Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputada María Marcela González Salas y Petricioli
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 14 de febrero de 2006 Sesión No. 6
ESTADO DE TLAXCALA

Comunicación del Congreso del estado de Tlaxcala, con la que remite acuerdo por el que se adhiere al aprobado por el Congreso del estado de Jalisco, para que se considere realizar una consulta pública nacional para la reforma a la Ley General de Salud en materia de salud sexual y reproductiva. Remítase a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

ESTADO DE OAXACA

Comunicación de la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración de la Comisión de Investigación encargada de revisar las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. De enterado.

COMITE DE ADMINISTRACION

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica el acuerdo de creación del Comité de Administración de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura. Aprobado, comuníquese.

COMISION ESPECIAL DE GANADERIA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se amplía la vigencia de la Comisión Especial de Ganadería hasta el 31 de agosto del presente año. Aprobado, comuníquese.

SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD

Oficio de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 27 de octubre de 2005, para exhortar a la Auditoría Superior de la Federación a que proponga los procedimientos de coordinación con las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que colaboren en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales recibidos por esos órdenes de gobierno, para el Sistema de Protección Social en Salud, y a que audite la legalidad y desempeño de la Comisión Nacional de Protección Social de la Salud durante el ejercicio fiscal de 2004. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

CERTIFICADO DE MATRICULA CONSULAR

Oficio del Gobierno del Distrito Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2005, para exhortar al Gobierno Federal a que realice las gestiones necesarias con el sector financiero y privado, así como con los distintos niveles de gobierno y la Administración Pública Federal, para que el certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, sea aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento.

ACCIDENTES DE TRANSITO

Oficio del Gobierno del Distrito Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de diciembre de 2005, para exhortar a diversas dependencias federales, a los gobiernos y congresos estatales y del Distrito Federal, y a los municipios, a impulsar una política nacional en materia de seguridad vial y la prevención de accidentes de tránsito. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento.

CERTIFICADO DE MATRICULA CONSULAR

Oficio del Gobierno del Distrito Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2005, para exhortar al Gobierno Federal a que realice las gestiones necesarias con el sector financiero y privado, así como con los distintos niveles de gobierno y la Administración Pública Federal, para que el certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, sea aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento.

SUERO ANTIALACRANICO

Oficio del Gobierno del Distrito Federal, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de diciembre de 2005, para exhortar a las secretarías de salud federal y estatales a adoptar medidas pertinentes para mantener un abasto suficiente de suero antialacránico. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento.

ESTADO DE GUANAJUATO

Oficio de la Comisión Nacional del Agua, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2005, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, a que se retengan 45 millones de metros cúbicos de la presa La Gavia, ubicada en el municipio de Romita, Guanajuato, a fin de fortalecer los mantos friáticos. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Oficio del Instituto Mexicano del Seguro Social, con el que remite informe trimestral sobre la composición y situación financiera de las inversiones del Instituto. Se turna a la Comisión de Seguridad Social.

ESTADO DE QUINTANA ROO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente en la sesión del 4 de enero pasado, para solicitar al Ejecutivo federal, revoque el incremento en el precio de las gasolinas en el área circunscrita al municipio de Othón P. Blanco, estado de Quintana Roo. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

GAS DOMESTICO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 22 de noviembre de 2005, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a efecto de que se otorgue un descuento en el gasóleo doméstico, gas licuado de petróleo y gas natural, en los estados de Chihuahua, Durango, Nuevo León, Coahuila, Tamaulipas y demás entidades federativas que sean afectadas por el frío en la época invernal. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

ESTADO DE CHIAPAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 28 de abril de 2005, para exhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en coordinación con el gobierno del estado de Chiapas y el municipio de Tuxtla Gutiérrez, para verificar el cumplimiento de la NOM-083-SEMARNAT-2003, relativa a las especificaciones de protección ambiental, en el relleno sanitario de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

SUERO ANTIALACRANICO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de diciembre de 2005, para exhortar a las secretarías de salud federal y estatales a adoptar medidas pertinentes para mantener un abasto suficiente de suero antialacránico. Sin discusión se reserva para su votación nominal en conjunto. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento.

AGRESIONES CONTRA PERIODISTAS Y MEDIOS DE COMUNICACION

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de diciembre de 2005, por el que se exhorta a las procuradurías generales de justicia de los estados, a que den a conocer información sobre las investigaciones relacionadas con las agresiones contra periodistas y medios de comunicación. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

CONTINGENCIAS AMBIENTALES

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 14 de diciembre de 2005, para exhortar a diversas dependencias federales y a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, a que revisen y modifiquen los programas de contingencias ambientales de tal forma que se reduzcan los valores para declaración de contingencias. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

ACCIDENTES DE TRANSITO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de diciembre de 2005, para exhortar a diversas dependencias federales, a los gobiernos y congresos estatales y del Distrito Federal, y a los municipios, a impulsar una política nacional en materia de seguridad vial y la prevención de accidentes de tránsito. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

PESCA ILEGAL

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de diciembre de 2005, para exhortar a las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Marina, a que intervengan para solucionar el problema de la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de especies prohibidas para la práctica de la pesca comercial en Zihuatanejo, Guerrero. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

LEY GENERAL DE SALUD

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Salud.

LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Se recibe del diputado Manuel Ignacio López Villarreal, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, sobre el delito de falsificación de tarjetas de crédito, débito y otros instrumentos de pago. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Justicia y Derechos Humanos.

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

El diputado Francisco Javier Bravo Carvajal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Bienes Nacionales. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LEY REGLAMENTARIA DEL TITULO CUARTO CONSTITUCIONAL

El diputado Alvaro Elías Loredo presenta iniciativa con proyecto de decreto de Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de juicio político y declaración de procedencia. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos

REGISTRO DE ASISTENCIA.

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, referente a los bienes de partidos políticos que pierdan o les sea cancelado su registro. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LEY ORGANICA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

El diputado Pedro Vázquez González presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 6o., 7o., 8o. y 9o. de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, sobre la designación del director general y la composición del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Energía.

ARTICULOS 3o. Y 31 CONSTITUCIONALES

El diputado Alfonso Rodríguez Ochoa presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo quinto transitorio del decreto que adiciona el artículo 3o., párrafo primero, fracciones III, V y VI; y el artículo 31, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a la educación preescolar. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

ARTICULO 111 CONSTITUCIONAL

El diputado Francisco Antonio Rojas Toledo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado Joel Padilla Peña presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, sobre educación de bachillerato para trabajadores. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

El diputado Sergio Armando Chávez Dávalos presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 18, 58 y 74 de la Ley General de Bienes Nacionales, en relación con la nulidad, revocación o caducidad de concesiones. Se turna a la Comisión de Gobernación.

ARTICULO 76 CONSTITUCIONAL

El diputado Ernesto Herrera Tovar presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a la salida de tropas mexicanas fuera del territorio nacional. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY DE INFORMACION ESTADISTICA Y GEOGRAFICA - LEY FEDERAL DE TURISMO

El diputado Raúl Piña Horta presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga los artículos 7o., 8o., 17, 22, 36, 46, 47 y 52 de la Ley de Información Estadística y Geográfica, y el artículo 5o. de la Ley Federal de Turismo, sobre el sector turismo. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Turismo.

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

El diputado Lino Celaya Luría presenta iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para conmemorar la instalación de la Suprema Junta Nacional Americana de Zitácuaro de 1811. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LEY GENERAL PARA LA PREVENCION Y GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

El diputado Hidalgo Contreras Covarrubias presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para que la ciudadanía denuncie hechos o conductas ilícitas en materia ambiental. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La diputada Amalín Yabur Elías presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 2o., 13, 14 y 23 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, referente a la utilización de perros guías. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

LEY GENERAL DE EDUCACION

La diputada Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación, en materia de transparencia de recursos federales. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o., 52, 58 y 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, sobre el Gobierno del Distrito Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

El diputado Iván García Solís presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para la instalación de foros para recibir reclamaciones de consumidores. Se turna a la Comisión de Economía.

LEY GENERAL DE SALUD

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis y 268 Bis 1 al Capítulo VIII del Título Duodécimo y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, sobre tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones. Es de primera lectura.

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, respecto a vivienda. Es de primera lectura.

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 26 y 34 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia indígena. Es de primera lectura.

CONSUL HONORARIO

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María Elí López Reyes para desempeñar el cargo de cónsul honoraria de la República de Finlandia en la ciudad de Cancún, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo. Es de primera lectura.

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 3o. y la fracción IX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Es de segunda lectura.

Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o., 9o., 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Es de segunda lectura.

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, a nombre de la comisión fundamenta el dictamen.

Sin nadie que solicite la palabra para su discusión, se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para que se incluya en el orden del día, el siguiente dictamen de la misma comisión. Se aprueba.

LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 5o., 20 y 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional. Es de primera lectura.

ORDEN DEL DIA

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que solicita modificar el orden del día para incluir el posicionamiento de los grupos parlamentarios.

LYDIA CACHO RIBEIRO

Para fijar el posicionamiento de su respectivo grupo parlamentario respecto a la actuación de diversos funcionarios en el caso de la periodista Lydia Cacho Ribeiro, se concede la palabra a los diputados:

Jesús Porfirio González Schmal.

Jorge Antonio Kahwagi Macari.

Desde su curul realiza interpelación, el diputado Inti Muñoz Santini.

Beatriz Mojica Morga.

Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc.

José Porfirio Alarcón Hernández.

DIA DEL CINE MEXICANO

Se recibe del diputado José Antonio Cabello Gil, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar el 14 de agosto como Día del Cine Mexicano. Se turna a la Comisión de Gobernación.

ESTADO DE CHIAPAS

El diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández presenta proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador del estado de Chiapas a respetar la libertad de prensa y expresión en el estado, consagrada plenamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y detener inmediatamente las agresiones y órdenes de aprehensión contra los periodistas de Chiapas, en especial de quienes laboran en los periódicos El Orbe y Cuarto Poder. Se considera de urgente resolución.

A discusión intervienen los diputados:

Francisco Antonio Rojas Toledo.

Beatriz Mojica Morga.

Rectifican hechos o contestan alusiones personales, los diputados:

Roberto Aquiles Aguilar Hernández.

Francisco Antonio Rojas Toledo.

Se aprueba la proposición presentada. Comuníquese.

MUERTE DE INDOCUMENTADOS MEXICANOS

El diputado José Manuel Abdalá de la Fuente presenta proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a intervenir y solicitar por la vía diplomática al gobierno norteamericano el esclarecimiento de la muerte de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez, ocurrida en la frontera norte. Se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba. Comuníquese.

PROCESO ELECTORAL FEDERAL DE 2006

Se recibe del diputado Emilio Zebadúa González, proposición con punto de acuerdo para crear una comisión especial que vigile la actuación de los organismos electorales, así como la legitimidad y transparencia del proceso electoral federal de 2006. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

ESTADO DE NUEVO LEON

El diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso para realizar las obras de construcción del Metro; y a las autoridades estatales y a las federales, a aplicar las sanciones a que haya lugar al presidente municipal de San Nicolás de los Garza, por la obstaculización de la realización de esa obra. Se turna a la Comisión de Transportes.

MORATORIA UNIVERSAL DE EJECUCIONES CAPITALES

Se recibe de la diputada Amalín Yabur Elías, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a presentar este año en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas una resolución de proclama de una moratoria universal de ejecuciones capitales, con miras a la abolición definitiva de las mismas. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

El diputado Norberto Enrique Corella Torres presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal establecer un programa de compensaciones para las personas afectadas por el revestimiento del canal Todo Americano (All-American), en el Valle de Mexicali. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.

ESTADO DE QUINTANA ROO

La diputada María Concepción Fajardo Muñoz presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para condonar los pagos obrero-patronales a hoteleros del estado de Quintana Roo, ante los desastres provocados por el huracán Wilma. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

ISTMO DE TEHUANTEPEC

El diputado Angel Pasta Muñuzuri presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a realizar un proyecto en materia de infraestructura de transporte y desarrollo del istmo de Tehuantepec. Se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba. Comuníquese.

ESTADO DE JALISCO

Se recibe del diputado Hugo Rodríguez Díaz, proposición con punto de acuerdo con relación al caso del ciudadano Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresiones, SA de CV, respecto al emplazamiento vehicular en el estado de Jalisco. Se turna a la Comisión de Gobernación.

ESTADO DE MICHOACAN

El diputado Adrián Chávez Ruiz presenta proposición con punto de acuerdo, con relación al derrame de combustóleo ocurrido en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, el 25 de enero pasado. Se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba. Comuníquese.

ESTADO DE TAMAULIPAS

El diputado Erick Agustín Silva Santos presenta proposición con punto de acuerdo a fin de solicitar la reclasificación de la tarifa eléctrica de la 1-D a 1-E para el consumo de uso doméstico en la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas. Se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba. Comuníquese.

ESTADO DE MICHOACAN

Se recibe de la diputada Cristina Portillo Ayala, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a investigar la inclusión de 600 servidores públicos en los tres niveles de gobierno como beneficiarios en el padrón del Programa Oportunidades en Michoacán. Se turna a la Comisión de la Función Pública.

ESTADO DE COAHUILA

La diputada Laura Elena Martínez Rivera presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar los recursos aprobados en el ejercicio fiscal de 2005, en el ramo carretero para el estado de Coahuila, y hacer entrega oportuna de los correspondientes al ejercicio fiscal de 2006. Se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba. Comuníquese.

ESTADO DE JALISCO

La diputada Lorena Torres Ramos presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal a reforestar la sierra de San Martín Bolaños, en el estado de Jalisco. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION - SECRETARIA DE SALUD

El diputado Diego Palmero Andrade presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a fiscalizar los recursos federales transferidos al Instituto Mexicano del Seguro Social conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Salud. Se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba. Comuníquese.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Se recibe del diputado Sergio Arturo Posadas Lara, solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público a efecto de que dictamine iniciativa que adiciona la fracción IX al artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada el 13 de octubre de 2005. El Presidente formula la excitativa correspondiente.

LEY DE PUERTOS

Se recibe del diputado Baruch Alberto Barrera Zurita, solicitud de excitativa a la Comisión de Transportes para que dictamine iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley de Puertos, presentada el 2 de diciembre de 2004. El Presidente formula la excitativa correspondiente.

ARTICULOS 115 Y 116 CONSTITUCIONALES

Se recibe de la diputada María del Rosario Herrera Ascencio, solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, para que dictamine iniciativa que reforma el primer párrafo de la fracción I del artículo 115, y adiciona la fracción VIII al artículo 82 y un inciso c, de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 21 de octubre de 2004. El Presidente formula la excitativa correspondiente.

LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO

Se recibe del diputado Omar Bazán Flores, solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para que dictamine iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, presentada el 18 de octubre de 2005. El Presidente formula la excitativa correspondiente.

ESTADO DE OAXACA

Se recibe del diputado Gustavo Zanatta Gasperín, solicitud de excitativa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para que dictamine punto de acuerdo para reasignar recursos a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y crear instrumentos operativos integrales que beneficien a los productores piñeros de Loma Bonita y Tuxtepec, Oaxaca, presentado el 15 de marzo de 2005. El Presidente formula la excitativa correspondiente.

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.

REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL

La Presidenta informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados.

CLAUSURA Y CITATORIO.

RESUMEN DE TRABAJOS.

LISTA DE ASISTENCIA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS, CORRESPONDIENTE A LA PRESENTE SESION.

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2o., numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones:

Del dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma las fracciones IV del artículo 3o. y IX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, (en lo general y en lo particular).

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o., 9o., 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, (en lo general y en lo particular).


Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

ASISTENCIA

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de nuestros compañeros y compañeras diputados y diputadas.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 285 ciudadanas diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli (a las 11:15 horas): Se abre la sesión.


ORDEN DEL DIA

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura del orden del día.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Martes 14 de febrero de 2006.

Acta de la sesión anterior

Comunicaciones

Del Congreso de Tlaxcala.

De la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca.

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política:

- Por el que se modifica el acuerdo de creación del Comité de Administración de la Cámara de Diputados LIX Legislatura. (Votación)

- Por el que se amplía al 31 de agosto de 2006 la vigencia de la Comisión Especial de Ganadería. (Votación)

De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados

Del Gobierno del Distrito Federal

Cuatro oficios con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

De la Comisión Nacional del Agua

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

Del Instituto Mexicano del Seguro Social

Remite informe trimestral sobre la composición y situación financiera de las inversiones del Instituto. (Turno a Comisión)

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente durante el primer receso del tercer año de ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Siete, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

De la Cámara de Senadores

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Manuel López Villarreal, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de juicio político y declaración de procedencia, a cargo del diputado Álvaro Elías Loredo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 32 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo quinto transitorio del decreto que adiciona el artículo 3o., párrafo primero; las fracciones III, V y VI; y el artículo 31, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfonso Rodríguez Ochoa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero, a cargo del diputado Francisco Antonio Rojas Toledo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 18, 58 y 74 de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográfica y de la Ley Federal de Turismo, a cargo del diputado Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Lino Celaya Luría, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Myriam Arabian Couttolenc, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7, 52, 58 y 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis y 268 Bis 1 al Capítulo VIII del Título Duodécimo, y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones en materia indígena a la Ley General de Desarrollo Social.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María Elí López Reyes para desempeñar el cargo de cónsul honoraria de la República de Finlandia en la ciudad de Cancún, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma las fracciones IV del artículo 3o. y IX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

De las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar el 14 de agosto como Día del Cine Mexicano, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador de Chiapas a respetar la libertad de prensa y expresión en el estado, consagrada plenamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y detener inmediatamente las agresiones y órdenes de aprehensión contra los periodistas de Chiapas, en especial de quienes laboran en los periódicos El Orden y Cuarto Poder, a cargo del diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a intervenir y solicitar por la vía diplomática al gobierno norteamericano el esclarecimiento de la muerte de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez, ocurrida en la frontera norte, a cargo del diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso para realizar las obras de construcción del Metro; y a las autoridades estatales y a las federales, a aplicar las sanciones a que haya lugar al presidente municipal de San Nicolás de los Garza por la obstaculización de la realización de esa obra, a cargo del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal establecer un programa de compensaciones para las personas afectadas por el revestimiento del canal Todo Americano (All-American), a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para crear una comisión especial que vigile la actuación de los organismos electorales, así como la legitimidad y transparencia del proceso electoral federal de 2006, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a presentar este año en la Asamblea General de la ONU una resolución de proclama de una moratoria universal de ejecuciones capitales, con miras a la abolición definitiva de las mismas, a cargo de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para condonar los pagos obrero-patronales a hoteleros del estado de Quintana Roo, a cargo de la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, con relación al caso del ciudadano Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresiones, SA de CV, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a realizar un proyecto en materia de infraestructura de transporte y desarrollo del istmo de Tehuantepec, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a efecto de que el Tribunal Superior Agrario, la Secretaría de la Reforma Agraria y la Procuraduría Agraria atiendan lo relacionado con el juicio de la pérdida de hectáreas de la superficie original del ejido Hoyo del Aire, localizado en el municipio de Taretan, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Carlos Hernán Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejero Presidente del IFE a rendir un informe acerca de los resultados obtenidos al transcurrir la vigencia del acuerdo denominado ``tregua electoral navideña'', a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, con relación al derrame de combustóleo ocurrido en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, el 25 de enero de 2006, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de solicitar la reclasificación de la tarifa eléctrica de la 1D a 1E para el consumo de uso doméstico en la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas, a cargo del diputado Érick A. Silva Santos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a investigar la inclusión de 600 servidores públicos en los tres niveles de gobierno como beneficiarios en el padrón del programa Oportunidades en Michoacán, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar los recursos aprobados en el ejercicio fiscal de 2005 en el ramo carretero para el estado de Coahuila, y hacer entrega oportuna de los correspondientes al ejercicio fiscal de 2006, a cargo de la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al comercio informal y ambulantaje en el Sistema de Transporte Colectivo, Metro, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión Nacional Forestal a reforestar la sierra de San Martín Bolaños, a cargo de la diputada Lorena Torres Ramos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a fiscalizar los recursos federales transferidos al IMSS conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Sagarpa y la Secretaría de Salud, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Excitativas

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Sergio Arturo Posadas Lara, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Transportes, a solicitud del diputado Baruch Alberto Barrera Zurita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de la diputada Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a solicitud del diputado Gustavo Zanatta Gasperín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los señores diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves nueve de febrero de dos mil seis, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos sesenta y siete diputadas y diputados, a las diez horas con quince minutos del jueves nueve de febrero dos mil seis, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicación del diputado Guillermo del Valle Reyes con la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputado electo en el tercer distrito del estado de Morelos, del tres al diecinueve de febrero del año en curso. En votación económica se aprueba el punto de acuerdo por el que se concede la licencia, comuníquese.

Comunicación de la diputada Patricia Flores Fuentes, con la que informa que queda sin efecto el oficio recibido el pasado primero del presente mes y que se reincorpora a sus actividades como diputada federal a partir del veinte de marzo próximo. De enterado, comuníquese.

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal invita a la ceremonia cívica conmemorativa del centésimo septuagésimo quinto aniversario luctuoso del general Vicente Guerrero Saldaña. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

Comunicación del Congreso del estado de Chihuahua, con la que solicita al honorable Congreso de la Unión, se consulte a los derechohabientes en el análisis del proyecto de reforma de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada en el Senado de la República el día quince de diciembre de dos mil cinco. Se turna a la Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para su conocimiento.

Comunicaciones de los gobiernos de los estados de:

  • México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a los gobiernos y congresos estatales a impulsar las reformas legales pertinentes para solucionar los problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito. Remítase a la Comisión correspondiente para su conocimiento.

  • Puebla, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, y en la que informa que en esa entidad federativa se llevan a cabo las actividades de prevención, tratamiento y control de las adicciones, a través de la supervisión y asesoría del Consejo Estatal contra las Adicciones. Remítase a la Comisión correspondiente para su conocimiento.

    Comunicación de la Presidenta de la Mesa Directiva por la que informa de la recepción de tres dictámenes negativos de puntos de acuerdo y tres dictámenes sobre puntos de acuerdo que se tienen como desahogados. Publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

    Cinco comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con las que propone cambios en la integración del Comité de Comunicación Social; Grupos de Amistad de Bulgaria; Guatemala; Uruguay y de Corea del Sur, así como en las mesas directivas de las Comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; Salud; Turismo; Defensa Nacional; Seguridad Pública y en la de Justicia y Derechos Humanos. Aprobadas.

    Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con las que propone cambios en la integración de las Comisiones de Puntos Constitucionales; Gobernación; Juventud y Deporte; Equidad y Género; Seguridad Social; Recursos Hidráulicos; Desarrollo Social; Cultura; Jurisdiccional; Ciencia y Tecnología; Vivienda; Agricultura y Ganadería; Transportes; Fomento Cooperativo y Economía Social; en el Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaría y en el Grupo de Amistad con República Dominicana. De enterado.

    Comunicación de la Cámara de Senadores con la que informa la apertura de su segundo período de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura. De enterado.

    La Cámara de Senadores remite propuesta con punto de acuerdo en relación con la política de tarifas eléctricas en el país, presentada por la senadora Dulce María Sauri Riancho, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, Hacienda y Crédito Público y de Energía, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

    La Junta de Coordinación Política propone los siguientes acuerdos:

  • Por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores envíe al gobierno de Estados Unidos de América, una nota diplomática de rechazo a la aplicación en México de la ley estadounidense conocida como Helms-Burton y a diversas dependencias del orden federal y local a que investiguen y establezcan las sanciones que correspondan por los hechos ocurridos en el hotel María Isabel Sheraton del Distrito Federal, el pasado viernes tres de febrero. Intervienen sobre el tema los diputados: Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. En votación económica se considera suficientemente discutido y de la misma forma se aprueba. Comuníquese.

  • Por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria suspendan la expedición de comprobantes fiscales electrónicos y las medidas provisionales para pago en efectivo del consumo de gasolina y diesel, hasta en tanto no se modernicen las estaciones de servicio en todo el territorio nacional. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que instruya a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de la República, a concertar con los gobiernos del estado de Guerrero y del municipio de Acapulco, medidas eficaces de prevención del crimen organizado. Se aprueba en votación económica. Comuníquese. A las diez horas con cincuenta y cinco minutos la Secretaría instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia e informa del registro de trescientos cuarenta y siete diputadas y diputados.

  • Relativo a los casos de hostigamiento sexual contra mujeres en el estado de Yucatán. Se aprueba en votación económica. Comuníquese.

    Oficio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, durante el primer receso del tercer año de ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura. Remítase a la Comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

    Oficio del Gobierno del Distrito Federal con el que envía información relativa a la evolución de los ingresos y egresos del endeudamiento neto del mes de diciembre de dos mil cinco del Gobierno del Distrito Federal. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.

    Oficio del Gobierno del Distrito Federal con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Remítase a la Comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

    Oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Remítase a la Comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento.

    Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma la fracción cuarta del artículo tercero y la fracción novena del artículo cuarto de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Es de primera lectura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma los artículos octavo, noveno, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y siete, ciento cincuenta y ciento ochenta de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Es de primera lectura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería con proyecto de Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados. Es de primera lectura.

    Tres dictámenes negativos con puntos de acuerdo:

  • De la Comisión de Juventud y Deporte, por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada el diez de agosto de dos mil cinco.

  • De la Comisión de Juventud y Deporte, por el que se desechan las iniciativas que adicionan diversos artículos de la Ley General de Cultura Física y Deporte, presentadas el veinte de octubre y once de noviembre de dos mil cinco.

  • De la Comisión de Juventud y Deporte, por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Cultura Física y Deporte, presentada el catorce de marzo de dos mil cinco. Se concede la palabra al diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para hablar en contra. En votación económica se considera suficientemente discutido. Desde su curul el diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, realiza comentarios de procedimiento. En votación económica se aprueba el punto de acuerdo en sus términos, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

    Son aprobados los primeros dos dictámenes con puntos de acuerdo, archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • Salvador Márquez Lozornio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Presidenta informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Francisco Arroyo Vieyra, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y uno de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Álvaro Elías Loredo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona un artículo cuarenta y tres Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo cincuenta y nueve Bis de la Ley Federal de Radio y Televisión. La Presidenta informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

    Presidencia del diputado Álvaro Elías Loredo
  • Gonzalo Guizar Valladares, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos ciento diecisiete y ciento diecinueve de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria.

  • Francisco Javier Valdéz de Anda, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a nombre propio y de la diputada Rebeca Godínez y Bravo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes: General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; General de Vida Silvestre; General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; General de Desarrollo Forestal Sustentable; de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y del Código Penal Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Justicia y Derechos Humanos.

  • Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, que reforma los artículos cuarenta y ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo setenta y siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que adiciona los artículos cuarenta y nueve A, cuarenta y nueve B, cuarenta y nueve C y cuarenta y nueve D a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Francisco Xavier Alvarado Villazón, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento setenta y seis de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Miguel Ángel Llera Bello, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos segundo, sexto y cuarenta y cinco de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

  • Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y siete de la Ley de Inversión Extranjera. Se turna a la Comisión de Economía.

  • José Juan Bárcenas González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y del Código Penal Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos.

  • Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a nombre propio y del diputado Manuel Ignacio López Villarreal, que reforma el artículo segundo de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Economía.

    Presentan proposiciones con puntos de acuerdo, los diputados:

  • Maki Esther Ortiz Domínguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se solicita a las autoridades responsables de la seguridad pública en la frontera del estado de Tamaulipas, garanticen las condiciones necesarias de seguridad para los habitantes de dicho estado El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Seguridad Pública.

  • Javier Alejandro Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social, remita a los municipios de los estados y delegaciones del Distrito Federal participantes, los resultados de las evaluaciones en materia de desarrollo social que se han venido aplicando por parte de la Secretaría. Desde su curul el diputado Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, solicita la verificación del quórum y la Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para el efecto. En votación económica se considera de urgente resolución la proposición y sin discusión, de la misma manera, se aprueba. Comuníquese.

  • Javier Alejandro Galván Guerrero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezca las políticas de aumento a la producción y productividad, y canalice mayores recursos a subsidios y créditos para productores de sorgo.

    Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

    En votación económica se considera de urgente resolución y sin discusión, de la misma manera, se aprueba. Comuníquese.

  • María del Carmen Escudero Fabre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Congreso del estado de Veracruz legisle en materia de participación ciudadana. Se turna a la Comisión de Participación Ciudadana.

  • Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Senado de la República aprobar la Convención de la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura sobre protección del Patrimonio Subacuático. Remítase a la Cámara de Senadores. Con el registro de trescientos catorce diputadas y diputados se confirma la existencia de quórum.

    A solicitud de la Junta de Coordinación Política, aprobada en votación económica, se incluye en el orden del día, proposición con punto de acuerdo de la diputada:

  • Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al ciudadano Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, para que en sus discursos públicos no utilice frases que impliquen sexismo lingüístico. En votación económica se considera de urgente resolución y a discusión participan los diputados: Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en contra; Margarita Martínez López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en pro; Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en pro. Rectifican hechos las diputadas: Ana Lilia Guillén Quiroz , del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Maki Esther Ortiz Domínguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

    La Asamblea en votación económica considera continuar con la discusión del tema, y para rectificar hechos se concede la palabra a la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; quien con apoyo de otros diputados solicita que la votación respectiva sea nominal. En votación económica se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo, se aprueba por doscientos noventa y siete votos en pro, siete en contra y quince abstenciones. Comuníquese.

  • Marcos Álvarez Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para apremiar al gobernador del estado de México a cumplir el exhorto del Instituto Electoral de dicho estado. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Sofía Castro Ríos, a nombre propio y del diputado Heliodoro Díaz Escárraga, ambos del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, se lleve a cabo un censo nacional sobre el sector artesanal. La Presidenta informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Gobernación.

  • Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ajuste el Servicio Nacional de Registro Agropecuario en el marco de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. En votación económica se considera de urgente resolución y sin discusión, de la misma manera, se aprueba. Comuníquese.

  • José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Presidente de la República, al secretario de Seguridad Pública federal y al procurador general de la República a realizar las acciones decisivas y contundentes que restauren la tranquilidad y la seguridad pública en Nuevo Laredo; y a investigar y llevar ante la justicia a los responsables del atentado contra el periódico El Mañana. En votación económica se considera de urgente resolución y a discusión interviene la diputada Maki Esther Ortiz Domínguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; sin nadie más que haga uso de la palabra se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar al director general de Petróleos Mexicanos a que realice un análisis jurídico constitucional relativo a los nuevos contratos de franquicia para distribuidores de gasolina. Se turna a la Comisión de Energía.

    Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que solicita modificar el orden del día, que se aprueba en votación económica, para incluir las siguientes proposiciones con puntos de acuerdo de los diputados: (Previamente desde su curul la diputada Guadalupe Morales Rubio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, solicita información que la Presidenta responde).

  • Pablo Gómez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar que la Cámara de Diputados interponga controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contra el Poder Ejecutivo federal por actos que omiten lo establecido en el artículo cincuenta y cinco del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil seis, así como en el artículo veintiocho de la Ley General de Desarrollo Social, respecto a la publicidad y promoción que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal realicen en medios electrónicos, gráficos y de cualquier índole. En votación económica se considera de urgente resolución, a discusión intervienen los diputados: Juan Francisco Molinar Horcasitas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en contra; Pablo Gómez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en pro. Contestan alusiones personales o rectifican hechos los diputados: Juan Francisco Molinar Horcasitas y Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Clara Marina Brugada Molina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; y Jesús Porfirio González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. Se considera suficientemente discutida la proposición en votación económica y, de la misma manera, se aprueba. Comuníquese.

  • Rebeca Godínez y Bravo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, para que deje de intervenir en las elecciones presidenciales del próximo seis de julio de dos mil seis. En votación económica se considera de urgente resolución, a discusión hace uso de la palabra el diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en contra. Sin nadie más que solicite la palabra, se aprueba en votación económica. Comuníquese.

  • María Salomé Elyd Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para exhortar al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación, con opinión de las Secretarías de Seguridad Pública, de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, a establecer programas emergentes que permitan prever y solucionar de manera expedita y efectiva paros en la operación de las estaciones de servicio de combustible, que representan una amenaza para la actividad productiva del país y la seguridad nacional, derivados de la controversia por la expedición de hidrocarburos de forma irregular. En votación económica se considera de urgente resolución y sin discusión se aprueba de la misma manera. Comuníquese.

    Transcurrido el tiempo acordado para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión, la Presidenta informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las quince horas con treinta y tres minutos, citando a la que tendrá lugar el martes catorce de febrero de dos mil seis a las once horas.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada, el acta.


    ESTADO DE TLAXCALA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Tlaxcala.

    CC. Diputados Secretarios del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

    Por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 96, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala, remito a ustedes acuerdo aprobado en sesión ordinaria pública, celebrada el día 24 del mes en curso, por el que esta Quincuagésima Octava Legislatura se adhiere a su similar del honorable Congreso del estado de Jalisco, en el sentido de solicitarles que consideren realizar una consulta pública nacional para la reforma a la Ley General de Salud en materia de salud sexual y reproductiva. Lo anterior para los efectos legales procedentes.

    Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Tlaxcala de Xicohténcatl, a 26 de enero de 2006.

    Lic. Felipe Nava Lemus (rúbrica), secretario Parlamentario del H. Congreso del Estado.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Tlaxcala.

    Acuerdo

    Primero. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 9, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, esta Quincuagésima Octava Legislatura se adhiere al acuerdo emitido por la Quincuagésima Séptima Legislatura del estado de Jalisco, mediante el cual solicita a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión que considere realizar una consulta pública nacional para la reforma a la Ley General de Salud en materia de salud sexual y reproductiva.

    Segundo. Comuníquese a través de la Secretaría Parlamentaria de este Poder Legislativo el presente acuerdo a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y al honorable Congreso del estado de Jalisco, para los efectos legales a que haya lugar.

    Tercero. Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

    Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil seis.--- Dip. Germán Morales Morales (rúbrica), Presidente; Dip. Carlos Ixtlapale Gómez (rúbrica), Secretario; Dip. Javier García González (rúbrica), Secretario.»La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Salud, para su conocimiento.
    ESTADO DE OAXACA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- Gobierno del Estado.--- Procuraduría General de Justicia.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    En atención al punto de acuerdo emitido por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, inserto en su oficio número D.G.P.L.-59-II-0-2794, mediante el cual se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca a dar a conocer las investigaciones que se han realizado con motivo del ataque en contra de Benjamín Fernández Gonzáles, informo a usted lo siguiente:

    La Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca, por conducto de la Subprocuraduría Regional de la Cuenca, con motivo de la agresión que sufrió el C. Benjamín Fernández González el día 6 de diciembre de 2004, inicio la averiguación previa número 898/(I)/2005, en la que a la fecha se continúa investigando respecto a la identidad de los responsables de tales actos, para ello se ha recabado la denuncia de los hechos de parte del ofendido, declaraciones ministeriales de testigos, así como el parte informativo del avance en las investigaciones que al respecto han realizado los elementos de la Policía Ministerial, todo ello a efecto de estar en condiciones de ejercitar la acción penal correspondiente.

    Asimismo, le informo que por lo que respecta a la seguridad personal del señor Benjamín Fernández González, la policía ministerial del estado, en coordinación con la policía municipal de Loma Bonita, Oaxaca, han implementado rondines constantes de vigilancia y guardia permanente en el domicilio particular del afectado.

    Lo que hago de su conocimiento para los efectos correspondientes.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    ``El respeto al derecho ajeno es la paz.''

    La Experimental, San Antonio de la Cal, Centro, Oaxaca, a 27 de enero de 2006.--- Lic. Patricia Villanueva Abrajan (rúbrica), procuradora general de Justicia del Estado.»

    «Escudo.--- Gobierno del Estado.--- Procuraduría General de Justicia.

    Lic. Patricia Villanueva Abrajan, procuradora general de Justicia.--- Presente.

    Por instrucciones del secretario general de Gobierno, adjunto al presente envío para su amable atención los siguientes documentos:

  • Memorándum número 076/2006, de fecha 11 de enero del presente, enviado por el licenciado Alejandro Figueroa Herrera, secretario particular del gobernador, quien remite oficio número SEL/300/6955/05, de fecha 7 de diciembre del 2005, presentado por el C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, en el que informa el punto de acuerdo aprobado en sesión de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión.

  • Memorándum número 075/2006, de fecha 11 de enero del presente, enviado por el licenciado Alejandro Figueroa Herrera, secretario particular del C. Gobernador, quien remite oficio número SEL/300/6921/05, de fecha 7 de diciembre del 2005, presentado por el C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, en el que informa el punto de acuerdo aprobado en sesión de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión.

  • Memorándum número 074/2006, de fecha 11 de enero del presente, enviado por el licenciado Alejandro Figueroa Herrera, secretario particular del C. Gobernador, quien remite oficio número SEL/300/7003/05, de fecha 7 de diciembre del 2005, presentado por el C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, en el que informa el punto de acuerdo aprobado en sesión de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión.

  • Memorándum número 099/2006, de fecha 16 de enero del presente, enviado por el licenciado Alejandro Figueroa Herrera, secretario particular del C. Gobernador, quien remite escrito de fecha 19 de diciembre del 2005, presentado por el C. Antonio González Herrera, interno en el Reclusorio Regional de la Villa de Zaachila, quien solicita intervención a fin de que su caso sea revisado, ya que manifiesta haber sido privado de su libertad injustamente, acusado por el delito de despojo.

  • 20 folletos con la información de los salarios mínimos vigentes a partir del 1 de enero del presente.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    ``El respeto al derecho ajeno es la paz''.

    Oaxaca de Juárez. Oaxaca, a 25 de enero de 2006.--- Dr. Mahoma Rodríguez Aguilar, secretario particular.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    COMISIONES LEGISLATIVAS

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada María Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), y 44, punto 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

  • Que la diputada Jazmín Elena Zepeda Burgos se incorpore como integrante en la Comisión de Investigación encargada de revisar las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 14 días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado. Favor de continuar, secretaria.


    COMITE DE ADMINISTRACION

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica el acuerdo de creación del Comité de Administración de la Cámara de Diputados, LIX Legislatura

    La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 34, numeral 1, inciso b), y 46, numeral 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes

    ConsiderandosI. Que de conformidad con el artículo 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados está facultada para tomar resoluciones económicas relativas a su régimen interior.

    II. Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta es a la letra:

    ``La Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.''III. Que para estos efectos, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 46, numeral 3, de la propia Ley Orgánica, dicho órgano se auxilia en sus facultades administrativas con:``Para auxiliar a la Junta de Coordinación Política en el ejercicio de sus funciones administrativas, habrá un Comité de Administración. El acuerdo de su creación será propuesto al Pleno por la Junta y deberá señalar su objeto, integración y atribuciones, así como la directiva del Comité, cuya Presidencia deberá recaer en un diputado del mismo grupo parlamentario de quien presida aquélla.IV. Que la Junta de Coordinación Política presentó a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el ``Acuerdo de creación del Comité de Administración'', mismo que fue aprobado en sesión del 11 de septiembre de 2003.

    V. Que la Junta de Coordinación Política ha estimado oportuno armonizar las disposiciones que rigen a la Junta de Coordinación Política con las normas de funcionamiento del Comité de Administración, toda vez que por mandato legal este último funge como un órgano auxiliar del primero.

    VI. En este sentido, se considera procedente reproducir el espíritu de los artículos 21, 35 y 38 en cuanto a la función que desempeña la Secretaría General de la Cámara de Diputados como soporte institucional de los órganos de gobierno, para preparar los documentos necesarios para las reuniones, levantar el acta correspondiente y llevar el registro de los acuerdos que se adopten en el Comité de Administración.

    Por lo anteriormente expuesto se somete a la consideración del Pleno el siguiente

    Acuerdo

    Único.- Se modifica el resolutivo séptimo del ``Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Comité de Administración'' aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el 11 de septiembre de 2003, para quedar como sigue:

    ``Séptimo. El Comité de Administración, para cumplir con las facultades que le han sido asignadas, podrá organizarse en los subcomités o grupos de trabajo que estime conveniente crear definiendo la integración y tareas específicas de los mismos.

    A las reuniones del Comité de Administración concurrirá el secretario general de la Cámara, con voz pero sin voto, levantará el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten.

    Para los efectos de suplencia del secretario general a las reuniones del Comité de Administración se estará a lo dispuesto por el artículo 52, numeral 2, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Para apoyar sus tareas, el Comité contará con un secretario técnico, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones. El Comité determinará su propia organización y funcionamiento, y los recursos que requiera para cumplir con su responsabilidad.''

    Transitorios

    Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno.

    Segundo.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los nueve días del mes de febrero de dos mil seis.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.


    COMISION ESPECIAL DE GANADERIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se amplía la vigencia de la Comisión Especial de Ganadería hasta el 31 de agosto de 2006

    Considerandos

    1.- Que el 18 de marzo de 2004 el Pleno de esta soberanía aprobó la creación de la Comisión Especial de Ganadería, cuyos trabajos concluirían el 30 de abril de 2006.

    2.- Que en sesión del 9 de febrero del presente año este órgano de gobierno consideró la importancia de ampliar el ámbito temporal de vigencia de la Comisión Especial de Ganadería hasta el 31 de agosto de 2006.

    Con base en lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 33 y los incisos a) y b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

    Acuerdo

    Único- La vigencia de la Comisión Especial de Ganadería se amplía hasta el 31 de agosto de 2006.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de enero de 2006.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro González Yáñez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Jesús Martínez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.
    SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

    Diputados: Marcos Morales Torres y Patricia Garduño Morales.--- Presentes.

    Me refiero a su oficio arriba citado (D.G.P.L. 59-II-0-2584, del 27 de octubre de 2005), por el cual hicieron del conocimiento a esta Comisión que en sesión del 27 de octubre de 2005 se aprobaron los siguientes puntos de acuerdo:

    ``Primero.- Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a que, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 33, 34 y 35 de la Ley de Fiscalización Superior: a) Proponga los procedimientos de coordinación con las Legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en ejercicio de las atribuciones de control que éstas tengan conferidas, colaboren en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales, recibidos por dichos órganos de gobierno, para el sistema de protección social en salud. b) Revise la legalidad de los convenios de prestación de servicios, a los regímenes estatales de protección social en salud, realizados al amparo del reglamento de la ley de la materia y la comprobación de la aplicación adecuada de los recursos que hayan recibido particulares por concepto de subsidios otorgados por las entidades federativas y con cargo a los recursos federales destinados a financiar a las acciones del sistema de protección social en salud. c) Para que, en caso de que se acrediten afectaciones al Estado en su hacienda pública federal, atribuibles a las autoridades estatales, o del Distrito Federal, proceda a fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, y promueva ante los órganos o autoridades competentes las responsabilidades administrativas, civiles, políticas y penales a que hubiere lugar. Segundo.- Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que audite la legalidad y el desempeño de la Comisión Nacional de Protección Social de la Salud durante el ejercicio fiscal de 2004. Tercero.- Comuníquese al auditor superior de la Federación. Cuarto.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.''

    Sobre el particular, les informo que la Auditoría Superior de la Federación, a través de oficio OAS/0121/06, del 19 de enero de 2006, comunicó a esta Presidencia que, en razón a la profundidad y alcance de los temas materia de la solicitud, se ha tomado nota de la petición para considerarla en la planeación del Programa de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2005.

    Por lo que hace al segundo punto de acuerdo, la entidad de fiscalización superior de la Federación practica a la Comisión Nacional de Protección en Salud la auditoría número 348, denominada Egresos Presupuestales de la Partida 4105 ``Subsidios a la Prestación de Servicios Públicos'', cuyo resultado se presentará en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública 2004, el próximo 31 de marzo, a la H. Cámara de Diputados, a través de esta Comisión Legislativa.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 8 de febrero de 2006.--- Dip. Salvador Sánchez Vázquez (rúbrica), Presidente de la Comisión de Vigilancia.»

    «Auditoría Superior de la Federación.

    Diputado Federal Salvador Sánchez Vázquez, Presidente de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.--- Presente.

    Nos referimos a su similar CVASF/LIX/740/05, al que acompaña copia del oficio D.G.P.L. 59-II-0-2584, suscrito por los diputados Marcos Morales Torres y Patricia Garduño Morales, secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en relación con los siguientes puntos de acuerdo:

    ``Primero.- Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a que, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 33, 34 y 35 de la Ley de Fiscalización Superior: a) Proponga los procedimientos de coordinación con las Legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en ejercicio de las atribuciones de control que éstas tengan conferidas, colaboren en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales, recibidos por dichos órganos de gobierno, para el sistema de protección social en salud. b) Revise la legalidad de los convenios de prestación de servicios, a los regímenes estatales de protección social en salud, realizados al amparo del Reglamento de la Ley de la materia y la comprobación de la aplicación adecuada de los recursos que hayan recibido particulares por concepto de subsidios otorgados por las entidades federativas y con cargo a los recursos federales destinados a financiar a las acciones del sistema de protección social en salud. c) Para que, en caso de que se acrediten afectaciones al Estado en su hacienda pública federal, atribuibles a las autoridades estatales, o del Distrito Federal, proceda a fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, y promueva ante los órganos o autoridades competentes las responsabilidades administrativas, civiles, políticas y penales a que hubiere lugar. Segundo.- Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que audite la legalidad y el desempeño de la Comisión Nacional de Protección Social de la Salud durante el ejercicio fiscal de 2004...''

    Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que, en razón de la profundidad y alcance de los temas materia de la solicitud, que incluso involucran a las 32 entidades federativas, se ha tomado nota de la petición para considerarla en la planeación del Programa de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2005, una vez que ésta se reciba durante los primeros diez días del mes de junio de 2006.

    Cabe señalar, sin embargo, que en atención al segundo punto de acuerdo, esta entidad de fiscalización superior de la Federación practica a la Comisión Nacional de Protección en Salud la auditoría número 348, denominada Egresos Presupuestales de la Partida 4105 ``Subsidios a la Prestación de Servicios Públicos'', cuyo resultado se presentará en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2004, el próximo 31 de marzo, a la H. Cámara de Diputados a través de esa Comisión legislativa.

    Lo anterior, para que, de así considerarlo, por su conducto se informe lo procedente a los diputados Marcos Morales Torres y Patricia Garduño Morales.

    Reiteramos a usted nuestra más distinguida consideración.

    México, DF, a 19 de enero de 2006.--- CPC Arturo González de Aragón O. (rúbrica), auditor superior de la Federación.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.


    CERTIFICADO DE MATRICULA CONSULAR

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

    Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en atención a su oficio número SEL/300/7428/ 2005 y D.G.P.L.59-II-0-2842/2005, donde se hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado el pasado 13 de diciembre del 2005, mediante el cual se solicita al sector financiero y privado y los distintos niveles de Gobierno y la Administración Pública Federal que el Certificado de Matricula Consular de alta seguridad o digital, expedida por la Secretaría de Relaciones Exteriores sea aceptada como identificación oficial en todo el territorio mexicano.

    Anexo envío a usted oficio No. DGJG/DG/SG-ULF/186/ 06, con la información que proporciona el licenciado Efraín Díaz Vega, subdirector de Gobierno en la delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal.

    Sin otro particular por el momento, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Lic. Ricardo Ruiz Suárez (rúbrica), secretario de Gobierno.»

    «Escudo.--- Ciudad de México.

    Lic. Ricardo Ruiz Suárez, secretario de Gobierno de la Secretaría de Gobierno del Gobierno del Distrito Federal.--- Presente.

    En atención a su oficio número SG/00236/2006, mediante el cual informa que con fundamento en lo establecido por el artículo 23, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en atención al oficio número SEL/300/7428/2005, signado por el licenciado Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación y oficio D.F.P.L. 59-II-0-2842, suscrito por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Ma. Sara Rocha Medina, Presidente y secretaría de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, se exhorta al Gobierno Federal a realizar las gestiones necesarias con el sector financiero y privado, así como los distintos niveles de Gobierno y la Administración Pública Federal para que el certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital, expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores, se acepte como identificación oficial en todo el territorio mexicano, le comento:

    Atento a lo anterior, agradezco su atención al informarnos que será aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano el certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, señalando que se estará atento a su información para el caso de que sea utilizado en el área a mi cargo.

    Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Miguel Hidalgo, a 27 de enero de 2006.--- Lic. Efraín Díaz Vega (rúbrica), subdirector de Gobierno.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    TS Beatriz Cosío Nava, asesora del secretario de Gobierno.--- Presente.

    Anexo a la presente me permito enviarle para su atención, oficio número DGJG/DG/SG-ULF/186/2006, del licenciado Efraín Díaz Vega, subdirector de Gobierno en la delegación Miguel Hidalgo, en el que informa respecto al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2005.

    Sin otro particular por el momento, quedo de usted.

    Atentamente.

    México, DF, a 2 de febrero de 2006.--- Lic. Justina Castro Castro (rúbrica), secretaria particular del secretario de Gobierno.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.


    ACCIDENTES DE TRANSITO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

    Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en atención a su oficio No. D.G.P.L.59-II-3/2006, donde se hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado el pasado 8 de diciembre de 2005, mediante el cual se solicita a la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Pública y de Turismo, que impulsen la planeación, definición o ejecución de acciones y programas en materia de seguridad vial, así como la instrumentación de las medidas necesarias para brindar la atención medica oportuna a las víctimas al verificarse los accidentes y con posterioridad a los mismos.

    Anexo envío a usted oficio No. SSDF/043/06, con la información que proporciona la doctora Asa Cristina Laurell, secretaria de Salud del Gobierno del Distrito Federal.

    Sin otro particular por el momento, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Lic. Ricardo Ruiz Suárez (rúbrica), secretario de Gobierno del Distrito Federal.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Lic. Ricardo Ruiz Suárez, secretario de Gobierno.

    Con relación a su oficio SG/214/06, de fecha 9 de enero, donde solicita información relativa a las actividades que en materia de seguridad vial y reducción de accidentes desa-rrolla esta Secretaría, me permito informarle que la SSDF preside el Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes (Coepra) y coadyuva en materia de prevención primaria con otras Secretarías en actividades como la instalación del alcoholímetro y el programa Protejamos al Peatón, ambos coordinados por la Secretaría de Seguridad Pública y otras vinculadas con la Secretaría de Transportes y Vialidad.

    Con relación a la prevención secundaria, el Centro Regulador de Urgencias Médicas ha atendido desde el 15 de noviembre del 2003 hasta el 15 de enero del presente 31,000 casos, cuyas estadísticas son informadas puntualmente a las instituciones del sistema integral de urgencias médicas y el propio Coepra a fin de establecer estrategias para la reducción de la siniestralidad.

    Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 30 de enero de 2006.--- Dra. Asa Cristina Laurell (rúbrica), secretaria de Salud.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    TS Beatriz Cosío Nava, asesora del secretario de Gobierno.--- Presente.

    Por este conducto me permito enviarte, para tu conocimiento y atención, el oficio SSDF/043/056, de la doctora Asa Cristina Laurell, secretaria de Salud, quien da respuesta al oficio SG/214/06, quien informa que el Centro Regulador de Urgencias Médicas ha atendido desde el 15 de noviembre del 2003 hasta el 15 de enero del presente 31,000 casos, los cuales se ha informado oportunamente al Coepra.

    Sin otro particular, te envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 2 de febrero de 2006.--- Lic. Justina Castro Castro (rúbrica), secretaria particular del secretario de Gobierno.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.


    CERTIFICADO DE MATRICULA CONSULAR

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:«Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

    Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en atención a su oficio No. SEL/300/7428/2005 y D.G.P.L.59-II-0-2842/2005, donde se hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado el pasado 13 de diciembre del 2005, mediante el cual se solicita al sector financiero y privado y los distintos niveles de Gobierno y la Administración Pública Federal para que el Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad o digital, expedida por la Secretaría de Relaciones Exteriores sea aceptada como identificación oficial en todo el territorio mexicano.

    Anexo envío a usted oficio No. DGJG/DG/0081/06, con la información que proporciona el Lic. Carlos Bravo Vázquez, director de Gobierno en la delegación Xochimilco, Distrito Federal.

    Sin otro particular por el momento, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Lic. Ricardo Ruiz Suárez (rúbrica), secretario de Gobierno.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Lic. Ricardo Ruiz Suárez, secretario de Gobierno.--- Presente.

    En atención al oficio SG/00241/2006 que envía al CP Faustino Soto Ramos, jefe delegacional del Gobierno del Distrito Federal en Xochimilco, en el que se refiere al oficio SEL/300/7428/2005 signado por el Lic. Dionisio A. Meade y García relativo al punto de acuerdo que resolvió aprobar la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por medio del cual se exhorta al Gobierno Federal para que realice las gestiones necesarias con el sector financiero y privado, así como los distintos niveles de Gobierno y la Administración Pública Federal para que el Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad o digital expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, sea aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano. Me permito comentarle que se agradece la atención al enviar el punto de acuerdo de referencia, para los efectos a que haya lugar. Por lo que de ser el caso que se presente el documento a que se hace mención, como identificación oficial para trámites ante esta desconcentrada, se procederá a aceptarlo. Si es que así lo solicita la instancia del Gobierno Federal, a la que corresponde hacer la solicitud.

    Sin otro particular le reitero la más distinguida de mis consideraciones.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 19 de enero de 2006.--- Carlos Bravo Vázquez (rúbrica), director de Gobierno, delegación Xochimilco.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    TS Beatriz Cosío Nava, asesora del secretario de Gobierno.--- Presente.

    Por este conducto me permito enviarte, para tu conocimiento y atención, el oficio DGJG/DG/0081/06, del C. Carlos Bravo Vázquez, director de Gobierno en la delegación Xochimilco, quien da respuesta al oficio SG/00241/2006, respecto al punto acuerdo, aprobado el 13 de diciembre del 2005.

    Sin otro particular, te envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 2 de febrero de 2006.--- Lic. Justina Castro Castro (rúbrica), secretaria particular del secretario de Gobierno.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.


    SUERO ANTIALACRANICO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

    Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en atención a su oficio número SEL/300/7135/ 2005 y D.G.P.L.59-II-1-1664/2005, donde se hace del conocimiento el punto de acuerdo, aprobado el 6 de diciembre de 2005, mediante el cual se solicita a la Secretaría de Salud federal y a las Secretarías de Salud de los estados adoptar medidas para mantener abasto suficiente de suero antialacránico, acorde con la tasa de incidencia de intoxicación por picadura de alacrán de sus respectivos estados y a sus variantes en las distintas épocas del año.

    Anexo envío a usted el oficio número SSDF/00045/06, con la información que proporciona la doctora Asa Cristina Laurell, secretaria de Salud del Gobierno del Distrito Federal.

    Sin otro particular por el momento, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Lic. Ricardo Ruiz Suárez (rúbrica), secretario de Gobierno.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    Lic. Ricardo Ruiz Suárez, secretario de Gobierno del Distrito Federal.

    En relación con su oficio número SG/13880/2005, donde informa que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión hace el exhorto a la Secretaría de Salud federal y a las Secretarías de Salud de los estados a adoptar medidas pertinentes para mantener un abasto suficiente de suero antialacránico, acorde con la tasa de incidencia de intoxicación por picadura de alacrán en sus respectivos estados y con sus variantes en las distintas épocas del año, comento a usted:

    A pesar de que esta entidad no es endémica en la intoxicación por picadura de alacrán, como en los estados de Jalisco, Guanajuato, Michoacán, Guerrero y Morelos, donde se registran anualmente más de 15,000 casos. En el Distrito Federal, a través de la Secretaría de Salud, se dispone del presupuesto asignado para la compra de suero antialacránico para que se encuentre disponible en los Servicios de Urgencias de la Red de Hospitales, para atender a los pacientes que se presenten a dicho servicio con este antecedente, sin importar el lugar de su procedencia. Lo anterior ha permitido que no se hayan registrado defunciones por esta causa.

    Como punto de referencia informo a usted que el promedio anual de demanda de atención por esta causa es de 201 casos, de los cuales 102 corresponden al sexo masculino y 99 al femenino, destacando que todos ellos fueron atendidos en el marco de la gratuidad.

    Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    México DF, a 30 de enero de 2006.--- Dra. Asa Cristina Laurell (rúbrica), secretaria de Salud.»

    «Escudo.--- Gobierno del Distrito Federal.--- México.--- La Ciudad de la Esperanza.

    TS Beatriz Cosío Nava, asesora del C. secretario de Gobierno.--- Presente.

    Anexo al presente me permito enviarte para tu atención oficio de la secretaria de Salud, doctora Asa Cristina Laurell, quien remite contestación al oficio número SG/13880/2005, signado por el C. secretario de Gobierno del Distrito Federal, referente al punto de acuerdo aprobado en el Pleno de la ALDF el 6 de diciembre de 2005.

    Sin otro particular, me es grato enviarte un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, 2 de febrero de 2006.--- Lic. Justina Castro Castro (rúbrica), secretaria particular del C. secretario de Gobierno.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.


    ESTADO DE GUANAJUATO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    C. Diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Hago referencia al punto de acuerdo presentado por el C. diputado Juan Manuel Dávalos Padilla y aprobado el día 13 de diciembre de 2005 por la H. Cámara de Diputados, relacionado con la solicitud de que se retengan 45 millones de metros cúbicos de la presa ``La Gavia'' en Romita, Guanajuato.

    Al respecto me permito hacer de su conocimiento que, de acuerdo con la opinión de la Subdirección General Técnica de esta Conagua, la autorización para el almacenamiento de los escurrimientos para la recarga de acuíferos contraviene el ``Convenio de Coordinación y Concertación de Distribución y Usos de las Aguas Superficiales de la Cuenca Lerma-Chapala'', en lo que se refiere al cálculo del volumen máximo de extracción de aguas superficiales, el que involucra la totalidad de los escurrimientos generados en la cuenca. Por lo anterior, se considera que no es posible el cambio de uso solicitado para la presa La Gavia.

    Cabe señalar que igual respuesta le fue otorgada al presidente municipal y autoridades del ayuntamiento de Romita, con respecto a sus propuestas encaminadas al cambio de uso de la presa en cuestión. Asimismo, con oficio BOO.00.04.08.-725 de fecha 23 de diciembre de 2005, se envió nota informativa al C. diputado federal Juan M. Dávalos Padilla, en relación con su propuesta de retener aguas pluviales en la presa señalada, con el fin de estabilizar el acuífero Silao-Romita, la cual se anexa al presente como sustento técnico.

    Sin otro particular y en espera de que la información le sea de utilidad, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 31 de enero de 2006.--- MCC. Heidi Storsberg Montes (rúbrica), titular de la Unidad de Comunicación Social.»

    «Comisión Nacional del Agua.

    J. Jesús Granados Calderón y firmantes, Presidente municipal de Romita, Guanajuato.

    En relación con su escrito, mediante el cual refieren una serie de antecedentes y propuestas encaminadas al cambio de uso de la presa de control de avenidas La Gavia para ser utilizada como obra de almacenamiento, para la recarga del acuífero.

    A ese respecto, hago de su conocimiento que con el objeto de atender su petición y no incurrir en irregularidades, considerando el propósito de la construcción de dicha obra y la disponibilidad de volúmenes, se solicitó la opinión a la Subdirección General Técnica de esta Comisión, indicando mediante oficio No. BOO. 05.02.02.- 378 de fecha 12 de abril del año en curso, que al autorizar el almacenamiento de los escurrimientos para la recarga de acuíferos contraviene el ``Convenio de Coordinación y Concertación de Distribución y Usos de las Aguas Superficiales de la Cuenca Lerma-Chapala'', en lo que se refiere al cálculo del volumen máximo de extracción de agua superficial, que involucra la totalidad de los escurrimientos generados en la cuenca, en este sentido me permito informarles que no es procedente su petición.

    Sin otro en particular, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Celaya, Gto., a 10 de mayo de 2005.--- Ing. Ricardo Holguín Santana (rúbrica), gerente en el estado de Guanajuato.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la comisión correspondiente, para su conocimiento.
    INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Instituto Mexicano del Seguro Social.

    Dip. María Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con el objeto de dar debido cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 286 C de la Ley del Seguro Social, el Consejo Técnico del Instituto, en acuerdo 200/200 estableció los dispositivos de información para que, en forma periódica, oportuna y accesible, se dé a conocer la composición y situación financiera de las inversiones de este organismo y se remita un informe trimestral al honorable Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Banco de México.

    Por tal motivo me es grato enviar a usted el ejemplar del cuarto trimestre de 2005, que contiene, entre otros, la posición de los recursos financieros en inversión, su evolución, la estructura del portafolio, rendimientos obtenidos, cumplimiento de metas, medición y control de los riesgos financieros.

    Con los resultados alcanzados se cumple satisfactoriamente con los objetivos y metas fijadas, situación que se ha mantenido durante los últimos ejercicios, debido a la eficiencia en la administración financiera de la inversión de dichos recursos, en la cual se ha contado con las valiosas aportaciones y supervisión de la Comisión de Inversiones Financieras del Instituto, integrada en forma tripartita por representantes de los sectores obrero y patronal ante el Consejo Técnico, así como de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el titular del Órgano Interno de Control, el Presidente de la Comisión de Vigilancia y funcionarios del propio Instituto Mexicano del Seguro Social.

    Sin otro particular envío a usted un respetuoso saludo.

    México, DF, a 7 de febrero de 2006.--- Lic. Fernando Flores (rúbrica), director.»La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Seguridad Social.
    ESTADO DE QUINTANA ROO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-2965, suscrito el 4 de enero del año en curso, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga e Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número 100.- 2006 signado el 20 de enero pasado por el licenciado Eduardo Botello Reed, secretario particular del secretario de Energía, así como los anexos que en mismo se mencionan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que revoque el incremento en el precio de las gasolinas en el área circunscrita al municipio de Otón P. Blanco, estado de Quintana Roo.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 2 de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la comisión correspondiente y al promovente, para su conocimiento.
    GAS DOMESTICO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-2723, signado el 22 de noviembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Ma. Sara Rocha Medina, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número 100.- 2006 suscrito el 30 de enero último, por el C. Lic. Eduardo Botello Reed, secretario particular del secretario de Energía, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a otorgar descuentos en los precios del gasóleo doméstico, gas LP y gas natural en Chihuahua, Durango, Nuevo León, Coahuila, Tamaulipas y demás entidades federativas afectadas por el frío durante los meses de noviembre y diciembre de 2005 y los precios de enero a marzo y noviembre a diciembre de 2006.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 1o. de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    ESTADO DE CHIAPAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-2-1312 signado el 28 de abril de 2005, por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Antonio Morales de la Peña, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes, copia del similar número CG/SCAP/DCER/ DARAC/000070/2006, suscrito el 6 de enero último por el C. C.P.C. Carlos Martínez Martínez, contralor general del Gobierno del estado de Chiapas, así como el anexo que en el mismo se cita, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo relativo al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, relacionadas con las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, en el relleno sanitario de Tuxtla Gutiérrez.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 1o. de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Ejecutivo del estado de Chiapas.

    Lic. Dionisio Alfredo Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    En respuesta al oficio No. SEL/300/2415/05, de fecha 2 de mayo de 2005, que se sirvió dirigir al Ejecutivo del estado de Chiapas el C. Lic. M. Humberto Aguilar Coronado, por este medio, me permito enviarle informe de la verificación realizada por personal de la Contraloría General del estado de Chiapas al ``Sitio de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales'', ubicado en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, resultados que fueron del conocimiento del H. Ayuntamiento municipal constitucional de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, trienio 2005-2007, mediante la lectura del informe respectivo el día 18 de noviembre de 2005 (se anexa para su conocimiento).

    Lo anterior, en cumplimiento al oficio No. D.G.P.L.59-II-2-1312 fechado el 28 de abril de 2005, suscrito por el Presidente y el secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Antonio Morales de la Peña.

    Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 6 de enero de 2006.--- CPC Carlos Martínez Martínez (rúbrica), contralor general.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    SUERO ANTIALACRANICO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-1-1664, signado el 6 de diciembre de 2005, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número 5013/41, suscrito el 30 de enero último por el doctor Jorge George Sánchez, encargado del despacho de la Dirección de Atención a la Salud del estado de Puebla, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Salud federal y estatales a adoptar las medidas pertinentes para mantener un abasto suficiente de suero antialacránico, acorde a la tasa de incidencia de intoxicación por picadura de alacrán; así como a actuar coordinadamente en la provisión de servicios de salud preventivos, de capacitación de personal sanitario y de atención oportuna, a fin de disminuir la morbilidad y mortalidad por picadura de alacrán.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Servicios de Salud del estado de Puebla.

    C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    En atención al oficio No. SEL/7123/05 del 8 de diciembre de 2005, relativo al punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el día 6 de diciembre próximo pasado, me permito informar a usted:

    En los servicios de salud del estado de Puebla contamos con un programa específico de Prevención y Control de Intoxicación por Picadura de Alacrán; anualmente se consume un promedio de 20,406 sueros. Durante el ejercicio de 2005 no se reportaron defunciones, se atendió a 15,959 personas y se aplicaron 23,211 en forma gratuita.

    La distribución del mismo se realiza en los almacenes jurisdiccionales y de éstos a las unidades médicas y personal comunitario de las áreas de riesgo, manteniendo un stock activo por lo que se considera tener cubierta la demanda mensual durante los 12 meses del año, Se ha reforzado la capacitación del personal institucional y comunitario para la provisión de servicios de salud preventivos y de atención oportuna con énfasis en el saneamiento básico.

    Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Dr. Jorge George Sánchez (rúbrica), encargado del despacho de la Dirección de Atención a la Salud.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    AGRESIONES CONTRA PERIODISTAS Y MEDIOS DE COMUNICACION

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L.59-II-0-2792, signado el 6 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes copia del similar número 147/2006, suscrito el 27 de enero último por el doctor Germán García Montealegre, secretario particular del procurador general de Justicia del estado de Tlaxcala, así como las copias certificadas que en él se mencionan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a las procuradurías estatales a dar a conocer la información sobre las investigaciones relacionadas con las agresiones contra periodistas y medios de comunicación.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Procuraduría General de Justicia del Estado.

    C. Don Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación federal.--- Presente.

    Por instrucciones del doctor Leopoldo Zárate Aguilar, procurador general de Justicia del estado, tengo a bien dar contestación a la solicitud de fecha 7 de diciembre de 2005 donde solicita se detallen agresiones sufridas por comunicadores y medios de comunicación derivado del acuerdo único celebrado con fecha 6 de diciembre de 2005, por lo que adjunto a la presente copias certificadas de los resultados obtenidos en los libros tanto de la región norte como sur de esta Procuraduría, para todos los efectos legales a que haya lugar.

    Sin otro particular que tratar por el momento, le reitero la seguridad de mi más atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Tlaxcala, Tlax., a 27 de enero de 2006.--- Dr. Germán García Montealegre (rúbrica), secretario particular del C. Procurador.»

    «Procuraduría General de Justicia del Estado.

    C. Dr. Pedro Molina Flores, director de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia.--- Tlaxcala, Tlax.

    En atención a su oficio número 1925/2005, de fecha 30 de noviembre del año en curso y recibido el 7 de diciembre del mismo año, a fin de dar cumplimiento al oficio sin número de fecha 18 de noviembre del presente signado por la diputada Beatriz Mojica Morga, diputada federal de la LIX Legislatura, mediante el cual solicita que se informe respecto a agresiones de periodistas y medios de comunicación en el estado de Tlaxcala, por este conducto informo a usted que, habiéndose efectuado búsqueda minuciosa en las bases de datos de averiguaciones previas y actas circunstanciadas de esta Subdirección, así como en las agencias del Ministerio Público de Chiautempan, Tlax., Zacatelco, Tlax., San Pablo del Monte, Tlax., Nativitas, Tlax., Mesa de Detenidos, Tlax., Contla de Juan Cuamatzi, Tlax., e Ixtacuixtla, Tlax., sobre los últimos cinco años a la fecha, se encontraron los siguientes datos:

    Homicidios: 0

    Lesiones: 1

    Robos: 3

    Daños en las cosas: 0

    Allanamientos de morada: 0

    Amenazas: 1Averiguación previa número 162/2005/TLAX-6

    Fecha: 1 de marzo de 2005, 17:00 horas

    Denuncia: Leonel Tlalmis Robles

    Agraviado: Él mismo e Iván Rodríguez Venegas

    Delitos: Lesiones y abuso de autoridad

    Probables responsables: Hermelinda Báez González y Heriberto Falla López (elementos de la Policía Municipal de Apizaco)

    Lugar: Apizaco, Tlaxcala

    Hechos: En manifestación efectuada en avenida Morelos s/n (casa de piedra), 1 de marzo de 2005, aproximadamente a las 10:00 horas

    Estado actual: Consignada al Juzgado Penal en turno del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, mediante el oficio número 525/2003, de fecha 2 de septiembre de 2005

    Datos sobre las víctimas

    Nombre: Leonel Tlalmis Robles

    Edad: 27 años

    Estado civil: Casado

    Número de hijos: Se ignora

    Lugar de nacimiento: Tlaxcala, Tlaxcala

    Lugar de residencia: San Juan Huactzingo, Tlaxcala

    Actividad principal: Reportero gráfico

    Lugar donde trabaja o trabajaba: Tlaxcala, Tlaxcala (periódico ABC)

    Puesto que ocupaba y labores realizadas: Reportero gráficoNombre: Iván Rodríguez Venegas

    Edad: 25 años

    Estado civil: Soltero

    Número de hijos: Se ignora

    Lugar de nacimiento: México, Distrito Federal

    Lugar de residencia: Tlaxcala, Tlaxcala

    Actividad principal: Reportero gráfico

    Lugar donde trabaja o trabajaba: Tlaxcala, Tlaxcala (periódico ABC)

    Puesto que ocupaba y labores realizadas: Reportero gráficoAveriguación previa número 1182/2005/TLAX-6

    Fecha: 6 de noviembre de 2000, 13:40 horas

    Denuncia: Sergio Enrique Díaz Díaz (M.28, reportero de Compañía Periodística El Sol de Tlaxcala)

    Agraviado: Él mismo

    Delito: Amenazas

    Probable responsable: Q.Q.R.R. (conductor de vehículo Spirit, color blanco)

    Lugar: Chiautempan, Tlaxcala

    Hechos: Al circular sobre la carretera vía corta Santa Ana-Puebla, a la altura del panteón, cuando el semáforo estaba en alto; 4 de noviembre de 2000, a las 18:45 horas aproximadamente

    Estado actual: Opinión fundada, oficio número 123/2003/Tlax-6, fecha 28 de febrero de 2003Averiguación previa número 3864/2005/TLAX-6

    Fecha: 24 de noviembre de 2005

    Denuncia: María Guadalupe de la Luz de Gante (F. 34) vía Internet. Ratifica posteriormente su denuncia

    Agraviada: Ella misma

    Delito: Robo (bolsa con pertenencias)

    Probable responsable: Q.Q.R.R.

    Lugar: Tlaxcala, Tlaxcala, 19 de noviembre de 2005, aproximadamente a las 16:45 horas

    Hechos: Asistió a una rueda de prensa en el hotel Posada, San Francisco, Tlaxcala, Tlaxcala

    Estado actual: TrámiteAveriguación previa número 3208/2005/TLAX-4

    Fecha: 6 de octubre de 2005

    Denuncia: Arturo Popocatl González

    Agraviado: Compañía Periodística El Sol de Tlaxcala, SA de CV

    Delito: Robo (teléfono Nextel)

    Probable responsable: Q.Q.R.R. (conductor de vehículo Spirit, color blanco), Tlaxcala, Tlaxcala, 18 de septiembre de 2005

    Hechos: Acudió a un acto en el Instituto Tlaxcalteca de la Cultura, donde se celebró un evento y dejó el teléfono en una de las coderas del asiento donde se encontraba y cuando regresó a buscarlo ya no estaba

    Estado actual: TrámiteAtentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Tlaxcala, Tlax., diciembre 29 de 2005.--- Lic. Rafael Hernández George (rúbrica), encargado de la Subdirección de Averiguaciones Previas Región Sur.»

    «Procuraduría General de Justicia del Estado.

    Dr. Pedro Molina Flores, director de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia del estado de Tlaxcala.--- Presente.

    En contestación a su oficio número 1926/2005, de fecha 30 de noviembre de 2005 y en atención al control de gestión con número de folio 1793, suscrito por el licenciado Germán García Montealegre, secretario particular, oficio sin número, de fecha 18 de noviembre de 2005, suscrito por la ciudadana Beatriz Mojica Morga, diputada federal de la LIX Legislatura, mediante el cual nos solicitan información relacionada con agresiones a periodistas o medios de comunicación, me permito informar a usted lo siguiente: que después de analizar la documentación a su oficio y realizada la búsqueda en los libros índices y base de datos de la Subdirección de Averiguaciones Previas Región Norte no se encontró antecedente alguno.

    Sin otro particular, reitero a usted mi atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Apizaco, Tlax., a 9 de enero de 2006.--- Lic. Jakqueline Ordóñez Brasdefer (rúbrica), subdirectora de Averiguaciones Previas Zona Norte.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    CONTINGENCIAS AMBIENTALES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-1-1704, suscrito el 14 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes copia del similar número 212A00000/032/ 2006, signado el 25 de enero pasado por la doctora Mireille Roccatti, secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del estado de México, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales a revisar y modificar los programas de contingencias ambientales, en coordinación son las Secretarías de Salud, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como con el Instituto Nacional de Ecología, a fin de reducir los valores para la declaración de contingencias.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Gobierno del estado de México.

    Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

    Distinguido señor subsecretario:

    En relación con su oficio número SEL/300/7529/05, dirigido al licenciado Enrique Peña Nieto, gobernador constitucional del estado de México, referente a la modificación de los valores de activación de las contingencias ambientales atmosféricas en la Zona Metropolitana del Valle de México, me permito comentarle que, en el seno de la Comisión Ambiental Metropolitana, se integrará un grupo de trabajo interinstitucional para realizar el análisis sobre los nuevos valores de activación del Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas.

    Al respecto, hago de su conocimiento que la Secretaría del Medio Ambiente del gobierno del estado de México ha coincidido con la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal en disminuir 40 puntos al Índice Metropolitano de Calidad del Aire (Imeca), para la activación de la contingencia por ozono y con relación a las partículas suspendidas PM10, realizará el ajuste de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA, que establece los criterios para evaluar la calidad del aire respecto al material particulado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de septiembre de 2005.

    Finalmente, le comento que para continuar el proceso de ajuste en el valor de activación de contingencias, además, será imprescindible contar con el compromiso del Gobierno Federal para complementar esta acción con el mejoramiento de combustibles para el Valle de México, fortalecer la verificación de vehículos de diesel con placa federal y concluir la actualización de normas oficiales mexicanas sobre regulación de emisiones, entre otras acciones.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Metepec, México, enero 25 de 2006.--- Dra. Mireille Roccatti (rúbrica), secretaria del Medio Ambiente.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    ACCIDENTES DE TRANSITO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-3-1997, suscrito el 8 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y María Sara Rocha Medina, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes copia del similar número 5013/021/2006, signado el 30 de enero pasado por el doctor Jorge George Sánchez, director de Atención a la Salud de los Servicios de Salud del estado de Puebla, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales a impulsar las reformas legales para solucionar los graves problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Servicios de Salud del estado de Puebla.

    C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación Federal.--- Presente.

    En atención a su oficio número SEL/300/7307/05, de fecha 12 de diciembre de 2005, en el que se exhorta a los gobiernos estatales y a los municipios a formular, planear y ejecutar los programas y las acciones en materia de seguridad vial.

    Al respecto, informo que los Servicios de Salud del estado de Puebla a través de la Coordinación Estatal de Prevención de Trauma y Desastre y jurisdicciones, aplican el Programa Estatal para la Prevención y Control de Accidentes, orientado a las siguientes estrategias:

  • Prevención de accidentes.

  • Educación para la salud.

  • Sistemas de registro.

  • Análisis para la información.

  • Vigilancia epidemiológica.

  • Capacitación del personal de salud.

  • Promoción de la atención integral de las personas lesionadas en accidentes.

    Sin otro particular, le reitero mi atenta y distinguida consideración.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Heroica Puebla de Zaragoza, a 30 de enero de 2006.--- Dr. Jorge George Sánchez (rúbrica), director de Atención a la Salud de los Servicios de Salud del estado de Puebla.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    PESCA ILEGAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. DGPL 59-II-5-2189, signado el 6 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Ma. Sara Rocha Medina, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número 120/2006, suscrito el 31 de enero último, por el Contralmirante CG DEM José Luis Sánchez Sánchez, Presidente de la Comisión de Estudios Especiales de la Secretaría de Marina, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a solucionar el grave problema que existe sobre la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de especies que la Ley de Pesca prohíbe para la práctica de la pesca comercial y a estructurar un programa continuo de vigilancia y supervisión, con el fin de tener controladas las embarcaciones pesqueras en Zihuatanejo, Guerrero y zonas aledañas.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 3 de febrero de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Marina.

    Lic. Dionisio Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

    Distinguido licenciado:

    Por instrucciones del Almirante Secretario de Marina, esta Presidencia de la Comisión de Estudios Especiales, en atención al oficio SEL/300/7087/05 del 8 de diciembre del 2005, correspondiente al punto de acuerdo aprobado por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; y a la Secretaría Marina, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y funciones, intervengan para solucionar el grave problema que existe sobre la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de especies que la Ley de Pesca prohíbe para la practica de pesca comercial y estructure un programa continuo de vigilancia y supervisión, con el fin de tener controladas las embarcaciones pesqueras en Zihuatanejo Guerrero, y zonas aledañas; agradecerá a usted que por su conducto se haga del conocimiento de la citada Mesa Directiva lo siguiente:

    El artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que le corresponde a esta dependencia ejercer la soberanía en aguas territoriales, así como la vigilancia de las costas del territorio, vías navegables, islas nacionales y la zona económica exclusiva.

    Asimismo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2o., fracción IX, de la Ley Orgánica de la Armada de México señala, entre otras atribuciones, que le corresponde a esta institución garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas por sí o coadyuvando con las autoridades competentes en el combate a la piratería en el mar, robo de embarcaciones pesqueras, artes de pesca o productos de esta en los términos de la legislación aplicable.

