Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LIX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
DIRECTOR GENERAL DE CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares
PRESIDENTE
Diputada María Marcela González Salas y Petricioli
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
Norberto Reyes Ayala
AÑO IIIMéxico, DF, 22 de marzo de 2006 Sesión No. 17
DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

Comunicación del diputado Alfonso González Ruiz, con la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputado electo en el VII distrito del estado de Nuevo León. Se aprueban los puntos de acuerdo

DIPUTADO CON LICENCIA

Comunicación del diputado Pablo Bedolla López, con la que solicita prórroga del permiso de licencia para separarse de su cargo como diputado electo en el XVII distrito del estado de México. Se aprueba el punto de acuerdo respectivo

DIPUTADOS QUE SE REINCORPORAN

Comunicaciones de los diputados Alfredo Gómez Sánchez, Blanca Estela Gómez Carmona, Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Oscar González Yáñez e Isaías Soriano López, con las que informan que se reincorporan a sus labores legislativas. De enterado

DIPUTADOS QUE SE SEPARAN DE GRUPO PARLAMENTARIO

Comunicación de los diputados José Angel Ibáñez Montes, José Luis Briones Briseño, Leticia Gutiérrez Corona, Moisés Jiménez Sánchez, Alfonso Sánchez Hernández, Sonia Rincón Chanona, José Alfonso Muñoz Muñoz, Alfonso González Ruiz, Angel Paulino Canul Pacab, Jesús Aguilar Bueno, Jesús Zúñiga Romero, Evelia Sandoval Urbán, Bernardo Vega Carlos y Oscar Martín Ramos Salinas, con la que informan su decisión de separarse del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. De enterado, comuníquese

ESTADO DE NAYARIT

Comunicación del Congreso del estado de Nayarit, con acuerdo para solicitar a la Cámara de Diputados del Congreso General que, por conducto de sus Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Presupuesto y Cuenta Pública, solicite a la Secretaría de Educación Pública que a la brevedad presupueste las plazas docentes y las horas/semana/mes hasta hoy no reconocidas, y homologue los salarios de los académicos de la Universidad Autónoma de Nayarit con los ingresos que perciben los académicos de la Universidad Nacional Autónoma de México. Se remite a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

ESTADO DE QUINTANA ROO

Comunicación del Congreso del estado de Quintana Roo, con acuerdo por el que se exhorta al Congreso de la Unión a considerar la posibilidad de reformar el decreto por el que se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de mayo de 2005. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

ESTADO DE TAMAULIPAS

Oficio de la Comisión Federal de Electricidad, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 14 de febrero pasado, a fin de solicitar la reclasificación de la tarifa eléctrica de la 1-D a 1-E para el consumo de uso doméstico en la ciudad de H. Matamoros, Tamaulipas. Remítase a la comisión correspondiente para su conocimiento

COMISIONES LEGISLATIVAS

Tres comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva del Comité de Información, Gestoría y Quejas, y en la integración de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento al manejo y destino de los recursos entregados al fideicomiso F/9645-2, con el 5 por ciento de las empresas mineras Mexicana de Cobre, Mexicana de Acido Sulfúrico, Industrial Minera México, Minerales Metálicos del Norte, Zinc de México y Carbonífera Nueva Rosita, con motivo de la compra-venta que firmó Grupo México y el Gobierno federal por la privatización de Mexicana de Cananea y Mexicana de Cobre, así como para conocer y dar seguimiento a diversos aspectos relacionados con la problemática minera de la República Mexicana. Aprobadas

COMISIONES LEGISLATIVAS

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone cambios en la integración del Grupo de Trabajo del Capítulo Mexicano de Parlamentarios Latinoamericanos contra la Corrupción. De enterado

PLAN PUEBLA-PANAMA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2005, para exhortar al secretario de Relaciones Exteriores, a que haga público el uso y destino de los recursos que han sido autorizados por el Congreso de la Unión a la Coordinación General del Plan Puebla-Panamá, desde el año 2002 a la fecha. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

PROTOCOLO DE KYOTO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 25 de octubre de 2005, para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a que promueva entre las naciones que no lo han hecho, la ratificación del Protocolo de Kyoto sobre el cambio climático, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

MIGRANTES MEXICANOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de diciembre de 2005, para exhortar al secretario de Gobernación a que, en coordinación con las dependencias estatales y municipales competentes, garantice la seguridad de los connacionales que retornan a México, particularmente en los períodos vacacionales. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

ADUANAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de diciembre de 2005, para exhortar al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, nulifique y desista del proyecto internacional de comercio para establecer una aduana mexicana en Kansas City, Estados Unidos de América. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

ACCIDENTES DE TRANSITO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de diciembre de 2005, para exhortar a diversas dependencias federales, a los gobiernos y congresos estatales y del Distrito Federal, y a los municipios, a impulsar una política nacional en materia de seguridad vial y la prevención de accidentes de tránsito. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

HOTEL MARIA ISABEL SHERATON

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 9 de febrero pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores envíe al Gobierno de Estados Unidos de América, una nota diplomática de rechazo a la aplicación en México de la ley estadounidense conocida como Helms-Burton y a diversas dependencias del orden federal y local a que investiguen y establezcan las sanciones que correspondan por los hechos ocurridos en el hotel María Isabel Sheraton del Distrito Federal, el pasado viernes 3 de febrero. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

HOTEL MARIA ISABEL SHERATON

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 9 de febrero pasado, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores envíe al Gobierno de Estados Unidos de América, una nota diplomática de rechazo a la aplicación en México de la ley estadounidense conocida como Helms-Burton y a diversas dependencias del orden federal y local a que investiguen y establezcan las sanciones que correspondan por los hechos ocurridos en el hotel María Isabel Sheraton del Distrito Federal, el pasado viernes 3 de febrero. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

DISCAPACITADOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 29 de noviembre de 2005, para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a que coordine la formulación y el impulso a un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paradores de la red carretera nacional. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

COLEGIO DE BACHILLERES - COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 2 de febrero pasado, por el que se exhorta a las Secretarías de Educación Pública, y de Hacienda y Crédito Público a aplicar en el Programa Gradual de Nivelación Salarial los recursos destinados a los subsistemas de educación Colegio de Bachilleres y Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

PROTOCOLO DE KYOTO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de diciembre de 2005, para extender un reconocimiento al Presidente Vladimir Putin y al Parlamento de la Federación Rusa, por haber suscrito el Protocolo de Kyoto. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

CERTIFICADO DE MATRICULA CONSULAR

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2005, para exhortar al Gobierno federal a que realice las gestiones necesarias con el sector financiero y privado, así como con los distintos niveles de gobierno y la Administración Pública Federal, para que el certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, sea aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

JOSE MARIA AZNAR LOPEZ

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 23 de febrero pasado, por el que se solicita al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación, informe por los medios diplomáticos conducentes al ciudadano español, José María Aznar López, el contenido del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo reconvenga por sus declaraciones de días pasados y le solicite que en las próximas visitas que realice a territorio mexicano se abstenga de inmiscuirse en los asuntos políticos del país. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

REPUBLICA DE CUBA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 27 de octubre de 2005, para exhortar al Ejecutivo federal a que instruya al representante mexicano ante la Organización de las Naciones Unidas, para que el voto de México ante ese organismo sea en contra del bloqueo que mantiene el Gobierno de los Estados Unidos de América contra Cuba. Remítase a la comisión correspondiente y al promovente para su conocimiento

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa que reforma la fracción IV, inciso a), del artículo sexto transitorio y adiciona la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, presentada por el senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el senador Víctor Manuel Méndez Lanz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

CODIGO PENAL FEDERAL - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY GENERAL DE EDUCACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma el Código Penal Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación, para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de las Comisiones de Gobernación y de Educación Pública y Servicios Educativos

LEY ORGANICA DE LA LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o. y 10 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública

Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza realiza comentarios respecto del trámite a la mencionada minuta, a los que la Presidencia da respuesta y la turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Social

LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS - LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS - CODIGO PENAL FEDERAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma y adicionan los artículos 15, 52, 72 y 73 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; y 214, fracción V, del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 13 Bis, 14 Bis, 14 Ter y 15 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 constitucional en el Ramo del Petróleo; 253 y 368 Quáter del Código Penal Federal; y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía y de Justicia y Derechos Humanos

LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. Se turna a la Comisión de Cultura

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María Eugenia Sánchez y Díaz de Rivera para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY GENERAL DE EDUCACION

Se recibe del diputado César Amín González Orantes, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 48 de la Ley General de Educación, sobre personas con discapacidad. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

Se recibe del diputado César Amín González Orantes, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 14, 26 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, sobre tarifas en servicio doméstico a consumidores con menos recursos. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía y de Hacienda y Crédito Público

CODIGO PENAL FEDERAL

Se recibe del diputado César Amín González Orantes, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, sobre penas al delito de hostigamiento sexual. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL

Se recibe del diputado César Amín González Orantes, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o., 6o. y 10 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el Ramo del Petróleo, para garantizar la propiedad y el control de la nación sobre los hidrocarburos e impedir la intervención de particulares en labores que pueda realizar Petróleos Mexicanos con recursos propios, y atender la preservación y restauración del equilibrio ecológico. Se turna a la Comisión de Energía

LEY FEDERAL DE TURISMO

El diputado Jorge Legorreta Ordorica presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, sobre las funciones del Fondo Nacional de Fomento al Turismo. Se turna a la Comisión de Turismo

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El diputado José Evaristo Corrales Macías presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 26, 32 Bis, 34, 35 y 35 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura. Se turna a la Comisión de Gobernación

ORDEN DEL DIA

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone modificar el orden del día para posponer la discusión de tres dictámenes de la Comisión de Reforma Agraria. Aprobada

DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

Comunicación del diputado Humberto Cervantes Vega, con la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputado electo en el II distrito del estado de Nuevo León. Se aprueba el punto de acuerdo respectivo

LEY DE AMPARO

La diputada María Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación a la exigencia para el juzgador de actuar con secretario o testigos de asistencia en los procedimientos penales, para que no se consideren violadas las leyes del procedimiento. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

El diputado Sergio Penagos García, a nombre propio y del diputado Pablo Alejo López Núñez, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 7o., 23; 23 Bis y 23 Ter de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a efecto de inhibir la emisión, recepción y transmisión de señales de telecomunicaciones, en cualquier lugar que resulte necesario, para preservar la seguridad pública. Se turna a la Comisión de Comunicaciones

ARTICULOS 52, 53 Y 54 CONSTITUCIONALES

El diputado José Luis Treviño Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reducir el número de integrantes de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para que el Instituto Federal Electoral elabore los instrumentos necesarios que permitan a los electores con deficiencia visual emitir el sufragio en la boleta. Se turna a la Comisión de Gobernación

VOLUMEN II

ARTICULO 83 CONSTITUCIONAL

El diputado Pablo Gómez Alvarez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a la fecha de comienzo de funciones del Presidente de la República. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales

LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS

El diputado Fernando Espino Arévalo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 101 y adiciona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para identificar los productos que contengan Organismos Genéticamente Modificados que se comercialicen en México para el consumo humano y animal, y que en su etiqueta deberán contener la información necesaria y suficiente. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería y de Ciencia y Tecnología

LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado Baruch Alberto Barrera Zurita presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación, respecto al financiamiento e inversión en infraestructura educativa municipal. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Se recibe de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para la protección al ambiente en el desarrollo integral y sustentable de las comunidades indígenas. Se turna a las Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas y de Gobernación

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El diputado Angel Pasta Muñuzuri presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, respecto a la protección y mejora del medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL

Se recibe del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 constitucional en el Ramo del Petróleo, para que solamente organismos y empresas públicas lleven a cabo la explotación y exploración del petróleo. Se turna a la Comisión de Energía

LEY FEDERAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES

La diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés presenta iniciativa con proyecto de Ley Federal de Protección de Datos Personales. Se turna a la Comisión de Gobernación

LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

Se recibe del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sobre las Secretarías de Estado. Se turna a la Comisión de la Función Pública

LEY PARA LA COORDINACION DE LA EDUCACION SUPERIOR

La diputada Consuelo Camarena Gómez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO

La diputada María Angélica Díaz del Campo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en relación con la Secretaría de la Función Pública. Se turna a la Comisión de la Función Pública

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO - LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

La diputada María Angélica Díaz del Campo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en relación con la Secretaría de la Función Pública. Se turna a la Comisión de la Función Pública

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Dictamen de la Comisión Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Es de primera lectura

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., 5o., 7o., 8o., 15 y 22 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Es de primera lectura

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Es de primera lectura

LEY DE EXPROPIACION - LEY AGRARIA

Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 10 de la Ley de Expropiación y reforma el artículo 94 de la Ley Agraria. Es de primera lectura

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a 8 ciudadanos para prestar servicios en la Embajada del Estado de Israel en México. Es de primera lectura

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a 10 ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México, en sus Consulados en Hermosillo, Sonora, y Ciudad Juárez, Chihuahua, y en la Agencia Consular en San Miguel de Allende, Guanajuato, respectivamente. Es de primera lectura

CONDECORACIONES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a 4 ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos de la República Francesa, del Reino de España y de Estados Unidos de América, respectivamente. Es de primera lectura

ORDEN DEL DIA

Solicitud de la Junta de Coordinación Política, para incluir en el orden del día el siguiente acuerdo. Aprobada

ANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOR

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral, a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República a que investiguen la presunta injerencia del Gobierno de Venezuela en México a favor de la candidatura de Andrés Manuel López Obrador y su vinculación con grupos subversivos

A discusión se concede la palabra a los diputados:

Pablo Gómez Álvarez

Rodrigo Iván Cortés Jiménez

Pablo Gómez Álvarez, para contestar alusiones personales

Horacio Duarte Olivares

Pablo Alejo López Núñez

Se considera suficientemente discutido

Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza solicita se dé lectura al acuerdo presentado

A petición del diputado Gómez Alvarez y con el apoyo de otros diputados, se realiza la votación nominal, que da por resultado el que se apruebe el acuerdo en comento, comuníquese

DIPUTADO QUE SE REINCORPORA

Comunicación del diputado Francisco Herrera León, con la que informa que se reincorpora a sus labores legislativas. De enterado

LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS

Se dispensa la segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos. Sin discusión se aprueba, pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional

LEY DE GAS NATURAL DE PROCESO, AMONIACO Y FERTILIZANTES NITROGENADOS

Se dispensa la segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados

A discusión en lo general se concede la palabra a los diputados:

Rosa María Avilés Nájera

Javier Castelo Parada

Alfonso Ramírez Cuéllar

Cruz López Aguilar

Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio

Julián Nazar Morales

Rectifican hechos, los diputados:

Rosa María Avilés Nájera

José Adolfo Murat Macías

Cruz López Aguilar

Se considera suficientemente discutido el proyecto de decreto, y se aprueba. Pasa al Senado para los efectos constitucionales

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Dictamen de la Comisión de Economía, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada en la sesión del 15 de marzo de 2005

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Dictamen de la Comisión de Economía, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 38 y reforma los artículos 53 y 57 de la Ley de la Propiedad Industrial, presentada en la sesión del 21 de diciembre de 2005

CODIGO DE COMERCIO

Dictamen de la Comisión de Economía, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones del Código de Comercio, presentada en la sesión del 11 de junio de 2003

TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desarrollo Social, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona una fracción X al artículo 1o. y un Título Sexto, denominado Responsabilidades y Sanciones, a la Ley General de Desarrollo Social; y adiciona una fracción VII al artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, presentada en la sesión del 21 de septiembre de 2004

Se aprueban los anteriores cuatro dictámenes. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos

DIA NACIONAL DEL MUNICIPIO LIBRE

Se recibe del diputado Jorge Romero Romero, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal instaure el día 20 de enero como el Día Nacional del Municipio Libre. Se turna a la Comisión de Gobernación

EDITORIAL PLAZA Y VALDES

El diputado Jesús Porfirio González Schmal presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Grupo de Trabajo que da seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación de esta soberanía, atraiga para su estudio y defensa el caso de la editorial Plaza y Valdés. Se turna a la Junta de Coordinación Política

CENTRO DE ESTUDIOS DE LA FUNCION PUBLICA

El diputado Adrián Víctor Hugo Islas Hernández presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se propone la creación del Centro de Estudios de la Función Pública. Se turna a la Junta de Coordinación Política

SITUACION LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE GASOLINERAS

El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno presenta proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social regule la situación laboral de los trabajadores que prestan sus servicios en las gasolineras del país. Se turna a la Comisión Trabajo y Previsión Social

CONSTRUCCION Y MODERNIZACION DE CARRETERAS

El diputado Pedro Avila Nevárez presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregue a las entidades federativas los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de 2005 que no han sido ejercidos, destinados a infraestructura, construcción y modernización de carreteras. Se considera de urgente resolución la proposición y sin discusión se aprueba. Comuníquese

ESTADO DE GUERRERO

El diputado Angel Pasta Muñuzuri presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación audite los recursos federales correspondientes a los fondos del Ramo 33, ejercidos en diversos municipios del estado de Guerrero, en los ejercicios 2004 y 2005. Se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

GRUPO AEROPORTUARIO DEL PACIFICO

El diputado Jesús Porfirio González Schmal presenta proposición con punto de acuerdo, para que los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, no autoricen la bursatilización de 85 por ciento de la participación accionaria del Gobierno federal pretendida por el grupo Aeroportuario del Pacífico. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Economía y de Transportes

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2o.., numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos (en lo general y en lo particular)

Del dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados (en lo general y en lo particular)


Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

ASISTENCIA

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se ruega a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 343 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli (a las 11:15 horas): Se abre la sesión.


ORDEN DEL DIA

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura del orden del día.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

Orden del día

Miércoles 22 de marzo de 2006.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los diputados Alfonso González Ruiz, Pablo Bedolla López, Alfredo Gómez Sánchez, Blanca Estela Gómez Carmona, Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Óscar González Yáñez e Isaías Soriano López.

De los diputados José Ángel Ibáñez Montes, José Luis Briones Briseño, Leticia Gutiérrez Corona, Moisés Jiménez Sánchez, Alfonso Sánchez Hernández, Sonia Rincón Chanona, José Alfonso Muñoz Muñoz, Alfonso González Ruiz, Ángel Paulino Canul Pacab, Jesús Aguilar Bueno, Jesús Zúñiga Romero, Evelia Sandoval Urbán, Bernardo Vega Carlos y Óscar Martín Ramos Salinas.

De los Congresos de Nayarit y de Quintana Roo.

De la Comisión Federal de Electricidad.

De la Junta de Coordinación Política.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Trece, con los que remite contestación a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa que reforma la fracción IV, inciso a), del artículo sexto transitorio y adiciona la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, presentada por el senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite iniciativa que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el senador Víctor Manuel Méndez Lanz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de decreto, que reforma el Código Penal Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma los artículos 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 15, 52, 72 y 73 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la fracción V del artículo 214 del Código Penal Federal. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma y adiciona los artículos 13 Bis, 14 Bis, 14 Ter y 15 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 253 y 368 Quáter del Código Penal Federal; y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, por el que se crea la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que concede permiso a la ciudadana María Eugenia Sánchez y Díaz de Rivera para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa. (Turno a Comisión)

Iniciativas

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, a cargo del diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a cargo de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura, a cargo del diputado José Evaristo Corrales Macías, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 124 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, suscrita por los diputados Pablo Alejo López Núñez y Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada María Angélica Díaz del Campo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Luis Antonio González Roldán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada María Angélica Díaz del Campo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ramón González González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Gómez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 101 y adiciona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Baruch Alberto Barrera Zurita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

De Ley Federal de Protección de Datos Personales, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción II del artículo 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

De las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 10 de la Ley de Expropiación y reforma el artículo 94 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Vilia Mam Gmora, Hany Nagar Shitrit, Ana Miriam González Catarrivas, Guirza Dowek Dayan, María Luisa Gutiérrez Badillo, Arturo Centeno Sánchez, Rodolfo Garza Hernández y René Ochoa Gayosso para prestar servicios en la Embajada del Estado de Israel en México.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Orquídea Alvarado Briseño, Eduardo Javier García Guillén, Renata Loza Estrada, Francisco Pablo Dosamantes Aguayo, Leticia del Carmen Cerritos Castillo, María Jimena Ruiz Velasco Rea, Paola Fernanda de los Cobos Gomar, Graciela Treviño Espinosa, Mitzy Matamoros Jiménez y Claudia Lizeth Solano Lara para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México; en sus Consulados en Hermosillo, Sonora, y Ciudad Juárez, Chihuahua; y en su Agencia Consular en San Miguel de Allende, Guanajuato, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Sergio Pérez Cortés, Ramón Alvarado Jiménez, Genaro García Luna y Adolfo Domínguez Martínez para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República Francesa, del Reino de España y de Estados Unidos de América, respectivamente.

Dictámenes a discusión

De las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos.

De las Comisiones Unidas de Energía, y de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma los artículos 17 y 18 de la Ley Agraria.

De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 y adiciona un artículo 113 Bis a la Ley Agraria.

Dictámenes negativos

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código de Comercio.

De las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desarrollo Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al H. ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, estado de México, fortalezca los apoyos a Pyme y emprendedores naucalpenses, a cargo del diputado Víctor Manuel Sánchez Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Grupo de Trabajo que da seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación de esta soberanía, dé seguimiento al estudio y defensa en el caso de la editorial Plaza y Valdés, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se propone la creación del centro de estudios de la función pública, a cargo del diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la STPS regule la situación laboral de los trabajadores que prestan sus servicios en las gasolineras del país, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP entregue a las entidades federativas los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de 2005 que no han sido ejercidos, destinados a infraestructura, construcción y modernización de carreteras, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF audite los recursos federales correspondientes a los fondos del Ramo 33, ejercidos en diversos municipios del estado de Guerrero, en los ejercicios 2004 y 2005, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades con el objeto de que los trabajadores de la Empresa Mexicana de Cananea, SA de CV, reciban el pago que les adeuda la empresa Southern Peru Copper Corp., que actúa como patrón sustituto, y que esta Soberanía cree una Comisión Especial que se encargue de coadyuvar junto con las autoridades gubernamentales, la investigación respectiva, a cargo del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, no autoricen la bursatilización de 85% de la participación accionaría del Gobierno Federal pretendida por el grupo Aeroportuario del Pacifico, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal instaure el día 20 de enero como el día nacional del municipio libre, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados abstenerse de participar activamente en las campañas de los candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados, a cargo de la diputada María Angélica Ramírez Luna, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo reinstalen en sus cargos a los profesores Tonatihu Herrera Gutiérrez, Tania Meza y Pablo Vargas, así como respetar cabalmente sus derechos humanos y constitucionales, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la CNDH, efectué visitas a los diversos centros de readaptación y penitenciarías del país, a fin de detectar la existencia de actos que vulneren las garantías individuales de las reclusas, a cargo de la diputada Gema Isabel Martínez López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos estatales y municipales implementen programas específicos para atender los problemas relativos a la pobreza urbana, a cargo de la diputada Guadalupe Suárez Ponce, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF investigue los recursos federales que se están enviando al estado de Puebla, y que la Junta de Coordinación Política de esta soberanía forme una comisión especial que dé seguimiento a estos recursos durante el periodo electoral en curso, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SCT, al director general de Aeropuertos y Servicios Auxiliares y al director general del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México SA de CV, informen a la Comisión de Comunicaciones de esta soberanía de la suspensión fortuita del servicio de radares en las terminales aéreas y de las medidas que tomarán para evitar dichas irregularidades, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal información relativa a las auditorias practicadas al Fonden, a cargo del diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, investiguen las posibles anomalías en que se encuentran las condiciones laborales de los trabajadores de la Empresa Industrial Minera Mexicana, compañía del Grupo México, a cargo del diputado Edmundo Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJDF, realice las investigaciones sobre el uso de recursos públicos en la campaña de promoción del Partido de la Revolución Democrática en la Ciudad de México, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal respete la autonomía del Sindicato Nacional de Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que en coordinación con las autoridades sanitarias estatales formen un grupo de especialistas en salud mental para la atención psicológica de los familiares de las victimas del siniestro ocurrido en la mina de Pasta de Conchos, en Coahuila, a cargo del diputado José Ángel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal instruya a las dependencias correspondientes lleven a cabo las acciones que contempla la ley en contra de quienes apliquen en territorio mexicano la ley estadounidense Helms-Burton, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se crea una comisión revisora que tenga por objeto conocer el destino que se le dio al fideicomiso creado en 1988, a favor de los trabajadores de las Empresas Mexicana de Cobre, Mexicana de Ácido Sulfúrico, Minerales Metálicos del Norte, Zinc de México y Carbonífera Nueva Rosita, a cargo de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo de San Luis Potosí cumpla el acuerdo emitido por el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito que ordena declarar improcedente la cancelación del registro sindical a favor del Sindicato Académico de Trabajadores y Trabajadoras del Colegio de Educación Técnica del estado de San Luis Potosí, a cargo del diputado Juan Pérez Medina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al presidente municipal de Chihuahua, Chihuahua, informe sobre la obra que se pretende realizar en el fraccionamiento Francisco I. Madero, relativa a la regeneración del cauce del arroyo El Saucito, a cargo del diputado Raúl Chavarría Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a los Congresos de los estados alerten a la ciudadanía por medio de spots de televisión y otros medios, de los fraudes realizados por vía telefónica, a cargo del diputado Alberto Urcino Méndez Gálvez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, y a la SHCP ejerzan con transparencia los recursos destinados a través del Programa Especial Concurrente en materia de Conservación de Suelos y Agua al Suelo de Conservación del Distrito Federal, a cargo de la diputada Nancy Cárdenas Sánchez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Puebla reduzca el costo del emplacamiento vehicular, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF realice una auditoría a la Secretaría de Economía en relación con su actuación en la importación de leche en polvo, leche fluida y piernas de cerdo, sobre el desechamiento del dictamen de dumping a favor de los porcicultores mexicanos favoreciendo a los productores norteamericanos; asimismo, la intervención de la Secretaría de la Función Pública para que investigue a los funcionarios involucrados, suscrita por los diputados José Luis Treviño Rodríguez, Mario Ernesto Dávila Aranda, Ramón González González, José María de la Vega Lárraga, Reynaldo Valdés Manzo y Gonzalo Alemán Migliolo, de los grupos parlamentarios de los Partidos de Acción Nacional, de la Revolución Democrática, y Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a investigar las presuntas irregularidades presentadas en el Programa Emprendedores con Discapacidad, conocido como Ecodis, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP autorice o, en su caso, libere las reservas que por participación de utilidades corresponden a los trabajadores de la empresa Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, SA de CV, Ingenio San Cristóbal, del ejercicio fiscal de 2004, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat y de la Segob, adopte medidas y programas para prestar auxilio y apoyo económico a los municipios de la zona serrana del estado de Chihuahua, para afrontar la prolongada sequía y el riesgo inminente de incendios forestales en el área, a cargo del diputado Jesús Aguilar Bueno, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Economía, de la Sagarpa y de la Dirección General de Aduanas informen a las Comisiones: de Agricultura y Ganadería, y Especial de Ganadería de esta soberanía sobre las importaciones de leche en polvo, suscrita por los diputados José Luis Treviño Rodríguez, Mario Ernesto Dávila Aranda, José María de la Vega Lárraga, Ramón González González, Reynaldo Valdés Manzo y Gonzalo Alemán Migliolo, de los grupos parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, y de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud no efectúe el cambio de sede anunciado del Hospital Psiquiátrico Infantil hasta que no se informe a esta soberanía los detalles del proyecto, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat decrete como área natural protegida el lago de Pátzcuaro, en Michoacán, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP para que a través de la Dirección General de Aduanas lleve a cabo las medidas necesarias para aplicar la reforma hecha a la Ley Aduanera, referente a los vehículos que hayan tramitado su permiso de internación temporal antes de enero de 2006, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol y a la SEP a que analicen la incorporación del certificado de buena conducta como elemento de corresponsabilidad de los beneficiarios del programa Oportunidades, a cargo de la diputada María Guadalupe Suárez Ponce, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se resuelva la inconsistencia entre la Ley de Ingresos de la Federación y el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 en materia de montos para proyectos de inversión financiada contratados por la CFE, a cargo del diputado Francisco Javier Carrillo Soberón, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades municipales de Santa María Huatulco y estatales de Oaxaca, así como a las autoridades federales, para que otorguen los servicios urbanos indispensables a los habitantes del poblado de la Bahía de San Agustín en Huatulco, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal instruya a las secretarías correspondientes para que envíen un informe detallado de los argumentos que empleó México en el proceso legal ante el órgano de apelación de la OMC, relativo a los edulcorantes y denominado ``México-medidas fiscales sobre los refrescos y otras bebidas'', a cargo del diputado Marco Antonio Torres Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFE, a la Segob, a la SRE y a la PGR investiguen la injerencia del Gobierno de Venezuela a favor de la campaña de Andrés Manuel López Obrador, a cargo del diputado Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, con relación a las elecciones federales de 2006 en el Distrito Federal, a cargo del diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa y demás dependencias competentes investiguen el ingreso de las variedades de semilla contaminada con el hongo Fusarium moniliforme en diversos municipios de Michoacán, a cargo del diputado Enrique Torres Cuadros, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF y a la Secretaría de la Función Pública evalúen el trabajo del Senasica en su responsabilidad de verificar e inspeccionar los productos y subproductos de origen animal que se importan a México, suscrita por los diputados Reynaldo Valdés Manzo, José Luis Treviño Rodríguez, Mario Ernesto Dávila Aranda, Ramón González González, José María de la Vega Lárraga y Gonzalo Alemán Migliolo, de los grupos parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, y de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Comisión Federal de Telecomunicaciones intervenga y solicite una antena de recepción de telefonía celular para el municipio de Parácuaro, Michoacán, a cargo del diputado Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía celebra y reconoce la transparencia y apego a la legalidad del reciente proceso electoral en la República de Costa Rica, y exhorta al Ejecutivo federal extienda una invitación al Presidente electo de ese país para que realice una visita de Estado a México, suscrita por los diputados Adriana González Carrillo, Homero Díaz Rodríguez y Reynaldo Francisco Valdés Manzo, de los grupos parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, y de la Revolución Democrática, respectivamente. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que esta soberanía solicite al Encuentro Mundial de Legisladores, paralelo al IV Foro Mundial del Agua, que incluya en su pronunciamiento o declaratoria oficial, un exhorto para que se respete el derecho internacional y el derecho humano de acceso al agua, y el manejo de las cuencas transfronterizas, a cargo del diputado Miguel Luna Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal deje sin efectos el convenio suscrito entre la Secretaría de Salud y la industria tabacalera, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de la Función Pública investigue los procedimientos de comercialización del Fideicomiso Comercializador, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la PGR y al titular de la PGJEM urjan las investigaciones correspondientes y finquen responsabilidades penales a que haya lugar, respecto de los presuntos hechos delictivos ocurridos en el aeropuerto de Atizapán de Zaragoza, México, que se han presentado en fechas recientes, a cargo del diputado Rodrigo Sánchez de la Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal intervenga ante el IMSS y por conducto de su Consejo Técnico autorice, por única vez, a los asegurados adultos mayores a pagar directamente ante este Instituto el tiempo de cotización necesario para acceder a una pensión, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que la Profeco solicite al Gobierno Federal suspenda toda publicidad que tenga la frase ``Si seguimos por este camino, México será mejor que ayer'', por ser una afirmación engañosa, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a investigar el proceso de enajenación de la Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV; y se solicita a la ASF que conozca y sancione los resultados de dicho proceso de enajenación, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Gobierno del Distrito Federal que realice auditorías externas a los programas de desarrollo social y sus resultados en el combate de la pobreza y la marginación, a cargo de la diputada Beatriz Zavala Peniche, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senado de la República a ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de la Diversidad de los Contenidos Culturales y las Expresiones Artísticas, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a los estados de la Federación, a sus ayuntamientos y al GDF adecuen sus legislaciones y reglamentaciones en materia de regulación de festejos taurinos, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF realice una auditoría a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, a efecto de determinar las posibles responsabilidades del director general, al excluir de sus procesos de licitación pública a la sociedad mercantil Encuadernaciones de Oriente, SA de CV, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al GDF emitan la declaratoria de zona arqueológica de Tlatelolco, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Subcomisión de Examen Previo de esta soberanía emita la resolución a la denuncia de juicio político en contra de Luis Pazos de la Torre, por las irregularidades en la asignación y utilización de recursos públicos destinados el comité Provida, AC, en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, a cargo de la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE condone el pago por obtención de pasaportes y se disminuyan los requisitos a favor de los mexicanos que tengan un compromiso de trabajo en Estados Unidos de América, a cargo del diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, gobiernos estatales y municipios a incorporar tecnologías de la información y comunicación en la gestión administrativa, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud incorpore a un médico geriatra en todos los hospitales, clínicas y centros de salud, a cargo de la diputada Norma Patricia Rodríguez Guardado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al GDF emitan la declaratoria de zona arqueológica de Cuicuilco, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat realice los estudios necesarios para decretar a la laguna de Yuriria, Guanajuato, como área natural protegida, a cargo del diputado Miguel Ángel Rangel Ávila, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al INAH y al gobierno del estado de México emitan la declaratoria de zona arqueológica del albarradón o dique-calzada de Ecatepec de Morelos, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Excitativas

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud de la diputada Beatriz Mojica Morga del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud de diputados integrantes de la Comisión de Energía.

Agenda política

Comentarios sobre el Día Mundial del Agua, a cargo de la diputada Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»


ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Se ruega a la Secretaría que consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves dieciséis de marzo de dos mil seis, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos sesenta y dos diputadas y diputados, a las diez horas con diez minutos del jueves dieciséis de marzo de dos mil seis, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicaciones de los diputados:

  • María Cristina Díaz Salazar, Juan Carlos Pérez Góngora, Adrián Villagómez García, Margarita Martínez López y Elpidio Desiderio Concha Arellano, con las que solicitan licencia para separarse de sus cargos como diputados electos por la segunda circunscripción plurinominal; en los distritos: primero, noveno y décimo del estado de Nuevo León, y segundo del estado de Oaxaca, respectivamente. En cada caso en votación económica se aprueban los puntos de acuerdo respectivos.

  • Omar Ortega Álvarez y Heriberto Enrique Ortega Ramírez, con las que informan que se reincorporan a sus labores legislativas. De enterado.

    El Presidente designa una comisión que introduce y acompaña a rendir su protesta de ley a los ciudadanos Araceli Velázquez Ramírez, Samuel González Olmos, César Augusto Carrasco Gómez y Pedro Gustavo Cabrera Rivero, electos como diputados federales suplentes en los distritos: quinto y décimo del estado de Hidalgo; séptimo y undécimo del estado de Oaxaca, respectivamente.

    Comunicación del Congreso del estado de Jalisco con acuerdo para solicitar a la Secretaría de Economía se reconsidere la autorización que otorga la Norma Oficial Mexicana cero-cero-seis sobre uso de cabezas no maduras en la fabricación de tequila. Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

    Comunicación del Congreso del estado de Michoacán con acuerdo por el que se exhorta al Congreso de la Unión, Congresos locales, ayuntamientos y al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a difundir la problemática que se ocasionó a los campesinos de la región del Bajío con la siembra de semilla contaminada con el hongo fusarium moniliforme a fin de tomar las precauciones necesarias en otras regiones del país y evitar pérdidas futuras y la contaminación de suelos. Se remite a la Comisión de Agricultura y Ganadería, para su conocimiento.

    La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal invita a las ceremonias cívicas conmemorativas del:

  • Sexagésimo octavo aniversario de la Expropiación Petrolera. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

  • Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez García, Benemérito de las Américas. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

    Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con las que propone cambios en la integración de las mesas directivas de las Comisiones de Desarrollo Metropolitano y de la Función Pública. Son aprobadas en sendas votaciones económicas.

    Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que propone cambios en la integración de la Comisión de Marina. De enterado.

    A las diez horas con treinta y un minutos la Secretaría instruye el cierre del sistema electrónico de asistencia e informa del registro de trescientos treinta diputadas y diputados.

    La Junta de Coordinación Política propone los siguientes acuerdos:

  • Por el que se exhorta a Leche Industrializada de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares, Sociedad Anónima, a no comprar leche a personas físicas o morales, así como a sus empresas filiales o asociadas que hayan recibido cupones de importación de leche en polvo por parte de la Secretaría de Economía, y exclusivamente comprar leche a través de sus centros de acopio o centros de acopio de productores que acrediten ser pequeños productores que no importan leche en polvo; asimismo, se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que audite a Leche Industrializada de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares, Sociedad Anónima, para determinar con exactitud a quiénes compra leche. Intervienen en pro de la propuesta los diputados Ramón González González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; y Gonzalo Alemán Migliolio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se considera en votación económica suficientemente discutida la proposición y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.

  • Por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a revisar, en el ámbito de su competencia, el proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México. Intervienen en pro de la propuesta el diputado Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Se considera en votación económica suficientemente discutida la proposición y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.

  • Por el que se exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público a cumplir el acuerdo, suscrito entre la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y esa dependencia, en el que se conviene la homologación del salario mínimo burocrático de los trabajadores del Servicio Postal Mexicano. Intervienen en pro de la propuesta los diputados Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; y Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se considera en votación económica suficientemente discutida la proposición y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.

    Dos oficios de la Secretaría de Seguridad Pública, con los que remite copias de expedientes que integran solicitudes de donaciones a personas morales. Se turnan a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Pública.

    Oficios de la Cámara de Senadores con los que remite:

  • Acuerdo de la Mesa Directiva en relación con la sesión solemne del Congreso General en conmemoración del bicentenario del natalicio de don Benito Juárez García. De enterado.

  • Minuta con proyecto de declaratoria que reforma los artículos veintiséis y setenta y tres, fracción vigésima novena-D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Secretaría da lectura a la minuta de referencia, realiza el escrutinio y cómputo de los votos aprobatorios de las legislaturas locales, dando fe de la recepción de la mayoría necesaria de votos aprobatorios, y el Presidente, en consecuencia, hace la declaratoria correspondiente. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

  • Minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo quince de la Ley de Aviación Civil, para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Transportes.

  • Minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo setenta y cinco de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos tercero, once, treinta y uno y setenta y uno, y adiciona un artículo veintiuno Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones. Se turna a la Comisión de Comunicaciones.

  • Minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos sexto, once, veintiuno, veintitrés, veintisiete, treinta y tres, cuarenta y ocho, cincuenta y siete, sesenta y siete, sesenta y ocho y ochenta y uno de la Ley de Aeropuertos. Se turna a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes.

    Cuatro oficios de la Secretaría de Gobernación con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. Remítanse a las Comisiones correspondientes para su conocimiento

    Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente. Remítase al promovente para su conocimiento

    Comunicación de la diputada Concepción Cruz García, con la que informa que se reincorpora a sus labores legislativas. De enterado.

    Fijan la posición de sus respectivos grupos parlamentarios, con motivo del Cuarto Foro Mundial del Agua, los diputados: Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia; Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo; Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Clara Marina Brugada Molina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Alfredo Rodríguez y Pacheco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; y Marco Antonio Torres Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Se consideran de primera lectura, los dictámenes de las Comisiones de:

  • Unidas de Comunicaciones y de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos sexto de la Ley de Aviación Civil y dieciocho de la Ley de Aeropuertos.

  • Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados.

  • Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos noventa y cuatro, noventa y cinco, noventa y seis y noventa y siete de la Ley Agraria.

  • Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma los artículos diecisiete y dieciocho de la Ley Agraria.

  • Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo setenta y uno y adiciona un artículo ciento trece Bis a la Ley Agraria.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma la fracción octava del artículo segundo y el artículo ciento cuarenta y uno del Código Federal de Procedimientos Penales. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y siete votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento treinta y tres del Código Federal de Procedimientos Penales. Es de segunda lectura. La Secretaría da lectura a fe de erratas remitida por la Comisión, que la Asamblea admite en votación económica. La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, el cual se aprueba con la fe de erratas admitida, por trescientos cuarenta y nueve votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma el artículo trescientos sesenta y cuatro del Código Penal Federal. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y seis votos en pro, ninguno en contra y cuatro abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que adiciona la fracción quinta al artículo doscientos sesenta y seis Bis del Código Penal Federal. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

    En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que crea la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y siete votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

    En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura de los dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto que conceden permisos:

  • A los ciudadanos Raúl Ibarra Vanoye y Edmundo Castañeda Hernández para prestar servicios en los Consulados de Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas; y en Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente.

  • A los ciudadanos Marina Stavenhagen Vargas y Miguel Stuart Escobedo y Fulda para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos de la República Francesa y del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, respectivamente.

    Son aprobados en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y cuatro votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

    Presidencia del diputado Álvaro Elías Loredo

    Comunicaciones de los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Francisco Amadeo Espinosa Ramos, con las que solicitan licencia para separarse de sus cargos como diputados electos por la primera y tercera circunscripción plurinominal, respectivamente. En cada caso, en votación económica, se aprueban los puntos de acuerdo respectivos.

    Tres dictámenes con puntos de acuerdo:

  • De la Comisión de Reforma Agraria, por el que se exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a realizar las acciones necesarias a efecto de atender el conflicto de tierras que enfrenta la comunidad indígena Misión de Chichimecas, municipio de San Luis de la Paz, en el estado de Guanajuato.

  • De la Comisión de Reforma Agraria, por los que se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de la Reforma Agraria, atienda y resuelva el asunto relativo a la problemática en el poblado Ojo de Agua, en Tijuana, Baja California.

  • De las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través del Servicio Postal Mexicano, se emita una estampilla conmemorativa del Bicentenario del natalicio del licenciado Benito Juárez García.

    Sin discusión se aprueban en votación económica. Comuníquense.

    Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

  • María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para institucionalizar el Parlamento de Mujeres. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

  • María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo veintinueve de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo ciento veintitrés Constitucional. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

  • Alfonso Juventino Nava Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo dieciocho de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Gobernación.

  • César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo doscientos cuarenta y siete del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

  • Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo séptimo de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Rafael Candelas Salinas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo octavo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación.

  • Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo cuarto de la Ley de Asistencia Social. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Desarrollo Social.

  • Claudia Delgadillo González, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos séptimo, veinticinco y cuarenta y nueve de la Ley General de Desarrollo Social. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Desarrollo Social.

  • Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez, a nombre propio y de la diputada Irene Herminia Blanco Becerra, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo diecisiete de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Juan José García Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo setenta y seis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo primero de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores.

    A solicitud de la Junta de Coordinación Política, aprobada en votación económica, se incluye en el orden del día acuerdo de la misma, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Hidalgo y a la Secretaría de la Reforma Agraria para que, con estricto apego a la ley, atienda y resuelva los conflictos jurídico-sociales de naturaleza agraria, derivados de la expropiación realizada al ejido La Cantera, en el municipio de Tepeji del Río, Hidalgo. Sin discusión se aprueba, comuníquese.

    Continúan presentando iniciativas con proyectos de decreto, los diputados:

  • Claudia Delgadillo González, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos ochenta y nueve y ochocientos cuarenta y tres de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo cincuenta y nueve Bis de la Ley Federal de Radio y Televisión. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía. Por indicaciones de la Presidencia, la Secretaria instruye la apertura del sistema electrónico de asistencia para la verificación de quórum.

  • Rodrigo Sánchez de la Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales. La Secretaría confirma la existencia de quórum con el registro de trescientos treinta y cinco diputadas y diputados.

  • Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona un artículo setenta y tres Bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

  • Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento treinta y nueve de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

  • Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo octavo de la Ley de Planeación. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

    Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

    Presentan proposiciones con puntos de acuerdo, los diputados:

  • Alfredo Bejos Nicolás, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a instaurar programas de educación en higiene bucal en las primarias y en las secundarias, y agregar en la lista oficial de útiles escolares cepillo, pasta e hilo dentales. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Salud.

  • Carlos Hernán Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realice los estudios necesarios, a fin de decretar a la Sierra de San Luis Janos, Chihuahua, como área natural protegida. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • Inelvo Moreno Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Turismo y al Director del Consejo de Promoción Turística de México, aclaren la información respecto del gasto programado y ejercido por este Consejo en el dos mil cinco. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Turismo.

  • Juan José García Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, respecto de la situación de los ciudadanos mexicanos que se enlistan en el ejército de los Estados Unidos de América. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Gobernación.

  • Jesús Porfirio González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia, para que la Comisión de Comunicaciones constituya una subcomisión tendiente a conciliar las diferencias existentes entre los concesionarios de televisión abierta con las diferentes empresas de televisión por cable, usuarias de su señal. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Comunicaciones.

  • Irma Sinforina Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, vigile el cumplimiento de la normatividad por parte de las constructoras en la producción de la vivienda de interés social. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Vivienda.

  • Tomás Cruz Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, intervengan ante el director del Servicio Postal Mexicano, a efecto de que sean reinstalados los trabajadores Juan Antonio Salazar Marín, José Zubiri Ríos y otros. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a las Comisiones Unidas de Transportes y de Trabajo y Previsión Social.

  • Fernando Alberto García Cuevas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita al Congreso de la Unión, manifieste al Senado de Estados Unidos de América, su más enérgico rechazo a la iniciativa HR-cuatro mil cuatrocientos treinta y siete, por su contenido xenófobo, racista y antiinmigrante. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

  • Raúl Pompa Victoria, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, solicite al Gobierno de los Estados Unidos de América, respete el Tratado de Aguas del tres de febrero de mil novecientos cuarenta y cuatro y el Acta doscientos cuarenta y dos, firmados por ese país y México. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

  • Alfonso Ramírez Cuéllar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Energía y al Presidente de la Comisión Reguladora de Energía, atiendan la problemática derivada de la posible existencia de prácticas monopólicas en la comercialización de gas licuado de petróleo en el Distrito Federal. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Energía. Desde su curul el diputado Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, realiza comentarios respecto al trámite de las proposiciones, a los que el Presidente da respuesta.

  • Raúl Leonel Paredes Vega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en coordinación con el Gobierno del estado de México y el municipio de Tecámac, verifiquen el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana-cero ochenta y tres-Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales-dos mil tres, en el relleno sanitario Waste Co. México. El Presidente informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Energía.

  • Patricia Elisa Durán Reveles, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los Gobiernos del Sureste Mexicano, a fin de que se lleve a cabo una revisión del proceso de reconstrucción de zonas afectadas por el huracán Stan. Se turna a la Comisión de Gobernación.

    Comunicación del diputado Francisco Herrera León, con la que solicita licencia para separarse de su cargo como diputado electo por el primer distrito del estado de Tabasco. En votación económica se aprueba el punto de acuerdo que concede la licencia.

    Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión Especial para la Reforma del Estado. Se aprueba en votación económica.

    La diputada Sofía Castro Ríos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal instruya al secretario de la Función Pública, para que investigue los excesos en el desempeño de las funciones en que ha incurrido el Director General de Servicios y Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, en torno a la venta de la cartera vencida de los ex trabajadores de Financiera Nacional Azucarera, Sociedad Nacional de Crédito, y Banco Nacional de Crédito Rural, Sociedad Nacional de Crédito. La Asamblea en votación económica considera el asunto de urgente resolución y sin discusión de la misma manera lo aprueba. Comuníquese.

    La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión e informa del registro final de trescientos treinta diputadas y diputados. El Presidente levanta la sesión a las quince horas con siete minutos, citando a la Sesión Solemne de Congreso General que tendrá lugar el martes veintiuno de marzo de dos mil seis a las diecisiete horas.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada, el acta. Continúe la Secretaría con comunicaciones.


    DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presente.

    Alfonso González Ruiz, diputado federal de la LIX Legislatura, ante usted, con el debido respeto, comparezco y expongo:

    Que por medio del presente escrito, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 63 constitucional, así como en los diversos 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos, ocurro ante su recto criterio, a fin de solicitar me sea concedida licencia por tiempo indefinido al cargo de diputado que actualmente detento, a fin de separarme del ejercicio del mismo a partir del día 21 de marzo del año en curso.

    En este orden de ideas, atentamente solicito a esta H. soberanía se sirva dar conocimiento y resolución a la presente solicitud, tendiéndome por separado del cargo que actualmente ocupo desde la fecha de presentación de la presente solicitud.

    Lo anterior en virtud de haber sido favorecido por el Partido Nueva Alianza para contender como diputado local del estado de Nuevo León y por ser requisito esencial para tal efecto.

    Sin más por el momento, le reitero a usted mi más atenta y distinguida consideración, agradeciendo de antemano su atención a la presente.

    Atentamente.

    México, Distrito Federal a 20 de marzo de 2006.--- Dip. Alfonso González Ruiz (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, se ruega a la Secretaría poner a discusión los puntos de acuerdo.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Están a discusión los siguientes puntos de acuerdo:

    Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Alfonso González Ruiz para separarse de sus funciones como diputado federal, electo en el VII distrito del estado de Nuevo León, a partir de esta fecha.

    Segundo. Llámese al suplente.

    No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobados; comuníquense. Continúe por favor la Secretaría.


    DIPUTADO CON LICENCIA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    C. Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

    Distinguida Presidenta:

    Por este conducto, me permito saludarla muy amablemente y al mismo tiempo, solicitarle prórroga del permiso de licencia como diputado federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, del 21 de marzo al 31 del mismo mes del presente año.

    Esperando un acuerdo favorable a mi petición, le reitero las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 16 de marzo de 2006.--- Dip. Pablo Bedolla López (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, se ruega a la Secretaría poner a discusión el punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, está a discusión el siguiente punto de acuerdo:

    ``Único. Se prorroga la licencia concedida al diputado Pablo Bedolla López para separarse de sus funciones como diputado federal, electo en el X distrito del estado de México, del 21 al 31 de marzo del presente año''. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese. Continúe la Secretaría con los comunicados.


    DIPUTADOS QUE SE REINCORPORAN

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados de la LIX Legislatura.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 y 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y demás, el suscrito, diputado Alfredo Gómez Sánchez, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, me dirijo a usted a fin de que tenga a bien realizar los trámites necesarios para solicitar al Pleno de la Cámara de Diputados mi reincorporación a mis actividades a partir del día 17 de marzo.

    Sin otro particular de momento, le agradezco su atención y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 17 de marzo de 2006.--- Dip. Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51 y 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y demás, la suscrita diputada Blanca Estela Gómez Carmona, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, me dirijo a usted respetuosamente, a fin de que tenga a bien realizar los trámites necesarios para solicitar al Pleno de la Cámara de Diputados mi reincorporación a partir del día 20 de marzo de 2006, como se me autorizó en la sesión ordinaria del pasado 13 de diciembre de 2005, ya que estoy en posibilidades de asumir mis funciones.

    Sin otro particular, le reitero mi más alta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 17 de marzo de 2006.--- Dip. Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. María Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva.--- Presente.

    Atenta y respetuosamente, me permito distraerle con la finalidad de solicitar su valiosa intervención, a fin de que se tramite la conclusión de la licencia al cargo de diputado federal por el distrito 11 de Guadalajara, Jalisco, el 28 de marzo del año en curso, misma que me fue concedida con fundamento en los artículos 62 constitucional y 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para reincorporarme el 29 de marzo de 2006.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 16 de marzo de 2006.--- Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados de la LIX Legislatura.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 y 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y demás, el suscrito, diputado Óscar González Yáñez, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, me dirijo a usted a fin de que tenga a bien realizar los trámites necesarios para que se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de mi reincorporación a mis actividades legislativas a partir del día de hoy.

    Sin otro particular de momento, le agradezco su atención y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2006.--- Dip. Óscar González Yáñez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. María Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mes Directiva.--- Presente.

    Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51 y 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y demás, el suscrito, diputado Isaías Soriano López, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, me dirijo a usted respetuosamente a fin de que tenga a bien realizar los trámites necesarios para solicitar al Pleno de la Cámara de Diputados mi reincorporación, a partir del día 20 de marzo de 2006, como se me autorizó en la sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2005, ya que estoy en posibilidades de asumir mis funciones.

    Sin otro particular, le reitero mi más alta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, a 17 de marzo de 2006.--- Dip. Isaías Soriano López (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.


    DIPUTADOS QUE SE SEPARAN DE GRUPO PARLAMENTARIO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    C. Diputada Marcela González Salas y Petricioli, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

    Muy distinguida legisladora:

    Los que suscribimos al margen, diputados federales de la Quincuagésima Novena Legislatura comparecemos por medio del presente para, con fundamento en los artículos 6, 8, 35, fracción III, 61 y 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en atención a lo previsto por los artículos 26, 30 y 34, punto 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos notificar formalmente nuestra determinación de declararnos como diputados independientes de la organización y funcionamiento del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Mucho agradeceremos se sirva correr traslado con la presente notificación a los demás integrantes del órgano interno que tiene a bien presidir, para los efectos legales conducentes.

    Aprovechando la ocasión para reiterarle nuestro respeto, le extendemos un cordial saludo con las seguridades de nuestra estimada consideración.

    Protestamos lo necesario.Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de marzo de 2006.--- Diputados: José Ángel Ibáñez Montes (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Moisés Jiménez Sánchez (rúbrica), Alfonso Sánchez Hernández (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Alfonso González Ruiz (rúbrica), Ángel Paulino Canul Pacab (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno (rúbrica), Dip. Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), Evelia Sandoval Urbán (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Óscar Martín Ramos Salinas (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado; comuníquense. De los Congresos de los estados.


    ESTADO DE NAYARIT

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo.--- Nayarit.--- XXVIII Legislatura.

    CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En alcance al acuerdo aprobado por la Vigésima Octava Legislatura al Congreso del estado de Nayarit, en sesión pública ordinaria celebrada el día 23 de febrero del año en curso, remito para su conocimiento y efectos original de dicha resolución relativa a la homologación de salarios y reconocimiento de plazas de los docentes al servicio de la Universidad Autónoma de Nayarit.

    Sirva este conducto, para reiterarles la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Tepic, Nayarit, febrero 27 de 2006.--- Dip. Efraín Velázquez Ibarra (rúbrica), Presidente de la Comisión de Gobierno Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo.--- Nayarit.

    El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXVIII Legislatura, dicta

    Acuerdo

    Que solicita la intervención de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a efecto de lograr la homologación de salarios y reconocimiento de plazas de los docentes de la Universidad Autónoma de Nayarit

    Único.- El H. Congreso del estado de Nayarit, por medio de su Comisión de Gobierno, de manera respetuosa, en representación del personal académico y de las autoridades de la Universidad Autónoma de Nayarit, pide a la honorable Cámara de Diputados Federal del Congreso General que, por conducto de sus Comisiones de Educación y Servicios Educativos y de Presupuesto y Cuenta pública, se solicite a la Secretaría de Educación Pública que a la brevedad presupueste las plazas docentes y las horas/semana/mes hasta hoy no reconocidas, y homologue los salarios de los académicos con los ingresos que perciben los académicos de la Universidad Nacional Autónoma de México.

    Transitorios

    Primero.- El presente acuerdo legislativo entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación, debiéndose publicar en la Gaceta Parlamentaria.

    Segundo.- Para que surta sus efectos, comuníquese el presente acuerdo a la Cámara de Diputados federal del honorable Congreso de la Unión; con copia a los diputados federales por el estado de Nayarit.

    Dado en la sala de sesiones Lic. Benito Juárez de este honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en Tepic, su capital, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil seis.--- Dip. Jocelyn Fernández Molina (rúbrica), Presidenta; Dip. Ma. Eugenia García Espino (rúbrica), Secretaria; Dip. Rafael Vega Herrera (rúbrica), Secretario.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.


    ESTADO DE QUINTANA ROO

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.--- Cd. Chetumal, Q. Roo, Mex.

    CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- Presente.

    En sesión de la Diputación Permanente celebrada con fecha 14 de febrero del año en curso, la XI Legislatura tuvo a bien aprobar el siguiente punto de acuerdo:

    Primero.- La Diputación Permanente de la XI Legislatura del estado exhorta a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión a considerar la posibilidad de reformar el decreto por el que se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de mayo de 2005, por las consideraciones establecidas en el cuerpo del presente acuerdo.

    Lo anterior, lo hacemos de su conocimiento para los efectos conducentes.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Cd. Chetumal, Quintana Roo, febrero 14 de 2006.--- Dip. Julio Rodríguez Herrera (rubrica), Presidente; Dip. Inés López Chan (rúbrica), Secretaria.»

    «Escudo.--- H. Congreso del estado de Quintana Roo.--- XI Legislatura.

    Honorable Diputación Permanente:

    Los suscritos, diputados integrantes de la Diputación Permanente del honorable Congreso del estado de Quintana Roo, atendiendo al alto sentido humano que caracteriza el trabajo legislativo y en apoyo a los ex braceros radicados en nuestra entidad; en uso de las facultades que nos confieren los artículos 51 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Quintana Roa, nos permitimos someter a la aprobación de ese órgano colegiado el presente documento legislativo, conforme a las siguientes

    Consideraciones

    Desde el mes de agosto del año próximo pasado, los ex braceros de Quintana Roo, han recurrido en diferentes ocasiones a solicitar el apoyo de nosotros sus representantes para poder acceder a la obtención de los recursos que aportaron a nuestro país durante el tiempo que trabajaron en los Estados Unidos de Norteamérica; en respuesta, esta soberanía realizó un punto de acuerdo sumándose y haciendo suya la petición de poder agilizar la expedición, en ese entonces, de las reglas de operación del fideicomiso.

    En fecha 25 de mayo de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, el cual tiene como finalidad otorgar un apoyo social, en los términos establecidos por la ley, a los ex trabajadores migratorios mexicanos que hayan prestado sus servicios en Estados Unidos de América durante los años de 1942 a 1964, de conformidad con lo establecido por el programa de trabajadores migratorios o, en su caso, a sus cónyuges o a los hijos o hijas que sobrevivan y que acrediten la procedencia del mismo, de conformidad con los requisitos establecidos por el artículo 6 de ese propio decreto.

    En ese sentido, el propio numeral 6° establece quiénes son los que se harán acreedores al beneficio, estableciendo claramente a los ex trabajadores migratorios mexicanos o, en su defecto, a sus cónyuges o hijos o hijas que sobrevivan, los cuales deben de cumplir entre tanto requisitos con los siguientes:

    I.- Que hayan efectuado su registro en el padrón de la Secretaría de Gobernación.

    II.- Que cumplan con la presentación de una identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional) que los acredite como ciudadanos mexicanos.

    III.- Que acrediten haber sido trabajadores migratorios mexicanos con uno o más de los siguientes documentos originales:

    a) Contrato individual de trabajo celebrado por cualquier compañía o contratante en Estados Unidos de América, bajo el Programa de Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964.

    b) Comprobante de pago emitido por el contratante referido en el inciso a) anterior.

    c) Tarjeta de identificación consular (``mica café'').

    Tratándose de un beneficiario distinto del ex trabajador migratorio mexicano el propio decreto establece qué documentación probatoria deberá de presentar el beneficiario correspondiente.

    Ahora bien, una vez publicada las Reglas de Operación del Fideicomiso en fecha 27 de octubre de 2005 en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Gobernación emitió la convocatoria respectiva, a fin de establecer el calendario de los días que serían considerados para recibir la documentación, así como también cuales deberían de presentar cada uno de los ex trabajadores migratorios.

    Durante el trámite de entrega-recepción de la documentación requerida por disposición legal, los ex trabajadores migratorios empezaron a enfrentarse a una serie de problemas, relativos a la veracidad de su documentación, así como a la entrega de documentación, que no correspondía a la que señalaba el decreto por el que se crea el fideicomiso de apoyo.

    Ante ese escenario, muchos de los ex trabajadores empezaron a expresar que no contaban ni siquiera con un documento de los que señalaba el Fideicomiso, siendo estos el Contrato Individual de Trabajo, celebrado por cualquier compañía o contratante en Estados Unidos de América, bajo el Programa de Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964; Comprobante de pago emitido por el contratante; ni la Tarjeta de identificación consular, comúnmente denominada (``mica café'').

    Atendiendo a lo anterior, resultó, que tanto el Decreto que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, así como las Reglas de Operación del mismo, muchos de estos ex trabajadores se vieron afectados, al no contar con la documentación establecida en dicha normatividad, tomando en consideración que el tiempo que ha transcurrido desde el año de 1942 a la fecha, ha sido de más de 60 años, tiempo suficiente para poder haber perdido la documentación que ahora se requiere.

    Por ello, ante la necesidad de contar con el citado apoyo, la mayoría de los ex trabajadores migratorios mexicanos establecidos en Quintana Roo acudieron ante notarios públicos, acompañándose de otros compañeros ex trabajadores, a efecto de levantar constancia de que ellos estuvieron trabajando en el vecino país del norte durante esa época.

    A sabiendas que el documento notarial que muchos de ellos presentaron ante las mesas receptoras, no se trata de un documento que establece el artículo 6° del decreto por el que se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social, ni lo que establece el punto 4 de las Reglas de Operación del propio fideicomiso, es importante señalar que para ellos representa el único sustento que motiva la lucha por recuperar sus ahorros, así como también representa el único medio para poder externar a la autoridad federal que, por causas ajenas a él, o por cuestiones de temporalidad, ya no cuenta con los documentos que requieren las disposiciones legales.

    Muchos de ellos, acudieron ante notarios públicos, y si bien es cierto fueron acompañados por otros ex trabajadores, la intención de constatar la presencia del ex trabajador fue realizada de buena fe, sin embargo, es óbice señalar que pudiera presentarse testimonios falsos por parte de aquellos que quieran aprovechar la situación de ser beneficiado con este programa federal, sin haber estado trabajando en el extranjero, en ese sentido, la participación por parte de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como de las oficinas Consulares, resulta primordial para la constatación de los hechos, en virtud, de que pudiera establecerse un órgano investigador o, en su defecto, que sea el propio Comité Técnico del Fideicomiso el que realicen búsquedas en los archivos de la nación, a efecto de encontrar si existen antecedentes de estancia en los Estados Unidos de América durante la temporalidad de 1942 a 1964.

    En ese sentido, para los diputados que integramos este órgano legislativo, resulta necesario que se establezca un mecanismo por parte de las autoridades federales, que permita a los ex trabajadores migratorios mexicanos, no sólo a los del estado de Quintana Roo, como a los que se encuentren en la misma situación en cualquier parte del país, poder ser beneficiados con el apoyo que otorga la Federación.

    Ante esta problemática, esta representación popular no puede permanecer estática, ni al margen, por lo que solicitamos de la manera más atenta se analice la viabilidad de reformar el artículo 6° del decreto por el que se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para poder ampliar la gama de documentos necesarios que tiendan a acreditar la estancia del ex trabajador migratorio en los Estados Unidos de América.

    Por las consideraciones antes expuestas, los diputados que integramos esta Diputación Permanente de esta honorable XI Legislatura del estado de Quintana Roo, nos permitimos emitir el siguiente punto de

    Acuerdo

    Primero.- La Diputación Permanente de la XI Legislatura del estado exhorta a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión a considerar la posibilidad de reformar el decreto por el que se crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de mayo de 2005, por las consideraciones establecidas en el cuerpo del presente acuerdo.

    Sala de Comisiones ``Constituyentes de 1974'' del Poder Legislativo, en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil seis.--- La Diputación Permanente de la H. XI Legislatura del estado de Quintana Roo, diputados: Julio Rodríguez Herrera (rúbrica), Inés López Chan (rúbrica), Gilberto Ávalos Galue (rúbrica), Juan Pallares Bueno (rúbrica), Flor de M. Palomeque Barrios (rúbrica), Manuel Valencia Cardín (rúbrica), Efraín Villanueva Arcos (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.


    REGISTRO DE ASISTENCIA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Se solicita a la Secretaría el cierre del sistema electrónico de asistencia.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: ¿Falta algún ciudadano diputado de pasar asistencia? ¿Falta alguna ciudadana diputada o algún ciudadano diputado de registrar asistencia? Está abierto el sistema, diputada.

    Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que, hasta el momento, hay una asistencia de 375 ciudadanas diputadas y diputados. Hay quórum, señora Presidenta. Quienes hasta el momento no han registrado asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Continúe la Secretaría.


    ESTADO DE TAMAULIPAS

    Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Comisión Federal de Electricidad.--- Subdirección de Distribución.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    En atención al comunicado de la referencia (oficio número D.G.P.L.59-II-0-3233, de fecha 14 de febrero de 2006), donde se solicita reclasificar el municipio Matamoros, perteneciente al estado de Tamaulipas, a la tarifa 1E, me permito comunicarle lo siguiente.

    El criterio utilizado por este organismo para aplicar a una localidad las tarifas domésticas de verano cálido, es el descrito en el apartado relativo a la aplicación de esas tarifas, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fechas 7 de febrero y 8 de abril de 2002.

    Con apego a ese criterio, la aplicación de las tarifas eléctricas para el uso doméstico está determinada por los registros termométricos oficiales de la Semarnat, sobre la temperatura media mensual de la localidad en turno en temporada de verano. Ninguna localidad puede ser clasificada en una tarifa sin haber cumplido con la normatividad anterior.

    Le informo que se hizo la revisión de los registros termométricos disponibles de la estación climatológica de la Comisión Nacional del Agua de la Semarnat, con influencia en el municipio citado.

    Con base en esos registros y atendiendo a la normatividad vigente, se confirma la correcta aplicación de la tarifa 1D en vigor en ese municipio y que no existen elementos que propicien la reclasificación solicitada.

    Atentamente.

    México, DF, a 10 de marzo de 2006.--- Ing. José Abel Valdéz Campoy (rúbrica), subdirector de Distribución.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado Jesús Morales Flores, vicecoordinador de Relaciones con Grupos Parlamentarios del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

  • Que la diputada María del Carmen Izaguirre Francos sustituya al diputado con licencia Alfonso Rodríguez Ochoa en la Presidencia del Comité de Información, Gestoría y Quejas.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2006.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado Jesús Martínez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario de Convergencia.

  • Que el diputado Jesús González Schmal cause alta como integrante en la especial para conocer y dar seguimiento al manejo y destino de los recursos entregados al fideicomiso f/9645-2, que se integró con el 5% de las acciones de las empresas mineras, Mexicana de Cobre, Mexicana de Ácido Sulfúrico, Industrial Minera México, Minerales Metálicos del Norte, Zinc de México y Carbonífera Nueva Rosita, con motivo de la compraventa que firmaron Grupo México y el Gobierno Federal por la privatización de Mexicana de Cananea y Mexicana de Cobre; así como para conocer y dar seguimiento a diversos aspectos relacionados con la problemática minera de la República Mexicana.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente.»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de la siguiente integración, solicitada por el diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

  • Que los diputados Agustín Rodríguez Fuentes y Abdallán Guzmán Cruz causen alta como integrantes en la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento al manejo y destino de los recursos entregados al fideicomiso f/9645-2, que se integró con el 5% de las acciones de las empresas mineras Mexicana de Cobre, Mexicana de Ácido Sulfúrico, Industrial Minera México, Minerales Metálicos del Norte, Zinc de México y Carbonífera Nueva Rosita, con motivo de la compraventa que firmaron Grupo México y el Gobierno Federal por la privatización de Mexicana de Cananea y Mexicana de Cobre; así como para conocer y dar seguimiento a diversos aspectos relacionados con la problemática minera de la República Mexicana.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo, México, DF, a 16 de marzo de 2006.---Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    En votación económica se pregunta si se aprueba.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobada.


    COMISIONES LEGISLATIVAS

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por instrucciones del diputado Pablo Gómez Álvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, en alcance al oficio número JCP/AMF/1499/130306 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados del siguiente cambio, solicitado por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia, subcoordinador de Proceso Legislativo y Debate Parlamentario del Partido Acción Nacional, mediante el cual solicita lo siguiente:

  • Que el diputado Fernando Álvarez Monje cause alta como integrante del Capítulo de Parlamentarios Latinoamericanos contra la Corrupción.

    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2006.--- Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: De enterado.


    PLAN PUEBLA-PANAMA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No. D.G.P.L. 59-II-0-2838, signado el 13 de diciembre de 2005, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, original del similar número DCP. 0468/06, suscrito el 6 del actual por el C. Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como el anexo que en el mismo se cita, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a hacer público el uso y destino de los recursos que han sido autorizados por el Congreso de la Unión a la Coordinación General del Plan Puebla-Panamá, desde el año 2002 a la fecha, así como a dar a conocer aquellos estudios que han sido elaborados y financiados con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación y que se asignaron al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 9 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    «Lic. Dionisio Meade García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicito su intervención para hacerle llegar la respuesta adjunta a la Presidenta de la Cámara de Diputados, diputada Marcela González Salas y Petricioli, sobre el punto de acuerdo aprobado en sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2005, en el que señala:

    ``Único.- Se exhorta al Secretario de Relaciones Exteriores para que haga público el uso y destino de los recursos que han sido autorizados por el Congreso de la Unión a la Coordinación General del Plan Puebla-Panamá, desde el año 2002 a la fecha. Asimismo, dé a conocer aquellos estudios que han sido elaborados y financiados con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación y que se asignaron al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)''.Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 6 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    «Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hago referencia al punto de acuerdo aprobado en sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2005, en el que señala:

    ``Único.- Se exhorta al Secretario de Relaciones Exteriores, para que haga público el uso y destino de los recursos que han sido autorizados por el Congreso de la Unión a la Coordinación General del Plan Puebla-Panamá, desde el año 2002 a la fecha. Asimismo, dé a conocer aquellos estudios que han sido elaborados y financiados con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación y que se asignaron al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)''.

    Al respecto, le informo que:

    Sobre el particular, se anexa el informe ejecutivo del Plan Puebla-Panamá de diciembre 2005.

    Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 6 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    «Informe Ejecutivo Plan Puebla Panama -- Diciembre 2005

    1 CONTEXTO DEL PPP

    2 CAPÍTULO MÉXICO

    2.1 Agenda para el Desarrollo del Sur-Sureste

    2.2 Instancias de Coordinación para el Desarrollo del Sur-Sureste

    2.3 Proyectos de Infraestructura

    2.4 Proyectos de Desarrollo Humano y Ambiental2.4.1 Hospitales Integrales de Medicina Tradicional 2.4.2 Vigilancia Epidemiológica 2.4.3 Hospitales Regionales de Alta Especialidad 2.4.4 Erradicación del Fecalismo al Aire Libre en Yucatán 2.4.5 Atlas de Peligros del Sur-Sureste Mexicano2.5 Proyectos de Desarrollo Económico2.5.1 Agenda para la Competitividad Sur-Sureste 2.5.2 Centro de Articulación Productiva Sur-Sureste (CAP) 2.5.3 Modelo de Gestión y Transferencia Tecnológica 2.5.4 Integración y mejora de la competitividad de los sistema-producto regionales: apícola y lácteos2.6 Proyectos Forestales2.6.1 Cuenca Industrial Forestal del Golfo de México 2.6.2 Integradora Productiva de Maderas Finas Tropicales 2.6.3 Inventarios forestales estatales

    3 CAPÍTULO INTERNACIONAL

    3.1 Mecanismos de las Iniciativas Mesoamericanas

    3.2 Eje de Fortalecimiento Institucional3.2. 1 Instrumentos Suscritos 3.2.2 Dirección Ejecutiva 3.2.3 Incorporación de Observador y Nuevos Socios 3.2.4 Cumbre de Mandatarios 3.2.5 Trabajos de la Comisión Ejecutiva3.3 Eje de Desarrollo Humano y su Entorno3.3.1 Iniciativa Mesoamericana de Desarrollo Humano (IMDH) 3.3.2 Iniciativa Mesoamericana de Desarrollo Sustentable (IMDS) 3.3.3 Iniciativa Mesoamericana de Prevención y Mitigación de Desastres Naturales (IMPMDN)3.4 Eje de Desarrollo Económico y Competitividad3.4.1 Iniciativa Mesoamericana de Turismo (IMT) 3.4.2 Iniciativa Mesoamericana de Facilitación del Intercambio Comercial y Competitividad (IMFCyC) 3.4. 3 Iniciativa Mesoamericana de Integración de los Servicios de Telecomunicaciones (IMIST) 3.4.4 Iniciativa Energética Mesoamericana (IEM) 3.4.4 Iniciativa Mesoamericana de Transporte (IMTr)3.5 Componentes Transversales3.5.1 Estrategia de Difusión y Comunicación del PPP 3.5.2.Mecanismos de Participación y Diálogo con la Sociedad Civil 3.5.3 Examen Territorial Mesoamericano

    4 Glosario

    1 CONTEXTO DEL PPP

    Mesoamérica es una región de contrastes, cuenta con un enorme potencial económico y comercial, riquezas naturales, culturales y étnicas, pero sobre todo, una población que comparte raíces y aspiraciones comunes. Al mismo tiempo, un análisis de los diferentes indicadores socioeconómicos muestra dos realidades contrastantes al interior de México, que en el caso los estados del Sur-Sureste de México (SSE) son además muy similares a las que vive Centroamérica. Por un lado, el centro y norte de México se caracteriza por un dinamismo económico que apunta al pleno desarrollo y por otro, una región al sureste del país que sigue predominantemente sumergida en el estancamiento y atraso, condición que prevalece también en la mayoría de los países centroamericanos.

    En este contexto, el desarrollo integral y sustentable de Mesoamérica debe partir de: 1) tomar en cuenta la similitud que enfrentan los países centroamericanos y los estados del SSE frente a los retos y oportunidades para el desarrollo, así como el principio de que mediante la convergencia de esfuerzos, puede favorecer mayores probabilidades de éxito en la planeación y ejecución de programas y proyectos de beneficio regional; 2) reconocer que se puede contribuir a la superación de la pobreza impulsando un desarrollo económico con enfoque en políticas públicas que favorezcan el desarrollo humano; 3) que el impulso en la inversión productiva requiere de la inversión en infraestructura básica, con énfasis en educación, salud, capacitación transporte, logística, telecomunicaciones y energía, factores fundamentales de la competitividad.

    Es así como el Plan Puebla Panamá (PPP) surge como una iniciativa enmarcada en el Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, adoptada en la Cumbre Extraordinaria de los Jefes de Estado y de Gobierno de México y Centroamérica, celebrada en San Salvador, el 15 de junio de 2001 y concebida como un instrumento de coordinación para acelerar la integración e impulsar el desarrollo social y económico en los nueve estados del SSE del país y del Istmo Centroamericano.

    Las atribuciones de la Coordinación General de Plan Puebla Panamá (CGPPP), tienen su fundamento en su Decreto de creador, publicado en el D.O.F. del 5 de junio de 2001 y en el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores publicados en el D.O.F. del 31 de julio de 2002, y sus posteriores modificaciones.

    El PPP tiene como misión fundamental promover el desarrollo integral y económico de la Región Mesoamericana y asumir los retos de la globalización, reconociendo la responsabilidad del Estado Mexicano de fomentar el desarrollo regional con una visión de cooperación, articulación y coordinando esfuerzos con los Estados de la región, gobiernos, sociedad y organismos internacionales, en la generación de acuerdos en los que se concreten acciones y proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible, socialmente incluyente, ambientalmente sustentable y territorialmente ordenado.

    El PPP identifica tres ejes estratégicos en ocho Iniciativas para el desarrollo de Mesoamérica:

    A) El Eje de Desarrollo Humano y su Entorno tiene como propósito articular los ámbitos y componentes del. desarrollo humano, con las otras iniciativas del PPP y con las metas contempladas en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, para generar un entorno económico y social sustentable, que conduzca a la reducción de la pobreza, a la conservación del medio ambiente y a crear condiciones para que las personas desarrollen plenamente sus capacidades y potencialidades, individual y colectivamente. Está integrado por tres iniciativas: 1). Desarrol1o Humano, 2). Desarrollo Sostenible y 3). Prevención y Mitigación de Desastres Naturales.

    B) El Eje de Desarrollo Económico y Competitividad busca contribuir a dinamizar el intercambio comercial en Mesoamérica y aumentar los niveles de competitividad del sector productivo, mediante acciones conducentes a reducir los costos del comercio intra-regional, especialmente aquellos de naturaleza logística y financiera, promoviendo el encadenamiento de las pequeñas y medianas industrias a los procesos de regionalización y de acceso a los mercados internacionales. Lo conforman cinco iniciativas: 4). Turismo, 5). Facilitación del Intercambio Comercial y Competitividad, 6). Transporte, 7). Energética, y 8). Telecomunicaciones.

    Los dos ejes anteriores contemplan la transversalidad del desarrollo social y el desarrollo sostenible en las ocho iniciativas, asumiendo el compromiso de incorporar, con .una perspectiva de equidad y género, a las comunidades indígenas y a la sociedad civil en su conjunto, mediante programas deinformación, consulta y participación. Estos principios se proyectan como parte. del tercer Eje Estratégico.

    C) El Eje Transversal de Fortalecimiento Institucional se establece como una estrategia para consolidar al PPP como mecanismo para la integración y cooperación regional, a través del fortalecimiento de sus estructuras de coordinación, seguimiento y gestión y sus grupos de trabajo a nivel sectorial. El PPP ha identificado la necesidad de trabajar en dos ámbitos: El Capítulo México y el Capítulo Internacional.

    En el capítulo nacional, se han integrado mecanismos de coordinación con las instancias del Gobierno Federal y con los gobiernos de los estados del SSE para facilitar las tareas de integración de líneas de acción y seguimiento vinculadas al desarrollo de la región.

    En el capítulo internacional, el PPP ha fortalecido sus mecanismos de coordinación, para asegurar un diálogo institucional entre las diferentes instancias de los gobiernos nacionales y los propios organismos internacionales que apoyan la Agenda de las Iniciativas Mesoamericana.

    2 CAPÍTULO MÉXICO

    2.1 Agenda para el Desarrollo del Sur-Sureste

    Históricamente la instrumentación de proyectos en la región SSE de México no ha respondido a una lógica territorial. Resulta evidente la necesidad de generar una estrategia para la región que integre los elementos detonadores del desarrollo. Por otra parte, las condiciones políticas del SSE, brindan la oportunidad de definir, planear y ejecutar acciones estratégicas en el corto plazo, con una posibilidad real de coordinación regional en torno a proyectos específicos.

    Este escenario ha permitido a la CGPPP, llevar a cabo reuniones de trabajo con autoridades estatales del SSE, con la Presidencia de la República y el Fideicomiso para el Desarrollo del Sur-Sureste (FIDESUR) a fin de alcanzar conjuntamente una Agenda para el Desarrollo del Sur-Sureste.

    Esta Agenda ha permitido al SSE contar con un instrumento para la gestión de recursos federales e internacionales y principalmente servirá para la elaboración de un Programa de Desarrollo del SSE, el cual se constituye como herramienta de negociación entre los gobiernos estatales y el Gobierno Federal y que funcione como el eje principal para la construcción de estrategias, programas y proyectos que respondan a las necesidades de la región, bajo una visión estratégica de largo plazo.

    2.2 Instancias de Coordinación para el Desarrollo del Sur-Sureste

    En el ámbito nacional, se han fortalecido e impulsado mecanismos de coordinación con las instancias del Gobierno Federal y con los gobiernos de los Estados del SSE, en donde la participación de la CGPPP ha contribuido a consolidarlos como mecanismos de diálogo y participación entre los distintos niveles de gobierno. Entre estos grupos destacan los siguientes:

  • Grupo de Enlaces del Plan Puebla Panamá en el SSE

  • Fideicomiso para el Desarrollo de la Región SSE (FIDESUR)

  • Consejo Técnico de Infraestructura de la Región SSE

  • Grupo Económico Región SSE (GERSSE)

  • Grupo Forestal SSE

  • Grupo de Trabajo de Salud de la Región SSE

  • Comisión de Prevención y Mitigación de Desastres Naturales del SSE

  • Grupo de Turismo SSE

    Destaca el papel que dichos mecanismos y grupos de trabajos temáticos han jugado para confirmar la necesidad de impulsar un mecanismo que articule sus esfuerzos en una esfera de coordinación con el Gobierno Federal. Es así que con dichos grupos temáticos, se asegura un respaldo al mandato estipulado a la Comisión Intersecretarial (CI) del PPP, establecida el 7 de abril de 2004, de coordinar acciones para fomentar, fortalecer y dar seguimiento a las políticas, estrategias y programas que, en el ámbito de la administración pública federal, se emprendan para contribuir a elevar el nivel de vida de los habitantes de la región SSE del país. Esta Comisión está integrada por el Secretario de Relaciones Exteriores (SRE), quien la preside; los titulares de las Secretarías de Gobernación (SG), Hacienda y Crédito Público (SHCP), Desarrollo Social (SEDESOL), Función Pública (SFP), Comunicaciones y Transportes (SCT), Economía (SE), Turismo (SECTUR), Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Salud (SS), así como del Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.(BANCOMEXT), Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.(BANOBRAS), y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI).

    La CGPPP funge como Secretario Técnico, actuando como enlace con las dependencias y entidades del Gobierno Federal y estatal, con el sector privado y social y coordina las actividades de los grupos de trabajo que se integren.

    Las tareas de la CI habrán de reforzarse con el Convenio de Coordinación para el desarrollo del Sur-Sureste, cuya suscripción, programada para el 13 de diciembre de 2005, debió posponerse ante la incompatibilidad de agendas de algunos de los firmantes, debiéndose programar una nueva fecha que resulte adecuada para todas las partes firmantes (los Gobernadores de la región, el Secretario de Relaciones Exteriores, que participará en representación de la Comisión y el Presidente de la República, quien firma como testigo de honor).

    2.3 Proyectos de Infraestructura

    El PPP ha trabajado en dos tareas básicas en lo que a proyectos de infraestructura se refiere: la primera se refiere a los trabajos que realiza junto con otras instancias gubernamentales, para la creación y formulación de una cartera de proyectos regionales que respondan realmente a las necesidades estratégicas de la Región. En segundo término, el PPP ha fungido como enlace entre el Gobierno Federal y los gobiernos estatales, con el objetivo básico de lograr acuerdos y consensos que privilegien las obras de infraestructura necesarias en el SSE. Gran parte de estas tareas se han realizado en el Consejo Técnico de Infraestructura de la Región SSE, en el que participan de manera permanente la Unidad de Autopistas de Cuota de la SCT, los representantes de los Centros SCT en los estados del SSE, las Secretarías de Obras Públicas de los estados y la CGPPP, entre otros.

    Los trabajos del Consejo Técnico de Infraestructura han propiciado la definición, el consenso y la concreción del planteamientos regionales de infraestructura y, la participación del PPP ha coadyuvado decididamente en la determinación de tramos y corredores carreteros que el grupo se compromete a apoyar, así como en los aspectos financieros que aseguren la operación futura de las obras, alcanzando las aportaciones estatales.

    Gracias a estos trabajos, se han logrado importantes avances en lo relativo a la asignación de recursos. Es así, como el presupuesto publicado en el Diario Oficial de la Federación para el año 2005, fue mayor en 76% al asignado en 2001 (2,823.8 mdp en 2001 vs. 4,966.8 en 2005). Aún así, las asignaciones para solventar todas las necesidades de infraestructura de la región, continúan siendo insuficientes.

    A continuación se describen los principales proyectos de infraestructura impulsados por el PPP y otras instancias gubernamentales dentro del Consejo Técnico de Infraestructura1:

    a) Proyectos Carreteros

    Construcción de la carretera las Choapas-Ocozocuautla (incluye puente Chiapas)

    Objetivo: Comunicar eficientemente al Estado de Chiapas con las regiones del Golfo y del Centro del país.

    Longitud Total: 198 Km.

    Avance: Proyecto terminado.

    Carretera Arriaga-Ocozocuautla (Chiapas)Objetivo: Avanzar en la modernización del corredor carretero Circuito Transístmico y generar beneficios socioeconómicos al aumentar la seguridad y disminuir los costos de viajar por ese corredor.

    Longitud Total: 93 Km.

    Avance: En ejecución.

    Construcción del paso a desnivel Entronque Reforma (Tabasco)Objetivo: Contribuir a las obras de modernización de los principales ejes carreteros del país, en particular la carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, que forma parte del corredor Atlántico de la RICAM.

    Longitud Total: 1 Km.

    Avance: Proyecto terminado.

    Ampliación de la carretera Entronque Aeropuerto-Macuspana (Tabasco)

    1 Los avances mencionados son preeliminares al cierre de 2005

    Objetivo: Avanzar en la modernización del corredor carretero peninsular de Yucatán y generar beneficios socioeconómicos al aumentar la seguridad y la comodidad de viajar por esta carretera.

    Longitud Total: 34 km.

    Avance: En ejecución

    Macuspana-Escárcega (Tabasco-Campeche)Objetivo: La ampliación y modernización de la carretera Macuspana-Escárcega generará importantes ahorros en los costos de operación vehicular y en los tiempos de recorrido, además de incrementarse la seguridad de los usuarios.

    Longitud Total: 230 Km.

    Avance: En ejecución.

    Ampliación de la carretera Escárcega-Chetumal (Campeche-Quintana Roo)Objetivo: Integrar la Costa Maya con la capital del Estado de Quintana Roo, así como las zonas arqueológicas de Kokunlich, Kinickna y Chachoben. Coadyuvar al desarrollo turístico que se genera a un ritmo acelerado en la zona sur del Estado de Quintana Roo.

    Longitud Total: 273 Km.

    Avance: En ejecución.

    Ampliación de la carretera Cardel-Laguna Verde (Veracruz)Objetivo: Avanzar en la modernización del corredor carretero Veracruz-Monterrey con ramal a Matamoros (Ramales y Conexiones del PPP); fortaleciendo la actividad económica y comercial de la región.

    Longitud Total: 26.7 Km.

    Avance: En ejecución.

    Ampliación de la carretera Oaxaca-Mitla (Oaxaca)Objetivo: Beneficiar directamente a la zona del Istmo de Tehuantepec al avanzar en la modernización del corredor Puebla-Oaxaca-Ciudad Hidalgo.

    Longitud Total: 43.5 Km.

    Avance: Proyecto Terminado.

    Construcción de la carretera Mitla-Tehuantepec (Oaxaca).Objetivo: Continuar con la construcción del corredor Puebla-Oaxaca-Ciudad Hidalgo, que comunica al centro del país con la Región SSE y Centroamérica.

    Longitud Total: 163 Km.

    Avance: En ejecución.

    Construcción de la carretera la Ventosa-Salina Cruz (Oaxaca).Objetivo: Mejorar la velocidad de circulación de los vehículos, obteniéndose ahorros en el tiempo de recorrido, ahorros en costos de operación de los vehículos y una mayor seguridad.

    Longitud Total: 75.2 Km.

    Avance: Proyecto Terminado.

    b) Otros Proyectos

    La CGPPP ha impulsado la realización de estudios y gestiones que contribuyan a mejorar la competitividad de la infraestructura vinculada el comercio en la región, gestionando, en algunos casos, el financiamiento de algunas de estas acciones a través del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

    Apertura del Área Comercial e Industrial del Puerto de Dos Bocas, Tabasco.

    La modernización de la infraestructura portuaria para habilitar un área comercial e industrial, permitirá dotar a los productores/exportadores de la región con una opción de distribución que les permita disminuir costos e incrementar la competitividad de sus productos en el exterior.

    La CGPPP contribuyó con la realización del estudio de factibilidad socioeconómica de este proyecto, el cual dio como resultado elementos para sustentar la gestión de financiamiento para su ejecución.

    El proyecto ha avanzado de acuerdo la programación planteada inicialmente.

    Puertos Fronterizos

    La habilitación del Puerto Fronterizo ``El Ceibo'', Tabasco, permitirá establecer de manera formal un punto de vigilancia y control de los flujos de personas y mercancías en este cruce fronterizo entre México y Guatemala.

    El proyecto se integra por las vías de acceso así como las instalaciones del propio puerto fronterizo. Sobre este último, se ha avanzando en la realización de los estudios técnicos de las instalaciones del recinto que albergará a las autoridades fronterizas, mientras que el avance en las vías de acceso se ha visto condicionado al avance que deben realizar las autoridades Guatemaltecas en su propio territorio.

    En caso similar se encuentra la modernización del puente fronterizo Subteniente López, en la frontera de México y Belice, que opera actualmente con instalaciones e infraestructura de acceso deficientes.

    Estudio Fronterizo México - Guatemala (Suchiate I y II)

    La realización de este estudio, financiado con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD, fue impulsado por la CGPPP para llevar a cabo un análisis de la situación actual de la economía informal ubicada en los alrededores de los Puentes Fronterizos Suchiate I y III, así como de los asentamientos inmediatos localizados en el Puente Suchiate I, basado particularmente en el lado guatemalteco, pero contemplando también un diagnóstico general del lado mexicano de dichos puentes.

    Una aproximación al valor de la economía informal localizada alrededor de los Puentes Fronterizos Suchiate I y II, y una propuesta de incentivos que promuevan el traslado y formalización al Puente Suchiate II que en estos momentos se encuentra subutilizado.

    Gracias a la elaboración de este estudio, se han identificado particularidades en el comercio informal que se lleva a cabo en la frontera Ciudad Hidalgo-Tecún Umán y sus zonas aledañas. A su vez, se muestran las principales implicaciones de este tipo de comercio, como el daño a la infraestructura urbana y el deterioro social, que se caracteriza por manifestaciones como el paso de indocumentados, el contrabando y en términos generales, un ambiente de inseguridad.

    Centro Logística Chiapas

    El proyecto propone la construcción de un centro logística, que contribuya a simplificar los procesos de comercialización de los productos de la región Sur-Sureste, además de las mercancías que se intercambian entre México y Centroamérica a través de Ciudad Hidalgo. También se prevé que en el Centro Logística se presten servicios para agregar valor a los productos, como empaque, deshidratación e inclusive acabados logísticos.

    Como antecedente de este proyecto, la CGPPP impulsó la elaboración de un estudio de costo-beneficio, financiado con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD, para demostar la factibilidad de la construcción de una central de abastos. En sus resultados, el estudio indicó que bajo el esquema inicial del proyecto no sería factible. Es así que durante 2004 y a principios de 2005, el Instituto de Ingeniería de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), elaboró un estudio de factibilidad el proyecto. Básicamente los resultados pueden resumirse en los siguientes puntos:

  • No se considera factible el establecimiento de infraestructura logística en Puerto Chiapas, por lo menos en el corto plazo.

  • Es factible la construcción de un emplazamiento logística, pero en los alrededores de Ciudad Hidalgo.

  • Este emplazamiento debería tener inicialmente la vocación de reordenar el comercio que actualmente se intercambia con Centroamérica por la Aduana de Ciudad Hidalgo.

  • En etapas posteriores, este lugar también estaría en capacidad de brindar la oportunidad de procesos industriales simples, como empacado, paletizado, deshidratación, etc.

    Actualmente el Gobierno de Chiapas se encuentra trabajando, junto con SE y la CGPPP, en las tareas de negociación para la adquisición de los terrenos y otros aspectos que conciernen al Ayuntamiento de Suchiate, que es municipio donde se construirá el proyecto. De manera simultánea se realizan negociaciones con la SCT para la construcción del Libramiento de Ciudad Hidalgo, vía que se haría necesaria para la operación del proyecto.

    Libramiento Ferroviario de Santo Domingo Tehuantepec

    El libramiento contempla la construcción de 15 kilómetros de vías al oeste de la ciudad de Santo Domingo Tehuantepec, con la construcción de un puente sobre el río del mismo nombre y un paso a desnivel para la carretera México 190, que conecta a la zona con la ciudad de Oaxaca. Además del puente y el paso a desnivel, el proyecto también considera la adquisición de los derechos de vía, la construcción de terracerías y obras de drenaje a lo largo de la ruta y el montaje, de los rieles. El costo total del proyecto, cuya inversión se realizaría en un año, es de 180.86 millones de pesos, considerando ajustes debido a los precios sociales de la mano de obra.

    En Noviembre de 2004, la CGPPP retomó el proyecto para elaborar un nuevo análisis costo-beneficio, el cual fue terminado y revisado en diciembre del mismo año, siendo validado por la Unidad de Inversiones de la SHCP.

    El presupuesto total del proyecto es de 194 mdp, que se ha venido ejerciendo a partir de 2005.

    2.4 Proyectos de Desarrollo Humano y Ambiental

    2.4.1 Hospitales Integrales de Medicina Tradicional

    En estricto respeto a la cultura y forma de organización de las comunidades indígenas, éste proyecto surgió a partir de observar el significativo distanciamiento que este segmento de la sociedad mexicana mantenía con la medicina alópata, en virtud de poseer un acervo de conocimientos y prácticas valiosas para proteger la salud.

    El proyecto se organizó con la finalidad de promover el acceso efectivo a los servicios de salud para las comunidades indígenas mediante la consolidación de la cobertura institucional y el reconocimiento e integración de la medicina tradicional, a través de la ampliación de 5 hospitales integrales mixtos en las Sierra Norte y Negra y la región Mixteca, zonas con elevada población indígena y marginada.

    Los hospitales que se encuentran en operación son el de Cuetzalán del Progreso, Huehuetla, Ayotoxco de Guerrero, Coxatlán y Tulancingo del Valle (Estado de Puebla).

    2.4.2 Vigilancia Epidemiológica

    Constituye el proyecto emblemático de la Iniciativa Mesoamericana de Desarrollo Humano (IMDH) tanto para el Capítulo del SSE de México como para el Capítulo Internacional (Ver objetivos en la Sección 3).

    A partir del Estudio de Costo Eficiencia de este proyecto, realizado en 2003 en los estados del SSE, se demostró la factibilidad socioeconómica del proyecto se aportaron elementos para determinar las necesidades financieras para la ejecución del componente de este proyecto mesoamericano en los estados del SSE, estimándose una inversión aproximada a los 1,100 millones de pesos. El Estudio fue financiado con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD

    2.4.3 Hospitales Regionales de Alta Especialidad

    Estos hospitales tienen como finalidad atender a miles de mexicanos que viven en zonas rurales. El de Oaxaca, inaugurado el 12 de enero de 2006, fue el primero de una red de hospitales de alta especialidad que se están construyendo, y que durante 2006 se terminarán y pondrán en operación, en una primera fase el de Mérida, Yucatán, y posteriormente dos más en Chiapas y uno en Tabasco.

    En el contexto del PPP se invirtieron (PEF 2005), 254.1 millones de pesos para el Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca, y 565.1 millones de pesos para el Hospital Regional de Alta Especialidad de Yucatán.

    2.4.4 Erradicación del Fecalismo al Aire Libre en Yucatán

    En 2003 la CGPPP impulsó la realización de un Estudio de Costo Eficiencia para evaluar la viabilidad socioeconómica de este proyecto, estudio que fue con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD, resultando en una evaluación positiva del proyecto.

    El proyecto comprende la instalación de baños con tanque o pozo de absorción, diseñados específica mente para las condiciones del sub suelo de la Península de Yucatán. El costo total del proyecto es de 1,128 millones de pesos, con estos recursos se construirían 120,734 baños para igual número de . familias, que representa el de las familias que practican el fecalismo al aire libre en ese estado.

    En el PEF 2004, se asignaron a través del Anexo 18, 3.5 millones de pesos que fueron ejercidos con el apoyo de SEDESOL a través del programa Microrregiones.

    2.4.5 Atlas de Peligros del Sur-Sureste Mexicano

    Forma parte del proyecto mesoamericano denominado Atlas mesoamericano de Riesgos de Desastres Naturales contemplado dentro de la Iniciativa Mesoamericana de Prevención y Mitigación de Desastres Naturales (IMPMDN) y se refiere a un sistema de información, que esencialmente de carácter cartográfico, con diferentes temas de consulta. Esta información se puede explotar mediante el uso de mapas interactivos con texto explicativo, a través de un Sistema de Información Geográfica (SIG), de características totalmente dinámicas, coordinado por el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), además de la Coordinación General de Protección Civil y las unidades de protección civil estatales y municipales de la región involucrada.

    La CGPPP realizó el estudio de factibilidad del proyecto, siendo este aceptado por la SHCP. Sin embargo, no se cuenta con asignación presupuestal.

    2.5 Proyectos de Desarrollo Económico

    2.5.1 Agenda para la Competitividad Sur-Sureste

    Para la integración de la Agenda para la Competitividad del SSE, se realizaron gestiones ante el FIDESUR para la realización de un estudio que valorara las condiciones de competitividad de la región y definir recomendaciones de política pública y estrategias regionales de desarrollo para mejorar los niveles de competitividad del SSE.

    La CGPPP impulsó la realización de este estudio, gestionando recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD para cofinanciarlo, estudio que concluyó con la realización de un Foro de Competitividad, en abril de 2005, en la Ciudad de Oaxaca, en el que se acordó:

  • Estimular el desarrollo económico en áreas estratégicas, a través del desarrollo de clusters especializados y de articulaciones productivas a nivel regional, determinando como áreas estratégicas: agroindustria, Forestal y Turismo.

  • Llevar a cabo acciones específicas para crear un clima favorable para el desarrollo de los negocios y la atracción de inversiones, integradas en cinco entornos prioritarios: Educativo, Macroeconómico, Tecnológico, Infraestructura, Gubernamental.

    Con base en los objetivos anteriores y considerando la importancia que la actividad agroindustrial significa para la región, el GERSSE solicitó al Plan PPP financiar una consultaría a fin de integrar una agenda para la competitividad agroindustrial del SSE.

    En mayo de 2005, se realizó el Taller de Competitividad Agroindustrial SSE, cuyo resultado fue la identificación de una serie de elementos que integrarían la Agenda para la Competitividad Agroindustrial SSE, mismos que sirvieron para orientar a incrementar la capacidad de la región para que sus empresas incursionen y se posicionen en mercados estratégicos con productos agroindustriales competitivos, diferenciados, de alta calidad y alto valor agregado.

    Una vez definida y acordada la Agenda, se procedió a priorizar los proyectos que se desarrollarían e impulsarían en una primera etapa:

  • Generación de un Centro de Articulación Productiva SSE

  • Desarrollo de un Modelo de Gestión y Transferencia Tecnológica

  • Integración y mejoramiento de la competitividad de los ``sistema-producto'' regionales: apícola y lácteos.

    2.5.2 Centro de Articulación Productiva Sur-Sureste (CAP)

    Para el SSE resulta fundamental contar con un organismo que, con una visión de inteligencia prospectiva, optimice los esfuerzos de articulación productiva y genere redes empresariales que fortalezcan los sectores estratégicos de la región, y que de permanencia y continuidad a la operación e instrumentación de estrategias y proyectos que defina el GERSSE.

    El objetivo del proyecto es generar el Centro de Articulación Productiva Sur-Sureste (CAP), como factor de impulso al desarrollo y la competitividad de la región a través de la promoción de esquemas asociativos y alianzas público-privadas.

    El CAP se constituirá como un organismo autónomo (asociación civil), orientado por un consejo integrado por representantes del sector público -estatal y federal-, organismos empresariales, instituciones académicas, instituciones para el desarrollo e innovación tecnológica y ONGs, con permanencia, estabilidad, autosostenibilidad, integridad (confiable), transparencia, con una estructura operativa pequeña y eficiente. Su operación se realizará con la generación de redes: innovación tecnológica. inversión y financiamiento y sus instrumentos principales serán el Sistema de Inteligencia Competitiva y modelo de transferencia de tecnología.

    En su etapa inicial el Centro entrará en operaciones a partir de un capital semilla integrado por recursos de la SE (Fondo PYME) y de cada uno de los gobiernos de los estados.

    2.5.3 Modelo de Gestión y Transferencia Tecnológica

    Este proyecto tiene por objeto diseñar y desarrollar un modelo de negocios que tenga como meta proveer a las empresas del SSE (en especial la pequeña y mediana empresa) de servicios que faciliten la incorporación de tecnología en los procesos productivos, contribuyendo a la transformación de ventajas comparativas en competitivas.

    El diseño y desarrollo del modelo estará en completa coordinación con la elaboración del plan de negocios del CAP por lo que una vez concluidas ambas actividades, el modelo de transferencia de tecnología se incorporará a la estructura del CAP.

    Para desarrollar el modelo de gestión y transferencia de tecnología se requiere generar un plan de negocios, a partir del diseño de servicios que faciliten la transferencia de tecnología a las empresas de sectores estratégicos -agroindustria, forestal y turismo- del SSE, estimulando el desarrollo de negocios innovadores e iniciativas de interés público, tomando como base modelos exitosos y adaptándolo a las condiciones y necesidades de la región.

    A finales de 2005, se llevó a cabo un proceso de licitación pública internacional, para elegir el modelo de gestión y transferencia tecnológica factible de adaptarse a las necesidades y condiciones de la región SSE. El fallo se dio a favor de Fundación Chile y es financiado con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD.

    2.5.4 Integración y mejora de la competitividad de los sistema-producto regionales: apícola y lácteos.

    Este proyecto es promovido por el GERSSE con el objetivo de impulsar un proceso dinámico para identificar, promover e instrumentar oportunidades de inversión y proyectos de negocios de alto impacto en los sistemas de producto apícola y lácteo, dentro de la estrategia de clusters.

    Para continuar con el proyecto, se ha concursado una consultaría co-financiada por FIDESUR y Fondo PYME, y aportaciones de los propios estados, que identifique las oportunidades de negocios y los proyectos de inversión de cada uno de los sistemas producto, resultando ganador el Centro de Estudios para la Competitividad (CEC) del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

    2.6 Proyectos Forestales

    Dentro de los trabajos del Grupo Forestal del SSE, se han identificado dos Ejes Estratégicos: Encadenamientos productivos y/o desarrollo de clusters y Pago de Servicios Ambientales.

    La elección del Eje Encadenamientos Productivos y/o desa-rrollo de clusters resultó al considerar por una parte el gran potencial forestal con el que cuenta el Sur-Sureste, y por la otra, los bajos niveles de competitividad en que se encuentra el sector de la región, debido a la falta de generación de valor agregado en los productos forestales, la escasa transferencia de tecnologías y el alto intermediarismo.

    La incorporación de estrategias de encadenamientos productivos y/o integración de clusters permitirá a la región incrementar la competitividad del sector, para aprovechar las oportunidades de mercado y lograr un impacto socioeconómico para la población que depende de dicha actividad económica.

    2.6.1 Cuenca Industrial Forestal del Golfo de México

    Dentro del Eje Encadenamientos Productivos y/ desarrollo de clusters se ha identificado como primer proyecto la ``Cuenca Industrial Forestal del Golfo de México''. El proyecto identificó en la sub-región integrada por Campeche, Chiapas, Oaxaca, Tabasco y Veracruz, las condiciones para desarrollar un proyecto integral de cadena productiva forestal para la producción de fibras y madera sólida. Los objetivos del proyecto son:

  • Desarrollar una cuenca de plantaciones forestales comerciales de alta competitividad mediante especies de rápido crecimiento para el abastecimiento de la industria forestal en una superficie potencial de 4.5 millones de Ha., que agreguen al uso del suelo un alto valor a través de sus beneficios sociales, ambientales y económicos.

  • Impulsar el desarrollo de infraestructura portuaria, carretera, pluvial, de comunicaciones y servicios para la competitividad forestal.

  • Producir procesos de expansión económica e industrial sustentables que incorporen a la región al mercado mundial de productos forestales.

    Para avanzar en el desarrollo del proyecto, se requiere definir la factibilidad técnica, económica y social del mismo, lo cual demanda llevar a cabo un estudio integral con un valor estimado de US $486,615.

    La CGPPP impulsó la realización de la primera etapa de este estudio gestionando recursos a través del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD, para cofinanciar su realización conjuntamente con la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), FIDESUR y aportaciones de los cinco estados que integran la Cuenca.

    En febrero de 2005, se llevó a cabo un proceso de licitación pública internacional del cual resultó ganadora la empresa finlandesa Jaakko Pöyry. El estudio inició en agosto de ese mismo año y se prevé concluya a mediados de 2006.

    2.6.2 Integradora Productiva de Maderas Finas Tropicales

    Este proyecto busca contribuir al desarrollo socioeconómico, ambiental y tecnológico del SSE; mediante el mejoramiento de la producción forestal, vía la instrumentación de estrategias de articulación productiva, con los siguientes objetivos específicos:

  • Mejorar la posición competitiva de los productores regionales ante los mercados globales.

  • Generar valor agregado a las maderas finas tropicales.

  • Integrar las maderas finas del SSE a mercados de alto valor agregado.

  • Manejo sustentable de los recursos forestales.

    En junio de 2005, se presentó a la Organización Internacional de Maderas Tropicales (ITTO por sus siglas en inglés) una solicitud de proyecto para financiar un estudio que identifique elementos estratégicos para desarrollar una empresa integradora para la industrialización, comercialización, y manejo sustentable de diez especies nativas de la región. Las actividades a realizar son:

  • Conocer la productividad y manejo de diez especies nativas maderables tropicales con alto potencial comercial.

  • Definir el potencial tecnológico e industrial de estas especies.

  • Determinar para cada una de estas especies su posible impacto comercial y nichos de mercado de acuerdo a su capacidad tecnológica e industrial.

    El estudio será financiado por la Universidad de Guadalajara, la Universidad de Oregon e ITTO.

    2.6.3 Inventarios forestales estatales

    El proyecto plantea llevar a cabo inventarios forestales estatales en cada una de las entidades que integran la región, de acuerdo a sus propias necesidades, buscando complementariedad y generando sinergias con el Inventario Nacional Forestal y de Suelos que actualmente está elaborando CONAFOR.

    Al finalizar los inventarios forestales, se integrará la información en un inventario forestal SSE, a partir del cual será posible planear el desarrollo forestal de la región e identificar oportunidades de negocios en dicho ámbito.

    Con objeto de determinar elementos clave que deberá contener la planeación de un inventario forestal estatal y sinergias con el Inventario Nacional Forestal y de Suelos, así como para establecer las actividades estratégicas que cada estado deberá llevar acabo para la realización de su Inventario, en febrero de 2005 se llevó a cabo un ``Taller Técnico de Planeación de Inventarios Forestales Estatales y Sinergia con el Inventario Nacional Forestal y de Suelos'', en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Los resultados del Taller se concretaron a dotar a los funcionarios forestales de los estados del Sur-Sureste de las herramientas y capacidades para desarrollar documentos estratégicos rectores para la elaboración de su propio inventario (planes maestros estatales).

    Actualmente; los estados se encuentran desarrollando dichos documentos. El siguiente paso sería la definición de una estrategia de financiamiento para el levantamiento de los inventarios.

    3 CAPÍTULO INTERNACIONAL

    3.1 Mecanismos de las Iniciativas Mesoamericanas

    A raíz de la identificación de las 8 iniciativas mesoamericanas en junio de 2001 y la incorporación a su agenda de los primeros proyectos, resultado del ejercicio de conectividad de la propuesta de México y la agenda Siglo XXI para la Modernización de Centroamérica, se inició el establecimiento de mecanismos formales para avanzar en el desarrollo y ejecución de los proyectos y asegurar la adopción de compromisos institucionales para la definición de agendas mesoamericanas en cada Iniciativa.

    Los países integrantes del PPP, asumieron desde su inicio la responsabilidad en la conducción de cada una de las ocho iniciativas que lo componen. Así, Belice tiene a su cargo la iniciativa de Turismo, Costa Rica la de Transporte, El Salvador la de Telecomunicaciones, Guatemala la Iniciativa Energética, Honduras la de Facilitación del Intercambio Comercial y Competitividad, Nicaragua la de Desarrollo Sostenible, Panamá la de Prevención y Mitigación de Desastres, y México la de Desarrollo Humano.

    Los instrumentos jurídicos adoptados, permitieron la conformación de Comisiones y Subcomisiones Técnicas en cada iniciativa, compuestas por las autoridades. Nacionales responsables de cada materia (actualmente 18).

    El trabajo de estas comisiones y grupos técnicos ha contado con el respaldo de instituciones y organismos especializados, integrados en el Grupo Técnico Interinstitucional del PPP (GTI) y organismos especializados que brindan asistencia técnica y financiera para la identificación y formulación de proyectos. Entre estas instituciones, destacan el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Mundial (BM), Corporación Andina de Fomento (CAF), Instituto de Crédito Oficial de España (ICO), Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE), Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Agencia Internacional de Cooperación para el Desarrollo de la Organización de Estados Americanos (AICD-OEA), Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO por sus siglas en Inglés), Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), Sistema de la Integración Económica Centroamericana (SIECA) y las diferentes instancias del Sistema de Integración Centroamericana (SICA).

    En el ámbito Mesoamericano, los trabajos de estas iniciativas han sido integrados en dos Ejes Estratégicos temáticos, que detrás de sí cuentan con el soporte del Eje Transversal de Fortalecimiento Institucional, integrado por los mecanismos institucionales que se han formalizado.

    3.2 Eje de Fortalecimiento Institucional

    El PPP ha fortalecido sus mecanismos institucionales de coordinación, con la adopción, en marzo de 2004, del ``Acta que Institucionaliza el Mecanismo del Plan Puebla Panamá'', ratificándose a la Cumbre de Presidentes y la Comisión Ejecutiva (CE), como instancias rectoras en la conducción del Plan, y se estableció la Dirección Ejecutiva (DE) como órgano de apoyo de la CE.

