Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LX Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, martes 22 de abril de 2008
Sesión No. 24

SUMARIO


DICTAMENES NEGATIVOS DE PUNTOS DE ACUERDO

Comunicación de la Mesa Directiva en relación con dictámenes negativos mediante los cuales se desechan proposiciones de punto de acuerdo de las siguientes comisiones de: .

Desarrollo Social, por el que se exhorta al gobierno federal, a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Desarrollo Social a brindar apoyo social y económico a las familias que fueron afectadas por las explosiones en la carretera del municipio de Nadadores, Coahuila.

Juventud y Deporte, por el que se exhorta a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, del Comité Olímpico Mexicano y de la Confederación Deportiva Mexicana a establecer un plan de trabajo conjunto para que el deporte nacional realice un excelente papel en los próximos juegos olímpicos.

Trabajo y Previsión Social, por el que se exhorta al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a atender el conflicto laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora; y al gobernador de ese estado a respetar el derecho de manifestación de los integrantes de la Sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana.

Trabajo y Previsión Social, por el que se exhorta al gobierno federal, a los estatales y a los municipales, así como a las autoridades laborales y a las militares a respetar plenamente el derecho de huelga y los laborales y de seguridad de los trabajadores mineros de Taxco, Guerrero; Sombrerete, Zacatecas, y Cananea, Sonora.

Publíquense y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

GRUPO PARLAMENTARIO NUEVA ALIANZA

Comunicación del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con la que informa que a partir de esta fecha la diputada Silvia Luna Rodríguez asume la coordinación del grupo parlamentario, en sustitución del diputado Miguel Angel Jiménez Godínez.

Realizan comentarios sobre el desempeño como coordinador del diputado Jiménez Godínez, desde sus respectivos lugares los diputados:

Aída Marina Arvizu Rivas.

Héctor Larios Córdova.

Gloria Lavara Mejía.

Emilio Gamboa Patrón.

Miguel Angel Jiménez Godínez.

De enterado, comuníquese.

AUTOMOVILES ROBADOS

Oficio del Gobierno del estado de Jalisco, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de marzo pasado, a fin de exhortar al titular del Ejecutivo federal ---mediante la Secretaría de Seguridad Pública federal y la Procuraduría General de la República---, a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal, a fortalecer acciones e implantar operaciones coordinadas con los municipios para identificar y recuperar los automóviles robados. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública para su conocimiento.

AUTOMOVILES ROBADOS

Oficio del Gobierno del estado de Nuevo León, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de marzo pasado, a fin de exhortar al titular del Ejecutivo federal ---mediante la Secretaría de Seguridad Pública federal y la Procuraduría General de la República---, a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal, a fortalecer acciones e implantar operaciones coordinadas con los municipios para identificar y recuperar los automóviles robados. Se remite a la Comisión de Seguridad Pública para su conocimiento.

IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES USADOS

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 21 de febrero pasado, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía y del Servicio de Administración Tributaria, a aplicar las medidas necesarias para dejar sin efecto el ``Decreto por el que se reforman los diversos que establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, y por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del país, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca, estado de Sonora, publicados el 22 de agosto de 2005 y 26 de abril de 2006, respectivamente'', publicado el 1o. de febrero de 2008 en el Diario Oficial de la Federación. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su conocimiento.

EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asigne recursos presupuestarios adicionales en el presente ejercicio fiscal que sean destinados a incrementar los gastos de operación en alimentación, combustibles y lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones, del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Sobre el tema intervienen los diputados:

Roberto Badillo Martínez, quien solicita guardar minuto de silencio en memoria de los 12 militares caídos en Michoacán en cumplimiento de su deber.

Jorge Justiniano González Betancourt, quien presenta proposición con punto de acuerdo.

Se aprueba el acuerdo presentado por la Junta de Coordinación Política.

CAMARA DE SENADORES

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite el acuerdo relativo a la designación de un recinto alterno dentro de las instalaciones del Senado. Se remite a la Mesa Directiva.

Oficio de la Colegisladora, con el que informa que la Mesa Directiva designó recinto alterno de la Cámara de Senadores. De enterado, remítase a la Mesa Directiva.

COMISION PERMANENTE

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que comunica de los senadores, que integrarán la Comisión Permanente correspondiente al segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura. De enterado.

DIA NACIONAL DE LA LUCHA CONTRA EL CANCER INFANTIL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite acuerdo del Congreso del estado de Chihuahua sobre el aprobado por la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de diciembre de 2007 pasado, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instituir el 5 de enero como Día Nacional de la Lucha contra el Cáncer Infantil. Se remite a la Comisión de Salud para su conocimiento.

LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO - LEY DE INVERSION EXTRANJERA - LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO - LEY ADUANERA - LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento.

Se considera suficientemente discutido. Aprobado en lo general y en lo particular, pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

LEY GENERAL DE SALUD

Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto, que reforma los artículos 3, fracción XXVIII; 13, Apartado B, fracción I; 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo, y adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3 de la Ley General de Salud.

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:

Martha Rocío Partida Guzmán.

José Ignacio Alberto Rubio Chávez.

Se considera suficientemente discutido y es aprobado en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

ORDEN DEL DIA

Solicitudes de la Junta de Coordinación Política, para incluir en el orden del día convocatorias en relación con el Instituto Federal Electoral, así como el acuerdo de la Junta de Coordinación Política y una iniciativa. Se aprueban.

ESTADO DE OAXACA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados exhorta a las autoridades competentes en la materia de procuración de justicia del ámbito federal y estatal a esclarecer el homicidio perpetrado en contra de las ciudadanas Teresa Bautista y Felicitas Martínez, el 7 de abril de 2008, en la comunidad de Copala, municipio de Santiago Ixtlahuaca, Oaxaca, que colaboraban en la radiodifusora la Voz que Rompe el Silencio.

Interviene sobre el tema la diputada Patricia Villanueva Abraján.

Aprobado, comuníquese.

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

Convocatoria de la Cámara de Diputados para el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de Contralor General del Instituto Federal Electoral. Aprobado, comuníquese.

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

Convocatoria de la Cámara de Diputados para el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral.

Desde su lugar la diputada Aída Marina Arvizu Rivas propone modificaciones que se aceptan.

Aprobado, comuníquese.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION - LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO

Se recibe iniciativa que suscribe el diputado Diódoro Carrasco Altamirano, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación y reforma la fracción IX del tercer párrafo y el quinto párrafo del artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

Se recibe de la diputada Juana Leticia Herrera Ale, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 11, 14, 17, 29, 32 y 40 de la Ley General de Protección Civil, para garantizar que los apoyos que se otorgan a las personas en situación de desastre se realice de manera equitativa, igualitaria y evitar la manipulación o mal uso de los mismos. Se turna a la Comisión de Gobernación, con opinión de la Comisión de Derechos Humanos.

REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibe de los diputados Adrián Fernández Cabrera, Juan Manuel Parás González, y Miguel Angel Jiménez Godínez, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, establecen tiempos de intervenciones para la presentación, por parte de los legisladores, de los asuntos en las sesiones de cada Cámara. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICO

Se recibe de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8, 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en relación con la separación del Estado y las Iglesias y el que las asociaciones religiosas deben sujetarse siempre a la Constitución y a las leyes que de ella emanan respetando las instituciones y no podrán asociarse con fines políticos, realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política. Ni podrán promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos. Se turna a la Comisión de Gobernación.

LETRAS DE ORO

Se recibe de diputados integrantes de la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución, iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de Valerio Trujano, Gaspar Yanga y Jacinto Canek. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY DE EXTRADICION INTERNACIONAL - LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

Se recibe de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley de Extradición Internacional, y de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para fortalecer el combate y la sanción de la explotación sexual comercial infantil en Internet. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

Se recibe del diputado Jesús de León Tello, iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para establecer como delito grave el homicidio o desaparición de periodistas, así como la competencia federal para la investigación de dichos delitos. Se turna a la Comisión de Justicia.

CODIGO PENAL FEDERAL - LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Se recibe del diputado César Camacho Quiroz, y suscrita por diputados integrantes de la LX Legislatura de los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 429 del Código Penal Federal y 223 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial, que considera la ``piratería'' como delito que afecta a los creadores de obras y productos intelectuales, los artistas, músicos, editores de música, distribuidores y vendedores legalmente establecidos y las industrias culturales como los productores de fonogramas, videogramas y software, así como las empresas que invierten en el desarrollo de marcas. Se turna a la Comisión de Justicia.

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

La diputada María de los Angeles Jiménez del Castillo presenta iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, con el fin de publicar en los periódicos diarios de mayor circulación en la república los edictos que contengan las demandas a personas que no se encuentren. Se turna a la Comisión de Justicia.

ORDEN DEL DIA

Solicitudes de la Junta de Coordinación Política para incluir en el orden del día asunto de la Junta de Coordinación Política en relación con la Comisión Permanente. Se autoriza su inclusión.

COMISION PERMANENTE

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, con propuesta de diputados integrantes de la Comisión Permanente para el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura.

Se aprueba la propuesta de los diputados que formarán parte de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que funcionará durante el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura.

LEY GENERAL DE EDUCACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7o. de la Ley General de Educación. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Salud.

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVIII del artículo 3o. de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

LEY GENERAL DE EDUCACION

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 33 de la Ley General de Educación, en relación con la educación indígena. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Asuntos Indígenas.

LEY GENERAL DE SALUD

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud, en materia de Cuidados Paliativos. Se turna a la Comisión de Salud.

ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado



ASISTENCIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputados y diputadas.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 254 diputados; por tanto, hay quórum.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado (a las 12:18 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta. Se dispensa la lectura.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Martes 22 de abril de 2008.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Mesa Directiva.

Del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

De los gobiernos de Jalisco, y de Nuevo León.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público asigne recursos presupuestales adicionales para el presente ejercicio fiscal que sean destinados a incrementar los gastos de operación en alimentación, combustibles y lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. (Votación)

Oficios de la Cámara de Senadores

En el que transcribe acuerdo relativo a la designación de un recinto alterno en las instalaciones del Senado. (Turno a Comisión)

Por el que comunica que la Mesa Directiva designó como recinto alterno de la Cámara de Senadores la sala situada en el quinto piso del edificio Torre del Caballito, de Paseo de la Reforma número 10, colonia Tabacalera, de esta ciudad.

Por el que comunica la elección de los senadores que integrarán la Comisión Permanente correspondiente al segundo receso del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Con el que remite contestación del Congreso de Chihuahua a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

Posicionamiento de los grupos parlamentarios relativo al Día del Indio Americano.

Iniciativas

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Juana Leticia Herrera Ale , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Adrián Fernández Cabrera , Juan Manuel Parás González y Miguel Ángel Jiménez Godínez , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, y de Nueva Alianza, respectivamente. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma los artículos 8, 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Sólo turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de Valerio Trujano, Gaspar Yanga y Jacinto Canek, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución. (Sólo turno a Comisión)

