Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LX Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, martes 11 de septiembre de 2007
Sesión No. 6

SUMARIO


DICTAMENES NEGATIVOS DE PUNTOS DE ACUERDO

Comunicación de la Mesa Directiva en relación a dictámenes negativos, con los que se desechan proposiciones de puntos de acuerdo de las siguientes comisiones.

Educación Pública y Servicios Educativos, con el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública informe sobre las metas cumplidas del programa de educación ambiental y que establezca un programa extraordinario de capacitación de docentes para el inicio del ciclo escolar 2006-2007.

Función Pública, por el que se exhorta a los congresos de los estados y a la Asamblea del Distrito Federal, para que constituyan un Comité Técnico de valoración salarial.

Gobernación, para exhortar a la Secretaría de Gobernación a no expedir permisos para la instalación y operación de salas de juego en el país.

Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que rinda un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto de la construcción del proyecto: Chevron-Texaco, en las Islas Coronado en Baja California.

Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se solicita la comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier, en el estado de San Luis Potosí.

Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se desechan 11 proposiciones con punto de acuerdo turnadas durante la LIX Legislatura.

Relaciones Exteriores, relativo a la visita a México del presidente de Estados Unidos de América, George W. Bush del 12 al 14 de marzo de 2007, por considerarse extemporáneo.

Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

ESTADO DE COAHUILA

Desde su curul el diputado Jesús Vicente Flores Morfín, solicita minuto de silencio por las víctimas acaecidas en la explosión ocurrida en el municipio de Nadadores en el estado de Coahuila. La Presidencia otorga la petición.

COMISION NACIONAL DEL AGUA

Oficio de la Comisión Nacional del Agua, con relación al Programa de Devolución de Derechos. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

TRABAJOS LEGISLATIVOS

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, remite acuerdo por el que establece el calendario legislativo para el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura. De enterado, comuníquese.

COMISIONES LEGISLATIVAS

Dos oficios de la Junta de Coordinación Política, con los que comunica cambios en la integración de las Comisiones de: Relaciones Exteriores; Puntos Constitucionales; Desarrollo Metropolitano; Comité de Competitividad; Gobernación; la Función Pública; Desarrollo Social; Participación Ciudadana; Fomento Cooperativo y Economía Social; Fortalecimiento al Federalismo; Marina; Distrito Federal; Especial para Seguimiento del Acuerdo Nacional para el Campo y al Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio; especiales: para la Defensa de los Derechos Sociales de Acceso al Agua y la Protección de Ambientes Acuáticos; y para conocer las Políticas y la Procuración de Justicia Vinculada a los Feminicidios del País; Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas; Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano; Especial de la Cuenca de Burgos; y de las comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Seguridad Social. Aprobados.

AUTOPISTA DEL SOL

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Comunicaciones y Transportes, así como a Caminos y Puentes Federales respetar el acuerdo suscrito con los diputados federales del estado de Guerrero para mantener el descuento del 20 por ciento del cobro de la autopista del sol, hasta en tanto se terminen los trabajos de rehabilitación. Aprobado, comuníquese.

ESTADO DE GUERRERO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a que realice la evaluación y cuantificación de los daños que sufrió la infraestructura carretera de diversos municipios del estado de Guerrero, ocasionados por la tormenta tropical Henriette, y obtenga los apoyos previstos del Fondo de Desastres Naturales para su inmediato reestablecimiento. Aprobado, comuníquese.

ESTADO DE GUERRERO

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al gobierno federal a que, a través de la Comisión Nacional del Agua, destine recursos para la ejecución de obras de reencausamiento, desasolve y contención, del río de la Sabana en el municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, para hacer frente a los daños ocasionados por la tormenta tropical Henriette. Aprobado, comuníquese.

ESTADO DE VERACRUZ

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se condenan los hechos perpetrados en contra de las instalaciones de Pemex, en el estado de Veracruz. Aprobado, comuníquese.

ESTADO DE COAHUILA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita respetuosamente al Ejecutivo estatal del estado de Coahuila y al Ejecutivo federal, agilicen las investigaciones en torno a la explosión ocurrida en el kilómetro 38 de la carretera Monclova-San Pedro y se apoye a los afectados de manera inmediata y suficiente. Aprobado, comuníquese.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite del Ejecutivo federal iniciativa con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal de 2008. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite del Ejecutivo federal iniciativa con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite del Ejecutivo federal iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

MATERIA ARANCELARIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite del Ejecutivo federal informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia arancelaria, durante el periodo comprendido de septiembre de 2006 a agosto de 2007. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

CRITERIOS GENERALES DE POLITICA ECONOMICA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite del Ejecutivo federal Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al año 2008. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

SUBSIDIOS DEL GOBIERNO FEDERAL, EN MATERIA DE VIVIENDA Y DE SUELO PARA LOS HOGARES EN SITUACION DE POBREZA Y ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite la estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del Gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza y zonas de atención prioritaria, que envía la Secretaria de Desa-rrollo Social. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

INFORME DE LABORES DE SECRETARIAS DE ESTADO

18 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite el primer informe de labores de las Secretarías de: Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes; Defensa Nacional; Desarrollo Social; Economía; Educación Pública; Energía; Función Pública; Gobernación; Hacienda y Crédito Público; Marina; Reforma Agraria; Relaciones Exteriores; Salud; Seguridad Pública; Trabajo y Previsión Social y Turismo, así como de la Procuraduría General de la República. De enterado, distribúyanse a las diputadas y diputados.

CAMARA DE SENADORES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura. De enterado.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador José Guillermo Anaya Llamas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite punto de acuerdo por el que solicita a la Cámara de Diputados tome en cuenta la eventual flexibilización de los requisitos de ingreso al padrón de beneficiarios del Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos e incluya en el Presupuesto de Egresos de 2008, una partida para cubrir la deuda existente con los ex trabajadores mexicanos, presentado por el senador Jesús Garibay García. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

ESTADO DE CHIAPAS

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite punto de acuerdo por el que solicita una partida presupuestal extraordinaria para reparar los daños ocasionados a las vías de ferrocarril por el huracán Stan en el estado de Chiapas, presentado por la senadora María Elena Orantes López. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE AGUASCALIENTES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite punto de acuerdo por el que solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación Pública y Servicios Educativos, incluyan en el Presupuesto de Egresos de 2008 una partida presupuestal extraordinaria para la Universidad Autónoma de Aguascalientes que le permita subsanar su déficit acumulado, presentado por el senador Carlos Lozano de la Torre. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

ESTADO DE MEXICO

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite contestación a punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno del estado de México que explique por qué no se solventaron las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación respecto de la Cuenta Pública de 2005, aprobado por la Comisión Permanente. Se remite a las comisiones correspondientes y al promovente, para su conocimiento.

BRACEROS DEL 42 AL 67

Se da cuenta con comunicación del diputado Adrián Fernández Cabrera con la que informa el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``Braceros del 42 al 67''.

CODIGO PENAL FEDERAL

El diputado Francisco Sánchez Ramos presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en relación a delitos electorales. Se turna a la Comisión de Justicia.

LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La diputada María Gabriela González Martínez, a nombre propio y de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, sobre lesiones de menores en accidentes de tránsito. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

ARTICULOS 80, 108, 110 Y 111 CONSTITUCIONALES

El diputado Efraín Morales Sánchez presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto a juicio político al Presidente de la República. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

ARTICULOS 52, 53, 54 Y 63 CONSTITUCIONALES - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El diputado Alfredo Barba Hernández presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 52, 53, 54 y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para incorporar la figura jurídica de primera minoría en la Cámara de Diputados. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación.

LEY DE COORDINACION FISCAL

El diputado Pablo Trejo Pérez, a nombre propio y de los diputados Gerardo Villanueva Albarrán y Juan Nicasio Guerra Ochoa, presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal, para incluir al Distrito Federal y a sus demarcaciones territoriales dentro del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El diputado José Luis Blanco Pajón, a nombre propio y del diputado José Edmundo Ramírez Martínez, presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo cinco de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que las dependencias, entidades y organismos que integran la administración pública centralizada y paraestatal den respuesta debidamente motivada y fundada, en un plazo no mayor de 15 días hábiles, a las solicitudes, exhortos y comunicados que el Congreso, alguna de sus Cámaras o la Comisión Permanente soliciten. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Francisco Sánchez Ramos presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo, para garantizar un servicio médico especializado a deportistas profesionales. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

LEY DE COORDINACION FISCAL

El diputado José Edmundo Ramírez Martínez, a nombre propio y del diputado José Luis Blanco Pajón, presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 3 de la Ley de Coordinación Fiscal, para proporcionar mayores recursos a las entidades del país que cuenten con población indígena y presenten alto grado de marginación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL

El diputado Neftalí Garzón Contreras presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear un organismo descentralizado encargado de coordinar la seguridad social en México. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL - LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA - LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El diputado Víctor Gabriel Varela López presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de evaluación de las políticas públicas. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Presupuesto y Cuenta Pública, de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público.

LEY DE VIVIENDA

El diputado Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 57 y adiciona un artículo 57 Bis a la Ley de Vivienda, respecto a créditos con intermediarios financieros para la adquisición de vivienda. Se turna a la Comisión de Vivienda.

ESTADO DE SONORA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a asignar oportunamente y con fluidez los recursos del Fondo de Desastres Naturales, para afrontar los efectos del huracán Henriette, en diversos municipios de Sonora. Aprobado, comuníquese.

COMISIONES LEGISLATIVAS

Tres oficios de la Junta de Coordinación Política, con los que comunica de cambios en la integración de las Comisiones de: Marina; Hacienda y Crédito Público Gobernación; Trabajo y Previsión Social; y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. De enterado.

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION ESTADISTICA Y GEOGRAFICA

Oficio de la Junta de Coordinación Política, por el que solicita posponer la primera lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. La Presidencia otorga la petición.

LEY DE AGUAS NACIONALES

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

Para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión, se les otorga la palabra a los diputados:

Jesús Manuel Patrón Montalvo.

Apolonio Méndez Meneses, quien presenta modificaciones que la Asamblea acepta.

Fijan la posición de sus respectivos grupos parlamentarios los diputados:

Santiago Gustavo Pedro Cortés.

Humberto Dávila Esquivel.

Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva.

Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán.

Lourdes Alonso Flores.

Víctor Manuel Torres Herrera.

Se considera suficientemente discutido, la Presidenta informa a la Asamblea las reservas y se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, con las modificaciones aceptadas por la Asamblea.

A discusión en lo particular intervienen los diputados:

Aleida Alavez Ruiz, quien propone modificaciones que se desechan.

Antonio Medellín Varela, quien propone modificaciones que se admiten.

Se aprueban los artículos 12 Bis 1 y 12 Bis 6 con las modificaciones admitidas.

Desde su curul el diputado César Horacio Duarte Jáquez, solicita aclaración de procedimiento que la Presidencia hace.

Es aprobado en términos del dictamen la reserva realizada al artículo 9.

La Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Pasa al Senado de la República para los efectos del apartado e) del artículo 72 constitucional.

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 11 de abril de 2007, para exhortar al titular del Ejecutivo federal a incrementar los apoyos gubernamentales a emprendedores, y micro, pequeñas y medianas empresas.

LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 7 de noviembre de 2006, relativo a la salvaguarda de los derechos de los menores migrantes.

ESTACIONES MIGRATORIAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 12 de diciembre de 2006, para exhortar a la Secretaría de Gobernación, a garantizar, a través del Instituto Nacional de Migración, el trato digno a los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias del país.

EX FABRICA DE HILADOS Y TEJIDOS LA FAMA MONTAÑESA

Dictamen de la Comisión de Cultura, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 1o. de febrero de 2007, para exhortar al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Educación Pública, al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al gobierno del Distrito Federal a adoptar las medidas necesarias para atender las alteraciones arquitectónicas realizadas por particulares en la ex Fábrica de Hilados y Tejidos la Fama Montañesa en la delegación de Tlalpan.

CONACULTA

Dictamen de la Comisión de Cultura, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 26 de abril de 2007, para solicitar al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes un informe relativo a las donaciones recibidas y otorgadas en 2006.

FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ RIVERA

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 17 de enero de 2007, por los que se expresan las condolencias a la familia Domínguez Rivera por la muerte de Francisco Javier, se exhorta al Ejecutivo federal a continuar una política de diálogo con Estados Unidos y se solicita un informe de la situación a la Secretaría de Relaciones Exteriores.

DERECHOS HUMANOS DE CONNACIONALES EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 28 de marzo de 2007, para que la Cámara de Diputados haga un llamado a Estados Unidos de América a efecto de que frene los abusos contra los derechos humanos de connacionales.

REPUBLICA DE CUBA

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 26 de abril de 2007, para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para normalizar las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba.

COMISION INTERNACIONAL DE LIMITES Y AGUAS MEXICO-BELICE

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 26 de abril de 2007, para exhortar al Ejecutivo federal a informar sobre los trabajos de la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Belice.

AUTODETERMINACION DE LOS PUEBLOS LATINOAMERICANOS

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 26 de abril de 2007, para exhortar al gobierno federal a dirigir una política exterior respetuosa de la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos.

DERECHOS DE PERSONAS ADULTAS MAYORES

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 26 de abril de 2007, por el que solicita al Ejecutivo federal que promueva ante la Organización de las Naciones Unidas la realización de una convención amplia e integral en materia de los derechos de las personas adultas mayores.

AGUSTIN AGUAYO

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 26 de abril de 2007, relativo a la situación del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo.

ESTADO DE NUEVO LEON

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 7 de diciembre de 2006, relativo al Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca en Nuevo León.

REPUBLICA DE CUBA

El diputado Rodolfo Solís Parga, presenta modificación al punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para normalizar las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba, la que se desecha.

Desde su curul el diputado José Gildardo Guerrero Torres realiza comentarios de procedimiento.

Se aprueban los anteriores 13 dictámenes, comuníquense.

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el artículo 2, numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las votaciones:

Del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (en lo general con las modificaciones admitidas y en lo particular los artículos no reservados).

Del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (en lo particular los artículos 12 Bis 1 y 12 Bis 6 reservados, con las modificaciones admitidas).

Del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (en lo particular el artículo 9, fracción 44, reservado, en sus términos).

SUBSIDIOS DEL GOBIERNO FEDERAL, EN MATERIA DE VIVIENDA Y DE SUELO PARA LOS HOGARES EN SITUACION DE POBREZA Y ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite la estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del Gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza y zonas de atención prioritaria, que envía la Secretaria de Desa-rrollo Social.


Presidencia de la diputada
Ruth Zavaleta Salgado


ASISTENCIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del registro de asistencia de los diputados y las diputadas.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 287 diputadas y diputados. Por tanto, hay quórum, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado (a las 11:52 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Martes 11 de septiembre de 2007.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Presidenta de la Mesa Directiva.

De la Comisión Nacional del Agua.

De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno:

De la Junta de Coordinación Política:

Por el que se exhorta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como a Capufe, a respetar el acuerdo suscrito con los diputados federales del estado de Guerrero para mantener el descuento de 20 por ciento en el cobro de la Autopista del Sol mientras se terminan los trabajos de rehabilitación. (Votación)

Por el que se exhorta a la SCT a evaluar y cuantificar los daños ocasionados por la tormenta tropical Henriette a la infraestructura carretera de diversos municipios de Guerrero, a fin de que obtengan los apoyos previstos del Fonden para su inmediato reestablecimiento. (Votación)

Por el que se exhorta al gobierno federal a destinar mediante la Conagua recursos para el reencauzamiento, el desazolve y la contención del río La Sabana, en Acapulco de Juárez, Guerrero, para hacer frente a los daños ocasionados por la tormenta tropical Henriette. (Votación)

Por el que se condenan los hechos relacionados con las explosiones de Pemex en el estado de Veracruz. (Votación)

Por el que se solicita respetuosamente al gobernador de Coahuila y al Ejecutivo federal que agilicen las investigaciones en torno de la explosión ocurrida en el kilómetro 38 de la carretera Monclova-San Pedro y que se apoye de manera inmediata y suficiente a los afectados. (Votación)

Por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a asignar oportunamente y con fluidez los recursos del Fonden para afrontar los efectos del huracán Henriette en diversos municipios de Sonora. (Votación)

Iniciativas del Ejecutivo

De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. (Turno a Comisión)

Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008. (Turno a Comisión)

De decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. (Turno a Comisión)

Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia arancelaria, durante el periodo septiembre de 2006-agosto de 2007. (Turno a Comisión)

Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes a 2008. (Turno a Comisión)

Estimación sobre el monto de recursos federales requeridos a fin de cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza y zonas de atención prioritaria, que envía la Secretaría de Desarrollo Social de conformidad con los artículos 61 de la Ley de Vivienda, 30 de la Ley General de Desarrollo Social y 29 de su Reglamento. (Turno a Comisión)

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Dieciocho, con los que se remite el primer informe de labores de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Comunicaciones y Transportes; de la Defensa Nacional; de Desarrollo Social; de Economía; de Educación Pública; de Energía; de la Función Pública; de Gobernación; de Hacienda y Crédito Público; de Marina; de la Reforma Agraria; de Relaciones Exteriores; de Salud; de Seguridad Pública; de Trabajo y Previsión Social; y de Turismo, así como de la Procuraduría General de la República.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que remite el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Con el que remite iniciativa que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el senador José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con el que remite punto de acuerdo por el que se solicita a la Cámara de Diputados que tome en cuenta la eventual flexibilización de los requisitos de ingreso en el padrón de beneficiarios del Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos e incluya en el Presupuesto de Egresos de 2008 una partida para cubrir la deuda existente con los ex trabajadores mexicanos, presentada por el senador Jesús Garibay García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con el que remite punto de acuerdo por el que se solicita una partida presupuestal extraordinaria para reparar los daños ocasionados a las vías de ferrocarril por el huracán Stan, presentada por la senadora María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite punto de acuerdo por el que se solicita a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos que incluyan en el Presupuesto de Egresos de 2008 una partida extraordinaria para la Universidad de Aguascalientes que le permita subsanar su déficit acumulado, presentada por el senador Carlos Lozano de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente.

Iniciativas de diputados

De decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``Braceros del 42 al 67'', a cargo del diputado Antonio Valladolid Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Sánchez Ramos , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por los diputados José Edmundo Ramírez Martínez y José Luis Blanco Pajón , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 57 y adiciona uno 57-Bis a la Ley de Vivienda, a cargo del diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por las diputadas María Gabriela González Martínez y Laura Angélica Rojas Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Efraín Morales Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Alfredo Barba Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Layda Elena Sansores San Román , Juan Abad de Jesús , Alberto Esteva Salinas y Humberto López Lena, del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por los diputados Pablo Trejo Pérez , Gerardo Villanueva Albarrán y Juan Guerra Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por los diputados José Luis Blanco Pajón y José Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Francisco Sánchez Ramos , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 87 y 91 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados José Luis Blanco Pajón y José Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Neftalí Garzón Contreras , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Dictamen de primera lectura

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo para exhortar al titular del Ejecutivo federal incremente los apoyos gubernamentales a emprendedores, y micro, pequeñas y medianas empresas.

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo relativo a la salvaguarda de los derechos de los menores migrantes.

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación que a través del Instituto Nacional de Migración garantice el trato digno a los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias del país.

De la Comisión de Cultura, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal, a la SEP, al Conaculta, al INAH y al GDF a adoptar las medidas necesarias para atender las alteraciones arquitectónicas realizadas por particulares en la ex Fábrica de Hilados y Tejidos la Fama Montañesa.

De la Comisión de Cultura, con punto de acuerdo para solicitar al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes un informe relativo a las donaciones recibidas y otorgadas en 2006.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que se expresan las condolencias a la familia Domínguez Rivera por la muerte de Francisco Javier, se exhorta al Ejecutivo federal a continuar una política de diálogo con Estados Unidos y se solicita un informe de la situación a la Secretaria de Relaciones Exteriores.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo para que la Cámara de Diputados haga un llamado a Estados Unidos de América para que frene los abusos contra los derechos humanos de connacionales.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal tome las medidas necesarias para normalizar las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal informe sobre los trabajos de la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Belice.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal dirija una política exterior respetuosa de la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que solicita al Ejecutivo federal promueva ante la ONU la realización de una convención amplia e integral en materia de los derechos de las personas adultas mayores.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la situación del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar al ayuntamiento de Manzanillo, al gobernador de Colima, a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, y demás entidades federativas involucradas respeten las disposiciones para cumplir el programa de ordenamiento ecológico-territorial de la subcuenca de la laguna Cuyutlán.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativo al Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca, en Nuevo León.

Dictámenes negativos de iniciativas

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.

De las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Hacienda y Crédito Público, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 33 y adiciona los artículos 33-A a 33-F de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Fomento Cooperativo y Economía Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un artículo 9 Bis a la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

De las Comisiones Unidas de Salud, y de Economía, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, y Federal de Competencia Económica.

De la Comisión de Seguridad Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma los artículos 297 y 298 de la Ley del Seguro Social.

De la Comisión de Seguridad Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 304 de la Ley del Seguro Social.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un segundo párrafo al artículo 340 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 313 y 315 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta que reforma el artículo 218 de la Ley General de Salud.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.

De las Comisiones Unidas de Economía, y de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

De la Comisión de Seguridad Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 111 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

De la Comisión de Seguridad Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo tercero al artículo 216 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona los artículos 44 Bis a 44 Bis 2 a la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma la fracción II del artículo 276 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta que adiciona los artículos 130 Bis y 136 Bis de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta que reforma la fracción VI del artículo 333 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta que reforma el artículo 203 de la Ley General de Salud.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP considere en su propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008 recursos para la aplicación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y al Ejecutivo federal, dé cumplimento a los artículos transitorios de dicho ordenamiento legal, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las secretarías de Estado competentes declaren y habiliten como aeródromo internacional el aeropuerto nacional El Tajín, ubicado en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Antonio del Valle Toca , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se crea la comisión especial plural encargada de vigilar el uso de los recursos públicos federales en el proceso electoral de 2007 en Michoacán, suscrita por los diputados Érick López Barriga y Juan Carlos Velasco Pérez , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, y Revolucionario Institucional, respectivamente. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, con relación a la situación que guarda la presa Plutarco Elías Calles, en San José de Gracia, Aguascalientes, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Cofetel crear un registro nacional de terminales de telefonía celular, a cargo de la diputada Yadhira Ivette Tamayo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF realice una auditoría a los recursos destinados a los programas sociales de la Sedesol correspondientes al ejercicio fiscal de 2006, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se crea un fondo especial de apoyo para la recuperación de desastres para las entidades federativas, a cargo del diputado Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se apoya la designación del lago de Chapala como sitio Ramsar, a cargo del diputado Mario Salazar Madera , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, en relación con el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo del diputado Isidro Pedraza Chávez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal informe a través de la Semarnat del grado de avance que presentan los estudios para decretar como área natural protegida la laguna de Tecocomulco, Hidalgo, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades competentes de los tres niveles de gobierno destinen recursos presupuestales para la rehabilitación del acueducto El Chorro y la pavimentación del circuito carretero Bajos del Ejido-Tixtlancingo-Aguazarca-Platanillo-Ocotillo, en Guerrero, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SFP instruya una auditoría sobre los recursos que ha recibido el gobierno del estado de Tabasco por parte de Pemex desde la creación de la Comisión Interinstitucional para el Medio Ambiente y el Desarrollo Social, a cargo del diputado Moisés Dagdug Lützow , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Sedesol y del Programa Nacional Oportunidades incorporen a distintas familias de Comalcalco a ese programa, a cargo del diputado Moisés Dagdug Lützow , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades correspondientes tomen las medidas necesarias para garantizar la potabilidad y calidad adecuada del agua que se distribuye para consumo humano, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos modifique los lineamientos de asistencias e inasistencias de los diputados a las sesiones, a efecto de cumplir el compromiso ético de su función, a cargo de la diputada Mónica Fernández Balboa , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SEP informe a esta soberanía sobre el destino de los recursos provenientes del programa Redondeo, operado por la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, a cargo del diputado Arnoldo Ochoa González , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat realice el trámite correspondiente para inscribir en la lista de humedales de importancia internacional la bahía de San Quintín, en Baja California, a cargo del diputado Manuel Portilla Diéguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SRE informe al Congreso de la Unión sobre el contenido y el avance de los compromisos asumidos en el marco de la Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte, a cargo del diputado Alejandro Chanona Burguete , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJDF para que los órganos que forman dicha institución se abstengan de tomar fotografías e impresiones de huellas dactilares de probables responsables que estén sujetos a investigación por su presunta participación en un hecho ilícito, a cargo del diputado Jesús Arredondo Velázquez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob declare zona de desastre y contingencia climatológica diversos municipios de Guerrero afectados por el paso de la tormenta tropical Henriette, y destine recursos del Fonden y del FAPRACC para su atención, suscrita por los diputados Ramón Almonte Borja y Jesús Evodio Velázquez Aguirre , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud emita declaratoria y sanciones correspondientes ante el producto de Coca-Cola denominado Coca Zero, a cargo del diputado José Luis Aguilera Rico , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SEP atiendan la problemática que se presenta en la Universidad Autónoma de Sinaloa, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCJN atraiga el juicio de amparo promovido el pasado 17 de agosto por el sindicato de trabajadores del ingenio El Potrero, SA, contra la Junta Especial número 10 de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía reconoce al ciudadano. Benito Ricardo Ramírez Espíndola como iniciador de la conmemoración del Día de la Bandera, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a no permitir el ingreso de militares y asesores extranjeros en territorio nacional, a cargo del diputado Roberto Badillo Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF audite los fondos económicos que aplicaron los gobiernos federal y estatal responsables de la reconstrucción en Chiapas a consecuencia del huracán Stan en octubre de 2005, a cargo del diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Segob realice la declaratoria de emergencia para el municipio de Lázaro Cárdenas y municipios del Bajío en Michoacán, afectados por la tormenta tropical Henriette, a cargo del diputado José Ascensión Orihuela Bárcenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal para que a través de la Sedena y en coordinación con los gobiernos estatales, se instaure una Bandera Nacional monumental en cada capital de los estados de la república, a cargo del diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa y del programa Oportunidades revise las NOM 002 y 039, relativas a la pesca de camarón y de jaiba, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al jefe del Gobierno del Distrito Federal convoque al Consejo de Protección Civil para tratar el tema de las inundaciones y hundimientos de la carpeta asfáltica, en diversas delegaciones del DF, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Comité Técnico del Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas autorice a Capufe para expedir a residentes las laminillas que les permitan el paso preferente en la carretera federal 15, a cargo del diputado Gustavo I. Mendívil Amparán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al relleno sanitario Bordo Poniente, del Distrito Federal, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a intervenir mediante la Semarnat y demás dependencias competentes en la recuperación y prevención de efectos secundarios en las zonas forestales dañadas por el huracán Dean en Quintana Roo, suscrita por los diputados Sara Latife Ruiz Chávez y Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a las barrancas localizadas en el Distrito Federal, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedesol dé prioridad en orden de atención a las comunidades más apartadas de Guerrero, durante la integración del padrón y Programa de Atención para Adultos Mayores de 70 Años, a cargo del diputado César Flores Maldonado , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al jefe del Gobierno del Distrito Federal remita a la Comisión del de esta soberanía un informe respecto al proyecto preventivo Atlas de Riesgos del Distrito Federal, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de los estados de Veracruz y de Oaxaca para que, en coordinación con el gobierno federal, desarrollen mecanismos que permitan la existencia de un canal seco en el istmo de Tehuantepec, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal acepte y cumplimente la recomendación 17/2006 emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob informe a esta soberanía sobre la situación que guardan los braceros migrantes del estado de Aguascalientes, a cargo de la diputada Alma Hilda Medina Macías , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur para que, en coordinación con el gobierno del estado de Puebla, difunda el turismo en dicha entidad, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal considere la ribera de Chapala, Jalisco, en el programa Pueblos Mágicos, a cargo del diputado Francisco Javier Gudiño Ortiz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco y a la Cofetel solucionen el problema de cobros indebidos por servicios de números 01 900, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades electorales federales y estatales resuelvan de manera imparcial y justa los medios de defensa interpuestos que calificarán y solventarán la elección realizada en el estado de Veracruz el 2 de septiembre del año en curso, a cargo del diputado Antonio del Valle Toca , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre la intromisión indebida del gobernador de Chihuahua en las resoluciones del Tribunal Electoral del Estado, a cargo del diputado Cruz Pérez Cuéllar , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno y a la SHCP a tomar medidas en relación con la economía informal, a fin de reactivar los micronegocios que se encuentran en la economía formal, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF y al Congreso local que investiguen el posible desvío de recursos públicos federales en el reciente proceso electoral del estado de Veracruz, a cargo del diputado Celso Pulido Santiago, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a otorgar mediante la Semarnat a la SCT el beneficio que señala el artículo 120 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas que informe a esta soberanía del estado que guarda el sector de las empresas aseguradoras en el país, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las compañías de seguros que operan en territorio nacional a considerar la donación de pólizas contra accidentes para los vehículos operados por la Cruz Roja Mexicana, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la cancillería a otorgar un nombramiento diplomático a la ciudadana Elvira Arellano, a cargo del diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Juventud y Deporte a integrar una subcomisión para la vigilancia y el seguimiento de la construcción de instalaciones que se utilizarán en los XVI Juegos Panamericanos 2011, suscrita por los diputados Omar Antonio Borboa Becerra , Gustavo Macías Zambrano y Miguel Ángel Monraz Ibarra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a liberar recursos del Fonden para atender la situación que afrontan los habitantes de Jalisco por el paso de la tormenta Henriette, a cargo del diputado José Nicolás Morales Ramos , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a presupuestar el proyecto de la red carretera para la Ruta del Vino, en Ensenada, Baja California, a cargo del diputado Carlos Torres Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a incorporar normas específicas en los reglamentos o leyes de tránsito y vialidad locales relativas a la seguridad vehicular de niñas, niños y adolescentes, suscrita por las diputadas María Gabriela González Martínez y Laura Angélica Rojas Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a los gobiernos estatal de Puebla y municipal de Tepeaca que destinen un espacio físico adecuado para el tianguis prehispánico que se instala en dicha localidad, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la SEP y tanto a las autoridades educativas de los estados como a las municipales a implantar en sus programas de educación materias relativas al ambiente, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al rector de la Universidad de Guadalajara a informar de los términos y las condiciones del convenio de colaboración que suscribió con Telmex sobre la administración del auditorio del mismo nombre, a cargo del diputado José Gildardo Guerrero Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a incluir el tema de la cultura turística en el contenido de los libros de texto de educación básica, a cargo del diputado Francisco Dávila García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política que no considere un aumento de la dieta de los diputados en el anteproyecto de presupuesto anual de de esta soberanía para el ejercicio fiscal de 2008, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Excitativa

A la Comisión de Salud, a solicitud del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Efeméride

Con motivo de la conmemoración del Día Mundial del Suicidio, a cargo del diputado Miguel Ángel Navarro Quintero , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados y las diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la unión, celebrada el jueves seis de septiembre de dos mil siete, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos sesenta y nueve diputadas y diputados, a las 11 horas con 39 minutos del jueves 6 de septiembre de 2007, la Presidenta declara abierta la sesión.

En votación económica, la asamblea dispensa la lectura al orden del día.

La asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma manera la aprueba.

Se recibe invitación del Congreso del Estado de Guerrero a la sesión pública y solemne, que se celebrará el 13 de septiembre de 2007 en la catedral de la Asunción de María, de la ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, para rendir honores al Generalísimo don José María Morelos y Pavón y a los diputados constituyentes; y en la que se hará entrega de la presea Sentimientos de la Nación. Se designa Comisión de Representación.

La Secretaría da lectura a comunicación del diputado Robinson Uscanga Cruz , de Convergencia, por la que informa que se reincorpora a sus labores legislativas, a partir del 3 de septiembre de 2007. Se tiene por reincorporado, comuníquese.

La Junta de Coordinación Política remite:

• Oficio por el que informa el alta del diputado Jorge de la Garza Treviño como integrante en las Comisiones de Ciencia y Tecnología, de Desarrollo Metropolitano y de Juventud y Deporte. De enterado.
• Acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a asignar oportunamente y con fluidez los recursos del Fondo de Desastres Naturales, para afrontar los efectos del huracán Henriette, en los municipios del estado de Baja California Sur. Desde su curul, el diputado Gerardo Aranda Orozco , del Partido Acción Nacional, solicita una modificación y la Presidencia hace aclaraciones de procedimiento. En votación económica la asamblea lo aprueba. Comuníquese.

La Cámara de Senadores remite solicitud de excitativa para que se dictamine la iniciativa que reforma y adiciona el artículo ciento treinta y uno de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el senador Carlos Jiménez Macías. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

El diputado José Gildardo Guerrero Torres , del Partido Acción Nacional, presenta iniciativas con proyecto de decreto que:

• Reforma los artículos uno, nueve y once de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Reforma los artículos 38 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Presidencia del diputado Luis Sánchez Jiménez

Se turnan a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, respectivamente.

A las once horas con cincuenta y nueve minutos, se registra una asistencia de cuatrocientos cuarenta y tres diputadas y diputados.

El diputado Eduardo Sánchez Hernández , del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se turna a la Comisión de la Función Pública.

Desde su curul, la diputada Marcela Cuen Garibi , del Partido Acción Nacional y a nombre de la Comisión de Cultura, solicita a la Presidencia otorgar un minuto de silencio en memoria de la escritora Julieta Campos de la Torre y del tenor italiano Luciano Pavarotti, petición apoyada por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Partido de la Revolución Democrática.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Presidenta solicita a los presentes ponerse de pie para atender la petición.

Continúan con la presentación de iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

• Ana María Ramírez Cerda , del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos 168 y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presidencia del diputado Luis Sánchez Jiménez

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

• Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa, que reforma los artículos seis, 14, 19 y 21 de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social.
• Juan Carlos Velasco Pérez , del Partido Revolucionario Institucional, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Trabajo y Previsión Social y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
• Obdulio Ávila Mayo , del Partido Acción Nacional, que expide el Reglamento Interior de las Comisiones y Comités del honorable Congreso de la Unión. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
• Jericó Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo nueve-A de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
• Apolonio Méndez Meneses , del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ciento dieciocho del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal.
• Juan Carlos Velasco Pérez , del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos quinientos trece y quinientos catorce de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Presentan dictámenes con proyectos de decreto las comisiones de:

a) Equidad y Género, que:

• Reforma los artículos uno, dos, seis, ocho, 14, 35, 40, 41, 42, 48 y 49 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En votación económica se le dispensa la segunda lectura y se le otorga la palabra para su fundamentación a la diputada Maricela Contreras Julián , del Partido de la Revolución Democrática. Intervienen para fijar la posición de sus respectivos grupos parlamentarios las diputadas: Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa; Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Partido Revolucionario Institucional y María Esperanza Morelos Borja , del Partido Acción Nacional. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido y con un resultado de 415 votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• Reforma el artículo cinco de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. En votación económica, la asamblea le dispensa la lectura. Para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión, se le otorga la palabra a la diputada Maricela Contreras Julián , del Partido de la Revolución Democrática. Intervienen para fijar la posición de sus respectivos grupos parlamentarios, las diputadas: Mónica Arriola, de Nueva Alianza; María Mercedes Maciel Ortiz , del Partido del Trabajo; Yolanda Rodríguez Ramírez , del Partido Revolucionario Institucional y Rocío del Carmen Morgan Franco , del Partido Acción Nacional. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido y con un resultado de cuatrocientos diez votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el artículo cinco de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

b) Salud, que adiciona:

• Una fracción sexta al artículo 198 de la Ley General de Salud. En votación económica, la asamblea le dispensa la segunda lectura. Intervienen para fijar la posición de sus respectivos grupos parlamentarios los diputados: Fernando Enrique Mayans Canabal , del Partido de la Revolución Democrática; Elizabeth Morales García , del Partido Revolucionario Institucional; y Margarita Arenas Guzmán , del Partido Acción Nacional. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido y con un resultado de 398 votos en pro, ninguno en contra y una abstención, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona una fracción sexta al artículo 198 de la Ley General de Salud. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
• Un artículo 28 Bis a la Ley General de Salud. En votación económica, la asamblea le dispensa la segunda lectura. Intervienen para fijar la posición de sus respectivos grupos parlamentarios los diputados: Elizabeth Morales García , del Partido Revolucionario Institucional; Fernando Enrique Mayans Canabal , del Partido de la Revolución Democrática y José Antonio Muñoz Serrano , del Partido Acción Nacional, quien acepta interpelación del diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas , del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido en lo general y en lo particular y con un resultado de 374 votos en pro, cinco en contra y seis abstenciones, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona un artículo 28 Bis a la Ley General de Salud. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Desde su curul, el diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo , del Partido Revolucionario Institucional, a nombre de la Comisión de Recursos Hidráulicos, solicita posponer la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Recursos Hidráulicos, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. La Presidencia otorga tal petición.

La Comisión de Desarrollo Social, presenta dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción octava del artículo nueve, y el inciso o) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social. Presenta la posición de su grupo parlamentario la diputada Rubí Laura López Silva , del Partido Acción Nacional, quien a la vez presenta modificaciones a los artículos nueve y 28.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

En votación económica, la asamblea considera el dictamen suficientemente discutido en lo general. Con un resultado de 351 votos en pro, ninguno en contra y cinco abstenciones se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no impugnados. En votación económica se admiten las modificaciones presentadas por la diputada López Silva. Se aprueban los artículos reservados con las modificaciones admitidas por 328 en pro, ninguno en contra y una abstención. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción octava del artículo nueve, y el inciso o) del artículo 28 de la Ley de Asistencia Social. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En votación económica, la asamblea autoriza dar lectura solo a los puntos de acuerdo de los siguientes dictámenes de las comisiones de:

a) Turismo, para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Federal, en el ámbito de colaboración entre los poderes, instruya al Titular del Fondo Nacional de Fomento al Turismo incorpore el Municipio de Boca del Río, Veracruz, al Programa de Asistencia Técnica con el fin de apoyar al desarrollo de la actividad turística en este Estado.

b) Medio Ambiente y Recursos Naturales, para:

• Exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que analice y certifique la propuesta elaborada por el Colegio de Postgraduados, sobre el control biológico del lirio acuático en la cuenca del río Lerma y principalmente en el lago de Chapala.
• Solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que evalúe la convivencia de invitar a participar a la Secretaría de Salud y al de Educación Pública como miembros permanentes de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático.
• Exhortar a Petróleos Mexicanos a que entregue el informe sobre los recursos que fueron otorgados en el ejercicio fiscal de 2006, para el estado de Nuevo León, así como la autoridad correspondiente del estado de Tamaulipas, los recursos para programas y mejoras al medio ambiente derivados del Proyecto Burgos.
• Exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, verifique y evalúe el impacto ambiental generado por obras del ``Proyecto Hidroeléctrico La Yesca''.
• Exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que por medio de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental suspenda y en su caso revoque la vigencia de las autorizaciones de impacto ambiental de los proyectos de desarrollo turístico otorgado el 22 de noviembre de 2006, de nombre ``La Huerta'' y ``Tambora'', colindante con la reserva de la biosfera Chamela-Cuixmala.
• Exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que por medio del titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas elabore y publique el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna de ``Yum Balam''.
• Exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que emita la declaratoria para el rescate del bien inmueble ``El Zalate'', localizado en San José del Cabo, municipio de Los Cabos, Baja California Sur, por considerarlo patrimonio del gobierno de dicho estado.
• Exhortar a las autoridades municipales y estatales del estado de Veracruz, a que realicen medidas administrativas y legislativas que permitan frenar y revertir las tendencias de deterioro ambiental que sufre el río Sedeño.
• Exhortar al Ejecutivo federal, instruya a la Presidencia Permanente de la Comisión Intersecretarial del Cambio Climático, sean incluidos los miembros de las comisiones ordinarias del Congreso de la Unión.

Se consideran suficientemente discutidos y en votación económica se aprueban en conjunto. Comuníquense.

La Secretaría da lectura a oficio de la Junta de Coordinación Política, con el que se determina la Presidencia del diputado José Martín López Cisneros en el Comité de Administración. De enterado.

Se recibe de la Secretaría de Gobernación iniciativa de decreto para que el presidente de la república, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, pueda ausentarse del territorio nacional del 23 al 26 de septiembre de 2007, con el propósito de asistir al Diálogo de Alto Nivel sobre el Cambio Climático y al Sexagésimo Segundo periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Se reciben proposiciones con punto de acuerdo de los diputados:

• Luis Enrique Benítez Ojeda , del Partido Revolucionario Institucional, para que se consideren recursos para el estado de Durango, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
• José Gildardo Guerrero Torres , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, revise la NOM-072-SSA-1993, en relación al etiquetado de medicamentos. Se turna a la Comisión de Salud.

A petición de la Junta de Coordinación Política y en votación económica, la aamblea autoriza la inclusión en el orden del día de una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 261 de la Ley Federal de Derechos y la fracción segunda del artículo dos A de la Ley de Coordinación Fiscal. Para presentar la iniciativa en comento, se le otorga la palabra al diputado Moisés Félix Dagdug Lützow , del Partido de la Revolución Democrática, quien acepta interpelación del diputado Juan José Rodríguez Prats , del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

La Presidenta clausura la sesión a las 16 horas y cita para la próxima que tendrá lugar el martes 11 de septiembre a las 11 horas.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobada el acta. Comunicaciones de la Presidencia de la Mesa Directiva.



DICTAMENES NEGATIVOS DE PUNTOS DE ACUERDO

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Mesa Directiva

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

La Presidencia comunica que se recibieron dictámenes en sentido negativo de proposiciones con punto de acuerdo, que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria, de las siguientes comisiones:

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Dictamen por el que no es de aprobarse la Proposición con Punto de Acuerdo en el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública informe sobre las metas cumplidas del programa de educación ambiental y que establezca un programa extraordinario de capacitación de docentes para el inicio del ciclo escolar 2006-2007
Fecha de publicación: 10 de septiembre.

Comisión de la Función Pública

Dictamen por el que se desecha la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de los Estados y a la Asamblea del Distrito. Federal, para que constituyan un Comité Técnico de valoración salarial.
Fecha de publicación: 10 de septiembre.

Comisión de Gobernación

Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a no expedir permisos para la instalación y operación de salas de juego en el país.
Fecha de publicación: 10 de septiembre.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que rinda un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto de la construcción del proyecto: Chevron-Texaco, en las Islas Coronado en Baja California.
Fecha de publicación: 10 de septiembre.
Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier, en el estado de San Luis Potosí.
Fecha de publicación: 10 de septiembre.
Dictamen por el que se desechan 11 proposiciones con punto de acuerdo turnadas durante la LIX Legislatura.
Fecha de publicación: 10 de septiembre.

Comisión de Relaciones Exteriores

Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la visita a México del presidente de Estados Unidos de América, George W. Bush del 12 al 14 de marzo de 2007, por considerarse extemporáneo.
Fecha de publicación: 10 de septiembre.

Solicito a ustedes lo hagan del conocimiento de la honorable asamblea.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 septiembre de 2007.--- Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta.»

«Dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, concerniente a la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública a informar sobre las metas cumplidas de la enseñanza ambiental y a establecer un programa extraordinario de capacitación de docentes para el ciclo escolar 2006-2007

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo para

Exhortar a la Secretaría de Educación Pública a que informe sobre las metas cumplidas del programa de educación ambiental y que establezca un programa extraordinario de capacitación de docentes para el inicio del ciclo escolar 2006-2007.

A cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del Grupo Parlamentario del PAN, presentada el 7 de marzo del 2006 y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 23 de febrero del mismo año.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 65, 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta honorable asamblea el dictamen relativo al punto de acuerdo antes mencionado, que se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

El legislador proponente expresa que ``la educación ambiental se establece como una disciplina cuyos objetivos son generar una conciencia clara de la independencia económica, social y ambiental y proveer a cada ser humano con las oportunidades para adquirir conocimientos, valores y actitudes que le permitan modificar sus patrones de comportamiento para proteger y mejorar su ambiente.''

Señala que desde 1986 el gobierno federal ha instrumentado diversas medidas para incorporar la educación ambiental en los programas de dependencias como la Secretaría de Educación Pública (SEP) o la de Salud. Refiere que la SEP estableció cursos destinados al profesorado, con el fin de capacitarlo para incluir la educación ambiental en sus prácticas docentes.

El legislador proponente argumenta que las metas en cuanto a la capacitación del personal docente y en lo que se refiere a los planteles educativos donde ya se está aplicando este programa, no se han alcanzado. Por ello, es necesario que la SEP desarrolle un programa extraordinario para que todos los docentes reciban la capacitación necesaria para incluir el tema de la educación ambiental en las asignaturas que imparte, para ponerlo en práctica al inicio del ciclo escolar 2006-2007.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora coincide plenamente con la inquietud del legislador, en el sentido de otorgar la mayor relevancia a la educación ambiental, como una manera de inculcar en los educandos la conciencia ecológica que permita valorar la importancia estratégica de aprovechar los recursos naturales de manera sustentable.

Sin embargo, consideramos que el legislador no aporta suficientes elementos y evidencias, como para suponer que las autoridades educativas no están alcanzando las metas en materia de capacitación de docentes para impartir la educación ambiental, razón por la cual no procede solicitar a la SEP la información que requiere el legislador. Además, uno de los objetivos del planteamiento del legislador, es que la SEP desarrolle un programa extraordinario para capacitar en educación ambiental a la totalidad de los docentes para el inicio del ciclo escolar 2006-2007, objetivo que, por el transcurso del tiempo, ya no es alcanzable, dado que nos encontramos a la mitad del ciclo escolar referido.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Educación Pública y servicios Educativos se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. No es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, en virtud de que la solicitud a la Secretaría de Educación Pública para que informe sobre las metas del programa de capacitación de docentes en educación ambiental no está planteada con los suficientes elementos y evidencias que permitan suponer que esas metas no se están cumpliendo. Además, la información solicitada tenía como propósito que la SEP estableciera un programa extraordinario de capacitación en educación ambiental para el inicio del ciclo escolar 2006-2007, dado que el ciclo comenzó hace cinco meses, el punto de acuerdo carece de la vigencia.

Segundo. Archívense los expedientes relativos como asunto total y definitivamente concluidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de diciembre de 2006.
La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, diputados: Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), presidente, Constantino Acosta Dávila (rúbrica), Leobardo Curiel Preciado , Delber Medina Rodríguez , Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica), Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), Abundio Peregrino García (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), secretarios; José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola (rúbrica), Raymundo Cárdenas Hernández (rúbrica), Juan de Dios Castro Muñoz (rúbrica), Faustino Javier Estrada González (rúbrica), Jesús Vicente Flores Morfín , María Gabriela González Martínez , Sergio Hernández Hernández , Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), Víctor Manuel Lizárraga Peraza (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), Francisco Javier Murillo Flores , Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas , Odilón Romero Gutiérrez (rúbrica), Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), José de Jesús Solano Muñoz (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán , Tomás José Luis Varela Lagunas (rúbrica), Benjamín Ernesto González Roaro .»

«Dictamen de la Comisión de la Función Pública, sobre la proposición de punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a constituir un comité técnico de valoración salarial

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados, con base en las facultades que le confieren los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a su consideración dictamen sobre la proposición de punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a constituir un comité técnico de valoración salarial.

Antecedentes

La proposición que se dictamina fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 2145-I, de fecha 5 de diciembre de 2006, y presentada al Pleno de esta Cámara el 21 de diciembre de 2006 por el diputado Antonio Valladolid Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

En la misma fecha, la Mesa Directiva de esta Cámara la turnó para su estudio y dictamen a la Comisión de la Función Pública.

Recibida en la comisión, y una vez sometida la proposición a estudio y análisis, se preparó un proyecto de dictamen por la negativa, que fue sometido a la consideración y discusión del pleno de la comisión, que lo aprobó en la sesión de fecha 10 de julio de 2007, con 17 votos a favor, ninguno en contra, sin abstenciones ni votos particulares.

Contenido de la proposición

La finalidad de la proposición que se dictamina es que esta Cámara exhorte a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que constituyan, en los ámbitos de sus competencias, comités de transparencia y valoración salarial de los funcionarios locales, como órganos auxiliares propios, a través de los cuales estos órganos legislativos regulen y vigilen las remuneraciones de los servidores públicos, se mantengan éstos en niveles decorosos y acordes con la función que se realiza, y se evite que se asignen ingresos desproporcionados.

Al respecto, la proposición argumenta que ``la ciudadanía exige que los servidores públicos desempeñen sus encargos de manera eficiente, honesta y transparente, que la democracia es inseparable de los controles sobre el gobierno, sus funciones y administraciones... uno de los asuntos que mayormente ofende a la población está asociado con los ingresos extremadamente elevados y desproporcionados que con frecuencia los funcionarios públicos se asignan... ajenos a la austeridad que reclama el país... [y que] resulta evidente incluso con otros países, donde en igualdad o mayor responsabilidad, los funcionarios reciben menores remuneraciones con mejores resultados en la gestión pública''.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora coincide con el proponente en la necesidad de transparentar la función pública. Sin embargo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 40, 41 y 124, instaura la forma de Estado federal para nuestro país, estableciendo un claro régimen de división de competencias entre ramas y órdenes de gobierno.

De acuerdo con la doctrina en la materia y con lo que establece el texto constitucional, los estados integrantes de una federación pueden considerarse dotados de cierta soberanía, ya que determinadas competencias les quedan reservadas en exclusión del gobierno central o federal. Así, en el Título Quinto, la Constitución define las materias sobre las que los estados y el Distrito Federal serán competentes, estableciendo para ellas con exclusión de la federación, la transparencia y su regulación.

Por su parte, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental garantiza (artículo 1) el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal y cualquier otra entidad federal, por lo que no es posible fundamentar en ella la proposición que se dictamina.

Por otro lado, se encuentra en las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de la Función Pública minuta del Senado de la República que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 75, 115, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene por objeto lograr mayor claridad en lo que se refiere a los salarios de los servidores públicos federales, de los estados y de los municipios, con una visión integral de la problemática que motiva la proposición que se dictamina. Esta minuta cuenta ya con proyecto de dictamen para ser discutido y sometido a votación de las comisiones unidas que la dictaminan.

Conclusión

En virtud de lo anterior, esta comisión considera que no es de aceptarse la proposición, y somete a la consideración de esta soberanía el siguiente

Dictamen

Primero. Se desecha la proposición de punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que constituyan un comité técnico de valoración salarial, con número de expediente 835, presentada el 21 de diciembre de 2006 por el diputado Antonio Valladolid Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro.--- México, DF, a 10 de julio de 2007.
La Comisión de la Función Pública, diputados: Benjamín Ernesto González Roaro (rúbrica), presidente; José Guillermo Velázquez Gutiérrez (rúbrica), Jesús Evodio Velázquez Aguirre (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), secretarios; Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez , Alma Edwviges Alcaraz Hernández , Jesús Arredondo Velázquez (rúbrica), Carlos Armando Biebrich Torres , María Eugenia Campos Galván , Andrés Carballo Bustamante (rúbrica), María de Jesús Martínez Díaz , Joaquín Conrado de los Santos Molina , Mario Enrique del Toro (rúbrica), Adriana Díaz Contreras (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Javier Guerrero García , René Lezama Aradillas (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Mario Mendoza Cortés , Carlos Orsoe Morales Vázquez , Alan Notholt Guerrero , Héctor Padilla Gutiérrez (rúbrica), Rafael Plácido Ramos Becerril (rúbrica), Marcos Salas Contreras (rúbrica), María Elena Torres Baltazar (rúbrica), Ramón Valdez Chávez (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Gobernación, relativo a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a no expedir permisos para la instalación u operación de salas de juego en tanto no se tenga un estudio serio de los posibles efectos para la sociedad, y a establecer grupos de trabajo para la revisión y eventual modificación del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a no expedir permisos para la instalación y operación de salas de juego en el país.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 58, 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, en sentido negativo, basándose en los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha quince de marzo de dos mil siete, el diputado Octavio Martínez Vargas , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a no expedir permisos para la instalación y operación de salas de juego en el país.
II. Con esa misma fecha, quince de marzo de dos mil siete, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que la proposición con punto de acuerdo arriba mencionada fuera turnada a la Comisión de Gobernación, con opinión de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados.
III. Con fecha veinticinco de abril de dos mil siete, la Comisión de Turismo remitió a la dictaminadora la opinión a favor de los puntos de acuerdo presentados en la propuesta del diputado Martínez Vargas materia del presente dictamen; dicha opinión fue analizada para la elaboración de este documento.
IV. El día veinte de junio de dos mil siete se presentó al Pleno de la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen sobre el particular siendo aprobado.

Establecidos los antecedentes, los diputados integrantes la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes

Consideraciones

1. El proponente señala que el juego con apuestas en México se practica de manera generalizada y que es parte de la cultura del pueblo mexicano, alrededor del cual existen problema de corrupción y clandestinidad.

2. Menciona que actualmente se carece de estudios profundos que indaguen sobre los efectos de la ludopatía en México, la instalación de establecimientos donde se realicen juegos con apuestas y sorteos y la necesidad de establecer grupos de trabajo que analicen, revisen y modifiquen en su caso, el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en vigor.

3. El proponente considera que los estudios profesionales y serios podrían demostrar que con los permisos que se han otorgado, nuestro país tendrá una de las mayores industrias del juego intensivo del mundo, cuyos establecimientos autorizados podrían instalar hasta 350,000 máquinas de bingo y asentarse 17 centros de apuestas en cada una de las cuarenta ciudades más grandes del país.

4. Lo anterior viene a afirmar que los estudios de impacto social respaldarán la decisión de detener el indiscriminado otorgamiento de permisos que autoricen juegos con cruce de apuestas y sorteos, calificándolo, de igual forma, como un atentado a la salud pública, por lo que resulta inaceptable que la Secretaría de Gobernación siga otorgando los permisos correspondientes, según considera el diputado proponente.

5. En este sentido, se propone en el punto de acuerdo dirigir un exhorto a la Secretaría de Gobernación para que no expida ningún permiso para la instalación de establecimientos y operación de salas de juego en el país, en tanto no se cuente con un estudio serio de todos los posibles impactos que conlleva su instalación para la sociedad mexicana; igualmente, se solicita a la Secretaría de Gobernación que establezca grupos de trabajo para revisar y eventualmente modificar el actual Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en vigor.

6. Por lo que hace al primer exhorto con el fin de que la Secretaría de Gobernación suspenda el otorgamiento de los permisos para operar centros de juegos con cruce de apuestas y sorteos, esta comisión considera, en primer término, que la dependencia del Ejecutivo tiene la atribución, que por ley se le otorga, como la instancia competente para otorgar los permisos en materia de juegos y sorteos, de conformidad con lo establecido en el artículo 3o. de la ley en la materia, que establece:

Artículo 3o. Corresponde al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la reglamentación, autorización, control y vigilancia de los juegos cuando en ellos medien apuestas de cualquier clase; así como de los sorteos, con excepción del de la Lotería Nacional, que se regirá por su propia ley.

7. A mayor abundamiento, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos afirma que la instancia del Ejecutivo para la interpretación administrativa y la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos es, precisamente, la Secretaría de Gobernación, enunciando, igualmente, el conjunto de órganos que dependen de la Secretaría y que están avocados a la aplicación de la Ley en la materia y su reglamento correspondiente. Así señala que:

Artículo 2. Corresponde a la Secretaría de Gobernación la interpretación administrativa y la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como las de este reglamento.

Las actividades relativas a juegos con apuestas y sorteos que no estén expresamente contempladas en la ley y el presente reglamento, serán resueltas, en cada caso, por la Secretaría de Gobernación conforme a lo dispuesto por dichos ordenamientos y demás disposiciones aplicables.

La Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos tiene a su cargo la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la ley y el reglamento; la expedición de permisos, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y condiciones consignados en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos; el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos provenientes del desarrollo y resultado de juegos con apuestas y sorteos; imponer sanciones por infracciones a la ley y el presente reglamento, así como las que le confieran las demás disposiciones aplicables.
La Unidad de Gobierno tiene a su cargo la atención y despacho de los asuntos en los que sea necesaria la coordinación y colaboración de la Secretaría de Gobernación con otras autoridades en materia de juegos con apuestas y sorteos, así como el combate a actividades prohibidas por la ley.
La Unidad de Asuntos Jurídicos, en el ámbito de su competencia, coadyuvará en coordinación con la Unidad de Gobierno y la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos, en el trámite y despacho de los asuntos relacionados con la imposición de las sanciones administrativas que establece la ley y el presente reglamento.
Las autoridades federales, cooperarán en sus respectivos ámbitos de competencia para hacer cumplir las determinaciones que dicten las autoridades de la Secretaría de Gobernación de conformidad con las leyes y este Reglamento, cuando para ello fueren requeridas.
Las autoridades de las entidades federativas, de los municipios y de las delegaciones del Distrito Federal cooperarán con la Secretaría de Gobernación, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

8. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la resolución de la controversia 97/2004, presentada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 28 de junio de 2005, se dedicó a la discusión y análisis del alcance de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y de la competencia de la Secretaría de Gobernación, en relación a la autorización de los establecimientos de juegos con cruce de apuestas. De la discusión efectuada en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el martes dieciséis de enero de dos mil siete, se destaca la intervención de la Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos respecto de la competencia de la Secretaría de Gobernación:

...El hecho de que se establezca que la Secretaría de Gobernación pueda determinar autorizaciones para la realización de este tipo de juegos no quiere decir que se le esté dando carta blanca para que la Secretaría pueda autorizar juegos no permitidos por la ley... Porque la ley a lo que se está refiriendo es a la actividad del ajedrez, a la actividad juego, a la actividad sorteo, a la actividad carrera, es decir, está englobándolos de manera genérica. Ahora, ¿qué es lo que va a hacer la Secretaría de Gobernación? Otorgar las autorizaciones correspondientes para los actos específicos en los que se va a llevar a cabo cada uno de estos juegos... en el cual se va a otorgar la autorización correspondiente con las bases que se señalan de alguna manera en el propio reglamento para poder controlar y regular adecuadamente los juegos, pero los permitidos, exclusivamente los establecidos dentro de la ley.
Entonces por esa razón creo que el enfoque de interpretación sí es un poco distinto al que se nos presenta en el proyecto, porque no entiendo que la Secretaría de Gobernación tenga la posibilidad de crear juegos diferentes a los que la Ley está permitiendo. Lo que la Secretaría de Gobernación tiene como facultad simplemente es regular los juegos permitidos por la ley y a través de esto lo desarrolle en el reglamento correspondiente...

9. De esta forma, los ministros del máximo tribunal aprobaron favorablemente este criterio de interpretación sobre la cláusula habilitante para la Secretaría de Gobernación, en relación a los juegos permitidos por la ley. La reglamentación, autorización, control y vigilancia correspondiente al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, y regulada por el artículo 3o. de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, es aplicable sólo a los juegos permitidos, señalados en el artículo 2o. del mismo ordenamiento, que dice:

Artículo 2o. Sólo podrán permitirse:
I. El juego de ajedrez, el de damas y otros semejantes; el de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes;
II. Los sorteos.
Los juegos no señalados se considerarán como prohibidos para los efectos de esta ley.

10. Esta Comisión considera valioso el juicio del diputado proponente al exhortar a la Secretaría de Gobernación a suspender el otorgamiento de permisos en tanto no se cuente con un estudio serio de los posibles impactos que podría tener el establecimiento de lugares donde operen juegos con cruce de apuestas y sorteos; sin embargo, obedeciendo a los criterios descritos por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a la luz de lo dispuesto en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual faculta al Congreso de la Unión a legislar en toda la República sobre juegos con apuestas y sorteos, la intención del Constituyente ha sido que el legislador establezca en la ley correspondiente la competencia de la Secretaría de Gobernación para otorgar las autorizaciones correspondientes a los establecimientos que operen juegos con apuestas y sorteos.

11. A consideración de esta comisión, el exhorto que se pretende dirigir a la Secretaría de Gobernación, vendría a ser limitativo de una facultad que le corresponde legalmente y que ha sido avalado de manera favorable por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el estudio de la controversia constitucional 97/2004, por lo que no se considera viable.

12. Por otro lado, en relación al estudio sobre los impactos que causaría en la sociedad mexicana el establecimiento de casinos, es de destacar que desde la LVI Legislatura de honorable Congreso de la Unión, se ha analizado y discutido el contenido de las diversas iniciativas que han presentado los ciudadanos legisladores en relación al tema de juegos y sorteos y el establecimiento de los casinos en México.

13. El 25 de agosto de 2005, la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión presentó una proposición con punto de acuerdo relativo a la convocatoria hecha a diversas comisiones de la Cámara de Diputados para que se tomara en consideración la opinión de personalidades y organizaciones para lograr la expedición de una nueva Ley de Juegos y Sorteos.

14. Así, se han venido reuniendo las opiniones de empresarios en el ramo turístico, de legisladores, catedráticos, juristas y especialistas en juegos y sorteos con el fin de expedir una nueva ley federal en la materia, destacando el estudio encargado por la honorable Cámara de Diputados a la Universidad Nacional Autónoma de México, el cual tuvo como fundamento una proposición con punto de acuerdo, la cual fue aprobada por la Cámara de Diputados el 9 de diciembre de 2004.

15. Efectivamente, el 17 de enero de 2005, la Junta de Coordinación Política solicitó a la UNAM, con fundamento en el apartado 3 de la cláusula segunda del convenio general de colaboración, suscrito el 23 de agosto de 2004 entre la Universidad Nacional Autónoma de México y la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el protocolo para la elaboración de un estudio sobre los impactos que tendría la instalación de casinos en México, dicho estudio debería estar a disposición de los legisladores, previamente a la formulación de un dictamen de la iniciativa de Ley Federal de Juegos y Sorteos.

16. Si bien a la fecha no se han conocido las conclusiones del estudio, las investigaciones que formulen institutos y academias como la UNAM arrojarán importantes criterios para la eventual expedición de una nueva Ley Federal de Juegos y Sorteos.

17. Esta comisión considera valiosas las expresiones del diputado proponente con el fin de que dicho estudio establezca un análisis del impacto que causaría en la población mexicana la instalación de casinos en cuanto a la economía, la seguridad pública, el lavado de dinero y el narcotráfico, el régimen fiscal, el régimen jurídico y las erogaciones que el Estado deberá sufragar para atención y prevención de la ludopatía; sin embargo, esta Comisión también sostiene que este estudio tiene un propósito fundamental: el impacto de los casinos en México que no son tolerados como tales en el régimen jurídico de la materia en vigor.

18. Por lo tanto, es claro que el objetivo de este estudio valoraría el impacto que tendría la instalación de los casinos en México ante la aprobación probable de una nueva Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos que se encuentra en análisis en la Cámara de Diputados, por lo que no tiene suficiente sustento jurídico exhortar a la Secretaría de Gobernación para que suspenda las autorizaciones en tanto no se cuente con un este estudio ya que, como se ha señalado, la Secretaría sólo aplica las disposiciones reglamentarias para proveer en la esfera administrativa la observancia de la ley en vigor, por lo que se considera que la solicitud del proponente no se considera viable.

19. Finalmente, en relación al exhorto dirigido a la Secretaría de Gobernación con el fin de que establezca grupos de trabajo para la revisión y eventual modificación del reglamento de Juegos y Sorteos, con la finalidad de darle un carácter restrictivo en cuanto al número de establecimientos que se pueden instalar por cada permiso, esta comisión apunta igualmente hacia los argumentos esgrimidos anteriormente en base a las consideraciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

20. Los órganos de la secretaría, como la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos, tienen a su cargo la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la Ley y del reglamento; la expedición de permisos, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y las condiciones consignados en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos; el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos provenientes del desarrollo y resultado de juegos con apuestas y sorteos y la imposición de las sanciones por infracciones a la ley, permiten el cumplimiento de los requisitos previstos en el reglamento relativos al otorgamiento de permisos, vigilando la prohibición establecida en la ley sobre los juegos no tolerados en la república.

21. A mayor abundamiento, los órganos especializados, como el Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos, tiene las siguientes facultades con el objeto de coadyuvar con la Dirección General Adjunta en el cumplimiento de las políticas públicas de transparencia y rendición de cuentas en materia de juegos y sorteos:

Artículo 15 (Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos). Para el cumplimiento de su objeto, el Consejo Consultivo tendrá las siguientes facultades:
I. Fungir como órgano de consulta de la secretaría respecto del ejercicio de las facultades de la dirección;
II. Recomendar las medidas que estime convenientes para el buen funcionamiento de la dirección, así como las mejoras regulatorias a los procesos de operación e innovación de servicios, en particular por lo que hace al establecimiento de plazos y al cumplimiento de los requisitos señalados por el presente reglamento para la realización de los trámites respectivos ;
III. Emitir, en su caso, opinión a la dirección respecto de la expedición de los permisos en materia de juegos con apuestas y sorteos ;
IV. Realizar los estudios, investigaciones y análisis que estime necesarios sobre la materia de juegos con apuestas y sorteos ;
V. Coadyuvar en la determinación de las personas que cuenten con los conocimientos técnicos y profesionales para prestar sus servicios vinculados al corretaje, cruce de apuestas o intendencia de frontón en un establecimiento autorizado;
VI. Organizar comités, foros o grupos de trabajo en que participen personas u organizaciones ajenas al mismo, pero que por su actividad relacionada con la materia de juegos con apuestas y sorteos puedan aportar elementos útiles para el ejercicio de sus facultades , y
VII. Formular las disposiciones relativas a su organización y funcionamiento.

22. Según se desprende de las consideraciones anteriores, el consejo es el que realiza los estudios, investigaciones y análisis que estime necesarios sobre la aplicación del Reglamento en la materia, además de contar con otras facultades que fortalecen las atribuciones de la Secretaría de Gobernación, haciendo especial énfasis sobre la identidad y características de los solicitantes a quienes se ha de otorgar el permiso correspondiente y quienes deben cubrir y desahogar los requisitos minuciosos establecidos en el Título Segundo del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, por lo que la propuesta del diputado Martínez Vargas para establecer grupos de trabajo no se considera viable.

Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a no expedir ningún permiso para la instalación u operación de Salas de Juego en el país, en tanto no se tenga un estudio serio de todos los posibles impactos para la sociedad mexicana y por el que se exhorta a la misma secretaría a establecer grupos de trabajo para la revisión y eventual modificación del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, presentado por el diputado Octavio Martínez Vargas , el 15 de marzo de 2007.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de junio de dos mil siete.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama (rúbrica en contra), Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica en abstención), Layda Elena Sansores San Román , Santiago Gustavo Pedro Cortés (rúbrica en abstención), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Camacho Quiroz (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Maricela Contreras Julián , Jesús de León Tello (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica en contra), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica en contra), Gerardo Priego Tapia (rúbrica en contra), José Jesús Reyna García , Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica en contra), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, relativo a la propuesta con punto de acuerdo para exhortar al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a rendir un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto a la construcción del proyecto Chevron-Texaco en las Islas Coronado, Baja California

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente la propuesta con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que rinda un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto de la construcción del proyecto Chevron-Texaco en las Islas Coronado, en Baja California, presentado el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, esta comisión legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39 fracción XXIV, y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 8 de diciembre de 2005, el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una propuesta con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que rinda un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto a la construcción del proyecto Chevron-Texaco en las Islas Coronado, en Baja California; y

Segundo. En la misma fecha, dicha propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El conjunto de de islas e islotes comúnmente conocidos como Islas Coronado se integra por las islas Coronado Norte, Coronado Centro, Pilón de Azúcar y Coronado Sur. Éstas forman parte del municipio de Tijuana Baja California, de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de Baja California el 20 de diciembre de 1959.

Las Islas Coronado se caracterizan por albergar especies de flora y fauna silvestre marina y terrestre como la dalia (Dahlia coccinea), siempreviva (Sempervivum tectorum), la gaviota occidental (Larus occidentalis), el pelícano pardo (Pelecanus occidentalis), el cormorán de doble cresta (Phalacrocórax auritus), el cromorán pelágico (Phalacrocórax pelagicus), el ratón ciervo (Peromyscus maniculatus assimilus), el guico (Cnemidophorus tigris multisculatus), el escinco de Coronado (Eumeces skiltonianus interparietalis) y la culebra toro (Pituophis melanoleucus coronalis), entre otras.

Otras especies que habitan las islas están enlistadas bajo alguna categoría de riesgo de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. Algunas de estas especies son el paíño cenizo (Oceanodroma homochroa), el paíño negro (Oceanodroma melania), el paíño de Leach de Coronados (Oceanodroma leucorhoa willetti), el mérgulo de Xantus (Synthliboramphus hypoleucus), la lagartija sin patas californiana (Anniella pulchra pulchra), la víbora de cascabel (Crotalus viridus caliginis), el cachorra lagarto (Legaria multicarinata nana), la alcuela oscura (Ptychoramphus aleutics), la salamandra arbórea (Aneides lugubris), el lobo marino de California (Zaophus californianus californianus) y la foca común (Phoca vitulina), entre otros. Ello, sin contar que la zona circundante a las Islas Coronado es el paso natural de distintas especies de cetáceos, también protegidos por la legislación mexicana.

La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) considera que las Islas Coronado se localizan en la región marina prioritaria ensenadense; es decir, se trata de un área litoral y oceánica que por sus características físicas y biológicas resulta particularmente importante para la conservación de la biodiversidad. De hecho, la misma Conabio reconoce que esa zona representa el área más importante del ambiente oceánico con predominio de una corriente fría y en su parte costera el ecotono del clima mediterráneo y el desierto central.

La riqueza biológica de la zona se encontraba amenazada ante el inminente desarrollo de un proyecto para construir una terminal regasificadora mar adentro, comúnmente conocido como ``Terminal GNL Mar Adentro de Baja California'', que se localizaría a tan sólo 600 kilómetros de la Isla Coronado Sur y a una distancia de 13 kilómetros de la costa de Baja California. El proyecto contemplaba la instalación de infraestructura para regasificación, así como un nuevo gasoducto submarino de 16 kilómetros de longitud, que estaría enterrado a dos metros del sustrato marino y por el cual se transportará el gas natural licuado. Este gasoducto, a su vez, se conectaría en tierra con otro que, a su vez se conectará finalmente al gasoducto existente de Baja California.

La controversia por la construcción de esta planta obedeció a que se detectaron una serie de irregularidades en el otorgamiento de permisos para su operación por parte de las autoridades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Reguladora de Energía. Ello, sin considerar el impacto ambiental que el proyecto generaría en la zona de las Islas Coronado. Algunas de las irregularidades detectadas son

• La compañía Chevron-Texaco presentó una manifestación de impacto ambiental para un proyecto ubicado en el estado de Yucatán, no en Baja California.
• Se presume que la Semarnat no llevó a cabo una inspección del sitio donde se pretende construir la terminal, pues de haberlo hecho, no hubiera permitido la instalación mar adentro a tan poca distancia de las Islas Coronado, particularmente de la Isla Sur.
• No se llevó a cabo una descripción certera de la flora y fauna de las islas, pues de haberlo hecho se hubiera anotado en el estudio de impacto ambiental que la mayor parte de éstas, particularmente de la flora son especies endémicas.
• La Semarnat pasó por alto que muchas especies aquí ya enunciadas se encuentran clasificadas bajo alguna categoría de riesgo de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2001, y tampoco tomó en consideración los probables efectos que la construcción de la terminal ocasionarán a estas especies.
• En octubre de 2004, la Semarnat otorgó el resolutivo de la manifestación de impacto ambiental aun cuando en el país no existía la normatividad para la construcción de plantas regasificadoras costa afuera y en ese sentido, resultaba inaudito que hubiera evaluado la magnitud del impacto ambiental toda vez que no se contaba con el instrumento legal que permitiera cotejar que el estudio de impacto ambiental cumplía esa norma y menos para saber que acciones se deberían aplicar para mitigar el riesgo ambiental provocado por la construcción y operación de la terminal.
• El 8 de noviembre de 2004, la Secretaría de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación la NOM-013-Secre-2004, mediante la cual se establecen los requisitos para la seguridad, diseño, construcción y mantenimiento de plantas de regasificación ubicadas costa afuera.

Tal como señalara el diputado promovente, fue muy lamentable advertir la reiterada incongruencia en la conducción de la política ambiental ya que, por una parte, las autoridades competentes reconocen que la conservación del ambiente en las Islas Coronado es fundamental para la preservación de la biodiversidad, mientras que, por otra parte, la autorización de la manifestación de impacto ambiental resolvió que bastaría que el proyecto considerara entre sus estrategias acciones para la conservación o restauración de los ecosistemas y la biodiversidad.

La serie de irregularidades detectadas llevaron a diferentes personas y organizaciones no gubernamentales mexicanas y extranjeras a presentar una petición ante la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), sobre la violación de la aplicación de la legislación ambiental mexicana y la preparación de un expediente de hechos sobre el caso. Todo ello, en los términos de los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte. Al respecto, y luego de casi dos años de proceso, el 18 de enero de 2007, el Secretariado de la CCA resolvió que la petición justificaba la preparación de un expediente de hechos.

Ahora bien, los resolutivos del punto de acuerdo que se dictamina exhortan al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que rinda un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto a la construcción del proyecto Terminal GNL Mar Adentro de Baja California, promovido por la empresa Chevron-Texaco.

Al respecto, la comisión dictaminadora se permite informar que el 22 de febrero de 2007 en la Gaceta Ecológica de la Semarnat se publicó un acuerdo de fecha 16 de febrero de 2007 con el cual, con fundamento en el artículo 50, fracción II, del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de evaluación de impacto ambiental se deja sin efectos la autorización de impacto ambiental número SGPA.DGIRA. DEI.1536.04, del 1o. de julio de 2004, correspondiente al proyecto Terminal GNL Mar Adentro de Baja California, emitida a favor de la empresa Chevron-Texaco de México, SA de CV, de conformidad con el escrito de desistimiento de dicha autorización presentado por la empresa en comento y recibido por la autoridad ambiental el 15 de febrero de 2007.

Por las razones señaladas, la comisión dictaminadora considera que el exhorto del diputado promovente ha quedado sin materia. Así, los integrantes de la comisión legislativa que suscriben el presente dictamen se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se desecha la propuesta con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que rinda un informe acerca de la política de Estado que el gobierno federal asume respecto de la construcción del proyecto Chevron-Texaco en las Islas Coronado, en el estado de Baja California, presentado por el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 8 de diciembre de 2005.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 5 de julio de 2007.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez , Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz (rúbrica), María Soledad López Torres (rúbrica), Rafael Villicaña García (rúbrica), Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zatarain González (rúbrica), Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas (rúbrica), Sergio Augusto López Ramírez (rúbrica), Humberto López Lena Cruz (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, atinente a la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier, en San Luis Potosí

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, una propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier, en el estado de San Luis Potosí, presentado por el diputado Octavio Martínez Vargas , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, esta comisión legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39 fracción XXIV, y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 17 de enero de 2007, el diputado Octavio Martínez Vargas , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión una propuesta con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier, en el estado de San Luis Potosí, y

Segundo. En esta misma fecha, dicha propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

Históricamente, el municipio de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí, ha sido objeto de explotación minera intensa, dada la riqueza de sus yacimientos de oro y plata. De esta forma, se estima que, desde el siglo XVI y hasta mediados del siglo XX, se habían extraído del lugar más de 60 toneladas de oro y mil toneladas de plata. 1

A pesar de este aprovechamiento intensivo, estudios geológicos recientes, elaborados por empresas transnacionales interesadas en la explotación del Cerro de San Pedro, han estimado que la riqueza potencial actual de los yacimientos minerales de la región, aún equivale a más de 38 toneladas de oro y mil 600 toneladas de plata. 2

De esta forma, la empresa canadiense Metallica Resorces Inc, dedicada a la exploración de metales preciosos en América Latina, comenzó desde 1995 a llevar a cabo trabajos de exploración, así como a gestionar las autorizaciones federales, estatales y municipales en materia de impacto ambiental, uso de explosivos, agua, construcción y uso de suelo, respectivamente, así como su renovación, a fin de llevar a cabo el aprovechamiento mineral del Cerro de San Pedro, a través de una empresa mexicana, subsidiaria de la canadiense, denominada Minera San Xavier.

Desde entonces, y hasta la fecha, paralelo a la actividad desarrollada por Minera San Xavier, han coexistido una serie de manifestaciones sociales, e incluso jurídicas, en contra del proyecto, dadas las implicaciones económicas, culturales y ambientales de la explotación de los recursos minerales del Cerro de San Pedro, ya que la citada empresa requerirá grandes volúmenes de agua para desarrollar su actividad, situación que contrasta con la escasez del vital líquido en la región.

De la misma forma, el proyecto implica el cambio de uso del suelo en una superficie de 360 hectáreas, el cual está clasificado hasta el año 2013 como área de restauración de vida silvestre, de conformidad con el Plan de Ordenación de San Luis Potosí y su Zona Conurbada, publicado el 24 de septiembre de 1993 en el Periódico Oficial del estado de San Luis Potosí.

Asimismo, la técnica que se utilizará para la extracción del oro y plata del lugar, será el conocido como ``tajo a cielo abierto y lixiviación por montones'', prohibido en muchos países desarrollados por su peligrosidad y potencial contaminante, ya que consiste en la excavación a cielo abierto, mediante el empleo de explosivos, para después aplicar una solución de cianuro de sodio al material pétreo extraído, a fin de obtener el oro y la plata contenidos en él. Derivado de lo anterior, es necesaria la reubicación de los poblados de La Zapatilla y Cerro de San Pedro, éste último localizado a sólo 50 metros del sitio que se pretende explotar. Incluso la capital del estado se encuentra dentro de la zona de influencia del proyecto, al situarse a 10 kilómetros del mismo.

Lo anterior cobra especial relevancia si consideramos que el Cerro de San Pedro ha sido tomado en consideración para ser declarado como patrimonio histórico de la humanidad por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), toda vez que posee una gran variedad de monumentos históricos, protegidos por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, mismos que constituyen parte fundamental de la identidad y riqueza cultural de los potosinos.

Por lo anteriormente expuesto, desde que fue del dominio público que Minera San Xavier había obtenido las autorizaciones correspondientes para iniciar sus operaciones, la sociedad civil organizada ha promovido diversas acciones legales a fin de impedirlo. Sin embargo, esto no ha sido suficiente, ya que desde febrero de 2004 y hasta la fecha, se encuentra en construcción la unidad minera que permitirá que comience el proceso de operación normal de dicha empresa.

El presente punto de acuerdo, propone solicitar la comparencia en el Pleno de la Cámara de Diputados del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier en el estado de San Luis Potosí.

Al respecto, esta dictaminadora se permite informar que el pasado 24 de abril del año en curso, durante la quinta reunión plenaria de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, los integrantes de ésta comisión ordinaria firmaron el acuerdo mediante el cual se solicita la comparecencia ante esta soberanía del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en donde se abordará esta cuestión, mismo que fue remitido a la presidencia de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, para el trámite correspondiente.

Ahora bien, y debido a que la problemática que se expone dentro del punto de acuerdo en estudio, será tratada como prioritaria, en la comparecencia del titular de la Semarnat, lo anterior debido al interés que reviste dentro del sector ambiental dicho asunto; razón por la cual se considera que el mismo ha quedado sin materia a tratar, por lo que los integrantes de la comisión legislativa que suscribe el presente dictamen se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que exponga los motivos y fundamentos legales de la autorización de la Minera San Xavier, en el estado de San Luis Potosí, presentado por el diputado Octavio Martínez Vargas , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 17 de enero de 2007.

Notas: 1) Metallica resources. Disponible en: http://www.metal-res.com/- main.asp?section=properties amp; page=cero2). Ídem.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 5 de julio de 2007.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar , Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez , Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz (rúbrica), María Soledad López Torres (rúbrica), Rafael Villicaña García (rúbrica), Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zatarain González (rúbrica), Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas (rúbrica), Sergio Augusto López Ramírez (rúbrica), Humberto López Lena Cruz (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en relación con diversas proposiciones con punto de acuerdo presentadas durante la LIX Legislatura

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fueron turnados para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, diversos puntos de acuerdo, presentados por diputados integrantes de los diferentes grupos parlamentarios representados en esta soberanía durante la LIX Legislatura.

En virtud del análisis y estudio de los puntos de acuerdo que se dictaminan, esta comisión legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39 numerales 1 y 2 fracción XXIV , y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de conformidad con los siguientes

Antecedentes

Primero. El pasado jueves 31 de agosto de 2006 se dio por terminada la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El viernes 1 de septiembre de 2006, fue celebrada la sesión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con la cual se dio por iniciada la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión.

Tercero. En sesión plenaria celebrada el 29 de septiembre de 2006, fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el Acuerdo de la Junta de Coordinación política para la integración de 39 comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura y la designación de sus mesas directivas, incluyendo la ordinaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, iniciándose los procedimientos de entrega--recepción correspondientes.

Cuarto. El miércoles 11 de octubre de 2006, fue celebrada la reunión de instalación de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en la cual sus integrantes se comprometieron a abatir el rezago de asuntos pendientes en legislaturas anteriores.

Quinto. El día 7 de febrero de 2007, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, publicó en la Gaceta Parlamentaria, el Acuerdo por el que se establecen los lineamientos del programa de resolución de las proposiciones con punto de acuerdo presentadas durante la LIX Legislatura y pendientes de aprobación.

Sexto. El 14 de marzo de 2007, se publicó en Gaceta Parlamentaria, por la Mesa Directiva, una lista de acuerdos de modificación de turno de todas aquéllas proposiciones con punto de acuerdo a las que se haya asignado un turno plural de Comisiones Unidas, para el efecto de que únicamente se mantenga el turno de la comisión ordinaria mencionada en primer lugar.

Séptimo. El 25 de abril de 2007, fue enviado a la Mesa Directiva, el dictamen aprobado por los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el cual se desechan diversos puntos de acuerdo, turnados durante la LIX Legislatura.

Consideraciones

Una de las atribuciones constitucionales que tiene la Cámara de Diputados del Congreso General, es para realizar pronunciamientos, exhortos o recomendaciones a otros poderes de la federación u órdenes de gobierno, esto, por medio de proposiciones con punto de acuerdo, mediante los cuales se podrán exponer los asuntos de orden político, cultural o social que a su consideración afecten a una comunidad, grupo social, partido político o colectividad y cuyos efectos sean de interés general.

Es por ello que al desarrollarse el periodo de cada legislatura, los integrantes de los diversos grupos parlamentarios representados en la honorable Cámara de Diputados, presentan ante el Pleno de esta honorable asamblea proposiciones con punto de acuerdo, sobre estos temas, mismas que son turnadas a las distintas comisiones ordinarias a efecto de que realicen su estudio, análisis, y el dictamen correspondiente o en su caso, manifiesten su opinión.

Derivado de esta actividad parlamentaria, es que, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura, heredó, de su homóloga en la LIX Legislatura diversos puntos de acuerdo sin dictaminar, los cuales tratan asuntos de interés en un tiempo y espacio pasado, por ello, y debido a que ha transcurrido un lapso considerable desde el momento de su presentación, a la fecha, es que han quedado sin materia de estudio, por lo cual se considera innecesario realizar uno por uno el dictamen correspondiente.

Por ello, y con el objeto de apoyar al trabajo parlamentario resolviendo la mayor cantidad de asuntos relacionados con las propuestas de acuerdo pendientes de resolverse, el día 7 de febrero de 2007, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, publicó en la Gaceta Parlamentaria, el Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establecen los lineamientos del programa de resolución de las proposiciones con punto de acuerdo presentadas durante la LIX Legislatura y pendientes de aprobación.

Considerando lo anterior, la mesa directiva de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, acordó por unanimidad de sus integrantes, en su reunión celebrada en la sala de juntas de la misma el 31 de octubre de 2006, el procedimiento para el desahogo de los asuntos turnados y pendientes durante la LIX Legislatura, del cual destacan los siguientes aspectos:

1. Las proposiciones con puntos de acuerdo de legislaturas pasadas, serán desechadas, por presumirse que se han quedado sin materia, dado el tiempo que ha transcurrido desde su presentación, con excepción de aquellas que mantengan su vigencia y que a petición de alguno de los grupos parlamentarios representados en la comisión requieran de ser dictaminadas en sentido favorable.

2. Reconociendo que en caso de que persistan las diferentes problemáticas que dieron origen las proposiciones con puntos de acuerdo, presentadas y turnadas a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales durante legislaturas pasadas y que serán desechadas mediante el presente Acuerdo, los diferentes Grupos Parlamentarios que integran esta comisión legislativa en la LX Legislatura se comprometen a presentarlas nuevamente, cuando así lo consideren necesario.

Aspectos tales, que fueron tomados en cuenta para la elaboración y aprobación del dictamen por el cual se desecharon catorce Puntos de Acuerdo, turnados durante la LIX Legislatura, mismo que fue enviado a la mesa directiva el 25 de abril de 2006.

Ahora bien, debido a que el pasado 14 de marzo, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, publicó en la Gaceta Parlamentaria, una lista de acuerdos de modificación de turno de todas aquéllas proposiciones con punto de acuerdo a las que se les haya asignado un turno plural de comisiones unidas, para el efecto de que únicamente se mantenga el turno de la comisión ordinaria mencionada en primer lugar; razón por el cual, a esta comisión legislativa le fueron re-turnados como comisión única 13 puntos de acuerdo, que correspondían a comisiones unidas en al LIX Legislatura, de los cuales se considera que 9 han quedado sin materia; asimismo, se listan dos proposiciones con punto de acuerdo que no fueron incluidas en el dictamen del acuerdo de desecho aprobado el día 24 de abril de 2007, pese que se encontraban en el listado de asuntos rezagados por dictaminar de la legislatura pasada. Dichas proposiciones con punto de acuerdo se enlistan a continuación:

Puntos de Acuerdo

1. Punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Agricultura, para que ejerza su facultad rectora respecto al Procampo, sobre el correcto cumplimiento en las obligaciones del mismo, presentado por el entonces diputado Luis Antonio González Roldán del PVEM, el 3 de marzo de 2004.

2. Punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a exigir la aplicación irrestricta de la normatividad ambiental en diversas instalaciones petroleras y el cumplimiento puntual de los compromisos asumidos por Pemex en el programa de autorías ambientales, presentado por el entonces diputado Carlos Manuel Rovirosa Ramírez del PRI, el 13 de abril de 2004.

3. Punto de acuerdo, para que se exhorte al gobierno federal a apoyar al proyecto del Canal de la Cortadura, en Tampico, Tamaulipas, presentado por el entonces diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah del PAN, el 20 de abril de 2004.

4. Proposición de punto de acuerdo por el que se solicita a la Cámara de Diputados, estudie la problemática que prevalece respecto al depósito de residuos a cielo abierto y la probable construcción de un nuevo relleno sanitario, en el municipio de Coacalco de Barriosalva, estado de México, presentado el 11 de septiembre de 2004.

5. Punto de acuerdo, por el que se exhorta a los órganos del Ejecutivo y del Legislativo del Distrito Federal a tomar las medidas necesarias a fin de declarar área de valor ambiental de la ciudad el bosque de San Juan de Aragón e invertir los recursos requeridos para la ejecución de un programa integral de rehabilitación del mismo bosque, presentado por el entonces diputado Jorge Triana Tena del PAN, el día 9 de diciembre del año 2004.

6. Punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a revisar y buscar opciones que fortalezcan la capacidad del Ejecutivo federal para administrar y manejar las áreas naturales protegidas del país, presentado por el entonces diputado Leonardo Álvarez Romo del PVEM, el 26 de enero de 2005.

7. Punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la SRA y a la Profepa a implantar un programa de atención integral de las comunidades asentadas de manera irregular en el área natural protegida del Cañón del Sumidero, Chiapas, presentado por el entonces diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández del PRI, el 5 de abril de 2005.

8. Punto de acuerdo, por el que se solicita a diversas secretarías que revisen el incumplimiento de Pemex a las medidas de seguridad y de las empresas contratistas al requisito de contar con adecuados planes de protección civil y seguridad industrial, así como que realicen las investigaciones conducentes y finquen las responsabilidades administrativas y penales a que haya lugar, presentado por el entonces diputado Francisco Javier Carrillo Soberón del PRD, el 25 de abril de 2005.

9. Punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua, para que analicen, dictaminen y, en su caso, resuelvan a favor del equilibrio ecológico y las reservas de agua en el municipio de Jiquipilco, estado de México, presentado por la entonces diputada Blanca Estela Gómez Carmona del PRI, el 8 de diciembre de 2005.

10. Punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat y de la Secretaría de Gobernación, adopte medidas y programas para prestar auxilio y apoyo económico a los municipios de la zona serrana del estado de Chihuahua, para afrontar la prolongada sequía y el riesgo inminente de incendios forestales en el área, presentado por el entonces diputado Jesús Aguilar Bueno del PRI, el 23 de marzo de 2006.

11. Punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat y a la SHCP, para que ejerzan con transparencia los recursos destinados a través del Programa especial concurrente en materia de conservación de suelos y de agua, al suelo de conservación del Distrito Federal, presentado por la entonces diputada Nancy Cárdenas Sánchez del PRD, el 23 de marzo de 2006.

Por lo que los integrantes de esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, atendiendo a que algunos de estos asuntos plantean eventos transitorios que perdieron su vigencia por el solo transcurso del tiempo, y a la necesidad de agilizar la actividad legislativa de la comisión, se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se desechan los puntos de acuerdo referidos en las consideraciones del presente dictamen, presentados por diversos diputados pertenecientes a la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 5 de julio de 2007.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar , Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez , Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz (rúbrica), María Soledad López Torres (rúbrica), Rafael Villicaña García (rúbrica), Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zatarain González (rúbrica), Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas (rúbrica), Sergio Augusto López Ramírez (rúbrica), Humberto López Lena Cruz (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, correspondiente a la proposición con punto de acuerdo relativo a la visita a México del presidente de Estados Unidos, George W. Bush, del 12 al 14 de marzo de 2007, debido a que el asunto perdió vigencia

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la honorable Asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

El 26 de abril de 2007, el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo, a mantener una postura de inconformidad, a la privatización de la propiedad de los recursos energéticos del país; manifestar una posición firme en defensa de los derechos humanos de los migrantes mexicanos, de rechazo a deportaciones masivas de la población indocumentada en aquella nación y de amplio rechazo a la construcción del muro en la frontera.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de ésta honorable asamblea, turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

La proposición del diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar se debe a la visita que realizó el presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, del 12 al 14 de marzo de 2007.

El promovente señala que es necesario que el Ejecutivo federal se comprometa a defender los derechos humanos de los migrantes mexicanos, a respetar la Constitución Política y evitar llevar a cabo compromisos que involucren la potestad de los recursos energéticos.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

La relación que mantiene México con Estados Unidos se ubica dentro de un esquema global, en el que resulta esencial formular objetivos concretos y claros, teniendo siempre presente los intereses de México y las posiciones e intereses de Estados Unidos.

La Comisión de Relaciones Exteriores considera que la relación bilateral México-Estados Unidos es de suma importancia para el país y para la política exterior, no obstante, la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se considera extemporánea, dado que la visita del presidente de los Estados Unidos se llevó a cabo del 12 al 14 de marzo de 2007.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo del diputado Jesús Humberto Zazueta Aguilar , relativo a la visita a México del presidente de Estados Unidos, George W. Bush del 12 al 14 de marzo de 2007, por considerarse extemporáneo.

Segundo. Archívese como asunto totalmente concluido.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 5 de septiembre de 2007.
Comisión de Relaciones Exteriores. Diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Oscar Miguel Mohamar Dainitín (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié , Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Edgar Mauricio Duck Núñez , Ma. Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jaques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuellar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Publíquese en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.



ESTADO DE COAHUILA

El diputado Jesús Vicente Flores Morfín (desde la curul): Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Permítame, diputada. ¿Sí, diputado? Le dan sonido, por favor, al diputado. Me dice su nombre cuando le den el sonido, por favor.

El diputado Jesús Vicente Flores Morfín (desde la curul): Diputada, respetuosamente pido a esta soberanía un minuto de silencio por las víctimas de la tragedia en Coahuila, en el municipio de Nadadores, donde más de una cuarentena de ciudadanos cayeron en la tragedia, y más de 200 heridos. Esto se considera una tragedia nacional. Respetuosamente pido un minuto de silencio de esta soberanía.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Esta Presidencia hace eco de la petición del diputado. Si todos se ponen de pie, por favor, para guardar un minuto de silencio por las víctimas de este accidente.

(Minuto de silencio)

Gracias a todos. Continúe la Secretaría, por favor.



COMISION NACIONAL DEL AGUA

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo.--- Comisión Nacional del Agua

Diputada María Elena Álvarez Bernal , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con relación al Programa de Devolución de Derechos y de acuerdo con lo establecido en el artículo 231-A de la Ley Federal de Derechos, me permito informar a usted que, de los ingresos excedentes recaudados por esta comisión, al término del segundo trimestre de este ejercicio fiscal no se realizó devolución alguna de recursos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en este programa, debido a que los ingresos excedentes por devolver se mantenían en proceso de notificación ante la Unidad de Legislación Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su posterior solicitud de autorización a la Subsecretaría de Egresos de la mencionada dependencia; no obstante lo anterior, la devolución de derechos alcanzó al 15 de agosto del año en curso un importe total de 694.0 millones de pesos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 31 de agosto de 2007.--- Ingeniero José Ramón Ardavín Ituarte (rúbrica), Subdirector General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento. De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.



TRABAJOS LEGISLATIVOS

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que establece el calendario legislativo para el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura.

Septiembre-diciembre 2007

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en lo dispuesto en el inciso a) del numeral 1 del artículo 38 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de los siguientes

Considerandos

1. Que de conformidad con el artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones y el calendario para su desahogo.
2. Que de acuerdo con el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año.

Con base en lo anteriormente expuesto, este órgano de gobierno establece el siguiente:

Transitorio

Único. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Atentamente
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de septiembre de 2007.--- Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Presidenta; Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputada Gloria Lavara Mejía , Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: De enterado. Comuníquese.



COMISIONES LEGISLATIVAS

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicito atentamente que se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:

• Que el diputado Cristián Castaño Contreras cause baja como integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores.• Que la diputada María Elena Álvarez Bernal cause alta como integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores.• Que la diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez cause baja como secretaria de la Comisión de Puntos Constitucionales.• Que el diputado José Gildardo Guerrero Torres cause alta como secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales.• Que el diputado Francisco Javier Plascencia Alonso cause baja como integrante de la Comisión de Desarrollo Metropolitano.• Que el diputado José Gildardo Guerrero Torres cause alta como integrante de la Comisión de Desarrollo Metropolitano.• Que el diputado Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo cause alta como integrante del Comité de Competitividad.• Que el diputado Cristián Castaño Contreras cause baja como integrante de la Comisión de Gobernación.• Que la diputada María del Carmen Fernández Ugarte cause alta como integrante de la Comisión de Gobernación.• Que la diputada María del Carmen Fernández Ugarte cause alta como integrante de la Comisión de Función Pública.• Que el diputado Jorge Quintero Bello cause alta como integrante de la Comisión de Desarrollo Social.• Que la diputada Gloria María Perroni Merino cause alta como integrante de la Comisión de Participación Ciudadana.• Que la diputada Gloria María Perroni Merino cause alta como integrante de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.• Que la diputada María Ofelia Malcos Amaro cause alta como integrante de la Comisión de Participación Ciudadana.• Que la diputada María Ofelia Malcos Amaro cause alta como integrante de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.• Que la diputada María Soledad Limas Frescas cause baja como integrante de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo.• Que la diputada Esmeralda Cárdenas Jiménez cause baja como integrante de la Comisión de Marina.• Que el diputado Antonio Medellín Varela cause alta como integrante de la Comisión Especial para Seguimiento del Acuerdo Nacional para el Campo y al Capítulo Agropecuario del TLC.• Que la diputada Adriana Dávila Fernández cause baja como integrante de la Comisión Especial para la Defensa de los Derechos Sociales de Acceso al Agua y la Protección de Ambientes Acuáticos.• Que la diputada Adriana Dávila Fernández cause baja como integrante de la Comisión Especial para Conocer las Políticas y la Procuración de Justicia Vinculada a los Feminicidios del País.• Que la diputada María Nieves Noriega Blanco cause baja como secretaria de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas.• Que el diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo cause alta como secretario de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas.• Que el diputado Carlos Augusto Bracho González cause baja como integrante de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlatino.• Que la diputada María Mercedes Corral Aguilar cause alta como integrante de la Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlatino.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente.»

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueban los cambios de comisión mencionados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobados. Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno de la Junta de Coordinación Política.

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, tercer párrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicito atentamente que se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por la diputada Gloria Lavara Mejía , coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

• Que la diputada Ana María Ramírez Cerda cause alta como secretaria en la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos.• Que la diputada Ana María Ramírez Cerda cause alta como integrante en la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.• Que la diputada Ana María Ramírez Cerda cause alta como integrante en la Comisión de Seguridad Social.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 1 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente.»

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobadas. Proposiciones de los órganos de gobierno de la Junta de Coordinación Política.



AUTOPISTA DEL SOL

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como a Capufe, a respetar el acuerdo suscrito con los diputados federales del estado de Guerrero para mantener el descuento de 20 por ciento en el cobro de la Autopista del Sol mientras se terminan los trabajos de rehabilitación

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Jesús Evodio Velázquez Aguirre , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comunicaciones y Transportes, así como de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos a respetar el acuerdo suscrito con los diputados federales del estado de Guerrero para mantener el descuento del 20.0 por ciento en el cobro de la Autopista del Sol mientras no se terminen los trabajos de rehabilitación.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 6 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobado. Comuníquese.



ESTADO DE GUERRERO

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la SCT a evaluar y cuantificar los daños ocasionados por la tormenta tropical Henriette a la infraestructura carretera de diversos municipios de Guerrero, a fin de que obtengan los apoyos previstos del Fonden para su inmediato reestablecimiento

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para fa Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado César Flores Maldonado , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a realizar la evaluación y cuantificación de daños en la infraestructura carretera de los municipios de Guerrero por la tormenta tropical Henriette y con ello se obtengan los apoyos previstos del Fondo de Desastres Naturales para su inmediato reestablecimiento.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 6 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobado. Comuníquese.



ESTADO DE GUERRERO

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al gobierno federal a destinar mediante la Conagua recursos para el reencauzamiento, el desazolve y la contención del río La Sabana, en Acapulco de Juárez, Guerrero, para hacer frente a los daños ocasionados por la tormenta tropical Henriette

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado César Flores Maldonado , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno federal a destinar, a través de la Comisión Nacional del Agua, recursos para el reencauzamiento, desazolve y contención del río La Sabana, en el municipio de Acapulco de Juárez, estado de Guerrero, a fin de hacer frente a los daños ocasionados por la tormenta tropical Henriette.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 6 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobado. Comuníquese.



ESTADO DE VERACRUZ

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se condenan los hechos relacionados con las explosiones de Pemex en el estado de Veracruz

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez , del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados, condena los actos de violencia perpetrados en contra de las instalaciones de Pemex, en el estado de Veracruz y exhorta a las autoridades federales y estatales competentes, a realizar las investigaciones necesarias tendientes a deslindar las responsabilidades a que haya lugar.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 10 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica p.a.), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobado. Comuníquese.

Esta Presidencia les da la más cordial bienvenida a los alumnos que se encuentran con nosotros hoy, que son de la licenciatura en derecho de la FES Acatlán y del Centro Universitario Isidro Fabela. Sean bienvenidos. Continúe la Secretaría.



ESTADO DE COAHUILA

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita respetuosamente al gobernador de Coahuila y al Ejecutivo federal que agilicen las investigaciones en torno de la explosión ocurrida en el kilómetro 38 de la carretera Monclova-San Pedro y que se apoye de manera inmediata y suficiente a los afectados

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta la diputada Marina Arvizu Rivas , del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Social Demócrata, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente al Ejecutivo estatal del estado de Coahuila y al Ejecutivo federal para que coordinen las acciones necesarias a efecto de atender de manera inmediata y suficiente a los afectados por la explosión ocurrida en el kilómetro 38 de la carretera Monclava - San Pedro, asimismo realicen las investigaciones a que haya lugar para conocer las causas de dicha explosión, el desempeño de las autoridades involucradas y se deslinden las responsabilidades correspondientes.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 10 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

«Proposición con punto de acuerdo para solicitar al gobierno estatal y federal para que agilice las investigaciones en torno a la explosión ocurrida en el kilómetro 38 de la carretera Monclava-San Pedro y se apoye a los heridos y familiares de las víctimas del citado incidente.

La suscrita, diputada federal en la LX Legislatura, integrante del grupo parlamentario de Alternativa Socialdemócrata, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el transcurso de la noche del día de ayer y hoy, se suscitó una explosión en el kilómetro 38 de la carretera Monclova-San Pedro, derivado por el percance de un camión que transportaba 22 toneladas de explosivos. De acuerdo con la información disponible hasta el momento, se tiene un saldo de 37 personas fallecidas y entre 100 y 150 heridos, por lo que ha sido considerado la mayor tragedia en la entidad desde la explosión en Pasta de Conchos.

Para tener una idea de la dimensión del desastre, cabe resaltar que el tramo en cuestión quedó totalmente devastado, y que la onda expansiva de la explosión se registró a más de 200 kilómetros a la redonda.

En este marco, resulta indispensable que las autoridades del estado y del Ejecutivo federal brinden sin dilación alguna todo el apoyo que sea necesario para atender a los heridos de este percance, y de igual forma, se otorgue el respaldo que se requiera para los familiares de las víctimas, a las que además del trastorno emotivo y psicológico que esta situación les genera, deberán cubrir diversos gastos que pudieran rebasar sus posibilidades económicas.

Sin embargo, también debe de llevarse una profunda investigación que no sólo tenga por propósito explicar con todo detalle lo acontecido, sino establecer las medidas necesarias para evitar que esto vuelva a ocurrir en lo futuro.

Cabe destacar que gran parte de las víctimas y heridos eran personas que vivían cerca del lugar, y que al aproximarse al lugar del incidente, fueron impactadas por la explosión de enorme magnitud. E incluso se ha informado que algunas de las víctimas eran periodistas.

En razón de esta información, resultan obligadas, por evidentes, algunas preguntas: ¿cómo fue posible que al evento llegaran medios de comunicación sin que la zona fuera acordonada por la fuerza pública para evitar que el número de víctimas creciera como efectivamente sucedió? ¿Cómo fue posible que el camión que transportaba la dinamita no tuviera avisos de su peligroso contenido? ¿Acaso circulan por las carreteras de nuestro país vehículos que pueden ocasionar tal desastre sin una vigilancia y custodia permanente por parte de las autoridades, de tal suerte que pudieran prevenir los obstáculos o bien, que dieran aviso inmediato a las personas cercanas al evento sobre la eventual explosión que se puede provocar, así como a las autoridades para tomar las medidas que tal situación obliga?

Asimismo, de acuerdo con información brindada por elementos de la Policía Federal Preventiva, el camión era propiedad de Fletes y Trapaleos, que transportaba la dinamita de la empresa Orika, y debía entregar su cargamento en la ciudad de Frontera a la empresa Takata. ¿Acaso la Procuraduría de Justicia del estado, las Secretarías de la Defensa Nacional, de Comunicaciones y Transportes, la Policía Federal Preventiva y demás dependencias, tener conocimiento pleno de las empresas que producen y transportan tales materiales y que cumplan las medidas de seguridad del caso para evitar este tipo de incidentes?

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente al Ejecutivo estatal del estado de Coahuila y al Ejecutivo federal para que coordinen las acciones necesarias a efecto de atender de manera inmediata y suficiente a los heridos y familiares de las víctimas de la explosión ocurrida en el kilómetro 38 de la carretera Monclova-San Pedro, en lo particular, para establecer un fondo de recursos especial para su atención y tratamiento, así como para que agilicen las investigaciones sobre las causas del accidente, el desempeño de las autoridades involucradas y se deslinden las responsabilidades correspondientes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2007.--- Diputada Marina Arvizu Rivas (rúbrica).»

En votación económica se pregunta a las diputadas y los diputados si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobado. Comuníquese. Iniciativas del Ejecutivo.



LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Para los efectos de lo dispuesto en el inciso H) del artículo 72 y en el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido en la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por instrucciones del ciudadano Presidente de la República me permito enviar a usted la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Asimismo, acompaño al presente copia del oficio número 353.A.-0941, signado el día 4 del mes en curso, a través del cual el licenciado Max A. Diener Sala, director general jurídico de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, manifiesta que la citada iniciativa se sujeta al procedimiento específico previsto en el artículo 40 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), Subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presidencia de la República.

Ciudadana Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

En ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción I, y en cumplimiento del artículo 74, fracción IV, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 7o. de la Ley de Planeación, por su digno conducto, someto a la consideración del honorable Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Para tales efectos, se expresan a continuación los motivos que sustentan esta Iniciativa de Ley, en los rubros siguientes:

I. Entorno Económico

Durante 2007 el entorno económico que prevaleció en el ámbito internacional y nacional propició que las actividades productivas en México continuaran en expansión, aunque a un ritmo más moderado que el año anterior. Ello se debe al menor crecimiento en la producción industrial estadounidense y a la desaceleración que tuvo lugar en el primer semestre en el sector automotriz nacional. Cabe destacar que, a partir del segundo trimestre de 2007, la economía del país empezó a mostrar signos de una recuperación en el crecimiento de la actividad productiva. Así, conforme transcurrió el año las exportaciones mexicanas y la fabricación de vehículos tuvieron un desempeño más dinámico, lo cual, aunado al comportamiento favorable que se mantuvo en los componentes del gasto del sector privado, llevó a un incremento en el ritmo de crecimiento de la economía con respecto al observado en los primeros tres meses del año.

De esta manera, en el primer semestre del año el valor real del Producto Interno Bruto (PIB) se incrementó a una tasa anual de 2.7 por ciento. Todos los sectores productivos mostraron avances. Por una parte, la oferta de servicios y la producción agropecuaria se incrementaron a tasas anuales de 3.7 y 2.0 por ciento respectivamente, en tanto que la producción industrial lo hizo en 0.7 por ciento.

El buen desempeño de los componentes del gasto privado permitió apuntalar el crecimiento de la producción, puesto que el consumo de las familias y la inversión de las empresas siguieron aumentando a ritmos anuales relativamente elevados gracias a que el empleo formal, los salarios reales y el otorgamiento de crédito siguieron en expansión. En particular, se estima que durante los primeros seis meses de 2007 el consumo y la inversión del sector privado se incrementaron a tasas anuales cercanas a 3.7 y 8.3 por ciento, respectivamente.

Durante el transcurso del año el empleo formal continuó creciendo a ritmos elevados. Al 31 de agosto de 2007, el número de trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS) tuvo un incremento anual de 790 mil 116 personas, es decir, se expandió al 5.7 por ciento. Con respecto a diciembre de 2006 el empleo formal aumentó en 618 mil 473 trabajos (4.4 por ciento).

Durante 2007, el crecimiento estimado para la economía de los Estados Unidos de América ha sufrido revisiones a la baja; primero, como consecuencia de una menor actividad manufacturera en el primer trimestre del año y, segundo, debido a un deterioro sustancial del mercado inmobiliario residencial, el cual fue mayor que el proyectado. Así mismo, el fuerte incremento que recientemente tuvo la volatilidad de los mercados financieros y el aumento en el riesgo de que se observe una contracción del crédito para los consumidores norteamericanos han ocasionado que los pronósticos de crecimiento para ese país sean más conservadores. Consecuentemente, la expectativa de crecimiento de la economía de México del Gobierno Federal para 2007 se consideró en 3.0 por ciento. A su vez, entre noviembre de 2006 y agosto de 2007 los analistas del sector privado encuestados por el Banco de México corrigieron sus expectativas de crecimiento para el PIB de México de 3.45 a 3.03 por ciento.

Se anticipa que en 2007 el valor real en pesos de las exportaciones de bienes y servicios se incremente a una tasa anual de 5.1 por ciento. Así mismo, se estima que los gastos que el sector privado destine a la formación bruta de capital fijo y al consumo se incrementen a tasas anuales de 6.5 y 3.6 por ciento, respectivamente. Con ello, la inversión habrá crecido a tasas anuales mayores que las del consumo por cuatro años consecutivos.

La evolución de los componentes de la demanda esperada para 2007 induciría un crecimiento anual de 4.0 por ciento en la oferta agregada. Esta proyección se sustenta en los incrementos anuales de alrededor de 3.0 y 6.2 por ciento que se anticipa tendrán el PIB y las importaciones de bienes y servicios, respectivamente.

Así mismo, se prevé que al cierre de 2007 la inflación se ubique dentro del intervalo de variabilidad objetivo estipulado por el Banco de México. Además, se estima que el balance del sector público se encuentre en equilibrio, en tanto que el superávit primario sería similar a 2.6 por ciento del PIB.

El escenario macroeconómico descrito es congruente con un déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos equivalente a 0.8 puntos porcentuales del PIB y con un flujo de inversión extrajera directa superior al observado en 2006. De igual manera, se estima que durante 2007 las remesas familiares ascenderán a más de 24 mil millones de dólares.

Para el ejercicio fiscal de 2008 se anticipa que la actividad económica de los Estados Unidos de América tendrá un ritmo de crecimiento ligeramente superior al observado en 2007. Cabe hacer notar que en fechas recientes se ha incrementado de manera sustancial la incertidumbre sobre la evolución de esa economía, al haber un reconocimiento generalizado de mayores riesgos a la baja en la actividad económica. Ello es debido a la volatilidad en los mercados financieros, surgida por el deterioro del mercado hipotecario, la cual, de persistir, podría traducirse en una contracción del crédito que afectaría al consumo y la inversión en ese país.

Considerando lo anterior, durante 2008 el valor real del PIB de México se incrementaría a una tasa anual de 3.5 por ciento, similar a la proyección de 3.59 por ciento de los analistas del sector privado encuestados en agosto de 2007 por el Banco de México. Cabe hacer notar que la proyección anterior no incorpora el efecto positivo que tendría la aprobación de la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen, presentada por el Ejecutivo Federal a mi cargo a la del Congreso de la Unión el 20 de junio de 2007; la cual llevaría a un crecimiento mayor que el anticipado por el sector privado. La expansión económica de México induciría un aumento en las importaciones de bienes y servicios de 7.4 por ciento, de tal manera que el valor real de la oferta agregada registraría un crecimiento anual de 4.7 por ciento.

Por el lado de la demanda, la mejoría anticipada en el desempeño de la producción industrial estadounidense se traduciría en un aumento de las exportaciones mexicanas. Se estima que durante 2008 el valor real de las exportaciones de bienes y servicios tendría un aumento anual de 7.0 por ciento, superior a la expansión de 5.1 por ciento contemplada para 2007.

Así mismo, se anticipa que los componentes de la demanda interna de México seguirán creciendo a ritmos relativamente elevados debido al impulso que recibirán de la expansión del crédito, de la recuperación del empleo y de los salarios reales. En particular, se calcula que en 2008 los gastos del sector privado destinados a la formación bruta de capital fijo se incrementen a una tasa anual de 6.0 por ciento. De manera agregada, la formación bruta de capital fijo aumentaría a una tasa anual de 5.3 por ciento.

Por otro lado, se prevé que el dinamismo del consumo sea ligeramente superior que el observado en 2007. En particular, se estima que el consumo del sector privado crezca a una tasa anual de 3.8 por ciento, 0.2 puntos porcentuales por arriba de la estimación de crecimiento para 2007.

El escenario macroeconómico estipulado para 2008 es congruente con el objetivo de inflación previsto por el Banco de México, el cual contempla que el incremento anual del nivel general de los precios al consumidor se ubique cercano a 3.0 por ciento, con un rango de variabilidad de más/menos un punto porcentual. Por su parte, se anticipa que el balance económico del sector público seguirá en equilibrio y que el superávit primario será equivalente a 2.6 puntos porcentuales del PIB.

Así mismo, las proyecciones de oferta y demanda contempladas para el próximo ejercicio fiscal implican que el déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos sea equivalente a 1.0 por ciento del PIB. Se estima que el déficit en la cuenta corriente será financiado totalmente por los recursos que reciba México en forma de inversión extranjera directa. Adicionalmente, se calcula que las remesas familiares ascenderán a más de 25 mil millones de dólares.

El panorama macroeconómico previsto para 2008 no está exento de riesgos que podrían alterar las trayectorias previstas. Dentro de estos riesgos destacan los siguientes:

• Un desempeño menos favorable de la economía de los Estados Unidos de América. Esta situación podría ocurrir si los mercados de bienes raíces no se estabilizan en el resto de 2007, si se observa un crecimiento significativo en el precio de la gasolina o si se presenta una contracción pronunciada en la disponibilidad de crédito. A ello se agrega la posibilidad de que la política monetaria no conduzca a una disminución de las tasas de interés si se percibe que la estabilidad de precios está en riesgo. Estos factores impactarían de forma negativa al crecimiento del consumo privado, debido a su efecto sobre la riqueza y el ingreso disponible de las familias, así como al gasto de inversión.
• Volatilidad en los mercados financieros internacionales. De perdurar la volatilidad en los mercados financieros internacionales se podría observar un menor flujo de recursos hacia las economías emergentes, lo cual eventualmente restringiría las condiciones de acceso a los mercados internacionales de capital. Así mismo, el contagio observado entre países industrializados podría traducirse en una menor demanda a nivel global.
• Cambios abruptos en los ingresos petroleros. Aún cuando el crecimiento de la demanda internacional y la inestabilidad geopolítica en algunas regiones del mundo constituirían un soporte a los precios actuales de los hidrocarburos, también cabe la posibilidad de que se pueda registrar una reducción en los precios en caso de que el crecimiento mundial sea menor que el esperado. Aunada a la inestabilidad de los precios, existe un riesgo asociado a una disminución en la capacidad de producción de hidrocarburos.
II. Crédito Público

La política de deuda pública está orientada a manejar los pasivos públicos de forma prudente y eficiente, contribuyendo así a mantener la estabilidad macroeconómica y financiera. Las acciones en materia de crédito público buscan satisfacer las necesidades de financiamiento del Gobierno Federal al menor costo posible y contribuir a la sana evolución de las finanzas públicas y al desarrollo de los mercados financieros nacionales. Así, la estrategia de crédito público se encamina a fortalecer la estructura de la deuda del Gobierno Federal y promover la eficiencia de los mercados financieros, a fin de que éstos canalicen de manera eficiente el ahorro hacia la inversión y la creación de empleos.

En este contexto, la estrategia general en 2007 ha seguido dos vertientes principales: i) financiar el déficit del Gobierno Federal en su totalidad a través del endeudamiento interno, privilegiando la captación de recursos mediante emisiones de bonos a tasa fija de largo plazo, y ii) establecer una meta de desendeudamiento externo neto para el sector público, mejorando la estructura de costo y plazo de los pasivos externos.

En materia de deuda interna, las acciones han estado orientadas a alcanzar tres objetivos principales: i) fortalecer la liquidez y eficiencia de los bonos a tasa fija en sus distintos plazos; ii) desarrollar el mercado mediante la emisión de títulos indizados a la inflación (Udibonos), como una herramienta de diversificación del portafolio de la deuda interna, y iii) impulsar la eficiencia del mercado local de deuda, en particular a través del fortalecimiento de su microestructura.

En materia de deuda externa, durante 2007 se ha buscado alcanzar un perfil de vencimientos más adecuado, una disminución del costo del servicio de la deuda y una reducción en sus índices de riesgo. Las acciones en este renglón han estado dirigidas a fortalecer al mercado de bonos globales del Gobierno Federal. Estas medidas han permitido aumentar la liquidez de dichos bonos, incrementado la profundidad del mercado y generando ahorros derivados de menores costos en el servicio de los pasivos externos.

En forma paralela, el Gobierno Federal ha fomentado la ampliación de su base de inversionistas, mediante una extensa difusión de su estrategia de administración de deuda. Esta política de difusión y transparencia ha tenido como objetivo dar a conocer los avances en la implementación de la estrategia de deuda, dando al público inversionista los elementos necesarios para evaluar adecuadamente su participación en títulos mexicanos.

Como resultado de la estrategia implementada, se ha observado una disminución en el riesgo del portafolio de deuda pública medido a través de distintos indicadores. Se destaca que la deuda externa neta del Gobierno Federal como porcentaje del PIB registra sus menores niveles en la historia económica reciente del país. Así mismo, se estima que el costo financiero neto total del Gobierno Federal para el 2007 se ubicará al cierre del año en 2.1 por ciento del PIB, 0.4 puntos porcentuales del producto menos que lo registrado en promedio en el periodo 2000-2006.

La política de crédito público que se somete a la consideración de ese Congreso de la Unión para el ejercicio fiscal de 2008 tiene la finalidad de captar los recursos para hacer frente a las obligaciones de deuda vigente y a las necesidades de financiamiento neto en las condiciones de costo más favorables posibles.

El paquete económico propuesto por el Ejecutivo Federal para el 2008 plantea un objetivo de desendeudamiento externo neto del sector público de al menos 500 millones de dólares, así como la contratación de financiamientos con organismos financieros internacionales de carácter multilateral por un endeudamiento neto de hasta 1,500 millones de dólares. Lo anterior, refleja el compromiso del Gobierno Federal por seguir robusteciendo la composición de la deuda pública y mantener el financiamiento de los organismos internacionales como una valioso fuente de asistencia técnica.

Adicionalmente, en la presente Iniciativa que se somete a la consideración de ese Congreso de la Unión, se solicita un monto de endeudamiento interno neto del Gobierno Federal por 220 mil millones de pesos. Este monto es congruente con las metas fiscales delineadas en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, en el cual se establece un balance equilibrado del sector público presupuestario, que resulta de un déficit del Gobierno Federal de 189.49 mil millones de pesos y un superávit de los organismos y empresas del sector público por un monto igual. Cabe mencionar que el monto de endeudamiento interno neto requerido para el Gobierno Federal es mayor a su déficit presupuestario, debido a que, por las características propias de ciertos valores gubernamentales, el flujo de efectivo que se obtiene de su colocación resulta generalmente menor a su valor nominal.

Es importante mencionar que, en términos del artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Programa Económico para 2008 parte de un balance presupuestario en equilibrio, que contempla el límite de endeudamiento neto mencionado en los párrafos anteriores. Sin embargo, en el marco de lo dispuesto en dicho ordenamiento, el endeudamiento neto se incrementará por el monto asociado al ejercicio presupuestario para dar cumplimiento a lo ordenado en el decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE), publicado el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, el cual VII establece en el último párrafo del transitorio vigésimo primero que se autoriza al Ejecutivo Federal a emitir y pagar Bonos de Pensión del ISSSTE, así como a contratar, ejercer y autorizar créditos, empréstitos y otras formas del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para financiar las obligaciones asociadas a dicha Ley, y a realizar los ajustes correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación a efecto de que se reconozca como gasto el importe de las obligaciones derivadas de la LISSSTE. El monto de las emisiones estará en función del número de trabajadores que opten por el nuevo esquema de pensiones, lo cual se conocerá en el último trimestre de 2008.

La política de deuda pública del Gobierno Federal para 2008 contempla líneas de acción específicas para la deuda interna y externa, conforme a lo siguiente:

Deuda Interna. En este ámbito, habiendo desarrollado un mercado de valores gubernamentales líquido y eficiente en los últimos años, el Gobierno Federal pondrá especial énfasis en mejorar la microestructura de los mercados locales para perfeccionar el proceso de formación de precios y la eficiencia del mercado secundario.
Con este fin, se implementarán medidas que propicien el sano desarrollo del mercado de los diferentes tipos de valores gubernamentales. Se continuará el esfuerzo de construir una curva de tasas de interés reales bien definida mediante la emisión de nuevas referencias de Udibonos. En el caso de los bonos a tasa fija, se implementará un programa de recompra de títulos con el fin de suavizar el perfil de vencimientos de la deuda interna y fomentar la eficiencia de la curva de rendimientos. Adicionalmente, se buscará mejorar el acceso de los diferentes tipos de inversionistas al mercado primario de títulos.
El Gobierno Federal, siendo el emisor de deuda de mayor relevancia en el mercado local y el principal promotor de este mercado, tomará las medidas necesarias para coadyuvar al desarrollo de nuevos instrumentos financieros. Así mismo, se promoverá activamente la inclusión de los valores gubernamentales en los índices internacionales más relevantes, con el fin de ampliar la base de inversionistas del mercado local.
Deuda Externa. En el pasado, la deuda externa representó vulnerabilidad para las finanzas públicas ante la fluctuación del tipo de cambio y las tasas de interés internacionales. Con las medidas que se han venido implementando en años recientes en esta materia, se ha reducido la importancia relativa de la referida deuda dentro del portafolio de pasivos del Gobierno Federal, mejorando gradualmente los términos y condiciones de la misma.
En consecuencia, la deuda externa del Gobierno Federal ya no representa un factor de riesgo relevante para la economía nacional, tal como lo señalan los comunicados de las principales agencias calificadoras internacionales. Dichas agencias se han referido de manera reiterada a la solidez del manejo de la deuda pública como uno de los argumentos principales para las mejoras otorgadas a la calificación de riesgo de nuestro país. Por otro lado, a través de la emisión de deuda externa es posible acceder a una base de inversionistas más amplia y diversa de la que se tendría si las operaciones de financiamiento del Gobierno Federal únicamente se realizaran en el mercado local.
En un entorno de menores necesidades de financiamiento con el exterior, la estrategia de deuda externa estará enfocada en mantener una presencia regular y ordenada en los mercados internacionales de capital, de tal forma que: (i) los inversionistas externos cuenten con un vehículo eficiente para participar en el mercado de títulos mexicanos, y (ii) se asegure la eficiencia de los títulos denominados en dólares como referencia para emisiones de los sectores público y privado.

El fortalecimiento de la estructura de los pasivos públicos se verá reflejado en los distintos indicadores de deuda. Se estima que para el cierre del ejercicio fiscal de 2008 la deuda del Gobierno Federal será de 22.9 por ciento del PIB, en donde la deuda externa representará el 18.8 por ciento de la deuda total y 4.3 por ciento del PIB. Por otra parte, se estima que al cierre de 2008 el plazo promedio de la deuda interna será de 6.4 años, en donde el 56.6 por ciento de ésta será de largo plazo.

De esta forma, la política de deuda pública para 2008 buscará seguir generando condiciones de eficiencia en los mercados domésticos de deuda y consolidar la formación de una curva de referencia de largo plazo, que sirva como base para las operaciones de deuda del sector privado y favorezca un mayor desarrollo del mercado de derivados. Así, se fortalecerá el papel del mercado de deuda pública como elemento de desarrollo de los mercados financieros mexicanos en su conjunto, buscando que el ahorro se canalice de manera eficiente a proyectos productivos.

Las necesidades de financiamiento del Gobierno Federal para el periodo 2008- 2013 estarán determinadas por su déficit anual más las amortizaciones de la deuda interna y externa. A continuación se presenta el perfil de vencimientos de la deuda en dicho periodo con base en los saldos contractuales al 31 de julio de 2007.

Con base en el escenario inercial para las finanzas públicas de 2008-2013 presentado en los Criterios Generales de Política Económica para 2008, se estima que el saldo histórico de los requerimientos financieros del sector público (SHRFSP) en términos del PIB mantendrá una tendencia creciente en los próximos años. Ante esta situación, es imprescindible mantener el balance de las finanzas públicas en niveles que permitan la disminución gradual de las obligaciones financieras del sector público.

Al igual que en años previos, en esta Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación se solicita que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario cuente con la autorización del Congreso de la Unión para realizar operaciones de refinanciamiento. De esta forma, ese Instituto se encontrará en posibilidades de continuar mejorando gradualmente el perfil de vencimientos de su deuda, reduciendo simultáneamente las presiones sobre el presupuesto de egresos en el mediano y largo plazos. Lo anterior, en virtud de lo establecido en la Ley de Protección al Ahorro Bancario y en cumplimiento de las obligaciones del citado Instituto vinculadas a los programas de saneamiento.

Así mismo, en la presente Iniciativa se solicita, en los mismos términos autorizados por el Congreso de la Unión para el ejercicio fiscal de 2007, que las sociedades nacionales de crédito que integran el Sistema Banrural contempladas en el Transitorio Tercero de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, todas en liquidación, cuenten con la autorización para canjear o refinanciar sus obligaciones financieras en el mercado interno, a fin de hacer frente a sus obligaciones de pago y, en general, para mejorar los términos y condiciones de sus obligaciones financieras, contando para ello con el respaldo del Gobierno Federal. Dicha autorización resulta indispensable para adecuar, de la mejor manera, el flujo esperado por la recuperación de sus activos con el vencimiento de sus obligaciones, lo que evita incorporar presiones innecesarias en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Finalmente, a propuesta del Gobierno del Distrito Federal, se solicita un techo de endeudamiento neto para el año 2008 de 1 mil 500 millones de pesos, el cual permitirá el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para ese ejercicio fiscal. Así mismo, se propone precisar en este ordenamiento las atribuciones ya conferidas al Gobierno Federal en otras disposiciones jurídicas, de llevar a cabo la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de crédito público, para realizar operaciones de canje o refinanciamiento de la propia deuda pública para el Distrito Federal; debiendo sujetar dichos financiamientos a lo establecido en la Ley General de Deuda Pública y a las directrices de contratación que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

III. Otras Medidas

Adicionalmente, se propone continuar con la tasa de recargos aplicable a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. En tal sentido, la tasa será de 1 por ciento mensual tratándose de pago en parcialidades hasta de 12 meses; de 1.25 por ciento mensual tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, y de 1.50 por ciento cuando el pago sea a plazos en parcialidades superiores a 24 meses.

Con la finalidad de preservar el debido cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrados entre la Federación y las Entidades Federativas, se propone prever nuevamente que tratándose de mercancías o vehículos de procedencia extranjera, embargados precautoriamente por las Entidades Federativas, que pasen a propiedad del Fisco Federal en cumplimiento de dichos convenios, no se transferirán al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, de acuerdo a lo señalado por la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con lo cual se podrá dar cumplimiento a los compromisos en materia de incentivos establecidos en los citados convenios. Igualmente, se plantea incluir nuevamente una disposición en la que se ratifican los convenios que se hayan celebrado entre la Federación por una parte y las Entidades Federativas, sus organismos autónomos y los municipios, incluyendo también a los organismos descentralizados de las propias Entidades Federativas, por la otra.

Por otra parte, se estima conveniente que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda otorgar el destino específico de los ingresos que obtengan las dependencias de la Administración Pública Federal por concepto de productos y aprovechamientos, cuyo cobro haya sido autorizado por dicha Secretaría.

Adicionalmente, se propone continuar con el tratamiento diferenciado que, para el manejo de ingresos, se establece para las dependencias, entidades y órganos autónomos por disposición constitucional, en lo que se refiere a la determinación de las obligaciones de entero, registro e informe sobre los ingresos que se generen.

En virtud de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la dependencia encargada de efectuar el registro de los ingresos que obtengan las entidades sujetas a control directo, los poderes Legislativo y Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se propone mantener la obligación del registro de los mismos, así como el deber de conservar la documentación comprobatoria de dichos registros, a disposición de los órganos revisores de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, con la correspondiente obligación de presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el respaldo de la información sobre los ingresos que se registren.

Con el propósito de posibilitar la entrega y aplicación inmediata de los productos que obtengan las instituciones educativas, los planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación media superior, superior, de postgrado, de investigación y de formación para el trabajo del sector público, se somete a la consideración de ese Congreso de la Unión mantener la disposición que permite el manejo de dichos recursos a través de un fondo revolvente destinado a cubrir los gastos asociados con los objetivos y programas de dichos planteles, instituciones y centros de investigación.

Por otra parte, en materia de fideicomisos, se considera conveniente prever nuevamente que ante la falta de disposición expresa dentro del contrato respectivo los ingresos remanentes a la extinción del mismo se podrán destinar a la dependencia que aportó los recursos o a la dependencia o entidad que concuerde con los fines del fideicomiso extinto, así como establecer la posibilidad de destinar a gasto de inversión en infraestructura los aprovechamientos que se obtengan por concepto de recuperaciones de capital derivadas de los fondos entregados en fideicomiso y en inversiones en obras de agua potable y alcantarillado, entre otros.

Así mismo, se somete a la consideración de ese Congreso de la Unión continuar con el esquema de actualización del monto de los productos y aprovechamientos que las dependencias de la Administración Pública Federal cobran de manera regular, vía un factor que se aplicará a la última modificación que se hubiere efectuado y hasta que se emita la autorización respectiva.

De igual manera se propone continuar sancionando por la concentración extemporánea de los ingresos que se recauden por parte de las dependencias por los diversos conceptos a que se refiere la Iniciativa que se presenta, con una carga financiera por concepto de indemnización al Fisco Federal, la cual resultará de aplicar la tasa anual determinada, sobre el importe no concentrado oportunamente.

De igual modo, se considera importante que el tratamiento de los ingresos por enajenación de acciones, cesión de derechos y desincorporación de entidades, sea igual al aplicable en 2007, en el sentido de permitir descontar los gastos necesarios para llevar a cabo dichos procedimientos, precisando que tratándose de operaciones que le sean encomendadas al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes en los términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, se podrá descontar además un porcentaje por concepto de gastos indirectos de operación, a fin de que dicha entidad se encuentre en posibilidades de llevar a buen término la totalidad de las operaciones y procedimientos a su cargo.

A efecto de agilizar la terminación de los procesos de desincorporación de las entidades paraestatales que cuentan con la garantía del Gobierno Federal y, por ende, evitar la consecuente erogación de recursos, se propone que el liquidador o responsable del proceso pueda utilizar los recursos disponibles de los mandatos y demás figuras análogas encomendadas al propio Gobierno Federal, para el pago de los gastos y pasivos de los procesos de desincorporación, previa opinión favorable de la coordinadora de sector, del mandante o quien haya constituido la figura análoga y de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación.

Así mismo, con la finalidad de que el objetivo señalado en el párrafo anterior se logre en cualquier tipo de entidad, se propone establecer que se puedan utilizar los recursos remanentes de los procesos de desincorporación concluidos para el pago de los gastos y pasivos de otros procesos que, al momento de la referida conclusión, sean deficitarios, para lo cual los recursos correspondientes deberán identificarse por el liquidador o responsable del proceso en una subcuenta específica. Lo anterior, también con la previa opinión favorable que, en cada caso, emitan la o las coordinadoras de sector y la Comisión Intersecretarial de Desincorporación.

Por otra parte, y para dar cumplimiento a lo señalado en el Código Federal de Procedimientos Penales, en la Iniciativa que se presenta se propone reiterar que los ingresos provenientes de la enajenación de bienes decomisados y de sus frutos a que hace referencia la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público sean destinados en partes iguales al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Salud.

Adicionalmente, se propone conservar la disposición que faculta a las autoridades fiscales para la cancelación de los créditos fiscales por incosteabilidad, la cual se propone que sea declarada de acuerdo con la evaluación que realice la autoridad fiscal sobre el monto del crédito, el costo de las acciones de recuperación, la antigüedad y la probabilidad de cobro del mismo.

De igual manera que en años anteriores, se estima conveniente incluir en la Ley de Ingresos de la Federación diversos estímulos fiscales, dentro de los cuales es pertinente resaltar los siguientes:

• Se plantea permitir a los contribuyentes de los sectores agropecuario y forestal, el acreditamiento de las inversiones realizadas en bienes de activo fijo contra una cantidad equivalente al impuesto al activo determinado en el ejercicio.
• Con el objeto de continuar apoyando a los contribuyentes que realicen inversiones en investigación y desarrollo tecnológico en beneficio de nuestro país, se propone establecer en 4,500 millones de pesos el estímulo fiscal por los gastos e inversiones que se realicen por dichas actividades; incluyendo a la mediana empresa, así como destinar un monto específico para los proyectos vinculados a instituciones académicas y centros de investigación que incorporen egresados de postgrados.
• Por lo que se refiere al impuesto especial sobre producción y servicios, se propone volver a otorgar el estímulo fiscal para los diversos sectores de contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final, entre los cuales destacan los sectores agrícola, ganadero, pesquero y minero, así como para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga, consistente en permitir el acreditamiento del impuesto causado por la enajenación del propio diesel.
• Así mismo, se propone la continuidad del estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, mismo que permite el acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50 por ciento del monto erogado por ese concepto.
• Con el propósito de apoyar las actividades realizadas por la marina mercante, se propone continuar con el otorgamiento del estímulo fiscal a los contribuyentes que utilicen diesel marino especial para su consumo final, consistente en permitir el acreditamiento de un monto equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación del referido combustible, contra el pago del impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado o el impuesto al activo.

Por otra parte, se propone continuar con las exenciones siguientes:

• La exención del impuesto al activo causado por la propiedad de cuentas por cobrar derivadas de contratos que celebren los contribuyentes con organismos públicos descentralizados del Gobierno Federal, respecto de inversiones de infraestructura productiva destinada a actividades prioritarias.
• La exención del impuesto sobre automóviles nuevos para aquellas personas físicas o morales que enajenen al público en general o que importen definitivamente, en términos de la legislación aduanera, automóviles eléctricos e híbridos nuevos. Lo anterior, con la finalidad de continuar con los esfuerzos para reducir la contaminación que se genera por las emisiones de gases producidas por los vehículos de combustión interna, al tiempo de apoyar la conservación y racionalización de los energéticos en nuestro país.
• La exención del pago del derecho de trámite aduanero a las personas que importen gas natural, ya que este combustible genera grandes beneficios económicos a sus usuarios, es de fácil transportación y genera menos contaminación.

Con el propósito de que los ahorradores no generen saldos elevados a cargo al acumular en la declaración anual los ingresos por intereses, se propone adecuar la tasa de retención anual de 0.5% a 0.85% aplicable a los intereses pagados por las instituciones que componen el sistema financiero.

Así mismo, en la presente Iniciativa se incluyen las obligaciones en materia de presentación de estudios e informes que el Congreso de la Unión ha aprobado en el ejercicio anterior.

Finalmente, es pertinente manifestar que la presente Iniciativa se plantea considerando las disposiciones fiscales vigentes a la fecha de su presentación, por lo que, de aprobarse la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen propuesta a ese Congreso de la Unión, será necesario efectuar las adecuaciones pertinentes.

IV. Consideraciones adicionales respecto a la Reforma Integral de la Hacienda Pública a ese Órgano Legislativo

La Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen constituiría, en caso de ser aprobada por ese Congreso de la Unión, un paso sustantivo que permitiría avanzar de forma decidida en el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. En síntesis, esta reforma impulsaría el desarrollo humano sustentable a través de tres vías: i) el fortalecimiento de las finanzas públicas, lo cual consolidaría la estabilidad macroeconómica al tiempo que permitiría al sector privado disponer de recursos a un menor costo; ii) un gasto público mayor y más eficiente, orientado a resultados verificables y destinando mayores recursos al desarrollo social y la inversión en infraestructura, y iii) la mayor confianza de que los mexicanos somos capaces de alcanzar acuerdos sustantivos que mejoren la competitividad de nuestra economía.

De aprobarse la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen, los beneficios de ésta se reflejarían en la actividad productiva y la creación de empleos desde 2008. Los primeros efectos serían consecuencia, principalmente, de un aumento importante en los recursos que se canalicen a la inversión pública en infraestructura. La inversión privada estaría estimulada por la mejora en las expectativas sobre el futuro económico de México y la complementariedad que existe con la inversión pública. Así mismo, el fortalecimiento estructural de las finanzas públicas inherente en la referida reforma se traduciría en un mayor nivel de confianza entre los inversionistas nacionales y extranjeros, lo cual llevaría a menores tasas de interés y a un riesgo país más bajo. Cabe destacar que, en el mediano plazo, el proceso de aceleración de la inversión se traduciría en un incremento gradual del crecimiento potencial de la economía, el cual se espera alcanzaría mayores tasas de crecimiento en años subsecuentes.

Sin embargo, es importante reconocer que la aprobación de la Reforma Hacendaria no agota las posibilidades que existen para impulsar el crecimiento de la economía, ya que aún están pendientes otras acciones que tendrían efectos positivos en la productividad de los factores y en la competitividad del país. En este sentido, destacan aquellas en materia educativa, laboral, energética, de telecomunicaciones y las concernientes a la reforma del estado, por mencionar algunas. De concretarse las reformas pendientes, la economía podrá alcanzar la meta de crecimiento sostenido de 5.0 por ciento planteada en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

Se prevé que en caso de aprobarse la Reforma Hacendaria se incrementaría sustancialmente el dinamismo de los componentes tanto de la oferta como de la demanda interna. En particular, en el año de la implementación de la Reforma Hacendaria se proyecta que el crecimiento del PIB sería cercano a 3.7 por ciento, y éste se incrementaría en los años subsecuentes. AsÍ mismo, el gasto del sector privado en consumo e inversión aumentaría a tasas anuales de 3.9 y 6.5 por ciento, respectivamente. Por su parte, las exportaciones e importaciones de bienes y servicios crecerían a ritmos anuales de alrededor de 7.0 y 7.5 por ciento, en cada caso. El dinamismo mencionado se traduciría en una mayor creación de empleos.

Se anticipa que el fortalecimiento de las finanzas públicas, así como la mejoría en las expectativas sobre el país reduciría el riesgo país y el nivel de las tasas de interés domésticas en 20 puntos base. Más aún, la economía continuaría blindándose contra fenómenos como el incremento reciente en la volatilidad observada de los mercados financieros internacionales.

Cabe señalar que se estima que la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen presentada por el Ejecutivo Federal a mi cargo a la del Congreso de la Unión el 20 de junio de 2007, que actualmente se encuentra en análisis y discusión por parte de ese Congreso de la Unión, podría generar recursos adicionales por alrededor de 115 mil millones de pesos, lo que llevaría a los ingresos tributarios a alcanzar el nivel más alto en al menos los últimos 30 años como porcentaje del PIB. Estos mayores ingresos fortalecerían las finanzas públicas permitiendo atender las necesidades más urgentes en materia social, de infraestructura, de empleo y en general de crecimiento económico.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de ese Congreso de la Unión, la siguiente Iniciativa de

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008

Capítulo I De los Ingresos y el Endeudamiento Público

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2008, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

En términos del artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de manera excepcional, para dar cumplimiento a lo autorizado en el último párrafo del transitorio vigésimo primero del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2007, el Ejecutivo Federal registrará el pasivo correspondiente y podrá realizar las operaciones necesarias para su financiamiento conforme al artículo 2o. de esta Ley.

Cuando una ley que establezca alguno de los ingresos previstos en este artículo, contenga disposiciones que señalen otros ingresos, estos últimos se considerarán comprendidos en la fracción que corresponda a los ingresos a que se refiere este artículo.

Se faculta al Ejecutivo Federal para que durante el 2008, otorgue los beneficios fiscales que sean necesarios para dar debido cumplimiento a las resoluciones derivadas de la aplicación de mecanismos internacionales para la solución de controversias legales que determinen una violación a un tratado internacional.

El gas licuado de petróleo seguirá sujeto a los precios máximos al usuario final y de venta de primera mano que, por razones de interés público y en tanto no exista la correspondiente resolución firme de la Comisión Federal de Competencia, fije el Ejecutivo Federal, sin que se requiera trámite o requisito adicional alguno.

El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los ingresos pagados en especie o en servicios, por contribuciones, así como, en su caso, el destino de los mismos.

Derivado del monto de ingresos fiscales a obtener durante el ejercicio de 2008, se estima una recaudación federal participable por 1 billón 394 mil 954.9 millones de pesos.

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informará al Congreso de la Unión, trimestralmente, dentro de los 30 días siguientes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidos por la Federación en el ejercicio fiscal de 2008, en relación con las estimaciones que se señalan en este artículo.

Para el ejercicio fiscal de 2008, la disminución de los ingresos por concepto del derecho a que se refiere el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos derivada de la disminución de la plataforma de extracción o de exportación de petróleo crudo, respecto de los valores que sirvieron de base para las estimaciones contenidas en el presente artículo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá destinar parcial o totalmente la recaudación obtenida por el derecho sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización a que se refiere el artículo 256 de la Ley Federal de Derechos para compensar dicha disminución, antes de destinarlo al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros.

Durante el ejercicio fiscal de 2008, de los recursos que genere el derecho sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización a que se refiere el artículo 256 de la Ley Federal de Derechos, 23,000 millones de pesos se destinarán a financiar programas y proyectos de inversión aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación. El resto de los recursos se destinará a lo que establecen las leyes Federal de Derechos y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Se estima que el pago en especie, durante el ejercicio fiscal de 2008, en términos monetarios, del impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés público por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación, establecido en la Ley que Establece, Reforma y Adiciona las Disposiciones Relativas a Diversos Impuestos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1968 ascenderá al equivalente de 2,740.5 millones de pesos.

La aplicación de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se hará de acuerdo a lo establecido en los artículos correspondientes del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, en los términos de la Ley General de Deuda Pública y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 220 mil millones de pesos, así como por el importe que resulte conforme al Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2007, para dar cumplimiento a lo autorizado en el último párrafo del transitorio vigésimo primero de dicho decreto. Así mismo, se podrá contratar endeudamiento interno adicional al autorizado, siempre que se obtenga una disminución de la deuda pública externa por un monto equivalente al del endeudamiento interno neto adicional asumido. El Ejecutivo Federal queda autorizado para contratar créditos o emitir valores en el exterior con el objeto de canjear o refinanciar obligaciones del Sector Público Federal a efecto de obtener un monto de desendeudamiento neto externo de al menos 500 millones de dólares de los Estados Unidos de América, así como para contratar financiamientos con organismos financieros internacionales de carácter multilateral por un monto de endeudamiento neto hasta 1,500 millones de dólares de los Estados Unidos de América. El cómputo de lo anterior se realizará, en una sola ocasión, el último día hábil bancario del ejercicio fiscal de 2008 considerando el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, así como la equivalencia del peso mexicano con otras monedas que dé a conocer el propio Banco de México, en todos los casos en la fecha en que se hubieren realizado las operaciones correspondientes.

También se autoriza al Ejecutivo Federal para que, a través de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita valores en moneda nacional y contrate empréstitos para canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública. Así mismo, el Ejecutivo Federal queda autorizado para contratar créditos o emitir valores en el exterior con el objeto de canjear o refinanciar endeudamiento externo.

El Ejecutivo Federal queda autorizado, en caso de que así se requiera, para emitir en el mercado nacional, en el ejercicio fiscal de 2008, valores u otros instrumentos indizados al tipo de cambio del peso mexicano respecto de monedas del exterior, siempre que el saldo total de los mismos durante el citado ejercicio no exceda del 10 por ciento del saldo promedio de la deuda pública interna registrada en dicho ejercicio y que, adicionalmente, estos valores o instrumentos sean emitidos a un plazo de vencimiento no menor a 365 días.

Las operaciones a las que se refieren el segundo y tercer párrafos de este artículo no deberán implicar endeudamiento neto adicional al autorizado para 2008.

Del ejercicio de las facultades a que se refiere este artículo, el Ejecutivo Federal dará cuenta trimestralmente al Congreso de la Unión, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 30 días siguientes al trimestre vencido, especificando las características de las operaciones realizadas. En caso de que la fecha límite para informar al Congreso de la Unión sea un día inhábil la misma se recorrerá hasta el siguiente día hábil.

El Ejecutivo Federal también informará trimestralmente al Congreso de la Unión en lo referente a aquellos pasivos contingentes que se hubieran asumido con la garantía del Gobierno Federal durante el ejercicio fiscal de 2008, incluyendo los avales distintos de los proyectos de inversión productiva de largo plazo otorgados.

Se autoriza al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario a contratar créditos o emitir valores con el único objeto de canjear o refinanciar exclusivamente sus obligaciones financieras, a fin de hacer frente a sus obligaciones de pago, otorgar liquidez a sus títulos y, en general, mejorar los términos y condiciones de sus obligaciones financieras. Los recursos obtenidos con esta autorización únicamente se podrán aplicar en los términos establecidos en la Ley de Protección al Ahorro Bancario incluyendo sus artículos transitorios. Sobre estas operaciones de canje y refinanciamiento se deberá informar trimestralmente al Congreso de la Unión.

El Banco de México actuará como agente financiero del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, para la emisión, colocación, compra y venta, en el mercado nacional, de los valores representativos de la deuda del citado Instituto y, en general, para el servicio de dicha deuda. El Banco de México también podrá operar por cuenta propia con los valores referidos.

En el evento de que en las fechas en que corresponda efectuar pagos por principal o intereses de los valores que el Banco de México coloque por cuenta del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, éste no tenga recursos suficientes para cubrir dichos pagos, en la cuenta que para tal efecto le lleve el Banco de México, el propio Banco deberá proceder a emitir y colocar valores a cargo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, por cuenta de éste y por el importe necesario para cubrir los pagos que correspondan. Al determinar las características de la emisión y de la colocación, el Banco procurará las mejores condiciones para el Instituto dentro de lo que el mercado permita.

El Banco de México deberá efectuar la colocación de los valores a que se refiere el párrafo anterior en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se presente la insuficiencia de fondos en la cuenta del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Excepcionalmente, la Junta de Gobierno del Banco de México podrá ampliar este plazo una o más veces por un plazo conjunto no mayor de tres meses, si ello resulta conveniente para evitar trastornos en el mercado financiero.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, se dispone que, en tanto se efectúe la colocación referida en el párrafo anterior, el Banco de México podrá cargar la cuenta corriente que le lleva a la Tesorería de la Federación, sin que se requiera la instrucción del Tesorero de la Federación, para atender el servicio de la deuda que emita el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. El Banco de México deberá abonar a la cuenta corriente de la Tesorería de la Federación el importe de la colocación de valores que efectúe en términos de este artículo.

Se autoriza a las sociedades nacionales de crédito que integran el Sistema Banrural contempladas en el Transitorio Tercero de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, todas en liquidación, para que en el mercado interno y por conducto de su liquidador, contrate créditos o emita valores con el único objeto de canjear o refinanciar sus obligaciones financieras, a fin de hacer frente a sus obligaciones de pago y, en general, a mejorar los términos y condiciones de sus obligaciones financieras. Las obligaciones asumidas en los términos de esta autorización estarán respaldadas por el Gobierno Federal en los términos previstos para los pasivos a cargo de las instituciones de banca de desarrollo conforme a sus respectivas leyes orgánicas.

Con la finalidad de que el Gobierno Federal dé cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 3 y segundo transitorio del ``Decreto por el que se expropian por causa de utilidad pública, a favor de la Nación, las acciones, cupones o los títulos representativos del capital o partes sociales de las empresas que adelante se enlistan'', publicado en el Diario Oficial de la Federación los días 3 y 10 de septiembre de 2001, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, conforme a las disposiciones aplicables, establecerá el instrumento adecuado para tal efecto, el cual, sin perjuicio de los recursos que reciba para tal fin en términos de las disposiciones aplicables, se integrará por los que se enteren por parte del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero o de cualquier otro ente jurídico.

Se autoriza a la banca de desarrollo, a los fondos de fomento y al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, un monto conjunto de déficit por intermediación financiera, definida como el crédito neto otorgado al sector privado y social más el déficit de operación de las instituciones de fomento, de 32,821.5 millones de pesos, de acuerdo a lo previsto en los Criterios Generales de Política Económica para 2008 y a los programas establecidos en el Tomo VI del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

El monto autorizado a que hace referencia el párrafo anterior podrá ser adecuado previa autorización del Órgano de Gobierno del banco o fondo de que se trate o del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; debiendo informarse al Congreso de la Unión cada trimestre sobre las modificaciones que, en su caso, hayan sido realizadas.

Los montos establecidos en la Sección C, fracción IX del artículo 1o. de esta Ley, así como el monto de endeudamiento neto interno consignado en este artículo, se verán, en su caso, modificados en lo conducente como resultado de la distribución, entre Gobierno Federal y los organismos y empresas de control directo, de los montos autorizados en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Artículo 3o. Se autoriza para el Distrito Federal la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para un endeudamiento neto de 1 mil 500 millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008. Así mismo, se autoriza la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para realizar operaciones de canje o refinanciamiento de la deuda pública del Distrito Federal.