    A estas instancias se suman organismos internacionales de asistencia técnica y financiera, integrados en el Grupo Técnico Interinstitucional (GTI), la Comisión de Promoción y Financiamiento y las Comisiones Técnicas a nivel ministerial.

    Asimismo, se han incluido en el Acta, las instancias de participación social y vinculación con la sociedad civil, como el Grupo Asesor para Participación Indígena y Étnica (GAPIE), la Comisión Técnica del Programa de Información, Consulta y Participación (CT-ICP), el Consejo. Mesoamericano para la. Competitividad (CMC) y un espació para la integración del Consejo Consultivo.

    3.2.1 Instrumentos Suscritos

    Además de la suscripción del ``Acta que Institucionaliza el Mecanismo del Plan Puebla Panamá'', y con el objeto de establecer los vínculos mínimos de cooperación y apoyo entre la Secretaría General del SICA y la DE, se suscribió el Acuerdo de Cooperación Funcional, y para facilitar el cumplimiento de las funciones de la DE se formalizó el Acuerdo Sede entre la CE del PPP y el Gobierno de la República de El Salvador (julio 2004).

    Asimismo, se suscribieron convenios con el BCIE para hacer operativo el funcionamiento de la DE, tanto para la administración de los recursos, como para la utilización de sus instalaciones.

    Además de la suscripción del ``Acta, en septiembre de 2004, se suscribió, el Reglamento de Funcionamiento del Plan Puebla Panamá'', en el que se detallan las funciones y la operación de las instancias que lo conforman, incorporando a la DE, el Consejo Consultivo y el CMC. También se definieron las categorías de miembros fundadores, miembros asociados y observadores, incorporando sus derechos y los requisitos que deben observar aquellos países que manifiesten su interés de participar en el PPP.

    3.2.2 Dirección Ejecutiva

    La DE se estableció como instancia de apoyo de la CE en la coordinación, gestión y comunicación del Plan, establecida en el marco del SICA y con sede en San Salvador, El Salvador. Entró en funcionamiento a partir del 1o. de enero de 2005 y cuenta con el equipo de colaboradores que dará seguimiento a los 3 Ejes Estratégicos.

    Para cubrir las necesidades financieras de su operación, la CE definió un esquema de aportaciones por países conforme a la distribución porcentual utilizada en otros organismos internacionales.

    3.2.3 Incorporación de Observador y Nuevos Socios

    Debido al interés expresado por países como Colombia por sumarse al PPP, el 19 de noviembre de 2004, los Mandatarios de los países miembros, suscribieron la resolución por la que se aprobó el ingreso de Colombia como país observador.

    Desde enero de 2005, un representante del gobierno de Colombia participa en las reuniones de la CE, en su calidad de observador. La CE, conformó una Comisión Ad Hoc que analiza alternativas para adopción de nuevos miembros.

    3.2.4 Cumbre de Mandatarios

    Con el propósito de garantizar un seguimiento continúo en los avances de las Iniciativas del Plan, la Cumbre de Mandatarios del Mecanismo de Tuxtla acordó, en su VI Cumbre Ordinaria, celebrar sus reuniones anualmente además de llevar a cabo reuniones especiales para abordar temas de carácter específico, como la de noviembre de 2004, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para conocer los avances registrados en temas estratégicos del PPP, como transporte terrestre y aéreo, comercio intrarregional, aduanas y la integración de una red de telecentros en la región mesoamericana y en diciembre de 2005, se reunieron en Cancún, para definir una estrategia regional en materia energética.

    Como parte de su agenda ordinaria, los mandatarios se reunieron en Tegucigalpa, en junio de 2005, en el marco de la VII Cumbre del Mecanismo de Tuxtla.

    3.2.5 Trabajos de la Comisión Ejecutiva

    En el fortalecimiento institucional del PPP, se han impulsado acciones que van de una estrecha y mayor coordinación entre Cancilleres y Comisionados Presidenciales al reforzamiento de las Oficinas Nacionales PPP. En el caso de México, esta figura descansa en la CGPPP, adscrita a la SRE.

    La CE es la instancia que coordina los trabajos del PPP, y se reúne de manera periódica (en promedio sesiona de 8 a 10 veces al año), para dar seguimiento al, avance de las iniciativas mesoamericanas, estrategias de promoción, financiamiento y de vinculación con organismos internacionales, así como en los esfuerzos de difusión y participación social.

    La CE, al igual que la Cumbre de Presidentes, coordina sus trabajos bajo el esquema de una Presidencia Pro Témpore, que sigue el ciclo de rotación semestral del SICA entre los países de Centroamérica, y una Co-Presidencia Permanente a cargo de México.

    A fin de lograr una mayor coordinación con las Cancillerías y propiciar el apoyo a los proyectos e iniciativas al más alto nivel, se han llevado a cabo 5 reuniones entre Cancilleres y Comisionados.

    Por otra parte, se han reforzado las oficinas nacionales del PPP, siendo cada vez más recurrente la figura de Comisionado Adjunto para apoyar la del ya existente Comisionado Presidencial, contándose con equipos más robustos en cada país que facilitan el seguimiento y participación de las instancias gubernamentales en las diferentes comisiones y grupos técnicos de trabajo de cada Iniciativa Mesoamericana.

    3.3 Eje de Desarrollo Humano y su Entorno

    Este Eje esta conformado por las iniciativas de Desarrollo Humano, Desarrollo Sustentable y Prevención y Mitigación de Desastres Naturales.

    3.3.1 Iniciativa Mesoamericana de Desarrollo Humano (IMDH)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de México.

    El Memorándum de Entendimiento para la Coordinación de la IMDH fue firmado el 25 de marzo de 2004 durante la VI Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, .en la ciudad de Managua, Nicaragua, en tanto que el Plan de Acción de la IMDH fue aprobado el 23 de noviembre de . 2004, durante la instalación del Consejo Mesoamericano de Desarrollo Humano (CMDH).

    La IMDH contempla un proyecto emblemático: El Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica (Capítulos SSE y Centroamérica), que tiene por objetivo prevenir y controlar cuatro ámbitos epidemiológicos de alto impacto en la región mesoamericana: tuberculosis pulmonar; enfermedades transmitidas por vector (ETV): paludismo, dengue, oncocercosis; VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual; y los sistemas de vigilancia epidemiológica locales y regionales.

    En diciembre de 2005, se realizó .el Primer Taller de Capacitación sobre Prevención y Control de ETV's, en Puerto Escondido, Oaxaca, con el objeto de analizar la situación epidemiológica de las ETV en México y Centroamérica, para fortalecer las acciones de cooperación y elaborar lineamientos estandarizados de vigilancia, prevención y control del dengue, dengue Hemorrágico y paludismo. La convocatoria fue hecha por la CGPPP en coordinación con el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades (CENAVECE) -cuyos expertos impartieron el Taller- y contó con la participación de 50 funcionarios de los ministerios y autoridades de salud de México y Centroamérica, la Secretaría de la Integración Social Centroamericana (SISCA), la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional (JICA) y BID, este último quien ea-financió el Taller junto con la SRE.

    Con esta acción se sentaron las bases para articular los esfuerzos para seguir impulsando con una visión integral los componentes y proyectos de los capítulos Sur Sureste y Centroamérica.

    Asimismo, son parte de esta iniciativa seis proyectos de alcance mesoamericano, tres cuentan con financiamiento y se encuentran en fase de ejecución: el Proyecto Mesoamericano para el Abordaje Integral de las Poblaciones Móviles en VIH/SIDA; el Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones en Mesoamérica (SIEMMES), y el Sistema de Información de Demanda de Capacitación Laboral en Mesoamérica (SIDCAM); y tres se encuentran en fase de desarrollo: la Consolidación de las Acciones de Mejoramiento de la Formación Inicial de Docentes de la EducaCión Primaria o Básica; el Proyecto Regional de Seguridad Alimentaria y Nutricional de Centroamérica (PRESANCA), y el Programa Mesoamericano de Promoción y difusión de la Cultura Popular.

    3.3.2 Iniciativa Mesoamericana de Desarrollo Sustentable (lMDS)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de Nicaragua.

    Los países que integran el PPP adoptaron la IMDS, como el marco programático transversal para el PPP para asegurar que todos los proyectos, programas e iniciativas incorporen una adecuada gestión ambiental y promuevan la conservación y el manejo sustentable de los recursos naturales. El Memorándum de Entendimiento del Componente Ambiental la IMDS fue firmado el 2 de junio de 2003, en la Ciudad de Washington, D. C., Estados Unidos de América, mientras que el Memorándum de Entendimiento del Componente de Desarrollo Agropecuario y Rural, fue firmado el 13 de noviembre de 2003, en la ciudad de Panamá, Panamá.

    A partir de enero de 2005, se trabaja en coordinación con la Oficina del PPP de Nicaragua en el desarrollo e instrumentación de la cartera de proyectos de ambos componentes, en especial aquéllos que involucran directamente a México, destacando el Fortalecimiento del Centro Regional de Desechos Peligrosos; el Establecimiento de un Centro Regional para un Sistema de Biodiversidad; el Manejo Comunitario de Bosques en los Bolsones Fronterizos; e! Pago de Servicios Ambientales; el Inventario de Recursos Forestales del SS E; el Programa Mesoamericano de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos; el Programa Mesoamericano de Innovación para el Desarrollo de los Agronegocios de Frutas, y el Fortalecimiento para la Integración Mesoámericana de Centros Educativos.

    3.3.3 Iniciativa Mesoamericana de Prevención y Mitigación de Desastres Naturales (IMPMDN)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de Panamá.

    La IMPMDN tiene por objetivos generales: fortalecer y promover acciones y procesos de reducción del riesgo como elemento en la estrategia de desarrollo regional, y su incorporación explícita en todos los niveles de planificación integral y sectorial, a escalas local, regional y nacional, así como asegurar la incorporación de criterios de reducción de riesgo en las Iniciativas y procesos del PPP. El Memorándum de Entendimiento de la IMPMDN fue firmado el 13 de noviembre de 2003, en la ciudad de Panamá, en tanto que el 29 de junio de 2005, se firmó el Plan de Acción de la Iniciativa, en el marco de la VII Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, estableciendo como prioridad completar y concluir el Atlas Mesoamericano de Riesgo de Desastres Naturales.

    3.4 Eje de Desarrollo Económico y Competitividad

    3.4.1 Iniciativa Mesoamericana de Turismo (IMT)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de Belice

    En marzo de 2004, se suscribió el Memorándum de Entendimiento de la Iniciativa, por los Ministros de Turismo de Mesoamérica.

    En mayo de 2004, se reunió el Comité Técnico de la iniciativa (CT-CRIMAT), para presentar el perfil del proyecto de Etnoturismo. Actualmente se realiza trabajo de campo en los 8 países del PPP con objeto de identificar zonas potenciales para la instrumentación del proyecto. Este fue presentado a los pueblos indígenas que participaron en el 11 Foro de la Costa Atlántica, realizado en la Ceiba, Honduras, los días 29 y 30 de noviembre de 2004.

    Asimismo, se presentó el perfil del circuito turístico Ruta del Caribe, que contempla entre sus componentes, programas de inversión, apoyo a PYMES turísticas, conservación ambiental y promoción de la cultura indígena. Inició su fase de formulación, con apoyo del BID, en diciembre de 2005.

    Por lo que respecta al fortalecimiento del sector, se presentaron los perfiles de los proyectos de Mejoramiento de las Estadísticas del Turismo, Certificación de Sostenibilidad Turística; Seguridad y Facilitación de la Movilidad Transfronteriza del Turista, que se encuentran en fase de instrumentación en Centroamérica.

    El CT-CRIMAT, con el apoyo de las instituciones del GTI (CEPAL, BID, BCIE), integrarán en un plan de acción las actividades identificadas en cada uno de los perfiles.

    Se ha formulado una propuesta para incorporar en la Comisión Técnica representantes del Grupo de Turismo del SSE a fin de identificar coincidencias respecto al desarrollo conjunto de circuitos turísticos.

    3.4.2 Iniciativa Mesoamericana de Facilitación del Intercambio Comercial y Competitividad. (IMFCyC)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de Honduras.

    La iniciativa se constituye en un programa cuyas metas principales son la multiplicación del intercambio comercial de la región, aumento de las inversiones públicas y privadas, la integración productiva por medio de encadenamientos productivos y amplios programas nacionales y regionales de competitividad.

    a) Proyectos de Facilitación Comercial

    Para ello, se integró el proyecto de Modernización de Aduanas y Pasos Fronterizos, ejecutado por SIECA. Se enfoca a diseñar procedimientos para agilizar el tránsito internacional de mercancías y se complementa con los. proyectos de armonización de horarios de las aduanas y modernización informática.

    Otro proyecto complementario sobre esta misma línea, se enfoca a la armonización de Normas Fito y Zoosanitarias, proyecto ejecutado por el OIRSA, para apoyar a las empresas del comercio agropecuario.

    El proyecto de modernización de aduanas inició su segunda fase en el último trimestre de 2004, con visitas de campo a los puestos fronterizos de México y Centroamérica, a fin de elaborar un diagnóstico sobre los procedimientos de cada país en el tránsito internacional de mercancías. Ello para integrar una propuesta de Procedimiento Único para el tránsito internacional de mercancías. La propuesta inició su proceso de validación en dos talleres técnicos que se llevaron a cabo en octubre y diciembre de 2005.

    En materia de mejoramiento de la competitividad regional se cuenta con un programa de apoyo a PYMES en Centroamérica, a cargo de INCAE.

    b) Consejo Mesoamericano para la Competitividad

    En marzo de 2004, en el marco de la VI Reunión Cumbre del Mecanismo de Tuxtla, los Mandatarios aprobaron la creación del CMC, el cual quedó constituido formalmente el 4 de mayo de 2004.

    El CMC está integrado por los representantes gubernamentales encargados de coordinar las políticas públicas sobre competitividad de la región mesoamericana y, en el caso de México, adicionalmente por un representante de los Estados del SSE. El sector empresarial contribuye de manera sustantiva en la definición de la Agenda y los trabajos del Consejo. Está coordinado por el Comisionado Presidencial de Honduras, responsable de la Iniciativa de Facilitación del Intercambio Comercial y cuenta con el apoyo del GTI, del PPP y una Secretaría Ejecutiva que ejerce el BCIE.

    Su objetivo es mejorar la competitividad regional a través de: 1) impulsar una dinámica regional complementaria que contribuya al desarrollo de las Agendas Nacionales de Competitividad; 2) conformar y dar seguimiento a la Agenda Regional de Competitividad

    Dentro de los avances en el trabajo del CMC, destacan:

  • La realización de nueve reuniones del CMC, a partir de su creación (la última en octubre de 2005).

  • Suscripción del Memorándum de Entendimiento para su institucipnalización, en mayo de 2005.

  • Definición de una primera Agenda Regional de Competitividad, emanada del I Taller Mesoamericano por la Competitividad (Villahermosa, Tabasco, Mayo 17, 2005).

    En el marco del Primer Taller Mesoamericano para la Competitividad, evento en el que participaron cerca de 200 actores de la comunidad empresarial mesoamericana y del sector público, se establecieron las bases para el desarrollo de las áreas prioritarias del CMC: Facilitación Comercial (incluyendo Transporte y Logística), Indicadores Mesoamericanos. de Competitividad, dificultades y obstáculos para el aprovechamiento de los Tratados de Libre Comercio, Financiamiento e Innovación Tecnológica.

    Para darle seguimiento a la Agenda Regional de Competitividad, el CMC, acordó crear grupos de trabajo con participación de representantes del sector público y privado, con liderazgos en su conducción a cargo de los diferentes países del PPP. Esta propuesta fue discutida por el Consejo, en octubre de 2005, a fin de establecer los planes y acciones prioritarias a desarrollar para avanzar en cada una de las temáticas identificadas:

  • Facilitación Comercial (Transporte y Logística, Aduanas, plataforma de infraestructura y procedimientos) y Aprovechamiento de Tratados (normas, áreas estratégicas de intercambio comercial intrarregional).

  • Conglomerados y Encadenamientos Productivos

  • Financiamiento al sector productivo y eficiencia de sistemas financieros

  • Innovación y desarrollo tecnológico.

  • Medición y Monitoreo de políticas públicas para la Competitividad.

    3.4.3 Iniciativa Mesoamericana de Integración de los Servicios de Telecomunicaciones (IMIST)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de El Salvador.

    En noviembre de 2003, se firmó el Memorándum de Entendimiento entre la Comisión de Telecomunicaciones de Centroamérica (COMTELCA) y la empresa propietaria de la red del Sistema de Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC), cuyo propósito fue la utilización de la plataforma de la red eléctrica para realizar el tendido de la red de fibra óptica de la Autopista Mesoamericana de la Información (AMI). Asimismo, se firmó el convenio de Cooperación Técnica Financiera con fondos por US $ 700,000, provenientes del BCIE, con el fin realizar los estudios de prefactibilidad y en septiembre de 2005, se adjudicó la consultoría para su realización.

    En febrero de 2004, se acordó la incorporación de proyectos para la utilización social de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TICS) en beneficio de comunidades rurales, como el proyecto denominado ``Paso Digital''. Actualmente se trabaja en el mapeo de cinco comunidades por cada país del PPP para la instrumentación de su fase piloto.

    Asimismo, desde noviembre de 2004, México asumió el compromiso de apoyar la integración de una red similar al modelo de centros comunitarios e-México en los países PPP, aprovechando los contenidos ya desarrollados. A fin de establecer las bases de cooperación que permitan conocer este modelo, se suscribió en septiembre de 2005 un Convenio de Colaboración entre la SCT y las autoridades de IMIST.

    Es así que en el marco de ese Convenio, se han realizado dos reuniones técnicas una en abril y otra en septiembre de 2005 y se aprobó un plan de acción para coordinar las actividades.

    3.4.4 Iniciativa Energética Mesoamericana (IEM)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de Guatemala.

    Dentro de los avances de la Iniciativa para la creación de un mercado eléctrico regional, se aprobó el proyecto de la red del SIEPAC. El proyecto permitirá la construcción de un Mercado Eléctrico Regional con capacidad de intercambio entre los países de 300 mega watts, a través de un tendido de 1830 Kilómetros.

    Se ha avanzado en la conformación de órganos reguladores y operadores regionales, para lo que se tiene previsto suscribir el II Protocolo al Tratado Marco del Mercado Regional Eléctrico, que formalizará las facultades de la Comisión Reguladora de la Interconexión Eléctrica Regional (CRIE), como ente regulador. En complemento, en 2005 se aprobaron 5 proyectos de refuerzo a líneas de transmisión nacionales de El Salvador para facilitar su inclusión en el Mercado Eléctrico Regional, por un monto de $41 mdd, que serán financiados por BCIE.

    Se suma a la red SIEPAC, el Proyecto de Interconexión México-Guatemala con un costo total de $44.5 mil1ones de dólares, de los cuales, se encuentra totalmente financiado el monto correspondiente al tramo de Guatemala por $33.1 millones de dólares y cuyo convenio fue aprobado por el Congreso de ese país. De la parte correspondiente a México ($11.4 millones de dólares), se asignaron en el Presupuesto Federal de 2004, los primeros 18.6 millones de pesos para hacer viable la puesta en operación de este proyecto en la fecha comprometida a mediados de 2006.

    En septiembre de 2003, la CE aprobó la incorporación de proyectos de carácter social y de cooperación energética, como los de electrificación rural, promoción de las energías renovables y uso de biocombustibles, para lo cual se conformaron Subcomisiones Técnicas para cada uno de estos temas. De los proyectos presentados, se logró el financiamiento, a través del BCIE, de un proyecto en Guatemala que beneficiará a 280,000 usuarios, con un costo de $40.1 mdd y otro en Honduras, con un costo de $ 25 mdd.

    Se llevaron a cabo dos Seminarios, en septiembre y noviembre de 2004, sobre Energías Renovables y Electrificación Rural en Mesoamérica, en donde se analizaron políticas de promoción y fomento de Energías Renovables; planes estratégicos para dichos programas y para facilitar la colaboración entre actores locales e instituciones de apoyo y también se presentaron propuestas de proyectos.

    En coincidencia con estos esfuerzos y con el apoyo del Banco de Japón para la Cooperación Internacional (JBIC por sus siglas en inglés), se concluyó en noviembre de. 2004, el Estudio de Evaluación del Potencial Geotérmico. Se prepara una segunda fase consistente en la creación de un fondo regional para apoyar la generación geotérmica y un programa de formación de capacitación regional.

    Con el objeto de discutir alternativas para apoyar a los países de Centroamérica a enfrentar las consecuencias de los cambios en el mercado energético y el alto costo de la factura petrolera, Ministros y Mandatarios de Centroamérica y México, se reunieron en diversos foros:

  • I Reunión de Ministros de Energía de Mesoamericana (Junio 2005, Guatemala, Guatemala).

  • XV Cumbre Iberoamericana (Octubre 2005, Salamanca, España)

  • IV Cumbre de las Américas (Noviembre 2005, Mar del Plata, Argentina) · Cumbre de la Iniciativa Energética Mesoamericana (Diciembre- 2005, Cancún, México).

    En el marco de la reunión de Mar del Plata, los Mandatarios de México y Centroamérica, acordaron profundizar la segunda fase del PPP y convinieron crear una Comisión Ministerial, para estructurar una propuesta con proyectos energéticos. A raíz de ello, México presentó la propuesta del Programa de Integración Energética Mesoamericana (PIEM), la cual fue discutida en dos reuniones técnicas realizadas en Managua, Nicaragua y Medellín, Colombia, y adoptada a nivel de Mandatarios en la Cumbre de Cancún.

    El PIEM sienta las bases para la reorientación de algunos esfuerzos en los que actualmente se enfoca la IEM y los esfuerzos que realiza Centroamérica a través de su ``Matriz de Desarrollo Energético''. Asimismo se adoptaron compromisos que fueron recogidos en el texto de la Declaración, entre los que destacan:

  • La conformación de un Comité Técnico de la Comisión Ministerial que establecerá Grupos de Trabajo, coordinados por el Secretario de Energía de México.

  • La creación - a futuro - de una Comisión Reguladora de Energía para Mesoamérica.

  • La contratación, con el apoyo del BID, de una empresa consultora para realizar el estudio de factibilidad de la Refinería.

  • La realización de una Cumbre de seguimiento en mayo de 2006, en República Dominicana, para conocer los resultados del estudio de factibilidad y adoptar compromisos concretos.

  • El impulso a la elaboración del estudio de factibilidad de la introducción de gas natural en Centroamérica, incluyendo la construcción de un gasoducto troncal regional México - Centroamérica - Colombia.

  • El desarrollo y puesta en marcha un amplio programa de fomento del uso de energías renovables.

  • El impulso a la creación de un fondo de cooperación para el desarrollo para apoyar, entre otros; proyectos energéticos, en el marco de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB).

    El PIEM busca consolidar mercados regionales de petrolíferos, gas natural, y electricidad y fomentar las energías renovables y la eficiencia energética.

    3.4.4 Iniciativa Mesoamericana de Transporte (IMTr)

    Iniciativa a cargo del Comisionado de Costa Rica.

    a) Integración Vial

    En septiembre de 2004, se aprobó la incorporación de nuevos corredores y su reagrupación a la Red Internacional de Carreteras Mesoamericanas (RICAM), adoptada en Junio de 2002, y que originalmente incluía 9,450 kms. de .tramos carreteros a modernizar o construir. Las modificaciones incluyen ampliaciones o adiciones en los siguientes componentes:

  • Corredor Pacífico

  • .Corredor Atlántico

  • Corredor Turístico del Caribe (norte)

  • Corredores Interoceánicos

  • Corredor Honduras - El Salvador (incluye Tramo Interconector Regional Villa San Antonio - Goascorán)

  • Corredor Interoceánico de Guatemala

  • Corredor Interoceánico de Costa Rica

  • Corredor Interoceánico de Panamá

  • . Proyecto de Ramales y Conexiones. Regionales Complementarios

  • Caminos Secundarios, Terciarios y Rurales alimentadores de la RICAM, para garantizar la competitividad de la región.

    Conforme al informe anual de la Comisión de Financiamiento de la RICAM, actualizado a septiembre de 2005, se ejecutan proyectos por 2,821 millones de dólares. Con estos recursos se tiene asegurado el financiamiento del 46% de la red, lo que permite avances en el mejoramiento de los casi 11,000 kilómetros que actualmente la integran.

    b) Transporte

    En materia de transporte, se conformó la Subcomisión Regional Marítimo-Portuaria en febrero de 2004 y en agosto de ese mismo año la de Transporte Aéreo.

    Los aspectos del transporte terrestre y la conectividad aérea fueron abordados por los Presidentes, en noviembre de 2004, en Tuxtla Gutiérrez Chiapas, reconociendo que son un factor esencial para avanzar en la competitividad regional. Se acordó revisar dentro de las Subcomisiones Técnicas, la posibilidad de contribuir al diálogo con autoridades y sector privado para encontrar alternativas a la conectividad aérea y agilizar la suscripción de convenios en materia de transportes establecidos en los Tratados de Libre Comercio entre México y Triángulo del Norte y apoyar los acuerdos con Costa Rica y Nicaragua.

    Respecto al transporte aéreo, se concluyó en junio de 2005 el estudio en materia de interconexión aérea, que servirá de marco de referencia para identificar rutas prioritarias a considerar en futuros convenios bilaterales.

    Respecto al transporte terrestre y en cumplimiento al compromiso emanado de la declaración de la VII Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, de celebrar un seminario sobre transporte terrestre transfronterizo, a fin de intercambiar información sobre los avances y perspectivas del desarrollo de esta modalidad del transporte en la región, el 22 y 23 de septiembre de 2005 se llevó a cabo el Seminario de Transporte entre México y Centroamérica, en la Ciudad de México, en el que participaron representantes de las ministerios de transporte y comercio de los países miembros del PPP, el Secretario Ejecutivo del CMC y representantes del GTI.

    3.5 Componentes Transversales

    3.5.1 Estrategia de Difusión y Comunicación del PPP

    Conforme a la instrucción. emanada de la Reunión de Cancilleres y Comisionados Presidenciales del PPP, celebrada en la Ciudad de México, en octubre de 2003, se instrumentó un estudio de opinión sobre el PPP en la región mesoamericana, realizado por México, entre noviembre y diciembre de 2003. Con los resultados del estudio, se estructuró la campaña de medios para dar a conocer los objetivos y logros alcanzados por el PPP a la fecha.

    La estrategia fue reforzada con el diseño e impresión de materiales de difusión como folletos, cuadrípticos y la producción de materiales audiovisuales sobre los principales avances del PPP y que se pusieron a la disposición de los demás países.

    3.5.2 Mecanismos de Participación y Diálogo con la Sociedad Civil

    a) Programa de Información Consulta y Participación

    Se han dado avances en la participación social mediante los mecanismos de Consulta y Participación con la sociedad civil, definidos como parte de una estrategia regional.

    La CE reportó en el informe presentado a los Mandatarios, durante la VII Cumbre del Mecanismo de Tuxtla, la realización de programas de información, consulta y participación, desde 2003 a la junio de 2005:

  • Guatemala (5 reuniones con 201 participantes)

  • Honduras (5 reuniones con 350 participantes)

  • Nicaragua (19 reuniones con más de 950 participantes)

  • Costa Rica (5 reuniones con más de 150 participantes)

  • El Salvador (14 eventos con más de 1,195 participantes)

  • Belice (5 reuniones con 201 participantes).

  • México (55 talleres en comunidades indígenas, 1 de ellos regional, realizados conjuntamente con la CDI y cofinanciados con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP .establecido con el PNUD).

  • 2 Foros Regionales con la comunidad empresarial (uno organizado por Nicaragua en el marco de la VI Cumbre de Tuxtla y otro organizado por el CMC en Villahermosa en 2005 (este último cofinanciado con recursos del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD).

    Como parte de esta estrategia, se plantea evolucionar hacia la conformación de un Consejo Consultivo conformado por entidades representativas de la sociedad civil de Mesoamérica.

    Aunado a lo anterior y con la visión de vigorizar el trabajo con las Organizaciones de Sociedad Civil, el PPP se incorporó al Grupo de Trabajo para la Participación Social de la SRE de reciente creación, en el que se tendrá como marco de actuación y trabajo la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. Para ello, fueron presentados ya por la Unidad de Atención a Organizaciones de la Sociedad Civil de la SRE sus lineamientos.

    b) Participación Indígena

    Durante la V Cumbre del Mecanismo de Tuxtla, representantes indígenas de Centroamérica expusieron a los Mandatarios la necesidad de qué sus pueblos cuenten con una participación dinámica en la agenda y proyectos del Plan.

    La Comisión Ejecutiva se dio a la tarea de analizar el tema con expertos en asuntos indígenas de cada uno de sus países, de esta forma, se conformó, en mayo de 2003, el Grupo Asesor de Participación Indígena y Étnica (GAPIE), que se abocó a la tarea de diseñar un programa de trabajo que incluye componentes de la estrategia de información, consulta y participación, orientados a los pueblos indígenas, lo que ha permitido la instrumentación de consultas en México, Guatemala y Belice, en torno a la visión que estas comunidades tienen sobre el desarrollo y las formas de participación en el Plan.

    El GAPIE está Integrado por asesores gubernamentales que inciden en políticas públicas para los indígenas, así como por representantes de organizaciones y pueblos indígenas de la región. El representante de México ante el GAPIE, funge como Secretario Técnico.

    Guatemala. México. Belice y El Salvador concluyeron su primera fase de consultas entre 2003 y 2004, mientras que Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Panamá iniciaron este proceso en 2005. Como resultado de las mismas, se obtuvieron las primeras propuestas de proyectos vinculados al fortalecimiento de pequeños productores indígenas, actividades de ecoturismo y etnoturismo, comercialización de productos orgánicos, educación intercultural, salud y proyectos relacionados con las redes viales o de infraestructura comunitaria básica.

    Desde su creación, el GAPIE se ha reunido en seis ocasiones, a fin de dar seguimiento a los procesos de consultas que se realizan en cada país y ha iniciado un proceso de revisión sobre alternativas para integrar esquemas que aseguren la participación permanente de los pueblos indígenas.

    Adicionalmente, se han celebrado dos Foros regionales para el Desarrollo de la Costa Atlántica con presencia de indígenas de los ocho países del PPP. El primero en Belice, los días 1 y 2 de diciembre de 2003, y el segundo en La Ceiba, Honduras, los días 29 y 30 de noviembre de 2004. El grupo de apoyo, entre cuyos miembros se encuentra el BID y el BCIE, inició el proceso de asistencia técnica para estructurar los primeros proyectos orientados a atender los planteamientos identificados en los procesos de consulta.

    En agosto de 2005 en San José, Costa Rica, se reunió el GAPIE con líderes de pueblos indígenas y comunidades étnicas de México y Centroamérica, con el propósito de avanzar en el establecimiento de los canales de diálogo con las comunidades indígenas, aprobando la participación de 33 representantes en total). En el caso de México, la participación se coordinó con el Consejo Consultivo de la CDI, que designó a sus representantes indígenas de los 9 estados del SSE de México. Asimismo, se acordó apoyar la realización de la segunda fase de las consultas.

    3.5.3 Examen Territorial Mesoamericano

    En el contexto del PPP, se inició en febrero de 2004 la integración de un Examen Territorial Mesoamericano, elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), tarea en la que participaron las instancias planeación nacional de los gobiernos de los países centroamericanos y el Gobierno de México. Para la elaboración del examen, se realizaron diferentes actividades definidas en las siguientes fases:

    1a. Fase: Elaboración del Informe de antecedentes y situación (Background Report).

    Se realizaron dos talleres (noviembre de 2004 y febrero de 2005) en San Salvador, en los que participaron expertos en el tema por cada uno de los países PPP (Grupo Territorial Mesoamericano), bajo la Coordinación de consultores locales y el equipo técnico de la OCDE.

    Durante los talleres, se acordó la guía metodológica de la OCDE para revisiones territoriales, integrándose un cuestionario sobre la situación por país, utilizado para la integración del primer informe de antecedentes y situación.

    2a. Fase: Gira de trabajo para establecer contacto con los principales actores de la región.

    En mayo de 2005, la delegación de la OCDE, acompañada por consultores especialistas en los temas de competitividad y federalismo, se entrevistó con algunos de los principales actores en la región (sectores público, privado y organismos internacionales), con el propósito de recabar información que complementara los insumos recibidos por país.

    3a Fase: Elaboración del documento.

    En junio de 2005, se procesó la información para la elaboración del Examen Territorial Mesoamericano estructurado en tres capítulos: 1) Retos y oportunidades de la región; 2) Competitividad y 3) Gobernabilidad.

    Los tres capítulos del documento procesado se enfocan al estado actual de la región a nivel general; a los aspectos de competitividad y al federalismo, analizando los diferentes niveles de gobierno y las relaciones entre ellos.

    El documento fue resumido en una ``Síntesis de Temas Críticos'' y las opiniones de los revisores fueron intercambiadas en un Taller Técnico (octubre de 2005, Managua, Nicaragua). En este taller participaron los técnicos de los países, miembros del GTI y los representantes de los países designados por la OCDE. El Examen fue sometido al Comité de Políticas sobre Desarrollo Territorial de la OCDE (TDPC por sus siglas en inglés) el 1° de diciembre de 2005 para el dictamen definitivo de los países miembros.

    Una vez aprobado el examen, se definió una agenda de colaboración entre el BCIE y la OCDE para estructurar la estrategia de difusión del Examen que habrá de presentarse en el transcurso del 2006 y que incluye el Lanzamiento en Mesoamérica de la versión en español, así como la realización de una serie de foros de discusión con actores claves de la región, donde se presentarán las recomendaciones emanadas del Examen.

    El Examen contribuirá a:

  • Facilitar la identificación de áreas estratégicas para promover el desarrollo integral de Mesoamérica, incluyendo la convergencia de políticas públicas para impulsar la competitividad en sectores económicos con mayor potencial en el Sur Sureste de México y Centroamérica (agroindustrial, industria textil y manufacturas ligeras, turismo y transporte y logística).

  • A nivel regional, el Examen constituye una valiosa herramienta para enfocar políticas públicas también en el terreno del desarrollo social, al emitir recomendaciones para favorecer una mayor articulación de políticas educativas y de desarrollo del capital humano con el potencial de desarrollo económico de la región.

  • Por. último, el proceso mismo. de integración de un grupo mesoamericano de planeación territorial, facilitará las tareas de homologación de sistemas de información, necesarios para los procesos de planeación con enfoque regional.

    La CGPPP impulsó la realización de los Talleres y trabajos vinculados al proceso de recopilación de información, gestionando recursos a través del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del PPP establecido con el PNUD.

    «Hago referencia a la comunicación DGPL 59-II-0-2837, de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados en la que informa sobre el punto de acuerdo único que aprobó la Junta de Coordinación Política el pasado 13 de diciembre y mediante el cual se ``Exhorta al secretario de Relaciones Exteriores para que haga público el uso y destino de los recursos que han sido autorizados por el Congreso de la Unión a la Coordinación General del Plan Puebla Panamá, desde el año 2002 a la fecha... y dé a conocer aquellos estudios que han sido elaborados y financiados con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación y que se asignaron al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).''

    Al respecto, me es grato compartir con usted elementos que atienden las inquietudes expresadas en el punto de acuerdo referido.

    A efecto de dar respuesta a la solicitud en cuestión, el presente documento se ha estructurado con una sección de antecedentes, en la que se establece de manera puntual tanto la naturaleza y alcances del plan de desarrollo regional que corresponde, impulsar a la Coordinación General del Plan Puebla Panamá (CGPPP), como los ámbitos de competencia y atribuciones de la referida unidad administrativa.

    En las secciones posteriores, se presentan los ejercicios presupuestales autorizados para programas del Plan Puebla Panamá, tal y como se señala en la primera parte del punto de acuerdo, exponiéndose por separado: i) aquellas partidas para programas del PPP asignadas a otras dependencias del Gobierno Federal; ii) aquellas específicamente acreditadas/consignadas a la CGPPP; y iii) aquellas canalizadas al Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).1

    En un apartado específico, también se incluye el detalle de los estudios financiados al amparo del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579, tal y como fue solicitado en la segunda parte del punto de acuerdo.

    1. Antecedentes.

    El Plan Puebla Panamá (PPP) nació como una iniciativa de los gobiernos de México y Centroamérica, para promover conjuntamente la integración económica y el desarrollo social en Mesoamérica, con una visión de cooperación regional y en base a la responsabilidad que asumió cada país para fomentar el desarrollo integral. El Plan, como instrumento regional, se adoptó como política de estado al inscribirse en el Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, en junio de 2001, para potenciar el impacto de la cooperación regional y el diálogo político que ha caracterizado la relación de México y Centroamérica.

    En el ámbito internacional, el PPP ha fortalecido sus mecanismos institucionales de coordinación, a través del ``Acta que Institucionaliza el Mecanismo del Plan Puebla Panamá'', con la que los mandatarios ratifican a la Cumbre de Presidentes (CP-PPP) y la Comisión Ejecutiva (CE-PPP), como las instancias rectoras en la conducción del Plan, y a su Dirección Ejecutiva (DE-PPP) como secretariado de apoyo a esta última.

    A estas instancias se suman, por una parte, el grupo de instituciones y organismos regionales y multilaterales de apoyo, asistencia técnica y financiera, englobados en el Grupo Técnico Interinstitucional (GTI) y la Comisión de Promoción y Financiamiento2. Asimismo, el trabajo técnico se realiza apoyado en los mecanismos establecidos, a nivel ministerial o de autoridad nacional, para el seguimiento de cada una de las Iniciativas Mesoamericanas.

    En el ámbito nacional, las atribuciones de la Coordinación General se establecieron en el acuerdo presidencial por el que se crea la Coordinación General Plan Puebla Panamá (CGPPP), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de junio de 2001 y en el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), publicado en el DOF el 31 de julio de 2002.

    En dichas disposiciones se establece que la CGPPP se creó con el objeto de ``...coordinar y coadyuvar en acciones para fomentar, fortalecer y dar seguimiento a las políticas, estrategias y programas que en el ámbito de la administración pública se emprendan para contribuir a elevar el nivel de vida de los habitantes y lograr el desarrollo integral sustentable de la región Sur-Sureste del país...; así como proponer y promover la participación de las naciones de la región centroamericana... en la realización de acciones que contribuyan al desarrollo integral, sustentable en dicha región, con estricto apego al marco jurídico nacional e internacional''.

    De estas disposiciones se desprende la naturaleza del campo de acción de la CGPPP, como instancia de coordinación, apoyo y facilitación, entre los distintos actores vinculados al desarrollo de la región Sur-Sureste de nuestro país y de Centroamérica, en tanto que componen un espacio geo-económico estrechamente vinculado.

    Con el propósito de avanzar en el objetivo común de enfrentar los desafíos del desarrollo y los retos de la globalización, entre los que se incluye la carencia de infraestructura, la insuficiencia de empleo, la vulnerabilidad ante desastres naturales, epidemias y riesgos de salud, la CGPPP se ha enfocado a articular y coordinar esfuerzos, tanto con los países del Istmo Centroamericano como con los estados del Sur-Sureste de México, que integran en su conjunto la región mesoamericana -sus gobiernos y sociedad- y con organismos internacionales, para generar acuerdos en cuyo marco se concreten acciones, proyectos y programas que contribuyan al desarrollo integral de la región.

    Asimismo, el Plan ha promovido y contribuido al fortalecimiento de mecanismos de coordinación con las instancias del Gobierno Federal y con los gobiernos de los estados del Sur-Sureste para facilitar las tareas de integración de líneas de acción y seguimiento vinculadas al desarrollo de la región, en respaldo al mandato de la Comisión Intersecretarial del PPP, conformada mediante Acuerdo del Poder Ejecutivo publicado en el DOF el 7 de abril de 2004. Entre estos grupos, destacan: el Grupo de Enlaces del Plan Puebla Panamá en el Sur-Sureste; el Fideicomiso para el desarrollo de la Región Sur-Sureste, (FIDESUR); el Consejo Técnico de Infraestructura de la Región Sur-Sureste; el Grupo Económico Región Sur-Sureste; el Grupo Forestal Sur-Sureste; el Grupo de Trabajo de Secretarios de Salud de la Región Sur-Sureste; la Comisión de Prevención y Mitigación de Desastres Naturales del Sur-Sureste; y el Grupo de Turismo Sur-Sureste.

    Gracias a estos mecanismos -en el ámbito nacional e internacional- y al impulso que el PPP otorgó hasta ahora a cada uno de ellos, se generó la construcción de consensos con un enfoque de corresponsabilidad de los distintos actores, para integrar propuestas e iniciativas regionales que hicieran posible la suma de esfuerzos y contribuyeran a potenciar la obtención de resultados, como lo evidencian los proyectos y programas que gradualmente se han ido incorporando a la agenda regional (Anexo l. Informe Ejecutivo de Avances del PPP).

    El avance en los trabajos de estos mecanismos, y en particular los vinculados al Sur-Sureste, permite el funcionamiento de un foro permanente de intercambio de información sobre el quehacer gubernamental federal y estatal, que se reforzará con la suscripción del Convenio para la Coordinación y el Desarrollo de la Región Sur-Sureste para dar robustez a una visión integral de planeación, desde la perspectiva de las entidades federativas de la región y en sintonía con los cambios estructurales del país, y en especial, con el fortalecimiento del federalismo. A la vez, se definen estrategias de desarrollo en la región mesoamericana, buscando generar sinergias con los estados del Sur-Sureste, oportunidades conjuntas, mecanismos de financiamiento y asistencia técnica internacional.

    Cabe destacar que el Convenio para la Coordinación y el Desarrollo de la Región Sur-Sureste que habrá de suscribir el Secretario de Relaciones Exteriores, en representación de la Comisión Intersecretarial, y los gobiernos de los nueve Estados del Sur-Sureste, ha sido debidamente consensuado. En virtud de que la convocatoria para la suscripción del referido convenio, programada el 13 de diciembre de 2005, no pudo ser consumada debido a la incompatibilidad de agendas de los firmantes, se continúa la búsqueda de una oportunidad que permita tanto a los Gobernadores de los Estados como al Presidente de la República -quien lo firmará como testigo de honor junto con el Presidente de la Comisión Especial Sur-Sureste- programar una nueva fecha para la suscripción del Convenio.

    II. Asignaciones Presupuestales

    a. Naturaleza y responsabilidades de ejecución:

    Como resultado de los esfuerzos conjuntos descritos en la sección de antecedentes, y gracias al apoyo del H. Congreso de la Unión, se asignaron recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) desde el año 2002, a través de la inclusión de un anexo por año bajo los conceptos Sur-Sureste y/o Plan Puebla Panamá, con el objetivo específico de promover el desarrollo de esa región. Estos anexos determinan de manera clara cual es la instancia ejecutora para cada partida. Como ejemplo de ello, se establece que para el ejercicio de los recursos destinados a los proyectos de infraestructura carretera, la dependencia ejecutora es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); para los proyectos de salud pública, la instancia ejecutora es la Secretaría de Salud (SS), y así sucesivamente.

    b. Presupuesto CGPPP:

    Asimismo, en los anexos mencionados se consignan los recursos que se han asignado a la CGPPP dentro del presupuesto de la SRE. Estos recursos corresponden básicamente a las necesidades previstas para la operación de la oficina, conforme a la estructura orgánica establecida por la propia SRE, y dentro de los límites y montos aprobados para ello por el H. Congreso de la Unión.

    De manera excepcional, se asignaron en los presupuestos 2002 y 2003 recursos adicionales para la operación de la CGPPP. En el caso específico del PEF 2002, se asignaron 50 millones de pesos al Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579 con el PNUD (ver detalles en el apartado III, inciso a), mientras que en el caso 2003, fueron asignados a la CGPPP, dentro del presupuesto de la SRE, recursos por un monto de 79.7 millones de pesos en el anexo correspondiente a Programas para el Desarrollo de la Región Sur-Sureste. Respecto a estos recursos, 15.2 millones corresponden a la operación la CGPPP, y sobre el resto de los recursos, la SRE realizó diversas adecuaciones al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, que fueron debidamente autorizadas por la SHCP, conforme a la atribución que le confiere el Artículo 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Lo anterior conforme a las disposiciones establecidas en el Artículo 14 del Decreto del PEF 2003, aprobado por la misma Cámara de Diputados, en las que se facultó a la SHCP a autorizar las adecuaciones presupuestarias de las dependencias.

    Por otra parte, en algunos ejercicios se han contemplado cantidades adicionales en distintos rubros de los referidos anexos, que presumiblemente han sido asignaciones para proyectos del Plan Puebla Panamá, sin embargo, la falta de especificidad en la asignación presupuestal, es decir, el no etiquetar los recursos para un proyecto específico o instancia ejecutora, ha generado, en ocasiones, ambigüedad al momento de acreditar los recursos a proyectos PPP.

    Como ejemplo de ello, se exponen dos casos en los que las gestiones para acreditar los recursos no etiquetados a proyectos específicos, han arrojado diferentes resultados.

    Un caso de gestión exitosa, se refiere específicamente a la realizada conjuntamente entre la SRE y la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) ante la SHCP sobre recursos del ejercicio 2004, para acreditar 3.5 millones de pesos, asignados inicialmente a la SRE dentro del Anexo 18, para ejecutar, a través de SEDESOL el proyecto de Acciones de Saneamiento en el Estado de Yucatán, en el contexto del programa Microrregiones.

    En contraste, un caso de gestión no exitosa se presentó en el ejercicio 2005, en donde las gestiones realizadas conjuntamente entre la SRE-CGPPP y la Secretaría de Salud, ante la SHCP, para la aplicación de recursos para el Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica del PPP fueron infructuosas, debido a que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la SHCP argumentó insuficiencia presupuestaria en el Ramo 23, por lo que no fue posible acreditar 50 millones de pesos asignados en el rubro ``Otros Proyectos'', para iniciar la ejecución de este importante programa de salud en los nueve estados del Sur-Sureste, con importantes efectos negativos también en la puesta en marcha de un programa de carácter mesoamericano. El detalle se puede ver en las siguientes tablas:

    III. Estudios y acciones financiadas a través del Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579 establecido con el PNUD.

    a. Aspectos Presupuestales.

    Los recursos fueron transferidos en calidad de aportación al PNUD, para el Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579. En el ejercicio 2002, se realizaron exitosamente gestiones para acreditar a la SRECGPPP 50 millones de pesos asignados originalmente a la Presidencia de la República en el PEF 2002, en el Anexo 2 ``Programa Puebla-Panamá''. Dichos recursos fueron transferidos a la SRE-CGPPP en diciembre de 2002, en virtud del cambio de adscripción de la CGPPP en agosto de ese mismo año. Con estos recursos se creó el Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579, con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a fin de que en asociación con dicho organismo, se impulsaran proyectos de desarrollo para el Sur-Sureste.

    El Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579, se inscribe en los esquemas de cooperación de las naciones que participan en el sistema de las Naciones Unidas, estableciéndose, de manera puntual, en el Acuerdo sobre el Fondo Especial de las Naciones Unidas y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito el 23 de febrero de 1961, la naturaleza jurídica y aspectos relacionados con los esquemas de cooperación que como órgano del Sistema de las Naciones Unidas rigen al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en su relación con los países miembros.

    El Proyecto de Apoyo para la Ejecución del Plan Puebla Panamá 0013579, suscrito con el PNUD y administrado en su totalidad por el propio organismo internacional, con base en el estatuto de autonomía de gestión reconocida por el gobierno mexicano, ha permitido la inyección gradual de recursos en procesos de gestión de proyectos integrales en la región Sur-Sureste, en aquellas estrategias, acciones, proyectos y programas que, a propuesta de los mismos mecanismos de coordinación regional se han ido gestando, con el impulso de la CGPPP. y de los mismos actores de la región.

    De esta forma, destacan por un lado los recursos que se han destinado a apoyar los procesos de construcción de una agenda regional de prioridades en materia de desarrollo económico, ambiental y social, a través de talleres, seminarios y acciones de fortalecimiento de los mecanismos de coordinación interinstitucional, y por otra, los recursos que se han destinado a distintas fases de la gestación de proyectos, entre los que se incluyen la elaboración de estudios técnicos y de factibilidad.

    b. Estudios:

    1. Estudio Costo Eficiencia del Proyecto Erradicación del Fecalismo al Aire Libre en el Estado de Yucatán

    Objetivo: Equipar a las viviendas del estado de Yucatán que carecen de servicio sanitario (120 mil en 2004, según datos de INEGI) con baños basados en un sistema de absorción que reduzca el riesgo de contaminación de los mantos freáticos y la incidencia de enfermedades diarreicas en la población, atribuibles al fecalismo al aire libre.

    Alcances: El proyecto, tal como está planteado en el correspondiente estudio de evaluación socioeconómica, contempla la virtual eliminación de las prácticas de fecalismo al aire libre en el Estado de Yucatán, mediante la construcción de 120 mil baños en un plazo de tres años.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Gracias a la elaboración de este estudio, se demostró la factibilidad socioeconómica del proyecto. Por ello, y gracias a la importante colaboración de la SEDESOL, a través del programa Microrregiones, en 2004 se dio inicio al proyecto a través del ejercicio de 3.5 millones de pesos del PEF. Se espera un Impacto positivo en la calidad de vida de la población beneficiaria (aquella que actualmente incurre en prácticas de fecalismo al aire libre) al disminuir la incidencia de enfermedades diarreicas agudas y la contaminación de los mantos freáticos de la península de Yucatán.

    Costo: El costo del estudio fue de USD $4,504.

    2. Estudio Costo-Eficiencia del Proyecto de Salud del Plan Puebla Panamá (Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica, Capítulo Sur Sureste

    Objetivo: Utilizar la metodología o análisis costo-eficiencia para medir la factibilidad de la ejecución de un programa regional de vigilancia epidemiológica, que permita disminuir la incidencia de la tuberculosis pulmonar, las enfermedades transmitidas por vectores y el VIH-SIDA, mediante mejoras en el acceso a la información preventiva, el diagnóstico y el tratamiento en la población de los estados del Sur- Sureste de México y en los países de Centroamérica.

    Alcances:

  • Los estados mexicanos involucrados en el Plan Puebla-Panamá son la puerta natural de entrada para los movimientos migratorios de la frontera sur, pero además comparten características sociales, culturales, económicas y migratorias con Centroamérica. Dadas las analogías existentes entre el Sur-Sureste y Centroamérica, el Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica, Capítulo Sur-Sureste, que es analizado por medio de este estudio, fue elaborado a partir de reconocer la existencia de realidades sociales compartidas y fenómenos de salud pública comunes que afectan a Mesoamérica, buscando beneficiar a la población más vulnerable de la Región.

  • El Programa fue diseñado por el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades de México (CENAVECE), a partir del consenso con las secretarías de Salud de los nueve Estados del Sur-Sureste del país; y su contenido fue puesto a disposición de cada uno de los países centroamericanos a través de sus Ministerios de Salud y de las oficinas del Plan Puebla Panamá locales, los cuales lo conocen y lo han estudiado.

  • El Estudio Costo-Eficiencia busca aportar elementos para la toma de decisiones de los poderes Ejecutivo y Legislativo, en la asignación de recursos dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación, a fin de instrumentar el Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica, Capítulo Sur-Sureste, en el corto y mediano plazos, y vincularlo con el desarrollo del Capítulo Centroamérica, en el largo plazo.

    Impacto esperado en el Sur-Sureste y en Centroamérica:
  • El Programa y sus contenidos, como lo plantea el estudio, contempla como prioridad la disminución de las tasas de morbilidad y mortalidad debidas a estas enfermedades -al menos al nivel de los promedios nacionales- en el Sur-Sureste de México. Asimismo, es factible adecuar los elementos del Capítulo Sur-Sureste del Programa a las particularidades de los países de Centroamérica, con lo que una vez enriquecido por las aportaciones de los ministerios de Salud de los siete países de la región, será posible articular, junto con México, una estrategia regional de combate a la tuberculosis, al VIH-SIDA y a las enfermedades transmitidas por vectores, acciones que fortalecerán, desde una visión regional, los programas nacionales que funcionan actualmente.

  • El Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica, con sus capítulos Sur-Sureste y Centroamérica, fue clasificado como el programa emblemático de la Iniciativa Mesoamericana de Desarrollo Humano, y su ejecución contribuirá en el cumplimiento de los Objetivos y Metas de Desarrollo del Milenio, tanto en el contexto del Sur-Sureste de México, como de Centroamérica.

  • Cabe desatacar que los mandatarios reunidos en la VII Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla, celebrada en 2005, analizaron la creciente incidencia de enfermedades y su agravamiento por la vulnerabilidad ante los desastres naturales que han afectado al Sur-Sureste de México y a toda Mesoamérica, acordando ratificar el compromiso de todos los países para impulsar el Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica y las acciones conjuntas que permitan integrar una estrategia regional de salud pública.

    Costo: El costo del Estudio fue de USD $4,504.

    3. Estudio Costo - Beneficio de una Central de Abastos Mesoamericana en Chiapas

    Objetivo: Con este estudio se analizó la factibilidad en la construcción de una central de abastos, que disminuyera los costos en que se incurre actualmente (costos de transporte, costos de logística, costos de oportunidad de la mercancía transportada) para llevar a cabo las transacciones de comercio internacional que tienen lugar vía terrestre entre México y Centroamérica, en particular aquellas que pasan por Ciudad Hidalgo, coadyuvando de esta manera en la comercialización en el mercado interno y externo de productos, principalmente agrícolas y agroindustriales de la región.

    Alcances: El proyecto planteó el incremento del valor del comercio México Centroamérica como consecuencia de la disminución de costos de transacción, ganancias en eficiencia en los procesos logísticos de transporte y comercialización.

    Impacto Esperado para el Sur-Sureste: Los resultados del estudio indicaron que bajo el esquema inicial del proyecto, no sería factible. Por lo anterior, actualmente se trabaja junto a la Secretaría de Economía sobre el análisis de la construcción de un Centro Logístico, mediante el cual se brinden servicios que faciliten las operaciones de comercio exterior con Centroamérica.

    Costo: El costo del estudio fue de USD $61,861.

    4. Estudio Fronterizo México - Guatemala (Suchiate I y II)

    Objetivo: El estudio llevó a cabo un análisis de la situación actual de la economía informal ubicada en las zonas inmediatas a los Puentes Fronterizos Suchiate I y II, particularmente en el lado guatemalteco, aunque contemplando también un diagnóstico general del lado mexicano.

    Alcances: Se elaboró un estudio acerca del valor de la economía informal localizada alrededor de los Puentes Fronterizos Suchiate I y II, y una propuesta de incentivos que promuevan el traslado y formalización al Puente Suchiate II que en estos momentos se encuentra subutilizado.

    Impacto Esperado para el Sur-Sureste: Gracias a la elaboración de este estudio, se identificaron particularidades en el comercio informal que se lleva a cabo en la frontera Ciudad Hidalgo-Tecún Umán y sus zonas aledañas. A su vez, se manifestaron las principales implicaciones de este tipo de comercio, como el daño a la infraestructura urbana y el deterioro social, que se caracteriza por manifestaciones como el paso de indocumentados, el contrabando y en términos generales y un ambiente de inseguridad. El estudio permitirá proveer a la sociedad de esa zona fronteriza, de herramientas de planeación del ordenamiento microrregional, que se traduzcan en una mejora de la infraestructura urbana y en términos generales, en una mejora de las condiciones del comercio e incentivar su formalización en el Puente Suchiate II. Adicionalmente, el estudio también ha propuesto medidas de solución para otros aspectos sociales como la migración ilegal y la inseguridad, igualmente vinculados a la deteriorada situación que genera el comercio irregular.

    Costo: La elaboración del estudio tuvo un costo de USD $26,344.

    5. Estudio de Factibilidad Cuenca Industrial Forestal Golfo de México

    Objetivo: La identificación de oportunidades y requerimientos para desarrollar un proyecto integral de cadena productiva forestal de alta competitividad en la cuenca específica industrial formada por el sur de Veracruz, Tabasco, norte de Chiapas, sur de Campeche y de Oaxaca, a través del desarrollo de plantaciones forestales comerciales.

    Alcances: Definir la factibilidad técnica, económica y social de un proyecto integral de aprovechamiento forestal regional (considerando por lo menos dos escenarios con diferentes grados de integración) para la producción de astillas, madera aserrada, muebles, molduras y tableros de madera, así como la factibilidad en la producción de celulosa a partir de plantaciones forestales comerciales, con el apoyo de un análisis firme y sustentado sobre el potencial de la cuenca de fibras y el desarrollo industrial del sureste mexicano, así como con el planteamiento de escenarios reales para el desarrollo de la Industria relacionada con el aprovechamiento forestal integral, identificando de manera precisa las acciones necesarias por parte de los tres niveles de gobierno y otros actores involucrados.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: El proyecto persigue que plantaciones forestales, la industria de transformación y las pequeñas y medianas empresas del ramo, incrementen su productividad y competitividad en el mercado global, mediante la integración de la cadena productiva, el acceso a mejores fuentes de incentivos y financiamiento, desarrollo de recursos humanos, y la investigación y desarrollo tecnológico.

    Costo: El costo total del proyecto es de USD............... $486,615.00, que se están financiando conjuntamente entre la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) con 2 millones de pesos; FIDESUR con un millón de pesos; con Plan Puebla Panamá un millón de pesos y cinco estados integrantes de la Cuenca, con doscientos cincuenta mil pesos cada uno. Los recursos fueron transferidos al PNUD, que se encarga de los aspectos administrativos de la licitación y los pagos. Hasta el momento, el PNUD ha erogado la cantidad de USD $153,800.

    6. Modelo de Gestión y Transferencia de Tecnología para el Sur-Sureste

    Objetivos: Diseñar y desarrollar un modelo de negocios que tenga por objeto proveer a las empresas del Sur-Sureste (en especial la pequeña y mediana empresa) de servicios que faciliten la incorporación de tecnología en los procesos productivos, contribuyendo a la transformación de ventajas comparativas y competitivas.

    Alcances: Se elaborará un modelo de negocios a partir del diseño de servicios que faciliten la transferencia de tecnología a las empresas de sectores estratégicos -agroindustria, forestal y turismo- del Sur-Sureste, estimulando el desarrollo de negocios innovadores e iniciativas de interés público, tomando como base modelos exitosos y adaptándolo a las condiciones y necesidades de la región, mediante: la preparación de un diagnóstico de las condiciones para el desarrollo del modelo; la descripción del modelo propuesto; la documentación de los estudios realizados en un formato que permita tanto su promoción con el sector privado de México e internacional (plan de negocios), así como la negociación del soporte institucional por parte del sector público (gobiernos estatales y federales). Para el desarrollo del proyecto, se tomará como base el modelo chileno, para lo cual se ha contratado a la empresa Fundación Chile, para la realización del proyecto.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Gracias a este proyecto se logrará facilitar la gestión y transferencia de tecnología en las empresas de sectores estratégicos de la región Sur-Sureste, con objeto de que dichas empresas desarrollen e incorporen nuevas tecnologías en sus procesos de producción, contribuyendo a mejorar su competitividad.

    Costo: USD $145,125.

    c. Otros procesos y proyectos:

    7. Marco de Referencia para el Desarrollo del Sur-Sureste de México

    Objetivo: Obtener guías analíticas para la instrumentación de un proceso de planeación estratégica para la elaboración del Programa Integral de Desarrollo Sustentable del Sur-Sureste.

    Alcances: Se obtuvo un documento analítico que ha servido como marco de referencia para establecer acciones de trabajo en pro del desarrollo del Sur-Sureste, basado en procesos de descripción y análisis de la realidad social, política y económica de la región.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Al contar con un marco de referencia, compuesto por las guías básicas de análisis, el equipo de trabajo del Plan Puebla Panamá reunió las condiciones para llevar a cabo procesos de planeación regional mucho más eficientes.

    Costo: USD $58,698.

    8. Planeación Estratégica del Plan Puebla Panamá

    Objetivo: Alcanzar un proceso de planeación estratégica en la región Mesoamericana, con objeto de obtener información de utilidad para el reposicionamiento/relanzamiento del Plan Puebla Panamá.

    Alcances: El proceso dio como resultado una propuesta de acción para las distintas autoridades que intervienen en el Plan Puebla Panamá, a fin de reestructurar de manera estratégica las tareas sustantivas del Plan y fortalecer la capacidad directiva del mismo.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Se realizó un análisis profundo de la realidad del Sur-Sureste, comparándola con los proyectos del Plan Puebla Panamá, lo que permitió reestructurar el contenido y la dirección del Capítulo México, y así responder de manera más eficiente a las necesidades de la región.

    Costo: USD $87,342.

    9. Consulta Indígena sobre desarrollo

    Objetivo: Promover, mediante un proceso amplio y organizado, la participación de los pueblos y comunidades indígenas en el diseño de políticas y programas de desarrollo dirigidos específicamente a este sector de la población. Entre los objetivos desarrollados están los siguientes:

  • Identificar las formas y aspiraciones de los integrantes de los pueblos indígenas con respecto a su desarrollo

  • Identificar las expresiones o instituciones de representación actuales y tradicionales que forman parte de los pueblos indígenas

  • Conocer las propuestas para integrar una representación como pueblos indígenas

  • Contar con criterios y elementos para fundamentar y/o generar políticas públicas, de acuerdo con el tipo de desarrollo al que cada pueblo indígena aspira

    Alcances: En la consulta participaron 2,809 indígenas, en 54 talleres realizados entre noviembre del 2003 y febrero del 2004 repartidos de la siguiente manera: Campeche, 4; Chiapas, 8; Guerrero, 5; Oaxaca, 9; Puebla, 7; Quintana Roo, 2; Tabasco, 2; Veracruz, 8; y Yucatán, 9. Se contó con el apoyo de las instituciones gubernamentales encargadas del tema indígena de cada uno de los estados participantes, bajo la coordinación de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI):

  • Los pueblos y comunidades indígenas, estuvieron representados por sus autoridades tradicionales y comunitarias y por organizaciones sociales.

  • De igual manera se llevó a cabo un foro regional de todo el Sur-Sureste celebrado en Telchac Puerto, Yucatán, con una asistencia de 106 indígenas de los nueve estados de la región Sur-Sureste.

  • La consulta culminó el 21 de abril de 2004 con un foro nacional Sur-Sureste realizado en la ciudad de Cholula, Puebla. El producto de la consulta (nacional y de la sub-región Sur-Sureste) se integró en la publicación de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y sus resultados se presentaron a la Comisión Ejecutiva del PPP a través de las recomendaciones que el Secretariado Técnico hizo en su informe general del estado de consultas de 2004.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: En el informe final de la Consulta, presentado por la CDI, a finales de 2004, se lograron identificar las principales prioridades de los pueblos indígenas de la región Sur-Sureste y en particular, aquellas de coincidencia con la agenda de las Iniciativas Mesoamericanas del PPP:

  • Destacaron los temas relacionados con cultura y salud, y desarrollo económico, siendo estos los de mayor importancia y los cuales deberían, desde el punto de vista de los consultados, ser objeto de una consulta más amplia, en particular para integrar propuestas concretas de proyectos que sean formulados para su beneficio directo.

  • Una vez conocidos los requerimientos de estos pueblos, la CGPPP, se ha dado a la tarea de definir proyectos y estrategias para su instrumentación en dos temas específicos, el cultural y de la salud, que estarían enmarcados en la Iniciativa de Desarrollo Humano del PPP. En el primer caso, la propuesta está enfocada a la preservación de la cultura popular (en fase de diseño), y en el segundo, a establecer la estrategia de participación de los pueblos indígenas en el Programa Mesoamericano de Vigilancia Epidemiológica, que se enfoca a la prevención y atención principalmente de enfermedades transmitidas por vectores.

  • Se espera que con los mecanismos de consulta permanentes integrados a través del Consejo Consultivo de la CDI, se facilite el mecanismo de diálogo con los pueblos indígenas del Sur-Sureste, como un mecanismo permanente de monitoreo y construcción de la agenda regional, y en lo específico, para el diseño y/o instrumentación de los dos programas arriba descritos como prioritarios.

    Costo: El costo fue de USD $312,175.

    10. Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones en Mesoamérica (SIEMMES)

    Objetivo:

    El SIEMMES buscó consolidar los resultados ya obtenidos por el Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones en Centroamérica (SIEMCA), así como completar y profundizar la producción de información para los países centroamericanos, que derivara en el establecimiento de políticas y acciones en favor de los migrantes de Mesoamérica, a la par de buscar garantizar su sostenibilidad futura y ampliar su alcance, incorporando a México al Sistema.

    Alcances:

  • El SIEMMES contempla como componente prioritario el apoyo a los organismos nacionales de México y Centroamérica, productores de información migratoria, con el objetivo de mejorar su capacidad de procesar datos, producir estadísticas adecuadas y actualizadas o generar nueva información requerida para analizar las distintas dimensiones del fenómeno migratorio, sin perder de vista que en última instancia estos instrumentos se podrán traducir en una gran diversidad de políticas, acciones, proyectos y programas sociales.

  • El proyecto adquiere especial relevancia en una región como Mesoamérica, en donde los movimientos internacionales de personas han experimentado un aumento notable en los últimos 30 años, proceso que ha sido acompañado por un importante flujo de personas, documentados y no documentados, con toda la diversidad de implicaciones socioeconómicas que conlleva.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste:
  • La instrumentación del SIEMMES constituye un enriquecimiento notable del proyecto SIEMCA porque, además de unificar la información sobre movimientos migratorios, extiende su cobertura geográfica a todo México y diversifica sus actividades y productos a fin de atender intereses de información por parte de organismos nacionales y regionales de distintos sectores (gubernamental, manufacturero, turístico, comercial, industrial, agropecuario, etc.), convirtiéndose en un instrumento invaluable de planeación y toma de decisiones.

  • Otro valor agregado consiste en la posibilidad de analizar el fenómeno de las migraciones documentadas, en una primera fase, y no documentadas posteriormente, a partir de las dinámicas observadas en las fronteras Norte y Sur de México, con especial atención en los estados del Sur-Sureste, así como aprovechar la experiencia mexicana en el estudio de los flujos migratorios en la frontera con Estados Unidos, en estudios similares para otras zonas fronterizas de Mesoamérica.

    Costo: USD $40,000.

    11. Agenda de Competitividad Agroindustrial Sur-Sureste

    Objetivo: Realizar un proceso participativo para la integración de una Agenda para la Competitividad Agroindustrial, para identificar iniciativas y proyectos orientados a incrementar la capacidad de la región para que sus empresas incursionen y se posicionen en mercados estratégicos con productos agroindustriales competitivos, diferenciados, de alta calidad y alto valor agregado.

    Alcances: Facilitar el proceso de integración de la Agenda para la Competitividad del Sector Agroindustrial del Sur-Sureste, a través de:

  • Una gira regional de consultas para establecer contacto directo con los principales actores relacionados con el desarrollo económico de cada uno de los nueve estados que integran el Sur-Sureste de México, e involucrarlos en el proceso de integración económica regional.

  • Identificación in situ de los principales programas relacionados con el desarrollo económico de los estados, que sean escalables a nivel regional (haciendo énfasis en agroindustria), y de la percepción de los actores respecto al proceso de integración económica regional.

  • Fortalecimiento de la comunicación y el vínculo entre las dependencias encargadas de promover el desarrollo económico en cada estado con el Plan Puebla Panamá.

  • Planeación, coordinación y facilitación de un foro con el objetivo de elaborar el diseño e integración de la Agenda para la Competitividad del Sector Agroindustrial del Sur-Sureste, con iniciativas y proyectos orientados a mejorar la competitividad del sector agroindustrial de la región.

  • Integración de la Agenda para la Competitividad del Sector Agroindustrial del Sur-Sureste, con base en: a) validación de las iniciativas y/o los proyectos identificados en el foro de Competitividad del Sur-Sureste (22 de noviembre 2004); b) complementación de las iniciativas y los proyectos actuales identificados como relevantes; d) propuestas de acuerdos institucionales.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Este ejercicio sirvió para sentar las bases y crear mecanismos para mejorar la competitividad del sector agroindustrial en el Sur-Sureste de México, y así lograr tanto la atracción de inversiones, como el posicionamiento sostenible de sus bienes y servicios en mercados estratégicos.

    Costo: USD $35,000.

    12. Agenda para la Competitividad de Mesoamérica

    Objetivo: Apoyar la realización del Primer Taller Mesoamericano para la Competitividad, celebrado en Villahermosa Tabasco, los días 16 y 17 de mayo de 2005, a fin de establecer las bases para la integración de una Agenda Mesoamericana de Competitividad, con los temas prioritarios que permitieran impulsar la competitividad, el comercio y la inversión en Mesoamérica, como parte de la agenda de trabajo del Consejo Mesoamericano de Competitividad del PPP.

    Alcances: Lograr la definición de los grupos de trabajo temáticos, coordinados por el Consejo Mesoamericano de Competitividad, que den seguimiento a la Agenda, integrados por actores claramente identificados y con base en propuestas puntuales del sector privado de la región.

    Impacto Esperado para el Sur-Sureste: Fortalecer el diálogo del sector público y privado del Sur-Sureste y de Centroamérica, a través de la discusión de alternativas y propuestas para mejorar la competitividad y la adopción de acciones y medidas para lograr este objetivo, mediante la participación de los actores directamente vinculados.

    Costo: USD $20,002.

    13. Apoyos para la integración de insumos para la elaboración del Examen Territorial Mesoamericano

    Objetivo: Contribuir a la integración de la plataforma de información regional para facilitar a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) la elaboración del examen territorial y sentar las bases para una estructura institucional de planeación regional con enfoque territorial en la región mesoamericana.

    Alcances: Gracias a las tareas de apoyo efectuadas, se facilitó el proceso de recopilación de información para la integración del Examen Territorial Mesoamericano, utilizada para integrar el Reporte de Antecedentes (``Background Report''), que proporcionó al equipo de técnicos de la OCDE de insumos para el análisis de la situación e integración de recomendaciones en la agenda de Competitividad y Gobierno.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Este apoyo fue enfocado a facilitar a los consultores de la OCDE la labor de levantamiento de información en la región mesoamericana. El Examen Territorial fue presentado en diciembre de 2005, en la sede de la OCDE, en París. Este reporte, tal como está planteado, contribuirá a:

  • Facilitar la identificación de áreas estratégicas para promover el desarrollo integral de Mesoamérica, incluyendo la convergencia de políticas públicas para impulsar la competitividad en sectores económicos con mayor potencial en el Sur-Sureste de México y Centroamérica (agroindustrial, industria textil y manufacturas ligeras, turismo, transporte y logística).

  • A nivel regional, el Examen constituye una valiosa herramienta para enfocar políticas públicas también en el terreno del desarrollo social, al emitir recomendaciones para favorecer una mayor articulación de políticas educativas y de desarrollo del capital humano con el potencial de desarrollo económico de la región.

  • Por último, el proceso mismo de integración de un grupo mesoamericano de planeación territorial, facilitará las tareas de homologación de sistemas de información, necesarios para los procesos de planeación con enfoque regional.

    Costo: USD $35,000.

    14. Información, Consulta y Participación

    Objetivo: Crear y mantener espacios de difusión y comunicación en medios electrónicos masivos y no-masivos a través de una estrategia tierra para dar a conocer el PPP en la sociedad.

    Alcances: Consolidar mecanismos y espacios para transparentar la información y tareas del Plan que propicien la participación activa y permanente de la sociedad y por ende interactuar con una población que participa y se beneficia del PPP, para ello se requiere:

  • El desarrollo de la producción de materiales de difusión para televisión que serán parte de la campaña del Plan Puebla Panamá.

  • La producción de dichos materiales de difusión, deberá contribuir a la formación de opiniones favorables mediante la difusión de los beneficios que traerá para la región, adaptando la misma a los países integrantes que así lo soliciten.

  • Cada material de difusión deberá motivar a las comunidades para que se interesen y acepten el proyecto.

    Impacto esperado para el Sur-Sureste: Se pretende a través de las campañas de difusión, informar a la sociedad acerca de los avances en las tareas, para consolidar el principal objetivo, que es: Contar con la participación de los diferentes actores ciudadanos en los proyectos promovidos y con base en ello conformar el Consejo Consultivo Ciudadano del PPP.

    Costo: USD $107,448.60.

    15. Simposio Internacional sobre Evaluación y Planificación de la inversión Pública

    Objetivo: Cooperar, junto a instancias como el Fideicomiso para el Desarrollo de la Región Sur-Sureste, el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Centro para la Preparación y Evaluación de Proyectos, el Centro de Investigación y Docencia Económicas, el Banco Interamericano de Desarrollo; en la creación de un espacio de discusión y propuestas técnicas entre representantes de los niveles de gobierno Federal, Estatal y Municipal, en materia de Planificación y Evaluación de las Inversiones y sus diferentes implicaciones en la administración pública; en el contexto de una gestión pública eficiente y de mayor efectividad hacia la población.

    Alcances: Inserción permanente, en las mesas de discusión de los temas de administración pública, del tema de la evaluación de proyectos, logrando en el mediano plazo una mayor utilización de sus técnicas e instrumentos en los tres órdenes de la administración pública de México.

    Impacto Esperado para el Sur-Sureste: Con la realización del Simposio se lograron los siguientes impactos que beneficiarán a la región:

  • Se intercambiaron experiencias en materia del manejo eficiente de los recursos y la mayor efectividad de las políticas públicas en materia de planificación y evaluación de proyectos de inversión.

  • Se dieron a conocer las mejores prácticas e innovaciones tecnológicas de los gobiernos federal, estatal y municipal en materia de sistemas de información para la gestión de la inversión pública.

  • Se analizaron en mesas temáticas de trabajo aquellos elementos críticos del proceso: planeación-programación-presupuestación-inversión-evaluación y control del gasto de inversión pública, así como de la gestión de la inversión pública (sistemas de inversión pública, bancos de proyectos y transparencia de la información, formulación y evaluación de proyectos -criterios para su análisis e integración de carteras de inversión, normatividad e institucionalización, etc.).

  • Se sentaron las bases para promover el trabajo de los Gobiernos Estatales para mejorar, o en su caso establecer, sistemas de inversión que tengan como objetivo la optimización del uso de los recursos públicos.

    Costo: Monto co-financiado: USD $2,190.

    IV. Conclusiones

    Es importante mencionar que el manejo administrativo que implica la operación de la CGPPP, así como el que le corresponde a las demás dependencias del Ejecutivo, responsables de la ejecución de proyectos enmarcados en el PPP, se conduce en estricto apego a las disposiciones legales vigentes que norman la transparencia de la Administración Pública Federal, disposiciones que han sido avaladas por el H. Congreso de la Unión y que se reflejan en una rendición de cuentas clara y precisa, que garantiza el correcto uso de los recursos públicos.

    La acción del PPP que resulta de las gestiones de coordinación con los distintos actores del gobierno mexicano -Federal y estatales -, de los gobiernos centroamericanos, y de los organismos internacionales de asistencia técnica y financiera que operan en la región, responden a la misión puntual de contribuir al desarrollo de Mesoamérica y ratifican la encomienda de los mandatarios mesoamericanos de proveer a la región de herramientas que permitan lograr su inserción exitosa en la economía global, procurando la generación de condiciones que aseguren el desarrollo y bienestar de su población.

    Por un lado, los contrastes en los niveles de desarrollo, y por otro, las afinidades culturales, sociológicas, económicas y ambientales de las naciones mesoamericanas, urgen a la región a mantenerse unida y a estrechar sus lazos de cooperación para transformar las oportunidades que la globalización ofrece para potenciar el desarrollo económico, a través de procesos, programas y proyectos que contribuyan puntualmente a mejorar el nivel de vida de sus pobladores.

    En esta tarea, la contribución de todos los órdenes del gobierno, incluido el Poder Legislativo, juegan un papel medular para dar solidez a las propuestas que emanan de las acciones de coordinación y facilitación que realiza la CGPPP y los distintos grupos de trabajo y mecanismos institucionales.

    Destaca el papel que juega el Poder Legislativo en su compromiso de avanzar en las agendas de desarrollo para el Sur-Sureste y de la región mesoamericana en su conjunto, que queda de manifiesto con las importantes asignaciones de recursos, aunque aún insuficientes, que cada año se destinan a la región. Confiamos que el Poder Legislativo continuará apoyando los beneficios directos al Sur-Sureste del país, mediante el diseño y promoción de políticas públicas efectivas y el impulso de iniciativas de ley, que refuercen el efecto de una adecuada provisión de recursos, para incidir directamente en el logro de los objetivos de desarrollo sostenible, socialmente incluyente, ambientalmente sustentable y territorialmente ordenado que requiere y demanda la región.

    Enero 2006.»

    Notas:

    1. Esta referencia abreviada del proyecto registrado por PNUD corresponde al ``Proyecto de Asistencia Técnica para la Preparación e Instrumentación de las Líneas Estratégicas de Actuación en la Región Mesoamericana, en el marco del Plan Puebla Panamá (PPP)''

    2 Entre los organismos que originalmente se sumaron como parte de estas instancias, se incluye al Banco Interamericano de Desarrollo - BID, el Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIE, la Corporación Andina de Fomento - CAF, la Comisión Económica para América Latina -CEPAL, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD y los órganos del Sistema de la Integración Centroamericana -SICA.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    PROTOCOLO DE KYOTO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-4-1848, signado el 8 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, original del similar número DCP.- 0461/06, suscrito el 6 del actual por el C. Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo al Protocolo de Kyoto.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 9 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    «Lic. Dionisio Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicito su intervención para hacerle llegar la respuesta adjunta a la Presidenta de la Cámara de Diputados, diputada Marcela González Salas y Petricioli, sobre el punto de acuerdo aprobado en sesión ordinaria del 8 de diciembre de 2005, en el que señala:

    ``Primero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, se exhorte a los países que faltan de suscribir o ratificar el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, a llevarlo a cabo a la brevedad posible. Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión resuelve en el marco de la diplomacia parlamentaria que, como uno de los temas por abordar en las agendas de las reuniones interparlamentarias que celebre México con los países que no hayan suscrito el Protocolo de Kyoto, se proponga como uno de los temas el del cambio climático.''Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 6 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general de Coordinación Política.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hago referencia al punto de acuerdo, aprobado en sesión ordinaria del 8 de diciembre de 2005, en el que señala:

    ``Primero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, se exhorte a los países que faltan de suscribir o ratificar el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, a llevarlo a cabo a la brevedad posible. Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión resuelve en el marco de la diplomacia parlamentaria que, como uno de los temas por abordar en las agendas de las reuniones interparlamentarias que celebre México con los países que no hayan suscrito el Protocolo de Kyoto, se proponga como uno de los temas el del cambio climático''.

    Al respecto, le informo:

    El punto de acuerdo coincide con la posición que la Delegación Mexicana sostuvo durante la undécima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 11) y la primera Conferencia de las Partes en Calidad de Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (COP-MOP 1) celebradas en Montreal, Canadá, del 28 de noviembre al 9 de diciembre pasados.

    En este sentido, el ingeniero José Luis Luege Tamargo, secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y jefe de la delegación mexicana, intervino ante el Plenario de la COP 11/COP-MOP 1 el miércoles 7 de diciembre, señalando en el primer párrafo de su discurso: ``Llegamos con un gran entusiasmo celebrando la primera Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto y hacemos un respetuoso llamado a que los países que no han ratificado este importante instrumento lo hagan cuanto antes''.

    Atentamente

    Tlatelolco, DF, a 6 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general de Coordinación Política.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    MIGRANTES MEXICANOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-3-1832, signado el 25 de octubre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número SGG 109/2006, suscrito el 15 de febrero del año en curso por el licenciado Fernando Rodríguez Moreno, secretario general de Gobierno del estado de Chihuahua, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo a la seguridad de los connacionales que retornan a México en periodos vacacionales.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 9 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

    Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Con relación a su oficio identificado como SEL/300/- 5830/05, que fuera dirigido al licenciado José Reyes Baeza Terrazas, gobernador constitucional del estado de Chihuahua, a través del cual comunica el punto de acuerdo dictaminado por la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en el que se exhorta al secretario de Gobernación para que, en coordinación con las dependencias estatales y municipales competentes, garantice la seguridad de los connacionales que retornan a México, particularmente en los periodos vacacionales, me permito referirle los siguientes comentarios.

    Ciertamente, la presente administración estatal reconoce la importancia que tienen la protección y el trato digno de los migrantes mexicanos que ingresan y transitan específicamente en esta entidad federativa; lo anterior, mediante actividades tendentes a difundir sus derechos y obligaciones, así como a capacitar y sensibilizar a los servidores públicos y a la sociedad en general.

    En este orden de ideas, fue implantado el programa Bienvenido, Paisano, por lo que, de acuerdo con la información proporcionada por las Secretarías de Seguridad Pública, y de Desarrollo Comercial y Turístico, las acciones más relevantes efectuadas durante el pasado periodo vacacional las constituyen las que enseguida se mencionan.

    La realización del programa Viaja Seguro con Cipol, para el cual fue elaborado un convenio interinstitucional de colaboración con la Secretaría de Finanzas, la Policía Federal Preventiva, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Coordinación de los Ángeles Verdes, consistente en la instalación de módulos de atención ciudadana para el auxilio en las carreteras y la recepción de denuncias anónimas, iniciando el 1 de diciembre del año retropróximo.

    Asimismo, se instalaron cinco botoneras de emergencias sobre la carretera 45 de Chihuahua a Ciudad Juárez, en los kilómetros 60, 120, 180, 280 y 310, cual es tramo federal, mismas que sirven para establecer una comunicación de voz bidireccional hacia el servicio de emergencias estatal 066.

    De la misma manera, se efectuaron visitas de promoción a Estados Unidos, específicamente a las ciudades de Chicago, Illinois y Dallas, Texas, junto con el comisionado del Instituto Nacional de Migración, el administrador central de Aduanas, el director general de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Directora General de Telecom-Telégrafos.

    Existió presencia en Ciudad Juárez, en los puentes internacionales (Córdova, Reforma y Zaragoza), garita del kilómetro 30, cruce Santa Teresa, central camionera y aeropuerto; en Ojinaga en el puente internacional; y en Puerto Palomas en el cruce internacional.

    Del 1 de diciembre de 2005 al 15 de enero de 2006 se brindó servicio de 24 horas en el Centro de Información Turística y en la garita del kilómetro 30.

    También cabe destacar que en el precitado kilómetro fueron instalados diversos servicios médicos.

    Además, se brindaron cursos de capacitación y sensibilización a los servidores públicos de Aduana, Migración, Banjército, Tránsito, Seguridad Pública Municipal y la Policía Federal Preventiva, los días 22 y 23 de noviembre de 2005.

    Acciones, las anteriores, con las cuales se reafirma el compromiso de velar porque los connacionales que retornan a territorio nacional sean tratados de manera legal, y en respeto total de sus derechos fundamentales, inhibiendo actos de corrupción o abusos que pudieran ser cometidos en su contra.

    Sin otro particular de momento, aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Chihuahua, Chih., a 15 de febrero de 2006.--- Lic. Fernando Rodríguez Moreno (rúbrica), secretario general de Gobierno.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    ADUANAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L.59-II-0-2820, signado el 8 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número 326-SAT-VI-09372, suscrito el 7 del actual por el licenciado Mauricio Mireles Poulat, administrador central de Planeación Aduanera del Servicio de Administración Tributaria, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a nulificar y a desistirse del proyecto internacional de comercio para establecer una aduana mexicana en Kansas City, Estados Unidos.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente

    México, DF, 10 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Hago referencia a su oficio número SEL/300/7235/05, de fecha 12 de diciembre de 2005, a través del que informa que los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión han comunicado a esa dependencia el punto de acuerdo, aprobado en sesión del 8 de diciembre del 2005, que a continuación se transcribe:

    ``Único.- Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público nulifique y se desista del proyecto internacional de comercio para establecer una aduana mexicana en Kansas City, Estados Unidos.''

    Al respecto, a continuación me permito hacer de su conocimiento las siguientes consideraciones:

    1. Que el proyecto para establecer una aduana mexicana en la ciudad de Kansas City obedece a la propuesta generada por KCSmartPort, dependencia interestatal de esa ciudad.

    2. Después de la petición se llevó a cabo una visita de campo de la que se concluyó que esa ciudad representa un punto estratégico de comercio, ya que está situada en el centro de EUA y es parte del corredor a Canadá.

    3. Se precisa que KCSmartPort es un organismo interestatal, y no privado, cuya labor es promover y fomentar la economía de los estados de Missouri y Kansas.

    4. Que el proyecto de la apertura de una aduana mexicana es únicamente para operaciones de importación, y que en su primera fase únicamente prestará el servicio a empresas certificadas.

    5. El Proyecto no supone actividades de exportación, por lo que ningún despacho se llevará a cabo en alguna aduana del país.

    6. La fecha exacta para la apertura de la aduana aún no se determina puesto que el proyecto ejecutivo se encuentra aún en sus primeras fases.

    7. El costo del proyecto será financiado en su totalidad por KCSmartPort.

    8. De acuerdo con un estudio de volumen de carga elaborado por KCSmartPort, se proyecta que esta Aduana tendrá un flujo diario de 100 camiones provenientes de la ciudad de Kansas City y que se dirigirán, exclusivamente, a la aduana de Nuevo Laredo, por lo que de ninguna manera se pone en riesgo la viabilidad de los recintos fiscalizados ni de los estratégicos, y mucho menos la creación de empleos directos e indirectos dentro del territorio nacional.

    9. En cuanto al personal involucrado tanto en el procedimiento para el despacho aduanero como en el de importación; el proyecto contempla la participación del mismo número de personas que hasta la fecha se encargan de tales procedimientos, tales como transportistas, transfers, agentes aduanales, etcétera.

    10. En su primera etapa el proyecto únicamente contempla la utilización de camiones de carga como medio de transporte de mercancías y no el ferroviario.

    11. Que él proyecto contempla, que no se violente ninguna Ley y que se respetan todas las normas y reglamentos que establece tanto la Ley Aduanera como la Ley de Comercio Exterior y nuestra Constitución Política:

    Sin otro particular por el momento y en espera de que esta información le sea de utilidad, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente

    México, DF, a 7 de marzo de 2006.--- Lic. Mauricio Mireles Poulat (rúbrica), Administrador Central.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    ACCIDENTES DE TRANSITO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-3-1997, suscrito el 8 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Ma. Sara Rocha Medina, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes, original del similar número DPL- 2879 LVII, signado el 2 de febrero pasado por el maestro Gabriel Gallo Álvarez, secretario general del H. Congreso del estado de Jalisco, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos estatales a impulsar las reformas legales para solucionar los graves problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente

    México, DF, a 10 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno de Jalisco.--- Poder Legislativo.--- Secretaría del Congreso.

    C. Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

    Enviándole un atento saludo, hago de su conocimiento que esta Quincuagésima Séptima Legislatura del honorable Congreso del estado de Jalisco, en sesión verificada en esta fecha, aprobó el acuerdo legislativo número 1404/06, del que le adjunto copia, en el que, en respuesta al punto de acuerdo aprobado en su sesión de fecha 8 de diciembre de 2005, se informa del trabajo legislativo realizado en la materia, mismos que se detallan en el acuerdo legislativo en comento.

    Por instrucciones de la directiva de esta soberanía, hago de su conocimiento lo anterior para los efectos legales procedentes.

    Sin otro particular, propicia hago la ocasión, para reiterarle las seguridades de mi consideración y respeto.

    Atentamente

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Guadalajara, Jalisco, a 2 de febrero de 2006.--- Mtro. Gabriel Gallo Álvarez (rúbrica), secretario general del Congreso del Estado.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno de Jalisco.--- Poder Legislativo.--- Secretaría del Congreso.

    CC. Diputados del H. Congreso del Estado.--- Presente.

    Los suscritos, diputados integrantes de la Comisión de Vialidad, Transporte y Comunicaciones de esta Quincuagésima Séptima Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, fracción I, y 35 de la Constitución Política del estado de Jalisco y 147, fracción I, y 150, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la entidad, hacemos uso de esta tribuna con el objeto de someter a la elevada consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa de acuerdo legislativo, lo anterior de conformidad con las siguientes:

    Consideraciones

    1. Que el pasado día 6 de febrero fue turnado a la Comisión de Vialidad, Transporte y Comunicaciones, por acuerdo de la Asamblea de este H. Congreso el oficio SEL/300/7332/ 05 de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría General de Gobierno con relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en sesión del 8 de diciembre de 2005, mismo que señala en su punto segundo: ``Se exhorta a los gobiernos y Congresos estatales, del Distrito Federal y a los municipios a impulsar las reformas legales pertinentes para solucionar los graves problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito, así como a formular, planear y ejecutar los programas y acciones en materia de seguridad vial''.

    2. Que las cuestiones relacionadas con los problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito han sido parte de la agenda de trabajo de la Comisión de Vialidad, Transporte y Comunicaciones de esta LVII Legislatura. Lo anterior queda de manifiesto si tenemos en cuenta que de las medidas de protección tendientes a disminuir la ocurrencia y el impacto de los accidentes de tránsito, establecidas en el acuerdo del Consejo de Salubridad General publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de noviembre de 2003, han sido ya cubiertas la totalidad con las reformas aprobadas en esta Legislatura. Tales medidas son:

    a) El uso del cinturón de seguridad a todos los ocupantes de automóviles de uso público o privado (aprobado en 1999);

    b) El uso de sillas portainfantes (aprobado en la presente Legislatura);

    c) La ubicación de menores en el asiento posterior del vehículo (aprobado en la presente Legislatura);

    d) El uso de casco protector para los ocupantes de motocicletas de uso público o privado (aprobado en 1999);

    e) Prohibir que los conductores de vehículos automotores conduzcan bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes u otras substancias tóxicas (aprobado en la presente Legislatura endurecer las sanciones), y

    f) Prohibir el uso de dispositivos de comunicación móvil, tales como radios, teléfonos y otros, que disminuyen la habilidad y capacidad de reacción al conductor de un vehículo, impidiendo la máxima seguridad en la conducción de vehículos automotores (aprobado en la presente Legislatura).

    Adicionalmente se han aprobado las siguientes medidas:

  • Sanción de diez días de salario mínimo a los conductores que no cedan el paso a vehículos de emergencia y/o que circulen inmediatamente detrás de ellos.

  • Obligación de los conductores del transporte público de contar con licencia expedida en el estado de Jalisco.

  • Sanción de tres días de salario mínimo a quien conduzca usando aparatos de comunicación móvil sin aditamentos para manos libres y de dos días de salario mínimo a quien transporte menores de tres años en el asiento delantero sin asiento portainfantes.

  • Sanción de un día de salario mínimo a quien arroje basura desde un vehículo o deposite en la vía pública materiales u objetos que entorpezcan las condiciones apropiadas para circular, detener y estacionar vehículos.

  • Sanción de tres días de salario mínimo a quienes se estacionen en zonas restringidas con el señalamiento correspondiente o con línea amarilla.

  • Sancionar a los conductores de motocicletas de menos de 250cc que no circulen por la extrema derecha.

  • Sanciones a los automovilistas que no cumplen con el programa de afinación controlada.

    El trabajo legislativo que la LVII Legislatura del H. Congreso del estado de Jalisco ha venido realizando con la finalidad de solucionar los problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito se presentan en la siguiente tabla:

    Tema: Sanción de 10 días de salario mínimo a los conductores que no cedan el paso a vehículos de emergencia y/o circulen inmediatamente detrás de ellos.

    Situación: Aprobada; decreto 20,522; modifica los artículos 69, fracciones V y VII, y 167.

    Tema: Obligación de los conductores del transporte público para que tengan licencia expedida en el Estado de Jalisco.

    Situación: Aprobada; decreto 20,515, crea el artículo 58 Bis y modifica el 172, fracción III.

    Tema: Sanción de 3 días de salario mínimo a quien conduzca usando aparatos de comunicación móvil sin aditamentos para manos libres, y de 2 días de salario mínimo a quien transporte menores de tres años en el asiento delantero y sin asiento portainfante.

    Situación: Aprobada; decreto 20,569.

    Tema: Sanción de 1 día de salario mínimo a quien arroje basura desde un vehículo o deposite en la vía pública materiales u objetos que entorpezcan las condiciones apropiadas para circular, detener y estacionar vehículos.

    Situación: Aprobada; decreto 20,570.

    Tema: Sanción de 3 días de salario mínimo a quienes se estacionan en zonas restringidas con el señalamiento correspondiente o con una raya amarilla pintada en el machuelo o cordón.

    Situación: Aprobada; decreto 20,571.

    Tema: Para mejorar los señalamientos y preferencias en glorietas y atenuar los problemas en avenidas de doble sentido en la ZMG.

    Situación: Las reformas no fueron aprobadas, pero se enviaron diversas solicitudes al Ejecutivo del estado.

    Tema: Diversas propuestas con la finalidad de inhibir a conductores en estado de ebriedad o bajo influjo de estupefacientes.

    Situación: Aprobada, decreto 21,206. Adiciona los artículo 19 Bis y 168 Bis, reforma el artículo 170, párrafo tercero, y deroga la fracción II del artículo 167 de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte; y reforma el artículo 122 del Código Penal y se reforma el artículo 125.

    Tema: Para hacer más amable el uso de transporte público a personas con capacidades diferentes.

    Situación: En estudio.

    Tema: Para sancionar a los conductores de motocicletas de menos de 250cc que no circulen por la extrema derecha.

    Situación: Aprobada; decreto 20,911.

    Tema: Sanciones a los automovilistas que no cumplen con el programa de afinación controlada.

    Situación: Aprobada en comisiones; pendiente de aprobarse por la asamblea.

    Tema: Dotar de mejor infraestructura peatonal los alrededores del ingreso a la línea 1 del tren eléctrico urbano.

    Situación: Aprobada con modificaciones.

    Tema: Esta iniciativa aspira a ser el paso inicial hacia ese nuevo modelo de movilidad que tiene como centro al peatón y como eje principal el trasporte público. En ella se propone fortalecer los organismos que regulan, operan y planean el servicio de transporte público y la movilidad urbana, así como los organismos de consulta y participación ciudadana a través de:
  • La creación de un organismo público descentralizado del Ejecutivo denominado Instituto de Planeación y Operación del Transporte Público en el Estado (IPOT), que tendrá las funciones asignadas actualmente al Centro Estatal de la Vialidad y el Transporte y al Organismo Coordinador de la Operación Integral del Transporte Público y algunas adicionales; y

  • La reactivación el Consejo Consultivo de Vialidad, Tránsito y Transporte.

    Con ello se busca contribuir a la toma de decisiones con mayor sustento, que sea fuente de una nueva visión que aporte el punto de vista científico y tecnológico, con opiniones fundadas en parámetros menos politizados y de mayor alcance.Situación: En estudio.

    3. Si bien los avances en esta materia son claros, también es cierto que tenemos reformas pendientes, mismas en las que continuaremos trabajando con la finalidad de dar mayor consistencia a los esfuerzos en este sentido.

    Así, de lo precedentemente considerado y fundamentado, someto a la elevada consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de dictamen de

    Acuerdo Legislativo

    Primero.- Gírese atento y respetuosos oficio al titular de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría General de Gobierno, licenciado Dionisio A. Meade y García de León, en respuesta al oficio SEL/300/7332/05 de fecha 12 de diciembre de 2005, anexándole el cuerpo del presente acuerdo, en el que se detalla el trabajo legislativo que la LVII Legislatura del H. Congreso del Estado de Jalisco ha venido realizando con la finalidad de solucionar los problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito, haciendo patente que entre las reformas aprobadas durante esta Legislatura se encuentran cuatro que permitieron completar las seis políticas sanitarias que menciona el acuerdo del Consejo de Salubridad General, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2003. Asimismo, para manifestar el compromiso de esta LVII Legislatura de continuar trabajando en las reformas relacionadas con este tema.

    Segundo.- Gírese atento y respetuosos oficio a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en respuesta al punto de acuerdo aprobado en su sesión de fecha 8 de diciembre de 2005, anexándole el cuerpo del presente acuerdo en el que se detalla el trabajo legislativo que la LVII Legislatura del H. Congreso del estado de Jalisco ha venido realizando con la finalidad de solucionar los problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito, haciendo patente que entre las reformas aprobadas durante esta Legislatura se encuentran cuatro que permitieron completar las seis políticas sanitarias que menciona el acuerdo del Consejo de Salubridad General, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2003. Asimismo para manifestar el compromiso de esta LVII Legislatura de continuar trabajando en las reformas relacionadas con este tema.

    Atentamente

    Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado.--- Guadalajara, Jalisco, a 15 de febrero de 2006.--- La Comisión de Vialidad, Transporte y Comunicaciones de la LVII Legislatura del estado de Jalisco; Dip. Juvenal Esparza Vázquez (rúbrica). Presidente; Dip. José María García Arteaga (rúbrica), Vocal; Dip. Fabián Fernando Montes Sánchez (rúbrica), Vocal; Dip. Hortensia María Luisa Noroña Quezada (rúbrica), Vocal; Dip. Ricardo Ríos Bojorquez (rúbrica), Vocal.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    HOTEL MARIA ISABEL SHERATON

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-3157, signado el 9 de febrero del año en curso por los diputados Marcela González Salas y Petricioli y Marcos Morales Torres, Presidenta y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, el oficio original número DCP.- 0481/06, suscrito el 6 del actual por el ciudadano Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo a la aplicación de cualquier ley extranjera en territorio nacional.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 10 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hago referencia al punto de acuerdo, aprobado en sesión ordinaria del 9 de febrero de 2006, en el que señala:

    ``Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a que, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se envíe una nota diplomática al Gobierno de Estados Unidos manifestando el rechazo absoluto del pueblo de México a la aplicación de cualquier ley extranjera en territorio nacional. Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que imponga a la sociedad franquicitaria del hotel Sheraton María Isabel en el Distrito Federal las sanciones que marque la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional; a la Secretaría de Turismo, a que investigue las posibles violaciones de la Ley Federal de Turismo; a la Procuraduría Federal del Consumidor, a que aplique el artículo 128 Bis, en relación con el artículo 128 Ter, fracciones I y III; al Gobierno del Distrito Federal, a aplicar las sanciones que marque la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal; y al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a llevar a cabo de acuerdo con sus facultades las acciones conducentes a prevenir y erradicar en lo sucesivo casos similares de discriminación, coordinándose para este fin con las distintas autoridades federales.''

    Al respecto, le informo:

    1. Como autoridad competente para velar por la protección de México en contra de la aplicación extraterritorial de leyes extranjeras, la Secretaría de Relaciones Exteriores se encuentra ejerciendo plenamente las facultades que le otorga la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 1996.

    2. Como es de su conocimiento, la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional sanciona actos que afecten el comercio o la inversión cuando tales actos sean consecuencia de los efectos extraterritoriales de leyes extranjeras. El rechazo a la aplicación de leyes extranjeras en México y su sanción a la ley mexicana se ha hecho del conocimiento del Departamento de Estado de Estados Unidos de América.

    3. El 7 de febrero de 2006, esta Secretaría inició el procedimiento administrativo previsto en el artículo 9 de la citada ley, mediante entrega de citatorio al representante legal de la empresa Hoteles Sheraton, SA de CV, para que reciba la notificación del procedimiento iniciado en su contra.

    4. El 8 de febrero, personal de la Secretaría entregó la notificación a la empresa infractora, conforme a lo previsto en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

    5. Actualmente, se encuentra corriendo el término de 15 días naturales concedido a la empresa infractora para que, conforme al artículo 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, exponga lo que a su derecho convenga.

    Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 6 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    Lic. Dionisio Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicito su intervención para hacer llegar la respuesta adjunta a la Presidenta de la Cámara de Diputados, diputada Marcela González Salas y Petricioli, sobre el punto de acuerdo, aprobado en sesión ordinaria del 9 de febrero de 2006, en el que señala:

    ``Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a que, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se envíe una nota diplomática al Gobierno de Estados Unidos manifestando el rechazo absoluto del pueblo de México a la aplicación de cualquier ley extranjera en territorio nacional. Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que imponga a la sociedad franquicitaria del hotel Sheraton María Isabel en el Distrito Federal las sanciones que marque la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional; a la Secretaría de Turismo, a que investigue las posibles violaciones de la Ley Federal de Turismo; a la Procuraduría Federal del Consumidor, a que aplique el artículo 128 Bis, en relación con el artículo 128 Ter, fracciones I y III; al Gobierno del Distrito Federal, a aplicar las sanciones que marque la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal; y al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a llevar a cabo de acuerdo con sus facultades las acciones conducentes a prevenir y erradicar en lo sucesivo casos similares de discriminación, coordinándose para este fin con las distintas autoridades federales.''Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 6 de marzo de 2006.---Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    HOTEL MARIA ISABEL SHERATON

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-3157, signado el 9 de febrero del año en curso por los CC. diputados Marcela González Salas y Petricioli, y Marcos Morales Torres, Presidenta y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número CONAPRED PC 105/2006, suscrito el 10 del actual, por el C. Gilberto Rincón Gallardo y Meltis, Presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el se exhorta a ese organismo a llevar a cabo las acciones conducentes para prevenir y erradicar la discriminación en casos similares al ocurrido en el hotel Sheraton María Isabel del Distrito Federal.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo.--- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.--- Presidencia.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- México, DF.

    Distinguido subsecretario:

    Me refiero a su oficio SEL/300/811/06 del 10 de febrero de 2006, mediante el cual informa a este Consejo Nacional sobre el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del H, Congreso de la Unión, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal para que lleve a cabo una investigación exhaustiva con relación a los hechos acontecidos en el hotel Sheraton María Isabel, y que se apliquen nuestras leyes, además de llevar a cabo las medidas diplomáticas adecuadas para evitar que este tipo de sucesos se repitan.

    Al respecto, le informo que el 7 de febrero de 2006, este Consejo --de conformidad con lo establecido por el artículo 46 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación-- inició una queja de oficio contra el hotel Sheraton María Isabel por presuntos actos de discriminación cometidos en agravio de ciudadanos cubanos debido a su origen nacional, a la que se asignó el expediente que se cita al rubro. En esa misma fecha, se emitieron oficios a los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Turismo, a las Procuradurías General de la República y Federal del Consumidor, así como a la titular de la delegación del Gobierno del Distrito Federal en Cuauhtémoc, a fin de que, en el marco de sus atribuciones, investigaran los presuntos actos de discriminación y realizaran las acciones que legalmente procedieran. Así entonces, se solicitó:

    a) Dentro de las atribuciones que a la Secretaría de Relaciones Exteriores le confiere la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional, se inicie el procedimiento que corresponda.

    b) En la Secretaría de Turismo se analice la radicación del procedimiento administrativo correspondiente, en virtud de que se presume la violación del artículo 32, segundo párrafo, entre otros, de la Ley Federal de Turismo.

    c) Personal de la Procuraduría General de la República investigue y determine si los hechos motivo de la queja que atiende este Consejo pueden constituir el delito de privación ilegal de la libertad y otras garantías, de acuerdo con el artículo 364, fracción segunda, del Código Penal Federal.

    d) En la Procuraduría Federal del Consumidor resuelva la radicación del procedimiento correspondiente, en virtud de que se presume la violación del artículo 58, entre otros, de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

    e) La jefa de la delegación en Cuauhtémoc instruya, de ser procedente, la radicación del procedimiento administrativo correspondiente, en virtud de que se presume la violación a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, en específico el artículo 9, fracción X.

    Cabe aclarar que en todos los casos relacionados en los numerales anteriores, se solicitó que se informara a este Consejo sobre las gestiones que, en su caso, se realicen.

    Al día siguiente (febrero 8, 2006), personal de este Consejo notificó al representante legal y/o gerente general del referido hotel de la queja iniciada por este organismo y se le invitó a un procedimiento conciliatorio entre particulares de conformidad con los artículos 4, párrafo primero, 9, fracciones XXII, XXVII y XXIX, 17, fracción II, 20, fracciones IX y XII, 46 y 80 de la Ley Federal para, Prevenir y Eliminar la Discriminación, y 4 párrafos primero y segundo, y 23, fracciones I, III, IV y V, del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

    El 9 de febrero del presente año, personal del hotel Sheraton María Isabel manifestó su intención de someterse al referido procedimiento conciliatorio, por lo que el 8 de marzo del presente año se celebrará la audiencia principal de conciliación y se continuará así con la debida integración del expediente.

    Le envío un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 10 de marzo de 2006.--- Gilberto Rincón Gallardo y Meltis (rúbrica), Presidente.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    DISCAPACITADOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-4-1811, suscrito el 29 de noviembre de 2005, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número SGG-149/2006, signado el 28 de febrero pasado por el licenciado Fernando Rodríguez Moreno, secretario general de Gobierno del estado de Chihuahua, así como los anexos que en él se mencionan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos locales con concesión de autopistas federales a formular un programa de accesibilidad para establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paradores de la red carretera nacional.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica). subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

    C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Por instrucciones del gobernador constitucional del estado, licenciado José Reyes Baeza Terrazas, hago mención a su oficio número SEL/300/6668/05, por medio del cual hace del conocimiento del Ejecutivo estatal el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión relativo a la posibilidad de implementar un programa de accesibilidad que tenga por objeto establecer rampas y sanitarios especiales para personas con discapacidad en los paradores de la red carretera nacional, concretamente en las autopistas federales concesionadas al gobierno del estado, permitiéndome para ello referirle los siguientes comentarios.

    La presente administración estatal tiene entre sus objetivos prioritarios igualar condiciones para que todos los habitantes puedan participar en la vida común, mediante programas, recursos, políticas y acciones encaminados a atemperar las desigualdades que cierto grupo de personas puedan presentar para que, lejos de representar para ellas una desventaja, se convierta en una mejor oportunidad de integración y desarrollo en el grupo social, pero siempre en un total marco de respeto, equidad y absoluto reconocimiento de sus derechos.

    Por ello se han venido realizando adecuaciones que permitan la conservación y el mejoramiento de la infraestructura carretera en la entidad, no siendo los paradores de la red carretera nacional la excepción; esto, mediante el establecimiento de rampas y sanitarios especiales para personas con capacidades diferentes, así como cajones para estacionamiento y señalización, esfuerzo que me permito compartir mediante fotografías que lo avalan, las cuales se anexan al presente ocurso. Lo anterior, aunado a las distintas adecuaciones a la estructura de la administración pública centralizada, mediante la creación de la Coordinación General de Programas y Atención a Grupos Vulnerables, la cual depende de la Secretaría de Fomento Social.

    Por último, no me resta más que expresarle el compromiso y la voluntad del Poder Ejecutivo del estado para coadyuvar en la medida que lo permita el marco jurídico con todos los ámbitos y niveles de gobierno, a fin de lograr la consolidación y el pleno desenvolvimiento de tan especial grupo en la sociedad chihuahuense.

    Sin otro particular de momento, quedo de usted.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Chihuahua, Chih., a 28 de febrero de 2006.--- Lic. Fernando Rodríguez Moreno (rúbrica), secretario general de Gobierno.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    COLEGIO DE BACHILLERES - COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-3086, signado el 2 de febrero del año en curso por las diputadas Marcela González Salas y Petricioli, y Patricia Garduño Morales, Presidenta y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número 315-A-01076, suscrito el 24 del citado mes, por el C. Sergio Montaño Fernández, director general de Programación y Presupuesto ``A'' de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo a la aplicación de recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2005 al Programa Gradual de Nivelación Salarial, en los subsistemas de educación Colegio de Bachilleres y Colegio de Educación Científica y Tecnológica.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Se hace referencia a su atento oficio número SEL/300/624/ 06, mediante el cual remitió al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público el punto de acuerdo adoptado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en sesión del 2 de febrero del año en curso, en el que ``se exhorta a las Secretarías de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público, para que los recursos destinados en el decreto de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2005 a los subsistemas de educación Colegio de Bachilleres de 228 millones 974 mil 359 pesos (228'974,359.00) y Colegios de Educación Científica y Tecnológica de 12 millones 51 mil 282 pesos con 10 centavos (112'051,282.10) se apliquen para el Programa Gradual de Nivelación Salarial''.

    Sobre el particular, conforme a las obligaciones que confiere a esta Dirección General el artículo 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por instrucciones superiores, me permito comunicar a usted lo siguiente:

    1. Conforme a los artículos 1° y 2° de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público es responsable --entre otras facultades-- de normar, regular, llevar a cabo las tramitaciones, registros y ejercer el control del gasto público que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

    2. Los Colegios de Bachilleres Estatales y de Educación Científica y Tecnológica Estatales son organismos públicos descentralizados pertenecientes a los Sistemas de Educación de las entidades federativas.

