Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 20 de septiembre de 2005 Sesión No. 7
COMISIONES LEGISLATIVAS

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de las Mesas Directivas de la Comisión de Seguridad Pública y del Comité de Información, Gestoría y Quejas. Se aprueban

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que informa de cambios en la integración de la Comisión de Agricultura y Ganadería. De enterado

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo por el que se determina que el diputado Jorge Triana Tena presida la Comisión Especial para la Reforma del Estado durante el periodo comprendido del 16 de agosto de 2005 al 30 de abril de 2006. De enterado

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo por el que se determina que el diputado Elpidio Tovar de la Cruz presida el Comité de Administración durante el tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura. De enterado

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con acuerdo por el que se determina que la diputada Carla Rochín Nieto presida el Consejo Editorial durante el periodo comprendido del 11 de septiembre de 2005 al 5 de marzo de 2006. De enterado

FUERZAS ARMADAS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para que la Cámara de Diputados realice un reconocimiento público a las Fuerzas Armadas Mexicanas, por su destacada participación en las jornadas de asistencia humanitaria ante la destrucción ocasionada por el huracán Katrina, en el sur de los Estados Unidos de América

Intervienen sobre el tema, los diputados:

Francisco Amadeo Espinosa Ramos

Luis Antonio González Roldán

Cristina Portillo Ayala

Jesús Porfirio González Schmal

FUERZAS ARMADAS

Continúan sobre el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, los diputados:

José Erandi Bermúdez Méndez

Guillermo Martínez Nolasco

Se considera suficientemente discutido el proyecto de acuerdo y es apobado. Comuníquese

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para exhortar a los consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral a que presenten, dentro de los 30 días naturales siguientes a la aprobación del acuerdo por parte de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, un informe sobre la situación de ese Instituto y su funcionamiento, en respuesta a proposición presentada el 10 de febrero pasado. Aprobado, comuníquese

ANALISIS V INFORME DE GOBIERNO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo al cambio de fecha de la comparecencia del titular de la Secretaría de Reforma Agraria para el análisis del V Informe de Gobierno. Aprobado, comuníquese

TARIFAS ELECTRICAS

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que remite punto de acuerdo para exhortar a la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados, a que analice, discuta y promueva reformas a la legislación sobre el servicio público de energía eléctrica. Remítase a la Comisión de Energía, para su conocimiento

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que remite punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a que modifique el decreto que contiene la reforma a diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que entrará en vigor el 1o. de enero de 2006. Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Comunicación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que remite punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2006, queden incluidos recursos para impulsar las políticas de fomento de empleo e inversión productiva. Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

SECTOR AGRICOLA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2004, para solicitar a las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Hacienda y Crédito Público, modifiquen y publiquen las reglas de operación de los apoyos y servicios a la comercialización agropecuaria. Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento

PROCESO ELECTORAL 2006

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2006, considere la programación de recursos para el financiamiento de las tareas de apoyo a la transición gubernamental que deberán realizarse tras la conclusión del proceso electoral federal del 2006. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España. Se turna a la Comisión de Gobernación

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para que puedan prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México. Se turna a la Comisión de Gobernación

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España. Se turna a la Comisión de Gobernación

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para que puedan prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México. Se turna a la Comisión de Gobernación

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a cuatro ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España, respectivamente. Se turna a la Comisión de Gobernación

SISMOS DE 1985

Sobre el XX aniversario de los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985, se concede la palabra a los diputados:

Luis Maldonado Venegas

Pedro Vázquez González

Guillermo Velasco Rodríguez

Francisco Javier Saucedo Pérez

Ernesto Herrera Tovar

David Hernández Pérez

VERIFICACION DE QUORUM

Desde su curul la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, solicita la verificación del quórum y un minuto de silencio en memoria de las víctimas de los sismos de 1985. El Presidente instruye abrir el sistema electrónico de asistencia e informa que en su oportunidad se guardará el minuto de silencio solicitado

CODIGO CIVIL FEDERAL

La diputada María Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal, respecto a la población que recibe los beneficios que marca el artículo. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS

El diputado Angel Pasta Muñuzuri presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, sobre el derecho de internos a recibir educación por parte del Estado. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública

VERIFICACION DE QUORUM

La Secretaría da cuenta del registro de asistencia

SISMOS DE 1985

La Asamblea guarda el minuto de silencio solicitado por la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, en memoria de las víctimas de los sismos de 1985, entre las que se encontraron los diputados de la LIII Legislatura, María Concepción Barbosa Hernández, Alberto Sergio Mañueco Guzmán y Ricardo Hernández Casanova

ARTICULOS 99 Y 100 CONSTITUCIONALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

La diputada Eliana García Laguna presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sobre el Consejo de la Judicatura Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sobre los fondos de pensiones o jubilaciones. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL

El diputado José Mario Wong Pérez presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al trabajo penitenciario. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

El diputado Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez, a nombre propio y de la diputada María Guadalupe Suárez Ponce presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 65 de la Ley General de Educación y reforma el artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en relación con la participación de los padres de familia en las ceremonias cívicas en las escuelas de sus hijos. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Educación Pública y Servicios Educativos

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Se recibe del diputado Adrián Chávez Ruiz iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 194 - H Bis a la Ley Federal de Derechos, respecto a cuotas a cubrir por parte de cooperativas pesqueras. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

El diputado Alejandro Agundis Arias presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sobre las Comisiones de Investigación. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

ARTICULO 116 CONSTITUCIONAL

El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a los nombramientos de Magistrados y Jueces de los Poderes Judiciales estatales. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO

El diputado Marko Antonio Cortés Mendoza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 34, 34 Bis, 34 Ter, 34 Quáter, 34 Quintus y 35 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, sobre la donación o asignación de bienes. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Omar Ortega Alvarez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, en relación con el hostigamiento sexual. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY DE AMPARO - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

El diputado Roberto Antonio Marrufo Torres presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 23 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para la homologación de la cantidad de días inhábiles en los órganos del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado José Antonio Cabello Gil presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud, para incorporar a la psicología y psiquiatría dentro del Sistema de Protección Social en Salud. Se turna a la Comisión de Salud

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo V Bis, denominado Comisión Consultiva de Protección y de Gestión a los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos, a la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Energía

ARTICULO 71 CONSTITUCIONAL - REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO

El diputado Jorge Triana Tena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar al Presidente de la República la facultad de presentar iniciativas de ley o decreto con el carácter de preferentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

El diputado Federico Barbosa Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sobre la creación en la Cámara de Diputados, de la Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El diputado Fidel René Meza Cabrera presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, respecto a cambiar la frase ``credencial para votar con fotografía'' por la de ``credencial con fotografía para votar''. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY GENERAL DE EDUCACION

La diputada María Concepción Fajardo Muñoz presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, en relación con la equidad de género. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES - LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL

El diputado Gonzalo Moreno Arévalo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, sobre fiscalización de recursos que manejan los partidos y agrupaciones políticas, así como sus candidatos. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos

PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 28 al 30 de septiembre de 2005, a efecto de que realice una visita de trabajo a las ciudades de Vancouver, provincia de Columbia Británica, y Calgary, provincia de Alberta, en Canadá. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores

LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II denominado De los Derechos, a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, respecto al acceso a diversos servicios. Es de primera lectura

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, en relación con condenados por delitos contra la propiedad. Es de primera lectura

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY GENERAL DE EDUCACION

Desde su curul el diputado Wintilo Vega Murillo, solicita aclaraciones sobre el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 113 y un artículo 227 a la Ley del Impuesto sobre la Renta y reforma y adiciona el artículo 57 de la Ley General de Educación, y propone se posponga la primera lectura

Desde su curul la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, apoya la propuesta del diputado Vega Murillo y solicita se turne a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

El Presidente hace aclaraciones de procedimiento, y retira el dictamen del orden del día

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4 y 77 Bis 21 de la Ley General de Salud y reforma el artículo octavo transitorio del decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003, para incorporar a niños recién nacidos abandonados al Sistema de Protección Social en Salud. Es de primera lectura

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud, respecto a estupefacientes y substancias psicotrópicas. Es de primera lectura

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, para eximir del pago de cuotas de recuperación a menores de 5 años de familias de bajos recursos. Es de primera lectura

CONSUL HONORARIO

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán. Es de primera lectura

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México. Es de primera lectura

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a tres ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México. Es de primera lectura

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión


Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga
ASISTENCIA
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Sí, señor Presidente. Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 387 diputadas y diputados; por tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga (a las 11:19 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Martes 20 de septiembre de 2005.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

- Para que la Cámara de Diputados haga un reconocimiento a las Fuerzas Armadas Mexicanas por su destacada participación en las jornadas de atención humanitaria ante la destrucción ocasionada por el huracán Katrina, en el sur de Estados Unidos de América. (Votación)

- Para solicitar a los consejeros del Poder Legislativo del Consejo General del Instituto Federal Electoral que presenten en un plazo de 30 días un informe sobre los trabajos del mismo que contenga los elementos necesarios para conocer y analizar el funcionamiento de la institución, de cara al proceso electoral de 2006. (Votación)

- Relativo al cambio de fecha de la comparecencia del secretario de la Reforma Agraria, licenciado Florencio Salazar Adame. (Votación)

De la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Tres, con los que remite acuerdos aprobados por la Diputación Permanente.

De la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

De la Cámara de Senadores

Con el que remite acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 la programación de recursos para el financiamiento de las tareas de apoyo a la transición gubernamental que deberán realizarse tras la conclusión del proceso electoral federal del próximo año. (Turno a Comisión)

Con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración ``Medalla de Oro'' que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España. (Turno a Comisión)

Con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Reyes y Eduardo Navas Gómez para prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México. (Turno a Comisión)

Con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera y González, Joaquín Aguilar Camacho, Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon y Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de los Reinos de Suecia, y de España, respectivamente. (Turno a Comisión)

Posicionamiento de los grupos parlamentarios con motivo del XX aniversario de los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a cargo del diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona el artículo 194 H Bis a la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, y de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, suscrita por los diputados Guadalupe Suárez Ponce y Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de psicología y psiquiatría, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un Capítulo V Bis, denominado ``Comisión Consultiva de Protección y de Gestión a los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos'', a la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Federico Barbosa Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, suscrita por los diputados José Alberto Aguilar Iñárritu, Laura Elena Martínez Rivera y Claudia Ruiz Massieu Salinas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5 y 6 de la Ley de la Policía Federal Preventiva, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 76 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Elpidio Concha Arellano, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II, denominado ``De los Derechos'', a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley General de Educación.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción en el estado de Michoacán.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, María Ana Hernández Esperanza, Noé Saúl Tejeda Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y el Consulado de Estados Unidos de América y en la Embajada de Japón en México, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y el Consulado de Estados Unidos de América y en la Embajada de Australia en México.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al procurador federal de Protección al Ambiente a instaurar medidas urgentes a fin de evitar más daños ecológicos y proteger la fauna y flora del lago de Guadalupe, del municipio de Cuautitlán Izcalli, estado de México.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que, en el ámbito de las respectivas competencias, realicen visitas de inspección y/o verificación a la empresa Fiemex, SA de CV.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo a fin de exhortar a la Comisión Federal de Electricidad a tomar las medidas necesarias para evitar la emisión de elementos químicos tóxicos y a resarcir el daño causado a las tierras de producción agrícola y a la salud de los residentes del valle de Mexicali, emitidos por la planta geotermoeléctrica Cerro Prieto.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a verificar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM- 004-SEMARNAT-2002, relativa a lodos biosólidos, especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes y disposición final en la planta de Promotora Ambiental del Sureste, SA de CV (PASA).

Dictámenes negativos

De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar Nacional y su Reglamento.

De la Comisión de Defensa Nacional con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 56 de la Ley del Servicio Militar Nacional.

De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Gobernación, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción XV al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma la fracción I del artículo 1o. de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que adiciona un tercer párrafo al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que adiciona una fracción X al artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 195 y 199 del Código Penal Federal.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 294 y 296 del Código Penal Federal, y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

De la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, sobre el problema de los ex braceros, a cargo del diputado Juan José García Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos federal y estatales que implanten e instalen los equipos técnicos necesarios a fin de inhibir las señales de telefonía celular en los centros de readaptación social sujetos a su administración, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que la Cámara de Diputados manifieste su respaldo y solidaridad a las familias afectadas por las recientes lluvias, y solicite respetuosamente al titular del Ejecutivo federal que instaure medidas inmediatas y apoye económicamente al gobierno de Michoacán para resolver la problemática de todos los que se vieron afectados, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para solicitar a los gobiernos de las entidades federativas y a la Secretaría de la Función Pública el establecimiento de un convenio de coordinación a efecto de instaurar un registro de empresas constructoras que participen en licitaciones de cualquier nivel gubernamental, a cargo del diputado Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a rectificar su posición de respaldar el uso de la fuerza militar en conflictos internacionales, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral y a los Institutos Estatales Electorales a seguir fomentando la participación infantil, suscrita por las diputadas Angélica Ramírez Luna, Adriana González Furlong y María del Rocío Jaspeado Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de solicitar al secretario de Salud del Gobierno Federal que informe sobre los motivos para suspender la campaña contra la homofobia y que ésta sea difundida nuevamente en medios de comunicación y en el portal de Internet de la propia Secretaría, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a informar sobre las acciones realizadas o proyectadas para asegurar la permanencia, confidencialidad y soberanía de las redes satelitales gubernamentales que se tienen en las bandas de frecuencia C, Ku y L, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para dirigir un extrañamiento y exhortar al presidente municipal de Mérida, Yucatán, a conducirse con respeto de la investidura de los representantes populares, autoridades electas y ciudadanos en general, evitando medidas represivas, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República a actualizar el decreto por el que se sujetó el gas licuado de petróleo a precios mínimos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2003, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores a permitir la participación de organizaciones civiles en el proceso de repatriación voluntaria, a cargo de la diputada Ruth Trinidad Hernández Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al ejido San Rafael, municipio de Contepec, Michoacán, a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, en coordinación con la Semarnat, al Instituto Nacional de Ecología y a los gobiernos de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas a implantar un programa permanente de verificación vehicular, a cargo del diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar los recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 asignados al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, a cargo de la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Educación Pública federal y de las entidades federativas a establecer acciones coordinadas que posibiliten a los connacionales que regresan al país por efecto del huracán Katrina la inscripción de sus hijos en escuelas de niveles básico y medio, a cargo de la diputada Margarita Chávez Murguía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad que actualice los registros de temperaturas medias mensuales de diversos municipios de Michoacán para reclasificar la tarifa de consumo que se les aplica, a cargo del diputado Israel Tentory García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que se difunda el reconocimiento de la matrícula consular como identificación oficial, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a estudiar, mediante la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura, la factibilidad de acondicionar módulos en los muelles para la venta de permisos individuales de pesca deportivo-recreativa, a cargo del diputado Raúl Leonel Paredes Vega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al secretario de Hacienda y Crédito Público a aplicar con la mayor brevedad el presupuesto aprobado para la adquisición de terrenos en zonas arqueológicas prioritarias y la realización de estudios destinados a la incorporación de las comunidades a los proyectos de desarrollo vinculados con las zonas de monumentos arqueológicos, a cargo de la diputada Marbella Casanova Calam, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al secretario de Comunicaciones y Transportes que instruya de inmediato la ejecución de la obra carretera libre a Zapotlanejo, en Jalisco, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios que prohíban la comercialización, distribución y venta de la fórmula láctea infantil Enfamil, producida por el laboratorio Bristol Mayers Squibb, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a considerar en el ejercicio fiscal de 2006 un aumento del Presupuesto federal, en los Ramos 33 y 28, destinado al municipio de Suchiate, solicitando un incremento de 100 por ciento para satisfacer con mayor eficacia sus necesidades, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a solicitar oficialmente al Gobierno de Austria y al Museo de Etnología de ese país a devolver al nuestro el penacho de Moctezuma para ponerlo en custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la SHCP a publicar las reglas de operación sobre el funcionamiento del fideicomiso para el pago de braceros, así como a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía a destinar a dicho fideicomiso una partida presupuestal en el ejercicio fiscal de 2006, a cargo del diputado Alfonso Nava Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a no disminuir el arancel de las importaciones de productos de acero, a cargo del diputado Enrique Burgos García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SEP, a la Sedena, al IMSS, al ISSSTE, a la PGR y al Gobierno del Distrito Federal a cumplir la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-SSA2-1999, para la prevención, el tratamiento y el control de las adicciones, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin que en la elaboración del Presupuesto para el ejercicio fiscal de 2006, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública traslade del Ramo 11 al 25 las asignaciones salariales de los trabajadores del Colegio de Bachilleres, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Excitativa

A las Comisiones de Puntos Constitucionales, de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Crédito Público, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes trece de septiembre de dos mil cinco, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos cincuenta y nueve diputadas y diputados, a las diez horas con dos minutos del martes trece de septiembre de dos mil cinco, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa, en votación económica, la lectura del orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicación de la Cámara de Senadores con la que remite acuerdo del Congreso del estado de Hidalgo por el que manifiesta su respaldo a la iniciativa que reforma el artículo sesenta y nueve del Código Fiscal de la Federación, enviada por el Congreso del estado de San Luis Potosí. Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Comunicación de la Asamblea Legislativa con la que informa de la instalación del Parlamento de la Juventud del Distrito Federal dos mil cinco. De enterado.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

  • Con la que propone cambios en la integración de la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, Sociedad Anónima de Capital Variable. De enterado.

  • Con proyecto de acuerdo relativo al cambio de fecha de la comparecencia del titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • Evangelina Pérez Zaragoza, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo treinta y cuatro de la Ley General de Desarrollo Social.Presidencia del diputado Álvaro Elías Loredo

    Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Asuntos Indígenas.

  • Omar Bazán Flores, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento setenta y uno del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona el artículo octavo de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. A las diez horas con treinta y seis minutos la Secretaría instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación e informa del registro de trescientos noventa y dos diputadas y diputados.

  • Juan Fernando Perdomo Bueno, de Convergencia, que reforma los artículos trescientos seis y trescientos ocho del Código Federal de Procedimientos Civiles. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • José Porfirio Alarcón Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un Título Décimo Segundo, denominado Del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Janette Ovando Reazola, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo ochenta y dos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Angélica de la Peña Gómez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos cincuenta y dos y cincuenta y cuatro del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona los artículos segundo y décimo de la Ley General de Personas con Discapacidad. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

  • Juan Fernando Perdomo Bueno, de Convergencia, que reforma el artículo mil sesenta y nueve del Código de Comercio. Se turna a la Comisión de Economía.

  • Federico Madrazo Rojas, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • José Ángel Córdova Villalobos, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona el artículo quinto de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Jazmín Elena Zepeda Burgos, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo cincuenta y uno de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

  • Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social.

  • Lázaro Arias Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un artículo noveno transitorio a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores. Se turna a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social. Con posterioridad y a solicitud del diputado Arias Martínez atendida por la Presidencia, se turna exclusivamente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • José Ángel Córdova Villalobos, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo quinto de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Óscar González Yáñez, del Partido del Trabajo, que adiciona el artículo sesenta de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Se turna a la Comisión de Comunicaciones.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

    El Presidente informa que el siguiente punto del orden del día es la discusión de dictámenes con puntos de acuerdo. Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, solicita que dichos dictámenes se voten económicamente en un solo acto. El Presidente hace aclaraciones de procedimiento y comunica que los dictámenes se votarán en conjunto, salvo el primero, que está reservado para proponer modificaciones.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto de acuerdo para exhortar a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a que lleven a cabo las acciones necesarias para desalojar los asentamientos irregulares ubicados en la reserva de la biosfera de Montes Azules. Habla el diputado Adrián Chávez Ruiz, del Partido de la Revolución Democrática, en contra del resolutivo tercero del punto de acuerdo y propone modificaciones a las que la Secretaría da lectura y la Asamblea admite en votación económica. Se aprueba el punto de acuerdo con las modificaciones admitidas en votación económica. Comuníquese.

    Sin discusión, en votación económica en conjunto se aprueban los siguientes dictámenes:

  • De la Comisión de Cultura con punto de acuerdo para exhortar al Presidente de la República y al Secretario de Educación Pública, a que expidan la declaratoria correspondiente a efecto de que el predio denominado Rancho las Trancas, cuente con la protección legal que le corresponde.

  • De las Comisiones Unidas de Gobernación y de Turismo con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a que informe sobre el fundamento, criterios y condiciones bajo los que se otorgan permisos para realizar sorteos por televisión; sobre la cantidad de permisos otorgados; sobre las participaciones que han correspondido al gobierno federal por los productos obtenidos por los permisionarios que realizan sorteos por televisión, así como sobre su destino y el estado que guarden las quejas presentadas al respecto.

  • De las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos con punto de acuerdo para exhortar a las autoridades del Distrito Federal, en particular a la Secretaría de Salud, a que se lleve a cabo una investigación a fondo de la situación que guarda el servicio médico de los hospitales del Gobierno del Distrito Federal.

  • De la Comisión de Pesca con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal, a que través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, instruya al Instituto Nacional de la Pesca, para que continúe con las investigaciones necesarias para optimizar los diseños de las redes de arrastre empleadas por la flota camaronera comercial, a fin de reducir la relación de las capturas de fauna de acompañamiento con respecto a la captura de camarón.

    Comuníquense.

    A solicitud de la Junta de Coordinación Política, la Asamblea aprueba modificar el orden del día para incorporar los siguientes asuntos:

  • Proyecto de acuerdo relativo a la integración de la delegación permanente de diputados representantes ante la Comisión Parlamentaria Mixta Unión Europea -- México. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Comunicación del diputado Arturo Osornio Sánchez con la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse del cargo de diputado federal electo en el primer distrito del estado de México. La Secretaría da lectura a los puntos de acuerdo por los que se concede la licencia solicitada y se llama al suplente y la Asamblea los aprueba en votación económica.

    El Presidente informa de la recepción de dos proposiciones con puntos de acuerdo de las diputadas:

  • Maki Esther Ortiz Domínguez, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Secretaría de Salud y a las autoridades sanitarias del estado de Tamaulipas, a que fortalezcan las acciones de prevención y control a fin de erradicar el brote de dengue clásico y hemorrágico en esa entidad federativa. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para crear una Comisión Especial para fortalecer la protección a periodistas, medios de comunicación y la libertad de expresión. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

    Presentan proposiciones con punto de acuerdo los diputados:

  • Víctor Hugo Adrián Islas Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, para crear la Comisión Especial de la Función Pública. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

  • Miriam de Lourdes Arabian Couttolenc, del Partido Acción Nacional, para que comparezca el Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, ante las comisiones de Vivienda y de Seguridad Social, a fin de que informe sobre el estado que guardan los conjuntos habitacionales construidos en la llamada línea uno. Se turna a las Comisiones Unidas de Vivienda y de Seguridad Social.

  • Juan Pérez Medina, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar al titular de la Secretaría de Educación Pública, a funcionarios del gobierno del estado de San Luis Potosí y del Colegio de Educación Profesional Técnica, a reinstalar a profesores despedidos, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa manera el asunto en votación económica. Hablan los diputados: Pablo Franco Hernández y Agustín Rodríguez Fuentes, del Partido de la Revolución Democrática, en pro; y Marco Antonio Gama Basarte, del Partido Acción Nacional, en contra. Rectifican hechos los diputados Franco Hernández y Gama Basarte. La Asamblea considera suficientemente discutido el asunto en votación económica. Desde su curul la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Partido de la Revolución Democrática, con el apoyo de otros diputados, solicita que la votación del punto de acuerdo sea nominal y por doscientos doce votos en pro, ciento veintiuno en contra y cuatro abstenciones, se aprueba. Comuníquese.

  • Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, del Partido Acción Nacional, a nombre de integrantes de la Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional del Sur -- Sureste de México, para exhortar a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes y de la Función Pública, a que liberen los recursos para la construcción del Puerto Fronterizo El Ceibo, en el estado de Tabasco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar al Secretario de Educación Pública a que aperciba a las autoridades de los centros educativos particulares, para que se sujeten a la escala de evaluación vigente en el país. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

  • Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a que revise y analice la posibilidad de reformar las disposiciones referentes a la compraventa de vivienda estipuladas en los artículos dos mil trescientos diecisiete y dos mil trescientos vente del Código Civil del Distrito Federal. Se turna a la Comisión del Distrito Federal.

  • María Guadalupe Morales Rubio, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, verifique e inspeccione las instalaciones de la planta de Petróleos Mexicanos -- Satélite Oriente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • María Guadalupe Morales Rubio, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar al Instituto Nacional de Migración, la instalación de un módulo de revisión e inspección en la Terminal Central de Autobuses de Oriente, con el fin de prevenir la llegada de inmigrantes centroamericanos integrantes de la organización delictiva conocida como Mara Salvatrucha. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Blanca Amelia Gámez Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, para exhortar al Ejecutivo a que, a través de la Embajada de México en los Estados Unidos de América, realice gestiones a fin de obtener y compartir con las autoridades estatales y municipales de los estados fronterizos, el padrón que identifica a los connacionales deportados que han compurgado sentencias por delitos graves en la Unión Americana, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa forma el asunto en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma manera. Comuníquese.

    Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli
  • Omar Bazán Flores, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar al Ejecutivo Federal y a las secretarías de Energía, de Economía y de Hacienda y Crédito Público, a que modifiquen el decreto del dieciséis de mayo de dos mil cinco para contemplar al estado de Chihuahua dentro del esquema del subsidio para el gas doméstico. La Presidenta informa de la recepción de esta proposición y la turna a las Comisiones Unidas de Energía, de Economía y de Hacienda y Crédito Público.

  • Omar Bazán Flores, del Partido Revolucionario Institucional, para que se autorice en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, una partida especial para subsidiar el gas doméstico. La Presidenta informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Martha Palafox Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional, para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, una partida especial para la construcción y pavimentación del tramo carretero Altzayanca, Tlaxcala -- Libres, Puebla. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Desde su curul el diputado José Adolfo Murat Macías, del Partido Revolucionario Institucional, solicita la verificación de quórum y por indicaciones de la Presidencia, la Secretaría instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para atender lo solicitado.

  • Janette Ovando Reazola, del Partido Acción Nacional, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, se asignen recursos adicionales para la construcción de un hospital en el municipio de San Cristóbal de las Casas, Chiapas. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Martha Palafox Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional, para que la Secretaría de Salud incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, una partida especial para la construcción de un hospital de especialidades, en el municipio de Huamantla, en el estado de Tlaxcala. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • José Juan Bárcenas González, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Secretaría de Gobernación a que incluya en el calendario cívico de conmemoraciones el Día Nacional del Cooperativismo. Se turna a la Comisión de Gobernación. Con el registro de trescientos cuarenta y tres diputadas y diputados se confirma la existencia de quórum.

  • Sergio Armando Chávez Dávalos, del Partido Revolucionario Institucional, en relación con los hechos delictivos ocurridos en el municipio de Tonalá, Jalisco, y solicita trámite de urgente resolución. La Secretaría recoge votación económica para el trámite solicitado e informa que la mayoría es por la afirmativa. En virtud de dudas sobre el resultado de la votación, la Presidenta instruye se recoja votación nominal, y por doscientos seis votos en pro, ciento dieciocho en contra y cinco abstenciones, no se considera de urgente resolución por no alcanzar la mayoría calificada requerida. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • José Antonio Cabello Gil, del Partido Acción Nacional, para exhortar a las instituciones públicas integradas en el Consejo de Salubridad General, a que se cumplan las disposiciones relativas al abasto de medicamentos del cuadro básico para primer nivel de atención y del catálogo para segundo y tercer nivel de atención. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Víctor Hugo Adrián Islas Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar la asignación de recursos adicionales, derivados de excedentes petroleros, para las entidades federativas que presentan mayor riesgo de siniestralidad, por existir en su territorio pozos y complejos petroleros y complejos petroquímicos. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • José Juan Bárcenas González, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Secretaría de Gobernación a que incluya en el calendario cívico de conmemoraciones el Día cuando cuatrocientas familias indígenas tlaxcaltecas salieron hacia el norte del país para apoyar su colonización. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Gonzalo Alemán Miglolio, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar a la Secretaría de Salud a que considere coordinar con las autoridades correspondientes del estado de Tamaulipas, un operativo de emergencia para la prevención y control del dengue, y solicita trámite de urgente resolución. Así considera el asunto la Asamblea en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma forma. Comuníquese.

    Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra
  • Norberto Enrique Corella Torres, del Partido Acción Nacional, para solicitar a la Secretaría de Salud presente un informe sobre los contenidos de los programas y actividades para la prevención, tratamiento y control de la obesidad infantil. Se turna a la Comisión de Salud.

  • Francisco Javier Bravo Carvajal, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar a las autoridades de justicia y de seguridad pública estatales y municipales del estado de Jalisco, a que no limiten ni disminuyan los recursos complementarios que se entregan a los trabajadores de las diversas corporaciones del área de seguridad pública de esa entidad federativa, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea no considera de esa forma el asunto en votación económica. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública.

  • Martha Leticia Rivera Cisneros, del Partido Acción Nacional, para exhortar a los congresos de los estados a que realicen anualmente parlamentos de Niñas y Niños en sus respectivas entidades federativas. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • José Ángel Córdova Villalobos, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Secretaría de Salud, a que incluya de manera progresiva la aplicación de la vacuna contra el neumococo dentro del esquema básico de vacunación, iniciado con la población de mayores riesgos. Se turna a la Comisión de Salud.

  • José Evaristo Corrales Macías, del Partido Acción Nacional, para exhortar a las legislaturas locales a que establezcan una Comisión de Pesca y Acuacultura, y solicita trámite de urgente resolución. El Presidente hace comentarios de procedimiento, considerando no procedente el trámite solicitado, y turna la proposición a la Comisión de Gobernación. Desde su curul el diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional, hace comentarios de procedimiento y solicita se consulte a la Asamblea si el asunto es de urgente resolución. La Asamblea considera de esa forma la proposición en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo respectivo de la misma manera. Comuníquese.

    El Presidente informa de la recepción de las siguientes solicitudes de excitativa de los diputados:

  • Marcela Guerra Castillo, del Partido Revolucionario Institucional, a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía, en relación con la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo a replantear la fórmula del precio del gas natural, presentada el diez de marzo de dos mil cuatro.

  • Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura y Ganadería, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Protección y Conservación del Ecosistema Manglar y que reforma y adiciona la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable, presentada el cuatro de mayo de dos mil cinco.

  • Integrantes de la Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los programas y proyectos de desarrollo regional del Sur -- Sureste de México, a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el siete de octubre de dos mil cuatro.

  • María de Jesús Aguirre Maldonado y Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del Partido Revolucionario Institucional, a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Defensa Nacional, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada el ocho de febrero de dos mil cinco.

  • Jorge Triana Tena, del Partido Acción Nacional, a las comisiones de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo doscientos treinta del Código Penal Federal, adiciona el artículo doscientos veintiséis bis y reforma el artículo cuatrocientos veinte de la Ley General de Salud, presentada el treinta de noviembre de dos mil cuatro.

    El Presidente formula la excitativa que corresponde en cada caso.

    El Presidente informa de la recepción de una proposición con punto de acuerdo del diputado Ramón Galindo Noriega, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a que derogue los artículos novecientos veinticinco y novecientos veinticinco -- A del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, para eliminar el concepto de adopción simple, y la turna a la Comisión del Distrito Federal.

    El Presidente informa de la recepción de una solicitud de la diputada Magdalena Adriana González Furlong, del Partido Acción Nacional, para modificar el turno de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de seguro popular, presentada por el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, en sesión de la Comisión Permanente de fecha tres de agosto de dos mil cinco, y turna la iniciativa de referencia a la Comisión de Salud, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

    El Presidente informa que la última verificación de quórum servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las catorce horas con cincuenta y cuatro minutos, citando para la próxima que tendrá lugar el martes veinte de septiembre de 2005 a las honce horas.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada, el acta.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, segundo párrafo, del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito que se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio en Comisión, solicitado por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia, subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Que el diputado Antonio Morales de la Peña se integra como secretario en la Comisión de Seguridad Pública.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 12 de septiembre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica, se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del Diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo primero, inciso c) en relación con el artículo 44, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, segundo párrafo del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio en Comité, solicitado por el Diputado José Antonio De La Vega Asmitia, subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Que la diputada Concepción Cruz García sustituya al diputado Miguel Angel Rangel Avila, como Secretario en el Comité de Información, Gestoría y Quejas.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, 19 de septiembre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobada.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c) y 44, punto 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, segundo párrafo del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio en Comisión, solicitado por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

  • Que el diputado Isidro Camarillo Zavala se integra a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, 12 de septiembre de 2005.--- Diputado Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 34 numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención al resolutivo cuarto del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea la Comisión Especial para la reforma del Estado, y el respectivo de su propia integración, se adopta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- En términos del Acuerdo de Creación de la Comisión Especial para la Reforma del Estado y su propia integración, se determina que el diputado Jorge Triana Tena presida el órgano referido para el periodo comprendido del 16 de agosto de 2005 al 30 de abril de 2006.

    Segundo.- Comuníquese para los efectos conducentes al Pleno de la Cámara de Diputados.

    Tercero.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo, 12 de septiembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a), Presidente y coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello, Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 34 numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en atención al resolutivo cuatro del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Comité de Administración, y el respectivo de su propia integración, se adopta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- En términos del Acuerdo de creación del Comité de Administración y su propia integración, se determina que el diputado Elpidio Tovar de la Cruz presida el órgano referido para el tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura.

    Segundo.- Comuníquese para los efectos conducentes al Pleno de la Cámara de Diputados.

    Tercero.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 19 de septiembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente y coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 34 numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en atención al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Consejo Editorial, y el respectivo de su propia integración, se adopta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- En términos del Acuerdo de creación del Consejo Editorial y su propia integración, se determina que la diputada Carla Rochín Nieto, presida el órgano referido para el periodo del 11 de septiembre de 2005 al 5 de marzo del 2006.

    SEGUNDO.- Comuníquese para los efectos conducentes al Pleno la Cámara de Diputados.

    TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria

    Palacio Legislativo, México, DF, a 19 de septiembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.
    FUERZAS ARMADAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para que la Cámara de Diputados realice un reconocimiento a las Fuerzas Armadas Mexicanas por su destacada participación en las jornadas de asistencia humanitaria ante la destrucción ocasionada por el huracán Katrina en el sur de Estados Unidos

    Considerandos

    I. Que el 19 de septiembre del presente año, durante la sesión de la Junta de Coordinación Política, el diputado Jesús Martínez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario de Convergencia, propuso a esta Junta la elaboración de un punto de acuerdo para que la H. Cámara de Diputados exhorte a un reconocimiento nacional a las Fuerzas Armadas Mexicanas por su desempeño durante las jornadas de rescate internacional realizadas por la destrucción ocasionada por el paso del huracán Katrina en el Sur de Estados Unidos.

    II. Que la Junta de Coordinación Política, en la sesión mencionada, abordó el tema y consideró importante realizar un reconocimiento a las Fuerzas Armadas de México por la ayuda humanitaria que brindaron a los damnificados por el huracán Katrina.

    Con base en lo anterior y con fundamento en el artículo 34, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política propone al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Único. Que la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados realice un reconocimiento público a las Fuerzas Armadas Mexicanas por su destacada participación en las jornadas de asistencia humanitaria ante la destrucción ocasionada por el huracán Katrina en el sur de Estados Unidos.

    Palacio Legislativo, a 20 de septiembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello, Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia tiene registrados para hacer uso de la tribuna a los siguientes diputados y diputadas: diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo; diputado Luis Antonio González Roldán, del Partido Verde Ecologista de México; diputada Cristina Portillo Ayala, del Partido de la Revolución Democrática; diputado José Bermúdez Méndez, del Partido Acción Nacional; y diputado Guillermo Martínez Nolasco, del Partido Revolucionario Institucional.

    En consecuencia, se concede el uso de la palabra al diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos.

    El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados: la decisión del Ejecutivo federal de enviar ayuda a los damnificados del huracán Katrina en el territorio de Estados Unidos es una medida digna de encomio; es la fiel expresión de nuestra política exterior, siempre solidaria y fraterna con los pueblos caídos en desgracia.

    Bien por nuestras Fuerzas Armadas que, con su granito de arena, apoyan a los que quedaron sin comida y sin tener con que cobijarse. Bien por los soldados mexicanos que, con su experiencia en eventos de ese tipo, tienen la capacidad y los medios para atender a la población desamparada. Pero lo cierto es que, como mexicanos, habríamos querido acciones de más fondo por parte del Ejecutivo federal ante ese meteoro, que causó tantos daños. ¿Por qué? Porque, como hemos visto en las desgarradoras escenas que nos envían los medios electrónicos, son los pobres, sin importar su color o su idioma, los que más sufren en esta furia de la naturaleza, exacerbada por el gobierno del imperio, que se niega a colaborar para evitar el sobrecalentamiento global del planeta. Siempre dicen no a la firma del Protocolo de Kyoto.

    Porque son los mexicanos, los latinos en general y los negros los que más han padecido las consecuencias de este tremendo azote. Porque nos duele que los indocumentados, trátese de mexicanos o de cualquier otra nacionalidad, tengan que estar entre las ruinas de Nueva Orleans escondidos, agazapados, como animales perseguidos, temerosos de ser expulsados. De nada sirve que Bush se haga de la vista gorda y que, tímidamente, diga que no habrá acciones contra ellos. Nos habría gustado que el Presidente Fox hubiera dicho a su homónimo del país del norte, de manera abierta y franca, que no debería ejecutar ninguna acción contra cualquier indocumentado, sin importar su nacionalidad, y en particular con los nuestros; que ahí estaban los mexicanos que se fueron de nuestro país para buscar la oportunidad que aquí se les ha negado, trabajando honradamente, ganándose el pan para su familia; que los respetara y ayudara como a cualquier otro ciudadano de su país; y que se garantizara su permanencia porque ahí están. Katrina fue la evidencia más clara de su existencia.

    Esa desgracia es el argumento palmario de la necesidad de tener un acuerdo migratorio entre México y Estados Unidos. Los hechos dicen más que mil palabras. Porque, como hemos visto en las imágenes y en los medios escritos, ahí se muestra claramente quiénes son los encargados de limpiar y reconstruir el horror que causó Katrina; son los mexicanos, son los latinos, son los negros quienes hacen esas tareas. La mano del pueblo y gobierno cubanos, por ejemplo, quedó tendida: Fidel Castro ofreció los buenos oficios de los excelentes médicos cubanos para socorrer a la población que necesitaba urgentemente de esos servicios.

    Pero el miedo al terror o la tozudez del ranchero texano impidió que un gesto de buena voluntad se concretara; pudo más la soberbia del imperio que el dolor del pueblo norteamericano. Ésas son las absurdas contradicciones de un mundo globalizado que en la desgracia muestra su verdadero rostro. Ante todo esto, el gesto de los mexicanos de apoyar y auxiliar en una de las peores desgracias que hayan ocurrido al pueblo vecino del norte queda como una muestra indeleble de la nobleza y la solidaridad que nos caracterizan. Por eso, el Partido del Trabajo apoya el punto de acuerdo en comento. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la palabra el diputado Luis Antonio González Roldán, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.El diputado Luis Antonio González Roldán:

    Con su venia, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados: en los albores del siglo XIX, el Ejército Mexicano ingresó en territorio del vecino país del norte. En 1846, militares mexicanos llegaron hasta el norte del río Bravo, en Texas, un territorio que poco antes se había sumado a Estados Unidos. México no reconocía en ese entonces el río Bravo como la frontera con el vecino país del norte; entre ambos países estalló entonces una guerra que, en 1848, privó a México de la mitad de su territorio.

    Por primera vez en más de 150 años, un total de 167 soldados mexicanos cruzaron a territorio estadounidense como comisionados para aplicar el Plan de Emergencias en Casos de Desastres Naturales en la nación norteamericana. El convoy de 45 vehículos militares y 165 efectivos cruzó la frontera por el puente Colombia, Nuevo León, aproximadamente a las 8 de la mañana del 8 de septiembre, para conducir una misión de ayuda humanitaria a miles de damnificados del huracán Katrina refugiados en Texas. El personal militar que ingresó en Estados Unidos lo hizo sin armas, con su grandeza, institucionalidad y nobleza para la atención de un desastre natural.

    En un hecho histórico, los soldados mexicanos cruzaron la frontera en una caravana militar al mando del General Francisco Ortiz Valadés y transportaron todo lo necesario para alimentar hasta a 7 mil personas tres veces al día durante un mes. Entre las encomiendas que cumple el contingente militar están las de desplegar su misión de ayuda entre los más de 5 mil damnificados albergados temporalmente en las instalaciones de la ex Base de la Fuerza Aérea Kelly, al sur de San Antonio, Texas. A su llegada a territorio estadounidense, la caravana militar mexicana fue recibida por el General Braseck, Subcomandante del Quinto Cuerpo del Ejército de Estados Unidos, quien reconoció la valiosa colaboración de México ante esa contingencia y declaró estar muy impresionado por la capacidad y el profesionalismo del Ejército Mexicano para conducir ese tipo de misiones.

    Cabe mencionar que los soldados mexicanos han tenido experiencias previas en misiones de ayuda internacional, desplegadas principalmente en Centro y Sudamérica. Ahora bien, la labor social de nuestra Fuerza Armada en el extranjero nos permite contar como país con una posición importante en el concierto mundial. Hoy confirmamos nuestra postura pacifista y reafirmamos la importancia de continuar defendiendo los postulados de nuestra política exterior. Hoy, nuestras Fuerzas Armadas no sólo saben defender con orgullo y valentía nuestra patria sino que, también, son capaces de ofrecer sus servicios incondicionalmente a otro país, y lo han hecho porque la solidaridad es su principal arma.

    No dejamos pasar por alto que las labores de Ejército Mexicano son claro reflejo del espíritu de solidaridad humana que nos vincula e identifica a todos los mexicanos. Reconozcamos entonces todas las labores que realiza el Ejército Mexicano, desde el difícil combate del narcotráfico hasta la correcta aplicación de los diferentes planes de ayuda para la población. Hoy, nuestro Ejército está preparado para cumplir cabalmente la importante misión que se le encomienda. Por eso, el Partido Verde Ecologista de México se suma al reconocimiento de nuestras Fuerzas Armadas porque son un ejemplo de esfuerzo y colaboración mundial, así como un orgullo para todo el pueblo de México. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la palabra la diputada Cristina Portillo Ayala, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos. La diputada Cristina Portillo Ayala:

    El Partido de la Revolución Democrática se une al reconocimiento de las Fuerzas Armadas Mexicanas por su desempeño durante las jornadas de rescate realizadas por la destrucción ocasionada por el huracán Katrina en el sur de Estados Unidos. La solidaridad internacional del pueblo mexicano se vio a través de la participación de los 200 efectivos que integraban el convoy de 45 camiones del Ejército Mexicano y los integrantes del buque Papaloapan. La misión reviste también carácter histórico porque es la primera vez en más de 150 años que soldados mexicanos pisan un territorio, el estadounidense, que hasta mediados del siglo XIX pertenecía a México. En 1836, Texas declaró su independencia de México, lo que condujo a la intervención del Ejército Mexicano, al mando del entonces Presidente Antonio López de Santa Anna. Tras una fácil victoria ante los separatistas texanos en El Álamo, el 6 de marzo de 1836 Santa Anna y sus tropas fueron sorprendidos mientras dormían, el 21 de abril del mismo año. El Presidente mexicano fue tomado prisionero y, para el 14 de mayo de 1836, firmó un acuerdo en el que se comprometía a no volver a intervenir en el territorio texano. Texas se anexó a Estados Unidos en 1845, y para 1848 Santa Anna firmó el Tratado de Guadalupe Hidalgo, que puso fin a la larga guerra y se selló con la cesión por parte de México de Arizona, Nuevo México y la Alta California, y la salida de toda autoridad y militares mexicanos.

    Estados Unidos aceptó la ayuda humanitaria de México y autorizó que personal militar colabore en las tareas de rescate. Creemos que es una medida digna del Ejército Mexicano, y nuestro país es solidario con los países en desgracia. Creemos muy importante abrir este gran debate en nuestro país sobre el papel que tendremos que tomar hacia delante en la participación del Ejército Mexicano. No podemos, no podemos dejar abierta la posibilidad de que nuestro país ingrese de facto en las operaciones de paz de Naciones Unidas sin antes haber tenido una amplia discusión en nuestro país del tema. Creemos que México no puede participar en esas operaciones y estar a la altura de países invasores porque el papel de México ha sido de país pacifista y de país que respeta la soberanía de otros. Creemos también que esta acción del Ejército Mexicano abre una posibilidad para que Estados Unidos entienda que México, a pesar de los malos tratos que ha dado el gobierno estadounidense a los migrantes, es solidario. Estamos en la posición de reclamar por supuesto a Estados Unidos, de exigir que se abra una nueva etapa de diálogo, de trato con nuestros connacionales, y una nueva etapa para firmar o avanzar en el tratado en cuestión migratoria. Es imposible tener un país tan cercano a nosotros y siempre en un papel muy indigno del gobierno mexicano de estar a las órdenes del patrón supremo. Hacemos un llamado fraterno a Estados Unidos para que, así como nosotros hemos colaborado en la desgracia con sus connacionales, ellos tengan sensibilidad suficiente para llegar a un buen acuerdo migratorio por los derechos humanos y la dignidad de nuestros connacionales en desgracia y, sobre todo, los que viven allá y trabajan para los gringos. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia ha recibido la solicitud para hacer uso de la tribuna del diputado Jesús González Schmal. Si la Asamblea no tiene ningún inconveniente, le concedo el uso de la palabra, señor diputado, hasta por cinco minutos.El diputado Jesús Porfirio González Schmal:

    Con su anuencia, señor Presidente. En efecto, esta propuesta, presentada por el coordinador de Convergencia, Jesús Martínez Álvarez, tiene como propósito que en el seno de esta representación se airee, se ventile, se conozca y se valore lo que significó la reciente salida del contingente militar mexicano para prestar ayuda a los damnificados de los estados de Texas y Louisiana, en Estados Unidos; en nuestro concepto, una acción que se puede catalogar evidentemente como encomiable y que nos merece por consiguiente pleno reconocimiento.

    Es cierto que en otras áreas de la República donde se sufrieron calamidades, desde luego de menor gravedad, también se requerían el mismo apremio y disponibilidad, que no obstante lo limitado de los recursos humanos y disponibilidad, se prestó y se contó con el ánimo de servicio y la gallardía castrense en las zonas afectadas del sureste y de Michoacán, donde también se desplegaron los efectivos necesarios y preparados dentro del Plan DN-III para auxiliar a los mexicanos en desgracia. En el caso de la salida de soldados mexicanos a Estados Unidos, la medida es evidentemente entendida en su dimensión de solidaridad universal con todos los hombres, sin distinción de credo, nacionalidad y raza. También es cierto que hubo un segundo motivo que el de solidaridad en particular, por cuanto a que en la zona devastada de Nueva Orleans se estima que viven alrededor de 150 mil mexicanos y que, por cierto, aun así apenas el año pasado se había cerrado el Consulado mexicano en dicha ciudad. Evidente, también aquí debe contrastarse este envío de elementos de las Fuerzas Armadas Mexicanas, preparadas, calificadas para esas contingencias, como una prestación de efectividad y una prestancia del Ejército Mexicano, como lo ha hecho infinidad de veces en territorio nacional.

    Precisamente hace 20 años aquí, en la Ciudad de México, también fuimos testigos de esta enorme ayuda, de esa valiente acción de nuestro Ejército en auxilio de las personas que padecieron el terremoto en 1985. Pero deben contrastarse este ánimo y esta disposición de México con la negativa histórica que también México ha tenido para prestar a su Ejército hacia acciones bélicas ofensivas contra otros pueblos o en movilizaciones de paz poco claras, que en ocasiones sólo encubren intenciones de dominio de naciones poderosas en protección de sus propios intereses económicos o de políticas de seguridad nacional.

    Por eso, el Ejército Constitucionalista, que nace justamente en el movimiento carrancista y se ratifica en el Plan de Guadalupe, de marzo de 1913, bajo las órdenes del jefe nato Venustiano Carranza, que tiene por objetivo restaurar el orden constitucional y la dignidad nacional después el asesinato del Presidente Madero. Tiene en los tiempos modernos una nueva y vital función, no sólo la de defender la patria frente a cualquier agresión del extranjero sino que, a partir de 1966, con el Plan DN-III, asumió legalmente la misión de asistir a los mexicanos en desgracia cuando son víctimas de un desastre natural o provocado por la irresponsabilidad humana y actúan como un cuerpo unido, como un contingente con disciplina, eficacia y calidez humana, en defensa de la vida y de los bienes de quienes tienen en ellos su única esperanza de sobrevivir y de servir o de recibir servicios y auxilio. Por esa razón nos sumamos al reconocimiento de este esfuerzo que, evidentemente en Estados Unidos, también llevó la ayuda necesaria, el socorro inmediato, la solidaridad de México para quienes, sin distinción --repito-- de nacionalidades, sufren las calamidades a que todos los seres humanos estamos expuestos. Muchas gracias, señor Presidente.


    REGISTRO DE ASISTENCIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico y dé cuenta del registro de diputadas y de diputados.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: ¿Falta algún diputado o alguna diputada por registrar su asistencia? Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que, hasta el momento, hay una asistencia de 442 diputadas y diputados. Se informa que quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.


    FUERZAS ARMADAS
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la palabra el diputado José Bermúdez Méndez, del Partido Acción Nacional.

    El diputado José Erandi Bermúdez Méndez: Con el permiso de la Presidencia.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Adelante.

    El diputado José Erandi Bermúdez Méndez: México tiene en sus Fuerzas Armadas, en su Ejército, sin duda, una institución leal y confiable, al servicio y la defensa de su patria. Los mexicanos podemos sentirnos orgullosos del profesionalismo, la lealtad y el patriotismo con que las Fuerzas Armadas Mexicanas cumplen su función de garantes de la democracia, el Estado de derecho y la soberanía nacional. Asimismo, en reiteradas ocasiones, en las que la población civil se ha visto amenazada a causa de desastres naturales, o bien, sufre los efectos imprevistos e incontrolables de esos fenómenos, igualmente, el Ejército Mexicano ha respondido siempre con prontitud y gran capacidad para salvaguardar la seguridad y vida de los mexicanos, y mitigar el sufrimiento de miles de personas.

    A nadie escapan, mucho menos a los miles de beneficiados, las labores de protección y prevención de desastres naturales que, a través de programas como el Plan DN-III, han evitado y evitan el sufrimiento y la muerte de quienes se ven afectados. Tan es así que, recientemente, la propia ONU emitió un reconocimiento al gobierno mexicano por las acciones tomadas para prevenir mayores desastres y pérdidas de vidas ante fenómenos naturales. Si duda, el Ejército es parte fundamental de dicha labor. Por eso hoy, en esta tribuna, los diputados federales de Acción Nacional queremos reconocer una vez más la capacidad y disposición del Ejército para prestar ayuda humanitaria donde quiera que ésta se requiera.

    Sin duda, la ayuda humanitaria prestada a los damnificados por el huracán Katrina en Nueva Orleans, Estados Unidos, es un motivo y una muestra más de orgullo y capacidad de lo que es México y de lo que somos los mexicanos. Y es que, intrínseco a ello, algo resulta de gran valor y relevancia: el mensaje que el pueblo de México transmite a través de ese tipo de ayuda humanitaria a nivel internacional, que es la colaboración, la solidaridad y el respaldo.

    Ahí pudimos atestiguar tanto el nivel de profesionalismo y de capacidad con que cuenta el Ejército Mexicano para ayudar ante desastres naturales, fuera y dentro de nuestro territorio y en países como en Estados Unidos, como la solidaridad y fraternidad de los mexicanos. Y es que, como sabemos, no es la primera ocasión en que nuestro país brinda ayuda internacional de ese tipo: en Guatemala, El Salvador, Belice, Panamá y, recientemente, Indonesia, a través de la operación Fraternidad Internacional, México y los mexicanos tuvimos la oportunidad de mostrar nuestra solidaridad y capacidad para mitigar los daños y el sufrimiento humano por lejos que éste se presente.

    Hoy, la ayuda prestada a Estados Unidos deja de manifiesto la disposición de los mexicanos por colaborar en labores que permitan brindar ayuda humanitaria y eviten el sufrimiento de personas inocentes. Lo hacemos también conscientes de que en el pasado hemos recibido las mismas muestras de apoyo y solidaridad de la comunidad internacional, recordando con esto, y tan sólo como ejemplo, los devastadores hechos del terremoto de 1985. Extendemos pues, desde aquí, nuestro más amplio reconocimiento a la capacidad y al profesionalismo del Ejército Mexicano para brindar ayuda y protección a la población civil ante desastres naturales, en esta ocasión ayudando a los miles de damnificados por el huracán Katrina en Estados Unidos. De esa forma nos unimos a las palabras de gratitud y reconocimiento que el propio Gobierno de Estados Unidos de América ha manifestado. Sin duda, las Fuerzas Armadas Mexicanas, además de cumplir plenamente su función de garante de la democracia, el Estado de derecho y la soberanía nacional, es también institución sólida y confiable en la atención y ayuda humanitaria en desastres naturales. Estamos ciertos de que la mejor forma de corresponder a la ayuda internacional que México ha recibido ante desastres naturales son la reciprocidad y el compromiso. Nuestro Ejército tiene gran capacidad para colaborar en desastres, y en ello va implícito el mensaje de solidaridad y fraternidad de México y los mexicanos. Enhorabuena y nuestro más amplio reconocimiento, una vez más, a la capacidad y solidez de las Fuerzas Armadas Mexicanas. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la palabra el diputado Guillermo Martínez Nolasco, del Partido Revolucionario Institucional.

    El diputado Guillermo Martínez Nolasco: Con su permiso, señor Presidente. Respetables legisladores, compañeros todos: México cuenta con Fuerzas Armadas profesionales, disciplinadas, de paz, que están al servicio del pueblo y las instituciones, que cumplen las misiones constitucionales que el Poder Legislativo les tiene señaladas, entre ellas las relativas a brindar auxilio a la población civil en casos de desastre y prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes, y la reconstrucción de las zonas afectadas.

    El Estado mexicano encuentra en la organización militar un grado aliado, que trabaja con la convicción de servir a todos por igual. Sus respectivos planes constituyen el instrumento operativo militar que establece los lineamientos generales para que los organismos de aire, mar y tierra realicen dichas actividades. Mantener la capacidad de respuesta de las Fuerzas Armadas debe ser el propósito fundamental del Estado. En ellas existen convicción y fortaleza para dar lo mejor de sí mismas en beneficio de la nación, sin escatimar tiempo ni esfuerzo. Son instituciones permanentes integradas por mexicanos voluntarios, dotadas con recursos que la nación pone a su disposición para el cumplimiento de sus misiones. Surgen para satisfacer las necesidades nacionales de defensa, seguridad, auxilio de la población y mantenimiento del orden interno. Participan en actividades de ayuda humanitaria, mediante la integración de delegaciones, para auxiliar a países afectados por calamidades.

    Para nuestro país, ese tipo de ayuda tiene un contexto internacional de carácter bilateral, donde no es necesaria la regulación de un tratado internacional. El apoyo que se proporciona se realiza con base en un esquema de coordinación y cooperación entre autoridades, de acuerdo con sus planes de operaciones. Para apoyar a las naciones afectadas por desastres, México ha organizado delegaciones de ayuda humanitaria, integradas por personal militar de diferentes especialidades y diversos medios de transporte, con el fin de dar atención a los afectados y superar la situación de emergencia. El brazo armado de la nación ha realizado esa clase de actividades en países de Latinoamérica, Asia y, actualmente, América del Norte. Esto pone de manifiesto la sensibilidad del gobierno mexicano y el grado de adiestramiento de la institución armada del país para hacer frente a contingencias naturales más allá de nuestras fronteras.

    Cabe señalar que el término ayuda humanitaria se aplica a los apoyos que se proporcionan a países afectados por desastres, aunque en éstos se emplean los mismos procedimientos y las técnicas asentados en los planes de auxilio de las Fuerzas Armadas; sin embargo, éstos se materializan exclusivamente en territorio nacional. En fechas recientes, las instituciones castrenses brindaron ayuda humanitaria a las víctimas del huracán Katrina en los estados de Louisiana, Alabama y Mississippi, Estados Unidos de América --en esa área, se estima, existen aproximadamente 145 mil connacionales damnificados--. Ante la fuerza de la naturaleza, todo gobierno se enfrenta a la destrucción humana y material, y pone de manifiesto la vulnerabilidad del hombre y nos hace valorar el hecho de que las fronteras las establecen las naciones para definir sus límites geográficos, donde los conceptos geopolítica y grado de desarrollo se desvanecen ante la presencia de fenómenos naturales que atentan contra la vida de los seres humanos y sus pertenencias, como el que azotó a nuestro vecino país del norte, y que pueden ser superados con el auxilio internacional que se integra al propio esfuerzo para lograr la reconstrucción de las áreas afectadas.

    Ante una tragedia, la solidaridad del hombre debe estar por encima de cualquier otro interés; esto es un proceder ético y no una obligación. La ayuda en esos casos debe ser espontánea, donde toda diferencia de índole religiosa, económica o de nacionalidad debe quedar omitida, y únicamente se responda a un instinto de supervivencia y apoyo entre seres humanos. México ha sufrido los estragos de calamidades que han dañado su infraestructura y ocasionado cuantiosas pérdidas de vidas. Sin embargo, la solidaridad internacional le ha brindado importantes apoyos, pero ha sido la unidad nacional la que ha permitido superar los daños y restañar con el tiempo las heridas infligidas por dichos eventos súbitos.

    La ayuda humanitaria nacional e internacional debe servirnos para verificar nuestras capacidades de respuesta y para reconocer nuestras insuficiencias y omisiones, previniendo con ello el futuro en donde podríamos ser no el benefactor sino el beneficiario. Por lo anteriormente expuesto, el grupo parlamentario de mi partido, el Revolucionario Institucional, apoya el pronunciamiento presentado por la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica, se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para solicitar a los consejeros del Poder Legislativo del Consejo General del Instituto Federal Electoral que presenten en un plazo de 30 días un informe sobre los trabajos del mismo que contenga los elementos necesarios para conocer y analizar el funcionamiento de la institución de cara al proceso electoral de 2006

    ConsideracionesI. En sesión celebrada el 10 de febrero de 2005, el diputado Emilio Zebadúa González, integrante del grupo parlamentario de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo para solicitar a los consejeros del Poder Legislativo del Consejo General del Instituto Federal Electoral presenten en un plazo de 30 días un informe sobre los trabajos del mismo, que contenga los elementos necesarios para conocer y analizar el funcionamiento de la institución de cara al proceso electoral de 2006. La Presidencia de la Mesa Directiva determinó turnarla para su estudio a la Junta de Coordinación Política.