Los financiamientos a que se refiere este artículo se sujetarán a lo siguiente:

I. Los financiamientos deberán contratarse con apego a lo establecido en la Ley General de Deuda Pública, en este artículo y en las directrices de contratación que, al efecto, emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II. Las obras que se financien con el monto de endeudamiento neto autorizado deberán:
a). Producir directamente un incremento en los ingresos públicos;
b). Contemplarse en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008;
c). Apegarse a las disposiciones legales aplicables, y
d). Previamente a la contratación del financiamiento respectivo, contar con registro en la cartera que integra y administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con los términos y condiciones que la misma determine para ese efecto.
III. Las operaciones de financiamiento deberán contratarse en las mejores condiciones que el mercado crediticio ofrezca, que redunden en un beneficio para las finanzas del Distrito Federal y en los instrumentos que, a consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no afecten las fuentes de financiamiento del sector público federal o de las demás Entidades Federativas y Municipios.
IV. El monto de los desembolsos de los recursos derivados de financiamientos que integren el endeudamiento neto autorizado y el ritmo al que procedan, deberán conllevar una correspondencia directa con las ministraciones de recursos que vayan presentando las obras respectivas, de manera que el ejercicio y aplicación de los mencionados recursos deberá darse a paso y medida en que proceda el pago de las citadas ministraciones. El desembolso de dichos recursos deberá destinarse directamente al pago de aquellas obras que ya hubieren sido adjudicadas bajo la normatividad correspondiente.
V. El Gobierno del Distrito Federal, por conducto del Jefe de Gobierno, remitirá trimestralmente al Congreso de la Unión informe sobre el estado de la deuda pública de la entidad y el ejercicio del monto autorizado, desglosada por su origen, fuente de financiamiento y destino, especificando las características financieras de las operaciones realizadas.
VI. La Auditoría Superior de la Federación, en coordinación con la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, realizará auditorías a los contratos y operaciones de financiamiento, a los actos asociados a la aplicación de los recursos correspondientes y al cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.
VII. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal será responsable del estricto cumplimiento de las disposiciones de este artículo, así como de la Ley General de Deuda Pública y de las directrices de contratación que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las infracciones a los ordenamientos citados se sancionarán en los términos que legalmente correspondan y de conformidad al régimen de responsabilidades de los servidores públicos federales.
VIII. Los informes de avance trimestral que el Jefe de Gobierno rinda al Congreso de la Unión conforme a la fracción V de este artículo, deberán contener un apartado específico de deuda pública, de acuerdo con lo siguiente:
a). Evolución de la deuda pública durante el periodo que se informe.
b). Perfil de vencimientos del principal para el ejercicio fiscal correspondiente y para al menos los 5 siguientes ejercicios fiscales.
c). Colocación de deuda autorizada, por entidad receptora y aplicación a obras específicas.
d). Relación de obras a las que se hayan destinado los recursos de los desembolsos efectuados de cada financiamiento, que integren el endeudamiento neto autorizado.
e). Composición del saldo de la deuda por usuario de los recursos y por acreedor.
f). Servicio de la deuda.
g). Costo financiero de la deuda.
h). Canje o refinanciamiento.
i). Evolución por línea de crédito.
j). Programa de colocación para el resto del ejercicio fiscal.
IX. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, remitirá al Congreso de la Unión a más tardar el 31 de marzo del 2008, el programa de colocación de la deuda autorizada para el ejercicio fiscal de 2008.

Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2008, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada por 954,917.2 millones de pesos, de acuerdo con la siguiente distribución:

Artículo 5o. Se autoriza al Ejecutivo Federal a contratar proyectos de inversión financiada en los términos de los artículos 18 de la Ley General de Deuda Pública y 32, párrafos segundo a sexto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como del Título Cuarto, Capítulo XIV, del Reglamento de este último ordenamiento por 52,867.6 millones de pesos que corresponden a proyectos de inversión directa y condicionada, de acuerdo con la siguiente distribución:

Artículo 6o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar las compensaciones que deban cubrir los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal, por los bienes federales aportados o asignados a los mismos para su explotación o en relación con el monto de los productos o ingresos brutos que perciban.

Capítulo II

De las Obligaciones de Petróleos Mexicanos

Artículo 7o. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios estarán obligados al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, excepto el impuesto sobre la renta, de acuerdo con las disposiciones que los establecen y con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, además, estarán a lo siguiente:

I. Hidrocarburos
De acuerdo con lo establecido en el artículo 260 de la Ley Federal de Derechos, Pemex-Exploración y Producción deberá realizar los anticipos que se señalan en el siguiente párrafo.
A cuenta del derecho ordinario sobre hidrocarburos a que se refiere el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos, Pemex-Exploración y Producción deberá realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por 544 millones 935 mil pesos durante el año. Además, el primer día hábil de cada semana del ejercicio fiscal deberá efectuar un pago de 3 mil 835 millones 506 mil pesos.
II. Enajenación de gasolinas y diesel
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, por la enajenación de gasolinas y diesel, enterarán por conducto de Pemex-Refinación, diariamente, incluyendo los días inhábiles, anticipos por un monto de 59 millones 694 mil pesos, como mínimo, a cuenta del impuesto especial sobre producción y servicios, mismos que se acreditarán contra el pago mensual que establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, correspondiente al mes por el que se efectuaron los anticipos.
El pago mensual del impuesto especial sobre producción y servicios deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél al que corresponda el pago. Estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.
Cuando en un lugar o región del país se establezcan sobreprecios a los precios de la gasolina o del diesel, no se estará obligado al pago del impuesto especial sobre producción y servicios por dichos sobreprecios en la enajenación de estos combustibles. Los recursos obtenidos por los citados sobreprecios no se considerarán para el cálculo del impuesto a los rendimientos petroleros.
Cuando la determinación de la tasa aplicable, de acuerdo con el procedimiento que establece el artículo 2-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, resulte negativa, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, podrán disminuir el monto que resulte de dicha tasa negativa, del impuesto especial sobre producción y servicios a su cargo o del impuesto al valor agregado, si el primero no fuera suficiente. En caso de que el primero y el segundo no fueran suficientes, se podrá acreditar contra el derecho ordinario sobre hidrocarburos que establece el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos.
III. Pagos del impuesto al valor agregado
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios efectuarán individualmente los pagos del impuesto al valor agregado en la Tesorería de la Federación, mediante declaraciones que presentarán a más tardar el último día hábil del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago.
IV. Determinación y pago de los impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados
Cuando el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades a que se refiere el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establezca impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios deberán determinarlos y pagarlos a más tardar el último día hábil del mes siguiente a aquél en que se efectúe la exportación.
V. Impuesto a los rendimientos petroleros
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, a excepción de Pemex-Exploración y Producción, estarán a lo siguiente:
a). Cada organismo deberá calcular el impuesto a que se refiere esta fracción aplicando al rendimiento neto del ejercicio la tasa del 30 por ciento. El rendimiento neto a que se refiere este párrafo, se determinará restando de la totalidad de los ingresos del ejercicio, el total de las deducciones autorizadas que se efectúen en el mismo. En ningún caso la pérdida neta de ejercicios anteriores se podrá disminuir del rendimiento neto del ejercicio.
b). A cuenta del impuesto sobre rendimientos petroleros a que se refiere esta fracción, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, deberán realizar pagos diarios, incluyendo los días inhábiles, por un total de 6 millones 831 mil pesos durante el año. Además, el primer día hábil de cada semana del ejercicio fiscal deberán efectuar un pago por un total de 48 millones 77 mil pesos.
El impuesto se pagará mediante declaración que se presentará ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2009 y contra el impuesto que resulte, se acreditarán los anticipos diarios y semanales a que se refiere el párrafo anterior.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta fracción se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones fiscales y las reglas de carácter general expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de ingresos, deducciones, cumplimiento de obligaciones y facultades de las autoridades fiscales.
VI. Importación de mercancías
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios determinarán individualmente los impuestos a la importación y las demás contribuciones que se causen con motivo de las importaciones que realicen, debiendo pagarlas ante la Tesorería de la Federación a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél en que se efectúe la importación.
VII. Otras obligaciones
Petróleos Mexicanos será quien cumpla por sí y por cuenta de sus subsidiarias las obligaciones señaladas en esta Ley y en las demás leyes fiscales, excepto la de efectuar pagos diarios y semanales cuando así se prevea expresamente. Para tal efecto, Petróleos Mexicanos será solidariamente responsable del pago de contribuciones y aprovechamientos que correspondan a sus organismos subsidiarios.
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios presentarán las declaraciones, harán los pagos y cumplirán con las obligaciones de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, ante la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para variar el monto de los pagos diarios y semanales, establecidos en este artículo, cuando existan modificaciones en los ingresos de Petróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiarios que así lo ameriten; así como para expedir las reglas específicas para la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.
Petróleos Mexicanos presentará una declaración a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los meses de abril, julio y octubre de 2008 y enero de 2009 en la que informará sobre los pagos por contribuciones y los accesorios a su cargo o a cargo de sus organismos subsidiarios, efectuados en el trimestre anterior.
Petróleos Mexicanos presentará conjuntamente con su declaración anual del impuesto a los rendimientos petroleros, declaración informativa sobre la totalidad de las contribuciones causadas o enteradas durante el ejercicio anterior, por sí y por sus organismos subsidiarios.
Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio, por concepto de mermas, el 0.74 por ciento del valor total de las enajenaciones de gasolina que realice a dichas estaciones de servicio. El monto de ingresos que deje de percibir Petróleos Mexicanos por este concepto, podrá ser disminuido de los pagos mensuales que del impuesto especial sobre producción y servicios debe efectuar dicho organismo en los términos del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
El Banco de México deducirá los pagos diarios y semanales que se establecen en el presente artículo de los depósitos que Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios deben hacer en dicha institución, conforme a la Ley del Banco de México y los concentrará en la Tesorería de la Federación.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 257, último párrafo, de la Ley Federal de Derechos se establece que la plataforma de extracción y de exportación de petróleo crudo durante 2008, será por una estimación máxima de 3,200.0 y 1,700.0 miles de barriles diarios en promedio, respectivamente.

Capítulo III

De las Facilidades Administrativas y Estímulos Fiscales

Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:

I. Al 0.75 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.
II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate:
a). Tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1 por ciento mensual.
b). Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.25 por ciento mensual.
c). Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.50 por ciento mensual.

Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización.

Artículo 9o. Se ratifican los acuerdos expedidos en el Ramo de Hacienda, por los que se haya dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes y las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la causación de tales gravámenes.

Así mismo, se ratifican los convenios que se hayan celebrado entre la Federación por una parte y las Entidades Federativas, organismos autónomos por disposición Constitucional de éstas, organismos públicos descentralizados de las mismas y los Municipios, por la otra, en los cuales se finiquiten adeudos entre ellos. También se ratifican los convenios que se hayan celebrado o se celebren entre la Federación por una parte y las Entidades Federativas, por la otra, en los cuales se señalen los incentivos que perciben las propias Entidades Federativas y, en su caso, los Municipios, por las mercancías o vehículos de procedencia extranjera, embargados precautoriamente por las mismas, que pasen a propiedad del Fisco Federal.

En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, no se aplicará lo dispuesto en el artículo 6 bis de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

Artículo 10. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar los aprovechamientos que se cobrarán en el ejercicio fiscal de 2008, por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público o por la prestación de servicios en el ejercicio de las funciones de derecho público por los que no se establecen derechos.

Para establecer el monto de los aprovechamientos a que hace referencia este artículo, por la prestación de servicios y por el uso o aprovechamiento de bienes, se tomarán en consideración criterios de eficiencia económica y de saneamiento financiero, de los organismos públicos que realicen dichos actos, conforme a lo siguiente:

I. La cantidad que deba cubrirse por concepto de uso o aprovechamiento de bienes o por la prestación de servicios, que tienen referencia internacional, se fijará considerando el cobro que se efectúe por el uso o aprovechamiento o por la prestación de servicios, de similares características, en países con los que México mantiene vínculos comerciales.
II. Los aprovechamientos que se cobren por el uso o aprovechamiento de bienes o por la prestación de servicios, que no tengan referencia internacional, se fijarán considerando el costo de los mismos, siempre que se derive de una valuación de dichos costos en los términos de eficiencia económica y de saneamiento financiero.
III. Se podrán establecer aprovechamientos diferenciales por el uso o aprovechamiento de bienes o por la prestación de servicios, cuando éstos respondan a estrategias de comercialización o racionalización y se otorguen de manera general.

Durante el ejercicio fiscal de 2008, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante resoluciones de carácter particular, aprobará los montos de los aprovechamientos que cobren las dependencias de la Administración Pública Federal, salvo cuando su determinación y cobro se encuentre previsto en otras leyes. Para tal efecto, las dependencias interesadas estarán obligadas a someter para su aprobación, durante los meses de enero y febrero de 2008, los montos de los aprovechamientos que se cobren de manera regular. Los aprovechamientos que no sean sometidos a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate a partir del 1o. de marzo de 2008. Así mismo, los aprovechamientos cuya autorización haya sido negada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate, a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución respectiva.

Las autorizaciones para fijar o modificar las cuotas de los aprovechamientos que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante el ejercicio fiscal de 2008, sólo surtirán sus efectos para dicho año y, en su caso, dicha Secretaría autorizará el destino específico para los aprovechamientos que perciba la dependencia correspondiente.

Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca un aprovechamiento con motivo de la garantía soberana del Gobierno Federal, el mismo se podrá destinar a la capitalización de los bancos de desarrollo o fomentar acciones que permitan cumplir con el mandato de dicha banca.

Los ingresos excedentes provenientes de los aprovechamientos a que se refiere el Apartado A, fracción VI, numerales 11, 19, inciso D y 23, inciso D, del artículo 1o. de esta Ley, por concepto de participaciones a cargo de los concesionarios de vías generales de comunicación y de empresas de abastecimiento de energía, de desincorporaciones y de otros aprovechamientos, respectivamente, se podrán destinar, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a gasto de inversión en infraestructura.

En tanto no sean autorizados los aprovechamientos a que se refiere este artículo para el ejercicio fiscal de 2008, se aplicarán los vigentes al 31 de diciembre de 2007, multiplicados por el factor que corresponda según el mes en el que fueron autorizados o, en el caso de haberse realizado una modificación posterior, a partir de la última vez en la que fueron modificados en dicho ejercicio fiscal, conforme a la siguiente tabla:

MES FACTOR
Enero 1.0354
Febrero 1.0301
Marzo 1.0272
Abril 1.0250
Mayo 1.0256
Junio 1.0307
Julio 1.0294
Agosto 1.0250
Septiembre 1.0221
Octubre 1.0157
Noviembre 1.0108
Diciembre 1.0048

En el caso de aprovechamientos que, en el ejercicio inmediato anterior, se hayan fijado en por cientos, se continuarán aplicando durante 2008 los por cientos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encuentren vigentes al 31 de diciembre de 2007, hasta en tanto dicha Secretaría no emita respuesta respecto de la solicitud de autorización para 2008.

Los aprovechamientos por concepto de multas, sanciones, penas convencionales, cuotas compensatorias, recuperaciones de capital, así como aquellos a que se refiere la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y los accesorios de los aprovechamientos, no requieren de autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su cobro.

Tratándose de aprovechamientos que no hayan sido cobrados en el ejercicio inmediato anterior o que no se cobren de manera regular, las dependencias interesadas deberán someter para su aprobación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el monto de los aprovechamientos que pretendan cobrar, en un plazo no menor a diez días anteriores a la fecha de su entrada en vigor.

Las dependencias de la Administración Pública Federal, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar en el mes de marzo de 2008, los conceptos y montos de los ingresos que por aprovechamientos hayan percibido, así como de los enteros efectuados a la Tesorería de la Federación por dichos conceptos, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Así mismo, las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un informe durante los primeros quince días del mes de julio de 2008, respecto de los ingresos y su concepto que hayan percibido por aprovechamientos durante el primer semestre del ejercicio fiscal en curso, así como de los que tengan programado percibir durante el segundo semestre del mismo.

Artículo 11. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar, mediante resoluciones de carácter particular, las cuotas de los productos que pretendan cobrar las dependencias durante el ejercicio fiscal de 2008, aun cuando su cobro se encuentre previsto en otras leyes.

Las autorizaciones para fijar o modificar las cuotas de los productos, que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante el ejercicio fiscal de 2008, sólo surtirán sus efectos para dicho año y, en su caso, dicha Secretaría autorizará el destino específico para los productos que perciba la dependencia correspondiente.

Para los efectos del párrafo anterior, las dependencias interesadas estarán obligadas a someter para su aprobación, durante los meses de enero y febrero de 2008, los montos de los productos que se cobren de manera regular. Los productos que no sean sometidos a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate a partir del 1o. de marzo de 2008. Así mismo, los productos cuya autorización haya sido negada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados por la dependencia de que se trate, a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución respectiva.

En tanto no sean autorizados los productos a que se refiere este artículo para el ejercicio fiscal de 2008, se aplicarán los vigentes al 31 de diciembre de 2007, multiplicados por el factor que corresponda según el mes en que fueron autorizados o, en el caso de haberse realizado una modificación posterior, a partir de la última vez en la que fueron modificados en dicho ejercicio fiscal, conforme a la siguiente tabla:

MES FACTOR
Enero 1.0354
Febrero 1.0301
Marzo 1.0272
Abril 1.0250
Mayo 1.0256
Junio 1.0307
Julio 1.0294
Agosto 1.0250
Septiembre 1.0221
Octubre 1.0157
Noviembre 1.0108
Diciembre 1.0048

En el caso de productos que, en el ejercicio inmediato anterior, se hayan fijado en por cientos, se continuarán aplicando durante 2008 los por cientos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encuentren vigentes al 31 de diciembre de 2007, hasta en tanto dicha Secretaría no emita respuesta respecto de la solicitud de autorización para 2008.

Los productos por concepto de penas convencionales, los que se establezcan como contraprestación derivada de una licitación, subasta o remate, los intereses, así como aquellos productos que provengan de arrendamientos o enajenaciones efectuadas tanto por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales como por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes y los accesorios de los productos, no requieren de autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su cobro.

Los ingresos provenientes de las enajenaciones realizadas por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, respecto de los bienes propiedad del Gobierno Federal que hayan sido transferidos por la Tesorería de la Federación, serán depositados, hasta por la cantidad que determine la Junta de Gobierno de dicho organismo, en un fondo que se destinará a financiar, junto con los recursos fiscales y patrimoniales del organismo, las operaciones de éste, y el remanente será enterado a la Tesorería de la Federación en los términos de las disposiciones aplicables.

Cuando las enajenaciones a que se refiere el párrafo anterior tengan por objeto títulos valor asociados a proyectos de infraestructura, los recursos en numerario que se obtengan podrán ser utilizados por acuerdo de la Junta de Gobierno del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, en los procesos de desincorporación de entidades, a través de su extinción o liquidación, para el pago de los conceptos derivados de dichos procesos; al remanente se le dará el destino que corresponda conforme a las disposiciones aplicables.

Tratándose de productos que no se hayan cobrado en el ejercicio inmediato anterior o que no se cobren de manera regular, las dependencias interesadas deberán someter para su aprobación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el monto de los productos que pretendan cobrar, en un plazo no menor a diez días anteriores a la fecha de su entrada en vigor.

Las dependencias de la Administración Pública Federal deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar en el mes de marzo de 2008, los conceptos y montos de los ingresos que por productos hayan percibido, así como de los enteros efectuados a la Tesorería de la Federación por dichos conceptos durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Así mismo, las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un informe durante los primeros quince días del mes de julio de 2008 respecto de los ingresos y su concepto que hayan percibido por productos durante el primer semestre del ejercicio fiscal citado, así como de los que tengan programado percibir durante el segundo semestre del mismo.

Artículo 12. Los ingresos que se recauden por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal o sus órganos administrativos desconcentrados por los diversos conceptos que establece esta Ley deberán concentrarse en la Tesorería de la Federación el día hábil siguiente al de su recepción y deberán reflejarse, cualquiera que sea su naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

El incumplimiento en la concentración oportuna a que se refiere el párrafo anterior, generará a las citadas dependencias o a sus órganos administrativos desconcentrados, sin exceder sus presupuestos autorizados, la obligación de pagar cargas financieras por concepto de indemnización al Fisco Federal. La tasa anual aplicable a dichas cargas financieras será 1.5 veces la que resulte del promedio aritmético de las tasas de rendimiento equivalentes a las de descuento de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, en colocación primaria, que dé a conocer el Banco de México dentro del periodo que dure la falta de concentración. En el caso de que por cualquier motivo se dejen de colocar los mencionados Certificados de la Tesorería de la Federación, se utilizará la tasa de interés que el Banco de México dé a conocer en sustitución de la tasa de rendimiento de los mismos.

El monto de las cargas financieras se determinará dividiendo la tasa anual aplicable antes descrita entre 360 y multiplicando por el número de días transcurridos desde la fecha en que debió realizarse la concentración y hasta el día en que la misma se efectúe. El resultado obtenido se multiplicará por el importe no concentrado oportunamente.

No será aplicable la carga financiera a que se refiere este artículo cuando las dependencias acrediten ante la Tesorería de la Federación la imposibilidad práctica del cumplimiento oportuno de la concentración, debiendo contar siempre con la validación respectiva del órgano interno de control de la dependencia de que se trate.

Se ratifica la procedencia de la concentración de los ingresos recaudados en el ejercicio de 2007 en la Tesorería de la Federación, por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal o sus órganos administrativos desconcentrados que se haya realizado conforme a lo dispuesto en el presente artículo.

Las entidades sujetas a control directo, los poderes Legislativo y Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sólo registrarán los ingresos que obtengan por cualquier concepto en el rubro correspondiente de esta Ley y deberán conservar a disposición de los órganos revisores de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, la documentación comprobatoria de dichos ingresos.

Para los efectos del registro de los ingresos a que se refiere el párrafo anterior, se deberá presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la documentación comprobatoria de la obtención de dichos ingresos, o bien, de los informes avalados por el órgano interno de control o de la comisión respectiva del órgano de gobierno, según sea el caso, especificando los importes del impuesto al valor agregado que hayan trasladado por los actos o las actividades que dieron lugar a la obtención de los ingresos.

Las entidades sujetas a control indirecto, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre sus ingresos, a efecto de que se esté en posibilidad de elaborar los informes trimestrales que establece esta Ley y se reflejen dentro de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

No se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones de seguridad social destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, los que podrán ser recaudados por las oficinas de los propios Institutos y por las instituciones de crédito que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo cumplirse con los requisitos contables establecidos y reflejarse en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Igualmente, no se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones y de los abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Los ingresos que obtengan las instituciones educativas, planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación media superior, superior, de postgrado, de investigación y de formación para el trabajo del sector público, por la prestación de servicios, venta de bienes derivados de sus actividades sustantivas o por cualquiera otra vía, incluidos los que generen sus escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación, formarán parte de su patrimonio, en su caso, serán administrados por las propias instituciones y se destinarán para sus finalidades y programas institucionales, de acuerdo con las disposiciones presupuestarias aplicables, sin perjuicio de lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo.

Para el ejercicio oportuno de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá establecer un fondo revolvente que garantice su entrega y aplicación en un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de que dichos ingresos hayan sido concentrados en la Tesorería de la Federación.

Las instituciones educativas, los planteles y centros de investigación de las dependencias que prestan servicios de educación media superior, superior, de postgrado, de investigación y de formación para el trabajo del sector público, deberán informar semestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el origen y aplicación de sus ingresos.

Los ingresos que provengan de proyectos de comercialización de certificados de reducción de gases de efecto invernadero, como dióxido de carbono y metano, se destinarán a las entidades de control presupuestario directo que los generen, para la realización del proyecto respectivo.

Las contribuciones, productos o aprovechamientos a los que las leyes de carácter no fiscal otorguen una naturaleza distinta a la establecida en las leyes fiscales, tendrán la naturaleza establecida en las leyes fiscales. Se derogan las disposiciones que se opongan a lo previsto en este artículo, en su parte conducente.

Los ingresos que obtengan las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal, a los que las leyes de carácter no fiscal otorguen una naturaleza distinta a los conceptos previstos en el artículo 1o. de esta Ley, se considerarán comprendidos en la fracción que les corresponda conforme al citado artículo.

Lo señalado en el presente artículo se establece sin perjuicio de la obligación de concentrar los recursos públicos al final del ejercicio, en la Tesorería de la Federación, en los términos del artículo 54, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los recursos públicos remanentes a la extinción de un fideicomiso que se hayan generado con cargo al presupuesto de una dependencia, deberán ser concentrados a la Tesorería de la Federación, bajo la naturaleza de aprovechamientos, y se podrán destinar a la dependencia que aportó los recursos o a la dependencia o entidad que concuerden con los fines para los cuales se creó el fideicomiso, salvo aquellos que en el contrato de fideicomiso esté previsto un destino distinto. Así mismo, los ingresos excedentes provenientes de los aprovechamientos a que se refiere el Apartado A, fracción VI, numeral 19, con excepción del inciso D, del artículo 1o. de esta Ley, por concepto de recuperaciones de capital, se podrán destinar, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a gasto de inversión en infraestructura.

Artículo 13. Los ingresos que se recauden por concepto de bienes que pasen a ser propiedad del Fisco Federal se enterarán a la Tesorería de la Federación, hasta el momento en que se cobre la contraprestación pactada por la enajenación de dichos bienes.

Tratándose de los gastos de ejecución que reciba el Fisco Federal, éstos se enterarán a la Tesorería de la Federación hasta el momento en el que efectivamente se cobren, sin clasificarlos en el concepto de la contribución o aprovechamiento del cual son accesorios.

Los ingresos que se enteren a la Tesorería de la Federación por concepto de bienes que pasen a ser propiedad del Fisco Federal o gastos de ejecución, serán los netos que resulten de restar al ingreso percibido, las erogaciones efectuadas para realizar la enajenación de los bienes o para llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución que dio lugar al cobro de los gastos de ejecución, así como las erogaciones a que se refiere el párrafo siguiente.

Los ingresos netos por enajenación de acciones, cesión de derechos y desincorporación de entidades son los recursos efectivamente recibidos por el Gobierno Federal, una vez descontadas las erogaciones realizadas tales como comisiones que se paguen a agentes financieros, contribuciones, gastos de administración, de mantenimiento y de venta, honorarios de comisionados especiales que no sean servidores públicos encargados de dichos procesos, así como pagos de las reclamaciones procedentes que presenten los adquirentes o terceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otra índole, activos inexistentes y asuntos en litigio y demás erogaciones análogas a todas las mencionadas. Los ingresos netos a que se refiere este párrafo se concentrarán en la Tesorería de la Federación, y deberán manifestarse tanto en los registros de la propia Tesorería como en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a la enajenación de acciones y cesión de derechos cuando impliquen contrataciones de terceros para llevar a cabo tales procesos, las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Además de los conceptos señalados en los párrafos tercero y cuarto del presente artículo, a los ingresos que se obtengan por la enajenación de bienes, incluyendo acciones, por la enajenación y recuperación de activos financieros y por la cesión de derechos, todos ellos propiedad del Gobierno Federal, o de cualquier entidad transferente en términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como por la desincorporación de entidades, se les podrá descontar un porcentaje, por concepto de gastos indirectos de operación, que no podrá ser mayor del 5 por ciento, a favor del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, cuando a éste se le haya encomendado la ejecución de dichos procedimientos. Este porcentaje será autorizado por la Junta de Gobierno de la citada entidad y se destinará a financiar, junto con los recursos fiscales y patrimoniales del organismo, las operaciones de éste.

En los procesos de desincorporación de entidades, a través de su extinción o liquidación, cuyas operaciones se encuentren garantizadas por el Gobierno Federal, el liquidador designado o responsable del proceso respectivo podrá utilizar los recursos disponibles de los mandatos y demás figuras análogas encomendadas al mismo por el Gobierno Federal, para el pago de los gastos y pasivos de dichos procesos de desincorporación previa opinión favorable, en cada caso, de la coordinadora de sector, del mandante o quien haya constituido la figura análoga y de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación. Para los efectos anteriores, se constituirán los instrumentos jurídicos correspondientes que aseguren la transparencia y control en el ejercicio de los recursos.

Previa opinión favorable que, en cada caso, emita la o las coordinadoras de sector y de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación, podrán utilizarse los recursos remanentes de procesos de desincorporación concluidos para el pago de los gastos y pasivos de los procesos de desincorporación que, al momento de la referida conclusión, sean deficitarios, para lo cual los recursos correspondientes deberán identificarse por el liquidador o responsable del proceso en una subcuenta específica.

Cuando los pasivos de las entidades a que se refiere el séptimo párrafo de este artículo tengan como acreedor al Gobierno Federal o a alguna entidad paraestatal de la Administración Pública Federal, operará de pleno derecho la extinción de dichos pasivos sin necesidad de autorización alguna, y los créditos quedarán cancelados de las cuentas públicas. En los mismos términos se extinguirán los créditos o derechos que sobre el Gobierno Federal o alguna entidad paraestatal de la Administración Pública Federal tengan esas entidades, siempre y cuando no sean deficitarias.

Los ingresos provenientes de la enajenación de bienes decomisados y de sus frutos, a que se refiere la fracción I del artículo 1o. de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, serán destinados en partes iguales, al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Salud. Dichos recursos serán entregados conforme a lo dispuesto en el artículo 89 de la citada Ley.

Artículo 14. Se aplicará lo establecido en esta Ley a los ingresos que por cualquier concepto reciban las entidades de la Administración Pública Federal paraestatal que estén sujetas a control en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de su Reglamento y del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, entre las que se comprende de manera enunciativa a las siguientes:

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.
Comisión Federal de Electricidad.
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Luz y Fuerza del Centro.

Las entidades a que se refiere este artículo deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y llevar contabilidad en los términos de las disposiciones fiscales, así como presentar las declaraciones informativas que correspondan en los términos de dichas disposiciones.

Artículo 15. Se faculta a las autoridades fiscales para que lleven a cabo la cancelación de los créditos fiscales cuyo cobro les corresponda efectuar, en los casos en que exista incosteabilidad.

Para que un crédito se considere incosteable, la autoridad fiscal evaluará los siguientes conceptos: monto del crédito, costo de las acciones de recuperación, antigüedad del crédito y probabilidad de cobro del mismo.

La Junta de Gobierno del Servicio de Administración Tributaria establecerá, con sujeción a los lineamientos establecidos en este artículo, el tipo de casos o supuestos en que procederá la cancelación a que se refiere este artículo.

La cancelación de los créditos a que se refiere este artículo no libera de su pago.

Cuando con anterioridad al 31 de diciembre de 2007, una persona hubiere incurrido en infracción a las disposiciones aduaneras, en los casos a que se refiere el artículo 152 de la Ley Aduanera y a la fecha de entrada en vigor de esta Ley no le haya sido impuesta la sanción correspondiente, dicha sanción no le será determinada, si por las circunstancias del infractor o de la comisión de la infracción, el crédito fiscal aplicable no excede a 3,500 unidades de inversión o su equivalente en moneda nacional al 1 de enero de 2008 .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregará un informe detallado a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, que deberá ser enviado a más tardar el 31 de octubre de 2008, de las personas físicas y morales que hayan sido sujetas a la aplicación de este artículo y los procesos deliberativos de la Junta de Gobierno del Servicio de Administración Tributaria para determinar los casos de incosteabilidad. Dicho informe deberá contener al menos lo siguiente: sector, actividad, tipo de contribuyente y porcentaje de cancelación.

Así mismo, el informe a que se refiere el párrafo anterior deberá contener el reporte de las causas que originaron la incosteabilidad de cobro.

Artículo 16. En materia de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de 2008, se estará a lo siguiente:

I. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades de los sectores agropecuario y forestal, consistente en permitir el acreditamiento de las inversiones realizadas en bienes de activo fijo contra una cantidad equivalente al impuesto al activo determinado en el ejercicio, mismo que podrá acreditarse en ejercicios posteriores hasta agotarse.
II. Para la aplicación del estímulo fiscal a que hace referencia el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se estará a lo siguiente:
a). El Comité Interinstitucional continuará integrado por un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, uno de la Secretaría de Economía, uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Comité y tendrá voto de calidad, y uno de la Secretaría de Educación Pública.
b). El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 4,500 millones de pesos para el año de 2008.
c). El monto total se distribuirá de la siguiente manera:
1. 1,000 millones de pesos se destinarán a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología en fuentes alternativas de energía, así como a proyectos de investigación y desarrollo de tecnología de la micro, pequeña y mediana empresa.2. 1,000 millones de pesos se destinarán a proyectos de creación de infraestructura especializada para centros de investigación cuyos proyectos hayan sido dictaminados como proyectos orientados al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción que representen un avance científico o tecnológico.3. 1,000 millones de pesos se destinarán a proyectos que estén vinculados con instituciones de educación superior y centros públicos de investigación. Para estos efectos, existirá vinculación cuando más del 20% del gasto total del proyecto haya sido ejercido a través de dichas instituciones o centros.4. 1,500 millones de pesos se distribuirán entre el resto de los solicitantes.En el caso de que al 31 de octubre de 2008, las solicitudes de estímulo fiscal correspondientes a los numerales 1, 2 y 3 de este inciso no fueran suficientes para asignar los montos establecidos, los remanentes podrán ser utilizados para incrementar el monto establecido en el numeral 4 de dicho inciso.
d). El Comité Interinstitucional estará obligado a publicar a más tardar el último día de febrero de 2009, el monto del estímulo distribuido durante el ejercicio anterior, así como los contribuyentes beneficiados y los proyectos por los cuales fueron merecedores de este beneficio.
Los contribuyentes podrán aplicar el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción, contra el impuesto sobre la renta o contra el impuesto al activo que tenga a su cargo, en la declaración anual del ejercicio en el que se otorgó dicho estímulo o en los ejercicios siguientes hasta agotarlo.
III. Se otorga una franquicia postal y telegráfica a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión. Para estos efectos, cada una de las Cámaras determinará las reglas de operación conducentes.
IV. Se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diesel que adquieran para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general, excepto vehículos, consistente en permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de dicho combustible.
El estímulo a que se refiere el párrafo anterior, también será aplicable a los vehículos marinos y a los vehículos de baja velocidad o de bajo perfil que por sus características no estén autorizados para circular por sí mismos en carreteras federales o concesionadas, y siempre que se cumplan los requisitos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.
V. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción anterior, los contribuyentes estarán a lo siguiente:
a). Podrán acreditar únicamente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación del diesel.
Para estos efectos, el monto que podrán acreditar será el que se señale expresamente y por separado en el comprobante correspondiente.
En los casos en que el diesel se adquiera de agencias o distribuidores autorizados, el impuesto que podrán acreditar, será el que se señale en forma expresa y por separado en el comprobante que les expidan dichas agencias o distribuidores y que deberá ser igual al que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación a dichas agencias o distribuidores del diesel, en la parte que corresponda al combustible que las mencionadas agencias o distribuidores les hayan enajenado. En ningún caso procederá la devolución de las cantidades a que se refiere este inciso.
b). Las personas que utilicen el diesel en las actividades agropecuarias o silvícolas podrán acreditar un monto equivalente a la cantidad que resulte de multiplicar el precio de adquisición del diesel en las estaciones de servicio y que conste en el comprobante correspondiente, incluido el impuesto al valor agregado, por el factor de 0.355, en lugar de aplicar lo dispuesto en el inciso anterior.
Tratándose de la enajenación de diesel que se utilice para consumo final, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios o sus agencias o distribuidores autorizados, deberán desglosar expresamente y por separado en el comprobante correspondiente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hubieran causado por la enajenación de que se trate.
El acreditamiento a que se refiere la fracción anterior, podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo o contra las retenciones efectuadas a terceros por dicho impuesto, así como contra el impuesto al activo.
VI. Las personas que adquieran diesel para su consumo final en las actividades agropecuarias o silvícolas a que se refiere la fracción IV del presente artículo, podrán solicitar la devolución del monto del impuesto especial sobre producción y servicios que tuvieran derecho a acreditar en los términos de la fracción V que antecede, en lugar de efectuar el acreditamiento a que el mismo se refiere, siempre que cumplan con lo dispuesto en esta fracción.
Las personas a que se refiere el párrafo anterior que podrán solicitar la devolución, serán únicamente aquéllas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año. En ningún caso el monto de la devolución podrá ser superior a $ 747.69 mensuales por cada persona física, salvo que se trate de personas físicas que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos de las Secciones I o II del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso podrán solicitar la devolución de hasta $1,495.39 mensuales.
El Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas necesarias para simplificar la obtención de la devolución a que se refiere el párrafo anterior.
Las personas morales que podrán solicitar la devolución serán aquéllas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año, por cada uno de los socios o asociados, sin exceder de doscientas veces dicho salario mínimo. El monto de la devolución no podrá ser superior a $747.69 mensuales, por cada uno de los socios o asociados sin que exceda en su totalidad de $7,884.96 mensuales, salvo que se trate de personas morales que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo VII del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso podrán solicitar la devolución de hasta $1,495.39 mensuales, por cada uno de los socios o asociados, sin que en este último caso exceda en su totalidad de $14,947.81 mensuales.
La devolución correspondiente deberá ser solicitada trimestralmente en los meses de abril, julio y octubre de 2008 y enero de 2009.
Las personas a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, deberán llevar un registro de control de consumo de diesel, en el que asienten mensualmente la totalidad del diesel que utilicen para sus actividades agropecuarias o silvícolas en los términos de la fracción IV de este artículo, distinguiendo entre el diesel que se hubiera destinado para los fines a que se refiere dicho inciso, del diesel utilizado para otros fines. Dicho registro deberá estar a disposición de las autoridades fiscales por el plazo a que se esté obligado a conservar la contabilidad en los términos de las disposiciones fiscales.
Para obtener la devolución a que se refiere esta fracción, se deberá presentar la forma oficial 32 de devoluciones, ante la Administración Local de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria que corresponda, acompañada de la documentación que la misma solicite, así como la establecida en la presente fracción.
El derecho para la recuperación mediante acreditamiento o devolución del impuesto especial sobre producción y servicios, tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha en que se hubiere efectuado la adquisición del diesel cumpliendo con los requisitos señalados en esta fracción, en el entendido de que quien no lo acredite o solicite oportunamente su devolución, perderá el derecho de realizarlo con posterioridad a dicho año.
Los derechos previstos en esta fracción no serán aplicables a los contribuyentes que utilicen el diesel en bienes destinados al autotransporte de personas o efectos a través de carreteras o caminos.
VII. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga, consistente en permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de este combustible.
Tratándose de la enajenación de diesel que se utilice para consumo final, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios o sus agencias o distribuidores autorizados, deberán desglosar expresamente y por separado en el comprobante correspondiente el impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hubieran causado por la enajenación de que se trate. El comprobante que se expida deberá reunir los requisitos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.
El acreditamiento a que se refiere esta fracción, únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo o en su carácter de retenedor o, en su caso, contra el impuesto al activo, que se deba enterar, utilizando la forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria. Lo dispuesto en esta fracción, también será aplicable al transporte privado de carga, de pasajeros o al transporte doméstico público o privado, efectuado por contribuyentes a través de carreteras o caminos del país.
En ningún caso este beneficio podrá ser utilizado por los contribuyentes que presten preponderantemente sus servicios a otra persona moral residente en el país o en el extranjero, que se considere parte relacionada, de acuerdo al artículo 215 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios se realizará únicamente contra el impuesto que corresponda en los pagos provisionales del mes en que se adquiera el diesel o los doce meses siguientes a aquel en que se adquiera el diesel o contra el impuesto del propio ejercicio.
Los beneficiarios del estímulo previsto en esta fracción deberán llevar los controles y registros que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.
VIII. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, consistente en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50 por ciento del gasto total erogado por este concepto.
Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta el estímulo a que hace referencia esta fracción en el momento en que efectivamente lo acrediten.
El acreditamiento a que se refiere esta fracción, únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo o, en su caso, contra el impuesto al activo, que se deba enterar, utilizando la forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria.
El acreditamiento de los gastos a que hace referencia esta fracción se realizará únicamente contra el impuesto que corresponda en los pagos provisionales del ejercicio en que se realicen dichos gastos o contra el impuesto del propio ejercicio, en el entendido de que quien no lo acredite contra los pagos provisionales o en la declaración del ejercicio que corresponda, perderá el derecho de realizarlo con posterioridad a dicho ejercicio.
Lo dispuesto en esta fracción, también será aplicable al transporte privado de carga, de pasajeros o al transporte doméstico público o privado, efectuado por contribuyentes a través de carreteras o caminos del país.
Se faculta al Servicio de Administración Tributaria para emitir las reglas de carácter general que determinen los porcentajes máximos de acreditamiento por tramo carretero y demás disposiciones que considere necesarias para la correcta aplicación de este beneficio.
IX. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel marino especial, para su consumo final y que sea utilizado exclusivamente como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la marina mercante, consistente en permitir el acreditamiento de un monto equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de diesel marino especial.
En los casos en que el diesel marino especial se adquiera de agencias o distribuidores autorizados, el monto que los contribuyentes podrán acreditar será el que se señale en forma expresa y por separado en el comprobante que les expidan dichas agencias o distribuidores y que deberá ser igual al que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación a tales agencias o distribuidores del diesel, en la parte que corresponda al combustible que las mencionadas agencias o distribuidores comercialicen a dichos contribuyentes.
Para los efectos de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el comprobante que se expida deberá reunir los requisitos previstos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, sin que se acepte para los efectos del estímulo a que se refiere esta fracción, comprobante simplificado.
Cuando el monto a acreditar a que se refiere esta fracción, sea superior al monto de los pagos provisionales o definitivos de los impuestos contra los que se autoriza el acreditamiento, la diferencia se podrá acreditar contra los pagos subsecuentes, correspondientes al año de 2008. En ningún caso procederá la devolución de las cantidades a que se refiere esta fracción.
El acreditamiento a que se refiere la presente fracción deberá efectuarse, sin excepción alguna, a más tardar en las fechas siguientes:
1. Tratándose del impuesto al valor agregado, en la fecha en que los contribuyentes deban presentar la declaración correspondiente al mes de diciembre de 2008.
2. Tratándose del impuesto sobre la renta o del impuesto al activo, en la fecha en que los contribuyentes deban presentar la declaración correspondiente al ejercicio de 2008.
Para aplicar el estímulo fiscal a que se refiere la presente fracción, los contribuyentes deberán cumplir, además, con lo siguiente:
a). Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera.
b). Presentar en la Administración Local de Recaudación o en la Administración Regional de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, según sea el caso, que corresponda a su domicilio fiscal, dentro de los cinco días posteriores a la presentación de las declaraciones provisionales o del ejercicio del impuesto sobre la renta o del impuesto al activo, o definitivas tratándose del impuesto al valor agregado, en las que se efectúe el acreditamiento a que se refiere el presente Decreto, copia de las mismas, adjuntando la siguiente documentación:
1. Copia del despacho o despachos expedidos por la Capitanía de Puerto respectiva, a las embarcaciones de su propiedad o bajo su legítima posesión en las que haya utilizado el diesel marino especial por el que hayan aplicado el estímulo fiscal a que se refiere el presente Decreto, en el que deberá constar el puerto y fecha de arribo.En el caso de embarcaciones a las que la Capitanía de Puerto les haya expedido despachos de entradas y salidas múltiples, se deberá anexar copia de dichos despachos en los que deberá constar la fecha de cada una de las ocasiones en que entró y salió del puerto la embarcación.Tratándose de embarcaciones que sólo realizan navegación interior, los contribuyentes deberán presentar copia del informe mensual rendido a la Capitanía de Puerto sobre el número de viajes realizados.Los duplicados de los documentos mencionados en este inciso deberán contener el sello y la firma originales de la autoridad marítima que los expida.2. Escrito en el que se mencione el número de la inscripción del contribuyente en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera, manifestando la siguiente información de cada una de las embarcaciones propiedad de la empresa o que se encuentren bajo su legítima posesión en las que hayan utilizado el diesel marino especial por el que hayan aplicado el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción:i). Nombres de las embarcaciones;ii). Matrículas de las embarcaciones;iii). Eslora y tonelaje de registro bruto de cada embarcación;iv). Capacidad de carga de combustible, yv). Cálculo promedio de su consumo de combustible en millas náuticas por galón.3. Copias simples de los comprobantes fiscales expedidos a favor del contribuyente por la adquisición del diesel marino especial, correspondientes al periodo que abarque la declaración provisional, definitiva o del ejercicio, en que se aplicó el estímulo fiscal.
El acreditamiento a que se refiere esta fracción, únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado, que tenga el contribuyente a su cargo o contra las retenciones efectuadas a terceros por dichos impuestos, así como contra el impuesto al activo.
X. Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas y morales consistente en el impuesto al activo que se cause durante el ejercicio. Para estos efectos, el Ejecutivo Federal, a más tardar el 31 de enero de 2008, atendiendo a la disponibilidad presupuestal determinará las características de los beneficiarios de dicho estímulo.
Los beneficiarios de los estímulos previstos en las fracciones IV, VII y VIII del presente artículo, quedarán obligados a proporcionar la información que les requieran las autoridades fiscales dentro del plazo que para tal efecto le señalen.
Los beneficios que se otorgan en las fracciones IV, V y VI del presente artículo, no podrán ser acumulables con ningún otro estímulo fiscal establecido en esta Ley. Tratándose de los estímulos establecidos en las fracciones VII y VIII de este artículo podrán ser acumulables entre sí, pero no con los demás estímulos establecidos en la presente Ley.
Los estímulos que se otorgan en el presente artículo, están condicionados a que los beneficiarios de los mismos cumplan con los requisitos que para cada estímulo establece la presente Ley.
En materia de exenciones, durante el ejercicio fiscal de 2008, se estará a lo siguiente:
1. Se exime del pago del impuesto al activo que se cause con motivo de la propiedad de cuentas por cobrar, derivados de contratos que celebren los contribuyentes con organismos públicos descentralizados del Gobierno Federal, respecto de inversiones de infraestructura productiva destinada a actividades prioritarias, aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública.
2. Se exime del pago del impuesto sobre automóviles nuevos que se cause a cargo de las personas físicas o morales que enajenen al público en general o que importen definitivamente en los términos de la Ley Aduanera, automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquellos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna.
3. Se exime del pago del derecho de trámite aduanero que se cause por importación de gas natural, en los términos del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos.

Se faculta al Servicio de Administración Tributaria para emitir las reglas generales que sean necesarias para la obtención de los beneficios previstos en este artículo.

Artículo 17. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para otorgar los estímulos fiscales y subsidios siguientes:

I. Los relacionados con comercio exterior:
a). A la importación de artículos de consumo a las regiones fronterizas.
b). A la importación de equipo y maquinaria a las regiones fronterizas.
II. A cajas de ahorro y sociedades de ahorro y préstamo.

Se aprueban los estímulos fiscales y subsidios con cargo a impuestos federales, así como las devoluciones de impuestos concedidos para fomentar las exportaciones de bienes y servicios o la venta de productos nacionales a las regiones fronterizas del país en los por cientos o cantidades otorgados o pagadas en su caso, que se hubieran otorgado durante el ejercicio fiscal de 2007.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para conceder los estímulos a que se refiere este artículo escuchará, en su caso, la opinión de las dependencias competentes en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido por este artículo en materia de estímulos fiscales y subsidios.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará trimestralmente al Congreso de la Unión sobre el costo que representan para el erario federal, por concepto de menor recaudación, los diversos estímulos fiscales a que se refiere este artículo, así como los sectores objeto de este beneficio.

Artículo 18. Se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones federales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones federales, distintos de los establecidos en el Código Fiscal de la Federación, ordenamientos legales referentes a organismos descentralizados federales que prestan los servicios de seguridad social, Decretos Presidenciales, tratados internacionales y las leyes que establecen dichas contribuciones, así como los reglamentos de las mismas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable cuando las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones federales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones federales, se encuentren contenidas en normas jurídicas que tengan por objeto la creación o las bases de organización o funcionamiento de los entes públicos o empresas de participación estatal, cualquiera que sea su naturaleza.

Se derogan las disposiciones que establezcan que los ingresos que obtengan las dependencias por concepto de derechos, productos o aprovechamientos, tienen un destino específico, distintas de las contenidas en el Código Fiscal de la Federación, en la presente Ley y en las demás leyes fiscales.

Así mismo, se derogan las disposiciones contenidas en leyes de carácter no fiscal que establezcan que los ingresos que obtengan las dependencias, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, o entidades, por concepto de derechos, productos, o aprovechamientos, e ingresos de cualquier otra naturaleza, serán considerados como ingresos excedentes en el ejercicio fiscal en que se generen.

Artículo 19. Los ingresos acumulados que obtengan en exceso a los previstos en el calendario que publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los ingresos contemplados en el artículo 1o. de esta Ley, los poderes Legislativo y Judicial, de la Federación, los Tribunales Administrativos, el Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las dependencias del Ejecutivo Federal y sus órganos administrativos desconcentrados, así como las entidades sujetas a control directo, se deberán aplicar en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de esta Ley.

Para determinar los ingresos excedentes de la unidad generadora de las dependencias a que se refiere el primer párrafo de este artículo, se considerará la diferencia positiva que resulte de disminuir los ingresos acumulados estimados en la Ley de Ingresos de la Federación de la dependencia, a los enteros acumulados efectuados por dicha dependencia a la Tesorería de la Federación, en el periodo que corresponda.

Se entiende por unidad generadora de los ingresos de la dependencia, cada uno de los establecimientos de la misma en los que se otorga o proporciona, de manera autónoma e integral, el uso o aprovechamiento de bienes o el servicio por el cual se cobra el aprovechamiento o producto, según sea el caso.

Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, emita dictámenes y reciba notificaciones, de ingresos excedentes que generen las dependencias y entidades.

Artículo 20. Los ingresos excedentes a que se refiere el artículo anterior, se clasifican de la siguiente manera:

I. Ingresos inherentes a las funciones de la dependencia o entidad, los cuales se generan en exceso a los previstos en el calendario de los ingresos previstos en esta Ley o, en su caso, a los previstos en los presupuestos de las entidades, por actividades relacionadas directamente con las funciones recurrentes de la institución.
II. Ingresos no inherentes a las funciones de la dependencia o entidad, los cuales se obtienen en exceso a los previstos en el calendario de los ingresos previstos en esta Ley o, en su caso, a los previstos en los presupuestos de las entidades, por actividades que no guardan relación directa con las funciones recurrentes de la institución.
III. Ingresos de carácter excepcional, los cuales se obtienen en exceso a los previstos en el calendario de los ingresos a que se refiere esta Ley o, en su caso, a los previstos en los presupuestos de las entidades, por actividades de carácter excepcional que no guardan relación directa con las atribuciones de la entidad, tales como la recuperación de seguros, los donativos en dinero y la enajenación de bienes muebles.
IV. Ingresos de los poderes Legislativo y Judicial, así como de los Tribunales Administrativos, del Instituto Federal Electoral y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la facultad de fijar o modificar en una lista la clasificación de los ingresos a que se refieren las fracciones I, II y III de este artículo. Dicha lista se dará a conocer a las dependencias y entidades, a más tardar el último día hábil de enero de 2008 y durante dicho ejercicio fiscal, conforme se modifiquen.

Artículo 21. Quedan sin efecto las exenciones relativas a los gravámenes a bienes inmuebles previstas en leyes federales a favor de organismos descentralizados sobre contribuciones locales, salvo en lo que se refiere a bienes propiedad de dichos organismos que se consideren del dominio público de la Federación.

Artículo 22. Para los efectos de lo dispuesto por los artículos 58 y 160, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, durante el ejercicio fiscal de 2008 la tasa de retención anual será del 0.85 por ciento.

Capítulo IV

De la Información, la Transparencia, y la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, la Fiscalización y el Endeudamiento

Artículo 23. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluirá en los Informes Trimestrales Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública a que se refiere el artículo 107, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la información relativa a los requerimientos financieros y disponibilidades de la Administración Pública Centralizada, de órganos autónomos, del sector público federal y del sector público federal consolidado, incluyendo a las entidades paraestatales contempladas en los Tomos V y VI del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, así como de las disponibilidades de los fondos y fideicomisos sin estructura orgánica.

Así mismo, con el objeto de evaluar el desempeño en materia de eficiencia recaudatoria, se deberá incluir en el Informe a que se refiere el párrafo anterior, la información correspondiente a los indicadores que a continuación se señalan:

1. Avance en el padrón de contribuyentes.
2. Información estadística de avances contra la evasión y elusión.
3. Avances contra el contrabando.
4. Reducción de rezagos y cuantificación de resultados en los litigios fiscales.
5. Plan de recaudación.

Por única ocasión, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá incluir en el informe de recaudación neta, un reporte de Grandes Contribuyentes agrupados por cantidades en los siguientes rubros: Empresas que consolidan fiscalmente; empresas con ingresos acumulables en el monto que señalan las leyes; sector financiero; sector gobierno; empresas residentes en el extranjero y otros. Las empresas del sector privado, además, deberán estar identificados por el sector industrial, primario y/o de servicios al que pertenezcan.

Así mismo, los informes trimestrales deberán contener los montos recaudados en cada periodo por concepto de los derechos de los hidrocarburos, estableciendo los ingresos obtenidos específicamente por la extracción de petróleo crudo, de gas natural en rubros por separado, en concordancia con lo dispuesto en el Capítulo XII del Título Segundo de la Ley Federal de Derechos.

Artículo 24. En la recaudación y el endeudamiento público del Gobierno Federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las entidades, estarán obligadas a proporcionar a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de las disposiciones que apliquen, la información en materia de recaudación y endeudamiento que éstas requieran legalmente.

El incumplimiento a lo dispuesto en este artículo será sancionado en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y las demás disposiciones aplicables.

Artículo 25. Con el propósito de coadyuvar a conocer los efectos de la política fiscal en el ingreso de los distintos grupos de la población, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar un estudio de ingreso-gasto con base en la información estadística disponible que muestre por decil de ingreso de las familias su contribución en los distintos impuestos y derechos que aporte, así como los bienes y servicios públicos que reciben con recursos federales, estatales y municipales.

La realización del estudio será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá ser entregado a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados y publicado en la página de Internet de dicha Secretaría, a más tardar el 15 de marzo de 2008.

Artículo 26. Los estímulos fiscales y las facilidades que prevea la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 se otorgarán con base en criterios de eficiencia económica, no discriminación, temporalidad definida y progresividad.

Para el otorgamiento de los estímulos deberá tomarse en cuenta si los objetivos pretendidos pudiesen alcanzarse de mejor manera con la política de gasto. Las facilidades y los estímulos se autorizarán en la Ley de Ingresos de la Federación. Los costos para las finanzas públicas de las facilidades administrativas y los estímulos fiscales se especificarán en el presupuesto de gastos fiscales.

Artículo 27. Los datos generales que a continuación se citan, de las personas morales y de las personas físicas que realicen actividades empresariales o profesionales de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y el Servicio de Administración Tributaria, obtengan con motivo del ejercicio de sus atribuciones, podrán ser comunicados entre dichos organismos con objeto de mantener sus bases de datos actualizadas.

I. Nombre, denominación o razón social.
II. Domicilio o domicilios donde se lleven a cabo actividades empresariales o profesionales.
III. Actividad preponderante y la clave que se utilice para su identificación.

La información así obtenida no se considerará comprendida dentro de las prohibiciones y restricciones que establece el Código Fiscal de la Federación, pero será considerada confidencial para los efectos de la Ley de Información Estadística y Geográfica y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

La información estadística que se obtenga con los datos a que se refiere el presente artículo podrá ser objeto de difusión pública.

Artículo 28. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá publicar en su página de Internet y entregar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de dicho órgano legislativo y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores antes del 30 de junio de 2008, el Presupuesto de Gastos Fiscales.

El Presupuesto de Gastos Fiscales comprenderá al menos, en términos generales, los montos que deja de recaudar el erario federal por conceptos de tasas diferenciadas en los distintos impuestos, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades, estímulos, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal. Dicho presupuesto deberá contener los montos referidos estimados para el ejercicio fiscal de 2009 desglosado por impuesto y por cada uno de los rubros que la ley respectiva contemple.

Artículo 29. Con el propósito de transparentar la formación de pasivos financieros del Gobierno Federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá hacer llegar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, a más tardar el 30 de abril de 2008, una definición de los balances fiscales, junto con la metodología respectiva, en que se incluya de manera integral todas las obligaciones financieras del Gobierno Federal, así como los pasivos públicos, pasivos contingentes y pasivos laborales.

Artículo 30. En el ejercicio fiscal de 2008, toda Iniciativa en materia fiscal, incluyendo aquellas que se presenten para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, deberá incluir en su exposición de motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas. Así mismo, en cada una de las explicaciones establecidas en dicha exposición de motivos se deberá incluir claramente el artículo del ordenamiento de que se trate en el cual se llevarían a cabo las reformas.

Toda Iniciativa en materia fiscal que envíe el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión observará lo siguiente:

1. Que se otorgue certidumbre jurídica a los contribuyentes;
2. Que el pago de los impuestos sea sencillo y asequible;
3. Que el monto a recaudar sea mayor que el costo de su recaudación y fiscalización, y
4. Que las contribuciones sean estables para las finanzas públicas.

Estas disposiciones deberán incluirse en la exposición de motivos de la Iniciativa, las cuales deberán ser tomadas en cuenta en la elaboración de los dictámenes que emitan las Comisiones respectivas en el Congreso de la Unión. La Ley de Ingresos de la Federación únicamente incluirá las estimaciones de las contribuciones contempladas en las leyes fiscales.

La iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, deberá especificar la memoria de cálculo de cada uno de los rubros de ingresos previstos en dicha Iniciativa, así como las proyecciones de estos ingresos para los próximos cinco años.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor el 1o. de enero de 2008.

Segundo. Se aprueban las modificaciones a la Tarifa de los Impuestos Generales a la Importación y Exportación efectuadas por el Ejecutivo Federal durante el año de 2007, a las que se refiere el informe que en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 Constitucional, ha rendido el propio Ejecutivo al Congreso de la Unión.

Reitero a usted, ciudadana Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a cinco de septiembre de dos mil siete.--- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa (rúbrica).»

«Licenciado Ismael Reyes Retana Tello, subprocurador Fiscal Federal de Legislación y Consulta.--- Presente.

Me refiero a su oficio 529-II-SFFLC/117/07 por el que remite a esta subsecretaría el anteproyecto de iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y la evaluación del impacto presupuestario correspondiente, elaborados por la Unidad de Política de Ingresos de esta dependencia, a fin de que se emita el dictamen de impacto presupuestario respectivo. Lo anterior, a efecto de que la referida iniciativa sea puesta a consideración del titular del Ejecutivo federal para ser enviada al Congreso de la Unión junto con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Sobre el particular, con fundamento en los artículos 18, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 18 a 20 de su Reglamento; 65-A y 65-B, fracciones III y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con base en lo dispuesto en el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2003), para los efectos del dictamen de impacto presupuestario a que se refieren las disposiciones de la ley anteriormente citada y de su reglamento, le informo lo siguiente:

1. Esta Dirección General, con base en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 20 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, no tiene observaciones en el ámbito jurídico sobre las disposiciones contenidas en el anteproyecto señalado anteriormente.
2. Se anexa el oficio número 312-A-1.-4198 BIS de fecha 4 de septiembre del año en curso, a través del cual el director general adjunto de Programación y Presupuesto de Desarrollo Agropecuario, Recursos Naturales, Hacienda y Turismo manifiesta que, del análisis realizado a la evaluación de impacto presupuestario correspondiente, no tiene inconveniente en que se continúen los trámites conducentes respecto al referido anteproyecto.

Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

No omito manifestarle que, en relación con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, éstos se sujetan al procedimiento específico previsto en la LFPRH --artículos 40 y 41-- para su elaboración y presentación al Congreso de la Unión. En este sentido, en términos de las referidas disposiciones, las exposiciones de motivos de ambos documentos junto con los Criterios Generales de Política Económica, comprenden toda la información sobre el impacto fiscal y presupuestario del paquete económico para el siguiente ejercicio fiscal, incluyendo entre otros aspectos, la información detallada de las fuentes de ingresos y las asignaciones de gasto correspondientes para el ejercicio fiscal 2008; los objetivos que se fijan para dicho periodo; así como diversa información macroeconómica, incluyendo información de ejercicios anteriores y proyecciones de mediano plazo.

Atentamente
México, DF, a 4 de septiembre de 2007.--- Licenciado Max A. Diener Sala (rúbrica), director general.»

«Licenciado Guillermo Lecona Morales, director general adjunto de Análisis Jurídico de la Dirección General Jurídica de Egresos.--- Presente.

Me refiero a su oficio número 353.A.1.-0941 del 3 de septiembre de 2007, mediante el cual remite copia del anteproyecto de la Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos en materia presupuestaria, a fin de recabar los comentarios o, en su caso, el dictamen de impacto presupuestario, relativo a la competencia de la Dirección General de Programación y Presupuesto ``B''.

Al respecto, y de la revisión a la iniciativa en cuestión y de conformidad con la evaluación de impacto presupuestal emitida por la Unidad de Política de Ingresos mediante oficio número 349-A-0637 del 3 de septiembre del año en curso, en el sentido de que no considera la creación o modificación de unidades administrativas y plazas o creación de nuevas instituciones, ni la modificación de las estructuras orgánicas y ocupacionales existentes; no genera impacto presupuestario adicional en los programas aprobados a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; no se prevén nuevas atribuciones y actividades que deban realizar; y las disposiciones que se proponen no inciden en la regulación en materia presupuestaria, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 18, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 18 a 20 de su Reglamento; 65-A del Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y con base en lo dispuesto en el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2003), no se tiene inconveniente en que se continúen con los trámites conducentes para su formalización en el entendido de que no se incrementarán ni crearán estructuras ocupacionales para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 4 de septiembre de 2007.--- Licenciado Felipe O. Angulo Sánchez (rúbrica), director general adjunto.»

Presidencia del diputado Cristián Castaño Contreras

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias.Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Ciudadana Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Para los efectos de lo dispuesto por el Inciso H) del artículo 72 y por el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo establecido por la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal por instrucciones del Presidente de la República, me permito enviar a usted:

Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Asimismo, acompaño al presente copia del oficio número 353.A.-0941, signado el día 4 del mes en curso, a través del cual el licenciado Max A. Diener Sala, director general Jurídico de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, manifiesta que el citado proyecto se sujeta al procedimiento específico previsto en el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presidencia de la República.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

A través de su apreciable conducto y de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como Titular del Poder Ejecutivo de la Federación atiendo a la obligación de entregar el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008 a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su aprobación previo examen, discusión y, en su caso, modificación de dicho Proyecto.

El Proyecto de Presupuesto incluye, tanto la propuesta de gasto a cargo de la Administración Pública Federal, como las erogaciones que, en el marco de su autonomía, solicitan ejercer el Poder Legislativo de la Unión, el Poder Judicial de la Federación, el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Esta propuesta se elaboró con base en las proyecciones económicas que se explican con detalle en el documento de Criterios Generales de Política Económica, que también se entrega a esa Soberanía y que describe el entorno externo en que se desenvuelve la economía mexicana, la evolución reciente de ésta y su trayectoria esperada para 2008, así como las perspectivas de las finanzas públicas en el mediano plazo.

Lograr el Desarrollo Humano Sustentable es la prioridad de mi programa de gobierno y también el principio que rige a la política de gasto público de este proyecto de presupuesto. Las estrategias de gasto a seguir para mejorar de forma sustentable el nivel de vida de los mexicanos se basan en los cinco ejes rectores establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012: 1) Estado de Derecho y seguridad; 2) Economía competitiva y generadora de empleos; 3) Igualdad de oportunidades; 4) Sustentabilidad ambiental y; 5) Democracia efectiva y política exterior responsable. Estos ejes tienen como fin instrumentar, a través del ejercicio de los recursos públicos, una estrategia viable para avanzar en la transformación de México sobre bases sólidas y responsables.

La plena vigencia del estado de derecho y la garantía de la seguridad de los mexicanos representan un requisito fundamental para la transformación del país. El fortalecimiento del estado de derecho es un eje de acción para alcanzar el desarrollo humano sustentable que brinda mejores oportunidades de vida a los mexicanos y promueve el crecimiento económico al generar seguridad y certeza para la inversión.

Por ello, esta propuesta de presupuesto hace énfasis en fortalecer la procuración e impartición de justicia, combatir y sancionar activamente la comisión de delitos, así como combatir de forma frontal al crimen organizado.

El desarrollo del país también requiere promover una economía más competitiva que genere los empleos formales y de calidad necesarios para elevar de manera sustancial el bienestar de los mexicanos, sobre todo, de aquéllos que viven en condiciones de pobreza y marginación.

Para lograr una economía competitiva, las prioridades del presupuesto son las de impulsar la inversión en infraestructura para sentar las bases que permitan el uso eficiente y eficaz de los recursos productivos del país; incrementar nuestro capital humano reduciendo los desequilibrios regionales y resolviendo las necesidades sociales más apremiantes; así como elevar el crecimiento de nuestra productividad promoviendo la competencia económica y la innovación.

México tiene una deuda social que enfrentar. La reducción significativa de la pobreza y de las brechas sociales, económicas y culturales que persisten en nuestro país es impostergable para que todo mexicano goce plenamente de igualdad en sus oportunidades de desarrollo.

La presente propuesta plantea elevar el gasto social por medio de acciones decididas para mejorar y ampliar el acceso de la población a los servicios básicos de agua potable y alcantarillado, salud, ciencia y tecnología, turismo y seguridad pública. En especial, se propone continuar con los apoyos al campo mexicano en donde persisten condiciones de pobreza alimentaria y marginación cuya atención no puede esperar.

El fomento de las actividades productivas y el desarrollo económico debe ser compatible con la sustentabilidad ambiental, a fin de mejorar el bienestar de la población sin comprometer las condiciones de vida de las generaciones futuras.

Para lograr este objetivo, la propuesta de presupuesto prevé recursos significativos para la administración sustentable del agua y demás recursos naturales, así como para frenar el deterioro ambiental, la emisión de gases de efecto invernadero y promover la conservación de bosques, selvas, ecosistemas y de la biodiversidad de México.

El ejercicio de una democracia efectiva como forma de vida de los ciudadanos y de una política exterior responsable y activa, también son requisitos para alcanzar el desarrollo humano sustentable. México debe mejorar su democracia y la eficacia de sus instituciones, para que los logros en materia económica y social se traduzcan en mejoras permanentes en la calidad de vida de los ciudadanos.

Los recursos propuestos en el Proyecto de Presupuesto promoverán la eficiencia y la eficacia gubernamental porque ésta representa, en gran medida, la manera en la que la ciudadanía percibe la efectividad de nuestra democracia.

Respecto a la provisión de bienes y servicios públicos, se mejorará la regulación, la gestión, los procesos y los resultados de la administración pública federal para satisfacer las necesidades de la población. La adopción del presupuesto basado en resultados permitirá que las asignaciones del gasto se fundamenten en la eficiencia, eficacia, productividad e impacto de los programas federales. El gasto público tendrá como único propósito el bienestar de la población.

La presente propuesta de gasto también incorpora las medidas de austeridad y disciplina que reducirán el gasto en administración y operación, y promoverán el uso eficiente y racional de los recursos públicos. En 2008, se estima generar un ahorro por 10 mil 164.3 millones de pesos, asociado a gasto operativo y de administración de la administración pública federal (APF), monto que, sumado al ahorro de 25 mil 500.0 mdp del ejercicio fiscal 2007, equivale al presupuesto asignado al Programa de Seguro Popular. Cabe destacar que, en consonancia con el compromiso de austeridad adquirido por la presente administración, durante 2008 no habrá incrementos en las remuneraciones de los servidores públicos de mando de la APF.

El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008 considera un gasto neto total de 2 billones 416.9 mil mdp, que es superior en 3.3 por ciento en términos reales al monto aprobado para 2007. Estos recursos equivalen al 23.0 por ciento del Producto Interno Bruto. Este porcentaje es plenamente congruente con el nivel de ingresos previsto en la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008.

Conforme a esta propuesta, el gasto programable para el próximo año sería de 1 billón 777.2 mil mdp, lo que significa un aumento de 3.4 por ciento en términos reales con relación a lo aprobado para 2007.

El Proyecto de Presupuesto que se somete a consideración de esa honorable Cámara de Diputados asigna mayores recursos a rubros prioritarios para el país, como desarrollo social y gobierno, en 2.7 y 7.3 por ciento respectivamente, en comparación a lo aprobado para el ejercicio fiscal 2007. También presenta un aumento en áreas fundamentales para el crecimiento económico como energía y turismo con incrementos de 7.1 y 54.1 por ciento respecto del presupuesto aprobado el año anterior. De igual manera, se presenta un crecimiento en salud, seguridad social, seguridad pública, ciencia y tecnología, soberanía nacional y medio ambiente, mientras que educación superior, infraestructura carretera, desarrollo rural, cultura y deporte, contarán con montos importantes de recursos en magnitud similar a los del año pasado.

A fin de fortalecer las finanzas públicas del Estado mexicano, el mes de junio pasado el Poder Ejecutivo envió al honorable Congreso de la Unión, un proyecto de ``Reforma Hacendaria por los que menos tienen'' que incluye cuatro vertientes:

1. Administración Tributaria: plantea el objetivo de lograr un adecuado balance entre simplificación tributaria y elementos de control eficaces, a la vez que mejorar la recaudación y evitar distorsiones económicas.
2. Gasto Público: a fin de alcanzar los grandes objetivos nacionales se requiere elevar la calidad del gasto y profundizar su transparencia, eficacia y austeridad. El objetivo es una mejor asignación de los recursos públicos y el logro y verificación de los resultados esperados. El bienestar ciudadano es su componente fundamental.
3. Federalismo: se plantea un nuevo pacto hacendario que reduzca la dependencia de los gobiernos de las entidades federativas respecto de las transferencias federales, incentive la recaudación local, mejore la división de responsabilidades y funciones, y fortalezca la hacienda pública de los tres órdenes de gobierno.
4. Sistema Tributario: tiene la misión de lograr la solidez de las finanzas públicas mediante una estructura tributaria equitativa que promueva la competitividad, favorezca la creación de empleos y minimice las distorsiones al obtener recursos.

En caso de que el honorable Congreso de la Unión apruebe las iniciativas de Reforma Hacendaria, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2008 se vería fortalecido de manera sustancial.

El proyecto de Presupuesto que se envía se construyó sobre un escenario inercial de ingresos, sin embargo, también presenta la propuesta de asignación de los recursos adicionales que la ``Reforma Hacendaria por los que menos tienen'' generaría y que a nuestro juicio requiere el país. Esta propuesta considera que los recursos adicionales deberán destinarse a dos objetivos fundamentales:

1. Competitividad y generación de empleos:
• Infraestructura: carreteras, puertos, presas, redes de agua potable y energía.
• Disminución de las tarifas eléctricas.
2. Generación de desarrollo humano:
• Infraestructura hospitalaria.
• Fortalecimiento a la: infraestructura del IMSS.
• Apoyo a municipios con elevados niveles de marginación.
• Seguridad Pública Municipal.
• Cobertura de Educación Superior y Media Superior.

Con base en lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008 consta de la Exposición de Motivos, el proyecto de Decreto, siete tomos y un anexo informativo. Se incluye un capítulo adicional que detalla la propuesta de asignación de los recursos adicionales derivados de la Reforma Hacendaria.

En la Exposición de Motivos se presenta la política de gasto del Poder Ejecutivo federal y se introducen las innovaciones en materia de calidad del gasto público representadas por la definición de un presupuesto basado en resultados y en la evaluación del desempeño. Se incluye la política de gasto de los Poderes Legislativo y Judicial y de los entes autónomos.

La exposición contiene capítulos con información sobre la evolución del gasto público en los cinco años precedentes, las previsiones de gasto para el ejercicio fiscal 2008 y la previsión de gasto programable para el mismo ejercicio. El gasto programable se considera en términos de las clasificaciones administrativa, económica, funcional y programática y geográfica. La clasificación geográfica se desarrolla con base en los programas y proyectos susceptibles de identificarse por entidad federativa. Asimismo, se presenta la estrategia y líneas generales de acción del gasto para 2008, basada en los ejes rectores del Plan Nacional de De-sarrollo 2007-2012, y la perspectiva para los siguientes cinco ejercicios fiscales.

La actual administración impulsará la implantación de políticas públicas encaminadas a defender la integridad, dignidad y derechos que corresponden a la equidad de género. En el presente documento, se pone de manifiesto el compromiso para dar seguimiento a la aplicación de los recursos en los programas en los que se identifique la perspectiva de género, así como la evaluación de sus resultados e impacto. Se trata de un primer paso concreto para avanzar, de manera gradual y progresiva, en la incorporación de la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos de la Federación, a fin de lograr la transversalidad en las políticas y programas de la Administración Pública Federal.

El Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 se presenta junto con la Exposición de Motivos e incluye las previsiones de gasto conforme a lo establecido en el marco legal y reglamentario aplicable, así como las disposiciones presupuestarias de vigencia anual que se proponen para el próximo año, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Por su parte, el Tomo I contiene información global del gasto e información específica sobre los requerimientos de información establecidos en la Ley, mientras que los Tomos II a VI presentan la estrategia programática y las previsiones de gasto de los ramos autónomos, los ramos administrativos, los ramos generales y las entidades de control presupuestario directo e indirecto. El Tomo VII contiene la información de los programas y proyectos de inversión de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Finalmente, el anexo informativo presenta la distribución del Proyecto de Presupuesto de los ramos y entidades de control directo por unidad responsable, con una desagregación al nivel de capítulo y concepto de gasto.

Los tomos impresos se acompañan de un disco compacto que contiene la información del Proyecto de Presupuesto, con objeto de facilitar su revisión y análisis.

Estoy convencido de que, a través del diálogo y la negociación responsable, los Poderes Ejecutivo y Legislativo lograremos construir los acuerdos necesarios para que el gasto público contribuya de manera efectiva a alcanzar los objetivos de equidad y mayor bienestar a que aspiramos todos los mexicanos.

Al someter a consideración de la honorable Cámara de Diputados el presente Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, me es grato reiterar a ustedes la seguridad de mi mayor respeto.

Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presidencia de la República.

PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008

TÍTULO PRIMERO

DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. El ejercicio, el control y la evaluación del gasto público federal para el año 2008, se realizará conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en las disposiciones que, en el marco de dicha Ley, estén establecidas en otros ordenamientos legales y en este Presupuesto de Egresos.

Artículo 2. La interpretación del presente Decreto, para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo Federal, corresponde a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, conforme a las definiciones y conceptos que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

CAPÍTULO II

De las erogaciones

Artículo 3. El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, importa la cantidad de $2,416,917,600,000.00, y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

En términos de los artículos 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 1 y 2 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, el gasto neto total previsto en el párrafo anterior se modificará para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en favor de los trabajadores del Estado en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo Vigésimo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la última ley citada, publicado el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 4. El gasto neto total se distribuye conforme a lo establecido en los Anexos de este Decreto y Tomos del Presupuesto de Egresos y se observará lo siguiente:

I. Las erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales, así como los capítulos específicos que incorporan los flujos de efectivo de las entidades, se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 1 del presente Decreto y los Tomos II a VI de este Presupuesto de Egresos. En el Tomo I se incluyen los requerimientos de información establecidos en el artículo 41, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
II. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios se incluye en el Anexo 2 de este Decreto;
III. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales se incluye en el Anexo 3 de este Decreto;
IV. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo se incluye en el Anexo 4 de este Decreto y en el Tomo V del Presupuesto de Egresos;
V. El capítulo específico que incorpora las previsiones salariales y económicas se incluye en el Anexo 5 de este Decreto y en los Tomos III a VI del Presupuesto de Egresos.
Los montos y términos aprobados en este capítulo específico en el Anexo de este Decreto y Tomos del Presupuesto de Egresos, incluyendo las previsiones para contingencias y sus ampliaciones derivadas de adecuaciones presupuestarias y ahorros necesarias durante el ejercicio fiscal para cumplir, en su caso, con las disposiciones laborales aplicables, forman parte de la asignación global a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Formarán parte de dicha asignación global las erogaciones que se prevean en el Presupuesto de Egresos para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en favor de los trabajadores al servicio del Estado, en términos de lo dispuesto en los artículos Vigésimo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación; 1 y 2 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y 3 del presente Decreto;
VI. Los recursos para atender a la población indígena se señalan en el Anexo 6 de este Decreto, en los términos del artículo 2, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
VII. Los recursos que conforman el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo
Rural Sustentable se señalan en el Anexo 7 de este Decreto, conforme a lo previsto en los artículos 16 y 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;
VIII. El monto total de los recursos previstos para el Programa de Ciencia y Tecnología, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Ciencia y Tecnología, se señala en el Anexo 8 de este Decreto;
IX. Las erogaciones de aquellos programas que incorporan la perspectiva de género, se señalan en el Anexo 9 de este Decreto;
X. La suma de recursos destinados a cubrir el costo financiero de la deuda pública del Gobierno Federal; aquél correspondiente a la deuda de las entidades incluidas en el Anexo 1.D. de este Decreto; las erogaciones derivadas de operaciones y programas de saneamiento financiero; así como aquéllas para programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca, se distribuye conforme a lo establecido en el Anexo 10 de este Decreto;
XI. Las erogaciones para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 11 de este Decreto;
XII. Las erogaciones para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 12 de este Decreto.
Las previsiones para servicios personales referidas en el párrafo anterior que se destinen para sufragar las medidas salariales y económicas, deberán ser ejercidas conforme a lo que establece el artículo 18 de este Decreto y serán entregadas a las entidades federativas a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios y, sólo en el caso del Distrito Federal, se ejercerán por medio del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos;
XIII. Las erogaciones para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 13 de este Decreto;
XIV. Las previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas para los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se distribuyen conforme a lo establecido en el Anexo 14 de este Decreto;
XV. Los límites de percepción ordinaria neta mensual a que se refiere el artículo 19 de este Decreto se señalan en el Anexo 15 de este Decreto;
XVI. Para los efectos de los artículos 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres personas, de las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obras públicas y servicios relacionados con éstas, serán los señalados en el Anexo 16 de este Decreto. Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado;
XVII. Los programas sujetos a reglas de operación se señalan en el Anexo 17 de este Decreto;
XVIII. El presupuesto del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades se distribuye conforme a lo establecido en el Anexo 18 de este Decreto, y
XIX. Los principales programas previstos en este Presupuesto de Egresos se detallan en el Anexo 19 de este Decreto.

Artículo 5. El gasto programable previsto para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, se sujeta a las siguientes reglas:

I. Para el presente ejercicio fiscal no se incluyen previsiones para el Programa Erogaciones Contingentes, correspondiente a la partida secreta a que se refiere el artículo 74, fracción IV, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Las dependencias y entidades podrán solicitar autorización a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, con cargo a los recursos del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas o al mecanismo de pago correspondiente, se apliquen medidas para cubrir una compensación económica a los servidores públicos que decidan concluir en definitiva la prestación de sus servicios en la Administración Pública Federal, sin perjuicio de las prestaciones que les correspondan en materia de seguridad social. Dichas medidas se sujetarán a lo siguiente:
a) Las plazas correspondientes a los servidores públicos que concluyan en definitiva la prestación de sus servicios en la Administración Pública Federal, se cancelarán en los términos de las disposiciones aplicables;
b) Las dependencias, con cargo a los ahorros que generen en sus respectivos presupuestos de servicios personales por la aplicación de las medidas, deberán restituir anualmente y a más tardar en el ejercicio fiscal 2010, en los plazos y condiciones que señalen las disposiciones aplicables, los recursos correspondientes a las compensaciones económicas pagadas a los servidores públicos a su cargo. En caso contrario, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, descontará los recursos correspondientes de las ministraciones posteriores de la respectiva dependencia.
En los mismos términos, las entidades solicitarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las adecuaciones a sus respectivos presupuestos por el monto que hayan utilizado para cubrir las compensaciones a los servidores públicos a su cargo. En caso contrario, dicha Secretaría realizará las adecuaciones presupuestarias por los montos que correspondan;
c) Los recursos restituidos serán destinados a mejorar la meta de balance presupuestario;
d) Los ahorros generados, una vez descontado el monto correspondiente para restituir los recursos utilizados en las medidas a que se refiere esta fracción, podrán destinarse a los programas de la dependencia o entidad que haya generado dicho ahorro y a la implantación y operación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, siempre y cuando no implique la creación de plazas ni la contratación de personal eventual o de personas físicas por honorarios ni puestos de libre designación ni aumente el presupuesto regularizable de los subsecuentes ejercicios fiscales;
e) El Ejecutivo federal reportará en los Informes Trimestrales sobre el ejercicio de los recursos a que se refiere esta fracción.
En su caso, las medidas a que se refiere esta fracción podrán autorizarse para la liquidación de los servidores públicos que correspondan y los gastos asociados a ésta, así como a los pagos que se originen como consecuencia de la desincorporación de entidades o de la eliminación de unidades administrativas de las dependencias, en los términos de las disposiciones aplicables, sujetándose en lo conducente a lo dispuesto en los incisos de esta fracción.
Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos, podrán aplicar las medidas a que se refiere esta fracción, previo convenio que celebren con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando cancelen las plazas correspondientes y restituyan los recursos en los términos del inciso b) de esta fracción; asimismo, podrán destinar los ahorros que resulten a sus programas, siempre y cuando no implique la creación de plazas ni la contratación de personal eventual o de personas físicas por honorarios ni aumente el presupuesto regularizable de los subsecuentes ejercicios fiscales. Las medidas previstas en esta fracción podrán aplicarse, en los mismos términos, al personal federalizado de los sectores educación y de salud, previo convenio que celebre el Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias competentes, con las entidades federativas, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
III. Los recursos para atender los gastos asociados a ingresos petroleros se destinarán exclusivamente a los destinos y en los términos previstos en las disposiciones aplicables y en el presente Decreto, y
IV. Las asignaciones presupuestarias para atender gastos en materia de desastres naturales; el programa salarial; las provisiones económicas relativas a programas y acciones para el desarrollo regional y el Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado, y las demás asignaciones que integran el ramo a que se refiere este artículo, se deberán ministrar y ejercer conforme a las disposiciones aplicables y a lo dispuesto en este Decreto.

CAPÍTULO III

De las entidades de control directo

Artículo 6. Petróleos Mexicanos, en el ejercicio de su presupuesto consolidado se sujetará a las metas de balance de operación, primario y financiero que comprometa ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en términos de lo establecido en el Tomo V de este Presupuesto de Egresos, y a lo siguiente:

I. A efecto de que Petróleos Mexicanos mantenga sus metas y pueda tomar medidas en caso de que durante el ejercicio se presente una disminución de los ingresos netos previstos en su presupuesto por condiciones de mercado, deberá apegarse a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, para efectos de la evaluación de estas metas se tomarán en cuenta las siguientes consideraciones:
a) La cantidad que exceda del monto correspondiente a la importación de mercancía para reventa por $151,313,257,960.00, no se considerará para evaluar el cumplimiento de las metas de balance de operación, primario y financiero;
b) En caso de que durante el ejercicio fiscal se presenten retrasos en la cobranza por ventas de combustibles realizadas a organismos públicos del sector eléctrico, dicho retraso no se considerará para evaluar las metas de balance de operación, primario y financiero.
En caso de que dichas condiciones sean ajenas a la operación de esta entidad, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará el mecanismo para evaluar las metas de balance de operación, primario y financiero;
II. Petróleos Mexicanos podrá realizar erogaciones adicionales, en el caso de que los ingresos petroleros excedan los proyectados en el artículo 1, fracción VII, numeral 1, inciso A, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, en los términos del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
III. Las medidas de compensación a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, deberán realizarse con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para efectos de la situación de las finanzas públicas, observando las metas de balance de operación, primario y financiero de Petróleos Mexicanos.
Petróleos Mexicanos deberá informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el comportamiento mensual de los balances de operación, primario y financiero, dentro de los 25 días hábiles siguientes a la terminación del mes, y
IV. Para fines del cumplimiento de los balances de operación, primario y financiero, trimestrales y anuales, Petróleos Mexicanos, con la aprobación de su órgano de gobierno, deberá:
a) Informar mensualmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los ingresos netos obtenidos en su flujo de efectivo;
b) Realizar el registro de las adecuaciones presupuestarias externas en forma consolidada;
c) Establecer sus propias medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, así como otras medidas equivalentes cuando menos a las señaladas en el artículo 15 de este Decreto y conforme a lo establecido en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los montos del Anexo 1.D. de este Decreto incluyen las previsiones de Petróleos Mexicanos para cubrir las obligaciones correspondientes a la inversión física y al costo financiero de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, a que se refiere el artículo 22 de este Decreto.

Los montos para Petróleos Mexicanos incluyen las previsiones necesarias de gasto corriente para cubrir las obligaciones de cargos fijos correspondientes a los contratos de suministro de bienes o servicios a que se refiere el artículo 32, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Las previsiones de cargos fijos para cada uno de los proyectos se presentan en el Tomo V de este Presupuesto de Egresos.

La cifra que señala el Anexo 1.D. de este Decreto, la cual comprende las erogaciones de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos, no incluye operaciones realizadas entre ellos.

El titular y los servidores públicos competentes de Petróleos Mexicanos deberán cumplir con las metas de balance de operación, primario y financiero y con el presupuesto autorizado de la entidad.

Artículo 7. La Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro deberán sujetarse a lo siguiente:

I. Los montos señalados en el Anexo 1.D. de este Decreto para la Comisión Federal de Electricidad incluyen previsiones para cubrir obligaciones correspondientes a la inversión física y al costo financiero de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, a que se refiere el artículo 22 de este Decreto. También incluyen las previsiones necesarias de gasto corriente para cubrir las obligaciones de cargos fijos correspondientes a los contratos de suministro de bienes o servicios a que se refiere el artículo 32, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Las previsiones de cargos fijos para cada uno de los proyectos se presentan en el Tomo V de este Presupuesto de Egresos;
II. El monto señalado en el Anexo 1.D. de este Decreto para Luz y Fuerza del Centro refleja el monto neto, por lo que no incluye las erogaciones por concepto de compra de energía a la Comisión Federal de Electricidad;
III. La cantidad que el Anexo 1.D. de este Decreto destina para la Comisión Federal de Electricidad, refleja el monto neto sin incluir erogación alguna por concepto de aprovechamientos, así como ninguna transferencia del Gobierno Federal para el otorgamiento de subsidios;
IV. Dentro de los primeros dos meses del año, deberán informar a la Cámara de Diputados sobre los subsidios otorgados en el 2007 a los consumidores, diferenciando cada una de las tarifas eléctricas, y
V. Luz y Fuerza del Centro deberá instrumentar, a más tardar en el primer trimestre de 2008, un programa de acciones autorizado por su órgano de gobierno y la Secretaría de Energía, encaminado a reducir las pérdidas no técnicas en un 20 por ciento del monto total de las mismas. Luz y Fuerza del Centro podrá disponer de los montos recuperados para sus requerimientos de inversión conforme a las disposiciones aplicables en materia de ingresos excedentes y previo análisis del cumplimiento del programa por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, la cual podrá emitir las recomendaciones que juzgue convenientes para el estricto cumplimiento del programa. Luz y Fuerza del Centro deberá remitir a la Cámara de Diputados y a la Auditoría Superior de la Federación un informe semestral de los resultados de la aplicación de este programa.

Los titulares y los servidores públicos competentes de las entidades a que se refiere este artículo deberán cumplir, según corresponda, con las metas de balance de operación, primario y financiero, así como con los presupuestos autorizados y las metas físicas e indicadores aprobados a dichas entidades.

Artículo 8. Conforme al artículo 272 de la Ley del Seguro Social, el gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social será de $266,201,900,000.00. El Gobierno Federal aportará al Instituto la cantidad de ........................ $43,903,000,000.00, como aportaciones para los seguros; la cantidad de $75,648,000,000.00, para cubrir las pensiones en curso de pago derivadas del artículo Duodécimo Transitorio de la Ley del Seguro Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, así como la cantidad de $999,000,000.00 para que, en los términos del artículo 141 de dicha Ley, la cuantía de la pensión por invalidez alcance el monto previsto como pensión garantizada.

Durante el ejercicio fiscal de 2008, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá destinar a las Reservas Financieras y Actuariales de los seguros y a la Reserva General Financiera y Actuarial, así como al Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, a que se refieren los artículos 280, fracciones III y IV, y 286 K, respectivamente, de la Ley del Seguro Social, la cantidad de $17,815,100,000.00, a fin de garantizar el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga, derivadas del pago de beneficios y la prestación de servicios relativos a los seguros que se establecen en dicha ley; así como para hacer frente a las obligaciones laborales que contraiga, ya sea por disposición legal o contractual con sus trabajadores.

Para los efectos del artículo 277 G de la Ley del Seguro Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá sujetarse a las normas de austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en este Decreto, en los términos propuestos por el Consejo Técnico de dicho Instituto, las cuales se aplicarán sin afectar con ellas el servicio público que está obligado a prestar a sus derechohabientes; asimismo, conforme al mismo artículo 277 G, dichas normas no deberán afectar las metas de constitución o incremento de reservas establecidas en este Decreto.

El titular y los servidores públicos competentes del Instituto Mexicano del Seguro Social serán responsables de que el ejercicio del gasto de dicho Instituto se sujete a los montos autorizados para cubrir su gasto programable y para las reservas y el fondo a que se refiere este artículo.

TÍTULO SEGUNDO

DEL FEDERALISMO

CAPÍTULO ÚNICO

De los recursos federales transferidos a las entidades federativas y a los municipios

Artículo 9. Los recursos federales aprobados en este Presupuesto de Egresos para ser transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a las reglas siguientes:

I. El resultado de la distribución entre las entidades federativas, de los recursos que integran los fondos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se presenta en el Tomo IV de este Presupuesto de Egresos, con excepción del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, cuya distribución se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 33, fracción IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, el ejercicio de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social será informado por las entidades federativas al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social. Dicha información incluirá el reporte por cada municipio en el caso del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal. La Secretaría de Desarrollo Social remitirá trimestralmente dicha información a la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados;
II. El ejercicio de los recursos federales correspondientes a las aportaciones federales, subsidios y a los convenios de coordinación en materia de descentralización o reasignación, deberá informarse trimestralmente por las entidades federativas al Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia competente, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de información establecidos para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Las entidades federativas y, por conducto de éstas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, remitirán la información consolidada a más tardar a los 20 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre, en los términos del párrafo anterior.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluirá la información señalada en el párrafo anterior en los Informes Trimestrales que deben entregarse al Congreso de la Unión en los términos del artículo 107, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; asimismo, pondrá dicha información a disposición para consulta en su página de Internet, la cual deberá actualizar a más tardar en la fecha en que el Ejecutivo Federal entregue los citados informes.
En relación con la aplicación de estos recursos, las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, publicarán dichos informes en los órganos locales de difusión y los pondrán a disposición del público a través de sus respectivas páginas de Internet o de otros medios locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior;
III. Las dependencias y entidades sólo podrán transferir recursos federales a las entidades federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a través de las tesorerías de las entidades federativas, salvo en el caso de ministraciones relacionadas con obligaciones de las entidades federativas garantizadas con la afectación de sus participaciones en términos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal;
IV. En caso de que en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria deban realizarse ajustes o adecuaciones al Presupuesto de Egresos durante el ejercicio fiscal, una vez que se realicen las compensaciones previstas en la misma y, en su caso, una vez utilizados los recursos de las reservas que correspondan en términos de dicha Ley, los ajustes que fueran necesarios realizar a los recursos federales destinados a las entidades federativas deberán efectuarse de manera proporcional a los demás ajustes al Presupuesto de Egresos, y
V. Los recursos federales vinculados con ingresos derivados de la exportación petrolera que, en los términos de las disposiciones aplicables, tengan como destino la realización de programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas, se sujetarán a las disposiciones aplicables al Fondo de Infraestructura en los Estados, FIES, y a los lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 10. Para la revisión del ejercicio de los recursos federales realizado por las entidades federativas y, en su caso, por los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, la Auditoría Superior de la Federación fiscalizará dichos recursos en los términos de los artículos 16, fracciones I y XVIII, 33 y 34 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

El Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado, tendrá por objeto fortalecer el alcance, profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones al ejercicio de los recursos correspondientes al Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, así como a los recursos federales que se transfieren a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, correspondientes a subsidios y a los convenios de coordinación en materia de descentralización o reasignación. Las dependencias y entidades, así como las entidades federativas, deberán informar sobre la suscripción de los convenios de coordinación, respectivamente, a la Auditoría Superior de la Federación y a los órganos técnicos de fiscalización de las legislaturas locales.

La Auditoría Superior de la Federación deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero, las reglas de operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado, las cuales contendrán las disposiciones para la ministración, aplicación, control, seguimiento, evaluación, rendición de cuentas y transparencia de los recursos.

Los subsidios del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado, deberán sujetarse a lo siguiente:

I. Equivalen al uno al millar del monto total para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, aprobado en el Presupuesto de Egresos del año 2007. Para su distribución entre las entidades federativas, se considerará como factor de equidad 7 millones de pesos para cada una de ellas y, el resto, con base en una evaluación de resultados de operación del propio programa que definirá la Auditoría Superior de la Federación para cada órgano técnico de fiscalización de las legislaturas locales;
II. La distribución por entidad federativa deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial de la entidad federativa que corresponda, junto con las reglas de operación de dicho programa. Los recursos serán ministrados por la Tesorería de la Federación a los órganos técnicos de fiscalización de las legislaturas locales, a través de las tesorerías de las entidades federativas. Los recursos que, al final del ejercicio, no hayan sido devengados por dichos órganos deberán concentrarse invariablemente en la Tesorería de la Federación, y
III. Deberán aplicarse, por lo menos en un 33 por ciento, para la fiscalización de los recursos correspondientes a los fondos de aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Los subsidios del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado y los recursos referidos en el artículo 82, fracción XI, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, destinados a la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades federativas a través de convenios de reasignación, deberán destinarse exclusivamente para actividades relacionadas directamente con la revisión y fiscalización de los recursos federales a que se refiere el presente artículo y deberán sujetarse para su aplicación a las reglas de operación mencionadas en el tercer párrafo del mismo.

La Auditoría Superior de la Federación y los órganos técnicos de fiscalización de las legislaturas locales deberán publicar en sus respectivas páginas de Internet informes trimestrales sobre la aplicación de los recursos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado, en los términos que establezcan las reglas de operación del mismo.

La Auditoría Superior de la Federación deberá contemplar en su Programa Anual de Auditorías, Visitas e Inspecciones, aquéllas que se prevean realizar por los órganos técnicos de fiscalización de las legislaturas locales con recursos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado y que se incorporarán al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2007.

TÍTULO TERCERO

DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL EJERCICIO FISCAL

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 11. Las dependencias y entidades, conforme al sistema de compensación de créditos y adeudos a que se refiere el artículo 73 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que se causen por no cubrir oportunamente los adeudos no fiscales contraídos entre sí, las cuales se calcularán a la tasa anual que resulte de sumar 5 puntos porcentuales al promedio de las tasas anuales de rendimiento equivalentes a las de descuento de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, en colocación primaria, emitidos durante el mes inmediato anterior a la fecha del ciclo compensatorio.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público analizando los objetivos macroeconómicos y la situación de las finanzas públicas, podrá autorizar compensaciones presupuestarias entre dependencias y entidades, y entre estas últimas, correspondientes a sus ingresos y egresos, cuando las mismas cubran obligaciones entre sí derivadas de variaciones respecto de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y este Presupuesto de Egresos en los precios y volúmenes de los bienes y servicios adquiridos por las mismas, siempre y cuando el importe del pago con cargo al presupuesto del deudor sea igual al ingreso que se registre en las distintas fracciones del artículo 1 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 o, en su caso, que dicho importe no pueda cubrirse con ingresos adicionales de la entidad a consecuencia del otorgamiento de subsidios en los precios de los bienes o servicios por parte de la entidad deudora.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar compensaciones para el pago de obligaciones fiscales de ejercicios anteriores y sus accesorios, siempre que las mismas se realicen durante el presente ejercicio fiscal.

Los ingresos que se perciban por las operaciones a que se refiere este artículo, no se considerarán para efectos del cálculo de los ingresos en los términos del artículo 13 de este Decreto.

Artículo 12. Los recursos a que se refieren los artículos 254 Bis y 254 Ter de la Ley Federal de Derechos se sujetarán a lo siguiente:

I. Los ingresos que resulten del Derecho para el Fondo de Investigación Científica y Tecnológica en materia de energía, a que se refiere el artículo 254 Bis de la Ley Federal de Derechos, se destinarán al Instituto Mexicano del Petróleo y se aplicarán exclusivamente para la investigación científica y desarrollo tecnológico requerido por las industrias petrolera, petroquímica y química, a través del fideicomiso constituido para tal efecto y conforme a las reglas del mismo, y
II. Los ingresos que resulten del Derecho para la fiscalización petrolera, a que se refiere el artículo 254 Ter de la Ley Federal de Derechos, se destinarán, sin requerir autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Auditoría Superior de la Federación, a través del ramo correspondiente y se aplicarán para fiscalizar el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, así como el programa plurianual de racionalización de costos en servicios personales y operativos de Petróleos Mexicanos y el ejercicio de sus programas prioritarios. La Auditoría informará sobre el resultado de la fiscalización a las comisiones de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará entrega de anticipos a cargo de este Derecho a más tardar a los diez días hábiles posteriores al entero que realice Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, en los términos del artículo 254 Ter de la Ley Federal de Derechos; la Auditoría Superior de la Federación informará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre su ejercicio.

Artículo 13. Los ingresos que, en su caso, se obtengan en exceso a los previstos para el presente ejercicio fiscal en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y los excedentes de ingresos propios de las entidades, deberán destinarse conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los ingresos excedentes a que se refiere el artículo 19, fracción V, inciso a), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, deberán destinarse a los programas y proyectos registrados en la cartera de inversión a que se refiere el artículo 34, fracción III, de dicha Ley.

Las operaciones compensadas a que se refiere el artículo 11 de este Decreto no se sujetarán a lo previsto en el presente artículo.

Artículo 14. Los recursos correspondientes a los subejercicios que no sean subsanados en el plazo que establece el artículo 23, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, serán reasignados a los programas y proyectos registrados en la cartera de inversión a que se refiere el artículo 34, fracción III, del mismo ordenamiento y a los programas sociales.

CAPÍTULO II

De las disposiciones de austeridad, mejora y modernización de la gestión pública

Artículo 15. El Ejecutivo federal reportará en los Informes Trimestrales los ahorros que, en su caso, se generen como resultado de la aplicación de las medidas de racionalización del gasto que establezca conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

En el presente ejercicio fiscal en las dependencias y entidades no se otorgarán incrementos salariales a los servidores públicos de mando, al personal de enlace ni a los niveles homólogos.

Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos, deberán implantar medidas, en lo conducente, equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro. Asimismo, reportarán, en los Informes Trimestrales, las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorros obtenidos. Dichos reportes serán considerados por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados en el proceso de análisis y aprobación de las erogaciones correspondientes al Presupuesto de Egresos para el siguiente ejercicio fiscal.

Los ahorros generados durante el ejercicio fiscal, podrán destinarse a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere, de conformidad con el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, siempre y cuando no se destine a gasto corriente ni implique la creación de plazas o la contratación de personal por honorarios, y sin aumentar el presupuesto regularizable de los subsecuentes ejercicios fiscales en el concepto de gasto correspondiente.

Artículo 16. Las dependencias y entidades realizarán acciones para modernizar y mejorar la prestación de los servicios públicos, promover la productividad en el desempeño de sus funciones y reducir gastos de operación. Para tal efecto, deberán:

I. Cumplir con los compromisos e indicadores del desempeño de las medidas para promover la modernización de la gestión pública en la Administración Pública Federal por medio de acciones que mejoren la eficiencia y eficacia, y reduzcan costos de los servicios públicos. Dichas acciones deberán orientarse a lograr mejoras continuas de mediano plazo que permitan, como mínimo, medir con base anual su progreso.
Los compromisos respecto de las acciones a que se refiere esta fracción deberán formalizarse por los titulares de las dependencias y entidades a más tardar el último día hábil del mes de abril y se reportarán a partir del segundo Informe Trimestral, y
II. Sujetarse al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dar de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por pagar a sus proveedores o contratistas, con el propósito de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos.
Nacional Financiera, S.N.C., en coordinación con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., aplicará los mecanismos para que los financiamientos que se concreten a través de este Programa, vinculados con la realización de obras de infraestructura y servicios públicos relacionados, se efectúen con recursos de esta última institución. Nacional Financiera, S.N.C., con el apoyo de las dependencias y entidades, promoverá la utilización del Programa de Cadenas Productivas con los proveedores y contratistas del sector público y reportará en los Informes Trimestrales los avances que se presenten.

Artículo 17. Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades podrán destinar recursos presupuestarios para actividades de comunicación social a través de la radio y la televisión, siempre y cuando hayan solicitado en primera instancia los tiempos que por ley otorgan al Estado las empresas de comunicación y éstos no estuvieran disponibles en los espacios específicos y en la vigencia solicitada; en dicho supuesto deberán justificar las razones de la contratación.

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, supervisará la administración y distribución de los tiempos fiscales otorgados por las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal. Dicha distribución se realizará en la proporción siguiente: 40 por ciento al Poder Ejecutivo Federal; 30 por ciento al Poder Legislativo, tiempos que se distribuirán en partes iguales a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores; 10 por ciento al Poder Judicial, y 20 por ciento a los entes autónomos.

La Secretaría de Gobernación dará seguimiento a la utilización de los tiempos fiscales. Asimismo, estará facultada para reasignar estos tiempos cuando no hubieren sido utilizados con oportunidad o se encuentren subutilizados, de conformidad con las disposiciones generales que al efecto emita. Las reasignaciones se ajustarán a la proporción prevista en este artículo.

La Secretaría de Gobernación informará bimestralmente a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados, sobre la utilización de los tiempos fiscales, así como sobre las reasignaciones que, en su caso, realice.

Los programas de comunicación social y las erogaciones que conforme a estos programas realicen las dependencias y entidades, deberán ser autorizados por la Secretaría de Gobernación en el ámbito de su competencia, de conformidad con las disposiciones generales que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación.

Todas las erogaciones que conforme a este artículo realicen las entidades deberán ser autorizadas de manera previa por el órgano de gobierno respectivo o su equivalente.

Durante el ejercicio fiscal no podrán realizarse ampliaciones, traspasos de recursos de otros capítulos o conceptos de gasto al concepto de gasto correspondiente a servicios de comunicación social y publicidad, de los respectivos presupuestos ni podrán incrementarse dichos conceptos de gasto, salvo cuando se trate de mensajes para atender situaciones de carácter contingente o cuando se requiera para promover la venta de productos de las entidades para que éstas generen mayores ingresos. En ambos supuestos, se requerirá autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que las modificaciones correspondientes sean autorizadas por la Secretaría de Gobernación para ser incluidas en los programas de comunicación social. La Secretaría de Gobernación informará a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados y a la Secretaría de la Función Pública, dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha en la que se emita la autorización, sobre las razones que justifican la ampliación, traspaso o incremento de recursos, así como sobre su cuantía y modalidades de ejercicio.

El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remitirá a la Cámara de Diputados un informe que contenga la relación de todos los programas y campañas de comunicación social, desglosadas por dependencias y entidades, así como la programación de las erogaciones destinadas a sufragarlos. Asimismo, deberá contener la descripción de las fórmulas, modalidades y reglas para la asignación de tiempos oficiales. Dicho informe deberá presentarse una vez autorizados los programas de comunicación correspondientes.

Los programas y campañas de comunicación social se ejecutarán con arreglo a las siguientes bases:

I. Los tiempos oficiales sólo podrán destinarse a actividades de difusión, información o promoción de los programas y acciones de las dependencias o entidades, así como a las actividades análogas que prevean las leyes aplicables;
II. Las dependencias y entidades no podrán convenir el pago de créditos fiscales, ni de cualquier otra obligación de pago a favor de la dependencia o entidad, a través de la prestación de servicios de publicidad, impresiones, inserciones y demás actividades en materia de comunicación social. Los medios de difusión del sector público podrán convenir con los del sector privado, la prestación recíproca de servicios de publicidad;
III. Las erogaciones realizadas en materia de comunicación social se acreditarán con órdenes de transmisión, en las que se especifique la tarifa convenida, concepto, descripción del mensaje, destinatarios, cobertura y las pautas de difusión en medios electrónicos.
IV. Las dependencias y entidades, previo a la contratación de servicios de producción, espacios en radio y televisión comerciales, deberán atender la información de los medios sobre cobertura geográfica, audiencias, programación y métodos para medición de audiencias, así como su capacidad técnica para la producción, postproducción y copiado. La Secretaría de Gobernación dará seguimiento a la inclusión de los medios públicos en los programas y campañas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades, y
V. La publicidad que adquieran las dependencias y entidades para la difusión de programas gubernamentales sujetos a reglas de operación deberá incluir la siguiente leyenda: ``Este programa es público y queda prohibido su uso con fines partidistas o de promoción personal''. Sólo en el caso del programa de Desarrollo Humano Oportunidades deberá incluirse la leyenda establecida en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social. Para lo anterior, deberán considerarse las características de cada medio.

La Secretaría de Gobernación informará bimestralmente a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados y a la Secretaría de la Función Pública, sobre la ejecución de los programas y campañas de comunicación social, así como sobre el ejercicio de las erogaciones a las que se refiere el presente artículo. Dichos informes deberán contener, al menos, lo siguiente: monto total erogado por dependencia y entidad; empresas prestadoras de los servicios; tiempos contratados, fiscales y oficiales utilizados por cada dependencia y entidad.

En el Informe de Avance de Gestión Financiera a que se refiere la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, se deberá dar cuenta del ejercicio de estos recursos.

CAPÍTULO III

De los servicios personales

Artículo 18. Los recursos previstos en los presupuestos de las dependencias y entidades en materia de servicios personales y, en su caso, en los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios incorporan la totalidad de las previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas.

Los incrementos a las percepciones se determinarán, conforme:

I. A la estructura ocupacional autorizada;
II. Al Registro Común de Plantillas de Personal, en el caso del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, y del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos;
III. A la plantilla de personal, tratándose del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, y
IV. A las plantillas de personal, tratándose del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos; adicionalmente, en el caso de los servicios de educación para adultos, a las fórmulas que al efecto se determinen en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

Las previsiones para el incremento a las percepciones, a que se refieren los Anexos 5 y 14 de este Decreto, incluyen la totalidad de los recursos para categorías y personal operativo de confianza y sindicalizado, por lo que no deberá utilizarse la asignación prevista a un grupo, para favorecer a otro.

Las previsiones salariales y económicas para el Ramo Administrativo 11 Educación Pública a que se refiere el Anexo 5 de este Decreto, incluyen los recursos para la educación tecnológica y de adultos correspondientes a aquellas entidades federativas que no han celebrado los convenios a que se refiere el artículo 42 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Las previsiones salariales y económicas para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, incluyen las previsiones correspondientes a los fondos de aportaciones para la Educación Básica y Normal, y para la Educación Tecnológica y de Adultos, que serán entregadas a las entidades federativas a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.

Las previsiones para la creación de plazas incluidas en los ramos 11 Educación Pública y 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, deberán destinarse exclusivamente a la contratación de personal docente para los niveles de Educación Especial, Preescolar, Secundaria, Media Superior y Superior.

Las previsiones incluidas en el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, incluyen los recursos para cubrir aquellas medidas económicas que se requieran para la cobertura y el mejoramiento de la calidad del sistema educativo. Asimismo, las previsiones para incrementos a las percepciones incluyen las correspondientes a la Carrera Magisterial.

Las previsiones incluidas en el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, incluyen los recursos para cubrir aquellas medidas económicas que se requieran para la cobertura y el mejoramiento de la calidad del sistema de salud.

Las dependencias y entidades en los Informes Trimestrales reportarán el impacto de los incrementos salariales en el presupuesto regularizable y, cuando se trate de las entidades, adicionalmente el impacto en el déficit actuarial de pensiones.

Artículo 19. Los límites de percepción ordinaria neta mensual, por concepto de sueldos y salarios, autorizados para los servidores públicos de mando y personal de enlace de las dependencias y entidades, se detallan en el Anexo 15 de este Decreto.

Los montos presentados en dicho Anexo no consideran incrementos salariales para el presente ejercicio fiscal ni las repercusiones que se deriven de la aplicación de las disposiciones de carácter fiscal.

En aquellos puestos de personal civil de las dependencias cuyo desempeño ponga en riesgo la seguridad o la salud del servidor público de mando, podrá otorgarse un pago extraordinario por riesgo, hasta por el 30 por ciento sobre la percepción ordinaria mensual a que se refiere este artículo, en los términos de las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de la Función Pública, la cual evaluará la gravedad del riesgo y determinará el porcentaje del pago extraordinario en función del riesgo y, en su caso, autorizará el pago previo dictamen favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el ámbito presupuestario.

Las dependencias y entidades podrán modificar las percepciones de los puestos conforme a las disposiciones aplicables, sujetándose a los límites máximos establecidos en el Anexo 15 del presente Decreto, previo dictamen presupuestario. Asimismo, podrán efectuarse ajustes en la composición de las percepciones ordinarias por concepto de sueldos y salarios, siempre y cuando no se incremente el monto mensual previsto en dicho Anexo para el puesto correspondiente.

Las entidades que cuenten con planes de compensación acordes con el cumplimiento de las expectativas de aumento en el valor agregado, podrán determinar las percepciones aplicables, sin generar costos adicionales y siempre que dichos planes sean autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en lo que se refiere a que el presupuesto total de la entidad no se incremente y no se afecten negativamente los objetivos y metas de sus programas, y por la Secretaría de la Función Pública en cuanto a la congruencia del plan de compensación con la política de planeación y administración de personal de la Administración Pública Federal.

En caso de que los puestos sufran incremento de funciones o de grado de responsabilidad, de conformidad con el Sistema de Valuación de Puestos de la Administración Pública Federal, aquéllos podrán ubicarse dentro del rango de puntos del indicador del grupo jerárquico inmediato superior, siempre y cuando no rebasen el límite máximo de percepción ordinaria neta mensual autorizado.

Ningún servidor público de las dependencias y entidades podrá recibir una percepción ordinaria neta mensual superior a la del Presidente de la República.

El Ramo Administrativo 02 Presidencia de la República, a que se refiere el Anexo 1.B. de este Decreto, incluye los recursos para cubrir las compensaciones de quienes han desempeñado el cargo de Titular del Ejecutivo Federal o, a falta de éste, a quien en términos de las disposiciones aplicables sea su beneficiario, las que no podrán exceder el monto que se cubre al primer nivel salarial del puesto de Secretario de Estado, así como aquéllas correspondientes al personal de apoyo que tengan asignado, de conformidad con las disposiciones aplicables y con sujeción a los términos de este artículo. Asimismo, incluye los recursos que se asignan a la compensación que se otorga al personal militar del Estado Mayor Presidencial.

El Ejecutivo federal informará en la Cuenta Pública sobre el monto total de las percepciones que se cubren a los servidores públicos de mando; personal militar; personal de enlace; así como personal operativo de base y confianza, de las dependencias y entidades, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Artículo 20. Los servidores públicos de mando y personal de enlace de las dependencias y entidades no podrán percibir prestaciones, de cualquier índole, distintas a las establecidas en el manual de percepciones a que se refiere el artículo 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, las dependencias y entidades no podrán destinar recursos para cubrir prestaciones en adición a aquéllos aprobados en el gasto de servicios personales aprobado en este Presupuesto de Egresos.

Las condiciones de trabajo vigentes y las que se modifiquen en este ejercicio, los beneficios económicos y las demás prestaciones derivadas de los contratos colectivos de trabajo o que se fijen en las condiciones generales de trabajo de la Administración Pública Federal, no se harán extensivas a favor de los servidores públicos de mando y personal de enlace.

Los titulares de las entidades, independientemente del régimen laboral que las regule, serán responsables de realizar los actos necesarios y la negociación que sea procedente, durante los procesos de revisión de las condiciones generales de trabajo, de los contratos colectivos de trabajo o de las revisiones de salario anuales, para que los servidores públicos de mando y personal de enlace al servicio de éstas, queden expresamente excluidos del beneficio de las prestaciones aplicables al personal de base, en los términos del artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo, en aplicación directa o supletoria según se trate, con excepción de las de seguridad social y protección al salario. Dichos titulares informarán a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, sobre los resultados obtenidos en los términos de este párrafo, a más tardar a los 10 hábiles posteriores a la conclusión de dichas revisiones.

Las dependencias y entidades deberán incluir en los Informes Trimestrales el detalle de todas las prestaciones que perciben los servidores públicos a su cargo, así como el gasto total destinado al pago de las mismas en el periodo correspondiente.

Artículo 21. El monto de percepciones totales que se cubra a favor de la máxima representación del Poder Legislativo y de los Titulares del Poder Judicial y entes autónomos, no podrá rebasar la percepción total asignada al Titular del Ejecutivo Federal.

Asimismo, deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 28 de febrero, el manual que regule las percepciones y prestaciones para los servidores públicos a su servicio, incluyendo a los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrados y Jueces del Poder Judicial y Consejeros de la Judicatura Federal; Consejero Presidente, Consejeros Electorales y Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral; Presidente y Consejeros de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; así como a los demás servidores públicos de mando; en el que se proporcione la información completa y detallada relativa a las percepciones monetarias y en especie, prestaciones y demás beneficios que se cubran para cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman.

Adicionalmente, deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación en la fecha antes señalada, la estructura ocupacional que contenga la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas a que se refiere el párrafo anterior, junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen con base en disposiciones emitidas por sus órganos competentes, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha.

En tanto no se publiquen en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones y la estructura ocupacional a que se refieren los párrafos segundo y tercero de este artículo, no procederá el pago de estímulos, incentivos, reconocimientos, o gastos equivalentes a los mismos.

CAPÍTULO IV

De la inversión pública

Artículo 22. En el presente ejercicio fiscal se faculta al Ejecutivo Federal para comprometer nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa y de inversión condicionada, por la cantidad señalada en el Anexo 4.A. de este Decreto, correspondientes a la Comisión Federal de Electricidad y a Petróleos Mexicanos.

El monto autorizado correspondiente a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa y condicionada, aprobados en ejercicios fiscales anteriores, asciende a la cantidad señalada en el Anexo 4.B. de este Decreto. Las variaciones en los compromisos de cada uno de dichos proyectos se detallan en el Tomo V de este Presupuesto de Egresos.

La suma de los montos autorizados de proyectos aprobados en ejercicios fiscales anteriores y los montos para nuevos proyectos se presentan en el Anexo 4.C. de este Decreto.

Los compromisos correspondientes a proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa autorizados en ejercicios fiscales anteriores, se detallan en el Anexo 4.D. de este Decreto, y comprenden exclusivamente los costos asociados a la adquisición de los activos, excluyendo los relativos al financiamiento en el periodo de operación de dichos proyectos.

Por lo que se refiere a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión condicionada, en caso de que conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el presente ejercicio fiscal surja la obligación de adquirir los bienes en los términos del contrato respectivo, el monto máximo de compromiso de inversión será aquél establecido en el Anexo 4.E. de este Decreto.

Las previsiones necesarias para cubrir las obligaciones de inversión física por concepto de amortizaciones y costo financiero de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa, que tienen efectos en el gasto del presente ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables, se incluyen en el Anexo 4.F. de este Decreto. Dichas previsiones se especifican a nivel de flujo en el Tomo V de este Presupuesto de Egresos y reflejan los montos presupuestarios autorizados, así como un desglose por proyecto.

Los montos de cada uno de los proyectos a que se refiere este artículo se detallan en el Tomo V de este Presupuesto de Egresos.

TÍTULO CUARTO

DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA PROGRAMAS

CAPÍTULO I

De la transparencia y evaluación de los programas sujetos a reglas de operación

Artículo 23. Los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en el Anexo 17 de este Decreto. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación.

Las dependencias y entidades que tengan a su cargo dichos programas, deberán observar las siguientes disposiciones para fomentar la transparencia de los mismos:

I. La papelería y documentación oficial para los programas deberán incluir la siguiente leyenda: ``Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente''. En el caso del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades se observará lo dispuesto en el artículo 27 de este Decreto.
Toda la publicidad que adquieran las dependencias y entidades para los programas, tales como anuncios en medios electrónicos, impresos, complementarios o cualquier otra índole vinculados con los programas de comunicación social, deberá incluir la leyenda señalada en el artículo 17, fracción V, de este Decreto;
II. Los programas que contengan padrones de beneficiarios, deberán publicar los mismos conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Los programas deberán identificar en sus padrones o listados de beneficiarios a las personas físicas, en lo posible, con la Clave Única de Registro de Población; y en el caso de personas morales con la Clave de Registro Federal de Contribuyentes;
III. Las dependencias y entidades que tengan a su cargo la ejecución de los programas del Consejo Nacional de Fomento Educativo, CONAFE; del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, INEA; de IMSS-Oportunidades; de Atención a Personas con Discapacidad, a cargo del DIF; de Atención a Familias y Población Vulnerable, a cargo del DIF; de Apoyo a la Capacitación, PAC; de Apoyo al Empleo, PAE; de Apoyo Alimentario y Abasto Rural, a cargo de Diconsa, S.A. de C.V.; y, de Desarrollo Humano Oportunidades; deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación durante el primer bimestre del ejercicio fiscal, el monto asignado y la distribución de la población objetivo de cada programa social por entidad federativa;
IV. La Secretaría de Desarrollo Social en el caso del Programa de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa, S.A. de C.V., actualizará permanentemente los padrones y publicará en el Diario Oficial de la Federación durante el primer bimestre del ejercicio fiscal, el número de beneficiarios por entidad federativa y municipio;
V. En el Sistema Integral de Calidad en Salud y el Programa Escuelas de Calidad, las secretarías de Salud y de Educación Pública, darán prioridad a las localidades en donde ya opera el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, y
VI. En el caso de programas que no cuenten con padrón de beneficiarios deberán manejarse invariablemente mediante convocatoria abierta y en ningún caso se podrá etiquetar o predeterminar de manera específica recursos a determinadas personas físicas o morales u otorgarles preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo.
De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los programas de apoyo para promover o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales.

Artículo 24. Las evaluaciones de los programas federales se llevarán a cabo en términos del programa anual de evaluación, para lo cual las dependencias y entidades responsables de dichos programas deberán observar lo siguiente:

I. Revisar y, en su caso, actualizar los indicadores de resultados, servicios y gestión de los programas, a partir de su matriz de indicadores con base en el programa anual de evaluación;
II. Continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en el programa anual de evaluación correspondiente al año 2007.
Las dependencias y entidades deberán elaborar un plan de trabajo para dar seguimiento a los principales resultados de las evaluaciones e integrar los aspectos que son susceptibles de mejora en los convenios de compromiso de mejoramiento de la gestión para resultados que en su caso celebren;
III. Iniciar la evaluación externa de acuerdo con lo establecido en el programa anual de evaluación y presentar los resultados de las evaluaciones de acuerdo con los plazos previstos en dicho programa, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, a la Auditoría Superior de la Federación, a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública;
IV. Cubrir el costo de las evaluaciones de los programas operados o coordinados por ellas con cargo a su presupuesto y conforme al mecanismo de pago que se determine. Las evaluaciones deberán realizarse por instituciones académicas y de investigación, personas físicas o morales especializadas en la materia u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los programas. Las dependencias y entidades, en los términos de las disposiciones aplicables, podrán realizar contrataciones para que las evaluaciones a que se refiere este artículo abarquen varios ejercicios fiscales en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La contratación, operación y supervisión de la evaluación externa al interior de cada dependencia y entidad deberá realizarse por una unidad administrativa ajena a la operación del programa, sujeta a las disposiciones aplicables, y
V. Difundir a través de sus respectivas páginas electrónicas de Internet: la matriz de indicadores; sus metas y avances; todas las evaluaciones existentes de sus programas, resaltando con claridad la evaluación más reciente; los datos generales del equipo evaluador; el periodo de análisis; las bases de datos e instrumentos del trabajo de campo realizado, así como un apartado específico en donde se establezcan los principales resultados de la evaluación y el plan de trabajo del programa para dar atención a los puntos señalados en él.
La difusión de los resultados de las evaluaciones deberá promoverse de la forma más accesible y comprensible para la sociedad, incluyendo en las páginas de Internet.

Artículo 25. El Ejecutivo Federal impulsará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la incorporación de la perspectiva de género en los programas de la Administración Pública Federal en los que sea posible. Para tal efecto, las dependencias y entidades deberán considerar lo siguiente:

I. Incorporar, en los programas que sea posible, la perspectiva de género y reflejarla en su matriz de indicadores;
II. Identificar cuando sea posible la población objetivo atendida por los mismos, diferenciada por sexo, incluyendo sus padrones de beneficiarias y beneficiarios, en su caso;
III. Fomentar la perspectiva de género en la ejecución de programas que, aún cuando no están dirigidos a beneficiar directamente al género femenino, es posible identificar los resultados que benefician específicamente a las mujeres;
IV. Utilizar indicadores con perspectiva de género en los programas que sea posible y pertinente metodológicamente, y
V. Considerar la perspectiva de género en las evaluaciones que se realicen de los programas en los que sea posible incorporarla.

Para el seguimiento de los recursos destinados a las mujeres y a la equidad de género, todo programa federal que contenga padrones de beneficiarias y beneficiarios, además de reflejar en lo posible dicho enfoque en su matriz de indicadores, procurará generar información de manera desagregada al menos por sexo.

Las dependencias y entidades informarán trimestralmente, a través del sistema de información y en los términos y plazos que dé a conocer en su oportunidad la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre las acciones realizadas en materia de mujeres y equidad de género, detallando objetivos específicos, población objetivo, indicadores utilizados, la programación de las erogaciones y el ejercicio de los recursos.

El Instituto Nacional de las Mujeres deberá presentar trimestralmente, mediante el sistema de información mencionado en el párrafo anterior, un reporte en el que detalle los objetivos específicos por programa, población objetivo y sus modificaciones, programación y ejercicio de las erogaciones, modalidades y criterios de evaluación.

En tanto no esté disponible el sistema de información mencionado, el Instituto Nacional de las Mujeres, así como las dependencias y entidades deberán remitir a la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Equidad y Género, los informes mencionados anteriormente, a más tardar a los 30 días naturales de concluido el trimestre que corresponda.

Asimismo, la información contenida en los informes del Instituto Nacional de las Mujeres, así como de las dependencias y entidades, respectivamente, deberá ponerse a disposición del público en general, a través de sus respectivas páginas de Internet, en la misma fecha en que se publiquen los Informes Trimestrales, una vez que esté disponible el sistema de información o, en su caso, en la fecha en que los entreguen directamente a la Cámara de Diputados, turnando copia de los mismos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La información que se publique trimestralmente, servirá de base para las evaluaciones que se realicen en el marco de lo dispuesto en los artículos 78 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

CAPÍTULO II

De los criterios generales para programas específicos sujetos a reglas de operación

Artículo 26. Los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social se destinarán exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Para estos fines, el Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social considera la siguiente estructura:

I. Los programas para el Desarrollo Local, Microrregiones; Hábitat; de Empleo Temporal; de Atención a Jornaleros Agrícolas; de Guarderías y Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras; de Rescate de Espacios Públicos; de Atención a los Adultos Mayores de 70 Años y más, en Zonas Rurales; 3x1 para Migrantes, y
II. Los programas de Ahorro y Subsidio para la Vivienda, Tu Casa; de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas; de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa, SA de CV; Apoyo Alimentario y Abasto Rural, a cargo de Diconsa, SA de CV; de Desarrollo Humano Oportunidades; de Coinversión Social; y, del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, Fonart.

Los recursos considerados en el Programa Hábitat, destinados a la conservación de las ciudades mexicanas declaradas Patrimonio Mundial por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, deberán aplicarse para cada una de dichas ciudades. Los recursos aportados por la Federación a este programa serán de hasta el 70 por ciento del monto de los proyectos, correspondiendo el 30 por ciento restante a la aportación de la entidad federativa, de los municipios y los sectores social y privado.

En los términos de los convenios de coordinación suscritos entre el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y los gobiernos estatales, se impulsará el trabajo corresponsable en materia de superación de pobreza y marginación, y se promoverá el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo.

Este instrumento promoverá que las acciones y recursos dirigidos a la población en situación de pobreza se efectúen en un marco de coordinación de esfuerzos, manteniendo en todo momento el respeto a los órdenes de gobierno así como el fortalecimiento del respectivo Comité de Planeación para el Desarrollo Estatal.

Derivado de este instrumento se suscribirán acuerdos y convenios específicos y anexos de ejecución en los que se establecerán: la distribución de los recursos de cada programa o región de acuerdo con sus condiciones de rezago, marginación y pobreza, indicando en lo posible la asignación correspondiente a cada municipio; las atribuciones y responsabilidades de la federación, estados y municipios y, las asignaciones presupuestarias de los órdenes de gobierno en que concurran en sujeción a los programas concertados.

Una vez suscritos los convenios a que se refiere este artículo, la Secretaría de Desarrollo Social deberá publicarlos en el Diario Oficial de la Federación, en un plazo no mayor de 10 días hábiles siguientes a su formalización.

Con el objeto de fortalecer y coadyuvar en la visión integral de los programas para el Desarrollo Social, se promoverá la celebración de convenios, acuerdos o bases de coordinación interinstitucional entre las dependencias y entidades que participen en ellos, a fin de dar cumplimiento a los criterios establecidos en este Decreto.

Con el propósito de fortalecer la Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones, las dependencias y entidades que participen en ella, identificarán las acciones que se desarrollen en este ámbito de acción e informarán a la Secretaría de Desarrollo Social, dentro de los 20 días naturales posteriores a cada trimestre, los avances físicos y presupuestarios en el ejercicio de dichas acciones, a nivel de localidad. En el caso de acciones desarrolladas en zonas rurales aisladas y de difícil acceso, dicha información podrá ser enviada en un plazo distinto al señalado anteriormente, previa opinión favorable de la Secretaría de Desarrollo Social.

Cuando las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública o de Desarrollo Social, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento a los convenios o acuerdos, o incumplimiento en la entrega oportuna de información relativa a avances y metas alcanzadas, la Secretaría de Desarrollo Social, después de escuchar la opinión del gobierno estatal, podrá suspender la radicación de los recursos federales e inclusive solicitar su reintegro, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables.

Para el control de los recursos que se asignen a los estados, la Secretaría de la Función Pública convendrá con los gobiernos estatales, los programas o las actividades que permitan garantizar el cumplimiento de las disposiciones aplicables.

Los ejecutores de los programas deberán informar trimestralmente a las entidades federativas y a la Secretaría de Desarrollo Social los avances de ejecución físicos y financieros.

Artículo 27. Las reglas de operación del Programa de De-sarrollo Humano Oportunidades deberán considerar lo siguiente:

I. Los criterios para la inclusión de zonas de atención en el medio rural y urbano. Las zonas de atención seleccionadas deberán contar con acceso a servicios básicos de salud y educación, que permita operar en forma simultánea los tres componentes del Programa.
Para la sustitución de las bajas naturales del padrón, se atenderá prioritariamente al criterio señalado en el párrafo anterior. Sólo podrán realizarse compensaciones a las bajas del padrón, una vez que hayan sido identificadas las familias y localidades sujetas a incorporación. Asimismo, identificadas las localidades y familias que sustituyen las bajas naturales, se podrán realizar sus compensaciones sin afectar el presupuesto regularizable del Programa.
En el presente ejercicio fiscal el Programa mantendrá una cobertura de atención de al menos 5 millones de familias beneficiarias.
El padrón de beneficiarios y sus actualizaciones serán remitidos a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Desarrollo Social y a la Auditoría Superior de la Federación. Esta información deberá identificar a los beneficiarios por municipio o demarcación territorial en el caso del Distrito Federal, la fecha de afiliación o baja, y deberá publicarse en la página de Internet de la Secretaría de Desarrollo Social;
II. La metodología de puntajes para la identificación, inclusión y recertificación de las familias en el Programa deberá ser única para todo el país. Esta metodología deberá considerar el levantamiento de cédulas individuales de información socioeconómica a las familias;
III. Los criterios para atender la demanda de incorporación de familias tanto en localidades aún no atendidas como en localidades ya atendidas a través de un proceso de densificación;
IV. Las condiciones y mecanismos para otorgar el incentivo para la conclusión de la educación media superior, denominado Jóvenes con Oportunidades;
V. El esquema de operación que incluya las condiciones de la prestación de los servicios de salud y educación básica y media superior para la población beneficiaria; la producción y distribución de los complementos alimenticios; los criterios para certificar la asistencia a estos servicios de cada uno de los miembros de la familia, los montos, mecanis mos y medios para la entrega de los apoyos y su periodicidad. Las becas educativas, el apoyo monetario para alimentación y el apoyo monetario para el consumo de fuentes de energía, se otorgarán invariablemente en efectivo a la madre de familia o, en caso de ausencia o incapacidad por enfermedad, a la persona miembro de la familia encargada de la preparación de los alimentos y el cuidado de los niños;
VI. Los criterios para certificar la asistencia a las unidades de salud de los integrantes del hogar a las citas programadas, de acuerdo con su edad y riesgo de salud, y de la madre de familia y los jóvenes a las pláticas mensuales de educación para la salud, así como los correspondientes a la asistencia regular de los menores y jóvenes a los planteles educativos;
VII. La definición de responsabilidades de cada una de las dependencias involucradas en el Programa, para la certificación del cumplimiento de asistencia de las familias beneficiarias, tanto en el componente de salud como en el de educación y la entrega de los apoyos, a nivel central y en las entidades federativas, así como para la ampliación y la elevación de la calidad de los servicios.
El cumplimiento de asistencia a unidades de salud y los planteles educativos, debidamente registrado, será indispensable para el otorgamiento de los respectivos apoyos. La entrega de éstos no podrá condicionarse al cumplimiento de otros requisitos o contraprestaciones, por lo que las reglas de operación deberán contemplar mecanismos para que se detecte y corrija la presencia de requerimientos adicionales;
VIII. Los criterios de recertificación para las familias y los criterios y mecanismos para la verificación permanente de las condiciones socioeconómicas de las familias beneficiarias, así como para atender el incremento demográfico en las localidades, y para la sustitución de bajas del padrón por incumplimiento de corresponsabilidades;
IX. Los criterios y mecanismos para la actualización permanente del padrón así como los correspondientes a la seguridad en el manejo de información y de los listados de liquidación;
X. Los mecanismos de detección y resolución oportuna de problemas específicos que permitan fortalecer la operación del Programa en sus diversos componentes: entrega y distribución de complementos, certificación de corresponsabilidad del componente educativo, depuración del padrón, entre otros;
XI. Los mecanismos para promover alternativas dentro del sistema financiero para la entrega de los apoyos con oportunidad;
XII. Los mecanismos para asegurar la complementariedad de acciones con otros programas; para aprovechar la información y el padrón del Programa para focalizar otros subsidios complementarios y no duplicados, y para definir la transición de beneficiarios de otros programas federales que otorgan subsidios con el mismo objetivo de evitar duplicidad;
XIII. En su caso, las propuestas que durante el año inmediato anterior hubiesen sido presentadas y aprobadas por el Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa con relación a la complementariedad de acciones a favor de las familias beneficiarias, y
XIV. Se podrán otorgar apoyos a los adultos mayores que formen parte de hogares beneficiarios, incluyendo las condiciones, los montos, procedimientos y la corresponsabilidad en salud adecuada a su condición.

Será responsabilidad de la Coordinación Nacional del Programa, coordinar la operación de éste apegándose estrictamente a las reglas de operación del mismo; dar seguimiento, y evaluar su ejecución. Corresponderá a cada una de las dependencias y entidades que participan en su operación, el estricto apego a las reglas de operación, el seguimiento de cada uno de los componentes bajo su responsabilidad, así como la debida y oportuna resolución de problemas específicos que pudieran afectar la operación del Programa. Además, corresponde a la Coordinación dar a conocer periódicamente a la población las variaciones en su padrón activo, así como los resultados de su evaluación, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Asimismo, deberá dar a conocer, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la relación de localidades en las que opera el Programa, y el número de familias beneficiarias en cada una de ellas por entidad federativa, municipio y localidad, el calendario de entrega de apoyos por entidad federativa, municipio y localidad, posterior a la entrega de los mismos, y el ajuste semestral de los apoyos monetarios conforme el incremento observado en el semestre inmediato anterior en el subíndice de los precios de la canasta básica de consumo del Índice Nacional de Precios al Consumidor.

La Coordinación Nacional del Programa deberá incluir, tanto en el documento de identificación que presentan las beneficiarias para recibir los apoyos, como en las guías y materiales de difusión para las beneficiarias y las vocales de los comités de promoción comunitaria, la leyenda establecida en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, y realizará acciones de orientación y difusión con los beneficiarios para garantizar la transparencia y evitar cualquier manipulación política del Programa.

La Coordinación Nacional elaborará materiales de difusión para el personal operativo, con la siguiente leyenda: ``El condicionamiento electoral o político de los programas sociales constituye un delito federal que se sanciona de acuerdo con las leyes correspondientes. Ningún servidor público puede utilizar su puesto o sus recursos para promover el voto a favor o en contra de algún partido o candidato. El Programa Oportunidades es de carácter público y su otorgamiento o continuidad no depende de partidos políticos o candidatos''.

El presupuesto del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades se distribuye conforme a lo señalado en el Anexo 18 de este Decreto.

Los recursos del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades no podrán ser traspasados a otros programas. Podrán realizarse traspasos no regularizables en las asignaciones del Programa entre las secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud, en los términos de las disposiciones aplicables. De lo anterior, se informará trimestralmente a la Cámara de Diputados.

El presupuesto para el componente de salud se ejercerá bimestralmente con base en una cuota igual por familia atendida, multiplicada por el padrón activo correspondiente, y entregado con dicha periodicidad a los proveedores de los servicios de salud, tanto de los servicios estatales de salud como del IMSS-Oportunidades y del IMSS-Régimen Ordinario.

El Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa deberá reunirse al menos bimestralmente y será responsable de auxiliar al Coordinador Nacional y al Consejo de la Coordinación Nacional del Programa en las tareas que le sean encomendadas; aprobar el proyecto de reglas de operación del Programa, así como de las modificaciones que le presente el Coordinador Nacional; llevar el seguimiento del programa conforme a los lineamientos que fije el Consejo; adoptar medidas que permitan una operación más eficiente y transparente; revisar el cumplimiento de las responsabilidades de cada una de las dependencias y entidades que participan en el Programa; así como facilitar la coordinación con las dependencias y entidades participantes, para la operación de los diversos componentes del Programa. Dicho Comité operará con base en el reglamento interno que al efecto emita el Consejo.

En los términos de las reglas de operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, en cada entidad federativa se establecerá un comité técnico conformado por las dependencias federales y estatales involucradas en la planeación, programación y operación del Programa que promuevan una mejor ejecución del mismo, con estricto apego a dichas reglas de operación.

Se solicitará a los ayuntamientos que colaboren con el Programa, con el apoyo logístico y de seguridad pública, rigiéndose por los principios de no partidismo, transparencia y honestidad.

La Coordinación Nacional notificará por escrito a la Secretaría de la Función Pública, previa sanción del Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa, sobre problemas operativos que hayan persistido por más de 3 meses y que repercutan seriamente en la consecución de los objetivos del Programa, para que se apliquen las medidas que correspondan.

Artículo 28. Los fideicomisos públicos de fomento, las instituciones nacionales de seguros, las sociedades nacionales de crédito y las demás entidades financieras, otorgarán su financiamiento o contratarán sus seguros, a través de las instituciones financieras privadas que asuman parcial o totalmente el riesgo de recuperación de estos créditos o la cobertura del siniestro.

Asimismo, se deberá prever que los recursos que se otorguen se canalicen a proyectos productivos que sean viables técnica y financieramente, con base en las políticas que previamente hayan sido autorizadas por las instancias competentes en apoyo de los sectores que se financien, así como, en su caso, prever esquemas de recuperación que aseguren la viabilidad financiera de estas instituciones.

Lo dispuesto en el párrafo primero no será aplicable a las operaciones siguientes:

I. Los avales y demás garantías, los cuales no podrán exceder del porcentaje del monto total por principal y accesorios del financiamiento que determine el órgano de gobierno de la entidad respectiva, con la conformidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el mismo;
II. La inversión accionaria y los créditos que se otorguen con la finalidad de constituirse como inversión accionaria, así como los destinados a la elaboración de estudios y formulación de proyectos de inversión accionaria;
III. Las operaciones realizadas por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.;
IV. Los financiamientos otorgados por Nacional Financiera, S.N.C., por un monto total igual al porcentaje que determine su órgano de gobierno con el consentimiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el mismo, en el primer bimestre del año, del total de los financiamientos estimados para el año 2008;
V. Los financiamientos otorgados por el Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., por un monto igual al porcentaje que determine su órgano de gobierno con la conformidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el mismo, en el primer bimestre del año, del total de los financiamientos estimados para el año 2008;
VI. Los financiamientos otorgados por la Financiera Rural a los productores y a los intermediarios financieros rurales previstos en la Ley Orgánica de la Financiera Rural, distintos a las instituciones financieras señaladas en el párrafo primero del presente artículo;
VII. Los créditos otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y el Fondo Nacional de Apoyo a Empresas en Solidaridad;
VIII. Las operaciones que correspondan a prestaciones de carácter laboral, otorgadas de manera general;
IX. Las operaciones realizadas con el Gobierno Federal, las entidades, las entidades federativas y los municipios;
X. Los financiamientos a proyectos de infraestructura y servicios públicos, que se deriven de concesiones, contratos de prestación de servicios, de obra pública, de vivienda y de parques industriales, permisos y autorizaciones de las autoridades federales, de las entidades federativas y municipios, así como de sus entidades paraestatales y paramunicipales, y
XI. Los financiamientos otorgados por el Fideicomiso de Fomento Minero, los cuales serán hasta por un monto igual al porcentaje que determine su órgano de gobierno en el primer bimestre del año, mismo que no excederá del 10 por ciento del total de los financiamientos estimados para el año 2008.

Artículo 29. Los programas de garantías que las dependencias y entidades apoyen con recursos presupuestarios, deberán ser operados por conducto de la banca de desarrollo, la Financiera Rural o los fondos y fideicomisos de fomento. Estos fondos de garantía serán usados para potenciar el impacto de las acciones, administrar el riesgo crediticio, posibilitar a los acreditados niveles de tasas más competitivos, cumplir con el objeto social de la banca de desarrollo y reforzar la transparencia en el seguimiento de la aplicación de dichos recursos, con excepción de aquéllos que por su naturaleza requieran ser operados directamente con los beneficiarios.

Artículo 30. En este Presupuesto de Egresos se prevén los recursos con el fin de que sean aportados al patrimonio del Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios, Fega, con los cuales los Fideicomisos Instituidos en Relación a la Agricultura, FIRA, incluyendo el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura Fondo; el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios, FEFA; el Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios, FEGA; y, el Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras, Fopesca, continuarán apoyando los programas de fomento financiero y tecnológico en el sector agropecuario y pesquero.

Asimismo, este Presupuesto de Egresos prevé la asignación de recursos para el patrimonio del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural, FOCIR, a efecto de que continúe promoviendo la capitalización y esquemas de cobertura para el sector rural y se consideran recursos para que la Financiera Rural continúe con el Programa Integral de Formación, Capacitación y Consultoría para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.

El Ejecutivo federal apoyará a la Financiera Rural con recursos para los programas de otorgamiento de garantías líquidas, facilitar el acceso al crédito, capacitación, y para la constitución y operación de unidades de promoción al crédito, en el medio rural.

Artículo 31. A efecto de lograr una mayor transparencia y simplificación de los programas que operan la Financiera Rural, los Fideicomisos Instituidos en Relación a la Agricultura, FIRA; el Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural, Focir; y, Agroasemex SA; deberán emitir de manera conjunta sus reglas de operación con requerimientos generales y con las particularidades de cada una de estas entidades.

En las reglas de operación de los fondos de garantías quedarán establecidos la temporalidad de las garantías, los mecanismos mediante los cuales los beneficiarios e intermediarios podrán utilizar dichos recursos, los mecanismos para la recuperación de aquellos montos destinados a cubrir algún adeudo, así como la permanencia en el patrimonio de dichos fondos de los recursos no utilizados y los recuperados en los fondos de garantías para operaciones futuras.

Artículo 32. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, De-sarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de acuerdo con lo que establece la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y a fin de elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de la sociedad rural, orientará sus acciones y dará continuidad a los apoyos gubernamentales para lograr: una oferta de alimentos de calidad, sanos y accesibles; que los productores tengan mayor presencia en los mercados; revertir el deterioro de los ecosistemas; y, en general, el desarrollo armónico del medio rural.

Para ello, reordenará los apoyos otorgados hasta el ejercicio fiscal 2007 y establecerá los siguientes programas:

I. Adquisición de Activos Productivos, a través de Alianza para el Campo;
II. Apoyos Directos al Campo, Procampo;
III. Inducción y Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural;
IV. Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria;
V. Atención a Problemas Estructurales;
VI. Soporte al sector agropecuario;
VII. Apoyo a Contingencias Climatológicas, y
VIII. Apoyo a la Participación de Actores para el Desarrollo Rural.

Artículo 33. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, De-sarrollo Rural, Pesca y Alimentación, emitirá nuevas reglas de operación de todos los programas y componentes que le competen, en los términos del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, observando las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y en su Programa Sectorial, así como los acuerdos de la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Rural Sustentable y lo siguiente:

I. En la selección de los beneficiarios de los programas establecidos en el artículo anterior, por lo menos el 50 por ciento de ellos corresponderá a los productores de menores ingresos;
II. Considerar que los subsidios federales del Programa para la Adquisición de Activos Productivos, a través de Alianza para el Campo, no sean mayores a un 50 por ciento del costo total que se determine para cada proyecto o hasta $500,000.00, con excepción de los apoyos dirigidos a productores de menores ingresos, o los porcentajes y cantidad máxima que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, determine en las reglas de operación de la Alianza para el Campo;
III. Establecer en el caso del Programa para la Adquisición de Activos Productivos, a través de Alianza para el Campo, el pari passu convenido con los estados en los anexos técnicos previstos;
IV. Los programas deberán contar con el padrón de beneficiarios, mismo que será la base para conformar el Registro de Beneficiarios del Sector Agropecuario y Pesquero, que se deberán publicar en la página electrónica de Internet de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Este padrón deberá, en forma gradual, ir incorporando a los beneficiarios de los programas que conforman el Programa Especial Concurrente.
Los beneficiarios, montos y apoyos recibidos serán dados a conocer en las gacetas oficiales y en un diario de mayor circulación de las respectivas entidades federativas, así como en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
V. Los apoyos de los programas de Procampo y de Atención a Problemas Estructurales, en su componente de Apoyo al Ingreso Objetivo y a la Comercialización, se ejercerán conforme al calendario autorizado que se dará a conocer a las entidades federativas a través de su página electrónica de Internet, en el que se considerará el inicio generalizado del periodo de siembra de cada ciclo agrícola.
Hasta en tanto el Ejecutivo Federal emita nuevas disposiciones aplicables al PROCAMPO, el apoyo por hectárea se ajustará de conformidad con lo establecido en las reglas de operación del Sistema de Garantías y Acceso Anticipado a Pagos Futuros del PROCAMPO. Para los productores que opten por capitalizar sus unidades de producción, se ajustarán a lo establecido en la Ley de Capitalización del Procampo y sus reglas de operación, sin que por ello se contravenga el principio de apoyo a la superficie elegible contenido en el Decreto que regula el Procampo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 1994;
VI. La entrega de los apoyos de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación podrán ser canalizados por las organizaciones de los productores, siempre y cuando así esté previsto en la reglas de operación de los mismos;
VII . Los recursos de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación se otorgarán con criterios de equidad. En particular los recursos del Programa de Atención a Problemas Estructurales, en sus diversos componentes, podrá otorgar apoyos a:
a) Apoyos Directos al Ingreso Objetivo;
b) Cobertura de precios;
c) Pignoración;
d) Conversión productiva;
e) Otros esquemas de apoyo.
Los cultivos que tendrán apoyo al ingreso objetivo son los correspondientes a los de Procampo. La definición del ingreso mínimo será establecida cuando concluya la etapa de preparación de la tierra, dos meses antes de la siembra correspondiente, por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, escuchando la opinión del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.
Los programas que contemplen el otorgamiento de apoyos a través de los compradores deberán prever en sus reglas de operación la entrega oportuna de los recursos; mecanismos de transparencia; ser de carácter general, y dar prioridad a las organizaciones de productores y a la integración de cadenas productivas nacionales.
El límite de apoyos por productor será el equivalente a la producción resultante de 100 hectáreas de riego o su equivalente de temporal y 2,500 cabezas de ganado vacuno o porcino, y
VIII. En los apoyos que otorgue la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se observará lo siguiente:
a) Se promoverá la integración de cadenas productivas y la eliminación de intermediarios;
b) Se otorgará un apoyo por cabeza de ganado bovino y porcino sacrificado en Rastros TIF para promover la matanza en condiciones óptimas de sanidad, previa suficiencia presupuestaria;
c) Se apoyará la ganadería nacional para que tenga acceso a la compra en condiciones competitivas de granos forrajeros y de cosechas excedentarias, una vez que se haya cubierto la demanda del consumo humano;
d) Se promoverá oportunamente la reconversión de cultivos a fin de reducir los volúmenes excedentarios con problemas de comercialización y adecuar la producción a la aptitud de la tierra y a la demanda regional;
e) Se promoverá la utilización de coberturas de precios por parte de los productores nacionales y se utilizará este instrumento para incentivar la agricultura por contrato. Se utilizará el apoyo a la pignoración de granos como un mecanismo para empatar la demanda y la oferta, hacer más competitivo el grano nacional, promover la absorción de volúmenes excedentarios y eliminar intermediarios;
f) La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación otorgará apoyos adicionales al productor que realice agricultura y ganadería por contrato, previa suficiencia presupuestaria, a fin de que el productor reciba un mayor nivel de ingresos.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establecerá una distribución por entidad federativa por subprogramas y cultivo, escuchando la opinión del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados, y podrá realizar adecuaciones entre sus programas y componentes.

Artículo 34. El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, PEC, ordenará los apoyos gubernamentales mediante la especialización de programas y dependencias, eliminando duplicidades y programas con múltiples componentes, promoviendo la sinergia y complementariedad y facilitando con ello el acceso a la población rural a los programas del campo.

Los programas y componentes comprendidos en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, PEC, estarán ordenados en nueve grandes vertientes:

I. Financiera;
II. Económica;
III. Social;
IV. Educativa;
V. Salud;
VI. Medio Ambiente;
VII. Infraestructura;
VIII. Laboral, y
IX. Agraria.

Las dependencias y entidades ejecutoras de los programas comprendidos en el Anexo 7 de este Decreto emitirán las modificaciones que correspondan, en su caso, a las reglas de operación que les competen, conforme a lo previsto en este artículo.

Artículo 35. La ejecución de los proyectos y acciones del Programa de Empleo Temporal, PET, deberán operarse en las épocas de baja demanda de mano de obra no calificada en las zonas rurales marginadas, por lo que las dependencias, entidades y ejecutores del programa, en su caso, se apegarán a la estacionalidad de la operación por entidad federativa que se establezca en las reglas de operación del Programa con el fin de no distorsionar los mercados laborales locales.

Para los efectos del párrafo anterior continuarán operando los comités estatales con representación paritaria de los gobiernos federal y estatal, a fin de que con base en las reglas de operación se tomen en cuenta las características de cada región. De las decisiones que se tomen en el seno de dichos comités se mantendrá informado al Comité de Planeación y Desarrollo Estatal. El Programa se sujetará a las reglas de operación aprobadas por el Comité Técnico del mismo.

Artículo 36. Las reglas de operación de los programas en materia de infraestructura hidroagrícola y de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, deberán incluir la distribución de su ejecución regional, el criterio de asignación y las disposiciones que sujeten el otorgamiento de los subsidios destinados a los municipios y organismos operadores de agua potable y alcantarillado, únicamente para aquellos municipios y organismos que cumplan con lo siguiente:

I. Hayan formalizado su adhesión a un acuerdo de coordinación celebrado entre los gobiernos federal y estatal, en el que se establezca un compromiso jurídico sancionado por sus ayuntamientos o, en su caso, por las legislaturas locales, para implantar un programa de corto y mediano plazo, definido en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, que incluya metas cuantitativas intermedias y contemple un incremento gradual de la eficiencia física, comercial y financiera, especialmente procurando establecer tarifas que reflejen el verdadero costo de ofrecer los servicios, con el objeto de alcanzar la autosuficiencia de recursos en dichos organismos, así como asegurar la calidad y permanencia de la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la población.
Los municipios que participaron durante los años 2000 a 2007 en el programa a que se refiere el párrafo anterior, deberán demostrar ante la Comisión Nacional del Agua los avances que obtuvieron en el mejoramiento de su eficiencia física, comercial y financiera, a fin de que puedan acceder a los apoyos previstos para el presente ejercicio;
II. Estén al corriente en el pago de sus derechos, y
III. Informen trimestralmente a la Comisión Nacional del Agua y ésta a la Comisión de Recursos Hidráulicos por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, los proyectos que en coparticipación con las entidades federativas se realizan en los programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento en zonas urbanas y rurales.

