida y su sangre para sacar a este país hacia delante. Los diputados de México, los representantes de la nación debemos apoyar la propuesta de esta reforma, que es más que todo patriótica, para que se aprueben las modificaciones necesarias a la tarifa de energía eléctrica empleada en el campo para la extracción de agua y se fije a 14 centavos por kilowatt/hora. Ésta será la mejor prueba de que aquí sí se legisla, y se legisla para los que lo necesitan. Pido el voto de todos los partidos políticos para aprobar esta proposición del compañero Omar Bazán porque va dirigida a la gente que más vale en México, nuestros campesinos mexicanos.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sonido a la curul del diputado Antonio Mejía Haro.El diputado Antonio Mejía Haro (desde la curul): Quiero que ponga a consideración del Pleno si me permite la participación en pro de la propuesta.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: He escuchado su petición, señor diputado. Tengo solicitudes del diputado Antonio Mejía Haro pero, en términos del artículo 122, se instruye a la Secretaría si el asunto está suficientemente discutido. En caso de que la votación de la Asamblea sea en sentido negativo, se le concederá el uso de la palabra, diputado.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la adición propuesta por el diputado Omar Bazán Flores, en votación económica y solicitando a los diputados ponerse de pie en un sentido o en otro.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si es de admitirse la adición presentada por el diputado Omar Bazán Flores.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse ponerse de pie... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se acepta y se reserva para su votación al final de la discusión. Tiene el uso de la palabra la diputada María Cristina Díaz Salazar, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, quien propone la adición de un artículo transitorio...

    El diputado Julio Boltvinik Kalinka (desde la curul). Presidente...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado.El diputado Julio Boltvinik Kalinka (desde la curul): ... la adición de un transitorio porque no ha sido materia del dictamen que estamos discutiendo y, así como se rechazaron por la mañana todas las adiciones que se quisieron hacer y que estaban fuera de lugar, este transitorio no procede porque no fue materia del dictamen. Es como si yo quisiera añadir un artículo al dictamen, tampoco se vale. Es igual de pesado que un transitorio. Entonces, por favor que procesos legislativos lo asesore adecuadamente para que rechace usted las cosas que no proceden.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tomo nota y se asienta en el Diario de los Debates. Sin embargo, el criterio de esta Presidencia y, en virtud de que son varias las adiciones que se han discutido y hasta este momento hace la observación, le concedemos el uso de la palabra a la diputada María Cristina Díaz. Adelante, diputada Cristina Díaz, hasta por cinco minutos.La diputada María Cristina Díaz Salazar: Gracias, señor Presidente; señores diputados: el motivo que me trae ante ustedes y mis compañeros legisladores de Nuevo León y de muchos estados está relacionado con los altos precios de luz que hemos sufrido desde 2001. Esto ha deteriorado los ingresos de los segmentos productivos; las familias no pueden más. El pago de los servicios básicos, principalmente la luz y el gas, se ha convertido en una verdadera carga, lanzando a las empresas fuera del mercado, con sus inminentes consecuencias de desempleo, llevando a la miseria a los productores del campo y a los pescadores y cubriendo de desesperanza a millones de hogares que se encuentran en la disyuntiva de pagar el gas y la luz o comer.

    De acuerdo con el Banco de México, de marzo de 2004 a marzo de 2005 el incremento del precio de la electricidad fue de 6.31 por ciento, y en el gas doméstico, de 17.7 por ciento; en la gasolina Premium, de 6.38 por ciento, y en la Magna, de 4.22 por ciento. Resulta de primordial importancia apoyar a las familias mexicanas a disminuir los altos gastos que realizan por el concepto de electricidad, y es por ello necesario que solicitemos a la Comisión Federal de Electricidad que elabore y se sujete a un plan para elevar su eficiencia y productividad mediante la reducción de costos de producción y administración. Con ello, la Comisión Federal de Electricidad deberá reducir real y efectivamente el precio del suministro de la energía eléctrica en la proporción equivalente a la disminución de los precios de los insumos que se utilicen para la generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de la energía eléctrica y, en general, para la operación del organismo.

    El precio de la energía eléctrica que servirá de base para aplicar la reducción referida será el vigente en octubre de 2005. Esta propuesta busca que haya más eficiencia en el gobierno. Con ello se dará la reducción de costo y, en consecuencia, generará una disminución de los precios de la luz, lo que debe repercutir de forma favorable en los bolsillos de los consumidores. Por lo anterior, solicito que se ponga a consideración y se vote la inclusión del texto del artículo propuesto en el voto particular para que sea incluido en los artículos transitorios del dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para 2006 con el número que le corresponda, texto del artículo que en este momento le hago entrega, señor Presidente. Compañeros diputados: los exhorto a que reflexionemos en el sentido del voto. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica y poniéndose de pie en un sentido o en otro, si se admite a discusión la adición propuesta por la diputada María Cristina Díaz Salazar. Dé lectura a la propuesta antes de someterla a votación.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Doy lectura a la propuesta de la diputada Cristina Díaz: ``Artículo Transitorio. La Comisión Federal de Electricidad deberá elaborar y sujetarse a un plan para elevar su eficiencia y productividad mediante la reducción de costos de producción y administración. Asimismo, y en relación con los artículos 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y a consecuencia de la reducción de dichos costos, la Comisión Federal de Electricidad deberá reducir real y efectivamente el precio del suministro de la energía eléctrica en la proporción equivalente a la disminución de los precios de los insumos que se utilicen para la generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de la energía eléctrica y, en general, para la operación del organismo. El precio de la energía eléctrica que sirva de base para aplicar la reducción referida será el vigente en octubre de 2005''.

    Pongo a consideración de la Asamblea la propuesta si es de admitirse a discusión.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se desecha en consecuencia la adición propuesta por la diputada María Cristina Díaz... Sí, diputado.

    El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul): Señor Presidente: con todo respeto, ¡qué vergüenza...!

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado, señor diputado...El diputado Pedro Ávila Nevárez (desde la curul): ... que un grupo de diputados que viene aquí a representar, aquí, al pueblo haya hecho esto, una traición al pueblo de México, al pueblo humilde, de no apoyar la proposición de la compañera Cristina. ¡Venimos aquí a apoyar al pueblo, no a ser su verdugo! Y esto es una vergüenza para todos los que estamos aquí, que estos señores se quedaron sentados y otros de acá también, y el pueblo que nos eligió, pues ese pueblo que se vaya no sé dónde. Somos representantes de la nación o somos sus esbirros, pues estamos a favor de que al pueblo se le aumenten cargas impositivas en la luz y en el gas. ¿A eso venimos aquí? ¡Quiero que estos señores respondan esto!El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Continuamos con el proceso legislativo. Tiene finalmente el uso de la palabra el diputado Adrián Villagómez García, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, también para proponer una adición de un artículo transitorio, hasta por cinco minutos.El diputado Adrián Villagómez García: Gracias, diputado Presidente. Compañeros diputados: en nombre de la diputación priísta del estado de Nuevo León, subo a esta tribuna a fin de justificar el voto particular presentado por el diputado Juan Carlos Pérez Góngora ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara el 26 de octubre de 2005, en la cual se aprobó en lo general la Ley de Ingresos para el ejercicio de 2006. Actualmente, el precio del gas en México está muy por arriba de los costos de producción y del costo real de oportunidad del productor, situación que está destruyendo la planta productiva, el empleo y la economía de las familias, reflejándose además en el menor crecimiento y competitividad. Este modelo ha causado el disparo de los energéticos en México, siendo uno de los principales detonantes del cierre de empresas y de la pérdida de empleos.

    Desde 1999, el precio del gas se ha prácticamente quintuplicado, el combustóleo triplicado y las tarifas eléctricas duplicado. Compañeros, el asunto es delicado y de urgente solución, ya que de 2000 a la fecha se han cerrado cerca de 10 mil empresas y perdido más de 740 mil empleos en la industria de transformación y se han dejado de invertir más de 15 mil millones de dólares. Claro, afectando gravemente la obtención de recursos fiscales. Asimismo, hemos decaído en competitividad y, obvio, siendo desplazados en el crecimiento de nuestras exportaciones. En la actualidad, el costo del gas se fija a partir de la función del gas del mercado del sur de Texas y es ésta la cotización que rige tanto para la industria como para los hogares. La fórmula actual incentiva la escasez para incrementar el precio, en detrimento de los consumidores y el resto de la economía, además de favorecer que todas las ineficiencias de suministradores de energía y la planeación, inversión, operación y producción las paguen los consumidores.

    Fuera de la región de Norteamérica, el precio de México es el más caro del mundo, incluso por arriba de los países que no tienen el recurso del gas, afectando la competitividad en los mercados interno y externo. A nivel internacional no existe una forma única o un concepto único para fijar los precios del gas; hay una variedad importante de conceptos, la política de precios de dicho energético... Asimismo, es fundamental no depender de los precios de otros países. Por ejemplo, en el caso de Holanda, España, Japón, China y Rusia se establece el techo de precio enlazado en fuentes alternas de energía, como el carbón, el petróleo, el combustóleo y la electricidad. También en el caso de mercados no regulados como Canadá, Reino Unido y Noruega, en los que los precios los fijan los productores marginados o la industria de gas altamente desarrollada. En México se fija el precio del gas considerando el costo de oportunidad que tendría México al colocar toda su producción en el extranjero. Sin embargo, debemos hacer dos consideraciones: la primera es que en la actualidad nuestro país no cuenta con capacidad ni con infraestructura suficientes para colocar dicha producción en los mercados internacionales.

    La segunda es que, aun en caso de poder concretarlo, este evento generaría el desplome de dichos precios, por lo cual este llamado ``costo de oportunidad'' es una mera utopía que solamente perjudica a los consumidores. Esto refuerza la necesidad de que nosotros, los legisladores, actuemos con responsabilidad, estableciendo un mecanismo alterno que evite que un mayor número de empresas continúe cerrando e, inevitablemente, arrojando cada vez a más mexicanos al desempleo. Quiero reiterar que la réplica del modelo de fijación de precios de gas en Estados Unidos es una vía destructiva de la demanda a través de los disparos de precios, sin ninguna respuesta de la oferta local, destruyendo la planta productiva, el empleo y la economía de las familias, afectando también el crecimiento y la competitividad.

    Cada país desarrolla su sector energético y sus recursos en función de lo que les proporcione mayor seguridad, confiabilidad y competencia energética. En México está muy por arriba en su costo de producción y del costo real de oportunidad de productor. En conclusión, no podemos permitir que continúe la discrecionalidad con que actúan las autoridades mexicanas en la fijación del precio tanto del gas natural como del combustóleo y la distorsión de su modelo por la falta de justificación de los elementos de referencia utilizados para su establecimiento. El artículo transitorio propuesto en el voto particular plantea una fórmula para la determinación del precio de primera mano del gas y del combustóleo, para que se ajuste a los costos y precios reales con que se producen y adquieren los hidrocarburos, pues la discrecionalidad de la autoridad en la identificación de elementos de referencia y la indebida generalización de reglas para la fijación de los precios están afectando y llevando a la quiebra...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Concluya, señor diputado.

    El diputado Adrián Villagómez García: ... en especial, las industrias que requieren dichos insumos para operar. Por lo anterior solicito que se ponga a consideración y se vote la inclusión del texto del artículo propuesto, para lo cual, diputado Presidente, le hago entrega y, compañeros diputados, los exhorto a que reflexionen su sentido del voto. Es cuanto.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica y poniéndose de pie en un sentido o en otro, si se admite a discusión la adición que ha hecho de un artículo transitorio el diputado Adrián Villagómez García.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si es de admitirse para su discusión la propuesta del diputado Adrián Villagómez García de incluir un artículo transitorio.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie si son tan amables...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse ponerse de pie... Tengo duda, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia corrobora que, efectivamente, está muy pareja la votación. En consecuencia, se instruye que se abra el sistema electrónico de votación hasta por tres minutos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para la votación.

    (Votación.)

    Procederemos a tomar la votación de los diputados que no aparecen en el tablero:

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio en contra; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín en contra; Rangel Espinosa, José en contra; Reyes Retana Ramos, Laura en contra; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo en contra; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo en contra; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo en contra; Rodríguez Díaz, Hugo ausente; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge en contra; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto en contra; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro en contra; Sánchez Hernández, Alfonso en contra; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús en contra; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco en contra; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo ausente; Torres Hernández, Marco Antonio en contra; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge en contra; Utrilla Robles, Jorge Baldemar en contra; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda en contra; Vázquez García, Quintín en contra; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo en contra; Vega Rayet, Juan Manuel en contra; Vega y Galina, Roberto Javier en contra; Vidaña Pérez, Martín Remigio en contra; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo en contra; Wong Pérez, José Mario en contra; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena en contra; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario a favor; Zorrilla Fernández, Guillermo en contra; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Señor Presidente: se emitieron 147 votos en pro, 232 en contra y 3 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De-sechada.