    De igual manera, el artículo 144 del Reglamento de la Ley de Pesca, que establece que se entiende por inspección todas aquellas actividades efectuadas por la Secretaría y la Secretaría de Marina, a través del personal debidamente autorizado, que tenga por objeto verificar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia pesquera en embarcaciones, instalaciones para el procesamiento, almacenamiento, conservación y comercialización de productos pesqueros, equipos, vehículos, artes de pesca y productos pesqueros, así como toda la documentación que ampare la legal procedencia de los productos pesqueros.

    De la misma forma, con base en lo dispuesto por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en sus numerales 56, punto 1, incisos A y B, subinciso III, y 61, en relación con el 29, 110 y 111, corresponde a la Armada de México, en su carácter de institución militar nacional del Estado mexicano, ejercer el derecho de visita y de persecución, así como la protección y preservación del medio marino y de los recursos vivos de las zonas marinas mexicanas.

    Conforme a las referidas disposiciones nacionales e internacionales, la Secretaría de Marina-Armada de México, en el ámbito de su responsabilidad y a través de la Sexta Región Naval, ha realizado las acciones siguientes:

    a.- Con relación a la información del uso de trasmallos y cimbras de pez vela empleados por pescadores del área de Ixtapa Zihuatanejo, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, llevó a cabo coordinaciones con esta institución para llevar a cabo operaciones de inspección y vigilancia en el área de Zihuatanejo del 20 al 22 de diciembre del 2005.

    b.- En las operaciones participó personal de las Brigadas Navales, una patrulla interceptora, Oficiales de la Conapesca y un agente del Ministerio Público de la Federación.

    c.- Como resultado se detuvo a 8 personas, se aseguraron 4 embarcaciones menores, tres de ellas sin producto y con 4 cimbras de 200 anzuelos cada una aproximadamente, en una de las embarcaciones se aseguraron 10 peces vela y 3 dorados; asimismo, durante el levantado de cimbras que se encontraban tendidas se aseguraron un total de 80 peces vela.

    d.- El 20 de enero del 2006, se realizó una reunión de trabajo en las Oficinas de la Delegación de la Semarnat, participando el propio delegado, los subdelegados de la Sagarpa y de la Profepa, y personal de esta institución, acordando reunirse con los delegados estatales en Chilpancingo, con el fin de definir el programa de vigilancia y supervisión en el área de la bahía de Zihuatanejo.

    Como ha quedado precisado en los puntos que anteceden, esta Secretaría de Marina-Armada de México en el ámbito de sus atribuciones, ha establecido coordinaciones para solucionar el grave problema que existe sobre la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de especies que la Ley de Pesca prohíbe para la práctica de pesca comercial, asimismo se coadyuva con las autoridades competentes para definir un programa de vigilancia y supervisión en Zihuatanejo.

    Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 31 de enero de 2006.--- José Luis Sánchez Sánchez (rúbrica), Contralmirante CG DEM (S-6605095), Presidente de la Comisión de Estudios Especiales.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.
    LEY GENERAL DE SALUD

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó acuerdo de las Comisiones Unidas de Salud y Seguridad Social; y de Estudios Legislativos, por el que se resuelve devolver a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 constitucional, el expediente correspondiente a la minuta proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud, recibido el 29 de septiembre de 2005.

    Atentamente.

    México, DF, a 9 de febrero de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente de la Mesa Directiva.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Salud.


    LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO - LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día son iniciativas de ciudadanos diputados. Compañeras y compañeros diputadas, diputados: esta Presidencia recibió del diputado Manuel López Villarreal, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Manuel López Villarreal, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado Manuel López Villarreal, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para tipificar a nivel federal el delito de la falsificación de tarjetas de crédito, de débito y otros instrumentos de pago, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    La lucha contra el crimen e inseguridad que viven millones de mexicanos constituye una de las principales preocupaciones que existen a nivel nacional. Si tuviéramos que escoger un tema en donde la coincidencia fuese unánime, éste sería sin duda, el clima de inseguridad en el que estamos viviendo.

    La inseguridad es un tema cotidiano en la vida de los mexicanos, está presente en las preocupaciones familiares, en la opinión pública, y forma parte de la agenda del Gobierno Federal y de los gobiernos estatales y municipales. La falta de seguridad afecta por igual a todos los núcleos de población, es un riesgo que corremos todos sin importar la edad, sexo, condición social o actividad económica que se realice.

    México enfrenta en el nuevo milenio un fuerte desafío en materia de violencia y crimen organizado. Pese a los esfuerzos que se realizan en la procuración de justicia, día con día bandas organizadas actúan cada vez con mayor impunidad y, por irónico que suene, con mayor libertad. Es urgente revertir esta situación, porque no podemos vivir con el constante temor de ser asaltados, de ser despojados de nuestro patrimonio, de ser privados de nuestra libertad, de sufrir agresiones físicas y psicológicas.

    Uno de los problemas más serios para enfrentar la delincuencia es el hecho de que los crímenes están asociados entre sí. Así, por ejemplo, el secuestro o el secuestro exprés pueden estar ligados al robo de casas habitación, a los fraudes cometidos con tarjetas de crédito, agresiones físicas o incluso hasta la muerte de las víctimas. En muchas ocasiones, cuando un ciudadano es asaltado recibe la amenaza del delincuente, a sabiendas que este conoce ya la identidad de la víctima. Lo más contradictorio es que al final del día hay delincuentes que caminan libremente por las calles mientras que las familias que han sido robadas o ultrajadas viven amedrentadas permanentemente con temor a salir de sus casas, sintiendo que en cualquier momento pueden ser víctimas de los delincuentes porque éstos poseen datos sobre su identidad. Más preocupante resulta que esta condición los motive a la no denuncia el delito de sus agresores por temor a la represión.

    El delito con tarjetas e instrumentos para el pago de bienes y servicios emitidos por entidades comerciales es un foco del círculo vicioso de la cadena delictiva. Las tarjetas que se roban a los ciudadanos pasan a formar parte de un mercado negro de ilicitud y delincuencia. Con las tarjetas producto de este tipo de fraudes, los criminales se allegan recursos para seguir delinquiendo.

    A la par de ello, se comete fraude mediante la clonación cibernética. Con la información de los tarjetahabientes se realizan retiros de efectivo o transacciones financieras sin conocimiento de los titulares de los plásticos. Este además va más allá de la afectación económica a personas, negocios o instituciones emisoras, pues los delincuentes tienen acceso a información confidencial tal como los niveles, lugares de consumo o a los movimientos financieros de los tarjetahabientes, convirtiéndolos en víctimas potenciales para futuros secuestros.

    En la comisión de este delito intervienen tres agentes delictivos en el modus operandi:

    a) Las personas que obtienen ilícitamente la información de las tarjetas, la cual se obtiene generalmente a través de establecimientos que se encuentran afiliados a las instituciones emisoras de tarjetas (por ejemplo, American Express, Liverpool, Palacio de Hierro, Sears, Diners Club, Visa, entre otras). La forma de obtención de esta información es muy sencilla, los empleados de estos establecimientos a través de dispositivos electrónicos copian y reproducen la información contenida en las cintas magnéticas de las tarjetas, para posteriormente venderla a bandas organizadas que se dedican a la falsificación de las tarjetas;

    b) Las personas que se dedican a la falsificación de las tarjetas con la información obtenida ilícitamente para posteriormente venderlas a usuarios de mala fe; y

    c) Las personas que adquieren y utilizan el plástico falsificado con mala fe para cometer actos ilícitos en perjuicio de diversos sectores de la industria del país.

    Como se podrá observar, este delito es cometido a través de bandas de crimen organizado, lo cual es necesario detener a través de una legislación penal que sea efectiva en su aplicación a nivel nacional.

    Como se ha comentado, los actos ilícitos cometidos con tarjetas e instrumentos de pago para la adquisición de bienes y servicios, constituyen un delito que actualmente afecta a miles de ciudadanos, prestadores de servicios e instituciones emisoras, que viene ligado al robo, al secuestro exprés y al crimen organizado. Tras de este ilícito se esconden bandas que, pese a la comprobación del delito, permanecen en la impunidad.

    Actualmente existen a nivel nacional más de cuarenta millones de mexicanos que son víctimas potenciales de este tipo de delito.

    Por tal motivo, las tarjetas e instrumentos de pago emitidos por instituciones de crédito y entidades comerciales se han convertido en un medio usual de pago. Sin embargo, su uso frecuente y lo obsoleto de la legislación, ha ocasionado que mediante diversas conductas delictivas se lleven a cabo actividades como la falsificación, producción, reproducción, distribución y comercialización de tarjetas en perjuicio de los usuarios de servicios de las instituciones emisoras de las tarjetas.

    Dichas conductas delictivas se han incrementado en los últimos años, entre ellas, la falsificación de tarjetas que es uno de los delitos con mayor incidencia en nuestro país.

    Adicionalmente, los avances tecnológicos y la sofisticación de las conductas delictivas han provocado que nuestras disposiciones legales se vuelvan obsoletas e ineficientes en poco tiempo, por lo que se requiere reforzar y mejorar los instrumentos legales que reflejen las circunstancias presentes.

    Por ello, resulta necesario que se contemple a nivel federal este tipo de delitos en todas sus modalidades, a fin de proveer el marco jurídico adecuado para que las autoridades puedan consignar a los sujetos que cometan estos actos ilícitos y se brinde certidumbre jurídica a las empresas y a las familias mexicanas que gran parte de sus actividades están relacionadas con el uso de tarjetas.

    Asimismo, los actos ilícitos con tarjetas e instrumentos para el pago de bienes y servicios es un delito que afecta directamente el desarrollo turístico y la atracción de inversiones en la entidad. Turistas que viajan a nuestro estado son afectados en su patrimonio cuando realizan sus consumos con tarjetas de crédito.

    Para que lo anterior sea posible, es necesario crear los mecanismos y los instrumentos que permitan actuar de mejor manera a las instituciones para defender el bienestar de los ciudadanos. Nuestra obligación es dotar a los encargados de la procuración e impartición de justicia, de instrumentos jurídicos efectivos, contundentes, modernos, que garanticen que quien infrinja la ley, no podrá acceder a resquicios o vacíos legales que se traduzcan en impunidad.

    No podemos permitir que quienes despojan a los ciudadanos de su patrimonio, pertenencias y de su tranquilidad recurran, bajo el amparo de la actual legislación, al recurso de la libertad bajo fianza, y por lo tanto, que entre y salga de prisión como quien entra y sale del cine. Es por ello que también consideramos que este delito se clasifique como grave con la finalidad de que los delincuentes no gocen del beneficio constitucional de salir libres bajo fianza.

    Por tal motivo el principal objetivo de esta iniciativa de ley es tipificar el delito de falsificación y uso indebido de tarjetas e instrumentos para el pago de bienes y servicios a nivel federal, y tipificarlo como un delito especial en la Ley de Instituciones de Crédito, así como en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que tiene aplicación federal, y clasificarlo como grave, por la gran afectación a la sociedad, en el Código Federal de Procedimientos Penales, con el propósito de que los delincuentes, no gocen del beneficio constitucional de salir libres bajo fianza. El motivo de incluir el delito en dichas legislaciones tiene como propósito que se tipifiquen los delitos y actos ilícitos cometidos con tarjetas, cheques y medios electrónicos de pago emitidos por instituciones de crédito y por entidades comerciales no bancarias.

    Justificaciones económicas

    1.- De acuerdo con las expectativas de Banco de México para 2005, la actividad económica de nuestro país moderará su crecimiento; será el consumo y la inversión privada las que aumentarán su contribución al crecimiento de la demanda agregada. Se espera que el crecimiento del consumo privado durante 2005 continúe superando al del PIB.

    2.- El crédito en México no tuvo crecimiento en la última década, debido principalmente a la inestabilidad económica que sufrió el país después de la crisis de 1994. En cuanto al crédito al consumo, llegó a su nivel más bajo en el año 2000, cuando era menos del 0.6% del PIB, frente al 0.9% en 1994. En 2003 la tendencia cambió, alcanzando un 1.4% del PIB, ayudado por los niveles más bajos de tasas de interés. Desde noviembre del 2004 se observaron crecimientos anuales reales importantes en los rubros de vivienda, con 23%, y en crédito al consumo, con 47%. Este último impulsado principalmente por las tarjetas de crédito.

    3.-. De acuerdo con cifras de la Asociación de Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD), existen actualmente 7 millones de tarjetas de crédito emitidas por sus agremiados.

    4.- De acuerdo con cifras de la Asociación de Bancos de México, existen actualmente en el mercado más de 35 millones de tarjetas de débito y más de13 millones de tarjetas de crédito.

    5.- Comportamiento del mercado crediticio. La estabilidad financiera de los últimos años conjuntamente con la tendencia a la baja en las tasas de interés, ha alentado la adquisición de tarjetas de crédito.

    - Tamaño del mercado: Los bancos tienen alrededor del 70% del mercado de crédito a través de tarjeta. El resto está en manos de las tiendas departamentales.

    - Emisión de plásticos: Las emisiones de tarjetas bancarias han tenido un incremento anual promedio de 21% pasando de 6 millones en 2001 a cerca de 13 millones para noviembre de 2005.

    - Número de operaciones: Se dio un crecimiento anual promedio en el número de operaciones de 13.3%.

    - Monto de las transacciones: Creció 26.8%.

    - Saldo promedio: Pasó de 490 pesos en 2001 a 615 pesos en 2003, lo que demuestra que el mercado no está creciendo únicamente en número de tarjetas, sino que los usuarios están utilizando este medio de pago con mayor frecuencia y en mayores cantidades.

    - Crédito comercial: Entre 1998 y 2002, las tiendas departamentales aprovecharon la poca atención de la banca en este sector y comenzaron a otorgar crédito mediante tarjetas propias, ganando participación en el mercado. En 2003 el crecimiento de las tarjetas de crédito departamentales fue de 13%.

    Las tiendas departamentales con tarjetas propias son Liverpool, Palacio de Hierro, Suburbia, Sanborns, Sears y Copel, sin incluir las emitidas por supermercados.- Intereses: Las tasas que cobran las casas comerciales van desde un 40% hasta un 70% de interés anual.

    - Competitividad: Las tiendas se benefician porque las tarjetas impulsan las ventas, ya que, a diferencia de las tarjetas bancarias, las de las tiendas sólo pueden ser utilizadas en la cadena que las expidió.

    a) Liverpool:

  • A noviembre de 2004 la cadena de tiendas de Liverpool y Fábricas de Francia contaba con más de 1.7 millones de tarjetas.

  • Creció 20% contra el año anterior.

  • Su cartera es de 9,227 millones de pesos.

  • El 57.5% de las ventas se hicieron por medio de su tarjeta, lo que significa un incremento de cinco puntos en su participación con respecto a diciembre de 2003.

  • La división de crédito representa el 34% de la utilidad operativa total del grupo.

    b) Palacio de Hierro:

  • Los ingresos de la división de crédito fueron de 193 millones de pesos, lo que significó un incremento del 8 por ciento contra el año anterior.

  • El 43.2 por ciento de las ventas totales se realizaron mediante la tarjeta propia.

    c) Tarjetas de cargo:

  • Las tarjetas de cargo también se incluyen dentro del rubro de tarjetas comerciales emitidas por instituciones no bancarias.

  • Dentro de este esquema se encuentran las Tarjetas American Express y Diners.

    Una de las estrategias para incrementar este indicador es el aumento del número de puntos de venta. En la actualidad se está trabajando para que las tarjetas sean aceptadas en gasolineras, restaurantes de comida rápida, centros educativos y estacionamientos, entre otros. Este planteamiento se encuentra en el fideicomiso creado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el que participan diversas instituciones comerciales y bancarias, denominado Fimpe.

    En función de todo lo expuesto, este Congreso de la Unión no puede permanecer ajeno a las conductas delictivas perpetradas diariamente en perjuicio de los tarjetahabientes, las empresas comerciales e instituciones de crédito, a través de la falsificación de tarjetas de crédito, débito y otros instrumentos de pago; de lo que se infiere la imperiosa necesidad de legislar en esta materia, a fin de tipificar dichas conductas, dentro de los ordenamientos legales mencionados.

    Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de soberanía, la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 112 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y las fracciones IV y V del artículo 2° y primer párrafo del artículo 3º de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y se adicionan las fracciones V y VI al artículo 112 Bis, artículos 112 Ter, 112 Quáter, 112 Quintus de la Ley de Instituciones de Crédito, así como un Capítulo VI a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, denominado ``De los Delitos en Materia de Títulos y Operaciones de Crédito'', compuesto por los artículos 415, 416, 417 y 418 y la fracción VIII Bis del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y las fracciones VI y VII del artículo 2° de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 112 Bis y se adicionan las fracciones V y VI del artículo 112 Bis, así como los artículos 112 Ter, 112 Quáter, 112 Quintus de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

    Artículo 112 Bis.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que sin causa legítima o sin consentimiento de quien esté facultado para ello, respecto de tarjetas de crédito, de débito, cheques, formatos o esqueletos de cheques, ya sea que éstos se hayan emitido en el país o en el extranjero, por instituciones de crédito:

    I. Produzca, fabrique, reproduzca, introduzca al país, imprima, enajene, aun gratuitamente, comercie o altere, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    II. Adquiera, posea, detente, utilice o distribuya, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    III. Obtenga, comercialice o use la información sobre clientes, cuentas u operaciones de las instituciones de crédito emisoras de cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    IV. Altere, copie o reproduzca la banda magnética o el medio de identificación electrónica, óptica o de cualquier otra tecnología, de cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    V. Sustraiga, copie o reproduzca información contenida en alguno de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo, con el propósito de obtener recursos económicos, información confidencial o reservada, o

    VI. Posea, adquiera, utilice o comercialice equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología para sustraer, copiar o reproducir información contenida en alguno de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo, con el propósito de obtener recursos económicos, información confidencial o reservada.

    Artículo 112 Ter. Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que posea, adquiera, utilice, comercialice o distribuya, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero del artículo 112 Bis, a sabiendas de que estén alterados o falsificados.

    Artículo 112 Quáter.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que sin causa legítima o sin consentimiento de quien esté facultado para ello:

    I. Acceda a los equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología del sistema bancario, para obtener recursos económicos, información confidencial o reservada, o

    II. Altere o modifique el mecanismo de funcionamiento de los equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología para la disposición de efectivo que son utilizados por los usuarios del sistema bancario, para obtener recursos económicos, información confidencial o reservada.

    Artículo 112 Quintus.- La pena que corresponda podrá aumentarse hasta en una mitad más, si quien realice cualquiera de las conductas señaladas en los artículos 112 Bis, 112 Ter y 112 Quáter, tiene el carácter de consejero, funcionario, empleado o prestador de servicios de cualquier institución de crédito, o las realice dentro de los dos años siguientes de haberse separado de alguno de dichos cargos.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adiciona un capítulo VI a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, denominado ``De los Delitos en Materia de Títulos y Operaciones de Crédito'', compuesto por los artículos 415, 416, 417 y 418, para quedar como sigue:

    Capítulo VI De los Delitos en Materia de Títulos y Operaciones de Crédito

    Artículo 415.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que sin causa legítima o sin consentimiento de quien esté facultado para ello, respecto de tarjetas de servicios, de crédito o en general instrumentos utilizados en el sistema de pagos, para la adquisición de bienes y servicios, ya sea que éstos se hayan emitido en el país o en el extranjero, por entidades comerciales no bancarias:

    I. Produzca, fabrique, reproduzca, introduzca al país, imprima, enajene, aun gratuitamente, comercie o altere, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    II. Adquiera, posea, detente, utilice o distribuya, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    III. Obtenga, comercialice o use la información sobre clientes, cuentas u operaciones de las entidades emisoras de cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    IV. Altere, copie o reproduzca la banda magnética o el medio de identificación electrónica, óptica o de cualquier otra tecnología, de cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo;

    V. Sustraiga, copie o reproduzca información contenida en alguno de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo, con el propósito de obtener recursos económicos, información confidencial o reservada, o

    VI. Posea, adquiera, utilice o comercialice equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología para sustraer, copiar o reproducir información contenida en alguno de los objetos a que se refiere el párrafo primero de este artículo, con el propósito de obtener recursos económicos, información confidencial o reservada.

    Artículo 416.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que posea, adquiera, utilice, comercialice o distribuya, cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero del artículo 415, a sabiendas de que estén alterados o falsificados.

    Artículo 417.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días multa, al que sin causa legítima o sin consentimiento de quien esté facultado para ello:

    I. Acceda a los equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología de las entidades emisoras de cualquiera de los objetos a que se refiere el párrafo primero del artículo 415, para obtener recursos económicos, información confidencial o reservada, o

    II. Altere o modifique el mecanismo de funcionamiento de los equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología para la disposición de efectivo que son utilizados por los usuarios del sistema de pagos, para obtener recursos económicos, información confidencial o reservada.

    Artículo 418.- La pena que corresponda podrá aumentarse hasta en una mitad más, si quien realice cualquiera de las conductas señaladas en los artículos 415, 416 y 417, tiene el carácter de consejero, funcionario, empleado o prestador de servicios de cualquier entidad emisora de los objetos a que se refiere el párrafo primero del citado artículo 415, o las realice dentro de los dos años siguientes de haberse separado de alguno de dichos cargos.

    ARTÍCULO TERCERO.- Se reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y se adiciona la fracción VIII Bis del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

    Artículo 194.- ...

    I. a VII. ...

    VIII. De la Ley de Instituciones de Crédito, los previstos en los artículos 111; 112, en el supuesto del cuarto párrafo, excepto la fracción V; 112 Bis; 112 Ter; 112 Quáter, y 113 Bis, en el supuesto del cuarto párrafo del artículo 112;

    VIII Bis. De la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, los previstos en los artículos 415, 416 y 417;

    IX. a XIV.- ...

    ARTÍCULO CUARTO.- Se reforman las fracciones IV y V del artículo 2° y primer párrafo del artículo 3º de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y se adicionan las fracciones VI y VII del artículo 2° de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

    Artículo 2º.-...

    I. ...

    II. ...

    III. ...

    IV. Tráfico de órganos, previsto en los artículos 461, 462 y 462 bis de la Ley General de Salud;

    V. Asalto, previsto en los artículos 286 y 287; secuestro, previsto en el artículo 366; tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter, y robo de vehículos, previsto en el artículo 381 Bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales;

    VI. Los previstos en los artículos 112 Bis, 112 Ter y 112 Quáter de la Ley de Instituciones de Crédito, y

    VII. Los previstos en los artículos 415, 416 y 417 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

    Artículo 3º.- Los delitos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, VI y VII del artículo anterior, que sean cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada, serán investigados, perseguidos, procesados y sancionados conforme a las disposiciones de esta ley.

    ...

    Transitorio

    Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Manuel López Villarreal (rúbrica).»La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Justicia y Derechos Humanos.
    LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales.

    El diputado Francisco Javier Bravo Carbajal: Con su permiso, diputada Presidenta; compañeras y compañeros diputados: con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa de decreto, que adiciona un párrafo tercero al artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    De conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo, el sector turismo es una prioridad del Estado mexicano. Y éste se ha propuesto asegurar su capacidad competitiva; busca desarrollar y fortalecer la oferta turística para consolidar los destinos turísticos tradicionales y diversificar el producto turístico nacional, aprovechando el enorme potencial con que cuenta México en materia de recursos naturales y culturales. Se establece que en el sector turismo, con objeto de incrementar las corrientes de visitantes extranjeros, se dará particular atención a las acciones de promoción.

    Asimismo, se apoyará la modernización de las Pyme relacionadas con el turismo para que puedan participar del desarrollo del sector. Dentro del sector turismo destacan por su importancia los destinos de playa mexicanos. Esto ha sido un referente internacional por su cantidad y calidad. Sin embargo, es cada vez más común el reclamo de diversos sectores y grupos sociales en el sentido de señalar que particulares están cerrando el acceso a las playas mexicanas. No se trata de casos aislados sino, cada vez más, de situaciones sistemáticas, donde las grandes industrias del turismo impiden el acceso y tránsito en las playas, en ocasiones escudados en el argumento de protegerlas de basura y contaminación y en otros, simplemente, sin dar explicación alguna.

    Lo anterior afecta obviamente el pequeño comercio, los servicios turísticos y las diversas actividades turísticas que hacen tan atractivo nuestro país. Consideramos necesario intervenir de tal manera, que se preserve la vocación de nuestro país como sitio amable para el turista; e intervenir de tal forma, que se aseguren el libre acceso y tránsito en las playas mexicanas, que se garanticen a todas las personas el goce y disfrute de estos bienes de dominio público de la nación. Debemos considerar que el marco normativo aplicable garantiza el acceso, el uso y el disfrute de las playas a toda persona que se encuentre en México; y, en forma definitiva, está vedado, prohibido negar o restringir el paso en forma alguna o con cualquier pretexto en nuestras playas mexicanas.

    Al respecto, cabe señalar que el marco normativo aplicable a este caso concreto es muy claro y no permite ese tipo de abusos. En concreto, cabe señalar que la Ley General de Bienes establece claramente: ``... son bienes nacionales las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales''. Además de lo anterior, señala que esos bienes son de uso común, por lo que no se puede prohibir ni restringir el acceso a ellas. En ese sentido, señala el artículo 8 de dicho ordenamiento que todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común sin más restricciones que las establecidas por las leyes y los reglamentos administrativos. De igual forma, el Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo-Terrestre y Terrenos Ganados al Mar establece el uso de las playas, establece que las playas y la zona federal marítimo-terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda persona sin más limitaciones y restricciones que las expresamente señaladas.

    De esa forma, resulta inconcebible que particulares estén restringiendo el acceso a estos valiosos recursos naturales y turísticos, en detrimento de la sociedad y de la imagen de México como uno de los más cálidos y amables destinos turísticos a nivel mundial, motivo por el cual presento esta iniciativa. Cabe señalar que uno de los grandes inconvenientes para garantizar que las playas mexicanas sean plenamente disfrutadas por los turistas nacionales y extranjeros es la falta de coordinación y comunicación entre las autoridades de los diversos niveles de gobierno. Además, debe señalarse que siendo nuestro país un gran destino turístico de playa a nivel internacional y que esta actividad por sí misma representa uno de los grandes motores económicos de nuestra nación cuyas características por sí mismas pudieran convertir el turismo incluso en la primera fuente de ingresos de muchas entidades federativas, resulta inconcebible que el Estado no tome medidas más drásticas en favor del sector.

    Conviene aquí hacer ciertas precisiones: 1. Prevención del problema: los ayuntamientos pueden garantizar el acceso de todas las personas a las playas marítimas al establecer en los proyectos y planes parciales de desarrollo y de uso de suelo la necesidad de respetar y asegurar un acceso libre a las playas, de tal manera que al autorizar licencias para cualquier tipo de construcción o desarrollo, que se establezca obligatoriamente un espacio de ingreso directo a éstas, de tal forma que las personas no tengan que ingresar por hoteles, expendios o comercios que impidan el libre acceso. 2. Corrección del problema: de igual forma, estos mismos ayuntamientos pueden implementar inspecciones en las playas de su jurisdicción para evitar que los grandes desarrollos turísticos limiten el acceso, paso y disfrute de las playas a las personas. Visto lo anterior, cabe señalar que en este momento la redacción del artículo 9 de la ley citada restringe la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno, al señalar categóricamente que esos bienes están bajo la jurisdicción de los poderes federales.

    De esa forma, es de señalarse que en la Ley General de Bienes se puede facultar a las autoridades federales para que garanticen el libre acceso, goce y disfrute de los bienes de uso común en coordinación con las autoridades municipales, de tal forma que a final de cuentas quien garantice ese derecho será la autoridad más cercana y, definitivamente, la más interesada en el debido desarrollo de la actividad turística.

    En concreto, esta propuesta consiste en adicionar al artículo 8, relativo a los bienes de uso común, para establecer la concurrencia entre las autoridades federales, las locales y las municipales. En cuanto a la constitucionalidad de la propuesta, debe señalarse que ésta no riñe con el espíritu de nuestra Constitución, toda vez que ésta está en su artículo 73, que señala concretamente: ``Artículo 73, fracción XXIX, letra k). Que el Congreso tiene facultad para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre Federación, estados, municipios y Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado''. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar como a continuación se establece:

    Artículo 8. Los dos primeros párrafos quedarían en los mismos términos. El tercero sería: ``Es obligación de las autoridades federales, estatales y municipales establecer programas y coordinar acciones para salvaguardar el derecho de todos los habitantes de la República para usar y acceder a los bienes de uso común''.

    Transitorio. Único. La presente reforma entrará en vigor a los treinta días siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputada Presidenta, solicito que se inserte íntegramente en el Diario de los Debates. Es cuanto; gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, 56 y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    De conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo, el sector turismo es una prioridad del Estado mexicano y éste se ha propuesto asegurar su capacidad competitiva. Busca desarrollar y fortalecer la oferta turística para consolidar los destinos turísticos tradicionales y diversificar el producto turístico nacional, aprovechando el enorme potencial con que cuenta México en materia de recursos naturales y culturales.

    Se establece que en el sector turismo, con objeto de incrementar las corrientes de visitantes extranjeros, se dará particular atención a las acciones de promoción. Asimismo, se apoyará la modernización de las Pymes relacionadas con el turismo para que puedan participar del desarrollo de este sector. Dentro del sector turismo, destacan por su importancia los destinos de playa mexicanos, estos han sido un referente internacional por su cantidad y calidad, sin embargo, es cada vez más común el reclamo de diversos sectores y grupos sociales, en el sentido de señalar que particulares están cerrando el acceso a las playas mexicanas.

    No se trata de casos aislados, sino cada vez más, de situaciones sistemáticas en donde los grandes industriales del turismo impiden el acceso y transito en las playas, en algunas ocasiones escudados en el argumento de protegerlas de basura y contaminación y en otros simplemente sin dar explicación alguna.

    Lo anterior afecta obviamente al pequeño comercio, a los servicios turísticos y a las diversas actividades turísticas que hacen tan atractivo a nuestro país.

    Consideramos necesario intervenir de tal manera que se preserve la vocación de nuestro país, como sitio amable para el turista, intervenir de tal forma que se asegure el libre acceso y tránsito en las playas mexicanas, que se garantice a todas las personas el goce y disfrute de estos bienes de dominio público de la nación. Debemos considerar que el marco normativo aplicable, garantiza el acceso, el uso y el disfrute de las playas a toda persona que se encuentre en México y en forma definitiva está vedado, prohibido, el negar o restringir el paso en forma alguna o con cualquier pretexto, en nuestras playas mexicanas.

    Al respecto, cabe señalar que el marco normativo aplicable a este caso concreto es muy claro y no permite este tipo de abusos, en concreto cabe señalar que, la Ley General de Bienes establece claramente:

    Son bienes nacionales, las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales.

    Además de lo anterior señala que estos bienes son de uso común, por lo que no se puede prohibir ni restringir el acceso a ellas. En este sentido señala el artículo 8 de dicho ordenamiento, que todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos.

    Es de resaltar que para aprovechamientos especiales sobre los bienes de uso común, se requiere concesión, autorización o permiso otorgados con las condiciones y requisitos que establezcan las leyes, pero estos aprovechamientos o concesiones no implican en forma alguna, que se limite el libre transito y el disfrute por todos de las playas mexicanas.

    De igual forma el reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, establece el uso de las playas, establece que las playas y la zona federal marítimo terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda persona sin más limitaciones y restricciones que las expresamente señaladas.

    De esta forma resulta inconcebible que particulares estén restringiendo el acceso a estos valiosos recursos naturales y turísticos, en detrimento de la sociedad y de la imagen de México como uno de los más cálidos y amables destinos turísticos a nivel mundial; motivo por el cual presento esta iniciativa.

    Cabe destacar que uno de los grandes inconvenientes para garantizar que las playas mexicanas sean plenamente disfrutadas por los turistas nacionales y extranjeros, es la falta de coordinación y comunicación entre las autoridades de los diversos niveles de gobierno.

    Además debe señalarse que siendo nuestro país un gran destino turístico de playa a nivel internacional, y que esta actividad por si misma representa uno de los grandes motores económicos de nuestra nación, cuyas características por si mismas pudieran convertir al turismo, incluso, en la primera fuente de ingresos de muchas entidades federativas, resulta inconcebible que el Estado no tome las medidas más drásticas a favor de este sector.

    Por ejemplo la Ley General de Bienes establece en su artículo 7 cuales son los bienes de uso común, incluyendo aquí a las playas, expresamente señaladas en la fracción IV.

    De igual forma, establece en el artículo 8, que todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos.

    Sin embargo este cuerpo normativo no dispone en forma clara como se va a garantizar a las personas el uso de tales bienes, sin restricciones. Así, encontramos que la autoridad federal es simplemente insuficiente para este efecto.

    Aquí es donde encontramos esta deficiencia del orden normativo, toda vez, que resulta evidente que son los ayuntamientos municipales los que tienen mayor posibilidad de garantizar este derecho.

    Conviene aquí hacer ciertas precisiones:

    1. Prevención del problema: Los Ayuntamientos pueden garantizar el acceso de todas las personas a las playas marítimas, al establecer en los proyectos y planes parciales de desarrollo y de uso de suelo, la necesidad de respetar y asegurar un acceso libre a las playas, de tal manera que al autorizar licencias para cualquier tipo de construcción o desarrollo se establezca obligatoriamente un espacio de ingreso directo a estas, de tal forma que las personas no tengan que ingresar por hoteles, expendios o comercios que impidan el libre paso.

    2. Corrección del problema: De igual forma estos mismos ayuntamientos pueden implementar inspecciones en las playas de su jurisdicción para evitar que los grandes desarrollos turísticos no limiten el acceso, paso y disfrute de las playas a las personas.

    Visto lo anterior, cabe señalar que en este momento la redacción del artículo 9 de la ley citada restringe la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno, al señalar categóricamente que estos bienes están bajo la jurisdicción de los poderes federales.

    De esta forma, es de señalarse que en esta Ley General de Bienes se puede facultar a las autoridades federales para que garanticen el libre acceso, goce y disfrute de los bienes de uso común, en coordinación con las autoridades municipales, de tal forma que a final de cuentas quien garantice ese derecho, será la autoridad más cercana y definitivamente, la más interesada en el debido desarrollo de la actividad turística.

    En concreto esta propuesta consiste en adicionar el artículo 8, relativo a los bienes de uso común para establecer la concurrencia entre las autoridades federales, locales y municipales.

    En cuanto a la constitucionalidad de la propuesta debe señalarse que esta no riñe con el espíritu de nuestra Constitución, toda vez que ésta en su artículo 73 señala concretamente:

    Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

    XXIX-K. Para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, Estados, Municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado.Así, entendemos que esta propuesta tiende a establecer expresamente la concurrencia de las autoridades de los niveles de gobierno, en beneficio de esta actividad prioritaria para el desarrollo nacional.

    Por lo anteriormente expuesto el suscrito diputado Francisco Javier Bravo Carvajal, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales para quedar como a continuación se establece:

    Artículo 8.

    ...

    ...

    Es obligación de las autoridades Federales, Estatales y Municipales establecer programas y coordinar acciones para salvaguardar el derecho de todos los habitantes de la república para usar y acceder a los bienes de uso común.

    Transitorios

    Único: La presente reforma entrará en vigor a los treinta días siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto, diputado Bravo Carbajal. Favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y turnarlo a la Comisión de Gobernación.


    LEY REGLAMENTARIA DEL TITULO CUARTO CONSTITUCIONAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Tiene el uso de la palabra nuestro compañero vicepresidente diputado Álvaro Elías Loredo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de juicio político y declaración de procedencia.

    El diputado Álvaro Elías Loredo: Señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados: decía Carlos Castillo Peraza que es ominoso que en nuestro país la ley y su cumplimiento sean negociables o se vuelvan instrumento discrecional de quien tiene el poder para evitar críticas o suprimir la competencia política porque, sin justicia legal, no puede plantearse siquiera la posibilidad de la justicia social. Ya ha sido debida y abundantemente demostrado que en los países más ricos y más justos no se dieron leyes después de serlo, sino que están donde ahora se encuentran, merced al imperio del derecho.

    La historia enseña que las democracias sin Estado de derecho mueren por sí mismas. Si no hay respeto por la ley, si la autoridad renuncia a imponer la legalidad, si se considera que cualquier uso de la fuerza para hacer valer normas y fallos judiciales es imposible o indeseable, lo que sigue es la nada democrática guerra de todos contra todos, situación que convoca al tirano que monopoliza el uso arbitrario de la fuerza para imponer el orden, la paz de los sepulcros.

    La democracia pasa por el respeto del Estado de derecho. No hay bien común sin respeto de la ley, no hay justicia sin el imperio de la ley. Sin duda, una de las obligaciones legales esenciales que han sido conferidas por el Constituyente Permanente al Congreso es atender con diligencia los procedimientos de naturaleza diversa de la legislativa, como el juicio político y la declaración de procedencia contra determinados servidores públicos a los que se imputen conductas delictivas o contrarias a derecho, los cuales indiscutiblemente constituyen procedimientos que se deberán desahogar en función de la legalidad, teniendo siempre en mente la salud de las instituciones.

    Por ello es menester que el Congreso de la Unión sea concebido no sólo como el poder encargado de la creación del ordenamiento jurídico, sino como el órgano de control político, función indispensable para el normal funcionamiento de las instituciones del Estado. En este contexto, la legislación vigente en materia de responsabilidad política y declaración de procedencia adolece de diversas imprecisiones y falta de sistematización. Por ello he considerado necesario plantear una nueva Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de juicio político y declaración de procedencia.

    En tal sentido, presenté en diciembre de 2004 una iniciativa de reforma integral del Título Cuarto de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para generar mayor certeza jurídica en la tramitación de dichos procedimientos constitucionales, específicamente en materia de responsabilidades políticas, penales y administrativas de los servidores públicos; ahora someto a la consideración de esta Asamblea la iniciativa legal que complementa tal esfuerzo. Esta Asamblea tiene por objeto establecer un verdadero y efectivo marco jurídico que impida la impunidad en el servicio público y, al propio tiempo, garantice la estabilidad y el correcto ejercicio de la función de los servidores públicos.

    En tal virtud, considero necesario perfeccionar el marco legal que regula el juicio político y la declaración de procedencia, adecuándolo a una realidad que nos ha llevado a emplear estos mecanismos constitucionales cada vez con mayor frecuencia y no con pocas controversias respecto a su interpretación, suscitadas no sólo por la naturaleza política que rodea los procedimientos o los órganos encargados de sustanciarlos sino por lagunas y falta de claridad en la legislación.

    Por ello propongo, entre otros puntos, establecer que en sus respectivos ámbitos de aplicación en el Distrito Federal regirán el ordenamiento que someto a su consideración y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; generar mejor sistematización y hacer más expeditos y menos burocráticos tanto el procedimiento de declaración de procedencia como el de juicio político. Respecto a este último, se incorpora el principio de presunción de inocencia, ya que se considera necesario por tratarse de un procedimiento materialmente jurisdiccional y con consecuencias jurídicas y posibles afectaciones de derecho. También se elimina la Subcomisión de Examen Previo. Asimismo, se propone que la Sección Instructora deberá integrarse al inicio de cada Legislatura, igual que ocurre con las comisiones ordinarias de dictamen legislativo.

    Por otra parte, se establece que la integración de la Sección Instructora y la de Enjuiciamiento refleje la pluralidad de la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente, y también que estos órganos estén integrados por un número impar, situación lógica en todo órgano colegiado. Se suprime la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados, se señala con claridad que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no podrá conocer de juicio político o declaración de procedencia contra el Jefe del Gobierno del Distrito Federal. También se incluye como requisito la denuncia del juicio político, la protesta de decir verdad en los términos de la legislación penal, a fin de evitar un mal uso de este mecanismo constitucional.

    Se especifica para ambos procedimientos que el servidor público denunciado deberá señalar domicilio en el Distrito Federal para evitar las dificultades en las notificaciones. Igualmente, se elimina por completo la posibilidad de iniciar procedimiento de declaratoria de procedencia sin que medie la petición del Ministerio Público. Se aclara que la naturaleza del procedimiento de declaración de procedencia es administrativa, por lo que se establece que la Sección Instructora practicará todas las diligencias necesarias y acordes con esta naturaleza.

    Se establece con claridad que el objeto de la declaración de procedencia es proteger la función pública y no al individuo que tenga el cargo objeto de la protección constitucional, aclarando que --por tanto-- no se requerirá declaración de procedencia cuando el servidor público se encuentre separado de su encargo por cualquier motivo. Así, mediante muchas otras disposiciones, que por limitaciones de tiempo no puedo enumerar, pretendo crear una herramienta más para la consolidación de la democracia, la que en un sistema de división de poderes requiere los pesos y contrapesos necesarios para un adecuado equilibrio entre los poderes.

    Ahí, el mutuo control y la supervisión legítima entre éstos se hacen indispensables para la consolidación de un Estado democrático de derecho, y la responsabilidad política y penal de los servidores públicos pasa desde luego por este camino. Compañeras y compañeros: no hay paz social sin respeto de la ley; no hay democracia sin el imperio del derecho. Muchas gracias, señora Presidenta.

    Y solicito que el texto íntegro de esta iniciativa se integre en el Diario de los Debates. Gracias a todas y a todos por su atención.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa de Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de juicio político y declaración de procedencia, a cargo del diputado Álvaro Elías Loredo, del grupo parlamentario del PAN

    El abajo firmante, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional a la LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Juicio Político y Declaración de Procedencia, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Como cuestión previa, es necesario mencionar que la presente iniciativa fue elaborada en congruencia y relación con la iniciativa que el que suscribe presentó en materia de reforma integral al Título Cuarto de la Constitución, en tal virtud la remisión a párrafos o artículos es precisamente respecto a tal iniciativa presentada el nueve de diciembre de 2004.

    Un verdadero Estado de derecho exige la elaboración de normas auténticamente jurídicas y un esfuerzo concurrente de la totalidad de los órganos del Estado presidido por la justicia e inspirado en ella.

    Por ello el Congreso debe asumir plena y responsablemente su categoría de poder, con el ejercicio eficaz de las facultades exclusivas o concurrentes que a la Cámara de Diputados y al Senado atribuye la Constitución, no sólo para legislar, sino para contribuir a la correcta orientación política de la administración, y ejercer el control de esta.

    Señalaba Carlos Castillo Peraza que es inadmisible la presión extrajurídica para lograr que la ley favorezca nuestros intereses, para constituirnos en excepciones al Estado de derecho.

    Porque sin justicia legal, ni siquiera puede plantearse la posibilidad de una justicia social. Ya ha sido debida y abundantemente demostrado que en los países más ricos y más justos, no se dieron leyes después de serlo, sino que están donde ahora se encuentran merced al imperio del derecho.

    La historia enseña que las democracias, sin Estado de derecho, mueren de sí mismo. Si no hay respeto por la ley, si la autoridad renuncia a imponer la legalidad, si se considera que cualquier uso de la fuerza para hacer valer normas y fallos judiciales es imposible o indeseable, lo que sigue es la nada democrática; guerra de todos contra todos. Situación que convoca al tirano que monopoliza el uso arbitrario de la fuerza, para imponer el orden: la paz de los sepulcros.

    El Estado de derecho mantiene la exigencia de un sistema de pesos y contrapesos gubernativos y, desde luego, el papel encomendado al Congreso de la Unión, no sólo como encargado de creación del ordenamiento jurídico, sino como órgano de control político, que es indispensable para el normal funcionamiento de las instituciones del Estado.

    Indudablemente, una de las obligaciones legales que le han sido conferidas por el Constituyente Permanente al Congreso, es atender con diligencia el desahogo de los asuntos que le hayan sido remitidos, entre ellos, la substanciación de los procedimientos de juicio político y declaración de procedencia en contra de determinados servidores públicos a los que se les impute determinada conducta delictiva o contraria a la ley respectivamente, los cuales, sin lugar a dudas, constituyen trámites que se deberán desahogarse con expeditéz y en función de la legalidad, teniendo siempre en mente la salud de las instituciones.

    En efecto, uno de los mayores reclamos de la ciudadanía, a la vez que una de las mayores necesidades del país, es sin lugar a dudas la existencia de un verdadero y efectivo marco que permita impedir la impunidad en el servicio público y al propio tiempo, garantice la estabilidad, es por ello que debemos perfeccionar el marco legal que regula el juicio político y la declaración de procedencia, adecuándolo a una realidad que nos ha llevado a emplear estos mecanismos constitucionales cada vez con mayor frecuencia, y no con pocas controversias respecto a su interpretación, suscitadas, no sólo por la naturaleza política que rodea los procedimientos o los órganos encargados de sustanciarlos, sino por lagunas y falta de claridad en la legislación.

    La consolidación de la democracia, nos dice la experiencia nacional e internacional, pasa necesariamente por la consolidación del sistema de división de poderes, de los pesos y contrapesos necesarios para un adecuado equilibrio entre los poderes, es allí cuando el mutuo control y supervisión legítima entre éstos se hace indispensable para la consolidación de un Estado democrático de derecho.

    Por ello y dado el momento legislativo y las condiciones sociales imperantes, hemos considerado necesario plantear una nueva Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

    Es ciertamente insoslayable que en los últimos años se ha hecho evidente la necesidad de plantear reformas al marco jurídico en materia de la función materialmente jurisdiccional del Congreso y de la declaración de procedencia.

    En la historia legislativa reciente, hemos atestiguado cómo se ha creado una ley especializada en responsabilidades administrativas de los servidores públicos, otra, de reciente creación en materia de responsabilidad patrimonial del Estado. Por ello se hace necesario adecuar nuestro marco normativo, dejando en una ley ad hoc exclusivamente lo relativo a juicio político, declaración de procedencia y responsabilidad del Presidente de la República.

    En efecto, hoy contamos a nivel federal con una Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, no obstante en el texto vigente de la Ley Federal de Responsabilidades aún se encuentra lo relativo a las responsabilidades administrativas, por ello se pretende abrogar mediante este proyecto la Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Juicio Político y Declaración de Procedencia. Con lo anterior, a nivel federal tendremos un ordenamiento para las responsabilidades administrativas, otro ex profeso para el juicio político, responsabilidad del Presidente de la República y la declaración de procedencia y un ordenamiento específico para regular la responsabilidad patrimonial del Estado. Así y por lo que toca a la responsabilidad política y la declaración de procedencia, en el Distrito Federal, se aplicará el presente ordenamiento y respecto a las responsabilidades administrativas, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para tal efecto se señala lo conducente en los dispositivos transitorios del presente decreto. Con todo lo anterior queda reglamentado sistemáticamente el Título Cuarto de la Constitución.

    Respecto al procedimiento de juicio político se han incorporado el principio de presunción de inocencia por considerarse que cualquier ciudadano objeto de una acusación y sujeto a un procedimiento de naturaleza materialmente jurisdiccional y con consecuencias jurídicas debe considerarse de inicio inocente y ser la autoridad quien demuestre su culpabilidad.

    Se ha considerado oportuno establecer que la integración de la Sección Instructora y la de Enjuiciamiento reflejen la pluralidad de la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente.

    Se establece que los órganos encargados de sustanciar los procedimientos establecidos en esta ley estén integrados por un número impar de miembros, con el objeto de evitar empates en las votaciones y para hacer más expedito y eficaz el desahogo de los asuntos, además de que resulta evidente que los órganos colegiados con facultades de decisión comparten en su génesis la idea de una más profunda deliberación y retroalimentación de ideas, pero también la necesidad de tomar acuerdos, en su caso, por mayoría. También se señala que la Sección Instructora deberá estar integrada al inicio de cada legislatura y que se mantendrá de Legislatura a Legislatura al igual que ocurre con las comisiones ordinarias, es decir sin necesidad de mayor requisito que la designación de sus integrantes al inicio de cada Legislatura.

    Asimismo se suprime la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados, ya que no tiene ninguna función práctica y sólo sirve como un depósito de diputados sin otra función que la de ser elegibles para formar parte de la Sección Instructora, siendo esta última la encargada de sustanciar los procedimientos.

    Se elimina también la Subcomisión de Examen Previo, con la finalidad de evitar un número excesivo de trámites que sólo dificulta el desahogo de los procedimientos de juicio político, pasando sus funciones al ámbito de conocimiento de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.

    Por otra parte, se aclara expresamente que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no podrá conocer de juicio político o declaración de procedencia en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal.

    También se ha considerado procedente incluir como requisito de la denuncia de juicio político la protesta de decir verdad en los términos de la legislación penal, a fin de evitar un mal uso de este mecanismo constitucional, ya que si constitucionalmente se establece que cualquier ciudadano bajo su más estricta responsabilidad podrá presentar la denuncia, es lógico proponer que lo haga protestando decir verdad y que, en caso contrario, se le sancione en la vía penal, ello con la finalidad de prevenir acusaciones temerarias o infundadas o simplemente motivadas por cuestiones ajenas a la naturaleza del procedimiento.

    Se establece con claridad que el presidente de la Cámara de Diputados citará al Pleno para que dentro de los dos días siguientes a la recepción de las conclusiones resuelva, evitando la interpretación de que el Presidente pudiera decidir en esos dos días una fecha posterior, es decir obligatoriamente el pleno se reunirá dentro de los dos días siguientes a la recepción del dictamen respectivo.

    Se deja establecido expresamente en qué casos la ley se refiere a la Sección de Enjuiciamiento y cuándo a la Sección Instructora, para evitar confusiones o interpretaciones erróneas de texto legal.

    Se especifica que el servidor público denunciado deberá señalar domicilio en el Distrito Federal, ello con la finalidad de evitar las dificultades en las notificaciones y con base en que, en efecto, el DF es la residencia de los Poderes Federales y que la mayoría de los servidores públicos sujetos de esta ley en efecto están en posibilidad de señalar un domicilio en el Distrito Federal.

    Se señala que una vez emitido el dictamen, la Sección de Enjuiciamiento dará cuenta y lo remitirá inmediatamente al Presidente de la Cámara de Senadores, con lo que se evita un trámite innecesario que consistía en turnarlas primero a la Comisión Jurisdiccional para que ésta las turnara al Presidente de la Cámara de Senadores.

    Se contempla también, que si la sentencia de la Cámara de Senadores fuese absolutoria bastará mayoría simple de los miembros presentes de aquella Cámara para dar por concluido el procedimiento y ordenar el archivo del asunto como totalmente concluido, en cuyo caso no podrá reiniciarse en contra del mismo servidor público por los mismos hechos procedimiento ulterior de juicio político.

    Por lo que toca al procedimiento de declaración de procedencia no se consideró oportuno incluir el principio de presunción de inocencia, dado que se trata de un procedimiento administrativo que no prejuzga sobre la culpabilidad o inocencia del servidor público y cuya consecuencia es en todo caso la simple separación temporal del cargo, ya que de ser considerado inocente por la justicia ordinaria podrá reasumir sus funciones. Se establece con claridad que este procedimiento opera para delitos cometidos antes o durante el encargo del servidor público imputado, para evitar posibles confusiones en este sentido.

    Se elimina por completo la posibilidad de iniciar procedimiento de declaratoria de procedencia por denuncia de particulares eliminando la posibilidad de que la Sección Instructora se convierta en órgano investigador o inquisitivo.

    Se aclara que la naturaleza del procedimiento de declaración de procedencia es administrativa, por lo que se señala en el mismo artículo 27 que la Sección Instructora practicará todas las diligencias necesarias y acordes con la naturaleza administrativa del procedimiento, para establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad del acusado, para evitar interpretaciones incorrectas que pretendan dotar de naturaleza ministerial o jurisdiccional a dicho órgano.

    Se especifica también que, acorde a su naturaleza, la Sección Instructora tomará su determinación, sin prejuzgar los fundamentos de la imputación ni la culpabilidad o inocencia del servidor público imputado.

    También se establece con claridad que el objeto de la declaración de procedencia es proteger el correcto ejercicio de la función pública y no al individuo que detenta el cargo objeto de la protección constitucional, aclarando que por lo tanto no se requerirá la declaración de procedencia cuando el servidor público se encuentre separado de su encargo por cualquier motivo diverso a la declaración de procedencia.

    Se señala expresamente en el artículo 33 la inmediata separación del servidor público señalando que tal separación tendrá el efecto de ponerlo a disposición de la jurisdicción penal.

    Se contempla por otra parte que en ningún caso un dictamen que no hubiere llegado al Pleno podrá regresarse como proyecto, y deberá ser votado en sus términos en la Legislatura subsecuente.

    Por lo que respecta a la parte de disposiciones comunes se establece que tanto las resoluciones definitivas como las de trámite son inatacables y que exclusivamente la determinación definitiva del Senado podrá ser atacada vía controversia conforme al artículo 105 constitucional.

    Finalmente se establece que las Secciones procurarán que las denuncias de ciudadanos y los requerimientos del Ministerio Público que se les presenten sean substanciados en riguroso orden.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en la fracción segunda del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el diputado federal abajo firmante se permite someter a la consideración de esta Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de decreto de:

    Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

    Título Primero

    Capítulo Único Disposiciones Generales

    Artículo 1o.- La presente Ley es reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de:

    I.- Los sujetos de responsabilidad política, las autoridades competentes, causales, procedimiento y sanciones en el juicio político; y

    II.- El procedimiento para declarar la procedencia penal de los servidores públicos y la responsabilidad penal del Presidente de la República.

    Artículo 2o.- Son sujetos de esta ley, los servidores públicos federales mencionados en los artículos 108, 109 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los demás que aquella determine.

    Artículo 3o.- Son autoridades competentes para aplicar la presente Ley las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión en materia de juicio político y responsabilidad del Presidente de la República y la Cámara de Diputados en materia de declaración de procedencia.

    Artículo 4o.- Los procedimientos para la aplicación de las sanciones de diversa naturaleza comprendidos se desarrollarán autónomamente. No podrán imponerse dos veces por una misma conducta sanciones de la misma naturaleza.

    La Asamblea Legislativa del Distrito Federal no podrá conocer de juicio político o declaración de procedencia en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal.

    Los dictámenes de las Secciones Instructora y de Enjuiciamiento deberán ser aprobados por la mayoría de sus integrantes.

    Título Segundo Procedimientos en materia de Juicio Político y de Declaración de Procedencia

    Capítulo I Juicio Político

    Artículo 5o.- Son sujetos de juicio político los servidores públicos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los demás que en su caso, aquélla determine.

    Los gobernadores de los estados, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia locales y, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas locales, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este titulo por violaciones graves a la Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales. La resolución se comunicará a las Legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan a la aplicación de dicha resolución en sus términos.

    Artículo 6o.- Procede el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos señalados en el primer párrafo del artículo anterior, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

    Artículo 7o.- Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho:

    I.- Las violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o a las leyes federales, cuando causen perjuicios graves a la Federación, a uno o varios estados o a la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones o relaciones entre los Poderes de la Unión o de estos con los poderes locales;

    II.- Las violaciones graves a las garantías individuales o sociales, los derechos humanos o a las instituciones jurídicas de defensa de aquellas;

    III.- La violación sistemática de los derechos políticos de los gobernados, y

    IV.- Las violaciones graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, y a las leyes que determinan el manejo de los recursos económicos federales o del Distrito Federal, sea por acción o por omisión.

    No procede el juicio político por la mera expresión de ideas.

    El Congreso de la Unión verificará la existencia y valorará la gravedad de los actos u omisiones a que se refiere este artículo, para en su caso determinar o no el inicio del procedimiento de juicio político. Cuando éstos tengan carácter delictuoso se formulará en su caso la declaración de procedencia a que alude la presente Ley, en este último caso, siempre y cuando exista petición del Ministerio Público.

    Artículo 8o.- Si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución e inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno hasta veinte años.

    Artículo 9o.- Cualquier ciudadano mexicano, bajo su más estricta responsabilidad, podrá denunciar por escrito ante la Cámara de Diputados, o en su caso, ante la Comisión Permanente, a cualquier servidor público de los señalados en el artículo 5o. de esta ley.

    La denuncia deberá estar sustentada en pruebas documentales y todos aquellos elementos probatorios lícitos suficientes para establecer la existencia de la infracción y estar en condiciones de presumir fundadamente la responsabilidad del denunciado. En caso de que el denunciante no pudiera aportar dichas pruebas por encontrarse éstas en posesión de una autoridad, la Sección Instructora de la Cámara de Diputados, ante el señalamiento del denunciante, podrá solicitarlas para los efectos conducentes.

    El juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.

    Las sanciones respectivas se aplicarán en un plazo no mayor de un año, a partir de iniciado el procedimiento.

    Artículo 10.- Corresponde a la Cámara de Diputados sustanciar el procedimiento de juicio político, actuando como órgano de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como jurado de sentencia.

    La Cámara de Diputados substanciará el procedimiento de juicio político por conducto de la Sección Instructora que se mantendrá de Legislatura a Legislatura.

    En la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se determinará la forma de integración de la Sección Instructora, la que al momento de la instalación de la Legislatura nombrará de entre los diputados a cinco miembros titulares y cinco suplentes, para que integren dicho órgano que tendrá la competencia que establece esta ley y reflejará en su integración la composición y pluralidad de la Cámara de Diputados.

    La Cámara de Senadores lo substanciará a través de la Comisión Jurisdiccional, la que al momento de su instalación designará a cinco de sus miembros para que integren la Sección de Enjuiciamiento, que tendrá la competencia que establece esta ley y reflejará en su integración la composición y pluralidad de dicha Cámara.

    Artículo 11.- El juicio político se sustanciará conforme al procedimiento siguiente:

    a) El escrito de denuncia se deberá presentar ante la Sección Instructora de la Cámara de Diputados y ratificarse ante aquélla dentro de los tres días hábiles siguientes a su presentación;

    El escrito de denuncia deberá contener los siguientes requisitos:

    Nombre completo y domicilio del denunciante, señalando domicilio en el Distrito Federal para recibir notificaciones, en caso contrario será notificado por estrados.

    Nombre del servidor público denunciado.

    La expresión clara y precisa de los hechos en que se funde la denuncia.

    Firma del denunciante.

    Los documentos y demás elementos probatorios en que se pretenda acreditar los hechos de la denuncia.

    La protesta de decir verdad en los términos de la legislación penal aplicable.

    De no ofrecerse pruebas, salvo en el caso de lo dispuesto en la última parte del párrafo segundo del artículo 9 de esta ley, la denuncia se tendrá por desechada.

    De no ratificarse la denuncia en los términos señalados, se tendrá por no presentada.

    b) Dentro de los tres días hábiles siguientes a la ratificación de la denuncia, la Sección Instructora deberá dar cuenta con el trámite al Pleno de la Cámara de Diputados, así como a la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Senadores;

    c) La Sección Instructora, procederá, en un plazo no mayor a ocho días hábiles, a determinar si el denunciado se encuentra entre los servidores públicos a que se refiere el artículo 5o. de esta ley, así como si la denuncia contiene elementos de prueba que justifiquen que la conducta atribuida corresponde a las enumeradas en el artículo 7o., y si los propios elementos de prueba permiten presumir la existencia de la infracción y la probable responsabilidad del denunciado y, por lo tanto, amerita la incoación del procedimiento. En caso contrario, la Sección Instructora desechará de plano la denuncia presentada, notificando personalmente o por estrados al promovente dicho desechamiento.

    Artículo 12.- La Sección Instructora practicará todas las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta o hecho materia de aquélla, estableciendo las características y circunstancias del caso y precisando la intervención que haya tenido el servidor público denunciado, tomando como base el principio de presunción de inocencia;

    A tal efecto dentro de los tres días hábiles siguientes a que se ratifique la denuncia, la Sección Instructora notificará al denunciado sobre la materia de aquélla, haciéndole saber su garantía de audiencia y defensa y que deberá comparecer por escrito y ofrecer pruebas de su parte, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación respectiva, en donde se le apercibirá que de no comparecer sin justa causa se le tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por perdido su derecho para ofrecer pruebas.

    El denunciado al hacer sus manifestaciones, deberá referirse a todos y cada uno de los hechos comprendidos en la denuncia, afirmándolos, negándolos, expresando los que ignore por no ser propios, o refiriéndolos como crea tuvieron lugar. Se tendrán por admitidos los hechos sobre los que el denunciado no suscitaré explícitamente controversia, sin admitírsele prueba en contrario. Asimismo, el denunciado deberá señalar domicilio en el Distrito Federal para oír notificaciones y a las personas que autoriza en su defensa, en caso contrario se estará a lo dispuesto por el tercer párrafo del inciso a) del artículo 11 de esta Ley; además deberá ofrecer todas las pruebas que considere pertinentes y que tengan relación con la procedencia de la denuncia y con los hechos imputados; las pruebas que presentara después no le serán admitidas, salvo aquellos documentos que fueren de fecha posterior a la presentación de la denuncia y aquellos que, aunque fueren anteriores, bajo protesta de decir verdad, asevere que no tenía conocimiento de ellos.

    Artículo 13.- Concluido el plazo de cinco días hábiles a que se refiere el artículo anterior, la Sección Instructora abrirá un periodo de ofrecimiento de prueba de diez días hábiles comunes al denunciante y a la defensa. Concluido el plazo anterior, la Sección Instructora dictará un acuerdo sobre la admisión de las pruebas ofrecidas, y ordenará las medidas que resulten necesarias para su preparación; fijando día y hora para la celebración de la audiencia, dentro de los treinta días hábiles siguientes, en la que tendrá lugar el desahogo de las pruebas del denunciante, de la defensa y aquellas que se determinen por la propia Sección Instructora para mejor proveer. Dicha resolución deberá ser notificada personalmente al denunciante y al denunciado dentro de los tres días siguientes a que se dicte la misma.

    Serán admisibles todo tipo de pruebas pero se desecharán aquellas cuyo desahogo implique salir del plazo señalado para tales efectos. Si al concluir dicho plazo no hubiese sido posible desahogar las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse de otras, la Sección Instructora podrá ampliarlo por una sola vez y por un plazo igual, concluido el cual se declararan desiertas de plano las pruebas cuyo desahogo no haya sido posible.

    En todo caso, la Sección Instructora calificará la idoneidad de las pruebas, desechando las que a su juicio sean improcedentes.

    Artículo 14.- Terminada la instrucción del procedimiento, se pondrá el expediente a la vista del denunciante, del servidor público y de su defensor por un plazo común de tres días hábiles, a fin de que tomen los datos que requieran para formular alegatos, los cuales deberán presentar por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del plazo citado en primer término.

    Artículo 15.- Transcurrido el plazo para la presentación de alegatos, se hayan o no entregado éstos, la Sección Instructora formulará su dictamen en vista de las constancias del procedimiento. Para este efecto, analizará clara y metódicamente la conducta o los hechos imputados y hará las consideraciones jurídicas que procedan para justificar la conclusión o continuación del procedimiento.

    Artículo 16.- La Sección Instructora deberá emitir su dictamen dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de los alegatos, si los hubiere, a no ser que por causa razonable y fundada se encuentre impedida para hacerlo. En este caso, podrá ampliar dicho plazo, por única vez, por el tiempo estrictamente indispensable para perfeccionar la instrucción, el cual no excederá de cinco días hábiles.

    Artículo 17.- Si de las constancias del procedimiento se desprende la inocencia del denunciado, las conclusiones de la Sección Instructora terminarán proponiendo que se declare que no ha lugar a proceder en su contra por la conducta o el hecho materia de la denuncia, que dio origen al procedimiento.

    Si de las constancias se desprende la responsabilidad del servidor público, las conclusiones terminarán proponiendo la aprobación de lo siguiente:

    I.- Que está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia;

    II.- Que se encuentra acreditada la responsabilidad del servidor público denunciado;

    III.- Las sanciones que deban imponerse de acuerdo con el artículo 8o. de esta Ley, y

    IV.- Que en caso de ser aprobadas las conclusiones, se envíe la acusación correspondiente a la Cámara de Senadores para los efectos legales procedentes.

    Artículo 18.- El Presidente de la Sección Instructora, dará cuenta de inmediato al Presidente de la Cámara de Diputados, quien citará al pleno para que dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de dicho dictamen resuelva, erigido en órgano de acusación sobre la imputación, lo que hará saber la Sección Instructora al denunciante y al servidor público denunciado, para que aquél se presente por sí y éste lo haga personalmente, en su caso, asistido de su defensor.

    Artículo 19.- El día señalado, conforme al artículo anterior, la Cámara de Diputados se erigirá en órgano de acusación, previa declaración de su Presidente. En seguida, el Presidente de la Comisión, o en su caso algún secretario, dará lectura a las constancias procedimentales o a una síntesis que contenga los puntos sustanciales de éstas, así como a las conclusiones de la Sección Instructora. Acto continuo, se concederá la palabra al servidor público o a su defensor, o a ambos si alguno de éstos lo solicitare, para que aleguen lo que convenga a sus derechos.

    La Sección Instructora podrá replicar y, si lo hiciere, el denunciado o su defensor podrán hacer uso de la palabra en último término.

    Retirados el denunciante, el denunciado y su defensor, se procederá a discutir y a votar las conclusiones propuestas por la Sección Instructora.

    Artículo 20.- Si la Cámara de Diputados resolviese por mayoría absoluta de los miembros presentes en la sesión, que procede acusar al servidor público, el Presidente de ésta remitirá la acusación al Presidente de la Cámara de Senadores, dentro de los dos días hábiles siguientes, y éste la turnará de inmediato a la Comisión Jurisdiccional de dicha Cámara. En este caso, la Sección Instructora de la Cámara de Diputados designará a una comisión de tres diputados de la propia Sección, para que sostenga aquélla ante el Senado.

    Si la Cámara de Diputados resolviese, por igual mayoría, que no procede acusar al servidor público, resolverá concluido el procedimiento y ordenará el archivo del asunto como totalmente concluido y el servidor público continuará en el ejercicio de su encargo.

    Artículo 21.- Recibida la acusación en la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Senadores, ésta la turnará en un plazo de tres días hábiles siguientes a su recepción a la Sección de Enjuiciamiento, la que emitirá sus conclusiones en un plazo no mayor a cinco días hábiles, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente, en vista de las consideraciones hechas en la acusación y en los alegatos, de haberlos, en las cuales propondrá, en su caso, la sanción que en su concepto deba imponerse al servidor público, expresando los preceptos legales en que se funde.

    La Sección de Enjuiciamiento podrá disponer la práctica de otras diligencias en el caso de que considere necesario sustentar sus conclusiones con mayores elementos de convicción, las cuales deberán desahogarse en un plazo no mayor a diez días hábiles.

    Una vez emitido el dictamen, la Sección de Enjuiciamiento lo remitirá inmediatamente al Presidente de la Cámara de Senadores.

    Artículo 22.- Recibido el dictamen, el Presidente de la Cámara de Senadores ordenará su publicación el la Gaceta Parlamentaria y citará a ésta para que erigida en Jurado de Sentencia resuelva dentro de los dos días hábiles siguientes a la entrega de aquéllas, lo que hará saber la Secretaría de ésta a la comisión de tres diputados a que se refiere el artículo 20 de esta ley, al acusado y a su defensor, para que se presenten el día que se señale.

    Durante los recesos del Congreso de la Unión, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores notificará a la Comisión Permanente de la existencia del dictamen, para que proceda en los términos de la fracción cuarta del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El día señalado, el Presidente de la Cámara la declarará erigida en jurado de sentencia y procederá de conformidad con las siguientes normas:

    1.- La Secretaría dará lectura al dictamen formulado por la Sección de Enjuiciamiento;

    2.- Se concederá la palabra a la comisión de diputados que sostiene la acusación, al servidor público o a su defensor, o a ambos;

    3.- Retirados el servidor público y su defensor, y permaneciendo en la sesión la comisión de diputados antes citada, se procederá a discutir y a votar las conclusiones, y se dictará la sentencia que corresponda.

    Si la sentencia fuere condenatoria, deberá ser aprobada por resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión.

    Si la sentencia fuese absolutoria bastará mayoría simple de los miembros presentes para resolver concluido el procedimiento y ordenar el archivo del asunto como totalmente concluido, en cuyo caso no podrá reiniciarse en contra del mismo servidor público por los mismos hechos procedimiento ulterior de juicio político.

    Capítulo II Declaración de Procedencia

    Artículo 23.- Sólo por requerimiento del Ministerio Público, podrá iniciarse el procedimiento de declaración de procedencia y siempre y cuando se encuentren debidamente cumplidos los requisitos procedimentales para el ejercicio de la acción penal en contra de alguno de los servidores públicos mencionados en el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los demás que aquélla determine, por la comisión probable de delitos, cometidos antes o durante su encargo para, en su caso, poder ser sometidos a proceso penal durante su encargo. En todo caso se actuará de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Capítulo.

    Artículo 24.- Corresponde exclusivamente a la Cámara de Diputados substanciar el procedimiento a que se refiere el presente Capítulo.

    Artículo 25.- El requerimiento del Ministerio Público deberá presentarse por escrito ante la Sección Instructora de la Cámara de Diputados y ser ratificado durante los siguientes tres días ante la propia Sección. La solicitud deberá acompañarse de copia certificada de todas las constancias y actuaciones que integran la averiguación previa así como del pliego de consignación en que se haya resuelto el ejercicio de la acción penal.

    Ratificado el escrito, la Sección Instructora, dentro de los tres días hábiles siguientes dará cuenta con éste al Pleno de la Cámara de Diputados y en sus recesos a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

    Artículo 26.- La Sección Instructora procederá, en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la denuncia, a determinar si el denunciado se encuentra entre los servidores públicos a que se refiere el artículo 23 de esta ley, y sí el requerimiento del Ministerio Público contiene las pruebas documentales y demás elementos probatorios que justifiquen notoriamente la existencia del delito y la probable responsabilidad del imputado y, por tanto, amerita la incoación del procedimiento. En caso contrario, la Sección desechará de plano el requerimiento presentado, notificando personalmente de esto al Ministerio Público.

    Artículo 27.- La Sección Instructora practicará todas las diligencias necesarias y acordes con la naturaleza administrativa del procedimiento, para establecer la existencia de un delito y la probable responsabilidad del imputado, sin prejuzgar los fundamentos de la imputación ni la culpabilidad o inocencia del servidor público.

    El objeto de la declaración de procedencia es proteger el correcto ejercicio de la función pública no al individuo que detenta el cargo objeto de la protección constitucional, por lo tanto no se requerirá la declaración de procedencia de la Cámara de Diputados cuando el servidor público se encuentre separado de su encargo por cualquier motivo diverso a la declaración de procedencia, antes o durante el procedimiento de declaración de procedencia. Pero si vuelve a desempeñar sus funciones o es nombrado o electo para desempeñar otro cargo distinto pero de los enumerados en el artículo 111 de la Constitución, se suspenderán los procesos correspondientes a efecto de que se solicite la declaración de procedencia.

    Si a juicio de la Sección Instructora, la imputación fuese notoriamente improcedente la desechará de plano y lo hará saber de inmediato al peticionario, sin perjuicio de reiniciar el procedimiento cuando aparecieran datos o elementos probatorios que así lo justifiquen. Tal resolución será turnada al pleno para que se apruebe el archivo definitivo del expediente.

    Cuando la Sección Instructora hubiere determinado la incoación del procedimiento conforme al artículo 26, le notificará al acusado sobre la materia del requerimiento del Ministerio Público, dentro de los dos días hábiles siguientes, haciéndole saber su garantía de audiencia y defensa y que deberá comparecer por escrito y que podrá ofrecer pruebas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación respectiva, en donde se le apercibirá que de no comparecer sin causa justificada se le tendrá por perdido su derecho para ofrecer pruebas.

    El acusado se referirá a todos y cada uno de los hechos comprendidos en el requerimiento, afirmándolos, negándolos, expresando los que ignore por no ser propios, o refiriéndolos como crea tuvieron lugar; deberá nombrar domicilio en el Distrito Federal para oír y recibir notificaciones y señalar a las personas que autoriza para su defensa, en caso contrario se hará por estrados. Asimismo, el acusado podrá ofrecer todas las pruebas que considere pertinentes y que tengan relación con la procedencia del requerimiento y con los hechos imputados; las pruebas que presente después no le serán admitidas, salvo aquellas que fueren de fecha posterior a la presentación del requerimiento y aquellas que, aunque fueren anteriores, bajo protesta de decir verdad, asevere que no tenía conocimiento de ellas.

    Artículo 28.- Concluido el plazo de cinco días hábiles a que se refiere el párrafo tercero del artículo anterior, la Sección Instructora dictará un acuerdo sobre la admisión de las pruebas ofrecidas y fijará día y hora para la celebración de la audiencia, que se llevará a cabo dentro de los treinta días hábiles siguientes, en la que tendrá lugar el desahogo de las pruebas ofrecidas. Dicha resolución deberá ser notificada personalmente al Ministerio Público y al acusado dentro de los tres días siguientes a que se dicte la misma.

    En todos los casos, las diligencias de investigación que el Ministerio Público hubiere practicado en relación con el requerimiento formulado o las que lleve a cabo con motivo de las denuncias o querellas presentadas y que aporte al procedimiento hasta antes del cierre de la instrucción de éste, deberán ser tomadas en consideración por la Sección al emitir su dictamen.

    Para tal efecto, el Ministerio Público tendrá el acceso necesario al expediente durante la instrucción del procedimiento.

    Si al concluir el plazo señalado no hubiese sido posible desahogar las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse otras, la Sección Instructora podrá ampliarlo por una sola vez y por un plazo igual como máximo.

    La Sección Instructora calificará la idoneidad de las pruebas ofrecidas, desechando las que a su juicio sean improcedentes.

    Artículo 29.- Terminada la instrucción del procedimiento, se pondrá el expediente a la vista del acusado y su defensor por tres días hábiles, terminado este plazo el Ministerio Público contará con un periodo igual para consultar el expediente, concluido éste, las partes contarán con cinco días hábiles para formular y presentar sus alegatos.

    Artículo 30.- Transcurrido el plazo para la presentación de alegatos, se hayan o no entregado éstos, la Sección Instructora formulará su dictamen en vista únicamente, de las constancias del procedimiento. Para este efecto, analizará clara y metódicamente la conducta o los hechos imputados y hará las consideraciones jurídicas que procedan para justificar, en su caso, la conclusión o la continuación del procedimiento.

    Artículo 31.- Si se desprende la probable responsabilidad del servidor público y la existencia del delito, la Sección Instructora dictaminará que se declare que ha lugar a proceder penalmente en contra del acusado y se envíe el dictamen correspondiente a la Presidencia de la Cámara de Diputados, para la continuación del procedimiento.

    Artículo 32.- La Sección Instructora deberá emitir su dictamen y entregarlo a la Presidencia de la Cámara de Diputados, dentro de los diez días hábiles siguientes a la terminación del periodo de alegatos, a no ser que por causa razonable y fundada se encuentre impedida para hacerlo. En este caso, podrá, por única vez ampliar el plazo por el tiempo indispensable para perfeccionar la instrucción, el cual no excederá de cinco días hábiles.

    Artículo 33.- Recibido el dictamen, el Presidente de la Cámara de Diputados ordenará su publicación en la Gaceta Parlamentaria y citará al Pleno para que dentro de los tres días hábiles siguiente se erija en Jurado de Procedencia y notifique a la Sección Instructora, al Ministerio Público y al servidor público denunciado, para que se presenten personalmente el día señalado o en su caso envíen en su representación a quien hubieren acreditado con tal carácter en el procedimiento de declaración de procedencia.

    Durante los recesos del Congreso de la Unión, el Presidente de la Mesa directiva de la Cámara de Diputados notificara a la Comisión Permanente de la existencia del dictamen de la Sección Instructora, para que proceda en los términos de fracción cuarta del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Si al término de una Legislatura, un dictamen de la Sección Instructora no es votado por el Jurado de Procedencia, deberá ser votado en la Legislatura subsecuente en sus términos.

    Artículo 34.- El día designado, previa declaración del Presidente de la Cámara, ésta se erige en Jurado de Procedencia y sesión secreta en la que bajo ninguna circunstancia podrán estar presentes personas distintas a los legisladores y el personal legislativo estrictamente necesario para el desarrollo de la sesión del Jurado de Procedencia del dictamen de la Sección Instructora y actuará de conformidad con las siguientes normas:

    1.- La Secretaría de la Cámara dará lectura al dictamen respectivo;

    2.- Acto continuo, se concederá la palabra al Ministerio Público, al acusado y a su defensor, o a ambos;

    3.- Retirados el acusado, su defensor y el Ministerio Público, la Cámara procederá a discutir y a votar el dictamen, y hará la declaratoria que corresponda.

    Artículo 35.- Si la Cámara de Diputados declara, por mayoría absoluta de sus miembros presentes, que ha lugar a proceder, el servidor público quedará inmediatamente separado de su encargo y a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley, incluso por cualquier otro delito que se le impute.

    En el caso de que la Cámara de Diputados declare, por igual mayoría, que no procede acusar penalmente al servidor público, no habrá lugar a procedimiento ulterior por los mismos hechos, pero tal declaración no será obstáculo para que el procedimiento penal inicie o continúe su curso cuando el servidor público haya concluido el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

    Artículo 36.- Cuando se siga un proceso penal a un servidor público de los mencionados en el artículo 23 de esta ley, sin haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el presente Capítulo, la Presidencia de la Cámara de Diputados o de la Comisión Permanente librará oficio al órgano jurisdiccional que conozca de la causa, a fin de que suspenda inmediatamente aquél en tanto se plantea y resuelve si ha lugar a proceder en contra del Servidor Público.

    Capítulo III De la Responsabilidad del Presidente de la República

    Artículo 37.- Por lo que toca al Presidente de la República, durante el tiempo de sus funciones, sólo habrá lugar a acusarlo por los delitos a que se refiere el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, previa declaración de procedencia que deberá tramitarse ante ambas Cámaras del Congreso de la Unión.

    El procedimiento se instruirá en la Cámara de Diputados y previa declaración de las dos terceras partes de sus integrantes de que ha lugar a proceder, se remitirán las conclusiones a la Cámara de Senadores.