Que reforma el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Nacionalidad, y General de Población, a cargo de la diputada Aurora Cervantes Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona dos párrafos al artículo 65 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado Francisco Javier Gudiño Ortiz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 56 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Enrique Rodríguez Uresti , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federales de Procedimiento Administrativo, y de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley para el Aprovechamiento de las Fuentes Renovables de Energía, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Reforma del Estado, a cargo del diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 44 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Neftalí Garzón Contreras , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona una fracción VII al artículo 2 de la Ley de Planeación, a cargo de la diputada Verónica Velasco Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Educación, y para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Gerardo Vargas Landeros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona el artículo 39 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Elda Gómez Lugo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Elmar Darinel Díaz Solórzano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo del diputado José Murillo Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción VIII del artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional, suscrita por los diputados Faustino Javier Estrada González y Manuel Portilla Diéguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 25 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o. del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Joaquín Humberto Vela González , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 77 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 40 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Javier González Garza , José Antonio Almazán González y Susana Monreal Ávila , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Ernesto Zatarain González , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 23 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y 31 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Silvia Luna Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y del Código de Comercio, a cargo del diputado Octavio Martínez Vargas , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Eduardo Espinosa Abuxapqui , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 15 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y 2 de la Ley del Banco de México, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona los artículos 16 y 21 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ramón Barajas López , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, a cargo de la diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a cargo del diputado Carlos Altamirano Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo de la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Faustino Javier Estrada González , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 9 y 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo de la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal; que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados; y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Enrique Cárdenas del Avellano , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General para la Competitividad de la Actividad Artesanal, a cargo de la diputada Guillermina López Balbuena , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Jorge Toledo Luis , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Toledo Luis , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ``Movimiento Estudiantil del 68'', suscrita por los diputados Maricela Contreras Julián y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Ramón Valdés Chávez , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 32 y 83 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada María Guadalupe García Noriega , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 705 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Peyrot Solís , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, a cargo de la diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Elías Cárdenas Márquez , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Manuel Portilla Diéguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 48 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes de la Comisión de Equidad y Género. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José de Jesús Solano Muñoz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Felipe Borrego Estrada , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código de Comercio y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Lourdes Quiñones Canales , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 37 de la Ley de Amparo, suscrita por los diputados Gustavo Macías Zambrano , Miguel Ángel Monraz Ibarra y Omar Antonio Borboa Becerra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, y de Educación, suscrita por las diputadas Concepción Ojeda Hernández y Daisy Selene Hernández Gaytán , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y del Código Penal Federal, suscrita por los diputados Carlos Alberto Navarro Sugich y Carlos Alberto Torres Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y de Instituciones de Crédito, a cargo de la diputada Patricia Villanueva Abraján , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo de la diputada Dolores de María Manuell-Gómez Angulo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Patricia Villanueva Abraján , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y expide el Reglamento para la Inscripción con Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Víctor Samuel Palma César y Carlos Ernesto Zatarain González , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal; y expide la Ley General de Colegios de Profesionistas, a cargo del diputado Manuel Portilla Diéguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jacinto Gómez Pasillas , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Instituto Nacional para la Prevención y el Tratamiento de las Adicciones, a cargo del diputado Carlos Ernesto Zatarain González , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y de Justicia Militar, a cargo del diputado Javier Estrada González , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción V del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Humberto Dávila Esquivel , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Capitalización del Procampo, a cargo de la diputada Adriana Díaz Contreras , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de la Zona Federal Marítimo-Terrestre, Playas, Terrenos Ganados al Mar o Cualquier Depósito de Aguas Marítimas, a cargo del diputado Luis Sánchez Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 307 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo de la diputada Lorena Martínez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 71, 78 y 83 de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado Sergio Augusto López Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y abroga la Ley del Servicio Militar, a cargo del diputado Miguel Jiménez Godínez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 14 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo del diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Wenceslao Herrera Coyac , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Rosa Elva Soriano Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lorena Martínez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y el artículo 58 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de las Leyes de Extradición Internacional, y General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández , secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Amnistía para Todos los Presos, De-saparecidos y Perseguidos por Motivos Políticos de Jurisdicción Federal o del Ámbito del Distrito Federal, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 20 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María del Carmen Salvatori Bronca , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Derecho de Autor, y de la Propiedad Industrial, a cargo del diputado Jesús Sesma Suárez , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Servicio Público de Energía Eléctrica, Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a cargo de la diputada Blanca Luna Becerril , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, Fiscal de la Federación, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Rosa Elva Soriano Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona una fracción al artículo 119 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Gilberto Ojeda Camacho , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 171 de la Ley General de Salud y 42 de la Ley General de Educación, suscrita por las diputadas Verónica Velasco Rodríguez y Ana María Ramírez Cerda , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 7 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Blanca Luna Becerril , del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a cargo del diputado Cruz Pérez Cuéllar , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Daniel Dehesa Mora , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Amador Leal , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Francisco Elizondo Garrido , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Sofía Castro Romero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, a cargo de la diputada Yolanda Rodríguez Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General de Educación, a cargo de la diputada Ana María Ramírez Cerda , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Sistema Nacional para la Competitividad; y reforma y adiciona las Leyes de Planeación, y Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Mariano González Zarur , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción I del decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Lilia Merodio Reza y César Duarte Jáquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, del Servicio Militar, y General de Protección Civil, a cargo del diputado José Antonio Arévalo González , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 233 Bis a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Francisco Javier Murillo Flores , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 109 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma la fracción VII del artículo 167 de la Ley Aduanera, a cargo de la diputada María Dolores González Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Patricia Villanueva Abraján , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Wenceslao Herrera Coyac , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo del diputado Íñigo Laviada Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Carlos Alberto Torres Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 132 y 134 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Francisco Antonio Fraile García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 76 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por las diputadas Esmeralda Cárdenas Sánchez y Claudia Sánchez Juárez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, suscrita por las diputadas Esmeralda Cárdenas Sánchez y Claudia Sánchez Juárez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Jesús de León Tello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Archivo General de la Administración Pública Federal; y reforma las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alan Notholt Guerrero , del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Fernando Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Hilda González Calderón , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona el artículo 13, y adiciona uno 15 Bis al Código Civil Federal, a cargo del diputado César Duarte Jáquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 201 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Federales de Procedimientos Penales, y Civiles, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes General de Títulos y Operaciones de Crédito, de Inversión Extranjera, General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Aduanera, y del Impuesto sobre la Renta.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., fracción XXVIII, 13, Apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo; y adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 100 y el artículo 461; y adiciona los artículos 317 Bis y 317 Bis 1 de la Ley General de Salud.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma los artículos 59, 110, 166 y 995 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión de Juventud y Deporte a integrar la subcomisión de los XVI Juegos Panamericanos.

De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal instruya al secretario de Turismo de Puebla y a la secretaría técnica del programa En el Corazón de México realice el estudio de viabilidad sobre la incorporación de dicho estado al programa.

De la Comisión de Pesca, con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a evaluar la posibilidad e implante un programa adicional a los federales que permita que los beneficios lleguen efectivamente a los pescadores.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo para exhortar a los Congresos estatales a que durante la aprobación de sus respectivos presupuestos den prioridad y supervisen que los recursos excedentes por el impuesto federal a la gasolina y al diesel se apliquen de manera puntual, solidaria, responsable y transparente por los Ejecutivos locales.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que en un término de 30 días naturales, a partir de la presente notificación, informe de las acciones y programas que realiza con las autoridades estatales y las municipales para vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de seguridad e higiene para los pizcadores de hortalizas en Tamaulipas.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos a revisar el pacto suscrito respecto al incremento del salario mínimo vigente.

De las Comisiones Unidas de Salud, y de Juventud y Deporte, con punto de acuerdo relativo al consumo de Coca-Cola Zero en México.