    Informo, para ilustrar a las diputadas y a los diputados, de la manera en que vamos a proceder para llevar a cabo la votación nominal de los artículos reservados: en primera instancia y como es procedente, no se ponen a votación las reservas que se hicieron proponiendo adiciones, porque éstas fueron desechadas de plano; posteriormente, vamos a poner a votación los artículos que se reservaron y que fueron rechazados, por lo que se votarán en sus términos; esto es, como lo establece el dictamen. Y posteriormente, llevaremos a cabo la votación con la modificación aceptada al artículo 7o., fracción VII, que hizo el diputado Javier Carrillo Soberón. Finalmente, llevaremos a cabo una última votación, con relación a la adición de un artículo transitorio que hizo el diputado Omar Bazán Flores y que fue aceptada. Instruya la Secretaría que se abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal en lo particular de los artículos reservados: primero, apartado C, fracción IX, numeral 3; 2, primer párrafo; 5, fracciones I y II; 12, párrafos noveno y undécimo; 16, fracción IV, inciso B); y adición de un párrafo y sexto transitorio, que fueron aprobados en sus términos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para recoger la votación nominal en lo particular de los artículos reservados: Primero, apartado C, fracción XI, numeral 3; 2o., primer párrafo; 5o., fracciones I y II; 12, párrafos noveno y undécimo; 16, fracción IV, inciso B); y adición de un párrafo y sexto transitorio en sus términos.

    (Votación)

    Procederemos a tomar la votación de los diputados que no aparecen en el tablero:

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José a favor; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo a favor; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo a favor; Rodríguez Díaz, Hugo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso a favor; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús a favor; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco a favor; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo a favor; Torres Hernández, Marco Antonio a favor; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge a favor; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda a favor; Vázquez García, Quintín a favor; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo a favor; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio a favor; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo a favor; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena a favor; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario a favor; Zorrilla Fernández, Guillermo a favor; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Diputado Presidente: se emitieron 303 votos en pro, 74 en contra y 5 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobados en lo particular y en los términos del dictamen, los artículos 1o., apartado C, fracción IX, numeral 3; 2, primer párrafo; 5, fracciones I y II; 12, párrafos noveno y undécimo; 16, fracción IV, inciso b); y adición de un párrafo y sexto transitorio por 303 votos.

    Vamos a proceder a la votación del artículo 7o., fracción VII, que propuso el diputado Javier Carillo Soberón, en el entendido de que la votación afirmativa implica votar por la modificación aceptada, la votación negativa implica votar ese artículo en los términos del dictamen. Instruyo a la Secretaría que ordene se abra el sistema electrónico de votación por tres minutos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Hágase los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para recoger la votación del 7o., fracción VII, propuesta por el diputado Francisco Javier Carrillo Soberón, en el entendido de que de ser afirmativa será aceptada la propuesta del diputado y negativa será en los términos que existen en el dictamen.

    (Votación.)

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia da la más cordial de las bienvenidas a jóvenes estudiantes de la Universidad Intercontinental, invitados especiales de nuestro compañero diputado Marcos Morales Torres. Sean bienvenidos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Procederemos a tomar la votación de los diputados que no aparecen en el tablero:

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. en contra; Ramírez Pineda, Luis Antonio en contra; Ramón Valdez, Jesús María en contra; Ramos Salinas, Óscar Martín en contra; Rangel Espinosa, José en contra; Reyes Retana Ramos, Laura en contra; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo en contra; Rocha Medina, María Sara en contra; Rodríguez Anaya, Gonzalo en contra; Rodríguez Cabrera, Oscar en contra; Rodríguez de Alba, María del Consuelo en contra; Rodríguez Díaz, Hugo en contra; Rodríguez Javier, Rogelio en contra; Rodríguez Ochoa, Alfonso en contra; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes en contra; Román Bojórquez, Jesús Tolentino ausente; Romero Romero, Jorge en contra; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel en contra; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto en contra; Ruiz Cerón, Gonzalo en contra; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario en contra; Sagahon Medina, Benjamín en contra; Salazar Macías, Rómulo Isael en contra; Saldaña Villaseñor, Alejandro en contra; Sánchez Hernández, Alfonso en contra; Sánchez López, Jacobo en contra; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel ausente; Sandoval Urbán, Evelia en contra; Scherman Leaño, María Esther de Jesús en contra; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth en contra; Suárez y Dávila, Francisco en contra; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo en contra; Torres Hernández, Marco Antonio en contra; Trujillo Fuentes, Fermín en contra; Uscanga Escobar, Jorge en contra; Utrilla Robles, Jorge Baldemar en contra; Valenzuela García, Esteban en contra; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda en contra; Vázquez García, Quintín en contra; Vega Carlos, Bernardo en contra; Vega Murillo, Wintilo en contra; Vega Rayet, Juan Manuel en contra; Vega y Galina, Roberto Javier en contra; Vidaña Pérez, Martín Remigio en contra; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián en contra; Villegas Arreola, Alfredo en contra; Wong Pérez, José Mario en contra; Yabur Elías, Amalín en contra; Yu Hernández, Nora Elena en contra; Zanatta Gasperín, Gustavo en contra; Zepahua Valencia, Mario en contra; Zorrilla Fernández, Guillermo en contra; Zúñiga Romero, Jesús en contra; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Diputado Presidente: se emitieron en pro del artículo 7o., fracción VII, con la modificación aceptada, 85 votos, en contra del mismo artículo 294 votos y 0 abstenciones. En términos del dictamen del artículo 7o., fracción VII, 294.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En consecuencia, diputada secretaria, instruya el cierre.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En términos de la votación que se ha recogido por 294 votos, queda firme el dictamen en sus términos, que se refiere al artículo 7o., fracción VII. Y, por consecuencia, no se acepta la modificación planteada por el diputado Javier Carrillo Soberón.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161. Ábrase el sistema electrónico de votación hasta por...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: A ver, permítame secretaria. La instruyo para que por un lapso de tres minutos se abra el sistema electrónico de votación para pronunciarnos a favor o en contra de la adición de un artículo transitorio que propuso el diputado Omar Bazán Flores. Esta Presidencia aclara que un voto en sentido positivo es a favor de la propuesta de adición. Un voto en sentido negativo es para desechar la adición de este artículo transitorio.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161. Ábrase el sistema electrónico de votación por tres minutos para recabar la votación de la adición de un artículo transitorio, presentado por el diputado Omar Bazán Flores. Es a favor, es para que se acepte la adición del diputado Omar Bazán Flores; y si es en contra, es como el dictamen está presentado, si es en sentido negativo.

    (Votación.)

    Procederemos a tomar la votación de los diputados que no aparecen en el tablero:

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. en contra; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María ausente; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José en contra; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Rincón Chanona, Sonia ausente; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rocha Medina, María Sara a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo en contra; Rodríguez Cabrera, Oscar en contra; Rodríguez de Alba, María del Consuelo en contra; Rodríguez Díaz, Hugo ausente; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso en contra; Rodríguez Rocha, Ricardo ausente; Rojas Gutiérrez, Francisco José ausente; Rojas Saldaña, María Mercedes en contra; Román Bojórquez, Jesús Tolentino en contra; Romero Romero, Jorge en contra; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo en contra; Ruiz Massieu Salinas, Claudia ausente; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Salazar Macías, Rómulo Isael en contra; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso a favor; Sánchez López, Jacobo a favor; Sánchez Vázquez, Salvador ausente; Sandoval Figueroa, Jorge Leonel en contra; Sandoval Urbán, Evelia en contra; Scherman Leaño, María Esther de Jesús en contra; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías ausente; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco en contra; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo en contra; Torres Hernández, Marco Antonio en contra; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge en contra; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda en contra; Vázquez García, Quintín en contra; Vega Carlos, Bernardo en contra; Vega Murillo, Wintilo en contra; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio en contra; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo en contra; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena ausente; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario en contra; Zorrilla Fernández, Guillermo en contra; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Señor Presidente: se emitieron 153 votos en pro, 221 en contra y 2 abstenciones. Por tanto, se desecha la adición propuesta por el diputado.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Efectivamente, por 221 votos se desecha la adición de un artículo transitorio propuesta por el diputado Bazán Flores.

    Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.


    * PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005; y se pone a discusión y votación de inmediato.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general y en lo particular. No habiendo oradores registrados, se tiene por suficientemente discutido y se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto. (Votación.)

    Se va a proceder a la votación de las diputadas y los diputados que no aparecen en el tablero.

    Diputados: Quiroga Tamez, Mayela María de L. a favor; Ramírez Pineda, Luis Antonio a favor; Ramón Valdez, Jesús María a favor; Ramos Salinas, Óscar Martín a favor; Rangel Espinosa, José a favor; Reyes Retana Ramos, Laura a favor; Robles Aguilar, Arturo a favor; Rodríguez Anaya, Gonzalo a favor; Rodríguez Cabrera, Oscar a favor; Rodríguez de Alba, María del Consuelo a favor; Rodríguez Javier, Rogelio a favor; Rodríguez Ochoa, Alfonso a favor; Rojas Saldaña, María Mercedes a favor; Romero Romero, Jorge a favor; Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel a favor; Rueda Sánchez, Rogelio Humberto a favor; Ruiz Cerón, Gonzalo a favor; Sáenz López, Rosario a favor; Sagahon Medina, Benjamín a favor; Saldaña Villaseñor, Alejandro a favor; Sánchez Hernández, Alfonso a favor; Sánchez López, Jacobo a favor; Sandoval Urbán, Evelia a favor; Scherman Leaño, María Esther de Jesús a favor; Silva Santos, Erick Agustín ausente; Soriano López, Isaías a favor; Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth a favor; Suárez y Dávila, Francisco a favor; Tapia Palacios, Paulo José Luis ausente; Tecolapa Tixteco, Marcelo a favor; Torres Hernández, Marco Antonio a favor; Trujillo Fuentes, Fermín a favor; Uscanga Escobar, Jorge a favor; Utrilla Robles, Jorge Baldemar a favor; Valenzuela García, Esteban a favor; Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda a favor; Vázquez García, Quintín a favor; Vega Carlos, Bernardo a favor; Vega Murillo, Wintilo a favor; Vega Rayet, Juan Manuel a favor; Vega y Galina, Roberto Javier a favor; Vidaña Pérez, Martín Remigio a favor; Villacaña Jiménez, José Javier ausente; Villagómez García, Adrián a favor; Villegas Arreola, Alfredo a favor; Wong Pérez, José Mario a favor; Yabur Elías, Amalín a favor; Yu Hernández, Nora Elena ausente; Zanatta Gasperín, Gustavo a favor; Zepahua Valencia, Mario a favor; Zorrilla Fernández, Guillermo a favor; Zúñiga Romero, Jesús a favor; Agundis Arias, Alejandro ausente.

    Ciérrese el sistema electrónico de votación.

    Señor Presidente: se emitieron 353 votos en pro, 12 en contra y 4 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos, el proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XXIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones por realizarse en Mar de Plata, Argentina; pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
    PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De conformidad con el acuerdo aprobado en la sesión del 13 de octubre, proceda la Secretaría a dar lectura a los enunciados de las proposiciones relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina; la Secretaria diputada Patricia Garduño Morales; el Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos que apoyen a los cacaoteros de los municipios de Comacalco, Jalpa de Méndez y Cunduacán, del estado de Tabasco, a cargo del diputado Rogelio Rodríguez Javier, del grupo parlamentario del PRI

    Rogelio Rodríguez Javier, diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72, 73 y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a su consideración el siguiente punto de acuerdo, mismo que solicito sólo sea turnado a comisiones, para su dictamen y discusión en el Pleno de ésta H. Cámara de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con base en las siguientes

    Consideraciones

    El 81% de la población rural vive en miseria, 2 de cada 3 mexicanos que viven en pobreza extrema, están en el campo y en 2008 inicia la apertura arancelaria.

    Históricamente la agricultura ha sido el sector más desprotegido del país, hoy las expectativas no son muchas.

    En el mes de enero de 2003 el Tratado de Libre Comercio eliminó casi todos los impuestos sobre productos agrícolas entre los países que integran el TLC, confrontando a los agricultores mexicanos con una competencia desenfrenada, para la cual, están pobremente preparados. El gobierno mexicano se ha tardado en entrar en acción para defender el desesperado sector agrícola.

    El Presidente Vicente Fox, públicamente se declara del lado de los campesinos, pero su reputación por favorecer consistentemente las inversiones extranjeras cuestiona su sinceridad.

    La marginación, la falta de tecnología y apoyo, y el olvido son algunos de los problemas que contribuyen a que la situación sea alarmante. Datos de la Presidencia de la República afirman que la inversión histórica para el campo es de más de 120 mil millones de pesos de manera integral. A pesar de que nunca se había invertido tanto dinero al sector, aún no es suficiente.