    Conociendo de las conclusiones, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado, la Cámara de Senadores erigida en Jurado de Procedencia, separará al Presidente de su encargo y lo pondrá a disposición del juez federal competente, mediante resolución de las dos terceras partes de sus integrantes.

    Si la resolución de cualquiera de las Cámaras fuese negativa, se suspenderá todo procedimiento ulterior. En caso de ser positiva, solamente podrá ser juzgado el Presidente por los delitos que se consideraron en la declaratoria correspondiente, sin perjuicio de que enfrente cualquier acusación una vez que haya concluido el ejercicio de su encargo.

    Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores podrán ser combatidas, cuando así proceda, mediante el ejercicio de controversia constitucional en términos del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Titulo Tercero

    Capítulo Único Disposiciones Comunes para el Juicio Político y la Declaración de Procedencia

    Artículo 38.- Las declaraciones y resoluciones de trámite y definitivas de las Cámaras son inatacables; únicamente podrá ser combatida la sentencia de la Cámara de Senadores en el juicio político, cuando así proceda, mediante el ejercicio de controversia constitucional en términos del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 39.- Las Secciones procurarán que las denuncias de ciudadanos y los requerimientos del Ministerio Público que se les presenten sean substanciados en riguroso orden.

    Artículo 40.- No podrá dispensarse ningún trámite de los contemplados en la presente ley salvo en los casos y condiciones que la misma establece.

    Artículo 41.- Cuando alguna de las Secciones o de las Cámaras deba realizar una diligencia en la que se requiera la presencia del denunciado, se emplazará a éste para que comparezca o conteste por escrito a los requerimientos que se le hagan; si el denunciado se abstiene de comparecer o de informar por escrito se entenderá que contesta en sentido negativo.

    Las Secciones practicarán las diligencias que no requieran la presencia del denunciado, encomendando al juez de distrito que corresponda las que deban practicarse dentro de su respectiva jurisdicción y fuera del lugar de residencia de las Cámaras, por medio de despacho firmado por el Presidente y un secretario de la Sección o Comisión respectiva, al que se acompañará testimonio de las constancias conducentes.

    Todas las comunicaciones oficiales que deban girarse para la práctica de las diligencias a que se refiere este artículo, se entregarán personalmente o se enviarán por correo, en pieza certificada y con acuse de recibo, libres de cualquier gasto.

    Artículo 42.- Los miembros de las Secciones y, en general, los diputados y senadores que hayan de intervenir en algún acto del procedimiento, podrán excusarse o ser recusados por alguna de las causas de impedimento que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

    Únicamente con expresión de causa podrá el denunciado o cualquier legislador recusar a miembros de las Secciones que conozcan de la imputación presentada, o a los diputados o senadores que deban participar en actos del procedimiento.

    El denunciado sólo podrá hacer valer la recusación desde que se le comunique la denuncia, querella o requerimiento respectivo y hasta la fecha en que las Cámaras resuelvan en pleno.

    Artículo 43.- Si hay excusa o recusación de integrantes de ambas Secciones, se llamará a los suplentes de los diputados o de los senadores respectivos en un plazo no mayor a 8 días hábiles. En el incidente se escucharán al promovente y al recusado y se recibirán las pruebas correspondientes. Las Cámaras calificarán los demás casos de excusa o recusación.

    Artículo 44.- Tanto el denunciado como el denunciante podrán solicitar de las autoridades las copias certificadas de documentos que pretendan ofrecer como prueba ante las Secciones correspondientes.

    Las autoridades estarán obligadas a expedir dichas copias certificadas, sin demora, y si no lo hicieren las Secciones, a instancia del interesado, señalarán a la autoridad omisa un plazo razonable para que las expida.

    Por su parte, las Secciones solicitarán las copias certificadas de constancias que estimen necesarias para el procedimiento, y la autoridad estará obligada a proporcionarlas dentro del plazo que se le señale.

    Artículo 45.- No podrán votar en ningún caso los diputados o senadores que hubiesen presentado la denuncia o querella contra el servidor público. Tampoco podrán hacerlo los diputados o senadores que hayan aceptado el cargo de defensor, aun cuando lo renuncien después de haber comenzado a ejercer el cargo.

    Artículo 46.- Las Secciones podrán solicitar, por sí o a instancia de los interesados, los documentos o expedientes originales ya concluidos, y la autoridad de quien se soliciten tendrá la obligación de remitirlos.

    Dictada la resolución definitiva en el procedimiento, los documentos y expedientes mencionados deberán ser devueltos a la oficina de su procedencia, pudiendo dejarse copia certificada de las constancias que las Secciones estimen pertinentes.

    Artículo 47.- Cuando en el curso del procedimiento seguido a un servidor público de los mencionados en el artículo 5o. de esta ley, se presentare nueva denuncia, querella o requerimiento del Ministerio Público en su contra, se procederá respecto de ella con arreglo a este ordenamiento legal, hasta agotar la instrucción de los diversos procedimientos, procurando, de ser posible, la acumulación de ellos.

    Si la acumulación fuese procedente, la Sección formulará un solo dictamen.

    Artículo 48.- Los procedimientos a que se refiere esta ley no podrán suspenderse durante los recesos de las Cámaras de Diputados o de Senadores, por lo que los órganos encargados de sustanciar los procedimientos contemplados en esta ley, deberán continuarlos hasta su terminación.

    Tratándose de juicio político o de procedimiento seguido en contra del Presidente de la República, el Presidente de la Cámara de Diputados deberá solicitar a la Comisión Permanente que convoque a esa Cámara a un periodo extraordinario de sesiones a fin de que ésta se erija en órgano de acusación. Lo propio hará el Presidente de la Cámara de Senadores cuando ésta deba erigirse en jurado de sentencia.

    Si se trata del procedimiento de declaración de procedencia, el Presidente de la Cámara de Diputados solicitará a dicha Comisión que convoque a esa Cámara a un periodo extraordinario de sesiones para que ésta se erija en jurado de procedencia.

    Artículo 49.- Las declaraciones o resoluciones aprobadas por las Cámaras con arreglo a esta Ley, se comunicarán al día hábil siguiente, para su conocimiento y efectos legales, a la Cámara a la que pertenezca el denunciado, salvo que fuere la misma que hubiese dictado la declaración o resolución, o bien, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación o al Presidente de la República, si se tratara de algún integrante del Poder Judicial Federal o de la Administración Pública Federal, respectivamente.

    Por lo que hace a los servidores públicos federales de los órganos constitucionales autónomos, las resoluciones o declaraciones respectivas, se comunicarán a sus órganos de gobierno o equivalentes, para los efectos legales correspondientes.

    En todo caso, las declaraciones o resoluciones a que se refieren los párrafos que anteceden, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 50.- En todo lo no previsto por esta ley, en las discusiones y votaciones se observarán las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    En las cuestiones relativas al procedimiento que no prevea esta ley, así como en la apreciación de las pruebas, se observarán las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Asimismo, se atenderán en lo conducente, las del Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles o el Código Civil Federal, respectivamente.

    Transitorios

    Primero.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

    Tercero.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Cuarto.- A fin de dar cumplimiento a lo previsto por los artículos 10 y 51 de la presente ley, deberá reformarse en lo conducente la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en un plazo no mayor de sesenta días contados a partir de la entrada en vigor de este ordenamiento.

    Quinto.- En un plazo no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigor del presente ordenamiento, deberá reformarse Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos a efecto de eliminar toda mención de la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados así como hacer las adecuaciones conducentes respecto a la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.

    Sexto.- Las menciones que en otras leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas o administrativas se hagan de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos o en particular a alguno de sus preceptos, en materia de juicio político, declaración de procedencia o responsabilidad del Presidente de la República, se entenderán referidas al presente ordenamiento.

    Séptimo.- En sus respectivos ámbitos de aplicación, en el Distrito Federal regirán el presente ordenamiento y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

    Dado en el Salón de Sesiones Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2006.--- Dip. Álvaro Elías Loredo (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted, compañero vicepresidente don Álvaro Elías Loredo. De acuerdo con su solicitud, favor de insertar íntegro el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y turnarse a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.


    REGISTRO DE ASISTENCIA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Asimismo, se instruye a la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: ¿Falta algún diputado o diputada por registrar su asistencia? (...) Ciérrese el sistema electrónico. Señora Presidenta, hasta el momento hay una asistencia de 375 diputadas y diputados. Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En virtud de que el compañero diputado Iván García Solís no está en el salón de sesiones, pasa al final del capítulo su intervención.


    CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Nos ha solicitado el diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que la iniciativa que presentó para reformar el artículo 32 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 32 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita se turne a la Comisión de Gobernación, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley, con base a la siguiente

    Exposición de Motivos

    El proceso de democratización del Estado mexicano experimentó un salto histórico en la década de los noventa, cuando los partidos políticos sentaron las bases constitucionales de un nuevo régimen electoral mucho más confiable y equitativo que el anterior.

    No obstante, todavía falta mucho por hacer, la experiencia de nuestros procesos electorales, inclusive la experiencia más reciente, ha demostrado que es urgente establecer controles realmente efectivos sobre las finanzas de los partidos y en especial sobre la relación entre dinero y política, sin embargo, otro tema en el que nos atañe urgentemente legislar es sobre la liquidación y destino de los bienes de los partidos políticos que pierdan o les sea cancelado su registro ante el Instituto Federal Electoral.

    Para el año 2006 se destinarán casi 13 mil millones de pesos a los procesos electorales y a los partidos, por lo cual se deben instrumentar y seguir construyendo los cimientos para consolidar nuestra democracia buscando favorecer la transparencia y la optimización de los recursos públicos, que no son de los partidos políticos, sino que pertenecen al pueblo de México.

    Nuestra propuesta viene a fortalecer los esfuerzos concretos que se han hecho para suplir lo que hasta hace muy poco tiempo era un vacío jurídico, es decir, el destino de los bienes de los partidos y agrupaciones políticos que perdían su registro. El objetivo central es que dichos partidos y agrupaciones, después de cumplir con sus obligaciones de carácter laboral y civil, devuelvan al erario público lo que provino originalmente de él, ya que el objeto de la disposición de recursos públicos se ha extinguido.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 41 que los partidos políticos son entidades de interés público y como organizaciones de ciudadanos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación nacional, por lo cual, en el Partido Verde Ecologista de México consideramos que deben estar sujetos a normas más explicitas y más amplias y evitar que nuestro joven sistema de partidos se vea afectado por los malos manejos de los recursos.

    No podemos negar que en México hemos empezado a circular por el camino correcto, ya que el pasado 31 de mayo de 2005 el Consejo General del IFE aprobó el nuevo reglamento relativo a la disolución, liquidación y destino de los bienes de los partidos políticos que pierdan su registro. La iniciativa llena un vacío legal significativo en materia de fiscalización, por lo cual, la legislación electoral debe estar acorde con esta importante medida, es decir, se debe incorporar expresamente en el Cofipe esta facultad de fiscalización para que sea una obligación de los partidos políticos y no solamente un acuerdo transitorio de la autoridad electoral.

    Es importante entender que la pérdida de registro de los partidos políticos nacionales no los exime de las obligaciones y responsabilidades que derivan de la actuación que haya tenido el partido mientras conservó el registro correspondiente, o que sea liberado de las correspondientes obligaciones reglamentarias; por lo tanto, en el marco normativo electoral se debe señalar de manera literal las facultades del propio Instituto Federal Electoral para que, con base en los principios rectores de la actividad electoral, los fines constitucionales, los bienes y valores jurídicos a preservar y sus facultades reglamentarias regule, con un contenido amplio sobre la disolución, liquidación y destino de los bienes de los partidos políticos nacionales que pierdan o les sea cancelado el registro según lo que establece el artículo 66 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    Sensibilizado por lo anterior, el diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México se permite someter ante el pleno de esta soberanía, la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    Articulo Primero.- Por el que se reforma el artículo 32 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

    Artículo 32

    1. al 3. ...

    4. Los bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o le sea cancelado su registro, según lo que establece el artículo 66 de este código, se sujetarán a la normatividad correspondiente.

    Transitorio

    Primero.- Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 14 días del mes de febrero del 2006.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se turne a la Comisión de Gobernación.


    LEY ORGANICA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Pedro Vázquez González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

    El diputado Pedro Vázquez González: Con su venia, señora Presidenta; legisladoras y legisladores: Petróleos Mexicanos es una empresa que fue creada en 1938 para que sirviera de impulso a la industrialización de nuestro país. Este papel lo cumplió exitosamente hasta principios de los ochenta; sin embargo, con el arribo de gobiernos neoliberales los recursos de la empresa paraestatal se empezaron a utilizar para pagar el costo financiero de la deuda interna y la externa y en años recientes en el rescate de los bancos, las carreteras y los ingenios azucareros.

    En 1992, el gobierno neoliberal de Carlos Salinas de Gortari impulsó la creación de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, que subdividió Petróleos Mexicanos en cuatro empresas subsidiarias coordinadas por un corporativo. Con el paso del tiempo quedó plenamente probado que la intención de fondo era desarticular la estructura organizativa de Pemex para privatizarla y ponerla al servicio de los grandes grupos económicos del exterior y del interior.

    El gobierno de Salinas de Gortari también se encargó de modificar el régimen fiscal de la paraestatal, con el propósito de irla ahogando de forma paulatina. En 1995, el gobierno de Ernesto Zedillo continuó la tarea de destrucción de Pemex como patrimonio de la nación, al abrir la industria energética al capital privado mediante los llamados ``Pidiregas''. Compañeras y compañeros diputados: para el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, está claro que las acciones de los distintos gobiernos neoliberales de las últimas dos décadas han sido con el firme propósito de desmantelar Pemex y privatizarlo. En ese contexto, el saneamiento de Pemex pasa por definir quién toma las decisiones en la empresa y para qué, cuál es el sentido y la orientación de las mismas. Por eso creemos que Pemex debe ser administrada por personas comprometidas con los intereses del pueblo mexicano y con una visión de trabajo en favor de México; es decir, no caben en Pemex los promotores del neoliberalismo y la privatización de la riqueza petrolera de nuestro país.

    En ese sentido, nuestra iniciativa es para que el director general de Pemex sea designado por la Cámara de Diputados, a propuesta del Ejecutivo federal, mediante una terna, integrada por profesionales capaces de velar por los intereses de nuestro patrimonio público. También proponemos que los directores generales de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos sean designados por la H. Cámara de Diputados. Asimismo, proponemos en la iniciativa que en el Consejo de Administración de la paraestatal esté representada la sociedad civil, a efecto de que realice la función de vigilar y supervisar la orientación de los recursos y la calidad de las obras que forman parte del funcionamiento de la empresa. La representación de la sociedad civil también se hace extensiva a los consejos de administración de las subsidiarias de Pemex.

    Los representantes de la sociedad civil en el Consejo de Administración de Pemex serán propuestos por las instituciones académicas vinculadas con la actividad petrolera para que la Cámara de Diputados elija, de entre todas las propuestas, a los profesionales cuyos conocimientos en la materia sean de reconocido prestigio. Por las consideraciones expuestas, someto a la consideración la presente iniciativa al Pleno de la Cámara, donde se reforman diversos artículos de la Ley Orgánica de Pemex y Organismo Subsidiarios.

    Solicito a usted, señora Presidenta, que se sirva ordenar que la presente iniciativa se inserte íntegra en el Diario de los Debates de la Cámara de Diputados. Muchas gracias; y es cuanto, diputada Presidenta.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a cargo del grupo parlamentario del PT

    Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Petróleos Mexicanos es una empresa que fue creada en 1938 para que sirviera de impulso a la industrialización del país.

    Este papel lo cumplió de manera exitosa hasta principios de los años ochenta. Sin embargo, con el arribo de los gobiernos neoliberales, los recursos de esta empresa paraestatal se empezaron a utilizar para pagar el costo financiero de la deuda interna y externa y en años recientes el de los rescates de los bancos, las carreteras y los ingenios azucareros.

    De constituir una fuente fundamental para promover y financiar nuestro desarrollo económico, los recursos petroleros se transformaron en la base de un sistema parasitario para mantener la ambición de banqueros y empresarios voraces en detrimento de nuestra infraestructura petrolera y de nuestra infraestructura en comunicaciones y transportes.

    La orientación de los recursos petroleros no fue lo único que cambió en la época de los gobiernos neoliberales, sino también el destino mismo de Petróleos Mexicanos como empresa.

    En 1992 el gobierno neoliberal de Salinas de Gortari impulsó la creación de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios que subdividió a Petróleos Mexicanos en cuatro empresas subsidiarias coordinadas por un corporativo, con lo que se creó a Pemex Exploración y Producción, Pemex Refinación, Pemex Gas y Petroquímica Básica, y Pemex Petroquímica.

    Para lograr este fin, se usó el argumento de que habría ventajas de organización, de carácter económico y administrativo, al desagregar la estructura vertical y monopólica de Pemex, convirtiéndola en un grupo de subsidiarias, cada una de ellas con autonomía relativa de gestión y coordinadas por un organismo corporativo.

    Con el paso del tiempo quedó probado que la intención de fondo era desarticular la estructura organizativa de Pemex para privatizarla y ponerla al servicio de los grandes grupos económicos del exterior y del interior.

    Asimismo, el gobierno de Salinas de Gortari se encargó de modificar el régimen fiscal de la paraestatal con el propósito de irla ahogando de forma paulatina pero irreversible, al establecer una serie de impuestos, derechos y aprovechamientos ordinarios y extraordinarios, que han servido de base para sostener las finanzas públicas, pero en detrimento de la inversión en nuevos yacimientos y en el mantenimiento de la infraestructura petrolera.

    En 1995 el gobierno de Ernesto Zedillo continuó con la tarea de destrucción de Pemex como patrimonio de la nación, al abrir la industria energética al capital privado nacional y extranjero, mediante los proyectos de impacto diferido en el gasto público, los llamados Pidiregas, que permiten que empresas privadas participen en las actividades de exploración y producción de hidrocarburos y gas.

    El resultado de esta apertura es que hoy Pemex es una empresa que tiene una abultada deuda con el exterior y con los acreedores internos, además de que el costo financiero de estos Pidiregas es cada vez más creciente y los ingresos que generan los proyectos que construyen las empresas privadas a favor de Pemex no generan los ingresos suficientes para pagar ese costo financiero.

    Compañeras y compañeros diputados: Para el grupo parlamentario del Partido del Trabajo está claro que las acciones de los distintos gobiernos neoliberales de las dos últimas décadas han sido con el firme propósito de desmantelar Pemex y de privatizarlo.

    Las estrategias utilizadas para estos propósitos han sido múltiples. Nos hablan de dotar a la empresa de autonomía de gestión. Es decir, de crear un Consejo de Administración con consejeros independientes que tomen decisiones, pero sin que necesariamente éstas correspondan a los intereses de la empresa en su calidad de patrimonio de la nación.

    También nos dicen que es necesario darle a Pemex autonomía financiera y administrativa para que ya no dependa de ninguna instancia superior al tomar decisiones que involucran su propio desarrollo.

    Asimismo, nos hablan de dotarla de autonomía presupuestal, para que sea ella la que decida cómo utilizar sus ingresos. Incluso, hay propuestas legislativas que plantean la posibilidad de que el gobierno federal pueda afectar los derechos patrimoniales de Pemex hasta en un 20 por ciento de su capital y que dicho valor pueda ser convertido en acciones que se coticen en la bolsa de valores.

    Para nosotros, estas propuestas sólo tienen un propósito claro: crear las condiciones de privatización de Pemex, porque los problemas de fondo de la empresa tienen que ver con el agotamiento sistemático y sostenido de sus reservas probadas, debido a la sobreexplotación a la que han sido sometidos los yacimientos petroleros en aras de satisfacer la demanda de petróleo de Estados Unidos.

    El nuevo esquema fiscal que aprobó de forma reciente el Congreso de la Unión para Petróleos Mexicanos fue anulado en los hechos al haberse aprobado en la Ley de Ingresos y en el decreto del Presupuesto de Egresos para 2006 que los ingresos que obtendría para este año se canalicen al pago de las amortizaciones de la deuda de la paraestatal en lugar de ser usados para fines de inversión en infraestructura petrolera.

    Por tanto, el esquema fiscal de Pemex sigue siendo un pendiente para sanearla financieramente, pero ello implica romper con la orientación neoliberal de la política que se aplica hacia esta empresa pública.

    No podemos dejar de mencionar el obstáculo fundamental que significa la relación perversa que se ha creado entre los funcionarios en turno y el sindicato de la empresa, que han creado un sistema de corrupción que sangra anualmente la riqueza que produce Pemex.

    En este contexto, el saneamiento de Pemex pasa por definir quién toma las decisiones en esa empresa y para qué, y cuál es el sentido y la orientación de las mismas.

    Por eso creemos, que Pemex debe ser administrada por personas que estén comprometidas con los intereses del pueblo mexicano y con una visión de trabajo a favor de México. Es decir, no caben en Pemex aquellos que son promotores del neoliberalismo y la privatización de la riqueza petrolera.

    El sentido de nuestra iniciativa es que el director general de Pemex sea designado por la Cámara de Diputados a propuesta del Ejecutivo federal mediante una terna, integrada por profesionales capaces de velar por los intereses de nuestro patrimonio público. También proponemos que los directores generales de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos sean designados por la Cámara de Diputados.

    Asimismo, proponemos que en el Consejo de Administración de la paraestatal esté representada la sociedad civil, a efecto de que realicen la función de vigilar y supervisar la orientación de los recursos y la calidad de las obras que forman parte del funcionamiento de la empresa. La representación de la sociedad civil también se hace extensiva a los consejos de administración de las subsidiarias de Pemex.

    Los representantes de la sociedad civil al Consejo de Administración de Pemex serán propuestos por las instituciones académicas vinculadas con la actividad petrolera, para que la Cámara de Diputados sea la que elija de entre todas las propuestas a aquellos profesionales cuyos conocimientos en la materia sean de reconocido prestigio.

    La distribución de los profesionistas que integrarán el Consejo de Administración de Pemex será la siguiente:

    a) 4 ingenieros petroleros

    b) 3 ingenieros químicos

    c) 2 licenciados en derecho

    d) 2 administradores de empresas

    e) 2 licenciados en economía

    Los 9 consejeros ciudadanos al Consejo de Administración de los organismos subsidiarios de Pemex serán elegidos por el mismo criterio que el anterior, debiendo quedar integrado de acuerdo a la siguiente distribución por profesiones:

    a) 2 ingenieros petroleros

    b) 2 ingenieros químicos

    c) 2 licenciados en derecho

    d) 1 administrador de empresas

    e) 2 licenciados en economía

    Compañeras y compañeros diputados:

    Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6, los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 7, los artículos 8 y 9 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, para quedar como sigue:

    Artículo Único. Se reforman el artículo 6, los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 7, el artículo 8 y los párrafos primero y segundo del artículo 9, todos de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 6. Petróleos Mexicanos será dirigido y administrado por un Consejo de Administración, que será el órgano superior de gobierno de la industria petrolera, sin perjuicio de la autonomía de gestión de los organismos. El director general será designado por la Cámara de Diputados de entre una terna que proponga el titular del Ejecutivo federal.

    Artículo 7.

    El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos se compondrá de 23 miembros propietarios a saber:

    Seis representantes del Estado designados por el Ejecutivo federal, entre los que deben estar el secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cinco representantes del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, que deberán ser miembros activos de dicho sindicato y trabajadores de planta de Petróleos Mexicanos, y por 13 miembros de la sociedad civil de reconocido prestigio en materia petrolera, que propondrán las instituciones académicas del país, siendo 4 ingenieros petroleros, 3 ingenieros químicos, 2 administradores de empresas, 2 licenciados en derecho y 2 licenciados en economía.

    ...

    Por cada uno de los consejeros que se designe se nombrará un suplente. Los suplentes de los consejeros que representan al Estado serán designados por los respectivos titulares y los de los consejeros sindicales serán designados por el sindicato, y los consejeros de la sociedad civil serán designados por la Cámara de Diputados, debiendo reunir los mismos requisitos exigidos para los propietarios.

    Artículo 8. Cada uno de los organismos subsidiarios será dirigido y administrado por un Consejo de Administración y por un director general designado por la Cámara de Diputados.

    Artículo 9. El Consejo de Administración de cada uno de los organismos subsidiarios, se compondrá de 17 miembros y sus respectivos suplentes. Los titulares serán: cuatro representantes del Gobierno Federal, designados por el Ejecutivo federal, los tres directores generales de los otros organismos públicos descentralizados subsidiarios, 9 consejeros de la sociedad civil designados por la Cámara de Diputados, siendo 2 ingenieros petroleros, 2 ingenieros químicos, 2 licenciados en derecho, 1 administrador de empresas y 2 licenciados en economía, siendo el director general de Petróleos Mexicanos, quien lo presidirá.

    Los suplentes de los Consejeros que representan al Gobierno Federal serán designados por el Gobierno Federal, los de los organismos subsidiarios serán designados por los directores correspondientes y los de la sociedad civil serán designados por la Cámara de Diputados.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de febrero de dos mil seis.--- Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, diputados: Alejandro González Yáñez (rúbrica), coordinador; Pedro Vázquez González (rúbrica), vicecoordinador; Juan A. Guajardo Anzaldúa, Joel Padilla Peña, Francisco Amadeo Espinosa Ramos.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Vázquez González. De acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y turnarse a la Comisión de Energía.


    ARTICULOS 3o. Y 31 CONSTITUCIONALES

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra nuestro compañero, el diputado Alfonso Rodríguez Ochoa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo quinto transitorio del decreto que adiciona el artículo 3o., párrafo primero; las fracciones III, V y VI; y el artículo 31, fracción I, de la Constitución Político de los Estados Unidos Mexicanos.

    El diputado Alfonso Rodríguez Ochoa: Con su venia, señora Presidenta; compañeros y compañeros diputados: la reciente modificación de los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2002 establece que la educación preescolar forma parte de la educación básica obligatoria y que cursarla en su ciclo de tres grados constituye un prerrequisito para el ingreso en nivel de educación primaria, obliga al Estado mexicano a implantar la prestación del servicio educativo de conformidad con el calendario que establece el artículo quinto transitorio del mencionado decreto, que prescribe que la educación preescolar será obligatoria para cursarla para todos en los siguientes plazos: el primer año escolar, a partir del año 2004 a 2005; el segundo año, de 2005 a 2006; y el primer preescolar, en 2008-2009.

    En los plazos señalados, el Estado mexicano habrá de universalizar en todo el país, con calidad, a la oferta de este servicio educativo. En ese sentido, la Secretaría de Educación Pública estableció las edades de ingreso en los tres grados de preescolar: tres años para el primer grado, cuatro años para el segundo y cinco años cumplidos para el tercer grado, con objeto de articularlo con la edad de ingreso en la educación en primaria, que es de seis años. Señala que la educación preescolar permite a los niños su tránsito del ambiente familiar a un ambiente social de mayor diversidad y con nuevas exigencias.

    El jardín de niños, por el mismo hecho de su existencia, constituye un espacio propicio para que los pequeños convivan con sus pares y con adultos y participen en eventos comunicativos más ricos y variados que los del ámbito familiar. A diferencia de otras experiencias sociales en las que se involucra a los niños en su familia o en otros espacios, la educación preescolar tiene propósitos definidos, que apuntan a desarrollar sus capacidades y potencialidades, mediante el diseño de situaciones didácticas, específicamente de aprendizaje. Como se aprecia, se puntualiza que sin la participación de los padres o tutores, de la sociedad en general, que sin constituir una efectiva comunidad escolar, la escuela, la institución escolar se inhabilita en el logro de sus fines u objetivos y en su operación, por lo que la familia y su acción educadora en la materia y en la infancia a lo largo de la vida del ser humano deben fortalecerse.

    El razonamiento es que la educación inicial impartida por los centros de desarrollo infantil o estancias infantiles para los niños de cero a tres años debería ser también obligatorio cursarla, en la medida en que a través de programas y mediante instrumentaciones didácticas se genera un entorno escolar adecuado para el desarrollo afectivo, social, psicomotriz y cognitivo, cuyo propósito educativo es el desarrollo integral y armónico del niño. Por tanto, ello, en esta lógica, implicaría sustraerlo del seno familiar, incorporar desde temprana edad al ser humano en el sistema educativo de cero a tres años, cuando la tendencia pedagógica y educativa mundial es iniciar a los cuatro o cinco años el nivel preescolar y dos años a la escuela materna en Francia, amén de que esta educación inicial en nuestro país se oferta en diversas modalidades; entre ellas, la desarrollada por los propios padres bajo un programa institucional.

    De conformidad con las normas de derecho internacional en el rubro de los derechos humanos, el artículo 19 de la Recomendación Americana de Derechos Humanos, suscrita por nuestro gobierno, establece que los niños son titulares de derechos y no sólo objeto de protección. Asimismo, el artículo 3o. de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que siempre deberá prevalecer por sobre todas las cosas el interés superior del niño. Por ello, en su desarrollo integral y en el ejercicio pleno de sus derechos ese interés superior del niño debe ser considerado el criterio rector en la elaboración y en la aplicación de normas legales, educativas o de cualquier tipo en todos los órdenes relativos a la vida del niño.

    Considerando que la familia mexicana es y debe constituir el ámbito primordial para el desarrollo integral y armónico del niño y el ejercicio de sus derechos, es conveniente para que se preserven y se fortalezcan en la primera infancia, de los cero a los tres años, su permanencia y educación en su núcleo familiar; y dependiendo de su maduración afectiva, social, psicomotriz, condiciones socio-culturales y económicas, se determine por los padres, de entre diferentes modalidades, su ingreso en el nivel educativo preescolar del sistema educativo nacional. La Secretaría de Educación Pública ha señalado: ``Los especialistas en la materia señalan que a los seis años el niño ha alcanzado un desarrollo motriz, de orientación tiempo-espacio y de socialización, entre otros''. Por este motivo, 31 por ciento de los países del mundo ha tomado el criterio de la edad como parámetro de ingreso en la educación básica.

    Las ciencias de la educación y las neurociencias han realizado importantes aportes al conocimiento del desarrollo infantil, poniendo en relieve el fundamental papel que desempeñan los primeros años de infancia en la vida futura del ser humano. Por ello es indiscutible que la educación inicial y la preescolar son hoy de cardinal importancia en los sistemas educativos y para la sociedad en general.

    Como bien señala el acuerdo en mención, la educación preescolar interviene justamente en este periodo fértil y sensible a los aprendizajes fundamentales; permite a los niños su tránsito del ambiente familiar a un ambiente social de mayor diversidad y con nuevas exigencias; consigna que la educación preescolar se ve impactada por los cambios sociales y culturales y hoy ello lo enfrenta a desafíos como los cambios en la estructura familiar y la incorporación de las mujeres en el mercado laboral, muchas de las cuales son jefas de familia. Eso se expresa en la reducción del tiempo de atención y convivencia de adultos con los niños, e implica tanto menores estímulos para el desarrollo de sus capacidades de educación como menores oportunidades para establecer relaciones sociales y aprender acerca del mundo.

    Al respecto, es fundamental puntualizar el hecho de que la madre sea trabajadora no implica necesaria y forzosamente que su efecto forzoso sea una reducción de su capacidad de atención y convivencia con sus hijos, en tanto calidad y calidez. Si bien es importante reconocer que en nuestra realidad social existe una cantidad de niños adoptados y formados en virtud de tales características, del seno de la familia en que ambos padres salen a trabajar y dejan a los niños en diferentes instancias, como centros de desarrollo infantil, guarderías, estancias infantiles, abuelos, tíos o empleados domésticos, a los que el niño se ha obligado a adaptarse y, sin darse cuenta del cambio, se transforma en lo permanente.

    Las ciencias de la educación han realizado un gran aporte en los últimos años, reconociendo en primer lugar que si bien se busca la formación de competencias básicas y la socialización del niño a través de la educación sistemática, en los niños por educar existe heterogeneidad, por lo que surge la pregunta: ¿hay que homogeneizar a través de plazos reglamentarios el periodo de incorporación y adaptación a nivel preescolar? Si contamos con niños que alcanzan a diferentes ritmos y niveles de desarrollo psicomotriz, afectivo-social y cognoscitivo, parecería que hasta ahora la respuesta a los sistemas educativos y normas legislativas ha sido afirmativa, en tanto existen normas que establecen este periodo como obligatorio, lo cual es interpretado de diversas maneras y podría seguir induciendo la adaptación del niño a la escuela y a sus maestras.

    Es decir, el niño es el que debe adaptarse a la institución escolar, lo cual es cuestionable, ya que sabemos que las instituciones son dinámicas y deben brindar un servicio; ése sí, si es personalizado, mucho mejor. Consideramos que sería importante abrir el debate sobre las formas del periodo de adaptación e incorporación, abolir ciertas normativas y descentralizar la decisión a cada institución y padre de familia o tutores para que puedan asumir ambos un compromiso verdadero con los niños por educar; a través de diversas alternativas, ir agregando paulatinamente una hora de permanencia del niño. Ahora que la reforma constitucional en comento obliga a los niños de tres años de edad, a partir del ciclo escolar 2008-2009, a incorporarse a la educación preescolar, consideramos cardinal abrir el abanico de la oferta educativa del nivel preescolar, no sólo al esquema escolarizado aprobado sino, también, a la modalidad no escolarizada, desarrollada por los padres con apoyo de las instancias educativas.

    El niño tiene derecho a recibir en el seno de la familia educación, a convivir con ella en cantidad y calidad el mayor tiempo posible, de manera que se evite la desvinculación temprana de sus padres biológicos o de su familia extendida. Para ello, diversificar la oferta educativa del nivel preescolar, para permitir que a criterio de los padres y docentes, en un proceso de autogestión escolar, la comunidad educativa escolar se termine en el momento del procedimiento de incorporación del niño en la escuela.

    El compromiso para el gobierno mexicano de ofrecer educación preescolar obligatoria a los a tres años a todos los niños a partir de los tres años debe cumplirse al inicio del ciclo escolar 2008-2009. Ello plantea analizar la actual cobertura y los escenarios de la demanda, y --fundamentalmente-- asegurar ofrecer la misma calidad de servicio educativo para todos, con base en el diseño del currículum determinado por la SEP, con personal docente capacitado óptimamente. Y, a su vez, subsanar el problema de cobertura en la medida en que, ante la escasez de cursos, debemos optar por la creatividad de ascender a nuevas estrategias educativas; con ello se puede zanjar el problema.

    En el sistema escolarizado tradicional, que requiere infraestructura, edificios, mobiliario y equipo personal, proponemos que se establezca el servicio educativo de preescolar en un modelo semiescolarizado y abierto. Por lo expuesto y fundamentado, se propone: ``La educación preescolar será obligatoria para todos en los siguientes plazos y modalidades: en el tercer año de preescolar, a partir del ciclo 2004-2005, para niños de edad de cinco años; el segundo año, a partir de 2005-2006, para los de cuatro años; y el primer año de preescolar, a partir del ciclo 2008-2009, para los niños de edad de tres años cumplidos, en la modalidad escolarizada, en el horario establecido en etapas de adaptación e incorporación paulatina y creciente al horario, así como también, a criterio de los padres o tutores, se cursará el primer año de preescolar mediante la modalidad no escolarizada o abierta, desarrollada por parte de los padres o tutores del niño, mediante de programas de asesoría de la SEP, a través de diversas estancias educativas que garantizarán la equidad, calidad y pertinencia del servicio educativo en todas sus modalidades''. Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo quinto transitorio del decreto que adiciona el artículo 3o., párrafo primero; las fracciones III, V y VI; y el artículo 31, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfonso Rodríguez Ochoa, del grupo parlamentario del PRI.

    El suscrito, diputado Alfonso Rodríguez Ochoa, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presenta a la consideración de la asamblea de esta Cámara de Diputados, el presente proyecto de decreto que, previa aprobación de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como la mayoría de las Legislaturas de los estados, se decrete la modificación del artículo transitorio quinto del decreto por el que se aprueba el diverso por el que se adiciona el artículo 3, en su párrafo primero, fracciones III, V y VI, y el artículo 31 en su fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que el primer año de preescolar que se imparta obligatoriamente para la población infantil de 3 años de edad, a partir del ciclo escolar 2008-2009, se ofrezca con la misma calidad, equidad y pertinencia la educación preescolar a través de diversas modalidades educativas: escolarizada, semiescolarizada, mixta y abierta, mismas que permitan, a criterio de los padres o tutores, optando por algunas de estas opciones, cumplir con la obligatoriedad para que los niños bajo su patria potestad cursen el primer año del nivel preescolar todo ello con base en la siguiente:

    Exposición de Motivos

    La reciente modificación de los artículos 3 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2002, que establece que la educación preescolar conforma parte de la educación básica obligatoria, y en su ciclo de tres grados constituye un prerrequisito para el ingreso al nivel de educación primaria, de conformidad que el decreto prescribe que la educación preescolar será obligatoria cursarla para todos en los siguientes plazos: el tercer año de preescolar a partir del ciclo 2004-2005; el segundo año de preescolar, a partir del ciclo 2005-2006; el primer año de preescolar, a partir del ciclo 2008-2009. En los plazos señalados, el Estado mexicano habrá de universalizar en todo el país, con calidad, la oferta de este servicio educativo.

    En este sentido la Secretaría de Educación Pública estableció las edades de ingreso a los tres grados de preescolar: 3 años para el primer grado, 4 años segundo grado y 5 años cumplidos para el 1 de septiembre para el tercer grado, con el objeto de articularlo con la edad de ingreso a la educación primaria, que es de 6 años establecida en el Acuerdo 209 de la SEP.

    Señala que la educación preescolar ``permite a los niños su tránsito del ambiente familiar a un ambiente social de mayor diversidad y con nuevas exigencias'' y ... ``el jardín de niños --por el hecho mismo de su existencia --constituye un espacio propicio para que los pequeños convivan con sus pares y con adultos y participen en eventos comunicativos mas ricos y variados que los del ámbito familiar''... ``A diferencia de otras experiencias sociales en las que se involucran los niños --en su familia o en otros espacios-- la educación preescolar tiene propósitos definidos que apuntan a desarrollar sus capacidades y potencialidades mediante el diseño de situaciones didácticas destinadas específicamente al aprendizaje''.

    Como se aprecia, puntualiza que sin la participación de los padres o tutores, de la sociedad en general, que sin constituir una efectiva comunidad escolar (maestros, directivos, padres de familia, entorno escolar) la escuela, la institución escolar se inhabilita en el logro de sus fines, objetivos y en su operación. Por lo que la familia y su acción educadora en la infancia y a lo largo de la vida del ser humano deben fortalecerse.

    El razonamiento de que la educación inicial, impartida por los centros de desarrollo infantil o estancias infantiles (mal denominadas Guarderías), para los niños de 0 a 3 años ,debería ser también obligatoria cursarla, en la medida que a través de programas y mediante instrumentaciones didácticas se genera un entorno escolar adecuado al desarrollo afectivo social, psicomotriz y cognitivo cuyo propósito educativo es el desarrollo integral y armónico del niño, y por tanto ello, implicaría sustraerlo del seno familiar e incorporarlo desde esta temprana edad del ser humano al sistema educativo (de 0 a 3 años), cuando la tendencia pedagógica y educativa (mundial) es iniciar a los 4 o 5 años el nivel preescolar y de 2 años la escuela materna (Francia), debatible es, amén de que esta educación inicial en nuestro país se oferta en diversas modalidades, entre ellas la desarrollada por los propios padres bajo un programa institucional.

    De conformidad con las normas del derecho internacional en el rubro de los derechos humanos, el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos suscrita por nuestro gobierno, establece que los niños son titulares de derechos y no sólo objeto de protección. Asimismo el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que siempre deberá de prevalecer por sobre todas las cosas el ``interés superior del niño'', por ello en su desarrollo integral y en el ejercicio pleno de sus derechos, este interés ``superior del niño'' debe ser considerado como el criterio rector en la elaboración y en la aplicación de normas legales, educativas y/o de cualesquier tipo en todos los órdenes relativos a la vida del niño.

    Considerando que la familia mexicana es y debe constituir el ámbito primordial para el desarrollo integral y armónico del niño y el ejercicio de sus derechos, es conveniente para el desarrollo integral del niño que se preserve y fortalezca en la primera infancia de los 0 a los 3 años su permanencia y educación en su núcleo familiar y dependiendo de su maduración afectiva, social, psicomotriz, condiciones socioculturales y económicas se determine por los padres de entre diferentes modalidades su ingreso al nivel educativo de preescolar del sistema educativo nacional.

    Las tendencias internacionales y la situación de la educación preescolar en varios países apuntan el inicio hacia la escolaridad formal tales como: Japón, Suiza, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Republica Checa, Australia, Italia, Noruega, Portugal a los 6 años, en tanto que Dinamarca, Finlandia y Suecia es a los 7 años, en Estados Unidos de Norteamérica varía de acuerdo con cada estado miembro de los 5 a los 7 años; en el Reino Unido, 5 años, y en Irlanda del Norte a los 4 años.

    En Francia se imparte el servicio de ``ecole maternelle'' para niños a los 2 años de edad y como opción voluntaria para los padres de familia. Que es el caso de los centros de desarrollo infantil, estancias o guarderías en México, mismas que son optativos y fundamentalmente ofertados el servicio a niños de madres trabajadoras, niños cuya edad va de los 0 a los 3 años en el nivel de maternales y ampliado el servicio a los niños hasta los 5 años equivalentes al nivel preescolar.

    En América Latina la edad para el niño de nivel preescolar obligatoria es en Argentina Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Perú, Uruguay, Venezuela, Bolivia, Chile y Ecuador de 5 años. En tanto que en El Salvador es de 4, 5 y 6 años y en Panamá son 2 años de preescolar y la edad obligada de ingreso de los niños es de 4 y 5 años.

    La Secretaría de Educación Publica ha señalado ``Los especialistas en la materia señalan que a los 6 años el niño ha alcanzado un desarrollo motriz, de orientación tiempo-espacio y de socialización, entre otros. Por este motivo, el 61% de los países del mundo han tomado el criterio de la edad como parámetro de ingreso a la educación básica.

    Las ciencias de la educación y las neurociencias, han realizado importantes aportes al conocimiento del desarrollo infantil y puesto de relieve el fundamental papel que desempeñan los primeros años de la infancia en la vida futura del ser humano, por ello es indiscutible que la educación inicial y preescolar son hoy de cardinal importancia en los sistemas educativos y para la sociedad en general, y como bien se señala en el acuerdo en mención ``la educación preescolar interviene justamente en este periodo fértil y sensible a los aprendizajes fundamentales; permite a los niños su tránsito del ambiente familiar a un ambiente social de mayor diversidad y con nuevas exigencias'' consigna que la educación preescolar se ve impactada por los cambios sociales y culturales y ello la enfrenta a desafíos tales como ``los cambios en la estructura familiar (reducción del número de hijos en la familia nuclear y el aumento de familias uniparentales) y la incorporación de las mujeres al mercado laboral, muchas de las cuales son jefas de familia, se expresa en al reducción del tiempo de atención y convivencia de adultos con los niños; ello implica tanto menores estímulos para el desarrollo de sus capacidades de comunicación, como menores oportunidades para establecer relaciones sociales y aprender acera del mundo''). A este respecto es fundamental puntualizar el hecho de que la madre sea trabajadora no implica necesaria y forzosamente que su efecto forzoso, sea una reducción de su capacidad de atención y convivencia con sus hijos en tanto calidad y calidez.

    Si bien es importante reconocer que en nuestra realidad social existen una cantidad de niños ``adaptados'' y formados en virtud de las características del seno de la familia, en que ambos padres salen a trabajar y dejan a los niños en diferentes instancias, tales como centros de desarrollo infantil, guarderías, estancias infantiles, abuelos, tíos o empleados domésticos, a los que el niño se ve obligado a adaptarse, y como sin darse cuenta ``el cambio se transforma en lo permanente''. Los niños se adaptan y habitan lugares donde los padres, seguros de buscar el bienestar de sus hijos.

    Se afirma que ha habido cambios en la socialización primaria brindada por la familia y que por lo tanto la misma ha delegado en otras instituciones su misión. Al decir de Tedesco ``la pérdida de la capacidad socializadora de la escuela ha sido señalada reiteradamente desde hace ya mucho tiempo. Las causas son diversas, y van desde factores internos tales como la masificación de la educación, la pérdida de prestigio de los docentes y la rigidez de los sistemas educativos, hasta factores externos como el dinamismo y la rapidez de la creación de conocimientos y la aparición de los medios de comunicación de masas.''

    Las ciencias de la educación han realizado un gran aporte en estos últimos años reconociendo en primer lugar que si bien se busca la formación de competencias básicas y la socialización del niño a través de la educación sistemática, en los niños a educar existe heterogeneidad. Por lo tanto surge la pregunta ¿hay que homogeneizar a través de plazos reglamentarios el ``periodo de incorporación y adaptación al nivel preescolar'' si contamos con niños que alcanzan a diferente ritmos y niveles de desarrollo psicomotriz, afectivo social y cognoscitivo? Parecería que hasta ahora la respuesta de los sistemas educativos y normas legislativas ha sido afirmativa en tanto existen normativas que establecen este período como ``obligatorio''. Lo cual, además es interpretado de diversas maneras y se podría decir siguiendo la ``adaptación del niño a la escuela y a sus maestras''.

    Es decir, el niño es el que debe adaptarse a la institución escolar, lo cual es cuestionable ya que sabemos que las instituciones son dinámicas y deben brindar un servicio, éste si es personalizado mucho mejor. Por ello consideramos la conveniencia de crear un espacio de tiempo para entrevistas de los padres o tutores con los docentes, auxiliares y directivos, para personalizar el llamado periodo de adaptación o incorporación del niño.

    Consideramos que sería importante abrir el debate sobre las formas del ``periodo de adaptación e incorporación'', y abolir ciertas normativas y descentralizar la decisión a cada institución y padres de familia o tutores para que puedan asumir ambos un compromiso verdadero con los niños a educar, a través de diversas alternativas; ir agregando paulatinamente una hora de permanencia del niño en la escuela hasta llegar al horario habitual; Así por ejemplo en Jalisco, 2 mil 601 niños y niñas de 0 a 4 años de edad se benefician con la modalidad escolarizada de educación inicial, mientras que 15 mil 843 reciben apoyo a través de la modalidad no escolarizada, que también brinda apoyo a más de 13 mil 310 padres de familia de 989 localidades de 103 municipios. Ahora que la reforma constitucional en comento obliga a los niños de 3 años de edad a partir del ciclo 2008-2009 a incorporarse a la educación preescolar consideramos cardinal abrir el abanico de la oferta educativa del nivel preescolar, no sólo al esquema escolarizado aprobado, sino también a la modalidad no escolarizada desarrollada por los padres con apoyo de las instancias educativas.

    El niño tiene derecho a recibir en el seno de la familia educación, a convivir con ella el mayor en cantidad y calidad de tiempo posible, de manera que se evite la desvinculación temprana (3 años) de sus padres biológicos o de su familia extendida.

    Para ello se debe diversificar la oferta educativa del nivel preescolar, para permitir que a criterio de los padres y docentes en un proceso de autogestión escolar la comunidad educativa escolar, se determine el momento y el procedimiento de la incorporación del niño a la escuela, de conformidad a su desarrollo psicomotriz, afectivo social, y cognitivo específico. Cualquier decisión relativa a obligar a una separación del niño de su familia, debe estar justificada por el interés superior del niño mismo.

    El compromiso para el Gobierno mexicano de ofrecer educación preescolar obligatoria de 3 años a todos los niños a partir de los 3 años debe cumplirse al inicio del ciclo escolar 2008-2009, ello plantea analizar la actual cobertura y los escenarios de la demanda. Y fundamentalmente asegurar ofrecer la misma calidad del servicio educativo para todos en base al diseño del currículum determinado por la SEP, con personal docente capacitado óptimamente.

    Asimismo la obligatoriedad de la educación preescolar de 3 años, supone una cobertura universal pues de lo contrario se corre el riesgo de reducir las posibilidades de acceso a la educación primaria de todos aquellos niños que por sus condiciones socio-económicas, de marginación urbana y rural, dispersión geográfica, (zonas deprimidas o vulnerables) no puedan tener acceso a cumplir con los tres años de educación preescolar o lo hagan en condiciones de inequidad en materia de calidad. También es cardinal señalar que el país no ha alcanzado a cubrir el compromiso de ofrecer educación primaria y secundaria (obligación del Estado mexicano desde 1917 y 1992 respectivamente).

    Y considerando que los niños de 3 años deben estar más cerca de su familia y tener el derecho de recibir educación preescolar en el seno familiar a través de sus padres o tutores o miembros de la familia, por ello es necesario establecer diversas modalidades de cursar el primer año de preescolar, para que a criterio de los padres o tutores se opte por alguna de ellas. Ello subsana el de no afectar el derecho de los niños y padres a educarse en el seno familiar que plantea la presente iniciativa, y a su vez subsana el problema de cobertura, en la medida que ante la escasez de recursos, debemos de optar por la creatividad, y acceder a nuevas estrategias educativas, con ellas se puede zanjar el problema. El sistema escolarizado tradicional requiere infraestructura de edificios, mobiliario, equipo, personal, proponemos se establezca el servicio educativo de preescolar en un modelo semiescolarizado y abierto, y/o a través del establecimiento de ambientes de aprendizaje utilizando las nuevas tecnologías de la información y comunicación, que permitan una mayor cobertura con calidad, equidad, pertinencia y menos recursos materiales.

    Lo cardinal es garantizar no sólo la cobertura sino también la calidad, por lo que dichas modalidades no escolarizadas deberán ser impartidas con equidad en calidad, particularmente a los niños de 3 años de edad en los ámbitos rurales, urbanos marginales o de zonas deprimidas o vulnerables e indígenas y a los hijos de madres trabajadoras, a través de estas nuevas e innovadoras estrategias educativas.

    Por todo lo expuesto y fundamentado se propone

    Modificar el artículo 5 transitorio del decreto por el que se aprueba el diverso por el que se adiciona el artículo 3, en su párrafo primero, fracciones III, V y VI, y el artículo 31 en su fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Que dice:

    ``TRANSITORIOS

    Quinto.- La educación preescolar será obligatoria para todos en los siguientes plazos: en el tercer año de preescolar a partir del ciclo 2004-2005; el segundo año de preescolar, a partir del ciclo 2005-2006; el primer año de preescolar, a partir del ciclo 2008-2009. En los plazos señalados, el Estado mexicano habrá de universalizar en todo el país, con calidad, la oferta de este servicio educativo.''

    Y debe decir:

    La educación preescolar será obligatoria para todos en los siguientes plazos y modalidades: en el tercer año de preescolar a partir del ciclo 2004-2005 para los niños en edad de 5 años; el segundo año de preescolar a partir del ciclo 2005-2006; para los niños en edad de 4 años, el primer año de preescolar, a partir del ciclo 2008-2009 para los niños en edad de 3 años cumplidos, en la modalidad escolarizada con el horario establecido en etapas de adaptación o incorporación paulatina y creciente al horario, así como también a criterio de los padres o tutores, se cursará el 1er. año de preescolar, mediante la modalidad no escolarizada o abierta desarrollada por parte de los padres o tutores del niño, mediante programas y asesoría de la SEP, a través de diversas instancias educativas que garantizarán la equidad, calidad y pertinencia del servicio educativo en todas sus modalidades. Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 14 de febrero de 2006.--- Dip. Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Rodríguez Ochoa. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales y a la Comisión de Educación... pero con opinión de la Comisión de Educación porque hay acuerdo de que todas las modificaciones constitucionales, señor diputado, van a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Educación y Servicios Educativos.

    Se encuentra con nosotros un grupo de mujeres, de señoras que nos acompañan provenientes del estado de México y de la delegación Miguel Hidalgo, que han sido invitadas por nuestra compañera, la diputada Adriana González Carrillo. Sean ustedes, señoras, bienvenidas aquí, a la Cámara de Diputados.

    Presidencia del diputado Álvaro Elías Loredo
    ARTICULO 111 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra nuestro compañero diputado Francisco Antonio Rojas Toledo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero.El diputado Francisco Antonio Rojas Toledo: Con su permiso, señor Presidente: el suscrito, diputado federal Francisco Antonio Rojas Toledo, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del H. Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto, por el que se reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente exposición de motivos:

    A lo largo de su existencia, Acción Nacional ha demostrado de manera interrumpida su compromiso con la legalidad, la transparencia y el correcto ejercicio de la función pública. En ese sentido, ha exigido de todos los funcionarios públicos, en especial de los emanados de sus filas, el recto ejercicio de una de sus tareas más nobles y fundamentales del quehacer público del Estado: utilizar el poder público para el beneficio de la sociedad.

    El fundamento esencial de este postulado ha sido sin duda en la historia moderna de nuestro país la legítima aspiración del pueblo mexicano de acceder a un sistema de gobierno democrático sustentado en normas que garanticen la equidad, la igualdad, la justicia y la verdad como principios rectores de convivencia. Remontándonos al Constituyente de 1917, se aprecia que los postulados referidos han quedado plasmados en nuestro Código Fundamental, al establecer que la nación mexicana se propone vivir en la democracia, concibiéndola no sólo como un régimen de gobierno, sino como un modo de vida forjado a través de los valores comunes de respeto e igualdad para todo ser humano. Tal y como señala el artículo 13 constitucional, ninguna persona o corporación puede tener fuero ni gozar de más emolumentos que sea compensación de servicios públicos y esté fijado en la ley. No obstante, el propio Constituyente consideró que existen ciertas funciones que deben tener una protección constitucional específica para que pueda llevarse a cabo su ejercicio sin ningún tipo de represión.

    La función legislativa, igual que otros puestos de altos servidores públicos de la Federación, en este caso no lo necesita para poder expresarse libremente y no ser objeto de represiones de ningún tipo. Las reformas propuestas del artículo 4o. constitucional, concretamente el artículo 111, nos permitirá contar con un marco jurídico acorde con las necesidades actuales de nuestro país, que logrará contribuir a cubrir las expectativas que tiene la sociedad en la actualidad respecto al correcto ejercicio de la función pública y, además, creará mayor certeza de que la aplicación de la justicia es igual para todos los habitantes del país, consolidando así las garantías de igualdad y justicia a que todo ser humano tiene derecho.

    En un afán de congruencia con los ideales proclamados por Acción Nacional en la prevención y lucha contra toda forma de corrupción en el país, así como en la transparencia que exigen la gestión y el desempeño de las instituciones y de los servidores públicos, los legisladores de Acción Nacional creemos en la imperiosa necesidad de establecer mecanismos jurídicos eficaces, a efecto de dotar al Estado mexicano de los instrumentos necesarios para que éste pueda desarrollar la difícil tarea de prevención y combate de los actos de corrupción de los servidores públicos de los Poderes de la Unión.

    Por tal motivo, el grupo parlamentario de Acción Nacional, preocupado de contar con un marco jurídico adecuado y eficiente en materia de responsabilidades de los servidores públicos, presentamos con todo respeto a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa conproyecto de decreto que reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Único. Se reforma el párrafo séptimo, así como se adiciona un párrafo octavo, recorriéndose los actuales párrafos octavo, noveno y décimo, para quedar como noveno, décimo y undécimo, respectivamente, del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 111. ... el efecto de la declaración que da lugar al presente proceder contra el inculpado será separarlo inmediatamente de su encargo para que quede sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.

    Si el proceso penal culmina en sentencia absolutoria, el inculpado podrá reasumir su función. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia de indulto.

    La declaración de procedencia a que se refiere este artículo no será impedimento para que antes de emitirse ésta, la autoridad ministerial pueda realizar las diligencias necesarias para la integración de la averiguación previa correspondiente, a fin de determinar si es de ejercitarse la acción penal contra el servidor público respectivo. En demandas del orden civil que se entablen contra cualquier servidor público no se requerirá la declaración de procedencia.

    Las sanciones penales se aplicarán de acuerdo con lo dispuesto en la legislación penal y, tratándose de delitos por cuya comisión el actor obtenga un beneficio económico o cause daño o perjuicio patrimoniales, deberá graduarse de acuerdo con el lucro obtenido y con la necesidad de satisfacer los daños y perjuicios causados por su conducta ilícita.

    Las sanciones económicas no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños o perjuicios causados.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Gracias, señor Presidente.

    «Iniciativa que reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero, a cargo del diputado Francisco Antonio Rojas Toledo, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal Francisco Antonio Rojas Toledo, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de este H. Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    A lo largo de su existencia, Acción Nacional ha demostrado de manera ininterrumpida su compromiso con la legalidad, la transparencia y el correcto ejercicio de la función pública. En ese sentido, ha exigido de todos los funcionarios públicos, en especial de los emanados de sus filas, el recto ejercicio de una de las tareas más nobles y fundamentales del quehacer público del Estado: utilizar el poder público para beneficio de la sociedad.

    El fundamento esencial de este postulado ha sido, sin duda alguna, en la historia moderna de nuestro país, la legítima aspiración el pueblo mexicano de acceder a un sistema de gobierno democrático sustentado en normas que garanticen la equidad, la igualdad, la justicia y la verdad como principios rectores de convivencia.

    Remontándonos al Constituyente de 1917, se aprecia que los postulados anteriormente referidos han quedado plasmados en nuestro código fundamental, al establecer que la nación mexicana se propone vivir en la democracia, concibiéndola no sólo como un régimen de gobierno, sino como un modo de vida forjado a través de los valores comunes de respeto e igualdad para todo ser humano.

    Tal y como lo señala el artículo 13 constitucional ``...Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar de más emolumentos que sean compensación de servicios públicos y estén fijados en la ley''.

    No obstante, el propio constituyente consideró que existen ciertas funciones que deben tener una protección constitucional específica para que puedan llevarse a cabo su ejercicio sin ningún tipo de represión. La función legislativa, al igual que otros puestos de altos servidores públicos de la Federación, en este caso, lo necesita para poder expresarse libremente y no ser objeto de represiones de ningún tipo.

    En ese sentido, el tema de la inmunidad de los legisladores y los altos servidores públicos, ha constituido un asunto de gran importancia en diferentes épocas, incluso, en todas partes del mundo, ya que esta figura constitucional se traduce por regla general, en una protección procesal, para que dichos servidores públicos no puedan ser sujetos a procesos penales sin previa autorización del órgano legislativo competente, mientras ejercen el cargo que desempeñan.

    En efecto, el llamado fuero constitucional es una figura jurídica que ha tenido aplicación en diversos países, y a través de las distintas épocas ha ido cambiando, adecuándose a las necesidades que plantean las nuevas condiciones de cada región o país.

    En nuestro país, debemos tener presente, que ya desde que fueron creados nuestros primeros ordenamientos jurídicos, se ha realizado un esfuerzo para proteger la función pública, librarla de todo intento de represión, tal como lo podemos ver, por ejemplo, en la Constitución Política de 1824 donde se establecía la declaratoria de que ha lugar a la formación de causa contra el Presidente del país, los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los gobernadores de los estados, a través del gran jurado por una de las Cámaras del Congreso.

    Ahora bien, dicha prerrogativa, si bien con diferentes matices, en esencia ha estado contemplada a lo largo de la historia de nuestro país, tanto en la Constitución de Apatzingán, en la Constitución mexicana de 1857, como en la de 1917. Actualmente se encuentra establecida en el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Fue en el año de 1982, cuando se realizó la última reforma significativa al Título Cuarto constitucional, relativo a las Responsabilidades de los Servidores Públicos, a través de la cual se excluyó del texto constitucional la mención relativa al fuero constitucional y al procedimiento de desafuero, a que se hacia referencia en esta Ley fundamental. No obstante, si bien desapareció el llamado fuero en cuanto a su denominación, el texto constitucional conservó la esencia de esta protección constitucional, a través de lo que ahora conocemos como declaratoria de procedencia, la cual consiste en la protección constitucional que poseen diputados, senadores y demás altos servidores públicos previstos por el artículo 111 constitucional, para que en el caso de que sean acusados por la comisión de un ilícito, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión previamente resuelva de acuerdo a los elementos con que cuente, la procedencia de que dicho funcionario sea sometido al correspondiente proceso penal, separando o no al servidor público de su encargo, sin que en ningún momento dicha determinación del órgano legislativo, prejuzgue sobre la responsabilidad penal del imputado, ya que la declaración de procedencia sólo constituye un obstáculo procedimental de naturaleza administrativa, que debe ser removido de manera previa a la consignación del servidor público implicado, ante las autoridades jurisdiccionales.

    En efecto, el fin último del procedimiento de declaración de procedencia que sigue la Cámara de Diputados, es el de hacer un profundo examen de los hechos presumiblemente delictivos, para que los diputados y senadores no sean objeto de acusaciones temerarias o sin fundamento, y puedan así seguir desempeñándose en sus funciones sin ningún tipo de presión. Por ello, queda abierta la posibilidad de que el funcionario, después de que ha terminado su encargo, pueda ser llamado para enfrentar a las autoridades judiciales.

    La declaración de procedencia constituye pues, una determinación de la Cámara de Diputados que implica la separación del cargo del servidor público imputado, suspendiéndolo de su función y sometiéndolo a la autoridad que conoce del asunto. De ahí que el momento procesal idóneo para solicitar la declaración de procedencia sea cuando la averiguación previa se ha integrado y el Ministerio Público federal ha procedido a consignar al servidor inculpado ante el juez correspondiente, para que ésta decida pedir la declaración respectiva.

    Esto es, la responsabilidad penal no se prueba con la aceptación de declarar la procedencia por parte de la Cámara de Diputados, sino que esta acción constituye tan solo la verificación de los hechos imputados presumiblemente inculpan al servidor público y de que las etapas de procuración de justicia han sido debidamente conducidas sin privar al servidor de sus garantías.

    No obstante, es necesario ubicar en sus justas dimensiones el alcance de esta institución constitucional, debiendo interpretar esta figura con la más completa responsabilidad, a efecto de evitar excesos que en determinados casos propician visos de impunidad, partiendo de la premisa de que esta figura constitucional se ha instituido para garantizar el adecuado ejercicio de la función pública, sin que ello constituya un privilegio personal del servidores público que le permita extralimitarse so pretexto de esta protección plasmada en nuestra Ley Fundamental --no debería suceder esto, pero desafortunadamente ocurre en determinados casos.

    La declaración de procedencia no fue creada para fomentar la impunidad y el abuso por parte de los servidores públicos, pero desgraciadamente varios de ellos lo interpretan en un sentido irresponsable.

    Lo anterior en virtud de que la figura del mal llamado fuero, constitucionalmente llamada declaración de procedencia, lamentablemente en varias ocasiones es mal utilizada por algunos servidores públicos, ya que éstos bajo el amparo de esta protección constitucional se prestan a cometer varias arbitrariedades, abusando de esa protección, y logrando con ello, crear descontento e incertidumbre en la población a la que representan, en un claro ejemplo de irresponsabilidad y de falta de compromiso en cuanto al desempeño de su función.

    De ahí la necesidad de reglamentar claramente la figura de la inmunidad procesal para evitar interpretaciones excesivas en cuanto al alcance de esta inmunidad procesal.

    Sin lugar a duda, actualmente vivimos en un país que cada vez tiene más altas aspiraciones de libertad, igualdad, responsabilidad y equilibrio entre los funcionarios públicos y el resto de la población. Sin embargo, cada vez es más común escuchar a la sociedad que demanda serios castigos a los servidores públicos, que dejando de lado la función para la cual fueron encomendados, sin ningún escrúpulo o remordimiento de conciencia, se han dejado llevar por la corrupción y se han ocupado de velar más por sus intereses personales que por los de la sociedad a la que sirven. Actualmente existen claros ejemplos testimoniados y vertidos a la opinión pública, por parte de los medios de comunicación, de flagrantes actos de corrupción de servidores públicos que hoy en día se encuentran en la calle gozando de una libertad inmerecida, pues han defraudado la confianza en ellos depositadas, y han provocado un detrimento patrimonial no sólo al Estado, sino al ciudadano que a través del pago de sus impuestos requiere de mayores servicios públicos, mismos que en muchos casos, no llegan a otorgarse, por este tipo de actos de corrupción.

    Desafortunadamente la ciudadanía ha sido testigo de muchos casos que representan claramente este problema. Tal y como hemos visto, ya van varias veces que encuentran a servidores públicos gastando el dinero público como si fuera propio, o traficando influencias a cambio de sobornos.

    Por lo anterior es que debemos dejar claro el alcance de la inmunidad procesal, comúnmente conocido como fuero, ya que los ejemplos señalados nos hacen creer, sin embargo, que el fuero se erige como un privilegio sinónimo de impunidad.

    Por tanto, es sin duda necesario, que los propios legisladores creen nuevos mecanismos eficientes de control para sancionar y limitar el actuar de los funcionarios públicos para que se eviten situaciones de extorsión, peculado, o cualquier otro delito que puedan cometer en el desempeño de sus funciones.

    El espíritu del Constituyente, al establecer esta figura constitucional fue únicamente proteger a los servidores públicos, incluidos los legisladores, de persecuciones, presiones económicas, atropellos más diversos e inclusive la cárcel, que en tiempos atrás sirvieron a los gobiernos despóticos para abatir su independencia.

    No obstante, se ha venido avanzado en cuestiones democráticas, y hoy en día podemos señalar que existe una verdadera división de poderes, dejando atrás regímenes autoritarios propios de un partido hegemónico, lo cual nos permite plantear la posibilidad de establecer mejoras a las disposiciones constitucionales que regulan la declaración de procedencia, a efecto de evitar la creciente percepción ciudadana de desconfianza hacia sus representantes, lo cual se ha visto reflejado en la falta de participación ciudadana en los procesos electorales, tan importantes para la vida democrática que se pretende fortalecer en nuestro país.

    Por ello es necesario que esta figura de la inmunidad procesal sea bien definida, ya que el fuero no inhibe la acción de la justicia y sólo la condiciona a una serie de procedimientos previos o especiales, pero si se extralimita en esa protección y se asume que por ella se puede cometer infracciones o delitos impunemente, estaría dando una interpretación incorrecta de esa institución jurídica y política.

    De esta forma, debemos establecer claramente los alcances de la referida inmunidad procesal, para recuperar la confianza de la población y la credibilidad de los Poderes de la Unión. Fortaleciendo así cada vez más la unidad y la forma democrática de vida que se ha ido construyendo poco a poco y con tanta dificultad.

    En este sentido debe quedar muy claro que esta protección constitucional tiene por finalidad preservar la independencia de aquellos en quienes la soberanía popular ha conferido su representación en el Poder Legislativo y en general en los servidores señalados en el artículo 111 de la Constitución, toda vez que el Constituyente quiso colocar a los referidos servidores públicos a salvo de acusaciones y persecuciones infundadas, para lo cual estableció que sólo podrá procederse penalmente contra estos, cuando el pleno de la Cámara de Diputados así lo declare.

    Ahora bien, es conveniente aclarar, tal y como ha quedado señalado con anterioridad, que esta prerrogativa constitucional no se erige como privilegio personal, sino como salvaguarda de las funciones públicas que determinados servidores públicos deben desarrollar en el ejercicio de su encargo. En efecto, dicha prerrogativa justifica su existencia en tanto que busca proteger los intereses supremos de la nación, al constituirse en asuntos que por sus características pueden impactar el funcionamiento del Estado.

    Así las cosas, el fuero de no procesabilidad no implica un derecho público subjetivo absoluto del funcionario en cuestión, la naturaleza de éste radica en la protección de la función, pero de manera alguna se trata de una figura jurídica que persiga la impunidad de quienes protege de manera limitada y sólo para el efecto de evitar acusaciones temerarias o persecuciones políticas.

    En ese sentido, el propio Poder Judicial de la Federación ha hecho señalamientos puntuales respecto de que la inmunidad de no procesabilidad o fuero constitucional, lejos de revestir de impunidad a quien lo disfruta, condiciona tan sólo la intervención de otras jurisdicciones, a la satisfacción de determinados presupuestos, cuya ausencia las obliga a no enjuiciar a un miembro funcionario de la Cámara sin el consentimiento de la asamblea.

    Incluso, hay quienes han señalado que no se coincide con la razón de ser de ningún fuero como inmunidad para no ser juzgado penalmente, y que en su opinión, en un sistema realmente republicano no existe necesidad de inmunidades permanentes o transitorias para ningún empleado público.

    Ante este panorama, debemos aunar que ha sido un reclamo constante de la sociedad que se limite el alcance y causas de procedencia de la llamada inmunidad procesal o fuero.

    No obstante, se estima que el sistema constitucional de inmunidad procesal debe seguir teniendo vigencia y no desaparecer completamente, como se ha propuesto en algunas ocasiones, ya que de acuerdo con su naturaleza, el ejercicio de la función pública por parte de determinados servidores públicos debe seguir conservando una serie de garantías frente a las autoridades de otros poderes y de otros niveles de gobierno. Sin embargo, se estima en contraparte que es necesario avanzar gradualmente en la clarificación y redefinición del alcance de esta protección constitucional de manera tal que esta protección constitucional sólo se erija a favor del servidor público en aquellos casos fundamentalmente necesarios para garantizar la continuidad y el adecuado ejercicio de la función pública.

    Por ello se estima necesario clarificar la institución de esta figura constitucional de la declaración de procedencia, de manera tal que se cuente con un sistema equilibrado, que por un lado brinde protección al ejercicio de la función pública de determinados cargos y por la otra que dicha protección no provoque excesos en su ejercicio, que pongan en tela de juicio el fin público que caracteriza a esta figura constitucional.

    En tal virtud, cabe señalar que la inmunidad procesal o comúnmente conocido fuero constituye una figura jurídica que ha tenido aplicación en diversos países, y a través de las distintas épocas ha venido evolucionado, al grado tal que esta prerrogativa o privilegio se ha venido adecuando a las necesidades actuales.

    Cabe señalar que en nuestro país, si bien ha sido necesario garantizar la función constitucional de determinados servidores públicos previsto por el artículo 111 constitucional, así como proteger la independencia y autonomía de los Poderes del Estado, lo cierto es que también resulta indispensable establecer una inmunidad que no se traduzca en un obstáculo, por transitorio que esta sea, para la debida persecución y la correspondiente sanción de la comisión de determinados delitos.

    Por ello se propone a través de esta iniciativa precisar y clarificar el contenido y alcance de la inmunidad procesal o fuero constitucional de no procesabilidad otorgada a los servidores públicos previstos por el artículo 111 constitucional.

    En ese sentido, resulta innegable el hecho de que en diversas ocasiones, la aplicación de la protección constitucional relativa al llamado fuero constitucional, ha llegado a extralimitarse en cuanto a su alcance, propiciando plena impunidad de determinados servidores públicos, que aprovechándose del desconocimiento de las autoridades ministeriales así como de la falta de claridad que presenta el texto constitucional respecto a los alcances de esta protección otorgada constitucionalmente a determinados servidores públicos, lleguen al extremo de argumentar que la institución del llamado fuero constitucional, implica la imposibilidad de la autoridad ministerial de realizar inclusive las investigaciones y actuaciones necesarias para la debida integración de la averiguación previa instaurada en contra del servidor público investido de inmunidad procesal.

    Por ello, resulta necesario clarificar en cuanto a su alcance el precepto constitucional que plantea la llamada declaración de procedencia, a efecto de evitar excesos como los señalados con anterioridad, derivados de una interpretación indebida del marco constitucional aplicable en la materia, que llega a afectar inclusive, la debida investigación de los delitos, facultad conferida exclusivamente a la institución del ministerio público.

    Al efecto, resulta necesario dejar claro en el texto constitucional, que el hecho de que un funcionario público esté provisto de inmunidad (o fuero) no imposibilita que se lleve a cabo la averiguación previa correspondiente a fin de determinar si la conducta que se le imputa constituye o no algún delito. Lo anterior es así, toda vez que el llamado ``fuero'' constituye en su génesis una protección que se confiere a determinados servidores públicos de alto rango para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento de sus opositores políticos, así como para mantener el equilibrio entre los Poderes del Estado, dentro de regímenes democráticos, sin que ello llegue a constituir en un determinado momento, una causa excluyente de responsabilidad, que impida en todo caso que la figura delictiva llegare a configurarse, ya que considerar esta situación, implicaría que esta figura constituyera una patente de corso, que en lugar de propiciar inmunidad temporal, propicie una situación de impunidad total de servidor público investido de dicha protección procesal.

    Inclusive, ante la falta de claridad del alcance del llamado ``fuero'' con relación a la intervención de la autoridad ministerial en la etapa de averiguación previa, el propio Poder Judicial de la Federación se ha visto en la necesidad de clarificar esta situación a efecto de precisar debidamente hasta qué etapa llegan las facultades de investigación del ministerio público y cuáles son sus límites de actuación de la institución ministerial. Para tal efecto ha emitido la siguiente tesis de jurisprudencia

    Controversias constitucionales. Fuero, concepto de.

    El fuero es, según su génesis, un privilegio que se confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como para mantener el equilibrio entre los Poderes del Estado, dentro de regímenes democráticos. No es lo que en la teoría del delito se llama excluyente de responsabilidad, que impediría en todo caso que la figura delictiva llegare a constituirse, sino un impedimento legal para que quien goce de esa prerrogativa no quede sometido a la potestad jurisdiccional. Por tal razón, la circunstancia de que un servidor público esté provisto de inmunidad no imposibilita que se lleve a cabo la averiguación previa correspondiente a fin de determinar si la conducta que se le imputa constituye o no algún delito. La inmunidad de que están investidos los servidores públicos aludidos está en relación directa con el ejercicio de la acción penal ante las autoridades jurisdiccionales competentes, quienes tienen la obligación de respetarla, no a la facultad-deber que tiene la institución del Ministerio Público Federal para investigar hechos probablemente criminosos.

    P./J. 37/96

    Controversia constitucional 11/95. Roberto Madrazo Pintado, Pedro Jiménez León y Andrés Madrigal Sánchez, en su carácter de Gobernador, Presidente del Congreso y Procurador General de Justicia del Estado de Tabasco, respectivamente, contra el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y el Procurador General de la República. 26 de marzo de 1996. Unanimidad de once votos. Ponente: Presidente José Vicente Aguinaco Alemán. Secretario: Jesús Casarrubias Ortega.

    En los términos de los artículos 177 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 43 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta tesis es obligatoria para las Salas, Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, Juzgados de Distrito, Tribunales Militares, Agrarios y Judiciales del orden común de los estados y del Distrito Federal, y administrativos y del trabajo, sean éstos federales o locales.

    Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época. Tomo III, junio de 1996. Página 388. Tesis de jurisprudencia.

    De lo anteriormente expuesto se puede sostener que la inmunidad de que están investidos los servidores públicos previstos por el artículo 111 constitucional, está única y exclusivamente en relación directa con el ejercicio de la acción penal ante las autoridades jurisdiccionales competentes, quienes tienen la obligación de respetarla; no así con la facultad-deber que tiene la institución del Ministerio Público federal para investigar hechos probablemente criminosos, por ello se puede afirmar que la circunstancia de que un servidor público esté provisto de inmunidad, no imposibilita que se lleve a cabo la averiguación previa correspondiente a fin de determinar si la conducta que se le imputa constituye o no algún delito. Circunstancia que se propone a través de esta iniciativa clarificar en el texto constitucional del artículo 111 constitucional.

    Finalmente, otro aspecto que resulta necesario clarificar dentro del texto constitucional, mismo que últimamente ha sido objeto de múltiples interpretaciones, al grado de llegar a contravenir el espíritu del constituyente originario, lo es el relativo a los efectos de la declaración de procedencia, concretamente respecto al momento de la separación del cargo del servidor público, una vez que la Cámara de Diputados ha determinado que ha lugar a proceder en contra de un determinado servidor público.

    En ese sentido, se ha establecido que el precepto constitucional previsto por el párrafo séptimo del artículo 111 constitucional, no precisa a ciencia cierta si dicha separación debe ser de manera inmediata o solamente operará una vez que se ha consignado la averiguación previa ante la autoridad jurisdiccional, para efectos de iniciar el proceso penal.

    En ese sentido, convendría aclarar que la ley reglamentaria del Título Cuarto constitucional, en materia de responsabilidad política y declaración de procedencia (Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos), ya prevé dicha situación en el artículo 28, al establecer que ``si la Cámara de Diputados declara que ha lugar a proceder en contra del inculpado, éste quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes'', no obstante se ha llegado a interpretar que dicho precepto legal va más allá de lo previsto por el texto constitucional, al grado de presentarse excesos como los realizados por el jefe del Gobierno del Distrito Federal, que una vez desaforado por parte de la Cámara de Diputados, continuó en el ejercicio de su encargo, amparándose en la presunta falta de precisión del texto constitucional.

    Por ello, a efecto de evitar interpretaciones excesivas del texto constitucional, como las señaladas con anterioridad, y acorde con la naturaleza de este procedimiento constitucional, el cual tiene por objeto separar en un plazo cierto, al servidor público desaforado, para que quede sujeto a la autoridad competente por la presunta comisión de un ilícito, se propone precisar dentro del texto constitucional, que el efecto de la declaración de que ha lugar a proceder en contra de inculpado será separarlo inmediatamente de su encargo para que quede sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.

    Las reformas propuestas al Título Cuarto constitucional, concretamente al artículo 111, nos permitirán contar con un marco jurídico acorde a las necesidades actuales de nuestro país, que logrará contribuir a cubrir las expectativas que tiene la sociedad en la actualidad respecto al correcto ejercicio de la función pública y además creará una mayor certeza de que la aplicación de la justicia es igual para todos los habitantes de este país consolidando así las garantías de igualdad y justicia a que todo ser humano tiene derecho.

    En un afán de congruencia con los ideales proclamados por Acción Nacional, en la prevención y lucha contra toda forma de corrupción en el país, así como en la transparencia que exige la gestión y desempeño de las instituciones y de los servidores públicos, los legisladores de Acción Nacional creemos en la imperiosa necesidad de establecer mecanismos jurídicos eficaces a efecto de dotar al Estado mexicano, de los instrumentos necesarios para que éste pueda desarrollar la difícil tarea de prevención y combate a los actos de corrupción de los servidores públicos de los Poderes de los Unión.