Los apoyos otorgados por la Comisión Nacional del Agua deberán promover la instalación de medidores en las entradas y salidas de agua en bloque, a fin de hacer eficiente el cobro de agua; dicha Comisión informará al respecto a la Cámara de Diputados, de manera trimestral.

Para los programas de infraestructura hidroagrícola tendrán prioridad las obras de pequeña y mediana irrigación que mejoren la eficiencia en el uso del agua en regiones pobres, destinando un monto no menor al 10 por ciento del presupuesto total asignado a estas necesidades.

La Comisión Nacional del Agua deberá contar con la cartera de obras comprometidas a través de convenios de colaboración con los usuarios de riego y los organismos operadores, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y los criterios de elegibilidad que en las propias reglas de operación establezca.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero del año 2008.

SEGUNDO. Las dependencias y entidades que durante el año 2003 hayan participado en el Programa de Separación Voluntaria establecido en el artículo 7, fracción III, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003 o que, en los años 2004, 2005, 2006 y 2007, hayan aplicado las medidas establecidas en los artículos 8, fracción III, de los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales 2004 y 2005, 9 fracción III, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 y 5, fracción II del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, respectivamente, así como los Poderes Legislativo y Judicial, deberán restituir con cargo a sus respectivos presupuestos, en los plazos y términos de los artículos citados y de las demás disposiciones aplicables, los montos equivalentes a los recursos que hayan utilizado para cubrir las compensaciones económicas pagadas a los servidores públicos a su cargo. En caso contrario, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, descontará los recursos correspondientes de las ministraciones posteriores de recursos.

TERCERO. Los recursos para las entidades federativas que no han celebrado los convenios relativos al Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, a que se refiere el artículo 42 de la Ley de Coordinación Fiscal, correspondientes al presupuesto regularizable de servicios personales, y a las previsiones para sufragar las medidas salariales y económicas que establece el artículo 18 de este Decreto, se incluyen en las erogaciones previstas en el Ramo Administrativo 11 Educación Pública a que se refiere el Anexo 1.B. de este Decreto, y sólo podrán traspasarse al Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios una vez que se suscriban los convenios.

CUARTO. En los términos de lo dispuesto en el Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá los mecanismos presupuestarios y financieros para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en dicha ley.

QUINTO. Las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de febrero de 2007, continuarán en vigor durante el ejercicio fiscal 2008 en lo que no contravengan lo dispuesto en el presente Decreto y en tanto no se emitan, en su caso, modificaciones o nuevas disposiciones en la materia.

SEXTO. Los lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de marzo de 2007, continuarán en vigor durante el ejercicio fiscal 2008 en lo que no contravengan lo dispuesto en el presente Decreto y en tanto no se emitan, en su caso, modificaciones o nuevas disposiciones en la materia.

SÉPTIMO. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, emitirán durante el primer trimestre del ejercicio, disposiciones para que las dependencias y entidades realicen durante 2008 las acciones para la aprobación, registro y, en su caso, adecuaciones que aseguren la transparencia de sus estructuras ocupacionales y orgánicas.

En los casos en que se hayan autorizado contratos por honorarios y contratos eventuales de manera regular y que éstos correspondan a funciones de estructura de las dependencias y entidades, éstas analizarán la factibilidad de su transformación en plazas presupuestarias, siempre y cuando se realicen a través de movimientos compensados. Los casos de incorporación gradual a que se refiere el artículo Cuadragésimo Tercero Transitorio del Decreto por el que se expide, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, se realizarán en términos de lo previsto en el presente Decreto y de las disposiciones que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

OCTAVO. A más tardar el último día hábil del mes de abril, la Comisión Nacional del Agua deberá tener formalizados con las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, los convenios de mejoramiento de la gestión de cada uno de sus Organismos de Cuenca ya establecidos, a fin de que en dichos convenios se incluyan los compromisos de transformación y mejoramiento de la gestión pública, entre otros los de calidad regulatoria interna, eficiencia institucional, recaudación, trámites y servicios de calidad, y eliminación de duplicidades, entre otros.

NOVENO. Para tener acceso al Programa para la Modernización de Organismos Operadores de Agua, Promagua, en una primera etapa, los gobiernos de los estados, municipios y organismos operadores deberán suscribir un convenio de participación y anexos de adhesión a dicho programa con la Comisión Nacional del Agua y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.; en la segunda etapa, deberán realizar el estudio de diagnóstico y planeación integral, y en la tercera etapa preparar, seleccionar y contratar la modalidad de participación de la iniciativa privada. Los apoyos financieros se otorgarán de manera diferenciada en la Fase I Incremento de Eficiencias, y en la Fase II Incremento de Coberturas, y de conformidad con el tipo de contratación seleccionada ya sea prestación de servicios parciales, prestación de servicios integrales, título de concesión o de empresa mixta. Los organismos interesados en participar deberán estar al corriente en el pago de derechos para acceder a los recursos de la Fase I; deberán contar con la certificación de viabilidad técnica de cada proyecto por parte de la Comisión Nacional del Agua, quien revisará las acciones y metas de eficiencia, antes de iniciar las Fases I y II; las tarifas deberán cubrir como mínimo los costos de producción del servicio; y por último, tanto el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., como la Comisión Nacional del Agua darán seguimiento al Programa.

DÉCIMO. Con el objeto de impulsar la cultura del pago por suministro de agua en bloque en los Distritos de Riego y mejorar la infraestructura de riego, el Ejecutivo Federal, a través de la Comisión Nacional del Agua devolverá a los Distritos de Riego que estén al corriente en sus pagos, un importe de recursos equivalente a las cuotas generadas en el ejercicio fiscal 2008, los cuales se destinarán en un 65 por ciento a la conservación y mantenimiento de los canales y drenes menores; 25 por ciento a la conservación de la red mayor, canales y drenes principales; 8 por ciento al mantenimiento de las obras de cabeza; y, 2 por ciento a la supervisión y gasto de operación.

DÉCIMO PRIMERO. Las dependencias y entidades deberán remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la formalización de los contratos de seguros correspondientes, copia de las pólizas que consignen las condiciones pactadas en el establecimiento de cualquier operación pasiva de seguros sobre bienes patrimoniales a su cargo, así como el inventario actualizado de los bienes con que cuenten, de conformidad con los manuales y formatos que expida dicha Secretaría en los términos de las disposiciones que para tales efectos establezca a más tardar el 30 de enero, las que determinarán los medios a través de los cuales deberá hacerse llegar dicha información.

Lo anterior, a efecto de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se encuentre en condiciones de asesorar a las dependencias y entidades en la elaboración de sus programas de aseguramiento, de sus manuales de procedimientos sobre la contratación de seguros y soporte de siniestros, en la determinación de sus niveles de retención máximos y en la prevención y disminución de los riegos inherentes a los bienes con que cuenten, así como para ases orar en el proceso de siniestros ocurridos y reportados a las compañías de seguros con los que dichas dependencias y entidades mantengan celebrados contratos de seguros sobre bienes patrimoniales.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público analizará y clasificará, con base en la información que las dependencias y entidades le remitan de conformidad con el presente artículo, los activos fijos de dichas dependencias y entidades, los cúmulos de riesgo, la dispersión y exposición de las unidades de riesgo y los contratos de seguros sobre bienes patrimoniales que las mismas hubiesen celebrado. Asimismo, dicha Secretaría podrá proponer a las dependencias y entidades, esquemas de transferencia de riesgos y de contratación centralizada, con el propósito de beneficiar las condiciones de contratación de la administración pública federal.

DÉCIMO SEGUNDO. Los recursos a que se refiere el artículo 12 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, que provengan de proyectos de comercialización de certificados de reducción de gases de efecto invernadero, como dióxido de carbono y metano, se ejercerán en la realización del proyecto respectivo por las entidades de control directo que los generen, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Reitero a Usted, Ciudadana Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección
México, Distrito Federal, a 5 de septiembre de 2007.--- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Ismael Reyes Retana Tello, subprocurador fiscal federal de Legislación y Consulta.--- Presente.

Me refiero a su oficio 529-II-SFFLC/117/07 por el que remite a esta subsecretaría el anteproyecto de iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y la evaluación del impacto presupuestario correspondiente, elaborados por la Unidad de Política de Ingresos de esta dependencia, a fin de que se emita el dictamen de impacto presupuestario respectivo. Lo anterior, a efecto de que la referida iniciativa sea puesta a consideración del titular del Ejecutivo federal para ser enviada al Congreso de la Unión junto con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Sobre el particular, con fundamento en los artículos 18, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 18 a 20 de su Reglamento; 65-A y 65-B, fracciones III y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con base en lo dispuesto en el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2003), para los efectos del dictamen de impacto presupuestario a que se refieren las disposiciones de la ley anteriormente citada y de su reglamento, le informo lo siguiente:

1. Esta Dirección General, con base en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 20 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, no tiene observaciones en el ámbito jurídico sobre las disposiciones contenidas en el anteproyecto señalado anteriormente.
2. Se anexa el oficio número 312-A-1.-4198 BIS de fecha 4 de septiembre del año en curso, a través del cual el director general adjunto de Programación y Presupuesto de Desarrollo Agropecuario, Recursos Naturales, Hacienda y Turismo manifiesta que, del análisis realizado a la evaluación de impacto presupuestario correspondiente, no tiene inconveniente en que se continúen los trámites conducentes respecto al referido anteproyecto.

Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

No omito manifestarle que, en relación con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, éstos se sujetan al procedimiento específico previsto en la LFPRH --artículos 40 y 41-- para su elaboración y presentación al Congreso de la Unión. En este sentido, en términos de las referidas disposiciones, las exposiciones de motivos de ambos documentos junto con los Criterios Generales de Política Económica, comprenden toda la información sobre el impacto fiscal y presupuestario del paquete económico para el siguiente ejercicio fiscal, incluyendo entre otros aspectos, la información detallada de las fuentes de ingresos y las asignaciones de gasto correspondientes para el ejercicio fiscal 2008; los objetivos que se fijan para dicho periodo; así como diversa información macroeconómica, incluyendo información de ejercicios anteriores y proyecciones de mediano plazo.

Atentamente
México, DF, a 4 de septiembre de 2007.--- Licenciado Max A. Diener Sala (rúbrica), director general.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Guillermo Lecona Morales, director general adjunto de Análisis Jurídico de la Dirección General Jurídica de Egresos.--- Presente.

Me refiero a su oficio número 353.A.1.-0941 del 3 de septiembre de 2007, mediante el cual remite copia del anteproyecto de la Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos en materia presupuestaria, a fin de recabar los comentarios o, en su caso, el dictamen de impacto presupuestario, relativo a la competencia de la Dirección General de Programación y Presupuesto ``B''.

Al respecto, y de la revisión a la iniciativa en cuestión y de conformidad con la evaluación de impacto presupuestal emitida por la Unidad de Política de Ingresos mediante oficio número 349-A-0637 del 3 de septiembre del año en curso, en el sentido de que no considera la creación o modificación de unidades administrativas y plazas o creación de nuevas instituciones, ni la modificación de las estructuras orgánicas y ocupacionales existentes; no genera impacto presupuestario adicional en los programas aprobados a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; no se prevén nuevas atribuciones y actividades que deban realizar; y las disposiciones que se proponen no inciden en la regulación en materia presupuestaria, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 18, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 18 a 20 de su Reglamento;65-A del Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y con base en lo dispuesto en el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2003), no se tiene inconveniente en que se continúen con los trámites conducentes para su formalización en el entendido de que no se incrementarán ni crearán estructuras ocupacionales para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 4 de septiembre de 2007.--- Licenciado Felipe O. Angulo Sánchez (rúbrica), director general adjunto.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.


VOLUMEN II


LEY FEDERAL DE DERECHOS

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Ciudadana Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Para los efectos de lo dispuesto en el inciso h) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por instrucciones del Presidente de la República me permito enviar a usted iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Asimismo, acompaño al presente copia de los oficios números 353.A.-0941 y 312-A-1.-4198 Bis, signados el 4 del mes en curso, a través de los cuales los licenciados Max A. Diener Sala y Felipe O. Angulo Sánchez, director general jurídico de Egresos y director general adjunto de Programación y Presupuesto de Desarrollo Agropecuario, Recursos Naturales, Hacienda y Turismo, respectivamente, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, remiten el dictamen de impacto presupuestario de la citada iniciativa.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Presidencia de la República.

Ciudadana Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

En el ejercicio de la facultad constitucional concedida al Ejecutivo Federal, se somete a la consideración del Congreso de la Unión, por su digno conducto, la presente Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

El principal propósito de la propuesta de modificaciones a la Ley Federal de Derechos, sometida a la consideración de esa Soberanía para el año pasado fue darle continuidad a la política fiscal en materia de derechos que ha prevalecido durante los últimos años, en el sentido de avanzar en la adecuación de la citada Ley a las condiciones económicas prevalecientes en el país, incrementar el efecto racionalizador en la prestación de los servicios públicos por los que se cobran derechos, así como impulsar la aplicación de medidas estrictamente sustentables para el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Nación.

Bajo esa perspectiva, la Iniciativa que en esta ocasión se somete a la consideración de esa Soberanía resulta congruente con los criterios antes señalados, mediante la propuesta de adición de nuevos derechos, así como la modificación de algunos vigentes, a efecto de eliminar los rezagos en los montos de los mismos en relación con los costos totales de los servicios que se proporcionan e inducir medidas que brinden mayor certeza a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de derechos.

Servicios Migratorios

Uno de los objetivos de las políticas públicas es el mejoramiento continuo de los servicios prestados en materia migratoria, por constituir uno de los puntos estratégicos en el impulso del desarrollo del turismo en el país. Es por ello que se requiere tomar las medidas adecuadas para la recuperación oportuna de los costos erogados con motivo de su prestación. Para tal efecto, se propone que el pago de los derechos por la expedición de la calidad migratoria de no inmigrante se efectúe a la entrada del extranjero al territorio nacional, lo cual garantizará que el Instituto Nacional de Migración cuente oportunamente con los ingresos para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas.

Así mismo, se propone que los recursos que se obtengan por la recaudación de los artículos 8, fracciones II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 9, 10, 12, 13, 14 y 14-A de la Ley Federal de Derechos se destinen a programas de modernización, equipamiento e infraestructura para mejorar el control fronterizo en la línea divisoria internacional del sur del país y a mejorar las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios en materia migratoria que presta el Instituto Nacional de Migración.

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

La constante evolución y apertura a nivel internacional del sistema financiero, así como de los mercados bursátiles, en los últimos años generó la necesidad de revisar el régimen sobre la determinación y cobro de las cuotas correspondientes a los servicios prestados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, lo que derivó en su actualización, mediante la implementación de un sistema basado en la asignación de cuotas consistente con las mejores prácticas observadas en el ámbito internacional.

La reforma señalada consideró el esfuerzo de supervisión empleado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, no sólo respecto de cada entidad o sujeto de su supervisión, sino de los distintos sectores que conforman a los participantes del sector financiero sujetos a su inspección y vigilancia. En atención a ello, se efectuó una agrupación en sectores de las entidades o sujetos de la supervisión, según la naturaleza y actividades de cada uno. Esta agrupación permitió establecer mediciones de tamaño y riesgo comunes entre aquellos sujetos que realizan actividades similares.

En este contexto, se han llevado a cabo esfuerzos importantes a fin de ajustar la determinación y cálculo de las cuotas aplicables a los servicios de inspección y vigilancia que realiza la citada Comisión a los participantes en los mercados financieros, cuya implementación se inició a partir del ejercicio fiscal de 2004.

Las propuestas contenidas en la presente Iniciativa, son acordes con el régimen aprobado por el Congreso de la Unión para los ejercicios fiscales de 2004, 2005, 2006 y 2007 en relación con la determinación de las cuotas que los sujetos a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores están obligados a cubrir.

Conforme a lo anterior, resulta necesario efectuar algunas precisiones derivadas de la experiencia observada durante el presente ejercicio fiscal. Así, el Ejecutivo Federal a mi cargo propone a esa Soberanía la actualización y ajuste de los factores que se utilizan como referencia para la determinación de los derechos de mérito, así como la actualización de los importes mínimos y cuotas fijas correspondientes.

Por otra parte, la presente Iniciativa propone adicionar una cuota para las actividades de supervisión que realiza la mencionada Comisión al inicio de las operaciones de las casas de bolsa en virtud de que, con fundamento en el artículo 116 de la Ley del Mercado de Valores, previo al inicio de sus operaciones, las casas de bolsa deben acreditar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores el cumplimiento de ciertos requisitos.

De igual forma, se propone una cuota aplicable a la inscripción de valores fiduciarios sobre bienes distintos de acciones, cuyo activo principal se encuentre respaldado por valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, en virtud de que los intermediarios del mercado de valores han desarrollado nuevos vehículos para emitir certificados bursátiles que se encuentran respaldados por valores ya inscritos en el citado Registro. Estos nuevos esquemas resultan recurrentes en emisiones de certificados bursátiles respaldados por hipotecas.

Por lo expuesto, a través de la presente Iniciativa se propone reducir el factor de cobro de derechos por concepto de inscripción para los valores fiduciarios cuyo activo se conforme principalmente por otros valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, estableciendo un tope como cuota máxima por concepto de inspección y vigilancia de este tipo de valores.

Ahora bien, la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2007, en su artículo 190 señala que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores estará facultada para supervisar las operaciones y la contabilidad del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, contando para ello con las mismas facultades respecto de las instituciones de banca de desarrollo, incluida la de establecer las reglas prudenciales a las que deberá sujetarse el citado Fondo.

Al respecto, se propone incluir al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en el listado que establece la cuota que deben pagar los fondos y fideicomisos públicos sujetos a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en virtud de la supervisión y vigilancia que ésta llevará a cabo.

Relaciones Exteriores

En virtud de que para el siguiente año se cambiará la vigencia de los pasaportes, de 1, 5 y 10 años a 1, 3, 6 y 10 años, resulta indispensable efectuar las modificaciones correspondientes a los derechos derivados de la expedición de los mismos. Cabe acotar que los derechos encuentran sustento en las disposiciones sectoriales, por lo cual, cualquier modificación en las disposiciones secundarias que incida en algún concepto de derecho debe verse reflejada en la propia Ley Federal de Derechos.

Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro

Derivado de la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se estima necesario adecuar el artículo 31-B de la Ley Federal de Derechos, a fin de que éste contemple al PENSIONISSSTE dentro del cobro de derechos por concepto de la inspección y vigilancia que efectúa la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Para estos efectos, el artículo 106 de la citada Ley prevé que el PENSIONISSSTE estará sujeto para su operación, administración y funcionamiento, a la regulación y supervisión de la Comisión referida, debiendo cumplir con las disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y con las reglas de carácter general que emita dicha Comisión aplicables a las administradoras de fondos para el retiro. En este sentido, al tener la misma regulación que las citadas administradoras, resulta procedente recuperar los costos que implicará la relevante supervisión por parte de la Comisión a la citada institución pública.

Servicios Aduaneros

Con la finalidad de adecuar la Ley Federal de Derechos a la regulación en materia aduanera, se propone incorporar el concepto de prórroga dentro de los derechos que hoy en día se causan sólo por el otorgamiento de concesiones y autorizaciones que otorga la Administración General de Aduanas, lo anterior, a fin de recuperar los costos que implica la prestación de los servicios correspondientes.

Certificación Digital en Actos de Comercio

En el año de 2003 el Congreso de la Unión aprobó, dentro del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, una Sección al Capítulo IV referente a los derechos de certificación de firma electrónica en actos de comercio, a fin de recuperar los costos que la autoridad eroga para acreditar como prestadores de servicios de certificación de firma electrónica a las personas que reúnan los requisitos legales conforme a la regulación en materia mercantil.

No obstante lo anterior, surge la necesidad de efectuar algunas precisiones a los derechos correspondientes a fin de regular la correcta terminología aplicable a la actividad que realizan los mencionados prestadores de servicios, toda vez que su labor se enfoca a establecer los mensajes de datos o registros necesarios que confirmen el vínculo entre un firmante y los datos de creación de la propia firma electrónica mediante la emisión de certificados digitales, es por ello que se propone modificar el término ``prestador del servicio de certificación de firma electrónica'' por ``prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales''.

Adicionalmente, en este tópico se propone incorporar los derechos relacionados con la acreditación de un prestador de servicios de certificación, para el servicio de conservación de datos u otros servicios adicionales relativos a la firma electrónica.

Servicios proporcionados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

En virtud de que en la actualidad el artículo 86-A de la Ley Federal de Derechos prevé el pago de un derecho por la expedición del certificado zoosanitario internacional para la importación de animales vivos, sus productos y subproductos, el cual incluye la previa verificación, inspección, control y vigilancia sanitaria, se considera que el actual artículo 85-A del mismo ordenamiento jurídico, no tiene una justificación plena, toda vez que este derecho sólo es procedente en los casos en que el interesado lo solicite, por lo que se propone su derogación.

Reforma Agraria

Derivado del Acuerdo por el que se declara el cierre operativo y conclusión del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE), se somete a la consideración de esa Soberanía la modificación del artículo 187 de la Ley Federal de Derechos concerniente a la exención del pago de los derechos por diversos servicios que presta el Registro Agrario Nacional para dicho Programa.

Lo anterior, a fin de contemplar en sustitución del PROCEDE por el Fondo de Apoyo para los Núcleos Agrarios sin Regularizar, y en seguimiento de las acciones que aplicará la Secretaría de la Reforma Agraria para la correcta regularización en la tenencia de la tierra en beneficio de los núcleos agrarios.

Medio Ambiente

Con motivo de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, resulta conveniente efectuar algunos ajustes a los derechos correspondientes a las actividades de prevención y control de la contaminación, así como a los relativos a la importación y exportación de los residuos.

En este sentido, se plantea incluir dentro del derecho por la autorización para la instalación y operación de sistemas de reciclaje de residuos peligrosos, al coprocesamiento, el cual se define dentro de la Ley sectorial en materia de residuos, como el proceso de integración ambientalmente seguro de residuos generados por una industria o fuente conocida como insumo a otro proceso productivo.

De igual forma, se propone establecer el derecho relativo a la autorización para la instalación y operación de sistemas para la disposición final de residuos peligrosos. Al respecto, cabe señalar que actualmente el derecho correspondiente aplica únicamente por la autorización para el confinamiento de residuos, sin embargo, con la entrada en vigor del citado Reglamento, se establecieron diversas causales para la disposición final de los residuos dentro de su manejo integral, siendo una de sus posibilidades el propio confinamiento, es por ello que resulta necesario reflejar dentro de la Ley Federal de Derechos la terminología adecuada.

Por otro lado, se plantea una reducción de los derechos de prevención de la contaminación para aquellos contribuyentes que utilicen microgeneradores de residuos que implementen de manera organizada sistemas de recolección y transporte de residuos que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, ya que al actuar de manera conjunta presentarán solicitudes únicas para la autorización en el manejo de dichos residuos, logrando así un beneficio colectivo tanto en la implementación coordinada de los sistemas como en la reducción de su pago de derechos.

El Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos contempla la regulación para la importación de otros residuos previstos en el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación y establece que quienes pretendan importar residuos que no tengan las características de peligrosidad previstas en los tratados internacionales deberán obtener autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, siguiendo el mismo procedimiento que se lleva a cabo para los residuos peligrosos. En ese sentido, se estima necesario incluir en la Ley Federal de Derechos el pago de un derecho por el trámite para la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, expedición de la autorización correspondiente, en los mismos términos en los que se encuentra implementado actualmente el pago de derechos para la importación y exportación de residuos peligrosos.

Uno de los derechos de mayor relevancia que se proponen en la presente Iniciativa, es el relativo a los servicios por la aprobación del programa de remediación de pasivos ambientales, es decir, aquellos sitios contaminados por la liberación de materiales o residuos peligrosos que no fueron remediados oportunamente para impedir la dispersión de contaminantes, pero que implican una obligación de remediación.

Lo anterior en virtud de que, para llevar a cabo dicha aprobación, se requiere que las autoridades ambientales tengan personal especializado en diversas áreas técnicas como: caracterización de sitios contaminados, tipos de perforación, análisis de muestreos, pruebas de campo, entre otros, lo cual implicará allegarse de los recursos necesarios a fin de brindar un servicio adecuado y contar con mayores elementos para evaluar si los citados programas se encuentran acordes con la normatividad vigente.

En materia ambiental, se propone efectuar cambios menores en los derechos derivados del uso, goce o aprovechamiento de bienes en Áreas Naturales Protegidas, consistentes en utilizar los nombres correctos de las propias áreas, así como precisar las cuotas correctas aplicables para determinadas áreas, lo anterior a fin de facilitar las labores de la autoridad ambiental en la vigilancia del cobro y entero de las contribuciones.

Finalmente, se propone establecer que cuando el contribuyente presente una solicitud única para la prestación de dos o más trámites relativos a los servicios que presta la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales establecidos de la Sección Quinta a la Novena del Título Primero de la Ley Federal de Derechos, sólo se cobre el derecho de mayor monto de los trámites solicitados, lo anterior de acuerdo a la política sectorial en materia ambiental que tiene como finalidad fomentar la simplificación administrativa y la reducción de costos en los trámites únicos.

Cuerpos Receptores de las Descargas de Aguas Residuales

Con la finalidad de promover el desarrollo, construcción y mantenimiento de los sistemas de tratamiento de las aguas residuales, se propone a esa Soberanía modificar el derecho por el uso, goce o aprovechamiento de bienes de dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales. En este sentido, se plantea reducir el número de contaminantes de 16 a 2 dentro del esquema actual de límites máximos permisibles a que hace referencia el Capítulo concerniente de la Ley Federal de Derechos, siendo éstos la Demanda Química de Oxígeno y los Sólidos Suspendidos Totales, por ser los más representativos de las aguas residuales, disminuyendo con esta medida el costo de los análisis correspondientes.

De igual forma, se plantea una simplificación en el cálculo del derecho, al limitarse a la determinación de la concentración de contaminantes que rebasen los límites máximos permisibles en kilogramos, en relación con el volumen trimestral descargado, aplicándose la cuota que corresponda según el tipo de cuerpo receptor establecido en la propia Ley.

Por otra parte, es de destacar que un punto medular de la propuesta que sobre este tópico se presenta, es el relacionado con la asignación de los pagos que se realicen por concepto del derecho por descarga de aguas residuales. Al respecto, se propone que dicha asignación de los pagos se realicen a los contribuyentes para que efectúen las acciones necesarias para el tratamiento de sus aguas residuales, para lo cual deberán presentar ante la Comisión Nacional del Agua un programa de acciones, el cual tendrá como finalidad el mejorar la calidad de las aguas residuales, ya sea mediante cambios en los procesos productivos o para el control y tratamiento de las descargas, a fin de no rebasar los límites máximos permisibles establecidos en la Ley Federal de Derechos, en beneficio de la sociedad.

En otro orden de ideas, a fin de que las autoridades fiscales cuenten con mayores elementos en el ejercicio de sus facultades de comprobación, se propone mejorar y ampliar los supuestos de determinación presuntiva del derecho a cargo de los contribuyentes, lo cual coadyuvará a garantizar un apropiado uso y aprovechamiento de los cuerpos receptores derivado de las descargas de las aguas residuales.

De igual forma, la presente Iniciativa plantea un esquema de condonación de créditos fiscales sujeto a la construcción y aplicación de sistemas de tratamiento de aguas residuales, a fin de incentivar la realización y terminación de las obras de saneamiento que tanto requiere el país y las cuales se muestran como un agregado de suma importancia dentro de la política ambiental, por lo que se propone que aquellos contribuyentes que quieran gozar de este beneficio tendrán que concluir las obras mencionadas a más tardar el 31 de diciembre de 2012.

Finalmente, es el mencionar que el esquema de cobro que en esta ocasión se presenta constituirá un mecanismo de apoyo a la política hidráulica del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, ya que permitirá la construcción de infraestructura de saneamiento de las aguas residuales con los consecuentes beneficios en la salud pública, la mejora hacia los grupos sociales más desprotegidos, el fortalecimiento de los organismos operadores y el fomento del desarrollo sustentable del país.

Bienes Culturales de la Nación

En los últimos años, consciente de la importancia que representa para la sociedad el cuidado del patrimonio cultural de la Nación, el Ejecutivo Federal ha propuesto diversas modificaciones a los derechos relativos al uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Nación de carácter cultural, con el firme propósito de contar con mayores elementos jurídicos y financieros que coadyuven a su mantenimiento y conservación. Es por ello que esta Iniciativa es acorde en el seguimiento de esa política y busca acrecentar dichas medidas.

En este sentido, se propone incorporar un nuevo concepto de cobro relativo al pago de los derechos por el acceso a los museos propiedad de la Nación que se encuentren administrados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, tal y como actualmente sucede con los administrados tanto por el Instituto Nacional de Antropología e Historia como por el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura. Es de señalar que las exenciones y reducciones en el pago de los derechos también son coincidentes con los esquemas adoptados para los Institutos mencionados, las cuales compatibilizan con las políticas educativas apuntaladas al constante fomento de la cultura al alcance de todos los mexicanos.

De igual forma, se somete a la consideración de esa Soberanía el establecimiento del derecho por el uso, goce o aprovechamiento de los bienes administrados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. Resulta pertinente señalar que también este derecho se encuentra vigente para los inmuebles bajo la administración del Instituto Nacional de Antropología e Historia, el cual ha sido de gran utilidad para la autoridad al dotarla de los recursos suficientes para el cuidado de los propios bienes.

Con base en lo expuesto, por su digno conducto y con fundamento en los artículos 71, fracción I y 72, apartado H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de ese Congreso de la Unión la siguiente Iniciativa de

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos

ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 8, último párrafo; 12; 20, fracciones II y III, y el actual último párrafo; 24, fracción III; 29, fracción VII; 29-B, fracciones I, incisos a), numeral 1, segundo párrafo, b), numerales 1, segundo párrafo, 2, segundo párrafo y 3, segundo párrafo, c), segundo párrafo, d), segundo párrafo, e), segundo párrafo, f), segundo párrafo, g), segundo párrafo, h), segundo párrafo, i), numerales 1, segundo párrafo y 2, segundo párrafo, j), numeral 1, segundo párrafo y k), primer párrafo, y IV, primer párrafo; 29-D, fracciones I, incisos a) y b), II, incisos a), b) y c), III, incisos a) y b) y último párrafo, IV, incisos a) y b) y último párrafo, V, incisos a), b) y c) y último párrafo, VI, incisos a) y b) y último párrafo, VII, incisos a), b) y c), VIII, segundo párrafo, X, incisos, a), b) y c), XI, inciso a), y tercer párrafo, XII, incisos, a), b) y c) y último párrafo, XIII, incisos, a), b) y c) y último párrafo, XIV, inciso b), XV, inciso b) y último párrafo, XVI, inciso b), XVII, inciso b), XVIII, incisos, a), b) y c) y tercer párrafo, y XIX, segundo párrafo; 29-E, fracciones II, segundo párrafo, III, segundo párrafo, IV, segundo párrafo, V, segundo párrafo, VI, segundo párrafo, XI, segundo párrafo, XII, segundo párrafo, XIV, segundo párrafo, XVIII, segundo párrafo, XX, segundo párrafo, XXI, incisos a) y b), XXII, incisos a) y b) y XXIII, segundo párrafo; 29-F, fracciones I, incisos a), numeral 1, segundo párrafo, c), segundo párrafo y e), segundo párrafo y III; 31, fracción I, primer párrafo; 31-B; 32; 33; 40, inciso l) y segundo párrafo; 49, fracción III, primer párrafo; 78; 162, apartados A y B; 167, primer párrafo; 171-A, primer párrafo y fracción II; 187, apartados A, fracciones I y VII, B, fracción I, E, fracción I, primer párrafo y F, fracción IV; 194-K, segundo párrafo; 194-L, segundo párrafo; 194-T, fracciones II, III, IV, VII y VIII; 194-T-1, primer párrafo, fracción I y último párrafo; 195-A, fracciones I, incisos a) y b), II y III, incisos a), b) y c); 198, fracción I, en el apartado correspondiente al Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California; 198-A, fracción I y la denominación del Parque Nacional Yaxchilán; 263, penúltimo párrafo; 276; 277; 278, segundo párrafo; 278-B, fracciones I, incisos a) y b), II, III, primer párrafo, incisos b), primer párrafo, d) y e), IV, incisos b), Tabla C ``Efluentes no Municipales'' y segundo párrafo y c), cuarto y sexto párrafos, y V; 278-C; 281-A, segundo y tercer párrafos; 282, fracciones V y VII; 282-C, Tabla IV y último párrafo; 283; 284, primer párrafo, fracciones I, II y VI, y último párrafo; 285; 288-E, primer párrafo; y 288-G; se ADICIONAN los artículos 18-A, segundo párrafo; 20, fracción I y último párrafo, pasando el actual último párrafo a ser penúltimo párrafo; 29, fracciones XXI y XXII; 29-B, fracción I, inciso a), numeral 3 e inciso l); 29-E, fracciones XVI, incisos a) y b) y XXI, último párrafo; 29-F, fracción I, incisos a), numeral 3 y g); 29-K, fracción V, penúltimo párrafo; 40, penúltimo párrafo; 61-A; 61-B; 61-C; 105, último párrafo; 192-C, fracción V; 194-T, último párrafo; 194-T-5; 194-T-6; 194-X; 195-A, fracción I, inciso c); 278-A, rubro denominado ``CUERPOS RECEPTORES TIPO A'' comprendiendo primero y segundo párrafos y un último párrafo al rubro denominado ``CUERPOS RECEPTORES TIPO B''; 278-B, fracciones IV, inciso d), VI, VII y VIII; 279; 288-A-2; 288-A-3, y 288-D-1, y se DEROGAN los artículos 4, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero y décimo cuarto párrafos; 29-E, fracción XVI, segundo párrafo; 29-M; 31, último párrafo; 56, fracción III, inciso b); 57, fracción IV, inciso b); 58, fracción III, inciso b); 85-A; 186, fracción IX; 191-D; 278-A, último párrafo; 278-B, fracción IV, inciso b), último párrafo; 282-A; 282-D; 283, cuarto párrafo, y 284, fracción V de la Ley Federal de Derechos para quedar como sigue:

``Artículo 4. ...

(Se deroga décimo primer párrafo).

(Se deroga décimo segundo párrafo).

(Se deroga décimo tercer párrafo).

(Se deroga décimo cuarto párrafo).

...

Artículo 8. ...

El pago del derecho previsto en las fracciones I, III y VIII de este artículo, deberá efectuarse al ingreso del extranjero a territorio nacional.

Artículo 12. Por la prestación de los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que abandonen el territorio nacional, se cobrará la cuota de $47.50

El derecho de servicios migratorios a que se refiere el presente artículo se pagará a la salida de pasajeros de vuelos internacionales.

Artículo 18-A. ...

Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en los artículos 8, fracciones II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 9, 10, 12, 13, 14 y 14-A de esta Ley, serán destinados a programas de modernización, equipamiento e infraestructura para mejorar el control fronterizo en la línea divisoria internacional del sur del país y a mejorar las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios en materia migratoria que presta el Instituto Nacional de Migración.

Artículo 20. ...

I. Pasaportes ordinarios y documentos de identidad y viaje con validez hasta por un año $385.00
II. Pasaportes ordinarios y documentos de identidad y viaje con validez mayor a un año y hasta por tres años $800.00
III. Pasaportes ordinarios y documentos de identidad y viaje con validez mayor a tres años y hasta por seis años $1,100.00

...

Tratándose de la expedición de pasaportes ordinarios con validez hasta por seis años para trabajadores agrícolas que, con base en memorandums de entendimiento firmados por el Gobierno Mexicano con otros países, presten servicios en el exterior, se pagará el 50% de las cuotas establecidas en las fracciones I a III de este artículo, según corresponda.

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores en los servicios que sean prestados en el territorio nacional, se destinarán en un 15% a la Secretaría de Relaciones Exteriores para mejorar los servicios y operación de las delegaciones de dicha dependencia.

Artículo 24. ...

III. Los que soliciten los pensionados para justificar su situación legal en el país en que residan o para comprobar su existencia física ante las autoridades mexicanas que así lo requieran.

...

Artículo 29. ...

VII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto limitado: $16,067.86
...
XXI. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto limitado: $32,136.00
XXII. Por la autorización para el inicio de operaciones de casas de bolsa: $800,000.00

Artículo 29-B. ...

I. ...
a). ...
1. ...1.4191 al millar por los primeros $520'376,695.00 del capital contable de la emisora, y 0.7096 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $6'122,079.00...3. Emitidas por sociedades controladoras de grupos financieros, instituciones de crédito, casas de bolsa, casas de cambio, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, sociedades financieras de objeto limitado, sociedades financieras de objeto múltiple y demás entidades financieras autorizadas:1.4191 al millar por los primeros $520'376,695.00 del capital contable de la emisora, y 0.7096 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $6'122,079.00
b). ...
1. ...1.0643 al millar por los primeros $440'746,051.00 sobre el monto emitido, y 0.5322 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $5'185,248.002. ...0.5322 al millar por los primeros $440'939,500.00 del monto emitido, y 0.2661 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar en el primer año contado a partir de la obtención de la autorización por programa excedan del resultado de multiplicar 0.5322 al millar por los primeros $440'939,500.00 del monto autorizado, y 0.2661 al millar por el excedente.3. ...0.2661 al millar del monto emitido por tipo de valor y en proporción a su plazo sin que los derechos a pagar por este concepto en un ejercicio excedan de: $603,163.00
c). ...
1.5768 al millar respecto del monto total del capital social mínimo fijo.
d). ...
0.5322 al millar respecto al monto total de las primas de emisión.
e). ...
0.5322 al millar por los primeros $390'282,521.00 del monto emitido, y 0.2661 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $534,103.00
f). ...
0.4435 al millar por los primeros $406'245,077.00 del monto emitido, y 0.2218 al millar por el excedente.
g). ...
0.2661 al millar del monto emitido por tipo de valor y en proporción a su plazo sin que los derechos a pagar por este concepto en un ejercicio excedan de: $603,163.00
h). ...
0.2661 al millar del monto emitido por tipo de valor y en proporción a su plazo sin que los derechos a pagar por este concepto en un ejercicio excedan de: $603,163.00
i). ...
1. ...0.54 al millar por los primeros $495'602,793.00 sobre el monto emitido y 0.27 al millar por el excedente sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de $5'830,622.002. ...0.27 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por año excedan de: $677,996.00
j). ...
1. ...0.27 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por año excedan de: $600,368.00
k). Tratándose de la inscripción o ampliación de títulos de crédito que representen acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores, se pagará una cuota de 0.32 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $6'122,079.00
...
l). Tratándose de la inscripción o ampliación de valores fiduciarios sobre bienes distintos de acciones, cuyo activo principal se encuentre respaldado por valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, se pagará una cuota de 0.24 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $600,368.00
...
IV. Inscripción preventiva de acciones en el Registro Nacional de Valores: $11,122.00
...

Artículo 29-D. ...

I. ...
a). El resultado de multiplicar 0.135636 al millar por el valor de los certificados de depósito de bienes, emitidos por la entidad de que se trate.
b). El resultado de multiplicar 1.350500 al millar por el valor de sus otras cuentas por cobrar menos las estimaciones por irrecuperabilidad o difícil cobro de esas otras cuentas por cobrar.
...
II. ...
a). El resultado de multiplicar 0.519993 al millar por el valor del total de su pasivo.
b). El resultado de multiplicar 7.034000 al millar, por el valor de su cartera de arrendamiento vencida.
c). El resultado de multiplicar 0.090500 al millar por el valor del total de su cartera de arrendamiento menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.
...
III. ...
a). El resultado de multiplicar 0.275887 al millar, por el valor del total de los pasivos de la entidad de que se trate.b). El resultado de multiplicar 0.021500 al millar, por el valor de sus activos sujetos a riesgo totales.La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a: $5'000,000.00
IV. ...
a). El resultado de multiplicar 0.128561 al millar, por el valor del total de pasivos de la entidad de que se trate.
b). El resultado de multiplicar 0.007110 al millar, por el valor de sus activos sujetos a riesgo totales.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a: $3'000,000.00
V. ...
a). El resultado de multiplicar 5.687900 al millar, por el valor de su capital global.
b). El resultado de multiplicar 4.945800 al millar, por el producto de su índice de capitalización (equivalente al requerimiento de capital entre el capital global) multiplicado por el requerimiento de capital.
c). El resultado de multiplicar 0.587300 al millar, por el producto del recíproco del indicador de liquidez (equivalente a dividir 1 entre la cantidad que resulte de dividir activo circulante entre pasivo circulante) multiplicado por el pasivo total.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a la cantidad que resulte de multiplicar 0.083 por el capital mínimo requerido para funcionar como casa de bolsa, conforme a las disposiciones aplicables.
VI. ...
a). El resultado de multiplicar 4.000000 al millar, por el valor de su capital contable.
b). El resultado de multiplicar 18.750000 al millar, por el importe que resulte de capital contable menos las disponibilidades netas, las cuales serán equivalentes a la suma de caja, billetes y monedas, saldos deudores de bancos, documentos de cobro inmediato, remesas en camino e inversiones en valores, menos los saldos acreedores de bancos. En este caso, cuando las disponibilidades netas sean negativas, la aplicación de la fórmula a que se refiere este inciso será equivalente a sumar el valor absoluto de dichas disponibilidades netas al capital contable.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a: $400,000.00
VII. ...
a). El resultado de multiplicar 0.925400 al millar, por el valor del total de su pasivo.
b). El resultado de multiplicar 8.363500 al millar, por el valor de su cartera de factoraje vencida.
c). El resultado de multiplicar 0.138800 al millar, por el valor de su cartera de factoraje menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.
...
VIII. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Inmobiliarias, entendiéndose por ello aquellas sociedades inmobiliarias que sean propietarias o administradoras de bienes destinados a las oficinas de instituciones de crédito o de casas de bolsa, en términos de la Ley de Instituciones de Crédito o de la Ley del Mercado de Valores, según corresponda, pagará una cuota equivalente al resultado de multiplicar 0.432864 al millar, por el valor de su capital contable.
...
X. ...
a). El resultado de multiplicar 0.245430 al millar, por el valor del total de sus pasivos.
b). El resultado de multiplicar 0.171500 al millar, por el valor de su cartera de crédito vencida.
c). El resultado de multiplicar 0.008060 al millar, por el valor del total de su cartera de crédito menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.
...
XI. ...
a). El resultado de multiplicar 0.300000 al millar, por el valor de los primeros $2'000,000,000.00 y 0.150000 al millar por el valor restante del total de las acciones representativas de su capital social en circulación, valuadas a precio corriente en el mercado y, a falta de éste, a su valor contable o precio actualizado de valuación, determinado por la sociedad valuadora o el comité de valuación que corresponda.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a $30,000.00 sin que pueda ser superior a: $900,000.00
...
XII. ...
a). El resultado de multiplicar 0.152310 al millar, por el valor del total de sus pasivos.
b). El resultado de multiplicar 0.149700 al millar, por el valor de su cartera de crédito vencida.
c). El resultado de multiplicar 0.003890 al millar, por el valor del total de su cartera de crédito menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a: $500,000.00
XIII. ...
a). El resultado de multiplicar 0.393000 al millar, por el valor del total de sus pasivos.
b). El resultado de multiplicar 0.243000 al millar, por el valor de su cartera de crédito vencida.
c). El resultado de multiplicar 0.011650 al millar, por el valor del total de su cartera de crédito menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a: $160,000.00
XIV. ...
b). El resultado de multiplicar 0.240474 al millar, por el total de sus activos.
XV. ...
b). El resultado de multiplicar 0.020883 al millar, por el total de sus activos.
Para los efectos de lo previsto en esta fracción, forman parte del sector Fondos y Fideicomisos Públicos, el Fideicomiso de Fomento Minero; el Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural; el Fondo Nacional de Fomento al Turismo; el Fondo de la Vivienda para los Militares en Activo; el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios; el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares; el Fondo de Garantía para la Agricultura, Ganadería y Avicultura; el Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras; el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda; el Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los demás fondos y fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal para el fomento económico que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores supervise.
XVI. ...
b). El resultado de multiplicar 0.695726 al millar, por el total de sus activos.
XVII. ...
b). El resultado de multiplicar 0.022057 al millar, por el total de sus activos.
XVIII. ...
a). El resultado de multiplicar 0.589202 al millar, por el valor del total de sus pasivos.
b). El resultado de multiplicar 0.257000 al millar, por el valor de su cartera vencida.
c). El resultado de multiplicar 0.014910 al millar, por el valor de su cartera menos las estimaciones preventivas para riesgos crediticios.
La cuota que resulte de conformidad con lo previsto en esta fracción en ningún caso podrá ser inferior a: $500,000.00
...
XIX. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de sociedades controladoras de grupos financieros, entendiéndose por ello a las sociedades controladoras previstas en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, pagará la cantidad que resulte de multiplicar 0.008129 al millar por el total del activo del balance general consolidado con subsidiarias.

...

Artículo 29-E. ...

II. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Bolsas de Futuros y Opciones, entendiéndose para estos efectos a las entidades que cuenten con autorización para constituirse y operar como tales en términos de las disposiciones aplicables, pagará el 1.74 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $943,756.00
III. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Bolsas de Valores, entendiéndose para estos efectos a las entidades que cuenten con la concesión para constituirse y operar como tales en términos de la legislación aplicable, pagará el 0.82 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $1'047,048.00
IV. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Cámaras de Compensación, entendiéndose por ello a las sociedades que cuenten con la autorización correspondiente en términos de la legislación aplicable, deberá pagar anualmente una cantidad igual al 1.13 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $1'174,188.00
V. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Contrapartes Centrales, entendiéndose por ello a las sociedades que cuenten con la concesión correspondiente en términos de la legislación aplicable, pagará el 1.56 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $849,000.00
VI. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Empresas de Servicios Complementarios, entendiéndose por ello a las sociedades que presten servicios complementarios o auxiliares en la administración a entidades financieras en términos de las disposiciones aplicables, o en la realización de su objeto, pagará la cantidad de: $89,817.00
...
XI. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Instituciones Calificadoras de Valores, entendiéndose por ello a aquellas sociedades que con tal carácter se constituyan y sean autorizadas en términos de la Ley del Mercado de Valores, deberá pagar: $415,743.00
XII. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Instituciones para el Depósito de Valores, entendiéndose por ello a aquellas sociedades que cuenten con la concesión correspondiente en términos de la legislación aplicable, pagará el 1.06 por ciento respecto de su capital contable, excluyendo el resultado no realizado por valuación de cartera de valores y actualización patrimonial sin que los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a: $658,771.04
...
XIV. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior, pagará la cantidad de: $55,333.00
...
XVI. ...
a). Cada asociación gremial de intermediarios del mercado de valores y de prestadores de servicios vinculados al mercado de valores que haya obtenido el reconocimiento para actuar como organismo autorregulatorio del mercado de valores, pagará la cantidad de: $358,000.00
b). Los organismos autorregulatorios que hayan obtenido el reconocimiento a que se refiere el inciso a) anterior, que al mismo tiempo cuenten con la autorización para certificar la capacidad técnica de las personas físicas que pretendan actuar como operadores de bolsa o apoderados de intermediarios del mercado de valores para la celebración de operaciones con el público, pagarán la cantidad de: $1'000,000.00
...
XVIII. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de proveedores de precios, autorizados en términos de la Ley del Mercado de Valores pagará: $511,492.00
...
XX. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Sociedades de Información Crediticia, entendiéndose por ello a las sociedades autorizadas conforme a la Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia, pagará la cantidad de: $950,000.00
XXI. ...
a). Que actúen como referenciadoras: $35,000.00
b). Que actúen como integrales: $70,000.00
Para efectos de lo previsto en esta fracción, se entenderá que pertenecen al sector de Sociedades Distribuidoras de Acciones de Sociedades de Inversión las instituciones de crédito, casas de bolsa, instituciones de seguros, organizaciones auxiliares del crédito, casas de cambio, sociedades financieras de objeto limitado y sociedades operadoras de sociedades de inversión, que proporcionen de manera directa a las sociedades de inversión servicios de distribución de acciones.
XXII. ...
a). De renta variable y de inversión en instrumentos de deuda: $70,340.00
b). De capitales o de objeto limitado: $59,790.00
XXIII. ...
Cada entidad que pertenezca al sector de Sociedades Valuadoras de Acciones de Sociedades de Inversión, entendiéndose por ello a las sociedades a que con tal carácter se refiere la Ley de Sociedades de Inversión, pagará la cantidad de $684.00 por cada Fondo valuado.

...

Artículo 29-F. ...

I. ...
a). ...
1. ...0.7676 al millar respecto al capital social más reservas de capital sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $382,314.00...3. Emitidas por sociedades controladoras de grupos financieros, instituciones de crédito, casas de bolsa, casas de cambio, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, sociedades financieras de objeto limitado, sociedades financieras de objeto múltiple y demás entidades financieras autorizadas:0.7676 al millar respecto al capital social más reservas de capital sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $382,314.00...
c). ...
Por acciones, la cuota señalada en la fracción I, inciso a), numerales 1 a 3, de este artículo, según corresponda y 0.6396 al millar respecto al monto en circulación de cada emisión de títulos de crédito o valores inscritos que otorguen a sus titulares derechos de crédito, de propiedad o de participación, sobre bienes o derechos muebles o inmuebles sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $119,472.61
...
e). ...
0.5116 al millar, respecto al monto en circulación de cada emisión sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de $80,952.00
...
g). Títulos fiduciarios cuyo activo principal se encuentre respaldado por valores inscritos en el Registro Nacional de Valores:
0.5116 al millar respecto al monto en circulación de cada emisión sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: $80,952.00
...
III. Las personas morales que mantengan sus acciones inscritas con carácter preventivo bajo la modalidad de listado previo pagarán $10,825.00 por inscripción preventiva.

...

Artículo 29-K. ...

V. ...
En el caso de emisiones cuya suscripción se realice en diferentes fechas, el importe de los derechos por concepto de inscripción deberá ser cubierto a más tardar el día de la suscripción o colocación de los valores, con base en el monto colocado.

...

Artículo 29-M. (Se deroga).

Artículo 31. ...

I. Las instituciones de fianzas pagarán el equivalente al 3.5% de las primas que perciban.
...

(Se deroga último párrafo).

Artículo 31-B. Las Administradoras de Fondos para el Retiro, las instituciones públicas que realicen funciones similares a éstas, las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR y las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro pagarán el derecho de inspección y vigilancia que se efectúa en éstas, conforme a las siguientes cuotas:

I. Las Administradoras de Fondos para el Retiro y las instituciones públicas que realicen funciones similares, por el capital suscrito y pagado por los trabajadores en las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro que inviertan las cuotas y aportaciones de los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez establecidos en la Ley del Seguro Social y en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, $55,011.17 por concepto de cuota anual y adicionalmente $0.1258 anuales por cada $1,000.00 del saldo total de dicho capital.
II. Las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro $52,181.37 cuota anual.
El pago de las cuotas anuales a que se refieren las fracciones I y II anteriores, deberá realizarse a más tardar el día 20 del mes de enero del ejercicio fiscal que transcurra.
Las Administradoras de Fondos para el Retiro o Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro que obtengan autorización para organizarse y operar como tales o las instituciones públicas que realicen funciones similares que inicien operaciones, durante el año calendario deberán cubrir la cuota anual de $55,011.17 o de $52,181.37, según corresponda, a que se refieren las fracciones I y II del presente artículo, a más tardar el último día hábil del mes inmediato posterior al mes en que obtengan dicha autorización o, en su caso, inicien operaciones. El monto de dicha cuota anual será proporcional al número de meses que resten al año calendario de que se trate.
Para los efectos de la cuota anual adicional de $0.1258 a que se refiere la fracción I anterior, se realizarán pagos provisionales trimestrales en los meses de abril, julio y octubre del ejercicio fiscal de que se trate y enero del siguiente, a más tardar el día 20 del mes respectivo.
Para determinar el monto de cada pago trimestral a que se refiere el párrafo anterior se deberá multiplicar cada $1,000.00 del saldo total del capital suscrito y pagado por los trabajadores invertido en las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro a que se refiere el primer párrafo de la fracción I de este artículo por la cuota anual de $0.1258, dividida entre cuatro, tomando como total de recursos el valor de dicho capital que resulte al último día hábil del mes inmediato anterior al mes en que deba efectuarse el pago de este derecho.
III. Las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR $1'606,800.00 por cada Administradora de Fondos para el Retiro y por cada institución pública que realice funciones similares.
El pago de derechos a que se refiere la presente fracción deberá enterarse a más tardar el día 20 del mes de enero del ejercicio fiscal que transcurra. En caso que se incorpore una nueva Administradora de Fondos para el Retiro o institución pública que realice funciones similares durante el año calendario, el pago por la nueva entidad deberá cubrirse a más tardar el último día hábil del mes inmediato posterior al mes en que se autorice ésta y será proporcional al número de meses que resten al año calendario de que se trate.

Artículo 32. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, el registro o la revalidación del registro de agentes promotores en el Registro de Agentes Promotores de las Administradoras de Fondos para el Retiro o de instituciones públicas que realicen funciones similares, que proporciona la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, se pagarán derechos conforme a la cuota de: $176.75

Artículo 33. Por la presentación del examen de postulación a agente promotor o de revalidación del registro de agente promotor, con el cual se evaluarán los conocimientos requeridos para ejercer la actividad de agente promotor en las Administradoras de Fondos para el Retiro o en instituciones públicas que realicen funciones similares, se pagarán derechos conforme a la cuota de: $267.80

Artículo 40. ...

l). Por la habilitación de un inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización o prórroga para su administración: $46,968.68
...

Los derechos a que se refieren los incisos b), c), d), e), h), k), l), m) y n) de este artículo se pagarán anualmente. Los derechos a que se refieren los incisos a), f), g), i) y j) de este artículo se pagarán por única vez.

Por la prórroga de las autorizaciones a que se refieren los incisos b), c), h), i), k) y n) de este artículo, así como por la renovación de las autorizaciones a que se refieren los incisos a) y m) de este artículo, se pagarán las mismas cuotas que se establecen para cada inciso.

...

Artículo 49. ...

III. Tratándose de importaciones temporales de bienes distintos de los señalados en la fracción anterior siempre que sea para elaboración, transformación o reparación en las empresas con programas autorizados por la Secretaría de Economía (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación IMMEX): $201.90

...

Artículo 56. ...

III. ...
b). (Se deroga).

...

Artículo 57. ...

IV. ...
b). (Se deroga).

...

Artículo 58. ...

III. ...
b). (Se deroga).

Artículo 61-A. Por el análisis de la solicitud y, en su caso, por el otorgamiento de los permisos de construcción y operación de las instalaciones a que se refiere el artículo 1. del Reglamento de Trabajos Petroleros, en materia de refinación del petróleo, elaboración y procesamiento del gas y de petroquímicos básicos, y demás actividades relacionadas, se pagará el derecho conforme a la cuota de: $4,977.20

Artículo 61-B. Por el análisis de la solicitud y, en su caso, por el otorgamiento de los permisos de desmantelamiento de las instalaciones a que se refiere el artículo 1. del Reglamento de Trabajos Petroleros, en materia de refinación del petróleo, elaboración y procesamiento del gas y de petroquímicos básicos, y demás actividades relacionadas, se pagará el derecho conforme a la cuota de: $2,404.70

Artículo 61-C. Por la revisión y verificación en la realización de pruebas hidrostáticas derivadas de la construcción o mantenimiento de ductos, y pruebas hidrostáticas o de hermeticidad para circuitos en instalaciones de transformación industrial en materia de refinación del petróleo, elaboración y procesamiento del gas y de petroquímicos básicos, y demás actividades relacionadas, se pagará el derecho conforme a la cuota de: $1,434.79

Artículo 78. Por los servicios en materia de acreditación de prestador de servicio de certificación para la emisión de certificados digitales, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Por el trámite y estudio de la solicitud para acreditación como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $32,828.75
II. Por la acreditación como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $157,311.49
III. Por el cese voluntario como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $115,312.82
IV. Por el examen para encargado de identificación como prestador del servicio de certificación para la emisión de certificados digitales $3,286.26
V. Por el trámite y estudio de la solicitud para la acreditación de un prestador de servicios de certificación para la emisión de certificados digitales, para el servicio de conservación de mensajes de datos u otros servicios adicionales relativos a la firma electrónica $17,150.00
VI. Por la acreditación de un prestador de servicios de certificación para la emisión de certificados digitales, para el servicio de conservación de mensajes de datos u otros servicios adicionales relativos a la firma electrónica $105,300.00

Artículo 85-A. (Se deroga).

Artículo 105. ...

Los estudios para la asignación de las frecuencias que vayan a ser utilizadas durante las visitas al país de jefes de estado y misiones diplomáticas extranjeras, cuyas autorizaciones sean gestionadas por conducto de las embajadas en el país o por la Secretaría de Relaciones Exteriores estarán exentas del pago del derecho previsto en este artículo.

Artículo 162. ...

A. Tratándose de Buques, por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, inscripción de:

I. Los certificados de las matrículas de las embarcaciones y artefactos navales mexicanos $565.00
II. Los contratos de adquisición, enajenación o cesión, así como los actos constitutivos de derechos reales, traslativos o extintivos de propiedad, sus modalidades, hipotecas, gravámenes y privilegios marítimos sobre las embarcaciones y artefactos navales mexicanos $317.00
III. Los contratos de arrendamiento o fletamento a casco desnudo de embarcaciones mexicanas $342.00
IV. Los contratos de construcción, de embarcaciones en México o de aquellas que se construyan en el extranjero y se pretendan abanderar como mexicanas $342.00
V. De la cancelación de cualquiera de los actos especificados en este apartado $555.00

B. Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, la inscripción de los navieros y agentes mexicanos, así como de los operadores, se pagará por concepto de derecho de Registro Marítimo Nacional la cuota de $1,054.83

...

Artículo 167. Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, expedición, prórroga, renovación, modificación, ampliación o cesión de concesiones, permisos o autorizaciones para el uso o aprovechamiento de obras marítimo portuarias; así como para la prestación de servicios portuarios en las vías generales de comunicación por agua, se pagará el derecho de solicitud correspondiente, conforme a las siguientes cuotas:

...

Artículo 171-A. Por la autorización para ejercer como Agente Naviero Consignatario de Buques, Agente Naviero General o Agente Naviero Protector, se pagará el derecho de agente naviero, conforme a las siguientes cuotas:

...
II. Por la expedición de la autorización para actuar como Agente Naviero General o Agente Naviero Protector $11,887.09

Artículo 186. ...

IX. (Se deroga).

...

Artículo 187. ...

A. ...

I. Documentos públicos o privados por virtud de los cuales se reconozcan, creen, modifiquen, transmitan o extingan derechos sobre tierras ejidales o comunales, siempre que no provengan del Fondo para el Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar $187.53
...
VII. Planos generales e internos, así como los de las grandes áreas de ejidos y comunidades que no provengan del Fondo para el Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar $42.70
...

B. ...

I. Certificados y títulos de propiedad por actos jurídicos que no provengan del Fondo para el Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar $85.49
...

E. ...

I. Trabajos de campo, topográficos o fotogramétricos que no correspondan al Fondo para el Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar o del Programa de Regularización de Colonias.
...

F. ...

IV. Por la expedición de copias certificadas de cada plano tamaño carta u oficio $12.40
...

Artículo 191-D. (Se deroga).

Artículo 192-C. ...

V. Por la emisión de mapas con información registral, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, por cada uno $204.00

Artículo 194-K. ...

Por la solicitud y, en su caso, autorización de la modificación de los programas de manejo a que se refiere este artículo se pagará el 35% de la cuota según corresponda, tomando como base el total de los volúmenes autorizados pendientes de aprovechar.

...

Artículo 194-L. ...

Por la solicitud y, en su caso, autorización de la modificación de los programas de manejo a que se refiere este artículo se pagará el 35% de la cuota según corresponda, tomando como base el total de los volúmenes autorizados pendientes de aprovechar.

...

Artículo 194-T. ...

II. Instalación y operación de centros de acopio y almacenamiento de residuos peligrosos $2,683.31
III. Instalación y operación de sistemas de reciclaje o coprocesamiento de residuos peligrosos $1,693.95
IV. Instalación y operación de sistemas de reutilización de residuos peligrosos $1,693.95
...
VII. Instalación y operación de sistemas para el confinamiento o disposición final de residuos peligrosos $58,699.56
VIII. Prestación de servicios de manejo y condiciones particulares de manejo de residuos peligrosos. $4,194.82
...

Los contribuyentes que utilicen microgeneradores organizados y que presenten las solicitudes a que se refiere la fracción I del presente artículo pagarán el 50% de la cuota establecida en este artículo.

Artículo194-T-1 . Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, autorización por primera vez para importar y exportar residuos peligrosos y otros residuos que se encuentren previstos en tratados internacionales de los que México sea parte, que no tengan características de peligrosidad, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas:

I. Para importar residuos peligrosos o residuos que no tienen características de peligrosidad $1,361.79

...

Por los trámites subsecuentes y solicitudes de prórroga y modificación a la autorización se pagará el 50% de la cuota establecida en este artículo.

Artículo 194-T-5. Por la recepción, análisis y, en su caso, registro de cada plan de manejo de residuos peligrosos, se pagará la cuota de $1,000.00

Por la solicitud de modificación o integración al registro, se pagará el 50% de la cuota establecida en el presente artículo.

Artículo 194-T-6. Por la recepción, análisis y, en su caso, aprobación del programa de remediación de pasivos ambientales, se pagará la cuota de:

I. Pasivo ambiental $35,000.00
II. Emergencia ambiental $1,000.00

Tratándose de la solicitud de autorización para la transferencia de sitios contaminados se pagará la cuota de $3,000.00

Artículo 194-X. Cuando los solicitantes, con base en el artículo 109-Bis 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y conforme a los lineamientos de carácter general que emita la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, presenten una solicitud única para dos o más trámites o servicios establecidos de la Sección Quinta a la Sección Novena del presente Capítulo para la autorización de un proyecto, sólo pagarán el derecho más alto que corresponda a los trámites y servicios solicitados.

Artículo 195-A. ...

I. ...
a) Medicamento nuevo $74,000.00
b) Medicamento genérico $44,000.00
c). Medicamento molécula nueva $80,000.00
II. Por la solicitud y, en su caso, el registro de medicamentos homeopáticos, herbolarios y vitamínicos, se pagará por cada uno el derecho conforme a la cuota de $12,000.00
III. ...
a) Clase I $7,500.00
b) Clase II $11,000.00
c) Clase III $14,000.00
...

Artículo 198. ...

I. ...
• Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California, excepto las islas Venados, Lobos y Pájaros, frente al Puerto de Mazatlán, Sinaloa, mismas que cubrirán la cuota establecida en la fracción II de este artículo.

...

Artículo 198-A. ...

I. ...
• Monumento Natural Yaxchilán
...

Artículo 263. ...

En el caso de sustitución de concesiones o asignaciones por las causas previstas en la Ley Minera, la vigencia para efectos del pago del derecho sobre minería se computará para las concesiones a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Minería de la concesión original que se sustituye y para las asignaciones, a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

...

Artículo 276. Están obligados a pagar el derecho por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, las personas físicas o morales que descarguen en forma permanente o intermitente aguas residuales en ríos, cuencas, cauces, vasos, aguas marinas y demás depósitos o corrientes de agua, así como los que descarguen aguas residuales en los suelos o las infiltren en terrenos que sean bienes nacionales o que puedan contaminar el subsuelo o los acuíferos, en términos de lo dispuesto en esta Ley.

Artículo 277. Para los efectos del presente Capítulo se consideran:

I. Acuífero: Cualquier formación geológica o conjunto de formaciones geológicas hidráulicamente conectados entre si, por las que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que puedan ser extraídas para su explotación, uso o aprovechamiento y cuyos límites laterales y verticales se definen convencionalmente para fines de evaluación, manejo y administración de las aguas nacionales del subsuelo.
II. Aguas residuales: Las aguas de composición variada provenientes de las descargas municipales y no municipales, tales como las industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, pecuarias, domésticas, incluyendo fraccionamientos y, en general, de cualquier otro uso, así como la mezcla de ellas.
Cuando el contribuyente no separe en la descarga de agua residual el agua que no tiene este carácter, toda la descarga se considerará de agua residual para los efectos de esta Ley.
III. Aguas Costeras: Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el derecho internacional; así como las aguas marinas interiores, las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar.
IV. Carga de Contaminante: La cantidad de un contaminante expresada en unidades de masa sobre unidad de tiempo, aportada en una descarga de aguas residuales.
V. Cuerpo Receptor: Las corrientes, depósitos naturales de agua, ríos, aguas costeras, suelo, estuarios, humedales naturales, embalses, cauces o bienes nacionales donde se descargan aguas residuales, así como los terrenos en donde se infiltran o inyectan dichas aguas, cuando puedan contaminar el suelo, subsuelo o los acuíferos.
VI. Demanda Química de Oxígeno: La medida del oxígeno consumido por la oxidación de la materia orgánica e inorgánica en una prueba específica.
VII. Descarga: La acción de verter, infiltrar, depositar o inyectar aguas residuales a un cuerpo receptor en forma continua o intermitente.
VIII. Embalse Artificial: El vaso de formación artificial que se origina por la construcción de un bordo o cortina y que es alimentado por uno o varios ríos o agua subterránea o pluvial.
IX. Embalse Natural: El vaso de formación natural que es alimentado por uno o varios ríos o agua subterránea o pluvial.
X. Estuario: El tramo del curso de agua, bajo la influencia de las mareas, que se extiende desde la línea de costa hasta el punto donde la concentración de cloruros en el agua es de 250 miligramos por litro.
XI. Humedales Naturales: Las zonas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres que constituyen áreas de inundación temporal o permanente, sujetas o no a la influencia de mareas, como pantanos, ciénegas y marismas, cuyos límites los constituyen el tipo de vegetación hidrófila de presencia permanente o estacional; las áreas donde el suelo es predominantemente hídrico, y las áreas lacustres o de suelos permanentemente húmedos, originados por la descarga natural de acuíferos.
XII. Límite Máximo Permisible: El valor o rango asignado a un parámetro, el cual no debe ser excedido en la descarga de aguas residuales.
XIII. Población: El número de habitantes indicado en el Censo General de Población y Vivienda más reciente.
XIV. Río: La corriente de agua natural, perenne o intermitente, que desemboca a otras corrientes o a un embalse natural o artificial, o al mar.
XV. Sólidos Suspendidos Totales: La concentración de partículas que son retenidas en un medio filtrante de microfibra de vidrio, con un diámetro de poro de 1.5 micrómetros o su equivalente.
XVI. Suelo: El material no consolidado compuesto por partículas inorgánicas, materia orgánica, agua, aire y organismos, que comprende desde la capa superior terrestre hasta diferentes niveles de profundidad.
XVII. Uso Consuntivo: El volumen de agua de una calidad determinada que se consume al llevar a cabo una actividad específica, el cual se determina como la diferencia del volumen de una calidad determinada que se extrae, menos el volumen de una calidad también determinada que se descarga, y que se señalan en el título respectivo.
XVIII. Uso Doméstico: La aplicación de agua nacional para el uso particular de las personas y del hogar, riego de sus jardines y de árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa, cuyo servicio se preste en términos del inciso a), de la fracción III, del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 278. ...

El pago del derecho a que se refiere este artículo no exime a los responsables de las descargas de aguas residuales de cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas y con las condiciones particulares de sus descargas.

Artículo 278-A. ...

CUERPOS RECEPTORES TIPO ``A'':

Todos los que no se señalan como tipos B o C; así como los suelos y terrenos referidos en el artículo 276 de esta Ley.

Tratándose de las descargas efectuadas desde plataformas marinas o fuentes móviles se aplicarán las cuotas establecidas para los cuerpos receptores tipo A.

...

Todos los Estuarios y Humedales Naturales, y todos los Embalses Naturales o Artificiales, a excepción de los que se clasifican como tipo C.

...

(Se deroga último párrafo).

Artículo 278-B. ...

I. ...
a) Cuando el caudal de la descarga se efectúe en forma continua o intermitente, y sea igual o mayor a 9,000 metros cúbicos en un trimestre, el contribuyente deberá instalar medidores totalizadores o de registro continuo en cada una de las descargas de agua residual. El volumen de cada descarga corresponderá a la diferencia entre la lectura tomada el último día del trimestre de que se trate y la lectura efectuada el último día del trimestre anterior.
b). Cuando el caudal de descarga sea continuo o intermitente y menor a 9,000 metros cúbicos en un trimestre, el usuario podrá optar entre instalar medidores o efectuar cada trimestre bajo su responsabilidad la determinación del volumen con otros dispositivos de aforo. Dicha determinación se deberá manifestar bajo protesta de decir verdad en la declaración correspondiente.
En caso de que no se pueda medir el volumen de agua descargada, a falta de medidor o como consecuencia de la descompostura de éste, el volumen a declarar no podrá ser inferior al que resulte de aplicar el procedimiento previsto en el artículo 285, fracción I, incisos a) y d) de esta Ley.
II. Las concentraciones de contaminantes descargados al cuerpo receptor se determinarán, conforme a lo que se indica en los párrafos siguientes.
El responsable de la descarga tendrá la obligación de realizar el muestreo y análisis de la calidad del agua descargada, en muestras de cada una de sus descargas para verificar las concentraciones de los contaminantes a que se refiere esta Ley.
Los reportes que presente el responsable de la descarga estarán basados en determinaciones analíticas realizadas por un laboratorio acreditado ante la entidad autorizada por la Secretaría de Economía y aprobado por la Comisión Nacional del Agua.
III. En el Procedimiento Obligatorio del Muestreo de las Descargas, se entenderá por:
...
b) Muestra Simple: La que se tome en el punto de descarga, de manera continua, en día normal de operación durante el tiempo necesario para completar, cuando menos, un volumen suficiente para que se lleven a cabo los análisis necesarios para conocer su composición, aforando el caudal descargado en el sitio y en el momento del muestreo.
...
d) Promedio Diario: El valor que resulta del análisis de una muestra compuesta.
e) Promedio Mensual: El valor que resulta de calcular el promedio ponderado en función del caudal, de los valores que resulten del análisis de al menos dos muestras compuestas promedio diario. En caso de que existan valores fuera del rango permisible en cualquiera de las muestras simples, se reportará el valor más alejado del rango permisible.
IV. ...
b) ...
Los parámetros a ser considerados en el muestreo y análisis, así como en el reporte de datos son los que se indican en el presente Capítulo y en la Tabla D de este artículo.
(Se deroga último párrafo).
c) ...
El reporte del trimestre, para la frecuencia mensual de muestreo y análisis, será el promedio aritmético de los valores que resulten del análisis de cada mes.
...
El cumplimiento de lo anterior, es sin menoscabo de la observancia a las disposiciones legales y normativas aplicables en materia de descargas de aguas residuales a cuerpos de aguas nacionales y bienes públicos inherentes.
d) Método de Prueba: Para la toma de muestras y la determinación de los valores y concentraciones de los parámetros establecidos en este procedimiento, se deberá aplicar el método de prueba indicado en esta fracción y en las normas oficiales mexicanas y normas mexicanas, correspondientes.
V. Para cada descarga el contribuyente determinará, conforme al promedio de las muestras tomadas, la concentración promedio de contaminantes en miligramos por litro, conforme al procedimiento obligatorio de muestreo de descargas establecido en este artículo.
VI. En caso de que el agua de abastecimiento registre alguna concentración promedio mensual de los parámetros referidos en la tabla D del presente artículo, se podrá restar de la concentración de la descarga, siempre y cuando lo acredite ante la Comisión Nacional del Agua, a través de un análisis de calidad del agua efectuado por un laboratorio acreditado ante la entidad autorizada por la Secretaría de Economía y aprobado por la Comisión Nacional del Agua.
El informe referido en el párrafo anterior podrá ser presentado dentro del primer trimestre del ejercicio de que se trate y será válido durante dicho ejercicio. En caso de ser solicitado con posterioridad al plazo antes señalado el informe será válido a partir del momento en que se presente.
La Comisión Nacional del Agua estará facultada para revisar la veracidad de los datos del informe presentado.
VII. Una vez determinadas las concentraciones de los contaminantes expresados en miligramos por litro se compararán con los valores correspondientes a los límites máximos permisibles por cada contaminante, previstos en la siguiente tabla:
En caso de que las concentraciones de contaminantes sean superiores a dichos límites se pagará el derecho conforme a lo dispuesto en el artículo 278-C de esta Ley.
VIII. Los laboratorios acreditados ante la entidad autorizada por la Secretaría de Economía y aprobados por la Comisión Nacional del Agua, deberán de informar semestralmente a dicha Comisión de los resultados de los análisis efectuados en ese periodo a los contribuyentes a que se refiere el presente Capítulo.
En caso de que la Comisión Nacional del Agua determine que los laboratorios no cumplieron con la obligación establecida en esta fracción notificará el incumplimiento al laboratorio y lo apercibirá de que en caso de reincidencia quedará sin efectos la aprobación que le otorgó.
Artículo 278-C. Para calcular el monto del derecho a pagar por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales se considerará, trimestralmente, el volumen de las aguas residuales descargadas, las concentraciones de contaminantes que rebasen los límites máximos permisibles establecidos, así como el tipo de cuerpo receptor donde se efectúen, de la siguiente forma:
I. La concentración de contaminantes que rebasen los límites máximos permisibles expresados en miligramos por litro se multiplicará por el factor de 0.001, para convertirla a kilogramos por metro cúbico.
II. El resultado obtenido se multiplicará por el volumen trimestral de aguas residuales descargadas en metros cúbicos, obteniéndose así la carga de contaminantes, expresada en kilogramos por trimestre, descargada al cuerpo receptor.
III. Para obtener el monto correspondiente por cada contaminante que rebase los límites máximos permisibles, conforme al tipo de cuerpo receptor de que se trate, se multiplicarán los kilogramos de contaminante por trimestre, por la cuota en pesos por kilogramo que corresponda, de acuerdo con la siguiente Tabla:

El monto del derecho a pagar será enterado por el contribuyente en los términos del artículo 283 de esta Ley.

Artículo 279. Los ingresos que se obtengan por concepto del derecho por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, correspondientes al artículo 278-C de esta Ley, se destinarán a la Comisión Nacional del Agua para la realización de los programas que al efecto establezca dicha Comisión, en una cantidad equivalente hasta por el monto cubierto, en el ejercicio de que se trate, para la realización de obras y acciones de saneamiento y tratamiento de aguas residuales, conforme a lo siguiente:

Los contribuyentes del derecho por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales podrán solicitar a la Comisión Nacional del Agua autorización para realizar un programa de acciones en materia de saneamiento y tratamiento de aguas residuales y, en su caso, dicha Comisión les asignará recursos para su realización, siempre que no exceda el monto cubierto por el contribuyente de conformidad con el artículo 278-C de esta Ley.

El programa de acciones referido en el párrafo anterior, tendrá como fin mejorar la calidad de las aguas residuales, ya sea mediante cambios en los procesos productivos o para el control o tratamiento de las descargas, a fin de no rebasar los límites máximos permisibles establecidos en esta Ley, y mantener o mejorar la calidad de sus descargas de aguas residuales.

Para los efectos del párrafo anterior, los contribuyentes están obligados a presentar ante la Comisión Nacional del Agua, un informe, bajo protesta de decir verdad, de los avances del programa de acciones presentado ante dicho órgano desconcentrado, en los primeros diez días de los meses de julio del mismo año y enero del siguiente, en las formas establecidas para ello.

La Comisión Nacional del Agua en términos del instructivo para la presentación y seguimiento del programa de acciones que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación, vigilará el cumplimiento en el avance de las acciones comprometidas por los contribuyentes.

En el caso de que los contribuyentes no presenten alguno de los informes señalados en el párrafo anterior, en los plazos establecidos para ello, no gozarán del beneficio contenido en este artículo, por lo que hace al periodo omitido.

La Comisión Nacional del Agua vigilará que los recursos entregados se ejerzan para los fines establecidos en el presente artículo y en caso de que los contribuyentes no acrediten tal situación, deberán reintegrar a la Comisión los recursos asignados, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que dicha autoridad se lo comunique a los contribuyentes, para lo cual se señalará en la resolución correspondiente el importe respectivo, con la actualización y recargos causados a partir de la fecha en que recibieron los recursos, en términos de los artículos 17-A, 21 y demás aplicables del Código Fiscal de la Federación.

Cuando los recursos asignados no sean devueltos por el contribuyente en el plazo establecido para tal efecto, el importe señalado en la resolución dictada, tendrá el carácter de crédito fiscal y será exigible a través del procedimiento administrativo de ejecución, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables.

Artículo 281-A. ...

A fin de hacer efectiva dicha disminución, los contribuyentes deberán presentar ante las oficinas de la Comisión Nacional del Agua, para su verificación y sellado, el original de la factura de compra de los aparatos de medición y de su instalación, que deberán cumplir con los requisitos fiscales a que se refiere el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

El monto a acreditar, deberá asentarse en la declaración provisional trimestral o bien en la declaración del ejercicio fiscal que corresponda, debiendo precisar en la declaración respectiva la fecha de adquisición y el costo total de los aparatos de medición y de su instalación debidamente comprobado. Cuando el monto a acreditar sea mayor al derecho a cargo, el excedente se descontará en las siguientes declaraciones provisionales trimestrales o anuales.

Artículo 282. ...

V. Las poblaciones rurales de hasta 2,500 habitantes, de conformidad con el último Censo General de Población y Vivienda y los organismos operadores de agua potable y alcantarillado, públicos o privados, por las descargas provenientes de aquéllas.
...
VII. Las entidades públicas o privadas, que sin fines de lucro presten servicios de asistencia médica, servicio social o de impartición de educación escolar gratuita en beneficio de poblaciones rurales de hasta 2,500 habitantes, de acuerdo con el último Censo General de Población y Vivienda.
...

Artículo 282-A. (Se deroga).

Artículo 282-C. ...

TABLA IV

Descuento en el pago del derecho por uso o provechamiento de aguas nacionales

Este porcentaje de descuento se aplicará al monto del derecho a que se refiere el Capítulo VIII del Título II de esta Ley sin incluir el que corresponda al uso consuntivo del agua. En este caso, a la declaración del pago del derecho por uso o aprovechamiento de aguas nacionales, se deberán acompañar los resultados de la calidad del agua, emitidos por un laboratorio acreditado ante la entidad de acreditamiento autorizada por la Secretaría de Economía y aprobado por la Comisión Nacional del Agua.

Artículo 282-D. (Se deroga).

Artículo 283. ...

Los contribuyentes que efectúen descargas permanentes o intermitentes estarán obligados a presentar la declaración a que se refiere el párrafo anterior.

(Se deroga cuarto párrafo).

...

Artículo 284. La Comisión Nacional del Agua o el Servicio de Administración Tributaria procederán a la determinación presuntiva del derecho federal a que se refiere el presente Capítulo, en los siguientes casos:

I. No se tenga instalado aparato de medición o el mismo no funcione.
II. Cuando el cálculo que efectúe el usuario bajo su responsabilidad sea menor al que resulte de aplicar el mismo procedimiento que se señala en la Ley, en la visita de inspección o verificación de contaminación en la descarga de agua residual o en ejercicio de las facultades de comprobación que al efecto se lleven a cabo.
...
V. (Se deroga).
VI. Cuando el usuario no presente sus reportes de análisis de la calidad de las descargas de aguas residuales, emitidos por un laboratorio acreditado ante la entidad autorizada por la Secretaría de Economía y aprobado por la Comisión Nacional del Agua.

La determinación presuntiva a que se refiere este artículo procederá independientemente de las sanciones a que haya lugar, previstas en las disposiciones aplicables.

Artículo 285. Para los efectos de la determinación presuntiva a que se refiere el artículo anterior, la autoridad fiscal estará a lo siguiente:

I. Para la determinación del volumen de agua residual vertida, se considerará lo siguiente:
a) El señalado en el permiso de descarga respectivo.
b) El que señalen los registros de las lecturas de sus dispositivos de medición o que se desprendan de alguna de las declaraciones trimestrales o anuales presentadas del mismo ejercicio o de cualquier otro, con las modificaciones que, en su caso, hubieran tenido con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación.
c) El que proporcionen las autoridades administrativas, fiscales o las competentes en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, en el ejercicio de sus respectivas atribuciones.
d) El señalado en el título de asignación, concesión, autorización o permiso para la explotación, el uso o el aprovechamiento de aguas nacionales que originan la descarga.
e) El que resulte del procedimiento establecido en el artículo 229, fracción III de esta Ley.
f) El que resulte de los medios indirectos de la investigación económica o de cualquier otra clase.
g) El que resulte de cualquier otra información que obtenga la autoridad fiscal distinta a las anteriores.
Cuando el volumen señalado en el permiso de descargas, resulte menor al que se obtenga de la información y documentación con que cuenten la Comisión Nacional del Agua o el Servicio de Administración Tributaria, se deberán considerar estas últimas.
En caso de que no se cuente con permiso de descarga y la autoridad fiscal cuente con más de un volumen presuntivo, considerará aquél que resulte mayor.
II. Para la concentración de los contaminantes, trimestralmente se considerarán presuntivamente las siguientes concentraciones:
a) Para descargas municipales:
b). Para descargas no municipales:
En caso de que la autoridad fiscal cuente con información proporcionada por las autoridades administrativas competentes en la cual se determine la concentración de contaminantes, deberá considerarse ésta para la determinación correspondiente y no la señalada en las tablas anteriores.
III. Una vez determinado el volumen presuntivo de la descarga de aguas residuales, así como la concentración presuntiva de los contaminantes en los términos antes señalados, para calcular el monto del derecho a pagar por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, la autoridad fiscal aplicará el procedimiento establecido en el artículo 278-C de esta Ley.

Artículo 288-A-2. Están obligadas al pago del derecho por el acceso a los museos propiedad de la Federación y administrados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, las personas que tengan acceso a los mismos, conforme a las siguientes cuotas:

I. Museo Nacional de Culturas Populares $10.00
II. Museo Nacional de los Ferrocarriles Mexicanos $10.00

El pago del derecho a que se refiere este precepto deberá hacerse previo al ingreso a los recintos correspondientes.

De las 9:00 horas a las 17:00 horas, no pagarán el derecho a que se refiere este artículo las personas mayores de 60 años, menores de 13 años, jubilados, pensionados, discapacitados, profesores y estudiantes en activo, así como los pasantes o investigadores que cuenten con permiso del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes para realizar estudios afines a los museos a que se refiere este artículo. Así mismo, estarán exentos del pago de este derecho quienes accedan a los museos los domingos.

Artículo 288-A-3. Están obligadas a pagar el derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y morales que usen o aprovechen bienes sujetos al régimen del dominio público de la Federación en los museos, bibliotecas, recintos culturales y artísticos y demás inmuebles administrados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, conforme a lo que a continuación se señala:

I. $32.14 mensuales por cada metro cuadrado o fracción, cuando el uso o goce consista en la realización de actividades comerciales y el espacio no exceda de 30 metros cuadrados.
El pago del derecho a que se refiere esta fracción se efectuará mensualmente mediante declaración que se presentará en las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
II. $32.00 por cada metro cuadrado o fracción que se use, goce o aproveche para actividades de promoción, difusión y comercialización cultural y educativa por parte de entidades de la administración pública paraestatal, previa celebración de un convenio.
El pago del derecho a que se refiere esta fracción se efectuará mensualmente mediante declaración que se presentará en las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
III. $19.28 por cada metro cuadrado o fracción que se use o aproveche para actividades o eventos de hasta cuatro horas de duración, incluido el tiempo de montaje y desmontaje de instalaciones realizado en espacios exteriores de cualquier tipo.
IV. $5,356.00 por evento de hasta cuatro horas de duración, incluido el tiempo de montaje y desmontaje de equipos y accesorios, realizado en espacios cerrados, tales como auditorios, vestíbulos, salas y aulas.
V. $25,000.00 por evento de hasta cuatro horas de duración, incluido el tiempo de montaje y desmontaje de equipos y accesorios, realizado en espacios cerrados en bibliotecas y teatros.

El pago de los derechos a que se refieren las fracciones III, IV y V de este artículo se efectuará previamente a la realización del evento.

Las cuotas a que se refieren las fracciones III, IV y V de este artículo se incrementarán proporcionalmente a partir de la terminación de la cuarta hora de acuerdo con la duración total del evento.

Para los efectos de este artículo, no estarán obligados al pago de los derechos al que el mismo se refiere las instituciones públicas que realicen conjuntamente con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, eventos culturales, educativos, cívicos o de asistencia social, así como las que realicen actividades de promoción, difusión y comercialización culturales, educativas, cívicas o de asistencia social, previa celebración de un convenio.

Artículo 288-D-1. Por el uso, goce o aprovechamiento, con fines comerciales para filmación, videograbación y tomas fotográficas de museos, bibliotecas, recintos culturales y artísticos y demás inmuebles administrados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes se pagará el derecho de filmación y tomas fotográficas conforme a las siguientes cuotas:

A. Filmaciones o videograbaciones:

I. Por día $6,961.66
II. Por día, cuando se trata de locaciones. . . $45,000.00
El cobro de este derecho es independiente a los que se causen por el uso o aprovechamiento de los inmuebles.

B. Tratándose de tomas fotográficas. . . .$3,480.79 por día.

No pagarán los derechos establecidos en este artículo las instituciones públicas que realicen conjuntamente con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, eventos culturales, educativos, cívicos o de asistencia social, así como las que realicen actividades de promoción, difusión y comercialización culturales, educativas, cívicas o de asistencia social, previa celebración de un convenio.

Artículo 288-E. Por el uso, goce o aprovechamiento, para uso o reproducción por fotografía impresa o en soporte digital, de fotografías a cargo del Instituto Nacional de Antropología e Historia y del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, para fines sancionados por las autoridades competentes del mismo Instituto así como del citado Consejo, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

...

Artículo 288-G. Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos a que se refiere el presente Capítulo se destinarán al Instituto Nacional de Antropología e Historia, al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, según corresponda, para la investigación, restauración, conservación, mantenimiento, administración y vigilancia de las unidades generadoras de los mismos.''

Disposiciones Transitorias

Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008.

Artículo Segundo. Durante el año de 2008, se aplicarán en materia de derechos las siguientes disposiciones:

I. Por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales que se extraigan y utilicen en los Municipios de Coatzacoalcos y Minatitlán del Estado de Veracruz, se cobrará la cuota que corresponda a la zona de disponibilidad 7 a que se refiere el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos.
II. Por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales que se utilicen en los Municipios de Lázaro Cárdenas del Estado de Michoacán y Hueyapan de Ocampo del Estado de Veracruz, se cobrará la cuota que corresponda a la zona de disponibilidad 9 a que se refiere el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos.
III. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 232, fracción IV de la Ley Federal de Derechos, las personas físicas y las morales que usen o aprovechen los bienes nacionales comprendidos en los artículos 113 y 114 de la Ley de Aguas Nacionales, que realicen actividades agrícolas o pecuarias pagarán el 30% de la cuota del derecho establecida en dicha fracción.
IV. No pagarán el derecho a que se refiere el artículo 8o., fracción I de la Ley Federal de Derechos, aquellos turistas que visiten el país por vía terrestre, cuya estancia no exceda de siete días en el territorio nacional. Para el caso que se exceda dicho periodo, el derecho se pagará al momento de la salida del territorio nacional.
V. En relación al registro de título de técnico o profesional técnico, técnico superior universitario o profesional asociado, se aplicarán en materia de derechos las siguientes disposiciones:
a) Por el registro de título de técnico o profesional técnico, expedidos por Instituciones del Sistema Educativo Nacional que impartan educación del tipo medio superior, así como la expedición de la respectiva cédula profesional, se pagará el 30% del monto a que se refieren las fracciones IV y IX del artículo 185 de la Ley Federal de Derechos.
b) Por el registro de título de técnico superior universitario o profesional asociado, expedidos por Instituciones del Sistema Educativo Nacional que impartan educación de tipo superior, así como por la expedición de la respectiva cédula, se pagará el 50% del monto a que se refieren las fracciones IV y IX del artículo 185 de la Ley Federal de Derechos.
VI. Para los efectos de los artículos 198, fracción III, 198-A, fracción III y 238-C, fracción II, la cuota del derecho a pagar por persona, por año, para todas las áreas naturales protegidas será de $260.00

Artículo Tercero. No estarán obligados al pago del derecho a que se refiere el artículo 288-A-3 de la Ley, los concesionarios o permisionarios cuyos títulos se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, durante su periodo de vigencia.

Artículo Cuarto. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 231 de la Ley Federal de Derechos, el pago del derecho por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales utilizadas en los municipios del territorio mexicano que a continuación se señalan, durante el ejercicio fiscal de 2008 se efectuará de conformidad con las zonas de disponibilidad de agua como a continuación se indica:

ZONA 6.

Estado de Oaxaca: Excepto los municipios comprendidos en las zonas 4, 5, 7, 8 y 9.

ZONA 7.

Estado de Oaxaca: Abejones, Concepción Papalo, Guelatao de Juárez, Natividad, Nuevo Zoquiapam, San Francisco Telixtlahuaca, San Juan Atepec, San Jerónimo Sosola, San Juan Bautista Atatlahuca, San Juan Bautista Jayacatlán, San Juan del Estado, San Juan Evangelista Analco, San Juan Chicomezuchil, San Juan Quiotepec, San Juan Tepeuxila, San Miguel Aloapam, San Miguel Amatlán, San Miguel Chicahua, San Miguel Huautla, San Miguel del Río, San Pablo Macuiltiangis, San Pedro Jaltepetongo, San Pedro Jocotipac, Santa Ana Yareni, Santa Catarina Ixtepeji, Santa Catarina Lachatao, Santa María Apazco, Santa María Ixcatlán, Santa María Jaltianguis, Santa María Papalo, Santa María Texcaltitlán, Santa María Yavesia, Santiago Apoala, Santiago Huauclilla, Santiago Nacaltepec, Santiago Tenango, Santiago Xiacui, Santos Reyes Pápalo, Tecocuilco de Marcos Pérez, Teotitlán del Valle y Valerio Trujano.

ZONA 8.

Estado de Oaxaca: Loma Bonita.

Estado de Puebla: Chalchicomula de Sesma y Esperanza.

Estado de Tabasco: Jalpa de Méndez, Nacajuca y Paraíso.

ZONA 9.

Todos los municipios del Estado de Chiapas.

Estado de Oaxaca: Acatlán de Pérez Figueroa, Asunción Cacalotepec, Ayotzintepec, Capulalpam de Méndez, Chiquihuitlán de Benito Juárez, Cosolopa, Cuyamecalco Villa de Zaragoza, Eloxochitlán de Flores Magón, Huautepec, Huautla de Jiménez, Ixtlán de Juárez, Mazatlán Villa de Flores, Mixitlán de la Reforma, San Andrés Solaga, San Andrés Teotilalpam, San Andrés Yaá, San Baltazar Yatzachi El Bajo, San Bartolomé Ayautla, San Bartolomé Zoogocho, San Cristóbal Lachirioag, San Felipe Jalapa de Díaz, San Felipe Usila, San Francisco Cajonos, San Francisco Chapulapa, San Francisco Huehuetlan, San Ildefonso Villa Alta, San Jerónimo Tecoatl, San José Chiltepec, San José Independencia, San José Tenango, San Juan Bautista Tlacoatzin, San Juan Bautista Tuxtepec, San Juan Bautista Valle Naci, San Juan Coatzospam, San Juan Comaltepec, San Juan Cotzocon, San Juan Juquila Vijanos, San Juan Lalana, San Juan Petlapa, San Juan Tabaá, San Juan Yae, San Juan Yatzona, San Lorenzo Cuaunecuiltitla, San Lucas Camotlán, San Lucas Ojitlán, San Lucas Zoquiapam, San Mateo Cajonos, San Mateo Yoloxochitlán, San Melchor Betaza, San Miguel Quetzaltepec, San Miguel Santa Flor, San Miguel Soyaltepec, San Miguel Yotao, San Pablo Yoganiza, San Pedro Cajonos, San Pedro Ixcatlán, San Pedro Ocopetatillo, San Pedro Ocotepec, San Pedro Sochiapam, San Pedro Teutila, San Pedro y San Pablo Ayutla, San Pedro Yaneri, San Pedro Yolox, Santa Ana Ateixtlahuaca, Santa Ana Cuauhtémoc, Santa Cruz Acatepec, Santa María Alotepec, Santa María Chilchotla, Santa María Jacatepec, Santa María La Asunción, Santa María Temaxcalapa, Santa María Teopoxco, Santa María Tlahuitoltepec, Santa María Tlalixtac, Santa María Yalina, Santiago Atitlán, Santiago Camotlán, Santiago Choapam, Santiago Comaltepec, Santiago Jocotepec, Santiago Lalopa, Santiago Laxopa, Santiago Texcalcingo, Santiago Yaveo, Santiago Zacatepec, Santiago Zoochila, Santo Domingo Albarradas, Santo Domingo Roayaga, Santo Domingo Xagacía, Tamazulapam Del Espíritu Santo, Tanetze De Zaragoza, Totontepec Villa De Morelos, Villa Díaz Ordaz, Villa Hidalgo y Villa Talea De Castro.

Estado de Puebla: Coyomeapan, Eloxochitlan, San Sebastián Tlacotepec, Zoquitlan.

Estado de Tabasco: Balancan, Cárdenas, Centro, Cunduacán, Centla, Comalcalco, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jonuta, Macuspana, Tacotalpa, Teapa y Tenosique.

Estado de Veracruz: Alvarado, Ángel R. Cabada, Catemaco, Ignacio De La Llave, Ixmatlahuacan, José Azueta, Lerdo De Tejada, Omealca, Saltabarranca, Tatahuicapan De Juárez, Tierra Blanca y Tlalixcoyan y los municipios que no estén comprendidos en las zonas 6, 7 y 8.

Artículo Quinto. Para los efectos de lo dispuesto en el Capítulo XIV del Título II de la Ley, se estará a lo siguiente:

I. Durante el ejercicio fiscal de 2008, las personas físicas y las morales que usen o aprovechen bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, pagarán el 50% del derecho establecido en el artículo 278-C de la Ley.
II. Aquellos contribuyentes que se hayan acogido a lo dispuesto por el artículo 282-A de la Ley Federal de Derechos vigente hasta el ejercicio fiscal de 2007, seguirán gozando de los beneficios que en el mismo se establecen, para lo cual deberán cumplir con las obligaciones señaladas en dicho precepto.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el contribuyente, éste deberá determinar el derecho a su cargo conforme a las disposiciones vigentes a la fecha de dicho incumplimiento y enterarlo.
Al término del programa de acciones, si se rebasan los límites máximos permisibles, el contribuyente estará obligado a pagar el derecho en los términos de las disposiciones legales vigentes.
III. Aquellos prestadores de servicio a poblaciones de 2,501 a 20,000 habitantes, que se hayan acogido a los beneficios del ``Decreto por el que se condonan y eximen contribuciones y accesorios en materia de derechos por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales a los contribuyentes que se indican'', publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2004, seguirán gozando de los beneficios que en el mismo se establecen, para lo cual deberán cumplir con las obligaciones señaladas en dicho ordenamiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por los prestadores de servicio referidos, deberán determinar el derecho a su cargo por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, conforme a las disposiciones vigentes a la fecha de dicho incumplimiento y enterarlo.
Al término del programa de acciones de saneamiento, si se rebasan los límites máximos permisibles, el contribuyente estará obligado a pagar el derecho en los términos de las disposiciones legales vigentes.
IV. Aquellos contribuyentes que opten por acogerse a los beneficios del artículo 279 de la Ley Federal de Derechos, con el fin de mejorar la calidad de las aguas residuales, ya sea mediante cambios en los procesos productivos o para el control o tratamiento de las descargas, para no rebasar los límites máximos permisibles establecidos en esta Ley, y mantener o mejorar la calidad de las descargas de aguas residuales, podrán obtener la condonación de los créditos fiscales a su cargo, determinados o autodeterminados que se hayan causado hasta el ejercicio fiscal de 2007, por concepto del derecho por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales.
Al momento de presentar la solicitud a que se refiere el párrafo segundo del artículo 279 de esta Ley, el contribuyente deberá señalar los créditos fiscales a su cargo que constituirán el 100 por ciento de los adeudos sujetos a condonación, los cuales se condonarán en proporción con los avances del programa de acciones autorizado por la Comisión Nacional del Agua, aplicando dicha condonación en primer término a los adeudos más antiguos.
En caso de que en ejercicio de las facultades de comprobación en esta materia, las autoridades fiscales determinen créditos fiscales que se hubieren causado hasta el ejercicio fiscal de 2007, y que no hayan sido contemplados en la información proporcionada por el contribuyente, éstos podrán incorporarse al monto señalado por él y gozar de los beneficios referidos en el párrafo que antecede.
Tratándose de créditos fiscales que hubiesen sido impugnados por algún medio de defensa, al momento de señalar los créditos fiscales en términos del segundo párrafo de esta fracción, el contribuyente deberá acompañar copia sellada del desistimiento correspondiente y copia certificada del acuerdo o resolución que ponga fin a dicho medio de defensa, dictados por la autoridad u órgano jurisdiccional que conozca del asunto.
La conclusión del programa de acciones no podrá exceder del 31 de diciembre de 2012, en caso de que no se concluya dicho programa en esta fecha, únicamente se condonarán los créditos fiscales en la proporción de los avances realizados y el contribuyente deberá cubrir los adeudos no condonados con sus accesorios correspondientes.
En el caso de que las autoridades fiscales hayan iniciado procedimiento administrativo de ejecución, con motivo de los créditos fiscales generados por concepto del derecho por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de descargas de aguas residuales, aquél será suspendido una vez que la Comisión Nacional del Agua autorice el programa de acciones presentado. Durante todo el periodo que dure la suspensión a que se refiere este párrafo, se interrumpirá el término para que se consuma la prescripción a que se refiere el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, relacionado con los créditos fiscales correspondientes.
En ningún caso procederá la devolución de las cantidades que se hayan pagado por el derecho por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de descargas de aguas residuales y accesorios, que se hayan causado antes de la entrada en vigor de este Decreto.
La Comisión Nacional de Agua dentro de los siguientes 180 días a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá expedir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del presente programa de condonación.
V. Para los efectos de la asignación de los recursos por concepto de los derechos por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, a que se refiere el segundo párrafo del artículo 279 de la Ley Federal de Derechos, la Comisión Nacional del Agua dentro de los siguientes 180 días a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá emitir la Reglas de Operación correspondientes.

Artículo Sexto. A las cuotas de los derechos por servicios prestados por oficinas autorizadas en el extranjero, contenidas en las fracciones I, II y III del artículo 20 de la Ley Federal de Derechos, reformadas mediante el presente Decreto, no les será aplicable el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2004.

Las cuotas de los derechos por servicios prestados por oficinas autorizadas en el extranjero a que se refiere el párrafo anterior, deberán ajustarse a partir del 1 de enero de 2008, en la misma proporción en que fluctúe el valor de la moneda extranjera en relación con la nacional, tomando como referencia inicial el tipo de cambio publicado por el Banco de México el día 26 de diciembre de 2007. Para los ajustes subsecuentes, se tomará como referencia el tipo de cambio con el que se calculó la fluctuación del último ajuste que se haya efectuado.

Las cuotas de los derechos por servicios prestados por oficinas autorizadas en el extranjero a que se refiere este artículo, no se actualizarán de conformidad con el artículo 1º. de la Ley Federal de Derechos.

Reitero a Usted, Ciudadana Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a cinco de septiembre de dos mil siete.- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Ismael Reyes Retana Tello, subprocurador fiscal federal de Legislación y Consulta.--- Presente.

Me refiero a su oficio 529-II-SFFLC/117/07 por el que remite a esta subsecretaría el anteproyecto de iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y la evaluación del impacto presupuestario correspondiente, elaborados por la Unidad de Política de Ingresos de esta dependencia, a fin de que se emita el dictamen de impacto presupuestario respectivo. Lo anterior, a efecto de que la referida iniciativa sea puesta a consideración del titular del Ejecutivo federal para ser enviada al Congreso de la Unión junto con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

Sobre el particular, con fundamento en los artículos 18, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 18 a 20 de su Reglamento; 65-A y 65-B, fracciones III y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con base en lo dispuesto en el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2003), para los efectos del dictamen de impacto presupuestario a que se refieren las disposiciones de la ley anteriormente citada y de su reglamento, le informo lo siguiente:

1. Esta Dirección General, con base en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 20 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, no tiene observaciones en el ámbito jurídico sobre las disposiciones contenidas en el anteproyecto señalado anteriormente.
2. Se anexa el oficio número 312-A-1.-4198 BIS de fecha 4 de septiembre del año en curso, a través del cual el director general adjunto de Programación y Presupuesto de Desarrollo Agropecuario, Recursos Naturales, Hacienda y Turismo manifiesta que, del análisis realizado a la evaluación de impacto presupuestario correspondiente, no tiene inconveniente en que se continúen los trámites conducentes respecto al referido anteproyecto.

Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos de lo dispuesto en el artículo 20, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

No omito manifestarle que, en relación con la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, éstos se sujetan al procedimiento específico previsto en la LFPRH --artículos 40 y 41-- para su elaboración y presentación al Congreso de la Unión. En este sentido, en términos de las referidas disposiciones, las exposiciones de motivos de ambos documentos junto con los Criterios Generales de Política Económica, comprenden toda la información sobre el impacto fiscal y presupuestario del paquete económico para el siguiente ejercicio fiscal, incluyendo entre otros aspectos, la información detallada de las fuentes de ingresos y las asignaciones de gasto correspondientes para el ejercicio fiscal 2008; los objetivos que se fijan para dicho periodo; así como diversa información macroeconómica, incluyendo información de ejercicios anteriores y proyecciones de mediano plazo.

Atentamente
México, DF, a 4 de septiembre de 2007.--- Licenciado Max A. Diener Sala (rúbrica), director general.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Guillermo Lecona Morales, director general adjunto de Análisis Jurídico de la Dirección General Jurídica de Egresos.--- Presente.

Me refiero a su oficio número 353.A.1.-0941 del 3 de septiembre de 2007, mediante el cual remite copia del anteproyecto de la Iniciativa de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos en materia presupuestaria, a fin de recabar los comentarios o, en su caso, el dictamen de impacto presupuestario, relativo a la competencia de la Dirección General de Programación y Presupuesto ``B''.

Al respecto, y de la revisión a la iniciativa en cuestión y de conformidad con la evaluación de impacto presupuestal emitida por la Unidad de Política de Ingresos mediante oficio número 349-A-0637 del 3 de septiembre del año en curso, en el sentido de que no considera la creación o modificación de unidades administrativas y plazas o creación de nuevas instituciones, ni la modificación de las estructuras orgánicas y ocupacionales existentes; no genera impacto presupuestario adicional en los programas aprobados a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; no se prevén nuevas atribuciones y actividades que deban realizar; y las disposiciones que se proponen no inciden en la regulación en materia presupuestaria, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 18, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 18 a 20 de su Reglamento;65-A del Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y con base en lo dispuesto en el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2003), no se tiene inconveniente en que se continúen con los trámites conducentes para su formalización en el entendido de que no se incrementarán ni crearán estructuras ocupacionales para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 4 de septiembre de 2007.--- Licenciado Felipe O. Angulo Sánchez (rúbrica), director general Adjunto.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



MATERIA ARANCELARIA

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Para los efectos de lo dispuesto en el Inciso H) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por instrucciones del ciudadano Presidente de la República, me permito enviar a usted informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo federal en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia arancelaria durante el periodo comprendido de diciembre de 2006 a agosto de 2007.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Presidencia de la República.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o. de la Ley de Comercio Exterior, me permito someter a la aprobación del honorable Congreso de la Unión el informe sobre el uso de las facultades que en materia arancelaria ha ejercido el Ejecutivo Federal durante el periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2006 y agosto de 2007.

Las modificaciones arancelarias realizadas en dicho periodo tuvieron como principal objetivo fomentar la competitividad del aparato productivo nacional, coadyuvar al desarrollo industrial equilibrado, así como dar mayor transparencia a las operaciones de comercio exterior, a través de la racionalización de la estructura arancelaria,. y cumplir al mismo tiempo con los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

I. Durante el periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2006 y agosto de 2007, se realizaron las siguientes modificaciones a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE):
a) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2007:
Con el fin de homologar el tratamiento a la importación de aluminio en bruto que se realiza mediante las fracciones arancelarias 7601.10.99 y 7601.20.99 con las del resto de la partida 76.01; fortalecer la cadena productiva del aluminio y sus productos terminados, así como promover la competitividad del sector, se eliminó el arancel de importación a esos productos; así mismo, se redujeron los aranceles de 10 fracciones arancelarias correspondientes a insumos y bienes de capital, para sectores como el de la peletería, del plástico, manufacturero.
b) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007:
Con el fin de fortalecer la competitividad de los productores de sectores económicos sensibles como los de peletería, textil y herramientas, se redujeron los aranceles a la importación a 33 fracciones arancelarias, entre las que destacan las fibras de ratán (1 fracción arancelaria), medicamentos y dispositivos aplicados en el sector salud (2 fracciones arancelarias), ciertas fibras e insumos textiles (27 fracciones arancelarias) y granito para la construcción (3 fracciones arancelarias); se modificó el texto de 34 fracciones arancelarias; se modificó la unidad de medida de 2 fracciones arancelarias; se suprimieron 3 fracciones arancelarias, y se crearon 11 fracciones arancelarias, para apoyar a la industria nacional en sectores tales como productos químicos (1 fracción arancelaria), pieles de avestruz (1 fracción arancelaria), lámina cincada (1 fracción arancelaria), casquillos de acero para herramientas (1 fracción arancelaria), tornos (1 fracción arancelaria) y motocicletas (6 fracciones arancelarias); lo que arroja un total de 83 fracciones arancelarias de la TIGIE.
Adicionalmente, con el fin de reflejar los cambios en los patrones mundiales de comercio, se ajustaron los códigos numéricos de 3,918 fracciones arancelarias de la TIGIE, en los esquemas para la franja fronteriza norte y la región fronteriza, con la finalidad de coadyuvar a la competitividad de las empresas ubicadas en los mencionados lugares.
II. Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007, se modificó el diverso por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, con el objeto de proporcionar una mayor competitividad a las empresas nacionales y dar certidumbre jurídica a las operaciones realizadas bajo este esquema preferencial a toda la industria nacional.
Con el fin de reflejar los cambios en los patrones mundiales de comercio, se ajustaron los códigos numéricos de las fracciones arancelarias contenidas en los Programas de Promoción Sectorial.
El total de fracciones de la TIGIE actualizadas que otorgan beneficio, por programa, son: (i) de la industria eléctrica: 2,910; (ii) de la industria electrónica: 3,668; (iii) de la industria del mueble: 886; (iv) de la industria del juguete, juegos de recreo y artículos deportivos: 775; (v) de la industria del calzado: 183; (vi) de la industria minera y metalúrgica: 846; (vii) de la industria de bienes de capital: 583; (viii) de la industria fotográfica: 345; (ix) de la industria de maquinaria agrícola: 360; (x) de industrias diversas: 732; (xi) de la industria química: 2,008; (xii) de la industria de manufacturas del caucho y plástico: 347; (xiii) de la industria siderúrgica: 812; (xiv) de la industria de productos farmoquímicos, medicamentos y equipo médico: 367; (xv) de la industria del transporte, excepto el sector de la industria automotriz y de autopartes: 756; (xvi) de la industria del papel y cartón: 110; (xvii) de la industria de la madera: 116; (xviii) de la industria del cuero y pieles: 135; (xix) de la industria automotriz y de autopartes: 2,798; (xx) de la industria textil y de la confección: 498, y (xxi) de la industria del café: 138.

En el periodo comprendido de diciembre de 2006 a agosto de 2007, la Comisión de Comercio Exterior se reunió en 9 ocasiones para desahogar las 122 solicitudes que se recibieron, tanto del sector público como del privado.

Como resultado de las medidas señaladas, los indicadores arancelarios, al cierre de 2006, son los siguientes: la media arancelaria aritmética en la TIGIE es de 11.0 % y el arancel promedio ponderado (por valor de importación) es de 1%.

Reitero a usted, ciudadana Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a cinco de septiembre de dos mil siete..--- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



CRITERIOS GENERALES DE POLITICA ECONOMICA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Para los efectos de lo dispuesto en el inciso h) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en la fracción I, del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por instrucciones del C. Presidente de la República, me permito enviar a usted, Criterios generales de política económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al año de 2008.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.--- Presidencia de la República.

Criterios generales de política económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes a 2008

I. Introducción

El objetivo principal de la presente Administración, establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, es el Desarrollo Humano Sustentable, entendido como el proceso permanente de ampliación de capacidades y libertades que permita a todos los mexicanos tener una vida digna sin comprometer el patrimonio de las generaciones futuras.

Para el logro de este objetivo, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 plantea una estrategia integral basada en 5 grandes ejes de acción complementarios entre sí. Así, aún cuando por su naturaleza este documento centra la atención en la política económica, debe subrayarse la necesidad de avanzar en todos los ejes de la estrategia de desarrollo. Por ejemplo, los beneficios de la política económica se verán acentuados por la consolidación del Estado de Derecho y una mayor Seguridad que permitirán a los individuos gozar plenamente del producto de su trabajo y a las empresas tener certidumbre en sus inversiones. Asimismo, para que los mexicanos puedan desarrollar todo su potencial es necesaria la Igualdad de Oportunidades. Para asegurar el bienestar de las generaciones futuras el crecimiento económico debe ser congruente con la Sustentabilidad Ambiental. Por su parte, la Gobernabilidad Democrática será el marco para alcanzar los acuerdos que permitan la transformación de nuestro país.

En el ámbito económico, dada la prioridad de contar con una economía con mayor crecimiento y capacidad para generar empleos que permita una reducción sostenida de la pobreza, es imperativo seguir una estrategia que fomente mayor inversión en capital físico, amplíe las capacidades de las personas, y promueva un crecimiento elevado de la productividad.

El fomento de la inversión física requiere condiciones económicas más competitivas, por lo que las políticas públicas se orientarán a generar un ambiente más propicio para la inversión reduciendo los costos de producción en territorio nacional, promoviendo la inversión en infraestructura y disminuyendo los riesgos en la economía. También, se fomentará el desarrollo de nuevos instrumentos financieros que permitan administrar el riesgo de las inversiones.

Ampliar las capacidades de las personas permitirá a más mexicanos contar con un trabajo redituable y emprender proyectos personales que amplíen su abanico de oportunidades productivas. Para ello, las acciones se orientarán a mejorar la cobertura y calidad de los servicios de salud y educación así como a continuar el combate a la marginación.

El aumento en la productividad es la fuente sostenible de crecimiento económico, generación de empleos, competitividad y mayores salarios. Para lograrlo, se requiere una mayor competencia económica que redunde en una mayor libertad de elección de los consumidores y condiciones más favorables para la adopción y el desarrollo tecnológico, siendo ambos elementos prioritarios de la agenda económica.

En esta estrategia, el conjunto de iniciativas que conforman la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen y que se encuentra en discusión en el H. Congreso de la Unión permitirá, en caso de ser aprobada, incrementar la eficiencia del gasto y destinar mayores recursos al desarrollo social y la inversión en infraestructura; simplificar el cumplimiento con las obligaciones fiscales y combatir la evasión; fortalecer a las haciendas públicas locales, y establecer fuentes adicionales de recursos que permitan reducir la dependencia de los ingresos petroleros. Asimismo, a través del manejo responsable y eficiente de las finanzas y deuda públicas se mantendrá la estabilidad necesaria para que continúe la recuperación observada en el ahorro y la inversión de la economía, constituyendo bases sanas para implementar la estrategia integral establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Cabe aclarar, que la estabilidad macroeconómica es necesaria, pero no suficiente, para lograr un desarrollo económico con justicia.

Desde el inicio de la Administración, las acciones en materia económica estuvieron enmarcadas por esta estrategia. Dentro de la agenda descrita, destacan los siguientes hechos que tuvieron lugar en 2007:

• La aprobación por el H. Congreso de la Unión de la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
• La elaboración del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
• La presentación de la propuesta de Reforma Hacendaria por los que menos tienen.
• La elaboración del Programa Nacional de Infraestructura.

La nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado refleja el compromiso social del Congreso de la Unión y del Ejecutivo Federal con las necesidades e intereses de los trabajadores. Esta nueva Ley restablece la solvencia del Sistema de Pensiones de los trabajadores del Estado y permite fortalecer de manera integral los servicios de seguridad social provistos por el Instituto. Cabe notar que, con la nueva Ley, se plantea una solución integral a la deficiencia en los servicios de salud, y el nuevo régimen avanza en la construcción de un sistema de seguridad social nacional que otorgue plena seguridad y portabilidad de los servicios y derechos de seguridad social del trabajador.

Por su parte, la propuesta de Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen constituye un primer paso para enfrentar los desafíos en materia de finanzas públicas que enfrentará nuestro país en los próximos veinte años. Fortalecer la estructura tributaria es necesario, tanto para sustituir con el tiempo la participación de los recursos petroleros dentro de los ingresos fiscales, como para hacer frente a los compromisos adquiridos por el Estado mexicano y satisfacer las necesidades urgentes de salud, educación e infraestructura social y física. Los elementos que integran esta propuesta pueden agruparse en torno a cuatro pilares:

• Gasto público: Establecer una estructura institucional que asegure un gasto orientado a resultados que sean verificables mediante evaluaciones de las políticas públicas, llevando a mayor eficiencia, transparencia y austeridad en los tres órdenes de gobierno.
• Federalismo fiscal: Dotar a los estados y municipios de mejores instrumentos e incentivos para establecer una relación de corresponsabilidad entre todos los órdenes de gobierno, con objeto de fortalecer las finanzas públicas locales.
• Administración tributaria: Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como combatir la evasión y elusión fiscales, el contrabando y la informalidad.
• Ingresos públicos: Sentar las bases para un sistema tributario que permita sustituir los ingresos petroleros con fuentes más estables de recursos, empleando esquemas neutrales que promuevan la inversión, la generación de empleos y el crecimiento económico.

El Programa Nacional de Infraestructura tiene como objetivos contribuir a que las oportunidades de desarrollo sean iguales para todos los mexicanos, especialmente para los que menos tienen; y, proveer la infraestructura requerida para la competitividad de nuestra economía. Ello permitirá que nuestro país se convierta en una plataforma logística óptimamente integrada a la economía global.

El Programa contribuirá a un desarrollo regional equilibrado, dando atención especial al centro, sur y sureste del país, así como desarrollar la infraestructura necesaria para el mayor crecimiento de la actividad turística. Además, se impulsará el desarrollo sustentable y se elevará la generación de empleos permanentes. Con una visión estratégica de largo plazo, el Programa señala las prioridades y los proyectos estratégicos que impulsará la presente administración en los sectores de comunicaciones y transportes, energía, agua y turismo.

Es también de destacar la lucha contra la violencia y el crimen organizado que ha tenido lugar durante la presente Administración, cuyas acciones se han orientado a asegurar el imperio de la Ley en todo el país para que todos los mexicanos puedan realizar sus actividades sin temor de que la delincuencia les arrebate el fruto de su esfuerzo y sus libertades. Como resultado de estas acciones se ha reducido el número de personas que consideran el problema de seguridad pública como el principal del país.

Será esencial avanzar de manera decidida en la agenda económica dado que el contexto internacional y de finanzas públicas que enfrentará la economía nacional en los próximos años impone retos importantes, sobresaliendo la disminución anticipada de los ingresos petroleros como proporción del producto, una mayor competencia internacional derivada de las reformas económicas realizadas por otras economías emergentes, episodios de volatilidad en los mercados internacionales de capital y la posibilidad de que en el futuro se presente una desaceleración de la actividad económica mundial.

En este sentido, debe mencionarse que para 2008 se anticipa un contexto internacional en el cual es probable que el crecimiento de la economía de los Estados Unidos se vea afectado por una contracción del crédito que retrasaría la recuperación de la actividad y la inversión en el sector de construcción residencial. Lo anterior ha llevado a revisiones a la baja en el crecimiento esperado para 2008. 1 Sin embargo, cabe notar que continúa anticipándose un repunte en el crecimiento del sector industrial de Estados Unidos después del ajuste en los inventarios de las empresas observado a finales de 2006 y el primer trimestre de 2007. 2

La composición del crecimiento en los Estados Unidos será favorable para las exportaciones de manufacturas mexicanas dada la estrecha vinculación de este sector con el ciclo industrial estadounidense. Lo anterior, aunado al comportamiento positivo previsto para los componentes de la demanda interna sustentada en el crecimiento del empleo y la continua recuperación del crédito, incentivaría un mayor crecimiento de la economía. De esta manera, se prevé que durante 2008 el valor real del PIB de México se incremente a un ritmo anual de 3.5 por ciento, 0.5 puntos porcentuales superior al esperado para 2007. Asimismo, en materia de ingresos petroleros, la aplicación de la fórmula determinada en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para la determinación del precio de petróleo de la mezcla mexicana tiene como resultado un precio de referencia de $46.6 dólares por barril.

Cabe notar que el pronóstico de crecimiento anterior corresponde al escenario en que no se apruebe la Reforma Hacendaria. En caso de que la Reforma sea aprobada por el H. Congreso de la Unión, se anticipa que durante 2008 la economía mexicana crecería a una tasa cercana a 3.7 por ciento debido a los efectos positivos derivados de menores tasas de interés, mayor confianza en la estabilidad de las finanzas públicas, la demostración de la capacidad de acuerdos en temas sustantivos, y los efectos --directos e indirectos-- de la mayor inversión en infraestructura.

Las proyecciones de ingresos y asignaciones de recursos incluidas en los articulados de la Iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008 no incorporan el resultado de la aprobación de la Reforma Hacendaria. Sin embargo, las exposiciones de motivos de la Iniciativa y el Proyecto incorporan, en el primer caso, montos aproximados de los recursos adicionales que se generarían de aprobarse la Reforma y, en el segundo caso, la propuesta del Ejecutivo Federal de asignación -- a grandes rasgos -- de tales recursos. Asimismo, en el capítulo final de los Criterios Generales de Política Económica se presenta esta información.

El actual paquete económico no incluye propuestas de modificaciones sustantivas a la legislación, normatividad y procedimientos que rigen los procesos de recaudación y ejercicio del gasto así como las relaciones entre el Gobierno Federal y las entidades federativas dado que las propuestas principales en estos ámbitos se incluyeron en la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen. Sin embargo, de manera independiente a la posible aprobación de la Reforma, el Servicio de Administración Tributaria continuará con un esfuerzo de simplificación para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento con sus obligaciones, así como con medidas para combatir la evasión y elusión fiscales.

Las proyecciones contenidas en la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008 son de ingresos presupuestarios por 2,392.9 miles de millones de pesos en ausencia de los recursos que resultarían de la aprobación de la Reforma. El nivel de gasto total incorporado en el Proyecto de Presupuesto de Egresos es del mismo monto ya que se plantea un balance presupuestario de equilibrio.

Si bien el balance del sector público que se presenta en la iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se encuentra en equilibrio, es probable que el resultado al cierre del ejercicio sea de un déficit del sector público. Lo anterior debido a que el gasto neto total previsto en el Proyecto de Presupuesto de Egresos presentado se modificará durante el año para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en favor de los trabajadores del Estado en la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. El gasto total por este concepto y el financiamiento asociados sólo se podrán conocer hasta el 30 de septiembre de 2008 de acuerdo con las disposiciones de la misma Ley. Ello debido a que, durante el periodo enero a junio de 2008, los actuales trabajadores tendrán la libertad de elegir entre establecer una cuenta individual o un esquema pensionario de beneficio definido.

La nueva Ley del ISSSTE asegura la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones para los trabajadores del Estado, ya que el actual sistema de reparto se transforma en uno de contribuciones definidas en el que los beneficios obtenidos al retiro quedan determinados por los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador. Esta transformación conlleva ahorros significativos para el sector público en términos de valor presente neto al eliminarse el déficit implícito en el esquema anterior. Sin embargo, cabe notar que la distribución del ahorro será desigual en el tiempo. En el corto plazo se presentarán costos de transición mayores a los ahorros generados, situación que se revertirá en el mediano plazo. Ello debido a que la migración de los trabajadores actuales que así lo escojan a un sistema de cuentas individuales requiere reconocer los derechos adquiridos y asignar los mismos a sus cuentas mediante el depósito en cada cuenta de un Bono de pensión. 3 Asimismo, las nuevas contribuciones de aquellos con cuentas individuales se asignarán a las mismas y no se destinarán a cubrir las pensiones en curso de pago. Como consecuencia del reconocimiento de los derechos adquiridos y de la reasignación de aportaciones, el próximo año las finanzas públicas registrarán un déficit. Dado que la nueva Ley contribuirá a un mejoramiento de las finanzas públicas en ejercicios futuros mayor a las erogaciones que implica, ésta da lugar a una de las situaciones excepcionales previstas en el Artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) para que el balance público sea deficitario. Asimismo, esta situación se encuentra avalada por la nueva Ley del ISSSTE, la cual autoriza al Ejecutivo Federal a realizar los ajustes correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación así como a la emisión de títulos de deuda para hacer frente a las obligaciones derivadas de la Ley.

El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008 favorece las asignaciones de gasto destinadas a las funciones de estado de derecho y seguridad, y desarrollo social, reflejando las prioridades nacionales. Sin embargo, debido a que el Proyecto no incorpora los recursos que se obtendrían con la aplicación de las medidas de administración tributaria y fortalecimiento de los ingresos públicos, propuestos como parte de la Reforma Hacendaria, se acrecentaría el rezago existente en las asignaciones presupuestarias para el gasto en desarrollo social, de inversión pública y para incrementar la seguridad.

Adicionalmente, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008 contiene un esfuerzo de ahorro importante basado en garantizar mejoras en la eficiencia de la administración pública y la focalización y redimensionamiento de algunos programas. Este esfuerzo esta encaminado a cumplir con la obligación que tiene el Gobierno Federal con toda la sociedad mexicana para que, mediante un esfuerzo conjunto, alcancemos un futuro más próspero y más justo.

Como se ilustra al final de este documento, en caso que el H. Congreso de la Unión apruebe el paquete de iniciativas que constituye la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen se consolidarán las finanzas públicas y se fortalecerá la capacidad del Estado para hacer frente a los retos identificados en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Cabe enfatizar que la Reforma resulta una propuesta amplia que se enfoca a mejorar la recaudación tributaria, eficientar y transparentar el gasto público mediante una estructura institucional más sólida, redefinir el federalismo hacendario y establecer los fundamentos de un sistema tributario más robusto.

Si bien las perspectivas económicas actuales son positivas, es importante reconocer que la volatilidad reciente en los mercados financieros internacionales, la posibilidad de menores precios del petróleo en caso de un crecimiento global más moderado, así como la declinación anticipada en la plataforma de producción de petróleo se mantienen como riesgos importantes. Estos elementos hacen aún más apremiante proceder con una agenda de acciones para promover la competitividad de la economía mexicana y asegurar la estabilidad económica.

La aprobación de la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, además de representar un avance importante en la agenda de reformas estructurales y en la consolidación de las finanzas públicas, es una muestra que es posible transformar a México a través de una relación constructiva entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo Federales con la participación responsable del resto de la sociedad. Al mismo tiempo, deja en claro que el diálogo, dando cauce a las diferencias, es la vía para llegar a los grandes acuerdos necesarios para superar los retos que enfrentará la sociedad mexicana en los próximos años.

II. Entorno externo en 2007

Durante 2007, la economía mundial ha tenido un ritmo de expansión elevado por cuarto año consecutivo, aunque ligeramente más moderado que el observado en 2006. Sin embargo, se observaron importantes diferencias regionales. Por un lado, en la Zona Euro, Japón y Asia emergente, el crecimiento se ha mantenido por encima de la tendencia de largo plazo, sustentando en la dinámica de la demanda interna que, en el caso de Asia, ha sido complementada por las exportaciones. Por otro lado, se observó una desaceleración de la economía de Estados Unidos en el primer trimestre del año, la cual se revirtió en el segundo trimestre. Si bien los indicadores oportunos sugieren que el mayor dinamismo de la economía de los Estados Unidos se mantuvo durante julio, los problemas en el sector hipotecario y los ajustes observados en los mercados financieros de ese país a partir de agosto han llevado a revisiones a la baja en los pronósticos de crecimiento de ese país.

El Fondo Monetario Internacional estima que tanto en 2007 como en 2008 la tasa de crecimiento de la economía global será de aproximadamente 5.2 por ciento, 4 0.2 puntos porcentuales menor a la registrada en 2006. Los riesgos actuales son los altos precios del petróleo, un ajuste desordenado en balanzas de pago, políticas monetarias restrictivas debido a presiones inflacionarias y a un ajuste en la disponibilidad de recursos. Particularmente, se ha presentado la posibilidad de que la crisis del mercado hipotecario en Estados Unidos se propague a otros sectores de ese país y otras regiones del mundo, llevando a que se profundice una crisis de liquidez de los intermediarios financieros internacionales, reduciendo el acceso al financiamiento.

Los mercados emergentes de Asia mantienen elevadas tasas de crecimiento, principalmente debido a las economías de China e India. Se anticipaba que el debilitamiento de la economía norteamericana en el primer trimestre del año tuviera efectos negativos sobre las exportaciones netas de ambos países. Sin embargo, al primer trimestre de 2007, éstas continúan registrando incrementos importantes, principalmente en China, cuyo superávit comercial resultó 99 por ciento superior al observado durante el mismo periodo del 2006. Asimismo, la demanda interna sigue impulsando el crecimiento de ambas economías.

En contraste, en América Latina y el Caribe se observó una desaceleración, con excepción de Brasil y Chile. En el caso de los países de la región que mantienen elevados vínculos comerciales con los Estados Unidos, ello se debió a la desaceleración de esa economía. En cuanto a los países exportadores de materias primas, si bien el precio de las mismas se ha mantenido elevado, su crecimiento se ha moderado limitando el incremento en los ingresos y en la demanda interna.

La inflación en el mundo se ha mantenido relativamente estable aunque tanto países industrializados como mercados emergentes han enfrentado presiones derivadas principalmente de los precios del petróleo y de los alimentos. En particular, en los granos se han observado perturbaciones negativas de oferta debido a condiciones climatológicas y el aumento de su demanda derivada de un mayor uso de bio-combustibles. A pesar de lo anterior, los precios al consumidor han permanecido estables en la mayoría de los países, por lo que se espera que la inflación en 2007 se mantenga alrededor de 2.0 por ciento anual en economías avanzadas y 5.7 por ciento anual en promedio en los países emergentes y en vías de desarrollo, niveles cercanos a los observados en 2006 (2.3 y 5.3 por ciento, respectivamente).

En este contexto, algunos de los principales bancos centrales decidieron adoptar posturas de política monetaria más restrictivas debido a la evolución de los precios de las materias primas, las altas tasas de utilización del capital instalado y tasas reducidas de desempleo asociadas al elevado crecimiento. El Banco Central de Japón incrementó la tasa de referencia de 0.4 a 0.75 por ciento en febrero. Asimismo, en la Zona Euro se observaron incrementos de 0.25 puntos base en marzo y junio del presente año. En China, el Banco Central ha respondido a la mayor liquidez interna y al rápido crecimiento de la inversión y la inflación elevando las tasas de interés y el cociente de reserva del Banco. Cabe notar que, a partir de la inestabilidad financiera observada desde julio, los principales bancos centrales han adoptado una pausa en sus ajustes a las condiciones monetarias.

Uno de los principales elementos que han aportado al incremento de la incertidumbre sobre la evolución de la economía en Estados Unidos ha sido la creciente preocupación desde el mes de julio sobre la dimensión de la problemática que enfrentan las hipotecas de menor calidad. En los últimos 6 años, mientras los precios de las propiedades se incrementaron sustancialmente y los intereses alcanzaron niveles históricamente bajos, este mercado se expandió de forma importante. Sin embargo, el aumento en las tasas de interés, derivado del alza de la tasa de Fondos Federales de 1.0 por ciento en 2001 a 5.25 por ciento en la actualidad, aumentando el pago de intereses de estas hipotecas, aunado a la disminución en los precios de las viviendas, llevó a un elevado incumplimiento de pagos y un menor valor de recuperación de las propiedades. Esta inquietud se acentuó por informes del sector que indicaron una pronunciada caída en la venta de viviendas nuevas en junio, ocasionando una caída en los mercados bursátiles de todo el mundo.

Adicionalmente, en agosto de 2007 comenzaron a presentarse signos de menor oferta de crédito, al observarse un deterioro en la disponibilidad de recursos para los intermediarios financieros, y al fracaso de algunos bancos en Estados Unidos para obtener recursos en condiciones favorables para el financiamiento de compras apalancadas, lo cual les generó pérdidas asociadas a esas operaciones. Asimismo, se observaron problemas similares en bancos europeos. La ausencia de crédito y liquidez en los mercados obedeció, en buena medida, a la incertidumbre sobre el valor de nuevos instrumentos financieros, así como a la falta de información sobre el grado de exposición que los intermediarios financieros tienen a los mismos.

Para suplir la falta de liquidez que mostraron los mercados financieros los Bancos Centrales de Estados Unidos, la Zona del Euro, Japón y Canadá intervinieron al inyectar liquidez al sistema bajo condiciones más favorables reduciendo la tasa de descuento, alargando el plazo de sus préstamos y ampliando el tipo de activos aceptables como colateral.

Aun cuando es posible que no se estabilicen las condiciones financieras de inmediato, se anticipa que las economías emergentes no se vean afectadas como en ocasiones anteriores de volatilidad financiera internacional dado que su vulnerabilidad externa y perfil de riesgo son mucho menores. Asimismo, si la revalorización del riesgo por parte de los inversionistas internacionales se lleva a cabo de manera ordenada, los efectos indirectos de la volatilidad en estas economías serán limitados. Por otro lado, de materializarse una menor recuperación económica en Estados Unidos a la anticipada, esto traería consigo una menor demanda por importaciones en ese país.

Existen importantes factores que podrían frenar el crecimiento global los próximos dos años:

• El riesgo de que la problemática del sector inmobiliario se profundice en los Estados Unidos y contagie a otras economías desarrolladas, diminuyendo la disponibilidad de crédito, la actividad de construcción y el crecimiento. Lo anterior llevaría a una recuperación más moderada de la demanda por exportaciones de mercados emergentes.
• Perturbaciones negativas en la oferta de las materias primas y el petróleo. Aumentos significativos adicionales en los precios de las materias primas podrían llevar a un entorno de menor crecimiento y mayor inflación en las economías industriales al elevar sus costos de producción.
• El crecimiento sostenido, las restricciones en la oferta de algunas materias primas y la posibilidad de que las expectativas inflacionarias incorporen los incrementos observados en algunos productos podrían ocasionar la adopción de políticas monetarias más restrictivas por parte de algunos bancos centrales en países industrializados. Dichas medidas son necesarias para preservar y prolongar la expansión, pero tienen asociados dos riesgos. Si son muy agresivas, podrían frenar excesivamente el crecimiento en el corto plazo. En caso contrario, las presiones inflacionarias se elevarían obligando a la aplicación de medidas adicionales en el futuro, acentuando el riesgo de una mayor desaceleración de la economía mundial.
• El déficit de la cuenta corriente de Estados Unidos de 6.5 por ciento del PIB, el superávit de los países exportadores de petróleo y la tendencia cada vez más pronunciada de superávit en la cuenta corriente de China (estimado en 9.0 por ciento del PIB en 2006) son situaciones que podrían llevar a una reacción proteccionista en algunas economías, y a un eventual ajuste de dichos desbalances en medio de gran volatilidad en los mercados financieros internacionales.

II.1. Economías industrializadas

II.1.1. Estados Unidos

Las previsiones para 2007 indican que la economía de Estados Unidos continuará expandiéndose, aunque a un ritmo menor al registrado en 2006. Así, en el primer trimestre del año se observó que el Producto Interno Bruto creció a una tasa trimestral anualizada de 0.6 por ciento, comparado con un incremento trimestral anualizado de 2.1 por ciento observada en el cuarto trimestre de 2006. El crecimiento observado durante el primer trimestre se explica principalmente por el gasto en consumo privado, lo que contrarrestó las disminuciones que mostraron las exportaciones netas, el gasto de gobierno y la inversión privada.

Por el lado de la producción, en el primer trimestre del año se observó una recuperación de la producción industrial al terminar un proceso de ajuste de inventarios que comenzó en el último trimestre de 2006, registrando un crecimiento trimestral anualizado de 1.1 por ciento después de una contracción de 1.5 por ciento en el último trimestre del año pasado. A su interior, se observó un incremento trimestral anualizado de 0.8 por ciento en la actividad manufacturera. Por su parte, la producción de servicios se incrementó a una tasa trimestral anualizada de 2.1 por ciento, comparada con una expansión en el trimestre anterior de 4.4 por ciento.

La economía aumentó su ritmo de crecimiento en el segundo trimestre del año. Así, en el periodo de abril a junio, el PIB de los Estados Unidos registró una variación trimestral anualizada de 4.0 por ciento. El aumento en la tasa de crecimiento estuvo sustentado por la recuperación de la inversión privada bruta, las exportaciones netas y del gasto público, lo que contribuyó a compensar la desaceleración que se observó en el consumo privado.

Por el lado de la oferta, la producción industrial registró un crecimiento trimestral anualizado de 3.3 por ciento en el segundo trimestre de 2007. Este incremento estuvo asociado a aumentos de 3.9 y 1.1 por ciento trimestrales anualizados en la producción manufacturera y minera, respectivamente. El crecimiento de la producción de servicios también se recuperó, al registrar una tasa trimestral anualizada de 3.3 por ciento.

Cabe destacar que a lo largo del año, se ha profundizado la crisis que ha experimentado el sector inmobiliario en los Estados Unidos. Por un lado, la relajación de los criterios de otorgamiento de crédito hipotecario que tuvo lugar en los últimos años facilitó la expansión del crédito a deudores de alto riesgo. Aunado a lo anterior, el incremento en las tasas de interés ocasionó que se observaran mayores niveles de morosidad. Aunque este fenómeno se ha hecho más patente en el segmento de baja calidad crediticia, la morosidad también se incrementó entre los deudores de mejor historial crediticio.

Con base en lo anterior, se estima que si bien la actividad económica en la Unión Americana se recuperará en la segunda mitad del año, la tasa de crecimiento será menor a la que se anticipaba con anterioridad a la volatilidad reciente. Para el tercer y cuarto trimestres del año se esperan tasas de crecimiento trimestrales anualizadas de 2.6 y 2.7 por ciento, 5 las cuales son ligeramente menores a la registrada en el segundo trimestre del año (3.4%). Cabe señalar que desde marzo las expectativas sobre la expansión de la economía de los Estados Unidos para 2007 se han reducido consistentemente.

Es pertinente apuntar que no ser pueden descartar algunos elementos que podrían incidir desfavorablemente sobre su evolución futura, entre los que destacan los siguientes:

• Los riesgos de que la crisis de liquidez en los mercados financieros persista y se extienda, teniendo consecuencias negativas en el desempeño de la economía de los países industrializados y en la disponibilidad de recursos para economías emergentes.
• El bajo ritmo de crecimiento de la productividad en el sector no agrícola que en los primeros dos trimestres del año, mostró incrementos anuales de 0.4 y 0.6 por ciento, respectivamente. Al mismo tiempo, los costos laborales registraron tasas de crecimiento anuales de 3.7 y 4.5 por ciento en el primero y segundo trimestres, respectivamente. Este comportamiento podría incrementar las presiones inflacionarias en la segunda mitad del año dado que la economía está operando en un alto nivel de utilización de recursos.
• La disminución en la construcción de viviendas podría intensificarse o durar más de lo esperado, contagiando a otros rubros como el consumo.
El presidente de la Reserva Federal reconoció el 18 de agosto que la corrección en el sector inmobiliario está todavía en marcha, confirmando que es el principal riesgo para la actividad económica.

II.1.2. Europa y Japón

Durante el primer trimestre de 2007, la Zona Euro alcanzó un crecimiento trimestral anualizado de 1.4 por ciento, apoyado por el dinamismo de la inversión bruta en capital fijo, la cual registró un incremento trimestral anualizado de 9.9 por ciento. Por su parte, el consumo tuvo un crecimiento trimestral anualizado de 0.1 por ciento. Dentro de la producción industrial destaca la construcción que tuvo un crecimiento de 8.7 por ciento trimestral anualizado durante los tres primeros meses de año. Se espera que esta Zona registre tasas de crecimiento anual de 2.7 y 2.4 por ciento en 2007 y 2008, respectivamente.

Con respecto a la inflación en la Zona Euro, la tasa de crecimiento de los precios tanto de los servicios como de los productos industriales sin componentes energéticos han mostrado una tendencia a la alza durante los últimos meses. De esta forma, la inflación promedio acumulada al segundo trimestre se ubicó en 1.9 por ciento anual. De acuerdo con la proyección más reciente del Banco Central Europeo, se espera que el incremento anual en el índice de precios al consumidor se ubique entre 1.8 y 2.2 por ciento para 2007 y entre 1.4 y 2.6 por ciento para 2008, indicando con ello una mayor incertidumbre sobre la evolución de la inflación.

Por su parte, la economía del Reino Unido se expandió durante el primer y segundo trimestres del año en 0.7 y 0.8 por ciento en términos trimestrales desestacionalizados. Se espera una tasa de crecimiento anual de 2.8 por ciento para 2007 y de 2.5 por ciento para 2008. La expansión económica del país ha estado basada en el consumo privado y la formación bruta de capital fijo. El índice de precios al consumidor registró un crecimiento anual de 2.6 por ciento durante el segundo trimestre del año.

En Japón, la actividad económica se expandió durante el primer y segundo trimestres con tasas de crecimiento del PIB de 3.2 y 0.5 por ciento trimestral anualizado, respectivamente. Durante el actual ciclo, la contribución del gasto público al crecimiento ha sido discreta, y se espera siga reduciéndose ante las condiciones de política fiscal que se planea mantener. La inversión, el consumo privado y las exportaciones han sido los factores que han impulsado el crecimiento. La inflación anual se mantuvo alrededor del 0.0 por ciento en el segundo trimestre del año. El crecimiento anual promedio esperado para dicha economía es de 2.5 y 2.3 por ciento en 2007 y 2008 respectivamente.

II.2. Precio del petróleo y otras materias primas

II.2.1. Precio del petróleo en 2007

Después de una disminución durante el primer mes del año, el precio del crudo de referencia West Texas Intermediate (WTI) registró un crecimiento sostenido hasta el cierre de julio. Con respecto al cierre de 2006, el precio se incrementó en 28.1 por ciento, al pasar de 61.05 a 78.21 dólares por barril (dpb), con lo cual se ubicó en un máximo histórico nominal. El precio promedio durante este periodo fue de 63.40 dpb, 6.7 por ciento menor que el precio promedio observado en igual periodo de 2006 (67.94 dpb). Sin embargo durante las primeras semanas de agosto el precio del WTI se redujo para cerrar en 74.04 dpb. Dicho comportamiento a la baja fue resultado de las expectativas de una disminución de la demanda de crudo ante un dinamismo de la economía estadounidense menor a lo esperado, así como a la venta de futuros sobre el petróleo por parte de grandes fondos de inversión por toma de utilidades.

Por su parte, el precio de la mezcla mexicana de exportación presentó un comportamiento similar. Al cierre de julio su cotización registró un máximo Histórico nominal, con lo que acumuló un aumento de 38.7 por ciento respecto al cierre de 2006, al pasar de 48.66 a 67.49 dpb. El precio promedio durante este periodo fue de 53.95 dpb, 0.5 por ciento inferior al precio promedio observado en el mismo periodo de 2006 (54.20 dpb). De igual forma, durante las primeras semanas de agosto el precio de la mezcla se redujo para cerrar el mes en un nivel de 62.70 dpb.

El diferencial entre el WTI y la mezcla mexicana registró un promedio de 9.72 dpb en los primeros ocho meses de 2007, alcanzando en mayo y junio los niveles más bajos de los últimos 3 años. Esto se debió principalmente a una menor demanda por crudo tipo WTI dado que las refinerías de crudos ligeros en los Estados Unidos durante dicho periodo se encontraban fuera de operación debido a procesos de reconfiguración en su sistema de producción para elaborar combustibles menos contaminantes. Adicionalmente, se observó una reducción en la oferta de crudos pesados por parte de la OPEP, que por sus características compiten directamente con el hidrocarburo mexicano. La menor demanda por crudo tipo WTI llevó a que los inventarios de crudo aumentaran considerablemente en la zona de entrega del mismo (Cushing, Oklahoma). Sin embargo, el diferencial aumentó a partir de julio, registrando al cierre de agosto 11.34 dpb (15.32 por ciento del WTI). Lo anterior en virtud de que la demanda por WTI se incrementó por el aumento en la actividad de las refinerías que procesan crudos ligeros ante la creciente demanda de gasolina en el verano y la conclusión del proceso de reconfiguración.

El crecimiento sostenido de los precios del crudo durante 2007 es resultado de dos factores estructurales. Por un lado, el sostenido crecimiento económico de los principales países consumidores continuó incrementando la demanda por crudo. Por otro lado, los altos precios y su volatilidad han sido condicionados por factores coyunturales originados por los temores a una interrupción abrupta en la producción o en la distribución del crudo debido principalmente a la inestabilidad política y social en Nigeria, Irán e Irak. Entre los principales factores que originaron un déficit en el mercado petrolero destacan los siguientes:

• En la primera mitad del año, la demanda mundial de crudo fue superior a la registrada el año anterior durante el mismo periodo. El consumo global de petróleo creció 0.7 millones de barriles diarios en el primer semestre de 2007 con respecto a los niveles del inicio del año. Este ritmo es menor a lo observado en los años anteriores debido a las temperaturas más altas a lo esperado en Europa y Asia. La Administración de Información de Energía (AIE) estima que el incremento en el consumo mundial de petróleo será de 1.8 millones de barriles diarios durante la segunda mitad de 2007, con respecto a la misma mitad de 2006, como consecuencia de un mayor ritmo de crecimiento económico mundial. Se prevé que la mayor parte de la expansión en el consumo de petróleo provenga de China, Estados Unidos y del Medio Oriente. Esto ha llevado a revisiones al alza en los precios de los contratos futuros.

• La oferta mundial de crudo durante el primer semestre de 2007 fue 784 miles de barriles diarios inferior a la observada en el mismo periodo de 2006, debido principalmente al decremento de la producción de crudo de los países de la OPEP. Por su parte, la producción de países no miembros de la OPEP se ha mantenido prácticamente sin cambios, en virtud de que el crecimiento de la producción de los países ex-Unión Soviética, Estados Unidos y Brasil compensó la reducción en la producción de México, Noruega, y el Reino Unido.
Adicionalmente, la producción del hidrocarburo en Iraq se ha visto restringida debido a la inestabilidad militar, política y de seguridad. En Nigeria, a finales de julio ataques a instalaciones petroleras indujeron una reducción en los suministros de crudo por 641,000 barriles diarios.
• Otro evento relevante en el mercado fue la expectativa de que la oferta de gasolina en los Estados Unidos fuese inferior a la demanda durante la temporada de verano. Lo anterior también tuvo como consecuencia un aumento sostenido en el precio de las gasolinas en el primer semestre del año, que superó el crecimiento del precio internacional de crudo.

Desde el cierre de 2006 al cierre de mayo de 2007, el precio de la gasolina acumuló un crecimiento de 40.82 por ciento. Después de haber alcanzando un máximo en el año de 2.58 dólares por galón el 17 de mayo, el precio de la gasolina disminuyó de forma que al 31 de agosto el aumento acumulado en el año es de 31.7 por ciento.

El pronunciado incremento inicial en el precio de las gasolinas, fue resultado de un prolongado periodo de mantenimiento e inesperadas interrupciones en las operaciones de las refinerías en los Estados Unidos previo a la temporada de verano, periodo en el que las refinerías normalmente aumentan su producción de gasolina para enfrentar una mayor demanda. Ello trajo como consecuencia una drástica disminución en los inventarios de gasolina, que llegaron a ubicarse, de enero a abril, en niveles significativamente inferiores a los registrados en los últimos cinco años. Posteriormente, durante el periodo mayo a agosto, los inventarios se recuperaron acercándose a los niveles observados en 2006 debido a que las refinerías aumentaron sus operaciones, lo cual ha contribuido a una corrección en el precio.

Simultáneamente, las interrupciones en la producción de las refinerías de Estados Unidos ocasionaron que los inventarios de crudo mostraran niveles superiores a los registrados en los últimos cinco años. Actualmente, el nivel de inventarios representa el 69 por ciento de la demanda mensual, un punto porcentual mayor al nivel observado en 2006, y superior al promedio de los últimos 5 años (62 por ciento).

En el mediano plazo, los analistas anticipan que persistirán factores que originan volatilidad en el mercado. Consideran que el mayor riesgo geopolítico en el corto plazo son las interrupciones en el suministro y producción de crudo en Nigeria. Al mismo tiempo, estiman que el riesgo de un ataque militar a Irán será mayor en 2008 que en este año. Por otro lado, se anticipan otros elementos que podrían compensar la inestabilidad geopolítica mencionada:

• Para 2008, la AIE revisó sus pronósticos a la alza para la producción de crudo de los países no miembros de la OPEP en 100 mil barriles diarios debido, sobretodo, a proyecciones más altas de producción en Estados Unidos. Para la producción de la OPEP la AIE prevé que se mantendrá sin cambios sustanciales, y mantendrá una baja capacidad excedente.

Así, ante el escenario actual del mercado petrolero caracterizado por un crecimiento sostenido esperado en la demanda, una capacidad de producción que se incrementa gradualmente y los riesgos geopolíticos presentes, se anticipa que los precios del crudo durante 2007 se mantengan elevados y volátiles en el mediano plazo.

II.2.2. Precio de otras materias primas en 2007

Durante los primeros ocho meses de 2007, los precios en dólares de las materias primas no petroleras registraron incrementos importantes, como resultado de una mayor demanda derivada del crecimiento económico más acelerado observado en algunas economías emergentes. Otros factores que explican los aumentos son restricciones en la oferta de algunos de estos bienes y una mayor demanda por biocombustibles.

Dentro de este contexto, cabe destacar una dinámica diferenciada en los precios dependiendo del tipo de materias primas. Mientras que para los precios de los metales persisten las elevadas tasas de crecimiento este no es el caso para los precios de los bienes agropecuarios, a pesar de que en 2006 ambos tuvieron aumentos elevados. Los precios de los metales, históricamente relacionados con el ciclo económico, registraron un incremento de 25.8 por ciento del cierre del 2006 a julio de 2007, comparado con 41.4 por ciento observado en el mismo periodo del año anterior. Este menor ritmo se desprende de un menor crecimiento de la demanda de metales relacionados con la industria de la construcción, como el aluminio, así como de una mayor oferta de cobre, plomo y zinc observada en los primeros seis meses de 2007 en los mercados globales.

Por otra parte, se han incrementado los precios internacionales de bienes agropecuarios, como el maíz y el trigo, pero a un ritmo inferior al observado en los metales. En particular, el precio del maíz y el trigo aumentaron 2.4 y 9.2 por ciento, respectivamente, del cierre de 2006 a julio de 2007, después de haber mostrado tasas anuales de crecimiento de 56.5 y 24.2 por ciento en diciembre de 2006, respectivamente. En el caso del maíz, el precio internacional se incrementó debido al aumento de la demanda de esta materia prima para la elaboración de biocombustibles. El aumento observado en el precio del trigo se explica por el cambio de áreas de cultivo de este grano hacia maíz, así como por condiciones climatológicas adversas que atentaron a las cosechas en Europa Central y Canadá. El precio de la soya se incrementó 24.5 por ciento del cierre de 2006 a julio de 2007. En este caso, los precios de las materias primas relacionadas con la fabricación de alimentos fueron impulsados por insuficiencias de la oferta.