Dictámenes negativos

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se desecha la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat y a las autoridades ambientales de los estados a establecer políticas públicas coordinadas en materia de gestión de residuos sólidos urbanos, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat a establecer sistemas de depósito-reembolso para envases de PET, a fin de disminuir la generación de ese tipo de materiales contaminantes, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Gobierno de la Consar que presente ante la Comisión de Seguridad Social de esta soberanía la documentación donde conste la autorización de comisiones sobre saldo que aplican las Afore, a cargo de la diputada Lorena Martínez Rodríguez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS a invertir más recursos e incremente la calidad de la atención en las instalaciones hospitalarias de Reynosa, Tamaulipas, a cargo del diputado Raúl García Vivián , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México a redoblar esfuerzos para frenar la tala ilegal en la entidad, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México a implantar políticas subsidiarias para incrementar la producción y la venta de los productos de los artesanos mexiquenses, a cargo del diputado Óscar González Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que implante acciones para subsanar las dificultades que enfrentan pequeños productores agrícolas en el marco del TLCAN, a cargo de la diputada Juana Leticia Herrera Ale , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a incorporar especialistas en salud mental para la atención de niños y adolescentes que padezcan maltrato físico o psicológico, a cargo de la diputada Juana Leticia Herrera Ale , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Jalisco a informar sobre los recursos públicos otorgados a la Arquidiócesis de Guadalajara para la construcción de un santuario cristero, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a rendir un informe detallado respecto a los abortos practicados legalmente en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a remover al titular de la Sagarpa, ingeniero Alberto Cárdenas Jiménez, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a la SRE y a la Sedesol a implantar un programa de apoyo a la población adulta mayor que vive en Estados Unidos de América, suscrita por los diputados Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez y Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a cumplir los acuerdos aprobados por el Congreso de la Unión y la Mesa Directiva de esta soberanía, a cargo del diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Durango a entregar los documentos que justifiquen el manejo adecuado de las 99 mil toneladas de cemento donadas al pueblo de Durango, suscrita por los diputados Joaquín Humberto Vela González y Pablo Leopoldo Arreola Ortega , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a investigar los delitos de pederastia y pornografía infantil relativos al expediente 2/2006, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al proceso electoral en Hidalgo, a cargo del diputado Lorenzo Daniel Ludlow Kuri , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del Gobierno del DF a explicar la orden de destrucción de edificios considerados monumentos históricos del centro de la Ciudad de México, suscrita por los diputados Miguel Ángel Jiménez Godínez , Blanca Luna Becerril , Obdulio Ávila Mayo , Eduardo Sánchez Hernández y Antonio Xavier López Adame , de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Nueva Alianza, de Acción Nacional, Revolucionario Institucional, y Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la LVI Legislatura y al gobierno del estado de México a investigar respecto a la invasión y proliferación de construcciones en diversas poblaciones comunales o ejidales del estado declaradas área natural protegida, con la categoría de parque estatal, denominado ``Santuario del Agua y Forestal Subcuenca Tributaria Río San Lorenzo'', a cargo del diputado Salvador Arredondo Ibarra , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la SCT a garantizar el servicio de calidad en los aeropuertos del país, a cargo del diputado Octavio Martínez Vargas , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat para que en coordinación con las autoridades competentes elabore y publique una norma oficial para el control de la proliferación de la maleza acuática en lagos y embalses, a cargo del diputado Gustavo Macías Zambrano , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Secretaría de Salud a expedir una norma oficial mexicana para prevenir, tratar y controlar las enfermedades mentales, suscrita por los diputados Jorge Quintero Bello , Omar Antonio Borboa Becerra y Pedro Armendáriz García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que la Secretaría de la Función Pública investigue los hechos que se derivan del informe de la revisión de la Cuenta Pública de 2006 por la Auditoría Superior de la Federación, suscrita por los diputados Pablo Trejo Pérez y Andrés Lozano Lozano , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Secretaría de Salud a reforzar los programas nacionales contra la farmacodependencia y revisar los criterios empleados para la distribución y venta de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, suscrita por los diputados Jorge Quintero Bello , Omar Antonio Borboa Becerra y Pedro Armendáriz García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SFP, a la SRE y a la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal que informen sobre el cumplimiento de los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad respecto al nombramiento de Juan Camilo Mouriño Terrazo como titular de la Segob, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua a realizar las acciones conducentes a equilibrar el acuífero principal de la comarca lagunera, en Coahuila y Durango, a cargo del diputado Jesús Vicente Flores Morfín , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a Pemex a dar prioridad al inicio de la reconfiguración y ampliación de la refinería Antonio Dovalí Jaime, en Salina Cruz, Oaxaca, suscrita por los diputados Carlos Altamirano Toledo e Irma Piñeyro Arias , de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, y de Nueva Alianza, respectivamente. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la Semarnat, a la Profepa, al gobierno de Coahuila y al municipio de Torreón a reubicar a las familias que viven en las colonias aledañas a la compañía Met-Mex Peñoles, consideradas inhabitables por ser zonas de alto riesgo, a cargo del diputado Jesús Vicente Flores Morfín , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a Pemex Petroquímica a informar periódicamente a los gobiernos municipales y a la opinión pública acerca de los avances de los programas de reconfiguración de las refinerías del país, a cargo del diputado Carlos Altamirano Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la SE, a la Secretaría de Salud y a la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía a expedir una norma oficial mexicana que regule la disposición final de pilas y baterías, a cargo del diputado José Luis Espinosa Piña , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE a suscribir un convenio que compense las afectaciones que generan las líneas de alta y media tensión en el municipio de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, suscrito por los diputados Carlos Altamirano Toledo e Irma Piñeyro Arias , de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática y de Nueva Alianza, respectivamente. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP para que en la ceremonia cívica del 24 de febrero que rinde honores a la Bandera, se dé lectura en las escuelas de educación básica a la Arenga a la Bandera, del maestro Andrés Henestrosa, a cargo de la diputada María Nieves Noriega Blanco Vigil, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a pagar de forma inmediata al Sistema de Aguas de la Ciudad de México la totalidad de sus adeudos por concepto de suministro de agua potable, a cargo del diputado Gerardo Villanueva Albarrán , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la formulación de diversas solicitudes a la Sener, a Pemex y a la CFE, a cargo del diputado José Murat, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal, a la SEP y al INAH a emprender las acciones necesarias para detener la demolición de los edificios y monumentos ubicados en el Centro Histórico de la Ciudad de México que forman parte de su patrimonio cultural, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo del estado de Hidalgo a realizar diversas acciones relativas al control y vigilancia de la contribución por el uso de suelo en diversos municipios de dicha entidad, a cargo del diputado Daniel Ludlow Kuri , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa instrumente un programa especial de apoyo a los productores de amaranto, a cargo del diputado Othón Cuevas Córdova , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades federativas a llevar a cabo las medidas necesarias para destinar un lugar separado al de los hombres a aquellas mujeres que se encuentren privadas de su libertad, ya sea en prisión preventiva o bien compurgando una sanción, a cargo del diputado José Luis Murillo Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SSP de las entidades federativas y de los centros penitenciarios del país a revisar la normatividad en materia de readaptación social, con la finalidad de que propongan las reformas que permitan restringir las llamadas telefónicas que se realizan desde dichos centros y se implante un sistema de bloqueo de este medio de comunicación, a cargo del diputado José Luis Murillo Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las entidades federativas, de los centros penitenciarios del país y del órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública Federal a llevar a cabo revisiones minuciosas y periódicas al interior de los centros federales de readaptación social, con la finalidad de controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidas, a cargo del diputado José Luis Murillo Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a implantar mecanismos de control que eviten que funcionarios realicen actividades proselitistas y se abstengan de desviar recursos materiales y humanos con fines electorales, a cargo del diputado David Mendoza Arellano , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa implante las acciones conducentes para detener el uso de las artes de pesca no selectivas dentro del polígono del área de refugio para la protección de la vaquita, a cargo del diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a las Comisiones de Justicia, de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos, así como a los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión a realizar una defensa integral y pública de las modificaciones que requiere el sistema de seguridad pública y de procuración de justicia, a cargo del diputado Carlos Altamirano Toledo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ALDF a aplicar a los contribuyentes del impuesto predial un esquema gradual de actualización del valor catastral, a cargo del diputado Eduardo Sánchez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita el Ejecutivo federal que a través de la SHCP presente a esta soberanía un estudio sobre el impacto que tendría en nuestro país una posible recesión económica en los Estados Unidos de América, y las medidas que en forma conjunta con el Banco de México se instrumentarían para remediar los efectos adversos, a cargo del diputado Alejandro Chanona Burguete , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a las actividades del Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, a cargo del diputado Manuel Cárdenas Fonseca , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Sagarpa, a iniciar una campaña de difusión en los medios para dar a conocer exhaustivamente la figura de prestador de servicios profesionales entre los agentes económicos que intervienen en el desarrollo de programas dirigidos al sector rural, a cargo del diputado Gregorio Barradas Miravete , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer como sede del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas el edificio que albergó al Instituto Lingüístico de Verano, a cargo del diputado Wenceslao Herrera Coyac , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a informar sobre la situación de los solicitantes de asilo en Canadá y sobre las condiciones de protección y procuración de justicia que se les otorga, a cargo del diputado Alejandro Chanona Burguete , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al SAE a realizar las acciones conducentes para comercializar bienes a los municipios, como apoyo a la gestión de los gobiernos locales, a cargo del diputado Cruz Pérez Cuéllar , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para integrar una mesa de trabajo tendiente a resolver los problemas limítrofes y agrarios entre los Estados de Chiapas y Oaxaca, a cargo del diputado Martín Ramos Castellanos , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades a respetar los derechos humanos de los inmigrantes centroamericanos, a cargo del diputado José Edmundo Ramírez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT para que a través de Capufe otorgue la condonación del cobro de peaje en la caseta del Puente de Nautla a los habitantes de la cabecera, congregaciones y ejidos pertenecientes a ese municipio de Veracruz, y que se lleve a cabo la actualización del padrón de beneficiarios, a cargo de la diputada María de Jesús Martínez Díaz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer una mesa de análisis para la renegociación del TLCAN, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT para que a través del responsable de la Subsecretaría de Infraestructura revise el contrato que dicha dependencia contrajo con la constructora Codiocsa de Xalapa, SA de CV, respecto a la conservación periódica de la carretera Atzálan-Tlapacoyan, Veracruz, a cargo de la diputada María de Jesús Martínez Díaz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Servicio Postal Mexicano que informe a esta soberanía sobre las medidas de prevención y de las querellas presentadas sobre el robo de correspondencia, a cargo de la diputada Silvia Oliva Fragoso , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR, a la SSP y a la Administración General de Aduanas a informar a esta soberanía sobre los programas implantados para evitar el tráfico de armas desde Estados Unidos de América, a cargo del diputado Ángel Rafael Deschamps Falcón , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa de profesionalización de las policías federales y sustitución de efectivos militares en labores de combate al narcotráfico, a cargo del diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Sagarpa expida el Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos, a cargo del diputado Fabián Fernando Montes Sánchez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores de los estados y a los titulares de la administración pública federal a realizar un ahorro monetario del PEF 2008, a fin de que dichos recursos sean trasladados a las Fuerzas Armadas mexicanas para la adquisición de equipo y mantenimiento del servicio que prestan, a cargo del diputado Jorge Justiniano González Betancourt , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INAH para que en coordinación con el gobierno del estado de Puebla implanten las medidas necesarias para la protección, conservación y difusión de la zona arqueológica de Tepexi el Viejo, municipio de Tepexi de Rodríguez, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Conagua realice los estudios necesarios para determinar la posibilidad de construir una serie de represas en los lechos de los ríos Valles, Tampaón y Santa María del Río, en el estado de San Luis Potosí, a cargo del diputado David Lara Compeán , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que en la Rotonda de las Personas Ilustres se erija un cenotafio en honor a don Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá, a cargo del diputado Jorge Rubén Nordhausen González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que difundan y promuevan el Día de la Familia, a cargo de la diputada María Victoria Gutiérrez Lagunes , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF que entregue un informe exhaustivo sobre la aplicación de los recursos transferidos por la SHCP en 2006 al Fideicomiso para el Programa Especial de Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio, a cargo del diputado David Mendoza Arellano , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente municipal de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a respetar y evite actos discriminatorios en contra de los habitantes de la entidad, a cargo del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR y a la PGJ del Distrito Federal para que, en el ámbito de sus competencias, creen fiscalías especializadas en materia de robo de energía eléctrica y combustibles, a cargo del diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la STPS y de la PGR se hagan las indagatorias que correspondan a fin de esclarecer lo acaecido el 19 de febrero de 2006 en la mina Pasta de Conchos, ubicada en San Juan de Sabinas, Nueva Rosita, Coahuila, concesionada a Industrial Minera México, del Grupo México, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar el 9 de febrero como el Día Nacional del Cirujano Dentista, suscrito por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer al titular de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que presente un informe pormenorizado respecto de las irregularidades en diversas casas de bolsa y casas de cambio, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a impulsar medidas normativas y programas públicos que permitan el crecimiento y desarrollo de las zonas urbanas de manera planeada, bajo el principio de desarrollo sustentable, a cargo de la diputada Elda Gómez Lugo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS para que a través de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos considere el estado de Coahuila dentro de los salarios mínimos regidos en el área geográfica A, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SCT y de la SHCP destinen recursos del Fondo Nacional de Infraestructura para la rehabilitación de la carretera internacional 15 en su tramo Estación Don-Nogales, en el estado de Sonora, a cargo del diputado Carlos Ernesto Zatarain González , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a la CFE, a la SHCP, a la Comisión Reguladora de Energía y al gobierno federal a efectuar una revisión y reestructuración de las tarifas eléctricas que son aplicadas en la región centro del estado de Coahuila, a cargo del diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la problemática que se presenta en la Universidad Pedagógica Nacional, a cargo del diputado Salvador Barajas del Toro , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que en coordinación con Capufe proceda a la exención del pago de las carreteras de cuota a los vehículos que transporten mercancía a comunidades y regiones consideradas como zonas de emergencia, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SEP y a la STPS a realizar acciones en atención a las personas zurdas, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se convoca al Ejecutivo federal a entablar el diálogo prometido con el Congreso de la Unión, a cargo del diputado Luis Enrique Benítez Ojeda , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Puebla a reformar la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del estado de Puebla, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la distribución de las participaciones federales a los municipios del estado de Jalisco, a cargo del diputado Salvador Barajas del Toro , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar programas de fomento a la industria vitivinícola nacional y elabore un estudio de viabilidad para la exención del impuesto especial sobre producción y servicios a la enajenación de productos vitivinícolas nacionales, a cargo del diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la PGR a emitir una circular a los agentes del MP federal para que se respete plenamente la garantía del indiciado, a cargo de la diputada Patricia Villanueva Abraján , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal y al jefe delegacional de Cuajimalpa de Morelos que rindan un informe sobre las acciones llevadas a cabo en la barranca La Diferencia, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la primera etapa de construcción del tren suburbano Buenavista-Cuautitlán, a cargo del diputado Armando Barreiro Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno a establecer una mesa de diálogo para dar solución a la huelga de los trabajadores de la mina de cobre Mexicana de Cananea, en el estado de Sonora, a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al GDF y al titular de la delegación Xochimilco que rindan un informe sobre los avances y acciones que ha realizado la comisión interdependencial para la conservación del patrimonio natural y cultural del área de Xochimilco, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que se cite a comparecer al director general de Luz y Fuerza del Centro, a cargo del diputado José Antonio Almazán González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se declara el Palacio Legislativo de San Lázaro como lugar cien por ciento libre de humo producido por tabaco, a cargo de la diputada Oralia Vega Ortiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la SCT que demande a la empresa Ferrocarril Mexicano, SA de CV, la construcción de un libramiento que no permita el paso de sus unidades de transporte de carga por la ciudad de Tepic, Nayarit, a cargo del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE para que a través de la Comisión para la Cooperación Ambiental realice un informe del impacto ambiental que resultará del revestimiento del canal Todo Americano, a cargo del diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia por el respeto irrestricto a la autonomía del Distrito Federal, a cargo del diputado Gerardo Villanueva Albarrán , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para citar a comparecer al Secretario de Salud, a efecto de que explique las medidas adoptadas por el gobierno federal en el caso de la alerta epidemiológica por sarampión, suscrito por los diputados César Duarte Jáquez, Israel Beltrán Montes y Lilia Merodio Reza , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos estatal y municipal de Puebla de Zaragoza a realizar las acciones necesarias para subsanar la problemática del suministro de agua, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Puebla a realizar reformas a la legislación local, considerando las necesidades sociales actuales, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a otorgar un apoyo extraordinario a los jubilados y pensionados del IMSS e ISSSTE, a cargo del diputado Juan de Dios Castro Muñoz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del IMSS a tomar las medidas necesarias para poner fin a los actos de discriminación llevados a cabo contra las médicas residentes de la especialidad máxilofacial en el Centro Médico Nacional La Raza, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del GDF a informar a esta soberanía respecto al daño ecológico por las obras del Metrobús, así como las acciones y programas de reforestación que se implanten en la Ciudad de México, suscrito por los diputados Carlos Rojas Gutiérrez y Eduardo Sánchez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Guanajuato a respetar la libertad de expresión que ejercen todos los medios de comunicación, a cargo del diputado José Luis Aguilera Rico , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a la Embajada de México en Estados Unidos de América y a los Consulados de México en Texas y Arizona, a revisar e investigar la aplicación del programa Tolerancia Cero, a cargo de la diputada Blanca Luna Becerril , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a esta soberanía que se sume a los eventos conmemorativos por el centenario del natalicio del maestro Rafael Preciado Hernández realizando una sesión solemne el día 29 de abril de 2008, a cargo del diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT y a la Cofetel a integrar el área telefónica de servicio local 160 al área telefónica de servicio local 58, a cargo del diputado Juan Darío Arreola Calderón , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que instruya a la SHCP y a la Secretaría de Salud para que remitan a la brevedad los recursos federales contemplados para resolver el problema de los ``trabajadores precarios'' del sector salud, a cargo del diputado Érick López Barriga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Conagua a investigar los altos índices de contaminación con arsénico en el agua potable de la región de los Altos de Jalisco, a cargo de la diputada Martha Angélica Romo Jiménez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a entregar los recursos pendientes del Programa de Competitividad de la Citricultura para 2007, suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Citricultura. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Congreso de la Unión que realice una evaluación sobre las acciones emprendidas para el cumplimiento del Acuerdo Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Instituto Nacional de las Mujeres, a cargo de la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se establezca una agenda permanente de trabajo con el IFE, a través de un grupo interdisciplinario, para dar paso a las iniciativas legislativas que fortalezcan la participación y el voto de los mexicanos en el extranjero, a cargo del diputado Alberto Amaro Corona , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia del titular de la Conade, a cargo del diputado Javier Hernández Manzanares , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobernador del estado de Michoacán de Ocampo a implantar medidas para la prevención, localización, combate y extinción de los incendios forestales que se están suscitando en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Rafael Villicaña García , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente Resolución)