    Por tal motivo, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, preocupado por contar con un marco jurídico adecuado y eficiente en materia de responsabilidades de los servidores públicos, presentamos con todo respeto a consideración de este honorable Congreso de la Unión la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Único.- Se reforma el párrafo séptimo, así como se adiciona un párrafo octavo, recorriéndose los actuales párrafos octavo, noveno y décimo, para quedar como noveno, décimo y decimoprimero, respectivamente, del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 111. ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    El efecto de la declaración de que ha lugar a proceder contra el inculpado será separarlo inmediatamente de su encargo para que quede sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes. Si el proceso penal culmina en sentencia absolutoria el inculpado podrá reasumir su función. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia del indulto.

    La declaración de procedencia a que se refiere este artículo, no será impedimento para que antes de emitirse esta, la autoridad ministerial pueda realizar las diligencias necesarias para la integración de la averiguación previa correspondiente, a fin de determinar si es de ejercitarse la acción penal en contra del servidor público respectivo.

    En demandas del orden civil que se entablen contra cualquier servidor público no se requerirá declaración de procedencia.

    Las sanciones penales se aplicarán de acuerdo con lo dispuesto en la legislación penal, y tratándose de delitos por cuya comisión el autor obtenga un beneficio económico o cause daños o perjuicios patrimoniales, deberán graduarse de acuerdo con el lucro obtenido y con la necesidad de satisfacer los daños y perjuicios causados por su conducta ilícita.

    Las sanciones económicas no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños o perjuicios causados.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de febrero de dos mil seis.--- Dip. Francisco Antonio Rojas Toledo (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

    La presentación de la iniciativa que reforma el artículo 1o. de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, se pospone en cuanto a su presentación.


    LEY GENERAL DE EDUCACION
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Joel Padilla Peña, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación.El diputado Joel Padilla Peña: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: la educación ha sido considerada un acto intencional que busca desarrollar la capacidad psíquica e intelectual del ser humano para potenciar sus habilidades de comunicación con los demás, así como convertir a los educandos en sujetos conscientes de su entorno y capaces de transformarlo. Sin embargo, en la mayoría de las sociedades modernas se garantiza el derecho a la educación elemental, pero no en todas se garantiza el derecho a la enseñanza secundaria y preparatoria ni, mucho menos, la educación superior.

    Tal es el caso de nuestra nación, donde está elevado a rango constitucional el derecho a la educación preescolar, primaria y secundaria, pero no la educación del bachillerato y la educación superior. Por esa razón estamos proponiendo crear un programa nacional educativo de escuelas de bachillerato para trabajadores, que abarca cuatro modalidades: primero, El bachillerato nocturno, que fue una experiencia que se inició con José Vasconcelos en 1921 y prevaleció hasta 1979, cuando fue sustituido por el sistema de la preparatoria abierta, que hoy cuenta con más de 500 mil inscritos, pero es un verdadero candado al desarrollo educativo de la población que estudia en este modelo porque al alentar el aprendizaje autodidacto, lo hace sin que haya condiciones previas entre los educandos para tal efecto.

    Para que el modelo de preparatoria abierta hubiese sido funcional respecto a los requerimientos de los estudiantes mexicanos, era necesario formar primero lectores tempranos en el nivel básico de nuestro sistema educativo, cuestión que al Estado mexicano no ha interesado hasta nuestros días. Sólo de esa manera habríamos creado estudiantes autodidactos capaces de insertarse en cualquier nivel educativo bajo cualquier modelo abierto. Segundo, proponemos el establecimiento del bachillerato en las fábricas y en todos los centros de trabajo, públicos o privados, para que todos los trabajadores mexicanos que deseen cursar este nivel educativo cuenten con apoyo directo del Estado mexicano para que puedan realizar y concluir este nivel de enseñanza en sus propios espacios laborales.

    Tercero, también proponemos el bachillerato en las zonas rurales e indígenas a lo largo y ancho de nuestra nación para responder a una demanda añeja de millones de mexicanos excluidos históricamente de este nivel educativo. Queremos que el gobierno lleve la educación a todos los centros de trabajo y al campo. Cuarto, asimismo el bachillerato a distancia, haciendo uso de las nuevas tecnologías de Internet para que, de acuerdo con las necesidades de los trabajadores y la población en general, puedan iniciar y concluir el nivel bachillerato. La educación presencial continúa siendo una necesidad para la mayoría de los mexicanos que no cuentan con hábitos de lectura y el desarrollo de las habilidades que ésta exige. La infraestructura física y los recursos humanos ya los tenemos; sólo falta realizar la interacción de éstos con los trabajadores que deseen estudiar el nivel bachillerato.

    La propuesta educativa del grupo parlamentario del Partido del Trabajo se basa en concebir la educación como instrumento integral de desarrollo de las potencialidades físicas, psíquicas, emocionales, intelectuales e integración al medio social de seres humanos con alto sentido humanista y solidario. Por esa razón hemos propuesto iniciativas de ley que alientan y promueven la educación de los infantes, los jóvenes, las madres y los padres. Y hoy estamos impulsando el establecimiento del bachillerato entre los trabajadores jóvenes y adultos.

    Compañeras y compañeros diputados: por las consideraciones expuestas, sometemos a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el párrafo primero y adiciona un párrafo segundo al artículo 43 de la Ley General de Educación.

    Solicito, diputado Presidente, que se sirva ordenar que la presente iniciativa se inserte íntegra en el Diario de los Debates de la honorable Cámara de Diputados. Es cuanto.

    «Iniciativa que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, a cargo del grupo parlamentario del PT

    Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y adiciona un párrafo segundo al artículo 43 de la Ley General de Educación, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    La educación ha sido considerada como un acto intencional que busca desarrollar la capacidad psíquica e intelectual del ser humano para potenciar sus habilidades de comunicación con los demás, así como convertir a los educandos en sujetos conscientes de su entorno y capaces de transformarlo.

    La educación es un poderoso instrumento para alentar la autonomía de los educandos y generar las condiciones para que los alumnos puedan desarrollar su capacidad de pensamiento y libre albedrío.

    Sin embargo, en las distintas sociedades que han existido a lo largo de la historia de los seres humanos, la educación fue casi exclusiva de las clases pudientes y el grueso de la población quedó excluido de sus beneficios, como estrategia de Estado que garantizaba la subordinación de ésta al orden social existente.

    En la mayoría de las sociedades modernas se garantiza el derecho a la educación elemental, pero no en todas se garantiza el derecho a la enseñanza secundaria y preparatoria, ni mucho menos la educación superior.

    Tal es el caso de nuestra nación, donde está elevado a rango constitucional el derecho a la educación preescolar, primaria y secundaria, pero no la educación del bachillerato y la educación superior.

    Las razones de ello se sustentan fundamentalmente en la falta de voluntad del grupo que hegemoniza el poder político en nuestro país, que privilegia el uso de los recursos públicos para sus propios intereses, en lugar de promover y alentar una política educativa que beneficie a los mexicanos que menos pueden.

    Esto hace que millones de jóvenes ya no puedan continuar la enseñanza del bachillerato, porque en lugar de estudiar tienen que trabajar, al ya no existir los espacios educativos para ellos, ni los recursos económicos necesarios para tal propósito.

    La población mexicana que se encuentra en esta situación asciende a más de 22 millones de entre 15 y 24 años de edad, porque el sistema educativo mexicano es un embudo para ellos, al no existir espacios para que puedan realizar sus estudios de bachillerato ni tienen las condiciones económicas para ello. Tampoco existen los planteles necesarios para absorber la demanda educativa de millones de escolares que quieren cursar este nivel.

    Esta situación se hace más evidente entre los grupos indígenas que no tienen prácticamente acceso al bachillerato.

    Actualmente se atiende, en los casi 10 mil planteles de bachillerato que hay en el país y con una cantidad cercana a 200 mil profesores, a más de 3 millones 700 mil jóvenes, lo que representa el 50 por ciento de los educandos cuyas edades oscilan entre los 16 a 18 años.

    Investigadores y autoridades educativas coinciden en afirmar que la educación media superior representa un campo con numerosas carencias en el que hay mucho por hacer.

    A estas carencias tenemos que añadir el hecho de que somos un pueblo con escaso nivel de lectura e incluso de comprensión de la misma, pues la UNESCO nos ubica en el lugar 108 a nivel mundial con un promedio de libros leídos al año de 2.8 y la OCDE reprueba a nuestros estudiantes en las evaluaciones de comprensión de lectura que hace cada año.

    El atraso educativo de nuestra población es tan grande, que sólo hasta 1999 logramos la escolaridad promedio de 7.7 grados y el analfabetismo continúa siendo del 10 por ciento entre los habitantes mayores de 15 años de edad.

    Por otra parte, el examen único para ingresar al bachillerato se ha convertido en un verdadero obstáculo para cientos de miles de jóvenes que aspiran a estudiar ese nivel educativo, porque se elimina a uno de cada cinco aspirantes que solicita su ingreso a la Educación Media Superior.

    Los obstáculos a la educación de los jóvenes del bachillerato los vienen a coronar el comportamiento del gasto público para este nivel educativo, que ha favorecido a los sectores medios y ricos, pues conforme avanza la escala de ingresos de las familias mexicanas, son pocos los jóvenes de familias pobres los que cursan el nivel medio superior.

    Compañeras y compañeros diputados: La situación que hemos descrito sobre la educación media superior en México nos ha llevado a plantear la presente iniciativa de ley, que trata de responder a una demanda cada vez más urgente de millones de mexicanos que quedaron excluidos del nivel bachillerato.

    Es una respuesta a la necesidad que tienen hoy día millones de jóvenes y adultos mexicanos por realizar y concluir su enseñanza media superior, que no pudieron hacer por carecer de las condiciones necesarias para ello.

    Por esa razón, estamos proponiendo crear un programa nacional educativo de escuelas de bachillerato para trabajadores que abarca cuatro modalidades:

    1. El bachillerato nocturno, que fue una experiencia que se inició con José Vanconcelos, en 1921, y prevaleció hasta 1979, cuando fue sustituido por el sistema de la preparatoria abierta, que hoy cuenta con más de 500 mil inscritos, pero es un verdadero candado al desarrollo educativo de la población que estudia en este modelo, porque al alentar el aprendizaje autodidacta, lo hace sin que haya condiciones previas entre los educandos, para tal efecto.

    Para que el modelo de preparatoria abierta hubiese sido funcional a los requerimientos de los estudiantes mexicanos, era necesario formar, primero, lectores tempranos en el nivel básico de nuestro sistema educativo, cuestión que al Estado mexicano no le ha interesado hasta nuestros días. Sólo de esta manera hubiéramos creado estudiantes autodidactas, capaces de insertarse a cualquier nivel educativo bajo cualquier modelo abierto.

    Ya está probado que la verdadera intención del sistema de preparatoria abierta no era alentar el desarrollo educativo de los mexicanos, sino descargar de esta obligación al Estado mexicano, dada la crisis del Estado benefactor de los años setenta y ochenta y se convirtió en un instrumento de negocios para las preparatorias privadas abiertas, que a pesar de no contar con los permisos de la Secretaría de Educación Pública para operar como tales, engañan con una supuesta preparación a los inscritos en este nivel de enseñanza y hacen negocios con ellos, sin resolver a fondo sus necesidades de aprendizaje.

    2. Proponemos el establecimiento del bachillerato en las fábricas y en todos los centros de trabajo, sean públicos o privados, para que todos los trabajadores mexicanos que deseen cursar este nivel educativo cuenten con el apoyo directo del Estado mexicano para que puedan realizar y concluir este nivel de enseñanza en sus propios espacios laborales.

    3. También proponemos el bachillerato en las zonas rurales e indígenas a lo largo y ancho de nuestra nación, para responder a una demanda añeja de millones de mexicanos, excluidos históricamente de este nivel educativo. Queremos que el gobierno lleve la educación a todos los centros de trabajo y al campo.

    4. Asimismo, el bachillerato a distancia, haciendo uso de las nuevas tecnologías de la Internet para que, de acuerdo con las necesidades de los trabajadores y la población en general, puedan iniciar y concluir el nivel bachillerato.

    Nuestra propuesta se fundamenta en las siguientes razones:

    La educación presencial continúa siendo una necesidad para la mayoría de los mexicanos que no cuentan con hábitos de lectura y el desarrollo de las habilidades que exige la misma.

    La infraestructura física y los recursos humanos ya los tenemos, sólo hace falta realizar la interacción de éstos con los trabajadores que deseen estudiar el nivel bachillerato.

    Además, la revolución tecnológica en curso está creando la exigencia de formar recursos humanos altamente capacitados en los sectores de tecnología avanzada, lo que supone una carga de conocimientos, tanto de orden general como tecnológicos, mucho más importante que en el pasado, cuando lo crucial era el aprendizaje de operaciones, impuesto por el modelo laboral fordista.

    En las nuevas condiciones de la revolución tecnológica basada en la industria microelectrónica, la informática y la telemática, los trabajadores deben ser calificados en el modelo laboral basado en la polivalencia, lo que implica el conocimiento global de los procesos productivos.

    En estas condiciones tienen que asumir un papel más relevante en la formación práctica y teórica, dado que no sólo deben enseñar las operaciones de los procesos productivos a las nuevas generaciones de trabajadores, sino también deben conocer bien los principios en los que se basan los nuevos procesos y ser capaces de transmitir estos conocimientos, lo que exige mayor formación escolar.

    En síntesis, la nueva revolución tecnológica exige mayores niveles de calificación de la fuerza de trabajo para incrementar la productividad laboral y sostener la competencia de las empresas y las naciones en el mercado mundial.

    Nuestra propuesta busca romper con la tendencia a privatizar los servicios educativos y desligar al Estado mexicano de su responsabilidad social y política de canalizar recursos públicos a la educación, así como formar a los mexicanos en el marco de una cultura más amplia, que les permita ser capaces de incidir y transformar su entorno social y preservar el medio ambiente.

    La propuesta educativa del grupo parlamentario del Partido del Trabajo se basa en concebir la educación como un instrumento integral de desarrollo de las potencialidades físicas, psíquicas, emocionales, intelectuales y de integración al medio social de seres humanos con un alto sentido humanista y solidario.

    Por esa razón, hemos propuesto iniciativas de ley que alientan y promueven la educación de los infantes, los jóvenes, de las madres y los padres y hoy estamos impulsando el establecimiento del bachillerato entre los trabajadores jóvenes y adultos.

    Compañeras y compañeros diputados: Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y adiciona un párrafo segundo al artículo 43 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

    Artículo Único. Se reforma el párrafo primero y se adiciona un párrafo segundo al artículo 43 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

    Artículo 43. La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación básica y comprende, entre otras, la alfabetización, la educación primaria, la educación secundaria y el bachillerato, así como la formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. Esta educación se apoyará en la solidaridad social.

    La educación del bachillerato para los trabajadores deberá desarrollarse en las siguientes modalidades: bachillerato nocturno, bachillerato en las fábricas y en los centros de trabajo, sean públicos o privados, bachillerato en las zonas rurales e indígenas y el bachillerato a distancia.

    Transitorio

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de febrero de dos mil seis.--- Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, diputados: Alejandro González Yáñez (rúbrica), coordinador; Pedro Vázquez González (rúbrica), vicecoordinador; Juan A. Guajardo Anzaldúa, Joel Padilla Peña, Francisco Amadeo Espinosa Ramos.» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Como solicita, insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
    LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 18, 58 y 74 de la Ley General de Bienes Nacionales.El diputado Sergio Armando Chávez Dávalos: Con su permiso, diputado Presidente: con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, para el que se adiciona con segundo párrafo el artículo 18 y la fracción I del artículo 58, así como un párrafo del artículo 74 de la Ley General de Bienes Nacionales, con base en la siguiente exposición de motivos:

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originalmente a la nación su dominio inalienable e imprescriptible, y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata para los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas no podrá realizarse sino mediante concesiones otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establecen las leyes.

    De ese modo, las concesiones, entendidas como el acto jurídico-administrativo por virtud del que la administración pública otorga a un particular la posibilidad de usar, aprovechar o explotar un bien o un servicio, desde luego sin dejar de reconocer algunas otras modalidades, como la licencia, el permiso o la autorización. El título de la concesión es instrumento donde constan las decisiones del Poder Ejecutivo federal y que otorga al concesionario la seguridad jurídica y legitimación para ocupar determinada superficie. En consecuencia, es importante destacar que la modalidad administrativa de concesión, en los términos del artículo 16 de la Ley General de Bienes Nacionales, implica que las otorgadas sobre bienes de dominio público no crean derechos reales, otorgan simplemente frente a la administración y sin perjuicio de terceros el derecho a realizar los usos, los aprovechamientos o las explotaciones de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el acto o título de la concesión.

    Por ello, éstas, al garantizar la revisión de todos los bienes respecto a los cuales habiéndose satisfecho los requisitos que exigen la ley en comento, el reglamento respectivo y las disposiciones establecidas en las mejoras regulatorias correspondientes, permiten a la administración recobrar el dominio, siendo garante de lo dispuesto en nuestra Carta Magna. La explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos para los particulares o por sociedades constituidas formalmente ante las leyes mexicanas no podrá realizarse sino mediante las concesiones otorgadas por el Ejecutivo federal y de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.

    La Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 y que vino a desplazar la publicada el 8 de enero de 1982, elimina por completo el derecho de revisión que tiene el Ejecutivo federal para recobrar el dominio de los bienes afectados de la misma, lo que se efectuaba por conducto de la extinta Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología y que ahora, conforme a la nueva ley, se les dominan ``dependencias administradoras de los muebles'' las Secretarías de la Función Pública, de Gobernación, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, y de la Reforma Agraria, con relación a los inmuebles federales de su competencia. En ese orden de ideas, la nueva Ley General de Bienes Nacionales ya no considera aspectos de naturaleza trascendental como los que anteriormente la ley admitía.

    La nueva ley ya contempla, en el Capítulo Segundo, en su Sección Octava, la recuperación de muebles por la vía administrativa, en sus artículos 107 a 115, respecto de los cuales se desprenden únicamente los supuestos en que se iniciará el procedimiento administrativo, el acuerdo de inicio del procedimiento, la notificación y sus formalidades al interesado, y requisitos a que estará sujeta la audiencia, los términos dentro de los cuales se deberá pronunciar la resolución correspondiente, así como la posibilidad en el uso de recursos contra tales resoluciones, pero jamás puntualizó el derecho de revisión.

    Por todo lo anterior podemos concluir en las apremiantes necesidades de avalar los intereses de la nación y retomar las garantías institucionales bajo el principio de seguridad jurídica y en el marco de las relaciones de la supraordinación, mediante la reincorporación del derecho de revisión que asiste al Gobierno Federal, incluyendo tal aspecto en la Ley General de Bienes Nacionales, mediante la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

    Primero. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 18 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 18. Para los efectos del párrafo que antecede, las dependencias administradoras del inmueble deberán llevar a cabo el acta de revisión.

    Segundo. Se adiciona la fracción I del artículo 58, para quedar como sigue:

    Artículo 58. ... así como los documentos en que conste el derecho de revisión de la Federación.

    Tercero. Se adiciona un párrafo al artículo 74, para quedar como sigue:

    Artículo 74. Independientemente de las causas que hayan dado origen a la extinción de la concesión, las dependencias administradoras de muebles, sin demora alguna, ejercerán el derecho de revisión y procederán en los términos previstos en la fracción I del artículo 58 de esta ley.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 18, 58 y 74 de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo del diputado Sergio Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del PRI.

    El suscrito, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 18, a la fracción I del artículo 58, así como también un párrafo al artículo 74 de la Ley General de Bienes Nacionales, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la nación; su dominio es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.

    De este modo, la concesión, entendida como el acto jurídico administrativo por virtud de cual la administración pública otorga a un particular la posibilidad de usar, aprovechar o explotar un bien o un servicio, es el medio de que generalmente dispone el Ejecutivo federal para que, conforme a derecho, afecte los bienes que admiten esa posibilidad, desde luego sin dejar de reconocer algunas otras modalidades como la licencia, permiso o autorización.

    El título de concesión es el instrumento donde consta la decisión del Poder Ejecutivo federal y que otorga al concesionario la seguridad jurídica y legitimación para ocupar una determinada superficie.

    Se trata de un documento que consigna los derechos y obligaciones que impone este tipo de actos administrativos y a donde, por supuesto, se reconoce la titularidad que tiene el concedente sobre los bienes afectos a la concesión.

    En consecuencia, es importante destacar que la modalidad administrativa de concesión, en los términos del artículo 16 de la ley General de bienes Nacionales, implica que las otorgadas sobre bienes de dominio público no crean derechos reales; otorgan simplemente, frente a la administración y sin perjuicio de terceros, el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el acto o título de la concesión.

    Por lo que es trascendental garantizar la reversión de todos aquellos bienes respecto de los cuales, habiéndose satisfecho los requisitos que exige la ley en comento, el reglamento respectivo y las disposiciones establecidas en las mejoras regulatorias correspondientes, permita a la administración recobrar el dominio.

    Ello tiene su fundamento en la necesidad de ponderar la titularidad y consecuente dominio que respecto de los bienes otorgados en concesión ejerce el Ejecutivo federal, sin perjuicio de las atribuciones que a cada dependencia administradora de inmuebles le competen respecto al uso, aprovechamiento, control, administración, inspección y vigilancia de los bienes que así haya otorgado en concesión.

    En consecuencia, siendo garante de lo dispuesto en nuestra Carta Magna, la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.

    De este modo, la Ley General de Bienes Nacionales publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de mayo del 2004 y que vino a desplazar a la publicada el día 8 de enero de 1982 elimina por completo el derecho de reversión que tiene el Ejecutivo federal para recobrar el dominio de los bienes afectos a la misma, lo que se efectuaba por conducto de la extinta Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, y que ahora de conformidad con la nueva ley se les denomina dependencias administradoras de inmuebles a las Secretarías de la Función Pública; de Gobernación; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Comunicaciones y Transportes; de Educación Pública, y de Reforma Agraria, con relación a los inmuebles federales de su competencia.

    En este orden de ideas la nueva Ley General de Bienes Nacionales ya no contempla aspectos de naturaleza trascendental como los que la anterior ley admitía y que a continuación se exponen:

    1.- El artículo 8 en su fracción XI disponía: Artículo 8.- Salvo lo que dispongan otras leyes que rijan materias especiales respecto del patrimonio nacional, corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología: XI.- Ejercer en nombre y representación del Gobierno Federal la facultad o derecho de reversión, respecto de la propiedad inmobiliaria federal, salvo disposición legal en contrario.

    2.- Por otro lado, el artículo 17, fracción I, del mismo ordenamiento se apreciaba de este modo: Artículo 17.- Corresponde al Ejecutivo federal: 1.- Declarar, cuando ello sea preciso, que un bien determinado forma parte del público, por estar comprendido en alguna de las disposiciones de esta ley o por haber estado bajo el control y administración del Gobierno Federal;

    3.- El último párrafo del artículo 20 disponía: El titular de una concesión gozará de un plazo de cinco años, previo al vencimiento de la concesión, para solicitar la prórroga correspondiente, respecto de la cual tendrá preferencia sobre cualquier solicitante. Al término del plazo de la concesión, o de la última prorroga en su caso, las obras e instalaciones adheridas de manera permanente al inmueble concesionado revertirán a favor de la nación.

    4.- El último párrafo 23 disponía: En el caso de que la autoridad declare la nulidad, revocación o caducidad de una concesión, por causa imputable al concesionario, los bienes materia de la concesión, sus mejoras y accesiones revertirán de pleno derecho al control y administración del Gobierno Federal, sin pago de indemnización alguna al concesionario.

    5.- La fracción I del artículo 24 preceptuaba: Artículo 24.- Respecto de las concesiones, permisos o autorizaciones que corresponda otorgar a las dependencias de la Administración Pública Federal, en la que se establezca que a su término, pasarán al dominio de la nación, los inmuebles destinados o efectos a los mismos, corresponderán a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología:

    1.- Inscribir en el Registro Público de la Propiedad Federal los documentos en que conste el derecho de reversión de la Federación; gestionando ante el Registro Público de la Propiedad que corresponda, se efectúe la inscripción de los mismos, y se hagan las anotaciones marginales necesarias;

    Ahora bien, la ley vigente sólo hace referencia a la reversión en los siguientes casos:

    1.- La fracción XV del artículo 29 dispone: Artículo 29.- Corresponden a la Secretaría, además de las atribuciones que le confiere el artículo anterior, las siguientes: XV.- Vigilar el uso y aprovechamiento de los inmuebles donados por la Federación y, en caso procedente, ejercer el derecho de reversión sobre los bienes donados:

    2.- Las fracciones X y XI del artículo 42 establecen: Artículo 42.- Se inscribirán en el Registro Público de la Propiedad Federal: X.- Las declaratorias de reversión sobre inmuebles donados; XI.- Las resoluciones de reversión sobre inmuebles expropiados a favor de la Federación y de las entidades;

    3.- El último párrafo del artículo 54 define que los propietarios o quien tenga derecho a demandar la reversión de los bienes expropiados, tendrán un plazo de dos años para ejercer sus derechos a demandar la reversión de los bienes expropiados, tendrán un plazo de dos años para ejercer sus derechos contados a partir de la fecha en que aquellas sea exigible.

    4.- Los artículos 92, 93 y 94 sólo refieren la reversión en casos de enajenación a título gratuito por incumplimiento de los proyectos programados y que motivaron la enajenación dentro de los plazos previstos; así como cuando el donatario no iniciare la utilización del inmueble en el fin señalado dentro del plazo previsto, o si habiéndolo hecho le diere un uso distinto, sin contar con la previa autorización;

    5.- La nueva ley ya contempla, dentro del Capítulo Segundo, en su Sección Octava `` la recuperación de inmuebles por la vía administrativa'', en sus artículos del 107 al 115 y respecto de los cuales se desprenden únicamente los supuestos en los que iniciara el procedimiento administrativo, el acuerdo de inicio del procedimiento, la notificación y sus formalidades al interesado y requisitos a los que estará sujeta la audiencia; los términos dentro de los cuales se deberá pronunciar la resolución correspondiente, así como la posibilidad en el uso de recursos contra tales resoluciones..., pero jamás puntualiza el derecho de reversión.

    Por todo lo anterior podemos concluir en la apremiante necesidad de avalar los intereses de la nación y retomar las garantías institucionales bajo el principio de seguridad jurídica y en el marco de las relaciones de supraordinación, mediante la reincorporación del derecho de reversión que le asiste al Gobierno Federal, incluyendo tal aspecto en la Ley General de Bienes Nacionales, mediante la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto

    Primero.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 18 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 18.- ...

    Para los efectos del párrafo que antecede las dependencias administradoras de inmuebles deberán llevar a cabo el acta de reversión.

    Segundo.- Se adiciona la fracción I del artículo 58, para quedar como sigue:

    Artículo 58.- ...

    ...

    ...; así como los documentos en que conste el derecho de reversión de la Federación;

    Tercero.- Se adiciona en un párrafo al artículo 74 para como sigue:

    Artículo74.- ...

    ...

    I.- ...;

    II.- ...;

    II.- ...;

    III.- ...;

    IV.- ...;

    V.- ...;

    VI.- ...;

    VII.- ...;

    Independientemente de la causa que haya dado origen a la extinción de la concesión, las dependencias administradoras de inmuebles, sin demora alguna ejercerán el derecho de reversión y procederá en los términos previstos por la fracción I del artículo 58 de esta ley.

    Transitorios

    Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Ciudad de México, a 8 de febrero de 2006.--- Dip. Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    ARTICULO 76 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Ernesto Herrera Tovar: Con su venia, ciudadano Presidente: el suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del Partido acción Nacional de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de este honorable Pleno la presente iniciativa de decreto, que reforma el artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se fundamenta en la siguiente exposición de motivos:

    La comunidad internacional se enfrenta hoy a viejos y nuevos retos que requieren una pronta acción y una decidida colaboración de los países en tanto se pretenda preservar un nivel aceptable de paz y seguridad internacional, y se busque hacer frente a los nuevos riesgos y amenazas. Hoy día existen retos y amenazas de especial importancia que, si bien no son nuevos, se han agudizado y evidenciado aún más en la posguerra fría, debido a la transformación de la naturaleza de conflictos: asuntos como el terrorismo, crimen transnacional organizado, medo ambiente, narcotráfico, combate de la pobreza y desigualdad, o derechos humanos.

    Dentro de éstos, un asunto de la mayor gravedad y que también se ha agudizado de manera alarmante en los últimos años son los conflictos armados de carácter interno, los cuales comúnmente son acompañados por violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos. Ante eso, la comunidad internacional, a través de la ONU, debe mantener siempre abierta la posibilidad de intervenir en un Estado para sofocar los enfrentamientos bélicos y poner fin al sufrimiento de miles y miles de personas, además de colaborar en la recomposición de las instituciones colapsadas de Estados en conflicto. Y aquí las operaciones o misiones de paz de la ONU y el respeto, el respaldo y las participación de los Estados miembros adquieren especial significado.

    Las operaciones de paz de la ONU surgidas en 1948... estas operaciones han prevenido y salvado el sufrimiento y la muerte de millones de vidas, lo que ha fortalecido su legitimidad y vigencia. A la fecha se han registrado 60 operaciones de paz, de las cuales 17 continúan vigentes. Transcurridos 57 años, más de 120 países han aportado contingentes militares y contribuido de esa forma a la pacificación y disolución de conflictos que signifiquen graves riesgos para la población de los países en conflicto y la estabilidad mundial. Recientemente, las misiones de paz han adquirido mayor relevancia y consideran operativos más completos, que incluyen componentes de tipo militar y civil. De esa forma, hoy día las misiones de paz van desde la supervisión de elecciones en Camboya hasta una gran operación militar en el golfo Pérsico.

    Asimismo, la cada vez mayor relevancia de dichas operaciones va a acompañada de la mayor complejidad de las funciones que éstas desempeñan, lo que requiere mayor compromiso y colaboración por parte de los Estados, no sólo en respaldar las misiones de paz sino en ser parte activa de ellas. Las operaciones de mantenimiento de la paz de Naciones Unidas no se basan en el principio de enviar fuerzas que luchen para poner fin a un conflicto; por el contrario, se parte de la premisa básica de que una presencia imparcial de efectivos de fuerza de paz de Naciones Unidas en la región donde se desarrolle un conflicto hace que las partes implicadas procuren arreglar pacífica y negociadamente sus controversias.

    Por otro lado, la formación de una operación o misión de paz requiere ciertos requisitos que garanticen legitimidad. Una misión de paz puede formarse a solicitud de un Estado, de un grupo o Estado miembro o a propuesta del secretario general de la ONU o el Consejo de Seguridad. En todo caso, dichas operaciones son responsabilidad del Consejo y será éste, a través de una resolución, el que la establezca. Para que una operación o misión de paz se lleve a cabo, la propuesta debe contar con el explícito consentimiento del país o los países involucrados, y debe ser ampliamente respaldada por la comunidad internacional a través de la mayoría de votos en el Consejo de Seguridad y sin el veto de ninguno de los miembros permanentes.

    Como se observa, se trata de un mutuo consentimiento de casos cuya urgencia lo justifica plenamente y del apoyo y solidaridad internacional. Esto es, que las operaciones o misiones de paz no involucren exclusivamente acciones de tipo civil o humanitario, por un lado, y militar, por otro; por el contrario, dependiendo de las necesidades, urgencias y amenazas en determinada región, las operaciones de paz pueden variar en sus componentes y objetivos.

    Dentro de las funciones del personal militar encontramos que éstos, en principio, acuden como observadores aportando armas ligeras para su legítima defensa y dentro de sus principales cometidos se encuentra supervisar la retirada de tropas, observar el cumplimiento de acuerdos y evitar la violación del cese el fuego, vigilar el mantenimiento del orden y la ley, investigar incidentes, observar y supervisar el buen desarrollo de elecciones y verificar el respeto de los derechos humanos, entre otros. Como podemos observar, la ejecución de una operación de paz debe ser primero valorada y evaluada por la ONU; el Estado o los Estados involucrados deben aceptar el envío de la misión. Sus componentes son de tipo militar o civil, su participación deberá ser neutral.

    Bajo esta perspectiva, no cabe duda de que las fuerzas de paz de la ONU son componentes que reflejan la solidaridad y, sobre todo, el compromiso de la comunidad internacional. La presente iniciativa tiene como objeto precisamente eso: que nuestro país asuma plenamente sus responsabilidades internacionales y el mantenimiento de la paz, la seguridad y la justicia. Actualizar nuestro derecho interno acorde con las responsabilidades y el compromiso de México en el ámbito internacional es parte de esto. Como sabemos, el artículo 76, fracción III, de la Constitución faculta al Senado de la República para autorizar al Presidente de la República a permitir la salida de tropas nacionales y fuera de los límites del país, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia por más de un mes en aguas mexicanas.

    En concreto, dicha disposición se encuentra rezagada del actual contexto internacional de colaboración por la paz y seguridad internacional, sobre todo en cuanto a la ayuda humanitaria se refiere, de los valores y principios de México... los mexicanos por su parte activa, no pasiva, en la construcción de un mundo más justo y seguro para todos. Tan sólo como referencia, la facultad del Senado contenida en la fracción III del artículo 76 constitucional tiene su primer antecedente en la Constitución de 1874, la cual prácticamente se encuentra redactada en los mismos términos; esto es, hace ya 132 años.

    Por ello, resulta imprescindible adecuar dicha disposición al dinamismo y a la realidad de un mundo que interactúa y evoluciona año tras año, donde tanto la presencia de tropas extranjeras en territorio nacional como la salida de tropas del Ejército Mexicano no obedecen necesariamente a actos de guerra o defensa nacional y, por el contrario, sí involucran cuestiones de ayuda humanitaria y solidaridad internacional. El estudio de opinión pública y política exterior de México arroja elementos para considerar: la opinión contenida en dicho estudio contribuye a evidenciar la transición política de nuestro país y marca una diferencia entre lo que debe seguir siendo y lo que debemos cambiar, y desde nuestra manera específica en cuanto a la participación activa y responsable de nuestro país en el contexto internacional en ayuda humanitaria.

    Como Estado miembro de la ONU, México adquirió derechos y obligaciones; y los derechos sin obligaciones son impracticables. Las operaciones de paz son uno de los medios utilizados por Naciones Unidas para mantener la paz y la seguridad internacionales; a través de éstas se ha logrado evitar el sufrimiento y la pérdida de millones de vidas, pacificar regiones, crear y fortalecer instituciones en ciertos Estados para elevar con ello la calidad de vida de su población, entre otras cosas. Todo lo anterior son argumentos suficientes para decidir abandonar una política que restringe y omite las responsabilidades internacionales de México.

    Por lo expuesto y motivado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto por el cual se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

    Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

    III. Autorizar también para que pueda permitir el paso o la estancia de unidades militares pertenecientes a otros países por el territorio nacional y la estancia de escuadras de otra potencia por más de un mes en aguas mexicanas.

    Tratándose de la salida de tropas mexicanas con motivo de ayuda humanitaria o misiones de paz requeridas por organismos internacionales en los que México sea parte, el Ejecutivo federal deberá sólo informar previamente al Senado sobre la salida de las mismas, y al regreso de éstas deberá dar un informe detallado sobre las actividades desarrolladas.

    En la ley reglamentaria que expida el Congreso de la Unión se determinarán los requisitos, las limitaciones y las conclusiones en que se deba desarrollar la salida de las tropas mexicanas. Es cuanto, señor Presidente; le agradezco su atención.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ernesto Herrera Tovar, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de este honorable Pleno la presente iniciativa de decreto que reforma el artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se fundamenta en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La comunidad internacional se enfrenta hoy a viejos y nuevos retos que requieren de una pronta acción y una decidida colaboración de los países, en tanto se pretenda preservar un nivel aceptable de paz y seguridad internacional y se busque hacer frente a los nuevos riesgos y amenazas.

    Hoy día existen retos y amenazas de especial importancia que, si bien no son nuevos, se han agudizado y evidenciado aún más en la posguerra fría, debido a la transformación de la naturaleza de los conflictos. Asuntos como terrorismo, crimen transnacional organizado, medio ambiente, narcotráfico, combate a la pobreza y desigualdad, derechos humanos, entre otros.

    Dentro de estos, un asunto de la mayor gravedad y que también se ha agudizado de manera alarmante en los últimos años son los conflictos armados de carácter interno, los cuales comúnmente son acompañados por violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos.

    Ante esto, la comunidad internacional, a través de la ONU, debe mantener siempre abierta la posibilidad de intervenir al interior de un Estado para sofocar los enfrentamientos bélicos y poner fin al sufrimiento de miles de personas, además de colaborar en la recomposición de las instituciones colapsadas de estados en conflicto. Y es aquí donde las operaciones o misiones de paz de la ONU y el respaldo y participación de los Estados miembros adquieren especial significado.

    Las operaciones de paz de la ONU

    Surgidas en 1948, las operaciones para el mantenimiento de la paz han prevenido y salvado el sufrimiento y muerte de millones de vidas, lo que ha fortalecido su legitimidad y vigencia. A la fecha se han registrado 60 operaciones de paz, de las cuales 17 continúan vigentes. Transcurridos 57 años, más de 120 países han aportado contingentes militares y contribuido de esta forma a la pacificación y disolución de conflictos, que significaban graves riesgos para la población de los países en conflicto y la estabilidad mundial.

    Recientemente, las misiones de paz han adquirido mayor relevancia y contemplan operativos más complejos que incluyen componentes de tipo militar y civil. De esta forma, hoy en día las misiones de paz van desde la supervisión de elecciones en Camboya hasta una gran operación militar en el golfo Pérsico.

    Asimismo, la cada vez mayor relevancia de dichas operaciones va acompañada de la mayor complejidad de las funciones que éstas desempeñan, lo que requiere de un mayor compromiso y colaboración por parte de los Estados, no sólo en respaldar las misiones de paz, sino en ser parte activa de ellas.

    Las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas no se basan en el principio de enviar fuerzas que luchen para poner fin a un conflicto, por el contrario, se parte de la premisa básica de que una presencia imparcial de efectivos de fuerzas de paz de las Naciones Unidas en la región donde se desarrolla un conflicto, hace que las partes implicadas procuren arreglar pacífica y negociadamente sus controversias.

    Por otro lado, la conformación de una operación o misión de paz requiere de ciertos requisitos que garantizan legitimidad.

    Una misión de paz puede formarse por solicitud de un Estado, de un grupo de Estados miembros, o por propuesta del Secretario General de la ONU o del Consejo de Seguridad. En todo caso, dichas operaciones son responsabilidad del Consejo, y será éste, a través de una resolución, quien la establezca.

    Para que una operación o misión de paz se lleve a cabo, la propuesta debe contar con el explícito consentimiento del país o los países involucrados; debe ser ampliamente respaldada por la comunidad internacional, a través de la mayoría de votos en el Consejo de Seguridad y sin el veto de ninguno de los miembros permanentes; y debe contar con la disposición de algún o algunos de los Estados miembros para contribuir con personal, ya sea civil o militar, y los equipos necesarios.

    Como se observa, se trata de un mutuo consentimiento, de casos cuya urgencia lo justifican plenamente, y del apoyo y solidaridad internacional.

    Ahora bien, como ya se dijo, la evolución tanto de la naturaleza de los conflictos como de las propias operaciones de paz ha derivado en acciones multidisciplinarias, donde no sólo acude personal militar, sino también, personal civil.

    Esto es, las operaciones o misiones de paz no involucran exclusivamente acciones de tipo civil o humanitario por un lado y militar por el otro. Por el contrario, dependiendo de las necesidades, urgencias y amenazas en determinada región, las operaciones de paz pueden variar en sus componentes y objetivo.

    Dentro de las funciones del personal militar, encontramos que éstos, en principio, acuden como observadores o portando armas ligeras para su legítima defensa, y dentro de sus principales cometidos se encuentra:

  • Supervisar la retirada de tropas, observar el cumplimiento de acuerdos y evitar violaciones de cese al fuego;

  • Vigilar el mantenimiento del orden y la ley;

  • Investigar incidentes;

  • Observar y supervisar el buen desarrollo de elecciones; y

  • Verificar el respeto a los derechos humanos; entre otros

    Por su parte, el personal civil, compuesto principalmente por policías, observadores electorales, representantes de ONG y expertos de la ONU en distintas especialidades, tiene entre sus principales cometidos:

  • Actuar de mediador y negociador ante las partes implicadas para la consecución de acuerdos de paz;

  • Vigilar el respeto a los derechos humanos;

  • Supervisar la legalidad de los procesos electorales;

  • Apoyar en las tareas de reconstrucción y desarrollo económico;

  • Capacitar a la nueva policía civil; entre otros.

    Como podemos observar, la ejecución de una operación de paz debe ser primero valorada y avalada por la propia ONU; el Estado o Estados involucrados deben aceptar el envío de la misión; sus componentes son de tipo militar o civil; su participación es neutral; y algo de suma importancia, la decisión por parte de los Estados miembros por formar parte de la operaciones de paz por voluntad propia y particular en cada caso, por lo que un país puede decidir si colabora o no en determinada misión. Simplemente, lo que se requiere, es la colaboración y compromiso de los Estados miembros por participar de manera activa y permanente.

    Bajo esa perspectiva, no cabe duda que las fuerzas de paz de la ONU son un componente que refleja la solidaridad y sobre todo el compromiso de la comunidad internacional por resolver o terminar conflictos o desastres que suponen graves amenazas pala la población civil de un país.

    En términos concretos, las operaciones de paz constituyen la mejor forma organizada en la que la comunidad internacional trabaja para garantizar la paz y seguridad internacionales, respetando en ello la legitimidad de la ONU. Sin embargo, exceptuando el renglón económico, por alguna razón, México se ha mantenido en lo general al margen de participar en estas misiones.

    La propia Organización de las Naciones Unidas ha definido como factores clave para el mantenimiento de la paz que la comunidad internacional esté preparada para seguir apoyando estas actividades, ``...que los Estados miembros demuestren la voluntad política de respaldar a las Naciones Unidas en el ámbito político, financiero y operacional a fin de que la Organización sea verdaderamente creíble como fuerza de paz. Lograr una paz verdadera requiere tiempo, crear la capacidad en los países requiere tiempo y la restauración de la confianza también requiere tiempo. El personal internacional de mantenimiento de la paz debe llevar a cabo sus labores con profesionalismo, competencia e integridad.

    Pues bien, la presente iniciativa tiene como objeto precisamente eso, que nuestro país asuma planamente sus responsabilidades internacionales en el mantenimiento de la paz, la seguridad y justicia internacional, y no sólo en lo retórico o financiero; actualizar nuestro derecho interno acorde con las responsabilidades y compromisos de México en el ámbito internacional.

    Como fundamento a lo anterior, se retoman los principios y compromisos de México y los mexicanos en el ámbito internacional en la lucha para preservar la paz y seguridad internacional. Principios con los que no sólo se comprometió nuestro país desde el momento en que se adhirió a la ONU, principios también, que encuentran sustento en los valores de México y los mexicanos.

    Propuesta de iniciativa

    Como sabemos, el artículo 76, fracción III, de la Constitución, faculta al Senado de la República para autorizar al Presidente de la República el permitir la salida de tropas nacionales fuera de los limites del país, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia por más de un mes en aguas mexicanas.

    En concreto, dicha disposición se encuentra rezagada del actual contexto internacional de colaboración y lucha por la paz y seguridad internacional, sobre todo, en cuanto a ayuda humanitaria se refiere. De los valores y principios de México y los mexicanos por ser parte activa, no pasiva, en la construcción de un mundo más justo y seguro para todos.

    Tan sólo como referencia, la facultad del Senado contenida en la fracción III del artículo 76 constitucional, tiene su primer antecedente en la Constitución de 1874, la cual prácticamente se encuentra redactada en los mismos términos. Esto es, hace ya 132 años, tiempo durante el cual se han presentado profundos cambios en el contexto internacional.

    Por ello, resulta imprescindible adecuar dicha disposición al dinamismo y realidad de un mundo que interactúa y evoluciona año tras año, donde tanto la presencia de tropas extranjeras en territorio nacional como la salida de tropas del Ejército Mexicano, no obedece necesariamente a actos de guerra o defensa nacional; y por el contrario, si involucra cuestiones de ayuda humanitaria y solidaridad internacional.

    Es cierto que México cuenta con experiencias en operaciones de la ONU, como la misión de observación para la India y Paquistán, y la operación en El Salvador, a donde se envió a 100 policías civiles. Sin embargo, esto no es suficiente para considerar que México no se ha mantenido al margen de participar dentro de las misiones de paz de la ONU.

    Habrá que decirlo con toda claridad y sinceridad, estos casos no son la regla, son la excepción, y obedecen más a un pragmatismo que a la aplicación de nuestros principios. Tan sólo como ejemplo, en el reciente colapso del Gobierno de Haití, lo que derivó en la falta de instituciones y servicios además de estallidos de violencia que ocasionaron la muerte y sufrimiento de miles de personas, México no colaboró como pudo haberlo hecho, a diferencia de otros países. Y como éste, ejemplos sobran.

    Por todo lo anterior, la iniciativa que se presenta busca reformar el artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para ajustar dicha disposición al actual contexto internacional, y la nueva realidad de México.

    En ese sentido, se pretende establecer una clara diferencia respecto a la autorización del Senado de la República al Ejecutivo federal el permitir el paso o la estancia de unidades militares pertenecientes a otros países por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas; de la salida de tropas mexicanas con motivo de ayuda humanitaria o misiones de paz requeridas por organismos internacionales de los que México sea parte, en cuyo caso el Ejecutivo federal deberá sólo informar previamente al Senado sobre la salida de las mismas, y al regreso de éstas deberá dar un informe detallado sobre las actividades desarrolladas.

    Asimismo, se prevé una ley reglamentaria expedida por Congreso de la Unión donde se determinarán los requisitos, limitaciones y conclusiones en que deberá desarrollarse la salida de tropas mexicanas. De esta forma, especificará con toda certeza y precisión los principios, intereses y objetivos que México asumiría en su eventual participación en operaciones de paz, en cuales casos y bajo que circunstancias nuestro país participará.

    Con esto, se busca dar un sentido e interpretación a la facultad del Senado para autorizar al Ejecutivo Federal para el envío de tropas fuera del territorio nacional atendiendo las diversas responsabilidades del Estado mexicano como parte de la comunidad internacional.

    Según un estudio de opinión pública y política exterior en México, elaborado por el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) y el Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales (Comexi) en el 2004, ``los principios tradicionales de la política exterior de México son de carácter esencialmente defensivo, delineados a través de una historia de intervenciones, pérdidas de territorio, inestabilidad, conflictos y disturbios nacionales en el siglo XIX, y consolidados como resultado de la Revolución Mexicana y su fuerte herencia nacionalista en el ámbito ideológico, político, económico e institucional.''

    Lo anterior, le permitió a México desentenderse de los grandes focos de conflicto internacional, mantenerse al margen de muchos de los temas más polémicos de la política mundial, y elegir cuándo y cómo involucrarse en los asuntos mundiales.

    Sin embargo, como ya se dijo, lo que se requiere es precisamente revertir esa posición aislacionista y pragmática en la construcción de un mundo más justo y seguro para todos, y darle así a México el lugar que siempre debió ocupar acorde con sus capacidades, valores, principios y convicciones.

    El estudio de opinión pública y política exterior de México arroja elementos para considerar lo anterior. Las opiniones contenidas en dicho estudio contribuyen a evidenciar la transición política de nuestro país, y a marcar una diferencia entre lo que debe seguir siendo y lo que demos cambiar. Y de manera específica, en cuanto a la participación activa y responsable de nuestro país en el contexto internacional.

    Así, por ejemplo, el 57% de los mexicanos piensa que es mejor para el futuro de México tener una participación activa en asuntos mundiales, frente a un 34% que opina por mantenerse alejado.

    El 79% piensa que el Consejo de Seguridad de la ONU debe tener el derecho de utilizar el uso de la fuerza para prevenir violaciones a los derechos humanos como el genocidio, frente a un 16% que se opone.

    Asimismo, el 48% de los mexicanos piensa que México debe participar si la ONU pide colaboración a los países miembros para enviar una fuerza de paz en alguna parte del mundo, frente a un 36% que opina lo contrario.

    Todo lo anterior, si bien debe ser acompañado por un análisis más profundo, sí muestra el respaldo que entre la sociedad tiene la idea de un México más activo y vigoroso en la construcción de un mundo mejor. De un país que asuma plenamente sus responsabilidades y contribuya acorde con su fortaleza y liderazgo siempre a todo de esa nueva realidad que asiste a nuestro país.

    Compañeros diputados: La Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada en 1948, significó un parteaguas en la historia mundial al sentar las bases por las que la humanidad se comprometía a proteger los derechos fundamentales e inalienables de todo ser humano como base para la paz y justicia internacional.

    Detrás de ésta, estaban las atrocidades cometidas durante la Segunda Guerra Mundial y millones de muertes producto de conflictos bélicos, además de un planteamiento fundamental: dado que el Estado, por sí mismo, era incapaz de garantizar la protección de los derechos fundamentales de las personas e incluso podría convertirse en su principal violador, era preciso construir un sistema internacional para garantizar la protección de estos derechos más allá de toda jurisdicción nacional.

    En efecto, la guerra es un fracaso colectivo y la paz tarea de todos. Ninguna institución u organización puede hacer la paz por sí sola. Por el contrario, requiere de la suma de voluntades que le den la suficiente legitimidad y respaldo. Y en este caso la ONU enfrenta todavía verdaderos obstáculos, entre ellos la omisión de responsabilidades de sus Estados miembros.

    México debe participar en las operaciones de paz de la ONU no únicamente por cuestiones de prestigio y solidaridad internacional; lo debe hacer también por responsabilidad moral, teniendo siempre presente esa nueva realidad que pretende reflejar.

    Como Estado miembro de la ONU, México adquirió derechos y obligaciones, y los derechos sin obligaciones son impracticables. Las operaciones de paz son uno de los medios utilizados por las Naciones Unidas para mantener la paz y la seguridad internacional, y, a través de éstas, se ha logrado evitar el sufrimiento y perdida de millones de vidas, pacificar regiones, crear y fortalecer instituciones al interior de ciertos Estados para elevar la calidad de vida de su población, entre otras cosas. Todo lo anterior, argumentos suficientes para decidirse a abandonar una política que restringe y omite las responsabilidades internacionales de México.

    Por lo anteriormente expuesto y motivado, somete a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

    Decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Artículo Único.- Se reforma la fracción III del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

    Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

    I. ...

    II. ...

    III. Autorizarlo también para que pueda permitir el paso o la estancia de unidades militares pertenecientes a otros países por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas.

    Tratándose de la salida de tropas mexicanas con motivo de ayuda humanitaria o misiones de paz requeridas por organismos internacionales de los que México sea parte, el Ejecutivo federal deberá sólo informar previamente al Senado sobre la salida de las mismas, y al regreso de éstas deberá dar un informe detallado sobre las actividades desarrolladas.

    En la ley reglamentaria que expida el Congreso de la Unión se determinará los requisitos, limitaciones y conclusiones en que deberá desarrollarse la salida de tropas mexicanas.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Ernesto Herrera Tovar (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY DE INFORMACION ESTADISTICA Y GEOGRAFICA - LEY FEDERAL DE TURISMO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográfica y de la Ley Federal de Turismo.El diputado Raúl Piña Horta: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: el Estado tiene la obligación de crear o modificar leyes que den agilidad, eficacia y orientación al sector turístico para impulsarlo a ocupar un sitio importante en la economía nacional y en el mercado internacional del mismo sector económico. Por ello, la legislación federal en su conjunto debe armonizar dinámicamente las necesidades de información para desarrollar e impulsar la producción, distribución y fomento del turismo en nuestro país.

    Desde 1968, la Comisión de Estadística de la Organización de las Naciones Unidas aprobó las definiciones sobre turismo internacional, en razón de que el desarrollo de conceptos estadísticos y de los marcos conceptuales para el turismo no habían evolucionado de acuerdo con los cambios en la naturaleza y significación del turismo a nivel mundial, ni con su potencial de crecimiento futuro. La medición tradicional del turismo no había tenido en cuenta la interdependencia económica cada vez mayor de todos los países y la reducción de las barreras políticas y económicas entre ellos.

    Las necesidades actuales en materia de estadísticas de turismo han aumentado considerablemente. No sólo los gobiernos nacionales requieren datos sobre aspectos específicos del turismo: también los particulares, los profesionales y los investigadores necesitan información sobre una gama muy diversa de temas, como el análisis de mercado, la eficacia de las campañas de comercialización, las inversiones en la industria y el desarrollo de los recursos humanos, así como la toma de decisiones en materia de política de turismo y la defensa de intereses de los particulares. La Organización Mundial de Turismo ha manifestado que las estadísticas internacionales de turismo, no obstante las mejoras logradas en estos últimos decenios, siguen registrando lagunas, definiciones divergentes y falta de uniformidad en la metodología para recolección de datos, por lo cual las cuentas mundiales y la comparabilidad resultan cuestionables. La información estadística sobre visitantes y posibles visitantes es vital, ya que nos dice quiénes son las personas que nos visitan. Sin esta información resulta imposible comprender adecuadamente la demanda turística.

    Es importante comprender bien las relaciones entre ciertas características de posibles visitantes, como es la edad, el nivel de educación y de ingresos, y el comportamiento turístico para describir el volumen y la estructura del turismo de forma productiva y así prever la posible evolución de la demanda. El turismo se entiende como flujos de personas que demandan bienes y servicios y también como un proceso de transferencia de riqueza e incremento de ingresos.

    La información estadística y geográfica del país permite identificar y conocer los fomentos económicos, demográficos y sociales. Por esa razón son necesarias la revisión y actualización del marco normativo que regula los aspectos informáticos, estadísticos y geográficos, con objeto de establecer debidamente los mecanismos que garanticen que la información recabada se encuentra debidamente clasificada e identificada.

    También se propone reformar el artículo 5 de la Ley Federal de Turismo, en el entendido de que el artículo 4o. de la Ley de Información Estadística y Geográfica establece que las facultades conferidas al Poder Ejecutivo federal y que ejerza a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueden ser atribuidas a otras dependencias por mandato de otra ley, a efecto de que en dicho ordenamiento se señale como facultad expresa del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, en coordinación con la Secretaría de Turismo y el Banco de México, llevar a cabo la recopilación y el procesamiento y la difusión de la información turística generada con base en la aplicación de los instrumentos que se proponen.

    Se propone pues, a fin de poner a disposición de quienes toman decisiones y de la sociedad la información sistemática, que revela que el turismo es un sector importante en la vida económica nacional. Las dependencias del Gobierno Federal deben ser las responsables de reunir, conforme a los manuales elaborados por la Organización Mundial de Turismo, las ideas turísticas y de dar con ello credibilidad y confiabilidad al reporte estadístico.

    Los requerimientos urgentes de información macroeconómica para fines pragmáticos, de análisis y de toma de decisiones en el aspecto jurídico han vuelto necesario plantear el desarrollo de un sistema de cuentas para el sector turismo de nuestro país cuyos resultados den respuesta adecuada y pronta a los requerimientos actuales del mercado turístico. Esos requerimientos se deben al importante crecimiento del turismo, y a que su estudio sólo se ha visto desde el punto de vista sociodemográfico; y en el aspecto de la economía, sólo a nivel de ingresos del exterior. La estadística actual en materia de turismo no permite conocer cabalmente el impacto del turismo en la economía y en la sociedad.

    El turismo, dentro del Sistema de Cuentas Nacionales de México, no es definido como una actividad o como un sector y sólo se ve el aspecto de la oferta turística, por lo que la medición de dichos sistemas es parcial. Por ello, para que exista un amplio estudio sobre el turismo, se necesita un proyecto específico que lo clarifique en torno de los temas con él relacionados, desde el punto de vista de la demanda, la oferta y de los servicios institucionales que en el país participan, para así cuantificar la participación y el impacto de las instancias públicas en el sector turístico nacional.

    En el transcurso de los últimos años, diversos países han realizado intentos para obtener una visión completa del turismo, con la finalidad de registrar los datos obtenidos dentro del marco de la contabilidad nacional de un país pero, a nuestro entender, eso no es todo: el legislador se tiene que encargar de plasmar esos ideales en la ley, y ése es el espíritu que nos mueve a proponer estas reformas de la Ley de Información Estadística y Geográfica, y de la Ley Federal de Turismo, para dejar claras las facultades que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, en coordinación con la Secretaría de Turismo, el Banco de México y demás dependencias del Gobierno Federal y de los gobiernos locales, para elaborar las estadísticas turísticas y así tener información estructurada que informe sobre el sector turístico de México.

    Por todo lo anterior, nos permitimos someter al Pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográfica, y de la Ley Federal de Turismo

    Artículo Primero. Se reforman el artículo 8o., fracción VIII, el artículo 17, la fracción II del artículo 22, la fracción II del artículo 36 y los artículos 46 y 52; se adicionan una fracción IX al artículo 7o. y una fracción VIII Bis al artículo 17; y se deroga el artículo 47, todos de la Ley de Información Estadística y Geográfica.

    Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 5o. de la Ley Federal de Turismo, recorriéndose el actual párrafo segundo, para ser tercero.

    Por respeto del tiempo de mis compañeros diputados, omitiré la lectura del artículo, pero solicito a la Mesa Directiva que sea publicada de manera íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográfica y de la Ley Federal de Turismo, presentada por el diputado Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del PVEM.

    Raúl Piña Horta, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita se turne a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Turismo, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    El Estado tiene la obligación de crear o modificar leyes que den agilidad, eficacia y orientación al sector turístico, para impulsarlo a ocupar un sitio importante dentro de la economía nacional y en el mercado internacional del mismo sector económico. Por ello, la legislación federal en su conjunto debe armonizar dinámicamente las necesidades de información para desarrollar e impulsar la producción, distribución y fomento del turismo en nuestro país.

    Desde 1968, la Comisión de Estadística de la Organización de las Naciones Unidas aprobó las definiciones sobre turismo internacional, en razón de que el desarrollo de conceptos estadísticos y de marcos conceptuales para el turismo no había evolucionado de acuerdo con los cambios en la naturaleza y significación del turismo a nivel mundial ni con su potencial de crecimiento futuro. La medición tradicional del turismo no había tenido en cuenta la interdependencia económica cada vez mayor de todos los países y la reducción de las barreras políticas y económicas entre ellos.

    Las necesidades actuales en materia de estadísticas de turismo han aumentado considerablemente. No sólo los gobiernos nacionales requieren datos sobre aspectos específicos del turismo, también los particulares, los profesionales y los investigadores necesitan información sobre una gama muy diversa de temas, como el análisis de mercado, la eficacia de las campañas de comercialización, las inversiones en la industria, el desarrollo de los recursos humanos, la toma de decisiones en materia de política turística y la defensa de intereses particulares.

    Es necesario evaluar el turismo en el destino y en el viaje, así como la emisión turística en las zonas de origen. Algunos países y ciertos sectores de actividad disponen de una gama amplia y diversificada de fuentes de datos sobre turismo que presentan conceptos y definiciones diferentes para alcanzar estas metas, mientras que otros países, como el nuestro, no han desarrollado todavía sistemas estadísticos para el turismo.

    Las primeras acciones tendientes a establecer un conjunto de definiciones internacionales sobre el turismo fueron emprendidas en 1937 por el Consejo de la Sociedad de las Naciones Unidas, que recomendó la definición de ``turista internacional'' para fines estadísticos, concepto que fue ligeramente modificado por la Unión Internacional de Organismos Oficiales de Turismo, en Dublín, en 1950. Asimismo, la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas definió, en 1953, el concepto de ``visitante internacional''. En 1963, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Turismo y los Viajes Internacionales recomendó una definición para los términos ``visitante'', ``turista'' y ``excursionista''. Estas fueron posteriormente (1967) examinadas por un grupo de expertos sobre estadísticas de los viajes internacionales de las Naciones Unidas y suscritas por la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas en 1968.

    Para 1991, al Organización Mundial de Turismo y el Gobierno de Canadá organizaron en Ottawa una Conferencia Internacional sobre Estadísticas de Viajes y Turismo para estudiar la elaboración de estadísticas turísticas fiables. Ésta adoptó un conjunto de resoluciones que definían las necesidades estadísticas de la industria en materia de análisis, estudios de mercado, rendimiento industrial y previsiones del turismo. Abarcaba recomendaciones sobre conceptos, definiciones y clasificaciones de las unidades básicas del turismo. Después de esta conferencia, la Organización Mundial de Turismo creó un Comité de Seguimiento, compuesto por los representantes de gobiernos, de organismos internacionales y del sector empresarial turístico, que ejecutaría las recomendaciones de la Conferencia.

    La Organización Mundial de Turismo ha manifestado que las estadísticas internacionales de turismo, no obstante las mejoras logradas en estos últimos decenios, siguen registrando lagunas, definiciones divergentes y falta de uniformidad en la metodología de recogida de datos, por lo cual las cuentas mundiales y la comparabilidad resulta cuestionable.

    En 1993, la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas aprobó un informe preparado por la Organización Mundial de Turismo, bajo la asesoría del Comité de Seguimiento, que contenía normas sobre estadísticas de turismo así como el programa de trabajo para su aplicación. Las recomendaciones del informe se basaban en las resoluciones de la Conferencia de Ottawa, y tomaban igualmente en consideración trabajos anteriores del ámbito internacional aprobados por la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas en su decimonoveno periodo de sesiones, celebrado en noviembre de 1976. Dentro del programa, uno de los apartados pedía a la Organización Mundial de Turismo que se encargara de elaborar una serie de manuales técnicos y de líneas directrices para ayudar a los países a poner en práctica las recomendaciones sobre conceptos, definiciones y clasificaciones para las estadísticas del turismo. Como continuación a esa resolución, la Organización Mundial de Turismo elaboró cinco manuales:

    - Acopio y compilación de las estadísticas de turismo: manual técnico.

    - Conceptos, definiciones y clasificaciones de las estadísticas de turismo: manual técnico.

    - Compilación de las estadísticas de gasto turístico: manual técnico.

    - Recopilación de las estadísticas de turismo interno: manual técnico.

    -El turismo y la balanza de pagos manual técnico.

    Los manuales se concibieron como una serie de publicaciones complementarias, cada una de las cuales está centrada específicamente en un aspecto importante de la estadística del turismo. El nivel elemental ofrece directrices sobre las estadísticas que deben recopilarse y la forma en que debe hacerse. El nivel desarrollado ofrece lineamientos sobre algunos problemas de definición más complejos y en todos los aspectos ofrecen y facilitan la adopción y aplicación de normas internacionales comunes para las definiciones y clasificaciones que se aplican a las estadísticas de turismo.

    La información estadística sobre visitantes y posibles visitantes es vital, ya que nos dice quiénes son las personas que nos visitan. Sin esta información resulta imposible comprender adecuadamente la demanda turística.

    Es importante comprender bien las relaciones entre ciertas características de posibles visitantes, como es la edad, el nivel de educación y de ingresos, y el comportamiento turístico para describir el volumen y la estructura del turismo de forma productiva y así prever la posible evolución de la demanda.

    El turismo se entiende como flujo de personas que demandan bienes y servicios y también como un proceso de transferencia de riqueza e incremento de ingresos. La información estadística y geográfica del país permite identificar y conocer los fenómenos económicos, demográficos y sociales. Por esa razón es necesaria la revisión y actualización del marco normativo que regula los aspectos informáticos, estadísticos y geográficos con el objeto de que queden debidamente establecidos los mecanismos que garanticen que la información recabada se encuentre debidamente clasificada e identificada. De ahí que se propongan reformas a la Ley de Información Estadística y Geográfica, a fin de que la información y la estadística turística y la medición del impacto económico de esta actividad en la economía nacional estén a disposición de todos.

    Por último y tomando en consideración que con la expedición de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se pretende agilizar el ejercicio de las normas que regulan las actividades de los particulares y evitar la discrecionalidad en los actos y procedimientos administrativos a fin de lograr una adecuación unitaria, transparente, legal, congruente y sistemática, conjuntando en un sólo cuerpo de normas diversos procedimientos reconocidos por la doctrina procesal y la jurisprudencia administrativa; para garantizar la actuación de la autoridad al emitir sus resoluciones, se propone la revisión en los aspectos de verificación y recursos en contra de las resoluciones que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    También se propone reformar el artículo 5 de la Ley Federal de Turismo, en el entendido de que el artículo 4 de la Ley de Información Estadística y Geográfica establece que las facultades conferidas al Poder Ejecutivo federal y que ejerce a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueden ser atribuidas a otra dependencia por mandato de otra ley, a efecto de que en dicho ordenamiento se señale como facultad expresa del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, en coordinación con la Secretaría de Turismo y el Banco de México, la de llevar a cabo la recopilación, el procesamiento y la difusión de la información turística generada con base en la aplicación de los instrumentos que se proponen.

    Se propone, pues, a fin de poner a disposición de quienes toman decisiones y a la sociedad, la información sistemática que revela que el turismo es un sector importante en la vida económica nacional. Las dependencias del Gobierno Federal deben ser las responsables de reunir, conforme a los manuales elaborados por la Organización Mundial de Turismo, la actividad turística, y dar con ello credibilidad y confiabilidad al reporte estadístico.

    Los requerimientos urgentes de información macroeconómica para fines programáticos, de análisis y de toma de decisiones en el aspecto turístico han vuelto necesario plantear el desarrollo de un sistema de cuentas para el sector turismo de nuestro país, cuyos resultados den una respuesta adecuada y pronta a los requerimientos actuales del mercado turístico. Estos requerimientos se deben al importante crecimiento del turismo y a que su estudio sólo se ha visto desde el punto de vista sociodemográfico y en el aspecto de la economía sólo a nivel de ingresos del exterior.

    La estadística actual en materia de turismo no permite conocer cabalmente el impacto del turismo en la economía y en la sociedad. El turismo, dentro del Sistema de Cuentas Nacionales de México no es definido como una actividad o como un sector y sólo se ve el aspecto de la oferta turística, por lo que la medición de dichos sistemas es parcial. Es por ello que para que exista un concienzudo estudio sobre el turismo se necesita de un proyecto específico que lo clarifique en torno a los temas con él relacionados desde el punto de vista de la demanda, la oferta y de los servicios institucionales que en él participan, para así cuantificar la participación y el impacto de las instancias públicas en el sector turístico nacional.

    Si bien es cierto que entre la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo federal y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se han suscrito bases de cooperación en sendos convenios de fechas 29 de septiembre de 1993, 18 de septiembre de 1997 (anexo de ejecución número 18) y 3 de julio de 1998 con dicha finalidad, es sólo un acuerdo entre partes y no tiene una fuerza de ley.

    Tomando en cuenta lo anterior, en la Reglamentación que el Gobierno Federal le dé al nuevo artículo 5 de la Ley Federal de Turismo, debe existir como antecedente la composición de una ``cuenta satélite'', que tenga como fin la identificación de la participación real de la actividad turística en la economía nacional, así como vincular a la industria turística con los demás sectores productivos. También dicha ``cuenta'' deberá señalar los diferentes niveles de agregación para los indicadores turísticos, establecer mecanismos de programación avanzada y oportuna, facilitar las tareas de análisis de cobertura, evolución y estructura de dicha cuenta, describir los flujos monetarios del turismo dentro de las fronteras del país y ampliar la base informativa para la toma de decisiones sobre el sector turístico nacional. Por tanto, los convenios hasta ahora firmados por las entidades del gobierno federal antes mencionadas deberán ser incorporados a sus reglamentos y disposiciones complementarias que instrumenten las leyes que se propone reformar.

    En el transcurso de los últimos años diversos países han realizado intentos para obtener una visión completa del turismo con la finalidad de registrar los datos obtenidos dentro del marco de la contabilidad nacional de un país. Pero, a nuestro entender, eso no lo es todo; el legislador se tiene que encargar de plasmara esos ideales en la ley y ése es el espíritu que nos mueve a proponer estas reformas a la Ley de Información Estadística y Geográfica y a la Ley Federal de Turismo para dejar clara las facultades que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, en coordinación con la Secretaría de Turismo, el Banco de México y demás dependencias del Gobierno Federal y de los gobiernos locales, para elaborar la estadística turística y así tener una información estructurada y uniforme sobre el sector turístico de México.

    Es por todo lo anteriormente expuesto, que me permito someter ante el Pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

    Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográfica y de la Ley Federal de Turismo

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman el artículo 8; la fracción VIII del artículo 17; la fracción II del artículo 22; la fracción II del artículo 36, y los artículos 46 y 52; se adicionan una fracción IX al artículo 7 y una fracción VIII Bis al artículo 17; se deroga el artículo 47, todos de la Ley de Información Estadística y Geográfica, para quedar como sigue:

    Artículo 7.- El Servicio Nacional de Estadística comprende:

    Fracciones I a VIII. ...

    IX. Las normas y lineamientos para la instrumentación y aplicación de un sistema de reclutamiento, selección, operación y desarrollo de la información estadística prioritaria para el desarrollo económico, turístico y social del país.

    Artículo 8.- A efecto de que la Secretaría establezca y opere un sistema de identificación nacional para fines estadísticos, las unidades económicas, empresas y establecimientos industriales, comerciales, agropecuarios, forestales, pesqueros y turísticos; los dedicados a la producción o venta de bienes o servicios; las sociedades y asociaciones civiles, así como las demás instituciones públicas, sociales y privadas con fines no lucrativos y las docentes y culturales, estarán obligadas a inscribirse en los registros que para tales fines lleve la propia Secretaría y a revalidar anualmente su inscripción conforme al reglamento de esta ley; quedan exceptuados de esta obligación las asociaciones y partidos políticos a que se refiere el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    Artículo 17.- Para la integración y funcionamiento de los sistemas nacionales, se deberán homogeneizar los procedimientos de captación de datos en las siguientes fuentes de información estadística y geográfica:

    Fracciones I a VII. ...

    VIII. Las encuestas económicas, sociales y demográficas; así como las normas internacionales adoptadas para las definiciones y clasificaciones aplicables a las estadísticas;

    Fracción IX. ....

    Artículo 22.- Para la integración y desarrollo de los sistemas nacionales, las unidades a que se refiere el artículo anterior participarán, conforme a esta ley, en:

    Fracción I. ...

    II. La coordinación con la Secretaría y la observancia de las bases, normas, marcos conceptuales estadísticos, adoptados internacionalmente y principios que éstas fijen para prestar el servicio público de información estadística y geográfica, así como para captar, procesar y difundir la información que provenga de los niveles sectoriales y regionales;

    Fracciones III a V. ...

    Artículo 36.- Serán considerados informantes de los sistemas nacionales:

    Fracción I. ...

    II. Las unidades económicas, empresas y establecimientos industriales, comerciales, agropecuarios, forestales, pesqueros, turísticos o de servicios de cualquier clase; las sociedades, asociaciones civiles y las instituciones sociales o privadas con fines no lucrativos, las docentes y culturales que estén obligadas a inscribirse o a proporcionar datos en los registros administrativos, a que se refiere el artículo 8º de este ordenamiento;

    Fracciones III y IV. ...

    Artículo 46.- Para la realización de las inspecciones de verificación a que se refiere esta ley, se observará lo previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    Artículo 47.- (Se deroga).

    Artículo 52.- En contra de las resoluciones que dicte la Secretaría, el interesado podrá interponer el recurso administrativo de revisión de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 5 de la Ley Federal de Turismo, recorriéndose el actual párrafo segundo para ser tercero, en los siguientes términos:

    Artículo 5.- ...

    El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática tendrá la facultad, en coordinación con la Secretaría de Turismo y del Banco de México, para medir el impacto económico y llevar a efecto la estadística de la actividad turística en los términos de la Ley de Información Estadística y Geográfica y de las disposiciones que la complementen.

    ...

    Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Las entidades involucradas en la aplicación de las leyes que se reforman por medio del presente decreto tendrán un plazo definitivo de 180 días naturales contados a partir de la publicación del mismo para adecuar los reglamentos y ordenamientos derivados de las mismas.

    Tercero.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 14 días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Raúl Piña Horta (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria, si es el caso. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Turismo.
    LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Lino Celaya, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.El diputado Lino Celaya Luría: Con su anuencia, señor Presidente; compañeros diputados:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

    El suscrito, integrante de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, la presente reforma que adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    A la muerte de don Miguel Hidalgo y Costilla, en julio de 1811, y debido a la traición de Elizondo en Acatita de Baján, Coahuila, el Ejército Insurgente reconoció a Ignacio López Rayón como su jefe militar y político, quien tuvo la intención de darle no sólo legitimidad, sino también legalidad al Movimiento Insurgente mediante la creación de un Congreso o Junta Nacional.

    El licenciado Ignacio López Rayón, quien fuera el alumno más sobresaliente del Padre de la Patria, fue convertido por esto como su secretario particular, y al ser un hombre de sus mayores confianzas, convicciones y lealtades recibe el mando en secreto de Generalísimo, después de la derrota sufrida en Puente de Calderón a las afueras de Guadalajara, Jalisco, para trasladarle dicho poder a otro de los alumnos de Don Miguel Hidalgo y Costilla, me refiero a José María Morelos y Pavón quien se encontraba insurreccionando la Tierra Caliente; este hecho se dio previendo el caso de que fueran capturados los dirigentes del Movimiento de Independencia, como así aconteció.

    A su regreso de Saltillo, Ignacio López Rayón pretendió establecer la Junta en Zacatecas, pero no logró su propósito decidiendo marchar hasta Zitácuaro, Michoacán, lugar que por sus fortificaciones naturales era un sitio seguro, además que ya se encontraba insurreccionado por su primo don Benedicto López Tejada. Es entonces en Villa de Zitácuaro donde, el 19 de agosto de 1811, se constituyó la Suprema Junta Nacional Americana en coordinación con el doctor José Sixtos Verduzco y el teniente general José María Liceaga; siendo así que esta Junta se erigió como Asamblea Parlamentaria en el Primer Gobierno Insurgente Constituyente.

    Durante los dos primeros años de vida de la Suprema Junta Nacional Americana, se convirtió en el organismo rector del movimiento insurgente al emitir bandos de guerra, extender títulos, nombramientos y ascensos a los diferentes jefes insurgentes, recibir partes oficiales; construir fábricas de armamento, formular proyectos de reformas fiscales para mejorar la estructura económica, social y política de la nación; reglamentar la conservación y fomento de fincas rústicas y urbanas y ejecutar programas para la explotación nacional de los recursos del país, acuñar monedas propias y tratar de establecer relaciones diplomáticas con otras naciones, entre ellas Estados Unidos de América y Haití.

    Fue en esta Junta donde se creó el primer proyecto constitucional que tuvo la nación mexicana denominado ``Elementos Constitucionales'' integrado por 38 puntos, y fue el primer antecedentes de la Carta Magna de Apatzingán y de los ``Sentimientos de la Nación'', siendo así que por su trascendencia fue reconocida y jurada por el ``Siervo de la Nación'', don José María Morelos y Pavón y por su ejército en diciembre de 1812 en Oaxaca.

    La Suprema Junta Nacional Americana de Zitácuaro constituye el primer sistema parlamentario de México, siendo su primer ministro, el héroe de Tlalpujahua, Ignacio López Rayón; quien fue declarado Benemérito de la Patria y cuyo nombre aparece con letras de oro en este recinto legislativo desde el 16 de septiembre de 1842; además de que fue el personaje que reprodujo por primera vez el Grito de Independencia en Huichapán, hoy estado de Hidalgo en 1812.

    Los restos del ideólogo de la Independencia y fundador de la sociedad fraterna ``Los Guadalupes'', descansan en la iglesia de la Nueva Veracruz, que se ubica frente a la Alameda Central de la Ciudad de México, y no en el monumento del Ángel de la Independencia, donde deben reposar.

    En consecuencia, por lo anteriormente fundado y motivado se propone el siguiente proyecto de decreto

    Único.- Se adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:

    Artículo 18.- En los términos del artículo 15 de esta ley, la Bandera Nacional deberá izarse:

    a) A toda asta en las siguientes fechas y conmemoraciones: ...

    19 de agosto como fecha de la instalación de la Suprema Junta Nacional Americana de Zitácuaro de 1811.

    Transitorio

    Único.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Lino Celaya Luría (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    LEY GENERAL PARA LA PREVENCION Y GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.El diputado Hidalgo Contreras Covarrubias: Con su permiso, diputado Presidente. El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.

    El diputado Hidalgo Contreras Covarrubias: Compañeras y compañeros diputados: durante mucho tiempo, el derecho de las personas a un medio ambiente adecuado ha sido tema prioritario en nuestro país. El constante desarrollo industrial y la constante actividad económica en todos sus rubros han dado lugar a la generación a mayor número de residuos peligrosos que, en consecuencia, aumentan el riesgo para la salud de nuestros habitantes. Las adecuaciones del marco legal nos han llevado sin duda a perfeccionar nuestras normas y procuran un desarrollo sustentable fundado en la prevención de la generación, valorización y gestión integral de residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de un manejo especial para prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación.

    En este contexto, la participación ciudadana ha sido básica para que las autoridades ambientales localicen los lugares que están siendo contaminados o que ya sufren de elementos nocivos que ponen en riesgo la salud pública. En tal circunstancia es necesario precisar con mayor amplitud la participación de los ciudadanos para presentar su denuncia ante las autoridades correspondientes.

    El artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, contenido en el Capítulo IV del Título Séptimo de dicho ordenamiento, establece que las personas, grupos sociales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o la misma sociedad podrá denunciar todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico, o daños al ambiente, a los recursos naturales o a la salud. De esa manera, la denuncia popular representa uno de los instrumentos legales más adecuados para abarcar un universo más amplio en cuanto a la vigilancia de quién o quiénes infringen la ley, causando daños al ambiente y poniendo en riesgo la salud de las personas.

    No obstante que el numeral 125 mencionado si bien resulta genérico y abstracto, técnicamente adolece de falta de claridad, ya que no establece el tiempo posterior al que el ciudadano tiene para denunciar un hecho o conducta ilícita en materia ambiental. Es decir, en la práctica, principalmente en las zonas rurales del país, se han estado registrado tiraderos clandestinos de residuos peligrosos, incluso en predios particulares, cuyos propietarios se dedican a ocultar o enterrar dichos residuos en barrancas o depósitos no autorizados, con el consiguiente peligro de daño ecológico a mantos freáticos y otros elementos naturales.