    3. La Secretaría de Educación Pública, conforme a las facultades, atribuciones y obligaciones que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la propia Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como las disposiciones específicas en materia educativa, cuenta con un presupuesto aprobado anual de recursos, el cual considera apoyos para financiar compartidamente con las entidades federativas los servicios educativos estatales.

    4. No es facultad de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinar que los subsidios que la SEP otorga a los Colegios de Bachilleres estatales se apliquen a regularizar estructuras orgánicas, ocupacionales, plantillas de personal y/o nivelaciones salariales del personal bajo la adscripción jurídica de las entidades federativas.

    5. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública, en su carácter de ejecutor de gasto público, aplicar dichos subsidios conforme a las facultades que le otorga la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento; el propio Presupuesto de Egresos de la Federación en vigor; las disposiciones jurídico normativas en materia de financiamiento de la educación estatal y los convenios que dicha dependencia suscribe con las entidades federativas y los referidos organismos estatales de educación.

    6. Conforme al estado del ejercicio de la Secretaría de Educación Pública, se observa que los recursos fueron entregados en su totalidad por la referida dependencia, vía subsidios a las entidades federativas para los Colegios de Bachilleres Estatales y Colegios de Educación Científica y Tecnológica, así como transferencias a la entidad paraestatal federal Colegio de Bachilleres, con lo que se dio cumplimiento a la ministración de los recursos autorizados por la H. Cámara de Diputados, en términos de las atribuciones conferidas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Se informa lo anterior, para que se realice la comunicación respectiva a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y/o los efectos que esa Secretaría de Gobernación considere pertinentes.

    Manifiesto a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    México, DF, a 24 de febrero de 2006.--- Sergio Montaño Fernández (rúbrica), director general.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    PROTOCOLO DE KYOTO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio No, DGPL 59-II-5-2236, signado el 8 de diciembre de 2005, por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, original del similar número DCP.- 0499/06, suscrito el 7 del actual por el C. Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo relativo al Protocolo de Kyoto.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relcaciones Exteriores.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicito su intervención para hacerle llegar la respuesta adjunta a la Presidenta de la Cámara de Diputados, diputada Marcela González Salas y Petricioli, sobre el punto de acuerdo aprobado en sesión ordinaria del 8 de diciembre de 2005, en el que señala:

    ``Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, extiende su más cordial reconocimiento al Presidente Vladimir Putin y al Parlamento de la Federación Rusa por haber suscrito el Protocolo de Kyoto, lo cual representa su entrada en vigor. Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión respalda y reconoce la gestión de la Organización de las Naciones Unidas para la consecución de la suscripción y posterior aplicación del Protocolo de Kyoto, denotando su indiscutible compromiso con la protección del medio ambiente en el mundo.''Atentamente

    Tlatelolco, DF, a 7 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hago referencia al punto de acuerdo aprobado en sesión ordinaria del 8 de diciembre de 2005, en el que señala:

    ``Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, extiende su más cordial reconocimiento al Presidente Vladimir Putin y al Parlamento de la Federación Rusa por haber suscrito el Protocolo de Kyoto, lo cual representa su entrada en vigor. Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión respalda y reconoce la gestión de la Organización de las Naciones Unidas para la consecución de la suscripción y posterior aplicación del Protocolo de Kyoto, denotando su indiscutible compromiso con la protección del medio ambiente en el mundo.''

    Al respecto, le informo que:

    La Cancillería coincide con el punto de acuerdo citado, el cual reconoce el papel de la Federación Rusa y la Organización de las Naciones Unidas en la entrada en vigor y apropiada implementación, respectivamente, del Protocolo de Kyoto.

    Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 7 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    CERTIFICADO DE MATRICULA CONSULAR

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-2842, signado el 13 de diciembre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y María Sara Rocha Medina, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, copia del similar número SAJL/174/06, suscrito el 19 de enero último por el licenciado Salvador Hernández Mora, subsecretario de Asuntos Jurídicos y Legislativos del gobierno del estado de Michoacán, así como el anexo que en él se cita, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y a los distintos niveles de gobierno para que el certificado de matrícula consular de alta seguridad, o digital, sea aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno del estado de Michoacán de Ocampo.

    C. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Por instrucciones del ciudadano Lázaro Cárdenas Batel, gobernador constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, acuso recibo de su oficio número SEL/300/7411/05, de fecha 14 de diciembre de 2005, mediante el cual informa del punto de acuerdo aprobado en sesión de fecha 13 de diciembre de 2005 por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en cual se exhorta a los distintos niveles de gobierno para que el certificado de matrícula consular de alta seguridad, o digital, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, sea aceptado como identificación oficial en todo el territorio mexicano; al respecto, he de manifestarle que dicho certificado es reconocido como documento de identificación oficial en este Estado, por virtud de un acuerdo emitido por el Ejecutivo del estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado, tomo CXXXII, número 70, de fecha 16 de enero de 2004, del cual me permito anexar una copia.

    Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

    Atentamente.

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Morelia, Michoacán, a 19 de enero de 2006.--- Lic. Salvador Hernández Mora (rúbrica), subsecretario de Asuntos Jurídicos y Legislativos.»

    «Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo

    Fundado en 1867

    Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.

    Director: Arturo Hernández Tovar.

    Pino Suárez # 154, Centro Histórico, CP 58000 Segunda Sección Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84

    Tomo CXXXII Morelia, Mich., viernes 16 de enero del 2004 Núm. 70

    Acuerdo. Se reconoce como documento de identificación oficial al certificado de matrícula consular

    Poder Ejecutivo del Estado

    Lázaro Cárdenas Batel, gobernador constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 60, fracción XII, 65 y 66 de la Constitución Política del estado, y 3o. y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y

    Considerando

    Que la presente administración pública estatal, congruente con su compromiso con el respeto y la promoción de los derechos humanos, ha instrumentado determinados mecanismos para hacer valer plenamente la dignidad de los integrantes de las diversos sectores de la sociedad.

    Que los migrantes michoacanos han sido uno de esos grupos a los cuales el Ejecutivo de Michoacán ha prestado la atención que merecen y no ha escatimado esfuerzo alguno para que cuenten efectivamente con los derechos y las garantías que consagran los correspondientes ordenamientos constitucionales.

    Que es menester adoptar las medidas indispensables para que los migrantes michoacanos tengan las facilidades necesarias para realizar los trámites y procedimientos jurídicos ante las distintas oficinas de la administración pública estatal.

    Que en ese sentido y en aras de garantizar certeza y seguridad jurídicas, resulta necesario autorizar el uso del certificado de matrícula consular, emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, dependencia de la Administración Pública Federal, por conducto de sus respectivas representaciones consulares, a favor de los mexicanos en el extranjero, como constancia de identificación oficial ante las instancias correspondientes.

    Que dadas las nuevas características de alta seguridad del certificado de referencia, permiten respaldar su uso confiable;

    Que por lo expuesto, he tenido a bien dictar el siguiente

    Acuerdo

    Artículo Primero. Se reconoce como documento de identificación oficial el certificado de matrícula consular, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de sus representaciones consulares.

    Artículo Segundo. Las dependencias y las entidades de la administración pública del estado de Michoacán de Ocampo, en el ámbito de su respectiva competencia, aceptarán como documento de identificación oficial el certificado de matrícula consular para los trámites y procedimientos jurídicos correspondientes.

    Artículo Transitorio

    Único. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

    Atentamente

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Morelia, Michoacán de Ocampo, a 15 de enero de 2004.--- Lázaro Cárdenas Batel, gobernador constitucional del estado; L. Enrique Bautista Villegas, secretario de Gobierno (firmados).»

    «Ayuntamiento Constitucional de Morelia, Mich.

    El ciudadano profesor Wilfrido Lázaro Medina, secretario del honorable ayuntamiento constitucional de Morelia, Michoacán de Ocampo, que suscribe de conformidad con el artículo 53, fracción VIII, de la Ley Orgánica Municipal

    Certifica

    Que en sesión ordinaria de cabido de fecha 25 de noviembre de 2003, dentro del quinto punto del orden del día, se aprobó el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación, Trabajo, Seguridad Pública y Protección, respecto de la elección de encargados del orden, dentro de la cabecera municipal de Morelia.

    Se expide la presente para los fines legales a que haya lugar en ciudad de Morelia, Michoacán, a los 24 días del mes de diciembre de 2003 (firmado).»

    «Ciudadanos niembros del honorable ayuntamiento de Morelia.--- Presentes.

    El que suscribe, Fausto Vallejo Figueroa, presidente municipal del honorable ayuntamiento constitucional de Morelia, Michoacán, con fundamento en los artículos 72, inciso f) --por identidad jurídica--, y 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 113, 122 y 123, fracciones I y IV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; artículos 2o., 11, 14, fracción I, 32, inciso a), fracción XIII, 144, 147 y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; artículos 5o., 10, 29, 30, 48, 50, 54, 68, 69, 70, 71 y 72 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia; artículos 4o. y 40 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento de Morelia; 11 y 12 del Reglamento de Organización de la Administración Pública Municipal de Morelia, Michoacán, y demás disposiciones relativas y aplicables, me permito presentar a la consideración de ustedes iniciativa de reforma y adición del acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden, dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán, argumentando, sustentando y

    Considerando

    Que la satisfacción de los intereses colectivos por medio de la función administrativa que realiza este órgano de gobierno municipal, necesaria e imprescindiblemente debe ir encaminada a procurar el máximo beneficio sobre el mayor número de personas de esta municipalidad, sin perjuicio de que otras instancias realicen en el ejercicio de sus atribuciones los fines del Estado, como lo es el bien público temporal.

    Que la reforma del artículo 115 constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación de diciembre de 1999, y que entró en vigor en marzo de 2000, considerada a su vez la segunda gran reforma de dicho precepto constitucional por las facultades otorgadas a los ayuntamientos, sólo comparable con la anterior reforma realizada por el Presidente Miguel de la Madrid en 1983 y detonante de la vida municipal. Esta reforma de 1999 determina en la fracción II adicionada: ``Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las Legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal''.

    Que el Plan Municipal de Desarrollo 2002-2004 del H. ayuntamiento de Morelia, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de julio de 2002, en el rubro III. Proyecto de Gobierno, subtítulo 3. Políticas Estratégicas, establece: ``Estas políticas estratégicas orientarán la formulación de los programas y, en general, el trabajo de cada una de las dependencias y entidades de la administración municipal, siendo las siguientes... gobernar para todos, independientemente de tendencia política, religión, ideología, o cualquier otra particularidad; cumplir con oportunidad las responsabilidades, atribuciones y obligaciones municipales; conducir las acciones municipales con legalidad, transparencia y respeto de los derechos humanos''.

    Que, en ese sentido, el suscrito presidente municipal, asociado con el síndico y el secretario del H. ayuntamiento, tuvimos a bien emitir el acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 8 de septiembre de 2003; tiene por objeto establecer y precisar la forma de elección y atribuciones de los encargados del orden, dentro de la cabecera municipal de Morelia.

    Que, de igual forma, en los considerandos del acuerdo que ahora se propone modificar se precisa: ``Este ayuntamiento que me honro en presidir, al hacer un análisis de los preceptos jurídicos invocados de la Ley Orgánica Municipal, y del estudio de la figura del plebiscito, se pondera no viable la inclusión de este método democrático, en virtud del gasto que representaría al erario, realizar aproximadamente 400 elecciones mediante esquema, toda vez que el plebiscito, como consulta ciudadana, es dirigido básicamente a las tenencias fuera de la cabecera municipal...''

    Que por consenso de los integrantes del H. cabildo, se determinó incluir algunas cuestiones en el acuerdo de referencia, siendo pues a través de la presente reforma y adición que se pretende incluir la Comisión de Gobernación, Trabajo, Seguridad Pública y Protección Civil para que a través de la misma se dé el seguimiento correspondiente al proceso de elección de las autoridades auxiliares dentro de la cabecera municipal.

    Que por las razones, fundamentos, motivos, argumentos consideraciones y precisiones anteriormente expuestos, y con la finalidad de contribuir a actualizar y modernizar el marco legal que nos rige, sabedores de que nadie es poseedor de la verdad absoluta, presento y someto a la consideración de ustedes la presente iniciativa de reforma y adición de los artículos 2o., 9o. y 10 del acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán, a fin de que se apruebe en los términos propuestos. A saber:

    Honorable Ayuntamiento Constitucional

    de Morelia

    Lic. Fausto Vallejo Figueroa

    Presidente Municipal de Morelia, Michoacán

    A sus habitantes hacer saber:

    En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, el honorable ayuntamiento constitucional de Morelia, Michoacán, en sesión ordinaria de cabildo celebrada el día 25 de noviembre de 2003, ha tenido a bien aprobar la presente reforma y adición de los artículos 2o., 9o. y 10 del acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán.

    Acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán

    Texto actual

    Articulo 2o. Para los efectos del presente acuerdo, se entenderá por

    I. ...

    II. ...

    III. ...

    IV. ...

    V. ...

    VI. ...

    VII. ...

    Texto propuesta de adición

    Articulo 2o. Para los efectos del presente acuerdo, se entenderá por

    I. ...

    II. ...

    III. ...

    IV. ...

    V. ...

    VI. ...

    VII. ...

    VIII. Comisión. La Comisión de Gobernación, Trabajo, Seguridad Pública y Protección Civil del H. ayuntamiento de Morelia.

    Texto actual

    Articulo 9o. La elección de los encargados del orden y su suplente dentro de la cabecera municipal se realizará en asamblea general, en la que participarán todos los vecinos de la comunidad presentes, bajo el procedimiento del voto directo y abierto.

    Los ciudadanos vecinos de la comunidad correspondiente tendrán que presentar la credencial de elector vigente al momento de asistir a la asamblea para poder sufragar, expedida por el Instituto Federal Electoral, misma que acredite el carácter de vecinos de la comunidad.

    No se podrá ejercer el derecho al voto, de ninguna manera, sin la presentación de la credencial de elector vigente.

    Texto propuesta de adición

    Artículo 9o. La elección de los encargados del orden y su suplente dentro de la cabecera municipal se realizará en asamblea general, en la que participarán todos los vecinos de la comunidad presentes, bajo el procedimiento del voto directo y abierto.

    Los ciudadanos vecinos de la comunidad tendrán que presentar la credencial de elector vigente al momento de asistir a la asamblea para poder sufragar, expedida por el Instituto Federal Electoral, misma que acredite el carácter de vecinos de la comunidad.

    No se podrá ejercer el derecho al voto, de ninguna manera, sin la presentación de la credencial de elector vigente.

    La Comisión dará seguimiento a los procesos de elección a que alude el presente acuerdo. En circunstancias extraordinarias, se podrá autorizar el voto secreto.

    Texto actual

    Artículo 10. Para los efectos del artículo anterior, el ayuntamiento expedirá la convocatoria respectiva con un mínimo de 10 días naturales de anticipación a la fecha de la asamblea general.

    Texto propuesta de reforma

    Artículo 10. Para los efectos del artículo anterior, el síndico municipal del ayuntamiento expedirá la convocatoria respectiva con un mínimo de 10 días naturales de anticipación a la fecha de la asamblea general.

    Transitorios

    Único. La presente reforma y adición del acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, pasando a formar parte íntegra de aquél.

    Atentamente

    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Morelia, Mich., a 25 de noviembre de 2003.--- Lic. Fausto Vallejo Figueroa, Presidente Municipal (firmado); Lic. Francisco Bernal Macouzet, Síndico Municipal (firmado); Profr. Wilfrido Lázaro Medina, Secretario del Ayuntamiento (firmado).

    Regidores: PD José Manuel Flores Arreygue, Dr. José Luis Delgado Murillo, Lic. Ana Brasilia Espino Sandoval, Ing. Jorge Alfredo Molina Bazán, José Guadalupe Ramírez Gaytán, C. Martín Vega Moreno, C. María Auxilio Leticia López Vargas, Lic. Epifanio Garibay Arroyo, Lic. Ciro Jaimes Cienfuegos, Profra. Rosa Elia Portillo Ayala, MC Víctor Manuel Lagunas Ramírez, Lic. Armando Sánchez Murillo (firmados).

    Las firmas que aparecen corresponden a la sesión ordinaria de cabildo de fecha 25 de noviembre de 2003, del H. ayuntamiento de Morelia, donde se aprobaron las presentes reformas y adiciones del acuerdo que establece la forma de elección y las atribuciones de los encargados del orden dentro de la cabecera municipal de Morelia, Michoacán.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    JOSE MARIA AZNAR LOPEZ

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-3364, signado el 23 de febrero del año en curso por los diputados Marcela González Salas y Petricioli y Marcos Morales Torres, Presidenta y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes, copia del similar número 400/ 118 /2006, suscrito el 14 del actual por el C. Lauro López Sánchez, subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos de esta Secretaría, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal reconvenir al ciudadano español José María Aznar para que en las próximas visitas que realice a territorio mexicano se abstenga de inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 15 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    Lic. Dionisio A. Meade y García de León, subsecretario de Enlace Legislativo.--- Presente.

    Hago referencia al oficio número SEL/300/1300/06, mediante el cual hace del conocimiento el punto de acuerdo remitido por parte de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, referente a: ``Único.- Se Solicita al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación, informe, por los medios diplomáticos conducentes, al ciudadano español José María Aznar, el contenido del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo reconvenga por sus declaraciones de días pasados y le solicite que, en las próximas visitas que realice a territorio mexicano, se abstenga de inmiscuirse en los asuntos políticos del país''.

    Al respecto, me permito informarle que mediante oficio número 400/082/2006, dirigido al señor José María Aznar, del cual se adjunta copia, se le hizo del conocimiento lo establecido en nuestra Carta Magna relativo a que los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviar a usted un cordial saludo.

    Atentamente.

    México, DF, a 14 de marzo de 2006.--- Lauro López Sánchez (rúbrica), subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    Señor Don José María Aznar López.--- Presente.

    Distinguido señor Aznar:

    Enterado de su visita a nuestro país los días 19, 20 y 21 de febrero, y de su participación en diversos eventos, en alguno de los cuales hizo declaraciones respecto de temas de la política nacional y del proceso electoral en curso, en los siguientes términos:

    ``...ahora México tiene que elegir entre una garantía como es Felipe Calderón y como es el PAN y la incertidumbre, ahora tiene que elegir entre la estabilidad y la aventura, ahora tiene que elegir entre la seriedad política y la demagogia y yo espero que los mexicanos acierten y espero naturalmente que el Partido Acción Nacional se vuelque con todos sus candidatos, empezando por su candidato a presidente Felipe Calderón para darle a todos y para darnos a todos y especialmente para darle a México esa gran oportunidad'', me permito comunicarle lo siguiente:

    Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

    Por lo anterior, por este conducto se le reconviene para el efecto de abstenerse de realizar declaraciones que incidan en la política interna del Estado mexicano.

    En México hemos respetado y fomentado nuestra profunda tradición respecto a la autodeterminación de los pueblos y la no intervención como principios normativos de la conducción política de las naciones; lo anterior esta claramente establecido en la fracción X del artículo 89 de la propia Constitución Política.

    Sin otro particular, le externo mi consideración y respeto.

    Atentamente.

    México, DF, a 22 de febrero de 2006.--- Lauro López Sánchez (rúbrica), subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    REPUBLICA DE CUBA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

    En atención al oficio número D.G.P.L.59-II-0-2582, signado el 27 de octubre de 2005 por los diputados Heliodoro Díaz Escárraga y Patricia Garduño Morales, Presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines procedentes, el oficio original número DCP.- 0495/06, suscrito el 7 del actual por el ciudadano Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como los anexos que en él se mencionan, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo relativo al voto de México en la Organización de las Naciones Unidas respecto al bloqueo de Estados Unidos de América contra Cuba.

    Agradezco la atención que concedan al presente y les reitero mi consideración respetuosa.

    Atentamente.

    México, DF, a 13 de marzo de 2006.--- Dionisio A. Meade y García de León (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    Lic. Dionisio Meade García de León, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicito su intervención para hacer llegar la respuesta adjunta a la Presidenta de la Cámara de Diputados, diputada Marcela González Salas y Petricioli, sobre el punto de acuerdo, aprobado en sesión ordinaria del 27 de octubre de 2005, en el que señala:

    ``Único. Esta soberanía exhorta al titular del Ejecutivo federal para que en la próxima reunión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que se celebrará el 8 de noviembre del año en curso, instruya a nuestro representante ante ese organismo internacional para que el voto de México sea en contra del bloqueo que Estados Unidos de América mantiene contra Cuba desde hace casi 50 años.''Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 7 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, hago referencia al punto de acuerdo, aprobado en sesión ordinaria del 27 de octubre de 2005, en el que señala:

    ``Único. Esta soberanía exhorta al titular del Ejecutivo federal para que en la próxima reunión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que se celebrará el 8 de noviembre del año en curso, instruya a nuestro representante ante ese organismo internacional para que el voto de México sea en contra del bloqueo que Estados Unidos de América mantiene contra Cuba desde hace casi 50 años.''

    Al respecto, le informo:

    Me permito enviar anexo el documento con la posición que México ha mantenido en torno de dicha resolución, así como el comunicado de prensa emitido con motivo de la votación.

    Atentamente.

    Tlatelolco, DF, a 7 de marzo de 2006.--- Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica), director general.»

    «Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas.

    México renueva en la ONU su rechazo al bloqueo económico contra Cuba

  • La ausencia de avances y cumplimiento de las determinaciones colectivas lastima el fortalecimiento del multilateralismo

  • México ha tomado medidas para contrarrestar los efectos extraterritoriales de cualquier norma extranjera que afecte el libre comercio y vulnere el derecho internacional en perjuicio de cualquier Estado

    Naciones Unidas.- México refrendó este martes su rechazo al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba, votando a favor del proyecto de resolución impulsado por Cuba en la Asamblea General de las Naciones Unidas.

    En el debate participaron 20 oradores. Los resultados de la votación fueron 182 votos a favor, 4 votos en contra y 1 abstención.

    Esta es la decimocuarta ocasión en que México se suma a la denuncia que año con año hace la comunidad internacional por las sanciones impuestas a ese país caribeño. En nombre de la delegación de México, el embajador Enrique Berruga destacó la importancia de promover y fortalecer la efectividad de las Naciones Unidas mediante la implementación de sus decisiones y resoluciones. En este contexto, señaló que la ausencia de avances y cumplimiento de las determinaciones colectivas frena el fortalecimiento del multilateralismo.

    En cuanto a la utilización de medidas coercitivas que no cuenten con la autorización de la Carta de las Naciones Unidas, el embajador Berruga llamó la atención sobre las serias consecuencias humanitarias de esas medidas y señaló que, a fin de promover la convivencia internacional pacífica y ordenada, las sanciones políticas, económicas o militares impuestas a los Estados sólo pueden emanar del Consejo de Seguridad o de la Asamblea General.

    Finalmente, en cuanto a la relación bilateral con Cuba, México declaró promover activamente sus contactos económicos con la isla y apoyar su incorporación a los mecanismos regionales de integración, incluyendo las Cumbres Iberoamericanas y la Asociación Latinoamericana de Integración.

    Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba

    Antecedentes

    Desde el 46o. periodo de sesiones (1991), el tema ha sido incluido en el programa de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. En su 60o. periodo de sesiones, la Asamblea General adoptó la resolución 60/12, titulada ``Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba'', con 182 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención. México votó a favor de dicho proyecto de resolución. La Asamblea General reiteró su exhorto a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar leyes y medidas unilaterales de carácter económico y comercial contra otro Estado, en cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional.

    Posición de México

    1. Rechaza la aplicación de leyes o medidas unilaterales de bloqueo económico contra cualquier país. Asimismo, ha rechazado siempre la utilización de medidas coercitivas como medio de presión en las relaciones internacionales, considerando que actos unilaterales de esa naturaleza ponen en riesgo la soberanía de los Estados, contravienen los principios de la política exterior de México y son contrarios al derecho internacional.

    2. Fundamenta sus relaciones exteriores en los principios del derecho internacional que norman la convivencia entre las naciones establecidos en su Constitución Política, como son la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de las controversias, la proscripción de la amenaza o del uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los Estados, la cooperación internacional para el desarrollo, y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.

    3. Ha expresado reiteradamente su rechazo a la imposición de sanciones políticas o económicas que no hayan sido decididas por el Consejo de Seguridad u otras medidas recomendadas por la Asamblea General. Al respecto, México ha apoyado consistentemente desde 1992 todas las resoluciones aprobadas por la Asamblea General sobre el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a Cuba.

    4. Ante la promulgación de la llamada ley Helms-Burton, el Gobierno de México manifestó que ésta es contraria a las normas del derecho internacional, posición que también expresó el Comité Jurídico Interamericano, en su opinión del 4 de junio de 1996.

    5. El 23 de octubre de 1996 entró en vigor en México la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional, que tiene como fin contrarrestar los efectos extraterritoriales de cualquier norma extranjera que vulnere el derecho internacional en perjuicio de cualquier Estado. Dicha ley prevé:

    a) La prohibición a los tribunales nacionales de reconocer y ejecutar sentencias y órdenes judiciales extranjeras contra empresas establecidas o domiciliadas en México, derivadas de leyes de otros países con efectos extraterritoriales contrarios al derecho internacional;

    b) Una prohibición a las empresas establecidas o domiciliadas en México de realizar actos o incurrir en omisiones que pudieran perjudicar el comercio o la inversión de México derivadas de dichas leyes;

    c) Un derecho de acción ante los tribunales federales a favor de las personas físicas o morales domiciliadas o establecidas en México para demandar el pago de daños o perjuicios causados con motivo de un procedimiento judicial o administrativo ante tribunales o autoridades extranjeras derivados de la aplicación de esas leyes; y

    d) La prohibición de proporcionar información requerida por tribunales o autoridades extranjeras con base en las leyes señaladas, con el propósito de que pudiere ser utilizada en perjuicio de la empresa, bajo pena de ser acreedora a una sanción pecuniaria.

    6. En el ámbito hacendario-financiero, el gobierno no ha promulgado ni aplica leyes o medidas unilaterales de bloqueo económico o financiero contra ningún país.

    7. Apoyó el ingreso de la República de Cuba en la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), el cual se efectuó el 26 de agosto de 1999. El 17 de octubre de 2000, México y Cuba suscribieron el Acuerdo de Complementación Económica número 51 (ACE número 51), que sustituyó el Acuerdo de Alcance Parcial número 12. El 30 de mayo de 2001 se suscribió el Acuerdo Bilateral para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, que entró en vigor el 5 de abril de 2002. El 17 de abril de 2002 se aprobó el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Complementación Económica entre México y Cuba (ACE número 51), el cual se circunscribe a las condiciones que para los ACE establece el Tratado de la Aladi. Asimismo, el 23 de mayo de 2002 se suscribió el segundo Protocolo Adicional al ACE número 51, en el que se modifican disposiciones en materia de régimen de origen. Dichos mecanismos contribuyen a fortalecer las relaciones económicas con ese país.

    8. La resolución 58/7, en sus párrafos 2 y 3, exhorta a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y/o deroguen leyes cuyos efectos extraterritoriales afecten la soberanía de otros Estados, los intereses legítimos de entidades o personas bajo su jurisdicción y la libertad de comercio y navegación. En ese sentido, México, en el ámbito de la Organización de los Estados Americanos, ha promovido desde 1996 el proyecto de resolución Libertad de Comercio e Inversión en el Hemisferio.1

    9. Promueve la resolución sobre el levantamiento del bloqueo contra Cuba, toda vez que medidas unilaterales que afectan la soberanía y la libertad de comercio de los Estados contravienen los principios de la política exterior mexicana y el espíritu de la Carta de Naciones Unidas.

    Nota:

    1 Resoluciones números AG/RES.1364 (XXVI-O/96), AG/RES.1447 (XXVII-O/97, AG/RES.1532 (XXVIII-O/98), AG/RES.1614 (XXIX-O/99), AG/RES.1700 (XXX-O/00), AG/RES.1826 (XXXI-O/01), AG/RES.1884 (XXXII-O/02).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Remítase a las comisiones correspondientes y a los promoventes, para su conocimiento.


    LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

    Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha el senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IV, inciso a), del artículo sexto transitorio y adiciona la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IV, inciso a), del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006; con la intención de resolver la actual problemática de los productores de leche en el país a cargo del senador Fernando Gómez Esparza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el artículo 82 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, legislador de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en el Senado de la República, somete a esta asamblea la aprobación del siguiente punto de acuerdo, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Honorable Asamblea:

    Como parte de las funciones que tenemos los representantes populares y los representantes de los estados incorporados a la Federación y con sustento en las demandas ciudadanas que se presentan ante el Poder Legislativo, deseo exponer ante este Pleno de la Cámara de Senadores la problemática que tienen los grupos productores de leche de México, motivada por dos razones principalmente:

    1. La excesiva importación de leche en polvo, sueros y leche fluida que se está llevando a cabo y que está provocando una sobreoferta en el mercado, con lo que los precios se han venido deteriorando en perjuicio de los productores nacionales;

    2. La modificación del ``acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Adquisición de Leche Nacional a cargo de Liconsa, SA de CV, para el Ejercicio Fiscal de 2006'' que respecto del de 2005 ya no permitirá la adquisición de leche de parte de Liconsa a sociedades de cualquier tipo (como las anónimas) en perjuicio de productores de leche organizados así para efectos comerciales y fiscales, limitando con esto la posibilidad de la colocación de la leche producida en el país.

    Conforme a la fracción IV del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2006, publicada el 14 de diciembre de 2005 y relacionada con disposiciones en materia de leche, entre ellas la importación de la misma mediante cupos libres de arancel, se señala que se asignarán directamente 100 mil toneladas a Liconsa, SA de CV, para su programa de abasto social de leche. Del remanente de los mismos, el 20% se asignará de manera directa, a través de la Secretaría de Economía, a las empresas industriales del sector privado que no puedan cubrir con leche nacional al menos 70% de sus necesidades.

    Por su parte, la Secretaría de Desarrollo Social expide el ``Acuerdo por el que se modifican las reglas de operación del Programa de Adquisición de Leche Nacional a Cargo de Liconsa, SA de CV, para el Ejercicio Fiscal de 2006'', publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 17 de febrero de 2006.

    Sin embargo, por un lado, se esta autorizando que se importe leche sin agotar la producción nacional, argumentando la insuficiencia de producción nacional de leche el monto definido en la Ley de Ingresos de 2006 de 100 mil toneladas de leche importada para Liconsa, resulta excesivo toda vez que en la Ley de Ingresos de 2005 se definía únicamente que las cuotas mínimas de leche libre de arancel serían las acordadas por las partes en los tratados de libre comercio, sin establecer un monto específico, resultando aún más evidente lo excesivo del monto si se considera que a nivel nacional (no sólo Liconsa) se importaron 37 mil toneladas de leche en el 2001 y 60 mil toneladas de leche en el 2004 según cifras de la FAO (por sus siglas en ingles, Organización para la Alimentación y la Agricultura).

    Por otro lado, en el acuerdo antes presentado se establece que Liconsa solamente recibirá leche de pequeños y medianos productores nacionales de leche de vaca, así como de organizaciones gremiales de productores lecheros que suministran leche en los centros de acopio y plantas industriales de Liconsa y que cumplan con las condiciones de calidad establecidas, dejando de lado a las asociaciones y sociedades, es decir a productores de leche que están agrupados en una organización empresarial que los representa fiscalmente y que ahora Liconsa se está negando a recibirles, productores que ya no tienen posibilidad de colocar su leche en otra parte, orillándolos a una situación crítica que podría representar un enorme riesgo para su solvencia económica y verse entonces obligados a inundar el mercado de consumidores de leche, ya que estos excedentes, al no poder colocarlos con grandes grupos industriales a precios adecuados, así como ante Liconsa, que ya no quiere recibirles la leche por falta de recursos ante el monto de importaciones autorizadas para la misma.

    Por tanto ante la falta de capacidad financiera y comercial adicional para continuar produciendo leche en UHT sin poder desplazarla en el mercado nacional, se prevé que en pocos días podría llegar a estallar un problema serio en el país, pues se verían en la necesidad de tirar o regalar su leche sin pasteurizar generando una problemática nacional severa, además de llevar a una crisis económica a este sector.

    Liconsa ha sido a través de los años, el canal para poner los excedentes lecheros al servicio de la población menos beneficiada de nuestro país; este producto resuelve en gran medida las necesidades alimenticias de los sectores más vulnerables, este problema pone en riesgo la fuente de trabajo de cientos de miles de personas en el país, debido a la importancia que tiene este sector para la economía nacional, obligándolos a deshacerse de los excedentes al no poder colocarlos en el mercado o llevar al rastro el ato ganadero.

    Por dar un ejemplo, Grupo Industrial de la Leche en Aguascalientes tiene actualmente cerca de un millón de litros semanales de excedente, del cual Liconsa les recibe cuatrocientos veinte mil litros semanales, pero que hoy en día, por la sobreoferta de leche en el país y conforme el ciclo de producción de la leche, tiene problemas para colocar hasta setecientos mil litros de leche semanales, mismos que está produciendo en envase tipo UHT, pero que se están sobreinventariando, ya que su producción en estos momentos supera el mercado en el que comercializa, así como les genera graves problemas de costos financieros por el excesivo inventario que hoy en día representa más de tres meses de sus ventas, sobresaturando sus almacenes y la dificultad para colocar este volumen producido, provocando una severa crisis financiera para todos los productores que se encuentran asociados en ese grupo, arriesgando 3,000 empleos directos y 5,000 indirectos sólo en Aguascalientes. Aunado a lo anterior, Liconsa está en la posición de ya no recibir los excedentes lecheros por no tener capacidad productiva y presupuestal para ello, debido a los excesivos volúmenes de leche fluida, en polvo y suero que están importando, por lo que esto agravaría el problema, que de por sí ya es muy fuerte, al no poder colocar ni siquiera parte de los excedentes de leche semanales, así como no implementar por medio de Liconsa y el DIF un programa de maquilas en donde las asociaciones de lecheros que tienen condiciones técnicas y de calidad para ofrecer maquila con sus propios excedentes de leche, generando un beneficio mutuo, pues las maquilas ofrecen la ventaja de ahorros significativos al abatir costos importantes por concepto de logística y entrega, resolviendo simultáneamente el problema de los excedentes.

    Con base en lo anterior, se propone a esta H. Cámara de Senadores la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

    Artículo Único. Se reforma el inciso A de la fracción IV del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 para quedar como sigue:

    Artículo sexto transitorio (...)

    I. - III. (...)

    IV. Disposiciones en materia de leche.

    A. Importación de Leche.

    De los cupos libres de arancel de la fracción arancelaria 1901.90.05, de conformidad con lo publicado en el DOF del 22 de abril de 2005, y de las fracciones arancelarias 0402.10.01 y 0402.21.01, se asignarán a Liconsa, SA de CV, el 60% del total de las cuotas mínimas de arancel acordadas por las partes en los tratados de libre comercio, para su Programa de Abasto Social de Leche. Del remanente de los mismos, el 20% se asignará de manera directa, a través de la Secretaría de Economía, a las empresas industriales del sector privado que no puedan cubrir el 70% de compra de leche fluida, leche en polvo y otros sólidos de leche de producción nacional de sus consumos totales auditados de productos lácteos.

    (...)

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. Se derogan todas las disposiciones de carácter legal que se contrapongan con el presente decreto; y se dejan sin efecto las disposiciones de carácter administrativo que lo contravengan.

    Tercero.- Pedir al director de Liconsa mantener el programa de adquisición de los excedentes lecheros a todos los productores del sector, sin excepción alguna, hasta en tanto no se resuelva de manera adecuada esta situación.

    Atentamente

    Cámara de Senadores, Ciudad de México, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Fernando Gómez Esparza (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.


    LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Víctor Manuel Méndez Lanz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso b), fracción I, del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

    CC. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores.--- Presentes.

    Víctor Manuel Méndez Lanz, senador de la República por el estado de Campeche, en uso de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 72, inciso f), de la Constitución federal, y 66, inciso a), de la Ley Orgánica, así como 55, 57 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso b), fracción I, del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con arreglo a la

    Exposición de Motivos

    La estructura vigente del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establece diferentes tasas para gravar bienes y servicios, concretamente una tasa general de 15 por ciento, de 10 por ciento en la zona fronteriza, cero para determinados conceptos, así como un régimen de exención.

    La tasa cero se aplica en la enajenación de animales, vegetales, medicinas de patente y productos destinados a la alimentación, con excepción, entre otros, de las bebidas distintas a la leche, aun y cuando éstas tengan la naturaleza de alimentos jurídica y biológicamente, caso concreto de los jugos, néctares y los concentrados de frutas y verduras.

    En consecuencia, al establecerse en la Ley del IVA un tratamiento distinto para estos últimos productos con el resto de los alimentos sujetos a una tasa cero, se propicia una situación de inseguridad jurídica para los productores de estos bienes como sujetos pasivos de la relación tributaria ante un tratamiento inequitativo de la ley. Como respuesta han acudido a los tribunales para obtener resoluciones judiciales que les exima de esta obligación.

    A este respecto, el Poder Judicial federal y, particularmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se han manifestado en el sentido de que ni el Congreso General en la exposición de motivos de la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (donde se incorporó el texto vigente del artículo en comento), ni en el procedimiento legislativo, y menos aún en los argumentos que ha vertido el Ejecutivo federal, en su carácter de autoridad responsable en diversos juicios de amparo contra este tributo, hay elementos que justifiquen, a criterio del máximo tribunal del país, el tratamiento diferenciado en la enajenación de alimentos en estado sólido o semisólido respecto de aquel que prevé para la venta de alimentos en estado líquido (jugos, néctares y los concentrados de frutas y verduras), lo que propicia una violación a la garantía de equidad tributaria de los contribuyentes.

    El criterio precedente ha sido recogido en diversas resoluciones y se ha establecido una tesis jurisprudencial en el Pleno de la Corte. Por su parte, la Segunda Sala ha resuelto en cinco casos reafirmando ese criterio, lo que la hace idónea para integrar jurisprudencia.

    ``Valor agregado. El tratamiento diferenciado que establece el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 1, de la Ley del Impuesto relativo, al gravar con la tasa del 0% la enajenación de alimentos en estado sólido o semisólido y aplicar la del 10% o 15% a los alimentos en estado líquido, viola el principio de equidad tributaria. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que conforme al principio de equidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los contribuyentes que se encuentran dentro del mismo supuesto de causación deben tributar en idénticas condiciones, por lo que cuando se establece una exención o un trato privilegiado a un sector que se encuentra en dicho supuesto, acorde con la regla general, ya sea en la exposición de motivos de la ley respectiva, en el proceso legislativo correspondiente o en el informe justificado en el juicio en que se cuestionan las disposiciones que prevén ese trato especial, deben expresarse las razones particulares o causas especiales por las cuales se estimó necesaria esa distinción, a fin de que el órgano jurisdiccional esté en aptitud de valorarlo, lo que también puede hacer del contenido de los propios preceptos cuando de él derive con toda claridad la justificación del trato privilegiado. Ahora bien, si de la exposición de motivos de la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del procedimiento legislativo correspondiente, o del informe con justificación rendido por las autoridades responsables, no se advierten elementos para justificar el tratamiento diferenciado que prevé el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 1, del citado ordenamiento, al gravar con tasa del 0% la enajenación de alimentos en estado sólido o semisólido y con el 10% o 15% la de alimentos en estado líquido, es indudable que ese tratamiento viola el citado principio constitucional. Además, tampoco se puede justificar dicho tratamiento diferenciado argumentando que el legislador pretendió proteger a los consumidores de alimentos de primera necesidad, toda vez que existen alimentos en estado sólido y semisólido que no son de primera necesidad, y cuya enajenación está gravada con la tasa del 0%.''

    Novena Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XIX, Marzo de 2004. Tesis: P. II/2004. Página: 6. Materia: Constitucional, Administrativa. Tesis aislada.

    Precedentes:

    Amparo directo en revisión 474/2001, 26 de agosto de 2003. Mayoría de siete votos. Ausentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidentes: Juan Díaz Romero y José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jorge Luis Revilla de la Torre. Amparo directo en revisión 632/2003, 26 de agosto de 2003. Mayoría de siete votos. Ausentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidentes: Juan Díaz Romero y José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Bertín Vázquez González. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy, dieciocho de marzo en curso, aprobó, con el número II/2004, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a dieciocho de marzo de dos mil cuatro.

    Por otra parte, el sector comercializador de estos productos también ha solicitado la protección de la justicia federal en contra de la aplicación del mismo impuesto, obteniendo en algunos casos resolución favorable para ellos, lo que les permite comercializar al público en condiciones de competencia desleal, pues dejan de cobrar 15 por ciento del impuesto, y pueden reducir en consecuencia el precio final del producto, respecto a los que todavía no han obtenido una resolución similar.

    La situación puede repercutir negativamente en el mercado, generando una distorsión de precios, erosión del canal de mayoristas que representa alrededor del 60 por ciento de la comercialización con la afectación a un sector preponderantemente nacional, sin dejar de considerar los efectos negativos en la cadena productiva, desde la producción hasta el consumidor final.

    A lo anterior se suma el cúmulo de amparos promovidos, sentando las bases para que en el futuro próximo el IVA en materia de jugos, néctares y bebidas de fruta sea considerado inconstitucional en todos los casos en que se demande. Adicionalmente, no debe soslayarse el costo administrativo generado en diversos juicios en que el fisco ha intervenido, así como las devoluciones que efectuó hace algunos años.

    Las consideraciones precedentes nos permiten apreciar dos conclusiones. Por una parte, que el Congreso de la Unión no puede permanecer ajeno ante la reiterada aplicación de un precepto legal que ha sido declarado inconstitucional por el Poder Judicial federal.

    En segundo término, la tasa diferencial que se da para alimentos líquidos está generando distorsiones en la cadena productiva que ponen en riesgo la estabilidad del sector. Asimismo, genera cargas administrativas poco rentables al tener el fisco federal que sustanciar y participar en juicios y procedimientos.

    Como se desprende de los criterios de la Suprema Corte de Justicia, no existen argumentos que permitan justificar se grave con la tasa del 15 por ciento la enajenación de jugos, néctares y los concentrados de frutas o verduras, respecto de los alimentos sólidos o semisólidos cuya enajenación se encuentra gravada con la tasa del 0 por ciento.

    En consecuencia, creemos indispensable que este Senado, como integrante de Poder Legislativo, se avoque al perfeccionamiento de nuestro marco legal y verifique la efectividad y operatividad de las reformas aprobadas con antelación, enmendando a través de los medios legales que la propia Constitución le atribuye aquellas disposiciones que en su aplicación violenten nuestra Carta magna, en detrimento de la legalidad que debe imperar en todo acto de autoridad, y en consecuencia no delegar sus atribuciones en la interpretación de otro poder.

    Por las consideraciones expuestas, resulta conveniente modificar la redacción vigente del inciso b), fracción I, del artículo 2o.-A de la Ley del IVA, a efecto de establecer claramente que están comprendidos como productos destinados a la alimentación la enajenación jugos, néctares y los concentrados de frutas o verduras, concepto gravado con tasa cero. Asimismo, se mantienen las excepciones previstas actualmente en dicho precepto.

    Con esta medida, el Congreso federal da mayor seguridad jurídica a los causantes de este tributo, perfecciona el marco jurídico vigente, reduce la presión sobre la instancia jurisdiccional, y disminuye potencialmente la carga administrativa que representa para la Secretaría de Hacienda la administración del impuesto por este concepto.

    En virtud de que se trata de un asunto que por mandato constitucional es competencia en primera instancia de nuestra Colegisladora, solicito a esta Cámara tenga a bien turnar para su estudio y dictamen la siguiente:

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

    Artículo Único. Se reforma el inciso b) de la fracción primera del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

    Artículo 2o.-A. El Impuesto se calculará aplicando la tasa 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

    I.- La enajenación de:a)...

    b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación.

    Quedan comprendidos la leche, los jugos, los néctares y los concentrados de frutas o verduras.

    Son excepciones a este supuesto:

    1. Bebidas en general, que por su naturaleza no se consideran alimentos.

    2. Jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos, así como concentrados, polvos, jarabes, esencias, extractos de sabores que al diluirse permitan obtener refrescos.

    3. Caviar, salmón ahumado y angulas.

    4. Saborizantes, microencapsulados y aditivos alimenticios.

    c) ...

    ...

    Artículo Transitorio

    Único. El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil seis.--- Sen. Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Continúe la Secretaría con las minutas del Senado.


    CODIGO PENAL FEDERAL - LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL- LEY GENERAL DE EDUCACION

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 constitucional, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman el Código Penal Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMA EL CÓDIGO PENAL FEDERAL; LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL; Y LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 261 y 266, primer párrafo, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 261.- Al que sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual en una persona menor de catorce años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión.

    Artículo 266.- Se equipara a la violación y se impondrá prisión de diez a dieciocho años:

    I.- a III-... ...

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman las fracciones VI y XVI del artículo 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 30 bis.-...

    I.- a V.-...

    VI.- Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional, haciendo énfasis en lo que concierne a delitos contra menores de edad;

    VII.- a XV.-...

    XVI.- Organizar, dirigir y administrar un servicio para la atención a las víctimas del delito y celebrar acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de esta atribución, sobre todo en lo que concierne a menores de edad;

    XVII.- a XXVI.-...

    ARTÍCULO TERCERO.- Se adiciona la fracción XIV al artículo 33 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

    Artículo 33.-...

    I.- a XIII.-...

    XIV.- Fomentarán la implementación de programas y acciones que permitan a los menores de edad desarrollar su confianza para solicitar auxilio cuando sean víctimas de abusos o delitos sexuales.

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se devuelve a la honorable Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto por el inciso e), del artículo 72 constitucional.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de las Comisiones de Gobernación, y de Educación Pública y Servicios Educativos.


    LEY ORGANICA DE LA LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 2 Y 10 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, para quedar como sigue:

    Artículo 2.- El objeto del organismo es apoyar económicamente las actividades a cargo del Ejecutivo Federal en el campo de la asistencia pública, destinando a ese fin los recursos que obtenga mediante la organización y celebración de sorteos.

    Para tal efecto, la Lotería Nacional podrá organizar, celebrar y comercializar por cuenta propia o por conducto de terceros, toda clase de sorteos nacionales e internacionales con premios en efectivo o en especie, así como de aquellas actividades directamente relacionadas con tal fin.

    Los recursos señalados en el primer párrafo serán enterados a la Tesorería de la Federación, para el cumplimiento de su destino específico, una vez deducidos el monto de los premios, los reintegros y los gastos de administración, así como el importe que se asignen para formar e incrementar las reservas y las garantías a las que se refiere esta Ley.

    Artículo 10.- La Lotería Nacional para la Asistencia Pública llevará a cabo sus actividades comerciales directamente o por conducto de comisionistas o terceros que contrate para tal fin.

    El monto de la comisión que cubra el organismo a sus comisionistas deberá ser aprobado por su Junta Directiva, debiendo ser una comisión de mercado que le permita cumplir oportunamente con sus metas comerciales en atención a las fuerzas del mercado. Lo anterior, con excepción de los vendedores ambulantes de billetes, en cuyo caso dicha comisión no podrá ser menor al diez ni mayor al veinte por ciento del valor nominal de los billetes vendidos.

    Los comisionistas o terceros a que se refiere este Artículo no estarán subordinados al organismo y no existirá relación laboral alguna entre dichos comisionistas o terceros, o entre la persona o personas que auxilien a éstos y el propio organismo.

    Dichos comisionistas o terceros podrán realizar simultáneamente otras actividades y utilizar los servicios de una o varias personas que los auxilien.

    La Lotería Nacional para la Asistencia pública podrá realizar la producción, distribución, comercialización, publicidad y promoción de bienes y servicios destinados al desarrollo de sus actividades, a través de alianzas estratégicas con otras personas públicas o privadas de reconocido prestigio nacional o internacional relacionadas con los sorteos, que tengan capacidad legal, técnica y financiera para celebrarlas. Al efecto, podrá formalizar dichas alianzas y asociaciones en los términos que prevé la legislación mercantil vigente, debiendo cumplir con lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que resulten aplicables.

    Dichas alianzas estratégicas podrán incluir la explotación, uso y aprovechamiento del conocimiento y desa- rrollo de tecnologías para la organización y comercialización de toda clase de sorteos previstos en esta Ley.

    En el contrato o convenio que suscriba la Entidad, con motivo de la celebración de estas alianzas, se consignará la facultad de vigilancia y control por parte del organismo para que el sorteo de que se trate se realice en los términos previstos por la Junta Directiva.

    TRANSITORIO

    ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Saúl López Sollano (rúbrica), Secretario.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias, diputada Presidenta; con relación a la minuta de reforma de los artículos 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública: el pasado 13 de diciembre del 2005 se recibió una minuta que reforma el dispositivo segundo de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional. En ese entonces se turnó a las Comisiones de Gobernación, y de Seguridad Social. Considero prudente, no obstante que no hay una nueva Ley de Administración de Recursos para la Asistencia Pública, que a fin de que no exista contradicción en los dictámenes correspondientes se ampliase el turno a la Comisión de Seguridad Social y, a su vez, se solicite la opinión de la Comisión Especial de juegos y sorteos, que un servidor preside.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Con mucho gusto, señor diputado. Tiene usted razón. Esta Presidencia turna a Comisiones Unidas de Gobernación, y de Seguridad Social, pero no es el punto de la opinión de la que usted preside porque no está dentro de lo que estamos viendo en esta ley, señor diputado.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Lo que estamos viendo es precisamente el tema del juego, y ésa fue la situación por la que en su momento se aceptó la opinión de la Comisión que un servidor preside. Posteriormente hubo, al parecer, un oficio, pero no ha sido presentado al Pleno de la Cámara de Diputados; por tanto, no ha surtido ningún efecto la determinación que esta Presidencia dio del turno correspondiente. Por tanto, le solicitaría si hubiese la oportunidad de presentar la opinión.

    La Presidenta María Marcela González Salas y Petricioli: Es que la Comisión a que usted se refiere es sobre los permisos que se dan, que se otorgan en materia de juegos y sorteos, no en materia de la Ley Orgánica de la Ley de la Lotería Nacional, por eso consideramos que tiene usted razón en enviarla a Comisiones Unidas de Seguridad Social, y --obviamente-- de Gobernación.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Difiero de la opinión de sus asesores, diputada Presidenta, pero respeto su determinación.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias. Continúe la Secretaría. Y en este caso, entonces, se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Seguridad Social.


    LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS - LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS - CODIGO PENAL FEDERAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 15, 52, 72 y 73 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; y 214, fracción V, del Código Penal Federal.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 15, 52, 72 Y 73 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS; 8 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS; Y 214 FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 15, fracción V y 52, se adiciona un segundo párrafo al artículo 72, y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 73, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:

    Artículo 15. El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

    I. a IV. ...

    V. Presentar anualmente a los Poderes de la Unión, un informe de actividades, en los términos del artículo 52 de esta Ley.

    VI. a X....

    Artículo 52. El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentará anualmente ante los Poderes de la Unión, un informe sobre las actividades que haya realizado en el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año inmediato anterior. Al efecto, comparecerá en el mes de enero ante el Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión; posteriormente, presentará el informe ante el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Dicho informe será difundido en la forma más amplia posible para conocimiento de la sociedad.

    Artículo 72...

    La Comisión Nacional solicitará al órgano interno de control correspondiente, en cualquier caso, el inicio del procedimiento de responsabilidades que deba instruirse en contra del servidor público respectivo.

    Artículo 73...

    La Comisión Nacional podrá dar seguimiento a las actuaciones y diligencias que se practiquen en las averiguaciones previas, procedimientos penales y administrativos que se integren o instruyan con motivo de su intervención en términos de la presente Ley y del artículo 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través de sus visitadores generales y de los visitadores adjuntos adscritos a ellos. Esta facultad se limitará únicamente a la observación atenta del curso del asunto de que se trate hasta su resolución definitiva, sin que en ningún caso se entienda como la posibilidad de intervenir como parte en aquéllos, haciendo o promoviendo las diligencias conducentes para su resolución.

    En caso de que algún servidor público en respuesta a un requerimiento de información formulado por la Comisión Nacional rindiera informes falsos o parcialmente verdaderos, se le sancionará en los términos que señala el artículo 214, fracción V, del Código Penal Federal.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma la fracción XIX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

    ARTICULO 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

    I.- a XVIII.-....;

    XIX.- Proporcionar en forma oportuna y veraz, toda la información y datos solicitados por la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos. En el cumplimiento de esta obligación, además, el servidor público deberá permitir, sin demora, el acceso a los recintos o instalaciones, expedientes o documentación que la institución de referencia considere necesario revisar para el eficaz desempeño de sus atribuciones y corroborar, también, el contenido de los informes y datos que se le hubiesen proporcionado;

    XX.- a XXIV.-....

    .....

    ARTÍCULO TERCERO.- Se adiciona una fracción V, recorriéndose en su orden la vigente y se reforma el párrafo final del artículo 214 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 214. Comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, el servidor público que

    I. a IV....

    V. Por sí o por interpósita persona, cuando legalmente le sean requeridos, rinda informes en los que manifieste hechos o circunstancias falsos o niegue la verdad en todo o en parte sobre los mismos, y

    VI.- Teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, incumpliendo su deber, en cualquier forma propicie daño a las personas, o a los lugares, instalaciones u objetos, o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado.

    Al infractor de las fracciones III, IV, V y VI se le impondrán de dos años a siete años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a siete años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

    TRANSITORIO

    ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.


    ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se modifica el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE MODIFICA EL PÁRRAFO TERCERO DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifica el párrafo tercero de la fracción IV del Artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

    Artículo 74.- Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

    I.- a III.- .....

    IV .- .....

    .....

    Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara las modificaciones a las iniciativas de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 10 del mes de diciembre.

    .....

    .....

    .....

    .....

    .....

    V.- .....

    VI. Derogada.

    VII. Derogada.

    VIII. .....

    TRANSITORIO

    UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Saúl López Sollano (rúbrica), Secretario.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.


    LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL - CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 13 Bis, 14 Bis, 14 Ter y 15 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 253 y 368 Quáter del Código Penal Federal; y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 13 BIS, 14 BIS, 14 TER Y 15 DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETRÓLEO; 253 Y 368 QUÁTER DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL; Y 194 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

    ARTÍCULO PRIMERO.- Se adicionan los artículos 13 Bis, 14 Bis, 14 Ter, y un párrafo tercero al artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para quedar como sigue:

    Artículo 13 Bis. Petróleos Mexicanos llevará a cabo el transporte y la distribución de gasolina y otros combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo, desde las terminales de abastecimiento y distribución hasta el lugar en que se efectuará el expendio o suministro de los mismos, directamente o mediante contratistas, quienes serán responsables solidarios con el referido organismo de la preservación de las características cualitativas y el volumen del combustible distribuido.

    El expendio o suministro de gasolina y otros combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo se efectuará a través de estaciones de servicio con venta directa al público o de autoconsumo, mismas que operarán en el marco del contrato de franquicia que al efecto suscriba Petróleos Mexicanos con personas físicas o sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros de conformidad con la presente Ley y lo dispuesto por las leyes de la Propiedad Industrial y de Inversión Extranjera.

    Artículo 14 Bis. Queda prohibido que Petróleos Mexicanos celebre o mantenga vigentes contratos de franquicia con personas físicas que hayan sido sentenciadas por delitos patrimoniales, o que hayan incumplido compromisos o incurrido en prácticas fraudulentas contra dicho organismo. En el caso de las personas morales, la prohibición se hará efectiva cuando por lo menos uno de los socios se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el presente párrafo.

    Artículo 14 Ter. Las especificaciones de las gasolinas y otros combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo serán establecidas por Petróleos Mexicanos.

    La gasolina y los demás combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo deberán distribuirse y expenderse o suministrarse sin adulteración o alteración, de conformidad con lo que establece esta Ley y demás disposiciones aplicables.

    Para efectos de la presente Ley se considerará que la gasolina y otros combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo:

    I. Han sido adulteradas cuando:

    a. Su naturaleza, composición o en general cualquier otra característica cualitativa no corresponda a las especificaciones señaladas por Petróleos Mexicanos, o

    b. Se sometieron a algún tratamiento para ocultar o disimular defectos en su proceso o alteraciones en sus características cualitativas; y

    II. Han sido alterados cuando sufrieron modificaciones en su composición que impidan su uso adecuado como combustibles o puedan ocasionar daños a los vehículos o equipos que los utilicen.

    Los métodos de prueba, muestreo y verificación aplicables a las características cualitativas, así como al volumen en la distribución y el despacho de gasolina y otros combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo se establecerán en las normas oficiales mexicanas que para tal efecto expidan las secretarías de Energía y de Economía, en el ámbito de sus respectivas competencias.

    Artículo 15.- ...

    ...

    En el caso de responsabilidad penal determinada por sentencia ejecutoria en la consumación de los delitos previstos por el artículo 253, incisos k) y 1), fracción I, y 368 Quáter del Código Penal Federal, Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios o empresas filiales, procederán a la cancelación inmediata de toda relación contractual que tengan con el responsable, con quien no podrán establecer alguna otra en lo sucesivo.

    ...

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman el párrafo primero y la fracción IV del artículo 253; la estructura del texto del artículo 368 Quáter, en párrafos y fracciones, y los párrafos primero y último; y se adicionan los incisos k), 1), y dos párrafos finales a la fracción I, del artículo 253; y las fracciones II y III al artículo 368 Quáter, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 253. Son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de seis a diez años y con doscientos a mil días multa, los siguientes:

    I...

    a) a j)...

    k) Internar a territorio nacional cualquier sustancia que sea utilizada, de manera ilícita, para la alteración, adulteración o modificación, de los combustibles producidos y comercializados por el organismo público Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios o empresas filiales; y

    l) Utilizar los combustibles sujetos a un beneficio fiscal o a su precio de estímulo fiscal de acuerdo con las leyes en la materia, para su comercialización u otro fin o actividad distinta al que se destinó originalmente el beneficio.

    La sanción que corresponda en el caso de los incisos k) y l) se aumentará en una mitad cuando el responsable sea o haya sido servidor público, o cuando tenga o haya tenido relación comercial con la industria petrolera.

    Tratándose de los incisos k) y l), los instrumentos, objetos y productos del delito deberán asegurarse y ponerse bajo resguardo de Petróleos Mexicanos hasta en tanto no opere una resolución judicial.

    II. a III...

    IV. Alterar o reducir, de manera ilícita, por cualquier medio las propiedades o componentes que las mercancías o productos debieran tener, conforme a la Ley, con el propósito de comercializarlos; y

    V...

    ...

    ...

    ...

    Artículo 368 Quáter. Se impondrán de seis a diez años de prisión y de quinientos a diez mil días de multa, al que:

    I. Sustraiga o aproveche hidrocarburos o sus derivados, cualquiera que sea su estado físico, de los equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, sin contar con autorización para ello otorgada en términos de dicha ley y demás disposiciones aplicables, o

    II. Sin acreditar su legal procedencia o su calidad de intermediario autorizado, posea o se ostente como propietario de gasolina u otros combustibles líquidos producto de la refinación del petróleo en una cantidad mayor a 200 litros en recipientes que no estén vinculados a un vehículo automotor.

    III. Posea o se ostente como propietario de cualquier sustancia que pueda ser utilizada para la alteración, adulteración o modificación de los combustibles, sin acreditar su legal procedencia o detentación.

    La sanción que corresponda se aumentará en una mitad cuando el responsable sea o haya sido servidor público, o prestador de servicios a cualquier título de dicha industria.

    ARTÍCULO TERCERO.- Se reforman los numerales 18) y 27), fracción I, del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

    Artículo 194.- ...

    I...

    1) a 17)...

    18) Contra el consumo y riqueza nacionales, previstos en los artículos 253, incisos k) y 1), fracción I; y 254, fracción VII, párrafo segundo;

    19) a 26)...

    27) Los previstos en el artículo 368 Quáter;

    28) a 35)...

    II. a XIV...

    ...

    TRANSITORIOS

    PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO. En un plazo que no excederá los 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, Petróleos Mexicanos deberá incorporar en los contratos de transporte y distribución de gasolina y otros combustibles líquidos celebrados con terceros y en vigor a esta fecha, una cláusula que refleje la responsabilidad solidaria que se señala en el primer párrafo del artículo 13 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

    TERCERO. Los contratos de franquicia vigentes no se verán afectados en lo que no se opongan al presente Decreto.

    CUARTO. Las especificaciones a que se refiere el primer párrafo del artículo 14 Ter se señalan en los Manuales de Operación de la Franquicia PEMEX que emite Petróleos Mexicanos, los cuales serán sujetos de actualización en la sección relevante cuando corresponda, a efecto de que en todo momento reflejen de manera fidedigna las características cualitativas de la gasolina y demás combustibles líquidos que el organismo produce.

    QUINTO. Las Secretarías de Energía y de Economía deberán expedir las normas oficiales mexicanas a que se refiere el último párrafo del artículo 14 Ter de la Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo en un plazo que no excederá los 18 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

    Hasta en tanto no se expidan las normas a que se refiere el párrafo previo, se aplicarán las disposiciones vigentes, en lo que no se opongan al presente Decreto.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Saúl López Sollano (rúbrica), Secretario.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a las Comisiones Unidas de Energía, y de Justicia y Derechos Humanos.


    LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    POR EL QUE SE CREA LA LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se crea la Ley de Fomento para la Lectura y Libro.

    CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

    Lo establecido en esta Ley se aplicará sin perjuicio de lo ordenado en la Ley de Imprenta, la Ley Federal de Derechos de Autor, la Ley General de Educación, la Ley General de Bibliotecas y sus respectivos reglamentos, así como cualquier otro ordenamiento en la materia, siempre y cuando no contravengan lo que en esta se dispone.

    Artículo 2.- Para efectos de la presente Ley se entenderá como:

    Edición: Proceso de formación del libro a partir de la selección de textos y otros contenidos para ofrecerlo después de su producción al lector.

    Editor: Persona física o moral que selecciona o concibe una edición y realiza por sí o a través de terceros su elaboración.

    Distribución: Actividad de intermediación entre el editor y el vendedor de libros al menudeo, que facilita el acceso al libro propiciando su presencia en el mercado.

    Distribuidor: Persona física o moral legalmente constituida, dedicada a la distribución de libros y revistas.

    Cadena productiva del libro: Conjunto de industrias que participan en los diversos procesos de producción del libro, y está conformada por la de la Celulosa y el Papel, la de las Artes gráficas y la Editorial. En la de Artes Gráficas se incluye la participación de los que brindan servicios editoriales, los impresores y los encuadernadores que reciban sus ingresos en más de un ochenta por ciento de los trabajos relacionados con el libro y la revista.

    Cadena del libro: Conjunto de personas físicas o morales que inciden en la creación, producción, distribución, promoción, venta y lectura del libro.

    Libro: Toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos. Comprenderá también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente.

    Revista: Publicación de periodicidad no diaria, generalmente ilustrada, encuadernada, con escritos sobre varias materias o especializada. Para el objeto de esta Ley, las revistas gozarán de las mismas prerrogativas que se señalen para el libro.

    Libro mexicano: Toda publicación unitaria no periódica que tenga ISBN que lo identifique como mexicano.

    Revista mexicana: Publicación de periodicidad no diaria que tenga ISSN que la identifique como mexicana.

    Autoridades educativas locales: Ejecutivo de cada una de las entidades federativas, así como a las dependencias o entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa.

    Sistema Educativo Nacional: Constituido por los educandos y educadores, las autoridades educativas, los planes, programas, métodos y materiales educativos; las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados; las instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, y las instituciones de educación superior a las que la Ley General de Educación otorga autonomía.

    Bibliotecas escolares y de aula: Acervos bibliográficos que la SEP, con la concurrencia de las autoridades locales, selecciona, adquiere y distribuye para su uso durante los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas y las escuelas públicas de educación básica.

    Salas de lectura: Espacios alternos a las escuelas y bibliotecas, coordinadas por voluntarios de la sociedad civil, donde la comunidad tiene acceso gratuito al libro y otros materiales impresos, así como a diversas actividades encaminadas al fomento a la lectura.

    Autor: Persona que realiza alguna obra destinada a ser difundida en forma de libro. Se considera como autor, sin perjuicio de los requisitos establecidos en la legislación vigente, al traductor respecto de su traducción, al compilador y a quien extracta o adapta obras originales, así como al ilustrador y al fotógrafo, respecto de sus correspondientes trabajos.

    Precio único de venta al público: Valor de comercialización establecido libremente por el editor o importador para cada uno de sus títulos.

    Vendedores de libros al menudeo: Aquellas personas, físicas o morales, que comercializan libros al público.

    Artículo 3.- El fomento a la lectura y el libro se establece en esta Ley en el marco de las garantías constitucionales de libertad de escribir, editar y publicar libros sobre cualquier materia, propiciando el acceso a la lectura y el libro a toda la población.

    Ninguna autoridad federal, estatal, municipal o del Distrito Federal podrá prohibir, restringir ni obstaculizar la creación, edición, producción, distribución, promoción o difusión de libros y de las publicaciones periódicas.

    Artículo 4.- La presente Ley tiene por objeto:

    I. Propiciar la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura;

    II. Fomentar y estimular la edición, distribución y comercialización del libro y las publicaciones periódicas;

    III. Fomentar y apoyar el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas y otros espacios públicos y privados para la lectura y difusión del libro;

    IV. Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional con los distintos órdenes de gobierno y la vinculación con los sectores social y privado, para impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y cultural del fomento a la lectura y el libro;

    V. Hacer accesible el libro en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional para aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector;

    VI. Fortalecer la cadena del libro con el fin de promover la producción editorial mexicana para cumplir los requerimientos culturales y educativos del país;

    VII. Estimular la competitividad del libro mexicano y de las publicaciones periódicas en el terreno internacional; y

    VIII. Estimular la capacitación y formación profesional de los diferentes actores de la cadena del libro y promotores de la lectura.

    CAPÍTULO II DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES

    Artículo 5.- Son autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley en el ámbito de sus respectivas competencias y los términos de la presente Ley:

    A. La Secretaría de Educación Pública;

    B. El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes;

    C. El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, y

    D. Los Gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal.

    Artículo 6.- Corresponde a la Secretaría de Educación Pública y al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, de manera concurrente y considerando la opinión y propuestas del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura:

    I. Elaborar el Programa de Fomento para el Libro y la Lectura, y

    II. Poner en práctica las políticas y estrategias contenidas en el Programa, estableciendo la coordinación interinstitucional con las instancias de los diferentes órdenes de gobierno, así como con los distintos sectores de la sociedad civil.

    Artículo 7.- Las autoridades responsables emplearán tiempos oficiales y públicos que corresponden al Estado en los medios de comunicación para fomentar el libro y la lectura.

    Artículo 8.- Las autoridades responsables, de manera concurrente o separada, deberán impulsar la creación, edición, producción, difusión, venta y exportación del libro mexicano y de las coediciones mexicanas, en condiciones adecuadas de calidad, cantidad, precio y variedad, asegurando su presencia nacional e internacional.

    Artículo 9.- Es obligación de las autoridades responsables de la aplicación de esta Ley, de manera concurrente o separada, promover programas de capacitación y desarrollo profesional dirigidos a los encargados de instrumentar las acciones de fomento a la lectura y a la cultura escrita.

    Artículo 10.- Corresponde a la Secretaria de Educación Pública:

    I. Fomentar el acceso al libro y la lectura en el Sistema Educativo Nacional, promoviendo que en él se formen lectores cuya comprensión lectora corresponda al nivel educativo que cursan, en coordinación con las autoridades educativas locales,

    II. Garantizar la distribución oportuna, completa y eficiente de los libros de texto gratuitos, así como de los acervos para bibliotecas escolares y de aula y otros materiales educativos indispensables en la formación de lectores en las escuelas de educación básica y normal, en coordinación con las autoridades educativas locales;

    III. Diseñar políticas para incorporar en la formación inicial y permanente de maestros, directivos, bibliotecarios y equipos técnicos, contenidos relativos al fomento a la lectura y la adquisición de competencias comunicativas que coadyuven a la formación de lectores, en colaboración con las autoridades educativas locales;

    IV. Considerar la opinión de las autoridades educativas locales, de los maestros y de los diversos sectores sociales para el diseño de políticas de fomento a la lectura y el libro en el Sistema Educativo Nacional, con base en los mecanismos de participación establecidos en la Ley General de Educación;

    V. Promover la producción de títulos que enriquezcan la oferta disponible de libros, de géneros y temas variados, para su lectura y consulta en el Sistema Educativo Nacional, en colaboración con autoridades de los diferentes órdenes de gobierno, la iniciativa privada, instituciones de educación superior e investigación y otros actores interesados;

    VI. Promover la realización periódica de estudios sobre las prácticas lectoras en el Sistema Educativo Nacional y sobre el impacto de la inversión pública en programas de fomento a la lectura en este sistema, así como la difusión de sus resultados en los medios de comunicación, en colaboración con las autoridades educativas locales, otras autoridades, la iniciativa privada, las instituciones de educación superior e investigación, organismos internacionales y otros actores interesados;

    VII. Promover el acceso y distribución de libros, fortaleciendo el vínculo entre escuelas y bibliotecas públicas, en colaboración con las autoridades educativas locales, las instituciones de educación superior e investigación, la iniciativa privada y otros actores interesados, y

    VIII. Impulsar carreras técnicas y profesionales en el ámbito de la edición, la producción, promoción y difusión del libro y la lectura, en colaboración con autoridades educativas de los diferentes órdenes de gobierno, instituciones de educación media superior y superior y la iniciativa privada.

    Artículo 11.- Corresponde al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes:

    I. Impulsar, de manera coordinada con las autoridades correspondientes de los distintos órdenes de gobierno, programas, proyectos y acciones que promuevan de manera permanente la formación de usuarios plenos de la cultura escrita entre la población abierta;

    II. Promover conjuntamente con la iniciativa privada acciones que estimulen la formación de lectores;

    III. Estimular y facilitar la participación de la sociedad civil en el desarrollo de acciones que promuevan la formación de lectores entre la población abierta;

    IV. Garantizar la existencia de materiales escritos que respondan a los distintos intereses de los usuarios de la red nacional de bibliotecas públicas y los programas dirigidos a fomentar la lectura en la población abierta, tales como salas de lectura;

    V. Coadyuvar con instancias a nivel federal, estatal, municipal y del Distrito Federal, así como con miembros de la iniciativa privada en acciones que garanticen el acceso de la población abierta a los libros a través de diferentes medios gratuitos o pagados, como bibliotecas, salas de lectura o librerías, y

    VI. Generar programas de desarrollo profesional de fomento a la lectura para la población abierta, y de desarrollo profesional para los bibliotecarios de la red nacional de bibliotecas públicas.

    CAPÍTULO III DEL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO PARA EL LIBRO Y LA LECTURA

    Artículo 12.- Se crea el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura como un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública y espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y la lectura.

    Artículo 13.- El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura se regirá por el manual de operación que emita, por las disposiciones contenidas en esta Ley, y por lo que quede establecido en su Reglamento.

    Artículo 14.- El Consejo estará conformado por:

    I. Un presidente, que será el titular de la Secretaría de Educación Pública. En su ausencia será suplido por quien éste designe;

    II. Un secretario ejecutivo, que será el titular del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. En su ausencia será suplido por quien éste designe;

    III. El presidente de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados;

    IV. El presidente de la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Senadores;

    V. Los presidentes de las Comisiones de Asuntos Indígenas de las Cámara de Senadores y de Diputados del Congreso de la Unión;

    VI. El titular del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas;

    VII. El presidente de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana;

    VIII. El presidente de la Asociación de Libreros de México;

    IX. El presidente de la Asociación Nacional de Bibliotecarios;

    X. El presidente de la Sociedad General de Escritores de México;

    XI. El Director General de Materiales Educativos de la SEP;

    XII. El Director General de Publicaciones del CONACULTA, y

    XIII. El Director General de Bibliotecas del CONACULTA.

    Por acuerdo del Consejo se podrá convocar para participar con carácter de invitado no permanente a los titulares de las Secretarías, Consejos e Institutos de Cultura de las entidades federativas y el Distrito Federal, o a cualquier persona o institución pública o privada que se considere necesario para el cumplimiento pleno de sus funciones.

    La pertenencia y participación en este Consejo, es a título honorario.

    Artículo 15.- El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura tendrá las siguientes funciones:

    I. Coadyuvar al cumplimiento y ejecución de la presente ley;

    II. Asesorar en el diseño, formulación y ejecución del Programa de Fomento para el Libro y la Lectura establecido en el artículo 7 de la presente ley;

    III. Concertar los esfuerzos e intereses de los sectores público y privado para el desarrollo sostenido de las políticas nacionales del libro y la lectura;

    IV. Proponer a las autoridades competentes la adopción de políticas o medidas jurídicas, fiscales y administrativas que contribuyan a fomentar y fortalecer el mercado del libro, la lectura y la actividad editorial en general;

    V. Servir de instancia de consulta, conciliación y concertación entre los distintos actores de la cadena del libro y la lectura en asuntos concernientes a las materias de esta ley;

    VI. Conocer de las denuncias que se levanten en contra de quienes infrinjan las disposiciones de la presente Ley, y aplicar las sanciones que correspondan;

    VII. Promover el desarrollo de sistemas integrales de información sobre el libro, su distribución, la lectura y los derechos de autor, así como crear una base de datos que contemple: catálogos y directorios colectivos de autores, obras, editoriales, industria gráfica, bibliotecas y librerías mexicanas, disponible para la consulta en red desde cualquier país;

    VIII. Integrar las comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos;

    IX. Asesorar, a petición de parte, a los tres niveles de gobierno, poderes, órganos autónomos e instituciones sociales y privadas en el fomento a la lectura y el libro;

    X. Crear y mantener permanentemente actualizada una base de datos, con acceso libre al público, que contenga el registro del precio único de los libros;

    XI. Promover la formación, actualización y capacitación de profesionales en los diferentes eslabones de la cadena del libro;

    XII. Impulsar la participación ciudadana en todos los programas relacionados con el libro y la lectura, y diseñar los mecanismos de esta participación;

    XIII. Fomentar la cultura de respeto a los derechos de autor;

    XIV. Proponer la realización de estudios e investigaciones que permitan apoyar el desarrollo de sus actividades;

    XV. Establecer incentivos para la creación, edición, producción, difusión, venta y exportación de libros en las diferentes lenguas del país, y apoyar la traducción a ellas de textos de literatura nacional y universal a las diferentes lenguas del país, y

    XVI. Expedir su manual de operación conforme al cual regulará su organización, funcionamiento y trabajo.

    Artículo 16.- El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura sesionará ordinariamente como mínimo tres veces al año y sobre los asuntos que el mismo establezca.

    Artículo 17.- Las reuniones extraordinarias serán convocadas por el Presidente, o bien por un tercio de los integrantes del Consejo, con una antelación de al menos 48 horas. En caso de no haber el quórum requerido, se trate de reuniones ordinarias o extraordinarias, se emitirá de inmediato una segunda convocatoria para que se lleve a efecto la reunión en un plazo no mayor de 48 horas. De no haber quórum nuevamente, se hará otra convocatoria para que se realice la reunión en un plazo no mayor de 48 horas. En esta ocasión, la reunión se llevará a efecto con los que asistan a dicho encuentro.

    Artículo 18.- El quórum mínimo será del cincuenta por ciento más uno de sus miembros, y para que sus decisiones sean válidas deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros presentes, salvo en lo establecido en el artículo inmediato anterior.

    CAPÍTULO III DE LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL, INTERGUBERNAMENTAL Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

    Artículo 19.- La Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, son las instancias responsable de incentivar y promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas y acciones de los distintos órdenes de gobierno, con base en los objetivos, estrategias y prioridades de la política nacional de fomento a la lectura y el libro.

    Artículo 20. Para impulsar la coordinación interinstitucional e intergubernamental en la aplicación de la presente Ley, la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, deberán:

    I. Establecer mecanismos e instrumentos de coordinación, cooperación y vinculación, así como promover la celebración de convenios y acuerdos con dependencias de las distintas ramas y órdenes de gobierno y los órganos autónomos del Estado, para diseñar, planear, coordinar, aplicar y fortalecer políticas, programas, proyectos y acciones de fomento a la lectura y el libro;

    II. Establecer compromisos con las instancias y organismos internacionales que mediante convenios y acuerdos bilaterales y multilaterales, incentiven el desarrollo integral de las políticas públicas en la materia facilitando a autores, editores, promotores, lectores, espacios y alternativas de promoción y difusión que favorezcan el conocimiento de nuestra obra editorial y literaria en el exterior, y

    III. Establecer programas que involucren a individuos, instituciones de asistencia privada, instituciones académicas, asociaciones civiles y fideicomisos, cooperativas y colectivos, cuya labor a favor del fomento a la lectura y el libro han sido fundamentales para el desarrollo cultural en el país.

    CAPÍTULO IV DE LA DISPONIBILIDAD Y ACCESO EQUITATIVO AL LIBRO

    Artículo 21.- En todo libro editado en México, deberán constar los siguientes datos: título de la obra, nombre del autor, editor, número de la edición, lugar y fecha de la impresión, nombre y domicilio del editor en su caso; ISBN y código de barras. El libro que no reúna estas características no gozará de los beneficios fiscales y de otro tipo que otorguen las disposiciones jurídicas en la materia.

    Artículo 22.- Toda persona física o moral que edite o importe libros estará obligada a fijar un precio de venta al público para los libros que edite o importe. El editor o importador fijará libremente el precio de venta al público, que regirá como precio único.

    Artículo 23.- El precio se registrará en una base de datos a cargo del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura y estará disponible para consulta pública.

    Artículo 24.- Los vendedores de libros al menudeo deben aplicar el precio único de venta al público sin ninguna variación, excepto en lo establecido en el artículo 25 y 26 de la presente ley.

    Artículo 25.- El precio único establecido en el artículo 22 de la presente ley, no se aplica a las compras que para sus propios fines, excluyendo la reventa, hagan el Estado, las bibliotecas que ofrezcan atención al público o préstamo, los establecimientos de enseñanza y de formación profesional o de investigación.

    Artículo 26.- Los vendedores de libros podrán aplicar precios inferiores al precio de venta al público mencionado en el artículo 22 de la presente ley, cuando se trate de libros editados o importados con tres años de anterioridad y cuyo último abasto date de más de un año, así como los libros antiguos, los usados, los descatalogados, los agotados y los artesanales.

    Artículo 27.- Las acciones para detener y reparar las violaciones al precio único establecido en esta Ley pueden ser emprendidas por cualquier competidor, por profesionales de la edición y difusión del libro, así como por autores o por cualquier organización de defensa de autores.

    Dicha defensa se llevará a cabo por vía jurisdiccional y en su caso por medio de arbitraje para lo cual el consejo podrá actuar como perito.

    TRANSITORIOS

    Artículo Primero.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Con la publicación de la presente Ley y su entrada en vigor se abroga la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro publicada en el Diario Oficial de la federación el 8 de junio del año 2000.

    Artículo Tercero.- En el término de noventa días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley deberá formarse el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura con base en lo establecido en los artículos 28 y 29 de la presente ley. De no hacerlo, convocará la Secretaría Ejecutiva.

    Artículo Cuarto.- El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura deberá expedir su manual de operación y programa de trabajo a los sesenta días de su integración.

    Artículo Quinto.- El Programa de Fomento para el Libro y la Lectura establecido en el articulo 7 de la presente Ley tendrá que ser expedido por el Secretario de Educación Pública en un plazo no mayor a 120 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Saúl López Sollano (rúbrica), Secretario.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Cultura.


    CONDECORACIONES

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.--- Presentes.

    Para lo efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permisos a la C. María Eugenia Sánchez y Díaz de Rivera, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

    Atentamente.

    México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente.»

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

    MINUTA PROYECTO DE DECRETO

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso a la C. María Eugenia Sánchez y Díaz de Rivera, para que pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Vicepresidente; Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica), Secretaria.

    Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 16 de marzo de 2006.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Gobernación.


    LEY GENERAL DE EDUCACION

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Compañeras y compañeros diputados: a continuación, presentaremos las iniciativas de los señores diputados. Esta Presidencia recibió del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, César Amín González Orantes, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que le concede la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    El presente proyecto tiene como finalidad ampliar el marco jurídico vigente, y que garantice el pleno goce del derecho a la educación a las personas con discapacidad, a quienes amparadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al igual que todo ciudadano, corresponde el mismo derecho en nuestro país adecuando para ello el sistema normativo en materia de educación, que contempla las bases que deberán observarse en la integración plena de esta población al sistema educativo vigente.

    En la actualidad, según datos probabilísticos de la Organización Mundial de la Salud, se estima que en México existen alrededor de 10 millones de personas con algún tipo de discapacidad. Esta población, igual que el resto de los mexicanos, demanda una educación que le permita desarrollarse como entes sociales y reflejar su nivel de educación en las actividades productivas, sin embargo, y a pesar de ser un grupo bastante numeroso, actualmente se encuentra segregado y marginado del goce de este derecho constitucional.

    Si bien es cierto que el problema educativo tiene una dimensión nacional y que el estudio de posibles soluciones ha sido un ejercicio constante, por inexplicables razones las personas con discapacidad no han sido tomadas en cuenta al planear y actualizar los programas de educación que han ido surgiendo con el transcurso del tiempo, a pesar de que se encuentran diseminadas por toda la nación.

    Esta situación es realmente indignante si consideramos que la magnitud de esta población bien podría significar la población entera de países latinoamericanos, europeos inclusive, pues la negación del derecho a la educación o la deficiente aplicación de la actividad educativa, con referencia a la población citada, tendría el efecto de países enteros sin sistema educativo.

    Las personas con discapacidad han sido vergonzosamente ignoradas por la sociedad y el gobierno, siendo sus necesidades educativas englobadas bajo la visión estrecha y estéril, que condena a la población discapacitada a la llamada ``educación especial'' que, lejos de desarrollar sus potenciales humanos, margina y castra todo deseo de superación que en su carácter de ser humano tiene esta población.

    Como hemos dicho, la educación especial no puede abarcar toda la diversidad de discapacidades, pues muchas de ellas no tienen que ver nada con las lesiones en la capacidad intelectual y de aprendizaje de los individuos; dado esto, no es posible hablar de educación plena cuando alguna persona tiene que repetir por espacio de años el mismo plan de estudios, por el simple hecho de que no hay más niveles de enseñanza en las escuelas especiales o porque es imposible acceder a una escuela del sistema educativo regular a causa de barreras arquitectónicas, sociales o administrativas, lo cual da como resultado que el poco conocimiento adquirido en las escuelas especiales esté muy lejos de proporcionarle las herramientas necesarias para integrarse al sistema productivo de nuestro país, del cual todos deberíamos ser protagonistas.

    El origen de un sistema educativo deficiente y oscuro con relación a las personas con discapacidad es sin duda el desconocimiento de los requerimientos de esta población en materia educativa y de la magnitud de ellos, por lo que es necesario generar un sistema de información acerca de la educación y la integración plena de la población discapacitada al sistema nacional de información respecto a dicha población, para que sirva de soporte estadístico en la profundización de estudios sobre la materia.

    La aberración de nuestro sistema educativo que no contempla la integración de las personas con discapacidad, que indudablemente pueden cursar los diferentes niveles de estudios que se imparten en nuestro país, ha traído como consecuencia que los familiares de estas personas insistan junto con ellos en su integración a los planteles regulares y a los programas oficiales, para lo cual han librado un sinnúmero de batallas con maestros y directivos de estas personas a lo largo y ancho de nuestro territorio nacional con el fin de lograr que a las personas con discapacidad se dé la oportunidad de desempeñarse como otro educando.

    Hasta el momento, la Ley General de Educación no ha contemplado todas las medidas adecuadas que garanticen el acceso y la permanencia de las personas con discapacidad que pueden ser integrados a las escuelas públicas y privadas de enseñanza regular. Debido a que todo servicio que se relaciona con la educación de estas personas ha sido visto como un acto de caridad o beneficencia, cuando en realidad es un derecho consagrado en nuestra Carta Magna y reconocido por la comunidad internacional.

    Estamos convencidos de las necesidades de crear una serie de condiciones jurídicas y sociales que permitan que los requerimientos de los grupos más desprotegidos sean atendidos para no acentuar aún más sus condiciones de vida y trato desigual.

    Las personas con discapacidad es uno de los grupos por los cuales consideramos es urgente y necesario crear el cuerpo jurídico que les permita hacer realidad la aplicación de los principios de equidad educativa e igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el sistema escolar. Para ello debemos realizar un ordenamiento acorde evitando en todo momento la existencia de prejuicios sociales que condenan a esta población a la desigualdad e injusticia social.

    Dado lo anterior, consideramos que la educación que imparten el Estado y los particulares debe tomar en consideración los requerimientos especiales de la población estudiantil discapacitada a fin de lograr su total integración al medio social, cultural, laboral y deportivo en que se desarrolla.

    La igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en el ámbito educativo permitirá elevar los niveles de calidad de vida de esta parte de la población e, igualmente, se verá reflejado en el crecimiento de la producción y en el fortalecimiento de nuestra economía, pues es indudable que el nivel de educación de un grupo social se ve reflejado en su calidad de vida.

    Un ejemplo de que la educación puede ser aprovechada por las personas con discapacidad son las iniciativas de reforma que se están proponiendo y que emanaron del trabajo coordinado de ellas mismas y algunos legisladores. Estos ciudadanos con discapacidad lograron sortear la falta de accesos, tanto físicos, sociales y administrativos que existen en los centros de enseñanza. Sin embargo, aún faltan alrededor de 10 millones de personas, quienes esperan y anhelan la aprobación de esta iniciativa para poder estudiar, aprender e integrarse posteriormente a la vida social y productiva de la nación.

    Por lo anteriormente expuesto y seguros de la necesidad de la creación del marco jurídico que permita garantizar el acceso y la permanencia de las personas con discapacidad en el sistema nacional regular y especial, presento a esta honorable asamblea, en su carácter de Constituyente Permanente, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, al tenor del siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Único. Se adicionan las fracciones XIV a XVIII del artículo 33, así como un cuarto párrafo al artículo 48, recorriendo los subsecuentes, ambos de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

    Artículo 33. ...

    I. a XIII. ...

    XIV. Los planteles educativos deben contar con la accesibilidad física que requiere la población discapacitada y realizar las adecuaciones arquitectónicas en los planteles existentes.

    XV. Se crearán escuelas para los estudiantes con discapacidad que les sea imposible integrarse a las escuelas regulares y que requieran educación especial.

    XVI. Con la finalidad de revalorar la imagen de las personas con discapacidad, se deberán incluir en los planes y programas temas referentes a la problemática de este sector de la población.

    XVII. Los libros de texto para educación básica deberán promover una revalorización y condiciones de igualdad a los grupos marginados, entre otros: indígenas, mujeres y personas con discapacidad, a través de su contenido y sus imágenes.

    XVIII. Otorgar apoyos pedagógicos en cuanto a educación especial dentro de los servicios educativos regulares que apoyen en forma continua y estable el aprovechamiento de los alumnos que así lo requieran.

    ...

    Artículo 48. ...

    ...

    ...

    Los programas de estudio que deberán cubrir los normalistas incluirán materias referentes a la problemática de la población discapacitada, con el fin de brindar el trato adecuado que requieren los estudiantes con discapacidad.

    ...

    ...

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. Los planteles educativos que se construyan a partir de la vigencia del presente decreto deberán contemplar en sus planos y proyectos los accesos e instalaciones que requieran los estudiantes con discapacidad, debiendo observarse en todo momento los tipos de accesos y dimensiones que establece el Reglamento General de Construcción al respecto.

    Las adecuaciones arquitectónicas en los planteles existentes que garanticen la accesibilidad a los estudiantes con discapacidad no excederán un plazo mayor de un año a partir de la publicación en el Diario Oficial de la presente modificación.

    Dado en el Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. César Amín González Orantes (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.


    LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Asimismo, esta Presidencia recibió del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, César Amín González Orantes, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que me conceden la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio de Energía Eléctrica, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La crisis económica por la que atraviesa nuestro país, urge a la solidaridad de los mexicanos entre sí y particularmente del Estado con el pueblo de México. De ello depende la disminución del drama en que están inmersos millones de seres humanos y la supervivencia de tantas familias que hoy ven limitado su acceso a condiciones humanas y dignas de vida.

    Como todo ser humano, los mexicanos tenemos derecho a un nivel de vida que permita un desarrollo sano y armónico de la nación; en la tutela de esos derechos de los individuos, se debe tener especial consideración para con los débiles y pobres. Por tanto, es a ellos a quienes el Estado debe dirigir sus preferencias y sus cuidados.

    La población cuyas condiciones son de pobreza en nuestro país ha venido creciendo y convirtiéndose en un drama. El punto neurálgico de esta realidad lo constituyen alrededor de 60 millones de mexicanos que viven en condiciones de pobreza extrema, que no alcanzan a satisfacer sus necesidades elementales.

    El Estado mexicano ha dejado de lado la justicia distributiva para favorecer a una parte de los ciudadanos, esto es, a la rica y próspera, y ha descuidado a la gran mayoría del cuerpo social. La riqueza se aloja en unos cuantos en forma desproporcionada e inequitativa.

    Dadas las condiciones económicas y sociales en que vive nuestro país, en la tutela de los derechos humanos, el Estado debe tener especial consideración con los débiles y pobres; es a ellos a quienes el Estado debe dirigir sus preferencias y sus cuidados. En ello coincide el Plan Nacional de Desarrollo, pues es un principio lógico que los individuos, cuanto más indefensos están en una sociedad, tanto más necesitan el apoyo y el cuidado subsidiario de los demás, en particular, de la autoridad pública. Eso es la auténtica solidaridad, que al margen de propósitos partidarios o de imagen de gobierno, se erige como principio fundamental en la vida social de los hombres.

    La obligación que establece el artículo 31 constitucional, en su fracción IV, para que los mexicanos contribuyan a los gastos públicos, con frecuencia se aplica con exceso al demandar de aquéllos aportaciones desproporcionadas e inequitativas, ocasionando así un agudo incremento a la pobreza. Es el caso de las tarifas del consumo de energía eléctrica, que si bien es cierto se trata de un servicio público, también lo es que, un elevado porcentaje del ingreso de la Comisión Federal de Electricidad pasa a la Secretaría de Hacienda, vía impuestos.

    En un claro propósito de evitar el empobrecimiento del pueblo, nuestra Ley Suprema prevé en el artículo 28, párrafo tercero, que las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular. Es evidente que, en la práctica, ese espíritu constitucional de salvaguardar la economía popular a partir de un control de precios, no se da en forma satisfactoria y eficaz.

    Es el caso de la energía eléctrica que, si bien el mismo artículo 28 define en su párrafo cuarto como área estratégica a la electricidad, que es abastecida como servicio público a los usuarios, se trata de un producto que se considera necesario para el consumo popular y, por tanto, debe tener tarifas sujetas al control legal en función no sólo del estado patrimonial y financiero del organismo público descentralizado encargado de proveer el servicio, como establece el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, sino además y en forma prioritaria, con base en las posibilidades económicas de los sectores consumidores.

    Sin embargo no es así. Hoy por hoy, las tarifas establecidas para los usuarios consumidores, rebasan en mucho la capacidad promedio que las familias mexicanas tienen para acceder al servicio sin menoscabo de la satisfacción de otras necesidades básicas.

    La ley establece en su artículo 31 que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá fijar tarifas especiales en horas de demanda máxima, demanda mínima o una combinación de ambas.

    Sin embargo, los subsidios aplicados a las tarifas no responden adecuadamente al principio constitucional de proporcionalidad y equidad, pues hacen accesibles las tarifas a quienes mayor posibilidad tienen de pagar el servicio, no así a quienes más necesidad tienen de ser apoyados.

    Así lo reconocen funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad.

    La consecuencia de lo anterior es que en zonas cálidas las familias de escasos recursos no tienen posibilidades económicas de adquirir un aparato eléctrico acondicionador de aire que les permita disminuir las altas temperaturas que se generan en el interior de la vivienda, lo que acarrea afectaciones a la salud que pudieran llegar a convertirse en un problema de salud pública, como son: deshidratación, náuseas, fatiga, aumento del ritmo cardiaco e inclusive fallecimiento, sobre todo de menores de edad y de personas de edad avanzada.

    El problema tarifario estriba, entre otras causas, en la forma en que se obtienen las temperaturas medias mínimas en que se basan las tarifas con subsidio, ya que se obtienen sumando sólo la máxima y la mínima temperaturas registradas en un día y dividiendo el resultado entre dos.

    Bajo esta ecuación matemática no se obtiene el promedio real de los registros termométricos; funcionarios de la propia Comisión Federal de Electricidad así lo reconocen, pues en zonas desérticas, por ejemplo, durante las horas de demanda máxima se alcanzan promedios de hasta 48 grados centígrados a la sombra, mientras que en las horas de demanda mínima, en las madrugadas, las temperaturas descienden a promedios de 15 grados centígrados.

    De manera que, al estimarse en la forma actual los promedios mínimos, se están alterando los promedios reales registrados en las horas en que hay demanda máxima de energía eléctrica y se reduce así la posibilidad de que comunidades numerosas en algunas regiones del país, puedan acceder a tarifas más económicas y alcanzar condiciones de habitabilidad humana.

    Privilegiar desde la ley a los más necesitados en materia de tarifas eléctricas, contribuirá, por un lado, a reducir los niveles de pobreza y a elevar sus niveles de bienestar y, por otro, se estará respaldando el propósito que plantea el plan nacional de desarrollo en el sentido de que la equidad y el bienestar sean los criterios rectores para igualar oportunidades, compensar diferencias y promover el aumento de la productividad y de los ingresos de la población.

    Además, no olvidemos que la entidad federativa de donde provengo, Chiapas, es el estado productor numero 1 de energía eléctrica en el país, dotando del energético a gran parte del país.

    Por lo anteriormente expuesto y seguros de contar con su apoyo, presento a esta honorable Asamblea en su carácter de Constituyente Permanente la siguiente

    Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, al tenor del siguiente proyecto de decreto.

    Artículo Único.- Se reforman las fracciones VI y VII del artículo 12, fracción VIII del artículo14, el ultimo párrafo del artículo 26 y los párrafos primeros y segundo del articulo 31, todos de la Ley del Servicio Publico de la de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

    ``Artículo 12.- ...

    I. a V. ...

    VI. Acordar las propuestas de ajuste a las tarifas, que deberán formularse de acuerdo con el estado patrimonial y financiero del organismo, así como de la situación económica de los diversos sectores consumidores;

    VII. Aprobar, en su caso, la propuesta de reestructuración tarifaría que, invariablemente, deberá garantizar el acceso al servicio doméstico a los sectores de la población con menos ingreso; de manera que se cubran las necesidades básicas de consumo de energía eléctrica por vivienda, según sea temporada de demanda máxima o demanda mínima y según las características climáticas y socioeconómicas de las diversas zonas que reciben el suministro de energía eléctrica.''

    ...

    ``Artículo 14.- ...

    I. a VII. ...

    VIII. Someter a la Junta de Gobierno los proyectos, estudios, propuestas y programas a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, VI, VII, VIII y XIV del artículo 12.''

    ...

    ``Artículo 26.- ...

    I. a VI. ...

    En el caso de los supuestos contenidos en las fracciones I, III y IV, la Comisión Federal de Electricidad no procederá al corte en casas habitación localizadas en regiones que cuenten con climas extremosos durante los periodos del año en que éstos pongan en peligro la salud de los ahí residentes. En todo caso, antes de proceder a realizarlo, se dará previo aviso al interesado con cinco días naturales de anticipación.

    En los supuestos de las fracciones II, V y VI, la Comisión Federal de Electricidad procederá al corte inmediato del servicio, sin requerirse para el efecto la intervención de autoridad alguna.''

    ...

    ``Artículo 31.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de las Secretarías de Energía, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Economía y a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fijará las tarifas, su ajuste o reestructuración, de manera que tienda a cubrir las necesidades financieras, las de ampliación del servicio público y las demandas de los diversos sectores usuarios. En el caso del servicio doméstico, la tarifa no podrá incrementarse de un año a otro en más del 5% acumulado.

    Asimismo y a través del procedimiento señalado, La Secretaría de Hacienda y Crédito Público fijará tarifas especiales en temporadas y horas de demanda máxima, orientadas a beneficiar la economía de los sectores usuarios y a subsidiar prioritariamente el servicio doméstico suministrado a los consumidores con menos recursos.

    Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Se faculta a la Junta de Gobierno que rige la Comisión Federal de Electricidad, para que exente el 50% en el pago de la tarifa de energía eléctrica por el consumo que realicen los pensionados, jubilados y mayores de 60 años indigentes, que viven en la zonas cálidas de México, que alcancen una temperatura promedio de 34 grados centígrados, durante los meses de verano.

    Tercero.- Se faculta a la Junta de Gobierno que rige la Comisión Federal de Electricidad, para que exente el 50% a los consumidores del estado de Chiapas.

    Dado en el Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados, en el día de su presentación.--- Dip. César Amín González Orantes (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a las Comisiones Unidas de Energía, y de Hacienda y Crédito Público.


    CODIGO PENAL FEDERAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Esta Presidencia también recibió, del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Iniciativa que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, César Amín González Orantes, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que me conceden la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La mujer mexicana ha alcanzado la igualdad jurídica a través del artículo 4o. constitucional, señalando que ambos iguales ante la ley; sin embargo en el ámbito sexual se ha abusado de sus debilidades culturales y físicas, ya sea por la violencia, ya sea aprovechando sus necesidades de orden personal o su inexperiencia, para tratar de obtener alguna ventaja en el terreno erótico.

    Sin embargo, el desarrollo social en este ámbito presenta contradicciones. En el área jurídica penal, siempre se ha pretendido proteger a la mujer de los abusos de índole sexual de que ha sido objeto, y con ese propósito aparecen figuras delictivas desde los primeros códigos penales, que sancionan conductas como: la violación, el estupro, el rapto, los atentados al pudor, el incesto y el adulterio.

    El acelerado proceso de desarrollo del país y las condiciones de la vida moderna, han traído como consecuencia un notorio incremento del hostigamiento sexual contra las mujeres en el ámbito laboral; por lo que se hace necesaria la formulación de una iniciativa de ley sobre esta materia que tutela intereses o bienes jurídicos de naturaleza sexual, que hasta el momento no ha recogido el legislador mexicano.

    La conceptualización y discusión de hostigamiento sexual, han sido fundamentalmente relacionadas con el problema de la igualdad económica y social, considerándola como otra de las manifestaciones de la relaciones desiguales que se dan entre los sexos y que causa serios problemas y efectos sobre el trabajo productivo y la constitución psicológica de quien lo recibe, y que si bien es cierto, no es un problema nuevo, se le trivializa y se le considera como una acción de responsabilidad estrictamente personal, tanto por parte del que la ejerce del que la recibe.

    En la actualidad, el hostigamiento sexual se puede describir como una imposición no deseada de requerimientos sexuales, en el contexto de una relación desigual de poder, esta última derivada de la posibilidad de dar beneficios o de imponer privaciones. En síntesis podemos concluir que el hostigamiento sexual se caracteriza por cuatro aspectos básicos:

    a) Acciones sexuales no recíprocas. Que son conductas verbales o físicas que contienen aspectos relacionados con la sexualidad, las cuales son recibidas por alguien, sin ser bienvenidas ni recíprocas (estas conductas pueden ser gestos y miradas lascivas, presiones para una cita, bromas o comentarios sexuales, insinuaciones o proposiciones directas, de tener relaciones sexuales, rozamientos, caricias, pellizcos, apretones, abrazos o besos, verse acorraladas en un lugar, etcétera).

    b) Coerción sexual. Esta se refiere a la intención de causar alguna forma de perjuicio o proporcionar algún beneficio a alguien, por aceptar o rechazar las acciones sexuales.

    c) Evaluación negativa. Son acciones vistas como reprobables o no deseables dentro del contexto laboral.

    d) Sentimientos displacenteros. El impacto que tienen en quien las recibe, las hace sentirse insatisfechas, molestas, humilladas y deprimidas.

    Tenemos entonces, que el hostigamiento sexual lo es, en términos de que produce inconformidad o molestia y se asocia a consecuencias positivas o negativas hacia quien lo recibe en el ámbito laboral.

    Generalmente, las mujeres son las principales víctimas del hostigamiento sexual, aunque ciertos hombres se consideran igualmente víctimas del mismo. Sin embargo, las mujeres, dada su situación en el mercado laboral, son más vulnerables, pues a pesar de las leyes en contra de la discriminación respecto a la igualdad de derechos de la mujer y el varón, existentes en nuestro país, las mujeres siguen confinadas en los empleos con bajos salarios, poco calificados o poco considerados, mientras que los hombres predominan en los mejor pagados, los puestos de mando y de control.

    Por su parte, es indudable que la mujer es hostigada no sólo en su centro de trabajo, sino también en los transportes colectivos, escuelas e incluso en las universidades; en éstas, por ejemplo, hay maestros que niegan la calificación a la alumna que no acepta una ``invitación''; mujeres que son agredidas verbal o físicamente cuando esperan un camión o manejan su automóvil. Sin embargo, es el ámbito laboral donde resulta de mayor interés abordar este problema porque es aquí donde las mujeres luchan por conseguir su independencia económica, y a través de ella su independencia integral.

    Ahora bien, el posible trasfondo y origen del hostigamiento sexual, radica en que históricamente la división del trabajo, con la consiguiente asignación de funciones y tareas para hombres y mujeres, se ha establecido a partir del sexo a que se pertenezca, derivándose de ello los llamados roles o papeles sexuales. Esta división de papeles conlleva una desigualdad de oportunidades, que se traduce en una subordinación por parte de las mujeres hacia la sociedad. Es así como a la mujer se le han asignado, como papeles primordiales o únicos, los de esposa-madre-ama de casa, circunscribiéndola básicamente al ámbito doméstico. Desde el momento mismo en que nace se le va entrenando, a través de los diferentes agentes de socialización (familia, educación formal, religión y medios de comunicación), a que asimile que son ésas las funciones para las que está capacitada, es decir, que por ``naturaleza'', eso es lo que le corresponde realizar y que aunado a esto, tiene que adoptar diversas ``cualidades femeninas'', como la sumisión, docilidad, obediencia y seducción, entre otras.

    Esta diferencia de papeles o funciones entre los sexos, ha situado a las mujeres en una condición de subordinación y discriminación, violándose con ello los más elementales derechos humanos, como son la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en la educación, empleo, salario, participación, derecho al ejercicio y goce de la sexualidad, etcétera.

    Al igual que en la violación, la mujer hostigada sexualmente experimenta sentimientos significativos del impacto social que le ocasiona todo esto, como es el sentirse humillada, degradada, avergonzada, turbada, poco valorada, enojada, etcétera. Es importante mencionar también que una de las primeras reacciones de la mujer al ser hostigada, es sentir el incidente como derivado de una culpa propia, pues cree que hizo algo para provocarlo.

    Por todo lo expuesto, considerando la creciente participación de la mujer en las actividades económicas de nuestro país y tomando en cuenta que a mayor número de mujeres trabajadoras, mayor hostigamiento sexual existe hacia ellas, es necesario, como se dijo anteriormente, legislar sobre el particular, a fin de evitar esta práctica, que en la actualidad mantiene a la mujer trabajadora mexicana abandonada a su suerte y sin tener defensa legal.

    Para poder legislar sobre el hostigamiento sexual, es necesario abordar el problema desde el punto de vista social, político y psicológico; por ello, habrá que considerar en qué contexto de valores sociales (entendiéndose por éstos los de carácter moral, sexual, familiar y otros), se ubica el hostigamiento sexual.

    Tomando en cuenta, que la importancia que la mujer juega en la reproducción de toda la sociedad, tiene su lugar fundamentalmente en la familia, ha hecho como ya hemos visto, que se le confieran roles específicos y limitados, que tienen que ver directamente con sus funciones de esposa y de madre.

    Nos preocupa el hostigamiento sexual, tanto por la frecuencia con que se presenta, como por la manera en que en este acto es considerada la mujer.

    Actualmente la norma señala que este tipo de conductas causan hasta 40 días de multa y si el hostigador fuese servidor público se le destituirá de su cargo. En base a lo anterior, creemos que esta práctica insana mental a todas luces, merece una pena corporal que induzca a inhibir, si no es que erradicar, este tipo de comportamiento en la sociedad. Además, se sigue respetando el espíritu del legislador de ejercer acción legal siempre y cuando sea a petición de parte.

    Por todo lo anterior, considerando positivo el fortalecimiento del Código Penal Federal, propongo a esta honorable asamblea en su carácter de Constituyente Permanente la siguiente

    Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, al tenor del siguiente proyecto de decreto

    Artículo Único.- Se modifica el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

    ``Artículo 259 Bis.- Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción de seis meses a cuatro años de prisión y multa de tres a cinco salarios mínimos mensuales. Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.

    ...

    ...''

    Transitorios

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados, en el día de su presentación.--- Dip. César Amín González Orantes (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.


    LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: También recibió esta Presidencia, del propio diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, César Amín González Orantes, diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que me conceden la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Persuadidos de la enorme trascendencia que ha tenido para nuestra nación la expropiación de la industria petrolera, realizada por el empuje del pueblo y la decisión del presidente Lázaro Cárdenas en 1938 y de su papel en la superación de múltiples aspectos de la vida económica, social y política del país; así como de su aporte estratégico para el afianzamiento de los grados de independencia económica que tan difícilmente hemos alcanzado. Convencidos de que el rumbo autoritario y antidemocrático que ha seguido el gobierno mexicano ha venido debilitando paulatinamente el proyecto histórico de Petróleos Mexicanos, hasta colocarlo en una situación de vulnerabilidad financiera, determinada conjuntamente por la enorme carga fiscal que se le impuso y que ha debido soportar la empresa; y por la reducción extrema de los gastos de inversión y mantenimiento con que se le ha castigado.

    Convencidos también de que esta política centralista y antidemocrática ha propiciado que en algunas ocasiones se haya dañado gravemente la seguridad y el patrimonio de los pobladores de los municipios y entidades en los cuales la empresa ha instalado unidades de exploración, explotación, almacenamiento, transformación y distribución de los derivados de los hidrocarburos.

    Y de que en no pocas ocasiones también se ha dañado en forma considerable el entorno ecológico en el cual se desempeña la paraestatal por no prevenir o limitar los daños al ambiente que provoca su actividad, ni tomar en consideración los intereses de quienes allí han habitado históricamente.

    Convencidos de que, ante el panorama de limitación en el crecimiento de las reservas mundiales de petróleo, es creciente al interés de las grandes empresas petroleras transnacionales, y el de los gobiernos de las naciones que concentran la mayor demanda de los derivados del crudo en el mundo, por tener acceso o influencia en la política petrolera mexicana, e incluso es notable su interés por lograr alguna injerencia directa en diversos aspectos de la actividad industrial petrolera moderna aunque se preservara la actual base general jurídica de Petróleos Mexicanos.

    Persuadimos de que las posibilidades de recuperar la fuerza del proyecto histórico Petróleos Mexicanos no podrán surgir del debilitamiento presupuestal, la fragmentación, el recorte del personal técnico y obrero, ni del tratamiento autoritario a sus demandas. Ni podrá surgir del ofrecimiento de ventajas a poderosas compañías extranjeras para que a través de diversos mecanismos e instrumentos, e incluso de subterfugios, participen en ámbitos importantes de la actividad petrolera nacional.

    Convencidos en cambio, de que el futuro de la industria petrolera nacional debería fincarse cada vez más en el fortalecimiento de la capacidad de la nación y de su histórica empresa petrolera, para refinar gasolinas y gases de cada vez mejor calidad y menor costo; y que también debería fincarse en la ampliación de la capacidad y productividad en la producción petroquímica de la empresa. Y no en la entrega de estos ámbitos estratégicos de la industria petrolera a la inversión extranjera.

    Persuadidos de que es necesario e indispensable iniciar un proceso inmediato de recuperación del proyecto histórico de Petróleos Mexicanos, actualizando su significado y preparándolo para que sirva y beneficie a las actuales y futuras generaciones de mexicanos, el de la voz, expresando el sentir y convicción de los más amplios sectores de la población mexicana, somete a la consideración de la honorable Cámara de Diputados esta iniciativa de decreto que Reforma y Adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, y expone a ustedes, las consideraciones siguientes respecto a nuestra iniciativa de decreto.

    El artículo 4o. se reforma atendiendo a la necesidad de mantener Petróleos Mexicanos como un solo ente, independientemente que para su funcionamiento requiera de uno o varios organismos descentralizados. Además de que se reitera la propiedad y el control del Gobierno Federal sobre la industria petrolera. Por ser ésta una actividad estratégica en los términos del párrafo cuarto del artículo 28 de nuestra Carta Magna.