Con punto de acuerdo, para que la ASF realice una auditoría integral y especial al Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda para que consolide sus acciones de promoción a fin de lograr niveles de sustentabilidad de ésta, a cargo del diputado José Luis Murillo Torres , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, en relación con el Fideicomiso del Fondo de Pensiones del Sistema Banrural, a cargo del diputado Carlos Ernesto Zatarain González , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo de Promoción Turística de México a revisar el gasto dirigido a la promoción de México en el extranjero y enfoque sus acciones en la promoción dentro de Europa, a cargo del diputado Carlos Eduardo Felton González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a esta soberanía a cumplir la Ley General de Salud en su artículo 188, fracción II, en relación con la recién aprobada Ley del Tabaco, a cargo del diputado Carlos Augusto Bracho González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la crisis política actual en América Latina, a cargo del diputado Humberto Zazueta Aguilar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para condenar la incursión del Ejército de Colombia en el territorio de la República de Ecuador, a cargo del diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a realizar un estudio para determinar la relación entre la ingesta de comida con alto contenido calórico y de escaso valor nutricional y su publicidad en los medios masivos de comunicación, a cargo del diputado Jorge Quintero Bello , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se crea la Comisión Especial para conocer las causas de la crisis financiera, el adeudo y la falta de recursos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, así como el seguimiento al cambio de régimen establecido en la nueva Ley del propio Instituto, suscrito por los diputados José Luis Gutiérrez Calzadilla , Rosario Ignacia Ortiz Magallón y Adrián Pedrozo Castillo , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al presidente de la CNDH y a las comisiones de derechos humanos de las entidades federativas que implanten programas de capacitación en la materia, a cargo de la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobierno federal que retire los promocionales de Pemex de todos los medios de comunicación masivos, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a supervisar el TLCAN en materia de autotransporte, en cuanto a los impactos negativos que éste trae hacía la infraestructura comercial y ambiental mexicana, a cargo del diputado Jacinto Gómez Pasillas , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita que se autorice un 40 por ciento deducible por concepto de autofactura en relación a la Ley del IETU, suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de Atención a los Pueblos que Viven en el Bosque. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a declarar el 15 de febrero de cada año como el Día Nacional del Niño con Cáncer, a cargo de la diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Sedesol que remita a ésta soberanía información relacionada con el Programa de Atención a Adultos Mayores de 70 y más, a cargo del diputado Gustavo Caballero Camargo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la remoción de diversos funcionarios de la SCT, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Transportes. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de Zacatecas a comprometerse con la legalidad y la transparencia para evitar el uso indebido de programas y recursos públicos para el desarrollo social durante el proceso electoral interno del PRD en la entidad, suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Verde Ecologista de México y del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se condenan las actitudes represoras, violentas e irracionales en contra de habitantes del municipio de Coacalco de Berriozábal, en el estado de México, a cargo del diputado Juan Manuel Sandoval Munguía , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer un plan nacional de contingencia económica, en donde incluya un paquete de reformas económicas y fiscales, a cargo del diputado Joaquín Humberto Vela González , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Comité de Administración de esta soberanía para que, en el ámbito de su competencia, vigile las condiciones laborales que las empresas concesionarias de este recinto brindan a sus trabajadores, a cargo del diputado Humberto Dávila Esquivel , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Coordinación de Asuntos Internacionales de la Sagarpa que informe sobre el papel que jugó para permitir la salida de semillas mexicanas a Noruega por parte del Centro Internacional de Mejoramiento de Maíz y Trigo, a cargo de la diputada Adriana Díaz Contreras , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a reclasificar las carreteras 136 y 140 como tipo A, a cargo del diputado Pedro Montalvo Gómez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Puebla para que a través de las instancias correspondientes efectúe las medidas necesarias para agilizar la circulación vial y disminuir el tráfico vehicular en el centro histórico del municipio de Puebla de Zaragoza, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la comparecencia, ante la Comisión del de esta soberanía, de los titulares de la SHCP y de la Sedesol del GDF, para que expliquen el monto de los recursos no entregados al Distrito Federal por concepto de participaciones de fondos federales, a cargo del diputado Gerardo Villanueva Albarrán , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Segob, a la Semar, a la Semarnat y al INEGI que realicen un inventario nacional de islas, arrecifes y cayos de la República Mexicana e informen a esta soberanía de la situación que guardan en los mares adyacentes, a cargo de la diputada Silvia Oliva Fragoso , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a dar cumplimiento al artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado David Lara Compeán , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SCT realice un estudio de factibilidad técnico-económico sobre la aplicación de los geosintéticos en las carreteras, a cargo del diputado Francisco Javier Gudiño Ortiz , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al director general de ASA un informe de los trabajos que la empresa Administradora Gutsa, SA de CV, realizó en la terminal 2 del aeropuerto internacional de la Ciudad de México, así como copia certificada de los contratos firmados entre dicha empresa y ASA, a cargo del diputado Pablo Trejo Pérez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Recursos Hidráulicos de esta soberanía a integrar un grupo de trabajo que analice los recursos destinados al Fondo Nacional de Infraestructura en su apartado de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a cargo del diputado Martín Stefanonni Mazzocco , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Semarnat considere la realización de una mesa de trabajo con los gobiernos estatales y municipales, la Gerencia Regional Lerma-Santiago de la Conagua y el Consejo de Cuenca del Río Santiago, para dar solución al tratamiento del agua contaminada del río Santiago, a cargo del diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Puebla para que, en coordinación con la Conagua y los gobiernos municipales de Tepeaca y Acajete, prohíban y prevengan la descarga de aguas residuales sin tratar y destinen los recursos necesarios para el saneamiento de aguas en la barranca del Águila, a cargo del diputado José Luis Contreras Coeto , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a impulsar los telebachilleratos a nivel nacional, a cargo de la diputada Elda Gómez Lugo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Jalisco a ejercer los recursos aprobados en el PEF del ejercicio fiscal 2007 para apoyar a los productores de agave de la entidad; a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a incluir programas en lenguas indígenas, en el marco de los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana, en sus veinte emisoras del Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas; a cargo del diputado Carlos Roberto Martínez Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al rector de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla a declinar la política privatizadora que ha instaurado dicha institución, y a respetar la pluralidad de ideas y la opinión estudiantil, dándoles cauce dentro del Consejo Universitario, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza , del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general de Banobras, SNC, a dar cumplimiento a las demandas de los jubilados de esa institución, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a publicar oportunamente el o los reglamentos de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo del diputado Alejandro Martínez Hernández , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al impacto que tiene el TLCAN en las mujeres mexicanas y solicitar la comparecencia de la titular de INMUJERES, a cargo de la diputada Lourdes Quiñones Canales , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la violencia que existe en el estado de Chihuahua, suscrito por los diputados Lilia Merodio Reza , César Duarte Jáquez, Israel Beltrán Montes y Enrique Serrano Escobar , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SEP y de la Secretaría de Salud refuerce las políticas públicas de educación sexual, por medio de libros de texto de primaria y secundaria, a cargo de la diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal y a la delegación Miguel Hidalgo a tomar las medidas conducentes para resolver el problema del cobro de tarifas por estacionar automóviles en el bosque de Chapultepec, a cargo de la diputada Blanca Luna Becerril , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la militarización, los derechos humanos y el estado de derecho en Sinaloa, a cargo del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al aniversario del nacimiento de César Chávez, luchador por los derechos de los trabajadores agrícolas, a cargo del diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a la participación de nacionales mexicanos en el ejército de Estados Unidos de América, a cargo del diputado José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar un programa de mejora a la infraestructura hidráulica para el suministro de agua en bloque, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y a la Secretaría de Salud a llevar a cabo medidas de seguridad en rastros, carnicerías y tiendas de autoservicio para realizar monitoreos permanentes y expedir certificados de explotaciones pecuarias libres de clenbuterol, a cargo del diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Migración a cumplir las normas migratorias sin uso de violencia y con estricto respeto a los derechos humanos de los migrantes y transmigrantes, a cargo de la diputada Irma Piñeyro Arias , del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo al operativo contra migrantes centroamericanos en la Comunidad las Palmas, municipio de Niltepec, Oaxaca, suscrito por los diputados Maricela Contreras Julián y José Jacques y Medina , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, relativo a los derechos humanos en la frontera sur de México y la violación documentada de dos ciudadanas guatemaltecas, a cargo del diputado Humberto Zazueta Aguilar , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la PGR que inicie una investigación al presidente municipal de Izúcar de Matamoros, Puebla, a cargo del diputado Guillermo Velázquez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SE modifique la NOM-081-1994, adecuándose a los estándares internacionales avalados por la Organización Mundial de Salud, a cargo del diputado Carlos Augusto Bracho González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al gobernador del estado de México que rinda un informe sobre el estado que guarda el hospital para enfermos crónicos Doctor Gustavo Baz Prada, a cargo del diputado Christian Martín Lujano Nicolás , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la SHCP y de la CFE extiendan un mes más las tarifas preferenciales en los municipios de la región huasteca de San Luis Potosí, a cargo del diputado David Lara Compeán , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, en relación a los recursos excedentes derivados del precio internacional del petróleo, a cargo del diputado Irineo Mendoza Mendoza , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE a publicar en el DOF el acuerdo de arancel-cupo para la importación de mercancías clasificadas en la partida 4412 de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos locales a despenalizar los delitos de injurias, difamación y calumnias en sus legislaciones locales, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, relativo a la agenda de trabajo relacionada con el TLCAN y su Capítulo Agropecuario, suscrito por diputados de diversos Grupos Parlamentarios. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las comisiones estatales de derechos humanos a implantar áreas especiales encargadas de dar atención y seguimiento a los agravios cometidos en contra de periodistas en su entidad, a cargo del diputado Gerardo Priego Tapia , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a incluir en el catálogo médico de enfermedades atendibles a través del seguro popular la hemofilia, a cargo del diputado Daniel Ludlow Kuri , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a emitir el reglamento a que se refiere el párrafo segundo del artículo 271 de la Ley General de Salud, suscrito por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a instrumentar programas y campañas encaminadas a la atención de la población que padece la enfermedad de Alzheimer, a cargo de la diputada María Gabriela González Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular de la Cofetel que aplique los mecanismos necesarios a fin de que todas las compañías de telefonía celular implanten y homologuen el servicio de Buzón de voz optativo, a cargo del diputado José Luis Blanco Pajón , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SER a garantizar el respeto a los derechos humanos del estudiante mexicano Alejandro Ordaz Moreno, en el proceso judicial que se inició en su contra en la ciudad de Sevilla, España, a cargo de la diputada Mónica Arriola, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y al SAT a agilizar los mecanismos y normas para la entrada de mercancías que respondan a donativos, a cargo del diputado David Figueroa Ortega , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF a realizar una revisión que transparente el manejo de los recursos otorgados por el gobierno federal durante el ejercicio fiscal 2007 a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del estado de Nuevo León, utilizados en la organización y operación del Fórum Universal de las Culturas Monterrey 2007, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua para que el Fondo Nacional para el Tratamiento de Aguas Residuales implante reglas especiales de operación, que permitan una simplificación técnica y administrativa para una pronta licitación y ejecución de obras, a cargo del diputado Martín Stefanonni Mazzocco , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a atender el conflicto agrario que presentan los municipios de Chenalhó y Chalchihuitán, Chiapas, a cargo del diputado Víctor Ortiz del Carpio , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que a través de sus dependencias y entidades correspondientes exhorte a los gobernadores de los estados y al jefe del Gobierno del Distrito Federal a implantar medidas económicas a las empresas y a la población de sus territorios, a cargo del diputado José Inés Palafox Núñez , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a acordar la reclasificación de las tarifas eléctricas en la zona del istmo de Tehuantepec, Oaxaca, y a la Secretaría de Salud a implantar un programa especial para evitar que proliferen las enfermedades derivadas de las altas temperaturas registradas en esta zona, a cargo del diputado Jorge Toledo Luis , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SE para que los recursos destinados al desarrollo y fortalecimiento de las Mipymes se otorguen de manera permanente, suscrito por los diputados Rolando Rivero Rivero y Yadhira Yvette Tamayo Herrera , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a esta soberanía a realizar un homenaje al ciudadano Jesús León Santos, ganador del premio Goldman del Activismo Ambiental, a cargo del diputado José Luis Varela Lagunas , del Grupo Parlamentario Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT y a la Cofetel realizar una revisión sobre la distribución de las claves lada en el país, suscrito por los diputados Antonio Vega Corona y Yadhira Yvette Tamayo Herrera , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a rea-lizar los procesos de licitación a través de oficios de secas, suscrito por los diputados José Guillermo Fuentes Ortiz , Yadhira Yvette Tamayo Herrera y Carlos Alberto García González , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Nuevo León a abstenerse de disponer de los planteles educativos ubicados frente al Parque Fundidora para efectos distintos para los que fueron creados, a cargo del diputado José Martín López Cisneros , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador del estado de Chihuahua a implantar acciones que garanticen el acceso a los programas de salud relativos a la atención, prevención y terminación del tratamiento de la tuberculosis con miras a erradicarla, a cargo de la diputada María Soledad Limas Frescas , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SFP a presentar un informe en el que explique las razones por las cuales no ha emitido las sanciones correspondientes en contra de funcionarios y ex servidores públicos de la Conaliteg por el caso de las denuncias presentadas por la Empresa Encuadernaciones de Oriente, SA de CV, a cargo del diputado Francisco Antonio Fraile García , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Excitativa

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud de diversos diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partidos: de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional.

Efeméride

Relativa al Día Internacional contra la Tuberculosis, a cargo del diputado Fernando Enrique Mayans Canabal , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves diecisiete de abril de dos mil ocho, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

En el auditorio del edificio E, del Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a las 11 horas con 58 minutos del jueves 17 de abril de 2008, con la asistencia de 258 diputadas y diputados, la Presidenta declara abierta la sesión.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa las lecturas del orden del día y del acta de la sesión anterior y aprueba ésta.

La Secretaría da lectura a un comunicado de la Junta de Coordinación Política, por el que solicita a la Mesa Directiva, se lleve a cabo la sesión ordinaria para este día, instaurada en los términos del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establece el calendario legislativo para el segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de Ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Se reciben del Poder Judicial de la federación y del Poder Ejecutivo de Aguascalientes, contestaciones a puntos de acuerdo aprobados en la Cámara de Diputados. Se remiten a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.

La Comisión Nacional del Agua remite:

• Oficio con el que informa que los ingresos excedentes recaudados al término del primer trimestre del ejercicio fiscal 2008, no realizó asignación alguna de recursos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en el Programa de Asignación de Recursos Derivados del Pago de Derechos de Agua. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.
• Informe por entidad federativa correspondiente al cierre del ejercicio fiscal 2007 de los recursos devueltos a diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en el Programa de Devolución de Derechos. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Recursos Hidráulicos, para su conocimiento.

Se recibe de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondientes a marzo de 2008, desagregada por tipo de fondo. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

La Secretaría de Gobernación envía contestaciones a puntos de acuerdo, 3 aprobados por la Cámara de Diputados y 1 por la Comisión Permanente. Se remiten a las comisiones y promovente correspondientes, según corresponda, para su conocimiento.

La Cámara de Senadores remite:

• Acuerdo, relativo a la designación de un recinto alterno dentro de las instalaciones del Senado de la República. De enterado. Se remite a la Mesa Directiva.
• Oficio, con el que informa que la Mesa Directiva designó como recinto alterno de la Cámara de Senadores, el auditorio Sebastián Lerdo de Tejada, ubicado en Donceles 14, Centro de la Ciudad de México. Se remite a la Mesa Directiva.
• El primer resolutivo de la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Auditoría Superior de la Federación, a realizar las auditorías a las entidades federativas, relativas a los recursos derivados de los excedentes petroleros (Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, y Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados), tomando una muestra sustancialmente representativa de los ingresos excedentes. Se turna a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de los Congresos de los estados de:

• Chihuahua, que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
• Colima, que reforma el apartado B, fracción III del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La asamblea dispensa la lectura del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que reforma los artículos 59, 110, 166 y 995 de la Ley Federal del Trabajo. Queda de primera lectura.