    Esas actividades, por sólo mencionar algunas, deben ser denunciadas, pero por desconocer la fecha del ilícito en que se cometió o por razón de que el depósito clandestino de residuos ocurrió hace meses o algunos años, los ciudadanos no denuncian, ya que las autoridades señalan que esos hechos ocurrieron hace mucho tiempo. Para que no quede duda, tanto en ciudadanos como en instancias ecológicas del Estado, debemos dar claridad a dicho dispositivo, señalando que en todo tiempo podrá denunciarse todo hecho o conducta que propicie un riesgo a la salud en términos de la ley citada, sin importar el tiempo en que éstos hayan sucedido, dando seguimiento investigatorio y administrativo, por la instancia que corresponda, tomando en cuenta que la materia de protección del ambiente en prevención y gestión de residuos actualmente es ya de orden público e interés social.

    Resulta además, por disposición de ley, que tanto las medidas, obras y acciones que sirvan para evitar el deterioro o la contaminación son de utilidad pública para la nación. De tal suerte, resulta que para fomentar y alentar la denuncia popular y lograr más certeza de los ciudadanos en el ejercicio de este derecho, se debe incluir en el texto vigente del numeral en comento que en todo tiempo que hubiere ocurrido el hecho, al ser denunciado, la autoridad le dará el trámite normal que prevé la ley adjetiva aplicable al caso.

    Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción I, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto por el cual se reforma el artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:

    Artículo 125. Toda persona, grupo social, organización no gubernamental, asociación y sociedad podrá denunciar ante la Secretaría todo hecho, acto u omisión. Y se le incluye: ``en cualquier tiempo que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico, daños al ambiente, a los recursos naturales o a la salud, en relación con las materias de esta ley y demás ordenamientos que de ella emanen''.

    La tramitación de la denuncia popular a que se refiere este precepto se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Es cuanto, diputado Presidente. Gracias por su atención.

    «Iniciativa que reforma el artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del PAN

    El diputado federal Hidalgo Contreras Covarrubias, integrante del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, presenta para su consideración y aprobación iniciativa de decreto que adiciona un párrafo al artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, al tenor de los siguientes

    Antecedentes

    Durante mucho tiempo, el derecho de las personas a un medio ambiente adecuado ha sido un tema prioritario en nuestro país; el constante desarrollo industrial y la constante actividad económica en todos sus rubros han dado lugar a la generación de un número mayor de residuos peligrosos que, en consecuencia, aumentan el riesgo de salud en nuestros habitantes.

    Las adecuaciones del marco legal nos han llevado sin duda a perfeccionar nuestras normas y procurar un desarrollo sustentable, fundado en la prevención de la generación, valorización y gestión integral de residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de un manejo especial para prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación.

    En este contexto, la participación ciudadana ha sido básica para que las autoridades ambientales localicen los lugares que están siendo contaminados o que ya sufren de elementos nocivos que ponen en riesgo la salud pública. En tal circunstancia, es necesario precisar con mayor amplitud la participación de los ciudadanos para presentar su denuncia ante las autoridades correspondientes.

    Exposición de Motivos

    El artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión de Residuos, contenido en el Capítulo IV del Título Séptimo de dicho ordenamiento, establece que tanto las personas, grupos sociales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o la misma sociedad podrá denunciar todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico, daños al ambiente, a los recursos naturales o a la salud.

    En este contexto, la denuncia popular representa uno de los instrumentos legales más adecuados para abarcar un universo más amplio en cuanto a la vigilancia de quien o quienes infringen la ley causando daños al ambiente y poniendo en riesgo la salud de las personas.

    No obstante que el numeral 125 antes mencionado si bien resulta genérico y abstracto, técnicamente adolece de falta de claridad, ya que no establece el tiempo posterior al que el ciudadano tiene para denunciar un hecho o conducta ilícita en materia ambiental.

    Es decir, en la práctica principalmente en las zonas rurales del país se han estado registrando tiraderos clandestinos de residuos peligrosos, incluso en predios particulares cuyos propietarios se dedican a ocultar o enterrar dichos residuos en barrancas o depósitos no autorizados, con el consecuente peligro de daño ecológico a mantos freáticos y otros elementos naturales.

    Estas actividades, por sólo mencionar algunas, deben ser denunciadas, pero por desconocer la fecha en que el ilícito se cometió o por razón de que el depósito clandestino de residuos ocurrió hace meses o algunos años, los ciudadanos no denuncian ya que las autoridades señalan que esos hechos ocurrieron hace mucho tiempo.

    Para que no quede duda, tanto a ciudadanos como a las instancias ecológicas del Estado, debemos darle claridad a dicho dispositivo, señalando que en todo tiempo podrá denunciarse todo hecho o conducta que propicie un riesgo a la salud en términos de la ley antes citada, sin importar el tiempo en que éstos hayan sucedido, dándole el seguimiento investigatorio administrativo por la instancia que corresponda, tomando en cuenta que la materia de protección al ambiente en prevención y gestión de residuos actualmente es ya de orden público e interés social, resultando además por disposición de ley que tanto las medidas, obras y acciones que sirvan para evitar el deterioro o la contaminación son de utilidad publica para la nación.

    De tal suerte, resulta que para fomentar y alentar la denuncia popular y lograr más certeza de los ciudadanos en el ejercicio de este derecho se debe incluir en el texto vigente del numeral en comento que en todo tiempo que hubiere ocurrido el hecho delictivo al ser denunciado la autoridad le dará el trámite normal que prevé la ley adjetiva aplicable al caso.

    Considerandos

    Primero. Que la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación data de octubre de 2003, en su artículo transitorio segundo deroga todas las disposiciones legales que se le opongan, ya que es el nuevo ordenamiento que en forma coherente y ordenada atiende y regula la protección del ambiente en materia de prevención y gestión de residuos, entendiéndose por tal el conjunto articulado e interrelacionado de acciones normativas, operativas, financieras, de planeación, administrativas, sociales, educativas, de monitoreo, supervisión, evaluación, para el manejo de residuos, desde su generación hasta la disposición final.

    Segundo. Que para la efectividad en la aplicación de estas normas es básico el conocimiento de ilícitos conocidos a través de la denuncia popular, y para efectos de no confundir el ejercicio de este derecho, se propone clarificar el texto del artículo 125 de la ley antes citada, para afirmar por disposición expresa que todo hecho o conducta denunciada por el ciudadano deberá ser investigado por la dependencia, dándole el trámite legal que corresponda, independientemente del resultado jurídico final que al expediente recaiga.

    Tercero. Con lo antes expuesto se fija certeza al ciudadano de que su denuncia será atendida, y que aunque el ilícito se haya cometido hace tiempo no deja de representar un riesgo a la salud y nunca es tarde para procurar su remediación, así como el de aplicar la sanción conducente dentro del marco legal, ejerciéndose correlativamente un derecho libre del ciudadano y una obligación precisa de la dependencia ambiental que deba abocarse al caso.

    Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 71, fracción I, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente

    Iniciativa de decreto por la cual se reforma el artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:

    Artículo 125. Toda persona, grupo social, organización no gubernamental, asociación y sociedad podrá denunciar ante la Secretaría todo hecho, acto u omisión ocurrido en cualquier tiempo que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico, daños al ambiente, a los recursos naturales o a la salud en relación con las materias de esta ley y demás ordenamientos que de ella emanen. La tramitación de la denuncia popular a que se refiere este precepto se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2006.--- Dip. Hidalgo Contreras Covarrubias (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    Se retira del orden del día la iniciativa del diputado Jorge Legorreta Ordorica, que reformaría el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


    LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.La diputada Amalín Yabur Elías: Con su permiso, diputado Presidente. El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputada.

    La diputada Amalín Yabur Elías:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

    La suscrita, diputada Amalín Yabur Elías, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con apoyo en lo previsto por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración del Pleno de esta honorable Cámara, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, sobre la base de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El principio de igualdad consagrado en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, requiere para su efectiva realización asegurar a todos los ciudadanos la accesibilidad y utilización de los espacios públicos. En este sentido, debemos imponer a los poderes públicos las obligaciones de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que puedan impedir o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Todo ello de acuerdo con la realización de una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad física, sensorial y psíquica, que habrán de recibir la atención especializada que requieran y ser amparados especialmente en el goce de los derechos otorgados a todos los ciudadanos.

    Con el fin de promover estas condiciones y remover los obstáculos para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, así como facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social de la Comunidad, de acuerdo con el principio rector de la política social, dispuesto en la Constitución General , en orden a lograr la integración social de las personas con discapacidad para que disfruten de los mismos derechos que el resto de los ciudadanos, la presentes reformas tienden a garantizar el acceso a los lugares, alojamientos, establecimientos, locales y transportes públicos o de uso público a todas las personas con discapacidad que vayan acompañadas de perros guía debidamente acreditados como tales.

    Sin que el acceso de estos animales a los lugares mencionados anteriormente suponga para su usuario ningún gasto adicional, salvo que tal gasto constituya la prestación de un servicio específico económicamente evaluable.

    Cuando una persona con discapacidad visual desea integrarse educativa o laboralmente, se enfrenta a la problemática de que su desplazamiento no es fácil, sobre todo en ciudades tan conflictivas y llenas de obstáculos como las de nuestro país. Es por ello que un importante número de personas ciegas han encontrado en los perros guía una excelente alternativa para su movilidad.

    Sin embargo, ``la mentalidad de la sociedad no está preparada para conocer o sensibilizarse respecto de lo que es un perro guía y de la ayuda que éstos prestan a las personas ciegas. No son mascotas. Son perros que otorgan un servicio''.

    Estos perros de asistencia, además de las labores de ayuda concretas que pueden realizar, son ante todo auténticos catalizadores sociales: es decir, una persona discapacitada acompañada de su perro de asistencia se relaciona más, se comunica más y desarrolla una vida social mayor cuando está con su compañero. Parece lógico que los perros puedan acompañar a sus dueños al cine, al teatro, a las tiendas, tener libre acceso a edificios públicos o privados, a los medios de transporte, etcétera, es decir, a todos aquellos lugares a los que una persona desee ir.

    Desgraciadamente, esto no es así: en la mayoría de los casos se les impide el paso y esta falta de sensibilidad hace necesaria la existencia de legislación que regule este libre acceso.

    Con la Ley General de las Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2005, dimos un gran paso en materia de discapacidad observando los principios de equidad, justicia social, equiparación de oportunidades, reconocimiento de las diferencias, dignidad, integración, respeto y accesibilidad.

    Sin embargo, el espíritu de esta ley concluyó en algunos aspectos con normas rígidas y excesivamente restrictivas, por cuanto no pudo contemplar el empleo de perros en auxilio de otras personas con discapacidad, al margen de aquéllas que no tienen deficiencias visuales. Además de los perros guía, está observándose una creciente utilización de perros como elementos de apoyo en la vida cotidiana de las personas con discapacidad. A pesar de ello, la ley no ampara a los usuarios de estos perros, que ven cómo la prohibición general de acceso de los animales a establecimientos, lugares y transportes públicos o de uso público prevalece sobre su derecho a una integración social real y efectiva.

    Todo lo dicho justifica la necesidad de superar el actual marco normativo y establecer uno nuevo, adaptado a las necesidades actuales, que amplíe el objeto de su protección a todos los perros de asistencia, lo que supondrá un paso más hacia la consecución del objetivo que deben inspirar todas las actuaciones de los poderes públicos en el campo de los servicios sociales: la integración de cuantos viven sujetos a las limitaciones derivadas de su situación de discapacidad.

    La presente iniciativa de reformas estructura los requisitos exigidos para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia, el derecho de las personas que vayan acompañadas de ellos al libre acceso, de ambulación y permanencia en cualquier lugar, establecimiento y transporte público o de uso público y, a la vez y como contrapartida, sus obligaciones.

    Por las consideraciones expuestas, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de las Personas con Discapacidad.

    Artículo Único.- Se reforman los artículos 13, párrafos primero y tercero; 14; 17, fracción I, y 23, fracción III, y se adicionan la fracción XV al artículo 2; una fracción segunda y los incisos a), b), c), d) y e) al artículo 13; y la fracción VI al artículo 17 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

    Artículo 2.- ...

    I. a XIV.- ...

    XV.- Perro guía.- Al perro que, habiendo sido adiestrado en centros especializados oficialmente reconocidos, haya concluido su adiestramiento y adquirido así las aptitudes necesarias para el acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad.

    Artículo 13.- Las personas con discapacidad incluso con perro guía, tienen derecho al libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras en los espacios públicos o privados con acceso al público.

    El acceso del perro guía a los lugares mencionados en el párrafo anterior, no supondrá para su usuario ningún gasto adicional, salvo que tal gasto constituya la prestación de un servicio específico económicamente evaluable, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    a) Mantener al perro junto a sí, con la sujeción en caso necesario, en los lugares, establecimientos y transportes a que se refiere esta ley.

    b) Llevar consigo y exhibir la documentación sanitaria del perro guía, cuando sea requerido para ello.

    c) Utilizar al perro guía para aquellas funciones para las que fue entrenado.

    d) Cumplir las normas de higiene y seguridad en los lugares públicos o de uso público, en la medida en que su deficiencia visual o discapacidad le permita.

    e) Cuidar con diligencia la higiene y sanidad del perro guía.

    ...

    Los edificios públicos y espacios privados con acceso al público que sean construidos a partir del inicio de la vigencia de esta ley, según el uso al que serán destinados, se adecuarán a las normas oficiales que expidan las autoridades competentes, para el aseguramiento de la accesibilidad a los mismos.

    Artículo 14.- Las empresas privadas deberán contar con facilidades arquitectónicas para sus trabajadores con alguna discapacidad, respetando su libre desplazamiento en los términos del artículo 13 de esta ley.

    Artículo 17.- ...

    I. Impulsar programas que permitan la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público aéreo, terrestre y marítimo y medios de comunicación a las personas con discapacidad, incluso con perro guía;

    II. a V.- ...

    VI.- Garantizar en los medios de trasporte público aéreo, terrestre y marítimo y medios de comunicación el libre acceso a las personas con discapacidad, incluso con perro guía.

    Artículo 23.- ...

    I. y II. ...

    III.- Promover la realización de las adecuaciones materiales necesarias para que las personas con discapacidad, incluso con perro guía, tengan acceso a todo recinto público o privado donde se desarrolle cualquier actividad cultural. Difusión de las actividades culturales. Impulsar la capacitación de recursos humanos y el uso de materiales y tecnología a fin de lograr la integración de las personas con discapacidad en las actividades culturales; y fomentar la elaboración de materiales de lectura.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo, San Lázaro, a 14 de febrero de 2006.--- Dip. Amalín Yabur Elías (rúbrica).»

    Es cuanto, diputado Presidente; y solicito que quede integro en el Diario de los Debates. Muchísimas gracias.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Insértese íntegro el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
    LEY GENERAL DE EDUCACION
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Myriam Arabian Couttolenc, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación.La diputada Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc: Con su venia, señor Presidente. Dice Vasconcelos: ``salas muy amplias para discurrir libremente y techos muy altos para que las ideas puedan expandirse sin estorbo. Sólo las razas que no piensan --agregó en un típico desplante-- ponen los techos a la altura de la cabeza''. Finalmente, dice: ``Que la luz de estos claros muros sea como la aurora de un México nuevo, de un México espléndido''. Diputadas y diputados: la educación es indispensable para construir una sociedad de igualdad.

    A través de ella se potencian las capacidades y habilidades de la persona; se enriquecen la inteligencia individual y la colectiva; florece la cultura; se cultiva el entendimiento; y se fomenta la tolerancia, elemento esencial de la democracia. La educación es el pilar del desarrollo humano y de las naciones. Un país que no invierte eficazmente en educación está condenado al rezago y a la desigualdad. La educación gratuita laica es un derecho establecido en el artículo 3o. constitucional al que tenemos todos y todas las mexicanas. La educación es responsabilidad compartida entre Federación, entidades federativas y municipios. En el proceso conocido como ``descentralización de los servicios educativos federales a las entidades federativas'' se han establecido tanto en las leyes federales como en los distintos convenios facultades explícitas de las autoridades federales educativas.

    Actualmente, el Gobierno Federal destina mayor parte de los recursos disponibles del país hacia la educación, dándole la más alta prioridad, con el claro reconocimiento de que aún no es suficiente. Los recursos federales que se transfieren a los estados son condicionados, etiquetados en mayor o menor medida. Tanto el Ramo 33 como el 39 se refieren a las transferencias vía aportaciones a las entidades federativas. De igual forma, la SEP federal está facultada para celebrar convenios y transferir recursos del Ramo 11. Aunado a esto, el artículo 6o. de la Constitución federal establece: ``El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la información''. La reforma que hoy presento ante la H. Cámara de Diputados debe asegurar que cada peso federal que gasten los estados en educación llegue ahí, donde debe llegar.

    Diputadas y diputados: nuestra responsabilidad es aprobar leyes y presupuestos que hagan efectiva la igualdad de oportunidades de cada niña y niño mexicanos, cada padre, cada madre de familia; cada estudiante tiene derecho a la educación laica y gratuita con calidad, tiene derecho a que el Congreso federal, mediante leyes, asegure el cumplimiento de las leyes federales, a la prestación adecuada de este servicio, sea servicio público de educación federal, sea federal transferido a las entidades federativas, o bien, sea estatal.

    Por eso esta propuesta de reforma del artículo 25 busca que, así como ocurre con otros fondos federales, los gobiernos de los estados hagan pública la información de cómo se distribuyen entre los diferentes planteles educativos, en forma desagregada por programa educativo y establecimiento, los recursos federales que van a la educación. Por tanto, propongo la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación, que quedaría como sigue:

    Sección Tercera. Artículo 25. Los recursos federales recibidos para ese fin por cada entidad federativa no serán transferibles y deberán aplicarse exclusivamente en la prestación de servicios y demás actividades educativas en la propia entidad. El gobierno de cada entidad federativa publicará en su respectivo diario oficial y en los medios de comunicación escritos de su estado los recursos que la Federación le transfiere para tal efecto, en forma desagregada por nivel, programa educativo y establecimiento escolar. Diputadas y diputados: que el techo no sea la opacidad. Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Myriam Arabian Couttolenc, del grupo parlamentario del PAN

    La suscrita, diputada federal Myriam Arabian Couttolenc, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me otorgan los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 55 fracción II y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General de Educación, en materia de transparencia de los recursos federales, al tenor de la siguiente:

    Exposición de Motivos

    La educación es indispensable para construir una sociedad de igualdad. A través de ella se potencian las capacidades y habilidades de la persona, se enriquece la inteligencia individual y colectiva, florece la cultura, se cultiva el entendimiento y se fomenta la tolerancia, elemento esencial de la democracia.

    La educación es el pilar del desarrollo humano y de las naciones. Un país que no invierte eficazmente en educación, está condenado al rezago y a la desigualdad.

    La educación gratuita, laica es un derecho establecido en el artículo 3 constitucional que tenemos todas y todos los mexicanos.

    La educación es responsabilidad compartida entre la Federación, entidades federativas y municipios.

    Actualmente el Gobierno Federal destina la mayor parte de los recursos disponibles del país hacia la educación, dándole la más alta prioridad, con el claro reconocimiento de que aún no es suficiente. Los recursos federales que se transfieren a los estados son condicionados, etiquetados en mayor o menor medida. Tanto el Ramo 33 como el 39 se refieren a transferencias vía aportaciones a las entidades federativas. De igual forma la SEP federal está facultada para celebrar convenios y transferir recursos del ramo 11 a los estados.

    Compañeros, tomando en cuenta la importancia social de los servicios federales; considerando la definición de la Corte sobre el control de la Federación sobre los recursos del Ramo 33; tomando en cuenta las facultades legales de las dependencias federales sobre los recursos y los servicios; la inversión que realiza el gobierno en la educación es un tema crucial que determina el camino a seguir como país.

    Por estas razones acudo a esta tribuna, a proponer no sólo una reforma legislativa que le dé transparencia al ejercicio de los recursos públicos que la Federación destina a las entidades federativas en materia de educación, sino también a la construcción de una República que garantice la transparencia, la rendición de cuentas, el buen desempeño de la función pública y, por tanto, gobiernos que respondan a los ciudadanos.

    Muchas son las voces que denuncian claman y exigen dentro del distrito 12 en el estado de Puebla, con justa razón, la transparencia de los recursos y fondos públicos de los que harán uso el Poder Ejecutivo federal y los distintos niveles de gobierno. La exigencia es completamente legítima, los recursos públicos provienen de la sociedad, y es nuestra labor como Congreso de la Unión velar por el buen y adecuado uso que el estado haga de ellos.

    Si bien la Ley de Fiscalización Superior de la Federación ya establece los mecanismos e instituciones que permiten fiscalizar la gestión financiera de los Poderes de la Unión y de las entidades federales, esta iniciativa apunta hacia un mayor vínculo con la sociedad con relación a la transparencia en el uso de los recursos.

    Es decir, de lo que se trata es de poner al alcance de los padres y las madres de familia y de todos los ciudadanos, la información presupuestal asignada a la función educativa en forma desagregada por nivel y programa educativo. De esta forma, el gobierno de cada entidad federativa estará obligado a publicar dicha información en su respectivo diario oficial, en los medios de comunicación escrita y electrónicos de su entidad, Asimismo los directores o autoridades escolares correspondientes pondrán a disposición de los padres de familia la información correspondiente al establecimiento escolar.

    Este canal de comunicación, esta información incentivarán y darán elementos a la participación ciudadana para lograr un mejor control y transparencia respecto de la utilización de los fondos públicos.

    Cada padre o madre de familia, cada estudiante, tiene derecho a la educación laica y gratuita de calidad; tiene derecho a que el Congreso Federal, mediante leyes, se asegure del cumplimiento de facultades federales en la prestación adecuada de este servicio. Sea el servicio público de educación federal, sea federal transferido a las entidades federativas, o bien estatal. Por su atención, muchas gracias.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este honorable Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 25 de la Ley General de Educación.

    Artículo Único.- Se reforma el segundo párrafo del artículo 25 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

    Sección 3.- Del financiamiento a la educación.

    Artículo 25.- ...

    Los recursos federales recibidos para ese fin por cada entidad federativa no serán transferibles y deberán aplicarse exclusivamente en la prestación de servicios y demás actividades educativas en la propia entidad. El gobierno de cada entidad federativa publicará en su respectivo diario oficial y en los medios de comunicación escritos y electrónicos de su estado los recursos que la Federación le transfiera para tal efecto, en forma desagregada por nivel, programa educativo y establecimiento escolar. Asimismo los directores o autoridades escolares correspondientes pondrán a disposición de los padres de familia la información correspondiente al establecimiento escolar.

    ...

    ...

    Transitorios

    Único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, DF, a 14 de febrero de 2006.--- Dip. Myriam Arabian Couttolenc (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
    LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma los artículos 7, 52, 58 y 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma los artículos 7, 52, 58 y 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en uso de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39, numeral 3, 40, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter al Pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto.

    Exposición de Motivos

    El origen del Distrito Federal está ligado a la historia de la Federación, misma que ha ido evolucionando desde su concepto hasta su forma de organización, la cual surge como respuesta a las necesidades de establecer el asiento de los tres Poderes de la Unión y se consideró un término reservado para un tipo particular de organización y de gobierno que inicio en el siglo XIX, con características especiales distintas a las de cualquier Estado miembro del Pacto Federal de 1824.

    El gobierno del Distrito Federal se delimitó en la Constitución de 1824, estableciendo un radio de dos leguas para la ciudad de México que comprendería el Distrito Federal, límites del territorio que fueron ampliados por los decretos del 15 y 17 de diciembre de 1898; asimismo, el artículo 44 de la Constitución de 1917 que estableció que el Departamento del Distrito Federal tendría un territorio que determina el ámbito de su jurisdicción.

    En la administración de 1928 adquiere un cambio profundo y radical, ya que se promovió la reforma constitucional que sustituía a la figura de ``gobernador del Distrito Federal'', dejando de tener vigencia las municipalidades, para convertir el Gobierno del Distrito Federal en un departamento administrativo, logrando así el Ejecutivo nombrar y remover libremente al denominado ``jefe del Departamento'', con el propósito de evitar la duplicación de mandos en al ámbito territorial.

    Así permaneció con esa forma de gobierno desde 1928 hasta 1987, en donde el Distrito Federal experimenta un cambio en las leyes orgánicas y administrativas, fundamentalmente de la propia ciudad y su gobierno, inclusive se previó la creación de nuevas delegaciones para llegar finalmente a las 16 con las que cuenta actualmente.

    Cabe señalar que el Departamento del Distrito Federal tuvo una reforma trascendental en su régimen jurídico político en 1997, ya que el régimen jurídico del Distrito Federal pasó de ser departamento administrativo para convertirse en Gobierno del Distrito Federal.

    Estas reformas modifican la estructura orgánica del Gobierno, en la cual los dos niveles jerárquicos básicos están representados por el jefe del Gobierno como máxima autoridad y los delegados como segunda autoridad administrativa en sus respectivas jurisdicciones.

    Por otro lado, aún queda pendiente para los legisladores actualizar algunas las leyes, ya que no basta con hacer nuevas leyes o reformar las que están vigentes, es menester actualizar no sólo las que son notoriamente atrasadas, sino actualizar la que son incongruentes con la realidad jurídica para evitar confusiones procesales y judiciales que atenten contra los derechos de los ciudadanos, por lo cual deben ser uniformes con la realidad histórica del lugar en el que se encuentren vigentes.

    Porque los continuos cambios en un Estado democrático hacen necesario que se actualice su marco jurídico, es por ello que resulta importante contar con leyes actualizadas en cuanto a las figuras jurídicas para afirmar su continuidad o desaparición.

    Es así que la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que contiene las bases de la organización y regulación administrativa de los órganos descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos, en sus diferentes acepciones respecto de su creación dentro del la Administración Pública Federal que tutela el Estado, todavía se aprecia en diversos artículos la estructura jurídico política de ``Departamento del Distrito Federal'', que actualmente se encuentra en desuso.

    Se puede apreciar que el artículo 7 que norma la actividad de la entidades paraestatales contempla el término ``Distrito Federal'', es necesario que se establezca ``Gobierno'', ya que por Distrito Federal se entiende la Ciudad de México y no como gobierno propiamente dicho, consecuentemente la organización estructural de su régimen jurídico es de gobierno no de departamento, asimismo el artículo 52, que regula la distribución y manejo de recursos federales, así también el artículo 58, que en su fracción II contempla las bases sobre las atribuciones de los órganos internos de gobierno de las entidades paraestatales, al igual que el artículo 69, concerniente a la vigilancia de las empresas de participación estatal minoritaria, establecen como régimen la acepción de ``Departamento del Distrito Federal'', régimen jurídico que está en desuso, ya que constitucionalmente es Gobierno del Distrito Federal.

    Es pertinente precisar que el régimen jurídico en relación a la conformación y organización del Gobierno del Distrito Federal tiene sustento legal en el artículo 122 constitucional, el cual prevé la estructura jurídico- política del Gobierno del Distrito Federal, en ese sentido es inconstitucional que se siga contemplando todavía como Departamento del Distrito Federal en la ley encargada de regular la administración del Estado a través de sus diferentes organismos y empresas.

    Cierto es que los cambios vertiginosos de una democracia en constante evolución provocan que el régimen jurídico, político y forma de gobierno se transformen y las estructuras jurídicas que en el pasado estaban vigentes se vuelvan obsoletas en la actualidad, ocasionando que todo el orden jurídico normativo se vea en la necesidad de irse ajustando a los cambios actuales.

    Lo que se pretende con la presente iniciativa es reformar diversos preceptos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, con la finalidad de que se actualice, en virtud de que todavía contempla la estructura jurídica del Departamento del Distrito Federal, misma que fue cambiada en nuestra Carta Magna a partir de las reformas estructurales jurídico-políticas de 1994, para consolidarse en 1997 para lograr conformarlo como Gobierno del Distrito Federal.

    Es nuestro deber legislativo atemperar y actualizar los sistemas y ordenamientos jurídicos de manera tal que podamos evitar confusiones, por eso es necesario adecuar el marco normativo y la ley a los nuevos cambios que se presentan para garantizar la seguridad y la transparencia de los órganos que integran la Administración Pública Federal, ya que no es recomendable que se contemplen figuras jurídicas distintas dentro de nuestro sistema jurídico.

    Evidentemente toda norma fundamental que contemple nuevas figuras jurídicas y de organización política transformando la naturaleza jurídica debe plasmarlas en sus leyes secundarias, con el ánimo de que jurídicamente sea reconocida la nueva naturaleza jurídica, así como la figura jurídica, que en este caso es la de jefe del Gobierno del Distrito Federal, para eliminar disposiciones o referencias que ya son obsoletas en las normatividades vigentes, para estar acorde con el principio de legalidad.

    Es incongruente que dos figuras jurídicas distintas, como son el jefe del Gobierno del Distrito Federal y el jefe del Departamento del Distrito Federal, pueden tener en un texto legal la misma naturaleza jurídica, porque deja de ser eficiente y por consecuencia eficaz, en atención que actualmente el cargo es por el sufragio de los ciudadanos y se considera autoridad local y anteriormente era por designación del Ejecutivo en turno.

    Por tanto, se debe dotar de un marco jurídico actual a la Administración Pública Federal; en tal virtud, la existencia de las normas que no están actualizadas afecta el marco jurídico, porque las normas se distinguen, por su manera de conformarse, es decir, de actualizarse y con ello incorporar o desincorporar sus contenidos normativos, es así que no se puede fundamentar con disposiciones legales que no están vigentes.

    Tomando en cuenta que la naturaleza jurídica del encargado del Distrito Federal ha sufrido distintas modificaciones legales, desde la figura de ``gobernador'', ``jefe de departamento'', y ahora ``jefe de Gobierno'' considerado como autoridad local.

    Indiscutiblemente la naturaleza jurídico-política y de administración del actual Gobierno del Distrito Federal ha cambiado, en consecuencia ninguna norma o ley puede establecer figuras jurídicas que están en desuso y que continúan plasmadas como figuras de derecho positivo sin estar vigentes dentro de la Administración Pública Federal.

    Porque desde un punto de vista jurídico, no se puede otorgar facultades y administración de recursos públicos a figuras jurídicas que están en desuso, que jurídicamente le corresponderían a otro órgano de gobierno.

    El que se siga disponiendo en nuestras leyes de carácter administrativo una figura jurídica administrativa en inexistente provoca una incertidumbre jurídica, sin olvidar que la satisfacción de los intereses colectivos es por medio de la función administrativa, la cual se realiza fundamentalmente por el Estado bajo un orden jurídico que debe estar vigente a su realidad jurídica y contexto histórico.

    De lo antes expuesto y en uso de las atribuciones citadas en el proemio de este documento, sometemos a la consideración del Pleno la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7, 52, la fracción II del artículo 58, y el 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

    Único. Se reforman los artículos 7, 52, la fracción II del artículo 58, y el 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para quedar como sigue:

    Artículo 7°.- Las entidades paraestatales correspondientes al Gobierno del Distrito Federal quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.

    Artículo 52. ...

    Por lo que toca a la percepción de subsidios y transferencias, los recibirá de la Tesorería de la Federación en los términos que se fijen en los Presupuestos de Egresos anuales de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal, debiendo manejarlos y administrarlos por sus propios órganos y sujetarse a los controles e informes respectivos de conformidad con la legislación aplicable.

    Artículo 58. ...

    I. ...

    II. Aprobar los programas y presupuestos de la entidad paraestatal, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable. En lo tocante a los presupuestos y a los programas financieros, con excepción de aquellos incluidos en el Presupuesto de Egresos anual de la Federación o del Gobierno del Distrito Federal, bastará con la aprobación del órgano de gobierno respectivo;

    Artículo 67.- En aquellas empresas en las que participe la Administración Pública Federal con la suscripción del 25% al 50% del capital, diversas a las señaladas en el artículo 29 de esta ley, se vigilarán las inversiones de la Federación o en su caso del Gobierno del Distrito Federal, a través del comisario que se designe por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y el ejercicio de los derechos respectivos se hará por conducto de la dependencia correspondiente en los términos del artículo 33 de esta ley.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 14 días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari.»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el señor diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.El diputado Iván García Solís: Gracias, ciudadano Presidente; ciudadanas y ciudadanos legisladores: el día de hoy seguramente algunas o algunos de ustedes vieron una entrevista en la que compareció el procurador del Consumidor en funciones. Se trataba de criticar la actitud de los concesionarios de las gasolineras, al no aceptar indebida e ilegalmente que el producto que ellos expenden, que ellos distribuyen, la gasolina, pues sea distribuida con exactitud, es decir, que los litros sean justamente eso, litros. Hace mucho tiempo que no veíamos al procurador compareciendo ante los medios, y es saludable que lo haga.

    No lo hizo mal porque hizo la crítica de estos proveedores irresponsables y se ajustó estrictamente a la legalidad. Pues bien, esto me da ocasión para fundamentar la propuesta que hoy hago y que tiene que ver con que la defensa del consumidor y la mejor orientación para el consumo y por supuesto también para los productores y para los proveedores se estimule a través de los medios masivos. Es decir, que impulsemos una cultura del consumo y de la mejor producción y proveeduría de bienes a través de los medios de que dispone la sociedad. En México, la Ley Federal de Protección al Consumidor es la norma que regula la relación entre proveedores y consumidores.

    En ella se consagran diversos derechos a favor de estos últimos, a quienes se garantiza un consumo informado y una protección de su derecho de compra más allá de la adquisición del producto-servicio. Este ordenamiento tutela los derechos de los consumidores, de suerte que se equilibre la relación entre quienes suministran los insumos y los que los reciben. No obstante esta naturaleza protectora del consumo, el ordenamiento vigente no ha logrado promover con efectividad la mejor conciencia de nuestra sociedad en esa materia ni ha logrado atenuar o disminuir sustancialmente las reclamaciones de los consumidores hacia los productores o proveedores.

    El Instituto tiene varias décadas de fundado y si bien es cierto que recibe y procesa quejas en un número considerable, podemos afirmar, creo que nadie opinaría lo contrario, que todavía está lejos del alcance de los quejosos, de los ciudadanos y de las ciudadanas que presentan quejas, pues por distintas razones, por la falta de tiempo de quienes desearían quejarse o porque no hay la oficina cercana a sus domicilios o a su trabajo. Sin embargo, aquí tenemos el dato del año pasado: se recibieron, el año antepasado, en 2004, se recibieron en la Profeco 145 mil 553 quejas y hay que decir que se logró conciliar en 80 por ciento, lo cual habla bien de esta función. Y se recuperaron cerca de 820 millones de pesos a favor de los consumidores. Suponemos, con válidas razones, repito, que muchos no presentaron la queja y que, por tanto, debe haber reclamaciones en un número mayor, aun cuando no hayan sido presentadas expresamente.

    Entonces, ¿qué necesitamos? Perfeccionar, mejorar el trabajo de esta Procuraduría, pero llevarla al diálogo público para que la ciudadanía, la población en general, pueda orientarse de mejor manera e incluso evitar, evitar con una buena orientación del consumo, la necesaria presentación de quejas si los productos no fueron bien suministrados. En ese sentido, la propuesta que hago incorpora una función más a las que actualmente tiene la Profeco, con la finalidad de aprovechar, decimos, los medios masivos de comunicación. En particular, nos parece muy útil que exista un espacio en la televisión, en la radio también, para que ahí pueda haber un debate y un avenimiento de los diferendos entre las partes, al tiempo que se estimula la cultura de la provisión y consumo más responsables.

    Hay que decir que en varios países, lo he observado hace muchos años en España, por ejemplo, pero hay otros países en que también se practica este tipo de, dijéramos, oficios que generan desde luego buenos efectos en los consumidores y que en México no han logrado tener todavía su espacio. Por tanto, la propuesta que hago es que, haciendo el recorrido correspondiente en el artículo 24, se agregue lo que sería una fracción XXII, que diría lo siguiente: ``Auspiciar foros de diálogo entre proveedores y consumidores u organizaciones de consumidores, con objeto de que éstos puedan presentar sus reclamaciones y aquéllos ofrecer sus respuestas''.

    Aquí digo yo ``consumidores individuales'' u ``organizaciones de consumidores'', que es parte también del desarrollo de la cultura del consumo. Hay en nuestro país ya organizaciones de consumidores, no en la medida que quisiéramos, no en la medida que hay en otras sociedades y en otros países, pero pienso que esto es parte de una sana evolución democrática. Finaliza la propuesta: ``Tales actos --es decir, estos diálogos televisados o radiodifundidos a través de los medios-- tendrán que utilizar los espacios que oficialmente se conceden al Estado''.

    Pues esta propuesta, ciudadanas y ciudadanos legisladores, la presento considerando que es oportuna, casualmente oportuna, porque --repito-- justamente el día de hoy se presentó la comparecencia de un procurador, que en el caso particular que observamos mostró una actitud diligente, pero que así como en el caso de las gasolineras, que se inocultable, que es masiva la reclamación y que no se podría diferir ni hacer a un lado, pues en muchos otros casos se pierde la reclamación correspondiente. Finalmente, digo que el objeto no es un objeto persecutorio contra los productores o prestadores de servicio, por el contrario, se trata de avenimientos que buscan mejorar la capacidad productiva del país, no solamente elevar el beneficio en los consumidores, sino que con esa orientación de que la producción sea mejor y de mayor calidad sentar mejores bases, incluso dijéramos, para una competitividad no sólo nacional sino incluso hacia el extranjero. Gracias por su atención.

    «Iniciativa que reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Iván García Solís, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal Iván García Solís, en ejercicio del derecho que le confieren los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    En las sociedades contemporáneas, la satisfacción de las necesidades ordinarias sólo es posible mediante la suficiente disposición de bienes y la oportuna realización de servicios; saciar la sed, comer, bañarse, trasladarse o cambiar un cheque, son tareas cotidianas en las que, de fondo, se encuentra la labor de un proveedor de bienes o servicios y la necesidad de un consumidor.

    En México, la Ley Federal de Protección al Consumidor es la norma que regula esta relación proveedores-consumidores. En ella se consagran diversos derechos a favor de estos últimos, a los que se garantiza un consumo informado y una protección de su derecho de compra más allá de la adquisición del producto o servicio.

    Este ordenamiento tutela los derechos de los consumidores, de suerte que se equilibre la relación entre quienes suministran los insumos y los que los reciben, por lo que se considera que es un avance respecto a otros ordenamientos jurídicos.

    No obstante esta naturaleza protectora del consumo, este ordenamiento no ha logrado concientizar a la sociedad, pues aún es alto el nivel de quejas que se presentan ante la Procuraduría. En efecto, conforme a los informes correspondientes al 2004 de la Profeco, se recibieron 145,553 quejas en ese año, de las cuales se logró conciliar el 80 % y se recuperaron cerca de 820 millones de pesos a favor de los consumidores. Como se puede apreciar, existe un alto índice de quejas, así como un buen porcentaje de casos en los que no se logra una conciliación, en tal virtud, considero pertinente ampliar y diversificar las acciones de divulgación, difusión y concientización de las buenas prácticas de consumo, tanto en nuestra calidad de proveedores como de consumidores; así como dar un espacio de diálogo a ambas partes en este proceso. En tal sentido, la presente propuesta incorpora una función más a las que actualmente posee la Profeco, con la finalidad de atender los puntos expuestos y aprovechando los modernos medios de comunicación y los tiempos oficiales en radio y televisión, fortalezca la presencia y tareas de la Profeco al tiempo que crea este espacio de debate y avenimiento de los diferendos entre las partes a la par que crea conciencia y estimula la cultura de la provisión y consumo responsables.

    En razón de lo antes expuesto, someto a consideración de este Pleno la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

    Único: Se reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

    Artículo 24.- La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

    I. a XX. ...

    XXI. Ordenar se informe a los consumidores sobre las acciones u omisiones de los proveedores que afecten sus intereses o derechos, así como la forma en que los proveedores los retribuirán o compensarán;

    XXII. Auspiciar foros de diálogo entre proveedores y consumidores u organizaciones de consumidores, con el objeto de que éstos puedan presentar sus reclamaciones y aquellos ofrecer sus respuestas. Tales actos deberán ser difundidos a través de los medios de comunicación masiva, y

    XXIII. Las demás que le confieran esta ley y otros ordenamientos.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

    Ciudad de México, Distrito Federal; a los 14 días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Iván García Solís (rúbrica).» Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra:El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, maestro García Solís. Túrnese a la Comisión de Economía.
    LEY GENERAL DE SALUD
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores: el siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes, publicados en la Gaceta Parlamentaria.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis y 268 Bis 1 al Capítulo VIII del Título Duodécimo, y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Salud con Opinión de la Comisión de Juventud y deporte de la H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta de la Cámara de Senadores para regular la elaboración de Tatuajes Permanentes, Micropigmentación y Perforaciones, presentada en el Pleno de la Cámara de Diputados, por la Diputada Miroslava García Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, el día 26 de noviembre de 2002.

    La Comisión de Salud, con fundamento en las atribuciones que les otorgan los artículos 39 numerales 1° y 3°; 43, 44 y 45 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los miembros de esta honorable Asamblea, el presente dictamen bajo la siguiente:

    METODOLOGÍA

    En el capítulo de ``ANTECEDENTES'' se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida minuta y de los trabajos previos de la Comisión.

    En al capítulo correspondiente a ``CONTENIDO DE LA MINUTA'', se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

    En el capítulo de ``CONSIDERACIONES'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

    I. ANTECEDENTES

    En sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2002, por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Diputada Miroslava García Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, con fundamento en las disposiciones contenidas en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la iniciativa de Ley para regulara la elaboración de Tatuajes Permanentes, Micro-pigmentación y Perforaciones, por lo cual la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa de Ley a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen.

    A su vez esta Comisión responsable de la emisión del dictamen, analizó la facultad del Congreso para legislar en la materia, de esto se desprendió que nuestra Carta Magna en el artículo 73 fracción XVI, faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de salubridad general, asimismo nuestra Constitución Política en su artículo 4°, párrafo tercero garantiza el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona.

    De conformidad con lo que establece el artículo 44 en su numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso, la Mesa Directiva de la Comisión de Salud, encomendó a su Segunda Subcomisión denominada ``Medicina Preventiva y Bioética'', preparar el dictamen respectivo, por lo cual ésta subcomisión llevó a cabo su reunión de trabajo el día 3 de diciembre del año dos mil tres, con sus integrantes, en las que se analizó y discutió ampliamente tanto su exposición de motivos, como el contenido de la iniciativa.

    Los integrantes de la Comisión de Salud .aprobaron el Dictamen el día 10 de diciembre de 2003.

    Con Fecha 16 de marzo de 2004, se aprobó por el pleno del H. Cámara de Diputados, enviando el Dictamen al H. Cámara de Senadores para la Consecución del Trámite Legislativo.

    Con fundamento en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Senadores envió la minuta el 4 de octubre, turnándola nuevamente a las Comisiones de Salud y de Juventud y Deporte

    II. CONTENIDO DE LA MINUTA

    La exposición de motivos comienza señalando, que personas de todos los tiempos manifiestan su interés para adornar su cuerpo o modificarlo de manera permanente, y los métodos empleados varían de un lugar a otro, pero estas prácticas se han realizado de manera cotidiana en personas de todas las edades, condiciones económicas, religiones o sexos.

    Sin embargo, el incremento en la demanda por ese tipo de trabajos, promovida en parte por los medios de comunicación masiva, obliga a que las instituciones presten atención sobre las implicaciones que pudiera tener esta demanda en la salud pública.

    De acuerdo con especialistas de la Secretaría de Salud, existe la posibilidad de que por medio de los instrumentos que se emplean para efectuar los tatuajes o las perforaciones, se transmitan algunos virus y bacterias en caso de que no se sigan algunos procedimientos básicos de higiene.

    En todo el país existen tatuadores y perforadores, cifra sin precisar en virtud de que no existe un registro sobre los establecimientos que se dedican a esta actividad. No obstante, por lo que sí cada una de ellas efectúa un trabajo diario, a la semana se llevan a cabo 7 mil tatuajes y perforaciones y 28 mil al mes, esto considerando que fuesen mil los tatuadotes)

    Las enfermedades transmisibles a través de las agujas para tatuar o perforar, van desde una simple infección bacterial hasta el virus de la hepatitis C, misma que, al igual que el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, es incurable. Salvo que, en el caso de la hepatitis, si se descubre a tiempo, se realice un trasplante de órganos.

    La minuta retoma la propuesta inicial al Contemplar la creación de un registro único de tatuadores y perforadores, a disposición de la Secretaría de Salud, así como las normas mínimas de higiene y seguridad para proteger a clientes y trabajadores. Señala también las sanciones a las que se harían acreedores quienes violen las disposiciones de la ley y la entrada en vigor de la misma.

    III. CONSIDERACIONESA. Una vez realizada la investigación relativa al tema que nos ocupa, los Diputados integrantes de esta Comisión Dictaminadora consideramos los mismos argumentos que motivaron la aprobación del dictamen aceptado por la H. Cámara de Diputados el pasado 16 de marzo de 2004.

    B. La figura del tatuaje y la perforación de piel, ha existido desde los tiempos más antiguos y eran usados como un signo distintivo entre las tribus, como los rangos de autoridad. Sin embargo hoy son muchas las etnias que siguen reconociéndose de acuerdo a las pinturas en la piel, los collares u otros adornos como una característica para los guerreros, cazadores, la esposa del jefe de la tribu, entre otros.

    C. En nuestra época los tatuajes y las perforaciones han dado un giro con relación a su uso, ya que un gran número de personas se aplican tatuajes en el cuerpo por diversas causas; como una elección estética, por diversión, por moda, como maquillaje permanente o bien como complemento de la cirugía reconstructiva al simular el pigmento natural y su duración depende si el tatuaje es realizado temporalmente o definitivos variando la forma de elaboración.

    D. El tatuaje consiste en un dibujo elaborado por diferentes tintas que son introducidas en la piel, habitualmente las tintas empleadas son partículas de carbón o formadas a base de compuestos metálicos más complejos.

    E. Algunos artículos señalan; que existen tres tipos de tatuajes, los traumáticos, los profesionales y los amateur. Los primeros se producen tras la introducción de partículas de carbón alquitrán o de asfalto en la piel, normalmente tras una caída o el estallido de la pólvora. Los segundos y los terceros son dibujos intencionados en la piel.

    F. Dentro de los tatuajes ha surgido la denominada micro-pigmentación, como una técnica estética que se está implantando actualmente, por lo general en los salones de belleza, estéticas, peluquerías, entre otros, ya sea para crear maquillajes de larga duración o para crear tatuajes temporales; se utiliza una especie de lápiz eléctrico, cuyo funcionamiento no difiere mucho de una máquina de tatuar convencional con la diferencia en que ``micro'' consiste en una capa de piel menos profunda, que puede regenerarse y, por lo tanto, acaba borrando el tatuaje. Los diseños pueden durar desde unos meses a un máximo de tres años.

    G. Otro suceso o tendencia importante en la actualidad es la perforación o también conocida mundialmente como piercing, en donde cualquier parte del cuerpo ya sea la nariz, oreja, ceja, boca, brazos, ombligo, etc., puede perforarse y ser atravesada con una argolla o metal de distintos tamaños y materiales según la preferencia de las personas.

    H. Existen diversas opiniones con relación a las personas portadoras de un tatuaje o de alguna perforación las cuales varían de acuerdo al entorno social que se trate, relacionándolos muchas veces como personas conflictivas, personas adictas a alguna droga, rebeldes, o bien otros lo consideran un arte.

    I. Sin embargo, independientemente del calificativo social que se le de al hecho de realizarse un tatuaje o una perforación, es necesario separarlo del tema que nos concierne en este dictamen y es el correspondiente a la Salud, en virtud de que el decorarse el cuerpo con perforaciones o tatuajes, puede traer grandes complicaciones médicas, dentro las que podemos mencionar:

    J. Las infecciones suelen ser las más comunes, en virtud de que los equipos y agujas de tatuaje no esterilizados pueden transmitir enfermedades infecciosas, como la hepatitis y en el caso de las perforaciones cuando no se emplean técnicas estériles, se pueden introducir bacterias y virus en la corriente sanguínea, incluyendo el virus de la hepatitis B, que puede causar hepatitis crónica y cáncer hepático, el HIV, el virus que causa el SIDA, en el caso de las infecciones bacterianas generalmente son posterior a la lesión del tejido subcutáneo, seguidas por hemorragia y lesiones o desgarramientos en el sitio de la perforación.

    K. La eliminación de un tatuaje es un proceso doloroso que suele conllevar tratamientos intensos y un considerable gasto. Puede ser imposible la eliminación completa del tatuaje sin producir cicatriz a pesar de los avances en tecnología láser.

    L. Cuando ocurren reacciones alérgicas por tatuajes, son particularmente problemáticas, en virtud de que los pigmentos son difíciles de eliminar, sin importar la antigüedad del tatuaje. En el caso de las perforaciones las más comunes son provocadas por la colocación de aros fabricados con metales que provocan dermatitis de contacto, hasta infecciones graves en algunas personas.

    M. La perforación de la lengua puede dar origen a una pérdida permanente de sensación, dificultad para hablar, pérdida de la capacidad de captar el sabor y problemas de respiración, si la inflamación es severa.

    N. Los queloides son cicatrices que crecen más que sus límites normales, tiene riesgo de formar queloides a partir de un tatuaje, se pueden formar en cualquier Momento en que lesione o traumatice su piel, y de acuerdo a dermatólogos el tatuaje o la micro pigmentación constituyen una forma de traumatismo.

    O. Los métodos de eliminación del tatuaje incluyen tratamientos láser, frote, solución salina para eliminar el pigmento, solución ácida y cirugía. Algunos intentan encubrir un tatuaje comprometedor con otro nuevo. Cada técnica tiene sus desventajas.

    P. Sabemos que la transmisión de diversas enfermedades infecciosas por vía sanguínea es altamente riesgosa y en especial si las prácticas de tatuaje, micro pigmentación y perforación no son realizadas por personas que cuente con la información, los instrumentos y condiciones higiénicas adecuadas. Por lo tanto, coincidimos con la necesidad de que nuestro país se determinen normas sanitarias relacionadas con la elaboración de tatuajes permanentes y perforaciones, las cuales deberán cumplir tanto los encargados a realizar dichas actividades, los establecimientos donde se realizan las prácticas, y las personas que se someten a hacérselo, a fin de evitar los riesgos para la salud que éste tema implica y evitar consecuencias que actualmente se manifiestan de forma creciente.

    Q. Igualmente se debe considerar la presencia de enfermedades cutáneas crónicas, cuando las incisiones o pigmentaciones se realizan bajo condiciones insalubres, lo que puede dar origen a enfermedades bacterianas, incluyendo abscesos o infecciones secundarias invasivas que pueden comprometer las funciones vitales, principalmente en un enfermo debilitado, dichas patologías pueden iniciar con una dermatitis localizada o una reacción de hipersensibilidad, es decir una dermatitis alérgica, misma que puede conjuntarse con un proceso bacteriano en un principio en la zona de contacto, para posteriormente diseminarse a otras áreas o zonas del organismo a través del torrente sanguíneo, esto sin incluir la falta de esterilización del equipo con el que se realiza la perforación, mismo que puede estar contaminado como se menciono anteriormente con el virus causal de la hepatitis ``C'' o del VIH que origina el SIDA.

    R. Igualmente se debe considerar que la Ley General de Salud, establece expresamente aquellos establecimientos que requieren de licencia sanitaria y faculta a la Secretaría de Salud para determinar aquellos que sólo deberán dar aviso de funcionamiento, de esta manera, el ejecutivo federal publicó el acuerdo 141 emitido en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 1997 donde se estipula que establecimientos requieren dar aviso de funcionamiento, y adicionalmente el título décimo de la Ley General de Salud, establece los productos, medios y atribuciones de los órganos de gobierno para ejercer el control sanitario de productos y servicios, que conjuntamente con las reformas del 7 de mayo de 1997, se determinó el régimen jurídico para los establecimientos, en el que se consideran tres esquemas: La licencia sanitaria para los de mayor riesgo, el aviso de funcionamiento para los de menor riesgo y la liberación total de los giros que no constituyen riesgo para la salud.

    S. Igualmente los Diputados de esta LIX Legislatura coincidimos con la propuesta de modificación que emite la H. Cámara de Senadores.

    T. A efecto de tener más claridad de las modificaciones hechas por la H. Cámara de Senadores, a continuación se presenta un cuadro comparativo de las mismas.

    Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LOS ARTICULOS 268 BIS, 268 BIS-1, AL CAPITULO VIII DEL TITULO DECIMO SEGUNDO Y SE REFORMA EL ARTICULO 419 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

    Artículo Único. Se adicionan los Artículos 268 Bis, 268 Bis-1, al Capítulo VIII del Título Décimo Segundo y se reforma al Artículo 419 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

    Artículo 268 Bis.- Los tatuadores, perforadores o micro pigmentadores, deberán contar con autorización sanitaria de acuerdo con los términos del Capítulo I del Título Décimo Sexto de esta Ley y las demás disposiciones aplicables.

    Se entenderá por:

    Tatuador: Persona que graba dibujos, figuras o marcas en la piel humana, introduciendo colorantes bajo la epidermis con agujas, punzones u otro instrumento por las punzadas previamente dispuestas.

    Perforador: Persona que introduce algún objeto decorativo de material de implantación hipoalergénico en la piel o mucosa con un instrumento punzo cortante.

    Micropigmentador: Persona que deposita pigmentos en áreas específicas de la piel humana, bajo la epidermis, en la capa capilar de la dermis con agujas accionadas mediante un instrumento manual o electromecánico.

    Artículo 268 Bis-1.- Queda prohibido realizar tatuajes, micro pigmentaciones y perforaciones a personas menores de 18 años de edad, así como aquellas que no se encuentren en pleno goce de sus facultades mentales. En el caso de las acciones antes mencionadas, solo podrá exceptuarse lo anterior cuando los menores de 18 años estén acompañados de uno de sus padres o tutor previa acreditación de tal carácter, o cuenten con la autorización por escrito.

    La violación de ésta disposición se sancionará en los términos previstos en el artículo 419 de esta Ley, y conllevará a la revocación definitiva de la autorización respectiva.

    Artículo 419. Se sancionará con multa hasta mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, la violación de las disposiciones contenidas en los artículos 55, 56, 83, 103, 107, 137, 138, 139, 161, 200 Bis, 202, 259, 260, 263, 268 Bis-1, 282 Bis-1, 342, 346, 348, segundo párrafo, 350 Bis-6, 391 y 392 de esta Ley.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO. El Ejecutivo Federal contará con sesenta días a partir de la entrada en vigor de este Decreto para emitir el Reglamento en Materia de Tatuajes, Micropigmentaciones y Perforaciones.

    Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Figueroa Romero (rúbrica), José Luis Naranjo Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.»

    «Opinión de la Comisión de Juventud y Deporte respecto al dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis y 268 Bis 1 al Capítulo VIII del Título Duodécimo, y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud

    En sesión celebrada por esta H. Cámara de Diputados el pasado 6 de octubre de 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva acordó turnar a la Comisión de Salud con opinión de la Comisión de Juventud y Deporte, la Minuta Proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 268 Bis, 268 Bis-1, al capítulo VIII del Título Décimo Segundo y se reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, devuelta de conformidad con lo que establece el inciso e), del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 39 numeral 1 y en el artículo 45 numeral 6 inciso e) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Juventud y Deporte remite a consideración de la Comisión de Salud la siguiente:

    OPINION

    Como resultado del estudio y análisis de la Minuta Proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 268 Bis, 268 Bis-1, al capítulo VIII del Título Décimo Segundo y se reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, se desprenden las siguientes consideraciones y conclusiones que constituyen la opinión de la Comisión.

    CONSIDERACIONES

    1. Es de relevancia la iniciativa en el sentido de generar una regulación que ofrezca garantías para la realización de tatuajes y de perforaciones corporales, ya que si no se toman las medidas adecuadas, estas prácticas de ``arte corporal'' pueden derivar en focos de infección que pueden poner en riesgo de contraer infecciones y/o enfermedades contagiosas, en muchos casos mortales, al grueso de la población.

    2. La propuesta se fundamenta en un vacío jurídico que no permite a la autoridad federal regular de manera más estricta la prestación del servicio de elaboración de tatuajes permanentes y perforaciones. Es decir, de acuerdo a la Ley General de Salud, las atribuciones que le competen a la autoridad federal son insuficientes para ésta, mediante trámites de autorización, normalización e inspección de los establecimientos que prestan dichos servicios, garantice la prestación libre de riesgos sanitarios para los usuarios.

    3. El Sistema Nacional de Salud esta constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud y como parte de sus objetivos se encuentra la de proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en acciones preventivas.

    4. El 29 de julio de 1997, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 141 donde se especifica que establecimientos de salud requieren dar aviso de funcionamiento. Es así como dentro de la subcategoría de otros servicios privados auxiliares al tratamiento médico.

    5. La Comisión de Juventud y Deporte, coincide con la iniciativa de Ley en relación a que es indispensable la regulación y prestación de los servicios de tatuajes, micro-pigmentacion y perforaciones, no solo por los problemas de salud individual que conlleva esta practica, sino también por los riesgos multiplicadores de contagio de enfermedades del VIH/SIDA y la hepatitis ``C''.

    6. La Minuta tiene el objeto de sujetar a control sanitario la actividad de las personas que se dedican a realizar tatuajes, perforaciones y micropigmentaciones, ello en virtud de que estas actividades representan un riesgo para la salud de las personas, sobre todo cuando no se realiza con los instrumentos y condiciones higiénicas adecuadas.

    7. Las modificaciones planteadas por el Senado de la República permitirán mayor claridad al texto de la Ley.

    8. Las propuestas realizadas por las comisiones dictaminadoras en la colegisladora benefician la aplicación de la Ley, motivo de la presente Minuta, para el mejor desarrollo y control de los establecimientos que prestan dichos servicios, a fin de ofrecer mayores garantías y menores riesgos sanitarios para los usuarios.

    Como resultado de lo anterior, esta Comisión de Juventud y Deporte emite las siguientes:

    CONCLUSIONES

    La Comisión de Juventud y Deporte considera que las modificaciones planteadas por las comisiones dictaminadoras en la colegisladora no contrarían el objetivo de la misma y si enriquecen su contenido, por lo que coincidimos con la necesidad de integrar al texto de la Minuta Proyecto de Decreto en discusión, la propuesta realizada por el Senado de la República.

    Palacio Legislativo San Lázaro, a 6 de diciembre de 2005.

    Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Isaías Soriano López (rúbrica), María Isabel Maya Pineda (rúbrica), Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro (rúbrica), Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Ángel Paulino Canul Pacab (rúbrica), Irma Guadalupe Moreno Ovalles (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), José Francisco Landero Gutiérrez (rúbrica), Rubén Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Verónica Pérez Herrera, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Reynaldo Francisco Valdés Manzo (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Emiliano Vladimir Ramos Hernández (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña.»

    Es de primera lectura.


    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social

    HONORABLE ASAMBLEA

    La Comisión de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 87, 88 y demás del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente:

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    A la Comisión de Desarrollo Social le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la Iniciativa que adiciona los artículos 14 y 28 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada por el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 11 de enero de 2006, a la cual formulamos las siguientes

    CONSIDERACIONES

    PRIMERA.- La iniciativa propone en concreto dos adiciones. La primera es incluir en el artículo 14, en una enumeración de los ejes de la Política de Desarrollo Social, la vivienda, como vertiente en la cual se debe operar para lograr una política integral.

    SEGUNDA.- La segunda propuesta de la iniciativa consiste en hacer una adición al artículo 28, ubicado en el capítulo III, ``Del Financiamiento y el Gasto'', que establece normas para la publicidad e información relativa a los programas de desarrollo social.

    Dicha adición incluye un segundo párrafo al artículo que disponga

  • ``El incumplimiento a la presente disposición será motivo fundado para la denuncia popular que se preceptúa en el artículo 67 de la presente ley.''

    TERCERA.- En lo referente al primer punto, cabe anotar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, párrafo quinto, dice

  • ``Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.''

    CUARTA.- Este derecho de los habitantes de la República fue recogido en la Ley Federal de Vivienda, que es reglamentaria del artículo 4 constitucional.

    El artículo 6 de la mencionada Ley (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984), se refiere a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, aunque actualmente estas atribuciones están conferidas a la Secretaría de Desarrollo Social.

    Nos permitimos transcribir sólo dos de sus XIII fracciones, a título de ejemplo, de las principales tareas asignadas a la Secretaría, todas las cuales establecen funciones en la materia.

  • ``Artículo 6º.- Corresponde a la Secretaría de Desa- rrollo Urbano y Ecología:

    I.- Formular, conducir y evaluar la política general de vivienda, de conformidad con las disposiciones de esta Ley y con las que dicte al respecto el Ejecutivo Federal, así como coordinar los programas y acciones que tiendan a satisfacer necesidades habitacionales que realicen las entidades de la Administración Pública Federal y las funciones y programas afines que en su caso se determinen;

    II.- Promover, coordinar o realizar los programas habitacionales que determine el Ejecutivo Federal; en los que se estimula la construcción de viviendas de interés social destinadas al arrendamiento;''

    QUINTA.- La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atribuye a la Secretaría de Desarrollo Social

  • ``I.- Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; en particular, la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda;''

    ...

    SEXTA.- A su vez, la Ley General de Desarrollo Social, si bien no la incluye en el artículo 14 donde se definen las vertientes en torno a las cuales se operará la Política Nacional de Desarrollo Social, sí la cita en el Título Segundo, Capítulo Único``De los derechos y las obligaciones de los sujetos del Desarrollo Social''

    SÉPTIMA.- El artículo 6 de esta Ley establece:

    ``Artículo 6. Son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos''.

    OCTAVA.- De lo expuesto surge la evidencia de que la vivienda es uno de los puntales de la Política de Desarrollo Social, que sin embargo no está incluida en el artículo 14, donde se determinan los principios rectores de su operación. Por lo cual, y con el sustento legal ya mencionado, los diputados integrantes de esta Comisión dictaminadora, aprobamos la adición al artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, de la vivienda como una de las vertientes de la Política Nacional de Desarrollo Social.

    NOVENA.- La otra adición propuesta en la iniciativa, es agregar otra cláusula al artículo 28, que como ya se anotó, está en el Capítulo III ``Del Financiamiento y el Gasto''. Su contenido se refiere a la publicidad de los programas de desarrollo social.

    El artículo en su texto actual es el siguiente:

  • ``Artículo 28. La publicidad y la información relativa a los programas de desarrollo social deberán identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la ley correspondiente e incluir la siguiente leyenda ``Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.''

  • La propuesta de adición que se recoge en la iniciativa es la siguiente:

    ``El incumplimiento a la presente disposición será motivo fundado para la denuncia popular que se preceptúa en el artículo 67 de la presente ley.''

    DECIMA.- En el articulado relativo a la denuncia popular, (Capítulo VII, artículos 67 y 68), ``De la denuncia popular'', se dispone que toda persona u organización estará en posibilidad de presentar la denuncia ante la autoridad competente por cualquier hecho, acto u omisión que viole las disposiciones de esta Ley y otros ordenamientos referentes al desarrollo social o que dañe o impida el ejercicio de los derechos que la misma consagra.

    UNDECIMA.- Es decir, la iniciativa reitera lo que se establece en el capítulo respectivo de la denuncia popular y sus requisitos, por lo cual no se considera pertinente su inclusión en el texto legal.

    Por lo expuesto, la Comisión de Desarrollo Social, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

    PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 14, DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma la fracción I del artículo 14, de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

    Artículo 14.- ...

    I. Superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación;

    II. a V. ...

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los ocho días del mes de febrero de dos mil seis.

    Diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico (rúbrica), secretario; Sonia Rincón Chanona, secretaria; Armando Rangel Hernández (rúbrica), secretario; Julio Boltvinik Kalinka (rúbrica), secretario; Ubaldo Aguilar Flores, Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Rafael Flores Mendoza (rúbrica), Víctor Flores Morales, Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Felipe Medina Santos, Ma. del Carmen Mendoza Flores, Eugenio Mier y Concha Campos, Gerardo Montenegro Ibarra (rúbrica), Gelacio Montiel Fuentes (rúbrica), Mario Moreno Arcos, Juan Carlos Núñez Armas, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Renato Sandoval Franco, María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez, Quintín Vázquez García (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones en materia indígena a la Ley General de Desarrollo Social

    HONORABLE ASAMBLEA

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social sometemos a consideración de esta honorable Asamblea el presente

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    A la Comisión de Desarrollo Social le fue turnada el día 13 de septiembre de 2005, por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen, con opinión de la Comisión de Asuntos Indígenas, el expediente que contiene la Iniciativa que adiciona a la Ley General de Desarrollo Social diversas disposiciones en materia indígena, presentada por la diputada Evangelina Pérez Zaragoza a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    Con fecha 26 de octubre de 2005, se remitió a la Comisión de Asuntos Indígenas, el proyecto de dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, para su opinión.

    CONSIDERANDOS

    PRIMERO.- La iniciativa propone disposiciones reglamentarias al artículo 2º constitucional, el cual recoge el reconocimiento a nuestra diversidad cultural, con respeto a las diferencias de las comunidades indígenas, a sus usos y costumbres y a la libre determinación en un marco de autonomía. Esta naturaleza pluricultural y pluriétnica, sin embargo, no ha tenido un reconocimiento social pleno, pese que ya en el anterior texto constitucional se plasmaron garantías tales como el acceso a la jurisdicción del Estado y la necesidad de traductores en los procesos legales en los que participaran indígenas.

    SEGUNDO.- El artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el apartado B, también establece las instituciones y medidas políticas necesarias para garantizar el estricto respeto a los derechos indígenas y al desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, que deberán ser implementados previa consulta con los mismos. Las fracciones I y VII del apartado en comento, se refieren al impulso al desarrollo regional de las zonas indígenas, el apoyo a sus actividades productivas y al desarrollo sustentable, para lograr la suficiencia económica. Los municipios deberán asignar de manera equitativa las asignaciones presupuestales que las comunidades administrarán directamente para sus fines específicos.

    TERCERO.- Sin embargo, todos conocemos los rostros de la discriminación como cultura social. Se necesita un marco regulatorio para que no se lesionen los derechos indígenas, pero especialmente para erradicar la discriminación como práctica, como conducta normal, no consciente a veces de su propia inequidad. El acceso de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas al goce de los derechos generales de la ciudadanía y a los derechos sociales elementales, debe estar preservado celosamente en nuestro sistema normativo y en las acciones institucionales.

    CUARTO.- Ley General de Desarrollo Social, dispone

  • ``Artículo 11.- La Política Nacional de Desarrollo Social tiene los siguientes objetivos:

    I.- Propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social''.

    QUINTO.- Las propuestas de adiciones al artículo 34 de la Ley General de Desarrollo Social, están insertas dentro del marco conceptual que establece dicha Ley, en la cual están enunciados los principios a los cuales se sujetarán las políticas públicas de desarrollo social. Entre ellos, la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades, como reconocimiento a las formas internas de convivencia y organización, en el marco constitucional.

    En el texto de dicho artículo se establece que

  • ``Artículo 34. Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Gobierno Federal estimularán la organización de personas, familias y grupos sociales, destinando recursos públicos para promover proyectos productivos;...''

    El concepto de grupo social recogido en la Ley General de Desarrollo Social es más amplio y comprende los distintos agrupamientos humanos con características más o menos homogéneas. La comunidad indígena, reconocida y regulada por los artículos 2º y 27 constitucionales, es un concepto preciso y delimitado por las características singulares de su naturaleza sociológica y agraria: ``Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.''

    SEXTO.- En dicho artículo, (ubicado en el capítulo relativo al fomento del sector social de la economía), se establecen obligaciones a los tres niveles de gobierno, a efecto de estimular la organización de personas, familias y grupos sociales. Dispone que se debe destinar recursos públicos para la promoción de proyectos productivos, oportunidades de inversión y capacitación, asistencia técnica y asesoría para la organización y proyectos, dándoles apoyo legal.

    SÉPTIMO.- La presente reforma y adición al artículo 34 de la Ley General de Desarrollo Social, incorpora al texto legal la intención del constituyente que redactó el artículo 2º. Cabe aclarar que los párrafos de la iniciativa que proponen un trato prioritario o cláusulas de excepción, no son pertinentes para su inclusión.

    OCTAVO.- Lo anterior, en razón de que los programas sociales ya se aplican con prioridad a las comunidades que así lo requieran, por sus condiciones, que las ubican dentro de las zonas de atención prioritaria definidas en la Ley. El artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social dispone que

  • ``Se consideran zonas de atención prioritaria las áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza, marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos en esta Ley...''

    NOVENO.- Asimismo, no es de incluirse la última cláusula de la iniciativa en la que se establece que ``las autoridades municipales determinarán equitativamente los recursos presupuestales que las comunidades administrarán directamente para fines específicos.'' Es una disposición de redacción similar a la del artículo 2º, fracción I constitucional, excepto porque en ésta, la disposición dice ``asignaciones presupuestales''. El significado de la palabra recursos, según la Real Academia de la Lengua, es ``conjunto de elementos disponibles para resolver una necesidad o llevar a cabo una empresa. Recursos hidráulicos, forestales, económicos, humanos.'' Tiene una connotación más amplia que asignación presupuestal, que se refiere a gasto público únicamente, por lo cual modifica sustancialmente, ampliándola, la disposición constitucional.

    DÉCIMO.- Las adiciones respecto a la difusión de las reglas y manuales de operación de los programas sociales destinados a la población indígena, en español y en las lenguas habladas por los pueblos indígenas habitantes del territorio nacional, se incorporan al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social, que se refiere a las reglas de operación, no al artículo 34 como propone la iniciativa, para mantener la unidad temática del texto legal.

    DÉCIMO PRIMERO.- La iniciativa que se dictamina encamina sus propuestas a nivelar la balanza del equilibrio social hacia la necesaria equidad. Sus disposiciones aplicadas al terreno de lo social y encaminadas al reforzamiento económico y productivo, permitirán a las comunidades indígenas la participación efectiva y plena, de manera intercultural y respetuosa de sus lenguas, en la planeación de proyectos productivos, con inversiones públicas y privadas para la creación de empleos, y con acceso al crédito para el abasto y comercialización.

    Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión de Desarrollo Social somete a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA INDÍGENA A LA LEY GENERAL DE DESA-RROLLO SOCIAL.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 26 y un segundo y tercer párrafos al artículo 34 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

    Artículo 26.- El Gobierno Federal deberá elaborar y publicar en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de los programas de desarrollo social incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes a las entidades federativas. Por su parte, los gobiernos de las entidades federativas publicarán en sus respectivos periódicos oficiales, la distribución a los municipios de los recursos federales.

    Las reglas y manuales de operación de los programas sociales destinados a la población indígena, deberán difundirse en idioma español y en las lenguas habladas por los pueblos indígenas de los Estados Unidos Mexicanos, reconocidas por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

    Artículo 34.- Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Gobierno Federal estimularán la organización de personas, familias y grupos sociales, destinando recursos públicos para promover proyectos productivos; identificar oportunidades de inversión, y brindar capacitación, asistencia técnica y asesoría para la organización y el diseño de proyectos y apoyo legal para la realización de estas actividades.

    Los gobiernos federal, estatales y municipales con la participación de los pueblos y comunidades indígenas, apoyarán las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas, mediante acciones coordinadas que permitan fortalecer la economía local, mejorar las condiciones de vida de los pueblos y lograr la suficiencia de los ingresos económicos de los indígenas, procurando establecer de manera conjunta con ellos nuevos modelos interculturales de desarrollo regional.

    En dichas acciones deberá considerarse la aplicación de estímulos para las inversiones privadas e incremento para las inversiones públicas que propicien la creación de empleos; la organización, la capacitación, asistencia técnica y el uso de tecnologías para incrementar su capacidad productiva; asimismo se asegurará el acceso equitativo al crédito, a los sistemas de abasto y comercialización.

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil cinco.

    Diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico (rúbrica), secretario; Sonia Rincón Chanona, secretaria; Armando Rangel Hernández (rúbrica), secretario; Julio Boltvinik Kalinka, secretario; Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Rafael Flores Mendoza, Víctor Flores Morales, Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), Felipe Medina Santos, Ma. del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Eugenio Mier y Concha Campos (rúbrica), Gerardo Montenegro Ibarra (rúbrica), Gelacio Montiel Fuentes, Mario Moreno Arcos, Juan Carlos Núñez Armas, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Renato Sandoval Franco (rúbrica), María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez, Quintín Vázquez García (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    CONSUL HONORARIA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    En oficio de fecha 1 de febrero de 2006, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana María Elí López Reyes pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honoraria de la República de Finlandia en la ciudad de Cancún, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 7 de febrero del año en curso se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que la propia interesada prestará al Gobierno de la República de Finlandia serán de carácter estrictamente consular, y

    c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del apartado C) del artículo 37 constitucional.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo único.- Se concede permiso a la ciudadana María Elí López Reyes, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honoraria de la República de Finlandia en la ciudad de Cancún, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 8 de febrero de 2006.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández, Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús González Schmal, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Ana Luz Juárez Alejo, Alonso Adrián Juárez Jiménez, Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García, Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: A continuación someteremos al Pleno la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 3o. y la fracción IX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma las fracciones IV del artículo 3o. y IX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Juventud y Deporte fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

    Analizada dicha Minuta y la documentación adjunta a la misma, esta Comisión con fundamento en los artículos 71, 72 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 56, 60, 87, 88, y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta para su consideración y en su caso aprobación de esta H. Asamblea, el presente dictamen bajo los siguientes antecedentes y consideraciones.

    ANTECEDENTES

    1. En sesión celebrada, el 6 de diciembre 2005, la Mesa Directiva de ésta H. Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Juventud y Deporte, para su estudio y dictamen la minuta por la cual se reforma la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

    2. En sesión celebrada, el día 28 de octubre de 2004, la Mesa Directiva de ésta H. Cámara de Diputados turnó la Iniciativa que reforma la fracción IX del artículo 4°, presentada por la Diputada Marisol Urrea Camarena, a esta Comisión para su estudio y dictamen.

    3. En sesión celebrada, el día 14 de marzo de 2005, la Mesa Directiva de ésta H. Cámara de Diputados turnó la Iniciativa que reforma la fracción IV del artículo 3°, presentada por el Diputado Manuel Velasco Coello, a esta Comisión para su estudio y dictamen.

    4. En sesión celebrada, el 12 de septiembre de 2005, el pleno de ésta Cámara de Diputados aprobó los Dictámenes de cada una de dichas iniciativas, turnándose a la colegisladora para sus efectos constitucionales

    5. En sesión celebrada, el 1 de diciembre de 2005, el pleno de la Colegisladora aprobó el Proyecto de Decreto por el cual se reforma y adiciona la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en un solo Dictamen, unificando las dos minutas turnadas por ésta Cámara de Diputados, mismo que fue devuelto para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    CONSIDERACIONES

    I. Como se expone en la Minuta turnada, en ambas reformas se reconoce en primera instancia, la necesidad de apoyar las exigencias del sector juvenil, así como la necesidad de ofrecerles más oportunidades de desarrollo y preparación; asimismo, se recuerda también, que son las y los jóvenes un sector estratégico para el desarrollo de la sociedad, y que debido a la importancia de sus demandas de espacio en las diferentes áreas como educación, salud, empleo y deporte entre otras; se han diseñado programas para llevar a cabo políticas de públicas en su favor.

    II. Se resalta en ambas propuestas, que no obstante los avances que en materia de juventud se han dado, todavía existen una serie de demandas estructurales, que se requieren satisfacer para lograr un mejoramiento en las condiciones de vida de las y los jóvenes mexicanos; mostrando para ello, análisis estadísticos de la situación juvenil.

    III. Se reconoce que para avanzar en la construcción de las políticas públicas de juventud en México dichas políticas deberán considerar a los jóvenes como beneficiarios de su acción, pero, también, como actores protagónicos de los procesos de transformación política, económica, social y cultural de nuestro país.

    IV. Que con las presentes reformas la población joven en nuestro país se beneficiará a través del diseño de estrategias para la ejecución de políticas de Estado y en reconocimiento a sus demandas de educación, empleo, salud, cultura, deporte, entro otras, ya que el Instituto Mexicano de la Juventud tendrá como propósito promover, generar y articular políticas públicas integrales que surjan del reconocimiento de los jóvenes y que respondan a sus necesidades, propiciando el mejoramiento de su calidad de vida y su participación plena en el desarrollo nacional.

    V. Que se coincide en que es necesario que nuestro marco jurídico coordine los trabajos dirigidos al sector juvenil y sabemos que esa es también, la principal tarea que realiza del Instituto y que ayudará a un mejor diseño de estrategias que respondan a las necesidades de las y los jóvenes en todos sus aspectos, para propiciar su mejoramiento y participación en el desarrollo del país.

    VI. Que las Comisiones Unidas que dictaminaron dichas reformas en el Senado de la República, tomaron el acuerdo de formular del presente dictamen, analizando en un mismo texto las Minutas que reforman la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en virtud de ser un tema de gran similitud que consiste de manera general, en impulsar el desarrollo integral de las y los jóvenes mexicanos.

    De todo lo anterior se deriva que las propuestas contenidas en la Minuta con Proyecto de Decreto se encuentran acordes a las disposiciones constitucionales y con otros ordenamientos legales.

    Con base en lo anteriormente señalado, formulamos las siguientes:

    CONCLUSIONES

    La comisión de Juventud y Deporte, manifiesta que el hecho de unificar las dos minutas turnadas al Senado de la República, no contrarían el objetivo de la misma por lo que coincidimos con la necesidad de integrar en un solo texto el Proyecto de Decreto en discusión por lo que avalamos la propuesta realizada por nuestra Colegisladora.

    Por las consideraciones y lo anteriormente expuesto esta Comisión que Dictamina, estima procedente reformar la fracción IV del artículo 3 y la fracción IX del artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; por lo que se somete a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente proyecto de:

    Decreto por el que se reforman la fracción IV del artículo 3° y la fracción IX del artículo 4° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

    Artículo Único.- Se reforma la fracción IV del artículo 3° y la fracción IX del artículo 4° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

    Artículo 3°. El Instituto tendrá por objeto:

    I a III. ...