    II. En la parte expositiva de la proposición a la que se refiere el numeral que antecede, el diputado promovente sostiene lo siguiente:

    Tomando en cuenta que el Poder Legislativo es responsable de la integración del IFE, según lo establece expresamente el artículo 41 constitucional y el artículo 74 del Cofipe, y que también por disposición constitucional y legal el Poder Legislativo forma parte de su Consejo General a través de sus propios consejeros, aunque su participación en las discusiones del Pleno se limita a tener el derecho de voz mas no de voto, obligado en consecuencia a participar en el buen funcionamiento del Consejo General y del IFE como órgano autónomo.

    Se debe, pues, respetar su autonomía, pero también se debe asumir la responsabilidad constitucional que la Carta Magna y el diseño institucional del IFE depositan en el Poder Legislativo por medio de sus consejeros ante el Consejo General.

    Que en el ejercicio de su función del que participan todos los consejeros integrantes del Consejo General, independientemente del origen de su designación, están obligados a seguir y respetar los principios rectores que le marca la Constitución y el Cofipe, como son la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad que le dan fuerza y legitimidad al ejercicio de su función y a las decisiones que en él se toman.

    Que es necesario, para esta soberanía, en función de que participa de la integración del Consejo General y de sus trabajos, conocer de las actividades que tengan que ver con el ejercicio de sus funciones en general, tomando en cuenta que es difícil normar un criterio informando con respecto a la situación que guarda el IFE, solamente a partir de uno de sus múltiples y variados acuerdos o bien, de la opinión de uno o incluso todos los partidos políticos.

    Para estar en condiciones de cumplir con el espíritu y la letra de la ley en lo que respecta a la responsabilidad constitucional en lo que toca al Poder Legislativo, es necesario contar con los elementos objetivos y ciertos.

    Debemos, pues, con toda la responsabilidad, y en vísperas de una elección que se anticipa compleja y competitiva, dotarnos a nosotros mismos como Poder Legislativo e integrante del Consejo General, de un diagnóstico y análisis del desempeño integro y completo de este Consejo General durante el periodo en que ha ejercido sus funciones.

    Junto con la Cámara de Senadores, esta Cámara de Diputados debiera solicitar dicho análisis e informe --elaborado bajo criterios objetivos, imparciales-- y hacerle llegar a los consejeros del Poder Legislativo esta petición, puesto que son ellos, en su carácter institucional como representantes del Congreso de la Unión y no de los partidos políticos, menos aún, de un solo partido, quienes deben poder elaborar dicho análisis y permitir de esta manera que el Poder Legislativo se forme un juicio sobre las condiciones en que se conducirá el proceso electoral del 2006.

    Hay que decirlo, en torno de competitividad e incluso, de una posible polarización política, es indispensable que el actual Consejo General del IFE demuestre que está a la altura de los retos y las responsabilidades tan grandes que tiene frente a este proceso electoral federal que ya se avecina.

    Es cierto que una decisión o resolución del Consejo General del IFE, incluso todas las decisiones o acuerdos del Instituto, por sí mismas o en su conjunto no pueden dar lugar a una sanción o censura de parte de la Cámara de Diputados, aun en el caso de haber tomado dicho acuerdo sin motivación o fundamento jurídico suficiente, sobre todo tomando en cuenta que en el diseño constitucional que vela sobre la legalidad de las decisiones y actos electorales, el Legislador determinó conferir la facultad jurisdiccional y revisora al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

    Y sin embargo, sostenemos en virtud de las anteriores consideraciones que podemos solicitarles a nuestros consejeros, y sin vulnerar en absoluto la autonomía del IFE o violar la norma constitucional y la legalidad, este ejercicio de rendición de cuentas.

    III. La Junta de Coordinación Política, en sesión celebrada el pasado 30 de agosto de 2005, acordó proponer a las Cámaras del Congreso de la Unión que se requiera a los consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral que presenten un informe comprensivo sobre los trabajos desarrollados por el Instituto de cara al proceso electoral de 2006.

    Con base en lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política adopta el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Exhórtese a los consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral para que, dentro de los 30 días naturales siguientes a la aprobación del presente acuerdo por parte de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, presenten un informe a cada una de éstas sobre la situación del Instituto y su funcionamiento.

    Segundo: Túrnese a la Cámara de Senadores para los efectos conducentes.

    Tercero: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2005.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Diputado José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Diputado Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa.. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    ANALISIS V INFORME DE GOBIERNO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo al cambio de fecha de la comparecencia del secretario de la Reforma Agraria, licenciado Florencio Salazar Adame

    ConsiderandoI. Que el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que el Presidente de la República asistirá a la apertura del primer período de sesiones ordinarias de cada año de ejercicio legislativo, y presentará un informe por escrito en el que se expondrá el estado general que guarda la administración pública del país.

    II. Que de conformidad con el artículo 93, primer párrafo de la Constitución Política, los secretarios del despacho y los jefes de los departamentos administrativos, luego de que esté abierto el período de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso General, del estado que guardan sus respectivos ramos.

    III. Que el artículo 7, párrafo 4 de la Ley Orgánica del Congreso General prevé que las Cámaras del Congreso analizarán el informe presentado por el Presidente de la República y que dicho análisis se clasificará en las siguientes materias: política interior, política económica, política social y política exterior.

    IV. Que el artículo 34, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica faculta a la Junta de Coordinación Política a someter a la consideración del Pleno de los proyectos de puntos de acuerdo que resulten necesarios para que la Cámara de Diputados ejerza las atribuciones que constitucional y legalmente le corresponden.

    V. Que en sesión celebrada el 30 de agosto de 2005, la Junta de Coordinación Política consideró conveniente que el análisis del V Informe de Gobierno se lleve a cabo en las sesiones ordinarias previstas para los próximos miércoles 7 y jueves 8 de septiembre del año en curso. En ese sentido, la primera sesión tendrá por objeto analizar el informe presentado en lo relativo a las materias de política económica y política social, mientras que en la sesión del jueves 8 se destinará el análisis conducente de la política interior y exterior.

    VI. Con la finalidad de profundizar en el análisis del V Informe de Gobierno presentado por el Presidente de la República y de promover el diálogo constructivo entre la Legislatura y las dependencias del Gobierno Federal, la Junta de Coordinación Política ha considerado conveniente que las comparecencias de los secretarios de despacho a las que se refiere el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política, se realicen ante comisiones de la Cámara de Diputados.

    VII. Que el Acuerdo al que hace referencia el numeral anterior, fue a aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados en su Sesión del 7 de septiembre del 2005 y que el calendario de comparecencias contenido en éste fue notificado al Poder Ejecutivo Federal para sus causes legales.

    VIII. Que el día 15 de septiembre del año en curso, los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Reforma Agraria solicita a esta Junta de Coordinación Política la modificación de fecha de la comparecencia del Titular de la Secretaría de Reforma Agraria, licenciado Florencio Salazar Adame, establecida en el acuerdo arriba mencionado, con la finalidad de obtener mejores resultados, prevista para el día jueves 22 de septiembre a las 17:00 horas, se realice el martes 4 de octubre del año en curso a las 17:00 horas.

    Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 7 y 34, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Único.- Que el titular de la Secretaría de Reforma Agraria, Lic. Florencio Salazar Adame, comparezca el día martes 4 de octubre de 2005, a las 17:00 horas, en el salón Legisladores de la República de este Palacio Legislativo de San Lázaro.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 19 de septiembre de 2005.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica en contra), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD; Dip. Emilio Chuayffet Chemor, Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Manuel Velasco Coello, Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM; Dip. Alejandro González Yáñez, (rúbrica p.a. en abstención); Coordinador del Grupo Parlamentario del PT; Dip. Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado; comuníquese.


    TARIFAS ELECTRICAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción XXI, 50, fracciones IV y V, y 58, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Esta Diputación Permanente comunica y exhorta al Congreso de la Unión a refrendar la promoción de la cancelación del acuerdo que autoriza el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio a las tarifas domésticas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero del 2002.

    Segundo.- Esta Diputación Permanente exhorta a la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados y de Senadores a que analicen, discutan y, en su caso, promuevan reformas a la legislación sobre el servicio público de energía eléctrica, específicamente por cuanto al Programa de Reducción de Pérdidas de Energía Eléctrica.

    Tercero.- Esta Diputación Permanente exhorta y solicita a la Secretaría de Energía, a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro a que, con carácter de urgente:

  • Conformen una comisión de trabajo para revisar minuciosamente el Programa de Reducción de Pérdidas de Energía Eléctrica, y evaluar la posibilidad de su eliminación o cancelación, si consideramos que es el detonante para el incremento del costo de facturación del servicio de energía eléctrica.

  • Analicen el contenido del artículo 31 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en virtud de que atenta los derechos constitucionales de los usuarios del servicio público de energía eléctrica, específicamente por cuanto hace al ajuste y cobro retroactivo que se aplica a un período ``no mayor de dos años''.

    En tal virtud, me permito solicitar su intervención y apoyo a efecto de que se realicen las acciones necesarias para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexa al presente copia del punto de acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 31 de agosto de 2005.---Dip. Julio Escamilla Salinas (rúbrica), Presidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Julio Escamilla Salinas, Presidente de la Diputación Permanente de la III Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, fracción VI, de la Ley Orgánica; 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos de la Asamblea Legislativo del Distrito Federal, someto a consideración de esta Diputación Permanente la presente propuesta con punto de acuerdo, sobre el Programa de Reducción de Pérdidas de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, al tenor de la siguiente:

    Exposición de Motivos

    Con fecha 10 de agosto, la de la voz presentó una propuesta con punto de acuerdo denunciando los excesivos cobros de la Compañía de Luz y Fuerza en la demarcación territorial de Cuajimalpa de Morelos. En él se solicita, concretamente:

  • Al Congreso de la Unión, promueva la cancelación del acuerdo que autoriza el ajuste, modificación y reestructuración a los tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio a las tarifas domésticas, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 7 de febrero de 2002, y

  • A la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, informen objetivamente a los vecinos que tengan esta problemática de cobros excesivos e injustificados e instrumenten mesas de trabajo con los vecinos afectados para la atención personalizada o colectiva de su problemática y, en su caso, otorgar la posibilidad de prorratear los pagos que procedan conforme a las mediciones establecidas en las tarifas.

    Existe una seria preocupación por las pérdidas de energía eléctrica si tomamos en cuenta que, de acuerdo con estimaciones del propio titular de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, a finales del año 2002 las pérdidas que esta situación generó a Luz y Fuerza del Centro fueron por cerca de los 3,000 millones de pesos anuales.

    El incremento notable de las pérdidas de energía por consumo ilícito, a raíz del estallamiento de la crisis económica de diciembre de 1994, ha mermado la capacidad de consumo y de pago de la población en general, quebrando a cientos de pequeñas y medianas empresas y afectando financieramente a grandes empresas privadas y a las propias instituciones de gobierno, principalmente municipios.1

    El sistema eléctrico que atiende la zona central del país es abastecido por fuentes lejanas que provienen, en un 70% del Pacífico, sureste y de la zona del golfo de México, desde distancias que llegan a alcanzar los 700 kilómetros, y el 30% restante se obtiene de energía generada en la zona centro del país, la cual es recibida por un anillo de 400 Kv y un doble anillo de 230 Kv, que la envían a 186 subestaciones fuente, para distribuirla a través de 65 mil kilómetros de líneas a más de la cuarta parte de la población del país. En este proceso se utilizan 79 mil transformadores de distribución que reciben la energía eléctrica de 1,016 alimentadores.

    Con la finalidad de evitar que las ramas de los árboles, objetos extraños y contactos accidentales provoquen alteraciones y fallas en el suministro e impidan el consumo ilícito de energía, Luz y Fuerza del Centro instrumentó a principios de 2003 un programa para reducir las pérdidas de energía por cuestiones técnicas y consumos ilícitos.

    En sus aspectos técnicos, el programa incluye:

  • La sustitución de transformadores adecuando su capacidad y tamaño conforme a la demanda del fluido eléctrico;

  • La redistribución de cargas y,

  • El acortamiento de la longitud de los alimentadores.

    Respecto a la red de distribución las acciones instrumentadas contemplan:

  • El blindaje de los cables que suministran el fluido a los hogares, comercios, oficinas y pequeña y mediana industria;

  • La instalación de cajas antifraudes;

  • La sustitución de transformadores;

  • La instalación en los inmuebles de un nuevo medidor ajustado y,

  • El sellado y cambio de postes en mal estado.

    Durante el año 2003, Luz y Fuerza del Centro ha blindado 850 kilómetros de cable de baja tensión, sustituido 3,300 transformadores y 3,500 postes y reemplazado más de 267 mil medidores en colonias de las zonas norte, oriente y poniente del Distrito Federal.

    Asimismo, a través de este programa la empresa regularizó en el 2003 cerca de 103 mil servicios, que anteriormente consumían energía eléctrica de manera ilícita, lo que se reflejó en la recuperación de 435 gigawatts, equivalentes a cerca de 800 millones de pesos en facturación.

    La aplicación del programa inició en 29 regiones, que comprenden colonias de las zonas norte, oriente y poniente del Distrito Federal, lo que se reflejó en una importante reducción de consumos ilícitos.

    Para reducir las pérdidas económicas que representa el consumo ilícito de energía eléctrica, así como disminuir afectaciones en la calidad del servicio por interrupciones en el suministro y variaciones de voltaje por las sobrecargas en la red, la compañía de Luz y Fuerza del Centro inició el año pasado un programa integral que incluye el blindaje de la red de baja tensión, la adecuación de la capacidad y tamaño de los transformadores a las necesidades de los servicios, la sustitución de medidores para garantizar la correcta medición de la energía consumida y la regularización de servicios que no tienen contrato con la empresa.

    Este programa se lleva a cabo de manera simultánea en 40 zonas del Distrito Federal y de los estados de México, Hidalgo, Morelos, y Puebla, en las cuales se tiene detectado el mayor consumo ilícito y, en consecuencia, afectaciones severas a la infraestructura eléctrica y al servicio que se proporciona.

    Desde la puesta en marcha de este programa se han blindado más de 700 kilómetros de red, se reemplazaron 5 mil transformadores, se han sustituido más de 100 mil medidores y se han regularizado cerca de 200 mil servicios que venían consumiendo el fluido eléctrico de manera ilícita.

    Asimismo, a través de este programa se ha trabajado intensamente en la regularización de servicios y en la contratación de aquellos que venían consumiendo energía eléctrica de manera ilícita. A la fecha se han sustituido más de 395 mil medidores y, gracias a la respuesta de la población, se han regularizado cerca de 250 mil servicios que anteriormente consumían energía eléctrica con conexiones ilícitas.

    Para disminuir las pérdidas de energía por cuestiones técnicas, el programa, puesto en operación a principios de 2003, incluye también la adecuación de la capacidad y tamaño de transformadores conforme a la demanda del fluido eléctrico, así como la redistribución de cargas y el acortamiento de la longitud de los alimentadores. Hasta la fecha se han realizado trabajos de reingeniería en 30 alimentadores. Como resultado de las acciones descritas, se ha logrado disminuir el número de inconformidades por interrupciones y variaciones de voltaje en un 40% y recuperar 1,038 gigawatts, equivalentes a más de 907 millones de pesos en facturación.

    En Cuajimalpa a raíz del cambio o reemplazo de medidores producto de la aplicación del Programa de Reducción de Pérdidas, se han disparado los costos de facturación de vecinos de la demarcación que llegan a facturar cantidades de hasta $18,000.00, siendo que el consumo promedio lo han venido pagando de $300.00 pesos.

    Cuando se dan estos cambios de medidores no se le comunica e informa al usuario las diferencias en las tomas de lecturas para la facturación, es decir, el usuario queda indefenso en sus derechos al no informarle una vez que se cambió su medidor y el monto que tendrá que pagar; en este caso sería conveniente que al efectuar este reemplazo el usuario firmara de conformidad un formato donde quedará plasmado su monto a pagar, antes de la operación del nuevo medidor, toda vez que en este proceso es cuando se incrementan los costos y el usuario se ve afectado en sus derechos.

    El Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1993, contempla en el artículo 31 la facultad de los suministradores para verificar que los equipos de medición se ajusten a la exactitud establecida en la norma oficial mexicana del equipo y retirará los que no permitan su ajuste, sustituyéndolos por los adecuados.

    Cuando el equipo de medición instalado por el suministrador presente errores en el registro de consumo, fuera de la tolerancia permisible y siempre que no exista alteración o impedimento de la función normal de dicho equipo, se procederá como sigue:

    I. De la verificación de los equipos de medición de energía, de demanda máxima o de determinación de factor de potencia, se obtendrán las relaciones entre los valores erróneos y los correctos, mismos que servirán para determinar los nuevos valores de energía consumida, de demanda máxima o de determinación de factor de potencia. Con los nuevos valores se calculará el importe de la compensación o del pago aplicando las cuotas de la tarifa que estuvieron vigentes en el período afectado;

    II. Si durante la verificación se encuentra que el equipo de medición no registra la energía activa y/o reactiva consumida, ésta se determinará tomando como base los registros anteriores a la descompostura o los posteriores a la corrección.

    En el caso de aplicación de una constante de medición diferente a la real o de la aplicación errónea de una tarifa, la energía consumida y no pagada se determinará aplicando la constante de medición real a las diferencias de mediciones o aplicando la tarifa correspondiente;

    III. Los ajustes mencionados se aplicarán a un período no mayor de dos años;

    IV. El importe del ajuste se calculará aplicando las cuotas de las tarifas correspondientes vigentes en el lapso que se haya determinado. La cantidad resultante se comparará con el importe total de los recibos liquidados por el usuario de conformidad con los registros del suministrador, y la diferencia será la base para el pago;

    V. Si el importe del ajuste a la facturación es inferior a lo pagado por el usuario, el suministrador le compensará el importe de la energía pagada y no consumida. Si el importe del ajuste de la facturación es superior a lo pagado por el usuario, el suministrador le cobrará mediante la factura correspondiente el importe de la energía consumida y no pagada.

    En ambos casos, el suministrador y el usuario convendrán la forma de efectuar la compensación o el pago;

    VI. El plazo para efectuar la compensación o pago a que se refiere este artículo, se fijará por mutuo acuerdo entre usuario y suministrador, pero no será mayor al plazo que abarque el ajuste, y

    VII. En caso de desacuerdo en la compensación, el pago o el plazo, el usuario podrá solicitar la intervención de la Secretaría.

    La Modernización de Luz y Fuerza es una tarea pendiente que se está llevando a cabo y que requiere de una valoración de los programas que ahí se aplican, muestra de ello es el programa para reducir las pérdidas de energía, que si bien ha dado resultados en el blindaje de cableado y transformadores, no así en el reemplazo de medidores, si consideramos que los criterios para el cambio no son los adecuados cuando hay inconformidades de la gente al verse reflejado en los montos de sus recibos, los cuales no se niegan a pagar siempre y cuando se tomen las lecturas adecuados.

    Considerando

    Primero.-Que corresponde exclusivamente a la nación mexicana generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público, en los términos del artículo 27 constitucional. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará, a través de la Comisión Federal de Electricidad, los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

    Segundo.- Que todos los actos relacionados con el servicio público de energía eléctrica son de orden público.

    Tercero.- Que Luz y Fuerza del Centro juega un papel esencial en la prestación del servicio de electricidad para millones de usuarios en nuestro país.

    Cuarto.- Que los usuarios y solicitantes del Servicio Público de Energía Eléctrica que se consideren afectados en sus derechos podrán presentar sus quejas y reclamaciones en las unidades, oficinas o módulos administrativos del propio suministrador que correspondan al domicilio en que se requiera el suministro. Cuando la queja o reclamación se derive de fallos en los equipos de medición, el usuario podrá solicitar la intervención de la Secretaría.

    Quinto.- Que el artículo 31 del Reglamento de la Ley del Servicio Publico de Energía Eléctrica, s faculta a los suministradores para verificar que los equipos de medición se ajusten a la exactitud establecida en la norma oficial mexicana del equipo y retirará los que no permitan su ajuste, sustituyéndolos por los adecuados.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Diputación Permanente el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Esta Diputación Permanente comunica y exhorta al Congreso de la Unión a refrendar la promoción de la cancelación del acuerdo que autoriza el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio a las tarifas domésticas, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 7 de febrero de 2002.

    Segundo.- Esta Diputación Permanente exhorta a la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados y de Senadores a que analicen, discutan y, en su caso, promuevan reformas a la legislación sobre el servicio público de energía eléctrica, específicamente por cuanto hace al Programa de Reducción de Pérdidas de Energía Eléctrica.

    Tercero.- Esta Diputación Permanente exhorta y solicita a la Secretaría de Energía, la Comisión Federal de Electricidad y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro a que, con carácter urgente:

  • Conformen una comisión de trabajo para revisar minuciosamente el Programa de Reducción de Pérdidas de Luz, y evaluar la posibilidad de su eliminación o cancelación, si consideramos que es el detonante para el incremento del costo de facturación del servicio de energía eléctrica.

  • Analicen el contenido del artículo 31 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en virtud de que atenta los derechos constitucionales de los usuarios del servicio público de energía eléctrica, específicamente por cuanto hace al ajuste y cobro retroactivo que se aplica a un periodo ``no mayor de dos años''.

    Notas:

    1 Según información estadística de Luz y Fuerza del Centro, el volumen de pérdidas de energía por consumo ilícito pasó de 2.89% en 1994, equivalente a 1,035,685 Mwh, a 12.73% en 1999, equivalente a 4,703,083 Mwh. Para darnos una idea del impacto que tienen estos consumos ilícitos en las finanzas de Luz y Fuerza, en el año de 1999, según cálculo del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), las pérdidas económicas ascendieron a un monto aproximado de 2,300.0 millones de pesos.

    México, Distrito Federal, a 31 de agosto de 2005.--- Dip. María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), suscriben la presente propuesta con punto de acuerdo, sobre el Programa de Reducción de Pérdidas de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, las y los siguientes diputados: Julio Escamilla Salinas (rúbrica), Julio César Moreno Rivera (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), Maricela Contreras Julián (rúbrica), Francisco Chiguil Figueroa (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a la Comisión de Energía, para su conocimiento.
    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 10, fracción XXI, 50, fracciones IV y V, y 58, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal envía un atento y respetuoso exhorto a la H. Cámara de Diputados para que se modifique el decreto que contiene la reforma a diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2006, en razón de las consideraciones del presente punto de acuerdo.

    En tal virtud, me permito solicitarle su intervención y apoyo, para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexa al presente copia del punto de acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Atentamente.

    Recinto Legislativo, a 31 de agosto de 2005.--- Dip. Julio Escamilla Salinas (rúbrica), Presidente.»

    «CC. Integrantes de la Diputación Permanente:

    El suscrito, diputado Julio Escamilla Salinas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en esta III Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración del Pleno una Propuesta con Punto de Acuerdo acerca del ISR en prestaciones laborales, al tenor de las siguientes

    ConsideracionesI. Que las luchas sindicales sin duda, han constituido capítulos determinantes en la historia de nuestro país, por ello el reciente Frente constituido por las centrales obreras y sindicatos más grandes de México a propósito de la reforma legal que entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2006 relativa a la aplicación del Impuesto sobre la Renta a todas las percepciones y prestaciones que reciban los trabajadores con motivo de su trabajo, constituye un importantísimo precedente, máxime que en esta ocasión une proyectos sindicales disímbolos por no decir contradictorios, como lo representan CTM, el Congreso del Trabajo y la CROC por un lado y el Sindicato Mexicano de Electricistas, por otro.

    II. Que la noticia de que a sus raquíticos ingresos salariales se les suma la posibilidad de verlos aún más afectados con la aplicación del ISR, representa una grave afrenta para los trabajadores si consideramos que de un periodo de casi 20 años a la fecha, han experimentado una constante pérdida en su poder de compra al ver disminuidos en un 85%, en términos reales, sus percepciones salariales.

    III. Que si bien es cierto que el pago de impuestos es un deber y una obligación ciudadanas sin distingos ni privilegios, lo cierto es que dicha medida deja de considerar la contención salarial que a lo largo de los últimos años han vivido los trabajadores mexicanos en detrimento de su calidad de vida, producto de los llamados Pactos Económicos, mediante los cuales los sectores productivos, empresarial y obrero se unieron con el gobierno para controlar la inflación.

    IV. Que dichos pactos se convirtieron en un instrumento fundamental de la política económica de los últimos tiempos y uno de los ejes rectores en la política económica nacional que pasaron por alto la ya de por sí precaria situación de los trabajadores, no obstante que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 123, que los salarios mínimos deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos.

    V. Que precisamente su contribución a la política de contención salarial, fue la aceptación de ingresos adicionales por la vía de las prestaciones sociales como un intento de paliar el paulatino decremento salarial de los trabajadores, que les permitiera ya no digamos elevar su nivel de vida, sino sostenerlo.

    VI. Que sin embargo y a pesar de ello, de acuerdo a un estudio del Centro de Análisis Multidisciplinario de la Facultad de Economía de la UNAM, para 1987 el salario mínimo en México era de 6.47 pesos diarios y el precio de la Canasta Obrera Indispensable (COI) era de 6.86 pesos, lo que permitía adquirir el 94.3% de la canasta, conformada por 35 bienes y servicios de uso y consumo diario, para una familia mexicana integrada por 5 personas, pero para julio del año en curso, con un salario mínimo diario de $45.24 diarios, sólo se puede adquirir el 20% de esta canasta, lo que habla de un incremento acumulado en el costo de la canasta de un 3209%, mientras que el salario mínimo reportó un crecimiento también acumulado de tan sólo 599.2%.

    VII. Que según datos del Banco de México, el salario mínimo actual de $45.24 cubre menos del 30% del costo de los 51 productos que dicha institución determina como de consumo básico, lo que explica la ``desclasificación'' de productos como la carne de res, cerdo, pollo y marítimos, dado que el cerdo y la res presentan incrementos de entre 15 y 20% cada año, lo que hace que se hayan convertido en alimentos de lujo para la población asalariada que gana menos de tres salarios mínimos.

    VIII. Que por todo lo anterior, la merma que para los ingresos salariales y para el nivel de vida de los trabajadores representará la entrada en vigor de los gravámenes que nos ocupan, sobre todo para los de ingresos medios, profundizará la desigualdad social pues serán precisamente las prestaciones sociales o ingresos adicionales los que con motivo de la reforma al ISR serán objeto de la afectación.

    IX. Que según la Encuesta Nacional del Empleo alrededor de 25 millones 571 mil personas reciben entre 1 y 5 salarios mínimos o sea perciben ingresos de hasta $6 mil 333 pesos y estarán exentos del impuesto, pero 4 millones 554 mil trabajadores perciben más de 5 salarios mínimos y es a este rubro donde ya se les estaría aplicando la reforma, llamando particularmente la atención la afectación que sufrirán los jubilados cuyas ingresos mensuales oscilan entre los 7 y los 15 mil pesos.

    X. Que por ello nos adherimos y aplaudimos las acciones legislativas que integrantes de los distintos grupos parlamentarios de la H. Cámara de Diputados realizarán mediante la presentación de una Iniciativa de reforma por virtud de la cual se pretende dejar sin efecto las modificaciones a diversos artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) que, de entrar en vigor, lesionarían básicamente prestaciones como fondo de ahorro, despensa, ayuda para transporte y becas, prima vacacional, prima dominical, aguinaldo, ayuda de renta de casa, entre otros beneficios que los trabajadores obtienen a través de sus contratos colectivo de trabajo.

    XI. Que al mismo tiempo, solicitamos a la H. Cámara de Diputados para que, escuchando a los diversos sectores productivos y sociales y tomando en cuenta la actual situación económica que impera en el país y el grave deterioro salarial que día a día viven los trabajadores mexicanos, revise el decreto de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta y, en todo caso, se amplíe la base de contribuyentes que permita un incremento en los ingresos públicos, pero deje de fijar su atención en los contribuyentes cautivos.

    Por todo lo anterior, someto a la consideración de esta Diputación Permanente el presente

    Punto de Acuerdo

    Único. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal envía un atento y respetuoso exhorto a la H. Cámara de Diputados para que se modifique el decreto que contiene la reforma a diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta que entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2006, en razón de las consideraciones del presente Punto de Acuerdo.

    Dado en el Salón Heberto Castillo Martínez del Recinto Legislativo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil cinco. Diputados: Silvia Olivia, Francisco Chiguil Figueroa, Gerardo Villanueva, Julio Escamilla S., Araceli Vázquez (rúbricas).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.
    PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- III Legislatura.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de diputados.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción XXI, 50, fracciones IV y V, y 58, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta respetuosamente al C. Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, a que instrumente las políticas de fomento de inversión productiva a efecto de crear empleos formales y bien remunerados.

    Segundo.- Esta Asamblea Legislativa exhorta a la H. Cámara de Diputados a que, en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2006, queden incluidos los recursos necesarios para impulsar las políticas de fomento de empleo e inversión productiva que requiere el país urgentemente.

    En tal virtud, me permito solicitarle su intervención y apoyo a efecto de que se realicen las acciones pertinentes para los efectos legales a que haya lugar. Sírvase encontrar anexa al presente copia del punto de acuerdo en comento.

    Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

    Recinto Legislativo, a 7 de septiembre de 2005.--- Dip. Julio Escamilla Salinas (rúbrica), Presidente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.»

    «Honorable Asamblea Legislativa:

    El suscrito, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, somete a la consideración de este Pleno el presente punto de acuerdo acerca del problema del empleo en nuestro país, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17, fracción VI, de la Ley Orgánica y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, al tenor de los siguientes

    ConsiderandosI. Que en la actualidad la Población Económicamente Activa (PEA) que está en condiciones de incorporarse al mercado laboral, un millón 200 mil personas cada año, es una realidad y un problema al que no se le ve solución, menos cuando, de acuerdo con datos del INEGI, de diciembre de 2000 hasta julio de este año el Gobierno Federal que encabeza Vicente Fox sólo ha sido capaz de generar 613 mil 313 plazas nuevas, según registros en el IMSS, no obstante que siendo candidato presidencial prometió un crecimiento sostenido de la economía a razón del 7% y la creación de un millón de empleos por año.

    II. Que, por si fuera poco, la situación con que son contratadas esas nuevas plazas resulta todavía más crítica, si consideramos la modalidad con la que tales empleos aparecen inscritos en el IMSS, pues los datos revelan que el 47,5 por ciento se refiere a registros de trabajo eventual.

    III. Que, si partimos de lo que la PEA de nuestro país demanda en forma anual, un millón 200 mil empleos o 100 mil mensuales, nos encontramos que durante el tiempo que lleva gobernando el Presidente Vicente Fox existe un déficit de empleo de 4 millones 886 mil 687 plazas, que es el mismo número de personas que se han quedado sin incorporarse al mercado laboral formal.

    IV. Que esta penosa situación obliga a la población trabajadora a recurrir a ``válvulas de escape'' como el empleo informal y el subempleo y otros más, a arriesgar su vida y la de su familia en busca de una mejor calidad de vida en nuestro vecino país del norte, Estados Unidos.

    V. Que del 2000 al mes de julio del año en curso observamos un crecimiento de 10.9 por ciento en la informalidad, es decir, más de 2 millones 866 mil personas, lo que significa 52 por ciento de la PEA. Por su parte, cifras del INEGI revelan que han emigrado hacia EU un millón 833 mil 333 personas, que en términos porcentuales significan 33.3 por ciento de la PEA. Cada año emigran a EU 400 mil personas en busca de empleo, es decir un 30 por ciento de la PEA.

    VI. Que de esta manera, tanto la economía informal como la mano de obra que traspasa la frontera estadounidense en las condiciones más inseguras, constituyen, sin duda, salidas desesperadas frente a la nula respuesta de un mercado interno contraído que no puede generar empleo ni productivo, ni digno y menos, bien remunerado.

    VII. Que lo anterior obedece a que el crecimiento económico nacional en torno al Producto Interno Bruto (PIB) no ha sido el suficiente para absorber la fuerza de trabajo mexicana, y es que del 2000 al 2004 su crecimiento promedio es de 1.57 por ciento, muy por debajo de lo prometido por el Presidente Fox.

    VIII. Que estos datos contradicen las fanfarrias expresadas en su reciente V discurso de gobierno ante el H. Congreso de la Unión y, en consecuencia, difícilmente podremos esperar la generación de políticas públicas de fomento e inversión productiva que reviertan esta situación a 16 meses de que termine su mandato.

    IX. Que se requiere, al margen de discursos triunfalistas, acudir a las cifras ofíciales de INEGI que le permitan al Presidente Vicente Fox, ante un clima desolador para la población trabajadora, impulsar verdaderas acciones públicas que hagan congruente su dicho con la realidad, porque hasta ahora el cacareado gobierno democrático que según él encabeza, sólo ha dado muestras de incapacidad e incumplimiento a sus promesas de campaña, porque ni la economía ha crecido al 7 por ciento anual, ni tampoco ha creado un millón de empleos nuevos anuales.

    Por todo lo anterior, someto a la consideración de los integrantes de la Diputación Permanente el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta respetuosamente al C. Presidente de la República, licenciado Vicente Fox Quesada, a que instrumente las políticas de fomento e inversión productiva a efecto de crear empleos formales y bien remunerados.

    Segundo. Esta Asamblea Legislativa exhorta a la H. Cámara de Diputados a que, en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2006, queden incluidos los recursos necesarios para impulsar las políticas de fomento al empleo e inversión productiva que requiere el país urgentemente.

    Dado en el Salón Heberto Castillo Martínez del Recinto Legislativo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- Diputados: Julio Escamilla Salinas (rúbrica), Lorena Villavicencio Ayala (rúbrica), Juan Manuel González Maltos (rúbrica), Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alberto Trejo Villafuerte (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
    SECTOR AGRICOLA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención a su oficio número D.G.P.L. 59-II-0-549, suscrito el 29 de abril de 2004, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número STPCE/681/2005, signado el 28 de agosto del año en curso por el C. Adalberto Núñez Ramos, secretario técnico de Planeación, Comunicación y Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo a la creación de un grupo de trabajo para la evaluación de programas gubernamentales sujetos a reglas de operación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004.

    Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

    Atentamente.

    México, DF, a 7 de septiembre de 2005.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Economía.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Hago referencia al oficio número SEL/300/1520/04, a través del cual comunica al titular de esta dependencia la aprobación de un punto de acuerdo, por parte de la H. Cámara de Diputados, relativo a la creación de un grupo de trabajo para evaluación de programas gubernamentales sujetos a reglas de operación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004. Sobre lo anterior, le comunico lo siguiente:

    En el marco de actividades del citado grupo de trabajo, funcionarios de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de esta Secretaría sostuvieron en septiembre de 2004 una reunión con las Comisiones Unidas para el Desarrollo Rural Sustentable de la Cámara de Diputados, a fin de elaborar el proyecto de presupuesto de 2005 para el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC).

    Las resoluciones tomadas se hicieron en el interior de la Cámara de Diputados por las diversas comisiones de seguimiento y sus resultados se pueden observar en el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal de 2005 del PEC, publicado en el Presupuesto de Egresos de la Federación del presente año, en el Anexo 17.

    Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 28 de agosto de 2005.--- Adalberto Núñez Ramos (rúbrica), secretario técnico de Planeación, Comunicación y Enlace.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    PROCESO ELECTORAL 2006

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito hacer de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Se exhorta a la Cámara de Diputados para que, en el marco del proceso de análisis y aprobación del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, considere la programación de recursos para el financiamiento de las tareas de apoyo a la transición gubernamental que deberán realizarse tras la conclusión del proceso electoral federal del próximo año, a partir de que se emita la declaratoria del Presidente electo y hasta el 30 de noviembre de 2006, en que concluya sus funciones la actual administración federal, y que integre los mecanismos que aseguren la transparencia y fiscalización del ejercicio de estos recursos.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Senado de la República.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    HONORABLE ASAMBLEA

    A la Comisión que suscribe, le fue turnada para su estudio y dictamen la Proposición con punto de acuerdo relativa a que se consideren recursos en el Presupuesto de Egresos 2006 para el proceso de transición gubernamental del próximo año, presentada por la Senadora Dulce María Sauri Riancho, el día 6 de septiembre de 2005.

    Los CC. Senadores integrantes de esta Comisión realizaron diversos trabajos a efecto de revisar el contenido del citado punto de acuerdo, con el objeto de expresar sus observaciones y comentarios al mismo e integrar el presente dictamen.

    Con base en las referidas actividades y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, esta Comisión somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

    DICTAMEN

    I. Antecedentes.

    El día 6 de septiembre de 2005, la Mesa Directiva del Senado de la República, aprobó que, con base en lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la propuesta con punto de acuerdo presentada por la Senadora Dulce María Sauri Riancho fuera turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores.

    Dicho punto de acuerdo señala, en su parte conducente, que durante las elecciones presidenciales del año 2000, surgió el ``Equipo de Transición'' al que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público designó recursos públicos para su propio desarrollo político.

    No obstante, este esquema de apoyo presupuestal para la transición gubernamental se caracterizó por la opacidad en la transparencia del origen y destino de los recursos, así como de reglas muy poco claras para su operación y la falta de justificación jurídica para su existencia.

    En una sociedad en que la democracia necesita consolidación en su estructura, es fundamental que se fijen reglas claras para que este tipo de acciones no se repitan y la transición pueda darse en un ambiente de transparencia, certidumbre y rendición de cuentas.

    Por ello, resulta indispensable que el Congreso de la Unión se ocupe y considere la programación de recursos públicos en una partida específica dentro del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006 para el financiamiento del apoyo a la transición gubernamental que se dará el próximo año.

    II. Consideraciones de la Comisión.

    La que dictamina considera que el proceso de democracia que vive actualmente nuestro país, ha sido posible en parte, gracias a los esfuerzos realizados en materia de transparencia y fiscalización del uso de recursos públicos, y de ello se desprende una sociedad más activa e interesada en el acontecer de la vida política y económica del país.

    Asimismo, una de las principales deficiencias que puede presentar cualquier presupuesto de egresos, es la falta de planeación y previsión en las necesidades que surgirán en el mediano y largo plazo.

    En este sentido, esta Comisión considera que la partida presupuestal que asignó la SHCP al ``equipo de transición'' fue sujeto de recelo y desconfianza, toda vez que no se planeó de manera oportuna la existencia de dicha partida con esos fines específicos. Por ello, aprendiendo de las experiencias del pasado y en condiciones políticas distintas, es indispensable que el Congreso de la Unión prevea con tiempo suficiente la asignación de recursos en una partida con determinadas características, cuyo objetivo primordial impida que la improvisación y la opacidad sean los elementos que definan el destino y manejo de los recursos públicos

    Asimismo, se requiere dotar de herramientas que proporcionen toda la certidumbre económica, política y social en el próximo proceso electoral que se llevará a cabo en 2006, y con ello consolidar y asegurar el avance democrático nacional.

    Por las razones expuestas, y con fundamento en los artículos 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 59, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, las Comisiones se permiten someter a la consideración del honorable Senado de la República, la aprobación de los siguientes:

    PUNTO DE ACUERDO

    ÚNICO.- Se exhorta a la Cámara de Diputados para que en el marco del proceso de análisis y aprobación del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal 2006, considere la programación de recursos para el financiamiento de las tareas de apoyo a la transición gubernamental que deberán realizarse tras la conclusión del proceso electoral federal del próximo año, a partir de que se emita la declaratoria del Presidente electo y hasta el 30 de noviembre de 2006 en que concluya sus funciones la actual administración federal, y que integre los mecanismos que aseguren la transparencia y fiscalización del ejercicio de estos recursos.

    Dado en la Sala de Comisiones del Senado de la República en México, Distrito Federal, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

    Comisión de Hacienda y Crédito Público, senadores: Fauzi Hamdán Amad (rúbrica), Presidente; Alejandro Gutiérrez Gutiérrez (rúbrica), Demetrio Sodi de la Tijera (rúbrica), secretarios; Laura Alicia Garza Galindo (rúbrica), Fernando Gómez Esparza (rúbrica), Raymundo Gómez Flores, Víctor Manuel Méndez Lanz, Dulce María Sauri Riancho (rúbrica), David Jiménez González (rúbrica), Héctor Larios Córdova, Alberto Miguel Martínez Mireles (rúbrica), Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
    CONDECORACIONES

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta con proyecto de decreto por el que se concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración ``Medalla de Oro'', que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

    Atentamente.

    México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al ciudadano Licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la Condecoración ``Medalla de Oro'', que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contienen minuta con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Alberto Francisco Cabrera Reyes y Eduardo Navas Gómez para que puedan prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México.

    Atentamente.

    México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Alberto Francisco Cabrera Reyes, para que pueda prestar sus servicios como asistente contable en la Embajada de Sudáfrica en México.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Eduardo Navas Gómez, para que pueda prestar sus servicios como recepcionista en la Embajada de Sudáfrica en México.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    CONDECORACIONES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Herrera y González, licenciado Joaquín Aguilar Camacho, ingeniero Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon y doctor Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez para que puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de los Reinos de Suecia, y de España, respectivamente.

    Atentamente.

    México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Juan Herrera y González, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Real de la Estrella Polar en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno del Reino de Suecia.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Lic. Joaquín Aguilar Camacho, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Real de la Estrella Polar en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno del Reino de Suecia.

    ARTÍCULO TERCERO.- Se concede permiso al ciudadano Ing. Pedro Guillermo Alberto Collignon Collignon, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Real de la Estrella Polar en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno del Reino de Suecia.

    ARTÍCULO CUARTO.- Se concede permiso al ciudadano Dr. Leopoldo Sergio Alberto García Ramírez, para aceptar y usar la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    SISMOS DE 1985
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es posicionamiento de los grupos parlamentarios con motivo del vigésimo aniversario de los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985. Se han registrado para referirse al tema las siguientes ciudadanas diputadas y diputados: diputado Luis Maldonado Venegas, del Partido de Convergencia; diputado Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del Partido Verde Ecologista de México; diputado Francisco Javier Saucedo Pérez, del Partido de la Revolución Democrática; diputado Ernesto Herrera Tovar, del Partido Acción Nacional; y diputado David Hernández Pérez, del Partido Revolucionario Institucional. En consecuencia, tiene el uso de la tribuna, hasta por 10 minutos, el diputado Luis Maldonado Venegas, del partido de Convergencia.

    El diputado Luis Maldonado Venegas: Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas y diputados: se han cumplido 20 años desde aquellos sismos de gran intensidad que sacudieron buena parte del país, dejando una secuela de destrucción, particularmente en la Ciudad de México. No obstante el tiempo transcurrido, aún no se conoce una cifra fidedigna de las víctimas de ese fenómeno natural; lo que es un hecho es que se estima en varias decenas de miles el número de personas que fallecieron o fueron afectadas en su patrimonio e integridad física.

    Ya parece un lugar común referirse a la falta de capacidad de respuesta por parte de las autoridades ante la magnitud del siniestro. Lo que observamos los capitalinos fue una parálisis de los dos niveles de gobierno a que correspondía hacer frente a la tragedia. Ante esta inacción empezó a desarrollarse una respuesta por parte de la sociedad civil, que se organizó para ayudar a las víctimas y a los sobrevivientes de los movimientos telúricos, dando por resultado una febril actividad, que tuvo los mejores dividendos, pues las tareas de rescate se multiplicaron, no obstante las condiciones de inestabilidad y desorden que prevalecían en esos momentos en la Ciudad de México.

    Coincidimos con diversos analistas que han señalado de manera metafórica que el 19 de septiembre se cimbró no sólo la tierra sino también el sistema político mexicano, por las condiciones totalmente imprevistas, derivadas del severo juicio que la sociedad formuló a las administraciones federal y capitalina, a causa de la impericia con que ambos niveles de gobierno reaccionaron ante la situación. Por ello, además de lamentar la pérdida de las vidas humanas ocurridas como secuela de los terremotos de 1985, Convergencia desea hacer una reflexión acerca de las repercusiones sociales y políticas que ocasionaron los sismos de hace 20 años. De no hacerlo así, correríamos el riesgo de caer en la autocompasión, lo que no permitiría obtener enseñanzas de esa experiencia que, si bien fue traumática, mostró --como ya dijimos-- el camino de nuevas formas de organización y de participación social que ya se venían gestando en la sociedad mexicana, pero que no habían encontrado los cauces adecuados para mostrarse públicamente. Así surgieron diversas organizaciones que, enarbolando distintas demandas, progresivamente fueron formando un movimiento que acreditó plenamente su derecho legítimo para elegir a sus gobernantes, hecho que le había sido negado con la premisa de considerar a los capitalinos ciudadanos de segunda clase respecto al resto de la población de las 31 entidades federativas.

    Esas organizaciones emergentes trajeron consigo, mediante su empuje, la transformación del marco jurídico que se había instalado en el Distrito Federal, colocando los cimientos de las reformas políticas para la ciudad capital de los años de 1993 y 1996, además de otras importantes modificaciones que dieron lugar, por citar un ejemplo, a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en 1988.

    Por lo anteriormente expuesto, mi grupo parlamentario quiere expresar aquí el propósito de superar la conmemoración meramente circunstancial, a fin de destacar los avances alcanzados en materia de representación política por la sociedad que fue protagonista central de estos hechos lamentables y memorables del año de 1985. Además, las nuevas organizaciones posibilitaron la formación de cuadros que arribaron a la vida política para darle un aire de frescura tan necesario para revitalizar esta actividad. Queremos reflexionar también en torno de la inacción de las autoridades de la época, para formular una voz de alerta confiando en que se haya aprendido la lección, a fin de que se adopten las medidas conducentes para evitar esas gravísimas omisiones, si ello fuera necesario. En este sentido, afortunadamente nos encontramos ante una sociedad cada vez más demandante, que no toleraría, como no lo permitió en 1985, la falta de respuesta oportuna a una situación similar.

    Para Convergencia, es claro que el país cambió gracias a las formas que adoptó la organización social para dar respuesta a la gravedad de la situación que generaron los sismos; así, hemos obtenido enseñanzas de esa experiencia. Por ello, uno de los principales impulsos que guía nuestra acción política es dar voz a las nuevas organizaciones que emergen de la sociedad civil, incorporando sus demandas y plasmándolas en nuestro quehacer parlamentario, además de defender a toda costa los logros que han alcanzado a través de su lucha incesante, sin aceptar por ningún motivo el más mínimo retroceso en los avances alcanzados.

    También demandamos que se instauren con el rango de políticas públicas las acciones encaminadas a consolidar un sistema de protección civil nacional, con objeto de hacer frente a situaciones de extrema gravedad, como las vividas en 1985. No hay excusa para no hacerlo, pues hemos sido testigos en años recientes de los estragos que pueden causar los desastres naturales. Hoy rendimos homenaje a todos los hombres y las mujeres que, arriesgando su vida, se dieron a la tarea de salvar la de otros; y hacemos votos porque la humanidad reflexione también en la necesidad de dejar de atender... de atentar contra su entorno natural. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Pedro Vázquez González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por 10 minutos.

    El diputado Pedro Vázquez González: Con la venia de la Presidencia; legisladoras y legisladores: el sismo del 19 de septiembre de 1985 abrió las entrañas de la corrupción y del desprecio de un gobierno que, irónicamente, usó como divisa el lema de ``renovación moral''. Los escombros, los cadáveres, los heridos y los que milagrosamente salieron ilesos no los removió el gobierno; los recuperó la ciudadanía.

    Ante el pasmo y la paralización de las fuerzas públicas y de socorro oficiales, fue el pueblo de México el que, a una voz y como un solo hombre, acudió ante esta tragedia, que marcó de manera indeleble esta ciudad y el país entero. Nunca como ese 19 de septiembre se sintieron la solidaridad, la fraternidad y la entrega incondicional de la población a sus hermanos caídos en desgracia. Muchos y muy variados son los testimonios que han quedado impresos en libros, artículos, poesía y crónica. Muchas y muy variadas son las historias orales que se cuentan de boca en boca sobre este cataclismo. Todo mexicano tiene algo que contar; no hay capitalino o mexicano que no sepa, que ignore esa fecha, que señale un antes y un después en nuestra historia porque el pueblo de México, ante la desgracia y el dolor ajenos, siempre los asume como propios.

    En ese momento desaparece todo odio y todo rencor. No hay distingos sociales, no hay pobres, no hay ricos. Los héroes anónimos que emergen del pueblo mismo, con sus manos, con sus herramientas, con su entrega y una voluntad sin límites se lanzaron a rescatar a sus hermanos. El 19 de septiembre... esta fecha es del pueblo de México. Demandamos que nunca forme parte del santoral oficial, que nunca sea secuestrada por la burocracia gobernante para hacer ejercicios retóricos, que recordemos esa fecha como algo que nos duele, que recordemos a nuestros muertos, pero que nos sirva también para tener presente que los gobernantes privilegian el interés mezquino e inmediatista a costa de los más desvalidos. Y, como hemos podido observar, desgraciadamente --y esto en forma reciente-- no es privativo de un país, sea éste poderoso o débil.

    La lección del 19 de septiembre es que no debemos esperar a que los fenómenos naturales sean los que auditen la obra y la reglamentación públicas. ¡Cuántos mexicanos podrían seguir viviendo en este momento si no hubiera campeado la corrupción durante tantos años o, digámoslo mejor, cuántos ciudadanos de este país vivimos en riesgo constante porque la indolencia y la corrupción, muy a nuestro pesar, siguen!

    Día tras día escuchamos que los más pobres de México, los campesinos, mueren y pierden su escaso patrimonio por los estallidos de los ductos de Pemex; todo ello, perfectamente evitable. Y expresan con toda nitidez la incuria y la responsabilidad de nuestros funcionarios, que es la misma que dio lugar a los trágicos acontecimientos del 19 de septiembre. ¿Por qué no nos quedamos conformes con que el sismo destruyó nuestra ciudad, con que el sismo que destruyó nuestra ciudad fue producto única y exclusivamente de las fuerzas de la naturaleza? Recordemos que fueron los edificios públicos los que mayoritariamente se colapsaron; lo mismo sucedió con algunas edificaciones particulares: según peritajes técnicos, que están fuera de toda duda, no se cumplió la norma establecida. Ya lo dijo Hamlet: ``Algo está podrido en Dinamarca''. Y nosotros agregamos: ``Algo está podrido en nuestro México; y el hedor que despide es un hedor de muerte, de dinero mal habido y de tráfico de influencias, de indolencia y de corrupción''.

    Compañeras y compañeros diputados, ¿tendremos que limitar nuestra ayuda a los mexicanos en desgracia formulando puntos de acuerdo para que recuperen sus bienes o se indemnice a sus muertos y heridos y para que sigamos demandando que se aplique con todo el rigor de la ley a los responsables? ¿Tendremos que legislar para que sean la naturaleza, los estallidos, los incendios o algún otro siniestro semejante el indicador que audite la obra pública? De nada nos sirve hacer leyes si quienes están encargados de cumplirlas o de dirimir la pertinencia de ellas violan la esencia misma de su encomienda. Pero que nadie evada su responsabilidad, tenemos todavía un buen trecho en esta Legislatura para proteger y preservar la vida y el patrimonio de los mexicanos. No podemos caer única y exclusivamente en lo que denunciamos. El mejor reconocimiento que podemos hacer a quienes murieron o quedaron lesionados o mutilados o a quienes perdieron su patrimonio y todavía no lo recuperan es garantizar a través de la ley que esto no vuelva a ocurrir.

    A 20 años de esos trágicos acontecimientos, seguimos recordando sólo a nuestros muertos, en tanto que el gobierno actual y los pasados siguen indiferentes ante los que perdieron su hogar. La naturaleza no entiende de leyes, pero los hombres sí la entendemos y estamos en condiciones de que los daños sean menores; que nuestra ciudadanía no sufra más por un gobierno ineficaz y corrupto. ¡Nunca más un 19 de septiembre, un Gilberto o un Paulina; nunca más estallidos en San Juanico o en Guadalajara! Es cuanto, diputado Presidente. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por 10 minutos.El diputado Guillermo Velasco Rodríguez: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: han pasado 20 años desde que ocurrieron los terremotos más catastróficos que se recuerden en la Ciudad de México. Todavía se encuentran frescas en la memoria las tristes imágenes que fueron comunes durante los funestos días del 19 y 20 de septiembre de 1985. Muchos aún no dejamos de pensar que quizás escenas dramáticas como las de entonces pueden repetirse. Como sabemos, todo comenzó un 19 de septiembre, a las 7:19 de la mañana, momento en el que un devastador temblor de 8.1° sacudió esta ciudad durante varios segundos.

    El estremecimiento fue tan violento, que numerosos edificios, casas y puentes no lo resistieron y se fueron desplomando hasta quedar reducidos a pedazos de concreto y acero retorcido. Bajo los pesados escombros quedaron atrapadas miles de personas. Ese día jamás se borrará de nuestra memoria, pues hace 20 años se sacudió la conciencia en nuestro país. Recordar lo que aconteció a la Ciudad de México hace 20 años debe sumirnos en una profunda reflexión: ¿qué tipo de cultura y prevención de desastres tenemos como país, sobre todo ahora que es posible sufrir catástrofes por cualquier fenómeno natural? No debemos olvidar los daños que se presentaron después de este fenómeno. La tragedia debió de dejarnos enseñanza. El 19 de septiembre de 1985, un minuto y medio bastó para que los capitalinos descubrieran las condiciones en que se encontraban las construcciones.

    La capital del país es una de las más sensibles en el mundo; y con la experiencia de esa fecha se comenzó a dar mayor interés a los estudios técnicos y científicos para comprender de qué manera los fenómenos naturales del subsuelo repercuten en los daños estructurales. El centro de la ciudad fue la región que más daño sufrió en su infraestructura urbana. Con el sismo, en ese sector se perdió parte de la cultura habitacional y social de los capitalinos, al desaparecer los centros familiares de atención hospitalaria y las edificaciones tradicionales. Aunque parezca extraño, diversos estudios realizados fuera del país indican que 3 por ciento de la energía sísmica mundial se libera en México, lo cual se traduce en la presencia de por lo menos un sismo mayor de 7° Richter cada año en el país que, indudablemente, afecta la Ciudad de México.

    El Distrito Federal es sumamente sensible a los sismos, debido a la diversidad de tipos de suelo que tiene, lo que provoca que los movimientos telúricos adquieran dimensiones importantes. La sensibilidad de la Ciudad de México se atribuye a que gran parte de las viviendas y oficinas está edificada sobre el territorio donde miles de años atrás era el lago de Texcoco. Sólo depende de la naturaleza que ocurra un gran sismo en nuestro país, pero depende de nosotros que no olvidemos lo sucedido en esta ciudad. Y la forma de honrar a los varios de miles de personas que fallecieron en los sismos de 1985 es continuar con la cultura de la prevención y acción en caso de desastres naturales.

    Los simulacros del día de ayer son muestra de ello. Lamentablemente, fue una lástima que no hayan salido a la perfección y que nuestro inmueble no haya participado en él. Como toda catástrofe natural, es imposible predecir una situación como la ocurrida hace 20 años. No obstante, el siniestro puso en evidencia la incapacidad de las autoridades y del gobierno para afrontar una situación caótica de tales magnitudes. Mostró la ausencia de dirección y coordinación y la poca ética de muchos que, aprovechándose de la situación y del sufrimiento, buscaron el beneficio propio. Lamentablemente, también persistieron el tráfico de influencias y la falta de previsión, a pesar de que la Ciudad de México es un lugar con actividad sísmica muy alta.

    La vulnerabilidad de la ciudad no sólo depende de cuán frágil sea su suelo sino de qué manera las construcciones que se realizan en esos lugares son suficientemente resistentes o eficaces a los movimientos telúricos. Por otra parte, en los últimos 20 años la población y las manchas urbanas de México han crecido exponencialmente. La falta de planeación urbana y de coordinación entre autoridades genera vulnerabilidad y, por tanto, poca respuesta a las emergencias. Por ello es necesario crear instrumentos e instituciones para que los desastres naturales no nos tomen desprevenidos. Que se procure una verdadera cultura de prevención de desastres, lo cual parece un poco más que difícil por las condiciones en que se encuentran los heroicos cuerpos de bomberos y las demás instituciones de apoyo ciudadano.

    Frente a la incapacidad gubernamental de aquel entonces y en un hecho histórico de extraordinaria solidaridad, los mexicanos se unieron y se organizaron, improvisándose como rescatistas, paramédicos, transportistas, socorristas, etcétera.

    Hoy, espero que los gobiernos tanto federales y de este Congreso de la Unión sirvan de pauta para resolver los problemas para todos los habitantes de esta metrópoli que no ha podido resolver ninguna administración capitalina, ya que ante la enorme estela de destrucción y muerte el gobierno en turno no tuvo la capacidad para reaccionar de manera pronta y adecuada. El terremoto de 1985 fue un parteaguas para la sociedad mexicana, ya que cambió para muchos habitantes el concepto de vida; para otros, el concepto de solidaridad; y otros más incrementaron su grado de conciencia cívica. Ahí nació la sociedad civil, y su lucha es tangible aún hoy. A la fecha es motivo de orgullo la gran solidaridad y respuesta que la sociedad civil mexicana ha mostrado ante las desgracias nacionales e internacionales; sin embargo, aún queda duda de la capacidad de respuesta de las autoridades en cualquier contingencia de gran magnitud.

    No olvidemos que la separación gobernantes-pueblo ha sido históricamente uno de los mayores problemas sociales, originado desde nuestra formación como sociedad conquistada. En los momentos críticos que hemos analizado surge este intento de integración como una posibilidad de recuperar la dignidad fracturada. Ante esto debemos integrarnos como un solo actor, capaz de afrontar cualquier problema social, no sólo ante las desgracias naturales. A raíz de los acontecimientos, no debemos olvidar y poner énfasis en las tareas que aún quedan por resolver. Así, es imperioso que se modifique la normatividad en materia de construcción en nuestro país, que se reformen estas normas de construcción, específicamente en la capital, y que se considere el apoyo de geólogos en los procesos de edificación, estableciéndose las normas oficiales mexicanas adecuadas. De igual forma, urge intensificar la vigilancia en las construcciones, ya que hasta la fecha no se aplican estas normas por muchos constructores, lo que pone en riesgo vidas humanas y recursos materiales ante futuros sismos o desastres naturales.