Presidencia del diputado Cristián Castaño Contreras

La asamblea dispensa la lectura del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de la Función Pública, que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Desde sus respectivos lugares, hacen comentarios de procedimiento los diputados Aída Marina Arvizu Rivas , de Alternativa; Raúl Cervantes Andrade y Enrique Cárdenas del Avellano , ambos del Partido Revolucionario Institucional.

En términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se otorga el uso de la tribuna para fundamentar el dictamen, a nombre de la comisión, al diputado Benjamín Ernesto González Roaro , del Partido Acción Nacional, quien presenta propuestas de modificación, que se aceptan en votación económica. Fija la posición de su grupo parlamentario el diputado Eduardo Sánchez Hernández , del Partido Revolucionario Institucional. La Secretaría recoge la votación nominal, en lo general y en lo particular, que resulta aprobatoria por 286 votos. El Presidente declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En sendas votaciones económicas, la asamblea dispensa la lectura de los dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones:

-Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Atención a Grupos Vulnerables, que reforma y adiciona los artículos 7o. y 42 de la Ley General de Educación; y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se otorga el uso de la tribuna para fundamentar el dictamen, a nombre de la comisión, a la diputada María Esperanza Morelos Borja , del Partido Acción Nacional. Desde su lugar, la diputada Laura Angélica Rojas Hernández , del Partido Acción Nacional, solicita moción de orden. Fija la posición de su grupo parlamentario la diputada Silvia Luna Rodríguez , de Nueva Alianza. En votación económica, la asamblea considera el asunto suficientemente discutido.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular, misma que resulta aprobatoria por 236 votos en pro, 39 en contra y 7 abstenciones. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

-De Atención a Grupos Vulnerables, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad. La Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular, que resulta aprobatoria por 276 votos. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
-De Atención a Grupos Vulnerables, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Asistencia Social, de Desarrollo Rural Sustentable, de Fomento para la Lectura y el Libro, del Impuesto sobre la Renta, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Federal de Derechos, General de Asentamientos Humanos, General de Cultura Física y Deporte y General de Salud. La Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular, que resulta aprobatoria por 267 votos. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
-De Hacienda y Crédito Público, por el que se autoriza al Poder Ejecutivo federal para aceptar las enmiendas que se especifican del Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones. La Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular, que resulta aprobatoria por 265 votos en pro y 3 abstenciones. La Presidenta declara aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

La Secretaría da lectura a comunicación de la Junta de Coordinación Política para que se incluya en el orden del día el acuerdo en relación con la incursión del Ejército colombiano en territorio de la República del Ecuador. En votación económica, la asamblea autoriza su inclusión. La Secretaría da lectura al asunto en comento y se otorga el uso de la tribuna a los diputados Alfredo Adolfo Ríos Camarena , del Partido Revolucionario Institucional, para referirse al tema y

Presidencia del diputado Cristián Castaño Contreras

Virginia Rosaura Denegre Vaught Ramírez, del Partido Acción Nacional, en pro. En votación económica, la asamblea lo aprueba. Comuníquese.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Secretaría da lectura a solicitudes de la Junta de Coordinación Política, que se aprueban en sendas votaciones económicas, para que sean incluidas en el orden del día iniciativas con proyecto de decreto:

• Que reforma y adiciona los artículos 30 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se deroga el artículo 5o. transitorio del decreto, por el que se aprueba el diverso que adiciona el artículo 3o. en su párrafo primero, fracciones III, V y VI y el artículo 31, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y Javier González Garza , del Partido de la Revolución Democrática; Alejandro Chanona Burguete , de Convergencia; Ricardo Cantú Garza , del Partido del Trabajo; Héctor Larios Córdova , del Partido Acción Nacional; Emilio Gamboa Patrón , del Partido Revolucionario Institucional; Gloria Lavara Mejía , del Partido Verde Ecologista de México; Marina Arvizu Rivas , de Alternativa y Silvia Luna Rodríguez , de Nueva Alianza. Se turna a las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Educación Pública y Servicios Educativos.
• Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, suscrita por los diputados Carlos Armando Biebrich Torres y José Rosas Aispuro Torres , del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Gobernación.

En votación económica, la asamblea autoriza la lectura de los encabezados de los dictámenes negativos que desechan:

-Minutas con proyecto de decreto de las comisiones de:

a) Medio Ambiente y Recursos Naturales:

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.
• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

b) Salud, que reforma la fracción X del artículo 257 de la Ley General de Salud.

c) Medio Ambiente y Recursos Naturales:

• Que reforma el inciso d) de la fracción II del artículo 47 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
• Que reforma el artículo 71 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
• Que adiciona un párrafo al artículo 53 de la Ley General de Vida Silvestre.
• Que reforma el artículo 88 de la Ley General de Vida Silvestre.

-Iniciativas con proyecto de decreto de las comisiones de:

a) Medio Ambiente y Recursos Naturales, que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Vida Silvestre.

b) Radio, Televisión y Cinematografía, que reforma y adiciona los artículos 59, 62 y 90 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

c) Atención a Grupos Vulnerables, que adiciona una fracción cuarta al artículo seis y reforma el artículo 18 fracción X inciso a), de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

d) Recursos Hidráulicos:

• Que adiciona los artículos 125 y 126 y deroga el artículo 124 Bis de la Ley de Aguas Nacionales.
• Que reforma el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales.
• Que reforma la fracción XII del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.
• Que deroga el artículo 124 y adiciona el artículo 125 de la Ley de Aguas Nacionales.

e) Unidas de Gobernación y de Turismo:

• Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Información, Estadística y Geográfica y de la Ley Federal de Turismo.
• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

f) Unidas de Salud y de Radio, Televisión y Cinematografía, que reforma los artículos 308 y 309 Bis y deroga el artículo 308 Bis de la Ley General de Salud.

g) Derechos Humanos, 4, que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

h) Desarrollo Social, que reforma los artículos 6, 14, 19 y 21 de la Ley General de Desarrollo Social.

i) Educación Pública y Servicios Educativos, tres, que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

j) Salud, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

-Minuta con proyecto de decreto de la Comisión de Salud, que adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Salud.
-Iniciativa con proyecto de decreto de la Comisión de Juventud y Deporte, que adiciona el artículo 73 Bis de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
-Minuta con proyecto de decreto de la Comisión de Salud, que adiciona una fracción XVII al artículo 3, pasando la actual fracción XVII a ser XVIII, recorriéndose las siguientes, de la Ley General de Salud.

En votación económica, la asamblea aprueba en conjunto los puntos de acuerdo. Se instruye el archivo de los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil , del Partido Acción Nacional, que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Cultura.
• Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos 17 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.
• Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos 1, 2, 6, 7, 8 y 9 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos.
• Jorge Godoy Cárdenas , de Convergencia, que deroga la fracción III Bis del artículo 6 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Se turna a la Comisión de Gobernación.
• Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Salud.
• Jorge Godoy Cárdenas , de Convergencia, que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación.
• Carlos Alberto Puente Salas , del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
• Jorge Godoy Cárdenas , de Convergencia, que reforma el artículo 19 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
• Jorge Godoy Cárdenas , de Convergencia, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
• Jorge Godoy Cárdenas , de Convergencia, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
• Carlos Armando Reyes López , del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.
• Ana María Ramírez Cerda , del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social.
• Manuel Cárdenas Fonseca , de Nueva Alianza, que reforma los artículos 49, 51 y 100 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca.

Se reciben proposiciones con punto de acuerdo de los diputados:

• Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita al titular de la Secretaría de Seguridad Pública que implante acciones inmediatas para dignificar la calidad de vida de las personas que se encuentran recluidas en los centros de readaptación social. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública.
• Israel Beltrán Montes y Gerardo Octavio Vargas Landeros , del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que informe sobre la operación del Ferrocarril Mexicano. Se turna a la Comisión de Transportes.
• Jorge Godoy Cárdenas , de Convergencia, por el que se exhorta al gobierno federal, --para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras--, a implantar una campaña para desarrollar la conciencia entre los usuarios de créditos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
• José Luis Varela Lagunas , de Convergencia, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al director general de la Comisión Nacional Forestal a crear una campaña de prevención e información respecto a los incendios forestales en el estado de Oaxaca. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
• Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa y Celso David Pulido Santiago , del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República ejerza su facultad de atracción para la investigación y persecución del asesinato cometido contra Antonio Gallardo Olayo, líder cañero en Veracruz. Se turna a la Comisión de Justicia.
• Carlos Armando Reyes López , del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a actualizar el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía, con opinión de la Comisión de Recursos Hidráulicos.
• Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , de Alternativa, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, a ejercer su facultad de atracción para la investigación y persecución respecto de los homicidios de Teresa Bautista Merino y Felicitas Martínez Sánchez. Se turna a la Comisión de Justicia.

Se recibe de la diputada Beatriz Collado Lara , del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas. Se turna a la Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía.

La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

La Presidenta clausura la sesión a las 14 horas con 34 minutos y cita para la próxima que tendrá lugar el martes 22 de abril de 2008 a las 11 horas.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Aprobada el acta. Comunicaciones.



DICTAMENES NEGATIVOS DE PUNTOS DE ACUERDO

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Esta Presidencia comunica que se recibieron dictámenes en sentido negativo de proposiciones con punto de acuerdo, los cuales fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria el 21 de abril del año en curso, de las siguientes comisiones:

Desarrollo Social

• Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Desarrollo Social a brindar apoyo social y económico a las familias que fueron afectadas por las explosiones en la carretera del municipio de Nadadores, Coahuila.

Juventud y Deporte

• Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, del Comité Olímpico Mexicano y de la Confederación Deportiva Mexicana a establecer un plan de trabajo conjunto para que el deporte nacional realice un excelente papel en los próximos juegos olímpicos.

Trabajo y Previsión Social

• Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a atender el conflicto laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora; y al gobernador de ese estado a respetar el derecho de manifestación de los integrantes de la Sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana.
• Por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a los estatales y a los municipales, así como a las autoridades laborales y a las militares a respetar plenamente el derecho de huelga y los laborales y de seguridad de los trabajadores mineros de Taxco, Guerrero; Sombrerete, Zacatecas, y Cananea, Sonora.

Solicito a ustedes, lo hagan del conocimiento de la honorable asamblea.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2008.--- Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Presidenta.»

«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, relativo a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a brindar apoyo social y económico --a través de las Secretarías de Gobernación, y de Desarrollo Social-- a las familias afectadas por las explosiones en la carretera del municipio de Nadadores, Coahuila

Honorable Asamblea:

La Comisión de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

El martes 30 de octubre de 2007, el diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a brindar apoyo social y económico --a través de las Secretarías de Gobernación y de Desarrollo Social-- para las familias afectadas por las explosiones en la carretera del municipio de Nadadores, Coahuila.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, turno la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Desarrollo Social, para su análisis y dictamen correspondiente.

Contenido de la propuesta

El diputado Rolando Rivero Rivero , en la exposición de motivos de su propuesta, se refiere a un accidente ocurrido en el municipio de Nadadores a la altura del ejido Celemania, del estado de Coahuila, entre dos vehículos automotores, del que se produjo una violenta explosión a consecuencia de la carga de explosivos que uno de ellos llevaba. Este accidente ocasionó la muerte de 30 personas y más de 100 heridos, así como importantes pérdidas materiales a las viviendas aledañas al lugar en donde se dio la contingencia.

Asimismo, el proponente señala que el transporte que llevaba los explosivos no tenía indicada ninguna señalización del contenido de su carga, siendo uno de los requisitos importantes que debe mantener especificado para conocer el grado de peligrosidad de la misma.

Consideraciones

El punto único del acuerdo que presento el diputado Rolando Rivero Rivero , señala ``dada la magnitud de la tragedia urge que las autoridades federales, como las Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Desarrollo Social así como el gobierno federal le den atención a los cientos de damnificados que se vieron afectados por la pérdida de familiares que quedaran desamparados por ese siniestro urge que inclusive se les pueda activar recursos económicos del Fonden o de cualquier otro medio económico que venga a palear la situación que están padeciendo por la pérdida de sus familiares.''

Las secretarías que el promovente menciona forman parte del gobierno federal, representados por autoridades federales, no son dos entes diferentes como el proponente lo interpreta; además de no especificar quien va a urgir al gobierno federal para canalizar la ayuda que requieren los damnificados.

Para el caso de la canalización de recursos económicos a través del Fonden, el Acuerdo por el que se Emiten las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales establece que éste es un instrumento financiero mediante el cual dentro del Sistema Nacional de Protección Civil, a través de las Reglas de Operación del propio Fondo y de los procedimientos derivados de las mismas, integra un proceso respetuoso de las competencias, responsabilidades y necesidades de los diversos órdenes de gobierno, que tiene como finalidad, bajo los principios de corresponsabilidad, complementariedad, oportunidad y transparencia, apoyar a las entidades federativas de la República Mexicana, así como a las dependencias y entidades de la administración pública federal, en la atención y recuperación de los efectos que produzca un fenómeno natural, de conformidad con los parámetros y condiciones previstos en las Reglas.

Asimismo, el presente Acuerdo, en su artículo 4o., define los fenómenos perturbadores por los cuales la Segob podrá emitir declaratoria de desastre natural para que, en su caso, sea posible el acceso a los recursos del Fonden:

I. Geológicos:
a) sismo;
b) erupción volcánica;
c) alud;
d) maremoto, y
e) deslave.
II. Hidrometeorológicos:
a) sequía atípica;
b) ciclón (en sus diferentes manifestaciones: depresión tropical, tormenta tropical y huracán);
c) lluvias extremas;
d) nevada y granizada;
e) inundaciones atípicas, y
f) tornado.
III. Otros: incendio forestal.

