Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, jueves 25 de octubre de 2007
Sesión No. 21

SUMARIO


ESTADO DE CHIAPAS

Oficio del Congreso del estado de Chiapas, con el que informa la aprobación del proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral. Se tiene como recibido el expediente.

ESTADO DE QUINTANA ROO

Oficio del Congreso del estado de Quintana Roo, con el que informa la aprobación del proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral. Se tiene como recibido el expediente.

DICTAMENES NEGATIVOS DE PUNTOS DE ACUERDO

Comunicación de la Mesa Directiva en relación a dictámenes negativos con los que se desechan proposiciones de puntos de acuerdo de las siguientes comisiones.

Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de Defensa Nacional y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a informar si existe algún beneficiario de la Ley a favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.

Energía, relacionado con transparentar el apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la Comisión Federal de Electricidad para contribuir al pago del adeudo de productores.

Unidas de Gobernación, y de Presupuesto y Cuenta Pública, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Oaxaca a realizar las reasignaciones presupuestales para resolver las demandas salariales de los trabajadores de la educación en esa entidad.

Gobernación, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a solicitar la anuencia del gobierno del estado de Veracruz para la realización de juegos con cruce de apuestas y sorteos.

Relaciones Exteriores, relativos a la Cumbre de Líderes de América del Norte, que se llevó a cabo el 20 y el 21 de agosto de 2007 en Montebello, Québec, Canadá.

Relaciones Exteriores, por el que se exhorta al gobierno federal y a los diversos actores mexicanos a contribuir para restablecer las relaciones diplomáticas con la República de Venezuela.

Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, a ceremonia conmemorativa del CXC aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, benemérito de la patria. La Presidencia designa a comisión de representación.

ESTADO DE SONORA

Oficio del Congreso del estado de Sonora, con punto de acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, apruebe e incremente los recursos fiscales que son destinados a cubrir el padrón de beneficiarios del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Oficio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con el que remite acuerdo por el que apoya la realización del X Congreso Iberoamericano de Biología Celular. Se remite a las Comisiones del Distrito Federal y de Ciencia y Tecnología para su conocimiento.

COMISIONES LEGISLATIVAS

Oficio de la Junta de Coordinación Política, con el que comunica cambios en la integración de las Comisiones de: Cultura; Ciencia y Tecnología; Asuntos Indígenas; Población, Fronteras y Asuntos Migratorios; Desarrollo Social; Desarrollo Metropolitano; Educación Pública y Servicios Educativos; Especial para dar Seguimiento a los Fondos Aportados por los Trabajadores Mexicanos Braceros; Fortalecimiento al Federalismo; Especial para la Promoción de Acceso Digital a los Mexicanos; Especial sobre No Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos; Especial del Café; Especial de Prospectiva para la Definición del Futuro de México; Especial para el Estudio de las Políticas para la Migración Interna; Especial para la Defensa de los Derechos Sociales de Acceso al Agua y la Protección de Ambientes Acuáticos; Especial para Conocer las Políticas y Procuración de Justicia Vinculada a los Feminicidios del País; Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; Derechos Humanos; Especial para la Atención a Pueblos que Viven en el Bosque; Especial para el Estudio de las Políticas para la Migración Interna; y del Distrito Federal. Aprobada.

COMISION DE DESARROLLO METROPOLITANO

Oficio de la Junta de Coordinación Política, con el que comunica cambios en la integración de la Comisión de Desarrollo Metropolitano. Aprobado.

COMISIONES LEGISLATIVAS

Oficio de la Junta de Coordinación Política, con el que comunica cambios en la integración de la Comisión de Ciencia y Tecnología. De enterado.

PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite solicitudes de permiso constitucional para que ocho ciudadanos puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros. Se turna a la Comisión de Gobernación.

AUTOTRANSPORTE

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo, por el que se solicita a los titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, de la Comisión Federal de Competencia y del Banco de México que rindan a esta soberanía un informe sobre el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-0-12-SCT-2-2003 aprobado por la Cámara de Diputados. Se remite a la Comisión de Transportes, para su conocimiento.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora Ludivina Menchaca Castellanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 226 y adiciona un 226 Bis, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, reforma los artículos 19, 37, 44 y 45 de la Ley Federal de Cinematografía, presentada por el senador Federico Döring Casar. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Radio, Televisión y Cinematografía.

CONSTITUCION POLITICA - CODIGO PENAL UNICO - CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES UNICO - LEY DE EJECUCION DE PENAS Y READAPTACION SOCIAL DEL SENTENCIADO - LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública, sobre el paquete de iniciativas de reformas constitucionales y creación de leyes en materia de prevención del delito, procuración, administración de justicia y readaptación social de senadores del Partido Verde Ecologista de México. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Nueve oficios de la Cámara de Senadores, con los que remite el mismo número de puntos de acuerdo relativos al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite, para los efectos del artículo 72, inciso e) constitucional, minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrara el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY DE AMPARO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite, para los efectos del artículo 72, inciso e) constitucional, minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE

El diputado Ismael Ordaz Jiménez presenta proposición con punto de acuerdo, para constituir una subcomisión plural en el seno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, integrada por legisladores de la comisión referida y las de Agricultura y Ganadería, de Economía y de Desarrollo Rural, para que, con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que la subcomisión considere pertinentes, analicen y propongan medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazo, que traducidas en la iniciativa de ley, defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberalización del comercio agropecuario dispuesto en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Se considera de urgente resolución.

Participan sobre el tema los diputados:

Alfredo Adolfo Ríos Camarena.

Rutilio Cruz Escandón Cadenas.

César Horacio Duarte Jáquez.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE

Continúan sobre el tema los diputados:

Javier González Garza.

César Horacio Duarte Jáquez.

Santiago Gustavo Pedro Cortés.

Juan Nicasio Guerra Ochoa.

Pablo Leopoldo Arreola Ortega.

Ernesto Oviedo Oviedo.

José Rubén Escajeda Jiménez quien propone adiciones.

Carlos Ernesto Navarro López quien presenta proposición.

Juan José Rodríguez Prats.

Desde su curul realiza interpelación el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés.

Continúa la participación de los diputados:

José Manuel Minjares Jiménez.

Santiago Gustavo Pedro Cortés.

Desde su curul el diputado Ismael Ordaz Jiménez acepta la propuesta presentada por el diputado José Rubén Escajeda Jiménez.

Se considera la proposición suficientemente discutida.

Desde su curul el diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena realiza comentarios de procedimiento.

Se aprueba el punto de acuerdo con las adiciones propuestas. Comuníquese.

Se desecha la propuesta presentada por el diputado Carlos Ernesto Navarro López.

LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA

Se recibe del diputado Raúl Cervantes Andrade iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, en materia de administración del patrimonio energético nacional. Se turna a la Comisión de Energía.

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE - LEY MINERA

Se recibe del diputado Antonio Xavier López Adame iniciativa con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley Minera, en relación con áreas naturales protegidas. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Economía.

LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de instalaciones deportivas para personas y estudiantes con discapacidad. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

LEY DE DERECHOS DE LAS VICTIMAS DEL DELITO Y ACCESO EFECTIVO A LA JUSTICIA

El diputado Mario Enrique del Toro presenta iniciativa con proyecto de decreto, que expide la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia. Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública..

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Se recibe del diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, para otorgar libertad a los municipios para que hagan uso de los ingresos del pago de agua y administren su servicio en beneficio del bienestar de las comunidades. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY QUE ESTABLECE LAS BASES PARA OTORGAR PENSIONES Y PRESTACIONES A LOS CIUDADANOS QUE HAYAN DESEMPEÑADO EL CARGO DE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Samuel Aguilar Solís presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones de la Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Desde sus curules solicitan trámite los diputados:

Miguel Angel Navarro Quintero.

Rafael Plácido Ramos Becerril.

Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Pública, de Seguridad Social y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El diputado Faustino Javier Estrada González presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, para que delitos relacionados con el contrabando sean delitos que se persigan de oficio. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibe de la diputada Patricia Castillo Romero iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear en la Cámara de Diputados la Comisión de Desarrollo Urbano y Vivienda. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

El diputado Antonio Valladolid Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, respecto a sanciones a faltas administrativas de servidores públicos. Se turna a la Comisión de la Función Pública..

ARTICULO 125 CONSTITUCIONAL

El diputado Rafael Villicaña García presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para obligar a terminar los periodos de las personas en cargos de elección popular. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

El diputado Carlos Rojas Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, respecto a recalcular los montos que corresponden al ``haber de retiro''. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional.

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

La diputada Ana Yurixi Leyva Piñón presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para establecer que en las reglas de operación de programas sociales no podrán establecer la mutua exclusión de beneficiarios, tanto a nivel de las familias como de los individuos elegibles. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

El diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, para incorporar como sujetos de asistencia social a niñas, niños y adolescentes que padezcan algún tipo de adicción, que vivan en situación de calle y que trabajen, ya sea en el sector formal e informal. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables.

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La diputada Martha Margarita García Müller presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, para elaborar y actualizar el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, en colaboración con el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad y dependencias y entidades federales, estatales y municipales. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

Desde su curul el diputado José Manuel del Río Virgen solicita modificar el trámite dado a la iniciativa presentada por el diputado Carlos Rojas Gutiérrez. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, con opinión de la Comisión de Marina.

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

El diputado Sergio Hernández Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, sobre incrementar el financiamiento de la investigación científica y desarrollo tecnológico. Se turna a la Comisión de Ciencia y Tecnología.

LEY GENERAL DE EDUCACION

La diputada María Gabriela González Martínez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 75 de la Ley General de Educación, para mejorar la formación de los recursos docentes para que respondan a las nuevas necesidades no sólo del proceso educativo, sino de las formas actuales de organización del trabajo, la irrupción de nuevas tecnologías y la reconversión permanente a la cual están sometidas todas las profesiones. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY GENERAL DE EDUCACION

El diputado Jorge Quintero Bello presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación, para la igualdad de los derechos de las personas con discapacidad a un desarrollo cultural y educativo y su participación activa dentro de la sociedad. Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Educación Pública y Servicios Educativos.

LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La diputada Silvia Emilia Degante Romero presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, sobre la integración del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

ESTADO DE CAMPECHE

La Mesa Directiva lamenta el accidente registrado en dos plataformas de Petróleos Mexicanos en Campeche, muestra su solidaridad y solicita a minuto de silencio en memoria de las víctimas de tal suceso.

LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El diputado Jorge Quintero Bello presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, en materia de movilidad laboral de las personas con discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

ARTICULOS 6, 108, 110 Y 111 CONSTITUCIONALES - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

El diputado Rubén Aguilar Jiménez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 6, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sobre el acceso a un sistema de información pública. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública.

ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL - LEY DE AMPARO

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley de Amparo, en relación al procedimiento en los juicios de amparo. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia.

LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El diputado Felipe González Ruiz presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en relación con los programas de atención a las niñas, niños y adolescentes discapacitados para su integración social. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DE COORDINACION FISCAL

El diputado Silbestre Alvarez Ramón presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos y 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, sobre la recaudación obtenida por el derecho ordinario sobre hidrocarburos y los municipios donde se extraen y refinan los mismos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

CONDECORACIONES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso al licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden ``El Sol de Perú'', en el grado de Gran Cruz con Brillantes, que le confiere el gobierno de la República de Perú. Se turna a la Comisión de Gobernación.

PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto, que concede permiso al licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 6 al 10 de noviembre de 2007, a efecto de que participe en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a celebrarse en la ciudad de Santiago de Chile y para que realice visitas oficiales a Panamá, Colombia y Perú. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

LEY DE PROMOCION Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGETICOS

Primera lectura a dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

Primera lectura a dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

Primera lectura a dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica.

LEY GENERAL DE SALUD

Primera lectura a dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud.

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.



Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado


ASISTENCIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del registro de asistencia de los diputados y las diputadas.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 290 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado (a las 11:17 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.



«PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES.--- SEGUNDO AñO DE EJERCICIO.--- LX LEGISLATURA.

Orden del día

Jueves 25 de octubre de 2007.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los Congresos de Chiapas, y de Quintana Roo.

De la Mesa Directiva.

Invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal a la ceremonia que, con motivo del 190 aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, Benemérito de la Patria, tendrá lugar el 27 de octubre, a las 10:00 horas.

Del Congreso de Sonora.

De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

De la Junta de Coordinación Política.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Liliana Monroy Flores, Araceli Romero Romero, Enrique Vidal Morales, César Acosta Gámez, Martha Paola Sánchez González, Míriam Citlali Villegas Tenorio, Eduardo Régules Bukantz y Arturo Muradas Ruiz puedan prestar servicios en la Embajada de Corea en México y en el Centro de Comercio e Inversión de Corea de la Embajada de Corea en México, respectivamente. (Turno a Comisión)

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite iniciativa que reforma la fracción X del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora Ludivina Menchaca Castellanos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con el que remite iniciativa que reforma el artículo 226 y se adiciona un 226 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y reforma los artículos 19, 37, 44 y 45 de la Ley Federal de Cinematografía, presentada por el senador Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con el que remite excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Seguridad Pública, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Nueve, con los que remite puntos de acuerdo relativos al Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008 presentados por senadores de diversos grupos parlamentarios que forman la LX Legislatura. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional. (Turno a Comisión)

Proposición

Con punto de acuerdo, a fin de constituir una subcomisión plural en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con legisladores de ésta y de las Comisiones de Agricultura y Ganadería, de Economía, y de Desarrollo Rural, para que, con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que considere pertinentes, analice y proponga medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazos que, traducidas en la iniciativa de ley, defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberalización del comercio agropecuario dispuesto en el TLCAN, a cargo del diputado Ismael Ordaz Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, a cargo del diputado Raúl Cervantes Andrade , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia, a cargo del diputado Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Faustino Javier Estrada González , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Patricia Castillo Romero , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Antonio Valladolid Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rafael Villicaña García , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo del diputado Carlos Rojas Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley Minera, a cargo del diputado Antonio Xavier López Adame , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, suscrita por los diputados Gerardo Octavio Vargas Landeros y Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Martha García Müller , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 75 de la Ley General de Educación, suscrita por los diputados María Gabriela González Martínez y Alejandro Landero Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Silvia Emilia Degante Romero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

De Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Samuel Aguilar Solís , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Alberto Puente Salas , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Rubén Aguilar Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Amparo, a cargo del diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Felipe González Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos y 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Silbestre Álvarez Ramón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 42 y 54 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por los diputados Javier Guerrero García y Raúl Cervantes Andrade , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a cargo del diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María Esperanza Morelos Borja , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Raymundo Cárdenas Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles y del Código de Comercio, a cargo del diputado Enrique Cárdenas del Avellano , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 177 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 49, 109 y 135 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo , María Eugenia Campos Galván y Alejandro Landero Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Peyrot Solís , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Alberto Vázquez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997, a cargo de la diputada Rocío del Carmen Morgan Franco , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de la Función Pública, con proyecto de decreto que reforma el artículo 8 y deroga el inciso a) del artículo 5 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos José Arturo Trejo Nava, José Antonio Zabalgoitia Trejo y Armando Gómez Mendoza para aceptar y usar las condecoraciones ``Orden de la Distinción''; Orden Nacional del Cóndor de los Andes, en grado de Gran Cruz; y ``Medalla Conmemorativa Primero de Agosto'', que les otorgan el gobierno de Belice y las Repúblicas de Bolivia y Popular China, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jesús Ernesto Méndez Guadarrama, Juan de Dios Rodríguez Castro, Rafael Méndez Guadarrama y Érick Alejandro Peña González para prestar servicios en las Embajadas de Líbano y de Colombia en México, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Érika Adriana Hernández Gómez, Sandra Leticia Agustín Quiroz, Agustín Torres Cortés, Iraís Martínez Esparza, Sergio Aarón Padrón Segovia y María Isabel López Carrillo para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América; y en sus Consulados en Hermosillo, Sonora, Monterrey, Nuevo León, y Nogales, Sonora, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Leticia Alejandra Guerrero Méndez, Édgar Román Juárez Hernández, Juana Lorenza Acosta, Tricia Olivares Fernández, Juan Guillermo Molar del Ángel, Juan Ignacio Vélez Contreras, Míriam Pamela Moreno Escobar, Pablo Lucio Villalobos Rodas, Raúl Leal Heredia, Raymundo González Cervantes, Rosa Amada Mejía Ortiz, Sergio Sánchez Ruiz, Manuel Arturo Aguirre Rivera y Pedro Javier Portillo para prestar servicios en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en sus Consulados en Ciudad Juárez, Chihuahua, y Tijuana, Baja California; y en los Departamentos de Agricultura de Estados Unidos de América en Reynosa, Tamaulipas, y Tijuana, Baja California, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Eduardo Almada Valdés, Alejandro Ríos Cavazos, Ana Lilia Castro Vázquez, Carlos Gustavo Aguilera Guerrero, Herminio Reyes Benito, Jesús Vélez Contreras, Carlos Roberto Robles Ortiz, Eleazar Huiqui García, Francisco Matus Valenzuela, Isaías Romero López, José María Urbalejo Rodríguez y José Sabás Estrella Montes para prestar servicios en el Departamento de Agricultura de Estados Unidos de América en Los Mochis, Sinaloa; Reynosa, Tamaulipas; y Tijuana, Baja California, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a declarar el 17 de mayo de cada año como Día Nacional de Lucha contra la Homofobia; y a la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación, a fortalecer sus tareas de las campañas nacionales de educación que promuevan el respeto y la tolerancia de la diversidad sexual.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo relativos a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo relativos a la promoción de las acciones en favor de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo para exhortar a las legislaturas de los estados a integrar en ellas una comisión de atención a grupos vulnerables.

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos, realice los actos necesarios que le son competentes para garantizar el respeto del Estado laico y la separación del Estado y las iglesias.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que solicita al Ejecutivo federal brinde toda la información sobre la reapertura del puente internacional Doctor Rodolfo Robles.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Comisión de Relaciones Exteriores de ambas Cámaras incluyan el tema de los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana, dentro de sus agendas y encuentros internacionales.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que la Cámara de Diputados se pronuncia contra el revestimiento del canal Todo Americano y resuelve se realice un ``foro de consulta amplio plural e incluyente sobre el revestimiento del canal Todo Americano'' a través de las Comisiones de Relaciones Exteriores, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Dictámenes negativos de iniciativas

De las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal; General de Protección Civil; de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares; y General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Vivienda, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

De la Comisión de la Función Pública, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que expide la Ley de Transparencia, Rendición de Cuentas y Acceso a la Información Pública; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona las fracciones IV y X al artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que deroga y adiciona el artículo 2, fracción XI, de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona el artículo 2, fracción XI, de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un artículo 59 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 162 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México firme el Pacto Nacional 2007 por la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a la Segob y a la Sedesol brinden un apoyo social y económico a las familias que fueron afectadas por las explosiones en la carretera del municipio de Nadadores, estado de Coahuila, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Yucatán y a la PGJ estatal atiendan y den resolución al conflicto en el municipio de Sotuta, a cargo del diputado Joaquín de Jesús Díaz Mena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se asignen recursos para la compra y distribución de la vacuna contra el virus del papiloma humano, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a destinar los recursos necesarios para dotar de infraestructura médica, medicamentos y recursos económicos la clínica número 71 de Torreón, Coahuila, suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al jefe del Gobierno del Distrito Federal convoque al Consejo de Protección Civil para tratar el tema de las inundaciones y hundimientos de la carpeta asfáltica en diversas delegaciones del DF, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal defina la política migratoria por la que habrá de conducirse el gobierno mexicano, a cargo del diputado José Murat, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal implante acciones públicas respecto a las obras e irregularidades de los aeropuertos concesionados del país, e investigar a los funcionarios y posibles prestanombres involucrados, a cargo del diputado José Murat, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a que, a través de las dependencias correspondientes, cumpla sus promesas de generar empleos, a cargo de la diputada Rosa Elva Soriano Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al jefe del Gobierno del Distrito Federal remita a la Comisión del de esta soberanía un informe respecto al proyecto preventivo Atlas de Riesgos del Distrito Federal, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sedesol y del Programa Nacional Oportunidades incorporen a distintas familias de Comalcalco al programa de Oportunidades, a cargo del diputado Moisés Dagdug Lützow , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la SHCP, realice los estudios para valorar los mecanismos de devolución del IVA a los turistas que visitan nuestro país, a cargo del diputado Carlos Alberto Torres Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE instaure estrategias que permitan defender y proteger a nuestros connacionales ante las leyes y ordenanzas antiinmigrantes en Estados Unidos de América, a cargo del diputado José Nicolás Morales Ramos , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob considere 2008 como ``Año de Francisco Primo de Verdad y Ramos'', a cargo de la diputada Martha Angélica Romo Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y al del estado de Sinaloa contribuyan al esclarecimiento de los asesinatos de los señores Ricardo Murillo Monge y Óscar Rivera Inzunza, a cargo del diputado Eduardo Ortiz Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal informe a través de la Semarnat del grado de avance que presentan los estudios para decretar como área natural protegida la laguna de Tecocomulco, Hidalgo, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al relleno sanitario Bordo Poniente, del Distrito Federal, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat establezca sistemas de depósito-reembolso para envases de polientereftalato, a fin de disminuir la generación de este tipo de materiales, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Salud expida una NOM que obligue a los fabricantes de botanas y refrescos a incluir en sus productos una etiqueta con la leyenda ``el consumo en exceso de este producto puede causar obesidad y, por consiguiente, daños a la salud'', a cargo del diputado Tomás Gloria Requena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE y a la Profeco controlen y detengan el alza de la canasta básica, así como de los servicios cuyo suministro derive de energéticos, a cargo de la diputada María del Carmen Salvatori Bronca , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que la SHCP informe sobre el destino de enteros de Pemex durante el segundo trimestre de 2007, a cargo del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a esta soberanía realice ceremonias solemnes del Congreso de la Unión para conmemorar el 15 de septiembre y el 20 de noviembre, a partir del mes de noviembre del año en curso hasta 2010, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de apoyo de los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat establezca políticas públicas coordinadas entre federación y entidades en materia de gestión de residuos sólidos urbanos, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México, a la Sener, al Cenapred y al gobierno municipal de Tlalnepantla cancelen la apertura de la gasolinera ubicada en San Juan Ixhuatepec, municipio de Tlalnepantla de Baz, por ubicarse en el polígono de seguridad de la zona, a cargo del diputado Raciel Pérez Cruz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Estados Unidos de América retome la discusión sobre una reforma migratoria integral, a cargo del diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Veracruz destine recursos para la mejora de las carreteras estatales que conducen a la zona arqueológica de El Tajín, a cargo del diputado Antonio del Valle Toca , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y al titular de la STPS otorguen un aumento de emergencia a los salarios mínimos generales, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Puebla promuevan entre los municipios de Cuautlancingo y Puebla los mecanismos para solucionar el problema relacionado con sus límites y competencia territorial, a cargo de la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal declare el 23 de septiembre como Día Nacional en contra de la Explotación Sexual y la Trata de Personas, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la Sener y al gobierno del estado de Coahuila realicen un estudio sobre la situación que podría generar en el ambiente el proyecto industrial Tajo Zacatoza, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a las barrancas del Distrito Federal, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía se pronuncie contra la impunidad y la violencia en México, a cargo del diputado Emilio Ulloa Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal implante acciones que garanticen el acceso equitativo y oportuno de los fármacos o medicamentos relacionados con la prevención del virus del papiloma humano, a cargo de la diputada Lorena Martínez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se crea la comisión especial para dar seguimiento de manera integral al proyecto de construcción de la presa hidroeléctrica La Yesca, en Nayarit, a cargo del diputado Jaime Cervantes Rivera , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la SHCP, a la Sener y a la Comisión Reguladora de Energía replanteen la fórmula del precio del gas natural en México, a cargo del diputado Gustavo Caballero Camargo, suscrita por diputados de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gremio transportista nacional a ajustarse a la NOM-012-SCT-2-2003, relativa al peso y dimensiones máximas con que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en la jurisdicción federal, a cargo del diputado Antonio del Valle Toca , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los titulares de la SHCP, SCT y de Capufe a que destinen un porcentaje de peaje de las autopistas de cuota a los estados y municipios donde se ubican, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a emitir la declaratoria de desastre natural para diversas comunidades en Chiapas por los daños derivados de las intensas lluvias y, conforme a las Reglas de Operación del Fonden, autorizar los recursos necesarios a fin de atender las contingencias, a cargo del diputado Anuario Luis Herrera Solís , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal decrete como zona estratégica económica sustentable la región Cuenca de Burgos, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , suscrita por integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT publique el Reglamento de Paquetería y Mensajería a que se refiere el artículo 58 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Antonio del Valle Toca , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Gobierno del Distrito Federal para que, a través de su Secretaría de Medio Ambiente, realice las acciones necesarias para declarar y administrar como área verde el bosque de Nativitas, Xochimilco, a cargo del diputado Miguel Ángel Solares Chávez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat aplique la normatividad ambiental en diversas instalaciones petroleras y a Pemex a invertir mayores recursos en sus sistemas de operación, seguridad y vigilancia, a cargo del diputado Pedro Landero López , suscrita por integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP para que a través del SAT realice una revisión a la Regla 2.3.5. de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior, a cargo del diputado Carlos Alberto Torres Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Coahuila a abstenerse de hacer manifestaciones contra servidores públicos, a cargo de la diputada Dora Alicia Martínez Valero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se elimine el seguro de gastos médicos mayores en hospitales privados para los servidores públicos de mandos medios y superiores, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública asigne una partida presupuestal en el Ramo 20 al programa Hábitat, para crear una red de centros integrales de prevención y atención de la violencia familiar, a cargo del diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SRE informe al Congreso de la Unión sobre el contenido y el avance de los compromisos asumidos en el marco de la Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte, a cargo del diputado Alejandro Chanona Burguete , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 considere recursos adicionales para la Universidad Juárez del Estado de Durango, a cargo del diputado Gustavo Santiago Pedro Cortés, del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 considere recursos para el fideicomiso de los fondos de los trabajadores migratorios mexicanos, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros. (Turno a Comisión)

Con Punto de acuerdo por el que se solicita a la ASF y al Consejo de la Judicatura Federal realicen una investigación sobre el uso de recursos humanos y financieros del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a las desapariciones forzadas, a cargo del diputado Javier Hernández Manzanares , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades federales, estatales y municipales correspondientes a efecto de que tomen las medidas necesarias para garantizar la potabilidad del agua que se distribuye para consumo humano y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca cumpla los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad; y a la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales de la PGR, a reforzar su atención en el proceso electoral del estado de Oaxaca, a cargo del diputado Carlos Altamirano Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la necesidad de abatir el rezago educativo y el analfabetismo en México, en ocasión de los actos conmemorativos de la Independencia y la Revolución Mexicana, a cargo del diputado Emilio Ulloa Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INEGI emita las estadísticas necesarias que permitan conocer de manera oficial el número y las características socioeconómicas de la población afrodescendiente, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se incluya una partida destinada a cubrir el apoyo social de los ex trabajadores migrantes mexicanos, a cargo de la diputada Susana Monreal Ávila , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y a la Secretaría de Desarrollo Rural del estado de Puebla verifiquen la integración del padrón de damnificados por el huracán Dean en esa entidad, para la entrega correcta de la ayuda, a cargo del diputado Antonio Vasconcelos Rueda , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno para que los órganos judiciales y administrativos dependientes de éstos omitan en cualquier trámite administrativo o judicial cuestionar a los comparecientes respecto de la religión que profesan, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, y Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SHCP informe por escrito de la magnitud en que Pemex participaría en la formación de superávit primario consignado en el artículo 1o. de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, a cargo del diputado Antonio Soto Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal establezca los mecanismos de participación y garantice que las propuestas de las organizaciones del sector social sean incorporadas a las reglas de operación de los programas considerados en el programa especial concurrente de 2008, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al pago de energía eléctrica de las escuelas preparatorias federales por cooperación, a cargo del diputado Mario Vallejo Estévez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS vigile que se cumpla lo que la ley especifica en cuanto a las prohibiciones para la contratación de menores de edad, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la labor que realizan los defensores de los derechos humanos, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP revise y promueva que el presupuesto para la ejecución del calendario de obra de construcción de espacios educativos como resultado del proceso de programación detallada, microplaneación y sustituciones se realice acorde con el calendario escolar, a cargo del diputado Francisco Javier Murillo Flores , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF audite los fondos económicos que aplicaron los gobiernos federal y estatal responsables de la reconstrucción en Chiapas a consecuencia del huracán Stan en octubre de 2005, a cargo del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los DIF estatales utilicen leche fluida en los programas alimenticios, suscrita por los diputados Armando Jesús Félix Olguín y Gerardo Antonio Escaroz Soler , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la cancillería otorguen un nombramiento diplomático a la ciudadana Elvira Arellano, a cargo del diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las universidades e institutos tecnológicos del país evalúen la creación de la carrera de ingeniero en artes gráficas y la incorporen en su oferta educativa, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat publique la norma oficial mexicana de emergencia de avistamiento de tiburón ballena y publique manuales de la observación correcta del tiburón ballena, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT informe sobre el estado que guarda el proyecto reactivación del puerto Frontera, Tabasco, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat realice estudios que permitan conocer científicamente el estado de conservación que presenta en vida silvestre el cocodrilo de pantano, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Comunicaciones, y de Transportes para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 consideren la opinión de la Comisión de Turismo en el tema de red de carreteras, a cargo del diputado Octavio Martínez Vargas , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR, a la SSP y a la Administración General de Aduanas informen a esta soberanía de los programas implantados para evitar el tráfico de armas desde Estados Unidos de América, a cargo del diputado Ángel Rafael Deschamps Falcón , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE y a la Profeco adopten medidas para detener el incremento de precios de los productos básicos y de consumo popular, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a las desapariciones forzadas en México, a cargo del diputado Salvador Ruiz Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal instruya al titular de la Segob actualice las Reglas de Operación del Fonden, a cargo de la diputada Sara Latife Ruiz Chávez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS solucione el conflicto que mantienen los mineros que laboran en Mexicana de Cananea, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a Pemex un informe sobre la factibilidad de reubicar los ductos de gas natural y gasolina que se encuentran cerca de los centros poblacionales a lo largo del territorio nacional, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los secretarios de la Reforma Agraria, de Seguridad Pública, y de la Defensa Nacional, y al gobernador de Chiapas cesen los despojos y ataques a comunidades zapatistas de Montes Azules, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal implante una estrategia para otorgar apoyos y convertir en lugar turístico el sitio denominado ``Ciénega del Golfo de Santa Clara'', en San Luis Río Colorado, Sonora, a cargo del diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal realice las investigaciones necesarias para determinar el paradero del defensor de los derechos humanos Francisco Paredes Ruiz, y garantizar su seguridad e integridad personal, a cargo del diputado Adrián Pedrozo Castillo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat para que a través de las instancias correspondientes coordine y realice estudios sobre la situación actual de las poblaciones de conejos y liebres que se encuentran en categoría de riesgo, y remita un informe a esta soberanía, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía declara persona no grata al embajador de Colombia en México, a cargo del diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobierno del estado de Morelos realice la biorremediación del suelo que era ocupado por el tiradero de basura en Temixco; y a la Conagua, realice un análisis de los mantos acuíferos que se encuentran a su alrededor, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del estado de Puebla a abstenerse de manipular los procesos electorales por celebrase el 11 de noviembre del año en curso en dicha entidad, a cargo del diputado Guillermo Velázquez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob anteponga la Ley General de Protección Civil a las Reglas de Operación del Fonden para fundamentar sus respuestas, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal instruyan a las Comisiones de Agua de sus entidades la utilización de tuberías de acero de fabricación nacional en las licitaciones referentes a líneas de conducción de agua, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobernador de Querétaro cesen los actos de represión a los dirigentes del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la conciliación de la vida laboral y familiar en México, a cargo de la diputada Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política crear un grupo de trabajo para investigar al fideicomiso 5012-6, Ferronalesjub; y, de igual forma, la desincorporación, extinción y liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, a cargo de la diputada Rosario Ignacia Ortiz Magallón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos estatales prioricen el destino de los recursos excedentes por concepto de gasolina a los municipios más rezagados de sus estados, suscrita por los diputados César Duarte Jáquez e Ismael Ordaz Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Ciencia y Tecnología de esta soberanía integre un grupo de trabajo encargado de revisar las actividades del IMPI, a cargo del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, SCT y SE implanten políticas públicas urgentes que permitan modernizar y hacer competitiva la industria aeronáutica nacional, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP construya comedores escolares en las escuelas de tiempo completo del sistema educativo nacional, suscrita por los diputados Armando Barreiro Pérez e Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se consideren recursos para atender las necesidades de infraestructura y servicios públicos en los municipios con mayor crecimiento poblacional en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, a cargo del diputado Javier Calzada Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se cree el fondo para la promoción del deporte popular, a cargo del diputado Javier Calzada Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a las medidas que pretende imponer el Instituto Nacional de Migración contra los trabajadores migrantes que son detenidos, a cargo del diputado José Jacques Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y al gobernador de Sinaloa instruyan al responsable de Cesavesin para que no fumiguen camiones de carga con mercancías que no deben ser fumigadas, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal instruya a las autoridades de la SEP realicen el trámite respectivo con objeto de reconocer los derechos laborales y otorgamiento de la pensión correspondiente al profesor Othón Salazar Ramírez, a cargo del diputado Efraín Morales Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Puebla abstenerse de intervenir en el proceso electoral que se realiza en dicha entidad federativa, a cargo del diputado Juan Hugo de la Rosa García , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública asigne en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 recursos públicos para que el gobierno federal y, de manera particular, Pemex indemnicen a productores agropecuarios de Tabasco por los daños ocasionados desde 1976 por la explotación y exploración petroleras, a cargo del diputado Celso David Pulido Santiago , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Educación Pública de Guerrero destine recursos para garantizar plazas a los egresados de la escuela normal rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa, municipio de Tixtla de Guerrero, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, con relación al proceso electoral del 11 de noviembre de 2007 en Tlaxcala y la necesaria creación de una comisión especial que investigue el posible desvío de recursos públicos por parte del gobierno de dicha entidad y del federal con fines político-electorales, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para fortalecer las finanzas y elevar la competitividad de la Universidad de Puebla, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se destinen recursos a Nuevo León en el Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas, a cargo del diputado Ramón Salas López , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para incrementar los recursos destinados a Campeche, a cargo del diputado Víctor Manuel Méndez Lanz , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJDF para que los órganos que forman dicha institución se abstengan de tomar fotografías e impresiones de huellas dactilares de probables responsables que estén sujetos a investigación por su presunta participación en un hecho ilícito, a cargo del diputado Jesús Arredondo Velázquez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía reconoce a Benito Ricardo Ramírez Espíndola como iniciador de la conmemoración del Día de la Bandera, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de los estados de Veracruz y Oaxaca para que en coordinación con el federal desarrollen mecanismos que permitan la existencia de un canal seco en el istmo de Tehuantepec, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal acepte y cumplimente la recomendación 17/2006 emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco y a la Cofetel solucionen el problema de cobros indebidos por servicios de números 01 900, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob informe a esta soberanía sobre la situación que guardan los braceros migrantes del estado de Aguascalientes, a cargo de la diputada Alma Hilda Medina Macías , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Juventud y Deporte integre una subcomisión para la vigilancia y seguimiento de la construcción de instalaciones que se utilizarán en los XVI Juegos Panamericanos 2011, suscrita por los diputados Omar Antonio Borboa Becerra , Gustavo Macías Zambrano y Miguel Ángel Monraz Ibarra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Pemex y organismos subsidiarios amplíen los donativos y donaciones a estados donde no existe infraestructura petrolera, así como mejorar los esquemas de rendición de cuentas de los mismos, a cargo del diputado Juan Victoria Alva , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las comisiones ordinarias de esta soberanía incluyan la perspectiva de género en el proceso de análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 garantice la continuidad del Programa de Apoyo Directivo al Ingreso Objetivo para el Algodón, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se consideren recursos para el mantenimiento, servicios, materiales de trabajo, papelería y equipamiento de las escuelas públicas, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se aumenten los recursos al Fonaes, suscrita por integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas de los estados y a la ALDF emitan un marco jurídico que regule el establecimiento y funcionamiento de las ``casas de empeño''; a la SHCP, para que controle, supervise y vigile dichos establecimientos; y al Ejecutivo federal, para que publique con la mayor brevedad la NOM-179-SCFI-2006, a cargo del diputado Ricardo Franco Cázares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres de las Entidades Federativas, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos a los municipios de la Sierra Norte de Puebla, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal expida el Reglamento de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el se solicita la asignación de los recursos necesarios para la instauración de las Leyes Generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen recursos para instalar sistemas de potabilización y sanitarios secos en las comunidades de extrema pobreza de Nuevo León, a cargo del diputado Ramón Salas López , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la PGR acuerde la creación de la agencia del ministerio público federal especializada para la atención de personas con discapacidad en dicha institución, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la preservación del patrimonio arquitectónico y cultural de Mazapil, Zacatecas, a cargo de la diputada Aurora Cervantes Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen recursos para el centro metropolitano para la atención integral de la seguridad en Nuevo León, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, al Banco de México, a la CNBV, a la CNSF y a la Condusef promuevan la cultura financiera, a cargo del diputado Jaime Verdín Saldaña , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las dependencias gubernamentales promuevan la paridad de género en la administración pública federal, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen mayores recursos a la Universidad de Guadalajara, a cargo del diputado Alfredo Barba Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE elabore un estudio técnico sobre la metodología con que se establecen las tarifas eléctricas, a cargo del diputado Carlos Armando Reyes López , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de México destine los recursos necesarios para dar atención y cumplimiento a la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México a fin de garantizar la seguridad pública de la población de Coyotepec, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen recursos para proyectos estratégicos para el desarrollo agropecuario forestal del estado de Puebla, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos para la construcción de una escuela preparatoria en Tláhuac, a cargo de la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos para proyectos estratégicos de inversión para Durango, a cargo de la diputada Lourdes Quiñones Canales , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos para fortalecer los recursos humanos de salud en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se aumenten recursos destinados al Ramo 33 a diversos municipios de Jalisco, a cargo del diputado Alfredo Barba Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sedesol ponga en práctica el Programa de Atención a los Adultos Mayores de Setenta Años y Más, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se consideren recursos para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura urbana del municipio de Puebla y la cuarta zona metropolitana, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos para la construcción de un CBTIS en Actopan, Hidalgo, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos para el saneamiento y desarrollo integral de la cuenca de Necaxa, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos para la construcción, pavimentación, terminación y modernización de diversos proyectos carreteros en Hidalgo, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen recursos para el fortalecimiento de la infraestructura hospitalaria de primero y segundo niveles en Nuevo León, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos federal y del Distrito Federal asignen recursos para la realización de un peritaje integral y revisiones estructurales a los edificios del conjunto urbano Presidente Adolfo López Mateos Nonoalco-Tlatelolco, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se consideren recursos para diversas obras carreteras y para infraestructura en municipios de Jalisco, a cargo del diputado Alfredo Barba Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se asignen recursos adicionales para infraestructura hidráulica y educativa para Iztapalapa, a cargo de la diputada Silvia Oliva Fragoso , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la agroindustria de la caña de azúcar y al TLCAN, a cargo del diputado Daniel Pérez Valdés , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se amplíen los recursos para financiar programas para vivienda popular, a cargo de la diputada María Elena Torres Baltazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen recursos para el fortalecimiento de la Facultad de Odontología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se consideren recursos para la construcción del tramo carretero San Pedro y San Pablo Tequixtepec-San Juan Yolotepec-Santa Catalina Chinango, en Oaxaca, a cargo del diputado Víctor Hugo García Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se consideren recursos para la construcción del tramo carretero Villa Chilapa de Díaz-Santiago Yolomecatl, en Oaxaca, a cargo del diputado Víctor Hugo García Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SEP atiendan la problemática que se presenta en la Universidad Autónoma de Sinaloa, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal libere recursos del Fonden para atender la situación que afrontan los habitantes de Jalisco por el paso de la tormenta Henriette, a cargo del diputado José Nicolás Morales Ramos , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades correspondientes a detener el atropello que sufren ejidatarios de San Lucas Xoloc, en Tecámac, México, a cargo del diputado Ricardo Franco Cázares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se consideren recursos para construir la biblioteca pública municipal de Los Reyes, en Michoacán de Ocampo, a cargo de la diputada Lourdes Alonso Flores , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la SCT y a la SFP a informar sobre la situación jurídica, administrativa, financiera y técnica del proceso de venta de Aeroméxico, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat a ejecutar lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Diego Cobo Terrazas , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo al confinamiento de desechos tóxicos en Zimapán, Hidalgo, a cargo del diputado Jaime Cervantes Rivera , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a la Segob a implantar mediante los sistemas de protección civil locales cursos de capacitación sobre desastres naturales en las escuelas de las zonas más vulnerables, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Segob a intensificar mediante el Instituto Nacional de Migración la supervisión del programa Paisano, suscrita por los diputados Armando Jesús Félix Holguín y David Figueroa Ortega , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se destinen recursos para proyectos alternos de acceso al agua potable en los municipios más marginados, a cargo de la diputada Lourdes Alonso Flores , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación a investigar y determinar la responsabilidad en que hayan incurrido los titulares de la SHCP, de la Unidad de Política y Control Presupuestal y de la presidencia municipal de Benito Juárez, Sonora, en el ejercicio de recursos públicos federales, a cargo del diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a otorgar mediante las autoridades correspondientes apoyos para construir carriles reductores de velocidad en la carretera internacional que accede a la población de Benjamín Hill, Sonora, a cargo del diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se destinen recursos a proyectos alternos de servicios de saneamiento ambiental en los municipios más marginados, a cargo de la diputada Lourdes Alonso Flores , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conago a revisar la situación del sector pesquero nacional, a cargo del diputado Gilberto Ojeda Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Coahuila a probar las acusaciones de posibles nexos con el narcotráfico que vertió contra los senadores Ernesto Saro Boardman y José Guillermo Anaya Llamas, a cargo del diputado Ángel Humberto García Reyes , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se integre un fondo de apoyo a entidades federativas y a municipios para el desarrollo ambiental, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a no poner en riesgo la seguridad sanitaria del país y a mantener vigente el requisito de planta o de establecimiento sanitario, a cargo del diputado Roberto Badillo Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de Morelos y de Jiutepec a continuar la construcción y reparación del muro del Texcal, en dicha entidad, a cargo del diputado Demetrio Román Isidoro , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se integre el Programa para el Suelo Rural del Distrito Federal, como parte del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por las diputadas Aleida Alavez Ruiz y Guadalupe Socorro Flores Salazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se destinen recursos para promover la infraestructura carretera del estado de Puebla, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Conapesca un informe detallado respecto a las regulaciones expedidas para implantar el Programa de Protección a la Vaquita en el Área de Refugio, a cargo de la diputada Susana Mendoza Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SHCP y de la SEP a destinar los recursos necesarios para adquirir el predio donde opera el jardín de niños Toltecayotl y llevar a cabo su construcción, en Azcapotzalco, Distrito Federal, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se destinen recursos para construir y equipar el centro de investigación y desarrollo en ciencias de la salud de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo General del IFE a valorar la pertinencia de los 28 distritos electorales indígenas; y de considerarlo pertinente, llevar a cabo una nueva distritación para dar mayor cobertura a la participación política activa indígena, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la STPS a implantar como tabla única, mediante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, los montos que rigen en la zona ``A'', a cargo del diputado Alfredo Barba Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a revisar el estado que guarda el contrato suscrito con la constructora Codiocsa de Xalapa, SA de CV, sobre la conservación periódica de la carretera Atzalan-Tlapacoyan, en Veracruz, a cargo de la diputada María de Jesús Martínez Díaz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se destinen recursos al mantenimiento del hospital Doctor José Eleuterio González, de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a exentar totalmente --por la Dirección General de Capufe-- del peaje en la caseta del Puente de Nautla a los habitantes de Nautla, Veracruz, a cargo de la diputada María de Jesús Martínez Díaz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 se considere una partida que permita al Canal del Congreso adquirir tecnología para transmitir en señal abierta, a cargo del diputado Gilberto Ojeda Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a las declaraciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores sobre el conflicto de límites territoriales entre Jalisco y Colima, a cargo del diputado Joel Arellano Arellano , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita el voto favorable de México contra el bloqueo de Estados Unidos a la República de Cuba en la Asamblea General de Naciones Unidas, a cargo del diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Excitativas

A la Subcomisión de Examen Previo, a solicitud del diputado José Antonio Díaz García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

A las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social, a solicitud de los diputados Alejandro Sánchez Camacho y Adrián Pedrozo Castillo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Al Senado de la República, a solicitud de las diputadas Maricela Contreras Julián , Guadalupe Socorro Flores Salazar y Martha Angélica Tagle Martínez , de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, y de Convergencia, respectivamente.

A las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social, a solicitud del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Justicia, a solicitud de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado Gerardo Escaroz Soler , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

A las Comisiones de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Seguridad Pública, a solicitud de diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de Alternativa, de Convergencia, de Nueva Alianza, del Trabajo, y Verde Ecologista de México.

Efemérides

Relativa al tema ``De la Independencia a la otra dependencia'', a cargo del diputado Jaime Verdín Saldaña , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Relativa al Día Internacional de la Mujer Rural, a cargo de la diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Relativa al 197 aniversario de la Independencia de México, a cargo del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al 183 aniversario de la anexión voluntaria de Chiapas a México, a cargo de los diputados Martha Cecilia Díaz Gordillo y Martín Ramos Castellanos , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, y de la Revolución Democrática, respectivamente.

Relativa al 22 aniversario luctuoso de las víctimas del sismo del 19 de septiembre de 1985, a cargo del diputado José de Jesús Solano Muñoz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Relativa al Día Internacional de la Paz, a cargo del diputado Alejandro Landero Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Relativa al aniversario del natalicio de José María Morelos y Pavón, a cargo del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Relativa al Día Mundial de las Mujeres Rurales, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez , del Grupo Parlamentario de Convergencia.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves dieciocho de octubre de dos mil siete, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 289 diputadas y diputados, a las 11 horas con 45 minutos del jueves 18 de octubre de 2007, la Presidenta declara abierta la sesión.

Desde su curul, el diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Partido de la Revolución Democrática, solicita información relacionada con el desarrollo de las sesiones del día de hoy y la Presidencia aclara la duda.

En votación económica, la asamblea dispensa la lectura al orden del día.

La asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma manera la aprueba.

Se reciben dos oficios de los congresos de los estados de Aguascalientes y Coahuila relacionados con la minuta proyecto de decreto que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El primero notifica la aprobación y el segundo su rechazo del asunto en comento. Se tienen por recibidos y se instruye integrarlos en el expediente.

Se recibe de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, acuerdo aprobado por el que hace un atento exhorto para que el Congreso de la Unión analice retomar las premisas jurídicas de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y haga las adecuaciones a los marcos normativos vigentes. Se remite a las Comisiones de Justicia y de Asuntos Indígenas, para su conocimiento.

La Secretaría de Gobernación remite oficios:

• Tres, por los que solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Karla Negrete Aranda, Andrea Karla Gómez de la Casa Rivera, Mónica Madera Reveles, Ayesha Karina Dávalos Sánchez, María del Rosario Rueda Castro y Mario Priego Álvarez, para que puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros. Se turna a la Comisión de Gobernación.
• Con el que remite contestación a punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que se abstengan de promover o autorizar el uso de herbicida tóxico glifosato aprobado por la Cámara de Diputados. Se remite a la comisión correspondiente para su conocimiento.

La Cámara de Senadores remite iniciativas con proyecto de decreto que:

• Adiciona la fracción V del artículo 19-C de la Ley Federal de Derechos y reforma los artículos 34, fracción VI y 42, fracción IV de la Ley Federal de Cinematografía, presentada por la senadora María Rojo e Incháustegui, del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Radio, Televisión y Cinematografía.
• Reforma los artículos 36 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el senador Jaime Rafael Díaz Ochoa, a nombre propio y del senador Alberto Coppola Joffroy, del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

En votación económica, la asamblea dispensa la lectura de los dictámenes de la Comisión de Gobernación que concede el permiso constitucional necesario a los ciudadanos:

• Jesús Ernesto Méndez Guadarrama, Juan de Dios Rodríguez Castro, Rafael Méndez Guadarrama y Érick Alejandro Peña González, para prestar servicios en las embajadas del Líbano y de Colombia, en México, respectivamente.
• Érika Adriana Hernández Gómez, Sandra Leticia Agustín Quiroz, Agustín Torres Cortés, Iraís Martínez Esparza, Sergio Aarón Padrón Segovia y María Isabel López Carrillo, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América y en sus consulados en Hermosillo, Sonora; Monterrey, Nuevo León y Nogales Sonora, respectivamente.
• Leticia Alejandra Guerrero Méndez, Édgar Román Juárez Hernández, Juana Lorenza Acosta, Tricia Olivares Fernández, Juan Guillermo Molar del Ángel, Juan Ignacio Vélez Contreras, Miriam Pamela Moreno Escobar, Pablo Lucio Villalobos Rodas, Raúl Leal Heredia, Raymundo González Cervantes, Rosa Amada Mejía Ortiz, Sergio Sánchez Ruiz, Manuel Arturo Aguirre Rivera y Pedro Javier Portillo, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México y en sus consulados, en Ciudad Juárez, Chihuahua; Tijuana, Baja California; y en los Departamentos de Agricultura de los Estados Unidos de América en Reynosa, Tamaulipas y Tijuana, Baja California, respectivamente.
• Eduardo Almada Valdés, Alejandro Ríos Cavazos, Ana Lilia Castro Vázquez, Carlos Gustavo Aguilera Guerrero, Herminio Reyes Benito, Jesús Vélez Contreras, Carlos Roberto Robles Ortiz, Eleazar Huiqui García, Francisco Matus Valenzuela, Isaías Romero López, José María Urbalejo Rodríguez y José Sabas Estrella Montes, para prestar servicios en el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América, en Los Mochis, Sinaloa; Reynosa, Tamaulipas y Tijuana, Baja California, respectivamente.
• José Arturo Trejo Nava, José Antonio Zabalgoitia Trejo y Armando Gómez Mendoza, para aceptar y usar las condecoraciones ``Orden de la Distinción''; Orden Nacional del Cóndor de los Andes, en grado de Gran Cruz y ``Medalla Conmemorativa Primero de Agosto'', que les otorgan el gobierno de Belice y las Repúblicas de Bolivia y Popular China, respectivamente.

Quedan de primera lectura.

En votación económica, la asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. Desde su curul, el diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Partido de la Revolución Democrática, realiza comentarios, posteriormente se le concede el uso de la tribuna para sustentar una propuesta. Desde su curul, el diputado Juan José Rodríguez Prats , del Partido Acción Nacional, realiza comentarios de procedimiento. Desde sus respectivas curules hacen aclaraciones los diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac , del Partido Revolucionario Institucional, a nombre de la comisión; Manuel Cárdenas Fonseca , de Nueva Alianza; Antonio Soto Sánchez , del Partido de la Revolución Democrática; Juan José Rodríguez Prats , del Partido Acción Nacional y el diputado Jorge Estefan Chidiac, quien solicita moción de procedimiento y la Presidencia la concede, con el fin de abordar en primer lugar el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Desde su curul, el diputado Rodolfo Solís Parga , del Partido del Trabajo, solicita una moción de procedimiento para corregir el orden del día y la Presidencia concede tal petición y en votación económica la asamblea acepta ajustar el orden del día para abordar en primer término el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

En votación económica se le dispensa la lectura al dictamen mencionado y se les concede el uso de la palabra para fijar la posición de su respectivo grupo parlamentario a los diputados: Manuel Cárdenas Fonseca , de Nueva Alianza; Ismael Ordaz Jiménez , del Partido Revolucionario Institucional y Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México, quien posteriormente desde su curul, realiza comentarios de procedimiento en dos ocasiones. Continúan con el uso de la palabra los diputados: Octavio Martínez Vargas , del Partido de la Revolución Democrática, quien acepta interpelación, en dos ocasiones, del diputado Carlos Eduardo Felton González , del Partido Acción Nacional, finaliza la ronda el diputado Luis Xavier Maawad Robert , del Partido Acción Nacional. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido.

A las 12 horas con 58 minutos se registra una asistencia de 411 diputadas y diputados.

La Presidenta comunica a la asamblea las reservas de los artículos: ocho, fracción IX y último párrafo; ocho, fracción IX; 16; 18 A; 20, 280 y ocho G; transitorios primero y segundo, fracción IV; segundo transitorio, fracción VII; 6o. transitorio y las adiciones del ultimo párrafo a la fracción IX del artículo ocho y de un párrafo al artículo 20, así como la adición de un artículo transitorio.

Con un resultado de 374 votos en pro, ninguno en contra y seis abstenciones, la Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados del dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

A las 13 horas con 25 minutos, la Presidenta declara un receso con el fin de dar inicio a la sesión solemne para develar en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda ``Constituyentes de Apatzingán''.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

Se reanuda la sesión a las 14 horas con 57 minutos.

La Presidenta reitera las reservas presentadas por diversos diputados, enseguida otorga el uso de la palabra al diputado Carlos Eduardo Felton González , del Partido Acción Nacional, para referirse al último párrafo de la fracción IX del artículo ocho y el segundo transitorio, fracción IV.

Presidencia del diputado Arnoldo Ochoa González

En votación económica, la asamblea desecha las modificaciones propuestas por el diputado Carlos Eduardo Felton González . Continúa el diputado Manuel Cárdenas Fonseca , de Nueva Alianza, para proponer modificaciones al artículo ocho; 16; 18 A, 1o. y 2o. transitorios; posteriormente se les otorga el uso de la palabra a los diputados del Partido de la Revolución Democrática: Francisco Javier Santos Arreola , y Octavio Martínez Vargas , en pro de los artículos referidos en los términos del dictamen. Desde sus respectivas curules y en su oportunidad, los diputados: Jorge Estefan Chidiac , del Partido Revolucionario Institucional y Manuel Cárdenas Fonseca , de Nueva Alianza, realizan comentarios de procedimiento. En votación económica, la Asamblea desecha las modificaciones propuestas. Desde sus respectivas curules intervienen los diputados: Alejandro Enrique Delgado Oscoy , del Partido Acción Nacional y Cárdenas Fonseca, ambos en dos ocasiones, para que se rectifique en votación nominal el resultado de la votación de las reservas y la Presidencia hace las aclaraciones.

Se le otorga el uso de la tribuna al diputado Gustavo Idelfonso Mendivil Amparán, del Partido Revolucionario Institucional, para referirse a los artículos ocho y 2o. transitorio y propone modificaciones.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

En votación económica, la asamblea desecha las propuestas. Continúa el diputado Eduardo Espinosa Abuxapqui , del Partido Revolucionario Institucional, para hablar sobre la reserva del artículo ocho, proponer modificaciones y solicitar su votación nominal. Desde su curul, el diputado José Luis Blanco Pajón , del Partido Revolucionario Institucional, expresa su adhesión a la modificación propuesta. Desde su curul, el diputado Charbel Jorge Estefan Chidiac , del Partido Revolucionario Institucional, realiza comentarios de procedimiento y la Presidencia hace comentarios. Con un resultado de 66 votos en pro, doscientos treinta y dos en contra y ocho abstenciones, se desechan las modificaciones presentadas. Interviene el diputado Iñigo Antonio Laviada Hernández , del Partido Acción Nacional, para hablar en contra de la reserva del artículo ocho, propone modificaciones y en votación económica, la asamblea las de-secha. La diputada Addy Cecilia Joaquín Coldwell , del Partido Acción Nacional, se refiere a los artículos ocho; 16; primero y segundo transitorios y acepta interpelaciones de los diputados: Alfonso Suárez del Real y Aguilera, del Partido de la Revolución Democrática; Enrique Serrano Escobar , del Partido Revolucionario Institucional y Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México. Desde su curul, el diputado Joaquín Díaz Mena , del Partido Acción Nacional, expresa su adhesión a la propuesta de la diputada Addy Joaquín Coldwell y solicita se vote nominalmente y la Presidencia otorga tal petición y con un resultado de 88 votos en pro; 212 en contra y nueve abstenciones, se rechaza la propuesta. Desde su curul, el diputado Juan José Rodríguez Prats , del Partido Acción Nacional, solicita moción de procedimiento y la Presidencia hace las aclaraciones. Se le otorga la palabra al diputado José Jacques y Medina , del Partido de la Revolución Democrática, para presentar la adición de un párrafo al artículo 20 y en votación económica, la asamblea rechaza la propuesta para su discusión. El diputado Gerardo Buganza Salmerón , del Partido Acción Nacional, interviene para proponer modificaciones al artículo 20. Desde su curul, la diputada María Dolores González Sánchez , del Partido Acción Nacional, solicita la palabra para hechos y la Presidencia hace comentarios de procedimiento. En votación económica, la asamblea acepta a discusión las modificaciones propuestas y se les otorga la palabra a los diputados: María Dolores González Sánchez , del Partido Acción Nacional y Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica, la asamblea acepta las modificaciones del artículo 20, mismas que se aprueban unánimemente por 298 votos. Continúa el diputado José Manuel del Río Virgen , de Convergencia, quien presenta la modificación del artículo 288 G y la adición de un artículo séptimo transitorio. En votación económica, la asamblea acepta la propuesta para su discusión y por 289 votos en pro, dos en contra y una abstención, se aceptan las propuestas. Se le concede el uso de la palabra al diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , del Partido Revolucionario Institucional, para referirse al artículo segundo transitorio. Desde sus respectivas curules los diputados Carlos Ernesto Zataráin González; Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda ; Charbel Jorge Estefan Chidiac y Gustavo Mendívil Amparán , todos del Partido Revolucionario Institucional y José Víctor Sánchez Trujillo , del Partido Acción Nacional, hacen comentarios de procedimiento. Con un resultado de 144 votos en pro, 123 en contra y dos abstenciones se acepta para su discusión la propuesta del diputado Gustavo Mendivil Amparán. Se les otorga el uso de la palabra a los diputados: Javier González Garza , del Partido de la Revolución Democrática, quien propone se turne la propuesta a la comisión y se dictamine en una sesión posterior. Desde su curul, el diputado Emilio Gamboa Patrón , del Partido Revolucionario Institucional, expresa su adhesión a la propuesta del diputado Javier González Garza . Se le otorga la palabra al diputado Héctor Larios Córdova , del Partido Acción Nacional, quien también se adhiere a la propuesta del diputado Javier González Garza y desde su curul, el diputado Gustavo Mendivil Amparán, del Partido Revolucionario Institucional, retira las reservas en comento. Desde sus respectivas curules los diputado Rodolfo Solís Parga , del Partido del Trabajo; González Garza, realizan comentarios de procedimiento; Charbel Jorge Estefan Chidiac , del Partido Revolucionario Institucional, solicita la lectura del artículo ciento veinticinco del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y la Presidencia pide a la Secretaría obsequiar tal petición. En votación económica, la Asamblea acepta turnar a comisiones la propuesta del diputado Mendivil Amparán en relación al artículo segundo transitorio, fracción segunda y la Presidencia reitera el turno a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Recursos Hidráulicos. Desde sus respectivas curules los diputados Aleida Alavez Ruiz , del Partido de la Revolución Democrática; Pablo Leopoldo Arreola Ortega , del Partido del Trabajo; Carlos Ernesto Zatarain González y Jesús Manuel Patrón Montalvo , del Partido Revolucionario Institucional, solicitan moción de procedimiento y la Presidenta la concede. Con un resultado de doscientos setenta y seis votos en pro, veintisiete en contra y seis abstenciones, se aprueban los artículos ocho, dieciséis, dieciocho A, primero y segundo transitorios. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular con las modificaciones aceptadas por la Asamblea, el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En votación económica, la asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. Se les concede el uso de la tribuna para la discusión en lo general a los diputados: Juan Ignacio Samperio Montaño , de Convergencia; Antonio Soto Sánchez , del Partido de la Revolución Democrática, quien acepta interpelaciones de los diputados: José Manuel Minjares Jiménez , del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones; Sergio Hernández Hernández e Isidro Pedraza Chávez , ambos del Partido de la Revolución Democrática; y Joaquín Humberto Vela González , del Partido del Trabajo. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido. La presidenta informa a la asamblea las reservas de los artículos: uno; dos; cinco; 12; 15 y 16, así como la adición dos artículos transitorios. Con un resultado de 281 votos en pro, 31 en contra y ninguna abstención, se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no impugnados del proyecto de decreto.

Interviene el diputado Joaquín Humberto Vela González , del Partido del Trabajo, para referirse a la reserva del artículo uno reservado y propone modificaciones que se desechan en votación económica. Se les concede el uso de la tribuna a los diputados del Partido de la Revolución Democrática; Alejandro Sánchez Camacho , para hablar sobre el artículo uno y propone modificaciones que se desechan en votación económica; Juan Nicasio Guerra Ochoa , para presentar modificaciones al artículo uno, que en votación económica se admiten para su discusión y por 101 votos en pro, 184 en contra y tres abstenciones, se desecha. Valentina Valia Batres Guadarrama , propone modificaciones al artículo uno, que se desechan en votación económica. Intervienen los diputados del Partido Revolucionario Institucional, para referirse al artículo uno y proponer modificaciones: Jericó Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional y Narcizo Alberto Amador Leal , que se desechan en sendas votaciones económicas. Se le otorga el uso de la palabra al diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Partido de la Revolución Democrática, quien antes de presentar su propuesta, solicita la lectura del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos noveno y décimo de la Ley General de Deuda Pública, petición que se le otorga, posteriormente habla sobre la reserva del artículo dos y propone modificaciones que se desechan en votación económica.

Presidencia del diputado Luis Sánchez Jiménez

El diputado Joaquín Humberto Vela González , del Partido del Trabajo, se refiere al artículo cinco y propone modificaciones que se desechan en votación económica. Se les otorga el uso de la tribuna, para presentar la reserva del artículo cinco y proponer modificaciones a los diputados del Partido de la Revolución Democrática: Ramón Félix Pacheco Llanes ; Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , quien acepta interpelación del diputado Sergio Hernández Hernández , del Partido de la Revolución Democrática y Juan Nicasio Guerra Ochoa y en sendas votaciones económicas, se desechan. Se le otorga el uso de la palabra al diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Partido de la Revolución Democrática, para hablar sobre el artículo 12 y propone modificaciones que en votación económica se desechan. La diputada Aída Marina Arvizu Rivas , de Alternativa, habla sobre el artículo 15 y propone modificaciones que en sendas votaciones económicas, se admiten para su discusión y se aceptan.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

Con un resultado de 274 votos en pro, un voto en contra y cero abstenciones, se aprueba la propuesta.

Intervienen para referirse al artículo 16 y proponer modificaciones los diputados: Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Partido de la Revolución Democrática, que en votación económica se desecha; Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México, que en sendas votaciones económicas, se admiten para su discusión, se aceptan y se aprueban por 274 votos. Se le concede el uso de la palabra al diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo , del Partido Revolucionario Institucional, a nombre de la Comisión de Transportes, para hablar sobre el artículo 16, fracción III, segundo párrafo y propone modificaciones que en votación económica, se admiten para su discusión y se le otorga la palabra para hablar en contra a los diputados del Partido del Trabajo: Rodolfo Solís Parga y Joaquín Humberto Vela González . Con un resultado de 170 votos en pro, 97 en contra y seis abstenciones, se aprueban las modificaciones.

El diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Partido de la Revolución Democrática, propone la adición de un artículo transitorio y solicita su votación nominal. Desde sus respectivas curules los diputados: Javier González Garza , del Partido de la Revolución Democrática; Charbel Jorge Estefan Chidiac , del Partido Revolucionario Institucional y Héctor Larios Córdova , del Partido Acción Nacional, hacen comentarios de procedimiento y en relación al quórum, la Presidenta hace comentarios y solicita la apertura del sistema electrónico de asistencia para su rectificación. Desde sus respectivas curules solicitan el uso de la palabra para realizar comentarios de procedimiento los diputados: Javier González Garza , del Partido de la Revolución Democrática; Luis Alonso Mejía García , Juan José Rodríguez Prats y Édgar Mauricio Duck Núñez, del Partido Acción Nacional y César Horacio Duarte Jácquez, del Partido Revolucionario Institucional.

La Presidencia declara un receso a las 21 horas con 26 minutos y cita para la reanudación de la sesión el martes 23 de octubre de 2007.

A las 11 horas con 36 minutos del martes 23 de octubre de 2007, se reanuda la sesión con la asistencia de 281 diputadas y diputados.

En votación económica, la asamblea desecha la propuesta del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Partido de la Revolución Democrática, de adición de un artículo transitorio. El diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del Partido Revolucionario Institucional, habla sobre la adición de un artículo transitorio, en votación económica se acepta la modificación. Por instrucciones de la Presidencia, se da lectura a la propuesta de modificación del segundo párrafo del artículo 23 del diputado Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México a nombre de la comisión, posteriormente a los artículos 124 y 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en sendas votaciones económicas, la asamblea la admite para su discusión y la considera de urgente resolución, sin que motive debate, se reserva para su votación nominal.

A las 11 horas con 53 minutos, se registra una asistencia de 382 diputadas y diputados.

La Presidencia informa a la asamblea los artículos que se votarán en conjunto. Desde su curul, el diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa , del Partido de la Revolución Democrática, solicita una moción de procedimiento, con el fin de votar los artículos que permanecieron en los términos del dictamen, la Presidencia concede tal petición e instruye la apertura del sistema electrónico de votaciones para tal efecto. Con un resultado de 272 votos en pro, 133 en contra y cuatro abstenciones, se aprueban los artículos uno, dos, cinco, siete y 12 en términos del dictamen. Desde su curul, el diputado José Manuel Minjares Jiménez , del Partido Acción Nacional, realiza comentarios de procedimiento. La Presidencia comunica la solicitud del diputado Héctor Padilla Gutiérrez , para retirar su propuesta de adición de un artículo transitorio; y en votación económica, la asamblea acepta la petición. Desde su curul, el diputado Ismael Ordaz Jiménez , del Partido Revolucionario Institucional, solicita una moción de procedimiento y la Presidencia hace las aclaraciones. La Presidencia anuncia la votación del artículo 15; 16, fracción IX y XXIII con las modificaciones aceptadas por la asamblea que se aprueban por 400 votos. La Presidencia anuncia la votación del artículo 16 fracción III con las modificaciones aceptadas que se aprueba por 257 votos en pro, 134 en contra y tres abstenciones. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular con las modificaciones aceptadas el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Se reciben proposiciones con punto de acuerdo de los diputados:

• Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa, por el que se solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que designe uno o varios comisionados especiales para averiguar si en el caso de la ciudadana Laura Guadalupe Tena Colunga hay hechos que constituyen violaciones de sus garantías individuales. Se turna a la Comisión de Justicia.
• Mayra Gisela Peñuelas Acuña , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social amplíe la cobertura y población objetivo de los Programas de Adultos Mayores y Madres Trabajadoras en Badiraguato, Choix, El Fuerte, Mocorito y Sinaloa, Sinaloa. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social.
• José Ascensión Orihuela Bárcenas, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Gobernación realice la declaratoria de emergencia para el municipio de Lázaro Cárdenas y municipios del Bajío en Michoacán afectados por la tormenta tropical Henriette. Se turna a la Comisión de Gobernación.
• José Ascensión Orihuela Bárcenas, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se crea un fondo nacional para la investigación oceanográfica. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y a la Junta de Coordinación Política.

Se le otorga el uso de la palabra al diputado José Antonio Díaz García , del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Subcomisión de Examen Previo a cumplir la obligación que impone el inciso c) del artículo doce de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y determine si ha lugar a la incoación del procedimiento de juicio político contra el gobernador de Puebla. Desde sus respectivas curules, expresan su adhesión los diputados: Valentina Valia Batres Guadarrama , del Partido de la Revolución Democrática y Arturo Flores Grande , del Partido Acción Nacional. En votación económica, la asamblea considera la proposición de urgente resolución. Se les otorga la palabra a los diputados del Partido de la Revolución Democrática: Valentina Batres Guadarrama y Francisco Javier Santos Arreola . En votación económica, se aprueba. Comuníquese.

Se recibe del diputado Juan Manuel Villanueva Arjona , del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los diferentes organismos, dependencias y agencias del gobierno de Nuevo León, a que llevan a cabo proyectos viales y de obra pública, respeten la ley y demás disposiciones existentes en materia de medio ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Se les otorga el uso de la tribuna para presentar proposiciones con puntos de acuerdo a los diputados:

• Gustavo Caballero Camargo, a nombre propio y de diversos diputados del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales otorgue a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el beneficio que señala el artículo 120 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. En virtud de existir duda en el resultado de la votación económica para su dispensa de trámites, se procede a recoger la votación nominal. Con un resultado de 172 votos en pro, 146 en contra y seis abstenciones, no alcanza las dos terceras partes, por lo que no se considera de urgente resolución y se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Presidencia del diputado Luis Sánchez Jiménez

• Martín Stefanonni Mazzocco , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a que emita un nuevo decreto para otorgar facilidades administrativas para la regulación de usuarios de aguas nacionales que realicen actividades de carácter agrícola, silvícola, pecuario, acuícola, rural y doméstico. En votación económica, la asamblea no lo considera de urgente resolución, al no alcanzar las dos terceras partes y se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.
• Juan Victoria Alva , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos a que redefina y profesionalice las funciones de su cuerpo de seguridad especial en áreas estratégicas. En votación económica, la asamblea la considera de urgente resolución, al alcanzar las dos terceras partes y de la misma forma se aprueba. Comuníquese.
• César Flores Maldonado , del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social priorice en orden de atención a las comunidades más apartadas de Guerrero durante la integración del padrón y Programa de Atención para Adultos Mayores de 70 años. En votación económica, la asamblea la considera de urgente resolución, al alcanzar las dos terceras partes y de la misma forma se aprueba. Comuníquese.

Se reciben proposiciones con punto de acuerdo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Partido Revolucionario Institucional:

• Por el que se solicita al Ejecutivo federal publique el Reglamento de la Ley de Seguridad Nacional. Se turna a la Comisión de Gobernación.
• Relativo a los criterios de asignación y fórmulas para la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública.

Se les otorga el uso de la tribuna para presentar proposiciones con puntos de acuerdo a los diputados:

• Leobardo Curiel Preciado , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de la Reforma Agraria y de la Procuraduría Agraria atienda el conflicto que enfrenta el ejido Campo Acosta, en Tomatlán, Jalisco. En votación económica, la asamblea la considera de urgente resolución y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.
• José Luis Contreras Coeto , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo para que en coordinación con el gobierno del estado de Puebla difunda el turismo en dicha entidad. En sendas votaciones económicas, la asamblea la considera de urgente resolución y la aprueba. Comuníquese. Desde sus respectivas curules, se adhieren a la propuesta los diputados: Irma Piñeyro Arias , de Nueva Alianza; José Alfonso Suárez del Real y Aguilera y César Flores Maldonado , ambos del Partido de la Revolución Democrática.
• Rolando Rivero Rivero , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tomen medidas en relación con la economía informal para reactivar los micronegocios que se encuentran en la economía formal. En sendas votaciones económicas, la asamblea la considera de urgente resolución, suficientemente discutida y la aprueba. Comuníquese.
• Enrique Serrano Escobar , del Partido Revolucionario Institucional, para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, se destinen recursos para incrementar el patrimonio del fideicomiso Ferronalesjub cinco mil doce-seis, de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito. En votación económica, la asamblea la considera de urgente resolución, al alcanzar las dos terceras partes. Con el consentimiento del promovente se adhieren los diputados: Dolores de María Manuell-Gómez Angulo , del Partido Acción Nacional, María Eugenia Jiménez Valenzuela , del Partido de la Revolución Democrática; Armando García Méndez , de Alternativa y Beatriz Collado Lara , del Partido Acción Nacional. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

El Presidente da la bienvenida a las agregadas y agregados de prensa de las embajadas de los países miembros de la Unión Europea acreditados en México e invitados por la Comisión Especial de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación.

Continúan con la presentación de proposiciones con punto de acuerdo los diputados:

• Rolando Rivero Rivero , del Partido Acción Nacional, por el que exhorta a las compañías de seguros a nivel nacional consideren la donación de pólizas contra accidentes para los vehículos operados por la Cruz Roja Mexicana. Se adhiere con el consentimiento del promovente el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica, la asamblea considera la proposición de urgente resolución y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.
• Pedro Montalvo Gómez , del Partido Revolucionario Institucional, relativo a la privatización de actividades de operación, mantenimiento, administración y vigilancia de la infraestructura energética mexicana. Se adhieren, con la anuencia del promovente, los diputados: Roberto Badillo Martínez , del Partido Revolucionario Institucional; José Alfonso Suárez del Real y Aguilera y Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , ambos del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica la asamblea considera el asunto de urgente resolución, al alcanzar las dos terceras partes y de la misma manera se aprueba. Comuníquese.
• María Gabriela González Martínez , a nombre propio y de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández , ambas del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a que instrumenten leyes de tránsito y vialidad locales relativas a la seguridad vehicular de niños, niñas y adolescentes. En sendas votaciones económicas, registrando las dos terceras partes, la asamblea considera la proposición de urgente resolución, suficientemente discutida y la aprueba. Comuníquese.
• Óscar González Morán, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, así como a las autoridades educativas de los estados y municipios, a que implanten en sus programas de educación materias relativas al ambiente. En sendas votaciones económicas, registrando las dos terceras partes, la asamblea considera la proposición de urgente resolución, suficientemente discutida y la aprueba. Comuníquese.
• Francisco Dávila García , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que implante el tema de la cultura turística en los contenidos de los libros de texto de educación básica. En votación económica no alcanza la mayoría calificada para considerarla de urgente resolución y se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Turismo.
• Alberto Amador Leal , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal retire el espot con sesgo electoral respecto de la reforma fiscal que él propuso, y evite la intervención de las dependencias federales en el proceso electoral de Puebla. Se turna a la Junta de Coordinación Política.
• Ramón Barajas López , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público atiendan la problemática del reemplacamiento de los tractocamiones de procedencia extranjera. Al no alcanzar la mayoría calificada en votación económica para dispensa de trámites, se turna a la Comisión de Transportes.
• Alfonso Othón Bello Pérez , del Partido Acción Nacional, por el que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación investigue lo relativo a posibles desvíos de recursos federales de los denominados excedentes petroleros entregados al gobierno de Puebla durante el Ejercicio Fiscal de 2006. En votación económica la asamblea considera el asunto de urgente resolución, al alcanzar las dos terceras partes. Se les concede el uso de la tribuna a los diputados: Alberto Amador Leal , del Partido Revolucionario Institucional, en contra; José Antonio Díaz García , del Partido Acción Nacional, en pro y Bello Pérez, para alusiones personales.

Desde su curul, el diputado Gilberto Ojeda Camacho , del Partido Revolucionario Institucional, solicita la rectificación de quórum y la Presidencia concede tal petición e instruye la apertura del sistema de asistencia electrónica.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

Desde su curul, el diputado José Murat, del Partido Revolucionario Institucional, realiza comentarios en relación a una proposición. Se le concede el uso de la tribuna al diputado Alberto Amador Leal , del Partido Revolucionario Institucional, para alusiones personales. En votación económica, se aprueba el punto de acuerdo presentado por el diputado Bello Pérez. Comuníquese.

La Secretaría da lectura a una comunicación de la Junta de Coordinación Política por la que solicita se incorpore en el primer turno posible dos proposiciones con punto de acuerdo. En votación económica, se acepta su inclusión y se concede la palabra al diputado José Murat, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar la proposición con punto de acuerdo para citar a comparecer ante la Comisión de Relaciones Exteriores a la secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano, para que explique lo relativo a la denominada iniciativa Mérida. Se les concede la palabra a los diputados: Raymundo Cárdenas Hernández , del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta una proposición en relación con el mismo asunto y Rodolfo Solís Parga , del Partido del Trabajo.

A las 15 horas con 45 minutos se registra una asistencia de 353 diputadas y diputados, confirmándose la existencia de quórum.

Se les concede la palabra a los diputados: Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta una proposición, relativa al tema, a nombre propio y del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera ; Alejandro Chanona Burguete , de Convergencia; Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México; Rogelio Carbajal Tejada , del Partido Acción Nacional y Manuel Cárdenas Fonseca , de Nueva Alianza. En votación económica, la asamblea considera el asunto de urgente resolución y de la misma manera suficientemente discutido. Con el consentimiento de la asamblea, la Presidenta comunica que las propuestas de los diputados Raymundo Cárdenas Hernández y Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Partido de la Revolución Democrática, se turnarán a la Junta de Coordinación Política. Desde sus respectivas curules los diputados Cuauhtémoc Sandoval Ramírez y José Murat, hacen comentarios y aclaraciones en relación a la proposición en comento. En votación económica la asamblea aprueba la proposición en sus términos. Desde su curul, el diputado José Murat, presenta un adendum y se aprueba en votación económica. Comuníquese.

Desde su curul, el diputado Rodolfo Solís Parga , del Partido del Trabajo, realiza comentarios de procedimiento y la Presidencia hace la aclaración.

La Presidenta informa a la asamblea que se pospone para la siguiente sesión la presentación de la proposición con punto de acuerdo, que se aceptara incluir en el orden del día, suscrita por diputados del Partido Revolucionario Institucional, para constituir una subcomisión plural en el seno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta honorable Cámara de Diputados, integrada por legisladores de las Comisiones de Hacienda, de Agricultura, de Economía y de Desarrollo Rural para que, con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que la subcomisión considere pertinentes, analicen y propongan medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazo que, traducidas en la iniciativa de ley, defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberación del comercio agropecuario dispuesto en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

La Presidenta clausura la sesión a las 16 horas con 22 minutos y cita para la próxima que tendrá lugar el jueves 25 de octubre de 2007 a las 11 horas.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobada el acta.



ESTADO DE CHIAPAS

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Estado Libre y Soberano de Chiapas.

Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.--- Presente.

Para los efectos del Titulo Octavo de la Constitución Política Federal, comunicamos a ustedes que en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de septiembre del año en curso, la Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, aprobó minuta proyecto decreto por el que se reforman los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; se adiciona el artículo 134, y se deroga un párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada por la Cámara de Diputados de la Sexagésima Legislatura, misma que fue remitida a esta soberanía popular para los efectos señalados en el artículo 135 de la propia Carta Magna.

Anexamos copia autorizada del dictamen, del acta de sesión correspondiente y del decreto número 296, todos debidamente certificados, así como un ejemplar del Periódico Oficial del Estado, donde fue publicado el citado decreto.

Sin otro particular, reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 27 de septiembre del 2007.--- Por el Honorable Congreso del Estado, diputados: Juan Antonio Castillejos Castellanos (rúbrica), Presidente; Juan Gómez Estrada (rúbrica), Secretario.»
La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se tiene por recibido. Intégrese en el expediente.


ESTADO DE QUINTANA ROO

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- Presente.

Para efectos del artículo 135, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos remitir a Usted, copia del decreto número 200, expedido por la honorable XI Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, por el que se aprueban las reformas de los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; se adiciona el artículo 134, y se deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin otro particular, nos es grato reiterarle las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad Chetumal, Quintana Roo, a 2 de octubre de 2007.--- Diputados: Inés López Chan (rúbrica), Presidenta; Juan Carlos Pallares Bueno (rúbrica), Secretario.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se tiene por recibido. Intégrese en el expediente.



DICTAMENES NEGATIVOS DE PUNTOS DE ACUERDO

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Mesa Directiva.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Esta Presidencia comunica que se recibieron dictámenes en sentido negativo de proposiciones con punto de acuerdo --que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria-- de las siguientes Comisiones:

Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social

Dictamen por el que desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la Sedena y al ISSSTE a informar si existe algún beneficiario de la Ley a favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.
Fecha de publicación: 22 de octubre.

Energía

Dictamen por el que no es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo relacionada con transparentar el apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la Comisión Federal de Electricidad para contribuir al pago del adeudo de productores.
Fecha de publicación: 22 de octubre.

Unidas de Gobernación, y de Presupuesto y Cuenta Pública

Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Oaxaca a realizar las reasignaciones presupuestales para resolver las demandas salariales de los trabajadores de la educación en esa entidad.
Fecha de publicación: 22 de octubre.

Gobernación

Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a solicitar la anuencia del gobierno del estado de Veracruz para la realización de juegos con cruce de apuestas y sorteos.
Fecha de publicación: 22 de octubre.

Relaciones Exteriores

Dictamen por el que se desechan las proposiciones con punto de acuerdo relativas a la Cumbre de Líderes de América del Norte, que se llevó a cabo el 20 y el 21 de agosto de 2007 en Montebello, Québec, Canadá.
Fecha de publicación: 22 de octubre.
Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a los diversos actores mexicanos a contribuir para restablecer las relaciones diplomáticas con la República de Venezuela.
Fecha de publicación: 22 de octubre.

Solicito a ustedes lo hagan del conocimiento de la honorable asamblea.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2007.--- Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Presidenta.»

«Dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social, respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la Sedena y al ISSSTE a informar si hay algún beneficiario de la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado

Honorable Asamblea:

A la Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social fue turnada para su análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la Sedena y al ISSSTE a informar si hay algún beneficiario de la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, presentada por el diputado Silvio Gómez Leyva , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracciones XXXV y VII, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estas comisiones de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. Con fecha 26 de abril de 2007, el diputado Silvio Gómez Leyva , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el Pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a la SHCP, a la Sedena y al ISSSTE a informar si existe algún beneficiario de la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social.

Establecidos los antecedentes, los miembros de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados exponen el contenido de la proposición de referencia, materia del presente dictamen.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

Refiere la exposición de motivos de la proposición que se dictamina que en fecha 7 de enero de 1950 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que expide la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, que considera como veteranos a quienes prestaron servicios activos a la Revolución entre el 19 de noviembre de 1910 y el 5 de febrero de 1917, cuyo reconocimiento compete a la Secretaría de la Defensa Nacional.

La ley en comento regula la organización de los veteranos de la Revolución que trabajan en las dependencias del gobierno federal, para la mejora de sus prestaciones laborales, tales como la jubilación, mediante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y el pago de una cuota diaria adicional, con cargo al erario federal, previa acreditación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entre otros.

Esta ley considera como derechohabientes de los veteranos a: su cónyuge supérstite; a sus hijos menores de 18 años; a su concubina, a falta del cónyuge supérstite, cuando la vida marital haya sido cuando menos de cinco años y se encuentren libres de matrimonio.

Menciona el promovente que han pasado más de 55 de la fecha en que fue publicada esta Ley en el Diario Oficial de la Federación, por lo que resulta necesario efectuar un análisis serio y responsable para verificar si la vigencia y sus beneficios corresponden a la realidad de nuestros días.

Estas comisiones, una vez analizada la proposición de referencia, someten ante este honorable Pleno el presente dictamen, bajo las siguientes

Consideraciones

1. Las comisiones dictaminadoras, en atención a la proposición hecha por el diputado Silvio Gómez Leyva , solicitaron a las Secretarías federales de Hacienda y Crédito Público, y de Defensa Nacional, así como al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la información que cada una de dichas dependencias pudiera proporcionar con relación al número de beneficiarios de la ley a favor de los veteranos de la revolución.
2. La solicitud hecha por las comisiones a las dependencias respectivas fue respondida; el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en nombre de la Secretaria de la Defensa Nacional, dio respuesta el 28 de junio; el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado dio respuesta el 5 de julio; y la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico dio respuesta el 9 de julio de 2007.
3. En el oficio número 11112/5524/2007, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas manifiesta que no cuenta con registros de los beneficiarios de la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, sugiriendo que se solicite dicha información a la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.
4. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado respondió mediante el oficio SP/01129/07 que registra a los ex trabajadores de acuerdo con el tipo de beneficio pensionario que corresponde según los años cotizados y no realiza una identificación especial de si éstos son veteranos de la revolución, por lo cual no cuenta con la información de cuántos beneficiarios hay de esta ley.
5. Por último la respuesta que da la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subsecretaría de Egresos, Unidad de Política y Control Presupuestario, mediante el oficio número 307-A.- 1589, manifiesta que en la actualidad se tiene un registro de que los beneficiarios de la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, son 88 viudas de veteranos de la revolución. Asimismo señala que la documentación correspondiente a las 88 beneficiarias, obra en poder de la Secretaria, la cual se encuentra clasificada como información confidencial, de conformidad con el articulo 18, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables.
6. Las comisiones dictaminadoras, al recibir la información mencionada, de parte de las dependencias a las cuales se pretende exhortar, enviaron la información al diputado Silvio Gómez Leyva , promovente del punto de acuerdo, para hacer de su conocimiento la información de las dependencias; a este respecto, se cuenta con la respuesta que mediante oficio fechado el 1 de agosto de 2007 dio el promovente, en el cual manifiesta su conformidad con la información que las dependencias turnaron a la Comisión, así como su acuerdo ante la intención de que se realice el dictamen en contra, ya que se tiene la información que se pretendía solicitar a las dependencias.
7. Por todo lo comentado, estas comisiones dictaminadoras tienen a bien emitir dictamen en sentido negativo a la proposición, toda vez, que las razones que motivan la misma ya han sido satisfechas por las dependencias que se pretendía exhortar.

Por lo expuesto, las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Defensa Nacional someten a la consideración de este honorable Pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la Sedena y al ISSSTE a informar si existe algún beneficiario de la Ley a Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, turnada a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social, presentada por el diputado Silvio Gómez Leyva , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 26 de abril de 2007.

Segundo. Archívese como asunto totalmente concluido e infórmese al promovente.

Dado en el salón de sesiones de la Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, a 22 de agosto de 2007.
La Comisión de Seguridad Social, diputados: Miguel Ángel Navarro Quintero (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe (rúbrica), Neftalí Garzón Contreras (rúbrica), Rosario Ignacia Ortiz Magallón (rúbrica), Rafael Plácido Ramos Becerril (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Joel Arellano Arellano , Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Ángel Humberto García Reyes (rúbrica), Benjamín Ernesto González Roaro , Addy Cecilia Joaquín Coldwell , Agustín Leura González , Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Murguía (rúbrica), Ramón Almonte Borja (rúbrica), José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Adrián Pedroso Castillo (rúbrica), Daniel Dehesa Mora (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Rogelio Muñoz Serna (rúbrica en contra), Charbel Jorge Estefan Chidiac , Juan Carlos Velasco Pérez , Joel Ayala Almeida , Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Ana María Ramírez Cerda , Ramón Valdés Chávez (rúbrica), Abundio Peregrino García (rúbrica).
La Comisión de Defensa Nacional, diputados: Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), presidente; Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Claudia Gabriela Caballero Chávez (rúbrica), Alma Lilia Luna Murguía, Roberto Badillo Martínez (rúbrica), secretarios; Gerardo Aranda Orozco (rúbrica), Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), José Guillermo Fuentes Ortiz , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Nelly Asunción Hurtado Pérez , Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Héctor Larios Córdova , Marco Antonio Peyrot Solís (rúbrica), Javier González Garza (rúbrica), César Flores Maldonado (rúbrica), Celso David Pulido Santiago (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa (rúbrica), David Sánchez Camacho (rúbrica), José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Israel Beltrán Montes (rúbrica), Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza , Pedro Montalvo Gómez , Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Energía, relativo a la proposición con punto de acuerdo relacionada con transparentar el apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la Comisión Federal de Electricidad para contribuir al pago del adeudo de productores

Honorable asamblea

La Comisión de Energía, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a los diversos 58, 60, 87, y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

1. En la sesión celebrada por el Pleno de la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2007, los ciudadanos secretarios de la misma dieron cuenta de la proposición con punto de acuerdo, a fin de que se transparente el apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la Comisión Federal de Electricidad para contribuir al pago del adeudo de productores; suscrita por el diputado Carlos Armando Reyes López . El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Energía.

2. En el proceso de revisión y análisis de la referida proposición con punto de acuerdo, los ciudadanos diputados integrantes de la comisión dictaminadora realizaron reuniones de trabajo con el fin de de precisar los alcances y determinar la viabilidad del presente dictamen.

II. Objeto y contenido de la proposición con punto de acuerdo

De acuerdo con las consideraciones expuestas en la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, se indica entre otras situaciones, que en el mes de septiembre de 2006, los usuarios del servicio de energía eléctrica con tarifas agrícolas 9, 9M, 9CU y 9N, en el estado de Chihuahua, tenían registrado un adeudo a favor de la Comisión Federal de Electricidad, por concepto de suministro de energía eléctrica, por la cantidad de mil 362.4 millones de pesos.

Agrega el diputado proponente que el tema sensibilizó al gobierno estatal, el cual tomó en cuenta las dificultades económicas de los productores para abatir dicho adeudo y asumió el compromiso de apoyarlos; por lo cual acordó con la Comisión Federal de Electricidad que los productores sólo cubrirían la suma que resultara de calcular su consumo a veintiocho centavos por kilowatt-hora y que el gobierno del estado de Chihuahua absorbería la diferencia resultante con el importe de la factura real, considerando las tarifas vigentes y el pago de los productores.

Aunado a lo anterior, se indica que el 21 de noviembre de 2006 se firmó el convenio entre el gobierno del estado de Chihuahua y la Comisión Federal de Electricidad, mismo en el que se acordó el pago de 481 millones de pesos por parte del Ejecutivo estatal a la Comisión Federal de Electricidad, con la finalidad de contribuir al pago del adeudo por parte de los productores del estado de Chihuahua.

En dicho convenio, se estableció que entre el 2007 y el 2008, la Comisión Federal de Electricidad realizaría obras de infraestructura y electrificación en poblados rurales y colonias populares de interés social en diversos municipios del estado de Chihuahua, y que las mismas obras se condicionarían al monto que dicha comisión recibiría del estado con motivo de los apoyos pactados.

En consecuencia, mediante la proposición que se dictamina se solicita:

1. Exhortar al gobierno federal, a través de la Comisión Federal de Electricidad, para que antes de la entrega del apoyo por parte del gobierno del estado de Chihuahua a los productores, se verifique que verdaderamente lo requieran, y se informe a esta soberanía el resultado de dicho proceso, haciendo pública la lista de beneficiarios y los montos recibidos.
2. Hacer pública la relación de obras de infraestructura y de electrificación en poblados rurales y colonias populares de interés social, que se han considerado en el convenio entre el gobierno del estado de Chihuahua y la Comisión Federal de Electricidad, e informar a esta soberanía a la brevedad, sobre dichas obras.

A partir del análisis de la proposición antes expuesta, los integrantes de esta comisión dictaminadora exponen las siguientes:

III. Consideraciones

Primera. Por una parte, solicita el diputado propone se exhorte al gobierno federal, a través de la Comisión Federal de Electricidad, para que antes de entregar el apoyo por parte del gobierno de Chihuahua a los productores, se verifique que verdaderamente lo requieran.

Al respecto se debe mencionar, que como lo indica el diputado proponente en sus consideraciones, a la fecha actual la lista de los productores beneficiados ya se constituyó.

Lo anterior, es así, toda vez que los productores beneficiados serían los que habiendo facturado entre octubre de 2003 y septiembre de 2006, hubiesen firmado convenio con la Comisión Federal de Electricidad antes del quince de febrero de 2007, con la finalidad de reconocer y pagar su adeudo correspondiente.

Es decir, los productores beneficiados serían los que cumpliesen con determinados requisitos, que son, como señala la propia exposición del diputado proponente:

1. Que el productor hubiese facturado entre octubre de 2003 y septiembre de 2006; y,
2. Que el productor hubiese celebrado convenio, a más tardar el 15 de febrero de 2007, para reconocer y pagar su adeudo correspondiente.

Como se aprecia, la entrega de los apoyos convenidos se encontraba sujeta a determinadas condiciones establecidas en el mencionado convenio, y no se sujetaba a la apreciación de si los productores realmente requerían o no el apoyo pactado.

Por lo antes señalado, se estima que la proposición con punto de acuerdo que aquí se dictamina es improcedente, puesto que el proceso para la prestación del apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la Comisión Federal de Electricidad para contribuir al pago del adeudo de productores está sujeto a condicionantes y requisitos que debieron haberse cubierto para tener derecho a los mismos. Asimismo, el diputado proponente no aporta elementos para presumir anomalías en el manejo del padrón de productores, o razones de peso para suponer que es necesaria la vigilancia extraordinaria de la ejecución de este programa.

Segunda. Por otra parte, en la proposición en cuestión se solicitan diversos rubros de información, a saber: el resultado del proceso de entrega de apoyo por parte del gobierno del estado de Chihuahua a los productores; la publicación de la lista de beneficiarios; los montos recibidos; la relación de obras de infraestructura y de electrificación en poblados rurales y colonias populares de interés social consideradas en el convenio; e información sobre las mencionadas obras.

En relación con lo anterior debe señalarse lo siguiente:

A. En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, a saber, el Presidente de la Cámara de Diputados y los miembros de la Junta de Coordinación Política, aprobaron el 26 de septiembre de 2006, el siguiente acuerdo:

``Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votaciones''.

B. En el artículo duodécimo del mencionado acuerdo se estableció que:

``En el rubro de proposiciones con punto de acuerdo podrán presentarse los asuntos de orden político, cultural o social, que afecten a una comunidad, grupo, partido o colectividad y cuyos efectos sean de interés general, para que la Cámara haga algún pronunciamiento, exhorto o recomendación.

No se considerará materia para una proposición con punto de acuerdo, aquélla que verse sobre asuntos que entrañen una gestión, los cuales deberán exponerse de manera directa ante el Comité de Información, Gestoría y Quejas. De igual forma, no constituye objeto de una proposición la solicitud de información a una dependencia gubernamental ni la petición para que una comisión se reúna con algún funcionario público del Ejecutivo federal. Tales trámites deberán hacerse con base en lo preceptuado por el artículo 45, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General, así como por los artículos 89 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior.''

Tercera. Como fue expuesto párrafos arriba, el objeto de la proposición en cuestión se centra en solicitar la información al gobierno federal en torno al citado convenio celebrado entre el gobierno del estado de Chihuahua y la Comisión Federal de Electricidad, lo cual se encuentra considerado como materia que no es propia de gestionarse mediante proposiciones con punto de acuerdo en el artículo duodécimo del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votaciones.

Ello es así, toda vez que de conformidad con el contenido de dicho acuerdo, específicamente en el párrafo segundo del artículo duodécimo se encuentra plasmado que no constituye objeto de una proposición la solicitud de información a una dependencia gubernamental.

Quinta. En consecuencia, los integrantes de esta comisión dictaminadora estiman que de conformidad con la legislación aplicable vigente al respecto, no es de aprobarse la ``proposición con punto de acuerdo, a fin de que se transparente el apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la CFE para contribuir al pago del adeudo de productores''.

Finalmente, la Comisión de Energía recomienda al diputado proponente que si cuenta con elementos suficientes para presumir el uso indebido de recursos públicos de la federación, recurra a las instancias de fiscalización correspondientes.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente acuerdo:

IV. Resolutivo

Primero. No es de aprobarse la ``proposición con punto de acuerdo, a fin de que se transparente el apoyo que el gobierno del estado de Chihuahua entregará a la CFE para contribuir al pago del adeudo de productores''.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2007.
La Comisión de Energía, diputados: David Maldonado González (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), Alonso Manuel Lizaola de la Torre (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes (rúbrica), Rafael Elías Sánchez Cabrales (rúbrica), Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas (rúbrica), José Antonio Arévalo González (rúbrica), Robinson Uscanga Cruz (rúbrica), Salvador Arredondo Ibarra (rúbrica), Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Luis Alonso Mejía García , Óscar Miguel Mohamar Dainitin (rúbrica), Raúl Alejandro Padilla Orozco , Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Juan José Rodríguez Prats , Yadhira Yvette Tamayo Herrera (rúbrica), José Antonio Almazán González (rúbrica), Moisés Félix Dagdug Lützow (rúbrica), David Mendoza Arellano (rúbrica), Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Mónica Fernández Balboa (rúbrica), Pedro Landero López , César Horacio Duarte Jáquez , Andrés Marco Antonio Bernal Gutiérrez , Arturo Martínez Rocha (rúbrica), Mariano González Zarur (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González .»

«Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Presupuesto y Cuenta Pública, en relación con la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Oaxaca a realizar las reasignaciones presupuestales para resolver las demandas salariales de los trabajadores de la educación en esa entidad

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Presupuesto, y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, les fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo relativa al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007 y a las reasignaciones presupuestales, para resolver las demandas salariales de los trabajadores de la educación en el estado de Oaxaca.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88, 94 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones que dictaminan emiten la presente resolución con apoyo en los siguientes

Antecedentes

A partir del primer periodo de sesiones del primer año legislativo de la LX Legislatura, estas dictaminadoras recibieron una propuesta con punto de acuerdo relacionada con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007.

La proposición con punto de acuerdo turnada por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados a las Comisiones de Gobernación y de Presupuesto, y Cuenta Pública, se menciona a continuación:

1. Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Oaxaca, a que en marco de la responsabilidad compartida que tienen con la educación del pueblo Oaxaqueño, realicen en el presente ejercicio fiscal las reasignaciones presupuestales para resolver las demandas salariales de los trabajadores de la educación en dicha entidad a cargo del diputado Ariel Castillo Nájera del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza, presentada el 29 de septiembre de 2006.
2. Con fecha 3 de julio de 2007, los integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública aprobaron el presente dictamen en sentido negativo.
3. Con fecha 9 de octubre de 2007, los integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el presente dictamen en sentido negativo.

Establecidos los antecedentes, los diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Presupuesto, y Cuenta Pública de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribimos el presente dictamen, exponemos las siguientes

Consideraciones

En marzo del 2006, el Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la cual establece nuevas reglas para la aprobación del presupuesto, con el fin de dar certidumbre jurídica y económica al proceso presupuestario.

La ley establece en su artículo 18 que a toda propuesta de aumento o creación de gasto del proyecto de Presupuesto de Egresos, deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.

De igual forma, el artículo 42, fracción VIII, incisos b y c, de la ley en comento señala que en el proceso de examen, discusión, modificación y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, la Cámara de Diputados deberá observar que cuando se proponga un nuevo proyecto, deberán señalar las estimaciones de las fuentes de ingresos sustentadas con un análisis técnico y el ajuste correspondiente de programas y proyectos vigentes si no se proponen nuevas fuentes de ingresos.

En ese orden de ideas, estas comisiones valoramos el punto de acuerdo propuesto. De esta forma, y tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, las comisiones integraron la propuesta procedente con el fin de tener consensado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007.

Finalmente, esta proposición con punto de acuerdo se presentó con motivo de la revisión, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, por lo que el proceso legislativo que se llevó a cabo en los meses anteriores concluyó con la aprobación del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; en estas condiciones estas dictaminadoras consideran que esta proposición ha quedado sin materia.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Presupuesto, y Cuenta Pública someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno del estado de Oaxaca, a realizar las reasignaciones en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2007 y resolver las demandas salariales de los trabajadores de la educación en el estado de Oaxaca presentado por el diputado Ariel Castillo Nájera , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza, el 29 de septiembre de 2006.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2007.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carvajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama (rúbrica), Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Octavio Camacho Quiroz , Ricardo Cantú Garza , Ariel Castillo Nájera , Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez , Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez , Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, diputados: Raúl Alejandro Padilla Orozco , presidente; Édgar Martín Ramírez Pech (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo (rúbrica), Érick López Barriga (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), Joel Ayala Almeida (rúbrica), Javier Guerrero García (rúbrica), Jorge Emilio González Martínez , Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Ricardo Cantú Garza , Mónica Arriola Gordillo , Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (rúbrica), secretarios; José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen , Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez , Alejandro Enrique Delgado Oscoy (rúbrica), Enrique Iragorri Durán , José Manuel Minjares Jiménez (rúbrica), Francisco Rueda Gómez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Andrés Marco Antonio Bernal Gutiérrez , César Horacio Duarte Jáquez , Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica), Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), César Flores Maldonado (rúbrica), Juan Adolfo Orcí Martínez (rúbrica), Martín Ramos Castellanos (rúbrica), Faustino Soto Ramos (rúbrica), Pablo Trejo Pérez , Jesús Evodio Velázquez Aguirre , Francisco Elizondo Garrido .»