Asimismo, para 2008 se espera que los precios de las materias primas moderen sus incrementos en función de una reducción de las restricciones por el lado de la oferta. De esta manera, los precios de los futuros de estas materias primas con vencimiento en 2008 observan cotizaciones inferiores a los precios en el mercado al contado observados a finales de julio de 2007.

II.3. Mercados financieros y disponibilidad de financiamiento para las economías emergentes

Durante el primer trimestre de 2007 el comportamiento de los mercados financieros mostró una marcada volatilidad, asociada a los precios del petróleo, a la incertidumbre sobre la magnitud de desaceleración de la economía de Estados Unidos y a los incrementos en las tasas de interés en Europa y Japón.

En este escenario, la Reserva Federal mantuvo sin cambio la tasa de interés de Fondos Federales, debido a la incertidumbre sobre la evolución económica y la inflación en ese país. En contraste, el Banco Central Europeo realizó un incremento de 25 puntos base en su tasa de referencia en marzo, para ubicarla en 3.75 por ciento, mientras que el Banco de Japón también aumentó su tasa de referencia en 25 puntos base en febrero, para situarla en 0.50 por ciento.

Los mercados se estabilizaron a mediados de marzo. Sin embargo, a finales de junio se observó un nuevo episodio de volatilidad internacional, debido a las noticias desfavorables sobre el mercado hipotecario en Estados Unidos, lo que propició un incremento en la aversión al riesgo.

Cabe señalar que desde finales de junio, la crisis en el sector inmobiliario se acrecentó ante el aumento en las tasas de interés hipotecarias y la mayor cartera vencida. El deterioro de estos indicadores, incrementó la preocupación de los inversionistas, lo que se reflejó en una disminución en la demanda de activos con mayor riesgo, propiciándose un proceso de ajuste de portafolios que generó una mayor volatilidad en los precios de los activos, al intercambiarse activos de alto riesgo por activos libres de riesgo.

La Reserva Federal continuó con la misma postura de política monetaria, manteniendo inalterada la tasa de interés de referencia, no obstante el dinamismo mostrado por esa economía en el segundo trimestre del año. El Banco Central Europeo realizó un incremento de 25 puntos base a su tasa de interés, para ubicarla en 4.0 por ciento en junio, debido a la persistencia de presiones inflacionarias y al hecho de que la zona del euro registraba crecimiento del producto por encima de la tendencia del PIB potencial.

Las expectativas de una incipiente recuperación de la economía de Estados Unidos durante el resto de 2007 están apoyadas en un crecimiento sólido del empleo y de los salarios, así como por la fortaleza mostrada por la economía global. En este contexto, la Reserva Federal ha mantenido inalterada su política monetaria en espera de que los riesgos inflacionarios se moderen como se tenía previsto. Sin embargo, en los primeros días de agosto, particularmente el 9 y 10 de agosto, aumentó considerablemente la volatilidad de los mercados financieros, debido al continúo deterioro de las condiciones crediticias del mercado hipotecario en Estados Unidos, a la incertidumbre sobre el efecto del deterioro en los créditos sobre los intermediarios financieros.

Para solucionar el problema de liquidez que mostraron los mercados financieros en la Zona Euro, el 9 de agosto el Banco Central Europeo estableció una facilidad ilimitada para otorgar crédito a 24 horas a una tasa de 4%, lo que llevó a la colocación de 94 mil millones de euros a un día, con el objetivo de incrementar la liquidez en el mercado de dinero y preservar el funcionamiento del sistema financiero. El mismo día, la Reserva Federal de Nueva York decidió agregar 24 mil millones de dólares en reservas temporales al sistema bancario estadounidense. Posteriormente, los principales bancos centrales de la Zona del Euro, Japón y Canadá continuaron interviniendo en los mercados de dinero inyectando liquidez a través de su ventanilla de descuento con el fin de facilitar el funcionamiento ordenado de los mercados financieros.

Asimismo, el 17 de agosto la Reserva Federal anunció la disminución en 50 puntos base de la tasa de descuento, precisando que los futuros ajustes a su política monetaria dependerán de la inflación y del crecimiento económico. Los mercados asignan una elevada probabilidad que en su próxima reunión del 18 de septiembre la Reserva Federal disminuirá en 25 puntos base la tasa de fondos federales.

Derivado del incremento de la aversión al riesgo, los rendimientos de los bonos del Tesoro de Estados Unidos han registrado descensos en las tasas de interés en todos sus plazos.

Asimismo, el riesgo soberano de los principales países emergentes registraron incrementos importantes, acentuándose en los primeros días de agosto, debido al recrudecimiento de la crisis en los mercados crediticios internacionales. En los últimos días de agosto, se observó un proceso de corrección que permitió que la tendencia en el riesgo país se revirtiera parcialmente.

Para 2007 en su conjunto, el Fondo Monetario Internacional (FMI) 6 estima que los flujos privados de capital hacia las economías emergentes mantengan su fortaleza. En particular, Europa emergente y la Comunidad de Estados Independientes (ex-Unión Soviética) serán las regiones que reciban los mayores flujos de capital privado en este año, con más del 58 por ciento del total estimado. Asimismo, el FMI 7 estima que la Inversión Extranjera Directa (IED) que recibirán las economías emergentes en 2007 aumentará respecto del año anterior en aproximadamente 16.8 mil millones de dólares. 8

América Latina, por su parte, recibirá un 12.7 por ciento del total de flujos de capital privado en 2007. 9 De esta cifra, se estima que la inversión extranjera de cartera neta dirigida a la región representará un flujo de 4.6 mil millones de dólares, nivel que resulta menor al flujo de 12.4 mil millones de dólares que se observó en 2006. Esto se explica por los prepagos de deuda pública que se anticipa realizarán gobiernos de la región.

Del total de la inversión extranjera directa neta se prevé que aproximadamente 61.3 mil millones de dólares (mmd) se canalizarán a América Latina en 2007, cifra que resulta significativamente superior a la estimada al cierre de 2006 (34.5 mmd). Ello se explica principalmente por la salida neta de IED que se observó en Brasil en 2006, asociada a la adquisición que realizó la empresa brasileña Companhia Vale do Rio Doce (CVRD) de la compañía minera canadiense Inco Limited en octubre de ese año.

No obstante lo anterior, cabe señalar que América Latina ha perdido terreno como destino de la IED, al capturar en 2007 solo una quinta parte de los flujos hacia las economías emergentes, comparado con el 46 por ciento observado al principio de la década. 10

En particular, las cifras para México arrojan que durante el primer semestre de 2007 la IED ascendió a 13 mil 244.2 millones de dólares (3.0 por ciento del PIB), es decir, tuvo un crecimiento anual de 39.2 por ciento. El flujo de IED de enero-junio de 2007 constituye un máximo histórico, lo que refleja la confianza que existe en el rumbo de la economía. Aunado a esto, en el primer semestre de 2007 las inversiones nuevas ascendieron a 5 mil 740.8 millones de dólares, el segundo nivel más alto para un lapso similar, sólo menor que el registrado durante el primer semestre de 2004 cuando se realizó la venta del Grupo Financiero Bancomer.

La inversión extranjera directa en México (IED)

Entre 2002 y el primer semestre de 2007 la IED acumulada ascendió a 110 mil 920.2 millones de dólares, lo que representó en promedio 2.8 por ciento del PIB. En particular, en el primer semestre de 2007, la IED ascendió a 13 mil 244.2 millones de dólares (3.0 por ciento del PIB), es decir, tuvo un crecimiento anual de 39.2 por ciento. Es importante enfatizar que el flujo de IED de enero-junio de 2007 constituye un máximo histórico para un semestre similar, lo que refleja la confianza que tienen los inversionistas en el futuro de la economía mexicana. Debido a que la entrada de inversión extranjera está en función del ciclo económico de México y de Estados Unidos, cabe esperar un mayor flujo de recursos conforme la actividad productiva consolide su recuperación.

Como reflejo de la mayor confianza en el país generada por la estabilidad macroeconómica, la importancia relativa de la IED dentro de la inversión extranjera total ha aumentado en los últimos años. Así, en el periodo 2002-2007 la IED representó 86.9 por ciento de la inversión extranjera total, lo cual resulta importante porque aunado a la política cambiaria de libre flotación disminuye la probabilidad de enfrentar ajustes bruscos de las cuentas externas ante choques especulativos.

En los últimos años la IED ha financiado totalmente el déficit de la cuenta corriente. En particular, entre 2002 y el primer semestre de 2007 la IED cubrió 2.7 veces el déficit en cuenta corriente, y en el periodo enero-junio de 2007 esta proporción fue de 3.5 veces.

Composición de la IED

La estructura actual de la IED muestra algunos cambios con respecto al pasado. Por una parte, se ha incrementado de manera significativa la importancia relativa de los préstamos entre compañías (incluyendo la industria maquiladora), pasando de 19.9 por ciento en 1994-2001 a 34.4 por ciento en el periodo 20022007. Como contrapartida, ha disminuido la participación de las nuevas inversiones (aunque continúa siendo el componente más importante), al reducir su proporción de 62.1 por ciento en 1994-2001 a 50.0 por ciento durante el periodo 2002-primer semestre de 2007. No obstante, cabe señalar que en el primer semestre de 2007 las nuevas inversiones ascendieron a 5 mil 740.8 millones de dólares, el segundo nivel más alto para un lapso similar, sólo menor que el registrado durante el primer semestre de 2004 cuando se realizó la venta de Bancomer. Por su parte, la proporción de la IED que representan las utilidades reinvertidas disminuyó ligeramente entre dichos periodos, de 17.9 a 15.6 por ciento.

Destino de la IED por actividad económica

La industria manufacturera permaneció como el sector que atrae el mayor flujo de IED. En particular, en el periodo 2002-primer semestre de 2007 esta industria recibió el 51.2 por ciento de la IED, superior a la proporción de 49.9 por ciento registrada en 1994-2001. Este fenómeno se relaciona con los requerimientos de capital fijo para llevar a cabo su actividad productiva, así como con la integración económica con Estados Unidos, país al que pertenece la mayoría de las empresas maquiladoras. Entre 2002 y el primer semestre de 2007, el 42.6 por ciento de la IED en el sector manufacturero se dirigió a la rama de productos metálicos, maquinaria y equipo, cuyos sistemas de producción son altamente intensivos en capital.

La participación relativa de los servicios financieros en la IED fue de 20.9 por ciento en 2002-2007, después de representar el 23.6 por ciento en 1994-2001. El sector financiero ha sufrido una reestructuración durante los años recientes, y en este proceso un elemento fundamental ha sido la llegada de las principales corporaciones del sector a nivel mundial mediante la fusión con compañías mexicanas o la compra de las mismas, lo que ha implicado flujos de inversión muy importantes.

Comparación internacional

En los últimos años México se ha consolidado como uno de los principales receptores de IED dentro de los países en desarrollo, gracias a las ventajas que ofrece el invertir en nuestro país. En particular, entre 2002 y 2006 México ocupó el primer lugar dentro de América Latina. No obstante, los flujos que recibe son menores a los dirigidos a China y a su territorio de Hong Kong, y recientemente se ha intensificado la competencia con países como Rusia y Singapur. Por ejemplo, cifras preliminares indican que entre 2002 y 2006 México recibió IED por 97 mil 676 millones de dólares, mientras que China atrajo 309 mil 284 millones de dólares. Como porcentaje del PIB, la IED que recibió México es menor que la destinada a China y Singapur, pero mayor que la de Rusia.

Al observar la evolución de la IED en países en los que ésta ha crecido a tasas más elevadas que en México se hace evidente la importancia de políticas económicas adecuadas para alcanzar mayores niveles de inversión. En el caso de países como China, su acelerado crecimiento y el aprovechamiento de su competitividad han atraído cantidades crecientes de IED. En este sentido, México se ve en la necesidad de establecer condiciones económicas conducentes a captar mayores flujos de IED, con el fin de coadyuvar a garantizar un crecimiento sostenido más acelerado que incentive la generación de empleos formales que permitan mejorar la calidad de vida de los mexicanos. Para lograrlo, serán necesarias acciones que redunden en una mejoría de la competitividad de las empresas.

III. Evolución de la economía mexicana en 2007

Durante 2007 la economía nacional registrará tasas anuales de crecimiento más moderadas que las observadas el año previo. Ello se debe al menor crecimiento de la producción industrial estadounidense y a la desaceleración que tuvo lugar durante el primer semestre en el sector automotriz nacional. No obstante, el buen desempeño de los componentes del gasto privado permitió apuntalar el crecimiento de la producción, puesto que el consumo de las familias y la inversión de las empresas siguieron aumentando a ritmos anuales relativamente elevados gracias a que el empleo formal, los salarios reales y el otorgamiento de crédito siguieron en expansión.

A partir del segundo trimestre de 2007 la economía del país empezó a mostrar signos claros de una recuperación importante en la actividad productiva. Las exportaciones mexicanas y la fabricación de vehículos tuvieron un desempeño más dinámico, lo cual aunado al comportamiento favorable que se mantuvo en los componentes del gasto del sector privado, permitió elevar sustancialmente el ritmo de crecimiento de la economía con respecto al observado en los primeros tres meses del año. Asimismo, cabe destacar que la inversión extranjera directa en el primer semestre del año es la más elevada históricamente para un periodo similar.

Actualmente los analistas del mercado anticipan que durante 2007 el PIB de los Estados Unidos crecerá a una tasa anual de 2.0 por ciento, inferior en 0.5 puntos porcentuales a la cifra utilizada para la elaboración de los Criterios Generales de Política Económica 2007 (CGPE07). Asimismo, entre noviembre de 2006 y agosto de 2007 el crecimiento esperado para la producción industrial estadounidense se revisó a la baja de 3.0 a 2.0 por ciento. En consecuencia, la expectativa de crecimiento del Gobierno Federal para 2007 se ubica en 3.0 por ciento, inferior a la de 3.6 por ciento estimado en los CGPE07 y a la de 3.3 por ciento publicada en el Segundo Informe Trimestral Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública 2007. A su vez, entre noviembre de 2006 y agosto de 2007, los analistas del sector privado encuestados por el Banco de México corrigieron sus expectativas de crecimiento para el PIB de México de 3.45 a 3.03 por ciento en promedio. Cabe señalar que las últimas encuestas sobre el crecimiento disponibles para los Estados Unidos aún no incorporan los sucesos más recientes ocurridos en los mercados financieros internacionales, los cuales han elevado el riesgo de que se modere el dinamismo de la actividad económica como consecuencia de una posible reducción del crédito disponible para los consumidores y las empresas norteamericanos, lo que podría impactar negativamente la demanda por exportaciones de México.

III.1. La oferta y demanda agregada, primer semestre de 2007

Se estima que durante el primer semestre de 2007 el valor real de la oferta agregada creció a una tasa anual de 3.0 por ciento. A su interior, el PIB y las importaciones de bienes y servicios tuvieron incrementos anuales de 2.7 y 3.8 por ciento, respectivamente. En términos ajustados por estacionalidad, durante el segundo trimestre de 2007 el PIB aumentó a una tasa trimestral de 1.3 por ciento, cantidad superior al 0.3 por ciento registrado en el primer trimestre de 2007. Por su parte, durante enero-marzo las importaciones disminuyeron a un ritmo trimestral de 2.7 por ciento, mientras que se estima que durante abril-junio de 2007 crecieron en alrededor de 9.8 por ciento.

Durante el primer semestre de 2007 los componentes de la demanda agregada moderaron su ritmo de expansión con respecto a lo observado el año previo. Sin embargo, la evolución reciente de los principales indicadores señala una recuperación en el crecimiento de los mismos conforme avanzó el año. El menor dinamismo observado a principios de 2007 estuvo influido por la desaceleración de la economía e industria estadounidenses, lo cual redujo la demanda externa. Asimismo, el gasto público registró una disminución anual debido a que en la primera parte de 2006 hubo una acumulación de erogaciones extraordinarias que elevaron la base de comparación. Entre éstas destacan los gastos asociados a las elecciones federales, a la reconstrucción de los daños causados por los huracanes Stan y Wilma, y los invertidos en la edificación de la Terminal 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. En este sentido, durante el primer semestre de 2007 el crecimiento de la demanda interna estuvo sustentado en el buen desempeño del gasto del sector privado, el cual se vio apuntalado por el aumento del empleo formal, la mejoría del poder adquisitivo de las familias y la expansión del crédito bancario y no bancario.

Durante enero-junio de 2007, se estima que el consumo total haya tenido una expansión anual cercana a 2.9 por ciento. Asimismo, el crecimiento del consumo privado se pronostica en una tasa de alrededor de 3.7 por ciento, mientras que la inversión registró un incremento anual de 6.1 por ciento, impulsada por el crecimiento de 8.3 por ciento de la realizada por el sector privado. Por su parte, las exportaciones de bienes y servicios aumentaron a un ritmo anual de 1.8 por ciento. Cabe notar que las exportaciones se aceleraron conforme avanzó el año. En particular, durante el segundo trimestre de 2007 el valor real de las exportaciones aumentó a una tasa trimestral de 8.9 por ciento, mientras que en los primeros tres meses del año disminuyó 5.5 por ciento.

Las estimaciones sobre el crecimiento del segundo trimestre del año se encuentran sustentadas en los indicadores oportunos que se describen a continuación. La información relativa a la demanda interna señala que se mantiene un crecimiento elevado en el consumo de las familias, si bien menor al observado el año pasado. Cabe destacar que durante el primero y segundo trimestres de 2007 el valor real de las ventas realizadas en las tiendas de las cadenas afiliadas a la ANTAD aumentó a tasas anuales de 9.4 y 8.4 por ciento, respectivamente. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que el crecimiento trimestral de las ventas de la ANTAD se incrementó de 2.1 a 3.2 por ciento entre el primer y segundo trimestres de 2007. Por el lado de la inversión, se observa un incremento en el ritmo de expansión. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante abril-junio de 2007 la inversión tuvo un crecimiento trimestral de 1.7 por ciento, mientras que en los primeros tres meses del año lo hizo en 0.7 por ciento.

La desaceleración de la producción manufacturera de los Estados Unidos observada a principios de año determinó, en gran parte, que durante el primer trimestre de 2007 el valor nominal de las exportaciones de mercancías creciera a una tasa anual de sólo 2.2 por ciento. No obstante, conforme transcurrió el año se observó una clara recuperación de las exportaciones, las cuales aumentaron a una tasa anual de 6.2 por ciento en el segundo trimestre del año.

Al respecto es importante destacar que las exportaciones de productos manufacturados tuvieron una aceleración importante en el segundo trimestre de 2007, al crecer a una tasa trimestral de 4.1 por ciento según cifras ajustadas por estacionalidad, comparada con una caída de 0.5 por ciento en el periodo enero-marzo. En detalle:

• Las exportaciones del sector automotriz disminuyeron 1.1 por ciento con respecto al primer semestre de 2006. Estas exportaciones tuvieron una clara mejoría conforme avanzó el año. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante el segundo trimestre las exportaciones del sector automotriz crecieron a una tasa trimestral de 7.9 por ciento, mientras que en el periodo enero-marzo cayeron 5.6 por ciento.
• En el primer semestre de 2007 el resto de las exportaciones manufactureras tuvo un crecimiento anual de 9.7 por ciento. A su interior, las ramas con mayor expansión anual fueron: siderúrgica (22.0 por ciento), productos químicos (20.1 por ciento), y equipo y aparatos eléctricos y electrónicos (11.0 por ciento). Al igual que en el caso del sector automotriz, el crecimiento del resto de exportaciones manufactureras también se incrementó conforme transcurrió el año. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante el segundo trimestre de 2007 estas exportaciones aumentaron a un ritmo trimestral de 2.5 por ciento, mientras que en el periodo enero-marzo lo hicieron en 0.5 por ciento.

Por otro lado, en el primer semestre del año las exportaciones de hidrocarburos se redujeron a una tasa anual de 9.1 por ciento, ante la disminución de 9.9 por ciento en la plataforma de exportación y la reducción de 1.9 por ciento en el precio promedio de la mezcla mexicana de petróleo. Sin embargo, cabe destacar que el precio se recuperó conforme avanzó el año. Durante el primer trimestre de 2007 el precio de la mezcla mexicana de hidrocarburos disminuyó a una tasa anual de 4.7 por ciento, mientras que en el segundo trimestre aumentó 0.6 por ciento. En consecuencia, durante el segundo trimestre de 2007 las exportaciones petroleras disminuyeron a un ritmo anual de 3.7 por ciento, mientras que en el primer trimestre cayeron 14.8 por ciento.

III.2. Comportamiento sectorial de la producción, enero-junio de 2007

De forma congruente con un dinamismo más moderado de la demanda agregada, durante el primer semestre de 2007 la actividad productiva tuvo un desempeño positivo pero menor que el observado un año antes. En el periodo enero-junio el valor real del PIB aumentó a una tasa anual de 2.7 por ciento. Sin embargo, tanto en términos anuales como en trimestrales ajustados por estacionalidad, se observa una recuperación importante a lo largo del año. Durante el primer y segundo trimestres, el PIB creció a tasas anuales de 2.6 y 2.8 por ciento, lo cual implicó incrementos trimestrales ajustados por estacionalidad de 0.3 y 1.3 por ciento, respectivamente.

Durante los primeros seis meses del año el valor real de la producción agropecuaria se incrementó a una tasa anual de 2.0 por ciento. Este resultado se vio favorecido por una mayor cosecha de cultivos de los ciclos otoño-invierno y primavera-verano, lo que propició un aumento en la producción de cártamo, naranja, maíz, plátano, sandía, caña de azúcar, jitomate y papa, entre otros. En términos ajustados por estacionalidad, durante el segundo trimestre de 2007, la producción agropecuaria creció a un ritmo trimestral de 2.3 por ciento, cifra que contrasta con la caída de 0.2 por ciento que tuvo en los primeros tres meses del año.

En el primer semestre de 2007 el sector industrial creció a una tasa anual de 0.7 por ciento, registrando un repunte significativo entre el primer y segundo trimestres. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante abril-junio la producción industrial se incrementó a un ritmo trimestral de 1.3 por ciento, mientras que en los primeros tres meses del año cayó 0.5 por ciento. La fuerte recuperación fue consecuencia, primordialmente, del desempeño del sector manufacturero, el cual se ha fortalecido, entre otras cosas, por el dinamismo reciente del sector automotriz.

Durante el primer semestre de 2007 se observaron los siguientes resultados al interior de la producción industrial:

• La minería avanzó a un ritmo anual de 1.0 por ciento, impulsada por el crecimiento anual de 4.7 por ciento en la extracción de minerales no petroleros. En contraste, la producción petrolera disminuyó 2.7 por ciento en el comparativo anual. En términos ajustados por estacionalidad, entre el primero y segundo trimestres de 2007 el crecimiento trimestral de la minería pasó de 1.1 a 0.2 por ciento.

• Durante el primer semestre de 2007, las manufacturas registraron un incremento anual de 0.2 por ciento. Sin embargo, es importante mencionar que durante el segundo trimestre las manufacturas aumentaron a un ritmo trimestral ajustado por estacionalidad de 1.8 por ciento, mientras que en enero-marzo cayeron 1.0 por ciento. En este sentido, destacó la recuperación significativa de la producción de automóviles: cifras ajustadas por estacionalidad señalan que durante el segundo trimestre el número de vehículos ensamblados se elevó a un ritmo trimestral de 10.6 por ciento, luego de caer 7.7 por ciento en enero-marzo. 11 Esta evolución resulta más relevante al considerar que la producción de autos en los Estados Unidos no tuvo una evolución favorable, ya que en el segundo trimestre ésta se redujo a un ritmo trimestral de 2.0 por ciento, según cifras ajustadas por estacionalidad.

• En los primeros seis meses de 2007 la construcción tuvo un crecimiento anual de 1.6 por ciento. Esto debido a una mayor producción de concreto premezclado; perfiles de aluminio; ladrillos diversos; arena y grava; válvulas y asfalto, entre otros. Es importante destacar que la construcción tuvo una aceleración importante a lo largo del año. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante el segundo trimestre esta industria se expandió a un ritmo trimestral de 0.4 por ciento, mientras que en los primeros tres meses del año cayó en 0.8 por ciento.
• La generación de electricidad, gas y agua aumentó a un ritmo anual de 4.1 por ciento. De acuerdo con cifras ajustadas por estacionalidad, esta actividad registró un crecimiento trimestral de 2.2 por ciento durante enero-marzo y una disminución de 0.2 por ciento en el periodo abril-junio.

En el primer semestre de 2007 la oferta real de servicios creció a una tasa anual de 3.7 por ciento. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante el segundo trimestre el crecimiento de este sector también se incrementó al observar una expansión trimestral de 1.2 por ciento, superior al 1.0 por ciento del trimestre anterior. En este sentido, destacó la evolución favorable que registraron los sectores de telecomunicaciones y de servicios financieros. Al interior del sector servicios se tuvieron los siguientes resultados:

• En los primeros seis meses de 2007 el comercio aumentó a un ritmo anual de 1.9 por ciento. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante el segundo trimestre el comercio creció a un ritmo trimestral de 1.5 por ciento, por arriba del 0.5 por ciento observado el trimestre previo;
• En la primera mitad del año los servicios de transporte, almacenaje y comunicaciones avanzaron 7.3 por ciento en el comparativo anual. Dicho resultado se debió, fundamentalmente, al impulso que brindó la oferta de servicios de telefonía tradicional y celular. En términos ajustados por estacionalidad, los servicios de transporte, almacenaje y comunicaciones crecieron a ritmos trimestrales de 1.3 y 1.9 por ciento durante el primero y segundo trimestres del año, en ese orden;
• En el periodo enero-junio de 2007 los servicios financieros crecieron a un ritmo anual de 4.8 por ciento. La expansión del sector está relacionada con el entorno de mayor competencia entre instituciones financieras, lo cual ha favorecido la ampliación de los servicios ofrecidos. Cifras ajustadas por estacionalidad indican que durante el primero y segundo trimestres del año estos servicios se expandieron a ritmos trimestrales de 1.4 y 1.2 por ciento, respectivamente; y,
• Los servicios comunales se incrementaron 2.0 por ciento con respecto al primer semestre de 2006. En términos ajustados por estacionalidad estos servicios se expandieron a ritmos trimestrales de 0.7 y 0.6 por ciento en el primero y segundo trimestres del año, en ese orden.

III.3. Situación del mercado laboral

A lo largo de 2007 el empleo formal mantuvo un ritmo elevado de crecimiento. Al 31 de agosto de 2007 el número de trabajadores afiliados al IMSS tuvo un incremento anual de 790 mil 116 personas, es decir, se expandió 5.7 por ciento. Así, la incorporación de trabajadores al instituto ascendió a 14 millones 584 mil 31 personas. Por tipo de contrato, el número de asegurados eventuales tuvo un aumento anual de 410 mil 580 personas (16.8 por ciento), mientras que la afiliación permanente se elevó en 379 mil 536 trabajadores (3.3 por ciento). Con respecto a diciembre de 2006 el incremento en el número de empleos formales fue de 618 mil 473 personas (4.4 por ciento).

Información disponible al 31 de agosto de 2007 indica que el empleo formal aumentó en los servicios (7.4 por ciento), el comercio (6.4 por ciento) y la industria (4.2 por ciento). En contraste, en el sector agropecuario el empleo retrocedió a un ritmo anual de 1.5 por ciento.

El dinamismo del empleo formal se tradujo en una disminución de la tasa de desocupación. En particular, entre el primer y segundo trimestres de 2007 la Tasa de Desocupación (TD) se redujo de 4.00 a 3.36 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA). Por su parte, la TD urbana disminuyó de 5.08 a 4.48 por ciento de la PEA entre enero-marzo y abril-junio de 2007. Estas cifras tienen mayor relevancia al considerar que durante el mismo periodo de comparación la tasa neta de participación económica se incrementó de 58.4 a 58.6 por ciento.

Por otro lado, durante enero-junio de 2007 los salarios reales pagados en las industrias de la construcción y de la transformación se incrementaron a tasas anuales de 2.0 y 1.6 por ciento, en cada caso, ligeramente por encima de los aumentos observados en el mismo periodo de 2006 (2.0 y 1.4 por ciento, respectivamente).

Como consecuencia de la moderación en el ritmo de crecimiento de la producción y el incremento continuo del empleo, durante el primer semestre de 2007 la productividad de la mano de obra en la industria manufacturera creció a una tasa anual de 0.3 por ciento. A su vez, los costos unitarios de la mano de obra en las manufacturas aumentaron en 0.3 por ciento. No obstante, cabe señalar que conforme transcurrió el año se observó una mejoría en ambos indicadores. Durante el primer trimestre de 2007 la productividad y los costos unitarios de la mano de obra aumentaron a tasas anuales de 0.1 y 0.7 por ciento, respectivamente, mientras que en el segundo trimestre estas tasas fueron de 0.6 y 0.0 por ciento, en cada caso.

Evolución reciente de las remesas familiares

Las remesas familiares enviadas a México, preponderantemente desde los Estados Unidos, se han convertido en una de las fuentes de divisas más importantes junto con las exportaciones petroleras y la inversión extranjera directa. Durante 2006 el monto de las remesas ascendió a 23 mil 53.7 millones de dólares, es decir, triplicó al observado en 2000 y representó 2.7 por ciento del PIB. Sin embargo, desde el segundo semestre de 2006 estos ingresos se han desacelerado de manera significativa. Durante enero-julio de 2007 se incrementaron a un ritmo anual de 1.6 por ciento.

La evolución observada en los últimos años se debió a los siguientes factores:
1. Cobertura de los registros.- A partir del año 2000, el Banco de México instrumentó medidas para mejorar la cobertura de la estadística de remesas familiares, a lo que se sumaron los intermediarios financieros. Como informó el Banco de México en 2001, estos avances implicarían que ``durante algún tiempo'' los incrementos serían elevados, es decir, tendrían un efecto contable temporal ya que llevarían a un mayor crecimiento debido a una mejor medición.
2. Menor costo y mayor uso de las transferencias electrónicas.- La reducción en el costo de los envíos ha fomentado el crecimiento de los mismos. Entre 1999 y 2006, el costo total de envíos de dinero provenientes de los Estados Unidos se redujo en 63.5 por ciento, es decir, a una tasa anual promedio de 9.1 por ciento. No obstante, en años recientes este factor también pudo haber disminuido el impulso que brindaba al aumento de las remesas debido a que su uso ya se ha generalizado y a que la reducción de los costos se ha moderado (en 2006 el costo total se redujo 2.8 por ciento). Cabe señalar que la disminución de los costos está relacionada con la mayor disponibilidad de medios para realizar envíos de manera electrónica. Así, entre 1995 y 2006 este tipo de envío incrementó su importancia relativa de 51.5 por ciento a 92.6 por ciento del total de remesas.
3. Ciclo económico de los Estados Unidos.- Entre 2003 y mediados de 2006 la economía estadounidense tuvo un ritmo de crecimiento acelerado, lo que se reflejó en un mayor ingreso de sus habitantes y, en consecuencia, de los envíos de remesas familiares. De manera similar, la desaceleración de la actividad económica en los Estados Unidos observada desde la segunda mitad de 2006 ha impactado el ingreso de las personas que realizan transferencias a sus familiares en México. En este sentido es importante mencionar que el sector más afectado ha sido el de la construcción, en el cual trabaja cerca del 20 por ciento de los remitentes y que había sido de los más dinámicos en los años anteriores. 1/ Cabe notar que la tasa de desempleo de la población hispana se ha incrementado en mayor medida que la del resto de la población.

Tomando en cuenta lo anterior, las perspectivas de expansión de las remesas familiares dependerán, fundamentalmente, de la recuperación de la economía estadounidense, toda vez que los efectos contables parecen haber concluido.

1/ Fuente: ``Las Remesas Familiares en México''. Banco de México, 2007.

III.4. Evolución de la Inflación durante 2007

Desde mediados de 2006 la inflación general anual se vio afectada por diversos choques de oferta, lo que propició un incremento en la tasa de inflación general, llevándola a un nivel promedio de 4.05 por ciento durante enero-julio de 2007. Por otra parte, si bien la inflación subyacente se incrementó debido a las mismas perturbaciones, el incremento en la misma fue más moderado ubicándose en un nivel de 3.79 por ciento en promedio durante el mismo período. Este es consistente con el intervalo de variabilidad de ± 1.0 por ciento alrededor del objetivo de inflación del Banco de México de 3.0 por ciento. Este es el factor principal detrás del incremento en las tasas de inflación ha sido la evolución de los precios de los alimentos. Este fenómeno se había observado en años pasados a raíz de la expansión de la demanda mundial y se aceleró a finales de 2006 como consecuencia de la mayor utilización de granos para la elaboración de combustibles, lo que en un contexto de oferta limitada provocó incrementos en las cotizaciones internacionales de estos productos. Adicionalmente, estos incrementos modificaron los costos de producción para productos pecuarios, lo que terminó reflejándose en incrementos en los precios de alimentos de origen animal y procesados para el consumidor final.

El comportamiento de la inflación subyacente se explica, fundamentalmente, por el mayor ritmo inflacionario del componente de las mercancías, en específico en los alimentos procesados: tortillas y productos lácteos. No obstante, dicho comportamiento ha sido compensado por disminuciones importantes en el rubro de servicios, principalmente los de vivienda, cuya inflación ha mostrado una tendencia decreciente a lo largo de 2007 y cuyos precios son los de mayor rigidez en la economía. La volatilidad presentada en el componente no subyacente fue resultado de choques de oferta de algunos alimentos, principalmente del comportamiento observado en la inflación anual de las frutas y verduras y de la tendencia ascendente en la inflación de los precios de las carnes y el huevo.

De acuerdo con la información observada, si bien la inflación general y la subyacente se vieron afectadas por choques de oferta durante la segunda mitad de 2006 y principios de 2007, se anticipa que el impacto sobre la inflación será temporal, ya que proviene del incremento en el precio de un número reducido de bienes y no parece haber contaminado el proceso de formación de precios en la economía, ni los incrementos de sueldos y salarios. Cabe notar que el incremento en los precios de los alimentos proviene fundamentalmente del aumento en el mercado internacional de los precios del maíz, el cual se amortiguó en virtud del Acuerdo para Estabilizar el Precio de la Tortilla que suscribió el Gobierno Federal con diversos miembros de la industria. De esta forma se anticipa que la inflación general anual se situé entre 3.75 y 4.25 por ciento durante el tercer trimestre del año y que en el cuarto trimestre descienda a entre 3.25 y 3.75 por ciento. También se prevé que la inflación subyacente durante el segundo semestre de 2007 presente una trayectoria descendente, para ubicarse hacia finales del año alrededor de 3.5 por ciento. Asimismo, se anticipa que durante el próximo año ambas medidas inflacionarias presenten una trayectoria convergente hacia la meta del Banco de México de 3 por ciento.

En este sentido, a pesar de que la evolución observada en la tasa de inflación provocó un incremento en la expectativa de la inflación general y subyacente para 2007, las expectativas para el mediano plazo no se han modificado. Esto significa que los agentes económicos están incorporando de manera importante en sus expectativas la confianza en la conducción de la política monetaria del Banco de México. De esta forma se garantiza la estabilidad de las expectativas inflacionarias, lo cual evita que incrementos en algunos precios relativos se transmitan de forma sostenida a la inflación, a los salarios y a otras variables financieras.

III.5. Los mercados financieros en México en 2007

Los mercados financieros nacionales iniciaron el año afectados por los siguientes factores:

• La expectativa de una mayor restricción monetaria ante el crecimiento de la inflación subyacente y de las expectativas sobre la misma. No obstante, en la reunión del 23 de febrero las autoridades monetarias decidieron mantener su postura monetaria.
• La posibilidad de nuevos incrementos en las tasas de interés de los principales bancos centrales. El Banco de Japón decidió incrementar su tasa de referencia en 35 puntos base para llevarla a 0.75%. 12Por su parte, el Banco Central Europeo realizó un incremento por 25 puntos base en su tasa de referencia en marzo, llegando a un nivel de 3.75%.
• El martes 27 de febrero se registró una caída de 8.8% en el mercado accionario de China, debido al rumor de que las autoridades de ese país crearían una comisión especial con el objetivo de investigar la procedencia de los fondos invertidos en el mercado bursátil a fin de detectar los fraudes y luchar contra los delitos de uso de información privilegiada.

Estos elementos contribuyeron para que aumentara la volatilidad en los mercados financieros internacionales. En ese momento, las presiones de los mercados financieros internacionales se manifestaron sólo de manera temporal en los mercados financieros nacionales, los cuales a partir de marzo mostraron mayor estabilidad. Aunado a lo anterior, el 29 de marzo la empresa calificadora Fitch mejoró la perspectiva de la deuda soberana de México de ``estable'' a ``positiva'', debido a las expectativas positivas de la economía mexicana por la mejora en los índices de solvencia externos y la aprobación de la reforma del ISSSTE.

En abril de 2007 el Banco de México consideró conveniente reforzar de manera preventiva la postura monetaria, aumentando en 25 puntos base la tasa de fondeo, con el objetivo de alcanzar un mejor balance en cuanto a los riesgos de inflación y evitar que el proceso de formación de precios y salarios en la economía se vea afectado por los choques de oferta que se han presentado.

Posteriormente las noticias positivas sobre la recuperación en el crecimiento de la economía estadounidense durante el segundo trimestre se reflejaron en un mayor flujo de inversión extranjera hacia los mercados financieros emergentes. Lo anterior permitió que el riesgo país de México alcanzara un mínimo histórico el 1 de junio, al ubicarse en 71 puntos base. Asimismo, en la primera semana de julio Standard & Poor's revisó la perspectiva de la calificación de deuda soberana de México de ``estable'' a ``positiva'', debido a una firme mejora en la liquidez externa, una carga más ligera de la deuda externa y la creciente posibilidad de que se materialice la reforma fiscal.

Asimismo, si bien eran favorables las perspectivas sobre la evolución de la economía de los Estados Unidos, a finales de junio se incrementó la aversión al riesgo de los inversionistas debido al desempeño del mercado hipotecario en ese país. Esta nueva fase de volatilidad en los mercados financieros internacionales está asociada al deterioro de las condiciones crediticias del mercado hipotecario en Estados Unidos y a una crisis de liquidez en los mercados financieros ante la incertidumbre sobre la vulnerabilidad de los intermediarios financieros a pérdidas originadas por los problemas en el sector hipotecario así como por la volatilidad de los mercados. Lo anterior se reflejó en una disminución en los rendimientos de las tasas de interés de los bonos del Tesoro, ante una mayor demanda de activos libres de riesgo.

En contraparte, en junio el Banco Central Europeo incrementó por segunda ocasión su tasa de referencia en 25 puntos base, con lo cual alcanzó un nivel de 4.0%.

Lo anterior llevó a una elevada escasez de liquidez durante agosto, ocasionando que los principales bancos centrales intervinieran en los mercados de dinero para solventar la menor oferta de recursos. Los bancos centrales que realizaron operaciones de mercado abierto u otorgaron créditos a intermediarios financieros son la Reserva Federal de Estados Unidos, el Banco de Japón, el Banco Central Europeo y el Banco de Canadá.

En el caso de México se observaron incrementos en las tasas de interés domésticas de corto plazo tras el incremento de la tasa de referencia por parte del Banco de México. Por su parte, los rendimientos de los bonos de mediano y largo plazo mostraron incrementos de menor magnitud, debido a la mejora en la perspectiva de la calificación crediticia de México, así como la percepción de avances en materia de discusión y consensos entre el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión en materia de reformas estructurales.

Cabe mencionar que en el periodo de enero a julio de 2007 el promedio de las tasas de interés de los bonos gubernamentales fue de 7.51 por ciento, 40 puntos base por debajo del promedio para el mismo periodo de 2006, siendo las reducciones menores en los rendimientos a más largo plazo. Dicha reducción se deriva de la prudencia observada en la utilización de la política fiscal, cambiaria y monetaria, así como de las expectativas de cambios estructurales que mejoren las perspectivas de la economía mexicana. En ese contexto, cabe notar que la volatilidad financiera internacional tuvo un efecto limitado sobre el nivel de las tasas de interés domésticas.

Por su parte, la mayor aversión al riesgo observada en los mercados internacionales se tradujo en una depreciación limitada del tipo de cambio del peso mexicano frente al dólar. En este contexto, al cierre del 31 de agosto el peso se ha depreciado 2.08% con respecto al cierre de 2006. Cabe notar que el ajuste observado en el tipo de cambio ha sido menor al presentado en las cotizaciones de las divisas de otros países emergentes.

El Índice de Precios y Cotizaciones (IPyC) de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) había mostrado una tendencia al alza desde mediados de junio de 2006 y hasta los primeros días de febrero de 2007, cuando se observó un ajuste a la baja ante la expectativa de una política monetaria más restrictiva en las principales economías del mundo. Este ajuste fue transitorio y rápidamente el mercado accionario nacional se recuperó. El impulso que llevaba la BMV le permitió alcanzar un máximo histórico el 6 de julio de 2007, al ubicarse en 32 411.84 unidades.

Como se mencionó anteriormente, desde finales de junio los mercados bursátiles internacionales iniciaron una etapa de elevada volatilidad propiciada por el deterioro de las condiciones crediticias del mercado hipotecario en Estados Unidos y la incertidumbre sobre el efecto del deterioro en los créditos sobre los intermediarios financieros. De esta manera, a partir del 9 de julio el mercado accionario nacional inició una etapa de ajuste, ante el acrecentamiento de la crisis del sector hipotecario en Estados Unidos y el temor de que se extendiera a otros sectores de la economía. Desde esa fecha y hasta el 20 agosto el principal indicador bursátil registró una tendencia a la baja. En el periodo posterior se revirtió su tendencia.

En este contexto, al cierre del 28 de agosto el IPyC se situó en 29 326.76 unidades, lo que implicó una ganancia acumulada nominal de 10.9 por ciento con respecto al cierre de 2006, mientras que en términos de dólares muestra un incremento de 7.9 por ciento en lo que va del año.

Por su parte, el Ahorro Financiero Interno 13 (AFI) muestra altas tasas de crecimiento, en virtud de la estabilidad macroeconómica mostrada en los últimos años. Dicho comportamiento se explica por la expansión de los fondos de pensiones y las sociedades de inversión. De esta forma, el AFI al mes de junio alcanzó un aumento real anual de 11.6 por ciento.

Asimismo, el crédito canalizado a las empresas y a los hogares muestra un sólido crecimiento beneficiado por la disciplina fiscal y la reestructuración del sistema financiero. Lo anterior ha permitido que el saldo de la cartera de crédito vigente directo otorgado por la banca comercial al sector privado se incremente de manera importante. A junio de 2007, los recursos destinados a dicho sector representaron el 13.2 por ciento del PIB mientras que a diciembre de 2006 dicha proporción representaba el 12.4 por ciento del PIB. De esta manera, a junio de 2007, el saldo del crédito vigente directo asciende a 1,275 miles de millones (Mmp) de pesos.

El incremento observado en el saldo de la cartera de crédito vigente directo de la banca comercial al sector privado se deriva de un crecimiento elevado que se mantuvo durante 2007, observándose una expansión a tasa real anual de 25.8 por ciento en julio de 2007. A su interior, la cartera de crédito vigente directo a la vivienda continuó con un elevado dinamismo, registrando un crecimiento de 24.5 por ciento anual en términos reales. Asimismo, los renglones de crédito vigente directo al consumo y a las empresas y personas físicas con actividad empresarial se incrementaron 26.1 y 28.9 por ciento anual en términos reales, respectivamente.

El Congreso aprobó una serie de iniciativas relativas al sistema financiero que, al complementarse con varios cambios regulatorios, permitirán un funcionamiento más eficiente del sistema llevando a que cumpla de mejor manera su función de promotor del desarrollo. Los cambios se describen a continuación.

Incrementar la transparencia de los servicios financieros

El 15 de junio de 2007 se publicó el Decreto por el que se expide la nueva Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y se realizaron diversas adecuaciones a la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Los principales objetivos de las reformas son:

1) Promover la bancarización a través de productos financieros básicos cuyo costo sea fácilmente comprobable entre instituciones. Al respecto, Banco de México establecerá características mínimas de productos sencillos y estandarizados; condiciones para dar servicios a los sectores no bancarizados o recientemente bancarizados y pueda hacerse un número de retiros en cajeros propios o ajenos gratuitos para el usuario del producto, entre ellos la cuenta de nómina por determinado monto;
2) Fortalecer la transparencia, especialmente sobre el cobro de comisiones y de la información emitida a través de contratos de adhesión, estados de cuenta y publicidad, y
3) Otorgar facultades adicionales a las autoridades financieras para fortalecer la protección del usuario de servicios financieros.

Mejorar el marco regulatorio del sector de ahorro y crédito popular

El 31 de agosto de 2007 se publicó la reforma a la Ley de Ahorro y Crédito Popular que incrementa la transparencia y seguridad del sector de ahorro y crédito popular e impulsa su desarrollo de una forma ordenada, en protección de los intereses del ahorrador.

Con la reforma se introducen cambios que conducirán a una mayor transparencia en las cuotas y servicios que ofrecen las Federaciones, así como a la flexibilización de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores (Fideicomiso PAGO) para que pueda apoyar, en el fortalecimiento o la salida ordenada del sector, a un mayor número de sociedades y asociaciones. También, se reduce la carga regulatoria para las cajas de menor tamaño en términos de activos al subir el umbral a partir del cual deben ser supervisadas por la CNBV al pasar de 350 mil Udis en activos a 6.5 millones de Udis en activos. No obstante, las cajas por debajo de este umbral tienen la opción de someterse voluntariamente al régimen regulado, lo que les permitiría ofrecer un mayor número de servicios. Asimismo, se crean incentivos técnicos y financieros para que las sociedades y asociaciones que no han cumplido con los términos que marca la Ley de Ahorro y Crédito Popular se integren al régimen. Asimismo, se amplían los plazos para que las sociedades y asociaciones en prórroga condicionada 14 y Federaciones, puedan cumplir en tiempo y forma con los requisitos de la Ley, mismos que se ajustan a tiempos acordes a la realidad, que permitirán la transformación y autorización ordenada a Entidades de Ahorro y Crédito Popular.

Promover el fortalecimiento del Sistema de Ahorro para el Retiro

Con relación al desempeño del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), al inicio del presente año existían preocupaciones sobre elevadas comisiones --a pesar de las disminuciones registradas--, bajos rendimientos y una gran cantidad de traspasos de cuentas de los cuales muchos eran irregulares. Estas preocupaciones motivaron la Reforma a la Ley del SAR llevada a cabo en junio de 2007, con el objetivo fundamental de generar condiciones de sana competencia entre las AFORES, dando mayor importancia al rendimiento neto de comisiones. Los principales elementos de la Reforma son:

• Se elimina la comisión sobre flujo y se establece como única forma de cobro la comisión sobre saldo.
• Se establecen condiciones más estrictas para los traspasos otorgando facultades a la CONSAR para llevar a cabo acciones que limiten y penalicen las malas prácticas en cuestión de traspasos

En línea con la reforma a la Ley del SAR, y con el objetivo que los trabajadores perciban mayores rendimientos, se modificó el régimen de inversión de las SIEFORES. Las modificaciones consistieron en permitir la apertura de tres tipos de SIEFORES adicionales. La familia de SIEFORES, ahora compuesta por cinco tipos de fondos, operará bajo un esquema de ciclo de vida, recibiendo trabajadores de acuerdo a su edad, pudiendo ofrecer relaciones distintas de riesgo-rendimiento. Por otra parte, las modificaciones llevadas a cabo permiten la inversión en nuevos instrumentos y amplían los límites de Valor en Riesgo y Renta Variable.

Modernizar el régimen de las Sofoles

Asimismo, en 2007 se han llevado a cabo acciones con el fin de facilitar la implementación de la reforma realizada en abril de 2006 cuyo objetivo general fue la modernización del régimen de las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES), las Arrendadoras Financieras y las Empresas de Factoraje Financiero. Se elaboraron y se pusieron a disposición en la página de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público guías para la constitución de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES) y para la conversión de arrendadoras financieras, empresas de factoraje y sociedades financieras de objeto limitado a este nuevo tipo de entidad. Así, a poco más de un año de la reforma, en agosto de 2007 en la CONDUSEF se encuentran registradas 199 SOFOMES. A partir del 18 de julio del 2013, las autorizaciones para SOFOLES, arrendadoras financieras y empresas de factoraje financiero quedarán sin efecto. Del universo de entidades financieras que tienen que transitar al nuevo régimen, a agosto de 2007 se han convertido a SOFOMES: 13 SOFOLES, 13 arrendadoras financieras y 8 empresas de factoraje financiero.

Flexibilizar el régimen de inversión de inversionistas institucionales

El 1 de agosto de 2007 se reformó el régimen de inversión de las SIEFORES para permitirles, bajo condiciones específicas, invertir en FIBRAS (Fideicomisos de Infraestructura y Bienes Raíces) y en capital privado. Asimismo, se realizaron adecuaciones al régimen de inversión de las aseguradoras, con la finalidad de apoyar su solvencia y liquidez considerando la exposición de sus inversiones ante los principales riesgos financieros a que se encuentran expuestas. Con el objeto de propiciar una mayor diversificación de su portafolio de inversiones se incrementó el porcentaje de inversión en valores extranjeros y se han permitido las operaciones de diferentes productos financieros derivados, siempre que se cumplan ciertos lineamientos.

III.6. Proyecciones para el cierre de 2007

III.6.1. Sector real

La evolución de la economía de México observada en la primera mitad de 2007 es ligeramente diferente a la anticipada en el escenario macroeconómico de los CGPE07 y del Documento Relativo al Cumplimiento de las Disposiciones Contenidas en el Artículo 42, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del presente año.

Durante el primer semestre del año el ritmo de crecimiento económico de la producción de México fue más moderado que el anticipado, debido a que el dinamismo de la economía de los Estados Unidos fue menor que el previsto. Cabe señalar que el crecimiento estimado para la economía de los Estados Unidos en 2007 ha sufrido revisiones continuas a la baja; primero, como consecuencia de una menor actividad manufacturera y, segundo, debido a un deterioro sustancial del mercado inmobiliario residencial que fue mayor que el proyectado. Asimismo, el incremento que recientemente tuvo la volatilidad de los mercados financieros y el aumento en el riesgo de que se observe una contracción del crédito para los consumidores estadounidenses, han ocasionado que los pronósticos de crecimiento para los Estados Unidos sean más conservadores. Consecuentemente, el pronóstico oficial de crecimiento para el PIB de México se revisó a la baja. Actualmente se estima que la economía mexicana crecerá a una tasa anual de 3.0 por ciento. Esta cifra es inferior tanto al 3.6 por ciento plasmado en los CGPE07, como a la tasa de 3.3 por ciento publicada en el último Informe Trimestral sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública. No obstante, es preciso enfatizar que la estimación de 3.0 por ciento implica una recuperación de la actividad económica de México a lo largo de 2007, parte de la cual se observó entre el primero y segundo trimestres del año. Se estima que durante la segunda mitad de 2007 el PIB crecerá a una tasa anual promedio cercana a 3.4 por ciento, lo cual implicará incrementos trimestrales ajustados por estacionalidad de 1.0 por ciento, aproximadamente.

La estimación oficial de la expansión económica de México es consistente con la expectativa formulada por el sector privado. De acuerdo con la encuesta de agosto realizada por el Banco de México, los especialistas anticipan un crecimiento del PIB de 3.03 por ciento. Se estima que el consumo privado aumente a un ritmo anual de alrededor de 3.6 por ciento, mayor al crecimiento del producto. En cuanto a la inversión privada se estima un crecimiento anual de 6.5 por ciento.

A la par del menor crecimiento de la industria estadounidense y la producción del sector automotriz, se calcula que durante 2007 el valor real en pesos de las exportaciones de bienes y servicios crezca a un ritmo anual de 5.1 por ciento, mientras que las importaciones lo harían en 6.2 por ciento.

Se anticipa que al cierre de 2007 la inflación general se encuentre dentro del intervalo de variabilidad alrededor del objetivo del Banco de México (3.0 por ciento más/menos 1.0 punto porcentual). Esta proyección es congruente con las estimaciones de los analistas del mercado encuestados por el Banco de México, los cuales en agosto de 2007 proyectaron que la tasa de inflación será de 3.65 por ciento al cierre del año. En este escenario macroeconómico se considera que el déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos se ubicará en 7 mil 398.3 millones de dólares, equivalente a 0.8 por ciento del PIB. De manera complementaria, se prevé que el flujo de inversión extrajera directa superará el monto registrado en 2006 y que las remesas familiares se ubicarán en más de 24 mil millones de dólares.

III.6.2. Finanzas públicas

De acuerdo con lo que el H. Congreso de la Unión aprobó en la Ley de Ingresos de la Federación para 2007 (LIF2007) y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007 (PEF2007), y en concordancia con lo que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), para el cierre de 2007 se estima obtener un equilibrio en las operaciones presupuestarias del Sector Público. El balance público de cero estimado para 2007 sería resultado de ingresos y egresos presupuestarios por 2,336.7 mil millones de pesos.

La proyección de las finanzas públicas para el cierre de 2007 resulta de considerar la evolución observada de los diferentes agregados a julio y la actualización de algunos supuestos que se utilizaron en el Paquete Económico para 2007:

• Se consideró un precio promedio anual de la mezcla mexicana de exportación de petróleo de 54.6 dólares por barril, en comparación con 42.8 dólares por barril estimados originalmente.
• Se estimó una producción de crudo de 3,162 miles de barriles diarios (mbd), menor a la programada de 3,231 mbd. A julio, el promedio observado fue de 3,162 mbd, mismo nivel que se espera continúe para el resto del año.
• Se utilizó una tasa de interés interna promedio anual de 7.2 por ciento, en lugar de 6.8 por ciento. La tasa de interés promedio de los CETES a 28 días del periodo enero-agosto fue de 7.1 por ciento y para los últimos cuatro meses del año se proyecta un promedio de 7.2 por ciento.
• Se estimó un tipo de cambio promedio anual de 11.0 pesos por dólar, en lugar de 11.2 pesos por dólar previstos. El promedio observado hasta agosto se ubicó en 10.9 pesos por dólar y para septiembre-diciembre se espera un promedio de 11.1 pesos por dólar.

Asimismo, se actualizaron las estimaciones de los adeudos fiscales de ejercicios anteriores (Adefas) con los diferimientos de pagos efectivamente registrados al cierre de 2006 y las participaciones a las entidades federativas en función de la recaudación federal participable revisada.

Como resultado de estas modificaciones, se estima que los ingresos presupuestarios serán mayores en 98.3 mil millones de pesos a lo previsto en la LIF2007, de los cuales 46.2 mil millones de pesos corresponden a ingresos petroleros, 24.6 mil millones de pesos a ingresos tributarios no petroleros, 25.5 mil millones de pesos a ingresos no tributarios del Gobierno Federal y 1.9 mil millones de pesos a ingresos propios de las entidades de control presupuestario directo distintas de PEMEX.

Se estima que los ingresos tributarios no petroleros serán mayores en 24.6 miles de millones de pesos con respecto a los previstos en la LIF2007 debido a la mayor recaudación del ISR por 49.4 miles de millones de pesos, que se compensa parcialmente con una menor recaudación del IVA de 24.3 miles de millones de pesos. De esta forma, la recaudación tributaria mostrará un crecimiento real anual de 4.3 por ciento; en particular, el ISR estará registrando un crecimiento real anual de 7.6 por ciento.

Los ingresos no tributarios del Gobierno Federal aumentarán 25.5 miles de millones de pesos debido a mayores derechos y aprovechamientos generados por los servicios que presta el Estado, el uso de bienes de dominio público y la obtención de ingresos no recurrentes.

Se estima que las entidades paraestatales de control presupuestario directo distintas de PEMEX generarán ingresos excedentes por 1.9 miles de millones de pesos, lo que se explica, principalmente, por el incremento en las tarifas eléctricas de uso industrial y comercial que reflejan el aumento en el costo de los combustibles.

El gasto neto total pagado del sector público para 2007 se estima en 23.8 por ciento del PIB, lo que significa un nivel real similar respecto al monto erogado en 2006. En lo que se refiere al gasto programable del sector público, se estima un ejercicio mayor a lo aprobado en el PEF2007 por 102.6 mil millones de pesos debido a las ampliaciones de gasto sustentadas en los ingresos excedentes previstos para el cierre del año y al menor gasto no programable. Destaca el crecimiento real del gasto de las pensiones y de capital de 4.9 y 5.8 por ciento, respectivamente, así como la reducción real de 11.3 por ciento en el gasto corriente de operación. Asimismo, las erogaciones destinadas al desarrollo social se espera aumenten 2.1 por ciento en términos reales con respecto a 2006, en tanto que los gastos para atender las funciones de gobierno disminuirán 16.8 por ciento durante 2007, debido a la reducción en las erogaciones de Administración Pública.

Por su parte, se prevé que el gasto no programable sea inferior en 4.3 mil millones de pesos al monto aprobado para 2007, lo que se explica por los siguientes factores:

• Se anticipa que el costo financiero será menor en 10.0 mil millones de pesos a lo aprobado debido a una menor depreciación del tipo de cambio, al mayor rendimiento financiero por las disponibilidades del Gobierno Federal y al menor costo financiero de la deuda asociada a los proyectos PIDIREGAS.
• Para las Adefas se proyecta un mayor pago a lo aprobado por 4.0 mil millones de pesos al considerar los diferimientos de pagos que se realizaron en 2006.
• Las participaciones a las entidades federativas serán mayores en 1.6 mil millones de pesos con respecto a lo aprobado. Cabe señalar que las participaciones de 2007 se vieron afectadas por el tercer ajuste cuatrimestral correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, el cual fue negativo (7.2 Mmp). En ausencia del ajuste, las participaciones serían mayores a lo programado en 8.8 Mmp.

Al considerar los requerimientos financieros del sector público (RFSP), es decir, las necesidades de financiamiento que enfrenta el sector público para alcanzar sus objetivos de política, incluyendo los requerimientos derivados tanto de las actividades que realizan las entidades del sector público como aquéllas que realiza el sector privado por cuenta y orden del Gobierno Federal, se estima que al cierre de 2007 éstos equivalgan a 1.7 por ciento del PIB, monto superior en 0.8 puntos porcentuales del producto con respecto al cierre de 2006, debido principalmente a que el año anterior la Sociedad Hipotecaria Federal obtuvo una mayor recuperación de cartera por la compra que hizo el FOVISSSTE del saldo de la cartera del Programa Especial de Crédito. Respecto de lo estimado originalmente para 2007 se prevé un cierre igual al previsto; sin embargo, las diferencias en su composición se explican por los siguientes factores:

• Se había previsto un déficit por intermediación financiera de 0.4 por ciento del PIB. De acuerdo con las cifras estimadas por las entidades, el déficit será de 0.3 puntos del producto. Aun cuando el otorgamiento de crédito ha aumentado, la recuperación de cartera será mayor a la estimada originalmente.
• Mayor gasto en proyectos de inversión financiada (PIDIREGAS), equivalente a 0.1 por ciento del PIB, debido a un ritmo más acelerado en la ejecución de obra de los proyectos autorizados por el Congreso de la Unión.

IV. Lineamientos de política económica para 2008

Como se mencionó en la introducción del presente documento, el objetivo principal de la política económica de la presente Administración, establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, es el Desarrollo Humano Sustentable. Lograrlo requerirá de la participación responsable de los tres órdenes de gobierno y los poderes que los conforman, de las organizaciones sociales, del sector privado y de la sociedad en general.

Para este propósito el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 plantea una estrategia integral basada en 5 grandes ejes de acción que se complementan entre sí. Si bien adelante se detallan las políticas y líneas de acción relacionadas directamente con el Eje 2, Economía Competitiva y Generadora de Empleos, es importante señalar la necesidad de avanzar de manera integral en el resto de los ejes.

Un Estado de Derecho y Seguridad son necesarios para que las personas puedan gozar plenamente del producto de su esfuerzo y mayor certidumbre en las inversiones. Sin Igualdad de Oportunidades en salud, en educación y en el mercado laboral, no es posible aprovechar todo el potencial de los mexicanos ni que ellos se desarrollen plenamente en todos los ámbitos. Un requisito para el desarrollo es la Sustentabilidad Ambiental ya que de no cumplirse, el bienestar de las futuras generaciones estará en riesgo. La Gobernabilidad Democrática constituye el elemento fundamental y el contexto en el que se alcanzarán los acuerdos requeridos para la transformación económica de nuestro país. Finalmente, requerimos de una Política Exterior Responsable y activa para aprovechar las oportunidades y encarar los retos que el entorno globalizado nos impone.

Ante la urgente necesidad de reducir de manera sostenida y acelerada la pobreza que afecta a una parte importante de la población son imprescindibles mayor crecimiento económico y generación de empleos. Para esto debe fomentarse una mayor inversión en capital físico, ampliar las capacidades de las personas y promover un crecimiento elevado de la productividad. Asimismo, se han identificado áreas de actuación donde las líneas estratégicas antes mencionadas tendrán el mayor impacto. En la siguiente sección se indican dichas áreas y las principales políticas que se seguirán en cada una de ellas.

En este orden de ideas, la aprobación de la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen, cuyas iniciativas se están discutiendo en el H. Congreso de la Unión, permitirá aumentar la eficiencia del gasto y destinar recursos crecientes al desarrollo social y a la inversión en infraestructura; facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y combatir la evasión y elusión fiscales; fortalecer a las haciendas públicas locales estableciendo una relación de corresponsabilidad entre todos los órdenes de gobierno, y reforzar la estructura tributaria de tal forma que se reduzca la dependencia de los ingresos petroleros. Asimismo, mediante la conducción responsable y eficiente de las finanzas y deuda públicas se mantendrá la estabilidad necesaria para que continúe la recuperación en el ahorro y la inversión de la economía, constituyendo bases sanas para instrumentar la estrategia integral establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

IV.1. Agenda estructural

La prioridad de contar con una economía competitiva con mayor crecimiento económico y capacidad para generar empleos requiere tomar acciones inmediatas en diversos frentes que, de manera sinérgica, contribuirán a crear un círculo virtuoso en el que el mayor crecimiento económico genere mejores oportunidades de empleo y mayor desarrollo humano. A su vez, el progreso en el desarrollo humano elevará la productividad de las personas lo cual permite mantener un elevado y sostenido crecimiento económico. Estas áreas incluyen sectores que por su importancia económica y social deben recibir especial atención como es el caso del sector rural, el turismo y las pequeñas y medianas empresas. A continuación se describen las principales áreas en las que se ha identificado que es preciso avanzar de manera inmediata.

Promoción de la productividad y la competitividad

La productividad es la única fuente sostenible de crecimiento económico, generación de empleos, competitividad y mayores salarios. El crecimiento de la productividad exige una mayor inversión física y condiciones más favorables para la adopción y el desarrollo de tecnologías. Asimismo, es esencial promover la competencia y combatir las prácticas monopólicas, lo que tendrá como consecuencia un mayor bienestar social en razón de que los consumidores podrán elegir entre una gama más amplia de alternativas a mejores precios y/o de mayor calidad. Al mismo tiempo, menores costos de los insumos se traducirán en una planta productiva más competitiva.

Para promover mayores niveles de inversión las políticas públicas se orientarán a generar un ambiente más propicio para la inversión reduciendo los costos de producción en territorio nacional, promoviendo la inversión en infraestructura y disminuyendo los riesgos en la economía. También se fomentará el desarrollo de nuevos instrumentos financieros que permitan administrar el riesgo de las inversiones.

En el entorno en que vivimos, la productividad de la mano de obra, producto de las capacidades de las personas, será clave para la competitividad. Dada la vasta movilidad de las inversiones y la fuerte competencia internacional, los mexicanos ahora competimos con el resto del mundo por los mismos puestos de trabajo.

Promoción del empleo y la paz laboral

La estructura demográfica de la población mexicana y su evolución esperada demandan una elevada creación de empleos formales de calidad, para lo cual es necesario poner en práctica políticas de Estado y generar las condiciones que incentiven la creación de empleos y faciliten el acceso a los mismos. La política laboral de esta Administración tendrá como ejes rectores la promoción, la conciliación y la legalidad.

Así, las líneas de política en esta materia buscarán la coordinación de los programas de apoyo al empleo y capacitación así como poner en funcionamiento instrumentos que faciliten a buscadores de empleo, empresas y gobiernos entrar en contacto. Una de las principales prioridades de la política laboral será la prevención de riesgos de trabajo, mediante la elaboración e instrumentación de una política pública de seguridad y salud en el trabajo.

Especial atención se prestará al fomento de la equidad e inclusión laboral y la entrada de jóvenes al mercado laboral. Para ello, deben aplicarse políticas focalizadas a la atención a grupos en situación de vulnerabilidad y programas que incentiven a los empleadores a crear nuevos puestos de trabajo para los jóvenes que ingresan al mercado laboral formal.

Asimismo, es imperativo conservar la paz laboral y promover el equilibrio entre los sectores productivos a través de la legalidad, la conciliación y el diálogo en las revisiones contractuales, salariales y conflictos laborales. Esto requiere fortalecer la conciliación entre los sectores laboral y empresarial y procurar la tramitación de las demandas laborales con procedimientos más ágiles, transparentes y expeditos. Todo ello dentro del marco de la legalidad y con pleno respeto a los derechos de los trabajadores.

Infraestructura para el desarrollo

La infraestructura es fundamental para el acceso a los mercados, tanto de productos como de insumos, así como para proporcionar servicios básicos en beneficio de la población y de las actividades productivas. De esta forma, incrementar la cobertura, calidad y competitividad de la infraestructura es un elemento central de la estrategia de desarrollo.

Para ello se ha elaborado un Programa Nacional de Infraestructura que busca el logro de dos objetivos: i) contribuir a que las oportunidades de desarrollo sean iguales para todos los mexicanos, especialmente de los que menos tienen, proporcionándoles los servicios básicos que requieren; y, ii) proveer la infraestructura requerida para la competitividad de nuestra economía y que permita a nuestro país convertirse en una plataforma logística óptimamente integrada a la economía global.

De esta forma, el Programa tiene una visión estratégica de largo plazo, la cual señala las prioridades y los proyectos estratégicos que impulsará la presente administración en los sectores de comunicaciones y transportes, energía, agua y turismo.

Las acciones en esta materia incluyen la asignación de mayores recursos e incorporar las mejores prácticas en los procesos de preparación, administración y gestión de los proyectos de infraestructura, con base en metodologías adecuadas de evaluación para asegurar la factibilidad técnica, económica y ambiental de los proyectos.

Dada la magnitud de las necesidades, y lo limitado de los recursos públicos, también será importante promover una mayor participación del sector privado en el desarrollo de la infraestructura y mejores esquemas de financiamiento.

Pequeñas y medianas empresas

Como parte de la estrategia para aumentar los niveles de productividad y generar empleos es necesaria una política integral de apoyo para el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMEs). Esta política estará basada en cinco estrategias: financiamiento, comercialización, capacitación y consultoría, gestión e innovación y desarrollo tecnológico. Adicionalmente, se apoyará el desarrollo de proyectos productivos y empresas sociales, que generen empleos y que permitan a los mexicanos tener un ingreso digno y mejores niveles de vida.

El esquema de apoyo a las MIPyMEs se consolidará en una sola instancia que coordine los programas de apoyo integral a estas empresas, de acuerdo con su tamaño y potencial.

Sector rural

El Sector Agropecuario y Pesquero es estratégico y prioritario para el desarrollo del país porque, además de proveer de alimentación para los mexicanos y materias primas para la industria, se ha convertido en un importante generador de divisas al mantener un importante dinamismo exportador. Asimismo, la pobreza rural y la cantidad de familias que continúan ligadas a la producción primaria hace que sea necesario continuar con apoyos al sector para que mejore su productividad y promueva su viabilidad futura.

Así, para elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de los mexicanos que viven en las zonas rurales y costeras se instrumentarán medidas para optimizar los programas y recursos que incrementen las oportunidades de acceso a servicios en medio rural y reduzcan la pobreza. También se promoverá la diversificación de las actividades económicas y mejorar la productividad laboral a través de la organización, capacitación y asistencia técnica, el acceso al financiamiento y la capitalización así como a través de la vinculación de las actividades de investigación y desarrollo con las necesidades del sector rural. La certeza jurídica en el campo también será una prioridad. De igual forma, se impulsará la modernización integral del sector pesquero para hacerlo competitivo en el mercado internacional.

Es pertinente señalar que se buscará que el desarrollo armónico del medio rural se dé a través de acciones concertadas con todos los actores involucrados, incluyendo a los gobiernos estatales.

Turismo

México se encuentra en una situación de enorme potencial para que el desarrollo del sector turismo se vuelva uno de los ejes de desarrollo del país. A ello contribuirá el desarrollo a nivel mundial y el incremento en la población pensionada en los países industrializados, al estimular la demanda por servicios turísticos. Sin embargo, la misma globalización lleva a que el viajero, tanto nacional como extranjero, tenga mayores opciones, por lo que las oportunidades y retos que representa la integración mundial deben resolverse mediante políticas públicas decididas.

Para enfrentar estos desafíos se requiere hacer del turismo una prioridad nacional para generar inversiones, empleos y combatir la pobreza en las zonas con atractivos turísticos competitivos, crear condiciones de certeza jurídica para las nuevas inversiones, considerar programas de desarrollo de una amplia gama de servicios turísticos, y hacer converger programas como el financiamiento y capacitación a MIPyMEs. Es necesario mejorar sustancialmente la competitividad y diversificación de la oferta turística nacional, en un marco de sustentabilidad económica y social y coordinación con los sectores público y privado; se deben desarrollar programas para promover la calidad de los servicios turísticos y la satisfacción y seguridad del turista, así como de promoción en los mercados y segmentos turísticos de mayor rentabilidad fortaleciendo la información, asistencia y seguridad al turista. En resumen se requiere asegurar un desarrollo turístico integral que aproveche el potencial de crecimiento, a la vez que mejore las condiciones de vida de las poblaciones locales donde se ubique la actividad.

Telecomunicaciones y transportes

El principal reto de las telecomunicaciones en nuestro país es aumentar el acceso a los servicios a un número cada vez mayor de habitantes. Para aumentar el acceso a estos servicios las acciones se orientarán a incrementar la competencia entre concesionarios; a promover entre todos los sectores el diseño y desarrollo de estrategias que faciliten el uso de las tecnologías de información y comunicación; a promover el desarrollo de infraestructura tecnológica de conectividad que permita alcanzar una penetración superior al 60 % de la población, consolidando el uso de la tecnología de los servicios en cualquier lugar, desarrollando contenidos de interés y de alto impacto para la población; a modernizar el marco normativo; a proponer esquemas de financiamiento y autosustentablidad para fomentar la aplicación y desarrollo de proyectos en el uso de las tecnologías de la información y su continuidad operativa; y a desarrollar mecanismos y las condiciones necesarias a fin de incentivar una mayor inversión en la creación de infraestructura y en la prestación de servicios de telecomunicaciones.

En el caso de los transportes, el reto es reducir las diferencias respecto a los países de la OCDE en la cobertura de los servicios. Este reto se enfrentará mediante la ampliación de la infraestructura en todas sus modalidades, su modernización y con medidas para asegurar la prestación de servicios confiables y de calidad para toda la población. Asimismo, se requiere hacer más eficiente la gestión del sistema, fortaleciendo el ejercicio normativo, rector y promotor del Estado, a fin de garantizar el desarrollo y uso de la infraestructura; así como proponer esquemas de financiamiento y mejorar los ya existentes además de impulsar su papel como generador de oportunidades y empleos.

Sector energético

Los principales desafíos del sector de hidrocarburos son detener y revertir la evolución desfavorable de las reservas de hidrocarburos; resolver la carencia de tecnología para desarrollar los recursos prospectivos en aguas ultraprofundas; detener el crecimiento de las importaciones de gasolinas; altos costos de producción y baja competitividad. Existe también la necesidad de elevar los estándares de seguridad y reducir el impacto ambiental de la actividad petrolera.

Para enfrentar estas tareas es necesario fortalecer las atribuciones rectoras del Estado sobre las reservas y la administración óptima de los recursos mediante la ampliación de la capacidad de producción y suministro de petrolíferos bajo condiciones de eficiencia. Debe revisarse el marco jurídico para hacer de éste un instrumento de desarrollo del sector, fortaleciendo a Petróleos Mexicanos y promoviendo mejores condiciones de competencia en aquellas áreas en las que, por sus características, se incorpore inversión complementaria.

Por otra parte, entre los principales desafíos que deberán enfrentarse en el sector eléctrico destacan el nivel actual de las tarifas eléctricas y la necesidad de mejorar la calidad del suministro de energía eléctrica.

Para garantizar un mejor suministro de energía eléctrica es necesario fomentar niveles tarifarios que cubran costos asociados con una operación eficiente de las empresas, lo que requerirá mejorar la competitividad del servicio eléctrico con un enfoque integral; desarrollar la infraestructura requerida para la prestación del servicio de energía eléctrica con un alto nivel de confiabilidad y diversificando las fuentes primarias de generación, realizando inversiones que permitan atender los requerimientos de demanda en los diversos segmentos e impulsando el desarrollo de proyectos bajo las modalidades que no constituyen servicio público. De igual importancia resulta el fortalecer a las empresas del sector, adoptando estándares y prácticas operativas de la industria a nivel internacional, mejorando procesos con la utilización de sistemas de calidad y de tecnología de punta, y ampliar la cobertura del servicio eléctrico en comunidades remotas utilizando energías renovables en aquellos casos en que no sea técnica o económicamente factible la conexión a la red.

Sector hidráulico

El crecimiento de la demanda, y la sobreexplotación y escasez del agua en los próximos años pueden imponer límites al desarrollo económico y al bienestar social del país. Para evitar esta situación es necesario impulsar una agenda para utilizar el agua de manera eficiente, garantizando el desarrollo sustentable y la preservación del medio ambiente. Adicionalmente, la problemática del agua está asociada al crecimiento de la población y a la distribución territorial de las actividades económicas.

Para enfrentar estos retos se requiere hacer más eficiente la operación y manejo de los sistemas de presas del país y las superficies agrícolas, tratar las aguas residuales y fomentar su reutilización, diseñar esquemas de financiamiento mixto que permitan potenciar los escasos recursos públicos con los que se cuenta, promover una mayor eficiencia en los organismos operadores del agua, así como realizar las acciones necesarias para proteger a los centros de población y a las actividades productivas de los efectos causados por fenómenos hidrometeorológicos.

Construcción y vivienda

En construcción y vivienda es imperativo ampliar el acceso de las familias de menores recursos a una vivienda; promover herramientas de política pública para garantizar la seguridad jurídica de los proyectos de construcción y de vivienda, permitiendo un mayor acceso a fuentes de financiamiento formales; solventar las deficiencias e insuficiencias en la identificación del suelo apropiado para desarrollo económico y desarrollo habitacional por su disponibilidad de servicios e infraestructura, así como la necesidad de realizar mejoras o ampliaciones a más de un millón de viviendas que lo requieren.

Para ello, se propone brindar certidumbre jurídica a la propiedad a través de la homologación de registros públicos de la propiedad, catastros municipales y rurales, y de la obligatoriedad del registro público de inmueble; ampliar la cobertura de atención y las opciones de financiamiento a la vivienda y construcción; incrementar la disponibilidad de suelo apto para el desarrollo económico y para la construcción de vivienda; generar un mayor dinamismo del mercado de vivienda seminueva y usada, así como asistir el desarrollo de un mercado eficiente y activo de vivienda para arrendamiento. Finalmente, se propone promover el mejoramiento de la vivienda existente y las condiciones para impulsar vivienda progresiva y la producción social de vivienda mediante nuevas alternativas de productos financieros y apoyos para la población de menores ingresos.

Desarrollo regional integral

Las desigualdades regionales de México son el reflejo de que no todas las entidades, municipios y localidades se han beneficiado de la misma forma del proceso de inserción en los mercados internacionales ni de los profundos cambios que se han emprendido en México durante las últimas dos décadas.

Para revertir estos hechos es necesario fomentar mecanismos de coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno, entre los sectores al interior de los gobiernos estatales y dentro de la Administración Federal, otorgando mayores responsabilidades y competencias a los estados y municipios; así como propiciar el fortalecimiento de capacidades institucionales y en la capacitación y formación de sus equipos humanos de servidores públicos en las entidades federativas y municipios para lograr una mejor acción en todos los niveles de gobierno. Es indispensable fomentar la competitividad de todas las regiones, con un énfasis particular en las regiones más desfavorecidas y en sectores con alto impacto regional como el agropecuario y el turismo.

Para ello será necesario garantizar que exista la infraestructura necesaria, promover la profundización financiera y el desarrollo de nuevos vehículos e intermediarios que lleven a un acceso adecuado al crédito en todas las regiones del país. En particular es necesario promover el abaratamiento del costo de envío de remesas y desarrollar esquemas innovadores, para que los recursos sean utilizados para la inversión productiva en las regiones receptoras.

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

El 31 de mayo de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. El Plan tiene como finalidad establecer los grandes objetivos nacionales, las estrategias y prioridades que deberán de regir la acción del gobierno durante la presente Administración y que serán la base para la elaboración de los programas que de él se deriven. El objetivo central del Plan es el Desarrollo Humano Sustentable, entendido como el proceso permanente de ampliación de capacidades y libertades que permita a todos los mexicanos tener una vida digna sin comprometer el patrimonio de las generaciones futuras

En el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se imprime un enfoque de largo plazo a los objetivos nacionales, las estrategias generales y las prioridades de desarrollo. Con ello, se busca que al final de esta Administración el país avance en tiempo y forma hacia el porvenir que los mexicanos visualizan. El Plan propone una estrategia integral de desarrollo estructurada en cinco ejes rectores estrechamente relacionados:

1. Estado de Derecho y seguridad.
2. Economía competitiva y generadora de empleos.
3. Igualdad de oportunidades.
4. Sustentabilidad ambiental.
5. Democracia efectiva y política exterior responsable.

El primer Eje, Estado de derecho y seguridad, establece los objetivos y estrategias para garantizar la plena vigencia de la Ley, lo que es necesario para proteger cabalmente la integridad y derechos de las personas, así como para propiciar un clima de orden y paz para el desarrollo integral del país. Por ello, es necesario el respeto a la ley; una actuación íntegra y transparente de la autoridad que brinde certidumbre a los ciudadanos con instituciones que garanticen el respeto a sus derechos mediante la aplicación de la ley; que se promueva la adecuación del marco legal para que sea justo y responda a la realidad nacional; que se garantice a todos los mexicanos la misma seguridad en sus personas y en sus bienes, con un acceso efectivo a la justicia; impulsar la consolidación de una administración ética y eficaz, transparente, responsable, y que rinda cuentas. Asimismo, se buscará impulsar una reforma que fortalezca los cimientos del estado de derecho que permita ampliar el impacto social del poder judicial.

En lo referente al segundo Eje, Economía competitiva y generadora de empleos, el PND establece que, dada la prioridad de contar con una economía con mayor crecimiento y capacidad para generar empleos es imperativo seguir una estrategia en tres vertientes: fomentar mayor inversión en capital físico, ampliar las capacidades de las personas y promover un crecimiento elevado de la productividad. La Reforma Hacendaria tendrá un papel fundamental, ya que además de captar los recursos para aumentar la inversión, se plantea la necesidad de incrementar la productividad del gasto, haciéndolo más transparente, eficaz y cercano a las necesidades de la gente. Asimismo, se democratizará el sistema financiero sin poner en riesgo la solvencia del sistema en su conjunto, fortaleciendo el papel del sector como detonador del crecimiento, la equidad y el desarrollo de la economía nacional y se promoverán las acciones necesarias para consolidar un sistema nacional de pensiones más equitativo y con mayor cobertura. Para elevar el crecimiento es necesario avanzar de manera inmediata en el aumento de la productividad y la competitividad así como en la promoción del empleo, las pequeñas y medianas empresas y el desarrollo armónico del medio rural, a lo que contribuirán el desarrollo de infraestructura con una mayor participación privada y mejores esquemas de financiamiento. En el sector energético se fortalecerán las atribuciones rectoras del Estado sobre los recursos naturales y su administración óptima, se ampliará la capacidad de producción y suministro de petrolíferos bajo condiciones de eficiencia y se mejorarán la calidad y cobertura del servicio eléctrico. En materia de vivienda se impulsará el mejoramiento de la existente y la producción social de vivienda mediante nuevas alternativas de productos financieros y apoyos para la población de menores ingresos.

En el tercer Eje, Igualdad de Oportunidades, la finalidad de la política social es lograr que cada mexicano tenga acceso a genuinas oportunidades de formación y realización para desarrollar sus aspiraciones a plenitud y mejorar así sus condiciones de vida, sin menoscabo de las oportunidades de desarrollo de las futuras generaciones. Para ello, las políticas públicas se enfocarán a lo siguiente: atender a los mexicanos que viven en condiciones de pobreza y marginación como prioridad; dar oportunidades en forma equitativa y que éstas permitan resolver las causas más profundas de la pobreza, para que el cambio en estas condiciones perdure y se logre romper la transmisión intergeneracional de la pobreza; asegurar la igualdad de oportunidades en salud, educación, alimentación, vivienda y servicios básicos, para que las personas puedan participar activamente en la economía dinámica y aprovechar los beneficios que ésta ofrece; apoyar proyectos productivos que generen empleo y que permitan un mejor nivel de vida, e invertir en infraestructura que atraiga más recursos y genere oportunidades de trabajo; coordinar las acciones de gobiernos estatales, municipales y Federal en todos los frentes y atender a grupos vulnerables o con necesidades especiales.

El cuarto Eje, Sustentabilidad ambiental, tiene como propósito lograr una administración eficiente y racional de los recursos naturales, de tal manera que sea posible mejorar la vida de la población actual sin comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras. El Plan considera la sustentabilidad ambiental como un eje transversal de políticas públicas, por lo que será un criterio rector en el fomento de las actividades productivas. Las políticas públicas se encaminarán a conciliar el medio ambiente con la competitividad de los sectores productivos y con el desarrollo social, procurando que estos sectores y la población aprovechen con responsabilidad los recursos naturales, así como a diseñar políticas y programas ambientales en estrecha coordinación y participación de los tres órdenes de gobierno. Asimismo se realizarán acciones para sumarse a los esfuerzos internacionales por evitar daños ambientales irreversibles.

Por lo que concierne al quinto Eje, Democracia efectiva y política exterior responsable, se pretende alcanzar la democracia plena a través de la reducción de la brecha entre los ciudadanos y sus representantes, mediante mecanismos de participación, el fomento al diálogo y la consecución de acuerdos. En el ejercicio de una democracia efectiva las políticas buscarán reafirmar que la democracia constituye la base de la convivencia en todas las instancias de la vida nacional y, por ende, confirmar que la construcción de acuerdos por medio del diálogo es una condición fundamental para avanzar en el desarrollo humano sustentable; realizar un esfuerzo específico por fortalecer las instituciones de la República y fomentar y desarrollar un federalismo. En cuanto a la política exterior, ésta debe ser definida y activa, ir más allá de los tratados comerciales y esgrimir decididamente la defensa de los derechos de todas las personas, independientemente de su situación migratoria. El Plan articulará estrategias y acciones específicas en la búsqueda de defender y promover el interés nacional y considerará el desarrollo humano de los pueblos como principio y como postura estratégica de la política de México en el ámbito internacional. La política exterior de nuestro país atenderá en todo momento la prioridad de la cooperación internacional y estará regida por el principio de la promoción de la paz entre las naciones.

Programa Nacional de Infraestructura

Derivado del Plan Nacional de Desarrollo, el 18 de julio de 2007 el Gobierno Federal presentó el Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012. Este Programa establece los objetivos, estrategias, metas y acciones para aumentar la cobertura, calidad y competitividad de la infraestructura del país.

Los sectores considerados en este Programa son comunicaciones y transportes, agua y energía.

La realización de cada proyecto está sujeta al cumplimiento de la normatividad aplicable y, previo a su ejecución, todos deberán contar con los análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental correspondientes. La cartera de proyectos se actualizará de manera periódica con objeto de contribuir al cumplimiento de las metas establecidas.

I. Situación actual

De acuerdo con el Informe 2006-2007 del Foro Económico Mundial, México se ubica en el lugar 64 de 125 países por la competitividad de su infraestructura. A nivel sectorial, México ocupa el lugar 65 en ferrocarriles, 64 en puertos, 55 en aeropuertos, 73 en electricidad, 51 en telecomunicaciones y 49 en carreteras.

La limitada competitividad de nuestro país en materia de infraestructura es consecuencia, parcialmente, de un nivel de inversión que se compara desfavorablemente con el de otros países.

II. Visión de largo plazo

Objetivos

Los objetivos del Programa Nacional de Infraestructura son dos; el primero es contribuir a que las oportunidades de desarrollo sean iguales para todos los mexicanos, especialmente de los que menos tienen, proporcionándoles los servicios básicos que requieren; y, segundo, proveer la infraestructura requerida para la competitividad de nuestra economía y que permita a nuestro país consolidarse como una de las principales plataformas logísticas del mundo, aprovechando nuestra posición geográfica y nuestra red de tratados internacionales.

Con ello, se crearán las condiciones adecuadas para incrementar el acceso de la población a los servicios públicos, sobre todo en las zonas de mayores carencias. El Programa buscará promover un desarrollo regional equilibrado, dando atención especial al centro, sur y sureste del país, así como desarrollar la infraestructura necesaria para el impulso de la actividad turística. Además, se impulsará el desarrollo sustentable y elevará la generación de empleos permanentes.

Meta global

• La meta para 2030 es que México se ubique en el 20 por ciento de los países mejor evaluados de acuerdo con el índice de competitividad de la infraestructura que elabora el Foro Económico Mundial.
• Para alcanzar esta meta, en 2012 México debe convertirse en uno de los líderes de América Latina por la cobertura y calidad de su infraestructura.

Estrategias

El Programa Nacional de Infraestructura plantea establecer una visión de largo plazo, que defina de manera integral las prioridades y los proyectos estratégicos, así como promover la autorización de erogaciones plurianuales para proyectos de inversión en infraestructura.

Ello requiere incrementar de manera sustancial los recursos públicos y privados para el desarrollo de infraestructura, para lo cual se han diseñado modelos de asociación de capital público y privado en materia de concesiones y aprovechamiento de activos. Con la combinación de recursos públicos y privados y con la planeación sexenal, se llevará a cabo el programa carretero más extenso que haya planteado administración alguna. Además, se plantea promover una mejor coordinación entre los gobiernos federal, estatal y municipal, y con el sector privado, para el desarrollo de la infraestructura.

Para alcanzar los objetivos y metas propuestos, es necesario llevar a cabo un conjunto de reformas estructurales que permitan elevar la rentabilidad social y económica de la inversión y, con ello, incrementar de manera significativa los recursos, tanto públicos como privados, destinados al desarrollo de infraestructura.

En función de lo anterior, se prevén 3 escenarios:

Inercial: si no se llevan a cabo las reformas estructurales que requiere el país. Se estima una inversión promedio anual de 2.0 a 3.0 por ciento del PIB.
Base: si sólo se lleva a cabo la Reforma Hacendaria (escenario previsto en el Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012). Se estima una inversión promedio anual de 3.0 a 4.5 por ciento del PIB.
Sobresaliente: si se logra la realización de todas las reformas que se requieren. Se estima una inversión promedio anual de 4.5 a 6.0 por ciento del PIB.

Las metas y los requerimientos de inversión previstos en el Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012 corresponden al escenario base.

Indicadores físicos

En conjunto, el Programa Carretero 2007-2012 considera la construcción y ampliación de 17 mil 598 kilómetros, de estos, 12 mil 260 kilómetros, corresponden a 100 proyectos carreteros completos. Cabe señalar que 4 mil de los 17 mil 598 kilómetros que se construirán y ampliarán en este periodo corresponden a caminos rurales y alimentadores.

En materia de infraestructura ferroviaria y multimodal, se plantea construir 1,418 kilómetros de vías férreas. Asimismo, a los ocho corredores multimodales que existen a la fecha se plantea añadir 10 más para 2012. Además, se considera poner en operación la primera etapa de los sistemas 1, 2 y 3 del Tren Suburbano de la Zona Metropolitana del Valle de México. Por lo que hace a la infraestructura portuaria se planea construir 5 puertos nuevos y otros 22 serán modernizados y ampliados. Asimismo, se impulsarán los puertos con vocación turística mediante la construcción de 13 nuevos muelles para cruceros como los de Guaymas, Manzanillo y Punta Brava.

En materia aeroportuaria, se planea construir tres nuevos aeropuertos y se ampliarán otros 31, promoviéndose el desarrollo de instalaciones especializadas.

En telecomunicaciones se prevé que los teléfonos fijos por cada 100 habitantes, pasarán de 19 a 24, y los móviles, de 45 a 78. Asimismo, se prevé aumentar la cobertura de banda ancha hasta contar con 22 usuarios por cada 100 habitantes.

Por su parte, se prevé incrementar la cobertura de agua potable a 92 por ciento y de alcantarillado a 88 por ciento. Al mismo tiempo, se planea modernizar y/o tecnificar 1.2 millones de hectáreas de superficie agrícola de riego, e incorporar una superficie de 160 mil hectáreas nuevas de riego y de temporal tecnificado.

Se estima en infraestructura eléctrica poner en operación más de 14 mil kilómetros-circuito de líneas en los diferentes niveles de tensión; lograr que las fuentes renovables representen el 25 por ciento de la capacidad efectiva de generación; e incrementar la cobertura nacional del servicio de electricidad para alcanzar al 97.5 por ciento de la población en el 2012.

Las metas en infraestructura de producción de hidrocarburos prevén alcanzar en 2012 una producción superior a los 2.5 millones de barriles diarios de petróleo, que en el escenario inercial sería de 2.4 millones de barriles diarios; mantener la producción de gas natural en alrededor de 5 mil millones de pies cúbicos diarios, que en el escenario inercial sería de 4.7 mil millones de pies cúbicos diarios; y elevar la tasa de restitución de reservas de hidrocarburos a 50 por ciento.

Finalmente, en infraestructura de refinación, gas y petroquímica, se estima realizar las acciones necesarias para incrementar la capacidad de proceso de crudo a por lo menos 1.4 millones de barriles diarios en 2012, así como construir, con recursos privados, al menos 800 kilómetros de gasoductos. Lo anterior permitirá mantener una relación de importación a ventas de gasolina no mayor a 40 por ciento.

Inversión pública y privada

Un incremento sustancial en la cobertura y calidad de la infraestructura no se logrará si sólo se consideran los recursos públicos. Para ello, es indispensable impulsar un mayor financiamiento de la inversión en infraestructura con recursos provenientes del sector privado, con base en el marco jurídico establecido, las reformas a promover y la selección de las mejores alternativas para la realización de cada proyecto.

Impulso al turismo

En el Programa Nacional de Infraestructura se incluyeron diversos proyectos en los sectores de comunicaciones y transportes, agua y energía, que tendrán un impacto significativo sobre la actividad turística. De esta forma, la inversión en infraestructura apoyará el desarrollo de diversos polos y corredores turísticos, y contribuirá a lograr una inversión en el sector turismo superior a los 20 mil millones de dólares durante el periodo 2007-2012.

IV.2. Política de ingresos

La propuesta de Reforma de la Hacienda Pública por los que Menos Tienen constituye un primer paso para enfrentar los desafíos de los próximos veinte años. Fortalecer la estructura tributaria es necesario tanto para sustituir, con el tiempo, la participación de los recursos petroleros dentro de los ingresos fiscales, como para hacer frente a compromisos adquiridos por el Estado mexicano y satisfacer las necesidades urgentes de salud, educación e infraestructura social y física. Las iniciativas que forman la propuesta de Reforma pueden agruparse en torno a cuatro pilares: 1) Gasto público; 2) Federalismo fiscal; 3) Administración tributaria; y, 4) Ingresos públicos. Tres de estos pilares se encuentran directamente vinculados con el fortalecimiento de los ingresos públicos.

Las medidas propuestas en materia de Administración tributaria tienen por objeto facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y combatir la evasión y elusión fiscales, el contrabando y la informalidad. Dichas medidas incluyen:

a) El desarrollo de un portal personalizado para profesionistas y empresarios así como la simplificación del ISR para personas físicas.
b) Introducir un impuesto contra la informalidad, el cual gravará los depósitos en efectivo que excedan $20 000 mensuales y será acreditable contra el ISR, así como diversas medidas que permitirán fiscalizar a quienes hoy no estén inscritos en el padrón de contribuyentes.
c) Establecer medidas para un mayor control de las devoluciones, así como para la promoción del uso de la firma electrónica avanzada.

Las propuestas que conforman el pilar de Ingresos públicos buscan sentar las bases para un sistema tributario que permita sustituir los ingresos petroleros con fuentes más estables de recursos, empleando esquemas neutrales que promuevan la inversión, la generación de empleos y el crecimiento económico. En particular se ha propuesto:

a) Introducir la contribución empresarial de tasa única (CETU). Esta contribución, que sustituiría al impuesto al activo, será pagada por las empresas y las personas físicas con actividad empresarial, y actuará como un impuesto mínimo para el ISR, gravando con una tasa de 19 por ciento los ingresos después de deducir la inversión y la adquisición o renta de los bienes y servicios independientes utilizados para generar esos ingresos.
b) Gravar con una tasa de 20 por ciento la contraprestación que se cobre por participar en juegos con apuestas y sorteos.
c) Gravar con una tasa de 50 por ciento a las pinturas en aerosol.

El pilar de Federalismo fiscal tiene como fin dotar a los estados y municipios de mejores instrumentos e incentivos para establecer una relación de corresponsabilidad entre todos los órdenes de gobierno. En materia de ingresos se propone ampliar las potestades tributarias de los estados.

Por otra parte, los criterios básicos para determinar los ajustes a los precios y tarifas de los bienes y servicios que ofrecen los organismos y empresas del Gobierno Federal en serán: la relación precio-costo; los precios de referencia nacional e internacional y la tasa de inflación. Además, con el fin de evitar impactos abruptos sobre los niveles de inflación, se aplicarán ajustes periódicos y graduales. El conjunto de estos elementos, busca enviar una señal apropiada a los demandantes de los bienes y servicios para la toma de decisiones productivas y de consumo.

IV.3. Política de gasto

El primer pilar de la propuesta de Reforma de la Hacienda Pública por los que Menos Tienen se ha denominado Gasto público y tiene como objetivo el establecer una estructura institucional que asegure un gasto orientado a resultados que sea más eficiente y transparente en los tres órdenes de gobierno, al mismo tiempo que promueve su productividad y austeridad. Las propuestas agrupadas en torno a este pilar incluyen:

a) Mecanismos institucionales para incrementar la calidad del gasto público con un enfoque por resultados, promover la productividad y austeridad en la administración de los recursos públicos, y fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de dichos recursos.
b) Establecer un proceso más riguroso de evaluación de todas las políticas públicas con base en el logro de metas y resultados.
c) Presupuestos plurianuales de inversión para proyectos de infraestructura así como la obligación para la autoridad de establecer un plan de inversiones que ordene los proyectos en función de su rentabilidad socioeconómica.
d) Promover la homologación de la contabilidad gubernamental entre los tres órdenes de gobierno, ampliando la actual facultad del congreso para expedir leyes que normen la contabilidad de las entidades federativas y los municipios, además del gobierno federal.
e) La presentación de la cuenta pública y los resultados de las auditorías de forma más oportuna, y el fortalecimiento de la fiscalización de los recursos públicos que ejerce la federación y aquellos que se transfieren a las entidades federativas.

Dentro del pilar de Federalismo fiscal se incluyen propuestas que tendrán un impacto sobre la asignación de los recursos federales que se transfieren a las entidades federativas y municipios para su ejercicio. En particular, se propone:

a) La modificación de las fórmulas de las participaciones premiando la actividad económica y los esfuerzos de recaudación.
b) La adecuación de las reglas de algunos de los fondos de aportaciones para hacerlas más equitativas. La modificación de los criterios de distribución de los recursos del fondo de aportaciones para la educación básica y normal (FAEB) permitirá a los estados satisfacer la demanda educativa al reflejar los cambios en el número de alumnos así como la calidad de la educación en cada entidad.
c) Debe subrayarse que ninguna de estas modificaciones supondrá una reducción de los recursos federales a ninguna entidad federativa respecto de sus niveles actuales.

En este contexto, y en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 20072012, el Desarrollo Humano Sustentable es el punto de partida para la definición de la política de gasto para 2008, la cual promoverá las condiciones para que todos los mexicanos puedan aumentar sus capacidades y sus oportunidades se amplíen. Debido a ello, sus líneas de acción son:

1. Elevar el impacto del gasto social y de fomento a la productividad y el empleo, no sólo destinando mayores recursos a estos rubros sino también redimensionando programas en favor de aquellos con mejores resultados.
2. Desarrollo de infraestructura. En particular, para 2008 se propone un incremento en el gasto de inversión de 4.9 por ciento real.
3. Mayor gasto para restaurar y preservar el medio ambiente y los recursos naturales.
4. Asignación de recursos presupuestarios para mejorar la seguridad pública.
5. Impulsar gradual y progresivamente la perspectiva de género en la asignación de los recursos públicos.
6. Contribuir a la estabilidad macroeconómica.
7. Dar prioridad a aquellos programas e instituciones que rinden mayores beneficios a la sociedad.
8. Reordenar los programas e instituciones para priorizar aquellos que demuestren generar mayores beneficios.
9. Hacer de la austeridad un esfuerzo continuo.
10. Contribuir a lograr que el servicio público sea de excelencia a través de nuevos procesos, capacitación y nuevas tecnologías.

Cabe destacar que para el ejercicio fiscal 2008 el proyecto de presupuesto incorpora un gasto de operación menor en 5.0 por ciento en términos reales al de 2007. Esto representará un ahorro de 10,164 millones de pesos. Esta reducción refleja el compromiso del Gobierno Federal, un gobierno más eficiente, cuya operación cueste menos. Estos recursos han sido reasignados al gasto en salud, ciencia y tecnología y a la inversión en agua potable y alcantarillado.

En la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se adoptó el enfoque de presupuesto basado en resultados, con el cual las asignaciones se realizarán con base en los resultados esperados y obtenidos. Para el seguimiento de los resultados, reorientar y mejorar las asignaciones de gasto público se implantará el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) en el que la evaluación de los programas será preferentemente externa e independiente, con objeto de asegurar su objetividad y consistencia.

IV.4. Política de deuda pública

Conforme a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, la política de deuda pública de la presente Administración está orientada a manejar los pasivos públicos de forma prudente y eficiente. De este modo, las acciones en materia de crédito público buscarán satisfacer las necesidades de financiamiento del Gobierno Federal al menor costo posible, manteniendo un nivel de riesgo adecuado, y contribuir al desarrollo de los mercados financieros nacionales.

En la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, el sector público presupuestario presenta un balance equilibrado, el cual resulta de un déficit del Gobierno Federal por 189.5 mil millones de pesos y un superávit de la misma magnitud de las entidades paraestatales bajo control presupuestario directo. Sin embargo, es importante subrayar que el ejercicio presupuestario derivado del reconocimiento de la deuda por concepto de pensiones, que da cumplimiento a la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, previsiblemente se traducirá en un déficit del Sector Público en 2008. La dimensión de este resultado fiscal estará determinada por el número de trabajadores que opten por el nuevo esquema de pensiones y se enmarca en lo dispuesto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en torno al balance del Sector Público.

Derivado del déficit del Gobierno Federal previsto para el 2008, en la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 que se somete a la consideración del H. Congreso de la Unión, se solicita un monto de endeudamiento interno neto del Gobierno Federal por 220 mil millones de pesos, así como un desendeudamiento externo neto del sector público de al menos 500 millones de dólares y la contratación de financiamientos con organismos financieros internacionales de carácter multilateral por un endeudamiento neto de hasta 1,500 millones de dólares. Es importante señalar que el monto de endeudamiento neto requerido para el Gobierno Federal es mayor al déficit presupuestario debido a que, por sus propias características, el flujo de efectivo que se obtiene por la colocación de valores gubernamentales resulta generalmente menor a su valor nominal, que corresponde a su valor de registro. Este límite de endeudamiento neto podrá incrementarse por el monto asociado al ejercicio presupuestario derivado del cumplimiento de la nueva Ley del ISSSTE.

Cabe aclarar que las obligaciones financieras que se deriven de la aplicación de la nueva ley del ISSSTE ya existían en la forma de pasivos laborales, por lo que sólo se trata del reconocimiento de los mismos, recordando que la mencionada ley asegura la sostenibilidad del sistema de pensiones del ISSSTE e implica ahorros en valor presente neto.

Las necesidades brutas de financiamiento del Gobierno Federal para el 2008 asociadas a los vencimientos de la deuda y a su déficit se estiman en 7.7 por ciento del PIB. Al interior de esta cifra, las necesidades de financiamiento asociadas a los vencimientos de deuda interna representarán 5.2 por ciento del PIB, las asociadas a los vencimientos de deuda externa serán de 0.4 por ciento del PIB y las correspondientes al endeudamiento destinado a financiar el déficit del Gobierno Federal representarán el 2.1 por ciento del producto.

La estrategia del Gobierno Federal en el 2008 para hacer frente a sus necesidades de financiamiento tendrá dos vertientes principales:

• Continuar privilegiando el uso de la deuda interna para financiar tanto el déficit del Gobierno Federal como los vencimientos de deuda externa, y
• Mejorar la estructura de costo y plazo de la deuda externa.

Partiendo de estas dos premisas fundamentales la estrategia de la deuda pública para 2008 contempla las siguientes líneas de acción específicas:

Deuda Interna. Habiendo desarrollado un mercado de valores gubernamentales líquido y eficiente en los últimos años, el Gobierno Federal pondrá especial énfasis en mejorar la microestructura de los mercados locales para perfeccionar el proceso de descubrimiento de precios y la eficiencia del mercado secundario.
Con este fin, se implementarán medidas que propicien el sano desarrollo del mercado de los diferentes tipos de valores gubernamentales. Se continuarán el esfuerzo por construir una curva de tasas de interés real bien definida mediante la emisión de nuevas referencias de Udibonos y la inclusión de los Udibonos dentro de la figura de Formadores de Mercado. En el caso de los Bonos a Tasa Fija, además de continuar con la política de reapertura de emisiones y el programa de permutas, se implementará un programa de recompra de títulos que podrá ser utilizado no sólo para suavizar el perfil de vencimientos de la deuda interna sino también para procurar la eficiencia de la curva de rendimientos. Adicionalmente, se buscará mejorar el acceso a la subasta primaria de los diferentes tipos de inversionistas, tanto para instituciones como personas físicas. En particular, se analizará la posibilidad de que las personas físicas participen de manera directa.
Finalmente, el Gobierno Federal, siendo el emisor de deuda de mayor relevancia en el mercado local y su principal promotor, tomará las medidas necesarias para coadyuvar al desarrollo de nuevos instrumentos financieros. Asimismo, se promoverá activamente la inclusión de los valores gubernamentales en los índices internacionales más relevantes, con el fin de ampliar la base de inversionistas del mercado local.
Deuda Externa. En un entorno de menores necesidades de financiamiento proveniente del exterior, la estrategia de deuda externa estará enfocada en mantener una presencia regular y ordenada en los mercados internacionales de capital, de tal forma que: (i) los inversionistas cuenten con un vehículo eficiente para participar del riesgo de crédito soberano, (ii) se asegure la eficiencia de la curva de rendimientos en dólares como referencia para emisiones de los sectores público y privado.
El fortalecimiento de la estructura de los pasivos públicos se verá reflejado en los distintos indicadores de deuda. Se estima que para el cierre del ejercicio fiscal de 2008 la deuda del Gobierno Federal será de 22.9 por ciento del PIB, en donde la deuda externa representará el 18.8 por ciento de la deuda total y 4.3 por ciento del PIB. Por su parte se estima que al cierre de 2008 el plazo promedio de la deuda interna será de 6.4 años, en donde el 56.6 por ciento de ésta será de largo plazo.
De esta forma, la política de deuda pública para el 2008 buscará seguir generando condiciones de eficiencia en los mercados domésticos de deuda y consolidar la formación de una curva de referencia de largo plazo, que sirva como base para las operaciones de deuda del sector privado y favorezca un mayor desarrollo del mercado de derivados. Así, se fortalecerá el papel del mercado de deuda pública como elemento de desarrollo de los mercados financieros mexicanos en su conjunto, buscando que el ahorro se canalice a proyectos productivos y se logre una distribución eficiente de riesgo entre los diferentes participantes en los mercados financieros.

IV.5. Sistema financiero

Una economía con un sistema financiero eficiente cuenta con una mayor capacidad de crecimiento, ya que, entre otras cosas, facilita la canalización de recursos hacia proyectos productivos. Más importante aún es el impacto que puede tener la inclusión de todos los estratos de la población en el proceso de desarrollo económico, permitiendo un ahorro bien remunerado, el acceso al crédito y la posibilidad de enfrentar con éxito los diferentes riesgos.

Con la finalidad de superar los retos que plantea el sistema financiero mexicano y lograr los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, es necesario implementar una agenda financiera que se enfoque en dotar al Sistema Financiero de mayor profundidad, competencia y eficiencia así como consolidar el sistema nacional de pensiones. Para tal efecto se han establecido las siguientes líneas de acción:

• Desarrollo de nuevos vehículos financieros.
• Promover la competencia en el sector financiero.
• Mejoras regulatorias orientadas a lograr el equilibrio entre solvencia, crecimiento y rentabilidad.
• Promover el acceso al financiamiento, especialmente para las PyMES y el sector agropecuario.
• Consolidar el Sistema Nacional de Pensiones.

Desarrollo de nuevos vehículos financieros

El desarrollo de nuevos vehículos financieros permitirá que los usuarios del sistema financiero cuenten con mayores alternativas de financiamiento y más acordes a sus necesidades. Para promover este desarrollo, las acciones se encaminarán a:

• La inclusión de banca especializada. El pasado 31 de agosto de 2007, se presentó ante el H. Congreso de la Unión una iniciativa mediante la cual se reforma de manera integral la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), con el objeto de adecuar el marco jurídico de la banca a la operatividad actual de este sector y al mismo tiempo que sea promotor de mayor competencia y eficiencia, acorde con los nuevos retos.
Bajo este contexto, uno de los pilares de la reforma en comento consiste en permitir licencias bancarias limitadas, es decir, que una institución bancaria realice operaciones acotadas debido a su estrategia de negocio y nicho de mercado, de manera que el capital mínimo, la regulación secundaria, infraestructura y los requerimientos de información correspondan a las operaciones que realiza cada institución.
La banca de nicho se enfocará a satisfacer las necesidades de financiamiento de determinada actividad o sector, con lo cual se propiciará un mayor acceso al crédito y otros servicios financieros de segmentos de la población que tradicionalmente no cuentan con dichos servicios.
• Flexibilizar el régimen de inversión de los inversionistas institucionales. Los activos administrados por los inversionistas institucionales, que crecieron casi cuatro veces entre 2000 y 2006, constituyen una fuente creciente de recursos con un fuerte potencial para impulsar el desarrollo de la economía. Es necesario promover las acciones que permitan que los recursos administrados por el sistema de pensiones, aseguradoras, y demás inversionistas institucionales se destinen a proyectos de inversión productivos y con retornos atractivos. Asimismo, con el fin de lograr mayores rendimientos para los inversionistas de los mercados financieros, mitigando riesgos, será necesario revisar continuamente los regímenes de inversión de los inversionistas institucionales, buscando que éstos tengan un desarrollo que se adapte al desarrollo del mercado financiero, siendo modernos y flexibles.
• Promover el desarrollo y penetración del sector asegurador. Para ello se buscará profundizar el acceso de la población de bajos recursos a productos de aseguramiento; mejorar el manejo de riesgos del sector público; impulsar el mercado de Seguros de Garantía Financiera y Seguros al Crédito Hipotecario y promover la confianza de los consumidores.
Los Seguros de Garantía Financiera y Seguros al Crédito Hipotecario tienen el objetivo de potenciar el desarrollo eficiente de los mercados inmobiliarios, crediticio y de valores. El desarrollo de este sector asegurador facilitará la bursatilización de créditos a la vivienda al aumentar la disponibilidad de garantías e incentivar la competencia entre éstas. La bursatilización es un mecanismo que permite compartir riesgos entre varios inversionistas, reduciendo la probabilidad de un riesgo sistémico y favoreciendo la disminución de costos financieros para quienes contratan créditos hipotecarios.
Para ampliar la cobertura del seguro agropecuario, se están profundizando las acciones para impulsar seguros masivos de tipo catastrófico y paramétrico, dirigidos a productores de menores ingresos que no tienen acceso a seguros comerciales, así como para consolidar técnicamente los seguros que se contratan en forma individual. Ello a través del Sistema Nacional de Aseguramiento al Medio Rural (SNAMR), integrado por las Aseguradoras Privadas, los Fondos de Aseguramiento y AGROASEMEX.
• Innovación y promoción en el mercado de valores. Se buscará atender las necesidades de financiamiento de diferentes sectores productivos como son vivienda e infraestructura; respondiendo a la rápida innovación del mercado, así como reducir los costos de emisión de instrumentos financieros.
• Fortalecimiento de los intermediarios financieros no bancarios. Se homogenizan las políticas para que la banca de desarrollo provea de financiamiento a agentes privados especializados que permitan extender el crédito a las personas que carecen de él.

Promover la competencia en el sector financiero

Una mayor competencia en el sector fomentará el desarrollo de nuevos productos, la disminución de los costos de los servicios y de las tasas de interés, así como el aumento en los rendimientos para los ahorradores. Uno de los principales medios para fomentar la competencia entre entidades financieras y fortalecer la posición de los usuarios de servicios financieros frente a éstas será la divulgación de los costos, características y condiciones de los productos y servicios financieros. Ello requerirá establecer reglas para las entidades financieras en materia de contratos de adhesión, publicidad, estados de cuenta y comprobantes de operaciones.

Mejoras regulatorias orientadas a lograr el equilibrio entre solvencia, crecimiento y rentabilidad

La expansión del sistema financiero demanda contar con una regulación que evite las crisis financieras y provea los incentivos necesarios para una adecuada disciplina de mercado. En este sentido se promoverán acciones para que el marco regulatorio aplicable al sector sea moderno y acorde a la operatividad de los grupos financieros de forma que: 1) constituya una herramienta moderna y flexible, coherente con los cambios e innovaciones del mercado; 2) reconozca al grupo financiero como una entidad económica; y 3) considere las mejores prácticas internacionales para su regulación.

En este sentido, otro de los pilares de la reforma a la LIC antes señalada, corresponde al fortalecimiento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a través de las siguientes modificaciones: 1) realinear diversas facultades que actualmente realiza la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); 2) facultar a la CNBV para realizar labores de inspección y vigilancia de las empresas que presten a las instituciones de crédito servicios de auditoria externa; 3) facultar a la CNBV para supervisar y monitorear, en el ámbito de su competencia y a través de los bancos, a los prestadores de los servicios a dichas entidades.

Mediante lo anterior se busca contar con un organismo supervisor fuerte que atienda todo el ciclo de supervisión y regulación de bancos, eliminando dobles ventanillas, con lo que se reducen costos y cargas de regulación.

Dada la importancia de preservar la estabilidad del sistema, dentro de estos cambios será necesario establecer un marco que permita realizar una recuperación más eficiente y expedita de los activos de una institución insolvente, en beneficio de los acreedores y el público en general, a través de un proceso completo, ordenado y expedito.

Por otra parte, un funcionamiento adecuado de los mercados financieros requiere evitar que sean utilizados para lavar dinero o financiar actos terroristas. Por ello, el Gobierno Federal está revisando las reglas para prevenir, detectar y reportar los actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión del delito de lavado de dinero o de financiamiento al terrorismo. El fin de esta revisión es determinar aspectos a modificar para atender los compromisos asumidos por nuestro país como integrante del Grupo de Acción Financiera sobre Blanqueo de Capitales (GAFI) y actualizarlas con base en la experiencia adquirida en su aplicación.

Promover el acceso al financiamiento

En la promoción del acceso al financiamiento, el sistema financiero de fomento actuará como un instrumento del Estado para estimular el ahorro y canalizarlo hacia la inversión productiva, orientando sus esfuerzos hacia áreas estratégicas y prioritarias del país. Así, en la actual Administración los bancos de desarrollo concentran sus esfuerzos en cuatro sectores estratégicos por su contribución a la creación de empleos y a la competitividad del país: las pequeñas y medianas empresas; los productores rurales de ingresos medios y bajos; la infraestructura pública; y, la vivienda para la población de menores recursos. Para atender a dichos sectores la banca de desarrollo:

• Complementa eficientemente a los intermediarios financieros privados;
• Impulsa el crédito a plazos más largos para apoyar la capitalización y la competitividad de las unidades productivas;
• Explota las oportunidades de coordinación entre las diferentes instituciones, y con otras dependencias públicas; y
• Se promueven mayores niveles de financiamiento al sector privado.

En la atención a la población objetivo, se concentrará el interés en las personas que tienen menores niveles de ingreso y requerimientos de crédito. Asimismo, se establece una política de precios diferenciada entre mercados maduros y mercados incipientes, con el objetivo de desarrollar aquellas áreas en que no hay oferentes del sector privado. Se trabaja en coordinación con otras dependencias para que los sectores apoyados cuenten con garantías que les permitan tener mayor financiamiento y a mayores plazos.

El objetivo fundamental de dichas acciones es ampliar el universo de atención de las instituciones de la banca de desarrollo, a través de las siguientes acciones:

• Promover mayores flujos de financiamiento a la pequeñas y medianas empresas, entre las que se incluyen a las empresas exportadoras, con una gama amplia de servicios.
• Incrementar los recursos para la infraestructura pública del país. En esta estrategia destacará el apoyo a los municipios y se desarrollarán garantías que amplíen y den liquidez al mercado de deuda.
• La expansión del crédito para la vivienda, particularmente para los individuos de ingresos bajos y medios, requerirá de intermediarios especializados y del apoyo de recursos presupuestarios.
• La disponibilidad de mayores recursos financieros a los productores rurales de ingresos medios y bajos tendrá mayor impacto al complementarse con los apoyos de las dependencias del sector agropecuario y rural.
• Se promoverá una gama más amplia de servicios para las sociedades del sector de ahorro y crédito popular.
• Para propiciar la masificación de los apoyos que se otorgan, se fortalecerá el uso de esquemas tales como las operaciones de segundo piso y las garantías de crédito.
• Se ampliará la red de intermediarios financieros con la que colaboran las instituciones de Banca de Desarrollo para la distribución de sus productos, a fin de alcanzar los sectores y regiones a los que no llega la banca comercial.
• A fin de mejorar el uso de los recursos públicos destinados al fomento de las actividades productivas, se fomentará una mayor coordinación de las acciones y programas de las dependencias del Gobierno Federal y de las diferentes entidades que conforman la banca de desarrollo.

Con las acciones que se llevarán a cabo durante la presente Administración se espera que el financiamiento impulsado por la banca de desarrollo aumente en aproximadamente 5% del PIB en 2012 respecto al nivel de 2006.

Consolidar el Sistema Nacional de Pensiones

Para consolidar un sistema nacional de pensiones más equitativo y con mayor cobertura, la agenda que se plantea en este sector puede definirse en dos vías:

• Fortalecimiento del SAR. Se promoverá la competencia entre las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) que tendrá como consecuencia una disminución en los costos de administración y un incremento en los rendimientos netos de comisiones. También se incrementará la rentabilidad potencial de los fondos administrados y la diversificación de las carteras de inversión mediante la flexibilización del régimen de inversión de las SIEFORES. Adicionalmente, se ajustará el sistema de operación de las rentas vitalicias y se buscará incrementar la participación de los trabajadores independientes en el SAR.
• La transformación de los sistemas pensionarios de reparto existentes. En este sentido, se buscará contribuir a transformar los sistemas públicos de reparto de manera que garanticen la portabilidad con los sistemas ya reformados, homologar las especificaciones sobre el seguro de Invalidez de la Ley del IMSS a lo establecido en la Ley del ISSSTE y establecer claramente los criterios de portabilidad para que los trabajadores puedan traspasarse con facilidad entre el IMSS y el ISSSTE.

V. Perspectivas económicas para 2008

V.1. Fuentes del crecimiento

Si bien se anticipa que durante 2008 la actividad económica de los Estados Unidos tendrá un ritmo de crecimiento ligeramente superior al observado en 2007, cabe notar que en fechas recientes se ha incrementado de manera sustancial la incertidumbre sobre la evolución de esa economía al haber un reconocimiento generalizado de mayores riesgos a la baja en la actividad económica. Ello es debido a la volatilidad en los mercados financieros, surgida por el deterioro del mercado hipotecario, la cual de persistir podría traducirse en una contracción del crédito que afectaría al consumo y la inversión en ese país.

Durante agosto de 2007 la Oficina de Presupuesto del Congreso de los Estados Unidos y los analistas del mercado encuestados por Blue Chip Economic Indicators, estimaron que durante 2008 el PIB de ese país crecerá a una tasa anual de 2.9 y 2.8 por ciento, respectivamente. Ambas cifras son superiores a las de 2.1 y 2.0 por ciento anticipadas para 2007 por dichas instituciones. Sin embargo, es probable que dichas estimaciones aún no incorporen en su totalidad el efecto de la volatilidad financiera más reciente. En particular, tres de los principales bancos de inversión a nivel internacional revisaron sus pronósticos de crecimiento para la economía estadounidense de 2.8 por ciento a mediados de agosto, a 2.6 por ciento en la actualidad.

En contraste, continúa anticipándose una aceleración más significativa en la producción industrial en los Estados Unidos. Ello se debe a que terminó el proceso de ajuste de inventarios que comenzó a finales de 2006, y a la expectativa de que los problemas crediticios afectarán en menor medida esta actividad, concentrándose más bien en el sector de construcción residencial. De acuerdo con los analistas encuestados por Blue Chip Economic Indicators la actividad industrial de los Estados Unidos se incrementaría a un ritmo anual de 3.1 por ciento, superior al crecimiento de 2.0 por ciento previsto para 2007 y no se han observado modificaciones.

Asimismo, la Reserva Federal de los Estados Unidos reportó en su boletín de prensa del 17 de agosto una mayor percepción de riesgos a la baja, y la OCDE redujo su pronóstico de crecimiento de 2.5 a 2.1 por ciento para el próximo año. La información oportuna sobre las expectativas de los analistas indica que éstos han comenzado a ajustar sus pronósticos de crecimiento a la baja y, aún en el caso de aquellos que no las han modificado, existe la percepción de un mayor riesgo a la baja.

Con el repunte del sector industrial de Estados Unidos se impulsarán de manera significativa las exportaciones de manufacturas mexicanas, lo cual aunado al comportamiento positivo previsto para los componentes de la demanda interna, incentivaría un mayor crecimiento de la producción del resto de la economía. De esta manera, se prevé que durante 2008 el valor real del PIB de México se incremente a un ritmo anual de 3.5 por ciento. Esta estimación es similar a la proyección de 3.59 por ciento de los analistas del sector privado, según la encuesta realizada en agosto por el Banco de México.

Cabe notar que el pronóstico oficial de crecimiento corresponde al escenario en que no se apruebe la Reforma Hacendaria. En caso de que esta sea aprobada por el H. Congreso de la Unión, se anticipa que la economía mexicana tendría un mayor crecimiento durante 2008 debido a los efectos positivos derivados de una mayor confianza en la estabilidad de las finanzas públicas, de las menores tasas de interés, la demostración de la capacidad de alcanzar acuerdos, y los efectos de la mayor inversión en infraestructura.

La mejoría anticipada en el desempeño de la producción industrial estadounidense, se traduciría en un aumento de las exportaciones mexicanas. Se estima que durante 2008 el valor real de las exportaciones de bienes y servicios tendría un aumento anual de 7.0 por ciento, superior a la expansión de 5.1 por ciento contemplada para 2007. Por su parte, las importaciones aumentarán a una tasa anual de 7.4 por ciento.

Por otro lado, se prevé que el dinamismo de los componentes de la demanda interna se mantenga. En concreto, se proyecta que la inversión y el consumo del sector privado aumenten a tasas anuales de 6.0 y 3.8 por ciento, respectivamente.

Dentro del panorama económico que se vislumbra para 2008 se estima que la inflación estará dentro del intervalo de variabilidad alrededor del objetivo de 3 por ciento (más/menos un punto porcentual) establecido por el Banco de México. La evolución económica esperada para el próximo año es congruente con un déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos de 8 mil 779.2 millones de dólares, saldo que sería equivalente al 1.0 por ciento del PIB. Se estima que México recibiría flujos en forma de inversión extranjera directa similares a los esperados en 2007 y se calcula que los ingresos por las remesas familiares ascenderán a más de 25 mil millones de dólares.

El panorama macroeconómico previsto para 2008 no está exento de riesgos que podrían alterar las trayectorias previstas. Dentro de estos destacan los siguientes:

• Un desempeño menos favorable de la economía de Estados Unidos. Esta situación podría ocurrir si los mercados de bienes raíces no se estabilizan en el resto de 2007, si se observa un crecimiento significativo en el precio de la gasolina o si se presenta una contracción pronunciada en la disponibilidad de crédito. A ello se agrega la posibilidad de que la política monetaria no conduzca a una disminución de las tasas de interés si se percibe que la estabilidad de precios está en riesgo. Estos factores impactarían de forma negativa al crecimiento del consumo privado, debido a su efecto sobre la riqueza y el ingreso disponible de las familias, así como del gasto de inversión.
• Volatilidad en los mercados financieros internacionales. De perdurar la volatilidad en los mercados financieros internacionales se podría observar un menor flujo de recursos hacia las economías emergentes, lo cual eventualmente restringiría las condiciones de acceso a los mercados internacionales de capital. Asimismo, el contagio observado entre países industrializados podría traducirse en una menor demanda a nivel global.
• Cambios abruptos en los ingresos petroleros. Aún cuando el crecimiento de la demanda internacional y la inestabilidad geopolítica en algunas regiones del mundo constituirían un soporte a los precios actuales de los hidrocarburos, también cabe la posibilidad de que se pueda registrar una reducción en los precios en caso de que el crecimiento mundial sea menor que el esperado. Aunada a la inestabilidad de los precios, existe un riesgo asociado a una disminución en la capacidad de producción de hidrocarburos.

V.1.1. Precio del petróleo

Se espera que, durante 2008, las condiciones de demanda y oferta por hidrocarburos lleven a que el precio promedio del WTI se mantenga elevado. Sin embargo, el precio promedio de los contratos futuros con vencimiento en 2008 se ubica significativamente por debajo del máximo observado en 2007, que fue de 78.2 dpb. 15 Los elementos que pueden presionar el precio a la baja son: un crecimiento de la economía de Estados Unidos menor a lo esperado, y un escenario de niveles elevados de inventarios, 16 lo que reduciría la demanda de crudo y petrolíferos. Cabe notar que en el periodo posterior al que marca la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) y su Reglamento para el cálculo del precio de referencia del petróleo, los precios de los hidrocarburos experimentan una disminución importante.

La LFPRH, en su artículo 31, describe la fórmula para el cálculo del precio de referencia para la mezcla de petróleo mexicano de exportación para el ejercicio fiscal de 2008. Es importante señalar que el precio que se utilice para diseño del PEF y como parámetro de Ley de Ingresos no debe superar el obtenido con la fórmula.

En el cálculo del precio de referencia del petróleo se incorpora toda la información disponible en los mercados para obtener una definición objetiva de este parámetro. De esta manera, se presupuesta con una perspectiva de mediano plazo, por lo que se minimiza el impacto sobre el presupuesto de las variaciones de corto plazo en el precio del crudo.

Componente I

Este componente se calcula como el promedio de dos elementos cuyo objetivo es incorporar la tendencia de mediano plazo del precio de la mezcla mexicana.

El primer elemento se calcula con el promedio del precio de la mezcla mexicana observado en los últimos 10 años. De esta manera, el precio de referencia incorpora la tendencia histórica del precio de la mezcla mexicana.

El segundo elemento incorpora la información del mercado petrolero sobre el precio esperado en el mediano plazo. En este sentido, el mejor estimador de esta tendencia son los precios de los contratos futuros del crudo tipo West Texas Intermediate (WTI). Para construir este elemento, se utilizan los precios de estos contratos con vencimiento de cuando al menos tres años posteriores al año que se presupuesta. Al promedio de estos precios se le ajusta el diferencial de la mezcla mexicana con respecto al crudo tipo WTI.

Componente II

El componente II tiene como objetivo incorporar la expectativa de la cotización de la mezcla mexicana en el corto plazo. Es decir, es la estimación del precio esperado que resultaría bajo las condiciones que imperan actualmente en el mercado petrolero.

Este elemento se calcula utilizando el precio de los contratos futuros del crudo tipo WTI con vencimiento en los meses que corresponden al ejercicio fiscal para el cual se está presupuestando. Al promedio de estos precios se le aplica un factor de ajuste de 0.84. Lo anterior obedece a la consideración de que el precio de referencia está sujeto a errores de predicción. En este sentido, debido a que los errores que resultan de una sobreestimación del precio de la mezcla mexicana ocasionan ajustes más costosos que aquellos que conducen a una subestimación, es deseable utilizar un precio menor a la expectativa para presupuestar.

De acuerdo con los cálculos realizados por PEMEX con base en el comportamiento histórico de los precios del petróleo y sus futuros, un factor de 84 por ciento sobre el precio de los futuros para el año siguiente reduce a 20 por ciento la probabilidad de que durante el ejercicio en cuestión el precio observado sea menor al de referencia. De esta manera, en sólo 1 de cada 5 años se tendrían que realizar disposiciones de los fondos de estabilización o recortes al gasto, ocasionados por reducciones inesperadas en el precio internacional del hidrocarburo.

Finalmente, al producto del promedio de los precios de los contratos futuros con vencimiento en el ejercicio fiscal y el factor de 0.84, se le aplica el diferencial de la mezcla mexicana con respecto al WTI.

Tomando en cuenta los dos componentes de la fórmula, esto puede interpretarse como el promedio ponderado de:

• La evolución histórica del precio de la mezcla mexicana de petróleo (con un ponderador de 25%).
• La expectativa del precio del petróleo en el mediano plazo (ponderador 25%).
• La expectativa del precio del petróleo en el corto plazo (ponderador 50%).

La LFPRH establece que el valor del precio que se utiliza como parámetro en la formulación de la Ley de Ingreso no deberá superar al cálculo obtenido por la fórmula establecida en dicha ley. Asimismo, los lineamientos para el cálculo de los componentes de la fórmula se describen en el Artículo 15 del Reglamento de la LFPRH. De acuerdo al reglamento, para el cálculo de los componentes I y II que incorporan los precios de los contratos futuros del crudo tipo WTI, se debe emplear el promedio de los cuatro meses anteriores de las cotizaciones diarias de la última transacción en el Mercado de Intercambio Mercantil de Nueva York. 17 En este caso, el periodo de referencia para el cálculo de la fórmula abarca del 9 de abril al 8 de agosto de 2007.

Durante este periodo de cuatro meses, el precio del contrato futuro promedio con fecha de entrega en 2008 fue de 71.4 dpb. El precio de los contratos para los años siguientes decrece en promedio 0.3 dpb cada año hasta alcanzar 69.4 dpb para el contrato con fecha de entrega en 2015.

Para el cálculo de la fórmula del precio de referencia se toma el diferencial promedio observado en los últimos 12 meses, ya que este componente registra una estacionalidad importante. Lo anterior se explica por una mayor demanda de combustóleo ante la entrada del inverno y, por tanto, de crudos pesados que compiten directamente con la mezcla mexicana. Esto tiende a reducir el diferencial de la mezcla mexicana con respecto al petróleo más ligero, como el tipo WTI. El diferencial promedio de los últimos 12 meses resulta en 16.52 por ciento (10.39 dpb).

Con base en los elementos anteriores, al aplicar la fórmula en el periodo de referencia del 9 de abril al 8 de agosto de 2006, se obtiene lo siguiente:

• El Componente I resultó 43.2 dpb:
-- La media de los últimos 10 años del precio de la mezcla mexicana de exportación a lo largo del periodo mencionado fue 28.4 dpb.
-- La cotización promedio de los contratos de los futuros del WTI con vencimiento de cuando al menos tres años en el periodo mencionado es de 69.5 dpb. Al ajustar este precio futuro por el diferencial proporcional promedio entre el WTI y la mezcla mexicana en los últimos 12 meses (16.5% del WTI), el precio de la mezcla mexicana esperado resultó 58.0 dpb.
• El Componente II resultó en 50.0 dpb:
-- La cotización promedio de los contratos de los futuros del WTI con fecha de entrega entre diciembre de 2007 y noviembre de 2008 en el periodo mencionado fue 71.3 dpb. Este valor se ajusta con el diferencial proporcional promedio antes empleado y se aplica el factor de 84 por ciento.

De esta forma, el precio de referencia para la mezcla mexicana de crudo de exportación, resultante de promediar los componentes I y II, es 46.6 dpb.

V.2. Perspectivas de finanzas públicas en 2008

Las proyecciones contenidas en el Proyecto de Presupuesto de Egresos y la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008, las cuales no incorporan el efecto que tendría la aprobación de la Reforma Hacendaria, consideran un balance presupuestario de equilibrio. Debe aclararse que dichas proyecciones no consideran los impactos sobre el gasto y el financiamiento del reconocimiento de las obligaciones en favor de los trabajadores al servicio del Estado resultantes de la nueva Ley del ISSSTE, los cuales sólo se podrán conocer hasta el 30 de septiembre de 2008 de acuerdo con las disposiciones de la nueva Ley del ISSSTE. Ello debido a que, durante el periodo de enero a junio de 2008, los actuales trabajadores tendrán la libertad de elegir si quieren permanecer bajo el sistema actual de seguro de pensiones o desean establecer una cuenta individual.

La nueva Ley del ISSSTE asegura la sostenibilidad del sistema de pensiones para los trabajadores del Estado, al mismo tiempo que implica ahorros sustantivos en valor presente neto al eliminar el déficit esperado en pensiones. Sin embargo, como consecuencia del reconocimiento de los derechos adquiridos por los trabajadores y de la reasignación de aportaciones, el próximo año las finanzas públicas registrarán un déficit. Esta es una de las situaciones excepcionales previstas en el Artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) para que el balance público sea deficitario. 18 Esta situación se encuentra avalada por la nueva Ley del ISSSTE que autoriza al Ejecutivo Federal para que realice los ajustes correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación así como a la emisión de títulos de deuda que se deriven del cumplimiento con la Ley.

El paquete económico que propone el Ejecutivo Federal implica que los requerimientos financieros del sector público (RFSP) para 2008 sean equivalentes a 2.0 por ciento del PIB. Esta cifra es ligeramente superior a la aprobada para 2007 y es consistente con la trayectoria descendente que ha venido mostrando su saldo histórico respecto al tamaño de la economía, permitiendo ampliar los recursos disponibles para la inversión productiva y canalizar mayores recursos financieros a sectores relacionados con la vivienda, el campo y la pequeña y mediana empresa, a través de la banca de desarrollo y fondos de fomento.

Para la banca de desarrollo y fondos de fomento se propone un techo a su déficit por intermediación financiera de 0.3 por ciento del PIB en 2008, monto similar al déficit esperado al cierre de 2007. Con dichos recursos se buscará focalizar y aumentar el universo de beneficiarios de las instituciones de fomento, en especial la población de menores ingresos y que no son atendidos por la banca comercial, así como apoyar a sectores productivos estratégicos para el desarrollo nacional.

Se debe señalar que los RFSP no representan un riesgo para las finanzas públicas toda vez que su principal componente, los PIDIREGAS, tienen asociados proyectos del sector energético altamente rentables y autofinanciables. Asimismo, cabe notar que la intermediación financiera de la banca de desarrollo refleja los cambios legales y operativos que han ocurrido en los últimos años y que le dan mayor solidez financiera, lo que evitará episodios recurrentes de capitalización y pérdidas o bien, en el extremo, la ejecución por ministerio de Ley de la garantía del Gobierno Federal.

Para 2008 la base para la estimación de los ingresos presupuestarios parte de un escenario inercial que no considera cambios en la legislación fiscal vigente. 19 Por su parte, el gasto no programable refleja la evolución de la recaudación federal participable inercial, el monto de diferimientos de pagos aprobados en la LIF2007 y el comportamiento de las tasas de interés estimadas. Así, con la proyección de los ingresos y el gasto no programable, el nivel del gasto programable se calcula de manera que en 2008 se mantenga el equilibrio presupuestario.

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

El 31 de marzo de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que materializa algunas de las propuestas del Ejecutivo Federal en materia de pensiones. Esta nueva ley representa un avance en la agenda de reformas estructurales y en la consolidación de las finanzas públicas. Los principales elementos de la reforma son.

a. Una solución integral a la deficiencia de los servicios de salud derivada de la falta de recursos, la cual será posible gracias al incremento en las contribuciones del Gobierno Federal para todos los trabajadores. La nueva Ley del Instituto asegura la sustentabilidad del sistema de pensiones para los trabajadores del Estado, al mismo tiempo que implica ahorros sustantivos en valor presente neto.
b. Los pensionados y jubilados actuales no se ven afectados por la reforma, ya que continuarán recibiendo sus pensiones como hasta ahora.
c. La reforma establece un incremento de las contribuciones del Gobierno Federal para todos los trabajadores, independientemente de la opción que elijan.
d. Los trabajadores activos podrán, a su elección, mantenerse en el régimen actual de pensiones con ciertos ajustes paulatinos o migrar al nuevo sistema. A los trabajadores actuales que decidan establecer una cuenta individual se les otorgará un Bono de Pensión en el que se reconocen sus beneficios adquiridos. Las aportaciones que hagan estos trabajadores y el Gobierno Federal, que anteriormente se destinaban a las pensiones en curso de pago se irán a sus cuentas individuales.
e. Los trabajadores que se afilien al Instituto a partir de la entrada en vigor de la ley entran a un régimen en el que tendrán una cuenta individual que acumulará sus aportaciones y las que en su favor realiza la dependencia. Al momento de su retiro el trabajador recibe para su pensión el ahorro de su cuenta, incluyendo los intereses acumulados durante su vida laboral.
f. Permite a los trabajadores que laboren en forma simultánea o sucesivamente en los sectores público y privado sumen años de servicio para obtener una pensión y atención médica, en función de los criterios y mecanismos fijados en el convenio de portabilidad que, en su caso, se suscriba.

De esta forma, el nuevo régimen avanza en la construcción de un sistema de seguridad social nacional que otorgue plena seguridad y portabilidad de los servicios y derechos de la seguridad social al trabajador, sin importar el instituto de seguridad social en el que se encuentre cotizando.

V.2.1. Ingresos presupuestarios

En esta sección se presenta la estimación de los ingresos presupuestarios sin considerar el efecto que tendría la aprobación de la Reforma Hacendaria. En este escenario, se anticipa que para 2008 los ingresos presupuestarios asciendan a 2,392.9 miles de millones de pesos de 2008 (Mmp2008), cifra superior en 76.2 Mmp08 al monto previsto en la LIF2007 y menor en 25.6 Mmp2008 con respecto al cierre de 2007.

El monto estimado de los ingresos petroleros se reduce 0.7 por ciento en términos reales con respecto al que se había previsto en la LIF2007 debido a que a partir de 2008 no se incluirán los ingresos por productos financieros de PEMEX (12.9 Mmp 2008), los cuales se netearán de su costo financiero; si no se considera este cambio metodológico, los ingresos petroleros mostrarían un incremento real de 0.8 por ciento como resultado, fundamentalmente, del mayor precio del petróleo. Con relación al cierre estimado para 2007, las proyecciones muestran una caída de estos ingresos de 6.0 por ciento en términos reales, lo cual se explica por: i) el menor precio del petróleo (de 54.6 dólares por barril estimados en 2007 a 46.6 dólares por barril previstos para 2008, de acuerdo con la fórmula establecida en la LFPRH); ii) la menor exportación de crudo (de 1,731.0 miles de barriles diarios en 2007 a 1,678.0 miles de barriles diarios en 2008); iii) el aumento en el volumen de las importaciones de petrolíferos, especialmente gasolinas y diesel (de 402.7 miles de barriles diarios en 2007 a 456.9 miles de barriles diarios en 2008), y iv) el neteo mencionado de los productos financieros a partir de 2008.

En lo que hace a los ingresos no petroleros, se prevé un incremento real de 5.6 y 1.9 por ciento con respecto a lo estimado en la LIF2007 y al cierre de 2007, respectivamente. En su composición destaca lo siguiente:

• Se estima un aumento de 54.6 y 29.2 Mmp2008 en los ingresos tributarios no petroleros de 2008 con relación a los aprobados y al cierre previsto en 2007, respectivamente.
El incremento real de 2.8 por ciento en los ingresos tributarios no petroleros con respecto al cierre estimado de 2007 resulta menor al previsto para la actividad económica en su conjunto debido a la reducción esperada en el impuesto a las importaciones de 18.0 por ciento y al crecimiento de 2.7 por ciento del ISR. En el primer caso la caída es resultado de la reducción arancelaria derivada tanto de los tratados y acuerdos comerciales celebrados con otros países como de las instrumentadas por el Ejecutivo Federal con el fin de impulsar la competitividad del aparato productivo nacional. En cuanto al moderado crecimiento del ISR, se estima que los pagos definitivos de las empresas a pagar en 2008, correspondientes al ejercicio fiscal de 2007, serán menores a los realizados el año anterior como resultado de una menor actividad económica prevista para 2007. Cabe señalar que en 2007 los pagos definitivos de las empresas registraron, en términos reales, su nivel real más alto de los últimos cinco años.
• Los ingresos propios de las entidades de control directo distintas de PEMEX se incrementan 4.6 por ciento real respecto al cierre de 2007 debido, principalmente, a la mayor actividad económica.
• Los ingresos no tributarios se reducen 25.2 por ciento real respecto al cierre de 2007, lo que se explica por menores recursos no recurrentes.

V.2.2. Gasto neto presupuestario

El monto estimado de ingresos presupuestarios implica que, para mantener el equilibrio presupuestario, el gasto neto total pagado se ubique en 2,392.9 Mmp08, nivel superior en 76.2 Mmp08 con respecto al monto aprobado en el PEF2007. Asimismo, la mayor recaudación federal participable estimada repercute en un incremento del gasto no programable, en 19.4 Mmp08, respecto al monto aprobado en 2007. Cabe señalar que, al igual que en la Iniciativa de la Ley de Ingresos, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2008 no se está considerando el efecto de la aprobación de la Reforma Hacendaria.

En consecuencia, el techo de gasto programable devengado para 2008 se ubica en 1,777.2 Mmp08 y muestra un incremento de 58.1 Mmp08 (3.4 por ciento real) respecto al aprobado para 2007.

Es importante señalar que el techo de gasto es congruente con los ingresos totales y con la meta de déficit fiscal de cero, y que no considera los costos que se generen por la nueva Ley del ISSSTE.

En congruencia con los objetivos y estrategia definidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, la política de gasto se orientará por las siguientes líneas de acción:

• Elevar el impacto del gasto social y de fomento a la productividad y el empleo.
• Enfatizar en la construcción de infraestructura.
• Aumentar los recursos destinados a restaurar el medio ambiente y a la preservación y fomento de los recursos naturales.
• Canalizar recursos presupuestarios suficientes para mejorar la seguridad pública. Se pretende atender una de las principales demandas de la población que incide directamente en su calidad de vida a fin de generar las condiciones que restituyan la tranquilidad a los ciudadanos a través de la protección de su integridad física, la de sus familias y de su patrimonio.
• Impulsar la perspectiva de género en la asignación de los recursos públicos.
• Contribuir a la estabilidad macroeconómica.
• Orientar la asignación de recursos presupuestarios a la obtención de resultados.
• Reordenar los programas e instituciones.
• Dar continuidad a los esfuerzos de austeridad para contar con un gobierno capaz de hacer más con menos en beneficio de la ciudadanía, y que dirija permanentemente una mayor parte de los recursos públicos a la atención de las necesidades prioritarias y más urgentes de la sociedad.
• Avanzar en la modernización y eficiencia de los procesos administrativos y de atención a la ciudadanía.

Asimismo, el Proyecto del PEF 2008 incorpora elementos novedosos que, a partir de las directrices marcadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, permitirán la orientación del gasto para la obtención de resultados concretos en beneficio de la ciudadanía.

Específicamente, se adopta el enfoque de presupuesto basado en resultados como un nuevo modelo de presupuestación que permitirá que las decisiones involucradas en el proceso presupuestario incorporen sistemáticamente consideraciones sobre los resultados esperados y obtenidos de la aplicación de los recursos públicos, y que motiven a las dependencias y entidades a lograrlos, con el objeto de mejorar el impacto y la calidad del gasto público federal, así como la rendición de cuentas y la transparencia. Para ello, se implantará el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) el cual permitirá realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas presupuestarios, bajo principios de verificación del cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores que permitan conocer el impacto social de los programas y proyectos.

Para dar continuidad a la política de austeridad aplicada por el Ejecutivo Federal en 2007, se está incorporando en el Proyecto del PEF 2008 una reducción equivalente a 5 por ciento en el gasto de operación administrativa en el Gobierno Federal y en las entidades sujetas a control presupuestario directo. Esta medida representa un ajuste de 10.2 Mmp08 que, para hacerse sostenible en el tiempo, deberá ser acompañado de medidas de austeridad previstas en el Decreto publicado en 2006 y por nuevas acciones de mejora en la gestión pública. Del total de ahorro esperado, 3.4 Mmp08 corresponden a los ramos administrativos y generales del Gobierno Federal y 6.8 Mmp08 a las entidades de control presupuestario directo.

En términos de la clasificación económica del gasto programable, las previsiones de gasto se agrupan en función de su naturaleza económica y objeto, esto es, en gasto corriente y gasto de capital. Para el ejercicio fiscal 2008, el gasto corriente representará el 82.5 por ciento del gasto programable, mientras que el 17.5 por ciento corresponderá a gasto de capital. Con relación a lo aprobado para 2007, en 2008 el gasto corriente muestra un aumento de 3.0 por ciento, mientras que el gasto de capital se incrementa 5.0 por ciento, también en términos reales.

La inversión impulsada por el sector público, definida como la suma de la inversión física presupuestaria y la que se realiza mediante erogaciones fuera de presupuesto, neta de amortizaciones de PIDIREGAS, se espera alcanzará en 2008 un monto de 424.7 Mmp08 (4.0 por ciento del PIB).

En términos de su clasificación administrativa, las previsiones de gasto se agrupan conforme a los ejecutores de gasto, en términos de ramos y entidades públicas:

• El gasto propuesto para los Ramos Autónomos para 2008 asciende a 50.7 Mmp08, monto superior en 19.6 por ciento real al cierre aprobado para 2007.
• Para 2008, el Proyecto de Presupuesto contempla 575.6 Mmp08 para los Ramos Administrativos, lo que significará un aumento real de 2.1 por ciento en términos reales a lo aprobado para 2007. De acuerdo al Proyecto de Presupuesto para 2008, las dependencias que tienen mayores incrementos reales en sus asignaciones reales respecto al Presupuesto aprobado en 2007 son: La Secretaria de Turismo con 55.2 por ciento, el tribunal federal de Justicia Fiscal y Administrativa con 26.5 por ciento, la Secretaría de Gobernación con 26.4 por ciento, la Secretaría de Seguridad Pública con 20.5 por ciento, la Secretaría de Marina con 18.4 por ciento, la Secretaría de la Función Pública con 15.3 por ciento, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología con 14.5 por ciento y la Secretaría de Salud con 12.4 por ciento.
• El gasto programable que se propone para las entidades de control presupuestario directo para el próximo año es de 724.5 Mmp08, lo que significa un crecimiento real de 4.7 por ciento respecto a lo aprobado para 2007 debido a la necesidad de dar suficiencia a los requerimientos presupuestarios de dichas entidades para una operación adecuada.

La clasificación funcional del gasto permite analizar su distribución en términos de las actividades que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con base en las atribuciones y competencias establecidas en el marco legal:

• El Proyecto de PEF para 2008 prevé una asignación de 1,069.4 Mmp08 para las funciones de desarrollo social. Conforme a la propuesta, el gasto asignado para estas funciones tendría un incremento de 2.7 por ciento respecto a lo aprobado para 2007.
• El presupuesto previsto para las funciones de desarrollo económico en 2008 es de 539.3 Mmp08, que se compara favorablemente con lo aprobado en 2007 al mostrar un crecimiento real de 2.6 por ciento.
• El Proyecto de PEF 2008 considera una asignación para las funciones de gobierno de 117.7 Mmp08, lo que representa un incremento real de 7.3 por ciento respecto a lo aprobado en 2007.

Se estima que para 2008 el gasto federalizado se ubicará en 761.6 Mmp08, monto mayor en 5.6 por ciento con respecto a lo aprobado en 2007.

V.2.3. Requerimientos financieros del sector público

Se prevé que los requerimientos financieros del sector público en 2008 sean equivalentes a 2.0 por ciento del PIB. Con ello se podrá continuar con la trayectoria descendente del saldo histórico de los requerimientos del sector público (SHRFSP) respecto al tamaño de la economía y mantener la inversión impulsada por el sector público. Los mayores RFSP en 2008 con respecto a 2007, en 0.3 por ciento del PIB, se canalizarán a incrementar el nivel de la inversión financiada y a promover la inversión en los sectores estratégicos que atiende la banca de desarrollo.

En 2008 la inversión financiada (PIDIREGAS) se ubicará en un nivel superior al de 2007, que fue el año en que los requerimientos financieros para inversión registraron el nivel más elevado. Así, el monto para la ejecución de obras nuevas, menos la amortización de proyectos en el Presupuesto de PEMEX y CFE, se prevé en 1.3 por ciento del PIB, lo que permitirá mantener el nivel de la inversión impulsada por el sector público en alrededor de 4.0 por ciento del PIB.

Por su parte, el déficit por intermediación financiera se ubicará en 0.3 por ciento del PIB. De esta forma las instituciones financieras de fomento contarán con recursos para otorgar crédito en áreas estratégicas para el desarrollo nacional, para la infraestructura en servicios públicos locales, y para atender a grupos de la población que no tienen acceso al sistema financiero y para el fomento de las actividades productivas. Además, se buscará una mayor coordinación de las acciones y programas que llevan a cabo las diferentes entidades que conforman el sistema financiero de fomento y se buscarán esquemas financieros innovadores que permitan potenciar los recursos financieros disponibles, a fin de hacer más eficiente el uso de los recursos públicos y ampliar el universo de beneficiarios.

Tal y como se ha determinado en años anteriores, para 2008 los requerimientos financieros del IPAB corresponden al componente inflacionario de la deuda. En el caso del programa de apoyo a deudores se prevé que el monto de los apoyos fiscales sea igual al cambio en sus obligaciones financieras, por lo que no se incurrirá en mayores necesidades de financiamiento.

De esta forma, se estima que para el cierre de 2008 el saldo histórico de los RFSP se ubique en 35.8 por ciento del PIB, 0.4 puntos abajo del estimado para el cierre de 2007, manteniendo la trayectoria descendiente de los mismos como proporción del producto.

VI. Evolución económica y de las finanzas públicas en el mediano plazo

VI.1. Escenario macroeconómico 2008-2013

De acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, la finalidad de la política económica de la actual Administración es lograr un crecimiento económico sostenido más acelerado para crear los empleos que demanda la población en edad de trabajar y mejorar la calidad de vida y las oportunidades de todos los mexicanos. Para abatir los rezagos económicos y sociales sería indispensable llevar a cabo una serie de acciones conducentes a mayores niveles de inversión, mejores capacidades de la población y un crecimiento más acelerado de la productividad. Con ello será posible acelerar el ritmo de crecimiento hasta un nivel sostenible de 5.0 por ciento. En ausencia de la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen, así como de las demás acciones propuestas en el Plan Nacional de Desarrollo, la economía avanzará a su actual ritmo de crecimiento potencial de 3.6 por ciento durante los próximos años. En este sentido, el marco macroeconómico de mediano plazo que aquí se presenta tiene como referencia las condiciones actuales de la estructura productiva nacional.

Este escenario supone una serie de trayectorias para indicadores internacionales sobre los cuales la política económica nacional no tiene incidencia, como: 1) evolución de la actividad económica en los Estados Unidos, 2) tasas de interés internacionales, 3) condiciones de acceso que prevalecerán en los mercados internacionales de capital, y 4) precios internacionales de los hidrocarburos.