    El artículo 6o. es reformado a fin de garantizar la propiedad y el control de la nación sobre los hidrocarburos e impide la intervención de particulares en labores que pueda realizar Petróleos Mexicanos con recursos propios. Incluso se le faculta para que celebre contratos de obras y de prestaciones de servicios en actividades que no puede realizar ella misma. También se establece la facultad de la Cámara de Diputados para vigilar, a través de la Auditoría Superior de la Federación, los contratos o convenios celebrados por la empresa, con el fin de terminar con la práctica viciada del contratismo. Además, se propone que Pemex pueda realizar contratos con aquellas dependencias del Ejecutivo federal a efecto de estar en condiciones de supervisar el exacto suministro y dotación a los consumidores finales.

    En el artículo 10 se establece como de interés superior la preservación y restauración del equilibrio ecológico y ello es con la finalidad de evitar el deterioro de la naturaleza como consecuencia de la explotación petrolera.

    Por todo lo anterior, propongo esta honorable asamblea en su carácter de Constituyente Permanente la siguiente

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, al tenor del siguiente proyecto de decreto:

    Artículo Primero.- Se reforman los artículos 4o., 6o. y 10 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para quedar como sigue:

    ``Artículo 4o.- ...

    ...

    La industria petrolera es una actividad estratégica en los términos del párrafo cuarto del artículo 28 constitucional. El Gobierno Federal mantendrá siempre la propiedad y el control sobre los organismos que, en su caso, se establezcan. Por consecuencia, queda expresamente prohibida la participación de los sectores privado y social y del capital externo en esta industria, cualquiera que sea la forma jurídica que asuma.

    ...''

    ``Artículo 6o.- Petróleos Mexicanos llevará a cabo directamente, sin intervención de empresas privadas o de particulares prestadores de servicios, las actividades que comprende el artículo 3o. de esta ley. Se declara nulo de pleno derecho todo contrato, convenio o acto jurídico que contravenga esta disposición.

    También serán nulos de pleno derecho los contratos de obras y de prestación de servicios cuyo objeto pueda ser realizado con los recursos y el personal de Petróleos Mexicanos.

    Fuera de las limitaciones establecidas por los párrafos anteriores, Petróleos Mexicanos podrá celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere.

    Las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan, serán siempre en efectivo y en ningún caso concederán por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, porcentajes en los productos, ni participación en los resultados de las explotaciones.

    La observancia de esta disposición será vigilada por la Cámara de Diputados, a través de la Auditoría Superior de la Federación. Los organismos integrantes de Petróleos Mexicanos estarán obligados a remitirle copia de los contratos o convenios que se celebren.

    También, podrá celebrar convenios con las autoridades competentes, a efecto de garantizar el correcto y exacto suministro al consumidor final.

    ...

    ...

    ...''

    ``Artículo 10.- ...

    ...

    La industria petrolera es de utilidad pública sobre cualquier aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos, pero se declara de interés superior la preservación y restauración del equilibrio ecológico.

    Corresponderá exclusivamente al Congreso de la Unión la determinación por ley de la clasificación de los productos derivados del petróleos y el señalamiento de aquellos que constituyan el campo en que podrán operar indistintamente y en forma no exclusiva, la nación, los particulares o las sociedades de particulares que tengan una mayoría de capital mexicano, ya sea sólos o asociados con la nación.

    La ocupación provisional, la definitiva o la expropiación de las tierras ejidales o comunales procederá, mediante previa indemnización legal, en todos los casos en que lo requieran la nación o su industria petrolera.

    ...''

    Transitorios

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo.- Los contratos, convenios o actos jurídicos celebrados con anterioridad a la presente ley y que contravengan lo dispuesto en ella no serán renovados. Cesarán de inmediato en sus efectos aquellos cuyo vencimiento tenga lugar cinco años después de iniciada la vigencia de esta ley.

    Tercero.- Se faculta a la Secretaría de Economía para celebrar convenios con las autoridades federales competentes, a efecto de que el aumento al precio de la gasolina al consumidor final no sea de más de 0.50 (cincuenta centavos) durante cada año.

    Dado en el Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados, en el día de su presentación.--- Dip. César Amín González Orantes (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Túrnese a la Comisión de Energía.


    LEY FEDERAL DE TURISMO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, en nuestro orden del día está el rubro de iniciativas de ciudadanos diputados. En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo.

    El diputado Jorge Legorreta Ordorica: Con su permiso diputada Presidenta; compañeras y compañeros diputados: el turismo es uno de los sectores económicos más importantes y dinámicos en el mundo actual, tanto por su nivel de inversión, participación en el empleo y aportación de divisas como por la contribución al desarrollo regional. Aporta alrededor del 11 por ciento de la producción mundial y genera uno de cada once empleos. Se estima que en los próximos 20 años viajarán por el mundo 1.6 millones de turismos que dejarán una derrama económica muy superior a cualquier otro tipo de ingreso para el Estado. La importancia del turismo para la economía mexicana es indudable, sus beneficios no sólo se reflejan en tener una industria que genera empleos y sea el detonador del desarrollo regional, sino que además es factor de difusión de atractivos culturales y naturales.

    El sector turismo aporta más de 8 por ciento del Producto Interno Bruto Nacional y contribuye con más de 9 por ciento de los empleos directos e indirectos. Asimismo, durante el año 2004 se captaron 20.6 millones de visitantes internacionales, 10.5 por ciento superior a lo registrado en el 2003, esto significó una derrama de más de mil millones de dólares; 14.6 por ciento superior a lo registrado en el 2003. A nivel mundial, México ocupa el octavo sitio en captación de turistas internacionales y el décimo sitio en captación de divisas. El Padrón Nacional de Proyectos de Inversión es una herramienta que permite estimar, entre otras cosas, el desarrollo y crecimiento de la oferta del sector turismo nacional y lograr con el apoyo de empresarios y Gobiernos estatales, dimensionar la importancia trascendental de las inversiones en turismo, con palanca de desarrollo regional de generación de empleos y de captación de divisas.

    En este contexto, la Secretaría de Turismo Federal cuenta con un proceso de recopilación y actualización de información referente a los proyectos de inversión turística que se están construyendo y se tiene programado construir durante periodos de análisis anuales, en las diferentes localidades turísticas del país, cerrando el año del 2004 con una inversión de 2 mil 300 millones de dólares.

    Por otra parte, el Programa Nacional de Turismo 2001-2006 es el instrumento de trabajo que reúne los objetivos, políticas, prioridades y acciones relevantes para orientar el desarrollo de la actividad turística hacia estadios de crecimiento económico y social; establece una política turística articulada en cuatro ejes interrelacionados: Primero. Hacer del turismo una prioridad nacional, tener turistas totalmente satisfechos, mantener destinos sustentables y contar con empresas más competitivas. En la industria turística, las micro, pequeñas y medianas empresas representan más de 80 por ciento de la oferta actual de servicios turísticos, por lo que su fortalecimiento en términos de capacitación y modernización son fundamentales.

    Por ello, el cuarto eje rector se orienta a impulsar a la micro, pequeña y mediana empresa turística para que se constituyan como empresa competitiva. La Secretaría de Turismo instrumentó el Programa de Modernización para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Turística, cuyo objetivo es apoyar a los empresarios turísticos para conducir la administración de sus negocios hacia la modernización, mediante la adopción de sistemas de gestión, estándares de calidad y servicios de clase mundial. Esto con el fin de satisfacer las necesidades de sus clientes internos y externos, traduciéndose esto en mayor rentabilidad y competitividad para las empresas. Por otra parte, el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo señala en su fracción XI, entre otras, que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo otorgará todo tipo de créditos en moneda nacional o extranjera, para la construcción, ampliación o remodelación de instalaciones turísticas que contribuyan al fomento de la actividad. Sin embargo, se debe otorgar mayor certeza a las micro, pequeñas y mediana empresas, por lo que se considera conveniente dictar las reglas que deban observar esta empresas para poder participar en este tipo de créditos. No hay que olvidar que el municipio es la unidad primaria y básica del desarrollo del país, y que los destinos turísticos son en realidad cada uno de los municipios en México, por lo que hay que entender que un país que desea ser turístico, se conforma de la suma de municipios turísticos, cada uno de los cuales tienen infinidad de atractivos que ofrecer.

    Por lo que es necesario prepararse desde el nivel federal, estatal y municipal, planeando, regulando y gestionando las reglas del juego turístico, basado en la sustentabilidad ambiental, social y económica. En este sentido, para fortalecer y propiciar la creatividad e innovación, el Partido Verde Ecologista de México somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción XI del artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, para quedar como sigue:

    Artículo 28. El Fondo Nacional de Fomento al Turismo tendrá las siguientes funciones:

    Fracción XI. Otorgar todo tipo de créditos en moneda nacional o extranjera para la construcción, ampliación o remodelación de instalaciones turísticas que contribuyan al fomento de la actividad turística.

    Para el efecto, la Secretaría deberá expedir reglas considerando la opinión de la Secretaría de Economía y deberá publicar las mismas a más tardar el 30 de noviembre del año en curso, las cuales surtirán vigencia a partir del primero de enero del año siguiente.

    Es cuanto, diputada Presidenta.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, presentada por el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del PVEM.

    Jorge Legorreta Ordorica, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar que se turne a la Comisión de Turismo la presente iniciativa, que adiciona un segundo párrafo a la fracción XI del artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, de conformidad con la siguiente:

    Exposición de Motivos

    El turismo es uno de los sectores económicos más importantes y dinámicos en el mundo actual, tanto por su nivel de inversión, participación en el empleo, aportación de divisas, como por la contribución al desarrollo regional. Aporta alrededor del 11% de la producción mundial y genera uno de cada once empleos. Se estima que en los próximos 20 años viajarán por el mundo 1.6 millones de turistas que dejarán una derrama económica de dos millones de millones de dólares.

    La importancia del turismo para la economía mexicana es indudable, sus beneficios no sólo se reflejan en ser una industria que genera empleos y detonador del desarrollo regional, sino que además es factor de difusión de atractivos culturales y naturales.

    México ofrece una extensa variedad de atractivos turísticos: la herencia de civilizaciones prehispánicas y el desa-rrollo de sitios arqueológicos como símbolos de identidad nacional, la incomparable belleza de sus playas, el encuentro de los vestigios de culturas milenarias conjugadas con grandes urbes, extensas áreas naturales con elementos históricos que lo hacen único en el mundo, así como una infraestructura turística de vanguardia internacional.

    El sector turismo aporta más del 8% del Producto Interno Bruto Nacional y contribuye con más del 9% de los empleos directos e indirectos. Asimismo, durante el año 2004 se captaron 20.6 millones de visitantes internacionales, 10.5% superior a lo registrado en 2003, esto significó una derrama de 10.8 mil millones de dólares, 14.6% superior a lo registrado en 2003. A nivel mundial, México ocupa el 8° sitio en captación de turistas internacionales y el 10° en captación de divisas.

    El Padrón Nacional de Proyectos de Inversión es una herramienta que permite estimar, entre otras cosas, el desa-rrollo y crecimiento de la oferta del sector turístico nacional y lograr, con el apoyo de empresarios y gobiernos estatales, dimensionar la importancia trascendental de las inversiones en turismo, como palanca de desarrollo regional, de generación de empleos y de captación de divisas.

    En este contexto, la Secretaría de Turismo federal cuenta con un proceso de recopilación y actualización de información referente a los proyectos de inversión turística que se están construyendo y/o se tiene programado construir durante periodos de análisis anuales, en las diferentes localidades turísticas del país.

    Es así como en el año 2004, las cifras proporcionadas por empresarios y gobiernos de los estados han dado a la Secretaría de Turismo la oportunidad de conocer el desarrollo de nuevos proyectos tales como hoteles, grandes desarrollos, parques temáticos, campos de golf, infraestructura para el transporte turístico, entre otros proyectos, que fueron inaugurados o se realizó inversión en los mismos durante el 2004, cerrando el año con una inversión de $2,294.85 millones de dólares, de los cuales 43.86 % se aplicó en destinos de playa (sin incluir Quintana Roo) y el 19.92% en el Mundo Maya, siendo más del 75 % inversión realizada en el país por desarrolladores nacionales, principalmente en proyectos hoteleros, desarrollos turísticos inmobiliarios y grandes desarrollos.

    Por otra parte, el Programa Nacional de Turismo 2001-2006 es el instrumento de trabajo que reúne los objetivos, políticas, prioridades y acciones relevantes para orientar el desarrollo de la actividad turística hacia estadios de crecimiento económico y social. Establece una política turística articulada en cuatro ejes interrelacionados; Hacer del turismo una prioridad nacional, tener turistas totalmente satisfechos, mantener destinos sustentables y contar con empresas más competitivas.

    En la industria turística, las micro, pequeñas y medianas empresas (Mpymes) representan más del 80% de la oferta actual de servicios turísticos, por lo que su fortalecimiento, en términos de capacitación y modernización, son fundamentales.

    Por ello el cuarto eje rector se orienta a impulsar a las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas, para que se constituyan como empresas competitivas. La Secretaría de Turismo instrumentó el Programa de Modernización para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Turística, cuyo objetivo es apoyar a los empresarios turísticos para conducir la administración de sus negocios hacia la modernización, mediante la adopción de sistemas de gestión, estándares de calidad y servicio de clase mundial; a fin de satisfacer las necesidades de sus clientes internos y externos, traduciéndose esto en mayor rentabilidad y competitividad para las empresas.

    Por otra parte, el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo señala, en su fracción onceava, entre otras, que El Fondo Nacional de Fomento al Turismo otorgará todo tipo de créditos en moneda nacional o extranjera para la construcción, ampliación o remodelación de instalaciones turísticas, que contribuyan al fomento de la actividad turística. Sin embargo, se debe otorgar una mayor certeza a las micro, pequeñas y medianas empresas, por lo que se considera conveniente dictar las reglas que deban observar estas empresas para poder participar de este tipo de créditos.

    No hay que olvidar que el municipio es la unidad primaria y básica del desarrollo del país y que los destinos turísticos son en realidad cada uno de los municipios en México. Por lo que hay que entender que un país que desea ser turístico se conforma de la suma de municipios turísticos, cada uno de los cuales tiene infinidad de atractivos que ofrecer, por lo que es necesario prepararse desde el nivel federal, estatal y municipal, planeando, regulando y gestionando las reglas del juego turístico basado en la sustentabilidad ambiental, social y económica.

    En este sentido, para fortalecer y propiciar la creatividad e innovación, el diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, somete a consideración la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción XI del artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, para quedar como sigue:

    Artículo 28.- El Fondo Nacional de Fomento al Turismo tendrá las siguientes funciones:

    ...

    Fracción XI. Otorgar todo tipo de créditos en moneda nacional o extranjera para la construcción, ampliación o remodelación de instalaciones turísticas, que contribuyan al fomento de la actividad turística;

    Para el efecto la Secretaría deberá expedir reglas, considerando la opinión de la Secretaría de Economía y deberá publicar las mismas a más tardar el 30 de noviembre del año en curso, las cuales surtirán vigencia a partir del 1 de enero del año siguiente.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, el día 22 del mes de marzo de 2006.--- Dip. Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, diputado Legorreta. Túrnese a la Comisión de Turismo.

    Ha solicitado la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, posponer para próxima sesión la iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos; asimismo, la diputada Mendoza Flores también solicita posponer la iniciativa que reforma el artículo 124 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


    LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, tiene la palabra nuestro compañero diputado José Evaristo Corrales Macías, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura.

    El diputado José Evaristo Corrales Macías: Con su permiso, diputada Presidenta. Los que suscribimos, diputados integrantes de la Comisión de Pesca de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, pertenecientes a los diversos grupos parlamentarios que la constituyen, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura, al tenor de las siguientes consideraciones:

    Nuestro país cuenta con una de las mayores riquezas en materia de recursos pesqueros, ya que posee 11 mil 592 kilómetros de costa, de los cuales 8 mil 475 corresponden a litoral Pacífico y 3 mil 117 al Golfo de México y mar Caribe, incluyendo islas, una zona económica exclusiva de más de 3 millones de kilómetros cuadrados y un considerable número de áreas situadas en las costas y en el interior del territorio nacional destinadas o susceptibles de uso para la acuacultura, como lagos, lagunas, represas y ríos. La pesca es una actividad productiva de alto contenido social, ya que representa en grandes regiones del país la principal opción de desarrollo económico para algunos de los sectores más desfavorecidos.

    El sector pesquero de México, incluyendo la acuacultura, contribuye en forma importante a la economía del país por lo que se refiere a la seguridad alimentaria, empleos, desarrollo regional, ingresos de divisas, entre otros. A nivel mundial, México se encuentra entre los 20 países con mayor producción pesquera; según datos de la OCDE. Las actividades de avicultura, silvicultura y pesca representan 5.7 del Producto Interno Bruto, contribuyendo la pesca con alrededor del 1 por ciento. La producción anual promedio es de alrededor de 1.4 millones de toneladas, la cual genera 350 mil empleos directos y 2 millones 300 mil indirectos, con valor promedio anual de la producción de más de 12 millones de pesos, incluyendo exportaciones por más de 600 millones de dólares al año y una balanza comercial históricamente superavitaria en el sector, cercana a 400 millones de dólares. El 6 de julio de 1976 entró en vigor en México el tratado internacional que establece a lo largo de su litoral una zona económica exclusiva fuera del mar territorial y adyacente a éste, en la cual se ejercen derechos soberanos sobre los recursos marinos que se encuentran en la columna de agua, en el lecho y en subsuelo oceánico, sean o no renovables.

    En congruencia con este tratado, el 7 de diciembre de 1981 fue aprobada por la Cámara de Senadores y por la Cámara de Diputados la iniciativa para crear la Secretaría de Pesca, la cual fue publicada en el año de 1982, con la aprobación y participación activa del gobierno mexicano en su diseño.

    El 3 de octubre de 1995, la FAO aprobó el Código de Conducta para la Pesca Responsable, el cual establece que la pesca, incluida la acuacultura, constituye una fuente vital de alimentos, empleo, recreación y comercio, bienestar económico para las poblaciones de todo el mundo, tanto en las generaciones presentes como en las futuras, por lo que deberá llevarse a cabo de forma responsable. En ese código se insta a los estados para que apliquen de manera efectiva los principios y las normas internacionales para la aplicación de prácticas responsables en la actividad, con miras a asegurar la conservación, la creación y el desarrollo de los recursos acuáticos vivos, con el debido respeto del ecosistema y de la biodiversidad, y reconoce la importancia nutricional, económica, social, cultural y ambiental de la pesca y defensa de los intereses de todos los que se relacionan con el sector pesquero.

    Pese a las bondades que la actividad pesquera ha proporcionado al país desde los tiempos antiguos, ésta, salvo en algunas administraciones, no ha encontrado acomodo entre la Administración Pública Federal. Basta citar que, a partir de la etapa posrevolucionaria, en 1917 se ubicó la Secretaría de Agricultura y Fomento como una Dirección de Pesca, en 1934 pasó a formar parte del Departamento Forestal de Caza y Pesca y en 1940 se transfiere al Departamento de Marina Nacional, que hoy es la Secretaría de Marina. Dentro de esta Secretaría, en 1941 se crea la Dirección General de Pesca e Industrias Conexas, y en 1946 el área de acuacultura pasó a la Secretaría de Recursos Hidráulicos. Nuevamente, en 1958, la actividad pesquera se traslada a otra dependencia, la Secretaría de Industria y Comercio, conservando su nivel de Dirección General de Pesca e Industrias Conexas. En 1971 se convierte en la Subsecretaría de Pesca dentro de la propia Secretaría.

    En este peregrinar continuo, en 1977 se crea el Departamento de Pesca, conforme a la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para transformarse en 1972 en la Secretaría de Pesca, bajo la cual se alcanzaron los avances más importantes y significativos para el sector pesquero, tanto cualitativos como cuantitativos. Lamentablemente, en 1994 mediante una reforma se suprimió la Secretaria de Pesca para integrarse como Subsecretaría en la estructura de la Semarnat.

    Mediante otra reforma de dicha ley, en 2000 la administración pesquera pasó a otra dependencia de nueva creación, la Sagarpa, en un principio como Subsecretaría, en 2001, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto respectivo, con el carácter de órgano desconcentrado llamado ``Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca''. En reunión realizada con el sector pesquero en el puerto de Mazatlán, Sinaloa, el 9 de mayo de 2001, al anunciar la creación de la Comisión de Pesca y Acuacultura, el titular del Ejecutivo federal señaló que éste era un paso para que en un futuro pudiera ser una Secretaría de Pesca.

    No obstante, con el consenso de dicho decreto, se establece que es indispensable que la administración, la regulación y el fomento de la pesca y acuacultura se concentren en un órgano administrativo que, además, tenga a su cargo las actividades de inspección y vigilancia en la materia para contribuir a elevar la eficiencia, calidad, rentabilidad y sustentabilidad del desarrollo acuícola y pesquero. La realidad es que la Conapesca, desde que nació, ha tenido severas limitaciones en su actuación, debido a que no queda clara en su estructura orgánica la forma en que se aplica el principio de legalidad en el ejercicio de sus funciones, además de las deficiencias presupuestales, patrimoniales, y de recursos humanos y materiales para cumplir sus responsabilidades, así como su evidente falta de capacidad de gestión dentro de la propia Administración Pública Federal.

    Consideramos que su naturaleza de órgano desconcentrado y las facultades que actualmente tiene asignadas han impedido que la Conapesca contribuya eficientemente al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, en específico el Programa Nacional de Pesca y Acuacultura. La Constitución Política, en su articulado, establece los principios jurídicos que rigen lo relativo a los recursos naturales que constituyen la flora y la fauna cuyo medio de vida parcial o temporal sea el agua, lo que tiene por objeto garantizar la conservación, la preservación o el aprovechamiento racional de recursos pesqueros y establecer las bases de su adecuado fomento y administración.

    Conforme a los principios constitucionales de planeación del desarrollo nacional integral y sustentable, se deben garantizar las condiciones para el desarrollo rural que forma parte del sector pesquero y acuícola, con el propósito de generar empleo y asegurar a la población que se dedica a estas actividades el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, lo cual hasta hoy se ha logrado con la creación de la Sagarpa y la Conapesca. Por lo anterior, se propone que la Secretaría de Pesca y Acuacultura, como autoridad responsable, lleve a cabo las acciones de inspección y vigilancia en materia de pesca y acuacultura, administrar el régimen de concesiones y permisos para la realización de actividades de pesca y de acuacultura, establecer las bases del desarrollo e implantación de medidas de sanidad de recursos pesqueros acuícolas y certificación de los requisitos fitosanitarios y zoosanitarios de los productos pesqueros y acuícolas en el estado natural.

    Al contar con una Secretaría de Pesca y Acuacultura, el Estado mexicano tendría la oportunidad para hacer de la actividad pesquera y acuícola una fuente invaluable de alimentos de gran riqueza proteínica para la población para ordenar y fomentar la actividad de la extracción y el cultivo hasta la mesa de los consumidores, con lo cual se podrían generar empleos suficientes, que tanto demanda la población, e incursionar y competir en el mercado internacional con una mejor oferta y calidad de nuestros productos del mar.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

    Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 26, 32 Bis, 34, 35 y 35 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

    Para el despacho de los asuntos del órgano administrativo del Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias:

    Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación, y una Secretaría de Pesca y Acuacultura.

    Diputada Presidenta, en virtud de que esta iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, le solicito que se publique de manera íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputada Presidenta. Muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura, a cargo del diputado José Evaristo Corrales Macías, del grupo parlamentario del PAN

    Los que suscribimos, diputados integrantes de la Comisión de Pesca de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, pertenecientes a los diversos grupos parlamentarios que la constituyen, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Nuestro país cuenta con una de las mayores riquezas en materia de recursos pesqueros, ya que posee 11,592 kilómetros de costas, de los cuales 8,475 corresponden al litoral del Pacífico y 3,117 al del Golfo de México y Mar Caribe, incluyendo islas; una zona económica exclusiva de más de tres millones de kilómetros cuadrados; y un considerable número de áreas situadas en las costas y en el interior del territorio nacional, destinadas o susceptibles de uso para la acuacultura, como lagos, lagunas, represas y ríos.

    Por su ubicación geográfica, sus aguas ofrecen medios diversos para las distintas especies de organismos acuáticos, debido a la variabilidad de climas y de condiciones ecológicas que favorecen a la pesca y acuacultura. La diversidad climática y biológica en las aguas marinas permite que en los mares de México se encuentren especies de climas templado, cálido y frío, de fondo y superficie, costeras y de alta mar, regionales y migratorias, y de todas las transiciones entre estos tipos extremos, y sus aguas continentales son propicias para el desarrollo de la actividad acuícola.

    La pesca es una actividad productiva de alto contenido social, ya que representa en grandes regiones del país la principal opción de desarrollo económico para algunos de los sectores más desfavorecidos. El sector pesquero de México, incluyendo la acuacultura, contribuye en forma importante a la economía del país, en lo que se refiere a seguridad alimentaria, empleos, desarrollo regional, ingreso de divisas, entre otros.

    A nivel mundial México se encuentra dentro de los veinte países con mayor producción pesquera. Según datos de la Organización de Comercio y Desarrollo Económico (OCDE), las actividades de agricultura, silvicultura y pesca representan el 5.7 del PIB, contribuyendo la pesca con alrededor del 1 por ciento. La producción anual promedio es de alrededor de 1.4 millones de toneladas, la cual genera 350 mil empleos directos y dos millones 300 mil indirectos, con un valor promedio anual de la producción de más de 12 mil millones de pesos, incluyendo exportaciones por más de 600 millones de dólares al año y una balanza comercial históricamente superavitaria en el sector cercana a los 400 millones de dólares.

    El 6 de junio de 1976 entró en vigor en México el Tratado Internacional que establece, a lo largo de su litoral, una zona económica exclusiva fuera del mar territorial y adyacente a éste, en la cual se ejercen derechos soberanos sobre los recursos marinos que se encuentran en la columna de agua, en el lecho y en el subsuelo oceánico, sean o no renovables. En congruencia con este tratado, el 7 de diciembre de 1981 fue aprobada por la Cámara de Senadores y por esta Cámara de Diputados, la iniciativa para crear la Secretaría de Pesca, la cual fue publicada el 4 de enero de 1982.

    Con la aprobación y participación activa del gobierno mexicano en su diseño, el 31 de octubre de 1995 la FAO aprobó el Código de Conducta para la Pesca Responsable, el cual establece que la pesca, incluida la acuacultura, constituye una fuente vital de alimentos, empleo, recreación, comercio y bienestar económico para las poblaciones de todo el mundo, tanto para las generaciones presentes como para las futuras, por lo que deberá llevarse a cabo de forma responsable. En este código se insta a los Estados para que apliquen de manera efectiva los principios y normas internacionales para la aplicación de prácticas responsables en la actividad, con miras a asegurar la conservación, la gestión y el desarrollo de los recursos acuáticos vivos, con el debido respeto del ecosistema y de la biodiversidad y reconoce la importancia nutricional, económica, social, cultural y ambiental de la pesca y la defensa de los intereses de todos aquellos que se relacionan con el sector pesquero.

    Pese a las bondades que la actividad pesquera le ha proporcionado al país desde tiempos antiguos, ésta, salvo en algunas administraciones, no ha encontrado su acomodo dentro de la Administración Pública Federal. Baste citar que a partir de la etapa posrevolucionaria, en 1917 se le ubicó en la Secretaría de Agricultura y Fomento como una Dirección de Pesquerías; en 1934 pasó a formar parte del Departamento Forestal y de Caza y Pesca y en 1940 se transfiere al Departamento de la Marina Nacional, que hoy es la Secretaría de Marina. Dentro de esa Secretaría, en 1941 se crea la Dirección General de Pesca e Industrias Conexas y en 1946 el área de acuacultura pasó a la Secretaría de Recursos Hidráulicos.

    Nuevamente, en 1958 la actividad pesquera se traslada a otra dependencia, la Secretaría de Industria y Comercio, conservando su nivel de Dirección General de Pesca e Industria Conexa, que en 1971 se convierte en la Subsecretaría de Pesca, dentro de la propia Secretaría. Este peregrinar continuó, y en 1977 se crea el Departamento de Pesca, conforme a la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para transformarse en 1982 en la Secretaría de Pesca, bajo la cual se alcanzaron los avances más importantes para el sector pesquero, tanto cualitativos como cuantitativos.

    Lamentablemente, en 1994, mediante una nueva reforma, se suprimió la Secretaría de Pesca, para integrarse como subsecretaría dentro de la estructura de la Semarnap. Mediante otra reforma a dicha ley, en el año 2000 la administración pesquera pasó a otra dependencia de nueva creación, la Sagarpa, en un principio como subsecretaría y desde el 31 de mayo de 2001, cuando se publicó en Diario Oficial de la Federación el decreto respectivo, con el carácter de órgano desconcentrado, llamado Comisión Nacional Acuacultura y Pesca. En reunión realizada con el sector pesquero, en el puerto de Mazatlán, Sinaloa, el 9 de mayo de 2001, al anunciar la creación de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, el titular del Ejecutivo federal señaló que ésta era un paso para lo que en el futuro pudiera ser una Secretaría de Pesca.

    No obstante que en el texto de dicho decreto se establece que es indispensable que la administración, regulación y fomento de la pesca y la acuacultura se concentren en un órgano administrativo, que además tenga a su cargo las actividades de inspección y vigilancia en la materia, para contribuir a elevar la eficiencia, calidad, rentabilidad y sustentabilidad del desarrollo acuícola y pesquero, la realidad es que la Conapesca, desde que nació, ha tenido severas limitaciones en su actuación, debido a que no queda clara en su estructura orgánica la forma en que se aplica el principio de legalidad en el ejercicio de sus funciones, además de las deficiencias presupuestales, patrimoniales, de recursos humanos y materiales para cumplir con sus responsabilidades, así como su evidente falta de capacidad de gestión dentro de la propia Administración Pública Federal.

    De acuerdo con su actual jerarquía administrativa, la Conapesca se pierde en la estructura de la Sagarpa, generando confusión y discrecionalidad en la aplicación de las normas y en el destino que se da a los recursos asignados a los programas pesqueros, con lo que el Estado mexicano está renunciando de manera implícita y en los hechos a la alta responsabilidad de atender eficientemente a este sector, que es fuente primordial de producción de alimentos, generación de empleos, captación de divisas y soporte para el arraigo de connacionales en alejados e inhóspitos litorales del país, lo que significa a fin de cuentas contribución al ejercicio de la soberanía nacional.

    Consideramos que su naturaleza de órgano desconcentrado y las facultades que actualmente tiene asignadas, ha impedido que la Conapesca contribuya eficientemente al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y en específico al Programa Nacional de Pesca y Acuacultura, lo cual ha repercutido en la situación de los pescadores y acuicultores del país, quienes son los afectados directamente. Una prueba reciente de ello es el recorte discrecional de más de la tercera parte que la Sagarpa ejecutó sobre los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005 para el sector pesquero, con lo cual se dejarán de impulsar obras de infraestructura pesquera, proyectos productivos, acciones de ordenamiento pesquero o sustitución de artes y equipos de pesca.

    Entre los objetivos de la política pesquera y acuícola se encuentran los económicos, que consisten en incrementar el ingreso neto de los productores, los ambientales que tienden a promover el aprovechamiento sustentable y los productivos para garantizar el abasto de alimentos ricos en proteínas. Para ello se deberán establecer instrumentos legales que garanticen que las acciones en el sector se realicen por órganos de gobierno idóneos que cuenten con las atribuciones legales suficientes para el cumplimiento de estos objetivos.

    De conformidad con el orden jurídico vigente contenido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la que se distribuyeron las atribuciones que las distintas secretarías tienen en la materia acuícola y pesquera, tanto en funciones de administración de recursos naturales, incluyendo el control y la inspección y vigilancia, como el fomento de la actividad productiva, ha generado severos traslapes entre las funciones que realizan dichas secretarías en la actividad. En especial se encuentran las que se provocan entre las de Marina, de Salud, Semarnat y Sagarpa, en materia de recursos naturales por un lado, o entre las de fomento a la actividad productiva, entre ellas la SHCP, Economía, SCT, Relaciones Exteriores y la propia Sagarpa, lo cual se agrava ante la carencia de criterios de asignación de funciones e interpretación.

    La Constitución Política, en su articulado, establece los principios jurídicos que rigen lo relativo a los recursos naturales que constituyen la flora y fauna cuyo medio de vida total, parcial o temporal sea el agua, que tienen por objeto garantizar la conservación, la preservación y el aprovechamiento racional de los recursos pesqueros y establecer las bases para su adecuado fomento y administración. Conforme a los principios constitucionales de planeación del desarrollo nacional integral y sustentable, se deben garantizar las condiciones para el desarrollo rural del que forma parte el sector pesquero y acuícola, con el propósito de generar empleo y asegurar a la población que se dedica a estas actividades el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, lo cual hasta hoy no se ha logrado con la creación de la Sagarpa y la Conapesca.

    Para garantizar el mejoramiento de la calidad de vida de los pescadores y acuicultores del país, así como el derecho de acceso de comunidades y pueblos indígenas al uso y disfrute preferente de los recursos pesqueros y acuícolas de los lugares que ocupen y habiten, a través de los programas que se instrumenten para el sector pesquero y acuícola, se requiere de un sistema integral que a través de una dependencia rectora, como es una Secretaría, permita esta necesaria coordinación. Se requiere de una dependencia con la categoría administrativa que en su carácter de federal, coordine la definición y ejecución de acciones, y la aplicación de recursos para llevar a cabo la Política Pesquera y Acuícola Nacional y que impulse el desarrollo regional, fomentando la participación de las entidades federativas en esas acciones, fortaleciendo al municipio y otorgando un mayor dinamismo al sistema republicano federal, a través de la descentralización de programas y acciones que se vinculen a los programas sectoriales, regionales, institucionales y especiales de las dependencias y entidades federales.

    Por otra parte, se requiere también impulsar un nuevo federalismo para fortalecer a las entidades federativas y los municipios y fomentar la descentralización y el desarrollo regional, delineando estrategias y acciones para la modernización de la administración pública en materia de pesca y acuacultura. La estructura del órgano desconcentrado denominado Conapesca, impide el ejercicio de las nuevas atribuciones que en la materia tienen ahora las entidades federativas y los municipios

    Debido a la reciente reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que adicionó en su artículo 73 la fracción XXIX-L, para establecer como facultad del Congreso de la Unión: ``...expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de pesca y acuacultura, así como la participación de los sectores social y privado'', se promueve la descentralización bajo el principio de la concurrencia, que significa la transformación de lo que había sido considerado como únicamente federal, en una facultad compartida, donde el Ejecutivo federal, es hoy sólo un actor más.

    Con ello, las entidades federativas y los municipios tendrán la posibilidad de asumir las nuevas competencias que en materia de pesca y acuacultura les han sido otorgadas por este Constituyente Permanente, a través de la reforma constitucional en comento. Esto implica que se debe brindar una nueva estructura al Ejecutivo Federal, a través de la creación de una Secretaría de Pesca y Acuacultura que ejerza las atribuciones que le corresponde a la Federación como representante de la nación en la administración y el dominio sobre los bienes nacionales y se coordine, con atribuciones legales específicas, con las entidades federativas y los municipios, en cuanto se refiere a las competencias que en materia de pesca y acuacultura sean asignadas a éstas.

    Es decir, que para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y el aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura, considerando los aspectos biológicos, tecnológicos, ambientales y productivos, se requiere de una autoridad en la materia que aplique los principios constitucionales para coordinar al Ejecutivo federal con las acciones de los demás órdenes de gobierno.

    El nuevo régimen constitucional de administración de competencias en materia de pesca y acuacultura hace necesario establecer mecanismos de coordinación y concertación permanentes, nacionales y regionales, que permitan ventilar la problemática del sector, con el ánimo de dar eficiencia a las formas de gestión por parte de entidades federativas y municipios, transparencia a las formas de asociación y consolidar estructuras de participación social, que deberán orientarse y avalarse mediante la acción de una Secretaría de Pesca y Acuacultura como responsable de administrar y velar, en el ámbito federal, por los recursos pesqueros y acuícolas.

    Es indispensable que la Secretaría de Pesca y Acuacultura establezca las bases para la ordenación, conservación, la repoblación y el aprovechamiento sustentable de los recursos acuícolas y pesqueros, la protección y rehabilitación de los ecosistemas en que se encuentran dichos recursos, en coordinación con otras dependencias de su mismo rango, así como fijar las normas básicas para planear y regular el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, en medios o ambientes seleccionados, controlados, naturales, acondicionados o artificiales, ya sea que realicen el ciclo biológico parcial o completo, en aguas marinas, continentales o salobres, así como en terrenos del dominio público o de propiedad privada.

    Por ello, se propone que la Secretaría de Pesca y Acuacultura, como autoridad responsable lleve a cabo las acciones de inspección y vigilancia en materia de pesca y acuacultura, administrar el régimen de concesiones y permisos para la realización de actividades de pesca y acuacultura, establecer las bases para el desarrollo e implementación de medidas de sanidad de recursos pesqueros y acuícolas, la certificación de los requisitos fitosanitarios y zoosanitarios de los productos pesqueros y acuícolas en estado natural, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos e instalaciones en los que se produzcan o conserven, así como para establecer el Sistema Nacional de Información de Pesca y Acuacultura y el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura, establecer las infracciones y sanciones correspondientes por incumplimiento o violación a la ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que deriven de la misma, y para garantizar que la pesca y la acuacultura se orienten a la producción de alimentos.

    Además, la propuesta de creación de la Secretaría de Pesca y Acuacultura que se plantea en la presente iniciativa tiene por objeto que las acciones para regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, con el fin de propiciar el desarrollo integral y sustentable de la pesca y la acuacultura, sean llevadas a cabo bajo el principio de legalidad, lo cual, en este momento, consideramos que no se cumple a cabalidad.

    Por las modificaciones de la administración pública en materia de pesca y acuacultura, las atribuciones en materia de inspección y vigilancia que se encuentran conferidas en el artículo 22 de la Ley de Pesca vigente a la Sagarpa, mediante el decreto de creación de la Conapesca fueron conferidas de manera parcial a ese órgano desconcentrado, lo cual a todas luces genera un conflicto para el ejercicio de dichas facultades, ya que para cumplir con los preceptos constitucionales en materia de seguridad jurídica y legalidad que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales se requiere que tales facultades se encuentren previstas en una disposición legal y no en un decreto del Ejecutivo Federal. Es decir, que sólo la Sagarpa cuenta actualmente con facultades legales en materia de inspección y vigilancia, de las cuales carece la Conapesca. De ahí la conveniencia de que estas facultades sean asignadas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la nueva Secretaría de Pesca y Acuacultura, con lo que se corregiría esta deficiencia jurídica.

    Por las limitaciones que establece el actual texto constitucional en cuanto a las facultades exclusivas del Ejecutivo federal sobre los recursos naturales, la pesca no puede quedar a cargo de un órgano descentralizado. Por ello, mediante la presente iniciativa se propone la creación de la Secretaría de Pesca y Acuacultura, lo cual implica reestructurar funciones de las diversas dependencias del Ejecutivo federal y dar congruencia a sus atribuciones, buscando a la vez que no se genere un gasto público adicional, lo cual se consigue a través de la elevación al rango de Secretaría de la actual Conapesca, que ya desde su creación se le consideró como un órgano de transición.

    En los términos del texto vigente de la ley que nos ocupa se requiere, para dar congruencia a la presente iniciativa , que se modifiquen los artículos relacionados con las atribuciones de la Sagarpa, de la Secretaría de Economía, y en especial de las asignadas a la Semarnat, en cuyo caso se suprimen las facultades actuales relativas a la inspección y vigilancia en materia de pesca, previstas en la fracción V del artículo 32 Bis vigente, toda vez que desde el año 2000 el ejercicio de estas actividades, por virtud del artículo octavo transitorio de la Ley de Pesca, se encuentran conferidas a la Sagarpa.

    Es importante destacar que en las reuniones de trabajo y foros de consulta que la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados ha realizado en todas las entidades con vocación pesquera del país durante la presente Legislatura, los diversos actores que participan en esta actividad han demandado la urgente necesidad de contar con una Secretaría de Pesca y Acuacultura, ya que, coinciden, la Conapesca no ha tenido la capacidad técnica, administrativa ni presupuestal para atender los diversos y graves problemas a los que se enfrentan cotidianamente.

    Al contar con una Secretaría de Pesca y Acuacultura, el Estado mexicano tendría la oportunidad para hacer de la actividad pesquera y acuícola una fuente invaluable de alimentos de gran riqueza proteínica para la población; para ordenar y fomentar la actividad, desde la extracción y el cultivo hasta la mesa de los consumidores, con lo cual se podrían generar los empleos suficientes que tanto demanda la población e incursionar y competir en el mercado internacional, con una mejor oferta y calidad de nuestros productos del mar.

    La ausencia de políticas de Estado en la actividad pesquera es lo que ha originado el abandono en que se encuentra en su mayor parte el sector pesquero. Al recorrer la vista por las costas, lagos, ríos y lagunas de nuestro país, se puede constatar con impotencia cómo realizan hombres y mujeres la actividad pesquera y acuícola, cómo con una voluntad tenaz vencen todas las trabas que el Estado y la naturaleza les imponen para obtener unos cuantos kilos de alimento, que en el mejor de los casos son sólo para lograr niveles ínfimos de subsistencia, lo cual es una situación imperdonable en una actividad que debiera ser rentable y generadora de riqueza y, sobre todo, detonante del desarrollo nacional y del bienestar de los mexicanos.

    Los retos que nos impone la realidad nos deben obligar a elevar la mirada, creando la Secretaría de Pesca y Acuacultura para enfrentar el aumento de la población en el país, la gran demanda de empleos y la necesidad de contar con alimentos que satisfagan las necesidades de una sociedad con graves problemas de desnutrición. Creemos firmemente que la necesidad de contar con una política de Estado que tenga como eje la soberanía alimentaría y el desarrollo nacional, vuelve imperiosa la creación de la Secretaría de Pesca y Acuacultura.

    Por todo lo anterior expuesto, someto a la consideración de ésta soberanía, la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

    Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 26, 32 Bis, 34, 35 y 35 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

    Artículo 26.- Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias:

    ... ... ...

    Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación

    Secretaría de Pesca y Acuacultura

    ... ... ...

    Artículo 32 Bis.- A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. a IV. ...

    V. Vigilar y estimular en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, agua, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática y demás materias competencia de la Secretaría, así como, en su caso, imponer las sanciones procedentes;

    VI. a XII. ...

    XIII. Fomentar y realizar programas de reforestación y restauración ecológica, con la cooperación de las autoridades federales, estatales y municipales, en coordinación, en su caso, con las Secretarías de Pesca y Acuacultura y la de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación.

    XIV. al XXIV. ...

    XXV. Estudiar, proyectar, construir y conservar, con la participación que corresponda a las Secretarías de Pesca y Acuacultura y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación, las obras de riego, desecación, drenaje, defensa y mejoramiento de terrenos y las de pequeña irrigación, de acuerdo con los programas formulados y que competa realizar al gobierno federal, por sí o en cooperación con las autoridades estatales y municipales o de particulares;

    XXVI. ...

    XXVII. ...

    XXVIII. ...

    XXIX. Organizar y manejar la explotación de los sistemas nacionales de riego, con la intervención de los usuarios, en los términos que lo determinen las leyes, en coordinación, en su caso, con las Secretarías de Pesca y Acuacultura con la Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación.

    XXX. a XLI. ...

    Artículo 34.- A la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. al VIII. ...

    IX. Participar con las Secretarías de Desarrollo Social, de Pesca y Acuacultura, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación y con la de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población;

    X. ...

    X Bis. ...

    XI. Coordinar y dirigir con la colaboración de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación y de Pesca y Acuacultura, el Sistema Nacional para el Abasto, con el fin de asegurar la adecuada distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población;

    XII. a XIV. ...

    XV. Fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, así como promover el desarrollo de lonjas, centros y sistemas comerciales de carácter regional o nacional en coordinación con las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación y de Pesca y Acuacultura;

    XVI. a XXX. ...

    Artículo 35.- A la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural y Alimentación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. a VI. ...

    VII. Organizar y fomentar las investigaciones agrícolas, ganaderas, avícolas, apícolas y silvícolas, estableciendo institutos experimentales, laboratorios, estaciones de cría, semilleros y viveros, vinculándose a las instituciones de educación superior de las localidades que correspondan, en coordinación, en su caso, con las Secretarías del Medio Ambiente y Recursos Naturales y la de Pesca y Acuacultura;

    VIII. a XX. ...

    XXI. Derogado

    XXII. ...

    Artículo 35 Bis.- A la Secretaría de Pesca y Acuacultura corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

    I. Proponer, formular, coordinar, conducir, regular, evaluar y ejecutar la política nacional para el manejo integral y sustentable de la pesca y la acuacultura así como para el desarrollo integral de las regiones y fomentar y promover las actividades pesqueras y acuícolas y el desarrollo integral de quienes participan en dichas actividades;

    II. Regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, establecer las medidas administrativas y de control a que deban sujetarse las actividades de pesca y acuacultura y establecer los volúmenes de captura permisibles, así como fijar talla o peso mínimo de las especies susceptibles de captura;

    III. Expedir los decretos para establecer y modificar o suprimir y fijar las épocas y zonas de veda en materia de pesca;

    IV. Fijar los métodos y medidas para la conservación de los recursos pesqueros y la repoblación de las áreas de pesca en coordinación con la autoridad competente, así como regular las áreas de refugio para proteger las especies acuáticas que así lo requieran, y establecer las épocas y zonas de veda;

    V. Resolver sobre la expedición de concesiones y permisos en materia pesquera y acuícola, en los términos de la ley, sus disposiciones reglamentarias y normas oficiales que de ella deriven;

    VI. Regular y fijar el conjunto de instrumentos, artes, equipos, métodos, personal y técnicas de pesca, así como coordinar y supervisar la operación de los programas de administración y regulación pesquera y acuícola;

    VII. Determinar las zonas de captura y cultivo, en aguas interiores y frentes de playa, para la recolección de postlarvas, crías, semillas y otros estadios biológicos, así como las épocas y volúmenes a que deberá sujetarse la colecta;

    VIII. Elaborar, aprobar, expedir y publicar la Carta Nacional Pesquera y la Carta Nacional Acuícola, y sus actualizaciones;

    IX. Promover y apoyar la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico de la pesca y la acuacultura, así como el fortalecimiento de las capacidades tecnológicas de la planta productiva nacional;

    X. Apoyar, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, las actividades de los centros de educación pesquera y acuícola media superior y superior; y proponer sus formas de vinculación con el sector de pesca y acuacultura;

    XI. Expedir normas para el aprovechamiento, manejo, conservación y traslado, de los recursos pesqueros y acuícolas, así como las artes de pesca en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

    XII. Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros para el fomento de la actividad pesquera; y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados;

    XIII. Integrar e impulsar programas de inversión que permitan canalizar, productivamente, recursos públicos y privados al gasto social en la actividad pesquera y acuícola, coordinar programas para crear y fortalecer empresas que integren a grupos de productores pesqueros y acuícolas a través de acciones de planeación, programación, concertación y coordinación, así como promover la inclusión de proyectos de inversión en obra pública a la cartera de programas y proyectos de inversión de la Administración Pública Federal, mediante la concertación y colaboración con los tres órdenes de gobierno y los sectores social y privado;

    XIV. Estudiar, proyectar, construir y conservar las obras de infraestructura pesquera y de acuacultura que requiere el desarrollo del sector pesquero, con la participación de las entidades federativas, municipales o de particulares;

    XV. Proponer, coordinar y ejecutar la política general de inspección y vigilancia en materia pesquera y acuícola, con la participación que corresponda a otras dependencias de la Administración Pública Federal, así como acreditar la legal procedencia de los productos y subproductos pesqueros y acuícolas;

    XVI. Realizar la inspección y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales, sus reglamentos, normas oficiales y demás ordenamientos que de ella deriven y determinar las infracciones e imponer las sanciones administrativas que en su caso correspondan;

    XVII. Promover y ejecutar acciones orientadas a la homologación y armonización de medidas con otros países en materia de sanidad de especies acuáticas;

    XVIII. Concertar acuerdos y ejecutar programas de cooperación técnica en materia pesquera y acuícola y proponer las posiciones relacionadas con estas materias que sean presentadas por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos en los diversos foros y organismos internacionales, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores;

    XIX. Fomentar y promover la producción, consumo, industrialización, abasto, comercialización, calidad, competitividad y exportación de los productos pesqueros y acuícolas, en todos sus aspectos, en coordinación con las dependencias competentes y proponer y coordinar la política nacional de competitividad de los productos pesqueros y acuícolas en el mercado internacional;

    XX. Promover el establecimiento de zonas de acuacultura, así como la construcción de unidades de producción acuícola;

    XXI. Promover la organización y capacitación para el trabajo pesquero y acuícola y prestar servicios de asesoría y capacitación a las organizaciones pesqueras y acuícolas que lo soliciten;

    XXII. Establecer y operar el Sistema Nacional de Información Pesquera y Acuícola y el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura, así como mantenerlos actualizados en forma permanente, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

    XXIII. Celebrar convenios de coordinación y colaboración con los gobiernos de las entidades federativas, en los términos de la presente ley y establecer bases de coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

    XXIV. Celebrar acuerdos de concertación de acciones con los sectores productivos para la ejecución de programas y proyectos de fomento y desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas;

    XXV. Las demás que expresamente le atribuya esta ley, sus disposiciones reglamentarias, las normas oficiales, así como las demás disposiciones aplicables.

    Transitorios

    Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Los traspasos que por motivo de este decreto deban realizarse de una dependencia a otra, incluirán las adecuaciones presupuestarias que comprenden las modificaciones a la estructura programática y financiera, a los calendarios financieros y de metas, así como los traspasos de recursos humanos y de los activos patrimoniales tales como bienes inmuebles, mobiliario, vehículos, instrumentos, aparatos, maquinaria, archivos y, en general, el equipo que la dependencia haya utilizado para los asuntos a su cargo. Los derechos laborales del personal que, en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, pase de una dependencia a otra, se respetarán conforme a la ley.

    Artículo Tercero.- Los asuntos que con motivo de este decreto deban pasar de una Secretaría a otra, permanecerán en el último trámite que hubieren alcanzado hasta que las unidades administrativas que los despachen se incorporen a la dependencia que señale el mismo, a excepción de aquellos urgentes o sujetos a término los cuales se atenderán por las dependencias que las venían despachando.

    Artículo Cuarto.- El Presidente de la República, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, con la participación de las Secretarías que correspondan, deberán concluir aquellas adecuaciones presupuestarias y traspasos de personas, recursos materiales y financieros, así como de activos patrimoniales, en un plazo no mayor de un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

    Artículo Quinto.- Las menciones contenidas en otras leyes, reglamentos y en general en cualquier disposición, respecto de las Secretarías cuyas funciones se reforman por virtud de este decreto, se entenderán referidas a las dependencias que, respectivamente, absorban tales funciones.

    Artículo Sexto.- El Presidente de la República deberá expedir el Reglamento Interior de la Secretaría de Pesca y Acuacultura, así como realizar las adecuaciones correspondientes a los reglamentos interiores de las secretarías comprendidas en el presente decreto, en un plazo no mayor de seis meses a partir de la entrada en vigor del mismo.

    Articulo Séptimo.- En un plazo no mayor a doce meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, se deberá extinguir la entidad pública señalada en el artículo 35, fracción XXI, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de marzo del año dos mil seis.--- Diputados: Francisco Javier Obregón Espinosa, Eugenio Mier y Concha Campos (rúbrica), José Evaristo Corrales Macías (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), Abraham Bagdali Estrella, Estaban Valenzuela García (rúbrica), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), Guillermo Zorrilla Fernández (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias a usted, diputado Evaristo Corrales. De acuerdo con su solicitud, favor de insertar íntegro el texto en el Diario de los Debates y se turna a la Comisión de Gobernación.

    Se encuentran con nosotros alumnos y maestros de la escuela telesecundaria Francisco Barrientos Barrientos, de Jalacingo, Veracruz; de la escuela de bachilleres Víctor Peña Lozano, del municipio de Cosautlán, Veracruz, también. Ellos, invitados por el diputado Ernesto Alarcón Trujillo, del distrito IX de Perote, Veracruz. Sean todos ustedes muy bien venidos aquí, a ésta, la casa de la nación.


    ORDEN DEL DIA

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Compañeras y compañeros diputados: esta Presidencia acaba de recibir una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Solicito a la Secretaría dar cuenta de esta comunicación y consultar a la Asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación del orden del día.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente posponer para la sesión del Pleno de la Cámara de diputados del jueves 23 de marzo del año en curso, los siguientes dictámenes a discusión:

    1. De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria.

    2. De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma los artículos 17 y 18 de la Ley Agraria.

    3. De la Comisión de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 y adiciona un artículo 113 Bis a la Ley Agraria.

    Sin más por el momento, agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se consulta a la Asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos solicitados por la Junta de Coordinación Política.

    Las ciudadanas diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, se pospone para posterior sesión la discusión de los dictámenes de referencia. Asimismo, ha llegado a esta Presidencia la solicitud del diputado Humberto Cervantes Vega. Solicito a la Secretaría ponerla a consideración del Pleno.


    DIPUTADO QUE SOLICITA LICENCIA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    El suscrito Humberto Cervantes Vega, diputado federal por el estado de Nuevo León, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en atención al artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 23, fracciones f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 21, fracción III, y 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me dirijo a usted a fin de que por su amable conducto sea sometida a consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados la presente solicitud de licencia temporal del día 22 al 28 de marzo de 2006, para atender asuntos de carácter personal.

    Agradezco de antemano su valioso apoyo en la tramitación de la presente licencia temporal.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2006.--- Dip. Humberto Cervantes Vega (rúbrica).»

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: En consecuencia, se ruega a la Secretaría poner a discusión el punto de acuerdo.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Está a discusión el siguiente punto de acuerdo:

    ``Único. Se concede licencia al diputado Humberto Cervantes Vega para separarse de sus funciones como diputado federal, electo en el II distrito del estado de Nuevo León, del 22 al 28 de marzo del presente año''.

    No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si es de aprobarse.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Aprobado; comuníquese.

    También damos la más cordial bienvenida a ciudadanos del municipio de Santa Cruz, del estado de Tlaxcala, invitados por el diputado Florentino Domínguez Ordóñez. Sean bienvenidos a ésta, la casa de la nación.


    LEY DE AMPARO

    La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene el uso de la palabra la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    La diputada María Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal: Con su venia, señora Presidenta: ésta es una iniciativa con carácter de decreto a efecto de reformar la Ley de Amparo, con relación a la exigencia para el juzgador de actuar con secretario o testigos de asistencia en los procedimientos penales. De acuerdo con la Ley de Amparo, que data de 1936, es exigible a los jueces del orden penal que en todo caso actúen en conjunto con un secretario de juzgado o, en su defecto, con testigos de asistencia, a efecto de que sus actuaciones tengan pleno valor legal y no constituyan una violación del procedimiento y una afectación de la defensa del quejoso.

    La Ley de Amparo vigente --que, insisto, entró en vigor a mediados de la década de los años treinta del siglo pasado-- coincide con la imposición del modelo procesal penal que aún impera en México, que es el sistema conocido como ``mixto moderno'' o ``mixto inquisitivo''. Por tal razón entendemos que en dicho ordenamiento se haya establecido que las actuaciones de los jueces en procedimientos de orden penal exigieran la participación de personas distintas de aquéllos, precisamente por la desconfianza que existía en tales funcionarios por la forma en que se había venido impartiendo la justicia por razones del diseño del sistema mixto referido.

    Hoy día, los ojos de México, principalmente de sus entidades federativas, se vuelven hacia la necesidad de implementar el sistema de justicia penal acusatorio puro, retomando los principios de oralidad, publicidad, transparencia, imparcialidad, contradicción, concentración y continuidad en las actuaciones judiciales a efecto de garantizar plenamente el debido proceso, pretendiendo entonces recobrar la confianza de la ciudadanía en las instituciones estatales, particularmente las de procuración e impartición de justicia penal. En esta acción, el artículo 160 de la Ley de Amparo se posiciona como un obstáculo para cumplir aquellos objetivos.

    Los sistemas acusatorios no están diseñados para que la fe pública esté delegada en funcionarios subalternos del Poder Judicial sino directamente en quien tiene la función y responsabilidad de juzgar frente a víctima y acusado y con público; me refiero al juez, considerado en el nuevo sistema como recurso humano de carácter primordial en una unidad de producción de justicia pronta y expedita. Recordemos que el aludido artículo 160, en las fracciones referidas, surge como una vacuna para aliviar en lo posible la desconfianza ciudadana frente a las deficiencias de un sistema principalmente secreto y escrito que pronto habrá de ser sustituido en estados como Chihuahua, Oaxaca, Tamaulipas, Jalisco y Zacatecas, entre otros, y el que está siendo abandonado casi por completo, Nuevo León.

    Además, dicho artículo se extralimita en la interpretación de los preceptos constitucionales, al considerar como violación del procedimiento penal y como atentado a la defensa del quejoso un aspecto que no está previsto en la Carta Magna pero que, sin embargo, orilla a las Legislaturas locales a mantener la figura del secretario en las actuaciones judiciales para evitar la promoción de juicios de amparo por parte de los particulares. Debemos dejar de lado este tipo de supuestos legales, que son por demás ociosos e infructuosos, pues la existencia o no de un secretario que firma junto al juez no hace más turbio ni más limpio el proceso. Frente a ello, dejemos plena libertad a la legislación procesal penal para que en ella se diseñen e incluyan mejores mecanismos para garantizar el cumplimiento del debido proceso y la efectiva defensa de quien en un momento determinado aparece como responsable de la comisión de un delito, cumpliendo plenamente los postulados constitucionales.

    Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Carta Magna, someto ante el Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto con carácter de decreto:

    Artículo Único. Se reforman las fracciones IV y X del artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, para quedar redactados de la siguiente manera:

    Artículo 160. En los juicios del orden penal, se considerarán violadas las leyes del procedimiento de manera que su infracción afecte las defensas del quejoso...

    IV. Cuando se practiquen diligencias en forma distinta de la prevenida por la ley...

    X. Cuando se celebre la audiencia de derecho sin la asistencia del agente del Ministerio Público a quien corresponda formular la requisitoria, sin la del juez que deba fallar o, en general, la de aquellos que de acuerdo con la ley procesal deben comparecer a autorizar el acto.

    Transitorio. Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de marzo del año 2006.

    Señor Presidente, le solicito atentamente que se dé cuenta de la versión íntegra de la presente iniciativa en el Diario de los Debates, en virtud de ser ésta una versión resumida de la misma. Muchas gracias por su atención.

    «Iniciativa que reforma el artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del PRI

    Martha Laguette Lardizábal, en mi carácter de diputada a la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, y como integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezco ante esta soberanía a presentar una iniciativa con carácter de decreto, a efecto de reformar las fracciones IV y X del artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación a la exigencia para el juzgador de actuar con secretario o testigos de asistencia en los procedimientos penales, para que no se consideren violadas las leyes del procedimiento. Lo anterior, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    Desde la formulación del proyecto de Constitución para el estado de Yucatán por el jurista Manuel Crescencio Rejón, en 1840, aparece ya una necesidad primordial de proteger, mediante un mecanismo legal, a los individuos en el goce de sus derechos fundamentales; esto es, de defender desde el marco jurídico sus garantías individuales contra los actos de autoridad que las pudieran vulnerar.

    El término ``amparo'' fue utilizado por primera vez en el proyecto de Constitución de Yucatán antes citado, en el que se estableció como facultad de la Corte Suprema del estado amparar a las personas en el goce de sus derechos violados por leyes o actos de la autoridad.

    Esta institución ha venido evolucionando en las distintas etapas de su existencia y de acuerdo con los diferentes senderos por los que ha transitado la vida nacional.

    Así pues, en la Constitución de 1857 ya se reconocían en sus primeros artículos los derechos del hombre, como base y objeto de las instituciones sociales; paralelamente, se incorporaba a ella el juicio de amparo. Luego, este juicio de garantías se fortaleció y se incorporó en la Constitución de 1917, en sus artículos 103 y 107.

    El artículo 103 constitucional establece en la fracción I que los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales.

    El numeral 107 de la Carta Magna preceptúa que todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y las formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo con las bases que en el mismo ordinal se establecen.

    De tal suerte, el juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada y la sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.

    De conformidad con la fracción V del mismo artículo 107, es procedente el amparo contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, sea que la violación se cometa durante el procedimiento o en la sentencia misma, y se promoverá ante el tribunal colegiado de circuito que corresponda, conforme a la distribución de competencias que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

    Por lo que se refiere a la materia penal en particular, dicha institución opera contra resoluciones definitivas dictadas por tribunales judiciales, sean éstos federales, del orden común o militares.

    De acuerdo con lo establecido en la propia Constitución federal, la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de esta Constitución, señalará el trámite y los términos a que deberán someterse los tribunales colegiados de circuito y, en su caso, la Suprema Corte de Justicia para dictar sus respectivas resoluciones.

    Llama la atención lo establecido en dicho ordenamiento jurídico en su artículo 160, en el que encontramos que en los juicios del orden penal se considerarán violadas las leyes del procedimiento, de manera que su infracción afecte las defensas del quejoso, las siguientes:

    IV. Cuando el juez no actúe con secretario o con testigos de asistencia, o cuando se practiquen diligencias en forma distinta de la prevenida por la ley;

    X. Cuando se celebre la audiencia de derecho sin la asistencia del agente del Ministerio Público a quien corresponda formular la requisitoria; sin la del juez que deba fallar, o la del secretario o testigos de asistencia que deban autorizar el acto;

    De tal suerte, encontramos que, de acuerdo con la Ley de Amparo, que data de 1936, es exigible a los jueces del orden penal que en todo caso actúen en conjunto con un secretario de juzgado o, en su defecto, con testigos de asistencia, a efecto de que sus actuaciones tengan pleno valor legal y no constituyan una violación del procedimiento y una afectación de la defensa del quejoso.

    Estas particulares exigencias han pasado desapercibidas a lo largo de muchos años y su validez constitucional no ha sido discutida ni por los más avezados juristas, quizá porque se han entendido como obvias necesidades de un sistema de justicia penal que, hasta el día de hoy, opera a nivel federal y en prácticamente todas las entidades federativas.

    La Ley de Amparo vigente, que --insisto-- entró en vigor a mediados de la década de los años treinta del siglo pasado, coincide con la imposición del modelo procesal penal que aún impera en México, que es el sistema conocido como mixto moderno o mixto-inquisitivo.

    Dicho sistema se caracteriza por combinar aspectos del sistema acusatorio puro y el sistema inquisitorial de origen medieval, de forma tal que la fase de investigación --sumario, averiguación previa, o fase preliminar-- de este sistema, es tendencialmente inquisitiva, en tanto que la fase de juicio o plenario es marcadamente acusatoria o, por lo menos, con algunos de los rasgos de ese sistema, como la contradicción y otros principios que le son característicos.

    En México, la Constitución de 1917 previó desde su concepción el modelo procesal penal acusatorio, de ahí el redimensionamiento que en esa reforma tuvo el Ministerio Público.

    El problema es que la Carta Magna no tuvo ninguna eficacia normativa en este punto, pues no fue sino hasta 1928 y después en 1934 que la reforma legislativa finalmente se concretó, y no precisamente en concordancia con los postulados constitucionales del 17.

    En efecto, muchos de sus principios fueron ignorados en los códigos procesales penales, de cuyos mecanismos se originó una dinámica de secrecía y no de publicidad en la impartición de justicia, que paulatinamente originó gran desconfianza de la ciudadanía, que no sabía cómo ni quién la juzgaba, y con una marcada delegación de la función jurisdiccional por parte del juez en funcionarios del tribunal, entre otros muchos aspectos que no se abordarán en este documento; en resumen, una justicia penal extremadamente burocratizada.

    Por tal razón entendemos que en la Ley de Amparo de 1936 se haya establecido que las actuaciones de los jueces en procedimientos de orden penal exigieran la participación de personas distintas de aquéllos, precisamente por la desconfianza que existía en tales funcionarios por la forma en que se había venido impartiendo justicia por razones del diseño del sistema mixto antes referido.

    Sin embargo, encontramos que el artículo 17 constitucional establece que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho; en contrapartida, tendrá derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.

    En tanto, en artículo 20, inciso a), fracción VI, consagra como garantía constitucional para el imputado ser juzgado en audiencia pública por un juez o jurado de ciudadanos que sepan leer y escribir, vecinos del lugar y partido en que se cometiere el delito, siempre que éste pueda ser castigado con una pena mayor de un año de prisión.

    No se previó en dicho esquema constitucional la garantía de que el juez actuaría en conjunto con secretario o testigos, precisamente porque el espíritu constitucional fue el de llevar a cabo juicios públicos que, por ende, implicarían transparencia en las actuaciones judiciales.

    Hoy día, los ojos de México, principalmente de sus entidades federativas, se vuelven hacia la necesidad de implementar el sistema de justicia penal acusatorio puro, retomando los principios de oralidad, publicidad, transparencia, imparcialidad, contradicción, concentración y continuidad en las actuaciones judiciales, a efecto de garantizar plenamente el debido proceso, pretendiendo entonces recobrar la confianza de la ciudadanía en las instituciones estatales, particularmente las de procuración e impartición de justicia penal, y en esta acción, el artículo 160 de la Ley de Amparo se posiciona como un obstáculo para cumplir aquellos objetivos.

    Los sistemas acusatorios no están diseñados para que la fe pública esté delegada en funcionarios subalternos del Poder Judicial, sino directamente en quien tiene la función y responsabilidad de juzgar frente a víctima y acusado y con público; me refiero al juez, considerado en el nuevo sistema como recurso humano de carácter primordial en una unidad de producción de justicia pronta y expedita.

    Recordemos que el aludido artículo 160, en las fracciones antes referidas, surge como una vacuna para aliviar en lo posible la desconfianza ciudadana frente a las deficiencias de un sistema principalmente secreto y escrito que pronto habrá de ser sustituido en estados como Chihuahua, Oaxaca, Tamaulipas, Jalisco, Zacatecas, entre otros, y que está siendo abandonado, casi por completo, en Nuevo León.

    Además, dicho artículo se extralimita en la interpretación de los preceptos constitucionales, al considerar como violación del procedimiento penal y como atentado de la defensa del quejoso un aspecto que no está previsto en la Carta Magna, pero que, sin embargo, orilla a las Legislaturas locales a mantener la figura del secretario en las actuaciones judiciales para evitar la promoción de juicios de amparo por parte de los particulares.

    Debemos dejar de lado este tipo de supuestos legales, que son por demás ociosos e infructuosos, pues la existencia o no de un secretario que firma junto al juez no hace más turbio ni más limpio el proceso; frente a ello, dejemos plena libertad a la legislación procesal penal para que en ella se diseñen e incluyan mejores mecanismos para garantizar el cumplimiento del debido proceso y la efectiva defensa de quien, en un momento determinado, aparece como responsable de la comisión de un delito, cumpliendo plenamente los postulados constitucionales.

    Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Carta Magna, someto ante el Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto con el carácter de

    Decreto

    Artículo Único. Se reforman las fracciones IV y X del artículo 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactadas de la siguiente manera:

    Artículo 160. En los juicios del orden penal, se considerarán violadas las leyes del procedimiento, de manera que su infracción afecte a las defensas del quejoso:

    I. a III. ...

    IV. Cuando se practiquen diligencias en forma distinta de la prevenida por la ley;

    V. a IX. ...

    X. Cuando se celebre la audiencia de derecho sin la asistencia del agente del Ministerio Público a quien corresponda formular la requisitoria; sin la del juez que deba fallar o, en general, la de aquellos que, de acuerdo con la ley procesal, deban comparecer a autorizar el acto;

    XI. a XVII. ...

    Transitorios

    Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis.--- Dip. Martha Laguette Lardizábal (rúbrica).»Presidencia del diputado Álvaro Elías LoredoEl Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, y publíquese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates.
    LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Sergio Penagos García para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, suscrita por el propio diputado, así como por el diputado Pablo Alejo López Núñez.El diputado Sergio Penagos García: Gracias, diputado Presidente. La seguridad pública constituye una garantía ciudadana y componente clave en el desarrollo del Estado, respecto a la cual los distintos órdenes de gobierno tienen la obligación de proporcionar adecuadas condiciones que permitan garantizar los distintos escenarios de seguridad de la ciudadanía y de su patrimonio, procurando siempre el libre desenvolvimiento como elemento fundamental para el progreso de nuestra nación.

    Hoy día, las condiciones de inseguridad pública demandan acciones inmediatas y enérgicas por parte de las autoridades en los distintos ámbitos de competencia. La sociedad se encuentra ávida de respuestas claras y contundentes en la lucha contra la delincuencia, respuestas que a todas luces han sido ineficaces por parte de la autoridad. En este sentido, un tema coyuntural en el ámbito de la seguridad pública es el sistema penitenciario, que gradualmente ha mostrado mayores signos de vulnerabilidad ante el poder corruptor de la delincuencia organizada, al grado de que --es por todos sabido-- en el interior de esos centros de reclusión penal es donde se organizan e incluso se cometen conductas delictivas, en perjuicio social y al total amparo de la impunidad. Si bien es cierto que la tecnología nos ha permitido ser testigos de avances hasta hace años poco imaginables, resulta paradójico que también sirvan para que, mediante la utilización de aparatos de radiocomunicación móvil introducidos de manera clandestina en los penales, se pueda lograr la comisión de delitos.

    Por citar un ejemplo: de acuerdo con cálculos realizados por autoridades penitenciarias y de la Procuraduría General de Justicia capitalina, en los penales del Distrito Federal, donde hay unos 30 mil reos, alrededor de 20 mil tienen acceso a un teléfono celular, lo que ha originado que entre 15 y 10 por ciento de los secuestros y 90 por ciento de las extorsiones sean planeados desde los penales locales. Asimismo, según la Agencia Federal de Investigación, la forma más común de operar de los estafadores es mediante llamadas telefónicas efectuadas ya sea desde un apartado de telefonía celular o de teléfonos fijos instalados en las prisiones.

    Si bien el espíritu de la presente iniciativa, por una parte, pretende contrarrestar la problemática existente en el adecuado control de las llamadas telefónicas provenientes de los centros de reclusión penal, ésta no sólo se constriñe al ámbito de los centros penitenciarios sino que se propone ampliar el ámbito de aplicación para autorizar o llevar a cabo el bloqueo a la emisión, recepción y transmisión de señales de radiocomunicación móvil a cualquier circunstancia o lugar en que se ponga en riesgo la integridad de las personas y de su patrimonio.

    Es urgente que actuemos como legisladores a efecto de establecer e instrumentar medidas tendentes a evitar la utilización, así como la emisión y recepción ilegal de señales de aparatos de radiocomunicación móvil en el interior de los penales para poder establecer el marco jurídico que sustente las acciones de las autoridades responsables de la seguridad pública para que, en primera instancia, bloqueen las señales de telecomunicaciones dentro de los centros penitenciarios. La presente propuesta pretende contribuir a establecer un instrumento que ayude a eficientar la lucha contra la delincuencia.

    Por lo anteriormente expuesto y conscientes de que el Estado se encuentra obligado a implementar instrumentos jurídicos y políticas públicas tendentes a la debida estructuración de un eficiente sistema de seguridad pública, así como a realizar todas las acciones que satisfagan las necesidades cruciales de los ciudadanos en materia de seguridad, presentamos con todo respeto a consideración de este Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a efecto de inhibir la emisión, recepción y transmisión de señales de telecomunicaciones en cualquier lugar que resulte necesario para preservar la seguridad pública

    Único. Se reforman el párrafo segundo del artículo 2, el párrafo primero del artículo 7, y el párrafo primero y la fracción II del artículo 23; y se adiciona una fracción II al artículo 7, pasando las actuales fracciones II a XIII a ser las fracciones III a XIV, respectivamente, así como el artículo 23 Bis y 23 Ter, todos ellos de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

    Artículo 2. En todo momento el Estado mantendrá el dominio sobre el espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas, imponiendo, en su caso, las modalidades que para su uso y explotación requiera la seguridad pública.

    Artículo 7. La presente ley tiene como objetivos promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones; ejercer la rectoría del Estado en la materia para garantizar la soberanía nacional y la seguridad pública; fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones, a fin de que éstos se presten con mejores precios, diversidad y calidad, en beneficio de los usuarios; y promover una adecuada cobertura social.

    Fracción II. Determinar las modalidades que para el uso y la explotación del espectro radioeléctrico requiera la seguridad pública.

    En obvio de tiempo, las fracciones III a XIV en la propuesta recogen exactamente los mismos términos en que hoy quedan establecidas las fracciones II a XIII.

    Artículo 23. La Secretaría podrá cambiar, rescatar o imponer modalidades a una frecuencia o a una banda de frecuencias concesionadas en los siguientes casos:

    Fracción II. Por razones de seguridad nacional o seguridad pública.

    Artículo 23 Bis. La Secretaría deberá dar contestación en un término de 20 días a toda solicitud que formulen las autoridades en materia de seguridad pública respecto a la imposición de modalidades, y al uso y la explotación del espectro radioeléctrico por parte de los concesionarios en determinada zona geográfica del país. El reglamento de la presente ley establecerá el procedimiento, los requisitos y las condiciones para dar cumplimiento a lo señalado en el párrafo anterior donde, en su caso, deberá preverse la garantía de audiencia de los afectados.

    Artículo 23 Ter. En casos de extrema urgencia, por encontrarse en peligro el orden y la paz públicos o la integridad de una persona o grupos de personas, puede la autoridad en materia de seguridad pública, bajo su responsabilidad, de manera excepcional y por el periodo estrictamente necesario, establecer medidas tendentes a inhibir la emisión, transmisión y recepción de determinadas señales de radiocomunicaciones móviles.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Diputado Presidente, solicito que el texto íntegro de la presente iniciativa se incorpore en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputado Presidente.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, suscrita por los diputados Pablo Alejo López Núñez y Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del PAN

    Los suscritos, diputados federales integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de este H. Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a efecto de inhibir la emisión, recepción y transmisión de señales de telecomunicaciones, en cualquier lugar que resulte necesario, para preservar la seguridad pública, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    La seguridad pública, constituye una garantía ciudadana y componente clave en el desarrollo del Estado, respecto de la cual, los distintos órdenes de gobierno tienen la obligación de proporcionar adecuadas condiciones que permitan garantizar la debida protección de las garantías de las personas, su seguridad y la de su patrimonio, procurando el libre desenvolvimiento, como elemento fundamental para el progreso de la nación.

    Desafortunadamente, hoy en día, esta importante garantía ciudadana, constituye la primera exigencia social hacia el gobierno, en sus diversos ámbitos de competencia, sea federal, estatal, del Distrito Federal o municipal, según el caso. En ese sentido, los legisladores de Acción Nacional estamos conscientes de la obligación inexcusable que tiene el Estado de responder con eficacia a los reclamos de la legítima expresión ciudadana que anhela mejores condiciones en materia de seguridad pública, ya que la inseguridad genera un clima adverso al desarrollo y de sana convivencia social.

    En efecto, las condiciones actuales de inseguridad pública demandan acciones inmediatas y enérgicas por parte de las autoridades responsables de la seguridad pública en sus distintos ámbitos de competencia; a grado tal que la asignatura relativa a la seguridad de los ciudadanos, se inscribe como una prioridad nacional que obviamente corresponde garantizar al Estado en su conjunto. La sociedad se encuentra ávida de respuestas claras y contundentes en la lucha contra la delincuencia.

    En ese sentido, una tema por demás delicado en el ámbito de la seguridad pública, lo es sin duda el sistema penitenciario, el cual, desafortunadamente ha venido mostrando una preocupante condición de vulnerabilidad, ante el poder corruptor de la delincuencia organizada, al grado de que se ha llegado al extremo de que al interior de estos centros de reclusión penal, es donde se organiza e incluso se cometen diversas conductas delictivas, aprovechándose de la falta de medidas de seguridad e incluso facilidades, en la operación y realización de este tipo de conductas delictivas.

    Al respecto, resulta preocupante que muchos de estos delitos que son planeados e incluso perpetrados en el interior de los penales, se cometen mediante la utilización de aparatos de radiocomunicación móvil introducidos de manera clandestina en los penales, mismos que en determinado momento, llegan a ser utilizados por parte de los reclusos con una evidente impunidad y descaro, ante la complacencia de algunas autoridades carcelarias, que se ven corrompidas ante los sobornos o presiones de algunos reclusos.

    Por dar un ejemplo, basta señalar que de acuerdo a cálculos realizadas por autoridades penitenciarias y de la Procuraduría General de Justicia capitalina, en los penales del Distrito Federal, donde hay unos 30 mil reos, alrededor de 20 mil tienen acceso a un teléfono celular, lo que ha originado que entre el 15 y 20 por ciento de los secuestros y el 90 por ciento de las extorsiones sean planeados desde los penales locales. Asimismo, según la Agencia Federal de Investigaciones (AFI), la forma más común de operar de los estafadores es mediante llamadas telefónicas, efectuadas ya sea desde un aparato de telefonía celular o de teléfonos fijos instalados en las prisiones.

    Derivado de lo anterior, es urgente la inmediata actuación tanto de las autoridades responsables de la seguridad pública como del propio Poder Legislativo, en el ámbito de sus respectivas competencias, a efecto de establecer e instrumentar medidas tendientes a evitar la utilización, así como la emisión y recepción ilegal de señales de aparatos de radiocomunicación móvil, al interior de los penales, a efecto de evitar que se sigan cometiendo delitos, mediante el empleo de estos aparatos; así como en el establecimiento de un marco jurídico acorde, que sustente las acciones que las autoridades responsables de la seguridad pública, lleguen a realizar, para que entre otras medidas, se lleve a cabo el bloqueo a algunas señales de telecomunicaciones, dentro de los centros penitenciarios.

    Al respecto, y como razón principal de la iniciativa que se presenta ante esta soberanía, tenemos los pronunciamientos formulados por la Comisión Federal de Telecomunicaciones, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ante los anuncios que han realizado las autoridades penitenciarias de los centros de máxima seguridad existentes en el ámbito federal como lo son La Palma, Puente Grande y Matamoros, en el sentido de reforzar la seguridad al interior de dichos establecimientos de readaptación social, mediante la instalación de dispositivos que interfieran la comunicación entre los celulares y la radio base más cercana.

    Dichos pronunciamientos van en el sentido de que el establecimiento de bloqueadores de señales de telefonía celular, puede implicar una obstrucción a las vías generales de comunicación y, por ende, la comisión de un delito. De igual manera, y como consecuencia de las diversas formas y lugares en que opera la delincuencia, en ocasiones de manera excepcional y por un breve periodo, las autoridades en materia de seguridad pública requieren de acciones inmediatas a efecto de inhibir o responder ante actos delictivos, que precisamente empleando aparatos de radiocomunicación, pueden coordinar la comisión de determinados ilícitos, o eludir las medidas de captura de los cuerpos de policía.

    En efecto, la teleología que anima la presente iniciativa, si bien por una parte pretende contrarrestar la problemática existente en el adecuado control de las llamadas telefónicas provenientes de los centros de reclusión penal, ésta no sólo se constriñe al ámbito de los centros penitenciarios; sino que se propone ampliar el ámbito de aplicación de la facultad que se otorgaría a la autoridad competente para autorizar o llevar a cabo el bloqueo a la emisión, recepción y transmisión de señales de radiocomunicación móvil, a cualquier circunstancia o lugar en donde se corra peligro fundado de que la seguridad pública va a ser rebasada, y por ende, la integridad de las personas y la de sus patrimonios, así como la protección de sus demás garantías, corren peligro de ser vulnerados, ante una situación grave de desorden o desmán público, o ante acciones delictivas realizadas por la delincuencia organizada.

    Por lo que, con estricto apego a nuestro Estado de derecho, es imperativo llevar a cabo adecuaciones al marco jurídico respectivo, a efecto de brindar certeza y eficacia jurídica a la inhibición de señales de telecomunicaciones en los centros penitenciarios, o cuando las condiciones para salvaguardar la seguridad pública, así lo requieran.

    En otra palabras, la presente propuesta legislativa pretende sentar la bases legales para facultar a la autoridad competente, encargada de realizar funciones relativas a la seguridad pública, para que en los casos en que resulte estrictamente necesario, por encontrarse en peligro el orden y la paz pública, o la integridad de una persona o grupo de personas, esta pueda realizar, habiendo cumplido todos los requisitos que para tal efecto establezca la ley, toda acción necesaria para inhibir la emisión, recepción y transmisión de señales de telecomunicaciones, en cualquier lugar que resulte necesario, incluidos los centros penitenciarios.

    Sin duda, con esta medida se estará dotando a las autoridades encargadas de la seguridad pública, de un instrumento legal importante, que contribuirá en gran medida en la eficaz lucha contra la delincuencia y a contrarrestar en mayor medida, la realización de actos que alteren las condiciones de paz y orden público de un determinado lugar, sin que en ningún momento la implementación de esta medida, se inscriba como una acción discrecional y excesiva por parte de la autoridad respectiva, toda vez que se plantea que su procedencia deba en todo momento, estar sujeta al debido cumplimiento por parte de la autoridad ejecutora, de una serie de requisitos legales que justifiquen la necesaria implementación de esta acción, en donde incluso se garantice, en su caso, la garantía de audiencia de los afectados. Todo ello con el objetivo primordial de restituir o, en su caso, preservar las condiciones de seguridad de la población, que ha sido víctima de la inseguridad, o corre el riego de serla.

    En tal virtud, la presente iniciativa, desde el punto de vista técnico jurídico, gira en torno a dos aspectos fundamentales.

    El primero, tiene que ver con el reconocimiento de que el espacio aéreo, medio a través del cual se propagan las señales de los aparatos de radiocomunicación, es parte del patrimonio del Estado, el cual, según lo prevé el artículo 27 de la Constitución General, es inalienable e imprescriptible, y se encuentra bajo el dominio directo de la nación, por lo cual, el uso, explotación y aprovechamiento de este bien, se realiza a través de concesión otorgada por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que determinan las leyes.

    En este tenor, es que se propone que la Ley Federal de Telecomunicaciones prevea que la rectoría del Estado sobre el espectro radioeléctrico, comprenda de manera clara y precisa, el garantizar la seguridad pública, imponiendo, en su caso, las modalidades al uso y explotación de este bien, por lo que, derivado de lo anterior, se dota de atribuciones a la autoridad administrativa de la materia, como lo es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para determinar las modalidades que para el uso y explotación del espectro radioeléctrico, requiera la seguridad pública.

    El segundo aspecto, tiene que ver con la imposición de las modalidades señaladas en esta iniciativa, bajo dos hipótesis; la primera, operaría bajo un esquema de normalidad, estableciendo la obligatoriedad de substanciar un procedimiento previo a la imposición de modalidades, en donde se respeten los derechos de los particulares a los que se les otorgó el uso y explotación del espectro radioeléctrico, así como la respuesta a la autoridad en materia de seguridad pública solicitante de la imposición de la medida, en el plazo estrictamente indispensable. La segunda hipótesis, tiene que ver con el hecho de que en casos de extrema urgencia, por encontrarse en peligro el orden y la paz pública, o la integridad de una persona o un grupo de personas, puede la autoridad en materia de seguridad pública, de manera excepcional y por el período estrictamente necesario, establecer medidas tendientes a inhibir la emisión, transmisión y recepción de determinadas señales de radiocomunicación móviles.

    Por lo anteriormente expuesto, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, consciente de que el Estado se encuentra obligado a implementar instrumentos jurídicos y políticas públicas tendientes a la debida estructuración de un eficiente sistema de seguridad pública, así como a realizar todas las acciones que satisfagan las necesidades cruciales de los ciudadanos en materia de seguridad, presenta con todo respeto a consideración de éste honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a efecto de inhibir la emisión, recepción y transmisión de señales de telecomunicaciones, en cualquier lugar que resulte necesario para preservar la seguridad pública.

    Único. Se reforman el párrafo segundo del artículo 2, el párrafo primero del artículo 7, el párrafo primero y la fracción II del artículo 23; se adiciona una fracción II al artículo 7, pasando las actuales fracciones II a XIII, a ser las fracciones III a XIV, respectivamente, así como el artículo 23 Bis y 23 Ter, todos ellos de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

    Artículo 2. ...

    En todo momento el Estado mantendrá el dominio sobre el espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas, imponiendo, en su caso, las modalidades que para su uso y explotación requiera la seguridad pública.

    Artículo 7. La presente ley tiene como objetivos promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones; ejercer la rectoría del Estado en la materia, para garantizar la soberanía nacional y seguridad pública; fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones, a fin de que éstos se presten con mejores precios, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios, y promover una adecuada cobertura social.

    ...

    I. ...

    II. Determinar las modalidades que para el uso y explotación del espectro radioeléctrico, requiera la seguridad pública.

    III. Promover y vigilar la eficiente interconexión de los diferentes equipos y redes de telecomunicación;

    IV. Expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones y otras disposiciones administrativas;

    V. Acreditar peritos en materia de telecomunicaciones;

    VI. Establecer procedimientos para homologación de equipos;

    VII. Elaborar y mantener actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias;

    VIII. Gestionar la obtención de las posiciones orbitales geoestacionarias con sus respectivas bandas de frecuencias, así como las órbitas satelitales para satélites mexicanos, y coordinar su uso y operación con organismos y entidades internacionales y con otros países;

    IX. Participar en la negociación de tratados y convenios internacionales en materia de telecomunicaciones, considerando, entre otros factores las diferencias existentes del sector con respecto al de los países con que se negocie, y vigilar su observancia;

    X. Adquirir, establecer y operar, en su caso, por sí o a través de terceros, redes de telecomunicaciones;

    XI. Promover el fortalecimiento de los valores culturales y de la identidad nacional;

    XII. Promover la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de telecomunicaciones, la capacitación y el empleo de mexicanos cuyas relaciones laborales se sujetarán a la legislación de la materia;

    XIII. Interpretar esta Ley para efectos administrativos, y

    XIV. Las demás que esta Ley y otros ordenamientos legales le confieran en la materia.

    Artículo 23. La Secretaría podrá cambiar, rescatar o imponer modalidades a una frecuencia o una banda de frecuencias concesionadas, en los siguientes casos:

    I. ...

    II. Por razones de seguridad nacional o seguridad pública;

    III. a V. ... ...

    Artículo 23 Bis.- La Secretaría deberá dar contestación en un término de 20 días, a toda solicitud que le formulen las autoridades en materia de seguridad pública, respecto a la imposición de modalidades al uso y explotación del espectro radioeléctrico por parte de los concesionarios, en determinada zona geográfica del país.

    El reglamento de la presente ley establecerá el procedimiento, requisitos y condiciones para dar cumplimiento a lo señalado en el párrafo anterior, donde, en su caso, deberá preverse la garantía de audiencia de los afectados.

    Artículo 23 Ter.- En casos de extrema urgencia, por encontrarse en peligro el orden y la paz pública, o la integridad de una persona o un grupo de personas, puede la autoridad en materia de seguridad pública bajo su responsabilidad, de manera excepcional y por el periodo estrictamente necesario, establecer medidas tendientes a inhibir la emisión, transmisión y recepción de determinadas señales de radiocomunicación móviles.

    Transitorios

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintidós días del mes de marzo de dos mil seis.--- Dip. Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Dip. Sergio Penagos García (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones, y publíquese el texto íntegro en el Diario de los Debates.

    La siguiente iniciativa, del diputado Luis Antonio González Roldán, para reformar el artículo 9o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se retira del orden del día.


    ARTICULOS 52, 53 Y 54 CONSTITUCIONALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 52, 53 y 54 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado José Luis Treviño Rodríguez: Con su permiso, diputado Presidente. El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a través del suscrito, diputado José Luis Treviño Rodríguez, en ejercicio de lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para proponer reducir el número de integrantes de la Cámara de Diputados.

    El equilibrio entre poderes es una de las condiciones para garantizar la consolidación democrática y el Estado de derecho; únicamente el balance entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial puede garantizar un ejercicio de gobierno responsable en el marco de la ley y que busca soluciones que demanda la sociedad. El Congreso de la Unión sigue operando con normas, usos y costumbres que, en algunas áreas, son propias de otra época, teniendo en cuenta los altos valores del constitucionalismo, expresados en la famosa frase de Montesquieu en su histórica obra El espíritu de las leyes, de ``que el poder controle al poder'', principio que fue ratificado por el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en el cual se consagró con precisión que donde no exista separación de poderes no hay Constitución.

    El principio de la división de poderes, entendido como el establecimiento de mecanismos constitucionales operativos que eviten el abuso de poder, dividiéndolos para su ejercicio, al asegurar la libertad de los ciudadanos, no implicaría la inexistencia de colaboración entre las instituciones o los sujetos que detentan el poder. Y tampoco significa una absurda y arbitraria división de trabajo; al contrario: en un régimen presidencial, la separación de poderes requiere la colaboración de éstos en la realización de las diferentes y distintas funciones del Estado.

    El poder es indivisible y radica en el pueblo, proclamaba Rousseau, pero el ejercicio del mismo es necesario para que recaiga en órganos distintos, la integración y la composición de la Cámara de Diputados, que por la reforma constitucional de 1963, a iniciativa presentada por el entonces Presidente, Adolfo López Mateos, el Legislativo incluyó jurídicamente el denominado ``sistema de diputados de partido'', tal como fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio de 1963. El partido que obtuviese un 2.5 por ciento de las votaciones totales tendría derecho a acreditar diputados de partido y, por consiguiente, a que se le asignaran asientos. Ya para el año de 1976, la Cámara de Diputados estaba integrada por 196 diputados de mayoría relativa y 41 diputados de partido, sumando en total 238 legisladores.

    En cuanto a la figura de los diputados de partido plurinominales, en 1972 se estableció como requisito para poder acreditar un diputado de partido que el candidato hubiese obtenido cuando menos 1.5 por ciento de la votación total, facilitando al acceso a las curules designadas como de representación proporcional. Un notable aumento en cuanto a la integración de la Cámara de Diputados se da el 28 de diciembre de 1977, con la publicación de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, así como en la reforma constitucional referente a este tema.

    Se suprimió la figura de los diputados del partido, y se estableció un sistema mixto, en el que se predominaba el principio de mayoría relativa por encima del principio de la representación popular de los 400 diputados que en ese entonces integraban la Cámara de Diputados: 300 eran elegidos mediante el sistema de mayoría relativa y 100 de acuerdo con el esquema de la representación proporcional. El 15 de diciembre de 1986 se da una nueva reforma electoral, en la cual se aumenta de 100 a 200 diputados de representación proporcional y se mantienen sin modificación los 300 diputados de mayoría relativa, sumando los 500 diputados que actualmente integran la H. Cámara de Diputados. Reflexionemos en que las circunstancias que reinaban en 1963, cuando López Mateos propuso la creación de la figura de los diputados plurinominales, conocidos entonces como ``diputados de partido'', son diametralmente diferentes de las circunstancias actuales.

    Bajo la premisa de dar apertura y participación a voces y actores diferentes de los del partido oficial, así como una forma de poder legitimar la arena política en la cual el partido en el gobierno en aquel entonces tenía un control total, esta figura llenaba un hueco que existía entonces. Sin duda, el sistema electoral en México ha venido adecuándose y respondiendo a las necesidades sociopolíticas que se han suscitado en nuestro país y el hecho de haber adoptado un sistema mixto es precisamente una realidad histórica concreta por todos conocida, la existencia de un sistema de partido casi único, la cual ahora ha sido rebasada.

    Ahora bien, como se sabe, las elecciones parlamentarias tienen como objetivo lograr un cuerpo legislativo con capacidad y condiciones para ejercer sus funciones propias, como son legislar y ser un equilibrio con los demás poderes políticos, además de ser representante de la población. En resumen, el Congreso está llamado a ser una institución para la gobernabilidad y representatividad de los mexicanos. Por las razones esgrimidas en la presente iniciativa, se plantea que, respecto a la integración y composición de la Cámara de Diputados, se reduzca el número que la forma.

    En tal sentido, proponemos que de 500 diputados se reduzca a 400 diputados, mediante la eliminación de 100 diputados de representación proporcional, por lo que la Cámara de Diputados quedaría de la siguiente forma: se mantienen los 300 diputados electos según el principio de votación de mayoría relativa mediante el sistema de distritos electorales uninominales y se tendrían únicamente 100 diputados electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de las listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales. Existe un innegable reclamo de la sociedad mexicana hacia sus representantes: que realicen su función con eficiencia, dedicación, de manera fructífera, lo cual implica necesariamente durante los periodos legislativos que cada uno de los diputados haga uso de la tribuna haciendo saber a los demás integrantes de la Cámara los reclamos de los grupos de habitantes de su distrito, que participe en comisiones y votaciones y esté presente en las sesiones, entre otras tantas tareas. Fuera de los periodos legislativos, la tarea del diputado es buscar y utilizar los canales de comunicación para con los ciudadanos de su región, escuchar sus reclamos, reflexionar con ellos sobre las mejores vías de solución y de atención.

    De aprobarse esta propuesta, se lograría reducir el número de sus integrantes, pero conservando un sistema electoral mixto que, a su vez, haría prevalecer la existencia de la representatividad en la Cámara; y, por otra parte, se construye la posibilidad, entre otras cosas, de hacer más eficiente la organización y el funcionamiento de esta Cámara. El artículo 52, las modificaciones que proponemos: ``La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa mediante el sistema de distritos electorales uninominales y 100 diputados que serían electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales''.

    Artículo 53. Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán 5 circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

    Por último, el artículo 54: ``La elección de 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas se sujetará a una de estas bases: que ningún partido político pueda contar con más de 300 diputados por ambos principios''.

    El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Señor Presidente, le solicito que se inserte el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputado Presidente; muchas gracias.

    «Iniciativa que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del PAN

    El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a través del suscrito, diputado federal José Luis Treviño Rodríguez, en ejercicio de lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reducir el numero de integrantes de la Cámara de Diputados.

    El equilibrio entre poderes es una de las condiciones para garantizar la consolidación democrática y el Estado de derecho. Únicamente el balance entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial puede garantizar un ejercicio de gobierno responsable, en el marco de la ley y que busca soluciones a las demandas de la sociedad.

    El Congreso de la Unión sigue operando con normas, usos y costumbres propias de otra época.

    Teniendo en cuenta los altos valores del constitucionalismo, expresados en la famosa frase de Montesquieu, en su histórica obra El espíritu de las leyes: ``Que el poder controle al poder''. Principio que fue ratificado por el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en el cual se consagró con precisión que ``donde no existe separación de poderes, no hay Constitución''.

    El principio de la división de poderes, entendido como el establecimiento de mecanismos constitucionales operativos que evitan el abuso del poder, dividiéndolo para su ejercicio, al asegurar la libertad de los ciudadanos, no implica la inexistencia de colaboración entre las instituciones o sujetos que detentan poder y tampoco significa una absurda y arbitraria división del trabajo. Al contrario, en un régimen presidencial, la separación de poderes requiere de la colaboración de éstos en la realización de las distintas funciones del Estado. El poder es indivisible y radica en el pueblo, proclamaba Rosseau; pero el ejercicio del mismo es necesario que recaiga en órganos distintos.

    La integración y composición de la Cámara de Diputados que, por la reforma constitucional de 1963, a iniciativa presentada por el entonces presidente Adolfo López Mateos, el Legislativo incluyó jurídicamente el denominado sistema de diputados de partido. Tal y como fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de Julio de 1963, el partido que obtuviese más 2.5% de la votación total tendría derecho a acreditar diputados de partido, y por consiguiente a que se le asignasen asientos.

    Ya para el año de 1976 la Cámara de Diputados estaba integrada por 196 diputados de mayoría relativa y 41 diputados de partido, sumando un total de 238 legisladores. En cuanto a la figura de los diputados de partido o plurinominales, en 1972 se estableció como requisito para acreditar un diputado de partido que el candidato hubiese obtenido más del 1.5% de la votación total, facilitando el acceso a las curules designadas como de representación proporcional.

    Un notable aumento en cuanto a la integración de la Cámara de Diputados se da el día 28 de diciembre de 1977, con la publicación de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, así como con la reforma constitucional referente a este tema. Se suprimió la figura de los diputados de partido y se estableció un sistema mixto, en el que predominaba el principio de mayoría relativa por encima del de representación proporcional. De los 400 diputados que integraban la Cámara de Diputados, 300 eran electos mediante el sistema de mayoría relativa y 100 de acuerdo con el de representación proporcional.

    El 15 de diciembre de 1986 se da una nueva reforma electoral, en la cual se aumenta de 100 a 200 diputados de representación proporcional y se mantiene sin modificación los 300 diputados de mayoría relativa, sumando los 500 diputados que en la actualidad integran esta H. Cámara de Diputados.

    Reflexionemos que las circunstancias que reinaban en 1963, cuando el Presidente López Mateos propuso la creación de la figura de los diputados plurinominales, conocidos entonces como ``diputados de partido'', son diametralmente diferentes a las actuales. Bajo la premisa de dar apertura y participación a voces y actores diferentes a la del partido oficial, así como una forma de legitimar la arena política en la cual el partido en el gobierno en aquel entonces, tenía un control total; esta figura llenaba un hueco que existía entonces.

    Sin duda el sistema electoral en México ha venido adecuándose y respondiendo a las necesidades sociopolíticas que se han suscitado en nuestro país, y el hecho de haber adoptado un sistema mixto es precisamente por una realidad histórica concreta, de todos conocida: la existencia de un sistema de partido casi único. De ahí la necesidad de construir un sistema de partidos verdadero, de una auténtica competencia electoral basada en principios de equidad, transparencia, objetividad, legalidad, certidumbre, entre otros, y en manos de órganos electorales realmente independientes y sujetos a dichos postulados. Sin duda, no se puede negar que en estos aspectos hemos avanzado.

    Ahora bien, como se sabe, las elecciones parlamentarias tienen como objetivos lograr un cuerpo legislativo con capacidad y condiciones de ejercer sus funciones propias, como son legislar y ser un equilibrio de los demás poderes públicos, además de ser representante de la población; en resumen el Congreso está llamado a ser una institución para la gobernabilidad y representatividad.

    Por las razones esgrimidas es que en la presente iniciativa plantea que respecto a la integración y composición de la Cámara de Diputados, se reduzca el número que la conforman, en tal sentido se propone que de 500 diputados se reduzca a 400 diputados, mediante la eliminación de 100 diputados de representación proporcional, por lo que la Cámara de Diputados quedaría de la siguiente forma: se mantienen los 300 diputados electos según el principio de votación de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y se tendría únicamente 100 diputados electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales.

    Existe un innegable reclamo de la sociedad mexicana hacia sus representantes: que realicen su función con eficiencia, dedicación y de manera fructífera, lo cual implica necesariamente, durante los periodos legislativos, que cada uno de los diputados haga uso de la tribuna haciendo saber a los demás integrantes de la Cámara los reclamos del grupo de habitantes de su distrito, participe en comisiones y votaciones y esté presente en las sesiones, entre otras tantas tareas; y fuera de los periodos legislativos, la tarea del diputado es la de buscar y utilizar los canales de comunicación para con los ciudadanos de su región, escuchar sus reclamos y reflexionar con ellos las mejores vías de solución y de atención.

    El trabajo en la Cámara, no obstante, se ve obstaculizado e impedido por las circunstancias que nos rodean. Una de tales circunstancias es el hecho de que el número de diputados, quinientos, es muy alto si consideramos que para la carga de trabajo los dos periodos legislativos resultan apenas suficientes. Asimismo, los tiempos exigen que las instituciones públicas reduzcan y restrinjan sus gastos al mínimo. Los medios de comunicación han informado acerca de gastos que persona o personas de los diputados han realizado en sus tareas, y se ha sentido de alguna manera el rechazo de la población. He aquí dos cuestiones de sumo interés: facilitar el trabajo legislativo y economizar recursos públicos a efecto de que todos estos sean canalizados a personas y programas que exigen una atención prioritaria. Pensemos, por ejemplo, en todos nuestros hermanos de Chiapas, Oaxaca, Guerrero y otros estados de la República, cuyas comunidades han sufrido las inclemencias de los fenómenos naturales. Pensemos también en que la carga fiscal a los contribuyentes no puede seguir elevándose como único medio para obtener los recursos necesarios a sufragar los gastos públicos, entre ellos, el gasto propio de toda la Cámara de Diputados. Y no es que me refiera en exclusiva al gasto particular o individual que constituye la dieta de un diputado, sino además, a todo el gasto que paralelamente se tiene que llevar a cabo.

    De aprobarse esta propuesta, se lograría reducir el número de sus integrantes, pero conservando un sistema electoral mixto, que a su vez haría prevalecer la existencia de la representatividad dentro de la Cámara y, por otra parte se construye la posibilidad, entre otras cosas, de eficientizar la organización y funcionamiento de la misma.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reducir el número de integrantes de la Cámara de Diputados.

    Artículo 52.- La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales y 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.''

    Artículo 53. ...

    Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.''

    Artículo 54.- La elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

    I. a III. ...

    IV. Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios;

    Transitorio

    El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, y publíquese el texto íntegro en el Diario de los Debates.
    CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma el artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita que se turne a la Comisión de Gobernación, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La democracia tiene su origen en la participación ciudadana, y nuestro país tiene un padrón electoral grande e importante, que se estima para las próximas elecciones federales del 2006 en casi 70 millones de electores. Pero para que éste sea efectivo, es decir, para que los ciudadanos ejerzan su derecho elemental a votar y ser votado y poder disminuir los niveles de abstencionismo, que en las elecciones de 2000 alcanzó 36%, y que representa más de 21 millones de electores, es necesario legislar para tener unas leyes electorales responsables y acordes con la realidad mexicana.

    El derecho de sufragio, a elegir y ser elegido, que es contemplado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 21 y por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 25, puede ser restringido de manera involuntaria si la legislación electoral no prevé los instrumentos necesarios. Por otra parte, también el artículo segundo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace referencia a que toda persona tiene derechos y libertades sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Sin embargo, consideramos que la inexistencia de papeletas electorales accesibles para los ciegos supone un menoscabo del derecho fundamental de sufragio para este colectivo, así como una violación del principio de igualdad y no discriminación y un incumplimiento por parte de los poderes públicos de su deber constitucional de promover la participación ciudadana.

    La ley electoral garantiza el secreto del voto y establece que nadie puede ser obligado a revelarlo. Sin embargo, determinados grupos de personas con discapacidad, entre los que se encuentran las personas ciegas y las personas con graves dificultades de movilidad en miembros superiores, no pueden ejercer por sí mismas, con las adecuadas garantías de privacidad, ese derecho, puesto que dependen de terceras personas a la hora de seleccionar la papeleta.

    El numeral 2 del artículo 218 del Cofipe establece:

    ``Aquellos electores que no sepan leer o que se encuentren impedidos físicamente para marcar sus boletas de voto podrán hacerse asistir por una persona de su confianza que les acompañe.''

    Objetivamente, no creemos que proceda la aplicación de este artículo 218, en el caso de los invidentes, ya que éstos no están imposibilitados para leer puesto que tienen un alfabeto, el sistema braille, que les permite leer y escribir. Además, tienen manos hábiles para leer, escoger la papeleta e introducirla en la urna, y tienen capacidad para realizar todas estas operaciones por ellos mismos, siempre y cuando se faciliten los medios adecuados para ello.

    Por tanto, no es un problema de imposibilidad física sino de inaccesibilidad, que puede solucionarse mediante una acción positiva y responsable que remueva las barreras que impiden dicha accesibilidad; es decir, está descartada la aplicación del artículo 218 de la ley electoral a los invidentes, ya que no hay ninguna razón que justifique la inaccesibilidad para las personas ciegas a las boletas electorales e impedir una de sus garantías esenciales, que es el libre ejercicio del derecho de sufragio en su carácter secreto y personal.

    Debemos reconocer que hay muchos invidentes que se pueden valer por sí solos y que no pueden ejercer su derecho al voto, en condiciones de igualdad con el resto de los ciudadanos, por no existir una adaptación que les haga accesible las boletas donde figuran las diferentes candidaturas a elegir. En la experiencia internacional hay ejemplos exitosos, como son las papeletas de votación de tamaño mayor que las normales o instrucciones en cintas de audio y que aseguran que el voto sea confidencial.

    No podemos negar que en México hemos empezado a circular por el camino correcto, ya que el pasado 3 de octubre de 2005 el Consejo General del Instituto Federal Electoral firmó un acuerdo donde aprobó los modelos y la impresión de las boletas electorales que se utilizarán durante el proceso electoral federal de 2005-2006, y en donde se incluyó la elaboración de un proyecto de mascarilla en lenguaje braille para facilitar el voto por sí mismos a quienes tengan discapacidad visual. La iniciativa ha permito un avance de muchísima importancia sobre la equidad en la participación ciudadana, por lo cual la legislación electoral debe estar acorde con este importante paso; es decir, se debe incorporar expresamente en el Cofipe que este instrumento o algún otro que pudiera cumplir la misma función de manera eficaz y eficiente, sea una obligación en los procesos electorales y no solamente un acuerdo transitorio de la autoridad electoral.

    El sufragio es un derecho y una función pública del ciudadano, quien lo ejerce mediante el voto libre, igualitario, directo, secreto y personal. Su ejercicio es obligatorio dentro de los límites y condiciones que establece la ley; sin embargo, esta ley debe poder incorporar a todos los ciudadanos que en edad de votar quieran hacerlo facilitando los instrumentos necesarios para poder hacer uso de su manifestación.

    Por eso, los partidos políticos debemos tomar conciencia para que la legislación electoral tenga una respuesta favorable que respete los derechos de los ciudadanos y los haga partícipes de la toma de decisiones, ya que según datos del INEGI hay 1 millón 600 mil electores con capacidades diferentes que ya están registrados en el padrón electoral y de los que 26% tiene discapacidad visual.

    Sensibilizado por lo anterior, el diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México se permite someter ante el Pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 2 del artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

    Artículo Primero. Por el que se reforma el numeral 2 del artículo 218 del Código Federal de Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

    Artículo 218

    1. ...

    2. Aquellos electores que no sepan leer o que se encuentren impedidos físicamente para marcar sus boletas de voto podrán hacerse asistir por una persona de su confianza que les acompañe. El Instituto Federal Electoral elaborará los instrumentos necesarios que permitan a los electores con deficiencia visual emitir el sufragio en la boleta.

    3. a 5. ...

    Transitorio

    Primero. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 22 días del mes de marzo de 2006.--- Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Túrnese a la Comisión de Gobernación.

    La iniciativa del diputado Ramón González González, para reformar el artículo 43 de la Ley General de Educación, se pospone.


    ARTICULO 83 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Pablo Gómez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Ciudadanas diputadas, ciudadanos diputados:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Pablo Gómez Álvarez, diputado a la LIX Legislatura del Congreso, con base en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 83 de la misma Constitución, bajo las siguientes consideraciones.

    El artículo 186, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por mandato de la Carta Magna, confiere al Tribunal Electoral la capacidad de resolver en forma inatacable las impugnaciones sobre la elección de Presidente de la República, así como formular la declaración de validez de dicha elección y la declaración de presidente electo, a más tardar el 6 de septiembre del año de la elección. El mencionado precepto dice a la letra:

    ``II.- Resolver, en una sola instancia y en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Una vez resueltas las que se hubieren interpuesto, la Sala Superior, a más tardar el 6 de septiembre del año de la elección, realizará el cómputo final, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos.

    ``La declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo formulada por la Sala Superior, se notificará a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para el mes de septiembre del año de la elección, a efecto de que esta última ordene de inmediato, sin más trámite, la expedición y publicación del Bando Solemne a que se refiere la fracción I del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;''

    Frente a lo anterior, la pregunta que se hacen muchos mexicanos y personas informadas del extranjero es ¿por qué existen casi tres meses entre la declaratoria de presidente electo y la toma de posesión?; ¿por qué existen casi cinco meses entre el día de la elección y la asunción del nuevo mandatario? En efecto, se trata de una vieja costumbre mexicana que probablemente tuvo alguna justificación cuando el país estaba muy mal comunicado y los procedimientos electorales eran complicados. Pero, cuando la propia ley vigente impone un plazo al Tribunal Electoral --fijado para el seis de septiembre---no existe la más mínima explicación aceptable para tan largo lapso entre la elección y la rendición de protesta del nuevo presidente. Más allá del 6 de septiembre, nada justifica la demora en el cambio de gobierno más que un día, el 7 de septiembre, en que la Cámara de Diputados debe recibir la notificación y mandar publicar ``sin más trámite'' el bando solemne. Al día siguiente del mandamiento de la Cámara, el nuevo presidente de la República debería asumir sus funciones.