«Dictamen de la Comisión de Gobernación, en relación con la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a solicitar la anuencia del gobierno del estado de Veracruz para la realización de juegos con cruce de apuestas y sorteos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a que solicite del gobierno estatal de Veracruz su anuencia para la realización de juegos con cruce de apuestas y sorteos.

La comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) a g) y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 58, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable asamblea el presente dictamen en sentido negativo, basándose en los siguientes:

Antecedentes

I. Con fecha 26 de abril de 2007, el diputado José Manuel del Río Virgen , integrante del Grupo Parlamentario de Convergencia, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a que solicite del gobierno del estado de Veracruz su anuencia para la realización de juegos con cruce de apuestas y sorteos en el territorio de la entidad.
II. Con esa misma fecha, 26 de abril de 2007, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que la proposición con punto de acuerdo arriba mencionada fuera turnada a la Comisión de Gobernación, para su estudio y dictamen correspondiente.
III. El 9 de octubre de 2007 se presentó al pleno de la Comisión de Gobernación, el proyecto de dictamen sobre el particular siendo aprobado.

Establecidos los antecedentes, los diputados integrantes la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

Consideraciones

1. El proponente considera que la modernización y la actualización del marco jurídico vigente es una responsabilidad de los legisladores federales y que se acentúa cuando surge la necesidad de apoyar a las entidades integrantes de la federación.
2. Especialmente, en el estado de Veracruz se tiene gran preocupación por supervisar el desarrollo de las carreras de caballos, peleas de gallos o de juegos con cruce de apuestas y sorteos, toda vez que en el territorio de la entidad ``se celebran múltiples fiestas patronales que no son vigiladas y controladas''.
3. El proponente considera que, con la autorización de la Secretaría de Gobernación, las autoridades estatales y municipales deban tener la capacidad para supervisar y vigilar los eventos donde se desarrollen juegos con cruce de apuestas a través de ``inspectores'' que se crearán para este propósito.
4. En este sentido, la proposición con punto de acuerdo tiene por objeto que las autoridades locales coadyuven en la autorización, supervisión, vigilancia, control y desarrollo de los eventos donde se realicen carreras de caballos, peleas de gallos y juegos con cruce de apuestas; igualmente, solicita que las autoridades locales procedan a la suspensión de los eventos en el caso de detectar alguna irregularidad o violación en materia de juegos y sorteos dando parte, inmediatamente, a las autoridades federales correspondientes.
5. El artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concede la facultad al honorable Congreso de la Unión para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123.
6. La Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947, establece la prohibición en todo el territorio nacional de los juegos de azar y los juegos con apuestas, con las excepciones que la misma legislación establece.
7. El ordenamiento señala que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3o. de la ley en la materia que:
Artículo 3o. Corresponde al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la reglamentación, autorización, control y vigilancia de los juegos cuando en ellos medien apuestas de cualquier clase; así como de los sorteos, con excepción del de la Lotería Nacional, que se regirá por su propia ley.
8. A mayor abundamiento, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos afirma que la instancia del Ejecutivo para la interpretación administrativa y la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos es, precisamente, la Secretaría de Gobernación, enunciando el conjunto de órganos que dependen de la Secretaría que están avocados a la aplicación de la ley en la materia y su reglamento correspondiente. Así señala que:
Artículo 2o. Corresponde a la Secretaría de Gobernación la interpretación administrativa y la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como las de este reglamento.
Las actividades relativas a juegos con apuestas y sorteos que no estén expresamente contempladas en la ley y el presente Reglamento, serán resueltas, en cada caso, por la Secretaría de Gobernación conforme a lo dispuesto por dichos ordenamientos y demás disposiciones aplicables.
La Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos tiene a su cargo la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la ley y el Reglamento; la expedición de permisos, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y condiciones consignados en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos; el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos provenientes del desarrollo y resultado de juegos con apuestas y sorteos; imponer sanciones por infracciones a la ley y al presente reglamento, así como las que le confieran las demás disposiciones aplicables.
La Unidad de Gobierno tiene a su cargo la atención y despacho de los asuntos en los que sea necesaria la coordinación y colaboración de la Secretaría de Gobernación con otras autoridades en materia de juegos con apuestas y sorteos, así como el combate a actividades prohibidas por la ley.
La Unidad de Asuntos Jurídicos, en el ámbito de su competencia, coadyuvará en coordinación con la Unidad de Gobierno y la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos, en el trámite y despacho de los asuntos relacionados con la imposición de las sanciones administrativas que establece la ley y el presente reglamento.
Las autoridades federales cooperarán, en sus respectivos ámbitos de competencia, para hacer cumplir las determinaciones que dicten las autoridades de la Secretaría de Gobernación de conformidad con las leyes y este reglamento, cuando para ello fueren requeridas.
Las autoridades de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones del Distrito Federal cooperarán con la Secretaría de Gobernación, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
9. En este sentido, es claro que la aplicación de la legislación relativa a los juegos con cruce de apuestas y sorteos en la República es de competencia exclusiva de las autoridades federales, en orden a lo establecido en el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al determinar que las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados.
10. Las consideraciones anteriores son reforzadas por las discusiones del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación relativas al análisis de la controversia constitucional 97/2004, presentada por la Cámara de Diputados el 28 de junio de 2005, al señalar un criterio favorable de interpretación sobre la cláusula habilitante para la Secretaría de Gobernación en relación a los juegos permitidos por la Ley en el sentido de que la reglamentación, autorización, control y vigilancia corresponden al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, y regulada por el artículo 3o. de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, aplicable sólo a los juegos permitidos.
11. A consideración de la comisión, el exhorto que se pretende dirigir a la Secretaría de Gobernación para que tenga la anuencia u opinión de un gobierno estatal para poder coadyuvar en la autorización, supervisión, vigilancia, control y desarrollo de carreras de caballos, peleas de gallos u cualquier juego con cruce de apuestas y sorteos atentaría contra el texto de la Constitución General de la República y de las disposiciones secundarias en la materia.
12. Efectivamente, corresponde exclusivamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación, reglamentar, autorizar, controlar y vigilar los juegos permitidos por la ley cuando en ellos medien apuestas de cualquier clase, criterio que ha sido avalado favorablemente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la resolución de la controversia constitucional 97/2004, por lo que la proposición con punto de acuerdo --materia del presente dictamen-- se considera inviable.

Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura, sometemos a consideración del Pleno de la honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a que solicite del gobierno del Estado de Veracruz su opinión o anuencia para la realización de carreras de caballos, peleas de gallos o juegos con cruce de apuestas y sorteos, presentado por el diputado José Manuel del Río Virgen , el 26 de abril de 2007.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal a 9 de octubre de 2007.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica) secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Camacho Quiroz , Ricardo Cantú Garza , Ariel Castillo Nájera , Jesús de León Tello , María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Monraz Ibarra , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez , Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica); Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez , Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, relativo a dos proposiciones con punto de acuerdo sobre la Cumbre de Líderes de América del Norte que se llevó a cabo el 20 y el 21 de agosto de 2007 en Montebello, Québec, Canadá

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. El 15 de agosto de 2007, el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo en relación con la Cumbre de Líderes de América del Norte.
2. El 22 de agosto de 2007, el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo para citar a comparecer a diversos funcionarios con relación a las negociaciones durante la Cumbre de Líderes de América del Norte.

Los días 31 y 22 de agosto de 2007, respectivamente la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, turnó las proposiciones con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

En la primera proposición con punto de acuerdo, el promovente solicita al Ejecutivo federal toda la información sobre las negociaciones que se llevaron a cabo en el marco de la Alianza para la Seguridad y Prosperidad de América del Norte (ASPAN), y en la segunda cita a comparecer a diversos funcionarios, con el fin de que informen sobre las reuniones y compromisos que se negociaron durante la Cumbre de Líderes de América del Norte.

Los líderes responsables de la ASPAN, el Presidente de Estados Unidos, George W. Bush; el Primer Ministro de Canadá, Stephen Harper; y el Presidente de México, Felipe Calderón Hinojosa, se reunieron el 20 y 21 de agosto de 2007 en la Cumbre de Líderes de América del Norte para examinar las oportunidades y los desafíos que enfrenta la región.

La ASPAN se estableció el 23 de marzo de 2005 con el objetivo de construir nuevos espacios de cooperación a efecto de dotar de mayor seguridad a las sociedades, hacer empresas más competitivas y economías más sólidas.

En materia comercial, la ASPAN retoma los temas que se han estado analizando en la Comisión del Tratado de Libre Comercio para América del Norte. La agenda de prosperidad de la ASPAN busca incrementar la productividad y reducir los costos de transacción a través de reducción de barreras regulatorias, compatibilidad de normas, flexibilización de reglas de origen, y la creación de mecanismos para aumentar la competitividad de sectores específicos tales como el textil, de la confección, del acero y automotriz.

En materia de seguridad, la ASPAN busca, entre otras cosas, evitar que medidas de seguridad pudieran afectar los sistemas de producción y abasto y de esta forma incrementar los costos de transacción.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

La relación que mantiene México con Estados Unidos de América y Canadá se ubica dentro de un esquema global, en el que resulta esencial formular objetivos concretos y claros, teniendo siempre presentes los intereses de México.

En este sentido, el promovente considera esencial que se mantenga informados a los legisladores del país sobre los acuerdos y compromisos pactados en el ámbito internacional y, sobre todo en el tema de la ASPAN.

La Comisión de Relaciones Exteriores considera que la ASPAN es de suma importancia para el país y para la política exterior, no obstante la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se considera extemporáneo, dado que la Cumbre de Líderes del América del Norte se celebró el pasado 20 y 21 de agosto de 2007 y el 6 de septiembre de 2007 el Ejecutivo federal proporcionó una carpeta informativa sobre las negociaciones y acuerdos tratados en el encuentro, que fue enviada a los miembros de la comisión para su conocimiento.

Finalmente, el pasado 2 de octubre de 2007, la canciller de México, Patricia Espinosa Cantellano, compareció ante el Pleno de la honorable Cámara de Diputados y explicó ampliamente el tema de la ASPAN.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta Soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desechan las proposiciones con punto de acuerdo relativas a la Cumbre de Líderes de América del Norte que se llevó a cabo el 20 y el 21 de agosto de 2007 en Montebello, Québec, Canadá, presentadas por el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar el 15 y el 22 de agosto de 2007.

Segundo. Archívense como asuntos totalmente concluidos.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 17 de octubre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez , José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada , Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, relativo a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a los diversos actores mexicanos a contribuir para restablecer las relaciones diplomáticas con la República de Venezuela

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

El 9 de mayo de 2007 el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno Federal y a diversos actores mexicanos a contribuir para restablecer las relaciones diplomáticas con la República de Venezuela.

El 31 de agosto de 2007 la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su análisis y la elaboración del dictamen correspondiente.

México y Venezuela estuvieron a punto de romper relaciones diplomáticas en noviembre de 2005, luego de que el entonces presidente de México, Vicente Fox Quesada, y el mandatario venezolano, Hugo Chávez, protagonizaron un duro enfrentamiento verbal en la Cumbre de las Américas, a causa de posturas diametralmente opuestas ante el Acuerdo de Libre Comercio de las Américas.

Ambos gobiernos decidieron retirar a sus respectivos embajadores y dejar a los encargados de negocios como representantes en las sedes diplomáticas ubicadas en Caracas y en México, Distrito Federal.

Por ese motivo, el promovente considera que es fundamental la normalización de las relaciones con Venezuela, sobre todo para permitir el relanzamiento de proyectos de acción conjunta en América Latina, y especialmente en Centroamérica.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta este dictamen de acuerdo con las siguientes:

Consideraciones

El presidente Felipe Calderón Hinojosa comenzó un proceso intenso de negociaciones entre los dos gobiernos, y poco a poco los funcionarios de ambas cancillerías lograron normalizar los vínculos diplomáticos.

El 21 de agosto de 2007, mediante un comunicado de prensa, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México dio a conocer que nuestro país otorgó su beneplácito al embajador designado de la República Bolivariana de Venezuela, Roy Chaderton Matos, y que, por su parte, el Gobierno de Venezuela entregó el beneplácito para el embajador Mario Chacón Carrillo. Con ello, los Gobiernos de México y de Venezuela confirmaron su respectiva voluntad de normalizar sus relaciones diplomáticas a nivel de embajadores.

Las relaciones diplomáticas entre México y Venezuela volvieron a la normalidad con la ratificación que hizo el Senado mexicano de Mario Chacón como nuevo embajador en el país caribeño.

La secretaria de Relaciones Exteriores de México, Patricia Espinosa Cantellano, señaló que con estas designaciones se abre una nueva etapa en las relaciones diplomáticas, en las que ambos gobiernos están dispuestos a trabajar de manera permanente dentro los marcos institucionales y a resolver, por los canales adecuados, cualquier diferencia que pueda presentarse.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Relaciones Exteriores somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a los diversos actores mexicanos a contribuir para restablecer las relaciones diplomáticas con la República de Venezuela, presentada por el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar el 31 de agosto de 2007.

Segundo. Archívese como asunto totalmente concluido.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 17 de octubre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís , Alliet Mariana Bautista Bravo , César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez , José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada , Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»

Presidencia del diputado Luis Sánchez Jiménez

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.



SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Diputados Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 190 aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, benemérito de la patria, el próximo 27 de octubre, a las 10:00 horas, en la Columna de la Independencia, situada en Paseo de la Reforma y Río Tíber, delegación Cuauhtémoc.

Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes los nombres de los diputados de esa honorable Cámara de Diputados que asistirán a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Licenciada María Guadalupe Lozada León, Coordinadora.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Para asistir en representación de esta Cámara, se designan a los siguientes ciudadanos diputados: Christian Martín Lujano Nicolás, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, y María Beatriz Pagés Llergo Rebollar.



ESTADO DE SONORA

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Congreso del Estado Libre y Soberano de Sonora.--- Hermosillo.--- Secretaría.

Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- Presentes.

El Congreso del estado de Sonora, en sesión celebrada el día de hoy tuvo a bien, aprobar, el siguiente

Acuerdo número 113

Primero. El Congreso del estado de Sonora, exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, para que en uso de sus facultades constitucionales, incluya en los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación de los años que restan de su encargo, recursos suficientes para cubrir la totalidad del padrón de beneficiarios del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, así como para que instruya a la Secretaría de Gobernación, a realizar los trabajos necesarios a fin de poder incluir en dicho padrón, a la totalidad de ex trabajadores migratorios, sus viudas o descendientes, que no han alcanzado este beneficio.

Segundo. El Congreso del estado de Sonora, exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que en uso de sus facultades constitucionales en materia presupuestal, apruebe e incremente los recursos fiscales que son destinados a cubrir el padrón de beneficiarios del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, dentro del Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal de 2008, que está a discusión en ésa soberanía, así como en los presupuestos de los ejercicios fiscales subsiguientes, para que dicho fideicomiso cumpla con su objeto a la brevedad posible, conforme a la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación que someta para estos efectos el titular del Poder Ejecutivo federal.

Lo que nos permitimos comunicar a usted para su conocimiento.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Hermosillo, Sonora, 20 de septiembre de 2007.--- Petra Santos Ortiz, Diputada Secretaria; Leticia Amparo Gámez, Diputada Secretaria.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 10 fracción XXI, 36, fracciones V y XX de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente

Dictamen

Primero. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, saluda y acuerda apoyar en lo necesario la realización del X Congreso Iberoamericano del Biología Celular.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Secretaría de Educación Pública, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las universidades e instituciones académicas con sede en la Ciudad de México, a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a colaborar de la misma manera y a coordinar esfuerzos con la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el respaldo a dicho congreso.

Anexo al presente sírvase encontrar copia del dictamen en comento, para los efectos correspondientes.

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

Atentamente
Recinto Legislativo, 18 de octubre de 2007.--- Diputado Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Presidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología mediante el cual se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal y a otras instituciones a apoyar la realización del X Congreso Iberoamericano de Biología Celular.

Asamblea Legislativa del Distrito Federal.--- IV Legislatura.

A la Comisión de Ciencia y Tecnología de este órgano legislativo en la IV Legislatura, fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe de Gobierno del Distrito Federal --y a otras instituciones-- a apoyar la realización del X Congreso Iberoamericano de Biología Celular, presentada por el diputado Salvador Martínez Della Rocca, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

En atención a lo anterior y con fundamento en lo establecido en los artículos 17, fracción III, 59, 60, fracción II, 62 fracción VIII y 64 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 4, 5, 8, 9 fracción 1, 50 y 52 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la comisión que suscribe se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. En sesión de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura celebrada el 4 julio de 2007, fue presentada la proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe de Gobierno del Distrito Federal y a otras instituciones a apoyar la realización del X Congreso Iberoamericano de Biología Celular.

2. Con fecha 4 de julio del presente año, mediante oficio MDDPSRPA/CSP/634/2007, el presidente de la Diputación Permanente diputado Agustín Guerrero Castillo remitió a la Comisión de Ciencia y Tecnología, la proposición indicada, a efecto de que con fundamento en los artículos 28 y 32 del Reglamento para el Gobierno Interior de esta Asamblea, se procediera a la elaboración del dictamen correspondiente.

3. La Secretaría Técnica de la Comisión de Ciencia y Tecnología por instrucciones de la presidencia de dicha comisión y con fundamento en el articulo 19 fracción VII del Reglamento Interior de Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, informó a los diputados integrantes de dicha comisión el contenido de la proposición de referencia, solicitando sus opiniones a efecto de considerarlas en el proyecto de dictamen correspondiente

4. Con la finalidad de cumplir con lo dispuesto en el artíiculo 32 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; la Comisión de Ciencia y Tecnología, previa convocatoria realizada en términos de ley, se reunió a las 17 horas del 27 de septiembre en el salón Heberto Castíllo del edificio de Donceles para dictaminar la proposición de mérito bajo lo siguientes

Considerandos

Primero. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59, 60, fracción II, 61, 62, fracción II y 64 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 28, 32, 33 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior y 8, 9, fracción I, 50 y 52 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, esta comisión es competente para analizar y dictaminar la proposición con punto de acuerdo, presentada por el diputado Salvador Martínez Della Rocca integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Segundo. Que el X Congreso Iberoamericano de Biología Celular se celebrará en la Ciudad de México del 16 al 20 de noviembre de 2007. Como cada tres años, este congreso reúne a científicos de la región y a invitados de otras partes del mundo para presentar resultados de sus investigaciones e intercambiar información, además de explorar la posibilidad de establecer colaboraciones y estrechar los vínculos entre nuestros países y las ciudades. Las últimas ediciones de este congreso se han llevado a cabo en Brasil, Perú y Uruguay, siempre con la participación de una delegación importante de México.

Tercero. Que la realización de este Congreso ofrecerá una posibilidad privilegiada de interacción entre varios de los más destacados investigadores del mundo y la comunidad académica de la ciudad sede, ya que se permitirá la participación de maestros de bachillerato, licenciatura y posgrado de los centros educativos de la ciudad; asimismo, se motivará la participación de estudiantes a través de becas que se otorgan en el marco del congreso.

Cuarto. Que la organización del congreso incluye la búsqueda de sedes, difusión e infraestructura, tanto para llevar a cabo las actividades académicas, como para hospedar a los invitados especiales que vienen a exponer conferencias magistrales o participar en simposios especiales. Si bien, la posibilidad de que algunas actividades del congreso se lleven a cabo en la Ciudad Universitaria dará un realce mayor a este congreso, los promotores del mismo han externado a la ALDF la necesidad de ampliar el abanico de posibilidades y la cobertura del evento a todos los ámbitos de la ciudad.

Quinto. Que desde el último congreso realizado en Campinhas, Brasil hace tres años, se han venido desarrollando actividades relacionadas con la preparación de la nueva edición del congreso en el Distrito Federal, tales como organizar simposios, invitar académicos importantes de la región iberoamericana y de otros lados del mundo como Estados Unidos, Alemania, Gran Bretaña, entre otros

Sexto. Que para la comunidad científica iberoamericana es muy importante contar con el respaldo no sólo de la iniciativa privada, si no del grueso de las instituciones académicas y de gobierno vinculadas al desarrollo. Más aún, es importante que los resultados de los debates, las conferencias y sus conclusiones sean observados y tomados en cuenta por la sociedad, por los que toman las decisiones y hacen las leyes.

Séptimo. Que nuestra ciudad ha dado un paso histórico al crear su propio Instituto de Ciencia y Tecnología y que por ello la realización de eventos como el X Congreso Iberoamericano de Biología Celular, no pueden pasar desapercibidos y deben ser objeto del respaldo, la atención y la hospitalidad de la ciudad que tiene el privilegio de ser su sede.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 28, 32 y 84 del Reglamento para el Gobierno Interior y 50 del Reglamento Interior de Comisiones, ambos ordenamientos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y una vez analizado el tema en comento esta Comisión de Ciencia y Tecnología, estima que es de resolverse y,

Resuelve

Se aprueba la proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta al jefe de Gobierno del Distrito Federal y a otras instituciones a apoyar la realización del X Congreso Iberoamericano de Biología Celular para quedar como sigue:

Primero. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal saluda y acuerda apoyar en lo necesario la realización del X Congreso.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Secretaría de Educación Pública, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las universidades e instituciones académicas con sede en la Ciudad de México, a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a colaborar de la misma manera y a coordinar esfuerzos con la ALDF en el respaldo a dicho congreso.

Atentamente
Recinto Legislativo, a 27 de septiembre de 2007.--- La Comisión de Ciencia y Tecnología de la ALDF, diputados: Gloria Isabel Cañizo Cuevas (rúbrica), presidenta; Ramón Jiménez López (rúbrica), secretario; Jacobo Manfredo Bonilla Cedillo (rúbrica), vicepresidente; Salvador Martínez Della Rocca (rúbrica), integrante; Juan Bustos Pascual, integrante.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Remítase a las Comisiones del Distrito Federal y de Ciencia y Tecnología, para su conocimiento.



COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva del honorable Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de Ley Orgánica Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se sometan a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Emilio Gamboa Patrón , coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña cause alta como secretaria de la Comisión de Desarrollo Social;• Que la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña cause baja en la Comisión de Cultura:• Que la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña cause baja como secretaria y quede como integrante de la Comisión de Ciencia y Tecnología;• Que la diputada Guillermina López Balbuena cause alta como integrante en las Comisiones de Asuntos Indígenas, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Desarrollo Social:• Que el diputado Sergio Sandoval Paredes cause alta como integrante en la Comisión de Ciencia y Tecnología;• Que el diputado Sergio Sandoval Paredes cause baja como integrante en la Comisión de Desarrollo Social;• Que el diputado José Luis Cerrillo Garnica cause alta como integrante de la Comisión de Desarrollo Metropolitano;• Que la diputada María del Carmen Pinete Vargas cause alta como secretaria de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos;• Que el diputado Rogelio Muñoz Serna cause alta como secretario de la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros;• Que el diputado Andrés Carballo Bustamante cause alta como secretario de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo;• Que el diputado Tomás Gloria Requena cause alta como secretario de la Comisión Especial para la promoción de acceso digital a los mexicanos;• Que la diputada Elda Gómez Lugo cause alta como secretaria de la Comisión Especial sobre no discriminación, nuevos sujetos y nuevos derechos;• Que el diputado Nemesio Domínguez Domínguez cause alta como secretario de la Comisión Especial del Café;• Que la diputada Martha Hilda González Calderón cause baja como integrante de la Comisión Especial sobre no discriminación, nuevos sujetos y nuevos derechos;• Que la diputada María Mercedes Colín Guadarrama cause alta como integrante de la Comisión Especial de seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros;• Que el diputado Gerardo Sosa Castelán cause baja como secretario de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México;• Que el diputado Gerardo Sosa Castelán cause alta como integrante de la Comisión Especial de prospectiva para la definición del futuro de México;• Que el diputado José Edmundo Ramírez Martínez cause baja como secretario de la Comisión Especial para el estudios de las políticas para la migración interna;• Que el diputado José Edmundo Ramírez Martínez cause alta como integrante de la Comisión Especial para el estudios de las políticas para la migración interna;• Que el diputado Adolfo Mota Hernández cause alta como secretario de la Comisión Especial para la defensa de los derechos sociales de acceso al agua y la protección de ambientes acuáticos;• Que el diputado Daniel Amador Gaxiola cause alta como secretario de la Comisión Especial para la defensa de los derechos sociales de acceso al agua y la protección de ambientes acuáticos;• Que la diputada Martha Hilda González Calderón cause baja como integrante de la Comisión Especial para conocer las políticas y procuración de justicia vinculada a los feminicidios del país;• Que la diputada Martha Hilda González Calderón cause baja como integrante del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género;• Que el diputado Isael Villa Villa cause baja como integrante en la Comisión de Derechos Humanos, de la Comisión Especial para la atención a pueblos que viven en el bosque, y de la Comisión Especial para el estudio de las políticas para la migración interna;• Que la diputada Lourdes Quiñones Canales cause baja como integrante de la Comisión del.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Aprobada.



COMISION DE DESARROLLO METROPOLITANO

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Por este conducto me permito comunicarle que en sesión de trabajo celebrada el 1 de octubre del año en curso, y con relación al oficio suscrito por los diputados Emilio Gamboa Patrón , coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y Javier González Garza , coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la Junta de Coordinación Política acordó aprobar que se incorporen un diputado del PRD y uno del PRI como integrantes en la Comisión de Desa-rrollo Metropolitano.

Lo anterior, a efecto de que se modifique la integración inicial de la Comisión de Desarrollo Metropolitano de 28 a 30 miembros, con la finalidad de que el diputado José Luis Cerrillo Garnica cause alta como integrante en la mencionada comisión.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1 de octubre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Aprobada.



COMISIONES LEGISLATIVAS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le pido atentamente que se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento, solicitado por el diputado Javier González Garza , coordinador del Grupo Parlamentario del PRD:

• Que el diputado Alejandro Martínez Hernández cause baja de la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 17 de octubre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: De enterado.



PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores solicitó a esta Soberanía de Gobernación, tramitar ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado c), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, puedan prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:

Nombre: Liliana Monroy Flores;
Puesto: Asistente del Embajador;
Lugar de Trabajo: Embajada de Corea en México.
Nombre: Araceli Romero Romero;
Puesto: Personal de Mantenimiento;
Lugar de Trabajo: Embajada de Corea en México.
Nombre: Enrique Vidal Morales;
Puesto: Chofer;
Lugar de Trabajo: Centro de Comercio e Investigación de Corea de la Embajada de Corea en México.
Nombre: César Acosta Gámez;
Puesto: Trade Specialist;
Lugar de Trabajo: Centro de Comercio e Investigación de Corea de la Embajada de Corea en México.
Nombre: Martha Paola Sánchez González;
Puesto: Recepcionista;
Lugar de Trabajo: Centro de Comercio e Investigación de Corea de la Embajada de Corea en México.
Nombre: Miriam Citlalic Villegas Tenorio;
Puesto: Trade Specialist;
Lugar de Trabajo: Centro de Comercio e Investigación de Corea de la Embajada de Corea en México.
Nombre: Eduardo Regules Bukantz;
Puesto: Trade Specialist;
Lugar de Trabajo: Centro de Comercio e Investigación de Corea de la Embajada de Corea en México.
Nombre: Arturo Muradas Ruiz;
Puesto: Trade Specialist;
Lugar de Trabajo: Centro de Comercio e Investigación de Corea de la Embajada de Corea en México.

Por lo anterior me permito anexar, para la integración de sus expedientes, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en que solicitan se realicen los trámites correspondientes, asimismo copias simples de sus identificaciones oficiales.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 12 de octubre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»
El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Gobernación.


AUTOTRANSPORTE

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

En atención al oficio número DGPL 60-II-5-731 signado por los diputados Jorge Zermeño Infante y José Gildardo Guerrero Torres , Presidente y Secretario, respectivamente, de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño para los fines procedentes, copia del similar número STPCE/390/2007 suscrito por Miguel Ángel Toscano Velasco, secretario técnico de Planeación, Comunicación y Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo referido en el oficio de ese cuerpo colegiado.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 11 de octubre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Relaciones Exteriores.

Licenciado Armando Salinas Torre, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Se hace referencia a su .oficio, número SEL/300/1771/ 07 de fecha 25 de abril de 2007 a través del cual la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria y de la Comisión Federal de Competencia para que rindan un informe detallado del proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-012-SCT-2-2003, peso y dimensiones máximas con los que pueden circular vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal (antes de la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación) así como al titular del Banco de México, éste último a efecto de evaluar el impacto económico desde el punto de vista inflacionario.

Al respecto me permito informarle lo siguiente:

I. La dependencia responsable de emitir el proyecto de norma mencionado es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Transporte Terrestre. Este comité es presidido por el licenciado Manuel Rodríguez Arregui, subsecretario de Transporte.
Por lo anterior la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía no es competente para coordinar los trabajos del proyecto de norma oficial mexicana que nos ocupa.
II. Sin embargo la DGN de la secretaría proporciona la siguiente información:
• El 28 de noviembre de 2006 la SCT publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para consulta pública, el proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-012-SCT-2-2003. Con el fin de que los interesados presentaran comentarios sobre él en un periodo de 60 días hábiles, contados a partir de dicha publicación.
• El 30 de marzo de 2007 la SCT publicó en el DOF la respuesta a los comentarios recibidos durante el periodo de consulta pública.

En lo anterior se puede constatar que han quedado cubiertas las formalidades requeridas para la publicación de la norma oficial mexicana, según lo dispuesto en las fracciones I a III del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) que se cita a continuación para pronta referencia:

Artículo 47. Los proyectos de normas oficiales mexicanas se ajustarán al siguiente procedimiento:

I. Se publicarán íntegramente en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios al comité consultivo de normalización correspondiente. Durante este plazo la manifestación a que se refiere el artículo 45 estará a disposición del público para su consulta en el comité;
II. Al término del plazo a que se refiere de la fracción anterior, el comité consultivo nacional de normalización correspondiente estudiará los comentarios recibidos y, en su caso, procederá a modificar el proyecto en un plazo que no excederá los 45 días naturales;
III. Se ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las respuestas a los comentarios recibidos así como de las modificaciones al proyecto, cuando menos 15 días naturales antes de la publicación de la norma oficial mexicana y
IV. Una vez aprobadas por el comité de normalización respectivo, las normas oficiales mexicanas serán expedidas por la dependencia competente y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Cuando dos o más dependencias sean competentes para regular un bien, servicio, proceso, actividad o materia, deberán expedir las normas oficiales mexicanas conjuntamente. En todos los casos, el presidente del comité será el encargado de ordenar las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación.
Lo dispuesto en este artículo no se aplicará en el caso del artículo siguiente.

Además se observa que entre el día en que las respuestas a los comentarios recibidos fueron publicadas en el DOF y el día de hoy, ha transcurrido un plazo superior a 15 días naturales que de conformidad con la fracción III, del artículo 47 de la LFMN, es el mínimo que debe transcurrir antes de la publicación de la norma oficial mexicana.

Por consiguiente, previa aprobación del comité de normalización respectivo, sería viable expedir la norma en comento, según lo dispone la fracción IV, del artículo 47 de la LFMN.

Con fundamento en el artículo 8o., fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, le solicito atentamente que por su conducto se haga del conocimiento de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en la forma en que usted lo estime conveniente, la respuesta al punto de acuerdo en comento.

Atentamente
México, DF, a 3 de octubre de 2007.--- Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), secretario técnico de Planeación, Comunicación y Enlace.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Ludivina Menchaca Castellanos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»
«Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Los suscritos, senadores de la república de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II, 56, y demás relativos del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 109 de Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La distribución de la riqueza es una premisa fundamental para lograr el efectivo desarrollo y crecimiento de una nación, por lo cual no es posible pensar en políticas públicas con fines meramente económicos que dejen de lado el aspecto humano de la sociedad.

En este sentido, la política fiscal de todo gobierno debe ser la herramienta principal mediante la cual se logre la adecuada redistribución del ingreso nacional y con ello sea posible trazar caminos hacia la mejor calidad de vida de nuestra sociedad.

Constantemente el Congreso de la Unión se ha encontrado inmerso en la discusión de diversas reformas fiscales, sin embargo, el argumento rector de las propuestas del Ejecutivo en administraciones anteriores siempre ha sido el mismo: la mayor recaudación de ingresos para procurar un mayor gasto que atienda eficientemente las necesidades de los mexicanos.

De esta forma, queda claro que se debe utilizar a la política fiscal como herramienta para propiciar una mejor distribución de la riqueza, que permita generar una sociedad más equitativa y equilibrada, en la que la brecha entre los que menos tienen y los que poseen gran parte del patrimonio nacional, sea vea reducida.

En este aspecto, es necesario destacar que en América Latina pese al crecimiento que se ha tenido en los últimos 5 años, aún hay cerca de 205 millones de pobres, de los cuales 79 millones viven en la indigencia.

Aunado a lo anterior, el desempleo es una situación que incrementa esta problemática. En México el índice de desempleo se ubicó en 3.26 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA) en junio de este año, además de que la población subempleada, que declaró tener necesidad y disponibilidad para ofertar más horas de trabajo que las que su ocupación actual le permite, alcanzó el 6.3 por ciento de la PEA y el 6.5 por ciento de la población ocupada, lo que supuso unos 2.7 millones de personas.

Toda esta situación genera demandas sociales que tienen urgencia de ser atendidas. Es por ello que la iniciativa que presentamos el día de hoy, tiene como finalidad encauzar medidas en el ámbito fiscal para lograr una mejor retribución a los trabajadores, que a su vez contribuya a la mejor distribución de la riqueza, pero sobre todo permita el desarrollo del mercado laboral, que frecuentemente se encuentra flagelado por los estragos del desempleo.

En el tema del desempleo, es necesario destacar que pese a los esfuerzos realizados aún existe una insuficiencia de políticas efectivas para enfrentarlo, provocando con ello que constantemente se minimice el problema, y por tanto, las expectativas de mejorar los niveles de vida de un gran número de personas desempleadas y subempleadas se vean alejadas cada vez más de sus posibilidades.

De ahí la necesidad de atender lo correspondiente a la situación fiscal que guardan las indemnizaciones que reciben los trabajadores una vez se deja el empelo.

Actualmente la Ley del Impuesto sobre la Renta establece un tope para la deducción de las liquidaciones o finiquitos que reciben los trabajadores al dar por terminada una relación laboral. Sin embargo, tomando en consideración que el desempleo es uno de los conflictos más grandes a los que se enfrentan las familias mexicanas, es pertinente que la Ley del Impuesto Sobre la Renta considere totalmente exentos los ingresos que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo a la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Esta medida sin duda alguna representa una forma adecuada de redistribuir el ingreso de la sociedad, pues si bien la función de la hacienda pública es recaudar ingresos para el buen ejercicio del gasto, no sólo es a través del gasto que se puede redistribuir la riqueza de nuestro país, en especial si se tiene en consideración el deficiente ejercicio del gasto en bienes y servicios poco útiles para la sociedad.

Derivado de todo esto es que se hace necesario considerar reformas fiscales que sean redistributivas del ingreso y no sólo con fines meramente recaudatorios. Consideremos que los trabajadores mexicanos constantemente quedan al margen de los beneficios fiscales que pudieran traer las reformas fiscales, pues incluso son los menos escuchados en las discusiones de las reformas hacendarias y fiscales, por lo que esta propuesta se erige como un buen instrumento para demostrarle a la sociedad que nos encontramos pendientes y ocupados en su bienestar.

En ese sentido es que proponemos eliminar la salvedad que actualmente existe en la fracción X del artículo 109 de la ley en comento, relativa a establecer un tope a la extensión que se da de pagar este impuesto por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, en caso de separación de una relación laboral. Dicho tope actualmente se establece hasta por el equivalente a noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio o de contribución, mismo que con la propuesta contenida en la presente iniciativa quedaría sin efectos.

Por ello, sometemos a esta Cámara de Senadores en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente

Iniciativa con proyecto de decreto de reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo único. Se reforma la fracción X del artículo 109 de la Ley Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 109. ...

I. a IX. ...
X. Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo a la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
XI. a XXVIII. ...

Transitorios

Único. Esta reforma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Recinto del Senado de la República, a 18 de octubre de 2007.--- Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, senadores: Francisco Agundis Arias (rúbrica), coordinador; Arturo Escobar y Vega, Ludivina Menchaca Castellanos (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica), Manuel Velasco Coello (rúbrica), Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 226 y se adiciona el 226 Bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y se reforman los artículos 19, 37 y 44 de la Ley Federal de Cinematografía, del senador Federico Döring Casar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Presidencia dispuso que dicha Iniciativa se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 226 y se adiciona el 226 Bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y se reforman los artículos 19, 37 y 44 de la Ley Federal de Cinematografía

Federico Döring Casar, senador de la república integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de esta Cámara la iniciativa citada al rubro, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La industria cinematográfica nacional enfrenta un entorno adverso en todas sus fases, desde la producción hasta la distribución y exhibición, particularmente cuando se compara con el cine estadounidense.

No existe comparación alguna de los recursos financieros y técnicos de que gozan las grandes productoras estadounidenses respecto de los limitados apoyos que recibe la industria nacional, vinculada con la promoción de los valores, historia y arte de nuestro país.

Los costos están a la vista y representan una clara claudicación respecto de los intereses de las grandes compañías internacionales, y que se pueden observar en cada fase de la industria, relegando a un plano accesorio toda la riqueza cultural y social que se genera mediante la producción del cine nacional.

Los datos, señores legisladores, realmente son alarmantes, y basta conocer algunos de ellos para entender la gravedad de la situación que padece el país en este rubro.

La información oficial generada por el Instituto Mexicano de Cinematografía en los últimos seis años revela que el 85 por ciento de los ingresos obtenidos como resultado de la exhibición cinematográfica en el país, se han concentrado en empresas distribuidoras de filiales estadounidenses, entre las que se pueden citar la UIP, Buenavista, Warner, Fox y Columbia/Sony, lo cual a su vez es consecuencia, en buena medida, del cuasi monopolio en términos del origen y ocupación de las películas exhibidas, ya que en el periodo de referencia se observa que el cine de origen estadounidense llega a ocupar el 90 por ciento del tiempo total de exhibición en las pantallas cinematográficas del país, particularmente en las temporadas de mayor asistencia en el año, en las que paradójicamente el cine mexicano queda prácticamente en el olvido.

Estas son las condiciones básicas en que opera la industria del cine en nuestro país, en el cual se generan ingresos anuales de aproximadamente 6 mil 76 millones de pesos, según datos al cierre de 2006, superiores en 46 por ciento a los obtenidos en el año 2000.

Desde esta perspectiva, no es difícil suponer que en términos generales los productores nacionales enfrentan serias dificultades, ya no digamos para consolidar el financiamiento de sus proyectos, sino incluso para lograr mantenerse en el mercado, pues en la mayoría de los casos no se alcanaza siquiera a lograr la recuperación de la inversión inicial.

De ahí que mediante la presente iniciativa someta a consideración de esta Cámara la necesidad de reforzar los apoyos que recibe la industria cinematográfica nacional, que sigue dependiendo fundamentalmente de la participación del Estado, pues en los últimos 7 años apoyó el 60 por ciento de la producción nacional de cine.

Actualmente el incentivo fiscal que reciben los productores nacionales, conforme se establece en el artículo 226 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, tiene un techo de 500 millones de pesos; y de hasta 20 millones de pesos por cada contribuyente y proyecto de inversión en la producción cinematográfica nacional.

La propuesta que se presenta reside en adecuar la ley para que se incremente en un 50 por ciento el crédito fiscal relacionado con el ISR, de tal surte que aumente a 750 millones de pesos en cada ejercicio fiscal y hasta de 30 millones de pesos por cada contribuyente y proyecto de inversión en la producción cinematográfica nacional.

En el fondo, se trata de reconocer que el apoyo que ahora se otorga por parte del Estado resulta ya insuficiente, y que lo será aún más en el mediano plazo, considerando la demanda de apoyos del sector.

No obstante una propuesta como la que nos ocupa sería incompleta si no se considerara a los otros participantes de la industria; en la especie se trata de los distribuidores y exhibidores, que se han preocupado por difundir el cine mexicano y para quienes no existe hoy incentivo alguno.

Por ello, en esta iniciativa se propone corregir esa deficiencia, de tal manera que se crea un estímulo para los exhibidores de cine de origen nacional, que consiste en aplicar a favor del contribuyente un crédito fiscal equivalente al 5 por ciento del impuesto sobre la renta a su cargo, en el ejercicio fiscal de que se trate.

Pero para que el estímulo tenga un efecto real en términos de incentivar la exhibición de películas nacionales en las salas disponibles en el país, de tal manera que se logre una recuperación de los espacios que le deben corresponder a la producción nacional, entonces se propone, mediante la adición del artículo 226 Bis, que para el otorgamiento de los apoyos fiscales, estos se apliquen siempre que se obtengan ventajas tangibles para el cine mexicano:

Primero, que se duplique el periodo de estreno de las películas nacionales, ya que actualmente es mayor a una semana, y la presente propuesta es que ese periodo se incremente un 100 por ciento para que al menos se garanticen dos semanas de estreno.

Segundo, que los exhibidores incrementen hasta en un 150 por ciento el tiempo total de exhibición de películas mexicanas, ya que actualmente la reserva del tiempo total de exhibición para la proyección de películas nacionales es del orden del 10 por ciento. La propuesta es incrementar esta reserva y aún más la exhibición de películas nacionales al 25 por ciento del tiempo total de exhibición.

Es evidente, por último, que tales propuestas tienen un efecto directo en la ley de la materia, la cual consecuentemente deberá adecuarse en lo que hace al artículo 19, para darle congruencia a la misma.

Finalmente, y para efectos de garantizar una mayor y mejor competencia y evitar la ocurrencia de prácticas monopólicas en la industria cinematográfica nacional, se proponen sanciones expresas a quien o quienes contravengan lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Federal de Cinematografía, mediante la modificación del artículo 44 de la citada norma.

Por otro lado, al ser uno de los fines fundamentales que persiguen los Estados democráticos, el dotar a sus habitantes de leyes, principios, organismos e instituciones que garanticen y fomenten las condiciones de libertad e igualdad entre todos los gobernados.

Con el propósito de alcanzar esta igualdad en el ámbito laboral, se han ideado mecanismos legales que han permitido equilibrar las fuerzas entre los patrones y trabajadores; tal es el caso de los sindicatos, los cuales son asociaciones de éstos debidamente constituidos para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Particularmente los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les corresponden, sin perjuicio de la facultad que tienen éstos de obrar de manera directa.

En México existen una pluralidad de organizaciones sindicales, lo anterior como consecuencia de las diversas tendencias ideológicas que cada una persigue; empero, todas ellas tienen como común denominador la búsqueda de condiciones adecuadas y favorables para mejorar la realidad laboral de sus agremiados.

Es el caso que la industria cinematográfica del país cuenta al día de hoy, con dos sindicatos legalmente constituidos (Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica de la República Mexicana y Sindicato de Trabajadores de la Industria Cinematográfica, Similares y Conexos de la República Mexicana).

A pesar de lo anterior, sin razón alguna, el Comité Técnico del Fideicomiso Fondo de Inversión y Estímulo al Cine, constituido por mandato legal, prescribe que el Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica de la República Mexicana sea la única representación gremial integrante del mismo, excluyendo con este mandato las organizaciones sindicales de la industria presentes y futuras, violando la teoría del derecho que señala que una ley debe ser general, abstracta e impersonal, en razón de que el artículo 37 de la Ley Federal de Cinematografía no debe individualizar ni mucho menos excluir a ninguno.

Por tanto en esta misma reforma se propone modificar el artículo 37, párrafo segundo, de la Ley Federal de Cinematografía, con el propósito de generalizar y abstraer dicho ordenamiento al abrir la posibilidad de que cada uno de los sindicatos de la industria cinematográfica presentes o futuros, cada uno de los que existan, tengan participación en el Fideicomiso Fondo de Inversión y Estímulo al Cine.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 226 y se adiciona un 226 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y se reforman los artículos 19, 37, 44 y 45 de la Ley Federal de Cinematografía.

Artículo Primero. Se reforma el artículo 226 y se adiciona un 226 Bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 226. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que, en el ejercicio fiscal de que se trate, aporten a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional, contra el impuesto sobre la renta que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. En ningún caso, el estimulo podrá exceder del 15 por ciento del impuesto sobre la renta a su cargo en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación.

...
II. El monto total del estímulo por distribuir entre los aspirantes del beneficio no excederá de 750 millones de pesos por cada ejercicio fiscal ni de 30 millones de pesos por cada contribuyente y proyecto de inversión en la producción cinematográfica nacional.
...

Artículo 226 Bis. Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas y morales dedicadas a la exhibición pública de películas conforme a lo dispuesto en el artículo 18, fracción I, de la Ley Federal de Cinematografía, que exhiban películas de producción nacional en los términos y condiciones a que se refiere este artículo.

El estímulo consistirá en un crédito determinado mediante la aplicación de la tasa del 28 por ciento a los ingresos obtenidos por la exhibición de películas de producción nacional en los términos de la Ley Federal de Cinematografía. Dicho estímulo será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el ejercicio que corresponda. Los contribuyentes también podrán efectuar el acreditamiento a que se refiere este párrafo contra los pagos provisionales de impuesto sobre la renta del ejercicio que corresponda.

El monto que podrán acreditar los contribuyentes que se dediquen a la exhibición de películas de producción nacional en los términos y condiciones de la Ley de Federal de Cinematografía, en ningún caso deberá exceder del 10 por ciento (diez por ciento) del impuesto sobre la renta a su cargo en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación.

En caso de que el crédito fiscal a que hace referencia el párrafo anterior sea superior al impuesto sobre la renta que tenga a su cargo el contribuyente en el ejercicio en el que se aplique el estímulo, el remanente podrá ser aplicado contra el impuesto sobre la renta que tenga a su cargo el contribuyente en los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo. Incluso los contribuyentes a quienes les resulte aplicable el presente estímulo, podrán efectuar el acreditamiento del remanente contra los pagos provisionales de impuesto sobre la renta.

Para los efectos de este artículo, se considera como exhibición de películas de producción nacional, la que se realiza en territorio nacional con las producciones a que se refiere el artículo 7 de la Ley Federal de Cinematografía.

A efecto de poder aplicar el estímulo a que hace referencia el presente artículo, los contribuyentes deberán conjuntamente cumplir, en el ejercicio de que se trate, con los siguientes supuestos:

I. Exceder en cuando menos un 150 por ciento los requisitos respecto de exhibición de películas nacionales establecidos en el artículo 19 de la Ley Federal de Cinematografía.
II. Que la proporción de los ingresos generados por películas nacionales respecto de las butacas que se encontraron disponibles para dichas películas en ningún caso sea igual o superior a la proporción de los ingresos generados por otras películas respecto de las butacas que se encontraron disponibles para estas otras películas.
a. Para estos efectos, la determinación de las proporciones mencionadas en la fracción anterior se realizará conforme a la siguiente mecánica:
i. Se dividirá el monto de los ingresos generados por exhibir películas nacionales entre el número de butacas que se encontraron disponibles para este tipo de películas, el resultado así obtenido será la proporción de ingresos generados por películas nacionales.ii. Se dividirá el monto de los ingresos generados por exhibir otras películas entre el número de butacas que se encontraron disponibles para estas otras películas, el resultado así obtenido será la proporción de ingresos generados por otras películas.iii. Se entenderá por número de butacas que se encontraron disponibles, aquellas que el contribuyente ofreció a sus consumidores durante la exhibición de las películas, independientemente de si fueron ocupadas o no.

El Servicio de Administración Tributaria, mediante la emisión de reglas de carácter general, señalará las fechas así como la información que deberán presentar los contribuyentes a efecto de comprobar que cumplen con los requisitos establecidos en el presente artículo para la aplicación del estímulo fiscal.

Artículo Segundo. Se reforman los artículos 19, 37, 44 y 45 de la Ley Federal de Cinematografía, para quedar como sigue:

Artículo 19. Los exhibidores reservarán, por lo menos, el diez por ciento del tiempo total de exhibición, para la proyección de películas nacionales en sus respectivas salas cinematográficas, salvo lo dispuesto en los tratados internacionales en los cuales México no haya hecho reservas de tiempo de pantalla.

Toda película nacional se estrenará en salas por un periodo no inferior a dos semanas, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que sea inscrita en el Registro Público correspondiente, siempre que este disponible en los términos que establezca el reglamento.

Los exhibidores no podrán exhibir una misma película, de manera simultánea, en un mismo conjunto cinematográfico, en más de una pantalla de dicho complejo cinematográfico, salvo lo siguiente:

a) Complejos cinematográficos que cuenten con 5 (cinco) y hasta 10 (diez) pantallas, lo podrán hacer hasta en 2 (dos) pantallas de dicho complejo.
b) Complejos cinematográficos que cuenten con 11 (once) o más pantallas, lo podrán hacer hasta en 3 (tres) pantallas de dicho complejo.
c) Aquellos complejos cinematográficos en los que los exhibidores ofrezcan un servicio considerado ``de lujo'' y con un precio de taquilla cuando menos superior en un 70 por ciento (setenta por ciento) al precio ordinario de taquilla de dicho conjunto para un adulto en domingo en la tarde, podrán, en adición a lo anterior, exhibir dicha película en una pantalla de las consideradas ``de lujo''.
d) Atendiendo a lo anterior, en ningún caso los exhibidores podrán exhibir de manera simultánea una misma película, en un mismo complejo cinematográfico, en más de 4 (cuatro) pantallas de dicho complejo cinematográfico.

Artículo 37. ...

Dicho Comité se integrará por un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; uno del Instituto Mexicano de Cinematografía; uno por la Academia Mexicana de Ciencias y Artes Cinematográficas; uno por los Sindicatos de la Industria Cinematográfica, uno de los productores, uno de los exhibidores y uno de los distribuidores, a través de sus organismos representativos. Por lo que ve al representante de los sindicatos de la industria cinematográfica, deberá considerarse que para cada año calendario, uno de dichos sindicatos elegirá de entre sus miembros a quien fungirá como representante para tales efectos, debiendo dicha representación rotarse por orden, entre cada uno de la totalidad de los sindicatos de la industria cinematográfica, no pudiendo repetir representante alguno de dichos sindicatos, sino hasta en tanto cada uno de los mismos haya tenido representación en el comité. Se entenderá como ``sindicato de la industria cinematográfica'', aquel que represente a los empleados de producción, exhibición y distribución.

Artículo 44. Los infractores de los artículos 11, 27, 39 y 40 de la presente Ley, serán sancionados por la Secretaría de Educación Pública, según la gravedad de la falta, la intención o dolo existente, con las sanciones siguientes:

I. ...
II. ... ...

Artículo 45. Los infractores a los artículos 8o., 17, 19 segundo y tercer párrafos, incluyendo los incisos a), b), c) y d), 20, 21, 23, 24 y 25 de la presente ley, serán sancionados por la Secretaría de Gobernación, según la gravedad de la falta, la intención o dolo existente, con las sanciones siguientes:

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Recinto Legislativo de Xicoténcatl, a 22 de octubre de 2007.--- Senador Federico Döring Casar (rúbrica).»
El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito, y de Radio, Televisión y cinematografía.


CONSTITUCION POLITICA - CODIGO PENAL UNICO - CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES UNICO - LEY DE EJECUCION DE PENAS Y READAPTACION SOCIAL DEL SENTENCIADO - LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se recibió del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, solicitud de excitativa a comisiones, sobre el paquete de iniciativas de reformas constitucionales y creación de leyes en materia de prevención del delito, procuración, administración de justicia y readaptación social, presentada el 4 de noviembre de 2003.

La Presidencia dispuso que dicha excitativa se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Los suscritos, coordinadores de los Grupos Parlamentarios de Convergencia, del Trabajo y Verde Ecologista de México, de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Senadores, con fundamento en los artículos 67, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a la Presidencia de la Cámara de Diputados para que esta a su vez excite a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Seguridad Pública para que se dictamine la Reforma Integral en Materia de Seguridad y Justicia, integrada por diversas iniciativas entre las que destacan modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 4 de noviembre de 2003 ante el Pleno de la Cámara de Diputados, con base en las siguientes

Consideraciones

El pasado viernes 12 de octubre, en la sesión convocada por la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos del Congreso de la Unión, contemplada en la Ley para la Reforma del Estado, a nombre de los partidos Alternativa Socialdemócrata, Convergencia, Nueva Alianza, del Trabajo y Verde Ecologista de México, se hizo del conocimiento de los integrantes de dicha comisión, la determinación de los cinco institutos políticos referidos, de hacer propio el conjunto de iniciativas que el 4 de noviembre del 2003, el entonces legislador Luis Maldonado Venegas, presentara en la tribuna.

Por tal motivo y con fundamento en la Ley para la Reforma del Estado, se solicitó remitir al Grupo de Trabajo de Reforma del Poder Judicial perteneciente a la Cenca, el conjunto de iniciativas que comprenden e integran reformas a nuestro sistema Constitucional, la expedición de un Código Penal Único y un Código de Procedimientos Penales Único para toda la República Mexicana, la Ley de Ejecución de Penas y Readaptación Social del Sentenciado y la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para ser considerados en sus términos y méritos.

En virtud de lo anteriormente manifestado, quienes suscribimos esta excitativa solicitamos que los compañeros --diputadas y diputados-- integrantes de las Comisiones de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública de la honorable Cámara de Diputados procedan a dictaminar dichas iniciativas que fueron turnadas en su oportunidad al seno de cada una de ellas, por la importancia que tiene para el bienestar de la nación.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente

Excitativa

Único. Se exhorta a la Presidencia de la Cámara Diputados para que en uso de sus atribuciones solicite a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública, de la Cámara de Diputados, elaboren el dictamen sobre el paquete de iniciativas de reformas constitucionales y creación de leyes en materia de prevención del delito, procuración, administración de justicia y readaptación social, presentadas el martes 4 de noviembre de 2003, para que sea sometidas a la consideración del Pleno de esa honorable Cámara de Diputados.

Dado en el Senado de la República, a 22 de octubre de 2007.--- Senadores: Francisco Agundis Arias (rúbrica), del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Alejandro González Yáñez (rúbrica), por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Dante Delgado Rannauro (rúbrica), por el Grupo Parlamentario del Partido de Convergencia.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Seguridad Pública.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

El Secretario diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con una proposición con punto de acuerdo de la senadora Ludivina Menchaca Castellanos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, por la que se exhorta a la Cámara de Diputados a etiquetar los recursos necesarios y suficientes a fin de que se construya un centro de readaptación social en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 18 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Senador Santiago Creel Miranda, Presidente de la Mesa Directiva.--- Presente.

Los suscritos, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Sexagésima Legislatura del honorable Senado de la República, de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la Cámara de Senadores la presente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La idea de seguridad está relacionada íntimamente con la percepción de libertad y de orden social; así, una de las funciones primordiales del Estado es la seguridad pública, condición indispensable para el desarrollo económico y social de toda sociedad.

Como mencioné en esta tribuna en diciembre de 2006, la seguridad pública se sustenta en cuatro ejes, que son prevención del delito, procuración de justicia, administración de justicia y readaptación social; hoy, como en esa ocasión, quiero hacer referencia a este último.

A junio de 2007 el sistema penitenciario nacional se componía de 447 centros de reclusión, seis de los cuales están a cargo del gobierno federal; 10, del gobierno del Distrito Federal; 336 son responsabilidad de gobiernos estatales y los restantes 95 de gobiernos municipales. La capacidad de estos centros es de 163 867 espacios, no obstante la población penitenciaria alcanza la cifra de 216 mil 845 internos, lo que representa una sobrepoblación de 32.3 por ciento.

De acuerdo con cifras de la Secretaría de Seguridad Pública de diciembre de 2000, a junio de 2007 la capacidad absoluta de los penales creció en 42 mil 732 espacios, y la sobrepoblación registró un aumento de 4.5 puntos porcentuales, lo que significa que los 42 mil 732 nuevos espacios resultaron insuficientes ante al aumento de 62 mil 80 internos, los que sumados a los existentes agravan las condiciones de hacinamiento.

El constante crecimiento de la población penitenciaria es uno de los principales problemas que enfrentan las autoridades estatales, municipales y propias del sistema. El hacinamiento de internos, entre otros aspectos genera que los centros penitenciarios no cumplan con el fin de readaptación social que menciona la parte final del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de que propicia graves violaciones a los derechos humanos de los reos.

De igual forma la sobrepoblación en los centros de readaptación social y cárceles municipales impiden el correcto funcionamiento del sistema penal sobre la base del trabajo, la capacitación y la educación, pues las autoridades buscan resolver primordialmente los graves problemas de infraestructura, vigilancia y salubridad, soslayando que el fin de la readaptación social es poner al individuo en condiciones de no delinquir nuevamente, por lo que debe darle elementos para valorar, regular y orientar su conducta, sin privarlo de su capacidad de decisión.

De acuerdo con un estudio del Sistema Nacional Penitenciario, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la falta de actividades laborales es una constante en los centros de readaptación social, las actividades educativas son insuficientes, debido a que no se cuenta con las aulas o maestros necesarios para satisfacer la demanda de la población penitenciaria, existe escasez de personal en las áreas de psicología y trabajo social, falta de separación y clasificación de internos, lo provoca que no se logré la deseada utilidad social y rehabilitación del delincuente, con la imposición y ejecución de las penas privativas de la libertad.

Por lo anterior, requerimos urgentemente la participación activa de los tres niveles de gobierno para que el sistema penitenciario cumpla con los fines que señala la ley fundamental, dignificando las condiciones de infraestructura y sanidad, terminando con el hacinamiento en el que se encuentran los internos para, de esta manera favorecer su de- sarrollo y readaptación social.

En este trabajo la participación de los gobiernos estatales y municipales es fundamental, ya que la insuficiencia de espacios afecta al 53 por ciento de los centros de reclusión a nivel nacional, exceptuando a los penales federales, es necesario mencionar que en los penales estatales y municipales también se encuentran reclusos del orden federal, razón por la cual la aportación conjunto de gobiernos estatales y municipales junto con el apoyo del gobierno federal es imprescindible para lograr la deseada readaptación social y mejorar de esta forma la seguridad de la población en general.

En esta proposición quiero hacer referencia especial a los centros penitenciarios del estado de Quintana Roo.

De acuerdo con el Plan Estatal de Desarrollo 2005-2011, Quintana Roo presenta características especiales que lo hacen particularmente sensible a la delincuencia. Como sabemos, el estado está en la frontera con Belice y Guatemala. Esta zona padece un problema de inseguridad creciente como consecuencia de delitos ligados al narcotráfico, el contrabando de maderas preciosas, arte sacro, piezas arqueológicas, así como el tráfico ilegal de personas.

Considerandos

Pese a lo mencionado anteriormente, Quintana Roo cuenta actualmente con un solo centro de prevención y readaptación social, el cual se localiza en el kilómetro 3.5 de la carretera federal Chetumal-Bacalar; y con cuatro cárceles municipales ubicadas en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad, Cozumel y Felipe Carrillo Puerto; no obstante, sólo dos instituciones penitenciaras concentran el 92 por ciento de los internos: el centro de readaptación social de Chetumal y la cárcel municipal de Cancún.

En diciembre del año pasado acudí a esta tribuna a presentar un punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a etiquetar recursos necesarios y suficientes a fin de que se construya un centro de readaptación social en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; desafortunadamente el recurso no se dio, pese a que el sistema penitenciario del estado no atraviesa su mejor momento, existen enormes necesidades en cuanto a seguridad y funcionalidad, la construcción y la disposición de espacios y áreas no satisfacen los requerimientos, además de que en sus instalaciones se albergan reos de alta peligrosidad, que con motivo de las actividades relacionadas con el narcotráfico y otras relacionadas con delincuencia organizada han incrementado su presencia en los centros de reclusión de la entidad.

Cabe señalar que según datos proporcionados a través de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado se tienen registros de seis fugas de reos, dos en el centro de readaptación social de Chetumal, dos más en la cárcel municipal de Solidaridad, una en Benito Juárez y otra en Felipe Carrillo Puerto.

El acontecimiento más grave se dio el 8 de diciembre del año pasado, cuando se amotinaron los internos de la cárcel municipal de Cancún, donde participaron unos mil presos, tres internos resultaron muertos, 21 lesionados, 74 fueron recapturados en los días siguientes y otros 6 están prófugos.

A raíz de este amotinamiento, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo emitió una recomendación para que con la finalidad de cumplir con el objetivo principal de la readaptación social, se de cumplimiento a lo que establece el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las disposiciones citadas al respecto y se realice a la brevedad posible la clasificación y separación de los reos, atendiendo al fuero al que pertenecen y a la situación legal que guardan en ese centro de detención; asimismo, solicita que ante la evidente sobrepoblación en la cárcel pública municipal, se programe en coordinación con el gobierno local la ampliación de la infraestructura de las galeras y otras áreas de alojamiento, con la finalidad de construir más celdas que permitan albergar en forma digna a los reclusos.

La cárcel municipal de Cancún está diseñada para albergar a trescientos cuarenta presos, sin embargo, resguarda a mil cuarenta, distribuidos en 123 celdas, cada una de ellas ocupada por 10 reclusos aproximadamente, cuando su capacidad es para cuatro; cabe mencionar que más de 300 internos son reos del orden federal.

EL gobierno del estado de Quintana Roo es comprometido con la seguridad pública, sabe que la readaptación social es un eslabón de aquélla, imprescindible para que los ciudadanos vivan en un ambiente de seguridad, razón por la cual donó un terreno para la construcción de un nuevo centro de readaptación social, en la delegación Leona Vicario, situada en el municipio de Benito Juárez; cabe mencionar que ya se realizaron los estudios de impacto ambiental, el proyecto arquitectónico que comprende espacios suficientes y necesarios para brindar capacitación y educación; sin embargo, es necesaria la aportación económica del gobierno federal para hacer realidad este proyecto.

Las autoridades estatales y municipales, así como diversos legisladores hemos hecho llamados al gobierno federal para que participe en la creación de este nuevo centro de readaptación social, no obstante la respuesta afirmativa no se ha dado, razón por la cual nuevamente someto a su consideración el presente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta de manera respetuosa y urgente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a etiquetar recursos necesarios y suficientes a fin de que se construya un Centro de Readaptación Social en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.

Recinto del Senado de la República, a 18 de octubre de 2007.--- Senadores: Francisco Agundis Arias (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Ludivina Menchaca Castellanos, Javier Orozco Gómez, Manuel Velásco Coello, Jorge Legorreta Ondorica (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo del senador Francisco Javier Castellón Fonseca, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por la que se exhorta a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2008 destine recursos necesarios para la continuación e impulso del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft).

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 18 de octubre de 2007.Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2008, destine los recursos necesarios para la continuación e impulso del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft).

El que suscribe, Francisco Javier Castellón Fonseca, senador de la república por el estado de Nayarit a la LX Legislatura, e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), con fundamento en el artículo 67, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2008, destine los recursos necesarios para la continuación e impulso del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft) con base en las siguientes

Consideraciones

El 9 de octubre del año 2002, el gobierno federal, a través de la Secretaría de Economía, lanzó el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft), cuyo objetivo fundamental es el de crear las condiciones necesarias para que México cuente con una industria del software competitiva internacionalmente y asegurar su crecimiento en el largo plazo.

Para la operación del Prosoft, la Secretaría de Economía, y más propiamente la Subsecretaría de Industria y Comercio, mantiene una estrecha coordinación con la academia, la industria y los organismos gubernamentales (federales, estatales y municipales) relacionados con el sector.

El Programa para el Desarrollo de la Industria del Software es una política pública para desarrollar la industria de Tecnologías de la Información (TI) que incluye actividades específicas como el desarrollo de software, servicios de TI, Procesos Tercerizados de Negocios (SPO's, por sus siglas en inglés), Contact y Call Centers, Embedded software, multimedia y videojuegos.

Las metas establecidas a largo plazo ---para el 2013--- que se plantearon desde un inicio para el Prosoft son tres: lograr una producción anual de software y servicios de Tecnologías de la Información de 5 mil millones de dólares; alcanzar el promedio mundial de gasto en TI respecto del PIS (actualmente, en nuestro país esa relación es de 1.4 por ciento, mientras que en los demás países miembros de la OCDE es de 4.3 por ciento), y que México se convierta en el líder latinoamericano de desarrollo de software y contenidos digitales en español.

Para alcanzar esas metas, se acordó el desarrollo de siete estrategias, las cuales son: promover las exportaciones y la atracción de inversiones; educar y formar personal competente en el desarrollo de software, en cantidad y calidad convenientes; contar con un marco legal promotor de la industria; desarrollar el mercado interno; fortalecer a la industria local; alcanzar niveles internacionales en capacidad de procesos, y promover la construcción de infraestructura física y de telecomunicaciones (agrupamientos empresariales) en las entidades federativas.

Los principales resultados de la puesta en marcha del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software han sido satisfactorios; por ejemplo, el sector pasó de tener una tasa negativa en el 2002, a una tasa de crecimiento del 10.7 por ciento en el 2005, lo que representa tres veces más el crecimiento promedio de la economía nacional. Además, durante el año pasado, la industria mexicana del software alcanzó una tasa de crecimiento del 14 por ciento. En cuanto a las exportaciones de tecnologías de la información, éstas han crecido durante los últimos cinco años en un 186 por ciento.

Estas cifras nos dan una idea de dinamismo que ha tenido este sector, de la rentabilidad que tienen las inversiones que se hacen en el mismo, y de su importancia en el desarrollo económico del país. Es así que un peso invertido en la industria del software, genera mucho más rendimiento que un peso invertido en cualquier otro sector de la economía.

Dentro de los logros específicos de la industria nacional del software, encontramos los siguientes: las exportaciones de TI y Procesos Mercerizados de Negocios (BPQ's) pasaron de 50 millones de dólares en el 2002, a 1.7 billones en este año. La producción anual pasó de 2,358 millones de dólares a 3,600 millones en el mismo lapso.

Asimismo, este año se cuenta con 22 clusters, 16 integradoras de TI, 8 parques tecnológicos, y se han vinculado 121 instituciones educativas con el sector; siendo que en el año 2002 en nuestro país no se contaba con ninguno de estos avances y vínculos.

El fondo del Prosoft surge del seno del Congreso de la Unión, específicamente de la Cámara de Diputados, quien por ley es la encargada de las cuestiones presupuestales en nuestro país.

Es así que en el año 2004, por primera vez se contempló este fondo en el respectivo Presupuesto de Egresos de la Federación. En ese primer año, el fondo para el Prosoft fue de 135 millones de pesos.

Para el año 2005, se le asignaron 165 millones de pesos. En el año 2006, su presupuesto se incrementó de manera significativa, pues se le otorgaron 428 millones de pesos; mientras que el presente año, este programa recibió 462 millones de pesos.

De 2004 a 2006 (tres años de operación) el Prosoft contó con un monto total de 2,474 millones de pesos, de los cuales el 30.7 por ciento fue aportado por el gobierno federal; por su parte, las entidades federativas participantes aportaron el 15.5 por ciento, mientras que el 53.8 por ciento restante fue cubierto por la iniciativa privada.

Otro dato importante que se debe resaltar es que en el 2004, sólo 10 estados de la república participaron en la inversión conjunta de fondos públicos para la puesta en marcha del Prosoft, mientras que para este año, ya son 30 los estados que participan en él faltando sólo los estados de Campeche y Guerrero.

En cuanto a la generación de empleos, el mencionado programa creó más de 11 mil en el periodo de 2004 a 2006, mientras que en los primeros 8 meses del presente año ha generado aproximadamente 8 mil 130 empleos más.

No obstante lo positivo que ha resultado el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregó al Congreso de la Unión, no se le asignan recursos a dicho programa, es decir, que no está contemplado dentro de los programas que opera la Secretaría de Economía, mucho menos se le asigna algún monto presupuestal.

Para concluir, sólo agregaré que países como la India, Singapur e Irlanda han sido exitosos en desarrollar su industria de software como motor de su crecimiento económico. Así que México debe aprovechar su potencial para desarrollar la industria del software, dada su ubicación geográfica y el mismo huso horario con el mercado de software más grande del mundo (Estados Unidos), además de la red de tratados comerciales más extensa del mundo.

Considero que un programa como el Prosoft, que ha dado buenos resultados en nuestro país, no puede ni debe ser eliminado por cuestiones presupuestales, sino por el contrario, debe ser fortalecido.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. - El Senado de la República exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados para que dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, destine al Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft) dependiente de la Secretaría de Economía, una cantidad mayor de recursos a la asignada en el año 2007 para su continuación e impulso, con el fin de que nuestro país siga incrementando su industria del software y pueda competir en el ámbito internacional.

Salón de sesiones del Senado de la República, a 18 de octubre de 2007.--- Senador Francisco Javier Castellón Fonseca (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo del senador Jesús Garibay García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, relativa a los servicios de salud prestados en el estado de Michoacán de Ocampo.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 18 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo relativo a los servicios de salud prestados por el estado de Michoacán de Ocampo

Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores.--- Presente.

El suscrito, senador Jesús Garibay García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En la formulación del proyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno de Michoacán de Ocampo, el Ejecutivo estatal toma en cuenta una serie de lineamientos de carácter general que contribuyen a la generación de ahorros y facilitan la reasignación de recursos destinados a impulsar el desa- rrollo social y económico de la entidad.

En todo momento, el objetivo central ha sido la optimización de recursos, a través de criterios de disciplina y racionalidad presupuestaria, y mediante esquemas de distribución que permitan garantizar el cumplimiento de los programas prioritarios previstos en el Plan Estatal de Desarrollo 2003-2008.

En este contexto, el escenario económico y social que prevalece en el estado de Michoacán se deriva de un modelo de planeación que relaciona estrechamente la actividad y el desarrollo económico de la entidad, con una finalidad social y una visión colectiva que nos posibilite enfrentar colectivamente los retos actuales y futuros.

Desafortunadamente, el decremento de los ingresos que percibe el Estado por participaciones en ingresos federales se ha visto fuerte y profundamente acentuado, casi en la misma proporción en que estos últimos han disminuido o dejado de crecer.

Adicionalmente, el modelo del federalismo fiscal plasmado en la Ley de Coordinación Fiscal ha llevado a que el estado de Michoacán se sitúe en las últimas posiciones a nivel nacional en participaciones per cápita.

Lo anterior, a pesar de ser el segundo en crecimiento acelerado en el rubro de la educación, por ejemplo, que ha absorbido recursos por encima de la capacidad presupuestal de la entidad, particularmente por la operación de los programas descentralizados por la federación, en los que si bien ésta ha inyectado una gran parte de recursos en infraestructura y equipamiento, el gasto generado por dicha infraestructura debe ser absorbido y cubierto en su totalidad con recursos estatales, impidiendo que éstos puedan ser destinados a sectores fundamentales, como el de la salud.

La operación de la Secretaría de Salud de Michoacán ha tenido durante el actual gobierno avances notables en cuanto a la prestación de servicios a la población. Se ha incrementado la aportación financiera a Salud, de 39 millones autorizados en 2002, a 295 millones para el presente año (2007).

Ello ha permitido que el estado de Michoacán cuente con nuevos y mejores servicios de resonancia magnética nuclear, trasplante renal, cirugía endoscopia, hemodiálisis, rehabilitación física integral, hemodinamia, acelerador lineal multihojas, cirugía oftalmológica, salud mental y adicciones.

En suma, ha habido un avance sin precedentes en atención primaria a la salud, respaldada por la puesta en operación de más de 120 centros de salud rurales, un laboratorio estatal, un nuevo Centro Estatal de Transfusión Sanguínea y dos hospitales, así como la certificación de más de 100 comunidades saludables.

El esfuerzo continúa con la actual construcción de 9 hospitales y la ampliación de servicios sustantivos como quirófanos, áreas de urgencias, terapia intensiva, oncología pediátrica, etcétera, en los principales hospitales de la entidad.

El compromiso del gobierno del estado con el apoyo a las acciones y programas de Salud es claro. Desde el inicio de la actual administración estatal, el Ejecutivo ha dispuesto de diversas ampliaciones de recursos al presupuesto que han permitido equipar e iniciar operaciones de dos hospitales, establecer programas de atención a grupos vulnerables, homologar personal en condiciones precarias, crear 322 plazas estatales y reforzar sustancialmente el abasto de insumos.

En este sentido, es posible afirmar que el presupuesto estatal destinado a salud ha evolucionado de tal manera que, en términos reales ha crecido en más del 700 por ciento tan sólo durante periodo 2002-2007.

No obstante lo anterior, compañeras y compañeros legisladores, esto no ha sido suficiente. Michoacán aún permanece muy por debajo de la media nacional en aportación per cápita a salud, y ocupa el sitio número 30 entre todos los estados del País, no obstante que es el 9º lugar en población abierta por atender.

Por todo lo anteriormente expuesto, y porque se encuentra de por medio la viabilidad y la consolidación de un modelo de salud que ha logrado importantes avances en los últimos años, nos permitimos poner a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República solicita respetuosamente a la Cámara de Diputados, a efecto de que en el ejercicio de sus facultades constitucionales en materia presupuestal y en estricto apego a los principios de justicia y equidad que deben dar sustento a nuestro régimen federal, evalúe la posibilidad de incrementar los recursos federales asignados al estado de Michoacán, tomando en cuenta las características y necesidades particulares en materia de salud de los habitantes de la entidad.

Senador Jesús Garibay García (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo de los senadores Martha Leticia Sosa Govea, Blanca Judith Díaz Delgado, Adriana González Carrillo, Eva Contreras Sandoval, Héctor Pérez Plazola, Ulises Ramírez Núñez, y J. Jesús Dueñas Llerenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados, para que apruebe la asignación presupuestaria propuesta para el Instituto Nacional de las Mujeres.

La Presidencia dispuso que se turnara el primer resolutivo de dicho punto de acuerdo a la Cámara de Diputados; y a la Comisión de Equidad y Género los siguientes, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Presidente y Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores.--- Presentes.

Martha Leticia Sosa Govea, Blanca Judith Díaz Delgado, Adriana González Carrillo, Eva Contreras Sandoval, Héctor Pérez Plazola, Ulises Ramírez Núñez y Jesús Dueñas Llerenas, senadores de la república de la LX Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía, solicitando se considere de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que: se exhorta a la honorable Cámara de Diputados, para que apruebe la asignación presupuestaria propuesta para el Instituto Nacional de las Mujeres, correspondiente al Programa Nacional para la igualdad entre mujeres y hombres; por el que se exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres para que destine los recursos y la prioridad de atención a los estados de México, Jalisco y Colima; y se exhorta a los gobernadores, en especial del estado de México, Jalisco y Colima, para que destinen recursos especificos para el citado programa. Lo anterior, con arreglo a la siguiente

Exposición de Motivos

El reconocimiento de los derechos humanos de la mujer ha atravesado por una ardua lucha a lo largo de la historia; no obstante la Constitución reconoce en su artículo 4o. que mujeres y hombres son iguales ante la ley y que deberán ser respetados por su dignidad e igualdad, lo que además infiere que la ley se aplique sin consideración de especie o persona.

Por otra parte y como es conocido por todos, México ha adoptado diversos tratados internacionales en un esfuerzo por consolidar los diferentes marcos jurídicos en materia de derechos humanos. Por lo que se refiere al tema de género, recientemente se aprobó y promulgó la Ley General de Acceso a la Mujeres a una vida Libre de Violencia , con el fin de prevenir y erradicar la misma, buscando proteger a la mujer que ha sufrido o sufre cualquier tipo de violencia.

El tema de la violencia involucra diferentes modalidades, se presenta en cualquier ámbito social, como puede ser en el trabajo, escuelas, hogar e incluso en agrupaciones de carácter civil o profesional; asimismo, pueden suscitarse actos de violencia en relaciones de noviazgo, matrimonio, divorcio, concubinato o parentesco, todo esto a pesar de lo anteriormente mencionado.

Adicional a esto, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2006 (Endireh), publicada en junio del año en curso y realizada por el INEGI, Inmujeres y Unifem, con la participación de la Cefemin, la Fevim y el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres, de la Cámara de Diputados, en el marco de la recientemente promulgada Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, considera como violencia el sometimiento, discriminación y control que se ejerce sobre las mujeres en todos los ámbitos de su vida, afectando su libertad, dignidad, seguridad e intimidad, violentando así el ejercicio de sus derechos.

Para llevarla a cabo, se cuidaron varios aspectos, entre ellos que los cuestionarios fueran aplicados a mujeres casadas o unidas con incidentes de violencia por parte de su pareja, en los últimos 12 meses y en sus resultados consideró varios tipos de violencia, resaltando la emocional, la económica, la física y la sexual.

Así, se observa que a nivel nacional, un 43.2 por ciento de las mujeres sufrieron violencia por parte de su pareja a lo largo de la última relación, aun cuando en algunos estados, como el de México, Jalisco, Colima, Durango, Tabasco, Puebla, Morelos, Aguascalientes, Guerrero y Oaxaca, los porcentajes arrojados oscilaron entre el 47.3 por ciento y el 54.1 por ciento. Con ello, la encuesta revela lo heterogéneo de esta problemática en el país, pues mientras en algunas entidades los porcentajes de incidencias son relativamente bajos, en otras, muy bien identificadas, se elevan los porcentajes muy por arriba de la media nacional.

De esta forma, si se habla de violencia emocional, los estados de Jalisco, México y Colima reflejan los más altos porcentajes, con 47.3 por ciento, 47.1 por ciento y 45.0 por ciento, respectivamente, frente a una media nacional de 37.5 por ciento; si se habla de violencia económica, en Jalisco se arroja un 30.5 por ciento, en el estado de México un 29.6 por ciento y en el de Colima un 27.2 por ciento, frente a una media nacional de 23.4 por ciento. Por lo que a la violencia física se refiere, Tabasco, México y Oaxaca ocupan los tres primeros lugares con un 25.7 por ciento, 24.5 por ciento y 22.8 por ciento, respectivamente, ante una media nacional de 19.2 por ciento, y si se evalúa la violencia sexual, nuevamente Jalisco, Colima y el estado de México se disparan con los más altos porcentajes: 11.6 por ciento, 11.1 por ciento y 11.0 por ciento, cuando la media nacional es de 9.0 por ciento.

Por lo que corresponde a la obligación del gobierno federal, en atención a esta problemática, éste ha contemplado en el proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008, una asignación presupuestal para crear el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la puesta en marcha del sistema nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Este proyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008 delega ciertas estrategias y facultades al Instituto Nacional de las Mujeres, siendo éste un organismo público descentralizado, al que se asigna una partida presupuestaria para el Sistema y el Programa antes mencionados; siendo así, ese instituto coordinará las acciones con la administración publica federal y los demás órdenes de gobierno, para fomentar las políticas públicas con perspectiva de género, lo que da paso a las siguientes:

Consideraciones

Que es de tomar en cuenta que, efectivamente, se registran altos índices de violencia en contra de las mujeres en algún estado de la república, por lo que deben realizar los esfuerzos para consolidar los marcos jurídicos que garanticen el respeto y la igualdad entre hombres y mujeres.

Que de acuerdo con la Ley de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se busca prevenir y proteger a las mujeres que han sufrido algún tipo de violencia y que en su artículo 2o., establece que la federación, los estados y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, han quedado obligados a tomar las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

Que en los artículos 35 y 38 de la misma ley, se establece igualmente la obligación de la federación, las entidades federativas y los municipios para coordinarse en la integración y funcionamiento de un sistema nacional y de un Programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Que el mismo ordenamiento indica en su artículo 39, que corresponderá al Ejecutivo federal proponer en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, el asignar la partida presupuestaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos del sistema y del programa previstos en la citada ley, y

Que el Ejecutivo federal, en su proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, ha incluido el programa especial denominado Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, haciendo referencia al cumplimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; al sistema nacional y al

Programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que la misma ley prevé y solicitando además la asignación presupuestaria correspondiente para el Instituto Nacional de las Mujeres.

Por lo anteriormente expuesto y fundado es que propone a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados para que en el análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008, sea aprobada la asignación presupuestaria propuesta para el Instituto Nacional de las Mujeres, correspondiente al programa especial denominado, ``Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres''.

Segundo. Se exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres a que destine los recursos que le sean asignados para el ``Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres'', otorgando la prioridad de atención que corresponde a los estados de México, Jalisco, y Colima como las entidades que registran los mayores índices de violencia en contra de las mujeres; y

Tercero. Se exhorta respetuosamente a los gobernadores de las entidades de la república, en especial del estado de México, Jalisco y Colima para que, en sus respectivos Presupuestos de Egresos, destinen recursos específicos para el mencionado programa, en coordinación con las instancias federales que integran el Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de dar cumplimiento el ``Programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres''.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores, a 17 días de octubre de 2007.--- Senadores: Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), Eva Contreras Sandoval (rúbrica), Héctor Pérez Plazola (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Jesús Dueñas Llerenas (rúbrica).

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo del senador Mario López Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a fin de que en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008, se etiqueten debidamente los recursos necesarios para que el Ejecutivo federal esté en capacidad de dar cabal cumplimiento al programa de apoyos al diesel agropecuario, por una parte, y al diesel marino, por otra, así como a la gasolina ribereña.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo que presenta el senador Mario López Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, relativo al diesel agropecuario, marino y gasolina ribereña en el del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008

Honorable Asamblea:

El diesel representa un porcentaje muy importante del costo de las actividades agropecuarias y pesqueras, al ser un insumo fundamental para las labores productivas del sector rural.

Particularmente en el sector pesquero, no hace falta hacer un diagnóstico sobre la inaceptable situación en lo social y productivo que prevalece en la población de pescadores y sus comunidades, del que dependen cerca de un millón de mexicanos, basta con repasar los números del censo de pesca de 1998, y puedo asegurar que en 9 años su situación, como casi la totalidad del resto del país, no ha mejorado.

En marzo del 2005, el entonces presidente Vicente Fox, anunció un nuevo apoyo al precio del diesel marino y agropecuario, ubicando el precio del combustible en 3.50 pesos por litro.

Según datos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), al año nuestras embarcaciones consumen una media anual de 472 millones de litros de combustible. Tan sólo Sinaloa, estado al que represento, tiene un consumo de diesel marino del 36 por ciento del total nacional.

Uno de los objetivos principales de dicho programa es asegurar la viabilidad y competitividad del sector agropecuario y pesquero en un contexto de economía abierta, así como reducir las disparidades regionales e internacionales.

Esta disposición del gobierno federal es cierto que benefició a los más de 350 mil jefes de familia que viven de la pesca y acuacultura, lo que seguiremos celebrando. Sin embargo, en noviembre del año pasado, justo unas semanas antes del fin del sexenio, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca informó a todos los pescadores apoyados con diesel marino a precio de estímulo que se suspendía tal prestación hasta nuevo aviso.

Afortunadamente, en esa ocasión y gracias a la buena voluntad del Ejecutivo federal entrante, el 1 de diciembre del 2006 el apoyo se volvió a establecer, pero con un decreto nuevo y modificado, ya que en lugar del precio fijo para el productor de 3.50 pesos por litro y la diferencia de este importe que pagaba el productor y el precio al publico o de bomba era pagado por Sagarpa, ahora el decreto vigente señala que el monto del apoyo es de 2.00 pesos por litro, y la diferencia la paga el productor por lo que ahora el costo para éste es de 3.50 pesos por litro.

Adicionalmente, hoy día, por la falta de recursos presupuestales no se está dando el apoyo completo al productor, ya que para la industria camaronera sólo se dan 2.00 por litro al 80 por ciento del volumen que se requiere para operar la flota; en el caso de la flota atunera se otorga sólo el 70 por ciento, y para la acuacultura apenas el 50 por ciento, lo que indica claramente un cambio en la política de apoyos al sector.

Para este 2007, en el Presupuesto de Egresos aprobado por nuestros compañeros diputados el año pasado, se destinaron para el diesel agropecuario, pesquero y acuícola mil 593 millones de pesos, los cuales fueron etiquetados en el numeral 5-C para el agropecuario, con mil 500 millones, y en el numeral 5-D, para el pesquero y acuícola, con 93 millones, lo que consistió un acierto en virtud de que el proyecto de presupuesto no lo consideraba de esa forma, estableciendo una diferencia para el ejercicio de los recursos entre uno y otro.

Ahora bien, el pasado 5 de septiembre, el Ejecutivo federal presentó su proyecto de Presupuesto de Egresos 2008, que sin lugar a dudas será sujeto a la consideración, modificaciones y observaciones por parte de la colegisladora en las próximas semanas.

Dentro del anexo 7, sobre el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, se considera en el punto número 5, el Programa de Atención a Problemas Estructurales, el cual integra en un sólo apartado el diesel agropecuario y marino y la gasolina ribereña. Es precisamente sobre este punto en particular que acudo a esta tribuna a fin de tratar dos asuntos que son de la mayor relevancia para el ejercicio de los recursos.

En primer término, en el proyecto no se establece la distinción que acertadamente la colegisladora hiciera el año pasado para diesel agropecuario, por una parte, y para el diesel pesquero y acuícola, por otra.

Lo anterior significa que, de ser aprobado el Presupuesto tal cual, sin etiquetar las cantidades asignadas para cada una de las actividades, la Sagarpa tendrá discrecionalidad absoluta para la asignación de los recursos, es decir, del monto total aprobado, podrá asignar las cantidades que a su juicio y conveniencia considere suficientes para uno y para otro, dejando la puerta abierta a que suceda lo de noviembre del año pasado en que sencillamente ``se acabaron'' los apoyos al diesel marino.

Es aquí donde nuestros compañeros diputados tienen que prestar suma atención y etiquetar nuevamente los montos asignados, de tal manera que respondan plenamente a las necesidades de cada una de las actividades.

En segundo lugar, celebro que el proyecto del Ejecutivo haya aumentado el monto para el Diesel a 2 mil 464 millones de pesos, proponiendo un aumento del 54 por ciento en relación al año anterior. Sin embargo, el incremento no será suficiente si consideramos que se estiman necesarios aproximadamente mil 600 millones de pesos para el diesel agropecuario, mil 200 millones para el diesel marino, y 300 millones para la gasolina ribereña; lo que suma 3 mil 100 millones de pesos en total, cifra muy superior a lo propuesto por el Ejecutivo federal.

Si a lo anterior le agregamos los efectos del aumento de precios en el diesel y la gasolina del año que entra, seguramente los recursos propuestos no alcanzarán para la plena operación de la industria, deteriorando la seguridad del productor pesquero y acuícola. De tal manera que a mediados o finales del año que entra seguramente nos estaremos enfrentando a una nueva suspensión de los apoyos por falta de recursos.

Como he sostenido desde que inició esta legislatura, los senadores del PRI consideramos de suma importancia revisar e impulsar las políticas y los programas públicos que den respuesta a los productores agropecuarios, a los pescadores y a sus comunidades en sus graves carencias.

Es de suma importancia que dicho apoyo que ha continuado en la administración entrante perdure mediante la asignación etiquetada de los recursos necesarios para cada actividad en los presupuestos de egresos de este y de los años siguientes, a fin de evitar confusiones y suspensiones en el ejercicio de los mismos y de esta manera seguir elevando ordenadamente los niveles de competitividad de la producción nacional a través de ofrecerle al sector rural, costos competitivos en insumos como el diesel agropecuario y marítimo, con respecto al que pagan los productores en países socios comerciales.

En razón de lo anterior, me permito someter a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a fin de que en el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 se etiqueten debidamente los recursos necesarios para que el Ejecutivo federal esté en capacidad de dar cabal cumplimiento al programa de apoyos al diesel agropecuario, por una parte, y al diesel marino, por otra, así como a la gasolina ribereña, y que estos recursos sean los suficientes, según las estimaciones que dichas industrias requieren para su plena operación, dando con esto la seguridad que se merecen los productores del sector rural.

Palacio Legislativo de Xicoténcatl, sede de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, a 23 de octubre de 2007.--- Senador Mario López Valdez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo de la senadora Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008 se contemple un aumento en los recursos presupuestales para el programa ``Pueblos Mágicos'' de la Secretaría de Turismo.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«De la senadora Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la que contiene punto de acuerdo por el que se exhorta a la cámara de diputados para que en el presupuesto de egresos de la federación para 2008 se contemple un aumento en los recursos presupuestales para el programa ``Pueblos Mágicos'' de la Secretaría de Turismo.

Quien suscribe, senadora Claudia Corichi García integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, con base en los siguientes

Considerandos

1. México siempre se ha caracterizado por su riqueza cultural e histórica que tiene, muchas veces, guardadas celosamente en secreto. Todos hemos sido de una u otra manera encantados con nuestros pueblos mágicos, secretos del encanto ancestral.

2. Durante el sexenio anterior, la Secretaría de Turismo, junto con instancias gubernamentales, gobiernos estatales y municipales buscó revalorar y reconocer a un conjunto de poblaciones del país a través del programa Pueblos Mágicos.

3. Este programa busca resaltar los valores artísticos, culturales y turísticos de las localidades, con la finalidad de estructurar una nueva oferta turística.

4. Se busca que a través del turismo y con el apoyo de este programa, las localidades que son consideradas Pueblos Mágicos sean promocionadas, y puedan convertirse en un detonante a la economía local y regional.

5. Durante el año 2006, los ingresos que generó el turismo internacional en nuestro país aumentaron 3.2 por ciento de acuerdo a la Secretaría de Turismo, aunque el número de visitantes disminuyó en 2.6 por cierto. El total de los ingresos sumó cerca de 12 mil 200 millones de dólares.

6. De acuerdo a la Secretaría de Turismo, durante los primeros seis meses de 2007, los ingresos por turismo internacional fueron de 6 mil 871 millones de dólares, lo que representa un incremento de 9.3 por ciento con respecto al mismo periodo de 2006.

7. El turismo en nuestro país es la tercera fuente de divisas, sólo por debajo del petróleo y de las remesas de nuestros migrantes, por ello, debemos apoyar toda iniciativa que lo promueva, y estamos obligados a impulsar el desarrollo de una industria turística que logre un desarrollo del país.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de este honorable Pleno del Senado de la República, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El Senado de la República exhorta a la honorable Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 se contemple un incremento en los recursos presupuestales para el programa ``Pueblos Mágicos'' de la Secretaría de Turismo.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores, a 24 de octubre de 2007.--- Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo de los senadores Javier Orozco Gómez, José Isabel Trejo Reyes, Martha Leticia Rivera Cisneros y José Máximo García Zalvidea, integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que al momento de analizar el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008, estudie la posibilidad de considerar un aumento al presupuesto programado por el Ejecutivo federal, a la Secretaría de Desarrollo Social, para aplicación al Programa Jóvenes por México.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta, respetuosamente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados, para que al momento de analizar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 considere un aumento a los recursos asignados a la Secretaría de Desarrollo Social, para su aplicación al programa jóvenes por México.

De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo, el compromiso con la población juvenil de México es diseñar, implantar, operar y evaluar políticas públicas transversales a través de la coordinación interinstitucional, para generar sinergias que garanticen el desarrollo integral de calidad y equitativo de los jóvenes y lograr así que sean actores protagónicos y definitorios del rumbo de la nación.

El programa Jóvenes por México dependiente de la Dirección General de Políticas Sociales de la Secretaría de Desa-rrollo Social, esta destinado a atender a jóvenes estudiantes prestadores de servicio social, así como a las instituciones educativas que presentan el proyecto, siendo sujetos de atención las personas que habitan en municipios y localidades ubicadas en las zonas de atención prioritarias, preferentemente en las microregiones y o en los 100 municipios de menor índice de desarrollo social y humano.

Pese a la importante labor a favor de los jóvenes que se realiza a través de la aplicación de este programa, en especial de aquellos que por su nivel de desarrollo social y económico y características sociodemográficas de las localidades donde habitan y que se encuentran en desventaja para su pleno desarrollo e integración a la sociedad, en los últimos años el presupuesto destinado para dicho programa ha ido en decremento, es decir que no solo no se ha mantenido, sino que se ha reducido casi al grado de desaparecer dicho programa.

Consideramos conveniente dar continuidad al Programa Jóvenes por México, para aprovechar el potencial que implica la vinculación de la Sedesol con el sector académico y la participación de los jóvenes en el proceso de desarrollo social del país. Al igual que fortalecer la colaboración y coordinación interinstitucional con el Instituto Mexicano de la Juventud en la aplicación del programa como política pública transversal hacia los jóvenes.

En el marco de la estrategia de combate a la pobreza y específicamente la de atención a los municipios de menor índice de desarrollo humano, es necesario capitalizar la participación de los jóvenes y el vínculo con las instituciones académicas del país.

Es importante tomar en cuenta que las alternativas de participación social de los jóvenes son también un medio de atención y un mecanismo ampliamente promovido en otros países, para procurar el desarrollo integral de este grupo de la población.

Para poder cumplir con los objetivos planteados en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el sentido de garantizar el desarrollo integral de calidad y equitativo de los jóvenes y lograr así que sean actores protagónicos y definitorios del rumbo de la nación, es necesario no sólo dar continuidad al Programa Jóvenes por México, sino además se hace indispensable fortalecer su implantación y operación.

Es por ello que, a fin de proporcionar los medios y mecanismos financieros a la institución representativa del gobierno federal en la materia los que suscribimos senadores Javier Orozco Gómez, José Isabel Trejo Reyes, Martha Leticia Rivera Cisneros y José Luis Máximo García Zalvidea, integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, proponemos a esta soberanía con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los estados Unidos Mexicanos la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados para que al momento de analizar el Presupuesto de Egresos de la federación para el Ejercicio Fiscal para 2008, estudie la posibilidad de considerar un aumento al presupuesto programado por el Ejecutivo federal, a la Secretaría de Desarrollo Social, para aplicación al Programa Jóvenes por México.

Senado de la República, a 22 octubre de 2007.--- Senadores: Javier Orozco Gómez (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Martha Leticia Rivera Cisneros (rúbrica), José Luis Máximo García Zalvidea (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se dio cuenta con proposición con punto de acuerdo del senador Ramiro Hernández García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se hace un exhorto al Ejecutivo federal y a las Comisiones de Presupuesto, y de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados, a efecto de que en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008 se otorgue una partida con recursos suficientes para el adecuado funcionamiento, mantenimiento y operación de las escuelas oficiales.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposicion con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución que presenta el senador Ramiro Hernández García, del Grupo Parlamentario del PRI, por el que se hace un respetuoso exhorto al Ejecutivo federal y a las Comisiones de Presupuesto, y de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados, a efecto de que en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008 se otorgue una partida con recursos suficientes para el adecuado funcionamiento, mantenimiento y operación de las escuelas oficiales

El que suscribe, Ramiro Hernández García, senador de la República por el estado de Jalisco e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LX Legislatura de la honorable Cámara de Senadores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración del Pleno la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. El sistema educativo mexicano enfrenta numerosos retos en este momento y hacia el futuro. Es cierto que existen rezagos importantes en distintas materias, pero por otra parte, el compromiso de cumplir con las aspiraciones contenidas en el artículo 3o. de la Constitución, nos exige asegurarnos de que la educación que se imparte en nuestro país satisfaga los requisitos de universalidad matricular, cobertura, calidad y competitividad, a efecto de poder transitar a mejores posiciones y calificaciones en el panorama internacional.

En este mismo sentido, los problemas asociados al rezago educativo, tales como una deficiente formación cultural, capacitación técnica limitada para el desarrollo y formación incompleta de capital humano, nos han colocado en una posición vulnerable ante los retos que la globalización demanda. En asociación, encontramos que estos problemas también constituyen elementos que inciden en la calificación de nuestro país como polo de inversión y desarrollo, por lo que es imperativo encontrar soluciones de fondo, a efecto de subsanar las deficiencias que hacen poco efectiva la educación en el país.

Segunda. Uno de esos problemas es el referido al abandono en que se encuentra la infraestructura escolar. En efecto, miles de escuelas de todo el país carecen no sólo de computadoras y laboratorios, sino de salones, mesabancos, pizarrones y sanitarios dignos, e incluso de energía eléctrica y agua potable.

Las mismas autoridades educativas han reconocido que ``es insuficiente el programa de rehabilitación y mantenimiento de aquellas escuelas que se construyeron hace más de 60 años. Por tanto, se delega la responsabilidad del mantenimiento a los padres de familia, precisamente por la carencia de recursos económicos.

En todo caso, es responsabilidad del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Educación Pública, dotar a los planteles educativos de los insumos necesarios, tanto para su mantenimiento físico, como para sus requerimientos administrativos y por supuesto para la práctica docente.

Tercera. De acuerdo con el director general del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (CAPFCE), el 25 por ciento de los inmuebles educativos del nivel básico de todo el país tienen problemas de mantenimiento, sobre todo por goteras, paredes con grietas y el mal estado de los servicios sanitarios.

Aunque en todo el país hay daños, las entidades con el mayor número de deficiencias son las que tienen los índices de pobreza más altos: Veracruz, Guerrero, Oaxaca, Chiapas, estado de México y Puebla.

Cuarta. Por su parte, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación reveló en su primer informe --realizado en 2007-- sobre infraestructura física de las escuelas de la Secretaría de Educación Pública, que 36 por ciento de las primarias y 30 por ciento de las secundarias tienen cuarteaduras o fisuras en las paredes o indicadores visibles de mal estado. Además, el 44 por ciento tiene goteras y 18 por ciento se inunda cuando llueve.

También la falta de sanitarios es un problema. El 31.1 por ciento de las primarias comunitarias y el 16.9 por ciento de las escuelas indígenas no tienen baños. Y mientras la infraestructura se deteriora, la inversión se acorta.

Este año el monto que se destinará para la infraestructura educativa, a través del Fondo de Aportaciones Múltiples, representa sólo el 2.8 por ciento del total de los recursos federales que se canalizan a los estados para operar los servicios educativos.

Quinta. En 2005 se destinó el 3.1 por ciento del total de recursos, y este fondo cayó a 2.7 por ciento un año después, mientras que en 2007 pasó a 2.8 por ciento. En contraparte, Japón, Luxemburgo, Finlandia, Chile y Brasil --a diferencia de México-- invierten entre el 10 y 18 por ciento de su gasto en educación en infraestructura y mantenimiento de escuelas, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

En este mismo orden de ideas, el más reciente informe sobre el aprendizaje realizado a estudiantes de tercer grado de primaria señala que el 36 por ciento de los alumnos que se colocaron en el nivel por debajo del básico estudian en escuelas donde las condiciones de los sanitarios son muy malas.

Sexta. En el primer informe de gobierno de Felipe Calderón se dice que en el segundo semestre de 2007 se puso en operación el Programa Especial de Financiamiento para la Infraestructura Física de Educación Básica, con el propósito de mejorar las condiciones de operación de la infraestructura física de la educación básica. El programa contó con un monto inicial de 700 millones de pesos para atender a 2 mil 300 planteles, en beneficio de más de 800 mil alumnos. No obstante ese esfuerzo, dicha cantidad es insuficiente para cubrir la demanda nacional y abatir las necesidades de los planteles educativos en la materia.

Ante esta situación, el Poder Legislativo está obligado a promover el incremento de recursos para la educación y elevar la calidad de la misma. Por ello se considera urgente integrar una partida específica en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, para que por medio de la Secretaria de Educación Pública, se transfieran los recursos necesarios mediante un programa que dote a las escuelas de los insumos que emplean, a efecto de atender adecuadamente el funcionamiento, mantenimiento y operación de los Centros Escolares.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de este Pleno, de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a asignar una partida de recursos suficientes y etiquetados a la Secretaría de Educación Pública en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, a fin de sustentar un programa que abastezca a las escuelas oficiales de los insumos necesarios y así atender su adecuado funcionamiento, mantenimiento y operación.