    La precaución y evaluación de los riesgos ante una contingencia deben ser incrementadas, ya que México es un país que, por su situación geográfica, se encuentra sumamente vulnerable a los fenómenos naturales. El peligro es latente ante una nueva embestida natural. Como sabemos, la capital del país se ubica en una de las regiones más vulnerables del planeta, debido a su intensa actividad sísmica y volcánica. Los estados costeros del territorio deben enfrentar anualmente los fenómenos hidrometeorológicos que afectan sus litorales. Así, recordando los acontecimientos de hace 20 años y viendo la magnitud de las desgracias humanas que pueden alcanzarse ante un fenómeno natural, debemos fortalecer nuestros esfuerzos para asegurar que, de ocurrir otra situación semejante, las pérdidas sean las menores y que las respuestas sean las mejores que pueda haber, evitando negligencias y falta de coordinación. Hoy, a 20 años de aquel triste momento, debemos valorar el sentido de la conmemoración luctuosa del 19 y 20 de septiembre, a fin de que se minimicen los efectos que producen los fenómenos naturales. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a estudiantes de las universidades Golfo de México, Instituto de Estudios Superiores, Instituto Tecnológico y La Huasteca, de la ciudad de Poza Rica, Veracruz, invitados del diputado Pablo Anaya Rivera; sean bienvenidos. Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Saucedo Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por 10 minutos.El diputado Francisco Javier Saucedo Pérez: Con su permiso, señor Presidente: 19 de septiembre, fecha emblemática, simbólica, que hace referencia a una ciudad lastimada y a un pueblo igual, que al mismo tiempo, con coraje, con realismo, de manera concreta y verídica, dolorosa y gozosa, incierta y verdadera, de destrucción y constructiva, de sangre y serenidad, de urgencia y esperanza, de muerte y vida. Fecha que se refiere a la praxis de un sujeto llamado ``sociedad civil'', un sujeto colectivo que convoca, distribuye, dirige, se solidariza con la amplitud y con toda la sociedad desde la causa de los damnificados.

    Construir la democracia y recuperar la nación como hace 20 años son tareas que reclaman otra forma y otro fondo para la participación de la sociedad en los asuntos públicos. Hace 20 años reconstruimos la Ciudad de México, vulnerada por la corrupción, la negligencia y la irresponsabilidad acumuladas. Las instituciones públicas no sólo se mostraron incompetentes ante la magnitud del desastre sino que, por la lógica corporativa y autoritaria, mostraron el verdadero rostro de la clase política, no solidaria, temerosa, refugiada en el extraviado principio de la autoridad y empecinada en un retorno a la normalidad de la cual precisamente se generaron las causas del desastre.

    Hoy debemos dignificar nuestra identidad como pueblo solidario, dispuesto a luchar por las mejores causas históricas de nuestro país, más allá de las coyunturas. Y proponemos la reconstrucción nacional desde una nueva cultura política, incluyente y abierta al debate de los disensos para construir los consensos necesarios para estar preparados y fortalecer la sociedad civil, que ya demostró tener la capacidad de ser garante de la defensa de México sin simulacros políticos ni discursos retóricos, México está en una crisis, una crisis de descomposición. Incluye todos sus aspectos fundamentales: el económico, político, social, religioso, de valores, de relaciones internas y externas, de sistemas de referencia, de matriz, de sentido.

    Hay quienes resisten y quieren construir algo distinto, más justo, más ético, más humano, pero no es fácil resistir. Hay que aprender a decir ``¡no!'' No al desprecio, no a la arrogancia, no a la acumulación de riqueza, no a la pobreza que de esa acumulación se deriva, no a los amos del país, no a los poderes financieros, no a eso que llaman ``democracia'' y que no es participación del pueblo sino derroches inmorales del dinero para comprar votos que permitan seguir en el poder a los mismos de siempre; no a la nación privatizada, no a la injusticia socioeconómica, no a la desescolarización, no a la destrucción del medio ambiente, no al narcotráfico y a las drogas, no a la exclusión de la mujer, no a toda discriminación, no a la destrucción televisiva del pensamiento, no a la violencia callejera, a la violencia económica, a la violencia política, familiar, social, estatal, electoral, verbal. No al abajamiento de cualquier ser humano.

    En esta nueva etapa del ciclo de la globalización neoliberal, nuevos desastres se ciernen sobre México como una expresión de su vulnerabilidad ante las crisis económicas recurrentes y las erróneas decisiones políticas del Gobierno Federal. A lo largo de 20 años han ocurrido desastres asociados con fenómenos naturales y procesos tecnológicos de todo el territorio nacional; el recuento de la devastación se cuenta en miles de muertes evitables, en el contexto del debilitamiento de las instituciones de la República, por la aplicación de programas ortodoxos de ajuste que hemos cuestionado desde hace varios años e incluso han sido criticados por organismos internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. A esos desastres se suman nuevos peligros; el principal: la apuesta política para reinventar el control autoritario clientelar sobre la sociedad civil, en la perspectiva de desmovilizar a los ciudadanos y las comunidades para subordinarse a la normalidad patológica de la antidemocracia.

    Cuidado, no confundamos la democracia con una parte de ésta; las elecciones no deben estar por encima del respeto de los derechos constitucionales y humanos de la ciudadanía, que debe asumir, como quedó demostrado hace 20 años, sus obligaciones a contracorriente de las imposiciones burocráticas. En este vigésimo aniversario de los sismos, el mejor homenaje a quienes reconstruyeron la ciudad, a quienes dignificaron la vida entre los escombros es redoblar esfuerzos, que nos comprometamos por fortalecer la sociedad. Un país sujeto a la dinámica de pactos, contubernios y complicidades, cimentadas en la exclusión y la manipulación, no tiene opciones para pensar y construir un futuro mejor para las generaciones venideras.

    El mejor homenaje a quienes murieron por el desastre social es no perder la memoria histórica que, a pesar del tiempo transcurrido, tiene un veredicto indiscutible: hay responsabilidades por omisión, por corrupción y arbitrariedades. Por ello, en la reconstrucción nacional no podemos permitir que nuevos desastres ocurran y que el propio Poder Legislativo permanezca a la expectativa. Como representantes populares, asumamos la obligación de dotar a la sociedad de instrumentos jurídicos que fortalezcan su participación en los asuntos públicos, en la definición de nuevos horizontes que debemos construir juntos. Otro país es posible; hay que ponernos a trabajar para construirlo, desde abajo, desde las bases, desde el pueblo, desde la gente común, desde la solidaridad porque sólo así se construyen un mundo distinto y un país distinto y nuevo. La lucha ahora es por una nueva mayoría en el país. En el Partido de la Revolución Democrática y con la sociedad vamos por esa mayoría. Es cuanto, señor diputado.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por 10 minutos.

    El diputado Ernesto Herrera Tovar: Con su venia, ciudadano Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Adelante, diputado.

    El diputado Ernesto Herrera Tovar: Compañeras y compañeros diputados: hace 20 años ocurrieron los sismos más catastróficos que se recuerden en la Ciudad de México. Sin duda, todavía se encuentran en la memoria de todos nosotros las tristes imágenes que fueron comunes durante los trágicos días del 19 y 20 de septiembre de 1985. Sólo 120 segundos fueron suficientes para que la naturaleza destruyera lo que llevó décadas construir. La furia de dos sacudidas, de 8.1 y 7.6° en la escala de Richter dejó sin casa a 50 mil familias, 40 mil lesionados que debieron ser hospitalizados y 41 mil millones de pesos en daños materiales.

    Las autoridades reconocieron entonces 9 mil 500 muertos, 150 mil damnificados, 53 mil edificios afectados, de los cuales 757 se colapsaron y tuvieron que ser demolidos, y daños millonarios en infraestructura, vivienda y servicios públicos que se vieron paralizados. Fueron días de duelo nacional; la situación había salido de control gubernamental. Toda previsión fue rebasada por mucho y solamente el ejército de auxilio y solidaridad, que integraron cientos miles de mexicanos, hizo posible el rescate de cientos de víctimas que, por días, permanecieron debajo de los escombros. Sin embargo, esos días, que dejaron huella imborrable, sumada al profundo dolor de muchas familias mexicanas, difíciles como pocas veces en la historia, resaltaron la solidaridad y la unidad de todos los mexicanos.

    En efecto, en medio de la emergencia la ciudadanía reaccionó de manera inmediata para rescatar a quienes habían quedado bajo los escombros y prestar ayuda a todos los damnificados. Así, las calles de la ciudad se llenaron de cientos de héroes anónimos que arriesgaron su vida y trabajaron incansablemente para auxiliar a quienes sufrieron las consecuencias de la terrible contingencia. La respuesta social pareció sorprender a todos. Lo que surgió como una voluntad individual de hacer algo se encontró de frente con una voluntad colectiva de organización y de reconstrucción. Como nunca, emergió el pueblo solidario; se dio sin cortapisas y sin presiones. Fue la sociedad civil, fueron los jóvenes en mezclilla, las mujeres con su calor humano, los hombres como eslabón de cadena interminable...

    En fin, fue el pueblo de México el que curó al herido, el que sepultó al muerto, el que rescató al atrapado, el que consoló a la viuda y al huérfano. México, su pueblo, su gente, enfrentó la tragedia y consolidó ante el mundo su ser solidario. Tampoco podemos olvidar la ayuda desinteresada de las naciones hermanas que acudieron al auxilio del país, particularmente una ciudad postrada.

    Las demostraciones de ayuda de todas partes fueron prueba contundente de que hay en la comunidad internacional posibilidad de respuesta. El auxilio pronto y eficaz de tantos países, en apoyo humano, financiero, médico, logístico, contribuyó definitivamente a aliviar el dolor y superar la adversidad. Aún no terminábamos de reponernos del primer sismo cuando, al día siguiente, en un segundo movimiento telúrico, la ciudad volvió a sufrir pérdidas humanas y materiales. Ocurrió cuando el anochecer apenas cubría la ciudad; el temor y la incertidumbre se apoderaron nuevamente de la población citadina. La reacción de la población fue de temor, en algunos casos de éxodo, como fue el caso de la salida nocturna de cientos de habitantes del centro de la ciudad que pernoctaron en el Zócalo el 20 de septiembre. Una lección quedó clara en estos sismos: debemos estar preparados; la naturaleza no espera y su fuerza puede ser devastadora. Si bien es poco lo que podemos hacer para enfrentarla, es mucho lo que podemos hacer para evitar pérdidas humanas. En este sentido, no debemos centrar nuestro esfuerzo a responder únicamente ante la aparición de desastres ni comenzar a organizarnos una vez que éstos hayan ocurrido.

    Por ello, la implantación de medidas tendentes a la protección de las vidas, el patrimonio y el medio ambiente no es un asunto menor; al contrario, debe ser la primera tarea del Estado moderno. Aunque no se disipa la amenaza de un sismo de grandes dimensiones, hoy día estamos seguros de que una tragedia de dicha magnitud no deberá suceder, dado que hemos transitado de una posición reactiva a una preventiva; esto, frente a la defensa de la vida y el patrimonio de millones de mexicanos. Contamos hoy día con el Sistema Nacional de Protección Civil, que organiza y coordina los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil en las labores de prevención, atención y reconstrucción de emergencias y desastres. Tenemos órganos especializados en la investigación de los fenómenos naturales, así como su impacto en nuestra sociedad.

    De igual manera, se cuenta con recursos económicos, a través del Fonden y Fopreden, para encarar la reducción de riesgos y atención de calamidades y atención de las víctimas de desastres naturales. Pero, lo más importante: se cuenta con una cultura de protección civil y un pueblo solidario y una clara conciencia de que, para la Ciudad de México, los temblores de tierra han sido y seguirán siendo su principal riesgo. En retrospectiva, después de 20 años hemos aprendido diversas lecciones, como el valor y alcance de la solidaridad entre todos los mexicanos. Hemos aprendido que un gobierno puede trabajar mejor, con honestidad y eficiencia; todo esto, si cuenta con una sociedad organizada y consciente.

    Hemos aprendido que el país debe ser gobernado con la gente más honesta y preparada. Hemos aprendido que el autoritarismo en la toma de decisiones sin tomar en cuenta el sentir ciudadano es un agravio lacerante sobre el dolor de las tragedias. Hemos aprendido y descubierto la calidad del pueblo que somos. La protección civil como garante del patrimonio y la vida de todos los ciudadanos debe ser para todos nosotros un tema prioritario. Y a nuestra responsabilidad, de cada uno de los órganos de gobierno, quedará poder fortalecer un sistema de protección civil y una cultura de ésta para la protección de miles y millones de familias.

    Hagamos un honor a los caídos el 19 de septiembre de 1985. Muchísimas gracias. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado David Hernández Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por 10 minutos.

    El diputado David Hernández Pérez: 7:19 horas del 19 de septiembre de 1985. Datos estadísticos o una experiencia que nos obliga a prevenir. Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores: a 20 años del siniestro en que la naturaleza nos mostró la fuerza de destrucción que despertó una nueva forma de atender siniestros en donde nos obliga a que nazca, a que se dé inicio a la cultura de la protección civil. Es importante recordar los datos estadísticos que reflejan la dimensión de la tragedia, las cifras de muertos, los edificios y construcciones destruidas, y el costo de la reconstrucción, entre otros datos; es importante recordarlos.

    De hecho, platicábamos hace unos momentos con nuestra compañera María Esther Scherman y comentaba de él que, incluso... de diputados fallecidos en aquel siniestro. De igual forma, debemos recordar que, además de los sucesos de la Ciudad de México, en Ciudad Guzmán, Jalisco, también dejó un rastro de muerte y destrucción, además de otros estados de la República, como Guerrero y Michoacán. Los fatídicos recuerdos de muerte y destrucción del 19 de septiembre de 1985, en el que el miedo, la angustia, la incertidumbre y, sobre todo, la crisis colectiva hacían presa de todos los habitantes de la ciudad.

    Bueno, debo decir de casi todos, porque un gran grupo de mexicanos mostraron su sentido de solidaridad; esos hombres que actualmente siguen siendo ejemplos, a quienes popularmente conocemos como ``topos''. A ellos, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, desde esta tribuna, nuestro más sincero reconocimiento. Sirva esta intervención para hacer un sentido homenaje a quienes en situaciones emergentes piensan en el bienestar de los demás. Me atrevo a decir que es en la historia de México el mejor ejemplo del concepto de solidaridad. Del reconocimiento al Ejército ya se ha hablado en esta tribuna el día de hoy. ``México sigue en pie'', se anunciaba, y cuando se difundían imágenes de los edificios destruidos, la gente se preguntaba: ``¿en dónde, cómo sigue en pie?'' La experiencia que se vivió es de gran importancia, toda vez que esa amarga experiencia sirvió para adoptar medidas para prevenir una catástrofe similar, ya que es fundamental puntualizar el riesgo de una nueva tragedia; siempre estará latente, es definitivamente una posibilidad permanente. Y lo que debemos de hacer es convertir ese riesgo en una oportunidad de prepararnos dentro del esquema de una cultura preventiva, dentro del marco de la protección civil.

    Los últimos eventos mundiales que se han presentado nos alertan sobre el incremento de la intensidad y destrucción. Me pregunto y les pregunto si realmente estamos preparados, como señala la titular de Protección Civil, Carmen Segura Rangel... Les pregunta si realmente tienen la confianza de que estamos preparados para enfrentar un siniestro, una contingencia como la que se vivió en 1985. Cada que hay un temblor, por mínimo que sea, la gente que convivió con ese evento vuelve a recordar y vuelve a sentir el mismo miedo, y les aseguro que la misma angustia, y se vuelve a sentir desprotegida. Estoy seguro de que la respuesta es que no estamos prevenidos para esa situación, y no porque de una u otra forma no se sea tan honesto, como se manifestó en esta tribuna, y que se estén aclarando los más de 600 millones de desviaciones que se dieron a través de la Coordinación de Protección Civil.

    Lo que podemos avanzar lo debemos de avanzar también con leyes --y ése debe ser un compromiso de este Legislativo--, leyes que nos permitan presentar al momento de los desastres una cultura preventiva que disminuya los riesgos latentes y garantice la atención con oportunidad y eficiencia. En el actuar cotidiano parecería que la cultura preventiva es reducida a señalamientos, a carteles con indicaciones de cómo se debe actuar en casos de siniestro, y lo más avanzado que se ha hecho fue la convocatoria a un simulacro que se efectuó el día de ayer, como se mencionaba aquí --incluso, este edificio no participó--. Podríamos decir que, de hecho, en la propia Secretaría de Gobernación las alarmas no funcionaron; al parecer, no sabían cómo hacer que funcionaran.

    Resulta que debemos diferenciar entre simulacro y simulación. La simulación que se hace solamente sirve para que muchos compañeros de las dependencias públicas encuentren en esos supuestos simulacros un tiempo de diversión porque, la verdad, lo agarran como algo chusco. Debemos diferenciar, pues, entre el simulacro y la simulación, y precisamente en esta materia porque, definitivamente, lo que está en juego son vidas, son vidas de mexicanos, son vidas de conocidos nuestros, son vidas probablemente de un familiar nuestro, probablemente la de nosotros mismos. Debemos reconocer, sí, los avances. Hoy, se cuenta con un número de expertos en actividades sísmicas, al tiempo de contar con tecnología de punta en la medición de éstas; así también, de alarmas sísmicas que permiten a la población disponer de un tiempo determinado para que pueda ser desalojada. ¿Es suficiente? Creemos que no es lo que realmente se requiere. Esto nos permite prevenir o atender que podamos invertir en investigaciones sísmicas. Hoy, la inversión es mínima; la regulación en materia de construcción no atiende el alto riesgo; y si de una cosa debemos estar seguros, es de que estos eventos naturales seguirán presentándose. Si a esta seguridad de que se presentarán los movimientos sísmicos agregamos, por ejemplo, que en el Distrito Federal, en lugar de invertir en infraestructura hidráulica, se hicieron segundos pisos y que las fugas de tuberías provocan grandes huecos subterráneos, tengan la seguridad de que se está incrementando el riesgo pero, como en la naturaleza, en la política las consecuencias no son predecibles.

    Para finalizar, los priístas consideramos que lo más rescatable del mismo y el mejor reconocimiento que podemos hacer a los que con sus acciones demostraron lo mejor de México, la solidaridad del mexicano, lo apasionante que es arriesgarse por otros, el que estamos obligados a reconocer y la mejor forma de que este Legislativo lo haga es presupuestar, crear una estancia especializada para que investigue y atienda esos eventos sísmicos con una visión de toma de decisiones de Estado. Es cuanto, compañero Presidente. Muchas gracias por su atención.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sonido a la curul de la diputada María Esther Scherman.
    VERIFICACION DE QUORUM

    La diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño (desde la curul): Diputado Presidente, quisiera solicitarle respetuosamente dos cosas: primero, que pudiésemos hacer un evento de verificación de quórum, pero con el efecto de que estuviésemos presentes todos en un minuto de silencio, en conmemoración y en homenaje de las víctimas de los sismos de hace 20 años y especialmente a tres compañeros de la LIII Legislatura que fallecieron en este fenómeno: el diputado Ricardo Horacio Casanova, de Oaxaca; el diputado Alfredo Sergio Mañueco Guzmán, de Veracruz; y la diputada Concepción Barbosa Hernández, de Colima. Ojalá me pueda conceder ambas solicitudes.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Con mucho gusto, ciudadana diputada. En términos del artículo 27 del Acuerdo Parlamentario, se pide a la Secretaría abrir el registro electrónico por 10 minutos para verificar el quórum. Mientras tanto, continuará el desahogo de la sesión y al final de la verificación de quórum, si le parece bien, solicitamos el minuto de silencio.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161. Ábrase el sistema electrónico, por 10 minutos, para registrar la asistencia.


    CODIGO CIVIL FEDERAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal.

    La diputada María Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal: Con su venia, señor Presidente. La familia, como célula nuclear de la sociedad, ha cambiado con el paso de los años, siglos, adaptándose a las circunstancias tanto políticas como culturales, económicas y ambientales, siendo necesario entonces que en estos entornos se actualicen las normas jurídicas para una integral protección de todos sus miembros, específicamente de los más débiles. Así, es indispensable adecuar a la realidad social la materia que involucra a las personas y familias del Código Civil Federal vigente desde 1932, hoy rezagado en algunos aspectos de suma relevancia. En la actualidad, dicho ordenamiento establece en el artículo 308 lo que han de comprender los alimentos. En el caso que nos ocupa, la propuesta tiene la finalidad de ampliar y establecer supuestos que hoy están omisos en esta legislación. En este sentido, se pretende incluir en el concepto de los alimentos la obligación de cubrir los gastos de atención médica, la hospitalización e, incluso, los gastos de embarazo y parto, ya que actualmente sólo se prevé la asistencia en casos de enfermedad.

    Lo anterior se legitima cuando encontramos que en nuestra compleja realidad son muchos los casos en que, al divorciarse, la mujer embarazada queda en un grave estado de indefensión pues, sin obligación legal que lo constriña a más, el padre del producto se limita a cumplir los gastos de enfermedad, quedando al margen los gastos derivados por el embarazo y el parto. Asimismo, cuando tratándose de los hijos o de sus padres adultos mayores ya, los obligados a administrar los alimentos se olvidan de los gastos por medicina preventiva o por hospitalización, que son generalmente más caros que los generados por asistencia en caso de enfermedad.

    Por otro lado, y con ánimo de dar protección a los grupos vulnerables, también se pretende incluir la obligación de proporcionar, dentro de los alimentos, a las personas con capacidades diferentes, a las declaradas en estado de interdicción, las provisiones necesarias para lograr en lo posible su rehabilitación, habilitación y desarrollo. En materia de adultos mayores, parecería ociosa alguna modificación de este precepto, tomando en cuenta que éstos son ya titulares del derecho a recibir alimentos, mas como la obligación de cubrirlos puede ser en forma de pensión, cada vez son más las familias que, sin violentar la legislación, se olvidan de sus mayores en centros de reposo o asilos. Por tanto, proponemos que el otorgamiento de alimentos a los adultos mayores, cuando proceda, se procure administrarlos incorporándolos al seno familiar y no en el formato de pensión, para satisfacer en ellos tanto las necesidades económicas como las emocionales.

    El 12 de noviembre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma del artículo 3o., párrafo primero, y fracciones III y V, así como al numeral 31 de la Constitución federal, declarando obligatorio para el Estado mexicano brindar la educación preescolar, estableciéndose sendas disposiciones transitorias a fin de que dicha obligatoriedad entre en vigor paulatinamente. En consecuencia, es indispensable establecer la imperatividad para quienes ejercen la patria potestad o tutela o que por otro concepto deban otorgar los alimentos de llevar a sus hijos a recibir la educación preescolar, la primaria y la secundaria en el ya citado artículo 308 del Código Civil Federal. Estoy consciente de que en la actualidad el Código Civil Federal, particularmente la materia del derecho de las personas y la familia, tiene una aplicación territorial muy limitada desde que territorios federales preexistentes se transformaron en estados libres y soberanos y que el Distrito Federal, a través de sus órganos de gobierno, ha fortalecido sus atribuciones, entre ellas la de legislar en materia civil.

    De esa manera, se han reducido drásticamente las poblaciones y los espacios territoriales en que el Poder Legislativo federal tiene facultad de legislar en materia civil. No obstante, destacamos la importancia que tiene el Código Civil Federal como modelo a seguir por parte de las Legislaturas de las entidades federativas. Y confiamos en que las reformas propuestas en esta iniciativa, en caso de aprobarse por esta soberanía, motiven reformas similares en los niveles de los distintos estados y del Distrito Federal. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, someto ante este Pleno el siguiente proyecto con carácter de Decreto.

    Artículo Único. Se reforma el artículo 308 del Código Civil Federal, para quedar redactado así:

    Primero. La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto.

    Segundo. Respecto de los menores, además, los gastos para su educación preescolar primaria y secundaria y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.

    Tercero. Con relación a las personas con capacidades diferentes o declaradas en estado de indefensión, lo necesario para lograr en lo posible su rehabilitación o habilitación y desarrollo.

    Cuarto. Por lo que hace a los adultos mayores, se procurará que los alimentos se les proporcionen integrándolos a la familia.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones, a los 20 días del mes de septiembre de 2005. Diputada Martha Laguette Lardizábal.

    Señor Presidente: ésta es una versión resumida de la iniciativa en comento, por lo cual atentamente solicito que se publique su versión íntegra en el Diario de Debates. Muchas gracias por su atención.

    «Iniciativa que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del PRI

    Martha Laguette Lardizábal, en mi carácter de diputada a la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezco ante esta Soberanía a presentar una Iniciativa con proyecto de decreto, para reformar el artículo 308 del Código Civil Federal, a efecto de que dentro de la obligación de ministrar alimentos se incluyan la asistencia en casos de embarazo y parto; la rehabilitación, tratamiento y desarrollo para personas que lo requieran, la incorporación preferente de adultos mayores al seno familiar, y la educación preescolar y secundaria. Lo anterior, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    I. La familia, siendo tan antigua como la propia humanidad, ha cambiado con el paso de los siglos y se ha adaptado a las circunstancias, tanto políticas, como culturales, económicas y ambientales, siendo necesario entonces que en estos entornos se actualicen las normas jurídicas para una integral protección de todos sus miembros, específicamente de los más débiles, como son los menores de edad, personas con capacidades diferentes, personas en estado de interdicción y adultos mayores.

    Debemos destacar que en cualquier civilización la familia ha sido la célula nuclear de la sociedad, la más importante desde el punto de vista social, pues dentro de ella se trasmiten y enseñan valores indispensables para la armonía y adecuada coexistencia humana, tales como el respeto, la unidad, la fraternidad, la solidaridad, el amor y la dignidad, y gracias a ella prevalecen los más intrínsecos lazos de afecto.

    De tal suerte, es indispensable adecuar a la realidad social la materia que involucra a las personas y familias del Código Civil Federal, vigente desde 1932, mismo que ha visto transcurrir con rapidez los múltiples cambios de las diversas épocas, viéndose rezagado en algunos aspectos de suma relevancia, como el que en este caso nos ocupa.

    En la actualidad, el Código Civil Federal establece en el artículo 308 lo que han de comprender los alimentos, entendidos éstos en los términos de dicha legislación, disponiendo dicho precepto lo siguiente:

    ``Artículo 308. Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores, los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.''

    En el caso que nos ocupa, la propuesta tiene la finalidad de ampliar y establecer supuestos que hoy están omisos en esta legislación, pero que se han convertido en una realidad social que debe estar amparada en el marco jurídico nacional.

    En este sentido, se pretende incluir en el concepto de los alimentos la obligación de cubrir los gastos de atención médica, la hospitalización e, incluso, los gastos de embarazo y parto, ya que actualmente sólo se prevé la asistencia en casos de enfermedad.

    Lo anterior se legitima cuando encontramos que en nuestra compleja realidad, son muchos los casos en que, al divorciarse por mutuo consentimiento o por necesidad, la mujer embarazada queda en un grave estado de indefensión, pues sin obligación legal que lo constriña a más, el padre del producto se limita a cumplir con los gastos de enfermedad, quedando al margen los gastos derivados por el embarazo y parto, los que en la actualidad generalmente son cubiertos sólo por la mujer o su familia, injustamente de forma unilateral.

    Asimismo, cuando tratándose de los hijos o de sus padres, adultos mayores ya, los obligados a ministrar los alimentos se olvidan de los gastos por medicina preventiva o de hospitalización, que son generalmente más caros que los generados por asistencia en casos de enfermedad.

    Por otro lado, con el ánimo de darle protección a los grupos vulnerables, también se pretende incluir la obligación de proporcionar dentro de los alimentos, a las personas con capacidades diferentes, o a las declaradas en estado de interdicción, las provisiones necesarias para lograr, en lo posible, su rehabilitación, habilitación y desarrollo, pues no es ajeno que esta clase de terapias y tratamientos son por demás costosos, ya que en ellos se involucra la participación de especialistas y medicamentos onerosos, así como educación especial.

    En materia de adultos mayores pareciera ociosa alguna modificación a este precepto, tomando en cuenta que estos ya son titulares del derecho a recibir alimentos, en tanto que el Código Civil Federal en su artículo 304, el cual cita que los hijos o sus descendientes están obligados a dar alimentos a sus padres, mas como la obligación de cubrirlos puede en forma de pensión, cada vez son más las familias que, sin violar la legislación, se olvidan de sus mayores en centros de reposo o asilos, en los que, si bien es cierto no tienen muchas veces carencias materiales, sí les falta lo principal, que es el afecto y el cuidado de su descendencia.

    Por tanto, proponemos que el otorgamiento de alimentos a los adultos mayores, cuando proceda, se procure ministrarlos incorporándolos al seno familiar y no en el formato de pensión, para satisfacer en ellos tanto las necesidades económicas como las emocionales, que son igual o mayormente importantes. Claro está que, de acuerdo al 309 del propio Código, en caso de negativa del acreedor a ser incorporado, el juez resolverá lo conducente en lo concreto.

    II. El 12 de noviembre del año 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 3º, párrafo primero, y a sus fracciones III y V, así como al numeral 31 de la Constitución Federal.

    Con dicha reforma se declaró obligatorio para el Estado mexicano brindar la educación preescolar en la nación mexicana, quedando en lo conducente el artículo 3o., primer párrafo, de la siguiente manera:

    ``Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado --Federación, estados, Distrito Federal y municipios-- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria.''

    Además, en dicho decreto se establecieron sendas disposiciones transitorias a fin de que la obligatoriedad de la educación preescolar entrara en vigor paulatinamente, de tal suerte que el tercer año de preescolar es imperativo desde el ciclo escolar 2004-2005 que ya transcurrió, en tanto, el segundo año desde el ciclo 2005-2006 que comienza, mientras que el primero a partir del ciclo 2008-2009.

    Así pues, en cuanto a lo previsto en el artículo 30 de la Carta Magna, en el sentido de que ``son obligaciones de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria...'', es indispensable dentro del marco de la legislación federal la imperatividad para quienes ejercen la patria potestad o tutela, o por otro concepto deben otorgar los alimentos, de llevar a sus hijos a recibir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, esto es, en el ya citado artículo 308 del Código Civil Federal.

    Todo lo anterior deberá quedar establecido en el precitado artículo, para su más fácil consulta, entendimiento y, en su caso, interpretación, en diversas fracciones que se referirán a los elementos que comprenden los alimentos, en cada hipótesis.

    El derecho es generador de cambios y promotor de las condiciones sociales que requieren el progreso y la justicia, por lo que, con esta iniciativa, se contribuye a fortalecer la construcción de una sociedad más justa y formada por hombres y mujeres solidarios, para lograr un sistema con mejores condiciones de vida.

    Estoy consciente de que en la actualidad el Código Civil Federal, particularmente la materia del derecho de las personas y de la familia, tiene una aplicación territorial muy limitada desde que, territorios federales preexistentes se transformaron en estados libres y soberanos y que el Distrito Federal, a través de sus órganos de gobierno, ha fortalecido sus atribuciones, entre ellas la de legislar en materia civil. De esa manera, se reducen drásticamente las poblaciones y los espacios territoriales en los que el Poder Legislativo Federal tiene facultad de legislar en materia civil, reduciéndose su aplicación al territorio insular en los términos previstos en el artículo 48 constitucional, a los buques o embarcaciones nacionales y a las representaciones diplomáticas de nuestro país en el extranjero.

    No obstante, destacamos la importancia que tiene el Código Civil Federal como modelo a seguir por parte de las legislaturas de las entidades federativas y confiamos en que las reformas propuestas en esta Iniciativa, en caso de aprobarse por esta Soberanía, motiven reformas similares en los niveles en los distintos estados y en el Distrito Federal.

    Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Carta Magna, someto ante el Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto con el carácter de

    Decreto

    Artículo Único. Se reforma el artículo 308 del Código Civil Federal, para quedar redactado de la siguiente manera:

    Artículo 308. Los alimentos comprenden:

    I. La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto;

    II. Respecto de los menores, además, los gastos para su educación preescolar, primaria y secundaria, y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales;

    III. Con relación a las personas con capacidades diferentes o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo; y

    IV. Por lo que hace a los adultos mayores, se procurará que los alimentos se les proporcionen integrándolos a la familia.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 12 días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- Dip. Martha Laguette Lardizábal (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como lo ha solicitado, publíquese la versión íntegra en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

    El diputado Ángel Pasta Muñuzuri: Con su permiso, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Adelante, diputado.

    El diputado Ángel Pasta Muñuzuri: Compañeros y compañeras diputadas:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

    Ángel Pasta Muñuzuri, diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona él articulo 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, la cual se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Hablar del sistema penitenciario mexicano, es entrar en un mundo complicado duro, triste, donde existe sufrimiento y poca readaptación, el ser humano al ser detenido, privado de su libertad, por cometer delitos que se pagan con pena corporal, llámese indiciado, procesado o sentenciado, el estado de animo físico y mental se ve afectado, las cárceles mexicanas, no reúnen en la realidad lo que en ley se prevé.

    La educación sin duda alguna es un elemento indispensable para la readaptación social del interno, este tiene el derecho a recibir educación, y a que esta se certifique con el documento que así lo acredite, por ello es necesario esta reforma de Ley, que se expone, de modo tal que se eleve a Ley, para otorgar al estudiante sentenciado mayor seguridad de que sus estudios del nivel de que se trate constaran en un certificado expedido por la autoridades correspondientes.

    Se debe de establecer en el marco legal penitenciario, el valor de la educación, en el carácter humano, ya que esto dará respeto al pleno desarrollo de la persona, se debe de privilegiar el desarrollo humano del individuo, los legisladores de Acción Nacional, sustentamos nuestro trabajo, acción y fin de nuestro esfuerzo, a la promoción, salvaguarda y la plena realización de la persona humana, cada persona debe de ser respetada, independientemente de su condición o actuar, por ello sus estudio se deben de reconocer con sus certificados correspondientes, parte fundamental para mejorar la vida de un preso es el nivel educativo, garantizar su educación es construir su readaptación, fomentar en ellos el habito por aprender, debe de ser una realidad, para toda persona, el ser humano es educable y perfectible, al agregar en esta iniciativa que la educación que se imparta a los sentenciados sea humanista se esta garantizando que estos desarrollen su sentido humano del bien, que es parte de su ser desde su nacimiento.

    Un filósofo de nombre Terencio, señalo ``hombre soy y nada humano me es ajeno'' por ello la educación es y seguirá siendo la principal actividad humana para ayudar, a quienes habitan en las cárceles son personas, personas recluidas y al aprobar esta iniciativa de ley, estaremos diciendo si a un mejor proyecto educativo de las personas, en cualquier circunstancia que éste se encuentre.

    Honorable asamblea:

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración el siguiente

    Proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

    Artículo Primero.- Se reforma el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, para quedar como sigue:

    Artículo 11. Todo interno tendrá derecho a recibir educación por parte de Estado, esta será, no solo de carácter académico, sino también humano, cívico, social, higiénico, artístico, físico y ético. Será, en todo caso, orientada por las técnicas de la pedagogía correctiva y quedará a cargo, preferentemente, de maestros especializados.

    ...

    Una vez cursados y acreditados los niveles escolares respectivos, la autoridad competente deberá tramitar y entregar al interno, la documentación oficial correspondiente.

    Transitorios

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública.
    VERIFICACION DE QUORUM
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico y dé cuenta del registro de asistencia.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico de asistencia. Se informa a la Presidencia que, hasta el momento, hay una asistencia de 388 diputadas y diputados. Hay quórum, señor Presidente.


    SISMOS DE 1985
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como ha solicitado la diputada María Esther Scherman, con motivo del vigésimo aniversario de los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985, les voy a suplicar que podamos ponernos de pie para guardar un minuto de silencio por las víctimas de ese sismo y, de manera particular, como ha solicitado la diputada, en memoria de la diputada Concepción Barbosa, de Colima; diputado Alberto Mañueco Guzmán, de Veracruz; y diputado Ricardo Hernández Casanova, de Oaxaca.

    (Se guarda un minuto)


    ARTICULOS 99 Y 100 CONSTITUCIONALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias. Tiene la palabra la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    La diputada Eliana García Laguna: Gracias, señor Presidente: la iniciativa que hoy se presenta se enmarca en el contexto de la reforma en materia de justicia que requiere urgentemente nuestro país. En momentos en que surge esta imperiosa necesidad de modificar y fortalecer el trabajo que realiza el Poder Judicial, la propuesta cumple el objetivo de consolidar una de las instituciones necesarias para alcanzar un Estado de derecho democrático, social, imparcial y justo. El objetivo central es consolidar la función de la administración del Consejo de la Judicatura a fin de permitir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Tribunal Electoral enfocarse de manera exclusiva en la función jurisdiccional. Pretende garantizar la independencia del Consejo de la Judicatura Federal respecto de la Suprema Corte, con lo que a su vez se pretende apuntalar el objetivo de que el Consejo sea un órgano que permita la participación ciudadana. Lo anterior, a través de la propuesta de que el Presidente de la Suprema Corte y el del Consejo de la Judicatura no recaigan en la misma persona y que los consejeros en su mayoría sean miembros de la sociedad nombrados por la Cámara de Senadores, excluyendo la posibilidad de que sean miembros del Poder Judicial y los tres restantes sean magistrados de circuito nombrados por insaculación. De esa manera habría una mayoría de miembros de la sociedad civil, pero también se evitaría que los consejeros provenientes del Poder Judicial sean nombrados de acuerdo con criterios exclusivos de la Suprema Corte de Justicia.

    Por otra parte, se pretende evitar la participación de la Suprema Corte en actividades propias del Consejo, como es la posibilidad de revocación de los acuerdos generales que emita el propio Consejo. En este sentido se formulan las propuestas de reforma del párrafo noveno para excluir o, en su caso, limitar la intervención de la Suprema Corte en las decisiones administrativas que tome el Consejo, dejando a salvo la posibilidad de que los jueces o magistrados destituidos puedan impugnar esta decisión, ya sea en la Corte o ante el Senado. Esta propuesta pretende fortalecer la autonomía e independencia interna del Consejo de la Judicatura, evitando que sus decisiones administrativas sean nulificadas por la Corte.

    Es evidente que la facultad de la Suprema Corte y, en su caso, de los Tribunales Superiores de Justicia de los estados de revisar prácticamente cualquier acto del Consejo de la Judicatura Federal o local no sólo mina la autonomía y la independencia que dicho órgano debería tener para realizar su labor de manera eficiente y sin intervención de la Suprema Corte sino que, además, distorsiona la esencia misma que motivó la creación del Consejo de la Judicatura, pues al revisar las acciones de este órgano, la Suprema Corte y los Tribunales de Justicia en realidad lo que están haciendo es involucrarse nuevamente en una labor administrativa, que fue lo que justamente se pretendió evitar al crearse el Consejo de la Judicatura.

    Debe existir una división entre la función de juzgar y la de administrar, objeto y fin de creación del Consejo, que se ha visto rota al otorgar facultades de revisión de actos administrativos a la Suprema Corte y a los Tribunales Superiores de Justicia. Luego entonces, la impartición de justicia no puede ser eficaz si el órgano que administra y vigila se encuentra subordinado al órgano que preside, a quienes deben ser vigilados. En virtud de lo anterior se sugiere que para evitar que el Consejo de la Judicatura realice su trabajo bajo la supervisión y subordinación de la Suprema Corte, se propone que el Senado, a través de su Comisión Jurisdiccional, revise las decisiones del Consejo de la Judicatura, únicamente por lo que respecta a la remoción de jueces y de magistrados, con lo que se garantizaría que el Consejo no actúe subordinado a la Corte. Cabe resaltar que las deficiencias que imperan en la formación del Consejo no han pasado inadvertidas para los organismos internacionales que, en materia de derechos humanos, han emitido recomendaciones al Estado mexicano sobre la necesidad de realizar reformas que doten de mayor autonomía al Consejo de la Judicatura en el ámbito local.

    La iniciativa que presentamos hoy adquiere mayor importancia dada la resolución que acaba de ser conocida a través de los medios de comunicación en el sentido de que la Suprema Corte de Justicia revocó una resolución del Consejo de la Judicatura Federal, y desde esta tribuna queremos hacer una denuncia del hecho que sucedió, donde el Consejo resolvía destituir al magistrado de circuito Héctor Gálvez Sánchez, acusado de acoso sexual por dos de sus subordinadas. Sin embargo, la resolución del máximo tribunal del país resolvió que sólo procedía contra este magistrado una sanción administrativa.

    El Consejo de la Judicatura había dictaminado que el delito de acoso sexual que se imputó al magistrado Gálvez Sánchez era por faltas que, como servidor público denunciado, eran de gran gravedad y trascendencia, y que perjudicaban la imagen del Poder Judicial de la Federación y que deterioraban la función jurisdiccional. Se estableció además que el juzgador faltó al profesionalismo y a la excelencia propios de su actuación, por no cumplir de manera ejemplar sus deberes y por actuar de manera irrespetuosa, indecorosa, falta de sencillez y de honestidad.

    Pese a los argumentos y las evidencias expresados por los consejeros de la Judicatura Federal en relación con el caso del magistrado, los ministros Juan Díaz Romero, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Sergio Aguirre Anguiano y, desafortunadamente, dos de las ministras --¡mujeres!-- resolvieron que la conducta de hostigamiento sexual del magistrado Héctor Gálvez no era causa suficiente para destituirlo y, por tanto, resolvieron que se hacía la revisión administrativa y dejaba sin efectos la sanción del Consejo de la Judicatura. La determinación que tomó la Suprema Corte es jurídica, ética y políticamente inaceptable, pues quienes realizan la función judicial en el máximo tribunal del país deberían aplicar en su justa dimensión la legislación penal vigente, que establece en el Código Penal Federal, en la parte final del artículo 257, que si un hostigador fuese servidor público y utilizase medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá del encargo.

    Es de destacarse que el ministro Genaro Góngora Pimentel fue la única voz disidente a esta determinación de la Suprema Corte y refirió: ``¿Qué otro tipo de consideraciones podrían exponerse por parte del Consejo para sustentar su decisión si no es precisamente lo que se señaló como la afectación de la imagen de la institución, el deterioro de la función jurisdiccional?'' Y agregó el ministro Góngora: ``El licenciado Gálvez Sánchez no es un magistrado bromista y besucón; es un acosador sexual'', y que ahí radicaba la gravedad de su conducta. Después de esa oprobiosa resolución de la Suprema Corte de Justicia, nos preguntamos: ¿quién vigila a los que, se supone, deben impartir la justicia en el máximo tribunal del país? En ese sentido, la sociedad requiere mecanismos realmente eficientes para el control de los miembros del Poder Judicial de la Federación.

    Es reprobable que los ministros no se hayan conducido de conformidad con la lealtad, legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de su función como ministros. Reprobamos la resolución de la Suprema Corte de Justicia, que brinda un manto de impunidad a un magistrado acusado de hostigamiento sexual por dos de sus subordinadas. Nuestro país requiere hoy más que nunca un Poder Judicial federal fuerte, sólido y eficaz, y con seguridad lo tendrá limitando a los juzgados y tribunales de funcionarios que no asumen su compromiso. La propuesta de reforma la dejamos a la Mesa y solicitamos su inserción en la Gaceta Parlamentaria. Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del PRD

    La que suscribe, diputada del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, 135 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos séptimo y octavo del artículo 99, reforma los párrafos segundo, quinto, octavo, noveno y décimo y adiciona un párrafo décimo primero Al artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y reforma la fracción VII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la administración pública federal al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Consejo de la Judicatura es un órgano de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial que fue creado en 1994 a raíz de una serie de reformas constitucionales relativas al poder judicial.

    Las funciones del Consejo de la Judicatura se encuentran establecidas en el segundo párrafo del artículo 94 de la Constitución Política:

    ...

    La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estarán a cargo del consejo de la judicatura federal en los términos que, conforme a las bases que señala esta constitución, establezcan las leyes.

    Por su parte el artículo 100 párrafo segundo de la Constitución establece la forma en la que el mismo debe de ser integrado:

    Artículo 100.- El Consejo de la Judicatura Federal será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

    El consejo se integrará por siete miembros de los cuales, uno será el presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del consejo; tres consejeros designados por el pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los magistrados de circuito y jueces de distrito; dos consejeros designados por el senado, y uno por el presidente de la República.

    La idea de crear un Consejo de la Judicatura obedeció a la necesidad de separar, al interior del poder judicial, las actividades administrativas de aquellas de carácter jurisdiccional. Es decir que se deja en este órgano de autogobierno la facultad de realizar todas aquellas acciones de administración, supervisión y sanción de los jueces y magistrados que integran el poder judicial para que éstos se puedan dedicar de manera exclusiva a la labor de juzgar.

    Así, estudiosos del derecho constitucional como el Dr. Jorge Carpizo McGregor señalan que algunas de las razones por las que se hace necesaria la existencia de un Consejo de la Judicatura son:

    a) Un tribunal constitucional debe dedicarse completamente a las funciones que le son propias, las jurisdiccionales, y no empelar su tiempo en otras.

    b) Al existir un órgano especializado para los asuntos concernientes al gobierno y la administración, se supone que realizarán sus funciones con mayor cuidado y podrán con independencia y objetividad tomar decisiones muy importantes.

    c) Al mismo tiempo que se garantiza la independencia del Poder judicial no se cae en los defectos del ``corporativismo judicial'' o el ``clientelismo''.

    d) Se impulsa la verdadera carrera judicial con nombramientos, promociones y adscripciones basados en reglas generales que posibilitan la toma objetiva y serena de las decisiones;

    e) En un sistema democrático no debe existir ningún órgano ni persona irresponsable y generalmente los tribunales superiores son renuentes a exigir responsabilidades de su propios jueces;

    f) Esta clase de decisiones se vuelven menos verticales cuando están en manos secretarías de justicia o de tribunales supremos;

    g) La experiencia en múltiples países avala este sistema de administración de los tribunales, y

    Porque el sistema que teníamos no funcionó bien y creó graves problemas que era urgente superar, entre ellos --sin que se pueda garantizar- se encontraban casos de corrupción, clientelismo e impunidad.1

    De igual manera estos consejos hacen a un lado el aparato burocrático del Estado para transformarlo en un orden autónomo e independiente de cualquier otro poder. Es un régimen de autogobierno. Lo que se persigue con su creación es garantizar que la carrera judicial sea una realidad y que la designación, promoción, adscripción y responsabilidad de los jueces responda a un sistema objetivo de méritos que fortalezca su independencia.2

    No obstante, desde el momento de su creación hubieron algunas críticas hacia la forma en cómo el Consejo estaba conformado (cuatro de sus miembros, incluyendo el Presidente de la Suprema Corte que es a su vez presidente del Consejo provienen del poder judicial) en virtud de que además de ser un órgano cuyo objetivo era separar actividades administrativas de jurisdiccionales, también el Consejo debía tener como finalidad hacer efectiva la participación ciudadana en la administración y vigilancia del poder judicial, hecho que se debilitaba al establecer una mayoría de miembros provenientes del poder judicial, incluyendo a su presidente que, como ya se dijo, lo es tanto del Consejo como de la Corte. Así lo señala un ex Consejero de la Judicatura del Distrito Federal al señalar que:

    Y en el caso del Consejo de la Judicatura, su composición tendría que establecerse de manera diferente a la actual, para que sus facultades de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, entre las que destacan el nombramiento de jueces y magistrados puedan efectuarse también con plena autonomía. En este sentido, si bien una parte de sus miembros debería seguir proviniendo del propio Poder Judicial para que se garantice la presencia y participación de éste en el Consejo, los otros miembros tendrían que ser designados exclusivamente por el Legislativo para que se asegure una situación balanceada entre quienes están ubicados en la perspectiva de los funcionarios judiciales y quienes tengan un punto de vista de la ciudadanía sin posibilidades del Poder Ejecutivo. Asimismo, debe descartarse el inconveniente de que el presidente de la Suprema Corte de Justicia lo sea también del Consejo de la Judicatura, condición que actualmente permite, como ya se apuntó, que se reúnan en una misma persona capacidades de gran influencia en ambos órganos. En esta perspectiva, el Presidente del Consejo de la Judicatura debería ser nombrado por y de entre los miembros que lo integran.3 (Subrayado nuestro).

    Con las reformas constitucionales de 1999 la designación de tres de los cuatro miembros del poder judicial que integran el consejo dejó de ser por insaculación facultándose directamente a la Corte para elegirlos. Lo anterior implica que el control de la Corte sobre el consejo lejos de diluirse como sería lo deseado, se ha acrecentado.

    Es por ello que la iniciativa que se plantea tiene como objetivo delimitar la participación de la Suprema Corte en el ámbito de competencias del Consejo de la Judicatura, excluyendo al presidente de la Suprema Corte de la presidencia del Consejo y garantizando a su vez que quienes conforman este órgano sean en su mayoría miembros de la ciudadanía pero nombrados por el poder que representa la voluntad popular, es decir por el legislativo. Para lo anterior y para evitar que el Ejecutivo tenga injerencia en la labor del Consejo, también se excluye la posibilidad de que el Ejecutivo pueda nombrar un Consejero.

    En otro sentido, es preciso recalcar que una de las mayores críticas que han existido a raíz de la conformación del Consejo ha sido la posibilidad de que las decisiones del Consejo de la Judicatura puedan ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Desde el inicio el artículo 100 establecía esta posibilidad. No obstante con la reforma de 1999 las facultades de revisión de la Suprema Corte sobre los actos del Consejo se extendieron hasta la posibilidad de revisar y revocar los acuerdos que éste pudiera emitir con lo que la subordinación del órgano a la Corte es, ahora, total.

    Las reformas publicadas en junio de 1999 tuvieron las siguientes finalidades:

    a) Ratificar la existencia del recurso ante el pleno de las resoluciones del Consejo en lo relativo a designación, adscripción, ratificación y disciplina de magistrados y jueces,

    b) Los acuerdos generales del Consejo podrán ser revisados y revocados por el pleno del Suprema Corte, con una mayoría no menos de ocho votos,

    c) El pleno le solicitará al Consejo, y éste no podrá negarse, la expedición de acuerdos generales, los cuales posteriormente podrá modificar, con la mayoría arriba mencionada.

    Ya desde la primera reforma de 1994 se esbozaban críticas hacia la posibilidad de que la Suprema Corte de justicia de la Nación revisara las actuaciones del Consejo de la Judicatura. El ex consejero de la judicatura del Distrito Federal antes citado señala que:

    Cabe señalar que, como lo indica el artículo 100 de la Constitución, las decisiones del Consejo de la Judicatura sobre designación, adscripción y remoción de magistrados y de jueces pueden ser revisadas por la Suprema Corte de Justicia. Esta posibilidad, que tendría la virtud de que una resolución equivocada del Consejo pudiera ser revocada, revela, sin embargo, una limitación del propio Consejo frente a la Corte, además de que le permite al presidente de ambas instancias tener capacidad de influir en las decisiones de una y la otra.

    El riesgo del reforzamiento del presidencialismo (Del Ejecutivo hacia el Judicial y al interior de este último poder) no deja, así, de estar presente.4

    Por su parte, el Dr. Jorge Carpizo establece que:

    En 1995 otorgué seis razones para estar en contra de este recurso. En síntesis, porque se lesiona la independencia del Consejo y sin independencia plena no puede funcionar bien.5

    ...

    Y sobre las reformas de 1999 que acrecentaron las facultades de revisión de la Suprema Corte sobre el Consejo de la Judicatura el prestigiado constitucionalista señaló que:

    ... discrepancias de criterio entre esos dos órganos (Consejo y Corte) llevó a los ministros de la Corte a presentar al presidente de la República un proyecto de reformas constitucionales, las de junio de 1999, que puede tener algún aspecto positivo pero que en el fondo persigue --y así será--subordinar el Consejo de la Judicatura Federal al pleno de la Suprema Corte.

    Consejo subordinado o con independencia acotada no funciona bien y no funcionará bien.

    En razón de lo anterior, es evidente que la facultad de la Suprema Corte y en su caso de los Tribunales superiores de justicia de los estados de revisar prácticamente cualquier acto del Consejo de la Judicatura (federal o local) no sólo mina la autonomía e independencia que dicho órgano debiera tener para realizar su labor de manera eficiente y sin intervención de la Suprema Corte, sino que además distorsiona la esencia misma que motivó la creación del Consejo de la Judicatura puesto que al revisar las acciones de éste órgano, la Suprema Corte y los Tribunales de Justicia en realidad lo que están haciendo es involucrarse nuevamente en una labor administrativa que fue lo que justamente se pretendió evitar al crearse el Consejo de la Judicatura.

    Es decir, la división que debe existir entre la función de juzgar y la de administrar, objeto y fin de la creación del Consejo de la Judicatura, se ha visto rota al otorgar facultades de revisión de actos administrativos a la Suprema Corte y los tribunales superiores de justicia; luego entonces la impartición de justicia no puede ser eficaz si el órgano que administra y vigila se encuentra subordinado al órgano que preside a quienes deben de ser vigilados.

    En virtud de lo anterior es que se sugiere que, para evitar que el Consejo de la Judicatura realice su trabajo bajo la subordinación de la Suprema Corte que sea el Senado, a través de su Comisión jurisdiccional quien revise las decisiones del Consejo de la Judicatura únicamente por lo que respecta a la remoción de jueces y magistrados, con lo que se garantizaría que el Consejo no actúe subordinado a la Corte.

    Cabe resaltar que las deficiencias que imperan en la conformación del Consejo de la Judicatura no han pasado desapercibidas para los organismos internacionales que en materia de derechos humanos han emitido recomendaciones al Estado mexicano sobre la necesidad de realizar reformas que doten de mayor autonomía al Consejo de la Judicatura.

    Así, el reciente Diagnóstico sobre la situación de los Derechos Humanos en México realizado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México en su apartado 2.1.1.8 relativo a la Autonomía del Consejo de la Judicatura, establece que:

    En su origen, el Consejo de la Judicatura fue ideado esencialmente como un órgano de autogobierno que tendría el objetivo tanto de atraer las funciones de administración de los tribunales, como de controlar las importantes exigencias de la carrera judicial. Dicho órgano surgió de la reforma al artículo 94 de la Constitución Política, en el cual se dispone expresamente que la función del Consejo es encargarse de la ``administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación.''

    A decir de algunos estudiosos como Carlos Ríos, ``el Consejo de la Judicatura Federal es parte integrante del Poder Judicial Federal, por el cual ninguna interpretación [...] puede ubicarlo como un órgano desconcentrado del poder judicial. No obstante, la nueva redacción del artículo 94 constitucional (con la reforma de 1999) ``ya no considera al Consejo de la Judicatura Federal como uno de los órganos depositarios del Poder Judicial, con lo cual se minimiza su relevancia [...]

    Lo anterior, aunado a las facultades que en la reforma de 1999 se le confirieron al Pleno de la Corte para revocar, con una mayoría calificada de sus miembros, los acuerdos emitidos por el Consejo, a la forma en que está integrado éste (tres de sus miembros y su presidente provienen del judicial), y a la ausencia de consejeros provenientes de sectores no públicos como la academia, elimina la autonomía del Consejo y lo convierte en un órgano subordinado que debilita su función de control. (Los subrayados son nuestros).

    En ese mismo apartado, la Oficina del Alto Comisionado realizó la siguiente recomendación:

    Fortalecer la independencia y autonomía de los Consejos de la Judicatura, responsables de la supervisión y disciplina de los jueces, mediante reformas en su integración y en su ámbito de competencia. (Resaltado nuestro)

    La anterior reflexión y recomendación tiene su antecedente inmediato en lo establecido por el Relator Especial para la Independencia de Jueces y Abogados de la ONU, quien al emitir su informe el 24 de enero de 2002 con motivo de la visita efectuada a nuestro país en mayo de 2001, consideró que:

    ...

    c) El Consejo Judicial debe desarrollar sus actividades con independencia de la Suprema Corte y de otras instancias del Gobierno. Los procedimientos disciplinarios han de se transparentes y ajustarse a los principios básicos relativos a la independencia de la judicatura.

    46... Se ha criticado la composición del Consejo de la Judicatura reprochándole, por un lado, estar sometida a la influencia de los poderes ejecutivo y legislativo, y por otro, su parcialidad, porque la mayoría de sus miembros lo son también del poder judicial. Se ha puesto en tela de juicio asimismo, su independencia y credibilidad y se ha dado a entender que los representantes de órganos judiciales que forman parte del Consejo de la Judicatura dependen demasiado del Presidente de la Suprema Corte, sobre todo desde que se llevó a cabo la reforma parcial en 1999, pues a partir de entonces, los miembros del Consejo de la Judicatura son elegidos por el pleno de la Suprema Corte de Justicia (mientras que antes se elegían al azar). El Relator Especial también fue informado de que el Presidente de la Suprema Corte asiste a las reuniones del Consejo de la Judicatura como Presidente de la Suprema Corte y no a título personal. Por esta razón, muchas cuestiones se debaten en primer lugar en la Suprema Corte antes de resolverse en el Consejo de la Judicatura, lo que confirma que la impresión de que el Consejo de la Judicatura está bajo el control de la Suprema Corte.

    Posteriormente, en ese mismo informe, el Relator Especial emitió la siguiente recomendación:

    c) En lo que respecta al Consejo de la Judicatura:

    i) Desarrollar su trabajo en forma independiente de los otros poderes del Estado, incluso de la Suprema Corte, y disipar toda sospecha de parcialidad que pudiera reinar entre el público; con tal fin, la transparencia y la educación de la población en lo tocante a sus funciones serían de gran utilidad.

    Es por lo anteriormente expuesto que con el objetivo de dotar de autonomía al Consejo de la Judicatura y hacer efectivo su trabajo de administración, vigilancia y disciplina del poder judicial, se propone la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos séptimo y octavo del artículo 99, reforma los párrafos segundo, quinto, octavo, noveno y décimo y adiciona un párrafo décimo primero al artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y reforma la fracción VII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Artículo Primero: Se reforman los párrafos séptimo y octavo del artículo 99 y se reforman los párrafos segundo, quinto, octavo, noveno y décimo y se adiciona un párrafo undécimo al artículo 100, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 99. ...

    ...