    La República resultaría beneficiada con un cambio de fecha para la rendición de protesta. Los tres meses de innecesaria espera no pueden dejar nada bueno para el gobierno saliente, pues éste ya debería estar preparado para abandonar sus funciones y entregar el poder, toda vez que en México no existe reelección presidencial. Esos tres meses son tiempo perdido para la función gubernativa.

    Para el nuevo presidente de la República tampoco sirve la prolongada espera, ya que es de suponerse que como candidato ha tenido el tiempo suficiente para preparar sus proyectos y estar en condiciones de nombrar a los secretarios del despacho. Tan larga espera sólo sirve para dar rienda suelta a las especulaciones políticas y preparar toda clase de presiones dirigidas al nuevo gobierno.

    El proyecto de reforma de la Constitución que se propone a través de la presente iniciativa debió haberse aprobado hace ya varios años, pero por circunstancias eminentemente partidistas y, quizá, en consideración a lo inusitado que resulta recortar tres meses el mandato del presidente saliente, el Congreso de la Unión prefirió modificar la fecha de la elección pero, poco después, se tuvo que volver al primer domingo de julio, manteniéndose la diferencia de casi cinco meses entre ésta y la protesta del nuevo presidente.

    Ningún país del mundo tiene un lapso tan grande de espera política y, por consiguiente, ningún candidato triunfador tiene que aguardar tanto tiempo. Por último, ningún pueblo está sujeto a un plazo tan grande para lograr que el voto mayoritario se convierta en realidad de poder.

    Bajo las condiciones políticas actuales, un plazo de dos meses entre la elección y la rendición de protesta, que se propone en la presente iniciativa, sería todavía largo, pero es el tiempo calculado en el sistema de leyes electorales con que cuenta el país. Así, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene que concluir el proceso el 6 de septiembre, es decir, dos meses después de la elección, lo que permite sobradamente el análisis de las impugnaciones. Además, el presidente saliente debe informar al Congreso, por última vez, el primero de septiembre.

    La presentación de los proyectos de Presupuesto de Egresos y de Ley de Ingresos, fijada por la Constitución para el ocho de septiembre de cada año, podría hacerse el día en que el nuevo presidente de la República tomara posesión de su cargo, como es el deseo del Senado en reciente proyecto aprobado en esa cámara y enviado para su revisión a la Cámara de Diputados. En la actualidad, es posible elaborar proyectos fiscales con la información disponible sin necesidad de que el gobierno tome parte, como lo ha acreditado la propia labor legislativa llevada a cabo desde la Cámara de Diputados en los años recientes.

    Así, con la modificación que ahora se presenta, la Cámara de Diputados podría recibir el proyecto de presupuesto el mismo día 8 de septiembre y contar con los 68 días de plazo para aprobar el decreto correspondiente, sin necesidad de exponer al país a tener dos presupuestos sucesivos, como lo está proponiendo el Senado: uno, al aprobarse hasta el 15 de noviembre sobre la base del proyecto del gobierno saliente, el cual ya no tendrá nada que ver con el gasto público, y dos, el modificado por la Cámara, si acaso ésta manifiesta acuerdo con el gobierno entrante, antes del 31 de diciembre del mismo año. Con la aprobación del proyecto del Senado, el país tendría un lapso demasiado grande de incertidumbre en cuanto al ingreso-gasto federal, es decir, aquel que va del 15 de noviembre al 31 de diciembre: un mes y medio. En cambio, con la reforma propuesta, las fechas ordinarias de cada año se mantendrían de tal manera que habría un solo presupuesto en el momento ahora previsto en la Constitución para los años en los que no se produce cambio de gobierno.

    Bajo tales consideraciones, presento iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que éste quede de la siguiente manera:

    ``Artículo 83. El Presidente entrará a ejercer su cargo el 8 de septiembre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino, provisional o sustituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.''

    Transitorios

    ``Primero. El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, elegido para el periodo 2000-2006, dejará su cargo el ocho de septiembre del año de 2006, al momento en que asuma el Poder Ejecutivo de la Unión quien haya resultado elegido para el periodo 2006-2012.

    ``Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación el Diario Oficial de la Federación.''

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica).»

    Es cuanto, ciudadano Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 101 y adiciona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

    El diputado Fernando Espino Arévalo: Con su permiso, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Adelante, diputado.El diputado Fernando Espino Arévalo: Señoras y señores diputados: un organismo genéticamente modificado es un ser vivo de determinada especie, al que se le corta uno o más genes de la cadena ADN y se le añade uno o más genes de otra especie para darle ciertas propiedades y características inéditas en su especie. La manipulación genética es el nuevo caballo de Troya de las multinacionales agroquímicas, farmacéuticas y alimenticias. Uno de los argumentos que esgrimen a favor de este tipo de alimentos es que, según sus creadores, están destinados a ser la salvación de los pobres, principalmente los que habitan en el cono sur del planeta y África; o sea, según ellos, han encontrado la panacea para acabar con el hambre. Sin embargo, sabemos que este problema tiene otro origen y, por tanto, una solución distinta.

    Todo vale para generar buenos dividendos: olvidar al consumidor, desinformar, engañar, profetizar y monopolizar. Por lo anterior, es necesario saber, antes que se siga experimentando con seres humanos, el tipo de riesgos que puede acarrear el consumo de alimentos transgénicos o genéticamente manipulados, ya que están propiciando la aparición de nuevas alergias, virus y bacterias y con ello la pérdida de eficacia de los antibióticos. Un ejemplo de ello es la hormona de crecimiento rBGH manipulada genéticamente para obtener más leche de las vacas. Ésta sale sobrecargada, con altos niveles de la hormona natural IGF-1.

    Con ella, los varones son cuatro veces más propensos a contraer cáncer de próstata y las mujeres siete veces más de contraer cáncer de mama. En mérito de lo expuesto, y del derecho que nos otorga el artículo 6o. de nuestra Carta Magna, la información al consumidor final no debe ocultarse, por ningún motivo o artimaña que pueda confundir, ya que la misma es fundamental y básica, incluso para quienes no sepan leer o que tengan capacidades diferentes.

    Por desgracia, en nuestro país la Secretaría de Salud, lejos de prohibir o limitar el uso de los transgénicos, ha autorizado la comercialización de 31 productos biotecnológicos para el consumo humano, entre los que se encuentran dos tipos de jitomate, varios tipos de papa, canela, algodón, soya, maíz y alfalfa. Los transgénicos implican por naturaleza el desplazamiento de variedades locales y, muchas veces, endémicas. Para México, el conflicto es extremadamente serio porque ya existe el primer caso de contaminación genética de una planta nativa, como es el maíz indígena de Oaxaca. En este caso, la contaminación genética representa una amenaza no nada más para la cultura y el ambiente sino para la seguridad alimentaria del país, pues millones de personas dependen del maíz como fuente principal de alimentación. La contaminación del maíz mexicano se originó del maíz transgénico BT, proveniente de Estados Unidos.

    Desde el punto de vista de los daños a la salud, debemos puntualizar que las consecuencias por el uso de OGM ya se han hecho presentes en varios lugares del mundo, pero uno de los casos más sonados es el de la soya transgénica de Pioneer, ya que ésta causó en Estados Unidos la muerte de 27 personas y más de mil 500 afectados. No es posible que, en pleno siglo XXI, se siga experimentando al ensayo y error, sobre todo con la salud de las personas. De igual forma, la papa transgénica, en una investigación con ratones, mostró que altera el sistema inmunológico y retarda el crecimiento, por lo que es inaudito que, aun con esas evidencias, se sigan aferrando a decirnos que los OGM son la solución al problema del hambre que tenemos en el planeta, pues se olvidan de que el problema no es la falta de alimentos sino la pésima forma en que se distribuyen.

    En esas circunstancias, es descarriado y falto de ética el papel de algunas organizaciones internacionales, como el Banco Mundial y la Organización Mundial de Comercio, al adoptar una postura de promoción e impulso de la producción de semillas y ganado genéticamente modificados y buscar su adopción y distribución en todo el mundo, quitando a pueblos y gobiernos el ejercicio de eso, que es un derecho básico suyo como la soberanía alimentaria. Por eso, además de las consecuencias ambientales y sanitarias mencionadas, y los graves riesgos para la salud de la población, cada vez es mayor el número de personas que coincidimos en señalar que no necesitamos transgénicos, aunque sí una ciencia y tecnología que fomente en ese caso una agricultura ecológica y socialmente armónica y responsable.

    Desafortunadamente, la postura del gobierno mexicano ha sido lamentable ya que, de acuerdo con la perspectiva de la administración actual sobre la visión de modernizar y convertir el campo mexicano en competitivo a nivel mundial, los campesinos e indígenas pobres salen sobrando, como se manifiesta en el Plan Puebla-Panamá, que centra sus objetivos en enormes plantaciones de monocultivos de las transnacionales más poderosas del mundo.

    Lo anterior nos deja de manifiesto una vez más cómo los intereses mercantilistas de unos cuantos se están imponiendo, lanzándose como una avalancha para aplastar cualquier intento para detenerlos porque, algunas veces por ignorancia y otras por la compra de conciencias, muchos de los intentos por contenerlos no fructifican. Y si a ello sumamos que en los países en vías de desarrollo encontramos un marco jurídico y políticas laxas, cuando existen, tenemos los avances que hoy día han realizado las transnacionales con sus OGM. Sin embargo, lo anterior no debe desalentarnos para continuar dando la batalla en esta desigual lucha.

    Por el contrario, debe ser el estímulo que nos impulse a buscar que se implanten los mecanismos necesarios que permitan a toda la población contar con los elementos precisos para tomar una decisión informada. Pero lo que está en juego no es cosa menor: se trata de la soberanía alimentaria de nuestro país y de la salud de todos los mexicanos.

    Por lo expuesto, propongo reformar la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para que todos los productos que contengan elementos genéticamente modificados, desde su origen sean plenamente identificados para que el usuario o consumidor tome la decisión de utilizarlos o no.

    Por economía de tiempo, solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva que se inscriba íntegra la presente propuesta en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates. Es cuanto, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 101 y adicona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del PVEM

    Fernando Espino Arévalo, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72, inciso h), y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 55, fracción II, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 101 y se adiciona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, en razón de la siguiente

    Exposición de Motivos

    Un organismo genéticamente modificado (OGM) es un ser vivo de una determinada especie al que se le ha cortado uno o más genes de su cadena de ADN, y se le ha añadido uno o más genes de otra especie para darle ciertas propiedades y características inéditas en su especie, por ejemplo un tomate al que se le añadió un gen de otra especie con la finalidad de que su piel tarde más en madurar y podrirse, dándole así una propiedad diferente y nueva en su especie.

    La manipulación genética es el nuevo caballo de Troya de las multinacionales agroquímicas, farmacéuticas y alimenticias.

    Uno de los argumentos que esgrimen a favor de éste tipo de alimentos es que según sus creadores están destinados a ser la salvación de los pobres, principalmente aquellos que habitan en el cono sur del planeta y África, o sea que según ellos han encontrado la panacea para acabar con el hambre, sin embargo sabemos que este problema tiene otro origen y por tanto una solución distinta.

    Todo vale para generar buenos dividendos, obviar al consumidor, desinformar, engañar, profetizar, monopolizar; hechos que desgraciadamente aplastan al agricultor y pueden acabar con la biodiversidad, atentando contra el medio ambiente y la salud de las personas.

    Esta lamentable y caótica circunstancia se encuentra auspiciada por grandes consorcios financieros y tecnológicos, entre los que podemos destacar a las empresas Monsanto, Bayer, Dow Chemicals, Syngenta (Novartis) y DuPont. Cabe hacer mención que por lo menos dos de estas compañías son responsables de fabricar y comercializar en México y el mundo un aceite refrigerante usado principalmente en la industria eléctrica denominado bifenilos policlorados, el cual solo después de 30 años de emplearlo se descubrieron los graves e irreversibles daños que estaba causando no solo a las personas sino también al medio ambiente, la flora y la fauna.

    Por lo anterior hoy resulta paradójico e irracional entender como empresas inmersas en giros comerciales tan divergentes pretenden en esta época incursionar en otras actividades o giros que nada tienen de semejanza con los que anteriormente los ocupaba, de ahí que no es difícil suponer porque han inventado una serie de mentiras y especulaciones para presentarnos a los transgénicos como la solución mágica de los problemas relacionados con la alimentación de la humanidad, pues dichas empresas solo pretenden irresponsablemente poner en riesgo a la población, para lograr sus objetivos comerciales. Como ejemplo de lo anterior tenemos el ``arroz dorado'' o golden rice, producido entre otros por Syngenta, el cual gracias a una modificación genética proporciona a éste peculiar arroz la propiedad de generar vitamina A.

    La industria que genera este tipo de alimentos transgénicos, dice que el arroz dorado es el primer ejemplo de cultivo transgénico capaz de ayudar a los agricultores y consumidores y que pueden ser beneficiarios de este alimento un millón de niños que muere cada año (...) y otros 350,000 que se quedan ciegos por la hambruna.

    Sin embargo contraria a esta opinión encontramos la del grupo internacional Greenpeace, quien al referirse a la empresa que comercializa el arroz dorado argumenta lo siguiente: ``Curiosa preocupación súbita de esta empresa por la salud mundial, cuando acaba de interponer una denuncia contra Sudáfrica por vender los fármacos contra el sida más baratos''.

    Es decir, estamos en presencia de una trasnacional socialmente irresponsable, porque además de lo anterior investigaciones recientes señalan que la provitamina beta-caroteno proporcionada por el arroz en comento, tiene ciertos requerimientos para que efectivamente se convierta en el cuerpo humano en vitamina A, pero sus creadores omiten decir que para que el beta-caroteno pueda ser asimilable por el organismo, se requiere que no se den otras deficiencias nutritivas como la falta de zinc y ácidos grasos, por tanto, si en las pobres dietas de los habitantes de los países de Sudamérica o África faltan dichos nutrientes, el milagro arrocero, simplemente se desvanece.

    Además, con relación al mismo tópico, tenemos que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la ingesta diaria de 400 a 800 microgramos de vitamina A, es decir, la cantidad del prodigioso arroz que necesitaríamos consumir para alcanzar esa cifra sería de 9 kilogramos al día, por lo que, se deduce que es materialmente imposible hacerlo, más si consideramos que difícilmente estaría al alcance de la gente con pocos o nulos recursos económicos, que son quienes sufren los estragos por la falta de alimentos.

    Por lo anterior es necesario saber antes de que se siga experimentando directamente con los seres humanos, el tipo de riesgos que puede acarrear el consumo habitual de alimentos transgénicos o genéticamente manipulados, ya que están propiciando la aparición de nuevas alergias, virus y bacterias, y con ello la perdida de eficacia de los antibióticos. Dichas dudas se perfilan como una de las máximas áreas de oportunidad de la comunidad científica y médica mundial, porque además los OGM liberados en el medio ambiente pueden mutar, o transferir sus genes nuevos a otras especies, e incluso potenciar enfermedades como el cáncer.

    Un ejemplo de ello es el de la hormona de crecimiento rBGH manipulada genéticamente para obtener más leche de las vacas, ésta, sale sobrecargada con altos niveles de la hormona natural IGF-1, con ella, los varones son cuatro veces más propensos a contraer cáncer de próstata y las mujeres siete veces más a contraer cáncer de mama.

    En otro caso dos investigadores de la Universidad de Purde (Indiana-EU) estudiaron la descendencia de los peces receptores del gen de la hormona de crecimiento humano (hGH), en concreto en la especie de Medaka. El resultado de simulaciones informáticas demostró que con la liberación de algunos peces transgénicos, a largo plazo la población natural decae y acaba por desaparecer. Liberando 60 peces transgénicos entre 60,000, el grupo entero desaparece en 40 generaciones.

    Con relación a los riesgos en el medio ambiente por el uso de los OGM, comentaré que son muchos y muy variados, por tanto debemos asumir que la contaminación y erosión genética es una realidad, al transferir los genes modificados a otras especies no deseadas, lo cual se desarrolla al cultivar una especie modificada genéticamente para resistir los efectos de un herbicida, de tal suerte que los cultivos como consecuencia de la manipulación pueden resistir al herbicida, mientras que el resto de hierbas y plantas parásitas perecen frente a los efectos del químico, sin embargo a la vuelta del tiempo y derivado de la contaminación sufrida, estas plantas y hierbas se vuelven resistentes a los mismos agroquímicos, generándose con ello un problema mayúsculo.

    Ahora bien, ¿qué puede suceder si los insectos o el viento transporta el polen de la especie resistente a otras plantas de la misma especie, o a otras de diferente, ambas no alteradas genéticamente? Pero en lugares remotos, pues la planta que surja de este cruce poseerá también este gen de resistencia, pero el inconveniente viene, si se trata de una planta parásita de la cual los agricultores tienen que proteger sus cultivos, el problema se torna crítico, más cuando ellos ni siquiera están directamente involucrados con la siembra de transgénicos.

    El agricultor o bien tiene que aumentar la cantidad de herbicida o llegado el extremo abandonar el tratamiento y buscar uno nuevo. Existen numerosos casos donde los genes nuevos se han encontrado en otras especies no manipuladas, y en campos de cultivo donde no existía ninguna planta alterada, es decir, otro riesgo que conlleva esta contaminación es la capacidad de propagación de los genes nuevos.

    Otro grave problema de la manipulación genética es que se basa en el monocultivo intensivo de la especie manipulada, es decir, grandes extensiones cultivadas con una variedad manipulada, tratada con químicos de forma industrial, y donde los beneficios directa e indirectamente van a parar a manos de una multinacional, lo que conlleva a la pérdida de la biodiversidad alteración de los ecosistemas y agrosistemas y una dependencia tecnológica.

    Ejemplos de lo anterior existen muchos en el mundo, pero nos concretaremos a citar sólo uno de ellos, el arroz Basmati, el cual es una de las 100,000 variedades que por cruzamientos naturales realizados por pequeños campesinos o cooperativas de la India se encuentra amenazado, pues las grandes corporaciones agroquímicas pretenden de estas 100,000 especies proponer solo 2 o 3 alteradas genéticamente, que van a desplazar el Basmati y no sólo eso, sino que este tipo de arroz desaparecerá, no importando las características nutritivas milenarias que ha aportado a la humanidad.

    De igual forma no debemos olvidarnos de un riesgo más por la utilización de los OGM, que es la contaminación de suelos y acuíferos, ya que es otra consecuencia que se deriva del aumento en la utilización de químicos, por que al darse este tipo de afectación masiva de suelos y los mantos freáticos, trae consigo inevitablemente la desaparición de los microorganismos que favorecen el crecimiento de los cultivos, además otros amenazados son los insectos.

    También es altamente gratificante comentar a todos ustedes que existe un descenso real en la demanda de OGM por parte de los consumidores de todo el mundo; los mayores supermercados británicos han excluido los ingredientes modificados genéticamente de sus marcas; 33 organizaciones, sindicatos, asociaciones de consumidores, etcétera, norteamericanas han firmado un manifiesto donde exigen protección frente a los OGM; existe otro acuerdo en este sentido es el suscrito en Roma por algunos países africanos en donde rechazan los cultivos transgénicos a favor de la agricultura tradicional.

    De acuerdo con un estudio realizado por la Comisión de Encuestas sobre Seguridad Alimentaría de Francia, 76% de los franceses rechaza comer alimentos transgénicos, y así como en este caso en la mayoría de los países desarrollados sus habitantes tienen la misma animadversión para con esta clase de productos, circunstancia que lamentablemente ha propiciado que los mismos sean adoptados por países en vías de desarrollo sin restricción alguna, como el caso de México.

    El rechazo que existe en algunos países por los OGM necesariamente se está viendo reflejado en otros, por lo tanto es momento de atender esta grave problemática y escuchar las demandas de la población respecto del repudio para los OGM, el cual han patentizado por diversos medios, de ahí que hoy es necesario establecer la responsabilidad y obligación de quienes producen, distribuyan o comercialicen cultivos u organismos modificados por la ingeniería genética de informar a la población cuando se trate de alimentos o productos transgénicos, ya que la contaminación genética es real y constituye un riesgo para aquellos que han elegido no adoptar los OGM, y lo menos que podemos hacer es informar a todos e identificar a los responsables de tal acción.

    En consecuencia se deben identificar y reforzar las políticas para que se incluya información sobre donde están creciendo los cultivos genéticamente modificados, distancias de separación, autorizaciones de cultivos OGM, limpieza de la maquinaria, transporte, almacenado, comercialización y transformación de los productos, y donde no sea posible identificarlos, adoptar las medidas practicas de prevención para asegurar que no ocurra la contaminación.

    Lo anteriormente planteado surge del derecho básico e ina-lienable que tiene todo ser humano de poder decidir que es lo que mejor le conviene, y la alimentación juega un papel prioritario para toda la raza humana porque de ello depende la subsistencia de las personas alrededor del mundo, por eso es fundamental y de urgente resolución el que se tengan identificados plenamente por todas las personas el tipo de alimento que están consumiendo, máxime si este se trata de aquellos genéticamente modificados, ya que la decisión final de consumir este tipo de productos recae totalmente en el consumidor, debiendo tener también la opción de la libre elección, de poder adquirir productos sin OGM, pero sin costos adicionales causados por esta razón.

    En mérito de lo expuesto y del derecho inalienable que nos otorga el artículo 6o. de nuestra Carta Magna, es que la información al consumidor final no debe ocultarse bajo ningún motivo o artimaña que pueda confundir, ya que la misma es fundamental y básica, incluso para quienes no sepan leer o tengan capacidades diferentes, lo cual empieza con los agricultores, ellos deben saber que siembran y cuales son los beneficios y perjuicios a sus tierras y cosechas por usar organismos genéticamente modificados, dado que es el punto de inicio de cualquier sistema de producción agraria y por que la contaminación genética de las semillas tiene el potencial de ser multiplicado a través de todo el sistema, resultando niveles de contaminación inaceptables, es esencial que todas las semillas no modificadas estén libres de contaminación.

    Desafortunadamente, esta problemática no fue valorada adecuada y oportunamente por las autoridades de nuestro país, lo que propicio que llegara este tipo de contaminación del exterior, ello a través de la importación de maíz de los EU, ya que México compra para su consumo alrededor de 6 millones de toneladas de maíz cada año a esa nación, de las cuales aproximadamente un 33% es maíz transgénico que viene mezclado y no etiquetado. Siendo uno de los principales clientes Maseca, quien lo usa para la elaboración de productos industrializados y de tortillas, que consumimos diariamente un importante número de mexicanos.

    Aparentemente ello fue así a pesar de la existencia de una política nacional que imponía una moratoria de ensayos con maíz transgénico desde 1998, sin embargo mañosamente ésta solo se refiere al cultivo y no la importación del grano para el consumo humano. En este mismo rubro es de señalarse que la Unión Europea, junto con Japón, ha prohibido la importación de maíz de Estados Unidos (EU), debido a su falta de etiquetado y su segregación.

    Sin mercado externo y con mucho maíz transgénico, los EU aprovechan las políticas laxas de países como México para exportar sus productos, pero lo más preocupante es que la moratoria para el cultivo del maíz transgénico en México venció en abril de 2002. Las comunidades indígenas y los campesinos se han acercado a sus diputados en busca de una solución urgente para la problemática que hoy enfrentan, porque se trata de su patrimonio y única forma de vida.

    Por desgracia en nuestro país la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, lejos de prohibir o limitar el uso de los transgénicos ha autorizado la comercialización de 31 productos biotecnológicos para consumo humano, entre los que se encuentran dos tipos de jitomate de maduración retardada y varios tipos de papa, canola, algodón, soya, maíz y alfalfa.

    Es altamente preocupante que ya se están dando casos de contaminaciones a especies silvestres. El ejemplo más emblemático es el hallazgo de la transferencia de genes de maíz modificado genéticamente a maíces silvestres en México, como lo reconoció el secretario ejecutivo de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, en septiembre de 2003.

    Los transgénicos implican, por naturaleza, el desplazamiento de variedades locales, y muchas veces endémicas, para México el conflicto es extremamente serio porque ya existe el primer caso de contaminación genética de una planta nativa como el maíz indígena de Oaxaca. En este caso, la contaminación genética representa una amenaza no nada más para la cultura y medio ambiente, sino para la seguridad alimentaría del país, pues millones de personas dependen del maíz como su fuente principal de alimentación; según estudios preliminares, la contaminación del maíz mexicano se originó del maíz transgénico Bt, proveniente de Estados Unidos, de acuerdo con un grupo de científicos de la Universidad de Berkeley y corroborado por investigadores de la UNAM, del IPN y del propio gobierno mexicano.

    También debemos señalar que con la introducción de transgénicos existe la posibilidad de crear ``súper-malezas'' o cruces con variedades silvestres, como el maíz y la teocinte, muchos campesinos consideran la teocinte una ``maleza'', pero si se incorporan genes resistentes a herbicidas o con propiedades de insecticida, puede quedar fuera del control de los campesinos.

    Hay numerosos ejemplos de ``supermalezas'' como resultado de contaminación genética, sobre todo en el cultivo de colza, planta oleaginosa que en sus orígenes era una mala hierba, pero la evolución genética fue convirtiéndola en un producto cultivable con valor alimenticio.

    Europa y Asia fueron durante muchos años los principales productores de aceite de colza con fines industriales, pero durante la segunda guerra mundial el bloqueo impuesto a esos lugares hizo que Canadá desarrollara su cultivo con la finalidad de obtener aceites lubricantes. Una vez finalizada la guerra se comenzó con trabajos de mejoramiento genético tendientes a obtener aceite comestible, debido a que se cuestionaban aspectos nutricionales del aceite por la presencia de ácido erúcico y glucosinolatos. A partir del año 1966 se obtuvieron en Canadá las primeras variedades con bajo contenido de ácido erúcico y glucosinolato.

    Cuando se logró combinar las dos características Canadá llamó a este producto canola con el fin de identificarlo más fácilmente.

    En otro orden de ideas, les comento que para junio de 2005 se contaba con información sobre los resultados finales de las evaluaciones a escala agrícola de cultivos transgénicos tolerantes a herbicidas, realizadas en Gran Bretaña, los cuales revelaron que el equilibrio de las hierbas en las tierras cultivadas puede trastornarse, dañando a las abejas y las mariposas, según el informe Effects on weed and invertebrate abundance and diversity of herbicide management in genetically modified herbicide-tolerant winter-sown oilseed rape. Las pruebas se realizaron a raíz de la preocupación de que la introducción de cultivos transgénicos tolerantes a los herbicidas tuviera efectos negativos.

    Los resultados para tres de estos cultivos estudiados de colza, remolacha y maíz se encuentran publicados por el gobierno británico y revelaron que la colza también conocida como canola y la remolacha transgénicas tenían un efecto más negativo sobre la vida silvestre que sus contrapartes convencionales.

    Desde el punto de vista de los daños a la salud debemos puntualizar que las consecuencias por el uso de OGM, ya se han hecho presentes en varios lugares del mundo, pero uno de los casos más sonados es el de la soya transgénica de Pioneer, ya que ésta causó en Estados Unidos la muerte de 27 personas y más de mil 500 afectados, no es posible que en pleno siglo XXI se siga experimentando al ensayo y error, sobre todo con la salud de las personas.

    De igual forma, la papa transgénica, en una investigación con ratones mostró que altera el sistema inmunológico y retarda el crecimiento, por lo que es inaudito que aun con estas evidencias se sigan aferrando a decirnos que los OGM son la solución al problema de hambre que tenemos en el planeta, pero se les olvida que el problema no es falta de alimentos sino la pésima forma en que se distribuyen los mismos.

    En estas circunstancias, es aberrante y falto de ética el papel de algunos organismos internacionales como el Banco Mundial y la Organización Mundial de Comercio, al adoptar una postura de promoción e impulso de la producción de semillas y ganado genéticamente modificado y buscar su adopción y distribución en todo el mundo, quitando a pueblos y gobiernos el ejercicio de eso que es un derecho básico suyo, como la soberanía alimentaría. Por eso, además de las consecuencias ambientales y sanitarias mencionadas, y los graves riesgos para la salud de la población cada vez es mayor el número de personas que coincidimos en señalar que no necesitamos transgénicos, aunque si una ciencia y tecnología que fomenten, en este caso, una agricultura ecológica y socialmente armónica y responsable.

    Desafortunadamente, la postura del gobierno mexicano ha sido lamentable, ya que de acuerdo con la perspectiva de la administración Foxista sobre la visión de ``modernizar'' y convertir el campo mexicano en competitivo a nivel mundial, los campesinos e indígenas pobres salen sobrando, como se manifiesta en el Plan Puebla-Panamá, que centra sus objetivos en enormes plantaciones de monocultivos de los grandes capitales de las transnacionales más poderosas del mundo.Para sostener esta postura se argumenta falazmente que es la conversión a cultivos rentables para el mercado internacional lo que más conviene al país, esto obviamente en clara y franca promoción de los intereses de las trasnacionales principalmente de los EU, porque según ellos desde el punto de vista empresarial-gubernamental, los transgénicos son la única vía de desarrollo y modernización. El mismo gobernador de Chiapas apoya e impulsa esta política, convirtiéndose en un medio de transmisión de las políticas federales al campo. Lejos estamos de ver que un gobierno decida declarar su nación libre de transgénicos y se enfrenten a las transnacionales que quieren controlar la producción y los precios.

    Por otro lado, es lúgubre y desafortunado escuchar declaraciones donde un subsecretario de la Sagarpa, Víctor Manuel Villalobos Arámbula, afirmó: ``Estas organizaciones que protestan (contra los transgénicos) viven de vender terrorismo ecológico'' (Reforma, 28 de agosto 2001). Por supuesto que no existe una postura más cínica y desvergonzada que ésta, porque el doctor Villalobos, además de ser funcionarios público, es consejero del ``gigante genético'' Grupo Pulsar, que junto con sus subsidiarias Savia y Seminis, es una empresa mexicana que está impulsando la agricultura biotecnológica para México y cuenta con grandes inversiones en Chiapas. De hecho, Seminis es el líder mundial de semillas de hortaliza. Por ello son absurdas y ruines las actitudes de algunos funcionarios públicos vinculados a los intereses económicos de las transnacionales, lo que por su puesto implica falta de ética y violaciones a varios ordenamientos jurídicos, que desembocan en la comisión de diversos delitos.

    Varios especialistas y agricultores han señalado que el uso de semillas transgénicas, a pesar de aumentar la productividad en algunos casos, generalmente incrementa los costos. Ello se debe, o bien como resultado del pago de la semilla modificada, y/o a consecuencia de un incremento en el uso de otros agroquímicos (caso del herbicida Round Up para las semillas resistentes a este herbicida u otros ``aditivos'' que las multinacionales venden como parte de sus ``paquetes tecnológicos''). La confusión pública se torna más grave después de conocer los datos ofrecidos por el National Center for Food and Agricultural Policy (NCFAP).

    Según consta en un informe de esa institución, después de haber realizado 40 estudios de caso de 27 cultivos transgénicos en EU, seis producen en la misma área cultivada, 6 millones 350 mil toneladas adicionales de productos, incrementando el ingreso agrícola en 2 mil 500 millones de dólares y reduciendo el volumen de plaguicidas en 73 mil 940 toneladas. Ahora bien, esas cifras resultan, cuando menos, altamente cuestionables porque el estudio de la NCFAP, como denunció en su momento ETC Group, fue financiado mayoritariamente por Monsanto, BIO (Organización de la Industria Biotecnológica), el Council for Biotechnology Information (un aparato de propaganda de las mismas industrias) y varias sociedades con intereses comerciales en el tema. ETC Group indica que, según Charles Benbrook, economista agrícola y autor de varios estudios sobre los resultados de los transgénicos, el informe de la NCFAP tiene fallas importantes. Por ejemplo, la mayoría de los datos positivos se basan en dos cultivos: la soya y el maíz. El cálculo de las entradas de los agricultores en ese estudio no se basa en ingresos, sino en el ``ahorro'' de lo que habrían gastado si con la soya hubieran usado otros herbicidas más caros. Este escenario no existe porque los que no cultivan soya transgénica tolerante a un herbicida, advierte Benbrook, no necesariamente aplican otros herbicidas, compran la semilla más barata y, en muchos casos, aun sin hablar de cultivos orgánicos, tienen métodos complementarios no químicos que les abaratan el costo.

    La soya transgénica requiere mayor volumen de herbicidas (un promedio del 11% más, según Benbrook, en un informe de mayo de 2001 para el Northwest Science and Environmental Policy Center) y produce menos que la soya convencional (2 a 8% menos). En el caso del maíz, el aumento de volumen es real (aunque sólo sea un porcentaje mínimo de la producción total), pero no compensa el gasto extra de los agricultores en las semillas transgénicas, que son más caras. En el periodo 1996-2001 alcanzó 659 millones de dólares extra por la semilla transgénica, mientras que el valor del volumen adicional producido fue de 567 millones de dólares. Es decir, perdieron 92 millones de dólares.

    Al tratarse de seres vivos, los organismos modificados genéticamente pueden transmitir sus genes a otros organismos, bien por cruce con especies emparentadas o bien por otros mecanismos.

    Esta contaminación puede afectar tanto cultivos convencionales como plantas o animales silvestres. La Agencia Europea para el Medio Ambiente ha publicado recientemente un informe sobre la dispersión de los genes mediante el polen de seis cultivos: colza, remolacha azucarera, patata, maíz, trigo y cebada.

    Se están dando ya muchos casos de contaminaciones de semillas convencionales por variedades transgénicas por el simple hecho de la polinización cruzada. Por citar solamente el ejemplo de Europa, en la siembra del año 2000 se detectaron algodón, maíz, soya y colza con diversas proporciones de material transgénico en países tan diversos como Austria, Dinamarca, Inglaterra, Alemania, Grecia y Francia.

    La Agencia Europea de Medio Ambiente destaca que la probabilidad de intercambio de genes entre la colza y la remolacha azucarera transgénicas con sus parientes silvestres respectivos es alta.

    En la primavera del año 2001, la Agencia Francesa de Seguridad Sanitaria de los Alimentos realizó unas pruebas sobre semillas de colza, soya y maíz. Resultando que 19 de 112 muestras oficialmente convencionales dieron positivo a la prueba de la presencia de OGM, para el maíz 41% de las muestras estaban contaminadas.

    En el año 2000, Estados Unidos tuvo el mayor número de casos de contaminación por OGM, cuando en septiembre se descubrió en tacos de la marca Kraft Foods maíz modificado genéticamente StarLink. Vale la pena destacar que el mismo no estaba autorizado para consumo humano.

    Las mezclas a la hora de manipular los granos y la polinización cruzada son el origen de que las características genéticas del StarLink se encontraran en una gran proporción del maíz producido en Estados Unidos, incluyendo 80 variedades diferentes de maíz amarillo y maíz blanco. En Canadá, la contaminación de las semillas de colza se está generalizando, siendo cada vez más difícil encontrar semillas libres de transgénicos. La Canadien Food Inspection Agency, en un informe mandado a Friends of the Herat para esclarecer el caso de semillas de colza vendidas por Adventa a agricultores europeos, destacó que las mismas estaban contaminadas por una variedad transgénica no autorizada, reconoció que 77% de las muestras analizadas de esta empresa estaban contaminadas por dicha variedad transgénica manipulada por Monsanto.

    En la presentación del informe de la Royal Society of Canadá sobre el futuro de los alimentos transgénicos se abogó por la aplicación del principio precautorio, Conrad Brunk, de la Universidad de Waterloo (Canadá) y director del estudio, declaró: ``Cuando se trata de la seguridad para el medio ambiente y el ser humano, debería haber una prueba clara de la ausencia de riesgos; la mera falta de pruebas (de riesgos) no es suficiente''. Sin embargo, en el caso de nuestro país de manera por demás asombrosa e irracional en la recientemente aprobada Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, este principio fue simplemente ignorado por la dictaminadora, e incluso lo mismo pasó en el Pleno de esta soberanía.

    Recientemente, dos instituciones científicas oficiales de dos Estados miembros de la Unión Europea han recomendado una evaluación más completa de la seguridad de los alimentos modificados genéticamente, la Agencia Francesa de Seguridad Sanitaria de los Alimentos indica, entre otras recomendaciones, que ``es esencial tomar precauciones para reducir al mínimo los riesgos de reacciones alérgicas a productos modificados genéticamente'' y que ``son necesarios estudios de toxicidad sobre animales de laboratorio para evaluar los efectos de una exposición prolongada a pequeñas dosis de OGM sobre sistemas vitales, en particular los sistemas inmunitario, hormonal y reproductor''

    Qué tan buenos serán los OGM que, según el informe de enero de 2006, presentado por la Biotechnology Industry Organization con sede en Washington, menciona que más de 90% de los 8.5 millones de agricultores que cosechan productos biotecnológicos se ubican en las naciones en vías de desarrollo, actualmente los cultivos transgénicos están presentes en 21 países, lo cual obviamente se debe a que en las naciones desarrolladas ya fueron rechazados, además 14 de los 21 países que siembran cultivos transgénicos alcanzaron la categoría de megapaíses, al plantar más de 50 mil hectáreas, entre éstos se encuentran Estados Unidos, Argentina, Brasil, Canadá, China, Paraguay, India, Sudáfrica, Uruguay, Australia, México, Rumania, Filipinas y España.

    De este tipo de cultivos, encontramos que la soya transgénica continúa liderando el área global, con 41.4 millones de hectáreas, es decir, 55% de la soya mundial. Las nuevas variedades de maíz transgénico provocaron un mayor crecimiento del área, que aumentó 25%, alcanzando 15.5 millones de hectáreas en todo el mundo, es decir, 11% de la superficie total de maíz. La canola presentó desde el año 2003 un 20% de crecimiento, cultivándose 3.6 millones de hectáreas, lo que implica el 16% del total. El algodón Bt alcanzó 7.2 millones de hectáreas, lo que significa 21% del área global.

    En los casos más avanzados de siembra de cultivos transgénicos se encuentra Brasil que para el 2005 experimento el crecimiento más importante, aumentando su área dedicada a soya biotecnológica en 88%, para alcanzar una cantidad provisoria de 9.4 millones de hectáreas.

    En nuestro país aumentó la siembra de algodón biotecnológico en 55 mil hectáreas para lograr un total aproximado de 120 mil hectáreas; además, México fue uno de tres países que cultivaron variedades de algodón con características de resistencia múltiple, según datos del Servicio Internacional para la Adquisición de Aplicaciones Agrobiotecnológicas (ISAAA) de 2006.

    Con relación a los países latinoamericanos, tenemos el caso de Argentina, quienes contribuyeron con 13.9 millones de hectáreas de cultivos transgénicos, lo que significa 21% del área global. La superficie de maíz Bt continúa aumentando, mientras que la de soya GM comprende casi 100% del total de soya del país. Por su parte, Uruguay triplicó las hectáreas de soya y sembró comercialmente maíz Bt por primera vez, lo mismo que Colombia expandió su área de algodón.

    El panorama en Asia no es muy diferente, ya que China cultivó 2.8 millones de hectáreas de algodón Bt, 58% del cultivo de algodón del país, lo que significa 4% del área global de transgénicos. La India duplicó la superficie de algodón Bt en 2003 en su segundo año de producción de cultivos transgénicos. Filipinas cultivó transgénicos por primera vez en 2003, con 20,000 hectáreas de maíz Bt, la primera de estas variedades transgénicas cultivada en Asia. Informes de Indonesia indican que sus productores sembraron una pequeña área de algodón Bt.

    Lo anterior nos deja de manifiesto una vez más cómo los intereses mercantilistas de unos cuantos, se están imponiendo si nos mantenemos de brazos cruzados lanzándose como una avalancha para aplastar cualquier intento para detenerlos, porque desafortunadamente algunas veces por ignorancia y otras por la compra de conciencias es que muchos de los intentos por detenerlos no fructifican y si a ello le sumamos que en los países en vías de desarrollo encontramos un marco jurídico y políticas laxas cuando existen, tenemos los avances que hoy día han realizado las transnacionales con sus OGM. Sin embargo, lo anterior no debe desalentarnos para continuar dando la batalla en esta desigual lucha; por el contrario, debe ser el estímulo que nos impulse a buscar que se implanten los mecanismos necesarios que permitan a toda la población contar con los elementos precisos para tomar una decisión informada, por que lo que esta en juego no es cosa menor, se trata de la soberanía alimentaría de nuestro país y de la salud de todos los mexicanos.

    Con lo expuesto pretendemos realzar la importancia que tiene el manejo y tratamiento de los organismos genéticamente modificados, así como los avances y logros de la ingeniería genética; sin embargo, no debemos exponer la salud de los pobladores de nuestro país a productos que todavía distan mucho de ser analizados a profundidad, ya que podrían pasar muchas generaciones para que verdaderamente se conozcan los efectos y estragos por usar o consumir alimentos genéticamente modificados, por ello y ante los graves riesgos que involucra el tema en comento se propone que todos los productos que contengan elementos genéticamente modificados desde su origen sean plenamente identificado por el usuario o consumidor y no se escatime ninguna información que le ayude a tomar la decisión de utilizarlos o no.

    El etiquetado de los OGM es algo que de hecho existe en el mundo desde hace tiempo de forma obligatoria, de tal suerte que podemos encontrar en países responsables de la Unión Europea el etiquetado en alimentos derivados de OGM; en tanto, en países como Australia, Nueva Zelanda y la Federación Rusa se encuentra el etiquetado sólo en alimentos o ingredientes genéticamente modificados donde haya ADN y/o nuevas proteínas en el alimento final; y en países asiáticos incluyendo Japón y China la etiqueta de información se encuentra en aquellos productos que contengan alimentos o ingredientes genéticamente modificados como componente principal del alimento, solo cuando haya ADN y/o proteínas nuevas en el alimento final.

    Este panorama caótico y de una fuerte desinformación propició que diversos organismos y países se unieran en un esfuerzo internacional para hacer frente al mismo, de tal suerte que se lograron concretar algunos acuerdos, protocolos y convenios, por fortuna México es uno de los 150 países que signaron y ratificaron quizás el más importante de ellos, el Protocolo de Cartagena, el cual obliga a los países firmantes a que contribuyan a la garantía de inocuidad, principalmente en materia ambiental respecto a la transferencia, manipulación y utilización de OGM producto de la biotecnología. En tal virtud, dicho protocolo, por mandato del artículo 133 constitucional, adquirió el rango de ley nacional, obligándonos por tanto a adecuar nuestro marco jurídico secundario con el fin de no contravenirlo, hecho que la presente iniciativa busca substanciar en beneficio de todos los mexicanos.

    Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 24, 32 y 41 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, estamos obligados a ser específicos con la información hacia el consumidor final y eliminar ambigüedades y absurdos como el estipulado en el artículo 101 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, que expresa en su primer párrafo que solamente se deberá identificar los productos que contengan OGM en los ``casos en que estas características sean significativamente diferentes respecto de los productos convencionales'', lo cual por supuesto es una burla porque jamás lo van a llevar a la práctica, por la subjetividad del precepto.

    Por lo que la pregunta entonces sería ¿cuándo son significativamente diferentes? ¿Esto cómo se va a medir: en porcentajes, en apreciación científica, en peso o en qué tipo de características? Luego, ¿quién lo va a determinar, alguna NOM de la Ssa? Etcétera.

    Por tanto, los OGM que se comercialicen en México para el consumo humano y animal, en su etiqueta deberán contener la información necesaria y suficiente en forma tal que no se preste a ninguna confusión para que de manera directa el consumidor pueda enterarse y ejercer su derecho de elección.

    Finalmente, como es por todos conocido, cualquier disposición jurídica que no sancione su incumplimiento normalmente concluye en su inobservancia. En tal virtud, proponemos la adición del artículo 120 Bis, para establecer la sanción correspondiente.

    Por lo antes expuesto y con fundamento en los preceptos legales invocados, el suscrito, diputado Fernando Espino Arévalo, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, somete a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 101 y se adiciona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

    Decreto

    Artículo Único. Se reforma el artículo 101 y se adiciona un artículo 120 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para quedar como sigue:

    Artículo 101. Los OGM o productos que contengan primaria o secundariamente organismos genéticamente modificados, autorizados por la Ssa por su inocuidad en los términos de esta ley y que sean para consumo humano directo o indirecto deberán señalar en la etiqueta la referencia explicita de que se trata de un organismo genéticamente modificado, así como la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales, y además cumplir con los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas que expida la Ssa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias, con la participación de la Secretaría de Economía.

    ...

    ...

    ...

    Artículo 120 Bis. Con independencia de lo estipulado en los artículos 120 y 121 del presente ordenamiento, se impondrá una multa de 20 mil a 40 mil días de salario mínimo vigente en la zona económica de que se trate a quien incumpla lo dispuesto en el artículo 101 de la presente ley.

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido del presente decreto.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de marzo de 2006.--- Dip. Fernando Espino Arévalo (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería, y de Ciencia y Tecnología; y publíquese íntegro el texto en el Diario de los Debates y, en su caso, en la Gaceta Parlamentaria.
    LEY GENERAL DE EDUCACION
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Baruch Alberto Barrera Zurita, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación.El diputado Baruch Alberto Barrera Zurita: Con su permiso, diputado Presidente; honorable Asamblea: Baruch Barrera Zurita, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

    La educación básica obligatoria, en la cual quedan comprendidas la preescolar, primaria y secundaria, según señala el artículo 3o. constitucional, enfrenta graves problemas tanto en el nivel académico como en la misma infraestructura de los planteles con que se cuenta, por lo que debemos poner especial atención como legisladores en mejorar ambos aspectos. Por ello quiero resaltar el ambiente en que nuestros niños y adolescentes asisten a clases en los planteles educativos, que poco a poco se van convirtiendo en escuelas marginadas, y no precisamente en razón de su ubicación geográfica sino, simplemente, por el abandono burocrático en que las hemos dejado.

    No obstante que se reconocen mejoras paulatinas en cuanto a la cobertura de la educación básica, es un hecho que la lentitud de acceso a oportunidades educativas y el bajo nivel de aprovechamiento de buena parte de los estudiantes evidencian un sistema que no ha combatido del todo la desigualdad e iniquidad de oportunidades, ni la ineficiencia y la baja calidad de los servicios educativos que imparte el Estado. La educación en nuestro país representa la inversión en capital humano de mayor impacto en el desarrollo social. El Partido Acción Nacional concibe la educación como el principal motor de desarrollo personal y nacional, como el más eficaz mecanismo de educación integral y de igualdad de oportunidades.

    La convivencia armónica y el progreso de los mexicanos deben cimentarse en una formación educación integral y de alta calidad que contribuya a afianzar nuestra identidad y los valores humanos esenciales, al tiempo que promueva la adquisición de conocimientos, destrezas y capacidades que permitan la superación y mejora constantes de la población, especialmente de la que padece las mayores carencias.

    Por ello debemos continuar en la búsqueda y el desarrollo de las acciones que hagan posible el perfeccionamiento de nuestro sistema educativo nacional. Por tanto, es imperioso contar con una infraestructura educativa adecuada para mejorar las condiciones de los planteles educativos. Son un hecho lamentable las condiciones en que opera la mayoría de éstos, por lo que si ya los tenemos identificados como escuelas urbano-rurales marginadas, es nuestra obligación buscar soluciones al problema y mejorar sus condiciones para garantizar efectivamente y de manera integral el derecho a la educación de todas y todos los mexicanos. Para lograr este objetivo, debemos promover la participación de los órdenes de gobierno en cumplimiento del mandato constitucional y de lo establecido en la Ley General de Educación, ya que el Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación básica. Dichos servicios se prestan en el marco del federalismo, conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la ley, pero esta obligación, a la que están sujetos los tres órdenes de gobierno, debe vincularse a la asignación de recursos que les permita cumplir cabalmente sus tareas.

    El Partido Acción Nacional se propuso, entre otras muchas acciones, consolidar el proceso de descentralización educativa bajo la responsabilidad compartida de las autoridades educativas, locales y federales a través de la creación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, así como impulsar y reforzar los consejos de participación social a través de bases concretas de operación y facultades claras de participación en materia de planeación y evaluación de los servicios educativos. Por eso, la preocupación actual como legisladores es que cada municipio reciba recursos de forma expedita y con oportunidad para el cumplimiento de las responsabilidades señaladas en el artículo 15 de la Ley General de Educación.

    En la actualidad, las autoridades de los distintos planteles se ven en la necesidad de realizar múltiples gestiones con la esperanza de subsanar con prontitud las carencias y deficiencias de que adolecen, como construcción, reconstrucción, ampliación, mantenimiento o rehabilitación de obras de infraestructura básica educativa, así como equipo básico. Y gestionan a través de oficios a la Presidencia de la República, a la Secretaría de Educación Pública, a los gobernadores, a los presidentes municipales y a los legisladores, tanto locales como federales, buscando con esto obtener una pronta respuesta a sus peticiones. Sin embargo, en la práctica esto no sucede y la mayor parte del tiempo tardan haciendo gestiones sin conseguir muchas veces una respuesta favorable o al menos pronta a sus solicitudes.

    La problemática aquí planteada ha sido plenamente corroborada por el que suscribe ya que, a través de nuestros recorridos y nuestras oficinas de enlace, se han recibido múltiples peticiones relacionadas con el tema, la gran mayoría con el común denominador de no haber sido atendidas a tiempo ni en forma por las autoridades correspondientes. Derivado de lo expuesto nace el presente proyecto de iniciativa, que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación. Lo anterior, en estricta concordancia con la Ley de Coordinación Fiscal respecto al Fondo de Infraestructura Social Municipal y con la importancia de los consejos de participación social, como instrumentos de democracia participativa en el municipio, para que decidan las prioridades de financiamiento e inversión en infraestructura educativa municipal, así como que se aprovechen todas las fuentes de recursos existentes de forma ágil, ya que dotando de un instrumento legal al municipio se pretende que se realice la efectiva, expedita y oportuna asignación de recursos para mejorar las condiciones educativas en que están miles de niñas y de niños.

    Lo anterior tiene plena justificación en virtud de que, como hemos mencionado, las gestiones para obtener recursos destinados a un área prioritaria como la educación muchas veces se retrasan por la excesiva reglamentación o, sencillamente, nunca llegan, además de que la población afectada en muchas ocasiones es ignorada en el momento de invertir en el futuro de los hijos, como es la educación. Por lo anterior, el suscrito somete a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

    Proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación

    Artículo Único. Se reforman los artículos 26 y 70, ambos de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

    Artículo 26. El gobierno de cada entidad federativa, de conformidad con las disposiciones aplicables, proveerá lo conducente para que cada ayuntamiento reciba recursos de forma expedita y con oportunidad para el cumplimiento de las responsabilidades que en términos del artículo 15 estén a cargo de la autoridad municipal.

    Asimismo, el ayuntamiento destinará recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal para el financiamiento e inversión para construcción, reconstrucción, ampliación o rehabilitación de obras e infraestructura básica educativa en los términos que establece la Ley de Coordinación Fiscal.

    Artículo 70. Este Consejo recogerá las demandas de la ciudadanía, establecerá las prioridades de financiamiento e inversión en infraestructura educativa municipal y gestionará ante el ayuntamiento y ante la autoridad educativa local el mejoramiento de los servicios educativos.

    Transitorios. Primero. El presente decreto entrará en vigor a los sesenta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Es cuanto tengo que decir, diputado Presidente.

    «Iniciativa que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Baruch Alberto Barrera Zurita, del grupo parlamentario del PAN

    Baruch A. Barrera Zurita, diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación; al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La educación básica obligatoria, en la cual quedan comprendidas la preescolar, primaria y secundaria, según lo señala el artículo tercero Constitucional, enfrenta graves problemas tanto en el nivel académico como en la misma infraestructura de los planteles con que se cuenta, por lo que debemos poner especial atención como legisladores en mejorar ambos aspectos. Por ello, quiero resaltar el ambiente en que nuestros niños y adolescentes asisten a sus clases en los planteles educativos que poco a poco se van convirtiendo en escuelas marginadas y no en razón de su ubicación geográfica sino simplemente por el abandono burocrático en que nos hemos estancado.

    No obstante que se reconocen mejoras paulatinas en cuanto a la cobertura de educación básica, es un hecho que la lentitud de acceso a oportunidades educativas y el bajo nivel de aprovechamiento de buena parte de los estudiantes evidencia un sistema que no ha combatido del todo la desigualdad e inequidad de oportunidades, ni tampoco la ineficiencia y baja calidad de los servicios educativos que imparte el Estado.

    La educación en nuestro país representa la inversión en capital humano de mayor impacto en el desarrollo social. El Partido Acción Nacional concibe la educación como el principal motor de desarrollo personal y nacional como el más eficaz mecanismo de educación integral y de igualdad de oportunidades.

    La convivencia armónica y el progreso de los mexicanos deben de cimentarse en una formación educativa integral y de alta calidad que contribuya a afianzar nuestra identidad y los valores humanos esenciales, al tiempo que promueva la adquisición de conocimientos, destrezas y capacidades que permitan la superación y mejora constante de la población, especialmente de aquélla que padece las mayores carencias. Por ello debemos continuar en la búsqueda y desarrollo de aquellas acciones que hagan posible el perfeccionamiento de nuestro sistema educativo nacional.

    Por tanto, es imperioso contar con una infraestructura educativa adecuada, para mejorar las condiciones de los planteles educativos. Es un hecho lamentable las condiciones en que operan la mayoría de éstos, por lo que si ya los tenemos identificados como escuelas urbanas marginadas y rurales marginadas es nuestra obligación buscar soluciones al problema y mejorar sus condiciones para garantizar efectivamente y de manera integral el derecho a la educación de todas y todos los mexicanos.

    Para lograr este objetivo debemos de promover la participación de los órdenes de gobierno en cumplimiento al mandato constitucional y a lo establecido en la Ley General de Educación, ya que el Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación básica; dichos servicios se prestan en el marco del federalismo conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la ley. Pero a esta obligación, a la que están sujetos los tres órdenes de gobierno, debe vincularse la asignación de recursos que les permita cumplir cabalmente con sus tareas.

    El Partido Acción Nacional se propuso entre otras muchas acciones consolidar el proceso de descentralización educativa bajo la responsabilidad compartida de las autoridades educativas locales y federales; a través de la creación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, así como impulsar y reforzar las facultades de los Consejos de Participación Social a través de bases concretas de operación y facultades claras de participación en materia de planeación y avaluación de los servicios educativos.

    Es por eso que la preocupación actual como legislador, es que cada municipio reciba recursos de forma expedita y con oportunidad para el cumplimiento de las responsabilidades señaladas en el artículo 15 de la Ley General de Educación que señala:

    ``El ayuntamiento de cada municipio podrá, sin perjuicio de la concurrencia de las autoridades educativas federal y locales, promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad. También podrá realizar actividades de las enumeradas en las fracciones V a VIII del artículo 14.

    El gobierno de cada entidad federativa promoverá la participación directa del ayuntamiento para dar mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas públicas estatales y municipales.

    El gobierno de cada entidad federativa y los ayuntamientos podrán celebrar convenios para coordinar o unificar sus actividades educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo.''

    En la actualidad las autoridades de los distintos planteles se ven en la necesidad de realizar múltiples gestiones con la esperanza de subsanar con prontitud las carencias y deficiencias con que adolecen, tales como construcción, reconstrucción, ampliación o rehabilitación de obras de infraestructura básica educativa, mantenimiento y equipo básico, gestión que se realiza girando oficios al Presidente de la Republica, al secretario de Educación Pública, al gobernador correspondiente, a sus legisladores, tanto locales como federales y a las autoridades municipales, buscando con esto obtener una pronta respuesta a sus peticiones, pero en la práctica sucede que la mayor parte del tiempo dichas solicitudes tardan mucho tiempo en atenderse o de plano no se da solución alguna.

    Es conocido de todos que para desarrollar una actividad con eficiencia y eficacia cuenta mucho el contexto que nos rodea, por lo que una de las tantas soluciones que debemos buscar para mejorar el nivel académico en nuestro país es contar con escuelas que tengan la mejor infraestructura posible, y no sólo se trata de hacer nuevas escuelas, sino también de darles el debido mantenimiento a las que ya tenemos, y que se logre dar respuesta lo más pronto posible a las muchas necesidades que no pueden esperar meses de gestiones y a quienes necesitan de acciones inmediatas.

    La problemática aquí planteada ha sido plenamente corroborada por el que suscribe, ya que a través de mi oficina de enlace se han recibido múltiples peticiones relacionadas con el tema, la gran mayoría con el común denominador de no haber sido atendidas en tiempo y forma por las autoridades correspondientes, por lo que llegan con su representante social como última opción y con la esperanza de que no dejemos sus solicitudes en el olvido de la burocracia.

    Derivado de lo expuesto, es que nace el presente proyecto de iniciativa que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación, lo anterior en estricta concordancia con la Ley de Coordinación Fiscal respecto del Fondo de Infraestructura Social Municipal y de la importancia de los Consejos de Participación Social como instrumentos de democracia participativa en el municipio para que decidan las prioridades de financiamiento e inversión en infraestructura educativa municipal y se aprovechen todas las fuentes de recursos existentes de forma ágil, ya que dotando de un instrumento legal al municipio, se pretende que se realice la efectiva, expedita y oportuna asignación de los recursos para mejorar las condiciones educativas en las que están miles de niñas y niños.

    Lo anterior tiene plena justificación, en virtud de que como hemos mencionado las gestiones para obtener los recursos destinados a un área prioritaria como la educación muchas veces se retrasan por excesiva reglamentación o sencillamente nunca llegan, además de que la población afectada en muchas ocasiones es ignorada en el momento de invertir en el futuro de sus hijos, como es la educación.

    Por lo anteriormente expuesto, el suscrito, diputado Baruch A. Barrera Zurita, somete a la consideración de esta honorable soberanía, el siguiente proyecto de decreto que reforma los artículos 26 y 70 de la Ley General de Educación.

    Artículo Único. Se reforman los artículos 26 y 70 ambos de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

    Artículo 26.- El gobierno de cada entidad federativa, de conformidad con las disposiciones aplicables, proveerá lo conducente para que cada ayuntamiento reciba recursos, de forma expedita y con oportunidad, para el cumplimiento de las responsabilidades que en términos del artículo 15 estén a cargo de la autoridad municipal.

    Asimismo, el ayuntamiento destinará recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal para el financiamiento e inversión para construcción, reconstrucción ampliación o rehabilitación de obras e infraestructura básica educativa, en los términos que establece la Ley de Coordinación Fiscal.

    Artículo 70.- ...

    Este consejo recogerá las demandas de la ciudadanía, establecerá las prioridades de financiamiento e inversión en infraestructura educativa municipal y gestionará ante el ayuntamiento y ante la autoridad educativa local el mejoramiento de los servicios educativos, ...

    Transitorios

    Primero. El presente decreto entrará en vigor a los sesenta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. Baruch A. Barrera Zurita (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
    LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Esta Presidencia recibió de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma el artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Jacqueline Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del PVEM

    Jacqueline Argüelles Guzmán, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar que se turne a las Comisión de Asuntos Indígenas la presente iniciativa que adiciona una nueva fracción IV al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    Las funciones básicas del Estado en el ámbito económico son asignación de recursos, distribución, estabilidad, crecimiento y vigilancia de un perfil de desarrollo sustentable.

    En este sentido la intervención que el Estado tiene en la economía debe ser con fines compensatorios o correctivos ante la pérdida de actividad o ante el creciente deterioro del ambiente.

    En este sentido, como legisladores preocupados por el desarrollo de los pueblos indígenas y teniendo como objetivo su plena incorporación al desarrollo nacional. Debemos fortalecer la responsabilidad constitucional que el Estado tiene de conducir el desarrollo nacional, e incorporar a éstos al desarrollo nacional, a los procesos de planeación, coordinación y orientación de la actividad económica.

    Como partido verde defendemos que el campo y todo lo que representa, desde el punto de vista social, productivo y ambientalmente, debe ser considerado como estratégico y prioritario para el crecimiento y desarrollo sustentable de los pueblos indígenas.

    El deterioro ambiental en el campo es evidente, paralelamente a este proceso se observan grandes debilidades productivas y poco apoyo a las comunidades indígenas. El sector tiene un crecimiento pobre derivado del débil apoyo gubernamental para el fomento de las actividades agrícolas y el desarrollo del sector agropecuario.

    Las reformas al artículo 27 constitucional del 6 de enero de 1992, así como su legislación reglamentaria, no han dado de ninguna manera los resultados esperados para el desarrollo del campo, ni en lo productivo, ni mucho menos en la protección al ambiente y mucho menos el desarrollo social en el campo, olvidando deliberadamente el desarrollo de los pueblos indígenas.

    Por lo anterior, consideramos apremiante tomar medidas que permitan modificar la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con el fin de que se incorpore dentro de sus funciones el apoyo y fomento de actividades agrícolas con el fin de que sus actividades agrícolas sean sustentables. Permitiendo con esta iniciativa una mejor inserción de los pueblos indígenas en el desarrollo del sector indígena, campesino y social.

    La promoción de esquemas de producción agrícola y sustentable en nuestras comunidades indígenas deben tener en cuenta criterios fundamentalmente de rentabilidad social que permita dar a nuestras comunidades certidumbre económica y mejores niveles de adaptabilidad al cambio.

    El sistema de apoyos debe impulsar nuevas alianzas entre el mismo sector social con el sector privado en forma de asociaciones, organizaciones y sociedades capaces de enfrentar los retos de la competitividad, mediante la adopción de tecnologías más avanzadas que respeten el medio ambiente.

    Es necesario que los apoyos contribuyan sobre todo a la recuperación y conservación de bosques y selvas y a la reducción de la erosión de los suelos y la contaminación de las aguas, favoreciendo así el desarrollo de una cultura de conservación de los recursos naturales.

    En este sentido es necesario poner en marcha programas que implementen esquemas de producción agrícola que permitan un desarrollo rural sustentable,1 que tomen en cuenta no sólo indicadores de rentabilidad social, sino también de sustentabilidad ambiental, en un marco de respeto al conocimiento productivo tradicional de las comunidades indígenas y rurales involucradas y a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable vigente.

    Por ser del más alto interés nacional apoyar el desarrollo sustentable de nuestras comunidades indígenas y de sus productores, la diputada de la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, propone la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se adiciona una nueva fracción IV al artículo 2 la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

    Decreto

    Artículo Único: Se adiciona una nueva fracción IV al artículo segundo de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, recorriéndose la actual fracción IV y las subsecuentes en orden creciente para quedar el artículo en XX fracciones.

    Fracción IV. Establecer las bases que permitan implementar una política integral de protección al ambiente, respetando siempre el ejercicio de la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas con el fin de posibilitar el desarrollo integral y sustentable de sus comunidades.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Nota:

    1 La Ley de Desarrollo Rural Sustentable define en su artículo 3, fracción XIV, el desarrollo rural sustentable como ``el mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio''.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 22 días del mes de marzo del 2006.--- Dip. Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se turna a las Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas, y de Gobernación.
    LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente.El diputado Ángel Pasta Muñuzuri: Con su permiso, señor Presidente. Ángel Pasta Muñuzuri, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, el cual se fundamenta y motiva bajo la siguiente exposición de motivos:

    Primero. Nuestro planeta se encuentra gravemente dañado. Por ello es necesario adoptar una ética de conservación, respeto y resguardo de nuestra naturaleza. Es menester de todos realizar los esfuerzos necesarios para asegurar un ambiente sano mediante una política ecológica enfocada a reducir el número y los efectos de los desastes naturales provocados por el hombre. En materia legislativa se puede avanzar al respecto mediante el establecimiento de la educación ecológica e investigación científica como uno de los principios básicos en el marco jurídico ambiental. Recordemos que todas las personas necesitamos elementos únicos que la naturaleza nos aporta para la vida, como el aire, el agua, la luz y el alimento.

    Esa relación entre el ser humano y el planea debe ser consagrada en leyes que aseguren su observancia, aplicación y sanción. Por tanto, se debe asegurar el derecho al medio ambiente sano, requisito para el adecuado desarrollo de la persona; de ahí que sea un deber solemne proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras, como se prevé en las Naciones Unidas. Debemos estar claros de que actuar en la irresponsabilidad contra nuestro medio ambiente pone en riesgo la vida. Esta iniciativa es relevante para que se incluyan principios fundamentales en la política ambiental para que podamos desarrollarnos en el ambiente adecuado.

    Segundo. Es prioritario proteger a los niños y a los jóvenes en la conducción de la política ambiental en nuestro país, utilizando como medio para su incorporación la educación. Incluirlos nos garantiza despertar su conciencia para la conservación y comprensión del medio ambiente, así como la sustentabilidad de los recursos naturales indispensables para las generaciones futuras.

    Tercero. Las emisiones de bióxido de carbono están aumentando y las actuales medidas nacionales e internacionales no son suficientes para prevenir importantes cambios en el clima y el nivel de los mares; los asuntos en relación con la salud y con el medio ambiente se combinan en una demanda unificada de políticas de desarrollo sustentable hacia el reconocimiento de la conexión causal entre la pobreza, la salud y el medio ambiente. Sumemos esfuerzos, legislemos con mano firme, reafirmemos solemnemente en este momento, en este recinto el compromiso que tenemos con México, nuestra casa, este territorio, este planeta, que alberga a toda la familia humana; declaremos nuestro respeto a la naturaleza. Y es necesario actuar con prudencia en la gestión y el ordenamiento de todas las especies vivas y los recursos naturales, conforme a los preceptos del desarrollo sustentable. Sólo así podremos conservar y transmitir a nuestros descendientes las inconmensurables riquezas que nos brinda la naturaleza.

    Es preciso modificar los marcos jurídicos actuales, en nuestro bienestar futuro y el de nuestros descendientes. honorable Asamblea, por lo anterior someto a la consideración el siguiente proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

    Artículo Primero. Se reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

    Artículo 15. Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta ley en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, el Ejecutivo federal observará los siguientes principios y valores:

    I. Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad. De su equilibrio dependen realmente la vida presente y futura, así como las posibilidades productivas del país.

    IV. Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar, reparar o pagar los daños que cause, así como los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a toda persona y entidad que proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales.

    VI. La prevención de la causa que genera el desequilibrio ecológico es el medio más eficaz para evitar el daño de la naturaleza.

    X. El sujeto principal de la concertación ecológica son no solamente las personas en lo individual sino también todos los grupos y organizaciones sociales.

    El propósito de la concertación de acciones ecológicas es reorientar la relación entre la sociedad y la naturaleza.

    XIV. La erradicación de la pobreza es necesaria para el desarrollo sustentable.

    XV. Las mujeres cumplen una importante función en la protección, prevención y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y en el desarrollo. Su completa participación es esencial para lograr el desarrollo sustentable.

    XVI. El control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los recursos naturales y el mejoramiento del entorno natural en asentamientos humanos son elementos fundamentales para elevar la calidad de vida de la población.

    XX. La educación es un medio para valorar la vida a través de la prevención del deterioro ambiental, prevención, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y con ello evitar el desequilibrio ecológico y los daños ambientales. Su impartición debe ser prioridad de los programas de gobierno para asegurar el equilibrio ecológico y la protección del ambiente.

    XXI. La investigación científica debe ser prioritaria, como medio para resarcir los daños a nuestro ecosistema, debiendo motivar su estudio en centros universitarios.

    XXII. Debe existir solidaridad internacional con los países cuyo medio ambiente ya no es sano.

    Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

    Atentamente, Ángel Pasta. Para que todos vivamos mejor. Gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del PAN

    Ángel Pasta Muñuzuri, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el articulo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la cual se fundamenta y motiva bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Primero.- Nuestro planeta se encuentra gravemente dañado, por ello es necesario adoptar una ética de conservación, respeto y resguardo de nuestra naturaleza. Es menester de todos, realizar los esfuerzos necesarios para asegurar un ambiente sano, mediante una política ecológica enfocada a reducir el número y los efectos de los desastres naturales provocados por el hombre.

    En materia legislativa se puede avanzar al respecto, mediante el establecimiento de la educación ecológica e investigación científica como uno principios básicos en el marco jurídico ambiental.

    Recordemos que todas las personas necesitamos elementos únicos que la naturaleza nos aporta para la vida, como el aire, el agua, la luz, y el alimento. Esta relación entre el ser humano y el planeta, debe estar consagrada en leyes que aseguren su observancia, aplicación y su sanción.

    Se debe asegurar el derecho al medio ambiente sano, requisito para el adecuado desarrollo de la persona, de ahí que es un deber solemne proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras, como se prevé en las Naciones Unidas.

    Debemos estar claros que actuar con irresponsabilidad en contra de nuestro medio ambiente pone en riesgo la vida. Esta iniciativa es relevante porque incluye principios fundamentales en la política ambiental para que podamos desarrollarnos en un medio ambiente adecuado.

    Segundo.- Es prioritario integrar a los niños y jóvenes en la conducción de la política ambiental de nuestro país, utilizando como medio para su incorporación la educación. Incluirlos nos garantiza despertar su conciencia sobre la conservación y compresión del medio ambiente, así como la sustentabilidad de los recursos naturales indispensables para las generaciones futuras.

    Los jóvenes son factor determinante del cambio, ellos pueden incrementar la conciencia y el activismo ambiental, es necesario pues educar a niños y jóvenes para que aporten ideas nuevas y pongan acción a su palabra. Es necesario también legislar para que el derecho mexicano regule de manera completa nuestra interacción con los ecosistemas de nuestro país.

    Ante la macrocontaminación, la lluvia ácida, la disminución de la capa de ozono, y el calentamiento global, tenemos que responder a estos grandes retos que hoy son una realidad, legislando por y sobre educación ambiental, con valores y ética. Debemos despertar conciencia, de que más allá de los intereses políticos o económicos, nuestro país es grande, es rico y todavía estamos a tiempo de evitar una situación peor.

    Tercero.- Las emisiones de dióxido de carbono están aumentando y las actuales medidas nacionales e internacionales no son suficientes para prevenir importantes cambios en el clima y el nivel de los mares.

    Los asuntos relacionados con la salud y con el medio ambiente se combinan en una demanda unificada de políticas de desarrollo sostenible, hacia el reconocimiento de la conexión causal entre la pobreza, la salud y el medio ambiente.

    Sumemos esfuerzos, legislemos con mano firme, reafirmemos solemnemente, en este momento, en este recinto, el compromiso que tenemos con México, nuestra casa, este territorio, este planeta que alberga a toda la familia humana, declaremos nuestro respeto a la naturaleza. Es necesario actuar con prudencia en la gestión y ordenamiento de todas las especies vivas y los recursos naturales, conforme a los preceptos del desarrollo sostenible. Sólo así podremos conservar y transmitir a nuestros descendientes las inconmensurables riquezas que nos brinda la naturaleza.

    Es preciso modificar los marcos jurídicos actuales por nuestro bienestar futuro y en el de nuestros descendientes.

    Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración el siguiente:

    Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente:

    Artículo Primero.- Se reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Para quedar como sigue:

    Artículo 15.- Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo federal observará los siguientes principios y valores:

    I.- Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad, de su equilibrio dependen la vida presente y futura, así como las posibilidades productivas del país;

    II.- (...)

    III.- (...)

    IV.- Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar, reparar o pagar los daños que cause, así como los costos que dicha afectación implique.

    Asimismo, debe incentivarse a toda persona y entidad que proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales;

    V.- (...)

    VI.- La prevención de las causas que generan, el desequilibro ecológico, es el medio más eficaz para evitar el daño a la naturaleza.

    VII.- (...)

    VIII.- (...)

    IX.- (...)

    X.- El sujeto principal de la concertación ecológica son no solamente las personas en lo individual, sino también todos los grupos y organizaciones sociales.

    El propósito de la concertación de acciones ecológicas es reorientar la relación entre la sociedad y la naturaleza;

    XI.- (...)

    XII.- (...)

    XIII.- (...)

    XIV.- La erradicación de la pobreza es necesaria para el desarrollo sustentable;

    XV.- Las mujeres cumplen una importante función en la protección, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y en el desarrollo.

    Su completa participación es esencial para lograr el desarrollo sustentable

    XVI.- El control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los elementos naturales y el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos, son elementos fundamentales para elevar la calidad de vida de la población;

    XVII.- (...)

    XVIII.- (...)

    XIX. (...)

    XX. La educación es un medio para valorar la vida a través de la prevención del deterioro ambiental, preservación, restauración y el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas y con ello evitar los desequilibrios ecológicos y daños ambientales. Su impartición debe ser prioridad en los programas de gobierno, para asegurar el equilibrio ecológico y protección al ambiente.

    XXI. La investigación científica debe de ser prioritaria como medio para resarcir los daños a nuestro ecosistema, debiéndose motivar su estudio en centros universitarios.

    XXII.- Debe existir solidaridad internacional con los países cuyo medio ambiente ya no es sano.

    Transitorios

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado Ángel Pasta Muñuzuri. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
    LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se recibió del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma el artículo 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del PVEM

    Cuauhtémoc Ochoa Fernández, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72, 73 fracción XXX y 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 57, 60, 62, 63 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a las Comisión de Puntos Constitucionales la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, de conformidad con la siguiente

    Exposición de Motivos

    En los últimos meses se ha abierto un debate en torno al sector energía, a la política energética y a la hermenéutica del marco jurídico encargado de regularlo, en este contexto de discusión se ha involucrado al Ejecutivo, a la H. Cámara de Diputados, en especial a la Auditoría Superior de la Federación y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    Esto necesariamente ha creado incertidumbre jurídica en los agentes económicos privados interesados en el sector energético.

    En los hechos, a mediados de abril del presente año, en una votación dividida de seis a cinco, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó los Contratos de Servicios Múltiples,1 por medio de los cuales la Comisión Reguladora de Energía autoriza a los particulares la generación de energía eléctrica.

    Con esta votación la Corte determinó invalidar los oficios que emitiera la Auditoría Superior de la Federación, así como el procedimiento de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2002, y de las Auditorías Especiales a la Comisión Federal de Electricidad.

    En estos oficios, la Auditoría Superior de la Federación planteaba la cancelación de los Contratos de Servicios Múltiples, por considerarlos inconstitucionales.

    Con esta votación el Ejecutivo gana a la Cámara de Diputados y a la Auditoría Superior de la Federación, ya que la Comisión Reguladora de Energía puede mantener intactos los contratos que otorgó a particulares para que generen electricidad en nuestro país.

    El tema es históricamente importante y no sólo abarca el tema generación de energía eléctrica, también incluye el tema petróleo e hidrocarburos.

    El artículo 27 constitucional a la letra dice: ``Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines''.

    No cabe duda, después de leer e interpretar éste párrafo, lo que debemos hacer como legisladores ante estos hechos y ante la problemática hermenéutica que plantea el texto constitucional, de manera prioritaria debemos reforzar la claridad del texto constitucional.

    Especialmente en cuanto a la protección patrimonial de los bienes públicos con el fin de evitar repetir las interpretaciones erróneas en los importantes temas de petróleo e hidrocarburos. Debemos reforzar el control estatal de nuestros recursos.

    Recordemos que el artículo 27 de nuestra constitución señala que ``tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines''.

    Por lo anterior y con el fin de evitar mayores controversias constitucionales en ésta materia, el diputado integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, comprometido con el estudio e implementación de cambios legislativos dirigidos hacia una mejoría social y preocupado por el pobre desempeño del mercado interno y la economía nacional, propone la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo de acuerdo al siguiente:

    Decreto

    Artículo 4.-

    Sólo organismos y empresas públicas llevarán a cabo la explotación y exploración del petróleo y las demás actividades a que se refiere el artículo 3o., que se consideren estratégicas en los términos del artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.

    Transitorio

    Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Nota:

    1 ``Los contratos de servicios múltiples son contratos de obras públicas sobre la base de precios unitarios que cumplen con la Constitución y las leyes mexicanas, ya que simplemente agrupan en un solo contrato los servicios que Pemex siempre ha contratado. Bajo los contratos de servicios múltiples la propiedad y dominio de los hidrocarburos son de la nación, Pemex mantiene el control de la exploración y explotación. El contratista únicamente recibe un pago fijo por las obras realizadas y los servicios prestados''. Ver ``Alcance de los primeros contratos de servicios múltiples'', en http://www.csm.pemex.com/espanol/

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 22 días del mes de marzo del 2006.--- Dip. Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Túrnese a la Comisión de Energía.
    LEY FEDERAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa de Ley Federal de Protección de Datos Personales.La diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores: en el contexto de un mundo globalizado y, sobre todo, tecnificado, con gran desarrollo de instrumentos y mecanismos de procesamiento de datos de toda índole, la protección de la privacidad de los datos personales se ha convertido en tema prioritario, de inmediata e inevitable atención. El tema adquiere particular relevancia no sólo porque los datos personales de sus diversos titulares circulan indiscriminadamente sino porque, en ocasiones, dichos datos pueden ser conocidos y utilizados por personas con fines ilícitos para la comisión de delitos o simplemente de formas no autorizadas, que eventualmente causan molestia o perjuicios a diversos titulares.

    Por otra parte, hoy nos enfrentamos a la realidad ineludible de que los datos personales existen y son necesarios para una infinidad de operaciones comerciales o de muy diversas índoles, en beneficio de sus titulares y, en general, del comercio y la economía nacional. Es decir, no es dable pensar que las múltiples relaciones que se plantean entre las personas, incluso entre una jurisdicción y otra, puedan llevarse a cabo sin diversos grados de manifestación y uso de datos personales. En el ámbito de gobierno, por ejemplo, nuestro sistema jurídico ha dado pasos importantísimos para la protección de los datos personales que detentan las entidades gubernamentales.

    Así tenemos, por citar el cuerpo legal de mayor trascendencia en la materia, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que incluyó en su articulado disposiciones expresas de protección de datos personales conocidos y manejados por las entidades sujetas a su observancia. A nivel internacional, la legislación en la materia es un tema extraordinariamente discutido e incluso de relativa antigüedad. Los primeros trabajos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, sin duda la institución con mayor experiencia y autoridad en la materia y de la que México forma parte, datan de 1969, con la formación del grupo de expertos sobre bancos de datos que analizó y estudió diferentes aspectos de la privacidad.

    Estos principios reconocen la necesidad de que la información fluya de forma regulada entre los países; que es legítimo que los países impongan regulaciones para el flujo de información que pueda resultar contraria al orden público o que atente contra la seguridad nacional; que el flujo de información tiene un valor económico importante para las economías de los países; que los países deben adoptar medidas de seguridad mínimas para la protección de la información, así como regular sobre la protección de dicha información para evitar su uso o aprovechamiento ilegítimos; y que los países, particularmente los miembros de la OCDE, deben asumir un compromiso de adopción de principios generales para la protección de datos personales. Con el fin de hallar un consenso internacional en la materia, los trabajos de la OCDE se hicieron acompañar del Consejo de Europa y la entonces Comunidad Económica Europea y terminaron el 1 de julio de 1979.

    En términos generales, estos enfoques divergentes fueron confluyendo inexorablemente en la necesidad de asegurar la protección de la privacidad de los datos personales como un aspecto de derechos humanos fundamentales y libertades individuales. Los resultados de los trabajos de la OCDE condujeron finalmente a la promulgación de los lineamientos sobre la protección de la privacidad y el flujo transfronterizo de datos personales de 1980. A ésos siguieron tiempo después, pero no con menor importancia, los trabajos del área para la Cooperación Económica Asia-Pacífico, APEC, de la cual México es parte.

    Los trabajos en materia de privacidad de APEC son también muy amplios y resultaron en la creación del Marco de Privacidad de APEC, el cual enfatiza que la falta de legislación adecuada en la materia atrae la desconfianza de los consumidores y los usuarios de comunicaciones y de otras tecnologías de la información, lo cual finalmente entorpece el comercio y afecta la economía de las naciones. El entorpecimiento del comercio, particularmente el comercio detonado por el dinamismo de las tecnologías de información actuales, es un lujo que México no se puede permitir.

    Las tecnologías actuales presentan un gran potencial para los beneficios personales y de negocios en los países, y para sus gobiernos, así como para la expansión de mercados, la productividad, la educación, la salud pública, y la innovación tecnológica y científica, por citar sólo algunos ejemplos. De hecho, hoy por hoy la penetración, el desarrollo y el aprovechamiento de la tecnología son unos de los factores principales que separan los países desarrollados de los no desarrollados y los países que experimentan crecimiento económico y bienestar de los que se han rezagado en el panorama internacional. En este contexto, el Marco de Privacidad de APEC advierte sobre los riesgos de una legislación laxa en materia de privacidad en relación con la economía de un país. En la medida en que la recolección y el manejo de datos personales son cada vez más fáciles e indispensables para el crecimiento económico, los individuos comienzan a ser más recelosos para compartir su información y pueden experimentar desconfianza sobre el uso que tendrá su información por parte de las entidades privadas que la recolectan. Así las cosas, es indispensable crear una legislación que recoja efectivamente los principios contenidos en el Marco de Privacidad de APEC, que provea nuestras disposiciones legales con la visión vanguardista propuesta por APEC.

    Además, ha sido el instrumento internacional de mayor importancia que sienta el paradigma de modelo de legislación sobre privacidad en muchos sentidos. Esto es así porque, de la mano con los lineamientos de la OCDE, el Marco de Privacidad de APEC vino a enunciar los principios de contenido legislativo que, a la fecha, orientan los principales cuerpos normativos del mundo en la materia. Al respecto, se estima que la legislación propuesta es consistente y armónica con las disposiciones existentes en materia de protección de datos personales que son detectados por el sector público, según está regulado por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y garantizado por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.

    Como puede apreciarse, la adopción de los lineamientos internacionales tanto de la OCDE como de APEC, particularmente por tratarse de aquellos en que México ha participado, consensuado y que está de hecho obligado a atender y a cumplir, permitirá a México contar con una legislación moderna, acorde con los principios y sus compromisos internacionales. En ese sentido, la iniciativa que hoy se propone ante esta soberanía no únicamente atiende las recomendaciones internacionales de los organismos de que México es parte, y que hoy por hoy simplemente reflejan los paradigmas y las prácticas prevalecientes de la protección de la privacidad por el sector privado en el mundo, sino que salda la cuenta pendiente de México en el cumplimiento de un añejo compromiso internacional, de acuerdo con la membresía de las organizaciones aludidas. En este sentido, es importante destacar los siguientes elementos para la evaluación de la presente iniciativa:

    Primero, que la responsabilidad de esta soberanía para legislar en materia de protección de la privacidad de datos personales de los individuos es impostergable, no sólo por tratarse de un tema de protección de derechos humanos y libertades fundamentales, sino porque tiene origen y efectos esenciales sobre la economía nacional y el aseguramiento del comercio irrestricto entre las entidades federativas y con la regulación del comercio con otros Estados extranjeros.

    Segundo, que el Congreso de la Unión está expresa y exclusivamente facultado para legislar en materia de comercio, incluyendo la facultad para legislar en todo cuanto impida que existan restricciones en el comercio entre las entidades de la Federación.

    Tercero, por las razones expuestas en la presente iniciativa, de acuerdo con las exposiciones de motivos y diverso memorando explicativo tanto de los lineamientos de la OCDE como del Marco de Privacidad de APEC, ambas organizaciones de las cuales son parte los Estados Unidos Mexicanos, como por la propia naturaleza de la legislación que se propone y su origen y efecto sobre el comercio interestatal y, desde luego, sobre el comercio internacional, la iniciativa se circunscribe en el contexto de la legislación en materia de comercio y en la intervención de esta soberanía federal para impedir el eventual establecimiento de medidas que puedan constituir obstáculos o restricciones al comercio entre las entidades de la Federación, por lo que la facultad de legislar sobre la materia que nos ocupa está expresamente reservada a la Federación en términos de las fracciones IX, X y XXX del artículo 73 de la Constitución federal.

    Cuarto, que la iniciativa es consistente, armónica y complementaria con las disposiciones existentes en materia de protección de datos personales que esta soberanía ha expedido en la jurisdicción federal y en el ámbito del derecho administrativo, como las contenidas en relación con la protección de datos personales por las entidades del sector público obligadas bajo la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, de las cuales es garante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, o las contenidas en relación con la protección de datos personales compartidos en relaciones de consumo, según lo previsto en la Ley Federal de Protección al Consumidor. Por lo que respecta al contenido de la iniciativa propuesta, ésta se compone de tres títulos, que versan sobre los datos personales, y su protección, y las autoridades y sanciones, respectivamente.

    Por lo anterior, solicito a esta honorable Asamblea que dé por presentada la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales, y solicito a la Presidencia que se inserte íntegramente la misma en el Diario de los Debates. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa de Ley Federal de Protección de Datos Personales, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del PAN

    La que suscribe, Sheyla Fabiola Aragón Cortés, diputada del estado de México por la quinta circunscripción de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales, conforme a la siguiente

    Exposición de Motivos

    En los últimos años, hemos visto el incremento de la tendencia de la regulación de la protección de la privacidad de la información. No es un hecho extraño, dado que la privacidad de los individuos es desde luego un derecho humano fundamental de la mayor importancia. No es posible concebir un estado de bienestar personal y, en consecuencia, de bien común en la sociedad en general sin la protección y salvaguarda adecuada de los derechos fundamentales del ser humano.

    La privacidad de las personas abarca, naturalmente, la de la información que las identifica, o que versa sobre sus características o preferencias. En términos generales, estos datos son los que suelen llamarse ``personales'', pues por su propia definición y naturaleza corresponden e identifican a su titular.

    En el contexto de un mundo globalizado, y sobre todo tecnificado y con gran desarrollo de instrumentos y mecanismos de procesamiento de datos de toda índole, la protección de la privacidad de los datos personales se ha convertido en un tema prioritario, de inmediata e inevitable atención.

    El tema adquiere particular relevancia no sólo porque los datos personales de sus diversos titulares circulan indiscriminadamente sino porque en ocasiones, desafortunadamente, dichos datos pueden ser conocidos y utilizados por personas con fines ilícitos, para la comisión de delitos, o simplemente de formas no autorizadas, que eventualmente causan molestia o perjuicios diversos a sus titulares.

    Por otra parte, hoy nos enfrentamos a la realidad ineludible de que los datos personales existen y son necesarios para una infinidad de operaciones comerciales o de muy diversas índoles en beneficio de sus titulares y, en general, del comercio y la economía nacional. Es decir, no es dable pensar que las múltiples relaciones que se plantean entre las personas, incluso entre una jurisdicción y otra, puedan llevarse a cabo sin diversos grados de manifestación y uso de datos personales.

    En el ámbito de gobierno, por ejemplo, nuestro sistema jurídico ha dado pasos importantísimos para la protección de los datos personales que detentan las entidades gubernamentales. Así tenemos, por citar el cuerpo legal de mayor trascendencia en la materia, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que incluyó en su articulado disposiciones expresas de protección de datos personales conocidos y manejados por las entidades sujetas a su observancia.

    La tarea está pendiente respecto de los datos personales que son detentados y usados o aprovechados por entidades del sector privado; esto es, por particulares. Aunque no de forma exclusiva, en este campo nos encontramos de forma preponderante con la tenencia, desarrollo, operación y uso de bases de datos para fines comerciales, publicitarios, o de relaciones de trabajo, entre otros supuestos.

    A nivel internacional, la legislación en la materia es un tema extraordinariamente discutido e, incluso, de relativa antigüedad. Los primeros trabajos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) --sin duda, la institución con mayor experiencia y autoridad en la materia, y de la que México forma parte-- datan de 1969, con la formación del Grupo de Expertos sobre Bancos de Datos (Data Bank Panel), que analizó y estudió diferentes aspecto de la privacidad.

    El primer gran consenso internacional en materia de protección de datos personales se dio en el Simposio de Viena, en 1977, organizado a instancias del Grupo de Expertos sobre Bancos de Datos de la OCDE. El Simposio de Viena recogió un conjunto de principios básicos que, en términos generales, han permanecido y continúan vigentes hasta la fecha, con ligeras variantes.

    Estos principios reconocen (a) la necesidad de que la información fluya de forma regulada entre los países; (b) que es legítimo que los países impongan regulaciones para el flujo de información que pueda resultar contraria al orden público, o que atente contra la seguridad nacional; (c) que el flujo de información tiene un valor económico intrínseco importante para las economías de los países; (d) que los países deben adoptar medidas de seguridad mínimas para la protección de la información, así como regular sobre la protección de dicha información, para evitar su uso o aprovechamiento ilegítimos; y (e) que los países (particularmente los países miembros de la OCDE, desde luego) deben asumir un compromiso de adopción de principios generales para la protección de datos personales.

    En 1978, la OCDE creó un nuevo grupo internacional ad hoc en relación con la protección de datos personales, que se denominó Grupo de Expertos sobre Barreras Transfronterizas de Información y Protección de Privacidad, que fue encomendado para desarrollar lineamientos de consenso general en relación con el flujo transfronterizo de datos, y la protección de datos personales y privacidad, con la finalidad de armonizar las legislaciones domésticas o nacionales de los países (particularmente, desde luego, las de los países miembros de la OCDE, como el caso de México).

    Con el fin de hallar un consenso internacional en la materia, los trabajos de la OCDE se hicieron acompañar del Consejo de Europa y la entonces Comunidad Económica Europea, y terminaron el 1 de julio de 1979. En términos generales, ambas instituciones hallaron cuestionamientos y preocupaciones similares de los países miembros de la OCDE y de la comunidad europea.

    Ciertamente, la óptica del tratamiento del tema entre los países miembros de la OCDE y la organización europea en su conjunto --pues ciertamente hay países europeos que son miembros de la OCDE-- tuvo cierto grado de diferencia. En el tiempo, no obstante, los enfoques divergentes fueron confluyendo inexorablemente en la necesidad de asegurar la protección de la privacidad de los datos personales, como un aspecto de derechos humanos fundamentales y libertades individuales.

    En este sentido, documentos relativamente recientes como la Directiva de la Unión Europea conocida como la de ``Protección de Datos'', del 25 de octubre de 1998, y/o la Directiva conocida como de ``Privacidad y Comunicaciones Electrónicas'' (Procesamiento de Datos Personales y de Protección de la Privacidad en el Sector de Comunicaciones Electrónicas), del 12 de julio de 2002, con sus diversos antecedentes, establecen que su promulgación responde a la necesidad de que los países miembros (en este caso, de la Unión Europea) ``aseguren los derechos y las libertades de los individuos en relación con el procesamiento de datos personales, y en particular con relación a su privacidad, para preservar el flujo de datos personales''.

    Los resultados de los trabajos de la OCDE condujeron, finalmente, a la promulgación de los Lineamientos sobre la Protección de la Privacidad y el Flujo Transfronterizo de Datos Personales, de 1980 (OECD, Guidelines on the Protection of Privacy and Transborder Flows of Personal Data, los Lineamientos de la OCDE).

    En términos generales, los Lineamientos de la OCDE se componen de los siguientes elementos:

    a) Un preámbulo de recomendaciones, que expresa la necesidad elemental de realizar acciones de protección en la materia. La recomendación, particularmente dirigida a los países miembros de la organización --como en este caso lo es México--, hace énfasis en que el enfoque de la legislación debe orientarse hacia la protección de la privacidad y las libertades individuales, y al respeto al flujo transfronterizo de datos personales.

    b) Los Lineamientos propiamente dichos consisten de cinco partes. La primera parte contiene un conjunto de definiciones básicas que buscan reflejar el consenso sobre conceptos básicos de la legislación en la materia. En esta parte, los Lineamientos indican que los estándares contenidos en ellos son mínimos, y que cada país en su propia legislación, puede ampliarlos para extender sus prerrogativas.

    c) Una segunda sección de los Lineamientos delinea ocho principios básicos, de los párrafos 7 a 14.

    Estos principios son

    1. ``Collection Limitation Principle'', o Principio de Límites de la Recolección. Deben existir limitaciones para la recolección de datos personales, y en todo caso deben ser obtenidos haciendo uso de medios lícitos y, en determinados casos, con el conocimiento y consentimiento de los titulares.

    2. ``Data Quality Principle'', o Principio de la Calidad de los Datos. Los datos personales deben ser relevantes para el propósito para el cual se usan y, en la medida de lo posible respecto de dichos propósitos, deben ser adecuados, completos y actuales.

    3. ``Purpose Specification Principle'', o Principio de Especificación de Propósito. Los propósitos para los cuales se recolectan datos personales debe ser especificado al momento de su obtención, y el uso subsecuente de ellos debe limitarse al cumplimiento de tales propósitos u otros que no sean incompatibles con éstos, y que sean especificados en cada ocasión en que varíen los propósitos iniciales.

    4. ``Use Limitation Principle'', o Principio de Limitación de Uso. Los datos personales no deben ser divulgados o puesto a disposición de terceros para usos diferentes a los declarados por quien los obtuvo, excepto (i) si se cuenta con el consentimiento del titular, o (ii) así lo requiere o autoriza la ley.

    5. ``Security Safeguards Principle'', o Principio de Salvaguardas de Seguridad. Los datos personales deben ser protegidos mediante salvaguardas de seguridad razonables, contra riesgos de pérdida o de acceso, destrucción, uso, modificación o divulgación no autorizados.

    6. ``Openness Principle'' o Principio de Amplitud. Debe existir una política pública abierta respecto al desarrollo, prácticas y políticas prevalecientes en relación con la recolección y uso de los datos personales. Al mismo tiempo, deben existir medios para determinar la existencia y naturaleza de los datos personales, así como los propósitos principales de ellos, y poderse conocer la identidad y domicilio de las personas que se consideren como sujetos responsables por el uso o manejo de datos personales.

    7. ``Individual Participation Principle'' o Principio de Participación Individual. Todo individuo debe tener derecho (i) a obtener información de los sujetos obligados, o la confirmación de que un determinado sujeto obligado no tiene información sobre el individuo solicitante; (ii) a que se le indique en un tiempo y a costo razonables, en una forma adecuada, la información que se mantenga de él; (iii) a que se le informe y se le hagan saber las razones de cualquier negativa a contestar un requerimiento de información, así como a solicitar que se elimine, rectifique, complete o modifique información que se tenga de él.

    8. ``Accountability Principle'' o Principio de Responsabilidad. Todo sujeto obligado en la ley debe ser responsable de cumplir con las medidas que se adopten para hacer eficientes los principios antes mencionados.

    d) La tercera sección de los Lineamientos establece una serie de principios innominados en relación con la aplicación internacional de los Lineamientos y cualesquiera legislaciones domésticas en la materia.

    En términos generales, exhorta a los países miembros a mantener legislaciones nacionales similares y acordes con los principios, para facilitar la ejecución de las disposiciones de protección de datos personales en cualquier jurisdicción.

    El enfoque básico de los principios de cooperación internacional se concentra en la permisión y protección del flujo transfronterizo de datos, y del establecimiento únicamente de restricciones legítimas, para preservar el ambiente de comercio global entre los países.

    Estos principios son

    1. Los países miembros de la OCDE deben tomar en cuenta las implicaciones de otros países en relación con sus medidas de procesamiento y flujo de datos personales.

    2. Los países miembros deben adoptar todas las medidas razonables para asegurar que los flujos transfronterizos de datos, particularmente respecto de los otros países miembros de la organización, sean ininterrumpidos y seguros.

    3. Los países miembros no deben crear barreras o restricciones de flujo transfronterizo de datos personales, incluyendo barreras o restricciones internas, es decir entre sus propias fronteras de su división interna. En todo caso, los países pueden imponer restricciones en ciertas categorías de datos personales para los cuales sus propias legislaciones locales contengan regulaciones especiales, debido a la naturaleza de la información.

    4. Los países miembros no deben desarrollar leyes, políticas o prácticas en nombre de la protección de la privacidad o de las libertades individuales, que en realidad constituyan obstáculos para el comercio interno o internacional, o para el flujo transfronterizo de datos personales.

    e) La cuarta sección establece, en términos generales, la importancia de establecer medios que implementen los principios básicos mencionados en las secciones anteriores, y que estos medios sean utilizados de manera amplia y no discriminatoria.

    Específicamente, a este respecto los Lineamientos exhortan a los países miembros de la OCDE a

    1. Adoptar legislación nacional acorde con los Lineamientos de la OCDE;

    2. Promover y apoyar los mecanismos de autorregulación, así como el establecimiento de códigos de conducta por parte del sector privado;

    3. Proveer los medios razonables para que los individuos ejerzan sus derechos;

    4. Proveer sanciones adecuadas y razonables para los sujetos obligados que no observen la ley; y

    5. Asegurar que la ley se aplica de forma no discriminatoria.

    f) Por último, la quinta sección enfatiza nuevamente la importancia de la cooperación internacional, y establece la obligación creada, particularmente respecto de los países miembros de la organización, a compartir información y proveerse asistencia mutua en investigaciones u otros órdenes en los cuales la cooperación es necesaria para hacer cumplir la ley en varias jurisdicciones.

    A los Lineamientos de la OCDE de 1980 siguieron, tiempo después pero no con menor importancia, los trabajos del área para la Cooperación Económica de Asia-Pacífico (APEC), de la cual México es parte.

    Los trabajos en materia de privacidad de APEC son también muy amplios, y resultaron en la creación del Marco de Privacidad de APEC (APEC Privacy Framework). El origen y su fundamento son, naturalmente, similares a los que dieron lugar a los Lineamientos de la OCDE. No obstante, el Marco de Privacidad de APEC, por su propio tiempo (posterior a los encuentros ministeriales de 1998), contiene referencias actuales de sustancial importancia.

    El Marco de Privacidad de APEC no deja de reconocer la relevancia del tema como un aspecto de protección de derechos humanos y libertades fundamentales, pero enfatiza, al mismo tiempo, que la falta de una legislación adecuada en la materia, atrae la desconfianza de los consumidores y los usuarios de comunicaciones, y de otras tecnologías de la información, lo cual finalmente entorpece el comercio y afecta la economía de las naciones.

    En ese sentido, el enfoque del Marco de Privacidad de APEC es interesantísimo para la preservación del bien común de las sociedades, pues se dirige al contenido económico de la legislación, y el impacto que ésta tiene sobre el bienestar de las familias, al permitir una economía más sana y dinámica, que efectivamente contribuya a que el mayor número de bienes y servicios llegue al mayor número de personas posible.

    El entorpecimiento del comercio, particularmente el comercio detonado por el dinamismo de las tecnologías de información actuales, es un lujo que México no se puede permitir. Las tecnologías actuales presentan un gran potencial para los beneficios personales y de negocios en los países, para sus gobiernos, así como para la expansión de mercados, la productividad, la educación, la salud pública o la innovación tecnológica y científica, por citar sólo algunos ejemplos.

    De hecho, hoy por hoy, la penetración, el desarrollo y el aprovechamiento de la tecnología es uno de los factores principales que separa a los países desarrollados de los no desarrollados, y de los países que experimentan crecimiento económico y bienestar, de aquéllos que se han rezagado en el panorama internacional.

    En este contexto, el Marco de Privacidad de APEC advierte sobre los riesgos de una legislación laxa en materia de privacidad en relación con la economía de un país: en la medida en que la recolección y manejo de datos personales es cada vez más fácil e indispensable para el crecimiento económico, los individuos comienzan a ser más recelosos para compartir su información, y pueden experimentar desconfianza sobre el uso que tendrá su información por parte de las entidades privadas que la recolectan.

    Así las cosas, es indispensable crear una legislación que recoja efectivamente los principios contenidos en el Marco de Privacidad de APEC, que provea a nuestras disposiciones legales con la visión vanguardista propuesta por APEC.

    Específicamente, el Marco de Privacidad de APEC establece que ``su enfoque distintivo es concentrar su atención en la protección práctica de la información... y que al hacerlo así, encuentra un equilibrio entre la privacidad de la información y las necesidades de los negocios comerciales, al mismo tiempo que reconoce la diversidad cultural y de otras naturalezas que existen entre las economías de los países miembros''.

    Las premisas básicas sobre las que se funda el Marco de Privacidad de APEC son las siguientes:

    1. Es necesario desarrollar protecciones de privacidad de información personal, particularmente para prevenir y sancionar las consecuencias dañosas de intrusiones ilícitas y el uso no autorizado de información;

    2. Se debe reconocer el principio de libre flujo de información, como un elemento esencial de protección al comercio y al desarrollo de las economías nacionales de los países miembros, para sostener su crecimiento económico y social;

    3. Se debe facilitar a los sujetos obligados que la recolección, uso y procesamiento de información personal se practiquen con arreglo a las prácticas internacionales en el contexto de la globalización;

    4. Se debe fortalecer a las instituciones nacionales para que efectivamente puedan ver por la protección de privacidad de la información; y

    5. Es necesario participar y avanzar en la creación de mecanismos internacionales para promover y reforzar la privacidad de la información, al tiempo de preservar la continuidad del flujo de información entre las economías de los países.

    En gran medida, el Marco de Privacidad de APEC ha sido el instrumento internacional de mayor importancia, que sienta el paradigma de modelo de legislación sobre privacidad en muchos sentidos.

    Esto es así porque de la mano con los Lineamientos de la OCDE, el Marco de Privacidad de APEC vino a enunciar los principios de contenido legislativo que, a la fecha, orientan las principales cuerpos normativos del mundo en la materia (particularmente, aunque no de forma exclusiva, de la mayoría de los países miembros de la OCDE y APEC).

    Estos principios son

    1. ``Preventing Harm'', o de prevención de daño. Debe reconocerse el interés del individuo a sus expectativas legítimas de privacidad, por lo que la legislación debe prevenir y sancionar el uso ilegítimo de la información.

    2. ``Notice'', o de obligación de dar aviso. Los sujetos obligados por la legislación deben dar aviso en términos claros y entendibles a los titulares de la información, respecto de las prácticas de privacidad de los que gozará la información que compartan. Esto incluye

    i) La mención de que se recaban datos personales;

    ii) La descripción de para qué se recolecta la información, con qué propósitos o fines;

    iii) Los tipos de personas u organizaciones a quienes podría compartirse la información;

    iv) La identidad y domicilio de la persona que recolecta la información, incluyendo la posibilidad de que dicho sujeto obligado sea contactado para realizar consultas sobre sus prácticas y políticas de privacidad; y

    v) Las opciones que se ofrezcan al titular respecto del uso o divulgación de la información que proporcione.

    3. ``Collection Limitation'' o de limitación a la recolección de información personal. La recolección de datos personales debe limitarse al alcance que sea relevante para los propósitos por los cuales se recaba la información.

    En todo caso, la información debe obtenerse por medios lícitos y, cuando así lo requiera la ley, con conocimiento o consentimiento de sus titulares.

    4. ``Uses of Personal Information'', o de usos de la información o datos personales. La información o datos personales que se recaben de sus titulares, debe ser usada de acuerdo con los propósitos que motivaron su recolección, o con propósitos compatibles, excepto en aquellos casos en que

    i) Se cuente con el consentimiento del titular para fines diferentes;

    ii) El uso es necesario para proporcionar un servicio al titular, de acuerdo con relaciones previas entre el receptor y el titular; o

    iii) Cuando así lo requiera la ley.

    5. ``Choice'' o de presentación de opciones. Los titulares deben recibir opciones claras y entendibles respecto del alcance que puede darse en el uso de sus datos, para fines distintos de aquellos por los cuales se recaba la información. Estas opciones o restricciones no deben existir cuando la información se recabe de fuentes de acceso público.

    6. ``Integrity of Personal Information'' o de preservación de la integridad de datos personales. La información personal que se mantenga de los individuos por parte de los sujetos obligados, debe ser adecuada, completa y actual, de acuerdo con los propósitos para los cuales se recaba.

    7. ``Security Safeguards'', o de salvaguardas de seguridad. Los sujetos obligados en el contexto de la ley, que mantengan registros de datos personales, deben manejarlos con estándares humanos y técnicos razonables que protejan la privacidad de la información, y que prevenga su destrucción, uso, modificación o divulgación no autorizados.

    8. ``Access and Correction'', o de acceso y derecho de corrección. Los titulares de información personal deben tener derecho a

    i) Obtener confirmación por parte de los sujetos obligados por la ley, respecto de si tienen o no información personal que les concierna;

    ii) Que se les haga saber la información que tengan en su conocimiento, en un tiempo y a un costo razonable, con medios adecuados que les permita entenderla; y

    iii) Controvertir la exactitud de la información y, en su caso, solicitar su rectificación.

    9. ``Accountability'' o de responsabilidad. Todo sujeto obligado en el contexto de la ley, debe ser responsable de la observancia de las disposiciones legales o regulatorias tendentes a la protección de la privacidad y uso legítimo de datos personales.

    Por otra parte, el Marco de Privacidad de APEC formula una serie de recomendaciones a los países miembros, como en este caso lo es México, respecto de la adecuada implementación de la ley modelo en sus respectivas legislaciones locales:

    a) Primero, que la implementación de la ley modelo maximice los beneficios de las protecciones de privacidad y los flujos de la información;

    b) Segundo, que las disposiciones que se integren a nivel nacional en la legislación de cada país miembro, tengan como efecto dar eficacia a los principios consensuados y reconocidos en el Marco de Privacidad de APEC;

    c) Que se lleven a cabo esfuerzos de educación y publicación de las disposiciones de protección de datos personales. Esta recomendación es particularmente importante, pues reconoce el hecho innegable de que no existe legislación en el mundo que, por sí misma, pueda prevenir la sucesión de fenómenos ilícitos.

    La eficacia de cualquier legislación en materia de protección de datos personales en el mundo, y en cualquier país, depende en buena medida del grado de cultura y educación de los individuos respecto de la prudencia, pertinencia y alcance de proporcionar sus datos personales.

    d) Que exista una cooperación efectiva entre los sectores privados y públicos, tanto a nivel legislativo como desde el punto de vista de comunicación.

    A este respecto, se estima que la legislación propuesta, con base en los modelos legislativos de la OCDE y APEC, es consistente y armónica con las disposiciones existentes en materia de protección de datos personales que son detentados por el sector público --según está regulado por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y garantizado por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.

    e) Que efectivamente se aplique la ley en casos en que la privacidad de la información sea vulnerada en violación de las disposiciones legales existentes.

    Desde el punto de vista de cooperación internacional, para que la legislación adoptada permita a su vez la eficacia de las leyes correlativas en otras jurisdicciones, el Marco de Privacidad de APEC sugiere que los países miembros compartan información en relación con la materia; cooperen en investigaciones y aplicación de la ley, y adopten y desarrollen reglas de privacidad transfronterizas, como las del propio Marco de Privacidad de APEC.

    Como puede apreciarse, la adopción de los lineamientos internacionales como los de la OCDE y APEC, particularmente por tratarse de aquellos en los que México ha participado, consensuado y que está de hecho obligado a atender y cumplir, permitirá a México contar con una legislación moderna, acorde con los principios y sus compromisos internacionales.

    Ya se ha visto en el pasado que la adopción de modelos legislativos divergentes trajo como consecuencia diversos efectos negativos sobre la vida práctica de las economías involucradas. El ejemplo más claro se tuvo durante el periodo de divergencia que experimentaron, por citar el caso más indicativo, la Unión Europea y Estados Unidos de América, derivado de diversas interpretaciones entre las reglas de privacidad de la legislación estadounidense y la Directiva de Protección de Datos de la Unión Europea.

    Específicamente, el caso dio lugar a la creación de los llamados ``Safe Harbor Agreements'', que consistieron en certificaciones anuales sobre el cumplimiento de principios básicos.

    Aunque quedan resabios de la controversia, la tendencia internacional se ha movido consistentemente hacia la adopción de los mismos principios, incluidas la mayoría de las legislaciones de los países de la Unión Europea (que finalmente, muchos de ellos son también miembros de OCDE) y del propio Estados Unidos de América, cuya iniciativa más reciente, presentada en el Senado del país, responde a los incuestionados principios de la OCDE y APEC.

    En este sentido, la iniciativa que hoy se propone ante esta soberanía no únicamente atiende las recomendaciones internacionales de los organismos de los que México es parte, y que hoy por hoy simplemente reflejan los paradigmas y las prácticas prevalecientes de la protección de la privacidad por el sector privado en el mundo, sino que salda la cuenta pendiente de México en el cumplimiento de un añejo compromiso internacional, de acuerdo con la membresía de las organizaciones aludidas.

    En ese sentido, es importante destacar los siguientes elementos para la evaluación de la presente iniciativa:

    1. Primero, que la responsabilidad de esta soberanía para legislar en materia de protección de la privacidad de los datos personales de los individuos es impostergable, no sólo por tratarse de un tema de protección de derechos humanos y libertades fundamentales, sino porque tiene un origen y efectos esenciales sobre la economía nacional y el aseguramiento del comercio irrestricto entre las entidades federativas, y con la regulación del comercio con otros Estados extranjeros.