    IV. Promover coordinadamente con las dependencias y entidades de la administración pública federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos.

    V. ...

    Artículo 4°. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

    I. a VIII. ...

    IX.- Elaborar, en coordinación con las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual y salud reproductiva, medio ambiente, servicios culturales juveniles, género y equidad, apoyo a jóvenes en situación de exclusión, derechos humanos, incorporación laboral, autoempleo, vivienda, organización juvenil, liderazgo social y participación y en general todas aquellas actividades que de acuerdo a su competencia y a su capacidad presupuestal, estén orientados al desarrollo integral de la juventud, y

    X. ...

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro a 13 de diciembre de 2005.

    Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Isaías Soriano López (rúbrica), María Isabel Maya Pineda (rúbrica), Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro (rúbrica), Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Ángel Paulino Canul Pacab (rúbrica), Irma Guadalupe Moreno Ovalles (rúbrica), J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), José Francisco Landero Gutiérrez (rúbrica), Rubén Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Verónica Pérez Herrera, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Jazmín Zepeda Burgos (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Reynaldo Francisco Valdés Manzo (rúbrica), Lizbeth Rosas Montero (rúbrica), Emiliano Ramos Hernández (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña.»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, señora secretaria. Esta Presidencia no tiene registrados oradores, por lo que considera el asunto suficientemente discutido. Sin embargo, y para los efectos del artículo 134, se pregunta a la Asamblea si va a reservar algún artículo para discutirlo y votarlo en lo particular. No habiendo ninguna reserva de los dos artículos y el transitorio correspondientes en el dictamen, se ruega a la Secretaría que instruya la apertura del sistema electrónico de votación por 10 minutos a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo evento.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto. (...)

    Diputado Presidente: se emitieron 363 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, por 363 votos; pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.


    LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, pregunte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión les fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por el Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los párrafos 1, 2 fracción VII y 3 del artículo 39; párrafo 6 incisos e), f) y g) y párrafo 7 del artículo 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 65, 66, 87, 88, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; presentamos a consideración de esta Soberanía el presente Dictamen bajo los siguientes:

    ANTECEDENTES:1. En Sesión Ordinaria de fecha 12 de septiembre de 2005 fue presentada al Pleno de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por el Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    2. En la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

    3. Con fecha 6 de diciembre de 2005, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, comunicó a las Comisiones Unidas sus opiniones respecto a la iniciativa en estudio, mismas que se incorporaron en su mayoría en el presente dictamen.

    4. En las Reuniones Plenarias de la Comisión de Defensa Nacional efectuada el 7 de diciembre de 2005, y en la de Comisión de Seguridad Social efectuada el 13 de diciembre del mismo año, se sometió a análisis el presente Dictamen bajo la siguiente:

    VALORACIÓN DE LA INICIATIVA:

    En el desarrollo de la exposición de motivos de la iniciativa, presenta tres aspectos fundamentales:

    1. Que en la actualidad, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, organismo público descentralizado federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, garantiza a los militares y sus derechohabientes el fomento de su salud, vivienda y seguridad social

    2. Que en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas se encuentran algunas imprecisiones en sus fundamentos legales que dificultan su aplicación, porque sus supuestos excluyen a los grupos vulnerables, y

    3. Finalmente, que es necesario actualizar algunos conceptos o nombres de instituciones de dicha Ley, puesto que en algunos casos se han cambiado las normas jurídicas complementarias a ésta.

    En virtud de lo anterior, se sometió a análisis el presente Dictamen bajo las siguientes:

    CONSIDERACIONES:I. Se proponen varias reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, por lo que se considerará el texto vigente de los artículos que se pretenden reformar y/o el texto propuesto por el Legislador, para posteriormente analizar la conveniencia o inconveniencia de aprobar las reformas propuestas:Artículo 8°``El Instituto cuenta con un órgano de vigilancia integrado por un comisario público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública, quienes asistirán con voz, pero sin voto, a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva del Instituto y tendrán las atribuciones que les confieren los artículos 60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 29 y 30 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables''.Debemos observar que en el Diario Oficial de la Federación del 10 de abril de 2003, se expide el Decreto que reforma el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el cual en su transitorio segundo establece:Artículo segundo.-``Aquellas disposiciones que hagan mención a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo se entenderán referidas a la Secretaría de la Función Pública''.Por lo anterior debemos entender que el Ejecutivo Federal, tomó en cuenta esta situación en cuanto al cambio de nombre de la Secretaría, pero consideramos que las normas jurídicas deben homologar este aspecto dando coherencia a las leyes con la realidad.

    En este orden de ideas, estas Comisiones Unidas consideran prudente realizar una modificación al texto del artículo 12 fracción XV, para dar lugar a los mismos fines aludidos, la cual quedaría como sigue:

    ``Son atribuciones de la Junta Directiva:

    I a XIV...

    XV. Ordenar se practique auditoría, cuando lo estime conveniente, para determinar la exactitud de los estados financieros y comprobar los avalúos de los bienes materia de operaciones del Instituto. Dichas auditorías se practicarán con independencia de las que, en el ámbito de sus atribuciones, corresponde realizar a la Secretaría de la Función Pública, por sí o a través del órgano interno de control en el Instituto, de conformidad con lo dispuesto por las normas aplicables, y

    XVI...

    El cambio de nombre en el artículo en estudio es necesario para dar certidumbre jurídica a la Ley, evitar distorsiones futuras de ésta, y por ende al sistema jurídico mexicano, por lo que se considera conveniente la propuesta del Legislador.

    II. En lo referente a la reforma del artículo 9, encontramos que el texto actual dice:

    ``El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene una Contraloría Interna, órgano interno de control, al frente del cual el Contralor Interno, designado en los términos del artículo 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus facultades se auxiliará de los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos.

    Los servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, en el ámbito de sus respectivas competencias, ejercen las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y en los demás ordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto en el artículo 47, fracciones III y IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

    Las ausencias del contralor interno, así como la de los titulares de las áreas de responsabilidades, auditoría y quejas, serán suplidas conforme a lo dispuesto por el artículo 54, segundo y tercer párrafos, del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo''.

    La Iniciativa propone estas modificaciones:``El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene un órgano de control interno, al frente del cual el Contralor Interno, designado en los términos del artículo 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus facultades se auxiliará de los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos''.

    Los servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, en el ámbito de sus respectivas competencias, ejercen las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y en los demás ordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto en el artículo 47, fracciones III y IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Las ausencias del contralor interno, así como la de los titulares de las áreas de responsabilidades, auditoria y quejas, serán suplidas conforme a lo dispuesto por el artículo 54, segundo y tercer párrafos, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública''.

    Ahora bien, para estar en concordancia con la fracción XII del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la fracción XIX del artículo 5 del Reglamento Interno de la Secretaría de la Función Pública, se propone que la redacción del párrafo primero del artículo en estudio sea el siguiente:``El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene un órgano interno de control, al frente del cual el titular del mismo, designado en los términos del artículo 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus facultades se auxiliará de los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos''.Con esta redacción se da lugar a la existencia de un órgano interno de control, que es el área encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas del Instituto, delimitando así las responsabilidades de los servidores públicos. Buscando con ello establecer una sólida cultura de la transparencia en la rendición de cuentas y garantizar el uso eficiente de los recursos públicos. Además de estar en concordancia con los ordenamientos necesarios.

    Por lo anterior, se considera conveniente aceptar la propuesta del legislador con las modificaciones propuestas por las Comisiones Unidas.

    Asimismo, estas Comisiones Unidas consideran necesario dar lugar a una reforma al artículo en estudio con relación a los artículos aludidos, en cuanto al Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, ya que los artículos mencionados en el texto vigente de la Ley en estudio no corresponden con dicho Reglamento Interno, por lo que para dar concordancia entre ambos ordenamientos es necesario realizar las siguientes reformas:

    En el segundo párrafo del artículo 9 hay que modificar:

    ``lo previsto en el artículo 47, fracciones III y IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública''.Para quedar como sigue:``lo previsto en los artículos 66 y 67, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública''.En el tercer párrafo del mismo artículo hay que reformar lo siguiente:``...conforme a lo dispuesto por el artículo 54, segundo y tercer párrafos, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública''.Para quedar como sigue:``...conforme a lo dispuesto por el artículo 74 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública''.III. En lo referente a la reforma del artículo 142, encontramos que el texto actual dice:``La atención médica quirúrgica es el sistema por el cual se trata de conservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no sólo la ausencia de enfermedad, sino también el bienestar físico y mental.

    La atención médico-quirúrgica a los militares con haber de retiro y a los familiares de los militares que perciban haberes y haber de retiro, se prestará por el Instituto en sus propias instalaciones o como servicio subrogado, con base en la aportación del Gobierno Federal especificada en el artículo 221 de esta Ley.

    También tendrán derecho al servicio médico integral en los términos señalados en el párrafo que antecede, los derechohabientes del militar sentenciado a cumplir una pena privativa de libertad, que no haya sido destituido de su empleo.

    Los familiares de militares que tienen derecho a esta prestación son:

    I. El cónyuge o en su defecto la concubina o concubinario siempre y cuando el militar haya hecho la designación de dicha persona en los términos del artículo 160 de esta Ley;

    II. Los hijos solteros menores de 18 años;

    III. Los hijos mayores de edad que se encuentren estudiando en planteles oficiales incorporados, con límite hasta de 25 años, excepcionalmente y a juicio del Instituto, podrá extenderse este beneficio hasta los 30 años de edad, si además de cubrir los requisitos mencionados, están realizando estudios a nivel licenciatura o superiores y demuestran su dependencia económica;

    IV. Los hijos incapacitados o imposibilitados para trabajar en forma total y permanente, y

    V. El padre y la madre.''

    La Iniciativa de reforma nos presenta lo siguiente:``La atención médica quirúrgica es el sistema por el cual se trata de conservar y preservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no sólo la ausencia de enfermedad, sino también el bienestar físico y mental.

    La atención médico-quirúrgica a los militares con haber de retiro y a los familiares de los militares que perciban haberes y haber de retiro, se prestará por el Instituto en sus propias instalaciones o como servicio subrogado, con base en la aportación del Gobierno Federal especificada en el artículo 221 de esta Ley.

    También tendrán derecho al servicio médico integral en los términos señalados en el párrafo que antecede, los derechohabientes del militar sentenciado a cumplir una pena privativa de libertad, que no haya sido destituido de su empleo.

    Los familiares de militares que tienen derecho a esta prestación son:

    I a II...

    III. Los hijos mayores de edad que se encuentren estudiando y que por tal situación sean dependientes económicos, con límite hasta de 25 años, excepcionalmente y a juicio del Instituto, podrá extenderse este beneficio hasta los 30 años de edad.

    IV. Los hijos discapacitados o incapacitados para trabajar en forma total y permanente, y

    V...''

    Consideramos, primero, que la propuesta con relación al primer párrafo del artículo en estudio es conveniente, ya que efectivamente el derecho a la protección de la salud es una garantía individual establecida en nuestra Carta Magna en el tercer párrafo del artículo 4, y debemos entender que la salud es invaluable para todo ser humano, por lo que toda institución encargada de la materialización de dicho precepto constitucional debe no sólo conservar, sino preservar la salud de sus pacientes.

    En segundo lugar, para una redacción más precisa del artículo, es necesario el cambio de posición en cuanto a qué entender por atención médica quirúrgica, con ello el artículo quedaría de la siguiente manera:

    ``La atención médica quirúrgica es el sistema por el cual se trata de conservar y preservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no sólo el bienestar físico y mental, sino también la ausencia de enfermedad.'' En cuanto a la fracción III del mismo artículo 142, consideramos que no es conveniente la propuesta de la iniciativa de reforma, ya que desvirtúa el espíritu del artículo, esto, debido a que se omite que los hijos de los beneficiarios deben estar estudiando en planteles oficiales incorporados, es decir, en instituciones de educación de carácter público y no privado, entendiendo con ello buscar beneficiar a personas de escasos recursos económicos, omite también el nivel de estudios que abarca el derecho a este beneficio (servicio médico) con lo cual se genera incertidumbre jurídica para el beneficiario, y por último, omite la necesidad de demostrar la dependencia económica, lo cual no es un requisito discriminatorio, sino que tiene por objeto proporcionar servicio a quienes más lo necesitan, es decir, el artículo del texto vigente fue redactado con un alto sentido social.

    Por el contrario, la redacción del artículo en la iniciativa tal y como se presenta, da por sentado que el hecho de estudiar implica necesariamente dependencia económica, lo cual no ocurre en la realidad.

    Finalmente, con relación a la fracción IV del mismo artículo 142 se considera procedente, ya que los conceptos discapacitado e incapacitado son distintos, por lo que la reforma propuesta amplía la atención médica para los miembros de las familias de los militares.

    Además, la modificación está en concordancia con lo establecido en el artículo 1° de nuestra Carta Magna, y con los artículos 1, 2, 3, 4, 9 fracciones VII, XX, XXI y 13 fracción X de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

    A mayor abundamiento, debemos tener presentes los conceptos aludidos para comprender la importancia y alcance de la propuesta:

  • Discapacitado(a): referido a una persona que tiene una deficiencia física o psíquica que la limita para la realización de ciertas actividades. Para su uso es preferible utilizar la expresión ``una persona con discapacidad'' en lugar de ``un discapacitado''. (Diccionarios S.M. Clave, 2005 y de la Real Academia de la Lengua Española, 2005).Estamos conscientes que el término discapacidad puede dar a entender que las personas que la sufren son individuos sin habilidad alguna, lo cual es incorrecto, ya que junto a las limitaciones específicas que conlleva una discapacidad, coexisten en los afectados por ella, potencialidades en otras capacidades.

    Si bien la discapacidad significa una falta de habilidad, ésta sólo se manifiesta en algún(os) aspecto(s) físico(s) ó mental(es) específico(s), dependiendo de su tipo y gravedad.

    No debemos omitir que toda discapacidad puede ser en forma temporal o de por vida, y si bien ello limita, de ninguna manera niega la participación de los afectados en la sociedad. Pero no son las personas con discapacidad quienes deben adecuarse a la sociedad, sino debe ser lo contrario, ya que las discapacidades, entendidas como un deterioro en el desarrollo normal del individuo (tanto física como mentalmente) afectan tanto a mujeres como a hombres, y su rango de manifestación abarca prácticamente desde el desarrollo fetal hasta la edad adulta.

    Entre las discapacidades podemos mencionar algunas como: la sordera, la visual, la dislexia, el autismo, la espina bífida, la mental (síndrome de Down, síndrome de Williams) y parálisis cerebral.

    En cuanto a Incapacidad, en relación con la Ley Federal del Trabajo, se encontró lo siguiente:

  • Incapacitado(a): Referido a una persona que tiene disminuidas sus facultades físicas o psíquicas o persona con falta de capacidad para hacer, recibir o aprender algo.Podemos reconocer tres tipos de incapacidad:
  • Incapacidad temporal que es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo (una o varias actividades) por algún tiempo.

  • Incapacidad permanente parcial que es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar (realizar una o varias actividades de manera permanente).

  • Incapacidad permanente total que es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo (actividad) por el resto de su vida.

    Así, la incapacidad se refiere al hecho de que una persona haya sufrido lesiones corporales o padezca una enfermedad que lo imposibilite para el desempeño normal de las distintas actividades que suponen una vida en condiciones normales.

    En las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional tenemos plena conciencia de que las personas que padecen temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales, ya sea por incapacidad o discapacidad, tienen derecho a una vida plena y digna, mediante la igualdad de oportunidades, siendo para ello necesaria la eliminación de todas las barreras físicas, sociales o culturales que las excluyen de su plena participación en la sociedad.

    Estamos conscientes que un gran porcentaje de la percepción ciudadana considera que la persona incapacitada y discapacitada, física ó mentalmente, sufre malos tratos o discriminación por parte del resto de la sociedad.

    Todos los seres humanos somos imperfectos física o mentalmente en mayor o menor grado, y por ello el acceso a la salud no es un derecho que pueda ser abordado sólo desde un punto de vista cuantitativo y no cualitativo, idea que se debe tener presente al dictaminar esta iniciativa.

    Por lo anterior, consideramos que es conveniente la propuesta de reformas a la fracción IV de este artículo.

    Sin embargo, consideramos que la fracción IV del articulo 142, después de los argumentos expuestos sobre discapacidad e incapacidad, debe quedar redactada de la siguiente manera para cubrir de forma adecuada estas dos condiciones humanas:

    ``IV. Los hijos discapacitados o incapacitados para trabajar en forma temporal o total y permanente, y''IV. En lo referente a la reforma del artículo 147, encontramos que el texto actual dice:``Tratándose de menores de edad o incapacitados, no podrá ordenarse la hospitalización sin el consentimiento de los padres o quienes legalmente los representen''.Las modificaciones de la iniciativa en estudio son las siguientes:``Tratándose de menores de edad, discapacitados, incapacitados y personas de la tercera edad no podrá ordenarse la hospitalización sin el consentimiento de los padres o quienes legalmente los representen''.Las Comisiones Unidas consideran que todas las edades presentan sus dificultades específicas, pero de manera principal es en la tercera edad donde esas limitaciones se acentúan, y es cuando la demanda de atención integral a personas adultas mayores se hace presente.

    México avanza lentamente en la integración social plena de las personas adultas mayores, no somos una sociedad en donde los ancianos sean aceptados como sabios y consejeros, así como personas activas social y económicamente, por lo que en ocasiones, lamentablemente la desgracia, marginación y soledad, van unidas a la realidad de poseer una edad avanzada.

    El hecho de incluir la mención específica de personas de la tercera edad en el artículo en estudio, es una muestra de honra, respeto y consideración que toda ley debe brindar a este segmento de la población, por lo que consideramos que esta reforma es apropiada ya que daría certeza jurídica, con lo cual se avanzaría en la nueva cultura de la defensa de los derechos de este segmento de la población.

    Por lo anterior, consideramos que es procedente agregar la expresión ``...y personas de la tercera edad...'' en la redacción del artículo en comento.

    Ahora bien, para realizar una reforma en concordancia con lo argumentado sobre discapacidades e incapacidades, es necesario establecer condiciones específicas a lo estipulado en el artículo en estudio, y por otro lado cambiar el término ``personas de la tercera edad'' por ``personas adultas mayores'', ya que éstas son sujetos plenos de derechos y obligaciones, con facultades de decisión sobre los asuntos que directamente les afectan, además que con ello se estaría en concordancia con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Por lo anterior, sería necesario que la redacción del artículo en análisis fuera la siguiente:

    ``Tratándose de menores de edad, discapacitados mental o sensorialmente, incapacitados y personas adultas mayores con alguna discapacidad mental, sensorial ó alguna incapacidad física, no podrá ordenarse la hospitalización sin el consentimiento de los padres o quienes legalmente los representen''.V. En lo referente a la reforma del artículo 150, encontramos que el texto actual dice:``La ayuda en la lactancia se proporcionará a la madre que demuestre la incapacidad para amamantar a su hijo, o la persona que la sustituya, en caso de fallecimiento de ésta, por medio del certificado médico correspondiente, y consistirá en la ministración de leche durante un periodo no mayor de seis meses a partir del nacimiento del infante''.Las modificaciones de la iniciativa en estudio son las siguientes:``La ayuda en la lactancia se proporcionará a la madre que demuestre la incapacidad para amamantar a su hijo, o la persona que la sustituya, en caso de fallecimiento de ésta, por medio del certificado médico correspondiente y de defunción, y consistirá en la ministración de leche durante un periodo no mayor de seis meses a partir del nacimiento del infante''.Consideramos apropiada la propuesta de reforma, ya que da mayor claridad en cuanto a una situación específica, que es el fallecimiento de la madre del infante y por lo tanto no da lugar a la indefensión ante la ley de quien quede a cargo del mismo, lo cual es un acto de gran contenido social y de humanidad.

    Sin embargo, las Comisiones Unidas consideran necesario reformar la redacción del texto propuesto con el objeto de no crear dudas en cuanto a la documentación requerida para ser beneficiado por el artículo en estudio.

    Lo anterior obedece a que un certificado médico, jurídicamente no es lo mismo que un acta de defunción, siendo el segundo documento el que para fines legales debe ser utilizado para el caso que nos ocupa, ya que es expedido por la Oficialía del Registro Civil correspondiente. El Registro Civil es una institución de orden público por medio de la cual el Estado hace constar, en forma auténtica y da publicidad a los hechos y actos constitutivos, modificativos y extintivos del estado civil de las personas. Lo cual no se logra con el certificado médico de defunción. Por lo tanto estas Comisiones Unidas proponen que la redacción al artículo en estudio sea la siguiente:

    Artículo 150``La ayuda en la lactancia se proporcionará a la madre que demuestre la incapacidad para amamantar a su hijo, o la persona que la sustituya, en caso de fallecimiento de ésta, por medio del certificado médico correspondiente ó acta de defunción, según sea el caso, y consistirá en la ministración de leche durante un periodo no mayor de seis meses a partir del nacimiento del infante.''VI. En lo referente a la reforma del artículo 180, encontramos que el texto actual dice:``Los extractos de antecedentes que se formulen para definir los derechos que corresponda a los retirados deben contener:

    I. Nombre;

    II. Edad;

    III. Grado, arma, rama, servicio o cuerpo;

    IV. Matrícula;

    V. Antigüedad;

    VI. Corporaciones y dependencias en que ha servido;

    VII. Tiempo de servicios efectivos, abonos y deducciones, y

    VIII. Total de servicios con abonos.''

    La modificación de la iniciativa en estudio son las siguientes:``Los extractos de antecedentes que se formulen para definir los derechos que corresponda a los retirados deben contener:

    I. Nombre;

    II. Edad;

    III. Grado, arma, rama, servicio o cuerpo;

    IV. Matrícula;

    V. Antigüedad;

    VI. Corporaciones y dependencias en que ha servido;

    VII. Tiempo de servicios efectivos, abonos y deducciones, y

    VIII. Total de servicios con abonos.

    IX. Clave Única de Registro de Población.''

    Si bien, la Clave Única de Registro de Población (CURP) es un instrumento de registro que se asigna a todas las personas que viven en el territorio nacional, así como a los mexicanos que viven en el extranjero por parte del Registro Nacional de Población (RENAPO), teniendo entre sus propósitos fundamentales el simplificar la administración pública al eliminar la diversidad de claves de registro de personas (Homonimias) al estar conformada por 18 elementos representados por letras y números, se contempla que esta clave se irá incorporando con el tiempo a todos los documentos oficiales, entre los que se encuentra la Cartilla del Servicio Militar, con su respectiva matricula de guerra.

    Así, la Clave aludida sirve para registrar e identificar a toda persona en forma individual, siendo los dos últimos dígitos del CURP, los que garantizan que la clave sea única, esto es, que sólo sea para una persona y se evite la duplicidad cuando haya dos nombres iguales en una misma entidad, porque es más difícil que coincidan la homo clave y el elemento verificador. Se busca con lo anterior, la acreditación y certificación fehaciente de las personas, originando con ello la seguridad jurídica de las mismas, por eso el 8 de octubre del 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial para la instrumentación del Programa de Integración del Registro Nacional de Población.

    En cuanto a la CURP en el medio militar, debemos señalar que la Cartilla del Servicio Militar Nacional otorga al ciudadano un número de matricula de guerra vitalicio, al cual le corresponde un folio, y que no tiene relación alguna con los nombre(s), apellidos ó fecha de nacimiento del interesado, por lo cual no hay confusión por homonimia, puesto que al otorgarse dicho folio al interesado, éste será un folio único e irrepetible, ya sea que se proporcione por la autoridad militar al conscripto ó al ingresar como civil al ejército sin haber sido recluta.

    A mayor abundamiento, el artículo 16 del Reglamento para la Expedición de Tarjetas de Identidad a Miembros del Ejército, establece que:

    ``Cuando algún militar quede en situación de retiro, obtenga licencia ilimitada o ascenso, la dependencia que gire las órdenes correspondientes enviará copia a la Oficina de identificación, a efecto de que se le expida otra tarjeta, de acuerdo a su nueva situación''.Por lo que es necesario mencionar que todo militar que pasó a situación de retiro con anterioridad a la publicación del acuerdo aludido en párrafos anteriores, no cuenta con su correspondiente CURP en sus documentos de identificación militar, por lo que su tramitación debe ser efectuada por el propio interesado ante la autoridad correspondiente.

    En consecuencia, se considera que la propuesta de la iniciativa del legislador es conveniente ya que da una mayor seguridad jurídica para todo aquel militar retirado que realice un trámite.

    VII. En lo referente al impacto presupuestal del dictamen que se analiza, no representa afectación alguna a las finanzas públicas según lo establecido en opinión institucional emitida por la Dirección General de Programación y Presupuesto ``A'' de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha 9 de octubre de 2005 a través del oficio número 3129-D-005.

    Por lo anterior, las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional, con la opinión de la Comisión de Grupos Vulnerables, acuerdan presentar a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

    ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los artículos 8; 9; 12, fracción XV; 142, párrafos primero y cuarto en su fracción IV; 147; 150 y se adiciona el artículo 180 con una fracción IX a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para quedar como sigue:

    Artículo 8.- El Instituto cuenta con un órgano de vigilancia integrado por un comisario público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública, quienes asistirán con voz pero sin voto, a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva del Instituto y tendrán las atribuciones que les confieren los artículos 60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 29 y 30 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

    Artículo 9.- El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene un órgano interno de control, al frente del cual el titular del mismo, designado en los términos del artículo 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus facultades se auxiliará de los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos.

    Los servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, en el ámbito de sus respectivas competencias, ejercen las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y en los demás ordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto en los artículos 66 y 67 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Las ausencias del contralor interno, así como la de los titulares de las áreas de responsabilidades, auditoría y quejas, serán suplidas conforme a lo dispuesto por el artículo 74 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

    Artículo 12.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

    I. a XIV. ...

    XV. Ordenar se practique auditoría, cuando lo estime conveniente, para determinar la exactitud de los estados financieros y comprobar los avalúos de los bienes materia de operaciones del Instituto. Dichas auditorias se practicarán con independencia de las que, en el ámbito de sus atribuciones, corresponde realizar a la Secretaría de la Función Pública, por sí o a través del órgano interno de control en el Instituto, de conformidad con lo dispuesto por las normas aplicables, y

    XVI...

    Artículo 142.- La atención médica quirúrgica es el sistema por el cual se trata de conservar y preservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no sólo el bienestar físico y mental, sino también la ausencia de enfermedad.

    ...

    ...

    Los familiares de militares que tienen derecho a esta prestación son:

    I. a III. ...

    IV. Los hijos discapacitados o incapacitados para trabajar en forma temporal o total y permanente, y

    V. ...

    Artículo 147.- Tratándose de menores de edad, discapacitados mental o sensorialmente, incapacitados y personas adultas mayores con alguna discapacidad mental, sensorial ó alguna incapacidad física, no podrá ordenarse la hospitalización sin el consentimiento de los padres o quienes legalmente los representen.

    Artículo 150.- La ayuda en la lactancia se proporcionará a la madre que demuestre la incapacidad para amamantar a su hijo, o la persona que la sustituya, en caso de fallecimiento de ésta, por medio del certificado médico correspondiente ó acta de defunción, según sea el caso, y consistirá en la ministración de leche durante un periodo no mayor de seis meses a partir del nacimiento del infante.

    Artículo 180.- Los extractos de antecedentes que se formulen para definir los derechos que corresponda a los retirados deben contener:

    I. Nombre;

    II. Edad;

    III. Grado, arma, rama, servicio o cuerpo;

    IV. Matrícula;

    V. Antigüedad;

    VI. Corporaciones y dependencias en que ha servido;

    VII. Tiempo de servicios efectivos, abonos y deducciones;

    VIII. Total de servicios con abonos, y

    IX. Clave Única de Registro de Población.

    Transitorio

    Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Por la Comisión de Seguridad Social, diputados: Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), Presidente; Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), secretaria; Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), secretario; Manuel Pérez Cárdenas, secretario; Roberto Javier Vega Galina (rúbrica), secretario; Pablo Anaya Rivera, Martín Carrillo Guzmán, Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica), Roberto Colín Gamboa (rúbrica), Graciela Larios Rivas, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Israel Raymundo Gallardo Sevilla (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), David Hernández Pérez, Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello, Juan Francisco Molinar Horcaditas, Armando Neyra Chávez (rúbrica), Óscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Agustín Rodríguez Fuentes (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Tomás Antonio Trueba Gracián (rúbrica), José Mario Wong Pérez.

    Por la Comisión de Defensa Nacional, diputados: Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Presidente, Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Fermín Trujillo Fuentes, Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Cristina Portillo Ayala (rúbrica), Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), secretarios; José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Jorge de Jesús Castillo Cabrera, Sami David David (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez, Abel Echeverría Pineda (rúbrica), José García Ortiz, Roberto Rafael Campa Cifrián (rúbrica), Lino Celaya Luría (rúbrica), Carlos Osvaldo Pano Becerra (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Julián Angulo Góngora, José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Irene Herminia Blanco Becerra (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), José Julián Sacramento Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Margarita Esther Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Pablo Franco Hernández (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz, Elpidio Tovar de la Cruz, Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica).»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, está a discusión el dictamen. Tiene el uso de la palabra, en términos del 108, el señor diputado don Jorge Leonel Sandoval Figueroa, en nombre de la Comisión, para fundamentar el dictamen.El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso señor Presidente; compañeras diputadas, compañeros diputados: con las facultades que la ley me confiere, en nombre de los integrantes de las Comisiones Unidas de Seguridad Social y Defensa Nacional, comparezco ante ustedes para exponer el presente dictamen de decreto, que reforma los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. El Pleno de la Cámara de Diputados, en sesión celebrada el 12 de septiembre de 2005, recibió por parte del suscrito iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, turnándose por la Presidencia de la Mesa Directiva a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social, para su estudio y dictamen.

    Posteriormente, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables solicitó la ampliación de turno a la Mesa Directiva, misma que se le concedió, por lo cual con fecha 6 de diciembre de 2005 dicha Comisión comunicó a las Comisiones Unidas sus opiniones respecto a la iniciativa en estudio, mismas que se incorporaron en su mayoría en el presente dictamen. En las reuniones plenarias de las Comisiones de Defensa Nacional de fecha 7 de diciembre de 2005 y de Seguridad Social de 13 de diciembre de 2005 se aprobó el presente dictamen para ser sometido al Pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y, en su caso, aprobación.

    En términos generales, el dictamen contiene lo siguiente: en el México actual es necesario dignificar las instituciones mediante un trabajo serio, responsable y comprometido con los mexicanos, asegurando a todos los sectores de la sociedad el pleno ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales, como ocurre en la necesidad de garantizar a los militares y a sus derechohabientes el fomento de la salud, vivienda y seguridad social. El Estado de derecho está obligado a dar modernidad al funcionamiento de sus organismos descentralizados, como en el caso del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, cuya legislación prevé incongruencias normativas en materia de nombres de instituciones que han cambiado, dificultando su aplicación, excluyendo a determinados grupos vulnerables.

    El presente dictamen valora que existen diversos dispositivos en los que interviene la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, siendo indispensable que la norma sea congruente con el texto actual de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y legitimar el ejercicio de estas atribuciones a la Secretaría de la Función Pública. El presente dictamen, por lo que corresponde a la atención médico-quirúrgica, los haberes de retiro de los militares actualiza la legislación, ya que puntualizamos que las Fuerzas Armadas en México han alcanzado un nivel de Ejército universitario con excelencia a nivel mundial y sólo a través del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas se logrará conservar su salud y la de sus derechohabientes.

    Las Comisiones Unidas hemos estimado reformar la ley de la materia a efecto de hacer cumplir la garantía establecida en el tercer párrafo del artículo 4o. constitucional, en lo relativo a la ampliación de la atención médica a militares y derechohabientes discapacitados, en concordancia con lo establecido en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Debemos tener presente que el interés de las Comisiones Unidas es proteger a las personas que, junto con sus limitaciones, coexisten en el ejercicio de otras potencialidades. Tenemos la plena conciencia de sus necesidades, así como la de los adultos mayores, de su honra y la consideración que merecen eliminando las barreras que los limitan para lograr su participación social, en concordancia con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

    Finalmente, proponemos dar mayor claridad a situaciones específicas, como el fallecimiento de la madre del infante, del miembro de las Fuerzas Armadas, para no dar lugar a la indefensión del menor ante la ley y de quien quede a cargo del mismo, y proteger los derechos de los miembros retirados. Por ello estimamos procedente incorporar como requisito para obtener el acceso al haber de retiro presentar la Clave Única de Registro de Población en congruencia con las políticas dictadas por el Registro Nacional de Población y eliminar los casos de homonimia.

    Por ello, en nombre de las Comisiones Unidas solicito a ustedes, señores diputados, su voto favorable al presente dictamen, con el que daremos mayor seguridad jurídica a todo militar retirado y sus beneficiarios, ya que los fines que pretende van encaminados a alcanzar la justicia social y expresar nuestra gratitud a las Fuerzas Armadas, así como de sus familias. Lograrlo no exige al Estado un impacto presupuestal, dado que el sentido del dictamen no representa afectación de las finanzas públicas, según lo establecido en la opinión que ha brindado la Dirección General de Programación y Presupuesto ``A'' de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fecha 9 de octubre de 2005. Los legisladores, en nuestro carácter de representantes populares, asumimos el compromiso con la población de velar por el beneficio social, por lo que proponemos rescatar el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas de un porvenir incierto, que de ningún modo debemos permitir porque, históricamente, les debemos gratitud y reconocimiento.

    Por lo expuesto y fundado, en nombre de las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Defensa Nacional, someto a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto, que reforma los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Es cuanto, señor Presidente. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado. Esta Presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces, considera el asunto suficientemente discutido en lo general, pero se pregunta a la Asamblea si hay algún artículo que reserve para su discusión y votación en lo particular. No habiendo quien reserve artículo alguno, se ruega a la Secretaría que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cinco minutos a efecto de recabar la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto. (...)

    Señor Presidente: se emitieron 359 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma los artículos 8, 9, 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, por 359 votos; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    ORDEN DEL DIA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores legisladores, esta Presidencia acaba de recibir comunicación de la Comisión de Trabajo y Previsión Social por medio de la cual solicita proponer al Pleno la incorporación en el orden del día, como dictamen de primera lectura con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Se ruega a la Secretaría dar cuenta con esta comunicación y consultar a la Asamblea, en votación económica, si es de modificarse y dar curso al asunto para el trámite correspondiente.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si es de modificarse el orden del día para darle entrada al asunto enunciado por la Presidencia.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.


    LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional

    Honorable Asamblea:

    La Comisión de Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente:

    DICTAMEN

    I. ANTECEDENTES

    PRIMERO. A la Comisión que suscribe, Trabajo y Previsión Social le fueron turnados para su estudio y dictamen, los siguientes expedientes:

    a) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5, fracción III de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, presentada en sesión ordinaria del 25 de octubre de 2005, por el diputado Jorge A. Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

    b) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5 fracción III de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, presentada en sesión del 6 de diciembre de 2005, por los diputados Pablo Gómez Álvarez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Wintilo Vega Murillo, Vice-coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, José González Morfín, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y Pedro Vázquez González, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la Cámara de Diputados.

    c) Minuta proveniente del Senado de la República que contiene proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2, 5, fracción III, 20 y 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, aprobada por unanimidad de los miembros presentes en la Cámara de Senadores el día 6 de diciembre de 2005, y turnada a la Cámara de Diputados el día 8 de diciembre del mismo año.

    d) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1, 5, 15, 22 y 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentada en sesión ordinaria de 2 de febrero de 2006, por el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional.

    SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 72 letra E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados funge como Cámara Revisora de la Minuta con proyecto de decreto por el que se aprueba la modificación de los artículos 2, 5, fracción III; 20, y 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, enviada por el Senado de la República, por lo que el presente dictamen se limitará al estudio de los artículos coincidentes de las iniciativas turnadas con los de la Minuta, y se reservarán los demás para su estudio en dictamen posterior.

    TERCERO. Las consideraciones planteadas por la Cámara de Senadores en la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 2, 5 fracción III; 20 y 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado son las siguientes:

    a) La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 Constitucional, fue promulgada el 27 de diciembre de 1963, y tiene por objeto regular las relaciones laborales existentes entre los empleados públicos de base y el Gobierno Federal, para lo cual enumera en el artículo 5º a los trabajadores de confianza de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y en el 6º a los trabajadores de base, considerando a éstos como los no comprendidos en el artículo anterior.

    b) La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en 1999, estableció una nueva estructura para la organización técnica y administrativa de cada una de las Cámaras, a partir de los principios de profesionalización, imparcialidad, objetividad, productividad y compromiso institucional, al tiempo que crea el Servicio Civil de Carrera, para efectos de profesionalizar al servidor público de carrera en ambas Cámaras.

    c) El Estatuto de Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, fue aprobado el 24 de abril de 2000, en tanto que el Estatuto del Servicio Civil de Carrera de la Cámara de Senadores se aprobó el 7 de noviembre de 2002.

    Ambos ordenamientos establecen las bases para la planeación, organización, operación, desarrollo, formación, capacitación, profesionalización, control y evaluación del Servicio Civil de Carrera, estableciendo la naturaleza jurídica, los derechos, obligaciones y sanciones de sus miembros, así como los procedimientos y medios de defensa con que cuenta el personal incorporado al servicio, el cual, conforme a ambos ordenamientos debe ser de confianza.

    d) En diciembre de 2000 entra en vigor la Ley de Fiscalización Superior de la Federación que crea la Auditoría Superior de la Federación en sustitución de la Contaduría Mayor de Hacienda y además establece un catálogo de trabajadores de confianza.

    e) Por estricta técnica jurídica se hace necesaria la modificación de la Ley Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional a efecto de adecuar en el texto de la Ley, las nuevas relaciones de confianza que se han creado desde su expedición en 1963 hasta la fecha, porque no reflejan la realidad actual del funcionamiento interior del Poder Legislativo dado que se enuncian cargos que ya no existen lo que genera un vacío legal originando diversas interpretaciones respecto de quién es el personal de base sujeto a las relaciones jurídicas laborales de la Ley.

    f) Finalmente, el Senado de la República considera necesario adicionar el artículo 20, reformar el artículo 2 y el artículo 5, fracción III, así como reformar el tercer párrafo y adicionar un cuarto párrafo al artículo 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, a efecto de que el órgano competente en cada Cámara tenga autonomía para definir quiénes son trabajadores de confianza y cuente a su vez con los Catálogos de Puestos de los servidores públicos y los tabuladores salariales de los servidores públicos que en ellos laboran.

    II. CONSIDERACIONES

    PRIMERA. El presente dictamen se circunscribe al análisis de los elementos planteados en la Minuta remitida por el Senado que pretende la actualización de la clasificación de trabajadores de confianza del Poder Legislativo, de los Catálogos de Puestos de los servidores públicos y la creación de tabuladores salariales de los servidores públicos en función del presupuesto de cada Cámara.

    SEGUNDA. De conformidad con los artículos 1 y 2, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, es de observancia general para los titulares y trabajadores de las dependencias de los Poderes de la Unión, del Gobierno del Distrito Federal, y de las Instituciones enumeradas y organismos descentralizados similares que tengan a su cargo función de servicios públicos, al tiempo que define la relación jurídica de trabajo establecida entre los titulares de tales dependencias y los trabajadores de base a su servicio.

    Para ello, el artículo 4 de la misma Ley, divide a los trabajadores en dos grupos: de confianza y de base; el artículo 5 enumera los supuestos de los trabajadores de confianza que integran la planta de la Presidencia de la República, del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y del Poder Judicial; el artículo 6 define a los trabajadores de base como ``...Los no incluidos en la enumeración anterior y que, por ello, serán inamovibles...''.

    TERCERA. Una interpretación a priori del artículo 6º indica que todos los trabajadores no incluidos en la enumeración del artículo 5 serán considerados de base, sin embargo, el numeral 7 de la propia Ley Reglamentaria establece: ``Al crearse categorías o cargos no comprendidos en el Artículo 5º, la clasificación de base o de confianza que les corresponda se determinará expresamente por la disposición legal que formalice su relación.''

    Esto quiere decir que la denominación de confianza o de base de un trabajador respecto de las dependencias señaladas, es enunciativa más no limitativa, en tanto que por disposición de la propia ley pueden crearse categorías o cargos de confianza o de base, diversos a los enumerados en los artículos 5º y 6º siempre y cuando exista una disposición legal que los formalice, es decir, que expresamente disponga cuál será la naturaleza jurídica de la relación laboral.

    Por otra parte, el artículo 8 del ordenamiento en estudio establece que, entre otros, ``quedan excluidos de esta ley los Trabajadores de confianza a que se refiere el artículo 5º... y aquellos que presten sus servicios mediante contrato civil o que sean sujetos al pago de honorarios.'', con lo que reafirma lo dispuesto en el artículo 2 que establece la relación jurídica de trabajo establecida entre los trabajadores de base y los titulares de las dependencias o, en caso del Poder Legislativo, las directivas de la Gran Comisión, órgano que ya no existe como tal.

    CUARTA. La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos tiene por objeto establecer, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la organización, y reglas de funcionamiento del Congreso General y de la Comisión Permanente. Al mismo tiempo es el fundamento de los reglamentos y acuerdos que cada una de las cámaras expida sin la intervención de la otra, y no necesita de la promulgación del Presidente de la República ni puede ser objeto de veto.

    A pesar de no denominarse Ley Reglamentaria, establece las normas de funcionamiento del Poder Legislativo, así como los órganos de decisión, técnicos y administrativos para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de sus necesidades administrativas y financieras.

    QUINTA. Por disposición de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Cámaras desahogan sus tareas legislativas y administrativas a través de sus respectivas Secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros, y éstas a su vez, se integran con funcionarios de carrera, quienes se rigen por el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados que dispone: ''no formarán parte del Servicio, los cargos y puestos de libre designación considerados en el presente Estatuto, y los puestos del personal supernumerario y de base, así como los contratados por prestación de servicios'' (Art. 81), y por el Estatuto del Servicio Civil de Carrera de la Cámara de Senadores, el cual expresa: ``el personal de carrera se integrará por servidores públicos de confianza, de conformidad con el catálogo que apruebe la Mesa Directiva en los términos del presente Estatuto'' (Art. 21).

    SEXTA. La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es el fundamento de los Estatutos de Servicio de Civil de Carrera de las Cámaras, a través de ellos se materializa el supuesto del artículo 7 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, al determinar que los integrantes del servicio de carrera no serán de base, o serán de confianza, por lo tanto, a pesar de no encontrarse enunciados expresamente en el artículo 5º fracción III de la Ley Reglamentaria, la naturaleza jurídica del personal que labora para las Cámaras por la vía del servicio de carrera es de confianza.

    El mismo criterio aplica en el supuesto del artículo 88 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, que dispone:'' Son trabajadores de confianza: el Auditor Superior de la Federación, los Auditores Especiales, los titulares de la unidades previstas en esta Ley, los directores generales, directores, los auditores, visitadores, inspectores, los subdirectores, los jefes de departamento, los asesores, los secretarios particulares y los demás trabajadores que tengan tal carácter conforme a lo previsto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación.''

    Aunado a ello, encontramos además, que los supuestos de la fracción III del artículo 5º de la Ley Reglamentaria son enunciativos, no limitativos, y no corresponden a la realidad debido a que ninguno de ellos existe en la actualidad con la denominación que le otorga dicho artículo, debido a que fueron enunciados atendiendo a la organización existente en 1963, año en que fue promulgada, por lo que ahora no sólo no existe el Director General de Departamentos y Oficinas de la Cámara de Diputados, sino tampoco existe la Contaduría Mayor de Hacienda, que ahora es la Auditoría Superior de la Federación.

    SÉPTIMA. No obstante el artículo 7º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, resuelve el problema de la obsolescencia de la fracción III del artículo 5º, aquél es la excepción y no debe ser la generalidad.

    Por ello, esta Comisión considera necesaria la modificación de la Minuta con Proyecto de decreto remitida por la Cámara de Origen, a efecto de reestructurar la fracción III del artículo 5º de la Ley en discusión, actualizando las denominaciones de los trabajadores de confianza existentes en el Poder Legislativo, organizando los párrafos en apartados A, B y C y adicionando un segundo párrafo que describa las funciones de los puestos que no están incluidos en dichos apartados.

    Con esta inclusión se prevé la eventualidad de que la denominación de los puestos ocupados por los trabajadores de confianza sea modificada para mejorar las estructuras orgánicas de las Cámaras, en cuyo caso se aplicará la descripción de funciones propuesta, para distinguir al trabajador de confianza del de base, con independencia de lo establecido en el artículo 7 de la Ley Reglamentaria.

    OCTAVA. Finalmente, las iniciativas presentadas por el Diputado Jorge A. Kahwagi, por los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios de la Cámara de Diputados, y por el Diputado Leonel Sandoval pretenden ajustar el catálogo del personal de confianza enumerado en la fracción III del artículo 5º, sin embargo, se considera que el contenido de las mismas queda superado al aprobarse el texto de la Minuta remitida por el Senado con las modificaciones antes descritas.

    Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisiòn de Trabajo y Previsión Social, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B DEL ARTÌCULO 123 CONSTITUCIONAL

    ARTÍCULO PRIMERO. Se modifican los artículos 2 y 20 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional para quedar como sigue:

    Artículo 2.- Para los efectos de esta ley, la relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre los titulares de las dependencias e instituciones citadas y los trabajadores de base a su servicio. En el Poder Legislativo los órganos competentes de cada Cámara asumirán dicha relación.

    Artículo 20.- Los trabajadores de los Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal, se clasificarán conforme a lo señalado por el Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal, el cual deberá contener los Catálogos de Puestos que definan los Órganos competentes de cada uno de los Poderes y del Gobierno del Distrito Federal. Los trabajadores de las entidades sometidas al régimen de esta Ley se clasificarán conforme a sus propios catálogos que establezcan dentro de su régimen interno. En la formulación, aplicación y actualización de los catálogos de puestos, participarán conjuntamente los titulares o los representantes de las dependencias y de los sindicatos respectivos, en los temas que les sean aplicables.

    ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma la fracción III del artículo 5º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional para quedar como sigue:

    Artículo 5. Son trabajadores de confianza:

    I.- ...

    II.- ...

    III.- En el Poder Legislativo:

    A. En la Cámara de Diputados: Secretario General, Secretarios de Servicios, Coordinadores, Contralor Interno, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, Secretarios Particulares, Secretarías Privadas, Subcontralores, Auditores, Secretarios Técnicos, Asesores, Consultores, Investigadores, Secretarios de Enlace, Titulares de la Unidad o Centro de Estudios, Agentes de Resguardo Parlamentario, Agentes de Protección Civil, Supervisores de las áreas administrativas, técnicas y parlamentarias, y el personal del Servicio de Carrera.

    B. En la Auditoría Superior de la Federación: Auditor Superior, Auditores Especiales, Titulares de las Unidades, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, Auditores, Visitadores, Inspectores, Asesores y Secretarios Particulares, Vigilantes, Supervisores de las áreas administrativas y técnicas.

    C. En la Cámara de Senadores: Secretarios Generales, Tesorero, Coordinadores, Contralor Interno, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, Secretarios Técnicos, Secretarios Particulares, Subcontralores, Auditores, Asesores, Consultores, Investigadores, Agentes de Resguardo Parlamentario, Agentes de Protección Civil, Supervisores de las áreas administrativas, técnicas y parlamentarias, Enlaces y Secretarías Privadas.

    Con independencia del nombramiento expedido, en todos los casos a que se refiere esta fracción, será considerado trabajador de confianza cualquiera que desempeñe las siguientes funciones:

    a) Dirección, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones legales, que de manera permanente y general le confieren la representatividad e implican poder de decisión en el ejercicio del mando.

    b) Inspección, vigilancia y fiscalización: cuando estén considerados en el presupuesto de la Cámara de Diputados, así como el personal técnico que en forma exclusiva y permanente esté desempeñando tales funciones ocupando puestos que a la fecha son se confianza.

    c) Manejo de fondos o valores, cuando implique la facultad legal de disponer de éstos, determinando su aplicación o destino.

    d) Auditoría: a nivel de auditores y subauditores generales, así como el personal técnico que en forma exclusiva y permanente desempeñe tales funciones, siempre que presupuestalmente dependa de la Contraloría o de las áreas de Auditoría.

    e) Control directo de adquisiciones: cuando tengan la representación de la Cámara de Diputados con facultades para tomar decisiones sobre las adquisiciones y compras, así como el personal encargado de apoyar con elementos técnicos estas decisiones y que ocupe puestos presupuestalmente considerados en estas áreas de la Cámara de Diputados con tales características.

    f) En almacén e inventarios, el responsable de autorizar el ingreso o salida de bienes o valores y su destino o la baja y alta en inventarios;

    g) Todos aquellos trabajadores que desempeñen funciones que por su naturaleza sean análogas a las anteriores.

    IV.- ...

    V.- ...

    ARTÍCULO TERCERO.- Se modifica el tercer párrafo y se adiciona un cuarto párrafo al artículo 32, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional para quedar como sigue:

    Artículo 32.- ...

    ...

    La Secretaria de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta la opinión de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, fijará las normas, lineamientos y políticas que permitan establecer las diferencias en las remuneraciones asignadas para los casos de alcances en los niveles de tabulador que se originen con motivo de los incrementos a que se refiere el párrafo anterior.

    En los Poderes de la Unión, los tabuladores salariales serán determinados por sus respectivos órganos competentes, de conformidad con su régimen interno y se integrarán a sus respectivos presupuestos anuales de egresos.

    TRANSITORIOS

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil seis.

    Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Enrique Burgos García (rúbrica), Presidente; Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), secretaria; Graciela Larios Rivas (rúbrica), secretaria; María del Carmen Mendoza Flores, secretaria; Sergio Álvarez Mata (rúbrica), secretario; Agustín Rodríguez Fuentes (rúbrica), secretario; Miguel Alonso Raya (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Pedro Ávila Nevárez, Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica en contra), Marko Antonio Cortés Mendoza, Tomás Cruz Martínez, Blanca Eppen Canales (rúbrica), Fernando Espino Arévalo, Pablo Franco Hernández, Marco Antonio García Ayala, José García Ortiz (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Víctor Flores Morales, Salvador Márquez Lozornio (rúbrica), Carlos Mireles Morales (rúbrica), Armando Neyra Chávez, Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Juan Pérez Medina, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    ORDEN DEL DIA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría dar cuenta con otra comunicación de la Junta de Coordinación Política.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente incluir en el orden del día de esta sesión, en el primer turno posible, el posicionamiento de los grupos parlamentarios respecto a las actuaciones de diversos funcionarios en el caso de la periodista Lydia Cacho Ribeiro.

    Sin más por el momento, agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2006.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega preguntar a la Asamblea si es de modificarse el orden del día, en votación económica.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se acepta la inclusión del punto de acuerdo anteriormente leído.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, secretaria.


    LYDIA CACHO RIBEIRO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 23 de nuestra Ley, fija como tiempo cinco minutos para el posicionamiento de los grupos parlamentarios y otorga el uso de la voz al señor diputado don Jesús González Schmal, en nombre del partido de Convergencia.El diputado Jesús Porfirio González Schmal: Con su anuencia, ciudadano Presidente: hoy no hubo mexicano que tuviera acceso a la prensa, y muy específicamente a la nota de La Jornada, que no sintiera escalofrío, vergüenza, ira, verdadera angustia por lo que está pasando en México, por la condición ya degradada, francamente rupestre del ejercicio de la política. Todos nos enteramos desde hace meses de cómo la periodista, escritora Lydia Cacho, mujer que ha tenido en su trayectoria encomiables encuentros, aciertos, tanto en denuncias, y muy especialmente por su vocación en la protección de los menores víctimas de delitos sexuales; de cómo esta escritora tuvo el valor, la prestancia, la actitud de servicio a México de denunciar en un libro Los demonios del edén, cómo ocurría en Cancún este tráfico, esta perversión de menores, este atentado incalificable de cobardía contra la niñez mexicana.

    Y como después de estos hechos, la periodista Lydia Cacho, acusada por un sujeto que se menciona en su libro, de nombre Kamel Nacif, fue radicada en Puebla, fue traída ilegalmente desde Cancún en coche hasta México, para ser recluida en el Reclusorio Norte; el cargo apenas si era un delito de difamación. El operativo movilizó a la Policía Judicial de tres estados para que se concentraran en Cancún para este traslado.

    Y hoy sabemos, por la grabación de lo ocurrido, cómo el gobernador de Puebla, Mario Marín, la procuradora de Justicia, Blanca Laura Villeda, la agente del Ministerio Público asignada, Rosa Aura Espejel, y la juez, Rosa Cecilia Pérez González, se confabularon para llevar a cabo este atentado, de lesa humanidad. No podríamos denominarlo de otra manera porque significó que el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Procuraduría se coludieran para agredir, para lastimar, para violentar el derecho y hacer materializar la venganza de este señor Kamel Nacif, que contó --desde luego-- con la anuencia y con la complicidad y la autoría directa del propio gobernador del estado.

    Ahora estamos sabedores de cómo se fraguó este acto deplorable, que avergüenza a México ante el mundo, que atenta contra la libertad de expresión, que atenta contra las garantías individuales más elementales de toda persona, y cómo esto ocurrió en nuestras narices, en estos momentos, en estas horas angustiosas de México, donde estamos viendo cómo también las distintas autoridades en las ciudades fronterizas y en otros sitios atentan contra los periodistas para acallarlos, para lograr la autocensura, para hacer que México se degrade sin crítica a la condición de la máxima barbarie del país de los fuertes, del país de los salvajes, del país de los que tienen el poder para atropellar derechos de terceros.

    Hoy conocemos, pues, ya la parte negra de esta historia, donde un gobierno estatal, el de Puebla, se presta a hacer y a contribuir a esta denigrante condición de ataque a una periodista, y con esto contribuye necesariamente a la subversión, a la anarquía, al estado de amenaza y de persecución que viven la prensa libre, los escritores, los periodistas en todas partes de la República. Queremos dejar constancia, por Convergencia, de nuestro repudio a estas conductas y de la necesaria acción de esta representación para llamar al propio gobernador de Puebla a cuentas por estos actos, que avergüenzan a México y que denigran toda nuestra condición institucional y el futuro de nuestra nación. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, don Jesús. Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Jorge Kahwagi Macari, para posicionar al Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.El diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari: Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores: hoy nos encontramos frente a un caso que es vergonzoso para esta sociedad. Y es vergonzoso en dos vertientes, dos vertientes que me parece que son muy delicadas y que, como legisladores, tenemos que tomar en cuenta: 1. Obviamente se tiene que aplicar la ley con justicia en el caso de la periodista Lydia Cacho. Lo que no podemos es ya haber agotado nosotros, que además ni siquiera nos corresponde, porque nosotros somos legisladores, no somos el Poder Judicial, no podemos sentenciar, ya haber juzgado y sentenciado o absuelto a nadie de ningún delito.

    Lo que podemos pedir es que haya apego a derecho. También tenemos que condenar la violación de las garantías individuales de los particulares en el momento en que se están interviniendo las llamadas telefónicas. De ninguna manera podemos permitir que esto se vuelva una práctica cotidiana porque vulnera el Estado de derecho, que es precisamente el que como legisladores debemos fortalecer. No debemos permitir que estos asuntos se politicen porque en el momento en que un asunto entre particulares se politiza, pues es más difícil que se llegue a la justicia, que se llegue a la verdad.

    De ninguna manera estoy defendiendo ni acusando a ninguna de las partes involucradas, lo que sí es que tenemos que hacer un llamado al Poder Judicial para que esto se lleve con respeto y con apego a derecho, sin que esto se vuelva un linchamiento político. Nadie, nadie puede estar por encima de la ley, y debemos tener mucho cuidado en no viciar estos procesos. Por su atención, muchas gracias.

    El diputado Inti Muñoz Santini (desde la curul): Señor, Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. Tiene el uso de la palabra la diputada Beatriz Mojica Morga. El diputado Inti Muñoz Santini (desde la curul): Señor Presidente, una pregunta para el orador. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Ya bajó de la tribuna, a menos que él quisiera regresar.

    El diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari: Regreso. Adelante.

    La diputada Beatriz Mojica Morga (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: A ver, diputada... ¿Con qué objeto... para hacer una pregunta? Al diputado Inti Muñoz... Sonido en la curul del diputado Inti Muñoz. El diputado Inti Muñoz Santini (desde la curul): Quisiera preguntar al diputado Kahwagi si acepta la pregunta.

    El diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari: Encantado.

    El diputado Inti Muñoz Santini (desde la curul): Lo siguiente: de corroborarse la veracidad de las conversaciones telefónicas que fueron reseñadas el día de hoy por el periódico La Jornada, ¿está usted de acuerdo en que lo que ahí aparece es suficiente para que se entable un juicio de carácter tanto penal como político contra personajes de la administración pública, como el propio gobernador de Puebla que, según lo que hemos conocido hoy, estaría infringiendo de manera vergonzosa, flagrante las leyes mexicanas, al presionar al aparato de justicia del estado de Puebla para favorecer a un amigo suyo? Ésa es la pregunta que le quiero hacer.

    El diputado Jorge Kahwagi Macari: Mire, como le decía, creo que debemos tener mucho cuidado en que este caso llegue, se llegue a fondo, que verdaderamente lleguemos a la verdad. Pero no podemos partir de pruebas ilegales; tenemos que tener mucho cuidado en cuidar la legalidad. Usted, como legislador, conoce que es ilegal intervenir llamadas telefónicas. Entonces, si nosotros ya no queremos cuidar el marco de derecho, bueno pues vamos a estar en graves problemas; es alguno de los problemas que tiene, por ejemplo, Andrés Manuel López Obrador, que no respeta las leyes. Gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra la diputada Beatriz Mojica Morga para posicionar a su partido, el de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.La diputada Beatriz Mojica Morga: Con su venia, señor Presidente: ``Tú no eres el héroe de esta película, papá'', lo escuchamos hoy en la televisión, ``pues ya ayer acabé de darle un pinche coscorrón a esa vieja cabrona. Le dije que aquí en Puebla se respeta la ley y no hay impunidad y quien comete un delito se llama 'delincuente'. Y que no se quiera hacer la víctima y no quiera estar aprovechando para hacerse publicidad. Ya le mandé un mensaje, a ver cómo nos contesta, pero es que nos ha estado jode y jode, así que se lleve su coscorrón y que aprendan otros y otras, otras y otros medios de comunicación''. Señoras y señores legisladores: no es éste el primer caso que vemos en que se utilice la justicia de manera discrecional y que las autoridades de los estados no han entendido que estamos en pleno siglo XXI y que tenemos que actuar de manera responsable y diferente ante la sociedad.

    Están, aquí ya lo dijo mi compañero del Partido Verde, con que si la grabación es legal. Sabemos que tenemos que señalar que la transcripción o las grabaciones violan garantías individuales, cierto. Pero no es ése el punto de discusión en este momento. ¿Cuál es el punto de discusión en este momento? Cómo se utiliza la autoridad y no se respetan los poderes, no se respeta la división de poderes. Esto, esto que comenté hace rato, fue el titular del Poder Ejecutivo del estado de Puebla. Éste es el servidor público que protestó guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen.

    Un gobernador que socava las instituciones republicanas, los poderes constituidos locales, no merece la honrosa distinción que el pueblo poblano le confirió. No obstante, este delincuente, de nombre Mario Marín, no merece siquiera ser llamado ``gobernador''. Sin pudor alguno, vemos en los medios cómo atropella las garantías individuales de que gozan todos los ciudadanos de este país, cómo coarta la libertad de expresión de los periodistas y medios de comunicación que se atreven a denunciar algunas tropelías, amén de que ha vulnerado la división de poderes de esta entidad federativa, al comprar a jueces, algunos corruptos que se venden al mejor postor.

    Hacemos un llamado a los legisladores honestos de este país, y especialmente a las diputadas y los diputados del Congreso de Puebla, a que actúen en consecuencia. Asimismo, desde esta tribuna hacemos un llamado a todos los ciudadanos y las ciudadanas a mantenerse alerta ante los acontecimientos en el estado de Puebla, y a los periodistas y los medios de comunicación del país a no cesar en su esfuerzo por defender una de las libertades más preciadas: la libertad de expresión. Esos atentados no sólo llenan de vergüenza e indignación a la sociedad poblana sino al país entero. La destitución de este funcionario público es lo menos que podríamos esperar. Está violentando el artículo 110, que dice que por violaciones graves de la Constitución y de las leyes federales se puede iniciar un juicio político.

    El derecho a la libertad de expresión es un derecho consagrado a la Constitución. Este asunto es mucho más allá y es muy grave porque tenemos que plantearnos que no podemos permitirnos en el siglo XXI tener un retroceso. Lydia Cacho fue acusada por difamación, pero a nadie, a nadie en Puebla se le ocurrió investigar el delito que ella estaba denunciado. Además, no era ella la que lo estaba denunciando: eran documentos oficiales, que están en la Procuraduría, que están denunciando la pederastia; y ahí nadie le entró. Entonces, nos es muy fácil entrarle al asunto de la difamación y de otros delitos de prensa para acallar a los comunicadores.

    El gobernador de Puebla está vulnerando la división de poderes y esto, compañeras y compañeros diputados, no podemos permitirlo. Exhortamos a la Cámara de Diputados local a que en consecuencia actúe y adelantamos que desde la fracción parlamentaria del PRD promoveremos un juicio político contra el gobernador de Puebla, Mario Marín. Porque si algo no podemos permitir en este país es que en pleno siglo XXI se quebrante el Estado de derecho y se violen las garantías consagradas en la Constitución. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputada. Tiene el uso de la palabra la diputada Myriam Arabian Couttolenc, del Partido Acción Nacional para posicionar a su grupo parlamentario, hasta por cinco minutos.La diputada Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc: Con su venía, señor Presidente; diputadas y diputados: hoy hago uso de esta tribuna --como poblana, como mujer y como diputada federal-- para pedir el apoyo de todos los legisladores de los diferentes partidos políticos para investigar no sólo lo que parece ser una persecución política a periodistas, ensañada por el hecho de ser mujer sino también por el quebranto de los principios de un régimen federal sino, también, a la utilización del poder y del Estado, a la utilización del poder del Estado y del dinero y a las influencias en contra de los ciudadanos.

    Esta complicidad del poder y del dinero se está dando actualmente en el gobierno del estado de Puebla, como vemos también en el caso de Pablo Hernández, indígena encarcelado por más de un año sin otro crimen que ser un líder de su comunidad. ¿Cuántos ciudadanos y cuántas ciudadanas más en el estado de Puebla están en la misma situación? Estas violaciones de los derechos humanos de Lydia Cacho son un atentado contra los principios democráticos, republicanos y de libertad que buscamos quienes hoy vivimos en este país. ¿Cómo querer construir un país de justicia y de igualdad si son sus propios gobernantes quienes lo violan?

    La forma de obtener información no desestima la importancia y la relevancia de una acción burda e inhumana y extralegal de cómo las autoridades del estado de Puebla, amparadas en la complicidad, cometen actos que coartan severamente la libertad de expresión y de prensa, la libertad de las poblanas y los poblanos. Puebla está claramente en un estado de subdesarrollo político. Puebla hoy acude a esta Cámara de Diputados, a esta soberanía para pedir que estas investigaciones se lleven a cabo desde el nivel federal. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputada. Finalmente, para posicionar al grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, tiene el uso de la palabra el señor diputado don José Alarcón Hernández hasta por cinco minutos.El diputado José Porfirio Alarcón Hernández: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros. Permítanme, en relación con este asunto, poner como base esta tesis: la libertad de expresión en este país no sólo es una garantía consagrada en la Constitución; la libertad de expresión tiene realidad no sólo en las organizaciones políticas no sólo en las familias, sino fundamentalmente en los medios de comunicación y a través de la expresión de nuestros amigos periodistas. Lo que se ha publicado hoy en el periódico La Jornada, lo que se ha difundido en los medios electrónicos es una bendita expresión de la libertad que tenemos en México, incluso a veces de llegar a la calumnia, de llegar precisamente a falsedades. Pero me parece que hay que distinguir dos o tres cosas: primero, el contenido del libro de Lydia Cacho, que más bien debía llamarse ``el edén de los demonios''.

    El segundo, y ese asunto está en manos de la autoridad, el segundo asunto ciertamente en relación con esto también nos deja ver que la libertad de expresión, consagrada en la Constitución, también se aprovecha, en una coyuntura específica, en un periodo precisamente electoral para querer precisamente demostrar hechos que, por una parte --y al efecto es importante precisarlo--, por una parte, es necesario verificar precisamente las grabaciones, precisamente habrá que investigar los hechos a que ahora nos estamos refiriendo y no convertirnos precisamente en jueces, pues hay que admitir que rasgarse las vestiduras en la tribuna pues es una forma, venir a relatar aquí lo que ya La Jornada expresa es otra forma, es el escándalo fundado a veces no en la verdad ni en la autenticidad. Erigidos en jueces, queremos resolver los asuntos de este país. Me parece que esta Cámara debe pronunciarse definitivamente por la investigación del caso, por la autenticidad; verificado esto, entonces podremos dar una opinión más amplia, más completa y proceder conforme a la ley.

    Por lo pronto, compañeras y compañeros, sigamos ejerciendo la libertad de expresión, pero también con esa actitud y con esa responsabilidad, también tomemos prudencia, sensatez, de tal manera que prive el Estado de derecho, de tal manera que por la investigación se llegue a la verdad, a la verdad jurídica.

    El diputado José Luis Medina Lizalde (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame, diputado orador. Sonido en la curul del diputado Medina Lizalde. El diputado José Luis Medina Lizalde (desde la curul): Si me permite una pregunta el orador. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señor orador, ¿permite una pregunta al diputado Medina Lizalde?

    El diputado José Porfirio Alarcón Hernández: No, señor Presidente, porque no queremos ser parte del escándalo.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No admite su pregunta. Concluya, señor diputado... Permítame un segundo. Sonido en la curul del diputado Felipe Díaz. El diputado Felipe de Jesús Díaz González (desde la curul): Si me admite una pregunta el compañero diputado. El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señor diputado, si le acepta una pregunta al diputado del Partido Acción Nacional.

    El diputado José Porfirio Alarcón Hernández: No, ninguna porque no vamos a ser parte...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Concluya, señor orador.

    El diputado José Porfirio Alarcón Hernández: Concluyo. Primero, la libertad. Respeto a quienes hacen uso de ella, empezando por nuestros compañeros periodistas; ellos, al final, sólo difunden una conversación que se grabó. Segundo, que estamos en favor del Estado de derecho. Tercero, queremos investigar. ¡Lo que sí condenamos es el espionaje que hace el gobierno de Fox, eso sí debemos condenarlo!

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, señor diputado. Señoras y señores legisladores: hemos terminado con este capítulo de posicionamientos respecto al asunto que nos ha ocupado en los últimos minutos.
    DIA DEL CINE MEXICANO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Pasamos al capítulo de proposiciones. Esta Presidencia recibió del señor diputado don José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar el 14 de agosto como el Día del Cine Mexicano.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar el 14 de agosto como Día del Cine Mexicano, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del PAN

    El que suscribe, diputado José Antonio Cabello Gil, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo a instaurar el 14 de agosto como Día del Cine Mexicano, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    I. El cine llegó a México casi ocho meses después de su triunfal aparición en París. La noche del 6 de agosto de 1896, el Presidente Porfirio Díaz, su familia y miembros de su gabinete presenciaban asombrados las imágenes en movimiento que dos enviados de los Lumière proyectaban en uno de los salones del castillo de Chapultepec.

    El éxito del nuevo medio de entretenimiento fue inmediato. Don Porfirio había aceptado recibir en audiencia a Claude Ferdinand Bon Bernard y a Gabriel Veyre --los proyeccionistas enviados por Louis y Auguste Lumière a México--, debido a su enorme interés por los desarrollos científicos de la época. Además, el hecho de que el nuevo invento proviniera de Francia aseguraba su aceptación oficial en un México que no ocultaba su gusto afrancesado.

    Después de su afortunado debut privado, el cinematógrafo fue presentado al público el 14 de agosto, en el sótano de la droguería Plateros, en la calle del mismo nombre (hoy Madero) de la Ciudad de México. El público abarrotó el sótano del pequeño local --curiosa repetición de la sesión del sótano del Gran Café de París, donde debutó el cinematógrafo-- y aplaudió fuertemente las ``vistas'' mostradas por Bernard y Veyre. La droguería Plateros se convirtió al poco tiempo en la primera sala de cine de nuestro país: el Salón Rojo.

    Bernard y Veyre formaban parte de un pequeño ejército de camarógrafos reclutados por los Lumière para promover su invento alrededor del mundo. El cinematógrafo había recibido aplausos en Europa y se lanzaba a la conquista de América. La estrategia de mercado de los Lumière era muy acertada: los camarógrafos-proyeccionistas solicitaban audiencia ante los jefes de gobierno de los países que visitaban, apoyados por el embajador francés en el lugar. De esa manera, el cinematógrafo hacía su entrada por la ``puerta grande'', ante reyes, príncipes y presidentes ansiosos de mostrarse modernos.

    II. México fue el primer país americano que disfrutó del nuevo medio, ya que la entrada del cinematógrafo en Estados Unidos había sido bloqueada por Edison. A principios del mismo 1896, Thomas Armant y Francis Jenkins habían desarrollado en Washington el Vitascope, un aparato similar al cinematógrafo. Edison había conseguido comprar los derechos del Vitascope y pensaba lanzarlo al mercado con el nombre de Biograph. La llegada del invento de los Lumière significaba la entrada de Edison en una competencia que nunca antes había experimentado.

    Se puede considerar a Porfirio Díaz como el primer ``actor'' del cine mexicano. La primera película filmada en nuestro país, con el Presidente de la República paseando a caballo en el bosque de Chapultepec (1896), resultaba indicativa de otra característica del nuevo invento: mostrar a los personajes famosos en sus actividades cotidianas y oficiales. La coronación de Nicolás II de Rusia había inaugurado esta tendencia pocos meses antes.

    Durante 1896, Bernard y Veyre filmaron unas 35 películas en la Ciudad de México y en Guadalajara. Entre otras cosas, los franceses mostraron a Díaz en diversos actos, registraron la llegada de la Campana de Dolores al Palacio Nacional, y filmaron diversas escenas folclóricas y costumbristas, que muestran ya una tendencia hacia el exotismo que acompañaría el cine mexicano a lo largo de su historia.

    El mismo año llegó también el Vitascope norteamericano; sin embargo, el impacto inicial del cinematógrafo había dejado sin oportunidad a Edison de conquistar al público mexicano.

    III. El surgimiento de los primeros cineastas mexicanos no obedeció a un sentido nacionalista sino, más bien, al carácter primitivo que tenía el cine de entonces: películas breves, de menos de un minuto de duración, que provocaban una necesidad constante de material nuevo para exhibir.

    Al irse Bernard y Veyre, el material traído por ellos de Francia y el que filmaron en México fue comprado por Bernardo Aguirre y continuó exhibiéndose por un tiempo. Sin embargo, las demostraciones de los Lumière por el mundo cesaron en 1897 y a partir de entonces se limitaron a la venta de aparatos y copias de las vistas que sus enviados habían tomado en los países que habían visitado. Esto provocó el rápido aburrimiento del público, que conocía de memoria las ``vistas'' que hacía pocos meses causaban furor.

    Algunos entusiastas, como Aguirre, habían comprado equipo y películas a los Lumière para exhibirlas en provincia. La determinación de los Lumière de dejar de filmar y dedicarse a la venta de copias provocó el surgimiento de los primeros cineastas nacionales.

    En 1898 se inició como realizador el ingeniero Salvador Toscano, quien se había dedicado a exhibir películas en Veracruz. Su labor es una de las pocas que aún se conservan de esa época inicial del cine. En 1950, su hija Carmen editó diversos trabajos de Toscano en un largometraje titulado Memorias de un mexicano, en 1950. Toscano testimonió con su cámara diversos aspectos de la vida del país durante el porfiriato y la Revolución. Inició, de hecho, la vertiente documental, que tantos seguidores ha tenido en nuestro país.

    Si se tiene como cine de ficción el que emplea actores para contar un argumento, habría que remontarnos hasta 1896 para encontrar el primer ejemplo de ello en nuestro cine. Un duelo a pistola en el bosque de Chapultepec (1896) fue filmado en ese año por los franceses Bernard y Veyre, con base en un hecho real, ocurrido poco tiempo antes entre dos diputados en el bosque de Chapultepec.

    IV. La Revolución marcó un gran paréntesis en la realización de filmes de ficción en México. Con la finalización oficial del conflicto, en 1917, pareció renacer esta vertiente cinematográfica, ahora en la modalidad del largometraje. De hecho, se considera que entre 1917 y 1920 hubo en México una época de oro del cine mudo, que nunca se volvió a repetir sino hasta los años cuarenta.

    Es curiosa la coincidencia de que la mejor época del cine mudo mexicano se inicie durante los años de la primera Guerra Mundial, mientras que la mejor época de nuestro cine sonoro coincida con la segunda Guerra. En ambas situaciones disminuyó la importación de películas, resultado natural de la disminución del número de filmes producidos por los países en guerra durante esos años.

    En 1917, la principal importación de filmes hacia México provenía de Europa. Estados Unidos no terminaba de afianzarse como un gran centro productor cinematográfico, aunque Hollywood ya comenzaba a perfilarse como la futura Meca del cine.

    Además, las relaciones tirantes entre México y Estados Unidos, junto con la imagen estereotipada del ``mexicano bandido'' en muchos de los filmes norteamericanos, provocaban un rechazo, tanto oficial como popular, hacia muchas de las películas estadounidenses de la época.

    Francia e Italia fueron los patrones a seguir para la ``reinauguración'' del cine mexicano de ficción en 1917. Ese año se estrenó en México Il fuoco (1915), filme italiano interpretado por Pina Menichelli, actriz que logró gran popularidad en nuestro país y que introdujo el concepto de diva del cine, anteriormente sólo utilizado para el teatro o la ópera.

    Il fuoco (1915) inauguró una tendencia romántica-cursi que hizo furor en México y que influyó en el cine de otros países, incluido Estados Unidos. El universo de las ``divas'' se componía de ingredientes que pronto se asimilaron en otras cinematografías: mujeres voluptuosas, escenarios suntuosos, e historias pasionales y atrevidas. La propuesta italiana planteaba un cambio en la mentalidad de la época, producto inmediato de la guerra.

    La luz, tríptico de la vida moderna (1917) es el título del primer largometraje --oficial-- del cine mexicano. Digo ``oficial'' porque pocos autores mencionan el trabajo de los yucatecos Carlos Martínez de Arredondo y Manuel Cirerol Sansores, quienes un año antes filmaron 1810 o los libertadores de México (1916), probablemente el primer largometraje de ficción nacional.

    V. A pesar de que el sonido se incorporó en el cine en 1927, hasta 1931 no se realizó la primera cinta sonora mexicana: una nueva versión de Santa, dirigida por el actor español-hollywoodense Antonio Moreno e interpretada por Lupita Tovar. Santa (1931) fue, eso sí, la primera película mexicana que incorporó la técnica del sonido directo (grabado en una banda sonora paralela a las imágenes en la misma película).

    La industria del cine mexicano nació en una época de gran efervescencia social, política y cultural en nuestro país. La Revolución comenzaba a ser una etapa de la historia, aunque sus protagonistas todavía regían el destino político de la nación.

    En ese ambiente, no es extraña la tendencia que siguió el cine mexicano una vez establecidas las bases de la industria cinematográfica nacional. Política y arte apuntaban hacia la Revolución como tema principal, y ése fue el camino que siguió la nueva industria.

    La naciente industria del cine mexicano produjo, entre 1932 y 1936, unas cien películas.

    En pocos años, la cinematografía mexicana se afianzó en el gusto nacional y comenzó, incluso, a exportarse a los países de lengua española. Y 1936 marcaría el inicio de la completa internacionalización del cine mexicano, con la filmación de Allá en el rancho grande (1936), de Fernando de Fuentes.

    La Revolución Mexicana contribuyó enormemente al desarrollo del cine en nuestro país. Por circunstancias cronológicas, la Revolución fue el primer gran acontecimiento histórico totalmente documentado en cine. Nunca antes un evento de tal magnitud había sido registrado en movimiento. La primera Guerra Mundial, iniciada cuatro años después del conflicto mexicano, fue documentada siguiendo el estilo impuesto por los realizadores mexicanos de la Revolución.

    VI. Los verdaderos ``años dorados'' corresponderían a los coincidentes con la segunda Guerra Mundial (1939-1945). En esos años, factores políticos influyeron enormemente en el desarrollo del cine mexicano. Uno de ellos fue la postura del gobierno mexicano ante la guerra. En 1942, tras el hundimiento de barcos petroleros mexicanos por submarinos alemanes, el Presidente Manuel Ávila Camacho declaró la guerra a las potencias del eje (Alemania, Italia y Japón). Esta postura oficial nos colocó en medio del conflicto, de parte de los aliados.

    La decisión de Ávila Camacho salvó, colateralmente, nuestro cine de la extinción. La guerra había causado una disminución de la producción de muchos bienes de consumo, el cine incluido. Los materiales con que se fabricaban las películas y el equipo de cine se consideraban importantes para la fabricación de armamento (la celulosa, por ejemplo). Esto racionó la producción cinematográfica norteamericana, además de que el cine europeo sufría porque la guerra se desarrollaba en su terreno.

    En 1942, la industria de cine mexicano no era la única importante en español. Argentina y España poseían ya un lugar en el cine de habla hispana. Ambos países se declararon neutrales durante el conflicto (España acababa de salir de su propia guerra civil). Sin embargo, en la práctica, las dos naciones mantuvieron vínculos más que ligeros con Alemania e Italia.