    La administración, vigilancia y disciplina en el Tribunal Electoral corresponderán, en los términos que señale la ley, a una Comisión del Consejo de la Judicatura Federal, que se integrará por dos magistrados electorales de la sala superior designados por insaculación; y tres miembros del Consejo de la Judicatura Federal de los cuales se elegirá al Presidente de la Comisión. El tribunal propondrá su presupuesto al Consejo de la Judicatura Federal para su inclusión en el proyecto de presupuesto del Poder Judicial de la Federación. Asimismo, el tribunal expedirá su reglamento interno y los acuerdos generales para su adecuado funcionamiento.

    Los magistrados electorales que integren la sala superior y las regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la cámara de senadores, o en sus recesos por la comisión permanente, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal. La ley señalara las reglas y el procedimiento correspondientes.

    Artículo 100. ...

    El Consejo se integrará por siete miembros de los cuales cuatro serán nombrados por el Senado de la República y tres serán magistrados de circuito elegidos por insaculación. Los Consejeros nombrados por el Senado en ningún caso podrán ser miembros del Poder Judicial Federal, estatal o del Distrito Federal ni haberlo sido cuando menos tres años antes al día de su nombramiento. El Presidente del Consejo será designado por el Pleno del mismo.

    ...

    ...

    Los Consejeros durarán cinco años en su encargo, serán substituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo período.

    ...

    ...

    De conformidad con lo que establezca la ley, el Consejo estará facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones. La suprema corte de justicia podrá solicitar al consejo la expedición de aquellos acuerdos generales que considere necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal. Se suprime.

    Las decisiones del consejo serán definitivas e inatacables y, por lo tanto, no procede juicio ni recurso alguno, en contra de las mismas, salvo las que se refieran a la (se suprime designación, adscripción y ratificación) remoción de magistrados y jueces, las cuales podrán ser revisadas por la Cámara de Senadores, con base en el dictamen que emita su comisión jurisdiccional y únicamente para verificar que hayan sido adoptadas conforme a las reglas que establezca la ley orgánica respectiva.

    La Suprema Corte de Justicia elaborará su propio presupuesto y el Consejo lo hará para el resto del poder judicial de la federación, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo séptimo del artículo 99 de esta constitución. Los presupuestos así elaborados serán remitidos por el Presidente del Consejo de la Judicatura para su inclusión en el proyecto de presupuesto de egresos de la federación. La administración de la suprema corte de justicia corresponderá a su presidente quien se auxiliará para tal efecto del Consejo de la Judicatura Federal.

    Las entidades federativas y el Distrito Federal establecerán sus respectivos Consejos de la Judicatura con base en los lineamientos señalados en esta Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.

    Artículo Segundo: Se reforman la fracción VIII del artículo 11, la fracción XVI del artículo 14, el primer párrafo del artículo 68, el artículo 71, el segundo párrafo del artículo 76, las fracciones III y XIII del artículo 81, se adiciona una fracción XI al artículo 85, se reforma el párrafo cuarto del artículo 115, los párrafos primero y segundo del artículo 122, se derogan las fracciones I y III del artículo 123, se reforma el artículo 124, se deroga el artículo 125, se reforman los párrafos primero y segundo de la artículo 127, el primer párrafo del artículo 128, el artículo 140, el artículo 150, las fracciones II y IX del artículo 191, los incisos A), B) y E) del artículo 198, el párrafo segundo del artículo 205, las fracciones IX y XXIV del artículo209, el artículo 222 y los apartados A y B del artículo 227, todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 11. ...

    ...

    VIII. Se deroga.

    Artículo 14. ...

    ...

    XVI. Remitir oportunamente al Consejo de la Judicatura Federal el proyecto de presupuestos de egresos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de que se proceda en términos del último párrafo del artículo 100 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, así como administrar, con auxilio del Consejo de la Judicatura, el presupuesto de la Suprema Corte de Justicia;

    Artículo 68. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del poder judicial de la federación, con excepción de la suprema corte de justicia (se suprime y el tribunal electoral), estarán a cargo del consejo de la judicatura federal, en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley.

    ...

    Artículo 71. El Consejo de la Judicatura Federal estará presidido por el Presidente que para tal efecto designe el Pleno del mismo de conformidad con el párrafo segundo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 76. ...

    El pleno del Consejo de la Judicatura Federal calificará los impedimentos de sus miembros que hubieran sido planteados en asuntos de su competencia, y si el impedido fuera el Presidente, será substituido por el Consejero de la Judicatura más antiguo en el orden de su designación.

    ...

    Artículo 81. ...

    I. ...

    II. ...

    III. Fijar las bases, convocar y realizar el procedimiento de insaculación para cubrir las respectivas vacantes al Consejo de la Judicatura Federal, entre aquellos (se suprime Jueces de Distrito) magistrados de circuito que hubieren sido ratificados en términos del artículo 97 constitucional, y no hubieren sido sancionados por falta grave con motivo de una queja administrativa. En la licencia que se otorgue a los (se suprime jueces de distrito) magistrados de circuito insaculados, deberá garantizarse el cargo y adscripción que vinieren desempeñando;

    IV a XII. ...

    XIII. Aprobar el proyecto del presupuesto anual de egresos del poder judicial de la federación, el cual junto con el que le sea remitido por el presidente de la Suprema Corte de Justicia elaborado para esta ultima, se envié al titular del poder ejecutivo;

    ...

    Artículo 85. ...

    I a X.

    XI. Remitir oportunamente al Presidente de la Republica los proyectos de presupuestos de egresos del poder judicial de la federación, a fin de que se proceda en términos del último párrafo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.

    Artículo 115. ...

    ...

    Antes de designar a la persona que deba ocupar el cargo, el Consejo de la Judicatura Federal pondrá a la vista la relación de las personas que se encuentren en aptitud de ocupar la vacante.

    Artículo 122. Las decisiones dictadas por el Consejo de la Judicatura Federal serán definitivas e inatacables, salvo las que se refieran a la (se suprime nombramiento, adscripción, cambios de adscripción y) remoción de magistrados de circuito y jueces de distrito, las cuales podrán impugnarse ante la Cámara de Senadores mediante el recurso de revisión administrativa.

    El recurso de revisión administrativa tendrá como único objeto que la Cámara de Senadores, con base en el dictamen que emita su comisión jurisdiccional determine si el Consejo de la Judicatura Federal (se suprime nombró, adscribió, readscribió o) removió a un magistrado de circuito o juez de distrito, con estricto apego a los requisitos formales previstos en esta ley, o en los reglamentos interiores y acuerdos generales expedidos por el propio consejo de la judicatura federal.

    Artículo 123. El recurso de revisión administrativa podrá interponerse:

    I. Se deroga

    II. Tratándose de las resoluciones de remoción, por el juez o magistrado afectado por la misma, y

    III. Se deroga

    Artículo 124. El recurso de revisión administrativa deberá presentarse por escrito ante el presidente del consejo de la judicatura federal, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que hubiere surtido sus efectos la notificación de la resolución que haya de combatirse. El escrito de revisión y el informe correspondiente será turnado, dentro de los cinco días hábiles siguientes, a la Cámara de Senadores (se suprime según el turno que corresponda). El informe mencionado deberá ir acompañado de todos aquellos elementos probatorios que permitan la resolución del asunto y será rendido por uno de los consejeros que hubiere votado a favor de la decisión, quien representara al consejo de la judicatura federal durante el procedimiento.

    Artículo 125. Se deroga

    Artículo 127. En caso de que el recurso de revisión administrativa se presente en contra de resoluciones de remoción, la Cámara de Senadores, a través de su Comisión Jurisdiccional podrá ordenar la apertura de un término probatorio hasta por el término de diez días. En este caso, únicamente serán admisibles las pruebas documental y testimonial.

    Cuando alguna de las partes ofrezcan una prueba documental que no obre en su poder, solicitará a la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Senadores que requiera a la autoridad que cuente con ella a fin de que la proporcione a la brevedad posible.

    Artículo 128. Las resoluciones de la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Senadores aprobadas por el pleno que declaren fundado el recurso de revisión administrativa planteado, se limitaran a declarar la nulidad del acto impugnado para el efecto de que el consejo de la judicatura federal dicte una nueva resolución en un plazo no mayor a treinta días naturales.

    Artículo 140. Las resoluciones por las que el pleno del Consejo de la Judicatura Federal imponga sanciones administrativas consistentes en la destitución del cargo de magistrados de circuito y juez de distrito, podrán ser impugnadas por el servidor público ante la Cámara de Senadores mediante el recurso de revisión administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 127 y 128 de esta ley.

    Artículo 150. Los miembros del Consejo de la Judicatura Federal que fueren designados por la Cámara de Senadores (se suprime o por el Presidente de la Repúlica), otorgarán ante ellos la protesta constitucional, y los consejeros (se suprime representantes de los jueces) magistrados la harán ante el Presidente del Consejo de la Judicatura Federal.

    Artículo 191.- El presidente del tribunal electoral tendrá las atribuciones siguientes:

    ..

    II.- Presidir la sala superior y formar parte de la comisión de administración;

    III a VIII. ..

    IX.- Someter a la consideración de la Comisión de Administración el anteproyecto de presupuesto del tribunal electoral, a efecto de que, una vez aprobado por ella, lo proponga al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para su inclusión en el proyecto de presupuesto del poder judicial de la federación;

    Artículo 198.- Las ausencias definitivas de los magistrados electorales del tribunal electoral del poder judicial de la federación, serán cubiertas de conformidad con las reglas y procedimiento siguientes:

    A) El pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobará por mayoría simple de los presentes en sesión privada, las propuestas que en terna propondrá a la cámara de senadores o, en su caso, a la comisión permanente;

    B) El presidente del Consejo de la Judicatura Federal hará llegar a la cámara de senadores o, en su caso, a la comisión permanente del congreso de la unión, las propuestas de ese cuerpo colegiado, en una terna para cada uno de los cargos de magistrados a elegir para las salas superior y regionales del tribunal;

    ..

    E) Si ninguno de los candidatos de la terna obtuviera la mayoría calificada, se notificará al Consejo de la Judicatura para que se presente una nueva terna, la cual deberá enviarse dentro de los tres días siguientes, para que se vote a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la nueva propuesta.

    Artículo 205. ..

    La comisión de administración del tribunal electoral se integrará por el presidente de dicho tribunal, (se suprime quien la presidirá), un magistrado electoral de la sala superior designado por insaculación, así como tres miembros del consejo de la judicatura federal de los cuales se elegirá al presidente de la Comisión. Los comisionados serán: el magistrado de circuito de mayor antigüedad como tal y dos consejeros designados por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión con mayor antigüedad en el consejo. La comisión tendrá carácter permanente y sesionará en las oficinas que a tal efecto se destinen en la sede del tribunal electoral.

    Artículo 209.- La comisión de administración tendrá las atribuciones siguientes:

    I a VIII. ..

    IX.- Destituir o suspender a los magistrados de las salas regionales, cuando incurran en faltas o conductas graves que lo ameriten y comunicarlo de inmediato al Consejo de la Judicatura Federal para los efectos conducentes. En estos casos, el magistrado destituido o suspendido podrá apelar la decisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

    X a XXIII. ..

    XXIV.- Aportar al presidente del tribunal electoral todos los elementos necesarios para elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de egresos del tribunal electoral a efecto de que, una vez aprobado por la comisión, sea propuesto al presidente del Consejo de la Judicatura Federal a fin de que se incluya en el del poder judicial de la federación, para su envió al titular del poder ejecutivo;

    Artículo 222.- Los magistrados electorales y los servidores de la sala superior, así como los coordinadores y demás servidores directamente adscritos a la presidencia del tribunal, en los términos de la legislación aplicable, cumplirán sus obligaciones respecto a la declaración de su situación patrimonial ante el Consejo de la Judicatura Federal. (se suprime Todos los demás que estén obligados, lo harán ante el consejo de la judicatura federal)

    Artículo 227. ..

    A) Las renuncias solamente procederán por causas graves y serán comunicadas por la sala superior al Consejo de la Judicatura Federal, para que esta las someta a la aprobación de la Cámara de senadores o, en su caso, de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión;

    B) Las ausencias temporales que excedan de un mes serán cubiertas por un magistrado electoral con el carácter de interino sólo durante el lapso de las mismas; para tal efecto, la sala superior lo hará del conocimiento del Consejo de la Judicatura Federal a fin de que se haga la elección respectiva, de conformidad con lo previsto por el articulo 198 de esta ley;

    ..

    Artículo Tercero. Se reforma la fracción VII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para quedar en los siguientes términos:

    Artículo 27. ...

    I a VI. ...

    VII Tramitar lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los artículos 96 y 98 de la Constitución, sobre nombramientos, renuncias y licencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    Transitorio

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Notas:

    1 Carpizo McGregor, Jorge. Otra reforma constitucional: la subordinación del Consejo de la Judicatura Federal. En cuestiones constitucionales. Revista mexicana de derecho constitucional.

    2 Op. Cit.

    3 Fernández Souza, Jorge. El Poder Judicial en la Reforma del Estado. En Revista del Senado de la República 4 Julio-septiembre de 1996. Pág. 138-139.

    4 Op Cit.

    5 Carpizo McGregor, Jorge.

    Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 12 días del mes de septiembre de dos mil cinco.--- Dip. Eliana García Laguna (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como lo ha solicitado, insértese en la Gaceta Parlamentaria; y túrnese a las Comisiones de Puntos Constitucionales; de Justicia y Derechos Humanos; y de Gobernación.
    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, entregó a esta Presidencia iniciativa que reforma el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se turne a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

    Exposición de Motivos

    Uno de los principales problemas de nuestro país y de la economía, es la poca cultura financiera que existe en la mayoría de la población. La gente necesita saber cómo administrar y utilizar adecuadamente sus recursos monetarios para poderlos asegurar en el futuro, ya sea para la educación de sus hijos, para vivir mejor después de la jubilación o el retiro, o para las eventualidades o emergencias que se vayan presentando, entre otras muchas alternativas.

    Queramos o no, nuestra vida se rige por las finanzas y el dinero independientemente de la profesión que tengamos, a tal grado, que es importante llegar bien a la edad madura en el aspecto financiero, para poderse retirar holgadamente o por lo menos con cierta certidumbre económica.

    Por ejemplo, a partir de los 40 años se tienen que empezar a cuidar los recursos, ya que entramos a la parábola de ingresos, toda vez que en los próximos 10 a 15 años empiezan a ser decrecientes y otros gastos se incrementan, como son los chequeos médicos, los medicamentos y otros compromisos.

    La gran mayoría de la gente piensa que por tener una capacidad de ahorro o inversión limitada, tienen que recurrir a las alternativas tradicionales, las cuales ofrecen rendimientos muy bajos.

    En muchos casos, especialmente en las personas que viven del producto de una liquidación, jubilación o de los ahorros que lograron juntar en el transcurso de una vida productiva, lo que tradicionalmente le llaman vivir de sus intereses, se dan cuenta con el tiempo de que no es posible vivir adecuadamente con el producto de esos bajos intereses.

    Actualmente hay una gran variedad de instrumentos y alternativas de inversión que, por el desconocimiento de sus características, poca gente o instituciones se benefician de ellos.

    Las sociedades de inversión por ejemplo tienen por objeto la adquisición de valores y documentos seleccionados de acuerdo a cierto criterio de diversificación de riesgos, con recursos provenientes de la colocación de las acciones representativas de su capital social entre el público accionista.

    Un fondo de inversión, también llamado sociedad de inversión, tiene por objeto reunir el capital de un gran número de inversionistas individuales, y conformar un portafolio de inversión, diversificado de una manera clara y eficiente, que permite a esos inversionistas obtener en conjunto, rendimientos superiores a los que lograrían invirtiendo individualmente.

    El capital reunido es invertido por expertos, en valores seleccionados bajo un criterio de diversificación de riesgos. Esto evita concentrar la inversión en un solo tipo de instrumento en el Mercado de Valores. Conforme a lo anterior, el inversionista que adquiere títulos de un Fondo no está sujeto a la especulación de la oferta y la demanda, sino que su inversión se revaluará conforme a los rendimientos que se generen en cada uno de los valores que integran la cartera del Fondo.

    Actualmente, como ya mencionamos la mayoría de los instrumentos de ahorro tradicionales, pagan rendimientos por debajo de la inflación, es decir el ahorrador pierde poder adquisitivo todos los días.

    Un fondo de inversión, es un instrumento regulado y supervisado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que permite al pequeño, mediano y gran ahorrador, acceder a los atractivos rendimientos, que anteriormente estaban reservados sólo para los grandes capitales.

    Los fondos de inversión son operados y administrados por las ``sociedades operadoras de sociedades de inversión''.

    Sin embargo, a partir del 2001 una nueva figura se autoriza en el sistema financiero mexicano, las distribuidoras de acciones de sociedades de inversión.

    En diciembre del año 2001, se crea la figura de distribuidoras de acciones de sociedades de inversión.

    ¿Que ofrecen las distribuidoras?

    Ausencia de conflicto de interés, porque no tiene productos propios.

    Objetividad en la asesoría brindada.

    Acceso a los mejores productos, y

    No generan costos adicionales.

    Brindan asesoría al pequeño y mediano ahorrador y ejecutan órdenes de compra y venta de acciones de sociedades de inversión por cuenta de terceros.

    Ofrecen promoción y / o asesoría a terceros para la adquisición y enajenación de acciones de sociedades de inversión, elaboran estados de cuenta, liquidación de las operaciones de compra y venta de acciones de sociedades de inversión por cuenta de terceros y mantienen a disposición del público los prospectos de información de las sociedades de inversión para análisis y consulta.

    Los fondos de pensiones hoy en día pueden administrar sus recursos en operadoras de sociedades de inversión. Las operadoras son las instituciones que se encargan de administrar a los fondos. Ejemplo: Prudential Financial, Santander, GBM, Actinver, etc., tienen su familia de fondos de inversión y se encargan de atender a los clientes, mandar estados de cuenta, pagar a los empleados, etc. Una operadora por lo general colocara en el mercado un fondo de cada tipo, es decir, uno que cubra con las necesidades de liquidez, otro que tenga un horizonte de inversión de corto, mediano o largo plazo, etc. Cabe mencionar que el fondo de liquidez diaria de la Operadora no siempre será el mejor, habrá momentos en el tiempo que sea mejor el de la operadora y otros en que no.

    Es imposible para cualquier cliente, llámese persona física o moral estar monitoreando en cada momento todos los fondos del mercado y estar abriendo y cerrando contratos en distintas instituciones para seguir al mejor fondo.

    Es por esto y como antes mencionamos que surgen las sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión, las cuales no cuentan con productos propios sino que distribuyen los de diferentes marcas y que ya se encuentran desde hace tiempo en el mercado, logrando así tener diferentes opciones para un mismo tipo de fondo, lo cual ayuda a que el inversionista siempre este en el tipo de fondo que eligió o necesita y pueda estar cambiando de una marca a otra, sin tener que abrir nuevos contratos o mover su dinero de una institución a otra.

    Las distribuidoras de acciones de sociedades de inversión, en beneficio de miles de pensionados, ayudaran a que la administración de los recursos de los fondos de pensiones, se lleve a cabo de manera más eficiente, ya que en un solo lugar se puede contar con muchísimas más opciones, tanto de rendimiento como de características de fondos o acciones de sociedades de inversión.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de:

    Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

    Artículo 33.- Las reservas para fondo de pensiones o jubilaciones de personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social y de primas de antigüedad, se ajustarán a las siguientes reglas:

    I. ...

    II. ...

    III. Los bienes que formen el fondo deberán afectarse en fideicomiso irrevocable, en institución de crédito autorizada para operar en la República, o ser manejados por instituciones o sociedades mutualistas de seguros, por casas de bolsa, operadoras de sociedades de inversión, distribuidoras de acciones de sociedades de inversión o por administradoras de fondos para el retiro, con concesión o autorización para operar en el país, de conformidad con las reglas generales que dicte el Servicio de Administración Tributaria. Los rendimientos que se obtengan con motivo de la inversión forman parte del fondo y deben permanecer en el fideicomiso irrevocable; sólo podrán destinarse los bienes y los rendimientos de la inversión para los fines para los que fue creado el fondo.

    IV. ...

    V. ...

    VI. ...

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como ha solicitado, túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado José Mario Wong Pérez: Con su permiso, señor diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados:

    «Iniciativa que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    José Mario Wong Pérez, en mi carácter de diputado a la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, y como integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezco ante esta Soberanía a presentar una iniciativa con carácter de Decreto, a efecto de adicionar el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de incorporar el concepto de la obligatoriedad del trabajo penitenciario, como base para la readaptación social en los ceresos que administre la Federación. Lo anterior, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Las crisis recurrentes de tipo económico por las que atraviesa nuestro país, en conjunción con la falta de empleo y oportunidades de desarrollo en todos los niveles de la sociedad son, en parte, causas por las que se ha incrementado de manera más que proporcional y a ultimas fechas, el índice delictivo nacional, y es motivo de alarma que una de las formas como en el país se combate la delincuencia, sea por medio de la construcción de nuevos centros de reclusión, con el descuido inminente de las actividades y tareas que pudieran realizarse por medio de programas de prevención del delito.

    Por otro lado, y en virtud de la situación mundial en donde la globalización es la principal característica de fines del siglo pasado y principios de este nuevo milenio, no hay empleo suficiente, las cárceles están saturadas y las autoridades de todos los órdenes de gobierno enfrentan un serio problema debido a la escasez de recursos para seguir construyendo y manteniendo estas infraestructuras penitenciarias.

    Para coadyuvar con la manutención de los reos del fuero federal, el gobierno establece una especie de ``cuota'' que se denomina ``socorro de ley'', y que en muchos de los casos representa menos de la mitad de un salario mínimo diario por reo.

    Estas son sólo unas pocas de las múltiples razones para rediseñar y retomar enfoques que se adecuen a la realidad nacional, con medidas de cooperación y colaboración y medidas de preliberación, libertad anticipada, así como un eficaz sistema de readaptación social, a partir de la obligatoriedad del establecimiento del trabajo penitenciario y se pueda hablar de una auténtica reincorporación social de los excarcelados a la sociedad, con un oficio a desarrollar en su nueva vida productiva.

    Esta concepción parte de las premisas de que la readaptación social debe darse por medio del trabajo y la capacitación para el mismo; en la necesidad de crear fuentes alternas de empleo que tanto demanda la sociedad; en el mejor aprovechamiento de los recursos existentes y a un esquema de colaboración interinstitucional para combatir frontalmente a la delincuencia y lograr la plena reincorporación de estos individuos a la sociedad como personas productivas con bajos niveles de reincidencia.

    El hacer el trabajo penitenciario obligatorio, y con acciones tendientes a beneficiar a la población de escasos recursos a obtener satisfactores, se sustenta a su vez en una premisa que debemos desarrollar, hasta lograr los objetivos de una nueva política penitenciaria que aquí se sustenta: ``el interno debe producir al menos lo que consuma''.

    Partiendo de este corolario, se hace necesaria la instalación de proyectos productivos al interior de cada centro de reclusión, con una auténtica vocación social, productiva y de reinserción social con seguimiento permanente a los excarcelados.

    Un primer esquema de Ceresos productivos es el que se refiere a la elaboración de ladrillo y block de concreto, el cual pudiera ser vendido a todas aquéllas personas que acrediten ser de escasos recursos, no ser propietarios de bien inmueble alguno catalogado como vivienda, y así, a partir de convenios de coordinación interinstitucional con entidades del sector público para que dediquen terrenos con servicios para que estas familias y bajo el régimen de autoconstrucción, supervisados por prestadores de servicio social de la facultades de ingeniería de nuestras instituciones de educación superior, se dediquen a la construcción de sus viviendas.

    Podemos destacar que en este paso del proceso de autoconstrucción, es factible contar con la asesoría de los diversos colegios de profesionistas que tengan que ver con la construcción, ya que en el artículo 5o de la Constitución Federal se establece la obligatoriedad de estas agrupaciones de prestar un servicio social permanente a la comunidad.

    Estos profesionales de la construcción también pueden darse a la tarea de diseñar, buscar u acopiar un manual de autoconstrucción absolutamente didáctico, es decir, que sea totalmente entendible por personas de escasa cultura y por el más preparado de los ingenieros o profesionales de este ramo productivo.

    Esta es sólo una de las múltiples opciones para lograr que el trabajo penitenciario tenga la oportunidad de ser productivo, remunerado y permanente.

    Aquí cabe hacer un paréntesis para realizar una reflexión en torno al contexto que enfrentan algunos reos, que ante su incapacidad económica, se encuentran prácticamente en una situación de indefensión, pues a pesar de haber compurgado su pena, no han tenido la capacidad de reparar el daño de manera pecuniaria.

    Esta es una auténtica oportunidad de retomar y aplicar a cabalidad la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados de aplicación Federal, que en su artículo 10, párrafo III señala:

    ``Los reos pagarán su sostenimiento en el reclusorio con cargo a la percepción que en este tengan como resultado del trabajo que desempeñen. Dicho pago se establecerá a base de descuentos correspondientes a una proporción adecuada de la remuneración, proporción que deberá ser uniforme para todos los internos de un mismo establecimiento. El resto del producto del trabajo se distribuirá del modo siguiente:

    ``Treinta por ciento para el pago de la reparación del daño, treinta por ciento para el sostenimiento de los dependientes económicos del reo, treinta por ciento para la constitución del fondo de ahorros de éste, diez por ciento para los gastos menores del reo.''

    México daría un paso gigantesco al iniciar en un nuevo milenio, la construcción de un esquema diferente, rompiendo paradigmas, aprovechando la existencia de mano de obra permanente, en primer lugar para reducir los excesivos gastos de manutención de la población penitenciaria; en segundo término, logrando beneficios para los que menos tienen, tratando de reducir las abismales diferencias entre los que no tiene absolutamente nada, y al final del procedimiento, para enseñar un oficio o actividad productiva a los internos para que una vez excarcelados, se dediquen a actividades lícitas.

    Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Carta Magna, someto ante el Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto con el carácter de

    Decreto

    Artículo Único.- Se adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar redactado de la siguiente manera:

    Artículo 18.- Sólo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

    Los Gobiernos de la Federación y de los estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo penitenciario con carácter de obligatorio, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la readaptación social del delincuente. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

    Transitorios

    Artículo Primero.- Conforme lo dispone el artículo 135 de la Constitución Política Federal, envíese copia de la iniciativa y de los debates del Congreso a las Legislaturas de los Estados o a las Diputaciones Permanentes en su caso, y hágase el cómputo de los votos respectivos y la declaración de haber sido aprobada la reforma a la Constitución.

    Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial del estado.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.--- Dip. José Mario Wong Pérez (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY GENERAL DE EDUCACION - LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Guillermo Tamborrel Suárez para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, suscrita también por la diputada Guadalupe Suárez Ponce, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

    El diputado Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez: Gracias. Con el permiso de la Presidencia: en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, los diputados federales Guadalupe Suárez Ponce y Guillermo Tamborrel Suárez, con fundamento en las facultades que nos otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 71, fracción II; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa de ley, que adiciona una fracción VI al artículo 65 de la Ley General de Educación y reforma el artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para garantizar el derecho de los padres de familia a participar en las ceremonias cívicas de sus hijas e hijos, bajo la siguiente exposición de motivos:

    ``Cuanto vigorice la unidad nacional, acendre y fortalezca los valores tradicionales que dan forma y sentido a la nación y coordine y jerarquice justamente los intereses parciales en el interés nacional debe tener el apoyo pleno de la colectividad y de sus órganos. Cuanto conspire a romper esta unidad, a deformar su carácter o a desquiciar esos intereses ha de ser rechazado y combatido por todos''. Principios de doctrina del Partido Acción Nacional, septiembre de 1939. Compañeras y compañeros diputados: la construcción de una nueva patria, ordenada y generosa, y una vida mejor y más digna para todos reclama la participación decidida, sin prejuicios, intereses personales o resentimientos de todas y todos en la causa de la nación, entrega que sólo se hará presente cuando las y los mexicanos nos comprometamos verdaderamente con la nación, cuando sintamos intensamente en lo más profundo del corazón a México como nuestra casa grande.

    En suma, cuando amemos y nos sepamos amados por nuestro extraordinario país. Por ello, el reto más importante y de mayor trascendencia que enfrentamos las y los mexicanos de hoy es, aunque parezca paradójico, que los 120 millones de habitantes de origen nacional se sientan orgullosa y sólidamente mexicanos las 24 horas del día, los 365 días del año, en cualquier circunstancia, en los triunfos y también en las derrotas, por dolorosas y momentáneas que pudiesen ser. De ahí la imperiosa y urgente necesidad de despertar y fortalecer en todas las y los mexicanos el espíritu de México. Ciertamente, las personas cuidan y protegen lo que aman, llegando incluso a dar en su nombre lo más valioso que alguien pudiese tener: la libertad y la vida. Ha sido ese inmenso amor a México, el espíritu de México, el que ha impulsado a nuestros héroes, algunos reconocidos y otros los más desconocidos, a escribir páginas extraordinarias en nuestra historia como nación. Ha sido precisamente el espíritu de México el que ha guiado a nuestros padres y a los padres de nuestros padres y así sucesivamente en la defensa de nuestro pueblo, de nuestra identidad y soberanía. Ha sido el espíritu de México el que hoy nos permite erigirnos con orgullo en el concierto de las naciones. De ahí la importancia de respetarlo e impulsarlo.

    Por lo anterior, y acorde con nuestra responsabilidad como legisladores federales, nos corresponde legislar para fortalecer el espíritu de México de la mejor manera posible, espíritu que se gesta en el seno familiar, ya que es en la familia el espacio natural donde se comparten y reproducen los valores esenciales, espíritu que sin duda se debe nutrir en la escuela, razón por la cual legisladores que nos han antecedido plasmaron en la ley, entre otras muchas cosas, la garantía y el privilegio de nuestras hijas e hijos de participar activamente en la ceremonia de los honores a la Bandera e Himno Nacionales, de manera periódica, en sus escuelas primarias y secundarias, privilegio que, lamentable y prácticamente, desaparece cuando la mayoría de mexicanas y de mexicanos concluimos la educación básica, ya que el quehacer cotidiano de la mayoría de las y los mexicanos no considera la participación activa y periódica en ceremonias cívicas.

    Por lo anterior, y atendiendo el llamado de fortalecer el espíritu de México, nos permitimos someter a su consideración la presente iniciativa de ley, que busca garantizar el derecho de los padres de familia a participar regularmente en las ceremonias cívicas de las escuelas de sus hijas e hijos. Ciertamente, en algunas escuelas, sobre todo del área rural, los directores sí permiten que las mamás pasen al interior; sin embargo, es muy común observar, en las zonas urbanas sobre todo, a las madres asomadas tras las rejas espiando las ceremonias, circunstancia que, amén de no contribuir al fortalecimiento del espíritu de México, violenta la dignidad de esas madres que, como si se tratase de delincuentes, se asoman tras los barrotes de las rejas escolares.

    En suma, la participación directa y presencial de los padres o tutores está sujeta a la voluntad del director o directora escolar, de ahí la imperiosa necesidad de garantizar el derecho de los padres o tutores a participar en las ceremonias cívicas. Con ello habremos de estimular y, por ende, fortalecer aún más el patriotismo de nuestras hijas e hijos y, al mismo tiempo, el patriotismo de los padres de familia, ya que al facilitar el acceso de estos últimos a las ceremonias cívicas, a éstas, las ceremonias, habremos de imprimir la fuerza natural que conlleva la familia, habremos de permitir que honrar nuestra Bandera e Himno Nacionales se transforme en un lazo que una más a nuestras familias en su interior y entre ellas, fomentando entonces el retejido solidario y subsidiario de la comunidad al ofrecerles un espacio adicional de convivencia.

    También daremos a los padres de familia o tutores el privilegio de participar en honores a la Bandera e Himno Nacionales de manera constante y periódica. Con todo ello, compañeras y compañeros diputados, habremos de cumplir la sagrada misión de fortalecer el espíritu de México. Por su atención, muchas gracias.

    «Iniciativa Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, y de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, suscrita por los diputados Guadalupe Suárez Ponce y Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del PAN

    A nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional los suscritos diputados federales Guadalupe Suárez Ponce y Guillermo Tamborrel Suárez con fundamento en las facultades que nos otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 71, fracción II, y 55, fracción segunda, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa de ley que adiciona una fracción sexto al artículo 65 de la Ley General de Educación y reforma el artículo 15 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para garantizar el derecho de los padres de familia a participar en las ceremonias cívicas de sus hijas e hijos, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    ``Cuanto vigorice la unidad nacional, acendre y fortalezca los valores tradicionales que dan forma y sentido a la Nación, y coordine y jerarquice justamente los intereses parciales en el interés nacional, debe tener el apoyo pleno de la colectividad y de sus órganos. Cuanto conspire a romper esa unidad, a deformar su carácter o a desquiciar esos intereses, ha de ser rechazado y combatido por todos.''

    Principios de Doctrina del Partido Acción Nacional, septiembre 1939.

    La construcción de una nueva patria, ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos reclaman de la participación decidida sin prejuicios, intereses personales o resentimientos, de todas y todos en la causa de la Nación.

    Entrega que solo se hará presente cuando las y los mexicanos nos comprometamos verdaderamente con la Nación, cuando todos sintamos intensamente en lo más profundo del corazón a México como nuestra casa grande, en suma cuando amemos y nos sepamos amados por nuestro extraordinario País. Por ello el reto más importante y de mayor trascendencia que enfrentamos las y los mexicanos de hoy es, aunque parezca paradójico, el que 120 millones de habitantes de origen nacional se sientan orgullosa y solidamente mexicanos, las 24 horas del día, los 365 días del año. Bajo cualquier circunstancia, en los triunfos y también en las derrotas por dolorosas y momentáneas que estas pudiesen ser. De ahí la imperiosa y urgente necesidad de despertar y fortalecer, en todas las y los mexicanos, el Espíritu de México.

    Ciertamente las personas cuidan y protegen a lo que aman, llegando inclusive a dar en su nombre lo más valioso que alguien pudiese tener; la Libertad y la vida.

    Ha sido ese inmenso amor a México, el Espíritu de México, el que ha impulsado a nuestros héroes, algunos reconocidos y otros, los mas; desconocidos, a escribir paginas extraordinarias en nuestra historia como nación.

    Ha sido precisamente el Espíritu de México el que ha guiado a nuestros padres, y a los padres de nuestros padres y así sucesivamente, en la defensa de nuestro pueblo, de nuestra identidad y soberanía. Ha sido el Espíritu de México el que hoy nos permite erigirnos con orgullo en el concierto de las naciones. De ahí la importancia de respetarlo e impulsarlo.

    Por lo anterior, y acorde con nuestra responsabilidad como legisladores federales, nos corresponde legislar para fortalecer el Espíritu de México de la mejor manera posible.

    Espíritu que se gesta en el seno familiar ya que es la familia el espacio natural donde se comparten y reproducen los valores esenciales.

    Espíritu que sin duda alguna se debe nutrir en la escuela. Razón por la cual, legisladores que nos han antecedido, plasmaron en la Ley, entre otras muchas cosas, la garantía y privilegio de nuestras hijas e hijos de participar activamente en la ceremonia de los Honores a la Bandera e Himno Nacionales de manera periódica en sus escuelas primarias y secundarias.

    Privilegio que lamentable y prácticamente desaparece cuando la mayoría de mexicanas y mexicanos concluimos la educación básica, ya que el quehacer cotidiano de la mayoría de las y los mexicanos no contempla la participación activa y periódica en ceremonias cívicas.

    Por lo anterior y atendiendo el llamado de fortalecer al Espíritu de México nos permitimos someter a su consideración la presente iniciativa de ley que busca garantizar el derecho de los padres de familia de participar regularmente en las ceremonias cívicas de las escuelas de sus hijas e hijos. Ciertamente en algunas escuelas, sobretodo del área rural los directores de las mismas sí permiten el que las mamás pasen al interior de la misma. Sin embargo es muy común observar en las zonas urbanas, sobretodo a las madres asomadas tras las rejas de las escuelas ``espiando'' las ceremonias. Circunstancia que amén de no contribuir al fortalecimiento del Espíritu de México, violenta la dignidad de esas madres que como si se tratase de delincuentes se asoman tras los barrotes de las rejas escolares. En suma; la participación directa y presencial de los padres o tutores esta sujeta a la voluntad del director o directora escolar. De ahí la imperiosa necesidad de garantizar el derecho de los padres o tutores a participar en las ceremonias cívicas.

    Con ello habremos de estimular y por ende fortalecer aún más el patriotismo de nuestras hijas e hijos y al mismo tiempo el patriotismo de los padres de familia, ya que al facilitar el acceso de estos últimos a las ceremonias cívicas, a estas, las ceremonias, les habremos de imprimir la fuerza natural que conlleva la familia.

    Habremos de permitir que el honrar a nuestra Bandera e Himno Nacionales se transforme en un lazo más que una mas a nuestras familias, en su interior y entre ellas fomentando entonces el retejido solidario y subsidiario de la comunidad al ofrecerles un espacio adicional de convivencia.

    También les daremos a los padres de familia u tutores el privilegio de participar en honores a la Bandera e Himno Nacionales de manera constante y periódica.

    Con todo ello, habremos de cumplir con la sagrada misión de fortalecer el Espíritu de México.

    Por lo anteriormente expuesto y por todo aquello que no logramos plasmar pero que estamos seguros ustedes habrán de aportar para su mejora, nos permitimos someter a consideración de esta soberanía la presente iniciativa de ley que adiciona una fracción sexta al articulo 65 de la Ley General de Educación y reforma el artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para garantizar el derecho de los padres de familia a participar en las ceremonias cívicas de sus hijas e hijos, para quedar como sigue;

    Artículo Primero. Se adiciona una fracción VI del artículo 65 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

    CAPÍTULO VII De la Participación Social en la Educación

    Sección Primera De los Padres de Familia

    Artículo 65.- Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela:

    I.- Obtener inscripción en escuelas públicas para que sus hijos o pupilos menores de edad, que satisfagan los requisitos aplicables, reciban la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

    II.- Participar a las autoridades de la escuela en la que estén inscritos sus hijos o pupilos, cualquier problema relacionado con la educación de éstos, a fin de que aquéllas se aboquen a su solución;

    III.- Colaborar con las autoridades escolares para la superación de los educandos y en el mejoramiento de los establecimientos educativos;

    IV.- Formar parte de las asociaciones de padres de familia y de los consejos de participación social a que se refiere este capitulo, y

    V.- Opinar, en los casos de la educación que impartan los particulares, en relación con las contraprestaciones que las escuelas fijen.

    VI.- Participar en todas las ceremonias cívicas que se celebren en el plantel escolar.

    Artículo Segundo. Se reforma el párrafo segundo del artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:

    CAPÍTULO CUARTO Del Uso, Difusión y Honores de la Bandera Nacional

    Artículo 15.- En las fechas declaradas solemnes para toda la Nación, deberá izarse la Bandera Nacional, a toda o a media asta, según se trate de festividad o duelo, respectivamente, en escuelas, templos y demás edificios públicos, así como en la sede de las representaciones diplomáticas y consulares de México. Todas las naves aéreas y marítimas mexicanas, portarán la Bandera Nacional y la usarán conforme a las Leyes y Reglamentos aplicables.

    Las autoridades educativas federales, estatales y municipales, dispondrán que en las instituciones de enseñanza elemental, media y superior, se rindan honores a la Bandera Nacional los lunes, al inicio de labores escolares o a una hora determinada en ese día durante la mañana, así como al inicio y fin de cursos. Es derecho de quienes ejercen la patria potestad o la tutela de los educandos el participar en dichos honores en el plantel escolar que les corresponda.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputados: Guadalupe Suárez Ponce, Guillermo Tamborrel Suárez (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Educación Pública y Servicios Educativos.
    LEY FEDERAL DE DERECHOS
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, entregó a esta Presidencia iniciativa que adiciona el artículo 194 H-Bis a la Ley General de Derechos.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona el artículo 194 H Bis a la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 194-H Bis a la Ley Federal de Derechos, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La Ley Federal de Derechos establece los pagos que tanto las personas físicas y las morales cubrirán por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público.

    También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

    En virtud de que la ley señala que ``Los derechos por la prestación de servicios que establece esta Ley deberán estar relacionados con el costo total del servicio, incluso el financiero, salvo en el caso de dichos cobros tengan un carácter racionalizador del servicio.''

    Por este medio hago una propuesta de reforma para la actividad pesquera en función de las características particulares que a continuación detallaré.

    El pescado y las especies marinas en general suministran en la alimentación mundial poco más del 15% de las proteínas animales. Más del 50% proviene directamente de la pesca ribereña, que es aquella que se realiza en bahías, sistemas lagunares o estuarinos y en el mar, hasta un límite de tres millas náuticas a la costa (5.6 Km.). En la mayoría de los casos se practica con embarcaciones relativamente menores e involucra a pescadores locales (en oposición a compañías comerciales), que usan pequeñas cantidades de capital y energía, con viajes cortos cercanos a la costa y para consumo primordialmente local.

    En México el total de embarcaciones pesqueras registradas en el año 2001 fue de 106,425, de las cuales el 96.60% son de la flota menor (102,807) y el 3.40% corresponden a la flota mayor (3,618).

    Debemos reconocer que en nuestro país, la pesca es practicada por los ribereños, y la administración y manejo de los recursos pesqueros debe reconocer esta condición. La captura de la pesca ribereña ha llegado a representar poco más de la mitad del total nacional (1996), con una disminución constante y un ligero incremento durante el año 2000.

    Dado el carácter público de la propiedad de los recursos pesqueros, el relativamente fácil acceso a los medios de producción y la baja inversión requerida, hacen que la pesca ribereña sea vista como una fuente alternativa de empleo.

    A nivel económico el sector pesquero equivale alrededor del 1% del PIB nacional. En los últimos tres sexenios la disminución paulatina de los apoyos gubernamentales hacia el sector lo ha sumido en una crisis sin precedentes. La venta de las empresas paraestatales, la falta de apoyos y ordenamiento, el retiro de las especies reservadas para las cooperativas, la desaparición de las instituciones financieras que apoyaban la actividad y finalmente de la propia Secretaría de Pesca, cancelaron oportunidades de desarrollo en las comunidades costeras.

    Reitero, en el marco de las reformas neoliberales se canceló el esquema de exclusividad de las especies de alto valor comercial a las cooperativas y con ello se permitió una competencia absolutamente dispar entre los pescadores tradicionales y los grandes empresarios. El impacto de tales medidas ha sido desastroso.

    Los incentivos y subsidios destinados a la pesca han priorizado a las grandes pesquerías (camarón, atún, sardina, etcétera) a pesar de los impactos y costos ambientales que han representado. En tanto que las pesquerías artesanales que utilizan métodos de captura más amigables con el ambiente han sido desplazadas porque se consideran poco productivas y rentables. Los resultados de esta visión son evidentes, pues la disminución acelerada de los volúmenes disponibles de las principales especies objetivo muestran un agotamiento del modelo.

    El proceso de desigualdad económica y falta de orden en el sector, viene acompañado de una injusta distribución al acceso a los recursos pesqueros por parte de los trabajadores del mar. Por un lado, comunidades que tienen muchos años viviendo de la pesca y sus integrantes cuentan con uno o dos permisos para trabajar y por otro, grandes ``factureros'' que sin trabajar, contratan como empleados a pescadores para explotar distintos permisos y concesiones que obtuvieron muchas veces por amiguismo, compadrazgo o favores políticos.

    Entre las propuestas que se han realizado por parte de los sectores involucrados se destaca la necesidad de que el Estado mexicano desarrolle una política pesquera nacional que reconozca las diferencias regionales y desarrolle los potenciales locales. Para ello, es fundamental el impulso al desarrollo productivo con sustentabilidad económica, social y ambiental.

    En la actualidad, una cooperativa que quiera poder desarrollar un proyecto productivo para dar valor a sus recursos, necesita además del pago de la elaboración del mismo y de los estudios respectivos, en muchos casos, tener una resolución de impacto ambiental. Para obtenerla, puede erogar entre 30 mil y 80 mil pesos lo cual la hace inalcanzable para muchísimos pescadores y organizaciones.

    Se requiere por lo tanto, entre otras muchas acciones, reformas a la Ley Federal de Derechos a objeto de revisar las cuotas que pagan los pescadores ribereños del sector social en cuanto a derechos por concepto de Recepción y emisión de dictamen de Manifestación de Impacto Ambiental, para garantizar que esto no se convierta un filtro que impida al sector social acceder a programas productivos.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 194-H Bis a la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

    Artículo 194-H Bis.- En el caso de que los solicitantes de los servicios a que se refiere el artículo anterior sean cooperativas pesqueras, ejidos o grupos comunitarios se pagarán las siguientes cuotas:

    I. Por la recepción, evaluación y, en su caso, el otorgamiento de la resolución del informe preventivo . . . . . . $1,000.00

    II. Por la recepción y evaluación de la manifestación de impacto ambiental:

    a). En su modalidad particular $2,500.00

    b). En su modalidad regional $3,000.00

    III. Por el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental en su modalidad particular, de acuerdo con los criterios ambientales de la Tabla A y la clasificación de la Tabla B:a) $2,500.00

    b) $5,000.00

    c) $11,500.00

    IV. ...

    V. Por el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental en su modalidad regional de acuerdo con los criterios ambientales de la Tabla A y la clasificación de la tabla B:

    a) $3,000.00

    b) $6,000.00

    c) $15,000.00

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Adrián Chávez Ruiz (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como ha solicitado, túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    LEY ORGANICA DEL CONGRESO
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Alejandro Agundis Arias: Con su permiso, ciudadano Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Adelante, diputado.El diputado Alejandro Agundis Arias: Compañeras y compañeros diputados:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

    Manuel Velasco Coello, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Luis Antonio González Roldán, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Ávila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Guillermo Velasco Rodríguez, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Poder Legislativo es un órgano fundamental de la democracia constitucional integrado por representantes de la nación. Esta naturaleza representativa puede ser expresada como la voz del pueblo en los asuntos públicos. En este cuerpo colegiado se intenta traducir las inquietudes y anhelos de la sociedad.

    Es en el Poder Legislativo, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, donde se delibera en un ambiente de pluralidad constituido por un mosaico de manifestaciones humanas, sociales, culturales y políticas susceptibles de dar forma a un espejo de la sociedad. La deliberación gira en torno a los grandes temas que conciernen al Estado y al conjunto de la sociedad.

    Las principales funciones parlamentarias son: la legislativa, la financiera y presupuestaria, la jurisdiccional, la administrativa, la constituyente y la de control y contrapeso político.

    La función legislativa es la atribución fundamental de dictar leyes, reformarlas, derogarlas y darles una interpretación auténtica. Esta función legislativa tiene como primordial propósito adecuar el ordenamiento jurídico a la realidad y la contingencia para cada período de la historia.

    La función presupuestaria se le confiere exclusivamente a la Cámara de Diputados. Ésta se encarga de aprobar, previa discusión y negociación, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, propuesto por el Poder Ejecutivo para cada año fiscal. La tarea de los diputados no se queda ahí, pues deben revisar todo el proceso desde su aprobación hasta la revisión de la Cuenta Pública, es decir, el ejercicio real del gasto gubernamental.

    La función jurisdiccional permite al Poder Legislativo decidir sobre la validez o invalidez de una acusación a cualquier servidor público de los Supremos Poderes, ya que éstos cuentan con un fuero especial que garantiza que no pueden ser sometidos a juicio sin el levantamiento previo y expreso de ese fuero.

    La función administrativa cuenta con dos vertientes. La primera concierne a la ratificación o proposición de altos funcionarios públicos. La segunda, implica la capacidad de los legisladores para diseñar las propias reglas del juego al interior de las cámaras. Estas reglas emanan, en el caso de México, principalmente de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La función constituyente es una forma de la función legislativa. Esta función permite a los legisladores la reforma parcial de la norma suprema, es decir, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por obvias razones, este proceso de reforma constitucional implica un proceso legislativo mucho más complejo que cualquier otro. Es necesaria la aprobación de ambas cámaras, de los congresos locales y el decreto presidencial.

    Ahora bien, el control político es una función muy relevante conferida al Poder Legislativo. En especial, esta función responde a la necesidad de dar un equilibrio entre los poderes mediante pesos y contrapesos entre uno y otro. Es una buena forma de monitorear y dar seguimiento al buen ejercicio de los asuntos públicos por parte del Poder Ejecutivo.

    Dentro de esta importante función, en la Cámara de Diputados, las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional y son reguladas a través del artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

    ``Las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero de artículo 93 constitucional''

    Sin embargo, como puede verse, este artículo solo se refiere a la constitución de dichas comisiones, pero no contempla la manera en que deben funcionar, cuando y cómo deben ser constituidas, qué asuntos pueden ser investigados y cuáles son los alcances e implicaciones jurídicas de sus resultados.

    Además, limita los alcances de la función investigadora de la Cámara de Diputados, por que sólo puede investigar los asuntos referidos en el artículo 93 de la Constitución, dejando fuera asuntos de interés general o que van más allá de la función pública.

    Por esta restricción y para tratar de actuar dentro del marco de la legalidad, en varias ocasiones en que ha sido necesario investigar hechos que salen de lo contemplado por el artículo 93 constitucional, se han tenido que conformar comisiones especiales de investigación, cuando la función de las comisiones especiales no es la de investigar.

    Por otro lado, muchas veces y en varios países se ha afirmado que las comisiones de investigación muchas veces se convierten en un instrumento destinado a ajustar políticamente cuentas a determinado funcionario público, a quien estuvo gobernando antes o a los adversarios políticos.

    Estas afirmaciones encuentran mayor cabida cuando la legislación es vaga y no existen reglas claras para su funcionamiento.

    Por lo anteriormente expuesto, en el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, consideramos necesario reformar el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que sometemos ante el pleno de esta, la siguiente iniciativa de

    Decreto mediante el cual se reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo Único.- Se reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 41. El Pleno del Congreso, a propuesta de la Mesa Directiva, de al menos tres Grupos Parlamentarios o de la cuarta parte de los miembros de la Cámara, podrá acordar la creación de una Comisión de Investigación sobre cualquier asunto de interés público.

    Las Comisiones de Investigación elaborarán un plan de trabajo y podrán requerir la presencia, por conducto de la Presidencia de la Mesa Directiva, de cualquier persona para ser oída. Tales comparecencias se ajustarán en todo caso, a los siguientes requisitos:

    La notificación del requerimiento para comparecer y de los asuntos sobre los que se deba informar habrá de hacerse con quince días de antelación, salvo cuando, por concurrir circunstancias de urgente necesidad, se haga con un plazo menor, que en ningún caso será inferior a tres días.

    En la notificación, el ciudadano requerido será advertido de sus derechos y obligaciones y podrá comparecer acompañado de la persona que designe para asistirlo.

    Las conclusiones de estas Comisiones no tendrán ninguna implicación jurídica, ni afectarán a las resoluciones judiciales y deberán plasmarse en un dictamen que será discutido en el Pleno de la Cámara.

    Las conclusiones aprobadas por el Pleno de la Cámara serán publicadas en la Gaceta Parlamentaria y comunicadas al Ejecutivo federal.

    Transitorios

    Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Diputados: Manuel Velasco Coello, coordinador; Jorge A. Kahwagi Macari, vicecoordinador; Luis Antonio González Roldán (rúbrica), vicecoordinador; Alejandro Agundis Arias (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Ávila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio (rúbrica), Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Guillermo Velasco Rodríguez.» Presidencia del diputado Álvaro Elías LoredoEl Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

    Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a los alumnos a la Universidad Univer del Bajío que nos visitan de León, Guanajuato, así como a la maestra Beatriz Salomón García, directora general, invitados del diputado Salvador Márquez Lozornio; bienvenidos.


    ARTICULO 116 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal:

    Con su permiso, diputado Presidente; compañeros diputados:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Uno de los valores fundamentales del Estado moderno es necesariamente el de la justicia. Este valor engloba diversos aspectos en sí mismo, pues va desde la certeza de las personas de tener a su favor diversas garantías y derechos expresamente consagradas en las leyes, pero además, es necesario que cuenten a la vez con la certeza en que el Estado les proporcionará en todo momento los medios y las instituciones adecuadas para salvaguardar esos derechos.

    En el Estado Mexicano, se ha desarrollo un sistema de impartición de justicia extenso y en general provechoso para el ciudadano mexicano. En nuestra Constitución se establece de conformidad con las teorías clásicas que contamos con una división de poderes en donde destaca para esta materia el Poder Judicial.

    De igual forma en la misma Constitución, en su parte orgánica, se han plasmado las características de organización de dicho poder, las garantías propias de quienes lo integran, los requisitos a que se debe sujetar a quienes pretenden desempeñar tan importante función pública y los periodos y condiciones en que ejercerán dicho cargo.

    Pero nuestra Constitución federal, no solo se ocupa de ``constituir'' y organizar propiamente al Poder Judicial federal, sino que además establece ciertas normas esenciales a efecto de que las entidades federativas constituyan, organicen y garanticen en sus respectivos ámbitos de competencia a los poderes judiciales de los estados, esto, en los términos del artículo 116, fracción III, en relación con el propio artículo 41 también, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Encontramos pues que se deja a las entidades federativas en plenitud de facultades para constituir estos poderes con atención a los principios que se establecen a través del pacto federal, sin embargo, encontramos que en la redacción de la fracción III del artículo 116 en sus párrafos tercero y cuarto, se establecen precisamente normas mínimas respecto a los requisitos que deben reunir, quienes aspiren al cargo de magistrados integrantes de los poderes judiciales locales, sujetándolos a que reúnan los mismos requisitos señalados para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. También se establece como condición, el que los nombramientos de los magistrados y jueces integrantes de los poderes judiciales locales sean hechos preferentemente entre aquéllas personas que hayan prestado sus servicios con probidad y eficiencia en la administración de justicia o que o merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica.

    Debe señalarse que existe plena coincidencia en el establecimiento de dichos requisitos para la elección de quienes tendrán a su cargo tan importante función, sin embargo, en el caso concreto las legislaturas han optado por adoptar íntegramente la redacción de los párrafos tercero y cuarto de la fracción III, del artículo 116 constitucional, sin adicionar o aterrizar el procedimiento de elección por temor a incurrir en alguna contradicción con el texto de la Carta Magna. Al respecto cabe señalar que la referencia al artículo 95, se sujeta a señalar los requisitos de elegibilidad de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, no establece el procedimiento concreto de elección.

    De esta forma la mayoría de las legislaturas locales, se han limitado a establecer un procedimiento similar al de la elección de los ministros, sin intentar otros sistemas o procedimientos de elección que garanticen la certeza en cuanto a las cualidades de los ciudadanos propuestos a dichos cargos.

    Es de señalarse que para otras elecciones de integrantes del Poder Judicial, la misma Carta Magna contempla procedimientos muy completos en los que se posibilita esa comprobación fehaciente de los requisitos de elegibilidad, así como de las cualidades de los candidatos, es decir, a través de establecimiento de parámetros objetivos establecidos previamente en leyes especiales, como es el caso del nombramiento de Magistrados de Circuito por el Consejo de la Judicatura Federal.

    Consideramos que en atención al sistema federal en el que se sustenta el Estado Mexicano, es valido proponer que sean las legislaturas de los estados las que propongan en sus propias constituciones o en las leyes especiales los procedimientos para la comprobación de los requisitos de elegibilidad de los magistrados de los poderes judiciales de los estados, pudiendo ser la investigación y comprobación de sus antecedentes, la implementación de exámenes de oposición, o cualquier otro medio o criterio objetivo que garantice la elección de las personas más adecuadas para el cargo.

    Considero que es necesario adicionar la redacción del párrafo cuarto de la fracción III del artículo 116 constitucional, para el efecto de que el establecimiento de estos procedimiento de comprobación o criterios objetivos de elección de magistrados de los tribunales locales, no sea confundido indebidamente con la implementación de nuevos requisitos de elegibilidad no contemplados en el artículo 95 de nuestra Constitución Política federal.

    Lo que busca la presente iniciativa es otorgar a las legislaturas locales, las herramientas necesarias para que ellos a su vez, puedan garantizar a la sociedad que los integrantes de los tribunales locales electos, cumplen objetivamente con los requisitos de elegibilidad señalados en la Constitución y pueden responder a las exigencias sociales de una excelente impartición de justicia.

    Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto de la fracción III, del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Único: se reforma el párrafo cuarto de la fracción III, del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 116.- (...)

    (...)

    I.- (...)

    II.- (...)

    III.- El Poder Judicial de los Estados se ejercerá por los tribunales que establezcan las Constituciones respectivas.

    La independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar garantizada por las Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados, las cuales establecerán las condiciones para el ingreso, formación y permanencia de quienes sirvan a los Poderes Judiciales de los Estados.

    Los Magistrados integrantes de los Poderes Judiciales Locales, deberán reunir los requisitos señalados por las fracciones I a V del artículo 95 de esta Constitución. No podrán ser Magistrados las personas que hayan ocupado el cargo de Secretario o su equivalente, Procurador de Justicia o Diputado Local, en sus respectivos Estados, durante el año previo al día de la designación.

    Los nombramientos de los magistrados y jueces integrantes de los Poderes Judiciales Locales serán hechos preferentemente entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la administración de justicia o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica. Las legislaturas de las entidades federativas, establecerán los procedimientos con criterios objetivos para la comprobación de los requisitos de elegibilidad y elección de Magistrados y Jueces.

    Los magistrados durarán en el ejercicio de su encargo el tiempo que señalen las Constituciones Locales, podrán ser reelectos, y si lo fueren, sólo podrán ser privados de sus puestos en los términos que determinen las Constituciones y las Leyes de Responsabilidad de los Servidores Públicos de los Estados.

    Los magistrados y los jueces percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo.

    IV.- (...)

    V.- (...)

    VI.- (...)

    VII.- (...)

    (...)

    Transitorios

    Artículo Primero: El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y enajenación de Bienes del Sector Público.

    El diputado Marko Antonio Cortes Mendoza: Con su permiso, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.

    El diputado Marko Antonio Cortés Mendoza: El suscrito, diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, integrante del Partido Acción Nacional, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con base en la siguiente exposición de motivos:

    El 19 de diciembre de 2002 se publicó la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con lo cual se aprobó la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados. La creación de esta ley tuvo por objeto regular la administración y el destino de bienes que la Federación, por diversas formas, se adjudicara, asegurara, decomisara o tuviese en custodia y su concentración se llevase a cabo por parte del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. Otro de los beneficios que trajo consigo esta reforma es que se reducen los gastos que se efectúan por la administración, operación y enajenación de bienes y empresas a disposición del Gobierno Federal, amortizando procedimientos que se llevan a cabo en diversas instituciones y unidades administrativas.