Las proyecciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso de los Estados Unidos anticipan que en los próximos diez años la tasa de crecimiento anual del PIB de ese país disminuirá paulatinamente. Así, estima que en el periodo 20092013 el ritmo de expansión promedio del PIB de Estados Unidos será de 2.9 por ciento. Estas proyecciones son similares a las del Fondo Monetario Internacional, organismo que supone una tasa de crecimiento económico constante para los Estados Unidos en el periodo 2009-2012, de 3.0 por ciento.

La Oficina de Presupuesto del Congreso de los Estados Unidos y el Fondo Monetario Internacional prevén que en el mediano plazo la economía de la Unión Americana tenga menores presiones inflacionarias que las registradas recientemente. Esta previsión se explica por los siguientes factores: se anticipa una estabilización de los precios de los energéticos (que fueron la fuente principal del repunte de la inflación en los últimos años), y que el incremento que tuvo lugar en las tasas de interés como consecuencia de una política monetaria con un sesgo más restrictivo tenga un impacto sobre la demanda agregada. En particular, entre 2009 y 2013 la Oficina de Presupuesto del Congreso de los Estados Unidos y el Fondo Monetario Internacional estiman que el índice de precios al consumidor aumente a una tasa anual de 2.2 y 2.4 por ciento, respectivamente.

Asimismo, la Oficina de Presupuesto del Congreso de los Estados Unidos prevé que en el periodo 2009-2013 los rendimientos de los bonos del Tesoro de los Estados Unidos a tres meses y diez años se ubicarán en promedio en 4.7 y 5.2 por ciento, en ese orden. Al mismo tiempo, el Fondo Monetario Internacional anticipa que las tasas de estos instrumentos serán ligeramente superiores, ya que las sitúa en niveles promedio de 5.1 y 5.3 por ciento, respectivamente.

Es importante reiterar que el crecimiento de México en el mediano plazo será consistente con la evolución de la economía norteamericana y estará determinado por aquellas reformas estructurales que se aprueben y que en última instancia amplíen y mejoren la dotación y calidad del capital físico y las capacidades de las personas, así como su productividad.

Se estima que la inflación (medida a través del Índice Nacional de Precios al Consumidor) estará dentro del intervalo de variabilidad alrededor del objetivo previsto por el Banco de México, de 3.0 por ciento más/menos un punto porcentual. Dentro de este escenario económico inercial, es decir, en ausencia de reformas importantes, se espera que durante el periodo proyectado el rendimiento de los CETES a 28 días permanezca en un nivel relativamente constante de 6.5 por ciento. En congruencia con estas estimaciones y con la política económica que se instrumentará de acuerdo con los lineamientos estipulados en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, no se anticipan desequilibrios importantes en las cuentas externas del país. En particular, en cada año del periodo proyectado, la cuenta corriente de la balanza de pagos no mostrará un déficit superior a 2.8 por ciento del PIB, y estos saldos serán sanamente financiados con los flujos que recibirá el país en forma de inversión extranjera directa. El marco macroeconómico consistente con esta proyección se presenta en el siguiente cuadro.

El crecimiento anual promedio del PIB de 3.6 por ciento induciría que en el mediano plazo las importaciones de bienes y servicios observen una expansión anual promedio de 7.5 por ciento. En consecuencia, entre 2008 y 2013 la oferta agregada de la economía registraría un aumento anual promedio de 4.9 por ciento.

Por el lado de la demanda, el escenario macroeconómico esperado implicaría que durante el periodo 2008-2013 el ritmo de crecimiento anual de las exportaciones de bienes y servicios se ubique en 7.1 por ciento en promedio, inferior al aumento de 9.9 por ciento observado de 2004 a 2006. El menor incremento se deriva de la disminución anticipada en el crecimiento de nuestro principal socio comercial. No obstante esta desaceleración, las exportaciones seguirán siendo un pilar fundamental en el desempeño de la demanda agregada.

Asimismo, la estimación actual también prevé que en el mediano plazo los componentes de la demanda interna aumenten su dinamismo. Se anticipa que el gasto destinado a la inversión fija bruta se incremente a una tasa anual promedio de 5.5 por ciento, en tanto que el gasto en consumo lo haría a un ritmo de 3.5 por ciento. Es importante señalar que esta proyección parte del supuesto de que seguirán prevaleciendo condiciones que favorezcan el impulso del gasto interno: incremento continuo del empleo, sana expansión del crédito y recuperación paulatina del poder adquisitivo del salario.

El escenario macroeconómico de mediano plazo está sujeto a algunas circunstancias que podrían modificar las trayectorias anticipadas. Por un lado, en el caso de que se realicen las acciones conducentes a mejorar la competitividad de la economía mexicana planteadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, la actividad productiva en México tendría un mayor dinamismo. No obstante, también existen algunos riesgos. En este sentido destaca que el desempeño del sector exportador mexicano dependerá tanto de la evolución económica de Estados Unidos, como del fortalecimiento de la competitividad de la planta productiva mexicana. Asimismo, no obstante la reciente estabilización del déficit en la cuenta corriente de los Estados Unidos, sigue latente el riesgo de una corrección súbita y desordenada. De materializarse estos u otros riesgos la economía mexicana se vería negativamente afectada:

• Menor crecimiento de los Estados Unidos. Una menor actividad económica en los Estados Unidos que la prevista reduciría el ritmo de expansión de sus importaciones, entre ellas las de bienes producidos en México. Cabe notar que en nuestro país las exportaciones de bienes y servicios representan más del 40 por ciento del PIB.
• Condiciones financieras internacionales. El escenario de mediano plazo contemplado supone que las condiciones de acceso a los mercados internacionales de capital seguirán siendo relativamente favorables para los países con economías emergentes. Asimismo, se considera que las condiciones crediticias en los Estados Unidos para las familias y las empresas se normalizarán a lo largo del próximo año. Una alteración significativa en estas condiciones repercutiría de forma directa sobre las proyecciones de inversión y crecimiento contempladas para México.
• Ajuste abruto del tipo de cambio. Una corrección desordenada del déficit de la cuenta corriente de los Estados Unidos podría llevar a una depreciación del dólar frente a todas las divisas. Ello a su vez podría ocasionar un deterioro en las perspectivas del crecimiento mundial, sobre todo en el entendido de que el crecimiento que pudieran tener las economías de la Unión Europea y de Japón sería insuficiente para contener los efectos de una recesión generada por un ajuste abrupto en la disponibilidad de recursos para los Estados Unidos.
• Menor Inversión Extranjera Directa. Las perspectivas de la economía mexicana se encuentran estrechamente vinculadas a las expectativas de la actividad productiva de los EU (esto es particularmente patente en el caso del sector manufacturero). De esta manera, perspectivas de crecimiento menos favorables en los Estados Unidos podrían llevar a una disminución en los flujos de inversión extranjera que recibiría México.

VI.2. Perspectivas de finanzas públicas 2008-2013

Esta sección tiene como propósito presentar la proyección de las finanzas públicas en México para el periodo 2008-2013. Para realizar esta proyección se puso especial atención en dos elementos. El primero son las implicaciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en cuanto a la fijación del precio de referencia de la mezcla mexicana de petróleo. El segundo son las presiones de gasto que se presentarán en los próximos años.

De este ejercicio en el que los ingresos y gastos se proyectan sin los cambios propuestos en la Reforma Hacendaria en el régimen tributario ni en el comportamiento de los principales renglones de gasto, es decir, de manera inercial. Esta proyección obtiene como resultado un déficit público creciente, el cual conlleva a una tendencia ascendente de las razones de deuda a producto. Para cumplir con el mandato de equilibrio presupuestario de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se deberá eliminar dicho déficit, ya sea por medio de una reducción de gasto o por un incremento de los ingresos públicos.

VI.2.1. Ingresos presupuestarios

a) Ingresos petroleros

La evolución esperada de los ingresos petroleros de la Federación para el periodo 2008-2013 dependerá del comportamiento que muestren el precio de referencia de la mezcla mexicana de petróleo y la producción, exportación, demanda e importaciones de petróleo, petrolíferos y gas natural, principalmente. A continuación se describe el procedimiento y resultados de estimación de estos elementos que son la base de la estimación de los ingresos petroleros.

1) Precio de la mezcla mexicana

Para estimar el precio de referencia para los próximos seis años se utiliza la fórmula descrita en la LFPRH. Como se mencionó en la Sección V.1.1, la fórmula para el cálculo del precio de referencia se obtiene a partir del promedio de dos componentes. El primero incorpora la tendencia de mediano plazo del precio a partir de información histórica y las cotizaciones de los contratos futuros del crudo tipo WTI a cuando menos tres años. El segundo incorpora los precios implícitos en los contratos futuros para el año que se presupuesta.

El primer componente de la fórmula muestra una tendencia positiva derivada de la tendencia histórica a la alza de los precios del petróleo, la cual es compensada parcialmente por el promedio de los futuros de cuando menos 3 años ajustado por el diferencial esperado. Estos presentan una tendencia descendente.

Para el segundo componente se utilizan los precios de los contratos a futuro con vencimiento de diciembre del año anterior a noviembre del año para el que se estima el precio de referencia. Cabe señalar que si bien el precio esperado del petróleo WTI se encuentra en niveles elevados, presenta una ligera tendencia a la baja. En este sentido, se espera que para 2009 se encuentre a un nivel de 71.4 dólares por barril y descienda en los siguientes cuatro años hasta alcanzar 69.5 dólares por barril en el 2013.

El promedio de los componentes anteriores arroja un precio de referencia de 48.12 dólares por barril para 2009 y éste se incrementa hasta alcanzar 51.39 dólares por barril en el 2013.

2) Producción

Para la proyección de ingresos petroleros, se utiliza la estimación de producción de PEMEX, que en 2008 se espera sea de 3,129 miles de barriles diarios (mbd) con una plataforma de exportación de 1,678 mbd, alcanzando un nivel de 3,051 mbd en 2013. Por otro lado, este escenario supone que la plataforma de exportación decrece a una tasa anual promedio de 1.7 por ciento durante 20092013, alcanzando un nivel de 1,537 mbd en 2013.

El supuesto de una producción relativamente estable considera que yacimientos importantes como Cantarell, que se encuentran en etapa de maduración y declinación, serán sustituidos por otros yacimientos de manera gradual. Para lograr este objetivo se requiere realizar las inversiones necesarias que permitan la modificación en las prácticas de operación, la introducción de nuevas estrategias de explotación y la instalación de infraestructura para la perforación en desarrollo en los pozos existentes. También se deben realizar inversiones en materia de exploración que permitan la explotación de nuevos yacimientos.

3) Demanda de importaciones

Con base en el comportamiento observado en años recientes se estima que el volumen de la demanda por petrolíferos crecerá a 4 por ciento anual. A partir de la razón refinación/producción de petrolíferos (combustóleo, gas licuado y gasolinas) observada en 2006 se proyectan los volúmenes de producción de los mismos. Las importaciones se estiman como la diferencia entre la demanda y la producción estimadas.

Proyección de ingresos petroleros

Con base en los volúmenes estimados y la evolución esperada de los precios internacionales, así como el supuesto de que las ventas de bienes con precios administrados se mantendrán como proporción del PIB en el nivel esperado para 2008, se prevé que los ingresos petroleros pasarán de un nivel de 8.0 por ciento del PIB en 2008 a 7.1 por ciento del PIB en 2013.

b) Ingresos no petroleros

Para estimar los ingresos no petroleros durante 2009-2013, se considera lo siguiente:

• La recaudación del IVA e ISR crecerá a una tasa real igual a la del crecimiento del PIB presentado en el marco macroeconómico más una ganancia de eficiencia de 5 puntos base por año durante el periodo 2009-2013.
• El resto de los ingresos tributarios se mantienen constantes como proporción del PIB, salvo los aranceles, los cuales se reducen gradualmente de 0.2 a 0.08 puntos del PIB de 2009 a 2013.
• Para los ingresos no tributarios en el periodo 2009-2013 no se consideran ingresos no recurrentes por remanentes del Banco de México y privatizaciones. El resto de los ingresos no tributarios se mantienen constantes como proporción del PIB, en 0.3 por ciento.
• Al interior de los Ingresos de Organismos y Empresas, los ingresos de CFE y LFC se ajustan por la evolución del precio del petróleo, y por el incremento en la demanda por energía (4 por ciento por año). Por su parte, los del IMSS y el ISSSTE se mantienen constantes como proporción del PIB a partir del valor estimado para 2008. Es importante señalar que este supuesto no incorpora la reducción de los ingresos del ISSSTE derivados de la Reforma ya que sus gastos también se reducirían, por lo que el efecto neto en el Sector Público es nulo.

Con los supuestos anteriores los ingresos no petroleros se reducen de 14.8 por ciento del PIB en 2008 a 14.5 por ciento del producto en 2013, representando en promedio, 14.5 por ciento del PIB durante 2009-2013.

Los ingresos presupuestarios en la LIF pasarán de 22.8 a 21.6 por ciento del producto de 2008 a 2013.

VI.2.2. Gasto neto

a) Gasto programable

Servicios personales

En la proyección del periodo 2008-2013, se supone que el gasto en servicios personales del Gobierno Federal crecerá a una tasa anual de 1.0 por ciento real, así como un sesgo en favor de los trabajadores que prestan servicios que benefician directamente a la población. De esta forma la proyección conlleva un esfuerzo importante de contención del gasto en personal burocrático. Asimismo, durante 2009-2012 se consideran 10 mmdp por año por concepto de rezonificación.

Para el gasto en servicios personales en las empresas paraestatales, se supone un crecimiento real anual de 3.8 por ciento, el cual es similar al incremento esperado en este rubro de gasto durante 2008. De esta manera, el gasto en servicios personales disminuiría de 6.6 a 6.2 por ciento del PIB de 2008 a 2013.

Pensiones

Los supuestos para la proyección del gasto en pensiones es la siguiente:

• PEMEX, CFE y LFC: Se aplica el crecimiento en el número de pensionados observado durante 2003-2006
• IMSS: Se supone que el componente del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) aumenta a una tasa real de 10.1 y las pensiones en curso de pago aumentan 8 por ciento real anual durante 2009-2013. 20
• ISSSTE: Se aplica un crecimiento real de 15 por ciento anual, derivado de la trayectoria inercial tomada del estudio actuarial presentado por el ISSSTE. Este estudio supone un crecimiento real del salario base de cotización de 1.5 por ciento, así como un crecimiento de pensionados de 10 por ciento por año. 21 Es importante señalar que los costos asociados a la transición serán financiados con la emisión de bonos, por lo que éstos no impactarían en la evolución del gasto en pensiones presentada en esta sección.

Estos supuestos implican un incremento en el gasto en pensiones de 2.2 a 2.9 por ciento del PIB de 2008 a 2013.

Subsidios y transferencias

Con respecto a la trayectoria de subsidios y transferencias se supone que el programa Oportunidades crece al ritmo esperado de crecimiento de la población proyectado por CONAPO para el periodo 2008-2012, un promedio de 0.9 por ciento anual. Para 2008-2011 el Seguro Popular sigue la trayectoria establecida en la Ley General de Salud y para 2012-2013 se supone que se mantiene constante como proporción del PIB en el nivel estimado para 2011. Finalmente, el resto de los programas se mantienen constantes como proporción del PIB.

De esta manera, el gasto en este rubro se mantiene en alrededor de 2.5 por ciento del PIB de 2007 a 2013.

Gasto de capital

Para estimar las amortizaciones de los proyectos PIDIREGAS durante el periodo 2009-2013 se considera que seguirán la trayectoria contenida en el Tomo V del PEF2007 y se agregan las amortizaciones asociadas a los proyectos que se estima se someterán para autorización del H. Congreso de la Unión entre 2008 y 2013.

Para el resto de la inversión física presupuestaria se supone que se mantendrá constante como porcentaje del PIB a partir de su nivel de 2008. Sin embargo, cabe notar que se presenta un ajuste importante en 2008 con respecto al dato de 2007. Así, el gasto en capital se incrementaría 0.7 puntos del PIB de 2007 a 2013, alcanzando un nivel de 3.6 por ciento del PIB en ese año.

Por su parte, la inversión impulsada por el sector público que incluye la inversión presupuestaria más la realizada por terceros a través de proyectos PIDIREGAS, se mantendrá en niveles superiores al 4.0 por ciento del PIB en los siguientes cuatro años.

Otros gastos de operación

Para la estimación de otros gastos de operación se supone lo siguiente:

• Materiales y suministros: La trayectoria de este gasto considera dos factores: el incremento en el costo de los combustibles por el aumento en el precio de referencia de la mezcla de petróleo mexicano y la reducción de compras directas de combustibles de CFE a PEMEX derivada de una reducción de oferta por parte de CFE como consecuencia de una mayor generación por parte de productores externos de energía (reducción de 2.2% al año). Las adquisiciones de combustibles de estos últimos se reflejan en los cargos variables de PIDIREGAS. El resto del gasto en materiales y suministros se supone se mantendrá constante como proporción del PIB.
• PIDIREGAS: Para los cargos fijos se emplea el crecimiento promedio anual que se observa en el Tomo V del PEF2008 y los proyectos que se concluirán a partir de 2009.
• Servicios generales: Aumentan a una tasa real de 2.0 por ciento, por lo que este rubro descenderá de 1.0 a 0.8 por ciento del PIB de 2007 a 2013.

Con los supuestos anteriores, el rubro de Otros gastos de Operación ascendería a 2.6 por ciento del PIB en 2013.

Con base en los elementos anteriormente descritos, el gasto programable pagado del sector público registraría un incremento de 1.0 puntos del PIB de 2008 a 2013, al pasar de 16.7 a 17.7 por ciento del producto en ese lapso. Se estima que el gasto no programable alcance un nivel de 6.9 por ciento del PIB en 2013, lo que representa un aumento de 0.8 puntos porcentuales del producto respecto a 2007. Este incremento es resultado de los crecimientos esperados en el costo financiero del sector público de 0.7 por ciento del PIB, aumento que obedece al mayor acervo de deuda asociado a los déficit esperados.

La evolución de los componentes programable y no programable del gasto implican que el gasto neto pagado pasará de 22.8 a 24.6 por ciento del producto de 2008 a 2013.

VI.2.3. Balances

Las proyecciones anteriores implican que en 2009 se observaría un déficit económico de 0.7 por ciento del PIB, incrementándose cerca de 0.6 puntos del PIB por año hasta alcanzar 3.0 por ciento del producto en 2013.

Como se mencionó, la tendencia anteriormente estimada implica un incremento en el déficit de 3.0 por ciento del PIB entre 2008 y el estimado para 2013. Este incremento se explica por presiones provenientes de incrementos por pensiones (0.8% del PIB), mayor gasto en capital (0.7% del PIB), un mayor gasto no programable (0.8% del PIB) y menores ingresos petroleros (-1.2% del PIB). Estas presiones son parcialmente contrarrestadas por un menor gasto en servicios personales (-0.4% del PIB) y menor gasto otros gastos de operación (-0.1% del PIB). Asimismo, la trayectoria del déficit de 2007 a 2012 implicaría un incremento en la deuda neta de Sector Público Federal de 21.2 a 25.5 por ciento del PIB en ese lapso.

VI.2.4. Requerimientos financieros del sector público

Los RFSP para 2008-2013 se calculan a partir del balance público tradicional, agregando las necesidades de financiamiento correspondientes a actividades excluidas del balance por ordenamientos jurídicos, por cobertura institucional y por prácticas presupuestarias, que en conjunto se estiman en 2.0 por ciento del PIB por año. A continuación se describen sus principales componentes:

• Los RFSP registran las necesidades de financiamiento para proyectos PIDIREGAS cuando el tercero realiza la obra. Este componente se mantiene alrededor de 1.3 del PIB en los siguientes años.
• El déficit por intermediación financiera de la banca de desarrollo y los fondos de fomento se prevé alcance 0.3 por ciento del PIB en 2007 y a lo largo del periodo 2008-2013 se ubique en alrededor de 0.5 por ciento del ?PIB. Con estos recursos la Banca de Desarrollo atenderá cuatro sectores estratégicos, por su contribución a la creación de empleos y a la competitividad del país: la pequeña y mediana empresas; los productores rurales de ingresos medios y bajos; la infraestructura pública, y la vivienda para la población de menores recursos.
• Los requerimientos financieros del IPAB corresponden al financiamiento después de apoyos fiscales, que se estiman como el componente real de los intereses menos el 75.0 por ciento de las cuotas pagadas por los bancos y la recuperación de activos. Por tanto, las necesidades de financiamiento del IPAB se estiman como el equivalente al componente inflacionario del interés devengado por la deuda del Instituto y equivalen al 0.2 por ciento del PIB a lo largo del periodo.

Es importante señalar que con el balance público tradicional inercial y los RFSP descritos, los RFSP pasarían de 2.0 por ciento del PIB en 2008 a 5.0 por ciento del PIB en 2013, y la deuda pública amplia de 35.8 a 42.5 por ciento del PIB anual.

VII. Perspectivas económicas con reforma hacendaria

La Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen constituiría, en caso de ser aprobada, un paso sustantivo que permitiría avanzar de forma decidida en el cumplimiento con los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. En síntesis, esta reforma impulsaría el Desarrollo Humano Sustentable a través de tres vías: 1) el fortalecimiento de las finanzas públicas, lo cual consolidaría la estabilidad macroeconómica al mismo tiempo que permitiría al sector privado disponer de recursos a un menor costo; 2) un gasto público mayor y más eficiente, orientado a resultados verificables y destinando mayores recursos al desarrollo social y la inversión en infraestructura; y 3) la mayor confianza de que los mexicanos somos capaces de alcanzar acuerdos sustantivos que mejoren la competitividad de nuestra economía.

VII.1. Marco macroeconómico con reforma hacendaria

De aprobarse la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen, los beneficios de ésta se reflejarían en la actividad productiva y la creación de empleos desde 2008. Los primeros efectos serían consecuencia, principalmente, de un aumento importante en los recursos que se canalicen a la inversión pública en infraestructura. La inversión privada estaría estimulada por la mejora en las expectativas sobre el futuro económico de México y la complementariedad que existe con la inversión pública. Asimismo, el fortalecimiento estructural de las finanzas públicas inherente en la Reforma se traduciría en un mayor nivel de confianza entre los inversionistas nacionales y extranjeros, lo cual llevaría a menores tasas de interés y a un riesgo país más bajo. Cabe destacar que, en el mediano plazo, el proceso de aceleración de la inversión se traduciría en un incremento gradual del crecimiento potencial de la economía, el cual se espera alcanzaría mayores tasas de crecimiento en años subsecuentes.

Sin embargo, es importante reconocer que la aprobación de la Reforma Hacendaria no agota las posibilidades que existen para impulsar el crecimiento de la economía, ya que aún están pendientes otras acciones que tendrían efectos positivos en la productividad de los factores y en la competitividad del país. En este sentido, destacan aquellas en materia educativa, laboral, energética, de telecomunicaciones y las concernientes al estado de derecho, por mencionar algunas. De concretarse las reformas pendientes, la economía podrá alcanzar la meta de crecimiento sostenido de 5.0 por ciento planteada en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

Manteniendo el crecimiento anticipado de los Estados Unidos descrito en la Sección V.1, se prevé que en caso de aprobarse la Reforma Hacendaria se incrementaría sustancialmente el dinamismo de los componentes tanto de la oferta como de la demanda interna. En particular, en el año de la implementación de la Reforma Hacendaria se proyecta que el crecimiento del PIB sería cercano a 3.7 por ciento, y éste se incrementaría en los años subsecuentes. Asimismo, el gasto del sector privado en consumo e inversión aumentaría a tasas anuales de 3.9 y 6.5 por ciento, respectivamente. Por su parte, las exportaciones e importaciones de bienes y servicios crecerían a ritmos anuales de 7.0 y 7.5 por ciento, en cada caso. El dinamismo mencionado se traduciría en una mayor creación de empleos.

Se anticipa que el fortalecimiento de las finanzas públicas así como la mejoría en las expectativas sobre el país reduciría el riesgo país y el nivel de las tasas de interés domésticas en 20 puntos base. Más aún, la economía cotinuaría blindándose contra fenómenos como el incremento reciente en la volatilidad de los mercados financieros internacionales.

VII.2. Perspectivas de finanzas públicas

Dado que la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen se encuentra en proceso de análisis y discusión en el H. Congreso de la Unión, resulta difícil estimar el incremento en los ingresos que se daría en caso de aprobarse la misma. Ello debido a las modificaciones que pudieran darse al conjunto de iniciativas.

Sin embargo, para ejemplificar los posibles efectos recaudatorios en caso de aprobación de la Reforma así como una asignación de estos recursos, a continuación se presentan estimaciones muy aproximadas de los ingresos y el gasto que podrían observarse en caso de aprobación de la Reforma Hacendaria. Se estima que la Reforma Hacendaria podría generar durante 2008 ingresos presupuestarios adicionales por alrededor de 115 Mmp08, monto equivalente a 1.1 por ciento del PIB. En el marco de la Ley de Coordinación Fiscal, los recursos provenientes de la Reforma Hacendaria quedarían asignados en un 70 por ciento a la Federación (80 Mmp) y 30 por ciento a las entidades federativas (35 Mmp).

De materializarse un nivel de ingresos como el estimado, en 2008 se observaría el nivel histórico más elevado de los ingresos tributarios no petroleros como porcentaje del PIB en al menos los últimos 30 años y estos aumentarían su participación dentro de los ingresos totales.

Cabe aclarar que cualquiera que sea el monto de ingresos en 2008 que se generen con la Reforma Hacendaria, la asignación de recursos provenientes de la misma deberá mantener el equilibrio presupuestario a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La distribución de los recursos que corresponden a la Federación se debería realizar de forma que se atiendan las prioridades y estrategias establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo relativas al fomento de la inversión, la ampliación de las capacidades de las personas y la promoción de un crecimiento de la productividad. Para ello se podrían asignar los recursos de la siguiente manera:

• 76.7 por ciento para la competitividad y generación de empleos (inversión en infraestructura y disminución de las tarifas eléctricas), y
• 23.3 por ciento a la generación de desarrollo humano (infraestructura hospitalaria, cobertura de educación media superior y superior, fortalecimiento del IMSS, apoyo a los municipios con elevados niveles de marginación y a la seguridad pública municipal).

De esta forma, con los recursos de la Reforma Hacendaria y la propuesta de su asignación se tendría un incremento significativo en el gasto de inversión pública y en el gasto destinado a las funciones de desarrollo social tales como educación, salud y la atención a la población con mayor nivel de marginación.

Asimismo, los mayores ingresos provenientes de la reforma y la mayor austeridad propuesta permitirían eliminar el déficit inercial de las finanzas públicas durante 2008-2013 proyectado en la sección anterior. Al mantener un presupuesto balanceado, el costo financiero del Sector Público se reduciría como proporción del PIB liberando recursos adicionales que podrían destinarse a otros fines como a un mayor gasto en inversión física e infraestructura, en educación, salud y combate a la pobreza, así como al fortalecimiento de la seguridad pública.

Al eliminar los déficit inerciales, la deuda neta de Sector Público Federal, así como el Saldo Histórico de los Requerimientos Financieros del Sector Público, se reducirían como proporción del PIB. Ello implicaría que, al dotar de sostenibilidad a las finanzas públicas, se disminuiría la carga fiscal a las generaciones futuras. Finalmente, una menor absorción de recursos financieros por parte del Sector Público incrementaría la disponibilidad de éstos para el sector privado, llevando a un mayor nivel de inversión privada. Los elementos anteriores permitirían mejorar las perspectivas para la economía a través de mayores tasas de crecimiento económico en los años por venir, lo que redundaría en un mejor nivel de vida para todos los mexicanos.

VIII. Conclusiones

La prioridad de la Presente Administración, como se estableció en el Plan Nacional de Desarrollo, es el Desarrollo Humano Sustentable. En consistencia con ese objetivo, el Programa Económico se avoca a promover un mayor crecimiento sostenido, sustentado en una economía nacional competitiva, que se traduzca en una creación de empleos más acelerada. Ello, aunado a las acciones conducentes a ampliar las capacidades de los mexicanos, permitirá la reducción de la pobreza así como enfrentar con éxito un entorno externo de creciente competencia y menor crecimiento global a raíz de la reciente volatilidad financiera internacional.

Durante 2007 se han realizado avances sustanciales. Entre otros elementos, destacan la aprobación de la nueva Ley del ISSSTE, la publicación del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional de Infraestructura, y la iniciativa de Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen presentada al H. Congreso de la Unión. Sin embargo, es necesario continuar hacia delante concretando las acciones necesarias para que nuestro país incremente su ritmo de desarrollo.

De aprobarse la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen, permitirá enfrentar los grandes retos de las finanzas públicas en los próximos años. En particular, hará posible fortalecer el gasto social, principalmente en salud y educación; cumplir con los compromisos del Estado mexicano en materia de pensiones; impulsar la infraestructura social y física, al tiempo de hacer frente a las amortizaciones de los proyectos PIDIREGAS; así como reducir la dependencia de la finanzas públicas de los ingresos petroleros. Asimismo, constituye una reforma integral al proponer medidas que facilitarán el cumplimiento de las obligaciones tributarias y combatirán la evasión y elusión fiscales, que refuerzan los mecanismos institucionales para promover una mayor eficacia, transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público, y que establecen una relación de mayor corresponsabilidad entre las Entidades Federativas y el Gobierno Federal.

El paquete económico que se presenta para 2008 no incluye aún los recursos adicionales que pudieran recabarse a raíz de la aprobación de la Reforma Hacendaria por los que menos tienen. Debido a ello, si bien se proponen incrementos importantes en los recursos destinados a desarrollo social y a seguridad, no se destinan los recursos necesarios para promover la inversión pública y desarrollo económico como sería deseable. La Reforma Hacendaria permitirá asignar recursos adicionales a todos estos fines.

La propuesta de paquete económico se complementará con las estrategias incluidas en el Plan Nacional de Desarrollo. Entre otras, se utilizará la intermediación financiera de la banca de desarrollo como un instrumento de impulso a sectores prioritarios, y se fomentará una mayor democratización del sistema financiero en su conjunto.

Los consensos alcanzados hasta la fecha entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo Federal evidencian un compromiso compartido por concretar iniciativas que conducirán al mayor bienestar de los mexicanos. De ahí la importancia que continué el dialogo continuo y fructífero establecido hasta la fecha para aprovechar las oportunidades que se nos presentan en la actualidad.

Anexo A. Evolución económica y de las finanzas públicas 2002-2007

A.1. Evolución de la economía mexicana 2002-2007

A.1.1. Oferta y demanda agregada

Durante los últimos seis años la economía de México atravesó por dos fases distinguibles. La primera de ellas abarcó el periodo 2002-2003 y se caracterizó por una desaceleración de la actividad productiva, la inversión y el empleo. Los determinantes fundamentales de esta fase fueron: i) el bajo crecimiento que padeció la producción industrial estadounidense desde 2001; ii) la mayor presencia comercial de China en los mercados globales; y iii) la reconfiguración del sector automotriz en México. En ese lapso el valor real del PIB creció a una tasa anual promedio de 1.1 por ciento.

Durante la segunda fase (2004-2007) se registró una expansión significativa de todos los componentes de la oferta y la demanda agregada. Los determinantes fundamentales de esta expansión fueron: i) la recuperación de la producción manufacturera estadounidense y de la producción en el sector automotriz; ii) la adaptación de las empresas exportadoras mexicanas a un entorno internacional con mayor competencia; y, iii) la estabilidad macroeconómica junto con la consolidación del sistema financiero mexicano permitieron un desarrollo saludable del mercado interno. A lo largo de este periodo el valor real del PIB aumentó en promedio a una tasa anual de 3.7 por ciento.

A.1.2. Empleo

La creación de empleos ha evolucionado de forma consistente con la dinámica de la actividad productiva y la inversión. De esta manera, durante 2002-2003 se registró un crecimiento mínimo en la generación de plazas de trabajo formales. Asimismo, en la fase expansiva del ciclo económico los indicadores del mercado laboral mejoraron sustancialmente, alcanzando máximos históricos.

A.1.3. Inflación y tasas de interés

Durante el periodo 2002-2007 la inflación en México continuó mostrando una trayectoria convergente a la estabilidad de precios como resultado del ejercicio disciplinado de la política fiscal y la conducción responsable de la política monetaria. Asimismo, estos factores contribuyeron a que hubiera una disminución en el costo del dinero y un aumento en la confianza del sector privado sobre la conducción de la política económica. La reducción del déficit público permitió que se observase un incremento importante en la cantidad de recursos financieros disponibles para los proyectos de inversión del sector privado.

Entre diciembre de 2002 y julio de 2007 la tasa anual de inflación disminuyó en 1.56 puntos porcentuales, al pasar de 5.70 a 4.14 por ciento, respectivamente. Esto se tradujo en una fuerte reducción de las expectativas inflacionarias, lo cual se reflejó en una estabilización de las tasas de interés en niveles relativamente bajos y en una reducción del riesgo país asociado a México: entre 2002 y enero-julio de 2007 la tasa de interés de los CETES a 28 días se ha mantenido alrededor de 7 por ciento, mientras que el riesgo país disminuyó en 224 puntos base. 22 Cabe notar que estos niveles son sustancialmente menores a los observados en los años anteriores. Por ejemplo, entre 1998 y 2001 la tasas de inflación y el rendimiento de los CETES a 28 días se ubicaron en promedio en 11.1 y 18.2 por ciento, respectivamente, mientras que el riesgo país promedió 480.4 puntos base.

A.1.4. Sistema financiero

Para dar cuenta del desarrollo reciente del mercado financiero de México impulsado por las reformas legislativas realizadas en los últimos años a este sector se presentan los siguientes indicadores:

• El ahorro financiero se incrementó como proporción del PIB de 41.2 por ciento en diciembre de 2000 a 55.1 por ciento en junio de 2007.
• El financiamiento total otorgado por el sistema financiero mexicano al sector privado creció como proporción del PIB en 8.7 puntos porcentuales entre 2000 y junio de 2007 al pasar de 17.9 a 26.6 por ciento. En dicho periodo este indicador acumuló un crecimiento real de 88.1 por ciento, lo cual representó un incremento anual promedio de 10.2 por ciento. Por destino del financiamiento, el crédito al consumo, el hipotecario y el comercial se expandieron en 574.6, 67.6 y 51.2 por ciento, respectivamente.
• Entre finales de 2000 y junio de 2007 el crédito vigente directo de la banca comercial al sector privado aumentó en 7.1 puntos porcentuales del PIB, al pasar de 6.1 a 13.2 por ciento.

A.2. Evolución de las finanzas públicas 2001-2007

En el periodo 2001-2007 el balance tradicional del sector público pasará de un déficit de 0.7 puntos porcentuales del PIB a un balance público equilibrado, y la deuda pública neta se habrá reducido de 23.7 a 21.2 por ciento del PIB. Por su parte, los requerimientos financieros del sector público (RFSP) se reducirán en 1.5 por ciento del PIB 23 y el Saldo Histórico de los Requerimientos Financieros del Sector Público (SHRFSP) habrá disminuido de 41.7 a 36.2 por ciento del producto.

La reducción del déficit público observada entre 2001 y 2007 es resultado de los siguientes factores:

• Un aumento de los ingresos petroleros de 2.1 puntos porcentuales del producto.
• Un incremento de 0.6 puntos porcentuales en la recaudación no petrolera una vez excluidos los ingresos no recurrentes y de las entidades desincorporadas. 24 El incremento de los ingresos no petroleros se debe a una mayor recaudación tributaria de 0.5 puntos porcentuales del producto y mayores ingresos de las entidades paraestatales distintas de PEMEX en 0.1 puntos porcentuales.
• Una reducción del costo financiero de 0.7 puntos porcentuales del PIB, que obedece tanto a la evolución favorable de las tasas de interés internas y externas, como a la disminución gradual de la deuda pública como proporción del PIB.
• La combinación de los factores anteriores, además de contribuir a la reducción del déficit público y a cubrir los menores ingresos no recurrentes y de las entidades desincorporadas, también permitió que el gasto público primario aumentara entre 2001 y 2007 en 1.9 puntos porcentuales del producto, al pasar de 19.3 por ciento del PIB en 2001 a 21.2 por ciento en 2007.

De los mayores recursos disponibles totales por 3.4 por ciento del PIB, 21.2 por ciento se destinó a mejorar el balance público, 24.9 por ciento a cubrir los menores ingresos no recurrentes y por desincorporaciones de entidades y el 53.9 por ciento restante a aumentar el gasto público primario. De este último, más de una tercera parte de los recursos adicionales se aplicaron a inversión física y financiera a través de PEMEX, del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas y del Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados. Dado lo anterior, los recursos destinados a mejorar el balance e inversión pública representan 56.4 por ciento del incremento en los ingresos presupuestarios.

A.2.1. Ingresos públicos

Entre el año 2001 y el 2007 los ingresos presupuestarios del sector público pasaron de 21.9 por ciento del PIB a 23.8 por ciento, 25 debido principalmente al incremento en los ingresos petroleros de 2.1 puntos porcentuales del producto y de los ingresos tributarios de 0.5 puntos porcentuales.

La recaudación del ISR y del IVA ha mostrado un desempeño favorable como consecuencia de las medidas instrumentadas en materia de administración tributaria:

• La recaudación por IVA en 2007 se ubica en 4.1 puntos porcentuales del PIB, 0.5 puntos porcentuales del producto más que en 2001.
• En el caso del ISR la recaudación en promedio para el periodo 20022007 es superior en 0.4 puntos a la del periodo 1996-2001.
• Los mayores recursos por IVA e ISR han contribuido a un mayor gasto público, así como ha compensar los menores ingresos obtenidos por otros impuestos (0.2 puntos porcentuales de producto), donde sobresale el impuesto a la importación por los acuerdos comerciales firmados por nuestro país.

A.2.2. Gasto público

Entre 2001 y 2007 el gasto neto pagado aumentó en 1.2 puntos porcentuales del PIB, al pasar de 22.6 por ciento a 23.8 por ciento. Al interior de éste, el costo financiero que enfrenta el sector público, el cual incluye el pago de intereses de la deuda y el programa de apoyo a deudores, fue inferior en 0.7 puntos del PIB, con lo que el gasto primario se pudo incrementar en 1.9 puntos porcentuales del producto y el gasto programable devengado en la misma proporción del PIB en 1.8 puntos porcentuales.26

Desde la perspectiva de quién ejerce el gasto primario de la Federación, el 31.8 por ciento de las mayores erogaciones correspondió a las dependencias de la Administración Pública Centralizada, de los cuales 15.7 puntos porcentuales correspondieron al pago de pensiones a los beneficiarios del IMSS y del ISSSTE; 36.3 por ciento a las entidades federativas por medio de participaciones, aportaciones y convenios; 29.3 por ciento a entidades paraestatales bajo control presupuestario directo; y 1.9 por ciento a los Poderes y entes autónomos.

El gasto programable, es decir aquel que se destina al cumplimiento de los programas del sector público, aumentó en 1.8 puntos porcentuales del PIB al pasar de 16.1 por ciento del PIB en 2001 a 18.0 por ciento del PIB en 2007. En cuanto a la composición del gasto programable, se observa que entre 2001 y 2007 la participación del gasto de capital aumentó de 17.0 a 20.6 por ciento. Por su parte, la inversión impulsada como proporción del gasto programable total pasó de 20.5 a 23.1 por ciento en el mismo periodo.

En cuanto al destino del gasto de acuerdo a las funciones que realiza el sector público, las actividades de desarrollo social absorbieron el 59.5 por ciento del total del gasto programable de 2007 y aumentaron en 1.0 puntos porcentuales del producto respecto a 2001. A su interior, sobresale el mayor gasto en servicios comunitarios, vivienda y asistencia social, educación, salud y seguridad social. Por su parte, el gasto en desarrollo económico representó el 29.2 por ciento del gasto programable en 2007, incrementándose en 0.6 puntos porcentuales del PIB; las actividades que absorbieron estos recursos fueron energía; comunicaciones y transportes, y agricultura, silvicultura y pesca. Por último, el gasto en funciones de gobierno disminuyó su participación en el gasto programable de 11.3 a 8.3 por ciento del total entre 2001 y 2007.

A.2.3. RFSP y su saldo histórico 2001-2007

Entre 2001 y 2007 los RFSP disminuyeron en 1.5 puntos porcentuales del PIB, al pasar de 3.2 por ciento del PIB en 2001 a 1.7 puntos del producto para 2007. Por su parte, el saldo histórico de los RFSP o deuda amplia se reducirá de 41.7 por ciento del PIB a 36.2 por ciento. La reducción de 5.5 puntos del PIB se debe a una disminución de 2.4 puntos en la deuda presupuestaria, la cual se asocia a la evolución del balance público tradicional, y 3.1 puntos a las operaciones fuera del presupuesto, donde destaca la disminución de las obligaciones financieras del IPAB en 4.6 puntos, de la banca de desarrollo en 1.7 puntos y el programa de apoyo a deudores en 0.6 puntos.

Anexo B. Tablas

Anexo B.1

Anexo B.2

Anexo B.3

Notas: 1 La estimación del crecimiento para 2008 en los Estados Unidos fue revisada a la baja durante las últimas dos semanas por tres de los bancos de inversión más importantes a nivel internacional. El promedio de estos pronósticos implica un crecimiento de 2.6 por ciento en 2008, comparado con un promedio previo a las revisiones de 2.8 por ciento en 2008. En contraste, no se han realizado revisiones significativas a las estimaciones de crecimiento de la producción industrial del próximo año.2 El crecimiento de la producción industrial anticipado publicado en agosto por Blue Chip Economic Indicators para 2008 es de 3.1 por ciento, comparado con 2.0 por ciento en 2007. No se han realizado ajustes significativos en las expectativas de crecimiento de la producción industrial de los analistas.3 El monto del Bono dependerá de las características de cada trabajador. El depósito del Bono no implica un incremento en las obligaciones del Gobierno Federal, es tan sólo la conversión de una obligación derivada de compromisos de pensiones en un pasivo financiero.4 Fondo Monetario Internacional, ``World Economic Outlook, Julio 2007''5 Blue Chip Economic Indicators , agosto, 2007.6 Global Financial Stability Report , Abril de 2007.7 Perspectivas de la Economía Mundial. Abril de 2007.8 La inversión extranjera directa neta pasará de 266.9 miles de millones de dólares en 2006 a 283.7 miles de millones estimados en 2007.9 Del flujo de capital privado neto que incluye: inversión extranjera directa neta, flujo de capital privado y otros flujos de capital privado se anticipa que América Latina reciba 32 mmd, de un total de 252.7 mmd.10 Regional Economic Outlook. Western Hemisphere. Abril 2007.11 Durante julio de 2007 el número de automóviles producidos avanzó a un ritmo anual y mensual de 25.6 y 6.7 por ciento, respectivamente.12 Tasa de Descuento Oficial. Por su parte, la tasa de préstamos a 1 sólo día aumentó 25 puntos base.13 El Ahorro Financiero Interno se define como el agregado monetario M3a menos Billetes y Monedas en circulación.14 Sociedades o asociaciones que tengan por objeto la captación de recursos entre sus socios o asociados para su colocación entre éstos, así como las uniones de crédito que capten depósitos de ahorro, las sociedades de ahorro y préstamo y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y aquellas con secciones de ahorro y préstamo, a que se refiere el artículo cuarto transitorio del decreto de reforma a la LACP del 27 de mayo de 2005.15 Precio observado el 31 de julio, 2007.16 Cabe señalar que un contexto de niveles de precios e inventarios altos se observa cuando existen compras de precaución, reflejo de la posibilidad de escasez futura del hidrocarburo. En este caso, un nivel elevado de inventarios puede no llevar a un menor nivel futuro del precio del petróleo.17 La última cotización corresponde a la observada un mes antes de la fecha límite para la entrega de este documento al Congreso de la Unión.18 Cabe aclarar que las obligaciones del sector público no aumentan a causa de la nueva Ley del ISSSTE debido a que sólo se convierte pasivo implícito en explícito al reconocerlo como deuda pública.19 El límite de la reserva de los fondos de estabilización que señala la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se calculan con base en la plataforma de hidrocarburos líquidos que estima PEMEX y que para 2008 es de 3,567.0 miles de barriles diarios. Así, para 2008 el límite del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros es de 55.2 Mmp, el del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas de 27.6 Mmp y el del Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos de 27.6 Mmp.20 Con base en lo proyectado en el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, 2006-2007. Los incrementos corresponden al aumento promedio proyectado durante 2007-2009.21 El 3.5 por ciento restante se deriva de una recomposición salarial a razón de una mayor especialización dentro del sector público, lo que supone que los trabajadores que se retiren en años recientes, lo hacen con un salario mayor al salario de los pensionados de generaciones pasadas que van pereciendo.22 El riesgo país está medido a través del índice EMBI+.23 Además del balance tradicional, éstos incorporan las necesidades de financiamiento de la banca de desarrollo, el IPAB y el programa de apoyo a deudores de la banca una vez descontados los apoyos fiscales, así como de la inversión financiada por terceros (PIDIREGAS) y el FARAC.24 Lotenal, Caminos y Puentes Federales y FOVISSSTE.25 Todas las cifras que se presentan para 2007 corresponden a la estimación para el cierre de año.26 Para fines de análisis, se excluyen las operaciones asociadas a la liquidación de Banrural y la creación de la Financiera Rural, así como los gastos de programas de separación voluntaria. También se homologa el tratamiento de las operaciones ajenas del sector paraestatal para todo el periodo y se homologan otros registros.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública.



* SUBSIDIOS DEL GOBIERNO FEDERAL, EN MATERIA DE VIVIENDA Y DE SUELO PARA LOS HOGARES EN SITUACION DE POBREZA Y ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Se recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el oficio número 529-II-DGLCFP, firmado por la ciudadana Guadalupe Araceli García Martínez, directora general de Legislación y Consulta Fiscal y Presupuestaria de esa dependencia, mediante el cual solicita se les haga llegar copia del oficio número 100.- 278 suscrito por la ciudadana Beatriz Zavala Peniche, secretaria de Desarrollo Social, y los anexos que en él se mencionan.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Armando Salinas Torre, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Hago referencia al paquete económico para 2008, el cual, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se deberá presentar ante la Cámara de Diputados a más tardar el 8 de septiembre del año en curso.

Al respecto, adjunto al presente, me permito enviarle el original de los documentos elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social que a continuación se señalan, mismos que en términos de lo dispuesto por los artículos 61 de la Ley de Vivienda, 30 de la Ley General de Desarrollo Social y 29 del Reglamento de este último ordenamiento, deberán ser entregados a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de manera conjunta con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

• Estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza.• Zonas de atención prioritaria.

Lo anterior, a efecto de que conforme a lo dispuesto en el artículo 27, fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por su amable conducto se haga entrega de los citados documentos a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
México, Distrito Federal, a 5 de septiembre de 2007.--- Guadalupe Araceli García Martínez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Desarrollo Social.

Doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens, Secretario de Hacienda y Crédito Público.--- Presente

Hago referencia al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 que, en términos del artículo 74, fracción IV de la Constitución, será presentado próximamente por el titular del Ejecutivo federal a la consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Sobre el particular, con fundamento en lo que establecen los artículos 61 de la Ley de Vivienda; 30 de la Ley General de Desarrollo Social y 29 de su Reglamento, esta secretaría tiene la obligación de elaborar los documentos que a continuación se detallan a efecto de que sean presentados a la consideración de la Cámara de Diputados, de manera conjunta con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal.

Con base en lo anteriormente expuesto, por este conducto remito a usted los documentos que a continuación se indican:

• Nota metodológica sobre la determinación de las Zonas de Atención Prioritaria 2008.• Listado de las Zonas de Atención Prioritaria 2008.• Propuesta de declaratoria de las Zonas de Atención. Prioritaria 2008.• Estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza.

Lo anterior, a fin de solicitarle atentamente que se realicen las gestiones correspondientes para que los referidos documentos sean presentados a la Cámara de Diputados, a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones anteriormente citadas.

Hago propicio este medio para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
México, Distrito Federal, a 4 de septiembre de 2007.--- Beatriz Zavala Peniche (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



INFORME DE LABORES DE SECRETARIAS DE ESTADO

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de la Defensa Nacional, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Desarrollo Social, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 90 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Economía, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Educación Pública, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Energía, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de la Función Pública, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Gobernación, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 180 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Marina, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de la Reforma Agraria, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Salud, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Seguridad Pública, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Secretaría de Turismo, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presentes.

Por este conducto me permito remitir a ustedes 500 ejemplares del primer informe de labores de la Procuraduría General de la República, cantidad equivalente a los ciudadanos legisladores integrantes de ese órgano legislativo, y 70 para las comisiones de dicha Cámara, así como un disco compacto que contiene su versión electrónica.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 5 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»
El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: De enterado, distribúyanse a las diputados y los diputados.


CAMARA DE SENADORES

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, se recibió comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva con la que remite el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

La Presidencia dispuso que se remitiera copia de dicho calendario a la Cámara de Diputados.

Atentamente
México, DF, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: De enterado. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria e insértese en el Diario de los Debates.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, el senador José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se remitiera a la Cámara de Diputados, la que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Senado de la República.--- LX Legislatura.

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores de la LX Legislatura.--- Presente.

El suscrito, senador de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Cámara de Senadores la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El envejecimiento de la población es uno de los fenómenos sociales que en las últimas décadas ha llamado la atención en el mundo entero, y nuestro país no es ajeno a la preocupación de dar una respuesta a las demandas generadas por el cambio demográfico.

La población mexicana ha cambiado rápidamente. Entre 1930 y 1970, la población mexicana se caracterizaba por ser joven y en crecimiento, pero después de 1970 la tasa de fecundidad descendió progresivamente, contrayendo la base de la pirámide poblacional, y se estima que la contracción en dicha base será cada vez más notoria.

Consecuentemente, la cifra de adultos mayores mexicanos registrará un aumento constante. Se estima que de los 6.7 millones de adultos mayores registrados en 2000, pasarán a ser 36.5 millones en 2050.

El aumento de adultos mayores tendrá diversas repercusiones en la sociedad mexicana y, particularmente, en diversas acciones de gobierno, particularmente por lo atinente a los servicios de salud y seguridad social.

Actualmente, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado son los pilares de la seguridad social en México, y gracias a ellos millones de mexicanos cuentan con planes de pensiones que les garantizas ingresos en la vejez.

Sin embargo, no todos los adultos mayores cuentan con dichos beneficios, por no reunir los requisitos que la ley les exige para ello.

Tal es el caso de los adultos que no cumplen los años de servicio cotizados y que para poder jubilarse requieren trabajar nuevamente pero, precisamente por su edad, es casi imposible que alguien les dé trabajo.

En esta situación se encuentran miles de mexicanos que residen a lo largo y ancho del territorio nacional, siendo que, hasta hoy, han sido insuficientes los esfuerzos gubernamentales para atender este problema.

Por ello, es necesario implantar una medida que incentive la contratación formal de adultos mayores que no cuenten con los beneficios de una pensión y, que a la vez, coadyuve a la solución del problema de seguridad social que se vislumbra para el futuro cercano de nuestro país.

En ese orden de ideas, la iniciativa que presento tiene por objeto ampliar el estímulo fiscal previsto en el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para incentivar la contratación de personas adultas mayores que no cuentan con una pensión.

La medida prevista, sin duda, será un mecanismo que coadyuve a la solución de muchos problemas que enfrentan los adultos mayores y que les permitirá una mejor calidad de vida al contar con un trabajo formal que les otorgue los beneficios de la seguridad social.

Por lo expuesto, por el digno conducto de usted, ciudadano presidente, someto a la consideración de ésta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Único. Se reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 222. El patrón que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal; tratándose de invidentes o de adultos mayores de 60 años que no cuenten con una pensión, podrá deducir de sus ingresos un monto equivalente a 100 por ciento del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al Capítulo I del Título IV de esta ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y, además, tratándose de los trabajadores discapacitados, obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad del trabajador.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del Senado de la República, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los seis días del mes de septiembre de dos mil siete.--- Senadores: Ángel Alonso Díaz-Caneja, José Guillermo Anaya Llamas, Arturo Herviz Reyes, Hugo Laviada Molina, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, José Calzada Roviroza, José Luis García Zalvidea, Eva Contreras, Yeidckol Polevnsky Gurwits (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha el senador Jesús Garibay García, en nombre de integrantes del Grupo Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo en relación con el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

La Presidencia dispuso que el primer resolutivo de dicha propuesta se turnara a la Comisión de Hacienda y Crédito Público; y a la Cámara de Diputados, el segundo de ellos. Se anexa copia de la propuesta referida.

Atentamente
México, DF, a 6 de septiembre de 2007.Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo en relación con el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos

Ciudadano Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores.--- Presente.

Los suscritos, senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde su entrada en vigor en mayo de 2005, la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos se ha mostrado como un instrumento jurídico claramente incapaz de cumplir de manera satisfactoria con el objetivo de otorgar un apoyo social a los ex trabajadores migratorios mexicanos que hayan prestado sus servicios en los Estados Unidos de América durante los años de 1942 a 1964, o, en su caso, a sus cónyuges o a los hijos o hijas que les sobrevivan.

Las deficiencias técnicas en la operación del fideicomiso y la debilidad presupuestal de éste han sido, sin duda, los principales obstáculos a que han tenido que enfrentarse miles de ex trabajadores migratorios o sus familiares, en lo que pareciera ser una lucha por obtener una retribución que por legítimo derecho les corresponde.

Por todos es sabido que la rigidez de los requisitos para ser beneficiario del fideicomiso ha derivado en una absurda e inaceptable realidad, pues más de 60 por ciento de los ex trabajadores migratorios con legítimo derecho a recuperar parte de sus ahorros ha quedado excluido y no tiene la más mínima posibilidad de aspirar al pago único por 38 mil pesos a que sólo ha tenido acceso (de manera parcial) el 40 por ciento de los ex trabajadores que se afiliaron al padrón elaborado por la Secretaría de Gobernación.

Esto significa que, de un padrón total de 104 mil 576 ex trabajadores migratorios, sólo 49 mil 305 continuaron el proceso e iniciaron el trámite de ley para recibir el apoyo, de los cuales, 6 mil 672 no concluyeron el trámite, por tanto, los apoyos autorizados sólo fueron 42 mil 633, y hasta la fecha sólo se han otorgado 15 mil 825, quedando pendientes 26 mil 808 apoyos.

Con estos números, proporcionados oficialmente por los representantes del comité técnico que administra el fideicomiso, durante una reunión con la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores, se comprueba que el número de empadronados que se quedó sin derecho al apoyo es de 61 mil 943 ex trabajadores migratorios. Un porcentaje sin duda alarmante y que nos muestra los defectos de una ley que no está siendo capaz de cumplir su misión.

Ahora bien, sabemos que existen recursos asignados y pagos pendientes programados para el periodo 2007-2009 por un monto de más de mil millones de pesos; y que el total de recursos pendientes para hacer frente a los compromisos del fideicomiso está calculado en más de mil treinta millones de pesos.

Sin embargo, también sabemos que miles de personas que cumplieron todos los requisitos siguen sin recibir su dinero y que seguimos sin dar una respuesta a la problemática particular de aquellos que si bien no pudieron ingresar al padrón, no pueden seguir siendo marginados de un apoyo social al que tienen derecho.

En este contexto, debemos tomar en cuenta que en este Senado se encuentra una minuta con reformas a la ley que crea el fideicomiso de referencia y que ya existe un proyecto de dictamen que flexibiliza los requisitos de ingreso al padrón de beneficiarios. Por lo tanto, es menester que asumamos una actitud mucho más activa y que dejemos atrás el tiempo de los simples exhortos.

El Congreso de la Unión debe, de una vez por todas, concluir el proceso de perfeccionamiento de la legislación en la materia y respaldar con acciones y recursos los numerosos pronunciamientos a favor de la causa de los ex trabajadores migratorios mexicanos.

Así las cosas, por las razones antes expuestas, ponemos a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación, dependencia encargada de administrar el Fideicomiso de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a liberar y asignar de inmediato los recursos aprobados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007, a efecto de fortalecer el programa social a través del cual se otorga un apoyo económico a los ex trabajadores migratorios mexicanos.

Segundo. Se solicita a la Cámara de Diputados que tome en cuenta la eventual flexibilización de los requisitos de ingreso al padrón de beneficiarios del Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos; y considerar durante las discusiones relativas a la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, una partida presupuestal de un mínimo de 2 mil 500 millones de pesos, con objeto de cubrir la deuda existente con los ex trabajadores migratorios mexicanos que prestaron sus servicios en Estados Unidos de América durante los años de 1942 a 1964 o, en su caso, a sus cónyuges o a los hijos o hijas que les sobrevivan.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador Jesús Garibay García (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ESTADO DE CHIAPAS

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha la senadora María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a destinar una partida presupuestal extraordinaria para reparar los daños ocasionados a las vías de ferrocarril por el huracán Stan, además de aplicar el plan DN-III para prevenir y resarcir los estragos que sufran las distintas localidades de Chiapas, provocadas por el ciclón Félix.

La presidencia dispuso que dicha propuesta se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Senado de la República.--- LX Legislatura.

Proposición con punto de acuerdo que presenta la senadora María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del PRI, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, haciendo uso del Fondo de Desastres Naturales y de otros organismos públicos, destine una partida extraordinaria para reparar los daños ocasionados a las vías de ferrocarril por el huracán Stan, además de aplicar el Plan DN-III para prevenir y resarcir los estragos que sufran las distintas localidades de Chiapas, provocadas por el ciclón Félix

La senadora María Elena Orantes López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la propuesta con punto de acuerdo que se fundamenta con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En octubre de 2005, el estado de Chiapas fue azotado por el huracán Stan. Este desastre natural, provocó la pérdida de miles de vidas humanas y materiales y fue tan grande el impacto de este meteoro, que los habitantes de las regiones chiapanecas que sufrieron los daños no se han logrado reponer.

Como es del dominio público, y sólo por expresar algunas cifras, hubo al menos seis muertos, más de 200 mil personas afectadas, 40 mil damnificadas, 2 mil 200 casas demolidas por el agua, seis mil viviendas dañadas, 251 escuelas deterioradas, 34 puentes dañados y 27 mil viviendas se quedaron sin energía eléctrica, en 18 municipios y 110 comunidades, así como daños a por los menos mil kilómetros de carreteras y 34 puentes, así como la vía ferrocarrilera de la costa.

Al día de hoy, algunos de los daños causados han sido reparados; sin embargo, los avances en la reconstrucción no han sido lo suficientemente rápidos, debido fundamentalmente a la insuficiencia, falta de coordinación y mal manejo de los recursos federales.

La infraestructura material no se ha resuelto, y muchos poblados siguen hasta la fecha incomunicados y las viviendas hasta ahora no se han podido reconstruir por falta de dinero. Los diferentes accesos de comunicación como puentes y vías de ferrocarril, forman parte del problema más fuerte por resolver, especialmente la reparación de sus accesos y sus rutas ferroviarias, son una demanda primordial para el encauzamiento de la vida económica y productiva de las regiones de la costa y el Soconusco en Chiapas.

La falta de recursos suficientes para la reconstrucción de las vías férreas ha incrementado los tiempos en la conclusión de las obras y, por tanto, se ha prolongado el aislamiento de comunidades, con las obvias consecuencias económicas y el deterioro de la vida de los pobladores.

A tan sólo dos semanas del paso devastador del huracán Dean por el centro de la península de Yucatán, el estado de Chiapas decretó la alerta amarilla en sus 118 municipios para enfrentar los efectos de Félix en la región, donde ya se registran fuertes lluvias en un total de 41 demarcaciones, consideradas las más vulnerables y donde habitan aproximadamente 800 mil personas, y de éstas casi 10 por ciento estarían consideradas en situación de riesgo.

El huracán Félix se degradó a tormenta tropical, existen indicios de que el meteoro impactará en el norte de Chiapas, posiblemente en los municipios de Palenque, Sabanilla, Tumbalá o Santo de Agua, y se dispersará hacia el área de la Gran Selva, que abarca Las Margaritas, Ocosingo y Altamirano.

Ante la amenaza y los riesgos esperados que a su paso dejará la tormenta tropical Félix, es necesario volver nuevamente la mirada al sureste de México para que los cuerpos de protección civil actúen de manera eficaz y buscar por todos los medios reencausar la actividad económica y productiva de las regiones chiapanecas que han sido azotas por diferentes meteoros en épocas recientes.

La entrada del huracán Félix hace necesario que las fuerzas federales se desplacen a la costa de Chiapas y también se ponga en operación el Consejo Estatal de Protección Civil.

La demanda de los pobladores de la zona del Soconusco de resguardar su vida y su patrimonio para evitar nuevamente otro deterioro en su calidad de vida, hace necesario actuar con eficacia y rapidez.

Ante la entrada del ciclón en las costas chiapanecas, se requiere implementar el Plan DN-III. En ese sentido, es necesario el apoyo a la sociedad civil en las regiones consideradas vulnerables, que abarcan 41 municipios del centro, sierra, costa y Soconusco.

En este mismo sentido, es indispensable que los elementos de seguridad federales vigilen la evacuación y cuiden las propiedades de quienes salgan de sus casas para evitar actos de pillaje.

En Chiapas, la orografía es muy accidentada, por tanto, las autoridades deben realizar un monitoreo del nivel y el cause de los ríos, además de mantener vías de acceso en óptimas condiciones, atender las necesidades de las comunidades que se vean afectadas y facilitar la distribución de satisfactores comenzando por los alimentos y las medicinas.

El grave problema que enfrentan las comunidades chiapanecas es que no se ha logrado reestablecer la infraestructura ferroviaria.

Y si bien la situación no es de alarma, sí es de alerta, por ello, es necesario tomar las previsiones necesarias, principalmente en los asentamientos urbanos cercanos a los cauces de los ríos, y trabajar en lo futuro para evitar asentamientos humanos en zonas de riesgo, pues huracanes o tormentas siempre existirán.

La circulación de Félix ocasionará nublados con lluvias de fuertes a intensas que ocasionarán deslaves de terreno, inundaciones y encharcamientos en zonas bajas de la región centro, además de deslaves en carreteras y caminos de la sierra chiapaneca, así como el aumento de los niveles de ríos y arroyos.

Hasta el momento no ha habido necesidad de desalojar ni realizar traslados preventivos de personas a los 734 refugios temporales habilitados. Sin embargo, es fundamental que los albergues estén listos con dotaciones de agua potable, alimentos, ropa y medicamentos.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 14, 16 y 18 de la Ley General de Protección Civil, corresponde al secretario de Gobernación, quien a su vez es el secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Protección Civil y coordinador ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Civil, entre otras atribuciones, promover la integración de fondos para la atención de desastres naturales y solicitar recursos del Fonden para la atención y prevención de desastres.

Que además de lo anterior, en términos de lo señalado en el artículo 29 de la Ley General de Protección Civil, la Secretaría de Gobernación debe intervenir cuando la capacidad operativa y financiera de las entidades federativas para la atención de un desastre haya sido superada, momento en el cual las dependencias y entidades federales serán las instancias responsables de atender los efectos generados por un desastre en el patrimonio de la federación y, en su caso, de coadyuvar con los gobiernos estatales.

Por otro lado, es competencia exclusiva de la federación atender el sistema ferroviario mexicano. De tal suerte que no existe inconveniente legal alguno para que, respetando el ámbito constitucional de competencia del Ejecutivo federal, esta soberanía pueda llamarle a destinar los recursos requeridos para la reactivación de las comunicaciones ferroviarias en el estado de Chiapas.

Cabe referir, además, que en términos de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias y entidades pueden solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recursos que les permitan atender contingencias o, en su caso, gastos urgentes de operación, a través de acuerdos de ministración, siempre y cuando éstos se regularicen con cargo a sus respectivos presupuestos invariablemente mediante la expedición de una cuenta por liquidar certificada. Por lo que resulta, además de legal, factible la proposición que hoy traigo a tribuna en el sentido de otorgar recursos extraordinarios, ante la urgencia de reactivar las vías y puentes del ferrocarril en el estado de Chiapas.

En consecuencia, la que suscribe somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Proposición con punto de acuerdo que presenta la senadora María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del PRI, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, haciendo uso del Fondo de Desastres Naturales y de otros organismos públicos, destine una partida extraordinaria a reparar los daños a las vías de ferrocarril ocasionados por el huracán Stan, además de aplicar el plan DN-III para prevenir y resarcir los estragos que sufran las distintas localidades de Chiapas, provocadas por el ciclón Félix.

Dado en la sede de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 6 de septiembre de 2007.--- Senadora María Elena Orantes López (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



UNIVERSIDAD AUTONOMA DE AGUASCALIENTES

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, se recibió del senador Carlos Lozano de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública a otorgar recursos extraordinarios a la Universidad Autónoma de Aguascalientes, o bien, a reconocer las plazas administrativas de confianza de esa institución educativa.

La Presidencia dispuso que dicha propuesta se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
México, DF, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública a otorgar recursos extraordinarios a la Universidad Autónoma de Aguascalientes, o bien, a reconocer las plazas administrativas de confianza de esa institución educativa.

El suscrito, senador Carlos Lozano de la Torre, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo previsto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete la consideración de este honorable Senado de la República, la presente proposición con punto de acuerdo, a través del cual se exhorta a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública, a otorgar recursos extraordinarios a la Universidad Autónoma de Aguascalientes, o bien, a reconocer las plazas administrativas de confianza de esa institución educativa, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Fundada en 1973, la Universidad Autónoma de Aguascalientes (UAA) se ha constituido en un referente obligado entre las instituciones de educación superior pública mexicanas, colaborando de manera decisiva importante en los procesos de descentralización educativa y en el desarrollo de aquella región de nuestro país.

En sus 34 años de existencia, de la UAA han egresado a más de 26 mil profesionistas, quienes han transformado el rostro de aquella entidad federativa, destacándose en diversos sectores, como la administración pública, las empresas privadas, la academia y el ejercicio libre de sus profesiones.

Muestra del nivel de excelencia alcanzado en dicho organismo autónomo es que más de 90 por ciento de sus profesores de tiempo completo están habilitados, es decir, cuentan con grados de maestría o doctorado.

Además de lo anterior, 37 de los 39 programas de licenciatura evaluables han sido ubicados en el nivel 1 de calidad reconocida por los Comités Interinstitucionales de Evaluación de la Educación Superior (CIEES). De esos 37 programas, 30 ya han alcanzado su acreditación por organismos independientes y el resto están a la espera de la conformación de dichos organismos para solicitar su acreditación.

En la UAA se realiza el 70 por ciento de la investigación en el estado y cada vez más proyectos cuentan con patrocinios externos, lo que los vincula con los sectores productivos y la resolución de necesidades muy concretas de la población.

Datos como los antes proporcionados nos demuestran de manera incontrastable que cuando se conjugan políticas públicas acertadas, talento, voluntad y visión estratégica, es posible convertir en poco tiempo a una institución en herramienta para el desarrollo y la prosperidad.

Lamentablemente, los logros a lo largo de estas tres décadas por la UAA se ven opacados por diversos problemas financieros que se han traducido en un déficit que ya alcanza niveles preocupantes.

Tal problemática se viene presentando desde el año 2003, cuando esta institución de educación superior tuvo que pagar 5 millones 635 mil 876 pesos por concepto de diferencias al Instituto Mexicano del Seguro Social, al cumplir con la inscripción obligatoria de quinientos cincuenta y ocho profesores de asignatura con carga menor a dieciocho horas semanales. Adicionalmente, se pagaron 9 millones 391 mil pesos, correspondientes a cuatrocientas sesenta y dos plazas administrativas no reconocidas por la federación, lo que generó un déficit de 15 millones 26 mil 876 pesos en dicho ejercicio fiscal.

El déficit del 2004 ascendió a 28 millones 76 mil 12 pesos, resultado de pago de diferencias con el IMSS por 5 millones 12 mil 809 pesos de las aportaciones por 6 millones 762 mil 538 pesos de sus reservas para disminuir el déficit anual, que finalmente quedó en un pasivo de 21 millones 313 mil 474 pesos, pagado posteriormente con recursos del subsidio federal del siguiente año.

En 2005 el déficit anual fue de 23 millones 247 mil 18 pesos, y tuvo su origen nuevamente en el pago de diferencias con el IMSS por 848 mil 775 pesos, aportaciones al Fondo de Pensiones y Jubilaciones por 8 millones 544 mil 50 pesos, complemento del pago a la carrera docente por 1 millón 58 mil 897 pesos, y plazas no reconocidas por la federación por 12 millones 795 mil 296 pesos.

Para el 2006 el déficit real fue de 21 millones 538 mil 733 pesos, que incluyó 11 millones 91 mil 378 pesos por aportaciones al Fondo de Pensiones y Jubilaciones, 3 millones 750 mil 354 pesos por complemento al estímulo de la carrera docente y 5 millones 887 mil 1 pesos por plazas no reconocidas por la federación.

El déficit presupuestado para este año, en el mejor de los escenarios, sería de 14 millones 943 mil 780 pesos, originado por la devolución de las retenciones del impuesto sobre la renta al aguinaldo de profesores de los años 2005, 2006 y 2007, así como por el complemento de la carrera docente; pero este monto no considera todavía el pago de plazas administrativas no reconocidas, así como algunos otros imprevistos que puedan surgir.

Las plazas no reconocidas por la federación han sido absorbidas en la medida de lo posible por la Universidad, de manera que de los 86 millones de pesos anuales que regularmente representan este pago, la institución ha logrado, con mucho esfuerzo, pagar con recursos aproximadamente 50 millones de pesos anuales, pero a partir de este año ya no será posible, a pesar de la eficiencia en la contratación, que ha permitido descender este factor en los últimos dos años.

Adicionalmente, se cubrió una nómina previa al nuevo acuerdo sobre pensiones y jubilaciones, que en los últimos años representó una erogación de 60 millones 598 mil 303 pesos.

En resumen, el déficit acumulado ascendería a 102 millones 832 mil 419 pesos, cantidad que impediría a esta institución cerrar el presente ejercicio presupuestal y que pondría en riesgo el futuro de la universidad.

Las autoridades de esa casa de estudios han puesto práctica diversas medidas de austeridad para paliar las deficiencias financieras, pero se ha llegado al punto en que si ésta institución no recibe apoyo oportuno tendría que suspender sus pagos al IMSS, las retenciones de impuestos, el pago de deudas a proveedores y, lo que sería más alarmante, la nómina de los trabajadores.

La situación antes descrita nos obliga a solidarizamos con esta noble institución hidrocálida y a solicitar el apoyo del gobierno federal, a fin de encontrar formas de aliviar los problemas financieros de la universidad de aquella entidad. Una solución probable sería la asignación de recursos extraordinarios por 100 millones de pesos, los cuales representan el endeudamiento. Otra probable sería el reconocimiento de las plazas administrativas de confianza por parte de la federación, lo que permitiría a esta entidad asumir el resto de sus obligaciones con recursos propios.

Resolver lo antes planteado se torna apremiante, si tomamos en consideración que, a diferencia de otras instituciones estatales, la UAA tal vez sea la única cuyas ingresos propios superan a los otorgados a través del subsidio proporcionado por el gobierno del estado, hecho que nos prueba el esfuerzo desarrollado por las autoridades universitarias para solventar los gastos indispensables para su funcionamiento.

Señores legisladores:

Creemos que vale la pena acudir en auxilio de una institución que se ha destacado por su vigoroso trabajo académico a tan sólo treinta y cuatro años de haber sido creada. Estimamos pertinente que las autoridades hacendarias y educativas federales estudien las soluciones aquí planteadas, a efecto de no cancelar el futuro de una entidad modelo que brinda oportunidades de desarrollo para miles de jóvenes deseosos de contribuir al progreso de su estado.

Así las cosas, apelamos a la sensibilidad de nuestros compañeros legisladores para obtener un apoyo que redundará en beneficios importantes para la juventud del estado de Aguascalientes.

De conformidad con lo anterior, solicito a esta soberanía sea aprobado como un asunto de urgente y obvia resolución el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. El Senado de la República exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Educación Pública, considere una partida presupuestal extraordinaria de 100 millones de pesos para la Universidad Autónoma de Aguascalientes que le permita subsanar su déficit acumulado; o bien, considere el reconocimiento de las plazas administrativas de confianza de esa institución educativa; con base en el subejercicio presupuestal registrado por gobierno federal durante el primer semestre de 2007, con base en los informes trimestrales sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública de este año.

Segundo. El Senado de la República exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal para que incluya dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008, el cual próximamente enviará al Poder Legislativo de la Unión, una partida presupuestal extraordinaria para la Universidad Autónoma de Aguascalientes que le permita subsanar su déficit acumulado; o bien, considere el reconocimiento de las plazas administrativas de confianza de esa institución educativa.

Tercero. El Senado de la República realiza un exhorto a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación de la Cámara de Diputados para que estén atentas de incluir en el dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008 una partida extraordinaria para la Universidad Autónoma de Aguascalientes que le permita subsanar su déficit acumulado; o bien, consideren proponer el reconocimiento de las plazas administrativas de confianza de esa institución educativa.

Salón de sesiones del Senado de la República, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador Carlos Lozano de la Torre (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.



ESTADO DE MEXICO

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, se recibió del gobierno del estado de México oficio de fecha 30 de agosto pasado en respuesta al acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 15 de agosto, por el que se solicita al gobierno del estado de México que explique por qué no se solventaron las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación respecto de la Cuenta Pública de 2005, a partir de la propuesta presentada por la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 31 de julio de 2007.

La Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha documentación se remitiera a la Cámara de Diputados.

Atentamente
México, DF, a 6 de septiembre de 2007.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»
«Escudo.--- Gobierno del estado de México.

Senador Francisco Arroyo Vieyra, Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Poder Legislativo Federal.--- Presente.

Nos referimos a su oficio número CP2RIA.-1920, relativo al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente de esa Asamblea, consistente en ``Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de México para que, de considerarlo oportuno, exponga a esta soberanía la razón por la que no han sido solventadas diversas observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación..'', relacionadas con la auditoría número 05-0-33015-10-109, de tipo financiero y de cumplimiento, para verificar que los recursos federales transferidos al estado, a través del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, se hubieran aplicado de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal. Asimismo, de su informe se determinaron 20 observaciones, que generaron 20 acciones, de las cuales 13 corresponden a recomendaciones, 1 a promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 4 a pliegos de observaciones y 2 a promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

Al respecto, hago de su conocimiento que con el fin de atender las observaciones formuladas por la Auditoría Superior de la Federación, el gobierno del estado de México ha venido presentando ante dicho ente fiscalizador documentación con la que se acredita la atención respectiva, además de que se han sostenido reuniones de trabajo formales entre los representantes de ambas instancias, con objeto de aclarar las observaciones en su totalidad.

Por lo anterior, nos permitimos hacer del conocimiento de esa soberanía el seguimiento que el gobierno del estado de México ha otorgado a las acciones de referencia, conforme a lo siguiente:

1. De las 13 recomendaciones, mediante los oficios números 20322A000/1135/2006, 20323A000/0860/07, 20323A000/0870/07, 20323A000/0872/07, 20323A000/ 0871/07, 20323A000/0953/07 y 20323A000/0954/07, la Contaduría General Gubernamental de la Secretaría de Finanzas remitió a la Auditoría Superior de la Federación los elementos documentales que se estiman suficientes para su solventación, estando en espera de la determinación que sobre su procedencia emita dicho ente fiscalizador.
2. En relación con la promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, a través del oficio número 330-SA T-IV-569, la administradora central de Fiscalización al Sector Gobierno y de Procedimientos Legales de Auditoría del Servicio de Administración Tributaria invitó a los Servicios Educativos Integrados al Estado de México a presentar las declaraciones complementarias referentes al cumplimiento del entero de los recargos y actualizaciones, lo cual se realizó el 12 de julio del año en curso, por lo que se está en espera del pronunciamiento respectivo por parte de la entidad federal mencionada.
3. En cuanto a los cuatro pliegos de observaciones, a través de los oficios números DGR/252, 254, 256 y 258, recibidos en fecha 17 de agosto de 2007, el director general de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación remitió a la Secretaría de la Contraloría del gobierno del estado de México los referidos pliegos, con números 041, 042, 043 y 044/2007, por lo que con los oficios 21007A000/621 y 622/2007 se requirió al director general de los Servicios Educativos Integrados al Estado de México y al contador general gubernamental, respectivamente, otorgar la atención necesaria hasta su total solventación. En ese sentido, con los oficios números 20322A000/1268, 1270 y 1271/2007 se entregó al ente fiscalizador la documentación que, a juicio del gobierno del estado de México, solventa tres de los cuatro pliegos, quedando sólo uno pendiente, del cual se están integrando la información, la documentación y los elementos de justificación necesarios a efecto de atender el requerimiento formulado por la Auditoría Superior de la Federación dentro del término estipulado.
4. Finalmente, sobre las dos promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria, la Secretaría de la Contraloría del gobierno del estado de México, mediante los oficios números 21007A000/589 y 603-BIS/2007, remitió a la Auditoría Superior de la Federación las resoluciones correspondientes.

Sin otro particular, reiteramos el compromiso del gobierno del estado de México de atender las recomendaciones de la Auditoría Superior de la Federación.

Atentamente
Toluca de Lerdo, México, a 30 de agosto de 2007.--- Doctor Luis Videgaray Caso (rúbrica), Secretario de Finanzas; LAE Marco Antonio Abaid Kado (rúbrica), Secretario de la Contraloría.»
El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Remítase a las comisiones correspondientes y al promoverte, para su conocimiento.


BRACEROS DEL 42 AL 67

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: El siguiente capítulo es el de iniciativas de los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas. Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio signado por el diputado Adrián Fernández Cabrera .

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la honorable Cámara de Diputados.

Por este conducto solicito a usted girar las instrucciones necesarias a efecto retirar del orden del día de hoy el siguiente asunto.

Iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``Braceros del 42 al 67'', a cargo del diputado Antonio Valladolid Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Agradeciéndole de antemano la atención que se sirva a darle a la presente. Aprovecho la ocasión para enviarle un respetuoso saludo.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, 11 de septiembre de 2007.--- El diputado Adrián Fernández Cabrera (rúbrica), subcoordinador de Proceso Legislativo, del Grupo Parlamentario del PAN.»


CODIGO PENAL FEDERAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Muchas gracias. Se concede ahora el uso de la tribuna al diputado Francisco Sánchez Ramos, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

El diputado Francisco Sánchez Ramos: Con el permiso de la Presidencia. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal. Delitos Electorales.

El que suscribe Francisco Ramos, diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en esta legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal, ``Delitos electorales''. Al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Nuestra Constitución establece que la soberanía nacional reside originalmente en el pueblo. Que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática y federal. Que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de las competencias de éstos, y por los estados en lo que le toca a sus regímenes internos, y que la renovación de los poderes se realizará mediante elecciones libres, auténticas.

Consecuentemente cualquier acción u omisión que violente estos principios tiene que ser prohibida y castigada. De ahí que los delitos electorales se encuentren estrechamente vinculados al sistema político electoral del que depende y al cual buscan proteger no son los mismos en los países ni tampoco lo han sido en diversas etapas de la historia.

Sin embargo, durante el pasado proceso electoral del 2 de julio de 2006, los mexicanos fuimos testigos de cómo se violentaron los principios de certeza, legalidad e imparcialidad a los que están obligados a tutelar todos los órganos electorales por mandato constitucional y legal.

Hasta el momento los delincuentes electorales que en ella intervinieron no han sido sancionados conforme a la ley. La implementación de la guerra sucia y de odio a través de spots, correos electrónicos, las campañas promovidas por el Consejo Coordinador Empresarial, el intervencionismo del presidente de la república, la utilización de los programas sociales con fines electorales, los excesivos gastos en medio de comunicación, el rebase de topes de gasto de campaña y de precampaña de los partidos políticos, la participación e intromisión de extranjeros son tan sólo una muestra de impunidad en materia de delitos electorales.

Para el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática no puede haber reforma electoral sin una reforma al capítulo de los delitos electorales del Código Penal Federal, que actualice a las realidades de nuestro país conductas que afecten los valores de la democracia y del sufragio universal, libre, directo y secreto.

De ahí que en la agenda legislativa de los partidos que integramos el Frente Amplio Progresista hayamos suscrito:

Otorgar plena garantía constitucional al derecho de sufragio y revisar el sistema contencioso electoral para que las violaciones a la ley sean debida y oportunamente sancionadas.

Fortalecer los mecanismos de fiscalización del IFE. Regular las precampañas y los gastos de los candidatos. Reducir el tiempo y tope de gastos de campaña. Suprimir el financiamiento privado a los partidos políticos y campañas electorales. Prohibir el uso comercial de la radio y televisión para fines electorales y la propaganda oficial en forma permanente. Otorgar suficiente acceso a los partidos en tiempos oficiales.

La iniciativa que ponemos a consideración de esta soberanía responde a estos compromisos. En su esencia plantea la incorporación de las figuras de precandidatos y de organizadores de actos de campaña o precampaña y un aumento en las penalidades, en las participaciones de éstos, en las conductas ya tipificadas en el Código Penal.

Propone además, un aumento en las penalidades a aquel que utilice fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de precandidatos, candidatos, partidos políticos o coalición.

Por tanto, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente decreto por el que se reforman diversos artículos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal (delitos electorales).

Señor Presidente, toda vez que la iniciativa se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, solicito que se inserte íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto, señor Presidente, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Sánchez Ramos , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito Francisco Sánchez Ramos , diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el se reforman diversos artículos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal (delitos electorales), al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Nuestra Constitución establece que la soberanía nacional reside originariamente en el pueblo; que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática y federal; que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, y que la renovación de los Poderes se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas. Consecuentemente, cualquier acción u omisión que violente estos principios tiene que ser prohibida y castigada.

De ahí que los delitos electorales se encuentran estrechamente vinculados al sistema político-electoral del que dependen y al cual buscan proteger, no son los mismos en todos los países ni tampoco lo han sido en diversas etapas de la historia.

Sin embargo, durante el pasado proceso electoral del 2 de julio de 2006, los mexicanos fuimos testigos de cómo se violentaron, los principios de certeza, legalidad e imparcialidad a los que están obligados a tutelar todos los órganos electorales por mandato constitucional y legal. Hasta el momento los delincuentes electorales que en ella intervinieron no han sido sancionados conforme a la ley.

La implementación de de la guerra sucia y de odio, a través de spots y correos electrónicos; las campañas promovidas por el Consejo Coordinador Empresarial; el intervencionismo del Presidente de la República; la utilización de los programas sociales con fines electorales; los excesivo gastos en medios de comunicación; el rebase de topes de gastos de precampaña y campaña de los partidos políticos; la participación e intromisión de extranjeros son tan sólo una muestra de la impunidad en materia de delitos electorales.

Para el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, no puede haber reforma electoral, sin una reforma al capítulo de los delitos electorales del Código Penal Federal, que actualice a las realidades de nuestro país conductas que afecten los valores de la democracia y del sufragio universal, libre, directo y secreto.

De ahí que en la agenda legislativa de los partidos que integramos el Frente Amplio Progresista, hayamos suscrito:

Otorgar plena garantía constitucional al derecho de sufragio y revisar el sistema contencioso electoral para que las violaciones a la ley sean debida y oportunamente sancionadas.

Fortalecer los mecanismos de fiscalización del IFE. Regular las precampañas y gastos de los candidatos. Reducir el tiempo y topes de gasto de las campañas. Suprimir el financiamiento privado a los partidos políticos y campañas electorales. Prohibir el uso comercial de radio y televisión para fines electorales y la propaganda oficial en forma permanente. Otorgar suficiente acceso a los partidos en tiempos oficiales.

La iniciativa que ponemos a la consideración de esta soberanía responde a estos compromisos, en su esencia plantea la incorporación de las figuras de precandidatos y de organizadores de actos de precampaña o campaña y un aumento en las penalidades en la participación de éstos en las conductas ya tipificadas en el Código Penal.

Propone además, un aumento en las penalidades a aquel que utilice fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de precandidatos, candidatos, partido político o coalición.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal (delitos electorales).

Artículo Único. Se reforman las fracciones I y V del artículo 401; las fracciones III, IV, VI, IX y XII del artículo 402; las fracciones I, II, III, y IV del artículo 407; los artículos 412 y 413; se adicionan las fracciones VII y VIII del artículo 401; la fracción XIV del artículo 402 y la fracción VIII del artículo 406, todos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Título Vigésimo Cuarto Delitos Electorales y en Materia de Registro Nacional de Ciudadanos Capítulo Único

Artículo 401. Para los efectos de este Capítulo, se entiende por:

I. Servidores Públicos, las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos públicos, en los organismos autónomos, en las Cámaras del Congreso de la Unión o en el Poder Judicial de la Federación.
Se entenderá también como Servidores Públicos aquellas personas que de acuerdo con el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal o en las constituciones de las entidades federativas y sus respectivas leyes secundarias se les otorgue ese carácter.
II. a IV. ...
V. Documentos públicos electorales, las actas de la jornada electoral, las boletas electorales, las relativas al escrutinio y cómputo de cada una de las elecciones, paquetes electorales y expedientes de casilla, las actas circunstanciadas de las sesiones de cómputo de los consejos locales y distritales, y las de los cómputos de circunscripción plurinominal y, en general todos los documentos utilizados y actas expedidos en el ejercicio de sus funciones por los órganos del Instituto Federal Electoral; y
VI. ...
VII. Precandidato, el ciudadano o ciudadana que participa en los procesos internos de selección de candidatos de los partidos políticos o coaliciones, con la finalidad de lograr su designación como candidato a un cargo de elección popular y el registro correspondiente ante los órganos electorales.
VIII. Organizadores de actos de precampaña o campaña, las personas que coordinan los actos proselitistas a favor de un precandidato o candidato, partido político o coalición.

Artículo 403. Se impondrán de cincuenta a ciento cincuenta días multa y prisión de uno a cuatro años, a quien:

I. a II. ...
III. En los tres días previos a la elección o durante el día en que ésta se celebre haga proselitismo, induzca o presione expresamente a los electores con el fin de orientar el sentido de su voto o la abstención del mismo;
IV. Obstaculice, interfiera o impida el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
V. ...
VI. Solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las precampañas, campañas electorales o la jornada electoral;
VII. a VIII. ...
IX. El día de la jornada electoral lleve a cabo el transporte de votantes, con la finalidad de influir en el sentido de su voto;
X. a XI. ...
XII. Impida en forma violenta apertura o el cierre de una o más casillas; o bien mediante violencia obligue a otros a votar a favor de un determinado partido político, coalición, precandidato o candidato o para que se abstengan de hacerlo.
XIII. ...
XIV. Realice, reciba o destine aportaciones en dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político o coalición en los montos superiores a los establecidos en la ley.

Artículo 404. ...

Artículo 405. ...

I. a XI. ...

Artículo 406. Se impondrán de cien a trescientos días multa y prisión de tres a siete años, al funcionario partidista, precandidato, candidato u organizadores de actos de campaña o precampaña que:

I. a VII. ...
VIII. Exceda los montos máximos de los topes de precampaña o campaña autorizados legalmente:

Artículo 407. Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de uno a nueve años, al servidor público que:

I. Obligue a sus subordinados, de manera expresa y haciendo uso de su autoridad o jerarquía, a emitir sus votos en favor de un partido político, precandidato, candidato o coalición, o para que se abstengan de hacerlo;
II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un partido político, precandidato, candidato o coalición, o para que se abstengan de hacerlo;
III. Destine, de manera ilegal, fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo tales como vehículos, inmuebles y equipos, al apoyo de un partido político, precandidato, candidato o coalición, sin perjuicio de las penas que pueda corresponder por el delito de peculado; o
IV. Proporcione apoyo o preste algún servicio a los partidos políticos, precandidatos, candidatos o coaliciones a través de sus subordinados, usando del tiempo correspondiente a sus labores, de manera ilegal.

Artículo 408. Se impondrá sanción de suspensión de sus derechos políticos hasta por seis años a quienes, habiendo sido electos diputados o senadores no se presenten, sin causa justificada a juicio de la Cámara respectiva, a desempeñar el cargo dentro del plazo señalado en el primer párrafo del artículo 63 de la Constitución.

Artículo 412. Se impondrá prisión de dos a nueve años, al funcionario partidista o a los organizadores de actos de campaña o precampaña que, a sabiendas aproveche ilícitamente fondos, bienes o servicios en los términos de la fracción III del artículo 407 de este Código. En la comisión de este delito no habrá el beneficio de la libertad provisional.

Artículo 413. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a seis mil días multa, al que por si o por interpósita persona solicite, proporcione, reciba, obtenga o utilice fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de un precandidato, candidato, partido político o coalición.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

H. Congreso de la Unión, a los 11 días del mes de septiembre de 2007.--- Diputado Francisco Sánchez Ramos (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias a usted, diputado. Así se hará, ytúrnese su iniciativa a la Comisión de Justicia.

Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma el artículo 57, y adiciona un artículo 57 Bis, a la Ley de Vivienda.

No estando presente el diputado, pasará al final de este capítulo.

Tiene, entonces, el uso de la palabra la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres.

No estando en el salón de sesiones, también se pasará al final de este capítulo.



LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El Presidente diputado Cristian Castaño Contreras: Entonces se le concede el uso de la palabra a la diputada María Gabriela González Martínez, para presentar iniciativa que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por ella misma y por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada María Gabriela González Martínez: Con su permiso, diputado Presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Los suscritos diputados federales de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56 y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto, por la que se reforma y adiciona el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Las defunciones por lesiones causada por el tráfico vial y, en particular, por accidentes de tránsito, debidas a vehículos de motor, representan en todo el mundo una epidemia silenciosa que afecta a todos los sectores de la sociedad.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), calcula que el 25 por ciento de todas las muertes debidas a lesiones, son resultado de las lesiones causadas por accidentes de tránsito. Las principales causas de estas muertes incluyen:

1. Conducir bajo la influencia del alcohol
2. Manejar en alta velocidad
3. No usar el cinturón de seguridad.

En el año 2000, 1.2 millones de niños, mujeres y hombres murieron en todo el mundo en accidentes de tránsito.

Centenares de organizaciones llevan a cabo actividades para aumentar la sensibilización acerca de los traumatismos causados por los accidentes de tráfico, sus graves consecuencias y los enormes costos que suponen para la sociedad. Contribuyeron también, a que se sepa que esos traumatismos pueden prevenirse.

Por esto, la OMS, eligió a la seguridad vial como el tema del Día Mundial de la Salud en el año 2004.

La comunidad de salud pública, considera que las lesiones causadas por accidentes de tránsito son un problema de salud pública que ha sido descuidado, y que requiere de esfuerzos de prevención concertados y multisectoriales.

Las estadísticas actuales publicadas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), muestran que Estados Unidos, Brasil, México, Colombia y Venezuela, son las cinco naciones con el mayor número de muertes relacionadas con el tránsito.

Aunado a los datos anteriores, existe un sector aún más vulnerable para este tipo de accidentes que son las niñas, niños y adolescentes, toda vez que, categóricamente en nuestro país, no existe la cultura de protección integral a menores durante los traslados vehiculares; en el caso de los bebes, por ejemplo, existe la nula utilización de las sillas de seguridad para bebes.

Cuando los niños viajan en automóvil, los adultos tenemos la obligación de vigilar que vayan seguros. Un punto importante a considerar es su peso y edad.

En México los accidentes de tránsito ocupan la posición número 11 dentro de las causas de mortalidad general, y las posiciones 1 y 2, entre las principales causas de muertes, conforme a la Encuesta Nacional de Salud del año 2000. Cada año, más de dos millones de personas mayores de 18 años de edad, sufren lesiones a consecuencia de eventos no intencionales, principalmente caídas y accidentes de tránsito.

Las estrategias de prevención en pocos ámbitos son tan obvias como en este caso. Si hiciera falta traer a colación alguna dolorosa evidencia en este sentido, se puede mencionar que en el año 2003 se presentaron tres muertes de niños menores de un año de edad en accidentes de motocicleta. 1

En muchos países se ha documentado una reducción importante de la letalidad de los accidentes vehiculares, con medidas tan sencillas, como la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad; la prohibición de que los niños viajen en los asientos delanteros de los automóviles; la reducción de los límites de velocidad permitida; y el control del consumo de alcohol.

Conforme a datos proporcionados por el Instituto Nacional de Geografía, Estadística e Informática (INEGI) y la Secretaría de Salud, durante el año 2005, los accidentes de tráfico de vehículo de motor, representan la causa número 15 de mortalidad infantil entre niños menores de un año, empero, esta misma causal es la número 1 de mortalidad en niños en edad escolar de 5 a 14 años. 2

En Estados Unidos de Norteamérica, los accidentes automovilísticos son la causa más frecuente de muerte de los niños menores de 14 años de edad, el 50 por ciento de los niños de hasta 14 años que murieron en accidentes automovilísticos, no estaban correctamente sujetados. Aproximadamente 220 mil niños de hasta 14 años, sufrieron lesiones en accidentes automovilísticos durante el año 2002.

Estudios muestran que la mayoría de los niños que mueren en accidentes de auto, no están asegurados en asientos infantiles, y que pudieran haber salvado la vida si hubieran estado sujetados a un asiento. 3

Los niños son los que se lesionan más a menudo, sufren lesiones más graves o mueren en los accidentes automovilísticos cuando no están sujetos correctamente.

Con las medidas de precaución correctas, como el uso correcto de los asientos infantiles de seguridad apropiados para su edad, puede prevenirse la mayoría de las lesiones accidentales y de las muertes. Los niños pueden lastimarse, cuando los padres o personas a cargo de ellos, no los sujetan correctamente cuando van en automóvil, o no están enterados de los peligros asociados con determinadas situaciones automovilísticas.

Físicamente, un niño es más pequeño que un adulto medio. Esto significa que los cinturones estándar de seguridad de los automóviles, no se ajustan correctamente para proteger los cuerpos de los niños.

Un grupo de edad de los 4 a los 8 años, corre un riesgo especialmente alto por el uso incorrecto de los cinturones de seguridad en los automóviles. De acuerdo con los Centros para la Prevención y Control de las Enfermedades en Estados Unidos, los niños no encajan en el cinturón para el hombro/cintura (sin un asiento elevador) hasta que tienen una altura de 1.4 metros y pesan 36.2 kilogramos.

No obstante, los niños entre las edades de 4 a 8 años, que ya no caben en su asiento de seguridad para niños, a menudo se colocan demasiado pronto con el cinturón de hombro/cintura de adultos sin asiento elevador. Desafortunadamente, se calcula que sólo el 5 por ciento de los niños de este grupo de edad está asegurado correctamente con asientos elevadores en los automóviles.

Por otro lado, los bebes son frágiles, sus cuerpos y huesos no son tan fuertes como los de adultos o niños más crecidos. Los bebés son propensos a lastimarse si ocurre un accidente. Aún los accidentes pequeños, a baja velocidad, o paradas súbitas, pueden causar heridas graves en la espina dorsal, epilepsia y retraso mental si no están bien sujetados.

Otros estudios muestran que los padres que aseguran a sus hijos en asientos de seguridad, se distraen menos mientras conducen. Debido a menos distracciones, estos padres, tienen menos accidentes de auto.

Frente a estos datos existe una baja concientización por parte de los ascendientes, tutores y custodios de los menores, quienes tienen el deber de preservar los derechos de los niños que incluyen primordialmente el derecho a la integridad física y emocional.

Actualmente, la red operada por Caminos y Puentes, la dependencia del gobierno que administra las autopistas, carreteras de cuota y negocios similares (Capufe), está trabajando en la consolidación de una base estadística sobre la siniestralidad observada por los vehículos de motor en las carreteras, con el propósito de generar información analítica detallada que posibilite la generación de indicadores, que sustenten, además de la orientación de diversas acciones preventivas, la formulación de proyectos específicos de inversión en materia de obra pública y señalización, que propicien la disminución de accidentes carreteros.

Con base en lo anterior, Caminos y Puentes, orienta esa información muy especialmente a la seguridad de los menores, exhortando a los padres y acompañantes adultos, a que pongan especial cuidado en vigilar que las niñas, niños y adolescentes, viajen con seguridad considerando su peso y edad.

Por enunciar un ejemplo del daño que ocurre cuando no existen las medidas mínimas de seguridad para un menor en caso de accidente, si el auto frena contra el obstáculo y el vehículo circulaba a una velocidad promedio de 50 kilómetros por hora, los cuerpos de los ocupantes del vehículo, siguen moviéndose hacia adelante a la velocidad que el auto traía hasta ese momento, impulsados por una fuerza enorme, que equivale a 40 veces el peso de cada persona, desplegada en la desaceleración brusca. Si no están atados, golpearán contra la parte de adelante del automóvil y contra el parabrisas. Y los ocupantes de los asientos traseros, si los hubiere, serán impulsados con esa misma fuerza hacia la parte de adelante, golpearán a los ocupantes delanteros y la parte frontal del vehículo y, eventualmente, todos pueden ser despedidos fuera del auto, aumentando 6 veces las posibilidades de morir al impactar contra el suelo.

Para combatir la problemática enunciada con anterioridad, son necesarias la cooperación entre autoridades federales y locales para instrumentar políticas públicas necesarias a fin de asegurar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes según lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4, y las diferentes leyes en materia de protección a los derechos de los niños.

Por ello, es de imperiosa necesidad que exista una normatividad aplicable y vigente, que proteja contra actos u omisiones que puedan afectar la salud física o mental, y el normal desarrollo de niños, niñas y adolescentes, poniendo especial interés en las medidas de seguridad que, en el traslado vehicular, se deben observar; ya sea mediante la utilización de sillas especiales para niños, sistemas de sujeción adaptados a la talla y peso del menor o algún otro dispositivo de seguridad para menores.

El artículo 4o. constitucional prevé lo siguiente:

``Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Los ascendientes, tutores y custodios, tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respecto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.
El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez''.

Por otro lado, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes contempla en su artículo 21 lo siguiente:

``Artículo 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por:
A. El descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual.
B. La explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata.
C. Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados''.

Como podemos observar, el artículo 21 de la citada ley, no hace referencia a lo establecido en el artículo 4o. constitucional mencionado con anterioridad, limitando así la protección integral de niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, el apartado A del artículo 21, también debe contemplar para la debida seguridad de los menores, el estar protegidos por el descuido o negligencia que les cause o pudiera llegarles a causar perjuicio o daño, tanto en el hogar, en la escuela, como en su traslado en cualquier vehículo.

En muchos países como Reino Unido, Estados Unidos de Norteamérica, Francia y Canadá, existen normas específicas dentro de sus reglamentos y leyes de tránsito, relativos al uso obligatorio del asiento para automóvil, apropiado para niños de acuerdo a su edad, peso y talla. Las normas aplicadas en dichos países han disminuido, considerablemente, el número de defunciones de menores de edad por accidentes de tránsito. En nuestro país, tales medidas no existen de manera clara y uniforme, o no de la calidad debida.

El artículo 108 de la Ley de Tránsito del estado de Sonora, se cuenta con una disposición relativa al uso de los asientos para automóvil adecuado para niños:

Artículo 108. [...]
Los menores de 6 años de edad deberán viajar preferentemente en el asiento trasero del vehículo y en un asiento de seguridad para niños, debiendo sujetarlos con el cinturón de seguridad para adultos, siguiendo las instrucciones del fabricante del vehículo y del asiento de seguridad señaladas para ese efecto.

Por otra parte, los Estados de Baja California, Michoacán y el Distrito Federal, prevén disposiciones relativas a la obligación de transportar niños en los asientos traseros de los automóviles.

La Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, tiene por objeto garantizar la tutela y el respeto de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de asegurarles un desarrollo pleno e integral.

Esta ley enuncia en su título segundo los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se buscan proteger, siendo estos, el derecho de prioridad, el derecho a la vida, derecho a la no discriminación, derecho a vivir en condiciones de bienestar y un sano desarrollo psicofísico, derecho a ser protegido en su integridad, en su libertad y contra el maltrato y el abuso sexual, derecho a la identidad, derecho a vivir en familia, derecho a la salud, derecho de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, derecho a la educación, derecho al descanso y al juego, derecho a la libertad de pensamiento, el derecho a una cultura propia y el derecho a participar.

Por lo anterior expuesto, y tomando en consideración los derechos mencionados con anterioridad, pensamos que son necesarias reformas a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el objeto de que se garantice y amplíe la cobertura de protección del menor en los casos de descuido o negligencia en el hogar, en la escuela, así también, principalmente, por el daño que les cause o pudiera llegarles a causar perjuicio o daño en su traslado en cualquier vehículo.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración del pleno de honorable Cámara de Diputados la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto.

Artículo Único. Se reforma y adiciona el primer párrafo, el apartado A y el apartado B, y se adiciona un último párrafo al artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. y 4o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por:

A. El descuido o la negligencia que les cause o pudiera llegarles a causar cualquier perjuicio o daño, tanto en el hogar, en la escuela, como en su traslado en cualquier vehículo. B. El abandono, el abuso emocional, físico y sexual. C. La explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata. D. Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados.

A fin de garantizar la protección aquí prevista, las autoridades federales, locales y del Distrito Federal, dispondrán en el ámbito de sus respectivas competencias, las normas pertinentes que permitan prever y evitar las conductas antes mencionadas.

Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Notas:

1 Revista Salud Pública de México/Vol. 47, no1, enero-febrero de 2005

2 Fuente: Elaborado a partir de la base de datos de defunciones INEGI/ Secretaría de Salud. Dirección General de Información en Salud.

3 Yale Medical Group. The Physicians of Yale University

Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro, al mes de septiembre del 2007.--- Diputadas: María Gabriela González Martínez (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias, diputada.Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.



REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se pide a la Secretaría que instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta del registro de diputadas y diputados.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 466 diputadas y diputados.

Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia, disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias, diputada Secretaria. Damos la más cordial bienvenida a esta sesión ordinaria de la Cámara de Diputados a los invitados especiales que nos acompañan del estado de México. Sean bienvenidos.



ARTICULOS 80, 108, 110 Y 111 CONSTITUCIONALES

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se concede el uso de la palabra al diputado Efraín Morales Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Efraín Morales Sánchez: Con el permiso de la Presidencia. El que suscribe, diputado Efraín Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los ordenamientos legales correspondientes, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de contribuir a hacer efectivo el estado de derecho, la división de poderes, la supremacía constitucional e igualdad ante la ley, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

En diversos ámbitos y como parte de lo cotidiano se habla del estado de derecho. Sus distintos protagonistas utilizan este concepto como pilar de una sociedad moderna y democrática.

El estado de derecho se funda en el reconocimiento de los derechos individuales y en el poder gubernamental limitado. Ambos aspectos plasmados en el pensamiento político de John Locke, de cuya obra se desprende la idea de que la legitimidad de un gobierno radica en el control que el ciudadano ejerce sobre él. Se trata entonces del gobierno del Estado autorizado y vigilado por la sociedad, cuyo supremo poder se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

En este tenor no podemos dejar de mencionar las ideas de Rousseau, de cuya obra destaca la soberanía del pueblo y no del gobernante. Para este pensador, hablar de estado de derecho significa hablar de la continuidad absoluta entre la libertad individual y la voluntad general y los intereses públicos sólo pueden ser expresados a través de las leyes que representan la voluntad general y velan por el bien común.

La ley como expresión de la voluntad general, la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial; la legalidad en la administración y la efectiva realización de derechos y libertades fundamentales son, en conjunto, características esenciales de un estado de derecho. El estado de derecho se visualiza a través de su Constitución Política y su división de poderes públicos.

En la Constitución se inscribe el valor de la libertad como la expresión del ordenamiento jurídico que regula las actividades de los particulares y de los órganos públicos de poder. Es en este documento y ordenamiento máximo donde se plasman los derechos fundamentales de los gobernados tales como igualdad, libertad, propiedad y seguridad jurídica.

Se establece la estructura de los diversos órganos del poder público y la competencia para el desarrollo de sus funciones. Es decir, es la norma que articula, estructura y regula los poderes del Estado, y los derechos fundamentales que sirven de base a todo el orden jurídico respecto a la división de poderes. Ésta significa, de acuerdo con el pensamiento de Montesquieu, reconocer que el Estado debe cumplir funciones específicas a través de órganos públicos diferentes.

La división de poderes es un principio histórico que reconoce, primero, diferentes funciones del Estado. Y segundo, que cada una de ellas debe ser conducida por titulares diferentes, a fin de garantizar el eficaz funcionamiento de los órganos del poder público y evitar la concentración del poder en cualquiera de ellos.

Es Montesquieu, en cuya obra destaca que todo está perdido si el mismo hombre hace leyes, ejecuta las resoluciones públicas y juzga a los criminales. Por ello la división de poderes responde a la necesidad histórica de libertad y a la necesidad de distribuir, controlar y equilibrar el ejercicio del poder público.

En este mismo orden de ideas debemos insistir que hay dos momentos relevantes que le dan vida al estado de derecho. El primero corresponde a la creación de las leyes que representan los derechos de cada individuo y la colectividad. Y al segundo corresponde la ejecución de las mismas.

Esto denota sin lugar a dudas la relevancia del Poder Legislativo respecto a los demás poderes, que no supremacía o superioridad, sino únicamente se trata de situar en su justa dimensión el papel del hacedor de las leyes en representación y para garantizar los intereses nacionales. Lo que indudablemente conlleva a reconocer en el Poder Legislativo el contrapeso, principalmente, del Poder Ejecutivo. Contrapeso, cuya finalidad es evitar el quebrantamiento de las normas, es decir, la trasgresión de la voluntad del pueblo y su soberanía.

Este principio histórico y fundamental de la división de Poderes, como elemento constitutivo e inherente del estado de derecho, categóricamente se encuentra establecido en la Constitución Política de nuestro país.

Así pues, en la Ley Suprema queda plasmado, a través del artículo 39, que la soberanía reside en el pueblo, que todo poder público emana de él y se instituye para beneficio de éste, por lo que el pueblo tiene en todo momento el derecho de modificar la forma de su gobierno.

Así también, a través del artículo 41 se establece que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Y en el artículo 49 se consigna que el supremo poder de la federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y no pueden reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación.

La supremacía constitucional tácitamente se reconoce a través del artículo 133 del mismo ordenamiento, donde se establece que gobernados y gobernantes están obligados a acatar sus preceptos. Todos estos aspectos fincan de manera general el estado de derecho en nuestro país.

Por todo lo anterior, la pregunta que corresponde hacer entonces, es si el ejercicio político en nuestro país, a través de su larga historia, nos ha permitido lograr hacer efectivo este fundamental principio del estado de derecho, que es la división de Poderes, si se ha logrado un real equilibro y colaboración entre los Poderes del Estado.

Y al tratar de dar respuesta a tal cuestionamiento, necesariamente debemos decir que han sido los propios hechos que refiere la historia, los que han destacado la supremacía del Poder Ejecutivo sobre los demás Poderes de la Unión, toda vez que han sido diversas las reformas en las etapas históricas en México que han acrecentado las facultades formales o informales del presidente de la república.

Y con ello, cimentado un régimen presidencialista que aún en la actualidad le han permitido ---en su calidad de titular de la administración pública federal--- en muchas ocasiones, abusar de ellas violando los preceptos constitucionales sin ser sometido a juicio, en virtud de que el propio artículo 108 de la Constitución restringe sólo a delitos de traición a la patria y delitos graves del orden común, como causales de enjuiciamiento al presidente de la república.

Este, inevitablemente se inscribe en un marco de incipiente, lenta y elemental democracia en nuestro país, toda vez que como refiere Diego Valadés, en México sólo podemos elegir presidente de la república pero no podemos controlar su ejercicio, pues los otros Poderes de la Unión, Legislativo y Judicial, no han logrado avanzar de forma importante en materia de control político.

Si consideramos lo establecido en el artículo 87 constitucional, respecto a que el presidente de la república, al tomar posesión de su cargo, debe protestar guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanan, así como desempeñar leal y patrióticamente su cargo, formalmente se asume que él mismo debe sujetarse al principio de legalidad, de manera tal que antes de hacer valer las disposiciones normativa a los gobernados que le otorgaron su representación, debe ser él, primeramente, quien debe asumir y respetar los principios constitucionales.

A este respecto, el artículo 126 constitucional reconoce que el presidente de la república es un servidor público, y más adelante, en el artículo 128 del mismo ordenamiento, queda establecido que todo funcionario público, sin excepción, antes de tomar posesión de su cargo debe protestar guardar la Constitución y las leyes que de ella emanan.

En este sentido, vale apuntar que un efectivo sistema de responsabilidades de los servidores públicos es crucial para el funcionamiento de un estado de derecho, pues de aquél depende que institucionalmente se hagan valer, de forma efectiva, derechos y obligaciones de los mismos.

Este es precisamente el argumento que le da sentido a la presente iniciativa; es decir, la necesidad de hacer efectivo el estado de derecho, división de Poderes, supremacía constitucional e igualdad ante la ley. Y con ello, representados y gobernantes, sin excepción, sean respetuosos de los instrumentos normativos, por los que el Ejecutivo, obviamente, no debe quedar excluido o ser privilegiado.

Razones éstas, por las que se propone la reforma al artículo 80 constitucional, con objeto de eliminar la frase Supremo Poder Ejecutivo, en virtud de que el supremo poder es de la federación, no es del Ejecutivo y además porque la propia Constitución define adecuadamente a los Poderes Legislativo y Judicial sin emplear el término supremo, por lo que no debe haber diferencia de estos con el Poder Ejecutivo y tampoco asignarle a éste categorías impropias y obsoletas.

También se propone derogar el segundo párrafo del artículo 108, con el objeto de dar trato igualitario a todos los servidores públicos, incluido el presidente de la república. Asimismo, se propone reformar el artículo 110 del mismo ordenamiento, a fin de que en el caso de que hubiere lugar y tal como se establece para todos los servidores públicos de la nación, el presidente de la república deba ser sujeto de juicio político.

Por último, se propone la reforma al artículo 111 con el propósito de derogar el párrafo IV por resultar incongruente e innecesario con la reforma aquí planteada.

Finalmente debemos de reconocer y reiterar que es necesario pugnar por una real división de poderes que permita a cada uno ejercer autónomamente sus funciones, pero no por ello en discrepancia y discordancias, sino por el contrario en colaboración y equilibrio, apegados invariablemente a la ley.

Sólo a través de un equilibrio real podrá materializarse el control y vigilancia del pueblo hacia sus gobernantes y sólo así podrá ejecutarse la voluntad de los ciudadanos expresada en sus normas.

El equilibrio, distribución y control del poder es requisito de un Estado moderno donde indiscutiblemente los tres poderes del Estado juegan un papel importante. En este sentido debemos todos fortalecerlo y hacerlo efectivo mediante la división de poderes, así como la observancia y aplicación de las leyes para todos los actores.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual solicito a la Mesa Directiva de esta honorable Cámara que se inserte íntegramente en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Efraín Morales Sánchez , del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado Efraín Morales Sánchez , integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En diversos ámbitos, comúnmente y como parte de lo cotidiano, se habla del estado de derecho. En la política, economía, cultura, etcétera, los distintos protagonistas utilizan este concepto como pilar de una sociedad moderna y democrática, pues de acuerdo a los teóricos, sin estado de derecho, no existe democracia.

Estado de derecho es aquel Estado en el que autoridades e individuos se rigen por el derecho, éste incorpora los derechos y libertades fundamentales, y es aplicado por instituciones imparciales y accesibles que generan certidumbre 1. Es decir, el estado de derecho se materializa en el sistema jurídico, en el quehacer institucional, y en la práctica política.

Es menester señalar, que el estado de derecho se funda en el reconocimiento de los derechos individuales y en el poder gubernamental limitado, ambos aspectos plasmados en el pensamiento político de John Locke, de cuya obra se desprende la idea de que la legitimidad de un gobierno radica en el control que el ciudadano ejerce sobre él. Se trata, entonces, del gobierno del Estado autorizado y vigilado por la sociedad, cuyo Poder Supremo se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, destacando la supremacía del primero, toda vez que de éste emanan las leyes justas que el Ejecutivo debe acatar y que el Judicial debe defender, con la finalidad de salvaguardar y preservar la libertad y derechos fundamentales de todos los individuos.

En este tenor, no podemos dejar de mencionar las ideas de Rosseau, de cuya obra destaca la Soberanía del Pueblo, y no del gobernante. Para este pensador, hablar de estado de derecho, significa hablar de la continuidad absoluta entre la libertad individual y la voluntad general; y los intereses públicos sólo pueden ser expresados a través de las leyes que representan la voluntad general y velan por el bien común.

Es así, que el estado de derecho descansa sobre dos principios fundamentales interrelacionados: el reconocimiento de derechos y libertades fundamentales de los gobernados por medio de leyes; y la separación de los poderes para ejercer el supremo poder del Estado.

El imperio de la ley, es decir, la ley como expresión de la voluntad general; la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial; la legalidad en la administración, y la efectiva realización de derechos y libertades fundamentales, son en conjunto características esenciales o indispensables de un estado de derecho. 2

Entonces, podemos reiterar que el estado de derecho se visualiza a través de su Constitución Política y su división de poderes públicos. De hecho, la separación de poderes es la columna vertebral de un Estado constitucional. En la Constitución se inscribe el valor de la libertad como la expresión del ordenamiento jurídico que regula las actividades de los particulares y de los órganos públicos de poder. Es en este documento, y ordenamiento máximo, donde se plasman los derechos fundamentales de los gobernados, tales como igualdad, libertad, propiedad y seguridad jurídica; se establece la estructura de los diversos órganos del poder público, y la competencia para el desarrollo de sus funciones. Es decir, es la norma que articula, estructura y regula los poderes del Estado y los derechos fundamentales que sirven de base a todo el orden jurídico 3 . Respecto a la división de poderes, ésta significa, de acuerdo al pensamiento de Montesquieu, reconocer que el Estado debe cumplir funciones específicas a través de órganos públicos diferentes.

La división de poderes es un principio histórico que reconoce, primero, diferentes funciones del Estado (legislativas, ejecutivas y judiciales), y segundo, que cada una de ellas debe ser conducida por titulares diferentes, a fin de garantizar el eficaz funcionamiento de los órganos del poder público, y evitar la concentración del poder en cualquiera de ellos.

Es Montesquieu, en cuya obra destaca que todo está perdido si el mismo hombre hace leyes, ejecuta las resoluciones públicas y juzga a los criminales. Por ello, la división de poderes responde a la necesidad histórica de libertad, y a la necesidad de distribuir, controlar y equilibrar el ejercicio del poder público. En términos de Maquiavelo, la división de poderes concilia la gobernabilidad y el control del poder.

En este mismo orden de ideas, debemos insistir que hay dos momentos relevantes que le dan vida al estado de derecho. El primero, corresponde a la creación de las leyes que representan los derechos de cada individuo y la colectividad, y el segundo, corresponde a la ejecución de las mismas. Esto denota, sin lugar a dudas, la relevancia del Poder Legislativo respecto a los demás Poderes, que no supremacía o superioridad, sino únicamente se trata de situar en su justa dimensión el papel del hacedor de las leyes en representación, y para garantizar, los intereses nacionales; lo que indudablemente conlleva a reconocer en el Poder Legislativo el contrapeso, principalmente, del Poder Ejecutivo. Contrapeso, cuya finalidad es evitar el quebrantamiento de las normas, es decir, la transgresión de la voluntad del pueblo y su soberanía.

Este principio histórico y fundamental de la división de poderes, como elemento constitutivo e inherente del estado de derecho, categóricamente, se encuentra establecido en la Constitución Política de nuestro país. Y resulta lógico que nuestra Carta Magna haya recogido este principio, influida por los principios de las constituciones revolucionarias francesas, que a su vez se apoyaron ideológicamente en el pensamiento de Locke y Montesquieu, por ello, la separación de poderes se estipuló en las constituciones políticas mexicanas de 1824, 1857, y la vigente de 1917.

Así pues, en la Ley Suprema queda plasmado, a través del artículo 39, que la soberanía reside en el pueblo, que todo poder público dimana de él y se instituye para beneficio de éste, por lo que el pueblo tiene en todo momento el derecho a modificar la forma de su gobierno. Así también, a través del artículo 41, se establece que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Y en el artículo 49, se consigna que el Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y no pueden reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación. La supremacía constitucional, tácitamente, se reconoce a través del artículo 133 del mismo ordenamiento, donde se establece que gobernados y gobernantes están obligados a acatar sus preceptos. Todos estos aspectos fincan, de manera general, el estado de derecho en nuestro país.

Por todo lo anterior, la pregunta que corresponde hacer entonces, es si el ejercicio político en nuestro país, a través de su larga historia, nos ha permitido lograr operar y hacer efectivo este fundamental principio del estado de derecho, que es la división de poderes, esto es, si se ha logrado un real equilibrio y colaboración entre los Poderes del Estado. Y al tratar de dar respuesta a tal cuestionamiento, necesariamente, debemos decir que han sido los propios hechos que refiere la historia, los que han destacado la supremacía del Poder Ejecutivo sobre los demás Poderes de la Unión, toda vez que han sido diversas las reformas en las etapas históricas en México que han acrecentado las facultades formales o informales del Presidente de la República, y con ello cimentado el régimen presidencialista. Encontramos un presidencialismo adoptado por las Constituciones de 1824, la de 1917 y en las reformas de 1935, y las de 1977. También han sido muchas las atribuciones extrajurídicas que han permitido al titular del Ejecutivo invadir esferas de competencia de los otros poderes, para así ejercer un control directo, y casi absoluto, sobre la vida política, económica y social del país, violando la soberanía del pueblo.

El hecho, de que por muchas décadas, el Presidente de la República fuera jefe del partido en el poder; tuviera importancia relevante en la economía del país; controlara los medios de comunicación, etcétera, son tan sólo algunos datos que refieren atribuciones extraconstitucionales, y que como señala Jorge Carpizo, han hecho predominar el poder del Ejecutivo respecto del Legislativo y Judicial.

Actualmente, explícita e implícitamente (y esto último, lo más grave), son numerosas las facultades del Presidente de la República: atribuciones administrativas (nombramiento del Gabinete, nombramiento de diplomáticos, disposición de las Fuerzas Armadas, nombramiento del procurador general de la República, aprobación de tratados internacionales); facultades para la creación de normas (emisión de reglamentos); intervención en el procedimiento legislativo (iniciación de leyes y su publicación, y vetar proyectos aprobados por las Cámaras del Congreso); lo cual le ha permitido, en su calidad de titular de la administración pública federal, en muchas ocasiones, abusar de ellas, violando los preceptos constitucionales, sin ser sometido a juicio, en virtud de que el propio artículo 108 de ese ordenamiento restringe sólo a delitos de traición a la patria y delitos graves del orden común, como causales de enjuiciamiento al Presidente de la República.

Esto, inevitablemente se inscribe en un marco de incipiente, lenta y elemental democracia en nuestro país, toda vez, que como refiere Diego Valadés, en México sólo podemos elegir Presidente de la República, pero no podemos controlar su ejercicio, pues los otros Poderes de la Unión, Legislativo y Judicial, no han logrado avanzar de forma importante en materia de control político.

Hoy, ya no tendríamos que hablar sólo de estado de derecho, sino de estado democrático de derecho, en el que la pluralidad política, entre otros signos, debiera reforzar el control y vigilancia ciudadana hacia el poder. Hoy día, el Presidente de la República no es el jefe del partido hegemónico, como antaño, y el Poder Legislativo ahora está representado por una pluralidad partidista. Sin embargo, aún prevalecen normas constitucionales y conductas extraconstitucionales que permiten la violación del Presidente de la República a los preceptos jurídicos fundamentales, y que en la práctica limitan el eficaz ejercicio del poder supremo, es decir, transgreden el principio histórico necesario de vigilancia, control del poder por los poderes, e igualdad ante la ley.

Si consideramos lo establecido en el artículo 87 constitucional, respecto a que el Presidente de la República, al tomar posesión de su cargo, debe protestar guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanan, así como desempeñar leal y patrióticamente su cargo; formalmente se asume que él mismo debe sujetarse al principio de legalidad, de manera tal, que antes de hacer valer las disposiciones normativas a los gobernados que le otorgaron su representación, debe ser él, primeramente, quien debe asumir y respetar los principios constitucionales. A este respecto, el artículo 126 constitucional reconoce que el Presidente de la República es un servidor público; y más adelante, en el artículo 128 del mismo ordenamiento, queda establecido que todo funcionario público, sin excepción, antes de tomar posesión de su cargo, debe protestar guardar la Constitución y las leyes que de ella emanan.

En este sentido, vale apuntar que un efectivo sistema de responsabilidades de los servidores públicos es crucial para el funcionamiento de un estado de derecho, pues de aquél depende que institucionalmente se hagan valer, de forma efectiva, derechos y obligaciones de los mismos.

Este es precisamente el argumento que le da sentido a la presente iniciativa, es decir, la necesidad de hacer efectivo el estado de derecho, división de poderes, supremacía constitucional e igualdad ante la ley, y con ello representados y gobernantes, sin excepción, sean respetuosos de los instrumentos normativos, por lo que el Ejecutivo, obviamente, no debe quedar excluido o ser privilegiado. Razones éstas por las que se propone la reforma al artículo 80 constitucional, a objeto de eliminar la frase Supremo Poder Ejecutivo , en virtud de que el Supremo Poder es de la Federación, no el Ejecutivo, y además, porque la propia Constitución define a los Poderes Legislativo y Judicial, no empleando el término supremo, por lo que no debe haber diferencia de éstos con el Poder Ejecutivo. También se propone derogar el segundo párrafo del artículo 108, con el objeto de dar trato igualitario a los servidores públicos y no hacer distinciones especiales entre ellos. Asimismo, se propone una reforma al artículo 110 del mismo ordenamiento, a fin de que, en el caso que hubiere lugar, el Presidente de la República deba ser sujeto de juicio político, tal y como se estable para los restantes servidores públicos de la nación; y por último, se propone la reforma al artículo 111, con el propósito de derogar el párrafo cuarto, por resultar incongruente e innecesario con la reforma aquí planteada.

Finalmente, debemos reconocer que es necesario pugnar por una real división de poderes, que permita a cada uno ejercer autónomamente sus funciones, pero no por ello en discrepancia y discordancia, sino por el contrario, en colaboración y equilibrio, apegados invariablemente a la ley. Sólo a través de un equilibrio real podrá materializarse el control y vigilancia del pueblo hacia sus gobernantes, y sólo así podrá ejecutarse la voluntad de los ciudadanos expresada en sus normas. El equilibrio, distribución y control del poder es requisito de un Estado moderno, donde indiscutiblemente, los tres poderes del Estado juegan un papel importante. En este sentido, debemos todos fortalecerlo y solidificarlo, toda vez que el pensamiento liberal nos heredó la idea de controlar el Poder del Estado, mediante la división de poderes, así como la observancia y aplicación de las leyes para todos los actores. Por tanto, a nosotros nos corresponde darle continuidad y hacer operable dichos principios.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a la consideración de esta honorable Asamblea, la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 80, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único. Se reforma el artículo 80; se deroga el segundo párrafo del artículo 108; se reforma el primer párrafo del artículo 110; se reforma el primer párrafo y se deroga el cuarto párrafo del artículo 111, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Título Tercero Capítulo III Del Poder Ejecutivo

Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denomina ``Presidente de los Estados Unidos Mexicanos''.

Título Cuarto De las responsabilidades de los servidores públicos y patrimonial del Estado

Artículo 108. ...

Se deroga.

...

...

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, el Presidente de la República, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República, el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, los magistrados y jueces del Fuero Común del Distrito Federal, los Consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los consejeros electorales, y el secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

...

...

...

...

...

Artículo 111. Para proceder penalmente contra los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión, el Presidente de la República, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los Jefes de Departamento Administrativo, los Diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por la Comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.

...

...

Se deroga.

...

...

...

...

...

...

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Centro de Investigación para el Desarrollo A.C. (CIDAC). 2 Elías Díaz, Estado de Derecho y sociedad democrática, Madrid, Editorial Taurus, 1998. 3 Caballero, Ángel, Constitución y Realidad Constitucional, Porrúa, México 2005.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Efraín Morales Sánchez (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Muchas gracias a usted, diputado.Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.



ARTICULOS 52, 53, 54 Y 63 CONSTITUCIONALES - CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Tiene la palabra el diputado Alfredo Barba Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Alfredo Barba Hernández: Con su permiso, señor Presidente. Como diputado federal de esta LX Legislatura, integrante del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy en el Reglamento que nos rige, someto a la consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente exposición de motivos:

México vive una reconformación social, económica y política con un gran dinamismo. Las reglas del juego en materia político electoral se van modificando de acuerdo con las circunstancias vigentes.

La geografía política se ha modificado con la alternancia y la participación de nuevos partidos políticos.

La participación ciudadana en la organización de los procesos electorales es cada vez más participativa y está resuelta a seguir exigiendo que estos sean verdaderos instrumentos de la democracia, transparentes, imparciales, propiciando con ello credibilidad en los gobernados.

En una sociedad democrática como la nuestra, las instituciones se deben de renovar y los procesos electorales se deben innovar y perfeccionar, manteniéndose como la única vía legal para acceder al ejercicio del poder público.

Las demandas ciudadanas nos obligan a incorporar elementos tendientes a proponer, a analizar y discutir los procedimientos electorales que den certidumbre en las elecciones, que permitan consolidar las reformas que reflejen las preferencias electorales ciudadanas, esto en un marco de libertad y de justicia.

Los últimos procesos electorales han sido muy competidos. Las diferencias en los resultados entre los contendientes a ocupar un cargo de elección popular han sido muy estrechos, por lo que los partidos políticos impugnan sistemáticamente buscando ganar en el tribunal lo que no lograron en las urnas, derivando una gran desconfianza en el electorado.

Desde el año de 1963 se han implementado diversos sistemas para la integración de la Cámara de Diputados respecto a la conformación exclusivamente mayoritaria que predominaba hasta entonces. En ese año se instrumenta el sistema de diputados por partido, lo cual permitió la representación formal de los partidos políticos diversos en un contexto de pluralidad.

El cambio del sistema exclusivo de mayoría por un mixto no sólo permite a los partidos políticos tener representación formal, sino incide en la conformación de la Cámara de Diputados, ya que impide, por la vía de la ley, que un partido pueda por sí solo dar la mayoría calificada, supuesto que hasta hoy en día se mantiene vigente.

Es hasta 1977 que se incorpora el principio de representación proporcional mediante el sistema de las listas regionales votadas en sus circunscripciones plurinominales y el número de diputados que serán elegidos bajo esta modalidad. Trescientos diputados electos por el principio de mayoría relativa y 100 diputados electos por el principio de representación proporcional, estableciendo que el partido mayoritario no tendría acceso a estos últimos.

En 1982 se estableció el incremento de 100 a 200 el número de diputados que serían electos por el principio de representación proporcional y se otorgó al partido mayoritario la posibilidad de tener, de manera acotada, diputados por este principio.

Otra reforma importante es la que da origen a la figura jurídica de primera minoría, la cual es implementada para la Cámara de Senadores, que tiene la finalidad de que le sea asignada la senaduría de primera minoría a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que por sí mismo haya ocupado el segundo lugar en la elección, respetando el principio de partido en la representación de los estados.

En este sentido se han registrado avances significativos en algunos congresos locales por parte de las entidades federativas, como son los estados de Coahuila, Jalisco, México, Nuevo León, que cuentan con esquemas de modalidades de asignación de diputados plurinominales muy semejantes, con variables en la forma y no en el fondo.

En algunos estados tienen fórmulas algo complicadas que buscan equidad entre los participantes de un distrito y otro, pero el fondo es el mismo: que los candidatos que contendieron en la fórmula de mayoría y no alcanzaron la votación mayoritaria en sus respectivos distritos electorales, pero sí la votación más alta de sus partidos, obtengan la diputación, representando a su partido.

Esto es, hay diputados que alcanzaron votación mayoritaria, diputados plurinominales y diputados de porcentajes mayores de votación, o como los conocemos popularmente, de repechaje.

Se reforma para cambiar, pero se deben mantener vivos los principios fundamentales: tener un Congreso cada vez más representativo del pueblo y que la participación de la sociedad en la elección se vea reflejada, viendo cómo su diputado fue electo por su distrito.

Compañeras y compañeros diputados, la propuesta de esta iniciativa consiste en incorporar la figura jurídica de primera minoría aplicable a la Cámara de Senadores, en la Cámara de los Diputados. La intención de esta iniciativa es la asignación de la primera minoría a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que por sí mismo haya ocupado el segundo lugar en número de votos, con la variante que la asignación de la primera minoría será para las primeras 20 fórmulas de candidatos a diputados en cada una de las circunscripciones previamente establecidas por la ley, observando el cumplimiento por lo establecido en las fracciones I, II, III, IV y V, del artículo 54 constitucional.

En resumen, esta iniciativa pretende que esta Cámara esté integrada por 300 diputados de mayoría relativa, 100 diputados de representación proporcional y 100 diputados de primera minoría, que serían 20 diputados de cada circunscripción que hayan obtenido el segundo porcentaje de votación más alto dentro de cada una de las mismas.

Con esto tendremos una Cámara de Diputados que refleje la voluntad de los electores en las urnas, un incentivo a los partidos y sus candidatos más competitivos, un Congreso que manifieste el avance de la vida demográfica

Por lo anterior expuesto, someto a la amable consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto

Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 52, 53, párrafo segundo, 54 párrafo cuarto, quinto, y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los artículos 11, numeral 1, y se adiciona un numeral 2, recorriéndose los numerales subsecuentes, y 13, numeral 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por respeto al tiempo estipulado para la presentación de la iniciativa que presenté aquí, sólo doy la exposición de motivos y los artículos que se reformarán. Por lo que solicito al señor diputado Presidente que sea incluido en el Diario de los Debates el texto íntegro de la presente iniciativa, así como mi intervención en esta tribuna. Muchas gracias por su atención, señor Presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Alfredo Barba Hernández , del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado federal a la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adicionan los artículos 52, 53, párrafo segundo, y 54, párrafos IV y V, y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 11, numeral 1, se adiciona un numeral 2, recorriéndose los numerales subsecuentes, y 13, numeral 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El México actual vive una reconformación social, económica y política, con un gran dinamismo. Las reglas del juego en materia político-electoral se van modificando de acuerdo con las circunstancias imperantes; la geografía política ha registrado cambios con la alternancia y la incursión de nuevos partidos políticos y, desde luego, con la participación ciudadana cada vez más participativa y resuelta a seguir haciendo de los procesos electorales uno de los más importantes instrumentos de la democracia, y claro está, con instituciones fortalecidas que sean garantes de unos procesos transparentes, imparciales, propiciando con ello credibilidad en los gobernados.

Todos queremos un México más libre, más democrático y más justo. Si hay diferencias políticas, éstas son acerca de los medios y los tiempos, y por ello son legítimas. Debemos asegurar su libre expresión, para que quienes las sustentan lo hagan en igualdad de condiciones; sin ventajas, sin prejuicios ni imprudencias.

En una sociedad democrática como la nuestra, el derecho se transforma dentro del mismo derecho. Las instituciones se deben renovar y los procesos electorales se deben innovar y perfeccionar, manteniéndose como la única vía legal para acceder al ejercicio del poder público.

En los últimos años los diversos actores políticos que convergen en los procesos electorales se han preocupado y ocupado de estar al nivel de las demandas ciudadanas, por lo que han incorporado elementos tendientes a proponer, a analizar y discutir los procedimientos electorales que den certidumbre en las elecciones, que permitan consolidar las reformas que reflejen las preferencias electorales ciudadanas, esto en un marco de libertad y justicia, toda vez que en los pasados procesos electorales las diferencias en los resultados entre los contendientes a ocupar un cargo de elección popular han sido muy estrechos, generando gran desconfianza entre el electorado: primero por la carencia de credibilidad, según la percepción del votante, en la actuación de las autoridades en la materia, aún cuando existen en la ley los procedimientos que dan certidumbre y legalidad con respecto del resultado (representación por parte del propio ciudadano y de los partidos políticos en todo el proceso previo, durante y después de la jornada electoral), realizando cada quien funciones específicas; y segundo, porque no se cuenta con una cultura de legalidad por parte del ciudadano.

Desde el año de 1963 se han implantado diversos sistemas para la integración de la Cámara de Diputados, con respecto a la conformación exclusivamente mayoritaria que predominaba hasta entonces, es en ese año cuando se reforma la Constitución para instrumentar un sistema de diputados por partido, lo cuál permitió la representación formal de los partidos políticos diversos en un contexto de pluralidad, mediante un sistema emergente de partidos políticos nacionales, acotando a tener derecho a los que hubiesen tenido la mayoría en 20 o más distritos electorales.

El cambio del sistema exclusivo de mayoría por uno mixto, no sólo permite a los partidos políticos tener representación formal, sino que incide en la composición de la Cámara de Diputados, ya que impide, por la vía de la ley, que una formación política pueda por sí sola dar la mayoría calificada, supuesto que hasta hoy en día se mantiene vigente.

Es hasta 1977 que se incorpora el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales, y el número de diputados que sería elegido bajo esta modalidad, con lo que la Cámara de Diputados se conformaría por 300 diputados electos por el principio de mayoría relativa mediante el sistema de distritos uninominales, y 100 diputados por el de representación proporcional mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales, estableciendo que el partido mayoritario no tendría acceso a diputados de representación proporcional.

La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1982 estableció el incremento de 100 a 200 del número de diputados electos por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales; asimismo, se modificó el criterio de asignación de diputados de representación proporcional, otorgando al partido mayoritario la posibilidad de tener, de manera acotada, diputados por este principio.

Otra reforma, no menos trascendental, es la que da origen a la figura jurídica de primera minoría, la cual es implantada en la Cámara de Senadores, que tiene como propósito incorporar senadores de minoría; esto tiene la finalidad de que le sea asignada la senaduría de primera minoría a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que por si mismo haya ocupado el segundo lugar en la elección, respetando el principio de paridad en la representación de los estados.

En esta materia se han registrado avances significativos por parte de las entidades federativas; a saber, los estados de Coahuila, Jalisco, México y Nuevo León, que cuentan con esquemas o modalidades de asignación de diputaciones plurinominales muy semejantes, con variables de forma y no de fondo, que han incorporado la figura jurídica de porcentajes mayores de la votación válida distrital; es decir, los candidatos que contendieron en las fórmulas de mayoría y no alcanzaron la votación mayoritaria en sus respectivos distritos electorales, pero si la votación mas alta de sus partidos, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley en la materia.

Debe entregarse una lista que para tal efecto deben presentar los partidos políticos para la circunscripción plurinominal y la de porcentajes mayores de la votación válida distrital. Lo anterior conforme a las fórmulas de porcentaje específico, cociente electoral o cociente natural (denominado solamente así en el estado de Jalisco) y resto mayor.

1. Por porcentaje mínimo se entiende el de la votación total emitida;
2. Por cociente electoral o cociente natural se entiende el resultado de dividir la votación efectiva, menos los votos utilizados por efecto del porcentaje mínimo, entre el número de curules que falten por repartir.
3. Por resto mayor se entiende el remanente de votación más alto de cada partido político o coalición después de deducir la que utilizó para la asignación de diputados o el remanente más alto después de haber participado en la distribución del cociente electoral.

Para el caso de Coahuila, esta asignación se hará preferentemente entre los candidatos que contendieron en las fórmulas de mayoría y no alcanzaron la votación mayoritaria en sus respectivos distritos electorales (porcentajes mayores de votación válida distrital). Asimismo, los partidos políticos o coaliciones podrán optar por incluir en la lista de preferencias o fórmula de asignación que presenten para la asignación de diputados de representación proporcional, una fórmula que comprenda a ciudadanos que no figuren como candidatos en las fórmulas de mayoría relativa, por cada diez candidatos de mayoría registrados en igual número de distritos del estado (lista de preferencias), o presentarlas ambas en un esquema mixto.

En el estado de Jalisco se realiza la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, mediante las modalidades siguientes:

1. Lista de representación proporcional (la que para tal efecto presenten los partidos políticos de la circunscripción plurinominal).
2. Porcentajes mayores de votación válida distrital (se lleva a cabo entre los candidatos que no hubieren sido electos en la elección de diputados por el principio de mayoría relativa; en este caso, la asignación procederá de acuerdo con la lista que se elabore en forma descendente a favor de quienes hubieren obtenido el mayor porcentaje de votación válida distrital con relación a los demás candidatos de su propio partido).

Por lo que respecta al estado de México cuenta con las mismas modalidades, pero con diferente aplicación en las fórmulas de asignación, ya que se hará alternando el orden de los candidatos que aparezcan en la lista presentada por los partidos políticos y el orden de los candidatos que, no habiendo obtenido la mayoría relativa, hayan alcanzado el porcentaje más alto de votación minoritaria de su partido por distrito.

Es de señalarse que tanto en el ámbito Federal como en el local se han hecho reformas que permiten el fortalecimiento de la representación partidista en la conformación de las Cámaras.

Se reforma para cambiar, pero se deben mantener vivos los principios fundamentales. Lo que hoy es válido en la competencia por el poder público, mañana puede ya no serlo pues las circunstancias y los entornos y el propio clima político da el matiz a seguir dentro de las prácticas para contender.

La propuesta de esta iniciativa estriba en incorporar la figura jurídica de primera minoría aplicable a la Cámara de Senadores, en la Cámara de Diputados, en su primer sentido, que es orientado hacia la asignación de la primera minoría a la formula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por si mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos, con la variante de que la asignación de la primera minoría será para las primeras veinte formulas de candidatos a diputados que encabecen las listas del partido político que, por si mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en cada una de las circunscripciones previamente establecidas por la ley, observando el cumplimiento por lo establecido en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 54 constitucional.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la amable consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 52, 53, párrafo segundo, 54, párrafos IV y V, y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 11, numeral 1, se adiciona un numeral 2, recorriéndose los subsecuentes, y 13, numeral 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 52, 53, párrafo segundo, 54, párrafos IV y V, y 63, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 11, numeral 1, se adiciona un numeral 2, recorriéndose los subsecuentes, y 13, numeral 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 51. (...)

Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales; y 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales; y 100 diputados asignados a la primera minoría, electos según el principio de votación mayoritaria relativa.

Artículo 53. (...)

Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones, y para la elección de los 100 diputados asignados a la primera minoría, según el principio de votación de mayoritaria relativa, corresponderán a cada una de las circunscripciones electorales previstas por la ley, veinte diputados que hayan obtenido el porcentaje de votación más alto dentro de cada una de las mismas.

Artículo 54. Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación de listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley, y para la elección de los 100 diputados asignados a la primera minoría, electos según el principio de votación mayoritaria relativa, lo dispuesto en las fracciones l, lV y V posteriores.

I. (...) a III. (...)
lV. Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por los tres principios.
V. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por los tres principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el 8%, y
VI. (...)

Artículo 63. Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en cada una de ellas, de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes de una y otra deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes a que concurran dentro de los treinta días siguientes, con la advertencia de que si no lo hiciesen se entenderá por ese solo hecho, que no aceptan su encargo, llamándose luego a los suplentes, los que deberán presentarse en un plazo igual, y si tampoco lo hiciesen, se declarará vacante el puesto. Tanto las vacantes de diputados y senadores del Congreso de la Unión que se presenten al inicio de la legislatura, como las que ocurran durante su ejercicio, se cubrirán: la vacante de diputados y senadores del Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, la Cámara respectiva convocará a elecciones extraordinarias de conformidad con lo que dispone la fracción IV del artículo 77 de esta Constitución; la vacante de miembros de la Cámara de Diputados electos por el principio de representación proporcional, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido; la vacante de los diputados asignados a la primera minoría, electos según el principio de votación mayoritaria relativa, será cubierta por el diputado siguiente que haya obtenido el porcentaje de votación más alto dentro de la circunscripción que corresponda al o los diputados vacantes; la vacante de miembros de la Cámara de Senadores electos por el principio de representación proporcional, será cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de lista nacional, después de habérsele asignado los senadores que le hubieren correspondido; y la vacante de miembros de la Cámara de Senadores electos por el principio de primera minoría, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que para la entidad federativa de que se trate se haya registrado en segundo lugar de la lista correspondiente.

(...)

(...)

(...)

Artículo 10. (...)

Artículo 11.

1. La Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales; y 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales; y 100 diputados asignados a la primera minoría, electos según el principio de votación mayoritaria relativa.
La Cámara de Diputados se renovará en su totalidad cada tres años.
2. Para la elección de los 100 diputados asignados a la primera minoría, según el principio de votación de mayoritaria relativa, corresponderá a cada una de las circunscripciones electorales previstas por la ley, veinte diputados que hayan obtenido el porcentaje de votación más alto dentro de cada una de las mismas, sujetándose a lo dispuesto en las fracciones I, VI y V del artículo 54 Constitucional.
3. a 5. (...)

Artículo 13.

1. (...)
a) (...)
b) (...)
2. Cociente natural: es el resultado de dividir la votación nacional emitida entre los 100 diputados de representación nacional.
Transitorio

Único. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro.--- México, Distrito Federal, a 5 de septiembre de 2007.--- Diputado Alfredo Barba Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias a usted, diputado Barba Hernández, así se hará conforme a su petición.Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación.

A petición de su grupo parlamentario, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Layda Elena Sansores San Román , Juan Abad de Jesús , Alberto Esteva Salinas y Humberto López Lena. Se pospone.


VOLUMEN III


LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se le concede ahora el uso de la palabra al diputado Pablo Trejo Pérez, para presentar iniciativa que reforma los artículos 32 al 35 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por él mismo y por Gerardo Villanueva Albarrány Juan Guerra Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Pablo Trejo Pérez: Con su permiso, diputado Presidente. Los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democráticaa la LX Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

A partir de la década de los ochenta en nuestro país se sentaron las bases de un esquema de coordinación fiscal amplio y de reparto de participaciones más equitativas, toda vez que se expidió la Ley de Coordinación Fiscal, la cual modificó sustancialmente la forma de repartirlas, pues se consideró que cierta cantidad de ellas deberían distribuirse no sólo en función de donde se genera la recaudación, sino dependiendo del grado de desarrollo regional, aunado a que se estableció la colaboración administrativa entre los ámbitos de gobierno federal y local a través de la celebración de convenios.

Dentro de la nueva Ley de Coordinación Fiscal quedó regulado el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, con el objeto de evitar la doble tributación, señalar el ámbito de competencia de la federación y de las entidades federativas, así como distribuir a los estados miembros una proporción de la recaudación federal, mediante el establecimiento de convenios de adhesión.

Si bien es cierto, con el establecimiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal las entidades federativas cedieron una parte de sus facultades impositivas, también lo es el que se estableció un orden fiscal más o menos homogéneo, toda vez que ganaron mayores recursos en el otorgamiento de participaciones federales provenientes de ingresos tributarios y no tributarios, así como los obtenidos por la producción y venta del petróleo.

Es durante la década de los noventa que los procesos de descentralización de recursos destinados al combate a la pobreza inciden con mayor fuerza en la Ley de Coordinación Fiscal. En el año de 1998 se incorporan en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, y en el capítulo V de la ley de mérito, los Fondos de Aportaciones Federales del Ramo 33.

Con la incorporación de los Fondos de Aportaciones Federales, la federación transfiere recursos a las haciendas públicas de los estados, Distrito Federal, y en su caso, de los municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la Ley de Coordinación Fiscal, en los ocho fondos.

Ahora bien, dentro de los fondos que conforman el Ramo 33, el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social adquiere una especial importancia para los gobiernos locales, ya que representa una importante fuente de recursos financieros y plantea un nuevo esquema de administración de recursos y programas transferidos para la aplicación de la política social.

En cuanto al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social es de señalarse que éste se encuentra dividido en dos vertientes: la vertiente estatal (FAISE) y la municipal (FAISM). Los criterios de distribución son ponderados en una fórmula que calcula un índice global de pobreza a nivel familiar, municipal y estatal.

Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban los estados y los municipios, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema en los siguientes rubros:

En el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica educativa, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, e infraestructura productiva rural.

En el Fondo de Infraestructura Social Estatal: obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o intermunicipal.

No obstante las bondades de dicho fondo, es de destacarse que en el Distrito Federal sigue en la actualidad excluido de los Fondos de Aportaciones para la Infraestructura Social.

En este sentido la presente iniciativa tiene por objeto incorporar al Distrito Federal y a sus demarcaciones territoriales en este fondo, con el objetivo de que la población del Distrito Federal se vea beneficiada con estas aportaciones federales bajo la premisa fundamental de dedicar los recursos del fondo a obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o entre sus demarcaciones territoriales.

En este tenor es de destacarse que el Distrito Federal ha dejado de percibir por este conducto, 4 mil 250.1 millones de pesos, necesarios para la creación de infraestructura básica.

Por ello, resulta de vital importancia y de justicia social, que tanto el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales sean incluidas y beneficiadas del Fondo de Infraestructura Social. El argumento de que no es un estado y no cuenta con municipios para excluirlo de dicho fondo, no es una consideración jurídica lógica, ya que desde el año de 1977, el Distrito Federal ha sufrido una evolución en cuanto a su régimen interno.

Sobre este punto en particular, es de señalarse que el primer párrafo del artículo 122 es incompleto en su pretensión de considerar que el artículo 44 de la propia Ley Suprema, fija la naturaleza del Distrito Federal, toda vez que el propio artículo 44 no determina de manera completa la naturaleza jurídica del Distrito Federal, puesto que sólo señala que es la sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin embargo el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que el Distrito Federal es una parte integrante de la Federación, lo que significa que adquiere la categoría de entidad federativa, la cual es reconocida por los artículos 26, 73, fracción XXIX-A, entre otros, donde se abarcan igualmente a los estados y al Distrito Federal.

Con base en lo anterior, se desprende la categoría de entidad federativa del Distrito Federal, y en consecuencia se justifica la incorporación del mismo para participar en el Fondo de Infraestructura Social contenido en la Ley de Coordinación Fiscal, desde el próximo ejercicio presupuestal, a partir de la aprobación de la presente iniciativa.

A lo anterior hay que agregar que los dos requisitos de procedibilidad para participar en dicho fondo los cubre el Distrito Federal: la satisfacción de requerimientos y obligaciones financieras de las entidades y la atención a necesidades en materia de seguridad pública, por un lado; y el reparto que establecía como indicador el número de habitantes por entidad federativa, por el otro.

A mayor abundamiento, el Distrito Federal concentra más de 8 por ciento de la población nacional. Es la de mayor concentración de actividades económicas y de población, con sueldos menores a dos salarios mínimos; aunado a que la inversión pública requerida en materia de servicios, mantenimiento y expansión ha ido en aumento y va en razón directa tanto de la población flotante, como de la permanente; elementos que constituyen razones extra para fundamentar y motivar la presente iniciativa.

Conscientes que la inclusión del Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social implica cambios de fondo y forma y que es necesario que la actual participación de las entidades federativas y municipios no se vea afectada, es que se propone un cambio en los porcentajes, mismo que se incluye en la presente iniciativa.

En virtud de lo anteriormente expuesto, los suscritos sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Ya que la iniciativa ha sido publicada en la Gaceta, solicitaría al Presidente de la Mesa Directiva que sea insertada íntegramente en el Diario de los Debates. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por los diputados Pablo Trejo Pérez , Gerardo Villanueva Albarrán y Juan Guerra Ochoa, del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A partir de la década de los ochenta en nuestro país se sentaron las bases de un esquema de coordinación fiscal amplio y de reparto de participaciones más equitativas, toda vez que se expidió la Ley de Coordinación Fiscal, la cual modificó sustancialmente la forma de repartirlas pues se consideró que cierta cantidad de ellas deberían distribuirse no sólo en función de donde se generara la recaudación, sino dependiendo del grado de desarrollo regional, aunado a que se estableció la colaboración administrativa entre los ámbitos de gobierno federal y local a través de la celebración de convenios.

Dentro de la nueva Ley de Coordinación Fiscal quedó regulado el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, con el objeto de evitar la doble tributación, señalar el ámbito de competencia de la federación y de las entidades federativas, así como distribuir a los estados miembros una proporción de la recaudación federal, mediante el establecimiento de convenios de adhesión.

Si bien es cierto con el establecimiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal las entidades federativas cedieron una parte de sus facultades impositivas, también lo es que se estableció un orden fiscal más o menos homogéneo, toda vez que ganaron mayores recursos el otorgamiento de participaciones federales provenientes de ingresos tributarios y no tributarios, así como los obtenidos por la producción y venta de petróleo.