    La decisión de alinearse con los aliados trajo para México un estatus de nación favorecida. El cine mexicano nunca tuvo problemas para obtener el suministro básico de película virgen, dinero para la producción y refacciones necesarias para el equipo. España y Argentina nunca tuvieron un apoyo semejante por parte de Alemania o Italia, y el curso de la guerra marcó también el curso de las cinematografía de estos países.

    En el panorama nacional, la situación de guerra también benefició al cine mexicano porque se produjo una disminución de la competencia extranjera. Aunque Estados Unidos se mantuvo como líder de la producción cinematográfica mundial, muchos de los filmes realizados en ese país entre 1940 y 1945 reflejaban un interés por los temas de guerra, ajenos al gusto mexicano. La escasa producción europea tampoco representó una competencia considerable.

    En esos años, el cine mexicano abordó más temas y géneros que en ninguna otra época. Obras literarias, comedias rancheras, películas policiacas, comedias musicales y melodramas formaron parte del inventario cinematográfico mexicano de aquellos años.

    Se llama ``época de oro'' (1936-1957) del cine mexicano a los años en que se produjeron las mejores películas del cine mexicano. En esta época se incluyen exclusivamente largometrajes cuya producción haya sido total o mayoritariamente mexicana.

    La época de oro del cine mexicano creó un universo lleno de astros y luminarias, cuyos límites se extendieron más allá de nuestras fronteras.

    VII. Los setenta fueron años de renovación para las viejas estructuras de la industria fílmica nacional. Frescos en la memoria los sucesos del 68, el cine mexicano de los setenta incorporó en sus filas a una nueva generación de directores, una parte importante de ellos egresados del Centro Universitario de Estudios Cinematográficos. Esta nueva generación buscó hacer un cine comprometido con la nueva realidad social del país y en su empeño logró varias de las mejores cintas del cine mexicano.

    Políticamente, bastó un sexenio para que la industria cinematográfica apoyada por el Estado se desplomara, ante la inercia e indiferencia de los nuevos funcionarios encargados de continuar la labor cinematográfica. En 1976, el Presidente José López Portillo nombró a su hermana Margarita como directora de Radio, Televisión y Cinematografía. La labor de ésta al frente del destino de los medios de comunicación en México fue completamente desastrosa.

    Con la idea de ``propiciar un retorno al cine familiar'' y ``regresar a la época de oro'', la administración de López Portillo desmanteló las estructuras de la industria cinematográfica estatal creadas un sexenio antes. Se trató de internacionalizar el cine mexicano trayendo a directores extranjeros a filmar a nuestro país. Se dejó de apoyar a los directores que habían producido filmes de éxito en el sexenio anterior. A final de cuentas, el presupuesto oficial para el cine mexicano desapareció en el mar de la deuda externa.

    VIII. Al asumir la Presidencia, en 1982, Miguel de la Madrid heredaba un país sumido en la más profunda de las crisis económicas y sociales. Al creciente aumento de la deuda externa se sumaron tragedias como la de la explosión en San Juan Ixhuatepec, en 1984, y el terremoto de la Ciudad de México, en 1985. El gobierno mexicano se olvidó casi por completo del cine, una industria poco importante en tiempos de crisis.

    Si la producción cinematográfica mexicana no se extinguió en esos años, fue debido al auge de la producción privada --plagada de ficheras y cómicos albureros-- y por las escasas producciones independientes, que encontraron en el sistema cooperativo la forma de producir escasas muestras de cine de calidad.

    La exhibición del cine mexicano se tornó en otro problema grave. Por un lado, la ley que obligaba a los exhibidores a destinar 50 por ciento del tiempo de pantalla a películas nacionales nunca se cumplió cabalmente. Por otro, la mala calidad de los filmes mexicanos y el desinterés del público por verlos provocaron que las escasas muestras de cine de calidad fueran exhibidas en salas de tercera categoría.

    A pesar de este panorama desolador, durante el sexenio de Miguel de la Madrid se pueden encontrar las raíces de la recuperación que ha experimentado el cine mexicano en años recientes. En 1983 se creó el Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine), entidad pública encargada de encaminar el cine mexicano por la senda de la calidad. El Imcine quedó supeditado a la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación hasta 1989, cuando pasó a ser coordinado por el nuevo Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta).

    IX. A principios de agosto de 1992, la prensa capitalina de espectáculos anunció que Como agua para chocolate (1992), de Alfonso Arau, había impuesto récord de permanencia en el cine Latino de la Ciudad de México, una sala dedicada generalmente a exhibir películas norteamericanas. Al mismo tiempo, la prensa regiomontana anunció que el mismo filme era el más taquillero de lo que iba del año en Monterrey.

    Para el público mexicano de los noventa, títulos como La tarea (1990), de Jaime Humberto Hermosillo; Danzón (1991), de María Novaro; La mujer de Benjamín (1991), de Carlos Carrera; Sólo con tu pareja (1991), de Alfonso Cuarón; Cronos (1992), de Guillermo del Toro; o Miroslava (1993), de Alejandro Pelayo, poseen un significado de alta calidad, muy distinto del que se atribuía al cine mexicano hace pocos años. Las nuevas películas mexicanas están haciendo que el cine vuelva a formar parte activa de la cultura de nuestro país.

    En general, el cine mexicano está experimentado un feliz reencuentro con su público. La asistencia a las salas de cine para ver películas mexicanas ha aumentado considerablemente entre 1990 y 1992.

    X. Como se puede observar, el cine, como medio de expresión artística, refleja el estado de la sociedad que lo produce. Un cine mexicano en ascenso es un buen síntoma del estado general de nuestro país.

    El cine, desde sus orígenes, ha sido un medio de proyección de imágenes para el entretenimiento social. La manera en que el público se expone al medio cinematográfico es radicalmente distinta de la que usa para exponerse a los medios electrónicos. Asistir al cine es una actividad social que implica salir del hogar y exponerse conscientemente al medio. Escuchar la radio o ver la televisión son actividades que se llevan a cabo en el hogar, sin que la persona realice mucho esfuerzo para seleccionar el mensaje al cual exponerse.

    Al trasladar la supervisión del cine de la Secretaría de Gobernación al nuevo organismo para la cultura, el gobierno mexicano actuó de manera congruente con la naturaleza del medio cinematográfico. El cine está más relacionado con las actividades propias de un Ministerio de Cultura que con las de una secretaría política. En países como Francia, España o Argentina, donde el cine está de algún modo supervisado por el gobierno, es el Ministerio de Cultura el encargado de llevar a cabo esa labor. Este cambio en la política gubernamental respecto al cine ha permitido que, desde 1988, el futuro del cine mexicano se vislumbre con mayor esperanza.

    Los objetivos que pretende cumplir el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes para apoyar la industria cinematográfica son crear circuitos alternos de exhibición para las películas mexicanas de calidad, apoyar el trabajo de las escuelas de cine, producir y coproducir una decena de películas al año, participar en festivales internacionales de cine y conservar los Estudios Churubusco y América.

    XI. En la última década del siglo, y en medio de una crisis que se antoja eterna, una nueva generación de cineastas mexicanos ha comenzado a emerger con gran empuje. A diferencia de otras generaciones, los cineastas del llamado ``nuevo cine mexicano'' buscan combinar el compromiso social con el éxito comercial, y algunos de ellos se han colocado en la escena internacional.

    México ocupa el segundo lugar en importancia en cuanto a presencia estatal en la producción y comercialización cinematográfica, a través del Imcine, que maneja las empresas productoras Conacine y Conacine 2, de la cual forman parte los trabajadores de la industria. El Imcine controla la más poderosa estructura del cine en el continente; está formada por los Estudios Churubusco-Azteca y América, Películas Mexicanas, la Compañía Operadora de Teatros y promotoras y empresas de publicidad. Existe un concurso, llamado Imcine, donde el sindicato de trabajadores de la producción proporciona equipo y servicios para la producción de largometrajes. Además de esto, existen alrededor de 300 empresas privadas que se dedican a la producción, sobresaliendo el grupo Televisa, a través de Televicine.

    A diferencia de otras generaciones, los cineastas del llamado ``nuevo cine mexicano'' buscan combinar el compromiso social con el éxito comercial, y algunos de ellos se han colocado en la escena internacional.

    XII. El cine a lo largo de su historia, poco más de un siglo, ha vivido un desarrollo vertiginoso, mucho mayor en comparación con cualquier otra disciplina artística. Empezando como una inquietud científica, pasando por los circos y las carpas, el cine está constituido hoy como uno de los medios más importantes de comunicación, formador de opinión pública y expresión de nuestra sociedad moderna y, no menos importante, como una industria sumamente productiva y redituable, siendo por ejemplo en México una de las industria más importantes y con mayor derrama en la llamada ``época de oro'' del cine mexicano.

    El cine es pues pilar central de nuestra sociedad moderna, tan mediática e intercomunicada como lo es en un plano internacional. No lo olvidemos: el cine entraña la identidad de un pueblo y materializa sus expectativas. Aun en los peores momentos del cine mexicano podemos decir de él que fue espejo fiel de la realidad social del país. El mismo Programa Nacional de Cultura 2001-2006 recalca esto como uno de sus objetivos: ``plan, fortalecer el cine mexicano como una de nuestras manifestaciones culturales de mayor presencia e influencia nacional y de mayor reconocimiento en el extranjero''. Es decir, se debe entender y proteger al cine mexicano como un fenómeno artístico y cultural.

    El cine no es sólo una anécdota que se transmite a través de una pantalla. Es una perspectiva histórica que siempre ha sido un espejo fiel del país que somos. La perspectiva que da el tiempo confirma que el cine se vuelve un referente importante en una sociedad que se reconoce a sí misma en la pantalla.

    La historia del cine mexicano es en parte la historia de la cultura de nuestro país; la búsqueda de la identidad; la construcción y reconstrucción nacionales; la difusión interna y la externa; y el deseo de tener un lugar propio y, sobre todo, autonomía. El evento social realizado ese día 14 de agosto de 1896, sin duda, se puede considerar la siembra de una semilla que, posteriormente, se transformaría en un fruto llamado ``cine mexicano''.

    XIII. En nuestro país, los sectores y actores sociales relacionados con la industria cinematográfica ya se han expresado públicamente con relación a que se instaurara en México un día oficial dedicado a la promoción y exhibición de películas nacionales, así como a reconocer las trayectorias de las personas y organizaciones que han impulsado y han contribuido al desarrollo del cine en nuestro país.

    Entre las organizaciones civiles que han impulsado fuertemente la propuesta arriba mencionada se encuentra la Fundación Salón Rojo. Esta organización se integró con el objetivo principal de ``promocionar la difusión de la música, las artes plásticas, las artes dramáticas, la danza, la literatura, la arquitectura y las artes cinematográficas''. Además, dicha organización realiza actividades tendentes a la ``protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural-cinematográfico de la nación'', entre otras más relacionadas con el tema de la cultura y la cinematografía.

    XIV. En el ámbito internacional, y particularmente en países hispanohablantes, se tiene la experiencia de que se ha instaurado la celebración del día del cine nacional. Por ejemplo, en Chile el Día Nacional del Cine se celebra el 19 de octubre. Entre las actividades que se llevan a cabo está la reducción de los precios en todas las taquillas durante ese día. En Perú se celebra el 21 de noviembre, con bajos costos en las entradas de cine en todo el país. La industria cinematográfica peruana promueve en esa fecha la exhibición de películas nacionales. En Colombia, el 2 de marzo se celebra el Día del Cine Colombiano. En ese día se promueve la entrada del cine de dos personas con un boleto y el Ministerio de Cultura realiza actividades de muestra y promoción del cine nacional. En Venezuela se celebra el 29 de octubre, y se realizan jornadas de análisis sobre el cine venezolano y se proyectan películas venezolanas. Y, por último, en España se celebra el 21 de septiembre el Día del Cine Vasco, con la proyección de largometrajes y cortometrajes nacionales.

    Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta H. soberanía la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Primero. Esta honorable soberanía exhorta al Poder Ejecutivo federal a que considere decretar el 14 de agosto como el Día del Cine Mexicano a partir del año de 2006.

    Segundo. Que, como parte de las actividades conmemorativas del Día del Cine Mexicano, se exhorta al Poder Ejecutivo federal a que, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el organismo público descentralizado Servicio Postal Mexicano, se sume a los festejos del 110 aniversario de la primera proyección cinematográfica realizada en nuestra país mediante la emisión para 2006 de un timbre postal conmemorativo de dicho suceso.

    Tercero. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal a que, a través del organismo descentralizado de la Administración Pública Federal Lotería Nacional para la Asistencia Pública, se gestione la emisión para 2006 de un billete conmemorativo como parte de los festejos por el Día del Cine Mexicano y en el marco del 110 aniversario de la existencia de nuestro cine nacional.

    Cuarto. Por último, se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través del Conaculta, a que facilite, dentro de su disponibilidad, recursos materiales, humanos y financieros tendentes a crear, en coordinación con los actores sociales y los privados involucrados en el ámbito cinematográfico, un museo nacional del cine mexicano.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 14 de febrero de 2006.---Dip. José Antonio Cabello Gil (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Gobernación.
    ESTADO DE CHIAPAS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Roberto Aquiles Aguilar Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobernador del estado de Chiapas a respetar la libertad de prensa y expresión en el estado, consagrada plenamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y detener inmediatamente las agresiones y órdenes de aprehensión contra periodistas de Chiapas, en especial de quienes laboran en los periódicos El Orbe y Cuarto Poder.El diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández: Con su permiso, señor Presidente:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador de Chiapas a respetar la libertad de prensa y expresión en el estado, consagrada plenamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y detener inmediatamente las agresiones y órdenes de aprehensión contra los periodistas de Chiapas, en especial de quienes laboran en los periódicos El Orden y Cuarto Poder.

    El que suscribe, Roberto Aquiles Aguilar Hernández, diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión del grupo parlamentario del PRI, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    Una vez más el gobernador del estado de Chiapas, haciendo uso autoritario del poder que el pueblo chiapaneco le ha conferido, en una práctica sistemática y constante, el sábado pasado ha hecho arrestar al periodista chiapaneco Ángel Mario Ksheratto, columnista del diario Cuarto Poder.

    Durante el ejercicio del actual Gobierno local se han registrado una cantidad considerable de ataques contra periodistas, lo que a todas luces se traduce como represión, tal como lo han apuntado organismos nacionales e internacionales de derechos humanos y organizaciones dedicadas a la protección de los periodistas.

    El pueblo chiapaneco está siendo violentado de su derecho a la información. La prensa chiapaneca, en especial directivos, editores y periodistas de los diarios Cuarto Poder y El Orbe, son víctimas de esta brutal represión.

    En Chiapas el hostigamiento a los comunicadores, no lo lleva a cabo el poder del narco, como ha sucedido en otras partes del país. En Chiapas es el Poder Ejecutivo local quien ha implementado una escala de terrorismo de Estado, para callar a quienes no comparten su despótica forma de gobernar, para encarcelar y perseguir a quienes critican su corrupción.

    En mi estado no se puede hablar con libertad, ni criticar al gobernador del estado sin correr el riesgo de ser atacados, en su persona, en su familia y en su patrimonio.

    Los órganos encargados de la impartición de justicia y de la seguridad pública en Chiapas por órdenes del Ejecutivo local, han sido los autores materiales del hostigamiento, el asalto a oficinas, amenazas de muerte, creación de delitos y detenciones arbitrarias, de los comunicadores chiapanecos.

    El gobierno del estado presume de estar preocupado por el respeto a los derechos humanos; pero la realidad es otra, ya que se ha hecho caso omiso a las recomendaciones emitidas por organismos internacionales y nacionales que han hecho pública la represión a la libertad de prensa que se vive en Chiapas.

    Quien desde el poder hace uso de los órganos del Estado para hacer leyes anticonstitucionales encaminadas solamente a velar por los intereses personales y particulares; y no por los intereses generales de la sociedad no puede ser considerado un demócrata sino más bien un dictador autoritario como es el caso del gobernador Pablo Salazar Mendiguchía al promover la famosa ley mordaza.

    Dicha ley es un retroceso enorme para ofrecer protección y justicia a quienes ejercen la noble labor del periodismo; y por lo tanto también es una agresión a la sociedad chiapaneca.

    Es en razón de lo antes expuesto que pongo a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero: Se exhorta al gobernador del estado de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchía, a respetar la libertad de prensa y de expresión en el estado de Chiapas, consagrados plenamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y detener inmediatamente, las agresiones y las órdenes de aprehensión en contra de los periodistas chiapanecos en especial de quienes laboran en los periódicos El Orbe y el Cuarto Poder.

    Segundo: Se exhorta a la Fiscalía General del estado de Chiapas, para liberar inmediatamente al periodista Ángel Mario Ksheratto, así como a los presos políticos y de conciencia que se encuentran detenidos en los penales chiapanecos.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de febrero de dos mil seis.--- Dip. Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica).»

    Solicito a la Presidencia que se incluya en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria el texto íntegro del presente punto de acuerdo. Muchas gracias, Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputada Beatriz Mojica. Permítame un segundo, señor orador.La diputada Beatriz Mojica Morga (desde la curul): Señor Presidente, pido la palabra.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Vamos primero a desahogar el trámite parlamentario correspondiente. Usted disculpe, señor orador; muchas gracias. Se ruega a la Secretaría consultar a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se considera de urgente resolución. Señoras y señores legisladores, esta Presidencia tiene al señor diputado Francisco Rojas Toledo, del Partido Acción Nacional, inscrito en contra. Peguntamos a la diputada Beatriz Mojica Morga en qué sentido la podemos nosotros inscribir, en contra o en pro, en función de que parlamentariamente sería lo que corresponde.

    La diputada Beatriz Mojica Morga (desde la curul): En pro.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En pro. Luego entonces, inicia el turno el diputado Francisco Rojas Toledo, en contra, y posteriormente la diputada Beatriz Mojica Morga, en pro.El diputado Francisco Antonio Rojas Toledo: Con su permiso, señor Presidente. Siempre he dicho que la herramienta política es la palabra, pero para que tenga fortaleza esa palabra tiene que haber congruencia con lo que se dice y con lo que se hace. El gobernador de Puebla así lo puede hacer y lo hace bastante mal; viene a discutir, pero libertad de expresión...

    La democracia para mí es fundamental; el respeto de la libertad de expresión, y soy respetuoso de los medios de comunicación, que juegan un papel muy importante en la formación del criterio de nuestra sociedad... Y esta información debe ser sustentada, veraz, bien documentada, responsable e imparcial.

    Estoy convencido de que el cambio de este país no solamente es cambio de los gobernantes o de los representantes populares; también es el cambio de actitud de nuestra sociedad. Uno de estos cambios de actitud es la responsabilidad, y los medios de comunicación tienen un compromiso también de responsabilidad al informar como debe ser, en forma imparcial. Hace un momento presenté una iniciativa de ley para que se disminuyera el fuero a los legisladores. La razón fundamental es que nadie debe tener privilegios en este país, ni siquiera nosotros. No podemos exigir a la sociedad que respete la ley, cuando nosotros tenemos privilegios que el resto de la sociedad no. Sí es cierto, hay un proceso contra el dueño del periódico El Orbe, el señor Adolfo Zamora, que por cierto estuvo repartiendo despensas en el desastre del ciclón Stan, lógicamente tiene un delito y no puede tener ningún privilegio. El señor Ángel Mario Ksheratto fue acusado por difamación, y tengo aquí la documentación donde se prueba que el señor difamó; por tanto, no tiene que haber ningún privilegio para él. También a los medios de comunicación que no actúan con responsabilidad también la ley es para ellos.

    Voy a finalizar diciendo simplemente: reconozco en el gobernador Pablo Salazar, que ha aplicado el Estado de derecho sin distinción ni privilegios para nadie, y si eso duele, pues creo que la paz de este país va a ser cuando tengamos respeto de la ley y se aplique el Estado de derecho. No hay congruencia cuando se viene a pedir que se respete la libertad de expresión, cuando ellos han violado la ley. Acepto la libertad de expresión, no un libertinaje de expresión. Gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted. Diputada Beatriz Mojica, en pro.La diputada Beatriz Mojica Morga: Con su venia, señor Presidente: han hablado en esta tribuna de la coherencia, y la coherencia es justamente lo que espera la sociedad mexicana de las diputadas y los diputados, de nosotros. En ese sentido, el grupo de trabajo que se hizo en la Cámara de Diputados para dar seguimiento a la presencia periodística y medios de comunicación ha recibido diferentes denuncias, quiero decir de todos los partidos políticos, digamos, o gobiernos, o de todos los estados que están gobernados por diferentes partidos políticos. Entonces, hemos encontrado que este asunto de la libertad de expresión no implica a unos y excluye a otros; tenemos un problema muy grave en el país y tenemos que acatarlo como tal, sin colores, sin partido. Por eso hablo de la coherencia.

    En ese sentido, quiero respaldar el punto de acuerdo que aquí se ha presentado con relación a Chiapas, pero quiero decirles además que estamos atendiéndolo ya, que estamos atendiendo las denuncias que hemos recibido de varios estados del país; y el grupo de trabajo irá a estos estados a platicar con los procuradores de Justicia y con los presidentes de los tribunales de justicia de los estados porque, efectivamente, hay reformas que tenemos que hacer, y una de ellas son los delitos de prensa. Tenemos que revisar, porque no podemos permitir, ya lo hemos expresado acá, que en pleno siglo XXI tengamos este problema de libertad de expresión y tengamos agresiones a periodistas y tengamos el lugar número 135 de 167 países en libertad de expresión y seamos señalados como un país peligroso para los periodistas; no podemos permitirlo. Por eso, la Cámara de Diputados dio un gran paso, pero tenemos que ser coherentes con ese paso. Y en ese sentido, estamos atendiendo las diferentes denuncias que hemos recibido y en breve estaremos por Chiapas, atendiendo esta petición específica, de ver qué está sucediendo por allá, verificar si son ciertos o no son ciertos los casos, pero en primera instancia queremos sumarnos a este punto de acuerdo para que se liberen los periodistas que efectivamente están encarcelados, y se revise la legislación local.

    Pediremos a la Cámara de Diputados local que revise la legislación que inhibe de alguna manera la libertad de expresión. Es muy importante que avancemos hacia allá con altura de miras: un Estado que se presume democrático tiene que ser coherente en todos los ámbitos y en todos los sentidos.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputada. Para rectificación de hechos, tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández. Pero, en consonancia con el tiempo que esta Presidencia ha fijado a los anteriores oradores, le otorga tres minutos.El diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández: Con su permiso, señor Presidente. Una vez más vemos la aparición de quienes son los pupilos del gobernador Pablo Salazar y que le vienen a paliar aquí una actitud que en Chiapas y a lo largo de este país no están denotadas como se vienen a defender. Quisiera decir al diputado que ya dejara de estar confundiendo y que viniera con hechos fehacientes a decir... cómo puede hablar de documentos que prueban que el periodista sí incurrió en delito, digo, tiene en las manos lo que su jefe le entregó como acusación, porque el juez no ha dictado todavía sentencia.

    Si el juez no ha dictado sentencia, ¿cómo entonces se le puede acusar de delito? ¡Ah, que su patrón le dio los elementos para que lo venga a defender es otra cosa, pero viene a tratar de confundir! Ahora quiero decirles que el hecho de que Adolfo Zamora es precisamente una persecución política, y quiero decir que la persecución de El Orbe no está precisamente en la infundada, en el infundado señalamiento a partir de las famosas despensas, que también quedó probado, que también quedó suficientemente probado que estaba siendo lícita la repartición de esas despensas. Que también el patrón le haya dicho otra información para que venga a tratar de confundir es otro rollo.

    También decirle que la libertad de expresión está emanada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que nada más en la legislación local de Chiapas, porque sólo ahí se da, porque sólo ahí tenemos un gobierno que no comprende que la libertad de expresión está también puesta para que nosotros, los servidores públicos, sea-mos sujetos de crítica, ahí en Chiapas nada más, revisen todas las legislaciones locales del país. Nada más en Chiapas está tipificada la difamación como delito grave. ¿Para qué? Para que hagamos una ley justamente a nuestra medida, a nuestros intereses y podamos gobernar bajo una óptica ciega, retórica y con gran falta de rumbo para dirigir el estado de Chiapas. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señor diputado. Permítame un segundo.

    Diputado Francisco Rojas Toledo, ¿con qué objeto?

    El diputado Francisco Antonio Rojas Toledo (desde la curul): Si me permite pasar a la tribuna para alusiones personales.El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Alusiones personales. Por tres minutos, en congruencia con el tiempo que se ha otorgado a los anteriores oradores.El diputado Francisco Antonio Rojas Toledo: Con su permiso, señor Presidente. No cabe duda de que cuando no hay elementos que debatir, queda la agresión. Simplemente, le quiero decir que por parte mía va a haber respeto; jamás señalaré algo que no tenga sustento para acusarlo. Lo que sí puedo decir a usted, señor diputado, es que he demostrado ante todos los medios de comunicación que el señor Adolfo Zamora estuvo repartiendo despensas con el logotipo del PRI, lucrando con el dolor de nuestros hermanos del Soconusco.

    Eso habla de la poca calidad de una persona; y si es capaz de regalar despensas, ¿por qué no va a hacer lo demás? Refleja la calidad de persona, como decía hace un momento.

    Quiero decirle que estoy aquí no por lo que usted menciona sino porque creo en la libertad de expresión, pero responsable. Si alguien ha sido difamado, descalificado en mi vida política, ha sido un servidor; y no solamente me afecta a mí, sino a mi propia familia. Por eso lucho por una libertad de expresión responsable; que quien acusa tenga pruebas y si no, que se quede callado. Y por eso estoy a favor de que el medio de comunicación que no sustenta la información se proceda penalmente contra él porque, vuelvo a insistir, en este país no debe haber privilegios para nadie, ni para ningún diputado ni para ningún funcionario, político, ni para un medio de comunicación, ni para su servidor. Todos tenemos los mismos derechos y debemos ser sujetos a la misma ley. Por tanto, sigo insistiendo en que voy a luchar porque si en un momento dado se procede contra un medio de comunicación sin ningún sustento, como sucedió en Puebla, de lo cual usted no habló, entonces sí estaremos en igualdad de circunstancias. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias. Pregunte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse la proposición.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.


    MUERTE DE INDOCUMENTADOS MEXICANOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que, a través de la vía diplomática, intervenga y solicite al gobierno norteamericano el esclarecimiento de la muerte, en la frontera norte, de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez, hasta por tres minutos.El diputado José Manuel Abdala de la Fuente: Con la anuencia de la Presidencia; honorable Asamblea: han sido varios los casos donde las autoridades policiacas fronterizas de Estados Unidos de América se han visto implicadas en persecuciones y muertes de migrantes mexicanos que, en busca del ``sueño americano'', han sufrido maltratos, vejaciones, e incluso han perdido la vida. El 14 de diciembre de 2005, Carlos Delgadillo Martínez murió en su intento por cruzar el río Bravo de Nuevo Laredo a Laredo, Texas. Esto, debido a que un helicóptero de la Patrulla Fronteriza descendió más de lo debido, originando con ello que se volcara el tubo de llanta en el que iba pereciendo ahogado. En lo que respecta al caso de Guillermo Martínez Rodríguez, asesinado por la espalda el 30 de diciembre de 2005 en Tijuana, Baja California, por un agente de la Patrulla Fronteriza cuando intentaba cruzar el muro. Igual de lamentable fue contra el joven Ismael Segura Méndez, el 14 de enero de 2006, en el poblado de Escobares, cerca de Roma, Texas, donde después de ser esposado por la policía norteamericana, recibió un balazo que le segó la vida. Dos de esos jóvenes son originarios del distrito que represento.

    De ahí mi más enérgica protesta para que estos hechos mencionados sean esclarecidos y que no quede impune la muerte de estos jóvenes, que el único delito que cometieron fue buscar una mejor vida para sus familias. Por lo antes expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución:

    Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la vía diplomática, intervenga y solicite al gobierno norteamericano el esclarecimiento de las muertes de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez.

    Solicito que el texto se inserte íntegramente en el Diario de los Debates. Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2006. Atentamente, diputado José Manuel Abdala de la Fuente. Es cuanto, gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a intervenir y a solicitar por la vía diplomática al gobierno estadounidense el esclarecimiento de la muerte de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez, acaecida en la frontera norte, a cargo del diputado José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, diputado federal José Manuel Abdala de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la vía diplomática intervenga y solicite al gobierno norteamericano el esclarecimiento de las muertes de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez.

    Considerandos

    Que han sido varios los casos en donde las autoridades policíacas fronterizas de Estados Unidos se han visto implicadas en persecuciones y muertes de migrantes mexicanos, que en busca del sueño americano han sufrido maltratos, vejaciones e incluso algunos han perdido la vida.

    El número de baleados aumenta cada año, pese a que desde el año 2000 hay un acuerdo entre ambos países que obliga a la patrulla fronteriza a usar armas ``no letales inmovilizantes con polvo de pimienta'' y sólo en caso de que sus agentes sean agredidos por los migrantes. Cosa que no sucede de acuerdo a comentarios de acompañantes que han estado cerca de un abuso de autoridad.

    El pasado 14 de diciembre de 2005 Carlos Delgadillo Martínez murió en su intento por cruzar el Río Bravo de Nuevo Laredo a Laredo, Texas. Esto debido a que un helicóptero de la patrulla fronteriza descendió más de lo debido originando con ello que se volteara la llanta en la que iba y por no saber nadar se ahogó, los elementos de policía hicieron caso omiso a los gritos de auxilio por parte de este joven originario de Nuevo Laredo, Tamaulipas. Su cuerpo fue encontrado 14 días después.

    En lo que respecta al caso de Guillermo Martínez Rodríguez, asesinado por la espalda el pasado 30 de diciembre de 2005 en Tijuana, BC, por un agente de la patrulla fronteriza cuando intentaba cruzar el muro, este hecho corresponde al mismo patrón del que se valen otros vigilantes para atemorizar a los migrantes.

    Otro hecho igual de lamentable fue en contra del joven indocumentado Ismael Segura Méndez de oficio jardinero y originario de Los Guerra, Tamaulipas, el pasado 14 de enero de 2006 en el poblado de Escobares, cerca de Roma, Texas, en donde después de ser esposado por la policía norteamericana recibió un balazo que le cegó la vida.

    La pregunta es: ¿por qué la patrulla no usa las balas de polvo de pimienta o armas menos letales, como establece el acuerdo? ¿Acaso la utilización de armas de fuego seguirá siendo el instrumento adecuado para ellos en el combate al problema de la migración?

    Mientras el gobierno norteamericano siga apoyando a la policía fronteriza en la aplicación de estas medidas y no calculen el costo social, en términos de seres humanos, nunca pensarán en el número de personas que pueden morir, porque, para ellos, los inmigrantes tienen la culpa, aunque esto se trata de una realidad económica e histórica de Estados Unidos y México. Y ambos gobiernos siguen ignorando la realidad.

    Dos de estos jóvenes son originarios del distrito que represento, de ahí mi más enérgica protesta para que estos hechos mencionados sean esclarecidos y que no queden impune la muerte de estos jóvenes que el único delito que cometieron fue el buscar una mejor vida para sus familias.

    Que las familias de estos jóvenes mexicanos muertos reclaman hoy más que nunca que la justicia impere por sobre cualquier interés que pretenda opaca el esclarecimiento de estos crímenes.

    El gobierno mexicano debe hacer algo ante la mala imagen que se esta proyectando en los Estados Unidos con nuestros connacionales, ya que se les está viendo como un enemigo, en lugar de verlos como gentes que entran con el solo deseo de trabajar para mejorar una condición de vida que en nuestro propio país se les ha negado, por falta de proyectos sociales por parte del Gobierno Federal que les permita vivir con decoro.

    Por lo antes expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

    Punto de acuerdo de urgente y obvia resolución

    Único: Se exhorta al Ejecutivo federal a que, a través de la vía diplomática intervenga y solicite al gobierno norteamericano el esclarecimiento de las muertes de los indocumentados mexicanos Carlos Delgadillo Martínez, Guillermo Martínez Rodríguez e Ismael Segura Méndez.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica).» El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias, diputado. Aunque no lo solicite, de cualquier manera se inserta el texto íntegro en el Diario de los Debates.

    Se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea si se considera de urgente y obvia resolución, en términos del 59; y al orador, si nos permite que la Secretaría pase a concluir el trámite.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Luego entonces, no habiendo oradores registrados, se considera suficientemente discutido. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado; comuníquese.


    PROCESO ELECTORAL FEDERAL DE 2006
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió del señor diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo para crear una comisión especial que vigile la actuación de los organismos electorales, así como la legitimidad y transparencia del proceso electoral federal de 2006.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, para crear una comisión especial que vigile la actuación de los organismos electorales, así como la legitimidad y transparencia del proceso electoral federal de 2006, a cargo del diputado Emilio Zebadúa González, del grupo parlamentario del PRD

    El que suscribe, diputado Emilio Zebadúa González, integrante del grupo parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 23 párrafo 1 inciso f, 42 párrafo 1, 43 párrafo 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 58, 78,89 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos someto a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se propone la creación de una comisión especial que vigile la actuación de los organismos electorales así como la legitimidad y transparencia del proceso electoral federal de 2006 al tenor de las siguientes:

    Consideraciones

    El proceso electoral federal del presente año, reviste la mayor importancia, tanto para el futuro de nuestro sistema político como para la consolidación de la democracia en nuestro país, ya que en la calidad de la contienda política y de las condiciones de equidad de la competencia electoral descansará necesariamente la legitimidad de quien resulte electo como Presidente de la República y del gobierno que encabece.

    Por esa razón es que, con el ánimo de coadyuvar al buen desarrollo del proceso electoral federal, los que suscribimos la presente propuesta, consideramos necesario que la Cámara de Diputados desde su ámbito de competencias, vigile que la aplicación de los recursos públicos y programas sociales no sea desviada para fines de proselitismo para favorecer una candidatura o bien, que el derecho que tienen los partidos políticos para acceder a los medios de comunicación sea ejercido de manera equitativa, que se denuncie públicamente la existencia de recursos de dudosa procedencia y el gasto excesivo y que la competencia electoral permita que los ciudadanos emitan su voto libremente.

    Desde 1988 hasta hoy en día, en la Cámara de Diputados, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales que se derivan de su régimen interno, ha sido una práctica recurrente la creación de comisiones especiales que tengan por objeto ejercer sus facultades de control, de vigilancia y fiscalización que se derivan del propio ordenamiento constitucional, como un mecanismo de contrapeso y de rendición de cuentas de la actuación del Poder Ejecutivo, pero también han servido como un instrumento válido para darle seguimiento a los procesos electorales a efecto de contribuir a que se respete la voluntad del electorado.

    Conocemos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en atención a diversas controversias constitucionales presentadas en 1997 y 1999, emitió resoluciones contradictorias que establecen criterios diferenciados sobre la competencia de la Cámara de Diputados sobre la materia, de los procedimientos a seguir, la naturaleza jurídica de las mismas, así como los efectos y alcances de su mandato, lo que ha hecho difícil que las comisiones especiales que se crean con este objeto, cumplan con su función como parte del andamiaje institucional de nuestro Congreso.

    La Comisión Especial que proponemos se abocaría a la vigilancia de los organismos electorales con las atribuciones que le confiere la Constitución a fin de:

    a) Vigilar que no se desvíen programas y recursos públicos federales, estatales y municipales para las campañas en apoyo de algún partido político y sus candidatos para evitar la manipulación de la voluntad popular con fines partidistas.

    b) Vigilar que el gasto de los partidos políticos no exceda a los topes fijados por la legislación electoral y denunciar públicamente la existencia de recursos de dudosa procedencia.

    c) Vigilar que las condiciones de equidad en los medios de comunicación, tanto en prensa escrita como en los medios electrónicos, no afecte la competencia electoral.

    d) A través de los representantes del poder legislativo en el Consejo General del IFE, se buscará que esta soberanía cuente con la información oportuna de los trabajos de organización del proceso electoral a cargo del propio Instituto Federal Electoral.

    Por ello, la presente proposición con punto de acuerdo pretende sentar un verdadero precedente en la creación de estos órganos parlamentarios, para que cumplan con el propósito para el que fueron diseñados

    Por las anteriores consideraciones se propone el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Se propone la creación de una Comisión Especial que vigile la actuación de los organismos electorales así como la legitimidad y transparencia del proceso electoral federal de 2006.

    El objeto de la Comisión Especial será el que se deriva de su denominación.

    Esta Comisión Especial funcionará de conformidad con los ordenamientos que en materia de comisiones establecen tanto la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos como el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Contará con los recursos necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.

    Segundo.- Esta Comisión Especial estará integrada por el número de diputados pertenecientes a todos los grupos parlamentarios que acuerde la Junta de Coordinación Política.

    Tercero.- La Comisión Especial podrá solicitar toda la información que estime pertinente a efecto de cumplir con sus funciones.

    Cuarto.- La Comisión Especial rendirá su informe ante el Pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

    Quinto.- En caso de que derivado del desempeño de sus funciones y de la información con la que cuente, se encuentren elementos que presuman la existencia de irregularidades en el manejo de los recursos públicos federales, se estará a lo dispuesto por el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación a efecto de llevar a cabo las acciones legales correspondientes.

    Sexto.- Esta comisión especial funcionará hasta el término de la LIX legislatura a efecto de que rinda su informe.

    Séptimo.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. Emilio Zebadúa González (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Junta de Coordinación Política.
    ESTADO DE NUEVO LEON
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia da el uso de la palabra al señor diputado don Eduardo Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, del estado de Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso para la realización de las obras de construcción del Metro y, asimismo, se exhorte a las autoridades estatales y federales se apliquen las sanciones a que haya lugar al presidente municipal de San Nicolás de los Garza por la obstaculización de la realización de esta obra.El diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo: Con el permiso de la Presidencia; compañeras diputadas y diputados: como sabemos, los sistemas de transporte colectivo, denominados popularmente como Metro, son actualmente el principal medio de transporte en las ciudades modernas del mundo, por su amplio y positivo impacto en términos de vialidad y de ahorro económico para los usuarios. En ese sentido, Nuevo León y su capital, Monterrey, ante el dinámico crecimiento de su zona metropolitana, producto de la alta migración del resto de los estados de la República, construyó el Metro como el medio de transporte de cara al futuro que transita ya por algunos de los municipios que forman la zona metropolitana.

    El dinamismo de nuestro estado hace que los asentamientos de los habitantes se instalen en la zona metropolitana de la ciudad de Monterrey; lo que hace indispensable que este tipo de transporte colectivo siga creciendo hacia donde se hace necesario atender la demanda de manera inmediata; por ello, la ampliación de esta obra a los municipios de San Nicolás de los Garza y General Escobedo. Así, en pleno respeto de la autonomía municipal, las autoridades estatales y las municipales de ambos municipios suscribieron un convenio para acordar la construcción de esta obra de beneficio social. De inmediato, las autoridades estatales y los legisladores federales nos abocamos, dentro de nuestros respectivos ámbitos y atribuciones, a la consecución de los recursos para llevar a cabo esas ampliaciones por considerar la obra de trascendente importancia.

    Así, en diciembre de 2004, durante las negociaciones del Presupuesto de Egresos, se logró destinar 430 millones de pesos para el año 2005 para esta obra. Cabe señalar que, independientemente de la controversia presentada por el Ejecutivo, las autoridades hacendarias siempre demostraron su disposición de apoyo a esta obra, comprometiéndose además con una cantidad similar, que está en proceso de negociación, para 2006. Por lo anterior, la primera parte de los recursos fueron liberados.

    Tiempo después, de manera inesperada, el presidente municipal de San Nicolás de los Garza, Miguel Ángel García Domínguez, aun habiendo firmado un convenio en un acto protocolario junto con autoridades federales y estatales, comenzó un despliegue mediático de oposición a la obra, haciendo caso omiso de los convenios que ya había suscrito. Cabe señalar que la posición del presidente municipal ha variado --de subterráneo a otras partes aéreas, etcétera--, sin soporte técnico, sólo argumentando que algunos se oponen. Se reitera: no se puede permitir que, por un afán de promoción política personal, se perjudique a miles de habitantes, se hagan nugatorios los esfuerzos de la H. Cámara de Diputados para otorgar el presupuesto necesario. Y por ello y con base en las consideración anteriores, se presenta al Pleno de la H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo.

    Primero. Se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, del estado de Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso sin condiciones para la realización de las obras de construcción del Sistema de Transporte Colectivo, Metro, dentro de su territorio; y

    Segundo. Se exhorta a las autoridades federales y a las estatales para que, en el marco de la legislación vigente, se apliquen las sanciones a que haya lugar al Presidente de San Nicolás de los Garza, Miguel Ángel García Domínguez.

    Es cuanto, señor diputado Presidente, y solicito que sea considerado de urgente y obvia resolución.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso para realizar las obras de construcción del Metro; y a las autoridades estatales y a las federales, a aplicar las sanciones a que haya lugar al alcalde de dicha localidad por obstaculizar tales trabajos, a cargo del diputado Eduardo Alonso Bailey Elizondo, del grupo parlamentario del PRI

    Los integrantes de la diputación federal por el estado de Nuevo León del grupo parlamentario del PRI de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 22 y 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con un punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso para la realización de las obras de construcción del Metro en su territorio, por ser esta obra de beneficio social; y se exhorta a las autoridades federales y a las estatales para que, en el marco de la legislación vigente, se apliquen las sanciones a que haya lugar al presidente municipal de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, Miguel Ángel García Domínguez, por la obstaculización de la realización de esta obra, en perjuicio de los habitantes del municipio.

    Consideraciones

    Los sistemas de transporte colectivo denominados popularmente como ``Metro'' son actualmente el principal medio de transporte en las ciudades modernas del mundo, por su amplio y positivo impacto en términos de vialidad y de ahorro económico para sus usuarios.

    El Metro ha venido a ser la solución al crecimiento desmedido del parque vehicular en las ciudades modernas que ha amenazado convertir en zonas de colapso vial sus avenidas. En ciudades como la de México sabemos que este sistema transporta a decenas de millones de personas al año, de todos los sectores sociales de la población. Debemos destacar que este transporte es el principal medio por el que se desplaza la clase con menores recursos, que de otra manera debe aplicar una parte considerable de su salario en otro tipo de transporte urbano.

    En este sentido, Nuevo León, en su capital, Monterrey, ante el dinámico crecimiento de su zona metropolitana, que es de las que cuenta con uno de los mayores índices de inmigración nacional interna, se construyó el Metro como el medio de transporte que, de cara al futuro inmediato, diera una solución integral a la problemática del trasporte público. Actualmente, el Metro de Monterrey es uno de los principales medios de transporte en el estado, que transita ya por algunos de los municipios que forman la zona metropolitana, en los que se ha considerado atender de manera prioritaria e integral las necesidades del trasporte público.

    Todos sabemos que el dinamismo de nuestro estado hace que los asentamientos de los habitantes se instalen en la zona metropolitana de la ciudad de Monterrey, que abarca varios municipios, lo que hace indispensable que este tipo de transporte colectivo siga creciendo hacia donde se hace necesario atender su demanda de manera inmediata. La planeación de su ampliación debería ser hacia los municipios de San Nicolás de los Garza y de General Escobedo, en los que se ha dado el mayor dinamismo de desarrollo en los últimos años.

    Así, con pleno respeto de la autonomía municipal, las autoridades estatales y las municipales, de ambos municipios, suscribieron un convenio para acordar la construcción de esta obra de beneficio social.

    De esa forma, las autoridades estatales y los legisladores federales nos abocamos, dentro de nuestros respectivos ámbitos de atribuciones, a la consecución de los recursos para llevar a cabo estas ampliaciones por considerar esta obra de trascendental importancia para apoyar el desarrollo del estado, pero sobre todo para apoyar a los grandes sectores de la población que utiliza este transporte.

    Así, en diciembre de 2004, durante las negociaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación, después de intensos esfuerzos de cabildeo con las autoridades hacendarias, se logró destinar 430 millones de pesos para llevar a cabo estas obras de ampliación del Metro. Por todos es sabida la problemática que se presentó con el Ejecutivo federal, con una parte del presupuesto aprobado por el Congreso, dentro de los que se encontraban los destinados a esta obra.

    Cabe señalar que, independientemente de la controversia presentada contra esta parte del Presupuesto de 2005, las autoridades hacendarias siempre mostraron su disposición al apoyo de esta obra, comprometiendo además este apoyo para el presente ejercicio presupuestal, el de 2006.

    Por lo anterior, la primera parte de los recursos fue liberada para dar inicio a la obra, y las autoridades estatales procedieron al inicio de su realización, a cuyo acto protocolario acudieron las autoridades federales y las estatales, y los presidentes municipales de Monterrey, San Nicolás de los Garza y General Escobedo. Un tiempo después, de manera inesperada, el presidente municipal de San Nicolás de los Garza, Miguel Ángel García Domínguez, por cuestiones estrictamente políticas, por ser de extracción de un partido político diferente al del gobierno del estado, comenzó un despliegue mediático de oposición a la obra, haciendo caso omiso del convenio que había suscrito, con el argumento de que algunos se oponían a su construcción por la vía aérea, por lo que ésta tenía que ser subterránea, con lo cual los costos se elevaban desproporcionadamente y hacía irrealizable el proyecto con los recursos obtenidos.

    Cabe señalar que la posición del presidente municipal ha variado, de subterráneo en una parte y otras subterráneas, sin algún soporte técnico, solo su argumento de que algunos se oponen, pero en el fondo solo es el afán de lograr aparecer en los medios de comunicación, en una abierta promoción política personal y sin considerar que con ello se está dejando sin la posibilidad de un transporte a centenas de miles de personas, no solo habitantes del municipio, sino a todas las que habitan la zona metropolitana que harían uso de este medio de transporte.

    Sólo a manera de ejemplo, se señala que se quita la posibilidad de contar con un transporte económico y eficiente a 120 mil estudiantes de la Universidad Autónoma de Nuevo León, 100 mil trabajadores. En fin se estima que afectaría a aproximadamente a 550 mil habitantes de la zona metropolitana.

    Se insiste: son centenas de miles de habitantes de todos los sectores sociales de la zona metropolitana los que se quedarían sin un transporte eficiente y económico; pero también se perderían los 430 millones de pesos ya liberados para su aplicación en la obra y una cantidad igual comprometida por las autoridades federales para el presente año. Es decir, por una promoción personal se están dejando de aplicar en benéfico de la población, recursos por un monto cercano a los 860 millones de pesos. Inversiones que como todos sabemos, además del beneficio social de la obra misma, representa una enorme cantidad de oportunidades de empleos directos e indirectos, para los habitantes de la zona y las cadenas productivas. Se insiste: todo por la irresponsabilidad de una sola persona que no ve más allá de su interés de promoción personal, y que en el más burdo de los ridículos ha manifestado que saldrá a botear para conseguir los recursos para que las obras sean subterráneas.

    Evidentemente, esa posición política no se sustenta técnicamente con el porqué de la viabilidad de estas obras subterráneas; los estudios de suelo; la factibilidad de la connivencia de instalaciones del subsuelo, los estudios de impacto ambiental, etcétera.

    Se reitera: no se puede permitir que por un afán de promoción política personal se perjudique de manera directa e inmediata a centenares de miles de habitantes de la zona metropolitana; se hagan nugatorios los esfuerzos de esta H. Cámara de Diputados para otorgar el presupuesto necesario para la construcción de la obra mencionada; se tengan que regresar los recursos ya depositados en el estado por las autoridades federales para la obra, y los ya comprometidos por las mismas para el presente ejercicio presupuestal.

    Con base en las consideraciones anteriores se presenta al Pleno de esta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se exhorta al municipio de San Nicolás de los Garza, del estado de Nuevo León, a emitir de inmediato el permiso para la realización de las obras de construcción del Sistema de Transporte Colectivo, Metro, en su territorio, por ser esta obra de beneficio social.

    Segundo. Se exhorta a las autoridades federales y a las estatales para que, en el marco de la legislación vigente, se apliquen las sanciones a que haya lugar al presidente municipal de San Nicolás de los Garza Nuevo León, Miguel Ángel García Domínguez, por la obstaculización de la realización de esta obra, en perjuicio de los habitantes del municipio.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica).» El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Así está considerado, diputado. Muchas gracias. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo...

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Leyva: Se ruega repetir la votación; y a los ciudadanos legisladores, manifestar su anuencia poniéndose de pie.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se repite la votación.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.. Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia turna a la Comisión de Transportes este asunto.
    MORATORIA UNIVERSAL DE EJECUCIONES CAPITALES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia recibió de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a presentar este año en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas una resolución de proclama de moratoria universal de ejecuciones capitales, con miras a la abolición definitiva de las mismas.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a presentar este año en la Asamblea General de la ONU una resolución de proclama de moratoria universal de ejecuciones de pena capital, con miras a la abolición definitiva de ésta, a cargo de la diputada Amalín Yabur Elías, del grupo parlamentario del PRI

    Considerando

    En México y el mundo, el concepto de derechos humanos ha adquirido importancia y profundidad durante los últimos años, como resultado de una visión humanista de la organización social y como consecuencia de múltiples manifestaciones de actos de autoridad, y aún de individuos particulares, que ofenden el sentimiento de integridad y dignidad inherentes a toda persona.

    La protección de la vida de un ser humano es considerado como la más elemental de las defensas, puesto que de la vida deriva todo el potencial de desarrollo y realización de la persona; múltiples formas de atentados a la vida se consideran, en nuestros días, como claras violaciones a los derechos humanos.

    El respeto de los derechos humanos constituye y debe constituir el objetivo primordial de la organización política de las sociedades modernas.

    La pena de muerte es uno de los temas pendientes en el terreno de los derechos humanos: de hecho, la propia Comisión de Derechos Humanos de la ONU, aprueba, desde 1997, cada año una resolución que afirma que ``la abolición de la pena de muerte contribuye al realzamiento de la dignidad humana y al progresivo desarrollo de los derechos humanos.

    En México, su aplicación ha sido prácticamente letra muerta en los últimos 44 años: no obstante estar contemplada en nuestra legislación, no se ha llevado a cabo ninguna ejecución desde el 9 de agosto de 1961 y por ello nuestro país ha sido considerado ``abolicionista de hecho''.

    En el último año, el Estado mexicano decidió sumarse a los países absolutamente abolicionistas y por esto emprendió acciones decisivas, principalmente en el ámbito de las reformas legislativas, encaminadas a erradicar la pena de muerte de manera definitiva y total de nuestro país.

    La posibilidad teórica de que fuese aplicada en los tribunales militares ha existido hasta el pasado 29 de junio, cuando fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma al Código de Justicia Militar que suprime la pena capital en el ámbito de la jurisdicción castrense.

    El proceso abolicionista está por culminar, ya que el 23 de junio del 2005, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado por la que se reforman los artículos 14 y 22 de la Constitución de Política de los Estados Unidos Mexicanos, eliminando cada referencia a la pena capital en ella, e introduciendo de forma clara su prohibición.

    Por otra parte, el 18 de noviembre de 2005, tras la aprobación a instancia de 16 de los 31 parlamentarios de los estados de la Federación mexicana, el Senado ha emitido un decreto que declara cumplida la reforma constitucional y lo traspasó al Poder Ejecutivo para sus efectos constitucionales y su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    De esa forma, va a desaparecer el último resquicio de la pena de muerte todavía presentada en la legislación de México y con ello también la posibilidad teórica de su reintroducción, desde el momento en que el Estado mexicano ha ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José del 22 de noviembre de 1969) que en el punto numero 3 del artículo 4o. señala: ``No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido''.

    En estos años, México no sólo ha cumplido todos los pasos internos para la abolición completa y definitiva de la pena de muerte, sino que ha sido también el país que mas se pronunciado en diversos foros en contra de la pena de muerte y que más ha intervenido bilateralmente enfrentándose con los países que la mantienen.

    En 2001 el Tribunal Supremo de México decidió la inconstitucionalidad de extraditar a ciudadanos mexicanos a países donde esté en vigor la pena de muerte.

    En enero de 2003, México ha llevado a juicio a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya por violaciones de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, no habiendo informado a ciudadanos mexicanos imputados en procesos de pena capital de su derecho a una asistencia legal por parte del propio consulado, y obteniendo justicia, ya que el 31 de marzo de 2004, la Corte ha aprobado el recurso del gobierno mexicano y ha ordenado a Estados Unidos revisar los casos de 51 mexicanos reclusos en los corredores de la muerte de 10 estados de la Unión.

    Desde 1998, México ha copatrocinado la resolución contra la pena de muerte aprobada por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, y el 20 de abril de 2005, convertido en miembro, no sólo la ha copatrocinado, sino que también ha votado a favor.

    El 28 de octubre de 2005 México ratificó el Estatuto de la Corte Penal Internacional adoptado en 1998 que excluye la pena de muerte como castigo aun para los delitos más graves, genocidio, crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra, significando esto que si no debe usarse para los delitos en comento, menos aun para los que son más leves.

    En la actualidad, la legislación internacional esta evocada a exigir la abolición de la pena de muerte, mientras a nivel nacional la tendencia es claramente abolicionista; de hecho, la situación jurídica y política de la pena de muerte en el mundo esta cambiado radical y favorablemente e los últimos 10 años, siendo hoy los países miembros de la ONU que todavía la mantienen 55,42 menos respecto a 1994.

    En concreto, el informe del año 2005 de la organización no gubernamental Que Nadie toque a Caín menciona que a día 31 de octubre del 2005, 136 países miembros de la ONU han abolido la pena de muerte por ley o en la práctica: de ellos, los países totalmente abolicionistas son 86; los abolicionistas para todos los delitos salvo los de carácter excepcional, como los cometidos en tiempos de guerra, son 9; 1 país, Rusia, en cuanto que miembro del Consejo de Europa se ha comprometido a abolirla y, entre tanto práctica una moratoria de las ejecuciones; los que han proclamado una moratorio de las ejecuciones son 5; los países abolicionistas de hecho, que no practican ejecuciones capitales desde hace más de 10 años, son 35.

    El mismo informe señala que los países miembros de la ONU que mantienen la pena de muerte son 55, aunque no todos impusieron condenas de muerte ni llevaron a cabo ejecuciones en 2004, y la tendencia al abandono de la pena de muerte se confirma también en la disminución que se registra cada año no sólo del número de los países que la mantienen, sino, entre estos, de los que practican de hecho, en 2004, sólo 24 de estos países han practicado ejecuciones, frente a los 29 de 2003 y en 2004 fueron al menos 5.520, frente a las 5.600 registradas en 2003.

    Pero el dato significativo es que de los 55 países que mantienen la pena de muerte miembros de la ONU, 42 son países dictatoriales, autoridades o no liberales; en estos países, en el 2004, se han efectuado al menos 5.458 ejecuciones, lo que equivale a 98.9% del total mundial; un solo país, China, ha practicado al menos 5.000, lo que sería 90.5% del total mundial, Irán ha efectuado al menos 197 y Vietnam al menos 82.

    Muchos de estos países no facilitan datos oficiales acerca de la pena de muerte, por lo que el número de ejecuciones podría ser mucho mayor, y si miramos debidamente las cosas, en estos países, la solución definitiva del problema, mas que de la lucha contra la pena de muerte, vendrá de la lucha por la democracia, por la implantación del estado de derechos y por la promoción y el respeto de los derechos humanos políticos y de las libertades civiles.

    Mientras que de los 55 países miembros de la ONU que mantienen la pena de muerte, son 13 de los que podemos definir como democracias liberales, sólo 4 de éstos han practicado la pena de muerte en 2004, con una total de 62 ejecuciones, lo que equivale a 1,1% del total mundial: Estados Unidos 59, Japón 2 y la India 1.

    La ONU ha jugado en los últimos años un papel central en la promoción de la abolición de la pena de muerte.

    Tras la derrota en 1994 en la Asamblea General de la ONU, por tan sólo 8 votos, de una resolución para la suspensión de las ejecuciones capitales; en 1997, la Comisión de los Derechos Humanos de la ONU ha aprobado cada año una resolución en la cual manifiesta su convicción de que ``la abolición de la pena de muerte contribuye al realzamiento de la dignidad humana y al progresivo desarrollo de los derechos humanos'', y pide ``una moratoria de las ejecuciones capitales para potenciar la completa abolición de la pena de muerte.

    El 20 de abril de 2005, con 26 votos a favor, 17 en contra y 10 abstenciones, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU aprobó, por novena vez consecutiva, una resolución contra la pena de muerte, la cual ha incluido además este año el patrocinio de 81 sponsors, el número más elevado nunca obtenido en la historia de la resolución presentada en la Comisión, lo cual es un testimonio positivo de la evolución en los últimos años en la comunidad internacional sobre el tema de la pena de muerte.

    La campaña internacional a favor de una moratoria universal de las ejecuciones capitales se ha revelado como una iniciativa pragmática y eficaz contra la pena de muerte: de hecho, a raíz de los pronunciamientos de la Comisión de los Derechos Humanos de la ONU, muchos países han convencido en suspender la condena a muerte y/o las ejecuciones y, tras algunos años de moratoria, ninguno de ellos se ha vuelto atrás en este sentido. Es más, todos han procedido a cambiar sus legislaciones en sentido abolicionista total y definitivo de la pena capital, como ejemplo tenemos lo ocurrido en muchos de los países del este de Europa y en Sudáfrica.

    La campaña internacional contra la pena de muerte, iniciada en Italia a principios de los noventa, bajo el impulso de Que Nadie toque a Caín y luego llevada a cabo a través de la Unión Europea, y sostenida en estos años desde México y desde un numero siempre creciente de países de todos los continentes, solo se podrá entender como felizmente concluida cuando una resolución con los mismos contenidos que la aprobada por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU de Ginebra, pase también a la Asamblea General de la ONU en Nueva York.

    Desde 1997 hasta hoy, 92 de los 191 países miembros de la ONU han copatrocinado una resolución por la moratoria en la sede de la ONU; otros 8 estados, que no han sido copatrocinadores, de todas formas, siempre han votado a favor de la moratoria, mientras que otros Estados que han abolido la pena de muerte, como por ejemplo, Fiji, Tuvalu y, en el ultimo año, Senegal, Tayikistán y Liberia, podrían copatrocinar y/o votar a favor.

    Con base en las posiciones de voto expresadas en los últimos años por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, y en base a la situación jurídica y política de varios países sobre la pena de muerte, una resolución por la moratoria de las ejecuciones, con visitas a la abolición, obtendría en Asamblea General, al menos 100 votos a favor, la mayoría absoluta de los países miembros de la ONU, una mayoría que no podía ser nunca atacada desde el ``no'', teniendo en cuenta también los no pocos países indecisos que se abstendrían.

    Son datos que no prometen un amplio y seguro éxito en la Asamblea General, pero para llevar a buen puerto la iniciativa y para dar una nueva y mayor fuerza con miras, especialmente, a la presentación de la resolución pro moratoria en el Palacio de Cristal, se necesita crear una coalición mundial de países promotores que comprenda Estados representativos de todos los continentes, no sólo europeos y occidentales.

    Gracias a la moratoria proclamada en la ONU y en espera de una abolición mundial y total-millares de condenados a muerte podrían conservar sus vidas, no sólo ésos de los que todos se preocupan, los condenados de los corredores de la muerte norteamericanos, sino también los olvidados y anónimos reclusos de los corredores de la muerte chinos, iraníes, vietnamitas y de todos los otros regímenes autoritarios que mueren abrumados en el silencio y la indiferencia generales.

    Por lo expuesto, con fundamento en el artículo 72, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 57 y 58 de la Ley Orgánica del Congreso federal y los demás correlativos, me permito presentar la siguiente

    Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a presentar este año en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas una resolución de proclama de una moratoria universal de ejecuciones capitales con miras a la abolición definitiva de las mismas. En particular exhortándolo:

    1. A tomar parte en la coalición mundial de gobiernos representativos de todas las áreas geográficas que quieran presentar a la Asamblea General de la ONU en 2006 una resolución por la moratoria universal de las ejecuciones capitales, con vistas a la abolición definitiva de la pena de muerte.

    2. A llevar a la práctica inmediatamente iniciativas a nivel bilateral y multilateral en convergencia con la campaña de Que Nadie toque a Caín, de sensibilización de los gobiernos y de la opinión publica con países de todos los continentes, empezando por aquellos del norte, del centro y del sur de América y a actuar en modo tal que se asegure en la resolución promoratoria el mayor número de copatrocinadores y de votos a favor.

    Dip. Amalín Yabur Elías (rúbrica).»El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.
    ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y esta Presidencia otorga la palabra al señor diputado don Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal establecer un programa de compensaciones para las personas afectadas por el revestimiento del canal Todo Americano (All-American).El diputado Norberto Enrique Corella Torres: Con su permiso, diputado Presidente. El suscrito, diputado Norberto Enrique Corella Torres, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en la normatividad vigente, presenta ante la H. Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal el establecimiento de un programa de compensaciones para las personas afectadas por el revestimiento del canal Todo Americano, basado en las siguientes consideraciones:

    El Congreso de Estados Unidos de América y autoridades administrativas de ese país han iniciado un procedimiento para revestir el canal Todo Americano, que se deriva del río Colorado y riega tierras del valle de Mexicali, en frontera con el estado de Baja California. La intención del revestimiento es incrementar el flujo de agua, evitando las filtraciones hacia la zona central del estado de California. Esa obra se iniciará en junio próximo. De concretarse la obra, el valle de Mexicali dejará de percibir hasta 400 millones de metros cúbicos, que sirven a 3 mil familias para tareas agrícolas, y habrá un daño a la ecología, ya que propiciará la extinción de especies de la flora y de la fauna.

    No se puede dejar de reconocer que las autoridades norteamericanas tienen todo el derecho de aprovechar mejor sus recursos naturales, pero la realidad de la frontera en sus aspectos económicos, culturales, sociales exige la coordinación y, sobre todo, la cooperación entre los dos países para limitar los impactos negativos que las decisiones de cada Estado pueda efectuar en los otros. El 11 de noviembre de 2004 presenté un punto de acuerdo relacionado con este hecho, y la Cámara de Diputados lo aprobó; sin embargo, hasta el momento la respuesta del Gobierno de México no ha sido lo enérgica que la magnitud del problema demanda.

    Es necesario que de forma conjunta, Estado y sociedad organizada, lleven a cabo las acciones indispensables para exigir al gobierno norteamericano las indemnizaciones que por elemental justicia corresponden a las personas afectadas en el valle de Mexicali. Por lo expuesto, me permito presentar ante la Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo:

    Primero. Se solicita al Ejecutivo federal la aplicación de un programa de compensaciones para las personas que resulten afectadas en el valle de Mexicali por la reducción de agua disponible a partir del revestimiento del canal Todo Americano.

    Segundo. Se exhorta a la Comisión Nacional de Agua para que implante un programa que permita mantener el abastecimiento necesario del recurso hídrico para productores, agricultores y demás usuarios del valle de Mexicali que se vean afectados por el revestimiento del canal Todo Americano.

    Señor Presidente: este punto de acuerdo ya fue publicado en la Gaceta Parlamentaria, por lo que le ruego que ordene su inserción en el Diario de los Debates, en la versión que previamente se entregó y que ofreció en la Gaceta Parlamentaria y no en esta síntesis que, por economía parlamentaria, se ha presentado. Muchas gracias.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal establecer un programa de compensaciones para los afectados por el revestimiento del canal Todo Americano (All-American), a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado Norberto Enrique Corella Torres a la LIX Legislatura e integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta asamblea el siguiente punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal el establecimiento de un programa de compensaciones para las personas afectadas por el revestimiento del canal Todo Americano (All American) basado en las siguientes

    Consideraciones

    El Congreso de Estados Unidos de Norteamerica y el conjunto de autoridades de ese país involucradas en el proyecto de hacer más eficiente el uso y aprovechamiento del agua en la región sur del estado de California, han iniciado los procedimientos para revestir el fondo del canal Todo Americano (All American). La intención manifestada en la reforma legislativa que dio origen a esta obra de infraestructura hidráulica, era la de aumentar el flujo del recurso hacia diversas reservaciones indias del condado de San Diego y para aumentar en general el agua disponible para el consumo en el estado de California.

    El canal Todo Americano (All American) fue construido en la década de 1930, entró en funcionamiento a partir de 1940 como parte del sistema hidráulico para dotar del recurso a la región desértica del sur de California y forma parte del distrito de riego Imperial. Tiene una longitud aproximada de 132 kilómetros y actualmente presta servicio a nueve ciudades e irriga 500,000 acres de tierras cultivables en el propio Valle Imperial. Inicia en la presa Imperial en el río Colorado y se dirige al sur y después al oeste a lo largo de la frontera con México. Según estudios realizados por el United States Bureau of Reclamation (USBR) se pierden por filtraciones en un trayecto de 37 kilómetros aproximadamente 86 millones de metros cúbicos de agua al año.

    Sin dejar de reconocer el derecho que asiste a las autoridades gubernamentales del país vecino en la definición de las formas en que aprovechan los recursos naturales de que disponen, es necesario mencionar que la realidad de la frontera en sus aspectos económicos, culturales y sociales, exige la coordinación, pero principalmente la cooperación de ambos países para limitar los impactos negativos que las decisiones que cada Estado ejecuta en el ejercicio de su soberanía, pudieran tener sobre amplios grupos de la población en ambos lados de la frontera. Diversos estudios coinciden en que las filtraciones de agua del Canal a través del subsuelo que se dan de forma natural contribuyen en un 12 % aproximadamente en la recarga de los pozos que alimentan al Valle de Mexicali. El impacto negativo no sólo es en términos de la cantidad de agua disponible que se vería reducida, sino en la calidad de la misma, ya que la filtración de estas aguas permiten reducir la salinidad del agua en el subsuelo del Valle, y por lo tanto aumentar su calidad para el uso tanto agrícola, como industrial, así como para el consumo doméstico.

    Hasta el momento, y al no haberse iniciado aún la construcción del nuevo canal recubierto o de cubrir el fondo del canal actual, los efectos negativos aún no se han presentado. Sin embargo, y al ser ésta una obra que continúa su proceso, la respuesta del gobierno mexicano no ha sido lo enérgica que la magnitud del problema demanda. Es necesario, que de forma conjunta Estado y sociedad organizada lleven a cabo las acciones indispensables para exigir del gobierno norteamericano las indemnizaciones que por elemental justicia corresponden a las personas afectadas en el Valle de Mexicali por esta obra. El estatus de vecinos territoriales, socios comerciales y aliados estratégicos en la integración del bloque económico de Norteamérica obliga a buscar el equilibrio indispensable en el uso y disfrute de los recursos naturales en la frontera compartida, y a no permitir que se impongan las decisiones del más fuerte, por sobre los derechos que como nación soberana México ostenta.

    El 11 de noviembre del 2004 presenté un punto de acuerdo relacionado con esta problemática, que fue aprobado por el Pleno de esta soberanía, no obstante, dicho esfuerzo no ha sido suficiente. Por lo tanto, es necesario insistir y proponer nuevas vías de acción que permitan limitar el impacto negativo de esta medida.

    La defensa de los derechos de los mexicanos es una obligación irrenunciable de nuestra tarea legislativa, hacer que su voz se escuche en el ámbito nacional es mi deber como diputado federal, y enfrentar los problemas y retos que surgen de nuestra relación con la mayor potencia económica es una tarea que esta Cámara de Diputados debe afrontar como una de sus principales tareas en la búsqueda de cumplir con sus obligaciones constitucionales y legales. Defender los legítimos intereses y los derechos de aquellos productores nacionales y en general de quienes usan el agua en el Valle de Mexicali, es una expresión clara de la defensa de la soberanía nacional que la Cámara de Diputados representa. Una buena vecindad está basada en el respeto y la cooperación, pero es obligación de cada Estado defender a sus connacionales, y en el marco de la atención de los problemas causados por causas geográficas como el que nos ocupa, ninguna de las partes debe tomar decisiones sin considerar las consecuencias que más allá de sus límites territoriales pueden generar.

    En el estado actual de la situación, queda claro que las acciones emprendidas por el Gobierno Federal no han sido suficientes para evitar la continuación del proyecto, cuyo calendario señala septiembre de 2008 como fecha para finalizar las obras. En consecuencia, queda como opción exigir el establecimiento de un programa de compensaciones para mitigar el efecto que esta obra tendrá sobre los productores y consumidores del Valle de Mexicali. Por lógica jurídica, son las autoridades mexicanas quienes deben compensar a los usuarios nacionales cuando se reduzca el agua disponible, pero es obligación del Gobierno Federal, en el marco de los diversos acuerdos y tratados que dan forma a nuestra relación con los Estados Unidos de América, exigir los recursos económicos necesarios para cumplir dichas compensaciones.

    Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se solicita al Ejecutivo federal la aplicación de un programa de compensaciones para las personas que resulten afectadas en el Valle de Mexicali por la reducción del agua disponible a partir del revestimiento del canal Todo Americano (All-American).

    Segundo. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua (CNA) a que implemente un programa que permita mantener el abastecimiento necesario del recurso hídrico para productores, agricultores y demás usuarios del Valle de Mexicali que se vean afectados por el revestimiento del canal Todo Americano (All-American).

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los siete días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Norberto Corella Torres (rúbrica).» Presidencia del diputado Álvaro Elías LoredoEl Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Insértese íntegramente el texto de la propuesta del señor diputado en el Diario de los Debates; y se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.
    ESTADO DE QUINTANA ROO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para condonar los pagos obrero-patronales a hoteleros del estado de Quintana Roo.La diputada María Concepción Fajardo Muñoz: Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: durante el año pasado, como sabemos, el huracán Wilma azotó las playas del estado de Quintana Roo, dejando a su paso daños irreversibles: disminuyó en 6 por ciento el flujo de turistas internacionales en comparación con 2004; de tal manera, 80 por ciento de la infraestructura hotelera fuera dañada. La Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros reporta que la pérdida económica asciende a mil 790 millones de dólares. La Asociación de Hoteleros de Cancún pide que se exente el pago de las cuotas obrero-patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Infonavit, así como que se les reduzcan las tarifas energéticas correspondientes al último trimestre de 2005.

    Esta solicitud ya fue hecha en diciembre pasado, en la visita que hizo el ciudadano Presidente de la República Vicente Fox Quesada, por medio del dirigente de la Asociación de Hoteleros de Cancún, el señor Jesús Almaguer Salazar, ya que las empresas aseguradoras no han liberado los recursos para rehabilitar la planta hotelera; sólo han otorgado anticipos por 10 por ciento, pese a que se comprometieron a pagar la totalidad de los daños. Se estima que más de 50 por ciento de los centros de hospedaje no lo han recibido; y ante el retraso en el pago de los seguros, diversos empresarios optaron por conseguir un crédito para poner en operación las 11 mil 839 habitaciones que hoy brindan servicio. Desde un inicio, la asociación siempre solicitó que se exentara de esta carga impositiva, ya que muchas empresas no han podido hacer frente a ella porque las condiciones son excesivas, las contribuciones son excesivas y los ingresos muy bajos. Sin embargo, no se dio respuesta a eso y ahora corren el riesgo de cerrar, propiciando así que no puedan hacer frente a tal requerimiento y, por tanto, se estarían perdiendo fuentes de empleo importantes para el sector turístico.

    Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo

    Único. Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para condonar los pagos obrero-patronales a los hoteleros del estado de Quintana Roo.

    En este punto, compañeras y compañeros, diputadas y diputados, quisiera pedirles su total apoyo, ya que hay muchos quintanarroenses que perderían su trabajo. Muchísimas gracias.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para condonar las cuotas obrero-patronales a hoteleros de Quintana Roo, a cargo de la diputada María Concepción Fajardo Muñoz, del grupo parlamentario del PRI

    La suscrita, diputada, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de la República y 58, fracción I, del Reglamento para Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Cámara la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Durante el año pasado, como sabemos, el huracán Wilma azotó las playas del estado de Quintana Roo, dejando a su paso daños irreversibles, de tal manera se disminuyó en un 6% el flujo de turistas internacionales en comparación con el 2004, adicionalmente los daños ocasionados en los aeropuertos internacionales del caribe mexicano por los embates del huracán, el flujo migratorio en el aeropuerto internacional de Cancún descendió un 5%, mientras que en el de Cozumel la reducción alcanzó el 17%, paralizando así la industria turística.

    Generando que el 80% de la infraestructura hotelera fuera dañada, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), reporta que las pérdidas económicas ascienden a mil 790 millones de dólares, y en promedio, sólo el 20% han sido entregados.

    La asociación de hoteleros de Cancún pide que se les exente del pago de las cuotas obrero patronales del IMSS y del Fondo Nacional para la Vivienda de los trabajadores (Infonavit), así cómo que se le reduzcan las tarifas energéticas, correspondientes al último trimestre del 2005; esta solicitud fue hecha en diciembre pasado en la visita que hizo el C. Presidente de la República, Vicente Fox Quezada, por medio del dirigente de la AHC, Jesús Almaguer Salazar, ya que las empresas aseguradoras no han liberado los recursos para rehabilitar la planta hotelera, sólo han otorgado anticipos por el 10%, pese a que se comprometieron a pagar la totalidad de los daños , se estima que más del 50% de los centros de hospedaje no lo han recibido y ante el retraso en el pago de los seguros, diversos empresarios optaron por conseguir un crédito para poner en operación las 11 mil 839 habitaciones que hoy brindan servicio.

    Desde un inicio, la asociación siempre solicitó que se exentará de esta carga impositiva, ya qué muchas empresas no podrían hacer frente a ella, porque las contribuciones son excesivas y los ingresos muy bajos; sin embargo no se dio respuesta a esto y ahora corren el riesgo de cerrar, propiciando que no podrán hacer frente a tal requerimiento y, por tanto, se estarían perdiendo fuentes de empleo importantes para el sector.

    Además, los hoteles como las empresas restauranteras ya resienten de nueva cuenta una baja en la operación diaria a comparación de diciembre pasado, cuándo se logro un ligero repunte derivado de las fiestas navideñas; sin embargo el sector refleja la falta de activación de toda la infraestructura turística.

    A pesar de las múltiples peticiones que ha hecho la Asociación de Hoteleros en Cancún a las autoridades federales (Presidente de la República, C. Vicente Fox Quesada; secretario de Turismo, C. Rodolfo Elizondo Torres) no ha habido una respuesta favorable a dicha solicitud.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito presentar ante esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Exhortar al Ejecutivo federal a cumplir el compromiso prometido e interceder ante el IMSS e Infonavit para que exenten de contribuciones obrero-patronales del último trimestre de 2005 a los hoteleros del estado de Quintana Roo.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. María Concepción Fajardo Muñoz (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

    Tiene la palabra el diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo con relación al caso del ciudadano Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresiones, SA de CV. No encontrándose en el salón de sesiones, pasa al final del capítulo.


    ISTMO DE TEHUANTEPEC
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a realizar un proyecto en materia de infraestructura de transporte y desarrollo del istmo de Tehuantepec.El diputado Ángel Pasta Muñuzuri: Con su permiso, señor Presidente: el suscrito, diputado federal por la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, Ángel Pasta Muñuzuri, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta al Pleno de la Cámara de Diputados proposición con punto, de acuerdo de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes

    Consideraciones

    El istmo de Tehuantepec es un corredor intermodal que cuenta con gran potencial de desarrollo y mayor impacto social en las regiones. Asimismo, no se deben pasar por alto los acuerdos con las empresas navieras, con la Comisión Federal de Electricidad, Pemex, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con los gobiernos estatales y los municipales, estos últimos dos para su debida promoción y apoyo del proyecto. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes deberá hacer un estudio minucioso del proyecto, ya que debe tener en la práctica mayor utilización de la capacidad en la infraestructura de transportes.

    Debemos también contar con un sistema de información promocional. Requerimos el apoyo total de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que necesitamos incentivos fiscales que consideren el establecimiento de nuevas industrias en el corredor transístmico; también, el establecimiento de un corredor in bond que incluya el libre tránsito de mercancías en el corredor transístmico sin revisión aduanal; de igual forma, el transporte de mercancías en el corredor transístmico entre Salina Cruz y Coatzacoalcos, sin el pago de los impuestos por importaciones o, por supuesto, la aprobación de la asignación presupuestal requerida para consolidar el presente proyecto.

    Si la Secretaría de Comunicaciones y Transporte realiza adecuadamente el proyecto, se generarán empleos y gran derrama económica, la que favorecerá la integración de cadenas productivas; se apoyará el desarrollo de infraestructura industrial y urbana del sistema de ciudades; se apoyarán las exportaciones y tendremos, además de todos los beneficios mencionados, alta participación de inversión tanto en la iniciativa privada como en la social. Por lo expuesto y con apoyo en lo establecido en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo el siguiente punto de acuerdo:

    Primero. Se propone a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que realice un estudio en materia de infraestructura de transporte y desarrollo del istmo de Tehuantepec, con la finalidad de fortalecer la competitividad entre las diferentes infraestructuras y servicios de transporte.

    Segundo. Informe la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a esta soberanía de las inversiones de 2000 a 2005 de proyectos portuarios, ferroviarios y carreteros, donde se contengan datos del istmo de Tehuantepec.

    Es cuanto, señor Presidente. Gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a realizar un proyecto en materia de infraestructura de transporte y desarrollo del istmo de Tehuantepec, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, diputado federal de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, Ángel Pasta Muñuzuri, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta al Pleno de la Cámara Diputados proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes

    Consideraciones

    El istmo de Tehuantepec es un corredor intermodal que cuenta con gran potencial de desarrollo y el mayor impacto social en la región.

    Con el presente punto de acuerdo expongo que es necesario desarrollar e impulsar un sistema moderno de transporte de mercancías, integrado y multimodal, que fomente las actividades productivas de la región, y actúe como centro de producción, recepción y distribución de insumos y productos.

    En la práctica de este proyecto se debe tener cuidado en la asignación de la inversión pública y privada, ya que con ello fortaleceremos la conectividad de la infraestructura de transporte en el istmo.

    No se deben pasar por alto los acuerdos con las empresas navieras, con la Comisión Federal de Electricidad, Pemex, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con los gobiernos estatales y los municipales, estos dos últimos para su debida promoción y apoyo del proyecto.