    En esta ley se considera que la enajenación de los bienes pueda llevarse a cabo a través de la donación y la compraventa. Y respecto al procedimiento de donación, se considera la posibilidad, como caso excepcional, en favor de los gobiernos de los estados, de los municipios o del Distrito Federal, para que los utilicen en los servicios públicos locales, en fines educativos o de asistencia social o a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta que lo requieran para el desarrollo de sus actividades. Cuando los bienes provienen del comercio exterior, sólo podrán donarse los que sean inflamables, explosivos, contaminantes, radiactivos, corrosivos, perecederos, de fácil descomposición o deterioro, flora, animales vivos, los que se utilicen para la prevención o atención de efectos derivados de los desastres naturales y los destinados a la atención de zonas determinadas de alta marginalidad. Para llevar a cabo el procedimiento de donaciones, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes se apoya en un comité de donaciones, el cual es el órgano de apoyo que tiene por objeto recibir las solicitudes de donación y verificar que éstas cumplan los requisitos que establecen las disposiciones de la materia y está integrado por el subsecretario de Hacienda y Crédito Público, quien lo preside y, como el titular del SAE, un representante de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, con el nivel de director general, y el titular del área de administración de bienes del SAE. Por lo anteriormente establecido, presento los siguientes considerandos:

    Primero. Que, lamentablemente, la ley no es muy clara en lo referente a los procedimientos para las donaciones. Lo anterior, debido esencialmente a que ésta nos remite al Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, el cual, del mismo modo, presenta omisiones y remite a los lineamientos para la donación de bienes, los cuales a la fecha no han sido publicados por la Junta de Gobierno del SAE, la cual está encargada de realizarlos.

    Segundo. Que eso ha traído como consecuencia que las bodegas del SAE se estén llenando de productos que, por su composición, sufren deterioros, descomposición y, sobre todo, desaprovechamiento por parte de las instituciones que bien podrían darles utilidad pública, fundamental para la ciudadanía.

    Tercero. Que, por lo anterior, se propone reformar y adicionar algunos artículos del Capitulo II de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con el propósito de dar mayor claridad y celeridad a los procesos de donaciones que, de acuerdo con la experiencia, se ha tenido en ordenamientos anteriores, de los cuales se retoman algunos y pueden mejorar de manera fehaciente dichos procedimientos. Por tanto, con fundamento en lo referido en la exposición de motivos, someto a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa:

    Artículo Único. Se reforman los artículos 34 y 35, y se adicionan los artículos 34 Bis, 34 Ter, 34 Quáter y 34 Quintus de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, para quedar como sigue:

    Artículo 34. El SAE únicamente podrá donar o asignar bienes en favor de personas o instituciones mexicanas, de asistencia pública o privada de beneficencia, instituciones educativas, de investigación científica u otras análogas que requieran para el desarrollo de sus funciones y que cuenten con la autorización para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Artículo 34 Bis. Los bienes que se podrán donar son los siguientes:

    I. Los que sean transferidos para su donación;

    II. Los perecederos de fácil descomposición o que por su propia naturaleza sean susceptibles de conservarse, sin que se extingan en un periodo corto, según quede constancia en su dictamen de perennidad y calidad de aptitud para el consumo humano, el cual será emitido por un perito nombrado por la autoridad competente;

    III. Aquellos respecto de los cuales se realicen los procedimientos de venta, sin que haya sido posible venderlos y, en su caso, se cuente con la autorización previa de la entidad transferente;

    IV. Los incosteables;

    V. Los que, derivados de caso fortuito o fuerza mayor, sea imposible proceder a su venta; y

    VI. Los demás casos de naturaleza análoga que determine el Comité de Donaciones.

    Artículo 34 Ter. En la donación de los bienes deberá observarse, de manera imparcial, que se entregan estos bienes y se dará preferencia a las personas físicas o instituciones siguientes:

    I. Instituciones municipales del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

    II. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

    III. Asilos de ancianos, orfanatos, comedores y albergues para damnificados por desastres naturales; y

    IV. Cruz Roja Mexicana. Se dará preferencia a las personas físicas o instituciones que se ubiquen en las zonas geográficas más cercanas a los lugares en donde se encuentren dichos bienes, a efecto de agilizar su entrega y, con ello, seguir criterios de oportunidad y de costos. Se procurará que una misma persona o institución no pueda verse favorecida en dos ocasiones sucesivas, a menos que las circunstancias particulares así lo ameriten.

    Artículo 34 Quáter. Tratándose de bienes perecederos de fácil descomposición, se podrá autorizar su donación vía fax o correo electrónico, a efecto de que proceda su entrega inmediata, procedimiento que se integrará y regirá de acuerdo con lo establecido en el reglamento.

    Artículo 34 Quintus. El SAE deberá llevar un estricto control y registro de los bienes donados, para lo cual deberá integrar un expediente en el que consten la solicitud y los documentos en que se especifique el destino de los bienes y con los que se acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes, así como el contrato respectivo.

    Artículo 35. Para la donación de los bienes, el SAE se apoyará en el Comité de Donaciones, el cual se integrará y regirá de acuerdo con lo establecido en el reglamento, el cual deberá establecer procedimientos administrativos sencillos y dinámicos para que los bienes sean donados con toda oportunidad. El Comité de Donaciones tendrá un plazo no mayor de noventa días hábiles para determinar si procede o no la donación o, en su caso, informar al interesado del resultado de su trámite.

    Transitorios. Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los noventa días siguientes a la publicación del presente decreto, deberá hacer las adecuaciones al reglamento para el debido cumplimiento del presente decreto, particularmente las referidas a los procedimientos administrativos para los bienes que sean donados con toda oportunidad.

    Diputado Presidente: solicito que sea inscrita íntegra la iniciativa en el Diario de Debates. Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a cargo del diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito diputado Marko Antonio Cortés Mendoza, integrante del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72 párrafo primero y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    El 19 de diciembre de 2002, se publicó la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con lo cual se abrogó la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

    La creación de esta ley tuvo por objeto, regular la administración y destino de bienes que la Federación por diversas formas se adjudicara, asegurara, decomisara o tuviese en custodia; y su concentración se lleve a cabo por parte del Servicio de Administración y Enajenación de bienes (SAE).

    Otro de los beneficios que trajo consigo esa reforma, es que se reducen los gastos que se erogan por la administración, operación y enajenación de bienes y empresas a disposición del gobierno federal, armonizando procedimientos que se llevan a cabo en diversas instituciones y unidades administrativas.

    En esta ley se contempla que la enajenación de los bienes puede llevarse a cabo a través de la donación y la compraventa y, respecto al procedimiento de donación, se contempla la posibilidad como caso excepcional a favor de los gobiernos de los estados, de los municipios o del Distrito Federal, para que los utilicen en los servicios públicos locales, en fines educativos o de asistencia social, o a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que lo requieran para el desarrollo de sus actividades.

    Cuando los bienes provienen del comercio exterior, solo podrán donarse aquellos que sean inflamables, explosivos, contaminantes, radioactivos, corrosivos, perecederos, de fácil descomposición o deterioro, flora, animales vivos, aquellos que se utilicen para la prevención o atención de los efectos derivados de los desastres naturales y los destinados para la atención de zonas determinadas de alta marginalidad.

    Para llevar a cabo el procedimiento de donaciones, el Servicio de Administración y Enajenación de bienes se apoya en un Comité de Donaciones, el cual es el órgano de apoyo que tiene por objeto recibir las solicitudes de donación y verificar que las mismas cumplan con los requisitos que establecen las disposiciones de la materia y está integrado por el subsecretario de Hacienda y Crédito Público, quien lo preside y como el titular del SAE, un representante de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, con nivel de director general, y el titular del área de administración de bienes del SAE.

    Por lo anteriormente establecido y:

    Considerando

    Primero. Que lamentablemente, la ley no es muy clara en lo referente a los procedimientos para las donaciones, lo anterior debido esencialmente a que ésta nos remite al Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, el cual del mismo modo presenta omisiones y remite a los lineamientos para la donación de bienes, los cuales a la fecha no han sido publicados por la Junta de Gobierno del SAE, la cual es la encargada de realizarlos.

    Segundo. Que esto ha traído como consecuencia, que las bodegas del SAE se estén llenando de productos que por su composición sufran deterioro, descomposición y sobretodo, desaprovechamiento por parte de instituciones que bien podrían darles una utilidad pública fundamental para la ciudadanía.

    Tercero. Que por lo anterior, se propone reformar y adicionar algunos artículos al Capítulo II de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con el propósito de darle mayor claridad y celeridad a los procesos de donaciones, que de acuerdo a la experiencia que se ha tenido en ordenamientos anteriores y de los cuales se retoman algunos, pueden mejorar de manera fehaciente dichos procedimientos.

    Cuarto. Que el artículo 34 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público refiere que:

    ``Artículo 34.- En casos excepcionales, de conformidad con lo que establezcan para tal efecto las disposiciones aplicables y previo cumplimiento de los requisitos que, en su caso, prevean las mismas, tales como los relativos al monto, plazo o tipo de bienes, éstos podrán ser donados o asignados, según corresponda, a favor de las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, así como de los gobiernos de las entidades federativas y municipios, para que los utilicen en los servicios públicos locales, en fines educativos o de asistencia social, o a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que lo requieran para el desarrollo de sus actividades.

    ``Tratándose de bienes provenientes de comercio exterior, sólo podrán donarse los inflamables, explosivos, contaminantes, radioactivos, corrosivos, perecederos, de fácil descomposición o deterioro, flora, animales vivos, aquéllos que se utilicen para la prevención o atención de los efectos derivados de desastres naturales y los destinados para la atención de zonas determinadas de alta marginalidad''.

    Se propone modificar y adicionar el presente artículo para quedar como sigue:

    Artículo 34. El SAE únicamente podrá donar o asignar bienes a favor de personas o instituciones mexicanas, de asistencia pública o privada, de beneficencia, instituciones educativas, de investigación científica u otras análogas que los requieran para el desarrollo de sus funciones y que cuenten con autorización para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    [...]

    Artículo 34 Bis.- Los bienes que se podrán donar son los siguientes:

    I. Los que sean transferidos para su donación;

    II. Los perecederos, de fácil descomposición o que por su propia naturaleza no sean susceptibles de conservarse sin que se extingan en un período de corto tiempo, según quede constancia en su dictamen de perennidad y calidad de aptitud para consumo humano, el cual será emitido por un perito nombrado por la autoridad competente;

    III. Aquellos respecto de los que se realicen los procedimientos de venta, sin que haya sido posible venderlos y, en su caso, se cuente con la autorización previa de la entidad transferente;

    IV. Los incosteables;

    V. Aquellos que, derivado de caso fortuito o fuerza mayor, sea imposible proceder a su venta; y

    VI. Los demás casos de naturaleza análoga que determine el Comité.

    Artículo 34 Ter.- En la donación de los bienes deberá observarse hacerse de manera imparcial y se darán preferentemente a las personas físicas o instituciones siguientes:

    I. Instituciones municipales del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

    II. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

    III. Asilos para ancianos, orfanatos, comedores y albergues para damnificados por desastres naturales; y

    IV. Cruz Roja Mexicana.

    Se dará preferencias a las personas físicas o instituciones que se ubiquen en las zonas geográficas más cercanas a los lugares en donde se encuentren dichos bienes, a efecto de agilizar su entrega y con ello seguir criterios de oportunidad y costos.

    Se procurará que una misma persona o institución no pueda ser favorecida en dos ocasiones sucesivas a menos que las circunstancias particulares así lo ameriten.

    Artículo 34 Quáter.- Tratándose de bienes perecederos de fácil descomposición, se podrá autorizar su donación vía fax o correo electrónico a efecto de que se proceda a su entrega inmediata, procedimiento que se integrará y regirá de acuerdo con lo que al respecto se establezca en el Reglamento.

    Artículo 34 Quintus.- El SAE deberá llevar un estricto control y registro de los bienes donados, para lo cual deberá integrar un expediente en el que conste la solicitud, los documentos en los que se especifique el destino de los bienes y con los que se acredite el cumplimiento de los requisitos correspondientes, así como el contrato respectivo.

    Quinto. Que por su parte, el artículo 35 de esta misma ley, nos menciona que:

    ``Artículo 35.- Para la donación de los bienes, el SAE se apoyará del Comité de Donaciones, el cual se integrará y regirá de acuerdo con lo que al respecto se establezca en el Reglamento''.

    Se propone modificar el presente artículo, para quedar de la siguiente forma:

    Artículo 35.- Para la donación de los bienes, el SAE se apoyará del Comité de Donaciones, el cual se integrará y regirá de acuerdo con lo que al respecto se establezca en el Reglamento, el cual deberá establecer procedimientos administrativos sencillos y dinámicos para que los bienes sean donados con toda oportunidad.

    El Comité de Donaciones tendrá un plazo no mayor a 90 días hábiles para determinar si procede o no la donación, o en su caso informar al interesado el resultado de su trámite.

    Con fundamento en lo anteriormente expuesto en la exposición de motivos, someto a la consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados la siguiente:

    Iniciativa

    Artículo Único. Se reforman los artículos 34 y 35, y se adicionan los artículos 34 bis, 34 ter, 34 quáter y 34 quintus de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, para quedar como siguen:

    Artículo 34. El SAE únicamente podrá donar o asignar bienes a favor de personas o instituciones mexicanas, de asistencia pública o privada, de beneficencia, instituciones educativas, de investigación científica u otras análogas que los requieran para el desarrollo de sus funciones y que cuenten con autorización para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    [...]

    Artículo 34 Bis.- Los bienes que se podrán donar son los siguientes:

    I. Los que sean transferidos para su donación;

    II. Los perecederos, de fácil descomposición o que por su propia naturaleza no sean susceptibles de conservarse sin que se extingan en un período de corto tiempo, según quede constancia en su dictamen de perennidad y calidad de aptitud para consumo humano, el cual será emitido por un perito nombrado por la autoridad competente;

    III. Aquellos respecto de los que se realicen los procedimientos de venta, sin que haya sido posible venderlos y, en su caso, se cuente con la autorización previa de la entidad transferente;

    IV. Los incosteables;

    V. Aquellos que, derivado de caso fortuito o fuerza mayor, sea imposible proceder a su venta; y

    VI. Los demás casos de naturaleza análoga que determine el Comité.

    Artículo 34 Ter.- En la donación de los bienes deberá observarse hacerse de manera imparcial y se darán preferentemente a las personas físicas o instituciones siguientes:

    I. Instituciones municipales del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

    II. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

    III. Asilos para ancianos, orfanatos, comedores y albergues para damnificados por desastres naturales; y

    IV. Cruz Roja Mexicana.

    Se dará preferencias a las personas físicas o instituciones que se ubiquen en las zonas geográficas más cercanas a los lugares en donde se encuentren dichos bienes, a efecto de agilizar su entrega y con ello seguir criterios de oportunidad y costos.

    Se procurará que una misma persona o institución no pueda ser favorecida en dos ocasiones sucesivas a menos que las circunstancias particulares así lo ameriten.

    Artículo 34 Quáter.- Tratándose de bienes perecederos de fácil descomposición, se podrá autorizar su donación vía fax o correo electrónico a efecto de que se proceda a su entrega inmediata, procedimiento que se integrará y regirá de acuerdo con lo que al respecto se establezca en el Reglamento.

    Artículo 34 Quintus.- El SAE deberá llevar un estricto control y registro de los bienes donados, para lo cual deberá integrar un expediente en el que conste la solicitud, los documentos en los que se especifique el destino de los bienes y con los que se acredite el cumplimiento de los requisitos correspondientes, así como el contrato respectivo.

    Artículo 35.- Para la donación de los bienes, el SAE se apoyará del Comité de Donaciones, el cual se integrará y regirá de acuerdo con lo que al respecto se establezca en el Reglamento, el cual deberá establecer procedimientos administrativos sencillos y dinámicos para que los bienes sean donados con toda oportunidad.

    El Comité de Donaciones tendrá un plazo no mayor a 90 días hábiles para determinar si procede o no la donación, o en su caso informar al interesado el resultado de su trámite.

    Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los noventa días siguientes a la publicación del presente decreto deberá hacer las adecuaciones al Reglamento para el debido cumplimiento del presente decreto, particularmente aquellas referidas a los procedimientos administrativos para que los bienes sean donados con toda oportunidad.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Se obsequia su petición y se turna la iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
    CODIGO PENAL FEDERAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 259 del Código Penal Federal.

    El diputado Omar Ortega Álvarez: Con su permiso, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.

    El diputado Omar Ortega Álvarez: En virtud del tiempo, le solicito que se integre íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Compañeras y compañeros diputados: en esta ocasión acudo a esta tribuna con el fin de exponer un tema a todas luces importante para la sociedad y, en especial, para todos los convencidos de que la igualdad en oportunidades de vida, tanto para los hombres como para las mujeres, es una exigencia social. Contrario a este ideal, el acoso u hostigamiento sexual que se presenta en las relaciones laborales, perpetrado por un superior jerárquico o compañero de trabajo, tanto hacia las mujeres como hacia los hombres, ha ido en aumento y cada día resulta más común observar cómo este tipo de conductas provoca en los subordinados, y amenaza para la salud laboral de los trabajadores, hombres y mujeres, ya que se erige como una forma de violencia que puede causar trastornos psicológicos en las víctimas, agrava enfermedades físicas y provoca, en los casos más agudos, hasta secuelas permanentes.

    Esta conducta delictiva, denominada así como concepto en la década de 1970 y punible por la Ley contra la Discriminación, ha ido saliendo a la luz gradualmente como un fenómeno reconocido en todo el mundo y percibido como un problema de significativa importancia que debe ser tratado desde la legislación nacional. Este comportamiento que nuestra legislación define como hostigamiento sexual requiere ser profundizado en su génesis, devenir y consecuencias, así como en las características de su manifestación y los mecanismos a través de los cuales se produce el daño a la víctima. Por ello es necesario entender que el acoso sexual no en todas las ocasiones es perpetrado por superiores jerárquicos hacia los subordinados, sino que también entre iguales se puede observar esta conducta ilícita.

    El hostigamiento sexual a que nos referimos tiene claros puntos de contacto con la violencia, la discriminación y el entorno laboral, social, familiar y cultural. En el artículo 259 Bis del Código Penal Federal vigente se establece perfectamente la definición de hostigamiento sexual; sin embargo, la presente iniciativa pretende eliminar dentro del tipo penal la condición de superioridad jerárquica. Asimismo, eleva la penalidad señalada para este delito, en el entendido de que estamos hablando de una conducta que afecta de manera irremediable la confianza y afecta directamente a la víctima en su ámbito laboral, personal y social. De ahí la necesidad de que la legislación tutele esas situaciones y se pronuncie por la condena y sanción de tales conductas, que inciden en la moral y en los derechos de la propia víctima.

    El problema de las relaciones de trabajo entre los integrantes de las empresas como institución, el empleador respecto de un trabajador y entre los trabajadores entre sí, ya sea por la parte de superiores o de inferiores jerárquicos o de colegas, se ha expandido notablemente en los últimos años y en todos los niveles de la sociedad. Esta conducta inesperada, de naturaleza sexual que afecta la dignidad de la mujer y el hombre en el trabajo, incluye la conducta verbal o no verbal y en algunos casos física, que lleva al rechazo, a la sumisión del empleado o de los trabajadores, incluidos los superiores jerárquicos, y se usa mucho en el acceso a la formación profesional o al empleo, en la continuación del empleo, para la promoción, el ascenso de un salario y otras decisiones vinculadas al empleo, creando un medio hostil, intimidatorio y humillante para la víctima de tal conducta. De tal forma, podemos decir que, con relación a los empleados, las consecuencias del acoso sexual pueden ser demoledoras para la víctima.

    Además de los dañinos efectos psíquicos y físicos mencionados, la víctima corre el riesgo de perder el trabajo o experiencia relacionada con él, como su formación profesional, o llegar a sentir que la única solución posible es renunciar a todo ello. El acoso sexual lleva a la frustración, a la pérdida de autoestima, al ausentismo y a la merma de la productividad.

    Con relación a las empresas, además de los efectos negativos ya apuntados, el acoso sexual incluso puede ser la razón oculta de que empleados valiosos abandonen o pierdan su puesto de trabajo, cuando por otra parte habían dado muestras de un buen rendimiento y si la empresa consiente un clima de tolerancia hacia el acoso sexual, su imagen puede verse dañada en el supuesto de que las víctimas se quejen y hagan pública su situación. Por añadidura, corre también crecientes riesgos financieros porque cada día son más los países en que una acción judicial a instancias de las víctimas puede fácilmente determinar daños e imponer sanciones económicas.

    Con relación de las consecuencias que tiene el acoso sexual para la sociedad, podemos decir que, en su conjunto, podríamos resumir diciendo que el acoso sexual impide el logro de la igualdad, condena la violencia sexual y tiene efectos negativos sobre la eficiencia de las empresas que entorpecen la productividad y el desarrollo. Al respecto, desde 1985 la Organización Internacional del Trabajo reconoció que el acoso sexual en el lugar de trabajo deteriora las condiciones laborales de los empleados, y sus perspectivas de empleo y promoción, abogada por la incorporación de medidas para combatirla y evitarlo en las políticas para progresar en la igualdad. Desde entonces, la OIT ha señalado el acoso sexual como una violación de los derechos fundamentales de los trabajadores, declarando que constituye un problema de seguridad y salud, un problema de discriminación, una inaceptable situación laboral y una forma de violencia, primeramente contra las mujeres. A mayor abundamiento, en la Unión Europea casi 8 por ciento de los empleados --es decir, unos 12 millones de personas-- afirma haber sido víctima de acoso sexual en el lugar de trabajo y en el intervalo de los últimos 12 meses.

    En un número abrumador de casos de denuncias de hostigamiento sexual en México, las víctimas son mujeres, pero cada vez hay más casos de hombres acosados por mujeres y también los hay de acoso dentro del mismo sexo. Con esta reforma se pretende que la conducta tipificada como ``hostigamiento sexual'' no solamente se considere de superior jerárquico hacia el subordinado y, en consecuencia, este derecho se pueda dar no sólo en las relaciones laborales. Compañeras y compañeros diputados: solicito de esta manera su apoyo para la aprobación de la propuesta de reforma, que brindaría la certeza legal necesaria a todas las víctimas de este delito, que repercute irreversiblemente en la vida de las víctimas y del mismo. Por lo anteriormente expuesto, presento la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Capítulo Primero, titulado ``Del Hostigamiento Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación'', del Título Décimo Quinto del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo Único. Se reforma el artículo 259 Bis del Capítulo Primero, titulado ``Del Hostigamiento Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación'', del Título Décimo Quinto del Código Penal Federal, bajo el tenor siguiente:

    Artículo 259 Bis. Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo valiéndose de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra, se impondrá sanción de dos a cuatro años de prisión y de cincuenta a doscientos días de multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que el cargo le proporcione, además de la pena señalada se le destituirá de su encargo. Solamente será punible el hostigamiento sexual cuando se cause un perjuicio o daño material o moral. Sólo se procederá contra el hostigador a petición de parte.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito diputado federal a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la fracción II del artículo 55 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pongo a consideración de esta honorable Asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Capítulo I titulado del ``Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación''; del Título Décimo Quinto, del Código Penal Federal bajo el tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El acoso y la persecución de los seres humanos por razones diferentes ha sido una conducta reiterada a lo largo de la historia de la humanidad; sin embargo para el asunto que hoy pongo a su consideración, el acoso u hostigamiento sexual que se presenta en las relaciones laborales perpetrado por un superior jerárquico, hacia las mujeres como en los hombres en el ámbito laboral ha ido en aumento, y cada día resulta más común el observar, como este tipo de conductas provocan en los subordinados desesperación y amenaza para la salud laboral de los trabajadores hombres y mujeres, ya que se erige como una forma de violencia que puede causar trastornos psicológicos en las víctimas, agrava enfermedades físicas y provoca en los casos más agudos hasta secuelas permanentes.

    Este conducta delictiva, que hasta el día de hoy cobra poca importancia para los estudiosos del derecho y los doctrinarios jurídicos, requiere que se le de un nuevo impulso a través de la legislación existente.

    Este comportamiento que nuestra legislación define como ``Hostigamiento sexual'', requiere ser profundizado en su génesis, devenir y consecuencias, así como en las características de su manifestación y los mecanismos a través de los cuales se produce el daño a la víctima.

    Este hostigamiento sexual al que nos referimos, tiene claros puntos de contacto con la violencia, discriminación y el entorno laboral, social, familiar y cultural.

    En el artículo 259 Bis vigente se establece perfectamente la definición de este hostigamiento sexual que inicialmente se encontraba dirigido en contra de la mujer en sus relaciones laborales pero que claramente no sólo se refiere a un hostigamiento del sexo opuesto sino hasta entre personas de igual sexo.

    Esta conducta de hostigamiento sexual puede conllevar a acciones de violencia que requieran un tratamiento tanto desde el punto de vista del derecho laboral, como del derecho penal.

    De ahí la necesidad de que el derecho tutele estas situaciones y se pronuncie por la condena y sanción de tales manifestaciones de poder, o prepotencia hacia la parte indefensa que puede llegar a consecuencias fatales, nada pacíficas y que incidan en la propia estabilidad en el trabajo, este problema laboral de las relaciones de trabajo entre los integrantes de las empresas como institución, el empleador respecto a un trabajador y entre los trabajadores entre sí, ya sea por parte de superiores o de inferiores jerárquicos o de colegas, se ha expandido notablemente en los últimos años, influyendo en el medio ambiente laboral, con consecuencias post-traumáticas en el trabajador acosado, cuando para el mismo dicha situación es habitual y algo inherente a las condiciones de trabajo o del entorno de trabajo hostil, intimidatorio y humillante por lo que la reforma que se plantea en esta Iniciativa recobra singular importancia.

    No obstante el ``hostigamiento sexual'' del que son víctimas miles de mujeres y de hombres en nuestro país y en muchos otros países, traspasan la frontera del ámbito laboral, actualmente la definición del tipo penal que estipula nuestro Código Penal Federal únicamente refiere al acoso del que son víctimas por parte de un superior jerárquico pero ésta situación no sólo se presenta en este supuesto ya que también el acoso se puede observar de inferior jerárquico a superior jerárquico o entre iguales en el ámbito laboral, o bien en las relaciones no necesariamente laborales.

    A mayor abundamiento sobre este tema podemos definir al hostigamiento sexual como podemos el ejercicio extralimitado de un poder (jurídico o de hecho) en el entorno laboral, mediante el uso sistemático, recurrente, progresivo, de la fuerza intimidatoria, que atenta fundamentalmente contra la integridad moral entendiendo por tal la auto identificación del individuo que le proporciona su equilibrio personal.

    Esta conducta inesperada, de naturaleza sexual o basada en el sexo que afecta la dignidad del hombre y la mujer en el trabajo, incluye la conducta verbal o no verbal, física y no deseada, que lleva el rechazo o la sumisión del empleado o de los trabajadores, incluyendo los superiores jerárquicos y se usa mucho en el acceso a la formación profesional o al empleo, en la continuación del empleo, para la promoción, el ascenso de un salario y otras decisiones vinculadas al empleo y crea un medio hostil, intimidatorio y humillante para la victima de tal conducta.

    En relación a este tema, en los últimos años, la OIT ha publicado varios informes y directrices sobre temas afines, como el estrés profesional, el acoso sexual y otros problemas.

    En los próximos años, y de no realizarse importantes acciones de difusión, identificación, prevención, sanción penal y laboral de dichas prácticas, muchas personas engrosarán las ya alarmantes cifras de los sometidos a acoso en el medio laboral, que la OIT y los estudios realizados por diferentes instituciones mencionan.

    En la Unión Europea, el casi 8% de los empleados, es decir, unos 12 millones de personas, afirman haber sido víctimas de acoso moral en el lugar de trabajo en el intervalo de los últimos 12 meses.

    En el mismo sentido, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de Empleo de los Estados Unidos (EEOC) publico en el año 1996 unas cifras estimadas de más de 15.000 casos denunciados, son señaladas sólo reclamaciones y no todas llegan a tramitarse, pero se ha observado un gran aumento de las denuncias con respecto a las 6.000 anuales interpuestas ante el EEOC a finales de la década del 80.

    En un número abrumador de casos de denuncia de hostigamiento sexual, en México y en los países citados, las víctimas son mujeres, pero cada vez hay más casos de hombres acosados por mujeres y también los hay de acoso dentro del mismo sexo.

    Sin embargo, y aún y cuando estas cifras son alarmantes, también es cierto que al no tipificarse dentro de este delito el hostigamiento que se puede sufrir por parte de los compañeros de trabajo, amigos, familiares y conocidos, no únicamente en una relación de trabajo, son muy pocas las mujeres que formulan denuncias formales y casi nulas las denuncias presentadas por hombres.

    En nuestro país fue en la década de los 80 que comenzó a prestarse atención al tema y tomando en consideración que el hostigamiento sexual lo mismo puede tener lugar con cualquiera de los dos sexos.

    Así mismo se pretende con la reforma al 259 Bis que la conducta tipificada como hostigamiento sexual no solamente se considere de superior jerárquico hacia inferior jerárquico o no solo en las relaciones laborales.

    Por lo anteriormente expuesto, presentó la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Capítulo I titulado del ``Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación''; del Título Décimo Quinto, del Código Penal Federal para quedar como sigue:

    Artículo Único: Se reforma el artículo 259 Bis del Capítulo I titulado del ``Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación''; del Título Décimo Quinto, del Código Penal Federal bajo el tenor de la siguiente:

    Artículo 259 Bis:

    Al que con fines lascivos, asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otra se le impondrá sanción de dos a cuatro años de prisión, y de 50 a 200 días de multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que el cargo le proporcione, además de la pena señalada se le destituirá de su cargo.

    Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño material o moral.

    Solo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.

    Transitorios

    Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 20 de septiembre del 2005.--- Dip. Omar Ortega Álvarez (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Como solicita, túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos; y, además, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.
    LEY DE AMPARO - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

    El diputado Roberto Antonio Marrufo Torres: Con su permiso, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.

    El diputado Roberto Antonio Marrufo Torres: El suscrito, diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, miembro del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pone a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el párrafo primero del artículo 23 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, homologando ambas a nueve días inhábiles, que se fundamentan y motivan en la siguiente exposición de motivos:

    La afinidad en el contenido de las leyes primarias y secundarias es de vital importancia, pero cuando no lo es puede incidir en la mala aplicación de la justicia y confusión en quienes tienen la obligación de aplicarla, tal es el caso de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. El Estado de derecho se define como el ``régimen jurídico en el que se establecen y cumplen ordenamientos legales y se garantiza el respeto de las garantías individuales de todos los mexicanos, debiendo éstas ser congruentes entre sí y facilitar la defensa de los ciudadanos cuando sus derechos sean vulnerados por cualquier motivo o circunstancia''. La falta de coordinación en los días inhábiles que encontramos en los artículos de referencia de la Ley de Amparo y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación crea confusión entre jueces, magistrados y otros funcionarios encargados de la impartición de justicia en nuestro país, ya que estas dos normas jurídicas son de importancia para la adecuada atención de los derechos más elementales de todos los mexicanos.

    El artículo 23 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece: ``Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1 de enero, 5 de febrero, 1 y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre''. En cambio, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación dice en el artículo 163 que en los órganos del Poder Judicial de la Federación se consignan como días inhábiles los sábados y domingos, 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre y 20 de noviembre, dentro de los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la ley.

    En función de lo anterior, la Ley de Amparo ordena ocho días inhábiles, mientras que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación únicamente señala seis días inhábiles. Inadecuadamente, esa falta de coordinación entre ambos ordenamientos, que tienen una enorme relación entre sí, confunde a jueces y a magistrados, y --por tanto-- dificulta la impartición de justicia. Por lo anterior, compañeras y compañeros diputados, es necesario modificar y reformar las leyes que presenten inconsistencia o carezcan de claridad, impidiendo la impartición de justicia de manera eficaz, debiéndose aclarar lagunas legales en nuestras leyes y códigos, como en el caso que nos ocupa, debiendo darse certeza jurídica tanto a juzgadores como a juzgados. El objetivo principal de esta reforma es homologar los días inhábiles entre dos ordenamientos legales: uno primario, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y uno secundario, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su artículo 163. Por lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona y reforma los párrafos referidos y que a la letra dice:

    Artículo 23. Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, 1 de enero, 5 de febrero, 1 y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre.

    Párrafos segundo, tercero y cuarto, igual.

    Artículo 163. En los órganos del Poder Judicial de la Federación se consideran días inhábiles los sábados y domingos, 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicará actuación judicial alguna, debiendo decir en el artículo 23: ``Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre''.

    Párrafos segundo, tercero y cuarto, igual.

    Artículo 163. En los órganos del Poder Judicial de la Federación se considerarán días inhábiles los sábados y domingos, 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la ley.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de septiembre de 2005. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal, Roberto Antonio Marrufo Torres, miembro del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pone a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el párrafo primero del artículo 23 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, homologando ambas a nueve días inhábiles, misma que se fundamenta y motiva en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La afinidad en el contenido de las leyes primarias y secundarias son de vital importancia, pero cuando no lo son pudiesen incidir en la mala aplicación de la justicia y confusión en quienes tienen la obligación de aplicarlas, tal es el caso de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

    El Estado de derecho, se define como aquél régimen jurídico en que se establecen y cumplen ordenamientos legales y garantiza el respeto de las garantías individuales de todos los mexicanos, debiendo éstas ser congruentes entre sí y facilite la defensa de los ciudadanos cuando sus derechos sean vulnerados por cualquier motivo.

    La falta de coordinación en los días inhábiles que encontramos en los artículos en referencia de la Ley de Amparo y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, crean confusión entre jueces, magistrados, y otros funcionarios encargados de la impartición de justicia en nuestro país, ya que estas dos normas jurídicas son de importancia para la adecuada atención de los derechos más elementales de los mexicanos, el artículo 23 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que:

    Artículo 23.- Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre.

    En cambio la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación nos dice que:

    Artículo 163. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley.

    En función de lo anterior, la Ley de Amparo ordena ocho días inhábiles, mientras que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación únicamente señala seis días inhábiles, indudablemente esta falta de coordinación entre estos ordenamientos que tienen una enorme relación entre sí, confunde a jueces y magistrados y por lo tanto dificulta la impartición de justicia.

    Por lo anterior compañeras y compañeros diputados, es necesario modificar y reformar las leyes que presenten inconsistencias o carezcan de claridad impidiendo la impartición de justicia de manera eficaz, debiéndose aclarar lagunas legales en nuestras leyes y códigos como en el caso que nos ocupa, debiendo dar certeza jurídica tanto a juzgadores como a juzgados, el objetivo principal de esta reforma, es homologar los días inhábiles entre dos ordenamientos legales, uno primario de la Ley de Amparo Reglamentariaa de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y uno secundario la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación artículo 163.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el párrafo primero del artículo 23 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que dice:

    Artículo 23.- Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre.

    Párrafo segundo.-

    Párrafo tercero.-

    Párrafo cuarto.-

    Artículo 163. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley.

    Deberán decir:

    Artículo 23.- Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre.

    Párrafo segundo.-

    Párrafo tercero.-

    Párrafo cuarto.-

    Artículo 163. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre. Durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

    Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a compañeros regidores del Partido Acción Nacional del municipio de Altamira, Tamaulipas. Son invitados por el diputado José Julián Sacramento; bienvenidos.


    LEY GENERAL DE SALUD
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de psicología y psiquiatría.

    El diputado José Antonio Cabello Gil: Con su permiso, diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o. el derecho de toda persona a la protección a la salud, compromiso que es asumido por el Ejecutivo federal en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006. El Ejecutivo federal y los gobiernos estatales han ampliado la cobertura de los servicios de salud a la gran mayoría de la población; no obstante, millones de familias pobres realizan grandes gastos por los pagos que destinan a servicios de salud, medicamentos o intervenciones.

    La Encuesta Nacional de Salud y el Censo Nacional de Población y Vivienda 2000 señala que más de la mitad de la población no cuenta con un seguro de salud debido a su modalidad de empleo o por su bajo poder adquisitivo, lo que le impide pagar un seguro médico para toda la familia, ya sea en el Seguro Social o en una institución privada. Por ello, el Seguro Popular de Salud se creó con tres grandes objetivos: primero, brindar protección financiera a la población que carece de seguridad social; segundo, crear una cultura de prepago a los beneficiarios del Seguro Popular de Salud; y tercero, disminuir el número de familias que se empobrecen anualmente al enfrentar gastos de salud. Por otro lado, la Ley General de Salud establece el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el artículo 2o., dicha legislación menciona que el derecho a la protección a la salud tiene como finalidades, entre otras, el bienestar físico y mental del hombre para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades y el disfrute de los servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población. Y en el artículo 3o., dicha ley establece que la salud mental es materia de salubridad general.

    Asimismo, considera como un servicio básico de salud; esto, en el artículo 27. De hecho, todo el Capítulo Séptimo hace referencia a la salud mental, específicamente el artículo 72, mencionando que la prevención de las enfermedades mentales tiene carácter prioritario. De lo anterior se puede deducir que el ámbito de la salud mental es fundamental para nuestro sistema de salud. Son indudables las ventajas y las bondades de la integración de un mecanismo de salud universal como el Seguro Popular de Salud. Dicho mecanismo establece que, de acuerdo con los artículos 76 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud, como mínimo se deberán considerar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, de cirugía general, gineco-obstetricia, pediatría y geriatría, y en el segundo nivel de atención. Sin embargo, en dicho mínimo no se considera el otorgamiento de servicios relativos a la salud mental.

    De acuerdo con el Programa Nacional de Salud, la relevancia de la problemática de los padecimientos mentales estriba en que se estima que por lo menos una quinta parte de la población mexicana padece en el curso de su vida de algún trastorno mental. Cuatro millones de adultos presentan depresiones, medio millón padece esquizofrenia, un millón de personas tiene epilepsia y la demencia la padece 10 por ciento de los mayores de 65 años. Es una tendencia creciente de estos padecimientos: en los próximos 10 años, la demanda de servicios de salud mental en México constituirá una de las principales presiones para el sistema de salud. Entre las 15 principales causas de pérdida de vida saludable en México se encuentran las enfermedades psiquiátricas y neurológicas; 6 de ellas están relacionadas de alguna manera con este tipo de trastornos y con las adicciones, como homicidios y violencia, accidentes de vehículo automotor, enfermedades cerebro-vasculares, cirrosis hepática, demencias, consumo de alcohol y trastornos depresivos.

    El impacto económico de las enfermedades mentales es también poco conocido en México. En el panorama epidemiológico, el Banco Mundial calcula que los padecimientos psiquiátricos y neurológicos contribuyen con 12 por ciento del costo total de las enfermedades médicas y, para la Organización Mundial de la Salud, alcanzan 20 por ciento. Esos trastornos medidos por años de vida, ajustados por discapacidad, representan 11.5 por ciento de la carga total de enfermedades. Entre ellas destacan la depresión que, por sí sola, representa 36.5 por ciento del total; y el alcoholismo, con 11.3 por ciento. En un análisis realizado por la Organización Mundial de la Salud en 1996 sobre el diagnóstico situacional en salud mental se detectó que cinco de las causas líderes generadoras de discapacidad en el mundo se refieren a trastornos mentales.

    Uno de los problemas por los que no se le había dado la importancia que merece la salud mental es que había sido medida con base en las tasas de mortalidad, siendo que la mayoría de estos padecimientos no causan defunciones por sí mismos. Lo que sí resulta sumamente significativo es la discapacidad que provocan las enfermedades psiquiátricas y las neurológicas, situación que repercute fuertemente en la economía familiar y social. Por ello, y para salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad mental, es imprescindible cubrir la demanda de servicios de atención y protección a la población de escasos recursos económicos.

    Esta iniciativa pretende que la salud mental pase a formar parte de los servicios mínimos del Seguro Popular de Salud, a través de la reforma de los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud. De esa forma se da cabal cumplimiento a los preceptos establecidos en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 2, 3 y 27 de la Ley General de Salud y todo su Capítulo Siete, donde claramente se enmarca el ámbito de la salud mental como un servicio básico y prioritario del sistema de salud pública de nuestro país. La iniciativa propone el manejo y tratamiento de los trastornos mentales en el ámbito de la atención primaria, vía Seguro Popular, como un paso fundamental que permita facilitar el acceso a los servicios de salud al mayor número de personas. Dada la limitada capacidad del sistema de salud pública tanto en recursos como en infraestructura y recursos humanos para atender la gran demanda de servicios de atención a la salud mental, esta iniciativa propone la integración de un artículo transitorio, como se hizo con el surgimiento del Seguro Popular, donde se establece la incorporación gradual y acumulativa de atención a la población demandante de dicho servicio.

    Con ello se evitará que se ejerza una gran y decidida presión de la demanda de los servicios de salud sobre la propia capacidad de atención de nuestro sistema de salud pública. Hay que reconocer, debo decirlo, el esfuerzo de ciudadanos profesionales y organizaciones civiles que han hecho de la salud mental una causa para garantizar mejores condiciones de vida para los mexicanos. Entre ellas, quiero destacar el trabajo de Voz pro Salud Mental, que realiza importantes contribuciones a este noble fin.

    Por lo anteriormente fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el cual se reforman los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud en los términos en que queda consignado en el cuerpo de la iniciativa. Por obviedad de tiempo, pediría a la Presidencia que se inserte el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de psicología y psiquiatría, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del PAN

    El que suscribe, diputado José Antonio Cabello Gil, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa que reforma los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    I. Desde su fundación, en 1943, el actual sistema de salud ha contribuido a mejorar la salud y la calidad de vida de los mexicanos. Sin embargo, la forma en que se han financiado y organizado los servicios de salud en México, institutos de seguridad social a los cuales se accede a través de la incorporación a los mercados formales de trabajo y/o mediante pagos monetarios directos, ha dejado desprotegida a una proporción significativa de la población, impidiendo que el gasto que hacen las familias en esta materia sea justo.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o. el derecho a toda persona a la protección a la salud, compromiso que es asumido por el Ejecutivo Federal en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, donde se establece seguir desarrollando los sistemas de salud en coordinación con los Gobiernos Estatales, a fin de potencializar su cobertura a toda la población, y mediante estrategias conjuntas que permitan mejorar la calidad y oportunidad de los servicios, en beneficio de la salud de todos los mexicanos, evitando la duplicación de las acciones.

    El Ejecutivo federal y los gobiernos estatales han ampliado la cobertura de los servicios de salud a la gran mayoría de la población. No obstante, millones de familias que están en la pobreza realizan grandes gastos en salud, originados por los pagos que destinan por concepto de pago de los servicios de salud que incluye medicamentos y/o intervenciones.

    La Encuesta Nacional de Salud y el Censo Nacional de Población y Vivienda 2000 señalan que más de la mitad de la población no cuentan con un seguro de salud debido a su modalidad de empleo, y/o por su bajo poder adquisitivo que le impide pagar un seguro médico para toda la familia ya sea en el IMSS o en una institución privada. Este amplio sector observa una mayor vulnerabilidad en el ámbito de la salud.

    II. El Seguro Popular de Salud se creó en 2001, periodo en el cual se llevó a cabo una prueba piloto en cinco estados del país: Aguascalientes, Campeche, Colima, Jalisco y Tabasco. En 2002 fueron afiliadas 296 mil familias en 20 entidades federativas. Para el 2003, el Sistema operó en 24 estados, logrando que 614 mil familias se afiliaran.

    Además del objetivo de fungir como programa piloto, el Seguro Popular de Salud respondió al menos a tres grandes objetivos fundamentales:

    1. Brindar protección financiera a la población que carece de seguridad social a través de la opción de aseguramiento público en materia de salud.

    2. Crear una cultura de prepago en los beneficiarios del Seguro Popular de Salud.

    3. Disminuir el número de familias que se empobrecen anualmente al enfrentar gastos de salud.

    El Seguro Popular de Salud se caracterizó por ser un seguro público y voluntario, dirigido a las familias sin seguridad social en materia de salud, con el fin de evitar su empobrecimiento por causa de grandes gastos en salud.

    La operación del Seguro Popular de Salud incorporó a las familias de bajos ingresos ubicadas en los primeros seis deciles de la distribución del ingreso. Como todo esquema de aseguramiento, el Seguro Popular de Salud ofreció una serie de beneficios explícitos a los cuales el asegurado tuvo acceso en caso de padecer algún evento que lesionará su salud, siempre y cuando dicho evento este comprendido en la cobertura otorgada y sus derechos estuvieran vigentes.

    La operación y estimación de costos del Seguro Popular de Salud fue regulada en un inicio por el Catálogo de Beneficios Médicos (Cabeme) que establecía el servicio para 78 intervenciones diferentes, seleccionadas con base en su importancia epidemiológica, la demanda de atención y la capacidad instalada para proporcionar estos servicios. Para el 2004 fue sustituido por el Catálogo de Servicios Esenciales de Salud (Cases), que incrementó a 91 intervenciones el servicio que se proporciona; con ello se estima que se cubre el 90 por ciento de la atención médica que se registra anualmente.

    La reforma de la Ley General de Salud y su Reglamento, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003 y el 5 de abril de 2004, respectivamente, reforman, adicionan y dan vida al Sistema de Protección Social en Salud mediante el cuál se convierte en Ley el Seguro Popular. En 2004 a través del Sistema, se ha incorporado más de 1.5 millones de familias.

    La Comisión Nacional de Protección Social en Salud, órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, cuyo Reglamento Interno fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2004, coordina y vigila la operación del Sistema a través de su estructura central en coordinación con las 30 oficinas estatales del Seguro Popular.

    III. La Ley General de Salud establece los siguientes principios básicos:

    En su artículo 1 establece que la dicha ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    En su artículo 2 menciona que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidades, entre otras, la del bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; y, el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población.

    Y, para los efectos de esta iniciativa, dicha ley en su artículo 3 establece que la salud mental es materia de salubridad general y, así mismo, se considera como un servicio básico de salud (artículo 27). Y todo el Capítulo VII hace referencia a la salud mental, específicamente el artículo 72 menciona que la prevención de las enfermedades mentales tiene carácter prioritario.

    De lo anterior se puede deducir que el ámbito de la salud mental es fundamental para nuestro sistema de salud desde el punto de vista jurídico.

    IV. Es indudable las grandes ventajas y la nobleza de la integración de un mecanismo de salud ``abierto'' como lo es el Seguro Popular de Salud, dicho mecanismo establece que, de acuerdo a los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud, como mínimo se deberán contemplar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de: medicina interna, cirugía general, gineco-obstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención. Sin embargo, en dicho mínimo no se contempla el otorgamiento de servicios relativos a la salud mental.

    V. En el documento de Evaluación 2004 al Seguro Popular de Salud se menciona que casi la mitad de las familias mexicanas carecen de protección social en salud, esto genera una profunda injusticia y desestabiliza la economía familiar cuando se presenta algún evento; uno de cada cuatro mexicanos posterga su atención médica por motivos económicos; y cada año, entre dos y tres millones de hogares mexicanos incurren en grandes gastos por motivos de salud y los más afectados por este tipo de gasto son los hogares pobres no asegurados.

    En el marco de la Evaluación 2004 al Seguro Popular de Salud se menciona que en las prioridades para el 2005 se tiene planeado ampliar las prestaciones y la inclusión de grupos especialmente vulnerables, como son: leucemia linfoblástica aguda en niños, cáncer cérvico-uterino, tratamiento ambulatorio del VIH/sida en niños y adultos, cuidados Intensivos Neonatales, protección a los pacientes con VIH/sida y a sus familias. Sin embargo, insistimos, el ámbito de la salud mental sigue siendo un servicio marginado del esquema de prestaciones que otorga el Seguro Popular de Salud.

    Esta iniciativa pretende que la salud mental pase a formar parte de los servicios mínimos que debe otorgar el Seguro Popular de Salud, a través de la reforma de los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud. Para así cumplir cabalmente con los preceptos establecidos en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 2, 3 y 27 de la Ley General de Salud, y todo su Capítulo VII, y en donde claramente se enmarca jurídicamente al ámbito de la salud mental como un servicio básico y prioritario del sistema de salud pública de nuestro país.

    VI. El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, dentro de su Comisión de Desarrollo Social y Humano, intenta mejorar los niveles de bienestar de la población, así como el mejoramiento de sus capacidades, a través de acrecentar la equidad e igualdad de oportunidades, fortaleciendo la cohesión y el capital social y ampliando la capacidad de respuesta gubernamental, dando origen a programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales, propiciando la interacción estados-regiones-Federación.

    El Plan Nacional de Desarrollo establece que este gobierno surge de la transición y debe gobernar por el cambio, siendo ésta la plataforma de lanzamiento hacia el país que se desea construir, a través de tres prioridades fundamentales, y la primera de ellas se refiere a fortalecer un desarrollo social y humano con énfasis en una educación de vanguardia y un sistema integral de salud.

    Dentro de la política social en salud el Plan Nacional de Desarrollo, plantea: 1) la educación y el desarrollo de los mexicanos depende de la salud que posean; 2) las instituciones de salud han sido y serán fundamentales en el desarrollo de México; y 3) hoy las enfermedades crónicas y los traumatismos se están convirtiendo en las principales causas de muerte e incapacidad.

    Se menciona que el Gobierno de la República tiene el compromiso de seguir desarrollando los sistemas de salud; por lo tanto se pretende unificar esfuerzos de instituciones, desarrollar criterios uniformemente aplicados relativos a los fármacos y a los servicios sanitarios y epidemiológicos, y se apoyará el mejoramiento de instalaciones, equipamiento y material de hospitales, clínicas e instituciones.

    El actual Gobierno Federal, a través del Plan Nacional de Desarrollo, establece que la salud está ligada al destino de la nación, por lo que la buena salud es condición indispensable para una auténtica igualdad de oportunidades y que la protección a la salud es un valor compartido por todos; por lo tanto es un valor que fortalece el tejido de nuestra sociedad.

    Es decir, el mensaje central del esfuerzo nacional en salud establece que, para mejorar la salud de los mexicanos, es necesario democratizar la atención de la misma, estimular la participación de los ciudadanos en todos los niveles del sistema, a través de la implantación de sus derechos sociales, en donde tengan acceso a la atención a la salud todos los mexicanos, independientemente de su capacidad de pago. Democratizar ``es en suma, construir un sistema de, por y para la gente''.

    VII. En el mismo Programa Nacional de Salud 2001-2006 se establece como prioritario las actividades relacionadas con la salud mental. Este programa en su estrategia 3, líneas de acción 3.6 y 3.7, por su estrecha vinculación, contempla la disminución de las adicciones al tabaco, alcohol y drogas y la atención a los problemas de salud mental respectivamente.

    De acuerdo con el mismo Programa Nacional de Salud, la relevancia de la problemática de los padecimientos mentales estriba en que se estima, que por lo menos una quinta parte de la población mexicana padece en el curso de su vida de algún trastorno mental: cuatro millones de adultos presentan depresión; medio millón padece esquizofrenia, un millón de personas tiene epilepsia y la demencia la padecen el diez por ciento de los mayores de 65 años; en una tendencia creciente de estos padecimientos, en los próximos diez años la demanda de servicios de salud mental en México constituirá una de las principales presiones para el sistema de salud.

    Entre las 15 principales causas de pérdida de vida saludable (Avisa) en México, se encuentran las enfermedades psiquiátricas y neurológicas; seis de ellas están relacionadas de alguna manera con este tipo de trastornos y con las adicciones como son: homicidios y violencia, accidentes de vehículos de motor, enfermedad cerebro-vascular, cirrosis hepática, demencias, consumo de alcohol y trastornos depresivos, representando cerca de 18 por ciento del total de Avisa.

    El Programa Nacional de Salud se propone desarrollar, entre otras, las siguientes actividades para enfrentar este problema de salud pública: 1) actualizar y fortalecer los modelos de atención en salud mental; 2) establecer programas específicos para la atención integral de la depresión, esquizofrenia, epilepsia, demencias, trastorno por déficit de atención y del desarrollo infantil, enfermedad de Parkinson, así como para la atención psicológica en casos de desastre; y, 3) incrementar la oferta de servicios ambulatorios a la población que sufre estos padecimientos; Fortalecimiento del abasto, disponibilidad y acceso a los medicamentos necesarios para la atención de los problemas prioritarios de salud mental.

    En las metas del Programa Nacional de Salud en materia de Salud Mental se establece el incrementar 20 por ciento los servicios proporcionados a la población con padecimientos mentales; ampliar en un 20 por ciento la capacidad y los recursos para la atención en salud mental; y, mantener bajo control epidemiológico las tasas de suicidio consumado.

    VIII. Tan importante, en términos programáticos, se ha hecho el ámbito de la salud mental en nuestro país que en esta administración se ha integrado e implementado el Programa de Acción en Salud Mental, 2001.

    El Programa de Acción en Salud Mental está sustentado en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Nacional de Salud, ambos emanados de la presente administración que abarca el periodo 2001-2006.

    El Programa de Acción en Salud Mental propone un cambio radical en la atención a los problemas de salud mental, ya que es la primera ocasión en el país que se adopta un enfoque integral, coordinado y con cobertura a todos los grupos de población. Dentro del Programa se contempla la elaboración de nueve programas específicos en depresión, esquizofrenia, epilepsia, demencias, psicopatología infantil y de la adolescencia, trastorno por déficit de atención, enfermedad de Parkinson, atención psicológica en casos de desastre y Modelo Hidalgo de Atención a la Salud Mental. La razón de concentrarse en estos padecimientos es que representan la mayor morbilidad e incapacidad personal, laboral y social en la población mexicana.

    IX. El Programa de Acción en Salud Mental 2001-2006 es un compromiso de la presente administración para apoyar a los 15 millones de mexicanos que padecen algún tipo de enfermedad mental y a sus familias, constituyendo un componente fundamental en la construcción de una sociedad más sana y próspera, con justicia y seguridad integral.

    Dicho programa reconoce que la dimensión y características de las enfermedades mentales no son ampliamente conocidas y es difícil, aún ahora, encontrar estadísticas confiables sobre la epidemiología, así como sobre el impacto en el bienestar de la población. Sin embargo, se sabe que la depresión por sí sola afecta a 17 por ciento de la población con problemas mentales, seguida de las enfermedades que llevan a generar lesiones auto infringidas, con 16 por ciento, enfermedad de Alzheimer y demencias con 13 por ciento, la dependencia al alcohol representa 12 por ciento, la epilepsia 9 por ciento, la psicosis 7 por ciento, la farmacodependencia y estrés postraumático representan 5 por ciento cada uno de ellos y 16 por ciento corresponde a otros padecimientos mentales.

    Actualmente, la enfermedad de Alzheimer afecta a 10 por ciento de los adultos mayores en el mundo, en México la cifra de adultos que sobrepasan los 65 años de edad está alrededor de 5 millones de personas, lo que permite suponer que más de medio millón de adultos mayores son potencialmente susceptibles de padecer esta enfermedad. En América Latina y el Caribe se calcula que 17 millones de adolescentes de 14 a 16 años sufren de algún trastorno psiquiátrico que amerita atención; en el primer nivel la frecuencia de trastornos mentales en la infancia es entre 12 y 29 por ciento. Estudios en México reportan cerca de 15 por ciento de prevalencia de trastornos psiquiátricos infantiles, lo que indica que 5 millones de niñas y niños sufren algún problema de salud mental; de este total, la mitad requiere una atención especializada e integral.

    X. El impacto económico de las enfermedades mentales es también poco conocido en México. En el panorama epidemiológico, el Banco Mundial calcula que los padecimientos psiquiátricos y neurológicos contribuyen con 12 por ciento del costo total de las enfermedades médicas y para la Organización Mundial de la Salud (OMS), alcanzan el 20 por ciento; estos trastornos medidos por años de vida ajustados por discapacidad (Avad), representan 11.5 por ciento de la carga total de enfermedades. Entre ellas destacan la depresión, que por sí sola representa 36.5 por ciento del total y el alcoholismo con 11.3 por ciento; considerando el número de adultos mayores en nuestro país, se puede inferir que más de 10 millones de mexicanos sufrirán depresión en algún momento de sus vidas, lo que afectará de manera definitiva su desempeño económico y social. En un análisis realizado por la OMS en 1996, sobre el diagnóstico situacional en salud mental, se detectó que cinco de las causas líderes generadoras de discapacidad en el mundo se refieren a trastornos mentales. Uno de los problemas por los que no se le había dado la importancia que merece a la salud mental es que había sido medida con base en las tasas de mortalidad, siendo que la mayoría de estos padecimientos no causan defunciones por sí solos, lo que si resulta altamente significativo, es la discapacidad que provocan las enfermedades psiquiátricas y neurológicas, situación que impacta fuertemente en la economía familiar y social.

    Frente a un panorama con las dimensiones descritas, los principales problemas que enfrenta el Sistema Nacional de Salud, en términos de su capacidad de respuesta a los problemas de salud mental, son, entre otros, la infraestructura insuficiente con una distribución inadecuada y de difícil acceso, personal especializado, también insuficiente y mal distribuido, en el territorio nacional y carencia de recursos económicos para brindar un servicio adecuado con la infraestructura existente.

    El promedio de antigüedad de los inmuebles para la atención a la salud mental es de 35 años, con condiciones de mantenimiento que impiden atender adecuadamente la demanda de consulta externa, que registra un incremento continuo y significativo por arriba del crecimiento poblacional. El presupuesto que hasta ahora se ha destinado a la atención de la salud mental, representa 0.85 por ciento del presupuesto de salud en México, cifra que es insuficiente si se toma en consideración la recomendación de la OMS, que propone que se destine 10 por ciento del presupuesto total de salud a la salud mental.