    Las perspectivas de lograr un crecimiento económico sostenido y niveles de vida más altos descansan en gran medida en la capacidad de exportar más productos agrícolas a los mercados mundiales y de aumentar la productividad del campo. Pero la capacidad de la región para incrementar sus exportaciones sigue topando con serios obstáculos que se levantan más allá de sus costas, específicamente la carencia de apoyo en esta actividad.

    El cacao es una fruta de origen tropical con la que se produce el chocolate. Su importancia en la economía es enorme, ya que es uno de los productos de nuestro país más codiciados por los europeos. Al respecto la academia francesa de la chocolatería y la confitería otorgó el pasado junio del año en curso, su gran premio a los cultivadores de cacao mexicanos por la calidad del fruto que producen.

    A pesar de que los productores de cacao de tabasco han hecho grandes esfuerzos para desarrollar y mejorar la calidad de su producto en base a la alta tecnología, se requieren recursos suficientes para mantener la calidad de este producto, misma que ha sido reconocida a nivel internacional.

    Por ende es menester apoyar a los cacaoteros, ya que de lo contrario, la economía mundial se consolida y, no permitirá a nadie permanecer fuera por mucho tiempo.

    Según estimaciones, en un futuro, de los cinco millones de familias rurales, sólo una vivirá de la agricultura en México, por lo que la situación del campo está a punto de la quiebra.

    En consecuencia y en respuesta puntual al sector cacaotero someto a consideración de esta representación popular el siguiente punto de acuerdo.

    Único.- Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Agricultura de esta H. Cámara de Diputados a que, en el marco de las modificaciones al Presupuesto para el ejercicio fiscal de 2006, se destinen más recursos a fin de apoyar a los cacaoteros de los municipios de Comalcalco, Jalpa de Méndez y Cunduacán del estado de Tabasco, principalmente.

    Palacio Legislativo, a 25 de octubre de 2005.--- Dip. Rogelio Rodríguez Javier (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 una partida especial para la reconstrucción de la zona afectada por el huracán Wilma, en particular en el estado de Quintana Roo, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del grupo parlamentario del PRDConsiderando que:1. Los fenómenos regionales de la pobreza y la concentración de la riqueza en la península de Yucatán son problemas sociales imposibles de ignorar a nivel nacional por el fuerte reclamo de quienes los padecen, y el deber social de quienes lo observamos. La estrategia regional de impulso al crecimiento económico por la vía micro debe fundamentarse en información confiable de las necesidades de la población local, para delinear las estrategias y tener un patrón de medida de los resultados.

    2. Se han criticado mucho los estudios de medición de la pobreza pues la identificación de los pobres es el insumo para preparar y ejecutar los programas compensatorios, bajo la forma de políticas de combate a la miseria; pero raramente se pretende la solución de manera estructural de las causas que dan origen a una precaria situación en determinados estratos poblacionales. Ese es el caso de los pobres del estado de Quintana Roo.

    3. A pesar del debate en torno a la precisión o no de las mediciones de pobreza por las diversas dimensiones que ella implica, en el Estado de Quintana Roo podemos identificar una problemática severa, que sin embargo y por desgracia solo sale a la luz pública ante desgracias de desastres naturales como los resultados del huracán Wilma. ¿De qué dimensión es el problema y cómo ha evolucionado en los últimos 20 años?

    4. Los datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares a nivel local son el insumo necesario para el cálculo de las dimensiones de la pobreza, de esa dimensión de la miseria que siempre ha estado presente; con o sin huracán. De acuerdo con cálculos realizados a partir de esa información, en 1984 existían en el estado de Quintana Roo 390,575 personas en pobreza; de las cuales 94,518 vivían en condiciones de pobreza extrema; representaban respectivamente, el 65.5% y 16.5% de la población del estado. Si ya de por sí esas cifras debían generar preocupación por alcanzar una proporción importante de la población local; la situación se agravó pues en la actualidad el porcentaje de población en condiciones de pobreza en Quintana Roo es de 69%; y la población del estado que vive en condiciones de franca miseria es el 52.4%. La línea de pobreza que aquí consideramos para cuantificar el fenómeno de la miseria fue de 461 pesos por habitante al mes; quienes no tienen dicho ingreso, son considerados pobres extremos. La población del estado de Quintana Roo constituye el sector más vulnerable de la península de Yucatán. Efectivamente, mientras que en el estado de Yucatán la pobreza extrema alcanza, hoy en día a 26.3% de la población, en Quintana Roo dicha miseria alcanza a más del 50% de los habitantes. A pesar de tan lacerante problema social, poco o nada se ha hecho en los últimos 20 años en materia de combate a la miseria local.

    5. En cuanto a concentración de la riqueza, nuestros cálculos muestran que el estado de Quintana Roo se caracteriza por tener una acentuada desigualdad; aún mayor que la nacional. El 5% de la población, los que más tienen ingreso, concentran el 27.7% del ingreso estatal; si tomamos al decil mas favorecido, ellos concentran el 40.8% del producto local; mientras que, si tomamos al décimo más pobre de la población, ellos, los miserables apenas tienen 2.2% del ingreso estatal en sus manos. Esta situación de alta concentración del ingreso se agudizó en los últimos 20 años.

    6. Al observar las causas de la pobreza local; encontramos que en la génesis del problema se encuentran las características locales del desarrollo regional impulsado en el estado de Quintana Roo desde las pasadas tres administraciones locales; que pusieron énfasis en la construcción de un polo de desarrollo turístico local en las ciudades de Cancún, Cozumel, Isla Mujeres y Playa del Carmen, sin fomentar o bien a costa del desarrollo social tan necesario en las zonas metropolitanas de dichas ciudades: los recurso necesarios para atender las demandas sociales más urgentes fueron canalizados hacia el desarrollo del complejo turístico; ése sector que, como veremos en las próximas semanas, cuenta con pólizas de seguros y tienen la reconstrucción garantizada. Así que mientras entusiastamente se impulsaba un crecimiento concentrador del ingreso, por otra parte surgían y expandían a pasos acelerados los cinturones de miseria; crecían esos sectores de la población que no tienen pólizas de seguros y a quienes, si no hacemos algo, veremos en los próximos 10, 20, 40 ó 50 años sufriendo todavía las secuelas del desastre natural que acabamos de vivir.

    7. En suma, el problema de la pobreza en nuestro país y en algunas entidades como el Estado de Quintana Roo es tan evidente que sólo no lo ven quienes suelen voltear sólo cuando hay un desastre natural como el que hoy estamos viviendo. Los resultados de nuestros cálculos llaman fuertemente la atención hacia los cinturones de miseria de los polos de desarrollo estatal y, en menor medida, hacia la pobreza rural. Sin embargo, la visión actual de la política social en México ha privilegiado el ataque a la pobreza rural, olvidando a los desabrigados de las ciudades turísticas. Las condiciones de vida detrás de los indicadores de pobreza se han deteriorado estrepitosamente pero no sólo a partir del fin de semana en que azotó el huracán Wilma, sino como resultado de una política social que se ha olvidado de la miseria urbana o semiurbana en el Estado de Quintana Roo. Dichos resultados muestran el imperativo de no quedarnos como estamos, sino de generar una política social local que atienda a las verdaderas causas de la pobreza; que ofrezca créditos productivos para el desarrollo local; que atienda los graves problemas urbanos de falta de vivienda digna y a bajo costo, que genere centros de abasto de alimentos a costos razonables; que construya infraestructura local de atención a los problemas básicos, como hospitales de especialidades y desarrollo de nuevas vías para el crecimiento económico; como el turismo rural. Debemos canalizar nuevos recursos y supervisar que ellos sean aplicados a la política social local.

    Con base en lo anterior propongo al Pleno de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la adopción del siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único: Solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que analice la inclusión, en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2006, de una partida presupuestal especial y etiquetada de reconstrucción de la zona afectada por el huracán Wilma, en particular en el estado de Quintana Roo para emprender el programa Construcción de un Quintana Roo más Justo.

    Dip. Dolores Padierna Luna (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, para incluir en el rubro de Puertos del Programa de Obras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la construcción de una dársena de abrigo para embarcaciones menores en Santa Clara, Yucatán, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del PRI

    Quien suscribe, diputada federal Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, para considerar dentro del Programa de Obras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en particular en el rubro de Puertos, la construcción de una dársena de abrigo para embarcaciones menores en Santa Clara, Yucatán, en razón de las siguientes

    Consideraciones

    La Península de Yucatán, como es sabido, se encuentra expuesta a diversos fenómenos naturales destructivos que ponen en riesgo la integridad física de las personas, pero también de las actividades productivas que se localizan en las zonas de más alto riesgo.

    La pesca de litoral, de la cual subsisten miles de familias yucatecas, se enfrenta constantemente a este tipo de eventualidades como huracanes, tormentas y mareas, que cada temporada amenaza el producto y pone en peligro los más elementales enseres de las personas que se dedican a ella.

    Por esta razón, en diversos puntos del litoral yucateco se han dispuesto espacios para el resguardo sobre todo de embarcaciones menores, que es la flota más numerosa. Este tipo de protección, materializada en puertos de abrigo o dársenas, dan a los pescadores la certeza de que sus embarcaciones al menos se encuentran a buen resguardo, y de esta forma cuando ocurre algún fenómeno meteorológico de lo único que tienen que preocuparse es de ponerse a salvo ellos y sus familias.

    Sin embargo, existen aún puntos del litoral yucateco que no cuentan con esta clase de refugios pesqueros, motivo por el cual la población se encuentra totalmente expuesta a los avatares atmosféricos.

    Uno de esos lugares es Santa Clara, población ribereña enclavada en la costa Nororiental de Yucatán, precisamente la más propensa a sufrir los embates de ciclones y tormentas tropicales. De hecho, en cada aviso de alerta de huracán, esta población siempre está incluida, porque su ubicación, que privilegia un lugar adecuado para la pesca, es también la más expuesta a la inclemencia del tiempo.

    La fuerza destructiva de la naturaleza ha sido comprobada por los fenómenos que en las últimas semanas y meses han afectado al territorio nacional. El huracán Wilma, que tanta destrucción ha ocasionado en la costa norte de Quintana Roo, ha tenido también efectos en Santa Clara y otros puntos costeros yucatecos, sobre todo en la región oriente.

    Por estos motivos, y derivado de las constantes peticiones que nos han formulado los habitantes de Santa Clara, someto a la consideración de esa soberanía la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Artículo Primero. Requiérase a la Comisión de Presupuesto para que considere para dentro del programa de Obra de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en particular en el rubro de puertos, la construcción de una dársena de Abrigo para embarcaciones menores en Santa Clara, Yucatán.

    Artículo Segundo. Envíese copia de dicho requerimiento a la Comisión de Pesca de ésta H. Cámara de Diputados.

    Palacio Legislativo, a 27 de octubre de 2005.--- Dip. Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a establecer una partida especial para construir una estación migratoria en Tultitlán, estado de México, suscrita por los diputados Adriana González Carrillo, Guadalupe Suárez Ponce y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del PAN

    Quienes suscriben, Adriana González Carrillo, Guadalupe Suárez Ponce y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, diputados federales de la LIX Legislatura e integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del Pleno de esta Asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que considere la necesidad de establecer una partida especial para la construcción de una estación migratoria en Tultitlán, estado de México, en virtud de las siguientes

    Consideraciones

    En la zona de Lechería, Tultitlán, en el estado de México, llegan diariamente 120 migrantes provenientes de Centroamérica con la intención de seguir su travesía hasta alcanzar suelo estadounidense. Los trenes provenientes de Tabasco, Chiapas, Veracruz, Guerrero y Oaxaca dejan en este municipio a quienes viajan ilegalmente colgados en las escaleras pegadas a los vagones, sobre los vagones o, acaso, dentro de un furgón.

    En las inmediaciones de los barrios La Conchita, la Cocila y Lechería, los indocumentados centroamericanos descienden del tren en marcha para descansar un poco, beber un poco de agua y, literalmente, ``montarse'' al tren que va a Matamoros o a Nuevo Laredo.

    Los hondureños, guatemaltecos, nicaragüenses y otros, sufren de mutilaciones y, aún, llegan a fallecer como resultado del salto del tren en marcha que se ven obligados a efectuar. Por si fuera poco, nuestros hermanos centroamericanos son maltratados, golpeados y terminan siendo víctimas del chantaje permanente de parte de las autoridades policiacas que acuden a este lugar con el fin de extorsionar a los migrantes.

    El Instituto Nacional de Migración, en coordinación con la Policía Federal Preventiva (PFP) y la Policía Estatal (Grupo ASES), realiza operativos carreteros en vías férreas de manera permanente, con el objetivo de verificar la situación migratoria de los extranjeros que transitan por la zona, y en caso de no acreditar su legal estancia, proceder a su aseguramiento, con pleno respeto a sus derechos. Para profundizar en el esfuerzo de atención a los migrantes indocumentados en esta zona, el Instituto Nacional de Migración ha desplegado un contingente de Grupos Beta quienes cuentan con el entrenamiento necesario para instrumentar programas de ayuda humanitaria a población vulnerable y de protección y salvamento de migrantes en zonas de alto riesgo.