Segundo. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y a la de Educación Pública y Servicios Educativos de la Honorable Cámara de Diputados a ampliar, etiquetar y desagregar el gasto destinado al mantenimiento de los centros escolares, dentro del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, considerando un apartado especial que atienda el adecuado funcionamiento, mantenimiento y operación de las escuelas.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores, a 23 de octubre de 2007.--- Senador Ramiro Hernández García (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, se recibió escrito del honorable Congreso del estado de Guerrero, remitiendo acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal y al honorable Congreso de la Unión, a que se prevean los recursos necesarios y suficientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, para el rescate, remodelación integral y conversión del museo del Fortín Álvarez, en el municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.

La Presidencia dispuso que se le hiciera llegar dicha documentación, misma que se anexa.

Atentamente
México, Distrito Federal, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo.--- LVIII Legislatura.--- H. Congreso del Estado de Guerrero.

Secretarios de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.--- México, Distrito Federal.

Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva de la LVIII Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para los efectos legales conducentes, el acuerdo parlamentario por el que la LVIII Legislatura exhorta al titular del Ejecutivo federal y al honorable Congreso de la Unión, a que se prevean los recursos necesarios y suficientes, en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, para el rescate, remodelación integral y conversión del museo del Fortín Álvarez, y estar en condiciones de ponerlo al servicio de la oferta cultural, histórica y arqueológica del municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero. Aprobado en sesión celebrada el jueves 11 de octubre del año en curso.

Atentamente
Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, jueves 11 de octubre de 2007.--- Licenciado José Luis Barroso Merlín (rúbrica), oficial mayor.»

«Escudo.--- LVIII Legislatura.--- H. Congreso del Estado de Guerrero.

La LVIII Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa, y:

Considerando

Que en sesión del 26 de septiembre de 2007, el ciudadano diputado Fermín Gerardo Alvarado Arroyo, presentó la propuesta de acuerdo parlamentario por el que la LVIII Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y al honorable Congreso de la Unión, a que se prevean los recursos necesarios y suficientes, en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, para el rescate, remodelación integral y conversión en museo del Fortín Álvarez, y estar en condiciones de ponerlo al servicio de la oferta cultural, histórica y arqueológica del municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, en los siguientes términos:

``Que Acapulco, es el principal centro turístico de Guerrero y, por ello, es la columna vertebral de nuestra economía, al contribuir con cerca del 80 por ciento de los recursos que dinamizan la entidad.

Que ante el desarrollo y avance significativo de otros centros turísticos, Acapulco ha venido resintiendo una cada vez más significativa disminución, primero, de turismo internacional y, recientemente, hasta del turismo de fin de semana.

Que paralelamente, los servicios públicos municipales de Acapulco, se han venido deteriorando de manera gradual y creciente, por lo que es urgente alentar todas aquellas alternativas, programas, estrategias y acciones, que permitan frenar el deterioro de la ciudad, reconstruir su infraestructura y relanzar al puerto, como un destino turístico de primer categoría.

Que por ello es necesario que, desde el Congreso, apoyemos contundentemente aquellos proyectos con los cuales podemos diversificar nuestra oferta turística, con atractivos que no se estacionen sólo en los conceptos de mar, sol, arena y discotecas, sino también las opciones de turismo cultural, histórico, arqueológico, deportivo y ecológico.

Que hasta hace poco, el patrimonio histórico era un tema limitado a ciertas élites, mientras que el desarrollo era sinónimo de urbanización especulativa, donde la ciudad se superponía arrasando a la preexistente, bajo la bandera del progreso.

Que, en cambio, en los últimos tiempos el abandono del modelo de estado bienestar, característico de las sociedades democráticas del siglo XX, supuso el exterminio de los valores del espíritu, circunstancia innata en el ser humano, que hace más creciente la demanda ciudadana de bienes culturales por la generalización de la educación y el aumento del tiempo libre, constituyendo el patrimonio histórico en eje vertebral de la identidad mexicana y en nuestro caso, la guerrerense, en instrumento de cohesión social, apreciándose en su extraordinaria riqueza el resultado histórico de la diversidad étnica y cultural, y como el testimonio material de un conjunto de valores espirituales.

Que el ciudadano gobernador constitucional del estado contempla dentro del plan estatal de desarrollo 2005-2011, el objetivo de ``desarrollo del arte y la cultura'', y el compromiso prioritario de ``ampliar la infraestructura cultural a través de casas de cultura, museos, bibliotecas, talleres, principalmente, en aquellas zonas que carecen de oferta cultural, y brindar mantenimiento y rehabilitación a las ya existentes en la entidad''.

Que Acapulco, además de sus reconocidos atractivos turísticos, es poseedor de un extenso patrimonio histórico cultural. Así lo consignan las más serias páginas de Internet en sus monografías, al sostener que ``para entender a la ciudad de Acapulco, hay que reconocer que hay atrás un complejo proceso histórico, según algunos investigadores, a dos mil años antes de Cristo, cuando ya había habitantes en esa ciudad y puerto. Hay vestigios de cabezas de arcilla en la ciudad perdida en el poblado de La Sabana; y hace varios años con motivo de la expropiación de Punta Diamante se localizó cerámica. En ambos casos, con una antigüedad de dos mil años antes de la era cristiana, lo que quiere decir que el puerto es antiguo, aunque modernizado a través de los tiempos''.

Que entre los vestigios históricos más trascendentes figura el Fortín Álvarez, pequeña fortaleza, localizada en el cerro de La Mira, utilizada, entre otras, para guardar pólvora; y que junto a la Casa del Vigía y la Fundición, reclaman un rescate y remodelación urgente, a efecto de convertirlo en un centro museográfico y cultural que sea detonador de un circuito que vaya desde el Fuerte de San Diego y la casa de las Máscaras; pase por la catedral de nuestra Señora de la Soledad, el Paseo del Pescador, los murales de Diego Rivera en la casa de Dolores Olmedo, la Quebrada y el Fortín Álvarez.

Que la delegada estatal del centro INAH-Guerrero, licenciada Blanca Jiménez Padilla, ha proclamado que el Fortín Álvarez representa una de las dos joyas arqueológicas de esa naturaleza que existen en el país; por lo que ha resaltado la necesidad de impulsar un esfuerzo presupuestal que nos permita rescatar nuestro patrimonio histórico, constituyéndolo, incluso, en alternativa de una detonación turística, cultural e histórica.

Que conforme a la afirmación de la secretaria de Desarrollo Social, del honorable ayuntamiento de Acapulco, Fabiola Vega Galeana, en el Presupuesto Federal 2007, se le etiquetó al municipio una bolsa de recursos de aproximadamente cinco millones de pesos, para la restauración de la ex hacienda de La Providencia , la creación del centro municipal de las artes y la restauración del Fortín Álvarez, señalando que a este último propósito se le destinarían 820 mil 500 pesos.

Que, desde luego, tal cantidad es insuficiente para alcanzar el objetivo de remodelación y rehabilitación integral del Fortín Álvarez, el Polvorín y la Casa del Vigía, por lo que es necesario exhortar a los gobiernos federal y estatal y a los diputados del Congreso de la Unión, a efecto de que, en el Presupuesto de Egresos del ejercicio 2008, se prevean los recursos presupuestales necesarios y suficientes, para tal efecto.

Por lo anteriormente expuesto y consciente de que no podemos seguir impulsando un Acapulco que sólo ofrezca sol, mar, arena y disco, sino que es urgente alentar todas las acciones y proyectos con los cuales podamos diversificar los atractivos turísticos, particularmente el turismo cultural, histórico, arqueológico, deportivo y ecológico, a partir del rescate y remodelación del Fortín Álvarez y su conversión en museo; lo propio del Polvorín, la Casa del Vigía y la de la señora Dolores Olmedo, en donde están los murales de Diego Rivera, para avanzar, así, en la consolidación de un circuito histórico y cultural, en Acapulco.

Que vertido lo anterior, en sesión del 26 de septiembre de 2007, la LVIII Legislatura al honorable Congreso del estado, aprobó por unanimidad de votos, en todos y cada uno de sus términos, la propuesta de acuerdo parlamentario presentada por el ciudadano diputado Fermín Gerardo Alvarado Arroyo.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 47, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8, fracción I, y 127, párrafo cuarto, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo número 286, este honorable Congreso del estado de Guerrero, expide el siguiente:

Acuerdo parlamentario

Artículo primero. La LVIII Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, y al honorable Congreso de la Unión, a efecto de que se prevean los recursos necesarios y suficientes, en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, para el rescate, remodelación integral y conversión en Museo del Fortín Álvarez, y estar en condiciones de ponerlo al servicio de la oferta cultural, histórica y arqueológica del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.

Artículo segundo . Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo estatal, contador público Zeferino Torreblanca Galindo, para que se prevea en la Propuesta de Presupuesto de Egresos 2008, los recursos necesarios y suficientes, para el rescate del Fortín Álvarez de la ciudad y puerto de Acapulco, Guerrero.

Artículo tercero. Se exhorta al honorable ayuntamiento de Acapulco, Guerrero, para que prevea en su Presupuesto Municipal de Egresos 2008, los recursos financieros y las obras que permitan coadyuvar con los propósitos que inspiran este acuerdo parlamentario.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo parlamentario surtirá sus efectos a partir de la fecha de su expedición.

Segundo. Comuníquese el presente acuerdo parlamentario a los titulares del Poder Ejecutivo federal y estatal, para su conocimiento y efectos legales correspondientes.

Tercero. Comuníquese el presente acuerdo parlamentario a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos presupuestales respectivos y efectos legales correspondientes.

Cuarto. Publíquese el presente acuerdo parlamentario en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; en dos diarios de circulación estatal y en la página web del honorable Congreso del estado.

Dado en el salón de sesión del honorable Poder Legislativo, a 11 de octubre de 2007.--- Diputados: Raymundo García Gutiérrez (rúbrica), presidente; Arturo Álvarez Angli, Benito García Meléndez (rúbrica), secretarios.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta Proyecto de Decreto

Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos

Único. Se reforman la fracción VIII del artículo 2o., el primer párrafo del artículo 3o. y el artículo 8o.; se adicionan las fracciones XIII y XIV del artículo 5o., y el inciso d) a la fracción III del artículo 6o.; y se derogan la fracción IX del artículo 2o. y la fracción I del artículo 6o. de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

I. a VII. ...

VIII. Ley: la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942-1964;

IX. Se deroga.

X. ...

Artículo 3o. El Fideicomiso contará con un Comité Técnico, que estará integrado por un representante de cada una de las siguientes dependencias del Poder Ejecutivo federal: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de la Función Pública. Por cada representante propietario habrá un suplente, quien deberá suplirlo en sus ausencias.

...

Artículo 5o. ...

I. a XII. ...

XIII. Ejercer y destinar con cargo al patrimonio del Fideicomiso recursos económicos que le permitan el cumplimiento de las obligaciones que le impone la presente ley; y

XIV. Promover ante las autoridades competentes las denuncias o querellas por posibles irregularidades que adviertan en la documentación que presenten los probables beneficiarios.

Artículo 6o. ...

I. Se deroga.

II. ...

III. ...

a) a c) ...

d) Social Security, derivado del contrato de trabajo del programa Bracero, durante los años 1942-1964, apostillado o que conste en documento público o certificado.

Artículo 8º. La relación de las aportaciones que realice el Fideicomiso a los beneficiarios en términos de esta ley deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación y publicitada en los medios de comunicación a cargo de los tiempos oficiales de que dispone el Estado.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Comité Técnico deberá realizar las adecuaciones necesarias a las Reglas de Operación y publicarlas en el Diario Oficial de la Federación a más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes a la publicación de este decreto.

Tercero. El Comité Técnico expedirá con cargo al patrimonio del fideicomiso una sola convocatoria, la cual deberá publicitarse a través del Diario Oficial de la Federación por un periodo de cinco días hábiles consecutivos, así como tener una amplia difusión en los medios de comunicación que determine dicho comité, incluyendo los tiempos oficiales de que dispone el Estado.

Dentro del plazo de tres meses, contados a partir del quinto día hábil de la última publicación de la convocatoria, los interesados podrán acudir a las mesas receptoras para presentar la documentación a que se refiere el artículo 6 de la ley.

Cuarto. Al finalizar el plazo establecido en el artículo tercero transitorio, el Comité Técnico integrará un registro de las personas que presentaron la documentación respectiva; asimismo, autorizará los apoyos de quienes hayan cumplido los requisitos y condiciones previstos en el artículo 6 de la ley y publicará en el Diario Oficial de la Federación la lista de beneficiarios que recibirán el apoyo social, debiendo para tal efecto observar lo dispuesto en la fracción III del artículo 5 de la ley.

Quinto. El Comité Técnico, de acuerdo con los recursos disponibles, y conforme a lo previsto en la fracción III del artículo 5o. de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, entregará el apoyo económico a las personas que tengan acreditado ante éste el cumplimiento de los requisitos establecidos en este decreto.

Sexto. Al efecto, el Comité Técnico del fideicomiso deberá presentar a la Cámara de Diputados, a través de la Comisión Especial para dar seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros, un informe trimestral sobre el avance de su gestión que permita conocer su situación financiera y determinar, en su caso, la cantidad por presupuestar para el año siguiente.

Séptimo. El fideicomiso operará hasta que se dé cumplimiento a su objeto.

Octavo. Los recursos presupuestarios destinados para el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos se aportarán conforme a lo aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda.

Noveno. Las aportaciones que a título gratuito realicen al patrimonio del fideicomiso las entidades y dependencias que así lo convengan con el propio fideicomiso podrán beneficiar, preferentemente, a los ex trabajadores migratorios de la respectiva entidad federativa, sujetándose al orden de prelación señalado en la fracción III del artículo 5o. de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

Décimo. Se deroga cualquier disposición que contravenga el presente decreto.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica), Secretaria.
Se devuelve a la honorable Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto por el inciso e), del artículo 72 constitucional.--- México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY DE AMPARO

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente
México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta Proyecto de Decreto

Por el que se reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 3 Bis. Las multas previstas en esta ley se impondrán a razón de días de salario. Para calcular su importe se tendrá como base el salario mínimo general vigente en la zona geográfica que corresponda al momento de realizarse la conducta sancionada.

El juzgador sólo aplicará las multas establecidas en esta ley a los infractores que, a su juicio, hubieren actuado de mala fe.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores, México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica), Secretaria.
Se devuelve a la honorable Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto por el inciso e), del artículo 72 constitucional.--- México, DF, a 23 de octubre de 2007.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Justicia.



TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Tiene la palabra el diputado Ismael Ordaz Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar punto de acuerdo para constituir una subcomisión plural en el seno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, integrada por legisladores de la comisión referida, y de las de Agricultura y Ganadería, de Economía, y de Desarrollo Rural, para que con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que la subcomisión considere pertinentes, analicen y propongan medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazos, que traducidas en la iniciativa de ley defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberalización del comercio agropecuario dispuesto en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

El diputado Ismael Ordaz Jiménez: Con su permiso, señor Presidente. Distinguidos colegas diputadas y diputados, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes consideraciones:

En primer término, vengo a hacer una aclaración de procedimiento parlamentario. Reservé un artículo transitorio para la Ley de Ingresos, aprobada ya por esta soberanía, con el propósito de sustituir una propuesta de este transitorio, por la creación de una subcomisión para atender, estudiar y resolver los efectos de la apertura total del TLC a partir del 1 de enero de 2008.

Existieron algunas confusiones porque no puede votarse como transitorio la creación de una subcomisión que sólo compete a esta soberanía decidirlo. Por ello, con toda propiedad, el diputado Héctor Padilla Gutiérrez retiró la propuesta ya que sería jurídicamente inaceptable.

Sin embargo, vengo a esta tribuna para que quede claro que esta subcomisión debe crearse por instrucciones del pleno y debe trabajarse de inmediato para evitar que los productores mexicanos se queden a merced de las inequidades de la apertura total del Tratado de Libre Comercio, para lo cual no estamos preparados.

Por eso vengo, a nombre del Grupo Parlamentario del PRI, a insistir que se vote la creación de la subcomisión, ya que consideramos de la mayor importancia que esta Cámara de Diputados cuente con una subcomisión que le dé especial atención a la problemática que afrontarán los productores mexicanos.

Son reiteradas las reclamaciones al respecto, de las organizaciones campesinas. Por estas razones el Grupo Parlamentario del PRI proponemos para la aprobación de este pleno el siguiente punto de acuerdo

Único ---y solicito a la Mesa que se apruebe como de urgente u obvia resolución---. Constituir una subcomisión plural en el seno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara de Diputados, integrada por legisladores de las Comisiones de Hacienda, de Agricultura, de Economía, y de Desarrollo Rural para que, con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que la comisión considere pertinentes, analicen y propongan medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazos que, traducidas en iniciativas de ley, defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberalización del comercio agropecuario, dispuesto en el TLCAN.

Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señor Presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de constituir una subcomisión plural en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con legisladores de ésta y de las Comisiones de Agricultura y Ganadería, de Economía, y de Desarrollo Rural, para que, con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que considere pertinentes, analice y proponga medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazos que, traducidas en la iniciativa de ley, defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberalización del comercio agropecuario dispuesto en el TLCAN, a cargo del diputado Ismael Ordaz Jiménez , del Grupo Parlamentario del PRI

En ejercicios anteriores se incluía en la Ley de Ingresos un artículo transitorio para establecer el control y autorización de los cupos de los productos que no habían sido liberados en relación con los términos del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), como el maíz blanco, el frijol, la leche y el azúcar.

Esta situación ha concluido. A partir del primero de enero de dos mil ocho habrá una liberalización absoluta de esos productos básicos y, por consiguiente estarán sujetas a las reglas del mercado internacional.

Nos encontramos ante una situación que requiere de toda nuestra atención. Es innegable que debemos respetar y actuar en el marco legal que establecen los acuerdos internacionales signados en nombre de nuestro país. Pero, además, debemos tomar en cuenta las disposiciones jurídicas en materia de salvaguardas, acorde con los compromisos internacionales de México, que proporcionan a nuestro gobierno mecanismos legales para imponer medidas restrictivas a las importaciones de mercancías, más allá de lo que puedan disponer tratados particulares, que en ningún caso pueden sobreponerse a la Carta Magna de la nación.

Son reiteradas las reclamaciones campesinas acerca de las probadas e insuperables asimetrías, en general en materia agropecuaria, pero en particular en cuanto a los productos que serán liberalizados totalmente a partir del primero de enero próximo. El plazo impuesto por el TLCAN se vence y no hemos visto acciones significativas del gobierno para proteger a nuestros productores de granos básicos, lo que nos obliga, como representantes populares, a defender con decisión sus intereses amenazados con el vencimiento del mencionado plazo.

En nuestro grupo parlamentario, sobre todo los representantes campesinos, creemos que hacen falta medidas puntuales, rigurosas y definidas, adecuadas a las condiciones nuevas, las que debemos adoptar para defender los derechos de nuestros productores y nuestra seguridad alimentaria.

Tienen que ser medidas que obliguen a asumir la defensa de nuestros pequeños productores en el marco de un TLCAN que, en su Capítulo Agropecuario, es injusto, abre las puertas a procedimientos de tipo dumping y se sobreponen a las reglamentaciones que rigen el comercio mundial.

Se hace necesario, hoy más que nunca, la formación de una subcomisión integrada por diputados de las Comisiones de Hacienda, de Agricultura, de Economía, de Desarrollo Rural, y con la concurrencia, cuando se requiera, de las dependencias del Ejecutivo, como Hacienda, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Economía, con el fin de dar puntual seguimiento a los efectos negativos causados por la apertura total de las fronteras de México a los cuatro productos básicos: leche, maíz, frijol y azúcar.

Es necesario cuidar el aspecto de la comercialización de todos los productos del campo y de la producción nacional, que tienen que ver con las reservas estratégicas de alimentos de nuestro país y, en su caso, establecer los mecanismos jurídicos para su seguimiento y atención.

Compañeras y compañeros diputados, solicito su decidido apoyo y solidaridad, a este asunto de la mayor importancia para el desarrollo y estabilidad de los campesinos mexicanos.

Por estas razones el grupo parlamentario del PRI solicita el acuerdo positivo de esta soberanía para constituir una subcomisión plural, en la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, integrada por legisladores de las Comisiones de Hacienda, de Agricultura, de Economía y de Desarrollo Rural, para que con la concurrencia de las dependencias del Ejecutivo que la subcomisión considere pertinentes, analicen y propongan medidas y soluciones de corto, mediano y largo plazos que, traducidas en iniciativa de ley, defiendan los intereses de los productores mexicanos en las condiciones de total liberalización del comercio agropecuario dispuesto en el TLCAN.

México, DF, 23 de octubre de 2007.--- Diputado Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Consulte la Secretaría a la asamblea si se considera de urgente resolución. Permítame, Secretaria. Sí, diputado Rutilio Escandón.

El diputado Rutilio Cruz Escandón Cárdenas (desde la curul): Pido la palabra para posicionamiento.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Vamos primero a ver si se acepta de urgente resolución. Gracias.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se considera de urgente resolución. En consecuencia, está a discusión la proposición. Se han registrado para participar los diputados Ismael Ordaz Jiménez... perdón, el diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena, del PRI; el diputado César Horacio Duarte Jáquez, del PRI; el diputado Rutilio Escándon; Juan Guerra.

Han pedido también el uso de la palabra, el diputado Javier González Garza , el diputado Juan Guerra Ochoa, el diputado Gustavo Pedro Cortés , el diputado Pablo Arreola, el diputado Ernesto Oviedo. En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Alfredo Ríos Camarena , del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena: Con su venia, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena: En primer lugar, me parece un tiempo demasiado corto tres minutos para un tema substancial que afectará la vida de millones de productores mexicanos.

Cuando aquí se planteó en el debate de la Ley de Ingresos un transitorio, por parte de los diputados del Frente Amplio, ni siquiera pudimos debatir el tema, ni siquiera tuvimos la oportunidad de decir aquí que el TLC es una mazmorra, es una cadena que se le ha impuesto a los campesinos mexicanos. Y por eso las organizaciones campesinas hemos pedido la revisión del Capítulo Agropecuario.

Los tratados de libre comercio no son otra cosa que una extensión de una política neoliberal que ha afectado a millones de seres en el mundo y que ha producido desamparo, tristeza, desesperanza, desempleo y muerte. Una política neoliberal, que se nos ha impuesto en América Latina y que, particularmente, en México nos ha hecho sufrir y romper los conceptos trascendentes y fundamentales que están establecidos en la Revolución Mexicana y en la Constitución mexicana.

Por eso interrumpo mi alocución para pedir que se lea el párrafo tercero del artículo 28 constitucional. Señor Presidente, le ruego que dé instrucciones a la Secretaría de que lo lea.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Proceda la Secretaría a dar lectura al párrafo tercero del artículo 28 constitucional.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Artículo 28, párrafo tercero: Las leyes fijarán las bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.

El diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena: Es claro que el texto constitucional implica que este país no es un país de oferta y demanda abiertos. No es la vieja mano invisible de Adam Smith ni las teorías de Friedman o de Von Hayek las que rezan en el concepto económico de nuestra Constitución. Es otra cosa.

Es una política social, es una democracia social, es un estado social de derecho, no es una economía de mercado. Ahí está el 27 constitucional que detiene y define la propiedad privada; por eso no podemos permitir que este TLC agriete y ahonde las diferencias abismales de la clase productora campesina.

Es necesario reformar el Capítulo Agropecuario de ese injusto tratado y, también, es necesario que en el Presupuesto de Egresos de la Federación, consideremos fondos suficientes para apoyar a los productores de maíz, de azúcar, de frijol, de leche, que van a ser llevados a la catástrofe en una economía que está subsidiada por fuera y que aquí se ha desmantelado por los neoliberales de los últimos cuatro sexenios presidenciales.

Se ha desmantelado al país. Se ha desmantelado la Constitución. Se ha impedido el progreso de los campesinos y ahora les pedimos ser responsables y productivos. Es necesario, señores diputados, tomar medidas urgentes para apoyar a los campesinos más pobres de este país. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Muchas gracias, diputado Ríos Camarena. Tiene la palabra el diputado Rutilio Cruz Escandón, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Rutilio Cruz Escandón Cadenas: Con su venia, señor Presidente. Compañeras y compañeros, desde hace tiempo ustedes mismos, y desde años anteriores, crearon una comisión para ver este tipo de asuntos, una comisión que está integrada pluralmente por toda esta Cámara de Diputados.

Esta comisión ha pugnado precisamente para los apoyos al campo, es la Comisión Especial para el acuerdo nacional del campo y el Tratado de Libre Comercio en el Capítulo Agropecuario.

No es posible que esta Cámara, so pretexto de apoyar al campo ---cosa que no hemos visto---, siga creando instituciones burocráticas. Hoy la propuesta es crear una subcomisión para ver este tipo de asuntos. Nosotros hemos estado insistiendo permanentemente en esta Cámara este tipo de asuntos. Y ustedes la han rechazado, y ahora solamente le quieren jugar el dedo en la boca a los campesinos de este país, diciendo que con una nueva subcomisión vamos a apoyar este tipo de asuntos.

El compañero Navarro subió ahora que discutimos la Ley de Ingresos para proponer un artículo transitorio y ni siquiera nos dignamos a discutirlo, y ahora van con la propuesta de una subcomisión.

Por qué no apoyamos mejor la que ya tenemos, por qué más gastos, por qué más pretextos, más justificaciones vacías. Y el campo sigue igual. Sin ningún apoyo. Tienen mucha razón, y mucho derecho, los campesinos de criticar. La sociedad ya está cansada.

Aquí no damos soluciones, solamente venimos a crear más instancias para justificarnos, pero yo sí les digo, compañeros, fortalezcamos la comisión especial que ya existe para estos asuntos, no que no tenemos ni siquiera un asesor, no tenemos apoyo de nada. Hemos insistido en esta Cámara que se nos apoye.

Hemos estado trabajando, hemos estado insistiendo. Es más, cuando presentamos el acuerdo de urgente u obvia resolución, que no solamente la hizo suya por unanimidad la comisión especial, sino que la hizo suya esta Cámara dos o tres veces, para que México se registrara como tercero interesado en la competencia ante la ONU, para ver que Estados Unidos no abusara de los subsidios a sus productores en materia del país. Y ni siquiera el día de hoy tenemos noticia de que México se haya registrado como tercero interesado.

Ya hay otras experiencias en el mundo en las que México no ha participado, y otros países han salido beneficiados. No es posible, compañeras y compañeros, que nos estemos justificando nada más ante la sociedad creando nuevas subcomisiones y solamente para que las cosas sigan igual.

Trabajemos las comisiones que ya tenemos, discutamos estos asuntos, démonos la oportunidad de analizarlo y de atender de esta manera estos asuntos, nos demos la oportunidad de analizarlo y de atender de esta manera estos asuntos urgentes, que con mucho derecho y mucha razón discute la sociedad mexicana, sobre todo los que están más afectados por este tipo de acuerdos que en nada han beneficiado a México. Muchas gracias.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Escandón.

El diputado José Rubén Escajeda Jiménez (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Sí, diputado Escajeda, ¿con qué objeto?

El diputado José Rubén Escajeda Jiménez (desde la curul): Sobre el mismo tema, señor Presidente. Para abonar a lo que el compañero presidente de la comisión especial ha dicho. Yo creo que es un asunto, más que de otra cosa, es un asunto de voluntad política.

Es un asunto...

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Diputado, ¿quiere usted inscribirse para participar? Con todo gusto lo hacemos.

El diputado José Rubén Escajeda Jiménez (desde la curul): Sí, señor.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias. Esta Presidencia informa de la visita de alumnas y de alumnos del colegio particular Profesora Enedina Lozano Olvera, del municipio de Tepeapulco, Hidalgo. También de estudiantes de la Universidad Latina, de la delegación Coyoacán, y de la Universidad Mexicana. Les damos la más cordial bienvenida.

Tiene el uso de la palabra el diputado César Horacio Duarte Jáquez , del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez: Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez: Yo agradezco esta extraordinaria oportunidad después de una serie de dificultades en el trámite legislativo, que el jueves originó precisamente este asunto: haber interrumpido la votación final de la Ley de Ingresos y haber determinado continuarlo el martes y, finalmente, hasta hoy podemos discutir un asunto de verdadera importancia para esta soberanía.

El tema de un transitorio es, de alguna forma, seguir complaciendo un mecanismo que ha servido a intereses no claros y que no ha permitido realmente que el Estado mexicano plantee una política de fondo respecto al Tratado de Libre Comercio.

No podemos seguirle dando vueltas al asunto. Aquí el diputado Ismael Ordaz ha planteado un mecanismo en el que, sentados con el Ejecutivo, podamos discutir la realidad de este tema.

Y este tema va más allá de tener o no un transitorio, en el que finalmente las fronteras han estado abiertas siempre para el contrabando y son las que han quebrado a los productores nacionales. Es un asunto de voluntad, de fondo.

Hay un Acuerdo Nacional para el Campo firmado que no se cumple. No requeriríamos un transitorio para ello si hubiera voluntad del Ejecutivo para verdaderamente resolver el tema.

El transitorio cuando lo conocimos, históricamente como el sexto, el décimo y ahora el tercero en la Ley de Ingresos, yo lo descifro cuando, como todos, me preguntaba qué hace una reglamentación de importaciones y exportaciones en la Ley de Ingresos ahí perdido entre si es ley o es mandato.

Y siempre lo califiqué ---y lo digo con la mayor claridad--- como que era un acuerdo de bandidos. Era un acuerdo de bandidos porque no había transparencia en el manejo de esos cupos, y sobre todo, el mandato en cómo se transparentaba y hasta de ahí mismo se le daban los recursos a Liconsa para el manejo, por ejemplo, en el tema de la leche.

Si bien el 1 de enero entraremos de lleno al tratado en cuatro importantísimos productos, debemos reconocer que en maíz blanco somos superavitarios. Debemos reconocer que en frijol producimos la suficiencia para el mercado nacional. Debemos reconocer que somos los mayores importadores del mundo en leche. Pero, ¿qué hacíamos con ese transitorio? Meterle candados a los productores y con recursos fiscales ponerle el pie en el cuello a los productores de leche del sector social del país.

Eso es precisamente lo que tenemos que combatir. Eso es precisamente en lo que tenemos que hablar con claridad. Si bien aquí el diputado Ríos Camarena ha dado hasta petición de lectura del artículo constitucional que plantea con claridad cuál es la conducción y la orientación que debe dar el Estado en este tema, también es una realidad que es un asunto ideológico.

Es un asunto de visión que no tendremos nunca en una visión absolutamente neoliberal, no tendremos nunca la voluntad política de ello. Pero tenemos que pedirle respetuosamente al Senado de la República, que es el facultado constitucionalmente para el tema de tratados, revisar el Tratado de Libre Comercio, plantearnos de fondo un esquema en el que no estemos simple y sencillamente transitando eventualmente en un transitorio para resolver un problema que ya nos llega y que en diez años no hemos resuelto, desde que entró en función el Tratado de Libre Comercio.

No podemos culparnos ni podemos ser parte tampoco de venir a avalar una posición política del gobierno en la que pretende seguir dando honduras a un problema de fondo del sector social del país. Por eso invitamos a que nos sentemos en la mesa con el gobierno y de una vez por todas definamos en la revisión del acuerdo nacional para el campo, en la revisión de los compromisos establecidos de la firma más alta en ese momento de la Presidencia de la República --concluyo Presidente-- para determinar finalmente qué es lo que tenemos que hacer como país para proteger a los productores del sector social. Es cuanto, Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Muchas gracias, diputado Duarte.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta del registro de diputadas y de diputados.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 418 diputadas y diputados. Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias. Diputada Adriana Díaz, ¿con qué objeto?

La diputada Adriana Díaz Contreras (desde la curul): Hace un momento, cuando el diputado Duarte estaba tomando la palabra, solicité a usted la palabra para hacerle una pregunta. No sé, ya terminó su intervención y no sé si tendría inconveniente en que le hiciera una pregunta.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Discúlpeme, diputada. No me percaté de su solicitud y el orador ya concluyó su intervención. Disculpe usted.

Esta Presidencia va a dar a conocer el registro de los participantes: el diputado Javier González Garza , del PRD; el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés , de Alternativa; el diputado Juan Guerra Ochoa, del PRD; el diputado Pablo Arreola Ortega, del PT; el diputado Ernesto Oviedo Oviedo , del PAN; el diputado José Rubén Escajeda Jiménez , del PRI; y el diputado Carlos Ernesto Navarro López .

Al final de este último participante preguntaremos si está suficientemente discutido...

El diputado Juan José Rodríguez Prats (desde la curul): Señor Presidente, Juan José Rodríguez Prats , si me anota, por favor.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Correcto. Al final de la participación del diputado Rodríguez Prats preguntaré si está suficientemente discutido.



TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Tiene el uso de la palabra el diputado Javier González Garza.

El diputado Javier González Garza: Gracias, señor Presidente. Compañeras, compañeros, en este tema efectivamente ha habido una discusión muy importante, pero no queremos que se quede en eufemismos y en discusiones aquí.

El diputado Duarte acaba de decir que se discuta la revisión del Tratado de Libre Comercio en el Senado, que es donde compete. El único problema es que en el Senado sus senadores votan en contra y entonces el problema no tiene salida.

Tenemos un problema gravísimo con la especulación. Estamos en contra de la especulación y el transitorio tenía que ver exclusivamente con eso, con que el gobierno federal tome en sus manos la responsabilidad que tiene legalmente para evitar la especulación. Y que sea una comisión intersecretarial la que diga en qué momento se pueden importar alimentos, y en qué momento se pueden exportar, porque son las dos cosas.

Y lo que nosotros cifrábamos es, en ese transitorio, un asunto trascendental. El problema primero de la soberanía nacional y de la soberanía alimentaria. Ése era nuestro punto y no un negocio, no un negocio de gente que importa o gente que exporta, sino qué nos va a pasar cuando de pronto se exporte nuestra producción y tengamos un problema de desabasto. Ése era el primer punto.

El segundo era, efectivamente en los productores, ¿qué pasa cuando de pronto se abren las fronteras y nuestros productores quedan en desventaja? Eso es exactamente lo que queremos. Nos están proponiendo una comisión de aquí, una comisión de legisladores.

El único problema ---como ya lo dijo Escandón--- es que esa comisión, si no hay voluntad, no va a ninguna parte. Y entonces podemos tener las comisiones de investigación y las comisiones que quieran y no se resuelve el problema, pero éste es un problema fundamental, porque es un problema de soberanía alimentaria, cuando tenemos en el mundo hoy un problema grave.

Resulta que nosotros, si no tomamos medidas, podemos quedar al vaivén de los especuladores mundiales y entonces el problema es si se quiere hacer ---porque perdimos la votación--- si se quiere hacer a través de una comisión de acá. Reforcemos las comisiones que tenemos, punto uno. Y punto dos, démosle dientes para ver cómo lo vamos a hacer.

No estamos en contra de la propuesta, de lo que estamos en contra es de la demagogia. Ése es el problema, porque aquí podemos estar diciendo muchas cosas, pero luego resulta que no hay un solo resultado. Y esa es la bronca, si no va a haber demagogia, si hay voluntad para entrarle a este asunto en una comisión que tenga dientes, para poder asegurar el asunto alimentario del país, estaremos de acuerdo. Muchas gracias.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Muchas gracias.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez (desde la curul): Presidente, para alusiones.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Tiene el uso de la palabra el diputado Duarte, por alusiones.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez: No hay demagogia más grande que cambiarse de camiseta, señor diputado. Hay que ser conscientes y yo acepto perfectamente la posición, coincido con la del señor coordinador del PRD. Creo, y además estoy convencido de que el tiempo nos alcanzó, que es un tema que no hemos resuelto y que tuvimos 10 años para resolverlo, sin duda.

Ningún esfuerzo sale sobrando, todos serán útiles. Ningún tema será demasiado para resolver un problema tan grave. Pero al asunto, insisto, debemos darle el tamaño que tiene.

Debemos darle el tamaño que tiene porque si bien hubo, incluso, una firma en el Acuerdo Nacional para el Campo, en la que el presidente de la república en ese momento se comprometía a establecer las reservas alimentarias del país, y no se ha cumplido. Entonces ¿cómo vamos a poder establecer la voluntad del gobierno de otra forma si no ha sido con la misma firma del presidente para resolver el tema?

El tema es, insisto, en que tenemos nosotros la capacidad de plantearnos soluciones, de revisarlo.

Hablé de facultades, por eso, por eso registré el tema del Senado. Hablé de posiciones, por eso estamos planteándola precisamente aquí.

Pero si no le damos el tamaño a la solución del problema seguiremos con transitorios transitando ---valga la redundancia---, pero finalmente las fronteras, insisto como habitante de la zona norte, y aquí hay productores que me acompañaron ---o que los acompañé, mejor dicho--- a las fronteras a detener los camiones de contrabando, de productos de desecho, de productos importados con toda la facilidad de las autoridades mexicanas, históricamente, no de ahora, y que eso finalmente si bien está fuera de la ley, es una práctica que ha mantenido quebrados a los productores nacionales.

Hay que poner orden, hay que poner rigidez, pero hay que revisar el Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio, y establecer ---lejos de dividirnos--- una estrategia conjunta que nos permita resolver el problema de fondo. Es cuanto.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Duarte. Tiene el uso de la palabra el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez (desde la curul): Presidente, pedí hacer uso de la palabra.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Sí, diputado. Está usted anotado para hechos. Hechos va al final de los participantes, de los oradores. Tiene el uso de la palabra el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés.

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: Compañeras diputadas y compañeros diputados, con el permiso de la Presidencia. En el discurso coincidimos con los planteamientos que los compañeros del PRI han hecho, particularmente los diputados de la CNC.

El problema es que a la hora de tomar decisiones su voto es en sentido contrario. Ése es el gran problema. En la reciente reunión que se realizó en este Palacio Legislativo se planteó el tema que hoy nos ocupa y nosotros sí esperábamos que el PRI, con ese compromiso que se hizo, de los diputados que ahí estuvieron, se concretara en medidas que garanticen la soberanía nacional.

El tema que hoy nos ocupa tiene implicaciones con la soberanía nacional, tiene implicaciones con la justicia social, que al campo no ha llegado, y tiene que ver con la tranquilidad social.

Quisiéramos que los compañeros, particularmente del PAN ---porque espero que el PRI reflexione sobre esta parte--- nos expliquen cómo a partir del 1 de enero, cómo le van a hacer la inmensa mayoría de campesinos del sector social para competir con los productores de otros países, particularmente de Estados Unidos. Ése es el problema, compañeros.

Hay productores en este país que sí pueden exportar, pero el sector social no tiene condiciones para enfrentar este Tratado de Libre Comercio. Ése es el problema, compañeros.

Los datos que han dado del Banco Mundial mismo establecen que es en ese sector, en el sector social, de donde salen el mayor número de migrantes. Es aquí donde se concentra la pobreza. No es posible entonces que nosotros, que los diputados ahora seamos insensibles a esta realidad.

Quiero recordarles que si a los productores no les damos salida, tampoco pensemos que se van a quedar cruzados de brazos. Si queremos tranquilidad en este país necesitamos encontrar las medidas que permitan que la justicia tan anhelada, y tantas veces repetida en esta Cámara, llegue al campo. Ése es el problema, compañeros.

La apertura del Tratado de Libre Comercio va a acabar con los productores, particularmente del sector social de leche, con los productores de maíz y con los productores de frijol.

Invito a los compañeros del PRI a que, no sé si en el PAN haya receptividad en ese sentido, a que avancemos en esta propuesta que se ha hecho, de revisar el Tratado de Libre Comercio, que ha sido una demanda reiterada de las organizaciones campesinas, incluso de la CNC. Muchas gracias.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Muchas gracias, diputado Pedro Cortés. Esta Presidencia informa de la visita de alumnas y alumnos de la preparatoria federal Basilio Cantabrana, de alumnas y alumnos de la preparatoria oficial número 82, José Revueltas. Les damos una cordial bienvenida. Tiene el uso de la palabra el diputado Juan Guerra Ochoa, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa: Yo sí quiero preguntarle sinceramente al PRI y al PAN qué tan en serio se toman este tema. Qué tanto realmente les interesa, para saber si vale la pena empujar o mejor digamos claramente, que no tiene caso.

Lo digo por hechos. Voy a empezar con hechos. ¿Cómo es que se disparó el precio de la tortilla? Más o menos ocurrió hace un año en una situación similar a la de ahora. Hay una reserva, un excedente de la producción, por ejemplo, de la cosecha de Sinaloa. Ahorita habrá de maíz de 500 mil, 600 mil toneladas, y vino una presión, ya estaba el asunto del bioenergético y vino una presión para exportar en Sudáfrica. Ahorita ya hay una demanda de Sudáfrica. Y dijeron: ¡Ah!, hay un excedente. El excedente no es porque no tengamos déficit, es un excedente coyuntural porque no te lo puedes comer ahorita, lo tienes que administrar.

Pero entonces viene ese excedente coyuntural. Le dice: Mandémoslo a Sudáfrica y luego, para noviembre, ya está el asunto que la cosecha no era lo que se esperaba y están presionando los precios internacionales y se nos dispara el precio de la tortilla. Esto ahorita puede ocurrir.

El problema no es sólo ya a Estados Unidos y Canadá, el problema es cuál es la comercialización que va a tener este país con el mundo. Pongo ese caso.

Voy a ponerles otro. En este momento no baja el frijol, aquí en el DF, de 14, 15 pesos. Sin embargo, hay productores en Zacatecas que lo más que lo pueden vender es a 3.50 o 4 pesos, no tienen precio. Y ahí están con el producto y ya viene la próxima cosecha y no saben qué hacer, no saben si Agricultura va a implantar un programa o qué va a haber.

Y somos autosuficientes en frijol y nos sale más caro el de afuera. Esta situación la estamos teniendo, pero también coloco un hecho que está ocurriendo aquí en la Cámara, ahorita se va a dar primera lectura a una Ley de Bionergéticos. ¿Es ésa la solución en una política alimentaria de este país?

Se va a discutir el presupuesto. Se demandan muchos apoyos y no se nos dice una idea de cómo resolver los problemas de alimentos en este país, que beneficie a los consumidores y que también beneficie a los productores. Esa política no la veo, no la veo en el gobierno federal; no la veo en esta Cámara de Diputados y perdónenme, tampoco la veo en las organizaciones.

Es más, la discusión del PEF es una demanda clientelar, a ver quién jala más recursos, sin decirnos cómo nos van a resolver el problema de los alimentos, del maíz no sólo humano sino también el pecuario, que es el que presiona sobre el humano. De cómo se va a resolver el problema del frijol y cómo se van a resolver otros productos.

Por eso pregunto: ¿esta discusión es en serio para tener una política nacional alimentaria como la tienen los europeos, como la tiene Estados Unidos, que la está discutiendo en este momento o es salirle al paso demagógicamente a algo? Es discutir no solo en beneficio del productor sino de este país, de cómo enfrente su situación.

Nos dijeron y lo quiero señalar, nos dijeron hace tiempo que el mercado iba a planear y resolver los problemas de alimento por nosotros. En ninguna parte del mundo es así, el mercado no planea ni resuelve, el mercado, les quiero decir el hecho más dramático que hay, el mercado lo que ha arrojado en estos años de TLC, este dado les va a interesar.

El mercado ¿qué hizo ahorita con el verdadero campesino? El verdadero campesino al que conocimos hace 10, 15 años en la parcela, perdónenme, ahorita el promedio de edad ---y los datos los tienen aquí los centros--- es de 60 años. Ya no hay próxima generación de campesinos en este país. Ya no hay joven que quiera decir: voy a trabajar mi pequeña parcela. Porque eso lo ven como una maldición.

Ha entrado una nueva estructura social en el campo, pequeño, mediano empresario que arrienda las tierras a este campesino, y con eso vamos a tener que partir, lo quiero decir. Ésa es la estructura actual.

Por eso les quiero señalar que hay manera de resolver los problemas en beneficio de la población. Hay manera de resolverlos en beneficio de los productores, lo hacen otros países. ¿Es en serio la discusión o es coyuntural o es demagógica? La pregunta vale la pena.

Si es en serio, hagamos esa comisión, pero que tomen desde ahora medidas para ver que no nos vayan a salir con que se fue la producción a Sudáfrica y que luego no supimos que hubo escasez. Que realmente pueda intervenir, que nos prepare una política bajo el concepto que tiene el mundo: o de soberanía alimentaria o de seguridad alimentaria, que se haga cargo del productor, pero también del consumidor. Ése es el asunto. Gracias.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Guerra Ochoa. Tiene la palabra el diputado Pablo Arreola Ortega, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega: Con su permiso, Presidente. El asunto que estamos discutiendo en estos momentos es de suma importancia para nuestro país. No es un asunto menor. Estamos hablando de que están en juego los recursos económicos, los ingresos de muchísimas familias en el campo, que se dedican todavía a la producción de granos básicos en nuestro país.

El tercero transitorio es insuficiente. El problema real, el fondo de este asunto está en una revisión exhaustiva, en una modificación del Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio.

Y quién tiene las facultades constitucionales, legales para hacerlo. En primera instancia las tiene el Ejecutivo. El artículo 89 de nuestra Constitución, fracción X, habla de que el presidente de la república tiene la facultad de firmar los tratados internacionales, entre ellos, los tratados de comercio. Pero también tiene la facultad de modificar, de derogar, de hacer observaciones a los tratados internacionales, entre ellos, los de comercio.

Y también el Senado tiene la facultad de ratificar dichos tratados. Si realmente queremos entrar a fondo a resolver este asunto, tenemos que revisarlo desde su perspectiva, desde que se firma el Tratado de Libre Comercio, en 94.

Hubo un compromiso del gobierno federal de apoyar con programas de reconversión productiva a todos los productores del campo, especialmente a los productores de frijol, de maíz, a los productores de leche.

Se nos viene un problema muy grave. Hace pocos días supimos del incremento del precio de la leche a nivel internacional y ahora en el presupuesto vamos a tener que revisar el asunto de la distribución de leche a muchas familias a las que se les entrega a través del programa de Liconsa.

Esa cuestión se las hacíamos ver desde el tiempo que revisamos el problema del subsidio a la leche y de implementar un programa efectivo de apoyo a los productores. Y esto no se ha hecho.

Por eso nosotros consideramos, en el Partido del Trabajo, que lo primero que se tiene que hacer es un exhorto al presidente para que intervenga de manera decidida en la revisión del Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio. Y al Senado también, para que participe en esta revisión.

Nosotros mismos tenemos ya comisiones ex profeso para la revisión de estas situaciones. Hay que aprovecharlas. A mí no se me hace conveniente que a través de una subcomisión integrada por otros elementos de otras comisiones se revise eso junto con el Ejecutivo. Hay manera de hacerlo. Lo que se requiere es voluntad política, si no, a partir del 1 de enero vamos a ver las consecuencias.

Ya hay denuncias de las organizaciones campesinas, de los productores en el campo, de que si no hay una solución a este problema se van a cerrar carreteras internacionales, se van a cerrar los puertos nacionales, porque el problema no nada más es la importación; también es el contrabando indiscriminado que hay de estos productos.

Pero nosotros decimos, el Partido del Trabajo, una revisión a fondo del Tratado de Libre Comercio en el Capítulo Agropecuario. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Arreola. Tiene el uso de la palabra el diputado Ernesto Oviedo Oviedo, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Ernesto Oviedo Oviedo: Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado Ernesto Oviedo Oviedo: He escuchado con mucha atención los comentarios que se han dado en esta tribuna. Estamos conscientes de las necesidades que existen en nuestro país. Sabemos el problema del campo, pero éste no se va a solucionar con una subcomisión. Ésas no son las formas. Esto, el crear más comisiones no nos va a llevar a ningún lado. Si de por sí las comisiones no trabajan. ¿Creen ustedes que las subcomisiones...? Primero, no tienen ellos el soporte para poder resolver el problema del que estamos hablando, que es muy importante.

Sabemos que el problema en el campo no es de dar migajas, sino buscar el cómo poder ayudar a toda esta gente, que son los productores. Porque sabemos que hay dos tipos de personas que viven en el campo: unos de ellos que ya se han arraigado por muchos años, pero hay otros que son productores. Tenemos que apostarle a la productividad.

Estamos conscientes de que estamos dentro de un mundo globalizado que nos obliga cada día a ser competitivos, pero, ¿de qué manera lo podemos hacer? Sabemos que el gobierno federal, en este caso el Ejecutivo, tendrá que hacer su trabajo, pero tendremos que trabajar de la mano. Debe haber reglas de operación, pero reglas de operación que faciliten a los productores que lleguen en tiempo y forma los recursos.

Sabemos que en el caso de Estados Unidos se ha peleado mucho, por cierto, por los subsidios que se dan a los productores. En el caso de México no existen, pero tenemos que buscar y unirnos de la mano para lograr dicho objetivo. También quiero decirles, compañeros, que esto ya se viene trabajando desde hace muchos años, pero nada más de palabra, y eso es grave.

Si realmente nos interesa esto me gustaría que nos pongamos a trabajar a la de ya. Poder escuchar las propuestas de cada uno de ustedes para lograr tal objetivo, porque sabemos que el campo, o en este caso, las personas que viven en el campo, que son los productores y que muchos de ellos, los productos hasta esta fecha hay muchos de ellos que no han tenido los resultados esperados. Eso lo sabemos.

Pero, ¿qué es lo que pasa si queremos realmente trabajar sobre lo de las importaciones, sobre las exportaciones? Lo primero que tenemos que hacer es: los partidos políticos a un lado y trabajar por un solo México, que es el que nos une a todos.

Yo sí les pediría, compañeros, de la manera más atenta a todos los grupos parlamentarios, que nos pongamos a trabajar, pero que lo hagamos con seriedad y no tratando de aprovechar única y exclusivamente esto para los grupos, porque México no es un grupo. México es un país. Un país que requiere de cada uno de nosotros, que demostremos que al estar aquí en la Cámara requerimos de esa gran responsabilidad para luchar y sacar adelante a los productores. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Muchas gracias, diputado Oviedo. Tiene el uso de la palabra el diputado José Rubén Escajeda Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado José Rubén Escajeda Jiménez: Con su permiso, señor Presidente. He subido a esta tribuna a fin de opinar en un tan importante tema.

Se ha hablado aquí, por parte de todos los partidos de voluntad política, se ha dicho que es un tema común que nos junta a todos, pero compañeros diputados, es hora de tomar decisiones y hacer cosas que demuestren lo que aquí se dice.

En el punto de acuerdo, en la propuesta que aquí se ha hecho por parte de mi partido, subo para decir que estoy de acuerdo porque, si bien es cierto, la subcomisión que aquí se plantea no es la panacea que resuelva todo, es un paso muy importante en la solución de este grave problema.

Soy parte de la comisión que tiene que ver con el seguimiento al Tratado de Libre Comercio y por ello, interesado en que esta comisión juegue el papel protagonista para el que fue creada, vengo a proponer que la propuesta que hizo el compañero diputado Ordaz, en donde dice que se integren las comisiones que tienen que ver: la Comisión de Agricultura, de Economía y de Desarrollo Rural.

Por supuesto que la solución al debate que aquí se ha dado puede ser que la comisión que encabeza el compañero Rutilio Escandón, por supuesto, forme parte de esta subcomisión en un rol importante que encabece y resuelva los problemas que aquí se han planteado.

Entonces, mi planteamiento concreto es que la comisión que ya existe sea parte de esta subcomisión, pero que además, como aquí se ha mencionado, necesitamos la voluntad política de todos.

Aquí está representado el partido al cual pertenece el titular del Ejecutivo. Necesitamos acciones, necesitamos presupuesto, necesitamos medidas que de veras resuelvan el problema, y esas medidas se pueden tomar en esta Cámara de Diputados. Es necesario hacer lo que nos toca a cada quien, pero en los hechos, no con palabras.

Yo creo que esta subcomisión que se ha planteado, por el hecho de que podrá tener la operatividad al seno de la Comisión de Hacienda, por el hecho de que estarán representadas todas las comisiones unidas para el campo y por supuesto ---subrayo--- la comisión que encabeza el diputado Rutilio Escandón, podrá jugar esta subcomisión un rol importante que de veras resuelva cosas en este tema coyuntural que a todos nos preocupa. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Escajeda Jiménez. Tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Ernesto Navarro López, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Carlos Ernesto Navarro López: Con su permiso, Presidente. Solicito que se lea el artículo 131 constitucional, en su segundo párrafo, para de ahí hacer la intervención.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Con todo gusto. Léase el segundo párrafo del artículo 131 constitucional.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Artículo 131. El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación expedidas por el propio Congreso y para crear otras, así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país. El propio Ejecutivo, al enviar al Congreso el Presupuesto Fiscal de cada año, someterá a su aprobación el uso que hubiese hecho de la facultad concedida.

Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, Secretaria.

El diputado Carlos Ernesto Navarro López: Justamente en atención al mandato constitucional del artículo 131 hemos estado insistiendo en que requerimos discutir a fondo el problema de la soberanía alimentaria del país, de la formación de una reserva estratégica de alimentos.

Yo creo que la discusión que hoy se está presentando era importante, incluso que se hubiera dado, para la aprobación o el rechazo del artículo tercero transitorio que propusimos, porque sin ninguna argumentación las bancadas básicamente del PRI y del PAN la rechazaron, sin hacer ninguna propuesta que no fuera una subcomisión que en el pleno pasado se presentó aquí. Yo no entendí por qué la presentan y luego la retiran en ese momento, y ahora se vuelve a presentar.

La verdad no estamos en contra de que se puedan armar una, o dos, o varias subcomisiones, pero hoy creo que el fondo no es ese tipo de mecanismos, más cuando tenemos muchos acuerdos incumplidos en esta Cámara de Diputados.

Yo voy a leer el punto de acuerdo en su parte resolutiva, que acordamos el 15 de febrero de este año, a raíz de la crisis de la tortilla, a raíz del problema que estábamos discutiendo con el acaparamiento y la especulación del maíz.

Porque ciertamente, diputado Duarte, tenemos suficiente producción de maíz. Pero lo acapararon, lo embodegaron y especularon tres empresas, entre ellas Maseca. Y la PGR, a pesar del exhorto de la Cámara de Diputados, no hizo ninguna investigación y así continuamos con la especulación, con la impunidad en este país.

El punto de acuerdo dice: ``Se acuerda que se establezca una mesa de análisis y discusión de las propuestas de renegociación del Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte integrada por legisladores, Sagarpa, productores y expertos en el tema''.

Es decir, que acordemos trabajar esa mesa de análisis y después discutiéramos con Estados Unidos y Canadá. Esto se aprobó por unanimidad en este pleno.

Al señor secretario de Agricultura le entregamos la resolución del pleno. Lo invitamos a que el Ejecutivo federal, por su conducto, se sentara con legisladores de todos los partidos, con expertos en el tema y sobre todo con los productores, que nosotros decimos serán afectados y el señor secretario dice que serán beneficiados.

Le dijimos: pues sentémonos en una mesa ---como dice la Cámara--- para analizar ese Capítulo Agropecuario, y a la mejor nos convence que va a beneficiar a los productores, o a la mejor lo convencemos de que se tiene que revisar, que se tiene que analizar por los mexicanos, para que después podamos analizarlo con los legisladores de los otros países. Y eso sería lógicamente también la intervención del Senado en nuestro país.

Yo tengo una propuesta, que la someto también a consideración, sumándome al reclamo del diputado Rutilio Escandón, que encabeza esa Comisión Especial de Seguimiento al Acuerdo Nacional para el Campo y el Tratado de Libre Comercio. La propuesta es la siguiente, compañeros:

Propongo que la Cámara de Diputados resuelva que se apruebe el apoyo pleno a la Comisión Especial de Seguimiento al Acuerdo Nacional para el Campo y el Tratado de Libre Comercio, para dotarla de todo lo necesario para su funcionamiento y actuación en el proceso de revisión y discusión del Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio, como se acordó por unanimidad de la Cámara de Diputados el pasado 15 de febrero de 2007.

Ésta es la propuesta que les hago. Lógicamente, si acordamos fortalecer esta comisión, no riñe con que se puedan sumar diputados de la Comisión de Hacienda, de la Comisión de Agricultura, de Desarrollo Rural, sumarse a los trabajos de la comisión especial que tenemos que fortalecer. Ésa es la propuesta y la entrego a la Presidencia.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado.

Esta Presidencia informa de la visita de un grupo de ciudadanos del municipio de León, Guanajuato. Sean ustedes bienvenidos.

Tiene el uso de la tribuna el diputado Juan José Rodríguez Prats , del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Juan José Rodríguez Prats: Con su permiso, señor Presidente. Solicité la palabra para rectificar hechos porque me parecen muy graves una serie de afirmaciones que se han hecho en esta tribuna.

En primer lugar, la naturaleza jurídica de la Ley de Ingresos. ¿Correspondía a un tercero transitorio el crear esta Comisión? La Ley de Ingresos, lo dice Felipe Tena, lo dicen muchos juristas, es una ley muy especial; prácticamente no es una ley. Equivale a un transitorio para que entre en vigencia toda la legislación fiscal que tiene como periodicidad un año.

La Ley de Ingresos... hay otros autores que dicen que es una estimación, porque su artículo primero es un catálogo de lo que tiene que estimarse para percibir como ingreso, para posteriormente aprobar un presupuesto.

Por tanto, cuando se hablaba de que la Ley de Ingresos no debería contener una serie de disposiciones que están estimadas para el año próximo, nosotros sostenemos que la Ley de Ingresos tiene una naturaleza jurídica muy especial y que precisamente lo que constituye es una estimación, es una apreciación de lo que se puede recaudar en el siguiente año.

En segundo lugar, aquí se ha discutido mucho la política agropecuaria. Nada más complejo que la política agropecuaria, por lo casuístico, y definitivamente tenemos que irnos al detalle y a lo que sucede en cada producto.

Efectivamente, hay productos afectados con el Tratado de Libre Comercio, pero también hay que ver lo que en Estados Unidos se consume en limón, en melón, en sandía, en aguacate, en frutales de lo que se produce en México y que ha sido un sector muy beneficiado el campo.

Yo creo que cualquier análisis de la política agropecuaria tiene que partir de un hecho: hay 5 millones de población económicamente activa en el campo; 250 mil corresponden a una agricultura, a un sector agropecuario competitivo que hace negocio; 750 mil están en transición; un millón de jornaleros y tres millones de pequeños productores de lo que son minifundistas, y tiene razón el diputado que aquí afirmó que tienen una edad de más de 60 años. Éstos son hechos que tenemos que considerar en cualquier diseño de política agropecuaria.

Me parece que hay una contradicción entre los discursos que aquí se han pronunciado, inclusive de un mismo partido. Hablar de demagogia y hablar de soberanía alimentaria me parece que es lo mismo.

Soberanía alimentaria. Desde 1965 México está importando y exportando productos agropecuarios. Debemos hablar de un concepto diferente: seguridad alimentaria. Eso sí que nos lleva definitivamente a diseñar, junto con el Ejecutivo, y yo creo que ya hay una gran experiencia... Sí, señor diputado.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: ¿Sí, diputado Santiago?

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (desde la curul): Presidente, por su conducto quisiera preguntarle al orador si me permite una pregunta.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Señor diputado, ¿acepta una pregunta del diputado?

El diputado Juan José Rodríguez Prats: Con muchísimo gusto.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (desde la curul): Qué opinión le merece, señor diputado, el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentableque establece, efectivamente, define el tema de la soberanía y de la seguridad alimentaria.

El diputado Juan José Rodríguez Prats: Con su permiso, señor Presidente. Voy a contestarlo y si usted me permite, concluiría yo mi discurso después de responder a la pregunta.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, señor diputado.

El diputado Juan José Rodríguez Prats: Yo discutí mucho la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Inclusive recuerden ustedes que hubo un veto y me opuse a ese concepto: seguridad alimentaria, sí. Soberanía es un concepto acuñado por el pensamiento absolutista del siglo XVI, su origen es de Juan Bodino, que ha sido trasladada a la política agropecuaria.

Soberanía, quiere decir ``poder supremo'' (super omnia). No tiene nada que hacer en la política agropecuaria. Seguridad alimentaria, sí. Tenemos que garantizar los cupos, las importaciones desde hace muchos años. Desde 1965 dejamos de ser autosuficientes en maíz y tenemos que importar muchísimos otros productores en carne. Ya entramos en una dependencia globalizada ---como aquí se ha dicho--- y definitivamente ya la política agropecuaria no puede ser encajonada en conceptos totalmente erróneos, que no corresponden a la política agropecuaria. Por eso sostengo que no es correcto el término soberanía agropecuaria o alimentaria, sino seguridad alimentaria.

Por otra parte, se habla de la receptibilidad del PAN. El PAN está dispuesto a discutir en esta comisión, en las subcomisiones que se creen y junto con el Ejecutivo, una política agropecuaria que ha venido acuñándose desde hace muchos sexenios, y que me parece que responde a las expectativas y a lo que se le ha asignado al presupuesto. Yo creo que el Partido Acción Nacional ha sostenido una serie de tesis...

Estoy respondiendo, no sean tan impacientes. Estoy respondiendo. Yo creo que el Partido Acción Nacional ha presentado una serie de tesis en la política agropecuaria que me parecen vigentes, y cuidado, señores ---y con esto concluyo--- hay voces allá, en Estados Unidos, que están pidiendo, en Canadá, que están pidiendo la revisión del Tratado de Libre Comercio. Cuidado y no vayamos a salir más perjudicados de los beneficios que creíamos suponer. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Rodríguez Prats. Para rectificación de hechos, tiene el uso de la tribuna el diputado José Manuel Minjares Jiménez, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez: Gracias, diputado Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez: Me inscribí para rectificación de hechos al escuchar las palabras del diputado Javier González Garza, consideradas hace unos momentos, en esta misma tribuna.

Y respecto a la demagogia y otros conceptos que vertía, y entendiendo la preocupación fundamental de todos los grupos parlamentarios aquí representados, en este tema agropecuario que a todos nos duele y a todos nos preocupa.

El artículo transitorio que nos proponía el diputado...

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Permítame el orador. Diputado Pedro Cortés, ¿con qué objeto?

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (desde la curul): Para apuntarme después del orador.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado Minjares.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez: Decía yo, honorable asamblea, que respecto de la propuesta que teníamos en la mesa el pasado jueves, del artículo transitorio propuesto por el grupo del Partido de la Revolución Democrática, ahí se nos hablaba, obviamente, otra vez del concepto soberanía alimentaria, de una serie de consideraciones adicionales.

Y proponía, finalmente ---palabras más, palabras menos--- que en el caso de importaciones, solamente se autorizaran aquellas cuando hubiere en un producto determinado, un comprobado faltante de abasto nacional.

Y asimismo, nos decían que en el caso de las exportaciones no se permitiera ninguna exportación de producto a menos de que estuviese comprobado una sobreoferta en el mercado nacional y simple y sencillamente parecería que, si queremos proteger a los campesinos, si queremos proteger a los productores nacionales y a los consumidores que son mayoría en este país, parecería que hay objetivos encontrados.

Y me explico. En el caso de las importaciones tuvimos el problema en enero de este año, del incremento importante en el precio del maíz blanco y que no se debió, en forma alguna, no fue motivado en forma alguna por un desabasto en el mercado nacional, fueron los mercados internacionales los que promovieron y que motivaron que este producto sufriera un incremento de precio importante.

El gobierno de la república en ese momento autorizó y promovió la importación de grano adicional para promover una baja en el precio. Y esa es precisamente la orientación de un gobierno que, fiel a los principios en los que cree, interviene en el marcado para corregir los desequilibrios del mismo.

Y en el punto de prohibir una exportación de un producto determinado, a menos de que estuviese garantizado el abasto nacional. También, si queremos proteger a los campesinos, y hay una mejor oferta por un precio en un producto determinado en otro país, por qué le vamos a prohibir a un productor nacional que exporte su producto a un mejor precio si se lo pagan. Simple y sencillamente se contrapone la idea de proteger a nuestros campesinos y hacerlos más ricos, que mejoren su nivel de vida y sus ingresos. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Minjares. Para rectificación de hechos, tiene el uso de la palabra el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés.

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: Con el permiso de la Presidencia, compañeras y compañeros diputados, compañeros de Acción Nacional, cuando ustedes hablan de exportación, ¿a qué sector se refieren? Tendrían que ser más precisos porque no todos los campesinos en este país tienen la posibilidad de exportar productos. El sector social no tiene esa posibilidad, a menos que ustedes demuestren lo contrario.

Quisiera decirle al diputado Rodríguez Prats, que la ley no es demagogia, que los diputados estamos obligados a cumplir con la ley.

Que ha sido tan discutido el tema del campo, que se aprobó una ley, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y que en el artículo 178 ---se lo leo--- establece lo siguiente:

Artículo 178. El Estado establecerá las medidas para procurar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos, dando prioridad a la producción nacional.

Éste es el problema, compañeros diputados. Muchas gracias.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado. Habiéndose agotado las participaciones...

El diputado Ismael Ordaz Jiménez (desde la curul): Señor Presidente...

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Diputado Ismael Ordaz ¿con qué objeto?

El diputado Ismael Ordaz Jiménez (desde la curul): Gracias, Presidente. Sólo hacer, en relación con la propuesta del compañero diputado Rubén Escajeda, y en el espíritu de la propuesta presentada por nuestro grupo parlamentario, de formar una subcomisión plural, no estaríamos en desacuerdo de que además de las comisiones mencionadas en el texto se agregara la participación de un diputado que forme parte de la Comisión Especial para el Seguimiento del Tratado de Libre Comercio. Entonces, no estamos en desacuerdo y espero que quede registrada nuestra aprobación para esta adición.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado. Vamos a considerar su participación. Tenemos dos propuestas en este momento. Vamos a consultar si se sostiene la propuesta del diputado Carlos Ernesto, o se adiciona ---como usted lo propone---. Pero vamos a ver si está suficientemente discutida la propuesta. Consulte la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: En votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputado que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Muchas gracias. Suficientemente discutida. Vamos a proceder a la votación de la proposición. Primeramente la del diputado Ismael Ordaz Jiménezy posteriormente la del diputado Carlos Ernesto Navarro López.

El diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena (desde la curul): Señor Presidente, permítame la palabra.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Sí, diputado Ríos Camarena.

El diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena (desde la curul): Estamos discutiendo y lo que se aprobó para que fuera discutido de urgente u obvia resolución es la propuesta del diputado Ismael Ordaz, a la cual adicionó el punto que ya mencionó de la otra comisión que se agregara. No estamos discutiendo dos proposiciones. Este pleno discutió y aprobó la discusión de una sola y solo ésa es la que se puede discutir. Después, si se presenta, vemos si se discute o no, pero es absolutamente por práctica parlamentaria, Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Usted está en lo correcto, diputado, y así estamos procediendo. Vamos a votar esta proposición con la adición que se hace por parte del propio diputado. Posteriormente pondremos a discusión y a votación, a consideración de la asamblea, la propuesta del diputado Carlos Ernesto. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición con la adición presentada por el mismo diputado Ordaz Jiménez.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición con la adición hecha por el diputado. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Aprobada. Comuníquese.

Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la proposición presentada por el diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del PRD.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la propuesta del diputado Carlos Ernesto Navarro. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

No puedo definir el sentido de la votación.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Vamos a hacerlo de manera nominal entonces. Consulte la Secretaría en votación nominal si es de aceptarse esta proposición. Si se acepta a discusión.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico hasta por cinco minutos.

(Votación)

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Esta presidencia informa la visita de estudiantes de la escuela primaria Profesor Leopoldo Kiel, delDistrito Federal, y estudiantes de la Universidad Autónoma del estado de Hidalgo y de la Universidad Nacional Autónoma de México. Les damos una cordial bienvenida.

Igualmente informa de la visita de estudiantes de la primaria Mariano Matamoros. Sean bienvenidos.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: ¿Falta algún diputado o alguna diputada de emitir su voto? Está abierto aún el sistema electrónico. Ciérrese el sistema electrónico.

Le informo, diputado Presidente, que se emitieron 139 votos a favor, 221 en contra y 3 abstenciones.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se dese-cha la proposición.



LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Pasamos al capítulo de iniciativas de diputados. Esta Presidencia recibió del diputado Raúl Cervantes Andrade, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, a cargo del diputado Raúl Cervantes Andrade , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado integrante de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que le confieren la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 4o. y 6o. y se adicionan un artículo 1 Bis, una fracción VIII Bis al artículo 2o. y un Capítulo IV con dos artículos, 12 y 13, todos de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

I. El desafío de la industria petrolera según el Partido Revolucionario Institucional

Con base en el programa de acción del Partido Revolucionario Institucional, tomar las decisiones que permitan que los recursos energéticos apuntalen el desarrollo de México supone encontrar alternativas de reforma en el marco de la rectoría del Estado, en el espíritu del constituyente plasmado en la Constitución de 1917 y en la convicción de que la tesis sobre la propiedad originaria de la nación de sus recursos naturales es inalterable.

Es urgente perfeccionar el modelo que tenemos en la industria petrolera para convertirla en un eslabón esencial de las cadenas productivas y en un verdadero motor del desarrollo económico y regional. En las últimas décadas, la política energética ha sido afectada por los recortes presupuestales que han afectado las inversiones en perjuicio de su expansión y modernización, conforme a los requerimientos del México del siglo XXI.

En adición, se ha estado implantando una política fiscal confiscatoria que ha venido a empeorar la situación de los organismos del sector, y en particular de Pemex. Esta situación ha resultado en la disminución de las reservas de hidrocarburos y en una falta de mantenimiento y conservación de la infraestructura, lo que ha derivado en siniestros con graves consecuencias para el medio ambiente y en un riesgo latente para las finanzas públicas ante la declinación de Cantarell, el yacimiento de mayor producción.

En la plataforma electoral que registró la Alianza por México en el IFE para las elecciones de 2006 y en la cuarta asamblea extraordinaria del partido efectuada en marzo de 2007, los priístas se pronunciaron por una política integral en materia de energía, con visión de largo plazo, que esté sustentada en la propiedad y la rectoría del Estado mexicano sobre el petróleo, el gas natural y los demás hidrocarburos, la petroquímica básica, los minerales radioactivos, la generación de energía nuclear y de electricidad, actividades que deben seguir siendo estratégicas y a cargo del Estado.

Acorde a lo dispuesto en la plataforma electoral, en la declaración de principios y en el programa de acción del partido es necesario promover una reforma a la industria petrolera para que los recursos energéticos sean una palanca del desarrollo regional y de la recuperación del crecimiento económico, el empleo y la competitividad de México.

II. Espíritu del artículo 27 constitucional en materia de hidrocarburos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contiene los términos y condiciones del pacto social y los principios y bases de organización del Estado mexicano. La Constitución contiene también las decisiones fundamentales (políticas y económicas) mediante las cuales el pueblo ejerce y conduce su soberanía.

En el marco de la soberanía, el pueblo mexicano ha determinado reservar a la nación el ejercicio libre y directo de la soberanía energética en los artículos 27 y 28 constitucionales; es decir, mantiene en la esfera del Estado la capacidad de autodeterminación respecto al uso, goce, disfrute, aprovechamiento y ejercicio de los derechos de propiedad de los recursos naturales del subsuelo. Los principios de la soberanía energética establecidos en dichos artículos constitucionales pueden resumirse en los siguientes postulados:

La nación es propietaria de los hidrocarburos. Dicha propiedad tiene las siguientes características: (i) no puede negociarse, ni enajenarse en favor de alguien más; (ii) es permanente, y (iii) es irrenunciable.
La explotación, uso, goce, disfrute y aprovechamiento de los hidrocarburos se llevarán a cabo únicamente por medio de la nación.
No se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que, en su caso, se hayan otorgado a los particulares o a las sociedades legalmente constituidas para explotar, usar, gozar, disfrutar y aprovechar los hidrocarburos.
• Los hidrocarburos son un área estratégica del desarrollo nacional.

La filosofía de la propiedad de los hidrocarburos a favor de la nación que está contenida en los artículos 27 y 28 de la Constitución tuvo su origen en el marco legal francés, relativo a la propiedad de los minerales, que surgió en la época de Napoleón, y que establecía que la riqueza mineral, sólo puede ser propiedad del Estado, para beneficio de los ciudadanos. En adición, en México la industria petrolera es una actividad estratégica para el desarrollo nacional, tanto por causas históricas como por las siguientes razones sociales y económicas:

• Demanda gran cantidad de mano de obra y tiene un alto impacto en el desarrollo regional.
• Es una fuente importante de divisas y la segunda más importante de ingresos públicos.
• Su abundancia relativa garantiza la energía que necesita el país para sostener el crecimiento económico, el empleo y el bienestar de las familias.

III. Estado actual de la soberanía energética del país

A lo largo de la historia, la cantidad de hidrocarburos disponibles en el subsuelo para ser extraídos, es decir, las reservas, ha sido mayor que lo que la economía del país y las familias mexicanas necesitan; por ello, uno de los objetivos de la política de energía del gobierno federal ha sido utilizar el petróleo como instrumento de captación de ingresos públicos, vendiéndolo en el mercado internacional para financiar el Presupuesto de Egresos de la Federación. Conforme a las metodologías internacionales, Pemex ha clasificado las reservas de hidrocarburos en tres tipos:

Reserva probada. Corresponde al volumen de hidrocarburos que se puede producir económicamente con los métodos y sistemas de explotación aplicables en el momento de la medición de dicho volumen, tanto de manera primaria como secundaria. 1
Reserva probable. Se refiere a la cantidad de hidrocarburos estimada a una fecha específica, en trampas perforadas y no perforadas, que fue calculada por métodos geológicos y geofísicos, y localizada en áreas adyacentes a yacimientos productores en donde se considera que existen altas probabilidades de obtener técnica y económicamente producción de hidrocarburos en el mismo nivel estratigráfico donde ya existen reservas probadas.
Reservas posibles. Corresponde a la cantidad de hidrocarburos estimada a una fecha específica en trampas no perforadas, que fue calculada por métodos geológicos y geofísicos, y localizada en áreas alejadas de zonas productoras, pero dentro de la misma demarcación geológica productora, con posibilidades de obtener técnica y económicamente producción de hidrocarburos en el mismo nivel estratigráfico en donde ya existen reservas probadas.

Con esta clasificación de las reservas, los países como México pueden estandarizar su cuantificación: en primer lugar se tienen las probadas o también conocidas como ``1P'', que son las correspondientes a los yacimientos productivos, y que pueden disponerse con facilidad. En segundo lugar, las probables, que son las que se encuentran adyacentes a los yacimientos productivos. La suma de las probadas más probables se denomina genéricamente como ``2P''. Finalmente, en tercer lugar, se tienen las reservas posibles, que corresponden a las que pueden encontrarse en áreas alejadas de las zonas productivas pero que pertenecen a la misma demarcación geológica donde se han encontrado yacimientos productivos. La suma de las probadas más las probables más las posibles se denomina genéricamente como ``3P'' y corresponde a la estimación más amplia de las reservas.

Al 1º de enero de 2007, las reservas de hidrocarburos totalizaron 45 mil 376 millones de barriles de petróleo crudo, equivalente (mbpce), 2 de las cuales 70.3 por ciento corresponden propiamente al crudo, 20.1 por ciento al gas seco 3 y 9.6 por ciento a otros líquidos.

Una manera de medir las reservas con respecto a las necesidades de un país consiste en relacionarlas con la producción anual; esta relación o ``cociente'' permite determinar el número de años que tendrían que transcurrir para que las reservas actuales se agoten completamente, bajo el supuesto de que no se añade ninguna cantidad de ellas para entonces. Así, la relación reservas-producción, o también conocida como ``vida de las reservas'' se obtiene al dividir la reserva remanente al 1 de enero de 2007 entre la producción promedio de 2006, lo que da como resultado 28 años para las reservas totales o 3P (probada + probable + posible), 19 años para la reserva 2P (probada + probable) y 9.6 años para la reserva 1P (probada).

Tomando como base las últimas estadísticas de Pemex, al 1 de enero de 2007, las reservas totales disminuyeron en un mil 41 mbpce durante 2006 (pasaron de 46 mil 417 a 45 mil 376 mbpce) debido principalmente a la extracción de un mil 618 mbpce realizada en 2006, ya que durante ese año la cantidad de reservas descubiertas e incorporadas fue menor que dicha cantidad extraída. En relación con la reserva 2P ésta disminuyó un mil 486 mbpce y, finalmente, la reserva 1P tuvo una disminución de 956 mbpce.

Como ya se expuso la vida de las reservas totales han disminuido notablemente en los últimos años por la disminución del presupuesto de inversión en exploración y desarrollo de Pemex. Sin embargo, las reservas probadas, es decir, las reservas que están disponibles para su explotación casi inmediata, son las que han disminuido en mayor proporción: pasaron de 24.3 años a 9.6 años en solo 10 años (de 1997 a 2007), reflejando el hecho de que en los últimos años no se habían estado llevado a cabo proyectos para convertir a las reservas probables y posibles en reservas probadas ( Pemex estuvo concentrado en extraer hidrocarburos de yacimientos actuales).

Al desglosar las reservas en gas natural y crudo, se observa que la vida de las reservas probadas es de 9.3 años y 9.7 años, respectivamente en promedio. En contraste, los países exportadores netos de petróleo, es decir, países cuya producción excede a las necesidades de su mercado interno, tienen niveles superiores. Por ejemplo, la vida de las reservas de crudo de Venezuela es de 106 años; la de Arabia Saudita, 82 años, o la de Libia, 69 años.

La principal causa que explica la disminución de la vida de las reservas de México es la insuficiente inversión que se ha hecho en la última década para explorar, desarrollar y explotar los hidrocarburos.

En adición, otra causa es el hecho de que la política de energía del gobierno federal no contempla una meta de vida de las reservas para los hidrocarburos ni un nivel de extracción promedio anual de largo plazo ni una tasa de restitución. Estas tres variables no han formado parte de los objetivos de las políticas públicas federales; ni desde el auge petrolero de finales de la década de los setenta ni durante los últimos años.

El nivel de extracción se refiere a la cantidad anual de hidrocarburos que se extraen del subsuelo, y la tasa de restitución se refiere al porcentaje de las reservas que se reponen anualmente una vez que se le descuentan los hidrocarburos extraídos; así, si la tasa de reposición es mayor a 100 por ciento entonces la vida de las reservas aumenta, mientras que si la tasa es menor a 100 por ciento, entonces la vida de las reserva disminuye.

En contraste, las políticas de energía de la mayoría de los países petroleros tienen claramente una vida de las reservas determinada, los ritmos anuales de extracción de los hidrocarburos y la tasa de restitución, todo ello para maximizar el valor económico de los mismos. En nuestro caso, si se pretendiera dicha maximización habrían de tomarse varias decisiones que hasta ahora no han sido discutidas con amplitud en la sociedad.

Para tener una política de energía que promueva, entre otros objetivos, el desarrollo nacional de una mejor manera que hasta ahora, necesitamos, como país, debatir acerca de estos puntos importantes:

• Destino que debería darse a los ingresos que genera la venta del petróleo.
• Distribución de la riqueza petrolera entre el gobierno federal, las entidades federativas y los municipios.
• Cantidad anual de extracción de hidrocarburos y de exportación, con base en un equilibrio entre las necesidades de ingreso actuales y una explotación racional y sustentable del recurso no renovable.
• Políticas públicas que aseguren la oferta de energéticos que demande el desarrollo del país, tanto en el presente como en el futuro.

La definición sobre estos puntos constituye el marco sobre el cual deberían alinearse las tres variables ya mencionadas. Si el Estado no controla dichas variables, entonces puede afirmarse que no tiene soberanía sobre los recursos energéticos, aun cuando el mismo Estado tenga la propiedad y la exclusividad en su explotación.

IV. Fortalecimiento de la soberanía energética para impulsar el desarrollo nacional

Conforme al artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Energía: (i) conducir la política energética del país, y (ii) ejercer los derechos de la nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, entre otras atribuciones.

Para que esta dependencia esté en mejor capacidad para conducir la política energética nacional y así promover una mejor administración del patrimonio petrolero, el 21 de diciembre de 2006 un amplio grupo de senadores presentó una iniciativa que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 33, relativo a la Secretaría de Energía. En la exposición de motivos de dicha iniciativa se argumenta lo siguiente:

...Es necesario que la Secretaría de Energía cuente con los instrumentos legales y con las capacidades técnicas suficientes para coordinar a las empresas del Sector y hacer viable la cogeneración de energía.
Hay que fortalecer a la Secretaría de Energía y rediseñar la operación de Pemex y de otras entidades del sector, pensando, en primer lugar, en el país y en su seguridad energética de largo plazo.
...
La Secretaría de Energía es el órgano del Ejecutivo federal al que debe corresponder conducir y hacer cumplir la política energética, y coordinar las actividades de las entidades que administran los recursos energéticos del país.
Actualmente, ni en la ley ni en los hechos cuenta la Secretaría de Energía con los instrumentos reales que le den capacidad para hacer cumplir las políticas que conduce.
Es preciso modificar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal con el fin de que el mencionado órgano de gobierno cuente con la capacidad suficiente para establecer y hacer cumplir las políticas del sector energético.
...
También resulta pertinente conferir facultades a la Secretaría de Energía para no sólo conducir, sino también supervisar y controlar las actividades de las entidades paraestatales relacionadas con la explotación, transformación y generación de energéticos, sobre todo considerando las necesarias reformas futuras en el régimen de las entidades para una operación más eficiente, autónoma y acorde con las políticas públicas establecidas.
...

Las modificaciones que proponen los Senadores, entre otras, consisten en reformar las atribuciones de la Secretaría de Energía en los términos siguientes:

``...I. Establecer, conducir, supervisar y controlar la política energética del país;
II. ...
III. Conducir y supervisar la actividad de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría y controlar la programación de la exploración, explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de energía eléctrica y nuclear, con apego a la legislación ecológica;
...
XIII. Determinar la plataforma de producción de petróleo y gas de Petróleos Mexicanos, conforme a las reservas probadas y dándole prioridad a la seguridad energética a la nación.
...''

Para que la Secretaría de Energía pueda cumplir con estas nuevas atribuciones, se ha planteado la necesidad de crear una instancia dentro del sector que sea responsable de vigilar la correcta administración de las reservas de hidrocarburos. En concreto, se ha propuesto la creación de un Consejo Nacional de Hidrocarburos, que es la versión mexicana del directorado de petróleo que ya existe en otros países, como Brasil y Noruega.

Una institución como ésta podría apoyar a la Secretaría de Energía en el establecimiento, conducción, supervisión y control de la política petrolera del país, además de controlar la exploración, el desarrollo y la explotación de los hidrocarburos y en la determinación de la plataforma de producción.

No se omite señalar que, a falta de esta instancia, actualmente Pemex lleva a cabo estas actividades, pero con fines de control interno y no de política pública, toda vez que no está dentro de sus atribuciones la conducción de la política de energía.

Asimismo, también debe señalarse que la Secretaría de Energía cuenta actualmente con una unidad administrativa dentro de su organigrama, que es responsable de administrar el catastro petrolero, pero con insuficientes recursos humanos, técnicos y financieros motivo por el cual el catastro petrolero del país es prácticamente inexistente.

La separación del ámbito de competencia entre el responsable de vigilar el interés nacional en la administración del patrimonio energético de la nación y el responsable de la explotación de los recursos naturales le dará una mayor efectividad a la política pública en la promoción del desarrollo nacional y regional.

V. Fortalecimiento de la Comisión Reguladora de Energía

A fin de establecer los instrumentos que permitan a la Secretaría de Energía llevar a cabo sus nuevas atribuciones, esta iniciativa propone que sea un órgano desconcentrado el responsable de la administración de las reservas de hidrocarburos. Nuestra legislación contempla la figura de ``órgano desconcentrado'' para delegar ciertas atribuciones de una dependencia a una unidad administrativa que forma parte de su propia estructura. Ello con la finalidad de que tales atribuciones se ejecuten de un modo pronto, expedito y profesional. A este fin, los órganos desconcentrados tienen autonomía técnica y de gestión, la que implica tener facultades de decisión sin necesidad de consultar a la dependencia de la que se depende, y cierta autonomía de gestión y presupuestaria, que consiste en tener asignado un presupuesto separado del que tiene la dependencia.

Conforme al artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, son órganos desconcentrados aquellos que están subordinados jerárquicamente del titular de una dependencia y que tienen las facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine en cada caso por cada una de las leyes aplicables a cada secretaría de Estado. Es decir, un órgano desconcentrado es en los hechos la instancia profesional e independiente que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación a nombre de una dependencia.

Actualmente, en el sector energía ya se tiene a un órgano desconcentrado: la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Esta iniciativa propone dar a este órgano desconcentrado la responsabilidad de administrar el patrimonio petrolero del país, en lugar de crear otra instancia burocrática que no sólo implicaría un cargo al erario, sino una mayor dispersión institucional, al estar integrado el sector energía por más actores que los que existen actualmente (como lo sería el Consejo Nacional de Hidrocarburos); se requeriría también de mayores esfuerzos de coordinación, en perjuicio del cumplimiento del mandato de la Secretaría de Energía.

Por ello, se propone que las facultades que corresponderían al Consejo Nacional de Hidrocarburos sean otorgadas a la CRE; así, al establecerle nuevas atribuciones, se estaría fortaleciendo simultáneamente la capacidad de la Secretaría de Energía para regular la exploración, el desarrollo y la explotación de los hidrocarburos en beneficio de la nación.

Descripción de la iniciativa

La iniciativa que hoy se somete a consideración de esta soberanía está conformada por los siguientes planteamientos:

Definiciones

A fin de precisar los términos y el alcance de la administración petrolera, la iniciativa contempla incluir las siguientes definiciones en la Ley de la CRE, entre otras: asignación petrolera, catastro petrolero, registro petrolero, trabajos petroleros, tasa de restitución de reservas y vida de las reservas.

Actividades sujetas a regulación por parte de la CRE

La Iniciativa propone establecer en la Ley de la CRE que la exploración, el desarrollo y la explotación de hidrocarburos son actividades reguladas. No se omite señalar que la CRE tendrá atribuciones para regular las actividades de exploración y desarrollo que en su momento lleven a cabo los particulares, así como los contratos que Pemex suscriba con ellos, para salvaguardar los intereses de la nación, conforme al marco constitucional vigente.

Conformación de la comisión

Se plantea aumentar el número de los comisionados para que se incorporen tres nuevos profesionales, uno por cada nueva materia sujeta a regulación. Asimismo, para fortalecer la posición del secretario de Energía, se le da la facultad de proponer al titular del Ejecutivo la remoción de alguno de los comisionados por causas justificadas.

Atribuciones en materia de administración de los hidrocarburos

La iniciativa propone establecer en la Ley de la CRE que el objeto de la regulación de las nuevas actividades reguladas que se ejecutarán tanto por Pemex como por los privados (exploración, desarrollo y explotación); la promoción de una administración de la riqueza natural de los hidrocarburos racional, sustentable y con responsabilidad generacional, para asegurar el abasto de energía del país y maximizar el valor económico de los excedentes en beneficio de la nación. A fin de lograr dicho objeto, se le dan las siguientes atribuciones:

I. Ejercer los derechos de propiedad de la nación en materia de hidrocarburos.
II. Aplicar la legislación petrolera observando los lineamientos de la política de energía en materia de hidrocarburos que emita la Secretaría de Energía con relación a:
a) Vida de las reservas.
b) Tasa de reposición.
c) Plataforma de producción y de exportación.
d) Proporción de consumo de energía proveniente de fuentes fósiles respecto a fuentes alternativas.
Al aplicar la legislación petrolera, la Comisión observará también los lineamientos de la política de protección al medio ambiente y recursos naturales y los de la política de prevención de desastres y de protección civil que emita el Ejecutivo por conducto de las dependencias correspondientes.
III. Asegurar la conservación y el buen aprovechamiento de las reservas de hidrocarburos propiedad de la nación y proponer a la Secretaría los niveles de explotación de los recursos petroleros y demás elementos que necesite para diseñar y evaluar la política de energía, para lo cual realizará lo siguiente:
a) Ordenar la realización de estudios de evaluación, cuantificación y verificación de las reservas de hidrocarburos y publicarlos anualmente.
b) Registrar los saldos de las reservas de hidrocarburos y autorizar su difusión.
c) Recibir los informes de producción de hidrocarburos y corroborar su veracidad, incluyendo los relativos a la quema, pérdidas y derrames, reutilización, reinyección y envío a la atmósfera.
d) Participar en la elaboración anual de los documentos prospectivos y demás estudios y análisis sobre explotación y consumo de hidrocarburos.
IV. Establecer las zonas de reservas petroleras, y la incorporación y desincorporación de terrenos a dichas reservas, así como realizar el dictamen técnico para efectos del decreto presidencial a que se refiere el artículo 8o. de la Ley Reglamentaria.
V. Delimitar y otorgar o, en su caso, negar o cancelar, las asignaciones petroleras.
VI. Opinar, a solicitud de la Secretaría de Energía, sobre las condiciones técnicas a que deberán sujetarse las obras y trabajos de reconocimiento y exploración del subsuelo para fines de investigación de su potencial petrolero, así como recibir los informes de los permisionarios relativos a los trabajos efectuados al amparo de cada permiso y a los resultados obtenidos.
VII. Otorgar, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, permiso para el desarrollo y la explotación de hidrocarburos, así como recibir los informes de los permisionarios relativos a los trabajos efectuados al amparo de cada permiso y a los niveles de producción.
VIII. Vigilar el cumplimiento de los términos y condiciones de los permisos que se otorguen para exploración, desarrollo y producción de hidrocarburos.
IX. Fiscalizar directamente o mediante terceros, las actividades de exploración, desarrollo y producción de hidrocarburos.
X. Tener a su cargo el registro petrolero, donde se incluirá lo siguiente:
a) Las asignaciones petroleras otorgadas a Pemex y su cancelación.
b) Los contratos que se celebren entre Pemex y las personas físicas y morales de conformidad con la Ley Reglamentaria y su terminación.
c) Los decretos que incorporen áreas geográficas a las zonas de reservas petroleras, o los desincorporen.
d) Las declaratorias sobre ocupaciones temporales y expropiaciones de terrenos, y de su insubsistencia.
e) Los permisos que se otorguen para la exploración, desarrollo y explotación.
XI. Administrar el catastro petrolero, observando los lineamientos y las normas técnicas que, en su caso, emita la autoridad responsable de la política de información estadística y geográfica.
XII. Realizar las actividades previstas en las disposiciones reglamentarias relacionadas con la vigilancia de los trabajos petroleros y expedir las normas técnicas a que deba sujetarse la exploración, el desarrollo y la explotación de los hidrocarburos, para lo cual podrá ordenar y practicar visitas de verificación, así como emitir los actos administrativos que procedan.
XIII. Llevar a cabo los procesos de expropiación con vista a declaración de utilidad pública de las áreas geográficas necesarias para la exploración y el desarrollo de hidrocarburos.
XIV. Promover el desarrollo científico y la innovación tecnológica en la industria petrolera.
XV. Aprobar los contratos que suscriban las personas físicas y morales con Pemex para la ejecución de trabajos petroleros, en los términos de la ley reglamentaria y demás disposiciones aplicables.
XVI. Coadyuvar con la autoridad fiscal en la determinación y verificación de los volúmenes de producción de hidrocarburos por los que se tenga la obligación de pagar una contraprestación al Estado, en los términos de la Ley Federal de Derechos.
XVII. Imponer sanciones y, en su caso, dejar sin efecto los permisos otorgados por incumplimiento a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.
XVIII. Integrar los expedientes para el ejercicio de las acciones civiles, penales o administrativas procedentes, con motivo de violaciones a las disposiciones jurídicas aplicables en materia de exploración, desarrollo y explotación de hidrocarburos, y defender el interés de la nación en las instancias jurisdiccionales competentes.

Vinculación de la iniciativa en el contexto de la reforma integral al sector energético

La iniciativa que hoy se somete a la consideración de esta soberanía está alineada con dos que se presentaron para precisar los términos y el alcance de los artículos 27 y 28 constitucionales a fin de salvaguardar la rectoría del Estado en la industria petrolera y para reformar el sistema de precios y tarifas de combustibles y electricidad, los días 26 de abril de 2007 y 13 de febrero de 2007, respectivamente. Este conjunto de iniciativas pretende aportar una solución integral a la problemática que tiene la industria petrolera del país y concretar la reforma que plantearon los senadores de esta LX Legislatura para reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de este honorable pleno el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 4o. y 6o. y se adicionan un artículo 1 Bis, una fracción VIII Bis al artículo 2º y un Capítulo IV con dos artículos, 12 y 13, todos de la ley de la Comisión Reguladora de Energía, solicitándole atentamente, señor Presidente, el turno de éste a la Comisión de Energía.

Artículo Primero. Se adiciona un artículo 1 Bis y una fracción VIII Bis al artículo 2o., ambos de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para quedar como sigue:

Artículo 1o. Bis. Para efectos de esta ley se entiende por:

Asignación petrolera: el acto por el cual el Estado, por conducto de la Secretaría de Energía, otorga un permiso por tiempo determinado para explorar el subsuelo en determinadas áreas geográficas cuya extensión no rebase las 100 mil hectáreas y, en su caso, para desarrollar campos productivos.
Catastro petrolero: es el padrón georeferenciado y estadístico de los recursos naturales propiedad de la nación en materia hidrocarburos y de la infraestructura en uso o en desuso para su exploración, desarrollo y explotación.
Comisión: la Comisión Reguladora de Energía.
Hidrocarburos: los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos que se encuentran en el subsuelo.
Ley Reglamentaria: la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.
Pemex: Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
Registro petrolero: la relación de permisos, asignaciones petroleras, declaratorias, decretos y contratos que se emitan conforme a la ley reglamentaria, esta ley y demás disposiciones aplicables.
Reglamento: el reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.
Secretaría: la Secretaría de Energía.
Trabajos petroleros: los trabajos u obras que se lleven a cabo con fines de exploración, desarrollo o explotación, así como aquellos que sean necesarios para extraer y recuperar los hidrocarburos del subsuelo, incluidos la instalación, la operación y el mantenimiento de la infraestructura y, en general, cualquier trabajo u obra relacionada con la industria petrolera, conforme a lo que establezca el reglamento.
Tasa de restitución de reservas: es el cociente que se obtiene al dividir la incorporación neta de reservas entre el nivel de producción, correspondientes a un ejercicio determinado, expresado en porcentaje.
Vida de las reservas: es el cociente que se obtiene al dividir las reservas al 1º de enero de un ejercicio entre la producción total del ejercicio anterior.

Artículo 2o. La comisión tendrá por objeto promover el desarrollo eficiente de las actividades siguientes:

I. a VIII. ...
VIII Bis. La exploración, el desarrollo y la explotación de hidrocarburos.
...

Artículo Segundo. Se reforman los artículos 4o. y 6o. de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para quedar como sigue:

Artículo 4o. La comisión estará integrada por ocho comisionados, incluyendo al presidente de ésta. Los comisionados deliberarán en forma colegiada y decidirán los asuntos por mayoría de votos, teniendo su presidente voto de calidad.

...

Artículo 6o. Los comisionados serán designados para periodos escalonados de cinco años, renovables. Durante cada periodo sólo podrán ser removidos por el Titular del Ejecutivo a propuesta del secretario de Energía por:

...

Artículo Tercero. Se adiciona un Capítulo IV con dos artículos 12 y 13 a la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, para quedar como sigue:

Capítulo IV Administración de los Hidrocarburos

Artículo 12. La comisión promoverá una administración de la riqueza natural de los hidrocarburos racional, sustentable y con responsabilidad generacional, para asegurar el abasto de energía del país y maximizar el valor económico de los excedentes en beneficio de la nación.

Artículo 13. La comisión tendrá las siguientes atribuciones en materia de administración de los hidrocarburos:

I. Ejercer los derechos de propiedad de la nación en materia de hidrocarburos que le corresponden a la secretaría.
II. Aplicar la legislación petrolera observando los lineamientos de la política de energía en materia de hidrocarburos que emita la secretaría con relación a:
a) Vida de las reservas.
b) Tasa de reposición.
c) Plataforma de producción y de exportación.
d) Proporción de consumo de energía proveniente de fuentes fósiles respecto a fuentes alternativas.
Al aplicar la legislación petrolera, la comisión observará también los lineamientos de la política de protección al medio ambiente y recursos naturales y los de la política de prevención de desastres y de protección civil que emita el Ejecutivo por conducto de las dependencias correspondientes.
III. Asegurar la conservación y el buen aprovechamiento de las reservas de hidrocarburos propiedad de la nación y proponer a la secretaría los niveles de explotación de los recursos petroleros y demás elementos que necesite para diseñar y evaluar la política de energía, para lo cual realizará lo siguiente:
a) Ordenar la realización de estudios de evaluación, cuantificación y verificación de las reservas de hidrocarburos y publicarlos anualmente.
b) Registrar los saldos de las reservas de hidrocarburos y autorizar su difusión.
c) Recibir los informes de producción de hidrocarburos y corroborar su veracidad, incluyendo los relativos a la quema, pérdidas y derrames, reutilización, reinyección y envío a la atmósfera.
d) Participar en la elaboración anual de los documentos prospectivos y demás estudios y análisis sobre explotación y consumo de hidrocarburos.
IV. Establecer las zonas de reservas petroleras y la incorporación y desincorporación de terrenos a dichas reservas, así como realizar el dictamen técnico para efectos del decreto presidencial a que se refiere el artículo 8o. de la ley reglamentaria.
V. Delimitar y otorgar o, en su caso, negar o cancelar las asignaciones petroleras.
VI. Opinar, a solicitud de la Secretaría de Energía, sobre las condiciones técnicas a que deberán sujetarse las obras y trabajos de reconocimiento y exploración del subsuelo para fines de investigación de su potencial petrolero, así como recibir los informes de los permisionarios relativos a los trabajos efectuados al amparo de cada permiso y a los resultados obtenidos.
VII. Otorgar, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, permiso para el desarrollo y la explotación de hidrocarburos, así como recibir los informes de los permisionarios relativos a los trabajos efectuados al amparo de cada permiso y a los niveles de producción.
VIII. Vigilar el cumplimiento de los términos y condiciones de los permisos que se otorguen para exploración, desarrollo y producción de hidrocarburos.
IX. Fiscalizar directamente o mediante terceros, las actividades de exploración, desarrollo y producción de hidrocarburos.
X. Tener a su cargo el registro petrolero donde se incluirá lo siguiente:
a) Las asignaciones petroleras otorgadas a Pemex y su cancelación.
b) Los contratos que se celebren entre Pemex y las personas físicas y morales de conformidad con la Ley Reglamentaria y su terminación.
c) Los decretos que incorporen áreas geográficas a las zonas de reservas petroleras, o los desincorporen.
d) Las declaratorias sobre ocupaciones temporales y expropiaciones de terrenos, y de su insubsistencia.
e) Los permisos que se otorguen para la exploración, desarrollo y explotación.
XI. Administrar el catastro petrolero, observando los lineamientos y las normas técnicas que, en su caso, emita la autoridad responsable de la política de información estadística y geográfica.
XII. Realizar las actividades previstas en las disposiciones reglamentarias relacionadas con la vigilancia de los trabajos petroleros y expedir las normas técnicas a que deba sujetarse la exploración, el desarrollo y la explotación de los hidrocarburos, para lo cual podrá ordenar y practicar visitas de verificación, así como emitir los actos administrativos que procedan.
XIII. Llevar a cabo los procesos de expropiación con vista a declaración de utilidad pública de las áreas geográficas necesarias para la exploración y el desarrollo de hidrocarburos.
XIV. Promover el desarrollo científico y la innovación tecnológica en la industria petrolera.
XV. Aprobar los contratos que suscriban las personas físicas y morales con Pemex para la ejecución de trabajos petroleros, en los términos de la Ley Reglamentaria y demás disposiciones aplicables.
XVI. Coadyuvar con la autoridad fiscal en la determinación y verificación de los volúmenes de producción de hidrocarburos por los que se tenga la obligación de pagar una contraprestación al Estado, en los términos de la Ley Federal de Derechos.
XVII. Imponer sanciones y, en su caso, dejar sin efecto los permisos otorgados por incumplimiento a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.
XVIII. Integrar los expedientes para el ejercicio de las acciones civiles, penales o administrativas procedentes, con motivo de violaciones a las disposiciones jurídicas aplicables en materia de exploración, desarrollo y explotación de hidrocarburos, y defender el interés de la nación en las instancias jurisdiccionales competentes.
Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El nombramiento de los nuevos comisionados deberá efectuarse a más tardar 6 meses después del inicio de vigencia del presente decreto.