    2. El Congreso de la Unión está expresa y exclusivamente facultado para legislar en materia de comercio, incluyendo la facultad para legislar en todo cuanto impida que existan restricciones en el comercio entre las entidades de la Federación, como ocurre con el establecimiento de marcos legislativos diversos en materia de protección de datos personales en jurisdicción distinta de la federal, en la medida en que éstos puedan resultar contrarios a los lineamientos adoptados por los organismos internacionales de los cuales forma parte el Estado mexicano, y crear de hecho obstáculos o restricciones al comercio entre las entidades de la Federación.

    3. Por las razones expuestas en la presente iniciativa, de acuerdo con las exposiciones de motivos y diversa memoranda explicativa tanto de los Lineamientos de la OCDE como del Marco de Privacidad de APEC, ambas organizaciones de las cuales es parte los Estados Unidos Mexicanos, como por la propia naturaleza de la legislación que se propone y su origen y efecto sobre el comercio interestatal y desde luego sobre el comercio internacional, la iniciativa se circunscribe en el contexto de la legislación en materia de comercio y en la intervención de esta soberanía federal para impedir el eventual establecimiento de medidas que puedan constituir obstáculos o restricciones al comercio entre las entidades de la Federación, por lo que la facultad de legislar sobre la materia que nos ocupa está expresamente reservada a la Federación, en términos de las fracciones IX, X y XXX del artículo 73 de la Constitución federal.

    4. Que la iniciativa es consistente, armónica y complementaria con las disposiciones existentes en materia de protección de datos personales que esta soberanía ha expedido en la jurisdicción federal y en el ámbito del derecho administrativo, como las contenidas en relación con la protección de los datos personales por las entidades del sector público obligadas bajo la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, de las cuales es garante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, o las contenidas en relación con la protección de datos personales compartidas en relaciones de consumo, según lo previsto en la Ley Federal de Protección al Consumidor.

    5. Que si bien es cierto que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, creado por virtud de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, es por definición la institución a cargo de la detentación y manejo de información por parte del sector público y no de los particulares, también lo es que la exigencia de razones presupuestarias, obligan a esta soberanía a tener en cuenta la conveniencia de aprovechar las instituciones existentes para dotar de eficacia al marco legal propuesto, y que sea el Instituto quien tenga las facultades para sancionar la eventual violación de las normas de privacidad en que pudieren incurrir los sujetos obligados.

    6. Que en todo caso, la iniciativa deja a salvo para su regulación especial, sea que ésta competa a esta soberanía o al Ejecutivo federal por la vía reglamentaria, si las disposiciones legales pertinentes ya existieren en las leyes especiales por cada materia, los casos en que la protección de datos personales corresponda, por su naturaleza, a cuerpos normativos e institutos especiales, como lo es en materia financiera, de seguros y fianzas y otras especificadas en la misma, así como las que involucran otras entidades o dependencias del sector público en relación con funciones electorales, de seguridad nacional y demás indicadas en el cuerpo de la iniciativa.

    Por cuanto toca al contenido de la propuesta iniciativa, ésta se compone de tres títulos, que versan sobre los datos personales, su protección y las autoridades y sanciones, respectivamente.

    En cuanto al primer título, se compone a su vez de seis capítulos. El primer capítulo contiene una serie de disposiciones generales, que incluyen un artículo de definiciones, así como un apartado de campo de aplicación, expresado en forma negativa, en relación con los sujetos que no están obligados al cumplimiento de la misma, por estar regulados bajo otros ordenamientos o leyes especiales en sus materias.

    Una primera distinción importante en la naturaleza de los datos personales se expresa en el propuesto artículo 4, que establece una categoría genérica de datos personales, dividida en dos especies, que son los datos de identificación, y los datos sensitivos. Los primeros guardan referencia con la información que permite identificar a una persona, en tanto que los segundos versan sobre sus condiciones o preferencias específicas, más allá de su mera identificación. La iniciativa propone una regulación más estricta respecto de los datos sensitivos sobre los meros datos de identificación, puesto que la violación de su confidencialidad puede naturalmente atraer sobre las personas, mayores efectos o daños, en su caso, que la de su sola identificación.

    Igualmente, en atención a los estándares internacionales y la necesidad de que los sujetos obligados por la ley hagan del conocimiento de los titulares cuya información personal compartan, los fines específicos para los cuales se recaba y usa la información, se prevé la distinción elemental entre fines primarios y fines secundarios de uso de la información.

    Los fines primarios, por definición, corresponden a los propósitos con una relación o derivación directa y necesaria entre el receptor de la información y el informante, en tanto que los fines secundarios, como su nombre indica, tiene relación con propósitos subsecuentes o diferentes de los fines primarios para los cuales se recaban o usan datos personales en un determinado contexto. En el desarrollo de la ley propuesta, los usos secundarios están necesariamente más regulados y exigen, en términos generales, una mayor acción positiva por parte de los responsables de la información para su manejo.

    Esto nos lleva a otro concepto básico de la iniciativa, de acuerdo con las recomendaciones internacionales, consistente en la persona que deba estimarse como responsable del manejo de datos personales. En la práctica común ordinaria, las empresas y personas del sector privado en general, recaban y utilizan datos personales para la realización de sus actividades, lo que no necesariamente realizan de forma directa, sino que en algunos y no pocos casos, desde la recolección hasta el procesamiento y manejo de datos personales lo lleva a cabo un tercero por su cuenta y orden.

    En estas condiciones, se estima indispensable que la ley confiera un determinado grado de responsabilidad no sólo a quien aprovecha la información, sino también a quien funge como operador directo de su obtención y tratamiento.

    El mismo apartado de definiciones, al incluir el concepto de sistema de datos personales, reconoce la imposibilidad de categorizar o regular directamente a las bases o bancos de datos, independientemente de su forma, dado su número incierto, así como su naturaleza cambiante y extraordinariamente dinámica con el uso de las tecnologías actuales y las venideras.

    Ello explica que la orientación de la iniciativa se concentra, preponderantemente, en la regulación de conductas --el tratamiento de datos personales--, y de ninguna manera versa sobre el registro o regulación de bases de datos como tales. Por lo que se ha expuesto, esto último no sólo resultaría materialmente imposible, sino que además sería ocioso e inútil para proteger dato personal alguno.

    En el concierto internacional, el consenso actual se dirige hacia la regulación de conductas de los individuos que tratan datos personales, pues es la forma que ha probado ser más razonable para efectivamente procurar la protección de la privacidad de datos personales y la preservación de un ambiente de comercio sano e ininterrumpido.

    Por lo anterior, el concepto de sistema de datos personales es un concepto amplio, que hace referencia e incluye, pero no se limita, a las bases o bancos de datos en la forma en que otra disposición legal o reglamentaria pueda definir, sino que abarca cualquier expresión automatizada o no, de datos clasificados o susceptibles de clasificación que mantenga u opere una determinada persona.

    Por su parte, en el mismo orden de ideas, el concepto de tratamiento de base de datos incluye cualesquiera formas de recolección, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales, de forma tal que el solo término haga referencia y contenga las varias actividades que una persona puede llevar a cabo en relación con los datos personales.

    De manera importante, y en atención a los lineamientos internacionales, se excluye de la categoría legal de datos personales --no porque no lo sean sino porque desde la óptica legal no puedan sujetarse a esta ley propuesta-- la información que consta en registros de acceso público o la que se da en el contexto de las relaciones laborales.

    El capítulo segundo propone una serie de disposiciones en materia de recolección. El eje principal del capítulo, conforme a las premisas básicas de la experiencia internacional y particularmente de OCDE y APEC, lo conforma la obligación de toda entidad, sea que lo haga directa o indirectamente, de proporcionar un aviso de privacidad, que viene a constituirse en la principal institución legal de garantía respecto de la privacidad de que gozará la información que un titular comparta.

    El aviso de privacidad, o ``notice'', en la terminología internacional, es independiente de la forma en que se manifieste, pero en todo caso debe permitir la identificación del sujeto obligado y los fines para los cuales se recaba o usa la información. En este punto, la iniciativa propuesta sugiere la inclusión de un aviso amplio, que puede precisarse más o menos según la experiencia de cada sujeto obligado.

    Por otra parte, es de reconocerse que, ante la vigencia de las tecnologías actuales, la forma de recolección suele adoptar dos formas básicas: la que en esta iniciativa hemos denominado ``en línea'', haciendo referencia a un mecanismo de tiempo actual y vigente en que interactúa el receptor con el informante, generalmente a través de un mecanismo automatizado o el Internet, y lo que se ha denominado ``fuera de línea'', en los casos en que, por exclusión, no ocurre en un momento de tiempo real, sino diferido o diferente respecto de una y otra parte.

    El capítulo tercero versa sobre el uso de la información. De forma trascendente, se propone especificar los casos en que el uso de la información se da como una consecuencia necesaria o derivada de una relación legítima. En todos los eventos, se reconoce a las personas con su prerrogativa de manifestar su voluntad contraria al uso subsecuente que se haga de su información, independientemente de la causa que hubiera dado origen a la recolección o uso originales.

    Este mecanismo, que en la terminología internacional llamaríamos de ``opt-out'', es la piedra angular que permite la interacción ágil y con la menor restricción posible al comercio interestatal --e internacional también, desde luego--, al tiempo que reconoce y otorga la prerrogativa de protección, libertad y control de las personas sobre la información de la cual son titulares.

    Evidentemente, esta excepción no se otorga tratándose de datos sensitivos, pues por su propia naturaleza es menester que su uso o aprovechamiento lo conozca o consienta su titular de forma previa.

    El capítulo cuarto contiene un par de disposiciones especiales, propuestas en relación con el uso o divulgación por parte de terceros. En términos generales, la premisa básica de la manera legítima de compartir datos se funda en que la forma de divulgación incluya las restricciones a las que hubiere quedado sujeta su recolección o uso originales, si las hubiera.

    Expresado de manera resumida, la iniciativa propone una regulación ``in rem'', esto es, que una causa o característica relativa a la información se estima ``adherida'' a ella, y la lleva de manera inherente, independientemente de la entidad o responsable que la trate.

    El capítulo quinto contiene disposiciones cruciales para el mantenimiento del comercio regulado. Existen casos en que, natural y jurídicamente, la divulgación de datos personales a terceros no puede tener la misma sanción a que si aquélla se efectuara en supuestos ilícitos.

    En otras palabras, hay determinados casos en que la ley debe, mediante la institución de la reputación legal, considerar que la divulgación a terceros se lleva a cabo de manera lícita y consentida, pues de otra forma se impedirían actos de comercio de curso lícito.

    Estos casos, que son nuevamente los que aseguran y preservan la integridad del sistema del comercio interestatal, están referidos a las relaciones contractuales previas entre el receptor y el informante, así como a casos específicos de acciones corporativas que, por su naturaleza, implican el conocimiento de información para llevarse a cabo.

    El capítulo sexto refiere a un evento mayor de cambio en el uso o divulgación de datos personales, diferente al que hubiere ocasionado su tratamiento original. En este caso, se prevé que como un mecanismo protectivo, los sujetos obligados estén requeridos a realizar acciones positivas para que, en su caso, los titulares interesados puedan manifestar su voluntad contraria a usos subsecuentes no conocidos en el momento del tratamiento original.

    A continuación, el título segundo refleja mayormente lo que las recomendaciones internacionales refieren como salvaguardas de seguridad. Sujeto a que las disposiciones reglamentarias abunden en los aspectos técnicos que corresponda, la ley anota en primera instancia, la responsabilidad y obligación de los sujetos obligados, de mantener medidas que razonablemente aseguren la protección de la privacidad de los datos personales compartidos por sus respectivos titulares.

    Un capítulo segundo del título a que aludimos ahora enuncia los derechos de acceso, según las legislaciones modelo en la materia. La premisa fundamental del apartado consisten en dotar a los titulares, efectivamente, de un medio de petición expreso en la ley, entre particulares como lo es éste, de que se le confirme si un sujeto obligado tiene o no información personal que concierna al solicitante y, en su caso, que efectúe las rectificaciones que procedan, de acuerdo con la manifestación de voluntad que al respecto se le formule.

    La creación de este procedimiento de orden administrativo, aunque referido a particulares, es ciertamente un elemento que podría pasar por novedoso en nuestro sistema jurídico, aunque presente ya en otros ámbitos, y explicado también por la naturaleza propia de situaciones existentes entre particulares, pero que involucran valores tan altos como el derecho a la privacidad de las personas o la preservación del comercio interestatal en la Federación, ambos conceptos, necesariamente, de requerida protección estatal.

    Finalmente, el título tercero contiene prevenciones sobre las facultades del Instituto para sancionar a las personas que actuaren en contravención de las disposiciones de la ley. En este contexto, se estima que una orden de remisión expresa a las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es conveniente para evitar la creación de un mecanismo ad hoc que podría convertir la ley propuesta en un ordenamiento adjetivo, en perjuicio de su naturaleza de orden primario respecto de las materias que regula.

    Como se ha mencionado, si bien puede opinarse que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública es por definición un organismo rector de relaciones entre el sector público y los particulares, y no de relaciones que se establecen entre particulares, existen consideraciones de carácter presupuestaria e incluso del derecho administrativo que bien permiten evaluar la conveniencia de que sea el propio IFAI, y no un nuevo instituto, quien tenga a su cargo la función de ejecución de las disposiciones propuestas en esta iniciativa.

    Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de ese honorable Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales

    Ley Federal de Protección de Datos Personales

    Título Primero De los Datos Personales

    Capítulo Primero Disposiciones Generales

    Artículo 1. Esta ley tiene por objeto proteger los datos personales, así como regular el tratamiento que de los mismos realicen las entidades previstas en este ordenamiento jurídico.

    Artículo 2. Las disposiciones de esta ley son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo federal por conducto del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.

    Artículo 3. No son sujetos obligados al cumplimiento de esta ley

    I. El Poder Ejecutivo federal, la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República;

    II. El Poder Legislativo federal, integrado por la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores, la Comisión Permanente, y cualquiera de sus órganos;

    III. El Poder Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal;

    IV. Los órganos constitucionales autónomos;

    V. Los tribunales administrativos federales;

    VI. Las sociedades o corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;

    VII. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

    VIII. Las sociedades de información crediticia que hayan sido autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar con ese carácter;

    IX. Cualquier otra institución, órgano, entidad o dependencia de naturaleza pública federal;

    X. Las agrupaciones y asociaciones religiosas, en términos de la ley de la materia;

    XI. Los partidos políticos y agrupaciones políticas; y

    XII. Las personas físicas o morales de derecho privado que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de sistemas de datos personales, cuyo uso sea exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.

    Artículo 4. Para los efectos de esta ley, se entenderá por

    I. Datos personales. Los datos personales de identificación, y los datos personales sensitivos.

    II. Datos personales de identificación. La siguiente información concerniente a una persona física, o moral cuando resulte aplicable:

    a) Nombre completo, incluyendo el nombre propio y sus apellidos materno y paterno respectivamente, o cada uno de éstos por separado;

    b) Domicilio completo o, a falta de éste, del lugar del centro principal de sus negocios, o en ausencia de éstos, del lugar donde simplemente resida;

    c) Correo electrónico, aun cuando tuviere varios;

    d) Número o números de teléfono o facsímile;

    e) Claves o números de identificación de documentos oficiales, tales como de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, la cédula profesional, la credencial para votar, el pasaporte, la Clave Única del Registro de Población (CURP) o similares;

    f) Cualquier otra información que permita identificar a una persona; o

    g) Cualquier otra información acerca de una persona que es tratada por una entidad regulada por la presente ley, en relación con todo o parte de cualquiera de los datos mencionados en los incisos anteriores.

    III. Datos personales sensitivos. La siguiente información concerniente a una persona física, o moral cuando resulte aplicable:a) Cualquiera que especifica o permite acceder o conocer balances o saldos de cuentas o estados financieros del titular, o en general datos relativos al conocimiento de claves o números de identificación personal de cuentas o tarjetas bancarias, de inversión, títulos u otros instrumentos de crédito; y

    b) Cualquiera relacionada con la condición médica o de salud, de origen racial o étnico, creencias religiosas, opiniones políticas o preferencia sexual del titular.

    IV. Entidad. Cualquier persona física o moral de derecho privado que lleve a cabo uno o varias de los actos de tratamiento de datos personales.

    V. Fin primario. Cualquier uso o divulgación de datos personales de identificación, que implique o sea necesario para

    a) Efectuar, administrar o cumplir una transacción autorizada por el titular;

    b) El cumplimiento o ejecución de un mandato, comisión u otra relación jurídica previa establecida con el titular;

    c) La proveeduría o aprovechamiento de un bien o servicio solicitado por el titular; o

    d) Responder a una solicitud del titular.

    VI. Fin secundario. Cualquier uso o divulgación de datos personales de identificación, que no constituye un fin primario.

    VII. Instituto. El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública creado por virtud de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    VIII. Ley. La Ley Federal de Protección de Datos Personales.

    IX. Responsable. La persona que independientemente del vínculo laboral o profesional que la vincule con la entidad, decide sobre la recolección, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales.

    X. Sistema de datos personales. El conjunto ordenado de datos personales que están en posesión de una entidad, con independencia de su forma de acceso, creación, almacenamiento u organización.

    XI. Tratamiento de datos personales. La recolección, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales, por cualquier medio. El uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de datos personales.

    XII. Titular. La persona que es propietaria o de la cual versan o conciernen datos personales.

    Artículo 5. No son datos personales

    I. El nombre, puesto, dirección o teléfonos de trabajo de un empleado en una organización; o

    II. La información que una persona hace pública de forma deliberada, o permite que sea hecha pública, o que es obtenida de forma lícita de registros públicos u otras fuentes legítimas, o cualquier otra información pública de conformidad con la ley.

    Capítulo Segundo Recolección de Datos Personales

    Artículo 6. Ninguna entidad puede recolectar datos personales de un titular, a menos que dicha entidad proporcione al titular un aviso de privacidad en cumplimiento con esta ley.

    Artículo 7. El aviso de privacidad debe contener, al menos, la siguiente información:

    I. La identidad de la entidad regulada que recolecta los datos personales;

    II. El tipo de datos personales que son recolectados;

    III. El fin primario y cualquier fin secundario para los cuales se recolectan y usan los datos personales;

    IV. Cualesquiera opciones y medios que la entidad ofrezca a los titulares para limitar el uso y divulgación de datos personales para fines secundarios, de conformidad con lo dispuesto en esta ley;

    V. Los medios por los cuales el titular puede contactar a la entidad regulada que recolecta los datos personales, para plantear dudas, comentarios o quejas al respecto;

    VI. El proceso por el cual la entidad regulada notifica a los titulares de cambios sustanciales al aviso de privacidad, de conformidad con lo previsto en esta ley; y

    VII. La vigencia del aviso de privacidad.

    Artículo 8. El aviso de privacidad debe ponerse a disposición de los titulares de los datos personales de la siguiente manera:

    I. En recolecciones en línea, efectuadas por cualquier medio electrónico, óptico o de cualquier otra tecnología, en tiempo real, el aviso de privacidad debe proporcionarse en el momento de la recolección, de forma clara y fehaciente.

    En su caso, tratándose de recolecciones vía Internet, el sitio, página o pantalla en que se efectúa la recolección, puede remitir a un vínculo, liga o pantalla subsecuente en la que conste el aviso de privacidad.

    Asimismo, el aviso de privacidad puede presentarse en forma resumida, indicando al menos los elementos previstos en el artículo 6, fracciones I, III, y IV, de la presente ley y en forma completa en el vínculo, liga o pantalla subsecuente a la que se remita en el sitio, página o pantalla original.

    II. En recolecciones fuera de línea, el aviso de privacidad debe ser proporcionado a solicitud del titular, en el momento de la recolección de los datos personales o con posterioridad, de conformidad con lo previsto en esta ley.

    Capítulo Tercero Uso y Divulgación de Datos Personales

    Artículo 9. Una entidad regulada podrá usar y divulgar datos personales de identificación para fines secundarios, recolectados en términos de esta ley, en tanto el titular no manifieste su voluntad en contrario.

    Artículo 10. La venta o aprovechamiento de bienes o la prestación de servicios, o en general la creación o continuación de una determinada relación, puede condicionarse al uso o divulgación de datos personales para fines secundarios, siempre y cuando

    I. Se proporcione un aviso amplio de privacidad, y el titular no niegue el uso o divulgación de sus datos personales para fines secundarios; o

    II. Los usos específicos o la divulgación para fines secundarios sean parte de la transacción relacionada con los bienes o servicios de que se trate.

    Artículo 11. La entidad regulada debe poner a disposición del titular mecanismos transparentes, sencillos y gratuitos, que le permitan manifestar su voluntad de que sus datos personales no sean o continúen siendo utilizados o divulgados para fines secundarios. En su caso, la manifestación de voluntad del titular en ese sentido, podrá implicar la terminación de la relación existente entre éste y la entidad regulada de que se trate, en relación con determinados bienes y servicios, sin responsabilidad para ésta última, a partir de la fecha de notificación.

    Artículo 12. Tratándose de datos personales sensitivos, la entidad deberá obtener el consentimiento previo y de manera clara del titular, para llevar a cabo su tratamiento, uso o divulgación con cualquier fin.

    Capítulo Cuarto Disposiciones Especiales de Uso y Divulgación por Terceros

    Artículo 13. Toda entidad que divulgue datos personales a terceros debe notificar a éstos todas y cualesquiera limitaciones a que el titular hubiere sujetado su divulgación al momento de otorgar su consentimiento, si las hubiere.

    Artículo 14. A menos que obtenga consentimiento previo del titular de los datos personales de que se trate, ningún tercero que reciba datos personales procedentes de una entidad, podrá usarlos para propósitos diferentes de los siguientes:

    I. Aquellos consistentes con los fines para los cuales la información fue revelada, de acuerdo con el aviso de privacidad que se hubiere dado; o

    II. Los autorizados en el artículo 14 de esta ley.

    Capítulo Quinto Usos y Divulgación Protegidos

    Artículo 15. Las restricciones previstas en el capítulo cuarto precedente no aplicarán a los siguientes casos:

    I. La divulgación a terceros que presten servicios a nombre y por cuenta de la entidad regulada en relación con el uso de datos personales para fines primarios, o cualesquiera fines secundarios consentidos por el titular, siempre y cuandoa) La entidad regulada tenga celebrado un contrato que obligue al tercero a no usar o divulgar información de los datos personales, en todo cuanto no sea estrictamente necesario para cumplir los fines para los cuales los datos personales fueron revelados por su titular, así como a asegurarse de mantener la confidencialidad de la información bajo estándares iguales o mayores a los requeridos por esta ley;

    b) La entidad regulada permanezca como la parte responsable de la integridad y protección de los datos personales que han sido transferidos a un tercero para su tratamiento.

    II. La divulgación efectuada a sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control común de la entidad regulada, o a una sociedad del mismo grupo de interés de la entidad regulada que opere bajo los mismos procesos y políticas internas, incluyendo su adherencia a avisos de privacidad presentados a titulares informantes de datos personales;

    III. Uso y divulgación de datos personales relacionados con la fusión, escisión o adquisición de una negociación mercantil, en la que la sociedad fusionante, escindente o adquirente continúa la misma línea de negocios, y cualesquiera datos personales continúan siendo usados o divulgados sólo para los fines consistentes a aquellos para los cuales fueron originalmente recolectados, o subsecuentemente autorizados; y

    IV. Uso y divulgación en casos requeridos por la ley.

    Capítulo Sexto Cambio Sustancial de Uso o Divulgación

    Artículo 16. Si después de recolectar datos personales de acuerdo con un aviso de privacidad, una entidad regulada pretende usar o divulgar todo o parte de la información recabada para un nuevo fin secundario o la ampliación de uno anteriormente descrito, procederá conforme a lo previsto en el presente capítulo.

    Artículo 17. En caso de un cambio sustancial de uso o divulgación de datos personales recolectados previamente, la entidad regulada:

    I. Modificará su aviso de privacidad para reflejar el nuevo fin, o la ampliación de uno anteriormente descrito;

    II. Podrá usar o divulgar datos personales obtenidos de acuerdo con un aviso de privacidad que no contenía la descripción del nuevo fin secundario, o la ampliación de uno anteriormente descrito, siempre y cuando

    a) Haga público o disponible el aviso del cambio al aviso de privacidad, para reflejar el nuevo fin o la ampliación de uno anteriormente descrito, con una antelación de al menos 30 días naturales, al día en que pretenda llevarse a cabo el uso o divulgación de datos personales;

    b) Los titulares involucrados no manifiesten en el plazo señalado en el inciso anterior, su oposición para que sus datos personales sean usados o divulgados para el nuevo fin secundario, o la ampliación de uno anteriormente descrito.

    Título Segundo De la Protección de Datos Personales

    Capítulo Primero Disposiciones Generales

    Artículo 18. Toda entidad regulada que recolecte, almacene, use o divulgue datos personales debe establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas suficientes y adecuadas para

    I. Proteger los datos personales de cualquier uso, acceso o divulgación no autorizados; y

    II. Asegurar que la información es correcta, actualizada y pertinente para los fines para los cuales fue recolectada.

    Artículo 19. El nivel de medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que deben ser operadas por la entidad regulada, debe ser congruente con la naturaleza y grado de confidencialidad de los datos personales de que se trate, el riesgo potencial para el titular de su uso o transmisión indebidos y el costo de su implementación.

    Capítulo Segundo Del Derecho de Información de los Titulares y del Registro

    Artículo 20. Toda entidad regulada que recolecte datos personales debe informar a su respectivos titulares, a solicitud de éstos, los datos personales que sobre ellos obren en su poder a efecto de que tales titulares puedan solicitar por escrito la corrección, modificación o supresión de dicha información, si ésta fuera incompleta, inexacta o tratada para fines distintos a los previamente consentidos.

    Artículo 21. La entidad no está obligada a proporcionar información si

    I. La persona que solicita el acceso no demuestra que es la persona titular de los datos personales o su representante legal;

    II. De acuerdo con la ley aplicable, la revelación de información pudiera violar derechos de terceros u obligaciones de confidencialidad, o pudiera resultar en la revelación de información que es o forma parte de un secreto industrial o comercial fiduciario, bancario, bursátil o de otro secreto protegido por la ley; y

    III. Dicha información pudiera afectar el curso de un procedimiento administrativo o judicial en el que la entidad regulada o el titular son partes o en el cual tienen algún interés.

    Artículo 22. Cuando cualquiera de las excepciones señaladas en el artículo anterior, afecten únicamente a una parte de los datos personales tratados por la entidad, ésta deberá proporcionar el acceso al resto de la información de los datos personales que no fuere objeto de las excepciones señaladas.

    Artículo 23. La entidad regulada no estará obligada a corregir o modificar la información que obre en su poder si

    I. El titular no proporciona información o, en su caso, pruebas, respecto de la falta de información o inexactitud de los datos personales de que se trate; y

    II. Si la corrección o modificación solicitada no es consistente con las leyes de la materia que regulen la información de que se trate.

    Artículo 24. La entidad podrá hacer un cargo razonable para atender las solicitudes de información, que no podrá exceder de

    I. El costo efectivo de la entidad regulada para atender la solicitud; o

    II. El costo promedio que la entidad regulada carga por trámites similares, si lo hubiere.

    Artículo 25. El responsable del tratamiento de los datos personales, deberá proceder a la rectificación, supresión o actualización de los datos personales del afectado, en un plazo máximo de 30 días hábiles contado a partir de la fecha en que haya recibido la solicitud de corrección, modificación o supresión.

    En caso de no obtener respuesta, o la respuesta recibida no satisface lo requerido por el solicitante, al término del plazo previsto en el artículo anterior, éste podrá acudir ante el Instituto, en los términos previstos en esta ley.

    Durante el proceso de verificación y rectificación del error o falsedad de los datos personales, la entidad deberá bloquear el archivo o consignar al proveer información relativa al mismo, la circunstancia de que se encuentra sometida a revisión.

    Artículo 26. No procederá la supresión de datos personales, cuando se pudiese causar perjuicios a derechos o intereses legítimos de terceros, o cuando existiera una obligación legal de conservar los datos.

    Artículo 27. Los datos personales deberán ser conservados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables o en su caso, en las contractuales entre la entidad y el titular de los datos.

    Artículo 28. El responsable y las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales, están obligados a no difundir por cualquier medio, la información contenida en los mismos. Tal obligación subsistirá aun después de finalizada su relación con la entidad.

    El obligado únicamente podrá difundir información respecto del contenido de los datos personales, por resolución judicial o cuando lo justifiquen razones fundadas relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública.

    Artículo 29. Toda entidad que posea un sistema de datos personales destinado a ser usado y divulgado en los términos previstos en esta ley, deberá inscribirse en el Registro que al efecto llevará el Instituto.

    El registro del sistema de datos debe comprender como mínimo la siguiente información:

    a) Nombre y domicilio del responsable;

    b) Características y finalidad del sistema de datos personales;

    c) Naturaleza de los datos personales;

    d) Forma de recolección y actualización de datos personales;

    e) Destino de los datos y personas físicas o morales a las que pueden ser transmitidos;

    f) Modo de interrelacionar la información registrada;

    g) Medios utilizados para garantizar la seguridad de los datos, debiendo detallar la categoría de personas con acceso al tratamiento de la información;

    h) Tiempo de conservación de los datos; e

    i) Forma y condiciones en que las personas pueden acceder a los datos referidos a ellas y los procedimientos a realizar para la rectificación, actualización o en su caso, supresión de los datos personales.

    Ninguna entidad deberá poseer datos personales de naturaleza distinta a los declarados en el registro.

    El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a las sanciones administrativas previstas en esta ley.

    Título Tercero De la Autoridad y Sanciones

    Capítulo Primero De la Autoridad Competente

    Artículo 30. El Instituto será la autoridad competente para aplicar la presente ley. Para tales efectos, tendrá las siguientes atribuciones:

    I. Orientar y asesorar a las personas, acerca de los derechos tutelados por esta ley, así como de los procedimientos y medios legales de que disponen para la defensa de los mismos;

    II. Interpretar la ley en el orden administrativo;

    III. Llevar el registro de sistemas de datos personales;

    IV. Realizar investigaciones respecto de presuntas infracciones administrativas;

    V. Llevar a cabo visitas de inspección;

    VI. Solicitar la información que sea necesaria a las entidades, a efecto de verificar el cumplimiento de la presente ley;

    VII. Ordenar y ejecutar actos provisionales y medidas de seguridad para prevenir o terminar con la violación de los derechos de los titulares de datos personales contenidos en esta ley;

    VIII. Promover entre las entidades, la elaboración de códigos de conducta sobre el tratamiento y protección de los datos personales;

    IX. Conocer y resolver sobre el recurso de revisión que se interponga en contra de las resoluciones dictadas por el Instituto;

    X. Imponer las sanciones administrativas que sean procedentes;

    XI. Emitir de conformidad con la normatividad aplicable, las disposiciones generales necesarias para hacer efectivos los derechos contenidos en la presente ley; y

    XII. Las demás que correspondan en términos de la presente ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

    Artículo 31. El titular de datos personales a quien la entidad le haya negado la corrección, actualización o de ser procedente la supresión de los datos personales que le conciernen y que se hayan contenidos en su sistema de datos personales, o la solicitud recibida por parte de la entidad no sea satisfactoria de acuerdo a sus pretensiones, podrá solicitar por sí, o a través de su representante, la participación del Instituto para hacer valer sus derechos ante la entidad respectiva.

    El reglamento de la presente ley deberá establecer un procedimiento para resolver sobre el cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta ley a cargo de las entidades.

    Los afectados por los actos y resoluciones emitidos por el Instituto que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer recurso de revisión ante el propio Instituto, en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    Capítulo Segundo De las Infracciones

    Artículo 32. El Instituto impondrá a las entidades infractoras de las disposiciones contenidas en esta ley, atendiendo a los daños que se hubieren causado o puedan causarse; el carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la inobservancia a la ley; la gravedad de esta o la reincidencia, una o más de las siguientes sanciones:

    I. Amonestación con apercibimiento; y

    II. Multa de 100 a 20,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a la fecha en que se comete a la infracción.

    En caso de reincidencia, se podrá imponer multa hasta por el doble del monto con el que se haya sancionado originalmente a la entidad infractora.

    Transitorios

    Primero. La presente ley entrará en vigor seis meses después que se haya aprobado y entrado en vigor el respectivo Presupuesto de Egresos de la Federación, en el que se otorguen los recursos suficientes para que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, pueda ejercer las atribuciones otorgadas por esta ley.

    Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

    Transitorio

    Único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. Sheyla Fabiola Aragón Cortés (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Gobernación, y publíquese su texto íntegro en el Diario de los Debates.
    LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma la fracción II del artículo 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma la fracción II del artículo 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del PVEM

    Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en uso de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numeral 3, 40, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter al Pleno de esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto.

    Exposición de Motivos

    En el Constituyente de 1916-1917 tienen sus orígenes los ``departamento administrativos'', concibiéndolo originalmente como una nueva forma de organización administrativa, dentro del esquema centralizado, al que se pensó encomendarle el desempeño de actividades no políticas, sino técnicas y administrativas, referidas a la producción y distribución de bienes o a la prestación de un servicio público.

    Evidentemente la administración pública enfrentó etapas de evolución que fueron de valiosa trascendencia e innovación, ya que hubo transformaciones que repercutieron en la composición orgánica de la administración pública sin que se afectara la organización jurídica administrativa de los organismos centralizados que regula el Estado.

    De esta manera, el aparato jurídico administrativo sufrió transformaciones que repercutirían en la composición orgánica de la administración pública para incorporar y desincorporar nuevos entes jurídicos, lo que propició que las leyes de carácter administrativo se tuvieran que modificar y así ajustarse a las necesidades de la actividad administrativa para garantizar el desarrollo y el bienestar de la sociedad, por ello es indispensable que los marcos jurídicos estén actualizados, para que no contemplen entes jurídicos que están en desuso y que son figuras obsoletas como los departamentos administrativos, que en la actualidad son inoperantes, ya que no existe ninguno dentro de la estructura administrativa a cargo del Poder Ejecutivo.

    De esta forma se da el auge a partir de la Constitución de 1917 a los departamentos administrativos conjuntamente con las secretarías de Estado, los cuales no funcionaban conforme a la naturaleza jurídica para la que fueron creados, sino que sirvieron solamente a la administración y control del propio Ejecutivo.

    La historia nos demuestra que a través de su devenir histórico, estos departamentos, en vez de seguir los lineamientos de la extinta Ley de Secretarías de Estados y Departamentos Administrativos y demás Dependencias del Ejecutivo Federal, han servido para que el Ejecutivo tenga el manejo y control de la administración pública.

    Es menester señalar que en el año de 1917, los tres departamentos administrativos que se crearon sirvieron para descentralizar la administración, no para el apoyo técnico administrativo, para lo que fueron instituidos.

    En la administración de 1928, estos departamentos fueron utilizados para una función específica conforme a su naturaleza jurídica, sin embargo el Ejecutivo logró que en la práctica estos departamentos no funcionaran en una forma ideal, de hecho sólo sirvieron para los intereses del Presidente en turno.

    En el año de 1935 se cambió la denominación de la Ley de Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y demás Dependencias del Ejecutivo Federal, por la de Ley de Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos, esto se hizo para jerarquerizar a todos de la misma manera y así los departamentos administrativos tuvieran el mismo rango y evitar que algunas de las secretarías y departamentos administrativos tuvieran preeminencia sobre las otras.

    La administración de 1936, desapareció algunos de los siete departamentos que ya no eran funcionales para el Ejecutivo en turno, reabsorbiendo sus funciones las Secretarías de Estado respectivas, sin embargo en 1937, se crean otros tres departamentos administrativos, como el Departamento de Ferrocarriles Nacionales el cual fue sustituido posteriormente por un organismo descentralizado denominado Ferrocarriles Nacionales de México.

    Es a partir de 1937, que se determinó cambiar la naturaleza administrativa de algunos de los departamentos administrativos, convirtiéndolos en secretarías de Estado, con lo cual se inicia una inconveniente tradición de considerar a los departamentos como pequeñas secretarías de Estado circunstancia que obligó a las administraciones posteriores a transformar en secretarías de Estado a los departamentos administrativos, ya sea por atender presiones de tipo políticos o político electoral de quienes eran sus titulares o aspiraban a serlo. De hecho el último departamento administrativo, que existió hasta 1994 fue el Departamento del Distrito Federal.

    Es así que, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que regula las acciones para planear, programar y presupuestar la contratación de obras públicas, correspondientes a la Administrativa Pública Federal en sus diferentes acepciones respecto de su creación que tutela el Estado, aún contempla la estructura jurídico política de ``departamentos administrativos'', que actualmente se encuentran en desuso y los cuales ya no existen pero que continúan plasmados como figuras de derecho positivo sin estar vigentes.

    En ese tenor se observa que la fracción II del artículo 1 de la ley considera todavía a los departamentos administrativos, lo cual es improcedente que se contemple a un ente jurídico obsoleto, mismo que es inoperante en la actual administración pública que guarda el Estado.

    A su vez, y con el propósito de afirmar y definir que los departamentos administrativos ya no están vigentes, podemos ver que el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, precepto que contemplaba las funciones que desempeñaban los departamentos administrativos actualmente está derogado, consecuentemente es un órgano del Estado que está en desuso por no ser funcional, en ese sentido, de no llevarse a cabo la reforma estaríamos ante una incongruencia y una falta de lógica jurídica. Pues a pesar de ya no existir la figura jurídica y normatividad que los regule se sigue estimando en nuestra ley.

    En ese contexto el fin de la presente iniciativa es eliminar de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el ente jurídico de los ``departamentos administrativos'', ya que a mayor abundamiento podemos observar que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el artículo 26, Capítulo I, establece el organigrama de la Administración Pública Federal, en donde no aparecen ni se reconocen a los departamentos administrativos para que formen parte de la Administración Pública Federal, al igual que en el capítulo II, que establece cuál es la competencia de las secretarías de Estado, departamentos administrativos y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, no están contempladas atribuciones para los departamentos administrativos.

    Como ha quedado demostrado, la ineficiencia e ineficacia con la que se manejaron estos entes o entidades en su devenir histórico, fueron las causas por las que fueron subsumidas sus funciones administrativas por las secretarías de Estado, o por otros instrumentos de carácter administrativo que han servido tanto jurídica como políticamente al Ejecutivo.

    Cabe señalar que en la organización de la administración pública no se debe contemplar estas figuras jurídicas en este momento histórico.

    Considerando que en la práctica administrativa, el concepto de ``departamentos administrativos'' se refiere a determinadas áreas que se manejan en las empresas privadas o públicas, como son los departamentos administrativos de recursos humanos o de recursos materiales y no como órganos administrativos, concepto por el que se creó en 1917 para que la administración pudiera manejarse en forma organizada, sistemática y técnica un tema de la agenda del Ejecutivo.

    Por otro lado queda abierta la posibilidad de que el Ejecutivo cree los departamentos administrativos que sirvan a sus intereses, lo cual no se debe permitir, asimismo hay que recordar que se han creado otro tipo de organismos, como los descentralizados, los desconcentrados y las empresas de participación estatal, por eso se debe eliminar el término ``departamentos administrativos'', que en la práctica ha caído en desuso. De esta manera, el sistema jurídico administrativo sufrió transformaciones que repercutirían en la composición orgánica de la administración pública, sin que ello afectará la existencia de las secretarías de Estado, razón por la que debe desaparecer la figura jurídico administrativa mencionada.

    No debe pasar desapercibido que la función de la administración pública es proporcionar los servicios necesarios para satisfacer y generar el bien común, por ser la encargada de llevar la administración con la misión servir de manera efectiva y eficaz a la sociedad, lo cual no se logrará hasta que haya una verdadera voluntad. El que siga apareciendo un instrumento administrativo en desuso en nuestra Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, provoca una incertidumbre jurídica, pues la misma podrá ser utilizada para fines personales del Ejecutivo y no para la satisfacción de los intereses colectivos que por medio de la función administrativa realiza fundamentalmente el Estado.

    De lo antes expuesto, someto a la consideración del Pleno la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    Único. Se reforma la fracción II del artículo 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:

    Artículo 1.

    I. ...

    II. Las secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal;

    III. a VI. ...

    ... ...

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 22 días del mes de marzo de 2006.--- Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Se turna a la Comisión de la Función Pública.
    LEY PARA LA COORDINACION DE LA EDUCACION SUPERIOR
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.La diputada Consuelo Camarena Gómez: Con su permiso, señor Presidente. Iniciativa con proyecto de reforma que adiciona diversos artículos de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, del grupo parlamentario del PAN. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3o., fracción VII, 71, fracción II, y 73, fracción XV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en nombre del grupo parlamentario de Acción Nacional la suscrita, Consuelo Camarena Gómez, somete a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversos artículos a la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, bajo la siguiente exposición de motivos:

    Diversas han sido las discusiones que se han dado en torno a la solución que México debe buscar a sus problemas de índole económica, social y política. Expertos en prácticamente todas las áreas coinciden en que el punto de partida para la evolución de la sociedad, la fortaleza de un gobierno democrático, es la educación. Entendemos educación como la conjunción integral de diversos factores, como la familia, la sociedad y la escuela. Es entonces factor esencial la instrucción como la creación de competencias educativas, la enseñanza de valores y respeto, el civismo y las manifestaciones culturales que deben ser inculcadas y promovidas por estos diversos factores. La educación, un derecho fundamental de todas las personas, constituye el cimiento en que descansan el proyecto de desarrollo nacional y la edificación de una nación justa, solidaria e incluyente, democrática y exitosa.

    La educación proporciona la herramienta necesaria y, a la vez, potencia las habilidades y destrezas de los educandos, a fin de brindarles todos los elementos necesarios para su formación individual y social. Es la educación la que permite la plena inserción en el desarrollo económico del país, en beneficio personal de quien la recibe y de toda la sociedad en su conjunto. Los objetivos educativos que ha perseguido la acción gubernamental han cambiado en el tiempo, de acuerdo con las necesidades y capacidades de respuesta a la misma.

    Hace algunas décadas, la principal meta que se impuso el Estado era la universalización de la cobertura; es decir, llevar la educación a todos los rincones del país. Ahora, esa universalización, casi plenamente cumplida, ha sido desplazada por otro fin, que es la impartición de buena calidad. Hoy día, no basta contar con la infraestructura, el cuerpo docente que instruye a los educandos, los planes y programas: actualmente se cuestionan y se ponen a prueba el contenido de la educación en todos sus niveles, tipos y modalidades, pero sobre todo su pertinencia, su impacto y relevancia en la vida del educando y de la propia sociedad.

    Considerando esos cuestionamientos, hoy día todos los países del orbe están sujetos y son parte de un intenso proceso de intercambio y colectividad en distintas áreas del conocimiento; en consecuencia, la competitividad entre las naciones se acentúa. El que disponga de una población preparada para desempeñar eficazmente actividades productivas accederá con mayor facilidad a un alto nivel de vida, con menores desigualdades entre las franjas sociales, lo cual --naturalmente-- es lo que anhela todo país.

    Como sociedad en transición en los planos demográfico, económico, político, social y cultural, México debe enfrentar simultáneamente dos grandes tipos de retos educativos: por una parte, los que persisten desde hace décadas en lo relativo a proporcionar educación de calidad a todas sus niñas y sus niños, a sus jóvenes y a los adultos que no tuvieron acceso en su momento a la educación; y, por otra, los retos inéditos que la nueva sociedad del conocimiento plantea a nuestro país para que cuente con una población preparada para responder a los desafíos nacionales y competir eficazmente con nuestros socios comerciales en actividades productivas y, a la vez, que esa población esté constituida por las ciudadanas y los ciudadanos responsables, solidarios, participativos y críticos que una democracia requiere. La educación superior se puede concebir como el último eslabón de la educación escolarizada y no escolarizada y concluye con el lanzamiento de los educandos hacia la vida social y productiva.

    Sin embargo, ello no debe confundirse con el fin del adiestramiento o la instrucción educativa de la persona, sea por medios escolarizados o no. Debemos recordar que las condiciones y necesidades de la sociedad contemporánea demandan de nosotros educarnos en forma permanente, con objeto de allegarnos de los nuevos descubrimientos y avances del conocimiento. La educación superior es, entonces, un medio estratégico para acrecentar el capital humano y social de la nación y la inteligencia individual y colectiva de los mexicanos. Las bondades que promete el compromiso con la educación superior no se alcanzan de manera inmediata y directa con la sola instrucción del docente o los educandos: la calidad es un factor clave en todo proceso educativo. De no ser así, la formación educativa se pervierte y este proceso se convierte en una simulación.

    Debemos buscar como nación tener un subsistema de educación superior de calidad, que esté orientado a satisfacer las necesidades del desarrollo social, científico, tecnológico, económico, cultural y humano del país. No obstante, la calidad no es el único elemento que la educación superior debe perseguir. Para incrementar la cobertura con equidad, no sólo es necesario ampliar y diversificar la oferta educativa sino, también, acercarla a los grupos sociales con menores posibilidades de acceso, de forma tal que su participación en la educación superior corresponda cada vez más a su presencia en el conjunto de la población y lograr que los programas educativos sean de buena calidad para que todo mexicano, con independencia de la institución donde estudie, cuente con posibilidades reales de obtener educación apropiada.

    Nuestro compromiso con la sociedad es preservar el carácter laico y gratuito de la educación pública, promover su constante calidad y pertinencia, permear sus contenidos de los valores universales de libertad, tolerancia y respeto, entre otros. Entre los principales cambios y temas que atiende esta propuesta se encuentra la regulación de la educación no escolarizada, que últimamente se ha convertido en un asunto que comienza a competir con los planes y programas de estudio convencionales que requieren la presencia física del educando. Otro aspecto importante de la iniciativa es la normatividad de la entrada de universidades extranjeras en nuestro territorio, así como la evidente necesidad de que las universidades que reciban recursos públicos rindan cuentas sobre el uso y destino de los mismos; ello, sin detrimento de su independencia en el plano académico.

    También, esta iniciativa pretende dar una referencia sólida a la legislación educativa, específicamente de tipo superior. De esa forma, México contará con una oferta de educación superior más grande y diversificada con relación a las necesidades del desarrollo económico y de cada una de las entidades federativas, y se habrán reducido significativamente las desigualdades en el acceso a la educación superior.

    Por lo expuesto, someto a consideración de esta Asamblea el siguiente proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

    Por economía procesal y de tiempo, y por la extensión de la iniciativa y dado que está publicada en la Gaceta Parlamentaria, solicito al señor Presidente que se inserte íntegramente en el Diario de los Debates, para los efectos parlamentarios conducentes. Por su atención, muchas gracias.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del PAN

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o., fracción VIII, 71, fracción II, y 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, la suscrita, diputada Consuelo Camarena Gómez, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley para la Coordinación de Educación Superior, bajo la siguiente

    Exposición de Motivos

    Diversas han sido las discusiones que se han dado en torno a la solución que México debe buscar a sus problemas de índole económico, social, político y muchos más, y expertos en prácticamente todas las áreas coinciden en que el punto de partida para la evolución de la sociedad, la fortaleza de un gobierno democrático y luego entonces un Estado fuerte es la educación.

    Entendemos educación como la conjunción integral de diversos factores como la familia, la sociedad y la escuela, es entonces factor esencial la instrucción, así como la creación de ``competencias educativas'', la enseñanza de valores y respeto, el civismo y las manifestaciones culturales que deben ser inculcadas y promovidas por estos diversos factores.

    La educación un derecho fundamental de todas las personas. Constituye el cimiento en el que descansa el proyecto de desarrollo nacional y la edificación de una nación justa, solidaria, incluyente, democrática y exitosa. La educación proporciona las herramientas, conocimientos, y a la vez potencia las habilidades y destrezas de los educandos con el fin de brindarles todos los elementos necesarios para su formación individual y social. Es la educación la que permite la plena inserción en el desarrollo económico del país, en beneficio personal de quien la recibe y de toda la sociedad en su conjunto.

    Los objetivos educativos que ha perseguido la acción gubernamental han cambiado en el tiempo de acuerdo a las necesidades y capacidades de respuesta a la misma. Hace algunas décadas, la principal meta que se impuso el Estado era la universalización de la cobertura; es decir, llevar la educación a todos los rincones del país. Ahora, esa universalización casi plenamente cumplida, ha sido desplazada por otro fin que es el de impartir educación de buena calidad. Hoy día no basta contar con la infraestructura, el cuerpo docente que instruya a los educandos de acuerdo con los planes y programas de estudio; actualmente se cuestiona y pone a prueba el contenido de la educación en todos sus niveles, tipos y modalidades, su pertinencia, su impacto y relevancia en la vida del educando y de la propia sociedad.

    Si queremos utilizar el enorme potencial de una buena educación en la mejor social, económica y política de nuestra nación, es necesario en principio evaluarnos, porque lo que no se puede evaluar no se puede mejorar y partir de una realidad hacia un meta superior, es decir educación con cobertura para todos y cada uno de los mexicanos y mexicanas, con calidad, objetivos, contenido axiológico y acorde a las necesidades nacionales e internacionales existentes en la actualidad.

    Considerando estos cuestionamientos deriva en que hoy día todos los países del orbe están sujetos y son parte de un intenso proceso de intercambio y conectividad en distintas áreas del conocimiento, y en consecuencia la competitividad entre las naciones se acentúa. Quien disponga de una población preparada para desempeñar eficazmente actividades productivas, accederá con mayor facilidad a un alto nivel de vida, con menores desigualdades entre las franjas sociales, lo cual naturalmente es un anhelo de cualquier país.

    Como sociedad en transición en los planos demográfico, económico, político, social y cultural, México debe enfrentar simultáneamente dos grandes tipos de retos educativos: por una parte, los que persisten desde hace décadas, en lo relativo a proporcionar educación de buena calidad a todas sus niñas y niños, a sus jóvenes, y a los adultos que no tuvieron acceso en su momento a la educación; por otra, los retos inéditos que la nueva sociedad del conocimiento plantea a nuestro país, para que cuente con una población preparada para responder a los desafíos nacionales y para competir eficazmente con nuestros socios comerciales en actividades productivas y que, a la vez, esa población esté constituida por las ciudadanas y los ciudadanos responsables, solidarios, participativos y críticos que una democracia moderna requiere.

    En este contexto, la educación superior se puede concebir como el último eslabón de la educación escolarizada que concluye con el lanzamiento de los educandos hacia la vida social y productiva. Sin embargo, ello no debe confundirse con el fin del adiestramiento o la instrucción educativa de la persona sea por medios escolarizados o no; debemos recordar que las condiciones y necesidades de la sociedad contemporánea demandan de nosotros educarnos en forma permanente, con el objeto de allegarnos de los nuevos descubrimientos y avances del conocimiento.

    La educación superior es entonces un medio estratégico para acrecentar el capital humano y social de la nación, y la inteligencia individual y colectiva de los mexicanos. Es una vía de acceso para enriquecer la cultura con las aportaciones de las humanidades, las artes, las ciencias y las tecnologías; y al mismo tiempo para contribuir al aumento de la competitividad y el empleo requeridos en la economía basada en el conocimiento. También es un factor para impulsar el crecimiento del producto nacional, la cohesión y la justicia social, la consolidación de la democracia y de la identidad nacional basada en nuestra diversidad cultural, así como para mejorar la distribución del ingreso de la población.

    Las bondades que promete el compromiso con la educación superior no se alcanzan de manera inmediata y directa con la sola instrucción del docente a los educandos. Como mencionamos anteriormente, la calidad es un factor clave en todo el proceso educativo. De no ser así la formación educativa se pervierte y este proceso se convierte en una simulación que vulnera y limita a la persona en su inserción productiva y social en la comunidad, además de que se pierde una oportunidad formidable en la construcción de una sociedad moderna.

    Debemos buscar como nación, tener un subsistema de educación superior de buena calidad que esté orientado a satisfacer las necesidades del desarrollo social, científico, tecnológico, económico, cultural y humano del país; que sea promotor de innovaciones y se encuentre abierto al cambio en entornos institucionales caracterizados por la argumentación racional, la responsabilidad, la tolerancia, la creatividad y la libertad.

    No obstante, la calidad no es el único elemento que la educación superior debe perseguir, pues de nada serviría contar con universidades e institutos de excelencia académica, que no estén al alcance de todos. Así como la educación puede atemperar las diferencias socioeconómicas entre la población, también puede tener el efecto perverso de ser un factor de exclusión social, fenómeno que debemos evitar y combatir.

    Para incrementar la cobertura con equidad no sólo es necesario ampliar y diversificar la oferta educativa, sino también acercarla a los grupos sociales con menores posibilidades de acceso de forma tal que su participación en la educación superior corresponda cada vez más a su presencia en el conjunto de la población, y lograr que los programas educativos sean de buena calidad para que todo mexicano, con independencia de la institución en que decida cursar sus estudios, cuente con posibilidades reales de obtener una formación adecuada.

    Es decir, hay que acompañar simultáneamente ambos conceptos, buena calidad y cobertura con equidad. Si logramos contar con una cobertura suficiente y una oferta amplia y diversificada que atienda la demanda educativa con equidad, con solidez académica, y eficiencia en la organización y utilización de sus recursos, estaremos en el camino indicado para que México desarrolle y explote sus capacidades plenamente a favor de sus habitantes.

    Nuestro compromiso con la sociedad es preservar el carácter laico y gratuito de la educación pública, promover su constante calidad y pertinencia, permear sus contenidos de los valores universales, de libertad, tolerancia y respeto, entre otros, los cuales hacen de las personas un ser social y lo dignifican. Asimismo, pretendemos fortalecer la transparencia de la gestión pública y la consolidación de la rendición de cuentas.

    Entre los principales cambios y temas que atiende esta propuesta, se encuentra la regulación de la educación a distancia, que últimamente se ha convertido en un asunto que comienza a competir con los planes y programas de estudio convencionales que requieren la presencia física del educando; otro aspecto importante de la iniciativa es la normatividad a la entrada de universidades extranjeras en nuestro territorio; así como la evidente necesidad de que las universidades que reciban recursos públicos rindan cuentas sobre el uso y destino de los mismos, ello sin detrimento de su independencia en el plano académico; también se tuvo especial cuidado en incorporar previsiones en todo el cuerpo de la ley, para hacer cumplir las disposiciones constitucionales a favor y en fomento de los grupos minoritarios del país.

    Pretende también dar una referencia sólida en la legislación de materia educativa, específicamente superior respecto de la condición de Universidades Extranjeras que se instalarán en nuestro país bajo el amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, con la abstracción y generalidad propia de toda legislación, que además prevé cualquier ingreso de instituciones de educación superiores extranjeras no provenientes de Estados Unidos de América o Canadá.

    De ésta forma México contará con una oferta de educación superior más grande y diversificada en relación a las necesidades del desarrollo económico, económico y social del país y de cada una de sus entidades federativas. Se habrán reducido significativamente las desigualdades en el acceso a la educación superior de calidad. Las instituciones que conforman el sistema tendrán perfiles diferentes, con programas y opciones de formación adecuados a su entorno económico y político, mismos que gozarán de un amplio reconocimiento y aceptación social.

    Por lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

    Proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona diversos artículos de la Ley para la Coordinación de Educación Superior para quedar de la siguiente manera:

    Capítulo I Disposiciones Generales

    Artículo 1.

    La presente ley es de observancia general en toda la República y tiene por objeto establecer bases para la distribución de la función educativa de tipo superior entre la Federación, los estados y los municipios, así como prever las aportaciones económicas correspondientes, a fin de coadyuvar al desarrollo y coordinación de la educación superior.

    Artículo 2.

    La aplicación y vigilancia de la presente ley corresponde a las autoridades educativas de los distintos niveles de gobierno, en la forma y términos que la misma establece. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

    I. Ley, Ley para la Coordinación de la Educación Superior;

    II. Autoridad educativa federal, Secretaría de Educación Pública;

    III. Reconocimiento, reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;

    IV. Autorización, la validez a los estudios que impartan los particulares en lo que concierne a la educación primaria, secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación.

    V. Educación superior, los estudios que se imparten después del bachillerato o sus equivalentes y comprende la educación normal, la tecnológica, diplomados, los estudios de técnico superior universitario, de profesional asociado, la licenciatura, la especialización, la maestría y el doctorado en sus distintas modalidades;

    VI. Particular, la persona física o moral de derecho privado, que imparta estudios de educación superior con autorización o reconocimiento;

    VII. Institución o universidad pública, aquellas cuya operación ordinaria depende preponderantemente del subsidio del erario público;

    VIII. Programa, conjunto de actividades curriculares dirigidas a la formación de profesionales de conocimientos especializados en diferentes áreas en cualquiera de los niveles de la educación superior;

    IX. Educación a distancia, se refiere a la educación no escolarizada o mixta;

    X. Educación no escolarizada, es el proceso de enseñanza-aprendizaje que no requiere la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias universitarias, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para obviar dicha presencia y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico diseñado para tal fin.

    XI. Educación mixta, es el proceso de enseñanza-aprendizaje que no requiere la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias universitarias conforme a la modalidad escolar, pero esporádicamente y en caso que así lo disponga el programa educativo, deban concurrir físicamente a algunas clases o a consultas tutoriales, o para exámenes parciales o finales de acreditación, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para disminuir dicha presencia y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico diseñado para tal fin y

    XII. Subsistema, subsistema de educación superior perteneciente al sistema nacional de educación; y

    XIII. Entidad federativa, los 31 estados y el Distrito Federal que integran la Federación de los Estados Unidos Mexicanos.

    A falta de disposición expresa de esta se aplicará supletoriamente la Ley General de Educación.

    Artículo 2 Bis.

    El subsistema de educación superior se integrará por:

    I. Las autoridades educativas federales y locales;

    II. Las instituciones de educación superior del Estado y sus organismos desconcentrados y descentralizados;

    III. Las universidades e instituciones de educación superior públicas y particulares; educandos y educadores;

    IV. La normatividad, los principios y valores que sustentan la acción educativa; y

    V. Los planes, programas, métodos y materiales educativos.

    Artículo 3.

    Las funciones de docencia, investigación y difusión de la cultura que realicen las Instituciones de Educación Superior guardarán entre sí una relación armónica y complementaria.

    Artículo 4.

    La Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional, humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y desarrollar las actividades y valores que requiere la formación de personas responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexiva, críticas, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático.

    Artículo 5.

    El establecimiento, extensión y evolución de las instituciones de educación superior y su coordinación se realizarán atendiendo a las prioridades nacionales, regionales y estatales y a los programas institucionales de docencia, investigación y difusión de la cultura.

    Artículo 6.

    La Federación, a través de la Secretaría de Educación Pública, celebrará convenios con los gobiernos de los estados a fin de asegurar que la expansión y el desarrollo de la educación normal que impartan las instituciones públicas respondan a los objetivos de la política educativa nacional y a las necesidades estatales, regionales y nacionales de maestros y de otros especialistas en materia educativa.

    Para contribuir a los fines señalados, el Gobierno Federal podrá asimismo incluir en los convenios mencionados el establecimiento de escuelas normales y universidades pedagógicas estatales cuyos planes, programas de estudios y criterios académicos deberán ser similares a los de la institución nacional correspondiente.

    Artículo 7.

    Compete a la Federación vigilar que las denominaciones de los establecimientos de educación superior correspondan a su naturaleza.

    Capítulo II De la Planeación, Coordinación y Distribución de la Educación Superior

    Artículo 8.

    La Federación, los estados y los municipios prestarán, en forma coordinada y dentro de sus respectivas jurisdicciones, el servicio público de educación superior en las modalidades escolar y mixta, atendiendo a sus necesidades y posibilidades, conforme a lo dispuesto por este ordenamiento y la Ley General de Educación, salvo en el caso de la modalidad no escolarizada, en donde el servicio educativo es susceptible de impartirse fuera de sus jurisdicciones.

    Artículo 9.

    El establecimiento, extensión y desarrollo de instituciones de educación superior pública que propongan las dependencias de la Administración Pública Federal centralizada, requerirán aprobación previa de la Secretaría de Educación Pública, con la que se coordinarán en los aspectos académicos.

    Artículo 10.

    Las instituciones públicas de educación superior y los particulares participarán en la prestación de los servicios educativos, de acuerdo con las disposiciones de esta ley.

    Los particulares podrán impartir educación de tipo superior en todos sus niveles y modalidades.

    Las instituciones de educación superior particulares para su funcionamiento, deberán requerir autorización de la autoridad educativa federal para el caso de la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica; y tratándose de todos los demás tipos de estudios señalados en la fracción V del artículo 2 de este ordenamiento, podrán obtener el reconocimiento.

    Artículo 11.

    A fin de desarrollar la educación superior en atención a las necesidades nacionales, regionales y estatales y a las necesidades institucionales de docencia, investigación y difusión de la cultura, el Estado proveerá la coordinación de este tipo de educación en toda la República, mediante el fomento de la interacción armónica y solidaria entre las instituciones públicas y privadas de educación superior y a través de la asignación de recursos públicos disponibles destinados a dicho servicio, conforme a las prioridades, objetivos y lineamientos previstos por esta ley.

    Artículo 12.

    Para el logro de los fines señalados en el artículo 4 de esta ley y sin perjuicio de la concurrencia con los estados en el ejercicio de la función educativa, la autoridad educativa federal tendrá las atribuciones siguientes:

    I. Promover, fomentar y coordinar acciones que vinculen la planeación de la educación superior, de acuerdo con los objetivos, lineamientos y prioridades que demande el desarrollo integral del país, con la participación de los organismos representativos de las instituciones de educación superior acreditados y con respeto a la autonomía y libertades de las instituciones mismas.

    II. Auspiciar y apoyar la celebración y aplicación de convenios entre la Federación y los estados para el fomento, calidad y desarrollo armónico de la educación superior;

    III. Promover relaciones de cooperación encaminadas a la resolución de problemas estatales, regionales, nacionales e internacionales;

    IV. Fomentar la autoevaluación voluntaria institucional y externa;

    V. Promover la mejora en los programas académicos y de los servicios educativos que prestan las universidades e instituciones de educación superior para incrementar los niveles de calidad;

    VI. Vigilar el proceso de acreditación de los programas educativos;

    VII. Promover la transparencia, fiscalización y rendición de cuentas así como el aprovechamiento eficaz y eficiente de los recursos financieros, tecnológicos y materiales, y del trabajo humano que se destinen a las universidades e instituciones de educación superior públicas;

    VIII. Promover la integración y consolidación de cuerpos u organismos académicos y su vinculación con otros centros académicos a nivel nacional e internacional;

    IX. Promover y diversificar oportunidades de actualización y especialización para las autoridades educativas y el personal de las instituciones, y

    X. Apoyar la educación superior mediante la asignación de recursos públicos federales;

    XI. Brindar igualdad de oportunidades a la población para el acceso al subsistema de educación superior;

    XII. Las demás previstas en la presente ley y otras disposiciones aplicables.

    Artículo 13.

    Para los fines de la coordinación de la educación superior, la Federación, los estados y los municipios considerarán la opinión de las instituciones de educación superior, directamente y por conducto de sus agrupaciones representativas.

    Artículo 14.

    Habrá un Consejo Nacional Consultivo de Educación Normal Pública, cuya integración determinará el Ejecutivo federal, que será órgano de consulta de la Secretaría de Educación Pública, de las entidades federativas cuando éstas lo soliciten y de las instituciones de educación normal pública para coordinar sus actividades, orientar la celebración de los convenios que sobre la materia prevé esta ley y contribuir a vincular dicha educación pública con los requerimientos del país, de conformidad con la política educativa nacional.

    Artículo 15.

    Habrá un Consejo del Sistema Nacional de Educación Tecnológica Pública, que será órgano de consulta de la Secretaría de Educación Pública, de las entidades federativas cuando éstas lo soliciten y de las instituciones públicas de educación tecnológica de tipo superior, para coordinar las actividades de dicho sistema y contribuir a vincularlas con las necesidades y el desarrollo del país.

    La integración del Consejo será determinada por el Ejecutivo federal, en los términos de esta ley.

    Artículo 16.

    La autorización para impartir educación normal y el reconocimiento de validez oficial de estudios, se regirán por la Ley General de Educación, por los acuerdos que dicte la autoridad educativa federal, por la presente ley y por los convenios a que la misma se refiere en la inteligencia de que las instituciones que no estén acreditadas por organismos reconocidos por la autoridad, para cada plantel, extensión, dependencia y plan de estudios se requerirá, según el caso, autorización o reconocimiento.

    La autorización y reconocimiento a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser otorgada por los gobiernos de los estados sólo cuando los planteles funcionen en su territorio.

    Artículo 17.

    Las instituciones públicas de educación superior que tengan el carácter de organismos descentralizados, cuando estén facultadas para ello, podrán otorgar, negar o retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios de tipo superior, en la inteligencia de que para cada plantel, extensión, dependencia y plan de estudios se requerirá el reconocimiento de la institución pública de educación superior correspondiente.

    El reconocimiento podrá ser otorgado por los gobiernos de los estados o por los organismos descentralizados creados por éstos, sólo respecto de los planteles que se encuentren geográficamente en el territorio de la entidad federativa correspondiente.

    Artículo 18.

    Los certificados, diplomas, títulos y grados académicos que expidan los particulares respecto de estudios autorizados o reconocidos, cuando éstos no se encuentren acreditados por un organismo reconocido por la autoridad requerirán de autenticación por parte de la autoridad que haya concedido la autorización o reconocimiento o, en su caso, del organismo público descentralizado que haya otorgado la incorporación que les provee el reconocimiento.

    La autoridad o el organismo público descentralizado que otorgue, según el caso, la autorización o el reconocimiento serán directamente responsables de la supervisión académica de los servicios educativos respecto a los cuales se concedió dicha autorización o reconocimiento.

    Artículo 19.

    Los particulares que impartan estudios de tipo superior con autorización o reconocimiento de validez oficial deberán registrarse en la Secretaría de Educación Pública.

    El incumplimiento de esta disposición motivará la imposición de multa hasta de 2,136 salarios mínimos generales vigentes, y en caso de persistir el incumplimiento se podrá clausurar el servicio educativo.

    Artículo 20.

    El funcionamiento de planteles en los que se imparta educación normal sin autorización previa, motivará la clausura inmediata del servicio, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones penales correspondientes por los delitos oficiales en que incurran los funcionarios y empleados públicos que hayan tolerado su apertura o funcionamiento.

    Artículo 20 Bis 1.

    La planeación y la coordinación de educación superior se realizarán sin detrimento del gobierno interno que las propias leyes de creación y ordenamientos que se otorgan a las universidades e instituciones de educación superior públicas y particulares.

    Artículo 20 Bis 2.

    Los órganos de participación y consulta para la planeación y coordinación de la educación Superior serán:

    I. La Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior; y

    II. Las Comisiones Estatales para la Planeación de la Educación Superior.

    III. Las instituciones de educación superior públicas y particulares, así como los organismos que las representan.

    Artículo 20 Bis 3.

    Las reglas de funcionamiento de los órganos señalados en el artículo anterior se establecerán en sus ordenamientos internos respectivos.

    Artículo 20 Bis 4.

    Las universidades e instituciones de educación superior públicas y particulares, en todo lo que no se oponga a sus programas de desarrollo procurarán atender los criterios emanados de la Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior, y de las Comisiones Estatales para la Planeación de la Educación Superior respectivamente, en los términos de esta ley, así como a los criterios que se desprendan de sus leyes u ordenamientos de creación.

    Artículo 20 Bis 5.

    La Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior tendrá las atribuciones siguientes:

    I. Proponer y evaluar políticas nacionales en materia de educación superior;

    II. Fomentar la planeación y evaluación de la educación superior;

    III. Proponer estrategias de desarrollo de la educación superior;

    IV. Formular estudios sobre la demanda social de técnicos, profesionales e investigadores, que sirvan de insumo para la creación de nuevas instituciones de educación superior públicas, programas o planes de estudio y coadyuven en la coordinación o reorientación de la oferta educativa;

    V. Analizar la expansión de la matrícula a corto, mediano y largo plazo;

    VI. Sugerir los mecanismos y criterios para determinar los indicadores de evaluación y desempeño de las universidades e instituciones de educación superior públicas;

    VII. Proponer un sistema nacional de equivalencias que facilite la transferencia, movilidad y el intercambio de educandos, a través del completo reconocimiento académico de los estudios realizados, para efectos de cambios de carrera, continuación o conclusión de estudios del mismo tipo educativo a nivel nacional e internacional.

    VIII. Proponer en coordinación con las instituciones de educación superior públicas y privadas, así como con los organismo acreditadores de ellas y reconocidos por la autoridad, un sistema de seguimiento de egresados para determinar su ubicación en el ámbito laboral y obtener la información que permita reorientar programas académicos;

    IX. Fungir como órgano de consulta en las materias que prevé la presente ley; y

    X. Las demás que establezcan otras normas y disposiciones aplicables.

    Artículo 20 Bis 6.

    Las Comisiones Estatales para la Planeación de la Educación Superior tendrán las atribuciones siguientes:

    I. Proponer y evaluar políticas estatales, así como los programas sectoriales respectivos, en materia de educación superior de la entidad federativa;

    II. Realizar estudios de oferta y demanda educativa en la entidad federativa;

    III. Proponer, en coordinación con las instituciones de educación superior públicas y privadas, así como con los organismos acreditadores reconocidos por las autoridades educativas federal y estatales, mecanismos para la planeación del crecimiento de la oferta educativa en la entidad federativa, considerando las necesidades locales y la composición pluricultural de la región;

    IV. Proponer en coordinación con las instituciones de educación superior públicas y privadas, así como con los organismos reconocidos por las autoridades educativas federal y estatales, programas de desarrollo de la educación superior, la ciencia y la tecnología;

    V. Fomentar la planeación y evaluación del Subsistema de educación superior en la entidad federativa;

    VI. Promover la cooperación entre las instituciones de educación superior;

    VII. Proponer mecanismos ágiles para facilitar la revalidación y el establecimiento de equivalencias de estudios del mismo tipo educativo realizados en instituciones nacionales y extranjeras, con base en los lineamientos que emita la autoridad educativa federal;

    VIII. Proponer estrategias de mejora continua de procesos y procedimientos de la autoridad educativa estatal, a fin de lograr tramitaciones ágiles, oportunas y flexibles para los destinatarios de sus servicios;

    IX. Promover mecanismos de vinculación de las instituciones de educación superior con el entorno social y pluricultural;

    X. Fungir como órgano de consulta en las materias que prevé la presente ley; y

    XI. Las demás que establezcan otras normas y disposiciones aplicables.

    Capítulo III Asignación de Recursos

    Artículo 21.

    La Federación, dentro de sus posibilidades presupuestales y en vista de las necesidades de docencia, investigación y difusión de la cultura de las universidades e instituciones públicas de educación superior, les asignará recursos conforme a esta ley para el cumplimiento de sus fines.

    Además, las instituciones podrán llevar a cabo programas para incrementar sus recursos propios y ampliar sus fuentes de financiamiento.

    Artículo 22.

    El patrimonio de las universidades e instituciones de educación superior públicas se integrará con los fondos que de conformidad se señalen en sus respectivas normas de creación.Los ingresos de las universidades e instituciones públicas de educación superior y los bienes de su propiedad estarán exentos de todo tipo de impuestos federales. También estarán exentos de dichos impuestos los actos y contratos en que intervengan dichas instituciones, si los impuestos, conforme a la ley respectiva, debiesen estar a cargo de las mismas.

    Artículo 23.

    Los recursos que conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación se asignen a las universidades e instituciones de educación superior públicas se determinarán atendiendo a las prioridades nacionales y a la participación de las instituciones en el desarrollo del subsistema de educación superior y considerando la planeación institucional y los programas de superación académica y de mejoramiento administrativo, así como el conjunto de gastos de operación previstos.

    Para decidir la asignación de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, en ningún caso se tomarán en cuenta consideraciones ajenas a las educativas.

    Artículo 24.

    Los subsidios y apoyos financieros que otorga la Federación a las universidades e instituciones de educación superior públicas serán los siguientes:

    a) El subsidio regularizable es el monto aplicable para el cumplimiento de sus funciones, conforme al monto anual que se destina en el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por el Congreso de la Unión. Sus ministraciones se sujetarán al calendario aprobado, debiendo iniciarse durante el primer mes del ejercicio fiscal.

    b) El apoyo financiero no regularizable, es el monto que se otorgará a las universidades e instituciones de educación superior públicas, mediante los programas de apoyo, que para el efecto ha implementado o implementará la Federación.

    c) El subsidio extraordinario se otorgará a las universidades e instituciones de educación superior públicas de acuerdo a indicadores de desempeño que establezca la Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior.

    Artículo 25.

    Las ministraciones de los recursos establecidos en los incisos a y b del artículo 24 de esta ley, se sujetarán al calendario aprobado, debiendo iniciarse durante el primer mes del ejercicio fiscal.

    Artículo 26.

    Cuando las universidades e instituciones de educación superior requieran desarrollar proyectos adicionales de superación institucional y carezcan de fondos para ello, el Ejecutivo federal podrá apoyarlas con recursos específicos, previa celebración del convenio respectivo y, en su caso, atendiendo al desarrollo de los convenios anteriormente celebrados.

    Artículo 27.

    Las instituciones de educación superior deberán aplicar los fondos proporcionados por la Federación, estrictamente a las actividades para las cuales hayan sido asignados y de conformidad con las leyes respectivas.

    Artículo 28.

    La facultad de administrar recursos públicos federales conlleva las responsabilidades y obligaciones siguientes:

    I. Aplicar los recursos proporcionados por la Federación, los estados o los municipios, estrictamente a las actividades para las cuales hayan sido asignados, de conformidad con las disposiciones aplicables;

    II. Incrementarlo con bienes e ingresos provenientes de cualquier título legal;

    III. Establecer los procedimientos y mecanismos internos para la rendición de cuentas a la sociedad, que permitan identificar el destino y aplicación de los recursos asignados y la transparencia en el manejo de los mismos;

    IV. Fijar los mecanismos para que el órgano respectivo difunda la información relativa ante su comunidad y la sociedad en general;

    V. Sujetarse a la fiscalización externa de la Auditoría Superior de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, fracción VI, el artículo 16, fracciones I y XI, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; y

    VI. Las demás que establezcan sus leyes y las demás normas y disposiciones aplicables.

    Capítulo IV De la Educación a Distancia

    Artículo 29.

    El reconocimiento o autorización de programas de universidades e instituciones de educación superior que proyecten adoptar, como modalidad exclusiva o complementaria, la de educación a distancia se estará a lo que dispone el presente ordenamiento.

    Artículo 30.

    En ningún caso el reconocimiento de validez oficial de estudios para un plan de estudios cursado mediante la modalidad presencial, implicará el reconocimiento del mismo plan si éste se cursara mediante la modalidad a distancia.

    Artículo 31.

    Cuando una universidad o institución de educación superior proyecte implantar la modalidad de educación a distancia para un programa académico, deberá solicitar expresamente a la autoridad educativa federal o estatal un reconocimiento oficial específico acompañando la siguiente información:

    a) Fundamentos de la propuesta, con especial referencia al perfil de los alumnos y graduados potenciales, así como los estudios realizados sobre la factibilidad del proyecto y la experiencia de la universidad o institución de educación superior en propuestas similares;

    b) Diseño de la organización, administración y procedimientos de evaluación permanente del sistema de educación a distancia, con especial referencia a la inserción de la carrera en la estructura de la universidad o institución de educación superior; la infraestructura y el equipamiento disponibles; los perfiles, funciones y antecedentes que se requerirán al personal a cargo de la administración, de la evaluación del sistema y de la estructura de apoyo y las vinculaciones institucionales nacionales y extranjeras;

    c) Diseño del subsistema de producción y evaluación de materiales, con el detalle de éstos, los medios de distribución y su frecuencia o, en su caso, los medios de acceso de los alumnos a los mismos;

    d) Centros académicos de apoyo local cuando los hubiere; convenios o cartas de intención con instituciones locales que les facilitan bienes o servicios propios; tutorías previstas, así como pautas para su capacitación y seguimiento; y

    e) Régimen de alumnos, con el detalle de las obligaciones académicas, de las prácticas, residencias y pasantías previstas y de las normas de evaluación del aprendizaje individual.

    Artículo 32.

    Junto con la solicitud de reconocimiento oficial mencionada en el artículo anterior, deberá presentarse o ponerse a disposición:

    a) El material completo que se utilizará en el primer tramo del programa, que no podrá ser inferior a la quinta parte del estimado para su desarrollo total.

    b) En su caso, copia de los convenios o cartas de intención mencionados en el inciso d) del artículo anterior.

    Artículo 33.

    La autoridad educativa otorgará el reconocimiento a la universidad o institución de educación superior que así lo solicite, siempre que ésta cumpla los requisitos descritos en este capítulo.

    Capítulo V De la Evaluación de la Educación Superior

    Artículo 34.

    La evaluación que desarrollen y lleven a cabo las autoridades educativas federal y estatales en conjunto con las universidades e instituciones de educación superior públicas y privadas, y los organismos y asociaciones reconocidos por las autoridades, procurará en la medida de lo posible y sin perjuicio de lo que estas instancias decidan, orientarse por los siguientes criterios:

    I. Perseguir los fines establecidos en el artículo 4 de la presente ley;

    II. Promover la calidad de las instituciones, los programas educativos, los servicios que ofrecen y su operación;

    III. Procurar el desarrollo armónico de las funciones de docencia, investigación y difusión de las culturas de la nación y extensión de los servicios, así como de la gestión y administración institucional de acuerdo con su tipo y actividad preponderante;

    IV. Verificar el grado de desarrollo de las actividades y procesos institucionales;

    V. Desarrollar procesos que garanticen la permanente actualización del personal académico;

    VI. Procurar que los miembros del personal académico posean grado académico superior al que imparten de acuerdo a indicadores solicitados por los organismos evaluadores y acreditadores;

    VII. Diseñar programas de servicios al estudiante que incorporen, entre otros aspectos, asesorías, tutorías y orientación educativa;

    VIII. Vincular los procesos de evaluación interna con la acreditación de los programas académicos por organismos externos especializados y reconocidos por la autoridad y el consejo para la acreditación de la educación superior;

    IX. Contar con evaluaciones externas para la mejora institucional;

    X. Adecuar, en su caso, las estructuras académica y administrativa para el pleno desarrollo de los programas académicos y su impartición con calidad y eficiencia; y

    XI. Vincular las actividades de planeación y evaluación con las de programación y presupuestación.

    Capítulo VI De las Instituciones de Educación Superior Extranjeras

    Artículo 35.

    Las instituciones de educación superior de nacionalidad extranjera que pretendan establecerse en México deberán cumplir con los requisitos legales señalados por la Constitución Política y por la Ley de Inversión Extranjera en su artículo 8, fracción IV y demás numerales aplicables.

    Artículo 36.

    Las instituciones de educación superior extranjeras tendrán los mismos derechos y obligaciones que señala la Ley General de Educación, la presente ley y las demás normas aplicables a las instituciones de educación superior nacionales.

    Transitorios

    Artículo Primero

    Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a 17 de marzo de 2006.--- Dip. Consuelo Camarena Gómez (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, e insértese íntegro su texto en el Diario de los Debates.
    LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra la diputada María Angélica Díaz del Campo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.La diputada María Angélica Díaz del Campo: Con su permiso, señor Presidente

    «Iniciativa que reforma el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

    La suscrita, diputada federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    México ha entrado en una nueva etapa en la vida política y social, que requiere estar acompañada de una reflexión que construya puentes entre la gobernabilidad y la transparencia de la gestión pública.

    Una de las principales características de la organización pública descrita por Max Weber es la relativa a que la administración es una carrera profesional que se construye a partir del conocimiento técnico y del mérito. En este sentido, el funcionario no toma decisiones políticas; únicamente, se limita a poner en práctica y ejecutar las decisiones tomadas por los políticos. Asimismo, debe garantizar un uso eficiente y eficaz de los recursos y ser capaz de mostrar que su comportamiento siguió en todo momento las reglas establecidas.

    En este sentido, la transparencia debe elaborarse, construirse e implementarse cuidadosamente, con una visión de largo plazo que asuma al mismo tiempo diferentes objetivos: legales, reglamentarios, políticos, organizacionales, educativos, culturales, dentro y fuera de las instituciones del Estado. Es decir, no basta tener una buena legislación y un reglamento que la refuerce y actualice: hace falta cambiar hábitos, pautas, el modo en que está organizada la administración pública, todo lo cual implica nuevos esfuerzos de parte de los funcionarios.

    La existencia de condiciones de transparencia hace que el control de los servidores públicos y de los recursos no sólo recaiga en el propio aparato jerárquico, sino que se dispersa por toda la sociedad; es decir, todos quedan permanentemente expuestos a la cual sirven.

    La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público es el ordenamiento que norma el ejercicio de los recursos federales, de tal suerte que el mecanismo a través del cual se lleva a cabo una licitación contempla una serie de procedimientos y participación de funcionarios que garantizan la transparencia de la misma. Sin embargo, no se ha logrado evitar que la corrupción esté presente en dicho procedimiento, ya que al no existir realmente una revisión por parte de la Secretaría de la Función Pública en dichos procesos no existe realmente la certeza de la legalidad del mismo, pues actualmente únicamente participan como observadores y no de manera obligatoria.

    Por ello es de suma importancia que la vigilancia de los procesos de licitación, en una democracia, esté garantizada desde la propia legislación.

    Este control debe implicar la implementación de acciones tendentes a evaluar y prevenir futuros desvíos y malos manejos; y es ahí donde surge la siguiente interrogante: ¿acaso el procedimiento por el cual intervienen y participan diversos funcionarios como garantes de la transparencia en las licitaciones no debería ser suficiente para que se utilicen de forma correcta los recursos?

    Es notorio que en los procesos de licitación debe existir la responsabilidad compartida, tanto del funcionario que interviene durante el procedimiento como de la empresa o particular que participa en el mismo.

    La falta de seguimiento y solvencia efectiva de las observaciones formuladas por las instancias fiscalizadoras trae como consecuencia que cada vez sean más las dependencias y los servidores públicos drásticamente afectados con sanciones disciplinarias y económicas por mal manejo de recursos, incumplimiento de obligaciones, metas y objetivos, e incluso por verse involucrados en supuestos actos ilícitos, por lo que todos los órganos de control interno, órganos desconcentrados, funcionarios y entidades de la administración pública deben ser corresponsables, lo que permitiría sentar las bases que establezcan criterios y evidencias requeridos para avalar, corregir y evitar la recurrencia inmediata de las deficiencias observadas.

    Con esta iniciativa buscamos que en los procedimientos de licitación se trabaje en un nuevo contexto de exigencia más riguroso y siempre a la vista de las dependencias involucradas en el mismo, que ponga en marcha un conjunto de dispositivos que encaucen y mejoren el trabajo en el interior del Estado.

    Por lo antes expuesto, someto a la consideración del Pleno la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto que reforma el último párrafo del artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

    Artículo 22. Las dependencias y entidades deberán establecer comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, que tendrán las siguientes funciones:

    I. a IX. ...

    ...

    La Secretaría de la Función Pública deberá participar en los comités a que se refiere este artículo, y deberá emitir una opinión fundada y motivada respecto al procedimiento a que se refiere el mismo.

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dip. María Angélica Díaz del Campo (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de la Función Pública.
    LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO - LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Y continúa la misma diputada, María Angélica Díaz del Campo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; ahora, con la presentación de la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Reglamentos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.La diputada María Angélica Díaz del Campo: Gracias. Compañeras y compañeros diputados: la Administración Pública Federal día con día debe responder a diferentes retos, por lo que debe estructurarse de tal manera que de sustento material y legitimidad social al gobierno. En este sentido, la Ley Orgánica ha sufrido diversas modificaciones, entre las que destacan las publicadas el 30 de noviembre del año 2000, en la que se cambia la denominación de diversas secretarías que forman la Administración Pública Centralizada. Con relación a esta modificación, es de destacarse la reforma de la denominación de la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y hoy de Economía.

    El jueves 10 de abril de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley de Servicios Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y se adiciona la Ley de Planeación. Complementariamente se ajustan los artículos 31 y 37 de la misma ley para adecuar las nuevas facultades que tendrá la Secretaría para la operación del registro. El artículo 9 de la Ley de Planeación para establecer el sistema de evaluación y compensación por el desempeño que dará la pauta en la entrega de reconocimientos y estímulos al personal, destacando los artículos 19, 33, 34 y 48 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal en lo relativo a la revisión presupuestal y adecuación de las nuevas denominaciones de la Secretaría.

    En este contexto, el Gobierno Federal tiene la enorme responsabilidad de contar con instituciones dinámicas que le permitan satisfacer el interés general de la sociedad mexicana; sin embargo, este fin no se cumplirá si el Poder Legislativo no asume su función de dotar a los órganos del Estado de cuerpos normativos actualizados que le permitan dar solución a los problemas que la sociedad nos plantea.

    A efecto de cumplir con la labor que se le ha encomendado, es necesario modificar las leyes de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público y de Obra Pública y Servicio relacionado con la misma, las cuales presentan ciertas contradicciones toda vez que las facultades atribuidas a la Secretaría de Economía y de la Función Pública por la Ley Orgánica de la Administración Pública en los mencionados ordenamientos aún se atribuye a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y de la Contraloría y Desarrollo Administrativo. Por ende, el texto legal de ambas leyes otorga facultades a dependencias inexistentes.

    Con la finalidad de eliminar la contradicción normativa de los ordenamientos jurídicos que rigen la vida de las instituciones de la administración pública, presento a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    Solicito que se integre en el Diario de los Debates el texto íntegro de estas iniciativas, por economía de tiempo. Es cuanto, señor Presidente.

    «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada María Angélica Díaz del Campo, del grupo parlamentario del PRD

    La suscrita, diputada federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, al tenor de la siguiente

    Exposición de Motivos

    La satisfacción de los intereses colectivos por medio de la función administrativa se realiza fundamentalmente por el Estado, para lograr este objeto se organiza en una forma especial adecuada sin perjuicio de que otras organizaciones realicen excepcionalmente la misma función administrativa.

    Esta organización especial constituye la administración pública, la cual debe entenderse tanto como el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales y como la actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión. La administración pública, como parte del aparato administrativo, se rige por el principio del Estado de derecho y en virtud de su actividad se encuentra subordinada al mandato de la norma jurídica.

    En México, el Poder Ejecutivo deposita su ejercicio en el Presidente de la República quien es, al mismo tiempo, jefe de Estado, jefe de gobierno y jefe de la administración pública. Así pues, además de la función administrativa, el Poder Ejecutivo mexicano desarrolla funciones de gobierno y de Estado.

    El artículo 90 constitucional precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso de la Unión, la que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las secretarías de estado y departamentos administrativos y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Poder Ejecutivo en su operación.

    Conforme al artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el Poder Ejecutivo federal se auxilia, para cumplir con sus funciones administrativas, de las dependencias de la administración centralizada, entre las que se encuentran las Secretarías de Economía, y de la Función Pública.

    Al respecto, la Administración Pública Federal día con día debe responder a diferentes retos, por lo que debe estructurarse de tal manera que den sustento material y legitimidad social al gobierno. En este sentido, la Ley Orgánica ha sufrido diversas modificaciones, entre las que destacan las publicadas el 30 de noviembre del año 2000, en las que se cambia la denominación de diversas secretarías que forman la administración pública centralizada.

    Con relación a esta modificación es de destacarse la reforma de la denominación de la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, hoy de Economía. Al respecto, en el dictamen emitido por la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura se señalaba lo siguiente:

    ``XVII. En relación con el artículo 34, consideramos que el actual nombre de la Secretaría Comercio y Fomento Industrial, no incluye a diversos sectores de la economía como son toda la amplia gama de servicios, los cuales representan un gran porcentaje de la actividad nacional. Es por eso que se requiere un nombre que sea omnicomprensivo y aplique para todos los campos, como es el término 'Economía', ya que al ser la disciplina que tiene que ver con la creación de la riqueza pública y el conjunto de ejercicios e intereses económicos, ayude al desarrollo nacional desde la óptica e intención de impulsar y generar oportunidades por parte del Gobierno Federal, esto es, una política económica activa que genere las condiciones necesarias para que las empresas puedan establecerse, desarrollarse y generar empleos y riqueza, restaure las cadenas productivas y atienda al universo más importante de unidades económicas, como son las micro, pequeñas y medianas empresas, además de hacer accesible a todas aquellas personas que quieran emprender un negocio o una actividad económica que mejore su bienestar, creando mecanismos de capacitación y de financiamiento que desarrollen la cultura emprendedora en nuestro país.

    Con lo anterior no se pretende invadir esferas de competencia de otras dependencias como son las del sector turismo, agricultura, ganadería y pesca, sino al contrario, indirectamente la ahora denominada Secretaría de Economía, les brindará una serie de servicios relacionados con sus campos de actividad y en coordinación con dichas Secretarías, generará las condiciones generales y el ambiente económico adecuado para que éstos sectores se desarrollen y ayuden al crecimiento de la economía nacional.

    ...''

    Sin duda, la nueva denominación responde al impulso que a los ámbitos del desarrollo industrial y del comercio exterior debe dar el Gobierno de la República.

    El jueves 10 de abril de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y se adiciona la Ley de Planeación. Al respecto, es de destacarse el dictamen de la Colegisladora, el cual en la parte relativa y objeto de la presente iniciativa indicaba:

    ``Finalmente, en consecuencia a las disposiciones de la Ley que se propone, se consideró necesario reformar el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para eliminar la denominación de la actual Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, misma que pasará a ser la Secretaría de la Función Pública, lo cual tiene razón de ser en otorgarle un enfoque hacia el desarrollo y la profesionalización de las actividades de gobierno, ya que será la entidad que dirigirá el servicio profesional de carrera.

    Complementariamente, se ajustan los artículos 31 y 37 de la misma ley para adecuar las nuevas facultades que tendrá la Secretaría para la operación del registro; el artículo 9 de la Ley de Planeación para establecer el Sistema de Evaluación y Compensación por el Desempeño que dará la pauta a la entrega de reconocimientos y estímulos al personal destacado y los artículos 19, 33, 34 y 48 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal en lo relativo a las previsiones presupuestales y de adecuación de la nueva denominación de la Secretaría.

    ...''

    En este contexto, el Gobierno Federal tiene la enorme responsabilidad de contar con instituciones dinámicas que le permitan satisfacer el interés general de la sociedad mexicana. Sin embargo, este fin no se cumplirá si el Poder Legislativo no asume su función de dotar a los órganos del estado de cuerpos normativos actualizados, que les permita dar solución a los problemas que la sociedad nos plantea, a efecto de cumplir la labor que se le ha encomendado.

    Considerando que la tarea del legislador es crear y actualizar la normatividad positiva en representación del pueblo, es necesario modificar las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, las cuales presentan ciertas contradicciones, toda vez que las facultades atribuidas a las Secretarías de Economía y de la Función Pública por la Ley Orgánica de la Administración Pública en los mencionados ordenamientos aún se atribuyen a las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial y de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, por ende el texto legal de ambas leyes otorga facultades a dependencias inexistentes.

    Estas contradicciones en leyes de la misma jerarquía normativa generan incertidumbre en el espíritu de la legalidad de las instituciones, aunado a que tanto la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como la Ley de Obras Públicas y Servicios, fueron reformadas en el año 2005, antinomias que debemos resolver, a través de un proceso legislativo responsable y comprometido que ajuste la estructura de la administración pública para que sus instituciones respondan de manera eficaz y eficiente a los conflictos, las demandas y las aspiraciones sociales.

    Por lo anterior, con la finalidad de eliminar las contradicciones normativas de los ordenamientos jurídicos que rigen la vida de las instituciones de la administración pública, presento a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con

    Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

    Artículo Primero. Se reforman diversos artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

    Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:

    I. ...

    II. Función Pública: la Secretaría de la Función Pública;

    III. a VII. ...

    Artículo 7. La Secretaría, las Secretarías de Economía y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán facultadas para interpretar esta Ley para efectos administrativos.

    La Función Pública dictará las disposiciones administrativas que sean estrictamente necesarias para el adecuado cumplimiento de esta Ley, tomando en cuenta la opinión de la Secretaría y, cuando corresponda, la de la Secretaría de Economía. Tales disposiciones se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 8. Atendiendo a las disposiciones de esta Ley y a las demás que de ella emanen, la Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas.

    Para la expedición de las reglas a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría de Economía tomará en cuenta la opinión de la Secretaría y de la Función Pública.

    Artículo 13. Las dependencias o entidades no podrán financiar a proveedores la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, cuando éstos vayan a ser objeto de contratación por parte de las propias dependencias o entidades, salvo que, de manera excepcional y por tratarse de proyectos de infraestructura, se obtenga la autorización previa y específica de la Secretaría y de la Función Pública. No se considerará como operación de financiamiento, el otorgamiento de anticipos, los cuales en todo caso, deberán garantizarse en los términos del artículo 48 de esta ley.

    ...

    ...

    Artículo 14. En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las dependencias y entidades optarán, en igualdad de condiciones, por el empleo de los recursos humanos del país y por la adquisición y arrendamiento de bienes producidos en el país y que cuenten con el porcentaje de contenido nacional indicado en el artículo 28, fracción I, de esta ley, los cuales deberán contar, en la comparación económica de las propuestas, con un margen hasta del diez por ciento de preferencia en el precio respecto de los bienes de importación, conforme a las reglas que establezca la Secretaría de Economía, previa opinión de la Secretaría y de la Función Pública.

    ...

    Artículo 15. Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de esta ley o de los contratos celebrados con base en ella, serán resueltas por los tribunales federales.

    Sólo podrá convenirse compromiso arbitral respecto de aquellas controversias que determine la Función Pública mediante reglas de carácter general, previa opinión de la Secretaría y de la Secretaría de Economía, ya sea en cláusula compromisoria incluida en el contrato o en convenio independiente.

    Lo previsto en los dos párrafos anteriores es sin perjuicio de lo establecido en los tratados de que México sea parte, o de que en el ámbito administrativo la Función Pública conozca de las inconformidades que presenten los particulares en relación con los procedimientos de contratación, o bien, de las quejas que en audiencia de conciliación conozca sobre el incumplimiento de lo pactado en los contratos.

    ...

    ...

    Artículo 17. La Secretaría de Economía, mediante disposiciones de carácter general, oyendo la opinión de la Función Pública, determinará, en su caso, los bienes y servicios de uso generalizado que, en forma consolidada, podrán adquirir, arrendar o contratar las dependencias y entidades con objeto de obtener las mejores condiciones en cuanto a calidad, precio y oportunidad, y apoyar en condiciones de competencia a las áreas prioritarias del desarrollo.

    Artículo 22. Las dependencias y entidades deberán establecer comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios que tendrán las siguientes funciones:

    I. a VI. ...

    VII. Elaborar y aprobar el manual de integración y funcionamiento del comité, conforme a las bases que expida la Función Pública;

    VIII. y IX. ...

    La Función Pública podrá autorizar la creación de comités en órganos desconcentrados, cuando la cantidad y monto de sus operaciones o las características de sus funciones así lo justifiquen.

    En los casos en que, por la naturaleza de sus funciones o por la magnitud de sus operaciones, no se justifique la instalación de un comité, la Función Pública podrá autorizar la excepción correspondiente.

    ...

    Artículo 23. El Ejecutivo federal, por conducto de la Función Pública, determinará las dependencias y entidades que deberán instalar comisiones consultivas mixtas de abastecimiento, en función del volumen, características e importancia de las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten. Dichas comisiones tendrán por objeto:

    I. a VII. ...

    VIII. Elaborar y aprobar el manual de integración y funcionamiento de la comisión, conforme a las bases que expida la Función Pública; y

    IX. ...

    Artículo 28. Las licitaciones públicas podrán ser:

    I. Nacionales, cuando únicamente puedan participar personas de nacionalidad mexicana y los bienes a adquirir sean producidos en el país y cuenten por lo menos con un cincuenta por ciento de contenido nacional, el que será determinado tomando en cuenta el costo de producción del bien, que significa todos los costos menos la promoción de ventas, comercialización, regalías y embarque, así como los costos financieros. La Secretaría de Economía, mediante reglas de carácter general, establecerá los casos de excepción correspondientes a dichos requisitos, así como un procedimiento expedito para determinar el grado de contenido nacional de los bienes que se oferten, para lo cual tomará en cuenta la opinión de la Secretaría y de la Función Pública.

    La Secretaría de Economía, de oficio o a solicitud de la Función Pública, podrá realizar visitas para verificar que los bienes cumplen con los requisitos señalados en el párrafo anterior, o

    II. ...

    En este tipo de licitaciones la Secretaría de Economía, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, determinará los casos en que los participantes deban manifestar ante la convocante que los precios que presentan en su propuesta económica no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o subsidios.

    ...

    Artículo 29. Las convocatorias podrán referirse a uno o más bienes o servicios, y contendrán, en lo aplicable, lo siguiente:

    I. ...

    II. La indicación de los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán obtener las bases de la licitación y, en su caso, el costo y forma de pago de las mismas. Cuando las bases impliquen un costo, éste será fijado sólo en razón de la recuperación de las erogaciones por publicación de la convocatoria y de la reproducción de los documentos que se entreguen; los interesados podrán revisarlas previamente a su pago, el cual será requisito para participar en la licitación. Igualmente, los interesados podrán consultar y adquirir las bases de las licitaciones por los medios de difusión electrónica que establezca la Función Pública;

    III. a XII. ...

    Artículo 44. ...

    Cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios de los bienes o servicios aún no entregados o prestados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, las dependencias y entidades deberán reconocer incrementos o requerir reducciones, conforme a los lineamientos que expida la Función Pública.

    Artículo 50. ...

    I. a IV. ...

    IV. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Función Pública en los términos del Título Sexto de este ordenamiento y Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;

    V. a XIII. ...

    ...

    ...

    Artículo 56. ...

    La información a que se refiere el último párrafo del artículo 26 de esta Ley deberá remitirse por las dependencias y entidades a la Función Pública a través de medios magnéticos o remotos de comunicación electrónica, conforme a las disposiciones administrativas que para tal efecto establezca la propia Función Pública.

    ...

    ...

    Artículo 57. La Función Pública, en el ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier tiempo, que las adquisiciones, arrendamientos y servicios se realicen conforme a lo establecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables. Si la Función Pública determina la nulidad total del procedimiento de contratación por causas imputables a la convocante, la dependencia o entidad reembolsará a los licitantes los gastos no recuperables en que hayan incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.

    La Función Pública podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias y entidades que realicen adquisiciones, arrendamientos y servicios, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos y a los proveedores que participen en ellas todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

    Artículo 59. Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán sancionados por la Función Pública con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.

    Artículo 60. ...

    I. a V. ...

    La inhabilitación que se imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la Función Pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación.

    ...

    Las dependencias y entidades dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta Ley, remitirán a la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción.

    Artículo 61. La Función Pública impondrá las sanciones considerando:

    I. a IV. ...

    La Función Pública impondrá las sanciones administrativas de que trata este Título, con base en las disposiciones relativas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    Artículo 62. La Función Pública aplicará las sanciones que procedan, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a los servidores públicos que infrinjan las disposiciones de este ordenamiento.

    ...

    Artículo 67. ...

    Dichas inconformidades, la documentación que las acompañe y la manera de acreditar la personalidad del promovente, se sujetarán a las disposiciones técnicas que para efectos de la transmisión expida la Función Pública, en cuyo caso producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los medios de identificación y documentos correspondientes.

    Artículo 68. ...

    ...

    Una vez admitida la inconformidad o iniciadas las investigaciones, la Función Pública deberá hacerlo del conocimiento de terceros que pudieran resultar perjudicados, para que dentro del término a que alude el párrafo anterior manifiesten lo que a su interés convenga. Transcurrido dicho plazo sin que el tercero perjudicado haga manifestación alguna, se tendrá por precluido su derecho.

    Durante la investigación de los hechos a que se refiere este artículo, la Función Pública podrá suspender el procedimiento de contratación, cuando

    I. ...

    II. Con la suspensión no se cause perjuicio al interés social y no se contravengan disposiciones de orden público. La dependencia o entidad deberá informar dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la suspensión, aportando la justificación del caso, si con la misma no se causa perjuicio al interés social o bien, se contravienen disposiciones de orden público, para que la Función Pública resuelva lo que proceda.

    ... ...

    Artículo 69. La resolución que emita la Función Pública tendrá por consecuencia:

    I. a IV. ...

    Artículo 70. En contra de la resolución de inconformidad que dicte la Función Pública, se podrá interponer el recurso que establece la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, o bien, impugnarla ante las instancias jurisdiccionales competentes.

    Artículo 71. Los proveedores podrán presentar quejas ante la Función Pública, con motivo del incumplimiento de los términos y condiciones pactados en los contratos que tengan celebrados con las dependencias y entidades.

    Una vez recibida la queja respectiva, la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá celebrar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la queja.

    ...

    Artículo 72. En la audiencia de conciliación, la Función Pública tomando en cuenta los hechos manifestados en la queja y los argumentos que hiciere valer la dependencia o entidad respectiva, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado.

    ...

    ...

    ...

    ...

    Artículo Segundo. Se reforman diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar de la siguiente manera:

    Artículo 2. ...

    I. ...

    II. Función Pública: la Secretaría de la Función Pública;

    III. a VII. ...

    Artículo 8. La Secretaría, la Secretaría de Economía y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán facultadas para interpretar esta Ley para efectos administrativos.

    La Función Pública dictará las disposiciones administrativas que sean estrictamente necesarias para el adecuado cumplimiento de esta Ley, tomando en cuenta la opinión de la Secretaría y, cuando corresponda, la de la Secretaría de Economía. Tales disposiciones se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo 9. Atendiendo a las disposiciones de esta Ley y a las demás que de ella emanen, la Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas.

    Para la expedición de las reglas a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría Economía tomará en cuenta la opinión de la Secretaría y de la Función Pública.

    Artículo 15. ...

    Sólo podrá convenirse compromiso arbitral respecto de aquellas controversias que determine la Función Pública mediante reglas de carácter general, previa opinión de la Secretaría y de la Secretaría de Economía, ya sea en cláusula compromisoria incluida en el contrato o en convenio independiente.

    Lo previsto en los dos párrafos anteriores es sin perjuicio de lo establecido en los tratados de que México sea parte, o de que en el ámbito administrativo la Función Pública conozca de las inconformidades que presenten los particulares en relación con los procedimientos de contratación, o bien, de las quejas que en audiencia de conciliación conozca sobre el incumplimiento de lo pactado en los contratos.

    ...

    ...

    Artículo 25. ...

    I. a IV. ...

    V. Elaborar y aprobar el manual de integración y funcionamiento del comité, conforme a las bases que expida la Función Pública; y

    VI. ...

    ...

    Artículo 31. ...

    I. a II. ...

    III. La indicación de los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán obtener las bases de la licitación y, en su caso, el costo y forma de pago de las mismas. Cuando las bases impliquen un costo, éste será fijado sólo en razón de la recuperación de las erogaciones por publicación de la convocatoria y de la reproducción de los documentos que se entreguen; los interesados podrán revisarlas previamente a su pago, el cual será requisito para participar en la licitación. Igualmente, los interesados podrán consultar y adquirir las bases de las licitaciones por los medios de difusión electrónica que establezca la Función Pública;

    IV. a XIII. ...

    Artículo 33. Las bases que emitan las dependencias y entidades para las licitaciones públicas se pondrán a disposición de los interesados, tanto en el domicilio señalado por la convocante como en los medios de difusión electrónica que establezca la Función Pública, a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siendo responsabilidad exclusiva de los interesados adquirirlas oportunamente durante este período, y contendrán en lo aplicable como mínimo, lo siguiente:

    I. a XXIV. ...

    ...

    ...

    Artículo 51. ...

    I. a III. ...

    IV. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Función Pública, en los términos del Título Séptimo de este ordenamiento y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

    V. a XI. ...

    Artículo 58. ...

    I. a III. ...

    IV. A los demás lineamientos que para tal efecto emita la Función Pública.

    Artículo 59. ...

    ...

    ...

    ...

    Lo dispuesto en el párrafo anterior, se regirá por los lineamientos que expida la Función Pública; los cuales deberán considerar, entre otros aspectos, los mecanismos con que cuentan las partes para hacer frente a estas situaciones.

    ...

    ...

    ...

    ...

    Artículo 65. A la conclusión de las obras públicas, las dependencias y, en su caso, las entidades, deberán registrar en las oficinas de Catastro y del Registro Público de la Propiedad de las entidades federativas, los títulos de propiedad correspondientes de aquellos inmuebles que se hayan adquirido con motivo de la construcción de las obras públicas, y en su caso deberán remitir a la Función Pública los títulos de propiedad para su inscripción en el Registro Público de la Propiedad Federal y su inclusión en el Catálogo e Inventario de los Bienes y Recursos de la Nación.

    Artículo 74. ...

    La información a que se refiere el último párrafo del artículo 27 de esta Ley deberá remitirse por las dependencias y entidades a la Función Pública a través de medios magnéticos o remotos de comunicación electrónica, conforme a las disposiciones administrativas que para tal efecto establezca la propia Función Pública.

    ...

    ...

    Artículo 75. La Función Pública, en el ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables. Si la Función Pública determina la nulidad total del procedimiento de contratación por causas imputables a la convocante, la dependencia o entidad reembolsará a los licitantes los gastos no recuperables en que hayan incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.

    La Función Pública podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias y entidades que realicen obras públicas y servicios relacionados con las mismas, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas que participen en ellos todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

    Artículo 76. La Función Pública podrá verificar la calidad de los trabajos a través de los laboratorios, instituciones educativas y de investigación o con las personas que determine, en los términos que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y que podrán ser aquellos con los que cuente la dependencia o entidad de que se trate.

    ...

    Artículo 77. Los licitantes o contratistas que infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán sancionados por la Función Pública con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.

    Artículo 78. ...

    I. a V. ...

    La inhabilitación que imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la Función Pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación.

    ...

    Las dependencias y entidades, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta Ley, remitirán a la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción.

    Artículo 79. La Función Pública impondrá las sanciones considerando:

    I. a IV. ...

    La Función Pública impondrá las sanciones administrativas de que trata este Título, con base en las disposiciones relativas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    Artículo 85. ...

    Dichas inconformidades, la documentación que las acompañe y la manera de acreditar la personalidad del promovente, se sujetarán a las disposiciones técnicas que para efectos de la transmisión expida la Función Pública, en cuyo caso producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los medios de identificación y documentos correspondientes.

    Artículo 86. ...

    ...

    Una vez admitida la inconformidad o iniciadas las investigaciones, la Función Pública deberá hacerlo del conocimiento de terceros que pudieran resultar perjudicados, para que dentro del término a que alude el párrafo anterior manifieste lo que a su interés convenga. Transcurrido dicho plazo sin que el tercero perjudicado haga manifestación alguna, se tendrá por precluido su derecho.

    Durante la investigación de los hechos a que se refiere este artículo, la Función Pública podrá suspender el procedimiento de contratación, cuando:

    I. ...

    II. Con la suspensión no se cause perjuicio al interés social y no se contravengan disposiciones de orden público. La dependencia o entidad deberá informar dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la suspensión, aportando la justificación del caso, si con la misma no se causa perjuicio al interés social o bien, se contravienen disposiciones de orden público, para que la Función Pública resuelva lo que proceda.

    Cuando sea el inconforme quien solicite la suspensión, éste deberá garantizar los daños y perjuicios que pudiera ocasionar, mediante fianza por el monto que fije la Función Pública, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida; sin embargo, el tercero perjudicado podrá dar contrafianza equivalente a la que corresponda a la fianza, en cuyo caso quedará sin efecto la suspensión.

    Artículo 87. La resolución que emita la Función Pública tendrá por consecuencia:

    I. a IV. ...

    Artículo 88. En contra de la resolución de inconformidad que dicte la Función Pública, se podrá interponer el recurso que establece la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, o bien, impugnarla ante las instancias jurisdiccionales competentes.

    Artículo 89. Los contratistas podrán presentar quejas ante la Función Pública, con motivo del incumplimiento de los términos y condiciones pactados en los contratos que tengan celebrados con las dependencias y entidades.

    Una vez recibida la queja respectiva, la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá celebrar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la queja.

    ...

    Artículo 90. En la audiencia de conciliación, la Función Pública tomando en cuenta los hechos manifestados en la queja y los argumentos que hiciere valer la dependencia o entidad respectiva, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado.

    ...

    ...

    ...

    ...