    No obstante, el estado de México carece de una estación migratoria o albergue temporal de migrantes indocumentados. Aunque se está actualmente analizando la posibilidad de crear una Subdelegación regional del Instituto Nacional de Migración en la zona de Lechería, resulta necesario que se incluya en ésta una estación migratoria para asegurar a los migrantes.

    La construcción de este albergue se enmarcaría, desde luego, en el Programa de Dignificación de Estaciones Migratorias que el Instituto Nacional de Migración viene instaurando desde 2003 con el propósito de ofrecer condiciones dignas y de respeto a los derechos humanos a los migrantes indocumentados.

    Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta asamblea la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a que considere la necesidad de establecer una partida especial, en el ejercicio fiscal 2006 del Presupuesto de Egresos de la Federación, para la construcción de una estación migratoria en Tultitlán, Estado de México, como parte integral de una nueva subdelegación regional del Instituto Nacional de Migración en la zona de Lechería.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de octubre de 2005.--- Diputados: Adriana González Carrillo, Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Guadalupe Suárez Ponce (rúbricas).»«Proposición con punto de acuerdo, para solicitar un incremento a la Sedena en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, a fin de instalar un arco para revisión y detección de armas y drogas en la carretera transpeninsular en Baja California Sur, a cargo del diputado Isidro Camarillo Zavala

    El suscrito, diputado federal Isidro Camarillo Zavala, con fundamento en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente punto de acuerdo para solicitar que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se asigne un incremento adicional a la Secretaría de la Defensa Nacional para la instalación de un arco detector de armas y drogas en la carretera transpeninsular en el estado de Baja California Sur, bajo las siguientes:

    Consideraciones

    Es por todos sabido que la frontera norte de nuestro país, es el paso obligado para el tráfico de drogas hacia los Estados Unidos y de armas y otros artículos hacia el centro de la República Mexicana, es en esta área con una extensión de 3000 kilómetros lineales donde los operadores de grupos delictivos se interrelacionan con actores sociales, entre los que se encuentran empresarios, políticos y jefes policíacos, grupos que se asientan en la región y en buena medida controlan el tejido político-social y económico, de lo que se desprende que persista un alto grado de corrupción e impunidad, de inseguridad y violencia. Ante esta situación en nuestra frontera, ante la que sobra decir que los grupos delictivos requieren contactos y socios en los Estados Unidos, ya que es en ese país donde lavan un alto porcentaje de sus ingresos.

    Una de las formas por las cuales se acrecienta el tráfico de sustancias y productos ilícitos entre ambos países es por el volumen masivo de productos que se realiza entre México y Estados Unidos, ante el panorama ya señalado nuestro país desde hace varios años ha establecido a lo largo de las principales carreteras un sistema de inspección de vehículos y personas, la cual ha fructificado y ha dado lugar al decomiso de drogas, armas, dinero, aviones, vehículos y la detención de personas involucradas, siendo en algunos estados de la República el principal motivo de detenciones por la Procuraduría General de la República.

    En este sexenio se ha observado un incremento en las detenciones, un combate efectivo a la delincuencia organizada, el aseguramiento de todo tipo de armas, la detención de miles de toneladas de drogas, lo que ha permitido que el resto del mundo tenga confianza en el combate que se ha hecho a los delitos contra la salud.

    Sin embargo este plan de combate a la delincuencia, encabezado por la Secretaría de la Defensa Nacional en coordinación con la Procuraduría General de la República, al cual nos adherimos y que consideramos que no debe ser minimizado, al contrario debe ser más apoyado, debemos reconocer que tiene un costo creciente para los productores de alimentos agrícolas y pesqueros, ya que tan sólo por poner un ejemplo, en la carretera transpeninsular en Baja California Sur, se transportan más de 210,000 toneladas de productos perecederos, de los cuales el 75% son agrícolas y el 25% pesqueros, y que las constantes revisiones a que son sujetos a lo largo de esta carretera provocan pérdidas de hasta un 20% en la calidad del producto, lo que se refleja en el precio obtenido, ya que recordemos que las revisiones pueden consistir incluso en bajar el producto de los contenedores y camiones, que en muchas ocasiones son refrigerantes, que transportan productos a bajas temperaturas y que en contacto con la temperatura ambiente que en este estado es de un promedio de 32° C en el verano cálido, el manejo inexperto de las mercancías, el caminar sobre ellas, el mal reenvasamento y otros malos manejos, deterioran los productos que con tanto trabajo y esfuerzo fueron obtenidos.

    Por otro lado, recientes publicaciones hechas en el vecino país del norte, señalan que los retenes no tienen el mismo porcentaje de éxito que se les atribuía, ya que ellos han encontrado drogas y dinero, por lo que los no tan amigables vecinos atribuyen los malos resultados, como un proceso de complicidades e impunidades en las que se ven involucrados sobre todo altos mandos de la policía y la milicia, sin atender que es prácticamente imposible un control absoluto en la revisión de millones de toneladas de productos que transitan hacia ese país.

    Por lo anterior, compañeros diputados mi propuesta es que apoyemos a la Secretaría de la Defensa Nacional, con la asignación de los recursos económicos para la adquisición de un arco detector de metales, drogas y personas, con lo cual obtendríamos inmejorables resultados en varias vertientes, la primera de ellas, estos nuevos arcos detectores que se pueden adquirir en el tamaño para que pasen simultáneamente dos traileres, estos serían revisados en un moderno sistema de rayos x, que permite la detección de más de 300 metales, drogas, personas y otros productos, por lo que no sería necesario como hoy bajar mercancías, abrir paquetes, dañar productos, sobre todo los agrícolas y pesqueros.

    El sistema que señalo permite la revisión de hasta 80 camiones por hora, contra los 4 o 5 que actualmente se realizan, permite para efectos de seguridad nacional detectar dentro de camiones o contenedores personas escondidas, por lo que evitaríamos riesgos en la frontera común, la movilización además de ágil y rápida, sería más efectiva y profesional y reduciría los costos para el consumidor final.

    Por las consideraciones anteriormente expuestas, y en ejercicio de las facultades constitucionales, el suscrito Diputado Federal de la LIX legislatura de H. Cámara de Diputados, someto ante esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Solicito a la Comisión de Presupuesto, la asignación de 20 millones de pesos extras para la Secretaría de la Defensa Nacional en el año 2006, con el fin que adquiera y ponga en operación un arco detector de metales y drogas en la carretera transpeninsular en el estado de Baja California Sur.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintisiete días del mes de octubre de 2005.--- Dip. Isidro Camarillo Zavala.»«Proposición con punto de acuerdo, a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2006 se provea de recursos al INEGI para las erogaciones correspondientes al cumplimiento de los laudos relativos al caso de los trabajadores despedidos injustamente por ese Instituto desde 1999, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del PRI

    Quien suscribe, diputada federal Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, para que se considere en el Presupuesto de Egresos 2006 destinar recursos al INEGI para las erogaciones que correspondan al cumplimiento de los laudos relativos al caso de los trabajadores despedidos injustamente por ese Instituto desde 1999, en razón de las siguientes

    Consideraciones

    El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fue creado en 1983 con la finalidad de generar, integrar y proporcionar información estadística y geográfica de interés nacional, así como normar, coordinar y promover el desarrollo de los Sistemas Nacionales Estadísticos y de Información Geográfica para satisfacer las necesidades de información de los diversos sectores de la sociedad.

    En materia laboral desde su creación, este Instituto ha sido objeto de crisis internas, por acusaciones de los trabajadores relativas a abusos de autoridad y corrupción.

    Este tipo de problemas en materia laboral se han recrudecido, derivado de las obligaciones contraídas por el Instituto a partir de las reformas al artículo 27 Constitucional en 1992, las cuales requirieron del Estado la contratación de personal para realizar trabajos técnicos tendientes al levantamiento topográfico de las tierras dentro del país, a fin de conseguir la certificación de los núcleos agrarios, ya sean éstos ejidales, solares urbanos, entre otros, dentro del programa tripartito Procede.

    Dichos trabajadores quedaron incorporados al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, bajo condiciones poco claras y en muchos de los casos en franca contravención a las leyes, ya que no se les reconocieron los beneficios y prestaciones que todo trabajador en México, debe recibir.

    A partir del año de 1999, empezaron a ser despedidos sin una aparente justificación, motivo por el cual interpusieron juicios laborales en contra de dicho Instituto, reclamando distintas prestaciones de ley, como salarios no devengados o vencidos, prima de antigüedad y la reinstalación a sus puestos de trabajo.

    Luego de lento procedimiento jurídico, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje ha dictado laudos favorables a los trabajadores, en los que se ordena al INEGI a otorgar nombramientos de base, reinstalar y pagar diversas prestaciones, sin que a la fecha se haya dado cabal cumplimiento a estas disposiciones.

    Atendiendo a estas razones, con fecha 26 de octubre del año 2004, esta soberanía aprobó un punto de acuerdo que en sus puntos medulares creó una Subcomisión para revisar el trabajo de los órganos encargados de la justicia laboral en el país, y dispuso en el Presupuesto de Egresos 2005 la creación de 2,300 plazas de base para la reinstalación de los trabajadores despedidos, mismos que conforman la Coalición Nacional de Trabajadores de ese Instituto, de conformidad con los laudos emitidos por las instancias jurisdiccionales.

    No obstante lo anterior, el Instituto ha sido renuente a cumplir con lo que las instancias de justicia laboral han dispuesto, con el argumento de que carece de presupuesto para liquidar según los laudos a los trabajadores que han ganado sus juicios laborales.

    En virtud de estos hechos, me permito proponer el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Que se requiera a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía considerar en el análisis y dictamen del Presupuesto de Egresos 2006 la asignación de recursos al INEGI para las erogaciones que correspondan al cumplimiento de los laudos relativos al caso de los trabajadores despedidos injustamente por ese Instituto desde 1999, etiquetando dichos recursos para garantizar el cumplimiento de dichas obligaciones.

    Segundo. Hágase del conocimiento de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta soberanía el contenido del presente acuerdo.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de octubre de 2005.--- Dip. Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo que suscribe la diputada federal del Estado de México por la quinta circunscripción, Sheyla Fabiola Aragón Cortés, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta LIX Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que dentro del proceso de análisis, discusión, modificación y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, analice aumentar los recursos destinados al Instituto Nacional de Antropología e Historia Fondo de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal, bajo las siguientesConsideraciones

    El Programa Nacional de Cultura, que concreta las estrategias contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, busca que el trabajo del sector cultural contribuya a hacer realidad la aspiración social de lograr un desarrollo con sentido humano, en donde la afirmación de la diversidad cultural, la apertura y garantía de acceso a las oportunidades y servicios culturales, el respeto a la libertad de expresión y creación, la ciudadanización de la política y el quehacer culturales, y el federalismo y el equilibrio cultural regional, sean elementos centrales de su configuración.

    El patrimonio cultural es un elemento central de la identidad y la soberanía nacionales. Los valores que las une a lo largo de siglos se vuelven presente vivo a través de la investigación, la recuperación y el cuidado de ese universo patrimonial; proyectan el futuro del país con solidez, afirmando la viabilidad de la nación.

    La investigación y la conservación del patrimonio cultural es una tarea indeclinable del Estado, como representante de la sociedad. Su propósito es asegurar a los mexicanos del presente y del futuro el disfrute y la vocación social de ese patrimonio acrecentado cada día, consolidado y en mejores condiciones para su valoración.

    Mucho se ha hecho, a lo largo de décadas, para recuperar, estudiar y preservar el patrimonio cultural tangible e intangible, así como para ampliar su concepción y disfrute. Lo extenso y complejo de estas tareas obligan hoy día a ajustes, replanteamientos, revaloraciones; la labor pendiente es inmensa pero también apasionante. Prescinde del aislamiento y de la centralización; es trabajo conjunto y concertado que suma esfuerzos y experiencias.

    Estas actividades son responsabilidad fundamental del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Constituyen premisas básicas de su misión y el sentido social de su existencia en tanto que área del gobierno federal encargada, por antonomasia, de preservar lo que generaciones de mexicanos hemos construido y atesorado. Es misión cotidiana del INAH explicar la diversidad de nuestras culturas, ubicarlas con precisión en el tiempo y en la geografía, comprender y difundir el sentido de esos bienes y de esas voces que llegan del pasado y que incesantemente transforman nuestro presente.