Tercero. Las áreas administrativas de Pemex y de la Secretaría de Energía que actualmente llevan alguna de las atribuciones señaladas en el artículo 13 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, serán traspasadas a la comisión. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público propondrá en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009 los recursos presupuestarios adicionales que se requieran para que la comisión esté en posibilidad de cumplir con sus nuevas atribuciones.

Cuarto. Pemex dispone de 6 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto para regularizar todos sus permisos y contratos ante la comisión.

Quinto. La comisión constituirá y actualizará el catastro petrolero y el registro petrolero a más tardar 12 meses después de entrada en vigor del presente decreto.

Sexto. El Ejecutivo federal actualizará el Reglamento de Trabajos Petroleros a más tardar 6 meses después de entrada en vigor del presente decreto.

Notas:

1 Para las reservas probadas, Pemex utiliza las definiciones emitidas por la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos. Para las reservas probables y posibles, se utilizan las definiciones emitidas por la asociación de profesionales Society of Petroleum Engineers (SPE) y por los comités nacionales del World Petroleum Congress (WPC). Véase bibliografía.

2 Petróleo crudo equivalente es la suma de los líquidos, crudo y gas seco expresados en unidades equivalentes.

3 El gas seco se refiere al gas natural, libre de los hidrocarburos líquidos más pesados que el metano (etano y propano).

Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Raúl Cervantes Andrade (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Energía.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE - LEY MINERA

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Esta Presidencia recibió del diputado Antonio Xavier López Adame, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista, iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a la Ley Minera.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y Minera, a cargo del diputado Antonio Xavier López Adame , del Grupo Parlamentario del PVEM

Antonio Xavier López Adame , diputado a la LX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, me permito someter ante esta honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Actualmente nos encontramos inmersos en una grave situación de deterioro ambiental, tanto a nivel global como local, lo cual hace peligrar no solo el futuro de las generaciones venideras sino el presente inmediato. Lo que sucede en cualquier parte del mundo por muy lejano que parezca, afecta a su pequeño espacio y debido a las relaciones de interdependencia y simbiosis que existen entre todos los seres vivos del planeta y los recursos naturales, su preservación se ha vuelto un punto preponderante en la actualidad.

La protección del ambiente y sus recursos se ha vuelto un asunto de orden público e interés social, que ha obligado a las naciones del planeta a implementar dentro de sus marcos jurídicos, preceptos tendientes a la regulación de las conductas humanas en pro de la conservación de los ecosistemas y su diversidad biológica, dos de estos preceptos o instrumentos son la manifestación de impacto ambiental y las áreas naturales protegidas, ambos considerados ya en una gran cantidad de Convenciones y Tratados Internacionales sobre la materia.

En México, nuestro sistema jurídico ambiental contempla dentro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, tanto a las áreas naturales protegidas como a la manifestación de impacto ambiental, mecanismos que sufrieron sus cambios mas importantes dentro de la reforma integral que hubo a este ordenamiento en el 2006, año en el cual nuestra Ley marco en la materia ambiental sufrió un cambio muy importante que derivo en un gran avance normativo e institucional, si bien es cierto para la época las modificaciones y reformas hechas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, obedecían a las necesidades imperantes, también es cierto que hoy en día muchas de estas se han visto rebasadas en sus ámbitos de aplicación, por lo cual y atendiendo a que nuestros ordenamientos jurídicos deben tener un comportamiento tan dinámico como las conductas sociales que regulan, es necesario llevar a cabo modificaciones en los rubros antes mencionados para adecuarlos a la realidad nacional.

En primera instancia nos avocaremos a la exposición, razonamiento y propuesta que el suscrito hace sobre la manifestación de impacto ambiental, acerca de la cual debo manifestar que se encuentra concebida como un estudio técnico, objetivo, de carácter multi e interdisciplinario, que se realiza para predecir los impactos ambientales que pueden derivarse de la ejecución de un proyecto, actividad o decisión política permitiendo la toma de decisiones sobre la viabilidad ambiental del mismo. Esta constituye el documento básico para el proceso de Evaluación del Impacto Ambiental, mismo que se encuentra definido y fundamentado jurídicamente dentro del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Durante la realización de este proceso de evaluación la autoridad ambiental, en este caso la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por medio de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental realiza un estudio o análisis previo a la ejecución de ciertos proyectos o actividades en el cual evalúa las posibles consecuencias de un proyecto sobre la salud, la integridad de los ecosistemas y la calidad de los servicios ambientales que éstos están en condiciones de proporcionar.

Una de las principales características de la evaluación del impacto ambiental es su aplicación específica e incidencia directa en las actividades productivas, la cual permite plantear opciones de desarrollo compatibles con la preservación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales, instrumento que resulta totalmente congruente con el principio Constitucional del ``Desarrollo Sustentable'' consagrado dentro del artículo 25 de nuestra carta magna.

Desafortunadamente, en México al pasar de los años la evaluación de impacto ambiental ha ido perdiendo el carácter preventivo con el cual fue concebida, ya que las autoridades encargadas de su aplicación han entendido erróneamente su objetivo, manipulando jurídicamente este instrumento y actuando en algunos casos en detrimento del ambiente. Asimismo debemos reconocer que nuestra legislación cuenta con vacíos jurídicos, que la hacen flexible y benevolente, razón por la cual en algunos casos los proyectos que son sujetos a la evaluación de impacto ambiental pueden ser ambientalmente inviables, pero jurídicamente posibles.

Ahora bien, reconociendo que por la naturaleza dinámica de los fenómenos ambientales y por las características de las acciones humanas, resulta difícil pensar en la inexistencia de conflictos al tomar decisiones e incorporar medidas preventivas para corregir niveles de deterioro, dentro de nuestro actual procedimiento evaluatorio de impacto ambiental se han considerado varias vertientes para el perfeccionamiento de dicha figura, una de las cuales es la participación ciudadana.

Debemos reconocer que todos aquellos que puedan ser afectados por ciertos proyectos o actividades, o se encuentren interesados en ellos, tienen el legitimo derecho de participar dentro del proceso evaluatorio ambiental; asimismo, es de destacar que tal y como se encuentra considerada en nuestra legislación vigente la participación ciudadana y sus vías de acceso al proceso de la evaluación de impacto ambiental, las oportunidades de la población se encuentran francamente reducidas, ya que en primera instancia la consulta pública de las actividades o proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental es solo procedente a instancia de parte o petición expresa de alguna persona, y una vez abierto dicho proceso la temporalidad y los términos establecidos por la Ley y el reglamento para su desarrollo son muy cortos, esto sin considerar que cada vez es mas recurrente el que la autoridad se reserve y en algunos casos omita publicar la totalidad de los proyectos, mermando con esto el acceso a la información y la posibilidad que la ciudadanía tiene de realizar un correcto análisis de los mismos.

Resulta importante garantizar a la ciudadanía su adecuada participación dentro de los procesos de evaluación de impacto ambiental ya que esto no sólo ayuda a prevenir los conflictos sino que, además, permite que las resoluciones de la autoridad se encuentren mejor consensuadas. No debe seguir siendo imperativo que siempre participen dentro de estos procesos aquellos que potencialmente se podrían ver directamente afectados en su salud o el entorno inmediato a su residencia, también deben participar aquellos grupos o personas interesadas que, no siendo afectados directamente, observan en las acciones o proyectos impactos negativos sobre alguno de los componentes ambientales, o ecosistemicos. Dentro de estos podríamos ubicar a las organizaciones de base, organizaciones ambientalistas, ONG´s, grupos de acción ciudadana, especialistas, académicos, entre otros. Es por esto que dentro de esta Iniciativa de Reforma con Proyecto de Decreto que hoy vengo a poner a su consideración, trato de establecer una obligatoriedad a cargo de la autoridad competente de difundir de manera rápida y expedita las manifestaciones de impacto ambiental que son puestas a su consideración, así como de dar a la ciudadanía un fácil acceso a estas, logrando así, que exista una posición abierta a la consulta, opinión y vigilancia ciudadana.

Aunado a lo anterior, coincido con las diversas opiniones de juristas y estudiosos del Derecho Ambiental en torno a la necesidad de hacer más eficiente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, las cuales van desde el cambio de su conceptualización con el fin de enfatizar y afianzar su carácter preventivo, así como la incorporación de más supuestos jurídicos que permitan negar un proyecto cuando este sea ecológicamente inviable, destacando también la necesidad de incorporar a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, sanciones por incumplimiento a los supuestos ya señalados los cuales evidentemente se tendrían que ubicar dentro del capítulo referido a la inspección y vigilancia, las sanciones que se proponen dentro de este proyecto de decreto son clausura precautoria de los lugares en los cuales los promoventes inicien sus obras o actividades sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental.

Esperando con esto lograr afianzar aun más este instrumento como una de las herramientas esenciales para prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente y a los recursos renovables del país y garantizar el respeto al enfoque preventivo con el cual fue conceptualizada la evaluación de impacto ambiental, dotándola de certeza pública acerca de la viabilidad ambiental de los diversos proyectos de desarrollo que son estudiados y analizados por la autoridad.

Ahora bien la segunda parte de la presente iniciativa se refiere a otro de los mecanismos de política ambiental, considerados a nivel global como de toral importancia para la conservación, y que, es como ya lo he mencionado en párrafos anteriores el sistema de Áreas Naturales Protegidas. De manera general la mayor parte de las naciones del planeta las han considerado como lugares especiales en el mundo que son manejados para propósitos de conservación, entendiendo que su función central es mantener la integridad de los ecosistemas propios de una región. El sistema global de áreas naturales protegidas incluye unos 30,000 sitios, con una cobertura de 13.2 millones de km2 (más de la superficie de China e India juntas). Cada uno de estos sitios contiene una combinación única de características biológicas, ecológicas y culturales las cuales juegan un papel clave en la conservación de los ecosistemas y cuando son manejadas de la manera adecuada contribuyen grandemente a la conservación de la biodiversidad.

Estas áreas representan un instrumento que brinda la posibilidad de lograr la integridad de los ecosistemas, que no reconocen fronteras político-administrativas, con instituciones y mecanismos de manejo sólidamente fundamentados en instrumentos jurídicos.

En lo que a la legislación ambiental mexicana respecta, nuestro país ha incorporado a su sistema jurídico la figura de las Áreas Naturales Protegidas, específicamente dentro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente la cual dentro de su Artículo 44 define a estas regiones como: las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que requieren ser preservados y restaurados...''

Esta misma Ley identifica diversos tipos de Áreas Naturales Protegidas obedeciendo primordialmente a su características especificas, dentro de esta podemos señalar a las Reservas de la biosfera, Parques nacionales; Monumentos naturales, Áreas de protección de recursos naturales, Áreas de protección de flora y fauna, Santuarios; Parques y Reservas Estatales, y Zonas de preservación ecológica de los centros de población. Sin embargo y como es sabido su declaratoria de Áreas Naturales Protegidas requiere de la elaboración de un proceso previo, el cual establece las bases para sustentarla definiendo su manejo y administración, dicho proceso se encuentra contenido dentro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Actualmente la dependencia federal encargada de llevar acabo la declaratoria de Áreas Naturales Protegidas es la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la cual dentro de su estructura administrativa forma parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Desafortunadamente, los procedimientos de declaratoria de las Áreas Naturales Protegidas establecidos dentro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, han ido revelando con el tiempo una serie de inconsistencias jurídicas o vacíos que han permitido que muchas personas desinteresadas en la conservación de estos ecosistemas, soliciten la protección de la justicia federal, promoviendo sendos amparos en contra de la aplicación de declaratorias de Áreas Naturales Protegidas, aludiendo una restricción en sus derechos de propiedad y una supuesta violación de sus garantías de audiencia, fundamentando sus agravios en la supuesta violación de las garantías individuales consagradas en los artículos 1, 13, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señalando como autoridades responsables a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Por esto la presente reforma también trata de que la constitución de las Áreas Naturales Protegidas sea eficaz, fortaleciendo su carácter como un ordenamiento jurídico especial y no privativo, definiendo perfectamente las instancias ante las cuales puedan acudir los gobernados que pudieran ser objeto de restricciones con respecto al uso u aprovechamiento de sus propiedades, cuidando perfectamente que dentro del desarrollo de sus procedimientos no sean violentadas garantías individuales, dotando a tal instrumento de total legalidad, aplicación y certidumbre jurídica.

Ahora bien, dentro de la tercera parte de esta iniciativa se propone una reforma a la Ley Minera, para lo cual se debe señalar que la minería es una de las actividades económicas de mayor tradición en México, pues se tiene conocimiento que es practicada desde la época prehispánica, además de que constituyo una importante fuente de la expansión regional. Ha estado presente en el desarrollo del país como un factor importante de modernización y avance, al suministrar insumos a prácticamente todas las industrias, entre las que destacan las de la construcción, la metalúrgica, la siderúrgica, la química y la electrónica, y al formar parte de la fabricación de artículos de uso cotidiano, que van desde lápices, relojes, joyas, televisores, computadoras, automóviles y camiones, la construcción de casas, edificios y carreteras, hasta la manufactura de una gran variedad de maquinaria y equipo.

Actualmente la minería, contribuye en gran medida con el desarrollo económico del país, suministrando insumos a una serie de industrias (construcción, metalúrgica, siderúrgica, química y electrónica). De acuerdo con información de la Dirección General de Minas, la industria minera nacional es mayoritariamente metálica, y se dedica principalmente a la producción de cobre, zinc, plata y plomo.

Debido al desarrollo y modernización en los procesos de extracción y procesamiento de los recursos minerales, así como a la generación de grandes cantidades de residuos provenientes de sus procesos, la industria minera en México ha generado por décadas una gran cantidad de desechos y sitios contaminados a lo largo de todo el país. La producción minera, se concentra en doce entidades: Chihuahua, Michoacán, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila, Guanajuato, San Luis Potosí, Hidalgo, Sinaloa, Colima y Jalisco.

De acuerdo con datos proporcionados por el Instituto Nacional de Ecología los principales impactos ambientales que genera la minería según sus procesos son:

En general, todas las etapas que incluye un proceso minero, con excepción de la prospección, que implica estudios preliminares, generan problemas ambientales de alto impacto. Como puede verse, en todas las etapas se generan aguas residuales, residuos peligrosos y, en algunos casos, emisiones a la atmósfera. Sin embargo, dos de las etapas que más contaminación e impactos ambientales producen son las de exploración, explotación de los minerales y la de fundición/refinación.

Actualmente se tiene conocimiento que la Producción Minerometalúrgica (referida a las actividades de extracción, beneficio, fundición y afinación de minerales metálicos y no metálicos) creció 1.4% en términos reales en el segundo mes de 2007 respecto a febrero de un año antes 1 . En lo que respecta al Índice de Volumen Físico de la Industria Minerometalúrgica, este registró un incremento de 6.6% en términos reales en el primer bimestre de este año respecto a igual lapso de 2006, debido a la mayor extracción de Oro, Carbón no cotizable, Fierro, Zinc, Cobre y Azufre. Por el contrario, se redujo la de Plomo, Plata, Fluorita, Coque y la de Yeso.

Para este año los nuevos proyectos de la industria minera involucran inversiones por mil 379 millones de dólares y algunos están ya en operación, en 2006 la inversión minero metalúrgica en México llegó a mil 150 millones de dólares; de los cuales 173 millones fueron empleados para la exploración, sobre todo de las empresas Industrias Peñoles, Minera México, Luismin, Frisco, Teck Cominco, Minera del Cubo, Mittal Steel y Farallon Resources. 2

De acuerdo con información de la Secretaría de Economía, la minería mexicana se ubica entre los 11 principales productores mundiales en 18 productos, entre ellos plata, con el primer lugar; bismuto, fluorita y celestita, en el segundo; wollastonita, arsénico y cadmio, en el cuarto; plomo, barita y zinc, en el quinto; diatomita, en sexto; manganeso en octavo; así como cobre y azufre en onceavo lugar.

Ahora bien, dos de los aspectos ambientales más importantes y graves que genera la industria minera en el país, son las actividades de exploración y la gestión inadecuada de los residuos que generan.

Con relación a la primera, como hemos expuesto, es el proceso al cual se destina la mayor cantidad de recursos, siendo también el responsable de la mayor afectación a los ecosistemas, además de esto resulta preocupante que para la Cámara Minera de México solo se ha explorado el 20% del territorio mexicano con potencial de explotación estimando que queda todavía un 80% por explorar.

En lo que a la gestión de los residuos que genera este sector respecta, debemos precisar que debido a la naturaleza de los materiales que utilizan en sus diferentes procesos, muchos de estos generan residuos considerados por la legislación mexicana y las normas oficiales como peligrosos ya que generalmente presentan características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad e inflamabilidad, las cuales representan un importante y potencial riesgo al equilibrio ecológico de los ecosistemas en donde se realizan estas actividades, así como la salud humana de aquellos que habitan en las zonas adyacentes.

Como ejemplo podemos mencionar que para la explotación de plata, se emplean diversos reactivos químicos altamente tóxicos para producir espuma que reduce la tensión superficial haciendo flotar algunos minerales. Sin embargo, ningún proceso de concentración logra recuperar ciento por ciento del mineral, los residuos o jales, que se acumulan como pequeñas montañas de arenisca y que también pueden ser fuente de contaminación de suelos o generar efectos en la salud de pobladores cercanos, ya que el viento suele barrer los jales y esparcir el polvo a varios kilómetros de distancia.

Es importante mencionar que la mayor parte de estos residuos no son tratados de conformidad a lo establecido por los ordenamientos jurídicos aplicables, muchas veces debido al costo que esto genera, por lo cual la gran mayoría de éstos son dispuestos de manera clandestina en diversos sitios, de entre los que podríamos mencionar tiraderos municipales, drenajes, patios de empresas, terrenos baldíos, etc. Esto ha provocado que el volumen de sitios contaminados por estos residuos vaya en aumento, generando una gran cantidad de pasivos ambientales, rebasando la capacidad de las autoridades de llevar a cabo su neutralización y estabilización.

Queda claro que el desarrollo y modernización de este sector, como el de la mayor parte de la industria, lleva implícitas graves perturbaciones al ambiente y los recursos naturales, que no pueden ser dejadas de lado en el diseño y ejecución de las políticas para su desarrollo. Ello implica anteponer los principios de prevención de las posibles afectaciones ambientales en la proyección, ejecución u operación de las actividades relacionadas con este ramo, a fin de orientar esta actividad hacia un desarrollo sustentable de esta actividad, dando cumplimiento al compromiso adoptado por México en la Cumbre de la Tierra.

Debido a que la mayor parte de los intereses mineros convergen dentro del Servicio Geológico Nacional y la vigente Ley Minera lo faculta para participar dentro del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que hoy pongo a consideración de esta Comisión Permanente, plantea la exclusión de este Servicio del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Este Consejo Nacional se encuentra fundamentado en el artículo 56 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la cual señala que el mismo estará integrado por representantes de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, instituciones académicas y centros de investigación, agrupaciones de productores y empresarios, organizaciones no gubernamentales y de otros organismos de carácter social o privado.

Su principal objetivo es auxiliar a la Secretaría en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política para el establecimiento, manejo y vigilancia de las Áreas Naturales Protegidas de carácter federal, así como según lo establecido dentro del artículo 76 del mismo ordenamiento participar en la integración del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en cuyo caso es indispensable su opinión para la incorporación de ANP´s a este sistema.

Asimismo, debemos destacar que el sector minero según lo mandatado por su Ley marco, cuenta con un organismo denominado Servicio Geológico Mexicano el cual tiene por objeto promover el mejor aprovechamiento de los Recursos Minerales de la Nación por medio de las 26 actividades que le confiere la Ley Minera en su Artículo 9° y en los artículos del 12 al 14 del Reglamento de la Ley Minera siendo las mas importantes:

• Incentivar la inversión en exploración y explotación mineras, con el apoyo de más y mejor información geológica y minera, básica y especializada;
• Promover una mayor capacidad exportadora de la actividad minera;
• Contribuir, con el impulso a la minería, a generar infraestructura física y polos de desarrollo económico y social en el territorio, estimulando así la operación de un número cada vez mayor de proyectos mineros;
• Propiciar la reducción de la dependencia externa de insumos mineros para la industria nacional.

La vigente Ley Minera contempla como una de las facultades de este órgano, el formar parte del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, es por esto que debido a que uno de los principales objetivos de este Consejo es promover el aprovechamiento de los recursos naturales, y la explotación de la mayor cantidad de minerales en el país, y el principal objetivo del establecimiento de Áreas Naturales Protegidas es la conservación de los ecosistemas que representan un alto valor natural para el Estado, consideramos inadecuada la participación de este órgano en el Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ya que los objetivos que persigue son distintos a los del Consejo, además de que podría generar conflictos de intereses en las recomendaciones que este ultimo emita, ponderando la explotación de los ecosistemas a su conservación, razón suficiente para proponer su exclusión.

Por lo anterior, el suscrito diputado perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura, con fundamento en el inciso I del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respetuosamente me permito someter ante esta Honorable Comisión Permanente, la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y se derogan las fracciones XVI y XVII del artículo 9 de la Ley Minera.

Artículo Primero. Se REFORMAN los artículos 3 incorporándose a este 2 dos nuevos conceptos el primero para ocupar el lugar de la actual fracción XIII recorriéndose en su orden las actuales fracciones XIV hasta la fracción XXIV, en la actual fracción XXV se incorpora el segundo de los nuevos conceptos recorriéndose en su orden las siguientes facciones hasta llegar a ocupar la fracción XXXIX, 28, 30, 31, 34, 35, 35 BIS 1, 35 BIS 3, 44, 58, 60, 61, 62 y 170; se ADICIONAN los artículos 34 BIS y 58 BIS 1; y se DEROGA el artículo 32, todos ellos de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I. a XII. ...
XIII. Duna. Acumulación de sedimento o arena en forma de médano, provocada por la acción natural del viento o el agua.
XIV. a XXIII. ...
XXIV. Oasis. Cuerpos de agua naturales insertos en zonas desérticas o áridas, con vida silvestre particularmente asociada.
XXIV. a XXXIX. ...
SECCION V Evaluación del Impacto Ambiental

Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento por medio del cual la Secretaría realiza un análisis sistemático, reproducible e interdisciplinario de los posibles efectos negativos que sobre el ambiente pudiera generar la ejecución de las obras y actividades contenidas dentro de una manifestación de impacto ambiental, valorando su autorización o desecho, pudiendo en su caso establecer las condicionantes cuando éstas, puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I. a IV. ...
V. Aprovechamientos forestales en selvas bajas caducifolias, medianas, altas perenifolias, bosques mesofilos de montaña, bosques riparios y aquellos que afecten especies de difícil regeneración o enlistadas en alguna categoría de riesgo;
VI. Obras y actividades en islas, dunas, pastos marinos, puntas rocosas, bajos rocosos y oasis.
VII. Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas, en cuyo caso se deberá evaluar la trazabiidad de las obras o actividades; a fin de prevenir evitar o reducir.
VIII. a XIII. ...
...
...
Para los efectos a que se refiere la fracción VII del presente artículo, en los casos en que se evalué el impacto ambiental del cambio de uso del suelo forestal para la realización de obras o actividades agropecuarias, la Secretaría deberá prevenir y evitar los posibles riesgos que el uso de organismos genéticamente modificados pudiera ocasionar al ambiente y la biodiversidad.

Artículo 30. Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, como mínimo y sin perjuicio de los requisitos que se fijen en el reglamento de la presente Ley, lo siguiente:

a) Descripción de la obra o actividad.
b) Descripción detallada del ecosistema o ecosistemas en que se desarrollará, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas.
c) Descripción de las especies de vida silvestre que se encuentren consideradas dentro de alguna de las categorías de protección especial y que tengan su distribución natural dentro de los ecosistemas en que se desarrollará.
d) Descripción y evaluación de los distintos proyectos alternativos que se hayan considerado, así como sus efectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales, incluyendo el análisis de las relaciones entre los costos económicos y sociales de cada alternativa y estos efectos ambientales.
e) Una descripción de los posibles efectos previsibles, presentes y futuros, directos e indirectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas.
f) Las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.
g) La presentación de un programa de gestión integral de los residuos que se generen como consecuencia de la construcción, operación, y en su caso clausura y postclausura de estas obras.
h) Un programa de monitoreo ambiental de las variables a controlar previo al inicio de la obra o actividad, durante su ejecución, operación, y en su caso clausura y postclausura.

Los interesados deberán presentar ante la Secretaría la información derivada del monitoreo ambiental de cada una de las etapas de la obra o actividad, en el momento en que ésta se genere. Esta información deberá ser pública en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás leyes aplicables.

La Secretaría podrá verificar la información derivada del programa de monitoreo ambiental en cualquiera de sus etapas y emitir las observaciones correspondientes.

Cuando las obras o actividades contenidas dentro de la manifestación de impacto ambiental deban realizarse total o parcialmente dentro de una zona federal, los promoventes al momento de presentar la manifestación de impacto ambiental ante la Secretaría, deberán contar con el correspondiente titulo de concesión para el uso o aprovechamiento de la misma, expedido en su favor por la autoridad competente.

Cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas en los términos de la presente Ley, la manifestación deberá incluir el estudio de riesgo correspondiente.

Si después de la presentación de una manifestación de impacto ambiental se realizan modificaciones al proyecto de la obra o actividad respectiva, los interesados deberán hacerlas del conocimiento de la Secretaría, a fin de que ésta, en un plazo no mayor de 10 días les notifique si es necesaria la presentación de información adicional para evaluar los efectos al ambiente, que pudiesen ocasionar tales modificaciones, en términos de lo dispuesto en esta Ley.

Los contenidos del informe preventivo, así como las características y las modalidades de las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo serán establecidos por el Reglamento de la presente Ley.

La Secretaría deberá publicar en su Gaceta Ecológica, el listado de solicitudes de autorización en materia de impacto ambiental que le sean presentadas.

Artículo 31.- Cuando se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados en los términos de la presente sección, la realización de las obras y actividades a que se refieren las fracciones I a XII del artículo 28, requerirán la presentación de un informe preventivo y no una manifestación de impacto ambiental.

En este caso, la Secretaría, una vez analizado el informe preventivo, determinará, en un plazo no mayor de veinte días, si se requiere o no la presentación de una manifestación de impacto ambiental en alguna de las modalidades previstas en el reglamento de la presente Ley.

La Secretaría publicará en su Gaceta Ecológica, el listado de los informes preventivos que le sean presentados en los términos de este artículo, los cuales deberán estar a disposición del público.

Artículo 32. Derogado.

Artículo 34. Una vez que la Secretaría reciba una manifestación de impacto ambiental iniciará el procedimiento de evaluación, para lo cual revisará que la solicitud se ajuste a las formalidades previstas en esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, e integrará el expediente respectivo en un plazo no mayor de diez días.

Integrado el expediente a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría deberá publicar inmediatamente y de forma íntegra la manifestación de impacto ambiental dentro de su página electrónica oficial, la cual deberá ser de fácil acceso, con el fin de que pueda ser consultada por cualquier persona.

Los promoventes de la obra o actividad podrán requerir que se mantenga en reserva, determinada información que haya sido integrada al expediente y que, de hacerse pública, pudiera afectar derechos de propiedad industrial, y la confidencialidad de la información comercial que aporte el interesado. En ningún caso se podrán reservar datos o información necesaria para que las personas puedan identificar el sitio exacto donde se ejecutará dicha obra o actividad, los alcances del proyecto y los impactos ambientales previstos.

Artículo 34 BIS. Integrado el expediente y puesta a disposición del público la manifestación de impacto ambiental dentro de la página electrónica oficial de la Secretaría, ésta deberá dar inicio a la consulta pública de la manifestación de impacto ambiental, conforme a las siguientes bases:

I. Dentro de un plazo no mayor a cinco días naturales contados a partir de la fecha en que la Secretaría integre el expediente, el promovente deberá publicar a su costa, un extracto de la obra o actividad en el periódico de mayor circulación en la entidad federativa de que se trate.
II. Cualquier ciudadano, dentro del plazo de diez días contados a partir de la publicación del extracto del proyecto en los términos antes referidos, podrá solicitar a la Secretaría ponga a disposición del público en la entidad federativa que corresponda, la manifestación de impacto ambiental;
III. Cuando se trate de obras o actividades que puedan generar desequilibrios ecológicos graves, daños a la salud pública, a los ecosistemas o se afecten especies sujetas a alguna categoría de riesgo, de conformidad con lo que señale el reglamento de la presente Ley, la Secretaría, en coordinación con las autoridades locales, podrá organizar una reunión pública de información en la que el promovente explicará los aspectos técnicos ambientales de la obra o actividad de que se trate;
IV. Cualquier interesado, dentro del plazo de veinte días contados a partir de que la Secretaría ponga a disposición del público la manifestación de impacto ambiental en los términos de la fracción I, podrá proponer el establecimiento de medidas de prevención y mitigación adicionales, así como las observaciones que considere pertinentes, y
V. La Secretaría agregará las observaciones realizadas por los interesados al expediente respectivo, fundando y motivando técnica y jurídicamente dentro de la resolución que emita, la aceptación o rechazo de las observaciones que por escrito se hayan recibido durante el proceso de consulta pública.

Artículo 35. Durante el proceso de evaluación en materia de impacto ambiental de las obras y actividades a que se refiere el Artículo 28, la Secretaría deberá valorar los posibles efectos de dichas obras o actividades en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de aprovechamiento o afectación, sujetándose a lo establecido dentro de la presente Ley, su reglamento, así como los programas de desarrollo urbano, de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.

Una vez evaluada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría emitirá, fundada y motivada, técnica y jurídicamente la resolución correspondiente en la que podrá:

I. Autorizar la realización de la obra o actividad de que se trate, en los términos solicitados;
II. Autorizar de manera condicionada la obra o actividad de que se trate, a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación, a fin de que se eviten, atenúen o compensen los impactos ambientales adversos susceptibles de ser producidos en la construcción, operación normal, clausura, post clausura y en caso de accidente. Cuando se trate de autorizaciones condicionadas, la Secretaría señalará los requerimientos que deban observarse en la realización de la obra o actividad prevista; o
III. Negar la autorización solicitada, cuando:
a) Se contravenga lo establecido en esta Ley, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas aplicables;
b) La obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más especies sean sujetas a alguna categoría de riesgo o cuando se afecte gravemente a una especie, ya considerada dentro de alguna de estas categorías;
c) Exista falsedad en la información proporcionada por los promoventes, respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate;
d) Existan estudios científicos que demuestren que la obra o actividad de que se trate, pueda provocar graves impactos ambientales;
e) La obra o actividad de que se trate tenga por objeto la producción agropecuaria mediante el uso de organismos genéticamente modificados;
f) La obra o actividad de que se trate represente un daño grave o irreversible al Ambiente de acuerdo a lo establecido por el principio precautorio, y
g) La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas emita su opinión en contra de la ejecución de dicha obra o actividad.

La Secretaría podrá exigir el otorgamiento de seguros o garantías respecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en aquellos casos expresamente señalados en esta Ley y su reglamento.

La resolución de la Secretaría sólo se referirá a los aspectos ambientales de las obras y actividades de que se trate.

Artículo 35 BIS 1. Las personas que presten servicios de impacto ambiental, serán responsables solidarios del promovente ante la Secretaría de los informes preventivos, manifestaciones de impacto ambiental y estudios de riesgo que elaboren, quienes declararán bajo protesta de decir verdad que en ellos se incorporan las mejores técnicas y metodologías existentes, así como la información y medidas de prevención y mitigación más efectivas.

Asimismo, los informes preventivos, las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo podrán ser presentados por los interesados, instituciones de investigación, colegios o asociaciones profesionales, en este caso la responsabilidad respecto del contenido del documento corresponderá a quien lo suscriba.

Artículo 35 BIS 3. Cuando las obras o actividades señaladas en el artículo 28 de esta Ley requieran, además de la autorización en materia de impacto ambiental, contar con autorización de inicio de obra; antes de otorgar esta ultima se deberá verificar que el responsable cuente con la autorización de impacto ambiental expedida en términos de lo dispuesto en este ordenamiento.

Asimismo, la Secretaría, a solicitud del promovente, integrará a la autorización en materia de impacto ambiental, los demás permisos, licencias y autorizaciones de su competencia, que se requieran para la realización de las obras y actividades a que se refiere este artículo.

El incumplimiento u omisión a lo establecido dentro de la presente Sección por parte de un servidor público de la Secretaría, será objeto de responsabilidad de conformidad a lo establecido por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

AREAS NATURALES PROTEGIDAS TÍTULO SEGUNDO Biodiversidad CAPÍTULO I Áreas Naturales Protegidas SECCIÓN I Disposiciones Generales

Artículo 44. Las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que requieren ser preservadas y restauradas, quedarán sujetas al régimen previsto en esta Ley y los demás ordenamientos aplicables.

Los propietarios, poseedores o titulares de otros derechos sobre tierras, aguas y bosques en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano podrán ser comprendidos dentro de áreas naturales protegidas debiendo sujetarse a las modalidades que de conformidad con la presente Ley, establezcan los decretos por los que se constituyan dichas áreas, así como a las demás previsiones contenidas en el programa de manejo y en los programas de ordenamiento ecológico que correspondan.

SECCIÓN III Declaratorias para el Establecimiento, Administración y Vigilancia de Áreas Naturales Protegidas

...

Artículo 58. Previamente a la expedición de las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría deberá realizar los estudios técnicos que lo justifiquen, en los términos del presente capítulo. Asimismo, durante la elaboración de estos estudios la Secretaría deberá solicitar la opinión de:

I. Los gobiernos locales en cuyas circunscripciones territoriales se localice el área natural de que se trate;
II. Las dependencias de la Administración Pública Federal que deban intervenir, de conformidad con sus atribuciones;

Artículo 58 BIS 1. A fin de notificar la propuesta de declaratoria de área natural protegida a los legítimos poseedores de los predios que puedan o pudieran verse afectados por su establecimiento, y demás personas interesadas, una vez concluidos los estudios técnicos justificativos, la Secretaría deberá dar inicio a la consulta pública de la declaratoria de área natural protegida de conformidad con el procedimiento establecido en el presente artículo.

La notificación a que se refiere el párrafo anterior, se realizará mediante edictos publicados por parte de la Secretaría, hasta por tres días, en uno de los periódicos de mayor circulación en la zona, así como en el Diario Oficial de la Federación, los cuales deberán contener un extracto de dichos estudios y precisar su apertura a consulta pública.

A partir de dicha publicación y por un periodo de sesenta días naturales los estudios técnicos justificativos deberán estar a disposición de cualquier persona en las oficinas de la Secretaría, en la página oficial de la misma, así como en los Ayuntamientos de los Municipios cuyos territorios se encuentren dentro de la poligonal del área natural protegida propuesta.

Durante el periodo de consulta, las personas interesadas podrán emitir los comentarios que estimen pertinentes en relación con los estudios previos justificativos y el proyecto de declaratoria, los cuales deberán ser dirigidos por escrito a la Secretaría debiendo cubrir los siguientes requisitos:

a) Autoridad a quien se dirige.
b) Nombre y carácter del promovente.
c) Domicilio para oír y recibir notificaciones.
d) En caso de ser legítimos propietarios de inmuebles ubicados dentro de la poligonal del proyecto de área natural protegida deberán acreditar tal hecho.
e) Relación clara y sucinta de las razones que motivan la petición.
f) Demás información particular que desee agregar.

La Secretaría, deberá realizar un análisis y estudio de los comentarios que le sean enviados, desechándolos o incorporándolos, a la declaratoria, notificando personalmente a los promoventes su razonamiento, el cual deberá de estar fundado y motivado técnica y jurídicamente.

Artículo 60. Las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas señaladas en las fracciones I a VIII del artículo 46 de esta Ley deberán contener, por lo menos, los siguientes aspectos:

I. a VI. ...

Las medidas que el Ejecutivo Federal podrá imponer para la preservación y protección de las áreas naturales protegidas, serán únicamente las que se establecen, según las materias respectivas, en la presente Ley, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y las demás que resulten aplicables.

La Secretaría promoverá el ordenamiento ecológico del territorio dentro y en las zonas de influencia de las áreas naturales protegidas, el cual deberá ser congruente con las restricciones al uso del suelo que la declaratoria respectiva contemple, con el propósito de generar nuevos patrones de desarrollo regional acordes con objetivos de sustentabilidad.

Artículo 61. Concluido el periodo de consulta publica y una vez agotado el procedimiento descrito en los artículos anteriores el Ejecutivo Federal, procederá a publicar en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de área natural protegida para el inicio de su vigencia. Las declaratorias se inscribirán en él o los registros públicos de la propiedad que correspondan.

Artículo 62. Una vez establecida un área natural protegida, sólo podrá ser modificada su extensión, y en su caso, los usos del suelo permitidos o cualquiera de sus disposiciones, por la autoridad que la haya establecido, siguiendo las mismas formalidades previstas en esta Ley para la expedición de la declaratoria respectiva.

En ningún caso, cuando se realice la modificación descrita en el párrafo anterior, se podrá reducir la extensión de las áreas naturales protegidas.

CAPITULO III Medidas de Seguridad

Artículo 170. Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, la Secretaría, fundada y motivadamente, podrá ordenar alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad:

I. La clausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes, las obras o actividades que debiendo contar con autorización en materia de impacto ambiental se ejecuten sin la misma, así como de las instalaciones en que se manejen o almacenen especimenes, productos o subproductos de especies de flora o de fauna silvestre, recursos forestales, o se desarrollen las actividades que den lugar a los supuestos a que se refiere el primer párrafo de este artículo;
II. a III.

...

Artículo Segundo. Se DEROGAN las fracciones XVI y XVII del artículo 9 de la Ley Minera, para quedar como sigue:

Artículo 9. Para promover el mejor aprovechamiento de los recursos minerales y generar la información geológica básica de la Nación, la Secretaría se apoyará en el Servicio Geológico Mexicano, organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, coordinado sectorialmente por dicha dependencia.

El Servicio Geológico Mexicano tendrá su domicilio legal en Pachuca, Hidalgo. Su patrimonio se integrará con las aportaciones del Gobierno Federal, las primas por descubrimiento y las contraprestaciones económicas que provengan de los concursos a que se refiere esta Ley, los ingresos por los servicios que proporcione y los bienes que adquiera por cualquier otro título.

La administración del Servicio Geológico Mexicano estará a cargo de un Órgano de Gobierno y de su Director General.

El Órgano de Gobierno estará integrado por:

El titular de la Secretaría de Economía, quien lo presidirá;
Dos representantes de la Secretaría de Economía;
Un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social;
Un representante de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Un representante de la Secretaría de Energía;
Un representante del Fideicomiso de Fomento Minero;

Asimismo, asistirán como invitados, con voz pero sin voto y previa invitación nominativa del Presidente del Órgano de Gobierno, hasta tres representantes de organizaciones del sector privado minero mexicano, un representante de los sindicatos del sector minero y un representante de organizaciones de la minería social.

Para la validez de sus reuniones se requerirá de la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que la mayoría de asistentes sean representantes de la administración pública federal. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

El Director General será designado por el Presidente de la República, a través del titular de la Secretaría, debiendo recaer en persona que reúna los requisitos indicados en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Las facultades y obligaciones del Órgano de Gobierno y las del Director General de la dependencia serán las establecidas por la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, así como las indicadas en el Reglamento de esta Ley y el Estatuto Orgánico del organismo.

La vigilancia del Servicio Geológico Mexicano estará a cargo de un Comisario Público, propietario y suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública, quienes asistirán con voz pero sin voto a las reuniones del Órgano de Gobierno; las atribuciones del Comisario serán las indicadas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento. Las bases de la organización del organismo así como las facultades y funciones que correspondan a las distintas áreas del mismo se regirán por su Estatuto Orgánico.

Las relaciones laborales de los servidores públicos del Servicio Geológico Mexicano se regirán por el apartado A) del artículo 123 constitucional y sus leyes reglamentarias.

Para el cumplimiento de su objeto señalado en el párrafo primero de este Artículo, el Servicio Geológico Mexicano tendrá las siguientes funciones:

I. a XV. ...
XVI. (Derogado)
XVII. (Derogado)
XVIII. a XXVI. ... ...
Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan y, en su caso, se abrogan, todas las disposiciones que se opongan al presente decreto, y se dejan sin efecto cualquier disposición administrativa, reglamentaria, acuerdo, circular, convenio y todos los actos administrativos que contravengan este decreto.

Tercero. El Poder Ejecutivo Federal, en un plazo que no exceda de 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformen los Reglamentos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en la materia, a fin de que se ajusten a lo previsto en el presente decreto.

Notas 1 INEGI, 2007. 2 Fuente Cámara Minera de México, 2007.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete.--- Diputado Antonio Xavier López Adame (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Economía.



LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se concede ahora el uso de la tribuna al diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra: Con el permiso de la Presidencia.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra: Compañeras diputadas y compañeros diputados, la cultura física de una nación se manifiesta a través de sus costumbres, creencias, ideologías, y se utiliza como medios de educación física el deporte y la recreación. El deporte constituye un factor de especial trascendencia, individual y social que colabora a la salud física y mental de los seres humanos.

Desde la perspectiva, la cultura física y el deporte son valorados por la energía que se pone en juego, por su capacidad de forjar un carácter sano y por ser una vía de superación física y moral. Desde la perspectiva, la cultura física y el deporte son valorados a través de los beneficios, que no debemos olvidar que existe una demanda no satisfecha de los programas y acciones, por las instalaciones que promueven y permiten el desarrollo de la cultura física y el deporte.

Entre la población, las instituciones educativas ---sobre todo--- con las personas con discapacidad, un elemento que resulta necesario para lograrlo es la existencia de instalaciones deportivas, remodeladas y rehabilitadas y que son utilizadas en su mayor capacidad posible.

La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta la interrelación entre las personas con las deficiencias y barreras debidas a la actitud, al entorno que evita la participación plena, efectiva, en la sociedad.

Una de estas barreras son las arquitectónicas. Es indispensable promover la infraestructura que permita la movilidad y el mejor acceso a las personas con discapacidad a servicios de salud, educación, capacitación, empleo, cultura y deporte e integración de las personas con alguna discapacidad, y la incorporación al desarrollo es necesario de garantizar el pleno respeto al ejercicio de sus derechos humanos, políticos y sociales.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, estamos comprometidos a impulsar acciones efectivas a favor del desarrollo del deporte entre las personas, los estudiantes con discapacidad, los resultados son los grandes logros que han confirmado nuestros deportistas con alguna discapacidad.

No hay duda que una manera de contribuir a impulsar los talentos deportivos entre las personas y los estudiantes con discapacidad es promoviendo el mejoramiento de las instalaciones deportivas y, por otro lado, impulsando que las futuras infraestructuras deportivas y recreativas cumplan con lo establecido por la normatividad vigente y lo estipulado en la Ley de Cultura Física y Deporte.

En esta tarea es necesaria la participación y colaboración de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y las autoridades educativas. Estamos seguros que existe una base para conseguirlo, debemos impulsar y valorar el hábito del ejercicio y la práctica organizada del deporte. Con esta iniciativa que hoy presento quiero contribuir a lograrlo.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, me permito someter a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto.

Artículo único. Se reforman las fracciones XI y XXII del artículo 29 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 29. ...

XI. Fomentar y promover la construcción y conservación, adecuación, uso y mejoramiento de las instalaciones destinadas a la cultura física y deporte. Dichas instalaciones deberán considerar los requerimientos de las personas con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80, de esta ley.

XXII. Formular programas para promover la cultura física y el deporte entre las personas y los estudiantes con discapacidad, con participación de la Secretaría de Educación Pública.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es cuanto, Presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Omar Antonio Borboa Becerra , diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General de Cultura Física y Deporte, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

La cultura física de una nación se manifiesta a través de sus costumbres, creencias e ideologías, los valores y los recursos dispuestos por la sociedad, los cuales tienen que ver con el cuerpo humano, su cuidado y su desarrollo, utilizando como medios la educación física, el deporte, la recreación y las ciencias aplicadas a éstos.

El deporte es factor de identificación local, así como de integración familiar, social y comunitaria. Además, es de gran importancia para la formación de valores desde la niñez, puesto que contribuye a desarrollar hábitos como la constancia, la disciplina, la tenacidad, la fijación de objetivos y metas y permite establecer claramente la relación entre el esfuerzo y los resultados.

Por tanto, se puede asumir que el deporte constituye un factor de especial trascendencia individual y social, que aporta positivamente a la salud física y mental de los seres humanos y complementa la educación y el desarrollo integral de los niños y jóvenes. No hay duda de que el desarrollo y la práctica de la cultura física y el deporte, además de favorecer la integración familiar, contribuyen a inhibir la delincuencia y la violencia.

Además, las actividades deportivas pueden ser un medio de sensibilización respecto a diferentes problemas. El deporte puede, por ejemplo, desempeñar un papel significativo en el proceso de integración en una sociedad sin obstáculos, ser un factor de socialización, abrir las puertas a la obtención de un empleo. Desde la perspectiva de la cultura física, el deporte es valorado por sí mismo, por las energías que pone en juego, por su capacidad de forjar un carácter sano, verdadero y bello, por su capacidad de expresar lo mejor del hombre, por ser una vía de superación física y moral.

Por todos estos beneficios que representa para el individuo y para la sociedad la cultura física y el deporte, es que no debemos soslayar el hecho de que existe aún una demanda no satisfecha de programas, acciones e instalaciones que promuevan y permitan más efectivamente el desarrollo de la cultura física y deporte entre la población y en las instituciones educativas, y sobretodo, entre las personas con discapacidad.

Un elemento que resulta imprescindible para lograrlo es la existencia de instalaciones deportivas remodeladas, rehabilitadas y que sean utilizadas a su mayor capacidad posible.

Es justo reconocer que desde el inicio de la pasada administración, los proyectos de infraestructura deportiva fueron redireccionados hacia la remodelación y rehabilitación de instalaciones ya existentes. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte apoyó proyectos dirigidos a la creación, rehabilitación y remodelación de instalaciones deportivas, así como acciones de equipamiento tanto en entidades que fueron sede de las fases finales de la Olimpiada Nacional, así como a determinados estados que cumplieron con las especificaciones técnicas.

Por otro lado, también se apoyó el fortalecimiento de la infraestructura de la propia Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a fin de contar con instalaciones administrativas y operativas propias, tanto en el Centro Paralímpico Mexicano, la Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos, el edificio que ocupa la Dirección General y dos de sus áreas sustantivas. Estas acciones muestran el empeño e interés que se mostró por parte del Ejecutivo federal en la materia, no obstante, no podemos dejar de lado que hace falta seguir trabajando para lograr más y mejores acciones e infraestructura para el desarrollo de la cultura física y el deporte.

En nuestro país, durante los últimos años del siglo XX y lo que ha transcurrido del presente, se ha gestado un movimiento nacional de las personas con discapacidad que poco a poco ha tomado una importante presencia, coherencia y fortaleza, permitiéndoles en consecuencia, alcanzar diferentes logros para su bienestar. Uno de estos logros ha sido en el ámbito deportivo, lo cual demuestra que tener algún tipo de discapacidad no representa ningún obstáculo para practicar alguna disciplina deportiva.

Ejemplo de ello es el desempeño de los deportistas mexicanos en los III Juegos Parapanamericanos que se llevaron a cabo del 12 al 19 de agosto de 2007 en Río de Janeiro, Brasil; en los cuales la delegación mexicana obtuvo el cuarto lugar del medallero general con un total de 117 medallas, 37 de oro, 43 de plata y 37 de bronce. El próximo reto y seguramente su próximo logro para estos deportistas son los Juegos Paralímpicos de Beijing, China, a celebrarse el año próximo, es justo mencionar que varios de estos deportistas con alguna discapacidad ya consiguieron su pase a dichos juegos.

La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

Una de esas barreras son las arquitectónicas; por ello, es indispensable promover una infraestructura que permita la movilidad y un mejor acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud, educación, capacitación, empleo, cultura, recreación y deporte. La integración de las personas con alguna discapacidad y su incorporación al desarrollo, es necesaria para garantizar el pleno respeto y ejercicio de sus derechos humanos, políticos y sociales, la igualdad de oportunidades y la equidad en el acceso a los servicios mencionados, a través de una infraestructura funcional.

Garantizar a las personas con discapacidad el acceso a la práctica y desarrollo de la cultura física y el deporte por medio de programas e infraestructura adecuados, es una necesidad y un compromiso. En este sentido, resulta necesario e importante que se siga impulsando el fortalecimiento de la infraestructura deportiva.

Compañeras y compañeros legisladores, estamos comprometidos a impulsar acciones efectivas a favor del desarrollo del deporte entre las personas y los estudiantes con discapacidad, los resultados obtenidos por los deportistas con discapacidad así lo confirman. La actitud de triunfo que asumen en cada competencia no puede ni debe subestimarse porque los ha fortalecido hasta el triunfo. Hoy ese espíritu se ha reflejado en las principales competencias nacionales e internacionales, con éxitos traducidos en medallas y en un camino que es exitoso.

Por ello, no hay duda de que una manera de contribuir a impulsar talentos deportivos entre las personas y los estudiantes con discapacidad es promoviendo la adecuación de las instalaciones deportivas para que se permita el acceso y la participación de estas personas a la actividad física, deporte y recreación. Y por otro lado, impulsar que las futuras infraestructuras deportivas y recreativas cumplan fielmente con lo establecido en la normatividad vigente, y en lo estipulado en la Ley General de Cultura Física y Deporte en relación a la utilización de las mismas por parte de las personas con discapacidad.

Estas acciones se reforzarían con el diseño e instrumentación de un programa dirigido a promover el desarrollo de la cultura física y deporte entre las personas y los estudiantes con discapacidad. En esta tarea es necesaria la participación y colaboración de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y de las autoridades educativas. Estamos seguros que existen las bases para conseguirlo, debemos impulsar y valorar el hábito del ejercicio y la práctica organizada del deporte con una finalidad de desarrollo para la competencia internacional. Con esta iniciativa que hoy presentamos queremos contribuir a lograrlo.

Impulsemos a través de estas acciones legislativas la práctica y el desarrollo de la cultura física y el deporte entre los protagonistas del movimiento para personas con discapacidad, no olvidemos que una mente y un cuerpo sanos en los jóvenes, en la población y en los educandos con discapacidad harán mejores ciudadanos, una mejor sociedad, y por ende, un mejor país.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, me permito someter a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se reforman las fracciones XI y XXII del artículo 29 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 29. ...

I. a X. ...

XI. Fomentar y promover la construcción, conservación, adecuación, uso y mejoramiento de instalaciones destinadas a la cultura física y deporte; dichas instalaciones deberán considerar los requerimientos de las personas con discapacidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 80 de esta Ley.
XII. a XXI. ...
XXII. Formular programas para promover la cultura física y deporte entre las personas y los estudiantes con discapacidad, con la participación que le corresponda a la SEP.
XXIII. a XXIV. ...
Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2007.--- Diputado Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Borboa Becerra.Túrnese a la Comisión de Juventud y Deporte.

Esta Presidencia informa de la visita del presidente municipal de Monte Escobedo, Zacatecas, e integrantes de su honorable ayuntamiento Serapio Acevedo Menchaca, sean bienvenidos.



LEY DE DERECHOS DE LAS VICTIMAS DEL DELITO Y ACCESO EFECTIVO A LA JUSTICIA

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se concede el uso de la tribuna al diputado Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que expide la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y de Acceso Efectivo a la Justicia.

El diputado Mario Enrique del Toro: Con el permiso de la Presidencia.

En virtud de que ha sido modificado el texto de acuerdo que originalmente se publicó en la Gaceta Parlamentaria, solicito que el documento de que voy a hacer entrega se inserte íntegro en el Diario de los Debates.

Con base en lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de este Congreso, presento iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y de Acceso Efectivo a la Justicia.

De acuerdo con su situación histórica, todos los pueblos han dejado ver diferentes características en sus procesos de cambio y transición a la democracia. Nuestra nación ha vivido esos cambios desde inicios del siglo anterior, pasando del fortalecimiento de las instituciones frente al caudillismo, a la transición pacífica y democrática en el año 2000.

Muchos catedráticos coinciden en que un elemento fundamental en el fortalecimiento de la democracia es la defensa y promoción de los derechos civiles a la par de los derechos humanos, enarbolados desde finales de la década de los ochenta del siglo pasado, tanto por organizaciones civiles y académicas, como por fuerzas políticas de distinto signo, que llevaron al establecimiento de instituciones autónomas y confiables.

Queda pendiente, sin embargo, la consolidación hacia una democracia incluyente que procure equidad entre los individuos, por lo que ésta no puede ser concebida sin el reconocimiento y respeto de los derechos humanos de todos, como columna vertebral e ineludible de un Estado moderno.

Reflexionando sobre los resultados de la transición y fortalecimiento de la democracia en nuestro país, en primera instancia podemos apreciar importantes cambios; sin embargo, esta consolidación tan añorada trae consigo otros retos. Uno de ellos, y que destaca de entre todos, es el fortalecimiento de la impartición de justicia que procure el mantenimiento de la paz social y que tenga un carácter restrictivo respecto de la relación víctima-delincuente.

En las sociedades modernas, donde se busca un correcto funcionamiento y movilidad, el núcleo de representación de la justicia es la idea de la dignidad humana y libertad, así como el principio de equidad entre las personas, quienes, por lo mismo, deben ser tratadas por igual y consideradas en igualdad de condiciones.

Por lo anterior, una condición sine qua non en el combate de la pobreza es la lucha por la defensa de la justicia y los derechos fundamentales. De lo anterior podemos desprender que para alcanzar el ideal de democracia nuestras instituciones, la sociedad y sus ciudadanos deben tomar parte en la consolidación del sistema de justicia que permita la equidad entre los individuos, pero sobre todo, el respeto a la inherente dignidad de las personas.

Por otro lado, la transformación del mundo ha influido sin duda en las nuevas relaciones entre los miembros de cada comunidad, lo que ha tenido como resultado una nueva integración social y la presencia de nuevas problemáticas.

Entonces, para asegurar una correcta protección de cada uno de sus miembros se requiere adaptar el marco legal a las nuevas realidades. Las reformas y adiciones a nuestras leyes manifiestan un derecho vivo que surge de las transformaciones sociales, es por ello que nos corresponde analizar y conocer de esta problemática y coadyuvar en el perfeccionamiento del estado de derecho.

En este punto es imprescindible plantear una pregunta: ¿Cuál es la concepción de justicia que resulta mayormente benéfica para nuestra sociedad, con instituciones en vías de consolidación que permitan a los individuos una igualdad de condiciones de vida, y que a su vez, sea adecuada para impulsar la democracia frente a las nuevas condiciones de la globalización?

A esta demanda John Rawls ---que postula desde la visión de país--- desarrolló su famosa teoría de los bienes primarios representados por los derechos, las libertades y las oportunidades. Esta teoría considera que toda persona debe tener igualdad de derechos y acceso al más extenso sistema de garantías públicas, que sea además compatible con un sistema social que busque también la equidad.

Por ello, todas las instituciones ligadas al Estado deben respetar las libertades básicas de todos los ciudadanos, las cuales no pueden ser reducidas ni eliminadas bajo ningún concepto.

En materia de procuración de justicia y debido al incremento en el índice de desigualdad social que se registra en el mundo, se ha originado un nuevo problema social: el reconocimiento eficaz de los derechos de las víctimas del delito.

Todos los intereses que el Estado y el derecho mexicano intentan proteger son de importancia incalculable; sin embargo, la prioridad de algunos de éstos se refleja en una tutela mayormente estricta debiendo ser asegurados a toda costa por ser fundamentales para garantizar la supervivencia de éstos.

Para lograr lo anterior, el Estado está naturalmente facultado y obligado a valerse de los medios adecuados, originándose así la necesidad y justificación de derecho penal, que por su naturaleza sencillamente punitiva es capaz de crear y conservar el orden social.

Por lo anteriormente expuesto, solicito que se inscriba en el Diario de los Debates íntegro el texto de este proyecto de decreto

Artículo único. Se crea Ley de Derecho de las Víctimas del Delito y Acceso a la Justicia. Es cuanto, señor Presidente.

«Iniciativa que expide la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia, a cargo del diputado Mario Enrique del Toro, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal Mario Enrique del Toro, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con su situación histórica, todos los pueblos han dejado ver diferentes características en sus procesos de cambio y transición a la democracia. Nuestra nación ha vivido esos cambios desde inicios del siglo anterior, pasando del fortalecimiento de las instituciones frente al caudillismo, a la transición pacífica y democrática en 2000.

Muchos catedráticos coinciden en que un elemento fundamental en el fortalecimiento de la democracia es la defensa y promoción de los derechos civiles a la par de los derechos humanos, enarbolada desde finales de la década de los ochenta del siglo pasado tanto por organizaciones civiles y académicas, como por fuerzas políticas de distinto signo que llevaron al establecimiento de instituciones autónomas y confiables.

Queda pendiente, sin embargo, la consolidación hacía una democracia incluyente, que procure equidad entre todos los individuos, por lo que ésta no puede ser concebida sin el reconocimiento y respeto de los derechos humanos de todos, como columna vertebral e ineludible de un Estado moderno.

Reflexionando sobre los resultados de la transición y fortalecimiento de la democracia en nuestro país, en primera instancia podemos apreciar importantes cambios. Sin embargo esta consolidación tan añorada trae consigo otros retos.

Uno de ellos, y que destaca de entre todos, es el fortalecimiento de la impartición de justicia, que procure el mantenimiento de la paz social, y que tenga un carácter restaurativo respecto de la relación víctima-delincuente.

En las sociedades modernas, donde se busca un correcto funcionamiento y movilidad, el núcleo de la representación de la justicia es la idea de la dignidad humana y libertad, así como del principio de equidad entre las personas, quienes por lo mismo deben ser tratadas por igual y consideradas en igualdad de condiciones. Por lo anterior, una condición sine qua non en el combate a la pobreza, es la lucha por la defensa de la justicia y los derechos fundamentales.

De lo anterior podemos desprender que para alcanzar el ideal de democracia, nuestras instituciones, sociedad y ciudadanos deben tomar parte en la consolidación del sistema de justicia, que permita la equidad entre los individuos pero sobre todo el respeto a la eminente dignidad de las personas.

Por otro lado, la transformación del mundo ha influido sin duda en las nuevas relaciones entre los miembros de cada comunidad, lo que ha tenido como resultado, una nueva integración social y la presencia de nuevas problemáticas. Entonces, para asegurar una correcta protección de cada uno de sus miembros, se requiere adaptar el marco legal a las nuevas realidades; las reformas y adiciones a nuestras leyes manifiestan un derecho vivo que surge de las transformaciones sociales: es por ello que nos corresponde analizar y conocer de está problemática, y coadyuvar en el perfeccionamiento del estado de derecho.

En este punto es imprescindible plantear una pregunta: ¿Cuál es la concepción de justicia que resulta mayormente benéfica para nuestra sociedad, con instituciones en vías de consolidación que permita a los individuos una igualdad de condiciones de vida y que a su vez sea adecuada para impulsar la democracia frente a las nuevas condiciones de la globalización?

A esta demanda, John Rawls postula, desde la visión de un país desarrollado, su famosa teoría de los ``bienes primarios'', representados por 1) los derechos, 2) las libertades y 3) las oportunidades. Esta teoría considera que toda persona debe tener igualdad de derechos y acceso al más extenso sistema de garantías públicas, que sea además compatible con un sistema social que busque también la equidad. Por ello, todas las instituciones ligadas al Estado deben respetar las libertades básicas de todos los ciudadanos, las cuales no pueden ser reducidas ni eliminadas bajo ningún concepto.

En materia de procuración de justicia y debido al incremento en el índice de desigualdad social que se registra en el mundo, se ha originado un nuevo problema social: el reconocimiento eficaz de los derechos de las víctimas del delito.

Todos los intereses que el Estado y el derecho mexicanos intentan proteger son de importancia incalculable; sin embargo, la prioridad de algunos de estos se refleja en una tutela mayormente estricta, debiendo ser asegurados a toda costa, por ser fundamentales para garantizar la supervivencia de éstos.

Para lograr lo anterior, el Estado está naturalmente facultado y obligado, a valerse de los medios adecuados, originándose así la necesidad y justificación del derecho penal que, por su naturaleza esencialmente punitiva, es capaz de crear y conservar el orden social. A la par de esto se debe contar un marco legal que asegure a los individuos medios de defensa suficientes en el reclamo de sus derechos.

Un factor que es necesario mencionar es el hecho de que, derivado de nuestra forma de gobierno, cada uno de los estados que forman la República Mexicana (artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) se ha ocupado de expedir un código penal y uno de procedimientos penales. Ello trae como consecuencia que existan 64 códigos estatales (32 sustantivos y 32 adjetivos) y 2 códigos federales (uno sustantivo y otro adjetivo). La confusión y los problemas que esto genera son palpables, pues mientras que en algunas entidades federativas la edad penal comienza a los 16 años, en otras lo es a los 18. Mientras que en el Distrito Federal no existe el delito de adulterio, en el ámbito federal aún se sanciona.

Lo mismo sucede en al ámbito procesal. La protección de los derechos de las víctimas presenta el mismo problema ya relatado, pues mientras Sonora, el Distrito Federal y el estado de México cuentan con leyes que protegen al ofendido del delito, en el ámbito federal no se cuenta con una ley secundaria que complemente los derechos reservados a las víctimas del delito en el artículo 20 de la Carta Magna.

Ahora bien, ¿por qué la importancia de dar una protección mayormente incluyente a la víctima del delito?

Muchos especialistas en materia de justicia señalan que las leyes han centrado su atención en los derechos de las personas que son acusadas por la comisión de algún delito. En contraposición, la víctima de delito, pasó a ser víctima del olvido y abandono legal. Así, al sufrimiento generado por el delito, se añade el sufrimiento derivado de la desatención y carencia de apoyo.

Esta situación de desequilibrio tiene una explicación. La historia nos demuestra que después de la época de la venganza privada, conocida como ``edad de oro'' de la víctima, en razón de que el ofendido tenía prácticamente en sus manos al ofensor, la víctima fue perdiendo espacio. En este devenir histórico, el derecho penal tomó un rumbo claro y unilateralmente definido: desplazó totalmente a la víctima, puso énfasis en la represión del delincuente, y llegó a extremos graves y notorios, como abusos e injusticias cometidas por el poder público en perjuicio de los acusados como de sus familias, pero de igual manera la víctima del delito quedaba en un plano secundario.

Surgió entonces, para bien de la justicia, la época humanista, donde la idea central fue el repudio a la injusticia, el abuso del poder, la crueldad, y el trato inhumano, lo que tuvo como consecuencia la declaración universal de los derechos del hombre, y otros instrumentos que han permitido reconocer la eminente dignidad de las personas.

Esos procesos históricos han afectado a nuestra nación, y con el compromiso de procurar que cada ciudadano en México cuente con un marco legal que le garantice una efectiva defensas de sus intereses, el Estado han suscrito diversos documentos, realizado diversas reformas y procurado nuevas responsabilidades.

Sin embargo, y a pesar de los esfuerzos realizados, estos no son suficientes. El marco normativo aún es deficiente e incompleto, las víctimas son abandonadas a su suerte y en muy pocas ocasiones tienen un papel protagónico, que les permita un real resarcimiento del daño hecho por el delincuente.

Ante este panorama, ¿cuál es nuestro compromiso como parlamentarios?

Mantener la protección de las víctimas del delito como una prioridad entre los intereses nacionales, ya que al igual que los derechos humanos alientan la vida de una auténtica democracia. Son expresión concreta de la dignidad humana. Sin el respeto cabal a las garantías fundamentales, no hay democracia. De su pleno reconocimiento y protección jurídica depende la existencia de un estado democrático y de pleno derecho.

La impartición de justicia es por antonomasia un servicio de Estado, por tanto, su misión y razón van acordes con los fines del mismo, como una organización política emanada de la sociedad. Por lo mismo, su objetivo principal es la de proteger a los mexicanos, además de garantizar un trato equitativo y el mantenimiento de la paz social, acorde con lo anterior, los funcionarios encargados de la impartición de justicia deben destacarse por una vocación de entrega a la defensa y promoción de los derechos humanos, vocación de servicio, un gran profesionalismo y una cosmovisión que les permita entender el medio que les rodea, así como ser factores de cambio.

La experiencia nos ha demostrado lo importante que es adecuar y modernizar la ley, las reformas y adiciones a nuestras normas no solo nos muestran un derecho vivo que surge de las transformaciones sociales, sino que busca responder a las exigencias de la nuevas realidades nacionales e internacionales, además de estar a la vanguardia de los cambios que de ella derivan. Es un hecho irrebatible, como se ha demostrado que el contexto mundial hoy nos impone nuevos retos y necesidades.

En mérito de lo expuesto con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a su alta consideración del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se crea la Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia.

Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia

Título Primero Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer los derechos y las medidas de atención, protección y acceso efectivo a la justicia de las víctimas de una conducta tipificada y sancionada como delito por las leyes penales en los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2. Son beneficiarios de esta Ley y para sus efectos se entenderá por:

I. Víctima directa. Toda persona individual o colectiva que como consecuencia de acciones u omisiones tipificadas como delitos por la legislación penal, realizadas por el agente activo en su contra, haya sufrido cualquier tipo de daño, temporal o permanente, en su integridad física, psíquica o emocional, o menoscabo en sus bienes patrimoniales. II. Víctima indirecta. En caso de fallecimiento de la víctima directa: el cónyuge supérstite o el concubinario o concubina, y los hijos menores de edad; a falta de éstos los demás descendientes y ascendientes que dependieran económicamente de la víctima directa al momento de su fallecimiento.

III. Sujetos protegidos. Los familiares de la víctima sin restricción de grado, denunciantes, querellantes y testigos, cuando existan datos o indicios que demuestren presuntamente que éstos pudieran ser afectados por los responsables de la comisión de un delito o por terceros involucrados.

La calidad de víctima directa o indirecta y sujeto protegido es independiente de que se aprehenda, enjuicie o condene al responsable del delito y de cualquier relación familiar, laboral o afectiva entre éstos y el acusado, por tanto los sujetos mencionados gozarán sin distinción alguna, de las garantías que señale esta ley desde el momento de la denuncia del delito.

Para los efectos de la reparación del daño, se estará a lo dispuesto por el artículo 30-bis del Código Penal Federal.

Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. Ley. La Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia; II. Procuraduría. La Procuraduría General de la República; III. Secretaría. La Secretaría de Salud; IV. DIF. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; V. Código Sustantivo. El Código Penal Federal; y VI. Código Adjetivo. El Código Federal de Procedimientos Penales.

Artículo 4. Las medidas de protección a que se refiere esta ley serán proporcionadas por el titular del Poder Ejecutivo federal a través de la Procuraduría General de la República, a cuya dependencia corresponde implementar los programas, lineamientos y procedimientos administrativos a efecto de que éstas se hagan efectivas.

El Ejecutivo federal, asimismo, procurará la prestación de los servicios de atención a las víctimas del delito, a través de la Secretaría de Salud y el DIF, a los cuales corresponde instaurar las acciones requeridas para la debida y oportuna aplicación de la presente ley de acuerdo a las bases generales de los ordenamientos aplicables en la materia.

La Procuraduría será la unidad administrativa encargada de vigilar el cumplimiento de los servicios de atención reguladas por la presente ley, incluyendo la ejecución de acuerdos y demás determinaciones emitidas por el titular de la misma.

Artículo 5. Los jueces, magistrados, ministerios públicos, y demás servidores públicos que intervengan por razón de su cargo en la investigación de hechos que pudieran constituirse en delitos, así como en el proceso penal que se instaure, informarán a las presuntas víctimas sobre su derecho para solicitar los servicios regulados en esta ley. Asimismo, llevarán a cabo todas las acciones necesarias para el oportuno y eficaz cumplimiento de las disposiciones de la presente ley. La omisión de lo anterior será castigada en función de las leyes penales y administrativas correspondientes.

Artículo 6. Las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus atribuciones, podrán celebrar toda clase de acuerdos y convenios administrativos mediante los cuales se establezcan los mecanismos de coordinación, colaboración y concertación que permitan la participación de los sectores público, social y privado en materia de atención y protección a las víctimas del delito.

Capítulo II De los Derechos de las Víctimas del Delito

Artículo 7. Las víctimas directas e indirectas tendrán durante la averiguación previa y el procedimiento de orden penal, sin perjuicio de lo dispuesto por otros ordenamientos legales, los siguientes derechos:

I. A ser enterados directa y oportunamente de los derechos que en su favor establece la Constitución y demás ordenamientos aplicables en la materia. II. A ser tratados con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, profesionalismo, eficiencia y eficacia. III. A ser tratados con atención y respeto a su dignidad humana. IV. A que se les procure justicia de manera pronta, gratuita e imparcial. V. A ser auxiliados por intérpretes traductores cuando pertenezcan a un pueblo o comunidad indígena, o no conozcan o no comprendan bien el idioma español, o padezcan alguna discapacidad que les impida escuchar o hablar; VI. A no ser discriminados por su origen étnico o nacional, su género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Título Segundo Capítulo I De las Medidas de Protección y Atención a las Víctimas del Delito

Artículo 8. En materia de asesoría jurídica, la víctima o el ofendido por cualquier delito tendrán los siguientes derechos:

I. A recibir asesoría jurídica profesional gratuita para la defensa de sus intereses; II. Que los órganos encargados de la función investigadora reciban la denuncia o querella que por escrito o en forma verbal presenten, ordenando en forma expedita la ratificación de la misma y la continuación de la averiguación previa; III. A ser asistida por persona de su confianza, o quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela o, en su defecto, por una psicóloga adscrita al Ministerio Público o al Tribunal correspondiente, cuando la víctima sea menor de edad o incapaz y comparezca ante el Ministerio Público o el juez; IV. A comparecer por sí o a través de persona de confianza o de su representante, en todo acto procesal; V. A coadyuvar con el Ministerio Público a fin de poner a su disposición todos los datos conducentes a acreditar el cuerpo del delito, la responsabilidad del indiciado y el monto del daño recibido; VI. Que el Ministerio Público les acepte como coadyuvantes o personas de confianza a quienes ellas designen; VII. A contar con todas las facilidades para identificar al probable responsable; VIII. Ser informado, en cualquier momento, del estado procesal que guarde la averiguación previa o el proceso correspondiente; IX. A tener acceso al expediente para informarse sobre el estado y avance del procedimiento en cualquier momento del mismo; X. A solicitar el desahogo de las diligencias que, en su caso, correspondan. Cuando que el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de determinada diligencia, deberá fundar y motivar su negativa; XI. Estar presente en el desahogo de los actos y diligencias en que intervenga el inculpado o su defensor; XII. A recibir en forma gratuita copia simple de su denuncia o querella, o copia certificada cuando así la solicite, de conformidad con lo previsto por las leyes de la materia; XIII A ser informados claramente del significado y la trascendencia jurídica del perdón en caso de que deseen otorgarlo; XIV. Solicitar el reemplazo del Ministerio Público asignado, por razón suficiente a juicio de la autoridad correspondiente, la cual en un término no mayor a 48 horas deberá resolver lo conducente. XV. Las demás que le confieran otras leyes.

Artículo 9. Las medidas de protección a que tendrán derecho los beneficiarios de esta ley consistirán en:

l. A solicitar a la autoridad correspondiente se dicten medidas y providencias suficientes para proteger su vida, integridad física y moral, bienes, posesiones o derechos contra todo acto de intimidación, represalia o daño posible, cuando existan datos suficientes que demuestren que éstos pudieran ser afectados por los probables responsables del delito o por terceros implicados o relacionados con el ofensor;

En ningún caso procederá la entrega de recursos económicos en efectivo.

Artículo 10. Las medidas de atención a que tendrán derecho las víctimas directas consistirán en:

I. Atención médica y psicológica de urgencia. En casos de delitos que atenten contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, deberán ser atendidos por una persona de su mismo sexo; II. Atención y tratamiento médico o psicológico permanente que la víctima por sus condiciones socioeconómicas y carencia de servicios básicos de seguridad social no pudiere obtener o sufragar directamente. III. Atención médica en cualquier tiempo en los centros hospitalarios privados con los que el Estado cuente con convenio, cuando se trate de lesiones que pongan en peligro la vida, o cuando exista riesgo de sufrir alguna lesión orgánica permanente; IV. Recibir tratamiento especializado en victimología hasta su recuperación física y mental, buscando la reintegración de la víctima a su medio; y V. Las demás que le otorguen otras leyes.

Artículo 11. Las medidas de atención, protección, o servicios otorgados a las víctimas del delito por las instituciones públicas de la Federación, los Estados y los municipios serán gratuitos.

Artículo 12. Queda a salvo el derecho de la víctima directa, indirecta y los sujetos protegidos de solicitar la reparación del daño moral causado por el delito, a las autoridades correspondientes.

Artículo 13. El Ministerio Público deberá realizar desde el inicio de la averiguación previa y durante el ejercicio de la acción penal, las actuaciones necesarias a efecto de recabar pruebas suficientes para acreditar la existencia del cuerpo del delito, la responsabilidad del inculpado y el monto del daño causado a la víctima del delito.

Artículo 14. El Ministerio Público y la autoridad judicial deberán recibir y proveer el desahogo de todas las pruebas ofrecidas por la víctima o coadyuvantes orientadas a demostrar la existencia del cuerpo del delito, la responsabilidad del inculpado y el monto del daño causado.

Capítulo II De las Autoridades Competentes para Proporcionar Atención y Protección a las Víctimas del Delito

Artículo 15. Están obligados a proporcionar atención y protección a las víctimas de delitos, en sus respectivos ámbitos de competencia, las autoridades siguientes:

I. La Procuraduría General de la República; II. La Secretaría de Salud; III. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; y IV. Los organismos públicos que presten servicios médicos y de salud. V. Los centros hospitalarios privados con los que el Estado cuente con convenio.

Artículo 16. La Procuraduría proporcionará a las víctimas u ofendidos de delitos los siguientes servicios:

I. Asesoría jurídica gratuita; IV. Protección física o de seguridad, en los casos en que se requiera.

Artículo 17. La Procuraduría al buscar el cumplimiento de los objetivos de esta ley, sin perjuicio de las conferidas por otros ordenamientos, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Elaborar y ejecutar programas especiales para brindar protección y auxilio a las víctimas del delito en las áreas jurídica y de prevención; II. Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas de educación y de asistencia social, especialmente con aquéllas que tengan a su cargo la prestación de apoyo a las víctimas del delito; III. Diseñar y ejecutar los programas tendientes a mejorar la calidad y eficiencia del servicio de investigación y procuración de justicia a cargo del Ministerio Público, en la materia a que se refiere esta ley; IV. Establecer mecanismos para ampliar la cobertura de protección a las víctimas de delitos, particularmente cuando se encuentren involucrados menores de edad, incapaces, adultos mayores o miembros de grupos vulnerables de la sociedad; y V. Las demás que le confieren esta ley y otras disposiciones legales aplicables.

Artículo 18. La Procuraduría contará con el personal necesario especializado en las materias a que se refiere la fracción I del artículo anterior y que resulten necesarios para el cumplimiento de las atribuciones que le confiere la presente ley.

Artículo 19. Con objeto de proteger a las víctimas u ofendidos por la comisión de delitos sexuales, el Ministerio Público deberá abstenerse de hacer pública su identidad.

Artículo 20. Las autoridades obligadas a prestar los servicios de atención y protección previstos en la presente ley deberán establecer anualmente las previsiones presupuestales que les permitan el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley.

Capítulo III Del Procedimiento para el Otorgamiento de Beneficios a las Víctimas del Delito

Artículo 21. Los agentes del Ministerio Público al inicio de la averiguación previa darán a conocer a las víctimas del delito, los derechos y beneficios establecidos por la presente ley, así como su entera libertad para solicitarlos, debiendo dejar constancia en el expediente y remitiendo dicha solicitud a la autoridad correspondiente.

Artículo 22. La dependencia correspondiente, se avocará a obtener la información conducente para determinar la especialidad y duración de los servicios solicitados, procurando que éstos se inicien de inmediato.

Artículo 23. Cuando alguno de los beneficiarios de esta ley solicite protección a la Procuraduría, ésta deberá tomar todas las precauciones necesarias a fin de que el solicitante sea efectiva e inmediatamente protegido, tanto en su persona como en sus bienes.

Artículo 24. Cuando se advierta falsedad en la información proporcionada por el solicitante a la Procuraduría, ésta podrá suspender cualquier apoyo y beneficio otorgado, quedando a salvo el derecho de la dependencia para demandar la restitución de lo erogado ante las autoridades correspondientes.

Transitorios

Artículo Primero. La presente reforma entrará en vigor 90 días después al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El titular del Poder Ejecutivo Federal adoptará las medidas correspondientes para la promulgación y publicación del reglamento de la presente ley, a efecto que su entrada en vigor sea simultánea con el reglamento respectivo.

Artículo Tercero. Se derogan todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que en lo conducente se opongan a los términos, contenidos, efectos y alcances de la presente ley.

Artículo Cuarto. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Recinto Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2007.--- Diputado Mario Enrique del Toro (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Del Toro. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates. Túrnese a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.




LEY FEDERAL DE DERECHOS

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se recibió del diputado Gustavo Mendívil Amparán, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario PRI, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 223, apartado B, fracción I, inciso c) y se reforma el artículo 231-A, primer y segundo párrafos de la Ley Federal de Derechos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El eje rector de la democracia mexicana, raíz del gobierno republicano, federalista, representativo y base de la división territorial, es el municipio.

La importancia de fortalecer al municipio se concibe a partir de ampliar desde la base, su capacidad política y de gestión, incorporándole facultades de diversa índole, orientadas a consolidarlo como orden de gobierno, en los términos de la reforma constitucional realizada por el Poder Constituyente en el año de 1999. Una manera de lograr este objetivo y consolidar sus capacidades para orientar el desarrollo de las comunidades, es responsabilizarlos específicamente de la administración del suministro de agua potable y del manejo de las descargas de aguas residuales, mediante reformas que hagan posible concretar en el terreno de los hechos las disposiciones que establece el artículo 115 constitucional, mismo que por la falta de recursos y capacidades amenaza con transformarse en letra muerta.

Hasta hora, a pesar de las reformas realizadas para fortalecer al municipio, su papel continúa reducido al de órgano tributario auxiliar en diversas materias, como ocurre en la gestión de los servicios de agua, en donde el cobro de derechos se traslada inmediatamente a la Comisión Nacional del Agua y el cobro de los servicios proporcionados por los organismos operadores se contrata y se paga a dicha comisión al amparo de los títulos de concesión vigentes.

En el primer caso, los ayuntamientos únicamente reciben un título de asignación que les permite ``disponer'' de un volumen de agua potable establecido por la Federación.

Aunque teóricamente el municipio tiene derecho a la devolución de una proporción del importe captado por la Conagua de los usuarios y de los operadores, esto es ficticio, toda vez que los recursos se condicionan a la inversión y ejecución de los programas predeterminados por la propia comisión. Adicionalmente, en el caso de los organismos operadores, la servidumbre fiscal los pone al borde de la quiebra sin que puedan invertir en mantenimiento y ampliación de la infraestructura, dándose el caso del embargo y la requisa federal por la imposibilidad de pagar deudas elevadas acumuladas por el sistema financiero del agua vigente, que es centralista y asfixiante para todo el país.

El problema central de los municipios, hoy por hoy, es la fortaleza de sus finanzas. Efectivamente, a pesar de las disposiciones constitucionales, el marco jurídico, principalmente el de carácter hacendario, nos indica que el municipio en el diseño institucional no está concebido como actor fundamental del desarrollo, sino simplemente como auxiliar del gobierno central.

Hay municipios que por las características propias del lugar, del grado de desarrollo, de la marginación, de la pobreza extrema en la que viven, no tienen ingresos propios y dependen absolutamente de las participaciones.

Se requiere urgentemente tomar medidas, sensibilizar a nuestras instituciones políticas de lograr grandes acuerdos federalistas, de asumir la bandera del municipalismo para impulsar el fortalecimiento de los ayuntamientos y las comunidades. Estimamos que el compromiso de la República con los gobiernos municipales no debe ni puede consistir en la mera entrega de apoyos asistenciales. Es verdaderamente urgente que se les reconozcan atribuciones para impulsar su desarrollo económico.

Además de que se les reconozcan facultades y se les transfieran atribuciones a los municipios, es preciso que reciban la oportunidad de que ellos mismos puedan sanear su problemática, que atiendan la pobreza que se vive en casi la totalidad de ellos y sobre todo que se constituyan en entidades impulsoras de su desarrollo social y productivo. Este objetivo puede lograrse, con la voluntad política de todos y con la asistencia técnica, económica y fiscal para que la creación de nuevas facultades sirva para impulsar un nuevo equilibrio favorable al municipio.

En ese orden de ideas, nos interesa señalar que la Carta Magna, en el artículo 115, fracción III, otorga facultades a los municipios para que, bajo su responsabilidad, tengan a su cargo las funciones y servicios públicos correspondientes a la gestión y distribución del agua potable, el alcantarillado, el tratamiento y la disposición de aguas residuales. Qué razón más poderosa se necesita para impulsar al municipio, para que se responsabilice de una facultad constitucional y principalmente para que mitigue su problemática económica.

Al margen de esta visión será muy difícil resolver problemas acuciantes, como el del agua. El problema del agua en nuestro país es muy complejo, la diferencia entre las regiones centro-norte y sur-sureste del país en disponibilidad del agua, se encuentra distribuida de la siguiente manera: 30% para el centro-norte y el 70% para el sur-sureste. En el renglón de cobertura nacional el 90% de los habitantes cuentan con servicio de agua potable y en alcantarillado solo el 76%, esto quiere decir que todavía 10 millones de personas no cuentan con el servicio de agua y aproximadamente 24 millones de personas no cuentan con el servicio de alcantarillado.

La gestión del agua pasa por problemas financieros para atender el abasto y los nuevos requerimientos y como es un círculo pernicioso, el problema se extiende a lo técnico y administrativo. El Instituto de Ingeniería de la UNAM señala que el 40% del líquido se pierde en fugas principalmente domiciliarias, en válvulas de distribución y tomas clandestinas, además de existir serios problemas organizativos y administrativos.

La Conagua aseguró que en México 60 millones de personas no pagan el consumo de agua. Que de cada mil litros de agua potable solo se cobran 362, menos del 40%.

De los 2,356 organismos operadores del agua que existen en la República Mexicana, 1,567 proporcionan el servicio a poblaciones urbanas, 98 a poblaciones rurales y 691 a poblaciones de los dos tipos antes mencionados. Un organismo operador puede brindar el servicio a un municipio o a parte de ellos e inclusive puede brindar el servicio a municipios de dos entidades diferentes.

Los organismos operadores tienen que sortear con el problema del cobro de las tarifas de agua y alcantarillado; su área de Cultura del Agua, cuyo papel es ser promotores de la conservación de los recursos hídricos y principalmente de que se pague por el consumo de agua, no ofrecen buenos resultados, porque no existen recursos suficientes para ello. En materia de derechos, los recursos que se cobran, se tienen que entregar por ley al gobierno federal, el cual los reintegra de forma dispersa e insuficiente a los ayuntamientos, quienes no pueden responder a la demanda de ampliación de la red y mejora de la calidad del agua.

De todos los municipios del país la recaudación es de 20 mil millones de pesos al año, por 10 mil millones de metros cúbicos de agua. De éstos, el 72% se canaliza al sector agropecuario; el 9% la industria; el 12% el público urbano y 7% otros usos. El gobierno para este año invierte otros 20 mil millones de pesos y aún así la Conagua reconoce que se requieren 10 mil millones de pesos más para cumplir con el programa de inversión propuesto. ¡¡¡Cómo satisfacer estas necesidades si el responsable de la gestión hidráulica, el municipio es tratado como un mero auxiliar recaudador!!!

Por lo tanto, cuando el municipio entrega lo recaudado a la Conagua, se genera una verdadera crisis financiera. Nos parece que es tiempo ya de que los municipios reciban un nuevo tratamiento fiscal en materia del cobro, pero sobre todo de la administración de los ingresos por consumo de agua y que sean ellos quienes los apliquen para atender los legítimos y urgentes reclamos de la sociedad.

Por ello, esta iniciativa plantea la transferencia definitiva de dichas facultades a los municipios, con el propósito de que administren integralmente el servicio del agua, responsabilizándolo de la administración de los recursos que hoy se entregan al gobierno federal, conforme a su responsabilidad constitucional y no continúe reportándolo a la Conagua, redefiniendo la obligación que hasta ahora establecen los artículos 223 y 231-A de la Ley Federal de Derechos.

Esta propuesta la realizamos al amparo de cuatro razones jurídicas inapelables para entregar al municipio lo que debe ser del municipio. En primer lugar, una razón que corrige la interpretación obsoleta del artículo 27 constitucional que asume que la propiedad nacional de las aguas la tiene la ``Federación'', encarnada en el gobierno central. Para este caso, concordamos con una interpretación progresista de dicho precepto que entiende que el objetivo original del constituyente no se identifica con el gobierno federal, sino con el conjunto del país, entendido como la suma de los diversos niveles de gobierno y de la propia sociedad, dando un nuevo valor a los principios de corresponsabilidad, de participación y de interés general. Desde esta perspectiva, el reconocimiento de un mayor papel del municipio en materia financiera del agua no sólo no disminuye el carácter nacional de la misma sino que la fortalece, la reivindica y la actualiza.

En segundo lugar, invocamos el principio de equidad tributaria, que establece la fracción IV del artículo 31 constitucional, que señala la proporcionalidad y la equidad de los impuestos, pero que el Constituyente estatuyó bajo una idea federalista, al señalar estos principios para los gastos públicos de la Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios, aunque tradicionalmente sólo se interpretan para el fortalecimiento de la hacienda federal. Es decir, en la medida en que los municipios quedan al margen de una relación directa entre el contribuyente y el prestador de los servicios públicos, se truncan dichos principios, por lo que es necesario delegar mayores y mejores atribuciones fiscales y de administración a los ayuntamientos para que se cumpla con ellos y un camino elemental es el establecimiento de una relación lógica y directa en el sentido de que el que presta el servicio debe recibir sus ingresos.

En tercer lugar, apelamos a reivindicar el eje federal de nuestra administración pública, ya que la posibilidad de que los municipios administren el total de los recursos que se recaudan por los servicios de agua potable, drenaje y tratamiento de aguas residuales, fortalecería el cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de la Constitución, que define a nuestro país bajo el régimen federal, el cual está incompleto sin responsabilidades claras para las partes de la federación, en este caso los ayuntamientos, a quienes en las leyes secundarias se les arrebata cualquier posibilidad administrativa y financiera para cumplir con ellas, como es el caso de la Ley Federal de Derechos, que es un verdadero atentado al régimen federal y al municipalismo, que se argumenta como la piedra angular de nuestro sistema político.

Finalmente, esta propuesta es reivindicatoria del principio de la libertad hacendaria municipal, toda vez que la fracción IV del artículo 115 establece que los municipios no deben tener intermediaciones ni limites para la administración autónoma de sus recursos y que estos se forman de las contribuciones, de las participaciones y de, lo que constituye la parte central de nuestra argumentación, ``los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo'', lo cual es enteramente falso en el caso del servicio público de agua potable, drenaje y aguas residuales, por un pésimo diseño del sistema fiscal, el cual es abusivo y contrario al buen gobierno, que se pregona como estrategia para transformar la administración pública.

En conclusión, el objetivo de la presente reforma es otorgar libertad y plena confianza a los municipios, para que se encarguen de proporcionar al usuario el agua, administren el servicio, recauden su pago, y hagan uso absoluto de los ingresos por este concepto para generar y hacer crecer la infraestructura del agua, en beneficio del bienestar de las comunidades y de todos los habitantes de nuestro país.

Por lo antes expuesto, someto a su consideración la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 223, apartado B, fracción I, inciso c) y el artículo 231-A, primer y segundo párrafos de la Ley Federal de Derechos, en los siguientes términos:

Artículo Primero. Se reforma el artículo 223, apartado B, fracción I, inciso c), de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 223. Por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales a que se refiere este capítulo, se pagará el derecho sobre agua, de conformidad con la zona de disponibilidad de agua en que se efectúe su extracción y de acuerdo con las siguientes cuotas:

A. ...

B. ...

I. Uso de agua potable:
a) ...
b) ...
c) ...
Para los efectos del uso de agua potable, se considerará:
(TABLA) ...
Los ingresos obtenidos por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales a que se refiere esta fracción, se destinarán en su totalidad para el uso y administración por parte de los municipios, en proporción a la recaudación calculada en su demarcación, para la ampliación, mantenimiento y desarrollo de obras de infraestructura hidráulica, en los términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
... ... ...
II a IV ...

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 231-A, primer y segundo párrafos, de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 231-A. Los ingresos que se obtengan de las empresas públicas o privadas a que se refiere el apartado B, fracción I del artículo 223 de esta Ley, se destinarán al municipio de la demarcación correspondiente, para la realización de acciones de mejoramiento, eficiencia, mantenimiento, ampliación y construcción de infraestructura de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

Cuando dichos ingresos se ejerzan para el financiamiento de programas que se establezcan en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, esta aportará recursos federales en una cantidad equivalente por lo menos por el mismo monto de la aportación municipal, en el ejercicio de que se trate.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY QUE ESTABLECE LAS BASES PARA OTORGAR PENSIONES Y PRESTACIONES A LOS CIUDADANOS QUE HAYAN DESEMPEÑADO EL CARGO DE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se concede el uso de la tribuna al diputado Samuel Aguilar Solís, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa de Ley que Establece las Bases para otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Samuel Aguilar Solís: Con su permiso, diputado Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Adelante, diputado.

El diputado Samuel Aguilar Solís: Compañeras diputadas y compañeros diputados, vengo a presentar una iniciativa de ley que le dé marco jurídico y regule las pensiones de los ex presidentes de la república. Esta iniciativa, de aprobarse por esta soberanía, habrá de ahorrarle al país de manera inmediata 205 millones de pesos.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, la seguridad social se identifica como parte de un sistema de protección social, resultado de la conformación de los Estados modernos así como de las demandas de trabajadores para conseguir mejores condiciones de vida y debe estar orientada a promover la universalidad, equidad y solidaridad en el acceso a esas prestaciones. En nuestro país existe una gran diversidad de sistemas de pensiones y algunos pocos con muchos privilegios.

El número de pensionados en el IMSS son 2.5 millones. El promedio anual de pesos por pensionado es de 22 mil. Del ISSSTE son 612 mil pensionados. El promedio anual en pesos por pensionado es 68 mil pesos.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia son 53 titulares y 28 viudas. El promedio anual de pensionado es poco más de 1 millón 600 mil pesos. Los ex presidentes de la república son cinco y se conoce que cada año el pago de pensiones cuesta en promedio más de 1 millón 900 mil pesos. Esto es parte de las inequidades que tienen que resolverse.

Si se busca un sistema de seguridad social que sea acorde con el país para que todos puedan gozar de una pensión básica, sería suficiente con respetar principios generales referidos a aportaciones, de acuerdo con el nivel salarial y a fijar topes en los montos de las pensiones.

Según un estudio del Senado de la República, la protección para los ex presidentes mexicanos incluye 78 elementos de las fuerzas federales para cada uno de ellos: 45 del Ejército (32 de tropa, 8 oficiales, 4 jefes y 1 general); 22 de la Armada (16 de tropa, 4 oficiales y 2 jefes); 11 de la Fuerza Aérea (8 de tropa, 2 oficiales y 1 jefe).

También tienen a su disposición a 25 empleados de la federación, tres choferes y personal de oficina. Incluso se cubren los servicios de telefonía, tienen acceso a viajes nacionales o al extranjero y en su pago reciben primas mensuales, aguinaldo, bono, prima vacacional, estímulos especiales y apoyo para despensa.

Las pensiones de los ex presidentes no tienen sustento legal, toda vez que no están incluidas en ninguna ley o cuerpo normativo. Son acuerdos de carácter administrativo sin ninguna fuerza jurídica que los sostenga, por lo que es indispensable poner fin a la discrecionalidad con que se erogan los recursos públicos.

En México, el Poder Legislativo federal no ha participado directamente en el establecimiento de las prerrogativas y beneficios que reciben los ex presidentes de la república.

La determinación de tales prebendas está basada en prácticas discrecionales y en acuerdos dictados por los propios presidentes en turno, quienes se beneficiaron de sus propias decisiones siendo juez y parte en la asignación de sus propios ingresos.

El 25 de noviembre de 1976, por acuerdo del entonces presidente Luis Echeverría Álvarez, se dispuso ---cito--- ``que al concluir el mandato, el ciudadano que hubiese desempeñado el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, requiere disponer para el desempeño de servicios generales, a sus órdenes directas, de personal del Ejército, Armada y Fuerza Aérea''.

El 31 de marzo de 1987, mediante acuerdo, el presidente Miguel de la Madrid formalizó el disfrute de una pensión, prestaciones de seguridad social equivalentes a las que percibe un secretario de despacho, y se reguló el derecho de la cónyuge para disfrutar de la pensión presidencial y de los seguros de vida y gastos médicos mayores, incluyendo a los hijos.

Éstas y otro tipo de prerrogativas son las que gozan los ex presidentes de la república.

De manera concreta, ¿qué propone esta iniciativa que estoy presentando a esta soberanía? La aplicación y seguimiento de esta ley por conducto de las secretarías de la Función Pública, de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública.

Que el ex presidente constitucional tendrá derecho a disfrutar de una pensión vitalicia equivalente al 60 por ciento del salario del presidente constitucional en funciones. Dicha pensión será suspendida si el beneficiario recibe otro ingreso de cualquier otro cargo público, por ejercicio profesional o actividad laboral incluido los pagos en especie, si fuere condenado por juicio político o algún delito grave y por algún acto que atente contra la seguridad, las autoridades o las instituciones nacionales.

En caso de muerte del exmandatario, su cónyuge disfrutará de una pensión equivalente a 50 por ciento del salario del presidente constitucional en funciones. En caso de muerte del cónyuge viudo, la pensión beneficiará de la misma cuantía a los hijos, hasta alcanzar la mayoría de edad. El ex presidente contará con cinco puestos de trabajo de naturaleza eventual, sin ser el familiar de tercer grado.

Para preservar la seguridad del ex presidente, la Secretaría de la Seguridad Pública dispondrá de ocho elementos de la Policía Federal Preventiva, los cuales tendrán funciones sólo en territorio mexicano, así como de tres vehículos oficiales.

El ex presidente gozará de las prestaciones establecidas para pensionados y jubilados en el sistema de Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado. Concluyo, señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados, la iniciativa que hoy presento a esta soberanía busca poner orden donde hay abuso. Se busca establecer disciplina presupuestal y desplegar la mayor solidaridad posible frente a una sociedad empobrecida. Los invito a considerar la propuesta, pues sólo con acciones concretas y precisas convertidas en ley, estaremos defendiendo los intereses del pueblo y haciendo valer la soberanía de nuestras instituciones.

De aprobarse esta iniciativa de manera inmediata, vuelvo a reiterar, el país se estaría ahorrando anualmente 205 millones de pesos. Los actuales son tiempos de puntual rendimiento de cuentas y de plena revisión de las normas. Son tiempos de austeridad republicana para hacer vigente el principio juarista que exige a los servidores públicos mantenerse dignamente con la honrosa medianía de sus ingresos.

Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa de Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Samuel Aguilar Solís , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le otorgan los artículos 70, 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 55, fracción II, 62, 63 y demás relativos y conexos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que Hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

En cumplimiento de lo ordenado en los textos constitucionales y legales invocados, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 23, numeral 1, inciso f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del propio órgano legislativo, solicito a la Presidencia que dé curso y ordene el trámite de esta iniciativa de reforma, en términos de la normatividad vigente.

Para el efecto de sustentar la propuesta contenida en esta iniciativa de reforma, se realiza la siguiente

Exposición de Motivos

La seguridad social se identifica como parte de un sistema de protección social, resultado de la conformación de los estados modernos así como de demandas obreras y de trabajadores para conseguir mejores condiciones de vida. Está orientada a promover la universalidad, equidad y solidaridad en el acceso a estas prestaciones.

En el caso de México destaca su insuficiente cobertura, la diversidad de programas y de requisitos para tener acceso a servicios de salud, de pensiones, de vivienda, de asignaciones sociales, frente a una gran parte de población sin acceso a estos beneficios que son parte de los derechos sociales. Se ha instaurado como política social fundamentalmente a partir de los años 40 del siglo pasado, con un aspecto urbano, dejando de lado a la población rural, particularmente por estar orientada a suavizar el consumo de los sectores medios.

Al estar dirigida a los trabajadores del sector formal y mediante un contrato que determina que tienen esta prestación social, está limitada en muchos casos a otorgar seguro social, ligado casi con exclusividad al empleo asalariado, ubicado en el sector formal y urbano.

La seguridad social incluye los seguros sociales y los programas públicos orientados a mejorar el bienestar de las personas, dentro de los que destaca el de atención a la salud. Pretende cobertura universal mediante financiamiento diverso, fundamentalmente de carácter público.

Las instituciones que en México brindan seguridad social, son la Secretaría de Salud, los servicios médicos estatales y municipales, los programas sociales focales, como han sido Solidaridad, Progresa y ahora Oportunidades.

Los seguros sociales brindan el servicio de atención médico-hospitalaria, las pensiones y jubilaciones, las prestaciones monetarias por riesgos ocupacionales, de enfermedad, de maternidad, así como prestaciones de vivienda o guardería. Está directamente vinculado con el trabajo asalariado en el sector formal, por ello la cobertura es baja. El financiamiento se realiza, en el caso de México, con la participación del trabajador, del empleador y del Estado.

Entre las instituciones que tenemos en México que brindan seguros sociales se encuentra el Instituto Mexicano del Seguros Social ( IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, los servicios que otorgan empresas paraestatales como Pemex; Luz y Fuerza del Centro, la Comisión Federal de Electricidad, y la banca de desarrollo, como Banobras y Nacional Financiera. Además contamos con 30 organismos estatales y un conjunto de contratos colectivos de trabajo.

Junto con esto hay disposiciones normativas que permiten prestar atención médica y prestaciones económicas superiores al marco legal establecido, seguros médicos mayores que contrata el gobierno federal para sus niveles medios y superiores y pensiones que se otorgan sin requisitos de edad y tiempo de trabajo. Es decir, tenemos una gran heterogeneidad de posibilidades de acceder para un porcentaje muy pequeño de la población con derecho a esta prestación.

El número de pensionados en el IMSS es de 2.5 millones. El promedio anual por pensionado es de 22 mil pesos.

Del ISSSTE son 612 mil pensionados, el promedio anual por pensionado es de 68 mil pesos.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia son 53 titulares y 28 viudas, el promedio anual por pensionado es poco más de 1 millón 600 mil de pesos.