Ahora bien, el pasado 11 de septiembre de 2007, en conferencia de prensa, el gobernador de la entidad, Humberto Moreira Valdez, dio a conocer las acciones que el gobierno local realizó a fin de atender dicha contingencia, entre las acciones mencionadas destacó lo siguiente:

El gobierno de Coahuila cubriría los gastos funerarios de los acaecidos, para que los deudos no enfrentaran ese problema y después se vería como se cargarían a la empresa transportadora o a la propia productora de explosivos; se estaba brindando la atención médica a los heridos de este percance en hospitales del Seguro Social, del ISSSTE, de la Secretaría de Salud del gobierno del estado y de la Sección 38 del SNTE, así como en el hospital San José y de Especialidades de Monclova, en tanto se habían trasladado 2 personas, por problemas auditivos, a San Antonio Texas, en los seis casos de quienes sufrieron mutilaciones en sus cuerpos, se les apoyaría con las prótesis respectivas; se estaba trabajando en la reconstrucción de las viviendas que habían resultado averiadas, 12 de ellas presentaban problemas graves y 55 daños menores así como en la entrega de muebles y aparatos electrodomésticos a todos los que resultaron damnificados; a quienes se encontraban albergados en la cabecera municipal de Nadadores, se les entregaría, de manera permanente, alimentos y habitación en lo que se les reparaban sus viviendas y superaran la tragedia.

Como es de apreciarse, las víctimas de este accidente han sido, y están siendo, atendidas por el gobierno de Coahuila, el cual en ningún momento ha planteado el apoyo del gobierno federal para superar la contingencia.

Después de realizar el estudio de esta proposición con punto de acuerdo, presentada por el diputado Rolando Rivero Rivero , los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Social coinciden plenamente en no aprobar este asunto.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta honorable asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, --a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Desarrollo Social--, brinde un apoyo social y económico a las familias que fueron afectadas por las explosiones en la carretera del municipio de Nadadores, estado de Coahuila presentada por el diputado Rolando Rivero Rivero , del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 30 de octubre de 2007.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil ocho.
La Comisión de Desarrollo Social, diputados: Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), presidente; Rubí Laura López Silva (rúbrica), Silvio Gómez Leyva (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica), Pablo Leopoldo Arreola Ortega (rúbrica), Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), secretarios; Liliana Carbajal Méndez (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), José Luis Contreras Coeto (rúbrica), Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Nemesio Domínguez Domínguez (rúbrica), Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), Raúl García Vivián (rúbrica), Martín Óscar González, Sergio Hernández Hernández (rúbrica), María Esther Jiménez Ramos (rúbrica), Marcos Matías Alonso (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Mario Heriberto Orozco Ruiz (rúbrica), Gerardo Priego Tapia (rúbrica), Jorge Quintero Bello , Sara Latife Ruiz Chávez (rúbrica), Carlos Sánchez Barrios (rúbrica), Rafael Elías Sánchez Cabrales (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Jorge Toledo Luis (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, respecto del punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conade, a la Codeme y al COM a establecer un plan de trabajo conjunto para realizar un excelente papel en los próximos juegos olímpicos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Juventud y Deporte de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 64, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen

Antecedentes

A la Comisión de Juventud y Deporte de la LX Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos le fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente número 3297, que contiene una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, del Comité Olímpico Mexicano, AC, y de la Confederación Deportiva Mexicana, AC, a que arreglen sus diferencias y establezcan un plan de trabajo en conjunto para que el deporte nacional realice un excelente papel en los próximos juegos olímpicos, presentado por el diputado Marco Heriberto Orozco Velazco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en sesión de la Cámara de Diputados del día 23 de enero de 2008.

La Comisión de Juventud y Deporte procedió al estudio y análisis de la proposición de referencia, llevando a cabo para tal efecto diversas reuniones de trabajo, tanto con los miembros de su mesa directiva como con los integrantes del pleno de la misma, hasta alcanzar el dictamen que hoy se presenta con las siguientes:

Consideraciones

Una proposición con punto de acuerdo es una propuesta que el legislador pone a consideración del Pleno, la cual no constituye iniciativa de ley, sino pronunciamiento sobre asuntos políticos, culturales, económicos o sociales que afectan a una comunidad o grupo particular, para formular algún pronunciamiento, exhorto o recomendación.

Por otro lado, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte es el organismo desconcentrado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargada de conducir la política nacional en materia de cultura física y deporte.

La Confederación Deportiva Mexicana (Codeme), en términos del artículo 66 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, es una asociación civil con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrada por las asociaciones deportivas nacionales registradas, y es la máxima instancia de representación de éstas ante el sector público o privado, y tiene entre sus atribuciones

I. Participar en la formulación de los programas deportivos de sus asociados.
II. Atender y orientar permanentemente a sus asociados en la creación y actualización de su estructura, así como que sus estatutos no contravengan lo dispuesto en la ley de la materia.
III. Vigilar y asegurar que la elección de los órganos directivos de sus asociados se realice con estricto cumplimiento de las disposiciones estatutarias y legales aplicables.
V. Supervisar que sus asociados realicen sus actividades conforme a sus respectivos estatutos y reglamentos.
VI. Verificar y asegurar que los estatutos, reglamentos y demás reglamentos deportivos que expidan las asociaciones deportivas nacionales contengan con toda claridad, entre otros aspectos, los derechos y obligaciones de sus miembros asociados, deportistas y de su consejo directivo, así como los procedimientos disciplinarios y sanciones aplicables.

El Comité Olímpico Mexicano (COM), en términos del artículo 68 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, es una Asociación civil autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, compuesto, entre otros, por las asociaciones deportivas nacionales afiliadas a las federaciones deportivas internacionales que cuenten con el reconocimiento del Comité Olímpico Internacional. Su objeto consiste en fomentar, proteger y velar por el desarrollo del deporte y movimiento olímpico, así como la difusión de los ideales olímpicos en nuestro país y representar al Comité Olímpico Internacional en México.

De acuerdo con el artículo 70 de la Ley de referencia, es el único organismo que tiene la facultad para la representación del país en los juegos olímpicos y en las competencias multideportivas regionales, continentales o mundiales patrocinadas por el Comité Olímpico Internacional, así como la inscripción de los integrantes de las delegaciones deportivas nacionales en dichos eventos.

Asimismo, de conformidad con el artículo 72 de la ley de la materia, el COM, en coordinación y respeto mutuo de sus derechos y jurisdicciones con la Codeme y la Conade, participa en la integración de las delegaciones deportivas que representan a nuestro país en las competiciones que se celebran en el ámbito internacional.

De acuerdo con todo lo anterior, se aprecia claramente que, por ley, las personas morales privadas en comento tienen bien definidas sus atribuciones, las cuales, entre las tres, no se contraponen, más bien se complementan, pero son diferentes entre sí, por lo que cada una cuenta con su propio plan de trabajo, aunque para el caso específico de los Juegos Olímpicos de Beijing 2008 cada asociación deportiva nacional, comúnmente denominada federación nacional, cuya actividad está incluida en el programa olímpico, ha desarrollado durante años un programa para ir decantando y seleccionando en un proceso de largo plazo a quienes representarán a México en los mencionados juegos multideportivos mundiales; por otra parte, la Conade ha apoyado esos planes, los cuales, en el caso de los deportistas ya calificados a esos juegos y los que aún aspiran a hacerlo, han operado al menos desde hace 8 años; asimismo, los gobiernos estatales y municipales han aportado lo que a su alcance ha estado para favorecer, en lo posible, que actualmente tengamos deportistas ya calificados o con aspiraciones todavía de hacerlo.

Finalmente, el COM diseñó un plan para la integración, inscripción y participación de los deportistas mexicanos que obtengan su lugar en la delegación mexicana, por lo que se concluye que el plan de trabajo conjunto, establecido al menos desde el inicio del presente ciclo Olímpico, que abarca los 4 años previos a estos juegos y que incluye, para nuestro país, los Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe, los Juegos Deportivos Panamericanos y los propios juegos olímpicos, además de los campeonatos centroamericanos, panamericanos, campeonatos del mundo y copas del mundo por especialidad deportiva. El mencionado programa está en curso y concluirá con la participación de los juegos de Beijing.

En este tenor, es de apreciarse que los trabajos a cargo de dichos organismos encaminados a la participación de las delegaciones deportivas mexicanas en eventos internacionales requieren, en su preparación, de un lapso de tiempo amplio para un buen desempeño, por lo que resulta poco realista esperar buenos resultados de un plan de trabajo sobre la materia en un tiempo tan limitado, en el supuesto de que no lo hubiera y fuera establecido a unos cuantos meses de la celebración de un evento deportivo internacional como los Juegos Olímpicos de Beijing.

Asimismo, en el supuesto de que los organismos involucrados resolvieran sus diferencias, personales o de sus representados, ningún impacto tendría ya el hecho en los resultados de los deportistas en los inminentes juegos olímpicos a efectuarse en agosto del presente año en Beijing, China, por las razones de antelación programática ya mencionadas.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Comisión de Juventud y Deporte somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, del Comité Olímpico Mexicano y de la Confederación Deportiva Mexicana a establecer un plan de trabajo en conjunto para que el deporte nacional realice un excelente papel en los próximos juegos olímpicos, presentada por el diputado Marco Heriberto Orozco Velazco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 23 de enero de 2008.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Salón de sesiones de la Comisión de Juventud y Deporte, Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil ocho.
Por la Comisión de Juventud y Deporte, diputados: Elizabeth Morales García (rúbrica), presidenta; Alma Hilda Medina Macías (rúbrica), Daisy Selene Hernández Gaytán (rúbrica), Francisco Elizondo Garrido (rúbrica), Francisco Sánchez Ramos , Gerardo Lagunes Gallina (rúbrica), Gregorio Barradas Miravete (rúbrica), José Luis Aguilera Rico (rúbrica), José Inés Palafox Núñez (rúbrica), Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), secretarios; Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), Carlos Alberto Torres Torres (rúbrica), Celso David Pulido Santiago , Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Emilio Ulloa Pérez (rúbrica), Francisco Javier Plascencia Alonso (rúbrica en contra), Gustavo Fernando Caballero Camargo (rúbrica), Joel Arellano Arellano (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Martín Ramos Castellanos (rúbrica), Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica), Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), Rafael Villicaña García (rúbrica), Ricardo Franco Cazarez (rúbrica), Salvador Barajas del Toro (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich , Jorge Luis de la Garza Treviño (rúbrica), Alma Xóchitl Cardona Benavides (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, respecto a la proposición con punto de acuerdo para exhortar al secretario del Trabajo y Previsión Social a atender el conflicto laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora; y al gobernador de ese estado, a respetar el derecho de manifestación de los integrantes de la sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

• Para exhortar al secretario del Trabajo y Previsión Social a atender el conflicto laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora; y al gobernador de ese estado, a respetar el derecho de manifestación de los integrantes de la sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, por el diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, presentada el 17 de octubre de 2007.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo referida en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionaron, y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 20 de septiembre de 2007.
2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. El autor de la proposición que se dictamina refiere que el pasado 30 de julio los trabajadores de la mina de cobre Mexicana de Cananea, Sonora, pertenecientes a la sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, emplazaron a huelga a Industrial Minera México, SA de CV, subsidiaria de Grupo México, propiedad de Germán Larrea Mota Velasco.

Su principal petición está basada en exigir mejores condiciones de seguridad e higiene, como establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y su propio contrato colectivo.

Sin embargo, Grupo México argumenta que dicha situación no existe, ya que sus empresas laboran con total seguridad.

Agrega el proponente que una evidencia de la ``colusión'' entre Grupo México y las autoridades laborales fue el hecho de que el encargado del despacho laboral patronal anunció que las huelgas en Cananea, Taxco y Sombrerete serían declaradas inexistentes horas antes que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje lo hiciera.

Respecto a los trabajadores de la mina en Cananea, ellos lograron un amparo definitivo el pasado 16 de agosto, emitido por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Laboral.

Desgraciadamente, esta resolución no fue acatada y Grupo México buscó dividir el movimiento e intentar continuar la operación normal de trabajo, hecho que ocasionó un enfrentamiento entre sindicalizados y personal contratado por la empresa, que resultó en la muerte del minero Reynaldo Hernández González.

Hasta el momento no se han deslindado responsabilidades del asesinato, ni se ha dado castigo a los responsables.

Apunta el autor de la propuesta que es necesario recordar que Grupo México es responsable de la muerte de 65 mineros ocurrida el 19 de febrero de 2006 en las instalaciones de la mina de carbón Pasta de Conchos, en San Juan de Sabinas, Coahuila, por no ofrecer las medidas mínimas de seguridad para laborar ahí y soslayar las denuncias que vaticinaban una tragedia como la que efectivamente ocurrió.

El proponente señala que, en su carácter de representante popular, y por ser originario de Sonora, fue invitado por los representantes de los mil 300 mineros que trabajan en la mina de cobre Mexicana de Cananea para que constatara las condiciones de inseguridad y falta de higiene que subsisten en este momento en aquel lugar.

Señala el autor de la propuesta que, por tal motivo, un grupo de legisladores federales, entre ellos José Antonio Almazán González , Rosario Ortiz Magallón y el de la voz, acudieron hasta aquella cuidad para realizar un recorrido por las distintas áreas de producción, concentración y perforación, a fin de conocer las condiciones imperantes de inseguridad.