    La riqueza y variedad de nuestro patrimonio cultural son enormes; si bien su investigación y conservación son responsabilidad fundamental del INAH, también lo es que, con frecuencia, la extraordinaria dimensión de la tarea no puede circunscribirse sólo a las dependencias del gobierno federal. Por tal motivo ya es impostergable compartir esta responsabilidad con estados y municipios, siempre en el marco de la normatividad vigente. En este sentido, el INAH colabora con los gobiernos estatales y municipales, cuando ellos así lo solicitan, en la formulación de la reglamentación necesaria para contribuir a que la preservación del patrimonio tenga la posibilidad de permanecer bajo ciertos principios y normas y garantizar la congruencia entre el marco local y el federal con independencia de los cambios políticos y administrativos federales.

    También la sociedad deberá participar en los próximos años con mayor vigor en su cuidado y valoración. El INAH tiene como prioridad impulsar los mecanismos de preservación con los que ya cuenta y explorar nuevos marcos operativos para incrementar la participación social en la conservación y difusión de sus bienes patrimoniales.

    La protección y conservación del patrimonio adquieren su sentido social a través de la difusión. Con ella la población aprende a valorarlo y a comprender su devenir histórico. El turismo, en el mundo contemporáneo, es una de las vías más importantes para la difusión. En esta materia el INAH impulsa acciones que conlleven a la valoración y el respeto del patrimonio cultural, así como su articulación al desarrollo regional a través de la difusión sin perder su función social. Así durante el último año el público asistente a sitios históricos y arqueológicos fue de 18,677,458 y un crecimiento para 2006 en un 1% lo que representa de 18,864,233.

    El conocimiento acumulado en el Instituto sobre la realidad nacional en sus distintos momentos históricos es muy extenso. Pocos centros académicos pueden respaldar su existencia con una producción intelectual tan numerosa y sistemática, materializada en investigaciones, libros, materiales de divulgación, foros académicos, etc., con la calidad, el profesionalismo y el compromiso de los investigadores con su institución, en estricto cumplimiento de la función social del INAH.

    Sólo por mencionar algunos datos y como ejemplo de lo anterior en el último año se han desarrollado proyectos como el de ``Pirámide de la Luna'' en Teotihuacan, aportando información nueva sobre la guerra y sacrificios. Los trabajos de conservación de la Catedral Metropolitana, Palacio Nacional, Antigua Basílica de Guadalupe, el Templo del Carmen en Celaya, la Catedral de Nuestra Señora de la Asunción en Guadalajara, Templo y Exconvento de San Juan Bautista en Morelos; solo por mencionar algunos. Asimismo resalta el setenta aniversario del Palacio de Bellas Artes donde se efectuaron trabajos de restauración y rehabilitación de la cúpula central y la fachada del inmueble.

    Gracias al Fondo de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal, se apoyaron 36 proyectos en inmuebles ubicados en 13 entidades federativas y el Distrito Federal lo que significó un incremento de 33% con respecto al periodo anterior.

    La investigación en el INAH tiende a ser exhaustiva. Sus aportes al conocimiento de amplias regiones del país y de grupos sociales han sido múltiples. Sin embargo, más vasta aún es la realidad y extensos los temas que nos ofrece para su estudio. Debido a las limitaciones y restricciones que de modo permanente se han tenido para la adquisición de equipo e infraestructura para la investigación, al incremento de los proyectos y al uso intensivo de instrumentos técnicos, la mayor parte de las áreas de trabajo académico se encuentran en condiciones sumamente deplorables. Las deficiencias y rezagos son enormes, situación que se revierte en contra de la acción institucional. Por ello son necesarios mayores recursos para impulsar las investigaciones que amplíen las fronteras del conocimiento en tópicos y zonas de México.

    En el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006 se contemplaron 1.899,653,160 pesos para el Instituto Nacional de Antropología e Historia lo que representó una disminución real del 2.7% respecto al aprobado en 2005. Con ello quedarían limitados proyectos en marcha y se vería afectada la efectividad del Instituto, ocasionando un rezago en la conclusión de dichos proyectos, ello sin mencionar la actividad docente que realiza.

    Es el poco apoyo a los organismos responsables de salvaguardar nuestros monumentos y zonas arqueológicas, lo que mantiene el saqueo y la comisión de otros delitos del orden patrimonial. La falta de recursos lesiona seriamente nuestro patrimonio cultural haciéndolo cada vez más vulnerable no solamente al crimen, sino al deterioro que por descuido o abandono sufren estas zonas culturales.

    Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta H. asamblea la siguiente Proposición con

    Punto de Acuerdo

    Único. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que dentro del proceso de análisis, discusión, modificación y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, aumente los recursos destinados al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al Fondo de Apoyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de octubre de 2005.--- Dip. Sheyla Fabiola Aragón Cortés (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 recursos económicos que contribuyan al desarrollo de la comunidad huichola Wixarika, localizada en la Sierra Madre Occidental, que comprende diversos municipios de Jalisco, Zacatecas, Durango y Nayarit, a cargo del diputado Benito Chávez Montenegro, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado federal Benito Chávez Montenegro, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en esta LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos, pone a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo a razón de las siguientes

    Consideraciones

    Sin lugar a dudas, es de todos conocido que los pueblos y comunidades indígenas enfrentan hoy más que nunca problemas devastadores. La doliente realidad muestra que la pobreza, la marginación, el desplazamiento y el deterioro ambiental siguen afectando su base productiva y de subsistencia, atentando categóricamente contra su forma de vida, su cultura y su naturaleza. En este sentido, no podemos ignorar esta situación tan agravante que nos lastima y avergüenza, por lo que es preciso fincar acciones y compromisos más realistas que posibiliten el abatimiento de la enorme deuda histórica que tenemos con estas comunidades y su desarrollo.

    Localizados en la Sierra Madre Occidental, precisamente en el área comprendida entre los estados de Jalisco, Zacatecas, Durango y Nayarit, los huicholes son considerados entre los grupos étnicos más marginados del país. Su población alcanza los 79 514 habitantes y se encuentran distribuidos en 948 localidades.

    Sus principales actividades económicas corresponden a la agricultura, que comprende el cultivo de maíz, calabaza, amaranto, fríjol y chile y; la explotación forestal, la cual es víctima de la voraz sobreexplotación por parte de diversas compañías --principalmente del estado de Jalisco- y con beneficios mínimos para las comunidades.

    Las condiciones orográficas de la región hacen demasiado difícil el acceso por tierra. Esto se ve reflejado en la limitada construcción de caminos y puentes, propiciando el uso de medios alternativos de comunicación como la adecuación de pistas de aterrizaje destinadas a pequeñas naves aéreas.

    El agua potable se extrae de los pozos y la leña sigue siendo el principal combustible, mientras que pocas comunidades cuentan con alumbrado público por medio de plantas eléctricas alimentadas con gasolina.

    En materia educativa, cuentan sólo con algunos albergues escolares donde se imparte educación básica --preescolar y primaria- por parte de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Secretaría de Educación Pública. En muchas rancherías, la educación es impartida en escuelas unitarias donde el maestro apenas alcanza a atender los tres primeros grados de primaria; en tanto que las telesecundarias, son un lujo que sólo se pueden dar escasas poblaciones. Estas características dan cuenta de niveles de escolaridad y aprovechamiento muy por debajo de la media nacional.

    Sin embargo, pese a esta perspectiva, uno de los rubros de mayor rezago y que más lacera a esta comunidad indígena es el de la salud. Carecen en la mayoría de los casos de servicios médicos, orillándolos a hacer largos y penosos recorridos para llegar al puesto de salud que más cerca se ubique de ellos, razón por la que la taza de mortalidad es muy alta y el promedio de vida no sobrepasa los 35 años de edad.

    Por otra parte, es evidente que la falta de empleos y desarrollo de estos pueblos es mínima, especialmente para los grupos más vulnerables (mujeres, niños y adultos mayores). En estas condiciones, se mantienen alejados de la base social del resto de nuestro país y no se diga del mundo. Ejemplo de ello es el municipio de Mezquitic, el más pobre y marginado del estado de Jalisco y uno de los que ocupa, penosamente, uno de los primeros lugares a nivel nacional.

    Por ello, no debemos omitir ni restringir el derecho que tienen las comunidades indígenas a desarrollarse, por el contrario, es fundamental reconocer su estrecha relación con la tierra como base de su cultura, forma de vida y supervivencia económica.

    Recordemos que la pobreza es multidimensional, es decir, está regida no sólo por bajos ingresos económicos, sino por la falta de bienes, oportunidades y derechos que le permitan desarrollarse holgadamente al grueso de la población.

    El impulso de los pueblos y comunidades indígenas debe implicar una verdadera prioridad en la agenda de este país. Es momento de garantizar su derecho a una vida digna; de reconocer su experiencia, sus conocimientos y sus ideologías y, sobre todo, su invaluable aporte a la conservación e identidad de nuestra cultura.

    De esta manera, hago un exhorto a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y a la de Asuntos Indígenas a que otorguen los recursos suficientes, correspondientes al presupuesto del año 2006, a fin de atender las necesidades más apremiantes de esta región indígena y a las que a continuación hago mención:

    a) Rehabilitación, remodelación y/o, en su caso, construcción, de albergues escolares, ya que de los que existen actualmente en la región, sólo seis de ellos funcionan en medianas condiciones.

    b) Construcción y equipamiento de un hospital de segundo y tercer nivel, así como la rehabilitación de algunas áreas y servicios de la única clínica de este tipo que existe en la zona y que se encuentra en el municipio de Tlaltenango de Sánchez Román, Zacatecas, a 30 kilómetros de la localidad indígena más cercana.

    c) Implementación de un programa de becas para educación media y superior, que permita a los huicholes una mayor preparación y continuidad de sus estudios.

    d) Creación de diversos programas de apoyo y atención a grupos vulnerables (mujeres, niños y adultos mayores), tales como: abasto, vivienda y empleo.

    Por todo lo anteriormente expuesto, para su aprobación, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Asuntos Indígenas a que se otorguen recursos suficientes del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 a fin de contribuir de manera significativa al desarrollo de la comunidad huichol Wixarika, que se localiza en la Sierra Madre Occidental, en los municipios de Mezquitic, Bolaños, Huejuquilla el Alto y Villa Guerrero en el estado de Jalisco; Teúl de González Ortega, Tlaltenango de Sánchez Román, Valparaíso, Guadalupe, Fresnillo, Tepechitlán y Benito Juárez en el estado de Zacatecas; Mezquital en el estado de Durango y; la Yesca, el Nayar, Ruiz, Tepic, Santa María del Oro y San Blas en el estado de Nayarit.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, en la fecha de su presentación.--- Dip. Benito Chávez Montenegro (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo que suscribe la diputada federal del Estado de México por la quinta circunscripción, Sheyla Fabiola Aragón Cortés, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta LIX Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que dentro del proceso de análisis, discusión, modificación y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, analice aumentar los recursos destinados al Instituto Mexicano del Cine, al Centro de Capacitación Cinematográfica y a los Estudios Churubusco-Azteca bajo las siguientesConsideraciones

    La cultura de un pueblo es la expresión de su historia y la fuente de su identidad. Es lo que le da su lugar en el mundo y construye civilización. Es lo que nos permite preservarnos como nación.

    Hoy florecen y conviven en todo el país múltiples y variadas manifestaciones artísticas y culturales. La democracia y el clima de libertades que caracteriza al México de inicios del siglo XXI son tierra fértil para la creatividad y la pluralidad en las formas de expresión. Esta diversidad fortalece aun más nuestra riqueza cultural y artística, y contribuye a consolidar los valores de respeto y apertura de nuestra sociedad.

    El Programa Nacional de Cultura, que concreta las estrategias contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, busca que el trabajo del sector cultural contribuya a hacer realidad la aspiración social de lograr un desarrollo con sentido humano, en donde la afirmación de la diversidad cultural, la apertura y garantía de acceso a las oportunidades y servicios culturales, el respeto a la libertad de expresión y creación, la ciudadanización de la política y el quehacer culturales, y el federalismo y el equilibrio cultural regional, sean elementos centrales de su configuración.

    Los medios audiovisuales se han convertido gradualmente en instrumentos efectivos para el aprendizaje, promoción, difusión y gozo de las experiencias y manifestaciones culturales. El impulso de éstos medios ha permitido difundir en el país las más destacadas manifestaciones artísticas de la cultura de México y del mundo para que cada vez sectores más amplios de la población tengan acceso a ellas.

    El cine es una genuina expresión de nuestra cultura, además de un excelente vehículo de interrelación con el resto del mundo. También se debe reconocer a la producción cinematográfica como una generadora de empleos directos e indirectos de calidad y bien remunerados. Además, en sus primeras etapas de realización incluye una amplia participación de creadores de diversas disciplinas y de técnicos altamente capacitados.

    En este sentido, el Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine), creado el 25 de marzo de 1983, es la entidad federal dependiente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes encargada de promover y coordinar la producción cinematográfica del sector público, orientada a garantizar la continuidad y la superación artística del cine mexicano.