Los ex presidentes de la República son 5 y se conoce que cada año el pago de pensiones cuesta en promedio más de 1 millón 900 mil pesos.

Es importante reconocer esto porque forma parte de las inequidades que tienen que resolverse. Si se busca un sistema de seguridad social que sea acorde con el país, para que todos puedan gozar de una pensión básica sería suficiente con respetar principios generales referidos a aportaciones de acuerdo con el nivel salarial y a fijar topes en los montos de pensiones.

Según un estudio del Senado, la protección para los ex presidentes mexicanos incluye 78 elementos de las fuerzas federales para cada uno: 45 del Ejército (32 de tropa, ocho oficiales, cuatro jefes y un general), 22 de la Armada (16 de tropa, cuatro oficiales y dos jefes), y 11 de la Fuerza Aérea (ocho de tropa, dos oficiales y un jefe).

También tienen a su disposición a 25 empleados de la federación: tres choferes y personal de oficina; incluso se cubren los servicios de telefonía, tienen acceso a viajes nacionales o al extranjero, y en su pago reciben primas mensuales, aguinaldo, bonos, prima vacacional, estímulos especiales y apoyo para despensa.

Las pensiones del los ex mandatarios no tienen sustento legal, toda vez que no están incluidos en ninguna ley o cuerpo normativo. Son acuerdos de carácter administrativo sin ninguna fuerza jurídica que los sostenga, por lo que es indispensable poner fin a la discrecionalidad con la que se erogan los recursos públicos.

En México, el Poder Legislativo federal no ha participado directamente en el establecimiento de las prerrogativas y beneficios que reciben los ex presidentes de la república. La determinación de tales prebendas está basada en prácticas discrecionales y en acuerdos dictados por los presidentes en turno, quienes se beneficiaron de sus propias decisiones, siendo juez y parte en la asignación de sus propios ingresos los ex titulares del Poder Ejecutivo federal.

El 25 de noviembre de 1976, por acuerdo del entonces presidente Luis Echeverría Álvarez, se dispuso que ``al concluir su mandato el ciudadano que hubiese desempeñado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, requiere disponer para el desempeño de servicios generales a sus órdenes directas de personal del Ejército, Armada y Fuerza Aérea''.

El 31 de marzo de 1987, mediante acuerdo del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, se formalizó el disfrute de una pensión, prestaciones de seguridad social equivalentes a las que percibe un secretario de despacho y se reguló el derecho de la cónyuge para disfrutar de la pensión presidencial y de los seguros de vida y gastos médicos mayores, incluyendo a los hijos.

Estas prerrogativas no pueden encontrar su justificación dentro del régimen laboral general, puesto que parten de una situación especial de reconocimiento a su investidura y no de una contraprestación por sus servicios.

Es justo reconocer a quien ha ostentado la más alta responsabilidad política de la nación mexicana con medios suficientes para atender sus necesidades personales y políticas con la dignidad y decoro que corresponden a las altas funciones ejercidas, así como las medidas de protección oportunas de sus familiares más próximos, y dotarles de una serie de medios de apoyo que les permitan seguir poniendo su experiencia al servicio de la nación.

No se propone eliminar las prestaciones de los ex presidentes, se propone otorgar garantías jurídicas y establecer mecanismos de rendición de cuentas, normar los criterios de las percepciones y clarificar la incidencia de los costos en el gasto público.

Las necesidades económicas, políticas y culturales de la sociedad son cambiantes y exigen nuevas normas que las satisfagan de mejor manera o que eliminen prácticas que se consideran injustas o inconvenientes.

De no ser así, estaríamos condenados a mantener eternamente disposiciones perjudiciales o contrarias a los intereses de la nación, con el único fin de no afectar a uno o varios individuos.

Según la práctica legal del sistema de seguridad social, una pensión con cargo al erario federal, siempre debe guardar relación con los servicios prestados y con la necesidad del beneficiario, por lo que se propone también condicionar la pensión a un ex presidente cuando el sujeto beneficiado acepte cualquier empleo, comisión o cargo remunerado.

En cuanto a las prestaciones en especie, de seguridad personal y la asignación de instalaciones de apoyo administrativo, sólo se justifican si brindan servicios a la ciudadanía y en consecuencia, benefician a la nación.

En este contexto, también es necesario revisar y considerar la realidad de los servidores públicos jubilados y pensionados quienes, después de toda una vida de trabajo, apenas alcanzan una raquítica percepción, pues reciben exclusivamente las prestaciones de ley. Dos terceras partes de ellos terminan dependiendo de hijos y parientes para sobrevivir, o en el peor de los casos, quedan abandonados a su suerte.

Las millonarias pensiones que reciben los ex presidentes por seis años de servicios, contrastan con la situación en que se encuentran casi dos millones de mexicanos que viven con ingresos diarios de 10 pesos. Por lo que esta iniciativa prevé asignar la dotación presupuestaria necesaria para sufragar gastos para atenciones protocolarias correspondientes a su estatus.

Actualmente, un ex presidente y su familia gozan de dos seguros de vida y de gastos médicos; uno corresponde a su condición de servidor público cuya cobertura lo protege institucionalmente a él y sus dependientes, y el otro está contratado con instituciones privadas de seguros. Las primas de ambas pólizas son cubiertas con fondos públicos. Esto no es equitativo. Por lo que se propone que los ex presidentes sólo conserven las prestaciones establecidas en el sistema de seguridad social de los trabajadores del Estado.

Todos estos privilegios, le cuestan a la nación cerca de 201 millones de pesos anuales, con los que se podrían adquirir infinidad de bienes y servicios para beneficio de los mexicanos, tales como:

• El pago aproximado de 15 mil salarios mínimos durante un año.
• 17 mil pensiones anuales de 15 mil 196 pesos cada una.
• El pago de 4 mil 256 salarios anuales de maestros, a razón de 5 mil 90 pesos mensuales.
• El pago de 4 mil 814 salarios de policías por año, a razón de 4 mil 500 pesos mensuales.
• Adquirir y proporcionar 1,600 viviendas populares por año, de 180 mil pesos cada una.

Frente a estos insultantes beneficios a los ex presidentes, el Poder Legislativo no dispone de una norma que los regule, por lo que debe regular dichas prerrogativas, transparentarlas y hacerlas equitativas, bajo lineamientos justos y precisos.

Se trata de poner orden donde hay abuso. Se busca establecer disciplina presupuestal y desplegar la mayor solidaridad posible frente a una sociedad empobrecida.

Los invito a considerar la propuesta, pues sólo con acciones concretas y precisas convertidas en ley estaremos defendiendo los intereses del pueblo y haciendo valer la soberanía de nuestras instituciones.

Los actuales son tiempos de puntual rendición de cuentas y plena revisión de las normas; de austeridad republicana para hacer vigente el principio juarista que exige a los servidores públicos mantenerse dignamente con la honrosa medianía de sus ingresos.

Por las razones anteriormente expuestas, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que Hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 1. Esta ley es de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objeto es establecer las bases sobre las cuales se otorgarán pensiones, medios personales, materiales y servicios de seguridad con fondos del erario federal para los ciudadanos que hayan desempeñado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2. La aplicación y seguimiento de esta ley corresponde al Ejecutivo federal por conducto de las Secretarías de la Función Pública, de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública, de conformidad con sus respectivas atribuciones.

Artículo 3. Las disposiciones de esta ley son aplicables a los ciudadanos que hubiesen desempeñado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, completando el periodo establecido para ello, o con carácter de interino o sustituto, pero no beneficiará a los que lo hubiesen ocupado como presidente provisional.

Artículo 4. Los ciudadanos mencionados en el artículo anterior, tendrán derecho a disfrutar de una pensión vitalicia equivalente al 60 por ciento del salario del presidente constitucional en funciones, la cual será incrementada en la misma proporción y temporalidad.

Artículo 5. La pensión otorgada por esta ley, será suspendida en los siguientes casos:

a. Cuando el beneficiario reciba ingresos derivados de cualquier otro cargo público remunerado, así como la percepción de ingresos resultantes del ejercicio profesional o actividad laboral incluidos los pagos en especie, quedando exceptuadas las percepciones por actividades docentes e investigadoras.
b. Cuando el beneficiario fuere condenado como resultado de un juicio político.
c. Cuando el beneficiario fuere condenado por algún delito grave que merezca como pena la privación de la libertad.
d. Cuando el beneficiario realice algún acto que atente gravemente contra la seguridad, las autoridades o las instituciones nacionales.

Artículo 6. Al fallecer el ciudadano que haya desempeñado el cargo a que se refiere el artículo 1 de esta ley, su cónyuge disfrutará de una pensión equivalente al 50 por ciento del salario del presidente constitucional en funciones. En caso de muerte del cónyuge viudo, la pensión beneficiará en la misma cuantía a los hijos hasta alcanzar la mayoría de edad. La prestación será suspendida si la viuda contrae nuevo matrimonio.

Artículo 7. El ciudadano que haya desempeñado el cargo a que se refiere el artículo 3 de esta ley contará con cinco puestos de trabajo de naturaleza eventual correspondiendo la propuesta de nombramiento y cese al mismo, sin ser familiar en tercer grado.

Artículo 8. Con objeto de preservar la seguridad e integridad física del ciudadano a que se refiere el artículo 3 de esta ley, la Secretaría de Seguridad Pública dispondrá de 8 elementos de la Policía Federal Preventiva del rango que considere estrictamente necesario, así como de 3 vehículos oficiales para él y su familia.

Artículo 9. La Secretaría de Seguridad Pública normará y justificará los criterios en los que se basa para la temporalidad de la asignación o retiro de elementos.

Artículo 10. El mencionado cuerpo de seguridad solamente funcionará dentro de territorio nacional y no podrá acompañar al beneficiario en los viajes que realice al extranjero.

Artículo 11. Al ocurrir el fallecimiento del ciudadano a que se refiere el artículo 3, será retirado el cuerpo de seguridad.

Artículo 12. La Secretaría de Seguridad Pública determinará las funciones específicas de los elementos comisionados para preservar la seguridad e integridad física del ciudadano referido en el artículo 3.

Artículo 13. Los ciudadanos que hubiesen desempeñado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos gozarán de las prestaciones establecidas para pensionados y jubilados en el sistema de seguridad social de los trabajadores al servicio del Estado.

Artículo 14. Compete a la Secretaría de la Función Pública conocer de los casos previstos en el presente decreto y notificar de cualquier causal de modificación a las prestaciones otorgadas, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que haga los ajustes que procedan.

Transitorios

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abrogan los acuerdos y todas las demás disposiciones anteriores relativas al otorgamiento de pensión y apoyos a los ciudadanos que hubiesen ocupado el cargo de presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Tercero. Los ajustes correspondientes al Ramo 02, `` Presidencia de la República'', en lo relativo a los recursos destinados a cubrir las percepciones de quienes han desempeñado el cargo de titular del Ejecutivo federal se realizarán en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año siguiente a la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2007. --- Diputado Samuel Aguilar Solís (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias diputado Samuel Aguilar. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. ¿Sí, diputado Navarro? Adelante.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde su curul): Es Seguridad Social, dijo Seguridad Pública.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Sí dije Seguridad Pública.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero: Es Seguridad Social.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: ¿Usted solicita que se le turne también a su comisión?

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde su curul): Sí, porque involucra el sistema de pensiones, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese para su opinión a la Comisión de Seguridad Social.

El diputado Rafael Plácido Ramos Becerril (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Diputado Ramos.

El diputado Rafael Plácido Ramos Becerril (desde la curul): Que se turne a la Comisión de la Función Pública.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Al diputado Navarro... denle sonido a su curul, por favor.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): Señor, Presidente, con todo respeto, yo considero que la Comisión de Seguridad Socialno únicamente debe dar opinión, sino que debe estar involucrada en la dictaminación de la iniciativa aquí propuesta, por ser un tema de seguridad social las pensiones de los presidentes.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Pública, de Seguridad Social y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Tiene la palabra el diputado Faustino Javier Estrada González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

El diputado Faustino Javier Estrada González: Gracias, señor Presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados.

El aumento en la introducción y comercialización ilegal de mercancías de procedencia extranjera está dañando la planta productiva y comercial nacional.

De acuerdo con información de la Cámara Americana de Comercio, nuestro país ocupa el primer lugar en América Latina y el cuarto lugar mundial en la venta de contrabando y piratería, lo que sólo en 2006 provocó pérdidas por mil 200 millones de dólares en diversas industrias.

Lo anterior, debido a que el contrabando pone en riesgo a la planta productiva, fomenta la evasión fiscal, impide una competencia comercial transparente, y provoca el cierre de empresas; por lo consecuente, pérdida de empleos.

La planta productiva nacional ha sido afectada en los últimos años por el incremento del llamado contrabando técnico documentado, que de acuerdo con las autoridades, ya supera el contrabando tradicional y que entra por las aduanas bajo pedimentos de importación, con información falsa para evadir el pago de impuestos.

La información falsificada puede referirse a la cantidad del bien importado, al precio o tipo de producto o al origen de la mercancía. En este último supuesto bajo el amparo de acuerdos comerciales que el Estado mexicano tiene celebrado con otros países, triangulando y reetiquetando los productos para ser introducidos a territorio nacional libres de aranceles.

De esta forma se afecta a la economía nacional a través del mal uso que se hace de los programas gubernamentales de fomento a la producción. Es así que en México este fenómeno económico se ha intensificado en los últimos años y aunque se han adoptado medidas legislativas y administrativas para su combate, aún constituye una grave amenaza para la economía nacional.

A manera de ejemplo, en lo que va de la presente administración la Procuraduría General de la República ha asegurado más de 600 toneladas de productos introducidos ilegalmente al país.

En este tenor, a pesar de las acciones gubernamentales que se han emprendido para combatir el contrabando, como las cuatro resoluciones de cancelación de patente de agentes aduanales emitidas en el primer semestre del año presente, aún es necesario emprender otras acciones que permitan un combate frontal a esta actividad ilícita que tanto ha dañado a productores nacionales y al ingreso de muchos mexicanos.

Bajo este contexto propongo reformar el Código Fiscal de la Federación, a fin de que el equiparable del contrabando sea un delito que se persiga de oficio.

Actualmente, en términos al artículos 92 del Código Fiscal de la Federación, para proceder penalmente por los equiparables al delito de contrabando, previsto en el artículo 105 del mismo ordenamiento, se requiere que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule querella, y en el caso del delito de contrabando descrito en el artículo 102, es necesario que el fisco federal formule declaratoria de perjuicio.

De conformidad con los preceptos citados, la querella y la declaratoria del perjuicio constituyen requisitos de procedibilidad que condicionan el inicio de una averiguación previa y el ejercicio de la acción penal contra probables responsables de la comisión del delito de contrabando o de su equiparable.

Bajo este contexto, del periodo de septiembre de 2005 al 30 de junio de 2006 la Procuraduría Fiscal Federal de Investigaciones, adscrita a la Procuraduría Fiscal de la Federación, sólo ha formulado 38 querellas declaratorias de perjuicio y/o denuncias por el delito de contrabando y sus equiparables.

En tanto, la Procuraduría General de la República, en el periodo de enero a junio de 2006 sólo realizó 5 operativos, cateó 1 inmueble y aseguró 5 mil 679 objetos, principalmente de la industria del calzado, vestido y bebidas.

Cabe mencionar, según información disponible de la procuraduría, que los resultados obtenidos en este semestre presentan una tendencia negativa, en virtud de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que es la dependencia facultada para presentar querellas en los casos que sufran daños el erario, ésta no los ha presentado, lo que ocasiona que se carezca de elementos para proceder jurídicamente, para realizar un mayor número de operativos.

Lo anterior resulta contrastante con la enorme cantidad de mercancías que se introducen de manera ilegal a nuestro país y que afecta gravemente la economía nacional y la generación de empleos.

De tal suerte que ya no se justifica como requisito de procedibilidad la formulación de querella.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, la reforma propuesta resulta apremiante a pesar del esfuerzo de la autoridad para detener la introducción ilegal de mercancías al país, si el Ministerio Público de la federación debe cumplir con un requisito de procedibilidad, esta actividad ilícita seguiría cometiéndose y, consecuentemente, afectando gravemente a la industria nacional, al comercio legalmente establecido y al país en general.

Por lo que es urgente que, en ejercicio de nuestra facultad constitucional, legislemos en esta materia. Es cuanto, señor Presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Faustino Javier Estrada González , del Grupo Parlamentario del PVEM

Faustino Javier Estrada González , integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante el Pleno de esta honorable asamblea la presente iniciativa, mediante la cual se reforma la fracción I del artículo 92 y la fracción X del artículo 105 del Código Fiscal de la Federación, con objeto de que los equiparables del contrabando sean delitos que se persigan de oficio con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Para lograr una inversión productiva y el incremento en la creación de empleos nuestro país requiere de una economía sana. No obstante el aumento en la introducción y comercialización ilegal de mercancías de procedencia extranjera está dañando la planta productiva y comercial nacional.

De acuerdo con información de la Cámara Americana de Comercio, nuestro país ocupa el primer lugar en América Latina y cuarto sitio mundial en la venta de contrabando y piratería, lo que tan sólo en 2006 provocó pérdidas por mil 200 millones de dólares a diversas industrias.

Lo anterior, debido a que el contrabando pone en riesgo a la planta productiva, fomenta la evasión fiscal, impide la competencia comercial transparente, provoca el cierre de empresas y la consecuente pérdida de empleos.

En nuestro país, los sectores más perjudicados por esta actividad ilícita son: la industria textil, la del calzado, de juguetes y la agropecuaria.

Según información disponible, en los últimos seis años han cerrado más de 500 empresas textiles, lo que representa una pérdida anual de 48 mil empleos, principalmente por el ingreso ilegal de productos al país.

Por lo que se refiere al sector agropecuario, el 40 por ciento del fríjol que se consume en México ingresa ilícitamente. Según la Confederación Nacional Campesina, los productores de fríjol y maíz pierden 2 mil millones de dólares anuales.

Asimismo, de acuerdo con datos de la Cámara del Calzado de Guanajuato, en los últimos cinco años dicha industria perdió 25 mil plazas laborales a consecuencia del contrabando.

La planta productiva nacional ha sido afectada en los últimos años por el incremento del llamado contrabando técnico o documentado, que de acuerdo con las autoridades ya supera al tradicional y entra por las aduanas bajo pedimentos de importación con información falsa para evadir el pago de impuestos.

La información falsificada puede referirse a la cantidad del bien importado, al precio o tipo de producto, a la cantidad del bien importado o al origen de la mercancía, en este último supuesto bajo el amparo de acuerdos comerciales que el Estado mexicano tiene celebrados con otros países, triangulando y reetiquetando los productos para introducirlos en territorio nacional libres de aranceles.

De esta forma se afecta la economía nacional a través del mal uso de programas gubernamentales de fomento a la producción, como el caso del Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación, debido a que los bienes que se importan mediante ese plan se venden en el mercado nacional sin pagar los impuestos correspondientes.

Es así que en México este fenómeno económico se ha intensificado en los últimos años y, aunque se han adoptado medidas legislativas y administrativas para combatirlo, aún es una grave amenaza para la economía nacional.

A manera de ejemplo, en lo que va de la presente administración, la Procuraduría General de la República ha asegurado más de 600 toneladas de productos introducidos ilegalmente al país.

A pesar de las acciones gubernamentales emprendidas para combatir el contrabando, como las cuatro resoluciones de cancelación de patente de agente aduanal emitidas en el primer semestre del presente año, aún es necesario emprender otras que permitan un combate frontal a esta actividad ilícita que tanto ha dañado a productores nacionales y al ingreso de muchos mexicanos.

En este contexto, se propone reformar el Código Fiscal de la Federación, a fin de que el equiparable del contrabando sea un delito que se persiga de oficio.

Actualmente, en términos del artículo 92 del Código Fiscal de la Federación, para proceder penalmente por los equiparables al delito de contrabando --previsto en el artículo 105 del mismo ordenamiento-- se requiere que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule querella y, en el caso del delito de contrabando descrito en el artículo 102, es necesario que el fisco federal formule declaratoria de perjuicio.

De conformidad con los preceptos citados, la querella y la declaratoria de perjuicio constituyen requisitos de procedibilidad que condicionan el inicio de una averiguación previa y el ejercicio de la acción penal contra probables responsables de la comisión del delito de contrabando o de su equiparable.

Así, del periodo de septiembre de 2005 al 30 de junio de 2006 la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones, adscrita a la Procuraduría Fiscal de la Federación, sólo ha formulado 38 querellas, declaratorias de perjuicio o denuncias por el delito de contrabando y sus equiparables.

Con base en la atención de requerimientos que se encuentran en trámite, en el mismo periodo se abrieron 25 averiguaciones previas por el delito de contrabando y sus equiparables. Asimismo, derivado de la atención de los requerimientos ministeriales se consignaron 16 indagatorias relevantes por contrabando y sus equiparables.

En tanto que la Procuraduría General de la República del periodo enero a junio de 2006 sólo realizó 5 operativos, cateó un inmueble y aseguró 5 mil 679 objetos, principalmente de la industria del calzado, del vestido y bebidas.

``Cabe mencionar que los resultados obtenidos en el semestre presentan una tendencia negativa, en virtud de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que es la dependencia facultada para presentar querellas en los casos en que sufra daños el erario, ésta no las ha presentado, lo que ocasiona que se carezca de elementos de procedibilidad para realizar un mayor número de operativos.'' 1

Lo anterior resulta contrastante con la enorme cantidad de mercancías que se introducen de manera ilegal en nuestro país y afecta gravemente la economía nacional y la generación de empleos, de tal suerte que ya no se justifica como requisito de procedibilidad la formulación de querella.

Particularmente, si tomamos en cuenta que en los delitos que se persiguen por querella se ha estimado que entra en juego un interés particular cuya importancia es mayor que el daño sufrido por la sociedad con la comisión del ilícito.

En el caso concreto, la importancia del daño que sufre la sociedad es evidente, por lo que, en tanto haya intereses sociales de por medio, no se debe dejar a la potestad de la parte ofendida la procuración y administración de justicia.

Lo expuesto se fortalece si se considera que, en términos del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, se califican como delitos graves el contrabando y su equiparable previstos en los artículos 102 y 105, fracciones I a V, del Código Fiscal de la Federación, cuando les correspondan las sanciones previstas en las fracciones II o III, segundo párrafo, del artículo 104 del mismo ordenamiento legal, por considerar que estos delitos afectan de manera importante valores fundamentales de la sociedad.

De tal manera que, a pesar del esfuerzo de la autoridad para detener la introducción ilegal de mercancías al país, si el Ministerio Público de la Federación debe cumplir con un requisito de procedibilidad, esta actividad ilícita seguirá cometiéndose y, consecuentemente, afectando gravemente a la industria nacional, al comercio legalmente establecido y al país en general.

Por lo expuesto, y en términos de lo previsto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México respetuosamente somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 92 y la fracción X del artículo 105 del Código Fiscal de la Federación.

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 92 y la fracción X del artículo 105 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 92. ...

I. Formule querella tratándose de los previstos en los artículos 105, fracciones V a IX, XI, XII, XIV a XVII, 108, 109, 110, 111, 112 y 114, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que en su caso se tenga iniciado.
II. ...
III. ...
...
...
...
...
...
...

Artículo 105. ...

I. a IX. ...
X. Siendo el exportador o productor de mercancías certifique falsamente su origen, con objeto de que se importen bajo trato arancelario preferencial a territorio de un país con el que México tenga suscrito un tratado o acuerdo internacional, siempre que el tratado o acuerdo respectivo prevea la aplicación de sanciones y exista reciprocidad. No se considerará que se comete el delito establecido por esta fracción cuando el exportador o productor notifique por escrito a la autoridad aduanera y a las personas a que hubiere entregado la certificación, de que se presentó un certificado de origen falso, de conformidad con lo dispuesto en los tratados y acuerdos de los que México sea parte.
XI. a XVII.
...
Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota: 1 Sexto informe de labores.
Dado en la sede del honorable Congreso de la Unión, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Faustino Javier Estrada González (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado.Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se recibió de la diputada Patricia Castillo Romero, del Grupo Parlamentario de Convergencia, iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Patricia Castillo Romero , del Grupo Parlamentario de Convergencia

Patricia Castillo Romero , diputada federal por el Grupo Parlamentario de Convergencia de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracciones II y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; presento ante el Pleno de la honorable Cámara de Diputados, proyecto de modificación y adición al artículo 39 fracción XL de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Tradicionalmente, en el mundo rural eran los propios usuarios los responsables de construir su vivienda, adaptándolas a sus propias necesidades a partir de los modelos habituales de su entorno. Por el contrario, en las ciudades, era habitual que las viviendas fueran construidas por artesanos especializados. En los países occidentales desarrollados el diseño de las viviendas ha pasado a ser competencia exclusiva de los arquitectos, mientras que su construcción es realizada por empresas y profesionales específicos, bajo la dirección técnica del arquitecto y otros técnicos.

La primera función de la vivienda es proporcionar un espacio seguro y confortable para resguardarse. Generalmente se suele admitir que cada vivienda es ocupada por una familia, pero esta presuposición debe matizarse: hay distintos tipos de familia (familia extensa, familia nuclear, entre otras) y hay viviendas que son ocupadas por varias familias. En el mundo desarrollado occidental se habla de vivienda colectiva, frente a vivienda unifamiliar, para referirse a edificios que albergan varias viviendas, cada una de las cuales es habitada por una única familia.

El derecho a la vivienda tiene en nuestro país profundas raíces históricas. La Constitución de 1917, en su artículo 123, fracción XII, estableció la obligación de los patrones de proporcionar a sus trabajadores viviendas cómodas e higiénicas.

Principales organismos nacionales de vivienda

• En 1963, el gobierno federal constituye en el Banco de México, el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (Fovi).
• En febrero de 1972, con la reforma al artículo 123 de la Constitución, se obligó a los patrones, mediante aportaciones, a constituir un Fondo Nacional de la Vivienda y a establecer un sistema de financiamiento que permitiera otorgar crédito barato y suficiente para adquirir vivienda. Esta reforma fue la que dio origen al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
• En mayo de ese mismo año, se creó por decreto, en adición a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE), el Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste), para otorgar créditos hipotecarios a los trabajadores que se rigen por el apartado B de la Ley Federal del Trabajo.
• Fue hasta 1983, cuando el derecho a la vivienda se elevó a rango constitucional y se estableció como una garantía individual.
• 1995--2000, se crea el Programa Nacional de Vivienda.

Durante las últimas décadas, la tasa anual de crecimiento de la población en México ha mostrado una tendencia continua a la baja, llegando a ubicarse a mediados de los años noventa en 1.8 por ciento. De acuerdo con el Conteo General de Población y Vivienda, en 1995 la población del país era de 91 millones de habitantes y, en la actualidad, el Consejo Nacional de Población (Conapo), estima que es de más de 100 millones.

No obstante la desaceleración en el ritmo de crecimiento de la población, la estructura de edades ha registrado modificaciones en su composición, y se observa un mayor crecimiento en los estratos de la población donde se concentra la demanda de empleo, vivienda y servicios.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI), en 1995 el parque habitacional ascendió a 19.4 millones de viviendas, mientras que la demanda mínima de vivienda para ese mismo año fue de 22.2 millones, lo que significó un déficit de 2.8 millones de viviendas. Además, 47 por ciento de las familias reside en viviendas que cuentan con dos o menos habitaciones y 4.6 millones de viviendas presentan condiciones inadecuadas de habitabilidad.

Considerando esta situación, así como el ritmo de formación de hogares, se estima que en 1999 el déficit acumulado de vivienda alcanzó los 6 millones. En este sentido, en los próximos años será necesario construir en promedio anual más de 700 mil viviendas para abatir el rezago y estar en condiciones de satisfacer la nueva demanda.

De acuerdo con proyecciones del Conapo, se estima que para el año 2010 se requerirá a escala nacional un total de 30.2 millones de viviendas. Considerando que actualmente se tiene un parque habitacional de aproximadamente 22 millones, se precisa que durante los próximos 11 años el país edifique 8.2 millones de viviendas, esto es, poco más de 700 mil viviendas nuevas por año.

De lo anterior se traduce que el proceso conducente hacia la Cumbre de la Tierra, ha pasado de ignorar la problemática de los asentamientos humanos, a su consideración como un importante tema dentro del campo del desarrollo.

A pesar de este avance innegable, el enfoque es limitado, ya que conduce a que problemas, de altísimo impacto ambiental, como la vivienda y el saneamiento, queden al margen de los grandes programas ambientales y de los recursos que se destinen para atenderlos.

Las acciones humanas, en este caso el desarrollo urbano, causan efectos colaterales. Los estudios de desarrollo urbano y urbano-ambiental consisten en el análisis de las consecuencias predecibles. Dichos análisis permiten a las autoridades dictaminar si la autorización de una obra será en detrimento al desarrollo y planeación urbana o si la realización de dichas es de carácter benéfico.

El desarrollo sustentable depende del uso que hagamos de los recursos del planeta. La mayor parte de los recursos materiales y energéticos se utilizan en la producción, operación y mantenimiento de los asentamientos humanos.

Es en ellos donde se ubican las actividades humanas que mayormente inciden en el deterioro ambiental del planeta. Esto es particularmente cierto en las grandes ciudades en que la concentración industrial y del transporte impacta fuertemente las condiciones ambientales. Las ciudades son las mayores productoras de basura, de agua contaminada, de desechos industriales y de contaminantes de la atmósfera.

Es finalmente en las ciudades donde pronto se concentrará la mayor parte de la población del planeta y tal vez sea esta una situación irreversible. Sólo en los últimos 20 años de este siglo --y ya pasó más de la mitad-- se ha estimado que la población mundial se incrementará en 1 mil 600 millones de personas, y de estos casi mil millones se asentará en las áreas urbanas de los países en desarrollo. En consecuencia, los asentamientos humanos, en particular las ciudades, y el manejo que hagamos de ellos, constituyen en sí un factor fundamental para la viabilización de procesos sustentables de desarrollo.

Con la aprobación de la Ley General de Asentamientos Humanos en 1976, se formalizaron las responsabilidades gubernamentales en el desarrollo de las ciudades mexicanas, se definieron las nuevas funciones de planeación del desarrollo urbano.

Como producto de esta legislación se produjeron desde los años ochenta planes y programas nacionales y estatales de desarrollo urbano, planes municipales de desarrollo urbano, planes de desarrollo urbano de zonas connurbadas y planes de desarrollo urbano de centros de población.

Una de las características más importantes de este proceso fue un avance importante en el estudio de las diversas realidades urbanas del país, sobre las que se indicaron políticas y estrategias para orientar su transformación.

Asimismo el Gobierno del Distrito Federal creó la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano, esta tiene el objeto de detener y revertir los procesos de ocupación del suelo que han provocado graves desequilibrios ambientales en la zona metropolitana. Para ello se han creado estrategias planificadas para la ubicación de los asentamientos humanos, el equipamiento y los servicios en áreas aptas para la urbanización, señalando claramente límites al crecimiento urbano.

Planificar para la transformación social no nos remite a regular lo inevitable, sino a proporcionar canales para generar ideas e iniciativas desde la sociedad, partiendo del análisis de alternativas y la decisión sobre las más convenientes, basada en evaluaciones de las ventajas y desventajas de cada una, a cambio de ello, se podría avanzar en procesos de concertación y transformación urbana más efectivos.

Por lo que de primera instancia tendríamos que poner en orden de prioridades los derechos de los que somos beneficiados como personas, para que a partir de esto podamos tomar las decisiones necesarias para llevar a cabo una armonía entre el medio ambiente y la urbanización.

Si bien es cierto que los derechos de las personas abarcan los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre los que se encuentra el derecho a la vivienda y los derechos colectivos de nueva generación, como el derecho a un medio ambiente sano, están turbiamente unidos. Es por ello que la no realización de uno de ellos o su violación afecta generalmente el cumplimiento de los demás derechos.

Lo anterior se traduce como el derecho de todo ser humano y de las comunidades a un lugar dónde vivir en seguridad y dignidad está inextricablemente vinculado a la regeneración, salud y estabilidad de la naturaleza: la tierra, los bosques, los recursos hidráulicos y el aire.

La semejanza activa que existe entre los diferentes campos de aplicación de los derechos humanos, no es tan evidente cuando nos adentramos en la definición de políticas de desarrollo urbano. Ya que si nos adentramos a la realidad, el quebrantamiento de la violación de derechos es inevitable, desde el momento mismo en el que se lleva a cabo el derecho de todo ser humano a un lugar seguro dónde vivir en paz y con dignidad, entra en aparente contradicción con el derecho de todos los habitantes de la ciudad y de los que en el futuro nazcan o se instalen en ella a disfrutar de un medio ambiente sano.

Los problemas ambientales urbanos que actualmente sufrimos en países como México pueden ser resueltos ya que se cuenta con los recursos y los medios técnicos para hacerlo. Sin embargo debemos reconocer que somos un país en desarrollo, débil en tecnología y con desarrollo urbano descontrolado, por lo resulta emergente comenzar a propiciar los mecanismos y medidas necesarias para la regulación y armonía entre la urbe y el medio ambiente, iniciando con un proceso educativo que nos permita de primera instancia reconocer y establecer las categorías necesarias con el fin de dar resultados óptimos para esta nueva generación en el rubro de desarrollo urbano.

Por lo anterior expuesto, resulta obsoleto que dentro del Poder Legislativo se tenga contemplada la comisión ordinaria denominada de Vivienda, ya que con base en los motivos expuestos en la presente iniciativa, es de vital importancia realizar las adecuaciones necesarias para estar en pro de las modificaciones que se han realizado a través de la historia y lograr una coherencia lógica en el marco jurídico y real.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Que modifica y adiciona al artículo 39, fracción XL de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Mexicanos

Artículo Único. Se modifica y adiciona el artículo 39, fracción XL de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. Las comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I. Agricultura y Ganadería;
II. Asuntos Indígenas;
III. a XXXVII. ...
XXXVIII. Transportes;
XXXIX. Turismo, y
XL. Desarrollo Urbano y Vivienda
...
Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2007.--- Diputada Patricia Castillo Romero (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Se pospone la iniciativa presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa.

Esta Presidencia informa de la visita de estudiantes de la Universidad Insurgentes, plantel Tlalpan; de vecinos de la colonia Candelaria de los Patos, del Distrito Federal, e invitados del Parlamento Infantil del municipio de Aguascalientes. Sean todas y todos bienvenidos.



LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Tiene el uso de la palabra el diputado Antonio Valladolid Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

El diputado Antonio Valladolid Rodríguez: Con su venia, señor Presidente.

El suscrito, diputado federal Antonio Valladolid Rodríguez , integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de esta LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, fracción II, 78 y 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el cual se reforma el párrafo sexto del artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que se fundamenta y motiva bajo los siguientes puntos.

Quisiera empezar leyendo dicho artículo, el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades, que dice a la letra: ``La declaración de situación patrimonial deberá presentarse en los siguientes plazos. En la fracción II, habla de la declaración de conclusión del encargo dentro de los 60 días naturales siguiente a la conclusión''.

Y me remito al párrafo sexto que habla de la sanción en caso de no llevarse a cabo esta situación y dice: ``Para el caso de omisión sin causa justificada en la presentación de la declaración a que se refiere este artículo, la fracción II, se inhabilitará al infractor por un año''.

Quisiera exponer aquí a la Cámara la motivación que hemos vivido en donde me ha tocado ser, honrosamente, secretario en la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, donde tenemos un organismo que es la Unidad de Evaluación y Control y éste a su vez recibe las declaraciones de conclusión de encargo de la Auditoria Superior de la Federación y se nos presentan como parte del procedimiento cuando se pasan de estos 60 días para ser sancionados por un año a quien no cumpla esta obligación.

Pero nos deja con una situación que no podemos valorar. Por ejemplo, si es un asunto de reincidencia, qué nivel jerárquico tiene el funcionario, la antigüedad en el servicio o bien la gravedad que tiene el funcionario. No nos da elementos para poder tomar una sanción adecuada, sino más bien nos impone una sanción única de un año.

Por otro lado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la sanción administrativa guarda una similitud fundamental con las penas, toda vez que ambas tienen lugar como reacción, frente a lo antijurídico. En uno y otro supuesto la conducta humana es ordenada o prohibida.

En consecuencia, tanto el derecho penal como el derecho administrativo sancionador resultan ser dos inequívocas manifestaciones de la potestad punitiva del estado, entendida como la facultad que éste tiene de imponer penas y medidas de seguridad ante la comisión de actos ilícitos.

Dada la similitud y la unidad de la potestad punitiva en la interpretación constitucional de los principios del derecho administrativo sancionador, puede acudirse a los principios penales sustantivos en la medida que resulta compatible con su naturaleza. Por tanto, es válido tomar de manera prudente las técnicas garanticistas del derecho penal.

En lo que respecta al artículo 37 de esta ley, podemos concluir que resulta violatorio de las garantías de los gobernados, por un lado porque no da pauta a observar reglas normativas para la individualización de sanción según sea el caso. Es decir, obvia las exigencias a que se refiere al artículo 14 de la ley mencionada.

Por tanto, la sanción siempre será igual a cualquiera que incurra en este supuesto y por el otro porque no establece un rango mínimo ni un rango máximo de la sanción a imponer sobre los cuales la autoridad sancionadora puede desplazarse para determinar la sanción que atienda de forma concaminante las características personales de los sujetos y particularidades del hecho, que haga congruente el grado de responsabilidad observad y la sanción impuesta.

Por otro lado, también hay ya resoluciones del juzgado tercero de Distrito, donde en su sentencia manifiesta que es violatorio de las garantías individuales, porque no se toman en cuenta esos elementos de reincidencia, del nivel jerárquico, de la antigüedad en el servicio, la gravedad de la responsabilidad en que se incurrió, Y esto, resultado en la violación de los derechos de las personas que están sujetas a esta situación.

En todo lugar es nuestra responsabilidad, como legisladores, perfeccionar estas normas para tener un mejor funcionamiento de las instituciones, por lo que proponemos esta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Que dice: Único. Se reforma el párrafo sexto del artículo 37, para quedar como sigue:

Artículo 37. ...

Párrafo sexto. Para el caso de omisión sin causa justificada en la presentación de la declaración a la que se refiere la fracción II, se inhabilitará al infractor de tres meses a un año.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Le pediría a la Presidencia que incluya el texto íntegro en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Antonio Valladolid Rodríguez , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito diputado federal, Antonio Valladolid Rodríguez , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72 y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Aunque es de explorado derecho la marcada diferencia entre la naturaleza de las sanciones administrativas y las penales, la cual se sienta sobre la base que dispone que los procedimientos relativos se desarrollarán en forma autónoma e independiente, ello no significa que en el ámbito sancionador administrativo dejen de imperar los principios constitucionales que rigen en materia penal, como son los relativos a los principios de legalidad y seguridad jurídica a que se refieren los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En efecto, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en sus artículos 8, 13 y 14, respeta los referidos principios constitucionales, al fijar el marco legal al que debe sujetarse la autoridad administrativa para ejercer el arbitrio sancionador impositivo, toda vez que el legislador precisó, con el grado de certeza y concreción constitucionalmente exigible, el núcleo básico de las conductas calificadas como infractoras y las sanciones que les corresponden, en términos de lo previsto en sus artículos 8 y 13, además de que en el diverso numeral 14 encausó la actuación de la autoridad administrativa para imponer las sanciones relativas en el ámbito de su competencia, al limitar su atribución mediante la fijación de elementos objetivos a los que debe ajustarse para decidir el tipo de sanción que corresponde a la infracción cometida en cada caso concreto.

Por tanto, del contenido de tales disposiciones se advierte que el servidor público no queda en estado de incertidumbre sobre las consecuencias jurídicas de su conducta, pues los principios rectores que la rigen, consistentes en la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, establecidos en la reforma constitucional a los artículos 109 y 113, se encuentran reglamentados y específicamente determinados, a través de un estructurado sistema disciplinario contenido en el indicado precepto 8, cuyo incumplimiento provoca la iniciación del procedimiento respectivo, el que en su caso concluye con la aplicación de sanciones predeterminadas en el referido artículo 13.

Lo anterior pone de relieve, que la facultad conferida a la autoridad sancionadora no puede ser producto de una actuación caprichosa o arbitraria, sino justificada por la evaluación de todas las circunstancias que rodean la situación de hecho advertida por la autoridad y que se concretizan mediante los elementos de convicción aportados en el curso del procedimiento respectivo, en el que el servidor público tiene oportunidad de rendir las pruebas que estime pertinentes, en concordancia con las normas que regulan el ejercicio de esa facultad sancionadora, pues de acuerdo con el margen legislativamente impuesto a la autoridad, su actuación tendrá que ser el resultado de la ponderación objetiva de los elementos relativos a la gravedad de la infracción, monto del daño causado y demás circunstancias que previene el citado artículo 14 para acotar su actuación y así permitir la fijación de una sanción acorde con la infracción cometida, especificada como tal en la propia ley

En suma, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, precisa las obligaciones a que se constriñe la actuación del servidor público y cuya trasgresión da lugar a la actualización de una falta administrativa; de igual forma establece la consecuencia legal por esa conducta antijurídica; y finalmente los aspectos que la autoridad sancionadora debe ponderar a efecto de determinar el grado de responsabilidad observado en el funcionario y, en su caso imponer la sanción que conforme a ello corresponda, dentro de los mínimos y máximos que la ley señale.

Por otro lado la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la sanción administrativa guarda una similitud fundamental con las penas, toda vez que ambas tienen lugar como reacción frente a lo antijurídico; en uno y otro supuesto la conducta humana es ordenada o prohibida. En consecuencia, tanto el derecho penal como el derecho administrativo sancionador resultan ser dos inequívocas manifestaciones de la potestad punitiva del Estado, entendida como la facultad que tiene éste de imponer penas y medidas de seguridad ante la comisión de ilícitos. Dada la similitud y la unidad de la potestad punitiva, en la interpretación constitucional de los principios del derecho administrativo sancionador puede acudirse a los principios penales sustantivos en la medida en que resulten compatibles con su naturaleza, por lo tanto es válido tomar de manera prudente las técnicas garantistas del derecho penal.

Por lo tanto, si el artículo 37 párrafo sexto de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, señala: ``Para el caso de omisión, sin causa justificada, en la presentación de la declaración a que se refiere la fracción II, se inhabilitará al infractor por un año '', es inconcuso que resulta violatorio de las garantías de los gobernados, por un lado porque no da pauta a observar reglas normativas para la individualización de sanción, según sea el caso, es decir obvia las exigencias a que se refiere el artículo 14 de la Ley mencionada; por lo tanto el monto de la sanción será siempre igual, a cualquiera que incurra en el supuesto; y por el otro porque no establece un rango de mínimo y máximo de sanción a imponer, sobre los cuales la autoridad sancionadora pueda desplazarse para determinar la sanción, que atienda de forma concomitante las características personales de los sujetos y la particularidad del hecho, que haga congruente el grado de responsabilidad observado y la sanción impuesta.

En este sentido me permito someter a la consideración de esta soberanía la presente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Único. Se reforma el párrafo sexto del artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

Artículo 37. ...

I. ...
II. ...
III. ...
...
...
...
...
Para el caso de omisión, sin causa justificada, en la presentación de la declaración a que se refiere la fracción II, se inhabilitará al infractor de 3 tres meses a un año.
...
...
Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2007.--- Diputado Antonio Valladolid Rodríguez (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Valladolid.Túrnese a la Comisión de la Función Pública.



ARTICULO 125 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Tiene la palabra el diputado Rafael Villicaña García, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Rafael Villicaña García: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados:

El que suscribe, diputado Rafael Villicaña García , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, LX Legislatura, con fundamento en lo establecido en los artículos 51, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, presenta a esta honorable asamblea iniciativa proyecto de decreto, con la siguiente exposición de motivos:

Desafortunadamente en todos los partidos políticos existen individuos que han aprendido y que practican con gran maestría lo que coloquialmente se ha denominado ``trapecismo político''. Personas que en ejercicio de un cargo de elección popular, aun sin haber concluido el periodo para el cual fueron electas, y lo que es más grave, a veces inmediatamente después de haber tomado posesión en sus cargos, dejan esta encomienda solicitando licencia para postularse a otro cargo de elección popular.

Mexicanos a los que seguramente no los mueve un interés colectivo en beneficio del electorado, sino perpetuarse en el poder para gozar de ciertos privilegios como las dietas económicas, para vivir del presupuesto, del fuero constitucional y de cualquiera otra clase de beneficios estrictamente personales.

Es necesario que se establezcan limitantes para quienes se apartan del acceso y ejercicio responsable del poder político, para aquellos que prometieron beneficios, para aquellos que formularon una oferta electoral o un plan de gobierno en el cual estipularon metas y objetivos y que nunca lograrán debido a que después les movió buscar otro cargo en el gobierno, y dejan uno anterior, a medias, o que en la realidad nunca ejercieron eficazmente; nunca devengaron la remuneración que desvergonzadamente cobraron, por los costos económicos que representa para el país pagar sueldos, dietas, apoyos, viáticos, etcétera. Costos que son pagados depredando la riqueza nacional y con los impuestos de los mexicanos.

Es responsabilidad de nosotros trabajar para que esta práctica irresponsable no se dé más. Nuestra Carta Magna en diversos artículos establece la prohibición de la reelección inmediata para diversos cargos de elección popular.

El artículo 59 para los diputados y senadores federales, el 115 para cargos municipales y el 116 para gobernadores de los estados y diputados de las legislaturas locales. Es decir que quien haya ocupado el cargo de presidente municipal, diputado federal o local, etcétera, no podrá ocupar este mismo cargo para el periodo inmediato, aun ni en calidad de suplente.

Pero esta prohibición no aplica para quienes ocupando uno de los mismos cargos aspire y se postule a otro de elección popular diferente, no importando que éste se separe, pida licencia y deje inconclusa una gestión grave.

Específicamente, por mencionar algunos ejemplos, quien ocupando el cargo de presidente municipal sí puede postularse para ser diputado local o federal, quien siendo senador sí puede postularse para diputado federal, etcétera. Quienes han tenido acceso al poder político tienen que cumplir plenamente con el término de su función y en virtud de que sabían o saben cuál era el tiempo que duraría su cargo y de que el electorado los ha favorecido con su voto y quieren que ocupen ese cargo por el tiempo que establece la ley.

Cuando se es gobernante emanado de elección popular y por diferentes circunstancias, se tiene la necesidad y/o deseo de separarse del cargo, esto es posible, porque al final a nadie se le puede obligar a realizar algo en contra de su voluntad.

Pero cierto es que tampoco se debe dejar al antojo de quienes aprovechándose de una posición privilegiada brincan de un cargo a otro, provocando divisionismo al interior de los propios institutos políticos, limitan la posibilidad de acceder a cargos de esta naturaleza a otros ciudadanos, incumplen con promesas de campaña, con planes, metas y objetivos y, sobre todo, con las atribuciones y obligaciones que por ley debieran de cumplir. La presente iniciativa pretende sustentarse en la reiterada práctica que se da en todos los partidos políticos, llámese del color que sea, quienes ya tienen el compromiso por haber sido beneficiados por el voto de la ciudadanía y en lo mínimo que deben cumplir a sus votantes en términos del periodo de sus cargos.

Por las anteriores consideraciones presento a esta honorable asamblea el siguiente proyecto de decreto.

Único. Se adiciona el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con un párrafo segundo, para quedar como sigue:

Artículo 125. ... ---Ya termino, señor Presidente---

Quienes ejerciendo un cargo de elección popular federal, local o municipal y no concluyan con el periodo para el cual fueron electos, no podrán postularse para otro cargo de elección, ya sea federal, local o municipal; prohibición que cesará una vez que transcurra el término de la gestión para el cual fueron electos. Lo anterior sin perjuicio de las prohibiciones y requisitos que para ocupar cargos de elección popular se establece en esta Constitución y las particulares de los estados.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Yo sé que esto no va a ocurrir, compañeras diputadas y compañeros diputados, porque así es esto, porque no hay voluntad de gobernar por el periodo que se requiere o como lo señala la elección para la cual fuimos postulados.

En virtud de que la presente iniciativa se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, solicito, señor Presidente, que se incluya su texto íntegro en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rafael Villicaña García , del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado Rafael Villicaña García , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LX Legislatura, con fundamento en lo establecido en los artículos 71 fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto con la siguiente

Exposición de Motivos

Dentro del sistema jurídico mexicano, específicamente, la rama del derecho electoral se reviste de vital importancia, dada la inacabada democracia imperante, en donde el acceso al ejercicio del poder público está limitado y secuestrado por grupos de poder y de intereses particulares, que se enquistan y bloquean el arribo de nuevos proyectos de gobierno progresista y que buscan el bien común.

Desafortunadamente, en todos los partidos políticos, existen individuos que han aprendido y que practican con gran maestría lo que coloquialmente se ha denominado ``trapecismo político'': personas que en ejercicio de un cargo de elección popular, aun sin haber concluido el periodo para el cual fueron electas y, lo que es mas grave, a veces inmediatamente después de haber tomado posesión en sus cargos, dejan esta encomienda solicitando licencia, para postularse a otro cargo de elección popular; mexicanos que seguramente no los mueve un interés colectivo en beneficio del electorado, sino perpetuarse en el poder, para gozar de ciertos privilegios como las dietas económicas para vivir dentro del presupuesto, del fuero constitucional y de cualquier otra clase de beneficios estrictamente personales.

Es necesario que se establezcan limitantes para quienes se apartan del acceso y ejercicio responsable del poder político, para aquellos que prometieron beneficios, para los que formularon una oferta electoral o un plan de gobierno en los cuales establecieron metas y objetivos que nunca lograrán, debido a que después les motiva buscar otro cargo en el gobierno y dejan uno anterior ``a medias'', o en la realidad, nunca ejercieron eficazmente, nunca devengaron la remuneración que desvergonzadamente cobraron. Por los costos económicos que representa para el país pagar sueldos, dietas, apoyos, viáticos, entre otros, costos que son pagados depredando la riqueza nacional y con los impuestos de los mexicanos, es responsabilidad de nosotros trabajar para que esta práctica irresponsable no se dé más.

La Carta Magna, en diversos artículos, establece la prohibición de la ``reelección inmediata'' para diversos cargos de elección popular: el artículo 59, para los diputados y senadores federales; el artículo 115, para cargos municipales; el artículo 116, para gobernadores de los estados y diputados de las legislaturas locales. Es decir que, quien haya ocupado el cargo de presidente municipal, diputado federal o local, etcétera, no podrán ocupar este mismo cargo para el período inmediato, aun ni en calidad de suplente; pero esta prohibición no aplica para quienes, ocupando uno de estos mismos cargos, aspire y se postule a otro de elección popular diferente, no importando que se separe (pida licencia) y deje inconclusa una gestión previa; específicamente, por mencionar algunos ejemplos, quien ocupando el cargo de presidente municipal, sí pueden postularse para ser diputado local o federal, quien siendo senador sí puede postularse para diputado federal.

El artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece, entre otras cosas que ``todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste''; específicamente, quienes, en ejercicio de su derecho a ser votados, pretendan ocupar la titularidad del Poder Ejecutivo federal, de los poderes ejecutivos locales, de la jefatura de Gobierno del Distrito Federal, integrante del Congreso de la Unión, de las legislaturas locales y del Distrito Federal, ser presidente, síndico o regidor municipal, de los ayuntamientos, tendrán que someterse al escrutinio público, ``mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las bases y lineamentos'' que establece el sistema jurídico mexicano en los diversos ordenamientos que abordan la materia electoral.

El poder público, no es reelegible ni mucho menos vitalicio, por el contrario, es dinámico y para quien lo detenta, se le establecen términos para su ejercicio: 6 años, 3 años, según sea el caso; dejando en el pasado histórico de la nación, estados monárquicos, que superarlos, representó librar sendas batallas y el derramamiento de sangre de tantos hombres y mujeres, que a su tiempo, se propusieron buscar formas de gobierno cada vez mas justas.

A las diferentes modalidades de ejercicio del poder gubernamental y, específicamente en aquellas que se determinan a través de la elección popular, el sistema jurídico establece facultades, atribuciones y obligaciones, todas ellas tendientes a satisfacer necesidades y resolver problemas que, por mandamiento legal, tienen que procurar en beneficio de los gobernados. Esta soberanía no pueden ser viable si se despliega sin rumbo, sus titulares deben ser los primeros en acatar la ley y enseguida implantar planes y proyectos de gobierno, en los que se establezcan las visiones, metas y objetivos que pretendan alcanzar, consientes siempre de que su encargo tiene un plazo para lograr esto.

Quienes han tenido acceso al poder político tienen que cumplir plenamente con el término de su función, en virtud de que sabían o saben cual era el tiempo que duraría su encargo y de que el electorado los ha favorecido con su voto y quieren que ocupen ese cargo por el tiempo que establece la ley.

Cuando se es gobernante emanado por elección popular, y por diferentes circunstancias se tiene la necesidad y o se desea separarse del cargo, esto es posible, porque al final, ha nadie se le puede obligar a realizar algo en contra de su voluntad, pero cierto es que, tampoco se debe dejar al antojo de quienes aprovechándose de una posición privilegiada, brincan de un cargo a otro, provocando, divisionismos al interior de los propios institutos políticos, limitan la posibilidad de acceder a cargos de esta naturaleza a otros ciudadanos, incumplen con promesas de campaña, con planes, metas, objetivos y sobre todo con las atribuciones y obligaciones que por ley debieran de cumplir.

La Constitución de Baja California ya pretende limitar el fenómeno del cual he dado cuenta, es decir, a los que ya están ejerciendo un cargos de elección popular, les prohíbe postularse a otro cargo, el de gobernador del estado, y así en su artículo 42, establece entre otras cosas que:

``No podrán ser electos gobernador del estado: ...
``Los diputados y senadores del Congreso de la Unión, diputados locales, presidentes municipales, síndicos procuradores y regidores de los ayuntamientos durante el periodo para el cual fueron electos, aun cuando se separen de sus cargos; con excepción de los suplentes siempre y cuando estos no estuvieren ejerciendo el cargo.''

Sin duda representa un avance importante al pretender darle estabilidad al ejercicio del poder público, pero se requiere que esto quede consagrado en la Carta Magna, ya que de no ser así y como ya lo vimos en un caso específico, suscitado en dicha entidad federativa, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación tuvo que resolver favorablemente para uno de los aspirantes al cargo de gobernador, en el proceso electoral local de 2007, básicamente en virtud de que ninguna ley local puede estar por encima de la suprema norma.

La presente iniciativa no pretende sustentarse en un hecho en particular, sino en la reiterada práctica que se da en todos los partidos políticos, del color que sea, quienes ya tienen en compromiso al haber sido beneficiados por el voto de la ciudadanía, en lo mínimo que deben cumplirle a sus votantes es en terminar con los periodos de sus encargos, y quien no lo hace movido por la inmoral decisión de ocupar cargo distinto, sin duda, se les deben impedir desde una disposición que se consagre en la Carta Magna.

En ese sentido, se propone adicionar con un segundo párrafo el artículo 125 de la Constitución, tomando en cuenta que es un artículo que forma parte del Titulo Séptimo que se denomina ``Prevenciones Generales'', en el que se establecen disposiciones comunes en distintas materias, tanto para el orden federal como para el local, y toda vez que se plantea en la presente iniciativa un marco general para todos aquéllos candidatos a un puesto de elección popular, en el Congreso de la Unión, los Congresos locales y los ayuntamientos.

Por las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y del artículo 135, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con un párrafo segundo para quedar como sigue:

Artículo 125. ...

Quienes ejerciendo un cargo de elección popular federal, local o municipal y no concluyan con el periodo para el cual fueron electos, no podrán postularse para otro cargo de elección ya sea federal, local o municipal; prohibición que cesará, una vez que transcurra el término de la gestión para el que fueron electos. Lo anterior sin perjuicio de las prohibiciones y requisitos que para ocupar cargos de elección popular se establecen en la Constitución y las particulares de los estados.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Rafael Villicaña García (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias, diputado Villicaña. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Se concede el uso de la tribuna al diputado Carlos Rojas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas.

El diputado Carlos Rojas Gutiérrez: Compañeras diputadas y compañeros diputados, la iniciativa que hoy pongo a su consideración tiene como propósito fundamental la justicia.

Las Fuerzas Armadas de nuestro país, en especial después de la Revolución de 1910, adquirieron un carácter popular; es decir, su origen y su razón de ser son el pueblo de México.

El Ejército Mexicano, la Fuerza Aérea y la Armada están integrados por hombres y mujeres que tienen la alta responsabilidad de salvaguardar nuestra soberanía nacional, garantizar la integridad del territorio y proteger a la población.

Las Fuerzas Armadas representan para los mexicanos mucho más que un cuerpo de seguridad, su labor ha sido determinante en diversas etapas de nuestra historia y cuando el país ha estado en riesgo siempre han actuado con lealtad y disciplina, anteponiendo el interés de todos los mexicanos.

Hablar de nuestras Fuerzas Armadas significa referirse a un ejército de paz. Su trabajo y esfuerzo ha sido y es decisivo para el desarrollo del país. Desde mediados de los años 50, en el siglo XX, al haber dado paso a los gobiernos civiles las Fuerzas Armadas asumieron tareas de enorme trascendencia, en primer término su propia profesionalización, lo cual significó abrir a miles de mexicanos una oportunidad para servir a su patria y para acceder a una calidad de vida digna.

El Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada están presentes en todo el territorio, pero no sólo para resguardar la seguridad nacional, sino como entidades actuantes que permiten a las comunidades mejorar sus condiciones de vida.

Sólo por mencionar algunas de las actividades en la que participan, hay que recordar su labor en miles de jornadas de promoción y cuidado de la salud de la población con menores recursos o el trabajo extraordinario que durante años han realizado para reforestar y restaurar el medio ambiente.

Incluso hay que reconocer que de manera inconveniente, pero con eficacia, a muchos miembros de las Fuerzas Armadas se les han encomendado tareas propias de la seguridad pública, como es la lucha contra el crimen y la delincuencia organizada.

Nuestras Fuerzas Armadas merecen un reconocimiento amplio de la sociedad y de las instituciones por todas estas razones.

Pero si hay una especial por la que debemos hacerlo es por su compromiso y entrega en las circunstancias de desastre. Sin su intervención, su enorme capacidad organizativa y logística, pero sobre todo sin la solidaridad de un ejército popular que entiende las necesidades sociales, porque es parte de la sociedad misma, sería impensable que en muchas regiones y en las condiciones más adversas se pudieran recuperar y reestablecer comunidades enteras afectadas por desastres naturales.

Sin denuedo, sin escatimar esfuerzos, con absoluta disciplina, profesionalismo y un respeto irrestricto a las instituciones democráticas, los integrantes de las Fuerzas Armadas han sabido estar a la altura de las circunstancias, han sido y son un factor fundamental de la estabilidad y la paz social.

Siendo un ejército surgido de la Revolución y formado por los gobiernos que de ella emanaron, actuaron con patriotismo y lealtad en los momentos de alternancia, sin embargo debemos reconocer que siendo un elemento indispensable e inseparable del Estado mexicano, las instituciones no siempre han sabido retribuir su esfuerzo y compromiso con México, por eso no es casual que una de las principales decisiones que tomó el presidente de la república desde los primeros días de su administración haya sido incrementar los ingresos de los militares.

Pero aumentar sus haberes no es suficiente para hacer justicia. De ahí la razón de ser de esta iniciativa. El sistema de seguridad social de las Fuerzas Armadas requiere de un renovado compromiso y apoyo en los hechos del gobierno federal.

En este sentido, ha habido diversas propuestas legislativas. Hace casi una década se otorgó el beneficio de la denominada ``ayuda para militares retirados'', la cual, si bien todavía insuficiente, fue un avance, pues era el equivalente al ``sobrehaber'' mínimo vigente para los miembros de las Fuerzas Armadas en activo.

No obstante, este beneficio fue parcial, no se hizo extensivo a los pensionados ni a los familiares derechohabientes en caso de muerte del militar, ya sea en situación de retiro o en activo.

Más tarde, en el año 2002, a propuesta del Legislativo se aprobaron reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Lamentablemente en esa ocasión y como en tantas otras cosas, este esfuerzo de los legisladores no fue interpretado correctamente por quien entonces tenía la responsabilidad de ser el presidente de la república.

La falta de compromiso y el profundo desconocimiento de las instituciones que mostró Vicente Fox durante su administración, lo llevó a cometer una grave injusticia al vetar el decreto que aprobó el Congreso de la Unión, dejando sin efecto los beneficios para los militares en retiro y para sus familiares. Imperaron, como suele suceder en estos casos, los criterios de la tecnocracia que se asusta o reacciona con petulancia cuando se trata de un acto de justicia.

Es evidente que el sistema pensionario de las Fuerzas Armadas sólo puede ser financiado a través del erario, y esgrimir otro tipo de argumentos resulta una injusticia y una falta de visión con quienes brindan literalmente su vida al servicio de los demás.

Por eso, la iniciativa que hoy proponemos busca reformar la Ley del ISSFAM para recalcular los montos que corresponden a los haberes de retiro, es decir, para reconsiderar las pensiones militares, y decirlo en términos muy concretos: se trata de que los militares tengan un ingreso para asegurarles una vida digna, después de haber trabajado durante décadas al servicio de México. Pero también se plantea reconocer de manera íntegra su esfuerzo, como son las percepciones por condecoraciones, perseverancia y asignaciones técnicas por vuelo, salto o especiales.

Se trata de una propuesta que favorece a todos los militares que pasen a situación de retiro, pero con un criterio de justicia y proporcionalidad; es decir, se busca beneficiar con mayores incrementos porcentuales a los militares que perciben menos ingresos antes de pasar a retiro. Esta iniciativa, a quienes otorga la mayor prioridad, es a aquellos que menos ganan y, en consecuencia, tienen acceso a una calidad de vida con mayores limitaciones.

Con ello, compañeras y compañeros, además de un acto de justicia social elemental, se contribuye también a fortalecer el espíritu de cuerpo y dar incentivos que premien la perseverancia y la permanencia de los miembros de nuestras Fuerzas Armadas en beneficio de los altos intereses del país, del desarrollo, de la estabilidad, de la paz social, de la seguridad, pero sobre todo, de la soberanía nacional.

Estoy convencido de que con esta reforma se hará justicia, sin duda, a los soldados y marinos de la patria, y al mismo tiempo se fortalecerán nuestras Fuerzas Armadas.

Nos han hecho favor de sumarse a esta iniciativa los integrantes de la Comisión de Defensa Nacional, los diputados Jesús Arredondo, Roberto Badillo, Israel Beltrán, Andrés Carballo, Diódoro Carrasco, César Flores Maldonado , José Guillermo Fuentes Ortiz , Javier González Garza , Nelly Asunción Hurtado, Alma Lilia Luna, Lilia Merodio Reza , Pedro Montalvo, Celso Pulido, Cuauhtémoc Sandoval y Alfonso Suárez del Real.

Por la Comisión de Marina, su presidente José Manuel del Río, José Luis Blanco Pajón , Jorge Toledo y Carlos Chaurand.

Han suscrito también esta propuesta los coordinadores parlamentarios Marina Arvizu, de Alternativa; Alejandro Chanona Burguete , de Convergencia; Ricardo Cantú Garza , del Partido del Trabajo; Emilio Gamboa Patrón , del Partido Revolucionario Institucional; Javier González Garza , en su calidad de coordinador del PRD; Héctor Larios Córdova , del PAN; Mónica Arriola, del Panal, y Gloria Lavara, del Partido Verde Ecologista de México. Y se suma en estos momentos el diputado Mariano González Zarur . Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo del diputado Carlos Rojas Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos diputados federales de diversos Grupos Parlamentarios de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, en tenor de la siguiente

Exposición de motivos

Las Fuerzas Armadas Mexicanas forman parte de las columnas que sostienen nuestro estado de derecho y, por lo tanto, de los soportes de la legalidad y las instituciones del país. Tienen una historia llena de gran patriotismo, de exaltación heroica, de indiscutibles virtudes cívicas y republicanas y de un origen eminentemente popular y revolucionario, motivo de gran orgullo para el país.

Hoy, en la mente del pueblo, indiscutiblemente nuestros soldados y marinos se identifican con la salvaguarda de la soberanía nacional, la seguridad y el orden interiores, la ayuda generosa a la población en casos de desastres naturales o producidos por el hombre y, hay que reconocerlo, el hacer valer la eficacia del derecho ante los embates de facto que la pretenden quebrar, como es el caso de la delincuencia organizada y el narcotráfico.

Hoy, la ciudadanía, y en especial los diputados y senadores que integramos la representación nacional y el gobierno, tenemos el deber ético-político de reconocer la labor y disposición permanentes --durante todos los días del año, sin importar jornadas ni horas de trabajo-- de los miles de soldados y marinos de la patria, tanto los que están en activo, como los que pasaron a reserva después de haber entregado la mejor parte de sus vidas a México; ya que sin su labor y responsabilidad difícilmente podrían fructificar la vida democrática y la posibilidad de mayor bienestar que merecen los mexicanos.

Y precisamente este deber ético-político de la representación nacional y el gobierno con las Fuerzas Armadas Mexicanas, sólo se cumple a cabalidad, además del justo homenaje y reconocimiento que la patria y los órganos del Estado le rinden permanentemente, a través de la promulgación de leyes y la implementación de políticas públicas que mejoren las condiciones de vida de los soldados y de sus familias, en claro cumplimiento a las garantías sociales consagradas en el artículo 123 de la Constitución general de la república; cuyo mejor fortalecimiento lo constituyen, entre otros, el pleno reconocimiento del derecho social a una pensión de retiro digna y suficiente, acorde con la lealtad y dedicación con que sirvieron al pueblo y al Estado mexicano durante la mayor parte de sus vidas, en la que pusieron por delante su amor a México, aún por encima de sus intereses legítimos personales y familiares.

El cumplimiento pleno del derecho social a una pensión digna y suficiente, se ha visto incrementado gradualmente a lo largo de la historia moderna del país. Son de mencionarse los esfuerzos realizados por los Poderes Legislativo y Ejecutivo en la iniciativa legislativa que prosperó en el año de 1998, gracias a la cual se otorgó el beneficio de la denominada ``ayuda para militares retirados'' la cual, si bien todavía insuficiente, fue un avance en ese entonces pues era el equivalente al sobrehaber mínimo vigente para los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas en el activo, aunque no fue extensiva a los pensionados ni a los familiares derechohabientes en caso de muerte del militar, ya sea en situación de retiro o en el activo.

Por su importancia, destacan también las iniciativas que pretendían reformar la ley de la materia, presentadas por un grupo de legisladores y el titular del Poder Ejecutivo federal en el año 2002, a partir de las cuales se aprobó, el 15 de diciembre del mismo año, el decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, el cual se envío al presidente de la república para su sanción correspondiente; quien lamentablemente lo vetó en el mes de marzo del año de 2003, al hacer observaciones a los artículos 31 y sexto transitorio del decreto emitido por el Congreso de la Unión.

Los argumentos principales que esgrimió Vicente Fox Quezada, entonces titular del Ejecutivo federal, son los siguientes: a) el impacto presupuestario de aprobarse la inclusión del sobrehaber promedio dentro de la base de cálculo para integrar el monto total del haber de retiro, no se contemplaron en el Presupuesto de Egresos de la Federación de dicho año; b) la carga fiscal que representaba para el futuro, pues se trata de un pasivo laboral pensionario que debe ser cubierto en su totalidad por el erario federal; c) la insuficiencia financiera, por una mayor tasa de sobrevivencia de los militares respecto a los demás trabajadores, argumentando que la edad promedio de retiro de los militares es de 54 años, mientras la de los asegurados del IMSS e ISSSTE es de 60 años, frente a un promedio de expectativa de vida de 75 años para los mexicanos; d) la inequidad en el pago de las pensiones, pues con la nueva ley el promedio de las pensiones sería de 6 mil 670 pesos, mientras el costo promedio de las del IMSS e ISSSTE es de 3 mil 100 pesos, y e) el concepto de ayuda para militares se integra con el 60 por ciento adicional del haber de retiro.

Los argumentos que el entonces presidente Vicente Fox esgrimió en su veto, actualmente unos son superables y los otros caen por su propio peso. Al respecto, es importante expresar que, en primer lugar, se puede suponer que ahora sí existe la voluntad política del presidente de la república, para retribuir con justicia a los militares en situación de retiro, partiendo de la hipótesis de que Felipe Calderón Hinojosa, ha manifestado en reiteradas ocasiones la voluntad de fortalecer a las Fuerzas Armadas al reconocer el papel estratégico que representan para la vigencia del estado de derecho y la entrega y lealtad --muchas veces heroicas, con que prestan sus servicios; por lo que, en un acto de congruencia, el mejor reconocimiento sería hacer un esfuerzo, dentro de la finanzas públicas, para retribuir el papel de las Fuerzas Armadas con expectativas dignas y suficientes para el retiro, además de estimular la conducta proba e intachable de los militares que cumplen con disciplina, lealtad y honor el desempeño de sus obligaciones para con la patria, al brindarles un futuro seguro y de bienestar mínimo para ellos y sus dependientes económicos.

En segundo lugar, se hacen algunas consideraciones en torno a los principales argumentos que se utilizaron en el veto presidencial que impidió la entrada en vigor de la ley aprobada por el Congreso de la Unión en el año de 2002. En cuanto a la falta de previsión en el Presupuesto de Egresos de la Federación, se está a tiempo para hacer las adecuaciones del presupuesto de 2008, que sería cuando comenzaran a aplicarse los beneficios que esta iniciativa propone. Además que con las reformas en materia fiscal el gobierno contará con recursos adicionales por alrededor de 2.6 puntos del PIB.

Los argumentos que se esgrimen en el veto presidencial acerca de la insuficiencia financiera, por una mayor tasa de sobrevivencia de los militares (la edad promedio de retiro de los militares es de 54 años, mientras la de los asegurados del IMSS e ISSSTE es de 60 años) respecto a los demás trabajadores no aplica, pues es diferente la naturaleza del trabajo de los civiles con el de los militares, en donde lo difícil de las tareas y la estricta disciplina castrenses --disposición permanente las 24 horas de todos los días del año sin importar días de descanso, arriesgar constantemente la vida y la integridad personal, la imposibilidad de complementar ingresos con otros trabajos, entre otras dificultades-- los someten a una mayor presión que a la mayoría de los trabajadores civiles. Es importante tener muy claro que el desempeño que requiere el trabajo militar es diferente al de los civiles, pues la disciplina rigurosa, la disposición permanente e inmediata del servicio --frecuentemente en situaciones de emergencia-- y el alto rendimiento que se requiere para la función que deben desempeñar las Fuerzas Armadas al servicio del Estado es muy importante y, por ende, su no deseable fracaso puede ser de costo muy alto para los intereses de la nación. Ante esto, evidentemente el Estado no se puede seguir haciendo a un lado y debe asumir estas diferencias pagando el costo con cargo al erario público, pues, de no hacerlo así, el costo para la paz, la sana convivencia, la seguridad y el orden jurídico serían mucho más costosos para el país, no sólo financieramente sino también en cuanto a las trabas para el desarrollo que ello implicaría.

La observación presidencial de la supuesta inequidad de las pensiones que proponía la ley vetada para los militares (mientras que el promedio de las pensiones militares llegaría a 6 mil 670 pesos, el costo promedio de las que otorgan el IMSS y el ISSSTE sería de 3 mil 100 pesos, lo cual consideran inequitativo) es una falacia usada para hacer nugatorios derechos a los militares en situación de retiro. Pues si bien es cierto el promedio de las pensiones que otorga el IMSS y el ISSSTE efectivamente es inequitativo e, indudablemente, debe hacerse algo para superar esta injusticia; el que las pensiones de los militares sigan siendo injustas no salva la equidad de las primeras. Al respecto, habría que expresar que remediar la injusticia de las pensiones de los militares debe ser una prioridad por los argumentos antes expuestos y que hay que proceder en consecuencia para, posteriormente, buscar remediar el problema de la inequidad de las pensiones del IMSS y el ISSSTE. Llama poderosamente la atención que el veto presidencial utilice el argumento de la inequidad de las demás pensiones para detener el beneficio otorgado por el Congreso de la Unión a los soldados y marinos de la patria y que el gobierno federal siga propiciando regímenes pensionarios de excepción como el de los mismos trabajadores del IMSS, cuyo promedio de pensiones era en 2006 de 11 mil 727 pesos, el de los trabajadores de Pemex que en el mismo año era de 19 mil 726 pesos, el de los de la Comisión Federal de Electricidad que era de 26 mil 523 pesos, el de Luz y Fuerza del Centro de 33 mil 535 pesos, y que en 2005 el promedio de las pensiones de los servidores públicos del sector público financiero haya sido: Nacional Financiera (Nafin) de 15 mil 792 pesos, Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras) de 18 mil 218 pesos, Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) de 19 mil 300 pesos, Banco de México (Banxico) de 19 mil 890 pesos y Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) de 25 mil 833 pesos 1. De igual manera llama la atención que el promedio de las pensiones de los trabajadores del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito) sea en el mismo 2005 de sólo 4 mil 852 pesos. En este tema debería explicarse qué ha sucedido, por qué, por un lado, se detienen beneficios justos argumentando que dichas pensiones serían mayores que las de otros trabajadores retirados y, por el otro, se siguen propiciando privilegios pensionarios para trabajadores de empresas públicas y servidores del sistema financiero público; haciendo incluso a un lado de estos privilegios a la institución financiera de las Fuerzas Armadas.

Después del veto del presidente al decreto que aprobó la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas en 2002, pretendiendo resolver dicho veto el Congreso de la Unión aprueba reformas cortas que dejan de resolver el problema de fondo: la injusticia e insuficiencia de las pensiones de los militares en situación de retiro y sus familias; y, en su lugar, se otorgan algunos incrementos notoriamente insuficientes para quienes sirvieron patrióticamente a la nación.

La iniciativa que se propone reformaría el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para recalcular los montos que corresponden al ``haber de retiro'', al determinar que éste se integrará tomando como base el doble del haber que se reconozca para efectos de retiro y adicionándole el 70 por ciento del mismo, los demás conceptos que lo integran, como son las percepciones por condecoraciones de perseverancia, las asignaciones de técnico de vuelo, de salto o técnico especial y todas las demás a las que tenga derecho, se conservan igual.

Se trata de una propuesta que favorece a todos los militares que pasen a situación de retiro, pero con un criterio de justicia y proporcionalidad, es decir busca beneficiar con mayores incrementos porcentuales a los militares que perciben menos ingresos antes de pasar a retiro, así tenemos que, por ejemplo, un sargento primero, con 20 años de servicios, verá incrementado su haber de retiro en 111.6 por ciento, un capitán segundo, con la misma antigüedad, percibiría un incremento de 44.41 por ciento, un teniente coronel, con 30 años de servicios, vería incrementado su haber en 67.96 por ciento y un general de brigada se beneficiaria con un incremento de 37.56 por ciento.

Con ello, además de un acto de justicia social elemental, se contribuye también a fortalecer el espíritu de cuerpo y dar incentivos que premien la perseverancia y la permanencia de los miembros de nuestras fuerzas armadas en beneficio de los altos intereses del país y de la seguridad nacional.

Estos beneficios se aplicarían a partir del primer día de enero del año de 2008, para que se tenga el tiempo suficiente para que los órganos competentes hagan las previsiones presupuestales que la aplicación de la reforma requiere.

Con esta reforma se haría justicia sin duda a los soldados y marinos de la patria y, al mismo tiempo, se fortalecerían a las Fuerzas Armadas Mexicanas, pues lo más valioso de dichas instituciones es su capital humano, ejemplo de servicio, dedicación y entrega a las mejores causas de México.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se modifica el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Artículo 31. Para integrar el monto total de:

I. Haber de retiro, se tomará como base el doble del haber que se reconozca para efectos de retiro conforme al porcentaje que corresponda por lo años de servicios y se adicionará a éste el 70 por ciento de dicho haber, más las primas complementarias del haber que les corresponda por condecoraciones de perseverancia ya otorgadas, así como las asignaciones de técnico de vuelo, de salto o técnico especial y aquellas otras asignaciones que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando las estén percibiendo los militares en el momento en que ocurra alguna de las causales de retiro señaladas en las fracciones I, II, III y IV del artículo 24 de esta ley o bien al cumplirse el plazo a que se refiere la fracción V del mismo precepto, o a la fecha en que se formuló la solicitud mencionada en la fracción VI del artículo citado anteriormente;
II. La compensación por tiempo de servicios o por fallecimiento, se integrará con el 70 por ciento del haber que se ostentó en servicio activo, las primas complementarias por condecoraciones de perseverancia ya otorgadas y asignaciones que se vengan percibiendo al darse la causa de retiro o el fallecimiento, tomando como base el haber del grado que haya ostentado el militar en servicio activo;
III. Para la integración de la pensión por fallecimiento del militar fuera de actos del servicio, se tomará como base el porcentaje del haber del grado que le hubiere correspondido al militar en caso de retiro y se adicionará a éste el 60 por ciento de dicho haber, más las primas complementarias por condecoraciones de perseverancia ya otorgadas, así como las asignaciones de técnico de vuelo, de salto o técnico especial y aquellas otras asignaciones que haya autorizado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que estuviere percibiendo el militar a la fecha del fallecimiento;
IV. La pensión por el fallecimiento del militar en situación de retiro con haber de retiro, se integrará con el porcentaje del haber del grado que se reconoció al militar para efectos de retiro, más el 60 por ciento de dicho haber y las primas de perseverancia y asignaciones que se le hubieren reconocido en su haber de retiro, y
V. Para los efectos de los párrafos anteriores el haber de retiro, la pensión y la compensación serán calculados con base en el haber fijado en los tabuladores autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente, en la fecha en que el militar cause alta en situación de retiro o en la reserva o baja por fallecimiento.

Los militares que pasan a situación de retiro con mas de 45 años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indica en la fracción I del presente numeral, aumentado en un 10 por ciento.

Artículos transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día primero de enero de 2008.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se opongan a este decreto.

Tercero. A todos lo militares que estén en situación de retiro con derecho a percibir haber de retiro, antes de la entrada en vigor de la presente ley, se les aplicará el beneficio que este decreto otorga, para lo cual se deberá efectuar el cálculo correspondiente tomando en cuenta lo que percibiría en activo de acuerdo al grado y antigüedad.

Nota: 1. Estimación de costo de pensión acumulada de instituciones, 2004-2006. Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2007.--- Diputados: Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica), Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Roberto Badillo Martínez (rúbrica), Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), Israel Beltrán Montes (rúbrica), Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Nelly Asunción Hurtado Pérez (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante (rúbrica), Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Cesar Flores Maldonado (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), Celso David Pulido Santiago (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica).»

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Carlos Rojas Gutiérrez.Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional.

La siguiente propuesta, que iba a realizar la diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela García , se pospone.

Esta Presidencia, a nombre del pleno agradece y da la más cordial bienvenida a la visita de la Universidad del Valle de México, plantel San Rafael; de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, campus Tejupilco, Estado de México; al Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla; y a la Universidad de Monterrey. Sean ustedes bienvenidos.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Tiene la palabra la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendarias.

La diputada Ana Yurixi Leyva Piñón: Gracias, Presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados, el Estado mexicano debe promover el desarrollo social como un conjunto de derechos para todos los mexicanos, en el que la universalidad, integralidad y equidad habrán de ser principios rectores.

Sólo en este marco tiene sentido la focalización de esfuerzos dirigida hacia la población en condiciones de pobreza.

En los programas actualmente en operación existen diversas vertientes: productivas, de incentivo para la inscripción y permanencia en las escuelas, de fortalecimiento al ingreso de las familias, de educación en la salud y de apoyo alimentario.

Acorde con esta última vertiente, es necesario elevar a rango constitucional el derecho a la alimentación, incluso, como parte de los derechos humanos. Por ello apoyamos toda acción del Estado mexicano que contribuya, mediante la nutrición, al nacimiento y desarrollo de niños y niñas con un mejor piso de potencialidades para el desarrollo de sus capacidades, a la evolución satisfactoria de mujeres gestantes y al disfrute de una vejez alejada de padecimientos degenerativos, todos atribuibles a una alimentación deficiente.

Hagamos un recuento rápidamente sobre este rubro. Destacan tres programas: Oportunidades, el Paal ( Programa de Apoyo Alimentario, de Diconsa) y el Programa de Abasto Social de Leche, de Liconsa.

Es importante llamar la atención a que el Programa Oportunidades, el Programa de Apoyo Alimentario y el Programa de Abasto Social de Leche, sean excluyentes entre sí.

De hecho, en más de una ocasión se han presentado y aprobado en la Cámara de Diputados puntos de acuerdo que exhortan al gobierno federal a que elimine esta restricción de las reglas de operación de estos programas, sin haber obtenido, hasta el momento, respuesta positiva por parte de las dependencias del Ejecutivo federal responsables de estos programas.

En la evaluación externa de resultados del Programa de Abasto Social de Leche enero-diciembre de 2006, realizada por el Centro de Estudios Estratégicos del Tecnológico de Monterrey, se reiteran las recomendaciones de eliminar la mutua exclusión de beneficiarios entre Oportunidades y el Programa de Abasto Social de Leche, contenidas en las evaluaciones de 2003, 2004, 2005 y primera etapa de 2006, que no han sido atendidas apropiadamente por las autoridades y especialmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que las ha rechazado sistemáticamente, sin proveer argumentación o evidencia alguna.

Por lo anterior, se recomienda una vez más a Liconsa, Sedesol y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que modifiquen las reglas de operación del Programa de Abasto Social de Leche, para eliminar la mutua exclusión de beneficiarios respecto de Oportunidades, tanto a nivel de las familias como de los individuos elegibles.

Un obstáculo más que evita que las personas en condiciones de pobreza puedan ser beneficiarias de ambos programas es legal, y es que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su artículo 75, fracción VII, establece que debe haber coordinación entre dependencias y entidades para evitar duplicidad en la aplicación de los recursos destinados a subsidios.

En el marco de las observaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño, de la ONU, respecto al tercer Informe de México sobre Niñez, se destacan dos recomendaciones.

La primera, que reitera la necesidad de aplicar todas las medidas necesarias para reducir las disparidades en el acceso a la salud, las altas tasas de mal nutrición entre niños menores de cinco años y niños en edad escolar, especialmente en zonas rurales y apartadas, y entre los niños indígenas.

Y la segunda, para que se intensifiquen las medidas para reducir considerablemente la pobreza y las disparidades sociales, a fin de alcanzar las metas del milenio al respecto, y vele porque todos los niños tengan acceso igualitario y suficiente a los servicios de salud, servicios sociales, alimentos, vivienda y educación de calidad.

En este sentido, los estudios respecto de los beneficios de consumir con regularidad la leche fortificada, arrojan algunos de los siguientes resultados: una menor incidencia de anemia, mayores concentraciones de minerales y neurotransmisores, así como mejoramiento en las habilidades cognoscitivas y físicas, y una mejor proporción entre talla y peso corporal, entre quienes consumen la leche respecto de quienes no la consumen.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción VII del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Señora Presidenta, solicito que se inserte el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates, por obvio de tiempo y por el respeto de mis compañeros diputados. Gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La política de desarrollo social en México limita en gran parte su acción al combate de la pobreza. Según cifras oficiales, 40 por ciento de la población se encuentra en situación de pobreza, y de ellos 14 por ciento se encuentra en condiciones de pobreza extrema, es decir, no menos de 15 millones de mexicanos no tienen ni para adquirir los alimentos básicos.

Es mi convicción, y la de mi grupo parlamentario, que el Estado debe promover el desarrollo social como un conjunto de derechos para todos los mexicanos, en el que la universalidad, integralidad, equidad y gratuidad habrían de ser principios rectores, sólo en ese marco tendría sentido la focalización de esfuerzos para la población en condiciones de pobreza, que requeriría una intervención estatal aún más decidida. Insistimos en la necesidad de avanzar en programas de superación de la pobreza que pongan énfasis en la vertiente de generación de riqueza, y cada vez menos en los de corte asistencial, proclives al clientelismo político.

Con todo, reconocemos la importancia de los programas sociales existentes, y año con año nos esforzamos en esta Cámara para fortalecerlos durante la discusión y aprobación del presupuesto federal.

En los programas actualmente en operación existen diversas vertientes: productivas, de incentivo para la inscripción y permanencia en las escuelas, de fortalecimiento al ingreso de las familias, de educación en la salud, y de apoyo alimentario.

Acorde con esta última vertiente, nuestra agenda legislativa se pronuncia por elevar a rango constitucional el derecho a la alimentación, y por ello apoyamos y empujaremos toda acción del estado mexicano que contribuya, mediante la nutrición, al nacimiento y desarrollo de niños y niñas con un mejor piso de potencialidades para el desarrollo de sus capacidades físicas y psíquicas, a la evolución más satisfactoria de mujeres gestantes, y al disfrute de una vejez más alejada de padecimientos degenerativos, atribuibles a una alimentación deficiente.

Actualmente, en el rubro de apoyo alimenticio destacan tres programas: Oportunidades, que proporciona apoyo en efectivo y complementos alimenticios; el Paal ( Programa de Apoyo Alimentario) de Diconsa que otorga sin costo despensas con valor de 175 pesos mensuales o apoyo bimestral en efectivo por 350 pesos; y el Programa de Abasto Social de Leche, de Liconsa, que distribuye leche fortificada a un precio menor en 50 por ciento respecto del precio comercial del litro de leche en el mercado.

Oportunidades es el programa que incide mayormente en el combate a la desnutrición y los problemas de salud que conlleva, atendiendo mediante transferencias monetarias, y el complemento alimenticio Nutrisano y Nutrivida (fabricados por Liconsa) a 5 millones de hogares o alrededor de 25 millones de personas en condiciones de pobreza, mientras que Liconsa beneficia a cerca de 6 millones de personas, con dotaciones de leche fortificada, líquida o en polvo.

Es importante llamar la atención sobre el hecho de que los Programas Oportunidades, de Apoyo Alimentario, y de Abasto Social de Leche sean excluyentes entre sí. De hecho, en más de una ocasión se han presentado y aprobado en la Cámara de Diputados proposiciones con punto de acuerdo que exhortan al gobierno federal para que elimine esta restricción de las reglas de operación de estos programas, sin haber obtenido hasta el momento respuesta positiva por parte de las dependencias del ejecutivo federal responsables de estos programas.

Incluso, en la evaluación externa de resultados del Programa de Abasto Social de Leche enero-diciembre de 2006, realizada por el Centro de Estudios Estratégicos, Campus Ciudad de México del Tecnológico de Monterrey se reiteran ``las recomendaciones de eliminar la mutua exclusión de beneficiarios entre Oportunidades y el Programa de Abasto Social de Leche contenidas en las evaluaciones de 2003, 2004, 2005 y primera etapa de 2006, no han sido atendidas apropiadamente por las autoridades y especialmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que las ha rechazado sistemáticamente sin proveer argumentación o evidencia alguna. Así, la mutua exclusión se ha mantenido, a pesar que la duplicidad de beneficios nunca se ha probado lógica o empíricamente, y de que tampoco se han refutado la argumentación o las conclusiones de las evaluaciones. En 2006 se eliminó la mutua exclusión en las Reglas de Operación de Oportunidades, pero sigue vigente en las del Programa de Abasto Social de Leche.

Por lo anterior se recomienda una vez más a Liconsa, Sedesol y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que modifiquen las Reglas de Operación del Programa de Abasto Social de Leche para eliminar la mutua exclusión de beneficiarios con respecto de Oportunidades, tanto a nivel de las familias como de los individuos elegibles. En caso que se rechace nuevamente esta recomendación, se hace un llamado entonces a que la autoridad o autoridades responsables presenten formalmente y sustenten adecuadamente los argumentos y las evidencias para rechazarla.''

Adicionalmente, se recomienda ampliar la cobertura del programa a zonas más pobres, así como a otros grupos de población en diferentes rangos de edad.

Conclusiones de otros estudios, análisis y evaluaciones anteriores cuestionan la supuesta duplicidad, así como la conveniencia de mantener la exclusión, como serían que los beneficiarios del Programa de Abasto Social de Leche susceptibles de ser también beneficiarias de Oportunidades, aumentan su consumo del lácteo más no su ingreso disponible para el consumo de otros satisfactores distintos a la leche, mientras que los beneficiarios de Oportunidades aumentan su ingreso y consumo general, pero no el consumo de leche; el Programa de Abasto Social de Leche tiene su principal impacto sobre la nutrición, mientras que Oportunidades incide principalmente sobre educación y salud, por lo que los impactos de ambos programas son complementarios y sinérgicos, y no duplicados y competitivos.

Por otra parte, un obstáculo más que evita que las personas en condiciones de pobreza puedan ser beneficiarias de ambos programas, es legal, y es que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el artículo 75, fracción VII, establece que debe haber coordinación entre dependencias y entidades para evitar duplicidad en la aplicación de los recursos destinada a subsidios.

Por último, en el marco de las observaciones del III Informe de México sobre la Niñez, emitidas por el Comité de los Derechos de los Niños de la ONU se destacan dos recomendaciones: la primera que reitera la necesidad de aplicar todas las medidas necesarias para reducir las disparidades en el acceso a la salud, las altas tasas de malnutrición entre niños menores de cinco años y niños en edad escolar, especialmente en zonas rurales y apartadas, y entre los niños indígenas; y la segunda para que se intensifiquen las medidas para reducir considerablemente la pobreza y las disparidades sociales a fin de alcanzar las Metas del Milenio al respecto, y vele por que todos los niños tengan acceso igualitario y suficiente a los servicios de salud, servicios sociales, alimentos, vivienda y educación de calidad.

Los estudios respecto de los beneficios de consumir con regularidad la leche fortificada arrojan algunos de los siguientes resultados: una disminución en la prevalencia de anemia, mayores concentraciones de hemoglobina, ferritina, hierro, y de receptores solubles de transferrina, así como mejoramiento en las habilidades cognitivas y físicas, así como una mejor relación entre talla y peso corporal, mostrando entre quienes consumen la leche mayor talla, peso y masa corporal respecto de quienes no la consumen.

Vistos algunos de los beneficios que aporta el consumo de la leche fortificada, es importante legislar al respecto, ya que Liconsa pone a disposición de las personas en condiciones de pobreza leche fortificada de excelente calidad a un precio por debajo del precio de mercado. Resulta incongruente que se excluya a personas que si bien reciben ciertos apoyos, no dejan de estar en esta condición, y que sin duda reportaría importantes beneficios a millones de personas.

Por lo expuesto, someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona la fracción VII del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo Único. Se reforma y adiciona la fracción VII del artículo 75, con un segundo párrafo, para quedar como sigue:

Artículo 75. Los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que los otorguen deberán

I. a VI. ...
VII. Asegurar la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar duplicación en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos.
No se entenderá duplicación en el ejercicio de los recursos la complementariedad y articulación entre los programas de apoyo alimentario del gobierno federal, incluyendo el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, el Programas de Abasto Social de Leche, y el Programa de Apoyo Alimentario. Las Reglas de Operación de estos programas sociales no podrán establecer la mutua exclusión de beneficiarios, tanto a nivel de las familias como de los individuos elegibles.
VIII. a X. ...

(...)

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 18 de octubre de 2007.--- Diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias diputada Ana Yurixi Leyva. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates ytúrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Esta Presidencia, a nombre del pleno, le da la más cordial bienvenida a los estudiantes de la Escuela Normal de Tejupilco, Estado de México. Sean ustedes bienvenidos.



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna al diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, suscrita por el ponente y la diputada Yolanda Rodríguez Ramírez, del Grupo Parlamentario, del PRI.

El diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros: Con su permiso, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Adelante, diputado.

El diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros: La Ley de Asistencia Socialcontempla, en su artículo 4o., los sujetos de asistencia social, entre los cuales menciona a las niñas, niños y adolescentes, que se encuentran en situación de riesgo por vivir en la calle. Sin embargo, no hace referencia a los niños en la calle.

Con la presentación de esta iniciativa se propone reformar los artículo 4 y 12 de la Ley de Asistencia Social, entre otras cosas, para incorporar como sujetos de asistencia social, a niñas, niños, adolescentes, que padezcan algún tipo de adicción, que vivan en la situación de la calle, ya sea porque son niños de la calle, por no tener familia, o niños en la calle, los cuales tienen familia pero pasan el mayor tiempo en la calle, así como a la infancia trabajadora.

Esta infancia trabajadora es otra categoría que, aun cuando se encuentra contemplada como sujeto de asistencia social, es preciso incluir específicamente aquella que obtiene ingresos de la economía informal, lo cual se propone con la reforma del inciso h) de la fracción I del artículo 4o. de esta citada ley.

La sociedad generalmente rechaza a niñas, niños y adolescentes que desarrollan labores como pepena, estiba, mendicidad, venta ambulante, limpia de parabrisas y actuación en la vía pública, pues son considerados como un sector peligroso y al que el Estado debe retirar de cruceros y calles y, en un momento dado, hasta castigarlo.

Existen varios programas implantados para combatir los riesgos contra este sector, pero no existe un precepto jurídico concreto que implique obligatoriedad para que las autoridades en los tres niveles de gobierno lleven a efecto su cumplimiento y ejecución.

Por ello, con la adición de la fracción XV al artículo 12 de la Ley de Asistencia Social se impulsa que los estados y la federación implanten formal y plenamente acciones tendientes a dar un tratamiento adecuado a este sector de la infancia desprotegida.

Con la reforma propuesta al artículo 12 de la referida Ley de Asistencia Social se pretende, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño, la implantación de acciones tendientes a garantizar a los infantes en situación de calle, o trabajadores, su derecho a la educación, salud y recreación, así como a la reintegración a su medio familiar, en los casos en que esto sea benéfico para su normal desarrollo físico, psicológico y mental.

El interés superior del niño debe servir de base y consideración fundamental en la elaboración de las políticas sociales y de asistencia. Ello deberá ser coherente con la definición del presupuesto público y de inversión dirigida a salvaguardar y garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los niños.

Con esta propuesta se pretenden establecer pasos específicos a seguir para que se detecte a los menores que sufren la vulnerabilidad por sus circunstancias específicas de vida y que de este modo cuenten con la asistencia social por parte del Estado al establecer claramente programas y acciones afirmativas, libres de discrecionalidad y temporalidad por parte de las autoridades, y que con ello se logre una sociedad más justa e incluyente.

Por las consideraciones antes expuestas, mi compañera diputada Yolanda Rodríguez y un servidor nos permitimos someter a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Asistencia Social

Único. Se reforman los incisos f) y h) de la fracción I del artículo 4o., y se adiciona un nuevo inciso m) a la misma fracción del artículo, y una fracción XV al artículo 12, ambos de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4o. ...

f) Vivir y/o realizar sus actividades en la calle;

h) Trabajar en el sector formal e informal en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental.

Artículo 12. ...

XV. La implantación por parte de la federación, los estados y los municipios de programas semestrales de detección, diagnóstico, seguimiento y atención para niñas, niños y adolescentes en situación de calle, así como para quienes laboran dentro del sector formal e informal, a efecto de otorgarles el apoyo necesario para reintegrarse a sus familias en los casos que sea benéfico para su normal desarrollo físico, psicológico y mental, y para su educación, salud y recreación.

Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora Presidenta.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, suscrita por los diputados Gerardo Octavio Vargas Landeros y Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos diputados federales Gerardo Octavio Vargas Landeros y Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que nos confiere la fracción II, del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

En México existen grupos vulnerables que requieren atención mediante la asistencia social por parte del Estado, la cual es entendida como el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impiden el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. 1

La noción de vulnerabilidad puede aplicarse a individuos, a grupos sociales o a sociedades tomando en cuenta factores de tipo económico, social y político. La pobreza y la marginación, como consecuencias inmediatas de la vulnerabilidad, son fenómenos multidimensionales, ya que no sólo se presentan de modo material, sino también tienen repercusiones psicológicas y culturales.

Así por ejemplo, en la medida en que las niñas, niños y adolescentes de familias muy pobres y los que no tienen familia, no tienen acceso a la escuela, a la educación, a la formación profesional y a la cultura, se suman a la lista de personas excluidas estructuralmente del desarrollo y de la sociedad.

Los grupos vulnerables son aquellos que por sus características de edad, sexo, estado civil, origen étnico, nivel educativo, situaciones de riesgo, condiciones especialmente difíciles o de pobreza, requieren un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo y a la convivencia, por encontrarse en desventaja con el resto de la sociedad. En tal tesitura, entre los grupos vulnerables se encuentran la infancia, la adolescencia, las mujeres, los grupos indígenas, las personas con discapacidad, los adultos mayores, las víctimas del delito, de violencia o de discriminación, personas con adicciones, enfermos de VIH-sida o terminales y sus familias, indigentes y personas incapaces de valerse por sí mismas, personas privadas de su libertad y sus familias ante el impacto de su situación, entre otros.

En la actualidad se presume que en la Ciudad de México existen alrededor de 20 mil niños que viven o trabajan en la vía pública, y que además son susceptibles de explotación sexual. En Michoacán el DIF estatal reporta una cifra superior a los 3 mil niños en esta situación, de los cuales el 50 por ciento trabaja en la vía pública y el Movimiento de Apoyo a Niños Trabajadores y de la Calle, Asociación Civil (Matraca) afirma que el estado de Veracruz cuenta con el mayor número de niños trabajadores, alrededor de 340 mil 386, lo que representa el 10.06 por ciento a nivel nacional. Ante este alarmante panorama, se requieren políticas de asistencia de corte jurídico y que ponderen su educación y la protección a sus derechos.

La Ley de Asistencia Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 septiembre de 2004, contempla en su artículo 4o., a los sujetos de la asistencia social, entre los cuales menciona a las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de riesgo por vivir en la calle, sin embargo, no hace referencia, a la situación de calle en la que viven.

Con la presentación de esta iniciativa, se propone reformar los artículos 4o. y 12 de la Ley de Asistencia Social, entre otras cosas, para incorporar como sujetos de asistencia social a niñas, niños y adolescentes que padezcan algún tipo de adicción, que vivan en situación de calle y que trabajen ya sea en el sector formal e informal. Asimismo, con esta reforma propuesta, se pretende incluir mediante el mismo concepto, a niñas y niños que viven en la calle y también a quienes teniendo un hogar, por situaciones de violencia, abuso y maltrato que se viven dentro del mismo; pasan la mayor del tiempo en la calle, muchos de ellos trabajando para contribuir a la economía familiar. Ambos casos deben ser protegidos por el Estado, pues generalmente esta situación repercute en su salud, aprendizaje y en el desarrollo normal de su infancia.

De igual forma, se incluye como sujetos de asistencia social a las niñas, niños y adolescentes víctimas de adicciones, pues quienes viven esta circunstancia requieren de acciones encaminadas a su protección y tendientes a su rehabilitación, a efecto de ser reintegrados a la sociedad y a un medio más saludable, donde se impulse su educación y, obtengan mejores oportunidades de desarrollo.

La infancia trabajadora es otra categoría que aun cuando se encuentra contemplada como sujeto de asistencia social, es preciso incluir específicamente aquella que obtiene ingresos de la economía informal, lo cual se propone con la reforma al inciso h) de la fracción I del artículo 4o. de la citada ley. La sociedad generalmente rechaza a niñas, niños y adolescentes que desarrollan labores como pepena, estiba, mendicidad, venta ambulante, limpia de parabrisas y actuación en la vía pública, pues son considerados como un sector peligroso y al que el Estado debe retirar de cruceros y calles y, en un momento dado, castigar.

Es una injusticia que se catalogue a la infancia en condiciones de vulnerabilidad como un mal social y que sufran el repudio de la sociedad, pues el mal consiste en permitir que esta situación continúe operando. La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por México en 1990, considera que la infancia, por su incipiente madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales.