De acuerdo con los testimonios de los trabajadores y con base en lo que observó el proponente en el centro de trabajo, concluyó que la empresa no está cumpliendo su obligación; incluso, la salud de los trabajadores está en peligro, pues afirman que no se les han practicado análisis de sangre para detectar el nivel de plomo. El proponente remarca que en la mina se manejan sustancias muy peligrosas, como ácido sulfúrico, cobalto y plomo, y que los trabajadores constantemente están expuestos a la inhalación o al contacto físico con ellas, incluyendo fuentes radiactivas.

Continúa señalando el autor de la propuesta que hay permanentes derrames de líquidos como aceite, agua y productos químicos. Hay también cables de electricidad expuestos, sin plástico protector, que podrían ocasionar que alguien se electrocute, estructuras dañadas y sin mantenimiento, y recolectores de polvo obsoletos, ya que ha terminado su vida útil, así como poca higiene en los comedores, entre otras cosas más. En fin, numerosas condiciones propicias para que ocurra una tragedia.

Concluye el proponente que los mineros aducen que Grupo México se niega a realizar la reparación general de las estructuras y a solventar todos los desperfectos porque eso conllevaría a detener la producción, por cierto bastante alta, de cobre y ellos dejarían de ganar más dinero.

Refiere el autor de la propuesta que tan sólo en el primer trimestre de este año, Grupo México reportó ganancias por más de 11 mil millones de pesos, lo que representa un incremento de 48 por ciento respecto del mismo lapso del año pasado. El proponente cita al obispo de Saltillo, Raúl Vera López, quién vivió de cerca el siniestro de Pasta de Conchos, quien manifestó que esas ganancias son a costa de la seguridad de los mineros de todo el país que trabajan para la empresa de Germán Larrea.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina lo siguiente:

Efectivamente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la dependencia federal con facultades exclusivas para efectuar labores de inspección y de vigilancia de las normas de seguridad e higiene en las minas del país, con fundamento en el artículo 541 de la Ley Federal del Trabajo.

Por otra parte, y con fundamento en el artículo 921 de la Ley Federal del Trabajo, Grupo México, al recibir copia del emplazamiento a huelga, se convierte en la depositaria de la empresa, con las atribuciones y responsabilidades inherentes al cargo, incluidas las relativas a la seguridad de los trabajadores.

En el mismo sentido, el sindicato minero tanto en la etapa de prehuelga como de huelga no puede realizar estudios sobre la seguridad de la mina sin autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como de Grupo México.

Esta dictaminadora tiene conocimiento de que en días pasados la Secretaría del Trabajo y Previsión Social envió un comunicado de prensa en el que señala que el sindicato reiteró su pliego de peticiones presentado el pasado 24 de agosto, las cuales en la gran mayoría no están relacionadas con las supuestas violaciones de los contratos colectivos de trabajo en materia de seguridad e higiene en los que fueron sustentados los estallamientos de las huelgas.

Igualmente, esta comisión está al tanto de que la representación de Industrial Minera México está dispuesta a atender las medidas de seguridad que el sindicato ha demandado.

Así pues, esta dictaminadora considera que la autoridad laboral se encuentra atendiendo las demandas que ha señalado el sindicato minero en materia de seguridad e higiene de la mina de cobre de Cananea.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar al secretario del Trabajo y Previsión Social a atender el conflicto laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora; y al gobernador de ese estado, a respetar el derecho de manifestación de los integrantes de la sección 65 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, presentada por el diputado Carlos Ernesto Navarro López , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura, ante el Pleno de la Cámara el 17 de octubre de 2007. Descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de enero de 2007.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González , Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja , Luis Ricardo Aldana Prieto , Francisco Antonio Fraile García , Omar Antonio Borboa Becerra , Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez , Antonio Berber Martínez (rúbrica), Rolando Rivero Rivero (rúbrica), José Antonio Arévalo González , Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes (rúbrica en contra), Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica), Rogelio Muñoz Serna , Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo , Sonia Nohelia Ibarra Franquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón , José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica en contra), Diego Aguilar, Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal, estatales y municipales, así como a las autoridades laborales y a las militares, a respetar plenamente los derechos de huelga, laborales y de seguridad de los mineros de Taxco, Guerrero; Sombrerete, Zacatecas; y Cananea, Sonora

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

• Se exhorta al gobierno federal, a los estatales y los municipales y a las autoridades laborales y a las militares a respetar plenamente el derecho de huelga y los laborales y de seguridad de los mineros de Taxco, Guerrero; Sombrerete, Zacatecas; y Cananea, Sonora, a cargo de los diputados Carlos Navarro López y Modesto Brito González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura, presentado el 15 de agosto del 2007.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo mencionada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por los diputados que se mencionaron anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 26 de septiembre de 2007.
2. La proposición citada fue turnada a esta Comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Refieren los autores de la proposición que se dictamina que durante los últimos años, y muy particularmente en la administración de Vicente Fox Quezada, se vivió una frecuente inseguridad en las condiciones de trabajo y un clima de hostigamiento hacia los mineros.

Citan, por ejemplo, el caso de Pasta de Conchos, como el más patético de omisión gubernamental, donde las autoridades laborales abandonaron la revisión obligatoria de las condiciones de trabajo.

Consideran los ponentes que se trató indudablemente de una irresponsabilidad patronal, sólo por ahorrarse unos pesos, pero significó la muerte de más de 60 mexicanos. Aseveran que es la mayor tragedia que ha tenido este sector en nuestro país.

Por otra parte señalan que continúa vivo el recuerdo del enfrentamiento en la siderúrgica Lázaro Cárdenas, y sus consecuencias por no atender un conflicto sindical con la legalidad y la oportunidad que se requería.

Consideran los autores del punto de acuerdo que las autoridades laborales cimentaron su acción en la calificación de un proceso electoral sindical basado en firmas apócrifas y mantuvieron a los dirigentes durante el resto de la administración foxista.

Señalan los ponentes que a la fecha no se ha sancionado a quienes permitieron ese acto fraudulento, tampoco se tiene claridad sobre el origen y el destino de los varios millones de dólares que se encuentran aún en controversia.

Consideran los autores de esta propuesta que las sanciones han sido para funcionarios menores, ya que actualmente varios de los identificados como responsables se encuentran prófugos. En su opinión, el ex secretario del ramo no ha sido llamado a cuentas de la investigación en curso, cuando es conocido el papel protagónico que jugó.

Concluyen los proponentes que vivimos un proceso que se caracteriza por la ausencia de democracia, con una turbia acción gubernamental y con la constante intromisión de intereses económicos que desvirtúan y ponen en riesgo la vida sindical.

Agregan los proponentes que es fundamental ratificar el respeto de los derechos laborales y sindicales consagrados en la Constitución, principalmente el derecho de huelga, así como hacer patente la solidaridad con el movimiento obrero para la defensa de sus derechos sociales, mismos que fueron un pilar de la revolución mexicana.

Expresan su solidaridad con el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana en sus demandas y en su huelga instalada en las minas de San Martín Sombrerete, Zacatecas; de Cananea, Sonora; y de Taxco, Guerrero, y demandan su atención con la ley en la mano.

Asimismo, externan su profunda preocupación porque la declaración de inexistencia de la huelga representa una respuesta burocrática de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, ante los evidentes hechos de inseguridad en el campo laboral, cuya mayor evidencia se centra en lo acontecido en Pasta de Conchos.

Debido a lo expuesto, demandan una solución política, sustentada en el diálogo y en el respeto a los derechos de la clase obrera, y señalan que no se debe retomar el camino del gobierno anterior. Acto seguido expresan las siguientes consideraciones:

Primero. Que el sector minero durante la historia mexicana ha manifestado el reflejo de la inconformidad social existente frente a los abusos de poder y de exclusión social expresado por un sector del capital, de pocas miras y alta vocación explotadora de la mano de obra que recuerda la fase del capitalismo salvaje del siglo XVIII y XIX.
Segundo. Que los derechos laborales forman parte de la columna vertebral de las garantías sociales e individuales consagradas en nuestra Carta Magna; que se encuentran más allá de interpretaciones de carácter partidario e ideológico. Y que su salvaguarda corresponde a la defensa de un principio sustantivo que funda el equilibrio entre los factores de la producción.
Tercera. Que el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros y Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana emplazó a huelga el 30 de julio del año en curso al grupo Minera México, en las poblaciones de Cananea, Sonora; San Martín, Zacatecas; y Taxco, Guerrero, sustentando su protesta en el incumplimiento del contrato en materia de seguridad industrial. Y que en declaración del secretario de asuntos políticos del aludido sindicato, Carlos Pavón, 3 mil mineros están en huelga pues señaló que es necesario cambiar rápidamente las condiciones de seguridad, manifestando que ``sólo en la mina de San Martín, donde se producen mil 400 toneladas de concentrado de zinc, 7 mil 200 toneladas de plata, y 690 toneladas de cobre, se requeriría invertir por lo menos 20 millones de dólares para solucionar cabalmente las faltas de seguridad.
Cuarta. Que el Poder Judicial de la Federación falló en favor del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, al otorgarle el amparo que de manera provisional suspende el dictamen de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que declaraba inexistente la huelga en la mina de Taxco, Guerrero, manteniéndose de este modo ``la legalidad de los paros en Cananea, Sonora; Sombrerete, Zacatecas, y Taxco, sección 17 de Industrial Minera México, SA de CV, unidad de Taxco, Guerrero''.
Quinta. Que han existido amenazas e intimidaciones de despido, por el ejercicio de un derecho pleno de los mineros, en boca de Salvador Rocha, representante legal de la empresa Minera de México, quien señaló el día 10 de agosto ``que fue entregada ante la JFCA la notificación que da por terminada la relación laboral con alrededor de 2 mil 300 trabajadores, ya que ninguno se incorporó a su puesto asignado en las minas de Taxco, Guerrero; San Martín Sombrerete, Zacatecas; y Cananea, Sonora, en el plazo de 24 horas fijado por la autoridad laboral''.

Apuntan los autores de la propuesta que existe un abuso de poder que pretende polarizar innecesariamente un problema laboral y convertirlo en social, al propiciar amenazas de despido, que engrosarán las filas del desempleo.

Finalmente, los proponentes rechazan toda acción que se traduzca en una política represiva y autoritaria en contra del movimiento obrero, sindical o social.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis de los autores de la propuesta, opina lo siguiente:

Esta comisión conoce la declaración de inexistencia de la huelga emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, así como la suspensión provisional otorgada por el Poder Judicial Federal al sindicato minero; así pues, el asunto se encuentra subjudice y, por tanto, se debe continuar con el desarrollo del proceso ante tribunales y esperar la resolución definitiva de dicho asunto.

Por otra parte, y con relación a los supuestos despidos injustificados, señalados en el punto de acuerdo que se analiza, los trabajadores cuentan con el recurso legal que les permite presentar sus demandas en forma individual ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para que ésta determine si los despidos son o no justificados y, en su caso, se liquide o se reinstale a los trabajadores afectados.

Igualmente, esta comisión está al tanto de que la representación de Industrial Minera México está dispuesta a atender las medidas de seguridad que el sindicato les ha demandado.

Asimismo, esta dictaminadora considera que la autoridad laboral se encuentra atendiendo las demandas de diversa naturaleza que señala el sindicato minero en materia de seguridad e higiene en cada una de las minas afectadas.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos federal, estatales y municipales, así como a las autoridades laborales y a las militares, a respetar plenamente el derechos de huelga y los laborales y de seguridad de los trabajadores mineros de Taxco, Guerrero; Sombrerete, Zacatecas; y Cananea, Sonora, a cargo de los diputados Carlos Navarro López y Modesto Brito González , del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura, presentado ante la Comisión Permanente el 15 de agosto del 2007; descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de enero de 2008.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González , Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja , Luis Ricardo Aldana Prieto , Francisco Antonio Fraile García , Omar Antonio Borboa Becerra , Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez , Antonio Berber Martínez (rúbrica), Rolando Rivero Rivero (rúbrica), José Antonio Arévalo González , Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes (rúbrica en contra), Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica), Rogelio Muñoz Serna , Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo , Sonia Noelia Ibarra Franquez , Rosario Ignacia Ortiz Magallón , José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar, Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.



GRUPO PARLAMENTARIO NUEVA ALIANZA

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en el artículo 41, fracción V, de los estatutos de nuestro partido político; 7, 8 y 10 del reglamento que contiene las normas acordadas para el funcionamiento interno del grupo parlamentario; 26, 27 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos informarle que, a petición de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el presidente de la Junta Ejecutiva Nacional, ha determinado que a partir de esta fecha asume la coordinación del grupo parlamentario la diputada Silvia Luna Rodríguez , quien acepta su designación, en sustitución del diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez ; lo anterior, para todos los efectos legales a que ha lugar.

Propiciando la ocasión para remitirle un cordial saludo.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2008.--- Diputados: Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Mónica T. Arriola G. rdillo (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Jacinto Gómez Pasillas (rúbrica), Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica), Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Irma Piñeyro Arias (rúbrica).»

«Acta de la asamblea general del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, para la designación de su nuevo coordinador

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a las quince horas con treinta minutos del día dieciséis de abril del año dos mil ocho, en las instalaciones del Partido Político Nueva Alianza, situadas en la calle de Durango número 199, colonia Roma, en la delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, de conformidad con la previa convocatoria, se reunieron los diputados federales del Partido Nueva Alianza para la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, cuyos nombres y firmas aparecen al calce de la presente acta, para llevar a cabo una Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 26, 27 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 7 del reglamento que contiene las normas acordadas para el funcionamiento interno de nuestro grupo parlamentario. Siendo presidida la sesión por la diputada Mónica T. Arriola G. rdillo, y fungiendo como secretario el diputado Jacinto Gómez Pasillas .