    El Imcine se propuso impulsar la producción del cine mexicano de calidad, mediante mecanismos de cooperación entre los diversos sectores sociales y mejorar y ampliar las posibilidades de exhibición del cine mexicano y extranjero de calidad, asumiéndolo como una expresión artística fundamental en la formación social y cultural de la población.

    Uno de los objetivos del Imcine es invertir los recursos fiscales disponibles para la coproducción cinematográfica, mediante procedimientos competitivos, confiables y de decisión colegiada altamente calificada, con miras a que dicha producción sea creciente y alcance niveles satisfactorios de calidad y recuperación financiera, para reinvertirse en producciones subsecuentes.

    El Imcine ha iniciado un proceso de redimensionamiento de su administración a fin de hacerla más eficiente y destinar la mayor parte de sus recursos a las tareas sustantivas que tiene encomendadas: la producción y la promoción del cine mexicano en México y en el extranjero. Con la reducción presupuestal los objetivos y acciones del Instituto se verían seriamente afectadas arriesgando las metas señaladas en el Plan Nacional de Cultura.

    El Centro de Capacitación Cinematográfica, AC (CCC), es una institución coordinada por el Instituto Mexicano de Cinematografía; forma parte del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y es una de las escuelas que conforman el Centro Nacional de las Artes. Tiene como objetivo primordial el de formar cineastas de alto nivel profesional en las áreas técnicas y artísticas de cinefotografía, producción, sonido, edición, guión y realización, en el marco de una concepción integral del quehacer y del lenguaje cinematográficos.

    El CCC se erige como una escuela de cine en el amplio sentido de la palabra, como un centro de actividad académica y de difusión cultural que vincula el cine y la imagen en movimiento, con las demás manifestaciones y expresiones artísticas.

    Después de más de veinte años de trabajo, el CCC no sólo ha consolidado sus programas de estudio en las diversas áreas del oficio cinematográfico, sino también un intenso proyecto de producción fílmica que se ha cristalizado en una importante colección de cortos y mediometrajes realizados por sus alumnos, dando cuenta del desarrollo y los alcances de sus concepciones formativas.

    Cada año, las películas y videos que produce la escuela son promovidos en el marco de numerosos festivales y muestras en el ámbito nacional e internacional. De calidad competitiva internacional, los materiales del CCC participan activamente en cerca de 25 eventos internacionales al año, de los que se derivan asimismo posteriores exhibiciones a través de la televisión e invitaciones especiales a los realizadores.

    Los resultados de los estudios efectuados en el CCC no se llevarían a la realidad si no fuera por los Estudios Churubusco que también aportan un importante apoyo a los trabajos estudiantiles y de producción además de colaborar con la Cineteca Nacional en la restauración fílmica y de sonido para la preservación de nuestro patrimonio cinematográfico.

    Estudios Churubusco-Azteca es una empresa de participación estatal mayoritaria del gobierno federal que proporciona servicios de producción, postproducción y estructura inmobiliaria a la producción cinematográfica, televisiva y de video nacional o extranjera que se realice en nuestro país. Los servicios técnicos que actualmente brindan son el resultado de un proceso de modernización tecnológica que llevó a la adquisición de equipos de punta para las áreas de laboratorio y sonido, los más modernos de América Latina.

    Estudios Churubusco opera gracias a ingresos propios producto de los contratos a sus laboratorios, más la renta de sus diez foros y de oficinas para la mayoría de los productores nacionales. Sin embargo, como empresa, está sometida a una excesiva carga tributaria y a una compleja regulación que dificulta sus proyectos de expansión y mejora tecnológica y de instalaciones.

    En el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 enviado por el ejecutivo, desafortunadamente se ve disminuido el gasto previsto para las actividades culturales, en especial las cinematográficas, el Imcine, reporta una disminución del 8.5% el Centro de Capacitación Cinematográfica 31.3% y los Estudios Churubusco Azteca reportan la reducción más grave con 66.6% respecto al presente ejercicio fiscal.

    Con las limitaciones presupuestales programadas se afecta seriamente la producción cinematográfica nacional, así como el surgimiento de nuevos valores en este rubro. El impulso a esta industria fue un compromiso adquirido por la presente administración e incluido en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional de Cultura. Abandonar el apoyo a esta actividad cultural significaría también abandonar la oportunidad de desarrollar un nicho que promueve la imagen de México en esferas internacionales, la formación de nuevos valores de calidad internacional y finalmente el crecimiento de una industria que se traduce en inversión directa, y oportunidad de empleo para muchos.

    Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de la asamblea la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Único. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que dentro del proceso de análisis, discusión, modificación y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, aumente los recursos destinados al Instituto Mexicano del Cine, el Centro de Capacitación Cinematográfica y a los Estudios Churubusco-Azteca.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 27 días del mes de octubre de 2005.--- Dip. Sheyla Fabiola Aragón Cortés (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, a fin de incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 una partida especial para la Secretaría de Comunicaciones y Transportes destinada a la pavimentación de caminos en los cinco municipios de Baja California Sur, a cargo de la diputada Esthela Ponce Beltrán, del grupo parlamentario del PRI

    La suscrita, diputada federal Esthela Ponce Beltrán, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Baja California Sur, con una extensión territorial de 71 mil 428 kilómetros cuadrados y una población estimada en alrededor del 450 mil habitantes, su densidad poblacional es la mas baja del país con 6 habitantes por kilómetro cuadrado, sólo seguido por Chihuahua, con 13 habitantes.

    Esto hace a mi estado una región del país complicada para su población; pero también de difícil acceso para poblaciones de otros estados; a no ser que sea por mar, vía área o recorrer centenas de kilómetros para poder llegar a el, por la ruta Tijuana, Ensenada.

    Cinco son los municipios con los que cuenta Baja California Sur: Mulegé, Loreto, Comondú, La Paz y Los Cabos. Los cuales dan origen a seis regiones fundamentales que reflejan la dificultad que tiene la población para desplazarse a diario. El desierto central, la serranía, el desierto de Vizcaíno, los llanos de la Magdalena y Los Cabos, definen en sí misma la problemática de los caminos o grandes tramos de terracería en constante erosión.

    Si a ello agregamos que su clima es seco desértico en las partes bajas cuya temperatura es extremosa, llegando a superar en el verano los 40° Celsius y en el invierno hasta 0°, salvo en la región de Los Cabos, la situación se agrava.

    Pero Baja California Sur es una entidad que concentra el 22% de los poco mas de 10 mil kilómetros de litoral que posee el territorio nacional, lo que la hace poseer un alto potencial turístico y una gran variedad y cantidad de recursos pesqueros como pocos estados.

    Para poder comercializar los productos y desarrollar el turismo en zonas como Guerrero Negro, San Ignacio, Santa Rosalía, Loreto, La Paz, Todos Santos, entre muchas otras, se requiere contar, entre otras cosas, con buena infraestructura carretera.

    Baja California Sur no puede ser una entidad aislada donde se cancele su desarrollo por falta de infraestructura básica, como es el caso de caminos bien pavimentados y grandes tramos carreteros que unan a los centros de producción con los centros de consumo.

    Por ello estamos solicitando los recursos necesarios para poder pavimentar la mayoría de los caminos que nos han demandado los habitantes de los municipios de Mulegé (que incluye las comunidades del Vizcaíno, San Ignacio, Guerrero Negro, San Lucas); Loreto; Comondú (considera las comunidades de Ciudad Constitución, Ciudad Insurgentes, Ejido Luis Echeverría, Adolfo López Mateos y María Auxiliadora); La Paz (con las comunidades de Todos Santos y Barriles) y Los Cabos (que incluye Lagunitas, Santa Rosa, Buenos Aires, San José Viejo, Cabo San Lucas, Miraflores, Caduño, Boca Sierra, la Rivera y Rosario).

    Por lo anterior y considerando que es un derecho constitucional que las entidades del país puedan contar con la mínima infraestructura carretera y de servicios que garanticen, cuando menos, la posibilidad de que las comunidades mas alejadas de los polos de desarrollo no cancelen el espíritu emprendedor de la población, es que vengo ante honorable asamblea como diputada Federal del grupo parlamentario del PRI, con fundamento en el articulo 58, fracción I, del Reglamento interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, a poner a consideración de este Pleno el siguiente

    Único. Se incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2006, una partida por un monto de $251.1 millones, sectorizada en la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, destinados a la pavimentación de caminos en los cinco Municipios de Baja California Sur.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de octubre de 2005.--- Dip. Esthela Ponce Beltrán (rúbrica).»«Proposición con punto de acuerdo, por el cual se solicita incluir en el dictamen de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación la ampliación del presupuesto del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado para la compra total de cartera de los créditos cofinanciados por el Fondo de Vivienda del ISSSTE

    Los suscritos, diputados federales integrantes de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del Honorable Pleno la siguiente proposición con punto de Acuerdo por el cual se solicita incluir en el dictamen de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2006 la ampliación del presupuesto del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para la compra total de cartera de los créditos cofinanciados por el Fondo de Vivienda del ISSSTE, al tenor de las siguientes

    Consideraciones1. Entre los años 1989 y 1997, se celebraron convenios de cofinanciamiento entre el Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste) y la banca comercial. Bajo estos convenios, el Fovissste financiaba el 45 por ciento de los créditos, la banca comercial otro 45 por ciento y el trabajador el 10 por ciento restante; es decir, al trabajador se le prestaba el 90 por ciento del crédito.

    El número total de trabajadores acreditados bajo este tipo de convenios asciende a 58 mil 365, cuyos préstamos o créditos tienen un valor de 4 mil 420 millones de pesos, de acuerdo con datos al cierre del mes de julio de 2005.

    Al cierre del periodo, son 15 las entidades financieras acreedoras del Fovissste y de los trabajadores, de las cuales en tres se concentra el 80 por ciento de los créditos.

    2. El problema es que el monto inicial que prestaron los bancos comerciales fue de 2 mil millones de pesos. Sin embargo, los pagos o amortizaciones hechos a los bancos al cierre de julio de 2005, ascienden a 5 mil 553 millones de pesos, manteniéndose el adeudo citado de 4 mil 420 millones de pesos.

    De continuar el esquema de pagos por la vía que actualmente se conduce, el Fondo estaría pagando a la banca privada 9 mil 973 millones de pesos. Aunque la estimación total del costo del programa hasta su liquidación -sobre los 2 mil millones prestados inicialmente por la banca- asciende a 17 mil 869 millones de pesos. Si a esta cantidad se le restan los pagos efectuados por 5 mil 553 millones de pesos, quedarían erogaciones por pagar del orden de 12 mil 316 millones de pesos. Si se compra la cartera, como se propone, el Fondo tendría un ahorro neto para el Fovissste del orden 7 mil 896 millones de pesos.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, los suscritos diputados federales sometemos a consideración de este H. Pleno el siguiente

    Acuerdo

    Único: Que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados, al elaborar el dictamen al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 que presentó el Ejecutivo federal ante esta Soberanía, incluya una ampliación del presupuesto del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para la compra del total de la cartera de los créditos cofinanciados por el Fondo de Vivienda del ISSSTE.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de octubre de 2005. Dip. Miguel Alonso Raya (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnense a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

    Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión. Se informa que la última votación se tomará en cuenta para el registro final de asistencia.


    ORDEN DEL DIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Jueves 3 de noviembre de 2005.

    Acta de la sesión anterior.

    Dictamen de primera lectura

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Martha del Pilar Sevilla Tamai, Rosa Martha Ramírez Luna, Mariana Morales Álvarez, Miguel Ángel Solares Escalante, Claudia Glenda Hernández Nava y Alejandro Machorro García, para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y en la Delegación de la Comisión Europea en México, respectivamente.

    Dictámenes a discusión

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

    De las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

    De las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: La última de las votaciones se toma en cuenta como registro final de asistencia.
    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga (a las 19:44 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 3 de noviembre, a las 11:00 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9: 00 horas.--------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 9 horas 19 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 414 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 369 diputados.

  • Proposiciones con punto de acuerdo: 11.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 7.

  • Oradores en tribuna: 43

    PRI-19; PAN-8; PRD-11; PVEM-2; PT-2; Conv-1.