Existen varios de programas implantados para combatir los riesgos contra este sector tan importante de la sociedad que es la infancia, pero no existe un precepto jurídico concreto que implique obligatoriedad para que las autoridades en sus tres niveles de gobierno, federal, estatal y municipal, lleven a efecto su cumplimiento y ejecución.

En México se ha avanzado en materia de protección a la niñez, con la reforma al articulo 4o. constitucional y la legislación protectora de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, lo que implica el reconocimiento de los derechos de la infancia mexicana y les otorga un tratamiento especial e integral, además de la reforma al artículo 18 constitucional, en la que se contempla la rehabilitación de adolescentes en conflicto con la ley penal.

No obstante lo anterior, es necesario dar aplicabilidad y vigencia a la protección de la infancia y hacerlos sujetos de estos derechos a través del marco jurídico. Por ello, la propuesta que se pone a consideración de esta honorable asamblea, incluye medidas de protección a la infancia que padezca algún tipo de adicción y que por sus circunstancias específicas viven o se encuentran en situación de riesgo. Con la adición de la fracción XV al artículo 12 de la Ley de Asistencia Social, se impulsa que los estados y la federación implementen formal y plenamente acciones tendientes a darle un tratamiento adecuado a este sector de la infancia.

El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todo individuo tiene derecho a la educación. Sin embargo; no para todos es factible acceder a ella por las situaciones de desventaja en las que viven. La infancia en situación de calle o la que obtiene ingresos a través de la economía informal, no siempre cuentan con los elementos para asistir regularmente a la escuela. Con la reforma propuesta al articulo 12 de la referida Ley de Asistencia Social, se pretende, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño, la implantación de acciones tendientes a garantizar a los infantes en situación de calle o trabajadores, su derecho a la educación, a la salud y a la recreación, así como la reintegración a su medio familiar, en los casos que esto sea benéfico para su normal desarrollo físico, psicológico y mental.

La práctica asistencial del gobierno conlleva un enfoque limitado de lo que es la asistencia social. La niñez mexicana debe ser contemplada como un sector de la población con plenos derechos y como sujetos de derecho que son, requieren ser atendidos a través de normas especializadas para dotarles de elementos que les permitan ejercerlos íntegramente, desde una perspectiva incluyente del desarrollo de nuestra sociedad. En este orden de ideas, los programas de asistencia social dirigidos a la infancia, deben plantearse para aquel sector de niños, niñas y adolescentes que se encuentran o viven en condiciones de desventaja social, como los ya mencionados.

Asimismo, las problemáticas especificas que requieren de la asistencia social, si bien requieren de acciones locales, los gobiernos han perdido la capacidad de atenderlos ya que no se contemplan en el marco de una política global, no hay estrategias coordinadas, ni preceptos jurídicos especializados, así como tampoco se destinan presupuestos específicos para generar el cambio en el estado real de estos sectores vulnerables de la infancia y tampoco se han generado programas de vinculación adecuados con los diferentes actores involucrados en este sector.

El interés superior del niño debe servir como base y consideración fundamental en la elaboración de las políticas sociales y de asistencia y ha de orientar la definición de las estructuras necesarias para atender desde una conceptuación amplia y específica al sector social de la infancia. Ello deberá ser coherente con la definición del presupuesto público y de inversión dirigida a salvaguardar y garantizar el ejercicio pleno de sus derechos.

Con esta propuesta se pretende establecer pasos específicos a seguir para que se detecte a los menores que sufren la vulnerabilidad por sus circunstancias específicas de vida y que de este modo cuenten con Asistencia Social por parte del Estado, al establecer programas y acciones afirmativas libres de discrecionalidad y temporalidad por parte de las autoridades y con ello se logre una sociedad más justa e incluyente.

Por las consideraciones antes expuestas, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social

Único. Se reforman los incisos f) y h) de la fracción primera del artículo 4 y se adiciona un nuevo inciso m) a la misma fracción del mismo artículo y una nueva fracción XV al artículo 12, ambos de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

...

I. ...
a) a e) ...
f) Vivir y o realizar sus actividades en la calle;
g) ...
h) Trabajar en el sector formal e informal en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental;
i) a l) ...
m) Padecer adicciones.

Artículo 12. ...

I. a XIV. ...
XV. La implantación por parte de la federación, los estados y los municipios de programas semestrales de detección, diagnóstico, seguimiento y atención para las niñas, niños y adolescentes en situación de calle, así como para quienes laboran dentro del sector formal o informal, a efecto de otorgarles el apoyo necesario para reintegrarse a sus familias en los casos que sea benéfico para su normal desarrollo físico, psicológico y mental y para su educación, salud y recreación.
Transitorios

Primero. El presente decreto iniciará su vigencia al día siguiente del de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las autoridades federales, estatales y municipales, contarán con un plazo no mayor de seis meses, para implementar todas las medidas presupuestales y administrativas conducentes para otorgar los apoyos y protección a que se refiere el presente decreto, así como para desarrollar convenios de coordinación con los gobiernos estatales con el mismo propósito.

Tercero. Remítase a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales.

Nota 1) Artículo 3o. de la Ley de Asistencia Social, en www.diputados. gob.mx ( 7 de septiembre de 2007)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de septiembre de 2007.--- Diputados: Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Gerardo Octavio Vargas.Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables.



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna a la diputada Martha García Müller, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

La diputada Martha Margarita García Müller: Con su permiso, señora Presidenta.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

La suscrita diputada Martha García Müller , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me otorgan los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa que reforma y adiciona la Ley de Asistencia Social, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En nuestro país un importante sector de la población vive con alguna limitación física, mental o sensorial, a este sector comúnmente se le denomina personas con discapacidad.

Una persona con discapacidad es aquella que presenta una limitación física o mental de manera permanente o por más de seis meses que le impide desarrollar sus actividades en forma que se considera normal para un ser humano.

Hoy en día los tipos de discapacidad más conocidos son la discapacidad motriz, visual, mental, auditiva y de lenguaje.

De a cuerdo con datos arrojados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), ``en México existen 10 millones de personas con discapacidad. Sin embargo, en contraste con los datos de la OMS, el XII Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2000, reporta un dato que parece subestimar de manera importante la magnitud del problema. Se dice que de los 97'014,867 millones de mexicanos que habitaban el país en ese año 2.2 millones (2.3%) tienen algún tipo de discapacidad. Igualmente los resultados de la Encuesta Nacional de Salud 2000, mostraron que la incidencia de personas con discapacidad era de 2.3 por ciento.''1

Dado lo anterior, nuestro país, en materia de discapacidad, ha adquirido compromisos importantes a nivel internacional a través de la ratificación de diversos tratados, que a su vez han sentado la base jurídica para la legislación interna, por tal motivo fue publicada el 10 de junio del 2005 la Ley General de las Personas con Discapacidad con el objeto de permitir la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en todos los ámbitos de la vida. Asimismo se han creado programas dirigidos a este grupo vulnerable.

No obstante, la presencia de acciones por parte del gobierno a favor de las personas con discapacidad, se presenta un problema referente al rezago enorme que existe en el aspecto estadístico sobre personas con discapacidad, no existe suficiente información sistematizada que pueda servir de insumo para estudios de investigación que apoyen al desarrollo integral de las personas con discapacidad. Esta situación no permite establecer adecuadamente planes, programas y presupuestos, que realmente contribuyan a la integración de las personas con discapacidad en los ámbitos social, cultural, jurídico y económico.

Como ya se expresó, al comparar las cifras oficiales en cuanto al número de las personas con discapacidad dadas a conocer por nuestro país con los parámetros internacionales, se observa que la cifra nacional no concuerda. De lo anterior se puede deducir que las estadísticas nacionales no siempre son confiables o comparables, y que se requiere de otro instrumento que permita recabar éstos datos, pues sólo con el conocimiento del número exacto de las personas con discapacidad se podrá llevar a cabo el diseño preciso de políticas públicas eficaces que atiendan las necesidades y demandas cotidianas de este sector.

Por lo cual la intención de la presente iniciativa, es el puntualizar la trascendencia de crear un Registro Nacional de Personas con Discapacidad que contenga datos tales como el nombre de las personas, sus domicilios, edad, género, estado civil, tipo de discapacidad y características de la misma, así como los demás datos que se considere necesarios incluir para su plena identificación. Lo anterior en estricto apego a las disposiciones del capítulo IV de la protección de datos personales, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Este Registro Nacional será de gran utilidad puesto que mostrará a través de la información captada, dónde residen las personas con discapacidad, facilitando de esta manera la puesta en práctica de determinadas medidas.

El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), se identifica con la serie de instituciones que por disposición de ley deben apoyar a las personas con discapacidad. Es el órgano responsable de proporcionar los servicios de asistencia social, tiene como objetivo llevar a cabo acciones en materia de prevención de invalidez y de rehabilitación e integración a la vida productiva o activa de personas con algún tipo de discapacidad, igualmente es el encargado de coordinar el Sistema Nacional de Información en materia de Asistencia Social en colaboración con el INEGI.

Por su parte, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad es el instrumento permanente de coordinación intersecretarial e interinstitucional que tiene por objeto contribuir al establecimiento de una política de Estado en la materia, así como promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones, estrategias y programas derivados de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Entre las atribuciones que la Ley le confiere se pueden mencionar las siguientes: realizar estudios de investigación que apoyen al desarrollo integral de las personas con discapacidad; y concertar acuerdos de colaboración con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a las personas con discapacidad.

De ahí la importancia de que una institución como el Sistema DIF sea la encargada de elaborar y actualizar con la colaboración del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad y de dependencias y entidades tales como el INEGI, y la Secretaría de Salud, por mencionar algunas, el Registro Nacional de Personas con Discapacidad.

En Acción Nacional estamos convencidos de que el registro que se propone se constituirá en una herramienta fundamental para llevar a cabo acciones de planeación, seguimiento y evaluación de programas y servicios nacionales orientados a lograr la igualdad de oportunidades para la población con discapacidad.

Por tal motivo proponemos modificar la Ley de Asistencia Social a fin de establecer como una atribución del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia DIF, el elaborar y actualizar el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, en colaboración con el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad y dependencias y entidades federales, estatales y municipales.

Por último consideramos oportuno señalar que al contar con un registro que contenga información precisa sobre las personas con discapacidad, se contribuirá a generar acciones y programas más efectivos que permitan la plena integración de las personas con discapacidad a todos los ámbitos de la vida de nuestro país.

En atención a lo anteriormente expuesto, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa que reforma y adiciona la Ley de Asistencia Social, en los siguientes términos:

Artículo Único. Se reforma el inciso k) del artículo 28 y se adiciona un párrafo tercero al artículo 29 de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 28. El Organismo será el coordinador del Sistema, y tendrá las siguientes funciones:

a) a j) ...
k) Elaborar y actualizar el Directorio Nacional de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social y el Registro Nacional de Personas con Discapacidad ;
l) a z) ...

Artículo 29. En el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones, El Organismo actuará en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales o municipales, de acuerdo con la competencia y atribuciones legales que éstas tengan.

...

Elaborará y actualizará el Registro Nacional de Personas con Discapacidad con la colaboración del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, y en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales. Lo anterior en estricto apego, en lo que corresponda, a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Presencia del Tema de Discapacidad en la Información Estadística. INEGI, 2001. Las Personas con Discapacidad en México: una visión censal. INEGI, 2004.
Palacio, Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2007.--- Diputada Martha García Müller (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputada Martha García Müller.Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables.

Se concede el uso de la tribuna al diputado... Sí, diputado Del Río Virgen.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

El diputado José Manuel del Río Virgen (desde la curul): Señora Presidenta, el diputado Marco Antonio Peyrot y su servidor estábamos en la reunión de presupuesto pidiendo más recursos para Fidena y para otras áreas.

Queremos rogarle, señora Presidenta, que nos pueda enviar a la Comisión de Marina la iniciativa que presentó el diputado Carlos Rojas Gutiérrez que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas. Solamente se envió a Defensa y Marina puede emitir una opinión si usted lo autoriza, señora Presidenta. A nombre del diputado Peyrot y de un servidor, muchísimas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Así se va a hacer, diputado Del Río Virgen. Vamos a modificar el turno de la iniciativa que presentó el diputado Carlos Rojas Gutiérrez, que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas.Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, con opinión de la Comisión de Marina.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna al diputado Sergio Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

El diputado Sergio Hernández Hernández: Con su permiso, señora Presidenta. Vivimos en un mundo globalizado en el que la competencia comercial y la competencia científica están haciendo que aquellos países más poderosos sigan haciendo más pobres a los que ya lo están.

Dependemos en nuestro país básicamente de la explotación del petróleo y, según los expertos, nos quedan 9 o 10 años todavía para poder hacer esta explotación y nuestro país siga viviendo de estos recursos.

Dependemos en gran medida de las remesas que envían nuestros connacionales que viven y trabajan ya en los Estados Unidos. Dependemos de la mano de obra barata para miles de maquiladoras que funcionan en nuestro país. También de los abundantes recursos naturales de que disponemos en México.

Nuestra economía ha sido insuficiente para abatir los enormes rezagos por los que pasan miles y millones de mexicanos. Pero, ¿qué hemos hecho al respecto? Los países más avanzados, como Israel, como Finlandia, están invirtiendo en ciencia y tecnología.

Por ejemplo, Israel 4.5 por ciento de su producto interno bruto, Suecia 3.95, Finlandia 3.51, Japón 3.13, Suiza 2.94, Estados Unidos 2.85 de su producto interno bruto, y están generando, por invertir en ciencia y tecnología, los empleos que sus países están requiriendo.

Pero no basta con compararnos únicamente con los países de América, de Europa o de Asia, que están invirtiendo en ciencia y tecnología. Aquí, en nuestro continente, Costa Rica está invirtiendo ya 1 por ciento de su producto interno bruto, Cuba 0.93, Brasil 0.91, Panamá 0.90, Paraguay 0.85, Chile 0.68, Argentina 0.49 y nosotros, en México, estamos invirtiendo en este año apenas 0.33 por ciento de nuestro producto interno bruto.

¿A qué nos va a llevar esto? A seguir siendo un país dependiente, a estar mirando pasar el progreso y a seguir consumiendo lo de los demás, que si están invirtiendo en ciencia y tecnología, y seguirlos mirando cómo siguen desarrollándose y nosotros mandando cada vez miles y millones de mexicanos a laborar en Estados Unidos.

Por eso, he decidido hacer esta iniciativa de ley para reformar el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología. ¿Por qué? Porque ya se establece en la legislación que nuestro país debe destinar 1 por ciento del producto interno bruto a este ramo, y sin embargo, no lo hemos podido lograr.

Escuchamos de Felipe Calderón, hace unos días, que va a haber un incremento a este ramo en ciencia y tecnología para el año que viene, y eso indudablemente es un buen signo, pero no podemos depender, nuestro país no puede estar esperando la disposición que tenga solamente quien preside el Ejecutivo en nuestra nación. Necesitamos dar cauce para que el 1 por ciento del producto interno bruto pueda destinarse a ciencia y tecnología.

Por eso, quiero proponer a esta soberanía que el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología sea mejorado para que podamos destinar en poco tiempo 1 por ciento del producto interno bruto a ciencia y tecnología. ¿Cómo? Asignando en términos reales cada año más recursos que en el año próximo anterior, y de esta manera estaremos asegurando en corto tiempo asignar 1 por ciento del producto interno bruto a ciencia y tecnología.

Nuestro país lo merece, nuestros hijos lo van a reconocer. Estoy seguro que con el apoyo de todos ustedes habremos de lograrlo. Lo he dicho muchas veces: en ciencia y tecnología no hay partidos políticos. En ciencia y tecnología no hay ideología que valga. Es por el progreso de nuestro país.

«Iniciativa que reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal Sergio Hernández Hernández , del grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, al el tenor de la siguiente

Exposición de motivos

En la actualidad, vivimos en un mundo globalizado y altamente competitivo. Nos desarrollamos en un contexto de permanente competencia comercial, pero también de competencia científica y económica, en donde la generación de nuevos conocimientos se ha convertido en un factor determinante para el desarrollo de cualquier nación.

Es así como podemos explicar que una de las principales causas del estancamiento y del poco desarrollo económico que México viene registrando en los últimos años, es que no hemos podido generar el conocimiento necesario, ni formar a investigadores, científicos y técnicos altamente calificados, que nos permitan ser autosuficientes y competitivos internacionalmente. En este sentido, es importante resaltar que mientras nuestra economía dependa mayoritariamente de los ingresos del petróleo, las remesas enviadas por los millones de mexicanos, que ante la falta de oportunidades en su país, tienen que emigrar a otras naciones, la mano de obra barata, la gran disponibilidad de recursos naturales, turísticos, entre otros, estaremos condenados al estancamiento e inclusive al atraso como nación.

Prueba de lo anterior es que en los últimos años, el crecimiento de la economía nacional ha sido insuficiente para abatir los rezagos económicos y las grandes desigualdades sociales existentes en la actualidad. Esto nos debe obligar a trazar nuevas estrategias que nos permitan alcanzar la competitividad que México requiere a nivel nacional e internacional y así lograr un crecimiento económico a corto plazo, tal como ha sucedido en países como Chile, China, Corea del Sur y Singapur, que son ejemplos claros de que al destinar mayores recursos a la ciencia y tecnología, se tendrá en un corto tiempo el crecimiento económico, el desarrollo y la competitividad, que generarán necesariamente mejores niveles de vida para toda la población.

Es así que para poder competir con las mejores economías del mundo y sobresalir entre las economías en desarrollo, es indispensable que nuestro sistema de investigación científica y tecnológica evolucione urgentemente, pues la única forma de lograr la modernización que México tanto requiere, será haciendo sacrificios para destinar mayores recursos a la ciencia y tecnología, que redundarán necesariamente en beneficio de todos los mexicanos.

Sin duda alguna, la clave para el desarrollo de las grandes naciones, ha sido definitivamente la apuesta por la investigación, la ciencia y la tecnología. La creación, diseminación y aplicación del conocimiento, se han convertido en la actualidad, en la mayor forma de expansión económica.

Por esto, una de las mayores posibilidades para lograr la inclusión de México entre las economías más competitivas del mundo, se encuentra en la idea de utilizar la ciencia y la tecnología para el desarrollo. La investigación, ciencia y tecnología se convertirán en los instrumentos más útiles para combatir la pobreza, para generar el progreso y lograr así un equilibrio mundial. El mayor reto será entonces, utilizar esta ciencia y tecnología en beneficio de la sociedad.

Nuestro país tiene un gran potencial. Tenemos a grandes talentos sin oportunidades en México; poseemos excelentes instituciones universitarias con reconocimientos nacionales e internacionales en beneficio del país. Simplemente, no hemos sido capaces de generar ese vínculo indispensable entre las universidades, el sector público y el empresarial, para encauzar la formación del capital humano de acuerdo a las necesidades estratégicas de cada sector, y mucho menos, hemos sido capaces de generar las fuentes de empleo necesarias para conservar y aprovechar a ese capital altamente calificado.

Tal es la importancia de la ciencia y tecnología, que los países más desarrollados destinan anualmente millones de dólares a este sector, para desarrollar proyectos innovadores que les permitan estar a la vanguardia a nivel mundial.

Las economías más fuertes a nivel mundial invierten del 2 por ciento al 3 por ciento de su Producto Interno Bruto (PIB) en investigación y la generación de ciencia y tecnología, mientras que las economías más débiles o las que se encuentran en vías de desarrollo, destinamos a este sector menos del 1 por ciento del PIB. Entre los países que más recursos destinan al año a la ciencia y tecnología encontramos a Suecia con el 3.95 por ciento, Finlandia con el 3.51 por ciento, suiza con el 2.94 por ciento, Estados Unidos con el 2.68 por ciento y Alemania con el 2.49 por ciento.

A pesar de estas fuertes inversiones por parte de los países industrializados, en México no logramos aún destinar ni el 1 por ciento del PIB a ciencia y tecnología y, por el contrario, en los últimos años, éste presupuesto se ha visto disminuido considerablemente, pues mientras en el año 2000 se destinó el .42 por ciento del PIB a la materia, en el año 2007 únicamente logramos destinar un escaso .33 por ciento, lo que se traduce en la disminución del .09 por ciento del presupuesto destinado a ciencia y tecnología en los últimos 7 años con respecto al PIB. Cabe señalar que en el proyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se tiene contemplado un incremento del recurso destinado a la ciencia y tecnología, considerando ahora el .38 por ciento del PIB para este sector.

Es de destacar que de acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), México es el país miembro que menos dinero invierte en investigación y desarrollo tecnológico, ubicándonos así por debajo de países en vías de desarrollo como Chile, Singapur, Cuba y China e, inclusive por debajo del promedio de inversión de los países latinoamericanos en ciencia y tecnología con respecto al PIB, que es el .57 por ciento.

Por esta razón, es urgente hacer un esfuerzo financiero sin precedentes para lograr destinar, año con año, presupuestos crecientes y un mayor porcentaje del PIB a la ciencia y tecnología, hasta lograr destinar cuando menos el 1 por ciento del PIB a ciencia este rubro, mantenerlo e incrementarlo.

Otro aspecto que vale la pena resaltar, es que desde la entrada en vigor de la Ley de Ciencia y Tecnología en el año 2002, el presupuesto destinado a este sector ha sufrido importantes incrementos y caídas considerables, sin reflejar hasta el momento, una constante en su asignación, lo que muestra una falta de planeación adecuada a las exigencias nacionales en la materia. Estas inconsistencias han traído como consecuencia la imposibilidad de desarrollar adecuadamente al sector, toda vez que los avances logrados en un ejercicio fiscal, son difíciles de sostener cuando al próximo ejercicio los presupuestos al sector serán disminuidos considerablemente, teniendo como consecuencia el estancamiento y el retroceso permanente de este sector tan importante para la economía nacional.

Para dar solución a esta problemática, en el año 2004 se ideó un mecanismo innovador para detener estos cambios erráticos en los presupuestos anuales para la ciencia y tecnología, por lo que se adicionó el artículo 9 Bis a la Ley de Ciencia y Tecnología, implementando la obligatoriedad por parte del Ejecutivo federal con el apoyo de los estados y municipios, de destinar a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, cuando menos el 1 por ciento del PIB. Además, en atención al principio de subsidiariedad, se estimó pertinente ir contemplando aumentos graduales de forma anual, hasta alcanzar en el 2006 los recursos equivalentes al 1 por ciento del PIB. Esta disposición fue prevista en el artículo 2o. transitorio de la ley, y desarrollado también en el Plan Especial de Ciencia y Tecnología 2000--2006.

Sin embargo, a pesar de la claridad de la Ley de Ciencia y Tecnología, al señalar que el gasto nacional en este rubro no podrá ser menor al 1 por ciento del Producto Interno Bruto del País, en 6 años no hemos logrado destinar ni la mitad ese porcentaje, por lo que como diputados estamos incumpliendo las propias leyes que, con las mejores intenciones y tendientes al desarrollo de la sociedad, estamos generando.

Por esta razón, acudo a esta alta tribuna a plantearles una modificación al artículo 9 Bis de la citada ley, con la finalidad de dejar de violentar la disposición legal y hacer un nuevo esfuerzo para evitar destinar presupuestos inferiores a la ciencia y tecnología con respecto al ejercicio fiscal anterior, y lograr de una vez por todas, destinar los recursos de manera sostenida hasta llegar al menos al 1 por ciento del Producto Interno Bruto.

Una vez alcanzada la meta presupuestaria del 1 por ciento del PIB para ciencia y tecnología, se propone la fórmula que se utiliza para el desarrollo social, esto es, especificar en la ley que el monto de los recursos asignados a ciencia y tecnología, no podrán ser inferiores a los aprobados en el ejercicio fiscal anterior, con la intención de evitar las caídas presupuestarias en materia de ciencia y tecnología que hemos registrado en los últimos años y así, generar el crecimiento sostenido de este sector.

Otro aspecto que se plantea en la reforma, es que si bien es cierto que nosotros nos comprometemos a hacer un esfuerzo por incrementar los recursos año con año, también lo es el hecho de que los involucrados en el sector científico y tecnológico deberán hacer lo propio por garantizar la transparencia en el ejercicio de estos recursos, para que la población conozca en qué se están invirtiendo y en qué les beneficia. Asimismo, los recursos públicos podrán ser asignados de manera más justa y equitativa, al destinarse de acuerdo a los resultados de las evaluaciones que se lleven a cabo en cada sector. Con esto, pretendemos generar una sana competencia por ser mejores.

Con esta reforma, pretendemos enviar un mensaje claro al sector científico y tecnológico de nuestro país, para que tengan la certeza de que no habrá recortes al presupuesto en ciencia y tecnología, sin por el contrario, que desde esta Cámara de Diputados, trabajaremos por asignarles mayores recursos, mismos que deberán distribuirse de forma equitativa de acuerdo a los resultados de las evaluaciones que se hagan por entidad, dependencia o sector.

Diputadas y diputados, concluimos una vez más que el fomento a la investigación y la enseñanza de la ciencia y tecnología en nuestro país, deben ser tareas fundamentales para acabar con las desigualdades sociales y lograr el desarrollo económico y el reposicionamiento de México en el mundo.

Para México, invertir en investigación, ciencia y tecnología es una realidad vital, un tema de sobrevivencia y debe constituir una prioridad nacional, pues mientras no logremos generar la ciencia y tecnología suficientes para ser competitivos a nivel nacional e internacional, mientras no logremos vincular esa ciencia y tecnología en beneficio de la sociedad, mientras no generemos al capital humano necesario para contribuir al desarrollo, seguiremos rezagados frente a los grandes países desarrollados y los que están en vías de desarrollo como China o la India, haciendo a México un país totalmente dependiente.

La ciencia y tecnología en México, debe pasar de ser consideradas como un factor de atraso, a ser un factor de desarrollo. Debemos dejar de considerarlas un reto, para pensarla como una oportunidad.

En la ciencia y tecnología no hay colores. Logremos que el acceso al conocimiento en México sea democrático. Utilicemos la ciencia y tecnología para combatir la pobreza y propiciar el desarrollo de México.

Por lo anterior antes expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9 Bis de la de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar en los siguientes términos:

Único. Se reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:

Artículo 9 Bis. El Ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa concurrirán al financiamiento de la investigación científica y desarrollo tecnológico. El monto anual que el estado -federación, entidades federativas y municipios- destinen a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, deberá registrar un incremento sostenido real, con respecto al del año fiscal anterior, hasta alcanzar cuando menos, el 1 por ciento del Producto Interno Bruto del país, mediante los apoyos, mecanismos e instrumentos previstos en la presente ley.

Una vez alcanzada la meta presupuestaria del 1 por ciento del PIB, el monto asignado no podrá ser inferior, en términos reales, al del año fiscal anterior. Este gasto se deberá incrementar cuando menos en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del Producto Interno Bruto en los criterios generales de política económica y en congruencia con la disponibilidad de recursos a partir de los ingresos que autorice el Congreso al gobierno federal.

Los recursos asignados en materia de ciencia y tecnología serán repartidos en función a los resultados de las evaluaciones realizadas año con año.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal deberá asignar en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del año correspondiente, recursos, en términos reales, con un incremento consecutivo y sostenido respecto al del año anterior en el rubro de ciencia y tecnología, tendiente a alcanzar en el año 2012 la meta presupuestaria, de destinar cuando menos el 1 por ciento del PIB a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Sergio Hernández Hernández (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Sergio Hernández Hernández.Túrnese a la Comisión de Ciencia y Tecnología.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna a la diputada María Gabriela González Martínez, para presentar iniciativa que reforma el artículo 75 de la Ley General de Educación, suscrita por la ponente y el diputado Alejandro Landero Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

La diputada María Gabriela González Martínez: Con su permiso, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Adelante, diputada.

La diputada María Gabriela González Martínez: Todas las sociedades, en todas las épocas han elaborado imágenes y valores sobre la persona del maestro y su labor pedagógica. Estas representaciones expresan la finalidad social asociada a la educación y a la impartición de conocimientos que son legitimados a través de las doctrinas pedagógicas que predominan en cada periodo histórico.

Un sistema educativo de mejor calidad, con igualdad de oportunidades, es considerado uno de los pilares que permite alcanzar un desarrollo integral para la sociedad. Favorecer el desarrollo de los conocimientos y las competencias equitativamente para formar a las personas en los valores, principios éticos, capacidades intelectuales, habilidades instrumentales y favorecer el acceso a la información socialmente necesaria para desempeñar en los diferentes ámbitos de la vida social.

La calidad del sistema educativo de un país, sin duda alguna, depende en gran parte de sus docentes. La correlación entre la preparación profesional de los docentes y sus prácticas en clase tienen un efecto relevante en el desempeño académico y en el aprendizaje de los estudiantes.

El maestro es el actor principal en el proceso de mejoramiento de la calidad educativa pues es el nexo en los procesos de aprendizaje de los alumnos y las modificaciones en la organización institucional. Las reformas educativas se traducen en las escuelas y llegan al aula por medio del docente.

El trabajo docente es central. Los maestros son fundamentales en el rescate de la escuela pública. Por ello, resulta fundamental su compromiso por mejorar la calidad educativa en el país; sin embargo, en México la política actual de profesionalización del docente no compensa ni corrige el déficit formativo que padece parte del magisterio.

Cabe destacar que con ello no pretendemos menoscabar la labor educativa de docente alguno, sino por lo contrario, deseamos motivar la reflexión del magisterio nacional sobre la necesidad de fortalecer a los profesores que cumplen dedicada y esforzadamente con su vocación.

La presente iniciativa pretende, asimismo, mejorar la formación de los recursos docentes para que respondan a las nuevas necesidades no sólo del proceso educativo, sino de las formas actuales de organización del trabajo, la adopción de nuevas tecnologías y la reconversión permanente a la cual están sometidas todas las profesiones.

Por lo anterior se hace necesario que se suprima el último párrafo del artículo 75 de la ley en la materia, con objeto de que las disposiciones señaladas en las 12 fracciones del artículo citado sean también aplicables para los trabajadores de la educación. De esta forma se pretende que ya no existan exclusiones de las disposiciones aplicables, promoviendo la justicia y la equidad que en el México democrático de hoy debe existir en todos los niveles.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto.

Artículo único. Se deroga el último párrafo del artículo 75 de la Ley General de Educación.

Pido a la Presidencia se integre el texto de forma completa. Muchas gracias, diputada Presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 75 de la Ley General de Educación, suscrita por los diputados María Gabriela González Martínez y Alejandro Landero Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos diputados federales de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por la que se deroga el último párrafo del artículo 75 de la Ley General de Educación ; al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Todas las sociedades, en todas las épocas, han elaborado imágenes y valores sobre la persona del maestro y su labor pedagógica. Estas representaciones expresan la finalidad social asociada a la educación y a la impartición de conocimientos que son legitimados a través de las doctrinas pedagógicas que predominan en cada periodo histórico.

En América latina, los últimos años se han caracterizado por la creciente centralidad que la formación docente ha cobrado en el debate educativo, campo «aceptado --al menos en los discursos vigentes-- como un factor primordial e insoslayable para generar y asegurar la implementación de cambios educativos» y cuyo análisis se torna prioritario en el contexto actual.

Un sistema educativo de mejor calidad con igualdad de oportunidades, es considerado uno de los pilares que permite alcanzar un desarrollo integral para la sociedad. Favorecer el desarrollo de los conocimientos y las competencias equitativamente para formar a las personas en los valores, principios éticos, capacidades intelectuales, habilidades instrumentales y favorecer el acceso a la información socialmente necesaria para desempeñarse en los diferentes ámbitos de la vida social.

La calidad del sistema educativo de un país, sin duda alguna, depende en gran parte de sus docentes; la correlación entre la preparación profesional de los docentes y sus prácticas en clase tienen un efecto relevante en el desempeño académico y en el aprendizaje de los estudiantes.

El maestro es el actor principal en el proceso de mejoramiento de la calidad educativa, pues es el nexo en los procesos de aprendizaje de los alumnos y las modificaciones en la organización institucional. Las reformas educativas se traducen en las escuelas y llegan al aula por medio del docente.

El trabajo docente se ha convertido en una categoría importante, central, en lo que los maestros son fundamentales en el rescate de la escuela pública, por ello resulta fundamental, su compromiso por mejorar la calidad educativa en el país.

Sin embargo, en México la política actual de profesionalización del docente, no compensa ni corrige el déficit formativo que padece parte del magisterio.

La Ley General de Educación señala en su artículo 10 lo siguiente:

``Artículo 10. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio público.
Constituyen el Sistema Educativo Nacional:
I. Los educandos y educadores;
II. Las autoridades educativas;
III. Los planes, programas, métodos y materiales educativos;
IV. Las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados;
V. Las instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, y
VI. Las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.
Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita al educando incorporarse a la sociedad y, en su oportunidad, desarrollar una actividad productiva y que permita, asimismo, al trabajador estudiar.''

Por lo anterior expuesto, entendemos que los educadores forman parte del Sistema Educativo Nacional y por tal motivo sus acciones deben estar comprendidas en observancia irrestricta a lo que dispone la Ley General de Educación. 1

Asimismo y tal y como lo señala el artículo 21 de la Ley referida con anterioridad, el educador es promotor, coordinador y agente directo del proceso educativo. El Estado deberá proporcionarle los medios que le permitan realizar eficazmente su labor y que contribuyan a su constante perfeccionamiento.

Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, los maestros deberán satisfacer los requisitos que, en su caso, señalen las autoridades competentes.

Más adelante, en el tercer párrafo del citado artículo, se señala que el Estado otorgará un salario profesional para que los educadores de los planteles alcancen un nivel de vida decoroso para su familia; puedan arraigarse en las comunidades en las que trabajan y disfrutar de vivienda digna; así como para que dispongan del tiempo necesario para la preparación de las clases que impartan y para su perfeccionamiento profesional.

Asimismo en la Ley General de Educación, en el capítulo VIII, artículo 75, especifica las sanciones y las infracciones que se impondrán a los que prestan servicios educativos; por ejemplo, en las fracciones II y III del referido artículo se señala que se aplicarán sanciones por suspender el servicio educativo y las clases en días y horas no autorizados por el calendario escolar, sin que medie causa de fuerza mayor.

Este artículo debe funcionar para aquellos que suspendan clases ilegalmente o sus actividades y para los encargados de inspección que solaparon la negación del derecho a la educación básica, tal y como se señala en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo tercero.

El artículo 76 de la referida ley, menciona que los infractores se harán acreedores a multas equivalentes hasta cinco mil veces el salario mínimo diario vigente en el área geográfica y en la fecha en que se cometa la infracción. Las multas impuestas podrán duplicarse en caso de reincidencia.

Asimismo, se especifica que las disposiciones contenidas en el artículo 75, no son aplicables a los trabajadores de la educación, en virtud de que las infracciones en que incurran éstos serán sancionadas conforme a las disposiciones específicas para ellos, es decir, debe recurrirse a las condiciones generales de trabajo o a la normatividad interna, que puede ser menos transparente.

Resulta injustificable que los trabajadores de la educación no puedan ser sancionados conforme a la Ley General de Educación, toda vez que hemos expuesto con anterioridad que los trabajadores de la educación sean o no sindicalizados forman parte del Sistema Educativo Nacional.

La sanción de los profesores que incumplen con su misión y tareas debe ser eje central en la agenda educativa del país parta fortalecer el prestigio del ámbito docente.

Sin embargo, el artículo de la ley general de educación establece:

El artículo 75 de la Ley General de Educación:
``Capítulo VIII
De las infracciones, las sanciones y el recurso administrativo
Sección 1. De las infracciones y las sanciones
Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:
I. Incumplir cualesquiera de las obligaciones previstas en el artículo 57;
II. Suspender el servicio educativo sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor;
III. Suspender clases en días y horas no autorizados por el calendario escolar aplicable, sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor;
IV. No utilizar los libros de texto que la Secretaría autorice y determine para la educación primaria y secundaria;
V. Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;
VI. Dar a conocer antes de su aplicación, los exámenes o cualesquiera otros instrumentos de admisión, acreditación o evaluación, a quienes habrán de presentarlos;
VII. Expedir certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes no cumplan los requisitos aplicables;
VIII. Realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, distintos de alimentos;
IX. Efectuar actividades que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los alumnos;
X. Ocultar a los padres o tutores las conductas de los alumnos que notoriamente deban ser de su conocimiento;
XI. Oponerse a las actividades de evaluación, inspección y vigilancia, así como no proporcionar información veraz y oportuna, e
XII. Incumplir cualesquiera de los demás preceptos de esta Ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella.
Las disposiciones de este artículo no son aplicables a los trabajadores de la educación, en virtud de que, las infracciones en que incurran serán sancionadas conforme a las disposiciones específicas para ellos.''

De lo anterior se desprende que se exceptúan de la aplicación de las disposiciones antes mencionadas a los trabajadores de la educación, así surge la cuestión de ¿cómo procederá la Secretaría de Educación al respecto, con trabajadores de la educación que incumplan alguna disposición de las antes citadas? Lo anterior en congruencia con el artículo 11 de la Ley General de Educación, que especifica quienes deberán ser los responsables de la aplicación y vigilancia del cumplimiento de la ley:

``Artículo 11. La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta ley corresponden a las autoridades educativas de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, en los términos que la propia ley establece.
Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:
I. Autoridad educativa federal, o Secretaría, a la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal;
II. Autoridad educativa local al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación, así como a las entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa, y
III. Autoridad educativa municipal al ayuntamiento de cada municipio.''

Cabe destacar que, con ello, no pretendemos menoscabar la labor educativa de docente alguno, sino todo lo contrario, deseamos motivar la reflexión del magisterio nacional sobre la necesidad de fortalecer a los profesores que cumplen dedicada y esforzadamente con su vocación.

La presente iniciativa pretende, asimismo, mejorar la formación de los recursos docentes para que respondan a las nuevas necesidades no solo del proceso educativo sino de las formas actuales de organización del trabajo, la irrupción de nuevas tecnologías y la reconversión permanente a la cual están sometidas todas las profesiones.

Por lo anterior se hace necesario que se suprima el último párrafo del artículo 75 de la ley en la materia, con el objeto de que las disposiciones señaladas en las doce fracciones del artículo citado, sean también aplicables para los trabajadores de la educación.

De esta forma, se pretende que ya no existan exclusiones de las disposiciones aplicables, promoviendo la justicia y la equidad que en el México democrático de hoy debe existir en todos los niveles.

Cabe señalar que la presente iniciativa responde no solo a las preocupaciones de los legisladores que la suscriben, sino también a las reflexiones que presentan diversos sectores de la sociedad civil y comunidad académica que observan las deficiencias en el Sistema Educativo Nacional.

Por lo anteriormente expuesto y fundado sometemos a consideración del pleno de H. Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto

Artículo Único. Se deroga el último párrafo del artículo 75 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 75. Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:

I. Incumplir cualesquiera de las obligaciones previstas en el artículo 57;
II. Suspender el servicio educativo sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor;
III. Suspender clases en días y horas no autorizados por el calendario escolar aplicable, sin que medie motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor;
IV. No utilizar los libros de texto que la Secretaría autorice y determine para la educación primaria y secundaria;
V. Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;
VI. Dar a conocer antes de su aplicación, los exámenes o cualesquiera otros instrumentos de admisión, acreditación o evaluación, a quienes habrán de presentarlos;
VII. Expedir certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes no cumplan los requisitos aplicables;
VIII. Realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo, distintos de alimentos;
IX. Efectuar actividades que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los alumnos;
X. Ocultar a los padres o tutores las conductas de los alumnos que notoriamente deban ser de su conocimiento;
XI. Oponerse a las actividades de evaluación, inspección y vigilancia, así como no proporcionar información veraz y oportuna, e
XII. Incumplir cualesquiera de los demás preceptos de esta Ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella.
Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

Nota: 1 Ley General de Educación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 1993
Diputada María Gabriela González Martínez (rúbrica), Diputado Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputada María Gabriela González Martínez. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.



LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY GENERAL DE EDUCACION

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna al diputado Jorge Quintero Bello, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación.

El diputado Jorge Quintero Bello: Con su venia, diputada Presidenta. Compañeros diputados:

El suscrito, Jorge Quintero Bello , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta LX Legislatura del Congreso de Unión, como proponente se permite resumir la exposición de motivos

Grupos como el de las personas con discapacidad aún se encuentran en la zaga del disfrute real y pleno de algunos derechos fundamentales. Los actos discriminatorios y de restricción o desigualdad de oportunidades son de diversa índole, sin embargo, quiero llamar la atención sobre uno en particular: la discriminación en el ámbito educativo.

Para la consecución de los objetivos anteriormente planteados, propongo la adición de un párrafo al artículo 41 de la Ley General de Educación, con el cual se introduce uno de los valores y méritos más importantes de la educación especial, que es el de alentar la creatividad, talento y capacidad de las personas con discapacidad. Además planteo la adición de un párrafo al artículo 9 de la misma ley, a fin de resaltar la importancia de extender la obligación de garantizar el acceso a la educación superior y formación profesional a las personas con discapacidad.

Por último, señalo la necesidad de añadir el término sordoceguera a la Ley General de Discapacidad, en su artículo 10, con la finalidad de que se garantice la educación a este grupo, adecuando los planes de estudio al lenguaje o modalidad de comunicación que mejor se acople a sus necesidades.

En Acción Nacional consideramos vital atender las demandas no satisfechas por todos los sectores de nuestro país. Tomamos como un compromiso erradicar las barreras que limitan el desarrollo y la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad.

De aprobarse esta iniciativa estaríamos generando condiciones de igualdad sustancial para las personas con discapacidad. Garantizaríamos, asimismo, su derecho a un desarrollo cultural y educativo más justo, con miras a su participación activa dentro de la sociedad.

Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad

Quedando como sigue:

Artículo 10. La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral, para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Para tales efectos, las autoridades competentes establecerán, entre otras, las acciones siguientes:

Fracciones I a VII quedan igual.

La VIII queda así: ``Garantizar el acceso de la población sorda, ciega y sordociega a la educación pública obligatoria y bilingüe, que comprenda la enseñanza del idioma español y la lengua de señas mexicana o cualquier otro sistema de comunicación apropiado, en función de las necesidades, características y posibilidades de cada persona.

``El uso suplementario de otras lenguas nacionales se promoverá cuando las circunstancias regionales así lo requieran.''

Segundo. Se adiciona un párrafo a los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación, quedando como sigue:

Artículo 9. ``Además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá y atenderá directamente, mediante sus organismos descentralizados a través de apoyos financieros o bien por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativas, incluida la educación superior necesaria para el desarrollo de la nación.

``Apoyará a la investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

---Se agrega--- ``Lo anterior se ajustará a fortalecer el acceso pleno a todos los tipos educativos considerando, sin discriminación alguna, a quienes presentan alguna discapacidad y que pretendan incorporarse a nivel de educación superior en cualquiera de sus modalidades.''

Artículo 41. ``La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones con equidad social. Tratándose de menores de edad con discapacidades, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos.

``Para quienes no logren esta educación, procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didáctico necesarios.

---Se añade--- ``Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación.

---Se agrega también en términos generales--- ``Se pretenderá que los alumnos con discapacidades desarrollen en el máximo de sus posibilidades, tanto su capacidad creativa como sus talentos.''

Diputada Presidenta, en virtud de haber sido resumida, solicito se inserte íntegramente el texto en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito Jorge Quintero Bello diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad; y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Uno de los pilares fundamentales del constitucionalismo moderno es la igualdad en derechos. Este valor debe considerarse como piedra angular de todo régimen democrático. El orden constitucional mexicano lo consagra a través de la vasta gama de derechos fundamentales que tutela nuestra Carta Magna. Para Norberto Bobbio ``la igualdad de todos los derechos fundamentales enumerados en una constitución, es así tanto que se pueden definir fundamentales aquellos, y sólo aquellos, de los que deben gozar todos los ciudadanos sin discriminaciones derivadas de la clase social, del sexo, de la religión, de la raza, etcétera''. 1

Sobre esta línea de pensamiento se desplaza nuestro marco constitucional, señalando en su artículo 1 que nadie podrá sufrir menoscabo alguno en sus derechos en virtud de distinciones de raza, preferencias, opiniones, edad, capacidades diferentes, entre otras. La igualdad de derechos y la lucha contra la discriminación han sido los estandartes para la promulgación de un conjunto de ordenamientos dirigidos a salvaguardar y sentar las condiciones necesarias para asegurar un estatus equitativo entre todos los miembros de la sociedad.

Ejemplo de ello lo constituye la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y la Ley General para las Personas con Discapacidad. La producción legislativa dirigida a estos grupos nos habla sin duda de un gran avance para cimentar condiciones mas equitativas y dignas para el desarrollo de todo el conjunto de la sociedad.

Lamentablemente, estos logros resultan insuficientes. Se siguen perpetuando algunas inequidades y percepciones discriminatorias que merman de forma importante el goce y ejercicio de derechos por parte de algunos grupos desaventajados. Existe como ya se ha mencionado una igualdad formal y de iure , no obstante, la realidad sociopolítica nos indica una situación totalmente diferente. Grupos como el de las personas con discapacidad aún se encuentran a la zaga del disfrute real y pleno de algunos derechos fundamentales. Los actos discriminatorios y de restricción o desigualdad de oportunidades son de diversa índole, sin embargo, quiero llamar la atención sobre uno en particular: la discriminación en el ámbito educativo.

Uno de los obstáculos que más limitan el desarrollo y la participación activa de este grupo, lo constituye la desigualdad en términos educativos. Antes de adentrarme en la problemática que enfrentan las personas con discapacidad en éste, quisiera destacar algunos datos a fin de ofrecer una radiografía más completa de la situación poco alentadora que viven las personas de este grupo.

No existe un consenso en torno al porcentaje de población con discapacidad en nuestro país. Por un lado el Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2000 registra solamente 1,795,300 personas; sin embargo, estimaciones de la Organización Mundial de la Salud sitúan el porcentaje de discapacidad entre un 10 y 12% 2. La diferencia entre ambas fuentes es notable, no obstante es patente el incremento y el atraso que sufren las personas que viven con alguna discapacidad. Específicamente en materia de educación, encontramos datos alarmantes:

- De acuerdo al XII Censo General de Población y Vivienda 2000, sólo un 63% de la población con discapacidad entre 6 y 14 años asiste a la escuela, lo anterior contrasta ostensiblemente con el 91% de la población total que acude a las aulas.
- Sólo un 15.5% de los jóvenes con discapacidad entre 15 a 29 años asiste a la escuela.
- Mientras existe un 10% de la población total del país con analfabetismo; en la población con discapacidad este dato se incrementa a un 32.9%.3

El panorama educativo de las personas con discapacidad es muy difuso y las oportunidades reales que tienen para contrarrestarlo son menores comparadas a la discriminación, ignorancia y a la falta de conciencia que existe en nuestro país. Aquí el papel del legislador se debe volver clave para no sólo garantizar una igualdad formal, sino para instaurar un régimen democrático que tenga como horizonte condiciones de igualdad sustancial que aseguren el goce irrestricto de los derechos fundamentales.

México ha dado muestras de lograr el objetivo arriba planteado, la firma en marzo de este año de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad lo corrobora. Algunos de los lineamientos contemplados en el instrumento internacional anteriormente referido se encuentran ya plasmados a lo largo y ancho de nuestra legislación federal, no obstante existen algunos lineamientos que bien podrían enriquecer la situación educativa de las personas con discapacidad.

La reforma que aquí presento tiene como meta eliminar barreras en torno a tres aspectos que lastiman el desarrollo educativo de la persona con discapacidad; al mismo tiempo armoniza nuestra legislación con algunas prerrogativas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad no contempladas en nuestro entramado legal vigente. Los tres objetivos de esta reforma son:

a) En primer lugar, la educación especial en nuestro país no debe buscar únicamente la rehabilitación e integración de la persona dentro de la educación básica regular, sino debe además contribuir y sentar las bases para desarrollar en el estudiante todas sus potencialidades, alimentando su creatividad y fortaleciendo sus talentos.
b) Datos del INEGI, nos señalan que sólo 5 de 100 personas con discapacidad cuentan con educación media superior; en tanto que sólo 4 de 100 han logrado acceder a la educación superior. Esto representa un gran atraso no sólo para el sector con discapacidad, sino que también agrava a la población en general. Tanto en términos económicos, como sociales el costo de este rezago es alto, ya que no permite que la persona con discapacidad desarrolle al máximo sus capacidades, y al mismo tiempo las falsas percepciones de la población en general aumentan. Debemos propiciar y promover el acceso a la educación superior por parte de las personas con discapacidad.
c) Por último, considero que nuestra legislación debe irse adecuando a la realidad, la experiencia internacional ha ido reconociendo a grupos que por su peculiaridad a veces son rezagados del conglomerado de las políticas de reconocimiento para las personas con discapacidad. Uno de estos grupos son los sordociegos, término con el cuál no estamos familiarizados, sin embargo, la Convención señala en su artículo 24, numeral 3, inciso c, lo siguiente: ``Asegurar que la educación de las personas, y en particular los niños y las niñas ciegos, sordos o sordociegos se imparta en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados para cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico y social.'' La legislación vigente contempla claramente todas las adecuaciones educativas tanto para personas con ceguera, como sordera, falta acoplar la educación a discapacidades múltiples como es el caso de la sordoceguera.

Para la consecución de los objetivos anteriormente planteados propongo la adición de un párrafo al artículo 41 de la Ley General de Educación con el cuál se introduce uno de los valores y méritos más importantes de la educación especial que es el de alentar la creatividad, talento y capacidad de las personas con discapacidad; además planteo la adición de un párrafo al artículo 9 de la misma ley a fin de resaltar la importancia de extender la obligación de garantizar el acceso a la educación superior y formación profesional a las personas con discapacidad; y, por último señalo la necesidad de añadir el término de sordoceguera a la Ley General de Discapacidad en su artículo 10, con la finalidad de que se garantice la educación a este grupo adecuando los planes de estudio al lenguaje o modalidad de comunicación que mejor se acople a sus necesidades.

En Acción Nacional consideramos vital atender las demandas no satisfechas por todos los sectores de nuestro país; tomamos como un compromiso erradicar las barreras que limitan el desarrollo y la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad. Estamos convencidos de que los espacios educativos son los vehículos óptimos para lograr una adecuada evolución formativa y cultural; dentro de las escuelas se gestan, los conocimientos, vínculos afectivos y hábitos de conductas primordiales que guiarán a la persona durante el transcurso de su vida. ``La escuela es uno de los instrumentos más poderosos en la formación de las identidades político-culturales, pues en ella se produce una gran parte de la socialización básica con respecto al significado de la convivencia con el otro, la participación, la solidaridad, la competencia y el uso del juicio razonado.'' 4

Como tal, de aprobarse esta iniciativa estaríamos generando condiciones de igualdad sustancial para las personas con discapacidad, garantizaríamos su derecho a un desarrollo cultural y educativo más justo con miras a su participación activa dentro de la sociedad.

Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta honorable soberanía la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley General de las Personas con Discapacidad; y adiciona los artículos 9 y 41 de la Ley General de Educación.

Artículo Primero. Se reforma la fracción VIII del artículo 10 de la Ley General de las Personas con discapacidad, quedando como sigue:

Artículo 10. La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Para tales efectos las autoridades competentes establecerán entre otras acciones, las siguientes:

I. a VII. ...
VIII. Garantizar el acceso de la población sorda, ciega y sordociega, a la educación pública obligatoria y bilingüe, que comprenda la enseñanza del idioma español y la lengua de señas mexicana o cualquier otro sistema de comunicación apropiado en función de las necesidades, características y posibilidades de cada persona . El uso suplementario de otras lenguas nacionales se promoverá cuando las circunstancias regionales así lo requieran;

Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo a los artículos 9 y 41 de la Ley General de Ecuación, quedando como sigue:

Artículo 9. Además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá y atenderá --directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio-- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Lo anterior se ajustará a fortalecer el acceso pleno a todos los tipos educativos, considerando sin discriminación alguna, a quienes presentan alguna discapacidad y que pretendan incorporarse al nivel de educación superior, en cualquiera de sus modalidades.

Artículo 41. La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social.

Tratándose de menores de edad con discapacidades, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didácticos necesarios.

Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación.

En términos generales se pretenderá que los alumnos con discapacidad desarrollen en el máximo de sus posibilidades, tanto su capacidad creativa, como sus talentos.

Notas: 1 Bobbio, Norberto, Liberalismo y Democracia, México, Fondo de Cultura Económica, 1989, p. 44 2 Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Carpeta Informativa, México,2004, p.28 3 INEGI, Las personas con discapacidad en México: una visión censal . Aguascalientes, México, INEGI, 2004. 4 Gutiérrez, Roberto. Cultura Política y Discriminación , CONAPRED, 2005, p.17
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Jorge Quintero Bello (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Jorge Quintero Bello. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates.Túrnese a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Educación Pública y Servicios Educativos.



LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna a la diputada Silvia Emilia Degante Romero, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

La diputada Silvia Emilia Degante Romero: Muchas gracias, señora Presidenta.

Silvia Emilia Degante Romero , diputada federal de San Luis Potosí, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional en la Cámara de Diputados en esta LX Legislatura, presenta, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para su estudio y dictamen respectivo, la iniciativa de reforma a los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

El diputado Jaime Aceves, del Partido Acción Nacional, presentó el 10 de abril de 2003 la iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad, la cual fue turnada a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. El 30 de abril del mismo año fue aprobado por la Cámara de Diputados un dictamen con proyecto de decreto que crea la Ley Federal para las Personas con Discapacidad. Dicho proyecto fue remitido para sus efectos constitucionales a la colegisladora.

Por unanimidad y en un profundo compromisos con la sociedad, y en lo particular con ese sector de la población, demostrando voluntad entre todas las fracciones partidistas que representan no solamente un reclamo social y el apoyo a la lucha por más de una década de estas personas con discapacidad y sus organizaciones, las Comisiones Unidas de Salud y Seguridad Social, de Desarrollo Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, y del pleno senatorial, el 9 de diciembre de 2004 aprobaron el dictamen de los instrumentos enunciados en el anterior numeral.

El 31 de marzo de 2005 la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables convocó a las organizaciones civiles involucradas en el tema de la discapacidad a efecto de que expresaran sus inquietudes para una nueva Ley General de las Personas con Discapacidad, tales como libre acceso, vida independiente, Confe, Apac, Asociación Tutelar, entre otras, no podemos dejar de lado los esfuerzos que la sociedad civil ha tenido en la construcción de este andamiaje de leyes sobre la discapacidad.

Es por ello que la presente modificación al articulo 35 de la Ley General de las Personas con Discapacidad a que se refiere el Consejo Nacional Consultivo y que hasta hoy sólo opina, dejando de explotar la gran experiencia que tienen las organizaciones civiles, y peor aún, la continuidad con la que vienen trabajando en el corto, mediano y largo plazo. En consecuencia, el 6 de junio de 2005 en la publicación del Diario Oficial de la Federación se expide el decreto que crea la Ley General de las Personas con Discapacidad, misma que prometía ser una ley que impulsaría el desarrollo de este sector.

Sin embargo, y reconociendo la verdad, esto no ha sucedido, ya que con la entrada en vigor de la ley algunos programas se han desalentado.

Por otro lado, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad desde su instalación el 14 de septiembre de 2005 no se ha reunido en pleno, aún sí a través de su secretaría técnica, realizando un trabajo constante y de acercamiento con el Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad.

A decir de las organizaciones civiles y de la secretaría técnica del consejo varios programas federales deben acercarse y además contar con mayor presupuesto.

Por otro lado, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, el pasado 4 de septiembre de 2007 celebró su segunda reunión ordinaria de consejo, misma que logró una participación exitosa de funcionarios públicos de las secretarías, que establece el artículo 31 de la misma Ley General de las Personas con Discapacidad.

La presente iniciativa tiene como principal objetivo el poder incorporar al Consejo Nacional a tres secretarías de la administración pública federal que han impulsado programas en beneficio de las personas con discapacidad, como la Secretaría de Economía, con el Programas Emprendedores, como Pyme y Fonaes. Este último designado un área administrativa que impulsa proyectos de mujeres y personas con discapacidad.

Por otro lado, Sagarpa, quien con su Programa de Apoyo a Personas con Discapacidad en el Medio Rural, y la Secretaría de la Reforma Agraria, con sus programas Fapas y Promusag; secretarías que con voluntad política en la administración anterior desarrollaron programas para este sector de la sociedad.

Por otro lado, dar la convivencia para la elaboración de programas entre sociedad y gobierno, un avance entre la administración en la participación de las organizaciones sociales para que elaboren programas y además participen en las decisiones, representando con ello seis organizaciones sociales, las que con un espíritu de igualdad deben de participar no solamente en numero mayor sino también para que se puedan incrementar a nueve organizaciones sociales.

Esta modificación, no contraviene o afecta facultades del Consejo Nacional, no genera mayor gasto público, no genera acciones administrativas, pero sí ayuda a la revisión de los programas, a la opinión de los mismos, a la revisión de los programas y organización social, a la revisión de los presupuestos de egresos, los cuales les impactan directamente a ellos.

Iniciativa con proyecto de decreto.

Artículo único. Se adicionan las fracciones VIII, IX y X del artículo 31 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 31.

Del I a VII, como está establecido.

Fracción VIII. La Secretaría de Economía ---como Secretaría que se agregaría.

Fracción IX. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

Fracción X. Secretaría de la Reforma Agraria.

Artículo 32. Podrán participar como miembros del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad nueve integrantes del Consejo Consultivo, los cuales tendrán derecho a voz y voto.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2007. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Silvia Emilia Degante Romero , del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Silvia Emilia Degante Romero , diputada federal por San Luis Potosí e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para su estudio y dictamen respectivo, se realiza la iniciativa de reforma el artículo 31 y 32 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El diputado Jaime Aceves Pérez, del Partido Acción Nacional, presentó el 10 de abril del 2003 la iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad, la cual fue turnada a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

El 30 de abril de 2003 fue aprobado por la Cámara de Diputados un dictamen con proyecto de decreto que crea la Ley Federal para las Personas con Discapacidad, que fue remitido para sus efectos constitucionales a la colegisladora, la cual la recibió en esa misma fecha, turnándola a las Comisiones Unidas de Salud, y de Seguridad Social; de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos, Segunda, para su estudio y dictamen correspondiente.

Por unanimidad y un profundo compromiso con la sociedad y en lo particular con este sector de la población, demostrando la gran voluntad de los grupos parlamentarios para dar respuesta a un reclamo social que representa la lucha por más de una década de las personas con discapacidad y sus organizaciones, las Comisiones Unidas de Salud, y de Seguridad Social; de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos, Segunda, y el Pleno del Senado de la República aprobaron el 9 de diciembre de 2004 el dictamen de los instrumentos enunciados en el anterior numeral, turnando la minuta ese mismo día a la Cámara de Diputados.

El 31 de marzo de 2005, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables convocó a las organizaciones de la sociedad civil involucradas en el tema de la discapacidad, a efecto de que expresaran sus inquietudes hacia una nueva Ley General de las Personas con Discapacidad en México: Libre Acceso, AC; Vida Independiente, IAP; Confe, IAP; APAC, IAP; Asociación Tutelar, IAP, entre otras.

No podemos dejar de lado los esfuerzos que la sociedad civil ha realizado en la construcción del andamiaje para llegar a la Ley General las Personas con Discapacidad. Es por ello que la presente modifica el artículo 35 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, que se refiere al Consejo Nacional Consultivo y que hasta hoy sólo opina, dejando de explotar la gran experiencia con la que cuentan las organizaciones y, peor aún, la continuidad con que vienen trabajando en el corto, mediano y largo plazos.

En consecuencia, el 6 de junio del 2005, en el Diario Oficial de la Federación de esa fecha se expide el decreto que crea la Ley General de las Personas con Discapacidad, que prometía ser una ley para impulsar el desarrollo de este sector de la sociedad, sin embargo, y en reconocimiento a la verdad, esto no ha sucedido, ya que con la entrada en vigor de la Ley algunos programas se han desalentado.

Por otro lado, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, desde su instalación, el 14 de septiembre de 2005, no se ha reunido en pleno, aunque sí, a través de su secretaría técnica, ha realizado un trabajo constante y de acercamiento con el Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad.

A decir de las organizaciones civiles y la secretaría técnica del consejo, varios programas federales deben contar con estímulos para su mejor desarrollo y operación; por ejemplo, los Fondos de Coinversión Social, el programa nacional de accesibilidad en edificios públicos, entre otros, así como la revisión y reorientación de algunos.

Por otro lado, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad celebró, el pasado 4 de septiembre del 2007, su segunda reunión ordinaria, que logro una participación exitosa de funcionarios públicos adscritos a las secretarías que establece el artículo 31 de la Ley General de las Personas con Discapacidad y las seis organizaciones que menciona el artículo 32 del mismo ordenamiento; no sólo se observó el interés y la participación de los obligados, sino que dejó en claro la participación de más organizaciones civiles y un número importante de funcionarios públicos y legisladores que fueron convocados en calidad de invitados especiales.

La presente iniciativa tiene como principal objetivo incorporar en el consejo nacional a tres secretarías de la administración pública federal que han impulsado programas en beneficio de las personas con discapacidad: la de Economía, con programas para emprendedores Pyme y Fonaes; este último designando una área administrativa que impulsa proyectos de mujeres y personas con discapacidad; la de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con su programa de apoyo a personas con discapacidad en el medio rural; y la de la Reforma Agraria, con sus programas FAPPAS y Promusag.

Esas dependencias, con voluntad política en la administración anterior desarrollaron programas para este sector de la sociedad.

Por otro lado dar la convivencia para la elaboración de programas entre la sociedad y el gobierno; un avance de esta administración, es la participación de las organizaciones sociales para elaborar programas y el programa nacional de las personas con discapacidad, con la colaboración del consejo consultivo y que se encuentra representado con seis organizaciones sociales, que con un espíritu de igualdad deben de participar en un numero mayor al interior del consejo nacional; es decir, se incremente a un número de nueve las organizaciones sociales en el Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad.

Esta modificación no contraviene ni afecta las facultades del consejo nacional, no genera cargo al gasto público, no genera acciones administrativas, pero sí ayuda a la revisión de programas, a la opinión de los mismos, a la revisión la promoción de las organizaciones de la sociedad civil, a la revisión y opinión a cerca del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adicionan las fracciones VIII, IX y X del artículo 31 de la Ley General de las Personas con Discapacidad para quedar como sigue:

Artículo 31.

I. a VII. ...
VIII. Secretaría de Economía;
IX. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
X. Secretaría de la Reforma Agraria.

Artículo 32. Podrán participar como miembros del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad nueve integrantes del Consejo Consultivo, los cuales tendrán derecho a voz y voto.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2007.--- Diputada Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputada Silvia Emilia Degante Romero.Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.



ESTADO DE CAMPECHE

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: La Mesa Directiva lamenta los hechos ocurridos en el estado de Campeche, en los que perdieron la vida trabajadores de la empresa Petróleos Mexicanos. La Cámara de Diputados se solidariza con la pena que embargan sus familiares y amigos. Por eso invitamos a todos los presentes a ponerse de pie, para guardar un minuto de silencio.

(Minuto de silencio)



LEY GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna al diputado Jorge Quintero Bello, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

El diputado Jorge Quintero Bello: Con su venia, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Adelante, diputado.

El diputado Jorge Quintero Bello: Compañeros diputados:

El suscrito, Jorge Quintero Bello , diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, como proponente se permite resumir la exposición de motivos.

Pongo a consideración de esta respetable soberanía una iniciativa con el fin de extender los alcances de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Con ella busco involucrar aún más la participación de todos los sectores del país en la lucha contra la discriminación y de las condiciones de iniquidad que aún permean en nuestra sociedad.

Son diversas las áreas y temas en que se puede cristalizar el objetivo arriba referido, pero en esta iniciativa abordaré el tópico de la movilidad personal, como área en la que se puede propiciar el interés de otros sectores para que contribuya no sólo a eliminar la discriminación contra la persona con discapacidad, sino que también coadyuve para que éstas tengan mayores y mejores posibilidades para movilizarse, al tiempo de lograr una mayor independencia en sus movimientos y actividades.

La movilidad personal es una de las aristas que mayor trabajo requieren en aras de trascender y superar estos rezagos.

Los medios tecnológicos o físicos con los que se cuenta para hacer frente a una discapacidad, en ocasiones son muy limitados. Esto puede ser por distintos factores, como son el desabasto de los mismos. El alto costo que expone la ignorancia de su existencia, el desconocimiento para usarlos y por último, la falta de interés de algunos sectores productivos para producirlos.

Es sobre el último aspecto al que se orienta esta iniciativa. Cabe mencionar, en el sector privado, la industria de artículos médicos y de rehabilitación se ha quedado a la zaga en lo que se refiere al desarrollo y promoción de dichos medios.

Las situaciones arriba descritas impactan de manera negativa en el entorno y en las posibilidades que tiene el sector con discapacidad de nuestro país.

Debemos propiciar un mayor interés entre esta rama de la industria y el sector con discapacidad.

Habiendo señalado lo anterior, presento esta iniciativa, la cual tiene como único objeto el siguiente: alentar a las compañías o empresas que fabrican ayudas o dispositivos para las personas con discapacidad, a que tomen en cuenta las necesidades y peculiaridades especiales de las personas con discapacidad.

Con miras a cumplimentar este objetivo, propongo la adición de la fracción XVIII al artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

La adición propuesta contempla que el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, en pleno uso de sus facultades, pueda celebrar convenios con las empresas encargadas de la producción y comercialización de ayudas y dispositivos dirigidos a las personas con discapacidad.

De aprobarse esta iniciativa estaríamos participando en el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad, contribuiríamos a promover una mejor relación entre distintos sectores de la sociedad mexicana y propiciaríamos que las personas con discapacidad tuvieran a su alcance un mayor número de dispositivos y de información potenciando así su capacidad de movimiento e independencia.

La integración y una mayor participación de este sector históricamente olvidado es posible, sólo precisa de un mayor esfuerzo de la sociedad en su conjunto y de un marco normativo que abra las puertas tan anheladas y necesarios cambios.

Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XVIII del artículo 30, recorriéndose la subsiguiente, en la Ley General de las Personas con Discapacidad para quedar como sigue:

Artículo 30, fracción XVIII. Promover la suscripción de convenios o acuerdos para que las organizaciones y empresas que producen dispositivos o ayudas técnicas para personas con discapacidad consideren las disposiciones vigentes en materia de desplazamiento y accesibilidad para dichas personas.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputada Presidenta, en virtud de haber sido resumida, le solicito que se inserte íntegramente el texto en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Jorge Quintero Bello , diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona la fracción XVIII al artículo 30, recorriéndose las demás fracciones, de la Ley General de las Personas con Discapacidad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Naciones Unidas señala que sólo 45 países cuentan con una legislación específica para salvaguardar y establecer con claridad los derechos de las personas con discapacidad. 1 Muchos han sido los esfuerzos para posicionar a México en este bloque. El antecedente inmediato lo constituye la creación, en 2003, del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Dicha institución sentó las bases para erradicar y transformar muchas de las percepciones erróneas que se tienen de algunos sectores de nuestro país, siendo uno de ellos el de las personas con discapacidad.

De manera concreta, la promulgación --en 2005-- de la Ley General para las Personas con Discapacidad marca un parteaguas en la relación entre el Estado y este grupo. Con su publicación, se logró poner al día a nuestro país en materia de respeto y de protección para las personas con discapacidad. Esta legislación adaptó a nuestro entorno idiosincrásico las recomendaciones y sugerencias emanadas de las ``Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas''. Su valor reside en sentar las bases normativas para alentar una mayor participación y sobre todo para asegurar una verdadera igualdad de oportunidades para el sector con discapacidad.

Nuestros esfuerzos como sociedad, y particularmente como órgano legislativo no deben cesar con estos logros y debemos trabajar por extender las bondades que hasta ahora ha producido la aparición de tan auspicioso marco normativo. Teniendo como horizonte la anterior premisa, pongo a consideración de esta respetable soberanía una iniciativa con el fin de extender los alcances de la Ley General de las Personas con Discapacidad, con ella busco involucrar aún más la participación de todos los sectores del país en la lucha contra la discriminación y de las condiciones de inequidad que aún permean en nuestra sociedad.

Son diversas las áreas y los temas en que se puede cristalizar el objetivo referido, pero en esta iniciativa abordaré el tópico de la movilidad personal como área en la que se puede propiciar el interés de otros sectores para que contribuyan no sólo a eliminar la discriminación contra la persona con discapacidad, sino que también coadyuven para que éstas tengan mayores y mejores posibilidades para movilizarse, al tiempo de lograr una mayor independencia en sus movimientos y actividades.

Pasadas legislaturas han contribuido para que el tema de la movilidad personal sea una prioridad en las reivindicaciones y las condiciones óptimas de que deben disfrutar las personas con discapacidad.

En particular, los artículos 5, 7, 11, 13, 15 y 17 de la Ley General para las Personas con Discapacidad consideran una serie de condiciones que han de proveerse a las personas con discapacidad en materia de movilidad; sin embargo, éste no es el único marco normativo que establece la pertinencia y la necesidad de asegurar la movilidad personal.

La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece en el artículo 13 lo siguiente: ``... los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras (...) las medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (...) promover un entorno que permita el libre acceso y desplazamiento; así como procurar la accesibilidad en los medios de transporte público de uso general; promover que todos los espacios e inmuebles públicos o que presten servicios al público, tengan las adecuaciones físicas y de señalización para su acceso, libre desplazamiento y uso e igualmente procurar que las vías generales de comunicación cuenten con señalamientos adecuados para permitirles el libre tránsito''.

Este interés no sólo lo presentan los ordenamientos referidos anteriormente. Leyes como la de Asentamientos Humanos (artículos 3o., fracción XIX; y 33, fracción IX) o Federal de Protección al Consumidor (artículo 58) precisan también algunas protecciones en materia de movilidad personal. Esto es muestra del interés que se tiene en este rubro, lamentablemente esto contrasta con la situación real que atraviesan las personas con discapacidad, mismas que aún encuentran algunas limitaciones para desplazarse de manera más independiente.

La movilidad personal es una de las aristas que mayor trabajo requieren en aras de trascender y superar estos rezagos. Los medios tecnológicos o físicos con que se cuenta para hacer frente a una discapacidad en ocasiones son muy limitados, esto puede ser por distintos factores, como el desabasto de los mismos, el alto costo que suponen; la ignorancia de su existencia, el desconocimiento para usarlos y por último la falta de interés de algunos sectores productivos para producirlos.

Al último aspecto se orienta esta iniciativa. Amén de los esfuerzos que realizan la Secretaría de Salud y el DIF para dotar de medios y herramientas tendentes a facilitar la movilidad en las personas con discapacidad, su difusión, uso, conocimiento y abastecimiento es limitado.

Aunado a lo anterior, en el sector privado, la industria de artículos médicos y de rehabilitación, se ha quedado a la zaga en lo que refiere al desarrollo y promoción de dichos medios. Las situaciones arriba descritas impactan de manera negativa en el entorno y en las posibilidades que tiene el sector con discapacidad de nuestros país; además, debemos señalar que impiden una mejor integración de este grupo dentro de la sociedad debido a que se les disminuyen sus posibilidades de movilizarse y de realizar algunas actividades que los ponga en mayor contacto y relación con el resto de la población.

Es momento de aprovechar el impulso que produjo la creación de la Ley General para las Personas con Discapacidad. Debemos propiciar un mayor interés entre esta rama de la industria y el sector con discapacidad.

Nuestro país firmó el pasado 30 de marzo tanto la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como su Protocolo Facultativo. Este nuevo e innovador marco normativo marca las pautas a seguir en las políticas y derechos a favor de las personas con discapacidad, es menester señalar que este organismo establece en el artículo 20, inciso d), que los países firmantes de la convención tendrán a bien: ``Alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad''.

Los efectos vinculantes que tiene la convención internacional señalada son sólo una razón más para considerar la pertinencia de legislar exhortando a las empresas privadas a que colaboren y contribuyan en el desarrollo de mayores opciones para facilitar la movilidad de las personas con discapacidad. Habiendo señalado lo anterior, presento esta iniciativa la cual tiene como único objetivo el siguiente:

- Alentar a las compañías o empresas que fabrican ayudas o dispositivos para las personas con discapacidad, a que tomen en cuenta las necesidades y peculiaridades especiales de las personas con discapacidad.

Con miras a cumplimentar este objetivo, propongo la adición de una fracción XVIII al artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad. La adición propuesta contempla que el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, en pleno uso de sus facultades, pueda celebrar convenios con las empresas encargadas de la producción y comercialización de ayudas y dispositivos dirigidos a las personas con discapacidad. Los acuerdos que se celebren deberán alentar a que se consideren y cumplan todas las disposiciones vigentes en materia de desplazamiento y accesibilidad para la producción de dispositivos.

Propuestas como las que aquí les presento debemos considerarlas como una inversión en materia de justicia social, visualicémoslo como un proyecto que ``abre un frente de lucha contra la marginación y la segregación; es también un mecanismo de cohesión social que permitirá liberar recursos materiales y humanos que ahora están fuera de los circuitos productivos y de consumo''. 2

De aprobarse esta iniciativa estaríamos participando en el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad; contribuiríamos a promover una mejor relación entre distintos sectores de la sociedad mexicana; y, propiciaríamos que las personas con discapacidad tuvieran a su alcance un mayor número de dispositivos y de información potenciando así su capacidad de movimiento e independencia. La integración y una mayor participación de este sector históricamente desaventajado es posible, sólo precisa de un mayor esfuerzo de la sociedad en su conjunto y de un marco normativo que abra las puertas para tan anhelados y necesarios cambios.

Por lo fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona una fracción XVIII al artículo 30 de la Ley General de las Personas con Discapacidad

Artículo Único. Se adiciona la fracción XVIII del artículo 30, recorriéndose la subsiguiente, de la Ley General de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 30. ...

I. a XVI. ...
XVII. Promover a través del secretario ejecutivo la suscripción de convenios para que las organizaciones y empresas otorguen descuentos a personas con discapacidad en centros comerciales, transporte de pasajeros, farmacias y otros establecimientos;
XVIII. Promover la suscripción de convenios o acuerdos para que las organizaciones y empresas que producen dispositivos o ayudas técnicas para personas con discapacidad consideren las disposiciones vigentes en materia de desplazamiento y accesibilidad para dichas personas.
XIX. Ser el organismo de consulta y asesoría obligatoria para las dependencias y entidades de la administración pública federal, y en su caso, voluntaria para las instituciones de los sectores social y privado, que realicen acciones o programas relacionados con las personas con discapacidad.
Transitorio

Articulo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas 1 De la página electrónica de la ONU, http://www.un.org/spanish/disabilities/convention/overview.html 2 Zepeda Rodríguez, Jesús, Qué es la discriminación y cómo combatirla, serie Cuadernos de la Igualdad, número 2 (2004), Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación, página 47.
Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 18 de octubre de 2007.--- Diputado Jorge Quintero Bello (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Jorge Quintero Bello. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Esta Presidencia menciona que se encuentran entre nosotros los estudiantes de la Universidad Iberoamericana, de León, y de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, plantel Morelia, Michoacán. Sean ustedes bienvenidos.

Tiene el uso de la palabra el diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El diputado Alejandro Martínez Hernández (desde la curul): Se pospone, Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se pospone, me dice el diputado. También se pospone la propuesta del diputado Carlos Alberto Puente Salas, para presentar iniciativa que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



ARTICULOS 6, 108, 110 Y 111 CONSTITUCIONALES - LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna al diputado Rubén Aguilar Jiménez, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información PúblicaGubernamental.

El diputado Rubén Aguilar Jiménez: Con su permiso, señora Presidenta. En virtud de lo extenso de la iniciativa, me voy a permitir solicitar que se inserte íntegra en el Diario de los Debates, y me voy a permitir hacer solamente una presentación.

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esa soberanía iniciativa que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 12, 15, 17, 19, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Lo anterior con base en lo siguiente:

A diferencia de otras naciones de Latinoamérica, en nuestro país el derecho de acceso a la información pública por disposición expresa de la ley no fue una realidad hasta principio del presente siglo.

Además de tratarse de derechos fundamentales, el acceso a la información pública y la protección de los datos de carácter personal son de suma importancia para la construcción de un Estado moderno, y de la ciudadanía, fundamental en un país con una arraigada historia y opacidad en la función pública.

Frente a esta realidad el fortalecimiento de los órganos garantes del derecho de acceso a la información en las entidades federativas, y al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, es imprescindible en este sentido la búsqueda de la autonomía del IFAI. Favorece además la apertura de los anquilosados sistemas de gobierno y el contrapeso de Poderes, característica esta última, de los países democráticos.

Las características más sobresalientes de esta iniciativa serían las siguientes. Claramente determina que es derecho de los mexicanos la información en poder del Estado, que actualmente no se dice y parece una concesión del mismo. Se hace énfasis a que uno es dueño de su información personal en poder del Estado, y uno sabe qué hacer con ella. Por ejemplo: la información de los desaparecidos políticos, la información que se encuentra en el Registro Público de la Propiedad o la información de los hospitales del Estado.

Amplía el espectro de los sujetos obligados a proporcionar información en la idea de que uno de los principales sentidos de las leyes de Acceso a la Información tiene que ver con el seguimiento a los recursos públicos como herramienta eficaz para inhibir la corrupción.

En este sentido, se especifica la obligación de sindicatos, partidos y agrupaciones políticas y de los entes privados a dar información a las personas sobre el uso de dichos recursos.

La imposibilidad de clasificar como reserva la información que tenga que ver con investigaciones cuando se trate de crímenes de lesa humanidad o violaciones a los derechos humanos, a fin de evitar que las leyes respectivas en cualquiera de los ámbitos sirvan como herramienta para la opacidad de cuestiones de interés público y se desvirtúe el sentido que se pretende sobre la reserva de información.

En este caso, por supuesto, no puede existir un conflicto entre el interés público y el daño probable, presente y específico, derivado de la publicidad de información por el mismo interés público que reviste la protección de los derechos fundamentales por sobre cualquier otra consideración.

La sencillez para el acceso a la información es sin duda uno de los principios que permitirá que los sistemas de información pública sean, en la práctica, una herramienta para que los ciudadanos puedan mejorar su calidad de vida.

La obligación de legislar en todos los ámbitos en materia de archivos públicos, pues la ausencia de esta normatividad es en gran parte la causa de la inaccesibilidad de la información, lo que se traduce en inoperabilidad de los sistemas de información pública. Es decir, los entes ponen como pretexto que como no tienen la información organizada, no la pueden dar.

La autonomía constitucional del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y, por supuesto, la designación de los comisionados por las dos terceras partes de la Cámara de Diputados. Esto es por supuesto fundamental para mejorar el accionar del instituto, pues no es posible que aún sean nombrados los comisionados por el Poder Ejecutivo, del cual también dependen la mayoría de las entidades públicas, que son por supuesto, sujetos obligados por la ley.

La facultad del instituto de reformar el reglamento de la ley y, en su caso, de expedir los reglamentos de las leyes en la materia, de archivos y protección de datos personales, una vez creadas.

Es importante señalar, además, que hay que destacar que esta iniciativa se da en ocasión de una circunstancia más o menos de concurrencia de lo siguiente: Fue presentada hace un año por los diputados del PRI de Chihuahua, lo que llamaron la ``Iniciativa Chihuahua''. Ésta fue criticada ampliamente por muchos senadores, pues decían que le daba demasiada importancia a la transparencia y que esto no era importante para países como el nuestro, donde apenas estamos en reformas de derechos de primera generación, como son los derechos humanos.

La transparencia tiene un impacto directo en la democracia, pues permite lo que se llama contraloría social, es decir, permite que los ciudadanos sepan qué, cómo, cuándo, por qué y con qué está haciendo el gobierno. Así se supone en países como Suiza, donde este sistema existe hace 300 años. Esto ha generado que los ciudadanos tomen decisiones informadas sobre su gobierno y quien lo ejerce en lo que se refiere específicamente a irregularidades, hechos de corrupción o acciones de gobierno específicas.

La transparencia va directamente ligada a la rendición de cuentas. La primera se refiere al derecho ciudadano a la información; la segunda a la obligación que tienen los entes obligados a informar verazmente.

La transparencia es considerada un derecho de tercera generación. Los de primera generación son los que garantizan los derechos humanos, los de segunda son los derechos de la generación de garantías electorales y los terceros son de garantías democráticas.

La transparencia no es un sistema big brother, no genera el derecho de los ciudadanos a saber la vida personal de los funcionarios. Ésta está protegida por otro derecho que se llama habeas data, o información privada o íntima.

La información puede ser clasificada y reservada para que se denomine así: información reservada. Esto sucede cuando la información dañe la seguridad nacional o el derecho de intimidad o derecho íntimo de las personas. Esta reserva debe darse por un órgano autónomo que no dependa de ningún poder para que no ayude a que el poder haga trampa, como sucede ahora con el IFAI, y la reserva que hizo Fox, por ejemplo, con el escándalo del gasto de las toallas conocido como toallagate.

Para poder reservar la información en poder del gobierno que no sea información íntima, será necesario que quien reserve la información pruebe cuál es el daño que causa. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Rubén Aguilar Jiménez , del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Rubén Aguilar Jiménez , diputado de la LX Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta soberanía iniciativa que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 12, 15, 17, 19, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, lo anterior con base en la siguiente

Exposición de Motivos

A diferencia de otras naciones de Latinoamérica --aún cuando el Estado mexicano había ratificado instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles y la Convención Americana sobre Derechos Humanos desde mediados del siglo pasado-- en México el derecho de acceso a la información pública por disposición expresa de la ley, no fue una realidad hasta principios del presente siglo. Lo anterior, producto, y a la vez reflejo, de una nueva realidad social y política, en la cual la tendencia es la delimitación del poder del Estado frente a la sociedad civil, con especial énfasis la delimitación de las facultades jurídicas y metajurídicas del Poder Ejecutivo. En este sentido, es adecuado resaltar que la composición plural del Poder Legislativo ha sido una de las bases para la búsqueda de una nueva época caracterizada por la democratización de las políticas públicas.

Además de tratarse de derechos fundamentales, el acceso a la información pública y la protección de los datos de carácter personal son de suma importancia para la construcción de un Estado moderno y de ciudadanía, así como para la búsqueda de un desarrollo social sustentado en los derechos y las libertades de las personas.

Amartya Sen argumenta en Desarrollo y Libertad que ``Los papeles instrumentales de la libertad comprenden varios componentes distintos pero interrelacionados, como los servicios económicos, las libertades políticas, las oportunidades sociales, las garantías de transparencia y la seguridad protectora. Estos derechos instrumentales, estas oportunidades y estos derechos económicos tienen poderosas interrelaciones, que pueden ir en diferentes direcciones. Las interconexiones influyen de una manera fundamental en el proceso de desarrollo. Estas múltiples libertades interconectadas deben ir acompañadas de la creación y el apoyo de multitud de instituciones, entre las cuales se encuentran los sistemas democráticos, los mecanismos jurídicos, las estructuras de mercado, los sistemas de educación y de sanidad, los medios de comunicación y otros servicios de comunicación, etcétera (...) los fines y los medios del desarrollo obligan a colocar la perspectiva de la libertad en el centro del escenario. En este enfoque, los individuos han de verse como seres que participan activamente --si se les da la oportunidad-- en la configuración de su propio destino, no como meros receptores pasivos de los frutos de ingeniosos programas de desarrollo.''

En el mismo tenor, el doctor Ernesto Villanueva señala que ``la toma colectiva o cotidiana de decisiones se basa primariamente sobre la información con que se cuenta. Si la información obtenida es reducida o de mala calidad, las decisiones correrán la misma suerte. Por el contrario, un ciudadano informado puede tomar una decisión mejor formada en las múltiples acciones que tengan relación con su vida pública o personal''.

Los órganos encargados de garantizar el acceso a la información, tanto a nivel federal, como en las entidades federativas, tienen una función que tal vez es de mayor trascendencia y dificultad que la de resolver los recursos: la de consolidar una cultura de la transparencia, en un contexto complicado: un país con una arraigada historia de opacidad en la función pública, que todavía se hace presente en determinadas prácticas y en otros casos, en los imaginarios colectivos de las personas.

Frente a esta realidad, el fortalecimiento de los órganos garantes del derecho de acceso a la información en las entidades federativas y del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, es fundamental, IFAI. En este sentido, la búsqueda de la autonomía del IFAI, favorece además la apertura de los anquilosados sistemas de gobierno y el contrapeso de poderes, característica esta última de los países democráticos.

El panorama por supuesto, podría haber parecido sumamente complicado al iniciar el camino hacía la anhelada cultura de la transparencia y de la rendición de cuentas, no obstante, a más de seis años de haberse aprobado la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, los cambios son sustanciales, muestra de ello es que en varias de las entidades federativas se ha legislado con una visión democrática y de avanzada en el tema, superando incluso a la legislación federal vigente.

Es necesario destacar la importancia de la reforma al artículo 6o. de la Constitución federal que establece bases generales sobre el acceso a la información y la protección de datos personales. Sin embargo, dicha reforma, que sin duda es un avance en la materia, es --como en cualquier otro tema-- perfectible.

De manera concreta, proponemos establecer en la Constitución:

• Que la titularidad de la información reside en la sociedad, y por tanto el derecho fundamental, de acceder a la información que por supuesto, poseen todas las personas.
• El derecho de toda persona a la protección de sus datos personales se encuentren en poder de entes públicos o privados, lo que deberá derivar en una legislación federal y en las entidades federativas, que de manera más detallada que las leyes de acceso a la información, tenga como objetivo central la protección de los datos personales. En este sentido es necesario hacer una diferencia fundamental: la legislación sobre el acceso a la información pública ciertamente corresponde de manera primordial a entes públicos y --en algunos casos-- a los privados que manejen recursos públicos, pero en lo relativo al tratamiento de los datos personales, la legislación debería establecer una protección para las personas, sin importar si el ente que tiene en su poder la información es privado, pues no se trata de imponer una carga u obligación de publicitar la información, por el contrario, el objetivo es la protección en el tratamiento de los datos.
• Ampliar el espectro de los sujetos obligados a proporcionar información, en la idea de que uno de los principales sentidos de las leyes de acceso a la información tiene que ver con el seguimiento a los recursos públicos, como herramienta eficaz para inhibir la corrupción. En este sentido, se específica la obligación de sindicatos, partidos y agrupaciones políticas y de los entes privados a dar información a las personas sobre el uso de dichos recursos.
• La imposibilidad de clasificar como reservada la información que tenga que ver con investigaciones cuando se trate de crímenes de lesa humanidad o violaciones a los derechos humanos, a fin de evitar que las leyes respectivas, en cualquiera de los ámbitos, sirva como herramienta para la opacidad de cuestiones de interés público y se desvirtúe el sentido que se pretende sobre la reserva de la información. En este caso por supuesto, no puede existir un conflicto entre el interés público y el daño probable, presente y específico derivado de la publicidad de la información, por el mismo interés público que reviste la protección de los derechos fundamentales por sobre cualquier otra consideración.
• La sencillez para el acceso a la información, pues es sin duda, uno de los principios que permitirá que los sistemas de información pública sean, en la práctica, una herramienta para que los ciudadanos puedan mejorar su calidad de vida.
• La obligación de legislar en todos los ámbitos, en materia de archivos públicos, pues la ausencia de esta normatividad es en gran parte, la causa de la inaccesibilidad de la información, lo que se traduce en la inoperatividad de los sistemas de información pública.
• La autonomía constitucional del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y la designación de los comisionados por las dos terceras partes de la Cámara de Diputados. Es fundamental para mejorar el accionar del instituto, pues no es posible que aún sean nombrados los comisionados por el Poder Ejecutivo, del cual también dependen la mayoría de las entidades públicas que son por supuesto sujetos obligados por la ley.
• La facultad del instituto para reformar el Reglamento de la ley y, en su caso, de expedir los reglamentos de las leyes en materia de archivos y protección de datos personales, una vez creadas.

En lo que respecta a la Ley Federal de Transparencia, proponemos una serie de modificaciones a fin de establecer, además de lo propuesto para la reforma constitucional:

• La diferencia existente entre datos personales y datos sensibles, asunto suficientemente explorado en derecho. Aun cuando los datos sensibles son un subgrupo de los datos personales, hacer la distinción nos permite establecer una prohibición a las instancias federales de solicitar la información que pudiera generar discriminación, intolerancia, inseguridad o riesgo para las personas, toda vez que ese tipo de información no tiene porque ser recabada por un ente público, con la salvedad por supuesto, de que expresamente le sea concedida esa función o que conocer la información sea de importancia para la vida o la salud de dicha persona.
• Diferenciar entre sujeto obligado y ente público, toda vez que se propone incluir a sindicatos, entes privados y partidos políticos como sujetos que poseen información pública, pero que no deben tener las mismas obligaciones respecto a la información que de oficio debe ser publicada, puesto que el espectro de información pública que manejan, es mucho menor que el de los entes públicos.
• La obligación de publicar de oficio las declaraciones patrimoniales que presentan los servidores públicos, suprimiendo los datos que sean considerados como confidenciales. El ente público debe realizar una versión para el acceso público y transparentarla, omitiendo los datos personales, en donde se incluyen por supuesto, la información personalísima. La publicidad de las declaraciones patrimoniales es fundamental en la inhibición de la corrupción.
• La reducción en el plazo de la reserva de la información, toda vez que doce años es a todas luces excesivo y en cierta medida, rompe con la lógica de la temporalidad de la reserva. Proponemos un plazo máximo de cinco años con una posible prórroga de hasta otro período igual, siempre y cuando subsistan las causas que originaron la clasificación. De igual forma, se establecen criterios menos subjetivos para la determinación de cual información es reservada, específicamente que se contemple como reservada cuando el daño probable, presente y específico que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el interés público. De esta forma se busca privilegiar el principio de máxima publicidad establecido en la Carta Magna.
• Un procedimiento para la selección de los comisionados del instituto. La creación de una comisión especial que tenga un carácter plural y en la que participen instituciones de educación superior a fin de que el procedimiento sea más transparente y buscar que los aspirantes con los mejores perfiles y con un mayor conocimiento en el tema sean los comisionados, a través de entrevistas públicas y un examen de oposición.
• Reducir la edad requerida para ser comisionado a fin de que los jóvenes no sean discriminados por su condición, toda vez que el nuevo procedimiento exige contar con un perfil calificado para ocupar el cargo.
• La creación por ley del Servicio Profesional de Carrera en el IFAI, como herramienta necesaria para mejorar su desempeño, para dar seguridad a los trabajadores y evitar en la medida de lo posible que las plazas laborales se otorguen con base en decisiones unilaterales.
• Otorgar la facultad al instituto para colaborar y firmar convenios de coordinación con instituciones de educación superior a fin de seguir avanzando en la construcción de nuevos paradigmas sobre el acceso a la información, como sucede en países como Argentina y España. La creación de programas de licenciatura y posgrado y de centros de investigación, son fundamentales para seguir en el permanente desarrollo de los sistemas de información pública y para la generación de nuevos conocimientos y teorías sobre el tema.
• La posibilidad de realizar la solicitud de información de manera verbal ante la Unidad de Enlace. Esto tiene que ver con el principio de sencillez que debe imperar en todos los procedimientos, de tal forma que el campo de los posibles solicitantes sea más amplio. En este mismo sentido, proponemos eliminar el nombre como requisito para realización de la solicitud de información, pues podría inhibir el acceso a la información por parte del solicitante.
• La facultad del instituto para imponer sanciones desde la amonestación verbal y el extrañamiento por escrito, hasta la separación definitiva o temporal del cargo y la inhabilitación hasta por tres años para ser funcionario público. Con esto, se busca fortalecer al Instituto y dotarlo de los mecanismos que garanticen el cumplimiento de un derecho fundamental, como es el de acceder a la información pública. Se establece además, una serie de criterios que permitan guardar una proporción de la conducta y el daño causado, con la sanción a imponerse. De igual forma, se otorga el derecho al funcionario público para presentar las pruebas y a expresar lo que a su derecho convenga ante los comisionados.

Planteamos la presente reforma con la plena convicción de que la dinámica imperante en esta materia hace necesaria la permanente deconstrucción y reedificación de sistemas que garanticen y promuevan la protección de los datos personales y el acceso a la información pública.

Es por lo anteriormente expuesto, que someto a la consideración del Pleno la siguiente iniciativa con carácter de

Decreto

Artículo Primero. Se reforman los artículos 6o., 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactado de la siguiente manera:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Del artículo 1o. a 5o. ...

Artículo 6o.

....

Toda persona tiene derecho a la información. La sociedad es titular de la información pública, por lo que toda persona tiene el derecho de acceder a dicha información, salvo en los casos que expresamente establezcan las leyes. El Estado garantizará el ejercicio de este derecho.

Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales que se encuentran en poder de los entes públicos o privados. Para proteger sus datos, toda persona tiene el derecho a acceder a información sobre sí misma o sus bienes asentada en archivos, bases de datos o registros públicos o privados y tiene el derecho a actualizar, rectificar, suprimir o mantener en reserva dicha información, en los términos de la ley.

La ley protegerá a las personas contra cualquier lesión en sus derechos, resultante del tratamiento de sus datos personales.

Para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales, la federación, los estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán un Sistema de Información Pública que se regirá por los siguientes principios y bases:

I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.
II. La información relativa al origen, uso y destino de los recursos públicos que reciban los partidos políticos, las agrupaciones políticas, los entes privados y los sindicatos de cualquier ente público federal o empresa paraestatal, deberá ser publicada de oficio.
III. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.
IV. La información que tenga que ver con investigación de violaciones a los derechos fundamentales o a crímenes de lesa humanidad bajo ninguna circunstancia podrá ser considerada como confidencial o reservada.
V. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno, justificar su utilización tendrá acceso gratuito a sus datos personales, a la rectificación de éstos y a la información pública. En este último caso, no será necesario proporcionar su nombre.
VI. Se establecerán mecanismos sencillos para el acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión.
VII. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados conforme lo marque la ley de la materia y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.
VIII. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales.
IX. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes.

Para garantizar y hacer efectivo el adecuado y pleno ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, se crea el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública como organismo público autónomo, con facultades normativas, operativas, de gestión, presupuestarias y de sanción; con personalidad jurídica y patrimonio propios. El instituto tendrá la facultad para realizar modificaciones al Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y para expedir el Reglamento de las leyes federales que se expidan materia de archivos y datos personales.

El instituto estará integrado por cinco comisionados propietarios, quienes tendrán cinco comisionados suplentes. Los comisionados serán nombrados por el voto de cuando menos las dos terceras partes de la Cámara de Diputados, de acuerdo al procedimiento que establezca la ley.

Los comisionados serán nombrados dos de ellos por un período de siete años, sin posibilidad de reelección y durante su encargo no podrá desempeñar ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes, científicas.

Los comisionados elegirán de entre sus homólogos, al comisionado que fungirá como presidente del instituto por un período de tres años, sin posibilidad de reelección.

Los comisionados gozarán de las garantías para ejercer su cargo con plena independencia y sólo podrán ser removidos por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.

Los comisionados designarán por mayoría, a propuesta del comisionado presidente, a los funcionarios directivos del instituto.

...

Artículo 7o. ... .

...

Los medios de comunicación, así como los periodistas, no podrán ser obligados por autoridad alguna, dentro o fuera de juicio, a revelar sus fuentes de información, motivo de una publicación.

Del artículo 8o. a 107. ...

Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados, y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores del Instituto Federal Electoral y del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

...

...

Artículo 109. ...

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República, el procurador general de Justicia del Distrito Federal, los magistrados de circuito y jueces de distrito, los magistrados y jueces del fuero común del Distrito Federal, los consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los comisionados del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

... ... ...

...

Artículo 111. Para proceder penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República y el procurador general de Justicia del Distrito Federal los comisionados del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, así como el consejero presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.

... ... ...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con las modalidades que se establecen en el segundo artículo transitorio.

Segundo. Las entidades federativas y la federación contarán con un plazo de un año a partir de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, para realizar las adecuaciones a su normatividad de acuerdo a lo establecido en el presente decreto.

Artículo Segundo. Se reforma el contenido de los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 12, 15, 17, 19, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 63 y 64, y se adicionan los artículos 65, 66, 67, 68 y 69, todos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para quedar redactados de la siguiente manera

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Título Primero Disposiciones comunes para los sujetos obligados Capítulo I Disposiciones generales

Artículo 1o. La presente ley es de orden público. Tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información pública y la protección de los datos personales.

Artículo 2o. La sociedad es titular de la información pública, por lo que toda persona tiene el derecho de acceder a dicha información, salvo en los casos que expresamente establezca la presente ley.

Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. Comités: Los Comités de Información de cada una de las dependencias y entidades mencionados en el artículo 29 de la ley o el titular de las referidas en el artículo 31;
II. Datos personales: La información concerniente a una persona física, identificada o identificable.
III. Datos Sensibles. La información referente a preferencias sexuales, religión, origen étnico, militancia, filiación o ideología políticas, afiliación sindical, estado de salud, situación moral y familiar y otras cuestiones que afecten su privacidad o aquella que pudiera generar discriminación sobre su persona.
IV. Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;
V. Dependencias y entidades: Las señaladas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, incluidas la Presidencia de la República, los órganos administrativos desconcentrados, así como la Procuraduría General de la República;
VI. Entes públicos:
a) El Poder Ejecutivo Federal, la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República;
b) El Poder Legislativo federal, integrado por la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores, la Comisión Permanente y cualquiera de sus órganos;
c) El Poder Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal;
d) Los órganos constitucionales autónomos;
e) Los tribunales administrativos federales, y
f) Cualquier otro órgano federal.
VII. Entes privados: Las personas morales constituidas conforme a la ley correspondiente.
VIII. Hábeas Data. Derecho relativo a la tutela que tienen las personas sobre sus datos personales que se encuentran en poder de un sujeto obligado.
IX. Información: La contenida en los documentos que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título;
X. Información pública. Los archivos o documentos en poder de los sujetos obligados.
XI. Información reservada: Aquella información que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en los artículos 13 y 14 de esta ley;
XII. Instituto: El Instituto Federal de Acceso a la Información.
XIII. Ley: La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
XIV. Órganos constitucionales autónomos: El Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Banco de México, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía y cualquier otro establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XV. Reglamento de la Ley: El Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
XVI. Servidores públicos: Los mencionados en el párrafo primero del artículo 108 constitucional y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos públicos federales;
XVII. Seguridad nacional: Acciones destinadas a proteger la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, la gobernabilidad democrática, la defensa exterior y la seguridad interior de la federación, orientadas al bienestar general de la sociedad que permitan el cumplimiento de los fines del Estado constitucional;
XVIII. Sindicatos: Los sindicatos de cualquier ente público federal o empresa paraestatal.
XIX. Sistema de datos personales: El conjunto ordenado de datos personales que estén en posesión de un sujeto obligado;
XX. Sistema de Información Pública: El conformado por el instituto, la información, los sujetos obligados, las unidades de enlace, los comités de información, la normatividad en la materia, las personas que solicitan información, así como la interrelación existente entre todos ellos que tiene como fin garantizar y promover el acceso a la información pública y la protección de los datos personales.
XXI. Sujetos Obligados:
a) Los entes públicos.
b) Los partidos o asociaciones políticas.
c) Los sindicatos. y
d) Los entes privados que reciban recursos públicos.
XXII. Unidades administrativas: Las que de acuerdo con la normatividad de cada uno de los sujetos obligados tengan la información, de conformidad con las facultades que les correspondan.

Artículo 4o. Son objetivos de esta ley:

De la fracción I. a VI. ...
VII. Establecer el Sistema de Información Pública como elemento fundamental para el desarrollo.

Artículo 5o. ...

Artículo 6o. ...