    Uno de los aspectos que recibe mayor énfasis en este Programa de Acción de Salud Mental, es la participación de la comunidad --familia y entorno social-- en la atención y la rehabilitación de los pacientes, así como la necesidad de que la sociedad en su conjunto conozca y comprenda la complejidad del problema y la manera cómo debe enfrentarlo. A pesar de que la salud mental es una prioridad --tanto por las características de las patologías, como por el crecimiento demográfico--, no existe un reflejo en los sistemas de salud públicos y privados, y mucho menos en el interés de la población, por lo que el enfermo mental es estigmatizado y generalmente aislado de la familia y la comunidad, limitando sus posibilidades de una atención oportuna y adecuada, ya que en ocasiones llegan a transcurrir hasta cinco años para iniciar un tratamiento una vez que se ha presentado la enfermedad. De esta manera, el conocimiento insuficiente sobre los problemas de salud mental, hace que un número importante de mexicanos vean limitado su desarrollo por un trastorno neurológico o psiquiátrico que, dado el avance de las neurociencias, podría ser controlado de manera oportuna y eficiente.

    XI. Una acción fundamental será desarrollar una importante labor de sensibilización a la comunidad para disminuir el estigma que por años ha prevalecido en cuanto al enfermo mental, y el Estado debe iniciar un cambio de actitud en la sociedad, así como lograr una mejor calidad en la atención del enfermo, otorgándole el diagnóstico correspondiente, asegurando la posibilidad de medicamentos y protegiendo sus derechos humanos. Y para lograr ello que mejor que se incorpore al paquete de servicios básicos del Seguro Popular los servicios de salud mental.

    Se deben ofrecer servicios de rehabilitación integral. En este sentido, se define la rehabilitación integral como un conjunto de acciones y programas dirigidos a la utilización del potencial máximo de crecimiento personal de un individuo, que le permita superar o disminuir desventajas adquiridas a causa de su enfermedad mental. Los servicios de rehabilitación deben promover en el paciente el reaprendizaje de sus habilidades para la vida cotidiana para permitir su plena participación en actividades productivas y en la vida sociocultural.

    Los servicios de salud mental del Seguro Popular que se ofrecerán a los usuarios incluirán un ambiente seguro e higiénico y humano y garantizar el respeto de la dignidad humana y los derechos civiles y humanos.

    XII. Los derechos de personas con discapacidad mental se reconocen como parte integral del derecho internacional de derechos humanos. Desde la perspectiva legal, los derechos fundamentales de todas las personas se aplican por igual a las personas con discapacidad mental, aunque tradicionalmente su aplicación ha sido inadecuada. Los derechos fundamentales de personas con discapacidad mental se enuncian en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). En el sistema interamericano, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos reconoce un amplio espectro de importantes derechos para las personas con discapacidad mental.

    El panorama de reforma del sistema de salud mental y la vigencia de los derechos humanos en México es prometedor a pesar de las dificultades financieras y demás. En este contexto es importante y prometedor el que el Seguro Popular contemple el derecho de las personas con discapacidad mental a recibir servicios.

    Los aspectos prometedores del Seguro Popular de Salud con respecto a la salud mental, tal y como lo plantea esta iniciativa, coinciden tanto con la ley internacional de derechos humanos como con el derecho a la reintegración comunitaria enunciados en los Principios de Salud Mental. Según los Principios de Salud Mental, los gobiernos deben disponer de servicios y sistemas de apoyo adecuados de manera que las personas con discapacidad mental puedan vivir sin peligro en la comunidad. Los Principios de Salud Mental dejan claro que en última instancia es responsabilidad del gobierno garantizar el respeto de los derechos de personas con discapacidad mental mediante la creación de sistemas de apoyo adecuados.

    Para salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad mental es imprescindible cubrir la demanda de servicios de atención y protección a la población con escasos recursos económicos.

    XIII. En el ámbito internacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS), desde su fundación, en 1946, ha considerado a la salud mental como parte integral de la definición general de salud. En el preámbulo de la constitución de la OMS, la salud fue definida como: ``el estado de completo bienestar físico, psicológico y social, y no sólo la ausencia de enfermedad''.

    El avance en las ciencias de la salud, particularmente en las neurociencias, permite conocer en mayor medida la relación que guardan los componentes del estado de salud, así como definir las intervenciones anticipatorias de la enfermedad. Sin embargo, el componente psicosocial no ha tenido igual presencia en las políticas de las instituciones de salud.

    La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, así como algunos de sus organismos (OMS, UNESCO, UNICEF y OIT), y la Organización de Estados Americanos, han venido llamando la atención de los países miembros a fin de que se fortalezcan los programas de salud mental y se reformule la visión predominante de atender exclusivamente al enfermo psiquiátrico discapacitado en instituciones hospitalarias, favoreciendo y fortaleciendo la atención primaria a la salud mental así como promoviendo una mayor presencia y participación de la sociedad, tanto en el nivel individual como en la organización de grupos y asociaciones.

    Las mejores condiciones de vida en la mayoría de los países han propiciado un cambio notable en los indicadores de salud y enfermedad, presentándose situaciones como la nuestra, en que coinciden enfermedades producto del rezago, con las propias de un acelerado proceso de urbanización, como son las enfermedades crónico-degenerativas en donde se ubican las patologías neurológicas y psiquiátricas, muchas de ellas asociadas al cambio epidemiológico que se ha observado en lo últimos años en los países con economías emergentes, como es el caso de México.

    Los problemas de salud se han incrementado drásticamente en las últimas décadas a nivel mundial y nuestro país no es la excepción. Los datos sugieren que los problemas mentales están entre los que más contribuyen a la carga global de enfermedades y discapacidades.

    Para simplemente ilustrar lo anterior la OMS, en su Informe Mundial sobre la Salud 2001, que hace referencia a la salud mental, establece que en los últimos 15 años las tendencias al suicidio oscilan desde un aumento de casi 62 por ciento en México a un descenso de 17 por ciento en China; en Estados Unidos y la Federación de Rusia la variación es de 5,3 por ciento, pero en sentidos opuestos.

    Más allá de las impresionantes cifras relacionadas con estas patologías, existe un amplio grupo de personas que viven en condiciones o circunstancias extremadamente difíciles que los ponen en riesgo de ser afectados por algún trastorno mental; por ejemplo, los niños y adolescentes con alteraciones en su desarrollo y educación, los adultos mayores abandonados, las mujeres trabajadoras, los niños en situación de calle, los grupos y etnias indígenas. Para responder a un reto de esta magnitud es necesario invertir en el componente psicosocial de la salud para incrementar el capital humano.

    XIV. El Seguro Popular de Salud está dirigido a un gran segmento de nuestro población que no cuenta con los recursos económicos suficientes para acceder a servicios de salud privados y que no se encuentran protegidos por los servicios de seguridad social.

    La incorporación de servicios de salud mental en el Seguro Popular de Salud resultaría fundamental y muy relevante puesto que se ha determinado científicamente que la prevalencia, la aparición y la evolución de los trastornos mentales y del comportamiento están determinadas por factores económicos, entre otros.

    La pobreza y las condiciones asociadas de desempleo, bajo nivel de instrucción, privación y carencia de hogar no sólo abundan en los países pobres, sino que afectan también a una minoría considerable de habitantes de los países ricos. Los datos de encuestas transnacionales llevadas a cabo por la OMS en diversos países han demostrado que la tasa de los trastornos mentales más frecuentes es aproximadamente dos veces mayor entre los pobres que entre los ricos. En Estados Unidos se comprobó que el riesgo de trastornos era mayor en los niños de las familias más pobres, según una proporción de 2:1 para los trastornos del comportamiento y de 3:1 para los trastornos comórbidos. Asimismo, se ha encontrado que la proporción mediana de la prevalencia general de trastornos mentales entre las categorías socioeconómicas inferior y superior era de 2,1:1 para la prevalencia en un año y de 1,4:1 para la prevalencia a lo largo de la vida. Se han registrado resultados similares en estudios recientes de América del Norte, América Latina y Europa.

    Existen también pruebas de que la evolución de los trastornos está determinada por la situación socioeconómica del individuo. Ahí podrían intervenir variables relacionadas con los servicios, como por ejemplo barreras en el acceso a la asistencia. Los países pobres disponen de pocos recursos para la asistencia psiquiátrica, y éstos a menudo quedan fuera del alcance de los segmentos más pobres de la sociedad. Incluso en los países ricos, la pobreza y los factores asociados, como la falta de cobertura del seguro médico, los menores niveles de instrucción, el desempleo, y la situación de minoría racial, étnica o idiomática, alzan barreras infranqueables para el acceso a la asistencia. En la mayor parte de los trastornos mentales el desfase terapéutico es grande, pero para la población pobre es enorme. Además, las personas pobres revelan a menudo aspectos problemáticos de su salud mental cuando solicitan tratamiento por trastornos físicos.

    XV. Esta iniciativa propone el manejo y tratamiento de los trastornos mentales en el ámbito de la atención primaria, vía Seguro Popular, como un paso fundamental que permita facilitar y agilizar el acceso a los servicios para el mayor número de personas. Con ello se proporciona una mejor asistencia, y se reduce el despilfarro de tratamientos inadecuados e inespecíficos.

    La iniciativa implicará un desarrollado de la política de salud pública y su legislación, para lograr avances en la aplicación de programas de atención de salud mental. Asimismo, la iniciativa pretende concederle a la salud mental y a sus trastornos la misma importancia que a la salud física. Pues la salud mental ha sido objeto de indiferencia o abandono; en parte como consecuencia de esta actitud, nuestro país está sufriendo una carga creciente de trastornos mentales y un desfase terapéutico cada vez mayor.

    Esto no tiene por qué ser así. Esta iniciativa reconoce, precisamente, la importancia de la salud mental, como lo refleja la definición de salud de la Constitución de la OMS, según la cual ``no es solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, sino un estado de completo bienestar físico, mental y social''.

    XVI. Dada la limitada capacidad del sistema de salud pública, tanto en recursos como en infraestructura y recursos humanos, para atender a la gran demanda de servicios de atención a la salud mental, esta iniciativa propone la integración de un artículo transitorio en donde se establece la incorporación gradual y acumulativa de atención a la población demandante de dicho servicio.

    Con ello se evitará el que se ejerza una gran y problemática presión de la demanda de los servicios de la salud mental sobre la propia capacidad de atención de nuestro sistema de salud pública.

    Es decir, se implementa el mismo mecanismo que se contempla en el artículo octavo transitorio de la reforma a la Ley General de Salud que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de mayo de 2003. Mecanismo que contempla la incorporación de especialidades médicas que debe ofrecer el Seguro Popular tenga la modalidad de transitoriedad a fin de que se alcance una afiliación de su población objetivo en un período de tiempo determinado.

    Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta H. soberanía la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud

    Artículo Único. Se reforman los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 77 Bis 1. ...

    La protección social en salud es un mecanismo por el cual el Estado garantizará el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, costo, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social. Como mínimo se deberán contemplar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de: medicina interna, cirugía general, gineco-obstetricia, pediatría, geriatría, psicología y psiquiatría, en el segundo nivel de atención.

    Artículo 77 Bis 9. ...

    La Secretaría de Salud, los estados y el Distrito Federal, promoverán las acciones necesarias para que las unidades médicas de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que se incorporen al Sistema de Protección Social en Salud provean como mínimo los servicios de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, gineco-obstetricia, pediatría, geriatría, psicología y psiquiatría, de acuerdo con el nivel de atención, y acrediten previamente su calidad.

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2006.

    Segundo. A partir de la entrada en vigor de este Decreto, cada año y de forma acumulativa, se incorporarán al Sistema de Protección Social en Salud la proporción de familias susceptibles de incorporación que determine el Gobierno Federal de acuerdo a los recursos asignados a partir del ejercicio fiscal de 2006 y subsecuentes, y de acuerdo a la capacidad de atención de la demanda de los servicios del propio sistema de salud pública.

    El proceso de incorporación gradual y acumulativa de la población demandante de los servicios de salud mental se iniciará dando prioridad a la población más vulnerable: población de escasos recursos, localidades de mayor marginación, zonas rurales e indígenas de conformidad con la información que para tal efecto maneje el Gobierno Federal; asimismo, se otorgará prioridad a los casos de urgente atención debido a la gravedad de los mismos, y de acuerdo a un previo diagnóstico establecido por profesionales especialistas.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 20 de septiembre de 2005.--- Dip. José Antonio Cabello Gil (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Como lo solicita, insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Túrnese a la Comisión de Salud.
    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un Capítulo Quinto Bis, denominado ``Comisión Consultiva de Protección y de Gestión a los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos'', a la Ley General de Desarrollo Social.El diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera:

    Con su permiso, señor Presidente: el suscrito, diputado federal Jorge Castillo Cabrera, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le otorgan los artículos 70 y 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 55, fracción II, 62, 63 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Asamblea la iniciativa que adiciona un Capítulo Quinto Bis, denominado ``Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos'', en virtud de la siguiente exposición de motivos y antecedentes:

    La Ley General de Desarrollo Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2004, se autodefine como una ley de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y que tiene por objeto, entre otros, garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social y regular y garantizar la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas sociales.

    En el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2002 fue publicada la Ley de Energía para el Campo, que tiene como objeto expreso coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciéndose acciones de impulso a la productividad y competitividad como medidas de apoyo tendentes a reducir las asimetrías respecto a otros países; es decir, para contrarrestar, entre otros, algunos efectos del TLC para los productos agrícolas mexicanos. Las medidas de apoyo al campo previstas en la ley citada son a través del establecimiento de precios y tarifas de estímulo, entre otros, de los insumos agropecuarios, que incluyen gasolina, diesel, combustóleo y la energía eléctrica, empleados directamente en actividades agropecuarias. No obstante que la Ley de Energía para el Campo fue votada por unanimidad por el Congreso de la Unión, no ha sido cumplida cabalmente y no ha producido los beneficios que de ella se esperaban por parte de los productores del campo.

    El sistema de tarifas eléctricas de la Comisión Federal de Electricidad es un serio problema para el desarrollo del campo, pues son aplicadas a discreción y no cuentan con una regulación adecuada, ocasionando que gran cantidad de campesinos se encuentre con enormes adeudos por este concepto, motivando el cierre de los pozos por parte de dicha Comisión, con la molestia y el coraje de los productores del campo. Los habitantes de los estados de Campeche, Chihuahua, Tabasco, Yucatán, Quintana Roo, Veracruz y Oaxaca han solicitado desde hace mucho tiempo tarifas preferenciales, en virtud de que en estas entidades cuentan con capacidad efectiva de generación de energía eléctrica de aproximadamente 10 mil megawatts y solicitan que se apliquen a esos estados, del sur y del norte, mecanismos de compensación por su capacidad de generación que se traduzcan en tarifas eléctricas adecuadas a la realidad social y económica de la región. Por todo lo anterior y de acuerdo con los siguientes considerandos:

    I. Del análisis del resumen de antecedentes anteriores podemos concluir que en México existe un marco constitucional y legal que se orienta a garantizar y promover derechos individuales y sociales, que permitan a los mexicanos tener acceso y disfrutar de niveles adecuados de bienestar.

    II. Se propone la creación de una comisión consultiva, integrada por los titulares de las dependencias y entidades, que son los responsables de determinar la política, la producción y distribución energética del país y una amplia gama de representaciones sociales, de grupos, organizaciones de consumidores populares, urbanos, productores agropecuarios, pequeña y mediana industrias, para dar un sentido y una dirección definitiva y social a nuestra política energética. Dicho organismo se denominará Comisión Consulta de Protección y Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos

    Derivados de los Hidrocarburos, y tiene como función fundamental opinar en la determinación de las políticas, los lineamientos y las resoluciones de las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal en materia de tarifas, precios y estímulos con relación a los productos energéticos, así como asesorar y gestionar en favor de los ejidos, las comunidades, los grupos y las organizaciones sociales en sus problemas y conflictos relacionados con los servicios de energía eléctrica y consumo de los productos derivados de los hidrocarburos.

    Pueden ser sujetos beneficiarios de las disposiciones que se proponen y de las acciones y gestiones correspondientes de la Comisión Consultiva y de la Secretaría las organizaciones y los grupos sociales de la ciudad, los ejidos, las comunidades y, en general, los productores del campo, y la pequeña y la mediana industrias. Por lo anterior expuesto, me permito someter a consideración del H. Congreso de la Unión el siguiente decreto:

    Único. Se adiciona un Capítulo Quinto Bis, denominado ``Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos'', a la Ley General de Desarrollo Social, en los siguientes términos:

    Capítulo VI Bis. Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos

    Artículo 60. A) La Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos es el órgano plural de consulta y participación ciudadana en la determinación de las políticas, los lineamientos y las resoluciones de las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal en materia de tarifas, precios, apoyos, estímulos y subsidios en la distribución de productos energéticos del consumo popular, así como de asesoría y gestión a los ejidos, las comunidades, los grupos y las organizaciones sociales en sus gestiones encaminadas a tener acceso a los servicios de energía eléctrica y el consumo de los diversos productos derivados de los hidrocarburos. Podrán solicitar la participación, los beneficios y las gestiones a que se refiere este capítulo los grupos y las organizaciones sociales de usuarios y consumidores populares no industriales y comerciantes en los centros urbanos, los productores del campo, personas físicas, ejidatarios y de comunidades rurales y la pequeña y la mediana industrias. Los productos energéticos por considerar, en los términos de este capítulo, serán la energía eléctrica, el gas, la gasolina, el diesel y el combustóleo.

    Señor Presidente: en razón del tiempo, o respetando los tiempos, pediría, en razón de que está publicada en la Gaceta... Bueno, que quede el texto íntegro publicado en la Gaceta.

    «Iniciativa que adiciona un Capítulo V Bis, denominado ``Comisión Consultiva de Protección y de Gestión a los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos'', a la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Jorge Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado federal Jorge Castillo Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me otorgan los artículos 70 y 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 55, fracción II, 62, 63 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable Asamblea, la Iniciativa que adiciona un Capítulo V Bis, denominado Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos, en virtud de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Antecedentes

    1. La Ley General de Desarrollo Social Publicada en el Diario Oficial de la Federación de 20 de enero de 2004 se autodefine como una ley de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y que tiene por objeto, entre otros: ``garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social'', y ``regular y garantizar la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas sociales.

    Entre los derechos sociales consagrados en el artículo 4° de nuestra Constitución debemos mencionar el derecho a la organización y el desarrollo de la familia; el que tiene toda persona a un medio ambiente para su desarrollo y bienestar, y el que tiene toda familia a disfrutar de vivienda digna y decorosa, disponiendo que la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tales objetivos.

    Reglamentando las Garantías Constitucionales, el Título 2° de la Ley General de Desarrollo Social establece que: son derechos para el desarrollo social, la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos constitucionales; que toda persona tiene derecho a participar y beneficiarse de los programas de Desarrollo Social, y que toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.

    2. En los términos del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1996, corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social, entre otros, el despacho de los siguientes asuntos: ``formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; en particular, la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda'', y ``coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado''.

    3. En el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2002, fue publicada la Ley de Energía para el Campo que tiene el objeto expreso de coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad, como medidas de apoyo tendientes a reducir las asimetrías con respecto a otros países. Es decir, para contrarrestar, entre otros, algunos efectos del Tratado del Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) para los productores agrícolas mexicanos.

    Las medidas de apoyo al campo previstas en la Ley antes citada son a través del establecimiento de precios y tarifas de estimulo, entre otros, de los energéticos agropecuarios, que incluyen la gasolina, el diesel, el combustóleo y la energía eléctrica empleados directamente en las actividades agropecuarias.

    No obstante que la Ley de Energía para el Campo fue votada por unanimidad por el Congreso de la Unión, la misma no ha sido cumplida cabalmente y no ha producido los beneficios que de ella se esperaban, por parte de los productores del campo.

    Es preciso destacar que en el artículo segundo transitorio de la Ley de Energía para el Campo se previó un plazo de 75 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de dicha Ley para que el Ejecutivo Federal expidiera el Reglamento de dicho cuerpo normativo y demás disposiciones administrativas. El Poder Ejecutivo no cumplió en tiempo con dicho mandato legal.

    Fue hasta el 4 de diciembre de 2003, fecha en el que apareció publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo. Este reglamento señala a la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) como la responsable de establecer los mecanismos necesarios para determinar los estímulos en materia de energéticos agropecuarios. La aplicación de este Reglamento contradice el texto y el espíritu de la Ley de Energía para el Campo y ha producido más problemas de los que ha resuelto.

    Por otro lado, recordemos que en el Acuerdo Nacional para el Campo, los productores convinieron con los representantes de la Federación en un proyecto de Reglamento de la Ley de Energía para el Campo que no afecte ni técnica ni económicamente a Pemex ni a la Comisión Federal de Electricidad y establece apoyos y estímulos reales a los productores agropecuarios, por lo cual fue firmado por el Presidente de la República y las asociaciones de productores del país. Los campesinos reclaman la abrogación del Reglamento publicado el 4 de diciembre de 2003 y la publicación, entrada en vigor y aplicación del Reglamento aprobado en el marco del Acuerdo Nacional para el Campo.

    El sistema de tarifas eléctricas de la Comisión Federal de Electricidad es un serio problema para el desarrollo del campo, puesto que son aplicadas a discreción y no cuentan con una regulación adecuada, ocasionando que una gran cantidad de campesinos se encuentren con enormes adeudos por este concepto, motivando el cierre de los pozos por parte de dicha Comisión, con la molestia y el coraje de los productores del campo.

    4. Durante las LVIII y LIX Legislaturas, ciudadanos diputados de diferentes fracciones parlamentarias presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados distintas proposiciones con punto de acuerdo, relacionadas con las tarifas domésticas de energía eléctrica. En dichas proposiciones se argumentó principalmente lo siguiente:

    - Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto que autorizó el ajuste del subsidio a las tarifas domésticas, de fecha 7 de febrero de 2002.

    - Dicha medida provocó numerosas inconformidades y movilizaciones sociales por parte de grupos de usuarios domésticos, sobre todo en las ciudades que registran altas temperaturas donde los sistemas de aire acondicionado y equipos de refrigeración son una verdadera necesidad.

    - Que para determinar la temperatura, la Comisión Federal de Electricidad toma como referencia las mediciones que realizan las estaciones meteorológicas de la Comisión Nacional de Agua, que en la mayoría de los casos se encuentran instaladas en los ríos, presas y áreas arboladas en donde se registra una temperatura varios grados centígrados inferior a las condiciones reales de las ciudades.

    - Los habitantes de los estados de Campeche, Chihuahua, Tabasco, Yucatán, Quintana Roo, Veracruz y Oaxaca, desde hace mucho tiempo han solicitado tarifas preferenciales, en virtud de que estas entidades cuentan con una capacidad efectiva de generación de energía eléctrica de aproximadamente 10 mil megawatts y solicitan que se apliquen a estos estados del sur mecanismos de compensación por su capacidad de generación que se traduzcan en tarifas eléctricas adecuadas a la realidad social y económica de esa región.

    - Durante los años 2002 y 2003 se instrumentaron una serie de medidas: reclasificación de tarifas en 53 localidades del país; el establecimiento de la tarifa 1F para localidades con temperatura media mínima en verano de 33° centígrados y la disminución del factor de ajuste mensual acumulativo a los cargos de las tarifas para servicio doméstico. Según las autoridades, estas medidas han implicado un costo fiscal cercano a los 800 millones de pesos.

    - Se reconoce el esfuerzo técnico y económico de las medidas indicadas en el párrafo anterior pero también se advierte que no han sido suficientes, ya que en varias localidades del país, en la temporada de mayor calor, los usuarios se encuentran ante la disyuntiva de pagar la luz o destinar esos recursos para la manutención familiar.

    5. Por lo que se refiere a los precios del gas natural, es por todos conocido el incremento descomunal de que ha sido objeto este energético a partir de Enero de 2004. El alto precio de este producto ha ocasionado el cierre de miles de empresas y erosionado seriamente la economía de numerosas familias de mexicanos.

    México, siendo país productor e importador de gas natural tiene precios por encima de otros países.

    Es claro que el alza en el precio de gas natural se contrapone a los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, que debieran ser realizados por las Secretarías de Energía, Hacienda y Crédito Público y Economía, así como por la Comisión Reguladora de Energía, a quienes compete garantizar el suministro competitivo, suficiente, de alta calidad, económicamente viable y ambientalmente sustentable de energéticos que requiere el desarrollo de la vida nacional, así como proporcionar a la población en general los insumos energéticos a precios competitivos.

    Consideraciones

    I. Del análisis del breve resumen de antecedentes anterior, podemos concluir que en México existe un marco constitucional y legal que se orienta a garantizar y promover derechos individuales y sociales que permitan a los mexicanos tener acceso y disfrutar de niveles adecuados de bienestar.

    Reconocemos una tendencia clara en la sociedad mexicana y en la Administración Pública a favor de dichas garantías, incluyendo la adopción de ciertas medidas y mecanismos para regular las tarifas y precios de energéticos de consumo popular.

    Sin embargo, siguen prevaleciendo los criterios técnicos y económicos en la determinación de dichas tarifas y precios, sin tomar en cuenta las desventajas relativas de algunos sectores de población, regiones del país o ciclos estacionales que deben ser entendidos y atendidos con sentido humanitario y sensibilidad social.

    II. No existe en el Sistema Jurídico Mexicano un mecanismo de consulta que permita la participación de los grupos y organizaciones de la sociedad en la conformación de las políticas de fijación de tarifas y precios de los insumos energéticos de consumo popular y sin los cuales no puede concebirse la vida presente en condiciones aceptables.

    III. Se propone la creación de una Comisión Consultiva integrada por los titulares de las dependencias y entidades que son los responsables de la determinación de la política, la producción y distribución energética del país, y una amplia gama de representaciones sociales, de grupos, organizaciones, de consumidores populares urbanos, productores agropecuarios, pequeña y mediana industria, para dar un sentido y una dirección definitivamente social a nuestra política energética.

    Se trata de una fórmula de participación social prácticamente inorgánica que no duplique funciones ni multiplique estructuras burocráticas, que no gravite en el presupuesto y que bajo la promoción y coordinación de la Secretaría de Desarrollo Social, pueda representar a los sectores sociales de nuestra población en el análisis, discusión y opinión de las políticas y lineamientos en materia de tarifas, precios, apoyos, estímulos y subsidios en materia de distribución al público consumidor de los satisfactores energéticos indispensables para vivir con niveles mínimos de bienestar.

    IV. Dicho organismo se denominará Comisión Consultiva de Protección y Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos y tiene como función fundamental opinar en la determinación de las políticas, lineamientos y resoluciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de tarifas, precios y estímulos en relación a los productos energéticos, así como asesorar y gestionar a favor de los ejidos, comunidades, grupos y organizaciones sociales en sus problemas y conflictos relacionados con los servicios de Energía Eléctrica y consumo de los Productos derivados de los Hidrocarburos.

    V. Pueden ser sujetos beneficiarios de las disposiciones que se proponen y de las acciones y gestiones correspondientes de la Comisión Consultiva y de la Secretaría, las organizaciones y grupos sociales de la ciudad; los ejidos, las comunidades, y en general los productores del campo, y la pequeña y mediana industria.

    Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración del H. Congreso de la Unión, el siguiente:

    Decreto

    Único.- Se adiciona un Capítulo V Bis, denominado Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos, a la Ley General de Desarrollo Social, en los siguientes términos:

    Capítulo VI Bis

    Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos.

    Artículo 60 A).- La Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos, es el órgano plural de consulta y participación ciudadana en la determinación de las políticas, lineamientos y resoluciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública en materia de tarifas, precios, apoyos, estímulos y subsidios en la distribución de productos energéticos de consumo popular, así como de asesoría y gestión a los ejidos, comunidades, grupos y organizaciones sociales en sus gestiones encaminadas a tener acceso a los servicios de energía eléctrica y el consumo de los diversos productos derivados de los hidrocarburos.

    Podrán solicitar la participación, beneficios y gestiones a que se refiere este Capítulo, los grupos y organizaciones sociales de usuarios y consumidores populares, no industriales ni comerciantes, en los centros urbanos; los productores del campo, personas físicas, ejidatarios y de comunidades rurales, y la pequeña y mediana industrias.

    Los productos energéticos a considerar en los términos de este mismo Capítulo, serán la energía eléctrica, el gas, la gasolina, el diesel y el combustóleo.

    Artículo 60 B).- La Comisión Consultiva se integrará con los miembros de la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social, prevista en esta Ley, y por los representantes de los sectores y organizaciones sociales representativas de los usuarios de servicio de energía eléctrica y consumidores de productos derivados de los hidrocarburos, determinados en la convocatoria que emita anualmente la Secretaría de Desarrollo Social.

    La Secretaría emitirá dentro de los tres primeros meses de cada año, una convocatoria para la integración de la representación ciudadana de la Comisión Consultiva, a efecto de que dicha comisión celebre una reunión anual durante el segundo trimestre de cada año.

    Para el efecto de la designación de los representantes ciudadanos de la Comisión Consultiva, la Secretaría recibirá las propuestas de los diferentes sectores y organizaciones sociales y hará la designación que corresponda, de acuerdo a los principios de representatividad social y geográfica, equidad, legítimo interés y tomando en cuenta el grado la importancia y gravedad de los problemas de consumo energético que afecten a los diversos sectores o grupos sociales y regiones del país.

    La Comisión Consultiva contará con un Secretario Técnico que será designado por la Secretaría y ratificado por la Cámara de Diputados. Durará en su encargo cuatro años y podrá ser ratificado por periodos iguales. Ejercerá funciones de Secretario de Actas, Ejecutor de la Comisión Consultiva y Coordinador de las acciones de las Unidades Administrativas y Técnicas.

    Artículo 60 C).- La Comisión Consultiva tendrá las siguientes atribuciones:

    I. Opinar ante la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social, las dependencias y entidades del sector energético de la Administración Pública Federal, sobre los precios, tarifas, apoyos, estímulos y subsidios en materia de venta y distribución de Energía Eléctrica y de Productos derivados del Petróleo, así como sobre las condiciones y modalidades que incidan en ellos.

    II. Elaborar propuestas y recomendaciones para la conformación de una política nacional de precios y tarifas de energía eléctrica y productos derivados de los hidrocarburos.

    III. Proponer criterios para orientar la protección y defensa de los derechos de los usuarios.

    IV. Proponer a la Secretaría la creación de comisiones consultivas regionales, sectoriales o por servicio y producto.

    V. Recibir, opinar y hacer recomendaciones sobre el informe anual que le presente la Secretaría en relación a las medidas, resoluciones y gestiones que haya adoptado en relación a los asuntos aprobados por la Comisión Consultiva.

    VI. Aprobar el informe que anualmente le presente el Secretario Técnico.

    VII. Recibir las quejas, demandas, reclamaciones y propuestas de los sectores, regiones, organizaciones sociales y comunidades en todo lo relacionado a precios, tarifas, y demás condiciones de acceso a los servicios de energía eléctrica y productos derivados de los hidrocarburos, comentar y opinar sobre el particular, y hacer las recomendaciones que estime pertinentes a la Unidad de Gestión.

    VIII. Las demás que se estipulen en la convocatoria anual o se acuerden por la propia Comisión Consultiva, de acuerdo con los principios y bases establecidos en esta Ley.

    Artículo 60 D).- La Secretaría apoyará administrativa y técnicamente a la Comisión Consultiva, para el ejercicio de sus funciones. Establecerá, cuando menos, una Unidad de Investigación y proyectos y otra de Apoyo a las Gestiones de los sectores y organizaciones sociales.

    La Unidad citada en primer término realizará las investigaciones y estudios que le encomiende la Comisión Consultiva en las materias consideradas en este Capítulo y presentará los proyectos de propuesta a consideración de dicha Comisión.

    La Unidad citada en último término apoyará todas las gestiones de defensa y protección de los usuarios del servicio de energía eléctrica y consumidores de productos derivados del petróleo que le instruya la Comisión Consultiva o que le soliciten fundada y razonadamente las organizaciones o grupos sociales, comunidades o regiones con representantes debidamente acreditados.

    Artículos Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- La Secretaría deberá emitir la convocatoria para la Constitución de la Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos Derivados de los Hidrocarburos, dentro del término de 120 días contados a partir de la publicación de este Decreto, a efecto de que tengan su primer reunión anual dentro de los 60 días subsecuentes.

    La propia Comisión Consultiva expedirá su propio reglamento interno, dentro del año siguiente a su fecha de constitución.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge Castillo Cabrera (rúbrica).» Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En la Gaceta está publicado, pero lo insertamos en el Diario de los Debates, y lo turnamos a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Energía.
    ARTICULO 71 CONSTITUCIONAL - REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se otorga el uso de la palabra al diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Jorge Triana Tena: Con el permiso de la Presidencia: el artículo 71 de la Constitución hace referencia al procedimiento legislativo, en específico a uno de sus actos, la iniciativa, a través de la cual da comienzo el procedimiento de formación, operación de leyes o decretos, así como su trámite, al tiempo que se determina quiénes cuentan con la facultad de presentación de iniciativas, el Presidente de la República, los diputados y los senadores al Congreso de la Unión y las Legislaturas de los estados.

    Así, los legisladores federales y los locales encuentran en la iniciativa legislativa una de las razones más importantes atribuibles a su cargo, pues por ser representantes populares son conocedores tanto del miedo como de las necesidades del pueblo e, incluso, sería inconcebible que los que aprueban la creación y modificación de marco jurídico estuviesen impedidos de la facultad de iniciativa. Pero en el caso del Presidente, las razones por las cuales también cuenta con tal facultad son histórica y políticamente distintas respecto de los legisladores. La facultad de iniciativa con que cuenta el Ejecutivo se fundamenta en el antecedente histórico que data de los orígenes del mismo Parlamento cuando, a menos hasta el siglo XIII, el rey detentaba el Poder Legislativo y, sólo cuando éste lo consideraba necesario, solicitaba el respaldo del Parlamento.

    Progresivamente, y sin embargo, el Parlamento fue estableciendo la costumbre de desarrollar una especie de negociación con el monarca, cuando éste lo solicitaba, para votar nuevos impuestos, al acordar un cierto número de medidas legislativas que el rey debía acatar. Así, el régimen representativo adquirió la forma de aquel en cuyo seno una o dos asambleas electas representan al pueblo frente al poder central y participan en el gobierno, primero por el voto de los impuestos, y luego por el voto de las leyes. El modelo presidencial importó del parlamentarismo inglés la facultad de iniciativa del Ejecutivo, la que fue pieza clave en la formación del régimen presidencialista autoritario, que predominó en el sistema político mexicano durante gran parte del siglo XX, ya que el Presidente de la República, el gran legislador, presentaba la gran mayoría de las iniciativas de ley o decreto, y el Congreso, supeditado al Ejecutivo, las aprobaba sin mayor discusión. Pero tal condición de sometimiento del Legislativo al Ejecutivo concluyó en la medida en que la oposición fue ganando espacios en las Cámaras, haciendo cada vez más fácil la aprobación al vapor de las iniciativas presidenciales y generando, cada vez más, una importante producción de iniciativas por parte de los legisladores que no tenían con anterioridad.

    Hoy, que el Presidente no cuenta con mayoría absoluta de legisladores de su propio partido en el Congreso, sus iniciativas han dejado de tener el trato preferencial que tuvieron durante la época del autoritarismo. Hoy, las iniciativas del Presidente deben esperar el tiempo que cada comisión parlamentaria considere necesario para ser votadas en el Pleno de la respectiva Cámara. Actualmente, en la Cámara de Diputados hay iniciativas del Presidente que llevan más de un año en comisiones sin haber sido aun dictaminadas.

    El Presidente, indiscutiblemente, ha dejado de ser el gran legislador, y este título lo ostenta ahora como siempre debió hacer sido el propio Congreso. Pero el hecho de que las iniciativas tengan que esperar un tiempo excesivo para su votación en el Pleno no necesariamente nos ilustra un acto benéfico para el funcionamiento del Estado. El Presidente de la República, como responsable de la acción del gobierno, a través de la administración pública, requiere hacer sus facultades, presentar iniciativas, pero si éstas no son siquiera discutidas en el Congreso, el resultado de la acción de gobierno pudiera verse afectado.

    El Congreso tiene todo el derecho de aprobar o rechazar las iniciativas del Ejecutivo pero, desde nuestra perspectiva, lo que no debe hacer es dejar de analizar sus iniciativas, dejar de correr tanto tiempo para ser dictaminadas. Ahora, no todas las iniciativas que presenta el Ejecutivo tienen el mismo peso específico y tendrán la misma trascendencia para el mejoramiento de la acción pública. Entonces, ¿cómo determinar cuáles iniciativas del Presidente tendrán más repercusión que otras y quién lo determinará? Esto es lo que pretende resolver la presente iniciativa, la aplicación del trámite legislativo preferente para las iniciativas que presente el Ejecutivo, pero no para todas sus iniciativas.

    La propuesta aquí planteada pretende crear la figura de trámite legislativo preferente, que existe ya en algunos países de América Latina de hecho, la cual consiste en eficientar los tiempos para la votación de una iniciativa presentada por el Ejecutivo a partir del establecimiento de fechas fatales. Se propone que a partir del día en que la iniciativa es presentada por el Ejecutivo a la Cámara de origen, ésta cuente con un tiempo máximo de siete días naturales para su votación y que, si concluido este tiempo la Cámara de origen aún no la hubiese votado, la iniciativa se tendría por aprobada por esa Cámara, en los términos en que hubiese sido presentada por el Presidente. Luego que se tenga por aprobada la iniciativa en la Cámara de origen, sería enviada a la Cámara revisora a más tardar el siguiente día natural. La Cámara revisora enviaría la iniciativa a comisión, pero tendría que ser votada por su Pleno en un término máximo de siete días naturales, contados a partir del siguiente día en que hubiese sido recibida. Y de igual forma, si concluido este tiempo la Cámara revisora aún no la hubiese votado, la iniciativa se tendría por aprobada en los términos en que hubiese presentada por la Cámara de origen.

    Si la Cámara revisora desechara en lo general o en lo particular la iniciativa, ésta tendría que volver a la Cámara de origen a más tardar al día siguiente de su votación, con las observaciones correspondientes; y en un plazo máximo de siete días naturales tendría que ser nuevamente examinada y votada por el Pleno de la Cámara de origen, que regresaría a la Cámara revisora a más tardar el siguiente día natural la misma iniciativa. Para dar mayor certidumbre al trámite preferente se propone que para que la iniciativa sea rechazada en lo general o modificada en lo particular, se requiera el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara correspondiente presentes al momento de la votación.

    Evidentemente, no se podía dar el carácter de preferente a iniciativas de cualquier naturaleza, ya que en algunos casos la propia Constitución establece el trámite por seguir para la aprobación de determinados asuntos. Además, con el objetivo de que el Presidente no pretenda abusar de este trámite, en perjuicio de los actores políticos, se pretende exceptuar del carácter de preferente las iniciativas del Presidente que presente en materia presupuestal, del sistema electoral y de partidos o de modificaciones constitucionales. Finalmente, y con objeto de que el trámite preferente no se convierta en práctica común y herramienta del Ejecutivo para obligar al Legislativo a que le apruebe todas sus iniciativas, como sucedía en el pasado, se propone que el Ejecutivo solamente pueda presentar hasta una iniciativa preferente por cada periodo ordinario de sesiones. De ese modo, el propio Ejecutivo evaluaría qué iniciativa habría de merecer por su relevancia el carácter de preferente.

    En virtud de lo expresado y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, presento a esta honorable Asamblea esta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 71 de la Constitución y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso. Es cuanto, diputado Presidente; muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Jorge Triana Tena, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, en ejercicio de lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable Asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para otorgar al Presidente de la República la facultad de presentar iniciativas de ley o decreto con el carácter de preferentes, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    El artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hace referencia al procedimiento legislativo, en específico, a uno de sus actos: la iniciativa. Es a través de la iniciativa como da comienzo el procedimiento de formación o creación de leyes o decretos, así como su trámite; al tiempo que se determina, en el propio artículo, quiénes son competentes para iniciar leyes o decretos.

    Por ende, el primer párrafo del artículo en comento otorga el derecho de iniciar leyes o decretos al presidente de la República, a los diputados y senadores al Congreso de la Unión --individualmente considerados--, y también a las legislaturas de los estados (además, el Presidente de la República cuenta, como facultad exclusiva, con la de presentar las iniciativas de Ley de Ingresos, así como la presentación del Presupuesto de Egresos y la Cuenta Pública).

    Es conveniente aclarar que la iniciativa de ley y la iniciativa de decreto (señalado en el primer párrafo del artículo mencionado) implican dos acepciones distintas. Cuando la Constitución se refiere a la ``iniciativa de ley'', hace referencia al derecho de presentar o proponer un proyecto de precepto o de disposiciones que versen sobre alguna materia de interés común, a través de las cuales, se mande o se prohíba algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados (la ley tiene como característica el ser general, abstracta, imperativa u obligatoria; es dictada por el Congreso, y no vale su ignorancia como excusa para incumplimiento, ni el desuso, la costumbre o la práctica en contrario). Y, por otra parte, cuando la Constitución se refiere a las ``iniciativas de decreto'', hace referencia al derecho de presentar o proponer un proyecto de precepto o disposiciones de carácter particular, es decir, que se refieran a determinados lugares, tiempos, corporaciones o establecimientos (por ejemplo, las relativas al otorgamiento de licencias al titular del Ejecutivo, a admitir su renuncia, a designar presidente de la República interino o sustituto, así como para autorizar a un ciudadano mexicano a prestar sus servicios a un gobierno extranjero).

    Así, los legisladores federales (diputados y senadores) y los diputados locales, encuentran en la iniciativa legislativa una de las razones más importantes atribuibles a su cargo, ya que éstos, al ser representantes populares, son considerados como los mas conocedores tanto del medio como de las necesidades del pueblo (e incluso sería inconcebible que aquellos que aprueban la creación y modificación del marco jurídico, estuviesen impedidos de la facultad de iniciar leyes). Pero en el caso del Jefe del Ejecutivo, las razones por las cuales también cuenta con tal facultad son histórica y políticamente distintas a la de los legisladores.

    La facultad de iniciativa legislativa con la que cuenta el Ejecutivo se fundamenta en un antecedente histórico que data desde los orígenes mismos del parlamento (Inglaterra, siglos XI y XII), pues, cuando menos hasta el siglo XIII, era el rey quien detentaba el poder legislativo y sólo cuando éste lo consideraba necesario solicitaba el respaldo del Parlamento (quien únicamente intervenía en la toma de las decisiones relativas al establecimiento de impuestos); progresivamente, sin embargo, el parlamento fue estableciendo la costumbre de desarrollar una especie de negociación con el monarca cuando éste le solicitaba votar nuevos impuestos, al acordar un cierto número de medidas legislativas que el rey debía acatar. Así, el régimen representativo adquirió la forma de aquél en cuyo seno una o dos asambleas electas representan al pueblo frente al poder central y participan en el gobierno, primero por el voto de los impuestos y luego por el voto de las leyes.

    El modelo presidencial (puesto en marcha para los Estados Unidos de Norteamérica y luego adoptado por los países latinoamericanos) importó del parlamentarismo inglés la facultad de iniciativa del Ejecutivo, misma que fue pieza clave en la conformación del régimen presidencialista autoritario que predominó en el sistema político mexicano durante gran parte del siglo XX, pues el Presidente de la República era el gran legislador, presentaba la gran mayoría de las iniciativas de ley o decreto, y el Congreso, supeditado al Jefe del Ejecutivo, las aprobaba sin mayor discusión (incluso una buena parte de los estudiosos de la relación Ejecutivo -- Legislativo de aquella época, justificaban el hecho afirmando que era el Ejecutivo y no el Congreso quien contaba con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para la producción de iniciativas, y que el papel del Congreso era solo el de aprobar lo ya realizado por el Ejecutivo).

    Pero tal condición de sometimiento del Legislativo al Ejecutivo, concluyó en la medida en que la oposición fue ganando espacios en las cámaras, haciendo cada vez menos fácil la aprobación ``al vapor'' de las iniciativas presidenciales y generando cada vez mas una importante producción de iniciativas, por parte de los legisladores, que antes no tenían.

    Así, cuando menos en las últimas tres legislaturas, el porcentaje de iniciativas presentadas por los legisladores es, por mucho, mas alto que el de legislaturas anteriores, hecho que ha generado una dinámica distinta de trabajo en el Congreso y ha dado a los legisladores un nuevo papel que desempeñar en el propio sistema político. Hoy que el Presidente de la República no cuenta ya con una mayoría absoluta de legisladores de su propio partido en ninguna de las dos cámaras, sus iniciativas han dejado de tener el ``trato preferencial'' que tuvieron durante la época del presidencialismo autoritario (pues eran aprobadas casi inmediatamente después de haber sido presentadas). Hoy las iniciativas del Presidente deben esperar el tiempo que cada comisión parlamentaria considere necesario para ser votadas en el Pleno de la respectiva cámara (actualmente en la Cámara de Diputados hay iniciativas del Presidente que llevan más de un año en comisiones sin haber sido aún dictaminadas). El Presidente, indiscutiblemente, ha dejado de ser el ``gran legislador'' y este titulo lo ostenta ahora, como siempre debió haber sido, el propio Congreso.

    Pero el hecho de que las iniciativas del Presidente tengan que esperar un tiempo excesivo para su votación en el pleno, no necesariamente nos ilustra un acto benéfico para el funcionamiento del Estado. El Presidente de la República, como responsable de la acción del gobierno a través de la Administración Pública Federal, para dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y en cada uno de los programas sectoriales, requiere hacer valer su facultad de presentar iniciativas, pero si éstas no son siquiera discutidas en el Congreso, el resultado de la acción de gobierno pudiera verse afectado.

    El Congreso tiene todo el derecho de aprobar o rechazar las iniciativas del Ejecutivo, pero, desde nuestra perspectiva, lo que no debe hacer es dejar de analizar sus iniciativas, dejar correr tanto tiempo para ser dictaminadas.

    Ahora, no todas las iniciativas que presenta el Ejecutivo tienen el mismo peso específico y tendrán la misma trascendencia para el mejoramiento de la acción pública, entonces ¿Cómo determinar cuáles iniciativas del Presidente tendrán más repercusión que otras, y quién lo determinaría?

    Esto es lo que pretende resolver la presente propuesta: la aplicación del trámite legislativo preferente para las iniciativas que presente el Ejecutivo, pero no para todas sus iniciativas.

    La propuesta aquí planteada pretende crear la figura de trámite legislativo preferente (que existe ya en algunos países de América Latina), la cual consiste en eficientar los tiempos para la votación de una iniciativa (presentada, en este caso, por el Ejecutivo) a partir del establecimiento de fechas fatales. Se propone que, a partir del día en que la iniciativa es presentada por el Ejecutivo a la Cámara de origen, ésta cuente con un tiempo máximo de 7 días naturales para su votación, y que, si concluido este tiempo la Cámara de origen aún no la hubiese votado, la iniciativa se tendría por aprobada por esa Cámara en los mismos términos en que hubiese sido presentada por el Presidente.

    Luego de que se tenga por aprobada la iniciativa en la Cámara de origen, sería enviada a la Cámara revisora a mas tardar al siguiente día natural. La Cámara revisora enviaría la iniciativa a comisión, pero tendría que ser votada por su pleno en un término máximo de 7 días naturales contados a partir del siguiente día en que hubiese sido recibida (y de igual forma, si concluido ese tiempo la Cámara revisora aún no la hubiese votado, la iniciativa se tendría por aprobada en los mismos términos en que hubiese sido presentada por la Cámara de origen).

    Si la Cámara revisora desechara en lo general o en lo particular la iniciativa, ésta tendría que volver a la Cámara de origen a mas tardar al siguiente día natural de su votación con las observaciones correspondientes, y en un plazo máximo de siete días naturales tendría que ser nuevamente examinada y votada por el pleno de la Cámara de origen, quien regresaría a la Cámara revisora, a mas tardar al siguiente día natural de su votación, la iniciativa en sus nuevos términos. Entonces, la Cámara revisora tendría que votar esta iniciativa en un plazo máximo de siete días naturales.

    Para darle mayor certidumbre al trámite preferente, se propone que, para que la iniciativa sea rechazada en lo general o modificada en lo particular, se requiera del voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara que corresponda presentes al momento de la votación.

    Evidentemente, no se le podría dar el carácter de preferente a iniciativas de cualquier naturaleza, ya que en algunos casos la propia Constitución establece el trámite a seguir para la aprobación de determinados asuntos; además, con el objetivo de que el Presidente no pretenda abusar de este trámite en perjuicio de los actores políticos, se pretende exceptuar del carácter de preferente las iniciativas que el Presidente presente en materia presupuestal, al sistema electoral y de partidos, o modificaciones constitucionales.

    Finalmente, y con el objetivo de que el trámite preferente no se convierta en práctica común y herramienta del Ejecutivo para obligar al Legislativo a que le aprobaren todas sus iniciativas, se propone que el Ejecutivo solamente pueda presentar hasta una iniciativa preferente por cada periodo ordinario de sesiones, de este modo, sería el propio Ejecutivo quien evaluaría qué iniciativa habría de merecer, por su relevancia, el carácter de preferente.

    Cabe hacer mención que esta iniciativa establece en su reforma constitucional (reforma al artículo 71) los elementos que habrían de definir el concepto de trámite legislativo preferente (hasta una iniciativa por cada periodo de sesiones, hasta siete días naturales para ser votada en el pleno, dos terceras partes de la votación para ser rechazada o modificada y cuáles serían los temas que no podrían gozar de la calidad de preferentes), en tanto que sería en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso en donde se describiría de forma más específica los tiempos y el procedimiento que seguiría el Congreso para la votación de iniciativas presentadas con el carácter de preferentes (a través de la adición del artículo 57 bis del mencionado Reglamento).

    En virtud de lo expresado, y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable asamblea la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero: Se reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    ``Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

    I. Al Presidente de la República;

    II. A los diputados y senadores al Congreso de la Unión, y

    III. A las legislaturas de los estados.

    Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las legislaturas de los estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores se sujetarán a los trámites que designe el reglamento de debates.

    Por cada periodo ordinario de sesiones, el Presidente de la República podrá presentar hasta una iniciativa con el carácter de preferente, que deberá ser votada por el pleno de la Cámara de origen en un término máximo de siete días naturales. El reglamento describirá el procedimiento subsiguiente.

    Para que la iniciativa con el carácter de preferente sea rechazada en lo general o modificada en lo particular, se requerirá del voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara que corresponda, presentes al momento de la votación.

    No podrán tener el carácter de preferente las iniciativas que el Presidente presente en materia presupuestal, al sistema electoral y de partidos, ni modificaciones constitucionales.''

    Artículo Segundo: Se adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    ``Artículo 57 Bis. El Presidente de la República podrá presentar iniciativas con el carácter de preferente, las cuales se sujetarán al siguiente procedimiento:

    a) El Presidente de la República podrá presentar hasta una iniciativa preferente por cada periodo ordinario de sesiones.

    b) La iniciativa preferente pasará desde luego a comisión, pero tendrá que ser votada por el pleno de la Cámara de origen en un término máximo de siete días naturales contados a partir del siguiente día en que haya sido recibida. Si concluido este tiempo la Cámara de origen aún no la hubiese votado, la iniciativa se tendrá por aprobada por esta Cámara en los mismos términos en que haya sido presentada por el Presidente de la República.

    c) Luego de que se tenga por aprobada la iniciativa en la Cámara de origen, deberá ser enviada a la Cámara revisora a más tardar al siguiente día natural. La Cámara revisora enviará la iniciativa a comisión, pero tendrá que ser votada por su pleno en un término máximo de siete días naturales contados a partir del siguiente día en que haya sido recibida. Si concluido este tiempo la Cámara revisora aún no la hubiese votado, la iniciativa se tendrá por aprobada en los mismos términos en que haya sido presentada por la Cámara de origen.

    d) Si la Cámara revisora desechara en lo general o en lo particular la iniciativa, ésta volverá a la Cámara de origen a mas tardar al siguiente día natural de su votación con las observaciones correspondientes, y en un plazo máximo de siete días naturales deberá ser nuevamente examinada y votada por el pleno de la Cámara de origen, quien regresará a la Cámara revisora, a mas tardar al siguiente día natural de su votación, la iniciativa en sus nuevos términos. La Cámara revisora deberá votar esta iniciativa en un plazo máximo de siete días naturales.

    e) Para que la iniciativa sea rechazada en lo general o modificada en lo particular, se requerirá del voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara que corresponda, presentes al momento de la votación.

    No podrán tener el carácter de preferente las iniciativas que el Presidente presente en materia presupuestal, al sistema electoral y de partidos, ni modificaciones constitucionales.''

    Transitorio

    ``Único: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.''

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 20 días del mes de septiembre de 2005.--- Dip. Jorge Triana Tena (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Reglamento y Prácticas Parlamentarias.
    LEY ORGANICA DEL CONGRESO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado Federico Barbosa Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Federico Barbosa Gutiérrez:

    Con su venia, señor Presidente. En un contexto de creciente incertidumbre económica mundial y de alta competencia de los mercados, los gobiernos democráticos requieren mecanismos y procedimientos de planeación estratégica. En este desafío diario, el Plan Nacional de Desarrollo debe ser instrumento donde se plasme la visión del país que queremos a corto, a mediano y a largo plazos. La naturaleza jurídica del mismo la encontramos en el artículo 26 constitucional, cuando establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática de desarrollo nacional, mediante la participación de los diversos sectores sociales.

    A partir de esa base constitucional, el Poder Ejecutivo lleva a cabo esta facultad; es decir, consulta, elabora y propone ante el Congreso de la Unión el Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación. La propia Constitución prevé la intervención del Poder Legislativo en esta materia. La Ley de Planeación obliga al titular del Poder Ejecutivo a remitir el Plan Nacional de Desarrollo al Congreso de la Unión para su examen y opinión; el Poder Legislativo formulará las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución, la remisión y las adecuaciones del propio Plan. Eso significa que el Poder Legislativo tiene participación fundamental en ese instrumento de planificación del país, no sólo en la elaboración del propio Plan sino en su posible modificación.

    Por tanto, en esta base legal encontramos facultades amplísimas del Poder Legislativo en la materia. Ahora bien, de acuerdo con los últimos informes de la Cuenta Pública, se exige retomar criterios de evaluación nacional e internacional. Así se puede leer de los informes de la Auditoría Superior de la Federación relativos a las Cuentas Públicas del Ejecutivo Federal, en que se destacan --entre otras deficiencias-- más de 44 objetivos generales que registraron las dependencias y las entidades de la administración pública y que no están vinculados con los objetivos rectores y las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo. La falta de documentos, y muchos de ellos imprecisos, impide llevar un seguimiento del sistema de planeación del Gobierno Federal. Por ello es sumamente recomendable evaluar el Plan Nacional de Desarrollo para poder sustentar su existencia.

    En este sentido, uno de los mayores desafíos que tiene la Cámara de Diputados es garantizar un marco jurídico eficaz y democrático que facilite el cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades de los Poderes de la Unión. Ante esa responsabilidad, el Poder Legislativo está obligado a impulsar reformas legales y a crear mecanismos de control y supervisión en actos concretos del Ejecutivo que contribuyan a erradicar la percepción negativa de la función pública.

    Por esa razón considero necesario proponer la creación de la Comisión Nacional para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo, a efecto de que esta soberanía pueda cumplir las tareas que debe desarrollar como responsable de velar por el buen funcionamiento del Plan Nacional de Desarrollo. La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos observa un Capítulo VI, denominado ``De las Comisiones y los Comités'', señalando en su artículo 39 que las comisiones son órganos constituidos por el Pleno de la Cámara que, a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales, sólo que ninguna de las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados tiene facultades de evaluación y seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo de manera puntual y expresa.

    En tal virtud, resulta indispensable reformar y adicionar el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de adicionar el numeral 6, en el que se establezca la constitución de la comisión que se propone. Con el propósito de la creación de esa comisión, se podrán atender, resolver los problemas sobre la planeación para el desarrollo sustentable que requiere el país. En consecuencia, la presente iniciativa busca resolver los siguientes problemas: que la Cámara de Diputados cuente con una comisión ordinaria que dé seguimiento y evalúe periódicamente el Plan Nacional de Desarrollo, y facultar a la Comisión para la Evaluación y Seguimiento del Plan para dictaminar, realizar estudios, emitir opiniones, emitir resoluciones y presentar informes.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, presento a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 40. Numeral 1. Las comisiones ordinarias que se establecen en este artículo desarrollan las tareas específicas que en cada caso se señalan.

    Numeral 6. La Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo se integrará por 30 legisladores, encargada de evaluar y dar seguimiento a los proyectos y programas establecidos en el propio Plan Nacional de Desarrollo.

    La propia Comisión tendrá las siguientes facultades: a) Preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas en materia de planeación para el desarrollo sustentable del país. b) Dictaminar y opinar sobre iniciativas y propuestas que se presenten en esta materia. c) Promover y realizar estudios que versen sobre disposiciones normativas en materia de planeación para el desarrollo sustentable del país.

    Artículo Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Señor Presidente, solicito que el texto íntegro de esta iniciativa se inserte en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Federico Barbosa Gutiérrez, del grupo parlamentario del PRI

    Federico Barbosa Gutiérrez, en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura, y a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea, la presente iniciativa que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    En un contexto de creciente incertidumbre económica mundial y de alta competencia en los mercados, los gobiernos democráticos requieren mecanismos y procedimientos de planeación estratégica que sustituyan a los que hoy en día tenemos, los cuales fueron diseñados en condiciones sociales y políticas diversas a las actuales.

    La planeación del país requiere por tanto de herramientas y métodos acordes a nuestra identidad y nacionalismo en la que se mezclan una diversidad de culturas y formas de pensar, en concreto, es preciso orientar a nuestra nación considerando la pluralidad y multiculturalidad de la misma.

    Ante este desafío diario, el Plan Nacional de Desarrollo debe ser el instrumento donde se plasme la visión del país que queremos a corto, a mediano y a largo plazo. La naturaleza jurídica del mismo, lo encontramos en el artículo 26 constitucional, cuando establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, mediante la participación de los diversos sectores sociales. A partir de esta base constitucional, el Poder Ejecutivo lleva a cabo esta facultad, es decir, consultar, elaborar y proponer ante el Congreso de la Unión el Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación. La propia Constitución prevé la intervención del Poder Legislativo en esta materia.

    La Ley de Planeación, obliga al titular del Poder Ejecutivo a remitir el Plan Nacional de Desarrollo al Congreso de la Unión para su examen y opinión, y el Poder Legislativo formulará las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución, revisión y adecuaciones del propio Plan. Esto significa que el Poder Legislativo tiene una participación fundamental en este instrumento de planificación del país, no solo en la elaboración del propio Plan sino en su posible modificación, por tanto en esta base legal encontramos facultades amplísimas del Poder Legislativo en esta materia.