    Se recibió:

  • 2 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género;

  • 1 minuta de ley, para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional;

  • 3 minutas de ley.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV Bis al artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Equidad y Género, con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 14 y 32 y adiciona los artículos 13 y 30 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006;

  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006;

  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 2 al 6 de noviembre de 2005, a fin de que realice una Visita de Estado a la República de Costa Rica, así como participar en la IV Cumbre de las Américas y en la XIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, ambas reuniones a realizarse en Mar del Plata, Argentina.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Adame de León, Fernando Ulises (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 271
  • Ávila Nevárez, Pedro (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 272, 274 desde curul
  • Baeza Estrella, Virginia Yleana (PAN) Fenómenos meteorológicos: 59
  • Bazán Flores, Omar (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 270
  • Bernal Ladrón de Guevara, Diana Rosalía (PRD) Disposiciones fiscales: 123
  • Blackaller Ayala, Carlos (PRI) Disposiciones fiscales: 135, 140 desde curul
  • Boltvinik Kalinka, Julio (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 272 desde curul
  • Carrillo Soberón, Francisco Javier (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 259, 262, 264
  • Clouthier Carrillo, Tatiana (Dip. Ind.) Ley de Ingresos de la Federación: 266 desde curul
  • Chávez Ruiz, Adrián (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 267 desde curul
  • De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo (PAN) Disposiciones fiscales: 121 desde curul, 126 desde curul, 127 desde curul, 131 desde curul, 138 desde curul, 139 desde curul
  • De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo (PRI) Fenómenos meteorológicos: 58
  • Díaz Delgado, Blanca Judith (PAN) Ley de Ingresos de la Federación: 269 desde curul
  • Díaz Salazar, María Cristina (PRI) Disposiciones fiscales: 120
  • Díaz Salazar, María Cristina (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 273
  • Döring Casar, Federico (PAN) Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 45
  • Espinoza Pérez, Luis Eduardo (PRD) Disposiciones fiscales: 129 desde curul, 130 desde curul
  • Espinoza Pérez, Luis Eduardo (PRD) Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 44
  • Gómez Álvarez, Pablo (PRD) Disposiciones fiscales: 120 desde curul, 126 desde curul, 128, 129 desde curul, 131 desde curul
  • González Roldán, Luis Antonio (PVEM) Disposiciones fiscales: 131 desde curul
  • González Yáñez, Óscar (PT) Disposiciones fiscales: 130 desde curul
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRI) Disposiciones fiscales: 119, 120, 129 desde curul
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRI) Fenómenos meteorológicos: 153 desde curul
  • Herrera Tovar, Ernesto (PAN) Centros de Readaptación Social: 61
  • Madero Muñoz, Gustavo Enrique (PAN) Disposiciones fiscales: 122
  • Martínez Della Rocca, Salvador Pablo (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 265, 269 desde curul
  • Mejía González, Raúl José (PRI) Disposiciones fiscales: 125
  • Molinar Horcasitas, Juan Francisco (PAN) Disposiciones fiscales: 141 desde curul
  • Monárrez Rincón, Francisco Luis (PRI) Disposiciones fiscales: 124
  • Monárrez Rincón, Francisco Luis (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 262
  • Muñoz Santini, Inti (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 266 desde curul, 269 desde curul
  • Murat Macías, José Adolfo (PRI) Fenómenos meteorológicos: 59
  • Ochoa Fernández, Cuauhtémoc (PVEM) Disposiciones fiscales: 137 desde curul
  • Ovalle Araiza, Manuel Enrique (PAN) Ley de Ingresos de la Federación: 260
  • Perdomo Bueno, Juan Fernando (Conv) Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 40
  • Pérez Góngora, Juan Carlos (PRI) Disposiciones fiscales: 125
  • Pérez Góngora, Juan Carlos (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 268
  • Pérez Moguel, José Orlando (PAN) Fenómenos meteorológicos: 53
  • Quiroga Tamez, Mayela María de Lourdes (PRI) Fenómenos meteorológicos: 53
  • Ramírez Cuéllar, Alfonso (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 256
  • Ramírez Pineda, Luis Antonio (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 267 desde curul
  • Ramírez Pineda, Luis Antonio (PRI) Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 46
  • Rodríguez y Pacheco, Alfredo (PAN) Fenómenos meteorológicos: 55
  • Sandoval Urbán, Evelia (PRI) Fenómenos meteorológicos: 55
  • Scherman Leaño, María Esther de Jesús (PRI) Disposiciones fiscales: 120 desde curul
  • Serrano Jiménez, Emilio (PRD) Disposiciones fiscales: 131, 139 desde curul
  • Suárez Carrera, Víctor (PRD) Disposiciones fiscales: 129, 132
  • Suárez Carrera, Víctor (PRD) Ley de Ingresos de la Federación: 266
  • Toscano Velasco, Miguel Ángel (PAN) Disposiciones fiscales: 133
  • Vázquez González, Pedro (PT) Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 41
  • Vázquez González, Pedro (PT) República de Cuba: 50
  • Vega Murillo, Wintilo (PRI) Disposiciones fiscales: 121 desde curul, 128 desde curul, 136 desde curul, 139 desde curul, 143 desde curul
  • Vega Murillo, Wintilo (PRI) Fenómenos meteorológicos: 58
  • Vega Murillo, Wintilo (PRI) República de Cuba: 49 desde curul
  • Velasco Rodríguez, Guillermo (PVEM) Disposiciones fiscales: 130 desde curul, 136
  • Velasco Rodríguez, Guillermo (PVEM) Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 42
  • Villagómez García, Adrián (PRI) Ley de Ingresos de la Federación: 261, 274 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno Jesús Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría José Guillermo Arias Martínez Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Bailey Elizondo Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bedolla López Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera Manlio Fabio Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Bravo Carbajal Francisco Javier Briones Briseño José Luis Buendía Tirado Ángel Augusto Burgos Barrera Álvaro Burgos García Enrique Bustillos Montalvo Juan Campa Cifrián Roberto Rafael Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán Martín Carrillo Rubio José Manuel Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castillo Cabrera Jorge de Jesús Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Cervantes Vega Humberto Chávez Dávalos Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Concha Arellano Elpidio Desiderio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel David David Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga Heliodoro Carlos Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Gastélum Bajo Diva Hadamira Godínez y Bravo Rebeca Gómez Carmona Blanca Estela Gómez Sánchez Alfredo González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín González Ruíz Alfonso Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez Corona Leticia Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Gutiérrez Romero Marco Antonio Guzmán Santos José Hernández Bustamante Benjamín Hernández Pérez David Herrera León Francisco Herrera Solís Belizario Iram Ibáñez Montes José Angel Islas Hernández Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Macías Carlos Martín Jiménez Sánchez Moisés Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas Graciela Leyson Castro Armando Lomelí Rosas J. Jesús López Aguilar Cruz López Medina José Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López Gema Isabel Martínez López Margarita Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Maya Pineda María Isabel Mazari Espín Rosalina Medina Santos Felipe Mejía González Raúl José Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arcos Mario Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos Gustavo Muñoz Muñoz José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Neyra Chávez Armando Olmos Castro Eduardo Orantes López María Elena Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora Juan Carlos Pimentel González Oscar Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda Luis Antonio Ramón Valdez Jesús María Ramos Salinas Óscar Martín Rangel Espinosa José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona Sonia Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Ochoa Alfonso Rodríguez Rocha Ricardo Rojas Gutiérrez Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Cerón Gonzalo Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Sagahon Medina Benjamín Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez Hernández Alfonso Sánchez López Jacobo Sánchez Vázquez Salvador Sandoval Figueroa Jorge Leonel Sandoval Urbán Evelia Scherman Leaño María Esther de Jesús Silva Santos Erick Agustín Soriano López Isaías Sotelo Ochoa Norma Elizabeth Suárez y Dávila Francisco Tapia Palacios Paulo José Luis Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García Quintín Vega Carlos Bernardo Vega Murillo Wintilo Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Vidaña Pérez Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García Adrián Villegas Arreola Alfredo Wong Pérez José Mario Yabur Elías Amalin Yu Hernández Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Zúñiga Romero Jesús Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 153 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 49 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 22 Total diputados: 224 Aldaz Hernández Huberto Alegre Bojórquez Ricardo Alexander Rábago Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Monje Fernando Álvarez Ramos J. Irene Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Bermúdez Méndez José Erandi Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Chavarría Salas Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa Roberto Contreras Covarrubias Hidalgo Córdova Villalobos José Angel Corella Manzanilla María Viola Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Cortés Mendoza Marko Antonio Cruz García Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales Blanca Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Fuentes Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gallardo Sevilla Israel Raymundo Gámez Gutiérrez Blanca Amelia García Velasco María Guadalupe Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Carrillo Adriana González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Morfín José González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Martínez Ruth Trinidad Herrera Tovar Ernesto Hinojosa Moreno Jorge Luis Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez José Francisco Javier Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo Francisco Isaias Llera Bello Miguel Angel Loera Carrillo Bernardo López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Marquez Lozornio Salvador Martínez Cázares Germán Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Nader Nasrallah Jesús Antonio Núñez Armas Juan Carlos Obregón Serrano Jorge Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández Margarita Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Talavera Hernández María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Marcos Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Userralde Gordillo Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio Edmundo Gregorio Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 105 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 18 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 23 Total diputados: 146 Alonso Raya Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas René Avilés Nájera Rosa María Bagdadi Estrella Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Rosalía Boltvinik Kalinka Julio Brugada Molina Clara Marina Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Díaz Del Campo María Angélica Díaz Palacios Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Espinoza Pérez Luis Eduardo Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Figueroa Romero Irma Sinforina Flores Mendoza Rafael Franco Hernández Pablo García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana García Ochoa Juan José García Solís Iván García Tinajero Pérez Rafael Garfias Maldonado María Elba Gómez Álvarez Pablo González Bautista Valentín González Salas y Petricoli María Marcela Guillén Quiroz Ana Lilia Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Guzmán Cruz Abdallán Hernández Ramos Minerva Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Luna Hernández J. Miguel Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Della Rocca Salvador Pablo Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Mícher Camarena Martha Lucía Mojica Morga Beatriz Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Moreno Álvarez Inelvo Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza Francisco Javier Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Ortiz Pinchetti José Agustín Roberto Padierna Luna María De Los Dolores Pérez Medina Juan Portillo Ayala Cristina Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide Bernardino Rodríguez Fuentes Agustín Rosas Montero Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Salinas Narváez Javier Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Sigala Páez Pascual Silva Valdés Carlos Hernán Suárez Carrera Víctor Tentory García Israel Torres Baltazar Edgar Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González Emilio Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 72 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 20 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 5 Total diputados: 97 Agundis Arias Alejandro Alvarado Villazón Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline Guadalupe Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro Fuentes Villalobos Félix Adrián González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Legorreta Ordorica Jorge Lujambio Moreno Julio Horacio Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Velasco Coello Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 11 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 5 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 17 Espinosa Ramos Francisco Amadeo González Yáñez Alejandro González Yáñez Óscar Guajardo Anzaldúa Juan Antonio Padilla Peña Joel Vázquez González Pedro Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 6 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Maldonado Venegas Luis Martínez Álvarez Jesús Emilio Moreno Garavilla Jaime Miguel Perdomo Bueno Juan Fernando Asistencias: 0 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 4 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala Isidro Clouthier Carrillo Tatiana Ruíz Esparza Oruña Jorge Roberto Total diputados: 3 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Aguirre Rivero Ángel Heladio Aragón Del Rivero Lilia Isabel Cervantes Vega Humberto Chávez Dávalos Sergio Armando Córdova Martínez Julio César Fajardo Muñoz María Concepción Galván Guerrero Javier Alejandro Marrufo Torres Roberto Antonio Meza Cabrera Fidel René Morales Flores Jesús Moreno Arcos Mario Murat Hinojosa Alejandro Ismael Olmos Castro Eduardo Orantes López María Elena Posadas Lara Sergio Arturo Robles Aguilar Arturo Rodríguez Anaya Gonzalo Rojas Gutiérrez Francisco José Salazar Macías Rómulo Isael Sandoval Figueroa Jorge Leonel Soriano López Isaías Vega Carlos Bernardo Faltas por grupo: 22 Álvarez Mata Sergio Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Contreras Covarrubias Hidalgo De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Flores Mejía Rogelio Alejandro Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Garza José Julio González González Ramón Gutiérrez Ríos Edelmira López Mena Francisco Xavier López Villarreal Manuel Ignacio Ortíz Domínguez Maki Esther Ramírez Luna María Angélica Rojas Toledo Francisco Antonio Sacramento Garza José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Suárez Ponce María Guadalupe Trejo Reyes José Isabel Triana Tena Jorge Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Zavala Peniche María Beatriz Faltas por grupo: 23 Avilés Nájera Rosa María Cota Cota Josefina Gómez Álvarez Pablo Mora Ciprés Francisco Rodríguez Fuentes Agustín Faltas por grupo: 5 Espino Arévalo Fernando Faltas por grupo: 1 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala Isidro Faltas por grupo: 1 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes, Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arcos, Mario Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Olmos Castro, Eduardo Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Sáenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez, Alonso Adrian Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Díez de Sollano, Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez, Guillermo Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Clouthier Carrillo, Tatiana Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Camarillo Zavala, Isidro
    EFEMERIDES
    «Efeméride relativa al aniversario del ``voto de la mujer'', a cargo de la diputada María Mercedes Rojas Saldaña, del grupo parlamentario del PRI

    María Mercedes Rojas Saldaña, en mi carácter de diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 39, inciso 3, y 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, promuevo efeméride relativa al aniversario del ``sufragio femenino''.

    El voto de la mujer en México ha sido producto de continuas luchas.