Capítulo II Obligaciones de transparencia

Artículo 7o. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta ley, los entes públicos deberán, sin que medie solicitud, poner a disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el instituto o la instancia equivalente a que se refiere el artículo 61, entre otra, la información siguiente:

De la fracción I. a la XVI. ...
XVII. Las declaraciones de los servidores públicos, suprimiendo en el documento que se publicará, los datos que se clasifiquen de acuerdo a lo establecido en la presente ley. y
XVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base a la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

La información a que se refiere este artículo deberá publicarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad. Las dependencias y entidades deberán atender las recomendaciones que al respecto expida el instituto.

Artículo 8o. ...

Artículo 9o. ...

Artículo 10. ...

Artículo 11. ...

Artículo 12. Los sujetos obligados deberán hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

Los partidos o asociaciones políticas y los sindicatos deberán publicar de oficio, la información relativa al origen, uso y destino de los recursos públicos, así como las obligaciones establecidas en las fracciones I, III, IV, V y XIV del artículo 7o. de la presente ley.

Capítulo III Información reservada y confidencial

Artículo 13. ...

Artículo 14. ...

Artículo 15. La información clasificada como reservada según los artículos 13 y 14, podrá permanecer con tal carácter hasta por un período de cinco años. Esta información podrá ser desclasificada cuando se extingan las causas que dieron origen a su clasificación, cuando haya transcurrido el periodo de reserva o cuando el instituto, por el voto de la mayoría de sus comisionados, así lo considere. La disponibilidad de esa información será sin perjuicio de lo que, al respecto, establezcan otras leyes.

El instituto, de conformidad con el Reglamento, o la instancia equivalente a que se refiere el artículo 61, establecerán los criterios para la clasificación y desclasificación de la información reservada.

Excepcionalmente, los sujetos obligados podrán solicitar al instituto o a la instancia establecida de conformidad con el artículo 61, según corresponda, la ampliación del periodo de reserva, por un plazo no mayor a cinco años, siempre y cuando justifiquen que subsisten las causas que dieron origen a su clasificación.

Artículo 16. ...

Artículo 17. Las unidades administrativas elaborarán semestralmente y por rubros temáticos, un índice de los expedientes clasificados como reservados. Dicho índice deberá indicar la unidad administrativa que generó la información, la fecha de la clasificación, su fundamento y motivación, el plazo de reserva y, en su caso, las partes de los documentos que se reservan. En ningún caso el índice será considerado como información reservada.

Para la fundamentación de la reserva deberá acreditarse que:

I. La información solicitada se encuentra en alguna de las hipótesis de excepción que establecen los artículos 13 y 14 de la presente ley.
II. La entrega o publicidad de la información puede amenazar efectivamente el interés público.
III. En caso de darse a conocer la información solicitada, el daño probable, presente y específico que puede producirse es mayor que el interés público.

El titular de cada dependencia o entidad deberá adoptar las medidas necesarias para asegurar la custodia y conservación de los expedientes clasificados.

En todo momento, el instituto tendrá acceso a la información reservada o confidencial para determinar su debida clasificación, desclasificación o la procedencia de otorgar su acceso.

Artículo 18. ...

Artículo 19. Cuando los particulares entreguen a los sujetos obligados la información a que se refiere la fracción I del artículo anterior, deberán señalar los documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables. En el caso de que exista una solicitud de acceso que incluya información confidencial, los sujetos obligados la comunicarán siempre y cuando medie el consentimiento expreso del particular titular de la información confidencial.

Nadie puede ser obligado a proporcionar información sobre sus datos sensibles, salvo los siguientes casos:

I. La entrega de la información sea necesaria para proteger su vida, su seguridad, su integridad física o su salud mental.
II. Se encuentre establecido en alguna disposición legal.
Capítulo IV Protección de datos personales

Del artículo 20. a 26. ...

Capítulo V Cuotas de acceso

Artículo 27. La consulta de la información pública es gratuita, no obstante, en caso de la reproducción de la información podrá generarse un cobro para obtener los documentos, el cual no podrán ser superior de:

I. El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información, y
II. El costo de envío.

Las cuotas de los derechos aplicables deberán estar establecidas en la Ley Federal de Derechos.

Los sujetos obligados deberán esforzarse por reducir los costos de entrega de información.

Título Segundo Acceso a la información en el Poder Ejecutivo federal Capítulo I Unidades de enlace y comités de información

Artículo 28. Los titulares de cada uno de los sujetos obligados designarán a la unidad de enlace que tendrá las funciones siguientes:

De la fracción I. a VIII. ...

Artículo 29. En cada dependencia, entidad o sujeto obligado, se integrará un Comité de Información que tendrá las funciones siguientes:

De la fracción I. a VII. ...

Artículo 30. Cada Comité estará integrado por:

I. Una persona designada por el titular de la dependencia, entidad o sujeto obligado;
II. El titular de la unidad de enlace, y
III. El titular del órgano interno de control u órgano administrativo de cada dependencia o entidad.

El Comité adoptará sus decisiones por mayoría de votos.

Artículo 31. ...

Artículo 32. Corresponderá al Archivo General de la Nación elaborar, en coordinación con el instituto, los criterios para catalogar, clasificar y conservar los documentos administrativos, así como la organización de archivos de las dependencias y entidades. Dichos criterios tomarán en cuenta los estándares y mejores prácticas internacionales en la materia.

Los titulares de las dependencias y entidades deberán asegurar el adecuado funcionamiento de los archivos. Asimismo, deberán elaborar y poner a disposición del público una guía simple de sus sistemas de clasificación y catalogación, así como de la organización del archivo, de acuerdo a la ley en la materia, los lineamientos que el instituto establezca y demás disposiciones aplicables.

Capítulo II Instituto Federal de Acceso a la Información Pública

Artículo 33. El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública es un órgano dotado de autonomía operativa, presupuestaría y de decisión, con personalidad jurídica y patrimonio propios, por disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con facultades normativas y sancionadoras. El instituto está encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales, así como la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas; resolver sobre la negativa a las solicitudes de acceso a la información y de la acción de hábeas data.

Artículo 34. El instituto estará integrado por cinco comisionados propietarios, quienes tendrán cinco comisionados suplentes. Los comisionados serán nombrados por el voto de cuando menos las dos terceras partes de la Cámara de Diputados, de acuerdo al siguiente procedimiento:

I. Sesenta días hábiles antes de la conclusión del encargo de los comisionados, se realizará una convocatoria pública en donde se establecerán los plazos, lugares, horarios y requisitos para los aspirantes.
II. Se integrará una comisión especial, conformada por un diputado de cada partido político representado en la Cámara de Diputados y tres representantes de instituciones de educación superior de reconocido prestigio a nivel nacional, seleccionadas previamente por el voto de las dos terceras partes de los diputados.
III. La comisión realizará un examen de oposición a los aspirantes en el que se evalúen los conocimientos sobre el tema, test psicométricos y psicotécnicos, así como la revisión de los perfiles y la realización de por lo menos, una entrevista que tendrá el carácter de pública, así como otras evaluaciones que considere adecuadas.
IV. La comisión, integrará, por consenso, una lista de veinte aspirantes, señalando los motivos por los cuales cada uno de ellos fue seleccionado y la enviará a la Junta de Coordinación Política.
V. La Junta de Coordinación Política enviará un listado con 10 aspirantes al Pleno, a fin de que éste determine quienes serán los comisionados propietarios y suplentes.

Los resultados de los exámenes y las entrevistas deberán ser publicados en la página electrónica oficial de la Cámara de Diputados.

En ningún caso habrá más del sesenta por ciento de comisionados de un mismo género.

Los comisionados serán nombrados por un periodo de siete años, sin posibilidad de reelección y durante su encargo no podrán desempeñar ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes o científicas.

Los comisionados gozarán de las garantías para ejercer su cargo con plena independencia y sólo podrán ser removidos por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.

Artículo 35. Para ser comisionado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano;
II. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso;
III. Tener por lo menos, veinticinco años de edad el día de su designación;
IV. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académicas, relacionadas con la materia de esta ley, y
V. No haber sido secretario de Estado, jefe de departamento administrativo, procurador general de la República, senador, diputado federal o local, dirigente de un partido o asociación política, gobernador de algún estado o jefe de Gobierno del Distrito Federal, en los tres años previos al día de su nombramiento.

Artículo 36. El instituto será presidido por un comisionado, quien tendrá la representación legal del mismo. Durará en su encargo un periodo de tres años, sin posibilidad de reelección y será elegido por el voto de la mayoría de los comisionados.

El presidente del instituto realizará la propuesta de los funcionarios directivos a los comisionados. La designación será realizada por el voto de la mayoría de los comisionados.

Artículo 37. El instituto tendrá las siguientes atribuciones:

De la fracción I. a XVI. ...
XVII. Elaborar el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera;
XVIII. Designar a los servidores públicos a su cargo, quienes serán integrados a un servicio profesional de carrera, de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo;
XIX. Preparar su proyecto de presupuesto anual, el cual será enviado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, sin modificación alguna, lo integre al Presupuesto de Egresos de la Federación;
XX. Proponer modificaciones al Reglamento de la presente Ley y expedir los Reglamentos a las leyes que, sobre materia de archivos y datos personales, se expidan;
XXI. Firmar convenios con instituciones de educación superior a fin de crear opciones de licenciatura, posgrados o centros de investigaciones relacionados con el tema del acceso a la información pública y la cultura de la transparencia.
XXII. Sancionar a los servidores públicos por incumplimiento de sus obligaciones, con base a lo establecido por la presente ley; y
XXIII. Las demás que le confieran esta Ley, su Reglamento y cualquier otra disposición aplicable.

Del artículo 38. a 39. ...

Capítulo III Del procedimiento de acceso ante la dependencia o entidad

Artículo 40. Cualquier persona o su representante, podrá presentar, ante la unidad de enlace, una solicitud de acceso a la información de manera verbal, mediante escrito libre o en los formatos que apruebe el instituto. La solicitud deberá contener:

I. Lugar y medio para recibir notificaciones;
De la fracción II a IV. ...
... ... ...

...

Del artículo 41 a 62. ...

Título Cuarto Responsabilidades y sanciones Capítulo Único

Artículo 63. Los comisionados del instituto, por mayoría de votos, podrán determinar y aplicar las siguientes sanciones:

I. Amonestación verbal;
II. Extrañamiento por escrito;
III. Multa equivalente de cincuenta a mil veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal;
IV. Separación temporal del cargo público, por un plazo de hasta doce meses;
V. Separación definitiva del cargo público;
VI. Inhabilitación para ejercer un cargo publico, por un período de hasta tres años:

Artículo 64. La imposición de las sanciones deberá ser proporcional a:

I. La gravedad de la infracción;
II. La existencia de dolo;
III. La afectación causada;
IV. Las circunstancias particulares del caso; y
V. La reiteración del infractor en las omisiones o violaciones a la presente ley, su reglamento o demás disposiciones aplicables.

Artículo 65. Para la aplicación de las sanciones, el instituto deberá notificar al supuesto infractor, para que en un término de quince días hábiles presente a los comisionados los medios de prueba necesarios para su defensa o exprese lo que a su derecho convenga.

Artículo 66. Si se tratase de dirigentes, militantes o trabajadores de los partidos o agrupaciones políticas, de entes privados o sindicatos, el Instituto dará vista a las autoridades correspondientes, de acuerdo a la normatividad aplicable.

Artículo 67. A los servidores públicos a que hacen referencia los artículos 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sólo podrá aplicárseles las sanciones establecidas en las fracciones I, II y II del artículo 63 de la presente Ley.

Artículo 68. Serán causas de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley las siguientes:

I. Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente y de manera indebida información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión;
II. Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información o en la difusión de la información a que están obligados conforme a esta Ley;
III. Denegar intencionalmente información no clasificada como reservada o no considerada confidencial conforme a esta ley;
IV. Clasificar como reservada, con dolo, información que no cumple con las características señaladas en esta Ley. La sanción sólo procederá cuando exista una resolución previa respecto del criterio de clasificación de ese tipo de información del Comité, el Instituto, o las instancias equivalentes previstas en el Artículo 61;
V. Entregar información considerada como reservada o confidencial conforme a lo dispuesto por esta ley;
VI. Entregar intencionalmente de manera incompleta información requerida en una solicitud de acceso, y
VII. No proporcionar la información cuya entrega haya sido ordenada por los órganos a que se refiere la fracción IV anterior o el Poder Judicial de la Federación.

La responsabilidad a que se refiere este Artículo o cualquiera otra derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, será sancionada en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

La infracción prevista en la fracción VII o la reincidencia en las conductas previstas en las fracciones I a VI de este artículo, serán consideradas como graves para efectos de su sanción administrativa.

Artículo 69. Las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el Artículo anterior, son independientes de las del orden civil o penal que procedan.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, bajo las modalidades que se establecen en los siguientes artículos.

Segundo. Los sujetos obligados a que hacen referencia las fracciones b, c y d del artículo 3 de la Ley, tendrán un término de ciento veinte días naturales a partir de la publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Federación, para cumplir con las obligaciones establecidas en la presente ley.

Tercero. Los Comités de Información de los sujetos obligados que establecieron plazos de reserva de información, superiores a los señalados en el presente decreto deberán modificar el acuerdo, estableciendo un plazo que no exceda los cinco años e informar al instituto de los términos de la modificación, en un máximo de 30 días naturales a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Salón de sesiones del honorable Congreso de la Unión, a 25 de octubre del año de 2007.--- Diputado Rubén Aguilar Jiménez (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Rubén Aguilar Jiménez. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates ytúrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de la Función Pública.

La siguiente propuesta se pospone. Era de la diputada Mónica Arriola.



ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL - LEY DE AMPARO

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Tiene la palabra el diputado Gustavo Pedro Cortés, del Grupo Parlamentario de Alternativa, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras diputadas y compañeros diputados, el juicio de amparo mexicano es ejemplar, pero necesitamos que efectivamente ampare y proteja a todos los ciudadanos. Debemos suprimir la fórmula que impide que una declaración de un acto o una ley inconstitucional no tengan un carácter general.

En nuestro derecho el amparo es la última línea de defensa que el gobernado tiene contra leyes y actos de autoridad que amenazan o lesionan sus derechos fundamentales. Se tramita en forma de juicio ante el Poder Judicial de la Federación y tiene como propósito lograr la nulidad del acto reclamado y restituir al agraviado con el goce de la garantía violada.

Creación del genio de dos abogados mexicanos, don Manuel Crescencio Rejón y don Mariano Otero, conserva signos excepcionales que lo prestigian. Hecho en México, el juicio de amparo ha sido reconocido y admirado internacionalmente, situando a nuestra ciencia jurídica en el mapa mundial.

Recordemos que el amparo vio la luz en Yucatán hace más de 160 años, cuando se instauró la revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes. Después, el acta constitutiva de reformas de 1847 declaró que los tribunales de la federación ampararán a cualquier habitante de la república en el ejercicio y conservación y los derechos que le concede la Constitución contra todo ataque de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, limitándose a impartir su protección en el caso particular, sin hacer ninguna declaración general respecto de la ley o el acto que lo motivare.

Desde ese año de 1847 el Constituyente evitó que el beneficio se extendiera a todos los ciudadanos, aunque el acto de autoridad o la ley combatidos fueran finalmente declarados inconstitucionales por causas que quizá fueron justificadas en su tiempo.

Es posible que ese candado, conocido como la ``Fórmula Otero'' tuviera sentido en un México revuelto en las guerras de invasión y en las contiendas intestinas, pero ya no responde a esas motivaciones.

Hoy, los problemas constitucionales no son primariamente problemas de derecho, sino de poder. En nuestros días la defensa de esa fórmula tiene su fundamento en las cúpulas del poder y en el deseo de conservar prebendas.

Hoy, el amparo dejó de ser un medio de defensa accesible para el pueblo y se ha convertido en una institución compleja, exótica, buena sólo para especialistas y para quienes puedan pagarla, secuestrando así el carácter social que le dio origen.

Lo anterior no ha pasado inadvertido para algunos talentosos legisladores, cuyas ideas han sido las raíces para proyectar desde ahí esta iniciativa. Nuestro reconocimiento, pues, a los diputados Jesús Ramírez Stabros , del Partido Revolucionario Institucional; Roberto Mendoza y Victorio Montalvo, del Partido de la Revolución Democrática; y a las diputadas María del Pilar Ortega y Dora Alicia Martínez, y el diputado Carlos Bracho, de Acción Nacional.

Ellos han percibido la necesidad de un cambio conceptual en el juicio de amparo, los derechos de tercera generación demandan de los legisladores un cuidado mucho más eficaz, conservar en rigor formalista, sólo puede llevar al menoscabo de nuestro propio entorno con pérdidas difícilmente reparables, es preciso innovar o al menos mantener el paso de los tiempos.

No puede haber estado de derecho donde existen seres más iguales que otros y donde los supuestos mínimos de seguridad, propiedad y formalidades de la ley no se acatan. Es impensable la existencia de un estado de derecho sin el imperio de la ley. Legislemos y traigamos el amparo al siglo XXI, sólo de esta manera podremos lograr la equidad entre los ciudadanos y proveer de paz a nuestra sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, proponemos reformar las fracciones I y II del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que quien lo promueva sólo deba acreditar interés legítimo y para que la sentencia, además de ocuparse de quien la promueve amparándolo y protegiéndolo haga una declaración general, respecto de la ley o acto que la motivare en los términos y condiciones que disponga una nueva ley de amparo. Es cuanto, diputada Presidenta.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Amparo, a cargo del diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés , del Grupo Parlamentario de Alternativa

El que suscribe, Santiago Gustavo Pedro Cortés , en mi carácter de diputado federal de la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, 72 y 73 constitucionales y del artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 76 y 145 de la Ley de Amparo, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Proteger, tutelar, salvaguardar, el concepto ``amparo'' lleva implícito un estricto sentido de seguridad. En nuestro derecho positivo, el amparo es la última línea de defensa que el gobernado puede ejercer contra leyes y actos de autoridad que ataquen o vulneren sus garantías individuales. 1 El juicio de amparo es una figura jurídica señera del derecho mexicano y ha marcado un hito en el orden jurídico mundial.

Sin embargo --es preciso decirlo-- el amparo mexicano se hace viejo.

No olvidemos que nació a mediados del siglo XIX y que la última edición de su ley reglamentaria data de 1936. Han pasado 71 años desde la última adecuación del juicio de garantías y, pese a su bondad esencial, cada día que pasa se atrofia un poco más. El juicio de amparo se oscurece y se torna obsoleto y, siendo como es, un elemento insustituible para la efectiva defensa de los derechos fundamentales, resulta un mandato impostergable para nosotros, las diputadas y los diputadas de la LX Legislatura, en el sentido de inyectar nueva sangre, nueva fuerza y nuevas perspectivas a l Ley de Amparo. Ése es el hilo conductor de la presente iniciativa.

1. Concepto de amparo

El amparo es un sistema tutelar de la Constitución y de las garantías individuales, se tramita en forma de juicio ante el Poder Judicial de la Federación y tiene como último propósito, además de lograr la nulidad del acto reclamado, la restitución del agraviado en el goce de la garantía violada, con efectos retroactivos al momento de la violación.

Nadie como el doctor Ignacio Burgoa Orihuela para contextualizar el tema que nos ocupa. Eminente jurista, hombre de su tiempo y maestro universitario, él, junto con otros insignes constitucionalistas, discurrieron lo que es actualmente una clara denominación de origen al proceso que nos ocupa.

En razón de las consideraciones precedentes, recordamos uno de los conceptos acuñados por el doctor Burgoa:

``El amparo es un juicio o proceso que se inicia por la acción que ejercita cualquier gobernado ante los órganos jurisdiccionales federales contra todo acto de autoridad --latu sensu-- que le causa un agravio en su esfera jurídica y que considere contrario a la Constitución, teniendo por objeto invalidar dicho acto o despojarlo de su eficacia por su inconstitucionalidad o ilegalidad en el caso concreto que lo origine'' 2

Al estudiar el juicio de garantías --como también se conoce a ese recurso-- otro jurisconsulto de excepción, don Héctor Fix-Zamudio, encuentra puntos de contacto entre el amparo y el habeas corpus sajón, y --citando a Éder Phanor, quien en 1961 pretende ``desentrañar'' el origen del amparo-- concluye que es posible identificar coincidencias entre ambos medios de defensa.

No es extraño. Un medio de control del poder debe, forzosamente, semejarse a otros mecanismos de impugnación. Es por ello que los estudiosos encuentran semejanzas, orientaciones, corrientes. Sin que por ello nuestro tema pierda fuerza o vigor. La vinculación del juicio de amparo con la Constitución de Cádiz --en buena medida por la centralización de la norma fundamental gaditana-- o con el derecho francés, se encuentran y confluyen, sí, por la defensa de los derechos de la persona o la revisión de la legalidad o constitucionalidad de las normas, como sucede con el recurso de casación, pero no podemos cerrar los ojos a la preeminencia del alcance del genio de dos abogados mexicanos de mediados del siglo XIX, don Manuel Crescencio Rejón y don Mariano Otero.

Fix-Zamudio, en sus Ensayos sobre el Derecho de Amparo 3 distingue y considera al amparo mexicano como ``una federación de instrumentos procesales'', cada uno con una función tutelar específica, distinguibles sólo por los efectos que producen.

A modo de aprehender el concepto y entender por qué razón es importante adecuarlo, mencionaremos sintéticamente la clasificación propuesta por Fix-Zamudio:

Amparo como habeas corpus . En primer término, el amparo mexicano podría, en efecto, semejarse al habeas corpus sajón, con quien comparte características. El amparo funciona como habeas corpus cuando se presentan ataques a la vida, a la libertad personal --fuera de procedimiento judicial--, o existen amenazas de deportación, destierro o alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 constitucional. En ese supuesto, cualquier persona puede interponer amparo en nombre del afectado que se encuentre en imposibilidad para hacerlo, llegando al extremo de que el promovente del medio de defensa podría ser, incluso, menor de edad.

Amparo contra resoluciones judiciales. Este supuesto presenta analogía con el recurso de casación francés, ya que su propósito es el examen de la legalidad de las resoluciones de última instancia dictadas por todos los tribunales del país.

Este ``amparo-casación'' distingue cuatro secciones, según se impugnen sentencias civiles, penales, agrarias o laborales.

Amparo como recurso de inconstitucionalidad. Otra vía en la que se utiliza el amparo y que se funda en el artículo 133 de la Constitución federal. Mediante esta aplicación se combate la legalidad de una resolución ordinaria, y se decide previamente si las disposiciones legislativas aplicadas por el tribunal que dictó la sentencia, son constitucionales o no.

Por lo tanto, cuando el quejoso estima que una autoridad judicial ha dictado un fallo en el cual, contrariando lo dispuesto por el precepto citado, se aplica en su perjuicio un ordenamiento legal que estima contrario a la Constitución, puede impugnar dicha sentencia en amparo.

Amparo como proceso contencioso-administrativo. Que regula la impugnación de actos y resoluciones administrativos, siendo atendible en dos tiempos: Cuando el acto que causa perjuicio no puede combatirse frente a un tribunal administrativo y cuando el fallo definitivo del procedimiento administrativo le es adverso al gobernado.

Amparo como salvaguarda agraria. Dice el doctor Fix-Zamudio que esta modalidad de amparo ``surgió con motivo de las reformas a la Ley de Amparo que entraron en vigor en 1963 y tuvieron como objeto establecer un sistema especial de protección en beneficio de los campesinos sujetos al régimen de la reforma agraria'', estableciendo, en opinión del constitucionalista, un procedimiento asimétrico, tendiente a equilibrar las carencias e ignorancia de los campesinos, con la voracidad de intermediarios y de igual manera, buscando dar proporcionalidad a la custodia de los intereses de la gente del campo, de forma similar a la que ya la ley proveía con un derecho del trabajo, con tribunales ``protectores'' de los trabajadores industriales.

Antes de recordar el procedimiento del amparo y sus calidades de ``bi-instancial'' o ``directo'', traeremos a colación los orígenes del recurso de que se trata, no sólo porque metodológicamente procede establecer el contexto de donde surge la figura en estudio, sino también porque he de demostrar la necesidad de que en la LX Legislatura, que ha logrado caminar grandes pasos, en pago de lo que la sociedad espera de nosotros, resolvamos esta inadecuación del amparo, pues no obstante su acertado origen, hoy simplemente no responde a las necesidades de los tiempos que corren.

2. Génesis del Amparo

El amparo nace en México, como producto del talento y la sensibilidad de dos juristas: Manuel Crescencio Rejón y Mariano Otero.

Cierto es que, como ya señalamos precedentemente, el amparo pudo haber recibido impulso del enciclopedismo francés, o de las prácticas judiciales sajonas, pero ¿qué creación humana carece de raíces? somos seres gregarios y, esencialmente, somos seres históricos --Octavio Paz diría: somos historia-- y por ello la culminación de una obra intelectual de largo aliento rara vez es ajena al estímulo externo, sin embargo, el tema indubitable es que, el 31 de marzo de 1841, en la Constitución del estado de Yucatán, por primera vez se instauró la revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes.

Poco después, en el ``Acta Constitutiva de Reformas'', promulgada el 21 de mayo de 1847 por el Congreso constituyente y otorgada al pueblo de México como una indemnización por el aberrante imperio de las ``7 Leyes'' centralistas, se deja sentir la inspiración de Mariano Otero, considerado como el ``segundo padre del amparo''. 4

Dos artículos del ``Acta Constitutiva de Reformas de 1847'' muestran la intención única del legislador, y por su relevancia --y similitud con la norma actual-- los reproducimos enseguida:

``Artículo 5o. Para asegurar los derechos del hombre que la Constitución reconoce, una ley fijará las garantías de libertad, seguridad, propiedad e igualdad de que gozan todos los habitantes de la república, y establecerá los medios de hacerlas efectivas''.

Por si hiciera falta, destacaremos dos frases del artículo transcrito: Los derechos del hombre son reconocidos por la Constitución, no otorgados por ella. Y será bueno que lo recordemos, habida cuenta de que, en ocasiones, algunos ``representantes populares'' creemos que entregamos ``dádivas'' al pueblo, cuando no son más que la materialización de su derecho. La segunda frase, del artículo 5o. a que hacemos mención, es hilo conductor de la presente iniciativa: ``Una ley... establecerá los medios de hacerlas efectivas''.

No hemos podido hacerlo. Las ``garantías'' de propiedad, de igualdad y todas las demás que nosotros, los legisladores, nos empeñamos en inscribir en la Carta Magna, para volverlas ``garantías constitucionales '', mientras no se encuentren los medios de hacerlas efectivas, seguirán siendo sólo un buen deseo.

El artículo 25 de ese cuerpo normativo --que cumplió ya 160 años-- refleja fielmente lo que aún es nuestro concepto de amparo:

``Artículo 25. Los tribunales de la federación ampararán a cualquiera habitante de la república en el ejercicio y conservación de los derechos que le concedan esta Constitución y las leyes constitucionales, contra todo ataque de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ya de la federación, ya de los estados; limitándose dichos tribunales a impartir su protección en el caso particular sobre el que verse el proceso, sin hacer ninguna declaración general respecto de la ley o el acto que lo motivare'' .

¡Cuidado! El constituyente de 1847 no dice: ``ciudadano'' y por ende no es sólo el ciudadano el que debe gozar del cumplimiento de sus garantías individuales, dice ``habitante'', cualquier habitante.

Pero también cuidado: El legislador evitó que el beneficio se extendiera erga omnes, aun si el acto de autoridad o la ley recurridos finalmente eran declarados inconstitucionales por tribunal competente.

Poco más tarde, el constituyente de 1857 plasmó en los artículos 101 y 102 el antecedente inmediato de la figura que hoy conocemos, donde se reconocen, a simple vista, los elementos fundantes del amparo actual.

El amparo siguió desarrollándose en las leyes reglamentarias de 1861, 1869 y 1882, pero la transformación más importante se dio después, cuando, luego de una serie de presiones sociales y políticas, la Suprema Corte resolvió que la incorrecta aplicación de una ley secundaria vulneraba las garantías ciudadanas y daba fundamento a la procedencia del amparo por la violación de leyes secundarias.

Ciertamente, ha habido adecuaciones formales al juicio de amparo en el transcurso de todos estos años, pero ellas fueron dirigidas básicamente hacia la estructura y organización del Poder Judicial en general y la Suprema Corte en particular, transitando de un tribunal predominantemente de casación, hasta la imbricada mixtura actual, donde concurren las variables propuestas por el doctor Fix-Zamudio.

En la actualidad el amparo es una institución compleja, un mecanismo exótico, válido sólo para especialistas y o para quienes pueden pagarlo, secuestrando así el carácter de social que le dio origen.

Reconocemos los esfuerzos concretos que las reformas de los años ochenta y noventa del siglo pasado trajeron a la institución de amparo, y los trabajos que, desde la LVII Legislatura se han realizado al respecto.

Estos esfuerzos nos han permitido tomar sus experiencias y revalorar sus intenciones para proyectar desde ahí esta Iniciativa, teniendo muy presentes, además, las iniciativas de ley que se han planteado en esta misma Legislatura. En consecuencia, nuestro reconocimiento para los diputados Jesús Ramírez Stabros del Partido Revolucionario Institucional, Roberto Mendoza Flores y Victorio Montalvo Rojas del Partido de la Revolución Democrática y las valiosas aportaciones de las diputadas María del Pilar Ortega Martínez y Dora Alicia Martínez Valero y el diputado Carlos Augusto Bracho González , todos ellos de Acción Nacional.

Somos conscientes de lo que el desfase entre la norma y la realidad provoca y nos queda claro que incluso la Constitución mejor escrita, si se distancia o divorcia de la realidad, estará condenada a un fracaso irremediable. Como sostenía Ferdinand Lasalle: ``Los problemas constitucionales no son, primariamente, problemas de derecho, sino de poder ...'' 5 y por lo tanto, es en función a los acomodos de los factores reales del poder, a la sana reacción contra el empuje de los poderes fácticos, que deriva la necesidad urgente, percibida por el legislador, de adecuar a Carta Magna a los tiempos que corren.

3. Jurisprudencia

Entendida en su acepción más amplia, como la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Jurisprudencia --que, en opinión de los expertos es el derecho vivo-- mucho deja ver la importancia de actualizar la institución de amparo.

Las decisiones de la corte --fundadas en derecho, porque los ministros únicamente pueden declarar lo que el legislador estatuyó-- evidencian la futilidad del esfuerzo que un ciudadano cualquiera puede pretender, cuando su derecho subjetivo no está claramente escrito en ley y, si bien la razón de pedir es legítima y bastante, no tiene, en cambio, el interés jurídico preciso para hacerlo.

Una muestra de lo que manifestamos se deja ver en el criterio del Poder Judicial de la Federación que enseguida se transcribe:

``Registro número 180054
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XX, noviembre de 2004
Página: 2031
Tesis: VIII.4o.10 K
Tesis Aislada
Materia(s): Común
Suplencia de la queja. No tiene el alcance de hacer procedente el juicio de amparo, si el quejoso no acreditó su interés jurídico.
La figura procesal de la suplencia de la queja deficiente, establecida en el artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, sólo constriñe al juzgador federal para que subsane de oficio la insuficiencia o ausencia de los conceptos de violación y, en su caso, de los agravios expresados por el quejoso, en los supuestos previstos por las distintas fracciones contenidas en dicho precepto, pero no tiene el alcance de obligarlo a considerar procedente el juicio de garantías cuando no lo sea, porque el análisis de las causales de improcedencia es preferente al estudio de la constitucionalidad del acto reclamado, en términos del artículo 73, última parte, de la legislación reglamentaria citada; por tanto, el juez de distrito no puede estimar procedente la pretensión constitucional ejercida por el quejoso, cuando éste no acredita su interés jurídico.
Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito
Amparo en revisión 711/2003. Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción, Demolición, Excavación, Conexos y Similares de la República Mexicana. 5 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretario: Héctor Guillermo Maldonado Maldonado.

Ello choca con otra visión del mismo Poder Judicial, dejando manifiesto que, no obstante que el juzgador pueda querer brindar el amparo, en ocasiones la cortedad de la norma se lo impide:

``Registro número 179873
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XX, Diciembre de 2004
Página 1221
Tesis: VI.2o.C. J/230
Jurisprudencia
Materia(s): Civil
Interés jurídico en el amparo. no tiene que estar probado plenamente al presentarse la demanda.
Es incorrecto que el juez de distrito deseche una demanda de amparo cuando no se tenga la plena certeza que los actos reclamados no afectan los intereses jurídicos de quien lo solicita, pues no es verdad que al presentarse la demanda de garantías debe estar demostrado en forma plena y directa la afectación en el interés jurídico, pues si hubiese duda al respecto de la existencia de ésta, debe admitirse la demanda propuesta, ya que la improcedencia prevista en la fracción V del artículo 73 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución General de la República, puede configurarse con posterioridad a la presentación de la demanda de amparo, puesto que el quejoso, desde el momento que la interpone hasta antes de finalizar la audiencia constitucional, está facultado para presentar pruebas con el objeto de demostrar que el acto combatido afecta sus intereses jurídicos y si en tal periodo no se encuentra comprobada dicha circunstancia, debe sobreseerse en el juicio al operar la causal referida.
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito
• Amparo en revisión 197/88. Gres, SA de CV, 13 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez.
• Queja 11/89. Blanca María Sierra García de Díaz. 9 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez.
• Amparo en revisión 302/89. Andreas Michaelis y Martha Bonilla de Michaelis. 26 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
• Amparo en revisión (improcedencia) 138/91. César Cruz Gutiérrez. 17 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
• Amparo en revisión (improcedencia) 91/2003. Carlos Alberto Castillo Salazar y otra. 31 de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Juan Carlos Cortés Salgado.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, marzo de 2000, página 884, tesis XVII. 2o. J/15, de rubro: ``Interés jurídico, falta de. No es motivo manifiesto e indudable de improcedencia, en términos del artículo 145 de la Ley de Amparo, para desechar de plano la demanda de garantías.'' y Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 66, junio de 1993, página 39, tesis IV. 2o. J/22, de rubro: ``Demanda de amparo. La falta de interés jurídico no es motivo manifiesto e indudable de improcedencia que justifique su desechamiento.''
Nota: Por instrucciones del tribunal colegiado de circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, abril de 2003, página 934; se publica nuevamente con la denominación correcta del tribunal.

Como se advierte, el tribunal ha intentado refrendar la solidez y certeza del derecho en el amparo, pero no puede ir más allá de lo que la ley le permite. Es, por tanto, tarea nuestra, como legisladores, adecuar el marco normativo de forma que responda a las necesidades actuales de la población.

Ejemplo de trabajos felizmente encauzados lo tenemos en los regímenes de países hermanos por tradición, costumbre y raza. En ese tenor, no deja de llamar la atención el que prácticamente todos los países civilizados han implementado alguna forma de control respecto a los excesos del poder central. Por su importancia, a renglón seguido plantearemos la temática que nos preocupa, desde la óptica del derecho comparado.

4. Derecho comparado

En esta disciplina, el estudioso encuentra puntos de coincidencia y reflexión al confrontar semejanzas y diferencias entre diversos sistemas jurídicos vigentes en el mundo con el propósito de comprender y mejorar el sistema jurídico de un determinado país.

Con mayor precisión, la doctora Consuelo Sirvent expresa:

``El derecho comparado obedece a que el ordenamiento jurídico difiere de un país a otro. Así, su estudio es necesario para apreciar tanto las diferencias y las semejanzas como los defectos y los aciertos de ese orden, esto con el fin de perfeccionar las instituciones de un país y, por ende, su sistema jurídico'' 6, con lo que se establece con claridad meridiana la naturaleza de esa especialidad de la ciencia jurídica.

En diciembre pasado, el diputado Raúl Cervantes propuso iniciativa con proyecto de decreto para regular el procedimiento de la presentación de iniciativas por parte del Ejecutivo y si bien su planteamiento se enfocaba hacia este poder, su motivación e hilo conductor son destacables: Que todas las iniciativas, además de la exposición de motivos, el proyecto de decreto y los artículos transitorios, incluyan y consideren estudios de derecho comparado interno o externo.

Elevar el nivel del debate, como lo propone el diputado Cervantes, es loable y sólo puede abonar a la profesionalización del trabajo legislativo que impulsamos.

En ese orden de ideas y bajo esa premisa, a renglón seguido contextualizaremos nuestro tema en el campo del derecho comparado.

Estados Unidos de América. Señala Fix-Zamudio que: ``La influencia externa --aludiendo a nuestro juicio de garantías-- es la que proviene del derecho público de los Estados Unidos, ya que los creadores del amparo mexicano pretendieron introducir los principios esenciales de la revisión judicial de la constitucionalidad de leyes''

No le falta razón al constitucionalista. Toda vez que la corriente de derecho identificada como common law está basada en oralidad, precedentes y decisiones judiciales, más que en la palmaria manifestación normativa, y vistos los efectos que la figura tiene, la inclusión del ``habeas corpus'' en la sección 9 del artículo I de la Constitución de los Estados Unidos es indicativa de la importancia que un control constitucional contra el exceso del poder a un grado tal que vulnere las garantías ciudadanas, cuestionando, mediante este recurso, los errores de integración de jurados, aspectos probatorios, falta de asistencia legal, parcialidad y otros detalles subjetivos que podrían entorpecer la aplicación de la justicia.

Vale la precisión, que han formulado en diversas ocasiones, mentes jurídicas de importancia vital, que la mención al habeas corpus, en el artículo I de la Constitución estadounidense, se hace en forma negativa, es decir, como si se tratase de un derecho siempre vigente, lo que haría innecesario describirlo sino cuando se prevean las circunstancias de su privación. Recordemos, en traducción libre, esa disposición: ``El privilegio del habeas corpus no será suspendido, a menos que casos de rebelión, invasión o amenazas a la seguridad pública lo demanden''.

Esto se empata con la legislación de amparo, que inicialmente dejaba expedito el derecho del gobernado a solicitar la protección de la justicia de la Unión contra actos de autoridad que amenazaban directamente su esfera personal de derecho subjetivo.

Amén del habeas corpus, el sistema de protección constitucional anglosajón considera también otros recursos especiales que modulan la constitucionalidad de actos y leyes y que, como veremos, guardan estrecha semejanza con la regulación específica del amparo.

De explorado derecho resulta el determinar que, en el orden normativo de los Estados Unidos de América, el primer recurso extraordinario que cuestiona la constitucionalidad es el ``injuction ''.

El injuction puede ser interpuesto ante cualquier juez y presenta las particularidades de un recurso de orden común y uno de constitucionalidad al mismo tiempo. El injuction (para algunos: interdicto) muestra características de recurso extraordinario ya que únicamente se plantea si se carece de un recurso ordinario de derecho común. Se funda en un acto o ley inconstitucional, procede en contra de actos de autoridad, una ley o incluso contra otro individuo y trae por consecuencia la suspensión de una actividad.

En forma similar a la suspensión provisional de nuestro amparo, el quejoso puede solicitar un ``preliminary injuction'' que es un mandamiento provisional cuyo propósito es impedir que se siga ejerciendo determinada acción hasta que se dirima la controversia.

No obstante que el interdicto sajón comparte algunas peculiaridades de nuestro amparo, sería improcedente afirmar que es su equivalente, ya que no se trata de un juicio por sí mismo ni se avoca a la salvaguarda de derechos constitucionales. Debido a esto es necesario observar otras figuras del derecho común estadounidense que sólo en su conjunto llegan a brindar una protección integral contra actos de autoridad. Para completar la protección de derechos fundamentales, al injuction, se suman los medios de impugnación identificados como ``extraordinary legal remedies'' (``recursos legales extraordinarios''): ``mandamus'' (estimula a que la autoridad realice una acción determinada); ``certiorari'' y ``certification of questions''; ``quo warranto'' (tendiente a que el tribunal averigüe la legalidad del nombramiento de un funcionario publico); ``prohibition'' (para prevenir que un tribunal incompetente se arrogue facultades) y habeas corpus.

Por lo que toca al ``certiorari'' y al recurso denominado ``certification of questions'', éstos constituyen apelaciones para que sea la Suprema Corte quien interprete la Constitución, las leyes federales o tratados internacionales.

Como es apreciable a simple vista, suponiendo --sin conceder-- que el amparo mexicano hubiese podido inspirarse en algún recurso proveniente del derecho sajón, su evolución fue tal, que un solo juicio compendia todas las posibilidades y ventajas de una multitud de recursos de defensa del orden jurídico estadounidense.

España. Mitad de la dupla que dio origen a la identidad mexicana, el derecho ibérico propone antecedentes claros de nuestro amparo, pero tampoco puede reclamar la paternidad de un juicio de garantías que se concibió en México.

La casación y el habeas corpus se pueden rastrear hasta España, y parecen tener, en la figura del interdicto de homine libero, exihibendo un antecedente remoto. El interdicto de homine libero exhibendo fue recogido en el digesto y se caracterizaba por ser exhibitorio, perpetuo, atemporal y de carácter popular, ya que se ejercía en nombre de la colectividad, ordenando el pretor la inmediata y pública exhibición de aquel hombre libre que presuntamente fuera retenido con dolo malo.

Dicenta Moreno 7 entiende que en el supuesto del interdicto de homine libero exhibendo , la libertad personal era el bien jurídico protegido y había que hacer una exhibición pública del hombre libre que fuera retenido con dolo malo.

Como sucede actualmente con el procedimiento de habeas corpus, el interdicto tenía una clara vocación de universalidad, y se aplicaba a cualquier hombre libre que fuera retenido (el texto de Ulpiano señalaba ``omnibus competit'').

La Constitución española en vigor rescata las figuras del habeas corpus --para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente-- y también del amparo --a fin de recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo de su Carta Fundamental-- los que son procedentes ante los tribunales ordinarios sobre la base de los principios de preferencia y sumariedad.

Canadá. Canadá es una monarquía democrática constitucional y su carta fundamental está dispersa en numerosos cuerpos normativos --se encuentra contenida al menos en cuatro actas, amén de precedentes y otras ponderaciones no escritas-- y tal dispersión no puede contribuir a brindar certeza jurídica al gobernado. Pese a tal circunstancia, y no obstante que su Acta Constitucional de 1982 es de mucho menor volumen que la nuestra, la Constitución canadiense también prevé un recurso similar a nuestro amparo.

En la especie, su tribunal califica la calidad de una aprehensión e incluso, por medio del habeas corpus, puede llegar a ordenar la inmediata liberación del detenido, si la privación de libertad es ilegal.

No obstante lo anterior, nuestro juicio de garantías es aún más amplio, sólido y completo que el medio de control canadiense. De ahí que, a la luz de las comparaciones con otros sistemas jurídicos, podemos apreciar que en los órdenes jurídicos analizados y en otros muchos civilizados, se cuenta con una figura que custodia los derechos fundamentales de los habitantes de un territorio. Orgullosamente, podemos asegurar que muchos de ellos han abrevado del amparo mexicano para desarrollar sus mecanismos de salvaguarda de derechos fundamentales.

En conclusión, es nuestra responsabilidad como legisladores honrar la eximia tradición forense, limpiando de trabas y actualizando nuestra máxima aportación al derecho procesal del mundo.

5. Bases de la reforma

Como ha quedado demostrado de manera inconcusa en el apartado tercero que antecede, las circunstancias que limitan al gobernado en su derecho subjetivo para acceder a la protección y amparo de la justicia federal, en razón de no poder acreditar completamente su interés jurídico, ha confundido aún a la propia Suprema Corte de Justicia, ya que alguna vez ha suplido la deficiencia de la queja en tratándose de interés jurídico y otras lo ha negado.

Los derechos de segunda y tercera generación --derechos que amparan relaciones sociales, laborales, económicas, y que suponen garantías de bienestar y prestaciones materiales o derechos colectivos, cuya pérdida o desaparición amenazan a la colectividad como un todo, y los derechos a un medio ambiente limpio, un entorno sano, al patrimonio cultural- demandan, de los legisladores, una tutela mucho más eficaz. Conservar el rigor formalista sólo puede llevar al menoscabo de nuestro propio entorno, con pérdidas difícilmente reparables. Es preciso innovar, o al menos, mantener el paso de los tiempos.

Al efecto, una diferencia sutil pero efectiva, que desbroce los presupuestos procesales permitiendo que el gobernado acredite personalidad e interés legítimo, mucho habrá de ayudar a la defensa de los derechos difusos, o de tercera generación.

Desde 1847 se diseñó que la sentencia en el juicio de amparo observara el principio de relatividad --que consiste en que sólo se protege a las personas que promueven el juicio, limitándose a ampararlos sin efectuar ninguna declaración general de la ley o acto que motiven el proceso-- y sigue aún vigente.

Podemos suponer que las razones de esa limitación atendían, sin duda, al mandato de los tiempos. En su oportunidad, se interpretaron como un acto de congruencia y respeto entre poderes. El poder judicial habría procedido única y exclusivamente a ``desaplicar'' subjetivamente la norma secundaria, ya que de lo contrario podría interpretarse que se ponía ``en oposición contra el Poder Legislativo''.

Sin embargo, la fórmula Otero ha cumplido mucho más de cien años. Ya no corresponde a los tiempos actuales.

En el México del siglo XXI, donde la concentración de la riqueza ha trazado una grieta infranqueable en la equidad, donde la posibilidad de acudir a un medio de defensa tan especializado y tan caro como lo es el amparo lo deja sólo para los poderosos, el principio de relatividad no puede mantenerse. Esta figura añeja contraría los principios generales del derecho y conculca los derechos fundamentales del hombre, desvirtuando al estado de derecho. No podemos mantener el absurdo de que una norma sea inconstitucional para un individuo y, al mismo tiempo, pese a ese vicio intrínseco, pueda seguir aplicándose a los otros.

Así vivimos hoy. Sin que importe la justicia, un tribunal puede declarar una ley o un acto inconstitucionales y ningún beneficio le depara esa decisión a la colectividad. La declaración aprovechará sólo al promovente y quedará firme para todos los demás, lo que rompe el principio de supremacía constitucional, pues en la realidad una norma secundaria tendrá un ámbito de validez derogatorio de la norma constitucional.

Ante esta aberración, la igualdad de los hombres ante la ley no es más que una falacia, porque una norma oprimirá a los muchos y exentará a los pocos.

En justicia, no podemos hablar de ``tutela constitucional'' ni de igualdad ante la ley si la protección y amparo benefician sólo a uno y no a la sociedad.

Es aspiración de todos vivir en un estado de derecho. Al menos, así lo proclaman numerosos actores de la vida política y social.

Pero no puede haber estado de derecho donde no existe reconocimiento y prevalencia de los derechos fundamentales del hombre, entendidos en su acepción más humanista y profunda.

No puede haber estado de derecho donde existan seres más iguales que otros, o donde no se acaten los supuestos mínimos de seguridad, propiedad y formalidades de ley.

Sin una división de poderes efectiva, sin la sujeción de todos a la norma --con los prolegómenos de legalidad y legitimidad de la ley-- y sin el imperio de ésta, es impensable la existencia de un estado de derecho. Únicamente oponiendo el oponer al poder, en una ejecución fáctica de las teorías de los frenos y contrapesos, es cuando Legislativo, Ejecutivo y Judicial pueden materializan efectivamente el supremo poder y dar justicia a la ciudadanía.

En esa lógica, si los tribunales declaran la inconstitucionalidad de una ley o un acto de autoridad, perfeccionan el equilibrio entre los tres poderes, confluyen en un círculo virtuoso y le dan seguridad jurídica al gobernado. Sólo de esta manera podremos lograr la equidad entre los ciudadanos y proveer de paz a nuestra sociedad.

Compañeras y compañeros legisladores: Para nadie es ajeno el hecho de que nuestro juicio de amparo --ejemplo de aptitud y talento jurídico, como se ha demostrado-- está experimentando los efectos del transcurrir del tiempo. Asumamos la responsabilidad de actualizarlo.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 76 y 145 de la Ley de Amparo

Artículo Primero. Se reforman las fracciones primera y segunda del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 107. ...

I. El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de persona que invoque interés legítimo.
II. La sentencia, además de ocuparse de los individuos promoventes amparándolos y protegiéndolos en el caso sobre el que verse la queja, hará una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.

Tal declaración tendrá efectos generales respecto a las personas que se ubiquen en los supuestos de la ley o acto de autoridad recurrido, siempre y cuando sea emitida o ratificada por un tribunal colegiado o el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; en el primer caso, por unanimidad de votos y en el segundo con una mayoría de ocho votos, y en ambos, cuando se sustenten por lo mínimo en cinco sentencias ejecutorias ininterrumpidas por otra en contrario.

En el juicio de amparo deberá suplirse la deficiencia de la queja de acuerdo con lo que disponga la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 76 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue

Artículo 76. Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo se ocuparán de los individuos particulares o de las personas morales, privadas u oficiales que lo hubiesen solicitado, amparándolos y protegiéndolos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda, haciendo una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare. Tal declaración tendrá efectos generales respecto a las personas que se ubiquen en los supuestos de la ley o acto de autoridad recurrido, siempre y cuando sea emitida o ratificada por un tribunal colegiado o el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; en el primer caso, por unanimidad de votos y en el segundo con una mayoría de ocho votos, y en ambos, cuando se sustenten por lo mínimo en cinco sentencias ejecutorias ininterrumpidas por otra en contrario o aprobada con menor cantidad de votos a favor.

Artículo Tercero. Se reforma el artículo 145 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 145. El juez de distrito examinará ante todo, el escrito de demanda; y si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano, sin suspender el acto reclamado.

En los casos de terceros extraños a un juicio, se considerará como requisito de procedibilidad la demostración documental de que se tiene un derecho legítimamente protegido.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1) Paráfrasis de un concepto vertido por Ignacio L. Vallarta, citado por Burgoa, en El Juicio de Amparo México, 1999, Editorial Porrúa, página 894. 2) Téllez y García, Margarita, ``Naturaleza y efectos jurídicos del amparo indirecto o bi-instancial en contra de un auto de formal prisión'', (en línea) Tesis profesional para obtener el título de Licenciada en Derecho Universidad de las Américas Puebla/Centro Interactivo de Recursos de Información y Aprendizaje/ Cholula, Puebla, México, 13 -05- 2003/10-07-2006/[170907], formato PDF/ Disponible en internet: http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/ledi/tellez_y_m/capitulo6.pdf 3) Fix-Zamudio, Héctor. (2003), Ensayos sobre el Derecho de Amparo. (3ª ed.) México, Ed. Porrúa, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas. 4) Fix- Zamudio, Óp. Cit. 5) Lasalle, Ferdinand. (1862), ¿Qué es una Constitución. (Primera edición en español 1994) México, Editorial Coyoacán. 6) Sirvent Gutiérrez, Consuelo. La aplicación del derecho comparado en investigación legislativa. Curso-Taller, [en línea] H. Cámara de Diputados, LX Legislatura/Centro de Estudios en Derecho e Investigaciones Parlamentarias/México/15-08-2007, [citado 18-09-07], Formato PDF, Disponible en Internet:http://www3.diputados.gob.mx/ camara/001_diputados/006_centros_de_estudio/03_centro_de_estudios_de_derecho_e_inv_parlamentarias/c_publicaciones/d_temas_especiales 7) Hierrezuelo Conde, Guillermo. Calzada González, Aránzazu-Camacho de los Ríos, Fermín, El Derecho penal: de Roma al Derecho actual, VII Congreso internacional y X Iberoamericano de Derecho Romano (Madrid, Editorial Edisofer, 2005), 707 págs. Rev. Estud. Hist.-Juríd. [online]. 2006, número 28 (citado 1 octubre 2007), paginas 637-656. Disponible en Internet:http: //www.scielo.cl/scielo.php?script sci_arttext & pid=S0716-54552006000100025 & lng=es & nrm=iso<. ISSN 0716-5455.
Dado en el Palacio Legislativo, a 25 de octubre de 2007.--- Diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Gustavo Pedro Cortés.Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia.



LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Tiene la palabra el diputado Felipe González Ruiz, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

El diputado Felipe González Ruiz: Con su permiso, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Adelante, diputado.

El diputado Felipe González Ruiz: Compañeras diputadas y compañeros diputados, 11 millones de mexicanos tienen algún tipo de discapacidad, y esto afecta a 22 millones más, contando a sus familiares.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud, 78 por ciento de las discapacidades son adquiridas a lo largo de la vida, mientras que sólo 22 por ciento son discapacidades de nacimiento. De éstas, sólo 2 de cada 100 personas están plenamente integradas a la sociedad, el resto no tiene acceso a la escuela ni al trabajo, son dependientes de su familia y son estigmatizados dentro de su círculo social.

Por ello, en la medida de la efectividad de los programas de atención a niñas, niños y adolescentes discapacitados, está dada, en gran parte, por el grado de integración social que se logra.

Lo complejo del problema de la discapacidad que afecta a la población infantil y adolescente, lo variado de sus manifestaciones clínicas y la amplia individualidad de los casos afectados, determina que lograr la integración social requiera no sólo de la participación de los profesionales de la salud o de la educación especial, sino de la comunidad de forma general, por lo que resulta fundamental divulgar en la población cómo la niña, el niño o el adolescente a pesar de enfrentar una reducción permanente de su capacidad funcional ---en la mayoría de los casos---, mediante el pleno desarrollo de sus potenciales residuales, pueda ser capaz de una plena integración social.

En esta línea, es necesario diseñar materiales en diferente formato para divulgar en la comunidad la existencia de factores como las barreras arquitectónicas que pueden limitar la integración social y divulgar, además, todo lo que la niña, el niño o el adolescente discapacitado es capaz de realizar, y paralelamente tratar de contribuir a facilitar condiciones que permitan su desarrollo en el campo de la expresión artística y deportiva.

La experiencia científica acumulada en este aspecto demuestra que la educación artística y el deporte en la niñez discapacitada tienen un impacto directo sobre el desarrollo de habilidades: incrementa su autoestima, condiciona patrones adecuados de conducta y comportamiento social y repercute de forma positiva en el ajuste psicológico de las niñas y los niños y sus familias.

Instrumentos de derecho internacional como la propia Convención sobre los Derechos del Niño señalan que todas las niñas y los niños tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad, a la protección contra cualquier intento de privarles de su identidad, a disfrutar de la libertad de expresión, disfrutar de la libertad de pensamiento, de conciencia y religión; de la libertad de asociación, a una vida privada plena, a la protección contra la tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, así como a la detención ilegal y la privación injustificada de la libertad.

Es imprescindible homologar nuestras leyes en esta materia con la finalidad de que en el Estado mexicano, las niñas, los niños y los adolescentes discapacitados dispongan de la información necesaria sobre las opciones que existen y las consecuencias que se derivarían de cada una de ellas.

De aquí la necesidad y el interés de contribuir para armonizar la Ley General de las Personas con Discapacidad con nuestra legislación sobre la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, que hasta hoy no guarda un referente directo con nuestra legislación nacional.

En este sentido, me permito someter a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Único. Se reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 29. Para efectos de esta ley, se considera persona con discapacidad a toda persona que presenta una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputada Presidenta, con respeto le solicito que el texto de esta propuesta sea incluido de manera íntegra en el Diario de los Debates. Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Felipe González Ruiz , del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito diputado federal, Felipe González Ruiz , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72 y 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, misma que se fundamenta y motiva en la siguiente

Exposición de Motivos

11 millones de mexicanos tienen algún tipo de discapacidad y esto afecta a 22 millones más contando a sus familiares. Según datos de la Organización Mundial de la Salud, 78 por ciento de las discapacidades son adquiridas a lo largo de la vida mientras que sólo 22 por ciento son de nacimiento.

De estos, sólo 2 de cada 100, están plenamente integrados a la sociedad; el resto no tiene acceso a la escuela ni al trabajo, son dependientes de su familia y son estigmatizados dentro de su círculo social.

Es por ello que la medida de la efectividad de los programas de atención a las niñas, niños y adolescentes discapacitados está dada, en gran parte, por el grado de integración social que se logra.

Lo complejo del problema de la discapacidad que afecta a la población infantil y adolescente, lo variado de sus manifestaciones clínicas y la amplia individualidad de los casos afectados, determina que lograr la integración social requiera no sólo de la participación de los profesionales de la salud o de la educación especial, sino de la comunidad de forma general, por lo que resulta fundamental divulgar en la población cómo la niña, el niño o adolescente, a pesar de enfrentar una reducción permanente de su capacidad funcional, en la mayoría de los casos, mediante el pleno desarrollo de sus potenciales residuales, puede ser capaz de una plena integración social.

En esta línea, es necesario diseñar materiales en diferente formato para divulgar, en la comunidad, la existencia de factores como las barreras arquitectónicas, que pueden limitar la integración social y divulgar además todo lo que la niña, el niño o adolescente discapacitado es capaz de realizar.

Y paralelamente tratar de contribuir a facilitar condiciones que permitan su desarrollo en el campo de la expresión artística y deportiva.

La experiencia científica acumulada en este aspecto demuestra que la educación artística y el deporte, en la niñez discapacitada, tienen un impacto directo sobre el desarrollo de habilidades, incrementa su autoestima, condiciona patrones adecuados de conducta y comportamiento social, y repercute de forma positiva en el ajuste psicológico de las niñas y los niños y su familia.

Instrumentos de derecho internacional, como la propia Convención sobre los Derechos del Niño, señalan que todas las niñas y los niños tienen derecho a un nombre y una nacionalidad, a la protección contra cualquier intento de privarles de su identidad, a disfrutar de la libertad de expresión, disfrutar de la libertad de pensamiento, conciencia y religión, de la libertad de asociación, a una vida privada plena, a la protección contra la tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como a la protección contra la detención ilegal y la privación injustificada de la libertad.

La Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 12 señala que los niños tienen derecho a participar en los procesos de toma de decisiones que pueden afectar sus vidas e influir en las decisiones que se toman en su nombre, ya sea en el ámbito de la familia, la escuela o la comunidad. El derecho a la participación y, por lo tanto, el de la libertad de expresión, tiene tal importancia que fue considerado por el Comité de los Derechos del Niño como uno de los principios rectores de la convención.

UNICEF, que tiene como guía la convención, promueve y apoya actividades que fomentan la participación de los niños, porque su propósito no sólo es el de trabajar a favor de los niños sino para, por y con las niñas, niños y adolescentes.

UNICEF, además, fomenta que las voces de los niños sean escuchadas, que sus opiniones sean tenidas en cuenta. De esta forma, podemos percibir que el derecho de participación está estrechamente unido con los derechos a la libertad de expresión y a la información.

Es imprescindible homologar nuestras leyes en esta materia con la finalidad de que en el Estado mexicano, las niñas, niños y adolescentes dispongan de la información necesaria sobre las opciones que existen y las consecuencias que se derivarían de cada una de ellas.

De aquí la necesidad y el interés de contribuir para armonizar la Ley General de las Personas con Discapacidad, con nuestra legislación sobre la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que hasta hoy, no guarda un referente directo con nuestra legislación nacional.

En este sentido me permito someter a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Único. Se reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para quedar como sigue:

Artículo 29. Para efectos de esta ley, se considera persona con discapacidad a toda persona que presenta una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2007.--- Diputado Felipe González Ruiz (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Felipe González Ruiz. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.



LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DE COORDINACION FISCAL

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se concede el uso de la tribuna al diputado Silbestre Álvarez Ramón, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma los artículos 261 de la Ley Federal de Derechosy 2 A de la Ley de Coordinación Fiscal.

El diputado Silbestre Álvarez Ramón: Con el permiso de usted, ciudadana Presidenta. Compañeros y compañeras diputados:

El de la voz, Silbestre Álvarez Ramón , diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y con fundamento en lo que establecen los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía legislativa la presente iniciativa de decreto, de conformidad con la siguiente exposición de motivos:

Hablar y debatir sobre el patrimonio energético de nuestra nación no es una simple divagación. Es hablar del pasado y presente, pero sobre todo de cómo va a ser el futuro de nuestro país.

El petróleo y las otras energías, pero sobre todo el petróleo, ha condicionado o marcado el destino de México desde su conformación como Estado independiente. Los ingresos de este rubro han sostenido en gran medida la economía mexicana.

En la actualidad el petróleo es una mercancía estratégica para el funcionamiento de la economía mundial. Los países consumidores que dependen en alto grado del petróleo importado a través de sus gobiernos, buscan garantizarse el abasto oportuno, suficiente y barato, interviniendo y manipulando los mercados. Establecen acuerdos entre ellos para regular la demanda y recurren a toda clase de mecanismos de persuasión o francas amenazas a los países productores para lograr sus objetivos.

México es un país afortunado por tener enormes fuentes de riqueza energética. Sin embargo, durante mucho tiempo la política energética ha sido manejada en forma irresponsable y con sorprendente falta de visión y de sentido común. Lo único que ha importado es vender el petróleo crudo al extranjero, haciendo a un lado la transformación, dejando en el abandono las plantas petroquímicas y las refinerías.

Todo esto nos ha llevado a una gravísima situación de dependencia, ya que estamos comprando en el exterior la cuarta parte del gas que necesitamos y 10 por ciento de la gasolina que consumimos. Por si fuera poco esta paradoja, en México la gasolina, la electricidad y el gas cuestan más que en Estados Unidos o en muchas partes de Europa.

Tenemos que llegar a un acuerdo nacional para tener una planeación energética con perspectiva de largo plazo y apegada a nuestros propios recursos. El verdadero negocio del petróleo no es para los países que lo exportan como materia prima, sino para aquellos que lo transforman industrialmente en productos de mayor valor, generando empleo y estimulando el desarrollo de su planta productiva.

En virtud de lo anterior, el planteamiento que vengo a formular, aun cuando no es novedoso, porque se han pronunciado en el mismo sentido los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y de la Revolución Democrática por conducto de los diputados Antonio del Valle Toca y Moisés Dagdug Lützow en esta legislatura, sin que exista un pronunciamiento de este órgano constitucional al respecto, éste es, desde mi concepto, uno de los más significativos para el desarrollo económico del país, razón por la cual me permito distraer su atención para someterlo nuevamente a esta soberanía.

Es el que se encuentra vinculado con la necesidad de modificar el criterio para la distribución de los recursos por el derecho ordinario sobre hidrocarburos, los cuales en la actualidad sólo se otorgan a los municipios que son colindantes con las fronteras o litorales, por lo que se realiza materialmente la salida del país de los hidrocarburos, sin considerar aquellos en los cuales se extraen y refinan hidrocarburos, siendo éstos los lugares en los cuales se genera principalmente una afectación al medio ambiente, contaminación de suelos y mantos acuíferos, afectándose las actividades económicas, entre otras.

El tema de los energéticos es un tema que me interesa y preocupa mucho al mismo tiempo. Esto obedece a muchas razones, entre ellas, a que vengo de un estado petrolero ---Tabasco--- donde se viven directamente los efectos de las políticas gubernamentales respecto a este rubro.

Lamentablemente les tengo que decir que son más las sombras que las luces las que predominan al respecto. Por mencionar sólo dos estragos, los daños medioambientales y la afectación a la salud de los habitantes de la zona.

Por ejemplo, en Tabasco cada año se registran accidentes graves con altos costos de pérdidas humanas y materiales ecológicos. En el presente año centenares de familias afectadas por fuga de gas y explosiones se han visto en la obligada necesidad de reubicarse por no poder seguir viviendo cerca de los ductos. Los municipios más afectados son Huimanguillo y Cárdenas, Tabasco.

Por ello, tal como lo sostuvo el diputado Antonio del Valle Toca , la reforma al régimen fiscal de Pemex permitió disminuir la gran carga fiscal a la empresa, así como también contribuyó a una mejor distribución de los derechos de la paraestatal erogados al fisco federal. Resultando ser un acierto que se destinaran recursos a los municipios por los cuales se realiza la salida de los hidrocarburos ya que se ocasionan costos económicos para una actividad federal.

Sin embargo, esa distribución no es suficiente, por lo que en los municipios en los cuales se extraen los hidrocarburos no necesariamente tienen las mismas afectaciones económicas que en los municipios donde se transita para su salida del país.

Sabedores de que esta reforma de orden legal no implica modificación alguna sobre las finanzas públicas, pues sólo se modifican la distribución de los recursos, al incluir un mayor número de municipios participantes, no se procede afectación de ninguna índole, me permito someter al pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente reforma al artículo 261, fracción II, de la Ley de Derechos y el artículo 2o-A, fracción II, de la Ley de Coordinación Fiscal.

En razón de que expusimos a grandes rasgos la iniciativa, Presidenta, le solicitamos que se inserte íntegra en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos y 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Silbestre Álvarez Ramón , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito Silbestre Álvarez Ramón , diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo que establecen los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía legislativa la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Hablar y debatir sobre el patrimonio energético de nuestra nación no es simple divagación. Es hablar del pasado y presente, pero sobretodo, de cómo va a ser el futuro de nuestro país.

El petróleo y las otras energías, pero sobretodo el primero, han condicionado o han marcado los destinos de México desde su conformación como Estado independiente. Los ingresos de este rubro han sostenido en gran medida la economía mexicana.

En la actualidad, el petróleo es una mercancía estratégica para el funcionamiento de la economía mundial. Los países consumidores que dependen en alto grado del petróleo importado, a través de sus gobiernos, buscan garantizarse el abasto oportuno, suficiente y barato, interviniendo y manipulando los mercados. Establecen acuerdos entre ellos para regular la demanda y recurren a toda clase de mecanismos de persuasión o de francas amenazas a los países productores para lograr sus objetivos.

México es un país afortunado por tener enormes fuentes de riqueza energética. No desaprovechemos esto para que nos ayude a ser un país vanguardista en el concierto mundial.

Debemos tener presente que a México le ha costado mucho, a lo largo de su historia, poder tener bajo su rectoría el control de sus energéticos; y la conservación de éstos tiene relación con la salvaguarda de su soberanía e independencia como nación.

Estoy seguro que los recursos que son del pueblo mexicano pueden ser administrados por el propio pueblo mexicano para su beneficio propio.

Pemex es una de las pocas empresas estatales que funciona bien y que opera en números negros, a pesar de las pretensiones dolosas de que no aparezca así y que ello haya llevado a que no se le de mantenimiento e inversión para su desarrollo.

El propio Banco de México reconoce recientemente el aumentó en la dependencia del gobierno mexicano de los ingresos petroleros, lo cual pone de manifiesto la importancia de este sector para las finanzas públicas.

Comparados con el Producto Interno Bruto (PIB) de cada año, documenta el Banco de México, que los ingresos petroleros presupuestarios se elevaron de 6.8 por ciento en promedio durante el periodo de 1989 a 1994, a 7.9 por ciento de 2001 a 2006. ''Por el contrario, contrasta el Banco de México los ingresos no petroleros presupuestarios presentan una disminución, al pasar de 18.3 por ciento como proporción del PIB, a 15.1 por ciento en ambos periodos''.

En el periodo 1989-1994 los ingresos petroleros presupuestarios representaron, en promedio, 27 por ciento del total de las entradas de recursos. Para el periodo 2001-2006 su participación aumentó a 34.6 por ciento del total.

Sin embargo, durante mucho tiempo, la política energética ha sido manejada en forma irresponsable y con sorprendente falta de visión y de sentido común, lo único que ha importado es vender petróleo crudo al extranjero, haciendo a un lado su transformación, dejando en el abandono las plantas petroquímicas y las refinerías.

Todo esto nos ha llevado a una gravísima situación de dependencia, ya que estamos comprando en el exterior la cuarta parte del gas que necesitamos y 10 por ciento de la gasolina que consumimos. Por si fuera poco esta paradoja, en México la gasolina, la electricidad y el gas cuestan más que en Estados Unidos o que en muchas partes de Europa.

Tenemos que llegar a un gran acuerdo nacional para tener una planeación energética con perspectiva de largo plazo y apegada a nuestros propios recursos.

El verdadero negocio petrolero no es para los países que lo exportan como materia prima, sino para aquéllos que lo transforman industrialmente en productos de mayor valor, generan empleo y estimulan el desarrollo de su planta productiva.

Es urgente establecer políticas públicas que impulsen la creación de un entramado institucional de financiamiento que apoye la consolidación de los fabricantes de equipos e impulse su uso e instalación entre un mayor número de usuarios, públicos y privados, respetando al medio ambiente, los recursos energéticos --el petróleo, la energía eléctrica-- para industrializar al país y crear empleos.

En virtud de lo anterior, el planteamiento que vengo a formular aún cuando no es novedoso, toda vez que se han pronunciado en el mismo sentido los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y de la Revolución Democrática por conducto de los diputados Antonio del Valle Toca y Moisés Félix Dagdug Lutzow en esta legislatura, sin que exista pronunciamiento de este órgano constitucional.

Este es, desde mi concepto, uno de los más significativos para el desarrollo económico del país, razón por la cual me permito distraer su atención para someterlo nuevamente a esta soberanía y es el que se encuentra vinculado con la necesidad de modificar el criterio para la distribución de los recursos obtenidos por el derecho ordinario sobre hidrocarburos, los cuales en la actualidad sólo se otorgan a los municipios que son colindantes con la frontera o litorales por los que se realiza materialmente la salida del país de los hidrocarburos, sin considerar aquellos en los cuales se extraen y refinan hidrocarburos, siendo éstos los lugares en los cuales se genera principalmente una afectación al medio ambiente, contaminación de suelos y mantos acuíferos; afectaciones a las actividades económicas, entre otras.

El tema de los energéticos es un tema que me interesa y preocupa mucho al mismo tiempo.

Esto obedece a muchas razones, entre ellas, a que vengo de un estado petrolero, Tabasco, donde se vive directamente los efectos de las políticas gubernamentales respecto a este rubro.

Lamentablemente, les tengo que decir que son más las sombras que las luces las que predominan al respecto. Por mencionar sólo dos estragos: los daños medioambientales y la afectación a la salud de los habitantes de la zona.

Por ejemplo, en Tabasco cada año se registran accidentes graves. Con altos costos en pérdidas humanas, materiales y ecológicas. En el presente año, centenares de familias han sido afectadas por fugas de gas y explosiones, lo que obligó a su reubicación porque no pueden seguir viviendo arriba de los ductos. Los municipios más afectados son Huimanguillo y Cárdenas.

Por ello, tal como lo sostuvo en su momento el diputado Antonio del Valle Toca , la reforma al régimen fiscal de Pemex permitió disminuir la gran carga fiscal de la empresa, así como también contribuyó a una mejor distribución de los derechos que la paraestatal eroga al fisco federal, resultando ser un acierto que se destinaran recursos a los municipios por los cuales se realiza la salida de los hidrocarburos, ya que se ocasiona costos económicos por una actividad federal.

Sin embargo, esta redistribución no fue suficiente, porque en los municipios en los cuales se extraen los hidrocarburos, no necesariamente tienen las mismas afectaciones económicas que en los municipios donde transitan para su salida del país.

Sabedores que esta reforma de orden legal no implica modificación alguna sobre las finanzas públicas, pues sólo se modifican la distribución de los recursos al incluir a un mayor número de municipios participantes, no se produce afectación de ninguna índole, me permito someter a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Decreto

Artículo único. Se reforman los artículos 261 de la Ley Federal de Derechos y 2-A fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:

Ley Federal de Derechos

Artículo 261. Para los efectos del artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a la recaudación obtenida por el derecho ordinario sobre hidrocarburos a que se refiere el artículo 254 de esta ley, se le aplicará la tasa de 76.6 por ciento; el monto que resulte de esta operación se considerará como recaudación federal participable.

Asimismo, el 3.17 por ciento de la recaudación obtenida por el derecho ordinario sobre hidrocarburos a que se refiere el artículo 254 de esta ley, se multiplicará por el factor de 0.0133; el monto que resulte de esta operación se destinará a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos, así como a los municipios donde se extraen y refinan los mismos.

Pemex Exploración y Producción debe informar mensualmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los montos y los municipios a que se refiere el párrafo anterior.

El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicará en los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, la información que se derive de la presentación de las declaraciones a que se refiere esta ley.

Ley de Coordinación Fiscal

Artículo 2-A. En el rendimiento de las contribuciones que a continuación se señalan, participarán los municipios, en la forma siguiente:

...
II. 3. 17 por ciento del derecho adicional sobre la extracción de petróleo, excluyendo el derecho extraordinario sobre el mismo, a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de dichos productos, así como a los municipios donde se extrae y refinan los mismos.
...
Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con base en lo anteriormente expuesto, solicito respetuosamente:

Único. Túrnese a las Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2007.--- Diputado Silbestre Álvarez Ramón (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Silbestre Álvarez Ramón. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates ytúrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Se acaban de recibir oficios de la Cámara de Senadores. Proceda la Secretaría a darles lectura, por favor.



CONDECORACIONES

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la orden ``El Sol del Perú'', en grado de Gran Cruz con Brillantes, que le confiere el gobierno de la República de Perú.

Atentamente
México, DF, a 25 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta proyecto de decreto

Artículo Único. Se concede permiso al licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la orden ``El Sol del Perú'', en grado de Gran Cruz con Brillantes, que le confiere el gobierno de la República de Perú.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 25 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senador Gabino Cué Monteagudo (rúbrica), Secretario.
Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 25 de octubre de 2007.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Túrnese a la Comisión de Gobernación. Continúe, por favor.



PERMISO AL PRESIDENTE PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede autorización al presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, para ausentarse del territorio nacional del 6 al 10 de noviembre de 2007, a efecto de que participe en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, por celebrarse en Santiago de Chile, y de que realice visitas oficiales a Panamá, Colombia y Perú.

Atentamente
México, DF, a 25 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta proyecto de decreto

Artículo Único. Se concede autorización al presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, para ausentarse del territorio nacional del 6 al 10 de noviembre de 2007 a efecto de que participe en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, por celebrarse en la ciudad de Santiago de Chile, y para que realice visitas oficiales a Panamá, Colombia y Perú.

Transitorio

Único. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.--- México, DF, a 25 de octubre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senador Renán Cleominio Zoreda Novelo (rúbrica), Secretario.
Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 25 de octubre de 2007.--- Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.



LEY DE PROMOCION Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGETICOS

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: El siguiente punto del orden del día, es la primera lectura de dictámenes. En virtud de que han sido publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Dictamen de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, las observaciones que hace el titular del Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Gobernación y en uso de la facultad que le otorga el artículo 72 inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al Decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 86, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos a partir de los siguientes:

Antecedentes

I. El 8 de diciembre de 2005, los diputados José María de la Vega Lárraga y Cruz López Aguilar, a nombre de varios integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, presentaron ante el Pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para la Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, turnándola para su estudio, análisis y dictamen correspondiente a la misma Comisión.

II. El 14 de diciembre de 2005, la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, aprobó el dictamen de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

III. El 9 de febrero de 2006, la citada minuta se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Energía; de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos del Senado de la República.

IV. El 27 de abril de 2006, las Comisiones dictaminadoras del Senado de la República, sometieron al pleno de la misma, el dictamen de la minuta que nos ocupa, apoyando a esta Cámara de origen en su espíritu, propósitos, objetivos y necesidades apremiantes de contar con una Ley para esta importante actividad.

V. El 5 de septiembre de 2006, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería de la LX Legislatura la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

VI. El 26 abril de 2007, el pleno la Cámara de Diputados de la LX Legislatura aprobó por mayoría el dictamen de la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, turnándola al titular del Poder Ejecutivo Federal para que con fundamento en el artículo 72, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicara dicho instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.

VII. El 3 de septiembre de 2007, el titular del Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remitió a esta soberanía observaciones generales al decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, en uso de la facultad que le otorga el artículo 72, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VIII. El 3 de septiembre de 2007, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a esta Comisión de Agricultura y Ganadería, las observaciones remitidas por el Poder Ejecutivo Federal, para que conforme al artículo 72, inciso c) de nuestra Carta Magna estudie, analice y elabore el dictamen correspondiente.

Con base en lo expuesto, los integrantes de esta Comisión Dictaminadora tienen a bien expedir el presente Dictamen, con base en las siguientes:

Consideraciones

Que el presente instrumento jurídico es una necesidad impostergable ante la inminente escasez de los hidrocarburos fósiles en el mundo, y por consecuencia en nuestro país, por lo que debemos tener la visión de buscar nuevas alternativas energéticas a partir de la gran diversidad geográfica y de microclimas, que por sus condiciones produce diversas variedades de productos agropecuarios, forestales, y biotecnológicos, que permiten producir Bioenergéticos que sustituirían a los energéticos tradicionales.

Que esta Comisión Dictaminadora en un acto de respeto entre poderes y coincidencias en el tema que nos ocupa, encuentra viabilidad y sensatez jurídica en las observaciones planteadas por el titular del Ejecutivo Federal, por lo que son perfectamente atendibles en el presente dictamen y que en su momento se abordarán de manera precisa.

Que es necesario promover la agroindustria nacional a partir de la instalación de plantas para el procesamiento de los productos agropecuarios, que pudieren ser empleados en la producción de Bioenergéticos, así como fomentar la creación de cadenas productivas relacionadas con los biocombustibles impulsando la producción, tecnificación, comercialización y el empleo.

Que es necesario establecer las bases para promover y fomentar la producción y desarrollo de Bioenergéticos, propiciando los apoyos técnicos y presupuestales que se requieran para el desarrollo de energías renovables para coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad a partir de la diversificación energética.

Que es importante resaltar el propósito del presente instrumento jurídico, de ampliar el uso de energía renovable en forma de biocarburantes en nuestro país, a través de una serie de mecanismos de política pública y propiciar el desarrollo de la agroindustria nacional, incorporando al campo mexicano al sector energético.

Que la presente Ley tiene como objeto la promoción, producción y desarrollo de los Bioenergéticos, con el fin de alcanzar la diversificación energética y el desarrollo sustentable del país, como elementos clave para contribuir a lograr la diversificación energética a través del uso de energías renovables, así como impulsar la producción agrícola y el empleo productivo a partir de la bioenergía, pero que también es indispensable buscar esquemas de comercialización que permitan a esta actividad ser competitiva y rentable en beneficio de los agentes que en ella interviene, y principalmente sea un detonador del desarrollo rural de nuestro país.

Que los beneficios que traería la creación de agroindustrias, representarían aumento en la demanda de materias primas generadas a partir de las actividades agropecuarias y forestales, de procesos biotecnológicos, así como de otras actividades que provean biomasa como las algas.

Que con los elementos antes mencionados, se busca alcanzar un mejor desarrollo rural para los actores del campo, reflejado en mayor rentabilidad, menores riesgos, permanencia y crecimiento de sus explotaciones.

Que para el sector privado también generará grandes oportunidades, como diversificación de la agroindustria, valor agregado a los subproductos, alternativas a nuevos mercados y financiamientos de inventarios, así como el desarrollo y difusión de nuevas tecnologías.

Que se deben redoblar esfuerzos para que la política energética contemple el principio de sustentabilidad; desarrollando instrumentos y mecanismos financieros, y fortaleciendo el marco regulatorio, con el fin de eliminar barreras y abrir ventanas de oportunidades para nuevos proyectos. Con este esfuerzo se realizarán acciones estratégicas que permitan fomentar el desarrollo regional, propiciando un mejor aprovechamiento de los recursos naturales, reduciendo la contaminación ambiental y mejorando la calidad de vida.

Que atendiendo al espíritu que nos mueve en lograr los acuerdos necesarios para transitar hacia los nuevos instrumentos jurídicos que requiere México, esta Comisión Dictaminadora haciendo un estudio minucioso de las observaciones presentadas por el Ejecutivo Federal, así como de las aportaciones de diversos diputados integrantes de esta Comisión y de los planteamientos recibidos por diversas organizaciones de productores y campesinos, hemos tenido a bien realizar modificaciones al articulado del proyecto enviado al Ejecutivo Federal, con el único fin de crear una Ley que atienda las necesidades de toda la cadena y que permita una auténtica detonación del desarrollo rural en nuestro país, que tenga como fin último el crecimiento y bienestar de la población en general, pero más aun, a la gente del campo.

Observaciones y Modificaciones

Atendiendo de manera satisfactoria las observaciones del titular del Poder Ejecutivo Federal, así como las inquietudes de diversos Legisladores a dichos observaciones, se llegó a la conclusión de que era necesario modificar y adecuar la estructura y el articulado del proyecto original, sin perder de vista su naturaleza jurídica, el espíritu de su creación y los objetivos para los cuales se crea dicha Ley.

En este entendido, los Legisladores de esta Comisión, con base en las atribuciones que nos otorga el artículo 72 inciso C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme a las observaciones planteadas por el Ejecutivo Federal, las cuales resultan atendibles en toda su amplitud, entramos en su estudio.

Uno de los resultados de este estudio fue la pertinencia de no dejar vacíos ni lagunas legales que limitarían el auténtico objetivo de la Ley; por lo que es necesario dar un paso más hacia adelante adecuando el articulado y haciendo las modificaciones correspondientes.

Por lo que concluimos:

Primera. Por lo que respecta al numeral 1° de las observaciones planteadas por el Ejecutivo que establecen:

``1. Inclusión de mecanismos para un adecuado desarrollo de mercado
Una de las principales preocupaciones del Poder Ejecutivo, consiste en que el proyecto de Ley que nos ocupa, en los términos en los que está redactado, difícilmente tendrá como resultado un desarrollo óptimo del mercado. Ello, en primer lugar, como consecuencia de la falta de promoción e impulso al desarrollo de nuevas tecnologías y, en segundo, debido al enfoque primordialmente agrícola en que el proyecto se sustenta.
En este sentido, el decreto aprobado está orientado a la producción de bioenergéticos a partir de unos cuantos cultivos, eminentemente el maíz y la caña de azúcar, sin promover nuevas tecnologías de fabricación, como son el desdoblamiento celulósico a partir de biomasa forestal y la creación de etanol a partir de algas marinas, procesos bacteriológicos y enzimáticos, entre otros.
Más grave aún, no se contemplan otras formas de aprovechamiento de la biomasa más allá de su transformación en combustibles líquidos.
A este respecto, si una de las principales motivaciones de la Ley es fomentar la diversificación de fuentes de energía, a fin de asegurar su disponibilidad cuando se agoten los combustibles fósiles, es indispensable que en la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, se contemple el desarrollo de nuevas tecnologías de conversión para diversificar las fuentes de biomasa, lo cual no sucede en el proyecto que se observa.
Lo anterior significa un riesgo potencial, ya que el hecho de no crear estrategias para el desarrollo e implementación de nuevas tecnologías, así como para el aprovechamiento con diversas fuentes de biomasas, podría comprometer el desarrollo tecnológico de la industria.''

Al respecto coincidimos con la preocupación del Presidente de la República, de la necesidad de impulsar el desarrollo de los bioenergéticos a través de la diversificación de materias primas y del desarrollo tecnológico e investigación de nuevos cultivos, sin menoscabo de la seguridad alimentaria.

Conocemos que en el mundo existen las posibilidades de producir los bionergéticos de diferentes fuentes y no exclusivamente de la caña de azúcar o del maíz, tales como las algas. En este sentido, la investigación está abriendo nuevas oportunidades para utilizar una variedad mayor de biomasa lignocelulósica de los aserraderos, los desechos de la agroindustria y urbanos, así como los residuos tradicionales de la agricultura y los bosques.

Además, del desarrollo tecnológico para la conversión de las fuentes de biomasa para la producción de los bioenergéticos, en que el que se incluyen los procesos biotecnológicos incluyendo los procesos enzimáticos, hemos modificado las referencias que se hacía en el texto de la ley para puntualizar que la producción de bioenergéticos se podrá hacer de otras fuentes de biomasa. Con la consecuente modificación en los artículos en los que se hiciera referencia al maíz o a la caña de azúcar como fuentes exclusivas.

Por otra parte, sabemos que para que la producción y utilización de los bioenergéticos tengan posibilidades de éxito, es indispensable mejorar la oferta de capacitación, adiestramiento y asistencia técnica a todos los niveles de la cadena productiva, para asegurar las mejores prácticas técnicas, de mercado, organizacionales y financieras.

Por lo anterior, esta Comisión dictaminadora tiene a bien satisfacer dicha preocupación en los artículos 1°, fracción I y el capítulo II de la Investigación y Capacitación del Titulo III que abarca los artículos 19, 20, 21, 22 y 23 del presente Decreto.

Segunda. Por lo que respecta al numeral 2 de las observaciones del Presidente de la República que señalan.

2. Distinción entre producción y consumo de biocombustibles
Como ya se mencionó, el proyecto de referencia tiene un enfoque primordialmente agrícola, que no distingue entre la producción y el consumo de los bioenergéticos, lo cual impide el desarrollo eficiente del mercado.
En este contexto, si bien el Ejecutivo federal coincide en que es necesario impulsar el desarrollo agrícola, se considera necesario que en la ley se prevea la regulación de los biocombustibles en su vertiente energética.
Tomando en consideración que el desarrollo y la utilización de bioenergéticos es un tema relacionado con la producción, almacenamiento, transporte y distribución de energía, el proyecto de ley debe conferir las atribuciones regulatorias, de control y supervisión respectivas a la Secretaría de Energía, así como los instrumentos específicos para el desarrollo del sector energético, de la misma manera en que lo hace para el impulso del sector agropecuario.
Conforme a lo anterior, se concluye que la nueva ley debe buscar una sinergia entre las economías agrícola y energética en el desarrollo de los bioenergéticos, y no sólo tener como hilo conductor el impulso del campo mexicano.

La ley se desprende de una inquietud del sector primario, no obstante sabemos que el consumo será en otra área de la economía, sin dejar de lado la intención de impulsar el desarrollo agropecuario, hemos realizado a lo largo del texto una distinción entre la producción de insumos y el consumo de los bioenergéticos.

Esta separación surge de la importancia que cada uno de los actores de la cadena productiva desempeña y que hace necesario adecuar la participación que tendrían, de acuerdo a su situación particular, en la promoción y desarrollo de los bioenergéticos como es el espíritu de la ley. Particularmente, en lo que corresponde a la regulación de los biocombustibles en su vertiente energética.

Al respecto, estas observaciones se atienden en los artículos 8º, 11, 12, 15 del presente ordenamiento.

Tercera. En función al numeral 3 de las observaciones hechas por la Presidencia de la República.

3. Distribución de competencias entre las dependencias de la administración pública federal
El proyecto de ley otorga facultades a dependencias y organismos que se encuentran previstos por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, tales como la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Sustentable, el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y el Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, mismas que deben ser analizadas a la luz del nuevo objetivo que se propone.
Es indispensable diferenciar la producción y comercialización de los insumos (biomasa) para la elaboración de Bioenergéticos, de la producción, comercialización y uso de Bioenergéticos. Lo anterior, tiene implicaciones en la distribución de facultades entre las dependencias relacionadas con cada una de dichas etapas, a fin de integrar adecuadamente un proceso que posibilite el uso de los mismos.
Por lo tanto, resulta lógico distinguir entre las acciones necesarias para impulsar al campo mexicano en la producción de insumos de Bioenergéticos, de aquéllas requeridas para el desarrollo de los Bioenergéticos en sí mismos y, en este sentido, otorgar facultades a las dependencias, entidades y demás organismos, en atención a su ramo administrativo y a sus capacidades técnicas.
Ahora bien, el proyecto en comento no atiende a tan importante distinción y otorga atribuciones en materia energética a la Sagarpa, al asignarle facultades de fomento y promoción de adquisición y operación de plantas de conservación y transformación industrial, insumos, equipos y demás bienes que requiera el desarrollo de Bioenergéticos, así como la fijación de precios y aprobación de proyectos.
Cabe señalar que, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Energía es la responsable de: conducir la política energética del país; promover la participación de los particulares en la generación y aprovechamiento de energía; llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal; otorgar concesiones, autorizaciones y permisos en materia energética; realizar y promover estudios e investigaciones sobre ahorro de energía, estructuras, costos, proyectos, mercados, precios y tarifas, activos, procedimientos, reglas, normas y demás aspectos relacionados con el sector energético, y proponer, en su caso, las acciones conducentes; regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas sobre producción, comercialización, compraventa, condiciones de calidad, suministro de energía y demás aspectos que promuevan la modernización, eficiencia y desarrollo del sector, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento.
En este sentido, válidamente puede concluirse que las acciones relacionadas con la promoción y desarrollo de los Bioenergéticos corresponden a la Secretaría de Energía, por encontrarse dentro del ámbito de sus atribuciones.
Robustece lo anterior, el hecho de que la Sagarpa tiene conferidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en otras leyes, como la de Desarrollo Rural Sustentable y la de Energía para el Campo (las cuales están estrechamente relacionadas con el proyecto de ley en cuestión), diferentes facultades que, en términos generales, están vinculadas al campo y al desarrollo rural, las cuales que no tienen relación alguna con temas propiamente energéticos.
Por lo tanto, se estima que las facultades de la Sagarpa en materia de Bioenergéticos deben circunscribirse a las cuestiones agrícolas, es decir, a la promoción y desarrollo de insumos para Bioenergéticos, mientras que a la Secretaría de Energía debe otorgársele las facultades en materia de producción, transporte y comercialización de los propios Bioenergéticos.
Por otra parte, el proyecto establece que la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, prevista en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, será un órgano de apoyo, coordinación, consulta, concertación, asesoría y toma de decisiones, que tendrá como objeto proponer las políticas, programas, proyectos e instrumentos tendientes al apoyo, fomento, productividad, regulación y control de las actividades relacionadas con los Bioenergéticos, y le atribuye diversas facultades relacionadas con la fijación de criterios y definición de prioridades sobre la promoción y desarrollo de los Bioenergéticos, así como para la elaboración de indicadores, porcentajes y sistemas de calidad, lo cual corresponde de manera directa a las secretarías de Estado.
Es de suma importancia resaltar que ni la Sagarpa, ni la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, pueden fijar la entrada en vigor de las disposiciones para la calidad del uso de biocombustibles en las gasolinas, pues eso compete a la Secretaría de Energía y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus competencias.
En otro orden de ideas, se considera que dicha Comisión no tiene facultades para establecer los programas estatales y municipales a que se refiere el artículo 13 del proyecto de mérito, toda vez que el Poder Ejecutivo federal únicamente tiene atribuciones en materia de planeación en el ámbito federal. Por lo que respecta a los programas regionales, habrá que señalar que, en términos de la Ley de Planeación, la facultad para elaborar dichos programas le corresponde primordialmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Además, el artículo 13 del proyecto que nos ocupa limita el establecimiento de programas de fomento a insumos como la caña de azúcar y el maíz para la producción de etanol, y de plantas oleaginosas para la producción de biodiesel, sin tomar en cuenta que se pueden obtener Bioenergéticos de otras fuentes, y que el desarrollo integral de los Bioenergéticos en México requiere de programas que cubran todos los aspectos relacionados con el tema.
De lo antes expuesto, se concluye que, en el tema de las atribuciones, el proyecto de ley podría generar una deficiente interacción entre las distintas instancias involucradas, lo cual supondría un riesgo para la consecución del desarrollo integral de los Bioenergéticos en México.

Para darle claridad a la participación de las distintas dependencias de la administración pública federal, hemos puntualizado las competencias de cada una de las secretarías que tendrán injerencia en la producción y consumo de los Bioenergéticos. Buscando la sinergia entre las economías agrícola y energética.

En este sentido, los legisladores hemos establecido competencias para las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Energía y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Hemos hecho énfasis en la participación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como parte del cuidado y la protección de los recursos naturales en la producción de los Bioenergéticos, tanto en la producción de los insumos como en el consumo. Consideramos que es indispensable fomentar los sistemas Bioenergéticos sostenibles para impedir la degradación de los bosques o la deforestación, el deterioro de las cuencas hidrológicas y la pérdida de la fertilidad de los suelos y de la biodiversidad.

En cuanto a la Comisión Intersecretarial de Bioenergéticos consideramos indispensable su participación como mecanismo de coordinación entre las diferentes secretarias en el ámbito de sus atribuciones.

Conjuntar en un instrumento legal los temas de producción de insumos y de consumo de bioenergéticos sólo se logrará a través de la acción comprometida y de la voluntad de distintas dependencias y entidades para lograr el desarrollo de los Bioenergéticos.

En el ámbito internacional, el tema ha requerido de la atención al más alto nivel. Tal es el caso de Brasil en donde existe incluso una secretaria de estado de producción y agroenergía para atender la producción de los insumos para los Bioenergéticos.

Estas observaciones quedan satisfactoriamente cumplimentadas en los artículos 5º, 6º, 7º , 8º , 9º, 10, 11, 12 ,13 y 14.

Cuarta. En observancia al numeral 4 de las observaciones del Ejecutivo que señala:

4. Introducción gradual de los Bioenergéticos al mercado mexicano
En el artículo segundo transitorio se establece que:
``El Ejecutivo federal expedirá dentro de los 180 días naturales a partir de la publicación de la presente Ley en el Diario Oficial de la Federación, los reglamentos que previene este cuerpo normativo y las demás disposiciones administrativas y programas necesarios, así como las adecuaciones de carácter orgánico, estructural o funcional para su debido cumplimiento.''
Asimismo, el artículo tercero transitorio señala lo siguiente:
``Los programas contenidos en el artículo 5 se implementarán en un año contando a partir de la entrada en vigor del presente decreto y podrán considerar que los porcentajes mínimos de oxigenantes de gasolina sustentados en etanol y los porcentajes de biodiesel se integren gradualmente conforme a metas que en el corto, mediano y largo plazos se establezcan, tomando en cuenta su disponibilidad nacional, costos y lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas.''
Las obligaciones contenidas en dichos artículos implican riesgos para la introducción exitosa de los Bioenergéticos en México, debido a que establecen un plazo muy corto para emitir la reglamentación y los programas para tal efecto, sin tomar en cuenta que se trata de un área incipiente en la industria energética nacional y, por lo tanto, susceptible a los errores y rectificaciones propios de su desarrollo.
En el artículo 5 se establece que el etanol se destinará únicamente para cumplir con los requisitos de oxigenación en apego a la normatividad sobre combustibles, la cual prevé un contenido de oxígeno de hasta 2.7 por ciento para las zonas metropolitanas de la Ciudad de México, Monterrey y Guadalajara. Lo anterior implicaría una demanda de grandes volúmenes de etanol en un periodo muy corto, sin la seguridad de que la oferta de insumos y la capacidad de conversión para la producción de dicho biocombustible sean suficientes, poniendo en riesgo el abasto de combustibles y, consecuentemente, la seguridad energética.
En este sentido, se considera que establecer una medida de introducción masiva de biocombustibles en un periodo de tiempo muy corto, sin tomar en cuenta las capacidades y vocaciones del sector agrícola, impediría tomar las medidas necesarias para asegurar el abasto nacional de insumos para producir los volúmenes de etanol requeridos.
Por otro lado, instituir que el uso del etanol para sustituir los oxigenantes, cumpliendo con el contenido de oxígeno que establece la normatividad, limita la introducción del etanol a las zonas donde se oxigenan las gasolinas, como son las zonas metropolitanas de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey, lo cual exenta a regiones que, dadas sus características de clima y vocación en sus cultivos, pudieran sustentar con éxito la introducción de etanol mezclado con la gasolina.

Se estima que el empleo de los Bioenergéticos podría contribuir al desarrollo de otras fuentes alternativas de energía, preparando al país para el futuro donde el petróleo ya no se la opción más barata para la generación de bienes y productos para satisfacer las necesidades de la población nacional.

Sabemos que México cuenta con un área agrícola importante potencialmente apta para la producción de Bioenergéticos. Sin embargo, el país enfrenta el reto de desarrollar una estrategia de producción y el uso de los Bioenergéticos, como fuente de energía renovable, de manera tal que contribuyan a la diversificación de fuentes de energía, a la seguridad energética y la reducción del consumo de los combustibles fósiles.

Por lo anterior, es necesario posicionar el tratamiento del tema en una política transversal, con una amplia participación de los sectores involucrados en la determinación de los objetivos estratégicos y los requerimientos económicos, legales y técnicos, así como para el diseño eficaz de una política de desarrollo de los Bioenergéticos a través de un programa nacional.

En este sentido, y para satisfacer las observaciones antes planteadas, se formulan los artículos 11, fracción IV; 12, fracción VIII y segundo Transitorio del presente decreto.

Quinta. En observancia al numeral 5 de las observaciones del Ejecutivo que señala:

5. Seguridad alimentaria y utilización de maíz para producir Bioenergéticos
El artículo 1, fracción II, dispone lo siguiente:
``Artículo 1. La presente Leyes reglamentaria de los artículos 25, 27, fracción XX, y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es de observancia general en toda la República Mexicana y tiene por objeto la promoción y desarrollo de los Bioenergéticos con el fin de alcanzar la diversificación energética y el desarrollo sustentable como condiciones que permiten garantizar el apoyo al campo mexicano, y establece las bases para:
I. ...
II. Impulsar la producción agrícola y el empleo productivo a partir de la bioenergía;
III. a IX. ...''
Un criterio fundamental relacionado con el desarrollo de una nueva vocación de los cultivos alimenticios es no atentar contra la seguridad alimentaria de la población, la cual consiste principalmente en la confluencia de dos elementos fundamentales: i) el abasto equitativo, oportuno y suficiente de alimentos a la población, y ii) la oferta de los mismos a precios accesibles, sobre todo de los que constituyen la dieta básica de las grandes mayorías.
En este sentido, los artículos 7, fracción II, 10, fracción IV, 13 y 21 de la ley, dan preferencia a la producción de Bioenergéticos a partir del maíz y la caña de azúcar. Sin embargo, tales disposiciones no toman en consideración la dependencia nacional de las importaciones de maíz y la fragilidad de su precio, derivada de las especulaciones de mercados internacionales.
Ahora bien, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), de las cuales el Estado mexicano forma parte, señalan en su reporte ``Perspectivas agrícolas 2000/2016'', publicado en la primera semana de julio del presente año, que los precios de productos agrícolas, en especial los granos y los lácteos, aumentarán entre 20 y 50 por ciento en los próximos 10 años, debido al rápido crecimiento del sector de los biocombustibles. Este fenómeno está apuntalando los precios de los cereales y, de forma indirecta a través del coste más elevado de los piensos, de los productos ganaderos, lo cual debe de ser tomado en cuenta como un criterio fundamental en los programas de introducción y aumento de capacidades en materia bioenergética.
Asimismo, es importante tomar en cuenta que durante la pasada zafra 2004-2005 la Cámara Nacional de la Industria Azucarera y Alcoholera reportó una superficie total de caña cultivada de alrededor de 650 mil hectáreas y una producción de cerca de 59 millones de litros de alcohol, los cuales representan únicamente el 4.9 por ciento del etanol que hubiese sido necesario en 2006 para oxigenar las gasolinas de las zonas metropolitanas, en seguimiento de las normas oficiales mexicanas aplicables.
Por lo tanto, se considera indispensable impulsar esfuerzos para fomentar el desarrollo de los Bioenergéticos a través de la diversificación de materias primas y del desarrollo tecnológico e investigación de nuevos cultivos, sin menoscabo de la suficiencia alimentaría, no sólo como un principio o un valor, sino como una necesidad real de satisfacer los requerimientos nutricionales de la población.

La competencia entre la producción de insumos para la alimentación humana o animal y la producción de Bioenergéticos no debería presentarse ya que en la producción Bioenergéticos se pueden emplean diferentes tipos de materias primas, no sólo maíz o de caña de azúcar o de oleaginosas de consumo humano o animal.

Los Bioenergéticos pueden ser producidos de soya, de sorgo, de la yuca o de la remolacha o de la celulosa o de cualquier material que se susceptible de fermentación o de ser sometido a un proceso biotecnológico.

El empleo de la biotecnología incluyendo los procesos fermentativos y enzimáticos permitirán el empleo, de los ahora considerados, residuos de las actividades agroindustriales en la producción de biocombustibles, también conocidos de segunda generación.