Es durante la década de los noventa que los procesos de descentralización de recursos destinados al combate a la pobreza inciden con mayor fuerza en la Ley de Coordinación Fiscal: en el año de 1998 se incorporan en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y en el capítulo V de la ley de mérito los Fondos de Aportaciones Federales del Ramo 33.

Con la incorporación de los Fondos de Aportaciones Federales, la federación transfiere recursos a las haciendas públicas de los estados, Distrito Federal, y en su caso, de los municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la Ley de Coordinación Fiscal, para los fondos siguientes:

I. Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal;
II. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;
III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social;
IV. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal;
V. Fondo de Aportaciones Múltiples.
VI. Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos;
VII. Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, y
VIII. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas.

Ahora bien, dentro de todos los fondos que conforman el Ramo 33 el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social adquiere una especial importancia para los gobiernos locales, ya que representa una importante fuente de recursos financieros y plantea un nuevo esquema de administración de recursos y programas transferidos para la aplicación de la política social.

En cuanto al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social es de señalarse que este se encuentra dividido en dos vertientes: estatal (FAISE) y municipal (FAISM), los criterios de distribución son ponderados en una fórmula que calcula un índice global de pobreza a nivel familiar, municipal y estatal.

Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban los Estados y los Municipios, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema en los siguientes rubros:

a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica educativa, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, e infraestructura productiva rural, y
b) Fondo de Infraestructura Social Estatal: obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o intermunicipal.

No obstante las bondades de dicho fondo, es de destacarse que el Distrito Federal sigue en la actualidad excluido de los Fondos de Aportaciones para la Infraestructura Social, en este sentido la presente iniciativa tiene por objeto incorporar al Distrito Federal y a sus demarcaciones territoriales en este fondo con el objeto de que la población del Distrito Federal se vea beneficiada con estas aportaciones federales bajo la premisa fundamental de dedicar los recursos del fondo a obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o entre sus demarcaciones territoriales, en este tenor es de destacarse que el Distrito Federal ha dejado de percibir por este conducto, 4 mil 250.1 millones de pesos, necesarios para la creación de infraestructura básica.

Por ello resulta de vital importancia y de justicia social, que tanto el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales sean incluidas y beneficiadas del Fondo de Infraestructura Social, el argumento de que no es un estado y no cuenta con municipios para excluirlo de dicho fondo, no es una consideración jurídica lógica, ya que desde el año de 1977 el Distrito Federal ha sufrido una evolución en cuanto a su régimen interno.

Sobre este punto en particular, es de señalarse que el primer párrafo del artículo 122 es incompleto en su pretensión de considerar que el artículo 44 de la propia Ley Suprema fija la naturaleza del Distrito Federal, toda vez que el propio artículo 44 no determina de manera completa la naturaleza jurídica del Distrito Federal, puesto que sólo señala que es la sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Distrito Federal es una parte integrante de la Federación, lo que significa que adquiere la categoría de entidad federativa, la cual es reconocida por los artículos 26, 5360 y 73, fracción XXIX-A, entre otros donde se abarcan igualmente a los estados y al Distrito Federal.

Con base en los anterior se desprende la categoría de entidad federativa del Distrito Federal y en consecuencia se justifica la incorporación del mismo para participar en el Fondo de Infraestructura Social contenido en Ley de Coordinación Fiscal, desde el próximo ejercicio fiscal a partir de la aprobación de la presente iniciativa.

A lo anterior hay que agregar que los dos requisitos de procedibilidad para participar en dicho fondo las cubre el Distrito Federal: la satisfacción de requerimientos y obligaciones financieras de las entidades y la atención a necesidades en materia de seguridad pública, por un lado; y el reparto, que establecía como indicador, al número de habitantes por entidad federativa, por el otro.

A mayor abundamiento, el Distrito Federal concentra a más del 8 por ciento de la población nacional, es la de mayor concentración de actividades económicas y de población con sueldos menores a dos salarios mínimos; aunado a que la inversión pública requerida en materia de servicios, mantenimiento y expansión ha ido en aumento y va en razón directa tanto de la población flotante, como la permanente, elementos que constituyen razones extras para fundamentar y motivar la queda suficientemente motivada la inclusión del Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones de Infraestructura Social.

Ahora bien, de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Coordinación Fiscal el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 2.5% de la recaudación federal participable, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Del total de la recaudación federal participable el 0.303% corresponderá al Fondo para la Infraestructura Social Estatal y el 2.197% al Fondo para Infraestructura Social Municipal.

Conscientes que la inclusión del Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social implica cambios de fondo y forma, y que es necesario que la actual participación a las entidades federativas y municipios no se vea afectada es que se propone un cambio en los porcentajes, los cuales se justifican en el siguiente cuadro:

El Distrito Federal como capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de los poderes federales y entidad federativa ha sido objeto de reformas constitucionales paulatinas que en los últimos 20 años han tratado de incorporar elementos de corte democrático para aminorar los reclamos ciudadanos, por ello es de elemental justicia fiscal y federalista modificar la Ley de Coordinación Fiscal e incluir al Distrito Federal y a sus demarcaciones territoriales dentro del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, ya que aunado a las razones anteriormente expuestas las reformas propuestas redituarán en beneficio directo de más de 800 mil mexicanos de muy escasos recursos, que habitan en la capital del país y que coadyuvará a mejorar su calidad de vida.

En virtud de lo anteriormente expuesto, los suscritos sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Articulo Único. Se reforman los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar de la siguiente manera:

Artículo 32. El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 2.535 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Del total de la recaudación federal participable, el 0.3072 por ciento corresponderá al Fondo para la Infraestructura Social Estatal y del Distrito Federal y el 2.2278 por ciento al Fondo para Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales.

Este fondo se enterará mensualmente en los primeros diez meses del año por partes iguales a los estados y al Distrito Federal por conducto de la federación y a los municipios y demarcaciones territoriales, a través de los estados y del Distrito Federal, respectivamente, de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que se establecen en el artículo 33 de esta ley.

Para efectos del entero a que se refiere el párrafo anterior no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta ley.

Artículo 33. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban los estados y el Distrito Federal, los municipios y demarcaciones territoriales, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema en los siguientes rubros:

a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica educativa, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, e infraestructura productiva rural, y
b) Fondo de Infraestructura Social Estatal y del Distrito Federal: obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o intermunicipal.

En caso de los municipios y de las demarcaciones territoriales, éstos podrán disponer de hasta un 2 por ciento del total de recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales que les correspondan para la realización de un programa de desarrollo institucional. Este programa será convenido entre el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, el gobierno estatal y el del Distrito Federal correspondiente y el municipio y demarcaciones territoriales de que se trate.

Adicionalmente, los estados y el Distrito Federal, y municipios y demarcaciones territoriales podrán destinar hasta el 3 por ciento de los recursos correspondientes en cada caso, para ser aplicados como gastos indirectos a las obras señaladas en el presente artículo. Respecto de dichas aportaciones, los estados y el Distrito Federal, los municipios y las demarcaciones territoriales deberán:

I. a III. ...
IV. Proporcionar a la Secretaría de Desarrollo Social la información que sobre la utilización del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social le sea requerida. En el caso de los municipios y de las demarcaciones territoriales lo harán por conducto de los estados y del Distrito Federal respectivamente.
V. ...

Artículo 34. El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, distribuirá el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social entre los estados y el Distrito Federal, considerando criterios de pobreza extrema, conforme a la siguiente fórmula y procedimientos:

I. a IV. ...
V. ...

Al sumar el valor de MCHj para todos los hogares en pobreza extrema de la entidad federativa, se obtiene la Masa Carencial de la Entidad, determinada por la siguiente fórmula:

...

En donde:

MCEk = Masa Carencial de la Entidad federativa k;
MCHjk = Masa Carencial del Hogar j en pobreza extrema en la entidad federativa k; y,
jk = Número total de hogares pobres extremos en la entidad federativa k.

Una vez determinada la Masa I Carencial de la Entidad federativa, se hace una agregación similar de todos los estados y el Distrito Federal para obtener la Masa Carencial Nacional.

Cada una de las masas carenciales de las entidades federativas se divide entre la Masa Carencial Nacional, MCN, para determinar la participación porcentual que del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social le corresponde a cada entidad federativa, como lo indica la siguiente fórmula:

...

En donde:

PEk = Participación porcentual de la Entidad k;
MCEk = Masa Carencial de la Entidad k; y
MCN = Masa Carencial Nacional.

Así, la distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se realiza en función de la proporción que corresponda a cada entidad federativa de la pobreza extrema a nivel nacional, según lo establecido.

Para efectos de la formulación anual del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, publicará, en el mes de octubre de cada año, en el Diario Oficial de la Federación, las normas establecidas para necesidades básicas (Zw) y valores para el cálculo de esta fórmula y estimará los porcentajes de participación porcentual (Pek) que se asignará a cada entidad federativa.

Artículo 35. Los estados y el Distrito Federal distribuirán entre los municipios y las demarcaciones territoriales los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales, con una fórmula igual a la señalada en el artículo anterior, que enfatice el carácter redistributivo de estas aportaciones hacia aquellos municipios y demarcaciones territoriales con mayor magnitud y profundidad de pobreza extrema. Para ello, utilizarán la información estadística más reciente de las variables de rezago social a que se refiere el artículo anterior, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. En aquellos casos en que la disponibilidad de información no permita la aplicación de la fórmula antes señalada, se utilizarán las siguientes cuatro variables sumadas y ponderadas con igual peso cada una de ellas:

a) Población ocupada del municipio o demarcación territorial que perciba menos de dos salarios mínimos respecto de la población del estado o del Distrito Federal en similar condición;
b) Población municipal o demarcación territorial de 15 años o más que no sepa leer y escribir respecto de la población del estado o del Distrito Federal en igual situación;
c) Población municipal o demarcación territorial que habite en viviendas particulares sin disponibilidad de drenaje conectado a fosa séptica o a la calle, respecto de la población estatal o del Distrito Federal sin el mismo tipo de servicio; y
d) Población municipal o demarcación territorial que habite en viviendas particulares sin disponibilidad de electricidad, entre la población del estado o del Distrito Federal en igual condición.

Con objeto de apoyar a los estados y al Distrito Federal en la aplicación de sus fórmulas, la Secretaría de Desarrollo Social publicará en el Diario Oficial de la Federación, en los primeros quince días del ejercicio fiscal de que se trate, las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal y de las demarcaciones territoriales para cada estado y el Distrito Federal.

Los estados y el Distrito Federal, con base en los lineamientos anteriores y previo convenio con la Secretaría de Desarrollo Social, calcularán las distribuciones del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales correspondientes a sus municipios y demarcaciones territoriales, debiendo publicarlas en sus respectivos órganos oficiales de difusión a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cada elemento.

Los estados y el Distrito Federal deberán entregar a sus respectivos municipios y demarcaciones territoriales los recursos que les corresponden conforme al calendario de enteros en que la federación lo haga a los estados y el Distrito Federal, en los términos del penúltimo párrafo del artículo 32 de la presente ley. Dicho calendario deberá comunicarse a los gobiernos municipales y de las demarcaciones territoriales por parte de los gobiernos estatales y del Distrito Federal publicarse por estos últimos a más tardar el día 31 de enero de cada ejercicio fiscal, en su respectivo órgano de difusión oficial.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los once días del mes de septiembre de 2007.--- Diputados: Gerardo Villanueva Albarrán , Pablo Trejo Pérez , Juan N. Guerra Ochoa (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias a usted, diputado Pablo Trejo Pérez. Así se hará conforme a su solicitud ytúrnese su iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Damos la bienvenida a los invitados del Sindicato Independencia de Aviación, y a los estudiantes del Tecnológico de México, de la delegación Iztapalapa. Bienvenidos a la Cámara de Diputados.



LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado José Luis Blanco Pajón, para presentar iniciativa de decreto que reforma el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por él mismo y por José Edmundo Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado José Luis Blanco Pajón: Con su permiso, señor Presidente. Con el permiso de mis compañeras y mis compañeros diputados.

«Iniciativa que reforma el artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Los suscritos, diputados federales José Luis Blanco Pajón y José Edmundo Ramírez Martínez , integrantes de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Poder Legislativo es una institución esencial en un sistema democrático. Existen argumentos de peso (históricos, teóricos y normativos) para que sigamos considerando el Legislativo como una institución clave de la democracia. Lamentablemente, vemos que todavía en la democracia mexicana el Poder Legislativo es débil, con un claro dominio del Ejecutivo.

En este sentido, es necesario resaltar, que si bien su debilidad tiene importantes raíces estructurales, la idea de que se trate de una tendencia permanente es inaceptable. Por ello es imperativo en reforzar el papel el valor y la importancia del Poder Legislativo, ya que de la relación entre ambos poderes se circunscribe el proceso de consolidación de la democracia mexicana.

Es importante reconocer que debido a la abrumadora presencia del partido hegemónico dentro de los órganos de representación popular, pudieron esconderse las deficiencias del diseño constitucional en materia de los poderes otorgados a cada rama de gobierno y de su relación, donde las diferencias entre la elite política podían ser procesadas de manera casi automática debido a que el Ejecutivo era reconocido como el árbitro final de toda disputa.

El arribo de la democracia electoral trajo aparejada la pluralidad y con ella se materializó por primera vez a nivel federal la aparición de un gobierno dividido. Éste, a su vez, ha sacado a flote algunas imperfecciones institucionales por lo que respecta a la relación que existe entre ambos poderes, las cuales requieren ser atendidas, en beneficio del pueblo mexicano.

Aunque los controles sobre el Ejecutivo mexicano se han ido ampliando tanto por la vía de reformas constitucionales como por la vía de la pluralidad, en los órganos de representación popular subsisten imprecisiones que deben ser corregidas.

Asimismo, no puede dejarse de lado la consideración de que la gobernabilidad pasa por el fortalecimiento del Congreso, por lo que para ser un órgano actuante capaz de asumir las responsabilidades que le toca desempeñar, debe establecerse un mecanismo legal que le permita obtener respuesta por parte del Ejecutivo a los exhortos, solicitudes y comunicados que desde cualquiera de las cámaras integrantes del Congreso de la Unión le realicen. Esto, a su vez, alentará la cooperación y construcción de consensos, disminuirá la confrontación y permitirá una mejor y equilibrada relación entre estos poderes.

Lo anterior resulta importante, ya que en estos poderes radica en buena parte la posibilidad de una fluida acción gubernamental, además de determinar, en primera instancia, la posibilidad de tener una eficacia política de gobierno o una confrontación y estancamiento institucional.

Bajo este orden de ideas, se vuelve necesario encontrar un diseño institucional que encuentre un equilibrio entre poder y control, porque tan grave es tener una presidencia despótica como una presidencia desvalida, en donde si bien el actual marco constitucional en teoría, con sus defectos, imprecisiones y aciertos, no otorga al titular del Ejecutivo facultades excesivas ni deja al Congreso sin autoridad suficiente para desempeñar las labores de legislar, es necesario que el Poder Legislativo realmente cuente con la posibilidad de controlar y supervisar al Poder Ejecutivo, en beneficio de sus representados.

La finalidad de dotar de un diseño institucional adecuado a la separación de poderes debe estar orientada a resolver los vacíos de las disposiciones institucionales, a través de reformas constitucionales y leyes secundarias, así como evitar tener una parálisis gubernamental, alentada por revanchas partidistas.

Algunos datos que es necesario ponderar para comprender la importancia del tema son la fragmentación del voto que se ha observado en los últimos procesos electorales y que, según la mayoría de las encuestas, se va a repetir en los siguientes, es decir, en el futuro la formación de mayorías sólidas en el Congreso será cada vez más escasa, por lo que ante un Poder Legislativo sin mayorías claras, los actuales instrumentos de control recíproco entre los poderes son claramente insuficientes o incluso inservibles, pues están pensados para operar bajo el sistema presidencial clásico que imperó por años en México, por lo cual resulta necesario realizar a la brevedad una reforma importante del marco legal que permita a los legisladores y al presidente llevar a cabo sus tareas, logrando a la vez que el Poder Legislativo cuente con un mecanismo que le permita obtener respuesta oportuna, ya sea en sentido negativo o positivo a los exhortos, solicitudes y comunicados realizados desde alguna de las cámaras que integran el Congreso de la Unión. Con esto se pretende complementar el proceso de ``reforma del Estado'' que se ha venido desarrollando con intensidad en los últimos años.

Desde luego, la idea misma de comprometer al Ejecutivo a dar respuesta a los exhortos y comunicados realizados desde en Congreso de la Unión requiere la participación activa de nosotros, los legisladores, de forma que constituyamos esta herramienta como un ejercicio riguroso de intercambio de información y de puntos de vista sobre determinados temas de suma importancia para la nación.

Es preciso tener claro que el siglo XXI demanda una gobernabilidad nueva, madurez, constancia y compromiso.

Por ello resulta necesario tener claro que estamos transitando, a pesar de las resistencias del Poder Ejecutivo, de un régimen presidencialista con partido hegemónico a uno presidencial y multipartidista, rigurosamente sustentado en el derecho y en los valores democráticos. Nuestra tarea es buscar la forma de hacer funcional esta realidad política, resolver el espacio de acción de cada poder del Estado, así como hacer más efectiva su responsabilidad en esta nueva circunstancia, por lo que es necesario destrabar las inercias y reticencias que complican el proceso de diálogo y acuerdo. Para ello es indispensable empezar por crear un ambiente que priorice las coincidencias.

Finalmente, podemos decir que debido a que las relaciones institucionales entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo son de gran relevancia para garantizar la gobernabilidad de todo sistema democrático, donde la gobernabilidad democrática depende en gran medida de la capacidad del sistema político para atender los reclamos y las demandas ciudadanas en un marco de recíproca limitación y equilibrio entre los poderes públicos, es que resulta necesario impulsar quee exista una relación constructiva entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar de la siguiente forma:

Artículo 5o. Las dependencias, entidades y organismos que integran la administración pública centralizada y paraestatal deberán dar respuesta debidamente motivada y fundada, en un plazo no mayor de 15 días hábiles, a las solicitudes, exhortos y comunicados que el Congreso, alguna de sus Cámaras o la Comisión Permanente les realicen.

Transitorios

Primero. Quedará sin efecto cualquier disposición que se oponga al presente ordenamiento.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputados: José Luis Blanco Pajón , José Edmundo Ramírez Martínez (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Muchas gracias, diputado.Túrnese a la Comisión de Gobernación.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se le concede ahora el uso de la palabra al diputado Francisco Sánchez Ramos, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Francisco Sánchez Ramos: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados:

«Iniciativa que reforma el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo.

El suscrito, diputado federal a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 300 del Título Sexto, ``Trabajos especiales'', Capítulo X, ``Deportistas profesionales'', de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El deporte y la práctica del ejercicio cotidiano han logrado un importante incremento de su popularidad, así como un insospechado desarrollo, tanto en el mundo como en México. Somos testigos de cómo este fenómeno alcanza su máxima expresión en los Juegos Olímpicos cada cuatro años, pero abarca también campeonatos regionales, continentales y mundiales, en un buen número de especialidades deportivas, y con una frecuencia predeterminada. Sin embargo, el deporte de alto rendimiento es sólo la parte más visible de una pirámide en cuya base millones de personas se vuelcan a la actividad física y al deporte, encontrando en él un canal de esparcimiento, recreación, salud, integración y educación.

El avance de esta incorporación masiva a la práctica deportiva trae como consecuencia la necesidad de que áreas específicas de la medicina se dirijan a la cobertura de las consecuencias que se desprendan de este ejercicio físico. Así, la medicina del deporte y, de manera particular, la fisiología del esfuerzo se va a ocupar de las manifestaciones funcionales del ser humano sometido al estrés propio de las distintas prácticas laborales, con el advenimiento del fenómeno deportivo, comenzó un impensado crecimiento en la investigación fisiológica ligada al entrenamiento y la competición. Esto consolidó la fisiología del ejercicio como ciencia básica para la comprensión de los efectos y las consecuencias del entrenamiento en el organismo humano.

Así, hoy la fisiología del ejercicio y del esfuerzo está relacionada con áreas especiales de la medicina, como la traumatología, ortopedia, cardiología, neumonología, endocrinología y nutrición pediátrica, ginecología, obstetricia, geriatría, y otro cúmulo de subciencias y subespecialidades. Y por tanto, la medicina del deporte representa una verdadera clínica médica ligada al ejercicio y al deporte, con innumerables áreas del conocimiento no practicadas por médicos, y con una rica interacción al servicio de la planificación y el desarrollo científico de la actividad deportiva, en sus manifestaciones de prevención, educación, recreación, entrenamiento y competencia.

Es fundamental que un deportista profesional o de alto rendimiento cuente con todos los elementos que le permitan un desarrollo integral y pleno a lo largo de su carrera deportiva, ya que el deporte en los actuales momentos ha avanzando cada vez más, alcanzando niveles técnicos muy elevados, lo que trae consigo entrenamientos muy intensos, donde se deben tomar en cuenta algunos factores que, por falta de tiempo y atención, se relegan, entre ellos, alimentación, descanso, distracción, entorno familiar, económico, aspecto psicológico y otros. Estos factores inciden directamente durante las prácticas, y las consecuencias son lesiones que se traducen en periodos de inactividad, que en ocasiones son cortos, pero en algunos casos pueden ser motivo de intervenciones quirúrgicas y también el final de una carrera deportiva.

De acuerdo con las estadísticas, entre 25 y 30 por ciento de los deportistas de alto rendimiento se lesionan. En un deportista de elite, entre 30 y 40 por ciento de su peso corporal corresponde a tejido muscular, y existen múltiples causas de lesión, la cual puede ser ligamentosa, muscular o articular, o bien, presentar una combinación, ya sea músculo-ligamentosa o ligamento-articular. Además, los músculos de los miembros inferiores se afectan con mayor frecuencia que los de los superiores.

Los factores por los que puede ocurrir una lesión son diversos, pero los mencionaremos a partir de dos grandes factores internos y externos; entre los primeros encontramos que están relacionados con el deportista en sí, su estado nutricional antes y durante de la práctica deportiva, así como el equilibrio adecuado de electrolitos y sales. Si existen adecuadas reservas de energía en el músculo (glucógeno), las probabilidades de lesión son menores.

En los segundos encontramos que cuando se trata de deportes de contacto suelen darse golpes entre un jugador y otro, entre un jugador y el terreno o con algún objeto propio del área de juego (marcos, barandas, paredes u otros). Los deportes de contacto que con mayor frecuencia causan lesiones son futbol, como lo conocemos en nuestro país, futbol americano, el rugby, hockey sobre hielo, y el waterpolo. Otro factor importante para prevenir una lesión es un buen calentamiento y estiramiento previo al entrenamiento.

Se ha demostrado que en los deportes de salto, carrera y rotación, el sitio más afectado son los miembros inferiores, de ellos, 90 por ciento en orden de frecuencia corresponde a contusiones, distensiones y esguinces. También se afirma que en el beisbol 48 por ciento de las lesiones es de los miembros superiores en el siguiente orden: el hombro, el codo y la muñeca, respectivamente. En los deportes de colisión, como el balompié, el rugby y el baloncesto, 63.9 por ciento de las lesiones correspondió a los tejidos blandos; de ellos, 52.8 por ciento, en el miembro inferior, con la siguiente frecuencia: rodilla 20.9 por ciento, tobillo 19 por ciento, pierna 8.9 por ciento, y otros 4 por ciento. 1

Los resultados deportivos imponen cada vez más altas exigencias del entrenamiento; por ello las lesiones deportivas por sobreúso han aumentado hasta alcanzar la incidencia más elevada en la actualidad. Uno de los factores por corregir es el enfoque utilitario de ganar a cualquier precio, y la visión de que los deportistas no son tratados como un fin en sí mismo sino, simplemente, como un medio para el triunfo.

En los deportistas profesionales y de alto rendimiento, el tiempo vale oro. No hay nada peor para un deportista que sufrir una lesión, las exigencias que imponen los calendarios de la mayoría de los deportes suelen ser mayúsculas, por ello la demanda que sufre el atleta es muy grande y las competencias extenuantes, los límites que deberían tener están ya rebasados, además de la fatiga física, los factores emocionales, psicosociales, la presión para no fracasar, y la presión mediática resulta insoportable.

Lo anterior se agudiza cuando se conoce que muchos dueños de equipos de deportes grupales no cuentan con un servicio médico especializado; en algunos casos se ha llegado al extremo de solicitar su desincorporación al seguro social, cuando como ya se ha mencionado, es importante dar el servicio específico que se adecue a los requerimientos de su profesión.

Es un hecho excepcional que un deportista no haya sufrido una lesión importante a lo largo de su carrera. Desafortunadamente, muchas veces las lesiones provocan disminución en el rendimiento o incluso obligan a una retirada temprana de la práctica deportiva, pese a que hablamos de espacios de tiempo relativamente cortos en el ejercicio profesional de los deportistas.

Por esto nos abocamos a la creación de una iniciativa que garantice a los deportistas profesionales un servicio médico especializado, acorde con sus necesidades y requerimientos de atención a sus lesiones, y más allá responsable de una cultura de la prevención y dosificación de tiempos de entrenamiento y calendarización de competencias que den como resultado la seguridad de una mejor y más larga vida profesional.

Generar condiciones adecuadas para una justa relación laboral, y la preservación de los derechos sociales es parte de nuestra tarea legislativa. Por ello someto a este honorable Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción I del artículo 300 del Título Sexto, ``Trabajos especiales'', Capítulo X, ``Deportistas profesionales'', de la Ley Federal del Trabajo

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 300 del Título Sexto, ``Trabajos especiales'', Capítulo X, ``Deportistas profesionales'', de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Capítulo X Deportistas Profesionales

Artículo 300. Son obligaciones especiales de los patrones:

I. Organizar, mantener y proporcionar servicio médico especializado para prevenir o atender las lesiones o enfermedades que se originen y desarrollen como resultado de su ejercicio profesional, debiéndose practicar reconocimientos periódicos; y
II. ...
Transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota 1 Álvarez Cambras A., Jacobo Núñez M., Marrero Riverón L., Soto del Valle A., ``Lesiones de partes blandas en atletas de alto rendimiento'', en Revista Cubana de Ortopedia y Traumatología, 2004, 18 (2).
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Francisco Sánchez Ramos (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Muchas gracias, diputado.Túrnese esta iniciativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.



LEY DE COORDINACION FISCAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se le concede ahora el uso de la palabra al diputado Edmundo Ramírez Martínez, para presentar iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por él mismo y por el diputado José Luis Blanco Pajón, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado José Edmundo Ramírez Martínez: Con su permiso, señor Presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto para modificar el artículo 3o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de proporcionar mayores recursos a las entidades del país que cuenten con población indígena y presenten alto grado de marginación, con objeto de lograr el desarrollo equitativo de la sociedad mexicana, en virtud de la siguiente

Exposición de Motivos

La disminución y erradicación de las desigualdades y la pobreza que presenta México constituyen un reto prioritario para el Estado; por ello es necesario implantar mecanismos fiscales que permitan a los sectores más vulnerables del país subsanar sus carencias y necesidades.

El Estado mexicano cuenta con un conjunto de elementos que le permiten atender a la población más vulnerable a través de mecanismos de asignación del gasto del gobierno federal. Tal es el caso de la Ley de Coordinación Fiscal, en la cual se establecen los lineamientos generales respecto de cómo el gobierno federal redistribuye los ingresos a cada una de las entidades federativas a través de las denominadas ``participaciones''.

El objetivo fundamental de la Ley de Coordinación Fiscal es redistribuir de manera equitativa el Fondo de Participaciones Federales que tiene a su cargo el gobierno federal y, con ello, subsanar las diferencias entre los estados del norte, centro y sur del país; lo anterior, en beneficio de la población que habita en dichos lugares. Sin embargo, los recursos destinados en la mayoría de los casos resultan insuficientes, ya que el grado de marginación y pobreza es muy alto.

La pobreza y la marginación se han convertido en una característica de la población que habita en la región del centro-sur de México, donde las oportunidades de desarrollo son limitadas, la infraestructura básica es insuficiente y, en muchos casos, carecen de los beneficios de los programas sociales. El problema de la pobreza lo debemos considerar un desafío importante, ya que un alto porcentaje de ésta se halla asociado con la desigualdad y la exclusión social, principalmente de los grupos indígenas.

Muestra de ello la encontramos en el informe que presentó el Banco Mundial respecto a los niveles de pobreza y marginación con que cuenta México. Señala que

• México ha logrado avances en cuanto a las capacidades humanas de la población, entre ellas, salud, nutrición y educación.
• Si bien es cierto que en el periodo de 2000-2002 la pobreza extrema se redujo, dicha disminución es efecto de la gran cantidad de remesas que los mexicanos en Estados Unidos han enviado a sus familias, las cuales se ubican primordialmente en zonas rurales.
• Es importante destacar que 44 por ciento de los indígenas se encuentra en el extremo más pobre del ingreso y sufre los mayores niveles de privación en términos de salud, educación y acceso a servicios básicos.
• En 2004, la mitad de la población en México se hallaba en algún nivel de pobreza; y una quinta parte, en pobreza extrema.

La marginación es otro de los elementos que afectan a gran cantidad de mexicanos. Podemos corroborarlo mediante los índices de marginación que elaboró el Consejo Nacional de Población para 2004. En este documento se señala que las entidades federativas del país que presentan el mayor grado de marginación son Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca y Veracruz. Además, en dichos estados se concentra el mayor número de población indígena del país.

La importancia de considerar a la población indígena del país en la fórmula de las participaciones a entidades federativas radica en que no debemos perder de vista que

• Del total de la población de México, 10.5 por ciento es indígena;
• De los 2 mil 443 municipios del país, 871 cuentan con población indígena;
• El 48 por ciento de los municipios de México cuenta con una población mayoritariamente indígena, la proporción llega a superar 70 por ciento del total de la comunidad.

En Chiapas, el porcentaje de población hablante de lengua indígena es de 24.7, en Guerrero de 13.9, en Hidalgo de 17.3, en Oaxaca de 37.2 y, finalmente, en Veracruz de 10.9 por ciento. Estos datos reflejan lo importante que resulta considerar a la población indígena y el papel que desempeña en el desarrollo de los estados en que radica.

Las entidades mencionadas tienen el enorme reto de combatir la pobreza y la marginación con recursos limitados, lo cual hace necesario adecuar la Ley de Coordinación Fiscal con objeto de incluir una variable en la fórmula del Fondo General de Participaciones, con la finalidad de que se considere la existencia de población indígena y marginada que habita en las entidades del país, con el propósito de que se les proporcione una cantidad mayor de recursos que les permitan contar con condiciones propicias para el desarrollo pleno de los grupos marginados y en situación de pobreza.

Se han realizado varias propuestas para modificar las fórmulas de participación que forman parte de la Ley de Coordinación Fiscal, ya que se considera que la distribución de las participaciones es inicua.

Los programas sociales han dado buenas cuentas; sin embargo, resultan insuficientes, ya que muchas comunidades no son beneficiarias de ellos, debido a que, por sus características, no cubren los criterios diseñados por la Secretaría de Desarrollo Social. Este caso se presenta primordialmente en las poblaciones con menos de 2 mil 500 habitantes, en las que vive la mayor parte de personas en situación de pobreza y marginación.

Los grupos sociales marginados y en pobreza requieren que se les proporcione apoyo de manera inmediata. El Estado tiene la responsabilidad de velar porque los mexicanos cuenten con oportunidades suficientes que le permitan subsanar sus diferencias económico-sociales, a fin de coadyuvar en el mejoramiento de la calidad de vida de dichos grupos.

En razón de lo anterior, se pone a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente

Decreto

Único. Se modifica el artículo 3o. de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 3o. La cantidad que a cada entidad federativa corresponda en la parte del Fondo General de Participaciones a que se refiere la fracción II del artículo 2o. de esta ley se obtendrá mediante la aplicación del coeficiente de participación que se determinará conforme a la siguiente fórmula:

Donde:

CP ii= Coeficiente de participación de la entidad i en el año para el que se efectúa el cálculo.
TB = Suma de B i
i = cada entidad federativa.
W = Indicador de población indígena que habita en la entidad.

Los impuestos asignables...

La Secretaría...

En los informes...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar las adecuaciones correspondientes al Presupuesto de Egresos del año en curso, en un plazo no mayor de sesenta días naturales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2007.--- Diputados: José Edmundo Ramírez Martínez , José Luis Blanco Pajón (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias a usted, diputado Ramírez Martínez.Túrnese su iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Neftalí Garzón Contreras, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Neftalí Garzón Contreras: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, la presente iniciativa tiene por objeto proponer a esta soberanía, una reforma constitucional que cree un organismo descentralizado, encargado de coordinar la seguridad social en México.

La seguridad social, como sabemos, vive un momento crucial, ya que los organismos detentadores del poder económico y social, en México, pretenden atesorar para su exclusivo beneficio personal hasta el último centavo de las instituciones que las operan, y el ejemplo inmediato es, ya a la entrada del quebranto del Instituto Mexicano del Seguro Social, es decir, apuestan por su involución hasta su total extinción.

Contrariamente, los trabajadores y en general el pueblo de México, desde cuya lucha histórica y sangre derramada se ha originado esta aspiración aumentando para sus integrantes la libertad y la dignidad junto con el bienestar. No obstante hoy libran una lucha, por la preservación de la seguridad social, por su expansión y su fortalecimiento.

En este sentido la llamada Ley del ISSSTE uniforma y entrelaza el funcionamiento de dos principales instituciones de seguridad social como son el IMSS y el ISSSTE, borrando diferencias legales y orgánicas artificiales, que pasan por dividir a la clase trabajadora y pretender establecer tutelas de primera y de segunda clase.

Y por esta vía va el planteamiento central de la presente iniciativa: concretizar el planteamiento ya lejano de los especialistas y los trabajadores, y acabar con duplicidades en materia de seguridad social para impulsar su fortalecimiento, eficiencia y unidad y mejoramiento personal de los trabajadores.

El Ejecutivo actúa en México por un lado y los grupos financieros por otro. Buscan precisamente justificar ante la nación el desmantelamiento de las diversas instituciones que operan la red de seguros sociales en perjuicio del pueblo de México para resolver y volver a etapas de la desprotección total de los trabajadores y sus familias conforme a los principios del llamado neoliberalismo, buscando una acumulación inconstitucional y monstruosa de la riqueza que es producto del trabajo de los mexicanos.

La mayoría de los ciudadanos que viven de su trabajo, por el contrario, luchan por preservar a estas instituciones que administran estos seguros, por un lado, y propugnan por la extensión de la seguridad social hacia la tutela de otros riesgos y en bien de toda la población necesitada de esta protección social.

Es decir, proponen continuar la lucha por la seguridad social integral o comúnmente conocida como universal. Sin embargo, para hacer realidad esta seguridad social, se hace necesario impulsar transformaciones igualmente en lo orgánico en general y en la esfera administrativa.

Desde tiempo atrás en México y en el resto del mundo, va cobrando fuerza el enfoque hacia la unidad de gestión y administración y a la simplificación de las leyes y procedimientos en materia de seguridad social. Las prestaciones de seguridad social a cargo de una pluralidad de instituciones provoca, aparte de una vasta existencia de instrumentos legales, el incremento de los gastos de operación, el rompimiento de una sola dirección actuarial para tener una visión de conjunto de las instituciones de seguridad social, entre otros aspectos.

Esta problemática llama necesariamente a un proceso de integración. El futuro de la seguridad social marcha hacia servicios nacionales, integrada a los servicios de seguridad pública, que abarca a la totalidad de la población.

Para ampliar y fortalecer los beneficios de la seguridad social se exige la coordinación de los servicios que prestan las instituciones de seguridad con los otros organismos responsables de la política social.

Es preciso instrumentar de manera unitaria y programada todos los esfuerzos que se están realizando en nuestro país para proteger a la población de los estados de necesidad para mejorar su nivel de vida. La tarea de bienestar es una sola y deben aprovecharse de manera óptima los medios de que dispone el país, evitándose duplicidades.

Lo anterior se hace indispensable toda vez que la implementación de los seguros sociales en los diversos países, y concretamente en México, se realizó sin partir de un plan general y de conjunto, con independencia unos de otros. Situación que ha provocado el surgimiento de diversas leyes y regímenes administrativos diferentes, sin responder a un sistema. Pero en la actualidad para seguir expandiendo y fortaleciendo la seguridad social es necesario dar pasos firmes para suprimir estas disparidades.

El ideal será llegar a una fusión legislativa y orgánica, lo que será central para alcanzar la seguridad social integral. Pero esto sólo será resultado de un proceso más o menos largo que es preciso iniciar impulsando medidas mínimas de coordinación entre las diversas instituciones de seguridad social en México. Es decir, la necesidad de una unificación de los seguros sociales y demás servicios sociales a cargo del gobierno, como un todo sistemático y coordinado, formando un cuerpo único para alcanzar mayores niveles de eficiencia.

Para el caso, en primera se crearía una entidad federal que coordinara a los distintos organismos de seguridad social. Dentro de esta unidad quedarían el IMSS, el ISSSTE, el ISSFAM, la Secretaría de Salud, los servicios médicos de los gobiernos estatales y municipales, las prestaciones de seguridad social otorgadas por la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos, Compañía Mexicana de Luz y Fuerza, programas sociales como Solidaridad, Progresa y Oportunidades, banca de desarrollo, Infonavit y demás organismos públicos de vivienda, 30 organismos estatales de seguridad social y las demás instituciones en la materia que en lo futuro se deberían integrar.

La coordinación se realizaría en el marco de la Ley General de Seguridad Social que deberá expedirse. De esta manera, además de reducir costos, se romperían las inequidades entre las personas que viven de su trabajo, permitiéndose abarcar sectores cada vez más amplios de la sociedad, abriéndose brecha ---insisto--- hacia la seguridad social universal. Por ello proponemos sólo una ley general, para que las instituciones y las entidades puedan avanzar en esta aspiración de los mexicanos.

En suma, sin renunciar a una futura fusión legal y orgánica, lo que en esta iniciativa proponemos es llegar por el momento a una indispensable coordinación efectiva y eficiente entre todas las instituciones de seguridad social en el país, con base en la convergencia en materias de planificación, integración y control, por lo que no se busca que el Estado absorba estas funciones en una sola entidad.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la adición de un segundo párrafo a la fracción IX del artículo 73 constitucional, en los siguientes términos:

Artículo 73 constitucional, fracción IX. Para expedir una Ley General de Seguridad Social. Constituyendo en el marco de la misma un organismo público descentralizado con personalidad y patrimonio propios, encargado de coordinar la seguridad social.

Pido respetuosamente a la Presidencia que permita inscribir el texto íntegro en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Neftalí Garzón Contreras , del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que le concede el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 62, 63 y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción IX del artículo 73 Constitucional, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene por objeto que a nivel constitucional se cree un organismo descentralizado encargado de coordinar la seguridad social en México.

La seguridad social vive un momento crucial, ya que los detentadores del poder económico y social en México pretenden atesorar para su exclusivo beneficio personal hasta el último centavo de las instituciones que la operaran. Es decir, apuestan por su involución hasta su total extinción. Contrariamente, el pueblo trabajador, en general el pueblo de México de cuya lucha y sangre la seguridad social se ha originado aumentando para sus integrantes la libertad, dignificación, bienestar y poder, no sólo luchan por la preservación de la seguridad social sino por su expansión y fortalecimiento.

En este sentido, la llamada nueva Ley del ISSSTE, uniforma y entrelaza el funcionamiento de las dos principales instituciones de seguridad social en el México como lo son el IMSS e ISSSTE, borrando diferencias legales y orgánicas artificiales, que pasa por dividir a la clase trabajadora y pretender establecer tutelas de primera y de segunda.

Por esta vía va el planteamiento central de la presente iniciativa, concretar el planteamiento ya lejano de los especialistas y los trabajadores, de acabar con duplicidades en materia de seguridad social, para impulsar su fortalecimiento, eficiencia y unidad de la clase trabajadora.

Argumentos que dan base a nuestra iniciativa.

Si vamos a sus orígenes, la seguridad social, como construcción jurídico-histórica ha sido la respuesta a la inseguridad en la que por naturaleza vive el ser humano, agravada por fenómenos sociales como las guerras, la Revolución Industrial y la aplicación de los principios del liberalismo económico. Esto provocó que las personas que vivían de su trabajo estuvieran expuestas a riesgos que hacían peligrar de manera permanente su subsistencia económica y su integridad física. Situación injusta que reducía a los trabajadores a un simple artículo desechable en manos del capital, a un objeto, a una nueva versión de la esclavitud. Los obreros comenzaron su organización y lucha, lo que fue arrancando en su favor derechos mínimos en materia de jornada, salario, seguridad e higiene.

Igualmente como una ampliación de lo laboral, comenzaron a establecerse por los Estados a nivel internacional diversos seguros sociales que fueron tutelando a las personas que vivían de su esfuerzo frente a los riesgos derivados del desempeño de su trabajo, su salud, estados de retiro por edad e invalidez.

Otras personas que igualmente se sostenían con base en su esfuerzo sin estar sujetos a una relación laboral, fueron y se han ido integrándose a los beneficios de estos seguros sociales bajo diversas modalidades.

En estos momentos en México, por un lado, los grupos que detentan el poder, político y financiero, buscan el desmantelamiento de las distintas instituciones que operan la red de seguros sociales en beneficio del pueblo de México, para volver a etapas de desprotección total de los trabajadores y sus familias conforme a los principios del llamado neoliberalismo, buscando una acumulación inconstitucional y monstruosa de la riqueza.

Por otro, la mayoría del pueblo de México que vive de su trabajo, por el contrario, lucha por preservar a las instituciones que administran estos seguros, y propugna por la extensión de la seguridad social hacia la tutela de otros riesgos y en bien de toda la población necesitada de esta protección. Es decir, propone continuar la lucha hacia la llamada seguridad social integral.

Sin embargo, para hacer realidad esta seguridad social integral, se hace necesario impulsar transformaciones igualmente en lo orgánico, en general en la esfera administrativa.

Desde tiempo atrás, en México y en el resto del mundo, va cobrando fuerza el enfoque hacia la unidad de gestión y administración y a la simplificación de leyes y procedimientos en materia de seguridad social. Las prestaciones de seguridad social a cargo de una pluralidad de instituciones provoca aparte de una basta existencia de instrumentos legales, el incremento de los gastos de operación, el rompimiento de una sola dirección actuarial para tener una visión de conjunto de las instituciones de seguridad social, entre otros. Esta problemática llama necesariamente a un proceso de integración. El futuro de la seguridad social marcha hacia servicios nacionales, integrada a los servicios de salud pública que abarque a la totalidad de la población.

Para ampliar y fortalecer los beneficios de la seguridad social, se exige la coordinación de los servicios que prestan las instituciones de seguridad social con los otros organismos responsables de la política social. Es preciso instrumentar de manera unitaria y programada todos los esfuerzos que se están realizando en nuestro país para proteger a la población de los estados de necesidad, para mejorar su nivel de vida. La tarea de bienestar es una sola y deben aprovecharse de manera óptima los medios de que dispone el país, evitándose duplicidades.

Lo anterior se hace indispensable, toda vez que la implantación de los seguros sociales en los diversos países y, concretamente en México, se realizó sin partir de un plan general y de conjunto, con independencia unos de otros. Situación que ha provocado el surgimiento de diversas leyes y regímenes administrativos diferentes, sin responder a un sistema. Pero en la actualidad para seguir expandiendo y fortaleciendo a la seguridad social es necesario dar pasos firmes para suprimir estas disparidades.

Lo ideal será llegar a una fusión legislativa y orgánica, lo que será central para alcanzar la seguridad social integral. Pero esto sólo será resultado de un proceso más o menos largo, que es preciso iniciar impulsando medidas mínimas de coordinación entre las diversas instituciones de seguridad social en México. Es decir, la necesidad de esta unificación de los seguros sociales y demás servicios sociales a cargo del gobierno, como un todo sistemático y coordinado, formando un cuerpo único, para alcanzar mayores niveles de eficacia.

Para el caso, en primera se crearía una entidad federal que coordinará a los distintos organismos de seguros y servicios sociales, sin que en una primera etapa pierdan su propio carácter jurídico, con el tiempo se unificaría la legislación y se fusionarían algunas de estas instituciones. Para ser más precisos, se llegaría a un solo órgano estatal encargado de dictar las normas, ejercer el mando general y control, pero sin llegarse a una estructura centralizada directa que obstaculice la atención al público.

Dentro de esta unidad quedarían el IMSS, el ISSSTE, ISSFAM, la Secretaría de Salud, los servicios médicos de los gobiernos estatales y municipales, las prestaciones de seguridad social otorgados por la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos, Compañía Mexicana de Luz y Fuerza, programas sociales como solidaridad, progresa y oportunidades, banca de desarrollo, Infonavit y demás organismos públicos de vivienda, 30 organismos estatales de seguridad social y, las demás instituciones en la materia que en lo futuro se integren. La coordinación se realizaría en el marco de la Ley General de Seguridad Social que deberá expedirse. De esta manera además de reducir costos, se romperían inequidades entre las personas que viven de su trabajo, permitiéndose abarcar sectores cada vez más amplios de la sociedad, abriéndose brecha, insisto, hacia la seguridad social integral. Proponemos sólo una Ley General, para que las entidades federativas puedan converger con la federación en la tarea de legislar en materia de seguridad social.

Con esto se volverá al espíritu que inspiró al artículo 123 Constitucional, igualmente al Plan Beveridge, que señalaba que la seguridad social debía ser única y con un solo órgano director ``sin repartir obligaciones que diluyen la responsabilidad y dificulten la demanda de las prestaciones y su cumplimiento''.

Esta coordinación además permitirá que se acabe con divisiones artificiales entre la clase trabajadora, impulsando una mayor conciencia de unidad entre sus integrantes, y, accediendo a iguales servicios y prestaciones.

En suma, sin renunciar a una futura fusión legal y orgánica, lo que en esta iniciativa proponemos es llegar por el momento a una indispensable coordinación efectiva y eficiente entre todas las instituciones de seguridad social en el país, en base a convergencias en materias de planificación, integración y control, por lo que no se busca que el Estado absorba estas funciones en una sola entidad.

Por todo lo expuesto y fundado someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la adición de un segundo párrafo a la fracción IX del artículo 73 constitucional, en los siguientes términos:

Artículo 73 constitucional. Fracción IX. Para expedir una Ley General de Seguridad Social. Constituyendo en el marco de la misma un organismo público descentralizado con personalidad y patrimonio propios encargado de coordinar la seguridad social en el país;

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Neftalí Garzón Contreras (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Así se hará, diputado, conforme a su solicitud, yse turna su iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.



ARTICULO 74 CONSTITUCIONAL - LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA - LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se concede ahora el uso de la palabra al diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Desarrollo Social.

El diputado Víctor Gabriel Varela López: Con su venia, diputado Presidente. Nuestro grupo parlamentario asume la evaluación como un mecanismo público, independiente, multidisciplinario, cuyo objeto fundamental es conocer el impacto y los resultados de los programas y las acciones que implanta la administración pública federal, y con ello adoptar medidas orientadas a corregir, fortalecer o cancelar dichos instrumentos.

Esta tarea, para que sea efectiva y útil, no puede quedar en el ámbito exclusivo de atribuciones del Ejecutivo, no debe estar a la discreción normativa y operativa de los propios ejecutores de los programas y a la realización de ejercicios autoevaluatorios complacientes y parciales. Esto no ayuda a la transparencia, o a la efectiva rendición de cuentas, o a la eficiencia de las políticas públicas.

Como sabemos, el Ejecutivo federal envió al Congreso de la Unión un paquete de iniciativas de reformas a diversas disposiciones legales en materia de evaluación de las políticas públicas que significan un serio retroceso en la materia.

Con esas iniciativas, el órgano descentralizado con autonomía técnica, funcional y presupuestal que actualmente establece la Ley General de Desarrollo Social queda absolutamente desnaturalizado y sujeto al control absoluto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Se establece la autoevaluación por parte de las dependencias ejecutoras como regla general y se deja como una excepción la evaluación independiente. Se deja en manos de las dependencias y entidades el control de procesos normativos fundamentales de la evaluación, y con ello se transforman en juez y parte. Se elimina la autonomía del órgano responsable de la evaluación y se coloca en situación de minoría absoluta a los consejeros académicos en el órgano de consejo del nuevo gobierno.

Se transfiere al ámbito de responsabilidades del Ejecutivo el nombramiento de los consejeros. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Secretaría de la Función Pública para tutelar, supervisar, autorizar y, por supuesto, censurar las acciones del consejo. Y se le conceden poderes absolutos al presidente del organismo para suplir las facultades de un órgano colegiado.

Se diluye la autoridad del consejo en materia de medición de pobreza, y con esto el propósito establecido en la Ley General de Desarrollo Social de establecer un mecanismo legal, público y transparente, objetivo y auditable, además de obligatorio para las dependencias y entidades de la administración pública federal, para medir la evolución de la pobreza en México, y con ello acabar con la autocomplacencia y generar una base única en la planeación y concertación de las acciones del Estado orientadas a combatir los rezagos estructurales de millones de mexicanos.

Es evidente que la propuesta legislativa del Ejecutivo se encuentra orientada a darle soporte jurídico a un sistema de evaluación de desempeño rechazado por la Cámara de Diputados y con cuestionamientos en torno a su legalidad.

En contravención de disposiciones expresas de la ley, se genera un sistema de autoevaluación a cargo de las dependencias ejecutoras de la política y los programas, quienes serán responsables tanto de la elaboración y emisión de normas, como de la contratación de las evaluaciones y el seguimiento de sus resultados.

Por ello presentamos esta iniciativa, mediante la cual le damos expresión jurídica y operacional a la facultad que tiene la Cámara de Diputados para monitorear y evaluar las actividades de la administración pública federal, derivada del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, facultándola expresamente para evaluar los programas, los proyectos y las acciones a cargo del Ejecutivo federal.

Con esto mantenemos la facultad que tiene la Auditoría Superior de la Federación para realizar auditorías de desempeño y emitir recomendaciones vinculatorias sobre el diseño, operación, resultados, impacto y calidad de las políticas públicas del Ejecutivo federal. Y por el otro avanzamos en la creación de un diseño institucional que permita el cabal cumplimiento de las atribuciones que tiene la Cámara de Diputados en materia de evaluación, seguimiento y monitoreo, de las políticas públicas.

Asimismo, proponemos adecuaciones legales para garantizar que la evaluación que hace el Ejecutivo, a través del Coneval o de los ejecutores de programas, sea independiente y autónoma.

En consecuencia, con estos principios se propone reformar disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para establecer en forma clara y explícita las facultades normativas y operacionales de la Cámara de Diputados en materia de evaluación; las obligaciones del Ejecutivo en la materia; los mecanismos de coordinación entre este órgano y otros entes evaluadores; las cualidades de las evaluaciones y la transparencia y publicidad de las mismas.

En este sentido, se proponen modificaciones a la Ley Orgánica del Congreso General para crear el Centro de Evaluación de las Políticas Públicas de la Cámara de Diputados, como un órgano especializado con autonomía técnica y funcional que tendrá a cargo la evaluación de las políticas públicas, a cargo de la administración pública federal.

Dicho centro será dirigido por un órgano colegiado integrado por expertos en la materia, electos por el voto de las dos terceras partes del pleno de la Cámara de Diputados.

En ese sentido, se establece un mecanismo de coordinación entre las comisiones legislativas y el Centro, para determinar el programa anual de evaluación y elaborar los instrumentos necesarios para su evaluación.

Por último, se proponen adecuaciones legales para garantizar la autonomía e independencia del órgano evaluador de la política de desarrollo social dependiente del Poder Ejecutivo.

Se le otorga claramente un carácter colegiado. Se elimina la indebida intromisión de las dependencias y entidades en las determinaciones sustantivas y operacionales de este órgano. Se le otorga un trato excepcional respecto a la Ley Federal de Entidades Paraestatales, para garantizarle autonomía necesaria en el desarrollo de sus funciones y se define el estatus jurídico de sus consejeros.

Con estas reformas creamos un sistema de evaluación del Poder Legislativo, que respeta y fortalece al órgano evaluador existente, avance en la objetividad, transparencia, independencia y rigor técnico de la evaluación de las políticas públicas.

Por lo antes expuesto, se somete a consideración la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Desarrollo Social.

Por razones de tiempo, solicito a la Presidencia que incluya íntegramente el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y turne para su análisis y dictamen a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Desarrollo Social, de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para que sea considerada en el proceso de dictamen del paquete de iniciativas referidas al tema de la evaluación de las políticas públicas. Es cuanto, diputado Presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de De-sarrollo Social, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López , del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, legisladores federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que confieren la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos al Pleno de la honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Desarrollo Social, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El Ejecutivo federal envió al Congreso de la Unión un paquete de iniciativas de reformas de diversas disposiciones legales en materia de evaluación de las políticas públicas, que son inaceptables para nuestro grupo parlamentario, toda vez que significan un serio retroceso en la materia.

Con estas iniciativas, el órgano descentralizado, con autonomía técnica, funcional y presupuestal que actualmente establece la Ley General de Desarrollo Social queda absolutamente desnaturalizado y sujeto al control absoluto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Se establece la autoevaluación (por parte de las dependencias ejecutoras de los programas) como regla general y se deja como una excepción la evaluación independiente.

Se deja en manos de las dependencias y las entidades el control de procesos normativos fundamentales de la evaluación y con ello se transforman en juez y parte.

Se elimina la autonomía del órgano responsable de la evaluación y se coloca en situación de minoría absoluta a los consejeros académicos en el órgano de gobierno del nuevo consejo; se transfiere al ámbito de responsabilidades del Ejecutivo el nombramiento de los consejeros.

Se faculta a las SHCP y a la SFP para tutelar, supervisar, autorizar y, por supuesto, censurar las acciones del consejo y se conceden poderes absolutos al presidente del organismo para ejercer las facultades de un órgano colegiado.

Se diluye la autoridad del consejo en materia de medición de la pobreza y, con esto, el propósito establecido en la Ley General de Desarrollo Social de establecer un mecanismo legal, público, transparente, objetivo, auditable y obligatorio para las dependencias y entidades de la administración pública federal para medir la evolución de la pobreza en México y con ello acabar con autocomplacencia y generar una base única para la planeación y concertación de las acciones del Estado orientadas a combatir los rezagos estructurales de millones de mexicanos.

Se pierde rigor técnico, ya que al más puro estilo neoliberal, se pretende generar un nuevo mercado, al flexibilizar los requisitos que deberán reunir los evaluadores independientes y abrir prácticamente a cualquier persona la posibilidad de realizar evaluación de los programas federales.

Es evidente que esta la propuesta legislativa del Ejecutivo, se encuentra orientada a darle soporte jurídico a un sistema de evaluación de desempeño, rechazado por la Cámara de Diputados y con serios cuestionamientos en torno a su legalidad.

Dicho sistema, basado en los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal, contradice de forma clara y explícita la ley, ya que ahora no sólo le conceden a las dependencias y entidades de la administración pública federal indebidamente facultades para autoevaluarse, también dejan en manos de ellas y de la SHCP y de la SFP un conjunto de atribuciones normativas, que corresponden al ``Consejo Nacional en su carácter de órgano normativo y coordinador de la evaluación de la política de desarrollo social''.

En contraposición con disposiciones expresas de la ley, se genera un sistema de autoevaluación a cargo de las dependencias ejecutoras de las políticas y los programas, quienes serán responsables tanto de la elaboración y emisión de normas como de la contratación de las evaluaciones y seguimiento de sus resultados.

En contraste con esta postura del Ejecutivo, asumimos la evaluación como un mecanismo público, independiente, multidisciplinario cuyo objeto fundamental es conocer el impacto y resultados de los programas y acciones del Ejecutivo federal.

Para que este ejercicio trascienda el ámbito académico, debe tener expresiones concretas en los aspectos normativos y presupuestales orientados a corregir, fortalecer o cancelar de dichos programas. Es decir, los resultados y recomendaciones de las evaluaciones deben tener impacto específico en las normas de operación y en los presupuestos de las políticas públicas evaluadas.

También es preciso señalar que un atributo que por sí mismo define la calidad de la evaluación, es justamente la independencia del evaluador respecto al evaluado, toda vez que no es posible confiar en los ejercicios autoevaluatorios, o surgidos de procesos donde el ejecutor contrata, paga y controla a quien habrá de observarlo.

Por otra parte, es necesario fortalecer la autonomía del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, toda vez que nació muerto y sujeto a la voluntad de la secretaría. El decreto por el que se regula 1 diluyó la autonomía técnica y funcional que la ley le otorga; impuso límites fundamentales al ejercicio de funciones legales; instauró la autoevaluación como regla; cercenó su autoridad en materia de medición de la pobreza; desnaturalizó su carácter colegiado y dejó sin atribuciones específicas a los consejeros académicos y en su lugar reforzó al secretario ejecutivo como autoridad máxima y única del organismo.

Por ello presentamos esta iniciativa, mediante la cual damos expresión jurídica y operacional a la facultad que tiene la Cámara de Diputados para monitorear y evaluar las actividades de la administración pública federal derivada del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, facultándola expresamente para evaluar los programas, proyectos y acciones a cargo del Ejecutivo federal.

Con esto mantenemos la facultad que tiene la ASF para realizar auditorías de desempeño y emitir recomendaciones vinculatorias sobre el diseño, operación, resultados, impacto y calidad de las políticas públicas del ejecutivo federal y, por el otro, avanzamos en la creación de un diseño institucional que permita el cabal cumplimiento de las atribuciones que tiene la Cámara de Diputados en materia de evaluación, seguimiento y monitoreo de las políticas públicas.

Asimismo, proponemos adecuaciones legales para garantizar que la evaluación que hace el ejecutivo --a través del Coneval o de los ejecutores de los programas-- sea independiente y autónoma.

En consecuencia con estos principios, se propone reformar diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para establecer de forma clara y explícita las facultades normativas y operacionales de la Cámara de Diputados en materia de evaluación; las obligaciones del Ejecutivo en la materia, los mecanismos de coordinación entre este órgano legislativo y otros entes evaluadores; las cualidades de las evaluaciones y la transparencia y publicidad de éstas.

En este sentido se proponen modificaciones de la Ley Orgánica del Congreso General para crear el centro de evaluación de las políticas públicas de la Cámara de Diputados como un órgano especializado, con autonomía técnica y funcional, que tendrá a cargo la evaluación de las políticas públicas a cargo de la administración pública federal.

Dicho centro será dirigido por un órgano colegiado integrado por expertos en la materia electos con el voto de las dos terceras partes del Pleno de la Cámara de Diputados.

En sentido, se establece un mecanismo de coordinación entre las comisiones legislativas y el centro para determinar el programa anual de evaluación y elaborar los instrumentos necesarios para la evaluación.

Por último, se proponen adecuaciones legales para garantizar la autonomía e independencia del órgano evaluador de la política de desarrollo social dependiente del Poder Ejecutivo; se le otorga claramente un carácter colegiado; se elimina la indebida intromisión de las dependencias y entidades en las determinaciones sustantivas y operacionales de este órgano; se le otorga un trato excepcional con respecto a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para garantizar autonomía necesaria para el desarrollo de sus funciones y se define el estatus jurídico de los consejeros.

Con estas reformas creamos un sistema de evaluación del Poder Legislativo, que respeta y fortalece el órgano evaluador existente, avanza en la objetividad, transparencia, independencia y rigor técnico de la evaluación de las políticas públicas.

Por lo antes expuesto y fundado, se somete a consideración la iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Desarrollo Social

Artículo Primero. Se reforma la fracción III del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

I. y II. ...
III. Evaluar los programas, proyectos y acciones a cargo del Ejecutivo federal;
IV. a VIII. ...

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 6, se reforman las fracciones III y IX y adiciona un párrafo a la fracción VIII del artículo 25, y se reforman y adicionan los artículos 78, 110 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 6. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, estará a cargo de la programación y presupuestación del gasto público federal correspondiente a las dependencias y entidades. El control y la evaluación de dicho gasto corresponderán a la Cámara de Diputados, la Secretaría, a la Función Pública y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social , en el ámbito de sus respectivas atribuciones. Asimismo, la Función Pública inspeccionará y vigilará el cumplimiento de las disposiciones de esta ley y de las que de ella emanen, respecto de dicho gasto.

...

Artículo 25. La programación y presupuestación anual del gasto público, se realizará con apoyo en los anteproyectos que elaboren las dependencias y entidades para cada ejercicio fiscal, y con base en

I. y II. ...
III. La evaluación de los avances logrados en el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales con base en los lineamientos, criterios e indicadores que para el efecto emita la Cámara de Diputados y el Sistema de Evaluación del Desempeño, las metas y avances físicos y financieros del ejercicio fiscal anterior y los pretendidos para el ejercicio siguiente;
IV. a VI. ...

Artículo 42. La aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos se sujetará al siguiente procedimiento:

I. a VII. ...
VIII. ...

Asimismo, emitirá los lineamientos, criterios e indicadores para la evaluación de las políticas públicas a cargo de las entidades y dependencias de la administración pública federal.

VIII. ...
IX. ...
En este proceso, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas y el Centro de Evaluación de las Políticas Públicas de la Cámara de Diputados apoyarán técnicamente las funciones de la misma, en materia de la elaboración, aprobación, seguimiento y evaluación de la Ley de Ingresos como del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 78. El Centro de Evaluación de las Políticas Públicas de la Cámara de Diputados y el Consejo Nacional de Evaluación de Política de Desarrollo Social, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar una evaluación de resultados de los programas a cargo de la administración pública federal, por sí mismos o través de instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los programas.

...

Las dependencias y entidades deberán reportar el resultado de los ejercicios internos de evaluación en los informes trimestrales que correspondan.

Artículo 110. La Secretaría realizará bimestralmente la evaluación económica de los ingresos y egresos en función de los calendarios de presupuesto de las dependencias y entidades. Las metas de los programas aprobados serán analizadas y evaluadas por la Función Pública, la Cámara de Diputados a través de su órgano especializado en evaluación de las políticas públicas y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en el ámbito de su competencia, con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño, para identificar la eficiencia, economía, eficacia, y la calidad en la administración pública federal y el impacto social del ejercicio del gasto público, así como aplicar las medidas conducentes. Igual obligación y para los mismos fines tendrán las dependencias respecto de sus entidades coordinadas.

El Sistema de Evaluación del Desempeño a que se refiere el párrafo anterior será obligatorio para los ejecutores de gasto, quienes llevarán a cabo las acciones procedentes para mejorar sus resultados, con base en las recomendaciones que se desprendan de las evaluaciones. Dicho sistema incorporará indicadores para evaluar los resultados, enfatizando en la calidad de los bienes y servicios públicos, la satisfacción del ciudadano y el cumplimiento de los criterios establecidos en el párrafo segundo del artículo 1 de esta ley. La Cámara de Diputados y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social emitirán las disposiciones para la concertación, aplicación y evaluación de los referidos indicadores en las dependencias y entidades. Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos emitirán sus respectivas disposiciones por conducto de sus unidades de administración.

Los indicadores del sistema de evaluación del desempeño deberán formar parte del Presupuesto de Egresos e incorporar sus resultados en la Cuenta Pública, explicando en forma detallada las causas de las variaciones y su correspondiente efecto económico.

Los resultados a los que se refiere este artículo deberán ser considerados para efectos de la programación, presupuestación y ejercicio de los recursos.

Artículo 111. La evaluación del desempeño se realizará a través de la verificación del grado de cumplimiento de objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales.

Los resultados de las evaluaciones realizadas por órganos distintos de la Cámara de Diputados serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y enviados a la Cámara de Diputados en el informe trimestral que corresponda, para el análisis respectivo de las comisiones ordinarias de dicha Cámara.

Las dependencias y entidades deberán incluir en sus respectivas páginas electrónicas de Internet, la información sobre sus objetivos, metas e indicadores, así como las evaluaciones efectuadas y sus resultados. La Secretaría, la Función Pública y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberán publicar en sus respectivas páginas electrónicas de Internet la información relativa al sistema de evaluación del desempeño y dicho Consejo deberá presentar, adicionalmente, la información sobre las evaluaciones y sus resultados de manera accesible para la sociedad.

Las instancias públicas de evaluación distintas de la Cámara de Diputados y del Consejo Nacional de Evaluación de la Política Pública de Desarrollo Social deberán observar lo dispuesto en este artículo y deberán coordinarse con dicho Consejo en sus actividades de evaluación.

Artículo Tercero. Se adiciona un párrafo segundo al numeral 4 del artículo 45 y 3 del artículo 49; y se adicionan los artículos 55 Bis 1, 55 Bis 2 y 55 Bis 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 45.

1. a 3. ...

4. ...

También aprobarán y remitirán al Centro de Evaluación de las Políticas Públicas, las propuestas para incorporar en los linimientos para la evaluación de los programas de su competencia y una relación programas que prioritariamente deban ser incorporados al programa anual de evaluaciones. Igualmente, darán seguimiento a los resultados y recomendaciones de las evaluaciones y propondrán los ajustes presupuestarios a que haya lugar con base en dichos estudios.

5. a 7. ...

Artículo 49. ...

1. y 2. ...

3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los Centros de Estudios de las Finanzas Públicas; de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias; de Estudios Sociales y de Opinión Pública; de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria; de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; y de Evaluación de las Políticas Públicas.

Artículo 55 Bis. La Cámara contará con un Centro de Evaluación de las políticas públicas, que tendrá a su cargo la evaluación de las políticas públicas a cargo de la administración pública federal, los programas y proyectos correspondientes y las instituciones encargadas de llevarlos a cabo.

Dicho órgano contará con autonomía técnica y funcional para el desarrollo de sus funciones.

Artículo 55 Bis 1. El Centro de Evaluación de las Políticas Públicas contará con un órgano de dirección, integrado por cinco expertos en la materia, por acuerdo de las dos terceras partes del pleno de la Cámara de Diputados.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos será la responsable de emitir una convocatoria pública para selección de las personas referidas en el párrafo anterior y de presentar un dictamen ante el Pleno.

Artículo 55 Bis 2. El Centro de Evaluación de las Políticas Públicas tendrá las siguientes atribuciones:

I. Elaborar y someter a consideración del Pleno, a través de la Junta de Coordinación Política, los criterios, lineamientos, indicadores y disposiciones para la evaluación de las políticas públicas;
II. Elaborar y someter a consideración del Pleno, con opinión de las comisiones, el programa anual de evaluaciones;
III. Revisar periódicamente el cumplimiento del objetivo de las políticas públicas, los programas y proyectos correspondientes y el desempeño de las instituciones encargadas de llevarlos a cabo;
IV. Proponer al pleno de la Cámara de Diputados los indicadores estratégicos y de gestión, por parte de las dependencias y entidades, y aplicarlos para medir la cobertura, calidad e impacto de los programas y acciones y verificar que dichos indicadores reflejen el cumplimiento de sus objetivos y metas;
V. Establecer criterios y lineamientos para las metodologías de evaluación;
VI. Definir los requisitos que deberán cumplir los evaluadores independientes, de conformidad con las disposiciones aplicables y emitir las convocatorias correspondientes;
VII. Convocar y designar a los evaluadores independientes, con base en mecanismos públicos y auditables;
VIII. Solicitar a quienes sean sujetos de las evaluaciones, la información necesaria para este fin;
IX. Con base en las evaluaciones entregar recomendaciones las comisiones legislativas;
X. Publicar en el Diario Oficial de la Federación los resultados de las evaluaciones y en su página de Internet tanto los resultados como toda la información referida a las evaluaciones que realice por sí mismo o través de organismos independientes, incluyendo los aspectos metodológicos, presupuesta les y contractuales;
XI. Coordinarse con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, con las dependencias y entidades y, en su caso, proponer la celebración de acuerdos con las autoridades de las entidades federativas y los municipios para el cumplimiento de sus fines;
XII. Las demás que se establezcan en las disposiciones legales aplicables;

Artículo Cuarto. Se deroga la fracción IX del artículo 43 y se reforman los artículos 81, 82, 83, 84 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 43. Corresponden al gobierno federal, por conducto de la Secretaría, las siguientes atribuciones:

I. a VIII. ...
IX. Se deroga.
X. a XI. ...

Artículo 81. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social es un órgano de la administración pública federal, con personalidad jurídica, autonomía operativa, presupuestaria y de decisión que tiene por objeto normar y realizar la evaluación de las políticas y programas de desarrollo social, que ejecuten las dependencias públicas, y establecer los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad.

Artículo 82. El Consejo estará integrado por seis investigadores académicos, que sean o hayan sido miembros del Sistema Nacional de Investigadores, con amplia experiencia en la materia y que colaboren en instituciones de educación superior y de investigación inscritas en el Padrón de Excelencia del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, nombrados por el titular del Poder Ejecutivo federal a propuesta de la Cámara de Diputados.

Los consejeros sólo podrán ser removidos de sus funciones cuando transgredan en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución y esta ley, cuando por actos u omisiones se afecten las atribuciones del Consejo, o cuando hayan sido sentenciados por un delito grave que merezca pena corporal.

El Consejo, para efectos de sus resoluciones, no estará subordinado a autoridad alguna, adoptará sus decisiones con plena independencia y contará con los recursos humanos y materiales necesarios para el desempeño de sus funciones.

Artículo 83. Los consejeros que refiere el artículo anterior durarán en su encargo cinco años, con posibilidad de reelección, y durante el mismo no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo en instituciones docentes, científicas o de beneficencia.

Artículo 84. Para ser consejero se requiere

I Ser ciudadano mexicano;
II. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso;
III. Tener cuando menos, treinta y cinco años de edad el día de su designación;
IV. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académicas, relacionadas con la materia de esta ley; y
V. No haber sido secretario de Estado, procurador general de la República, senador, diputado federal o local, dirigente de un partido o asociación política, gobernador de algún estado o jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo al día de su nombramiento.

Artículo 85. El Consejo será presidido por un consejero, quien tendrá la representación legal del mismo. Durará en su encargo un periodo de dos años, renovable por una ocasión, y será elegido por los consejeros.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Segundo. Las reformas y adiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos contenidas en el presente decreto entrarán en vigor el 1 de enero de 2008.

A partir de su entrada en vigor, la Cámara de Diputados tendrá sesenta días naturales para integrar el Centro de Evaluación de las Políticas Públicas.

Tercero. Una vez integrado el órgano aludido en el artículo anterior y en un plazo que no exceda los ciento veinte días naturales, elaborará y presentará los proyectos de lineamientos, criterios e indicadores para la evaluación de las políticas públicas.

Dichos proyectos serán sometidos a consideración del pleno, por la Junta de Coordinación Política, para su aprobación y en su caso inclusión como un anexo especial en el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009.

Cuarto. Los consejeros a que alude el artículo 82 de la Ley General de Desarrollo Social, seguirán en sus cargos hasta concluir el periodo por el que fueron nombrados.

A más tardar treinta días naturales posteriores a la entrada en vigor de este decreto, se integrará el Consejo de conformidad con el presente decreto.

El presidente del organismo será electo por periodos de un año.

Quinto. El Consejo contará con un plazo de 60 días naturales para emitir los instrumentos normativos de su competencia.

Nota: 1 Decreto por el que se regula el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Diario Oficial de la Federación, 24 de agosto de 2005.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2007.--- Diputados: Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo .»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Muchas gracias, diputado.Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Presupuesto y Cuenta Pública, de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de Desarrollo Social y de Hacienda y Crédito Público.

A petición de su grupo parlamentario, la iniciativa que sería presentada por los diputados José Luis Blanco Pajón y José Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del PRI, para reformar los artículos 87 y 91 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se pospone.



LEY DE VIVIENDA

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, del Grupo Parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que reforma el artículo 57 y adiciona un artículo 57 Bis a la Ley de Vivienda.

El diputado Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva: Los que suscriben, Cuauhtémoc Velasco Oliva, Layda Elena Sansores San Román, Alliet Mariana Bautista Bravo, Gerardo Villanueva Albarrány Joaquín Humberto Vela González, en nuestro carácter de diputados federales de la LX Legislatura, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sometemos a su consideración el siguiente proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 57 y adiciona el artículo 57 Bis a la Ley de Vivienda, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

El tema de la vivienda en nuestro país se ha tornado, desafortunadamente, en un problema social de gran impacto, cuya atención demanda el trabajo conjunto del gobierno en sus diferentes órdenes y de la sociedad organizada, a fin de revisar detalladamente los esquemas de crédito vigentes e impulsar la aplicación de una política pública que propicie la construcción de vivienda popular en un modelo inherente al desarrollo sustentable.

El derecho a la vivienda en nuestro país tiene importantes raíces históricas. La Constitución, en su artículo 123, fracción XII, establece como obligación de los patrones el proporcionar a sus trabajadores viviendas cómodas e higiénicas.

A partir de esto, el país se abocó a construir la infraestructura de seguridad social para atender las diversas necesidades de la población, siendo la vivienda una prioridad.

En 1943 se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social, con el objetivo de brindar seguridad social a los trabajadores. Posteriormente, cuando nuestro país entró en una etapa de urbanización y desarrollo industrial más avanzada, se crearon los principales organismos nacionales de vivienda.

En 1972, con la reforma al artículo 123 de la Constitución, se obligó a los patrones mediante aportaciones, a constituir el Fondo Nacional de la Vivienda y a establecer un sistema de financiamiento que permitiera conceder crédito a bajo interés y suficiente para adquirir vivienda. Esto dio paso a la creación del Infonavit, a través del decreto de ley con fecha de 24 de abril de 1972.

En ese mismo año, se crea por decreto, en adición a la Ley del ISSSTE, el Fondo de Vivienda del ISSSTE (Fovissste), pero fue hasta 1983 cuando el derecho a la vivienda se elevó a rango constitucional y se estableció como una garantía individual.

Como sabemos, un anhelo para todos los mexicanos es contar con una vivienda y, obviamente, formar un patrimonio. Sin embargo, a raíz de la crisis de 1994, muchas familias que ya contaban con un crédito no pudieron pagar sus hipotecas y la inestabilidad económica imperante ocasionó que muchas se olvidaran de adquirir una.

Esta situación frenó el crecimiento del sector, ya que los bancos cerraron el camino para el otorgamiento de créditos. Un ejemplo de ello son los 160 mil créditos hipotecarios que cayeron en la cartera vencida de Bancomer en ese año.

En este escenario, surgen las sociedades financieras de objeto limitado, las famosas Sofoles, que logran posicionarse de manera contundente en el mercado hipotecario, ofreciendo créditos individualizados con la apariencia de solicitar menos requisitos de los que demandaba la banca comercial, así como enganches más bajos. Las Sofoles cimentaron su fortaleza al tomar en cuenta sectores de la población que hasta ese momento habían quedado al margen de la cobertura de los bancos.

En ese contexto, el argumento central para proponer la presente iniciativa que reforma el artículo 57 y adiciona el 57 Bis de la Ley de Vivienda, es la regulación de las sociedades hipotecarias de objeto limitado (Sofoles), que si bien en el momento de su aparición en el mercado nacional, en 1995, representaron una auténtica oportunidad para atender a sectores de la población que entonces no eran sujetos de crédito, tanto por organismos nacionales de vivienda como por la banca comercial, pero que en la actualidad representan un riesgo para el patrimonio de los beneficiarios, entrecomillado, de algún crédito en virtud de las altísimas tasas de interés y de los convenios, muchas veces leoninos, generalmente desconocidos por los acreditados.

Asimismo, resulta incierta la solidez y transparencia con la que han operado estas instituciones debido a que, a pesar de su origen privado, su crecimiento se basó en los recursos aportados por la Sociedad Hipotecaria Federal y cuentan con importantes concesiones y facilidades.

Uno de los riesgos radica en que los créditos de las Sofoles se otorgan en unidades de inversión (Udi) y deben sujetarse a un contrato de cobertura de hasta 45 mil Udi, equivalente a 170 mil pesos, lo que permite mantener estabilidad en los rangos de cobro mensual a los solicitantes de crédito. No obstante, después de esa cantidad no existe garantía para usuarios de servicios financieros, lo que provoca el aumento progresivo de los pagos mensuales.

Esos incrementos en los pagos se recrudecen por la existencia de Sofoles que no respetan ese monto de 45 mil Udi y aplican indiscriminadamente condiciones críticas al alza provocando que si bien de forma inicial se paga el equivalente a un salario mínimo mensual, al año se puede incrementar a 2 mil 500 pesos mensuales, situación grave para los sectores de escasos recursos.

A esto se suma que por disposición oficial, las Sofoles tienen que ajustar las Udi a pesos el día de cobro de cada mensualidad, así como la variación por el monto de los seguros que están obligados a contratar. Esos factores disparan de manera importante el monto que se paga por el crédito a través de una Sofol.

Por si fuera poco, todavía se agrega una comisión por el financiamiento de Sociedad Hipotecaria Federal y otra por el costo de administración del crédito; todo ello ---debe ser esto, sin consecuencia--- amortizado por el trabajador.

Así pues, el reto y compromiso de la iniciativa que se pone a su consideración, es eliminar el manejo discrecional y proempresarial que ha impedido articular una política nacional coherente y con claro compromiso social en materia de vivienda, y que procure en todo momento velar por el cabal cumplimiento constitucional del derecho de toda familia a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, tutelado en el artículo 4o. constitucional.

Con tal espíritu la iniciativa busca establecer en la ley los instrumentos mínimos necesarios que permitan volver realidad dicho precepto constitucional sustrayendo del ámbito discrecional a las Sofoles a través de la creación de principios generales que garanticen canalizar los créditos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos y en la emisión de las reglas de operación se observen los principios establecidos en el artículo 57 Bis que se adiciona a la Ley de Vivienda en esta iniciativa.

De igual modo, busca terminar con el trato privilegiado del gobierno federal y las entidades federativas que bajo el argumento de apoyar programas de vivienda exentan o subsidian a los intermediarios financieros del pago de derechos por licencias, permisos e impuestos sobre la adquisición de inmuebles y el Registro Público de la Propiedad.

Con esta iniciativa buscamos evitar que la adquisición de vivienda a través de un crédito con un intermediario financiero, se convierta en una deuda por el incremento de su valor y sea impagable, y paralelamente se traduzca en un jugoso negocio para las inmobiliarias en complicidad con entidades financieras.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 57 y adiciona el artículo 57 Bis a la Ley de Vivienda.

Se reforma el artículo 57 para quedar de la siguiente forma:

Artículo 57. El Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, deberán emitir reglas de carácter general que permitan canalizar recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, así como la movilidad habitacional en viviendas financiadas por ellos mediante procedimientos para facilitar, en su caso, el arrendamiento o transmisión del uso por cualquier título de dichas viviendas, tomando como base para dichas reglas los principios que establezca esta ley.

Y en lo que se refiere al artículo 57 Bis que se propone agregar... Se habla, en primer lugar, de los programas, proyectos, estímulos, apoyos e instrumentos económicos que deberán tener cobertura nacional. Estarán dirigidos preferentemente a todas aquellas personas de bajos recursos. Podrá ser beneficiaria cualquier persona sin distinción alguna de género.

El valor de la vivienda será determinado en pesos. El comportamiento del crédito deberá contemplarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Para recibir el subsidio, el beneficiario deberá obtener un crédito y deberá contar con capacidad de pago necesaria. El término de pago del monto total de crédito no podrá exceder de 300 meses, 25 años, para la liquidación del mismo.

Y así se subrayan las diversas propuestas de reglas generales de operación que estamos planteando para darles garantía a los trabajadores, y a las familias, de poder tener acceso a una vivienda digna.

Porque ya se me agotó el tiempo solicito a la Presidencia que se inserte íntegro el texto de esta iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto Presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 57 y adiciona el 57-Bis a la Ley de Vivienda, a cargo del diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia

El que suscribe, Cuauhtémoc Velasco Oliva , en su carácter de diputado federal de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 57 y se adiciona el 57 Bis a la Ley de Vivienda, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El tema de la vivienda en nuestro país se ha tornado desafortunadamente en un problema social de gran impacto cuya atención demanda el trabajo conjunto del gobierno en sus diferentes órdenes y de la sociedad organizada, a fin de revisar detalladamente los esquemas de crédito vigentes e impulsar la aplicación de una política pública que propicie la construcción de vivienda popular en un modelo inherente al desarrollo sustentable.

Señoras y señores legisladores, el derecho a la vivienda en nuestro país tiene importantes raíces históricas. La Constitución, en el artículo 123, fracción XII, establece como obligación de los patrones ``proporcionar a sus trabajadores viviendas cómodas e higiénicas''. A partir de esto, el país se abocó a construir la infraestructura de seguridad social para atender las diversas necesidades de la población, siendo la vivienda una prioridad. En 1943 se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social, con el objetivo de brindar seguridad social a los trabajadores. Posteriormente, cuando nuestro país entró en una etapa de urbanización y desarrollo industrial más avanzada, se crearon los principales organismos nacionales de vivienda.

En 1972, con la reforma del artículo 123 de la Constitución, se obligó a los patrones, mediante aportaciones, a constituir el Fondo Nacional de la Vivienda y a establecer un sistema de financiamiento que permitiera conceder crédito a bajo interés y suficiente para adquirir vivienda, esto dio paso a la creación del Infonavit, a través del decreto de ley con fecha de 24 de abril de 1972. En ese año se creó por decreto, en adición de la Ley del ISSSTE, el Fondo de Vivienda del ISSSTE (Fovissste), pero hasta 1983 el derecho a la vivienda no se elevó a rango constitucional y se estableció como una garantía individual.

Como sabemos, un anhelo para todos los mexicanos es contar con una vivienda y formar un patrimonio. Sin embargo, a raíz de la crisis de 1994 muchas familias que ya contaban con un crédito no pudieron pagar sus hipotecas, y la inestabilidad económica imperante ocasionó que muchos se olvidaran de adquirir una. Esta situación frenó el crecimiento del sector, ya que los bancos cerraron el camino para el otorgamiento de créditos. Un ejemplo de ello son los 160 mil créditos hipotecarios que cayeron en la cartera vencida de Bancomer en ese año.

En este escenario surgen las sociedades financieras de objeto limitado (Sofoles), que logran posicionarse de manera contundente en el mercado hipotecario, ofreciendo créditos individualizados con la apariencia de solicitar menos requisitos de los que demandaba la banca comercial, así como enganches más bajos. Las Sofoles cimentaron su fortaleza al tomar en cuenta a sectores de la población que hasta ese momento habían quedado al margen de la cobertura de los bancos.

El argumento central para proponer la presente iniciativa, que reforma el artículo 57 y adiciona el 57 Bis de la Ley de Vivienda, es la regulación de las sociedades hipotecarias de objeto limitado (Sofoles), que si bien en el momento de su aparición en el mercado nacional, en 1995, representaron una oportunidad para atender a sectores de la población que entonces no eran sujetos de crédito tanto por los organismos nacionales de vivienda como por la banca comercial, pero que en la actualidad representan un riesgo para el patrimonio de los ``beneficiarios'' de algún crédito en virtud de las altísimas tasas de interés y de los convenios leoninos, generalmente desconocidos por los acreditados. Asimismo, resultan inciertas la solidez y transparencia con que han operado estas instituciones, debido a que a pesar de su origen privado, su crecimiento se basó en los recursos aportados por la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), y cuentan con importantes concesiones y facilidades.

Uno de los riesgos radica en que los créditos de las Sofoles se otorgan en unidades de inversión (Udi) y deben sujetarse a un contrato de cobertura de hasta 45 mil Udi, equivalente a 170 mil pesos, lo que permite mantener estabilidad en los rangos de cobro mensual a los solicitantes de crédito. No obstante, después de esa cantidad no existe garantía para usuarios de servicios financieros, lo que provoca el aumento progresivo de los pagos mensuales.

Esos incrementos de los pagos se recrudecen por la existencia de Sofoles que no respetan ese monto de 45 mil Udi y aplican indiscriminadamente condiciones críticas al alza, provocando que si bien de forma inicial se pague el equivalente a un salario mínimo mensual, al año se incrementa a 2 mil 500 pesos mensuales, situación grave para los sectores de escasos recursos.

A esto se suma que, por disposición oficial, las Sofoles tienen que ajustar las Udi a pesos el día de cobro de cada mensualidad, así como la variación por el monto de los seguros que están obligados a contratar. Estos factores disparan de forma importante el monto que se paga por el crédito a través de una Sofol. Por si fuera poco, todavía se agrega una comisión por el financiamiento de Sociedad Hipotecaria Federal y otra por el costo de administración del crédito; todo ello, amortizado por el trabajador.

Un elemento clave en este tema son las tasas de interés. En la década de los noventa, cuando se dio el auge de las Sofoles, su oferta consistió en tasas de interés menores que las de la banca comercial. Sin embargo, en la realidad las tasas de interés son más elevadas que las requeridas por los bancos, que van de 12.90 a 14.20 por ciento, mientras que las de cualquier Sofol fluctúa entre 15 y 23 por ciento. Así, un trabajador termina pagando en 30 años, término obligado actualmente para la cobertura del crédito, el equivalente a cinco departamentos de interés social.

Pero la ausencia de garantías no para aquí: falta seguridad jurídica para quienes hacen uso de los créditos hipotecarios a través de las Sofoles, ya que estos intermediarios financieros muchas veces no completan los trámites ante el notario público, sin importar que el comprador haya entregado todos sus documentos y cubierto los costos de gestión, lo que ocasiona que se inhabilite el trámite notarial y la inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Como ejemplo, baste decir que de cada 100 trámites, 40 no se inscriben y, por tanto, las casas no están a su nombre y éste no lo sabe.

Esa inseguridad jurídica amerita, con estricto arreglo a la ley, que la Sofol sea sancionada por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) o por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, encargada de vigilar el trabajo de estas entidades financieras. Pero, desafortunadamente no existe una revisión exhaustiva que controle el manejo de los créditos y la transparencia en las Reglas de Operación de las Sofoles, ordenamientos que, además, sólo pueden ser modificados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la previa anuencia del Consejo Directivo de la Sociedad Hipotecaria Federal.

Por otro lado, en las fuentes de financiamiento, es también donde radica el problema. Si bien los niveles de cartera vencida federal son alrededor del 1 por ciento, cuando en la banca comercial el promedio es de 14 por ciento, la realidad es que en este año caerán los niveles de financiamiento de instituciones como Infonavit, Fovi, Fovissste y Fonhapo. Por citar un ejemplo, como lo ha venido documentando en Consejo de Defensa de la Vivienda, el Infonavit tiene como acreditados a sólo dos millones de trabajadores de los 14 millones que están registrados y este año piensa recuperar más de 110 mil créditos que se encuentran en cartera vencida. 55 mil de estos créditos ya fueron vendidos a empresas transnacionales recuperadoras de deuda como Capmark, Scrap2 y Pendulum, en promedio al 10 por ciento de su valor, sin considerar el ahorro ya realizado por el trabajador y mucho menos lo invertido al momento de la cancelación del crédito.

Aunado a lo anterior, se está iniciando un peligroso proceso de ``transformación y modernización'', que busca desregular a las Sofoles, arrendadoras financieras y empresas de factoraje financiero y la entrada de las sociedades financieras de objeto múltiple (Sofome) como intermediarios para el otorgamiento de créditos para vivienda, señalando que esto no representa ningún riesgo en el sistema de pagos de nuestro país, debido a que no captan recursos del público ni están conectados al sistema de pagos. La trampa radica en el argumento de que desregulando a estas instituciones financieras, se busca promover la competencia, extender la penetración del crédito, reducir los márgenes de intermediación y las tasas de interés. Pero las Sofoles son negocios privados que reciben apoyos del gobierno federal, no compiten por el mercado sino que lo controlan gracias a sus alianzas estratégicas.

Tampoco se atienden las disposiciones normativas de la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda (Conafovi), en tanto que su objeto ``será el diseño, coordinación, promoción e implantación de las políticas y programas de vivienda del gobierno federal''. Y aspectos fundamentales contemplados en estas disposiciones no se llevaron a cabo. Primero, no hubo en todo el sexenio foxista una política de Estado para responder a las necesidades sociales en materia de vivienda social y popular con base en la observancia del precepto constitucional del derecho a la vivienda digna y decorosa; segundo, no hay un seguimiento estricto de las reglas de operación de los programas de vivienda financiados con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación o de los organismos de financiamiento privado, por lo que no existen garantías que den seguridad a los beneficiarios de créditos de estas sociedades.

Aunado a lo anterior no se ha respetado lo contenido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de la ONU y signado por México, en el cual ``se reconoce el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso, alimentación, vestido y vivienda adecuados'' En donde el término ``adecuado'' contempla el acceso a la adquisición de un inmueble y también el acceso al agua potable, la seguridad jurídica, la habitabilidad, disponibilidad de infraestructura, la adecuación cultural, entre otros. Es decir, aún cuando las familias puedan contar con una construcción, si se carece de alguno de los elementos señalados no puede ser considerada como una vivienda digna.

El reto y compromiso de la iniciativa que se pone a consideración de esta soberanía es eliminar el manejo discrecional y pro empresarial que ha impedido articular una política nacional coherente y con claro compromiso social en materia de vivienda, y que procure en todo momento velar por el cabal cumplimiento constitucional del derecho de toda familia a disfrutar de una vivienda digna y decorosa tutelado en el artículo 4o. constitucional.

Con tal espíritu, la iniciativa busca establecer en la ley los instrumentos mínimos necesarios que permitan volver realidad dicho precepto constitucional, sustrayendo del ámbito discrecional a las Sofoles, a través de la creación de principios generales que garanticen canalizar los créditos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, y en la emisión de las reglas de operación se observen los principios establecidos en el artículo 57 Bis que se adiciona a la Ley de Vivienda. De igual modo, busca terminar con el trato privilegiado del gobierno federal y las entidades federativas que con el argumento de apoyar programas de vivienda exentan o subsidian a los intermediarios financieros del pago de derechos por licencias, permisos e impuesto sobre la adquisición de inmuebles y el Registro Público de la Propiedad.

Con esta iniciativa, Convergencia busca evitar que la adquisición de vivienda a través de un crédito con un intermediario financiero se convierta en una deuda que, por el incremento de su valor, sea impagable y, paralelamente, se traduzca en un jugoso negocio para las inmobiliarias en complicidad con las entidades financieras.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 57 y adiciona el 57 Bis a la Ley de Vivienda

Primero. Se reforma el artículo 57 de la Ley de Vivienda, para quedar de la siguiente forma:

Artículo 57. El Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, deberán emitir reglas de carácter general que permitan canalizar recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, así como la movilidad habitacional en viviendas financiadas por ellos, mediante procedimientos para facilitar, en su caso, el arrendamiento o transmisión del uso por cualquier título de dichas viviendas, tomando como base para dichas reglas los principios que establezca esta ley.

Los recursos canalizados deberán ser a tasas preferenciales en pesos, sin exceder en ningún caso el incremento del salario mínimo.

Cuando las sociedades financieras de objeto limitado y las sociedades financieras de objeto múltiple otorguen créditos para la vivienda se apegarán a las reglas de operación que se mencionan en el presente artículo.

Las instancias normativas y ejecutoras estarán obligadas a rendir informes al Congreso de la Unión, a comparecer cuando se les requiera y a respetar a la ciudadanía el derecho de acceso a la información a fin de vigilar y dar seguimiento a las acciones de los programas, proyectos, estímulos, apoyos e instrumentos económicos.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los organismos de vivienda a que se refiere este artículo, en su calidad de organismos desconcentrados o descentralizados de la administración pública federal y de entidades fiscalizadas, serán objetos de la fiscalización superior en los términos de la ley de la materia.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en cumplimiento de su objeto establecido en el artículo 2 de la ley que la rige, está obligada a supervisar y regular a las entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público.

Segundo. Se adiciona el artículo 57 Bis, con el siguiente texto:

Artículo 57 Bis. Los principios rectores que deberán observarse en la emisión de las reglas de carácter general que permitirán la canalización de recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, estarán orientados a apoyar a las personas que, derivado de sus percepciones, tienen dificultades para la adquisición de vivienda, en los términos siguientes:

I. Los programas, proyectos, estímulos, apoyos e instrumentos económicos tendrán cobertura nacional, garantizando que los intermediarios financieros cumplan todos los ordenamientos en materia de pago de derechos por licencias, permisos de factibilidad, ordenamiento territorial sustentable y pago del impuesto sobre la adquisición de inmuebles y el Registro Público de la Propiedad. Asimismo, los pagos que reciban los intermediarios financieros, los recursos o subsidios que reciban de programas de crédito a la vivienda y los convenios que se suscriban para tal efecto estarán condicionados al cumplimiento de pago de derechos, impuestos y el cumplimiento de las normas de desarrollo urbano sustentable. En todo momento, los organismos nacionales de vivienda tendrán la facultad de supervisar, inspeccionar, requerir informes, clausurar e imponer multas a los intermediarios financieros.
II. Estarán dirigidos preferentemente a todas las personas de bajos recursos, con un ingreso de hasta cinco veces el salario mínimo general vigente a título individual y ocho veces de forma conyugal, de conformidad con su capacidad de crédito y que no hayan recibido subsidio federal para adquirir o autoconstruir vivienda.
III. Podrá ser beneficiario cualquier persona sin distinción alguna de género que califique para obtener un crédito para adquirir vivienda nueva o usada, para autoconstrucción, mejoramiento o adquisición de un lote con los servicios mínimos, en los términos de las respectivas leyes y disposiciones aplicables de cada organismo descentralizado.
IV. El valor de la vivienda será determinado en pesos, en términos de las reglas de operación emitidas atendiendo invariablemente a los presentes principios, sin que cualquier aumento pueda exceder el incremento al salario mínimo.
V. El otorgamiento del crédito deberá contemplarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación y se ejercerá de acuerdo con la demanda y suficiencia presupuestal, considerando como una prioridad las solicitudes de los trabajadores de menores ingresos. Para el caso de los recursos que hayan sido recaudados fiscalmente, que por ley deban destinarse al establecimiento de un sistema de servicio público de previsión social de créditos baratos y suficientes para los trabajadores, y que sean propiedad de los trabajadores, los organismos descentralizados encargados de su administración deberán enviar a la Cámara de Diputados su presupuesto y estados financieros y contables, para que sean revisados y, en su caso, se tomen las medidas correspondientes.
VI. Para recibir el subsidio, el beneficiario deberá obtener un crédito y deberá contar con capacidad de pago necesaria, además de cumplir los requisitos que establezca la Sociedad Hipotecaria Federal, con estricto arreglo a los principios establecidos en el presente artículo y sin perjuicio alguno sobre los derechos que las leyes concedan a los trabajadores.
VII. El término para el pago del monto total del crédito no podrá exceder de 300 meses (25 años) para la liquidación de éste.
VIII. La formalización de la entrega del crédito se realizará ante notario público, quien certificará la adquisición de la vivienda. Cuando se trate de créditos otorgados por el Infonavit o el Fovissste, estos organismos estarán facultados y obligados a otorgar la escritura pública sin costo alguno y sin necesidad de comparecer ante notario; en todo momento, esta escritura deberá inscribirse en el registro público de la propiedad que corresponda.
IX. Los pagos serán mensuales, sin que representen en ningún momento más del 20 por ciento del ingreso mensual del acreditado, debiendo ser aceptados de conformidad por el trabajador, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 97, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo.
X. El crédito deberá comprender un seguro de vida en caso de muerte o incapacidad permanente; un seguro por daños estructurales por posibles vicios ocultos de la vivienda de hasta por cinco años a partir de la fecha en que entre en posesión el beneficiario, un seguro por daños causados por fenómenos naturales o por causas no imputables al acreditado en cualquier tiempo; así como un seguro de desempleo que garantizará la cobertura del crédito por un mínimo de 12 meses y prorrogable hasta por seis meses adicionales, debidamente justificados. Los conflictos judiciales que surjan del contrato de crédito, de vicios ocultos en las viviendas, de los seguros y todo aquello que derive de la adquisición de la vivienda y del crédito se resolverá ante los tribunales competentes del lugar en que la vivienda se encuentre.
XI. El total del monto del crédito no podrá ser superior al 90 por ciento del valor de la vivienda, incluyendo gastos de escrituración que podrán ser de hasta 4 por ciento del valor de la misma. El Infonavit Fovissste, Fonhapo y la Sociedad Hipotecaria Federal harán públicos dichos montos en sus sitios de Internet y en la tramitación de los créditos. Promoviendo, en todo momento, que los créditos sean baratos y accesibles.
XII. En el caso de que otorguen el crédito y el subsidio mediante asignaciones a través de intermediarios financieros, éstos estarán sujetos a los ordenamientos de la presente ley. La asignación no implicará que el recurso pierda su naturaleza legal ni su destino, ni conlleva la liberación de las funciones y responsabilidades públicas de los organismos descentralizados.
XIII. El crédito comprenderá una tasa de fondeo para cubrir su requisito de capital, sin que los gastos operativos y la comisión por la garantía los deba cubrir el acreditado.
XIV. Todo adeudo se tendrá por liquidado en caso de muerte, invalidez permanente y jubilación por años de servicio o por edad, así como por cualquier otra causa de extinción de obligaciones.
XV. En la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación deberán considerarse los recursos necesarios que permitan al Estado garantizar el cumplimiento del pago de los créditos extintos por las causas mencionadas en el inciso anterior.
Transitorios

Primero. Los créditos otorgados en Udi deberán ser reestructurados para ser estimados y cobrados en pesos a partir de la entrada en vigor de la presente ley, así como los créditos de nueva aprobación y otorgamiento.

Segundo. Las reformas aprobadas con el presente decreto entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Gracias, diputado Velasco. Así se hará conforme a su petición.Túrnese esta iniciativa a la Comisión de Vivienda.

Sonido a la curul del diputado Víctor Gabriel Varela López . ¿Con qué objeto diputado Varela?

El diputado Víctor Gabriel Varela López (desde la curul): Para insistir que se turne la iniciativa que presenté a la Comisión de Hacienda.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Con todo gusto diputado. Será turnado a una quinta comisión su iniciativa, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La iniciativa que presentaría la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para proponer reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, a petición de su grupo parlamentario, se pospone.

Solicito a la Secretaría que dé cuenta del acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por favor.



ESTADO DE SONORA

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a asignar oportunamente y con fluidez los recursos del Fonden para afrontar los efectos del huracán Henriette en los municipios de Sonora.

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativo a la materia objeto del presente, que presentan diputados federales del estado de Sonora, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por lo que se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a que en el ámbito de colaboración entre los poderes y en cumplimiento del pacto federal y la Ley General de Protección Civil, gire sus instrucciones a los secretarios de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que se asignen los recursos suficientes y oportunamente del Fonden para afrontar los efectos del huracán Henriette en los municipios de Sonora.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Gloria Lavara Mejía (p.a. rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Alejandro Chanona Burguete (p.a. rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de Convergencia; Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputado Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Alternativa.»

En votación económica se pregunta a las diputadas y los diputados, si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Aprobado. Comuníquese . Continúe la Secretaría.



COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del Acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicito atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el diputado Javier González Garza , Coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

• Que el diputado Miguel Ángel Navarro Quintero , cause baja como integrante en la Comisión de Marina.• Que el diputado Miguel Ángel Navarro Quintero , cause alta como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.• Que el diputado José Antonio Almazán González , cause baja como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica) Presidente.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: De enterado.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del Acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicito atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

• Que el diputado Ricardo Cantú Garza , cause alta como integrante en la Comisión de Gobernación, en sustitución del diputado Gustavo Santiago Pedro Cortés.• Que el diputado Ricardo Cantú Garza , cause baja como integrante en la Comisión del Trabajo y Previsión Social.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica) Presidente.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: De enterado.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del Acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicito atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

• Que el diputado Luis Xavier Maawad Robert , sustituya al diputado Edgar Martín Ramírez Pech , como integrante en la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.• Que el diputado Edgar Martín Ramírez Pech , sustituya al diputado Luis Xavier Maawad Robert , como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, 11 de septiembre de 2007.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica) Presidente.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: De enterado.

El siguiente capítulo en el orden del día son dictámenes de primera lectura. Pido a la Secretaría que dé cuenta de la solicitud hecha por los coordinadores de los grupos parlamentarios.



LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION ESTADISTICA Y GEOGRAFICA

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en el inciso b) del artículo décimo primero del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios, solicitamos posponer la primera lectura del siguiente dictamen registrado en el orden del día de la sesión de hoy:

• De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2007.--- Diputados: Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y coordinador del grupo parlamentario del PAN; Javier González Garza (p.a. rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del PRD; Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del PRI; Gloria Lavara Mejía (p.a. rúbrica), coordinadora del grupo parlamentario del PVEM; Alejandro Chanona Burguete (p.a. rúbrica), coordinador del grupo parlamentario de Convergencia; Ricardo Cantú Garza (rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del PT; Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del Partido Nueva Alianza; Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), coordinadora del grupo parlamentario de Alternativa.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se pospone entonces para su discusión. El siguiente capítulo en el orden del día es ``dictámenes a discusión''.



LEY DE AGUAS NACIONALES

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: El siguiente punto es el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa. Se le dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales

Honorable Asamblea:

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable Asamblea, el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, celebrada el 25 de abril de 2006, senadores integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos presentaron iniciativa de reformas a la Ley de Aguas Nacionales.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa a las Comisiones Unidas de Recursos Hidráulicos y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y dictamen.

Tercero. El 25 de abril de 2006, las Comisiones Unidas Dictaminadoras, aprobaron el Dictamen con Proyecto de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

Cuarto. En sesión ordinaria de 26 de abril de 2006, el dictamen fue presentado a la consideración del Pleno de la Cámara de Senadores, y sometido a votación el Proyecto de Decreto correspondiente, el cual fue aprobado.

Quinto. El 26 de abril de 2006, la Cámara de Diputados recibió del Senado la Minuta Proyecto de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, la cual fue turnada por la Presidencia de la Mesa Directiva a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para su revisión, análisis y dictamen.

Previa la realización de una amplia consulta para considerar las observaciones y, en su caso, propuestas de modificación a la Minuta de referencia, de organizaciones de usuarios de aguas nacionales; de miembros del Consejo Técnico Consultivo del Agua, y de diversas instituciones académicas y de investigación, así como de gobiernos de entidades federativas y municipales, las y los integrantes de la Comisión Dictaminadora procedimos al análisis de la Minuta Proyecto de Decreto enviada por el Senado de la República.

Contenido de la Minuta

El proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, aprobado por la Cámara de Senadores, propone entre otros:

• Aclarar las facultades de la autoridad del agua en los niveles Nacional y Regional Hidrológico -- Administrativo, adecuándolas a la naturaleza jurídica de la Comisión Nacional del Agua;
• Eliminar los permisos provisionales;
• Adecuar las disposiciones relativas a la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado;
• Fortalecer el Registro Público de Derechos de Agua;
• Derogar los Capítulos relativos al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA);
• Modificar el plazo para que opere la caducidad;
• Modificar el plazo para la presentación de solicitudes de prórroga de concesiones y asignaciones;
• Permitir la transmisión temporal de derechos;
• Derogar lo relativo al requisito de presentar la manifestación de impacto ambiental, con la solicitud de concesión o asignación, y
• Ajustar a la baja los montos de las multas por infracciones a la Ley.

Derivado del análisis de las propuestas de reformas, adiciones y derogaciones a la Ley de Aguas Nacionales, las y los diputados integrantes de esta Comisión Dictaminadora, exponemos las siguientes

Consideraciones

Esta Comisión Dictaminadora reconoce válida la preocupación de la Colegisladora, por adecuar las disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a la naturaleza jurídica que la propia Ley asigna a la Comisión Nacional del Agua, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambientes y Recursos Naturales, que tiene por objeto ejercer las atribuciones que le corresponden a la autoridad en materia hídrica y constituirse como el órgano superior con carácter técnico, normativo y consultivo de la Federación, en materia de gestión integrada de los recursos hídricos, incluyendo la administración, regulación, control y protección del dominio público hídrico.

No obstante, estimamos pertinente referir nuestras reflexiones sobre cada una de las propuestas de reformas específicas al articulado de la Ley, en los términos siguientes:

ARTÍCULO 3.

- En la fracción VIII, el Senado propone modificar el concepto de ``asignación'', sustituyendo el carácter de ``titulo'' que la Ley establece, con el ``acto mediante el cual el Ejecutivo Federal otorga la autorización para realizar...''; al respecto, esta Dictaminadora estima inadecuada la modificación, en virtud de que no sólo la concesión y la asignación, sino también los permisos provisionales, son actos administrativos que otorgan autorización para realizar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales. Por otro lado, las prórrogas también son actos administrativos para los mismos efectos y no se consideran títulos, sino una extensión de la validez temporal de los derechos de los usuarios contenidos en los títulos de asignación o concesión correspondientes.
En cuanto a la supresión del término: ``doméstico'', en la parte final de la propia fracción VIII, la estimamos adecuada en virtud de que se está refiriendo a servicio público urbano, el cual comprende tanto el uso público urbano como el uso doméstico.
Así, la Dictaminadora propone dejar el texto de la fracción VIII del Artículo 3 vigente, suprimiendo el término doméstico.
- En la fracción XII, estimamos procedente eliminar la autonomía presupuestaria, como lo propone la Colegisladora, en razón de que la CONAGUA, no es una entidad de la Administración Pública Federal Descentralizada, sino un órgano desconcentrado de la SEMARNAT.
- En la fracción XIII, el Senado propone modificar el concepto de ``Concesión'', en los mismos términos de la propuesta de reformar a la fracción VIII. En obvio de repeticiones, esta Dictaminadora considera debe prevalecer el texto de la disposición de la fracción XIII, vigente, suprimiendo, por innecesario el señalamiento de la disposición final, que plantea reformar la propuesta del Senado, ya que tanto en el concepto de asignación como en el de concesión, están perfectamente definidos los sujetos de cada uno de dichos títulos.
- Es procedente la reforma a la fracción XX, propuesta por el Senado, ya que los vasos de depósito natural son bienes inherentes susceptibles de delimitación.
- También es procedente la propuesta de reforma a la fracción XXXIX, en cuanto a que el reconocimiento de la autonomía en las decisiones de los Organismos de Cuenca, está referida a las materias técnica, administrativa y jurídica que el propio concepto les atribuye.
Sin embargo, consideramos pertinente que la adscripción de dichos Organismos de Cuenca, sea directa a ``la Comisión ``, y no al Titular de ``la Comisión''; asimismo, que las atribuciones de los Organismos de Cuenca, se establezcan en la Ley y sus reglamentos, y no en el Reglamento Interior de la Comisión, pues las disposiciones de éste están subordinadas a las de la Ley y sus reglamentos.
De ahí la necesidad de modificar el texto propuesto por el Senado, sin afectar el sentido de la reforma.
- En la fracción XL, el Senado propone eliminar los permisos provisionales para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales.
Al respecto, esta Comisión Dictaminadora considera que, si bien la Constitución Federal, en su Artículo 27, señala que las aguas nacionales sólo pueden explotarse, usarse o aprovecharse mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal, también es cierto que tanto la concesión, como la asignación y los permisos provisionales, autorizan la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas.
Por otro lado, los permisos provisionales dan certeza jurídica a los usuarios, cuando se utilizan en casos como el de la solicitud de prórroga de concesiones o asignaciones que, siendo debidamente requisitadas, no son oportunamente resueltas por la ``autoridad del agua'', y de manera provisional se expiden dichos permisos.
Es por ello que esta Dictaminadora estima pertinente no reformar la fracción XL del Artículo 3 de la ley de Aguas Nacionales.
- Esta Comisión Dictaminadora considera necesario eliminar la parte final de la fracción LVI del Artículo 3, relativa a la referencia al Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que dicho artículo constitucional, no contiene disposición alguna relativa al uso doméstico ni a los elementos conceptuales de la definición contenida en la fracción que nos ocupa.
- Es procedente la reforma a la fracción LXIV, planteada por la Colegisladora, en virtud de que el decreto de ``Zona de Reserva'' establece normas para garantizar el uso público urbano, entre otros, y no necesariamente limitaciones o restricciones de derechos de agua.
- Adicionalmente, estimamos conveniente reformar la fracción VI, para dar mayor claridad al concepto de ``Aguas Residuales'', ya que el texto vigente define: ``Las aguas de composición variada provenientes de las descargas de usos...'' En nuestra consideración, las aguas residuales, son ``Las aguas de composición variada generadas en las descargas provenientes de los usos...''. En tal sentido es nuestra propuesta de reforma a la fracción VI del Artículo 3.
- Asimismo, consideramos pertinente reformar la fracción XIX, con el objeto de precisar el concepto de ``Cuota Natural de Renovación de las Aguas'', adecuándolo a elementos considerados en los estudios técnicos para determinar dicha cuota, para quedar como sigue:
XIX. ``Cuota Natural de Renovación de las Aguas'': El volumen medio anual de escurrimiento virgen en el caso de las aguas superficiales; así como el volumen medio de recarga natural del acuífero en el caso de las aguas subterráneas;
- En virtud de que la Ley de Aguas Nacionales hace referencia al término ``dilución'', sin precisar lo que debe entenderse por el mismo para los efectos de la propia Ley, esta Comisión Dictaminadora considera necesario adicionar una fracción XXII a. para establecer:
XXII a. ``Dilución'': Disminución de la concentración de sustancias que se da por efecto del mezclado de descargas o afluentes en un cuerpo de agua.

ARTÍCULO 5.

- El Proyecto de Decreto enviado por el Senado de la República, propone reformar la fracción I, para sustituir la disposición vigente: `` la coordinación de la planeación, realización y administración de las acciones de gestión de los recursos hídricos por cuenca hidrológica o por región hidrológica será a través de los Consejos de Cuenca...'', con la propuesta: ``La coordinación de la planeación, realización y administración de las acciones de gestión de los recursos hídricos por cuenca hidrológica o por región se llevará a cabo escuchando la opinión de los consejos de cuenca...''.
Al respecto, consideramos inadecuada la propuesta de reforma a la fracción I del Artículo 5, en virtud de que los Consejos de Cuenca, conforme lo dispuesto en la fracción XV del Artículo 3 de la Ley, es ``instancia de coordinación y concertación, ..., entre ``la Comisión'', incluyendo el Organismo de Cuenca que corresponda, y las dependencias y entidades de las instancias federal, estatal y municipal, y los representantes de los usuarios de agua y de las organizaciones de la sociedad, de la respectiva cuenca hidrológica o región hidrológica''; asimismo, el Artículo 13 establece que ``La coordinación, concertación, apoyo, consulta y asesoría referidas en la mencionada fracción (fracción XV del Artículo 3, supracitada), están orientadas a formular y ejecutar programas y acciones para la mejor administración de las aguas...''
De lo expuesto en el párrafo anterior, se infiere la intención del legislador, de que los Consejos de Cuenca de integración mixta sean instancia de coordinación y concertación de la autoridad del Agua con otras autoridades de los tres órdenes de gobierno y con actores sociales para definir y ejecutar las acciones de gestión del agua que más convenga en la cuenca o región hidrológica correspondiente.
De tal manera, y considerando además, que ``los consejos de cuenca no están subordinados a ``la Comisión'' o a los organismos de Cuenca'', así como lo establece la parte final del primer párrafo del Artículo 13, esta Comisión Dictaminadora estima improcedente reformar la fracción I del Artículo 5, en los términos propuestos en el Proyecto de Decreto que nos ocupa.
No obstante, la fracción I de referencia, requiere ser reformada para sustituir el término ``gobiernos de los estados'', con ``gobiernos de las entidades federativas'', para que quede incluido el Distrito Federal, y también sustituir la preposición: de en la expresión: ``La coordinación de la planeación...'' con la preposición: para .
Así, proponemos que la fracción I del Artículo 5 de la Ley de Aguas Nacionales, diga:
I. Promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios... la coordinación para la planeación, realización y administración de las acciones de gestión de los recursos hídricos por cuenca hidrológica o región hidrológica será a través de los Consejos de Cuenca...;
- La Minuta Proyecto de Decreto que nos ocupa, propone reformar la fracción III del Artículo 5, para sustituir la expresión: ``conforme al marco jurídico vigente''. Con la siguiente: ``conforme a lo previsto en esta Ley y sus reglamentos, así como sujetándose a lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional Hídrico''; sin embargo, esta Dictaminadora considera pertinente mantener en la disposición que nos ocupa solo la referencia a ``a lo previsto en esta Ley y sus reglamentos''.

ARTÍCULO 6.

- La Dictaminadora estima procedente la propuesta de reformar la fracción I, para darle mayor claridad a la disposición relativa; asimismo, la propuesta de adición de una fracción XI y recorrer la fracción XI, vigente para que pase a ser fracción XII.
- En cuanto a la propuesta de reformar la fracción IX, para eliminar de su texto la atribución del Ejecutivo Federal para nombrar al Director General del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, la Dictaminadora la estima procedente, en virtud de que el Decreto de creación del IMTA, ya establece la disposición relativa.

ARTÍCULO 9.

- La Dictaminadora reconoce la pertinencia de la reforma al párrafo sexto del Artículo 9, propuesta por el Senado, en virtud de la congruencia de la disposición propuesta con el carácter de los organismos de cuenca, de ser unidades administrativas adscritas directamente a ``la Comisión''.
- De igual manera se estima procedente la reforma a la fracción I, propuesta por el Senado, ya que la eliminación de la referencia a la descentralización es necesaria, en virtud de que la Comisión Nacional del Agua, no obstante la propuesta de convertir en un organismo descentralizado en el último proceso de reformas a la Ley de Aguas Nacionales, continua siendo un órgano desconcentrado de la SEMARNAT.
- La propuesta de reformar la fracción III, también es procedente, ya que el Programa Nacional Hídrico lo debe proponer al Ejecutivo, la Dependencia y no su órgano desconcentrado.
- Estamos de acuerdo con la propuesta de reforma a la fracción IX del Artículo 9, en virtud de que la emisión de los actos de autoridad por la CONAGUA en los casos que correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico -- administrativas, no interfiere al ejercicio de las funciones en materia de administración de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, por parte de los organismos de cuenca dentro de sus ámbitos de competencia.
- Consideramos procedente la reforma a la fracción X, planteada por el Senado. Es correcto suprimir la atribución de la Comisión Nacional del Agua para otorgar aval o garantía en la realización de las obras de infraestructura, atendiendo su naturaleza jurídica de órgano desconcentrado.
- La propuesta de reforma a la fracción XII, la consideramos pertinente, ya que se trata de dejar expreso que la participación de la CONAGUA en la concertación de créditos y otros mecanismos financieros, debe hacerse en los términos de las disposiciones legales aplicables.
- Coincidimos con la Colegisladora en la propuesta de reforma a la fracción XX del Artículo 9, para incorporar en una sola fracción lo relativo a la atribución de la CONAGUA para la expedición de títulos y permisos, así como autorizaciones de prórrogas y demás afectaciones de derechos de agua y llevar el Registro Público de Derechos de Agua, auxiliándose en sus organismos de cuenca; sin embargo, consideramos necesario mejorar la redacción de la disposición, manteniendo los elementos y el propósito de la misma, y adicionando el reconocimiento de derechos que la disposición vigente señala.
- La Dictaminadora considera procedente la propuesta de derogar la fracción XXIV, pues no es pertinente que la adopción de acciones necesarias quede sujeta a concertación con los usuarios, máxime cuando con las autorizaciones para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales no se reconoce un derecho real de los usuarios sobre el recurso hídrico. Las acciones necesarias que deban implementarse por la Autoridad del Agua tienden a regular el control sobre la calidad y cantidad disponible de dichas aguas.
- Estimamos conducente la propuesta de reforma a la fracción XXIX, para señalar que el ejercicio de las atribuciones fiscales, la Comisión lo llevará a cabo con el apoyo de sus Organismos de Cuenca. Sin embargo, consideramos innecesario referir que estas acciones deban realizarse conforme al Reglamento Interior de la Comisión, basta con precisar que será ``conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones aplicables.''
- Consideramos pertinente la reforma a la fracción XXXIII, planteada por el Senado de la República, en virtud de que se está eliminando la atribución de la Comisión, de normar la administración de los recursos asignados a los organismos de cuenca, normativa cuya emisión es facultad de la autoridad fiscal.
- Considerando la necesidad de que el Registro Público de Derechos de Agua, debe ser único y nacional, en virtud del carácter de Órgano desconcentrado de la SEMARNAT que caracteriza a la CONAGUA, además de la índole de unidad administrativa adscrita a dicho órgano desconcentrado que tienen los organismos de cuenca, y la necesidad de contar con un Registro confiable y con fe pública; es preciso reformar la fracción XXXIV, para redefinir la atribución de la CONAGUA en la materia, en los términos siguientes:
XXXIV. Estructurar, operar y ejercer las funciones en materia del Registro Público de Derechos de Agua, a nivel nacional y regional hidrológico-administrativo, realizando al efecto, las gestiones necesarias conforme a la Ley y con cargo a su presupuesto aprobado.
- Dado el carácter de órgano desconcentrado de la CONAGUA, ésta no puede tener autonomía presupuestaria y, por ello, consideramos procedente la reforma a la fracción XXXVII, propuesta por el Senado, sustituyendo la referencia a la autonomía ``presupuestal'' con la ``de gestión''.
- Consideramos procedente la propuesta de reforma a la fracción XLIV, pues se trata de atribuir a la CONAGUA, no sólo la coordinación del Servicio Meteorológico Nacional, sino también, la operación del mismo y ejercer las funciones en dicha materia.
- Con la reforma a la fracción XX, propuesta señalada con antelación, resulta innecesaria, por repetitiva, la disposición contenida en la fracción XLVIII, razón por la cual proponemos la derogación de ésta.
- Coincidimos con la Colegisladora. Es procedente la reforma a la fracción L, en virtud de que resulta ocioso señalar el ``carácter normalmente transitorio'' de las medidas necesarias que cesarán en su aplicación cuando la Comisión así lo determine y, en consecuencia, se debe eliminar el señalamiento de tal carácter.
Por otro lado, resulta apropiado eliminar la referencia a la concertación con los usuarios afectados, por las mismas consideraciones expuestas para la propuesta de reforma a la fracción XXIV del Artículo 9.
- Apreciamos pertinente y necesaria la adición de las fracciones LIV y LV al Artículo 9, recorriendo la actual fracción LIV para quedar como fracción LVI, en virtud de que la Ley vigente, no prevé que la CONAGUA, como autoridad del agua, pueda, en su nivel nacional, verificar el cumplimiento de la Ley a través de visitas de inspección, revisiones de gabinete o solicitudes de información, así como aplicar medidas de urgente aplicación y cautelares para proteger la calidad y cantidad de las aguas nacionales, y procurar la seguridad de las personas y sus bienes en casos de emergencia o contingencia; omisión legal que se corrige con la reforma propuesta por el Senado de la República.
- Coincidimos con la Colegisladora, en cuanto a la procedencia de la reforma al primer párrafo del Artículo 9 BIS, pues es correcto señalar que las disposiciones para el manejo y rendición de cuentas sobre los recursos a cargo de la Comisión, se sujetarán a las disposiciones aplicables en la materia, y no que se determinen en el Reglamento Interior de la SEMARNAT.
En cuanto a la propuesta de adición de un segundo párrafo al propio Artículo 9 BIS, consideramos es improcedente, en virtud de las facultades atribuidas por la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para realizar transferencias, reasignaciones, etc., en casos específicos.

ARTÍCULO 10.

- Esta Dictaminadora considera procedente la reforma al Artículo 10, propuesta por el Senado de la República, pues coincidimos en que es necesario eliminar en la integración del Consejo Técnico de la Comisión a los representantes de las organizaciones ciudadanas. Asimismo, es procedente eliminar al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, en virtud de que participa en las licitaciones que realiza la Comisión Nacional del Agua y, en consecuencia, su participación en el Consejo le permitiría contar con información privilegiada, sin embargo, consideramos pertinente la permanencia y la participación de los dos representantes de los gobiernos de las entidades federativas, que sean nombrados por los propios gobiernos locales con pleno respeto a su soberanía.

Artículo 11.

- Consideramos procedente la reforma a la fracción VI, propuesta por la Colegisladora, para que el Consejo Técnico de la Comisión sólo participe en la gestión y concertación de créditos, pues la aprobación de los términos, la forma en que habrán de gestionarse y concertarse, es facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- En cuanto a la reforma a la fracción VII, propuesta por el Senado, para establecer una participación más activa del Consejo Técnico con su coadyuvancía y fomento en la creación de los consejos de cuenca, así como las modificaciones a los existentes, estamos de acuerdo con su procedencia; sin embargo, estimamos pertinente se mantenga la atribución establecida en la Ley vigente, de acordar la creación de dichos consejos de cuenca. Por ello proponemos que el texto de la reforma, diga: ``VII. Coadyuvar, fomentar y acordar la creación de los consejos de cuenca, así como modificaciones a los existentes''.
- Esta Dictaminadora estima procedente la reforma a la fracción IX, propuesta por el Senado, en virtud de que, acertadamente, se establece que la aprobación del manual de que se trata, sea de conformidad con las disposiciones aplicables, e incorpore, además de la aprobación del manual, la de las modificaciones al mismo.

Artículo 11 BIS 1.

- Atendiendo la naturaleza de la CONAGUA, órgano desconcentrado de la SEMARNAT, estimamos procedente la derogación del Artículo 11 BIS 1, en virtud de que tal naturaleza jurídica no permite considerar a la Comisión, de acreditada solvencia. Sin embargo, consideramos importante reconocer la existencia dentro de la Comisión, del Comité Técnico de Obras Hidráulicas, cuya integración y funciones están contempladas en el Reglamento Interior de la Comisión.
En virtud de que se trata de un órgano de consulta en una materia tan importante y trascendente como lo es la seguridad de las obras hidráulicas, estimamos pertinente sustituir la derogación planteada por el Senado, con la reforma del Artículo 11 BIS 1, para establecer en la Ley, que la CONAGUA contará con un comité técnico de obras hidráulicas que fungirá como órgano interno de consulta en materia de seguridad de obras hidráulicas, y cuyas atribuciones se establezcan en el propio Artículo 11 BIS 1.

Artículo 12.

- Apreciamos procedente la reforma a la fracción IV, en virtud de que el Director General de un Organismo Desconcentrado, puede delegar facultades, pero no otorgar poderes.
- En congruencia con la propuesta de reforma al Artículo 11 BIS 1, estimamos procedente reformar la fracción VIII del Artículo 12, para incorporar la facultad del Director General de la Comisión, de presidir al Comité Técnico de Obras Hidráulicas.
- En cuanto a la reforma a la fracción IX, planteada por la Colegisladora, estimamos improcedente la propuesta, en virtud de las observaciones expresadas en relación a la propuesta de reforma de la fracción XL del Artículo 3, y que en obvio de repeticiones damos por reproducidas; además, consideramos que la referencia a los casos establecidos en la fracción IX del Artículo 9, no debe de suprimirse, ya que son casos de la competencia de la CONAGUA en el nivel nacional, incluyendo aquellos de competencia delegada por el Ejecutivo Federal.
Por ello, esta Comisión Dictaminadora considera pertinente no reformar la fracción IX del Artículo 12 de la Ley de Aguas Nacionales.
- Estimamos procedente la reforma a la fracción X, propuesta por el Senado, en virtud de que aclara el carácter autónomo en la toma de decisiones de las unidades administrativas de un órgano desconcentrado, como son los Organismos de Cuenca.
- También consideramos procedente la reforma a la fracción XI, planteada por la Colegisladora, ya que al eliminar la excepción de la disposición contenida en la fracción XI, vigente, la propuesta se adecua al contexto de la Ley.

ARTÍCULO 12 BIS.

- Esta Comisión Dictaminadora considera procedente la reforma al párrafo primero del Artículo 12 BIS, en razón de que se adecua la disposición legal a la naturaleza jurídica de la CONAGUA, y al carácter de Unidad Administrativa de un Órgano Desconcentrado que la propia Ley atribuye a los Organismos de Cuenca.

ARTÍCULO 12 BIS 1.

- Son procedentes las reformas a los tres párrafos que integran el Artículo 12 BIS 1, ya que su finalidad es, como en propuestas anteriores se ha considerado, la adecuación de la disposición que originalmente proyectadas para Organismos de Cuenca dependientes de una entidad paraestatal, y que finalmente quedaron en la Ley como unidades regionales especializadas de un órgano desconcentrado.

ARTÍCULO 12 BIS 2.

- Esta Comisión Dictaminadora considera improcedente la reforma a la fracción V, por las razones expuestas en relación a la propuesta de reforma a la fracción XL del Artículo 3, las cuales damos por reproducidas.
- En cuanto a la reforma al décimo párrafo del Artículo 12 BIS 2, propuesta por el Senado, esta Dictaminadora considera improcedente eliminar al representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como integrante del Consejo de Cuenca, en virtud de las atribuciones de éste, relacionadas con temas de la competencia de dicha dependencia; razón por la cual se estima pertinente no reformar el décimo párrafo del Artículo 12 BIS 2.

ARTÍCULO 12 BIS 3.

- Se considera procedente la propuesta del Senado para reformar el párrafo primero del Artículo 12 BIS 3, ya que las facultades técnico-operativas de los Organismos de Cuenca, igual que los de la Comisión en el nivel nacional, deben ejercerse de acuerdo con el Programa Nacional Hídrico, y que los programas y recursos presupuestarios de los Organismos de Cuenca, deben ser aprobados por la Comisión.
- También consideramos pertinente la reforma planteada para la fracción III del mismo Artículo 12 BIS 3, en razón del énfasis sobre la aprobación de los programas y presupuestos de los Organismos de Cuenca, por la Comisión, y de la correcta sustitución de la validación de los informes del Director del Organismo de Cuenca, con el simple conocimiento, en virtud de que, si bien el Consejo de Cuenca no está subordinado al Organismo de Cuenca correspondiente; tampoco se le pueden dar atribuciones de supraordinación frente al propio Organismo de Cuenca.
- Consideramos adecuada la reforma a la fracción V, planteada por el Senado, ya que es indebido que la propia Ley autorice la discrecionalidad del Consejo de Cuenca, para que se atribuya facultades a fin de cumplir sus atribuciones formales; no obstante, es preciso modificar el género del artículo determinado con el que inicia la disposición, pues esta se refiere a facultades.

ARTÍCULO 12 BIS 4.

- Esta Comisión Dictaminadora considera procedente la reforma al Artículo 12 BIS 4, propuesta por el Senado, ya que al eliminar el segundo párrafo, se evita conferir a los Organismos y Consejos de Cuenca, la atribución normativa propia de la Comisión, así como la discrecionalidad para autorregirse.
De tal manera, el Artículo 12 BIS 4, reformado, quedará integrado sólo con el párrafo primero del artículo, vigente.

ARTÍCULO 12 BIS 5.

- Esta Comisión Dictaminadora coincide con la Colegisladora en la necesidad de reformar el Artículo 12 BIS 5, para darle mayor claridad al precepto y facilitar su interpretación.

ARTÍCULO 12 BIS 6.

- Son procedentes las reformas al párrafo primero y a la fracción I del Artículo 12 BIS 6, en los términos propuestos por el Senado, dada la naturaleza jurídica de los Organismos de Cuenca sobre lo que ya hemos externado nuestras consideraciones.
- De igual manera consideramos procedente la reforma a la fracción V, para eliminar el otorgamiento de aval o garantía, por las reflexiones expuestas para eliminar la disposición similar atribuida a la Comisión en el estudio de la fracción X del Artículo 3; asimismo, es procedente eliminar la atribución de normar las obras de infraestructura hídrica por los Organismos de Cuenca, en virtud de que corresponden al órgano superior normativo que es la Comisión; sin embargo, estimamos conducente no eliminar la facultad de concesionar obras hídricas por los propios organismos de cuenca.
De tal manera, proponemos modificar el texto planteado por el Senado, adicionando la atribución de ``concesionar'' obras de infraestructura hídrica a los Organismos de Cuenca.
- Del análisis integral de las atribuciones de los Organismos de Cuenca, reconocemos la omisión de la Ley, consistente en que la fracción X, faculta a dichos organismos a regular los servicios de riego en distritos y unidades de riego, únicamente, dejando fuera la regulación de riego en distritos de temporal tecnificados, los cuales, en muchos aspectos, se rigen con las mismas normas establecidos para distritos y unidades de riego.
Por ello proponemos incorporar en el proyecto de decreto que nos ocupa, la reforma a la fracción X, con el solo propósito de solventar la omisión de la Ley, incorporando ``distritos de temporal tecnificado'' como sujetos de la regulación de los servicios de riego por Organismos de Cuenca.
- Coincidimos con la Colegisladora en la propuesta de reforma a la fracción XIII, en cuanto a eliminar la atribución de los Organismos de Cuenca, de operar el registro público de derechos de agua; sin embrago, consideramos que en congruencia con el texto propuesto por la fracción XX del Artículo 9 (atribuciones de la Comisión en el nivel nacional), resulta conveniente incorporar en el texto propuesto para la fracción XIII, en comento, la atribución a dichos organismos, para otorgar prorrogas, modificaciones, rectificaciones, transmisiones de derechos, suspensiones y extensiones sobre los títulos y permisos que expiden. De ahí las modificaciones al proyecto en la fracción que nos ocupa.
En relación con la propuesta inmediata anterior, esta Dictaminadora estima pertinente derogar la fracción XXX del Artículo de referencia, en virtud de que la disposición contenida en ésta, sería reiterativa de lo dispuesto en la propuesta aludida.
- En virtud de que el concepto de instancia financiera no es aplicable a la CONAGUA, proponemos incorporar, en el proyecto de decreto, la derogación de la fracción XVI del Artículo 12 BIS 6.
- Consideramos procedente, en sus términos, la propuesta de reforma a la fracción XVII, contenida en el proyecto de decreto enviado por el Senado, en la cual se especifica que la instrumentación y operación del sistema financiero del agua, se realizará conforme a las disposiciones y autorizaciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Estimamos procedente la propuesta de reforma a la fracción XIX, para eliminar el concurso de los Consejos de Cuenca en el estudio y proposición de los montos recomendables para el cobro de los derechos de agua y tarifas de cuenca, en virtud de que en dichos consejos participan autoridades federales, estatales y municipales, así como organizaciones de los usuarios y sociedad civil, cuyos intereses en la materia dificultan los acuerdos correspondientes, amen de que la determinación de dichas contribuciones son de la competencia federal.
- Estamos de acuerdo con la propuesta de reforma a la fracción XX, para precisar que los mecanismos para la recaudación de derechos, los establecerá la Comisión; sin embargo, estimamos innecesario señalar los dos cuerpos normativos que la propuesta contiene; pues basta determinar que la atribución se ejercerá ``conforme a las disposiciones fiscales aplicables''. En tal sentido, proponemos modificar el texto planteado por el Senado.
- La Dictaminadora considera procedente, en sus términos, la propuesta de reforma a la fracción XXIV, ya que la redefinición de la autonomía de los Organismos de Cuenca se adecua a la naturaleza de dichos organismos, como ya se ha considerado en puntos anteriores.
- Es pertinente y necesaria la adición de las fracciones XXXIII y XXXIV al Artículo 12 BIS 6, recorriendo la actual fracción XXXIII para quedar como fracción XXXV, por las consideraciones vertidas en relación a las adiciones de las fracciones LIV y LV al Artículo 9, las cuales, en obvio de repeticiones, dejamos por reproducidas en este espacio.

ARTÍCULO 13.

- Esta Dictaminadora estima procedente, en sus términos, la propuesta de reforma al Artículo 13, contenida en el proyecto de decreto que nos ocupa, en virtud de que, por un lado, califica el perfil de los Consejos de Cuenca, conforme a su naturaleza jurídica, como órganos consultivos colegiados de integración mixta, y por otro, acota la orientación de sus tareas como instancia de coordinación, concentración, apoyo, consulta y asesoría, a la propuesta de programas y acciones, y no a la formulación y ejecución de los mismos, establecidas en la Ley vigente. Sin embargo, esta Comisión Dictaminadora considera pertinente adicionar un párrafo segundo al Artículo 13, para establecer que los acuerdos concertados en los Consejos de Cuenca deben considerarse de manera fundamental en la toma de decisiones por los Organismos de Cuenca.

ARTÍCULO 14 BIS.

- Es procedente la propuesta de reforma al párrafo primero del Artículo 14 BIS, ya que sería difícil el trabajo conjunto que la disposición vigente señala, para promover y facilitar la participación social. En nuestra consideración, es correcto que dicha actividad la realice la Comisión con la participación de las autoridades referidas en el Artículo 14 BIS, en vigor.
- En cuanto a la propuesta de reforma a la fracción II, consideramos procedente modificar la redacción del texto vigente, para darle claridad y eliminar el innecesario y equívoco concepto de ``estado'' que la disposición señala. No obstante, estimamos pertinente sustituir en la propuesta el señalamiento de cada uno de los órdenes de gobierno, con la redacción siguiente:
``II. Apoyará... pública, encaminadas a la mejor distribución de tareas, responsabilidades entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno y la sociedad, para contribuir a la gestión integrada de los recursos hídricos''.

ARTÍCULO 14 BIS 3.

- El Senado propone derogar el capítulo V BIS 2, así como el Artículo 14 BIS 3 que lo integra, relativo al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, su naturaleza y atribuciones.
Al respecto, esta Comisión Dictaminadora considera debe aprovecharse la capacidad y experiencia del IMTA, en materia de investigación; desarrollo y adaptación de tecnología, así como en la preparación de cuadros calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua y su entorno, reformando y no derogando, las disposiciones legales relativas, para adecuar sus atribuciones a fin de evitar que se confundan con las conferidas a la CONAGUA.

ARTÍCULO 14 BIS 4.

- Esta Comisión Dictaminadora considera improcedente la propuesta del Senado de la República, de derogar el Artículo 14 BIS 4 de la Ley vigente, en virtud de que las atribuciones que dicho artículo confiere a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, coadyuvan con las facultades de la CONAGUA a eficientar la función de inspección y sanción a los infractores de la Ley de Aguas Nacionales.

ARTÍCULO 14 BIS 5.

- Es procedente la reforma del Artículo 14 BIS 5, propuesta por el Senado, para aclarar que los usos del agua y los trasvases entre cuencas deben ser regulados por el Ejecutivo Federal directamente o a través de la Comisión. El texto vigente establece que deben ser reguladas por el Estado.

ARTÍCULO 14 BIS 6.

- La propuesta de reforma de la fracción II, es procedente en cuanto a la sustitución de una coma (,) con la conjunción disyuntiva ``o''. Sin embargo, consideramos indebido mutilar el término ``permisos de descarga'', para dejar ``permisos'' ya que éstos, los ``permisos'', están referidos en la disposición que nos ocupa, como integrantes del régimen de autorización para la explotación, uso o aprovechamiento del agua o para el uso de bienes nacionales; en tanto, los ``permisos de descarga'', como el término lo indica, están referidos a la autorización para descargar aguas residuales. Por ello, consideramos debe mantenerse ``permisos de descarga'', como lo establece la disposición vigente.

ARTÍCULO 20.

- Es procedente la reforma al primer párrafo del Artículo 20, planteada por el Senado, para establecer que las concesiones y asignaciones se otorgarán atendiendo a la disponibilidad del recurso y los derechos inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua.
- En cuanto a la propuesta de reforma al párrafo cuarto, esta Dictaminadora considera adecuado separar las disposiciones relativas a la concesión para que queden en el párrafo cuarto; de las referentes a la asignación que conforman el párrafo quinto. En relación a la propuesta de reforma al que sería nuevo párrafo quinto, señalando la excepción a la prohibición de transmitir derechos amparados en asignaciones, al establecer: ``salvo que ésta (la transmisión de derechos) implique que se transmitan volúmenes para el mismo uso público urbano o doméstico'', esta Dictaminadora considera pertinente la reforma propuesta, en virtud de que facilitará la atención, por los llamados organismos operadores, de las necesidades de servicio de agua potable en comunidades alejadas de los grandes centros de población. Asimismo, para darle congruencia a este párrafo con las propuestas de reforma a las fracciones IX y XIV, consideramos necesario eliminar la expresión ``o doméstico'', para que la parte inicial del nuevo párrafo quinto establezca: ``cuando se trate de la prestación del servicio de agua con carácter público urbano, incluidos los procesos que este servicio conlleva, la explotación, uso o ...''.

ARTÍCULO 21 BIS.

- El Senado propone derogar la fracción III, para que la manifestación de impacto ambiental no sea requisito indispensable en toda solicitud de concesión o asignación.
Al respecto, esta Dictaminadora considera improcedente la propuesta, ya que, si bien dicho requisito no es aplicable a todas las solicitudes de autorización para explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales, los casos en que si es procedente el requisito, están perfectamente determinados en las disposición vigente.

ARTÍCULO 24.

- El Senado propone reformar este Artículo, eliminando del párrafo segundo, la disposición final que exige que las solicitudes de prorroga deben presentarse ``al menos seis meses antes de su vencimiento (del título de que se trate)''.
Al respecto, esta Dictaminadora considera improcedente la propuesta, en virtud de que en el supuesto de una solicitud presentada en los días inmediatos previos al vencimiento del título, la autoridad no puede disponer del plazo legal de 60 días para responder a la petición o, en su caso, lo haría cuando ya hubiere operado la extinción del derecho titulado.
Por ello, la Dictaminadora procedió al análisis minucioso del tema, concretamente de los diversos párrafos que integran el Artículo 24, del cual derivan las consideraciones siguientes:
• Es pertinente reformar el párrafo primero del Artículo 24, para sustituir la expresión: ``las condiciones que guarde la fuente de suministro'', con ``las condiciones físicas en cantidad y calidad del agua del acuífero ó cuenca que corresponda'', con el propósito de darle mayor claridad a la disposición especificando los elementos considerados para el otorgamiento de los títulos.
• Asimismo, es conducente reformar el párrafo segundo sustituyendo la expresión ``causales de terminación'', con ``causales de extinción'', por obvias razones; así como modificando el periodo establecido para la presentación de las solicitudes de prórroga, para que sea ``dentro de los dos años previos al término de su vigencia, y al menos 60 días antes de su vencimiento''.
Con esta propuesta, la Dictaminadora considera se evitará autorizar prórrogas con una antelación mayor a los 18 meses previos al vencimiento, así como la respuesta extemporánea a la petición del usuario.

ARTÍCULO 29 BIS 2.

- La propuesta de reformar el párrafo primero del Artículo 29 BIS 2, es improcedente. Esta Dictaminadora ha expresado ya sus consideraciones sobre la necesidad de mantener en el texto de la Ley, los permisos provisionales que se pretenden suprimir.
- No es procedente la adición de una fracción VI del Artículo 29 BIS, para establecer como causal de suspensión: utilizar volúmenes mayores a una quinta parte de los concesionados, sin la autorización previa de la ``Autoridad del Agua'', en virtud de que dicho supuesto queda comprendido en la fracción V que señala: (cuando) ``no cumpla con las condiciones o especificaciones del título de concesión o asignación, salvo que acredite que dicho incumplimiento no le es imputable''
Además, el texto propuesto dispone que procede la suspensión cuando se ``utilicen volúmenes mayores a una quinta parte de los concesionados, sin la autorización previa de la ``Autoridad del Agua'''', con lo cual, a quien utilizara entre el 20 y el 100 por ciento de los volúmenes concesionados, se le suspenderá la concesión.
- No se considera procedente la adición de dos párrafos finales al Artículo 29 BIS 2, en virtud de que el carácter cautelar de la suspensión esta implícito en lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 29 BIS 2, vigente; de igual manera, la referencia a que la aplicación de suspensión es independiente de las sanciones que procedan, ya esta definida en el primer párrafo del propio artículo, y que, finalmente, la procedencia de la colocación de sellos, es materia de los reglamentos de la Ley.

ARTÍCULO 29 BIS 3.

- Es procedente la reforma al primer párrafo de la fracción VI, ya que al ampliar el término para que opere la caducidad, de dos a tres años, se atienden de manera positiva, los reclamos de los usuarios que con motivo de la caducidad han visto restringidos sus derechos.
- Resulta improcedente la propuesta de reforma al numeral 3 de la fracción VI, por las siguientes consideraciones:
• Es una contradicción legal que se establezca la extinción de un título de concesión o asignación por la caducidad declarada por la Autoridad del Agua, y por otro lado, se establezca que no se aplicará dicha extinción cuando se pague una cuota de garantía de no caducidad, independientemente de los términos en que se define la cuota de garantía en el texto vigente o en la propuesta del Senado. En todo caso, dicha cuota de garantía tiene como primer objetivo el que no se declare la caducidad y, en consecuencia, no exista elemento para la extinción.
Por otro lado, las disposiciones contenidas en los numerales 1 a 6 de la fracción VI que nos ocupa, entre las que se encuentra la relativa a la ``cuota de garantía de no caducidad'', según el texto legal vigente, están referidas a causales de improcedencia de la extinción por caducidad, cuando debieran ser causales de improcedencia de la declaratoria de caducidad.
Es importante señalar que con dicha cuota de garantía, quienes dejen de explotar el recurso hídrico y tengan los recursos económicos para el pago de la misma, podrán continuar con dicha práctica permanentemente, sin temor a la declaratoria de caducidad y a su efecto como causal de la extinción.
Por ello, esta Dictaminadora estima pertinente derogar el numeral 3 de la fracción VI del Artículo 29 BIS 3.
- Es procedente la reforma al párrafo inmediato posterior al numeral 6 de la fracción VI, ya que se trata de ampliar el plazo para la presentación del escrito de que se trata, de quince a sesenta días, en beneficio de los usuarios.
- Esta Comisión Dictaminadora considera procedentes las reformas a los dos últimos párrafos de la fracción VI, en virtud de que sólo se adecuan a la reforma planteada para el primer párrafo de la propia fracción VI, en cuanto a la ampliación del plazo para la declaratoria de caducidad, de dos a tres años.

ARTÍCULO 29 BIS 4.

- Es improcedente la reforma planteada para el primer párrafo del Artículo 29 BIS 4, cuyo propósito es eliminar el señalamiento específico a los permisos provisionales y a los permisos de descarga, refiriendo solamente permisos, con la finalidad de adecuar la disposición a la eliminación de los permisos provisionales planteada en otras disposiciones, los cuales deben quedar expresos en la Ley por las consideraciones vertidas anteriormente. Esta Dictaminadora propone que prevalezca la disposición del primer párrafo del Artículo 29 BIS 4, en los términos de la Ley vigente.
- Del mismo modo, esta Comisión Dictaminadora considera improcedente la reforma a la fracción I, planteada por el Senado, en virtud de que, como ya ha quedado expuesto con antelación, la reincidencia no debe acotarse a un periodo determinado. Sin embargo, consideramos pertinente modificar el texto de la fracción vigente, en virtud de que la disposición es equívoca, pues quien consuma entre el 20 y el 100 por ciento de los volúmenes concesionados, será acreedor a la revocación en caso de reincidencia.
Así, proponemos reformar la fracción I de referencia, para que establezca:
I. Disponer del agua en volúmenes que excedan, en más de un 20 por ciento, a los autorizados, cuando por la misma causa el beneficiario haya sido suspendido en su derecho con anterioridad.

ARTÍCULO 29 BIS 5.

- De la revisión integral de la Ley, esta Comisión Dictaminadora reconoce la necesidad de reformar la fracción V del Artículo 29 BIS 5, para eliminar la referencia al pago oportuno de la cuota de garantía referida en el numeral 3 de la fracción VI del Artículo 29 BIS 3, en aras de la congruencia necesaria, ya que dicho numeral 3 es objeto de la derogación planteada en este dictamen.
Para tal efecto, proponemos reformar la fracción V del Artículo 29 BIS 5, para establecer:
V. Cuando se trate de una transmisión de derechos en ciernes y se cuente con elementos suficientes para determinar que existe un acaparamiento o concentración del recurso agua tendiente a prácticas monopólicas contrarias al interés social.

ARTÍCULO 30.

- Coincidimos con la Colegisladora en la procedencia de reforma el Artículo 30 para adecuar las disposiciones a la naturaleza jurídica de la Comisión Nacional del Agua, y de sus Organismos de Cuenca, unidades administrativas adscritas a la CONAGUA, y así determinar que el Registro Público de Derechos de Agua, sea un registro nacional que contenga los derechos reconocidos en el nivel nacional y en el nivel hidrológico -- administrativo, operado a través de una unidad administrativa, autónoma y especializada en la materia, que será depositaria de la fe pública registral, autorizará los documentos, constancias y certificaciones que deba expedir, y estará adscrita directamente al Titular de la Comisión. No obstante, esta Comisión Dictaminadora considera pertinente modificar el texto propuesto por el Senado, para incorporar la disposición de que las autorizaciones otorgadas por el Registro se hagan con firma autógrafa, o bien mediante firma electrónica avanzada y sello correspondiente.
- Es procedente la reforma a la fracción IV, planteada por el Senado, con el objeto de precisar que no se transmiten los títulos, sino los derechos consignados en éllos, y que no sólo se transmiten los correspondientes a la concesión, sino también los relativos a la asignación y permisos.
- Es procedente la reforma al antepenúltimo párrafo del Artículo 30, para aclarar que la prestación del servicio de que se trata, causará los derechos correspondientes en términos de Ley, eliminando la disposición de que tales derechos se especificaran por autoridad competente.
- Es procedente la reforma al penúltimo párrafo del Artículo 30, planteada por el Senado, para adecuar la operación del Registro Público de Derechos de Agua por región hidrológico -- administrativa, a la naturaleza de éste, y que sea a través de las unidades administrativas del propio Registro, encargadas de su operación en el nivel regional señalado.

ARTÍCULO 31.

- Esta Comisión Dictaminadora considera improcedente la reforma al párrafo cuarto del Artículo 31, mediante la cual se sustituye a la Autoridad del Agua, con la unidad administrativa encargada del Registro, para proveer lo necesario para el respeto de los derechos inscritos en el mismo; consideramos que es la Comisión Nacional del Agua la autoridad referida por la Ley vigente, la que se constituye como órgano superior con carácter normativo de la Federación, y por lo tanto, debe ser la encargada de normar lo necesario para el respeto de los derechos inscritos. La unidad administrativa encargada de la operación del Registro, no tiene atribuciones normativas.

ARTÍCULO 32.

- Consideramos procedente la propuesta de reforma al párrafo segundo del Artículo 32, para que sea la unidad administrativa encargada del Registro, y no la Autoridad del Agua, la competente para solicitar datos a los propietarios de tierra.

ARTÍCULO 33.

- Es procedente la propuesta de reforma al Artículo 33, para establecer que la transmisión de derechos en el caso de las concesiones y los permisos de descarga pueda ser temporal, además de definitiva.
- En congruencia con la propuesta de reforma anterior, esta Comisión Dictaminadora considera necesario reformar el numeral 4 de la fracción VI del Artículo 29 BIS 3, con el propósito de eliminar el párrafo segundo de dicho numeral, el cual establece que el único caso permitido de transmisión temporal es el de la cesión de los derechos a la Autoridad del Agua.
- De la revisión al Artículo 33, esta Comisión Dictaminadora considera necesario reformar la fracción II del mismo, para sustituir el término ambientales, con el término ecológicas, así como la parte final, para sustituir la expresión bajo las cuales se otorga la autorización solicitada, con la siguiente: para otorgar la autorización solicitada, con el propósito de aclarar el objetivo de la disposición.

ARTÍCULO 35.

- Es procedente la reforma al párrafo primero del Artículo 35, planteada por el Senado, para establecer que la transmisión de derechos en zona de veda o reglamentada, se podrá convenir conjuntamente o en forma separada de la transmisión de la propiedad, señalando además que dicha transmisión puede ser temporal, además de definitiva; adicionalmente se establece la responsabilidad solidaria entre las partes para sufragar los gastos ocasionados por la clausura del pozo inutilizado.
- Es procedente la propuesta de reforma al párrafo tercero del Artículo 35, para adecuar la disposición a la posibilidad de transmitir los derechos establecidos en las asignaciones, siempre que no se modifiquen los usos público urbano o doméstico, como lo establece la reforma planteada al Artículo 20 de la Ley, en este dictamen.

ARTÍCULO 44.

- Es procedente la propuesta de reforma al párrafo primero del Artículo 44, para mejorar la redacción de su texto y darle mayor claridad a la disposición.
- Es procedente la reforma al antepenúltimo párrafo del Artículo 44, propuesta por el Senado, para adecuar la disposición a la naturaleza jurídica, tanto de la Comisión como de los Organismos de Cuenca, invirtiendo el sentido de la disposición para que sea la Comisión quien podrá convenir el establecimiento de sistemas regionales de tratamiento de descargas, con el concurso de los Organismos de Cuenca.

ARTÍCULO 86.

- Es procedente la reforma a la fracción IV del Artículo 86, planteada por el Senado, para sustituir la expresión que se generen en, con la siguiente: que se depositen o viertan en, en virtud de que en los cuerpos receptores de aguas residuales no se generan sino se depositan o vierten éstas.