    Transitorio

    Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. María Angélica Díaz del Campo (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de la Función Pública, e insértese íntegro su texto en el Diario de los Debates.
    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    El siguiente punto del orden del día son dictámenes de primera lectura, publicados en la Gaceta Parlamentaria:

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

    Marzo 16, 2006

    Honorable Asamblea:

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Diputado Gustavo Madero Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, presentó Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción XXll del Artículo 31, de la Ley del Impuesto sobre la Renta

    La Comisión que suscribe, se abocó al análisis de la Iniciativa antes señalada y conforme a las deliberaciones y el análisis que de la misma realizaron los miembros de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable Asamblea el siguiente:

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    1.- Con fecha 14 de marzo de 2005, el Diputado Gustavo Madero Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, presentó la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción XXll Artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    2.- Con esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados turnó a las Comisión de Hacienda y Crédito Público, la Iniciativa antes descrita, para su estudio y dictamen.

    RESULTANDO

    ÚNICO.- Los suscritos integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público estiman procedente puntualizar la Iniciativa que a la letra señala:

    ``El 13 de abril de 2000, diputados de la LVII Legislatura presentaron iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Salud con el fin de coadyuvar con aquellos sectores sociales que al no contar con suficiente capacidad adquisitiva no están en posibilidad de nutrirse y alimentarse en forma adecuada.

    Dicha iniciativa derivó en un conjunto de normas y acciones a favor de la distribución alimenticia y la nutrición, y de apoyo a las organizaciones cuyo objeto es luchar en contra del desperdicio de alimentos para abatir el hambre de los sectores necesitados, a través del diseño de normas preventivas para el buen manejo de las donaciones de alimentos, así como para la operación de las instituciones y de las actividades que estas organizaciones desarrollan.

    Las acciones que el Congreso de la Unión aprobó a raíz de la iniciativa antes citada se encuentran contempladas en el Decreto por el que se adicionaron los artículos 199 Bis y 464 Bis a la Ley General de Salud, publicado el 5 de enero de 2001, donde se exime de responsabilidad a las empresas donadoras, sobre el alimento ofrecido en donación, haciéndose responsables del manejo de este producto a los Bancos de Alimentos que lo reciben y estableciendo las obligaciones de conservación y distribución de los alimentos, así como las sanciones en que incurren por faltas a estas disposiciones.

    Tales organizaciones en número de 51 en toda la República, son el resultado de una colaboración ciudadana, al ser un puente entre el desperdicio y la necesidad de millones de mexicanos con desnutrición crónica, logrando tan sólo en los primeros 5 años distribuir más de 39 mil toneladas de alimentos anuales, en apoyo en forma permanente de una población de más de 600 mil personas al mes, donde destacan como beneficiarios, los albergues para niños de la calle, orfelinatos, asilos, comedores comunitarios, poblaciones marginadas y localidades indígenas donde se identifica plenamente a las personas necesitadas.

    El sistema de estas organizaciones llamadas Bancos de Alimentos, consiste en buscar alimentos que no son comerciables pero sí consumibles, creando conciencia entre productores y distribuidores, para frenar el desperdicio de productos nutricionales, para trasladarlos a centros de almacenamiento y distribución, donde mediante un proceso de selección y clasificación se escogen aquellos susceptibles de destinarse al consumo humano. Tal proceso es inmediato, es decir, lo que se recibe en un día se distribuye lo más rápido posible y opera a través de un programa autofinanciable y rentable a través de cuotas de recuperación que no excede del 10% del valor comercial del producto.

    En adición, el 26 de enero de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que el Ejecutivo Federal otorga diversos beneficios fiscales; en tal decreto, se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que, en términos del artículo 88 del Reglamento de la Ley del Ingreso Sobre la Renta, donen bienes básicos para la subsistencia humana a los bancos de alimentos debidamente autorizados para recibir dichos donativos deducibles; tal estímulo consiste en una deducción adicional por un monto equivalente al 5% del costo de lo vendido que le hubiera correspondido a las mercancías donadas, siempre y cuando el margen de utilidad bruta de estas mercancías en el ejercicio hubiera sido igual o superior al 10%; cuando fuera menor, el porcentaje de deducción se reducirá al 50% del margen.

    Por otro lado, en los artículos 87 y 88 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se establece que los productores de los bienes cuyo costo de adquisición o producción hubiera sido deducido para los efectos del ISR antes de proceder a su destrucción para la subsistencia humana, deben ofrecer su producto en buen estado y en donación a Bancos de Alimentos, a través de una bodega virtual creada en el Servicio de Administración Tributaria, precisando además quienes pueden dar y recibir donativos, así como sus derechos y obligaciones.

    La descripción anterior nos lleva a concluir que las disposiciones que reconocen el esfuerzo de las asociaciones civiles sin fines de lucro que persiguen como objetivo combatir el hambre de los sectores desfavorecidos, debe ampliar el universo de productos susceptibles de donación extendiéndolo a aquellos señalados en el primer párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a saber, mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubieran pedido su valor, con lo cual se logrará extender el tipo de productos que podrían ser susceptibles de donación, en beneficio de los sectores que así lo requieran.

    Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Soberanía, la siguiente:

    Iniciativa que reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que permita la deducción de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente, hubieran perdido su valor y se deduzcan de los inventarios durante el ejercicio en que esto ocurra, a fin de donarlos a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a la citada ley.

    Único.- Se reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar de la siguiente manera:

    Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

    I a XXI. ...

    XXII. Que el importe de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubiera perdido su valor, se deduzca de los inventarios durante el ejercicio en que esto ocurra; siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de esta Ley.

    Los contribuyentes podrán efectuar la deducción de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados a que se refiere el párrafo anterior, siempre que antes de proceder a su destrucción, se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a esta Ley, dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos, cumpliendo con los requisitos que para tales efectos establezca el Reglamento de esta Ley.''

    CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

    PRIMERA.- Esta Comisión resulta competente para dictaminar la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo del la fracción XXII del Artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Diputado Gustavo Madero Muñoz, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 56, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    SEGUNDA.- La que Dictamina considera que es de aprobarse la Iniciativa que reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que permita la deducción de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados en existencia, que por deterioro u otras causas, hubieran perdido su valor a fin de canalizarlos a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, dedicadas a atender necesidades básicas en materia de alimentación, vestido, vivienda y salud.

    La Comisión que Dictamina toma en cuenta que el derecho estipulado en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, firmado por el gobierno de México, compromete a los Estados Parte a perfeccionar los métodos de producción, aprovisionamiento y distribución de alimentos, y a promover una mayor cooperación internacional, en apoyo de sus políticas nacionales. Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4º especifica el derecho de las niñas y niños a la satisfacción de las necesidades de alimentación, y el artículo 6º de la Ley de Desarrollo Social subraya el derecho a la alimentación como un derecho primordial para el desarrollo de la sociedad.

    La que Dictamina considera que en México existen actualmente 26 millones de mexicanos que no cuentan con recursos para satisfacer sus necesidades básicas de alimentación, mientras que diariamente se tiran 17 mil toneladas de alimentos que sufren algún deterioro en sus condiciones de empaque, presentación o madurez, pero que se encuentran en condiciones favorables para el consumo humano.

    Asimismo en enero de 2005 se publicó el decreto por el que el Ejecutivo Federal otorga diversos beneficios fiscales; en tal Decreto, se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que, en términos del artículo 88 del Reglamento de la Ley del Ingreso Sobre la Renta, donen bienes básicos para la subsistencia humana a los bancos de alimentos debidamente autorizados para recibir dichos donativos deducibles; tal estímulo consiste en una deducción adicional por un monto equivalente al 5% del costo de lo vendido que le hubiera correspondido a las mercancías donadas, siempre y cuando el margen de utilidad bruta de estas mercancías en el ejercicio hubiera sido igual o superior al 10%; cuando fuera menor, el porcentaje de deducción se reducirá al 50% del margen.

    Por otro lado, en los artículos 87 y 88 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se establece que los productores de los bienes cuyo costo de adquisición o producción hubiera sido deducido para los efectos del ISR antes de proceder a su destrucción para la subsistencia humana, deben ofrecer su producto en buen estado y en donación a Bancos de Alimentos, a través de una bodega virtual creada en el Servicio de Administración Tributaria, precisando además quienes pueden dar y recibir donativos, así como sus derechos y obligaciones.

    La descripción anterior nos lleva a concluir que las disposiciones que reconocen el esfuerzo de las asociaciones civiles sin fines de lucro que persiguen como objetivo combatir el hambre de los sectores menos favorecidos, debe ampliar el universo de productos susceptibles de donación señalados en el primer párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a saber, mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubieran pedido su valor, así como que además de las necesidades de alimentación, atiendan también las necesidades básicas relativas al vestido, la vivienda y a la salud, con lo cual se logrará extender el tipo de productos que podrían ser susceptibles de donación, en beneficio de los sectores que así lo necesiten.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, somete a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente:

    DECRETO QUE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN XXII DEL ARTÍCULO 31, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

    Único.- Se reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar de la siguiente manera:

    Artículo 31. ...

    XXII.- .....

    Los contribuyentes podrán efectuar la deducción de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados a que se refiere el párrafo anterior, siempre que antes de proceder a su destrucción, se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles conforme a esta Ley, dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos, cumpliendo con los requisitos que para tales efectos establezca el Reglamento de esta Ley.''

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 16 de marzo de 2006.

    La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora, José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Ángel Augusto Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo, Humberto Francisco Filizola Haces (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Irma Guadalupe Moreno Ovalles (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán, María de los Dolores Padierna Luna (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda, Javier Salinas Narváez, María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes, Francisco Javier Valdéz de Anda, Emilio Zebadúa González (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y dictamen, la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos relacionados con los servicios ambientales de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, presentada por el Diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Esta Comisión, con fundamento en los artículos 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 65, 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos; somete a la consideración del Pleno de esta honorable Asamblea, el presente Dictamen con Proyecto de Decreto, conforme a los siguientes:

    ANTECEDENTES

    1.- En sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2004 fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan diversos artículos relacionados con los servicios ambientales de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, presentada por el Diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

    Tomando como base la información disponible así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó a su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    I.- El Decreto pretende adicionar los artículos 3, 5, 15, 22 bis, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    II.- Para el desahogo de la presente iniciativa vale la pena considerar lo siguiente:

    1.- Que hasta hace poco, los servicios ambientales (mantenimiento y producción de agua, captura de carbono, conservación de la biodiversidad, mitigación o protección frente a desastres naturales), proveídos por sistemas naturales manejados como propiedad comunal, no eran reconocidos o eran considerados de poco valor.

    2.- Que debido a los crecientes niveles de degradación ambiental y problemas a ellos asociados que se viven tanto local como globalmente, el valor de estos servicios se ha hecho evidente y es cada vez más reconocido.

    3.- Que en muchas partes del mundo los bosques están seriamente amenazados. Durante la década de los noventa se perdieron en promedio casi 15 millones de hectáreas boscosas por año, especialmente en las zonas tropicales (FAO, 2001a, 2001b). A esta pérdida se suma la de los numerosos y valiosos servicios que proporcionan las cubiertas boscosas, tales como la regulación de los flujos hidrológicos y la captura de carbono, además de la biodiversidad que albergan (Myers, 1997).

    4.- Que durante los últimos años se ha vivido una extensa experimentación con mecanismos basados en el mercado para poder abordar estos problemas. Muchos consideran que esto puede proporcionar incentivos poderosos y medios eficientes para conservar los bosques y los bienes públicos que ellos proveen y también ofrecer nuevas fuentes de ingreso para apoyar a los habitantes de las zonas rurales. Una encuesta reciente encontró casi 300 ejemplos de tales mecanismos en todo el mundo (Landell- Mills y Porras, 2002), y la lista aumenta constantemente.

    6.- Que los servicios ambientales son mecanismos de compensación económica a través de los cuales el proveedor del servicio reciba una compensación de parte del usuario del servicio, la cual debe servir al proveedor para adoptar prácticas de manejo dirigidas a elevar o al menos mantener la calidad del servicio ambiental.

    Es importante señalar que el pago no necesariamente debe expresarse como una operación monetaria, pues también puede traducirse en una mejora de infraestructura (caminos, reservorios de agua, etc.), servicios (médico, escuelas, etc.) o extensión rural (talleres, equipamiento, semillas, etc.).

    7.- Que el mecanismo de compensación puede variar desde un pago periódico directo a los proveedores individuales hasta el establecimiento de un fondo fiduciario manejado por un directorio con participación de los proveedores, usuarios, sector privado, sociedad civil y el estado.

    8.- Que algunos de los servicios ambientales (Tomados de Anthony Challenger, La situación del medio ambiente en Veracruz. Los servicios ambientales y la conservación ecológica. México, 2003), son:

  • Captura de agua (incluye la infiltración al manto freático y acuíferos)

  • Conservación de la calidad del agua

  • Captura de carbono

  • Sumideros de carbono (ecosistemas primarias cuya captura neta de carbono podría ser nula, pero su transformación liberaría grandes cantidades)

  • Conservación de biodiversidad (ecosistemas y especies)

  • Conservación de acervos genéticos (árboles semilleros, otros)

  • Medio para ecoturismo y recreación

  • Protección de riberas

  • Protección de litorales

  • Conservación física del suelo (contra la erosión por lluvia y por viento)

  • Conservación de la fertilidad del suelo (contra la lixiviación)

  • Formación y recuperación de suelos

  • Filtración de contaminantes de la atmósfera, del agua y del suelo (por impedir físicamente su dispersión y por procesos ecológicos)

  • Regulación del clima (por evapotranspiración, amortiguar el viento, etcétera.)

  • Amortiguamiento de impactos de eventos hidrometeorológicos extremos

  • Mantenimiento de ciclos minerales, de gases y del agua

  • Provisión de hábitat para especies silvestres comerciales (peces y mariscos, fauna cinegética, plantas medicinales y comestibles, árboles maderables, etcétera)

  • Provisión de hábitat para especies silvestres de valor ecológico para la agricultura (depredadores de plagas, polinizadores, flora melífera, etcétera)

  • Contribución a la belleza del paisaje

    9.- Que en la fracción I del artículo 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, menciona que a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde: ``Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable''.

    III.- Que la propuesta plantea la necesidad de darle valor económico susceptible de cuantificación a los servicios ambientales, situación que esta Comisión dictaminadora comparte y que considera bastante adecuada.

    IV.- Que para la definición de servicios ambientales (fracción XXXV del artículo 3) se decidió considerar y agregar elementos de otras leyes como la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley de Aguas Nacionales, para darle mejor soporte.

    V.- Que en oficio recibido el 14 de Octubre de 2005, el Diputado Maximino Fernández Ávila, integrante de esta Comisión solicita que en concordancia con la propuesta de reforma al artículo 5° en la fracción que faculta a la federación para identificar, valorar y fomentar los servicios ambientales, de igual forma se haga extensiva esta facultad a Estados y Municipios toda ves, que los ecosistemas que aportan servicios ambientales se ubican en sus territorios o jurisdicciones, y esto les permitiría ser actores y participes de los beneficios(artículos 7° y 8° respectivamente).

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, el siguiente:

    Proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Artículo Único: Se Adicionan las fracciones XXXV Y XXXVI al artículo 3o., pasando las actuales fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII a ser las fracciones XXXVII, XXXVIII y XXXIX, respectivamente; la fracción XXI al artículo 5o., pasando la actual fracción XXI a ser la fracción XXII; la fracción XXI al artículo 7o., pasando la actual fracción XXI a ser la fracción XXII; la fracción XVI al artículo 8o., pasando la actual fracción XVI a ser la fracción XVII; la fracción XXI al artículo 15; y la fracción VI al artículo 22 Bis, pasando la actual fracción VI a ser la fracción VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

    Artículo 3.- Para los efectos de esta ley se entiende por:

    I al XXXIV...

    XXXV.- Servicios ambientales: Los beneficios de interés social que aportan los diferentes ecosistemas entre cuya diversidad cabe destacar los siguientes: la conservación de los ciclos hidrológicos, el control de erosión, el control de inundaciones, la recarga de los acuíferos, el mantenimiento de los escurrimientos en cantidad y calidad, la purificación de cuerpos de agua; la captura de carbono, de contaminantes y componentes ambientales, la generación de oxigeno, la modulación o regulación climática, la mitigación del impacto de los fenómenos naturales con efecto adverso; la formación, protección y recuperación de suelos, la fijación de nitrógeno; la conservación y protección de la biodiversidad, la polinización de las plantas, el control biológico de plagas y protección del hábitat de la vida silvestre; conservación de los ecosistemas; paisaje y recreación entre otros;

    XXXVI.- Valoración de servicios ambientales: Es el proceso mediante el cual la sociedad reconoce valor de uso y asigna valor económico a los diferentes servicios que le prestan a la sociedad los ecosistemas;

    XXXVII.- Vocación natural: Condiciones que presenta un ecosistema para sostener una o varias actividades sin que se produzcan desequilibrios ecológicos;

    XXXVIII.- Educación Ambiental: Proceso de formación dirigido a toda la sociedad, tanto en el ámbito escolar como en el ámbito extraescolar, para facilitar la percepción integrada del ambiente a fin de lograr conductas más racionales a favor del desarrollo social y del ambiente. La educación ambiental comprende la asimilación de conocimientos, la formación de valores, el desarrollo de competencias y conductas con el propósito de garantizar la preservación de la vida, y

    XXXIX.- Zonificación: El instrumento técnico de planeación que puede ser utilizado en el establecimiento de las áreas naturales protegidas, que permite ordenar su territorio en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, la vocación natural del terreno, de su uso actual y potencial, de conformidad con los objetivos dispuestos en la misma declaratoria. Asimismo, existirá una subzonificación, la cual consiste en el instrumento técnico y dinámico de planeación, que se establecerá en el programa de manejo respectivo, y que es utilizado en el manejo de las áreas naturales protegidas, con el fin de ordenar detalladamente las zonas núcleo y de amortiguamiento, previamente establecidas mediante la declaratoria correspondiente.

    Artículo 5.- Son facultades de la Federación:

    I a XIX...

    XX.- La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más entidades federativas;

    XXI. La identificación, valoración y fomento de los servicios ambientales, y

    XXII.- Las demás que esta Ley u otras disposiciones legales atribuyan a la Federación.

    Artículo 7.- Corresponden a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:

    I a XIX...

    XX.- La atención coordinada con la Federación de asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más Entidades Federativas, cuando así lo consideren conveniente las Entidades Federativas respectivas;

    XXI. La identificación, valoración y fomento de los servicios ambientales, y

    XXII.- La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación.

    Artículo 8.- Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:

    I a XIV...

    XV.- La formulación, ejecución y evaluación del programa municipal de protección al ambiente;

    XVI. La identificación, valoración y fomento de los servicios ambientales, y

    XVII.- La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o a los Estados.

    Artículo 15.- Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta Ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo Federal observará los siguientes principios:

    I a XVIII...

    XIX.-A través de la cuantificación del costo de la contaminación del ambiente y del agotamiento de los recursos naturales provocados por las actividades económicas en un año determinado, se calculará el Producto Interno Neto Ecológico. El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática integrará el Producto Interno Neto Ecológico al Sistema de Cuentas Nacionales;

    XX.-La educación es un medio para valorar la vida a través de la prevención del deterioro ambiental, preservación, restauración y el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas y con ello evitar los desequilibrios ecológicos y daños ambientales, y

    XXI.- La valoración de los servicios ambientales que prestan a la sociedad los diversos ecosistemas del país, permitirá eliminar gradualmente las externalidades causadas por el desarrollo económico.

    Artículo 22 Bis.- Se consideran prioritarias, para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales que se establezcan conforme a la Ley de Ingresos de la Federación, las actividades relacionadas con:

    I a IV...

    V.- El establecimiento, manejo y vigilancia de áreas naturales protegidas;

    VI. La conservación de los ecosistemas naturales, protegidos o no, que proporcionen servicios ambientales a la sociedad, y

    VII.-En general, aquellas actividades relacionadas con la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

    TRANSITORIO

    Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández, Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, José Luis Cabrera Padilla, secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra (rúbrica), Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda, Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera, Julián Nazar Morales, Víctor Manuel Alcerreca Sánchez, Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa (rúbrica), Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés (rúbrica), María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz.»

    Es de primera lectura.


    LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 2o de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, presentada por los CC. Diputados Manuel López Villarreal y Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 9 de febrero de 2006. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometieron a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

    ANTECEDENTES

    PRIMERO. Que en sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 9 de febrero de 2006, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentaron los CC. Diputados Manuel López Villarreal y Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

    SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    TERCERO. Mediante oficio CE/2045/06, de fecha 9 de febrero de 2006, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta Iniciativa.

    CUARTO. Los legisladores proponen lo siguiente:

    Adicionar un párrafo al artículo 2, para establecer que el gasto destinado para apoyar a la micro, pequeña y mediana empresa, no sea inferior, en términos reales, al presupuestado en el ejercicio fiscal del año anterior.CONSIDERANDO

    PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

    SEGUNDO. Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en el mundo se han convertido en un nicho de oportunidad para impulsar el crecimiento económico sostenido de los países a través de la creación de empleos, generación de valor agregado, aportaciones fiscales, fortaleciendo el mercado interno y aumentando la oferta exportable.

    TERCERO. Que en México, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, existen más de 3 millones de unidades empresariales, de las cuales el 99.7% son MIPYMES, que en conjunto generan el 52% del Producto Interno Bruto nacional y el 71% del empleo del país.

    CUARTO. Que el Ejecutivo Federal ha impulsado una serie de acciones para aumentar la competitividad y productividad de las empresas del país, para ello, creó la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa dentro de la Secretaría de Economía y elaboró el Programa de Desarrollo Empresarial 2001--2006, con la finalidad de fomentar y promover la calidad, competitividad, capacitación, desarrollo e innovación tecnológica y el desarrollo empresarial de la planta productiva, en especial de las MIPYMES.

    QUINTO. Que la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de MIPYMES y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad. Este esfuerzo legislativo, consolida a nivel de ley todos los apoyos al sector empresarial y asegura su aplicación de largo plazo.

    SEXTO. Que el Fondo para Apoyar a la MIPYME (Fondo PYME) tiene como objetivo general, promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las empresas.

    SÉPTIMO. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación, es un valioso instrumento de política económica que busca asignar de manera eficiente y equitativa el gasto público para impulsar el crecimiento económico, el desarrollo social y una mejor distribución del ingreso, por lo que tiene un impacto de gran alcance para la sociedad.

    OCTAVO. Que el gasto destinado para apoyar a las MIPYMES se ha venido incrementado en los últimos años, sin embargo, se debe garantizar que año con año se vaya incrementando, en términos reales, para asegurar la viabilidad de los instrumentos y apoyos que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía, canaliza para consolidar el desarrollo y progreso empresarial.

    NOVENO. Que el presupuesto para el desarrollo y crecimiento de las MIPYMES es una inversión para el país, toda vez que estos recursos fomentan la inversión productiva en la creación de empresas y de empleos, mismos que hacen sus contribuciones fiscales, por lo que la Federación recupera, de alguna manera, el gasto en el desarrollo empresarial.

    DÉCIMO. Que el desarrollo de las MIPYMES es una responsabilidad compartida entre el Ejecutivo y el Legislativo, por lo que se deben de convertir en los principales promotores de la actividad empresarial, aportando estructura, instrumentos y recursos para impulsar la competitividad de las empresas mexicanas.

    DÉCIMO PRIMERO. Que los CC. Diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que es necesario establecer en ley, que el Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados deben asignar año con año recursos suficientes y crecientes para impulsar la creación, el fortalecimiento y la consolidación de las MIPYMES.

    Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía, presenta al Pleno de esta honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona un párrafo tercero al artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

    Artículo 2.- . . .

    . . .

    El presupuesto federal destinado para apoyar a la micro, pequeña y mediana empresa no podrá ser inferior, en términos reales, al del año fiscal anterior.

    TRANSITORIOS

    ARTICULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Para los efectos de este Decreto, no se considerarán las asignaciones o adecuaciones presupuestarias especiales o extraordinarias.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de marzo del año 2006.

    La Comisión de Economía, diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Miguel Sierra Zúñiga (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Norma Violeta Dávila Salinas (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez, Gustavo Moreno Ramos, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»

    Es de primera lectura.


    LEY DE EXPROPIACION - LEY AGRARIA

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 10 de la Ley de Expropiación y reforma el artículo 94 de la Ley Agraria

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Reforma Agraria de la LIX Legislatura le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Iniciativa por la que se reforman la Ley de Expropiación en su artículo 10 y la Ley Agraria en su artículo 94.

    Esta Comisión con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73, fracción XXX a la luz de lo dispuesto en el párrafo segundo de la fracción VI del artículo 27 ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 56, 60, 65, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la Iniciativa de referencia, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:

    ANTECEDENTES1. Con fecha 24 de febrero de 2005, el Diputado Jesús Porfirio González Schmal, integrante del grupo parlamentario del Partido Convergencia haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Iniciativa por la que se adiciona la Ley de Expropiación en su artículo 10 y se reforma la Ley Agraria en su artículo 94.

    2. Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados se dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a las Comisiones de Gobernación y de Reforma Agraria, para su análisis y dictamen.

    3. El día 13 de diciembre de 2005, se sometió a consideración de los diputados y diputadas integrantes la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado.

    4. En sesión plenaria se sometió a consideración de los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Reforma Agraria el proyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado.

    CONTENIDO DE LA INICIATIVA

    La Iniciativa presentada por el Diputado Jesús González Schmal propone modificar el artículo 10 de la Ley de Expropiación y el artículo 10 de la Ley Agraria, a fin de incorporar un criterio único que deba prevalecer en los casos en que los pagos de indemnización derivados de actos expropiatorios se vean retrasados y por lo tanto sea necesario actualizar el monto de la indemnización correspondiente y propone que se tome en cuenta el valor comercial de los bienes de acuerdo a las condiciones imperantes en el momento de su afectación a través de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto expropiatorio correspondiente. De igual manera, propone que el mecanismo de actualización de dicho monto sea dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes más reciente del período con el Índice más antiguo de dicho período.

    Se justifica la propuesta anterior debido a la necesidad de definir una retribución justa por la expropiación de bienes inmuebles, en virtud de que no existe previsión legal sobre qué criterio aplicar cuando la indemnización deba cubrirse tiempo después de haber concluido el plazo legal para el pago de la indemnización, en detrimento de la seguridad jurídica del gobernado.

    El diputado González Schmal menciona en su exposición de motivos que hay casos en que se reclaman indemnizaciones por expropiaciones de inmuebles efectuadas mucho tiempo atrás, y en donde, la indemnización que se fijó ya no es equivalente a los índices inflacionarios actuales, y que al no existir normas aplicables, los afectados demandan indemnizaciones superiores y desproporcionadas.

    Asimismo, el iniciante hace hincapié en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que ante la ausencia de norma vigente, además de la aplicación del criterio citado, el valor comercial deberá actualizarse durante el período transcurrido desde que ocurrió la violación constitucional hasta el momento en el que el propio órgano jurisdiccional determina el pago de la indemnización, lo anterior mediante el factor de actualización que establece el artículo 7, fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Establecidos los antecedentes y el contenido de la Iniciativa de referencia, los diputados y diputadas integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Reforma Agraria de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribimos el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    CONSIDERACIONES1. Que la expropiación es un procedimiento administrativo por el cual el Estado, en atención a la utilidad pública, dispone para sí la transferencia del bien de un particular, otorgándole a cambio una indemnización.

    2. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece una competencia federal para legislar en la materia como se desprende de la interpretación del segundo párrafo de la fracción IV del artículo 27 en materia de expropiación y de la fracción VII del mismo artículo, como a continuación se transcribe:

    Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

    Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    I aVI.- ...

    Las leyes de la Federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada, se basará en la cantidad que como valor fiscal de ella figure en las oficinas catastrales o recaudadoras, ya sea que este valor haya sido manifestado por el propietario o simplemente aceptado por él de un modo tácito por haber pagado sus contribuciones con esta base. El exceso de valor o el demérito que haya tenido la propiedad particular por las mejoras o deterioros ocurridos con posterioridad a la fecha de la asignación del valor fiscal, será lo único que deberá quedar sujeto a juicio pericial y resolución judicial. Esto mismo se observará cuando se trate de objetos cuyo valor no esté fijado en las oficinas rentísticas.

    ...

    VII. Se reconoce la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales y se protege su propiedad sobre la tierra, tanto para el asentamiento humano como para actividades productivas.

    La ley protegerá la integridad de las tierras de los grupos indígenas.

    La ley, considerando el respeto y fortalecimiento de la vida comunitaria de los ejidos y comunidades, protegerá la tierra para el asentamiento humano y regulará el aprovechamiento de tierras, bosques y aguas de uso común y la provisión de acciones de fomento necesarias para elevar el nivel de vida de sus pobladores.

    ...

    ...

    ...

    La restitución de tierras, bosques y aguas a los núcleos de población se hará en los términos de la ley reglamentaria;

    VIII a XX. ...

    3. Que la Ley Agraria reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de febrero de 1992 es el cuerpo legal que regula la materia agraria y que ésta Ley contiene un Capítulo IV denominado ``De la Expropiación de Bienes Ejidales y Comunales'', en virtud de que la propiedad agraria recibe un tratamiento diferenciado por mandato constitucional. De lo anterior se desprende que la Ley de Expropiación contiene normas genéricas, mientras que la Ley Agraria es de carácter especial.

    4. Que tanto la Ley de Expropiación como la Ley Agraria establecen que la expropiación deberá hacerse por decreto presidencial que determine al causa de utilidad pública y los bienes a expropiar, así como las reglas del pago de indemnizaciones.

    5. Que el procedimiento de expropiación se inicia por la solicitud por parte de una Secretaría de Estado o del Gobierno del Distrito Federal, debiendo estar refrendada por los Secretarios de Función Pública, de Hacienda y Crédito Público y de la Dependencia interesada, la expropiación se efectúa a través de un Decreto expropiatorio del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación.

    6. Que el Decreto de Expropiación debe formular una declaración de utilidad pública determinada y de la acción concreta gubernamental de la que va a proceder la expropiación, así como la incorporación del bien al dominio público.

    7. Que la indemnización que debe hacerse se calcula de acuerdo a la cantidad que como valor fiscal de ella figure en las oficinas catastrales o recaudadoras. Y una vez fijada la indemnización no procederá recurso alguno procediendo a la entrega de escritura respectiva.

    8. Que la Ley de Expropiación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1936 tiene por objeto regular los procedimientos de la expropiación por causas de utilidad pública, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio para los fines del Estado o en interés de la colectividad.

    9. Que el término legal establecido para el pago de la indemnización es de un año a partir de la declaratoria de expropiación realizada por el Ejecutivo Federal y éste se hará en moneda nacional, sin perjuicio de que el pago se conviniera en especie.

    10. Que esta Comisión dictaminadora coincide en el diagnóstico realizado por el diputado González Schmal en el sentido de que a fin de lograr el objetivo propuesto en su Iniciativa es necesario reformar la Ley Agraria y la Ley de Expropiación por tratarse de los ordenamientos especializados y que rigen ésta materia.

    11. Que la Ley General de Bienes Nacionales publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de mayo de 2004, establece en su artículo 143 fracción VII que corresponde a la Secretaría de la Función Pública determinar el monto de la indemnización por la expropiación, como a continuación se transcribe:

    Artículo 143.- Previamente a la celebración de los actos jurídicos a que se refiere el presente artículo en los que intervengan las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y, en su caso, las entidades, corresponderá a la Secretaría dictaminar:

    I a VI. ...

    VII.- El monto de la indemnización por la expropiación, ocupación temporal o limitación de derechos de dominio sobre bienes inmuebles, muebles, acciones, partes sociales o derechos que decrete el Ejecutivo Federal, tratándose tanto de propiedades privadas como de inmuebles sujetos al régimen ejidal o comunal;

    VIII a XVIII ...

    12. Que en virtud de que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales es un órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública de acuerdo con el Reglamento Interior de ésta Dependencia, se sugiere modificar la redacción de la Iniciativa propuesta en la que se sustituya al INDAABIN por la propia Secretaría de la Función Pública, ya que es ésta la que determina el monto de la indemnización por la expropiación.

    13. Que por lo que hace a la propuesta del diputado González Schmal de tomar valor de referencia para la indemnización, aquél valor comercial que tenía el inmueble al día de la publicación del decreto expropiatorio, estas Comisiones Unidas señalan que el Tratado el Libre Comercio con América del Norte establece que la indemnización debe basarse en el valor de mercado que el bien expropiado tenía inmediatamente antes de conocerse la afectación, es decir, existe prohibición expresa de que el monto de la indemnización se calcule tomando en cuenta el valor, por lo que, el mismo día de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación .

    Artículo 1110. Expropiación e indemnización

    1 ...

    2. La indemnización será equivalente al valor justo de mercado que tenga la inversión expropiada inmediatamente antes de que la medida expropiatoria se haya llevado a cabo (fecha de expropiación) y no reflejará ningún cambio en el valor debido a que la intención de expropiar se conoció con antelación a la fecha de expropiación. Los criterios de valuación incluirán el valor corriente, el valor del activo (incluyendo el valor fiscal declarado de bienes tangibles), así como otros criterios que resulten apropiados para determinar el valor justo de mercado.

    3 a 8 ...

    14. Que para el pago de la indemnización correspondiente a la expropiación realizada por el Estado el Diputado Jesús González Schmal propone un mecanismo de actualización del valor a pagar por la expropiación correspondiente en los casos en los que los dictámenes valuatorios han vencido y la indemnización no ha sido pagada dentro del plazo del año que fija la ley para la expropiación genérica como para la expropiación en el caso de propiedades ejidales y comunales.

    15. Que también es cierto tomar en cuenta que en la práctica la indemnización que paga el Estado por las expropiaciones sufre retrasos por diversas circunstancias, como lo es que exista controversia sobre el monto de la indemnización, para lo que el juez hará la consignación correspondiente y fijará a las partes el término de tres días para que designen peritos y se les prevendrá designen de común acuerdo un tercer perito en caso de discordia. Con vista de los dictámenes de los peritos, el juez resolverá dentro del término de diez días y contra la resolución judicial fijada por el juez sobre el monto de la indemnización no cabrá ningún recurso.

    16. Que otra situación que podría generar un retraso en el pago de la indemnización, es en el caso que el Estado no tuviera medio para cubrir la indemnización en dinero o en especie si así se pactará, por lo que éste es otro ejemplo del porque habría que crear un mecanismo de actualización del valor a pagar por la expropiación.

    17. Que frente a la ausencia de norma vigente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que el valor comercial del bien deberá actualizarse durante el período transcurrido desde que ocurrió la violación constitucional hasta el momento en el que el propio órgano jurisdiccional determina el pago de la indemnización, lo anterior mediante el factor de actualización que establece el artículo 7, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que a la letra dice:

    Artículo 7o. Cuando esta Ley prevenga el ajuste o la actualización de los valores de bienes o de operaciones, que por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país han variado, se estará a lo siguiente:

    I. ...

    II. Para determinar el valor de un bien o de una operación al término de un periodo, se utilizará el factor de actualización que se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes más reciente del periodo, entre el citado índice correspondiente al mes más antiguo de dicho periodo.

    18. Que por lo anteriormente expuesto, ésta Comisión considera que la propuesta de modificar la Ley de Expropiación y la Ley Agraria es viable para brindar claridad y coherencia entre las disposiciones legales y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    19. Que ésta Comisión coincide con el diputado Jesús Porfirio González Schmal en que para dar cumplimiento a la garantía constitucional contemplada en el artículo 27 de la Constitución, en los casos que no se ha pagado la indemnización por expropiación al particular dentro del tiempo contemplado tanto en la Ley de Expropiación como en la Ley Agraria deben contener un mecanismo de actualización que brinde una retribución justa el gobernado cuyo patrimonio se ve afectado, en aras del respeto a sus garantías constitucionales.

    Por lo anteriormente expuesto, los diputados y diputadas integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Reforma Agraria, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

    DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 94 DE LA LEY AGRARIA.

    Artículo Primero.- Se adicionan un segundo y tercer párrafo al artículo 10 de la Ley de Expropiación, para quedar como sigue:

    Artículo 10.- ...

    Para fijar el monto de indemnización, la Secretaría de la Función Pública tomará en cuenta el valor comercial que los bienes expropiados tenían el día anterior a la fecha de publicación del decreto expropiatorio en el Diario Oficial de la Federación.

    En caso de que el pago de la indemnización no se efectúe dentro del plazo legal que señala el artículo 20 de ésta Ley y la vigencia del dictamen valuatorio haya concluido, se aplicará al monto original de la indemnización el factor que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior a la fecha en que se efectúe la actualización entre el citado índice correspondiente al mes anterior a la fecha de publicación del decreto expropiatorio en el Diario Oficial de la Federación.

    Artículo Segundo.- Se reforma el párrafo primero y se adiciona con dos párrafos, recorriéndose en su orden los subsecuentes, el artículo 94 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

    Artículo 94.- La expropiación deberá tramitarse ante la Secretaría de la Reforma Agraria. Deberá hacerse por decreto presidencial que determine la causa de utilidad pública y los bienes por expropiar y mediante indemnización; el decreto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y se notificará la expropiación al núcleo de población.

    El monto de la indemnización será determinado por la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta el valor comercial que los bienes expropiados tenían el día anterior a la fecha de publicación del decreto expropiatorio en el Diario Oficial de la Federación.

    En caso de que el pago de la indemnización no se efectúe dentro del plazo legal que señala el artículo 20 de la Ley de Expropiación y la vigencia del dictamen valuatorio haya concluido, se aplicará al monto original de la indemnización el factor que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior a la fecha en que se efectúe la actualización entre el citado índice correspondiente al mes anterior a la fecha de publicación del derecho expropiatorio en el Diario Oficial de la Federación.

    ...

    ...

    TRANSITORIO

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los trece días del mes de diciembre de dos mil cinco.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García, Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).

    Por la Comisión de Reforma Agraria, diputados: Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Presidente; Rubén Alfredo Torres Zavala (rúbrica), Margarito Fierros Tano (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (con licencia a partir del 16 de febrero de 2006), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), secretarios; Margarita Chávez Murguía, Luis Andrés Esteva Melchor (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía, Ramón González González, Huberto Aldaz Hernández, Ruth Trinidad Hernández Martínez (rúbrica), Francisco Javier Lara Arano, Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Francisco Chavarría Valdeolivar (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert, Javier Manzano Salazar, Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Juan Bustillos Montalvo (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano, Gustavo Zanatta Gasperín (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Juan Antonio Gordillo Reyes (rúbrica), Enrique Guerrero Santana (causó baja el 12 de abril de 2005), Gustavo Moreno Ramos, José Alfonso Muñoz Muñoz, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Luis Antonio González Roldán.»

    Es de primera lectura.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con el oficio de la Secretaría de Gobernación por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Vilia Mam Gmora, Hany Nagar Shitrit, Ana Míriam González Catarrivas, Guirza Dowek Dayan, María Luisa Gutiérrez Badillo, Arturo Centeno Sánchez, Rodolfo Garza Hernández y René Ochoa Gayosso puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada del Estado de Israel en México.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 9 de marzo se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada del Estado de Israel en México serán de carácter administrativo; y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo anterior, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Vilia Mam Gmora para prestar servicios, como asistente del embajador, en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Hany Nagar Shitrit para prestar servicios como asistente del Área Comercial en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana Ana Míriam González Catarrivas para prestar servicios como asistente administrativa en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Guirza Dowek Dayan, para prestar servicios como asistente cultural en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana María Luisa Gutiérrez Badillo para prestar servicios como empleada de servicio en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Sexto. Se concede permiso al ciudadano Arturo Centeno Sánchez para prestar servicios como empleado conductor y mensajero en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Séptimo. Se concede permiso al ciudadano Rodolfo Garza Hernández para prestar servicios como personal de seguridad en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Artículo Octavo. Se concede permiso al ciudadano René Ochoa Gayosso para prestar servicios como empleado conductor y mensajero en la Embajada del Estado de Israel en México.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 10 de marzo de 2006.

    La Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel garcía-Domínguez, Ciro García Marín (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Ana Luz Juárez Alejo, Alonso Adrián Juárez Jiménez, Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo, Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García, Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.


    PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con el oficio de la Secretaría de Gobernación por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Orquídea Alvarado Briseño, Eduardo Javier García Guillén, Renata Loza Estrada, Francisco Pablo Dosamantes Aguayo, Leticia del Carmen Cerritos Castillo, María Jimena Ruiz Velasco Rea, Paola Fernanda de los Cobos Gomar, Graciela Treviño Espinosa, Mitzy Matamoros Jiménez y Claudia Lizeth Solano Lara puedan prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México, sus Consulados en Hermosillo, Sonora, y Ciudad Juárez, Chihuahua, y en la Agencia Consular en San Miguel de Allende, Guanajuato, respectivamente.

    En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 9 de marzo del año en curso se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

    Considerandoa) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

    b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Estados Unidos de América en México, sus Consulados en Hermosillo, Sonora, y Ciudad Juárez, Chihuahua, y su Agencia Consular en San Miguel de Allende, Guanajuato, serán de carácter administrativo, y

    c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana Orquídea Alvarado Briseño para prestar servicios como voucher examiner en el Centro de Administración Financiero, en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano Eduardo Javier García Guillén para prestar servicios como chofer en la Sección de Defensa, en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana Renata Loza Estrada para prestar servicios como recepcionista en la Sección de Seguridad, en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso a la ciudadana María Jimena Ruiz Velasco Rea para prestar servicios como empleada de Visas (Visa Clerk) en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Artículo Quinto.- Se concede permiso a la ciudadana Paola Fernanda de los Cobos Gomar para prestar servicios como empleada de Visas (Visa Clerk) en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Artículo Sexto.- Se concede permiso a la ciudadana Graciela Treviño Espinosa para prestar servicios como secretaria en la Sección de Agricultura en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

    Artículo Séptimo.- Se concede permiso al ciudadano Francisco Pablo Dosamantes Aguayo para prestar servicios como asistente de Visas en el Consulado de Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

    Artículo Octavo.- Se concede permiso a la ciudadana Mitzy Matamoros Jiménez para prestar servicios como asistente de Visas en el Consulado de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

    Artículo Noveno.- Se concede permiso a la ciudadana Claudia Lizeth Solano Lara para prestar servicios como asistente de Visas en el Consulado de Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

    Artículo Décimo.- Se concede permiso a la ciudadana Leticia del Carmen Cerritos Castillo para prestar servicios como asistente consular en la Oficina Consular de Estados Unidos de América en San Miguel de Allende, Guanajuato.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, México, DF, a 10 de marzo de 2006.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Ciro García Marín, Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Ana Luz Juárez Alejo, Alonso Adrián Juárez Jiménez, Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo, Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García, Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.


    CONDECORACIONES

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación que suscribe le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con las minutas proyecto de decreto que conceden permiso a los ciudadanos Sergio Pérez Cortés, Ramón Alvarado Jiménez, Genaro García Luna y Adolfo Domínguez Martínez para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos de la República Francesa, del Reino de España y de Estados Unidos de América, respectivamente.

    La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y, en tal virtud, de acuerdo con lo que establecen la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Sergio Pérez Cortés para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

    Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano Ramón Alvarado Jiménez para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

    Artículo Tercero.- Se concede permiso al ciudadano ingeniero Genaro García Luna para aceptar y usar la condecoración de la Cruz al Mérito Policial, con Distintivo Rojo, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

    Artículo Cuarto.- Se concede permiso al ciudadano General de Brigada DEM Adolfo Domínguez Martínez, para aceptar y usar el Gafete y la Medalla con Listón de la Legión de Mérito, en grado de Oficial, que le otorga el Gobierno de Estados Unidos de América.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 15 de marzo de 2006.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Ciro García Marín, Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Ana Luz Juárez Alejo, Alonso Adrián Juárez Jiménez, Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo, Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García, Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.»

    Es de primera lectura.

    Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga
    ORDEN DEL DIA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia está recibiendo en este momento comunicación de la Junta de Coordinación Política. En consecuencia, ruego a la Secretaría que dé lectura a la comunicación de referencia.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Diputada Marcela González Salas, Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente incluir en el orden del día de esta sesión, en el primer turno posible, el siguiente asunto:

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral, a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República a que investiguen la presunta injerencia del Gobierno de Venezuela en México a favor de la candidatura de Andrés Manuel López Obrador y su vinculación con grupos subversivos.

    Sin más por el momento, agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica en contra p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica en contra p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica en contra p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»

    En votación económica se consulta a la Asamblea si es de aceptarse la inclusión del acuerdo de la Junta de Coordinación Política:

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.


    ANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOR
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como se ha determinado por la Asamblea incluir este punto en el orden del día, dé lectura a la propuesta.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Instituto Federal Electoral, a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República a investigar la presunta injerencia del Gobierno de Venezuela en México a favor de la candidatura de Andrés Manuel López Obrador y su vinculación con grupos subversivos

    La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, cuyo original se anexa, suscrita por el diputado Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del PAN, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

    Acuerdo

    Primero: Se exhorta al Instituto Federal Electoral, a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República a que investiguen la presunta injerencia del Gobierno de Venezuela en México a favor de la candidatura de Andrés Manuel López Obrador y su vinculación con grupos subversivos.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de marzo de 2006.--- Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica p.a. en contra), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado José González Morfín (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro González Yáñez (rúbrica p.a. en contra), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica p.a. en contra), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia.»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia ha registrado como oradores para hablar en contra al diputado Pablo Gómez Álvarez, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, y al diputado Rodrigo Iván Cortés Jiménez, para hablar en pro, por parte de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. En consecuencia, no habiendo más oradores registrados, tiene el uso de la tribuna el diputado Pablo Gómez, hasta por tres minutos, para hablar en contra.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Ciudadanas y ciudadanos legisladores: sería conveniente que la Secretaría de Gobernación, a través del organismo de inteligencia, diera un reporte sobre algunas denuncias públicas que se han hecho de presuntas o supuestas actividades de personas del Gobierno de Venezuela en nuestro país que sean ilegales. Eso, sin duda, sería muy conveniente, pero no es lo que se está solicitando. Lo que se está solicitando es que el IFE y la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Relaciones Exteriores, la de Gobernación investiguen. Hay aquí algunas instituciones que no pueden investigar, que no tienen facultades para investigar, no obstante lo cual se les está pidiendo que investiguen; eso es una contradicción. Segundo, el contenido mismo del asunto es francamente deleznable.

    La tradición de la política exterior de México, lo digo por los del PRI que están aquí presentes, nunca cayó en tratar de involucrar a gobiernos extranjeros en procesos electorales internos por varios motivos, pero uno de ellos, porque tal cosa sería superior, que un gobierno extranjero puede determinar el sentido de las votaciones del pueblo de México, lo cual es francamente inaceptable e incluso diría que hasta estúpido; no podemos admitir semejante suposición.

    Pero es completamente absurdo que esto trate de abonar la propaganda negra que se está haciendo en la televisión, propaganda negra que es ubicar a un personaje, al Presidente de Venezuela, y ligarlo a un candidato a la Presidencia, como toda la otra propaganda negra. Propongan lo que piensan. No se dedican los panistas en este momento más que atacar a Andrés Manuel y no proponen nada. Sus spots son ataques a un candidato, y el valentón que tienen en el PRI no hace otra cosa que retar en la televisión al candidato del PRD y de la Alianza por el Bien de Todos. Propongan algo, propongan algo, lo que sea, lo que les dé su corta mentalidad. Hagan campaña. Ésa es la propuesta, en lugar de hacer anticampaña y propaganda negra...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Señor diputado, se ha concluido su tiempo. Para hablar en pro de la propuesta hecha por la Junta de Coordinación Política, tiene el uso de la tribuna el diputado Rodrigo Iván Cortés Jiménez, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.El diputado Rodrigo Iván Cortés Jiménez: Con su venia, señor Presidente. La prosapia perredista del compañero Pablo Gómez es muy propia también de su candidato Andrés Manuel. Llamar ``estúpido'', señor, a quien no coincide con lo que usted postula es también como Andrés Manuel llamando ``chachalaca mayor'' al Presidente de la República. Esto coincide perfectamente con la prosapia ``chavista'' que vemos recurrentemente en los medios de comunicación, que se presenta de la misma manera.

    Señores, el día de ayer en esta tribuna recordábamos al Benemérito de las Américas y veíamos que ``Entre los hombres como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz''. Pues señor, Juárez tal vez estaría muy sorprendido de lo que este país ha tenido que aguantar por parte del Gobierno de Venezuela, donde podemos ubicar una vinculación sistemática de injerencismo contra este país. Vemos cómo dos embajadores anteriores han hecho actividades, declaraciones injerencistas. Recordemos en 2004 a Lino Martínez comparando a Hugo Chávez con Andrés Manuel López Obrador. No lo hacemos nosotros, señores; fue el embajador de Venezuela quien lo hizo propugnando porque ese señor estuviera aquí como Presidente. Señores: después de Lino, vino Vladimir Villegas; Vladimir Villegas estuvo presente y participando en un acto de precampaña con Marcelo Ebrard. Aznar, por ejemplo, ¿qué hicimos con lo de Aznar?

    Todos aquí votamos un punto de acuerdo para que eso no ocurriera, para reconvenir a que cualquier persona del extranjero respetara aquí la ley. Señores, ante dos embajadores extranjeros, ante células bolivarianas en más de 20 estados de la República, que están totalmente vinculados con redes ciudadanas de la campaña del PRD y si a esto le sumamos la defensa que hoy sale en los medios de comunicación, del mismísimo Chávez, a Andrés Manuel, tenemos que hacer algo señores. Que se investigue y que pare este injerencismo, que lo que busca es la creación de un nuevo eje, un eje Chávez-Castro-López Obrador. Repudiamos eso. Que se defienda la soberanía de este país y cesen las actividades injerencistas de ustedes, señores...

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Concluya por favor, diputado.El diputado Pablo Gómez Álvarez (desde la curul): Señor Presidente, para alusiones.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia exhorta a las señoras y a los señores diputados a que escuchemos con atención y respeto a nuestros compañeros en uso de la tribuna y que se ajusten invariablemente a su tiempo que esta Presidencia les concede. Para alusiones personales, el diputado Pablo Gómez tiene el uso de la tribuna hasta por tres minutos.El diputado Pablo Gómez Álvarez: Ciudadanas legisladoras, ciudadanos legisladores: reitero que me parece una estupidez de política exterior, no sólo de México sino de cualquier país del tamaño y la importancia de México, suponer que una acción de un gobierno extranjero puede ser importante o decisiva para la elección que va a hacer el pueblo de México. Sí me parece una estupidez. Creo que se ha cometido, en algunas ocasiones, pocas; ésta es una de ellas. Ahora, quiero precisar lo siguiente: los spots de televisión de contrapropagandas es lo que más está deteriorando el clima político y lo que nos debería preocupar, cuando un candidato hace sus spots en televisión en contra de otro, no a favor de él sino en contra de otro. ¡Pues qué nivel de campaña es ése! Por eso digo: en lugar de hacer eso, hagan campaña. Pero se nos acusa de insultar al Presidente. Pregunto: ``víboras'', ``tepocatas'', ``marranadas'', ``zedillín'', ``labestida'', toda esa obra, esa prosapia es de Fox. Bien. Y ahora critican la censura que hace un candidato contra el Presidente de la República que está en campaña a favor de Calderón. Fox combatió a Zedillo porque él decía que estaba en campaña a favor de Labastida. Y hace cosas mucho peores que las que hacía el señor Zedillo.

    Ahora bien, ¿en qué situación estamos? Bueno, que continúe ese debate, pero que los candidatos hagan campaña. Si todo lo que los mueve es que Andrés Manuel no sea Presidente, entonces lo que va a ocurrir es que los que están en contra del PAN tienen que votar por Andrés, los que están en contra del PRI tendrán que votar por Andrés; unidos, PRI y PAN, a favor de Andrés Manuel. Bienvenidos, celebro su torpeza. Pero si quieren cambiar algo, pónganse a hacer campaña, en lugar de estar haciendo propaganda negra y atacando solamente a un candidato que es, justamente, el puntero en las encuestas. Hagan algo, hagan política, defiendan sus posiciones. Eso es lo que deberían hacer si fueran realmente políticos. Es cuanto, señor Presidente. Solicito la votación nominal.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: En su momento, señor diputado; en su momento acordaré lo que proceda, señor diputado. Tiene el uso de la tribuna para hablar en contra, hasta por tres minutos, el diputado Horacio Duarte Olivares.El diputado Horacio Duarte Olivares: Gracias, diputado Presidente. El punto de la discusión el día de hoy tiene que ver exclusivamente con un tema, con un tema que no es el tema Chávez. El tema de la discusión de fondo es la absoluta desesperación, la absoluta desesperación del señor Calderón y del señor Fox frente a lo que se enfila a ser una campaña ganadora y una propuesta de gobierno distinta de la que no pudieron hacer los panistas, que prometieron llevar el cambio.

    Ése es el fondo del miedo, ése es el fondo de presentar un absurdo como el día de hoy porque a los panistas se les olvidó que ya hace un par de días el propio secretario de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto Derbez --que hasta donde recuerdo o hasta donde se sabe intenta o va a ser candidato de su partido--, ha declarado contundentemente que no hay injerencia de ningún gobierno exterior en la campaña electoral mexicana de este año. Y eso se les olvida, y por eso hoy recurren a esta idea de presentar una investigación y vincular a un personaje de otro país con quien va a ser el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y le están faltando al respeto, no sólo al proceso democrático, sino a los millones de mexicanos que en este momento apoyan la propuesta de Andrés Manuel López Obrador.

    Ésa es la realidad, ésa es la verdad porque le están faltando el respeto a más de 40 por ciento de la intención del voto; y eso es lo que les duele, eso es lo que les arde. Eso es lo que no les gusta, y por eso recurren a este aparente punto de acuerdo de investigación, porque en su investigación se van a topar con la realidad. La realidad es que no hay vinculación alguna, más que en su cabeza, más que en su mente, porque están desesperados, frente al triunfo inminente y evidente que tendrá el movimiento democrático nacional el próximo 6 de julio. Lo demás es calentura.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Concluya, señor diputado. (...)

    Tiene el uso de la tribuna para hablar en pro el diputado Pablo Alejo López Núñez, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, hasta por tres minutos.

    El diputado Pablo Alejo López Núñez: Con su venia, diputado Presidente. Tal parece que a algunos compañeros legisladores, y cito a alguien que me antecedió en tribuna, les ha dado por el mal de la Chimoltrufia, cuando dicen una cosa por otra. Hace algunos días, aquí se discutía en tribuna si era o no importante que hubiera intervención de liderazgos y de Presidentes en las campañas políticas, y hubo una condena total por parte de nuestros compañeros perredistas. Me pregunto: ¿qué hay de malo en que hoy se apruebe este punto de acuerdo para que se investigue si existen o no las células que han registrado los medios de comunicación enviadas por Chávez para tratar de operar a favor de un candidato de la izquierda? ¿Por qué se ha dicho aquí que algunas de las autoridades citadas en el punto de acuerdo no tienen facultades de investigar si lo que quisiéramos es que investigáramos todos, todas las instituciones en este país que no ocurran estas injerencias?

    Porque yo les diría, tal vez no leyeron la prensa del día de hoy los diputados del PRD, donde el propio Hugo Chávez está aludiendo y está mencionando que está a favor de un candidato en este país. Señores: aquí lo que quieren ocultar es la similitud que hay entre Chávez, entre el Presidente Chávez y Andrés Manuel López Obrador, una similitud que les molesta, que les preocupa porque estamos ciertos de que Andrés Manuel es igual de déspota e intolerante que Hugo Chávez. Lo vimos los mexicanos, que no nos engañen: en días pasados salió a callar al Presidente; y les digo: no deben en este país los intolerantes callar a nadie.

    En la democracia no se calla a nadie ni se falta el respeto de la manera en que lo ha hecho ese candidato. Aquí nadie se debe callar; ¡yo no me callo! Señor Pablo Gómez, no sea tapadera, no sea tapadera de su candidato ni de Hugo Chávez. Ustedes quieren ocultar que Hugo y Andrés Manuel son iguales. Y eso el pueblo de México no podrá solaparlo ni se dejará engañar. Son iguales, señores. Que se investigue. Estamos a favor del punto de acuerdo; que no haya injerencia extranjera, que no haya células extranjeras y que no haya intolerancia por parte de Hugo Chávez. Muchas gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Como es el espíritu de los coordinadores, voy a solicitar a la Secretaría que consulte si el asunto está suficientemente discutido.

    La Secretaría diputada Patricia Garduño Morales: Sí, señor Presidente. Por instrucciones del Presidente, se pregunta a la Asamblea si el asunto se considera suficientemente discutido.

    Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Está suficientemente discutido.

    El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sonido a la curul del diputado Gutiérrez de la Garza.El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias, diputado Presidente. Para solicitarle si la Secretaría de esta Mesa Directiva da lectura al punto de acuerdo para que quede perfectamente claro qué es lo que estamos votando El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Dé lectura exclusivamente al punto de acuerdo, señora secretaria.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Sí, señor Presidente: ``Se exhorta al Instituto Federal Electoral, a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República a que investiguen la presunta injerencia del Gobierno de Venezuela en México a favor de la candidatura de Andrés Manuel López Obrador y su vinculación con grupos subversivos''. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Diputado Pablo Gómez: con relación a su solicitud de votación nominal, ¿quiénes lo apoyan? Esta Presidencia ordena que se abra el registro electrónico para votar la proposición, en el entendido, señoras y señores legisladores, de que a favor sería como está hecha la propuesta de la Junta de Coordinación y en contra sería rechazándola. Ruego a la Secretaría que ordene que se abra el registro electrónico, para recabar la votación en la forma y los términos en que la ha planteado esta Presidencia, por cinco minutos.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para recabar la votación del punto de acuerdo. (...)

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se encuentran en el recinto diputados de la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Latinoamericano: de Uruguay, el diputado Jorge Patrone y el diputado Juan Carlos Souza; de Venezuela, el diputado José Gregorio Hernández y el diputado Vidal Cisneros; y de Bolivia, el senador Omar Fernández. Todos ellos, invitados por nuestro compañero y compañera diputados Beatriz Mojica Morga y Miguel Luna. Señores parlamentarios, sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados, y que su estancia en nuestro país sea grata.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ciérrese el sistema electrónico. De viva voz:

    La diputada María Sara Rocha Medina (desde la curul): A favor.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Gracias, diputada. Señor Presidente: se emitieron 282 votos en pro, 74 en contra y 0 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se aprueba la proposición por 282 votos a favor. Ruego a la Secretaría que dé lectura a un comunicado que nos ha llegado del diputado Herrera León.


    DIPUTADO QUE SE REINCORPORA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Dip. Marcela González Salas y Petricioli, Presidenta de la honorable Cámara de Diputados.--- Presente.

    El suscrito Francisco Herrera León, diputado federal por el estado de Tabasco, en relación al oficio de fecha del 16 de marzo próximo pasado, donde solicito licencia temporal, con el objeto de atender asuntos de carácter personal, informo a usted que a partir de esta fecha me reincorporo a mis funciones legislativas por el primer distrito del estado de Tabasco.

    Atentamente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.--- Dip. Francisco Herrera León (rúbrica).»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: De enterado.
    LEY DE AVIACION CIVIL - LEY DE AEROPUERTOS
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6 de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos

    HONORABLE ASAMBLEA

    A las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, les fue turnada el día 28 de abril de 2005, para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto por el que Reforman los artículos 6 de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos, presentada por el Senador Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 16 de marzo de 2005.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 56, 60, 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea el presente

    DICTAMEN

    ANTECEDENTES

    1) Con fecha 28 de abril de 2005, se presento ante el pleno de la H. Cámara de Diputados mediante oficio de la Cámara de Senadores la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 6 de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos.

    2) Con esa misma fecha, la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados recibió y turnó el citado Proyecto de Decreto a las COMISIONES UNIDAS DE COMUNICACIONES Y DE TRANSPORTES, de este órgano legislativo, para su estudio y elaboración del correspondiente dictamen.

    CONSIDERACIONES

    Las que Dictaminan consideran adecuadas las modificaciones y adiciones aprobadas por la Colegisladora, en el sentido de que la aviación debe entenderse como un instrumento estratégico para la actividad económica en el país, por lo que es necesario implementar políticas dirigida a incrementar su desarrollo.

    Es evidente que la burocracia responsable de la tramitología de vuelos en el espacio aéreo nacional, constituye una barrera para el desarrollo de este importante sector, es claro también que han existido importantes avances en los últimos años, siendo estos insuficientes ante la magnitud del rezago, por lo que el reducir la tramitología relativa a los planes de vuelo, a través del uso de medios de comunicación ágiles y con tecnologías hoy ampliamente utilizadas, constituye un elemento importante de simplificación, que no se traduce en tener menos control por parte de la autoridad y contribuye de manera importante a agilizar la relación entre el usuario y la autoridad.

    Por lo que hace a la modificación propuesta para la Ley de Aviación Civil, que establece la afirmativa ficta en tratándose de la autorización de permisos para la autorización, explotación y en su caso para la construcción de aeródromos civiles distintos a los aeropuertos, constituye un estímulo al desarrollo de la aviación, que a su vez otorga mayor seguridad a los usuarios y dota de mayor certidumbre jurídica a quien solicita algún permiso.

    Asimismo, dicha modificación constituye un importante paso para contar con un registro nacional de aeródromos que otorgará a la autoridad mayores instrumentos de supervisión, contribuyendo así al combate frontal de actividades ilícitas.

    En atención a lo señalado en los párrafos que anteceden, las que dictaminan estiman procedente la modificación de la fracción XV del artículo 6 de la Ley de Aviación Civil, así como la del párrafo último del artículo 18 de la Ley de Aeropuertos, en los términos en la Minuta en estudio.

    Por técnica legislativa y jurídica es necesario incluir en el presente decreto en análisis, el articulado del mismo donde se señale cual es la modificación, y/o adición al artículo de que se trate, por lo que se incluyen los artículos Primero y Segundo del Decreto, en consecuencia de devuelve al Senado de la Republica el presente Decreto, para los efectos del inciso E) del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de estas Comisiones Unidas sometemos a la consideración del Pleno de esta honorable Asamblea, el siguiente:

    PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 6 DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y 18 DE LA LEY DE AEROPUERTOS.

    Artículo Primero. Se adiciona la fracción XV, al artículo 6 pasando la actual XV a ser XVI de la Ley de Aviación Civil, para quedar como sigue:

    Artículo 6. ...

    I. a XIV. ...

    XV. Aprobar el plan de vuelo que previamente el operador presentará por escrito o transmitirá por vía telefónica, interfono, frecuencia de radiocomunicación aeronáutica establecida o cualquier otro medio electrónico, conforme a las disposiciones administrativas que para tales efectos sean expedidas, y

    XVI. Las demás que señalen esta Ley y otros ordenamientos aplicables.

    ...

    Artículo Segundo. Se reforma el segundo párrafo y se adiciona un tercer párrafo al artículo 18 de la Ley de Aeropuertos, para quedar como sigue:

    Artículo 18. ...

    I. y II. ...

    La resolución de la Secretaría sobre el otorgamiento de permisos, deberá emitirse en un plazo que no exceda de noventa días naturales, contados a partir de aquel en que se hubiere presentado la solicitud debidamente integrada; tratándose de aeródromos de servicio particular, una vez transcurrido dicho plazo se considerará autorizado el permiso si la Secretaría no hubiere comunicado resolución alguna al promovente; el permiso se entenderá otorgado por diez años.

    Cuando la Secretaría resuelva negativamente sobre el otorgamiento de un permiso, ésta contará con 30 días naturales posteriores a la fecha de la resolución, para remitir al promovente un documento explicativo sobre los motivos para la negación del permiso.

    TRANSITORIO

    Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en la Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a los 30 días del mes de agosto de 2005.

    Por la Comisión de Comunicaciones, diputados: Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), Presidente; Jesús Aguilar Bueno (rúbrica), Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica), secretario; Federico Döring Casar, secretario; José Julián Sacramento Garza (rúbrica), secretario; Sergio Augusto Magaña Martínez (rúbrica), secretario; Jorge Legorreta ORdorica (rúbrica), secretario; Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), secretario; Pedro Ávila Nevárez (rúbrica), Juan Bustillos Montalvo, Julio César Córdova Martínez (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), Javier Alejandro Galván Guerrero (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Jesús Humberto Martínez de la Cruz, Alejandro Ismael Murat Hinojosa (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Gonzalo Rodríguez Anaya (rúbrica), Erick Agustín Silva Santos (rúbrica), Sheyla Fabiola Aragón Cortés, Rómulo Cárdenas Vélez, Javier Castelo Parada, Manuel Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Reyes, Francisco Isaías Lemus Muñoz Ledo, Rubén Alfredo Torres Zavala, Tomás Cruz Martínez (rúbrica), José Luis Medina Lizalde (rúbrica), Beatriz Mojica Morga, Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica).

    Por la Comisión de Transportes, diputados: Francisco Juan Ávila Camberos (rúbrica), Presidente; Renato Sandoval Franco (rúbrica), José Carmen Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), José Rubén Figueroa Smutny (rúbrica), Gelacio Montiel Fuentes (rúbrica), secretarios; Baruch Alberto Barrera Zurita (rúbrica), Sebastián Calderón Centeno, Alfredo Fernández Moreno (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Diego Palmero Andrade (rúbrica), José Orlando Pérez Moguel (rúbrica), Salvador Vega Casillas (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Valentín González Bautista (rúbrica), Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica), Juan Pérez Medina (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Roger David Alcocer García (rúbrica), Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Felipe Medina Santos (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Rómulo Isael Salazar Macías (rúbrica), Érick Agustín Silva Santos (rúbrica), Adrián Villagómez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia (rúbrica), José Javier Villicaña Jiménez (rúbrica), Gustavo Zanatta Gasperín (rúbrica), Fernando Espino Arévalo.»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia no tiene oradores registrados; en consecuencia, se considera suficientemente discutido en lo general. Y para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular. No habiendo oradores registrados, se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de este decreto.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del decreto. (...)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Diputado Presidente: se emitieron 348 en pro, 2 abstenciones y 2 en contra.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular con 348 votos, el proyecto de decreto que reforma los artículos 6 de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos; se devuelve al Senado, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    LEY DE GAS NATURAL DE PROCESO, AMONIACO Y FERTILIZANTES NITROGENADOS
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente. Se dispensa la lectura.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados

    HONORABLE ASAMBLEA:

    A las Comisiones Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, les fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa de Decreto que Expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco, y Fertilizantes Nitrogenados presentada por el Diputado Cruz López Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 26 de mayo de 2004.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a estas Comisiones de Energía y de Agricultura y Ganadería corresponde dictaminar la presente iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados a partir de los siguientes:

    ANTECEDENTESA. El pasado 26 de mayo de 2004, el Diputado Cruz López Aguilar, con la facultad que le otorga el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la Iniciativa con proyecto de Decreto que expide la Ley de Gas natural de Proceso, Amoniaco, y Fertilizantes Nitrogenados que permita la unificación rentable de esta cadena productiva en beneficio de las actividades agrícolas, pecuarias y forestales del país.

    B. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la mencionada Iniciativa para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Energía y Ganadería.

    Las Comisiones Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería realizaron un detallado análisis del documento, y un proceso de consulta con el Ejecutivo Federal y con los diversos actores de la sociedad rural, así como los productores de fertilizantes, encaminado a mejorar la Iniciativa y obtener el consenso de los actores involucrados en el tema.

    Se realizó una gira de trabajo en las instalaciones de producción de amoniaco y la industria de los fertilizantes de donde se desprendió la necesidad de presentar la referida iniciativa en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión durante el segundo periodo de receso del mismo, por lo que una vez turnada a las Comisiones de Energía y de Agricultura y Ganadería se remitió a los legisladores y a las organizaciones de productores, para hacer llegar a estas Comisiones dictaminadoras sus opiniones, sugerencias y propuestas para integrarlas al presente proyecto de dictamen.

    Con base en lo anterior, los integrantes de ambas Comisiones dictaminadoras formulamos las siguientes:

    CONSIDERACIONES

    Que el campo se encuentra en condiciones de rezago económico, social y tecnológico ante una situación de enorme competencia en los mercados globalizados y una población en condiciones de pobreza.

    Que la aportación del sector rural al producto interno bruto es cada año menor y que los cambios derivados de la globalización requieren que el Estado Mexicano emprenda acciones encaminadas a fortalecer la competitividad de los productores mexicanos.

    Que el gas natural y el amoniaco, por ser bienes susceptibles de comercio internacional producidos por Entidades Paraestatales, fijan su precio con base en la referencia internacional de acuerdo con lo previsto en el Artículo 26 fracción I del Reglamento de la Ley de Entidades Paraestatales vigente.

    Que el gas natural es la materia prima para la síntesis del amoniaco por lo que existe una correlación directa en el precio internacional de ambos productos y dichos precios internacionales así como los correspondientes contratos de cobertura de los mismos en las bolsas de futuros son altamente volátiles, lo que genera incertidumbre en los planes de negocios de las actividades en las cuales participan.

    Que en la actualidad el gas natural tiene una aplicación general y una específica. La aplicación general es como combustible para la generación de energía eléctrica y para muchas industrias entre las que destacan las del acero, cemento, vidrio y cerámica. La aplicación específica, es exclusiva para la síntesis del amoniaco, en la que el 60% del gas natural empleado se utiliza como fuente de metano para la reacción química correspondiente y no como combustible, por lo que para este propósito, se le designa como gas natural de proceso.

    Que al no existir actualmente un mecanismo de diferenciación entre el gas natural en su aplicación general como combustible y el gas natural de proceso, el precio internacional que aplica para ambos, ha hecho incosteable la producción de amoniaco, por lo que en la actualidad, la infraestructura nacional para la síntesis de este producto sólo se utiliza en menos del 25% de su capacidad instalada, no obstante las inversiones realizadas para hacerla más eficiente respecto al menos consumo de gas natural de proceso.

    Que el amoniaco es un insumo de gran importancia para la productividad agropecuaria, tanto en su aplicación directa, como a través de su transformación en otros fertilizantes nitrogenados, por lo que resulta evidente que los precios del amoniaco repercuten directamente en el incremento de los costos de producción de los demás fertilizantes nitrogenados.

    Que la pérdida de rentabilidad de la industria de los fertilizantes químicos derivada de los altos precios del amoniaco, ha ocasionado que la infraestructura nacional para la fabricación de estos productos sólo opera en un 30% de su capacidad instalada con la consecuente pérdida de empleos.

    Que ante la producción nacional deficitaria de fertilizantes nitrogenados, se importan actualmente 2.75 millones de toneladas anuales de estos productos, sin embargo, los altos costos de importación y distribución de los mismos, han ocasionado una disminución en su aplicación anual de 800 mil toneladas durante el último lustro, con la consecuente merma en los rendimientos, productividad, rentabilidad y competitividad de la agricultura mexicana.

    Que el amoniaco y los fertilizantes nitrogenados que derivan del mismo, constituyen insumos básicos para la productividad de las actividades agrícola, pecuaria y forestal e influyen en forma significativa en los costos de producción de los productos agrícolas y por tanto en la rentabilidad y competitividad de la agricultura nacional.

    Que en el numeral 41 del Acuerdo Nacional para el Campo, se establece la necesidad de incluir al amoniaco, junto con el diesel agropecuario y la gasolina para pesca ribereña, como uno de los productos estratégicos que debiesen estar sujetos por ley a precios de estímulo que se establezcan para los beneficiarios a través de sus volúmenes de consumo agropecuario.

    Que en tanto que el diesel y la gasolina ya han sido incluidos, junto con la energía eléctrica, en los precios y tarifas de estímulo previstos en la Ley de Energía para el Campo y su Reglamento vigentes, para el amoniaco y los fertilizantes nitrogenados prevalecen las condiciones de un mercado volátil y precios que los hacen de difícil acceso para los productores agropecuarios nacionales.

    Que la diferenciación legal del gas natural como fuente de metano para su uso como materia prima en la síntesis de amoniaco, requiere del establecimiento de un precio de estímulo del gas natural de proceso para la elaboración de cantidades adecuadas de amoniaco dedicadas a satisfacer las necesidades de consumo directo como materia prima para la producción de fertilizantes nitrogenados.

    Que el volumen de gas natural de proceso, necesario para la reactivación de la capacidad instalada nacional para la síntesis de amoniaco, representa el 6% del consumo nacional de gas natural como combustible, por lo que los volúmenes de gas natural de proceso que se utilicen para este propósito no ocasionarán presiones presupuestarias excesivas ni menoscabo a las actividades industriales que utilizan al gas natural como combustible, al tiempo que serán de gran beneficio para la actividad agropecuaria nacional.

    Que en la síntesis del amoniaco, el 60% del gas natural utilizado constituye gas natural de proceso, volumen que estará sujeto a los precios de estímulo, el 40% restante del volumen de gas natural utilizado como combustible en la propia síntesis del amoniaco, quedará sujeto al precio de referencia internacional con objeto de no generar competencia desleal en los costos energéticos entre las industrias que utilizan gas natural como combustible.

    Que es de interés colectivo la reactivación de la producción de amoniaco y fertilizantes nitrogenados en México para incrementar los rendimientos, la productividad, rentabilidad y competitividad de la producción agrícola, pecuaria y forestal del país, revertir la dependencia en las importaciones de esos productos y la consecuente fuga de divisas por ese concepto, y para rescatar las fuentes de trabajo y capacidad instalada para la producción de amoniaco y fertilizantes nitrogenados.

    Que los grupos parlamentarios integrantes de las Comisiones dictaminadoras consideran que para hacer viable la función productiva en el campo se necesita reducir los costos de producción de tal manera de dar una respuesta integral a la problemática del campo mexicano.

    Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería, integradas de manera plural por los miembros de los diferentes grupos parlamentarios de los partidos políticos representados en la LIX Legislatura, hemos tenido a bien emitir el siguiente dictamen en sentido positivo con modificaciones, por lo que sometemos al Pleno de esta Cámara de Diputados el siguiente

    ARTÍCULO ÚNICO: Se expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados

    LEY DE GAS NATURAL DE PROCESO, AMONIACO Y FERTILIZANTES NITROGENADOS

    CAPÍTULO PRIMERO Del objeto y Aplicación de la Ley

    Artículo 1º.- La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, 27 fracción XX y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y es de observancia general en toda la República Mexicana.

    Sus disposiciones son de orden público y están dirigidas a coadyuvar al desarrollo agropecuario y forestal del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad como medidas de apoyo tendientes al acceso a los fertilizantes químicos como insumos básicos, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    La aplicación de esta Ley corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    Artículo 2º.- Son sujetos de esta Ley las empresas y organismos públicos que utilicen gas natural para la fabricación de amoniaco destinado a su aplicación agrícola directa o para la fabricación de fertilizantes nitrogenados; así como los fabricantes de amoniaco, fabricantes y distribuidores de fertilizantes nitrogenados establecidos en el territorio nacional, los ejidos, comunidades, las organizaciones o asociaciones de carácter nacional, estatal, regional, distrital, municipal o comunitario de productores del medio rural, que se constituyan o estén constituidas de conformidad con las leyes vigentes y, en general, toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice preponderantemente actividades en el medio rural.

    Artículo 3º.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:

    I. Actividades Agropecuarias y Forestales: Los procesos productivos primarios basados en recursos naturales renovables de agricultura, producción animal y silvicultura;

    II. Gas Natural de Proceso: El gas natural utilizado como fuente de metano en la síntesis de amoniaco.

    III. Amoniaco de Aplicación Directa: El amoniaco de uso agrícola directo que aplique cada sujeto previsto en el Artículo 2º de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

    IV. Amoniaco para Fertilizantes Nitrogenados: amoniaco utilizado como materia prima en la fabricación de fertilizantes nitrogenados de uso agropecuario;

    V. Fertilizantes Nitrogenados: Los fertilizantes nitrogenados de uso agropecuario que se establezca para cada beneficiario previsto en el artículo 2º de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

    VI. Fabricantes de Fertilizantes Nitrogenados: Son los productores de fertilizantes nitrogenados que utilizan el amoniaco como materia prima;

    VII. Clases de Fertilizantes Nitrogenados: Son la urea, el nitrato de amonio, las soluciones nitrogenadas de urea y nitrato de amonio (UAN), el sulfato de amonio, el fosfato diamónico (DAP), el fosfato monoamónico (MAP) y los fosfatos de amonio y potasio (NPKs);

    VIII. Ley: La Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados;

    IX. Precios de Estímulo: Los precios del gas natural de proceso y del amoniaco para fertilizantes nitrogenados cuyo propósito es estimular la fabricación de amoniaco y fertilizantes nitrogenados; y su uso en las actividades agropecuarias y forestales nacionales en los términos de esta Ley y su Reglamento;

    X. Precios máximos: Los precios máximos de venta del amoniaco de aplicación directa y de los fertilizantes nitrogenados, y

    XI. Programa: El Programa Anual de la Cadena Productiva de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados.

    CAPÍTULO SEGUNDO Del Programa

    Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo Federal establecerá el Programa en el que se incluirán los precios de estímulo y los precios máximos.

    El Programa deberá contener los principios generales bajo los cuales se otorgarán los beneficios que establecen esta ley y su reglamento, incluyendo las modalidades de temporalidad, sujetos, objeto y fiscalización. Asimismo, deberá contener los mecanismos y disposiciones que aseguren que los beneficios de esta Ley se trasladen íntegramente en precios de estímulo del amoniaco y fertilizantes nitrogenados a los sujetos previstos en el artículo 2º de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre los cuales tendrán preferencia los productores de menores ingresos.

    Para cada ejercicio fiscal, el proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, deberá incluir una partida específica para resarcirle a PEMEX Exploración y Producción, la cantidad que resulte de multiplicar la diferencia entre el precio de mercado y el precio de estímulo del gas natural de proceso, por el volumen de gas natural de proceso considerado en el Programa.

    Los precios de estímulo estarán sujetos a las necesidades de cada ejercicio fiscal.

    Artículo 5º.- Los precios de estímulo que se otorguen a los sujetos establecidos en el artículo 2º de la presente ley impulsarán la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias y forestales.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 31 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Energía, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, establecerá los precios de estímulo del gas natural de proceso y amoniaco para fertilizantes nitrogenados, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional.

    Los precios de estímulo que se autoricen para la fabricación de amoniaco y fertilizantes nitrogenados y para las diferentes actividades agropecuarias, serán iguales para todos los productores del país.

    La Secretaría de Economía, con fundamento en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Energía y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación fijará los precios máximos de venta del amoniaco de aplicación directa y fertilizantes nitrogenados. Estos precios serán establecidos anualmente considerando criterios de eficiencia y competitividad.

    Para efecto del pago del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos a que se refiere la Ley Federal de Derechos, el valor anual de los volúmenes correspondientes al gas natural de proceso determinados en el Programa, se obtendrá como resultado de multiplicar dicho volumen de gas natural por el precio de estimulo establecido en el Programa para el mismo ejercicio fiscal.

    Artículo 6º.- Los volúmenes de gas natural de proceso, amoniaco de aplicación directa, amoniaco para fertilizantes nitrogenados y fertilizantes nitrogenados, se fijarán de acuerdo con las disposiciones que establezcan la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Programa respectivo; con la opinión de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Energía.

    El volumen anual de gas natural de proceso se establecerá de acuerdo con:

    I. La capacidad instalada de síntesis de los productores de amoniaco de aplicación directa y de amoniaco para fertilizantes nitrogenados en sus diferentes clases;

    II. Las necesidades estimadas de los beneficiarios de amoniaco de aplicación directa;

    III. Las necesidades estimadas de los fabricantes de fertilizantes nitrogenados; y

    IV. La demanda de los productores agropecuarios nacionales.

    El volumen de amoniaco de aplicación directa y de los fertilizantes nitrogenados entregados a los beneficiarios será congruente con los objetivos y metas del Programa que deberán significar mejores resultados en la productividad del sector y establecerá por parte de los beneficiarios un compromiso de mayor eficacia productiva. Los requisitos de esta entrega serán establecidos en el Programa que para tal efecto emita la propia Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    El Programa deberá armonizarse con los programas y acciones orientadas a incentivar la producción de los fertilizantes de origen biológico y prácticas sustentables. En concordancia con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

    Artículo 7º.- Los volúmenes a los que se refiere al Artículo 6º de esta Ley, se otorgarán previo dictamen de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y se utilizarán exclusivamente en:

    I. Fabricación de amoniaco para uso agrícola directo y como materia prima para fabricar fertilizantes nitrogenados;

    II. Aplicación directa de amoniaco para la fertilización de terrenos agrícolas y ganaderos;

    III. Fabricación de fertilizantes nitrogenados a partir de amoniaco;

    IV. Aplicación de fertilizantes nitrogenados para mejorar los terrenos agrícolas y de agostadero incluyendo la urea empleada en la alimentación animal; y

    V. Las demás actividades que establezca la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través del Reglamento.

    Artículo 8.- La evaluación de los resultados del Programa estará a cargo de las Secretarías participantes, considerando la opinión del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y tiene por objeto revisar periódicamente el cumplimiento del objetivo, de las metas y de las acciones del Programa para corregirlas, modificarlas, adicionarlas, reorientarlas o suspenderlas total o parcialmente.

    Artículo 9º.- En el Reglamento se establecerán los mecanismos de supervisión y verificación de la presente Ley.

    CAPÍTULO TERCERO De los Requisitos y Obligaciones de los Beneficiarios

    Artículo 10º.- Se considera la infraestructura productiva y la capacidad instalada de síntesis y declaradas como partes accesorias e indivisibles para cada fabricante; por lo que la transmisión del uso o posesión de dicha capacidad instalada deberá hacerse conjuntamente con los derechos del beneficiario. Para tal efecto, la transmisión del uso o posesión de la infraestructura de fabricación, deberá notificarse a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    Artículo 11º.- Los sujetos beneficiarios del Programa, deberán cumplir las condiciones, trámites y requisitos que establezcan el Reglamento de esta Ley y el Programa correspondiente.

    CAPÍTULO CUARTO De la Infracciones y Sanciones

    Artículo 12º.- Son infracciones a la presente Ley:

    I. El desvío de los volúmenes de gas natural de proceso, amoniaco de aplicación directa, amoniaco para fertilizantes nitrogenados y fertilizantes nitrogenados para fines distintos a los establecidos en el artículo 7º de esta ley;

    II. La exportación de los volúmenes de gas natural de proceso, de amoniaco de aplicación directa, amoniaco para fertilizantes nitrogenados y fertilizantes nitrogenados objeto de esta Ley;

    III. No trasladar los beneficios obtenidos por el volumen autorizado al precio de estímulo al siguiente eslabón de la cadena productiva incluyendo a los usuarios finales;

    IV. La presentación ante las autoridades de documentación falsa con el objeto de obtener los beneficios a que se refiere esta ley;

    V. El incumplimiento de las medidas establecidas por la autoridad en el otorgamiento de los volúmenes, y

    VI. La comercialización a precios mayores a los precios máximos establecidos en el Programa.

    Artículo 13º.- Las infracciones señaladas en el artículo 12 de esta Ley se sancionarán con una o más de las siguientes sanciones:

    I. Multa equivalente de mil a quince mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal;

    II. La pérdida definitiva de la calidad de beneficiario;

    III. Resarcir el monto que corresponda al volumen fijado en su beneficio, y

    IV. Clausura temporal o definitiva de las instalaciones declaradas para la obtención del beneficio.

    Las sanciones administrativas establecidas en los párrafos que anteceden se aplicarán sin perjuicio, en su caso, de las penas que correspondan cuando los actos u omisiones constitutivos de infracciones a esta Ley, sean también constitutivos de delito conforme a las disposiciones aplicables al Código Penal Federal.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2007.

    SEGUNDO.- El Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento de esta Ley y los Lineamientos del Programa de la Cadena Productiva de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados dentro de los 60 días hábiles a la entrada en vigor de esta Ley.

    TERCERO. La primera evaluación a que se refiere el artículo 8º de la presente ley deberá llevarse a cabo al término del primer año de la aplicación del Programa.

    Por la Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), Diego Palmero Andrade, Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretarios; Julián Nazar Morales, Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Heriberto Ortega Ramírez (licencia s/s), Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), Lamberto Díaz Nieblas (licencia s/s), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Javier Castelo Parada (rúbrica), José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Edith Guillén Zárate, Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica).

    Por la Comisión de Energía, diputados: Manuel Enrique Ovalle Araiza, Presidente; Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Adrián Villagómez García (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez, Francisco J. Carrillo Soberón, Cuauhtémoc Ochoa Fernández (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica secretarios); Víctor M. Alcérreca Sánchez, Norma Patricia Saucedo Moreno (rúbrica), Rosa María Avilés Nájera, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), Hidalgo Contreras Covarrubias, José Antonio Pablo de la Vega Asmitia (rúbrica), Josefina Cota Cota, Carmen Guadalupe Fonz Sáenz (rúbrica), Óscar González Yáñez, Francisco Herrera León (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez, Julio Horacio Lujambio Moreno, Jorge Martínez Ramos, José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Carla Rochín Nieto (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Francisco J. Rojas Gutiérrez, Yadira Serrano Crespo, Miguel Angel Toscano Velasco.»

    Es de segunda lectura.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Esta Presidencia no tiene orador registrado por parte de la comisión para fundamentar el dictamen. En consecuencia, está a discusión en lo general... Sí, diputada Rosa María Avilés Nájera.La diputada Rosa María Avilés Nájera (desde la curul): Pedí la palabra para hablar en contra.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: La tengo registrada, diputada. Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general los siguientes oradores: en contra, la diputada Rosa María Avilés Nájera, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática; y en pro, el diputado Javier Castelo Parada, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional. En consecuencia, tiene usted el uso de la tribuna la diputada Rosa María Avilés Nájera, hasta por cinco minutos, para hablar en contra.La diputada Rosa María Avilés Nájera: Con su venia, señor Presidente. Desde una perspectiva formal, la iniciativa de ley en comento, por su naturaleza y objetivos, corresponde más a un programa de gobierno, a una política pública precisa que a una ley de carácter general. De hecho, la aprobación del dictamen implicaría la obligación, por parte del Poder Ejecutivo, por un lapso indefinido de establecer los llamados ``precios de estímulo'' para la fabricación de amoniaco y fertilizantes nitrogenados. Estos precios resultarían, en última instancia, de aplicar un subsidio al precio de mercado del gas natural, que tendría dos componentes: uno, un subsidio directo a Pemex para resarcir la pérdida comercial que implicaría, en virtud de que somos un país importador de gas natural, comprar el energético a un precio más alto del que lo vendería; y, dos, una exención fiscal consistente en calcular el valor anual del gas de proceso sobre la base del precio de estímulo y no del precio de mercado, que refleja el costo de oportunidad.

    Además de su indefinición temporal, estos subsidios propiciarían un incremento de las importaciones de gas natural y, por ende, del precio del mismo, lo que implicaría un diferencial creciente entre el precio del mercado y el de estímulo. Por otra parte, el artículo 28 constitucional, en el párrafo tercero, señala: ``Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios.

    La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses. Esto significa que a quien se puede apoyar con precios máximos es al consumidor final y no a los productores de bienes, menos aún a los distribuidores intermediarios.

    Pero más allá de la discusión formal, la iniciativa refleja un planteamiento muy parcial para impulsar un desarrollo sustentable de la actividad agropecuaria o incluso de la mera industria de fertilizantes en el país porque no se inscribe en el ámbito de una política integral para el desarrollo rural, ni mucho menos lo hace en el marco de una política energética de la misma naturaleza. Plantea beneficiar solamente la producción de fertilizantes nitrogenados, dejando de lado los plásticos y los fosfóricos.

    Si bien los primeros son los de mayor uso, los otros son también indispensables para el campo. Si bien se habla de que el programa que se crearía ad hoc para la aplicación de la ley contendría elementos de fiscalización, nada garantiza que, efectivamente, los beneficios del programa se trasladen de manera íntegra y efectiva a los productores rurales, en particular a los que más lo necesitan. En buena medida, el monto y traslado del subsidio a los productores rurales dependerán de la capacidad de cabildeo que tengan éstos ante el Ejecutivo federal para el establecimiento de los precios de estímulo y de los precios máximos. Que dichos precios dependan de una negociación compleja, implicando actores cuyo interés fundamental no necesariamente sería el incremento de la productividad agropecuaria, abre la puerta para beneficiar solamente o en mayor medida los eslabones de la cadena productiva vinculados a la producción y distribución privadas.

    Más aún, la iniciativa lleva implícita la gran paradoja de que, conforme el precio máximo del amoniaco de uso directo y de los fertilizantes nitrogenados tiende a garantizar el traslado del beneficio a los productores rurales, en la misma medida tenderá a incentivar el desvío del gas para fines distintos de los previstos en la ley. Para nosotros, más que de una ley que linda en la invasión de facultades constitucionales del Ejecutivo, el impulso efectivo de la actividad agropecuaria debe venir de la decisión del Estado en su conjunto para fortalecer la capacidad nacional de producción de fertilizantes, a partir de propiciar la integración vertical de la cadena productiva gas natural-amoniaco-fertilizantes, con base en el relanzamiento de la capacidad instalada de Pemex.

    En ese caso sí podríamos garantizar que los esfuerzos fiscales y presupuestales se trasladaran al productor rural y no implicaran una apropiación indebida de subsidios por parte de intereses particulares. Por eso y otros argumentos que por falta de tiempo no es posible mencionar en esta tribuna, el grupo parlamentario del PRD votará en contra. Gracias, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias, compañera diputada. Tiene el uso de la tribuna el diputado Javier Castelo Parada --y rectifico: de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional--, hasta por cinco minutos, para hablar en pro.El diputado Javier Castelo Parada: Con su permiso, diputado Presidente; honorable Asamblea: les solicito, amigas y amigos diputados, su voto a favor del dictamen sobre la iniciativa de Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados. ¿Por qué es conveniente aprobar esta iniciativa? El sector de la economía más golpeado con la aprobación del Tratado de Libre Comercio ha sido, desde 1994, el sector agropecuario. Y aquí me referiré al sector agrícola, y muy específicamente al que produce maíz, sorgo, trigo, caña de azúcar, café, frijol, arroz, cebada, etcétera. Con frecuencia se cuestiona por quienes no están familiarizados con el campo por qué tanto subsidio a los campesinos.

    La respuesta es ésta: al entrar México en el Tratado de Libre Comercio, nos llevaron, a los productores agrícolas, a competir con productores de otros países cuyos gobiernos destinan montos extraordinarios de subsidios para sus productores agropecuarios; y en esas condiciones estamos en desventaja. Hay razones para apoyar a los productores agrícolas. ¿Cuáles? Los mayores costos de nuestros insumos agrícolas: fertilizante, energía, diesel, intereses, incluso la maquinaria. Hay quienes piensan que a nuestros productores les falta ser más productivos, obtener rendimientos por hectárea más altos. Permítanme decirles: los productores con capacidad para invertir todo lo que el cultivo requiere logran rendimientos iguales o superiores a los de otros productores internacionales.

    Los dos factores que impactan más en la producción agrícola son semillas mejoradas y fertilizantes suficientes. ¿Saben cuánto, amigas y amigos, se han encarecido los fertilizantes nitrogenados en México en los últimos tres ciclos agrícolas? El amoniaco 125 por ciento, la urea 88 por ciento. ¿Qué consecuencias negativas tiene el alza del costo de los fertilizantes? Que se dejan de aplicar o se aplican en cantidades menores que las requeridas, con la consiguiente reducción de rendimiento.

    Hoy, en este 2006, nuevamente vuelven los productores a salir a la calle con su maquinaria en búsqueda de apoyos económicos que compensen el alza desmedida del costo de sus insumos, sobre todo en fertilizantes. Esto, debido a que el Programa de Ingreso Objetivo no toma en cuenta el incremento de costos de producción. Los productores de trigo de Sonora tomaron una caseta de peaje. En abril saldrán a la calle y carreteras los productores de maíz de Sinaloa, y poco después saldrán los productores de sorgo de Tamaulipas. La iniciativa que pedimos que apoyen busca que se venda gas natural a los industriales como materia prima para la producción de fertilizantes a precio subsidiado, con el fin de que el productor compre fertilizantes a precios iguales que los internacionales.

    Está previsto en la iniciativa que el beneficio por el subsidio lo reciban los campesinos, no los intermediarios. Se dice que importamos 20 por ciento del gas natural que se consume en México. Nosotros respondemos: se importa 75 por ciento de los fertilizantes nitrogenados utilizados en el país. México como país se beneficia al haber ahorro de divisas; se generará empleo al aumentar la capacidad de producción de las industrias; el fisco recaudará más por los impuestos que paguen las industrias... pero la principal motivación es que nuestros campesinos compren los fertilizantes a precios menores y, al aplicarlos en cantidades adecuadas, incrementen la producción y reduzcan las importaciones. Por México y nuestros campesinos, les pido apoyar esta iniciativa. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Gracias, señor diputado. Para hablar en contra tiene el uso de la palabra el diputado Alfonso Ramírez Cuellar, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.El diputado Alfonso Ramírez Cuéllar: Muchas gracias, señor Presidente. Hace algunas semanas se integró un consenso prácticamente de todos los grupos parlamentarios en la Comisión de Presupuesto. Y ahí llegamos a una conclusión: todas las iniciativas de ley que se presentaran que implicaran costos fiscales deberían estar acompañadas del monto de los recursos que costaría ese tipo de disposición legal y, también, deberían estar acompañadas de los recortes necesarios para poder financiarlas, señalando con mucha claridad los rubros que sufrirían esos recortes. Ahora estamos en la discusión de una ley que tiene un costo fiscal y que implica necesariamente un recorte presupuestario. El problema de esta ley es que no señala el monto del costo fiscal ni señala el lugar o el programa o los rubros que van a ser afectados con esta disposición que estamos en estos momentos discutiendo. Solamente quiero señalar la incongruencia de los diputados del PAN, y también de muchos diputados del PRI, de primero aprobar una serie de requisitos y de normas para la presentación de leyes y para la aprobación de las mismas y ahorita venir a señalarnos que son bondadosas, sin precisar el lugar de donde vamos a sacar esos recursos financieros.

    El otro problema que le veo, compañeras y compañeros, es que hay el peligro de que estemos elevando a rango de ley un subsidio a empresas privadas. Es decir, establecer la obligatoriedad en el decreto de Presupuesto por un tiempo indefinido para que empresas privadas productoras de fertilizantes tengan la posibilidad de contar con estímulos y con un precio de gas natural mucho más barato que el resto de las industrias del país. ¿Por qué elevar a rango de ley un subsidio a una empresa privada cuando tenemos la oportunidad, si en realidad queremos beneficiar directamente a los consumidores, en este caso a los productores agropecuarios, de ponerlo en el decreto de Presupuesto para que establezcamos ahí las reglas de operación convenientes, de tal manera que sean los agricultores de menores recursos los que se vean beneficiados?

    Si ustedes revisan con mucha precisión la iniciativa que en estos momentos estamos discutiendo, nos vamos a dar cuenta de que corremos el peligro de beneficiar empresas privadas productoras de fertilizantes y trasladar una suma importante de recursos a los grandes agricultores y a las grandes empresas agroindustriales del país y dejar todavía mucho más en la indefensión a los pequeños y medianos productores. Tenemos que hacer un esfuerzo de abaratamiento de los fertilizantes, como un insumo fundamental para la producción agrícola de México.

    Pero esto lo podemos discutir, el programa específico, las reglas de operación; lo podemos discutir al momento que estemos debatiendo el decreto de Presupuesto, que la nueva Legislatura esté discutiendo el decreto de Presupuesto para el próximo año, y dirigir correctamente el subsidio a este insumo, tan fundamental para la producción agrícola del país y no correr el peligro, correr el riesgo, de que millones y millones de pesos que sacrifican a Pemex y sacrifican también las finanzas del país vayan a beneficiar solamente grupos privados específicos de productores de fertilizantes y a grandes agricultores. Por eso, compañeras y compañeros, porque no beneficia a los agricultores, sobre todo a los medianos y pequeños de este país, por eso el grupo parlamentario del PRD ha señalado con mucha precisión, a través de la intervención de la diputada, que votará contra este dictamen. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene el uso de la tribuna, para hablar en pro, el diputado Cruz López Aguilar, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.El diputado Cruz López Aguilar: Diputado Presidente; compañeras y compañeros legisladores: la primera cuestión que quiero comentar a ustedes es que éste es un compromiso establecido en el artículo 41 del Acuerdo Nacional para el Campo. Ahí señala concretamente que se efectuará un estudio para evaluar, durante el segundo trimestre del año --estamos hablando de 2003--, la incorporación del Programa Especial para el Campo; es el gas para uso en el sector agropecuario, el amoniaco, y siguen algunos otros aspectos que tienen apoyo actualmente.

    Me parece que es el Acuerdo Nacional para el Campo, ustedes lo recuerdan, fue firmado, suscrito por el Congreso en lo general, por la Cámara de Senadores y por la Cámara de Diputados. También lo firmamos las organizaciones, organizaciones que también están representadas en esta soberanía. Además de esto, quiero dejar perfectamente claro que la ley, el dictamen de esta iniciativa señala en el artículo 4o. --y me voy a permitir leerlo para ser más exactos--: ``El Poder Ejecutivo federal establecerá el programa, en lo que se incluirán los precios de estímulo y los precios máximos...'' Y dice que el programa, asimismo, ``deberá contener los mecanismos y las disposiciones que aseguren que los beneficios de esta ley se trasladen íntegramente en precios de estímulo del amoniaco y fertilizantes nitrogenados a los sujetos previstos en el artículo 2o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre los cuales tendrán preferencia los productores de menores ingresos''.

    Déjenme decirles cuáles son los sujetos beneficiarios de la ley, que señala el artículo 2o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; dice: ``Artículo 2o. Son sujetos de esta ley los ejidos, las comunidades y las organizaciones o asociaciones de carácter nacional, estatal, regional, distrital, municipal o comunitario de productores del medio rural''. Está perfectamente claro que esta ley traslada de manera íntegra el apoyo que se está estableciendo a los productores mexicanos; o sea, no podemos nosotros argumentar que esto se va a quedar en la industria. Desde luego que no hay que satanizar la industria porque la industria mexicana está quebrada, la industria mexicana no está participando en la producción de fertilizantes. ¿Y saben ustedes por qué los fertilizantes están tan altos? El diputado Castelo lo señalaba --el precio que han alcanzado los fertilizantes--: por una razón muy simple, porque destruimos la industria nacional, la industria química de los fertilizantes.

    El apoyo va en favor de los productores, y la industria química de los fertilizantes nos ayudará precisamente a sacar adelante a los productores nacionales. No se tiene que satanizar la industria nacional porque se haga, porque por esa razón nosotros estamos en la situación que les comentamos y que está afectando seriamente los costos de producción de los productores nacionales. Ésa es la verdadera situación; no se está afectando Pemex.

    El propio artículo 4o. de la ley que estamos proponiendo señala precisamente que no se afecte esta importante industria nacional. Ésa es la verdad; es un compromiso. Hemos cumplido cabalmente todos los compromisos del Acuerdo Nacional para el Campo. Estamos en vías de aprobar también la Ley de Planeación Agropecuaria, que es otro compromiso. No tenemos por qué desatender los compromisos que hemos hecho con los productores. Los productores nacionales son los que verdaderamente nos interesan, y también --lógicamente-- nos interesa la industria nacional. Muchas gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Para hablar en pro, tiene el uso de la tribuna el diputado Edmundo Valencia Monterrubio, del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.El diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio: Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados: los actores de inversión con mayor efecto en el incremento de la productividad del campo son las semillas mejoradas y los fertilizantes. El uso universal de ambos productos en México representaría un incremento de 9 millones de toneladas solamente en la producción de maíz, o también se puede visualizar como que también puede haber ingresos equivalentes a 13 mil 500 millones de pesos aproximadamente. Esta ley dará respuesta a la urgente necesidad de dotar al sector agropecuario de los fertilizantes que requiere esta actividad y, con ello, darles posibilidad de tener mayor incremento en los rendimientos agrícolas. Esta iniciativa no se inserta en el marco reglamentario del sector agroalimentario, sino que se inserta en una nueva dinámica respecto a la regulación de una diferenciación del precio de gas natural, conceptuándolo ahora como materia prima en la producción de fertilizantes.

    En el Partido Acción Nacional consideramos el acceso a los fertilizantes un asunto de interés público. Igualmente, reconocemos que la producción y el acceso a los fertilizantes en México han venido en retroceso a partir de los altos precios del gas natural y factores como que la mayor parte de los cultivos de interés social en México se realiza en tierras de temporal. Los productores sociales de maíz, frijol, café, caña de azúcar, etcétera, suman 4 millones de familias, cerca de 28 millones de personas, y la única opción de fertilización química es a través de urea y otros nitrogenados granulados. En el Acuerdo Nacional para el Campo que les decía el compañero Cruz López se señalan compromisos de precios de estímulo para insumos agropecuarios básicos. Este numeral incluye diesel y energía eléctrica para uso agropecuario, así como para la pesca ribereña; sin embargo, la Ley de Energía para el Campo no incluye al amoniaco debido a que no es un energético, por lo cual constituye un tema pendiente en el Acuerdo Nacional para el Campo.

    En nuestro país, la utilización de la infraestructura industrial instalada y agronitrogenados es apenas de 25 por ciento. En 1981 se producían 4.7 millones de toneladas de fertilizantes y hoy sólo se producen 1.4 millones y se ofertan a precios excesivamente elevados. Este dato refleja la fuerte caída del consumo. En la actualidad, el gas natural tiene una aplicación general y una específica. Hoy, para beneficio del sector agropecuario, los legisladores precisamos esta diferencia, la aplicación general es como combustible para la generación de energía eléctrica, para industrias que destacan, como el acero, el cemento, el vidrio y la cerámica. La aplicación específica es exclusiva para el amoniaco, es la materia prima necesaria para poder producir fertilizantes. En ésta además se precisa que el gas natural se utiliza como fuente de metano, para una reacción química y no como combustible. Para el propósito de esta ley, se le designa como gas natural de proceso.

    A través de esta ley, los legisladores impulsaremos el desarrollo agropecuario y forestal del país, y lo hacemos estableciendo acciones de impulso de la productividad y competitividad: primero, reactivando la actividad de las plantas de Pemex; y, segundo, ofreciendo certidumbre a las empresas fabricantes de fertilizantes. Los legisladores de la LIX Legislatura, con esta ley estamos edificando la ordenanza que dé a los campesinos acceso a los fertilizantes químicos como insumos básicos, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Por eso hoy venimos a apoyar esta ley.

    Quienes, por ejemplo, se verían beneficiados serían Veracruz, Coatzacoalcos, Minatitlán, Nanchital, Cosoleacaque, etcétera, mismas que crecieron demográfica y económicamente en torno de la petroquímica, el amoniaco y la fabricación de fertilizantes nitrogenados. No debemos seguir dependiendo de importaciones para satisfacer nuestra demanda de fertilizantes. Admitirlo nos hace vulnerables al exterior y pone en riesgo la soberanía alimentaria del país. Como un acto de justicia, como una oportunidad para la regeneración de empleo y el desarrollo del campo mexicano, apoyaremos y votaremos en favor de esta ley. Por su atención, gracias. Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias, señor diputado. De igual manera, para hablar en pro, tiene el uso de la tribuna hasta por cinco minutos el diputado Julián Nazar Morales, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.El diputado Julián Nazar Morales: Con su permiso, compañero Presidente; compañeras y compañeros diputados: me cae de extrañeza la actitud de algunos compañeros diputados que hicieron uso de la tribuna hace un momento para descalificar una ley que lleva en el espíritu el sentimiento de los productores mexicanos. Hoy me queda claro lo que siempre hemos pensado con el Partido de la Revolución Democrática: cuando la iniciativa no nace de ellos, todo lo que nazca de otros partidos siempre van a ir en contra. Aquí se aplica aquel refrán de que si alguno del PRD se desmaya, son capaces de que en lugar de ``en sí'', vuelvan ``en no'' porque no encuentran sentido a las otras iniciativas.

    Este proyecto que se está presentando de esta ley ha sido la demanda sentida de millones de mexicanos que están sumidos en la más desesperante de las pobrezas. No es posible que los que firmaron el Acuerdo Nacional para el Campo vengan a desdecirse de lo que firmaron. Pero algo más preocupante: sus candidatos andan vociferando en cada evento que van a abaratar los costos, fundamentalmente todo lo que proviene de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal, pero escuchamos el lenguaje de los diputados que son contrarios a lo que dice el candidato. Esta ley que estamos peleando, que ha sido producto de la lucha también de muchos compañeros del PRD, fundamentalmente del PRI y del PAN, estamos buscando que al productor nacional se le permita competir en igualdad de condiciones, como en los demás países que tienen subsidio. No es posible que con la postura de los compañeros estén avalando las empresas transnacionales, que nos están inundando a precios exorbitantes los fertilizantes, tanto los nitrogenados como los de urea; no los entiendo.

    Provengo de una comunidad rural, donde apostamos cada año a aplicar fertilizante a la tierra y tenemos que hacer mezcla hasta con arena para poder dar el tanto que requiere la tierra, porque ya no podemos pagar el costo que está valiendo el fertilizante que viene de Rusia. Tal vez los señores que me antecedieron son teólogos de la agricultura o son tecnócratas de la agricultura, porque no puedo entender que una ley que va a beneficiar a millones de mexicanos, aunque apliquemos el subsidio que tenga que aplicársele, la estemos satanizando.

    Estamos presentando en la Ley de Planeación, también estamos buscando reformar alguna ley, la Ley de Desarrollo Rural, para poder dar certidumbre a los programas que siempre aprobamos en la Cámara y que llega a cuentagotas a los campesinos, principalmente a los que menos tienen. Por eso, si la actitud de los compañeros es como una postura política para decir que están inmersos en los intereses transnacionales y que las inversiones extranjeras son las que deben privilegiar en México, pues qué contrarios están a lo que su candidato anda divulgando a través de los medios en todos los escenarios nacionales. Por ello quiero decirles, compañeros de todas las fracciones: no regateemos a los hombres que menos tienen, que son los campesinos y que representan la tercera parte de la gran familia mexicana; ellos únicamente han cargado con el costo de los altos precios de los fertilizantes.

    De igual forma --como mencionaba mi compañero Mundo, hace un momento--, el costo de la semilla se ha disparado en forma exorbitante, y los únicos que cargan con los costos de la producción son los campesinos porque les regateamos hoy el derecho de tener una oportunidad de dar a México la certidumbre a través de la producción nacional. No los entiendo: hoy quedo completamente sorprendido de la actitud de dos que se dicen ser ``luchadores sociales'' y que pertenecen a un partido de izquierda; tal parece que los intereses los tuvieran con los grandes capitales de otros países, no con los mexicanos.

    Han satanizado la producción nacional a través de las empresas de agronitrogenados. ¿Por qué, compañeros, por qué privilegiar los grandes capitales, como están queriendo hacer con la Ley Agraria, donde quieren que la inversión extranjera tenga participación en 49 por ciento y dejar el 51 porque se salvaguardan los intereses de los mexicanos?

    No permitamos que actitudes como las que acabamos de escuchar hace un momento vayan a contrarrestar una propuesta de oportunidad de vida para las familias que menos tienen, que son los campesinos, fundamentalmente los que viven en zonas de tierras ya muy divididas y que no rebasan ni 5 hectáreas por familia. Es cuanto, compañeros; y les pido que votemos todos a favor de esta ley porque va ser de gran beneficio para los mexicanos que reclaman una oportunidad de vida. Muchas gracias, compañeros.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Para rectificación de hechos y hasta por tres minutos, tiene el uso de la tribuna la diputada Rosa María Avilés Nájera, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.La diputada Rosa María Avilés Nájera: Con su venia, señor Presidente. No vengamos aquí a manejar un discurso demagógico, diciendo que nosotros estamos en contra del desarrollo sustentable del campo; eso es una gran falacia. Si algo ha caracterizado al PRD es que ha apoyado tanto en la Ley de Ingresos, en el Presupuesto y en iniciativas de ley que realmente apoyan al productor, no al transnacional, no al que produce los fertilizantes. Habría sido diferente si aquí hubieran venido a plantear un subsidio directo a los fertilizantes, no querer disimular un subsidio al productor del fertilizante; que es en realidad quien sale beneficiado, no el consumidor final.

    Todo el problema está en el precio máximo; obviamente, no va a bajar el precio del fertilizante, siempre va a estar en función del precio internacional, no lo van a dar más barato. Por ello no va a salir beneficiado el productor agrícola, que es al que hay que beneficiar directamente, no al que produce el fertilizante. Y por supuesto que se les olvida que acabaron con Fertimex, que acabaron con la Productora Nacional de Semillas, que eso sí beneficiaba a los productores agrícolas, eso sí repercutía en la producción directa del campo, no un subsidio del gas a los productores de fertilizantes.