    A finales de 1916, los vencedores de la Revolución se reunieron en Querétaro para redactar la nueva Constitución y Hermila Galindo se dio cuenta de la oportunidad que esto representaba para el futuro de las mujeres mexicanas, así que hizo llegar un mensaje al Congreso Constituyente en donde solicitaba el voto para la mujer.

    Galindo sustentó su petición con el argumento de que la mujer había participado en la lucha revolucionaria y merecía también ser partícipe de sus frutos. Ante esto los constituyentes rechazaron la petición manifestando en el dictamen que las mujeres no tenían ``las condiciones para ejercer los derechos políticos''. Así que Hermila Galindo decidió desafiar esa ley y se postuló como candidata a diputada por el quinto distrito electoral de la Ciudad de México en las elecciones de 1918.

    Como podemos observar, el derecho al sufragio femenino en nuestro país se logró gracias a un largo proceso en el que las manifestaciones adquirieron fuerza a partir de la segunda década del siglo XX y fue hasta el 17 de octubre de 1953 cuando se aprobó la reforma al artículo 34 de la Carta Magna, promulgada por Adolfo Ruiz Cortines; de esta forma, las mujeres adquirieron ciudadanía y, con ello, el derecho al sufragio federal. El mismo Ruiz Cortines expresó en un discurso de 1954 que ``la mujer mexicana está jurídicamente en aptitud de ejercer todos sus derechos y es factor de la mayor importancia en la actividad económica y social''.

    Por ende, debemos tener presente que las mujeres al igual que los hombres podemos ejercer el sufragio libremente y no debemos olvidar que ahora nuestro voto cobra importancia, ya que es mayoritario. Es momento de terminar con la discriminación de la cual hemos sido objeto.

    En los últimos años el sentido de la democracia ha sido uno de los puntos medulares de la política mexicana, en la que se pretende llegar al concepto de democracia como la manera en que el pueblo ejerce el gobierno de su país: a través del voto popular.

    En México hemos vivido una transformación de la democracia, cuyo proceso no se produjo propiamente el 2 de julio de 2000, sino desde mucho antes y prueba de ello es el voto tanto del hombre como de la mujer.

    Nosotras, como diputadas federales, debemos trabajar arduamente para lograr una verdadera inclusión de políticas públicas con perspectiva de género en todas las dependencias del ejecutivo y la organización de grupos de mujeres, entre otros sectores, para luchar contra la violencia que padece la mujer.

    No debemos olvidar que las mujeres jugamos un papel trascendental en la vida política de México, ya que con nuestra labor, día con día, nos encargamos de fincar los sólidos cimientos del progreso y de la cultura nacional.

    La conmemoración del día del voto de la mujer debe hacernos recapacitar y reflexionar hacia dónde vamos y cuáles han sido los derechos que se nos han vulnerado, debemos trabajar para eliminar la desigualdad e inequidad, la lucha aún no ha terminado.

    Dip. María Mercedes Rojas Saldaña (rúbrica).»«Efeméride con motivo del Día de las Naciones Unidas, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia

    La paz social interna en México y en el mundo es la base esencial de todos los pueblos para aspirar a insertarse en el progreso y desarrollo nacionales. Por ello, para el grupo parlamentario de Convergencia, sobre todo en estos momentos de cierta confusión política que vive nuestro país, es muy importante traer a la memoria de esta soberanía un breve recuento del Día de las Naciones Unidas.

    Ayer debió conmemorarse en más de 190 países el 24 de octubre de 1945, cuando se firmara la Carta de la Declaración de San Francisco por alrededor de 50 países, entre ellos México, siendo el presidente de la República Manuel Ávila Camacho. Desde entonces hasta la fecha ese documento es signado por 191 países.

    El estupor y consecuencias mortíferas de la Primera Guerra Mundial, concluida en 1918, hizo que los gobiernos de los pueblos participantes en esa conflagración constituyeran la Sociedad de las Naciones, organismo que fue incapaz de interceder para que no se desatara la Segunda Guerra Mundial en 1939.

    Sin embargo, el grupo parlamentario de Convergencia identifica los esbozos de incertidumbre que los pueblos del mundo veían desenvolverse ante sus ojos, con el creciente empuje que en Alemania tenía el Partido Nacional Socialista que encabezaba Adolfo Hitler, y, realizaron una Declaración de los Aliados en 1941, antecedente relativo de la Carta de las Naciones Unidas de San Francisco, del 24 de octubre de 1945 que hoy recordamos.

    Este documento que es impecable en sus concepciones universalistas y multilaterales, a lo largo de estos 60 años de su resolución, como sabemos ha sido violentado múltiples veces por los gobiernos de las cinco potencias militares, con armamento nuclear, originadas en el triunfo contra el nazifascismo de agosto de 1945.

    Potencias que, a juicio del grupo parlamentario de Convergencia volvieron nugatorios los principales postulados de la Carta de las Naciones Unidas, al reservarse el Derecho de Veto ante cualquier Resolución de la Asamblea General de la ONU, porque basta que una de las siguientes naciones China, Estados Unidos, Inglaterra, Francia o Rusia (la antigua URSS) se inconformen contra algún contenido de una Resolución específica, para que no sea puesta en marcha.

    El grupo parlamentario de Convergencia considera por lo tanto que el multilateralismo esencial para resolver cualquier diferendo proveniente de la Asamblea General o del Consejo de Seguridad, éste que funciona de facto todo el año, y, que se ocupa de proponer respuestas ante cualquier problema que amenace con romper la paz mundial y ponga en peligro la seguridad internacional por conflictos entre dos o más países, emite Resoluciones que deben ser obligatorias para todos los involucrados.

    Para garantizar que dichas Resoluciones se cumplan, o cuando no es posible que por medios pacíficos suceda, la ONU ha dispuesto que se conformen contingentes multinacionales de fuerzas militares de pacificación, denominadas Cascos Azules por ser éste el color emblemático que da identidad a la ONU por su simbología.

    Desafortunadamente el multilateralismo de las Naciones Unidas se ha desvirtuado, por varias razones. Una de ellas consiste en que para su funcionamiento y organización administrativos debe contar con las cuotas proporcionales que cada gobierno debe entregar.

    Estados Unidos es el mayor otorgante, inclusive porque la oficina central de la ONU funciona en su territorio de Nueva York, situación financiera que con manipulación economicista, Estados Unidos coacciona a los distintos Secretarios Generales de la ONU, para que no ejerzan con plena autoridad política, ética y moral sus mandatos, obligándolos a ejercer sus funciones con lentitud burocrática.

    Todo esto hace que las cinco potencias, particularmente Estados Unidos rompan la columna vertebral de la Carta de las Naciones Unidas, implantando de hecho decisiones unilaterales para resolver los múltiples conflictos en que está involucrado típicamente el gobierno de Estados Unidos.

    A juicio del grupo parlamentario de Convergencia eso es lo que ha sucedido en los más recientes conflictos que tiene al borde de la Tercera Guerra al mundo, con las invasiones desatadas unilateralmente por las fuerzas armadas de Estados Unidos y, algunos países sometidos a ese unilateralismo en Irak y Afganistán.

    Hay propuestas de que la sede de la ONU sea trasladada íntegramente a un país neutral por tradición. Se propone a Suecia, Suiza, Dinamarca, Holanda o Noruega.

    Pueblos que, como en el caso de Suecia, se mantuvieron neutrales en ambas guerras mundiales, lo cual garantizaría que bajo ningún pretexto se utilizara el subterfugio de conceder o no las visas, para ejercer presiones políticas o de indignidad diplomática, a los gobernantes que no son gratos a los intereses de Estados Unidos, que así impiden muchas veces la participación en las sesiones de la ONU, inclusive a mandatarios legítimos de sus pueblos.

    A pesar de todo, el grupo parlamentario de Convergencia considera que ante la vasta experiencia acumulada durante 60 años, aniversario que hoy festeja la ONU, y, que con justa razón nos alegra, es, la ONU, para estos momentos difíciles que viven la mayoría de los pueblos pobres y débiles económica y militarmente del mundo, la única instancia con posibilidades en el corto plazo para acercar a la humanidad a mayores y mejores niveles de desarrollo, progreso y convivencia con humanismo, equidad sociopolítica, económica y cultural en absoluta paz mundial.

    El grupo parlamentario de Convergencia considera que en la exacta dimensión histórica visionaria que Benito Juárez redactara en el Manifiesto a la Nación del 15 de julio de 1867, a su regreso del exilio impuesto por la intervención francesa a México: ``Entre las naciones como entre los individuos, el respeto al derecho ajeno es la paz''.

    Efeméride con motivo del 132 aniversario del natalicio de Francisco I. Madero, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia

    El 30 de octubre de 1873, es una fecha que en pleno siglo XXI, no debiéramos soslayar para traerlo a la memoria histórica de esta soberanía: ese día nació el Apóstol de la Democracia, Francisco I. Madero. A propósito de cumplirse este domingo el 132 aniversario de su natalicio, el grupo parlamentario de Convergencia se permite hacer las siguientes reflexiones:

    Cuando Francisco I. Madero publica su libro que detonaría las inquietudes antirreeleccionistas del pueblo mexicano, este revolucionario se encontraba en la plenitud de su vida. Contaba entonces con 38 años de su edad. Y la madurez que expresaban sus palabras, determinó uno de los móviles de la Revolución Mexicana: ``Sufragio Efectivo. No Reelección''.

    Los significados para el pueblo de México de ese concepto, impulsaron, a juicio del grupo parlamentario de Convergencia, uno de los ideales de la lucha por la transformación política de nuestro país: poner un dique constitucional que evitara la continuidad de la dictadura del porfiriato.

    Se intenta olvidar la historia de las luchas del pueblo mexicano por su emancipación, cuando se pretende suplantar el ideal ideológico y político de la transición a la democracia, suponiendo que nació el año 2000, cuando fuera elegido por mayoría de votos, el actual régimen del presidente Vicente Fox. No, la transición democrática nace justamente cuando Madero enlista en su Plan de San Luis la principal decisión sociopolítica de la época.

    Tampoco esa transición democrática nace por generación espontánea con las declaraciones periodísticas hechas al corresponsal de Estados Unidos, por el presidente en funciones, Porfirio Díaz, en el sentido de que él consideraba que ``el pueblo mexicano ya estaba preparado para la democracia''. Por todo ello, es deslumbrante el pensamiento del que fuera el primer presidente electo de la Revolución Mexicana, Francisco I. Madero.

    La presencia de Francisco I. Madero en el escenario prerrevolucionario de la República Mexicana, en los comienzos del siglo XX, debe considerarse como el verdadero parteaguas de las luchas democráticas de nuestro pueblo. No debiéramos pasar por alto que a partir del término del porfiriato, la recuperación democrática puede considerarse antes y después de Madero.

    Muchas de las resoluciones democráticas posteriores, a lo largo del siglo pasado, tienen como base la profundidad semántica del lema posrevolucionario: ``Sufragio Efectivo. No Reelección''. Independientemente que estemos de acuerdo en la necesidad de legislar, ahora en el siglo XXI, acerca de la reelección de los legisladores, justamente para responder al profesionalismo y evaluación que el pueblo haría en cada caso.

    Para el grupo parlamentario de Convergencia, este aniversario 132 del natalicio del presidente mártir, Francisco I. Madero, tiene mucho significado en estos momentos preelectorales para nuestro país, porque representa el simbolismo de los avatares superados de nuestros procesos democráticos, con la sola protesta y presencia de un hombre visionario como Madero, y, su entrega a ese ideal.

    El pensamiento de Madero fue la chispa que encendió la paja seca de la rebeldía y de la intuición social. El pueblo sencillo comprendió que era llegado el momento de la detonación del descontento social, éste que se encontraba larvado en todos los rincones del país, y, en todas las clases sociales.

    Las palabras de Madero unieron los destacamentos teórico-ideológicos desparramados por todos los rincones del país. Desde el norte, con Pancho Villa; en el sur con Emiliano Zapata, y, en el Bajío y centro de la República. Por ejemplo, en Puebla, como se sabe, los hermanos Serdán, los adelantados de la Revolución Mexicana, fueron los pioneros del pensamiento maderista, quienes ofrendarían su sangre y tranquilidad en aras del pensamiento maderista.

    Hoy, cuando nos encontramos inmersos con tanta anticipación en las luchas preelectorales, el grupo parlamentario de Convergencia quiere recordar a ese luchador por la democracia, porque su vida y su obra nos recuerdan, que casi 100 años después de que se lanzara a la lucha por sus ideas democráticas, las de Madero sigue vigentes.

    Porque en el siglo XXI, en la segunda elección propiamente del tercer milenio, aún no se consolida lo que ha dado en llamarse la transición a la democracia. Puesto que si lo queremos entender de ese modo, como una transición, ésta comenzó en estricto sentido con las ideas plasmadas por Francisco I. Madero.»