ARTÍCULO 92.

- Es procedente la propuesta de reforma al penúltimo párrafo del Artículo 92, para señalar el carácter de medida urgente de la suspensión, y otorgar un plazo de quince días para la regularización de los hechos que la motivaron; sin embargo, consideramos pertinente modificar la parte final del texto propuesto para señalar que la suspensión será sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que se pudiera incurrir, para mantener el sentido de la disposición vigente.

ARTÍCULO 111 BIS.

- Es procedente la reforma al párrafo primero del Artículo 111 BIS, planteada por el Senado, a fin de aclarar que la operación del Sistema Financiero del Agua se llevara a cabo conforme a las autorizaciones, y no con el apoyo, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estableciendo además, que dichas operación y autorizaciones se harán en los términos de las disposiciones aplicables.

ARTÍCULO 113 BIS.

- Esta Comisión Dictaminadora coincide con la orientación de la propuesta de reforma a los párrafos segundo, tercero y cuarto del Artículo 113 BIS, planteada por el Senado, ya que consideramos adecuado incorporar en el párrafo primero, como caso de excepción a la obligación de contar con concesión, el Acuerdo de Coordinación con las entidades federativas para que coadyuven en el desazolve de los bienes públicos y utilicen los materiales para el cumplimiento de sus funciones. Sin embargo, por las razones expuestas en el análisis de disposiciones anteriores, consideramos inadecuado excluir de la Ley los permisos provisionales para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, por lo que proponemos modificar las disposiciones propuestas para los párrafos en comento, a fin de mantener en ellos la referencia a dichos permisos.

ARTÍCULO 117.

- Es procedente la reforma al párrafo primero del Artículo 117, propuesta por el Senado, para sustituir la referencia equivoca de la zona federal de la infraestructura hidráulica, con la siguiente: la zona de protección de infraestructura hidráulica.

ARTÍCULO 118.

- De la revisión integral del Artículo 118, realizada por esta Comisión Dictaminadora, estimamos pertinente reformar el párrafo primero, para establecer, como excepción a los bienes nacionales objeto de explotación, uso o aprovechamiento, los correspondientes a los terrenos de los cauces y vasos de las presas.
- Es procedente la propuesta de reforma al último párrafo del Artículo 118 para reconocer el derecho de preferencia de propietarios y poseedores colindantes a la zona federal, en el otorgamiento de las concesiones correspondientes, incluidas las zonas urbanas.

TÍTULO DÉCIMO.

- Es procedente la adición de un TÍTULO DÉCIMO, Medidas de Apremio y Seguridad, integrado con los Artículos 118 BIS 1, 118 BIS 2 y 118 BIS 3, que también se adicionan, recorriendo el actual TÍTULO DÉCIMO, Infracciones, Sanciones y Recursos, para que pase a ser: TÍTULO DÉCIMO PRIMERO, Infracciones, Sanciones y Recursos, en virtud de que la Ley vigente es omisa en el señalamiento de las medidas de apremio y seguridad, cuyas disposiciones relativas se propone adicionar.
Sin embargo, consideramos necesario modificar los textos propuestos para los Artículos 118 BIS 2 y 118 BIS 3, con el propósito de aclarar las disposiciones correspondientes y facilitar su interpretación, sin modificar en manera alguna el sentido de los preceptos planteados.

ARTÍCULO 119.

- Es procedente la reforma a la fracción VIII, planteada por el Senado, en virtud de que, acertadamente, se elimina de ella la infracción relativa a la modificación de cauces, vasos o corrientes, así como la relativa al daño o destrucción de una obra hidráulica, las cuales no guardan relación alguna, con la infracción relativa al uso de aguas nacionales sin el título respectivo, disposición primaria en la fracción que nos ocupa; adicionalmente, es procedente la reforma, porque la gravedad de cada una de las infracciones que señala la Ley vigente, ameritan sanciones diferentes.
Sin embargo, esta Comisión Dictaminadora considera pertinente adicionar las fracciones XXV y XXVI, para incorporar en ellas las disposiciones relativas a las dos infracciones eliminadas de la fracción VIII.
- Son improcedentes las reformas a las fracciones XXIII y XXIV, propuestas por el Senado, en virtud de que solo eliminan la referencia a los permisos de carácter provisional, cuya permanencia en la Ley, hemos estimado procedente en consideraciones anteriores de este dictamen.
- Es improcedente la adición de la fracción XXV, planteada por el Senado, en virtud de que la disposición propuesta, queda comprendida en lo dispuesto en la fracción XV de la Ley vigente.
Esta Dictaminadora considera improcedente la disposición planteada por el Senado, para adicionar una fracción XXVI al Artículo 119, para establecer como infracción: incurrir en cualquiera otra violación a los preceptos de esta Ley y sus reglamentos, distintas a las anteriores; en virtud de que no sería posible determinar para esta fracción el rango de multas que le corresponde, pues estaríamos ante la posibilidad de que en ellas se comprendieran infracciones con diversos grados de gravedad.

ARTÍCULO 120.

- Esta Comisión Dictaminadora coincide con el Senado, en el propósito de las reformas a las fracciones I y II, planteadas, en virtud de que atienden a la demanda generalizada de los usuarios, de reducir los montos de las multas correspondientes a las diversas infracciones señaladas en las fracciones I y II del Artículo 119 de la Ley. Sin embargo, estimamos preciso mantener los montos establecidos en la Ley vigente para la fracción III, en virtud de la necesidad de la aplicación de multas congruentes con la gravedad de las infracciones correspondientes.
Asimismo, consideramos pertinente reformar el párrafo penúltimo, para referir a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, como autoridad responsable de la aplicación de multas.

ARTÍCULO 121.

- Es procedente la propuesta de derogar la fracción III del Artículo 121, ya que con ello se elimina la premeditación como un supuesto para la calificación de infracciones, en virtud de que dicha premeditación es una figura jurídica que se utiliza como agravante de delitos y no en infracciones administrativas.
- No es procedente la propuesta de reformas al último párrafo del Artículo 121, en virtud de que solamente elimina la referencia a los permisos provisionales, los cuales, como ya hemos considerado deben permanecer en la Ley.

ARTÍCULO 122.

- Son improcedentes las reformas al Artículo 122, planteadas por el Senado, para eliminar la figura de los permisos provisionales, por las consideraciones supracitadas.
Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, para su discusión y, en su caso, aprobación, y para los efectos del apartado E. del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.

Artículo Único. Se reforman los Artículos: 3, fracciones VI, VIII, XII, XIII, XIX, XX, XXXIX, LVI y LXIV; 5, fracciones I y III; 6, fracciones I y IX; 9, párrafo cuarto, fracciones I, III, IX, X, XII, XX, XXIX, XXXIII, XXXIV, XXXVII, XLIV y L; 9 BIS; 10, párrafos primero y segundo; 11, fracciones VI, VII y IX; 11 BIS 1; 12, fracciones IV, VIII, X y XI; 12 BIS, párrafo primero; 12 BIS 1; 12 BIS 3, párrafo primero fracciones III y V; 12 BIS 5; 12 BIS 6, párrafo primero, fracciones I, V, X, XIII, XVII, XIX, XX y XXIV; 13; 14 BIS, párrafo primero y fracción II; 14 BIS 3, párrafo primero, y fracción I; 14 BIS 5, fracción VI; 14 BIS 6, fracción II; 20, párrafos primero y cuarto; 24, párrafos primero y segundo; 29 BIS 3, fracción VI, numeral 6, párrafos segundo, quinto y sexto; 29 BIS 4, fracción I; 29 BIS 5, fracción V; 30, párrafo primero, fracción IV, y párrafos antepenúltimo y penúltimo; 31, párrafos segundo y tercero; 32, párrafo segundo; 33, párrafo primero, fracciones I y II; 35, párrafos primero y tercero; 44, párrafos primero y antepenúltimo; 86, fracción IV; 92, párrafo penúltimo; 111 bis, párrafo primero; 113 BIS, párrafos segundo y tercero; 117, párrafo primero; 118, párrafos primero y último; 119, fracción VIII, y 120, fracciones I, II y III, y párrafo penúltimo. Se adicionan la fracción XXII a. al artículo 3; la fracción XI al artículo 6; las fracciones LIV y LV al artículo 9, la actual LIV pasa a ser LVI; las fracciones XXXIII y XXXIV, la actual XXXIII pasa a ser XXXV al artículo 12 BIS 6; 20, párrafo quinto recorriéndose los subsecuentes; un Título Décimo y sus artículos 118 BIS 1, 118 BIS 2 y 118 BIS 3, recorriendo el Título Décimo vigente, para que pase a ser Título Décimo Primero, y las fracciones XXV y XXVI al artículo 119. Se derogan las fracciones XXI y XLVIII del artículo 9; el párrafo segundo del artículo 12 BIS 4; las fracciones XVI y XXX del artículo 12 BIS 6; las fracciones II, XI y XII del Artículo 14 BIS 3; el numeral 3 y el párrafo segundo del numeral 4 de la fracción VI del artículo 29 BIS 3, y la fracción III del artículo 121.

LEY DE AGUAS NACIONALES

ARTÍCULO 3. ...

I a V. ...;

VI. ``Aguas Residuales'': Las aguas de composición variada generadas con las descargas provenientes de los usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas;

VII. ...;

VIII. ``Asignación'': Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de ``la Comisión'' o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para realizar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, a los municipios, a los estados o al Distrito Federal, destinadas a los servicios de agua con carácter público urbano;

IX a XI. ...;

XII. `` Comisión Nacional del Agua'': Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con funciones de Derecho Público en materia de gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, y de gestión, para la consecución de su objeto, la realización de sus funciones y la emisión de los actos de autoridad que conforme a esta Ley corresponde tanto a ésta como a los órganos de autoridad a que la misma se refiere;

XIII. ``Concesión'': Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de ``la Comisión'' o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado;

XIV a XVIII. ...;

XIX. ``Cuota Natural de Renovación de las Aguas'': El volumen medio anual de escurrimiento virgen en el caso de las aguas superficiales así como, el volumen medio de recarga natural del acuífero en el caso de las aguas subterráneas;

XX. ``Delimitación de cauce, vaso de depósito natural y zona federal'': Trabajos y estudios topográficos, batimétricos, fotogramétricos, hidrológicos e hidráulicos, necesarios para la determinación de los límites del cauce, vaso y la zona federal;

XXI a XXII. ...;

XXII a. ``Dilución'': Disminución de la concentración de sustancias que se da por el efecto del mezclado de descargas o afluentes en un cuerpo de agua;

XXIII a XXXVIII. ...;

XXXIX. ``Organismo de Cuenca'' unidad técnica, Administrativa y jurídica especializada, con carácter autónomo en sus decisiones, adscrita directamente a ``La Comisión'', cuyas atribuciones se establecen en la presente Ley y sus Reglamentos, y cuyos recursos y presupuesto específico son determinados por ``La Comisión'';

XL a LV. ...;

LVI. ``Uso Doméstico'': La aplicación de agua nacional para el uso particular de las personas y del hogar, riego de sus jardines y de árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa;

LVII a LXIII. ...;

LXIV. ``Zona de reserva'': Aquellas áreas especificas de los acuíferos, cuencas hidrológicas, o regiones hidrológicas, en las cuales se establecen normas para garantizar el suministro de agua para consumo doméstico en las poblaciones o el uso público urbano, así como para implantar un programa de restauración, conservación o preservación o cuando se resuelvan explotar dichas aguas por causa de utilidad pública, por el Ejecutivo Federal.

LXV a LXVI. ...;

ARTÍCULO 5. ...

I. Promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, sin afectar sus facultades en la materia y en el ámbito de sus correspondientes atribuciones. La coordinación para la planeación, realización y administración de las acciones de gestión de los recursos hídricos por cuenca hidrológica o por región hidrológica será a través de los Consejos de Cuenca, en cuyo seno convergen los tres órdenes de gobierno, y participan y asumen compromisos los usuarios, los particulares y las organizaciones de la sociedad, conforme a las disposiciones contenidas en esta Ley y sus reglamentos;

II. ...;

III. Favorecerá la descentralización de la gestión de los recursos hídricos conforme a lo previsto en esta Ley y sus reglamentos.

ARTÍCULO 6. ...

I. Expedir en los términos del Título Quinto de la presente Ley, Reglamentos para la extracción y utilización de las aguas nacionales, a fin de establecer, modificar o suprimir zonas reglamentadas en acuíferos, cuencas hidrológicas, o regiones hidrológicas.

II a VIII. ...;

IX. Nombrar al Director General de ``La Comisión''

X. ...;

XI. Emitir el Reglamento Interior de ``La Comisión'', y

XII. Las demás atribuciones que señale la presente ley

ARTÍCULO 9. ...

...

...

a. ...

b. ...

Las funciones y actividades técnico-operativas y ejecutivas en materia de aguas nacionales en el Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, se realizarán a través de los Organismos de Cuenca, con las salvedades asentadas en la presente Ley.

...

I. Fungir como la Autoridad en materia de la cantidad y de la calidad de las aguas y su gestión en el territorio nacional y ejercer en consecuencia aquellas atribuciones que conforme a la presente Ley corresponden a la autoridad en materia hídrica, excepto las que debe ejercer directamente el Ejecutivo Federal o ``la Secretaría'' y las que estén bajo la responsabilidad de los Gobiernos de los estados, del Distrito Federal o Municipios;

II. ...;

III. Integrar, formular y, por conducto de ``la Secretaría'', proponer al Titular del Poder Ejecutivo Federal, el Programa Nacional Hídrico, actualizarlo y vigilar su cumplimiento;

IV a VIII. ...;

IX. Programar, estudiar, construir, operar, conservar y mantener las obras hidráulicas federales directamente o a través de contratos o concesiones con terceros, y realizar acciones que correspondan al ámbito federal para el aprovechamiento integral del agua, su regulación y control y la preservación de su cantidad y calidad, así como emitir los actos de autoridad, en los casos que correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico - administrativas, o que repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas, o cuando así lo disponga el Ejecutivo Federal, a través de ``La Comisión'' por causas debidamente justificadas que establezcan los Reglamentos de esta Ley.

X. Apoyar, concesionar, contratar, convenir y normar las obras de infraestructura hídrica que se realicen con recursos totales o parciales de la federación, en coordinación con otras dependencias y entidades federales, con el gobierno del Distrito Federal, con gobiernos de los estados que correspondan y, por medio de éstos, con los gobiernos de los municipios beneficiados con dichas obras, en los casos establecidos en la fracción anterior;

XI. ...;

XII. Participar en los términos de las disposiciones aplicables, en la concertación de créditos y otros mecanismos financieros, incluso sobre la participación de terceros en el financiamiento de obras y servicios, que apoyen la construcción y el desarrollo de las obras y servicios federales hidráulicos; igualmente podrá fomentar y apoyar gestiones de crédito y otros mecanismos financieros en favor de estados, Distrito Federal y municipios conforme a sus atribuciones y a solicitud de parte;

XIII a IXX. ...;

XX. Expedir títulos de concesión, asignación o permiso de descarga a que se refieren la presente Ley y sus reglamentos, autorizar las prórrogas, modificaciones, rectificaciones, suspensiones, extinciones y transmisiones de derechos, así como reconocer derechos y llevar el Registro Público de Derechos de Agua, auxiliándose para ello en sus Organismos de Cuenca;

XXI a XXIII. ...;

XXIV. Derogada

XXV a XXVIII. ...;

XXIX. Ejercer con el apoyo de sus Organismos de Cuenca, las atribuciones fiscales en materia de administración, determinación, liquidación, cobro, recaudación y fiscalización de las contribuciones y aprovechamientos que se le destinen o en los casos que señalen las leyes respectivas, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación, y demás disposiciones aplicables.

XXX a XXXII. ...;

XXXIII. Emitir la normatividad a que deberán apegarse sus Organismos de Cuenca en el ejercicio de sus funciones, en congruencia con las disposiciones contenidas en la presente Ley y verificar su cumplimiento;

XXXIV. Estructurar, operar y ejercer las funciones en materia del Registro Público de Derechos de Agua, a nivel nacional y regional hidrológico -- administrativo, realizando al efecto, las gestiones necesarias conforme a la Ley y con cargo a su presupuesto aprobado;

XXXV a XXXVI. ...;

XXXVII. Actuar con autonomía técnica-operativa, administrativa, de gestión y ejecutiva en el manejo de los recursos que se le destinen y de los bienes que tenga en los términos de esta Ley, para el cabal cumplimiento de su objeto y de los objetivos y metas señaladas en sus programas y presupuesto;

XXXVIII a XLIII. ...;

XLIV. Coordinar y operar el Servicio Meteorológico Nacional y ejercer las funciones en dicha materia;

XLV a XLVII. ...;

XLVIII. Derogada

XLIX. ...;

L. En situaciones de emergencia, escasez extrema, o sobreexplotación, tomar las medidas necesarias, las cuales cesarán en su aplicación cuando ``La Comisión'' así lo determine, para garantizar el abastecimiento del uso doméstico y público urbano, a través de la expedición de acuerdos de carácter general;

LI a LIII. ...;

LIV. Verificar el cumplimiento de ``La Ley'', sus disposiciones reglamentarias y las demás aplicables en la materia hídrica, en los casos a que se refiere la fracción IX de este artículo, por parte de los concesionarios, asignatarios o permisionarios, así como de las personas físicas o morales que aun de hecho, usen exploten o aprovechen aguas nacionales o sus bienes públicos inherentes, a través de:

a) Visitas de inspección en el domicilio, establecimientos o lugar o lugares en que se realicen los actos citados;

b) Revisión en las oficinas de dicha Comisión, de los expedientes que obren en su poder;

c) Revisión de los datos o informes que le exhiban los sujetos citados, en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de la propia Comisión o en el lugar o lugares en que realicen dicho uso, aprovechamiento o explotación, dentro de una vista de inspección o con base en los requerimientos que al efecto formule; y

d) Los datos que obtenga o le proporcionen otras autoridades o entidades, federales, locales o municipales, que le permitan conocer situaciones referentes al cumplimiento de las disposiciones mencionadas.

LV. Ordenar y proveer lo necesario para la adopción, imposición y ejecución de las medidas correctivas de urgente aplicación y cautelares previstas en la presente Ley y en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

LVI. Realizar las demás que señalen las disposiciones legales o reglamentarias.

ARTÍCULO 9 BIS. Los recursos a cargo de ``La Comisión'' y las disposiciones para su manejo y rendición de cuentas, se sujetarán a las disposiciones aplicables a la materia; ``La Secretaría'' respetará los presupuestos anuales que se determinen para aquélla en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y actuará conforme a las disposiciones que establezca la Autoridad en la materia.

ARTÍCULO 10. El Consejo Técnico de ``la Comisión'' estará integrado por los titulares de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá; de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Energía; de Economía; de la Función Publica; de Salud; y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como la Comisión Nacional Forestal. Por cada representante propietario se designará a los suplentes necesarios con nivel de Subsecretario o equivalente. El Consejo Técnico solicitará a los gobiernos de las entidades federativas que de manera conjunta designen a dos representantes y sus respectivos suplentes. El Consejo Técnico se organizará y operará conforme a las reglas que expida para tal efecto. Los representantes referidos en el presente párrafo participarán con voz y voto en las sesiones del Consejo.

El Consejo Técnico cuando así lo considere conveniente, podrá invitar a sus sesiones a los titulares de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal así como a representantes de los gobiernos de las entidades federativas, y de los municipios; de los usuarios y de la sociedad organizada, los cuales podrán intervenir con voz, pero sin voto. En las sesiones del Consejo Técnico, participará con voz, pero sin voto, el Director General de ``la Comisión''.

...

ARTÍCULO 11. ...

I a V. ...;

VI. Participar en la gestión y concertación de los créditos y otros mecanismos de financiamiento que requiera ``La Comisión'', conforme a las disposiciones aplicables en la materia;

VII. Coadyuvar, fomentar y acordar la creación de Consejos de Cuenca, así como modificaciones a los existentes;

VIII. ...;

IX. Aprobar de conformidad con las disposiciones aplicables, el Manual de Integración, Estructura Orgánica y Funcionamiento de ``La Comisión'' a propuesta de su Director General, así como las modificaciones, en su caso, y

X. ...;

ARTÍCULO 11 BIS 1. La Comisión Nacional del Agua contará con un Comité Técnico de Seguridad de Obras Hidráulicas, mismo que se integrará en la forma y términos que se determinen en su Reglamento Interior; fungirá como órgano de consulta y decisión, en su caso, en materia de seguridad de obras hidráulicas, y contará con las siguientes atribuciones:

I. Definir la operación del sistema de presas que conforman la Infraestructura Hidráulica Nacional, considerando la opinión de las áreas sustantivas de la Comisión Nacional del Agua en dicha materia.

II. Determinar conjuntamente con la Comisión Federal de Electricidad y otros Organismos competentes la operación de las presas que suministran aguas para la generación de energía eléctrica, incluyendo las que hubieren construido particulares.

III. Asesorarse de las áreas técnicas y operativas competentes para determinar el estado que guarda la infraestructura hidráulica del país;

IV. Asesorarse del Sistema Meteorológico Nacional en todo lo concerniente a fenómenos hidrometeorólogicos a efecto de estar en condiciones de definir el manejo de las presas y control de avenidas, así como los usos de las aguas.

V. Analizar fenómenos tales como sequías, lluvias extraordinarias y pronósticos de ciclones tropicales y sus efectos, así como de lluvias a mediano y largo plazo; conocer el registro histórico por regiones hidrológicas y por entidades federativas, tanto de precipitaciones como de las sequías.

VI. Establecer en lo posible los modelos necesarios para la toma de decisiones en cuanto a los volúmenes de agua disponibles, tanto superficiales como subterráneas, aplicadas a todos los usos del agua, considerando siempre mitigar los efectos de sequías o inundaciones.

En los casos en que existan volúmenes disponibles en las presas y demás obras hidráulicas cuya administración corresponda a la Comisión Nacional del Agua o a sus Organismos de Cuenca, dichas autoridades dentro del ámbito de sus respectivas competencias, podrán otorgar los volúmenes sin previa autorización del Comité Técnico de Seguridad de Obras Hidráulicas, cuando ello no implique afectación a terceros o sea necesario para garantizar la seguridad de las obras de infraestructura.

VII. Comunicar a los Titulares de los Organismos de Cuenca las medidas de seguridad para la operación de las presas de las regiones hidrológicas correspondientes.

VIII. Recomendar la elaboración de estudios para el buen desempeño y desarrollo de la infraestructura hidráulica, así como de los adecuados usos de las aguas nacionales.

IX. Las demás que señalen otras disposiciones jurídicas aplicables.

ARTÍCULO 12. ...

I a III. ...;

IV. Delegar facultades en el ámbito de su competencia;

V a VII. ...;

VIII. Emitir los actos de autoridad en la materia en su ámbito de competencia y fungir como presidente del Comité Técnico de Seguridad de Obras Hidráulicas;

IX. ...;

X. Apoyar y verificar el cumplimiento del carácter autónomo en la toma de decisiones de los Organismos de Cuenca, en los términos dispuestos en la presente Ley y en sus reglamentos, conforme a los procesos de descentralización de la gestión de los recursos hídricos;

XI. Las señaladas en el Artículo 9 de esta Ley para la atención expresa de ``La Comisión'', y ;

XII. ...;

ARTÍCULO 12 BIS. En el ámbito de las cuencas hidrológicas, regiones hidrológicas y regiones hidrológico -- administrativas, ``La Comisión'' realizará sus funciones técnico-operativas a través de sus Organismos de Cuenca de índole gubernamental y se apoyará en Consejos de Cuenca de integración mixta en términos de ley.

...

ARTÍCULO 12 BIS 1. Los Organismos de Cuenca, en las regiones hidrológico-administrativas son unidades técnicas, administrativas y jurídicas especializadas, con carácter autónomo en la toma de sus decisiones, adscritas directamente a ``La Comisión'', cuyas atribuciones, naturaleza y ámbito territorial de competencia se establecen en la presente Ley y se detallan en sus reglamentos, y cuyos recursos y presupuesto específicos son determinados por ``La Comisión''.

Con base en las disposiciones de la presente Ley, ``La Comisión'' organizará sus actividades y normará la integración, organización y funcionamiento de sus Organismos de Cuenca, que tendrán el perfil de unidades técnico-operativas regionales especializadas para cumplir con sus funciones. Dichos Organismos de Cuenca funcionarán armónicamente con los Consejos de Cuenca en la consecución de la gestión integrada de los recursos hídricos en las cuencas hidrológicas y regiones hidrológicas.

Los Organismos de Cuenca conforme a su carácter especializado y atribuciones específicas que la presente Ley les confiere, actuarán con autonomía en sus decisiones y en el manejo de los bienes y recursos que se les destinen y ejercerán en el ámbito de la cuenca hidrológica o en el agrupamiento de varias cuencas hidrológicas que determine ``La Comisión'' como de su competencia, las facultades establecidas en esta Ley, sus reglamentos y el Reglamento Interior de ``La Comisión'', sin menoscabo de la actuación directa por parte de ``La Comisión'' cuando le competa, y del Titular del Poder Ejecutivo Federal.

ARTÍCULO 12 BIS 3. El Consejo Consultivo de cada Organismo de Cuenca tendrá las siguientes facultades técnico-operativas, las cuales se ejercerán de acuerdo a lo previsto en el Programa Nacional Hídrico:

I a II. ...;

III. Conocer los programas y presupuesto del Organismo de Cuenca, aprobados por ``La Comisión'', así como dar seguimiento a su ejecución y conocer los informes que presente el Director General del Organismo de Cuenca;

IV. ...;

V. Las demás que se señalen en la presente Ley o en sus Reglamentos.

ARTÍCULO 12 BIS 4. ...

Se deroga el párrafo segundo

ARTÍCULO 12 BIS 5. Los recursos al cargo de los Organismos de Cuenca, su ejecución y rendición de cuentas se sujetarán a las disposiciones aplicables en la materia.

ARTÍCULO 12 BIS 6. Los Organismos de Cuenca, ejercerán en el ámbito técnico-operativo y dentro de su espacio territorial de competencia, las atribuciones siguientes:

I. Realizar la administración y custodia de las aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes;

II a IV. ...;

V. Apoyar, concesionar, contratar, o convenir las obras de infraestructura hídrica, que se realicen con recursos totales o parciales de la federación, en coordinación con otras dependencias y entidades federales y, por medio de los gobiernos estatales, con los gobiernos de los municipios beneficiados con dichas obras; para lo anterior observará las disposiciones que dicte la Autoridad en la materia y las correspondientes a las Leyes y reglamentos respectivos;

VI a IX. ...;

X. Regular los servicios de riego en distritos, unidades de riego y distritos de temporal tecnificado conforme a las disposiciones que establezca ``la Comisión'' para este efecto y llevar actualizados los censos de infraestructura, los volúmenes entregados y aprovechados, así como los padrones de usuarios, el estado que guarda la infraestructura y los servicios. Esto no afectará las disposiciones, facultades y responsabilidades estatales y municipales, así como de asociaciones, sociedades y otras organizaciones de usuarios de riego, en la coordinación y prestación de los servicios referidos;

XI a XII. ...;

XIII. Expedir los títulos de concesión, asignación o permisos a que se refiere la presente Ley y sus Reglamentos; otorgar sus prórrogas, modificaciones, rectificaciones, transmisiones de derechos, suspensiones y extinciones; así como reconocer derechos en su ámbito geográfico de acción;

XIV a XV. ...;

XVI. Derogada

XVII. Instrumentar y operar el Sistema Financiero del Agua en la cuenca o cuencas que correspondan, conforme a las leyes y reglamentos correspondientes, así como a las disposiciones y autorizaciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

XVIII. ...;

XIX. Estudiar y proponer los montos recomendables para el cobro de los derechos de agua y tarifas de cuenca, incluyendo el cobro por extracción de aguas nacionales, descarga de aguas residuales y servicios ambientales vinculados con el agua y su gestión, con base en las disposiciones establecidas en la Fracción XXVIII del Artículo 9 de la presente Ley;

XX. Instrumentar y operar los mecanismos establecidos por ``La Comisión para la recaudación de los derechos en materia de agua, conforme a las disposiciones fiscales aplicables ;

XXI a XXIII. ...;

XXIV. Actuar, conforme a su naturaleza y carácter especializado que la presente Ley les confiere, con autonomía para decidir y resolver sobre los asuntos de su competencia, así como sobre los bienes y recursos que le sean asignados y actuar con autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objetivo y de los objetivos y metas señaladas en sus programas y presupuesto, observando lo dispuesto en el presente artículo, en los Artículos 9 Fracción XXXIII, 12 Fracción X, 12 BIS 1, 12 BIS 2, 12 BIS 3 y 12 BIS 4, y en las demás disposiciones aplicables contenidas en la presente Ley y en sus reglamentos;

XXV a XXIX. ...;

XXX. Derogada

XXXI a XXXII. ...;

XXXIII. Verificar el cumplimiento de ``La Ley'', sus disposiciones reglamentarias y las demás aplicables en la materia hídrica, por parte de los concesionarios, asignatarios o permisionarios, así como de las personas físicas o morales que aun de hecho, usen exploten o aprovechen aguas nacionales o sus bienes públicos inherentes, a través de:

a) Visitas de inspección en el domicilio, establecimientos o lugar o lugares en que se realicen los actos citados;

b) Revisión en las oficinas de dicha Comisión, de los expedientes que obren en su poder;

c) Revisión de los datos o informes que le exhiban los sujetos citados, en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de la propia Comisión o en el lugar o lugares en que realicen dicho uso, aprovechamiento o explotación, dentro de una vista de inspección o con base en los requerimientos que al efecto formule; y

d) Los datos que obtenga o le proporcionen otras autoridades o entidades, federales, locales o municipales, que le permitan conocer situaciones referentes al cumplimiento de las disposiciones mencionadas.

XXXIV. Ordenar y proveer lo necesario para la adopción, imposición y ejecución de las medidas correctivas de urgente aplicación y cautelares previstas en dichos ordenamientos y en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

XXXV. Realizar las demás que señalen las disposiciones legales o reglamentarias.

ARTÍCULO 13. ``La Comisión'', previo acuerdo de su Consejo Técnico, establecerá Consejos de Cuenca, como órganos consultivos colegiados de integración mixta, conforme a la Fracción XV del Artículo 3 de esta Ley. La coordinación, concertación, apoyo, consulta y asesoría referidas en la mencionada fracción están orientadas a proponer programas y acciones para la mejor administración de las aguas, el desarrollo de la infraestructura hidráulica y de los servicios respectivos y la preservación de los recursos de la cuenca, así como las demás que se establecen en este Capítulo y en los Reglamentos respectivos. Los Consejos de Cuenca no están subordinados a ``La Comisión'' o a sus Organismos de Cuenca.

Los acuerdos producidos mediante la concertación en los Consejos de Cuenca, se considerarán básicos para la toma de decisiones por la ``Autoridad del Agua''.

...

ARTÍCULO 14 BIS. ``La Comisión'', con la participación de los Gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, los Organismos de Cuenca, los Consejos de Cuenca y el Consejo Consultivo del Agua, promoverá y facilitará la participación de la sociedad en la planeación, toma de decisiones, ejecución, evaluación y vigilancia de la política nacional hídrica.

...

...

I. ...;

II. Apoyará las organizaciones e iniciativas surgidas de la participación pública, encaminadas a la mejor distribución de tareas y responsabilidades entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno, y la sociedad, para contribuir a la gestión integrada de los recursos hídricos;

III a V . ...;

ARTÍCULO 14 BIS 3. El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público descentralizado sectorizado a ``la Secretaría'', que tiene por objeto, realizar investigación, desarrollar, adaptar y transferir tecnología, prestar servicios tecnológicos y preparar recursos humanos calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua y su entorno, a fin de contribuir al desarrollo sustentable.

...

I. Coordinar, fomentar y llevar a cabo las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua;

II. Derogada

III a X. ...;

XI. Derogada

XII. Derogada

XIII a XIV. ...

...

...

ARTÍCULO 14 BIS 4. ...

I a VI. ...

ARTÍCULO 14 BIS 5. ...

I a V. ...

VI. Los usos del agua en las cuencas hidrológicas, incluyendo los acuíferos y los trasvases entre cuencas, deben ser regulados por el Ejecutivo Federal directamente o a través de ``La Comisión''.

VII a XXII. ...;

...

ARTÍCULO 14 BIS 6. ...

I. ...;

II. El régimen de concesiones, asignaciones y permisos referentes a los derechos por explotación, uso o aprovechamiento del agua o por el uso de los bienes nacionales conforme a lo dispuesto en el Artículo 113 de la presente Ley, así como los permisos de descarga;

III a VIII. ...;

ARTÍCULO 20. De conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o asignación otorgada por el Ejecutivo Federal a través de ``La Comisión'' por medio de los Organismos de Cuenca, o directamente por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que dispone la presente Ley y sus reglamentos. Las concesiones y asignaciones se otorgarán atendiendo a la disponibilidad y los derechos inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua.

...

...

La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal, estatal o municipal, o el Distrito Federal y sus organismos descentralizados se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal a través de ``La Comisión'' por medio de los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta Ley y sus reglamentos.

Cuando se trate de la prestación del servicio de agua con carácter público urbano, incluidos los procesos que este servicio conlleva, la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, se realizará mediante asignación otorgada por el Ejecutivo Federal a través de ``La Comisión'' por medio de los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa, a los municipios, a los estados o al Distrito Federal, en correspondencia con la Fracción VIII del Artículo 3 de la presente Ley. Los derechos amparados en las asignaciones no podrán ser objeto de transmisión, salvo que ésta implique que se transmitan volúmenes para el mismo uso.

...

...

...

...

ARTÍCULO 24. El término de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales no será menor de cinco ni mayor de treinta años, de acuerdo con la prelación del uso específico del cual se trate, las prioridades de desarrollo, el beneficio social y el capital invertido o por invertir en forma comprobable en el aprovechamiento respectivo. En la duración de las concesiones y asignaciones, ``la Autoridad del Agua'' tomará en consideración las condiciones físicas en cantidad y calidad del agua del acuífero o cuenca que corresponda, la prelación de usos vigentes en la región que corresponda y las expectativas de crecimiento de dichos usos.

Las concesiones o asignaciones en los términos del Artículo 22 de esta Ley, serán objeto de prórroga hasta por igual término y características del título vigente por el que se hubieren otorgado, siempre y cuando sus titulares no incurran en las causales de extinción previstas en la presente Ley, se cumpla con lo dispuesto en el Párrafo Segundo del artículo 22 de esta Ley y el presente Artículo y lo soliciten dentro de los últimos dos años previos al término de su vigencia y al menos 60 días antes de su vencimiento.

...

...

...

ARTÍCULO 29 BIS 3. ...

I a V. ...;

VI. Caducidad parcial o total declarada por ``la Autoridad del Agua'' cuando se deje parcial o totalmente de explotar, usar o aprovechar aguas nacionales durante tres años consecutivos, sin mediar causa justificada explícita en la presente Ley y sus reglamentos.

...

...

1 a 2. ....;

3. Derogado

4. ...;

Derogado párrafo segundo.

5. ...;

6. ...;

El Concesionario o asignatario que se encuentre en alguno de los supuestos previstos en este Artículo, deberá presentar escrito fundamentado a ``la Autoridad del Agua'' dentro de los sesenta días hábiles siguientes a aquel en que se surta el supuesto respectivo.

...

...

Con independencia de la aplicación de las sanciones que procedan, la falta de presentación del escrito a que se refiere el párrafo anterior dará lugar a que no se tenga por suspendido el plazo para la caducidad y se compute el mismo en la forma prevista a que se refiere la Fracción VI de este Artículo, salvo que el concesionario o asignatario acredite que los supuestos cesaron antes del plazo de tres años.

No operará la caducidad sí antes del vencimiento del plazo de tres años, el titular de la concesión, transmite de manera total y definitiva sus derechos conforme a las disponibilidades de agua y así lo acredita ante ``la Autoridad del Agua''. En tal caso prevalecerá el período de concesión asentado en el título original;

VII a IX. ...;

ARTÍCULO 29 BIS 4. ...

I. Disponer del agua en volúmenes que excedan en una quinta parte a los autorizados, cuando por la misma causa el beneficiario haya sido suspendido en su derecho con anterioridad.

II a XVIII. ...

...

ARTÍCULO 29 BIS 5. ...

I a IV ...;

V. Cuando se trate de una transmisión de derechos en ciernes y se cuente con elementos suficientes para determinar que existe un acaparamiento o concentración del recurso agua tendiente a prácticas monopólicas contrarias al interés social.

VI a IX ...;

ARTÍCULO 30. ``La Comisión'' llevará el ``Registro Público de Derechos de Agua'', a través de una unidad administrativa, autónoma y especializada en materia de registro, que será depositaria de la fe pública registral y autorizará con firma autógrafa, o bien mediante firma electrónica avanzada y sello correspondiente los documentos y constancias y certificaciones que deba expedir dicho Registro y estará adscrito directamente al Titular de la propia Comisión y se encargará de estructurarlo, operarlo y ejercer las funciones correspondientes, tanto en el nivel nacional como en el regional hidrológico -- administrativo, de conformidad con las disposiciones reglamentarias correspondientes, así como con la normatividad que al efecto expida dicho Titular. En el Registro a que se refiere este artículo se inscribirán:

I a III. ...;

IV. La transmisión de los derechos consignados en los títulos de concesión, asignación o permisos en los términos establecidos por la presente Ley y sus reglamentos;

V a X. ...;

El Registro Público de Derechos de Agua proporcionará por región hidrológico -- administrativa, el servicio de acceso a la información y difusión de la misma, acerca de los títulos de concesión, asignación y permisos de descarga a que se refiere la presente Ley, así como a los actos jurídicos que, conforme a la misma y sus reglamentos, precisen de la fe pública para que surtan sus efectos ante terceros. La prestación de este servicio causará los derechos correspondientes en términos de Ley.

``La Comisión'' dispondrá lo necesario para que opere el Registro Público de Derechos de Agua por región hidrológico -- administrativa, a través de las unidades administrativas que correspondan, debiendo la unidad a que se refiere el primer párrafo de este artículo integrar el ``Registro Público de Derechos de Agua'' en el ámbito nacional, de conformidad con las disposiciones reglamentarias de esta Ley y la normatividad que con base en ellas expida el Titular de la Comisión.

...

ARTÍCULO 31. ...

Toda persona podrá consultar ``el Registro Público de Derechos de Agua'' y solicitar a su costa certificaciones de las inscripciones y documentos que dieron lugar a las mismas, así como sobre la existencia o inexistencia de un registro o de una inscripción posterior en relación con una determinada.

``El Registro Público de Derechos de Agua'' podrá modificar o rectificar una inscripción cuando sea solicitada por el afectado o por ``la Autoridad del Agua'', se acredite la existencia de la omisión o del error y no se perjudiquen derechos de terceros o medie consentimiento de parte legítima en forma auténtica. Las reclamaciones por negativa, rectificación, modificación y cancelación de inscripciones que perjudiquen a terceros, así como las que se refieran a nulidad de éstas, se resolverán por ``la Autoridad del Agua'' en los términos de la presente Ley y sus reglamentos.

...

...

...

ARTÍCULO 32. ...

La unidad administrativa a que se refiere el párrafo primero del Artículo 30 de esta Ley, será competente para solicitar datos a los propietarios de tierras, independientemente de que éstas se localicen dentro o fuera de una zona reglamentada o de veda. Los propietarios estarán obligados a proporcionar esta información y la relativa a las obras de perforación o alumbramiento que hayan efectuado.

ARTÍCULO 33. Los títulos de concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, legalmente vigentes y asentados en el ``Registro Público de Derechos de Agua'', así como los permisos de descarga, podrán transmitirse en forma temporal o definitiva, total o parcial, con base en las disposiciones del presente Capítulo y aquellas adicionales que prevea la Ley y sus reglamentos.

...

I. En el caso de cambio de titular, cuando no se modifiquen las características del título de concesión, procederá la transmisión mediante una solicitud por escrito presentada ante la unidad administrativa a que se refiere el artículo 30 de esta Ley, quien emitirá el acuerdo correspondiente a la inscripción y comunicará la existencia de dicha transmisión a ``la Autoridad del Agua'';

II. En el caso de que, conforme a los reglamentos de esta Ley, se puedan afectar los derechos de terceros o se puedan alterar o modificar las condiciones hidrológicas o ecológicas de las respectivas cuencas o acuíferos, se requerirá autorización previa de ``la Autoridad del Agua'', quien podrá, en su caso, otorgarla, negarla o instruir los términos y condiciones para otorgar la autorización solicitada, y

III. ... ...

ARTÍCULO 35. La transmisión de los derechos para explotar usar o aprovechar aguas del subsuelo en zonas de veda o reglamentadas, se podrá convenir conjuntamente con la transmisión de la propiedad de los terrenos respectivos o en forma separada de este derecho de propiedad, en las zonas en que ``La Comisión'' determine y publique en el Diario Oficial de la Federación será en forma temporal o definitiva, total o parcial; asimismo existirá responsabilidad solidaria entre quien trasmite y quien adquiere los derechos, para sufragar en su caso, los gastos que ocasione la clausura del pozo que no se utilizará.

...

En ningún caso se permitirá el cambio de los usos público urbano o doméstico, a un uso diverso.

...

ARTÍCULO 44. La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales o del subsuelo por parte de los municipios, estados o el Distrito Federal, directamente o a través de sus sistemas de agua potable y alcantarillado, se efectuará mediante asignación que otorgue ``la Autoridad del Agua'', en los términos dispuestos por el Título Cuarto de esta Ley.

...

...

...

...

...

Los municipios, los estados y, en su caso, el Distrito Federal, podrán convenir, con ``La Comisión'', con el concurso de los Organismos de Cuenca, el establecimiento de sistemas regionales de tratamiento de las descargas de aguas residuales que se hayan vertido a un cuerpo receptor de propiedad nacional y su reúso, conforme a los estudios que al efecto se realicen y en los cuales se prevea la parte de los costos que deberá cubrir cada uno de los municipios, de los estados y, en su caso, el Distrito Federal.

...

...

ARTÍCULO 86. ...

I a III. ...;

IV. Establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares de descarga que deben satisfacer las aguas residuales, de los distintos usos y usuarios, que se depositen o viertan en:

a. ...;

b. ...;

c. ...;

d. ...;

V a XIV. ...;

ARTÍCULO 92. ...

I a V. ...;

La suspensión de actividades que dé origen a las descargas de aguas residuales, tendrá el carácter de medida urgente y su aplicación, se ordenará en forma inmediata, en los casos a que se refieren la fracciones I y II del presente artículo; en los demás casos, ``la Autoridad del Agua'', otorgará un plazo máximo de 15 días para que se acredite que se regularizó la situación; dicha suspensión será sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que se incurra.

...

ARTÍCULO 111 BIS. El Ejecutivo Federal proveerá los medios y marco adecuados para definir, crear e instrumentar sustentablemente el Sistema Financiero del Agua; su operación quedará al cargo de ``La Comisión'', bajo la supervisión y conforme a las autorizaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de las disposiciones aplicables. ...

...

ARTÍCULO 113 BIS. ...

Será obligatorio contar con concesión o permiso provisional para el aprovechamiento de los materiales referidos, salvo que se celebre Acuerdo de Coordinación con los Estados y con la participación de los Municipios, en su caso, para que los mismos coadyuven en el desazolve de bienes públicos inherentes, siempre que conforme a tales Acuerdos, utilicen los materiales para el cumplimiento de sus funciones, ya sea directamente o a través de terceros. El título correspondiente será expedido por ``la Autoridad del Agua'' en un plazo que no excederá de sesenta días a partir de la solicitud, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos.

``La Autoridad del Agua'' vigilará la explotación de dichos materiales y revisará periódicamente la vigencia y cumplimiento de las concesiones y de los permisos con carácter provisional otorgados.

...

I a X. ...;

...

...

ARTÍCULO 117. El Ejecutivo Federal por sí o a través de ``La Comisión'' podrá reducir o suprimir mediante declaratoria la zona federal de corrientes, lagos y lagunas de propiedad nacional, así como la zona de protección de la infraestructura hidráulica, en las porciones comprendidas dentro del perímetro de las poblaciones.

...

...

ARTÍCULO 118. Los bienes nacionales a que se refiere el presente Título, podrán explotarse, usarse o aprovecharse por personas físicas o morales mediante concesión que otorgue ``la Autoridad del Agua'', salvo los terrenos de los cauces y vasos de las presas, para tal efecto. Para el caso de materiales pétreos se estará a lo dispuesto en el Artículo 113 BIS de esta Ley.

...

Para el otorgamiento de las concesiones de la zona federal a que se refiere este Artículo, en igualdad de circunstancias, tendrá preferencia el propietario o poseedor colindante a dicha zona federal.

TÍTULO DÉCIMO Medidas de Apremio y Seguridad

ARTÍCULO 118 BIS 1. ``La Comisión'' para hacer cumplir sus determinaciones podrá solicitar a las autoridades federales, estatales o municipales, el auxilio de la fuerza pública.

ARTÍCULO 118 BIS 2. En caso de existir riesgo inminente de daño o deterioro grave a la salud o seguridad pública, a las aguas nacionales, a los bienes a que se refiere el artículo 113 de esta Ley, a la biodiversidad o a los ecosistemas vinculados al agua, ``la Autoridad del Agua'', podrá realizar de manera inmediata alguna o algunas de las siguientes medidas:

I. Clausura temporal del aprovechamiento de aguas nacionales;

II. Suspensión de las actividades que dan origen al proceso generador de las descargas de aguas residuales;

III. Remoción o demolición de obras de infraestructura;

IV. El aseguramiento de bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de las medidas de seguridad.

ARTÍCULO 118 BIS 3. Cuando ``la Autoridad del Agua'' aplique las medidas de seguridad a que se refiere el artículo anterior, indicará al usuario, concesionario, asignatario o permisionario, las acciones que debe llevar a cabo para subsanar las irregularidades que motivaron la imposición de la medida, así como los plazos para su realización, a fin de que una vez cumplidas éstas, se ordene el retiro de la medida de seguridad impuesta.

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO Infracciones, Sanciones y Recursos

CAPÍTULO I Infracciones y Sanciones Administrativas

ARTÍCULO 119. ...

I a VII. ...;

VIII. Explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin título respectivo, cuando así se requiera en los términos de la presente Ley;

IX a XXIV. ...;

XXV. Modificar o desviar los cauces, vasos o corrientes, cuando sean propiedad nacional, sin el permiso respectivo, y

XXVI. Dañar o destruir una obra hidráulica de propiedad nacional.

ARTÍCULO 120. ...

I. 100 a 1,000, en el caso de violación a las fracciones XVI y XXIV;

II. 1,001 a 5,000, en el caso de violación a las fracciones VI, X, XVIII, XXI; y

III. 5,001 a 20,000, en el caso de violación a las fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XIX, XX, XXII, XXII, XXV y XXVI;

...

Las multas que impongan la ``Autoridad del Agua'' y ``la Procuraduría'', en el ámbito de sus respectivas competencias, se deberán cubrir dentro de los plazos que dispone la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

...

ARTÍCULO 121. ...

I a II. ...;

III. Derogada

IV. ...;...

...

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La unidad administrativa a que se refiere el artículo 30 de esta Ley, deberá iniciar sus funciones en un plazo que no excederá de tres meses contados a partir de la puesta en marcha de cada uno de los Organismos de Cuenca, que se constituyan de conformidad con lo establecido en esta Ley, y de tres meses contados a partir de la fecha en que quede constituido el último de dichos organismos, en lo concerniente a sus funciones en el nivel Nacional.

En tanto se constituye dicha Unidad en la forma y términos previstos en este Decreto, continuará ejerciendo las funciones registrales la Unidad Administrativa competente al efecto, a la que conforme vaya iniciando sus funciones en las diferentes regiones hidrológico -- administrativas, le serán asignadas en su totalidad las instalaciones, equipo, recursos y programas destinados al ejercicio de la función registral.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 17 de abril de 2007.
Por la Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Jesús Manuel Patrón Montalvo (rúbrica), presidente; Antonio Medellín Varela (rúbrica), Lourdes Alonso Flores (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Cuitláhuac Condado Escamilla (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica), secretarios; Pedro Armendáriz García (rúbrica), Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Modesto Brito González (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Felipe González Ruiz (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza , Pedro Montalvo Gómez , Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), Antonio Ortega Martínez , José Inés Palafox Núñez (rúbrica), Francisco Javier Paredes Rodríguez (rúbrica), Santiago Gustavo Pedro Cortés , Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Ramón Salas López (rúbrica), Martín Stefanonni Mazzocco (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros , César Augusto Verástegui Ostos (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Esta Presidencia ha recibido la solicitud para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior, del diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo, y del diputado Apolonio Méndez Meneses, por lo cual, cada uno de ellos tendrá cinco minutos.

Se le concede entonces el uso de la palabra para hacer dicha fundamentación, conforme al artículo 108 del Reglamento, al diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo .

El diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo: Con su permiso, señor Presidente. Compañeros diputados, compañeras diputadas, hoy, después de seis años de ir y venir la ley, primero entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, después entre la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadoresdecidimos, en conferencia con la Cámara de Senadores, buscar juntos, revisar la propuesta de adición a la Ley de Aguas Nacionalespara que de alguna manera pudiéramos traer una alternativa debidamente revisada y debidamente acordada por ambas Cámaras. A fin de que de una vez por todas podamos sacar adelante esta ley tan necesaria para el país en su primera etapa, porque seguro estoy, no es un trabajo que va a resolver de manera estructural los problemas del agua, simple y sencillamente es un trabajo que va a permitir que se transiten decisiones por parte de la Comisión Nacional del Aguay por parte del funcionamiento de los diferentes organismos que conforman y que participan en su organización.

El proyecto, pues, de reforma de Ley de Aguas Nacionales data de diciembre de 2001 y ha requerido de dos procesos legislativos desarrollados en las últimas tres Legislaturas.

En abril de 2003 se aprobó el proyecto de reforma a la Ley de Aguas Nacionales que descentraliza a Conagua, crea los organismos de cuenca como órganos descentralizados y establece las disposiciones pertinentes a este tipo de organismos.

En septiembre de 2003, el Ejecutivo federal devolvió el proyecto con observaciones del Senado para su nueva revisión, destacando el rechazo a la descentralización de la Conagua.

El Congreso atendió las observaciones aprobando en diciembre un nuevo proyecto para establecer como órgano desconcentrado a la Conagua, quedando los organismos de cuenca como unidades administrativas de la misma.

En abril de 2004, el Ejecutivo publicó el decreto aprobado por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso, el cual está contenido en la ley vigente.

Entre abril de 2004 y abril de 2006, el Senado se percató de las incongruencias entre las disposiciones de la Ley y la naturaleza jurídica de la comisión y los organismos de cuenca que imposibilitaban la aplicación correcta de la ley.

En abril de 2006, el Senado aprobó el proyecto de reformas a la Ley de Aguas Nacionales, adecuando sus disposiciones al carácter de órgano desconcentrado de la Conagua y de unidades administrativas de los órganos de cuenca.

En el mismo mes, la Cámara de Diputados recibió la minuta correspondiente, turnándola para su dictamen a la Comisión de Recursos Hidráulicos, permaneciendo como rezago legislativo para la presente Legislatura. En síntesis, el proyecto original de reforma data desde diciembre de 2001 y ha requerido de dos procesos legislativos desarrollados en las últimas tres Legislaturas.

Los esfuerzos legislativos realizados no han resuelto la problemática del agua en México. Subsisten las incongruencias legales que dificultan la eficiencia de la autoridad del agua en la administración del recurso, en detrimento de los derechos de los usuarios que se manifiestan, entre otros.

No hay claridad en las disposiciones sobre las atribuciones de la autoridad del agua en los niveles nacional y regional hídrico administrativo. Las multas, donde los montos establecidos resultan desproporcionados respecto a la capacidad económica de la gran mayoría de los usuarios, y actualmente se han impuesto alrededor de 8 mil multas a nivel nacional que representa poco más de 66 millones de pesos, de los cuales solamente se han impugnado 110: sólo aquellos que cuentan con los recursos para la debida atención jurídica.

La falta de registros de derechos de agua, la centralización de autorizaciones de volúmenes para usos y traspasos de agua, la propuesta del Senado de eliminar los permisos provisionales, el Impta y sus atribuciones, y la Profepa y sus facultades.

No se permitía la transmisión temporal de derechos, salvo en los casos de sesión de las mismas autoridades del agua. Se prohibía la transmisión de derechos. Todo esto nos llevó en la Comisión de Recursos Hidráulicos a realizar una consulta exhaustiva a nivel nacional, con la participación de autoridades de los tres órdenes de gobierno, legisladores de ambas Cámaras del Congreso, el Consejo Técnico Consultivo del Agua, asociaciones de usuarios, académicos, investigadores y todo lo demás.

Nuestra posición es pedirle a los compañeros diputados que nos apoyen en esta ley que viene a revertir exactamente esos conceptos. Muchas gracias.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo. Tiene el uso de la palabra el diputado Apolonio Méndez Meneses.

El diputado Apolonio Méndez Meneses: Con su permiso, señora Presidenta. Esto que voy a leer grosso modo es la argumentación para las modificaciones que se le hicieron a la Ley de Aguas Nacionales. Voy a tratar de sintetizar porque es un poco largo.

Las modificaciones hechas al dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales que ahora nos ocupa, son las siguientes:

Uno. Se adiciona una fracción XIV al artículo 3 de la ley, propuesto en el dictamen, para definir al Consejo Científico y Tecnológico Nacional del Sector Agua, así como el objeto de su creación.

La determinación de agregar esta fracción al artículo 3o. radica en que el Consejo Científico y Tecnológico del Sector Agua está previsto en la fracción XII del artículo 14 Bis 3 de la ley vigente, la cual señala como atribución del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, presidir el Consejo Científico y Tecnológico Nacional del Sector Agua, en cuya creación y funcionamiento intervendrán la Secretaría, la Comisión y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Por lo anterior, se propone adicionar la fracción XIV, al artículo 3o., para que diga como sigue:

Fracción XIV. Consejo Científico y Tecnológico Nacional del Sector Agua. Órgano colegiado sectorial que tiene por objeto fomentar y fortalecer la concertación y participación entre las instituciones y organismos dedicados a la investigación científica y el desarrollo tecnológico en materia de agua y su gestión, a fin de impulsar la transversalidad e integralidad de las tareas y apoyos necesarios entre los actores vinculados con estas actividades a nivel nacional.

Dos. Se modifica la fracción XII del artículo 14 Bis 3 propuesto en el dictamen. La modificación al dictamen de la fracción XII del artículo 14 Bis 3 es con el propósito de que dicha fracción no se derogue, como lo propuso el Senado de la República, y quede en los términos de la ley vigente, atribuyendo al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua la presidencia del Consejo Científico y Tecnológico Nacional del sector agua, el cual se define en la fracción XIV que se propone adicionar al artículo.

Tres. Se modifica la propuesta de reforma del artículo 113 Bis. La modificación planteada a la reforma del artículo 113 Bis propuesta en el dictamen obedece a la necesidad de sustituir el término ``estados'' con el de ``entidades federativas'', para el acuerdo de coordinación que celebre la autoridad del agua a que se refiere la reforma en el segundo párrafo del artículo 113 Bis.

Artículo 113 Bis. Será obligatorio contar con concesión o permiso provisional para el aprovechamiento de los materiales referidos, salvo que se celebre acuerdo de coordinación con las entidades federativas. (Está en negritas en el documento). Esto es lo que se agregaría.

Cuatro. Se modifica la propuesta de adición de un artículo 118 Bis 2. La modificación propuesta de adición de un artículo 118 Bis 2 a la ley planteada en el dictamen consiste en que las medidas a que se refiere este artículo se realicen no sólo por la autoridad del agua, sino también por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Profepa, y quedaría agregado en el artículo 118 Bis 2.

Dice: En caso de existir riesgo inminente de daño o deterioro grave a la salud o a la seguridad pública, a las aguas nacionales, a los bienes a que se refiere el artículo 113 de esta ley, a la biodiversidad o a los ecosistemas vinculados al agua, la autoridad del agua o ---esto es lo que se agrega--- la Procuraduría, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Cinco. Se adiciona un párrafo final a la propuesta de reforma del artículo 119, quedando como sigue:

En el supuesto previsto por la fracción I de este artículo, la Comisión, con el concurso de la Procuraduría, impondrá las medidas técnicas correctivas y de seguridad, así como la reparación del daño ambiental.

Se adiciona un artículo tercero transitorio al proyecto de decreto, que quedaría así ---y aquí termino.

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción XII del artículo 14 Bis 3, la Secretaría, la Comisión y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología publicarán el reglamento del Consejo Científico y Tecnológico Nacional del Sector Agua dentro de los 180 días siguientes a la publicación de este decreto, en el Diario Oficial de la Federación. Asimismo, integrarán y pondrán en función a dicho Consejo dentro de los 90 días siguientes a la publicación de su reglamento.

Es cuanto, señora Presidenta.

«Modificaciones de la Comisión de Recursos Hidráulicos, al dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.

Dice:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.

Artículo Único. Se reforman los Artículos: 3, fracciones VI, VIII, XII, XIII, XIX, XX, XXXIX, LVI y LXIV; 5, fracciones I y III; 6, fracciones I y IX; 9, párrafo cuarto, fracciones I, III, IX, X, XII, XX, XXIX, XXXIII, XXXIV, XXXVII, XLIV y L; 9 BIS; 10, párrafos primero y segundo; 11, fracciones VI, VII y IX; 11 BIS 1; 12, fracciones IV, VIII, X y XI; 12 BIS, párrafo primero; 12 BIS 1; 12 BIS 3, párrafo primero fracciones III y V; 12 BIS 5; 12 BIS 6, párrafo primero, fracciones I, V, X, XIII, XVII, XIX, XX y XXIV; 13; 14 BIS, párrafo primero y fracción II; 14 BIS 3, párrafo primero, y fracción I; 14 BIS 5, fracción VI; 14 BIS 6, fracción II; 20, párrafos primero y cuarto; 24, párrafos primero y segundo; 29 BIS 3, fracción VI, numeral 6, párrafos segundo, quinto y sexto; 29 BIS 4, fracción I; 29 BIS 5, fracción V; 30, párrafo primero, fracción IV, y párrafos antepenúltimo y penúltimo; 31, párrafos segundo y tercero; 32, párrafo segundo; 33, párrafo primero, fracciones I y II; 35, párrafos primero y tercero; 44, párrafos primero y antepenúltimo; 86, fracción IV; 92, párrafo penúltimo; 111 bis, párrafo primero; 113 BIS, párrafos segundo y tercero; 117, párrafo primero; 118, párrafos primero y último; 119, fracción VIII, y 120, fracciones I, II y III, y párrafo penúltimo. Se adicionan la fracción XXII a. al artículo 3; la fracción XI al artículo 6; las fracciones LIV y LV al artículo 9, la actual LIV pasa a ser LVI; las fracciones XXXIII y XXXIV, la actual XXXIII pasa a ser XXXV al artículo 12 BIS 6; 20, párrafo quinto recorriéndose los subsecuentes; un Título Décimo y sus artículos 118 BIS 1, 118 BIS 2 y 118 BIS 3, recorriendo el Título Décimo vigente, para que pase a ser Título Décimo Primero, y las fracciones XXV y XXVI al artículo 119. Se derogan las fracciones XXI y XLVIII del artículo 9; el párrafo segundo del artículo 12 BIS 4; las fracciones XVI y XXX del artículo 12 BIS 6; las fracciones II, XI y XII del Artículo 14 BIS 3; el numeral 3 y el párrafo segundo del numeral 4 de la fracción VI del artículo 29 BIS 3, y la fracción III del artículo 121.

Debe decir:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.

Artículo Único. Se reforman los Artículos: 3, fracciones VI, VIII, XII, XIII, XIX, XX, XXXIX, LVI y LXIV; 5, fracciones I y III; 6, fracciones I y IX; 9, párrafo cuarto, fracciones I, III, IX, X, XII, XX, XXIX, XXXIII, XXXIV, XXXVII, XLIV y L; 9 BIS; 10, párrafos primero y segundo; 11, fracciones VI, VII y IX; 11 BIS 1; 12, fracciones IV, VIII, X y XI; 12 BIS, párrafo primero; 12 BIS 1; 12 BIS 3, párrafo primero fracciones III y V; 12 BIS 5; 12 BIS 6, párrafo primero, fracciones I, V, X, XIII, XVII, XIX, XX y XXIV; 13; 14 BIS, párrafo primero y fracción II; 14 BIS 3, párrafo primero, y fracción I; 14 BIS 5, fracción VI; 14 BIS 6, fracción II; 20, párrafos primero y cuarto; 24, párrafos primero y segundo; 29 BIS 3, fracción VI, numeral 6, párrafos segundo, quinto y sexto; 29 BIS 4, fracción I; 29 BIS 5, fracción V; 30, párrafo primero, fracción IV, y párrafos antepenúltimo y penúltimo; 31, párrafos segundo y tercero; 32, párrafo segundo; 33, párrafo primero, fracciones I y II; 35, párrafos primero y tercero; 44, párrafos primero y antepenúltimo; 86, fracción IV; 92, párrafo penúltimo; 111 bis, párrafo primero; 113 BIS, párrafos segundo y tercero; 117, párrafo primero; 118, párrafos primero y último; 119, fracción VIII, y 120, fracciones I, II y III, y párrafo penúltimo. Se adicionan las fracciones XIV a. y XXII a. al artículo 3; la fracción XI al artículo 6; las fracciones LIV y LV al artículo 9, la actual LIV pasa a ser LVI; las fracciones XXXIII y XXXIV, la actual XXXIII pasa a ser XXXV al artículo 12 BIS 6; 20, párrafo quinto recorriéndose los subsecuentes; un Título Décimo y sus artículos 118 BIS 1, 118 BIS 2 y 118 BIS 3, recorriendo el Título Décimo vigente, para que pase a ser Título Décimo Primero, y las fracciones XXV y XXVI y párrafo último al artículo 119. Se derogan las fracciones XXI y XLVIII del artículo 9; el párrafo segundo del artículo 12 BIS 4; las fracciones XVI y XXX del artículo 12 BIS 6; las fracciones II y XI del Artículo 14 BIS 3; el numeral 3 y el párrafo segundo del numeral 4 de la fracción VI del artículo 29 BIS 3, y la fracción III del artículo 121.

ARTÍCULO 3

Dice:

ARTÍCULO 3. ...

I a V. ...;

VI. ``Aguas Residuales'': Las aguas de composición variada generadas con las descargas provenientes de los usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas;

VII. ...;

VIII. ``Asignación'': Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de ``la Comisión'' o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para realizar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, a los municipios, a los estados o al Distrito Federal, destinadas a los servicios de agua con carácter público urbano;

IX a XI. ...;

XII. `` Comisión Nacional del Agua'': Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con funciones de Derecho Público en materia de gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, y de gestión, para la consecución de su objeto, la realización de sus funciones y la emisión de los actos de autoridad que conforme a esta Ley corresponde tanto a ésta como a los órganos de autoridad a que la misma se refiere;

XIII. ``Concesión'': Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de ``la Comisión'' o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado;

XIV a XVIII. ...;

XIX. ``Cuota Natural de Renovación de las Aguas'': El volumen medio anual de escurrimiento virgen en el caso de las aguas superficiales así como, el volumen medio de recarga natural del acuífero en el caso de las aguas subterráneas;

XX. ``Delimitación de cauce, vaso de depósito natural y zona federal'': Trabajos y estudios topográficos, batimétricos, fotogramétricos, hidrológicos e hidráulicos, necesarios para la determinación de los límites del cauce, vaso y la zona federal;

XXI a XXII. ...;

XXII a. ``Dilución'': Disminución de la concentración de sustancias que se da por el efecto del mezclado de descargas o afluentes en un cuerpo de agua;

XXIII a XXXVIII. ...;

XXXIX. ``Organismo de Cuenca'' unidad técnica, Administrativa y jurídica especializada, con carácter autónomo en sus decisiones , adscrita directamente a ``La Comisión'', cuyas atribuciones se establecen en la presente Ley y sus Reglamentos, y cuyos recursos y presupuesto específico son determinados por ``La Comisión'';

XL a LV. ...;

LVI. ``Uso Doméstico'': La aplicación de agua nacional para el uso particular de las personas y del hogar, riego de sus jardines y de árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa;

LVII a LXIII. ...;

LXIV. ``Zona de reserva'': Aquellas áreas especificas de los acuíferos, cuencas hidrológicas, o regiones hidrológicas, en las cuales se establecen normas para garantizar el suministro de agua para consumo doméstico en las poblaciones o el uso público urbano, así como para implantar un programa de restauración, conservación o preservación o cuando se resuelvan explotar dichas aguas por causa de utilidad pública, por el Ejecutivo Federal.

LXV a LXVI. ...;

Debe decir:

ARTÍCULO 3. ...

I a V. ...;

VI. ``Aguas Residuales'': Las aguas de composición variada generadas con las descargas provenientes de los usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas;

VII. ...;

VIII. ``Asignación'': Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de ``la Comisión'' o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para realizar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, a los municipios, a los estados o al Distrito Federal, destinadas a los servicios de agua con carácter público urbano;

IX a XI. ...;

XII. `` Comisión Nacional del Agua'': Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con funciones de Derecho Público en materia de gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, y de gestión, para la consecución de su objeto, la realización de sus funciones y la emisión de los actos de autoridad que conforme a esta Ley corresponde tanto a ésta como a los órganos de autoridad a que la misma se refiere;

XIII. ``Concesión'': Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de ``la Comisión'' o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado;

XIV. ...;

XIVa. ``Consejo Científico y Tecnológico Nacional del Sector Agua'': Órgano colegiado sectorial que tiene por objeto fomentar y fortalecer la concertación y participación entre las instituciones y organismos dedicados a la investigación científica y el desarrollo tecnológico en materia de agua y su gestión, a fin de impulsar la transversalidad e integralidad de las tareas y apoyos necesarios entre los actores vinculados con estas actividades a nivel nacional;

XV a XVIII. ...;

XIX. ``Cuota Natural de Renovación de las Aguas'': El volumen medio anual de escurrimiento virgen en el caso de las aguas superficiales así como, el volumen medio de recarga natural del acuífero en el caso de las aguas subterráneas;

XX. ``Delimitación de cauce, vaso de depósito natural y zona federal'': Trabajos y estudios topográficos, batimétricos, fotogramétricos, hidrológicos e hidráulicos, necesarios para la determinación de los límites del cauce, vaso y la zona federal;

XXI a XXII. ...;

XXII a. ``Dilución'': Disminución de la concentración de sustancias que se da por el efecto del mezclado de descargas o afluentes en un cuerpo de agua;

XXIII a XXXVIII. ...;

XXXIX. ``Organismo de Cuenca'' unidad técnica, Administrativa y jurídica especializada, con carácter autónomo en sus decisiones , adscrita directamente a ``La Comisión'', cuyas atribuciones se establecen en la presente Ley y sus Reglamentos, y cuyos recursos y presupuesto específico son determinados por ``La Comisión'';

XL a LV. ...;

LVI. ``Uso Doméstico'': La aplicación de agua nacional para el uso particular de las personas y del hogar, riego de sus jardines y de árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa;

LVII a LXIII. ...;

LXIV. ``Zona de reserva'': Aquellas áreas especificas de los acuíferos, cuencas hidrológicas, o regiones hidrológicas, en las cuales se establecen normas para garantizar el suministro de agua para consumo doméstico en las poblaciones o el uso público urbano, así como para implantar un programa de restauración, conservación o preservación o cuando se resuelvan explotar dichas aguas por causa de utilidad pública, por el Ejecutivo Federal.

LXV a LXVI. ...;

ARTÍCULO 14 BIS 3

Dice:

ARTÍCULO 14 BIS 3. El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público descentralizado sectorizado a ``la Secretaría'', que tiene por objeto, realizar investigación, desarrollar, adaptar y transferir tecnología, prestar servicios tecnológicos y preparar recursos humanos calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua y su entorno, a fin de contribuir al desarrollo sustentable.

...

I. Coordinar, fomentar y llevar a cabo las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua;

II. Derogada

III a X. ...;

XI. Derogada

XII. Derogada

XIII a XIV. ...

...

...

Debe decir:

ARTÍCULO 14 BIS 3. El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público descentralizado sectorizado a ``la Secretaría'', que tiene por objeto, realizar investigación, desarrollar, adaptar y transferir tecnología, prestar servicios tecnológicos y preparar recursos humanos calificados para el manejo, conservación y rehabilitación del agua y su entorno, a fin de contribuir al desarrollo sustentable.

...

I. Coordinar, fomentar y llevar a cabo las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia de agua;

II. Derogada

III a X. ...;

XI. Derogada

XII a XIV. ...

...

...

ARTÍCULO 113 BIS

Dice:

ARTÍCULO 113 BIS. ...

Será obligatorio contar con concesión o permiso provisional para el aprovechamiento de los materiales referidos, salvo que se celebre Acuerdo de Coordinación con los Estados y con la participación de los Municipios, en su caso, para que los mismos coadyuven en el desazolve de bienes públicos inherentes, siempre que conforme a tales Acuerdos, utilicen los materiales para el cumplimiento de sus funciones, ya sea directamente o a través de terceros. El título correspondiente será expedido por ``la Autoridad del Agua'' en un plazo que no excederá de sesenta días a partir de la solicitud, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos.

``La Autoridad del Agua'' vigilará la explotación de dichos materiales y revisará periódicamente la vigencia y cumplimiento de las concesiones y de los permisos con carácter provisional otorgados.

...

I a X. ...;

...

...

Debe decir:

ARTÍCULO 113 BIS. ...

Será obligatorio contar con concesión o permiso provisional para el aprovechamiento de los materiales referidos, salvo que se celebre Acuerdo de Coordinación con las Entidades Federativas y con la participación de los Municipios, en su caso, para que los mismos coadyuven en el desazolve de bienes públicos inherentes, siempre que conforme a tales Acuerdos, utilicen los materiales para el cumplimiento de sus funciones, ya sea directamente o a través de terceros. El título correspondiente será expedido por ``la Autoridad del Agua'' en un plazo que no excederá de sesenta días a partir de la solicitud, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos.

``La Autoridad del Agua'' vigilará la explotación de dichos materiales y revisará periódicamente la vigencia y cumplimiento de las concesiones y de los permisos con carácter provisional otorgados.

...

I a X. ...;

...

...

ARTÍCULO 118 BIS 2

Dice:

ARTÍCULO 118 BIS 2. En caso de existir riesgo inminente de daño o deterioro grave a la salud o seguridad pública, a las aguas nacionales, a los bienes a que se refiere el artículo 113 de esta Ley, a la biodiversidad o a los ecosistemas vinculados al agua, ``la Autoridad del Agua'', podrá realizar de manera inmediata alguna o algunas de las siguientes medidas:

I. Clausura temporal del aprovechamiento de aguas nacionales;

II. Suspensión de las actividades que dan origen al proceso generador de las descargas de aguas residuales;

III. Remoción o demolición de obras de infraestructura;

IV. El aseguramiento de bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de las medidas de seguridad.

Debe decir:

ARTÍCULO 118 BIS 2. En caso de existir riesgo inminente de daño o deterioro grave a la salud o seguridad pública, a las aguas nacionales, a los bienes a que se refiere el Artículo 113 de esta Ley, a la biodiversidad o a los ecosistemas vinculados al agua, ``la Autoridad del Agua'' o ``la Procuraduría'', en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán realizar de manera inmediata alguna o algunas de las siguientes medidas:

I. Clausura temporal del aprovechamiento de aguas nacionales;

II. Suspensión de las actividades que dan origen al proceso generador de las descargas de aguas residuales;

III. Remoción o demolición de obras de infraestructura;

IV. El aseguramiento de bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de las medidas de seguridad.

ARTÍCULO 119

Dice:

ARTÍCULO 119. ...

I a VII. ...;

VIII. Explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin título respectivo, cuando así se requiera en los términos de la presente Ley;

IX a XXIV. ...;

XXV. Modificar o desviar los cauces, vasos o corrientes, cuando sean propiedad nacional, sin el permiso respectivo, y

XXVI. Dañar o destruir una obra hidráulica de propiedad nacional.

Debe decir:

ARTÍCULO 119. ...

I a VII. ...;

VIII. Explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin título respectivo, cuando así se requiera en los términos de la presente Ley;

IX a XXIV. ...;

XXV. Modificar o desviar los cauces, vasos o corrientes, cuando sean propiedad nacional, sin el permiso respectivo, y

XXVI. Dañar o destruir una obra hidráulica de propiedad nacional.

En el supuesto previsto por la fracción I de este Artículo, ``La Comisión'', con el concurso de ``La Procuraduría'', impondrá las medidas técnicas, correctivas y de seguridad, así como la reparación del daño ambiental.

TRANSITORIOS

Dice:

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. La unidad administrativa a que se refiere el artículo 30 de esta Ley, deberá iniciar sus funciones en un plazo que no excederá de tres meses contados a partir de la puesta en marcha de cada uno de los Organismos de Cuenca, que se constituyan de conformidad con lo establecido en esta Ley, y de tres meses contados a partir de la fecha en que quede constituido el último de dichos organismos, en lo concerniente a sus funciones en el nivel Nacional.

En tanto se constituye dicha Unidad en la forma y términos previstos en este Decreto, continuará ejerciendo las funciones registrales la Unidad Administrativa competente al efecto, a la que conforme vaya iniciando sus funciones en las diferentes regiones hidrológico -- administrativas, le serán asignadas en su totalidad las instalaciones, equipo, recursos y programas destinados al ejercicio de la función registral.

Debe decir:

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. La unidad administrativa a que se refiere el artículo 30 de esta Ley, deberá iniciar sus funciones en un plazo que no excederá de tres meses contados a partir de la puesta en marcha de cada uno de los Organismos de Cuenca, que se constituyan de conformidad con lo establecido en esta Ley, y de tres meses contados a partir de la fecha en que quede constituido el último de dichos organismos, en lo concerniente a sus funciones en el nivel Nacional.

En tanto se constituye dicha Unidad en la forma y términos previstos en este Decreto, continuará ejerciendo las funciones registrales la Unidad Administrativa competente al efecto, a la que conforme vaya iniciando sus funciones en las diferentes regiones hidrológico -- administrativas, le serán asignadas en su totalidad las instalaciones, equipo, recursos y programas destinados al ejercicio de la función registral.

TERCERO. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción XII del Artículo 14 BIS 3, ``la Secretaría'', ``la Comisión'' y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicarán el Reglamento del Consejo Científico y Tecnológico Nacional del Sector Agua, dentro de los 180 días siguientes a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial de la Federación; asimismo, integrarán y pondrán en funciones a dicho Consejo, dentro de los 90 días siguientes a la publicación de su Reglamento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2007.
Por la Comisión de Recursos Hidráulicos, diputados: Jesús Manuel Patrón Montalvo (rúbrica), presidente; Antonio Medellín Varela (rúbrica), Lourdes Alonso Flores (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Cuitláhuac Condado Escamilla , José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica), secretarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Apolonio Méndez Meneses.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por la Comisión.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se aceptan las modificaciones propuestas por la Comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: En consecuencia, está a discusión, en lo general, con las modificaciones propuestas por la Comisión y aceptadas por la asamblea.

Para fijar posición de los grupos parlamentarios, se han anotado en el siguiente orden: el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés , de Alternativa; el diputado Humberto Dávila, de Nueva Alianza; el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , de Convergencia; el diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán , del PRI; la diputada Lourdes Alonso Flores , del PRD; el diputado Víctor Manuel Torres Herrera , del PAN, y, para hablar en pro, el diputado Antonio Medellín Madera, del PAN.

Tiene el uso de la palabra el diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés , del Grupo Parlamentario de Alternativa.

El diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés: Con el premiso de la Presidencia. Compañeros y compañeras diputadas, como miembro integrante de la Comisión dictaminadora, subo a esta tribuna para expresar mi apoyo al dictamen que reforma la Ley de Aguas Nacionales.

Me consta, por el trabajo desarrollado, que para llegar a ese dictamen fue necesaria la construcción de consensos, en la que participaron los diferentes representantes de los grupos parlamentarios en la comisión.

Fue importante también, en la construcción de este dictamen, el papel que jugó el Consejo Técnico Consultivo del Agua, en el que participan 30 expertos en áreas como la parte técnica, la jurídica y la financiera.

Ello no significa que la ley no tenga ausencias y no sea perfectible. Quedan aún asuntos pendientes, como son el derecho humano al agua y que la Comisión Nacional del Agua se convierta en un organismo autónomo, entre otros.

No obstante lo anterior, me permito hacer los siguientes comentarios:

Como señalan diversos estudios sobre la problemática del agua, el abasto de ésta empieza a ser insuficiente e irreversible en el territorio nacional, debido al crecimiento demográfico y al deterioro ambiental. El desperdicio del líquido ha provocado la pérdida de fuentes de agua y la sobreexplotación o agotamiento de otras, de las cuales dependen numerosas poblaciones. Hay registros de organismos internacionales que señalan que en menos de 20 años la población del país requerirá 85 millones de metros cúbicos de agua potable.

La Comisión Nacional del Agua señala que por el manejo inadecuado del agua en los distritos de riego, esto provoca la pérdida de 50 por ciento del líquido destinado a la agricultura, lo cual representa 50 millones de metros cúbicos, mientras que en las zonas urbanas se pierde 40 por ciento en la red de distribución.

Además, la disponibilidad de agua en México presenta una desigual distribución regional y estacional, que dificulta su aprovechamiento sustentable. En el norte del país la disponibilidad de agua por habitante alcanza niveles de escasez críticos, mientras que en el centro y en el sur hay mayor disponibilidad.

Entre los años 2000 y 2005 la disponibilidad por habitante disminuyó de 4 mil 841 metros cúbicos a 4 mil 573. Los escenarios estudiados por la Comisión Nacional del Agua, así como las proyecciones de población del Consejo Nacional de Población, indican que para 2030 la disponibilidad media de agua por habitante se reducirá a 3 mil 705 metros cúbicos por año.

Por todo lo anterior, es evidente que el abatimiento del rezago existente en materia de infraestructura para el suministro de agua potable, el establecimiento de los servicios de drenaje y alcantarillado y el tratamiento de aguas residuales, constituyen uno de los grandes retos que enfrenta México en los próximos años.

Es imprescindible invertir en tecnologías que permitan hacer un mejor uso de este recurso incluyendo el uso de plantas desaladoras, tecnologías avanzadas para riego y reciclaje de aguas residuales.

En la actualidad nadie puede poner en duda la estrecha relación entre el desarrollo de la población y el acceso al agua, ya bien sea por el consumo doméstico de sus habitantes o para el cultivo de los productos de la tierra.

Si reconocemos, como lo ha hecho el derecho internacional de los derechos humanos, el desarrollo es un proceso que debe atender al mejoramiento constante del bienestar de la población, y sólo se puede alcanzar sobre el reconocimiento y ejercicio de los derechos fundamentales. Resulta obvio que uno de los elementos indispensables para alcanzar dicho bien es el agua. Si no hay agua, no hay mejoramiento posible del bienestar.

En el orden jurídico nacional no existe un diseño intencionado y sistemático capaz de orientar la creación de leyes para mejorar la relación entre agua y desarrollo. Ello se debe en importante medida a que dicho orden jurídico no toma en cuenta el agua como un bien común para el desarrollo.

La falta del reconocimiento del agua como un derecho fundamental en nuestra Constitución es la primera prueba de ello, situación que debe ser revertida en la iniciativa de ley que estamos discutiendo en este momento.

Por lo anterior, propongo que la legislación mexicana, en especial la Ley de Aguas Nacionales, establezca una visión de derechos fundamentales.

Actualmente, en la normatividad sólo se establecen los derechos como líneas programáticas que orientan las políticas de Estado y no como derechos exigibles y justiciables para las personas, por ello es necesario que en la ley que nos ocupa se creen mecanismos de exigibilidad, lo que implica que las personas puedan acudir a las distintas instancias estatales para demandar su cumplimiento.

En este sentido, es necesario que en las modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales que estamos discutiendo se armonice con los tratados internacionales. Un primer paso indispensable será el reconocimiento constitucional al derecho al agua, de acuerdo con la observación 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ratificado por el Senado el 18 de diciembre de 1980 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 1981 y así hacer exigible lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, de establecer el acceso al agua como un derecho inalienable, así como garantizar la gestión de los recursos hídricos con la corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno y la sociedad.

Por otra parte, también tenemos el reto de transformar la Comisión Nacional del Agua en un organismo autónomo que no esté sujeto a las vicisitudes de los tiempos de la política, con una visión continua a largo plazo. Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Santiago Gustavo Pedro Cortés. Tiene el uso de la palabra el diputado Humberto Dávila Esquivel, del grupo Nueva Alianza.

El diputado Humberto Dávila Esquivel: Con su permiso, señora Presidenta. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores. En el mundo mueren más de 3 millones de personas, cada año, por enfermedades causadas por falta de agua potable.

Para una gran mayoría de la población mundial el acceso al agua limpia y en cantidades adecuadas, es una lucha diaria. Es por ello que el suministro de agua y el saneamiento resulten esenciales para la satisfacción de las necesidades básicas.

En este sentido, la iniciativa en comento atiende a una necesidad fáctica de adecuar las disposiciones existentes a la naturaleza jurídica de la Comisión Nacional del Agua, a fin de constituirse en un órgano superior técnico, normativo y consultivo de la federación en temas de recursos hídricos.

De esta forma, estamos pugnando porque la Conagua cumpla con sus objetivos de manera eficiente, eficaz, transparente y ajustada a la ley. Y para lograrlo, era necesario asegurarnos que dicha institución tuviera lo necesario para que tanto sus criterios como el ejercicio de sus recursos atiendan y realmente se apliquen, con base en la realidad nacional, en materia de agua.

El Grupo Parlamentario de Nueva Alianza está a favor de este dictamen que reforma la Ley de Aguas Nacionales, por constituir una base en el fortalecimiento de la Comisión Nacional de Aguas Nacionales y dar mayor certeza jurídica al cumplimiento de sus facultades.

Como legisladores estamos obligados a hacer lo que está dentro de nuestras facultades para que se tomen las medidas inmediatas en beneficio de las generaciones futuras.

México necesita actualizar sus normas y leyes, a fin de tener una política en materia de recursos hidráulicos moderna, eficiente y clara para su aplicación.

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza nos hemos manifestado en diversos foros por una política firme que promueva la protección de un recurso natural escaso en amplias regiones del país.

Por eso ratificamos hoy nuestro apoyo a este dictamen, porque fortalece las facultades de la Conagua y contribuye a que este recurso se distribuya con equidad a todos los mexicanos. Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Humberto Dávila Esquivel. Tiene el uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, del Grupo Parlamentario de Convergencia.

El diputado Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva: Para Convergencia plantear el tema de los recursos hídricos limitados nos lleva a reflexionar sobre lo ineludible que resulta debatir los factores relativos al derecho que todos los seres humanos tenemos para contar con este recurso en cantidad y calidad suficientes para cubrir nuestras necesidades más elementales.

Debemos considerar que el problema de la escasez de agua no sólo es resultado de la carencia física de recursos hídricos, sino que se ha convertido en un acontecimiento que se agrava por factores relacionados con la gestión de esos recursos, de lo que se ocupa esta iniciativa de ley.

También por el crecimiento demográfico, el desarrollo económico, la contaminación y los cambios climáticos. Asimismo actividades humanas como la agricultura, la deforestación, la construcción de represas y la creciente extracción y explotación de los mantos acuíferos afectan los procesos hidrológicos naturales y a los recursos hídricos disponibles, por lo que se pone de manifiesto la importancia de una actuación responsable y urgente en este ámbito.

En el mundo la carencia de agua potable se debe tanto a la falta de inversiones y sistemas de mejoramiento hidráulico y de tratamiento de agua, como a su mantenimiento adecuado. Cerca de 50 por ciento del recurso en los sistemas de suministro de agua potable en los países en desarrollo se pierden por fugas, conexiones ilegales, e incluso, vandalismo.

En la mayoría de los países el agua potable es altamente subsidiada para aquellos sectores en una mejor situación económica, o por la industria, mientras que la gente de escasos recursos y con alto grado de marginación depende de proveedores privados costosos o de fuentes inseguras. Basta decir que México ocupa el segundo lugar mundial en consumo de agua embotellada, incuso por los sectores populares.

Otro gran problema en México y el mundo es la conservación de las aguas subterráneas. Éstas constituyen 97 por ciento del agua dulce terrestre. Treinta y tres por ciento de la población mundial, sobre todo la rural, depende de ella, pero está amenazada tanto por la contaminación de los acuíferos como por la mala utilización de los pozos existentes.

La sobreexplotación de éstos provoca el descenso de la capa freática y hace necesario excavar más hondo. El aumento de los costos que esto supone perjudica primero a los más pobres. Paradójicamente tanto a nivel mundial como nacional, el agua dulce no está homogéneamente distribuida: ni geográfica ni temporalmente.

Este manejo irracional del agua está trascendiendo las esferas social, económica y de salud, dando pie a conflictos político-sociales por el acceso al agua; lo que se ha denominado ``la guerra por el agua''.

En este escenario, para Convergencia resulta apremiante atender la escasez y la desigual distribución del agua a partir de la construcción de una política integral.

Nos parece que en esta iniciativa de ley que está en discusión se dan pasos importantes, que indudablemente van en la ruta correcta y adecuada, pero que es el principio de una tarea legislativa que tiene que ser muy vasta dada la problemática prevaleciente en materia del agua.

Hacen falta modificaciones al artículo 115 constitucional. No es posible que se haya transferido a los municipios la responsabilidad de los sistemas operativos de agua y no se le hayan dado las facultades para poder operar estos sistemas, y cobrar lo necesario a dependencias federales, a gobiernos estatales. Ahí hay una problemática que es importantísimo subsanar.

También hace falta una ley de agua potable y saneamiento. Es claro y evidente que la actual legislación en materia de aguas nacionales no es suficiente. Por eso es que hace falta también esta ley.

Hay toda una tarea legislativa por realizar. Pero nos parece muy importante en el contexto de la iniciativa que hoy se discute, que se den pasos concretos para que se pueda aprovechar mejor la tecnología disponible en materia del agua.

Convergencia organizó en este año, los días 7 y 8 de febrero, una exposición de agua, aquí mismo en la Cámara de Diputados, donde presentamos el desarrollo de una tecnología que lamentablemente, como pasa con muchas otras, ha pasado desapercibida en México. Estos esfuerzos no es posible que se pierdan.

Por eso es muy importante que haya una modificación legal, como la que aquí se plantea que haya una integración de esfuerzos y que a final de cuentas se creen los instrumentos para que México pueda aprovechar esta tecnología.

Los avances en esta tecnología del agua sin los cuales no será posible atender esta problemática. Por eso el voto de convergencia a favor de esta iniciativa de ley.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva. Tiene el uso de la palabra el diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán: Con su permiso, Presidenta. Compañeras y compañeros diputados. Los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucionalreconocemos que el agua es un recurso estratégico y fundamental para el desa-rrollo económico, social del país y representa un tema de seguridad nacional.

De ahí la importancia de proveer una legislación adecuada para regular su explotación, uso o aprovechamiento, su distribución y control así como la preservación de su calidad y cantidad para alcanzar su desarrollo integral sustentable.

Es por eso que la Ley de Aguas Nacionales debe ser revisada y, en su caso, reformada con minuciosidad profunda para que sus disposiciones respondan a las necesidades y problemática que la gestión integrada del recurso hídrico presenta.

A nivel nacional la problemática del agua es grave. La sobreexplotación de las aguas superficiales y subterráneas y la contaminación de los mantos acuíferos devienen del uso indiscriminado del recurso a causa, entre otros factores, de la falta de control por parte de las autoridades responsables, de los volúmenes del recurso autorizado para su explotación, mediante las concesiones y asignaciones otorgadas, así como la falta de vigilancia sobre la explotación que se realiza sin contar con la autorización correspondiente y a la falta de supervisión de volúmenes y calidad del agua residual autorizados en los permisos de descarga.

Los priistas reconocemos los esfuerzos realizados por el Legislativo federal para darnos un ordenamiento jurídico que permita la conjugación de esfuerzos de la autoridad del agua con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y municipios, así como de los usuarios y la sociedad en general para desarrollar políticas, programas y acciones tendientes a lograr la gestión integrada del recurso en un proceso de descentralización de dicha gestión, que tenga como unidad básica de la administración la región hidrológica administrativa por cuenca hidrológica.

No obstante, reconocemos también que la reforma a la Ley de Aguas Nacionales, de abril de 2004, aunque originalmente fue concebida para un esquema de descentralización en el cual la Comisión Nacional del Agua se transformaba en una entidad paraestatal y se creaban los organismos de cuenca, como órganos desconcentrados de dicha entidad, terminó manteniendo un esquema de desconcentración administrativa que mantiene a la Conagua como órgano desconcentrado de la Semarnat, y a los organismos de cuenca como unidades administrativas de dicho órgano desconcentrado.

De tal manera, la Ley de Aguas Nacionales vigente presenta serias incongruencias, principalmente en la distribución de atribuciones a la Conagua y a sus organismos de cuenca, ya que sus disposiciones atributivas no corresponden a la naturaleza jurídica de dichos órganos.

Por ello, el Grupo Parlamentario del PRI reconoce las bondades de la reforma que hoy discutimos, en la que destacan, entre otros aspectos de importancia, los siguientes:

Primero. Redefine las atribuciones de las autoridades del agua para hacerlas congruentes con la naturaleza jurídica de éstas.

Segundo. Atiende la realidad económica, financiera, de los usuarios del agua, ajustando a la baja los montos de las multas por infracciones a la ley.

Tercero. Fortalece el registro de derechos de agua, convirtiéndolo en un registro nacional operado por la Conagua a través de una unidad administrativa especializada con fe pública registral.

Cuarto. Redefine las atribuciones del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, adecuándolas para favorecer la coadyuvancia de estas instituciones, con la autoridad del agua, en la materia de sus respectivas competencias, conforme a las leyes que las rigen.

Quinto. Amplía la transmisión de derechos para que ahora proceda la transmisión temporal de derechos de concesiones, asignaciones y permisos, aunque la transmisión de asignaciones no permite que los volúmenes se dediquen a usos diversos del uso público urbano o el uso doméstico establecido en los títulos de asignación.

Para el Grupo Parlamentario del PRI la reforma que hoy discutimos y aprobaremos no es la solución completa que pretendemos dar a la problemática del agua en el país. Sin embargo, representa un avance importante para alcanzar dicho objetivo, en virtud de que permitirá el tránsito hacia la revisión y reforma integral de la legislación en materia hídrica con una autoridad del agua que realice sus funciones con los instrumentos jurídicos apropiados, para darle eficiencia a su desempeño y eficacia a sus resultados.

Por otra parte, favorece la gestión integrada del recurso hídrico, fortaleciendo la participación de entidades federativas y municipios, así como organizaciones de usuarios, y sociedad civil en general, en la toma de decisiones para impulsar el desarrollo económico y social de todos los mexicanos.

Por todo lo anterior, y seguros de que estamos en el camino de una legislación enfocada hacia la descentralización de la administración del agua en el país, las legisladoras y los legisladores integrantes del Partido Revolucionario Institucional estamos a favor del proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, e invitamos a todos ustedes, compañeras diputadas y compañeros diputados, a emitir el voto a favor del proyecto de decreto y en beneficio de la sociedad mexicana. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Gustavo Ildefonso. Tiene el uso de la palabra la diputada Lourdes Alonso Flores, del Grupo Parlamentario del PRD. Diputada, permítame un momento.

Esta Presidencia agradece la presencia de la Preparatoria número 3, Justo Sierra, que está aquí presente con nosotros, a petición e invitación del diputado Ricardo Cantú Garza . Gracias.

Adelante, diputada.

La diputada Lourdes Alonso Flores: Con su permiso, diputada Presidenta. Compañeros diputados y compañas diputadas, acudo a esta tribuna para fijar la postura en torno al voto que emitirá el Grupo Parlamentario del PRD para la reforma de la Ley de Aguas Nacionales.

La construcción de un acuerdo para presentar este dictamen resultó ardua y no fue sino hasta el último momento que el PRD decidió apoyarlo sólo si se respetaban y fortalecían las funciones de control, inspección y sanción que en materia de aguas se le han otorgado a la Profepa y que en la minuta del Senado se pretendían eliminar.

Del mismo modo sucedía en el dictamen con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, en donde se pretendía eliminar todas sus funciones en la ley, lo que nos parecía inadmisible por completo.

Afortunadamente, en este dictamen y a propuesta de nuestro grupo parlamentario, se han clarificado las funciones del IMPTA en lugar de eliminarlas. A propuesta del PRD se evitó que se cancelara la autonomía de los organismos de cuenca, garantizando con ello que sean las entidades federativas las que establezcan los mecanismos de designación de su representación, acorde con el pleno respeto que debe observar la soberanía de los estados.

También se clarificaron los criterios para ajustar a la baja las multas e infracciones y mantener aquellas que la ley considera sumamente graves, como lo es la contaminación intencional del acuífero y el acaparamiento del agua, tal y como esta soberanía lo había acordado casi al finalizar la pasada Legislatura.

La incorporación de estos puntos mínimos, pero de gran relevancia, nos conmina a otorgar nuestro apoyo a este proyecto de reformas, sin embargo, expresamos nuestra reserva crítica porque consideramos que las nuevas adecuaciones a la Ley de Aguas Nacionales implican un retroceso en el ámbito administrativo, comparado con la última reforma que en el 2004 experimentó la ley.

El fondo de este asunto tiene que ver con el carácter administrativo y diseño institucional que se necesita para la Conagua y los 13 organismos de cuenca que formalmente operan la política hidráulica del país.

Desde luego que este dictamen es entendible y aceptable jurídicamente, puesto que existía una incompatibilidad jurídica entre el texto de la ley vigente, su reglamento y las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Como igualmente aceptable hubiera sido otorgar a Conagua la categoría de órgano descentralizado.

Esto hubiera redundado en una mayor consistencia jurídica y en un beneficio para la operación de los organismos de cuenca, implicando también un mayor beneficio en la gestión democrática y regional de los recursos hídricos, a través de los consejos de cuenca. Por ello nuestra reserva crítica al aprobar este dictamen.

Nuestro voto como segunda fuerza parlamentaria ---que se escuche muy bien---, no es un cheque en blanco, otorgaremos nuestro voto favorable, con el compromiso de todos los grupos parlamentarios de impulsar una reforma integral de la Ley de Aguas Nacionales, en la que en el primer lugar de la agenda estará el garantizar el derecho social irrestricto de acceso al agua; estará el eliminar las cláusulas de privatización; estará el aclarar el carácter público de los bancos de agua; el aprovechamiento del agua de lluvia y ampliar la participación de la sociedad en la gestión del recurso hídrico.

Es bajo estas condiciones y bajo este acuerdo, que aprobaremos este dictamen. Compañeras diputadas y compañeros diputados, son ustedes hombres y mujeres de palabra, confiamos en ella. Muchas gracias por su atención.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada Lourdes Alonso Flores. Tiene el uso de la palabra el diputado Víctor Manuel Torres Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Víctor Manuel Torres Herrera: Con su venia, señora Presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados.

En el sexenio pasado el presidente Fox declaró al agua como un asunto de seguridad nacional. Éste y otros motivos orillaron a los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos de la LVIII Legislatura de ambas Cámaras a revisar el marco legal de la gestión del agua, debido a que la Ley de Aguas Nacionales vigente ya no respondía a la realidad nacional y la crisis en el sector hidráulico empezaba a generar conflictos y problemas sociales.

Bajo este contexto se llevaron a cabo foros regionales de consulta en materia de agua, con la participación de autoridades federales, estatales y municipales, así como usuarios, investigadores y académicos interesados en aportar ideas para preservar y modernizar el uso del vital líquido en México.

Así se formuló la primera reforma integral a la Ley de Aguas Nacionales, aprobada por unanimidad en abril de 2003 por ambas Cámaras; misma que fue revisada por el Ejecutivo y remitida nuevamente al Senado con observaciones para que después fuera finalmente aprobada, con las enmiendas y adiciones, y publicada en el Diario Oficial de la Federación en abril de 2004.

En virtud de que toda ley es perfectible y dado que las reformas al entrar en vigor denotaron algunas omisiones e incongruencias que generaron problemas no sólo a la propia Comisión Nacional del Agua, sino también a los organismos operadores del agua y sobre todo a los derechos de los usuarios en general, la Comisión de Recursos Hidráulicos del Senado de la República de la LIX Legislatura procedió nuevamente a revisar a fondo el marco legal para subsanar dichos errores, destacando entre ellos los relacionados con las prórrogas para la solicitud de concesiones y asignaciones, así como las elevadas tarifas en el cobro de multas por violaciones a la ley, entre otros temas trascendentes.

El 26 de abril de 2006, casi al final del periodo legislativo, el Senado de la República aprobó por unanimidad el dictamen, mismo que siguiendo el proceso legal, fue turnado como minuta a la Cámara de Diputados de la anterior legislatura y que, en razón de tiempo ya no fue posible dictaminar.

Hoy, los diputados integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos hemos llegado a importantes consensos. En el primero nos comprometimos a revisar minuciosamente el contenido de la presente minuta, enriquecerla con nuevas consideraciones para darle más operatividad a la ley, dictaminarla y presentarla al pleno para su discusión y aprobación lo más pronto posible.

El segundo compromiso asumido por los diputados del Partido Acción Nacional y los demás grupos parlamentarios, una vez aprobado el presente dictamen, ha sido el de iniciar, en el marco de los trabajos de la reforma del Estado, una profunda revisión del marco jurídico en materia de aguas nacionales que garantice, en primer término, avanzar hacia un desarrollo sustentable del recurso hídrico que contribuya a disminuir la sobreexplotación de los acuíferos y la degradación de la calidad del agua; impulsar a través de las instituciones educativas responsables, una oportuna y eficaz cultura del agua, cimiento necesario para alcanzar el desarrollo hídrico sustentable que asegure también el acceso al agua en cantidad y calidad y que éste sea un derecho inalienable de todos los mexicanos.

Esto permitirá que el servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento llegue hasta los rincones más marginados de nuestra nación. Compromiso también asumido, tal y como lo ha manifestado el presidente Felipe Calderón, y que se encuentra contenido en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional Hídrico, por lo que será necesario que se establezca, como mandato supremo, el principio de subsidiaridad en las reglas de operación de los programas federales para la construcción de obras para el servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como las acciones correspondientes a la modernización de los sistemas de riego agrícola.

Finalmente, reiteramos nuestro compromiso de impulsar, con la colaboración del Consejo Consultivo del Agua, instituciones académicas y de investigación y asociaciones de usuarios, un minucioso análisis de los aspectos jurídicos, técnicos, operativos y financieros que nos permitan definir la viabilidad de que el órgano rector de la gestión del agua, es decir la Conagua, pueda convertirse en un organismo público descentralizado, con las facultades y atribuciones que esto conlleva, pero sobre todo con la participación de representantes de todos los niveles de gobierno.

Compañeras y compañeros diputados, con la aprobación del presente dictamen le aportaremos a la Comisión Nacional del Agua un importante instrumento jurídico que dará viabilidad a la Ley de Aguas Nacionales vigente, reformas que se requerían urgentemente para una adecuada gestión hídrica nacional.

Con este trabajo nos sentimos satisfechos al quedar demostrada la capacidad de los diputados de las diferentes fracciones parlamentarias, de buscar consensos y construir acuerdos. Esta es la actitud que nos demanda la sociedad y éste es precisamente el papel que hoy hemos asumido.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional votará a favor del presente dictamen. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado. No habiendo más oradores inscritos, el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Para efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se han inscrito para reservar el artículo 9o., fracción XLIV, la diputada Aleida Alavez Ruiz y el artículo 12 Bis 1 y 12 Bis 6, por el diputado Antonio Medellín Varela .

Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general, con las modificaciones aceptadas por esta asamblea, y en lo particular de los artículos no reservados.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, con las modificaciones propuestas por la Comisión y aceptadas por esta asamblea.

(Votación)

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Esta Presidencia envía un saludo a los alumnos de la escuela oficial Ricardo Flores Magón, del municipio de Jalapa, Veracruz. No están aquí en la sala, pero nos están viendo en la sesión de uno de los salones con el diputado Adolfo Mota.

También esta Presidencia hace mención y le da una cordial bienvenida al grupo de empresarios jóvenes de Zacatlán de las Manzanas, estado de Puebla, que acaban de llegar, a invitación del Grupo Parlamentario del PAN.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Ciérrese el sistema electrónico. Se emitieron 380 votos en pro, 0 en contra y 7 abstenciones.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 380 votos, con las modificaciones que la asamblea aprobó.

Esta Presidencia ya informó qué artículos se han reservado. Se han registrado para su presentación la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del PRD, y el diputado Antonio Medellín Varela , del Grupo Parlamentario del PAN. Tiene el uso de la palabra la diputada Aleida Alavez Ruiz , para presentar la reserva del artículo 9o., fracción XLIV.

La diputada Aleida Alavez Ruiz: Con su venia, diputada Presidenta. Compañeras y compañeros diputados. Me permito hacer notar a este pleno la necesidad de modificar la fracción XLIV del artículo 9o. del dictamen en comento, para eliminar la palabra operar y que se le agregue al final la frase asegurando el cumplimiento de las funciones sustantivas de este servicio.

Lo anterior, en virtud que la Comisión Nacional de Agua, per se, no puede operar al Servicio Meteorológico Nacional sino sólo coordinarlo, tal y como está en la ley vigente.

El artículo 14-Bis-2 de la Ley de Aguas Nacionales señala que el Servicio Meteorológico Nacional es una unidad técnica especializada, autónoma, que tiene por objeto generar, interpretar y difundir la información meteorológica, su análisis y pronóstico que se consideran de interés público y estratégico, de tal suerte que es el mismo sistema el que opera mediante las funciones que le han sido conferidas.

Cabe recordar que el Meteorológico Nacional fue creado desde 1877, precisamente el pasado 3 de marzo cumplió 130 años, inaugurado en la azotea del Palacio Nacional. A pesar que el Servicio cuenta actualmente con 72 observatorios meteorológicos, 15 estaciones de radiosondeo, 12 radares meteorológicos en todo el territorio nacional, una estación terrena receptora de imágenes de satélite y 250 especialistas que trabajan hasta 12 horas diarias para cumplir la demanda diaria de pronósticos para la toma de decisiones no sólo para los gobiernos federal, estatal y municipal sino para todos los sectores que se benefician del servicio, como la iniciativa privada, medios de comunicación y centros meteorológicos de terceros países que no cuentan con el presupuesto suficiente.

De ahí que es importante que la Comisión Nacional de Agua, como coordinadora del Servicio Meteorológico Nacional, no sólo lo coordine, sino también asegure el cumplimiento de las funciones sustantivas del propio servicio.

Este organismo es el mecanismo referencial prescindible para el sistema de protección civil de la nación, y el marco para la prevención de desastres.

Esta propuesta de modificación al dictamen fue incluso consultada con servidores públicos del Servicio Meteorológico Nacional que están de acuerdo con esta reserva, ya que consideran que no debe señalarse a la Comisión Nacional de Agua como operadora del Servicio, ya que no es su función, de acuerdo con la Ley de Aguas Nacionales, sino como está en la ley vigente, como coordinadora únicamente, y además que garantice el funcionamiento del mismo.

A decir de la autoridad, es muy importante aclarar que las funciones sustantivas del servicio son mucho más amplias y extensas que la de Conagua. De acuerdo con la versión del Reglamento Interior, publicado en noviembre pasado, atiende las necesidades de toda la economía nacional, el desarrollo social y seguridad nacional, y el Servicio debe trabajar en términos, estándares y normas de la Organización Meteorológica Mundial para poder comparar nuestros registros climatológicos, someterlos a los modelos de predicción y de simulación con las condiciones atmosféricas, entre otras.

Es muy importante situar el Servicio como el único responsable en cumplimiento de estas tareas y funciones técnicas muy específicas.

La Ley de Aguas Nacionales habla de agua, su gestión y administración. El Servicio trabaja con la atmósfera y los procesos en ésta. La generación de agua por medio de los procesos en la atmósfera es un tema importante en las funciones del Servicio, pero no son únicas, y si colocamos el Servicio exclusivamente en tareas de agua, dejará de ser el Servicio... sino el Departamento de Hidrometeorología Aplicada al Sector Agua.

¿Quién, entonces, atenderá las demás funciones del Servicio? En tal sentido, solicitamos al pleno de la Cámara de Diputados la aprobación de esta reserva al artículo 9o. del dictamen en comento, en beneficio del Servicio Meteorológico Nacional.

Cabe señalar que esta reserva ha sido comentada con varios grupos parlamentarios y también tenemos un difícil problema en el Servicio Meteorológico, año con año se le viene reduciendo el presupuesto. De 200 millones ha bajado a 180.

En esta iniciativa que manda el Ejecutivo federal del Presupuesto de Egresos, baja a 135 millones y ha tenido diferentes problemas en su operación.

De tal forma que no podemos entonces dar con este dictamen un revés a la forma como vienen operando. La operación es propia de los técnicos, de quienes están en el servicio, no de Conagua, porque estaríamos hablando de algo distinto, que además entraría en contradicción con lo que estipula la propia Ley de Aguas Nacionales. Por lo anterior solicito que puedan respaldar esta recomposición en el dictamen que ahora se discute. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Consulte la Secretaría a la asamblea si acepta la modificación propuesta por la diputada Aleida Alavez Ruiz, en votación económica.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por la diputada Aleida Alavez Ruiz . Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la negativa, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se de-secha la propuesta de la diputada Aleida Alavez Ruiz . Tiene el uso de la palabra el diputado Antonio Medellín Varela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar modificación al artículo 12 Bis 1 y 12 Bis 6.

El diputado Antonio Medellín Varela: Con su permiso, señora diputada Presidenta. La reserva del artículo 12 Bis 1, párrafo tercero,...

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Permítame, diputado, por favor discúlpeme. Si, diputada Alavez.

La diputada Aleida Alavez Ruiz (desde la curul): Gracias, diputada Presidenta. No tuve claridad en la votación, la verdad es que la vi muy pareja, en esos términos me gustaría solicitarla nominal, para poder garantizar quién está en este acuerdo y entonces ver si puede tener mayoría esta propuesta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Diputada, ya está votada la propuesta y a vista de la Secretaría y de la Presidencia era mayoría por la negativa. Continúe por favor, diputado.

El diputado Antonio Medellín Varela: Gracias. La reserva del artículo 12 Bis 1, párrafo tercero, tiene por objeto hacer una aclaración pertinente a las disposiciones contenidas en dicho párrafo.

Se ha reconocido en el dictamen que la Conagua, como órgano desconcentrado de la Semarnat, que no puede gozar de la autonomía presupuestaria que se le podría haber asignado como organismo descentralizado. De tal manera a los organismos de cuenca, como unidades administrativas de Conagua, tampoco se les puede atribuir autonomía presupuestaria.

En ese sentido proponemos la modificación del párrafo tercero, del artículo 12 Bis 1, para establecer que los organismos de cuenca actuarán con autonomía en sus decisiones y en el manejo de los bienes y recursos que se les destinen, aclarando que los bienes y recursos, objeto del manejo autónomo, sean distintos a los presupuestales.

Con esta propuesta salvamos interpretaciones gramaticales que suponen autonomía en el manejo de bienes y recursos presupuestarios.

Con la modificación que proponemos, el párrafo tercero, del artículo 12 Bis 1 queda como sigue:

``Los organismos de cuenca, conforme a su carácter especializado y atribuciones específicas que la presente ley les confiere, actuarán con autonomía en sus decisiones y en el manejo de los bienes y recursos, excepto los recursos presupuestarios que se les destinen. Y ejercerán en el ámbito de la cuenca hidrológica o en el agrupamiento de varias cuencas hidrológicas que determine la comisión como de su competencia, las facultades establecidas en esa ley, sus reglamentos y el reglamento interior de la comisión, sin menoscabo de la actuación directa por parte de la comisión, cuando le competa, y del titular del Poder Ejecutivo federal.

La reserva del artículo 12 Bis 6, tiene por objeto proponer la modificación de la disposición contenida en la fracción XXIV de dicho artículo, para aclarar que la autonomía técnica, administrativa y jurídica en el manejo de los recursos, atribuida a los organismos de cuenca, está referida a recursos distintos a los presupuestarios, en virtud de que como ya se ha expresado en la discusión de diversos aspectos de la ley, ni la Comisión Nacional del Agua, ni sus unidades administrativas como son los organismos de cuenca, pueden tener autonomía presupuestaria, dado el carácter de órgano desconcentrado de la primera, y de unidad administrativa de órgano desconcentrado, de los segundos.

En esa consideración propongo modificar la fracción XXIV del artículo 12 Bis 6 de la Ley de Aguas Nacionales, para que diga:

Artículo 12 Bis 6. Actuar conforme a su naturaleza y carácter especializado que la presente ley les confiere, con autonomía técnica, administrativa y jurídica, en el manejo de los recursos, excepto los recursos presupuestarios que se le destinen y de los bienes que tengan en los términos de esta ley, y actuar con autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objetivo, y de los objetivos y metas señaladas en sus programas y presupuesto, observando lo dispuesto en el presente artículo 9, fracción XXIII, 12, fracción X, 12 Bis 1, 12 Bis 2, 12 Bis 3 y 12 Bis 4, y en las demás disposiciones aplicables contenidas en la presente ley y en sus reglamentos.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Antonio Medellín. Consulte la Secretaría a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por el diputado Antonio Medellín Varela, del Grupo Parlamentario del PAN.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por el diputado Antonio Medellín Varela . Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se acepta.

Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por tres minutos. Vamos a votar este artículo y luego vamos a votar el otro artículo que ya pasó, por tres minutos, para proceder a la votación del artículo 12, la modificación los artículos 12 Bis 1 y 12 Bis 6, propuesta por el diputado Antonio Medellín Varela .

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación nominal del artículo propuesto, 12 Bis 1, 12 Bis 6.

(Votación)

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Diputado Patrón Montalvo.

El diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo (desde la curul): Nada más para que se haga la aclaración porque primeramente se hizo la votación nominal. La pregunta es que si estamos participando en el segundo punto o en el primero.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: En el segundo. En el que propuso el diputado Antonio Medellín Varela. En este punto estamos ratificando la votación nominal.

Sí, diputada Aleida.

La diputada Aleida Alavez Ruiz (desde la curul): Diputada Presidenta, para aclarar el procedimiento porque entonces entiendo que sigue la votación nominal de la reserva que presenté del dictamen.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Sí. La vamos a votar posterior a ésta, por eso les dije que van a haber dos votaciones: la que usted presentó se va a votar en sus términos, se va a consultar a la asamblea para voto nominal, pero cuando termine esta votación.

La diputada Aleida Alavez Ruiz (desde la curul): Gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se les está dando la oportunidad de votar a todos los que están llegando. Todavía está abierto el sistema electrónico.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señora, Presidenta. Se emitieron 355 votos en pro, 9 abstenciones, y 2 en contra.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada. Aprobado el artículo 12 Bis 1, 12 Bis 6, por 355 votos, con la modificación aceptada por la asamblea.

Ahora vamos a votar la propuesta que hizo la diputada Aleida Alavez Ruiz , para dejar en sus términos el artículo que se propuso.

Se pide a la Secretaría que se abra el sistema electrónico por tres minutos, para proceder a la votación del artículo 9, fracción XL, que propuso la diputada en sus términos.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del reglamento interior.

Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación del artículo 9, en sus términos.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Permítame, diputada. Diputado César Duarte.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez (desde la curul): Diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Sí, diputado. Le auxilian, alguien técnico, por favor. Al diputado César Duarte, si le dan sonido a la curul. Sí, diputado.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez (desde la curul): Sólo verificar el trámite. Tenemos la apreciación de que ese punto había sido desechado previamente. Entonces consideramos que no es necesario éste otro trámite, Presidenta, sólo para ponerlo a consideración.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Fue desechado, pero como se reservaron los artículos en la votación en lo general y en lo particular, se tiene que ratificar la votación en lo particular.

Se vota en sus términos el artículo que ya había sido dese-chado, para que quede ratificado en sus términos el dictamen.

Señores diputados, para evitarnos confusiones, lo que estamos votando es que el artículo quede en sus términos, toda vez que fue desechada la propuesta que se presentó.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

La diputada Érika Larregui Nagel (desde la curul): Presidenta, nada más para pedirle que le recuerde a los compañeros diputados que están fumando, que no se debe hacer eso en el salón de plenos.

El diputado Mario Mendoza Cortés (desde la curul): Mi voto es a favor.

El diputado José Edmundo Ramírez Martínez (desde la curul): Edmundo Ramírez, a favor.

La diputada Lorena Martínez Rodríguez (desde la curul): A favor, Presidenta.

El diputado Isael Villa Villa (desde la curul): Para confirmar que mi voto es a favor.

El diputado José Luis Varela Lagunas (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Se emitieron 241 votos en pro, 117 en contra y 2 abstenciones, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobado en sus términos el artículo por 241 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Se devuelve al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.



MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: El siguiente punto del orden del día son dictámenes a discusión con puntos de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se autoriza.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo para exhortar al titular del Ejecutivo federal a incrementar los apoyos gubernamentales a emprendedores y a micro, pequeñas y medianas empresas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y análisis la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a incrementar los apoyos gubernamentales a emprendedores, y micro, pequeñas y medianas empresas.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados el día 11 de abril de 2007, los ciudadanos secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de la proposición que presentó el ciudadano diputado Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para someterla a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El ciudadano presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: ``Túrnese a la Comisión de Economía''.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

Exhortar al Ejecutivo federal a que instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, con la participación de las Secretarías de Economía, y de la Función Pública, concentre en una sola entidad la responsabilidad de diseñar, aplicar y evaluar la política de apoyos gubernamentales para emprendedores, microempresas, empresas pequeñas y medianas, tanto del ámbito rural como del urbano, profundizando con ello las acciones de coordinación y simplificación en esta materia.

Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en el mundo se han convertido en un nicho de oportunidad para impulsar el crecimiento económico sostenido de los países a través de la creación de empleos, generación de valor agregado, aportaciones fiscales, fortaleciendo el mercado interno y aumentando la oferta exportable.

Tercera. Que en México, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, existen más de 3 millones de unidades empresariales, de las cuales el 99.7 por ciento son Mipymes, que en conjunto generan el 52 por ciento del producto interno bruto nacional y el 71 por ciento del empleo del país.

Cuarta. Que el Ejecutivo federal anunció el pasado 5 de marzo la integración en una sola coordinación del Fondo Nacional de Empresas Sociales (Fonaes), el Programa Nacional de Financiamiento a la Microempresa (Pronafim), y el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme).

Quinta. Que la integración de los diversos programas de subsidios de la Sagarpa, la SRA, la Sedesol, la STPS y la Semarnat representan más de 50 mil millones de pesos y tienen un costo de operación cercano a los 5 mil millones de pesos, y es importante precisar que este costo de operación es aún mayor si se considera que dentro de los recursos asignados como subsidio, las diversas reglas de operación que señalan el procedimiento de su aplicación, establecen diferentes porcentajes destinados a la operación de los programas.

Sexta. Que el comité que coordinará la integración de las entidades administradoras de los programas de apoyo financiero está integrado por el titular de la Oficina para las Políticas Públicas de la Oficina Ejecutiva de la Presidencia de la República, los subsecretarios de Egresos y de Hacienda y Crédito Público, el subsecretario de la Función Pública, y el director general de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria; tendrá como propósito analizar y estudiar los programas que opera el gobierno federal, a fin de proponer acciones concretas tendientes a que los mismos sean más eficientes y eficaces y lograr una mejor coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública federal que los manejan para generar mayores economías y evitar duplicidad de funciones y estructuras.

Séptima. Que los ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que es necesario eliminar duplicidades y ahorrar recursos que puedan canalizarse a más apoyos para el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, terminar con la tortuosa tramitología y los obstáculos que inhiben la formación y el éxito de nuevos proyectos productivos que generen más y mejores empleos, profundizando en la simplificación de los trámites para acceder a los beneficios gubernamentales para la creación de más y mejores empleos, avanzando en la integración de los diferentes apoyos que brinda el gobierno a los emprendedores en una sola ventanilla, para mejorar la manera de combatir la desigualdad y la pobreza es precisamente con empleo y con más y mejores oportunidades para desarrollar fuentes de empleo.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete al Pleno de esta Cámara de Diputados, para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a que, con fundamento en las atribuciones que le confiere la legislación aplicable, instruya a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que con la participación de las Secretarías de Economía y la Función Pública, y con base en los resultados obtenidos de los trabajos realizados por el Comité para Reestructurar los Programas de Apoyos y Financiamientos a las Actividades Productivas de la Población de Bajos Ingresos y a los Intermediarios de la Banca Social, creado por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de noviembre del 2004, evalúe la viabilidad jurídica, administrativa, presupuestal y financiera de concentrar en una sola entidad la responsabilidad de diseñar, aplicar y evaluar la política de apoyos gubernamentales para emprendedores, microempresas, empresas pequeñas y medianas, tanto del ámbito rural y urbano, profundizando con ello las acciones de coordinación y simplificación en esta materia, anunciadas el pasado 5 de marzo del año en curso.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de agosto de 2007.
Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso, Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez , Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum , Sergio Augusto López Ramírez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert , Martín Malagón Ríos (rúbrica), Dora Alicia Martínez Valero (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Amado Orihuela Trejo , Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández , Miguel Ángel Peña Sánchez , Raúl Ríos Gamboa , Ricardo Rodríguez Jiménez , Salvador Ruiz Sánchez , Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»


LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo relativo a la salvaguarda de los derechos de los menores migrantes

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura le fue turnada, para su estudio, análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que a través del Instituto Nacional de Migración implante procedimientos de salvaguarda de los derechos de los menores migrantes.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente dictamen en sentido positivo, basándose en los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha siete de noviembre de dos mil seis, la diputada Ana María Ramírez Cerda , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó a la consideración de esta Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo relativo a la protección de menores migrantes en territorio nacional.

II. En la misma fecha, siete de noviembre de dos mil seis, la proposición con punto de acuerdo mencionada fue turnada, por disposición de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Gobernación, para su estudio y dictamen.

III. Con fecha veinte de junio de dos mil siete, se presentó al Pleno de la Comisión de Gobernación, el proyecto de dictamen correspondiente, siendo aprobado.

Establecidos los antecedentes, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados exponemos las siguientes

Consideraciones

1. El propósito del punto de acuerdo materia del presente dictamen es realizar un atento exhorto a la Secretaría de Gobernación, para que implante procedimientos y programas para salvaguardar los derechos humanos, integridad física y moral de los menores migrantes.

2. La diputada proponente, expone en sus consideraciones lo siguiente:

La Secretaría de gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración, tiene como una de sus principales funciones garantizar el respeto de los derechos humanos de los migrantes, así como el apego estricto a la ley, con independencia de su situación jurídica y actuando en congruencia con lo que pide el gobierno mexicano para sus connacionales en otros países.
Así, como entidad encargada de la aplicación de las normas migratorias, el Instituto Nacional de Migración debe encargarse del aseguramiento de los extranjeros que entran a nuestro territorio y que no cumplen con lo que la Ley General de Población establece.
Es de reconocerse también que el fenómeno migratorio de no nacionales a nuestro país ha ido mutando en cuanto a complejidad. En décadas pasadas eran los hombres los que se introducían en nuestro país con la intención de llegar a la frontera norte e internarse en los Estados Unidos de América.
Desde el año de 2001, las políticas norteamericanas han sido endurecidas, lo que no ha permitido el flujo que, en otras décadas, se venía haciendo de trabajadores latinoamericanos. Por ello, los hombres o mujeres que han logrado establecerse en territorio estadounidense se han visto en la necesidad de llevar consigo a sus familias y, en ocasiones, muchas esposas e hijos son detenidos por las autoridades migratorias estadounidenses y deportados de su territorio; otras tantas son detenidos por autoridades migratorias mexicanas por lo que la infraestructura y recursos humanos del Instituto Nacional de Migración y otras dependencias encargadas de la aplicación de la Ley de Población se han visto superadas.
De ahí, que hoy día es necesario el establecimiento de mayores procedimientos o instrumentos institucionales para la salvaguarda de los derechos de los migrantes.
• Proteger a los menores migrantes y sus familias, tanto en su integridad física, como moral.
• Mantener un enfoque nacional, internacional e interinstitucional para garantizar un trato digno a los menores migrantes y sus familias en nuestro país.
• Asegurar en todo momento el respeto de sus derechos humanos, su dignidad, así como su integridad física como moral.
• Promover acuerdos de carácter internacional que permitan acciones coordinadas eficientes entre los distintos gobiernos de los diferentes países.

3. En virtud de que los niños, por su falta de madurez física y mental necesitan protección y cuidado especiales, México adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificado, el 21 de septiembre de 1990, y en la cual se entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable haya alcanzado antes la mayoría de edad.

4. Asimismo, la convención establece que los Estados parte tienen la obligación de asegurar la aplicación de los derechos que en ella se mencionan a todo niño sin distinción alguna.

5. La Convención, aborda el problema de los menores migrantes y se establecen obligaciones para los Estados parte en el siguiente sentido:

Artículo 22.
1. Los Estados parte adoptarán medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de obtener el estatuto de refugiado o que sea considerado refugiado de conformidad con el derecho y los procedimientos internacionales o internos aplicables reciba, tanto si está solo como si está acompañado de sus padres o de cualquier otra persona, la protección y la asistencia humanitaria adecuadas para el disfrute de los derechos pertinentes enunciados en la presente convención y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos o de carácter humanitario en que dichos Estados sean parte.
2. A tal efectos los Estados parte cooperarán, en la forma que estimen apropiada, en todos los esfuerzos de las Naciones Unidas y demás organizaciones intergubernamentales competentes u organizaciones no gubernamentales que cooperen con las Naciones Unidas por proteger y ayudar a todo niño refugiado y localizar a sus padres o a otros miembros de su familia, a fin de obtener la información necesaria para que se reúna con su familia. En los casos en que no se pueda localizar a ninguno de los padres o miembros de la familia, se concederá al niño la misma protección que a cualquier otro niño privado permanente o temporalmente de su medio familiar, por cualquier motivo, como se dispone en la presente convención.

6. De acuerdo con el artículo 7 de la Ley General de Población, corresponde a la Secretaría de Gobernación organizar y coordinar los distintos servicios migratorios, vigilar la entrada y salida de los nacionales y extranjeros y revisar la documentación de los mismos, en cuyo ejercicio se debe velar siempre por el respeto a los derechos humanos y la integridad familiar de las personas.

7. Dichas facultades serán ejercidas a través del Instituto Nacional de Migración, que entre las atribuciones que le confiere el Reglamento de la Ley General de Población, en sus artículos 133 y 134, se encuentran procurar que los movimientos migratorios de nacionales y extranjeros favorezcan el desarrollo económico, social y cultural del país, buscando preservar la seguridad y soberanía del país, en pleno apego a la ley y con amplio respeto a los derechos de los migrantes.

8. El trece de marzo de dos mil siete compareció ante las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados, la licenciada Cecilia Romero Castillo, comisionada del Instituto Nacional de Migración, con la finalidad de abordar temas relacionados con sus facultades de planeación, operación, control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios en nuestro país.

9. En dicha comparecencia se abordó el tema de los menores migrantes en el marco del Programa Interinstitucional de Atención a Menores Fronterizos, estableciendo que se está trabajando en la puesta en práctica de la estrategia de atención a los menores migrantes en la frontera sur, para lo cual se ha formado un grupo de coordinación integrado por el Sistema Nacional DIF, la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Instituto Nacional de Migración, el Instituto de Desarrollo Humano de Chiapas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

10. La comisionada señaló que, en el mismo ámbito, se elaboró el proyecto de convenio de colaboración específico entre estas autoridades, que tiene como objetivo establecer las bases de colaboración para llevar a cabo acciones conjuntas en beneficio de las niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros que se encuentran en la zona fronteriza de Chiapas, a efecto de garantizar el pleno ejercicio de los derechos que les confieren las leyes mexicanas y los ordenamientos internacionales, así como brindarles atención humanitaria integral.

11. Se hizo el reconocimiento de que el problema migratorio es particularmente grave respecto a las mujeres y niños, pues del total de migrantes indocumentados que cruzan la frontera sur del país, el 70 por ciento son hombres, y el 30 por ciento restante se divide entre mujeres y niños.

12. Esta comisión considera la importancia de fortalecer los acciones implementadas por el Instituto Nacional de Migración, como es el caso del Proyecto Interinstitucional de Atención a Menores Fronterizos, que tiene por objeto otorgar a los menores repatriados por autoridades estadounidenses, la atención y el respeto a sus derechos humanos, desde el momento de su aseguramiento, hasta su integración al núcleo familiar o comunidad de origen.

13. Por lo anterior, la proposición materia del presente dictamen se considera viable en virtud de que es indispensable defender eficazmente derechos humanos de los menores migrantes que se encuentran en territorio mexicano y, en atención a que el flujo de los mismos ha ido en aumento, es necesario redoblar esfuerzos con la finalidad de que la realidad no rebase el marco jurídico que nuestro país tiene en este importante tema.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que, a través del Instituto Nacional de Migración, lleve a cabo la implementación eficiente de procedimientos y programas permanentes para la salvaguarda de los derechos humanos de los menores migrantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México Distrito Federal, a los veinte días del mes de junio de dos mil siete.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román , Santiago Gustavo Pedro Cortés (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Camacho Quiroz (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Maricela Contreras Julián , Jesús de León Tello (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García , Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»


ESTACIONES MIGRATORIAS

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Gobernación a garantizar mediante el Instituto Nacional de Migración el trato digno a los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias del país

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que a través del Instituto Nacional de Migración garanticen los derechos de los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias del país.

Esta Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente dictamen en sentido positivo, basándose en los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 12 de diciembre de 2006, la diputada Marina Arvizu Rivas , integrante del Grupo Parlamentario de Alternativa, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó a la consideración de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo relativo al trato de los extranjeros en las estaciones migratorias del país.

II. En la misma fecha, 12 de diciembre de 2006, la proposición con punto de acuerdo mencionada fue turnada, por disposición de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Gobernación para su estudio y dictamen.

III. Con fecha 20 de junio de 2007, se presentó al Pleno de la Comisión de Gobernación, el proyecto de dictamen correspondiente, siendo aprobado.

Establecidos los antecedentes, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, exponemos las siguientes

Consideraciones

1. El propósito del punto de acuerdo materia del presente dictamen es realizar un atento exhorto a la Secretaría de Gobernación, para que en el marco de sus atribuciones, tome las acciones conducentes para garantizar el trato debido a los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias que existen en el país.

2. La diputada Marina Arvizu Rivas , sostiene en las consideraciones de la proposición con punto de acuerdo lo siguiente:

``La política exterior del Estado mexicano se ha caracterizado por incorporarse en las posiciones de avanzada en el marco del derecho internacional, suscribiendo diversidad de tratados, protocolos y demás instrumentos internacionales que promueven una más justa y digna condición humana.
Dentro de ese marco se inscribe la defensa de los derechos de nuestros connacionales en otros países, remarcando la congruencia entre los principios que se buscan garantizar para todos los individuos del mundo, con el trato que exigimos para nuestros compatriotas.
El trato digno a la persona no es prerrogativa de los mexicanos sino que se extiende a todos aquellos individuos que ingresan al territorio nacional, toda vez que dicho concepto debe concebirse como un precepto de orden universal. La propia Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece diversidad de derechos y prerrogativas que buscan amparar tal garantía.
En ese contexto, las normas secundarias relativas a la estancia de extranjeros asegurados en nuestro país también están orientadas en tal sentido.
A la fecha funcionan más de 50 estaciones migratorias en el territorio nacional, responsables de la estancia de los extranjeros asegurados en las mismas.
Nuestro país reclama un trato justo, humanitario y de respeto irrestricto a los derechos humanos de nuestros connacionales asegurados por autoridades migratorias de nuestro país deben alentar programas para mejorar las condiciones de los migrantes a sus derechos.''

3. Las estaciones migratorias son, las instalaciones físicas a cargo del Instituto Nacional de Migración, para el aseguramiento de los extranjeros. Deben regirse por las disposiciones administrativas que expida la Secretaría de Gobernación debiendo prever lo relativo al respeto a los derechos humanos de los extranjeros asegurados como medida tomada por la secretaría para ejecutar órdenes de expulsión.

4. La Ley General de Población establece en su artículo 71 que es facultad de la Secretaría de Gobernación habilitar las estaciones migratorias en los lugares de la República Mexicana que estime conveniente, con la finalidad de alojar en ellas, como medida de aseguramiento, a los extranjeros cuya internación se haya autorizado en forma provisional y los que deban ser expulsados.

5. Asimismo, el artículo 94 del Reglamento de la Ley General de Población, señala que la Secretaría de Gobernación debe establecer o habilitar en lugares que considere adecuados las estaciones migratorias para la estancia provisional de los extranjeros y extranjeras carentes de algún requisito migratorio que no puedan satisfacer en el momento de la revisión de la documentación, y a los que deban ser expulsados. En aquellos lugares en que la secretaría no tenga establecidas estaciones migratorias, se habilitarán locales de detención preventiva para el aseguramiento de los extranjeros que deban ser expulsados.

Se establece además que en ningún caso podrá habilitarse para este fin a los centros de reclusión para sentenciados.

6. De conformidad con el artículo 209 del mismo ordenamiento, cuando se asegure a un extranjero o extranjera en alguna estación migratoria, se debe proceder con base en las siguientes reglas:

a) Se le practicará examen médico, mediante el cual se certificarán las condiciones psicofísicas del mismo;
b) Se le permitirá comunicarse con la persona que solicite, vía telefónica o por cualquier otro medio de que se disponga;
c) Se notificará de inmediato a su representante consular acreditado en México, y en caso de no contar con pasaporte se solicitará la expedición de éste o del documento de identidad y viaje;
d) Se levantará inventario de las pertenencias que traiga consigo, mismas que se depositarán en el área establecida para ello;
e) Se procederá a su declaración mediante acta administrativa y en presencia de dos testigos, haciéndole saber los hechos que se le imputan, su derecho a ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga; ello siempre y cuando la autoridad migratoria no lo hubiere declarado al momento de ser asegurado. En caso de ser necesario, se habilitará traductor para el desahogo de la diligencia.
f) Al momento de ser levantada el acta, se notificará al extranjero o extranjera el derecho que tiene a nombrar representante o persona de su confianza que lo asista durante la misma; el extranjero o extranjera tendrá acceso al expediente que sobre el particular se integre;
g) Se le proporcionará durante su estancia un espacio digno, alimentos, enseres básicos para su aseo personal y atención médica en caso de ser necesario;
h) Tendrá derecho a ser visitado durante su estancia por sus familiares, su representante o persona de su confianza;
i) Cuando se trate de aseguramiento de familias, se alojarán en la misma instalación y la autoridad permitirá la convivencia diaria, de conformidad con las disposiciones administrativas aplicables, y
j) Al momento de ser autorizada la salida del extranjero o extranjera de la estación migratoria, se le devolverán todas las pertenencias que le hayan sido recogidas en su ingreso, excepto la documentación falsa que haya presentado.

7. La Comisión Nacional de Derechos Humanos, en el año 2005 realizó un informe especial sobre las estaciones migratorias, documentando las carencias y deficiencias que tienen de acuerdo con los estándares internacionales. En el informe se concluyó lo siguiente:

``El Instituto Nacional de Migración es el responsable de garantizar el respeto a los derechos fundamentales de los asegurados en las estaciones migratorias y lugares habilitados en los cuales permanecen sujetas a su disposición; sin embargo, de las visitas de supervisión que el personal de este organismo nacional realizó, se ha evidenciado que no se cumple con las exigencias legales que el ordenamiento jurídico le impone para su operación, ello debido a la existencia de diversas irregularidades que prevalecen en la mayoría de ellas, las cuales se traducen en violaciones a los derechos humanos de los migrantes asegurados a recibir un trato digno, a la legalidad y a la seguridad jurídica, y a la protección de la salud.
Concretamente, las estaciones migratorias carecen de la capacidad instalada necesaria para albergar en condiciones de dignidad a los asegurados.
En la primera propuesta, la comisión establece en su informe que el Instituto Nacional de Migración deberá dar cumplimiento cabal y en todos y cada uno de sus extremos a la normatividad específica que regula la operatividad de las estaciones migratorias contempladas en la Ley General de Población, su Reglamento, el acuerdo por el que se emiten las normas para el funcionamiento de las estaciones migratorias del mismo instituto, así como los instrumentos internacionales, en específico las disposiciones relativas del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y del conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.''

8. Con fecha 13 de marzo de 2007, compareció ante las Comisiones Unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados, la comisionada del Instituto Nacional de Migración en donde explicó que para realizar sus funciones, el instituto cuenta con 32 delegaciones regionales y oficinas centrales en el Distrito Federal, en donde se desempeñan aproximadamente 4 mil servidores públicos para atender la gestión migratoria, en 200 inmuebles que incluyen 48 estaciones migratorias en 26 estados de la república.

9. La comisionada dio a conocer que el año pasado ocurrieron alrededor de 180 mil eventos de aseguramiento, facultad que corresponde al instituto, aunque en ocasiones se solicita la colaboración de otras corporaciones de orden público, por así permitirlo la Ley General de Población. Esta cifra da cuenta de la magnitud del fenómeno migratorio de tránsito en México.

10. Asimismo informó a esta comisión que se iniciará la construcción de 2 nuevas estaciones migratorias, se adquirirán vehículos para tramos cortos, se habilitarán estaciones con los medios de comunicación indispensable y se ampliará el paquete de enseres básicos para asegurados de larga estancia, así como dotar a 16 estaciones con consultorio médico y realizar las acciones pertinentes para que las estaciones gocen con las instalaciones necesarias para su funcionamiento.

11. Mencionó que se iniciará un programa integral para crear el puesto de especialista en estaciones migratorias que incluye capacitación en derechos humanos, trabajo social, psicología y manejo de crisis. Todo lo anterior se realizará con base en el informe rendido por la Comisión de Derechos Humanos para lograr erradicar las carencias documentadas.

12. Los integrantes de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, reconocen la importancia de dar cumplimiento cabal a la Ley General de Población y su Reglamento respecto de las obligaciones que tiene el Instituto Nacional de Migración para garantizar los derechos de los extranjeros y extranjeras aseguradas en las estaciones migratorias del país. Con base en lo anterior se considera viable el exhorto realizado en el presente dictamen en virtud de ser indispensable la aplicación de la ley en esta materia.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación para que, a través del Instituto Nacional de Migración, se implanten programas en las estaciones migratorias del país que garanticen la debida aplicación de la Ley General de Población y su Reglamento, con la finalidad de brindar un trato digno a los extranjeros y extranjeras asegurados en ellas.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México Distrito Federal, a 20 de junio de 2007.
La Comisión de Gobernación, diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal , Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Érika Larregi Nagel (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román , Santiago Gustavo Pedro Cortés (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres , César Camacho Quiroz (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Ariel Castillo Nájera , Maricela Contreras Julián , Jesús de León Tello (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia , José Jesús Reyna García , Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán , Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).»


EX FABRICA DE HILADOS Y TEJIDOS LA FAMA MONTAÑESA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Cultura, con puntos de acuerdo a efecto de exhortar al Ejecutivo federal, a la SEP, al Conaculta, al INAH y al GDF a adoptar las medidas necesarias para atender las alteraciones arquitectónicas realizadas por particulares en la ex Fábrica de Hilados y Tejidos la Fama Montañesa

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la SEP, al Conaculta, al INAH y al GDF a adoptar las medidas necesarias sobre las modificaciones arquitectónicas que se llevan a cabo en la ex fábrica de hilados y tejidos La Fama Montañesa, en la delegación Tlalpan, presentada por los diputados Maricela Contreras Julián y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y turnada a esta comisión el 1 de febrero de 2007.

Por tal motivo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Cultura, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionó en el proemio, y publicada en la Gaceta Parlamentaria el 24 de enero de 2007.
2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo aludida a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Esta comisión atiende la preocupación de la proponente, consistente en vigilar de manera permanente el uso y conservación de todos aquellos bienes considerados dentro del patrimonio cultural de la nación.

Es así como esta dictaminadora se adhiere a los planteamientos de la proponente, por lo que se refiere al cuidado que las autoridades competentes deben ofrecer para conservar en los mejores términos posibles los bienes de naturaleza arqueológica, histórica o artística.

Luego entonces, y al ubicarse dentro de este rango la fábrica de hilados y tejidos La Fama Montañesa, en la delegación Tlalpan, fundada en 1831, y cuyos usos dados hasta este día desglosa ampliamente el proponente, procede efectuar el análisis jurídico correspondiente, reproduciendo el texto de aquellos artículos dentro de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos que la dictaminadora considera aplicables, primero por cuanto a competencia se refiere:

Artículo 1o. El objeto de esta ley es de interés social y nacional y sus disposiciones de orden público.
Artículo 2o. Es de utilidad pública, la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos.
La Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y los demás institutos culturales del país, en coordinación con las autoridades estatales, municipales y los particulares, realizarán campañas permanentes para fomentar el conocimiento y respeto a los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos''.
...
Artículo 3o. La aplicación de esta ley corresponde a:
I. El presidente de la república;
II. El secretario de Educación Pública;
III. El secretario del Patrimonio Nacional;
IV. El Instituto Nacional de Antropología e Historia;
V. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y
VI. Las demás autoridades y dependencias federales, en los casos de su competencia.
Artículo 4o. Las autoridades de los estados y municipios tendrán, en la aplicación de esta ley, la intervención que la misma y su reglamento señalen.
Artículo 5o. Son monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos los determinados expresamente en esta ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte.
El presidente de la república, o en su caso el secretario de Educación Pública, expedirá o revocará la declaratoria correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Por su parte, y en relación con el concepto de monumento histórico, el artículo 36 del citado ordenamiento dispone:

Artículo 36. Por determinación de esta ley son monumentos históricos:
I. Los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX, destinados a templos y sus anexos; arzobispados, obispados y casas curales; seminarios, conventos o cualesquiera otros dedicados a la administración, divulgación, enseñanza o práctica de un culto religioso; así como a la educación y a la enseñanza, a fines asistenciales o benéficos; al servicio y ornato públicos y al uso de las autoridades civiles y militares. Los muebles que se encuentren o se hayan encontrado en dichos inmuebles y las obras civiles relevantes de carácter privado realizadas de los siglos XVI al XIX inclusive.
II. Los documentos y expedientes que pertenezcan o hayan pertenecido a las oficinas y archivos de la federación, de los estados o de los municipios y de las casas curiales.
III. Los documentos originales manuscritos relacionados con la historia de México y los libros, folletos y otros impresos en México o en el extranjero, durante los siglos XVI al XIX que por su rareza e importancia para la historia mexicana, merezcan ser conservados en el país.
IV. Las colecciones científicas y técnicas podrán elevarse a esta categoría, mediante la declaratoria correspondiente.

Finalmente, la dictaminadora, por cuanto hace al procedimiento a seguir para verificar el cumplimiento de la ley, invoca el contenido del artículo 20 del mismo ordenamiento:

Artículo 20. Para vigilar el cumplimiento de esta ley, la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría del Patrimonio Nacional y los institutos competentes, podrán efectuar visitas de inspección, en los términos del Reglamento respectivo.

De acuerdo a la remisión que se hace en este último precepto, nos permitimos transcribir el artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que señala:

Artículo 15. Los inspectores encargados de vigilar el cumplimiento de la ley y de este reglamento, practicarán sus visitas de acuerdo con las atribuciones de la dependencia a la cual representan y conforme a las instrucciones recibidas por la autoridad que disponga la inspección sujetándose a las siguientes normas:
I. Se acreditarán debidamente ante el particular como inspectores de la dependencia respectiva;
II. Durante la inspección podrán solicitar del particular la información que se requerirá;
III. En caso de que se trate de comerciantes dedicados a la compraventa de bienes declarados monumentos artísticos o históricos, el inspector deberá comprobar que las operaciones realizadas se efectuaron de conformidad con lo dispuesto en la ley y en este reglamento.
IV. Formularán acta detallada de la visita de inspección que realicen, en la que se harán constar, si las hubiere, las irregularidades que se encuentren y los datos necesarios para clasificar la infracción que de ellas se derive. Las actas deberán ser firmadas por el inspector o inspectores que realicen la visita y por quienes en ellas intervinieron; si los interesados se negaren a firmar se hará constar esta circunstancia en el acta; y
V. Las actas se remitirán, en un plazo no mayor de setenta y dos horas, al instituto competente para que, en su caso, inicie el procedimiento a que se refiere el artículo 48 de este reglamento.

Expuestos los elementos legales antes reproducidos, esta comisión dictaminadora concluye:

1. Es procedente efectuar el exhorto propuesto originalmente, precisando, conforme a los artículos 3o. y 20 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que el mismo se dirigirá a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a fin de que lleven a cabo las visitas de inspección previstas en este último de los numerales, y en general, todas aquellas acciones que de acuerdo a sus facultades legales valoren conducentes con el objeto de proteger como monumento histórico al inmueble de la ex fábrica de hilados y tejidos La Fama Montañesa, situada en el barrio de La Fama, delegación Tlalpan, Distrito Federal.
Adicionalmente, procede requerir de las autoridades antes señaladas un informe sobre las visitas o acciones desplegadas en atención al presente Punto de Acuerdo, mismo que se solicita sea remitido por conducto de la Comisión de Cultura, dentro de los sesenta días hábiles siguientes.
2. Por otro lado, y en cuanto al exhorto al Gobierno del Distrito Federal, este procederá a efecto de que realicen las acciones procedentes conforme a su esfera de atribuciones, y en el esquema de colaboración entre órdenes de gobierno que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y demás ordenamientos contemplan, a fin de conseguir la protección y conservación del bien aludido en el punto anterior.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Cultura, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a fin de que lleven a cabo las visitas de inspección previstas en el artículo 20 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, y en general, todas aquellas acciones que de acuerdo a sus facultades legales valoren conducentes con el objeto de proteger como monumento histórico al inmueble de la ex fábrica de hilados y tejidos La Fama Montañesa, situada en el barrio de La Fama, delegación Tlalpan, Distrito Federal.

Segundo. Se exhorta al Gobierno del Distrito Federal, a efecto de que realice las acciones procedentes conforme a su esfera de atribuciones, y en el esquema de colaboración entre órdenes de gobierno que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y demás ordenamientos contemplan, a fin de conseguir la protección, conservación y uso adecuado del bien aludido en el punto anterior.

Se solicita de las autoridades antes citadas, remitan un informe a esta soberanía, por conducto de la Comisión de Cultura, dentro de los sesenta días hábiles siguientes, respecto de las visitas y acciones implantadas en función del presente punto de acuerdo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de agosto de 2007.
La Comisión de Cultura, diputados: Emilio Ulloa Pérez (rúbrica), presidente; Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica), María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (rúbrica), María Beatriz Pagés Llergo Rebollar (rúbrica), José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica), secretarios; Víctor Aguirre Alcalde (rúbrica), Jesús Ricardo Canavati Tafich (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), María Mercedes Corral Aguilar , Marcela Cuen Garibi , Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), María Gabriela González Martínez , Alejandro Landero Gutiérrez , Pedro Landero López (rúbrica), Ramón Landeros González (rúbrica), Francisco Martínez Martínez (rúbrica), María Esperanza Morelos Borja (rúbrica), José Luis Murillo Torres , Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), Víctor Ortiz del Carpio (rúbrica), Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), María del Carmen Salvatori Bronca (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Jaime Verdín Saldaña , Sara Latife Ruiz Chávez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona .»


CONACULTA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Cultura, con punto de acuerdo a fin de solicitar al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes un informe relativo a las donaciones recibidas y otorgadas en 2006

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

• Por el que se solicita al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes un informe relativo a las donaciones recibidas y otorgadas en el año de 2006, presentada por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el día 26 de abril de 2007.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Cultura somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio del presente dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionó anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria el 15 de marzo de 2007.
2. La proposición citada fue turnada a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo aludida, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

En este sentido, coincide con la inquietud del proponente en lo que se refiere a la importancia que conlleva dotar de claridad y limpieza todo proceso de manejo de recursos públicos, situación que como sabemos constituye una obligación de los congresos modernos.

La actividad fiscalizadora desempeñada por el Legislativo significa sin duda un instrumento invaluable que confirma y legitima el equilibrio entre los poderes, conforme al artículo 49 constitucional y a las leyes vigentes en la materia.

Así las cosas, esta dictaminadora toma en cuenta el caso específico que aborda el proponente, es decir, las donaciones efectuadas y recibidas de un organismo como el Conaculta cuya naturaleza exige la revisión periódica de sus actos en cuanto al conocimiento preciso del origen y destino de los mismos.

Esta dictaminadora no pasa por alto lo dispuesto en la normatividad en la materia, citando el texto de los siguientes artículos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:

Artículo 10. Las dependencias y entidades podrán otorgar subsidios o donativos, los cuales mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia, a los fideicomisos que constituyan las entidades federativas o los particulares, siempre y cuando cumplan lo que a continuación se señala y lo dispuesto en el reglamento:
I. Los subsidios o donativos en numerario deberán otorgarse en los términos de esta ley y el reglamento;
II. Los recursos se identificarán específicamente en una subcuenta, misma que deberá reportarse en los informes trimestrales, conforme lo establezca el reglamento, identificando los ingresos, incluyendo rendimientos financieros del periodo, egresos, así como su destino y el saldo;
III. En el caso de fideicomisos constituidos por particulares, la suma de los recursos públicos federales otorgados no podrá representar en ningún momento más de 50 por ciento del saldo en el patrimonio neto de los mismos;
IV. Tratándose de fideicomisos constituidos por las entidades federativas, se requerirá la autorización del titular de la dependencia o entidad para otorgar recursos públicos federales que representen más de 50 por ciento del saldo en el patrimonio neto de los mismos, informando de ello a la Secretaría y a la Función Pública; y
V. Si existe compromiso recíproco de la entidad federativa o de los particulares y del gobierno federal para otorgar recursos al patrimonio y aquéllos incumplen, el gobierno federal, por conducto de la dependencia o entidad con cargo a cuyo presupuesto se hayan otorgado los recursos, suspenderá las aportaciones subsecuentes.

Por su parte, los artículos 80 y 81 de la misma legislación mandatan lo siguiente:

Artículo 80. Los ejecutores de gasto podrán otorgar donativos, siempre y cuando cumplan lo siguiente:
I. Deberán contar con recursos aprobados por la Cámara de Diputados para dichos fines en sus respectivos presupuestos. Las dependencias, así como las entidades que reciban transferencias, no podrán incrementar la asignación original aprobada en sus presupuestos para este rubro;
II. El otorgamiento del donativo deberá ser autorizado en forma indelegable por el titular del respectivo ejecutor de gasto y, en el caso de las entidades, adicionalmente por el órgano de gobierno.
En todos los casos, los donativos serán considerados como otorgados por la federación;
III. Deberán solicitar a los donatarios que, aparte de ser asociaciones no lucrativas, demuestren estar al corriente en sus respectivas obligaciones fiscales, y que sus principales ingresos no provengan del Presupuesto de Egresos, salvo los casos que permitan expresamente las leyes.
Los beneficiarios del donativo deberán presentar un proyecto que justifique y fundamente la utilidad social de las actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, a financiar con el monto del donativo;
IV. Deberán verificar que los donatarios no estén integrados en algún otro padrón de beneficiarios de programas a cargo del gobierno federal y que en ningún caso estén vinculados a asociaciones religiosas o a partidos y agrupaciones políticas nacionales, salvo los casos que permitan las leyes; y
V. Deberán incluir en los informes trimestrales las erogaciones con cargo a la partida de gasto correspondiente, el nombre o razón social, los montos entregados a los beneficiarios, así como los fines específicos para los cuales fueron otorgados los donativos.
En ningún caso se podrán otorgar donativos a organizaciones que por irregularidades en su funcionamiento estén sujetas a procesos legales.
Los ejecutores de gasto que pretendan otorgar donaciones en especie deberán sujetarse a la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones aplicables.
Artículo 81. Las dependencias que reciban donativos en dinero deberán enterar los recursos a la Tesorería de la Federación y, en el caso de las entidades, a su respectiva tesorería; asimismo, para su aplicación deberán solicitar la ampliación correspondiente a su presupuesto conforme al artículo 19 de esta ley.
Las dependencias y entidades que soliciten y, en su caso, ejerzan donativos provenientes del exterior deberán sujetarse al reglamento y demás disposiciones aplicables.