    Y claro que podemos bajar el precio de la gasolina, del gas y de la energía eléctrica si no le quitamos todo a Pemex y reinvertimos en ella; y por supuesto que si nosotros echamos a andar aquí las empresas para hacer la gasolina, por supuesto que es obvio y natural no se necesita ser gran economista, que si nosotros producimos la gasolina, el precio se va a abaratar, porque no la vamos a importar, igual si invertimos en la exploración y extracción del gas natural, que lo estamos comprando --por cierto-- al precio más caro, que es el del sur de Texas. Así que, por favor, no vengan aquí, so pretexto de los campesinos, a justificar un subsidio al productor del fertilizante. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Para rectificar hechos, hasta por tres minutos tiene el uso de la tribuna el diputado Adolfo Murat, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.El diputado José Adolfo Murat Macías: Con su venia, señor Presidente; voy a ser muy breve. Subo a esta tribuna porque tenemos que ser responsables en el ejercicio del Presupuesto. Es cierto que el campo requiere todo el apoyo que podamos juntar, es cierto que los campesinos mexicanos requieren fertilizantes más baratos; sin embargo, esta ley es una ley que establece el uso del subsidio.

    Voy a leer textual un párrafo: ``... para cada ejercicio fiscal, el proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación deberá incluir una partida específica para resarcir a Pemex Exploración y Producción la cantidad que resulte de multiplicar la diferencia entre el precio de mercado y el precio de estímulo del gas natural de proceso, por el volumen de gas natural de proceso considerado en el programa''. ¿Qué implica esto? Implica que se necesitan recursos fiscales para aplicar este subsidio.

    Por ello pido a esta Presidencia que someta a votación que esta ley regrese a comisiones y, asimismo, se le amplíe el turno a la Comisión de Presupuesto, dado que tiene implicaciones presupuestales de fondo, sobre todo cuando esta ley se pretende que no entre en vigor hasta 2007. Debemos apoyar el campo y debemos decidir así a quién vamos a quitar los recursos, a Pemex, a la Secretaría de Agricultura o a algún programa gubernamental, para poder apoyar a los campesinos mexicanos. Muchas gracias.

    El diputado Cruz López Aguilar (desde la curul): Señor Presidente, para rectificación de hechos. El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Sí, diputado Cruz López; rectificación de hechos. Por tres minutos tiene usted el uso de la tribuna, diputado López.El diputado Cruz López Aguilar: Con su permiso, diputado Presidente. Dos aclaraciones muy sencillas: la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados tiene en discusión dos años y se está aprobando en Comisiones Unidas, por la Comisión de Energía y la Comisión de Agricultura y Ganadería. Durante estos dos años hubo la oportunidad de que se solicitara algún otro turno; no se hizo. Ése es un asunto, creo, que es de la mayor importancia. Ahora, quiero hacer otra aclaración: tenemos muchos apoyos y subsidios en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Ahí están, y son apoyos y subsidios al campo. Muchos de ellos provienen de compromisos que se hicieron, que se suscribieron en el Acuerdo Nacional para el Campo.

    Y quiero dejar aquí perfectamente claro que en el caso del amoniaco, que es el tema que estamos tratando, la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, la Secretaría de Agricultura, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación está otorgando un subsidio al amoniaco. Entonces, no estamos hablando de algo que se está inventando con la ley, sino que ese subsidio se está ejerciendo y es superior a 800 pesos por tonelada de amoniaco. Así es que no estamos hablando de cosas nuevas ni de cuestiones que no estén debidamente reflejadas en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Gracias.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias, señor diputado. Si no hay alguna otra intervención, pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea si el asunto está suficientemente discutido en lo general.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se encuentra el dictamen suficientemente discutido en lo general.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se encuentra suficientemente discutido en lo general; y por consecuencia, no puedo acceder a lo solicitado por el diputado Adolfo Murat.

    Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular, en el entendido de que he recibido reservas por parte de la diputada Avilés Nájera, del artículo 4o. única y exclusivamente. No habiendo mayores reservas, se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular... Sonido a la curul de la diputada Avilés.

    La diputada Rosa María Avilés Nájera (desde la curul): Señor Presidente, solicito que sea votado en un solo acto.El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muy bien, declina usted, retira usted la reserva; muy bien. En consecuencia, no habiendo mayores oradores ni reservas, este asunto se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Ruego a la Secretaría que abra el sistema electrónico de asistencia por cinco minutos para votación en un solo acto, en lo general y en lo particular, del decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados.

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto. (...)

    Ciérrese el sistema electrónico. Señor Presidente: se emitieron 282 votos en pro, 71 en contra y 5 abstenciones.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular por 282 votos, el proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados; pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
    LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes negativos relativos a iniciativas. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se autoriza. Si algún ciudadano diputado tiene interés en la discusión de algún dictamen, se le pide que lo haga saber a esta Presidencia. Continúe, secretario.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa que reforma el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de propiedad fraccionada, presentada por el C. diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario del Partido de Convergencia, el 15 de marzo de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa definida, al tenor de los siguientes:

    Antecedentes

    Primero. Que en sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 15 de marzo de 2005, los CC. secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la iniciativa que presentó el C. Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia.

    Segundo. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

    Tercero. Que mediante oficio CE/1362/05, de fecha 16 de marzo de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de la iniciativa.

    Cuarto. El Legislador propone lo siguiente:

    Reconocer en la Ley Federal de Protección al Consumidor la figura de la ``propiedad fraccionada'' y que se registren los contratos de venta de inmuebles bajo este sistema, ante la Procuraduría Federal del Consumidor.

    Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes antes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

    Segundo. Que el artículo 1° de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), establece que su objeto es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor, así como que es de orden público, interés social y de observancia en toda la República.

    Tercero. Que la denominada propiedad fraccionada, es un esquema de adquisición de la propiedad, que en el idioma inglés se denomina fraccional time que implica la adquisición de la propiedad de un inmueble por dos o más personas que estarán en la disposición de arrendar, disfrutar, hipotecar o heredar, dicho bien sobre la parte que les corresponde cuando es posible su división material, a diferencia del sistema del tiempo compartido que únicamente otorga la posesión.

    Cuarto. Que el artículo 938 del Código Civil Federal, concibe como ``la copropiedad'', una cosa o un derecho que está en comunidad sin que se haya dividido aún, independientemente de que sea divisible.

    Quinto. Que el artículo 73 de la LFPC, regula los derechos del consumidor en lo referente a las viviendas destinadas a casa habitación, sin excluir a quienes adquieran inmuebles en copropiedad.

    Sexto. Que los artículos 64 y 65 de la LFPC, regulan la figura jurídica de los tiempos compartidos, donde únicamente existe la posesión del inmueble y no la propiedad, de modo que se trata de una figura jurídica que no otorga la propiedad de un inmueble, y en este sentido no es obligatorio el registro de los contratos respectivos ante la Procuraduría Federal del Consumidor, porque no existe la venta definitiva del inmueble.

    Séptimo. Que los CC. diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que no existen elementos jurídicos para incorporar en la LFPC el esquema de propiedad fraccionada, en virtud de que el texto legal en vigor, no desampara los derechos de los consumidores que adquieren bienes inmuebles destinados a casa habitación en cualquier modalidad y, el Código Civil Federal regula bajo la figura de la copropiedad. Finalmente la propuesta no aporta un concepto de propiedad fraccionada, lo que complicaría su interpretación por imprecisión en su eficacia normativa.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa que reforma el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada por el C. diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia.

    Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de marzo de 2006.

    La Comisión de Economía, diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Miguel Sierra Zúñiga (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Norma Violeta Dávila Salinas (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez, Gustavo Moreno Ramos, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad industrial, presentada por el C. diputado Joel Padilla Peña, del grupo parlamentario del Partido Trabajo, el 21 de diciembre de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa referida, al tenor de los siguientes

    Antecedentes

    Primero. Que en sesión celebrada en la Comisión Permanente el día 21 de diciembre de 2005, los CC. secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el C. diputado Joel Padilla Peña, del grupo parlamentario del Partido Trabajo.

    Segundo. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados''.

    Tercero. Que mediante oficio CE/1993/06, de fecha 9 de enero de 2006, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de la Iniciativa.

    Cuarto. El legislador propone lo siguiente:

    Reformar diversas disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial, a fin de que las solicitudes de tramitación y registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, por parte de las instituciones de educación superior públicas, institutos de investigación científica y tecnológica del sector público, se realicen sin ningún costo.

    Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes antes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

    Segundo. Que de conformidad con los artículos 30 y 37 de la Ley de la Propiedad Industrial, para la tramitación del registro de un modelo de utilidad y de diseño industrial se aplicarán en lo conducente las reglas contenidas en el Capítulo V del Título Segundo, con excepción de los artículos 45 y 52; lo anterior implica que para el trámite de los registros mencionados le son aplicables los artículos 38, 53 y 57, por lo que de ser reformados se tendría que exentar de pago también a las solicitudes de registro de un modelo de utilidad o de diseño industrial.

    Tercero. Que México es parte de una serie de tratados y acuerdos internacionales que establecen la protección para los derechos de propiedad industrial, tales convenciones internacionales se podrían dividir en dos grandes bloques; en primer lugar, acerca de tratados internacionales que definen normas básicas convenidas internacionalmente para la protección de la propiedad intelectual en cada país, y en segundo término, los arreglos o capítulos especializados en materia de propiedad intelectual que se encuentran dentro de acuerdos comerciales mundiales, regionales o bilaterales.

    Cuarto. Que respecto de ambas categorías de tratados o acuerdos internacionales se reconoce el principio de trato nacional o de asimilación, en virtud del cual, todos los ciudadanos de un país de la unión o miembro del acuerdo comercial tendrán en los restantes países adheridos los mismos derechos que sus nacionales, es decir, que cada Estado signante tendrá que conceder a los nacionales de los otros Estados signantes la misma protección que a sus propios nacionales, de conformidad con el artículo 2o. del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, del cual México es parte.

    Quinto. Que el principio de la supremacía constitucional, consagrado en artículo 133 de la Ley Fundamental, dispone que las leyes del Congreso de la Unión y todos los tratados internacionales celebrados por el Presidente de la República y ratificados por el Senado son ley suprema en el país, aun por encima de los decretos y leyes federales.

    Al respecto, existe una tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto; de la Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIII, Marzo de 2001 Tesis: 1a. XVI/2001 Página: 113 Materia: Constitucional Tesis aislada, denominada Supremacía constitucional y orden jerárquico normativo, principios de. Interpretación del artículo 133 constitucional que los contiene. Determinando la interpretación del citado precepto, en cuanto a la jerarquía normativa de constitucional y los tratados internacionales.

    Sexto. Que con fecha 23 de marzo de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y dentro del cual se establecen las tarifas que deben pagar las personas interesadas en realizar diversos trámites, entre otros, el de una patente; asimismo, y de conformidad con la norma primera de las disposiciones generales del referido acuerdo, dichas tarifas permanecerán vigentes hasta en tanto la Junta de Gobierno del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial apruebe modificaciones a la misma, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Séptimo. Que tomando en consideración la necesidad de incentivar el desarrollo tecnológico, se estableció la cuarta disposición general del acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y que establece que el precio de la tarifa será únicamente del 50% cuando sea solicitada por inventores personas físicas, por micro o pequeñas industrias, por instituciones de educación superior públicas o privadas, por institutos de investigación científica y tecnológica del sector público.

    Octavo. Que de acuerdo a lo establecido en la fracción III del artículo 26 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial carece de facultades para otorgar ningún tipo de exención, ya que sólo podrá establecer precios diferenciales en la venta de los bienes o servicios y solamente cuando respondan a estrategias de comercialización y se otorguen de manera general, previa la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Noveno. Que si bien es cierto que no debe negarse la importancia que reviste el promover y fomentar la actividad inventiva de aplicación industrial, la mejora en las técnicas y difusión de conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos y la carencia de apoyos gubernamentales, no menos cierto es que la falta de invención en México no depende del cobro o exención de una tarifa por servicio; asimismo, hay que considerar que la importancia del desarrollo tecnológico de un país no depende del número de solicitudes de patentes presentadas sino de la viabilidad que tengan dichas invenciones y el éxito de su inserción en el mercado productivo.

    Décimo. Que los CC. diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que la reforma propuesta resulta inconveniente e inadecuada, toda vez que la propuesta viola lo dispuesto por los tratados internacionales celebrados por México en materia de propiedad industrial, particularmente el principio de trato nacional; de igual forma, exentaría de pago los registros de modelos de utilidad y diseños industriales sin que medie justificación alguna; y por último, contraviene el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, ya que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial carece de facultades para exentar de pago de la tarifa por servicios prestados.

    En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta el siguiente

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial, presentada por el C. Diputado Joel Padilla Peña, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

    Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

    Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de marzo de 2006.

    La Comisión de Economía, diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Miguel Sierra Zúñiga (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Norma Violeta Dávila Salinas (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez, Gustavo Moreno Ramos, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    CODIGO DE COMERCIO

    La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código de Comercio

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos del Código de Comercio, presentada por el C. diputado David Augusto Sotelo Rosas del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, el 11 de junio del 2003. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

    La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes

    Antecedentes

    Primero. En sesión celebrada por la Comisión Permanente el día 11 de junio de 2003, los CC. secretarios de la misma, dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el C. diputado David Augusto Sotelo Rosas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura.

    Segundo. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial'', hoy Comisión de Economía.

    Tercero. El legislador propone lo siguiente:

  • Sujetar las reglas de formalidad de los actos comerciales al Código de Comercio, y que sólo a falta de regulación expresa sea aplicable supletoriamente las disposiciones del derecho común (artículo 2);

  • Que se reconozcan dentro de la legislación mercantil, diversos actos jurídicos tales como los poderes, las hipotecas y las compraventas sobre inmuebles (artículos 6, 7, 8, 10 y 21, fracción VIII);

  • Otorgar facultades a los corredores públicos para que intervenga en cualquier acto, hecho y convenio de naturaleza mercantil (artículo 11), y

  • Otorgar el carácter de mercantil a todos los libros, registros, archivos, correspondencia, convenios y documentos que reciban, otorguen, expidan o conserven los comerciantes (artículo 39).

    Considerando

    Primero. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas, se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

    Segundo. Que dentro de la doctrina mercantil, existen dos tipos de sistemas (objetivo y subjetivo) que sirven para determinar si un acto jurídico es o no mercantil. En tal sentido, se ha señalado que el sistema objetivo califica de mercantiles a aquellos actos jurídicos que sean considerados actos de comercio sin importar para ello si los sujetos que lo realizaron fueron o no comerciantes, mientras que el sistema subjetivo califica de mercantiles a aquellos actos jurídicos en los que participen comerciantes sin importar la verdadera naturaleza jurídica del acto.

    Tercero. Que de conformidad con los artículos 4 y 75 del Código de Comercio, resulta evidente que el sistema adoptado por éste es el sistema objetivo, dado que la calidad de los sujetos que participan en el acto jurídico prácticamente no es relevante para calificarlo de mercantil, y por ende, es la ley quien califica de mercantil al acto jurídico.

    Cuarto. Que el Código de Comercio actualmente regula con claridad al mandato aplicado para actos de comercio, mismo que es el contrato de comisión y que lo define la ley expresamente como: ``El mandato aplicado a actos concretos de comercio''.

    Quinto. Que en nuestro sistema jurídico existen diversas clases de mandatos, y que los mandatos regulados por nuestra legislación civil no se limitan a actos jurídicos de naturaleza mercantil sino que, por el contrario, son mandatos para la realización de actos jurídicos de cualquier materia.

    Sexto. Que en la tesis de jurisprudencia 113/2005 de la Primera Sala de nuestro Máximo Tribunal cuyo rubro es ``Corredores Públicos, están facultados para dar fe de la designación de representantes legales de las sociedades mercantiles y de las facultades de que estén investidos (representación orgánica) cuando se otorguen en la constitución, modificación, fusión, escisión, disolución, liquidación y extinción de aquellas'', señala que los poderes generales a que se refiere el Código Civil son eminentemente civiles y que son las Legislaturas locales las que deben de regularlas.

    Séptimo. Que la fracción II del artículo 121 de nuestra Constitución ha establecido que ``los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación'', y que de acuerdo con la fracción V del artículo 6 de la Ley Federal de Correduría Pública, los corredores públicos no pueden dar fe de actos jurídicos relativos a inmuebles.

    Octavo. Que de conformidad con lo dispuesto por la fracción V del artículo 6 de la Ley Federal de Correduría Pública, los corredores públicos pueden actuar como fedatarios públicos en todos aquellos actos y hechos de naturaleza mercantil y, por ende, la reiteración de dicha facultad en diverso cuerpo normativo puede llegar a generar confusión.

    Noveno. Que en la fracción II del artículo 75 del Código de Comercio se define a la compraventa de inmuebles con propósito de especulación comercial como un acto de comercio, por lo que ya están reconocidos tales actos dentro de la legislación mercantil.

    Décimo. Que en los Capítulos III y IV del Título Segundo del Código de Comercio, se regula lo concerniente a la contabilidad y la correspondencia de los comerciantes, y que en ellos, ya se prevé todo lo relativo a los libros, registros, archivos, así como correspondencia de los comerciantes.

    Décimo Primero. Que actualmente es el Código de Comercio el ordenamiento que regula la formalidad de los contratos mercantiles y que a falta de disposición expresa, es aplicable el Código Civil Federal.

    Décimo Segundo. Que los CC. diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, concluyen que las adiciones y reformas propuestas por el legislador ya se encuentran en la ley, asimismo que algunas de ellas podrían traer conflictos jurisdiccionales y de congruencia.

    En tal sentido, pretender incorporar dentro de nuestra legislación criterios subjetivos para definir a un acto jurídico como comercial, contribuiría a crear confusión al ir en contra del sistema que sigue nuestro Código. Por tanto, resulta inapropiado que el solo hecho que un comerciante celebre un acto jurídico, sea por ello mercantil.

    Por otro lado, se estima irrelevante reiterar la facultad de los corredores públicos para actuar como fedatarios en actos o hechos de naturaleza mercantil, puesto que dicha facultad actualmente se encuentra en la ley.

    Por cuanto hace al carácter mercantil de los libros, registros, archivos, correspondencia, convenios y documentos, no se encuentra justificación alguna para darle tal carácter, máxime que en nuestro Código, existe un capítulo relativo a la contabilidad y a la correspondencia mercantil.

    En virtud de lo anterior, la Comisión de Economía presenta el siguiente:

    Acuerdo

    Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos del Código de Comercio, presentada por el C. diputado David Augusto Sotelo Rosas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura.

    Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de marzo de 2006.

    La Comisión de Economía, diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo, Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Miguel Sierra Zúñiga (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Norma Violeta Dávila Salinas (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez, Gustavo Moreno Ramos, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).»


    TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desarrollo Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental

    Honorable Asamblea:

    A las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desa- rrollo Social de la LIX Legislatura les fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y a la Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Estas Comisiones con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 56, 60, 65, 87, 88, 90, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de referencia, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen en sentido negativo, basándonos en los siguientes

    Antecedentes1. Con fecha 21 de septiembre de 2004, el diputado Quintín Vázquez García integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y a la Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    2. En la misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fuera turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desarrollo Social para su estudio y dictamen.

    3. El 20 de abril de 2005, se presentó al Pleno de la Comisión de Gobernación, el proyecto de dictamen sobre el particular, siendo aprobado.

    4. Asimismo, el Pleno de la Comisión de Desarrollo Social, aprobó el proyecto de dictamen correspondiente.

    Contenido de la iniciativa

    La iniciativa que se dictamina tiene como objetivo fundamental garantizar la secrecía y confidencialidad de la información generada, en relación al registro y padrón único de beneficiarios de los programas establecidos en la política nacional de desarrollo social a través de los siguientes mecanismos:

    1. Se adiciona una fracción X al artículo 1º de la Ley General de Desarrollo Social a fin de señalar como uno de los objetivos de la ley el de garantizar la secrecía y confidencialidad de la información generada con relación al registro y padrón único de beneficiarios de los programas establecidos en la política nacional de desarrollo social.

    2. Se adicionan un nuevo título y capítulo, así como los artículos 86 y 87 a la Ley General de Desarrollo Social, a fin de determinar como causa de responsabilidad administrativa de los servidores públicos el usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, de manera indebida, información que se encuentre bajo su custodia, así como el actuar con negligencia, dolo o mala fe, en la difusión de dicha información a la cual tengan acceso o conocimiento por motivo de su cargo, siempre y cuando dicha información sea relativa al registro y padrón de beneficiarios de los programas sociales del gobierno.

    3. Se adiciona una fracción VII al artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental a fin de determinar el carácter reservado o confidencial de la información relativa al registro y padrón de beneficiarios de los programas sociales del gobierno.

    Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de las Comisiones de Gobernación y de Desarrollo Social de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribimos el presente dictamen, exponemos las siguientes:

    Consideraciones

    1. Que la Ley de Desarrollo Social tiene por objeto garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social.

    2. Que el artículo 5 de la Ley de Desarrollo Social, contiene los conceptos siguientes:

    I. Beneficiarios: Aquellas personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente;

    II. a IX. ...

    X. Padrón: Relación oficial de beneficiarios que incluye a las personas atendidas por los programas federales de desarrollo social cuyo perfil socioeconómico se establece en la normatividad correspondiente.

    3. Que la fracción IX del artículo 3 de la Ley de Desa- rrollo Social señala que la política de desarrollo social se sujetará a los siguientes principios:

    I. a VIII. ...

    IX. Transparencia: La información relativa al desarrollo social es pública en los términos de las leyes en la materia. Las autoridades del país garantizarán que la información gubernamental sea objetiva, oportuna, sistemática y veraz.

    4. Que de igual manera, el artículo 10 de la citada ley establece que los beneficiarios de los programas de desarrollo social tienen derecho a acceder a la información necesaria de dichos programas, sus reglas de operación, recursos y cobertura y a que se asegure la reserva y privacidad de la información personal que proporcionen para los objetivos de la ley.

    5. Que de la interpretación integral de los artículos 43, 44, 56, 70, 71 y 74 de la citada ley, estas Comisiones dictaminadoras infieren que el principio de publicidad de la información es un principio rector de la Ley de Desarrollo Social.

    6. Que por su parte, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión del Estado, estableciendo en sus artículos 13, 14 y 18 las excepciones a esta regla general.

    7. Que el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental al listar la información que los sujetos obligados deben poner a disposición del público, enumera la siguiente:

    Artículo 7.- Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, ...entre otra, la información siguiente:

    I. a X. ...

    XI. El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio. Así como los padrones de beneficiarios de los programas sociales que establezca el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación;

    XVII. ...

    ...

    8. Que el artículo 12 de la citada ley confirma lo anterior al ordenar que los sujetos obligados deberán hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de los mismos.

    9. Que de acuerdo a lo anterior se desprende, por un lado, que las autoridades encargadas de la administración de recursos de los programas del desarrollo social están obligadas a trasparentar la información que manejan y a hacer públicos los padrones de beneficiarios de dichos recursos, y por el otro, que dichas autoridades están obligadas, a su vez, a guardar secrecía respecto de la información personal y privada de los beneficiarios, a través de la figura de protección de datos personales, como excepción a la regla general de transparencia.

    10. Que de acuerdo a las disposiciones invocadas puede apreciarse que el aceptar las reformas propuestas en esta iniciativa representaría un retroceso en la política de transparencia y rendición de cuentas en relación con la apertura de la información, asignación de recursos públicos y fiscalización de los mismos.

    11. Que respecto a la propuesta de adicionar un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social, con el objeto de establecer la responsabilidad administrativa de los servidores públicos que hagan uso indebido de la información de programas sociales, estas Comisiones dictaminadoras hacemos notar que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en su Título Cuarto, denominado ``Responsabilidades y Sanciones'', detalla las conductas derivadas del incumplimiento de la misma, que se consideran motivo de responsabilidad para los servidores públicos, considerando incluso como graves a algunas de ellas. Finalmente en sus artículos 63 y 64 la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental remite a los ordenamientos administrativos, civiles o penales que pudieran resultar aplicables para sancionar dichas conductas.

    12. Que por su parte, las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 8 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, imponen a todo servidor público, las siguientes obligaciones:

    Artículo 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

    I.- Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;

    II.- Formular y ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos económicos públicos;

    III.- Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, exclusivamente para los fines a que están afectos;

    IV.- Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la rendición de cuentas de la gestión pública federal, proporcionando la documentación e información que le sea requerida en los términos que establezcan las disposiciones legales correspondientes;

    V.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos;

    VI. a XXIV. ...

    13. Que a juicio de las Comisiones que suscriben el presente dictamen, los supuestos normativos descritos en los artículos 86 y 87 propuestos en la iniciativa ya se encuentran contemplados en los ordenamientos especializados de la materia.

    Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de las Comisiones de Gobernación y de Desarrollo Social, sometemos a consideración del Pleno de esta honorable asamblea el siguiente

    Acuerdo

    Primero.- No es de aprobarse la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y a la Ley de Acceso a la Información Pública Gubernamental, presentada por el diputado Quintín Vázquez García el 21 de septiembre de 2004.

    Segundo.- Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinte días del mes abril de dos mil cinco.

    Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desarrollo Social.

    Por la Comisión de Gobernación, diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández, Patricia Garduño Morales (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), José González Morfín, Omar Bazán Flores, Porfirio González Schmal, Pablo Bedolla López (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), José Sigona Torres, Socorro Díaz Palacios, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, María Sara Rocha Medina (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Sergio Vázquez García (rúbrica).

    Por la Comisión de Desarrollo Social, diputados: Beatriz Zavala Peniche (rúbrica), Presidenta; Carlos Flores Rico, Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Armando Rangel Hernández (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, secretarios; Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Myriam de Lourdes Arabian Couttolenc (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina, Elpidio Desiderio Concha Arellano, Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica), Rafael Flores Mendoza, Víctor Flores Morales, Luz María Hernández Becerril, Armando Leyson Castro (rúbrica), José López Medina (rúbrica), María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Eugenio Mier y Concha Campos (rúbrica), Gerardo Montenegro Ibarra, Gelacio Montiel Fuentes, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica), Ofelia Ruiz Vega, Renato Sandoval Franco (rúbrica), María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez.»

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Estando a discusión estos puntos de acuerdo y no habiendo oradores registrados, solicito que consulte la Secretaría a la Asamblea si todos estos asuntos están suficientemente discutidos.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se consideran suficientemente discutidos.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Suficientemente discutidos. Proceda la Secretaría a recoger la votación de estos puntos de acuerdo y los anteriormente reservados, en un solo acto.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se va a proceder a recoger la votación económica de estos puntos de acuerdo y de los anteriormente reservados.

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Aprobados, los puntos de acuerdo; archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

    Ha retirado su proposición con punto de acuerdo el diputado Víctor Manuel Sánchez Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, donde presentaba proposición para que se exhortar al ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, estado de México, a fortalecer los apoyos a Pyme y a emprendedores de ese municipio.


    DIA NACIONAL DEL MUNICIPIO LIBRE
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Se recibió del diputado Jorge Romero Romero, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que instaure el 20 de enero como Día Nacional del Municipio Libre.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: «Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que instaure el 20 de enero como Día Nacional del Municipio Libre, a cargo del diputado Jorge Romero Romero, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, diputado federal Jorge Romero Romero, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del articulo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en el articulo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Poder Ejecutivo federal a que a través de la Secretaria de Gobernación, se instaure el día 20 de enero como el Día Nacional del Municipio Libre, al tenor de la siguiente.

    Exposición de Motivos

    El calendario cívico de los Estados Unidos Mexicanos es un claro reflejo del ideario político, social y cultural que conforma nuestra actual Nación, además, de ser testigo del rumbo y la evolución que ha tenido nuestro país y por supuesto del rumbo que habremos de seguir en el futuro como pueblo y como Nación.

    Existen antecedentes históricos que afirman que el día 20 de enero de 1917 en el seno del Congreso Constituyente Mexicano se dio lectura por vez primera al dictamen del articulo 115 constitucional, el cual otorgó como sabemos la base jurídica que desde entonces ha servido al Municipio en su desarrollo político, social, cultural y administrativo desde entonces hasta nuestros días.

    El municipio, por sus antecedentes históricos y por su concepción jurídica y política está, gracias al artículo 115 antes mencionado, consagrado en la Carta Magna dado que es una forma de gobierno democrática, plural y participativa; igualmente el municipio cuenta con facultades, atribuciones y responsabilidades cuyos objetivos primordiales son el fortalecimiento de la relación directa que existe entre gobernante y gobernados, lo anterior, con base en resultados positivos del ejercicio de gobierno y de la identificación de intereses comunes esto a través de las instituciones gubernamentales.

    El establecimiento de un día nacional que reconozca la figura del Municipio Libre en México, es la respuesta inaplazable a una demanda social latente, dado que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 39 establece que ``la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo'', con lo cual evidentemente se genera la participación ciudadana, así como del propio quehacer municipal a través de figuras como la iniciativa popular y el referéndum.

    Es innegable que el municipio en México se ha consolidado con el paso de los años como una institución jurídica, política y social que ha permitido la organización de las comunidades a través de la gestión autónoma de sus intereses primarios encabezando tales esfuerzos el ayuntamiento, base de la organización política del Estado mexicano; es importante no dejar de resaltar que dicha institución ha tenido tal crecimiento gracias a las reformas que se han hecho desde los Poderes Legislativos de los estados, así como del propio Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Es un deber cívico imperativo el enaltecer la institución del Municipio Libre reconociéndola como tal, dada su conformación, su personalidad jurídica, su estructura administrativa y su régimen de gobierno; por lo que resulta pertinente instituir una fecha exprofesa para ello y que permita encumbrar el Municipio Libre en México a fin de fortalecer la cultura federalista como un símbolo de nuestra unidad nacional.

    A pesar de los argumentos aquí expuestos, resulta ser el de más peso y contundencia el siguiente, que afirma que el municipio mexicano es la institución gubernamental mas importante de la estructura que gobierna al Estado mexicano, lo anterior dado que es precisamente la institución más próxima a la población, lo que le permite escuchar las demandas sociales más básicas y de primera mano, con lo cual el municipio tiene la enorme posibilidad de darles cause y satisfacerlas para cumplir con el fin primigenio de todo el aparato estatal.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el articulo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el articulo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Poder Ejecutivo federal a que a través de la Secretaria de Gobernación, se instaure el día 20 de enero como el Día Nacional del Municipio Libre, para quedar como sigue:

    Artículo Único.- Se proclama el día 20 de enero como el Día Nacional del Municipio Libre en los Estados Unidos Mexicanos.

    Transitorio

    Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de marzo de 2006.--- Dip. Jorge Romero Romero (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Gobernación.
    EDITORIAL PLAZA Y VALDES
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Grupo de Trabajo que da seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación de esta soberanía que dé seguimiento al estudio y la defensa en el caso de la editorial Plaza y Valdés.El diputado Jesús Porfirio González Schmal: Con su anuencia, ciudadano Presidente. Así como los delitos de calumnia y difamación de carácter penal que preservan indiscutibles derechos al honor y al buen nombre de toda persona han sido desvirtuados para reprimir la libertad de expresión y crítica de los periodistas y medios de información, así también los novedosos ordenamientos punitivos en el mundo y en el país han sido extremados para atacar el robo de los derechos de autor y propiedad intelectual. En determinados momentos éstos, y en ciertas circunstancias, están siendo utilizados para perseguir, intimidar y quebrar financieramente a los editores y las empresas editoriales que puedan afectar intereses políticos o, simplemente, no satisfacer las desmedidas expectativas de altas ganancias de algún autor que traslada a la editorial sus frustraciones.

    En este tipo de perversiones judiciales contra los editores se encuentra el caso de Fernando Valdés, de la editorial Plaza y Valdés, que constituye un verdadero baluarte de independencia y libertad, al haber auspiciado la publicación de obras de gran valor en el conocimiento social, político y económico de nuestra realidad nacional y que, en el amplio elenco de autores, se encuentra uno del área didáctica que por décadas mantuvo con él una relación comercial e incluso de amistad, pero que a su muerte se producen problemas con su sucesión. El hecho en sí no sería excepcional si no fuera porque la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público en particular, en colusión con los familiares del fallecido autor, convierten un asunto de carácter civil, como lo es la diferencia en el monto de los adeudos y la procedencia o no de la terminación de un contrato, en un asunto de carácter penal, llegando al extremo de configurar falsamente el delito de piratería o de robo de derechos de autor para poder allanar las instalaciones de la editorial con un operativo espectacular de fuerzas armadas y sin entregar la orden de cateo a través de un Ministerio Público, que se negó a presentar la notificación y así incautar las obras impresas en el tiempo de la vigencia del contrato y proceder a aprehender y encarcelar al editor Fernando Valdés a través de un juez de consigna como lo es César Flores Rodríguez, juez segundo de distrito en materia penal.

    Por lo expuesto, solicito, como punto de acuerdo único, que se pida al Grupo de Trabajo de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación, creado por esta Cámara, para que atraiga, para su estudio y defensa, el caso del editor Fernando Valdés, internado injustamente en el Reclusorio Norte del Distrito Federal por la iniquidad de sus acusadores y del juez segundo de distrito en materia penal, Jorge César Flores Rodríguez: siendo evidente la irresponsabilidad penal del procesado, lo tiene sometido a privación de la libertad. Muchas gracias, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al Grupo de Trabajo que da seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación de esta soberanía que dé seguimiento al estudio y la defensa en el caso de la editorial Plaza y Valdés, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia

    El que suscribe, diputado Jesús González Schmal, integrante del grupo parlamentario de Convergencia, Partido Político, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la presente proposición con punto de acuerdo; conforme a los siguientes

    Considerandos

    Así como los delitos de calumnia y difamación de carácter penal, que preservan indiscutibles derechos al honor y al buen nombre de toda persona; han sido desvirtuados para acosar y reprimir la libertad de expresión y crítica de los periodistas y medios de información; así también, los novedosos ordenamientos punitivos que en el mundo y en el país, han sido extremados para atacar el robo de los derechos de autor y propiedad intelectual, en determinados momentos y circunstancias, están siendo utilizados para perseguir, intimidar y quebrar financieramente a los editores y empresas editoriales que puedan afectar intereses políticos o simplemente no satisfacer las desmedidas expectativas de altas ganancias de algún autor que traslada a la editorial sus frustraciones.

    En este tipo de perversiones judiciales en contra de los editores, se encuentra el caso de Fernando Valdés, de la editorial Plaza y Valdés, que constituye un verdadero baluarte de independencia y libertad al haber auspiciado la publicación de obras de gran valor en el conocimiento social, político y económico de nuestra realidad nacional y que dentro del amplio elenco de autores se encuentra uno del área didáctica que por décadas mantuvo con él una relación comercial e incluso de amistad. Pero que, a su muerte, se producen problemas con su sucesión.

    El hecho en sí, relativamente común, no sería excepcional sino es porque la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público en particular, en colusión con los familiares del fallecido autor convierten, un asunto de carácter civil (como lo es la diferencia en el monto de los adeudos y la procedencia o no de la terminación de un contrato), en un asunto de carácter penal llegando al extremo de configurar falsamente, el delito de piratería o de robo de derechos de autor para poder allanar las instalaciones de la editorial, con un operativo espectacular de fuerzas armadas y sin entregar la orden del cateo a través de un Ministerio Público que se negó a presentar la notificación y así incautar las obras impresas en el tiempo de la vigencia del contrato y proceder a aprehender y a encarcelar al editor Fernando Valdés, a través de un juez de consigna como lo es Jorge César Flores Rodríguez (juez segundo de Distrito en Materia Penal del reclusorio Norte, Causa Penal 98/2002) que también sentenció sin pruebas a los inmigrados de origen vasco radicados en México con sus familias) consiguiendo mediante fórmulas dilatorias en el desahogo del procedimiento, tener el editor más de siete meses en la cárcel para que ceda a las exorbitantes pretensiones económicas de sus acusadores la familia Rincón Ávila.

    La fracción I del artículo 424 Bis que tipifica el delito en materia de derechos de autor señala que lo comete quien... I.- Produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, viedeogramas o libros, protegidos por la Ley Federal de Derechos de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos...

    Es evidente que las diferencias que puedan existir respecto a un contrato de edición de una obra con derechos restringidos o incluso cediendo los derechos mismos, como fue el caso del autor original con la editorial Plaza y Valdés, no puede constituir un delito, simplemente porque los elementos del tipo penal como son la reproducción, el dolo y la falta de autorización no se dan en la conducta del indiciado por lo que es imposible la configuración del cuerpo del delito que exige la garantía constitucional del artículo 19 del máximo ordenamiento. Pudiera ser como lo es, un conflicto civil que en tal vía debe dirimirse.

    Como el editor Fernando Valdés se encuentra privado de su libertad personal y tal condición ataca derechos fundamentales de personas dedicadas a la actividad editorial contributiva de la elevación cultural de la sociedad y de la libre expresión de ideas y de pensamiento; se hace necesario que el grupo de trabajo constituido en esta Cámara de Diputados para defender a los periodistas y a los medios, de las agresiones y ataques de los que han sido víctimas en los últimos tiempos, incluya en su objeto la defensa de editores como Fernando Valdés y de todo el gremio que es susceptible de ser sometido a un fraude procesal trasladando, al ramo penal, lo que en todo caso pueda ser civil o administrativo.

    En tal situación y por el compromiso adquirido en la mesa redonda celebrada en Palacio de Minería, durante la XXVII Feria Internacional del Libro, donde, a partir de las exposiciones de José María Espinasa (Asociación de Editores Independientes), Jaime Labastida (director general de Editorial Siglo XXI) representado por José María Castro, María Teresa Romero González (directora de la Agencia Nacional de Propiedad Intelectual, arbitro y perito en derechos de autor), Humberto Mussachio (periodista y escritor), y John Auping (autor de la editorial y profesor de la Universidad Iberoamericana), con la presencia además de autores académicos, libreros, bibliotecarios y representantes de la industria editorial, fui requerido como diputado federal para presentar ante esta H. Cámara de Diputados, la siguiente propuesta con

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se pida al Grupo de Trabajo de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación creado por esta Cámara, atraiga para su estudio y defensa el caso del editor Fernando Valdés, recluido injustamente en el reclusorio Norte del Distrito Federal, por la iniquidad de sus acusadores y del juez segundo de distrito en materia penal Jorge César Flores Rodríguez que, siendo evidente la irresponsabilidad penal del procesado, lo tiene sometido a la privación de su libertad personal.

    Palacio Legislativo, a 7 de marzo de dos mil seis.--- Dip. Jesús González Schmal (rúbrica).»El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Muchas gracias. Túrnese a la Junta de Coordinación Política.
    CENTRO DE ESTUDIOS DE LA FUNCION PUBLICA
    El Presidente diputado Heliodoro Díaz Escárraga: Tiene la palabra el diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se propone la creación del centro de estudios de la función pública.El diputado Adrián Víctor Hugo Islas Hernández: El que suscribe, diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 de la Ley Orgánica y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo.

    Exposición de motivos: En septiembre de 2004, esta Cámara tomó una decisión trascendente para actualizar su trabajo, con la creación de la Comisión de la Función Pública; por decreto publicado el 23 de enero pasado, adquirió carácter de comisión ordinaria. En estos días, el Congreso de la Unión, y en particular la Cámara de Diputados, fortalece tanto la función legislativa como la de representación, gestión social, fiscalización y control de la gestión pública. Esta situación avizora avances en el combate de la corrupción y en crear una mística de servicio, calidad, eficiencia y orientación al ciudadano de los órganos y las personas que forman la administración pública, acciones que impactan en el desarrollo social, el crecimiento económico, la integración global y la legitimidad de las instituciones públicas.

    El desarrollo de la función pública forma parte de un proceso laborioso de Reforma del Estado para contar con un servicio profesional de carrera, para establecer acciones y programas contra la corrupción, para transparentar las adquisiciones, los arrendamientos y la obra pública gubernamental; que perfeccione los sistemas procesales de lo contencioso-administrativo; que establezca sistemas de indicadores y desempeño y metas cuantificables para lograr un gobierno verdaderamente profesional, más allá del patrimonialismo, la prebenda y la discrecionalidad; y que produzca resultados verificables tanto por la sociedad como en su representación, por nuestra Cámara. Nuestra proposición consiste en el establecimiento de un órgano de apoyo para la Cámara en la forma de un centro de estudios de la función pública.

    Pretendemos que el concepto de control y fiscalización pase de ser un buen propósito a una realidad metodológica y práctica que integre bases de datos, defina indicadores de desempeño, labor de estudios y propuestas de las políticas públicas para la profesionalización, transparencia, mejora regulatoria, eficiencia y calidad del servicio público. Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo:

    Único. Se crea el Centro de Estudios de la Función Pública. Estará adscrito a la Comisión de la Función Pública. Su objeto es prestar en forma objetiva, imparcial y oportuna servicios de apoyo técnico y de información analítica para el cumplimiento de las funciones de control y fiscalización atribuidas constitucionalmente a esta Cámara sobre los órganos de la administración pública. Actuará conforme a su plan de trabajo aprobado y acorde con metodologías y técnicas de investigación científica; se integrará por especialistas de investigación, sistematización y análisis de información en los temas correspondientes a la función pública.

    El Centro de Estudios de la Función Pública contará con un director general, nombrado por acuerdo mayoritario de la Comisión de la Función Pública. Se integrará por la estructura, tabulador y funciones que se determinen en la propuesta que presente la Comisión ante la Junta de Coordinación Política. Para ello contará con el apoyo en sus procesos y requerimientos administrativos por la Secretaria General de la Cámara. Para el reclutamiento y nombramiento de su estructura directiva, de investigadores y analistas, la Comisión, con el apoyo de la Secretaría General de la Cámara, diseñará y ejecutará un programa específico de selección por convocatoria pública.

    Analizar las políticas públicas y programas, los reglamentos, disposiciones; evaluar permanentemente el desempeño de las políticas.

    En virtud de estar esto ya en nuestro documento, solicito que sea considerado este punto de acuerdo, señor Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se propone la creación del Centro de Estudios de la Función Pública, a cargo del diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del grupo parlamentario del PRI

    El que suscribe, diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del PRI con fundamento en lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Orgánica y 58 del Reglamento Interior para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente punto de acuerdo:

    Exposición de Motivos

    En el mes de septiembre de 2004 esta Cámara tomó una decisión trascendente para actualizar su trabajo con la creación de la Comisión de la Función Pública. Por decreto publicado el 23 de enero pasado adquirió carácter de Comisión ordinaria.

    En estos días, el Congreso de la Unión y, en particular, la Cámara de diputados, fortalece tanto la función legislativa como las de representación, gestión social, fiscalización y control de la gestión pública.

    Esta situación avizora avances en el combate a corrupción y en crear una mística de servicio, calidad, eficiencia y orientación al ciudadano de los órganos y las personas que conforman la administración pública. Acciones que impactan el desarrollo social, el crecimiento económico, la integración global y la legitimidad de las instituciones públicas.

    El desarrollo de la función pública forma parte de un proceso laborioso de reforma del Estado. Para contar con un servicio profesional de carrera. Para establecer acciones y programas contra la corrupción. Para transparentar las adquisiciones, los arrendamientos y la obra pública gubernamental. Que perfeccione los sistemas procesales de lo contencioso-administrativo. Que establezca sistemas de indicadores de desempeño y metas cuantificables para lograr un gobierno verdaderamente profesional, más allá del patrimonialismo, la prebenda y la discrecionalidad. Que produzca resultados verificables tanto por la sociedad como, en su representación, por nuestra Cámara.

    Nuestra proposición consiste en el establecimiento de un órgano de apoyo para la Cámara, en la forma de un Centro de Estudios de la Función Pública. Pretendemos que el concepto de la función de control y fiscalización pase de ser un buen propósito, a una realidad metodológica y práctica. Que integre bases de datos, defina indicadores de desempeño, elabore estudios y propuestas de políticas públicas para la profesionalización, transparencia, mejora regulatoria, eficiencia y calidad del servicio público.

    Por lo anterior, someto a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Único.-

    a) Se crea el Centro de Estudios de la Función Pública. Estará adscrito a la Comisión de la Función Pública. Su objeto es prestar, en forma objetiva, imparcial y oportuna, servicios de apoyo técnico y de información analítica para el cumplimiento de las funciones de control y fiscalización atribuidas constitucionalmente a ésta Cámara, sobre los órganos de la administración pública. Actuará conforme a su plan de trabajo aprobado y acorde con metodologías y técnicas de investigación científica. Se integrará por especialistas en investigación, sistematización y análisis de información en los temas correspondientes a la función pública.

    b) El Centro de Estudios de la Función Pública contará con un Director General, nombrado por acuerdo mayoritario de la Comisión de la Función Pública. Se integrará por la estructura, tabulador y funciones que se determinen en la propuesta que presente la Comisión ante la Junta de Coordinación Política. Para ello, contará con el apoyo, en sus procesos y requerimientos administrativos, por la Secretaría General de la Cámara.

    c) Para el reclutamiento y nombramiento de su estructura directiva, investigadores y analistas, la Comisión, con el apoyo de la Secretaría General de la Cámara, diseñará y ejecutará un programa específico de selección por convocatoria pública y oposición técnico-parlamentaria.

    d) El Centro será supervisado permanentemente por la Comisión, con base en su programa de trabajo y desempeñará las siguientes tareas:

    1. Analizar las políticas y programas, los reglamentos, disposiciones normativas y leyes aplicables al campo de la Función Pública, para formular estudios, propuestas y recomendaciones en la materia.

    2. Evaluar permanentemente el desempeño de las políticas y programas inherentes al campo de la función pública, a la luz del cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, así como de las disposiciones presupuestales y legales concernientes.

    3. Recabar e integrar bases de datos, procesadas metodológicamente, para el servicio de la funciones de control y fiscalización que desempeñan los diversos órganos legislativos.

    4. Conocer y opinar respecto de las iniciativas y proposiciones en la materia, que le sean requeridas por los legisladores, tanto para su presentación como para el dictamen correspondiente.

    5. Integrar un sistema de indicadores y metas de desempeño gubernamental, para cuantificar y fundamentar la evaluación y el control sobre las dependencias y entidades federales.

    6. Realizar estudios, por sí, o mediante convenio con instituciones públicas y privadas en las materias de su competencia, difundiéndolos, previo acuerdo de la Comisión, por los diversos medios disponibles.

    7. Organizar y realizar tareas de capacitación, formación y actualización tanto para legisladores, personal parlamentario e interesados.

    Palacio Legislativo, a 23 de febrero de 2006.--- Dip. Víctor Hugo Islas Hernández (rúbrica).»Presidencia del diputado Álvaro Elías LoredoEl Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Junta de Coordinación Política.
    SITUACION LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE GASOLINERAS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar proposición con punto de acuerdo para que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social regule la situación laboral de los trabajadores que prestan servicios en las gasolineras del país.El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno: Con su permiso, diputado Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, para que la STPS regule la situación laboral de los trabajadores que prestan servicios en las gasolineras del país.

    Juan Fernando Perdomo Bueno, diputado federal de la LIX Legislatura del grupo parlamentario de Convergencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría del Trabajo regule, de manera inmediata, la situación laboral de los trabajadores que prestan sus servicios en las gasolineras del país, con base en las siguientes

    Consideraciones

    Hoy, los mexicanos nos sentimos consternados por la irreparable pérdida de 65 mineros en Sabinas, Coahuila.

    Lamentable suceso que ha puesto al descubierto la inhumana condición laboral en que desempeñan sus quehaceres este núcleo de trabajadores.

    Sujetos a un miserable sueldo, estos mexicanos tuvieron que morir para que sus familias puedan aspirar a mejorar sus condiciones de vida, con la indemnización que habrán de recibir de la empresa y el compromiso de ésta de apoyar la educación de sus hijos hasta culminar el nivel profesional, beneficios que en vida nunca podrían haber alcanzado los trabajadores fallecidos.

    Pero estos trágicos acontecimientos podrían haberse evitado si las autoridades de la Secretaría del Trabajo cumplieran oportunamente con sus funciones.

    Lo sucedido debe orientar también nuestro interés hacía otro grupo de mexicanos que por centenares despachan gasolina en los expendios asentados en el territorio del país, los cuales, en su mayoría, ni siquiera reciben el salario mínimo, y mucho menos están sujetos a algún tipo de seguridad social, puesto que su salario diario son las propinas que reciben de los conductores.

    Ya sabemos que los propietarios de las gasolineras no sólo engañan a los consumidores vendiéndoles litros que no son litros, sino que también en muchos de estos expendios se obliga a los despachadores del fluido a vender una cantidad determinada de lubricantes, y si no cumplen con ello, tienen la obligación de aportar de sus escasas propinas una cantidad fija diaria al patrón para continuar laborando en la empresa.

    Yo me pregunto, compañeras y compañeros legisladores, tendrá la Secretaría del Trabajo que esperar una catástrofe para orientar su mirada hacia estos trabajadores que laboran en condiciones tan injustas como las que aquí he descrito, para cumplir con su trabajo.

    Por lo expuesto, es que someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Único.- que la Secretaría del Trabajo revise, de manera inmediata, la situación laboral de los trabajadores que prestan sus servicios en las gasolineras del país y, en su caso, se regule conforme a la ley su situación laboral.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, 7 de marzo de 2006.--- Dip. Juan Fernando Perdomo Bueno.»

    Es cuanto, diputado Presidente. Gracias.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
    CONSTRUCCION Y MODERNIZACION DE CARRETERAS
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene el uso de la palabra el diputado Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a entregar a las entidades federativas los recursos asignados para infraestructura, así como los del Ramo 9, para construcción y modernización de carreteras, no ejercidos del Presupuesto de 2005.El diputado Pedro Ávila Nevárez: Con su permiso, señor Presidente. De conformidad con los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el de la voz, Pedro Ávila Nevárez, presenta a esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución. Vengo a esta tribuna a pedir al Ejecutivo federal que cumpla los plazos que se fijaron para ejercer el Presupuesto de Egresos de 2005 y el de 2006, principalmente en la infraestructura carretera, que se aprobó en esta Cámara de Diputados.

    El sello que ha distinguido a este secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, que llegó para desgracia de México a partir del año 2000, es retener el Presupuesto --que esta soberanía ha aprobado año con año--, y ha bloqueado la tarea del secretario de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola, que se ha comprometido con los estados de la Federación a impulsar las carreteras que tanto necesita el país y que el Presidente Fox ha dado impulso a su máximo en este gobierno. Año con año, venía aumentando el pago de los adeudos de ejercicios fiscales anteriores, Adefas, cada año... hasta que esta soberanía las redujo en el Presupuesto de 2005.

    En el informe sobre el estado de guarda la economía en México del cuarto trimestre, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el caso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se informa que en el presupuesto ampliado 2005 por esta Cámara, los Adefas aprobados fueron por 2 mil millones 285 mil 4 millones de pesos, que en construcción y conservación de carreteras hubo un subejercicio de 2 mil millones 720 mil, lo que confirma que se esconde el Presupuesto con fines distintos de los que originalmente se definieron. Pero lo más grave es que en los tramos carreteros aprobados sólo se han ejercido, con base en el mismo informe, sólo casi 60 por ciento del presupuesto asignado para este ramo. Por eso se debe exigir al secretario de Hacienda que se entregue de inmediato el presupuesto subejercido en 2005, que de acuerdo con el mismo estableció que se fueran a gasto en infraestructura, y se libere de inmediato el presupuesto carretero. Por lo anteriormente descrito, presento a esta H. soberanía el siguiente punto de acuerdo:

    Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la entrega inmediata del total de los recursos asignados a las entidades federativas para infraestructura, así como los del Ramo 9, para construcción y modernización de carreteras, no ejercido del Presupuesto de 2005 en las ampliaciones aprobadas por esta Cámara de Diputados.

    Dado en el Palacio de San Lázaro, a los 22 días del mes de marzo del año 2006.

    Compañeros diputados, en virtud de que las carreteras de México, que enlazan la patria, no se han concluido porque el señor Gil Díaz tiene el dinero retenido en la Secretaría de Hacienda, y un hombre que sí cumple con el Presidente y cumple con México, como Cerisola, no ha podido ejercer ese dinero en beneficio del pueblo de México, pido a ustedes que aprobemos este punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución. Los que piden que pronto y el tiempo es que no saben lo que la gente del campo, los campesinos, los obreros y todos los que tienen que moverse y que no tienen carreteras es por culpa de este señor, que tiene detenido el dinero, que no es de él, es del pueblo de México... Ya basta de que exijan a uno que se baje de esta tribuna: nos eligió el pueblo y venimos aquí a eso. Pido el voto a favor, compañeros.

    «Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a entregar a las entidades federativas los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de 2005, que no han sido ejercidos, a infraestructura, construcción y modernización de carreteras, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del PRI

    De conformidad con los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el de la voz, diputado Pedro Ávila Nevarez, presento a esta H. Soberanía el siguiente Punto de Acuerdo, de urgente y obvia resolución:

    Exposición de Motivos

    Vengo a esta tribuna a exigir al Ejecutivo federal cumpla con los plazos que se fijaron para ejercer el Presupuesto de Egresos 2005 y 2006, principalmente en la infraestructura carretera, que se aprobó en esta Cámara de Diputados.

    El sello que ha distinguido a este Gobierno, que llego para desgracia de México a partir del año 2000, es el retener el Presupuesto que esta Soberanía le ha aprobado año con año, y que le ha servido para afirmar en sus informes, inclusive en el 5º Informe del 2005 año de la controversia, como un logro de él, siendo esto falso.

    Según el Dr. Ortiz, en su presentación en el Senado de la República del 11 de octubre del 2005, las Adefas en 2003 significaron el 0.23 por ciento del PIB, y en 2004 significaron el 0.37 por ciento. De ahí, que en el PEF 2005, esta Soberanía le redujo significativamente el presupuesto para este reglón en cerca de 7 mil millones.

    Esto significa que venia aumentando el pago de los Adeudos de Ejercicio Fiscales Anteriores (Adefas) cada año.

    En el informe sobre el estado de la economía en México, del cuarto trimestre, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el caso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se informa que en el presupuesto ampliado 2005 por esta Cámara, los Adefas aprobados fueron 2,285.4 millones de pesos, agregando que en construcción y conservación de carreteras, hubo un subejercicio de 2,720.7 millones; lo que confirma que se esconde el presupuesto con otros fines de los que originalmente se definieron.

    Pero lo mas grave es que en los tramos carreteros aprobados solo se han ejercido, en base al mismo informe, solo casi el 60 por ciento del presupuesto asignado para ese ramo.

    Por esto es que, se debe exigir al Ejecutivo federal se libere de inmediato el presupuesto subejercido en 2005, que de acuerdo al mismo se estableció que se fueran a gasto en infraestructura, y se libere de inmediato el presupuesto carretero.

    Por lo anterior escrito, presento a esta H. soberanía, el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único.- Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la entrega inmediata del total de los recursos asignados a las entidades federativas para infraestructura, así como los del Ramo 09 para construcción y modernización de carreteras, no ejercidos del Presupuesto 2005 en las ampliaciones aprobadas por esta Cámara de Diputados.

    Siendo en el Palacio de San Lázaro, a los 7 días del mes de marzo de 2006.--- Dip. Pedro Ávila Nevarez (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, secretario. En consecuencia, está a discusión la proposición.

    No habiendo oradores registrados, esta Presidencia considera el asunto suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres: En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse la proposición.

    Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor...

    Los ciudadanos diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Aprobada; comuníquese.


    ESTADO DE GUERRERO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que audite los recursos federales correspondientes a los fondos del Ramo 33 ejercidos en diversos municipios del estado de Guerrero en los ejercicios de 2004 y de 2005.El diputado Ángel Pasta Muñuzuri: Con su permiso, señor Presidente:

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF que fiscalice los recursos federales correspondientes a los fondos del Ramo 33 ejercidos en diversos municipios de Guerrero en 2004 y 2005.

    El suscrito, diputado federal de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, Ángel Pasta Muñuzuri, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta al Pleno de la Cámara Diputados una proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes

    Consideraciones

    Por el derecho que me corresponde de hablar por Guerrero, el estado del sur, rico en patria, en naturaleza, en historia, ahí donde surgen los sentimientos de la nación, donde la pobreza duele más, los ciudadanos demandan conocer la verdad, en qué se aplicaron los recursos de la Federación dados a nuestro estado en el año del 2004 y 2005.

    El presente punto de acuerdo es para requerir a la Auditoría Superior de la Federación, a su titular, el CP Arturo González de Aragón, audite en Guerrero el ejercicio fiscal del año próximo pasado, determine el denominado Ramo 33, correspondiente a las Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se requiere revisión urgente puntual y transparente en los rubros de Educación, Salud e Infraestructura Social.

    Esta Auditoría tendrá por objeto fiscalizar, verificar la distribución, administración, ejercicio y destino de los recursos federales asignados al estado para los ejercicios fiscales 2004 y 2005, pues es necesario que los recurso federales que ejercieron el gobiernos estatal y los municipios sean fiscalizados estrictamente; el 20 de enero del actual, se publico en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Desa-rrollo Social, que establece que los gobiernos de la entidades federativas instituirán un sistema de planeación del desarrollo social, formularán, aprobarán y aplicarán los programas de éste, en los términos de la Ley Planeación, y de manera coordinada con el Gobierno Federal, vigilará que los recursos aprobados se ejerzan con honradez, oportunidad, transparencia y equidad, por ello es deber y facultad de la Secretaría de la Función Pública, para que en el ámbito de sus facultes realice la inspección y vigilancia de los recursos federales ejercidos en Guerrero.

    Por todo esto y lo que resulte es urgente que se realice una auditoría integral en Guerrero, por lo que corresponde al ejercicio fiscal del año próximo pasado 2004 y del 2005, lo que determine el denominado Ramo General 33, correspondiente a las Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.

    Por lo expuesto y con apoyo en lo establecido en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Único. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que, en términos de lo que establece la ley de Fiscalización Superior de la Federación, solicite la fiscalización de los recursos federales correspondiente a los fondos del Ramo 33, relativos a educación, salud e infraestructura social, ejercidos por los municipio de Acapulco de Juárez, Chilpancingo de los Bravo, Taxco de Alarcón, Iguala de la Independencia, Ajuchitlán del Progreso y Tecoanapa, durante el ejercicio del 2004 y 2005.

    Dip. Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica).»

    Gracias por su atención, señor Presidente. Para que todos podamos realmente... para que todos podamos vivir mejor.

    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

    La siguiente proposición, del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se pospone.


    GRUPO AEROPORTUARIO DEL PACIFICO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Tiene la palabra el diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar proposición con punto de acuerdo para que los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, no autoricen la bursatilización de 85 por ciento de la participación accionaria del Gobierno Federal pretendida por Grupo Aeroportuario del Pacífico.El diputado Jesús Porfirio González Schmal: Con su anuencia, diputado Presidente. Con fecha 29 de octubre de 2003, 25 de mayo de 2005 y todavía este último 4 enero de 2006 se presentaron ante esta representación distintas propuestas con punto de acuerdo para que el riesgo existente con la bursatilización de Grupo Aeroportuario del Pacífico, que hasta ahora es del Gobierno Federal, a través de Nacional Financiera, pase a ser propiedad en su mayor parte de las empresas españolas Unión Fenosa y Dragados de España, que adquirirán así no sólo la confirmación de 15 por ciento de las acciones de control que ahora detentan, sino la parte mayoritaria para evitar cualquier contrapeso al dominio de 12 aeropuertos mexicanos en el área del Pacífico, donde se encuentran centrales aeroportuarias de la importancia de Guadalajara y Tijuana.

    Tal bursatilización debe detenerse no sólo porque están pendientes las auditorías que la Cámara de Diputados ha solicitado de la Auditoría Superior de la Federación sino, también, porque los comerciantes mexicanos instalados en los corredores de los aeropuertos han sido víctimas de los dueños españoles, que los han desalojado arbitrariamente para traer nuevas franquicias internacionales e ibéricas. Interpusieron estos comerciantes locatarios, el pasado 22 de julio de 2005 ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, un recurso de revocación administrativa de las concesiones aeroportuarias; y la Secretaría eludió entrar en el fondo en la expedición del informe justificado, por lo que se tuvo que interponer un amparo en revisión, que todavía está pendiente de resolución.

    Sobra decir que la concesión de los 12 aeropuertos de la zona del Pacífico otorgada a Grupo Aeroportuario del Pacífico significa prácticamente la cesión a título gratuito de las instalaciones de los aeródromos y de todos los servicios conexos, que constituyen activos estratégicos del patrimonio nacional, por un plazo de 50 años, prorrogables a otros 50 más, con lo que México perderá la capacidad de control sobre uno de sus principales activos estratégicos. Por lo anterior, respetuosamente someto a su consideración el siguiente punto de acuerdo:

    Los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, entre otras razones, por la interposición del recurso de rescisión administrativa promovido por los comerciantes de los aeropuertos, aunado a los negativos antecedentes citados por el presente punto de acuerdo y la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, deben rechazar la bursatilización de 85 por ciento de la participación accionaria que detenta el Gobierno Federal, la que evidentemente será adquirida por Aena y sus filiales Unión Fenosa y Dragados de España, significando un mayor perjuicio que el ya ocasionado para el patrimonio de los mexicanos y para el ejercicio de la soberanía nacional.

    Palacio Legislativo. Jesús González Schmal, suscriptor de esta petición. Gracias, señor Presidente.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

    Proposición con punto de acuerdo, para que los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, no autoricen la bursatilización de 85 por ciento de la participación accionaria del Gobierno Federal pretendida por Grupo Aeroportuario del Pacífico, a cargo del diputado Jesús González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia

    El que suscribe, diputado Jesús González Schmal, integrante del grupo parlamentario de Convergencia, Partido Político, con fundamento en el artículo 58 de Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, conforme a los siguientes

    Considerandos

    Con fecha 29 de octubre de 2003, 25 de mayo de 2005, y todavía este último 4 de enero de 2006 se presentaron, ante esta representación, distintas propuestas con punto de acuerdo para que, el riesgo existente con la bursatilización del Grupo Aeroportuario del Pacífico que, hasta ahora es del Gobierno Federal a través de Nacional Financiera, pase a ser propiedad, en su mayor parte, de las empresas españolas Unión Fenosa y Dragados de España, quienes adquirirían así, no sólo la confirmación del 15% de las acciones de control que ahora detentan, sino la parte mayoritaria para evitar cualquier contrapeso al dominio de doce aeropuertos mexicanos en el área del Pacífico, dónde se encuentran centrales aeroportuarias de la importancia de Guadalajara y Tijuana.

    La referida operación bursátil supondría también una burla a la Ley de Aeropuertos, donde se prescribe que el capital extranjero no puede rebasar el 49%. Tal posibilidad se puede materializar mediante la adquisición de acciones en el mercado por parte del grupo español a través de prestanombres con objeto de lograr la mayoría necesaria que, por tanto tiempo, han buscado.

    Sobra decir que la concesión de los doce aeropuertos de la zona del Pacífico, otorgada al Grupo Aeroportuario del Pacífico, significa prácticamente la cesión a título gratuito de las instalaciones de los aeródromos y todos los servicios conexos (que constituyen activos estratégicos del patrimonio nacional), por un plazo de cincuenta años, prorrogables a otros cincuenta más, con lo que México perdería la capacidad de control sobre uno de sus principales activos.

    Nadie desconoce que detrás de estas inversiones españolas en México está el ex presidente José María Aznar, quien pasa gran parte de su tiempo en el país; guarda una estrecha amistad con el Presidente Fox y su esposa, al grado de haber sido huésped de éstos el mismo día de su matrimonio y no ocultar su presencia entre hombres de negocios cercanos a la pareja presidencial, a través de los que ha pedido dirigir el Grupo Aeroportuario del Pacífico.

    Tal bursatilización debe detenerse no sólo porque están pendientes las auditorias que esta Cámara de Diputados ha solicitado de la Auditoría Superior de la Federación, sino también porque los comerciantes mexicanos instalados en los corredores del aeropuerto han sido víctimas de los dueños españoles que los han desalojado arbitrariamente para traer nuevas franquicias internacionales e ibéricas; interpusieron el pasado 22 de julio de 2005 ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, un recurso de revocación administrativa de las concesiones aeroportuarias y la Secretaría eludió entrar al fondo en la expedición del informe justificado por lo que se tuvo que interponer un amparo en revisión, que todavía está pendiente de resolución.

    Es obvio que, como ha ocurrido en otros sexenios, se aprovecha el final de éstos para que, con el ruido de los temas electorales, se deslicen silenciosamente y, al margen de la ley, las maniobras de despojo del patrimonio nacional a favor de grupos de inversionistas que regresarán el favor del apoyo al Presidente, una vez que éste concluya su periodo. Es el caso trágico de lo que pasó con la red ferroviaria que Ernesto Zedillo privatizó y que después pasó a manos de Kansas City Southern y de otros bienes de la nación que se han perdido para siempre.

    Por lo anterior, respetuosamente someto a su consideración el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes (entre otras razones por la interposición del recurso de rescisión administrativa promovido, aunado a los negativos antecedentes citados en el presente punto de acuerdo) y la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras no deben autorizar la bursatilización del 85% de la participación accionaria que detenta el Gobierno Federal, la que evidentemente será adquirida por AENA y sus filiales Unión Fenosa y Dragados de España, significando un mayor perjuicio al ya ocasionado para el patrimonio de los mexicanos y la soberanía nacional.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de marzo de 2006.--- Dip. Jesús González Schmal (rúbrica).»El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Economía, y de Transportes. Continúe la Secretaría.
    ORDEN DEL DIA

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Tercer Año de Ejercicio.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Jueves 23 de marzo de 2006.

    Acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    De los diputados José Erandi Bermúdez Méndez, Miguel Ángel Rangel Ávila, Alfonso Moreno Morán, José Julio González Garza y Salvador Márquez Lozornio.

    Del Congreso del estado de Tamaulipas.

    Del Gobierno del Distrito Federal.

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»

    Es cuanto, diputado Presidente.


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, secretaria. Se pide la Secretaría que abra el sistema electrónico por seis minutos para verificar la asistencia.

    La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por seis minutos para verificación de asistencia. (...)

    Ciérrese el sistema electrónico de votación. Diputado Presidente, hay un pase de asistencia de 353 diputados.


    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Álvaro Elías Loredo: Gracias, secretaria. (A las 16:06 horas) Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana, jueves 23 de marzo, a las 10:00 horas. Y se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 8: 00 horas.--------------- o --------------- RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 51 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 343 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 375 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 353 diputados.

  • Diputados que solicitan licencia: 2.

  • Diputado que solicita prorroga a licencia: 1.

  • Diputados que se reincorporan: 6.

  • Diputados que se separan de grupo parlamentario: 14.

  • Proposiciones con puntos de acuerdo: 6.

  • Punto de acuerdo, aprobado: 1.

  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 1.

  • Oradores en tribuna: 33 PRI-7, PAN-12, PRD-9, PVEM-2, Conv-3.

    Se recibió:

  • 2 comunicaciones de los Congresos de los estados de Nayarit y de Quintana Roo;

  • 1 oficio de la Comisión Federal de Electricidad, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;

  • 4 comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que propone cambios en la integración del Comité de Información, Gestoría y Quejas, de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento al manejo y destino de los recursos entregados al fideicomiso F/9645-2, con el 5 por ciento de las empresas mineras Mexicana de Cobre, Mexicana de Ácido Sulfúrico, Industrial Minera México, Minerales Metálicos del Norte, Zinc de México y Carbonífera Nueva Rosita, con motivo de la compra-venta que firmó Grupo México y el Gobierno federal por la privatización de Mexicana de Cananea y Mexicana de Cobre, así como para conocer y dar seguimiento a diversos aspectos relacionados con la problemática minera de la República Mexicana; y del Grupo de Trabajo del Capítulo Mexicano de Parlamentarios Latinoamericanos contra la Corrupción;

  • 13 oficios de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la que propone modificar el orden del día para posponer la discusión de tres dictámenes de la Comisión de Reforma Agraria;

  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso a una ciudadana para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero que le otorga el Gobierno de la República Francesa;

  • 1 minuta proyecto de ley para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 constitucional;

  • 4 minutas proyectos de ley;

  • 2 iniciativas de senadores del PRI;

  • 5 iniciativas del PRI;

  • 7 iniciativas del PAN;

  • 3 iniciativas del PRD;

  • 6 iniciativas del PVEM.

    Dictámenes de primera lectura:

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción XXII del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta;

  • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., 5o., 7o., 8o., 15 y 22 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;

  • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Reforma Agraria, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 10 de la Ley de Expropiación y reforma el artículo 94 de la Ley Agraria;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a 8 ciudadanos para prestar servicios en la Embajada del Estado de Israel en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a 10 ciudadanos para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México, sus Consulados en Hermosillo, Sonora, y Ciudad Juárez, Chihuahua, y en la Agencia Consular en San Miguel de Allende, Guanajuato, respectivamente;

  • 1 de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a 4 ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que les otorgan los Gobiernos de la República Francesa, del Reino de España y de Estados Unidos de América, respectivamente.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Energía y de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados;

  • 1 de la Comisión de Economía, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor;

  • 1 de la Comisión de Economía, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona el artículo 38 y reforma los artículos 53 y 57 de la Ley de la Propiedad Industrial;

  • 1 de la Comisión de Economía, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones del Código de Comercio;

  • 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Desarrollo Social, por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona una fracción X al artículo 1o. y un Título Sexto, denominado Responsabilidades y Sanciones, a la Ley General de Desarrollo Social; y adiciona una fracción VII al artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Aragón Cortés, Sheyla Fabiola (PAN) Ley Federal de Protección de Datos Personales: 181
  • Ávila Nevárez, Pedro (PRI) Construcción y modernización de carreteras: 281
  • Avilés Nájera, Rosa María (PRD) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 258, 263
  • Barrera Zurita, Baruch Alberto (PAN) Ley General de Educación: 170
  • Camarena Gómez, Consuelo (PAN) Ley para la Coordinación de la Educación Superior: 202
  • Castelo Parada, Javier (PAN) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 259
  • Corrales Macías, José Evaristo (PAN) Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: 131
  • Cortés Jiménez, Rodrigo Iván (PAN) Andrés Manuel López Obrador: 246
  • Díaz del Campo, María Angélica (PRD) Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: 214
  • Díaz del Campo, María Angélica (PRD) Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público - Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 216
  • Duarte Olivares, Horacio (PRD) Andrés Manuel López Obrador: 247
  • Espino Arévalo, Fernando (PVEM) Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados: 160
  • Gómez Álvarez, Pablo (PRD) Andrés Manuel López Obrador: 246, 247
  • Gómez Álvarez, Pablo (PRD) Artículo 83 constitucional: 159
  • González Schmal, Jesús Porfirio (Conv) Editorial Plaza y Valdés: 275
  • González Schmal, Jesús Porfirio (Conv) Grupo Aeroportuario del Pacífico: 214
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRD) Andrés Manuel López Obrador: 248 desde curul
  • Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto (PRI) Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública: 105 desde curul
  • Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo (PRI) Centro de Estudios de la Función Pública: 277
  • Laguette Lardizábal, María Martha Celestina Eva (PRI) Ley de Amparo: 143
  • Legorreta Ordorica, Jorge (PVEM) Ley Federal de Turismo: 128
  • López Aguilar, Cruz (PRI) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 260, 263
  • López Núñez, Pablo Alejo (PAN) Andrés Manuel López Obrador: 247
  • Murat Macías, José Adolfo (PRI) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 263
  • Nazar Morales, Julián (PRI) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 262
  • Pasta Muñuzuri, Ángel (PAN) Estado de Guerrero: 283
  • Pasta Muñuzuri, Ángel (PAN) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: 176
  • Penagos García, Sergio (PAN) Ley Federal de Telecomunicaciones: 147
  • Perdomo Bueno, Juan Fernando (Conv) Situación laboral de los trabajadores de gasolineras: 280
  • Ramírez Cuéllar, Alfonso (PRD) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 259
  • Treviño Rodríguez, José Luis (PAN) Artículos 52, 53 y 54 constitucionales: 152
  • Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio (PAN) Ley de Gas Natural de Proceso, Amoniaco y Fertilizantes Nitrogenados: 261 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala De La Fuente José Manuel Adame De León Fernando Ulises Aguilar Flores Ubaldo Aguilar Hernández Roberto Aquiles Aguirre Maldonado María de Jesús Aguirre Rivero Ángel Heladio Alarcón Hernández José Porfirio Alarcón Trujillo Ernesto Alcántara Rojas José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez Victor Manuel Alcocer García Roger David Alemán Migliolo Gonzalo Amezcua Alejo Miguel Anaya Rivera Pablo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Arcos Suárez Filemón Primitivo Arevalo Gallegos Daniel Raúl Arias Martínez Lázaro Ávila Nevárez Pedro Ávila Rodríguez Gaspar Badillo Ramírez Emilio Barbosa Gutiérrez Federico Bazan Flores Omar Bejos Nicolás Alfredo Bitar Haddad Oscar Blackaller Ayala Carlos Burgos Barrera Álvaro Burgos García Enrique Bustillos Montalvo Juan Cabrera Rivero Pedro Gustavo Campos Córdova Lisandro Arístides Carrasco Gómez César Augusto Castañeda Ortiz Concepción Olivia Castro Ríos Sofia Celaya Luría Lino Chávez Montenegro Benito Chuayffet Chemor Emilio Collazo Gómez Florencio Córdova Martínez Julio César Culebro Velasco Mario Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel Dávila Salinas Norma Violeta Del Valle Reyes Guillermo Delgadillo González Claudia Díaz Escarraga Heliodoro Carlos Díaz Rodríguez Homero Domínguez Arvizu María Hilaria Domínguez Ordoñez Florentino Echeverría Pineda Abel Escalante Arceo Enrique Ariel Fajardo Muñoz María Concepción Félix Ochoa Oscar Fernández García Fernando Fernández Saracho Jaime Figueroa Smutny José Rubén Filizola Haces Humberto Francisco Flores Hernández José Luis Flores Morales Victor Félix Flores Rico Carlos Fonz Sáenz Carmen Guadalupe Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ayala Marco Antonio García Corpus Teofilo Manuel García Cuevas Fernando Alberto García Mercado José Luis García Ortiz José Gastélum Bajo Diva Hadamira Godínez y Bravo Rebeca Gómez Carmona Blanca Estela Gómez Sánchez Alfredo González Huerta Víctor Ernesto González Orantes César Amín Gordillo Reyes Juan Antonio Grajales Palacios Francisco Guerra Castillo Marcela Guizar Valladares Gonzalo Gutiérrez de la Garza Héctor Humberto Gutiérrez Romero Marco Antonio Hernández Bustamante Benjamín Fernando Herrera León Francisco Herrera Solís Belizario Iram Islas Hernández Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos María Del Carmen Jiménez Macías Carlos Martín Laguette Lardizábal María Martha Larios Rivas Graciela Leyson Castro Armando Lomelí Rosas J. Jesús López Aguilar Cruz López Medina José Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrazo Rojas Federico Madrigal Hernández Luis Felipe Marrufo Torres Roberto Antonio Martínez De La Cruz Jesús Humberto Martínez Hernández Aldo Mauricio Martínez López Gema Isabel Martínez Nolasco Guillermo Martínez Rivera Laura Elena Maya Pineda María Isabel Mazari Espín Rosalina Medina Santos Felipe Mejía González Raúl José Mendivil Morales Guadalupe Meza Cabrera Fidel René Mier y Concha Campos Eugenio Mireles Morales Carlos Monárrez Rincón Francisco Luis Montenegro Ibarra Gerardo Morales Flores Jesús Moreno Arévalo Gonzalo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Moreno Ovalles Irma Guadalupe Murat Hinojosa Alejandro Ismael Murat Macías José Adolfo Muro Urista Consuelo Nava Altamirano José Eduviges Nava Díaz Alfonso Juventino Nazar Morales Julián Neyra Chávez Armando Orantes López María Elena Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Ortega Ramírez Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez Martha Pano Becerra Carlos Osvaldo Pavón Vinales Pablo Pedraza Martínez Roberto Peralta Galicia Anibal Pompa Victoria Raúl Ponce Beltrán Esthela de Jesús Posadas Lara Sergio Arturo Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Pineda Luis Antonio Ramírez Puga Leyva Hector Pablo Ramón Valdez Jesús María Rangel Espinosa José Retamoza Vega Patricia Elena Robles Aguilar Arturo Rocha Medina Ma. Sara Rodríguez Anaya Gonzalo Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez de Alba María del Consuelo Rodríguez Díaz Hugo Rodríguez Guardado Norma Patricia Rodríguez Javier Rogelio Rodríguez Rocha Ricardo Rojas Gutiérrez Francisco José Román Bojórquez Jesús Tolentino Rosales Olmos Samuel Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Rueda Sánchez Rogelio Humberto Ruíz Vega Ofelia Ruiz Massieu Salinas Claudia Saenz López Rosario Salazar Macías Rómulo Isael Saldaña Villaseñor Alejandro Sánchez López Jacobo Sánchez Vázquez Salvador Silva Santos Erick Agustín Sotelo Ochoa Norma Elizabeth Suárez y Dávila Francisco Tecolapa Tixteco Marcelo Torres Hernández Marco Antonio Trujillo Fuentes Fermín Uscanga Escobar Jorge Utrilla Robles Jorge Baldemar Valenzuela García Esteban Valenzuela Rodelo Rosa Hilda Vázquez Vázquez Modesta Vega Rayet Juan Manuel Vega y Galina Roberto Javier Velázquez Ramírez Aracelí Vidaña Pérez Martín Remigio Villacaña Jiménez José Javier Villegas Arreola Alfredo Wong Pérez José Mario Yabur Elías Amalin Zanatta Gasperín Gustavo Zepahua Valencia Mario Alberto Rafael Zorrilla Fernández Guillermo Asistencias: 134 Asistencias por cédula: 2 Asistencias comisión oficial: 8 Permiso Mesa Directiva: 8 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 38 Total diputados: 190 PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Aldaz Hernández Huberto Alexander Rábago Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja Angel Juan Álvarez Mata Sergio Álvarez Monje Fernando Angulo Góngora Julián Arabian Couttolenc Myriam De Lourdes Aragón Cortés Sheyla Fabiola Ávila Camberos Francisco Juan Baeza Estrella Virginia Yleana Bárcenas González José Juan Barrera Zurita Baruch Alberto Barrio Terrazas Francisco Javier Blanco Becerra Irene Herminia Cabello Gil José Antonio Calderón Centeno Sebastián Camarena Gómez Consuelo Cárdenas Vélez Rómulo Castelo Parada Javier Castillo Reyes María Eugenia Chavarría Salas Raúl Rogelio Chávez Murguía Margarita Colín Gamboa Roberto Contreras Covarrubias Hidalgo Córdova Villalobos José Angel Corella Torres Norberto Enríque Corrales Macías José Evaristo Cortés Jiménez Rodrigo Iván Cortés Mendoza Marko Antonio Cruz García Concepción Dávila Aranda Mario Ernesto de Sn. Alberto de la Vega Asmitia José Antonio Pablo De la Vega Larraga José María De Unanue Aguirre Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte Jaime Díaz Delgado Blanca Judith Díaz González Felipe de Jesús Döring Casar Federico Durán Reveles Patricia Elisa Elías Loredo Álvaro Elyd Sáenz María Salome Eppen Canales Blanca Escudero Fabre María del Carmen Esquivel Landa Rodolfo Esteva Melchor Luis Andrés Fernández Moreno Alfredo Flores Fuentes Patricia Flores Mejía Rogelio Alejandro Galindo Noriega Ramón Gama Basarte Marco Antonio Gámez Gutiérrez Blanca Amelia Garduño Morales Patricia Gómez Morín Martínez del Río Manuel González Carrillo Adriana González Furlong Magdalena Adriana González Garza José Julio González González Ramón González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Guzmán De Paz Rocío Guzmán Pérez Peláez Fernando Antonio Hernández Martínez Ruth Trinidad Hinojosa Moreno Jorge Luis Jaspeado Villanueva María del Rocío Juárez Alejo Ana Luz Landero Gutiérrez José Francisco Javier Lara Arano Francisco Javier Lara Saldaña Gisela Juliana Lastra Marín Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo Francisco Isaias Llera Bello Miguel Angel López Mena Francisco Xavier López Núñez Pablo Alejo López Villarreal Manuel Ignacio Madero Muñoz Gustavo Enrique Marquez Lozornio Salvador Méndez Galvez Alberto Urcino Mendoza Ayala Rubén Mendoza Flores Ma. del Carmen Molinar Horcasitas Juan Francisco Morales De la Peña Antonio Moreno Morán Alfonso Núñez Armas Juan Carlos Obregón Serrano Jorge Carlos Ortíz Domínguez Maki Esther Osorio Salcido José Javier Osuna Millán José Guadalupe Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Palmero Andrade Diego Paredes Vega Raúl Leonel Pasta Muñuzuri Angel Penagos García Sergio Pérez Cárdenas Manuel Pérez Moguel José Orlando Pérez Zaragoza Evangelina Preciado Rodríguez Jorge Luis Puelles Espina José Felipe Ramírez Luna María Angélica Rangel Ávila Miguel Ángel Rangel Hernández Armando Ríos Murrieta Homero Rivera Cisneros Martha Leticia Rochín Nieto Carla Rodríguez y Pacheco Alfredo Rojas Toledo Francisco Antonio Ruiz del Rincón Gabriela Sacramento Garza José Julián Saldaña Hernández Margarita Sánchez Pérez Rafael Sandoval Franco Renato Saucedo Moreno Norma Patricia Sierra Zúñiga Miguel Sigona Torres José Suárez Ponce María Guadalupe Talavera Hernández María Eloísa Tamborrel Suárez Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez Carlos Noel Torres Ramos Lorena Torres Zavala Ruben Alfredo Toscano Velasco Miguel Ángel Trejo Reyes José Isabel Treviño Rodríguez José Luis Triana Tena Jorge Trueba Gracian Tomas Antonio Urrea Camarena Marisol Userralde Gordillo Leticia Socorro Valdéz De Anda Francisco Javier Valencia Monterrubio Edmundo Gregorio Valladares Valle Yolanda Guadalupe Varela Hall Juan Alejandro Vargas Bárcena Marisol Vázquez García Sergio Vázquez González José Jesús Vázquez Saut Regina Vega Casillas Salvador Villanueva Ramírez Pablo Antonio Yáñez Robles Elizabeth Oswelia Zavala Peniche María Beatriz Asistencias: 111 Asistencias por cédula: 5 Asistencias comisión oficial: 6 Permiso Mesa Directiva: 9 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 17 Total diputados: 148 PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Alonso Raya Agustín Miguel Arce Islas René Avilés Nájera Rosa María Brugada Molina Clara Marina Cabrera Padilla José Luis Camacho Solís Victor Manuel Candelas Salinas Rafael Cárdenas Sánchez Nancy Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chavarría Valdeolivar Francisco Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián Cortés Sandoval Santiago Cota Cota Josefina Cruz Martínez Tomás de la Peña Gómez Angélica Díaz Del Campo María Angélica Diego Aguilar Francisco Duarte Olivares Horacio Espinoza Pérez Luis Eduardo Ferreyra Martínez David Flores Mendoza Rafael Franco Hernández Pablo García Costilla Juan García Domínguez Miguel Ángel García Ochoa Juan José García Solís Iván García Tinajero Pérez Rafael Gómez Álvarez Pablo Guillén Quiroz Ana Lilia Guillén Zárate Edith Gutiérrez Zurita Dolores del Carmen Hernández Ramos Minerva Herrera Ascencio María del Rosario Herrera Herbert Marcelo Huizar Carranza Guillermo Lagarde y de los Ríos María Marcela Luna Hernández J. Miguel Magaña Martínez Sergio Augusto Manzanares Córdova Susana Guillermina Manzano Salazar Javier Martínez Della Rocca Salvador Pablo Martínez Meza Horacio Martínez Ramos Jorge Medina Lizalde José Luis Mejía Haro Antonio Montiel Fuentes Gelacio Mora Ciprés Francisco Morales Torres Marcos Muñoz Santini Inti Nahle García Arturo Naranjo Y Quintana José Luis Obregón Espinoza Francisco Javier Ordoñez Hernández Daniel Ortega Alvarez Omar Pérez Medina Juan Ramírez Cuéllar Alfonso Ramos Hernández Emiliano Vladimir Ramos Iturbide Bernardino Rosas Montero Lizbeth Eugenia Ruiz Argaiz Isidoro Sánchez Pérez Rocío Saucedo Pérez Francisco Javier Serrano Crespo Yadira Serrano Jiménez Emilio Sigala Páez Pascual Silva Valdés Carlos Hernán Suárez Carrera Víctor Tentory García Israel Torres Baltazar Edgar Torres Cuadros Enrique Tovar de la Cruz Elpidio Ulloa Pérez Gerardo Valdes Manzo Reynaldo Francisco Zepeda Burgos Jazmín Elena Asistencias: 60 Asistencias por cédula: 4 Asistencias comisión oficial: 3 Permiso Mesa Directiva: 20 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 9 Total diputados: 96 PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Alvarado Villazón Francisco Xavier Alvarez Romo Leonardo Argüelles Guzmán Jacqueline Guadalupe Arias Staines María de la Luz Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Legorreta Ordorica Jorge Mazoy Kuri José Luis Méndez Salorio Alejandra Ochoa Fernández Cuauhtémoc Orozco Gómez Javier Piña Horta Raúl Velasco Coello Manuel Asistencias: 6 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 1 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 10 Total diputados: 17 PARTIDO DEL TRABAJO Vázquez González Pedro Asistencias: 1 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 4 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 0 Total diputados: 5 CONVERGENCIA González Schmal Jesús Porfirio Maldonado Venegas Luis Martínez Álvarez Jesús Emilio Moreno Garavilla Jaime Miguel Perdomo Bueno Juan Fernando Asistencias: 3 Asistencias por cédula: 0 Asistencias comisión oficial: 0 Permiso Mesa Directiva: 0 Inasistencias justificadas: 0 Inasistencias: 2 Total diputados: 5 DIPUTADOS SIN PARTIDO Aguilar Bueno Jesús Arechiga Santamaría José Guillermo Briones Briseño José Luis Camarillo Zavala Isidro Canul Pacab Angel Paulino Carrillo Guzmán Martín Clouthier Carrillo Tatiana Gutiérrez Corona Leticia Ibáñez Montes José Angel Jiménez Sánchez Moisés Moreno Ramos Gustavo Muñoz Muñoz José Alfonso Ramos Salinas Óscar Martín Reyes Retana Ramos Laura Rincón Chanona Sonia Sagahon Medina Benjamín Sánchez Hernández Alfonso Sandoval Urbán Evelia Vega Carlos Bernardo Zúñiga Romero Jesús Total diputados: 21 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Aguirre Rivero Ángel Heladio Alcántara Rojas José Carmen Arturo Aragón Del Rivero Lilia Isabel Bazan Flores Omar Blackaller Ayala Carlos Dávalos Padilla Juan Manuel Del Valle Reyes Guillermo Delgadillo González Claudia Figueroa Smutny José Rubén Frías Castro Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime Rafael Galván Guerrero Javier Alejandro García Ortiz José Gómez Carmona Blanca Estela Gómez Sánchez Alfredo Gordillo Reyes Juan Antonio Hernández Bustamante Benjamín Fernando Jiménez Macías Carlos Martín Lucero Palma Lorenzo Miguel Madrigal Hernández Luis Felipe Martínez Hernández Aldo Mauricio Mier y Concha Campos Eugenio Montenegro Ibarra Gerardo Moreno Cárdenas Rafael Alejandro Muro Urista Consuelo Ortega Pacheco Ivonne Aracelly Ponce Beltrán Esthela de Jesús Quiroga Tamez Mayela María de Lourdes Ramírez Puga Leyva Hector Pablo Ramón Valdez Jesús María Rodríguez Cabrera Oscar Rodríguez Rocha Ricardo Román Bojórquez Jesús Tolentino Rovirosa Ramírez Carlos Manuel Sánchez Vázquez Salvador Suárez y Dávila Francisco Villegas Arreola Alfredo Zanatta Gasperín Gustavo Faltas por grupo: 38 PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Blanco Becerra Irene Herminia Döring Casar Federico Eppen Canales Blanca González Reyes Manuel Gutiérrez Ríos Edelmira Jaspeado Villanueva María del Rocío López Villarreal Manuel Ignacio Mendoza Ayala Rubén Molinar Horcasitas Juan Francisco Osorio Salcido José Javier Ovalle Araiza Manuel Enrique Ovando Reazola Janette Pérez Zaragoza Evangelina Ríos Murrieta Homero Sacramento Garza José Julián Trueba Gracian Tomas Antonio Vázquez Saut Regina Faltas por grupo: 17 PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Camacho Solís Victor Manuel Carrillo Soberón Francisco Javier Casanova Calam Marbella Chávez Castillo César Antonio Chávez Ruiz Adrián de la Peña Gómez Angélica García Ochoa Juan José Obregón Espinoza Francisco Javier Ulloa Pérez Gerardo Faltas por grupo: 9 PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Alvarado Villazón Francisco Xavier Arias Staines María de la Luz Ávila Serna María Espino Arévalo Fernando Fernández Avila Maximino Alejandro González Roldán Luis Antonio Kahwagi Macari Jorge Antonio Ochoa Fernández Cuauhtémoc Piña Horta Raúl Velasco Coello Manuel Faltas por grupo: 10 CONVERGENCIA Maldonado Venegas Luis Martínez Álvarez Jesús Emilio Faltas por grupo: 2 DIPUTADOS SIN PARTIDO Carrillo Guzmán Martín Gutiérrez Corona Leticia Ibáñez Montes José Angel Muñoz Muñoz José Alfonso Faltas por grupo: 4 PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arevalo Gallegos, Daniel Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Cabrera Rivero, Pedro G. Campos Cordova, Lisandro Carrasco Gómez, Cesar Augusto Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Dávila Salinas, Norma Violeta Del Valle Reyes, Guillermo Delgadillo González, Claudia Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Rodríguez, Homero Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Mendívil Morales, Guadalupe Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramírez Puga Leyva, Héctor Pablo Ramón Valdez, Jesús María Rangel Espinosa, José Retamoza Vega, Patricia Elena Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Guardado, Norma Patricia Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Román Bojórquez, Jesús Tolentino Rosales Olmos, Samuel Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Massieu Salinas, Claudia Ruiz Vega, Ofelia Sáenz López, Rosario Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez Vázquez, Modesta Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Velázquez Ramírez, Araceli Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo PARTIDO ACCION NACIONAL Aldaz Hernández, Huberto Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Castillo Reyes, María Eugenia Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Alejo, Ana Luz Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Ayala, Rubén Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sierra Zuñiga, Miguel Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Varela Hall, Alejandro Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Guillén Zarate, Edith Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Arias Staines, María Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Mazoy Kuri, José Luis Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Piña Horta, Raúl Velasco Coello, Manuel PARTIDO DEL TRABAJO Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Aguilar Bueno, Jesús Arechiga Santamaría, José Guillermo Briones Briseño, José Luis Camarillo Zavala, Isidro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Clouthier Carrillo, Tatiana Gutiérrez Corona, Leticia Ibáñez Montes, José Angel Jiménez Sánchez, Moisés Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Ramos Salinas, Óscar Martín Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Sagahon Medina, Benjamín Sánchez Hernández, Alfonso Sandoval Urbán, Evelia Vega Carlos, Bernardo Zúñiga Romero, Jesús PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL PRI Abdala de la Fuente, José Manuel Adame de León, Fernando Ulises Aguilar Flores, Ubaldo Aguilar Hernández, Roberto Aquiles Aguilar Iñárritu, José Alberto Aguirre Maldonado, María de Jesús Aguirre Rivero, Ángel Heladio Alarcón Hernández, José Porfirio Alarcón Trujillo, Ernesto Alcántara Rojas, José Carmen Arturo Alcerreca Sánchez, Víctor Manuel Alcocer García, Roger David Alemán Migliolo, Gonzalo Amezcua Alejo, Miguel Anaya Rivera, Pablo Aragón del Rivero, Lilia Arcos Suárez Peredo, Filemón Primitivo Arevalo Gallegos, Daniel Arias Martínez, Lázaro Arroyo Vieyra, Francisco Ávila Nevárez, Pedro Ávila Rodríguez, Gaspar Badillo Ramírez, Emilio Barbosa Gutiérrez, Federico Bazán Flores, Omar Bejos Nicolás, Alfredo Beltrones Rivera, Manlio Fabio Bitar Haddad, Oscar Blackaller Ayala, Carlos Buendía Tirado, Ángel Augusto Burgos Barrera, Álvaro Burgos García, Enrique Bustillos Montalvo, Juan Cabrera Rivero, Pedro G. Campos Cordova, Lisandro Carrasco Gómez, Cesar Augusto Castañeda Ortiz, Concepción Olivia Castillo Cabrera, Jorge de Jesús Castro Ríos, Sofía Celaya Luría, Lino Chávez Montenegro, Benito Chuayffet Chemor, Emilio Collazo Gómez, Florencio Córdova Martínez, Julio César Culebro Velasco, Mario Carlos Dávalos Padilla, Juan Manuel David David, Sami Dávila Salinas, Norma Violeta Del Valle Reyes, Guillermo Delgadillo González, Claudia Díaz Escarraga, Heliodoro Carlos Díaz Rodríguez, Homero Domínguez Arvizu, María Hilaria Domínguez Ordóñez, Florentino Echeverría Pineda, Abel Escalante Arceo, Enrique Ariel Fajardo Muñoz, María Concepción Félix Ochoa, Oscar Fernández García, Fernando Fernández Saracho, Jaime Figueroa Smutny, José Rubén Filizola Haces, Humberto Francisco Flores Hernández, José Luis Flores Morales, Víctor Flores Rico, Carlos Fonz Sáenz, Carmen Guadalupe Frías Castro, Francisco Cuauhtémoc Galindo Jaime, Rafael Galvan Guerrero, Javier García Ayala, Marco Antonio García Corpus, Teofilo Manuel García Cuevas, Fernando Alberto García Mercado, José Luis García Ortiz, José Gastélum Bajo, Diva Hadamira Godínez y Bravo, Rebeca Gómez Carmona, Blanca Estela Gómez Sánchez, Alfredo González Huerta, Víctor Ernesto González Orantes, César Amín Gordillo Reyes, Juan Antonio Grajales Palacios, Francisco Guerra Castillo, Marcela Guizar Valladares, Gonzalo Gutiérrez de la Garza, Héctor Humberto Gutiérrez Romero, Marco Antonio Hernández Bustamante, Benjamín Fernando Herrera León, Francisco Herrera Solís, Belizario Iram Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo Izaguirre Francos, María del Carmen Jiménez Macías, Carlos Martín Laguette Lardizábal, María Martha Larios Rivas, Graciela Leyson Castro, Armando Lomelí Rosas, J. Jesús López Aguilar, Cruz López Medina, José Lucero Palma, Lorenzo Miguel Madrazo Rojas, Federico Madrigal Hernández, Luis Felipe Marrufo Torres, Roberto Antonio Martínez de la Cruz, Jesús Humberto Martínez Hernández, Aldo Martínez López, Gema Isabel Martínez Nolasco, Guillermo Martínez Rivera, Laura Elena Maya Pineda, María Isabel Mazari Espín, Rosalina Medina Santos, Felipe Mejía González, Raúl José Mendívil Morales, Guadalupe Meza Cabrera, Fidel René Mier y Concha Campos, Eugenio Mireles Morales, Carlos Monárrez Rincón, Francisco Luis Montenegro Ibarra, Gerardo Morales Flores, Jesús Moreno Arévalo, Gonzalo Moreno Cárdenas, Rafael Alejandro Moreno Ovalles, Irma G. Murat Hinojosa, Alejandro Ismael Murat Macías, José Antonio Muro Urista, Consuelo Nava Altamirano, José Eduviges Nava Díaz, Alfonso Juventino Nazar Morales, Julián Neyra Chávez, Armando Orantes López, María Elena Ortega Pacheco, Ivonne Aracelly Ortega Ramírez, Heriberto Enrique Palafox Gutiérrez, Martha Pano Becerra, Carlos Osvaldo Pavón Vinales, Pablo Pedraza Martínez, Roberto Peralta Galicia, Anibal Pompa Victoria, Raúl Ponce Beltrán, Esthela de Jesús Posadas Lara, Sergio Arturo Quiroga Tamez, Mayela María de L. Ramírez Pineda, Luis Antonio Ramírez Puga Leyva, Héctor Pablo Ramón Valdez, Jesús María Rangel Espinosa, José Retamoza Vega, Patricia Elena Robles Aguilar, Arturo Rocha Medina, María Sara Rodríguez Anaya, Gonzalo Rodríguez Cabrera, Oscar Rodríguez de Alba, María del Consuelo Rodríguez Díaz, Hugo Rodríguez Guardado, Norma Patricia Rodríguez Javier, Rogelio Rodríguez Rocha, Ricardo Rojas Gutiérrez, Francisco José Román Bojórquez, Jesús Tolentino Rosales Olmos, Samuel Rovirosa Ramírez, Carlos Manuel Rueda Sánchez, Rogelio Humberto Ruiz Massieu Salinas, Claudia Ruiz Vega, Ofelia Sáenz López, Rosario Salazar Macías, Rómulo Isael Saldaña Villaseñor, Alejandro Sánchez López, Jacobo Sánchez Vázquez, Salvador Scherman Leaño, María Esther de Jesús Silva Santos, Erick Agustín Soriano López, Isaías Sotelo Ochoa, Norma Elizabeth Suárez y Dávila, Francisco Tecolapa Tixteco, Marcelo Torres Hernández, Marco Antonio Trujillo Fuentes, Fermín Uscanga Escobar, Jorge Utrilla Robles, Jorge Baldemar Valenzuela García, Esteban Valenzuela Rodelo, Rosa Hilda Vázquez Vázquez, Modesta Vega Rayet, Juan Manuel Vega y Galina, Roberto Javier Velázquez Ramírez, Araceli Vidaña Pérez, Martín Remigio Villacaña Jiménez, José Javier Villegas Arreola, Alfredo Wong Pérez, José Mario Yabur Elías, Amalín Yu Hernández, Nora Elena Zanatta Gasperín, Gustavo Zepahua Valencia, Mario Zorrilla Fernández, Guillermo PARTIDO ACCION NACIONAL Aldaz Hernández, Huberto Alexander Rábago, Rubén Maximiliano Alonso Díaz-Caneja, Angel Juan Álvarez Mata, Sergio Álvarez Monje, Fernando Álvarez Ramos, J. Irene Angulo Góngora, Julián Arabian Couttolenc, Myriam de Lourdes Aragón Cortés, Sheyla Fabiola Ávila Camberos, Francisco Juan Baeza Estrella, Virginia Yleana Bárcenas González, José Juan Barrera Zurita, Baruch Alberto Barrio Terrazas, Francisco Javier Bermúdez Méndez, José Erandi Blanco Becerra, Irene Herminia Cabello Gil, José Antonio Calderón Centeno, Sebastián Camarena Gómez, Consuelo Cárdenas Vélez, Rómulo Castelo Parada, Javier Castillo Reyes, María Eugenia Chavarría Salas, Raúl Rogelio Chávez Murguía, Margarita Colín Gamboa, Roberto Contreras Covarrubias, Hidalgo Córdova Villalobos, José Angel Corella Torres, Norberto Enrique Corrales Macías, José Evaristo Cortés Jiménez, Rodrigo Iván Cortés Mendoza, Marko Antonio Cruz García, Concepción Dávila Aranda, Mario Ernesto De la Vega Asmitia, José Antonio Pablo De la Vega Larraga, José María De Unanue Aguirre, Gustavo Adolfo Del Conde Ugarte, Jaime Díaz Delgado, Blanca Judith Díaz González, Felipe de Jesús Döring Casar, Federico Durán Reveles, Patricia Elisa Elías Loredo, Álvaro Elyd Sáenz, María Salomé Eppen Canales, Blanca Escudero Fabre, María del Carmen Esquivel Landa, Rodolfo Esteva Melchor, Luis Andrés Fernández Moreno, Alfredo Flores Fuentes, Patricia Flóres Mejía, Rogelio Alejandro Galindo Noriega, Ramón Gama Basarte, Marco Antonio Gámez Gutiérrez, Blanca Amelia García Velasco, María Guadalupe Garduño Morales, Patricia Gómez Morín Martínez del Río, Manuel González Carrillo, Adriana González Furlong, Magdalena Adriana González Garza, José Julio González González, Ramón González Morfín, José González Reyes, Manuel Gutiérrez Ríos, Edelmira Guzmán de Paz, Rocío Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio Hernández Martínez, Ruth Trinidad Herrera Tovar, Ernesto Hinojosa Moreno, Jorge Luis Jaspeado Villanueva, María del Rocío Juárez Alejo, Ana Luz Landero Gutiérrez, José Francisco Javier Lara Arano, Francisco Javier Lara Saldaña, Gisela Juliana Lastra Marín, Lucio Galileo Lemus Muñoz Ledo, Francisco Isaias Llera Bello, Miguel Angel Loera Carrillo, Bernardo López Mena, Francisco Xavier López Núñez, Pablo Alejo López Villarreal, Manuel Ignacio Madero Muñoz, Gustavo Enrique Marquez Lozornio, Salvador Martínez Cázares, Germán Méndez Galvez, Alberto Urcino Mendoza Ayala, Rubén Mendoza Flores, María del Carmen Molinar Horcasitas, Juan Francisco Morales de la Peña, Antonio Moreno Morán, Alfonso Nader Nasrallah, Jesús Antonio Núñez Armas, Juan Carlos Obregón Serrano, Jorge Carlos Ortiz Domínguez, Maki Esther Osorio Salcido, José Javier Osuna Millán, José Guadalupe Ovalle Araiza, Manuel Enrique Ovando Reazola, Janette Palmero Andrade, Diego Paredes Vega, Raúl Leonel Pasta Muñuzuri, Angel Penagos García, Sergio Pérez Cárdenas, Manuel Pérez Moguel, José Orlando Pérez Zaragoza, Evangelina Preciado Rodríguez, Jorge Luis Puelles Espina, José Felipe Ramírez Luna, María Angélica Rangel Ávila, Miguel Ángel Rangel Hernández, Armando Ríos Murrieta, Homero Rivera Cisneros, Martha Leticia Rochín Nieto, Carla Rodríguez y Pacheco, Alfredo Rojas Toledo, Francisco Antonio Ruiz del Rincón, Gabriela Sacramento Garza, José Julián Saldaña Hernández, Margarita Sánchez Pérez, Rafael Sandoval Franco, Renato Saucedo Moreno, Norma Patricia Sierra Zuñiga, Miguel Sigona Torres, José Suárez Ponce, María Guadalupe Talavera Hernández, María Eloísa Tamborrel Suárez, Guillermo Enrique Tiscareño Rodríguez, Carlos Noel Torres Ramos, Lorena Torres Zavala, Ruben Alfredo Toscano Velasco, Miguel Ángel Trejo Reyes, José Isabel Treviño Rodríguez, José Luis Triana Tena, Jorge Trueba Gracián, Tomás Antonio Urrea Camarena, Marisol Userralde Gordillo, Leticia Socorro Valdéz de Anda, Francisco Javier Valencia Monterrubio, Edmundo Gregorio Valladares Valle, Yolanda Guadalupe Varela Hall, Alejandro Vargas Bárcena, Marisol Vázquez García, Sergio Vázquez González, José Jesús Vázquez Saut, Regina Vega Casillas, Salvador Villanueva Ramírez, Pablo Antonio Yáñez Robles, Elizabeth Oswelia Zavala Gómez del Campo, Margarita Zavala Peniche, María Beatriz PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA Alonso Raya, Agustín Miguel Álvarez Pérez, Marcos Arce Islas, René Avilés Nájera, Rosa María Bagdadi Estrella, Abraham Boltvinik Kalinka, Julio Brugada Molina, Clara Marina Cabrera Padilla, José Luis Camacho Solís, Víctor Manuel Candelas Salinas, Rafael Cárdenas Sánchez, Nancy Carrillo Soberón, Francisco Javier Casanova Calam, Marbella Chavarría Valdeolivar, Francisco Chávez Castillo, César Antonio Chávez Ruiz, Adrián Cortés Sandoval, Santiago Cota Cota, Josefina Cruz Martínez, Tomás De la Peña Gómez, Angélica Díaz del Campo, María Angélica Díaz Palacios, Socorro Diego Aguilar, Francisco Duarte Olivares, Horacio Espinoza Pérez, Luis Eduardo Ferreyra Martínez, David Fierros Tano, Margarito Figueroa Romero, Irma S. Flores Mendoza, Rafael Franco Hernández, Pablo García Costilla, Juan García-Domínguez , Miguelángel García Laguna, Eliana García Ochoa, Juan José García Solís, Iván García Tinajero Pérez, Rafael Garfias Maldonado, María Elba Gómez Álvarez, Pablo González Salas y Petricioli, Marcela Guillén Quiroz, Ana Lilia Guillén Zarate, Edith Gutiérrez Zurita, Dolores del Carmen Guzmán Cruz, Abdallán Hernández Ramos, Minerva Herrera Ascencio, María del Rosario Herrera Herbert, Marcelo Huizar Carranza, Guillermo Lagarde y de los Ríos, María Marcela Luna Hernández, J. Miguel Magaña Martínez, Sergio Augusto Manzanares Córdova, Susana G. Manzano Salazar, Javier Martínez Della Rocca, Salvador Pablo Martínez Meza, Horacio Martínez Ramos, Jorge Medina Lizalde, José Luis Mejía Haro, Antonio Mícher Camarena, Martha Lucía Mójica Morga, Beatriz Montiel Fuentes, Gelacio Mora Ciprés, Francisco Morales Rubio, María Guadalupe Morales Torres, Marcos Moreno Álvarez, Inelvo Muñoz Santini, Inti Nahle García, Arturo Naranjo y Quintana, José Luis Obregón Espinoza, Francisco Javier Ordoñez Hernández, Daniel Ortega Alvarez, Omar Ortiz Pinchetti, José Agustín Roberto Padierna Luna, María de los Dolores Pérez Medina, Juan Portillo Ayala, Cristina Ramírez Cuéllar, Alfonso Ramos Hernández, Emiliano Ramos Iturbide, Bernardino Rodríguez Fuentes, Agustín Rosas Montero, Lizbeth Eugenia Ruiz Argáiz, Isidoro Salinas Narváez, Javier Sánchez Pérez, Rocío Saucedo Pérez, Francisco Javier Serrano Crespo, Yadira Serrano Jiménez, Emilio Sigala Páez, Pascual Silva Valdés, Carlos Hernán Suárez Carrera, Víctor Tentory García, Israel Torres Baltazar, Edgar Torres Cuadros, Enrique Tovar de la Cruz, Elpidio Ulloa Pérez, Gerardo Valdés Manzo, Reynaldo Francisco Zebadúa González, Emilio Zepeda Burgos, Jazmín Elena PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO Alvarado Villazón, Francisco Xavier Álvarez Romo, Leonardo Argüelles Guzmán, Jacqueline G. Arias Staines, María Ávila Serna, María Espino Arévalo, Fernando Fernández Avila, Maximino Alejandro González Roldán, Luis Antonio Kahwagi Macari, Jorge Antonio Legorreta Ordorica, Jorge Lujambio Moreno, Julio Horacio Mazoy Kuri, José Luis Méndez Salorio, Alejandra Ochoa Fernández, Cuauhtémoc Orozco Gómez, Javier Piña Horta, Raúl Velasco Coello, Manuel Espinosa Ramos, Francisco Amadeo González Yáñez, Alejandro González Yáñez, Oscar Guajardo Anzaldúa, Juan Antonio Padilla Peña, Joel Vázquez González, Pedro CONVERGENCIA González Schmal, Jesús Porfirio Maldonado Venegas, Luis Martínez Álvarez, Jesús Emilio Moreno Garavilla, Jaime Miguel Perdomo Bueno, Juan Fernando DIPUTADOS INDEPENDIENTES Aguilar Bueno, Jesús Arechiga Santamaría, José Guillermo Briones Briseño, José Luis Camarillo Zavala, Isidro Canul Pacab, Angel Paulino Carrillo Guzmán, Martín Clouthier Carrillo, Tatiana Gutiérrez Corona, Leticia Ibáñez Montes, José Angel Jiménez Sánchez, Moisés Moreno Ramos, Gustavo Muñoz Muñoz, José Alfonso Ramos Salinas, Óscar Martín Reyes Retana Ramos, Laura Rincón Chanona, Sonia Ruiz Esparza Oruña, Jorge Roberto Sagahon Medina, Benjamín Sánchez Hernández, Alfonso Sandoval Urbán, Evelia Vega Carlos, Bernardo Zúñiga Romero, Jesús