En el caso del biodiesel, además de la canola, el girasol, la soya y el cártamo que con de consumo humano, se puede emplear la jatropha curcas (también conocida como piñón mexicano) o la palma de aceite o residuos agroindustriales como la cáscara del aguacate o el sebo animal que tienen un alto contenido de aceite susceptible de ser transformado en biodiesel, así como de aceite gastado proveniente de la cocción de alimentos.

Satisfaciendo el numeral 5 de las observaciones de la Presidencia, estas quedan superadas en los artículos 1º fracción I, 2 fracción II, así mismo se elimina de la redacción del texto de la Ley, los productos básicos y estratégicos establecidos en el artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Sexta. En observancia al numeral 6 de las observaciones del Ejecutivo que señala:

6. Asignación del gasto público
El instrumento en cita establece el otorgamiento de subsidios al campo mexicano para el desarrollo de los Bioenergéticos. Sin embargo, no considera que, con base en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y en la Ley de Energía para el Campo, actualmente se otorgan subsidios al sector agrícola (tarifa eléctrica para bombeo y el diesel agrícola), de tal suerte que incluir el otorgamiento de subsidios en una ley para la promoción de Bioenergéticos, puede implicar una doble subvención al campo por parte del gobierno y, consecuentemente, un doble impacto al erario federal.

Atendiendo a esta observación, los legisladores hemos decidido replantear el contenido sobre instrumentos para generación de insumos y no generar un doble impacto al erario federal, de tal manera que establecimos en el texto esquemas para impulsar la productividad, fomentar la generación reempleos motivar la creación y consolidación de empresas rurales, fortalecer la competitividad del sector y garantizar la protección de los recursos naturales.

Según el dictado de las observaciones en el numeral 6 se atienden positivamente en los artículos 15, 16, 17 y 18.

Séptima. En observancia al numeral 7 de las observaciones del Ejecutivo que señala:

7. Participación en el mercado de bonos de carbono
México es parte del Protocolo de Kyoto, que entró en vigor el 16 de febrero de 2005, en virtud del cual los países desarrollados y con economías en transición se comprometen a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero.
El protocolo prevé el desarrollo de proyectos dentro del mecanismo de desarrollo limpio, a partir de los cuales es posible obtener ``certificados de reducción de emisiones'' y participar en el mercado de bonos de carbono.
Para que un proyecto califique al mecanismo de desarrollo limpio debe cumplir con ciertos requisitos, principalmente con el criterio de ``adicionalidad''. Este criterio consiste en que los proyectos deben demostrar la reducción de emisión de gases de efecto invernadero y que dicha reducción no sería posible sin la realización del mismo, para lo cual se requiere el apoyo del mecanismo de desarrollo limpio.
Las referencias y obligaciones del proyecto de ley, relacionadas con la reducción de emisión de gases de efecto invernadero, podría complicar la elegibilidad de los proyectos en materia de Bioenergéticos que México pretenda incluir en el mecanismo de desarrollo limpio, al no cumplir con los criterios del mismo.

En lo que se refiere estas observaciones del Ejecutivo, esta Comisión ha considerado no violentar el protocolo de Kyoto, por lo que deja a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales emitir las disposiciones respecto a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, como se establecen en el artículo 13 del presente instrumento.

Así mismo, se elimina de la redacción del texto de la Ley las disposiciones sobre cambio climático y oxigenación de las gasolinas.

Octava. Con la finalidad de dar congruencia a las observaciones que hace la presidencia de la República respecto del decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, se considera ajustar el titulo V del proyecto original para quedar como titulo IV referente a las infracciones y sanciones que se adecuan a la nueva estructura y articulado del presente decreto.

En virtud de las consideraciones y modificaciones al presente instrumento jurídico, la estructura del mismo queda integrada por 4 títulos, 9 capítulos, 31 artículos y 4 artículos transitorios.

Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente dictamen que contiene el proyecto de decreto que expide la Ley para la Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, al tenor del siguiente:

Artículo Único. Se expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos:

LEY DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGÉTICOS

TITULO I

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25 y 27 fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es de observancia general en toda la República Mexicana y tiene por objeto la promoción y desarrollo de los Bioenergéticos con el fin de coadyuvar a la diversificación energética y el desarrollo sustentable como condiciones que permiten garantizar el apoyo al campo mexicano y establece las bases para:

I. Promover la producción de insumos para Bioenergéticos, a partir de las actividades agropecuarias, forestales, algas, procesos biotecnológicos y enzimáticos del campo mexicano, sin poner en riesgo la seguridad y soberanía alimentaria del país de conformidad con lo establecido en el artículo 178 y 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
II. Desarrollar la producción, comercialización y uso eficiente de los Bioenergéticos para contribuir a la reactivación del sector rural, la generación de empleo y una mejor calidad de vida para la población; en particular las de alta y muy alta marginalidad.
III. Promover, en términos de la Ley de Planeación, el desarrollo regional y el de las comunidades rurales menos favorecidas;
IV. Procurar la reducción de emisiones contaminantes a la atmósfera y gases de efecto de invernadero. utilizando para ello los instrumentos internacionales contenidos en los Tratados en que México sea parte, y
V. Coordinar acciones entre los Gobiernos Federal, Estatales, Distrito Federal y Municipales, así como la concurrencia con los sectores social y privado, para el desarrollo de los Bioenergéticos.

Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:

I. Actividades agropecuarias y forestales: Procesos productivos primarios basados en recursos naturales renovables, consistentes en agricultura, ganadería, acuacultura y forestales;
II. Bioenergéticos: Combustibles obtenidos de la biomasa provenientes de materia orgánica de las actividades, agrícola, pecuaria, silvícola, acuacultura, algacultura, residuos de la pesca, domesticas, comerciales, industriales, de microorganismos, y de enzimas, así como sus derivados, producidos, por procesos tecnológicos sustentables que cumplan con las especificaciones y normas de calidad establecidas por la autoridad competente en los términos de esta Ley; atendiendo a lo dispuesto en el artículo 1 fracción I de este ordenamiento;
III. Biodiesel: Combustible que se obtiene por la transesterificación de aceites de origen animal o vegetal;
IV. Biogas: Gas que se produce por la conversión biológica de la biomasa como resultado de su descomposición;
V. Comisión de Bioenergéticos: La Comisión Intersecretarial para el Desarrollo de los Bioenergéticos;
VI. Etanol Anhidro: Tipo de alcohol etílico que se caracteriza por tener muy bajo contenido de agua;
VII. Ley: Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos;
VIII. Ley de Desarrollo Rural: La Ley de Desarrollo Rural Sustentable;
IX. Insumos: Son las materias primas empleadas en la producción de Bioenergéticos, obtenidas a partir de las actividades agropecuarias y forestales;
X. Seguridad Alimentaria: El abasto oportuno, suficiente e incluyente de alimentos a la población;
XI. Soberanía Alimentaria: La libre determinación del país en materia de producción, abasto y acceso de alimentos a toda la población, basada fundamentalmente en la producción nacional;
XII. Sistema Nacional: El Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable;
XIII. SAGARPA: Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
XIV. SENER: Secretaría de Energía, y
XV. SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Artículo 3. Son sujetos de esta Ley los sujetos que señala el Artículo 2 de la Ley de Desarrollo Rural, los ejidos, comunidades y los productores de productos naturales de los que se pueda obtener biomasa y, en general toda persona física o moral, que de manera individual o colectiva, realicen cualquier actividad relacionada con la producción, comercialización y/o distribución, transporte y almacenamiento de Bioenergéticos.

Artículo 4. Las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán el desarrollo del mercado incluyendo la promoción de esquemas de participación de productores y la libre competencia en las materias de la presente Ley, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Competencia Económica.

Artículo 5. En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley de Planeación y las demás Leyes y Ordenamientos relacionados que regulen las materias de esta Ley, así como los tratados internacionales de los que México sea parte.

TITULO II DE LAS AUTORIDADES Y LA COORDINACIÓN ENTRE LOS GOBIERNOS FEDERAL, ESTATALES Y MUNICIPALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6. La interpretación para efectos administrativos y la aplicación de esta Ley corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus competencias.

Artículo 7. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal, en coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas, Distrito Federal y de los Municipios, impulsará las políticas, programas y demás acciones que considere necesarios para el cumplimiento de esta Ley.

Para tal efecto, el Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y entidades, podrá suscribir convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito Federal y de los municipios, con el objeto de establecer las bases de participación, en el ámbito de sus competencias, para instrumentar las acciones necesarias para el cumplimiento de esta Ley.

CAPÍTULO II DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA EL DESARROLLO DE LOS BIOENERGETICOS

Artículo 8. Se crea la Comisión de Bioenergéticos, la cual estará integrada por los titulares de la SAGARPA, SENER, SEMARNAT, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual tendrá las siguientes funciones:

I. Participar en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, en la elaboración de programas de corto, mediano y largo plazos, relacionados con la producción y comercialización de insumos, y con la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos. En lo relativo a la producción y comercialización de insumos se escuchará la opinión de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable;
II. Establecer las bases y lineamientos para la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación entre los gobiernos federal, estatales del Distrito Federal y municipales, para dar cumplimiento a esta Ley, a los programas y las disposiciones que deriven de la misma, en lo relativo a la producción y comercialización de insumos, y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
III. Establecer las bases para la concurrencia de los sectores social y privado, a fin de dar cumplimiento a esta Ley, así como a los programas y disposiciones que deriven de la misma, en lo relativo a las cadenas de producción y comercialización de insumos, y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
IV. Dar seguimiento a los programas derivados de esta Ley, relativos a la producción y comercialización de insumos, y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos, así como establecer los indicadores para determinar el grado de cumplimiento de los mismos. En lo relativo a los programas producción y comercialización de insumos, se escuchará a la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable;
V. Dar seguimiento a los compromisos adquiridos por los Gobiernos Federal, estatales y municipales, así como por los sectores social y privado, en lo relativo a la producción y comercialización de insumos y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
VI. Fomentar la agroindustria y la inversión e infraestructura necesarias, así como el uso de tecnologías eficientes para la producción y comercialización de insumos y para la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
VII. Proponer los lineamientos programáticos y presupuestales que deberán tomar en cuenta las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para realizar actividades y apoyar la producción y comercialización de insumos, y la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
VIII. Realizar el seguimiento del presupuesto anual en la materia y evaluar los programas y demás instrumentos de apoyo, sin perjuicio de las atribuciones de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública;
IX. Promover la coordinación de acciones de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, en lo relativo a la producción y comercialización de insumos, y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
X. Revisar la congruencia de las Normas Oficiales Mexicanas, en lo relativo a la producción y comercialización de insumos, y a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
XI. Aportar elementos para que en el diseño y formulación de políticas nacionales, relacionadas con las materias de la presente Ley, se impulse la producción, comercialización y uso de energía renovable;
XII. Definir prioridades y criterios para la asignación del gasto público federal para la promoción y desarrollo de los bioenergéticos, que incluirán áreas estratégicas y programas específicos y prioritarios a los que se les deberá otorgar especial atención y apoyo presupuestal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de esta Ley, y
XIII. Definir mecanismos de coordinación y vinculación de las actividades entre los diferentes sectores de la Administración Pública Federal y con los diversos sectores productivos del país, así como proponer los mecanismos de coordinación con las entidades federativas y los municipios;

Artículo 9. El titular del Ejecutivo Federal designará de entre los integrantes de la Comisión de Bioenergéticos quién la presidirá.

Artículo 10. La Comisión de Bioenergéticos ejercerá las funciones previstas en este capítulo, a través de las Dependencias que la integran, aprovechando sus estructuras administrativas, por lo que su funcionamiento no implica afectación presupuestal, ni el establecimiento de unidades administrativas adicionales.

CAPÍTULO III DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES

Artículo 11. Para los efectos de la presente Ley, la SAGARPA, tendrá las siguientes facultades:

I. Elaborar en el marco de la Ley de Planeación los programas sectoriales y anuales, relativos a la producción y comercialización de Insumos;
II. Regular y, en su caso, expedir Normas Oficiales Mexicanas relativas a los requisitos, características, medidas de seguridad y demás aspectos pertinentes para la producción sustentable de Insumos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento;
III. Evaluar periódicamente el impacto en materia de seguridad y soberanía alimentaria y desarrollo rural, de los programas derivados de esta Ley, incluyendo un análisis de costo beneficio y realizar las acciones necesarias a efecto que dicha información sea de carácter público;
IV. Elaborar el Programa de producción sustentable de Insumos para Bioenergéticos y de Desarrollo Científico y Tecnológico;
V. Imponer sanciones por infracciones a las leyes y disposiciones aplicables que deriven de acciones relacionadas con la aplicación de esta Ley;
VI. Asesorar a los productores para que el desarrollo de cultivos destinados a la producción sustentable de insumos para producir Bioenergéticos, se realicen de acuerdo con las prácticas que las investigaciones científicas y tecnológicas aconsejen, y
VII. Apoyar la organización de los productores y demás agentes relacionados con la producción de insumos para producir Bioenergéticos, a través de mecanismos de comunicación, concertación y planeación.
VIII. Solamente cuando se tengan inventarios excedentes de producción interna para satisfacer el consumo nacional; se otorgarán permisos previos para la producción de Bioenergéticos a partir del grano de maíz en sus diversas modalidades.

Artículo 12. Para los efectos de la presente Ley, la SENER tendrá las siguientes facultades:

I. Elaborar, en el marco de la Ley de Planeación, los programas sectoriales y anuales relativos a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
II. Regular y, en su caso, expedir Normas Oficiales Mexicanas sobre los requisitos, características, medidas de seguridad y demás aspectos pertinentes, en relación con la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento;
III. Otorgar y revocar permisos para la producción, el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos, así como la comercialización de Bioenergéticos;
IV. Emitir los criterios y lineamientos para el otorgamiento de los permisos a que se refiere la fracción anterior;
V. Expedir la regulación necesaria para promover el uso de las tecnologías más adecuadas para la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos;
VI. Expedir los criterios para las adquisiciones de los Bioenergéticos por las entidades paraestatales, a efecto de cumplir con los objetivos de esta Ley, minimizando el impacto económico y presupuestal a las mismas;
VII. Proponer a la Secretaría de Economía, en el ámbito de sus atribuciones, las políticas, instrumentos, criterios y demás acciones que considere necesarias para el mejor desarrollo de los Bioenergéticos;
VIII. Establecer el Programa de Introducciópn de Bioenérgeticos, considerando objetivos, estrategias, acciones y metas. Para la elaboración del Programa se tomaran en cuenta principalmente la producción nacional sobre la importación, la definición de plazos y regiones para la incorporación del etanol como componente de la gasolina, y la incorporación del biodisel al consumo así como los requerimientos de infraestructura para su producción, transporte y comercialización.
Este programa podrá incorporar otros Bioenérgéticos que sean resultado del desarrollo científico y tecnológico.
IX. Emitir los lineamientos, especificaciones y en su caso Normas Oficiales Mexicanas que establezcan la calidad y características de los Bioenergéticos para su mezcla con la gasolina y el diesel así como las correspondientes a las mezclas de etanol con gasolina, diesel con biodiesel o bien el etanol y el biodiesel sin mezclas cuando así lo requiera el mercado y sean tecnológica y ambientalmente recomendables.
X. Expedir la normatividad relativa al procedimiento de arbitraje opcional para la resolución de controversias previsto en el artículo 30 de esta Ley;
XI. Evaluar el impacto, sobre el balance energético, de los programas derivados de esta Ley, incluyendo un análisis de costo beneficio y realizar las acciones necesarias a efecto que dicha información sea de carácter público, y
XII. Imponer las sanciones por infracciones a la presente Ley y las demás disposiciones que deriven de la misma, en lo relativo a la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos.

Artículo 13. Para los efectos de la presente Ley, la SEMARNAT, tendrá las siguientes facultades:

I. Prevenir, controlar o evitar la contaminación de la atmósfera, aguas, suelos y sitios originada por las actividades de producción de Insumos y de Bioenergéticos, así como las descargas de contaminantes a los cuerpos de aguas nacionales que se generen por las mismas;
II. Evaluar y en su caso autorizar en materia de impacto ambiental las instalaciones para la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución y la comercialización de Bioenergéticos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
III. Aplicar las regulaciones en materia forestal, de vida silvestre y bioseguridad de organismos genéticamente modificados conforme a lo dispuesto en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados para asegurar la preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y de la biodiversidad en las actividades que regula la presente Ley;
IV. Vigilar para que no se realice el cambio de uso de suelo de forestal a agrícola con el fin de establecer cultivos para la producción de Bioenergéticos;
V. Evaluar los aspectos de sustentabilidad de los programas derivados de la presente Ley para el desarrollo de la producción de Insumos y de Bioenergéticos, así como el impacto de dichos programas y en consecuencia tomar las medidas correspondientes a los resultados obtenidos;
VI. Regular y, en su caso, expedir Normas Oficiales Mexicanas relativas a los requisitos, características, medidas de seguridad y demás aspectos que considere pertinentes, para asegurar la protección al medio ambiente, en relación con las actividades previstas en esta ley, así como vigilar su debido cumplimiento, y
VII. Vigilar e inspeccionar el cumplimiento de las Leyes y disposiciones en materia ambiental, así como ordenar medidas de seguridad y sancionar por infracciones a las mismas, que deriven de acciones relacionadas con la aplicación de la presente Ley.

Artículo 14. Los programas, proyectos y demás acciones que, en cumplimiento a lo dispuesto en esta Ley y en razón de su competencia, corresponde ejecutar a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

TITULO III DE LOS INSTRUMENTOS PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LOS BIOENERGÉTICOS

CAPITULO I DE LOS INSTRUMENTOS

Artículo 15. El Ejecutivo Federal, a través de sus Dependencias y Entidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, implementará los instrumentos y acciones necesarios para impulsar el desarrollo sustentable de la producción y comercialización de Insumos, así como de la producción, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos.

Artículo 16.- Los instrumentos y acciones a que se refiere el artículo anterior, los procedimientos y las reglas para implementar, acceder u obtener los mismos, serán definidos mediante los programas que para tal efecto emitan las Dependencias en el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 17. Las Secretarías integrantes de la Comisión de Bioenergéticos, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaborarán e instrumentarán, en su caso, las acciones para el fomento de la producción sustentable de Insumos.

Estas estarán dirigidas a los productores de Insumos y deberán impulsar la productividad, fomentar la generación de empleos, motivar la creación y consolidación de empresas rurales, cuya participación accionaria de los productores de insumos sea de un porcentaje de al menos 30 por ciento, fortalecer la competitividad del sector y garantizar la protección de los recursos naturales.

Además, con el fin de cuantificar el nivel o tipo de incentivo que se podrán otorgar para hacer competitiva la producción de insumos agrícolas en la producción de Bioenergéticos, las Secretarías pueden considerar el comportamiento de los diversos precios - costo de los insumos y tipos de cambio, así como la tasa de rentabilidad de retorno de inversión anual promedio del cultivo correspondiente y se podrá seleccionar el más adecuado entre los instrumentos de apoyo tales como los programas de reconversión productiva, la cobertura o los estímulos que en su caso correspondan. Los apoyos presupuestales estarán canalizados a los proyectos donde estén asociados los productores de insumos.

Para diversificar las fuentes de energía, el Gobierno Federal incentivará a la producción de Bioenergéticos a partir de insumos; atendiendo a lo establecido en el artículo 1 fracción I y artículo 11 fracción VIII de esta Ley. Asimismo el Ejecutivo Federal promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos estatales, del Distrito Federal y municipales para los mismos efectos.

Artículo 18. Para impulsar, desarrollar e incentivar la producción de los Bioenergéticos, las Secretarías y los Gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias promoverán la creación de infraestructura para la producción de Bioenergéticos

Los incentivos estarán dirigidos a personas que contribuyan al desarrollo de la industria de los Bioenergéticos y a la modernización de su infraestructura, a través de la fabricación, adquisición, instalación, operación o mantenimiento de maquinaria para la producción de Bioenergéticos. Asimismo, considerarán a aquellas personas que realicen investigaciones de tecnología, cuya aplicación disminuya la generación de emisiones contaminantes a la atmosfera, aguas, suelos, sitios, así como la innovación tecnológica en las plantas de producción de Bioenergéticos.

CAPÍTULO II DE LA INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN

Artículo 19. La SAGARPA y la SENER apoyarán la investigación científica y tecnológica para la producción y uso de los Bioenergéticos, así como la capacitación en estas materias y tendrán como propósitos esenciales:

I. Fomentar y desarrollar la investigación científica para la producción sustentable de insumos destinados a la producción de Bioenergéticos;
II. Fomentar y desarrollar la investigación de tecnologías de producción, distribución y uso de los Bioenergéticos;
III. Satisfacer las necesidades de información de las diversas autoridades competentes;
IV. Establecer procedimientos de evaluación para determinar el estado de la viabilidad de los proyectos para la producción de Bioenergéticos y;
V. Brindar elementos para determinar las condiciones en que deben realizarse la producción de Bioenergéticos, de manera que se lleven a cabo en equilibrio con el medio ambiente.

Artículo 20. La Comisión de Bioenergéticos establecerá las bases para impulsar la investigación científica y tecnológica, así como la capacitación en materia de Bioenergéticos.

Artículo 21. El Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, será la instancia encargada de coordinar y orientar la investigación científica y tecnológica en materia de Insumos, así como el desarrollo, innovación y transferencia tecnológica que requiera el sector.

El Sistema contará, para los efectos de esta Ley, con las siguientes facultades:

I. Realizar investigaciones científicas y tecnológicas, en materia de Insumos;
II. Emitir opinión de carácter técnico y científico para la administración y conservación de los recursos naturales asociados a la producción de los Bioenergéticos;
III. Coordinar la formulación e integración del Programa Nacional de Investigación Científica y Tecnológica en Materia de Insumos para Bioenergéticos, con base en las propuestas de las instituciones educativas, académicas y de investigación, universidades, y organizaciones de productores;
IV. Coordinar la integración y funcionamiento de una red nacional de grupos, institutos de investigación y universidades, en materia de Insumos, para la articulación de acciones, la optimización de recursos humanos, financieros y de infraestructura;
V. Dar asesoramiento científico y técnico a los agricultores, que así lo soliciten, para conservar, repoblar, fomentar, cultivar y desarrollar especies asociados a la producción de Insumos;
VI. Apoyar, desarrollar y promover la transferencia de los resultados de la investigación y de la tecnología generada de forma accesible a los productores de Insumos;
VII. Formular estudios y propuestas para el ordenamiento de la actividad en coordinación con centros de investigación, universidades, autoridades federales, de los Gobiernos de las Entidades federativas;
VIII. Promover y coordinar la participación y vinculación de los centros de investigación, de las universidades e instituciones de educación superior con el sector productivo, para el desarrollo y ejecución de proyectos de investigación aplicada y de innovación tecnológica en materia de Insumos;
IX. Formular y ejecutar programas de adiestramiento y capacitación;
X. Difundir sus actividades y los resultados de sus investigaciones, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual y de la información que por su naturaleza deba reservarse conforme a la Ley de la materia;
XI. Difundir y publicar los resultados de las investigaciones que realicen de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y
XII. Las demás que expresamente le atribuya esta Ley, sus disposiciones reglamentarias, las normas oficiales que de ella deriven y las Leyes y Reglamentos correspondientes vinculados al ámbito de los Bioenergéticos.

Artículo 22. El Sistema promoverá y coordinará la integración de la Red Nacional de Información e Investigación en materia de Insumos, con el objeto de vincular y fortalecer la investigación científica y el desarrollo tecnológico, así como el desarrollo, innovación y transferencia tecnológica para el manejo y administración de los recursos naturales asociados a la producción de Bioenergéticos y su desarrollo ordenado.

Artículo 23. El Ejecutivo Federal, a través de sus Dependencias y Entidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrá celebrar convenios con los sectores público, social y privado para impulsar la investigación científica y tecnológica y la capacitación en materia de Bioenergéticos y de sus Insumos, e implementará los instrumentos y acciones necesarios para ello, de conformidad con lo establecido en la presente Ley, los programas y demás disposiciones que deriven de ésta.

TITULO IV DE LOS PROCEDIMIENTOS, INFRACCIONES Y SANCIONES

CAPÍTULO I DE LOS PERMISOS

Artículo 24. Las actividades y servicios relacionados con la producción, el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos, así como la comercialización de Bioenergéticos, se sujetarán a permiso previo de la SENER, salvo aquellos que expresamente se excluyan en los criterios y lineamientos a que se refiere la fracción IV del artículo 12 de esta Ley. La SENER informará a la Comisión de Bioenergéticos sobre los permisos que haya otorgado.

Los lineamientos y criterios a que se refiere el párrafo anterior deberán comprender:

I. Las actividades o servicios relacionados con la producción, el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos, así como la comercialización de Bioenergéticos;
II. Los términos y condiciones para:
a) El otorgamiento, la transferencia y la revocación de los permisos;
b) La producción de Bioenergéticos;
c) El almacenamiento de Bioenergéticos;
d) El transporte y la distribución por ductos de Bioenergéticos;
e) La presentación de información suficiente y adecuada para fines de regulación, y
f) El procedimiento de consulta pública para la definición de criterios de regulación, en su caso;
III. Los procedimientos para la vigilancia del cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas y de los términos y condiciones establecidos en los permisos;
IV. Los términos y procedimientos para la verificación de instalaciones y equipos de los permisionarios, y
V. Los demás instrumentos de regulación que establezcan las disposiciones aplicables, y los que la SENER considere necesarios.

Asimismo, deberán garantizar la transparencia en los procedimientos administrativos relativos al otorgamiento de permisos para realizar actividades relacionados con las materias que regula la presente Ley, e incorporar mecanismos de control accesibles a los productores.

Los permisos que la SENER expida deberán contener, de manera detallada, los términos y condiciones bajo los cuales serán emitidos y los procedimientos deberán establecerse con toda precisión en el Reglamento de la presente Ley.

CAPÍTULO II DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 25. Se consideran infracciones a la presente Ley:

I. La realización de actividades o la prestación de servicios sin contar con el permiso correspondiente, cuando, en términos de esta Ley y de las demás disposiciones aplicables, se requiera del mismo;
II. El incumplimiento de los términos y condiciones establecidos en los permisos, y
III. El incumplimiento de normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables en materia de Bioenergéticos.

Artículo 26. Las infracciones a que se refiere el artículo anterior, darán lugar a las siguientes sanciones:

I. Multa de 1,000 a 100,000 veces el importe del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, en la fecha en que se incurra en la falta, la cual será fijada a juicio de la autoridad competente, tomando en cuenta la importancia de la falta;
II. Revocación de los permisos a que se refiere la fracción III del Artículo 12 de esta Ley, y
III. Clausura total o parcial, permanente o temporal de las instalaciones.

Artículo 27. Los Servidores Públicos que infrinjan lo establecido en la presente Ley, en los programas y demás disposiciones que deriven de la misma, serán sancionados en términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 28. En lo no expresamente previsto en esta Ley y en las demás disposiciones aplicables, la solicitud y otorgamiento de los permisos, y la imposición de sanciones a que se refiere este capítulo, se sujetarán a lo establecido en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

CAPÍTULO III DE LAS IMPUGNACIONES Y LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Artículo 29. Las controversias que se susciten respecto de las transacciones a lo largo de las cadenas productivas de Insumos, en materia de calidad, cantidad y oportunidad de los productos, servicios financieros, servicios técnicos, equipos, tecnología y bienes de producción, se podrán resolver a través del Servicio Nacional de Arbitraje previsto en el artículo 184 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Artículo 30. Las controversias que se susciten respecto de las transacciones y actividades relacionadas con la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de Bioenergéticos, se podrán solucionar a través de un procedimiento de arbitraje opcional ante la Secretaría de Energía, de conformidad con la normatividad que para tal efecto emita.

Artículo 31. Contra los actos de autoridad emitidos con motivo de la aplicación esta Ley, los programas y demás disposiciones que deriven de la misma, se estará a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Los Programas a que se refieren las fracciones IV y VIII de los Artículos 11 y 12 respectivamente, deberán ser expedidos en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley.

TERCERO. La Comisión de Bioenergéticos se instalará dentro del mes siguiente a la entrada en vigor de la presente Ley, y propondrá al Ejecutivo Federal su Reglamento Interno, en un plazo no mayor a tres meses, contados a partir de la fecha de su instalación.

CUARTO. El Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento de la Presente Ley en un periodo no mayor a nueve meses a partir de la publicación de la presente Ley.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados a los diez y seis días del mes de octubre de dos mil siete.
La Comisión de Agricultura y Ganadería, diputados: Héctor Padilla Gutiérrez (rúbrica), presidente; Daniel Pérez Valdés (rúbrica), Isael Villa Villa (rúbrica), Pedro Armendáriz García , Armando Jesús Félix Holguín (rúbrica), Íñigo Antonio Laviada Hernández (rúbrica), Ernesto Oviedo Oviedo (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez (rúbrica), Celso Pulido Santiago (rúbrica), secretarios; Andrés Bermúdez Viramontes (rúbrica), Osiel Castro de la Rosa (rúbrica), Francisco Domínguez Servién (rúbrica), Gerardo Antonio Escaroz Soler (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), Francisco Javier Plascencia Alonso , Víctor Sánchez Trujillo (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza (rúbrica), Amador Campos Aburto , Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar , Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Ramón Barajas López (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez , Juan Ignacio Samperio Montaño , Anuario Luis Herrera Solís .»

Es de primera lectura.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: «Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédio Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos

Honorable Asamblea

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el diputado Javier Guerrero García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, sometió a la consideración del H. Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

ANTECEDENTES

Con fecha 16 de octubre de 2007, el diputado Javier Guerrero García , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. En esa misma fecha la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Publico, para su estudio y dictamen.

DESCRIPCIÓN DE LA INICIATIVA

La Iniciativa en análisis contiene las propuestas siguientes:

1. Actualización de la base del impuesto para vehículos usados.

En la exposición de motivos de la iniciativa en dictamen se menciona que el 1 de diciembre de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ``Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos'', que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2005.

Se menciona que, entre otras reformas contenidas en el mencionado Decreto, se modificó la periodicidad de la actualización de las tarifas contenidas en la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Sin embargo, al modificar dicha periodicidad, se eliminó la disposición que actualizaba la propia base del impuesto para los vehículos usados.

Lo anterior, trajo como consecuencia que al momento de calcular el impuesto aplicable a los vehículos usados, se les aplique la depreciación que les corresponde dependiendo del año modelo, pero se pierde la actualización del valor de dichos bienes, generando con ello una disminución considerable en la base del impuesto y por consiguiente una disminución en los ingresos que por concepto del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos reciben las Entidades Federativas, situación similar ocurre en relación con el impuesto de los automóviles destinados al transporte, eléctricos, aeronaves y motocicletas, usados, ya que se suprimió también el mecanismo para actualizar dicho impuesto.

Ahora bien, tomando en consideración que la reforma antes aludida, no pretendió reducir los ingresos que recibieran las Entidades Federativas por concepto del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, se propone reformar la ley de la materia, para corregir la situación descrita.

2. Tarifa aplicable a las motocicletas nuevas.

Por otra parte, en la Iniciativa que se dictamina se propone incrementar los límites de ingresos de la tarifa aplicable a las motocicletas nuevas, a efecto de que un grupo mayor de estos vehículos vea disminuida su carga impositiva. En este sentido, se propone que en el primer rango de la tarifa queden comprendidas las motocicletas cuyo valor total sea de hasta $ 200,000.00.

CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Después de estudiar el contenido de la Iniciativa y de analizar las propuestas, contenidas en la misma esta Comisión hace las siguientes consideraciones:

1. Actualización de la base del impuesto para vehículos usados.

Esta Dictaminadora, procede a dictaminar favorablemente la Iniciativa que se analiza, en relación con la propuesta para modificar diversos artículos de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a efecto de reestablecer la disposición que actualizaba la base del impuesto para los vehículos usados, ya que la propuesta no busca incrementar las tarifas aplicables para el cálculo del impuesto que se debe pagar por la tenencia o uso de vehículos, sino establecer adecuadamente los mecanismos de ajuste que reconozcan el efecto inflacionario en los valores que se toman como base para la determinación del citado impuesto y, evitar la disminución de los ingresos que perciben las Entidades Federativas por la recaudación del citado impuesto.

Lo anterior es necesario, ya que si bien el procedimiento establecido en la ley de la materia para el cálculo del impuesto de los vehículos usados prevé la depreciación que les corresponde en función del año modelo, así como la referencia al artículo 14-C para la actualización del valor depreciado, existe una imposibilidad técnica para llevar a cabo dicha actualización, lo cual genera una pérdida de recaudación por efecto de la inflación.

El aspecto mencionado tiene relevancia para las Entidades Federativas que ven disminuidos sus ingresos en forma significativa, toda vez que la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos carece de un fundamento apropiado que permita reconocer el efecto inflacionario en el cálculo del impuesto.

Esta Comisión Dictaminadora estima conveniente recordar que las reformas a la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, publicadas el 1 de diciembre de 2004 en el Diario Oficial de la Federación, tuvieron por objeto, entre otros, modificar la periodicidad de actualización de las tarifas de la ley, pero en ningún momento se pretendió perjudicar los ingresos que les corresponden a las Entidades Federativas por concepto de dicho impuesto.

La que Dictamina también juzga importante resaltar que la entrada en vigor de las modificaciones mencionadas no repercute en los pagos del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos efectuados conforme a las disposiciones vigentes, ya que dichos pagos son de carácter definitivo y no dan lugar a la aplicación retroactiva de aquéllas.

2. Tarifa aplicable a las motocicletas nuevas.

De igual forma, esta Comisión considera conveniente aprobar el planteamiento para incrementar los límites de ingresos de la tarifa aplicable a las motocicletas nuevas, para que de esta forma, en el primer rango de la tarifa estén comprendidas las motocicletas cuyo valor total sea de hasta $ 200,000.00.

Se coincide asimismo, en que la medida facilitará la adquisición de este tipo de vehículos para actividades comerciales, de distribución, de seguridad, entre otras, ya que permitirá que un grupo mayor de dichos vehículos vea disminuida su carga impositiva.

Por lo expuesto, esta Comisión de Hacienda y Crédito Público pone a consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS

ARTÍCULO ÚNICO. Se Reforman los artículos 14, en su tarifa; 15-B, primer párrafo, excepto su tabla, segundo párrafo, y la fracción II; 15-C, primer párrafo, inciso b), y 15-D, primer párrafo, inciso b); y se Adicionan los artículos 15-B, con un penúltimo párrafo y 15-C, con un penúltimo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para quedar como sigue:

Artículo 14. ...

Artículo 15-B. Tratándose de vehículos de fabricación nacional o importados, a que se refieren los artículos 5o., fracción IV y 14-B de esta Ley, así como de aeronaves y motocicletas, excepto automóviles destinados al transporte de hasta quince pasajeros, el impuesto será el que resulte de multiplicar el importe del impuesto causado en el ejercicio fiscal inmediato anterior por el factor de ajuste. Dicho factor será el que resulte de multiplicar el factor de actualización por el factor de depreciación que corresponda conforme a los años de antigüedad del vehículo, de acuerdo con la siguiente:

...

Para los efectos del párrafo anterior, tratándose de vehículos cuya enajenación como vehículo nuevo o cuya importación se hubiera realizado con posterioridad al mes de enero del año inmediato anterior, se considerará como impuesto causado, el que se obtenga de dividir el impuesto pagado en dicho año, entre el factor que corresponda al mes en que se enajenó o importó el vehículo, de conformidad con la tabla a que se refiere el último párrafo del artículo 1o. de esta ley.

...

II. La cantidad obtenida conforme a la fracción anterior se multiplicará por el factor de actualización a que se refiere este artículo; el resultado obtenido se multiplicará por 0.245%.

El factor de actualización a que se refiere este artículo, será el correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquél por el cual se efectúa la actualización, mismo que se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará el factor de actualización en el Diario Oficial de la Federación, durante el mes de diciembre de cada año.

...

Artículo 15-C. ...

b) La cantidad obtenida conforme al inciso anterior, se multiplicará por el factor de actualización a que se refiere este artículo; al resultado se le aplicará la tarifa a que hace referencia el artículo 5o. de esta Ley.

El factor de actualización a que se refiere este artículo, será el correspondiente al periodo comprendido desde el último mes del año inmediato anterior a aquél en el que se adquirió el automóvil de que se trate, hasta el último mes del año inmediato anterior a aquél por el que se debe efectuar el pago, mismo que se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará el factor de actualización en el Diario Oficial de la Federación, durante el mes de diciembre de cada año.

...

Artículo 15-D . ...

b) La cantidad obtenida conforme al inciso anterior, se multiplicará por el factor de actualización a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 15-B de esta Ley; al resultado se le aplicará la tasa a que hace referencia el artículo 13 de la misma.

...

TRANSITORIOS

Primero. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008.

Segundo. Los montos de las cantidades establecidas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, se encuentran actualizadas al mes de diciembre de 2007.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 23 de octubre de 2007.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; David Figueroa Ortega (rúbrica), secretario; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , secretario; Ricardo Rodríguez Jiménez , secretario; Camerino Eleazar Márquez Madrid , secretario; José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), secretario; Antonio Soto Sánchez (rúbrica), secretario; Horacio E. Garza Garza (rúbrica), secretario; Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), secretario; Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), secretario; Juan Ignacio Samperio Montaño (rúbrica), secretario; Joaquín H. Vela González (rúbrica), secretario; Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), secretario; Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), secretaria; José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla , Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero (rúbrica), Carlos Chaurand Arzate , Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica), José Martín López Cisneros , Lorenzo Daniel Ludlow Kuri , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), María de Jesús Martínez Díaz (rúbrica), José Manuel Minjares Jiménez , José Murat, Miguel Angel Navarro Quintero (rúbrica), Raúl Alejandro Padilla Orozco (rúbrica), Dolores María del Carmen Parra Jiménez , Jorge Alejandro Salum del Palacio , Faustino Soto Ramos , Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, iniciativa que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica.

Esta Comisión con fundamento en los artículos 39, fracción XII, y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable Asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 22 de febrero de 2007, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que presentó el diputado Alejandro Sánchez Camacho del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio del derecho que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos.

Segundo. Que mediante oficio CE/0431/07 de fecha 13 de abril se dio cuenta a los integrantes de la Comisión del contenido de esta iniciativa.

Tercero. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

Cuarto. El legislador propone lo siguiente:

• Reformar el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica para determinar las multas como porcentaje de las ventas anuales obtenidas por el infractor durante el ejercicio fiscal anterior al momento de aplicar la sanción.

Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes antes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

Segunda. Que la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) es reglamentaria del artículo 28 constitucional en materia de competencia económica, monopolios y libre concurrencia, es de observancia general en toda la República y aplicable a todas las áreas de la actividad económica y tiene por objeto proteger el proceso de competencia y libre concurrencia , mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.

Tercera. Que la LFCE fue concebida para ser aplicada a toda la actividad económica, es decir, se refiere a los agentes económicos de manera global, ya que la teoría económica reconoce al gobierno, a una empresa o a una persona física como tal, pero es importante precisar que los monopolios constitucionales de las áreas estratégicas, los agentes u organizaciones sin fines de lucro, las cámaras empresariales, las asociaciones de trabajadores, los autores y artistas, los inventores y perfeccionadores, así como las cooperativas están sujetos a la ley respecto de actos que dañen el proceso de competencia y libre concurrencia.

Cuarta. Que la competencia económica y la libre concurrencia es la posibilidad que tiene cualquier persona de participar en alguna actividad económica como vendedor o comprador (oferente o demandante), con plena libertad de decidir cuándo entrar y salir del mercado, y sin que nadie pueda imponer condiciones en las relaciones de intercambio.

Quinta. Que la Comisión Federal de Competencia es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, que cuenta con autonomía técnica y operativa, teniendo a su cargo prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas y las concentraciones, en los términos de la LFCE, y goza de autonomía para dictar sus resoluciones.

Sexta. Que un monopolio o monopsonio es cuando hay un solo oferente o demandante de un determinado producto o servicio, por lo que los consumidores o productores son sometidos a las condiciones que fija el agente dominante, sin embargo, la política de competencia no se preocupa del número de las empresas, ni del tamaño de éstas, sino de su comportamiento en el mercado relevante de que se trate .

Séptima. Que las prácticas monopólicas absolutas u horizontales son los acuerdos que pactan competidores con los objetivos de: concertar precios; cuotas de producción; asignación de mercados; y concertación de posturas en licitaciones públicas, éstas se persiguen y sancionan per se , sin importar cuales son las condiciones de los mercados ni el número de las empresas que las ejercitan.

Octava. Que las prácticas monopólicas relativas o verticales son aquellas cuyo objeto o efecto es desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de una o varias personas, tales como: distribución exclusiva; imposición de condiciones unilaterales de compra o venta; compras o ventas atadas; compras o ventas sujetas a no comprar o vender a un tercero; negación unilateral de trato; boicot a un cliente o proveedor a través de la concertación entre varios agentes económicos; entre otras.

Novena. Que una concentración de agentes económicos es definida como la fusión, adquisición, adquisición de control o cualquier acto por el cual se concentran sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos, o activos en general, por lo que la aprobación de concentraciones por parte de la autoridad antimonopolios, es una medida preventiva para que los agentes económicos que participen en la concentración no adquieran o fortalezcan el poder sustancial que les permita afectar la libre competencia.

Décima. Que en materia de sanciones, la cuantía monetaria de las mismas no repercute por las altas ventas anuales de algunos agentes económicos, por lo que estas no tienen incentivos para dejar de incurrir en prácticas monopólicas y provocan que la Autoridad Antimonopolios carezca de plena efectividad en el castigo de las infracciones cometidas y disuadir a los agentes económicos de realizar conductas prohibidas en la Ley de Competencia.

Décima Primera. Que basar las multas en el salario mínimo implica que en el caso de grandes empresas no tengan el efecto disuasivo esperado, en cuanto hace a esa sanción económica, en virtud de que el monto máximo que pueden alcanzar las multas es reducido en comparación con los beneficios que los agentes económicos pueden obtener por incurrir en prácticas anticompetitivas o con su nivel económico.

Décima Segunda. Que cambiar la base de las multas hacia un indicador de la actividad económica de los agentes económicos facilitaría a la autoridad antimonopolios a tener un mayor control al momento de determinar el monto de las multas, sobre la proporcionalidad de la multa respecto a los beneficios obtenidos por el agente económico derivados de la conducta que se desea sancionar y disuadir, así como con la capacidad económica del agente económico infractor.

Décima Tercera. Que el cambio a otro indicador de la actividad económica en el monto de las sanciones no implica ningún riesgo de desproporcionalidad que pudiera afectar a las pequeñas empresas, toda vez que se refiere a los activos e ingresos obtenidos por la actividad económica de los agentes económicos, que son indicadores válidos de su nivel y capacidad económicos.

Décima Cuarta. Que para la imposición de una sanción la Comisión Federal de Competencia, debe tener en consideración los elementos contenidos en el Artículo 36 de la LFCE, como: la gravedad de la infracción, el daño causado, los indicios de intencionalidad, la participación del infractor en los mercados, el tamaño del mercado afectado, la duración de la práctica o concentración y la reincidencia o antecedentes del infractor, así como su capacidad económica.

Décima Quinta. Que la experiencia internacional ha demostrado que para tener una eficaz aplicación de la legislación de competencia, es necesario contar con sanciones económicas que efectivamente inhiban las conductas anticompetitivas de los agentes económicos.

Décima Sexta. Que las multas máximas que establece la LFCE por cometer prácticas monopólicas absolutas son muy reducidas si se comparan con los estándares internacionales, así por ejemplo, la multa máxima para prácticas monopólicas absolutas en México equivale a 75 millones, 855 mil pesos cuando en otros países de la Comunidad Europea se ha impuesto multas por éste mismo tipo de prácticas hasta el equivalente a 6 mil millones 916 millones de pesos, es decir, una cantidad 91 veces mayor, en el caso de prácticas monopólicas relativas, la máxima multa posible en México es de 45 millones, 513 mil pesos, cuando en el extranjero se ha llegado a sancionar este tipo de prácticas monopólicas con multas hasta por el equivalente a 6 mil millones 675 millones, 800 mil pesos, ósea una cantidad 147 veces mayor. Las cantidades mencionadas, se encuentran basadas en el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal para el año 2007, equivalente a $50.57.

Décima Séptima. Que en la Unión Europea se prevé la aplicación de multas hasta por una cantidad equivalente al 30% de las ventas anuales del agente económico infractor y, en ausencia de esta información, podrá determinar la base de la multa con base en otra información que considere pertinente o adecuada. El monto de la multa se ajusta por el período en que se haya cometido la infracción, además bajo ciertas agravantes, el importe de la multa puede incrementarse hasta en un 100%.

Décima Octava. Que las prácticas internacionales en la imposición de multas por violaciones a la LFCE obligan a replantear el incremento del monto de las multas como medidas de sanción.

Décima Novena. Que si bien las ventas pueden ser un indicador de la capacidad económica del agente económico, no son el único; incluso en algunos casos, los agentes económicos pueden no reportar ventas a pesar de participar en la actividad económica, además existen otras variables que permiten determinar el valor del negocio del infractor, distintas a la ventas, como los activos; las remuneraciones y los honorarios en el caso de las personas físicas; y las cuotas y contribuciones en el caso de las asociaciones o sociedades profesionales y empresariales. De esta forma, basar las multas exclusivamente en las ventas podría limitar la capacidad de sanción de la Comisión Federal de Competencia por prácticas monopólicas y concentraciones anticompetitivas.

Vigésima. Que se considera conveniente ampliar la base de las multas, a fin de que se incluyan todos los conceptos de ingresos que se deriven de la actividad económica de los agentes económicos, y sea posible referir las multas a los activos en caso de que no se cuente con información sobre los ingresos.

Vigésima Primera. Que la referencia que hace en su proyecto de Decreto la Iniciativa al ``año fiscal anterior'' es imprecisa y pudiera dar pie a diferentes interpretaciones, lo que podría tener como consecuencia la presentación de múltiples litigios al aplicarse las sanciones económicas, es por ello que se propone que sea el año corresponda a aquel en que se desarrolló el acto a sancionarse, a fin de que se relacione la multa con las condiciones que imperaban en ese momento, asimismo, se plantea que en caso de que la duración de las conductas tengan una duración de 2 o más años, se tome de referencia el año cuyo ejercicio fiscal reporte el valor de los activos o ingresos más alto.

Vigésima Segunda. Que los C.C. Diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que los objetivos que persigue la Iniciativa son provechosos, sin embargo, consideran que con la intención de alcanzar los objetivos planteados, debe cambiarse la base de las multas hacia los activos y los ingresos por la actividad económica de los agentes económicos, permitiendo a la autoridad antimonopolios tener un mejor control de la proporcionalidad de las multas, reforzándola en el cumplimiento de su objetivo que es proteger el proceso de libre competencia y libre concurrencia, acercándonos a los niveles que la práctica internacional ha probado que son efectivas para sancionar y disuadir la realización de las conductas anticompetitivas.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta el siguiente:

Proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica.

Artículo Único. Se reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica para quedar como sigue:

Artículo 35. La Comisión podrá aplicar las siguientes sanciones:

I. Ordenar la corrección o supresión de la práctica monopólica o concentración de que se trate;
II. Ordenar la desconcentración parcial o total de lo que se haya concentrado indebidamente, sin perjuicio de la multa que en su caso proceda;
III. Multa hasta por el equivalente a sesenta mil quinientas veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal por haber declarado falsamente o entregado información falsa a la Comisión, con independencia de la responsabilidad penal en que se incurra;
IV. Multa hasta por el equivalente al quince por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incurrido en alguna práctica monopólica absoluta. El valor de los activos o ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se cometió la práctica. Si la práctica se cometió en dos o más años fiscales, el monto será del ejercicio fiscal que resulte más alto.
V. Multa hasta por el equivalente al nueve por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto , por haber incurrido en alguna práctica monopólica relativa. El valor de los activos o ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se cometió la práctica. Si la práctica se cometió en dos o más años fiscales, el monto será el del ejercicio fiscal que resulte más alto.
VI. Multa hasta por el equivalente al nueve por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incurrido en alguna concentración de las prohibidas por esta Ley. El valor de los activos o ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se realizó la concentración.
VII. Multa hasta por el equivalente al cuatro por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por no haber notificado la concentración cuando legalmente debió hacerse. El valor de los activos o ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se omitió la concentración.
VIII. Multa hasta por el equivalente al nueve por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incumplido con las condiciones fijadas por la Comisión en términos del artículo 22 de esta Ley, sin perjuicio de ordenar la desconcentración. El valor de los activos o ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se incumplan las condiciones .
IX. Multa hasta por el equivalente a sesenta mil veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, a los individuos que participen directamente en prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas, en representación o por cuenta y orden de personas morales;
X. Multa hasta por el equivalente a sesenta mil veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, a los agentes económicos o a los individuos que hayan coadyuvado, propiciado, inducido o participado en la comisión de prácticas monopólicas, concentración prohibida o demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados en términos de esta Ley, y
XI. Multa hasta por el equivalente al quince por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incumplido la resolución emitida en términos del artículo 33 bis 2 de esta Ley. El valor de los activos o ingresos será del ejercicio fiscal del año en que se incumpla la resolución.
En caso de reincidencia, se podrá imponer una multa hasta por el doble de la que corresponda, o hasta por el equivalente al veinte por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, cualquiera que resulte más alto. El valor de los ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se reincida.
Se considerará reincidente, al que habiendo incurrido en una infracción que haya sido sancionada, cometa otra del mismo tipo o naturaleza.
En el caso de violaciones por servidores públicos, la Comisión deberá enviar oficio debidamente fundado y motivado a la autoridad competente para que, de ser procedente, se inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa a que hubiere lugar, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que incurra el servidor público.
Los ingresos que se obtengan de las multas por infracciones a lo dispuesto en esta Ley, se destinarán a los programas de apoyo para la micro, pequeña y mediana empresa.
En ningún caso la Comisión administrará ni dispondrá de los fondos a que se refiere el párrafo anterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de octubre de 2007.
Comisión de Economía, diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio , Fausto Fluvio Mendoza Maldonado , Arnulfo Elías Cordero Alfonso (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso, Narcizo Alberto Amador Leal , Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum , Sergio Augusto López Ramírez , Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Amado Orihuela Trejo , Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez , Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira , Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López , Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LX Legislatura fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción I Bis al artículo 389, y los artículos 389 Bis y 389 Bis 1 a la Ley General de Salud, presentada por el diputado Ector Jaime Ramírez Barba , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y signada por diputados de diversos grupos parlamentarios.

La Comisión de Salud con fundamento en las atribuciones que le otorga los artículos 39, numerales 1º y 3º, 43, 44, 45 y de los demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable Asamblea, el presente dictamen de acuerdo con la siguiente:

Metodología

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de ``Antecedentes'' se da constancia del trámite, del proceso legislativo, del recibo en turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

II. En el capítulo correspondiente a ``Contenido'', se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de ``Consideraciones'', la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la propuesta en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada con fecha 26 de abril de 2007, por el pleno de la H. Cámara de Diputados, el diputado Ector Jaime Ramírez Barba , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción I Bis al artículo 389, y los artículos 389 Bis y 389 Bis 1 a la Ley General de Salud.

Con la misma fecha, la Mesa Directiva, turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido

En su exposición de motivos, el promovente manifiesta que la falta del registro de nacimiento expone a la población infantil a diversos riesgos, como el traslado ilícito o robo de infantes y la falta de garantías y derechos de los propios niños. Además, afecta el sistema de información, ya que al no constar el hecho del nacimiento, disminuye la confiabilidad en el cálculo de indicadores tan relevantes como la tasa de mortalidad infantil, la de natalidad y la de fecundidad. También se ven afectados los programas dirigidos a esta población.

Propone que, para fines de salud pública, se utilice el certificado de nacimiento, al igual que los certificados de defunción y de muerte fetal; con el propósito de realizar el registro oportuno, veraz e íntegro de los nacidos vivos ocurridos en el territorio nacional, a fin de contar con información estadística confiable y homogénea para fines legales, y que apoye la toma de decisiones en acciones de salud pública.

Por estos motivos propone reformar el artículo 389 de la Ley General de Salud para incorporar al certificado de nacimiento; así como la adición de los artículos 389 bis y 389 Bis 1 para establecer la vinculación del certificado de nacimiento con el acta respectiva que expidan las autoridades del Registro Civil, así como, las personas autorizadas para expedirlo.

III. Consideraciones

Según lo que establece la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso tiene la facultad de dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

En este orden de ideas, la iniciativa en comento cumple con el requisito constitucional expuesto, ya que se refiere, a la Ley General de Salud, reglamentaría del párrafo tercero del artículo 4° de la propia Constitución.

Como se señala en la exposición de motivos, la materia civil constituye una facultad de las legislaturas de los estados, con base en lo estipulado por el artículo 124 constitucional que señala que las facultades que no están expresamente concedidas por la Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados.

Es en este contexto que cada entidad federativa cuenta con una legislación en materia civil, y a pesar de que el Código Civil Federal señala los lineamientos generales de las Actas de Nacimiento, es un hecho que no existe una uniformidad en el formato de las mismas, aunque se deben apegar al principio que se establece en la fracción IV del artículo 121 de la Constitución que estipula que los actos del estado civil ajustados a las leyes de un estado, tendrán validez en los otros.

Como lo señalamos con antelación, el Código Civil Federal establece los lineamientos que regulan las actas de nacimiento, en el Capitulo II del Título Cuarto, referente al Registro Civil y cuyo artículo 55 dice:

``Artículo 55. Tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos y, en su defecto, los maternos, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.
Los médicos cirujanos o matronas que hubieren asistido al parto, tienen obligación de dar aviso del nacimiento al Juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes. La misma obligación tiene el jefe de familia en cuya casa haya tenido lugar el alumbramiento, si éste ocurrió fuera de la casa paterna.
Si el nacimiento tuviere lugar en un sanatorio particular o del Estado, la obligación a que se refiere el párrafo anterior, estará a cargo del Director o de la persona encargada de la administración.
Recibido el aviso, el Juez del Registro Civil tomará las medidas legales que sean necesarias a fin de que se levante el acta de nacimiento conforme a las disposiciones relativas.''

Derivado de lo anterior resulta evidente que no siempre se cumple con las previsiones supuestas por la Ley, sin que lo anterior sea omisión de los médicos a que se refiere el artículo citado, no se puede afirmar lo mismo de las parteras o de los padres que tienen la responsabilidad de realizar dicho trámite.

Es por lo anterior que, como lo señala el promovente, existen entidades federativas que presentan un enorme porcentaje de registro extemporáneo, o de sub registro.

La iniciativa en comento, no sólo busca poner fin a estos problemas, sino que propone una definición de lo que se debe entender por ``nacido vivo'' para efectos del certificado, lo cual contribuirá no sólo a una unificación de criterios, sino a un mejor registro no sólo estadístico sino epidemiológico, contribuyendo a una mejor cobertura de los servicios de salud.

Aunado a lo anterior es importante señalar que el 8 de enero de 2007, se puso en funcionamiento el Seguro Médico para una Nueva Generación, el cual, según la Secretaría de Salud ofrecerá cobertura médica (consultas, tratamientos y medicinas) a todos los niños mexicanos nacidos en territorio nacional a partir del 1° de diciembre de 2006, y que no se encuentran adscritos en ningún esquema de seguridad social tradicional como el IMSS o el ISSSTE; la creación de un certificado de nacimiento obligatorio y con un formato único para todo el país, contribuirá enormemente a la cobertura, no sólo de este seguro, sino de la atención en salud de las poblaciones más marginadas.

Por otra parte, la iniciativa nos e contrapone con las disposiciones constitucionales y civiles referidas con antelación ya que se refiere únicamente al certificado que emitirán los profesionales de la medicina o las personas autorizadas para ello por la autoridad sanitaria competente, siendo complementario para las labores de las autoridades del Registro Civil, y coadyuvando a un mejor ejercicio de sus funciones.

Para lo anterior consideramos indispensable, sin embargo, mejorar la propuesta presentada para que se efectué una coordinación entre la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas fin de que la captura de los datos de los certificados sea uniforme, por lo que proponemos la adición de un tercer párrafo al artículo 392 de la Ley que sustente dicha coordinación.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud.

Único. Se adicionan una fracción I Bis al artículo 389 y los artículos 389 bis y 389 bis 1 y un tercer párrafo al artículo 392 a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 389. ...

I. ...

I Bis. De nacimiento.

II. a V. ...

Artículo 389 bis. El certificado de nacimiento se expedirá para cada nacido vivo una vez comprobado el hecho. Para tales efectos, se entenderá por nacido vivo, al producto de la concepción expulsado o extraído de forma completa del cuerpo de su madre, independientemente de la duración del embarazo, que después de dicha separación respire o dé cualquier otra señal de vida como frecuencia cardiaca, pulsaciones de cordón umbilical o movimientos efectivos de los músculos de contracción voluntaria, tanto si se ha cortado o no el cordón umbilical y esté o no desprendida la placenta.

El certificado de nacimiento será expedido por profesionales de la medicina o personas autorizadas para ello por la autoridad sanitaria competente.

Artículo 389 bis 1. El certificado de nacimiento será requerido por las autoridades del Registro Civil a quienes pretendan declarar el nacimiento de una persona, con las excepciones que establezcan las disposiciones generales aplicables.

Artículo 392. ...

...

La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y los Servicios Estatales de Salud, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con la normatividad que se expida para tal efecto, llevarán a cabo acciones necesarias para la implementación de los certificados a que se refiere este Título, incluyendo las relacionadas con la captura, generación e intercambio de la información relacionada con la expedición de dichos certificados y de acuerdo a lo dispuesto por el Título Sexto.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente el de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. La Secretaría de Salud expedirá el modelo de certificado de nacimiento, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para su conocimiento general y observancia en todo el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Tercero. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Gobernación y las autoridades sanitarias y del Registro Civil de las entidades federativas, promoverá la utilización del certificado de nacimiento.

Artículo Cuarto. La Secretaría de Salud contará con un plazo de 90 días hábiles, a partir de la publicación del presente decreto, para establecer el reglamento correspondiente a la expedición de los certificados de nacimiento.

La Comisión de Salud, diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares (rúbrica), Efraín Morales Sánchez , María Oralia Vega Ortiz (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica), Juan Abad de Jesús (rúbrica), Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe , Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Maricela Contreras Julián , María Mercedes Corral Aguilar (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina , Daniel Dehesa Mora (rúbrica), Nemesio Domínguez Domínguez , Ángel Humberto García Reyes (rúbrica), Beatriz Eugenia García Reyes , Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), Tomás Gloria Requena , Lorena Martínez Rodríguez , Holly Matus Toledo , Fernando Enrique Mayans Canabal , Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Elizabeth Morales García , Miguel Ángel Navarro Quintero , Gilberto Ojeda Camacho (rúbrica), Jorge Quintero Bello (rúbrica), José Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), María Gloria Guadalupe Valenzuela García (rúbrica), Patricia Villanueva Abraján .»

Es de primera lectura.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Martes 30 de octubre de 2007.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Tres, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

Dictámenes a discusión

Los asuntos no abordados en esta sesión, y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado (a las 15:26 horas): Se levanta la sesión y se cita a la que tendrá lugar el martes 30 de octubre a las 11:00 horas. Y se les informa que el sistema electrónico de asistencia estará abierto desde las 9: 30 horas.

--------------- O ---------------



RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 9 minutos.
  • Quórum a la apertura de sesión: 290 diputados.
  • Asistencia al cierre de registro: 418 diputados.
  • Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1.
  • Excitativa a comisiones: 1.
  • Proposición con punto de acuerdo: 1.
  • Minuto de silencio: 1.
  • Diputados por grupo parlamentario que participaron durante la sesión: 43PAN-10, PRD-12, PRI-12, PVEM-2, Convergencia-1, PT-2, Alternativa-4.
  • Se recibió:
  • 2 oficios de los Congresos de los estados de Chiapas y Quintana Roo, con los que informan la aprobación del proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral;
  • 1 comunicación de la Mesa Directiva, en relación a seis dictámenes negativos con los que se dese-chan proposiciones de puntos de acuerdo de diversas comisiones;
  • 1 invitación de la Secretaría de Cultura del Gobierno delDistrito Federal, a ceremonia cívica conmemorativa;
  • 1 oficio del Congreso del estado de Sonora, con punto de acuerdo relacionado con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008;
  • 1 oficio de la Asamblea Legislativa delDistrito Federal, con el que remite acuerdo por el que apoya la realización del X Congreso Iberoamericano de Biología Celular;
  • 3 oficios de la Junta de Coordinación Política, con el que comunica cambios en la integración de las Comisiones de: Cultura; Ciencia y Tecnología; Asuntos Indígenas; Población, Fronteras y Asuntos Migratorios; Desarrollo Social; Desarrollo Metropolitano; Educación Pública y Servicios Educativos; Especial para dar Seguimiento a los Fondos Aportados por los Trabajadores Mexicanos Braceros; Fortalecimiento al Federalismo; Especial para la Promoción de Acceso Digital a los Mexicanos; Especial sobre No Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos; Especial del Café; Especial de Prospectiva para la Definición del Futuro de México; Especial para el Estudio de las Políticas para la Migración Interna; Especial para la Defensa de los Derechos Sociales de Acceso al Agua y la Protección de Ambientes Acuáticos; Especial para Conocer las Políticas y Procuración de Justicia Vinculada a los Feminicidios del País; Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; Derechos Humanos; Especial para la Atención a Pueblos que Viven en el Bosque; Especial para el Estudio de las Políticas para la Migración Interna; y delDistrito Federal;
  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite solicitudes de permiso constitucional para que ocho ciudadanos puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros;
  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados;
  • 9 oficios de la Cámara de Senadores, con los que remite el mismo número de puntos de acuerdo relativos al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008;
  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso al licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa,Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden ``El Sol de Perú'', en grado de Gran Cruz con Brillantes, que le confiere el Gobierno de la República de Perú;
  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que concede permiso al licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa,Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 6 al 10 de noviembre de 2007, a efecto de que participe en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a celebrarse en la ciudad de Santiago de Chile y para que realice visitas oficiales a Panamá, Colombia y Perú;
  • 2 minutas con proyectos de decreto, para los efectos del artículo 72, inciso e) constitucional;
  • 1 iniciativa de senador del PAN;
  • 1 iniciativa de senador del PVEM;
  • 8 iniciativas del PAN;
  • 5 iniciativas del PRD;
  • 5 iniciativas del PRI;
  • 2 iniciativas del PVEM;
  • 1 iniciativa de Convergencia;
  • 1 iniciativa del PT;
  • 1 iniciativa de Alternativa.
  • Dictámenes primera lectura:
  • 1 de la Comisión de Agricultura y Ganadería, con proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos;
  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos;
  • 1 de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Competencia Económica;
  • 1 de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud.


DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

  • Aguilar Jiménez, Rubén(PT) Artículos 6, 108, 110 y 111 constitucionales - Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental: 199
  • Aguilar Solís, Samuel(PRI) Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos: 42
  • Álvarez Ramón, Silbestre(PRD) Ley Federal de Derechos - Ley de Coordinación Fiscal: 225
  • Arreola Ortega, Pablo Leopoldo(PT) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 97
  • Borboa Becerra, Omar Antonio(PAN) Ley General de Cultura Física y Deporte: 127
  • Castillo Romero, Patricia(Convergencia) Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 152
  • Cervantes Andrade, Raúl(PRI) Ley de la Comisión Reguladora de Energía: 104
  • Degante Romero, Silvia Emilia(PAN) Ley General de las Personas con Discapacidad: 191
  • Del Toro , Mario Enrique(PRD) Ley de Derechos de las Víctimas del Delito y Acceso Efectivo a la Justicia: 130
  • Duarte Jáquez, César Horacio(PRI) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 93, 95
  • Escajeda Jiménez, José Rubén(PRI) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 99
  • Escandón Cadenas, Rutilio Cruz(PRD) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 92
  • Estrada González, Faustino Javier(PVEM) Código Fiscal de la Federación: 148
  • García Müller, Martha Margarita(PAN) Ley de Asistencia Social: 176
  • González Garza, Javier(PRD) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 94
  • González Martínez, María Gabriela(PAN) Ley General de Educación: 182
  • González Ruiz, Felipe(PAN) Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes: 223
  • Guerra Ochoa, Juan Nicasio(PRD) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 96
  • Hernández Hernández, Sergio(PRD) Ley de Ciencia y Tecnología: 178
  • Leyva Piñón, Ana Yurixi(PRD) Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: 168
  • López Adame, Antonio Xavier(PVEM) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente - Ley Minera: 115
  • Mendívil Amparán, Gustavo Ildefonso(PRI) Ley Federal de Derechos: 131
  • Minjares Jiménez, José Manuel(PAN) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 102
  • Navarro López, Carlos Ernesto(PRD) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 100
  • Navarro Quintero, Miguel Ángel(PRD) Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos: 148
  • Ordaz Jiménez, Ismael(PRI) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 89, 103
  • Oviedo Oviedo, Ernesto(PAN) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 98
  • Pedro Cortés, Santiago Gustavo(Alternativa) Artículo 107 constitucional - Ley de Amparo: 213
  • Pedro Cortés, Santiago Gustavo(Alternativa) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 96, 101, 103
  • Quintero Bello, Jorge(PAN) Ley General de las Personas con Discapacidad - Ley General de Educación: 187
  • Quintero Bello, Jorge(PAN) Ley General de las Personas con Discapacidad: 195
  • Ramos Becerril, Rafael Plácido(PRD) Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos: 148
  • Ríos Camarena, Alfredo Adolfo(PRI) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 91, 104
  • Rodríguez Prats, Juan José(PAN) Tratado de Libre Comercio de América del Norte: 101
  • Rojas Gutiérrez, Carlos(PRI) Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas: 162
  • Valladolid Rodríguez, Antonio(PAN) Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos: 156
  • Vargas Landeros, Gerardo Octavio(PRI) Ley de Asistencia Social: 172
  • Villicaña García, Rafael(PRD) Artículo 125 constitucional: 159

ASISTENCIA


DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 2, NUMERAL 2, INCISO C, DEL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICA LA SIGUIENTE LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

SECRETARÍA GENERAL

GRUPO
PARLAMENTARIO
ASISTENCIA ASISTENCIA
POR CÉDULA
ASISTENCIA
COMISIÓN
OFICIAL
PERMISO
MESA
DIRECTIVA
INASISTENCIA
JUSTIFICADA
INASISTENCIAS TOTAL
ALT 177 5 0 10 0 15 207
PRD 105 7 0 2 0 13 127
PRI 86 4 0 9 0 7 106
PVEM 13 3 0 1 0 0 17
CONV 16 0 0 0 0 1 17
PT 9 2 0 0 0 0 11
NA 8 0 0 1 0 0 9
ALT 4 1 0 0 0 0 5
PT 0 0 0 0 0 1 1
TOTAL 418 22 0 23 0 37 37

Nota: Las diferencias que existen entre las listas de asistencias y el número de votos puede variar conforme a los diputados presentes al momento de la votación.


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE ASISTENCIA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
1 Acosta Dávila Constantino ASISTENCIA
2 Aguilar López José Alejandro ASISTENCIA
3 Alcalde Virgen Moisés ASISTENCIA
4 Alcaraz Hernández Alma Edwviges ASISTENCIA
5 Álvarez Bernal María Elena ASISTENCIA
6 Amezola Fonceca Gerardo ASISTENCIA
7 Aranda Orozco Gerardo ASISTENCIA
8 Arellano Arellano Joel PERMISO MESA DIRECTIVA
9 Arenas Guzmán Margarita ASISTENCIA
10Arizméndi Uribe Efraín ASISTENCIA
11 Armendáriz García Pedro ASISTENCIA
12 Arredondo Ibarra Salvador ASISTENCIA
13 Arredondo Velázquez Jesús ASISTENCIA
14 Ávila Mayo Obdulio ASISTENCIA
15 Barradas Miravete Gregorio ASISTENCIA
16 Barrios Rodríguez Juan Enrique ASISTENCIA
17 Bello Pérez Alfonso Othón ASISTENCIA
18 Berber Martínez Antonio ASISTENCIA
19 Bermúdez Viramontes Andrés INASISTENCIA
20 Bolaños Aguilar Edmundo Javier ASISTENCIA
21 Borboa Becerra Omar Antonio ASISTENCIA
22 Borrego Estrada Felipe ASISTENCIA
23 Bracho González Carlos Augusto ASISTENCIA
24 Buganza Salmerón Gerardo CÉDULA
25 Campos Galván María Eugenia ASISTENCIA
26 Carbajal Méndez Liliana ASISTENCIA
27 Carbajal Tejada Rogelio ASISTENCIA
28 Cárdenas Sánchez Esmeralda ASISTENCIA
29 Carrasco Altamirano Diódoro Humberto ASISTENCIA
30 Castaño Contreras Cristián PERMISO MESA DIRECTIVA
31Castro De la Rosa Osiel ASISTENCIA
32 Castro Muñoz Juan de Dios ASISTENCIA
33Castro Romero Ma. Sofía Del Perpetuo ASISTENCIA
34 Ceja Romero Ramón ASISTENCIA
35 Chávez García Daniel ASISTENCIA
36 Collado Lara Beatriz PERMISO MESA DIRECTIVA
37 Contreras Coeto José Luis ASISTENCIA
38 Corral Aguilar María Mercedes ASISTENCIA
39 Cuen Garibi Marcela ASISTENCIA
40 Curiel Preciado Leobardo ASISTENCIA
41 Dávila Fernández Adriana ASISTENCIA
42 Dávila García Francisco INASISTENCIA
43 De la Torre Jaramillo Eduardo Sergio ASISTENCIA
44 De León Tello Jesús ASISTENCIA
45 Degante Romero Silvia Emilia ASISTENCIA
46Del Toro del Villar Tomás ASISTENCIA
47 Del Valle Toca Antonio ASISTENCIA
48 Delgado Oscoy Alejandro Enrique ASISTENCIA
49 Deschamps Falcón Ángel Rafael ASISTENCIA
50 Díaz García José Antonio ASISTENCIA
51 Díaz Garibay Felipe ASISTENCIA
52 Díaz Gordillo Martha Cecilia CÉDULA
53 Díaz Mena Joaquín Jesús ASISTENCIA
54 Díaz de León Torres Leticia PERMISO MESA DIRECTIVA
55 Domínguez Servién Francisco INASISTENCIA
56 Duck Núñez Edgar Mauricio ASISTENCIA
57 Enríquez Flores Armando ASISTENCIA
58 Enríquez Martínez Luis Rodolfo INASISTENCIA
59 Escaroz Soler Gerardo Antonio ASISTENCIA
60 Espinosa Piña José Luis ASISTENCIA
61 Félix Holguín Armando Jesús ASISTENCIA
62 Felton González Carlos Eduardo ASISTENCIA
63 Fernández Cabrera Adrián ASISTENCIA
64Fernández Ugarte Ma. del Carmen ASISTENCIA
65 Figueroa Ortega David ASISTENCIA
66 Flores Domínguez Emilio Ramón Ramiro ASISTENCIA
67 Flores Grande Arturo ASISTENCIA
68 Flores Morfín Jesús Vicente ASISTENCIA
69 Fraile García Francisco Antonio ASISTENCIA
70 Franco Cazarez Ricardo ASISTENCIA
71 Fuentes Ortíz José Guillermo ASISTENCIA
72 García González Carlos Alberto ASISTENCIA
73 García Müller Martha Margarita ASISTENCIA
74 García Reyes Ángel Humberto ASISTENCIA
75 García Reyes Beatriz Eugenia ASISTENCIA
76 García Vivián Raúl INASISTENCIA
77 Garmendia Hernández Yolanda Mercedes ASISTENCIA
78 Gómez Leyva Silvio ASISTENCIA
79 González Betancourt Jorge Justiniano ASISTENCIA
80 González Martínez María Gabriela ASISTENCIA
81 González Morán Martín Oscar ASISTENCIA
82 González Roaro Benjamín Ernesto ASISTENCIA
83 González Ruiz Felipe ASISTENCIA
84González Sánchez Ma. Dolores ASISTENCIA
85Gudiño Ortíz Francisco Javier ASISTENCIA
86 Guerrero Torres José Gildardo ASISTENCIA
87 Gutiérrez Lagunes María Victoria ASISTENCIA
88 Hernández Núñez Elia ASISTENCIA
89 Hurtado Pérez Nelly Asunción ASISTENCIA
90 Iragorri Durán Enrique ASISTENCIA
91Jiménez del Castillo Ma. de los Ángeles ASISTENCIA
92 Jiménez Ramos María Esther ASISTENCIA
93 Joaquín Coldwell Addy Cecilia ASISTENCIA
94 Lagunes Viveros Violeta del Pilar ASISTENCIA
95 Landero Gutiérrez Alejandro INASISTENCIA
96 Landeros González Ramón ASISTENCIA
97 Lara Compeán David ASISTENCIA
98 Larios Córdova Héctor CÉDULA
99 Laviada Hernández Iñigo Antonio ASISTENCIA
100 Lemus Muñoz Ledo Ramón Ignacio ASISTENCIA
101 Leura González Agustín ASISTENCIA
102 Lezama Aradillas René ASISTENCIA
103 Limas Frescas María Soledad ASISTENCIA
104 Lizaola de la Torre Alonso Manuel INASISTENCIA
105 López Cisneros José Martín ASISTENCIA
106 López Reyna Omeheira ASISTENCIA
107 López Silva Rubí Laura ASISTENCIA
108 Ludlow Kuri Lorenzo Daniel ASISTENCIA
109 Lujano Nicolás Christian Martín CÉDULA
110 Maawad Robert Luis Xavier INASISTENCIA
111 Macías Zambrano Gustavo ASISTENCIA
112 Madrazo Limón Carlos ASISTENCIA
113Magallón Arceo Leonardo Melesio de J. ASISTENCIA
114 Malagón Ríos Martín ASISTENCIA
115 Malcos Amaro María Ofelia Gloria ASISTENCIA
116 Maldonado González David PERMISO MESA DIRECTIVA
117Manuell-Gómez Angulo Dolores De María ASISTENCIA
118 Martínez Díaz María de Jesús ASISTENCIA
119 Martínez Valero Dora Alicia ASISTENCIA
120 Medellín Varela Antonio ASISTENCIA
121 Medina Macias Alma Hilda ASISTENCIA
122 Medina Rodríguez Delber ASISTENCIA
123 Medina Rodríguez Lizbeth Evelia ASISTENCIA
124 Mejía García Luis Alonso ASISTENCIA
125 Méndez Meneses Apolonio ASISTENCIA
126 Mendoza Morales Lucía Susana ASISTENCIA
127 Minjares Jiménez José Manuel ASISTENCIA
128 Mohamar Dainitin Oscar Miguel INASISTENCIA
129 Mollinedo Hernández Agustín ASISTENCIA
130 Monraz Ibarra Miguel Ángel ASISTENCIA
131 Montes Sánchez Fabián Fernando INASISTENCIA
132Mora Cuevas Marisol ASISTENCIA
133 Morales Ramos José Nicolás ASISTENCIA
134 Morelos Borja María Esperanza ASISTENCIA
135 Moreno Álvarez Mario Eduardo ASISTENCIA
136 Morgan Franco Rocío del Carmen ASISTENCIA
137 Muñoz Serrano José Antonio ASISTENCIA
138 Murillo Flores Francisco Javier ASISTENCIA
139 Murillo Torres José Luis ASISTENCIA
140 Navarro Sugich Carlos Alberto INASISTENCIA
141 Nordhausen González Jorge Rubén PERMISO MESA DIRECTIVA
142Noriega Blanco Vigil María Elena ASISTENCIA
143 Ochoa López Nabor ASISTENCIA
144 Olvera Higuera Edgar Armando CÉDULA
145 Orozco Ruiz Velazco Marco Heriberto ASISTENCIA
146Ortega Martínez Ma. del Pilar ASISTENCIA
147Ortíz Hernández Eduardo ASISTENCIA
148 Oviedo Oviedo Ernesto ASISTENCIA
149 Padilla Orozco Raúl Alejandro PERMISO MESA DIRECTIVA
150 Palafox Núñez José Inés ASISTENCIA
151 Paredes Rodríguez Francisco Javier ASISTENCIA
152 Parra Jiménez Dolores María del Carmen ASISTENCIA
153 Parra Noriega Luis Gustavo ASISTENCIA
154 Pérez Cuéllar Cruz ASISTENCIA
155 Perroni Merino Gloria María ASISTENCIA
156 Peyrot Solís Marco Antonio ASISTENCIA
157 Plascencia Alonso Francisco Javier ASISTENCIA
158 Priego Tapia Gerardo ASISTENCIA
159 Pulido Pecero Pedro PERMISO MESA DIRECTIVA
160 Quintero Bello Jorge ASISTENCIA
161 Ramírez Barba Ector Jaime ASISTENCIA
162 Ramírez Pech Edgar Martín ASISTENCIA
163 Ramírez Villarreal Gustavo ASISTENCIA
164 Ramos Covarrubias Héctor Manuel ASISTENCIA
165 Reyes López Carlos Armando ASISTENCIA
166 Rincón Vargas Mirna Cecilia ASISTENCIA
167 Rivera Rivera José Guadalupe ASISTENCIA
168 Rivero Rivero Rolando ASISTENCIA
169 Rodríguez Ahumada Luis Fernando PERMISO MESA DIRECTIVA
170 Rodríguez Jiménez Ricardo ASISTENCIA
171 Rodríguez Prats Juan José ASISTENCIA
172 Rodríguez Uresti Enrique ASISTENCIA
173 Rodríguez Vizcarra Velázquez Adriana ASISTENCIA
174 Rojas Hernández Laura Angélica INASISTENCIA
175 Román Isidoro Demetrio ASISTENCIA
176 Romo Jiménez Martha Angélica ASISTENCIA
177 Rubio Chávez José Ignacio Alberto ASISTENCIA
178 Rueda Gómez Francisco ASISTENCIA
179 Ruiz Velasco de Lira Ernesto ASISTENCIA
180 Salas Contreras Marcos ASISTENCIA
181 Salazar Madera Mario Alberto ASISTENCIA
182 Salum del Palacio Jorge Alejandro ASISTENCIA
183 Sánchez Domínguez Alejandro ASISTENCIA
184 Sánchez Gil Carlos René ASISTENCIA
185 Sánchez Juárez Claudia ASISTENCIA
186 Sánchez Trujillo José Víctor INASISTENCIA
187Sandoval Munguia Juan Manuel ASISTENCIA
188 Serrato Castell Luis Gerardo INASISTENCIA
189Shej Guzmán Sara ASISTENCIA
190 Solano Muñoz José de Jesús ASISTENCIA
191 Stefanonni Mazzocco Martín ASISTENCIA
192 Tamayo Herrera Yadhira Yvette ASISTENCIA
193 Torres Gómez Artemio ASISTENCIA
194 Torres Herrera Víctor Manuel ASISTENCIA
195 Torres Torres Carlos Alberto ASISTENCIA
196Valenzuela García María Gloria INASISTENCIA
197 Valladolid Rodríguez Antonio ASISTENCIA
198 Vasconcelos Rueda Antonio ASISTENCIA
199 Vázquez Martínez Alberto ASISTENCIA
200 Vega Corona Antonio PERMISO MESA DIRECTIVA
201 Velázquez Gutiérrez José Guillermo ASISTENCIA
202 Verástegui Ostos César Augusto ASISTENCIA
203 Verdín Saldaña Jaime ASISTENCIA
204 Victoria Alva Juan ASISTENCIA
205 Vieyra Olivares Adriana Rebeca ASISTENCIA
206 Villanueva Arjona Juan Manuel ASISTENCIA
207 Zambrano Elizondo Javier Martín ASISTENCIA
Asistencias: 177
Asistencias por cédula: 5
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 10
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 15
Total diputados: 207


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
1Aguirre Alcaide Victor ASISTENCIA
2 Alavez Ruiz Aleida ASISTENCIA
3 Almazán González José Antonio INASISTENCIA
4 Almonte Borja Ramón INASISTENCIA
5 Alonso Flores Lourdes ASISTENCIA
6Wilfrido Alonso Razo Humberto INASISTENCIA
7 Altamirano Toledo Carlos ASISTENCIA
8 Alva Olvera Maribel Luisa ASISTENCIA
9 Álvarez Ramón Silbestre ASISTENCIA
10 Amaro Corona Alberto ASISTENCIA
11 Aragón Castillo Irene ASISTENCIA
12 Arellano Pulido Miguel Ángel ASISTENCIA
13Arreola Calderón Juan Dario ASISTENCIA
14 Barreiro Pérez Armando ASISTENCIA
15 Batres Guadarrama Valentina Valia ASISTENCIA
16 Bautista Bravo Alliet Mariana ASISTENCIA
17Bravo Padilla Itzcóatl Tonatiuh CÉDULA
18 Brito González Modesto ASISTENCIA
19 Calzada Vázquez Francisco Javier ASISTENCIA
20 Campos Aburto Amador ASISTENCIA
21 Cárdenas Hernández Raymundo ASISTENCIA
22 Cervantes Rodríguez Aurora ASISTENCIA
23 Chávez García Higinio ASISTENCIA
24Condado Escamilla Cuitlahuac ASISTENCIA
25 Contreras Julián Maricela ASISTENCIA
26 Cruz Santiago Claudia Lilia ASISTENCIA
27 Cuevas Córdova Othón ASISTENCIA
28 Dagdug Lützow Moisés Félix INASISTENCIA
29 De la Rosa García Juan Hugo ASISTENCIA
30 De los Santos Molina Joaquín Conrado ASISTENCIA
31 Dehesa Mora Daniel ASISTENCIA
32 Del Toro Mario Enrique ASISTENCIA
33 Díaz Contreras Adriana ASISTENCIA
34 Escandón Cadenas Rutilio Cruz ASISTENCIA
35 Espejel Lazcano Jaime ASISTENCIA
36 Fernández Balboa Mónica CÉDULA
37 Flores Maldonado César ASISTENCIA
38 Flores Salazar Guadalupe Socorro ASISTENCIA
39 Franco Melgarejo Rafael ASISTENCIA
40 Gálvez Rodríguez Fernel Arturo INASISTENCIA
41 García Rodríguez Víctor Hugo ASISTENCIA
42 Garzón Contreras Neftalí ASISTENCIA
43 González Garza Javier ASISTENCIA
44 Guerra Ochoa Juan Nicasio ASISTENCIA
45 Gutiérrez Calzadilla José Luis ASISTENCIA
46 Hernández Gaytán Daisy Selene ASISTENCIA
47 Hernández Hernández Sergio ASISTENCIA
48 Hernández Manzanares Javier ASISTENCIA
49 Hernández Silva Benjamín INASISTENCIA
50Nohelia Ibarra Franquez Sonia CÉDULA
51 Jacques y Medina José ASISTENCIA
52 Jiménez Valenzuela María Eugenia ASISTENCIA
53 Landero López Pedro INASISTENCIA
54Lemarroy Martínez Juan Darío ASISTENCIA
55 Leyva Piñón Ana Yurixi ASISTENCIA
56 Lizárraga Peraza Víctor Manuel ASISTENCIA
57 López Barriga Erick CÉDULA
58 López Becerra Santiago INASISTENCIA
59 López Rojas Alberto ASISTENCIA
60 López Torres Ma. Soledad ASISTENCIA
61 Lozano Lozano Andrés ASISTENCIA
62 Luna Munguía Alma Lilia ASISTENCIA
63 Márquez Madrid Camerino Eleazar ASISTENCIA
64 Márquez Tinoco Francisco INASISTENCIA
65 Martínez Hernández Alejandro ASISTENCIA
66 Martínez Martínez Carlos Roberto ASISTENCIA
67 Martínez Martínez Francisco ASISTENCIA
68 Martínez Padilla Hugo Eduardo ASISTENCIA
69 Martínez Vargas Octavio ASISTENCIA
70 Matías Alonso Marcos ASISTENCIA
71 Matus Toledo Holly ASISTENCIA
72 Mayans Canabal Fernando Enrique ASISTENCIA
73 Mendoza Arellano David ASISTENCIA
74 Mendoza Flores Roberto ASISTENCIA
75 Mendoza Maldonado Fausto Fluvio ASISTENCIA
76 Mendoza Mendoza Irineo ASISTENCIA
77 Monreal Ávila Susana ASISTENCIA
78 Montalvo Rojas Victorio Rubén ASISTENCIA
79 Morales Sánchez Efraín ASISTENCIA
80 Morales Vázquez Carlos Orsoe ASISTENCIA
81Narcía Álvarez Héctor ASISTENCIA
82 Navarro López Carlos Ernesto ASISTENCIA
83 Navarro Quintero Miguel Ángel ASISTENCIA
84 Ojeda Hernández Concepción ASISTENCIA
85 Oliva Fragoso Silvia ASISTENCIA
86 Orcí Martínez Juan Adolfo ASISTENCIA
87 Ortega Martínez Antonio ASISTENCIA
88 Ortiz Magallón Rosario Ignacia CÉDULA
89Pacheco LLanes Ramón Félix ASISTENCIA
90 Pedraza Chávez Isidro ASISTENCIA
91 Pedrozo Castillo Adrián INASISTENCIA
92 Peña Sánchez Miguel Ángel ASISTENCIA
93 Pérez Cruz Raciel ASISTENCIA
94 Pulido Santiago Celso David ASISTENCIA
95 Ramos Becerril Rafael Plácido ASISTENCIA
96 Ramos Castellanos Martín ASISTENCIA
97 Rasgado Corsi Gloria INASISTENCIA
98 Ríos Gamboa Raúl ASISTENCIA
99 Romero Gutiérrez Odilón ASISTENCIA
100Ruíz Sánchez Salvador ASISTENCIA
101 Saavedra Coronel José Antonio ASISTENCIA
102 San Martín Hernández Juan Manuel ASISTENCIA
103 Sánchez Barrios Carlos ASISTENCIA
104 Sánchez Cabrales Rafael Elías INASISTENCIA
105 Sánchez Camacho Alejandro PERMISO MESA DIRECTIVA
106 Sánchez Camacho David ASISTENCIA
107Sánchez Jiménez V. Luis ASISTENCIA
108 Sánchez Ramos Francisco ASISTENCIA
109 Sandoval Ramírez Cuauhtémoc PERMISO MESA DIRECTIVA
110 Santos Arreola Francisco Javier ASISTENCIA
111 Solares Chávez Miguel Ángel ASISTENCIA
112 Soriano Sánchez Rosa Elva INASISTENCIA
113 Soto Ramos Faustino CÉDULA
114 Soto Sánchez Antonio CÉDULA
115 Suárez del Real y Aguilera José Alfonso ASISTENCIA
116 Torres Baltazar María Elena ASISTENCIA
117 Torres García Daniel ASISTENCIA
118 Trejo Pérez Pablo ASISTENCIA
119 Ulloa Pérez Emilio ASISTENCIA
120 Vallejo Estevez Mario ASISTENCIA
121 Varela López Víctor Gabriel ASISTENCIA
122 Velázquez Aguirre Jesús Evodio ASISTENCIA
123 Villanueva Albarrán Gerardo ASISTENCIA
124 Villicaña García Rafael ASISTENCIA
125 Zavaleta Salgado Ruth ASISTENCIA
126 Zazueta Aguilar Jesús Humberto ASISTENCIA
127 Zepeda Hernández Martín ASISTENCIA
Asistencias: 105
Asistencias por cédula: 7
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 2
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 13
Total diputados: 127


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso Yerico ASISTENCIA
2 Aguilar Diego ASISTENCIA
3 Aguilar Solís Samuel ASISTENCIA
4 Aispuro Torres José Rosas ASISTENCIA
5 Alcántara Núñez Jesús Sergio INASISTENCIA
6 Aldana Prieto Luis Ricardo PERMISO MESA DIRECTIVA
7 Amador Gaxiola Daniel ASISTENCIA
8 Amador Leal Narcizo Alberto ASISTENCIA
9 Ayala Almeida Joel PERMISO MESA DIRECTIVA
10 Badillo Martínez Roberto ASISTENCIA
11Barajas Del Toro Salvador PERMISO MESA DIRECTIVA
12 Barajas López Ramón ASISTENCIA
13 Barba Hernández Alfredo ASISTENCIA
14 Beltrán Montes Israel ASISTENCIA
15 Benítez Ojeda Luis Enrique CÉDULA
16 Bernal Gutiérrez Andrés Marco Antonio ASISTENCIA
17 Biebrich Torres Carlos Armando ASISTENCIA
18 Blanco Pajón José Luis INASISTENCIA
19 Caballero Camargo Gustavo Fernando INASISTENCIA
20 Camacho Quiroz César Octavio ASISTENCIA
21 Canavati Tafich Jesús Ricardo ASISTENCIA
22 Carballo Bustamante Andrés ASISTENCIA
23Cárdenas Del Avellano Enrique ASISTENCIA
24 Cárdenas Monroy Oscar Gustavo ASISTENCIA
25Cerrillo Garnica José Luis ASISTENCIA
26 Cervantes Andrade Raúl ASISTENCIA
27 Chaurand Arzate Carlos ASISTENCIA
28 Colín Guadarrama María Mercedes ASISTENCIA
29 Cordero Alfonzo Arnulfo Elías PERMISO MESA DIRECTIVA
30De la Garza Treviño Jorge Luis ASISTENCIA
31 Díaz Athié Antonio de Jesús ASISTENCIA
32 Díaz Solorzano Elmar Darinel ASISTENCIA
33 Domínguez Domínguez Nemesio ASISTENCIA
34 Duarte Jáquez César Horacio ASISTENCIA
35 Escajeda Jiménez José Rubén ASISTENCIA
36 Escalante Jasso Aracely PERMISO MESA DIRECTIVA
37 Espinosa Abuxapqui Eduardo Elías ASISTENCIA
38 Estefan Chidiac Charbel Jorge ASISTENCIA
39 Flores Sandoval Patricio ASISTENCIA
40 Gamboa Patrón Emilio ASISTENCIA
41 Garza Garza Horacio Emigdio ASISTENCIA
42 Gebhardt Garduza Yary del Carmen INASISTENCIA
43 Gloria Requena Tomás ASISTENCIA
44 Gómez Lugo Elda ASISTENCIA
45 González Calderón Martha Hilda ASISTENCIA
46 González García Sergio ASISTENCIA
47 González Salum Miguel Ángel ASISTENCIA
48 González Zarur Mariano ASISTENCIA
49 Guerrero García Javier ASISTENCIA
50 Guerrero Juárez Joel ASISTENCIA
51 Herrera Ale Juana Leticia INASISTENCIA
52 Herrera Coyac Wenceslao ASISTENCIA
53 Izquierdo Bustamante Alfonso Rolando PERMISO MESA DIRECTIVA
54 Lagunes Gallina Gerardo ASISTENCIA
55 Lescieur Talavera Jorge Mario ASISTENCIA
56López Balbuena Guillermina ASISTENCIA
57Madrid Tovilla Arely ASISTENCIA
58 Martínez Rocha Arturo PERMISO MESA DIRECTIVA
59 Martínez Rodríguez Lorena CÉDULA
60 Méndez Lanz Víctor Manuel PERMISO MESA DIRECTIVA
61 Mendívil Amparán Gustavo Ildefonso ASISTENCIA
62 Merodio Reza Lilia Guadalupe ASISTENCIA
63Moctezuma Pereda Fernando Quetzalcoatl ASISTENCIA
64 Montalvo Gómez Pedro ASISTENCIA
65 Morales García Elizabeth INASISTENCIA
66 Mota Hernández Adolfo ASISTENCIA
67 Muñoz Serna Rogelio ASISTENCIA
68 Murat José ASISTENCIA
69 Ochoa González Arnoldo ASISTENCIA
70 Ojeda Camacho Gilberto ASISTENCIA
71 Olivares Monterrubio Alejandro ASISTENCIA
72 Olivares Ventura Héctor Hugo ASISTENCIA
73 Ordaz Jiménez Ismael ASISTENCIA
74 Orihuela Bárcenas José Ascención ASISTENCIA
75 Orihuela Trejo José Amado ASISTENCIA
76Ortiz Del Carpio Víctor ASISTENCIA
77 Ortiz Proal Mauricio ASISTENCIA
78 Padilla Gutiérrez Héctor ASISTENCIA
79 Pagés Llergo Rebollar María Beatriz ASISTENCIA
80 Palma César Víctor Samuel PERMISO MESA DIRECTIVA
81 Parás González Juan Manuel ASISTENCIA
82 Patrón Montalvo Jesús Manuel ASISTENCIA
83 Peñuelas Acuña Mayra Gisela ASISTENCIA
84 Pérez Valdés Daniel ASISTENCIA
85 Pinete Vargas María del Carmen ASISTENCIA
86 Quiñones Canales Lourdes ASISTENCIA
87 Ramírez Martínez José Edmundo ASISTENCIA
88 Ramírez Stabros Jesús ASISTENCIA
89 Ríos Camarena Alfredo Adolfo ASISTENCIA
90 Rivera Bedoya Juan Francisco CÉDULA
91 Rodríguez Ramírez Bertha Yolanda ASISTENCIA
92 Rojas Gutiérrez Carlos CÉDULA
93Ruíz Chávez Sara Latife INASISTENCIA
94 Salas López Ramón ASISTENCIA
95 Sánchez Hernández Eduardo ASISTENCIA
96 Sandoval Paredes Sergio ASISTENCIA
97 Serrano Escobar Enrique ASISTENCIA
98 Sosa Castelán Gerardo ASISTENCIA
99 Toledo Luis Jorge ASISTENCIA
100Valencia De los Santos Víctor Leopoldo ASISTENCIA
101 Vargas Landeros Gerardo Octavio ASISTENCIA
102Vega Ortíz María Oralia ASISTENCIA
103 Velasco Pérez Juan Carlos ASISTENCIA
104 Villa Villa Isael ASISTENCIA
105 Villanueva Abraján Patricia ASISTENCIA
106 Zatarain González Carlos Ernesto ASISTENCIA
Asistencias: 86
Asistencias por cédula: 4
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 9
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 7
Total diputados: 106


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1 Arévalo González José Antonio ASISTENCIA
2 Chozas y Chozas Olga Patricia CÉDULA
3 Cobo Terrazas Diego ASISTENCIA
4 Elizondo Garrido Francisco ASISTENCIA
5 Estrada González Faustino Javier ASISTENCIA
6García Noriega Ma. Guadalupe Josefina ASISTENCIA
7 González Martínez Jorge Emilio ASISTENCIA
8 Lavara Mejía Gloria ASISTENCIA
9 López Adame Antonio Xavier ASISTENCIA
10 López Ramírez Sergio Augusto PERMISO MESA DIRECTIVA
11 Notholt Guerrero Alan ASISTENCIA
12 Portilla Dieguez Manuel Salvador ASISTENCIA
13 Puente Salas Carlos Alberto ASISTENCIA
14 Ramírez Cerda Ana María ASISTENCIA
15Salgado Amador Manuel Salvador CÉDULA
16 Sesma Suárez Jesús ASISTENCIA
17 Velasco Rodríguez Verónica CÉDULA
Asistencias: 13
Asistencias por cédula: 3
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 1
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 17


CONVERGENCIA
1 Abad De Jesús Juan INASISTENCIA
2 Aguilera Rico José Luis ASISTENCIA
3 Cárdenas Márquez Elías ASISTENCIA
4 Castillo Romero Patricia Obdulia de Jesús ASISTENCIA
5 Chanona Burguete Alejandro ASISTENCIA
6 Del Río Virgen José Manuel ASISTENCIA
7 Esteva Salinas Alberto ASISTENCIA
8 Godoy Cárdenas Jorge ASISTENCIA
9 López Lena Cruz Humberto ASISTENCIA
10 Salvatori Bronca María del Carmen ASISTENCIA
11 Samperio Montaño Juan Ignacio ASISTENCIA
12 Sansores San Román Layda Elena ASISTENCIA
13 Tagle Martínez Martha Angélica ASISTENCIA
14 Uscanga Cruz Robinson ASISTENCIA
15 Valdés Chávez Ramón ASISTENCIA
16 Varela Lagunas Tomás José Luis ASISTENCIA
17 Velasco Oliva Jesús Cuauhtémoc ASISTENCIA
Asistencias: 16
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 1
Total diputados: 17


PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez Rubén ASISTENCIA
2 Arreola Ortega Pablo Leopoldo ASISTENCIA
3 Cantú Garza Ricardo ASISTENCIA
4 Cervantes Rivera Jaime ASISTENCIA
5 Garay Ulloa Silvano ASISTENCIA
6 Herrera Solís Anuario Luis ASISTENCIA
7Maciel Ortiz Ma. Mercedes ASISTENCIA
8 Peregrino García Abundio ASISTENCIA
9 Romero Guzmán Rosa Elia CÉDULA
10 Solís Parga Rodolfo CÉDULA
11 Vela González Joaquín Humberto ASISTENCIA
Asistencias: 9
Asistencias por cédula: 2
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 11


NUEVA ALIANZA
1 Arriola G. Mónica T. PERMISO MESA DIRECTIVA
2 Cárdenas Fonseca Manuel ASISTENCIA
3 Castillo Nájera Ariel ASISTENCIA
4 Dávila Esquivel Humberto ASISTENCIA
5 Gómez Pasillas Jacinto ASISTENCIA
6 Jiménez Godínez Miguel Ángel ASISTENCIA
7 Luna Becerril Blanca ASISTENCIA
8 Luna Rodríguez Silvia ASISTENCIA
9 Piñeyro Arias Irma ASISTENCIA
Asistencias: 8
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 1
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 9


ALTERNATIVA
1 Arvizu Rivas Aida Marina ASISTENCIA
2 Conde Rodríguez Elsa de Guadalupe ASISTENCIA
3 García Méndez Armando CÉDULA
4 Hernández Valadés Delio ASISTENCIA
5 Pedro Cortés Santiago Gustavo ASISTENCIA
Asistencias: 4
Asistencias por cédula: 1
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 5


DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castellanos Hernández Félix INASISTENCIA
Asistencias: 0
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 1
Total diputados: 1


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE INASISTENCIAS

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Diputado
1 Bermúdez Viramontes Andrés
2 Dávila García Francisco
3 Domínguez Servién Francisco
4 Enríquez Martínez Luis Rodolfo
5 García Vivián Raúl
6 Landero Gutiérrez Alejandro
7 Lizaola de la Torre Alonso Manuel
8 Maawad Robert Luis Xavier
9 Mohamar Dainitin Oscar Miguel
10 Montes Sánchez Fabián Fernando
11 Navarro Sugich Carlos Alberto
12 Rojas Hernández Laura Angélica
13 Sánchez Trujillo José Víctor
14 Serrato Castell Luis Gerardo
15 Valenzuela García María Gloria Guadalupe
Faltas por grupo: 15


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Diputado
1 Almazán González José Antonio
2 Almonte Borja Ramón
3 Wilfrido Alonso Razo Humberto
4 Dagdug Lützow Moisés Félix
5 Gálvez Rodríguez Fernel Arturo
6 Hernández Silva Benjamín
7 Landero López Pedro
8 López Becerra Santiago
9 Márquez Tinoco Francisco
10 Pedrozo Castillo Adrián
11 Rasgado Corsi Gloria
12 Sánchez Cabrales Rafael Elías
13 Soriano Sánchez Rosa Elva
Faltas por grupo: 13


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Diputado
1 Alcántara Núñez Jesús Sergio
2 Blanco Pajón José Luis
3 Caballero Camargo Gustavo Fernando
4 Gebhardt Garduza Yary del Carmen
5 Herrera Ale Juana Leticia
6 Morales García Elizabeth
7 Ruíz Chávez Sara Latife
Faltas por grupo: 7


CONVERGENCIA
Diputado
1 Abad De Jesús Juan
Faltas por grupo: 1


DIPUTADOS SIN PARTIDO
Diputado
1 Castellanos Hernández Félix
Faltas por grupo: 1