    La Secretaría de Comunicaciones y Trasportes deberá hacer un estudio minucioso del proyecto, ya que debemos tener en la práctica mayor utilización de la capacidad de la infraestructura de transporte, debemos también contar con un sistema de información promocional.

    Requeriremos el apoyo total de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que necesitaremos incentivos fiscales que consideren el establecimiento de nuevas industrias en el corredor transístmico, también un establecimiento de un corredor In Bond, que incluya el libre tránsito de mercancías en el corredor transístmico, sin revisiones aduanales, de igual forma, el transporte de mercancías en el corredor transístmico entre Salina Cruz y Coatzacoalcos, sin el pago de impuestos por importación, y por supuesto de la aprobación de las asignaciones presupuestales requeridas para la consolidación del presente proyecto.

    Si la Secretaría de Comunicaciones y Transportes realiza adecuadamente el proyecto, se generarán empleos y gran derrama económica, se favorecerá la integración de cadenas productivas, se apoyará el desarrollo de infraestructura industrial y urbana del sistema de ciudades, y se apoyarán las exportaciones; tendremos, además de todos los beneficios mencionados, alta participación de inversión de la iniciativa privada y social.

    Por lo expuesto y con apoyo en lo establecido en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se propone a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que realice un estudio en materia de infraestructura de transporte y desarrollo del istmo de Tehuantepec, con la finalidad de fortalecer la competitividad entre las diferentes infraestructuras y servicios de transporte.

    Segundo. Informe la Secretaría de Comunicaciones y Trasportes a esta soberanía de las inversiones, de 2000 a 2005, de proyectos portuarios, ferroviarios y carreteros, donde contenga datos del istmo de Tehuantepec.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2006.--- Dip. Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: En virtud de que no se encuentran oradores registrados en la materia, se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión la proposición. No habiendo oradores inscritos, esta Presidencia la considera suficientemente discutida y dispone que la Secretaría consulte a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición.

    La Secretaría diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Aprobada; comuníquese.


    ESTADO DE JALISCO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: A solicitud del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo en relación con el caso del ciudadano Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresiones, SA de CV.

    La Secretaría diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, con relación al caso del ciudadano Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresiones, SA de CV, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado Hugo Rodríguez Díaz, miembro de la actual LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de las facultades y atribuciones señaladas en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos y aplicables, presenta esta proposición de punto de acuerdo en relación con el caso del C. Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresiones, SA de CV, acorde a las siguientes

    Consideraciones

    Primero.- Con fecha 6 de octubre de 2005, se publicó en la Gaceta Parlamentaria de esta Cámara de Diputados el proyecto de punto de acuerdo presentado por el suscrito a fin de exhortar al Ejecutivo del gobierno del estado de Jalisco que se abstuviera de invitar a licitaciones estatales a una empresa y una persona de quienes se manejó información en el sentido que la empresa fue responsable de problemas técnicos encontrados en placas vehiculares de Jalisco.

    Segundo.- Sin embargo, desde entonces he recibido información que es inconsistente con datos que originaron el proyecto de punto de acuerdo de referencia en los siguientes puntos centrales:

    1.- Existen versiones contradictorias respecto de que Susumu Azano Moritori sea ``japonés nacionalizado mexicano'' o ``mexicano por nacimiento''.

    2.- Si bien es cierto que en el caso jurídico que se menciona existió, no ha sido posible determinar si en él existe sentencia firme que haya concluido señalando responsabilidad, absolviendo o sobreseyendo.

    3.- No se ha podido determinar si los problemas técnicos y defectos en las placas vehiculares de la licitación que el proyecto de punto de acuerdo en comento fue responsabilidad o no de la empresa ganadora de la licitación de referencia.

    Tercero.- En ese sentido y considerando que aún y cuando puedan existir supuestos que dieron lugar a la presentación del proyecto de punto de acuerdo de mérito, también lo es que, al no estar debidamente acreditadas ante el suscrito esas supuestas responsabilidades, no se debe hacer un señalamiento donde existan dudas de estas alusiones, por lo que antes que señalar un demérito contra de persona física o jurídica alguna, es necesario ser justos en nuestros posicionamientos. Por ello, se presenta este proyecto a fin de hacer las aclaraciones que aparecen en estas consideraciones a fin de evitar una injusticia o un mal concepto en la imagen de la persona de Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresos de Seguridad, SA de CV, las cuales se dejan a salvo.

    Con base en lo dispuesto por los anteriores argumentos, pongo a consideración para su discusión y aprobación por esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Con relación al proyecto de punto de acuerdo propuesto por el diputado Hugo Rodríguez Díaz y publicado en la Gaceta Parlamentaria de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión con fecha 6 de octubre de 2005, ya que los datos que originaron el proyecto en mención son inconsistentes, se hacen las aclaraciones que aparecen en las consideraciones de este nuevo proyecto a fin de evitar una injusticia o un mal concepto en la imagen de la persona de Susumu Azano Moritori y la empresa Diseño e Impresos de Seguridad, SA de CV, las cuales se dejan a salvo.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, en la fecha de su presentación.--- Dip. Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se turna a la Comisión de Gobernación.

    La siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que exhorta al Ejecutivo federal para que el Tribunal Superior Agrario, la Secretaría de la Reforma Agraria y la Procuraduría Agraria y la Procuraduría Agraria, atiendan lo relacionado con el juicio de la pérdida de hectáreas de la superficie original del ejido Hoyo del Aire, localizado en el municipio Taretan, en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Carlos Hernán Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se pospone. Tiene la palabra el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral a que rinda un informe acerca de los resultados obtenidos al transcurrir la vigencia del acuerdo denominado ``tregua electoral navideña''. No encontrándose en el salón de sesiones, se pospone.


    ESTADO DE MICHOACAN
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proposición con punto de acuerdo con relación al derrame de combustóleo en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, el 25 de enero de 2006.El diputado Adrián Chávez Ruiz: Con su permiso, señor Presidente. Solicito que mi intervención pueda ser registrada de manera íntegra en el Diario de los Debates y que, de esa manera, en estos momentos sólo pueda dar un resumen. El 25 de enero del presente año, en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, se dio una fuga de combustóleo, en este caso generado por labores de transvase del buque tanque Tolteca, propiedad de Petróleos Mexicanos, provocando el derrame de más de 15 mil litros de combustóleo; el material tenía como destino la empresa Mittal Steel.

    A la fecha, las aguas marinas del puerto muestran la presencia del combustóleo en su superficie y en la bocana, por donde acceden los barcos. En el recorrido que hicieron diversas autoridades en la dársena portuaria se comprobó que la recuperación fue de 150 barriles de combustóleo y que el derrame se debió a una avería en la válvula de la tubería del muelle. Las consecuencias del derrame se percibían en otros puntos distantes del lugar del accidente, siguiendo la corriente casi imperceptible del río hacia el canal de navegación, que se observa en las orillas, donde algunos arbustos muestran la costra negra de chapopote, la cual dimensiona el alcance de la descarga. Esto se observa en la superficie, pues se considera que también en el fondo marino existe combustóleo que no se puede rescatar, ya que le fue aplicada una sustancia que provoca su precipitación en dicho fondo marino.

    Sobre lo acontecido, la Secretaría de Marina-Armada de México hizo llegar un comunicado donde se destacaba que se procedió a la ejecución del plan local de contingencia para prevenir y controlar derrames de hidrocarburos y otras sustancias nocivas al mar, efectuando estos trabajos en conjunto la Capitanía de Puerto, la Secretaría de Marina, Apilac y Pemex, y --por el sector privado-- Mittal Steel y Cobalsa, agregando que se continuaban estos trabajos de limpieza hasta terminar el área afectada, concluyendo que los daños fueron mínimos y quedando las aguas del recinto portuario y de la costa en la desembocadura del río Balsas completamente limpias.

    El informe de la jefa del Departamento de Ecología municipal de Lázaro Cárdenas asienta que la Profepa acudió el día de los hechos a inspeccionar y considerar que la empresa responsable de los daños era Corporación del Balsas, una que representa tanto a Sicartsa como a Mittal Steel. Cabe destacar que no es la primera vez que esto acontece en las costas mexicanas, y en específico en las del puerto de Lázaro Cárdenas, generando problemas ecológicos graves y consecuencias sociales de complicación para las comunidades pesqueras que se asientan al margen de dicho puerto. Por lo expuesto, someto a esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con punto de acuerdo:

    Primero. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Profepa, que verifique el debido cumplimiento de la normatividad ambiental por Pemex y demás empresas involucradas con relación al derrame de combustóleo del 25 de enero en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán. Asimismo, para que la Semarnat coordine que se instrumenten medidas correctivas con relación al grave deterioro ambiental de la zona, así como las acciones encaminadas a reparar los perjuicios causados y aportar los recursos necesarios para subsanar el quebranto económico causado a los pescadores del puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán; y

    Segundo. Se integre un grupo de trabajo con diputadas y diputados de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión de Pesca de la honorable Cámara de Diputados para visitar la zona afectada, con objeto de conocer directamente los daños causados y los mecanismos de solución de la problemática referida. Es cuanto, ciudadano Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, respecto al derrame de combustóleo en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, el 25 de enero de 2006, a cargo del diputado Adrián Chávez Ruiz, del grupo parlamentario del PRD

    El suscrito, diputado federal del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la alta consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    El pasado 25 de enero del presente año, en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, se dio una fuga de combustóleo, en este caso generado por labores de trasvase del buque tanque Tolteca, propiedad de Petróleos Mexicanos (Pemex), provocando el derrame de más de 15,000 litros de combustóleo. El material tenía como destino la empresa Mittal Steel. A la fecha, las aguas marinas del puerto muestran la presencia del combustible en toda su superficie y en la bocana por donde acceden los barcos. En el recorrido que hicieron diversas autoridades en la dársena portuaria se comprobó que la recuperación fue de 150 barriles de combustóleo, y que el derrame se debió a una avería en la válvula de la tubería del muelle.

    Las consecuencias del derrame se percibían en otros puntos distantes del lugar del accidente, siguiendo la corriente casi imperceptible del río hacia el canal de navegación, que se observa en las orillas donde algunos arbustos muestran la costra negra de chapopote, la cual dimensiona el alcance de la descarga. Esto es lo que se observa en la superficie, pues se considera que en el fondo marino existe combustóleo, que no se puede rescatar.

    Adicionalmente, en las labores de recuperación del material derramado, al parecer se usó una barrera angosta y con ello no se logró contener el derrame fuera de la barrera, por lo que quedó fuera de control. A este combustóleo se le adicionó un material que favorece que el combustóleo o chapopote se concentre en forma granulada para que se precipite al fondo marino, por lo que debe verificarse que su aglutinación no llegue a convertirse en una nueva carga contaminante para la flora y fauna marinas.

    Sobre lo acontecido, la Secretaría de Marina-Armada de México hizo llegar un comunicado, en donde se destaca: ``Aceptando que se procedió a la ejecución del plan local de contingencia para prevenir y controlar derrames de hidrocarburos u otras sustancias nocivas al mar, efectuando estos trabajos en conjunto Capitanía del Puerto, Secretaría de Marina, Apilac y Pemex; y, por el sector privado, Mittal Steel y Cobalsa, agregando que continuarán esos trabajos de limpieza hasta terminar de limpiar el área afectada. Concluyendo que los daños fueron mínimos, quedando limpias las aguas del recinto portuario y de la costa en la desembocadura del río Balsas''.

    En el informe de la jefa del Departamento de Ecología Municipal de Lázaro Cárdenas se asienta que la Profepa acudió el día de los hechos para inspeccionar, y considerar que la empresa responsable de los daños es Corporación del Balsas (Cobalsa), que se supone es una empresa que representa tanto a Sicartsa como a Mittal Steel en las maniobras portuarias. Esta empresa recibirá un resolutivo de la Profepa en el transcurso de una semana, teniendo la parte responsable otra semana para responder y en alrededor de tres a cuatro semanas se tendrían resultados del estudio de daños por parte de un empresa experta en la materia y contratada por la propia empresa responsable, Cobalsa.

    Cabe destacar que no es la primera vez que esto acontece en las costas mexicanas y en específico en las del puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, generando problemas ecológicos muy graves para la zona, y en específico para la población que vive a las orillas.

    Debemos hacer notar que esta comunidad se mantiene en gran medida de la pesca, pero con problemas de contaminación que afectan los recursos pesqueros se genera un problema enorme, pues el nivel de ingresos de los pescadores se ve mermado, aumentando los riesgos de salud en la población involucrada.

    A esto, es importante mencionar que existen por parte de la ciudadanía de Lázaro Cárdenas reclamos de poco apoyo por las instituciones responsables. Con ello se cultiva un conflicto social, a lo cual se debe dar atención inmediata.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Primero. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que verifique el debido cumplimiento de la normatividad ambiental por Pemex y demás empresas involucradas con relación al derrame de combustóleo del 27 de enero en el puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán. Asimismo, para que la Semarnat coordine que se instrumenten medidas correctivas con relación al grave deterioro ambiental de la zona, así como las acciones encaminadas a reparar los perjuicios causados y a aportar los recursos necesarios para subsanar el quebranto económico causado a los pescadores del puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán.

    Segundo. Se integre un grupo de trabajo con diputados y diputadas de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la Comisión de Pesca de la H. Cámara de Diputados para visitar la zona afectada, con objeto de conocer directamente los daños causados y los mecanismos de solución a la problemática referida.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2006.--- Dip. Adrián Chávez Ruiz (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Como solicitó el diputado, insértese íntegramente el texto de la propuesta en el Diario de los Debates y consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión. No habiendo oradores registrados, esta Presidencia la considera suficientemente discutida y dispone que la Secretaría consulte a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Aprobada; comuníquese.


    ESTADO DE TAMAULIPAS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Érick Agustín Silva Santos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo para solicitar la reclasificación de la tarifa eléctrica, de la 1-D a la 1-E, para el consumo de uso doméstico en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas.

    El diputado Érick Agustín Silva Santos: Con su venia, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.El diputado Érick Agustín Silva Santos: Las demandas más sentidas y reiteradas de la sociedad, y sobre todo de quienes habitamos en zonas extremadamente cálidas del país, ha sido la solicitud de las tarifas eléctricas más bajas, especialmente cuando el intenso calor nos obliga a utilizar aparatos eléctricos, que representan 80 por ciento del consumo eléctrico total, como es el caso de la ciudad de Matamoros, Tamaulipas. Sabemos, y entendemos, de los rezagos de las tarifas acumulados por años y de los altos costos de mantenimiento de las fuentes que generan electricidad, pero no aceptamos los supuestos beneficios para las zonas cálidas, toda vez que en el norte del país la mayoría de las regiones que lo forman son de clima extremo y muy fríos o extremadamente cálidos.

    Sin embargo, el costo por servicio eléctrico es cada vez más caro e incosteable. La decisión del Gobierno Federal de reducir el subsidio de las tarifas domésticas, como se estableció en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2002, dio como resultado un nuevo incremento de las tarifas eléctricas, sobre todo en las regiones más cálidas de nuestro estado. Tal elevación afectó severamente un segmento de la población: con incrementos en la facturación del orden de 100 por ciento, introdujo una estructura tarifaria sumamente complicada, inicua y falta de lógica, ya que una pequeña variación en el consumo de energía da lugar a cambios desproporcionados en la facturación.

    Un reconocimiento implícito de que un tratamiento equitativo es reconocer las diferencias climáticas, que implican mayor consumo de energía eléctrica, lo representa el hecho de que la reclasificación actual de las tarifas estacionales para servicio doméstico considera menos cargos a temperaturas ambientales mayores porque a mayores temperaturas, también se requiere mayor consumo de electricidad. En Matamoros, Tamaulipas, contamos actualmente con la tarifa 1-D, la cual se asigna a ciudades con temperatura media mínima en verano de 31 grados centígrados, cuyo límite por mes es de 1,000 kilovatios/hora. Solicitamos la tarifa 1-E, asignada a ciudades cuya temperatura media mínima en verano es de 32 grados centígrados, pero con la diferencia de que el límite de consumo por mes es de 2,000 kilovatios/hora.

    Por ello solicitamos dicha reclasificación, por ser la diferencia de sólo 1 grado. Nuestra solicitud tiene base y sustento, debido a que nuestras ciudades hermanas como Reynosa y Río Bravo, las cuales se encuentran a muy poca distancia de Matamoros, gozan de dicha tarifa, sosteniendo las mismas temperaturas medias, que son la base del establecimiento de las tarifas eléctricas por parte de la Comisión Federal de Electricidad.

    Cabe señalar que las temperaturas promedio que nos ha proporcionado la Comisión Nacional del Agua no coinciden con las temperaturas que nos ha proporcionado el Centro Meteorológico de Brownsville, Texas, en Estados Unidos, por lo cual solicitamos una inmediata revisión y verificación minuciosa de lo referido, requiriendo además que dichas temperaturas sean tomadas por varias dependencias, a fin de establecer con mayor veracidad dicha información, debido a que en nuestra ciudad, en temporada de verano, el clima oscila entre 35 y 40 grados centígrados, por ser zona extremosa, rebasando en demasía la temperatura que se requiere para el establecimiento de la tarifa 1-E, que es de 32 grados centígrados.

    En la sociedad matamorense se manifiesta la preocupación bimestral que sufrimos a causa de las altas tarifas eléctricas existentes. En ese sentido, debemos tomar en cuenta a muchas familias matamorenses, que se les hace algunas veces imposible solventar el consumo energético, toda vez que la facturación es demasiado alta. En ocasiones tienen que definir entre comprar medicamento para su hijo enfermo o para la educación de sus hijos o, más aún, darle de comer a su familia o pagar dicho recibo. Por lo antes expuesto, me permito poner a la alta consideración de este Pleno el siguiente punto de acuerdo, de urgente resolución:

    Primero. La honorable Cámara de Diputados se pronuncia en favor de la reclasificación de la tarifa eléctrica en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, para el consumo doméstico de la tarifa 1-D a la tarifa 1-E.

    Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Jefe del Poder Ejecutivo federal a que, en el ámbito de sus atribuciones, instruya a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Economía a efecto de que, con fundamento en el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, proceda a la reclasificación de las tarifas eléctricas de uso doméstico en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas.

    Es cuanto, diputado Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, para solicitar la reclasificación de la tarifa eléctrica de la 1D a 1E, para el consumo de uso doméstico en la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas, a cargo del diputado Érick Agustín Silva Santos, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado federal Érick A. Silva Santos, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente resolución, para exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal a adoptar las medidas necesarias a efecto de reclasificar la tarifa eléctrica en la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas, para el consumo de uso doméstico de la 1D a la 1E, al tenor de los siguientes

    Considerandos

    Las demandas más sentidas y reiteradas de la sociedad, y sobre todo de quienes habitamos en zonas extremadamente cálidas del país, ha sido la solicitud de tarifas eléctricas más bajas, especialmente cuando el intenso calor nos obliga a utilizar aparatos eléctricos, que representan 80 por ciento del consumo eléctrico total, como es el caso de la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas, donde el clima extremoso en la temporada de verano oscila entre 35 y 40 grados centígrados.

    Sabemos y entendemos los rezagos en tarifas acumulados por años, y de los altos costos de mantenimiento de las fuentes que generan electricidad. Pero no aceptamos los supuestos beneficios para las zonas cálidas, toda vez que en el norte del país la mayoría de las regiones son de clima extremo, o muy fríos o extremadamente cálidos, sin embargo, el costo por el servicio eléctrico es cada vez más caro e incosteable.

    La decisión del Gobierno Federal de reducir el subsidio a las tarifas domésticas, tal como se estableció en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2002, dio como resultado un nuevo incremento de las tarifas eléctricas, sobre todo en las regiones más cálidas de nuestro estado.

    El rango de consumo medio de energía eléctrica requerido para proporcionar las condiciones razonables de comodidad que demandan las necesidades de la vida moderna, necesidades que están presentes en los hogares al margen de que se cuente o no, con débiles ingresos y, por tanto, la elevación en el costo de facturación de energía eléctrica ha erosionado las economías familiares de la mayor parte de la población a lo largo de los últimos años.

    Tal elevación afectó severamente a un segmento de la población con incrementos en la facturación del orden de 100 por ciento, introdujo una estructura tarifaria sumamente complicada, inicua y falta de lógica, ya que una pequeña variación en el consumo de energía da lugar a cambios desproporcionados en la facturación.

    La situación anterior es particularmente grave para los usuarios que habitamos localidades con climas extremosos, que obligan a un mayor consumo de energía eléctrica, situación reconocida desde el año de 1973, en que la CFE estableció la primera tarifa estacional (1A). En estos casos, las tarifas estacionales, establecidas después en el acuerdo de febrero de 2002, además de presentar cargos elevados, los incrementos respecto a los cargos anteriores fueron mayores en temporada de verano que en temporada fuera de verano, apartándose del criterio aplicado en los acuerdos anteriores referentes a tarifas estacionales de ``brindar protección a los usuarios que habitamos en localidades que afrontan condiciones climáticas particularmente altas''.

    Un reconocimiento implícito de que un tratamiento equitativo es reconocer las diferencias climáticas que implican mayor consumo de energía eléctrica lo representa el hecho de que la clasificación actual de tarifas estacionales para servicio doméstico considera menores cargos a temperaturas ambientales mayores porque a mayor temperatura, también se requiere mayor consumo de electricidad.

    En H. Matamoros, Tamaulipas, contamos actualmente con la tarifa 1D, la cual se asigna a ciudades con temperatura media mínima en verano de 31 grados centígrados cuyo limite por mes es de 1000 kilovatios hora. Y solicitamos la tarifa 1E, asignada a ciudades cuya temperatura media mínima en verano es de 32 grados centígrados, pero con la diferencia de que el limite de consumo por mes es de 2000 kilovatios hora. Por ello solicitamos dicha reclasificación, por ser un solo grado de temperatura la diferencia. Además, dicha tarifa 1E está establecida en ciudades muy cercanas a Matamoros, como es el caso de Río Bravo y Reynosa, Tamaulipas.

    Por citar un ejemplo: durante los meses de julio y agosto de cada año tenemos una temperatura promedio por arriba de 40 grados centígrados y una humedad relativa promedio de 70 por ciento; esto eleva considerablemente la temperatura registrada. Las condiciones climáticas nos hacen consumir más electricidad por habitante que en zonas templadas.

    En la sociedad matamorense es manifiesta la preocupación bimestral que sufrimos a causa de la alta tarifa eléctrica existente. En este sentido, debemos tomar en cuenta que a muchas familias matamorenses se les hace algunas veces imposible solventar su consumo energético, toda vez que la facturación es demasiado alta. En ocasiones tienen que definir: comprar el medicamento para el hijo enfermo, pagar la educación de los hijos o, más aun, dar de comer a la familia o pagar el recibo de la luz.

    Por lo anterior, me permito poner a la alta consideración de este honorable Pleno el siguiente punto de acuerdo, de urgente resolución:

    Primero. La honorable Cámara de Diputados se pronuncia en favor de reclasificar las tarifas eléctricas de la ciudad de H. Matamoros Tamaulipas, para el consumo de uso doméstico, de la 1D a la 1E.

    Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al jefe del Poder Ejecutivo federal a que, en el ámbito de sus atribuciones, instruya a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Economía a efecto de que, con fundamento en el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, proceda a la reclasificación de las tarifas de electricidad para uso doméstico en la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas.

    Dip. Érick A. Silva Santos (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión la proposición. No teniendo oradores registrados, esta Presidencia considera la propuesta suficientemente discutida y dispone que la Secretaría consulte a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Aprobada; comuníquese.


    ESTADO DE MICHOACAN
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a investigar la inclusión de 600 servidores públicos en los tres niveles de gobierno como beneficiarios en el padrón del programa Oportunidades en el estado de Michoacán.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a investigar la inclusión de 600 servidores públicos en los tres niveles de gobierno como beneficiarios en el padrón del programa Oportunidades en Michoacán, a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, del grupo parlamentario del PRD

    La que suscribe, diputada federal Cristina Portillo Ayala, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    En días pasados, el coordinador del programa Oportunidades en el estado de Michoacán, David Niño Zavala, denunció públicamente que durante los últimos tres años la delegación de la Secretaría de Desarrollo Social favoreció a seiscientos servidores públicos de los tres niveles de gobierno, al incluirlos ilegalmente en el programa Oportunidades.

    La inclusión indebida de los seiscientos servidores públicos en el padrón del programa se detectó, según el funcionario, al realizar por primera vez una revisión ``a fondo'' de los expedientes de seis mil beneficiarios y efectuar la confronta con los padrones del ISSSTE.

    Estos hechos son sumamente graves y exigen una investigación profunda. No sólo porque implican actos y omisiones violatorios de los principios legalidad, honradez y eficacia que rigen en el servicio público y que, como consecuencia, demandan ser sancionados.

    Sino sobre todo, porque hacen evidente la ineficacia de las reglas de operación del programa Oportunidades, para evitar la utilización y desvío de recursos públicos del desarrollo social como instrumentos de captación de votos o de apoyo político-electoral.

    Durante toda su gestión, la ex titular de la Sedesol, Josefina Vázquez Mota se comprometió a fortalecer las acciones de blindaje para garantizar que ningún programa fuera utilizado con fines electorales.

    Una de estas medidas consistió precisamente en invertir suficientes recursos para garantizar padrones de beneficiarios transparentes y confiables.

    En este rubro, durante dos mil seis, la Coordinación Nacional del programa Oportunidades ejercerá más de ochocientos millones de pesos sólo para levantar encuestas y realizar el proceso de recertificación; es decir, comprobar que los beneficiarios de Oportunidades siguen siendo pobres.

    Entonces, cómo explicar que al revisar un pequeño universo de seis mil expedientes en el estado de Michoacán, se descubrieran ilegalmente incluidos a seiscientos servidores públicos y dado de baja a un total de cuatro mil doscientas familias que no cumplían con las características del programa.

    La respuesta es evidente, manipulación del padrón de beneficiarios del programa Oportunidades de acuerdo con preferencias o fines políticos.

    Y hoy existe el riesgo inminente de que la administración de Vicente Fox utilice estos padrones de beneficiarios de los programas sociales federales para apoyar las campañas de los candidatos de su partido político.

    O que desde su nueva posición de coordinadora de campaña, Josefina Vázquez Mota, utilice información confidencial de la Sedesol para favorecer a la candidatura de Felipe Calderón.

    Los programas sociales y su blindaje deben ir más allá de las instituciones, de un proceso sexenal, de un equipo, de un gabinete o de un titular, porque de ellos depende el acceso del pueblo de México al desarrollo social. Y como representantes populares, los diputados tenemos la obligación de estar atentos a cualquier tipo de desviaciones que se dé al respecto.

    La razón es que cada vez son más sofisticados los mecanismos de compra y coacción del voto, los métodos de operación de algunos partidos políticos y el uso o desviación de esos recursos públicos.

    En vista de las consideraciones anteriores, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de la Función Pública a que investigue la posible comisión de delitos y responsabilidades administrativas por la inclusión ilegal de seiscientos servidores públicos de los tres niveles de gobierno, como beneficiarios, en el padrón del programa Oportunidades en el estado de Michoacán.

    Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión instruye a la Comisión de Vigilancia a que solicite a la Auditoría Superior de la Federación la realización de una auditoría a la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, para que verifique la existencia o no de errores de inclusión dentro del padrón del programa Oportunidades a nivel nacional, como los detectados en el estado de Michoacán.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los nueve días del mes de febrero de dos mil seis.--- Dip. Cristina Portillo Ayala (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se turna a la Comisión de la Función Pública.
    ESTADO DE COAHUILA
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar los recursos aprobados en el ejercicio fiscal de 2005 en el ramo carretero para el estado de Coahuila, y haga oportuna entrega de los correspondientes al ejercicio fiscal de 2006.La diputada Laura Elena Martínez Rivera: Gracias, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar los recursos aprobados en el ejercicio fiscal de 2005 en el ramo carretero para Coahuila, y hacer oportuna entrega de los correspondientes a 2006.

    De conformidad con los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la de la voz, diputada Laura Elena Martínez Rivera, del grupo parlamentario del PRI, presenta a esta H. soberanía el siguiente punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución.

    Exposición de Motivos

    La infraestructura carretera es sin duda uno de los pilares del desarrollo del país; ha sido tema de los debates y negociaciones principales que año con año hacemos los diputados, y compromiso prioritario de todos lo gobiernos estatales.

    El Gobierno Federal ha anunciado durante los cinco años de su función el proyecto carretero estratégico, el cual impacta la mayor parte del territorio nacional, en el que participan los estados de la Federación, el sector social y el privado, y otros sectores estratégicos de nuestra nación.

    Sin embargo, año con año hemos constatado la pérdida presupuestal de inversión federal en este ramo, a pesar de los discursos e imágenes mediáticos del Ejecutivo federal. En el proyecto de Presupuesto 2006, para construcción y modernización de carreteras el Ejecutivo federal propuso 4 mil 877.2 millones de pesos, y la Cámara de Diputados le adicionó 7 mil 611.6 millones; y para carreteras rurales y alimentadoras el Ejecutivo federal propuso mil 255.6 y esta soberanía le asignó 5 mil 601.6 millones más.

    Se ha mantenido una política de retención desde el Presupuesto de 2004, el cual en los primeros seis meses sólo se había ejercido en el ramo de construcción de carreteras 29 por ciento del presupuesto aprobado. Para el Presupuesto de 2005, en el periodo enero-agosto se había ejercido sólo 46 por ciento --datos de la propia Secretaría.

    El 14 de julio de 2004, todos los miembros de la Comisión de Comunicaciones de la H. Cámara de Diputados presentaron un punto de acuerdo a esta soberanía para que se ejerciera con oportunidad el presupuesto carretero de 2004, ya que se observaba un subejercicio en el ramo. Para el ejercicio presupuestal de 2005, se mantienen retenidos cerca de 4 mil millones de pesos por el Ejecutivo federal.

    Mi estado, Coahuila, que participa en el programa carretero estratégico, no ha recibido en la totalidad los recursos para el tramo correspondiente de la carretera Zacatecas-Saltillo, aprobados en 2005. Por ello se hace necesario exigir al Ejecutivo federal que, más allá de su proselitismo partidista, se ocupe de terminar aquello en lo que nos hemos comprometido todos, el Poder Legislativo, los gobiernos estatales y el Ejecutivo federal.

    Por lo anterior presento el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a la inmediata liberación de los recursos aprobados y comprometidos para el ejercicio fiscal de 2005 en el ramo carretero, y a la oportuna entrega de aquellos para el ejercicio fiscal de 2006, del estado de Coahuila.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2006.--- Dip. Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión la propuesta. Esta Presidencia informa que no tiene oradores registrados, por lo que considera que está suficientemente discutida. Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Aprobada; comuníquese.

    La siguiente proposición, con punto de acuerdo relativo al comercio informal y ambulantaje en el Sistema de Transporte Colectivo, Metro, por el diputado Emiliano Ramos Hernández, se pospone.


    ESTADO DE JALISCO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Lorena Torres Ramos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión Nacional Forestal a llevar a cabo la reforestación de la sierra de San Martín Bolaños.La diputada Lorena Torres Ramos: Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: a escala mundial, según anunció la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, el 14 de noviembre de 2005 en Roma, la pérdida anual neta de superficie forestal entre 2000 y 2005 fue de 7.3 millones de hectáreas anuales, que equivalen a la deforestación de 0.18 por ciento de la superficie mundial cada año. La República Mexicana ocupa el segundo lugar mundial en deforestación, situación grave por la pérdida de bosque, cuyo avance nuestras autoridades competentes reconocen e inventariaron, no así el establecimiento efectivo de medidas para combatir la pérdida forestal nacional. Los efectos de la deforestación mundial se están manifestando en condiciones climáticas anómalas, circunstancias ambientales apreciables en la pasada temporada de huracanes de 2005, que provocaron inundaciones, incapacidad de absorción y, como sabemos todos, eran en proporciones por todos conocidas, devastadoras.

    Esto se debió a que los suelos carecían de capacidad de absorción, de retención de agua como consecuencia de la deforestación, prejuiciosos acontecimientos ambientales que los habitantes de la sierra del municipio de San Martín de Bolaños, del estado de Jalisco, quieren evitar o disminuir con una pronta reforestación de sus montañas, debido a que es menester que se organice un plan forestal en sus bosques que dé continuidad a la pérdida de flora, y que se alcance ese punto máximo de recuperación, por el impacto ambiental que impera en esa zona.

    La que suscribe, con la finalidad de que las presentes y futuras generaciones, tanto de la serranía del municipio de San Martín de Bolaños, del estado de Jalisco, y de toda la entidad, y además del resto de México, cuenten con zonas forestales, presenta el siguiente punto de acuerdo:

    Único. Que se exhorte a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal para que reforesten la sierra del municipio de San Martín de Bolaños, del estado de Jalisco, mediante el Programa Nacional Forestal 2001-2006, con la finalidad de que sus bosques se conviertan en zonas forestales sustentables, como contempla el diverso objetivo del Programa Estratégico Forestal para México 2025.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la Comisión Nacional Forestal a reforestar la sierra de San Martín Bolaños, a cargo de la diputada Lorena Torres Ramos, del grupo parlamentario del PAN

    La que suscribe, Lorena Torres Ramos, diputada federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a esta soberanía la emisión de un punto de acuerdo mediante el cual se exhorte a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal a que reforesten la Sierra de San Martín de Bolaños del estado de Jalisco, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    A escala mundial, según lo anunció la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación FAO el 14 de noviembre de 2005 en Roma, la pérdida anual neta de superficie forestal entre los años 2000 y 2005 fue de 7.3 millones de hectáreas anuales, que equivalen a la deforestación del 0.18 por ciento de la superficie mundial cada año.

    La República Mexicana ocupa segundo lugar mundial en deforestación, situación grave por la pérdida de bosques, cuyo avance nuestras autoridades competentes reconocen e inventariaron, no así el establecimiento efectivo de medidas para combatir la pérdida forestal nacional.

    Los efectos de la deforestación mundial se están manifestando en condiciones climáticas anómalas, circunstancias ambientales apreciables en la pasada temporada de huracanes del año 2005, que provocaron inundaciones de proporciones por todos conocidos, debido a que los suelos carecían de capacidad de absorción o retención de agua como consecuencia de la deforestación.

    Perjuiciosos acontecimientos ambientales, que los habitantes de la sierra del municipio de San Martín de Bolaños del estado de Jalisco quieren evitar o desminuir con una pronta reforestación de sus montañas, debido a que es manifiesta la deforestación de sus bosques y que de continuar la pérdida de flora se alcance el punto de irreversibilidad por el impacto ambiental desfavorable que imperará.

    Los habitantes de esta región consideran que con la reforestación sustentable de las serranías, mejorará su condición de vida, ya que dispondrán de mayores beneficios provenientes de las actividades forestales, además conservarán sus cuencas hidrológicas en condiciones apacibles y ecosistemas estables y en equilibrio con el medio ambiente.

    Los pobladores del municipio de San Martín de Bolaños del estado de Jalisco, manifiestan, que si sus bosques son reforestados mediante acciones inmediatas y decididas, se interrumpirá su tendencia irreversible y por lo contrario éstos montes se convertirán en zonas forestales sustentables, porque se inhibirá la tala clandestina y otras labores ilícitas, se desmotivará y disminuirá el cultivo y trafico de enervantes, además dará lugar al ordenamiento territorial que establecerá el uso de suelo de acuerdo a su vocación natural y se logrará un clima de seguridad que propiciará la prosperidad social y económica de las comunidades que habitan las zonas forestales y serranas.

    Argumentan los habitantes de la sierra del municipio de San Martín de Bolaños del estado de Jalisco, que ellos son respetuosas del entorno ecológico, pero que ante la pasividad o consentimiento de las autoridades para evitar las prácticas anárquicas o drásticas de deforestación, están desmotivados los coterráneos en lo general para guardar el debido cuidado y de no contaminar o degradar los bosques, suelos y aguas, no obstante que con tal apatía se pone en peligro la biodiversidad y se incremente hasta alcanzar la extinción de las actuales especies amenazadas, tanto en el medio rural como en la cabecera municipal.

    La Comisión Nacional Forestal, fue creada por decreto presidencial el 4 de abril del año 2001, como un organismo público descentralizado, con el objeto de que desarrolle, favorezca e impulse las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, asimismo participe en la formulación de los planes y programas, y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.

    Los diversos argumentos de la Comisión Nacional Forestal, que se transcriben:

  • Visión del PNF (Programa Nacional Forestal) 2001-2006

    La visión de futuro del sector forestal en el año 2025 es la guía para los esfuerzos de la sociedad y el gobierno. Esta visión permite comprender que el futuro no es lo que irremediablemente sucederá, sino el producto de una actitud colectiva para imaginar con claridad cómo se desea que éste sea y decidir las acciones necesarias para hacerlo realidad. Esta visión señala las principales características del sector forestal que queremos construir para afirmar un compromiso de largo plazo con la sociedad mexicana.

    La política forestal tiene como objeto el desarrollo forestal sustentable que se define como el proceso que tiende a alcanzar una productividad óptima y sostenida de los recursos forestales para el beneficio de la sociedad, mejorando la calidad de vida, sin afectar el equilibrio e integridad de los ecosistemas forestales.

  • Objetivos del PEF (Programa Estratégico Forestal) para México 2025

    Impulsar y fortalecer el desarrollo sustentable de los recursos naturales en los ecosistemas forestales, mediante acciones de conservación, protección, restauración, fomento y producción para el bienestar de la sociedad.

    La que suscribe, con la finalidad de que las presentes y futuras generaciones tanto de la serranía del municipio de San Martín de Bolaños del estado de Jalisco, de esta entidad como del resto de México, cuenten con zonas forestales sustentables, presento a esta honorable colegiado el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal a que reforesten la sierra del municipio de San Martín de Bolaños del estado de Jalisco, mediante el Programa Nacional Forestal 2001-2006, con la finalidad de que sus bosques se conviertan en zonas forestales sustentables, como lo contempla el diverso objetivo del programa Estratégico Forestal para México 2025.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. Lorena Torres Ramos (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION - SECRETARIA DE SALUD
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a fiscalizar y auditar los recursos federales que fueron transferidos al Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Sagarpa y la Secretaría de Salud.

    El diputado Diego Palmero Andrade: Con su venia, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.El diputado Diego Palmero Andrade: Compañeras y compañeros diputados: someto a la consideración de ustedes proposición con punto de acuerdo. Los suscritos, diputados federales de diversos grupos parlamentarios, integrantes de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante esta soberanía punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes consideraciones:

    De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, la política de desarrollo social que asume el Gobierno de la República tiene como objetivo esencial el desarrollo agropecuario, ya que es fundamental para elevar el bienestar de sectores importantes de la población. En virtud de ello, en 2003 la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación suscribió un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social con objeto de establecer un conjunto de acciones y recursos destinados a dar apoyo a cañeros para la prestación de servicios médicos, mediante la utilización de padrones de productores de caña de azúcar y estadísticas obtenidas en ejercicios anteriores, cumpliendo de esa forma el derecho a la seguridad social, derecho universal y humano.

    Asimismo, el 31 de diciembre de 2003, el Poder Legislativo autorizó un presupuesto al Ramo 12 de la Secretaría de Salud por la cantidad de 200 millones de pesos para cubrir las cuotas de aseguramiento en el régimen obligatorio del Seguro Social para el padrón nacional con una superficie cultivable de hasta cinco hectáreas promedio para 2004, dando un beneficio a 124 mil 153 productores activos. En el Presupuesto de 2005 fue aprobado por esta soberanía en el anexo 17, que considera en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable el rubro ``Seguridad Social, Cañeros, Convenio IMSS'', con un monto de 200 millones para aproximadamente 111 mil 560 productores activos registrados en el padrón nacional con una superficie cultivable hasta de 3.5 hectáreas en promedio para 2005. Existe gran inconformidad manifiesta por los productores de todo el país, ya que ellos, al tener la necesidad de utilizar los servicios médicos en las clínicas correspondientes en los 15 estados productores de caña de azúcar, se dan cuenta de que no pueden recibir los servicios médicos porque existen adeudos en el pago de sus cuotas, aportaciones que por cierto ya se les retuvo por parte del ingenio a que pertenecen como abastecedores de la gramínea, y están descontadas en sus boletas de liquidación.

    Esas cuotas se entregan a los líderes de las organizaciones locales para su entero al IMSS, con objeto de recibir oportunamente los servicios médicos del Instituto Mexicano del Seguro Social. En la realidad, los productores no están siendo beneficiados con esos subsidios aprobados por esta soberanía.

    Solicito, señor Presidente, que se inserte íntegramente en el Diario de los Debates, por economía parlamentaria, y quiero mencionar el punto de acuerdo: ``Único. Que se instruya a la Auditoría Superior de la Federación para que fiscalice y audite los recursos federales que fueron transferidos al Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, y la Secretaría de Salud; y, asimismo, se informe de los resultados obtenidos a esta Cámara para emprender, en su caso, las acciones conducentes que se requieran''. Muchas gracias.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a fiscalizar los recursos federales transferidos al IMSS conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Sagarpa y la Secretaría de Salud, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del PAN

    Los suscritos, diputados federales de diversos grupos parlamentarios integrantes de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, bajo las siguientes

    Consideraciones

    De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, la política de desarrollo social que asume el Gobierno de la República tiene como objetivo esencial el desarrollo agropecuario, ya que es fundamental para elevar el bienestar de sectores importantes de la población.

    En virtud de ello, en el año 2003 la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación suscribió un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social con objeto de establecer un conjunto de acciones y recursos destinados a dar apoyo a cañeros para la prestación de servicios médicos mediante la utilización de padrones de productores de caña de azúcar y estadísticas obtenidas en ejercicios anteriores, cumpliendo de esta forma con el derecho a la seguridad social, derecho universal y humano.

    Asimismo, el pasado 31 de diciembre de 2003 el Poder Legislativo autorizó un presupuesto al Ramo 12 de la Secretaría de Salud por la cantidad de 200 millones de pesos, para cubrir las cuotas de aseguramiento en el régimen obligatorio del seguro social para aproximadamente 124,153 productores cañeros activos registrados en el padrón nacional, con una superficie cultivable de hasta 5 hectáreas promedio para el año 2004.

    En el Presupuesto para el año 2005 fue aprobado por esta soberanía en el Anexo 17, que considera en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, el rubro denominado Seguridad Social Cañeros, Convenio IMSS, con un monto de $200,000,000.00 para aproximadamente 111,560 productores activos registrados en el padrón nacional con una superficie cultivable de hasta 3.5 hectáreas en promedio para el año 2005.

    Existe una gran inconformidad manifiesta por los productores de todo el país, ya que ellos, al tener la necesidad de utilizar los servicios médicos en las clínicas correspondientes en los 15 estados productores de caña de azúcar, se dan cuenta que no pueden recibir los servicios médicos porque existen adeudos en el pago de sus cuotas, aportaciones que, por cierto, ya se les retuvieron por parte del ingenio al que pertenecen como abastecedores de la gramínea y que están descontadas en sus boletas de liquidación, estas cuotas se entregan a los líderes de las organizaciones locales para su entero al IMSS, con el objeto de recibir oportunamente los servicio médicos del Instituto Mexicano del Seguro Social.

    En la realidad, los productores no están siendo beneficiados con estos subsidios aprobados por esta soberanía, por lo que, a todas luces, existe la inquietud de los productores de que pudiera haber malos manejos en los recursos destinados a su seguridad social, que es finalmente un derecho humano que debe ser disfrutado por todos y todas en este sector.

    Es incomprensible que, mientras se han incrementado los subsidios, a través de la firma de convenios con el Instituto Mexicano del Seguro Social y las organizaciones que representan a los productores de caña de azúcar, por otro lado se reduce el número de hectáreas de 5 a 3.5, reduciendo el número de productores beneficiados de un ejercicio a otro.

    Sin embargo, a la fecha los productores de caña de azúcar siguen sin recibir los servicios médicos que les corresponden, ya que las organizaciones locales que los representan tienen que firmar un convenio diferido de pago en parcialidades, garantizando el mismo y reconociendo el adeudo por más de 255 millones de pesos, por lo que crece la inquietud de que pudieran estar utilizando estos recursos para pago de pasivos de las organizaciones locales con el Instituto, lo cual indica una probable colusión entre las organizaciones de productores y las autoridades del Instituto, en perjuicio del derecho a la seguridad social de los cañeros, ya que estos recursos, según el propio Presupuesto de Egresos de la Federación, no se utilizarán para pagos de pasivos, incluyendo los que las organizaciones de productores tengan con el Instituto.

    Según cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social, las organizaciones de productores tienen una deuda con la Institución a la fecha, por más de 255 millones de pesos, a pesar de que las retenciones se han hecho en tiempo y forma a los 160,000 productores de caña de azúcar.

    De lo anterior se desprende la inquietud de los productores de todo el país, ya que la base de datos del Instituto Mexicano del Seguro Social contempla a la fecha 114 mil afiliados de este sector, habiendo un padrón nacional de 160 mil productores de caña de azúcar.

    Todo esto contribuye a dañar patrimonialmente a los productores de caña de azúcar, ya que esto repercute directamente en el computo de sus prestaciones, jubilaciones y pensiones, vulnerando así, el derecho a la seguridad social consagrado en nuestra Carta Magna.

    Finalmente hay que destacar que la seguridad social es un instrumento de justicia social que debe basarse en la universalidad, solidaridad, igualdad, suficiencia, participación y transparencia, así como también la rendición de cuentas adoptada por el Gobierno Federal debe garantizar que se cumpla con el mandato de transparencia, honestidad y eficacia.

    Por lo anteriormente expuesto, presento a consideración de esta honorable soberanía el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Que se instruya a la Auditoría Superior de la Federación para que fiscalice y audite los recursos federales que fueron transferidos al Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a los convenios suscritos a partir de 2003 con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Salud, y asimismo, se informe los resultados obtenidos a esta Cámara, para emprender, en su caso, las acciones conducentes que se requieran.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil seis.--- Diputados: Diego Palmero Andrade (rúbrica), Emiliano Vladimir Ramos Hernández, Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica).» El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Insértese íntegramente el texto de la propuesta del diputado en el Diario de los Debates y consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión la propuesta. No habiendo oradores registrados, esta Presidencia la considera suficientemente discutida e instruye a la Secretaría para que consulte a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Aprobada; comuníquese.


    LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Esta Presidencia recibió del diputado Sergio Arturo Posadas Lara, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público; de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Sergio Arturo Posadas Lara, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, diputado Sergio Arturo Posadas Lara, perteneciente al grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite solicitar respetuosamente a esa honorable Presidencia que tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que dictamine con la mayor brevedad la iniciativa que adiciona la fracción IX al artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    Antecedentes

    1. Con fecha 13 de octubre de 2005 presenté ante el Pleno de esta soberanía una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    2. Con la iniciativa de referencia se busca exentar del pago del Impuesto del Valor Agregado las mercancías que importen las Secretarías de Marina, de Defensa Nacional, y de Seguridad Pública federal, y la Procuraduría General de la República, con objeto de destinarlas a la seguridad nacional o a la seguridad pública del país.

    3. El mismo 13 de octubre de 2005, la Presidencia de la Cámara de Diputados turnó la mencionada iniciativa a la Comisión Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen.

    Consideraciones

    Primera. Que ha transcurrido en exceso el término de cinco días señalados en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para que la Comisión de Hacienda y Crédito Público dictamine la iniciativa que adiciona la fracción IX al artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    Segunda. Para el debido cumplimiento de las funciones encomendadas a las Secretarías de Marina, de Defensa Nacional, y de Seguridad Pública Federal, y a la Procuraduría General de la República, se requiere la compra de diverso material bélico y equipo militar de alta especialización tecnológica, el cual sólo puede ser adquirido en el extranjero.

    Tercera. Tomando en consideración la rígida disciplina presupuestal que ha aplicado el Ejecutivo federal, y en especial a las instituciones armadas nacionales, resultaría sumamente benéfico para las Fuerzas Armadas y para las dependencias que tienen a su cargo la seguridad pública del país la exención del pago del Impuesto al Valor Agregado que cubren por concepto de importaciones, lo que les permitiría realizar otras adquisiciones en un año de ejercicio.

    Cuarta. La exención del pago al Impuesto al Valor Agregado no traería impacto recaudatorio a la hacienda pública, toda vez que el cobro de ese impuesto a las dependencias en comento equivale a erogar recursos económicos destinados a las propias instituciones para devolverlos al erario federal.

    Por lo antes expuesto, a usted, C. Presidente de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, atentamente solicito que instruya lo conducente a fin de que

    Único. Con fundamento en lo dispuesto en las fracciones III y XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se sirva excitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que presente el dictamen correspondiente a la iniciativa que adiciona la fracción IX al artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    Palacio Legislativo, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita el dictamen correspondiente.
    LEY DE PUERTOS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Esta Presidencia recibió del diputado Baruch Barrera Zurita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, solicitud de excitativa a la Comisión de Transportes; de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Excitativa a la Comisión de Transportes, a solicitud del diputado Baruch Alberto Barrera Zurita, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, Baruch A. Barrera Zurita, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, propone a esta Presidencia formule excitativa a la Comisión de Transportes para que, de conformidad con el artículo 45, apartado 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dictamine acerca de la iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley de Puertos, en razón de los siguientes

    Antecedentes

    I.- En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 2 de diciembre de 2004, presenté al Pleno de esta soberanía una iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley de Puertos, en lo que respecta exclusivamente al régimen de concesiones y que pretende incrementar la superficie originalmente concesionada, considerando la posibilidad de que la ampliación se otorgue en función de la disponibilidad y el aprovechamiento de los espacios portuarios y el aumento de la productividad, observando criterios que preserven condiciones de equidad, competitividad y favorezcan la libre concurrencia de los agentes económicos.

    II.- La iniciativa en comento fue turnada a la Comisión de Transportes para su dictamen, mismo que a la fecha no ha sido presentado, derivado de lo anterior comparezco ante esta soberanía para expresar las siguientes

    Consideraciones

    Primera.- Hoy, en día, a poco más de una década de la aprobación de la Ley de Puertos en 1993, se han producido diversos acontecimientos y existen nuevos contextos económicos en nuestro país, que no sólo justifican sino que hacen imprescindible una modificación legislativa, para actualizar el marco jurídico a la nueva realidad imperante.

    Segunda.- En México el cambio de paradigma del desarrollo del sistema portuario, se convirtió en uno de los procesos de participación iniciativa privada-sector público más exitoso de los últimos años y, por tanto, no es casual, que se hayan producido incrementos importantes y sostenidos en el movimiento de cargas y pasajeros de crucero.

    Tercera.- Así, en 1993, la carga total pasó de 183.5 millones de toneladas a 264.7 millones de toneladas en el 2003, lo que representó un crecimiento acumulado, superior al 44% en términos absolutos y una tasa de crecimiento media anual superior al 3.7%.

    Destaca de manera particular el movimiento de contenedores, que durante el mismo periodo, pasó de 464 mil teus (contenedores de 20 pies, por sus siglas en inglés) a 1 millón 685 mil teus, lo que significó un incremento acumulado del 263% y un incremento medio anual de 13.8%.

    Es decir, en ambos casos las tasas de crecimiento alcanzaron valores superiores al aumento del PIB.

    De igual manera sobresale el número de pasajeros en crucero, que pasó de 1 millón 911 mil en 1993 a 5.2 millones en el 2003, lo que significó un incremento de 173 puntos porcentuales y una tasa de crecimiento medio anual de 10.5%.

    En este contexto la competitividad de nuestra economía depende cada vez más, sin menoscabo de otros factores, de un sistema portuario eficiente y competitivo a nivel internacional, capaz de mover mercancías de una forma rápida, fiable, económica y segura.

    Cuarta.- Ello exige la eliminación de todos aquellos factores que representen un freno o constituyan un cuello de botella para la inversión y el desarrollo, tales como la restricción de conceder a los concesionarios un área mayor al 20% de la superficie original, circunstancia que en algunos casos puede ocasionar la subutilización e incluso la ociosidad de espacios físicos que pudieran aprovecharse para incrementar el número de maniobras así como la construcción y modernización la infraestructura portuaria.

    Quinta.- La iniciativa presentada responde así a la necesidad de adecuar el marco jurídico que regula las actividades del subsector marítimo-portuario a las condiciones actuales de operación, a la exigencia de elevar los niveles de eficiencia y competitividad, pero sobre todo persigue el objetivo de lograr el mejor aprovechamiento de los espacios portuarios, que permitan el incremento de las actividades y allanen el camino para proseguir con el proceso de incrementar y modernizar la infraestructura y los servicios de los puertos, lo que necesariamente traerá consigo la generación de empleos a través de la participación de inversionistas nacionales y extranjeros.

    Sexta.- La iniciativa presentada concierne exclusivamente al régimen de concesiones y se propone incrementar la superficie originalmente concesionada, considerando la posibilidad de que la ampliación se otorgue en función de la disponibilidad y el aprovechamiento de los espacios portuarios y el aumento de la productividad, observando criterios que preserven condiciones de equidad, competitividad y favorezcan la libre concurrencia de los agentes económicos.

    El objetivo sustantivo es el aprovechamiento integral de los espacios portuarios, la atracción de la inversión y la construcción de obras bajo normas que aseguren legalidad y transparencia, que otorguen certidumbre jurídica al inversionista privado para tener la certeza de que bajo ninguna circunstancia se concedan prebendas o canonjías a determinado grupo o persona.

    Octava.- Es importante el perfeccionamiento del régimen de concesiones, abonamos sin duda a la promoción de la inversión privada en las instalaciones y equipamientos portuarios, cuyo eje rector sea una legislación clara y estable en el tiempo que permita la planeación de inversiones a largo plazo bajo la consideración de que el sistema portuario fue concebido para operar con autosuficiencia financiero.

    Es pertinente subrayar que la modernización del sistema portuario ha hecho posible la existencia de una oferta de servicios portuarios diferenciada por tipo de carga y por puerto, que ha propiciado a su vez la especialización y nuevas tecnologías. Este esfuerzo es producto de la creación de sinergias y de la interacción responsable y equilibrada de la iniciativa pública y privada, en la medida en que ésta última ha ido incrementando progresivamente la prestación de los servicios portuarios.

    Novena.- Tenemos la certeza de que la iniciativa presentada, sin duda contribuirá a enriquecer y perfeccionar este ordenamiento jurídico, que si bien es cierto, ha coadyuvado a la modernización y a la creación de la nueva infraestructura, hoy en día se hace necesaria su revisión para abonar a la consolidación del Sistema Portuario Nacional y preserva la certidumbre jurídica para continuar incentivando a inversionistas nacionales y extranjeros a financiar los proyectos que exige el desarrollo de los puertos mexicanos.

    Por lo expuesto y habiéndose cumplido en exceso el plazo que establece el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, a usted C. Presidente de la Mesa Directiva, atentamente solicito:

    Único.- En los términos del artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envié el presente documento a la Comisión de Transportes, para que formulen el dictamen correspondiente a la iniciativa mencionada.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. Baruch A. Barrera Zurita (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se excita a la Comisión de Transportes para que emita el dictamen correspondiente.
    ARTICULOS 115 Y 116 CONSTITUCIONALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Asimismo,esta Presidencia recibió de la diputada Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales; de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de la diputada Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del PRD

    La suscrita, diputada integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, solicito respetuosamente a esta presidencia, con fundamento en lo previsto por el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, tenga a bien formular excitativa, a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales al tenor de los siguientes

    Antecedentes

    Primero. Con fecha 21 de octubre de 2004 presenté ante el pleno de esta Cámara una iniciativa que reforma el primer párrafo de la fracción I del artículo 115, y adicionar la fracción VIII al artículo 82 y un inciso c, de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Segundo: Que dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen sin que a la fecha se haya producido éste, no obstante que ha transcurrido en exceso el término que para el caso tenían, pues están por cumplirse un año cuatro meses desde su presentación, incumpliendo dicha Comisión con lo establecido por el artículo 87 Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos que establece cinco días hábiles después de aquel en que se turne un asunto.

    Tercero: La iniciativa de reforma en comento obedece a la necesidad de cubrir una laguna jurídica en la regulación de casos específicos de inegibilidad para ser candidato o candidata a la Presidencia de la República, gobernador, presidente o presidenta municipal, regidor o regidora y síndicos, así como también para los jefes o jefas delegacionales del Distrito Federal; para cónyuges y concubinos y parientes por afinidad o consaguinidad de estos funcionarios para el periodo inmediato de la conclusión de estos cargos, lo que no implica hacer nugatorios sus derechos políticos de hombres y mujeres, sino establecer con claridad las bases constitucionales de un equilibrio entre los principios de igualdad y de equidad electoral.

    Cuarto: Consideramos que este debate debiera inscribirse en el terreno jurídico constitucional de una reforma legislativa y también el de las consideraciones éticas políticas, tomando en cuenta que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ya se contemplan impedimentos, requisitos para ser votados que son de naturaleza como el de la edad, ciudadanía, residencia o no tener determinadas incapacidades previstas por la propia Constitución. Ahora también se le debe de dar forma legislativa a un conjunto de impedimentos éticos como los que se plantean en el texto de esta iniciativa, que hasta la fecha permanece congelada en la Comisión de Puntos Constitucionales, aún cuando en el país existe un debate en cuanto a la formas de la sucesión del poder hereditario.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted C. Presidente de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, le solicito de la manera más atenta la siguiente

    Excitativa

    Único: Envíe excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales a que presente dictamen correspondiente a la iniciativa de decreto que reforma el primer párrafo de la fracción I del artículo 115, y adiciona la fracción VIII al artículo 82 y un inciso c, de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la que suscribe en términos del reglamento, emplazándola para un día determinado y, si ni así se presentare el dictamen, proponga la Cámara que pase a otra Comisión.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2006.--- Dip. María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente.
    LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió también, del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicitud de excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público; de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, Omar Bazán Flores, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, fracciones III y XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia tenga a bien formular una primera excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público al tenor de las siguientes

    Consideraciones1.- El día 18 de octubre de 2005 se presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, misma que consiste en reconocer el derecho del tanto a las personas físicas que hayan perdido la propiedad de su casa habitación, con motivos de litigios por créditos no pagados que fueron trasladados al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

    2.- Señalando esta misma la problemática suscitada a raíz de la crisis de 1994, en la cual miles de familias que habían adquirido una casa habitación mediante crédito hipotecario u obtenido un préstamo dando como garantía su casa, sufrieron un incremento en las tasas de la deuda contratada, por lo que se vieron imposibilitados para cubrir los pagos del principal y de los intereses.

    3.- Hago mención que dichos inmuebles son trasladados al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes por mandato de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes, el cual procede a su enajenación a través de licitaciones, subastas o remates; sin embargo, por razones de eficiencia mercadotécnica, el SAE ha optado, en la mayoría de los casos, por ofertar los bienes en paquete, lo que impide que los propietarios originales oferten para recuperar su propiedad.

    4.- Por otro lado, hago hincapié en la importancia que implica otorgar derecho de preferencia a quienes perdieron su casa habitación o su empresa durante la crisis bancaria de 1995, ya que esta medida les permitirá recuperar su patrimonio, máxime si se considera que la vivienda es uno de los bienes más preciados de la persona y su familia.

    Por lo anteriormente expuesto y toda vez que ha transcurrido el periodo a que se refiere el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicito se sirva formular una excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público a fin de que le dé trámite a la minuta de la iniciativa en mención que adiciona un artículo 62 Bis de la Ley de Protección al Ahorro Bancario y la adición de los artículos 32, con una fracción IX, pasando la actual IX a ser X; y 38 Quáter, todos a la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

    A los 9 días del mes de febrero de 2006.--- Dip. Omar Bazán Flores.»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita el dictamen correspondiente.
    ESTADO DE OAXACA
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Esta Presidencia recibió del diputado Gustavo Zanatta Gasperín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicitud de excitativa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública; de conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Excitativa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a solicitud del diputado Gustavo Zanatta Gasperín, del grupo parlamentario del PRI

    El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, por este medio, con fundamento en lo dispuesto en el inciso p) del artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, promuevo la presente excitativa, en virtud de que el punto de acuerdo que sometí a esta soberanía no ha sido dictaminado por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, por lo que me permití acudir a usted para los efectos pertinentes. Y en este sentido expongo:

    Antecedentes

    1. Con fecha 15 de marzo de 2005 sometí a la consideración de esta soberanía el punto de acuerdo para reasignar recursos a la Sagarpa y crear instrumentos operativos integrales que beneficien a los productores piñeros de Loma Bonita y Tuxtepec, Oaxaca.

    Como afirmo en el cuerpo principal del citado documento, el campo mexicano es sin duda el sector más desprotegido. Se encuentra además en una situación de grave vulnerabilidad tanto social y política como económica.

    Tenemos una deuda pendiente con los trabajadores del campo. Como legisladores, debemos tener sensibilidad política para saber responderles a través de instrumentos tanto jurídicos como económicos, que les den certidumbre en un campo tan competitivo como lo es el piñero. El campo piñero mexicano se enfrenta a una competencia desleal y perniciosa de la piña de Asia, provocando con ello una grave situación laboral de miles de familias que se dedican a esta actividad citrícola.

    Por ello, haciéndome eco de la situación tan difícil que padecen, presenté el punto de acuerdo arriba señalado, pero en virtud de que ha transcurrido en exceso el tiempo por parte de la comisión a que fue turnada el referido punto de acuerdo, someto a usted las siguientes

    Consideraciones

    1. Con base en el acuerdo de la Junta de Coordinación Política sobre el desahogo del orden del día de la sesión del jueves 28 de abril de 2005, se turnó de forma económica a la Comisión de Presupuesto y de Cuenta Pública. En virtud de encontrarse saturada la agenda legislativa, se consideró de esa manera darle trámite de forma pronta y expedita.

    En tal virtud es procedente que el Presidente de la Cámara de Diputados, en cumplimiento de su obligación expresada en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a fin de emitir el dictamen correspondiente.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, Presidente de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, muy atentamente pido que se sirva:

    Único. En los términos de los artículos 23, inciso p), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, realice la excitativa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que se presente el dictamen correspondiente al punto de acuerdo para reasignar recursos a la Sagarpa y crear instrumentos operativos integrales que beneficien a los productores piñeros de Loma Bonita y Tuxtepec, Oaxaca.

    Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- México, Distrito Federal, a 14 de febrero de 2006.--- Dip. Gustavo Zanatta Gasperín (rúbrica).»

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se excita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que emita el dictamen correspondiente. Continúe la Secretaría.


    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

    «Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Jueves 16 de febrero de 2006.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    De la Comisión Reguladora de Energía

    Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

    De la Procuraduría General de la República

    Cuatro oficios, con los que remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

    Dictámenes de primera lectura

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a las ciudadanas Aline Sol la Lande Vernier y Hella Mylene Audirac Lass, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en Grado de Caballero, que les confiere el Gobierno de Francia.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a las ciudadanas Hisa Susana Fukushima Taniguchi y Nina Irmeli Jaakkola, para prestar servicios en las Embajadas de Japón y Finlandia en México, respectivamente.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Rocío Guerra Elizondo, Lilia Francisca Villarreal Vega, Pedro Inés de la Cruz Hernández, Raúl Ramírez Ríos y Alain David Hernández Rubio, para prestar servicios en los Consulados de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León y Nuevo Laredo, Tamaulipas, respectivamente.

    De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos José Luis Cortés Delgado y Francisco Tomás González Loaiza, para aceptar y usar las condecoraciones de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Oficial y la ``Medalla del Pacificador'', que les confiere el Gobierno del Reino de España y el Ejército de la República Federativa de Brasil, respectivamente.

    Dictámenes a discusión

    De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis, 268 Bis-1, al Capítulo VIII del Título Decimosegundo y se reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud.

    De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desa-rrollo Social.

    De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional.

    De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones en materia indígena a la Ley General de Desarrollo Social.

    Y los demás asuntos con los que la Secretaría dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, secretaria. La última votación se tomará como registro final de asistencia.
    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo (a las 15:54 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 16 de febrero, a las 10:00 horas. Y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8: 00 horas. RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 39 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 285 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 375 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 362 diputados.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 2

  • Proposiciones con puntos de acuerdo: 9.

  • Puntos de acuerdo, aprobados: 7.

  • Temas para posicionamiento de grupos parlamentarios: 1.

  • Oradores en tribuna: 35 PRI-14, PAN-12, PRD-4, PVEM-2, PT-2, Conv-1.

    Se recibió:

  • 1 comunicación del Congreso del estado de Tlaxcala;

  • 1 comunicación de la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración de la Comisión de Investigación encargada de revisar las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;

  • 1 oficio de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 4 oficios del Gobierno del Distrito Federal, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio de la Comisión Nacional del Agua, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 1 oficio del Instituto Mexicano del Seguro Social;

  • 8 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite contestación a punto de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente;

  • 1 minuta proyecto de ley, para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional;

  • 5 iniciativas del PRI;

  • 6 iniciativas del PAN;

  • 1 iniciativa del PRD;

  • 3 iniciativas del PVEM;

  • 2 iniciativas del PT.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis y 268 Bis 1 al Capítulo VIII del Título Duodécimo y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud;

  • 1 de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social;

  • 1 de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 26 y 34 de la Ley General de Desarrollo Social;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María Elí López Reyes para desempeñar el cargo de cónsul honoraria de la República de Finlandia en la ciudad de Cancún, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo;

  • 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 5o., 20 y 32 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de la Comisión de Juventud y Deporte, con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 3o. y la fracción IX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Defensa Nacional, con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o., 9o., 142, 147, 150 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Abdalá de la Fuente, José Manuel (PRI) Muerte de indocumentados mexicanos: 169
  • Aguilar Hernández, Roberto Aquiles (PRI) Estado de Chiapas: 165, 168
  • Alarcón Hernández, José Porfirio (PRI) Lydia Cacho Ribeiro: 159
  • Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes (PAN) Ley General de Educación: 116
  • Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes (PAN) Lydia Cacho Ribeiro: 158
  • Bailey Elizondo, Eduardo Alonso (PRI) Estado de Nuevo León: 173
  • Bravo Carvajal, Francisco Javier (PRI) Ley General de Bienes Nacionales: 50
  • Celaya Luría, Lino (PRI) Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales: 108
  • Chávez Dávalos, Sergio Armando (PRI) Ley General de Bienes Nacionales: 91
  • Chávez Ruiz, Adrián (PRD) Estado de Michoacán: 186
  • Contreras Covarrubias, Hidalgo (PAN) Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 111
  • Corella Torres, Norberto Enrique (PAN) Estado de Baja California: 179
  • Elías Loredo, Álvaro (PAN) Ley Reglamentaria del Título Cuarto constitucional: 54
  • Fajardo Muñoz, María Concepción (PRI) Estado de Quintana Roo: 182
  • García Solís, Iván (PRD) Ley Federal de Protección al Consumidor: 121
  • González Schmal, Jesús Porfirio (Conv) Lydia Cacho Ribeiro: 156
  • Herrera Tovar, Ernesto (PAN) Artículo 76 constitucional: 95
  • Kahwagi Macari, Jorge Antonio (PVEM) Lydia Cacho Ribeiro: 156
  • Martínez Rivera, Laura Elena (PRI) Estado de Coahuila: 193
  • Mojica Morga, Beatriz (PRD) Estado de Chiapas: 167
  • Mojica Morga, Beatriz (PRD) Lydia Cacho Ribeiro: 157
  • Muñoz Santini, Inti (PRD) Lydia Cacho Ribeiro: 157 desde curul
  • Padilla Peña, Joel (PT) Ley General de Educación: 87
  • Palmero Andrade, Diego (PAN) Instituto Mexicano del Seguro Social - Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación - Secretaría de Salud: 197
  • Pasta Muñuzuri, Ángel (PAN) Istmo de Tehuantepec: 183
  • Piña Horta, Raúl (PVEM) Ley de Información Estadística y Geográfica - Ley Federal de Turismo: 102
  • Rodríguez Ochoa, Alfonso (PRI) Artículos 3o. y 31 constitucionales: 74
  • Rojas Toledo, Francisco Antonio (PAN) Artículo 111 constitucional: 80
  • Rojas Toledo, Francisco Antonio (PAN) Estado de Chiapas: 167, 168
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas: 148
  • Silva Santos, Érick Agustín (PRI) Estado de Tamaulipas: 189
  • Torres Ramos, Lorena (PAN) Estado de Jalisco: 195
  • Vázquez González, Pedro (PT) Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios: 70
  • Yabur Elías, Amalín (PRI) Ley General de las Personas con Discapacidad: 114 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Bueno Jesús Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu José Alberto Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arechiga Santamaría José Guillermo Arevalo Gallegos Daniel Raúl Arias Martínez Lázaro Arroyo Vieyra Francisco Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Bailey Elizondo Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez Federico Bejos Nicolás Alfredo Beltrones Rivera Manlio Fabio Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Bravo Carbajal Francisco Javier Briones Briseño José Luis Burgos Barrera Álvaro Burgos García Enrique Bustillos Montalvo Juan Campos Córdova Lisandro Arístides Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán Martín Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castillo Cabrera Jorge de Jesús Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Chávez Dávalos Sergio Armando Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Concha Arellano Elpidio Desiderio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel David David Sami Dávila Salinas Norma Violeta Díaz Nieblas José Lamberto Díaz Rodríguez Homero Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Godínez y Bravo Rebeca González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez Corona Leticia Gutiérrez Romero Marco Antonio Guzmán Santos José Hernández Pérez David Herrera León Francisco Herrera Solís Belizario Iram Ibáñez Montes José Angel Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Macías Carlos Martín Jiménez Rayón Oscar Jiménez Sánchez Moisés Larios Rivas Graciela Leyson Castro Armando Lomelí Rosas J. Jesús López Aguilar Cruz López Medina José Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López Gema Isabel Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Maya Pineda María Isabel Mazari Espín Rosalina Mejía González Raúl José Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Moreno Ramos Gustavo Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Orantes López María Elena Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pérez Góngora Juan Carlos Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda Luis Antonio Ramón Valdez Jesús María Ramos Salinas Óscar Martín Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Ochoa Alfonso Rodríguez Rocha Ricardo Rojas Gutiérrez Francisco José Rojas Saldaña Maria Mercedes Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Cerón Gonzalo Ruíz Vega Ofelia Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez Hernández Alfonso Sánchez López Jacobo Sandoval Figueroa Jorge Leonel Silva Santos Erick Agustín Suárez y Dávila Francisco Tapia Palacios Paulo José Luis Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez García Quintín Vega Carlos Bernardo Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Vidaña Pérez Martín Remigio Villagómez García Adrián Villegas Arreola Alfredo Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Zúñiga Romero Jesús Asistencias: 155 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 26 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 31 Total diputados: 213 Aldaz Hernández Huberto Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Ramos J. Irene Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Bermúdez Méndez José Erandi Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Castillo Reyes María Eugenia Chávez Murguía Margarita Contreras Covarrubias Hidalgo Córdova Villalobos José Angel Corella Manzanilla María Viola Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elías Loredo Álvaro Elyd Sáenz María Salome Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gama Basarte Marco Antonio Gámez Gutiérrez Blanca Amelia García Marín Ciro García Velasco María Guadalupe Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Morfín José González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Becerril Luz María Herrera Tovar Ernesto Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Alejo Ana Luz Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo Francisco Isaias Llera Bello Miguel Angel Loera Carrillo Bernardo López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Marquez Lozornio Salvador Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Ayala Rubén Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Nader Nasrallah Jesús Antonio Obregón Serrano Jorge Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Saldaña Hernández Margarita Sánchez De La Peña Rodrigo Sánchez Hernández Víctor Manuel Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Talavera Hernández María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Marcos Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio Edmundo Gregorio Valladares Valle Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Zavala Gómez del Campo Margarita Ester Asistencias: 111 Asistencias por cédula: 1 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 12 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 23 Total diputados: 147 Alonso Raya Agustín Miguel Álvarez Pérez Marcos Arce Islas René Bagdadi Estrella Abraham Bernal Ladrón De Guevara Diana Rosalía Boltvinik Kalinka Julio Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Díaz Palacios Socorro Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Espinoza Pérez Luis Eduardo Ferreyra Martínez David Fierros Tano Margarito Flores Mendoza Rafael García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Laguna Eliana Garfias Maldonado María Elba González Salas y Petricoli María Marcela Guillén Quiroz Ana Lilia Guillén Zárate Edith Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Hernández Ramos Minerva Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Luna Hernández J. Miguel Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Mícher Camarena Martha Lucía Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Rubio María Guadalupe Morales Torres Marcos Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Ordoñez Hernández Daniel Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide Bernardino Rodríguez Fuentes Agustín Rosas Montero Lizbeth Eugenia Salinas Narváez Javier Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Suárez Carrera Víctor Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 52 Asistencias por cédula: 3 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 30 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 11 Total diputados: 96 Alvarado Villazón Francisco Xavier Arias Staines María de la Luz Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro Kahwagi Macari Jorge Antonio Legorreta Ordorica Jorge Mazoy Kuri José Luis Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Piña Horta Raúl Asistencias: 10 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 6 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 1 Total diputados: 17 Guajardo Anzaldúa Juan Antonio Padilla Peña Joel Vázquez González Pedro Asistencias: 3 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 2 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Martínez Álvarez Jesús Emilio Moreno Garavilla Jaime Miguel Perdomo Bueno Juan Fernando Asistencias: 4 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 1 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 DIPUTADOS SIN PARTIDO Camarillo Zavala Isidro Clouthier Carrillo Tatiana Reyes Retana Ramos Laura Ruíz Esparza Oruña Jorge Roberto Sagahon Medina Benjamín Total diputados: 5 Aguirre Rivero Ángel Heladio Alcántara Rojas José Carmen Arturo Ávila Nevárez Pedro Beltrones Rivera Manlio Fabio Canul Pacab Angel Paulino Castillo Cabrera Jorge de Jesús Castro Ríos Sofia Díaz Salazar María Cristina Domínguez Arvizu María Hilaria Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén García Ortiz José Guerra Castillo Marcela Herrera León Francisco Jiménez Macías Carlos Martín Mazari Espín Rosalina Murat Hinojosa Alejandro Ismael Muro Urista Consuelo Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Pedraza Martínez Roberto Pérez Góngora Juan Carlos Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Román Bojórquez Jesús Tolentino Romero Romero Jorge Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Tecolapa Tixteco Marcelo Vega Rayet Juan Manuel Vidaña Pérez Martín Remigio Faltas por grupo: 31 Álvarez Mata Sergio Angulo Góngora Julián Ávila Camberos Francisco Juan Barrio Terrazas Francisco Javier Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Corella Manzanilla María Viola Cortés Jiménez Rodrigo Iván Díaz Delgado Blanca Judith Flores Mejía Rogelio Alejandro González Furlong Magdalena Adriana Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Loera Carrillo Bernardo Morales De la Peña Antonio Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Pasta Muñuzuri Angel Ríos Murrieta Homero Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Faltas por grupo: 23 Chávez Castillo César Antonio Ferreyra Martínez David García Costilla Juan Garfias Maldonado María Elba Guillén Quiroz Ana Lilia Herrera Ascencio María del Rosario Luna Hernández J. Miguel Mora Ciprés Francisco Naranjo Y Quintana José Luis Ramos Hernández Emiliano Vladimir Zepeda Burgos Jazmín Elena Faltas por grupo: 11 Arias Staines María de la Luz Faltas por grupo: 1 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arevalo Gallegos, Daniel Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Dávila Salinas, Norma Violeta Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Jiménez Rayón, Oscar Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Ruiz Vega, Ofelia Sáenz López, Rosario Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Castillo Reyes, María Eugenia Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Marín, Ciro García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Becerril, Luz María Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Alejo, Ana Luz Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Ayala, Rubén Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Saldaña Hernández, Margarita Sánchez de la Peña, Rodrigo Sánchez Hernández, Victor Manuel Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Guillén Zarate, Edith Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Arias Staines, María Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Mazoy Kuri, José Luis Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Piña Horta, Raúl Velasco Coello, Manuel Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala, Isidro Clouthier Carrillo, Tatiana Reyes Retana Ramos, Laura Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Sagahon Medina, Benjamín Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Bueno, Jesús Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arechiga Santamaría, José Guillermo Arevalo Gallegos, Daniel Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Bailey Elizondo, Eduardo Alonso Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Bravo Carbajal, Francisco Javier Briones Briseño, José Luis Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Campos Cordova, Lisandro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Carrillo Rubio, José Manuel Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Cervantes Vega, Humberto Chávez Dávalos, Sergio Armando Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Concha Arellano, Elpidio Desiderio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Dávila Salinas, Norma Violeta Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Nieblas, José Lamberto Díaz Rodríguez, Homero Díaz Salazar, María Cristina Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín González Ruiz, Alfonso Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez Corona, Leticia Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Guzmán Santos, José Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Hernández Pérez, David Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Ibáñez Montes, José Angel Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Jiménez Sánchez, Moisés Jiménez Rayón, Oscar Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez López, Margarita Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Mejía González, Raúl José Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pérez Góngora, Juan Carlos Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramón Valdez, Jesús María Ramos Salinas, Óscar Martín Rangel Espinosa, José Rincón Chanona, Sonia Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Ochoa, Alfonso Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Rojas Saldaña, María Mercedes Román Bojórquez, Jesús Tolentino Romero Romero, Jorge Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Cerón, Gonzalo Ruiz Massieu Salinas, Claudia Ruiz Vega, Ofelia Sáenz López, Rosario Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez Hernández, Alfonso Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Sandoval Figueroa, Jorge Leonel Sandoval Urbán, Evelia Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tapia Palacios, Paulo José Luis Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez García, Quintín Vega Carlos, Bernardo Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villagómez García, Adrián Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo Zúñiga Romero, Jesús Aldaz Hernández, Huberto Alegre Bojórquez, Ricardo Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Castillo Reyes, María Eugenia Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Manzanilla, María Viola Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Marín, Ciro García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Becerril, Luz María Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Alejo, Ana Luz Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Ayala, Rubén Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Saldaña Hernández, Margarita Sánchez de la Peña, Rodrigo Sánchez Hernández, Victor Manuel Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Bernal Ladrón de Guevara, Diana R. Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Guillén Zarate, Edith Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Arias Staines, María Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Mazoy Kuri, José Luis Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Piña Horta, Raúl Velasco Coello, Manuel Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Camarillo Zavala, Isidro Clouthier Carrillo, Tatiana Reyes Retana Ramos, Laura Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Sagahon Medina, Benjamín