Igualmente, y para efectos de comprender las remisiones realizadas en la ley en cita, esta comisión dictaminadora contempló el contenido del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, específicamente en sus artículos 182 a 188, que también se abocan al desglose de procedimientos y requisitos con que todo donativo donde participen dependencias o entidades debe contar.

Una vez manifestados los elementos legales antes reproducidos e invocados, y en mérito de lo antes expuesto, la Comisión de Cultura se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita al titular de la Comisión Nacional para la Cultura y las Artes que remita un informe a esta soberanía donde se detallen el monto, destino y donatarios respecto de los recursos en dinero o en especie que haya otorgado mediante donación, así como sobre el monto, origen y donantes de los recursos que en dinero o en especie haya recibido a través de donaciones, así como los programas, actividades o proyectos a que se hayan destinado, todo lo anterior durante el ejercicio fiscal de 2006.

El informe solicitado en el párrafo anterior deberá ser remitido a esta soberanía dentro los sesenta días hábiles siguientes, por conducto de la Comisión de Cultura.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de agosto de 2007.
La Comisión de Cultura, diputados: Emilio Ulloa Pérez (rúbrica), presidente; Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica), María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (rúbrica), María Beatriz Pagés Llergo Rebollar (rúbrica), José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica), secretarios; Víctor Aguirre Alcalde (rúbrica), Jesús Ricardo Canavati Tafich (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), María Mercedes Corral Aguilar , Marcela Cuen Garibi , Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), María Gabriela González Martínez , Alejandro Landero Gutiérrez , Pedro Landero López (rúbrica), Ramón Landeros González (rúbrica), Francisco Martínez Martínez (rúbrica), María Esperanza Morelos Borja (rúbrica), José Luis Murillo Torres , Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), Víctor Ortiz del Carpio (rúbrica), Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), María del Carmen Salvatori Bronca (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Jaime Verdín Saldaña , Sara Latife Ruiz Chávez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona .»


FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ RIVERA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que se expresan las condolencias a la familia Domínguez Rivera por la muerte de Francisco Javier, se exhorta al Ejecutivo federal a mantener una política de diálogo con Estados Unidos y se solicita un informe de la situación a la Secretaria de Relaciones Exteriores

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

El 17 de enero de 2007, el diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una proposición con punto de acuerdo para expresar la posición de la Comisión Permanente ante la muerte de un migrante mexicano por la patrulla fronteriza de Estados Unidos de América.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

La proposición con punto de acuerdo del diputado Alberto Amador Leal funda su interés tras la muerte del mexicano Francisco Javier Domínguez Rivera, ocasionada por un agente de la patrulla fronteriza en La Calera, Arizona, EUA.

El promovente considera que es preciso reformular la política exterior mexicana para lograr un entendimiento y un acuerdo base en materia migratoria en América del Norte.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

Organizaciones defensoras de derechos humanos aseguraron haber documentado durante 2005 la muerte de 433 emigrantes a lo largo de la frontera entre México y Estados Unidos.

El 13 de enero de 2007, siete migrantes mexicanos fueron detenidos en el estado de Arizona por la Policía Fronteriza. Uno de los detenidos, Francisco Javier Domínguez Rivera, falleció a causa de un balazo disparado por un agente que participaba en la redada.

Cabe hacer mención que, desde que se tuvo noticia de la muerte de Domínguez Rivera, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), por instrucciones del presidente Felipe Calderón Hinojosa, pidió a los consulados en Douglas y Tucson, Arizona supervisar las condiciones de detención provisional en las que se encontraban los seis mexicanos, así como gestionar los mecanismos que permitieran que la detención fuera lo más breve posible y pudieran atender en libertad el proceso en curso.

Por lo que respecta a las investigaciones sobre las circunstancias en las que falleció Domínguez Rivera, el personal consular ha informado que mantiene una coordinación eficaz con la oficina del Buró Federal de Investigación (FBI) en Sierra Vista, para que se le proporcionen los elementos de las investigaciones realizadas, que coadyuven a deslindar responsabilidades.

Ante esta situación, los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores reconocen la importancia del diálogo entre México y Estados Unidos para promover y defender los derechos humanos de los migrantes y el respeto a sus garantías individuales.

Cabe señalar que el 28 de marzo de 2007 funcionarios de la Secretaría de Gobernación se reunieron con representantes del Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos, para analizar el tema de la migración y otros asuntos derivados de la frontera común.

El diálogo entre ambos países ha sido clave en el tema fronterizo. Se ha buscado mantener la posición de cooperación y responsabilidad compartida. El objetivo central en la política de la frontera, es el equilibrio entre los propósitos de seguridad, combate al terrorismo y al crimen organizado y la construcción de sistemas de cruce que permitan el tránsito seguro y expedito de personas y mercancías.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión externa sus condolencias a los familiares del señor Francisco Javier Domínguez Rivera por su muerte, en un hecho lamentable y reprobable en la frontera con Estados Unidos.

Segundo. La Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores un informe pormenorizado de la situación que guarda la muerte de Francisco Javier Domínguez Rivera y las conversaciones que ha sostenido con Estados Unidos sobre el asunto, para agilizar su investigación.

Tercero. Se exhorta al Ejecutivo federal a continuar con la política del diálogo sobre el tema migratorio orientado hacia metas realistas y viables, a efecto de que ambos países tengan una frontera segura que permita el movimiento de personas en forma legal, digna y ordenada.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, 5 de septiembre de 2007
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athie, Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez, María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuellar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


DERECHOS HUMANOS DE CONNACIONALES EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo a efecto de que la Cámara de Diputados formule un llamado a Estados Unidos de América para que frene los abusos contra los derechos humanos de connacionales

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable Asamblea el siguiente dictamen

Antecedentes

El 28 de marzo de 2007, el diputado José Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a realizar un llamado al gobierno de los Estados Unidos de América, para que frene los abusos a los derechos humanos en contra de connacionales.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable asamblea turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

El promovente del punto de acuerdo señala que se debe trabajar con los gobernadores de los estados fronterizos de ambos países para lograr acuerdos que garanticen la seguridad física y el respeto de los derechos humanos de las personas que cruzan la frontera, considerando que la muerte de connacionales es una situación inaceptable que atenta contra los derechos y la dignidad de la persona humana.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

México y Estados Unidos comparten tres mil kilómetros de frontera y más de trece millones de personas viven en ambos lados de la línea divisoria. Anualmente 1.2 millones de personas cruzan a través de los 53 puertos de entrada, y se calcula que al menos 400 mil mexicanos ingresan en forma indocumentada cada año a los Estados Unidos. Se trata no sólo de una de las fronteras más extensas en el mundo, sino de la más activa. 1

Pese a la multitud de sitios de ingreso a los Estados Unidos, no sólo en la frontera con México, la mayor concentración de los elementos del Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos y de la Patrulla Fronteriza, se ubican en su frontera sur.

Acorde con el reporte de la American Immigration Law Foundation, entre 2 y 3 mil cadáveres de hombres, mujeres, y niños han sido encontrados en los últimos 12 años a lo largo de la frontera suroeste de Estados Unidos. 2

La Comisión de Relaciones Exteriores es consciente de la magnitud de los problemas que viven a diario nuestros connacionales, y reconoce que la solución requiere de una responsabilidad compartida con el gobierno de Estados Unidos.

Asimismo, esta comisión considera que los principios básicos que orientan la política migratoria mexicana se deben centrar en el compromiso con la cooperación internacional y regional, y sobre todo en el respeto de los derechos humanos de los migrantes, refugiados y asilados.

Ante esta situación, cabe señalar que México ha estrechado los vínculos de cooperación existentes a lo largo de la frontera, así como los diversos mecanismos de enlace y comunicación que involucra a los distintos niveles de gobierno de los dos países.

En marzo de 2002, los presidentes de México y de Estados Unidos firmaron los documentos que enmarcan la cooperación entre ambas naciones en materia de seguridad. La declaración conjunta denominada Compromisos de Monterrey, la Alianza para la Frontera México-Estados Unidos, y el Plan de Acción, de 22 puntos, tienen como finalidad avanzar de manera concreta hacia una visión compartida de una frontera moderna que agilice el flujo legítimo de personas y el comercio, y que elimine las amenazas a la seguridad.

La cooperación en seguridad fronteriza se ve reflejada en la adopción de medidas tendientes a salvaguardar la seguridad de las comunidades localizadas en ambos lados de la línea divisoria entre México y Estados Unidos.

Actualmente, en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se establecen los estrategias a seguir en materia de seguridad fronteriza. Los objetivos se concentran en atender especialmente el reordenamiento de las fronteras para hacer de estas regiones lugares más prósperos y más seguros; salvaguardar la seguridad en las fronteras, así como la integridad y el respeto a los derechos humanos tanto de los habitantes de estas zonas como de los migrantes, y crear mecanismos de intercambio de información que permitan controlar adecuadamente el tránsito de personas entre un país y otro, para proteger los derechos de los migrantes y, al mismo tiempo, para cerrar el paso a la delincuencia y el terrorismo internacionales.

Tomando en cuenta el número de migrantes que hay en el mundo, y preocupados por las manifestaciones de violencia, racismo, xenofobia y otras formas de discriminación y trato inhumando contra los migrantes, los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores hacen hincapié en la promoción y defensa de los derechos humanos como un quehacer irrenunciable, comprometidos con la dignidad humana y el bien común. Independientemente de la nacionalidad o de la calidad migratoria, cualquier persona tiene garantías y derechos fundamentales que deben ser respetados.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados ratifica su compromiso con las garantías fundamentales y hace un llamado a los Estados Unidos de América para que frene los abusos a los derechos humanos en contra de connacionales.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados se pronuncia porque los poderes Ejecutivos de México y de Estados Unidos fortalezcan el diálogo respetuoso, para encontrar soluciones bilaterales, satisfactorias para ambos países, al problema de la migración y en contra de las amenazas a la seguridad nacional de las dos naciones.

Notas: 1 Sánchez Munguía, Vicente (2002). US.- Mexican Border Environment. San Diego, USA: University Press.2 Para una descripción más detallada, véase Rubio-Goldsmith, McCormick, Martínez & Duarte (2007). A Humanitarian Crisis at the Border: New Estimates of Deaths Among Unauthorized Immigrants . Disponible en http://www.ailf.org/ipc/policybrief/policybrief 020607. shtml.
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, 5 de septiembre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athie, Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Edgar Mauricio Duck Núñez , María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


REPUBLICA DE CUBA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias a efecto de normalizar las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

El 26 de abril de 2007, el diputado Javier Hernández Manzanares , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para normalizar de la manera más expedita las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba y fomentar un acercamiento constructivo con los países de la región latinoamericana y el Caribe.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Consideraciones

México y Cuba establecieron relaciones diplomáticas el 20 de mayo de 1902; desde entonces, el gobierno de México ha mantenido la política de respeto al derecho del pueblo cubano a su autodeterminación.

México ha expresado abiertamente su rechazo al uso de la fuerza contra Cuba, a la imposición de sanciones políticas y económicas, al bloque y al régimen de aislamiento político-diplomático que se impuso a la isla. Sin embargo, las diferencias en la percepción sobre los derechos humanos, sumadas a un ambiente externo adverso para impulsar las relaciones bilaterales, condujeron a un progresivo distanciamiento en el diálogo y la concertación política, que derivó en un impasse diplomático entre mayo y julio de 2004, cuando las embajadas quedaron a nivel de encargados de negocios. Desde entonces, la relación México-Cuba se ha venido desgastando.

Por lo anterior, el promovente considera que es necesario que el gobierno mexicano entable acuerdos constructivos y prósperos que beneficien a ambas naciones.

A lo largo de la historia, las relaciones entre México y Cuba han sido muy estrechas, esencialmente porque existe una cordial socialización entre los dos países.

México ha mantenido una actitud solidaria para con el pueblo cubano y de respeto a su gobierno y sistema, lo que se constata en el avance de un intercambio dinámico en los ámbitos económico, comercial, educativo, deportivo y de salud, a través de más de 57 instrumentos intergubernamentales y más de 170 interinstitucionales que le dan seguimiento a los intereses fijados por ambas partes.

Desafortunadamente, la relación tradicional entre México y Cuba comenzó a deteriorarse a finales del gobierno de Ernesto Zedillo y llegaron a su punto más crítico bajo la presidencia de Vicente Fox, afectando tanto la relación diplomática como la comercial.

En el año 2006, Cuba se situó como el quinto socio comercial de México en el Caribe, con 5.2 por ciento del total del comercio que se realizó con esa región. No obstante, el intercambio en el comercio bilateral ha tendido a disminuir drásticamente. 1 Tan sólo la venta de productos mexicanos hacia la isla registró una caída de 15.5 por ciento. Además, de acuerdo con fuentes cubanas, México ya no se encuentra entre los diez principales socios comerciales de Cuba, ni entre los diez principales destinos de las exportaciones cubanas. Por esta razón es indispensable dinamizar las relaciones comerciales y aprovechar todas las oportunidades económicas que sean mutuamente satisfactorias.

Cabe hacer mención de que el presidente Felipe Calderón ha sostenido y ratificado el propósito de estrechar relaciones con todos los países de América Latina y el Caribe.

Asimismo, la secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano, ha expresado la voluntad de México de normalizar las relaciones con Cuba.

El Congreso de la Unión también ha manifestado su apoyo y solidaridad con el pueblo cubano y ha ratificado su disposición para fortalecer los vínculos de la diplomacia parlamentaria.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo a tomar las medidas necesarias para normalizar de la manera más expedita las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba.

Segundo. Se exhorta de manera respetuosa al titular del Poder Ejecutivo federal a fomentar un acercamiento constructivo con los países de la región latinoamericana y del Caribe, en función del papel destacado que nuestro país ha tenido en la política internacional, impulsando siempre las mejores causas en esta región.

Nota:
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 5 de septiembre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié , Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez, María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


COMISION INTERNACIONAL DE LIMITES Y AGUAS MEXICO-BELICE

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a informar sobre los trabajos de la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Belice

Honorable Asamblea

A la Comisión de Relaciones Exteriores le fue turnado para su estudio y elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo a que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, presente un informe detallado sobre los trabajos técnicos que realiza la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México--Belice, para la posible suscripción de un tratado de límites con el gobierno de Belice, presentado por el diputado Javier González Garza , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

El 17 de enero de 2007, el diputado Javier González Garza , del Grupo Parlamentario del PRD, presentó una proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo a que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, presente un informe detallado sobre los trabajos técnicos que realiza la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México--Belice, para la posible suscripción de un tratado de límites con el gobierno de Belice.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de ésta honorable asamblea turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

La proposición con punto de acuerdo del diputado González Garza funda su interés en el comunicado de prensa de la Secretaría de Relaciones Exteriores del 1 de enero de 2007, el cual señala lo siguiente:

``Con miras a la suscripción de un Tratado de Límites entre México y Belice, autoridades de nuestro país, encabezadas por la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA), México-Belice, con asesores de la Secretaría de Marina (Semar) y del Instituto Nacional de Estadística (INEGI), continúan las reuniones técnicas con el gobierno de Belice.

Estas reuniones técnicas permitirán sentar las bases para la suscripción de un tratado de límites entre ambas naciones. El 28 de septiembre de 2003, el gobierno de México presentó al de Belice la propuesta de trazo de la línea divisoria, misma que se encuentra en proceso de evaluación en ese país.''

El promovente del punto de acuerdo señala que resulta indispensable y necesario que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, informe a esta soberanía los trabajos realizados y los posibles términos de un nuevo tratado, así como el impacto a la soberanía nacional que ello implica.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

Los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores consideran de vital importancia para el país la frontera sur que une a México con Belice. Cabe señalar que México reconoció en 1981, año de la independencia de Belice, los límites que habían sido establecidos en el acuerdo suscrito con la Gran Bretaña e Irlanda, el 8 de julio de 1893.

En 1993, México y Belice manifestaron voluntad política para iniciar los trabajos tendientes a suscribir un nuevo tratado de límites, en virtud de que en el acuerdo establecido se tuvieron varios equívocos desde el punto de vista técnico.

La comisión dictaminadora reconoce la importancia de la situación, por lo que considera oportuna la propuesta del diputado Javier González Garza de solicitar al Ejecutivo federal que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Marina, informe a esta Soberanía de los trabajos de la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Belice.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo, para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mantenga informada a esta soberanía sobre los últimos trabajos que realiza la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Belice para la posible suscripción de un Tratado de límites con el gobierno de Belice.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, 5 de septiembre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athie, Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez, María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuellar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


AUTODETERMINACION DE LOS PUEBLOS LATINOAMERICANOS

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal a dirigir una política exterior respetuosa de la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

El 26 de abril de 2007, el Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a dirigir una política exterior respetuosa de la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Los promoventes consideran que los principios de política exterior establecidos en el artículo 89 constitucional no están siendo aplicados acorde al oficio diplomático, situación que ha llegado a vulnerar el derecho de autodeterminación de algunas naciones latinoamericanas, y que por consecuencia ha debilitado la posición de México a nivel regional.

El Grupo Parlamentario del Partido Convergencia plantea la necesidad de consolidar una política exterior articulada, con objetivos claros, de reencuentro con América Latina, y consistente con el mandato constitucional.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo con las siguientes

Consideraciones

La política exterior de México se ha basado en una serie de prácticas consuetudinarias que fueron elevadas a rango constitucional en 1988, constituyendo los principios de la política exterior. Éstos responden a la necesidad de establecer coherencia entre la política exterior mexicana y los valores que, como pueblo, se defienden ante la comunidad internacional. 1

Cabe señalar que, los principios constitucionales son un conjunto de normas generales que no constituyen leyes en sí mismos; empero, establecen una línea de acción general a partir de la cual se desarrolla la política exterior.

En el caso especifico del principio de autodeterminación de los pueblos, México ha sido, en el ámbito individual y regional, respetuoso y defensor del derecho a los pueblos a la plena soberanía y de elegir libremente su sistema político, social, económico y cultural.

Por consiguiente, teniendo el Estado Mexicano como base el principio de autodeterminación, resulta indispensable brindar una imagen de confianza y congruencia con los valores fundamentales en que se sustentan las relaciones entre los países.

Asimismo, es conveniente para el Gobierno de la República, cumplir con los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, que establecen que ``una política exterior responsable es una política firmemente asentada en los principios del derecho internacional que consagra la Constitución. La autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los Estados, la cooperación internacional para el desarrollo, y la lucha por la paz y la seguridad internacionales son principios que identifican a la política exterior de nuestro país [...] y continuarán siendo, una guía para la política exterior mexicana.'' 2

En el mismo sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 enfatiza sobre el fortalecimiento responsable de los espacios de interlocución que corresponden a la región de América Latina y el Caribe.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 89 constitucional, fracción X, a continuar con una política exterior respetuosa de la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos, de no intervención en los asuntos propios de su soberanía, amparada en la solución pacífica de las controversias, y con un rumbo certero hacia nuestra relación con Latinoamérica.

Notas: 1 Gobierno de México. Secretaría de Relaciones Exteriores (2005). Perspectivas para el debate sobre la política exterior . Coordinación General de Asesores.2 Para una descripción más detallada, consulte `` Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012: Política Exterior Responsable'' [en línea]. Disponible en http://pnd.calderon.presidencia.gob.mx/index.php?page=la-politica-exterior-palanca-del-desarrollo-nacional
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 5 de septiembre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athie, Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Edgar Mauricio Duck Núñez , María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


DERECHOS DE PERSONAS ADULTAS MAYORES

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que promueva ante la ONU la realización de una convención amplia e integral en materia de derechos de las personas adultas mayores

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. El 26 de abril de 2007, la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores promueva ante la Organización de las Naciones Unidas la celebración de la convención internacional a favor de la protección de los derechos de las personas adultas mayores.
2. El 26 de abril de 2007, un grupo de diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que en el próximo periodo de sesiones de la Organización de las Naciones Unidas solicite y promueva la elaboración de una convención amplia e integral en materia de los derechos de las personas adultas mayores.

Los días 6 de marzo y 26 de abril de 2007, la Mesa Directiva de esta honorable asamblea turnó las proposiciones con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen, de acuerdo con las siguientes

Consideraciones

El envejecimiento representa el triunfo de un proyecto de nación que vislumbró la necesidad de garantizar el derecho de las personas a gozar de una vida larga y saludable, y a decidir sobre el número y espaciamiento de la descendencia. Sin embargo, los retos que plantea este fenómeno son de gran magnitud porque exigen una extraordinaria capacidad de adaptación de las instituciones, tanto macroeconómicas y sociales, como microsociales, asociadas a la institución familiar y a las relaciones intra e intergeneracionales.1

El envejecimiento de la población es un fenómeno por el que, tarde o temprano, atravesarán todas las naciones. En el 2004 se estimaron 654 millones de adultos mayores en el planeta y se espera que en el 2030 sean 1 348 millones. 2

En México, desde hace quince años la población de la tercera edad es la que crece de manera más rápida. De acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo), la población adulta mayor corresponde a 8.6 millones de personas de 60 años de edad y más, es decir, cerca de 10 por ciento del total de la población son adultos mayores. Se estima que en el año 2010 habrá 9.9 millones, 15 millones en 2020 y poco más de 22 millones en 2030. 3

Cabe mencionar que la participación económica de los adultos mayores se mantiene en niveles relativamente altos. Más de una tercera parte de ellos (36.2 por ciento) son activos económicamente. Sin embargo, uno de los aspectos relevantes de las condiciones de vida de este sector de la población es el relacionado con la salud. Entre la población de adultos mayores, aproximadamente 11 por ciento sufre alguna discapacidad, principalmente de tipo motriz (55.1 por ciento), visual (30.5 por ciento) o auditiva (21.0 por ciento). En este sentido, un adulto mayor en buenas condiciones de salud a los 60 años pasará 13 por ciento del resto de su vida con alguna discapacidad. 4

Ante esta situación es indispensable diseñar e implantar políticas públicas que permitan enfrentar los problemas entre la productividad económica y el gasto social, ya que podrían verse afectados no sólo los adultos mayores sino también las generaciones más jóvenes. El Estado debe poner entre sus prioridades fundamentales a los adultos en plenitud, a efecto de garantizar las condiciones suficientes para su futuro.

En el ámbito internacional, las personas de edad avanzada son el sector menos protegido, los esfuerzos más significativos sobre la perspectiva de derechos humanos de las personas adultas mayores son la Conferencia Mundial sobre el Envejecimiento, celebrada en Viena en 1982, evento del cual emanó el Plan de Acción Internacional sobre el envejecimiento, 5 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó los principios de Naciones Unidas a Favor de las Personas de Edad en 1991, y finalmente la Segunda Asamblea Mundial del Envejecimiento en Madrid en 2002, la cual tuvo como objetivo la evaluación y elaboración del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento. 6

Es decir, a diferencia de lo que ocurre con otros grupos sociales, no existe todavía una amplia convención internacional en relación con los derechos de las personas mayores, por lo que la garantía de sus derechos emana de diferentes fuentes de la doctrina internacional de derechos humanos.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que en el próximo periodo de sesiones de la Organización de las Naciones Unidas solicite y promueva la realización de una convención amplia e integral en materia de los derechos de las personas adultas mayores.

Notas: 1 Gobierno de México. Consejo Nacional de Población (2004). El envejecimiento demográfico es un gran logro social de México. Comunicación Social.2 Gobierno de México. Consejo Nacional de Población (2005). Casi la tercera parte del incremento demográfico del país se trasladará a la tercera edad. Comunicación Social.3 Estimaciones del Consejo Nacional de Población con base en el XII Censo General de Población y Vivienda, 2000.4 Ídem.5 Plantea la orientación para adultos mayores en las esferas de la independencia, la participación, los cuidados, la realización personal y la dignidad. Disponible en <<http://www.imsersomayores.csic.es/documentos/documentos/asamblea-planviena-01.pdf<<6 Indica que los cambios sociales, económicos, tecnológicos, demográficos y culturales pueden marginar a las personas de edad, apartándolas de la corriente principal del desarrollo, privándolas de funciones económicas y sociales significativas y debilitando sus fuentes tradicionales de apoyo, como son las que provienen de la familia. Disponible en <<http://www.eclac.cl/celade/noticias/noticias/3/9803/Plandeaccion2002.PDF<<
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 5 de septiembre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié , Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez, María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


AGUSTIN AGUAYO

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo relativo a la situación del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Relaciones Exteriores le fue turnada, para su estudio y elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo relativo a la situación del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo, presentada por el diputado José Jacques Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

El 26 de abril de 2007, el diputado José Jacques Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo relativo a la situación del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable asamblea turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

El doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo decidió ingresar al ejército de Estados Unidos en el año 2003, con la idea de financiar su educación como médico militar, grado que obtuvo en las fuerzas armadas. En febrero de 2004 fue enviado a Irak, y un año más tarde regresó a la base militar de Estados Unidos en Ramstein, Alemania.

En septiembre de 2006 le informaron que sería enviado de nuevo a Irak, pese a que había solicitado ser considerado como ``objetor de conciencia''. 1 Aguayo se negó y el 19 de abril de 2007 fue condenado a ocho meses de cárcel, expulsión del Ejército de Estados Unidos sin distinciones de tipo alguno y la pérdida de todo ingreso o derecho a pensión militar.

Cabe mencionar que Amnistía Internacional (AI) consideró a Agustín Aguayo como ``preso de conciencia'' toda vez que fue encarcelado por su objeción de conciencia a participar en la guerra. 2

Ante esta situación, el soldado estadounidense de origen mexicano Agustín Aguayo, fue puesto prematuramente en libertad por buena conducta y abandonó la cárcel militar de Mannheim a las seis semanas de su condena.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

La Comisión de Relaciones Exteriores es consciente de que el respeto y la protección a los derechos fundamentales de los mexicanos en el exterior, forma parte toral de los principios rectores de la política exterior del gobierno de México.

La protección consular se encuentra determinada en diversos ordenamientos normativos, tanto de derecho internacional como de derecho interno y se entiende como el conjunto de acciones, gestiones, buenos oficios e intervenciones que realizan los funcionarios de las representaciones consulares y diplomáticas en el exterior para salvaguardar, de conformidad con los principios y normas del derecho internacional y en apego a las leyes y reglamentos de cada país, los derechos e intereses de los mexicanos en el extranjero y atender sus demandas.3

Asimismo, se tiene que considerar que los consulados de México realizan la labor de protección consular, con estricto apego a las convenciones consulares vigentes y en el marco de los principios del derecho internacional público que norman esta actividad. Por lo mismo, en todo momento se respeta el marco legal del país huésped y solamente se llega a acciones de protección diplomática si se han agotado exhaustivamente los recursos del sistema judicial local.

Por tanto, debido a la doble nacionalidad del señor Aguayo y por respeto al marco legal de Estados Unidos, la práctica y el derecho internacional impidieron a México ejercer la protección diplomática.

Sin embargo, el derecho a negarse a realizar el servicio militar por motivos de conciencia está protegido en las leyes internacionales de derechos humanos, por lo mismo es posible considerar a Agustín Aguayo ``objetor de conciencia'' legítimo, cuya oposición a la guerra se desarrolló a lo largo del tiempo y experimentó una evolución adicional en respuesta a sus experiencias en Irak.4

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión manifiesta su apoyo y solidaridad con la demanda del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo, de declararse ``objetor de conciencia'' ante la acusación por deserción que le impuso el gobierno de Estados Unidos.

Notas: 1 Cualquier persona que, por razones de conciencia o convicción profunda, se niegue a servir en las fuerzas armadas o a tener cualquier otra participación, directa o indirecta, en guerras o conflictos armados.2 Amnistía Internacional considera que una persona es preso o presa de conciencia cuando es detenida o encarcelada exclusivamente por habérsele negado su derecho a presentar una objeción de conciencia o a cumplir un servicio civil alternativo real. También considera presos o presas de conciencia a las personas encarceladas por abandonar las fuerzas armadas sin autorización por motivos de conciencia, si esas personas han tomado medidas razonables para ser eximidas de sus obligaciones militares.3 Gobierno de México. Secretaría de Relaciones Exteriores. Protección y Asistencia Consular. Por Dirección General de Protección y Asuntos Consulares. Extraído en junio 20 de 2007, de http://www.sre.gob. mx/servicios/consulares/proteccion.htm4 Amnistía Internacional (2007). EU. Agustín Aguayo. Extraído en junio 20 de 2007 de http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR-510412007?open & of=ESL-316
Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 5 de septiembre de 2007.
La Comisión de Relaciones Exteriores, diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athie, Alejandro Olivares Monterrubio , Rodolfo Solís Parga , secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), César Camacho Quiroz , Cristián Castaño Contreras , Ariel Castillo Nájera , Alejandro Chanona Burguete , Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Edgar Mauricio Duck Núñez , María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Érika Larregui Nagel (rúbrica), José Murat , José Edmundo Ramírez Martínez , Miguel Ángel Peña Sánchez , Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales , Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez , Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).»


ESTADO DE NUEVO LEON

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo relativos al plan de desa-rrollo y aprovechamiento sustentable de la Huasteca en Nuevo León

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la propuesta con punto de acuerdo relativo al Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca, en el Estado de Nuevo León, presentado por la diputada Ana María Ramírez Cerda del Partido Verde Ecologista de México.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, esta Comisión Legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39 numerales 1 y 2 fracción XXIV, y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

Primero. El 7 de diciembre de 2006, la diputada Ana María Ramírez Cerda , del Partido Verde Ecologista de México, presentó una propuesta con punto de acuerdo, relativo al Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca, en el Estado de Nuevo León, y

Segundo. En esa misma fecha, dicha propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El hecho de que México albergue aproximadamente el diez por ciento del capital natural del planeta no sólo debe enorgullecernos, sino también concienciarnos de la gran responsabilidad que tenemos como legisladores en cuanto a su protección y conservación.

Con objeto de preservar la diversidad biológica del país México ha incorporado a su legislación en la materia diversos instrumentos jurídicos de política ambiental dentro de los cuales encontramos la figura de las áreas naturales protegidas, las cuales son definidas por el artículo 44 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente las define como: las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que requieren ser preservados y restaurados...''

Según lo señalado dentro del artículo 46 de la misma ley, las áreas naturales protegidas se clasifican en: reservas de la biosfera, parques nacionales; monumentos naturales, áreas de protección de recursos naturales, áreas de protección de flora y fauna, santuarios; parques y reservas estatales, y zonas de preservación ecológica de los centros de población. Tal como refiere la diputada promovente, un dentro de estas, encontramos al parque nacional que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la LGEEPA: ``constituye uno o más ecosistemas que se signifiquen por su belleza escénica, su valor científico, educativo, de recreo, su valor histórico, por la existencia de flora y fauna, por su aptitud para el desarrollo del turismo, o bien por otras razones análogas de interés general.''

Dentro de esta clasificación encontramos el parque nacional Cumbres de Monterrey, el cual es uno de los 67 parques nacionales del país. Fue declarado Parque Nacional mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de noviembre de 1939. Posteriormente se le incorporaron terrenos aledaños mediante decreto publicado el 24 de julio de 1942. Sin embargo, no fue sino hasta el 17 de noviembre de 2000 que el parque fue declarado como Área Natural Protegida de competencia Federal que al día de hoy no cuenta con un Programa de Manejo.

Esta área natural protegida, se localiza en la zona oeste-centro del estado de Nuevo León, y comprende los municipios de Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, en colindancia con el Estado de Coahuila, en la Sierra Madre Oriental contando con una extensión de 177 mil 395.95 hectáreas.

La riqueza biológica de especies de flora que se encuentran en el área natural es sorprendente toda vez que alberga once tipos de vegetación, entre ellos: matorral desértico, matorral submontano, bosque de pino-encino, vegetación riparia, bosque de galería y pastizal. En ese sentido, son muchos los servicios ambientales que este presta a la región y no es casualidad que los bosques del parque constituyan la principal fábrica de agua de la ciudad de Monterrey ya que generan aproximadamente el 50 por ciento de los recursos hídricos para uso domestico y consumo humano que abastecen a la ciudad.

La declaratoria de esta área natural protegida señala que a la fecha se han identificado mil 368 especies de flora y fauna, de las cuales 73 se encuentran catalogadas bajo alguna categoría de riesgo. Entre las especies de fauna silvestre se encuentran: la ardilla gris, la ardilla roja, el oso negro, el puma, el venado cola blanca, la liebre, el tlacuache, el halcón peregrino, la cotorra serrana oriental, el carpintero arlequín, el pato arcoiris entre otros. 1

Como muchas de las áreas naturales protegidas del país, el parque nacional Cumbres de Monterrey, se encuentra amenazado por diversas circunstancias entre las que destacan: el cambio de uso de suelo, la cacería furtiva, el turismo desordenado, el saqueo de flora y fauna silvestre, el sobrepastoreo, la tala clandestina, la introducción de especies exóticas y los incendios forestales. Sin embargo, tal y como indica la diputada promovente una amenaza potencial que destruiría irreversiblemente una porción considerable de la riqueza natural de ese lugar es la posible entrada en vigor del acuerdo del Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030, que promueve indebidamente la urbanización del suelo de conservación.

La elaboración de este tipo de planes es competencia de los Ayuntamientos y su procedimiento de elaboración y publicación se encuentra regulado por las leyes estatales que correspondan, que para caso de Nuevo León es la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, la cual dentro de su artículo 5 los define como:

``Planeación del desarrollo urbano: ordenación racional y sistemática de acciones que, con la participación social y con base en el ejercicio de las atribuciones en la materia que corresponden a los gobiernos estatal y municipal, tiene como propósito la transformación de los asentamientos humanos y centros de población, de conformidad con los principios que la ley establece tales como fijar objetivos, metas, estrategias y prioridades; asignar recursos; responsabilidades y tiempos de ejecución, coordinándose acciones y evaluándose resultados.''

Aunado a lo anterior dentro del Titulo Tercero de dicha ley, relativo a la Planeación del Desarrollo Urbano del Estado, se determina el procedimiento que deberán seguir las autoridades ya sean municipales o estatales, según sea su competencia, para elaborar y publicar sus planes de desarrollo urbano u ordenamiento territorial, así como los elementos básicos que contendrán, asimismo en el supuesto de que no se cumplan las disposiciones de procedimiento antes descritas, los planes de desarrollo urbano u ordenamiento territorial serán nulos, debido a su inconsistencia jurídica.

En el caso particular de estudio relativo a la presunta elaboración del Plan de Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030, la dictaminadora considera oportuno mencionar que durante la sesión extraordinaria del pleno del Cabildo del municipio de Santa Catarina, Nuevo León celebrada el sábado 28 de octubre de 2006, fue aprobado el acuerdo de cabildo número 246, 2 por el cual se aprobaba el proyecto de dicho plan, acuerdo que no cumple los efectos legales considerados dentro de los artículos 36 a 52 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, por lo que el Plan de Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030 nunca entró en vigor. Las principales causas de este incumplimiento fueron la no publicación en la Gaceta Municipal de Santa Catarina, ni tampoco en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, así como la no inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Como indica la promovente, el acuerdo del proyecto del plan contempla el desarrollo urbano en una superficie de 2 mil 481.20 hectáreas en el Cañón de Ballesteros, además de una superficie adyacente de mil 846.49 hectáreas en el Cañón de la Huasteca. Además, esta comisión dictaminadora tiene conocimiento que dentro de la poligonal del parque nacional Cumbres de Monterrey y al amparo del acuerdo del Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable se tiene contemplada la perforación de una parte del Cañón de Ballesteros para construir un túnel de 600 metros que conecte ese cañón con Morones Prieto.

La dictaminadora estima necesario mencionar que estas actividades se contraponen a lo que establece el decreto de área natural protegida, en particular a lo dispuesto en el artículo décimo cuarto que entre otras cosas prohíbe:

``I. Modificar las condiciones actuales de los acuíferos, cuencas hidrológicas, cauces naturales de las corrientes, manantiales, riberas y vasos existentes, salvo aquellas actividades que no impliquen algún impacto ambiental significativo y que cuenten con la autorización correspondiente, así como las necesarias para el cumplimiento del presente decreto y del programa de manejo;
XII. El desarrollo o construcción de campos de golf;
XIII. La edificación o construcción de infraestructura;
XV. Construir nuevas vías de comunicación, con excepción de los caminos, brechas o senderos que sean necesarios para las comunidades rurales asentadas en el parque nacional, así como para la operación, investigación y vigilancia de dicha área, debidamente justificados y autorizados.'' 3

En ese sentido no es de extrañar que la posible implementación del multicitado plan haya desatado una fuerte oposición no solo por parte de la sociedad, sino también de los sectores académico y político. De hecho, durante la sesión del cabildo de Santa Catarina celebrada el 23 de noviembre de 2006, la bancada del Partido Revolucionario Institucional pidió al nuevo alcalde revocar el acuerdo por el que se aprobó el proyecto del Plan de Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030. Por su parte, la fracción del Partido Acción Nacional solicitó invitar a la ex alcaldesa Irma Adriana Garza y al ex alcalde interino, Ramiro Ayala para que expliquen por qué se aprobó el acuerdo del plan de desarrollo en comento, así como para que remitan los estudios y documentos presuntamente extraviados que respaldan el proyecto.

La Comisión dictaminadora recabó información tanto de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, como del municipio de Santa Catarina, Nuevo León. De esta información se desprende que durante la sesión del pleno del cabildo de Santa Catarina llevada a cabo el 15 de febrero del presente, se aprobó un punto de acuerdo de la Comisión de Desarrollo Urbano por el cual se decreta la revocación total del acuerdo del Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030.

Cabe recordar que los resolutivos originales del punto de acuerdo que se dictamina exhortan a las autoridades ambientales federales y estatales, así como al municipio de Santa Catarina, Nuevo León remitir a esta soberanía los estudios técnicos que justifiquen y en su caso, avalen la implementación del acuerdo del Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030. De igual forma exhortan a la autoridad ambiental estatal a suspender la aplicación del mencionado Plan de Desarrollo.

Por las razones antes señaladas, la comisión dictaminadora considera que si bien los exhortos de la diputada promovente han sido plenamente satisfechos, el multicitado plan nunca causo estado como tal, ni mucho menos efectos jurídicos, por lo que la aprobación en cabildo del acuerdo de fecha 15 de febrero del presente año, únicamente revoca un acuerdo tomado por la administración municipal del periodo anterior, y no un supuesto Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030, que jurídicamente nunca existió como tal. No obstante lo anterior y debido a que aún existe una fuerte amenaza de urbanización en la zona de la Huasteca, incluido el parque nacional Cumbres de Monterrey, por lo que los integrantes de la Comisión Legislativa que suscriben el presente dictamen se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que por medio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas elabore y publique a la brevedad posible y de acuerdo con lo establecido por el Título II, Capítulo I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento, el Programa de Manejo del Parque Nacional Cumbres de Monterrey.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que por medio de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente ejecute todos los actos tendientes a verificar el cabal cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de áreas naturales protegidas dentro del polígono del área natural protegida parque nacional Cumbres de Monterrey, así como evitar y en su caso sancionar las violaciones a las restricciones del decreto de dicha área natural protegida.

Tercero. En virtud de que ha habido irregularidades en torno al supuesto Plan de Desarrollo y Aprovechamiento Sustentable de la Huasteca 2006-2030, por lo que jurídicamente dicho Plan no causó efecto, se recomienda respetuosamente al municipio de Santa Catarina a que, en uso de sus atribuciones constitucionales y conforme a lo dispuesto por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente elabore el ordenamiento ecológico del territorio local como instrumento de planeación para el desarrollo, respetando la vocación de conservación del suelo en congruencia con el decreto de área natural protegida parque nacional Cumbres de Monterrey.

Notas: 1 Semarnat. 2000. Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de parque nacional, la región conocida con el nombre de Cumbres de Monterrey, ubicada en los municipios de Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, Santa Catarina, Santiago y San Pedro Garza García, estado de Nuevo León. Diario Oficial de la Federación, 17 de noviembre de 2000, Primera Sección, p. 2.2 Esta reunión tuvo una duración de tan sólo 12 minutos.3 Semarnat. 2000. op.cit. p. 28.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados a los cinco días del mes de julio de 2007.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), José Luis Espinosa Piña (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar , Adriana Dávila Fernández (rúbrica), José Antonio Díaz García , Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez , Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz (rúbrica), María Soledad López Torres (rúbrica), Rafael Villicaña García (rúbrica), Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas (rúbrica), Sergio Augusto López Ramírez (rúbrica), Humberto López Lena Cruz (rúbrica).»

Cumplida su instrucción, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: En virtud de que no se ha registrado orador alguno, se consideran suficientemente discutidos. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban... Diputado Parga. Si alguien me auxilia para darle sonido a la curul del diputado.



REPUBLICA DE CUBA

El diputado Rodolfo Solís Parga (desde la curul): Para intervenir a favor del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, en relación a la normalización de las relaciones con la República de Cuba.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Está bien, diputado. Tiene el uso de la palabra, si gusta pasar a la tribuna, hasta por tres minutos, para argumentar su punto de vista.

El diputado Rodolfo Solís Parga: Muchas gracias. Con su venia. Honorable asamblea, vengo en nombre de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajoy del mio propio, a solicitar a ustedes el voto a favor del dictamen que ha emitido la Comisión de Relaciones Exteriores, por el cual se propone un punto de acuerdo para que se excite al Ejecutivo federal a la normalización de las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba.

Cabe hacer mención que en fechas recientes han sido nombrados por el Estado mexicano el excelentísimo señor, Enrique Gabriel Jiménez Remus, como embajador de México en Cuba y también el excelentísimo señor Manuel Aguilera de la Paz, como embajador de Cuba en México, quien estaría presentando sus cartas credenciales el próximo 14 de este mes. Aparentemente la situación está zanjada, sin embargo, creo que es pertinente el dictamen en estos términos, en razón de que no son solamente los actos formales los que establecen la normalización de las relaciones diplomáticas y políticas, como señala el dictamen, sino que es además, una cuestión que tiene relaciones históricas, la relación entre el pueblo de México y la Revolución Cubana.

Que hoy, como un gesto debemos respaldar también la reiterada reivindicación de la República de Cuba respecto del ejercicio pleno de la soberanía del Estado cubano sobre la totalidad del territorio de la isla, en referencia, por supuesto, a la presencia del ejército de los Estados Unidos de América en la región de Guantánamo, que no solamente implica una afrenta a la soberanía de la República de Cuba, sino también una afrenta a la humanidad en razón de que en esa parte de la isla, bajo el dominio militar del ejército de Estados Unidos se ha instalado una cárcel inhumana que afecta los derechos humanos.

Esto es más importante aún en razón de que esta semana se realiza una jornada internacional de apoyo y de solidaridad a los cinco cubanos detenidos injustamente en los Estados Unidos, cuyo delito ha sido informar al gobierno de los Estados Unidos de actividades terroristas en contra de la isla, del gobierno de Cuba, realizado por la mafia de Miami.

Nos congratulamos por la reciente resolución judicial que ordena la revisión del caso en Estados Unidos y la reposición del antijurídico proceso que se les ha seguido a estos cinco cubanos.

En esta virtud, y para terminar, propondría una adición a este dictamen de un artículo tercero que estableciera que esta soberanía respalda las gestiones del gobierno y del Estado cubano a favor del respeto a los derechos humanos de los cinco cubanos detenidos y nos pronunciamos a favor de un juicio justo y legal.

Es cuanto. Estaríamos presentando en unos momentos, a la Secretaría, la redacción del documento de esta adición.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Van a pasarle la propuesta por escrito. Va a leer la Secretaría la propuesta que hizo el diputado en la tribuna para que la escuchen y se pueda hacer la consulta de la votación.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: La propuesta de redacción es la siguiente: ``Esta soberanía respalda las gestiones del gobierno y del Estado cubano a favor del respeto de los derechos humanos de Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar, Fernando González Llort, Antonio Guerrero Rodríguez y René González. Y por un juicio justo.'' Ésa es la propuesta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Consulte la Secretaría a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por el diputado.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: En votación económica se pregunta a la asamblea si es de aprobarse la modificación propuesta por el diputado Solís Parga. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la negativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Diputada Esmeralda, vamos a abrir tres minutos la votación nominal para certificar la votación. Instruyo para que se abra el sistema electrónico hasta por tres minutos, para saber si se acepta la modificación propuesta por el diputado.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento y ábrase el sistema electrónico hasta por tres minutos.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: ¿Qué pasa con el sistema electrónico? Tres segundos, porque los del sistema ya se habían ido a comer. Esperamos tantito. Ya está abierto el sistema.

(Votación)

Ciérrese el sistema electrónico, por favor. Dé cuenta la Secretaría de la votación.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Fonseca: Ciérrese el sistema electrónico. Señora Presidenta, se emitieron 103 votos a favor, 181 en contra y 10 abstenciones.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se de-secha la propuesta que ha presentado el diputado Rodolfo Solís Parga .

Le dan sonido por favor ---alguien que nos auxilie--- al diputado Gildardo Guerrero.

El diputado José Gildardo Guerrero Torres (desde la curul): Gracias, diputada Presidenta. Solamente para que en subsecuentes votaciones se cumpla el proceso parlamentario y haya la confiabilidad en la Secretaría cuando toma las votaciones. Muchas gracias, Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado. ¿Alguien más? ¿Para votación?

De viva voz:

El diputado Manuel Cárdenas Fonseca (desde la curul): En contra.

El diputado Carlos Madrazo Limón (desde la curul): En contra.

El diputado Carlos Ernesto Navarro López (desde la curul): En contra.

El diputado Alberto Vázquez Martínez (desde la curul): En contra.

El diputado Pedro Landero López (desde la curul): A favor.

El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (desde la curul): En contra.

El diputado José Luis Blanco Pajón (desde la curul): En contra.

El diputado Luis Gustavo Parra Noriega (desde la curul): En contra.

El diputado Jesús Sesma Suárez (desde la curul) En contra.

El diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (desde la curul): En contra.

La diputada Omeheira López Reyna (desde la curul): En contra.

La diputada Liliana Carbajal Méndez (desde la curul): En contra.

El diputado Felipe Borrego Estrada (desde la curul): En contra.

La diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera (desde la curul): En contra.

La diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández (desde la curul): En contra.

La diputada Marisol Mora Cuevas (desde la curul): En contra.

El diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez (desde la curul): En contra.

El diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (desde la curul): En contra.

El diputado Moisés Félix Dagdug Lützow (desde la curul): A favor.

El diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (desde la curul): En contra.

El diputado Arturo Martínez Rocha (desde la curul): En contra.

El diputado Felipe González Ruiz (desde la curul): En contra.

El diputado Nabor Ochoa López (desde la curul): En contra.

La diputada María de los Ángeles Jiménez del Castillo (desde la curul): En contra.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: Se emitieron 105 votos a favor; 204 en contra y 10 abstenciones.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se de-secha la propuesta hecha por el diputado Rodolfo Solís Parga , respecto del punto de acuerdo del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores para exhortar al Ejecutivo federal a que tome las medidas necesarias para normalizar las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez: En votación económica se pregunta si se aprueban los puntos de acuerdo. Los diputados y las diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Los diputados y las diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobados los puntos de acuerdo. Comuníquense. Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.



ORDEN DEL DIA

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: «Primer Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Miércoles 12 de septiembre de 2007.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite el primer informe de labores de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

Tres, por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que diversos ciudadanos, puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros.

Oficio de la Cámara de Senadores

Con el que remite punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a observar un puntual ejercicio presupuestal, particularmente en lo relacionado con programas sociales, presentado por el senador Carlos Lozano de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

Dos, de la Comisión de Puntos Constitucionales, por los que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los asuntos no abordados en esta sesión y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado (a las 16:25 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana, miércoles 12 de septiembre, a las 11: 00 horas. Y se les informa que el sistema electrónico de asistencia estará abierto desde las 9.30 horas.

--------------- O ---------------



RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 4 horas 32 minutos.
  • Quórum a la apertura de sesión: 287 diputados.
  • Asistencia al cierre de registro: 466 diputados.
  • Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, aprobados: 7.
  • Minutos de silencio: 1.
  • Diputados por grupo parlamentario que participaron durante la sesión: 26PAN-7, PRD-8, PRI-6, Convergencia-2, PT-1, Nueva Alianza-1, Alternativa-1.
  • Se recibió:
  • 1 comunicación de la Mesa Directiva en relación a 7 dictámenes negativos con los que se desechan proposiciones de puntos de acuerdo de diversas comisiones;
  • 1 oficio de la Comisión Nacional del Agua, con relación al programa de devolución de derechos;
  • 2 oficios de la Junta de Coordinación Política, con los que comunica cambios en la integración de las Comisiones de: Relaciones Exteriores; Puntos Constitucionales; Desarrollo Metropolitano; Comité de Competitividad; Gobernación; la Función Pública; Desarrollo Social; Participación Ciudadana; Fomento Cooperativo y Economía Social; Fortalecimiento al Federalismo; Marina;Distrito Federal; Especial para Seguimiento del Acuerdo Nacional para el Campoy al Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio; especiales: para la Defensa de los Derechos Sociales de Acceso al Agua y la Protección de Ambientes Acuáticos; y para conocer las Políticas y la Procuración de Justicia Vinculada a los Feminicidios del País; Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas; Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano; Especial de la Cuenca de Burgos; y de las comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Seguridad Social;
  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite la estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza y zonas de atención prioritaria, que envía la Secretaria de Desarrollo Social;
  • 18 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite el primer informe de labores de las secretarías de Estado;
  • 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el calendario de sesiones para el primer periodo ordinario del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura;
  • 4 oficios de la Cámara de Senadores, con los que remite puntos de acuerdo relacionados con el Presupuesto de Egresos de 2008;
  • 3 oficios de la Junta de Coordinación Política, con los que comunica de cambios en la integración de las Comisiones de: Marina; Hacienda y Crédito Público; Gobernación; Trabajo y Previsión Social, y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación;
  • 1 oficio de la Junta de Coordinación Política, por el que solicita posponer la primera lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica;
  • 5 iniciativas del Ejecutivo federal;
  • 1 iniciativa de senador del PAN;
  • 1 iniciativa del PAN;
  • 6 iniciativas del PRD;
  • 3 iniciativas del PRI;
  • 1 iniciativa de Convergencia.
  • Dictámenes aprobados:
  • 1 de la Comisión de Recursos Hidráulicos, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales;
  • 1 de la Comisión de Economía, con punto de acuerdo, para exhortar al titular del Ejecutivo federal a incrementar los apoyos gubernamentales a emprendedores, y micro, pequeñas y medianas empresas;
  • 1 de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo, relativo a la salvaguarda de los derechos de los menores migrantes;
  • 1 de la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración, a garantizar el trato digno a los extranjeros asegurados en las estaciones migratorias del país;
  • 1 de la Comisión de Cultura, con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Educación Pública, al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al Gobierno delDistrito Federala adoptar las medidas necesarias para atender las alteraciones arquitectónicas realizadas por particulares en la ex Fábrica de Hilados y Tejidos la Fama Montañesa en la delegación de Tlalpan;
  • 1 de la Comisión de Cultura, con punto de acuerdo, para solicitar al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes un informe relativo a las donaciones recibidas y otorgadas en 2006;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, por los que se expresan las condolencias a la familia Domínguez Rivera por la muerte de Francisco Javier, se exhorta al Ejecutivo federal a continuar una política de diálogo con Estados Unidos y se solicita un informe de la situación a la Secretaría de Relaciones Exteriores;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, para que la Cámara de Diputados haga un llamado a Estados Unidos de América para que frene los abusos contra los derechos humanos de connacionales;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a tomar las medidas necesarias para normalizar las relaciones diplomáticas y políticas con la República de Cuba;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a informar sobre los trabajos de la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Belice;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a dirigir una política exterior respetuosa de la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, por el que solicita al Ejecutivo federal promueva ante la Organización de las Naciones Unidas la realización de una convención amplia e integral en materia de los derechos de las personas adultas mayores;
  • 1 de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo, relativo a la situación del doctor mexicano-estadounidense Agustín Aguayo;
  • 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo a proposición presentada en la sesión del 7 de diciembre de 2006, relativo al plan de desarrollo y aprovechamiento sustentable de la Huasteca, en Nuevo León.


DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

  • Alavez Ruiz, Aleida(PRD) Ley de Aguas Nacionales: 367
  • Alonso Flores, Lourdes(PRD) Ley de Aguas Nacionales: 365
  • Barba Hernández, Alfredo(PRI) Artículos 52, 53, 54 y 63 constitucionales - Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: 283
  • Blanco Pajón, José Luis(PRI) Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: 296
  • Dávila Esquivel, Humberto(Nueva Alianza) Ley de Aguas Nacionales: 362
  • Duarte Jáquez, César Horacio(PRI) Ley de Aguas Nacionales: 371
  • Fernández Cabrera, Adrián(PAN) Braceros del 42 al 67: 267
  • Flores Morfín, Jesús Vicente(PAN) Estado de Coahuila: 43
  • Garzón Contreras, Neftalí(PRD) Artículo 73 constitucional: 303
  • González Martínez, María Gabriela(PAN) Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes: 272
  • Guerrero Torres, José Gildardo(PAN) República de Cuba: 400
  • Medellín Varela, Antonio(PAN) Ley de Aguas Nacionales: 369
  • Méndez Meneses, Apolonio(PAN) Ley de Aguas Nacionales: 353
  • Mendívil Amparán, Gustavo Ildefonso(PRI) Ley de Aguas Nacionales: 364
  • Morales Sánchez, Efraín(PRD) Artículos 80, 108, 110 y 111 constitucionales: 276
  • Patrón Montalvo, Jesús Manuel(PRI) Ley de Aguas Nacionales: 352
  • Pedro Cortés, Santiago Gustavo(Alternativa) Ley de Aguas Nacionales: 361
  • Ramírez Martínez, José Edmundo(PRI) Ley de Coordinación Fiscal: 300
  • Sánchez Ramos, Francisco(PRD) Código Penal Federal: 268
  • Sánchez Ramos, Francisco(PRD) Ley Federal del Trabajo: 298
  • Solís Parga, Rodolfo(PT) República de Cuba: 398
  • Torres Herrera, Víctor Manuel(PAN) Ley de Aguas Nacionales: 366
  • Trejo Pérez, Pablo(PRD) Ley de Coordinación Fiscal: 289
  • Varela López, Víctor Gabriel(PRD) Artículo 74 constitucional - Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria - Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos - Ley General de Desarrollo Social: 306
  • Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc(Convergencia) Ley de Aguas Nacionales: 363
  • Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc(Convergencia) Ley de Vivienda: 315

ASISTENCIA


DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 2, NUMERAL 2, INCISO C, DEL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICA LA SIGUIENTE LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

SECRETARÍA GENERAL

GRUPO
PARLAMENTARIO
ASISTENCIA ASISTENCIA
POR CÉDULA
ASISTENCIA
COMISIÓN
OFICIAL
PERMISO
MESA
DIRECTIVA
INASISTENCIA
JUSTIFICADA
INASISTENCIAS TOTAL
ALT 192 1 2 2 0 8 205
PRD 123 3 1 0 0 0 127
PRI 93 3 2 5 0 3 106
PVEM 14 0 0 0 0 3 17
CONV 17 0 0 0 0 0 17
PT 10 0 0 1 0 0 11
NA 9 0 0 0 0 0 9
ALT 5 0 0 0 0 0 5
PT 1 0 0 0 0 0 1
TOTAL 464 7 5 8 0 14 14

Nota: Las diferencias que existen entre las listas de asistencias y el número de votos puede variar conforme a los diputados presentes al momento de la votación.


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE ASISTENCIA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
1 Acosta Dávila Constantino ASISTENCIA
2 Aguilar López José Alejandro ASISTENCIA
3 Alcalde Virgen Moisés ASISTENCIA
4 Alcaraz Hernández Alma Edwviges ASISTENCIA
5 Álvarez Bernal María Elena ASISTENCIA
6 Amezola Fonceca Gerardo ASISTENCIA
7 Aranda Orozco Gerardo ASISTENCIA
8 Arellano Arellano Joel ASISTENCIA
9 Arenas Guzmán Margarita ASISTENCIA
10Arizméndi Uribe Efraín ASISTENCIA
11 Armendáriz García Pedro ASISTENCIA
12 Arredondo Ibarra Salvador ASISTENCIA
13ASISTENCIA 14 Arredondo Velázquez Jesús Ávila Mayo Obdulio Barradas Miravete Gregorio ASISTENCIA
14 Barrios Rodríguez Juan Enrique ASISTENCIA
15 Bello Pérez Alfonso Othón ASISTENCIA
16 Berber Martínez Antonio ASISTENCIA
17 Bermúdez Viramontes Andrés INASISTENCIA
18 Bolaños Aguilar Edmundo Javier PERMISO MESA DIRECTIVA
19 Borboa Becerra Omar Antonio ASISTENCIA
20 Borrego Estrada Felipe ASISTENCIA
21 Bracho González Carlos Augusto ASISTENCIA
22 Buganza Salmerón Gerardo ASISTENCIA
23 Caballero Chávez Claudia Gabriela ASISTENCIA
24 Campos Galván María Eugenia ASISTENCIA
25 Carbajal Méndez Liliana ASISTENCIA
26 Carbajal Tejada Rogelio ASISTENCIA
27 Cárdenas Sánchez Esmeralda ASISTENCIA
28 Carrasco Altamirano Diódoro Humberto ASISTENCIA
29 Castaño Contreras Cristián ASISTENCIA
30Castro De la Rosa Osiel ASISTENCIA
31 Castro Muñoz Juan de Dios INASISTENCIA
32Castro Romero Ma. Sofía Del Perpetuo ASISTENCIA
33 Ceja Romero Ramón ASISTENCIA
34 Chávez García Daniel ASISTENCIA
35 Collado Lara Beatriz ASISTENCIA
36 Contreras Coeto José Luis ASISTENCIA
37 Corral Aguilar María Mercedes ASISTENCIA
38 Cuen Garibi Marcela ASISTENCIA
39 Curiel Preciado Leobardo ASISTENCIA
40 Dávila Fernández Adriana ASISTENCIA
41 Dávila García Francisco ASISTENCIA
42 De la Torre Jaramillo Eduardo Sergio ASISTENCIA
43 De León Tello Jesús ASISTENCIA
44 Degante Romero Silvia Emilia ASISTENCIA
45Del Toro del Villar Tomás ASISTENCIA
46 Del Valle Toca Antonio ASISTENCIA
47 Delgado Oscoy Alejandro Enrique ASISTENCIA
48 Deschamps Falcón Ángel Rafael ASISTENCIA
49 Díaz García José Antonio ASISTENCIA
50 Díaz Garibay Felipe ASISTENCIA
51 Díaz Gordillo Martha Cecilia ASISTENCIA
52 Díaz Mena Joaquín Jesús ASISTENCIA
53 Díaz de León Torres Leticia ASISTENCIA
54 Domínguez Servién Francisco ASISTENCIA
55 Duck Núñez Edgar Mauricio OFICIAL COMISIÓN
56 Enríquez Flores Armando ASISTENCIA
57 Enríquez Martínez Luis Rodolfo ASISTENCIA
58 Escaroz Soler Gerardo Antonio ASISTENCIA
59 Espinosa Piña José Luis INASISTENCIA
60 Félix Holguín Armando Jesús ASISTENCIA
61 Felton González Carlos Eduardo ASISTENCIA
62 Fernández Cabrera Adrián ASISTENCIA
63Fernández Ugarte Ma. del Carmen ASISTENCIA
64 Figueroa Ortega David ASISTENCIA
65 Flores Domínguez Emilio Ramón Ramiro ASISTENCIA
66 Flores Grande Arturo ASISTENCIA
67 Flores Morfín Jesús Vicente ASISTENCIA
68 Fraile García Francisco Antonio ASISTENCIA
69 Franco Cazarez Ricardo ASISTENCIA
70 Fuentes Ortíz José Guillermo ASISTENCIA
71 García González Carlos Alberto ASISTENCIA
72 García Müller Martha Margarita ASISTENCIA
73 García Reyes Ángel Humberto ASISTENCIA
74 García Reyes Beatriz Eugenia ASISTENCIA
75 García Vivián Raúl ASISTENCIA
76 Garmendia Hernández Yolanda Mercedes ASISTENCIA
77 Gómez Leyva Silvio ASISTENCIA
78 González Betancourt Jorge Justiniano ASISTENCIA
79 González Martínez María Gabriela ASISTENCIA
80 González Morán Martín Oscar ASISTENCIA
81 González Roaro Benjamín Ernesto ASISTENCIA
82 González Ruiz Felipe ASISTENCIA
83González Sánchez Ma. Dolores ASISTENCIA
84Gudiño Ortíz Francisco Javier ASISTENCIA
85 Guerrero Torres José Gildardo ASISTENCIA
86 Gutiérrez Lagunes María Victoria ASISTENCIA
87 Hernández Núñez Elia ASISTENCIA
88 Hurtado Pérez Nelly Asunción ASISTENCIA
89 Iragorri Durán Enrique ASISTENCIA
90Jiménez del Castillo Ma. de los Ángeles ASISTENCIA
91 Jiménez Ramos María Esther ASISTENCIA
92 Joaquín Coldwell Addy Cecilia ASISTENCIA
93 Lagunes Viveros Violeta del Pilar ASISTENCIA
94 Landero Gutiérrez Alejandro ASISTENCIA
95 Landeros González Ramón ASISTENCIA
96 Lara Compeán David ASISTENCIA
97 Larios Córdova Héctor ASISTENCIA
98 Laviada Hernández Iñigo Antonio ASISTENCIA
99 Lemus Muñoz Ledo Ramón Ignacio ASISTENCIA
100 Leura González Agustín ASISTENCIA
101 Lezama Aradillas René ASISTENCIA
102 Limas Frescas María Soledad ASISTENCIA
103 Lizaola de la Torre Alonso Manuel ASISTENCIA
104 López Cisneros José Martín ASISTENCIA
105 López Reyna Omeheira ASISTENCIA
106 López Silva Rubí Laura ASISTENCIA
107 Ludlow Kuri Lorenzo Daniel ASISTENCIA
108 Lujano Nicolás Christian Martín ASISTENCIA
109 Maawad Robert Luis Xavier PERMISO MESA DIRECTIVA
110 Macías Zambrano Gustavo ASISTENCIA
111 Madrazo Limón Carlos ASISTENCIA
112Magallón Arceo Leonardo Melesio de J. ASISTENCIA
113 Malagón Ríos Martín ASISTENCIA
114 Malcos Amaro María Ofelia Gloria ASISTENCIA
115 Maldonado González David ASISTENCIA
116Manuell-Gómez Angulo Dolores De María ASISTENCIA
117 Martínez Díaz María de Jesús ASISTENCIA
118 Martínez Valero Dora Alicia ASISTENCIA
119 Medellín Varela Antonio ASISTENCIA
120 Medina Macias Alma Hilda ASISTENCIA
121 Medina Rodríguez Delber INASISTENCIA
122 Medina Rodríguez Lizbeth Evelia ASISTENCIA
123 Mejía García Luis Alonso ASISTENCIA
124 Méndez Meneses Apolonio ASISTENCIA
125 Mendoza Morales Lucía Susana ASISTENCIA
126 Minjares Jiménez José Manuel ASISTENCIA
127 Mohamar Dainitin Oscar Miguel INASISTENCIA
128 Mollinedo Hernández Agustín ASISTENCIA
129 Monraz Ibarra Miguel Ángel ASISTENCIA
130 Montes Sánchez Fabián Fernando ASISTENCIA
131Mora Cuevas Marisol ASISTENCIA
132 Morales Ramos José Nicolás ASISTENCIA
133 Morelos Borja María Esperanza ASISTENCIA
134 Moreno Álvarez Mario Eduardo ASISTENCIA
135 Morgan Franco Rocío del Carmen ASISTENCIA
136 Muñoz Serrano José Antonio ASISTENCIA
137 Murillo Flores Francisco Javier ASISTENCIA
138 Murillo Torres José Luis ASISTENCIA
139 Navarro Sugich Carlos Alberto ASISTENCIA
140 Nordhausen González Jorge Rubén ASISTENCIA
141Noriega Blanco Vigil María Elena ASISTENCIA
142 Ochoa López Nabor ASISTENCIA
143 Olvera Higuera Edgar Armando ASISTENCIA
144Ortega Martínez Ma. del Pilar ASISTENCIA
145Ortíz Hernández Eduardo ASISTENCIA
146 Oviedo Oviedo Ernesto ASISTENCIA
147 Padilla Orozco Raúl Alejandro ASISTENCIA
148 Palafox Núñez José Inés ASISTENCIA
149 Paredes Rodríguez Francisco Javier ASISTENCIA
150 Parra Jiménez Dolores María del Carmen ASISTENCIA
151 Parra Noriega Luis Gustavo ASISTENCIA
152 Pérez Cuéllar Cruz ASISTENCIA
153 Perroni Merino Gloria María ASISTENCIA
154 Peyrot Solís Marco Antonio ASISTENCIA
155 Plascencia Alonso Francisco Javier ASISTENCIA
156 Priego Tapia Gerardo ASISTENCIA
157 Pulido Pecero Pedro ASISTENCIA
158 Quintero Bello Jorge ASISTENCIA
159 Ramírez Barba Ector Jaime ASISTENCIA
160 Ramírez Pech Edgar Martín ASISTENCIA
161 Ramírez Villarreal Gustavo ASISTENCIA
162 Ramos Covarrubias Héctor Manuel ASISTENCIA
163 Reyes López Carlos Armando ASISTENCIA
164 Rincón Vargas Mirna Cecilia ASISTENCIA
165 Rivera Rivera José Guadalupe ASISTENCIA
166 Rivero Rivero Rolando ASISTENCIA
167 Rodríguez Ahumada Luis Fernando ASISTENCIA
168 Rodríguez Jiménez Ricardo ASISTENCIA
169 Rodríguez Prats Juan José ASISTENCIA
170 Rodríguez Uresti Enrique ASISTENCIA
171 Rodríguez Vizcarra Velázquez Adriana ASISTENCIA
172 Rojas Hernández Laura Angélica ASISTENCIA
173 Román Isidoro Demetrio INASISTENCIA
174 Romo Jiménez Martha Angélica ASISTENCIA
175 Rubio Chávez José Ignacio Alberto ASISTENCIA
176 Rueda Gómez Francisco ASISTENCIA
177 Ruiz Velasco de Lira Ernesto ASISTENCIA
178 Salas Contreras Marcos ASISTENCIA
179 Salazar Madera Mario Alberto ASISTENCIA
180 Salum del Palacio Jorge Alejandro ASISTENCIA
181 Sánchez Domínguez Alejandro ASISTENCIA
182 Sánchez Gil Carlos René ASISTENCIA
183 Sánchez Juárez Claudia ASISTENCIA
184 Sánchez Trujillo José Víctor ASISTENCIA
185Sandoval Munguia Juan Manuel ASISTENCIA
186 Serrato Castell Luis Gerardo OFICIAL COMISIÓN
187Shej Guzmán Sara ASISTENCIA
188 Solano Muñoz José de Jesús INASISTENCIA
189 Stefanonni Mazzocco Martín ASISTENCIA
190 Tamayo Herrera Yadhira Yvette ASISTENCIA
191 Torres Gómez Artemio INASISTENCIA
192 Torres Herrera Víctor Manuel CÉDULA
193 Torres Torres Carlos Alberto ASISTENCIA
194 Valenzuela García María Gloria Guadalupe ASISTENCIA
195 Valladolid Rodríguez Antonio ASISTENCIA
196 Vasconcelos Rueda Antonio ASISTENCIA
197 Vázquez Martínez Alberto ASISTENCIA
198 Vega Corona Antonio ASISTENCIA
199 Velázquez Gutiérrez José Guillermo ASISTENCIA
200 Verástegui Ostos César Augusto ASISTENCIA
201 Verdín Saldaña Jaime ASISTENCIA
202 Victoria Alva Juan ASISTENCIA
203 Vieyra Olivares Adriana Rebeca ASISTENCIA
204 Villanueva Arjona Juan Manuel ASISTENCIA
205 Zambrano Elizondo Javier Martín ASISTENCIA
Asistencias: 194
Asistencias por cédula: 1
Asistencias comisión oficial: 2
Permiso Mesa Directiva: 2
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 8
Total diputados: 207


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
1Aguirre Alcaide Victor ASISTENCIA
2 Alavez Ruiz Aleida ASISTENCIA
3 Almazán González José Antonio ASISTENCIA
4 Almonte Borja Ramón ASISTENCIA
5 Alonso Flores Lourdes CÉDULA
6Wilfrido Alonso Razo Humberto ASISTENCIA
7 Altamirano Toledo Carlos ASISTENCIA
8 Alva Olvera Maribel Luisa ASISTENCIA
9 Álvarez Ramón Silbestre ASISTENCIA
10 Amaro Corona Alberto ASISTENCIA
11 Aragón Castillo Irene ASISTENCIA
12 Arellano Pulido Miguel Ángel ASISTENCIA
13Arreola Calderón Juan Dario ASISTENCIA
14 Barreiro Pérez Armando ASISTENCIA
15 Batres Guadarrama Valentina Valia ASISTENCIA
16 Bautista Bravo Alliet Mariana ASISTENCIA
17Bravo Padilla Itzcóatl Tonatiuh ASISTENCIA
18 Brito González Modesto ASISTENCIA
19 Calzada Vázquez Francisco Javier ASISTENCIA
20 Campos Aburto Amador ASISTENCIA
21 Cárdenas Hernández Raymundo ASISTENCIA
22 Cervantes Rodríguez Aurora ASISTENCIA
23 Chávez García Higinio ASISTENCIA
24Condado Escamilla Cuitlahuac ASISTENCIA
25 Contreras Julián Maricela ASISTENCIA
26 Cruz Santiago Claudia Lilia ASISTENCIA
27 Cuevas Córdova Othón ASISTENCIA
28 Dagdug Lützow Moisés Félix ASISTENCIA
29 De la Rosa García Juan Hugo ASISTENCIA
30 De los Santos Molina Joaquín Conrado ASISTENCIA
31 Dehesa Mora Daniel ASISTENCIA
32 Del Toro Mario Enrique ASISTENCIA
33 Díaz Contreras Adriana ASISTENCIA
34 Escandón Cadenas Rutilio Cruz ASISTENCIA
35 Espejel Lazcano Jaime ASISTENCIA
36 Fernández Balboa Mónica ASISTENCIA
37 Flores Maldonado César ASISTENCIA
38 Flores Salazar Guadalupe Socorro ASISTENCIA
39 Franco Melgarejo Rafael ASISTENCIA
40 Gálvez Rodríguez Fernel Arturo ASISTENCIA
41 García Rodríguez Víctor Hugo ASISTENCIA
42 Garzón Contreras Neftalí ASISTENCIA
43 González Garza Javier ASISTENCIA
44 Guerra Ochoa Juan Nicasio ASISTENCIA
45 Gutiérrez Calzadilla José Luis ASISTENCIA
46 Hernández Gaytán Daisy Selene ASISTENCIA
47 Hernández Hernández Sergio ASISTENCIA
48 Hernández Manzanares Javier OFICIAL COMISIÓN
49 Hernández Silva Benjamín ASISTENCIA
50Nohelia Ibarra Franquez Sonia ASISTENCIA
51 Jacques y Medina José ASISTENCIA
52 Jiménez Valenzuela María Eugenia ASISTENCIA
53 Landero López Pedro ASISTENCIA
54Lemarroy Martínez Juan Darío ASISTENCIA
55 Leyva Piñón Ana Yurixi ASISTENCIA
56 Lizárraga Peraza Víctor Manuel ASISTENCIA
57 López Barriga Erick ASISTENCIA
58 López Becerra Santiago ASISTENCIA
59 López Rojas Alberto ASISTENCIA
60 López Torres Ma. Soledad ASISTENCIA
61 Lozano Lozano Andrés ASISTENCIA
62 Luna Munguía Alma Lilia CÉDULA
63 Márquez Madrid Camerino Eleazar ASISTENCIA
64 Márquez Tinoco Francisco ASISTENCIA
65 Martínez Hernández Alejandro ASISTENCIA
66 Martínez Martínez Carlos Roberto ASISTENCIA
67 Martínez Martínez Francisco ASISTENCIA
68 Martínez Padilla Hugo Eduardo ASISTENCIA
69 Martínez Vargas Octavio ASISTENCIA
70 Matías Alonso Marcos ASISTENCIA
71 Matus Toledo Holly ASISTENCIA
72 Mayans Canabal Fernando Enrique ASISTENCIA
73 Mendoza Arellano David ASISTENCIA
74 Mendoza Flores Roberto ASISTENCIA
75 Mendoza Maldonado Fausto Fluvio ASISTENCIA
76 Mendoza Mendoza Irineo CÉDULA
77 Monreal Ávila Susana ASISTENCIA
78 Montalvo Rojas Victorio Rubén ASISTENCIA
79 Morales Sánchez Efraín ASISTENCIA
80 Morales Vázquez Carlos Orsoe ASISTENCIA
81Narcía Álvarez Héctor ASISTENCIA
82 Navarro López Carlos Ernesto ASISTENCIA
83 Navarro Quintero Miguel Ángel ASISTENCIA
84 Ojeda Hernández Concepción ASISTENCIA
85 Oliva Fragoso Silvia ASISTENCIA
86 Orcí Martínez Juan Adolfo ASISTENCIA
87 Ortega Martínez Antonio ASISTENCIA
88 Ortiz Magallón Rosario Ignacia ASISTENCIA
89Pacheco LLanes Ramón Félix ASISTENCIA
90 Pedraza Chávez Isidro ASISTENCIA
91 Pedrozo Castillo Adrián ASISTENCIA
92 Peña Sánchez Miguel Ángel ASISTENCIA
93 Pérez Cruz Raciel ASISTENCIA
94 Pulido Santiago Celso David ASISTENCIA
95 Ramos Becerril Rafael Plácido ASISTENCIA
96 Ramos Castellanos Martín ASISTENCIA
97 Rasgado Corsi Gloria ASISTENCIA
98 Ríos Gamboa Raúl ASISTENCIA
99 Romero Gutiérrez Odilón ASISTENCIA
100Ruíz Sánchez Salvador ASISTENCIA
101 Saavedra Coronel José Antonio ASISTENCIA
102 San Martín Hernández Juan Manuel ASISTENCIA
103 Sánchez Barrios Carlos ASISTENCIA
104 Sánchez Cabrales Rafael Elías ASISTENCIA
105 Sánchez Camacho Alejandro ASISTENCIA
106 Sánchez Camacho David ASISTENCIA
107Sánchez Jiménez V. Luis ASISTENCIA
108 Sánchez Ramos Francisco ASISTENCIA
109 Sandoval Ramírez Cuauhtémoc ASISTENCIA
110 Santos Arreola Francisco Javier ASISTENCIA
111 Solares Chávez Miguel Ángel ASISTENCIA
112 Soriano Sánchez Rosa Elva ASISTENCIA
113 Soto Ramos Faustino ASISTENCIA
114 Soto Sánchez Antonio ASISTENCIA
115 Suárez del Real y Aguilera José Alfonso ASISTENCIA
116 Torres Baltazar María Elena ASISTENCIA
117 Torres García Daniel ASISTENCIA
118 Trejo Pérez Pablo ASISTENCIA
119 Ulloa Pérez Emilio ASISTENCIA
120 Vallejo Estevez Mario ASISTENCIA
121 Varela López Víctor Gabriel ASISTENCIA
122 Velázquez Aguirre Jesús Evodio ASISTENCIA
123 Villanueva Albarrán Gerardo ASISTENCIA
124 Villicaña García Rafael ASISTENCIA
125 Zavaleta Salgado Ruth ASISTENCIA
126 Zazueta Aguilar Jesús Humberto ASISTENCIA
127 Zepeda Hernández Martín ASISTENCIA
Asistencias: 123
Asistencias por cédula: 3
Asistencias comisión oficial: 1
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 127


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso Yerico ASISTENCIA
2 Aguilar Diego ASISTENCIA
3 Aguilar Solís Samuel ASISTENCIA
4 Aispuro Torres José Rosas PERMISO MESA DIRECTIVA
5 Alcántara Núñez Jesús Sergio ASISTENCIA
6 Aldana Prieto Luis Ricardo ASISTENCIA
7 Amador Gaxiola Daniel ASISTENCIA
8 Amador Leal Narcizo Alberto ASISTENCIA
9 Ayala Almeida Joel PERMISO MESA DIRECTIVA
10 Badillo Martínez Roberto ASISTENCIA
11Barajas Del Toro Salvador ASISTENCIA
12 Barajas López Ramón ASISTENCIA
13 Barba Hernández Alfredo ASISTENCIA
14 Beltrán Montes Israel ASISTENCIA
15 Benítez Ojeda Luis Enrique INASISTENCIA
16 Bernal Gutiérrez Andrés Marco Antonio ASISTENCIA
17 Biebrich Torres Carlos Armando ASISTENCIA
18 Blanco Pajón José Luis ASISTENCIA
19 Caballero Camargo Gustavo Fernando ASISTENCIA
20 Camacho Quiroz César Octavio ASISTENCIA
21 Canavati Tafich Jesús Ricardo ASISTENCIA
22 Carballo Bustamante Andrés CÉDULA
23Cárdenas Del Avellano Enrique INASISTENCIA
24 Cárdenas Monroy Oscar Gustavo ASISTENCIA
25Cerrillo Garnica José Luis CÉDULA
26 Cervantes Andrade Raúl ASISTENCIA
27 Chaurand Arzate Carlos ASISTENCIA
28 Colín Guadarrama María Mercedes ASISTENCIA
29 Cordero Alfonzo Arnulfo Elías ASISTENCIA
30De la Garza Treviño Jorge Luis ASISTENCIA
31 Díaz Athié Antonio de Jesús ASISTENCIA
32 Díaz Solorzano Elmar Darinel ASISTENCIA
33 Domínguez Domínguez Nemesio ASISTENCIA
34 Duarte Jáquez César Horacio ASISTENCIA
35 Escajeda Jiménez José Rubén ASISTENCIA
36 Escalante Jasso Aracely ASISTENCIA
37 Espinosa Abuxapqui Eduardo Elías ASISTENCIA
38 Estefan Chidiac Charbel Jorge ASISTENCIA
39 Flores Sandoval Patricio ASISTENCIA
40 Gamboa Patrón Emilio ASISTENCIA
41 Garza Garza Horacio Emigdio ASISTENCIA
42 Gebhardt Garduza Yary del Carmen ASISTENCIA
43 Gloria Requena Tomás ASISTENCIA
44 Gómez Lugo Elda ASISTENCIA
45 González Calderón Martha Hilda ASISTENCIA
46 González García Sergio ASISTENCIA
47 González Salum Miguel Ángel ASISTENCIA
48 González Zarur Mariano ASISTENCIA
49 Guerrero García Javier ASISTENCIA
50 Guerrero Juárez Joel ASISTENCIA
51 Herrera Ale Juana Leticia ASISTENCIA
52 Herrera Coyac Wenceslao ASISTENCIA
53 Izquierdo Bustamante Alfonso Rolando ASISTENCIA
54 Lagunes Gallina Gerardo ASISTENCIA
55 Lescieur Talavera Jorge Mario ASISTENCIA
56Madrid Tovilla Arely ASISTENCIA
57 Martínez Rocha Arturo ASISTENCIA
58 Martínez Rodríguez Lorena ASISTENCIA
59 Méndez Lanz Víctor Manuel ASISTENCIA
60 Mendívil Amparán Gustavo Ildefonso ASISTENCIA
61 Mendoza Cortés Mario ASISTENCIA
62 Merodio Reza Lilia Guadalupe PERMISO MESA DIRECTIVA
63Moctezuma Pereda Fernando Quetzalcoatl ASISTENCIA
64 Montalvo Gómez Pedro PERMISO MESA DIRECTIVA
65 Morales García Elizabeth ASISTENCIA
66 Mota Hernández Adolfo ASISTENCIA
67 Muñoz Serna Rogelio ASISTENCIA
68 Murat José ASISTENCIA
69 Ochoa González Arnoldo OFICIAL COMISIÓN
70 Ojeda Camacho Gilberto ASISTENCIA
71 Olivares Monterrubio Alejandro ASISTENCIA
72 Olivares Ventura Héctor Hugo ASISTENCIA
73 Ordaz Jiménez Ismael INASISTENCIA
74 Orihuela Bárcenas José Ascención PERMISO MESA DIRECTIVA
75 Orihuela Trejo José Amado ASISTENCIA
76Ortiz Del Carpio Víctor ASISTENCIA
77 Ortiz Proal Mauricio ASISTENCIA
78 Padilla Gutiérrez Héctor CÉDULA
79 Pagés Llergo Rebollar María Beatriz ASISTENCIA
80 Palma César Víctor Samuel ASISTENCIA
81 Parás González Juan Manuel ASISTENCIA
82 Patrón Montalvo Jesús Manuel ASISTENCIA
83 Peñuelas Acuña Mayra Gisela ASISTENCIA
84 Pérez Valdés Daniel ASISTENCIA
85 Pinete Vargas María del Carmen ASISTENCIA
86 Quiñones Canales Lourdes ASISTENCIA
87 Ramírez Martínez José Edmundo ASISTENCIA
88 Ramírez Stabros Jesús ASISTENCIA
89 Ríos Camarena Alfredo Adolfo OFICIAL COMISIÓN
90 Rivera Bedoya Juan Francisco ASISTENCIA
91 Rodríguez Ramírez Bertha Yolanda ASISTENCIA
92 Rojas Gutiérrez Carlos ASISTENCIA
93Ruíz Chávez Sara Latife ASISTENCIA
94 Salas López Ramón ASISTENCIA
95 Sánchez Hernández Eduardo ASISTENCIA
96 Sandoval Paredes Sergio ASISTENCIA
97 Serrano Escobar Enrique ASISTENCIA
98 Sosa Castelán Gerardo ASISTENCIA
99 Toledo Luis Jorge ASISTENCIA
100Valencia De los Santos Víctor Leopoldo ASISTENCIA
101 Vargas Landeros Gerardo Octavio ASISTENCIA
102Vega Ortíz María Oralia ASISTENCIA
103 Velasco Pérez Juan Carlos ASISTENCIA
104 Villa Villa Isael ASISTENCIA
105 Villanueva Abraján Patricia ASISTENCIA
106 Zatarain González Carlos Ernesto ASISTENCIA
Asistencias: 93
Asistencias por cédula: 3
Asistencias comisión oficial: 2
Permiso Mesa Directiva: 5
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 3
Total diputados: 106


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1 Arévalo González José Antonio ASISTENCIA
2 Chozas y Chozas Olga Patricia ASISTENCIA
3 Cobo Terrazas Diego ASISTENCIA
4 Elizondo Garrido Francisco ASISTENCIA
5 Estrada González Faustino Javier ASISTENCIA
6García Noriega Ma. Guadalupe Josefina ASISTENCIA
7 González Martínez Jorge Emilio INASISTENCIA
8 Larregui Nagel Erika ASISTENCIA
9 Lavara Mejía Gloria INASISTENCIA
10 López Adame Antonio Xavier ASISTENCIA
11 López Ramírez Sergio Augusto ASISTENCIA
12 Notholt Guerrero Alan INASISTENCIA
13 Portilla Dieguez Manuel Salvador ASISTENCIA
14 Puente Salas Carlos Alberto ASISTENCIA
15 Ramírez Cerda Ana María ASISTENCIA
16 Sesma Suárez Jesús ASISTENCIA
17 Velasco Rodríguez Verónica ASISTENCIA
Asistencias: 14
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 3
Total diputados: 17


CONVERGENCIA
1 Abad De Jesús Juan ASISTENCIA
2 Aguilera Rico José Luis ASISTENCIA
3 Cárdenas Márquez Elías ASISTENCIA
4 Castillo Romero Patricia Obdulia de Jesús ASISTENCIA
5 Chanona Burguete Alejandro ASISTENCIA
6 Del Río Virgen José Manuel ASISTENCIA
7 Esteva Salinas Alberto ASISTENCIA
8 Godoy Cárdenas Jorge ASISTENCIA
9 López Lena Cruz Humberto ASISTENCIA
10 Salvatori Bronca María del Carmen ASISTENCIA
11 Samperio Montaño Juan Ignacio ASISTENCIA
12 Sansores San Román Layda Elena ASISTENCIA
13 Tagle Martínez Martha Angélica ASISTENCIA
14 Uscanga Cruz Robinson ASISTENCIA
15 Valdés Chávez Ramón ASISTENCIA
16 Varela Lagunas Tomás José Luis ASISTENCIA
17 Velasco Oliva Jesús Cuauhtémoc ASISTENCIA
Asistencias: 17
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 17


PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez Rubén ASISTENCIA
2 Arreola Ortega Pablo Leopoldo ASISTENCIA
3 Cantú Garza Ricardo ASISTENCIA
4 Cervantes Rivera Jaime ASISTENCIA
5 Garay Ulloa Silvano ASISTENCIA
6 Herrera Solís Anuario Luis ASISTENCIA
7Maciel Ortiz Ma. Mercedes PERMISO MESA DIRECTIVA
8 Peregrino García Abundio ASISTENCIA
9 Romero Guzmán Rosa Elia ASISTENCIA
10 Solís Parga Rodolfo ASISTENCIA
11 Vela González Joaquín Humberto ASISTENCIA
Asistencias: 10
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 1
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 11


NUEVA ALIANZA
1 Arriola G. Mónica T. ASISTENCIA
2 Cárdenas Fonseca Manuel ASISTENCIA
3 Castillo Nájera Ariel ASISTENCIA
4 Dávila Esquivel Humberto ASISTENCIA
5 Gómez Pasillas Jacinto ASISTENCIA
6 Jiménez Godínez Miguel Ángel ASISTENCIA
7 Luna Becerril Blanca ASISTENCIA
8 Luna Rodríguez Silvia ASISTENCIA
9 Piñeyro Arias Irma ASISTENCIA
Asistencias: 9
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 9


ALTERNATIVA
1 Arvizu Rivas Aida Marina ASISTENCIA
2 Conde Rodríguez Elsa de Guadalupe ASISTENCIA
3 García Méndez Armando ASISTENCIA
4 Hernández Valadés Delio ASISTENCIA
5 Pedro Cortés Santiago Gustavo ASISTENCIA
Asistencias: 5
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 5


DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castellanos Hernández Félix ASISTENCIA
Asistencias: 1
Asistencias por cédula: 0
Asistencias comisión oficial: 0
Permiso Mesa Directiva: 0
Inasistencias justificadas: 0
Inasistencias: 0
Total diputados: 1


SECRETARÍA GENERAL
REPORTE DE INASISTENCIAS

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Diputado
1 Bermúdez Viramontes Andrés
2 Castro Muñoz Juan de Dios
3 Espinosa Piña José Luis
4 Medina Rodríguez Delber
5 Mohamar Dainitin Oscar Miguel
6 Román Isidoro Demetrio
7 Solano Muñoz José de Jesús
8 Torres Gómez Artemio
Faltas por grupo: 8


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Diputado
1 Benítez Ojeda Luis Enrique
2 Cárdenas Del Avellano Enrique
3 Ordaz Jiménez Ismael
Faltas por grupo: 3


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Diputado
1 González Martínez Jorge Emilio
2 Lavara Mejía Gloria
3 Notholt Guerrero Alan
Faltas por grupo: 3



VOTACIONES

Del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (en lo general con las modificaciones admitidas y en lo particular los artículos no reservados).

PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Favor
2 Aguilar López, José Alejandro Ausente
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Favor
5 Álvarez Bernal, María Elena Favor
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Aranda Orozco, Gerardo Favor
8 Arellano Arellano, Joel Favor
9 Arenas Guzmán, Margarita Favor
10 Arizméndi Uribe, Efraín Favor
11 Armendáriz García, Pedro Favor
12 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
13 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
14 Ávila Mayo, Obdulio Favor
15 Barradas Miravete, Gregorio Favor
16 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
17 Bello Pérez, Alfonso Othón Ausente
18 Berber Martínez, Antonio Favor
19 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
20 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
21 Borboa Becerra, Omar Antonio Favor
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Ausente
25 Caballero Chávez, Claudia Gabriela Ausente
26 Campos Galván, María Eugenia Favor
27 Carbajal Méndez, Liliana Favor
28 Carbajal Tejada, Rogelio Favor
29 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
30 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Favor
31 Castaño Contreras, Cristián Favor
32 Castro de la Rosa, Osiel Favor
33 Castro Muñoz, Juan de Dios Ausente
34 Castro Romero, María Sofia Favor
35 Ceja Romero, Ramón Ausente
36 Chávez García, Daniel Favor
37 Collado Lara, Beatriz Favor
38 Contreras Coeto, José Luis Favor
39 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
40 Cuen Garibi, Marcela Favor
41 Curiel Preciado, Leobardo Favor
42 Dávila Fernández, Adriana Favor
43 Dávila García, Francisco Favor
44 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Favor
45 De León Tello, Jesús Favor
46 Degante Romero, Silvia Emilia Favor
47 Del Toro del Villar, Tomás Favor
48 Del Valle Toca, Antonio Favor
49 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Ausente
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Favor
51 Díaz de León Torres, Leticia Ausente
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Favor
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Enríquez Martínez, Luis Rodolfo Favor
60 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
61 Espinosa Piña, José Luis Ausente
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Favor
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Figueroa Ortega, David Ausente
67 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Ausente
68 Flores Grande, Arturo Favor
69 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
70 Fraile García, Francisco Antonio Favor
71 Franco Cazarez, Ricardo Favor
72 Fuentes Ortiz, José Guillermo Favor
73 García González, Carlos Alberto Favor
74 García Müller, Martha Margarita Favor
75 García Reyes, Ángel Humberto Favor
76 García Reyes, Beatriz Eugenia Favor
77 García Vivián, Raúl Ausente
78 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
79 Gómez Leyva, Silvio Ausente
80 González Betancourt, Jorge Justiniano Favor
81 González Martínez, María Gabriela Favor
82 González Morán, Martín Oscar Favor
83 González Roaro, Benjamín Ernesto Ausente
84 González Ruiz, Felipe Favor
85 González Sánchez, María Dolores Favor
86 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Favor
87 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Favor
89 Hernández Núñez, Elia Favor
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Favor
91 Iragorri Durán, Enrique Favor
92 Jiménez del Carrillo, María de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Favor
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Favor
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Favor
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Favor
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Lezama Aradillas, René Favor
104 Limas Frescas, María Soledad Favor
105 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Favor
106 López Cisneros, José Martín Ausente
107 López Reyna, Omeheira Favor
108 López Silva, Rubí Laura Favor
109 Ludlow Kuri, Lorenzo Daniel Ausente
110 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
111 Maawad Robert, Luis Xavier Ausente
112 Macías Zambrano, Gustavo Favor
113 Madrazo Limón, Carlos Favor
114 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Favor
115 Malagón Ríos, Martín Favor
116 Malcos Amaro, María Ofelia Favor
117 Maldonado González, David Ausente
118 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
119 Martínez Díaz, María de Jesús Ausente
120 Martínez Valero, Dora Alicia Favor
121 Medellín Varela, Antonio Favor
122 Medina Macias, Alma Hilda Favor
123 Medina Rodríguez, Delber Ausente
124 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Favor
125 Mejía García, Luis Alonso Favor
126 Méndez Meneses, Apolonio Favor
127 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
128 Minjares Jiménez, José Manuel Ausente
129 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Ausente
130 Mollinedo Hernández, Agustín Ausente
131 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Favor
132 Montes Sánchez, Fabián Fernando Ausente
133 Mora Cuevas, Marisol Favor
134 Morales Ramos, José Nicolás Favor
135 Morelos Borja, María Esperanza Favor
136 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
137 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
138 Muñoz Serrano, José Antonio Favor
139 Murillo Flores, Francisco Javier Favor
140 Murillo Torres, José Luis Favor
141 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
142 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
143 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
144 Ochoa López, Nabor Favor
145 Olvera Higuera, Edgar Armando Favor
146 Ortega Martínez, María del Pilar Favor
147 Ortiz Hernández, Eduardo Favor
148 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
149 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
150 Palafox Núñez, José Inés Favor
151 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Favor
152 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Ausente
153 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
154 Pérez Cuéllar, Cruz Ausente
155 Perroni Merino, Gloria Favor
156 Peyrot Solís, Marco A. Favor
157 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
158 Priego Tapia, Gerardo Favor
159 Pulido Pecero, Pedro Favor
160 Quintero Bello, Jorge Favor
161 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Ausente
162 Ramírez Barba, Ector Jaime Ausente
163 Ramírez Pech, Edgar Martín Ausente
164 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
165 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Favor
166 Reyes López, Carlos Armando Favor
167 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
168 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
169 Rivero Rivero, Rolando Ausente
170 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
171 Rodríguez Jiménez, Ricardo Ausente
172 Rodríguez Prats, Juan José Favor
173 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
174 Rojas Hernández, Laura Angélica Favor
175 Román Isidoro, Demetrio Ausente
176 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
177 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
178 Rueda Gómez, Francisco Favor
179 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
180 Salas Contreras, Marcos Favor
181 Salazar Madera, Mario Alberto Favor
182 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Ausente
183 Sánchez Domínguez, Alejandro Favor
184 Sánchez Gil, Carlos René Favor
185 Sánchez Juárez, Claudia Ausente
186 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
187 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
188 Serrato Castell, Luis Gerardo Ausente
189 Shej Guzmán Sara Favor
190 Solano Muñoz, José de Jesús Ausente
191 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
192 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
193 Torres Gómez, Artemio Ausente
194 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
195 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
196 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
197 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
198 Vasconcelos Rueda, Antonio Favor
199 Vázquez Martínez, Alberto Favor
200 Vega Corona, Antonio Favor
201 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
202 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
203 Verdín Saldaña, Jaime Favor
204 Victoria Alva, Juan Favor
205 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
206 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
207 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 163
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 44
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Abstención
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Favor
5 Alonso Flores, Lourdes Favor
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Favor
7 Altamirano Toledo, Carlos Favor
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Favor
9 Álvarez Ramón, Silbestre Favor
10 Amaro Corona, Alberto Favor
11 Aragón Castillo, Irene Favor
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Favor
13 Arreola Calderón, Juan Dario Favor
14 Barreiro Pérez, Armando Favor
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Abstención
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Favor
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Ausente
18 Brito González, Modesto Ausente
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Ausente
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Favor
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Favor
23 Chávez García, Higinio Favor
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Favor
25 Contreras Julián, Maricela Abstención
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Favor
27 Cuevas Córdova, Othón Favor
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Favor
29 De la Rosa García, Juan Hugo Favor
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Favor
31 Dehesa Mora, Daniel Favor
32 Del Toro , Mario Enrique Favor
33 Díaz Contreras, Adriana Favor
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Favor
35 Espejel Lazcano, Jaime Favor
36 Fernández Balboa, Mónica Favor
37 Flores Maldonado, César Ausente
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Favor
39 Franco Melgarejo, Rafael Favor
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Favor
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Favor
42 Garzón Contreras, Neftalí Favor
43 González Garza, Javier Favor
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Ausente
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Favor
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Favor
47 Hernández Hernández, Sergio Favor
48 Hernández Manzanares, Javier Ausente
49 Hernández Silva, Benjamín Favor
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Favor
51 Jacques y Medina, José Favor
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Favor
53 Landero López, Pedro Favor
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Favor
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Favor
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Favor
57 López Barriga, Erick Favor
58 López Becerra, Santiago Favor
59 López Rojas, Alberto Favor
60 López Torres, María Soledad Favor
61 Lozano Lozano, Andrés Ausente
62 Luna Munguía, Alma Lilia Favor
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Ausente
64 Márquez Tinoco, Francisco Favor
65 Martínez Hernández, Alejandro Favor
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Favor
67 Martínez Martínez, Francisco Favor
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Favor
69 Martínez Vargas Octavio Favor
70 Matías Alonso, Marcos Ausente
71 Matus Toledo, Holly Favor
72 Mayans Canabal, Fernando Favor
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Favor
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Favor
76 Mendoza Mendoza, Irineo Favor
77 Monreal Ávila, Susana Favor
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Favor
79 Morales Sánchez, Efraín Favor
80 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Favor
81 Narcía Álvarez, Héctor Favor
82 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
83 Navarro Quintero, Miguel Ángel Favor
84 Ojeda Hernández, Concepción Favor
85 Oliva Fragoso, Silvia Favor
86 Orcí Martínez, Juan Adolfo Favor
87 Ortega Martínez, Antonio Quorum
88 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Favor
89 Pacheco Llanes, Ramón Félix Favor
90 Pedraza Chávez, Isidro Favor
91 Pedrozo Castillo, Adrián Abstención
92 Peña Sánchez, Miguel Ángel Favor
93 Pérez Cruz, Raciel Favor
94 Pulido Santiago, Celso David Favor
95 Ramos Becerril, Rafael Plácido Ausente
96 Ramos Castellanos, Martín Favor
97 Rasgado Corsi, Gloria Ausente
98 Ríos Gamboa, Raúl Favor
99 Romero Gutiérrez, Odilón Ausente
100 Ruiz Sánchez, Salvador Favor
101 Saavedra Coronel, José Antonio Ausente
102 San Martín Hernández, Juan Manuel Favor
103 Sánchez Barrios, Carlos Favor
104 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Favor
105 Sánchez Camacho, Alejandro Abstención
106 Sánchez Camacho, David Favor
107 Sánchez Jiménez, Venancio Luis Ausente
108 Sánchez Ramos, Francisco Favor
109 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
110 Santos Arreola, Francisco Javier Ausente
111 Solares Chávez, Miguel Ángel Favor
112 Soriano Sánchez, Rosa Elva Favor
113 Soto Ramos, Faustino Favor
114 Soto Sánchez, Antonio Ausente
115 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Favor
116 Torres Baltazar, María Elena Favor
117 Torres García, Daniel Ausente
118 Trejo Pérez, Pablo Ausente
119 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
120 Vallejo Estevez, Mario Favor
121 Varela López, Víctor Gabriel Favor
122 Velázquez Aguirre, Jesús Evodio Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Favor
124 Villicaña García, Rafael Favor
125 Zavaleta Salgado, Ruth Favor
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Ausente
127 Zepeda Hernández, Martín Favor
Favor: 94
Contra: 0
Abstención: 5
Quorum: 1
Ausentes: 27
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Favor
2 Aguilar , Diego Favor
3 Aguilar Solís, Samuel Ausente
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Favor
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Favor
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Favor
9 Ayala Almeida, Joel Ausente
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Favor
12 Barajas del Toro, Salvador Ausente
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Favor
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Favor
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Favor
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Favor
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Favor
22 Carballo Bustamante, Andrés Favor
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Ausente
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Favor
25 Cerrillo Garnica, José Luis Abstención
26 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
27 Chaurand Arzate, Carlos Ausente
28 Colín Guadarrama, María Mercedes Favor
29 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Favor
30 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
31 Díaz Athié, Antonio de Jesús Favor
32 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Ausente
33 Domínguez Domínguez, Nemesio Favor
34 Duarte Jáquez, César Horacio Favor
35 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
36 Escalante Jasso, Aracely Favor
37 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
38 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
39 Flores Sandoval, Patricio Favor
40 Gamboa Patrón, Emilio Favor
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Ausente
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Favor
43 Gloria Requena, Tomás Ausente
44 Gómez Lugo, Elda Abstención
45 González Calderón, Martha Hilda Ausente
46 González García, Sergio Favor
47 González Salum, Miguel Ángel Favor
48 González Zarur, Mariano Favor
49 Guerrero García, Javier Ausente
50 Guerrero Juárez, Joel Favor
51 Herrera Ale, Juana Leticia Favor
52 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
53 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Favor
54 Lagunes Gallina, Gerardo Favor
55 Lescieur Talavera, Jorge Mario Favor
56 Madrid Tovilla, Areli Ausente
57 Martínez Rodríguez, Lorena Favor
58 Martínez Rocha, Arturo Favor
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Favor
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Mendoza Cortés, Mario Favor
62 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
63 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
64 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
65 Morales García, Elizabeth Favor
66 Mota Hernández, Adolfo Favor
67 Muñoz Serna, Rogelio Favor
68 Murat , José Favor
69 Ochoa González, Arnoldo Ausente
70 Ojeda Camacho, Gilberto Favor
71 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
72 Olivares Ventura, Héctor Hugo Ausente
73 Ordaz Jiménez, Ismael Ausente
74 Orihuela Bárcenas, José Ascención Ausente
75 Orihuela Trejo, José Amado Favor
76 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
77 Ortiz Proal, Mauricio Favor
78 Padilla Gutiérrez, Héctor Favor
79 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
80 Palma César, Víctor Samuel Ausente
81 Parás González, Juan Manuel Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Favor
85 Pinete Vargas, María del Carmen Favor
86 Quiñones Canales, Lourdes Favor
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Ausente
89 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Ausente
90 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
91 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Favor
92 Rojas Gutiérrez, Carlos Favor
93 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
94 Salas López, Ramón Favor
95 Sánchez Hernández, Eduardo Favor
96 Sandoval Paredes, Sergio Favor
97 Serrano Escobar, Enrique Favor
98 Sosa Castelán, Gerardo Favor
99 Toledo Luis, Jorge Favor
100 Valencia de los Santos, Víctor Leopoldo Favor
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Favor
102 Vega Ortiz, María Oralia Favor
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Favor
104 Villa Villa, Isael Favor
105 Villanueva Abraján, Patricia Favor
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 79
Contra: 0
Abstención: 2
Quorum: 0
Ausentes: 25
Total: 106
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Favor
2 Chozas y Chozas, Olga Patricia Favor
3 Cobo Terrazas, Diego Favor
4 Elizondo Garrido, Francisco Favor
5 Estrada González, Faustino Javier Ausente
6 García Noriega, María Guadalupe Josefina Favor
7 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
8 Larregui Nagel, Erika Favor
9 Lavara Mejía, Gloria Ausente
10 López Adame, Antonio Xavier Ausente
11 López Ramírez, Sergio Augusto Favor
12 Notholt Guerrero, Alan Ausente
13 Portilla Diéguez, Manuel Favor
14 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
15 Ramírez Cerda, Ana María Favor
16 Sesma Suárez, Jesús Ausente
17 Velasco Rodríguez, Verónica Favor
Favor: 10
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 17
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Favor
2 Aguilera Rico, José Luis Favor
3 Cárdenas Márquez, Elías Favor
4 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Favor
5 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
6 Del Río Virgen, José Manuel Favor
7 Esteva Salinas, Alberto Favor
8 Godoy Cárdenas, Jorge Favor
9 López Lena Cruz, Humberto Ausente
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Favor
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Ausente
12 Sansores San Román, Layda Elena Favor
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Favor
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Favor
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Favor
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Favor
Favor: 13
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Favor
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Favor
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Favor
5 Garay Ulloa, Silvano Favor
6 Herrera Solís, Anuario Luis Favor
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Favor
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Favor
10 Solís Parga, Rodolfo Favor
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 8
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Favor
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Ausente
3 Castillo Nájera, Ariel Favor
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Favor
7 Luna Becerril, Blanca Favor
8 Luna Rodríguez, Silvia Favor
9 Piñeyro Arias, Irma Favor
Favor: 8
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 9
PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Favor
3 García Méndez, Armando Favor
4 Hernández Valadés, Delio Favor
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Favor
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 5
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castellanos Hernández, Félix Favor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1

Del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (en lo particular los artículos 12 Bis 1 y 12 Bis 6 reservados, con las modificaciones admitidas).

PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Favor
2 Aguilar López, José Alejandro Ausente
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Favor
5 Álvarez Bernal, María Elena Ausente
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Aranda Orozco, Gerardo Favor
8 Arellano Arellano, Joel Favor
9 Arenas Guzmán, Margarita Favor
10 Arizméndi Uribe, Efraín Favor
11 Armendáriz García, Pedro Favor
12 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
13 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
14 Ávila Mayo, Obdulio Favor
15 Barradas Miravete, Gregorio Favor
16 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
17 Bello Pérez, Alfonso Othón Favor
18 Berber Martínez, Antonio Favor
19 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
20 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
21 Borboa Becerra, Omar Antonio Ausente
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Favor
25 Caballero Chávez, Claudia Gabriela Ausente
26 Campos Galván, María Eugenia Ausente
27 Carbajal Méndez, Liliana Favor
28 Carbajal Tejada, Rogelio Favor
29 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
30 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Ausente
31 Castaño Contreras, Cristián Favor
32 Castro de la Rosa, Osiel Favor
33 Castro Muñoz, Juan de Dios Ausente
34 Castro Romero, María Sofia Favor
35 Ceja Romero, Ramón Ausente
36 Chávez García, Daniel Favor
37 Collado Lara, Beatriz Favor
38 Contreras Coeto, José Luis Favor
39 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
40 Cuen Garibi, Marcela Favor
41 Curiel Preciado, Leobardo Favor
42 Dávila Fernández, Adriana Favor
43 Dávila García, Francisco Favor
44 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Favor
45 De León Tello, Jesús Favor
46 Degante Romero, Silvia Emilia Favor
47 Del Toro del Villar, Tomás Ausente
48 Del Valle Toca, Antonio Favor
49 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Favor
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Favor
51 Díaz de León Torres, Leticia Ausente
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Favor
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Enríquez Martínez, Luis Rodolfo Favor
60 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
61 Espinosa Piña, José Luis Ausente
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Favor
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Figueroa Ortega, David Ausente
67 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Ausente
68 Flores Grande, Arturo Favor
69 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
70 Fraile García, Francisco Antonio Favor
71 Franco Cazarez, Ricardo Favor
72 Fuentes Ortiz, José Guillermo Favor
73 García González, Carlos Alberto Favor
74 García Müller, Martha Margarita Favor
75 García Reyes, Ángel Humberto Favor
76 García Reyes, Beatriz Eugenia Favor
77 García Vivián, Raúl Ausente
78 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
79 Gómez Leyva, Silvio Favor
80 González Betancourt, Jorge Justiniano Favor
81 González Martínez, María Gabriela Ausente
82 González Morán, Martín Oscar Favor
83 González Roaro, Benjamín Ernesto Ausente
84 González Ruiz, Felipe Ausente
85 González Sánchez, María Dolores Favor
86 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Favor
87 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Favor
89 Hernández Núñez, Elia Ausente
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Favor
91 Iragorri Durán, Enrique Favor
92 Jiménez del Carrillo, María de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Favor
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Favor
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Favor
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Favor
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Lezama Aradillas, René Favor
104 Limas Frescas, María Soledad Favor
105 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Favor
106 López Cisneros, José Martín Ausente
107 López Reyna, Omeheira Favor
108 López Silva, Rubí Laura Favor
109 Ludlow Kuri, Lorenzo Daniel Ausente
110 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
111 Maawad Robert, Luis Xavier Ausente
112 Macías Zambrano, Gustavo Ausente
113 Madrazo Limón, Carlos Favor
114 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Favor
115 Malagón Ríos, Martín Favor
116 Malcos Amaro, María Ofelia Favor
117 Maldonado González, David Ausente
118 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
119 Martínez Díaz, María de Jesús Favor
120 Martínez Valero, Dora Alicia Favor
121 Medellín Varela, Antonio Favor
122 Medina Macias, Alma Hilda Favor
123 Medina Rodríguez, Delber Ausente
124 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Favor
125 Mejía García, Luis Alonso Favor
126 Méndez Meneses, Apolonio Favor
127 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
128 Minjares Jiménez, José Manuel Ausente
129 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Ausente
130 Mollinedo Hernández, Agustín Favor
131 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Favor
132 Montes Sánchez, Fabián Fernando Ausente
133 Mora Cuevas, Marisol Favor
134 Morales Ramos, José Nicolás Ausente
135 Morelos Borja, María Esperanza Favor
136 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
137 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
138 Muñoz Serrano, José Antonio Favor
139 Murillo Flores, Francisco Javier Favor
140 Murillo Torres, José Luis Favor
141 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
142 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
143 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
144 Ochoa López, Nabor Ausente
145 Olvera Higuera, Edgar Armando Favor
146 Ortega Martínez, María del Pilar Favor
147 Ortiz Hernández, Eduardo Ausente
148 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
149 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
150 Palafox Núñez, José Inés Favor
151 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Favor
152 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Favor
153 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
154 Pérez Cuéllar, Cruz Favor
155 Perroni Merino, Gloria Favor
156 Peyrot Solís, Marco A. Favor
157 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
158 Priego Tapia, Gerardo Favor
159 Pulido Pecero, Pedro Favor
160 Quintero Bello, Jorge Favor
161 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Ausente
162 Ramírez Barba, Ector Jaime Favor
163 Ramírez Pech, Edgar Martín Favor
164 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
165 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Ausente
166 Reyes López, Carlos Armando Favor
167 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
168 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
169 Rivero Rivero, Rolando Favor
170 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
171 Rodríguez Jiménez, Ricardo Ausente
172 Rodríguez Prats, Juan José Favor
173 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
174 Rojas Hernández, Laura Angélica Favor
175 Román Isidoro, Demetrio Ausente
176 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
177 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
178 Rueda Gómez, Francisco Favor
179 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
180 Salas Contreras, Marcos Favor
181 Salazar Madera, Mario Alberto Favor
182 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Ausente
183 Sánchez Domínguez, Alejandro Favor
184 Sánchez Gil, Carlos René Favor
185 Sánchez Juárez, Claudia Ausente
186 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
187 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
188 Serrato Castell, Luis Gerardo Ausente
189 Shej Guzmán Sara Favor
190 Solano Muñoz, José de Jesús Ausente
191 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
192 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
193 Torres Gómez, Artemio Ausente
194 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
195 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
196 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
197 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
198 Vasconcelos Rueda, Antonio Favor
199 Vázquez Martínez, Alberto Favor
200 Vega Corona, Antonio Favor
201 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
202 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
203 Verdín Saldaña, Jaime Favor
204 Victoria Alva, Juan Favor
205 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
206 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
207 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 161
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 46
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Abstención
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Favor
5 Alonso Flores, Lourdes Favor
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Favor
7 Altamirano Toledo, Carlos Ausente
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Favor
9 Álvarez Ramón, Silbestre Favor
10 Amaro Corona, Alberto Favor
11 Aragón Castillo, Irene Favor
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Favor
13 Arreola Calderón, Juan Dario Favor
14 Barreiro Pérez, Armando Favor
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Abstención
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Favor
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Ausente
18 Brito González, Modesto Ausente
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Ausente
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Favor
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Favor
23 Chávez García, Higinio Favor
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Favor
25 Contreras Julián, Maricela Abstención
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Favor
27 Cuevas Córdova, Othón Abstención
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Favor
29 De la Rosa García, Juan Hugo Favor
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Favor
31 Dehesa Mora, Daniel Favor
32 Del Toro , Mario Enrique Favor
33 Díaz Contreras, Adriana Favor
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Favor
35 Espejel Lazcano, Jaime Favor
36 Fernández Balboa, Mónica Favor
37 Flores Maldonado, César Ausente
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Favor
39 Franco Melgarejo, Rafael Favor
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Favor
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Favor
42 Garzón Contreras, Neftalí Favor
43 González Garza, Javier Favor
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Ausente
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Favor
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Favor
47 Hernández Hernández, Sergio Favor
48 Hernández Manzanares, Javier Ausente
49 Hernández Silva, Benjamín Favor
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Favor
51 Jacques y Medina, José Favor
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Favor
53 Landero López, Pedro Favor
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Favor
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Favor
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Favor
57 López Barriga, Erick Favor
58 López Becerra, Santiago Abstención
59 López Rojas, Alberto Favor
60 López Torres, María Soledad Favor
61 Lozano Lozano, Andrés Ausente
62 Luna Munguía, Alma Lilia Favor
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Ausente
64 Márquez Tinoco, Francisco Favor
65 Martínez Hernández, Alejandro Abstención
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Ausente
67 Martínez Martínez, Francisco Favor
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Favor
69 Martínez Vargas Octavio Favor
70 Matías Alonso, Marcos Ausente
71 Matus Toledo, Holly Favor
72 Mayans Canabal, Fernando Abstención
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Favor
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Favor
76 Mendoza Mendoza, Irineo Favor
77 Monreal Ávila, Susana Favor
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Ausente
79 Morales Sánchez, Efraín Favor
80 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Favor
81 Narcía Álvarez, Héctor Favor
82 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
83 Navarro Quintero, Miguel Ángel Favor
84 Ojeda Hernández, Concepción Favor
85 Oliva Fragoso, Silvia Favor
86 Orcí Martínez, Juan Adolfo Favor
87 Ortega Martínez, Antonio Ausente
88 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Ausente
89 Pacheco Llanes, Ramón Félix Ausente
90 Pedraza Chávez, Isidro Contra
91 Pedrozo Castillo, Adrián Abstención
92 Peña Sánchez, Miguel Ángel Favor
93 Pérez Cruz, Raciel Favor
94 Pulido Santiago, Celso David Favor
95 Ramos Becerril, Rafael Plácido Favor
96 Ramos Castellanos, Martín Favor
97 Rasgado Corsi, Gloria Favor
98 Ríos Gamboa, Raúl Favor
99 Romero Gutiérrez, Odilón Ausente
100 Ruiz Sánchez, Salvador Favor
101 Saavedra Coronel, José Antonio Ausente
102 San Martín Hernández, Juan Manuel Ausente
103 Sánchez Barrios, Carlos Favor
104 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Favor
105 Sánchez Camacho, Alejandro Abstención
106 Sánchez Camacho, David Favor
107 Sánchez Jiménez, Venancio Luis Favor
108 Sánchez Ramos, Francisco Favor
109 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
110 Santos Arreola, Francisco Javier Ausente
111 Solares Chávez, Miguel Ángel Ausente
112 Soriano Sánchez, Rosa Elva Favor
113 Soto Ramos, Faustino Favor
114 Soto Sánchez, Antonio Ausente
115 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Favor
116 Torres Baltazar, María Elena Favor
117 Torres García, Daniel Ausente
118 Trejo Pérez, Pablo Ausente
119 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
120 Vallejo Estevez, Mario Favor
121 Varela López, Víctor Gabriel Favor
122 Velázquez Aguirre, Jesús Evodio Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Favor
124 Villicaña García, Rafael Favor
125 Zavaleta Salgado, Ruth Favor
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Ausente
127 Zepeda Hernández, Martín Favor
Favor: 85
Contra: 1
Abstención: 9
Quorum: 0
Ausentes: 32
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Ausente
2 Aguilar , Diego Favor
3 Aguilar Solís, Samuel Favor
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Favor
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Ausente
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Favor
9 Ayala Almeida, Joel Ausente
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Favor
12 Barajas del Toro, Salvador Favor
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Ausente
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Ausente
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Favor
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Ausente
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Favor
22 Carballo Bustamante, Andrés Favor
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Ausente
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Ausente
25 Cerrillo Garnica, José Luis Favor
26 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
27 Chaurand Arzate, Carlos Ausente
28 Colín Guadarrama, María Mercedes Ausente
29 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Favor
30 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
31 Díaz Athié, Antonio de Jesús Favor
32 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Ausente
33 Domínguez Domínguez, Nemesio Ausente
34 Duarte Jáquez, César Horacio Favor
35 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
36 Escalante Jasso, Aracely Favor
37 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
38 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
39 Flores Sandoval, Patricio Favor
40 Gamboa Patrón, Emilio Favor
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Ausente
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Favor
43 Gloria Requena, Tomás Ausente
44 Gómez Lugo, Elda Favor
45 González Calderón, Martha Hilda Ausente
46 González García, Sergio Favor
47 González Salum, Miguel Ángel Favor
48 González Zarur, Mariano Ausente
49 Guerrero García, Javier Ausente
50 Guerrero Juárez, Joel Favor
51 Herrera Ale, Juana Leticia Favor
52 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
53 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Favor
54 Lagunes Gallina, Gerardo Favor
55 Lescieur Talavera, Jorge Mario Ausente
56 Madrid Tovilla, Areli Ausente
57 Martínez Rodríguez, Lorena Favor
58 Martínez Rocha, Arturo Favor
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Ausente
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Mendoza Cortés, Mario Favor
62 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
63 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
64 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
65 Morales García, Elizabeth Favor
66 Mota Hernández, Adolfo Favor
67 Muñoz Serna, Rogelio Ausente
68 Murat , José Favor
69 Ochoa González, Arnoldo Ausente
70 Ojeda Camacho, Gilberto Favor
71 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
72 Olivares Ventura, Héctor Hugo Ausente
73 Ordaz Jiménez, Ismael Ausente
74 Orihuela Bárcenas, José Ascención Ausente
75 Orihuela Trejo, José Amado Favor
76 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
77 Ortiz Proal, Mauricio Favor
78 Padilla Gutiérrez, Héctor Favor
79 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
80 Palma César, Víctor Samuel Ausente
81 Parás González, Juan Manuel Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Favor
85 Pinete Vargas, María del Carmen Favor
86 Quiñones Canales, Lourdes Favor
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Favor
89 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Ausente
90 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
91 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Favor
92 Rojas Gutiérrez, Carlos Ausente
93 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
94 Salas López, Ramón Favor
95 Sánchez Hernández, Eduardo Favor
96 Sandoval Paredes, Sergio Favor
97 Serrano Escobar, Enrique Ausente
98 Sosa Castelán, Gerardo Favor
99 Toledo Luis, Jorge Favor
100 Valencia de los Santos, Víctor Leopoldo Favor
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Favor
102 Vega Ortiz, María Oralia Favor
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Favor
104 Villa Villa, Isael Favor
105 Villanueva Abraján, Patricia Favor
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 70
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 36
Total: 106
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Ausente
2 Chozas y Chozas, Olga Patricia Favor
3 Cobo Terrazas, Diego Favor
4 Elizondo Garrido, Francisco Favor
5 Estrada González, Faustino Javier Ausente
6 García Noriega, María Guadalupe Josefina Favor
7 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
8 Larregui Nagel, Erika Favor
9 Lavara Mejía, Gloria Ausente
10 López Adame, Antonio Xavier Favor
11 López Ramírez, Sergio Augusto Favor
12 Notholt Guerrero, Alan Ausente
13 Portilla Diéguez, Manuel Favor
14 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
15 Ramírez Cerda, Ana María Favor
16 Sesma Suárez, Jesús Ausente
17 Velasco Rodríguez, Verónica Favor
Favor: 10
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 17
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Favor
2 Aguilera Rico, José Luis Contra
3 Cárdenas Márquez, Elías Ausente
4 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Favor
5 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
6 Del Río Virgen, José Manuel Favor
7 Esteva Salinas, Alberto Ausente
8 Godoy Cárdenas, Jorge Favor
9 López Lena Cruz, Humberto Ausente
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Favor
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Ausente
12 Sansores San Román, Layda Elena Favor
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Favor
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Favor
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Favor
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Favor
Favor: 10
Contra: 1
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 6
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Favor
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Favor
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Favor
5 Garay Ulloa, Silvano Favor
6 Herrera Solís, Anuario Luis Ausente
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Favor
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Favor
10 Solís Parga, Rodolfo Favor
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Favor
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Favor
3 Castillo Nájera, Ariel Favor
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Ausente
7 Luna Becerril, Blanca Favor
8 Luna Rodríguez, Silvia Favor
9 Piñeyro Arias, Irma Ausente
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 9
PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Favor
3 García Méndez, Armando Favor
4 Hernández Valadés, Delio Favor
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Favor
Favor: 4
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 5
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castellanos Hernández, Félix Favor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1

Del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales (en lo particular el artículo 9, fracción 44, reservado, en sus términos).

PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Acosta Dávila, Constantino Favor
2 Aguilar López, José Alejandro Ausente
3 Alcalde Virgen, Moisés Ausente
4 Alcaraz Hernández, Alma Edwviges Ausente
5 Álvarez Bernal, María Elena Ausente
6 Amezola Fonceca, Gerardo Favor
7 Aranda Orozco, Gerardo Favor
8 Arellano Arellano, Joel Favor
9 Arenas Guzmán, Margarita Favor
10 Arizméndi Uribe, Efraín Favor
11 Armendáriz García, Pedro Favor
12 Arredondo Ibarra, Salvador Favor
13 Arredondo Velázquez, Jesús Favor
14 Ávila Mayo, Obdulio Favor
15 Barradas Miravete, Gregorio Favor
16 Barrios Rodríguez, Juan Enrique Favor
17 Bello Pérez, Alfonso Othón Favor
18 Berber Martínez, Antonio Favor
19 Bermúdez Viramontes, Andrés Ausente
20 Bolaños Aguilar, Edmundo Javier Favor
21 Borboa Becerra, Omar Antonio Ausente
22 Borrego Estrada, Felipe Favor
23 Bracho González, Carlos Augusto Favor
24 Buganza Salmerón, Gerardo Favor
25 Caballero Chávez, Claudia Gabriela Ausente
26 Campos Galván, María Eugenia Ausente
27 Carbajal Méndez, Liliana Favor
28 Carbajal Tejada, Rogelio Favor
29 Cárdenas Sánchez, Esmeralda Favor
30 Carrasco Altamirano, Diódoro Humberto Ausente
31 Castaño Contreras, Cristián Favor
32 Castro de la Rosa, Osiel Favor
33 Castro Muñoz, Juan de Dios Ausente
34 Castro Romero, María Sofia Favor
35 Ceja Romero, Ramón Ausente
36 Chávez García, Daniel Favor
37 Collado Lara, Beatriz Favor
38 Contreras Coeto, José Luis Favor
39 Corral Aguilar, María Mercedes Favor
40 Cuen Garibi, Marcela Favor
41 Curiel Preciado, Leobardo Favor
42 Dávila Fernández, Adriana Favor
43 Dávila García, Francisco Favor
44 De la Torre Jaramillo, Eduardo Sergio Favor
45 De León Tello, Jesús Favor
46 Degante Romero, Silvia Emilia Favor
47 Del Toro del Villar, Tomás Ausente
48 Del Valle Toca, Antonio Abstención
49 Delgado Oscoy, Alejandro Enrique Favor
50 Deschamps Falcón, Ángel Rafael Ausente
51 Díaz de León Torres, Leticia Ausente
52 Díaz García, José Antonio Favor
53 Díaz Garibay, Felipe Favor
54 Díaz Gordillo, Martha Cecilia Favor
55 Díaz Mena, Joaquín Jesús Favor
56 Domínguez Servién, Francisco Favor
57 Duck Núñez, Edgar Mauricio Ausente
58 Enríquez Flores, Armando Favor
59 Enríquez Martínez, Luis Rodolfo Ausente
60 Escaroz Soler, Gerardo Antonio Favor
61 Espinosa Piña, José Luis Ausente
62 Félix Holguín, Armando Jesús Favor
63 Felton González, Carlos Eduardo Ausente
64 Fernández Cabrera, Adrián Favor
65 Fernández Ugarte, Carmen Favor
66 Figueroa Ortega, David Ausente
67 Flores Domínguez, Emilio Ramón Ramiro Favor
68 Flores Grande, Arturo Favor
69 Flores Morfín, Jesús Vicente Favor
70 Fraile García, Francisco Antonio Favor
71 Franco Cazarez, Ricardo Favor
72 Fuentes Ortiz, José Guillermo Favor
73 García González, Carlos Alberto Favor
74 García Müller, Martha Margarita Favor
75 García Reyes, Ángel Humberto Favor
76 García Reyes, Beatriz Eugenia Favor
77 García Vivián, Raúl Ausente
78 Garmendia Hernández, Yolanda Mercedes Favor
79 Gómez Leyva, Silvio Favor
80 González Betancourt, Jorge Justiniano Favor
81 González Martínez, María Gabriela Ausente
82 González Morán, Martín Oscar Favor
83 González Roaro, Benjamín Ernesto Favor
84 González Ruiz, Felipe Ausente
85 González Sánchez, María Dolores Favor
86 Gudiño Ortiz, Francisco Javier Favor
87 Guerrero Torres, José Gildardo Favor
88 Gutiérrez Lagunes, María Victoria Favor
89 Hernández Núñez, Elia Ausente
90 Hurtado Pérez, Nelly Asunción Favor
91 Iragorri Durán, Enrique Favor
92 Jiménez del Carrillo, María de los Ángeles Favor
93 Jiménez Ramos, María Esther Favor
94 Joaquín Coldwell, Addy Cecilia Favor
95 Lagunes Viveros, Violeta del Pilar Favor
96 Landero Gutiérrez, Alejandro Favor
97 Landeros González, Ramón Favor
98 Lara Compeán, David Favor
99 Larios Córdova, Héctor Favor
100 Laviada Hernández, Íñigo Antonio Favor
101 Lemus Muñoz Ledo, Ramón Ignacio Favor
102 Leura González, Agustín Favor
103 Lezama Aradillas, René Favor
104 Limas Frescas, María Soledad Favor
105 Lizaola de la Torre, Alonso Manuel Favor
106 López Cisneros, José Martín Ausente
107 López Reyna, Omeheira Favor
108 López Silva, Rubí Laura Favor
109 Ludlow Kuri, Lorenzo Daniel Ausente
110 Lujano Nicolás, Christian Martín Favor
111 Maawad Robert, Luis Xavier Ausente
112 Macías Zambrano, Gustavo Ausente
113 Madrazo Limón, Carlos Favor
114 Magallón Arceo, Leonardo Melesio de Jesús Favor
115 Malagón Ríos, Martín Favor
116 Malcos Amaro, María Ofelia Favor
117 Maldonado González, David Ausente
118 Manuell-Gómez Angulo, Dolores de María Favor
119 Martínez Díaz, María de Jesús Favor
120 Martínez Valero, Dora Alicia Ausente
121 Medellín Varela, Antonio Favor
122 Medina Macias, Alma Hilda Favor
123 Medina Rodríguez, Delber Ausente
124 Medina Rodríguez, Lizbeth Evelia Favor
125 Mejía García, Luis Alonso Favor
126 Méndez Meneses, Apolonio Favor
127 Mendoza Morales, Lucía Susana Favor
128 Minjares Jiménez, José Manuel Ausente
129 Mohamar Dainitin, Oscar Miguel Ausente
130 Mollinedo Hernández, Agustín Favor
131 Monraz Ibarra, Miguel Ángel Favor
132 Montes Sánchez, Fabián Fernando Ausente
133 Mora Cuevas, Marisol Favor
134 Morales Ramos, José Nicolás Ausente
135 Morelos Borja, María Esperanza Favor
136 Moreno Álvarez, Mario Eduardo Favor
137 Morgan Franco, Rocío del Carmen Favor
138 Muñoz Serrano, José Antonio Favor
139 Murillo Flores, Francisco Javier Favor
140 Murillo Torres, José Luis Favor
141 Navarro Sugich, Carlos Alberto Favor
142 Nordhausen González, Jorge Rubén Favor
143 Noriega Blanco Vigil, María Elena de las Nieves Favor
144 Ochoa López, Nabor Ausente
145 Olvera Higuera, Edgar Armando Favor
146 Ortega Martínez, María del Pilar Ausente
147 Ortiz Hernández, Eduardo Favor
148 Oviedo Oviedo, Ernesto Favor
149 Padilla Orozco, Raúl Alejandro Ausente
150 Palafox Núñez, José Inés Favor
151 Paredes Rodríguez, Francisco Javier Favor
152 Parra Jiménez, Dolores María del Carmen Favor
153 Parra Noriega, Luis Gustavo Favor
154 Pérez Cuéllar, Cruz Favor
155 Perroni Merino, Gloria Favor
156 Peyrot Solís, Marco A. Favor
157 Plascencia Alonso, Francisco Javier Favor
158 Priego Tapia, Gerardo Favor
159 Pulido Pecero, Pedro Favor
160 Quintero Bello, Jorge Favor
161 Rodríguez Vizcarra Velázquez, Adriana Ausente
162 Ramírez Barba, Ector Jaime Favor
163 Ramírez Pech, Edgar Martín Favor
164 Ramírez Villarreal, Gustavo Favor
165 Ramos Covarrubias, Héctor Manuel Favor
166 Reyes López, Carlos Armando Favor
167 Rincón Vargas, Mirna Cecilia Favor
168 Rivera Rivera, José Guadalupe Favor
169 Rivero Rivero, Rolando Favor
170 Rodríguez Ahumada, Luis Fernando Favor
171 Rodríguez Jiménez, Ricardo Ausente
172 Rodríguez Prats, Juan José Favor
173 Rodríguez Uresti, Enrique Favor
174 Rojas Hernández, Laura Angélica Favor
175 Román Isidoro, Demetrio Ausente
176 Romo Jiménez, Martha Angélica Ausente
177 Rubio Chávez, José Ignacio Alberto Favor
178 Rueda Gómez, Francisco Favor
179 Ruiz Velasco de Lira, Ernesto Favor
180 Salas Contreras, Marcos Ausente
181 Salazar Madera, Mario Alberto Favor
182 Salum del Palacio, Jorge Alejandro Ausente
183 Sánchez Domínguez, Alejandro Favor
184 Sánchez Gil, Carlos René Favor
185 Sánchez Juárez, Claudia Ausente
186 Sánchez Trujillo, José Víctor Favor
187 Sandoval Munguia, Juan Manuel Favor
188 Serrato Castell, Luis Gerardo Ausente
189 Shej Guzmán Sara Favor
190 Solano Muñoz, José de Jesús Ausente
191 Stefanonni Mazzocco, Martín Favor
192 Tamayo Herrera, Yadhira Yvette Favor
193 Torres Gómez, Artemio Ausente
194 Torres Herrera, Víctor Manuel Favor
195 Torres Torres, Carlos Alberto Favor
196 Valenzuela García, María Gloria Guadalupe Favor
197 Valladolid Rodríguez, Antonio Favor
198 Vasconcelos Rueda, Antonio Favor
199 Vázquez Martínez, Alberto Ausente
200 Vega Corona, Antonio Favor
201 Velázquez Gutiérrez, José Guillermo Favor
202 Verástegui Ostos, César Augusto Ausente
203 Verdín Saldaña, Jaime Favor
204 Victoria Alva, Juan Contra
205 Vieyra Olivares, Adriana Rebeca Favor
206 Villanueva Arjona, Juan Manuel Favor
207 Zambrano Elizondo, Javier Martín Favor
Favor: 156
Contra: 1
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 49
Total: 207
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Aguirre Alcaide, Víctor Ausente
2 Alavez Ruiz, Aleida Contra
3 Almazán González, José Antonio Ausente
4 Almonte Borja, Ramón Contra
5 Alonso Flores, Lourdes Contra
6 Alonso Razo, Humberto Wifredo Contra
7 Altamirano Toledo, Carlos Contra
8 Alva Olvera, Maribel Luisa Abstención
9 Álvarez Ramón, Silbestre Contra
10 Amaro Corona, Alberto Contra
11 Aragón Castillo, Irene Contra
12 Arellano Pulido, Miguel Ángel Contra
13 Arreola Calderón, Juan Dario Contra
14 Barreiro Pérez, Armando Contra
15 Batres Guadarrama, Valentina Valia Contra
16 Bautista Bravo, Alliet Mariana Contra
17 Bravo Padilla, Itzcóatl Tonatiuh Ausente
18 Brito González, Modesto Ausente
19 Calzada Vázquez, Francisco Javier Ausente
20 Campos Aburto, Amador Ausente
21 Cárdenas Hernández, Raymundo Ausente
22 Cervantes Rodríguez, Aurora Ausente
23 Chávez García, Higinio Contra
24 Condado Escamilla, Cuitlahuac Contra
25 Contreras Julián, Maricela Contra
26 Cruz Santiago, Claudia Lilia Ausente
27 Cuevas Córdova, Othón Contra
28 Dagdug Lützow, Moisés Félix Contra
29 De la Rosa García, Juan Hugo Contra
30 De los Santos Molina, Joaquín Conrado Contra
31 Dehesa Mora, Daniel Contra
32 Del Toro , Mario Enrique Contra
33 Díaz Contreras, Adriana Contra
34 Escandón Cadenas, Rutilio Cruz Contra
35 Espejel Lazcano, Jaime Contra
36 Fernández Balboa, Mónica Contra
37 Flores Maldonado, César Ausente
38 Flores Salazar, Guadalupe Socorro Contra
39 Franco Melgarejo, Rafael Contra
40 Gálvez Rodríguez, Fernel Arturo Contra
41 García Rodríguez, Víctor Hugo Contra
42 Garzón Contreras, Neftalí Contra
43 González Garza, Javier Contra
44 Guerra Ochoa, Juan Nicasio Ausente
45 Gutiérrez Calzadilla, José Luis Contra
46 Hernández Gaytán, Daisy Selene Contra
47 Hernández Hernández, Sergio Contra
48 Hernández Manzanares, Javier Ausente
49 Hernández Silva, Benjamín Contra
50 Ibarra Franquez, Sonia Nohelia Ausente
51 Jacques y Medina, José Contra
52 Jiménez Valenzuela, María Eugenia Contra
53 Landero López, Pedro Contra
54 Lemarroy Martínez, Juan Dario Contra
55 Leyva Piñón, Ana Yurixi Contra
56 Lizárraga Peraza, Víctor Manuel Contra
57 López Barriga, Erick Contra
58 López Becerra, Santiago Contra
59 López Rojas, Alberto Contra
60 López Torres, María Soledad Contra
61 Lozano Lozano, Andrés Ausente
62 Luna Munguía, Alma Lilia Contra
63 Márquez Madrid, Camerino Eleazar Ausente
64 Márquez Tinoco, Francisco Contra
65 Martínez Hernández, Alejandro Contra
66 Martínez Martínez, Carlos Roberto Contra
67 Martínez Martínez, Francisco Contra
68 Martínez Padilla, Hugo Eduardo Contra
69 Martínez Vargas Octavio Contra
70 Matías Alonso, Marcos Ausente
71 Matus Toledo, Holly Contra
72 Mayans Canabal, Fernando Contra
73 Mendoza Arellano, David Ausente
74 Mendoza Flores, Roberto Contra
75 Mendoza Maldonado, Fausto Fluvio Contra
76 Mendoza Mendoza, Irineo Contra
77 Monreal Ávila, Susana Contra
78 Montalvo Rojas, Victorio Rubén Ausente
79 Morales Sánchez, Efraín Contra
80 Morales Vázquez, Carlos Orsoe Contra
81 Narcía Álvarez, Héctor Contra
82 Navarro López, Carlos Ernesto Ausente
83 Navarro Quintero, Miguel Ángel Contra
84 Ojeda Hernández, Concepción Contra
85 Oliva Fragoso, Silvia Favor
86 Orcí Martínez, Juan Adolfo Contra
87 Ortega Martínez, Antonio Ausente
88 Ortiz Magallón, Rosario Ignacia Contra
89 Pacheco Llanes, Ramón Félix Ausente
90 Pedraza Chávez, Isidro Contra
91 Pedrozo Castillo, Adrián Contra
92 Peña Sánchez, Miguel Ángel Contra
93 Pérez Cruz, Raciel Contra
94 Pulido Santiago, Celso David Contra
95 Ramos Becerril, Rafael Plácido Contra
96 Ramos Castellanos, Martín Contra
97 Rasgado Corsi, Gloria Contra
98 Ríos Gamboa, Raúl Contra
99 Romero Gutiérrez, Odilón Ausente
100 Ruiz Sánchez, Salvador Contra
101 Saavedra Coronel, José Antonio Ausente
102 San Martín Hernández, Juan Manuel Ausente
103 Sánchez Barrios, Carlos Contra
104 Sánchez Cabrales, Rafael Elías Contra
105 Sánchez Camacho, Alejandro Contra
106 Sánchez Camacho, David Contra
107 Sánchez Jiménez, Venancio Luis Contra
108 Sánchez Ramos, Francisco Contra
109 Sandoval Ramírez, Cuauhtémoc Ausente
110 Santos Arreola, Francisco Javier Ausente
111 Solares Chávez, Miguel Ángel Ausente
112 Soriano Sánchez, Rosa Elva Contra
113 Soto Ramos, Faustino Contra
114 Soto Sánchez, Antonio Ausente
115 Suárez del Real y Aguilera, José Alfonso Contra
116 Torres Baltazar, María Elena Contra
117 Torres García, Daniel Ausente
118 Trejo Pérez, Pablo Ausente
119 Ulloa Pérez, Emilio Ausente
120 Vallejo Estevez, Mario Contra
121 Varela López, Víctor Gabriel Contra
122 Velázquez Aguirre, Jesús Evodio Ausente
123 Villanueva Albarrán, Gerardo Contra
124 Villicaña García, Rafael Contra
125 Zavaleta Salgado, Ruth Contra
126 Zazueta Aguilar, Jesús Humberto Ausente
127 Zepeda Hernández, Martín Contra
Favor: 1
Contra: 92
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 33
Total: 127
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, Yerico Ausente
2 Aguilar , Diego Favor
3 Aguilar Solís, Samuel Favor
4 Aispuro Torres, José Rosas Ausente
5 Alcántara Núñez, Jesús Sergio Favor
6 Aldana Prieto, Luis Ricardo Ausente
7 Amador Gaxiola, Daniel Favor
8 Amador Leal, Narcizo Alberto Quorum
9 Ayala Almeida, Joel Ausente
10 Badillo Martínez, Roberto Favor
11 Barajas López, Ramón Favor
12 Barajas del Toro, Salvador Favor
13 Barba Hernández, Alfredo Favor
14 Beltrán Montes, Israel Ausente
15 Benítez Ojeda, Luis Enrique Ausente
16 Bernal Gutiérrez, Andrés Marco Antonio Ausente
17 Biebrich Torres, Carlos Armando Ausente
18 Blanco Pajón, José Luis Favor
19 Caballero Camargo, Gustavo Fernando Favor
20 Camacho Quiroz, César Octavio Ausente
21 Canavati Tafich, Jesús Ricardo Favor
22 Carballo Bustamante, Andrés Favor
23 Cárdenas del Avellano, Enrique Ausente
24 Cárdenas Monroy, Oscar Gustavo Ausente
25 Cerrillo Garnica, José Luis Favor
26 Cervantes Andrade, Raúl Ausente
27 Chaurand Arzate, Carlos Ausente
28 Colín Guadarrama, María Mercedes Ausente
29 Cordero Alfonzo, Arnulfo Elías Favor
30 De la Garza Treviño, Jorge Luis Favor
31 Díaz Athié, Antonio de Jesús Favor
32 Díaz Solorzano, Elmar Darinel Ausente
33 Domínguez Domínguez, Nemesio Ausente
34 Duarte Jáquez, César Horacio Favor
35 Escajeda Jiménez, José Rubén Favor
36 Escalante Jasso, Aracely Favor
37 Espinosa Abuxapqui, Eduardo Elías Favor
38 Estefan Chidiac, Charbel Jorge Ausente
39 Flores Sandoval, Patricio Favor
40 Gamboa Patrón, Emilio Favor
41 Garza Garza, Horacio Emigdio Favor
42 Gebhardt Garduza, Yary del Carmen Favor
43 Gloria Requena, Tomás Ausente
44 Gómez Lugo, Elda Favor
45 González Calderón, Martha Hilda Ausente
46 González García, Sergio Favor
47 González Salum, Miguel Ángel Favor
48 González Zarur, Mariano Ausente
49 Guerrero García, Javier Ausente
50 Guerrero Juárez, Joel Favor
51 Herrera Ale, Juana Leticia Favor
52 Herrera Coyac, Wenceslao Favor
53 Izquierdo Bustamante, Alfonso Rolando Favor
54 Lagunes Gallina, Gerardo Favor
55 Lescieur Talavera, Jorge Mario Ausente
56 Madrid Tovilla, Areli Ausente
57 Martínez Rodríguez, Lorena Favor
58 Martínez Rocha, Arturo Favor
59 Méndez Lanz, Víctor Manuel Ausente
60 Mendívil Amparám, Gustavo Ildefonso Favor
61 Mendoza Cortés, Mario Favor
62 Merodio Reza, Lilia Guadalupe Ausente
63 Moctezuma Pereda, Fernando Quetzalcoatl Favor
64 Montalvo Gómez, Pedro Ausente
65 Morales García, Elizabeth Favor
66 Mota Hernández, Adolfo Favor
67 Muñoz Serna, Rogelio Favor
68 Murat , José Ausente
69 Ochoa González, Arnoldo Ausente
70 Ojeda Camacho, Gilberto Favor
71 Olivares Monterrubio, Alejandro Favor
72 Olivares Ventura, Héctor Hugo Ausente
73 Ordaz Jiménez, Ismael Ausente
74 Orihuela Bárcenas, José Ascención Ausente
75 Orihuela Trejo, José Amado Favor
76 Ortiz del Carpio, Víctor Favor
77 Ortiz Proal, Mauricio Favor
78 Padilla Gutiérrez, Héctor Favor
79 Pagés Llergo Rebollar, María Beatriz Favor
80 Palma César, Víctor Samuel Ausente
81 Parás González, Juan Manuel Favor
82 Patrón Montalvo, Jesús Manuel Favor
83 Peñuelas Acuña, Mayra Gisela Favor
84 Pérez Valdés, Daniel Favor
85 Pinete Vargas, María del Carmen Favor
86 Quiñones Canales, Lourdes Favor
87 Ramírez Martínez, José Edmundo Favor
88 Ramírez Stabros, Jesús Ausente
89 Ríos Camarena, Alfredo Adolfo Ausente
90 Rivera Bedoya, Juan Francisco Favor
91 Rodríguez Ramírez, Bertha Yolanda Favor
92 Rojas Gutiérrez, Carlos Ausente
93 Ruiz Chávez, Sara Latife Favor
94 Salas López, Ramón Favor
95 Sánchez Hernández, Eduardo Ausente
96 Sandoval Paredes, Sergio Favor
97 Serrano Escobar, Enrique Ausente
98 Sosa Castelán, Gerardo Ausente
99 Toledo Luis, Jorge Favor
100 Valencia de los Santos, Víctor Leopoldo Favor
101 Vargas Landeros, Gerardo Octavio Favor
102 Vega Ortiz, María Oralia Favor
103 Velasco Pérez, Juan Carlos Favor
104 Villa Villa, Isael Favor
105 Villanueva Abraján, Patricia Favor
106 Zatarain González, Carlos Ernesto Favor
Favor: 67
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 1
Ausentes: 38
Total: 106
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Arévalo González, José Antonio Ausente
2 Chozas y Chozas, Olga Patricia Contra
3 Cobo Terrazas, Diego Contra
4 Elizondo Garrido, Francisco Contra
5 Estrada González, Faustino Javier Ausente
6 García Noriega, María Guadalupe Josefina Contra
7 González Martínez, Jorge Emilio Ausente
8 Larregui Nagel, Erika Contra
9 Lavara Mejía, Gloria Ausente
10 López Adame, Antonio Xavier Contra
11 López Ramírez, Sergio Augusto Contra
12 Notholt Guerrero, Alan Ausente
13 Portilla Diéguez, Manuel Contra
14 Puente Salas, Carlos Alberto Ausente
15 Ramírez Cerda, Ana María Contra
16 Sesma Suárez, Jesús Ausente
17 Velasco Rodríguez, Verónica Ausente
Favor: 0
Contra: 9
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 17
CONVERGENCIA
1 Abad de Jesús, Juan Favor
2 Aguilera Rico, José Luis Favor
3 Cárdenas Márquez, Elías Contra
4 Castillo Romero, Patricia Obdulia de Jesús Favor
5 Chanona Burguete, Alejandro Ausente
6 Del Río Virgen, José Manuel Favor
7 Esteva Salinas, Alberto Ausente
8 Godoy Cárdenas, Jorge Favor
9 López Lena Cruz, Humberto Ausente
10 Salvatori Bronca, María del Carmen Contra
11 Samperio Montaño, Juan Ignacio Ausente
12 Sansores San Román, Layda Elena Contra
13 Tagle Martínez, Martha Angélica Contra
14 Uscanga Cruz, Robinson Ausente
15 Valdés Chávez, Ramón Ausente
16 Varela Lagunas, Tomás José Luis Favor
17 Velasco Oliva, Jesús Cuauhtémoc Ausente
Favor: 6
Contra: 4
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 17
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Jiménez, Rubén Contra
2 Arreola Ortega, Pablo Leopoldo Contra
3 Cantú Garza, Ricardo Ausente
4 Cervantes Rivera, Jaime Contra
5 Garay Ulloa, Silvano Contra
6 Herrera Solís, Anuario Luis Contra
7 Maciel Ortiz, María Mercedez Ausente
8 Peregrino García, Abundio Contra
9 Romero Guzmán, Rosa Elia Contra
10 Solís Parga, Rodolfo Contra
11 Vela González, Joaquín Humberto Ausente
Favor: 0
Contra: 8
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 11
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Arriola Gordillo, Mónica Favor
2 Cárdenas Fonseca, Manuel Favor
3 Castillo Nájera, Ariel Favor
4 Dávila Esquivel, Humberto Favor
5 Gómez Pasillas, Jacinto Favor
6 Jiménez Godínez, Miguel Ángel Ausente
7 Luna Becerril, Blanca Favor
8 Luna Rodríguez, Silvia Favor
9 Piñeyro Arias, Irma Ausente
Favor: 7
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 9
PARTIDO ALTERNATIVA SOCIAL
1 Arvizu Rivas, Aida Marina Ausente
2 Conde Rodríguez, Elsa de Guadalupe Contra
3 García Méndez, Armando Favor
4 Hernández Valadés, Delio Favor
5 Pedro Cortés, Santiago Gustavo Favor
Favor: 3
Contra: 1
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 5
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castellanos Hernández, Félix Favor
Favor: 1
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 0
Total: 1


* SUBSIDIOS DEL GOBIERNO FEDERAL, EN MATERIA DE VIVIENDA Y DE SUELO PARA LOS HOGARES EN SITUACION DE POBREZA Y ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Gobernación.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Se recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el oficio número 529-II-DGLCFP, firmado por la ciudadana Guadalupe Araceli García Martínez, directora general de Legislación y Consulta Fiscal y Presupuestaria de esa dependencia, mediante el cual solicita se les haga llegar copia del oficio número 100.- 278 suscrito por la ciudadana Beatriz Zavala Peniche, secretaria de Desarrollo Social, y los anexos que en él se mencionan.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
México, DF, a 8 de septiembre de 2007.--- Armando Salinas Torre (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Licenciado Armando Salinas Torre, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.--- Presente.

Hago referencia al paquete económico para 2008, el cual, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se deberá presentar ante la Cámara de Diputados a más tardar el 8 de septiembre del año en curso.

Al respecto, adjunto al presente, me permito enviarle el original de los documentos elaborados por la Secretaría de Desarrollo Social que a continuación se señalan, mismos que en términos de lo dispuesto por los artículos 61 de la Ley de Vivienda, 30 de la Ley General de Desarrollo Social y 29 del Reglamento de este último ordenamiento, deberán ser entregados a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de manera conjunta con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

• Estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza.• Zonas de atención prioritaria.

Lo anterior, a efecto de que conforme a lo dispuesto en el artículo 27, fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por su amable conducto se haga entrega de los citados documentos a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
México, Distrito Federal, a 5 de septiembre de 2007.--- Guadalupe Araceli García Martínez (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Desarrollo Social.

Doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens, Secretario de Hacienda y Crédito Público.--- Presente

Hago referencia al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 que, en términos del artículo 74, fracción IV de la Constitución, será presentado próximamente por el titular del Ejecutivo federal a la consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Sobre el particular, con fundamento en lo que establecen los artículos 61 de la Ley de Vivienda; 30 de la Ley General de Desarrollo Social y 29 de su Reglamento, esta secretaría tiene la obligación de elaborar los documentos que a continuación se detallan a efecto de que sean presentados a la consideración de la Cámara de Diputados, de manera conjunta con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal.

Con base en lo anteriormente expuesto, por este conducto remito a usted los documentos que a continuación se indican:

• Nota metodológica sobre la determinación de las Zonas de Atención Prioritaria 2008.• Listado de las Zonas de Atención Prioritaria 2008.• Propuesta de declaratoria de las Zonas de Atención. Prioritaria 2008.• Estimación sobre el monto de recursos federales requeridos para cumplimentar la política de subsidios del gobierno federal, en materia de vivienda y de suelo para los hogares en situación de pobreza.

Lo anterior, a fin de solicitarle atentamente que se realicen las gestiones correspondientes para que los referidos documentos sean presentados a la Cámara de Diputados, a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones anteriormente citadas.

Hago propicio este medio para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
México, Distrito Federal, a 4 de septiembre de 2007.--- Beatriz Zavala Peniche (rúbrica).»