    Ahora bien, de acuerdo con los últimos informes de la Cuenta Pública, se exige retomar criterios de evaluación nacional e internacional, se demuestra que el actual gobierno y su sistema de planeación estratégica han fracasado. Así se puede leer de los informes de la Auditoría Superior de la Federación relativos a las cuentas públicas del Ejecutivo federal, en el que se destacan entre otras deficiencias, más de 44 objetivos generales que registraron las dependencias y entidades de la administración pública, que no están vinculados con los objetivos rectores y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo.

    La falta de documentos y muchos de ellos imprecisos impiden llevar un seguimiento del Sistema de Planeación del Gobierno Federal, por ello, es altamente recomendable evaluar el Plan Nacional de Desarrollo para poder sustentar su existencia.

    Es en este sentido, que uno de los mayores desafíos que tiene esta Cámara de Diputados, es garantizar un marco jurídico eficaz y democrático, que facilite el cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades de los poderes de la Unión.

    Ante esta responsabilidad, el Poder Legislativo está obligado a impulsar reformas legales, a crear mecanismos de control y supervisión en actos concretos del Ejecutivo federal que contribuyan a erradicar la percepción negativa de la función pública.

    Por esta razón, considero necesario proponer la creación de la Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo, a efecto de que esta soberanía pueda cumplir con las tareas que debe desarrollar, responsable de velar por el buen funcionamiento del Plan Nacional de Desarrollo.

    Esta Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo se deberá constituir al inicio de cada legislatura, en la que se observe un procedimiento similar al resto de las comisiones ordinarias, por tanto la naturaleza jurídica de la misma, está debidamente justificada.

    La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos observa un Capítulo Sexto denominado De las Comisiones y los Comités, señalando en su artículo 39 que las comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

    Solo que ninguna de las comisiones ordinarias de esta Cámara de Diputados tiene facultades de evaluación y seguimiento al Plan Nacional de Desarrollo, de manera puntual y expresa.

    En tal virtud, resulta indispensable reformar y adicionar el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de adicionar el numeral 6, en el que se establezca la constitución de la Comisión para la Evaluación y Seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo.

    Ante esta base legal, la creación de la Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo, se establece una plataforma legal que le permitirá enfrentar nuevos escenarios en el futuro, así como el surgimiento de posibles circunstancias y supuestos no previstos en la Ley de Planeación.

    Con la creación de esta Comisión, se podrán atender y resolver problemas sobre planeación para el desarrollo sustentable que requiere el país.

    En consecuencia, la presente iniciativa busca resolver los siguientes problemas:

  • Que la Cámara de Diputados cuente con una comisión ordinaria que dé seguimiento y evalúe, periódicamente, el Plan Nacional de Desarrollo.

  • Facultar a la Comisión para la Evaluación y Seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo para:

    - Dictaminar

    - Realizar estudios

    - Emitir opiniones

    - Emitir resoluciones y,

    - Presentar informes

    Con estas atribuciones, se podrán fortalecer los mecanismos de control constitucional y reglamentario, que permita a la Cámara de Diputados observar el estricto cumplimiento de los planes, programas, proyectos, acciones y estrategias plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo.

    Con las reformas y adiciones que se plantean, se tendrán las condiciones para que en lo futuro se puedan expedir leyes en las que se reafirmen las bases sobre las que se constituya un marco jurídico eficiente en materia de planeación para el desarrollo sustentable del país.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, presento ante esta soberanía la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo Único

    Artículo 40.

    1. Las comisiones ordinarias que se establecen en este artículo desarrollan las tareas específicas que en cada caso se señalan.

    2. a 5. ...

    6. La Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo se integrará por 30 legisladores, encargada de evaluar y dar seguimiento a los proyectos y programas establecidos en el propio Plan Nacional de Desarrollo.

    La propia Comisión tendrá las siguientes facultades:

    A) Preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas en materia de Planeación para el desarrollo sustentable del país.

    B) Dictaminar y opinar sobre iniciativas y propuestas que se presenten en esta materia.

    C) Promover y realizar estudios que versen sobre disposiciones normativas en materia de planeación para el desarrollo sustentable del país.

    Artículo Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, septiembre de 2005.--- Dip. Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica).» El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y así será, don Federico. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
    CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    El diputado Fidel René Meza Cabrera: Gracias, señor Presidente: el suscrito, diputado federal en ejercicio, miembro de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional que integra la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presenta iniciativa que reforma diversos artículos, título y numeración del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con base en la siguiente exposición de motivos:

    ``Credencial para votar con fotografía...'' Gramaticalmente, es un error porque se entiende que se vota con ``la fotografía''. La frase correcta debe ser ``credencial con fotografía para votar''. Este error gramatical lo encontramos en diferentes artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mejor conocido como Cofipe. Este Código está estructurado por libros, títulos, capítulos y artículos, su Libro Quinto y último consta de seis títulos, pero después del Título Quinto el que debería ser el sexto lleva el ordinal tercero; es decir, este libro tiene dos títulos tercero, lo cual desde luego es otro error.

    Finalmente, el artículo del Cofipe está numerado como debe ser, progresivamente, del 1 al 285, más cinco grupos de artículos transitorios. En su última reforma, de fecha 28 de junio de 2005, publicada el 30 de junio de 2005 en el Diario Oficial de la Federación, se agregó al Cofipe un sexto libro, compuesto por un título único, constando de 27 artículos, numerados del 273 al 300, más 7 transitorios. Si consideramos que inicialmente este Código terminaba en el artículo 285 y se agregaron 27, numerados del 273 al 300, tenemos que del 273 al 285 están repetidos 12 artículos; o sea, tiene su numeración repetida del artículo 273 al 285, otro error más. En el año próximo, 2006, se efectuarán en el país elecciones federales, lo cual significa que el Cofipe será frecuentemente consultado y aplicado, lo que hace de urgente necesidad la corrección de las anomalías que estoy señalando, máxime en esta ocasión, en que será consultado por los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, ante los que proyectaríamos una imagen deplorable con un instrumento legal plagado de fallas técnicas. Estas consideraciones me impulsan a proponer las siguientes enmiendas: 1. Escribir correctamente la frase ``credencial con fotografía para votar'' en los artículos antes citados; 2. Corregir el Libro Quinto, poniendo el Título Sexto en lugar del Título Tercero, entre los artículos 272 y 273; y 3. Recorrer la numeración a partir del artículo 285, asignando al artículo 273, con que se inicia el Libro Sexto, adicionado el numeral 286 y continuar progresivamente la numeración para evitar la repetición. Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente

    Proyecto de decreto que reforma diversos artículos, título y numeración del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo Primero. Se cambia la frase ``credencial para votar con fotografía'' por la siguiente: ``credencial con fotografía para votar'', en los artículos 144, párrafos primero y sexto; 150, párrafo segundo; 151, párrafo primero, incisos a) y b); y 159, párrafo primero.

    Artículo Segundo. Se cambia el Título Tercero que sigue al Título Quinto en el Libro Quinto por el Título Sexto, para quedar como sigue:

    Título Sexto. Artículo 3o. Se recorre la numeración del artículo desde el 286, en lugar del 273, en el inicio del Libro Sexto, en la forma siguiente:

    Libro Sexto. Del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero.

    Título Único. Artículo 286, etcétera.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados.- México, DF, a 20 de septiembre de 2005. Es todo, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, René Meza Cabrera, diputado federal en ejercicio, miembro de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, que integra la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa que reforma diversos artículos, título y numeración del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Todos sabemos (aunque solemos olvidarlo con frecuencia), que el idioma español que hablamos, como cualquier otro idioma, se rige por reglas gramaticales y, si queremos expresarnos y hacernos entender con claridad, debemos acatar una de sus principales normas: la sintaxis.

    Sintaxis es la parte de la Gramática, que estudia la ordenación de las palabras, sus relaciones mutuas en la oración y el enlace con otras oraciones.

    Credencial para votar con fotografía, gramaticalmente es un disparate, porque se entiende que se vota con la fotografía.

    Analicemos desde la óptica de la sintaxis, esta frase:

    Empieza con un sustantivo, seguido por la preposición: para y sigue el verbo: votar, luego otra preposición con, terminando con otro sustantivo: fotografía.

    En esta frase, el sustantivo credencial, es el sujeto; el predicado es el verbo votar o sea la acción, que relacionado a través de la preposición con al sustantivo credencial, es el complemento directo, o sea, gramaticalmente se vota con la fotografía, lo cual es un vicio del idioma español, llamado ``barbarismo''.

    La frase correcta debe ser: Credencial con fotografía para votar.

    Este error gramatical, lo encontramos en los siguientes artículos: 144, párrafos 1 y 6; 150, párrafo 2; 151, párrafo 1, incisos a) y b) y párrafo 3; 154 párrafo 1; 159, párrafo 1; 161, párrafo 1; 163, párrafos 1 y 5; 164, párrafo 3; 193, 1, inciso b); 218, párrafo 4, inciso a); 241, párrafo 3, inciso a); el artículo Segundo, párrafo 2, fracción I de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1996 y el artículo 275, párrafo 2, inciso a) de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de junio de 2005 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

    Este Código, está estructurado por Libros, Títulos, Capítulos y artículos.

    Su Libro Quinto y último, consta de 6 Títulos, pero después del Título Quinto, el que debiera ser el Sexto lleva el ordinal Tercero; es decir, este Libro tiene dos títulos Tercero. Lo cual es otro error.

    Finalmente, el articulado del Cofipe, está numerado (como debe ser) progresivamente del 1 al 285, más cinco grupos de artículos transitorios.

    En su última reforma de fecha 28 de junio de 2005, publicada el día 30 de junio de 2005, en el Diario Oficial de la Federación, se agregó al Cofipe, un Sexto Libro compuesto por un Título Único, constando de 27 artículos numerados del 273 al 300, más siete transitorios.

    Si consideramos que inicialmente este Código terminaba en el artículo 285 y se agregaron 27, numerados del 273 al 300; tenemos que del 273 al 285, están repetidos 12 artículos, o sea, tiene su numeración repetida del artículo 273 al 285. Otro error más.

    El año próximo de 2006, se efectuarán en el país elecciones federales, lo cual significa que el COFIPE será frecuentemente consultado y aplicado, lo que hace de urgente necesidad, la corrección de las anomalías que estoy señalando, máxime en esta ocasión en que será consultado por los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, ante los que proyectaríamos una imagen deplorable, con un instrumento legal plagado de fallas técnicas.

    Estas consideraciones me impulsan a proponer las siguientes enmiendas:

    1. Escribir correctamente la frase ``credencial con fotografía para votar'', en los artículos antes citados.

    2. Corregir el Libro Quinto, poniendo el Título Sexto en lugar del Título Tercero entre los artículos 272 y 273.

    3. Recorrer la numeración a partir del artículo 285, asignando al artículo 273 con que se inicia el Libro Sexto adicionado, el numeral 286 y continuar progresivamente la numeración, para evitar la repetición.

    Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente proyecto de decreto que reforma diversos artículos, título y numeración del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar en los siguientes términos:

    Artículo Primero. Se cambia la frase ``credencial para votar con fotografía'' por la siguiente: Credencial con fotografía para votar, en los artículos: 144, párrafos 1 y 6; 150, párrafo 2; 151, párrafo 1, incisos a) y b) y párrafo 3; 154 párrafo 1; 159, párrafo 1; 161, párrafo 1; 163,, párrafos 1 y 5 164, párrafo 3; 193, párrafo 1, inciso b); 218, párrafo 4, inciso a); 241, párrafo 3, inciso a); artículo segundo, párrafo 2, fracción I de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1996 y el artículo 275, párrafo 2, inciso a) de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de junio de 2005.

    Artículo Segundo. Se cambia el Título Tercero (que sigue al Título Quinto) en el Libro Quinto por el Título Sexto, para quedar como sigue:

    TÍTULO SEXTO.

    Artículo Tercero. Se recorre la numeración del articulado desde el 286 en lugar del 273 en el inicio del Libro Sexto, en la forma siguiente:

    LIBRO SEXTO

    DEL VOTO DE LOS MEXICANOS

    RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

    TÍTULO ÚNICO

    Artículo 286

    287

    288, etc.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, México, DF, a 12 de septiembre de 2005.--- Dip. René Meza Cabrera (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, don René. Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    LEY GENERAL DE EDUCACION
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación. ¿Está la diputada Fajardo? Adelante, Conchita.

    La diputada María Concepción Fajardo Muñoz: Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: una de las más importantes obras históricas que registra nuestro país es el de la educación. Procurarla para todos siempre ha sido uno de los ideales de los gobiernos de la República. Hombres como José María Luis Mora y Valentín Gómez Farías, inspirados en el pensamiento liberal mexicano del siglo XIX, son precursores de las reformas que en materia educativa hemos registrado como nación. La Constitución de 1857 y las Leyes de Reforma constituyen la visión y el legado histórico de grandes hombres que sentaron las bases para el fortalecimiento de la República y la defensa de la soberanía nacional, encontrando en la educación el basamento imprescindible para las generaciones futuras.

    El artículo 3o. de nuestra Carta Magna es síntesis de esa visión que hoy los mexicanos hemos institucionalizado. En ``educación laica obligatoria y gratuita'' se sintetiza mucho de lo que hoy somos como nación y la tarea que tendremos que emprender a futuro para seguir fortaleciéndola, después de la creación de la Escuela Nacional Preparatoria, la creación de la Universidad de México, por Justo Sierra en 1910, la promulgación de la Constitución en 1917, reafirmando el artículo 3o. de nuestra Constitución.

    Es necesario, compañeras y compañeros diputados, destacar un hecho trascendental para la vida futura de la República: la educación. Un hombre visionario como José Vasconcelos pudo llevar a cabo esta tarea. Formaba parte de una generación de intelectuales a quienes mucho deben la educación y la cultura de México. A este mexicano que, siendo Presidente Adolfo de la Huerta, fue rector de la Universidad y creador del lema universitario, ``Por mi Raza Hablará el Espíritu'', síntesis que en su definición, decía Vasconcelos, es una actitud de arte mexicano para contrarrestar las influencias del vecino del norte, no siempre bien asimiladas por nosotros.

    Ya con el gobierno, Obregón fue el fundador, en 1921, de una de las instituciones más importantes con que cuenta nuestro país: la Secretaría de Educación Pública, la SEP. En cuatro años al frente de la SEP, fue el gran impulsor de procurar la educación para todos los indígenas, campesinos, niños, niñas, jóvenes, etcétera, todos incluidos en un verdadero despliegue de imaginación, creatividad y conciencia de lo que significaba para la nación y para la población todo ese esfuerzo. A Vasconcelos siguieron otros mexicanos que han honrado su ejemplo. Hombres como Narciso Bassols, Jaime Torres Bodet, Agustín Yánez o Jesús Reyes Heroles se suman a esta pléyade de personajes que han visto en la educación la plataforma fundamental para formar hombres y mujeres que luchen por su país, que defiendan la República, protejan la libertad y fortalezcan la democracia.

    Por eso, la educación constituye en las democracias el basamento fundamental para hacer de la cosa pública la mejor manera de fortalecer el bienestar de la población y garantizar el desarrollo del país. Sin embargo, parecería que en México nos referimos a hechos históricos y empezamos a ver de manera preocupante que la educación no avanza y la calidad educativa no es la esperada y la equidad de género sigue siendo una asignatura pendiente. En términos de indicadores, no se observan cambios importantes a partir de 2000. El nivel de analfabetismo se sitúa en una tasa de 8.3 por ciento en población mayor de 15 años; en cobertura educativa, en rango de 6 a 14 años, todavía existe poco en nuestro país: de 2.5 millones de mexicanos, que no asisten a la escuela no porque no quieran sino porque la cobertura no alcanza. Es cierto, hemos avanzado en educación. Hace casi seis décadas, el promedio de educación no superaba el tercer año de primaria, con un nivel de analfabetismo de casi 60 por ciento en la población de 15 años en adelante. Sin embargo, nuestro reto hoy es que sigue y sigue siendo enorme.

    De acuerdo con datos del INEGI y los anexos del V Informe Presidencial, el índice de analfabetismo es de 8.3 por ciento. Sin embargo, corresponde a las mujeres el 5.1 y a los hombres el 3.2. Si estimamos que son 7 millones de analfabetos, entonces existen en nuestro país casi 4.5 millones de mujeres de 15 años en adelante que no saben leer ni escribir. Esa cifra no es para enorgullecer a cualquiera; y es más, en el último año del tan festejado ``gobierno del cambio''.

    Pero hay más todavía: en esta iniquidad de género, por ejemplo, el nivel superior, 89 de cada 100 mujeres mexicanas mayores de 18 años no cuentan con un grado de educación superior; es decir, de cada 100 mujeres mexicanas, apenas 9 tienen cuando menos un grado de educación superior en posgrado, sólo 2 de cada mil. Pero eso es en educación superior. Vayamos al número para medir en términos reales cuál es la verdadera situación de iniquidad en que nos encontramos las mujeres. Alrededor de 48 por ciento de la población se sitúa en lo que se llama ``el rezago educativo'', correspondiendo a las mujeres el 28 y los hombres el 20.

    Es decir, de acuerdo con el rango de 15 años y más, algo así como 26 millones de mujeres y 19 de hombres, no terminaron siquiera la primaria. No es un dato para la estadística; es un dato para reflexionar sobre la competitividad del empleo, la preparación, el desarrollo, la calidad humana y la defensa de los valores que tenemos como nación. Aún más: se dice que han abatido niveles nacionales de analfabetismo; es cierto, También, que el promedio de la educación ha crecido; también es cierto. Sin embargo, en este desarrollo desigual y combinado, en los primeros dos deciles de la población --es decir, 20 por ciento-- el promedio de educación no es mayor de tercer año de primaria; y el cuarto y quinto deciles, de quinto de primaria.

    Es decir, 50 por ciento de la población de México no tiene siquiera un nivel de educación de quinto de primaria; y de ese 50 por ciento, las mujeres representamos poco más de 30 por ciento. Los indicadores no son para lamentarnos ni para nota mediática; son para la reflexión, para generar nuevas ideas, más imaginación para enfrentar estos retos donde las mujeres debemos luchar por una nueva cultura de género, donde siempre exijamos quedar incluidas. La educación históricamente en nuestro país ha sido un asunto de Estado; en ese Estado estamos incluidas las mujeres. Tampoco es un asunto de moda; a las mujeres no nos interesan las ginecofilias, hoy tan socorridas, en un afán demagógico. Sí queremos formar parte de los grandes temas que interesan a la nación, que interesan a la República; la educación es uno de esos temas, compañeros.

    Por lo anterior, como diputada federal del grupo parlamentario del PRI, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo ante esta honorable Asamblea a presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, adicionándole un último párrafo, para quedar como sigue:

    Artículo 31. Las autoridades educativas tomarán medidas tendentes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo y una mayor equidad educativa, así como el logro de una efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia de servicio educativos.

    Dichas medidas estarán dirigidas de manera preferente a los grupos y las regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja. Durante la aplicación de estas medidas, las autoridades educativas deberán promover las acciones necesarias que permitan alcanzar la equidad de género que garanticen un desarrollo integral y combatan la discriminación y fomenten una cultura con perspectiva de género.

    Transitorio. Único. La siguiente iniciativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Le solicito, diputado Presidente, que la presente iniciativa sea publicada íntegramente en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria, de no haber sido publicada. Es cuanto; gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, del grupo parlamentario del PRI

    Exposición de Motivos

    Una de las más importantes obras históricas que registra nuestro país es el de la educación. Procurarla para todos siempre ha sido uno de los ideales de los gobiernos de la República. Hombres como José María Luis Mora y Valentín Gómez Farías, inspirados en el pensamiento liberal mexicano del siglo XIX son precursores de las reformas que en materia educativas hemos registrado como nación.

    La Constitución de 1857 y las Leyes de Reforma constituyen la visión y legado histórico de grandes hombres que sentaron las bases para el fortalecimiento de la República, la defensa de la soberanía nacional, encontrando en la educación, el basamento imprescindible para las generaciones futuras.

    El artículo tercero de nuestra Carta Magna es síntesis de esa visión que hoy los mexicanos hemos institucionalizado. En la educación laica, obligatoria y gratuita, se sintetiza mucho de lo que hoy somos como nación y las tareas que tendremos que emprender a futuro para seguir fortaleciéndola.

    Después de la creación de la Escuela Nacional Preparatoria, la creación de la Universidad de México por Justo Sierra en 1910, la promulgación de la Constitución de 1917, reafirmado el artículo tercero de nuestra Constitución; es necesario, compañeros diputados, destacar un hecho trascendental para la vida futura de la Republica: La institucionalización de la educación.

    Solo un hombre visionario como José Vasconcelos pudo llevar a cabo esta tarea. Formaba parte de una generación de intelectuales, a quien mucho le debe la educación y la cultura en México.

    A este mexicano que siendo presidente Adolfo de la Huerta fue rector de la Universidad y creador del lema universitario ``Por mi raza hablará el espíritu'', síntesis que en su definición -decía Vasconcelos- ``es una actitud de arte mexicano, para contrarrestar las influencias del vecino del norte, no siempre bien asimilado por nosotros''.

    Ya con el gobierno Obregón fue el fundador, en 1921, de una de las instituciones más importantes con las que cuenta nuestro país: la Secretaría de Educación Pública. La SEP.

    En cuatro años al frente de la SEP fue el gran impulsor de procurar la educación para todos. Indígenas, campesinos, obreros, niños, niñas, jóvenes, etcétera, todos incluidos en un verdadero despliegue de imaginación, creatividad y conciencia de lo que significaba para nación y para la población todo ese esfuerzo.

    A Vasconcelos, siguieron otros mexicanos que han honrado su ejemplo. Hombres como Narciso Bassols, Jaime Torres Bodet, Agustín Yáñez, Jesús Reyes Heroles, entre otros, se suman a esta pléyade de personajes que han visto en la educación la plataforma fundamental para formar hombres y mujeres que luchen por su país, que defiendan la República, protejan la libertad y fortalezcan la democracia.

    Por eso la educación constituye, en las democracias, el basamento fundamental para hacer de la cosa pública, la mejor manera para fortalecer el bienestar de la población y garantizar el desarrollo del país.

    Sin embargo, pareciera que en México nos referimos a hechos históricos y empezamos a ver, de manera preocupante, que la educación no avanza, y la calidad educativa no es la esperada y la equidad de género sigue siendo una asignatura pendiente.

    En términos de indicadores no se observan cambios importantes a partir del 2000. El nivel analfabetismo se ubica en una tasa 8.3% en población mayor a 15 años. En cobertura educativa -en rango de 6 a 14 años- todavía existen poco país de 2.5 millones de mexicanos que no asisten a la escuela, no porque no quieran, sino porque la cobertura no alcanza.

    Es cierto, hemos avanzado en educación. Hace casi 6 décadas el promedio en educación no superaba el tercer año de primaria, con un nivel de analfabetismo de casi el 60% en la población de 15 años en adelante.

    Sin embargo nuestro reto hoy en día sigue siendo enorme. De acuerdo a datos del INEGI y de los anexos del 5° informe presidencial, el índice de analfabetismo es de 8.3%. Sin embargo, corresponde a las mujeres el 5.1 y a los hombres el 3.2. Si estimamos que son 7 millones de analfabetas, entonces existen en nuestro país casi 4.5 millones de mujeres de 15 años en adelante que no saben leer ni escribir. Esta cifra no es para enorgullecer a cualquiera y más en el último año del tan festejado Gobierno del Cambio.

    Pero hay más todavía en esta inequidad de género. Por ejemplo, en nivel superior, 89 de cada cien mujeres mexicanas mayores a 18 años no cuentan con un grado de educación superior. Es decir, de cada cien mujeres mexicanas, apenas 9 tienen cuando menos un grado en educación superior. En postgrado solo 2 de cada mil.

    Pero esto es en educación superior. Vayamos al grueso de números para medir, en términos reales, cual es la verdadera situación de inequidad en que nos encontramos las mujeres.

    Alrededor del 48% de la población se ubica en lo que se llama el ``rezago educativo''; correspondiendo a las mujeres el 28% y a los hombres el 20%. Es decir, de acuerdo al rango de 15 años y más, algo así como 26 millones de mujeres y 19 de hombres no terminaron ni siquiera la primaria. No es un dato para la estadística. Es un dato para reflexionar sobre la competitividad, el empleo, la preparación, el desarrollo, la calidad humana y la defensa de los valores que tenemos como nación.

    Aún más. Se dice que se han abatido los niveles de analfabetismo. Es cierto. También que el promedio en la educación ha crecido. También es cierto.

    Sin embargo, en este desarrollo desigual y combinado, en los primeros dos deciles de población, es decir, el 20%, su promedio de educación no es mayor al 3° año de primaria, el cuarto y quinto decil al quinto de primaria.

    Es decir el 50% de la población en México no tiene ni siquiera un nivel de educación de quinto de primaria. De este 50%, las mujeres representamos poco más del 30%.

    Los indicadores no son para lamentarnos, ni para la nota mediática. Son para la reflexión y para generar nuevas ideas, más imaginación para enfrentar estos retos, donde las mujeres, debemos luchar por una nueva cultura de género donde siempre exijamos quedar incluidas.

    La educación históricamente en nuestro país ha sido un asunto de Estado. En el Estado estamos incluidas las mujeres. Tampoco es un asunto de moda. A las mujeres no nos interesan las ginecofilias hoy tan socorridas en un afán demagógico, tampoco las ginecocracias, pero si queremos formar parte de los grandes temas que interesan a la nación, que interesan a la República. La educación es uno de esos temas.

    Por lo anterior, como diputada federal del grupo parlamentario del PRI, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de la República y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es que vengo ante esta honorable Asamblea a presentar la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, adicionándole un último párrafo, para quedar como sigue.

    Artículo 31. Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de una efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia de servicios educativo.

    Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja.

    Durante la aplicación de estas medidas, las autoridades educativas, deberán promover acciones necesarias para que permitan alcanzar la equidad de género que garantice un desarrollo integral, se combata la discriminación y fomente una cultura con perspectiva de género.

    Transitorio

    Único. La siguiente iniciativa entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a 20 de septiembre del 2005.--- Dip. Ma. Concepción Fajardo Muñoz (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Así será, diputada. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
    CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES - LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el artículo 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

    El diputado Gonzalo Moreno Arévalo: Con su permiso, diputado Presidente: pongo a consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa de decreto, que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, atento a la siguiente exposición de motivos:

    En el pasado mes de abril, el Tribunal Electoral del Distrito Federal determinó no entrar a fondo en el asunto relativo al recurso planteado por el Partido de la Revolución Democrática contra la resolución emitida por el Instituto Electoral del Distrito Federal, resultante de una denuncia presentada por el extinto Partido Alianza Social contra la resolución del Instituto Electoral del Distrito Federal que se negaba a sancionar el secretario de Gobernación Santiago Creel Miranda, por rebasar los topes de campaña, pese a que el dictamen de la comisión que fiscaliza los recursos de los partidos políticos así lo determinaba. Ello, en razón de que supuestamente el Partido de la Revolución Democrática no pudo acreditar el interés jurídico en dicha controversia, lo cual es una opinión o criterio que no es compartido, toda vez que si los partidos políticos son entes de interés público y la función que desempeñan, por consecuencia, también lo es del interés general, máxime tratándose de cuestiones de fiscalización de los recursos que manejan los partidos y las agrupaciones políticas, así como a sus candidatos.

    Segundo. Ha sido evidente el interés general manifestado por la sociedad en el sentido de trasparentar, justificar de manera satisfactoria qué hacen los institutos políticos con los recursos públicos que se les asignan, pero en especial el hecho de que sus actuaciones sean honestas, justas, leales y transparentes, que garanticen de manera efectiva el ejercicio de la democracia en México. Sin embargo, las limitaciones de la ley y las redacciones laxas de la misma permiten en muchos de los casos que la justicia se vea limitada.

    Tercero. En tal virtud, resulta claramente evidente la necesidad que existe actualmente de modificar la legislación para que quede de manera clara el interés jurídico-legal, en su caso difuso, que poseen todas las instituciones políticas en el ámbito de la pluralidad y las vigilancias mutuas que se deben ejercer y que considera la norma en el actual sistema de partidos, en razón de lo cual si bien es verdad que el propio artículo 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé que un partido político, aportando elementos de prueba pueda pedir al Consejo General del Instituto que se investiguen las actividades de otros partidos políticos o de alguna agrupación política cuando incumplan sus obligaciones de manera grave o sistemática.

    También resulta ser cierto que este concepto o facultad es limitativo por el hecho de no considerar también a sus candidatos, pero además que, para efectos de la legitimación ante una eventual negativa infundada de los órganos electorales de conocer o de obrar en consecuencia en estricto apego a la norma, esta acción u omisión no pueda ser impugnada por los demás actores políticos en la instancia judicial ante lo considerado por el artículo 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, lo cual literalmente dice lo siguiente:

    ``1. La presentación de los medios de impugnación corresponde: a) A los partidos políticos a través de sus representantes legítimos, entendiéndose por éstos los registrados formalmente ante el órgano electoral responsable cuando éste haya dictado el acto o la resolución impugnados. En este caso, sólo podrán actuar ante el órgano del cual estén acreditados.

    2. Los miembros de los comités nacionales, estatales, distritales, municipales o sus equivalentes según corresponda, en este caso, deberán acreditar su personalidad con el nombramiento hecho de acuerdo con los estatutos del partido; y

    3. Los que tengan las facultades de representación conforme a estatutos o mediante poder otorgado en escritura pública por los funcionarios del partido facultado para ello. b) Los ciudadanos y los candidatos por su propio derecho, sin que sea admisible representación alguna; los candidatos deberán acompañar el original o copia certificada del documento en que conste su registro y las organizaciones o agrupaciones políticas o de ciudadanos a través de sus representantes legítimos, de conformidad con los estatutos respectivos o en los términos de la legislación electoral o civil aplicable.''

    Lo anterior es ``y no establece una limitación clara respecto de lo que el impugnante en las instancias subsecuentes debe acreditar su interés legítimo por ser parte del principio en la controversia, tampoco da la facultad de hacerlo conforme a los criterios que establece el Tribunal Electoral, por lo que se precisa especificar que en ciertos casos en los cuales se discutan cuestiones de interés social general puedan ser proseguidos por los demás entes políticos en razón de preservar su interés general, que no es exclusivo de algún partido o agrupación política o, en su caso, candidato ciudadano en lo específico''. Por lo anteriormente expuesto, someto respetuosamente a la elevada consideración de esta soberanía

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para quedar de la siguiente forma:

    Artículo Único. Se reforman los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

    El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el artículo 40, queda de la siguiente forma: 1. Un partido político, agrupación política o candidato, aportando elementos de prueba, podrá pedir al Consejo General del Instituto que se investiguen las actividades de otros partidos políticos, de una agrupación política o un candidato cuando incumplan sus obligaciones de manera grave o sistemática.

    La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en el artículo 13: La presentación de los medios de impugnación corresponde a:

    Tratándose de asuntos en los cuales impliquen intereses generales como la fiscalización a los partidos políticos o el incumplimiento de las obligaciones legales en el ámbito de las campañas políticas, cualquier partido político, agrupación política o candidato podrá proseguir los juicios y recursos legales, teniéndolos por acreditado el interés legal y jurídico, aun cuando no fueren parte en primera instancia.

    Transitorios. Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Dado en el Palacio de San Lázaro, a los 20 días del mes de septiembre de 2005. Atentamente, el de la voz, diputado Gonzalo Moreno Arévalo. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del PRI

    Gonzalo Moreno Arévalo, con las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de la República; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a su consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa decreto que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, atento a la siguiente

    Exposición de Motivos

    Primero.- En el pasado mes de abril el Tribunal Electoral del Distrito Federal determino no entrar al fondo del asunto relativo al recurso planteado por el Partido de la Revolución Democrática en contra de la resolución emitida por el Instituto electoral del Distrito Federal, resultante de una denuncia presentada por el extinto Partido Alianza Social, en contra de la resolución del Instituto Electoral del Distrito Federal, que se negaba a sancionar al actual Secretario de Gobernación Santiago Creel Miranda, por rebasar los topes de Campaña, pese a que el dictamen de la Comisión que fiscaliza los recursos de los Partidos Políticos así lo determinaba. Ello en razón de que supuestamente el Partido de la Revolución Democrática no pudo acreditar el interés jurídico en dicha controversia, lo cual es una opinión o criterio que no es compartido, toda vez que si los Partidos Políticos son entes de interés público y la función que desempeñan por consecuencia también lo es del interés general, máxime en tratándose de cuestiones de fiscalización a los recursos que manejan los partidos y agrupaciones políticas así como sus candidatos.

    Segundo.- Ha sido evidente el interés general manifestado por la sociedad en el sentido de transparentar y justificar de manera satisfactoria que es lo que hacen los institutos políticos con los recursos públicos que se les asigna, pero en especial el hecho de que sus actuaciones sean honestas, justas, legales y transparentes, que garanticen de manera efectiva el ejercicio de la democracia en México, sin embargo las limitaciones de la ley y las redacciones laxas de la misma permiten en muchos de los casos que la justicia se vea limitada.

    Tercero.- En tal virtud resulta claramente evidente la necesidad que existe actualmente de modificar la legislación para que quede de manera clara el interés jurídico legal y en su caso difuso que poseen todos las instituciones políticas en el ámbito de la pluralidad y las vigilancias mutuas que se deben ejercer y que contempla la norma en el actual sistema de partidos, a razón de lo cual, si bien es verdad que el propio artículo 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé que ``Un partido político, aportando elementos de prueba, podrá pedir al Consejo General del Instituto se investiguen las actividades de otros partidos políticos o de una agrupación política cuando incumplan sus obligaciones de manera grave o sistemática.'' También resulta ser cierto que este concepto o facultad es limitativo, por el hecho de no contemplar también a sus candidatos, pero además por que para efectos de la legitimación ante una eventual negativa infundada de los órganos electorales de conocer o de obrar en consecuencia en estricto apego a la norma, esta acción u omisión no pueda ser impugnada por los demás actores políticos en la instancia judicial ante lo contemplado por el artículo 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el cual literalmente dice lo siguiente:

    ``Artículo 13

    1. La presentación de los medios de impugnación corresponde a:

    a) Los partidos políticos a través de sus representantes legítimos, entendiéndose por éstos:

    I. Los registrados formalmente ante el órgano electoral responsable, cuando éste haya dictado el acto o resolución impugnado. En este caso, sólo podrán actuar ante el órgano en el cual estén acreditados;

    II. Los miembros de los comités nacionales, estatales, distritales, municipales, o sus equivalentes, según corresponda. En este caso, deberán acreditar su personería con el nombramiento hecho de acuerdo a los estatutos del partido; y

    III. Los que tengan facultades de representación conforme a sus estatutos o mediante poder otorgado en escritura pública por los funcionarios del partido facultados para ello.

    b) Los ciudadanos y los candidatos por su propio derecho, sin que sea admisible representación alguna. Los candidatos deberán acompañar el original o copia certificada del documento en el que conste su registro; y

    c) Las organizaciones o agrupaciones políticas o de ciudadanos, a través de sus representantes legítimos, de conformidad con los estatutos respectivos o en los términos de la legislación electoral o civil aplicable.

    Lo anterior, si bien no establece una limitación clara respecto de que el impugnante en las instancias subsecuentes deba acreditar su interés legitimo por ser parte desde el principio en la controversia, tampoco da la facultad de hacerlo conforme a los criterios que establece el Tribunal Electoral, por lo que se precisa especificar que en ciertos casos en los cuales se discutan cuestiones de interés social general, puedan ser proseguidos por los demás entes políticos en razón de preservar un interés general, que no es exclusivo de algún partido agrupación política, o en su caso de candidato o ciudadano alguno en lo especifico.

    Cuarto.- Ante tales necesidades y demandas sociales, en consecuencia se propone la reforma a los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para preservar el interés general en el cumplimiento de la normatividad electoral en tratándose de asuntos que no afecten los derechos o intereses determinados y personales de candidatos o ciudadanos en forma definida e individual.

    Por lo anteriormente expuesto, someto respetuosamente a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para quedar de la siguiente forma:

    Artículo Único: Se reforman los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

    Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

    Artículo 40

    1. Un partido político, agrupación política o candidato, aportando elementos de prueba, podrá pedir al Consejo General del Instituto se investiguen las actividades de otros partidos políticos, de una agrupación política o un candidato cuando incumplan sus obligaciones de manera grave o sistemática.

    Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral

    Artículo 13

    1. La presentación de los medios de impugnación corresponde a:a) ...:I. a la III. ...

    Tratándose de asuntos en los cuales se impliquen intereses generales como la fiscalización a los partidos políticos o el incumplimiento de las obligaciones legales en el ámbito de las campañas políticas, cualquier partido político, agrupación política, o candidato podrá proseguir los juicios y recursos legales, teniéndoles por acreditado el interés legal y jurídico, aun cuando no fueren parte en primera instancia

    Transitorios

    Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de septiembre del 2005. --- Dip. Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
    PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores: esta Presidencia acaba de recibir oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite minuta proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 28 al 30 de septiembre de 2005 a efecto de que realice una visita de trabajo a las ciudades de Vancouver, provincia de Columbia Británica, y Calgary, provincia de Alberta, Canadá.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- México. DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta con proyecto de decreto por el que se autoriza permiso al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 28 al 30 de septiembre de 2005, a fin de que realice una visita de trabajo a las ciudades de Vancouver, Provincia de Columbia Británica, y Calgary, Provincia de Alberta, Canadá.

    Atentamente.

    México, DF, a 20 de Septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- México. DF.

    Minuta Proyecto de Decreto

    Articulo único. Se concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para ausentarse del territorio nacional del 28 al 30 de septiembre de 2005, a fin de que realice una visita de trabajo a las ciudades de Vancouver, Provincia de Columbia Británica, y Calgary, Provincia de Alberta, Canadá.

    Transitorio

    Unico. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 20 de septiembre de 2005.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 20 de septiembre de 2005.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia turna la minuta a la Comisión de Relaciones Exteriores.
    LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes:

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II, denominado ``De los Derechos'', de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, le fue turnado para su análisis y dictamen la iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada por el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1, 2 fracción III y numeral 3; 45 en su numeral 6 fracción f) ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 65, 83, 87 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para conocer del asunto en cuestión, por lo que se abocó el estudió y análisis del mismo con base en los siguientes:

    ANTECEDENTESI. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el día 2 de diciembre de 2004 el Diputado Jorge Kahwagi Macari, a nombre de los diputados que integran el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 5 de la ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

    II. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó para su análisis y dictamen la proposición de referencia a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

    III. La Secretaria Técnica de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, elaboró un anteproyecto de dictamen, mismo que fue entregado con fecha 24 de Febrero de 2005, a los integrantes de la Comisión, a efecto de recibir sus comentarios y observaciones, a más tardar el 3 de Marzo de 2005, con la finalidad de que fuesen considerados para la elaboración del dictamen correspondiente.

    IV. En tal virtud el día 9 de Marzo del año en curso, fue distribuido a los Diputados integrantes de las Comisiones Unidas el Dictamen de la Iniciativa que nos ocupa con las diversas observaciones de los Diputados Integrantes contenidas en el mismo y con la finalidad de someterlo al análisis y discusión.

    V. Con fecha 9 de Marzo de 2005, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables aprobó el dictamen sobre la iniciativa en cuestión.

    CONSIDERANDO

    1. Que el aumento de la población de adultos mayores es un hecho indiscutible y por ello, se ha convertido en una preocupación pública por la que la sociedad debe garantizar a todos sus miembros un conjunto de derechos fundamentales derivados de la dignidad de la persona humana.; siendo la familia el núcleo básico de la formación de las personas y de la solidaridad social y ella debe ser apoyada con acciones concretas por parte del Estado.

    2.- Que el incremento de la expectativa de vida, gracias a los adelantos médicos, científicos y tecnológicos representa, para México, el desafío de generar nuevas formas de relación, que contemplen una sociedad en la cual el respeto, la solidaridad, la justicia y la equidad sean prioridad.

    3.- Que de acuerdo con datos del Consejo Nacional de Población (CONAPO) en México existen 7.9 millones de individuos longevos. Los adultos mayores tiene un crecimiento medio anual de 3.30 por ciento a 3.56 por ciento, por lo que el índice de envejecimiento es de 61.89 por ciento a nivel nacional. El CONAPO prevé que en nuestro país para el año 2005 habrá 8.1 millones de ancianos, en 2025 se incrementará a 18.4 millones y en 2050 serán 36.2 millones. Asimismo, el Consejo Nacional de Población establece que 54.80 por ciento de los individuos de 60 años y más viven en zonas urbanas por sobre 45.20 por ciento que están en áreas rurales. El mayor grupo de edad dentro de este sector es el que considera a los habitantes de 60 a 69 años, que representa el 55.50 por ciento de la proporción total. El restante 44.50 por ciento tiene 70 años y más.

    4.- Que adicionalmente, el INEGI señala que 41.50 por ciento de todas las personas mayores de 60 años en nuestro país vive con alguna discapacidad, sea motriz (55.10 por ciento), visual (30.50 por ciento), auditiva (21 por ciento), mental (3.70 por ciento), de lenguaje (1.40 por ciento) u otra (0.40 por ciento). El 16.28 por ciento de los ancianos mayores de 70 años requiere apoyo por sus necesidades especiales, independientemente de si son de sexo masculino (16.48 por ciento) o femenino (16.76 por ciento), siendo el índice de dependencia de las personas longevas en México es de 12.14 por ciento, de éstas 23.10 por ciento vive en un núcleo familiar.

    5.- Que los adultos mayores enfrentan diversos problemas y circunstancias como son discapacidad, abandono, maltrato, violencia, indigencia, enfermedades crónico degenerativas, falta de recursos para vivir con dignidad, entre otros, por lo que esta situación, demanda una sociedad que promueva que los adultos mayores sigan manteniendo su autonomía e independencia y que les permita estar vigentes y dar un pleno sentido a su vida. Debiendo responder a las necesidades de las personas adultas mayores y al mismo tiempo, reconsiderar el papel que, tanto las mujeres como los hombres de edad avanzada, desempeñan en nuestra sociedad y así poder brindarles una mejor calidad de vida a través de la creación de zonas adecuadas, entornos seguros y propicios y el acceso y atención preferente a los servicios.

    6.- Que a nivel internacional, el envejecimiento ha figurado en la agenda de la Organización de las Naciones Unidas desde la aprobación del Plan Internacional de Acción sobre el Envejecimiento por los estados miembros de la ONU en Viena en 1982(1). Este plan recomendó a los Estados tomar las medidas necesarias en sectores tales como el empleo y la seguridad económica, la salud y la nutrición, la vivienda, la educación y el bienestar social.

    7.- Que en 1991 la Organización de las Naciones Unidas decretó una serie de principios en favor de las personas de edad. Éstos fueron aprobados y establecían normas universales para las personas de edad en cinco ámbitos principales: independencia, participación, atención, realización personal y dignidad y un año después, en 1992, fue aprobada en una conferencia internacional la Proclamación sobre el envejecimiento.

    Esta conferencia estableció la orientación general para seguir aplicando el Plan de Acción y proclamó 1999 como el Año Internacional de las Personas de Edad. El lema y eje central de ese año fue la necesidad de crear ``una sociedad para todas las edades'', aquélla en donde las actitudes, políticas y prácticas en todos los niveles y sectores permitieran a las personas envejecer con seguridad y dignidad, para que continuaran participando en sus sociedades como ciudadanos de pleno derecho, contribuyendo al desarrollo y, al tiempo, se beneficiándose del mismo.

    8.- Que durante estos años la ONU identificó que en los países en desarrollo, el ritmo de envejecimiento es más rápido; pues se prevé que en los próximos 50 años la población de personas de edad se cuadruplique. Por ello y en opinión de la ONU, esas naciones tienen que hacer frente a restricciones de recursos, al mismo tiempo que se confrontan los retos simultáneos de desarrollo y envejecimiento de la población.

    9.- Que el 4 de diciembre de 2000, por recomendación del Consejo Económico y Social, la Asamblea General decidió convocar la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento en Madrid, España del 8 al 12 de abril de 2002. Esta reunión se celebró con motivo del 20° aniversario de la Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento que tuvo lugar en Viena en 1982.

    Siendo la finalidad de esta Asamblea fue la de crear una nueva estructura para el envejecimiento y transformarla en políticas específicas. Asimismo, se examinaron los resultados de la primera Asamblea Mundial y se inicio el proceso de actualización del Plan de Acción Internacional de 1982 y la elaboración de un plan internacional a largo plazo sobre el envejecimiento. Su punto de partida se basó en que la tendencia global de vivir más años era un logro histórico que debía reflejarse tanto en el manejo de nuestras economías como en la organización de nuestras sociedades y en la vida de la gente.

    10.- Que a pesar de la existencia de estos compromisos y de las metas planteadas por los países pareciera que al tema del envejecimiento aún no se le da la importancia que requiere. Aún estamos lejos de responder a las medidas establecidas en el marco internacional como es la estricta aplicación de los contenidos de la Declaración de Derechos Humanos respecto a la plena inclusión de las personas mayores en la vida social y económica, así como del aprovechamiento de sus capacidades y experiencias y la defensa de sus derechos ante cualquier tipo de discriminación.

    11.- Que cerca de dos terceras partes de la población mundial de personas adultas mayores viven en países en desarrollo y a diferencia de los Estados de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), éstos países están envejeciendo antes de alcanzar la prosperidad. Las cumbres sobre desarrollo de la ONU que tratan temas que se encuentran directamente vinculados con el tema del envejecimiento como el desarrollo social, la pobreza, mujeres y población, revelan cierta indiferencia frente a las personas adultas mayores, quienes aparecen como un grupo especial que requiere apoyo asistencial.

    12.- Que en la actualidad, una de cada diez personas en el mundo tiene 60 y más años y para el año 2050 se prevé que esta proporción se duplicará. Adicionalmente, la propia población mayor está envejeciendo: los mayores de 80 y más años constituyen el 11% de la población de 60 y más años. Otra característica de este envejecimiento es que la mayoría de las personas mayores son mujeres (55%), situación especialmente notoria entre quienes tienen 80 y más años (el 65% de las cuales son de sexo femenino). Según las proyecciones vigentes del Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (Celade) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe Cepal, las personas de 60 o más años son casi un 7.5% de la población total; es decir, uno de cada trece latinoamericanos es adulto mayor y se estima que en el año 2020 dicho grupo será un 12% de la población.

    13.- Que el entorno en que viven las personas de edad se torna sumamente importante a medida que envejecen, pues los lugares que se consideran como adecuados pueden convertirse en una carrera de obstáculos para las personas de edad. A medida que las personas de edad envejecen, la discapacidad se torna más común y la movilidad más y más limitada, con lo cual se reduce la accesibilidad y se requieren de zonas adecuadas, entornos seguros y propicios y acceso y atención preferente a los servicios son necesidades básicas para que las personas adultas mayores tengan una mejor calidad de vida.

    14.- Que un entorno físico que tengan en cuenta a las personas ancianas pueden establecer la diferencia entre independencia y dependencia, cuando por ejemplo, los ancianos que viven en un entorno inseguro o en zonas con múltiples barreras físicas son menos proclives a salir y, por tanto, son más propensas al aislamiento, a la depresión, y también a tener un peor estado físico y más problemas de movilidad, siendo urgente responder a las necesidades de las personas adultas mayores.

    MODIFICACIONES DE LA COMISION DICTAMINADORA

    Primero.- Los integrantes de la Comisión que dictaminan, comparten el espíritu y preocupación de los diputados de pugnar por una sociedad más sensible, e incluyente que derive en una nueva cultura de respeto y valorización del adulto mayor. De igual forma, se comparten los comentarios vertidos, respecto de la grave problemática que día a día enfrentan los adultos mayores y sobre todo las barreras arquitectónicas y falta de accesibilidad que muchas veces propicia la marginación y exclusión.

    Segundo.- Que el objeto fundamental de la propuesta es adicionar una fracción IX al artículo 5, del Capítulo II denominado ``De los Derechos'', de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para garantizar a las personas adultas mayores el derecho de accesos a los servicios'' como son:

  • Tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público.

  • El que los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado.

  • Y a contar con asientos reservados en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

    En tal virtud, se considera más apropiado modificar la parte que se refiere a contar con asientos reservados en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros, por asientos preferentes.

    Lo anterior ya que de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española reservar, en una de sus acepciones significa: ``Destinar un lugar o una cosa de modo exclusivo, para uso o persona determinada'' Si bien, es obvia la intención de los diputados proponentes, es difícil en la práctica pensar que un lugar permanezca vacío para ser ocupado, cuando existe demanda de lugares y espacios; por lo contrario ``preferente'' conlleva a tener primacía o ventaja sobre algo o sobre alguién, ya sea en el valor o por merecimiento, situación que se viene llevando a cabo en diversos lugares y trasportes.

    Asimismo, y toda vez que al establecer el legislador el derecho a las personas adultas mayores de que ``los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado'' implica realizar y llevar a cabo una serie de adecuaciones y modificaciones para dar cumplimiento con la ley; es necesario ampliar la entrada en vigor del decreto en caso de ser aprobado por el pleno de la Cámara, para que quienes tienen a su cargo brindar dichos servicios, puedan cumplir con el mandato emanado por el legislativo y no ubicarse en una situación de incumplimiento a la norma.

    Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a consideración del pleno el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA FRACCIÓN IX AL ARTÍCULO 5º A LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

    Artículo Único.- Se adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II denominado ``De los Derechos'', a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

    CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS

    Artículo 5º. De manera enunciativa y no limitativa, esta ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

    I a VIII...

    IX. Del acceso a los servicios:

    a. A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público.

    b. Los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado.

    c. A contar con asientos preferentes en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor a los cuarenta y cinco días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los nueve días del mes de marzo de dos mil cinco.--- Firman el presente dictamen, diputados: Adriana González Furlong (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica), secretario; Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), secretaria; Homero Ríos Murrieta (rúbrica), secretario; Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), secretario; Pablo Anaya Rivera, Gaspar Ávila Rodríguez (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica), Emilio Badillo Ramírez, Virginia Yleana Baeza Estrella (rúbrica), Abraham Bagdadi Estrella, Álvaro Burgos Barrera (rúbrica), Florencio Collazo Gómez (rúbrica), Santiago Cortés Sandoval (rúbrica), Ma. Hilaria Domínguez Arvizu, Manuel González Reyes (rúbrica), Ma. del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Ma. Isabel Maya Pineda (rúbrica), Alfonso Moreno Morán (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana, Omar Ortega Álvarez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), Martha Leticia Rivera Cisneros, Benjamín Sagahón Medina (rúbrica), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Norma Elizabeth Sotelo Ochoa (rúbrica), Guillermo Tamborrel Suárez, Ma. Mercedes Rojas Saldaña.»

    Es de primera lectura.


    CODIGO DE COMERCIO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DEROGA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 12 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Jesús Nader Nasrallah del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura, el 28 de abril de 2005. Lo anterior, en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 28 de abril de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Jesús Nader Nasrallah del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    TERCERO. Mediante oficio CE/1485/05, de fecha 11 de mayo de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta Iniciativa.

    CUARTO. El legislador propone lo siguiente:

    Permitir a toda persona que haya sido considerada culpable por las instancias judiciales competentes, se reintegre a la sociedad como miembro productivo, en lugar de restringirle su libertad de ejercer el comercio.CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

    SEGUNDO. Que la Constitución de nuestro país, en el artículo 5º garantiza la libertad de trabajo, y no manifiesta derecho al Estado para restringirla por alguna condición en el pasado del ciudadano, esto se trata de una cuestión de respeto a la dignidad humana, como lo salvaguardan los derechos humanos, que son inherentes y propios de cada individuo.

    TERCERO. Que nuestro país cuenta con legislaciones del orden penal, que son las encargadas de administrar las penas a los delitos, además, nuestro derecho cuenta con importantes avances en esta materia, incluso posee un ordenamiento especializado en las responsabilidades de los servidores públicos, a diferencia de septiembre de 1889, cuando fue promulgado el Código de Comercio.

    CUARTO. Que resulta relevante considerar que la misma Declaración Universal de los Derechos Humanos enuncia en el artículo 23, numeral 1 que ``toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo''.

    QUINTO. Que a las personas que fueron consideradas culpables, a criterio de un juez, y después de concluir un proceso judicial, es imprescindible que no se les obstruya su readaptación social, vedándoles el ejercicio de un derecho universal, consistente en la libertad de trabajo, ya que esto representaría una señal de desconfianza al sistema judicial y penitenciario mexicano.

    SEXTO. Que prohibir que se dediquen al ejercicio del comercio, quienes fueron sentenciados por delitos contra la propiedad, quedarían excluidos y discriminados de reintegrarse a la sociedad con un modo honesto de vivir, lo que pudiera fomentar la corrupción, al dejar que los impedidos para ejercer el comercio, pudiesen buscar formas o métodos para evadir tal requisito.

    SÉPTIMO. Que se considera innecesaria la derogación de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, en virtud de que la garantía individual consignada en el diverso artículo 5° Constitucional, puede ser salvaguardada mediante una simple acotación que establezca el periodo de tiempo durante el cual, el condenado por sentencia ejecutoriada por delitos en contra de la propiedad, encontrará suspendido su derecho para ejercer el comercio.

    OCTAVO. Que los delitos contra la propiedad, la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión, son conductas que se realizan principalmente para obtener un beneficio económico ilícito para si o para otro; por lo que se considera necesario que mientras los responsables de dichas conductas sean readaptados, se les prohíba ejercer el comercio.

    NOVENO. Que la derogación a la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, implicaría un estado de impunidad a aquellos comerciantes que abusando de dicho carácter, han cometido conductas ilícitas, incluyendo dentro de ellos, a aquellos servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones se han beneficiado ilícitamente.

    DÉCIMO. Que los CC. Diputados que integran la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que es fundamental que todas aquellas personas que se quieran dedicar al comercio les sea permitido, por lo que la adición del segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, es una medida importante para el cumplimiento de los derechos humanos, universalmente aceptados, despejando el camino de una disposición hostil que violenta las intenciones ciudadanas de aspirar a un empleo digno y decoroso, como lo sería en este caso, el ejercicio del comercio.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía:

    RESUELVE

    PRIMERO. Es de aprobarse la Iniciativa presentada por el C. Diputado Jesús Nader Nasrallah, en los términos del presente Dictamen.

    SEGUNDO. La Comisión de Economía presenta al Pleno de esta honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 12 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

    Artículo Único. Se adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

    Artículo 12.- No pueden ejercer el comercio:I.-...

    II.-...

    III.-Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.

    La limitación a que se refiere la fracción anterior, comenzará a surtir sus efectos a partir de que cause ejecutoria la Sentencia respectiva y durará hasta que se cumpla con la condena.

    TRANSITORIO

    Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de septiembre de 2005.--- Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), José María de la Vega Lárraga, Jaime del Conde Ugarte, José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla, Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos (rúbrica), José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y REFORMA Y ADICIONA EL ARTICULO 57 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley General de Educación; de la Comisión de Salud, con proyecto... Sí, diputado Wintilo Vega.

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): El dictamen que acaba de dar como primera lectura de la Comisión de Hacienda y que tiene que ver con asuntos educativos y el Impuesto al Valor Agregado es un dictamen que surgió sin que hubiera sesionado la Comisión de Hacienda. Me gustaría que preguntara al Presidente de la Comisión si sesionó la Comisión porque, incluso, no lo manda el Presidente de esa Comisión; lo turnó otro diputado, no el diputado Presidente de esa Comisión. Le pediría que hicieran la rectificación con el Presidente de la Comisión.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Wintilo Vega: está el día de hoy el dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria. Entiendo que en la sesión de la Mesa Directiva del próximo jueves tendremos que abordar el asunto, de tal suerte de ver y de verificar, en caso de que exista alguna anormalidad o ilegalidad en la entrega de este dictamen, poderlo regresar a la Comisión para que se resarza dicha ilegalidad.

    El diputado Wintilo Vega Murillo (desde la curul): Es que si da usted por hecha la primera lectura, ya no puede resarcir el trámite parlamentario. No creo que haya ningún inconveniente en que se esperara a verificar si sesionó la Comisión de Hacienda. No pasaría nada; y que el jueves, en la reunión de la Directiva, sea el trámite. Pero si no, estaría usted dando por válido un dictamen donde no hubo sesión de la Comisión.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado Wintilo, no creo que sea el argumento. Más bien, sería el deseo de esta Presidencia atender la petición de un vicecoordinador de un grupo parlamentario que pertenece a la Junta de Coordinación Política. Tengo en las manos el dictamen y tiene 19 firmas, 23 firmas. Pudiese ser que esta Presidencia lo diese por válido. Sin embargo, basta la petición de un grupo parlamentario para que lo retiremos del listado de las primeras lecturas. Con ese argumento, esta Presidencia retira ese dictamen de la primera lectura. Sonido en la curul de la diputada Tatiana Clouthier.

    La diputada Tatiana Clouthier Carrillo (desde la curul): Sumándome al comentario que hace el diputado Wintilo Vega, quisiera comentar que aquí viene una reforma que se propone de la Ley General de Educación, artículo 57, en el mismo dictamen, y no fue turnada ni considerada en la Comisión de Educación. Pediría que se considerara dar turno a la parte que compete a la Comisión de Educación, por favor.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, esta Presidencia retira del orden del día de esta sesión dentro de los dictámenes por listarse como de primera lectura éste, que ha ocasionado la petición del diputado Wintilo Vega y que usted secunda.

    La diputada Tatiana Clouthier Carrillo (desde la curul): Preguntaría con esto... si con esto estoy dando por entendido que se daría trámite también para que la Comisión de Educación pudiera tener parte o la parte que corresponde al dictamen.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Retirándolo del listado de la primera lectura, revisaremos que ese dictamen, en cuanto nos llegue, venga por los conductos legales previstos y que sea de ambas comisiones, como fue turnado originalmente.
    LEY GENERAL DE SALUD

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de la LIX Legislatura, fue turnado para su estudio y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar los artículos 77 Bis 4, 77 Bis 21 y octavo transitorio del 15 de mayo de 2003 de la Ley General de Salud, presentada por el diputado José Erandi Bermúdez Méndez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    Los integrantes de la Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea, el dictamen relativo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto antes mencionada, el cual se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo en turno para la elaboración del dictamen respectivo, así como de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO'', se sintetiza el alcance de la Iniciativa con Proyecto de Decreto en estudio.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

    I. ANTECEDENTES.

    En sesión celebrada por el pleno de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura el 8 de Febrero del año 2005, el Diputado José Erandi Bermúdez Méndez, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar los artículos 77 Bis 4, 77 Bis 21 y octavo transitorio del 15 de mayo de 2003 de la Ley General de Salud.

    En la misma fecha, la Mesa Directiva turnó la Iniciativa con Proyecto de Decreto a la Comisión de Salud de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LIX Legislatura.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    En su iniciativa, el Diputado manifiesta que la supervivencia, protección y participación de la niñez son elementos esenciales para el desarrollo y progreso nacional, por lo que debe hacerse especial énfasis en procurar la garantía del goce de los derechos de la niñez y la adolescencia, de tal modo que debe ampliarse la cobertura y la calidad de los servicios dirigidos a los mismos, particularmente los de Protección Social, por su orientación a la justicia social.

    Asegura que es decisivo articular políticas de protección social para garantizar, la salud de los niños desprotegidos que no cuenten con ningún sistema de seguridad social, a fin de incorporarlos al Seguro Popular, que tiene origen en la necesidad de ofrecer una opción de aseguramiento público en materia de salud a familias y los ciudadanos, que por su condición laboral y socioeconómica, no son derechohabientes de las instituciones de seguridad social, como es el caso de los niños huérfanos.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. El desarrollo y bienestar de las comunidades humanas esta condicionado por un valor fundamental e indispensable en todo ser humano, la salud. El artículo 4, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que para hacer efectiva esta prerrogativa, el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes.

    B. Coincidimos en que la supervivencia, protección y participación de la niñez son elementos esenciales para el desarrollo y progreso nacional y que se debe procurar la garantía del goce de los derechos de la niñez y la adolescencia.

    También reconocemos que es menester mejorar la cobertura y la calidad de los servicios, entre ellos, la Protección Social, la cual es parte de una visión de Política y Estrategia Integral que compromete la cultura de la solidaridad, la puesta en marcha de una economía productiva con capacidad de crecimiento sostenido y el sentido preciso de la justicia social.

    Así mismo, concordamos en el sentido de que debemos incorporar al Seguro Popular a los niños que se encuentran desprotegidos y que no cuenten con ningún sistema de seguridad social, ya que constituyen un sector sumamente vulnerable.

    C. Según datos de la UNICEF, México es el más poblado de los países donde se habla español; cuenta con casi 102 millones de habitantes, de los cuales 24 millones viven en pobreza extrema. Alrededor de un 43.5% de la población son niños y niñas menores de 18 años y de esos, 11 millones, aproximadamente, son menores de 5 años.

    Como resultado de la falta de acceso a los servicios sociales básicos y las condiciones de pobreza que persisten en el país, cada año mueren en el mundo más de 10 millones de niños menores de 5 años, casi el 50% de ellos en el período neonatal, a causa de enfermedades prevenibles y malnutrición.

    D. Es importante señalar que si bien los niños constituyen un grupo de riesgo por las características propias de la edad, aún entre ellos hay grupos más vulnerables, como es el caso de los menores expósitos y abandonados, los primeros, de conformidad con lo establecido en el artículo 492 del Código Civil Federal, son aquellos que son colocados en una situación de desamparo por quienes conforme a la ley estén obligados a su custodia, protección y cuidado y no pueda determinarse su origen; los segundos son aquellos cuyo origen se conoce.

    De acuerdo al artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por nuestro país el 26 de enero de 1990, posteriormente ratificada el 21 de septiembre de 1990 y vigente desde esa misma fecha, México reconoce el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Así mismo, se compromete a asegurarse de la plena aplicación de este derecho, adoptando medidas dirigidas a reducir la mortalidad infantil; asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria a todos los niños; combatir las enfermedades y la malnutrición; desarrollar la atención sanitaria preventiva, entre otras.

    E. Por otro lado, nuestra legislación federal cuenta con una Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyo artículo 28, dentro del apartado correspondiente al derecho a la salud, contempla que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud y que las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinados a fin de reducir la mortalidad infantil, asegurarles asistencia médica y sanitaria para la prevención, tratamiento y la rehabilitación de su salud, combatir la desnutrición, entre otros.

    Un avance importante en la atención a grupos vulnerables de nuestro país fue la entrada en vigor del Seguro Popular, programa de carácter público cuyo objetivo principal es brindar protección financiera a la población sin seguridad social a través de un esquema de aseguramiento para fomentar la atención oportuna de la salud y la reducción del pago de bolsillo.

    F. Pese a lo anterior, y a que otras leyes otorgan ciertas protecciones a los menores que están colocados en una situación de desamparo, es preciso manifestar que en la Ley General de Salud vigente no se expresa textualmente el beneficio dirigido a este sector vulnerable en lo referente a la Seguridad Social, o dicho con mayor precisión, respecto al Seguro Popular de Salud, de modo tal que los menores pertenecientes a este grupo vulnerable, que no tienen los recursos para pagar las cuotas de recuperación, quedan excluidos del acceso a los servicios de salud, aumentando con ello su situación de riesgo.

    G. Por lo tanto, consideramos necesaria las reformas a la Ley General de Salud que permitan que cualquier institución de asistencia social pueda afiliar los expósitos y abandonados a su cargo, a fin de que éstos puedan ejercer plenamente su derecho a la protección de la salud por parte del Estado a través del Sistema de Seguridad Social, sin la carga que representa para ellos y para las propias instituciones las cuotas de recuperación.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Primero.- Se adicionan los artículos 77 bis 4, con un último párrafo y 77 bis 21, con un último párrafo a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 77 bis 4. ...

    I. a IV.

    ...

    ...

    ...

    Las instituciones públicas y privadas de asistencia social podrán afiliar los expósitos y abandonados a su cargo en los términos dispuestos por el reglamento.

    Artículo 77 bis 21. ...

    ...

    Se exime de las cuotas familiares a las instituciones públicas y privadas de asistencia social que incorporen como beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud a expósitos y abandonados a su cargo.

    Artículo Segundo.- Se reforma el último párrafo del artículo octavo transitorio, del Decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado el 15 de mayo de 2003, para quedar como sigue:

    Artículo Octavo. ...

    ...

    La cobertura de los servicios de protección social en salud iniciará dando preferencia a la población de los dos primeros deciles de ingreso en las áreas de mayor marginación, zonas rurales e indígenas, de conformidad con los padrones que para el efecto maneje el Gobierno Federal. Asimismo, se dará prioridad a la incorporación de expósitos y abandonados a cargo de las instituciones públicas y privadas de asistencia social.

    TRANSITORIO.

    Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez, Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva, Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, José García Ortiz, Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Javier Manzano Salazar, Irma Sinforina Figueroa Romero, Martha Lucía Mícher Camarena, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.»

    Es de primera lectura.


    LEY GENERAL DE SALUD

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis, y deroga el 252 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    En la sesión celebrada el 28 de Septiembre de 2004, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la iniciativa para reformar los artículos 234 y 245 materia de sustancias de estupefacientes y psicotrópicos.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA INICIATIVA'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

    I. ANTECEDENTES.

    El 28 de Septiembre de 2004 el Diputado Federal José Ángel Córdova Villalobos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud.

    II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

    La iniciativa objeto del presente dictamen pretende llevar acabo reformas que permitan que la misma Ley General de Salud se adecue a las tendencias internacionales y a los tratados que México tiene celebrados en materia de fiscalización de estupefacientes y psicotrópicos, dado que algunas de las sustancias que se encuentran clasificadas internacionalmente no lo están en dicha Ley.

    Asimismo el diputado proponente establece que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes mantiene un dialogo permanente con los gobiernos, por ende la iniciativa marca en su exposición de motivos que es necesario cumplir con los compromisos internacionales e incluir los productos considerados en las listas como estupefacientes y psicotrópicos a nuestro ordenamiento jurídico.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. Durante décadas pasadas se ha venido instaurando un sistema mundial de fiscalización de las drogas objeto de uso indebido, este resultado son diversos Tratados Internacionales.

    Cada uno de los sucesivos Tratados han traído consigo una legislación complementaria y han hecho progresar el Derecho Internacional. Desde un principio, la finalidad básica de los Tratados Internacionales sobre fiscalización de estupefacientes ha sido limitar el uso de las drogas al ámbito de los fines médico y científico exclusivamente.

    B. Todos los estupefacientes y psicotrópicos son sustancias que producen efectos en el sistema nervioso central y poseen un poder terapéutico indudable en el tratamiento de padecimientos que en los últimos tiempos han cobrado mayor incidencia, tales como carcinomas, crisis de angustia, ansiedad generalizada y depresión; sin embargo también presentan un potencial de adicción que puede traducirse en su abuso o desvió para fines ilícitos, lo cual representa un grave riesgo para la salud.

    Por ende se requiere de acciones y un mayor control sanitario, que asegure la prescripción y dispensación de estos medicamentos. Para lograr esto es necesaria una constante actualización de los listados que identifican las sustancias psicotrópicas y estupefacientes a fin de facilitar la correcta clasificación de medicamentos innovadores.

    Asimismo con un eficaz control se permitirá sujetar a una mayor regulación aquellos medicamentos que presenten un potencial de adicción, abuso o desvío y coadyuvará a que México pueda adoptar con rapidez los criterios dictados por la Junta Internacional para la Fiscalización de Estupefacientes (JIFE).

    C. Cabe señalar que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), es un órgano muy importante ya que es fiscalizador independiente encargado de aplicar las Convenciones y el Convenio de las Naciones Unidas relativos a las drogas. Por ello es menester decir que el alcance de la fiscalización internacional de drogas se refleja en los Tratados Internacionales de fiscalización de drogas que controlan dos categorías de las mismas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

    Dicho órgano internacional colabora de una manera muy eficaz y controlada ya que al examinar y analizar la información que recibe de unos 190 países y territorios, la JIFE comprueba si se están aplicando los Tratados en todo el mundo de la forma más eficaz posible. Mediante la evaluación permanente de los esfuerzos nacionales, la Junta puede recomendar medidas y sugerir ajustes de los regímenes de fiscalización internacional y nacional. En caso necesario, puede recomendar a los órganos competentes de las Naciones Unidas, a los organismos especializados y a los gobiernos que presten asistencia técnica o financiera a fin de apoyar los esfuerzos que hacen los gobiernos para cumplir las obligaciones derivadas de los Tratados.

    Como vemos el sistema internacional de fiscalización funciona en general de forma satisfactoria, y las drogas producidas o fabricadas lícitamente no suelen constituir una fuente de tráfico ilícito. Los países tienen obligación de no rebasar las cantidades fijadas en las previsiones confirmadas o establecidas por la Junta. Es por ello que hablamos de un control entre Naciones acatándonos a los Tratados hechos en la materia, y es muy importante que México se sume y acate los mismos.

    D. Es menester decir la importancia que tiene la actualización de los dos artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud materia de este dictamen, ya que actualmente en México los agentes del Ministerio Público de la Federación como los Jueces se basan en los listados de dichos artículos, para la acreditación y comprobación de un ilícito relacionado con el narcotráfico, por lo que están en posibilidad de determinar la situación jurídica de las personas relacionadas con Delitos contra la Salud de manera pronta y expedita. Es por ello que se considera viable dicha iniciativa.

    E. En la Exposición de motivos de la Iniciativa de Ley se quitan las sustancias introduciendo conceptos, sin embargo consideramos que no es viable esta parte ya que podría ocasionar que quedaran lagunas legales.

    Por otra parte con motivo de la reforma a estos 2 artículos cabe mencionar que toda vez que las sustancias pertenecientes a los grupos IV y V del mencionado artículo no constituyen un riesgo importante para la salud, y tomando en cuenta sus posibilidades terapéuticas así como la ausencia de efectos de dependencia y en virtud de que las mismas no son objeto de vigilancia penal, fueron retiradas de la Ley dejando como propuesta por parte de la Comisión únicamente la relación de los tres primeros grupos.

    No obstante lo anterior, la propuesta establece que las sustancias de los grupos IV y V pudieran ser determinadas por la Secretaría de Salud mediante disposiciones generales publicadas en el Diario Oficial, agregando un párrafo al artículo 245.

    Al existir referencia a la fracción IV del artículo 245 en la Ley General de Salud en el articulo 252 de la propia Ley, es propicio señalar, que con el fin de dar congruencia y en virtud de que el artículo resultaría inaplicable al desaparecer dicha fracción cuarta del artículo 245 toda vez que no habría posibilidad de hacer la relación obligada por la redacción del artículo en comento, asimismo existe una referencia hecha por el artículo 252 que a la letra dice: ``... así como las que se prevean en las disposiciones aplicables o en las listas a que se refiere el artículo 246, cuando se trate del grupo a que se refiere la misma fracción...'', tras la desaparición del grupo IV esta referencia se torna, igualmente inaplicable, por lo que resulta inoperante la razón de ser del artículo en general toda vez que tomando en cuenta el bajo riesgo de las sustancias del mencionado grupo y sus amplios usos terapéuticos, así como la ausencia de efectos de dependencia, sería incongruente aplicar una regulación restrictiva que no encuentre un sustento claro de riesgo sanitario.

    Por otro lado se reforma el artículo 254 Bis, ya que establece lo siguiente:

    ``Artículo 254 Bis. Cuando las autoridades competentes decomisan substancias psicotrópicas o productos que las contengan, mismas que se enlistan a continuación, deberán dar aviso a la Secretaría de Salud para que expresen su interés en alguna o algunas de estas substancias:

    NALBUFINA

    PENTOBARBITAL

    SECOBARBITAL y todas las substancias de los grupos III y IV del artículo 245 de esta Ley.

    En caso de considerar que alguna o algunas de las substancias citadas no reúnen los requisitos sanitarios para ser utilizadas la Secretaría de Salud solicitará a las autoridades procedan a su incineración.

    La Secretaría de Salud tendrá la facultad de agregar a esta lista otras substancias, lo que se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación.''

    Respecto a este artículo, cabe mencionar que en la actualidad es inoperante, toda vez que las substancias a las que se refiere no pueden ser utilizadas por la Secretaría de Salud para la realización de ninguna de sus funciones, por lo que dichas substancias deben ser destruidas en virtud de que no es posible encontrarles un uso o aprovechamiento seguro. Derivado de lo anterior es que se propone la reforma al artículo 254 Bis.

    F. Debido a que a nuestros días persiste la aparición de nuevos psicotrópicos y estupefacientes que resultan nocivos para la salud, las listas de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) se encuentran en constante actualización, del mismo modo, la Ley General de Salud en esta materia tiene que estar acorde a la realidad y a la normatividad internacional que obliga a nuestro país, a fin de regular y controlar el uso ilícito de las mismas, por ello a continuación se justifica la adición de nuevas sustancias a los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud.

    G. Es de prioridad esta regulación, y debemos tener en cuenta que nuestro país debe ir a la vanguardia en el aspecto médico, por ende tenemos que apegarnos a los convenios internacionales en la materia. Y a fin de tener un mayor control sanitario sobre las sustancias psicotrópicas y estupefacientes se realiza el siguiente proyecto de Decreto.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    DECRETO QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Único. Se reforman los artículos 234, 245, y 254 Bis. y se deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 234. Para los efectos de esta Ley se consideran estupefacientes:

    ACETILDIHIDROCODEINA.

    ACETIL-ALFA-METILFENTANIL N-[1-(a-metilfenetil)-4-piperidil] acetanilida.

    ACETILMETADOL (3-acetoxi-6-dimetilamino-4,4-difenilheptano).

    ACETORFINA 3-0-acetiltetrahidro-7-a-(1-hidroxi-1-metilbutil)-6,14-endo-etenooripavina denominada también 3-O-acetil-7-a?[1(R)- hidroxi-1-metilbutil] -6,14-endo-etenotetrahidrooripavina ó 5-acetoxi-1,2,3,3a 8,9- hexahidro-2a[1(R hidroxi-1-metilbutil]3-metoxi-12-metil-3,9a-eteno 9,9b iminoetanofenantreno [4,5 bcd] furano).

    ALFACETILMETADOL (a-3-acetoxi-6-dimetilamino-4, 4-difenilheptano).

    ALFAMEPRODINA (a-3-etil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).

    ALFAMETADOL (a-6-dimetilamino-4,4 difenil-3-heptanol).

    ALFA-METILFENTANIL N-[1-(a-metilfenetil)-4-piperidil]propionanilida.

    ALFA-METILTIOFENTANIL N-[1-[1-metil-2-(2-tienil)etil]-4-piperidil] propionanilida.

    ALFAPRODINA (a-1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina).

    ALFENTANIL (N-[1-[2-(4-etil-4,5-dihidro-5-oxo-1H-tetrazol-1-il)etil]-4-(metoximetil)-4-piperidinil]-N fenilpropanamida).

    ALILPRODINA (3-alil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).

    ANILERIDINA (éster etílico del ácido 1-p-aminofenetil-4- fenilpiperidin-4-carboxílico).

    BECITRAMIDA (1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- (2-oxo-3- propionil-1-bencimidazolinil)-piperidina).

    BENCETIDINA (éster etílico del ácido 1-(2-benciloxietil)-4- fenilpiperidin-4-carboxílico).

    BENCILMORFINA (3-bencilmorfina).

    BETACETILMETADOL (â-3-acetoxi-6-dimetilamino-4,4- difenilheptano).

    BETA-HIDROXIFENTANIL N-[1-( â -hidroxifenetil)-4 piperidil]propionanilida.

    BETA-HIDROXI-3-METILFENTANIL N-[1-( â -hidroxifenetil)-3-metil-4-piperidil] propionanilida.

    BETAMEPRODINA (â -3-etil-1-metil-4-fenil-4- propionoxipiperidina).

    BETAMETADOL (â -6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanol).

    BETAPRODINA (â -1,3,dimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina).

    BUPRENORFINA (21 -- ciclopropil -- 7 - a - [ ( S ) -- 1 - hidroxi- 1, 2 , 2 --trimetilpropil ] - 6, 14 - endo-etano-6,7,8,14- tetrahidrooripavina).

    BUTIRATO DE DIOXAFETILO (etil 4-morfolín-2,2-difenilbutirato).

    CANNABIS sativa, índica y americana o mariguana, cáñamo índico, su resina, preparados y semillas.

    CETOBEMIDONA ketobemidona, (4-m-hidroxifenil-1-metil-4- propionilpiperidina) ó 1-metil-4-metahidroxifenil-4- propionilpiperidina).

    CLONITACENO (2-p-clorobencil-1-dietilaminoetil-5- nitrobencimidazol).

    COCA (hojas de). (erythroxilon novogratense).

    COCAINA (éster metílico de benzoilecgonina).

    CODEINA (3-metilmorfina) y sus sales.

    CODOXIMA (dihidrocodeinona-6-carboximetiloxima).

    CONCENTRADO DE PAJA DE ADORMIDERA (el material que se obtiene cuando la paja de adormidera ha entrado en un proceso para concentración de sus alcaloides, en el momento en que pasa al comercio).

    DESOMORFINA (dihidrodeoximorfina).

    DEXTROMORAMIDA (+)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1-pirrolidinil)butil] morfolina denominada también d-2,2-difenil-3-metil-4-morfolinbutirilpirrolidina.

    DEXTROPROPOXIFENO propionato de á-(+)-4-dimetilamino-1,2-difenil-3-metil-2-butanol y sus sales.

    DIAMPROMIDA (N-[2-(metilfenetilamino)-propil]-propionanilida).

    DIETILTIAMBUTENO (3-dietilamino-1,1-di-(2'-tienil)-1-buteno).

    DIFENOXILATO éster etílico del ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- fenilpiperidín-4-carboxílico ó 2,2 difenil-4-(4-carbetoxi-4-fenilpiperidin) butironitril.

    DIFENOXINA (ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4- fenilisonipecótico).

    DIHIDROCODEINA.

    DIHIDROETORFINA 7,8-dihidro-7-á-[1-( R )-hidroxi-1-metilbutil]-6,14-endo-etanotetrahidrooripavina.

    DIHIDROMORFINA.

    DIMEFEPTANOL (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanol).

    DIMENOXADOL 2-dimetilaminoetil-1-etoxi-1,1-difenilacetato ó a-Etoxi-a-ácido fenilbenzenacético 2-(dimetilamino)etil éster ó 2-dimetilaminoetil etoxidifenilacetato.

    DIMETILTIAMBUTENO (3-dimetilamino-1,1-di-(2'-tienil)-1-buteno).

    DIOXAFETILO (BUTIRATO DE) etil-4-morfolino-2,2-difenilbutirato.

    DIPIPANONA (4,4-difenil-6-piperidín-3-heptanona).

    DRONABINOL (6aR,10aR)-6a,7,8,10a-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzo[b,d]-pirano-1-ol.

    DROTEBANOL (3,4-dimetoxi-17-metilmorfinán-6 b,14-diol).

    ECGONINA sus ésteres y derivados que sean convertibles en ecgonina y cocaína.

    ETILMETILTIAMBUTENO (3-etilmetilamino -1,1-di(2'-tienil)-1- buteno).

    ETILMORFINA (3-etilmorfina).

    ETONITACENO (1-dietilaminoetil-2-p-etoxibencil-5- nitrobencimidazol).

    ETORFINA (7,8-dihidro-7á?[1(R)-hidroxi-1-metilbutil]O6- metil-6-14- endoetenomorfina denominada también tetrahidro-7-á-(1-hidroxi-1-metilbutil)-6,14-endo-etenooripavina).

    ETOXERIDINA (éster etílico del ácido 1-[2-(2-hidroxietoxi) etil]-4-fenilpiperidín-4-carboxílico.

    FENADOXONA (6-morfolín-4,4-difenil-3-heptanona).

    FENAMPROMIDA (N-(1-metil-2-piperidinoetil)-propionanilida) ó N- [1-Metil-2- (1-piperidinil)-etil] -N-fenilpropanamida.

    FENAZOCINA (2'-hidroxi-5,9-dimetil-2-fenetil-6,7-benzomorfán).

    FENMETRACINA (3-metil-2-fenilmorfolina) ó 2-fenil-3-metiltetrahidro-1,4-oxazina.

    FENOMORFAN (3-hidroxi-N-fenetilmorfinán).

    FENOPERIDINA (éster etílico del ácido 1-(3-hidroxi-3-fenilpropil)-4-fenilpiperidín-4-carboxílico ó 1- fenil-3-[(4'- fenil-4'- carbetoxi) piperidín]-1- propanol).

    FENTANIL (1-fenetil-4-N-propionilanilinopiperidina).

    FOLCODINA (morfoliniletilmorfina ó â-morfoliniletilmorfina).

    FURETIDINA (éster etílico del ácido 1-(2-tetrahidrofurfuriloxietil)- 4-fenilpiperidín-4-carboxílico).

    HEROINA (diacetilmorfina).

    HIDROCODONA (dihidrocodeinona).

    HIDROMORFINOL (14-hidroxidihidromorfina).

    HIDROMORFONA (dihidromorfinona).

    HIDROXIPETIDINA (éster etílico del ácido 4-m-hidroxifenil-1-metilpiperidín-4-carboxílico) ó éster etílico del ácido 1-metil-4-(3- hidroxifenil)-piperidín-4-carboxílico.

    ISOMETADONA (6-dimetilamino-5-metil-4,4-difenil-3-hexanona).

    LEVOFENACILMORFAN (-)-3-hidroxi-N-fenacilmorfinán)

    LEVOMETORFAN (-)-3-metoxi-N-metilmorfinán)

    LEVOMORAMIDA (-)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil]-morfolina), ó (-)-3-metil-2,2 difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).

    LEVORFANOL (-)-3-hidroxi-N-metilmorfinán).

    METADONA (6-dimetilamino-4,4-difenil-3-heptanona).

    METADONA, intermediario de la (4-ciano-2-dimetilamino-4, 4- difenilbutano) ó 2-dimetilamino-4,4-difenil-4-cianobutano).

    METAZOCINA 2´-hidroxi-2,5,9-trimetil-6,7-benzomorfán ó 1,2,3,4,5,6, Hexahidro-3, 6, 11, trimetil-2, 6-metano-3-benzazocina-8-ol.

    METILDESORFINA (6-metil-?6 -deoximorfina).

    METILDIHIDROMORFINA (6-metildihidromorfina).

    METILFENIDATO metil-a-fenil-2-acetato de piperidina ó éster metílico del ácido a-fenil-2-piperidínacético.

    3-METILFENTANIL N-(-3-metil-1-(fenetil-4-piperidiril)propionanilida.

    3-METILTIOFENTANIL N-[3-metil-1-[2-(2-tienil)etil]-4-piperidil]propionanilida.

    METOPON (5-metildihidromorfinona).

    MIROFINA (miristilbencilmorfina).

    MORAMIDA, intermediario del (ácido 2-metil-3-morfolín-1,1-difenilpropano carboxílico ó ácido 1-1-difenil-2-metil-3-morfolín propano carboxílico).

    MORFERIDINA (éster etílico del ácido 1-(2-morfolinoetil)-4- fenilpiperidín-4-carboxílico).

    MORFINA.

    MORFINA BROMOMETILATO DE, y otros derivados de la morfina con nitrógeno pentavalente, incluyendo en particular los derivados de N-oximorfina, uno de los cuales es la N-oxicodeína.

    MPPP propionato de 1- metil-4-fenil-4- piperidinol, (éster).

    NICOCODINA (6-nicotinilcodeína o éster codeínico del ácido-piridín-3-carboxílico).

    NICODICODINA (6-nicotinildihidrocodeína o éster nicotínico de dihidrocodeína).

    NICOMORFINA (3,6-dinicotinilmorfina) ó di-éster-nicotínico de morfina).

    NORACIMETADOL ((±)-á-3-acetoxi-6-metilamino-4,4- difenilheptano).

    NORCODEINA (N-demetilcodeína).

    NORLEVORFANOL ( (-)-3-hidroximorfinan).

    NORMETADONA 6-dimetilamino-4,4-difenil-3-hexanona ó 1,1-difenil-1-(2-dimetilaminoetil)-2-butanona ó 1-dimetilamino- 3,3-difenil-4-hexanona.

    NORMORFINA (demetilmorfina ó morfina-N-demetilada).

    NORPIPANONA (4,4-difenil-6-piperidín-3 hexanona).

    N-OXIMORFINA.

    OPIO.

    OXICODONA (14-hidroxidihidrocodeinona ó dihidrohidroxicodeinona).

    OXIMORFONA (14-hidroxidihidromorfinona) ó dihidrohidroximorfinona).

    PAJA DE ADORMIDERA, (Papaver Somniferum, Papaver Bracteatum, sus pajas y sus semillas).

    PARA-FLUOROFENTANIL 4´-fluoro-N-(1-fenetil-4-piperidil) propionanilida.

    PENTAZOCINA y sus sales.

    PEPAP acetato de 1-fenetil-4-fenil-4- piperidinol (éster).

    PETIDINA (éster etílico del ácido 1-metil-4-fenilpiperidin-4- carboxílico), o meperidina.

    PETIDINA intermediario A de la (4-ciano-1 metil-4- fenilpiperidina ó 1-metil-4-fenil-4-cianopiperidina).

    PETIDINA intermediario B de la (éster etílico del ácido-4- fenilpiperidín-4-carboxílico o etil 4-fenil-4-piperidín-carboxílico).

    PETIDINA intermediario C de la (ácido 1-metil-4-fenilpiperidín- 4-carboxílico).

    PIMINODINA (éster etílico del ácido 4-fenil-1-(3- fenilaminopropil)-piperidín-4-carboxílico).

    PIRITRAMIDA (amida del ácido 1-(3-ciano-3,3-difenilpropil)-4-(1- piperidín) -piperidín-4-carboxílico) ó 2,2-difenil-4-(4- piperidín-4- carbamoilpiperidín) butironitrilo.

    PROHEPTACINA (1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxiazacicloheptano) ó 1,3-dimetil-4-fenil-4-propionoxihexametilenimina).

    PROPERIDINA (éster isopropílico del ácido 1-metil-4- fenilpiperidín-4-carboxílico).

    PROPIRAMO N-(1-metil-2-piperidin-etil-N-2-piridilpropionamida).

    RACEMETORFAN (±)-3-metoxi-N-metilmorfinán).

    RACEMORAMIDA (±)-4-[2-metil-4-oxo-3,3-difenil-4-(1- pirrolidinil)-butil] morfolina) ó (+)-3-metil-2,2-difenil-4- morfolinobutirilpirrolidina).

    RACEMORFAN (±)-3-hidroxi-N-metilmorfinán).

    REMIFENTANILO éster metílico del ácido 1-(2-metoxicarboniletil)-4-(fenilpropionilamino)-piperidín-4-carboxílico.

    SUFENTANIL (N-[4-(metoximetil)-1-[2-(2-tienil)etil]-4- piperidil] propionanilida).

    TEBACON (acetildihidrocodeinona ó acetildemetildihidrotebaína).

    TEBAINA.

    THC (Tetrahidrocannabinol, 7,8,9,10-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzo[b,d]pirano-1-ol los siguientes isómeros: D6a (10a), D6a (7), D7, D8, D9, D10, D9 (11) y sus variantes estereoquímicas).

    TILIDINA (+)-etil-trans-2-(dimetilamino)-1-fenil-3- ciclohexeno-1-carboxilato.

    TIOFENTANIL N[1-[2-(2-tienil)etil]-4-piperidil]propionanilida.

    TRIMEPERIDINA (1,2,5-trimetil-4-fenil-4-propionoxipiperidina); y

    Los isómeros de los estupefacientes de la lista anterior, a menos que estén expresamente exceptuados.

    Adicionalmente al listado anterior, serán consideradas como estupefacientes cualquier otro producto derivado o preparado que contenga alguna de las substancias señaladas en la lista anterior, como sus precursores químicos y, en general los de naturaleza análoga y cualquier otra substancia prevista por los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, que se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    Exclusivamente para efectos de control sanitario, se considerará estupefaciente cualquier otro producto distinto a los señalados en el párrafo anterior, que determine la Secretaría de Salud mediante listados que publique en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 245. En relación con las medidas de control y vigilancia que deberán de adoptar las autoridades sanitarias, las substancias psicotrópicas se clasifican en los siguientes grupos:

    I. Las que tienen valor terapéutico escaso o nulo y que, por ser susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen un problema especialmente grave para la salud pública, y son:

    Y cualquier otro producto, derivado o preparado que contenga las sustancias señaladas en la relación anterior y en general los de naturaleza análoga cuando expresamente lo determinen los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, y se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    II. Las que tienen algún valor terapéutico, pero constituyen un problema grave para la salud pública, y que son:

    AMOBARBITAL

    ANFETAMINA

    BENZFETAMINA

    BUTORFANOL

    CICLOBARBITAL

    DEXTROANFETAMINA (DEXANFETAMINA)

    ETILANFETAMINA

    FENETILINA

    FENCICLIDINA

    HEPTABARBITAL

    LEVANFETAMINA

    LEVOMETANFETAMINA

    MECLOCUALONA

    METACUALONA

    METANFETAMINA

    NALBUFINA

    PENTOBARBITAL

    RACEMATO DE METANFETAMINA

    SECOBARBITAL

    SECBUTABARBITAL O BUTABARBITAL

    2C-B (4-BROMO-2, 5-DIMETOXIFENETILAMINA)

    Y sus sales, precursores y derivados químicos.

    III. Las que tienen valor terapéutico, pero constituyen un problema para la salud pública, y que son:

    AMINEPTINA

    BENZODIAZEPINAS:

    ALPRAZOLAM

    BROMAZEPAM

    BROTIZOLAM

    CAMAZEPAM

    CLOBAZAM

    CLONAZEPAM

    CLORACEPATO DIPOTASICO

    CLORDIAZEPOXIDO

    CLOTIAZEPAM

    CLOXAZOLAM

    DELORAZEPAM

    DIAZEPAM

    ESTAZOLAM

    FLUDIAZEPAM

    FLUNITRAZEPAM

    FLURAZEPAM

    HALAZEPAM

    HALOXAZOLAM

    KETAZOLAM

    LOFLACEPATO DE ETILO

    LOPRAZOLAM

    LORAZEPAM

    LORMETAZEPAM

    MEDAZEPAM

    MIDAZOLAM

    NIMETAZEPAM

    NITRAZEPAM

    NORDAZEPAM

    OXAZEPAM

    OXAZOLAM

    PINAZEPAM

    PIROVALERONA

    PRAZEPAM

    QUAZEPAM

    TEMAZEPAM

    TETRAZEPAM

    TRIAZOLAM

    Otros:

    ACIDO BARBITURICO (2, 4, 6 TRIHIDROXIPIRAMIDINA)

    ALOBARBITAL

    AMINOREX

    ANFEPRAMONA (DIETILPROPION)

    BARBITAL

    BUTALBITAL

    BUTOBARBITAL

    CARBROMAL

    CARISOPRODOL

    CICLOBARBITAL

    CLOBENZOREX (CLOROFENTERMINA)

    CLOZAPINA

    DROPERIDOL

    EFEDRINA sus isómeros ópticos y sales

    ERGOMETRINA (ERGONOVINA)

    ERGOTAMINA

    ETCLORVINOL

    ETINAMATO

    ETOMIDATO

    FENCAMFAMINA

    FENDIMETRAZINA

    FENILPROPANOLAMINA

    FENOBARBITAL

    FENPROPOREX

    FENTERMINA

    GHB (ACIDO GAMA HIDROXIBUTIRICO)

    GLUTETIMIDA

    HIDRATO DE CLORAL

    KETAMINA

    LEFETAMINA

    MAZINDOL

    MEFENOREX

    MEPAZINA

    MEPROBAMATO

    MESOCARBO

    METAMFEPRAMONA

    METILFENOBARBITAL

    METIPRILONA

    NOR-PSEUDOEFEDRINA (+) CATINA

    PEMOLINA

    PIMOZIDE

    PIPRADROL

    PSEUDOEFEDRINA

    RISPERIDONA

    VINILBITAL

    ZALEPLON

    ZIPEPROL

    ZOLPIDEM

    ZOPICLONA

    1-FENIL -2-PROPANONA

    Y sus sales, precursores y derivados químicos.

    Adicionalmente a los listados anteriores, serán consideradas como sustancias psicotrópicas las previstas por los Tratados Internacionales ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo las contenidas en los anexos, listas, documentos y sus actualizaciones complementarias, que se publiquen por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación.

    Las sustancias que tienen amplios usos terapéuticos y constituyen un problema menor para la salud pública, así como las que carecen de valor terapéutico y se utilizan corrientemente en la industria, serán determinadas por la Secretaría de Salud mediante las disposiciones generales que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 252.- (Se deroga).

    Articulo 254 Bis.- Cuando las autoridades competentes decomisen substancias psicotrópicas o productos que las contengan, éstos deberán ser destruidos.

    TRANSITORIO

    Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera, María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Saénz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríaguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna, (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY GENERAL DE SALUD

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    1. En la sesión celebrada 8 de Marzo de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la Iniciativa para eximir del cobro de las cuotas de recuperación a menores de cinco años que no sean beneficiarios o derechohabientes de alguna institución del sector salud y cuyas familias pertenezcan a los tres primeros deciles de ingreso, presentada por el Diputado Francisco Rojas Toledo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    2. Con fecha de 28 de febrero de 2005 se turnó a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud para que informe los mecanismos que realizará para la aplicación del Decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo 36 de la Ley General de Salud, presentada por Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    La Comisión encargada del análisis y dictamen de la Iniciativa y la Proposición mencionadas anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y Proposición, así como de los trabajos previos de la Comisión.

    En el capítulo correspondiente a ``CONTENIDO'', se exponen los motivos y alcance de las propuestas en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de las propuestas y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a las mismas.

    I. ANTECEDENTES.

    El 8 de marzo de 2005, el diputado Francisco Rojas Toledo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud, con el propósito que se exente de cuotas de recuperación a todo menor a partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud y cuya familia pertenezca a los tres primeros deciles de ingreso.

    Con fecha del 28 de febrero de 2005, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentaron ante el pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la Proposición con Punto de Acuerdo que tiene por objeto exhortar a la Secretaría de Salud para que informe los mecanismos que realizará para la aplicación del Decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo 36 de la Ley General de Salud.

    II. CONTENIDO.

    La propuesta de la Iniciativa objeto del presente dictamen se realiza para poder exentar de cuotas de recuperación a todo menor a partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud y cuya familia pertenezca a los tres primeros deciles de ingreso.

    En las propuestas de la Iniciativa y del Punto de Acuerdo se manifiesta que el acceso a los servicios de salud debe ser garantizado por el Estado, preferentemente tratándose de grupos vulnerables, como es el caso de la niñez.

    Así mismo, manifiestan que la prestación de los servicios de salud debe ser acorde a las necesidades de cada uno de los mexicanos, por lo que se debe reformar el artículo 36 de la Ley General de Salud a fin de que se elimine la desigualdad que el texto vigente del artículo contempla al exentar de cuotas a las personas de los últimos tres deciles y no a las personas en extrema pobreza, que se encuentran en los tres primeros deciles.

    Finalmente expresan que la Secretaría de Salud debe informar los mecanismos que aplicará para que las familias de escasos recursos, con hijos menores de cinco años, puedan gozar de un sistema de salud sin restricciones económicas.

    III. CONSIDERACIONES.

    A. El derecho a la salud es una de las más importantes prerrogativas de las personas no sólo porque constituye un valor fundamental para su desarrollo sino porque además, dignifica al hombre. El artículo 4º de nuestra Constitución Política consagra dicho derecho y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes, igualmente, indica en forma particular que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de salud.

    B. Coincidimos en que aún cuando el artículo 25 de la Ley General de Salud indica que se garantizará la extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud, preferentemente a los grupos vulnerables, en nuestro país, perdura un rezago en el Sistema de Salud que día a día se agudiza y que afecta a muchos sectores de la población, principalmente a los grupos más desprotegidos como lo es la población infantil de familias de escasos recursos.

    Del mismo modo, convenimos con el hecho de que en la actualidad en nuestro país miles de mexicanos que carecen de servicios básicos de salud, entre los que destacan los niños, muchas veces no son atendidos ante un padecimiento o patología por no ser derechohabientes o beneficiarios del sector salud y debido a que sus padres se ven imposibilitados a pagar cuotas de recuperación que exceden su capacidad económica. Esta situación, pone en riesgo el patrimonio de muchas familias que ante una emergencia o enfermedad, no cuentan con los recursos para cubrir las cuotas, honorarios o medicamentos que les son solicitados.

    C. Por otro lado, es importante enfatizar que el Estado tiene un compromiso con el pueblo mexicano de llevar acabo estrategias para poder combatir y aventajar este problema, tal como se manifiesta en el Programa Nacional de Salud 2001-2006, en el cual se expresa que es necesario analizar la desigualdad de las condiciones de salud y señala que: ``Mientras que los daños a la salud en las regiones y grupos de mayores ingresos del país tienen un perfil similar al de algunos países europeos, en las regiones y grupos sociales empobrecidos, el cuadro es el de un país de escaso desarrollo.''

    De igual forma, en dicho programa se acepta que los principales indicadores de salud muestran un rezago importante en las personas más pobres. Entre los grupos de población más vulnerables se encuentran: los indígenas, los discapacitados, las mujeres y los niños, quienes presentan las cifras de mayor rezago.

    D. Como reflejo de las condiciones de carácter económico, social y cultural, la mortalidad de los menores de un año es particularmente significativa, al referirse a un grupo de alta sensibilidad al ambiente. El nivel que presenta la mortalidad infantil, permite conocer el grado en que se satisfacen necesidades individuales y colectivas básicas, entre las que destacamos las de acceso a servicios de salud así como las de el tipo de ocupación y monto de ingresos de la población que determinan las alternativas para satisfacer la distintas necesidades materiales.

    El estudio de la mortalidad, como fenómeno demográfico, se puede abordar por medio del análisis de indicadores, en México se utiliza como indicador el de la Tasa de Mortalidad Infantil (TMI), la cual consiste en el cociente de las defunciones de menores de un año entre los nacidos vivos durante el mismo periodo y se presenta generalmente multiplicado por mil. Este indicador muestra el número de defunciones ocurridas durante el primer año de vida por cada mil nacidos vivos.

    En México, las condiciones de salud y en general de vida han mejorado de manera considerable en las últimas décadas. En 1970, 40% de la población residía en localidades de menos de 2,500 habitantes; en el año 2000 el porcentaje de población rural es de 25%. En el mismo periodo, el promedio de escolaridad de la población de 15 años y más pasó de sólo 3.4 años de instrucción formal a 6.3 años. Respecto a la calidad de la vivienda, en 1970 41% de las viviendas tenían piso de tierra y únicamente 61% de éstas contaban con agua entubada, para el año 2000 la proporción cambio drásticamente a casi 20% y 80%, respectivamente.

    Como resultado de las mejoras en las condiciones de vida y mayor acceso a servicios de salud, la mortalidad infantil se redujo de 64 muertes por cada mil nacimientos en el periodo 1970-1974, a 31 por mil en el año 2000, lo que representa una mejoría en más de un 50%.

    La Tasa de Mortalidad Infantil es un indicador básico de las condiciones de vida de una población, por lo que resulta útil para fines comparativos, entre países o subpoblaciones dentro de un mismo país.

    Si consideramos los beneficios que se han obtenido aún cuando en nuestro país, según datos del Consejo Nacional de Población, en el año 2004 de los 8 y medio millones de niños de 2 a 6 años poco más de la mitad no eran derechohabientes o beneficiarios de ninguna institución de seguridad social, podemos concluir que el campo de acción para mejorar las condiciones de este grupo es aún amplio, por lo que deben tomarse todas las medidas posibles para que siga decreciendo la tasa de mortalidad infantil.

    E. Por otro lado, en septiembre de 2000, en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas, los líderes del mundo acordaron establecer objetivos y metas loables, con plazos definidos, para combatir los principales problemas que aquejan a la población mundial. Estos objetivos y metas, que constituyen la esencia del programa mundial, se llaman ahora ``Objetivos de desarrollo del milenio'' y sirven de marco para que todo el sistema de las Naciones Unidas colabore coherentemente para alcanzar un fin común, que no es otro sino el de lograr el equilibrio en el desarrollo de los países que forman parte del contexto mundial, tratando de disminuir las grandes diferencias entre países ricos y pobres.

    En la Declaración de la Cumbre del Milenio se definieron muchos compromisos y se está avanzando hacia la consecución de los mismos, pero este progreso es desigual y demasiado lento. La gran mayoría de los países lograrán los objetivos de desarrollo del milenio sólo si logran movilizar apoyo financiero y voluntad política, renovar la participación de los gobiernos, reorientar las prioridades y las políticas de desarrollo, crear capacidad y establecer medidas conjuntas con la sociedad civil y el sector privado.

    Como país firmante, México adquirió el compromiso ante la comunidad internacional de luchar contra problemas, como el hambre, la pobreza, la desigualdad de género, la falta de acceso a la educación, atención médica, sanidad, agua potable, deterioro del medio ambiente entre otros, entre los que destaca el de reducir la mortalidad infantil.

    Este objetivo básicamente consiste en reducir, entre 1990 y 2015, la tasa de mortalidad infantil de los niños menores de 5 años en dos terceras partes, o dicho de otro modo, en un 66.66%. Sin embargo el avance hasta ahora ha sido del únicamente de un 18.21%, por lo que para lograr un avance mayor se requieren tomar medidas contundentes y más eficaces.

    F. La salud es y debe ser claramente entendida como un derecho y no como un privilegio reservado a unos cuantos, por lo que se debe buscar que toda la población tenga acceso a servicios médicos de calidad.

    Los principales problemas de salud en nuestro país tienen como causa fundamental la pobreza y su solución definitiva depende de la posibilidad de incrementar el nivel de bienestar general de la población de escasos recursos. Sin embargo, el propio Programa Nacional de Salud manifiesta que ``existe información que demuestra que aun en presencia de estas condiciones de pobreza es posible reducir considerablemente el peso de estos padecimientos a través de intervenciones altamente efectivas y accesibles desde el punto de vista financiero''.

    En su lucha por alcanzar los objetivos del milenio y de mejorar la calidad de vida de la población, ha sido importante la creación por parte del Estado Mexicano del Sistema de Protección Social en Salud o Seguro Popular, que trabajando paralelamente al IMSS e ISSSTE ha logrado reducir el número de muertes infantiles de una manera más acelerada entre las más de 1,700,000 familias, es decir más de 6 millones de mexicanos, que tiene inscritos.

    El 15 de mayo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud, mediante el cual se creo el llamado Seguro Popular, con lo que se estableció a nivel de Ley el Sistema de Protección Financiera y de Prestación de los Servicios de Salud. En dicha reforma se trastoca el artículo 77 Bis 6 de la Ley General de Salud, el cual establece que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, celebrarán acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social, teniendo como fin, que el aseguramiento en materia de salud se extienda a todos los mexicanos mediante este nuevo esquema de financiamiento y atención integral a la salud.

    Consideramos pues que siendo la mortalidad infantil uno de los problemas primordiales incluido dentro del marco jurídico nacional e internacional, y tomando en cuenta la imposibilidad de brindar atención de manera gratuita a toda la población, se debe al menos aplicar en los grupos más vulnerables, mientras se logra que el Seguro Popular logre la cobertura total en el 2015, como se prevé.

    G. A fin de identificar a los grupos vulnerables de nuestro país, y en general para evaluar la situación socioeconómica de las familias mexicanas el INEGI elabora la ``Encuesta Nacional de Ingreso y Gastos de los Hogares''. Para clasificar estas familias se utilizan deciles de la distribución del ingreso, los primeros corresponden a los hogares que perciben un menor ingreso y en los últimos se ubican aquellos de mayor ingreso.

    Considerando lo manifestado anteriormente, y en la búsqueda de abatir las desigualdades de acceso a la salud que persisten en el país, debe haber un trato equitativo que contemple los resultados de la ``Encuesta Nacional de Ingreso y Gastos de los Hogares'' a fin de que la prestación de servicios de salud sea congruente a las necesidades de cada uno de los mexicanos. Por tal motivo, las personas en que perciben menores ingresos (ubicadas en los en los tres primeros deciles y no en los tres últimos como lo menciona actualmente el artículo 36) deben ser las beneficiadas de esta reforma a fin de cumplir con el compromiso de adoptar medidas para evitar la desigualdad.

    Por otro lado, en el Diario Oficial de la Federación del 18 de enero de 2005 fue publicado el decreto de la ultima reforma del artículo 36, el cual en su artículo tercero transitorio menciona que todos los niños beneficiarios de la reforma, deberán ser inscritos obligatoriamente en el Programa de Control del Niño Sano de la jurisdicción sanitaria correspondiente, sin embargo, es propicio señalar que la Secretaría de Salud no cuenta en su estructura orgánica con algún departamento o área que contemple este Programa, por lo que se propone eliminar dicho artículo transitorio, ya que de mantenerse provocaría la inoperancia de la medida que se plantea.

    H. Con respecto a la Proposición con Punto de Acuerdo, es de nuestro parecer que la Secretaría de Salud debe dar a conocer los mecanismos que implementará a fin de que se haga efectivo que las familias de escasos recursos, con menores de cinco años, puedan gozar de un sistema de salud sin restricciones económicas. Por lo anterior, rescatamos el espíritu de la propuesta hecha en el mismo y la incluimos en los transitorios del decreto, a fin de que la Secretaría de Salud informe a este órgano legislativo lo conducente en un plazo razonable.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

    DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 36 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Primero.- Se reforma el último párrafo del artículo 36 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 36.- ...

    ...

    ...

    ...

    Se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos, a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud. Para el cumplimiento de esta disposición, será requisito indispensable que la familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres primeros deciles conforme a la percepción de ingreso familiar establecidos por el INEGI.

    Artículo Segundo.- Se deroga el artículo tercero transitorio del Decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 36 de la Ley General de Salud, publicado el 18 de enero de 2005, en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Tercero. (Se deroga)

    TRANSITORIOS

    Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo. La Secretaría de Salud Federal deberá informar a esta soberanía, en un plazo no mayor a 60 días naturales los mecanismos que implementará a fin de que se haga efectiva la aplicación del presente Decreto.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera, María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    CONSUL HONORARIO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    En oficio fechado el 2 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 12 de septiembre, se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que el propio solicitante prestará a en la ciudad de Morelia serán de carácter estrictamente consular; y

    c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño, Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez.»

    Es de primera lectura.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    En oficios fechados el 1 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Bealet Roque Orduña, Gabriela Ramírez González, María Ana Hernández Esperanza, Noé Saúl Tejeda Colín, Eduardo Aguilar Santuario y Jacinto Solís Robles, puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América y en la Embajada del Japón, en México, respectivamente.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 12 de septiembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América, y en la Embajada del Japón en México, serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana Bealet Roque Orduña, para prestar servicios como asistente de visas, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso a la ciudadana Gabriela Ramírez González, para prestar servicios como asistente de protocolo en la oficina del embajador, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana María Ana Hernández Esperanza, para prestar servicios como asistente de visas, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso al ciudadano Noé Saúl Tejada Colín, para prestar servicios como empleado en la Sección de Mantenimiento, en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México.

    Artículo Quinto.- Se concede permiso al ciudadano Eduardo Aguilar Santuario, para prestar servicios como asistente consular, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

    Artículo Sexto.- Se concede permiso al ciudadano Jacinto Solís Robles, para prestar servicios como empleado de seguridad, en la Embajada del Japón, en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica) Presidente; Yolanda Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño, Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Sergio Vázquez García (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez.»

    Es de primera lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con el oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Alfonso Sandoval Escobar, Moisés Martínez Sandoval y Ricardo Segura Ponce de León, puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Australia, en México.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 12 de septiembre del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Australia en México serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Alfonso Sandoval Escobar para prestar servicios como chofer, en la Embajada de Australia, en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano ingeniero Moisés Martínez Sandoval, para prestar servicios como oficial experimental, en la Estación Experimental en Veracruz de la Embajada de Australia, en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso al ciudadano biólogo Ricardo Segura Ponce de León, para prestar servicios como oficial a cargo, en la Estación Experimental en Veracruz de la Embajada de Australia, en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de septiembre de 2005.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño, Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Miguel Ángel García Domínguez.»

    Es de primera lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea con el orden del día de la próxima sesión.
    ORDEN DEL DIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del Día

    Jueves 22 de septiembre de 2005.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    De la Secretaría de Gobernación

    Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

    Dictámenes de primera lectura

    De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Social.

    De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social.

    De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia saluda con todo afecto y respeto a la abogada María de los Ángeles Fromow; sea usted bienvenida. Se ruega a la Secretaría que se abra el sistema electrónico, hasta por seis minutos, para verificar la asistencia.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 de Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por seis minutos para verificar la asistencia.

    Señor Presidente, hay una asistencia de 389 diputadas y diputados.


    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra (a las 16:03 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá verificativo el jueves 22 de septiembre, a las 10: 00 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto dos horas antes.

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    RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 44 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 387 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 442 diputados.

  • Verificación de quórum: 388 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 389 diputados.

  • Minuto de silencio: 1.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 3.

  • Oradores en tribuna: 29

    PRI-11; PAN-7; PRD-4; PVEM-3; PT-2; Conv-2.

    Se recibió:

  • 3 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de las Comisiones de Seguridad Pública, de Agricultura y Ganadería y del Comité de Información, Gestoría y Quejas;

  • 3 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con acuerdos por los que se determinan los diputados que presidirán la Comisión Especial para la Reforma del Estado, el Comité de Administración y el Consejo Editorial;

  • 3 comunicaciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo;

  • 1 minuta con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, España;

  • 1 minuta con proyecto de decreto que concede permiso a dos ciudadanos para que puedan prestar servicios en la Embajada de Sudáfrica en México;

  • 1 minuta con proyecto de decreto que concede permiso a cuatro ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de los reinos de Suecia y de España, respectivamente;

  • 1 minuta con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 28 al 30 de septiembre de 2005, a efecto de que realice una visita de trabajo a las ciudades de Vancouver, provincia de Columbia Británica, y Calgary, provincia de Alberta, en Canadá;

  • 9 iniciativas del PRI;

  • 5 iniciativas del PAN;

  • 3 iniciativas del PRD;

  • 2 iniciativas del PVEM.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 5o. del Capítulo II denominado De los Derechos, a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores;

  • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona el segundo párrafo de la fracción III del artículo 12 del Código de Comercio;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 77 Bis 4 y 77 Bis 21 de la Ley General de Salud y reforma el artículo octavo transitorio del decreto que reforma la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 234, 245 y 254 Bis y deroga el artículo 252 de la Ley General de Salud;

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Salud;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alonso Fabriciano Gómez Sanz, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Morelia, con circunscripción consular en el estado de Michoacán;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a seis ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a tres ciudadanos para prestar servicios en diversas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Agundis Arias, Alejandro (PVEM) Ley Orgánica del Congreso: 80
  • Barbosa Gutiérrez, Federico (PRI) Ley Orgánica del Congreso: 117
  • Bermúdez Méndez, José Erandi (PAN) Fuerzas Armadas: 29
  • Bravo Carbajal, Francisco Javier (PRI) Artículo 116 constitucional: 82
  • Cabello Gil, José Antonio (PAN) Ley General de Salud: 97
  • Castillo Cabrera, Jorge de Jesús (PRI) Ley General de Desarrollo Social: 106
  • Clouthier Carrillo, Tatiana (Dip. Ind.) Ley del Impuesto sobre la Renta - Ley General de Educación: 138 desde curul
  • Cortés Mendoza, Marko Antonio (PAN) Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: 85
  • Espinosa Ramos, Francisco Amadeo (PT) Fuerzas Armadas: 26
  • Fajardo Muñoz María Concepción (PRI) Ley General de Educación: 123
  • García Laguna, Eliana (PRD) Artículos 99 y 100 constitucionales - Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación - Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: 60
  • González Roldán, Luis Antonio (PVEM) Fuerzas Armadas: 27
  • González Schmal, Jesús Porfirio (Conv) Fuerzas Armadas: 28
  • Hernández Pérez, David (PRI) Sismos de 1985: 53
  • Herrera Tovar, Ernesto (PAN) Sismos de 1985: 52
  • Laguette Lardizábal, María Martha Celestina Eva (PRI) Código Civil Federal: 55
  • Maldonado Venegas, Luis (Conv) Sismos de 1985: 47
  • Marrufo Torres, Roberto Antonio (PRI) Ley de Amparo - Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: 94
  • Martínez Nolasco, Guillermo (PRI) Fuerzas Armadas: 30
  • Meza Cabrera, Fidel René (PRI) Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: 121
  • Moreno Arévalo, Gonzalo (PRI) Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales - Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral: 127
  • Ortega Álvarez Omar (PRD) Código Penal Federal: 90
  • Pasta Muñuzuri Ángel (PAN) Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados: 58
  • Portillo Ayala, Cristina (PRD) Fuerzas Armadas: 28
  • Saucedo Pérez, Francisco Javier (PRD) Sismos de 1985: 51
  • Scherman Leaño, María Esther de Jesús (PRI) Verificación de quórum: 54 desde curul
  • Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Marcos (PAN) Ley General de Educación - Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales: 74
  • Triana Tena, Jorge (PAN) Artículo 71 constitucional - Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso: 112
  • Vázquez González, Pedro (PT) Sismos de 1985: 48
  • Vega Murillo, Wintilo (PRI) Ley del Impuesto sobre la Renta - Ley General de Educación: 137 desde curul
  • Velasco Rodríguez Guillermo (PVEM) Sismos de 1985: 49
  • Wong Pérez, José Mario (PRI) Artículo 18 constitucional: 72 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Victor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Astiazarán Gutiérrez, Antonio Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazan Flores, Omar Bedolla López, Pablo Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campa Cifrián, Roberto Rafael Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofia Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Del Valle Reyes Guillermo Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordoñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruíz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante Benjamín Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María Del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Laguette Lardizábal María Martha ¿ Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Fitz María Eugenia López Medina José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías, José Adolfo Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pimentel González, Oscar Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, Ma. Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruíz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Saenz López, Rosario Sagahon Medina, Benjamín Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño María Esther Silva Santos Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Murillo, Wintilo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vela Del Campo Ernesto Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías Amalin Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia, Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Asistencias: 163 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 44 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 14 Total diputados: 221 Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam De Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gallardo Sevilla, Israel Raymundo Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Jiménez Alonso Adrián Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortíz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Salazar Diez De Sollano Francisco Javier Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Peniche, María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Asistencias: 111 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 17 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 20 Total diputados: 148 Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez, Tomás de la Peña Gómez, Angélica Díaz Del Campo María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma Sinforina Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García Domínguez, Miguel Ángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Bautista, Valentín González Salas y Petricoli, María Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana Guillermina Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mojica Morga Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna María De Los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Asistencias: 81 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 11 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 5 Total diputados: 97 Agundis Arias, Alejandro Alvarado Villazón, Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline Guadalupe Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro Fuentes Villalobos, Félix Adrián González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Velasco Coello, Manuel Velasco Rodríguez Guillermo Asistencias: 10 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 7 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 17 Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Óscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro Asistencias: 4 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 6 CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando Asistencias: 3 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala, Isidro Clouthier Carrillo, Tatiana Ruíz Esparza Oruña, Jorge Roberto Total diputados: 3 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Alarcón Hernández, José Porfirio Alcántara Rojas José Carmen Arturo Campa Cifrián Roberto Rafael Concha Arellano, Elpidio Desiderio Filizola Haces, Humberto Francisco García Ayala Marco Antonio Jiménez Sánchez, Moisés Mier y Concha Campos, Eugenio Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías, José Adolfo Ramírez Pineda Luis Antonio Soriano López, Isaías Vega Rayet, Juan Manuel Vela Del Campo Ernesto Faltas por grupo: 14 Baeza Estrella, Virginia Yleana Cabello Gil José Antonio Colín Gamboa, Roberto Döring Casar, Federico Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío López Mena Francisco Xavier López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Martínez Cázares Germán Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Nader Nasrallah, Jesús Antonio Ovando Reazola Janette Ruiz del Rincón Gabriela Sánchez Pérez Rafael Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos Lorena Vázquez García, Sergio Vega Casillas Salvador Faltas por grupo: 20 Camacho Solís Victor Manuel Chávez Ruiz Adrián Herrera Ascencio, María del Rosario Portillo Ayala Cristina Zepeda Burgos Jazmín Elena Faltas por grupo: 5 DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala Isidro Faltas por grupo: 1