La Presidenta declaró legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen.

Previa deliberación y en forma unánime se llego al siguiente:

Acuerdo

Único. Se designa como nueva coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la ciudadana diputada Silvia Luna Rodríguez , quien acepta su responsabilidad. Dicha designación fue realizada por el presidente de la Junta Ejecutiva Nacional del Partido Nueva Alianza, licenciado Jorge Kahwagi Macari, previa solicitud presentada por los diputados que suscriben la presente acta, de conformidad con lo establecido por los artículos 41 fracción V del estatuto de nuestro partido político, 7, 8 y 10 del reglamento que contiene las normas acordadas para el funcionamiento interno de nuestro grupo parlamentario, 26, 27 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Licenciado Jorge Kahwagi Macari, Presidente de la Junta Ejecutiva Nacional del Partido Nueva Alianza.--- Diputados del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza: Miguel Ángel Jiménez Godínez (rúbrica), Mónica T. Arriola G. rdillo (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Jacinto Gómez Pasillas (rúbrica), Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica), Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Irma Piñeyro Arias (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Gracias, diputada Secretaria. Antes de dar el trámite voy a dar el uso de la palabra a la diputada Marina Arvizu. Por favor, si me auxilian.

La diputada Aída Marina Arvizu Rivas (desde la curul): Gracias por permitirme la palabra, diputada Presidenta.

Sólo para hacer un reconocimiento público, que me parece que es el momento adecuado, al diputado Miguel Ángel Jiménez, por el trabajo que desempeñó como coordinador de su grupo parlamentario, sobre todo, en la Junta de Coordinación Política. Creo que este tiempo que trabajamos juntos nos demostró que es un hombre empeñoso, con una gran capacidad, muy preparado. Y que, si bien es cierto, en algunas ocasiones no estábamos de acuerdo en nuestros posicionamientos políticos, sin embargo, siempre hubo un gran respeto por el trabajo.

Y quiero hacer mención especial a la solidaridad de Miguel Ángel en el trabajo que tuvimos como coordinadores de grupos parlamentarios de partidos políticos emergentes en toda la discusión de la reforma electoral. Quiero hacer el reconocimiento público por su trabajo y también darle la bienvenida a la nueva coordinadora de Nueva Alianza. Muchas gracias, Miguel Ángel. Gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Sí, le vamos a dar el uso de la palabra al diputado Héctor Larios, por favor.

El diputado Héctor Larios Córdova (desde la curul): Gracias, Presidenta.

En el mismo sentido. En primer lugar, dar la bienvenida a la diputada Silvia Luna a la Junta de Coordinación como coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. Pero también agradecer todas las aportaciones que Miguel Ángel tuvo en la Junta de Coordinación Política, la aportación de su propia capacidad y su desempeño, y desearle todo tipo de éxitos en el futuro.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Gracias, diputado Larios. Tiene el uso de la palabra la diputada Lavara, por favor.

La diputada Gloria Lavara Mejía (desde la curul): Gracias, Presidenta.

Igual que los coordinadores compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra, a nombre de mi grupo parlamentario, del Partido Verde Ecologista, también hacerle un sentido reconocimiento a la labor del diputado Miguel Ángel Jiménez al frente del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Durante todo el tiempo que fungió como coordinador siempre vimos en él un lazo con el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza y siempre puso en la mesa la propuesta de conciliación, que tanto es necesaria aquí, en esta Cámara de Diputados. Enhorabuena y mucha suerte.

Y muchas felicidades a la diputada Silvia Luna. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Gracias, diputada Lavara. Tiene el uso de la palabra el diputado Emilio Gamboa.

El diputado Emilio Gamboa Patrón (desde la curul): Con su permiso, señora Presidenta.

Compañeras diputadas y compañeros diputados federales. Yo me sumo a lo que han dicho los coordinadores que me antecedieron. Creo que Miguel Ángel hizo un magnífico papel. No es un hombre fácil, tenía una consigna muy clara, un posicionamiento definido y pudimos transitar en momentos donde no había la manera de instalar la mesa directiva el 1 de septiembre de 2006.

No tengo la menor duda que la conciencia de los coordinadores y el futuro de este país, entre ellos Miguel Ángel, hizo que instaláramos Mesa Directiva cuando no se veían visos ni posibilidades de instalarla.

Yo le doy la bienvenida a Silvia Luna en un momento difícil, donde nos estamos dando cuenta que el Congreso tiene problemas para sesionar, donde yo desde aquí, desde esta tribuna, hago un exhorto y una convocatoria al PRD, a Convergencia y el Partido del Trabajo, que se sumen al trabajo legislativo de aquí al martes 30 de este mes.

Creo que tenemos un compromiso con la sociedad mexicana, creo que tenemos un compromiso de trabajo y de seriedad entre nosotros mismos. Por eso aprovecho esta coyuntura, te deseo, Miguel Ángel, de verdad mucha suerte, sabes que tienes un espacio con nosotros en el PRI y a Silvia le deseo la mejor de las suertes. Gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Le vamos a dar el uso de la palabra al diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez, por favor.

El diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (desde la curul): Para alusiones personales, Presidenta, muchas gracias.

Simplemente para agradecer a todos los órganos de gobierno, a mis compañeros de la Junta de Coordinación Política, de la Mesa Directiva, de la Secretaría General, de Servicios Parlamentarios, de Resguardo, todos y cada uno de los compañeros de Cámara, de los centros de estudio y a todos y cada uno de los compañeros legisladores que me permitieron desempeñar mi tarea de coordinador. Es un momento difícil para el país y hacemos votos porque estos días aciagos puedan resolverse pronto en México.

Muchas gracias, Presidenta. Es cuanto.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Gracias, diputado Miguel Ángel Jiménez.

A nombre de la Mesa Directiva también le agradecemos todo el trabajo que realizó para darle gobernabilidad a los trabajos que realiza esta Mesa, y por supuesto también le damos la bienvenida a la diputada Silvia Luna. Muchas gracias a los dos y esperemos seguir trabajando juntos. Gracias.

Damos el trámite. De enterado y comuníquese. Continúe la Secretaría, por favor.



AUTOMOVILES ROBADOS

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Gobierno de Jalisco.--- Poder Ejecutivo.--- Secretaría General de Gobierno.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso General de la República.--- Presente.

Con fundamento en el artículo 30 fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, y en atención al oficio D.G.P.L. 60-II-4-1237, mediante el cual se notifica al C.P. Emilio González Márquez, gobernador constitucional del estado de Jalisco, que en sesión celebrada el jueves 6 de marzo del año en curso, dicha asamblea legislativa aprobó dos puntos de acuerdo en los que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Seguridad Pública Federal y la Procuraduría General de la República; a los gobernadores de los estados y al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a través de las instituciones homólogas a aquéllas, a fortalecer las acciones e implantar operativos coordinados con los municipios encaminados a identificar y recuperar los automóviles robados, y asimismo, se solicita remitir a esa soberanía un informe sobre las acciones que se tomarán para el cumplimiento de dicho acuerdo en un plazo de 30 días; me permito manifestarle lo siguiente:

El Poder Ejecutivo de esta entidad federativa, consciente de las repercusiones económicas y sociales del delito de robo de vehículos, coincide enteramente con los argumentos de los diputados federales en el sentido de que los tres niveles de gobierno, en sus respectivas esferas de competencia, deben coordinar sus acciones para atacar dicho delito mediante la identificación y recuperación de las unidades afectadas, por lo que el gobierno del estado de Jalisco hace suyo el exhorto comprendido en el acuerdo citado con antelación.

Sin embargo, y por lo que ve exclusivamente al requerimiento de remitir a esa representación popular un informe sobre las acciones que han de tomarse para el cumplimiento de ese acuerdo en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la notificación del mismo, se considera que, en observancia del principio de legalidad y respetando la soberanía de los estados en su régimen interior, es jurídicamente improcedente dicho requerimiento. No obstante lo anterior, como fue manifestado, el gobierno del estado de Jalisco, en el ámbito de sus atribuciones, fortalecerá las acciones e implantará operativos coordinados con los municipios para identificar y recuperar automóviles robados.

Sin otro particular por el momento, quedo de usted como su más atento y seguro servidor.

Atentamente
Guadalajara, Jalisco, a 1 de abril de 2008.--- Licenciado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), secretario general de Gobierno.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



AUTOMOVILES ROBADOS

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo.--- Gobierno del Estado de Nuevo León.--- Procuraduría General de Justicia.

Diputado federal Cristian Castaño Contreras, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura.--- Presente

En contestación a su oficio D.G.P.L.60-II-4-1237, enviado al licenciado José Natividad González Parás, gobernador constitucional del estado de Nuevo León, mediante el cual comunicó los puntos de acuerdo aprobados en sesión del 14 de febrero de 2008, me permito informarle que, para el combate del delito de robo de vehículo, en esta entidad se han concertado acciones y esfuerzos comunes entre las instituciones dependientes del Poder Ejecutivo del estado y autoridades de diversos fueros y niveles de gobierno.

Al ser vocación de esta Procuraduría que sean sancionadas las conductas que atentan contra la sociedad, es tema prioritario en su agenda la reducción a su mínima expresión del índice delictivo, en particular, por lo que hace al robo de vehículos y, en general, en cuanto a la comisión de las demás conductas antisociales, informando a usted que, como consecuencia de ello, se mantendrán las acciones tendientes para lograr la meta descrita.

Por tanto, le comunico que en Nuevo León se han instaurado diversos operativos a través de la Agencia Estatal de Investigaciones de esta Procuraduría General de Justicia, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública federal, con el apoyo de la Séptima Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional, logrando desarticular 25 bandas delictivas dedicadas al robo de vehículos, incrementando considerablemente en el segundo semestre del año 2007 el porcentaje de recuperación de vehículos en nuestra entidad.

Finalmente, adjunto encontrará el oficio suscrito por el licenciado Héctor A. Santos Saucedo, director de la Agencia Estatal de Investigaciones de esta Procuraduría de Justicia, con las estadísticas relativas al antisocial en comento proporcionadas por la Oficina Coordinadora de Riesgos Asegurados, SC, de las que se deduce el alto promedio de localización y recuperación de vehículos robados en esta entidad respecto de otros estados de la zona norte de la república, que revelan los resultados de los esfuerzos coordinados de las autoridades en materia de robo de vehículos.

Sin otro particular, reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Monterrey, NL, a 8 de abril de 2008.--- Licenciado Luis Carlos Treviño Berchelmann (rúbrica), procurador general de Justicia del estado de Nuevo León.»

«Escudo.--- Procuraduría General de Justicia.--- Dirección General de la Agencia Estatal de Investigaciones A.E.I.

Ciudadano Antonio Garza Peña, secretario particular del procurador general de Justicia en el Estado.--- Presente.

Por este conducto, y en contestación a lo solicitado por usted, me permito informar que esta corporación a mi cargo, con apoyo de la Secretaría de Seguridad Publica federal, a través de las Fuerzas Especiales, así como con apoyo de la Secretaría de la Defensa Nacional, específicamente de la Séptima Zona Militar, desde mediados del año próximo pasado y hasta la actualidad se han estado implantado diversos operativos en conjunto dentro de esta entidad federativa y los municipios que la conforman, con la finalidad de identificar a las bandas organizadas delictivas que operan en la ciudad, incrementar la recuperación de vehículos robados en este y otros estados, al igual reducir el índice punible que nos aqueja en últimas fechas.

Como resultado de lo anterior, el porcentaje de recuperación de automóviles robados se ha elevado considerablemente en el último semestre del año anterior, y en los primeros dos meses del presente año. Permitiéndome anexar al presente las estadísticas correspondientes con dichos resultados, así como los proporcionados por la Oficina Coordinadora de Riesgos Asegurados, SC.

Además, a la fecha y con motivo de la buena coordinación con las instancias federales ya mencionadas, se han desarticulado por lo menos veinticinco bandas delictivas dedicadas al robo de vehículos y a la comercialización de los mismos, poniendo a disposición de las autoridades correspondientes los automóviles que con motivo de dichos operativos se han recuperado, lo que se traduce en la reducción en nuestro estado de dicho antisocial; por ende, y ante los buenos resultados, cada día se trabaja en conjunto para seguir desarticulando a las bandas dedicadas a cometer tales delitos.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Monterrey, Nuevo León, marzo de 2008.--- Licenciado Héctor A. Santos Saucedo (rúbrica), director general de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia en el Estado.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES USADOS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- Presente.

Me refiero al oficio D.G.P.L. 60-II-6-1943, de fecha 21 de febrero del presente año, dirigido al licenciado Juan Camilo Mouriño Terrazo, secretario de Gobernación, y turnado para su atención a esta Unidad de Legislación Tributaria el 7 de abril del año en curso, a través del cual, comunica el punto de acuerdo aprobado por el Pleno de ese órgano legislativo, en donde se solicita al Ejecutivo federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía y del Servicio de Administración Tributaria, que tome las medidas necesarias para dejar sin efectos el ``decreto por el que se reforman los diversos por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, y por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados, destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del país, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca, Estado de Sonora, publicados el 22 de agosto de 2005 y el 26 de abril de 2006, respectivamente'', publicado el 1 de febrero de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.

Sobre el particular, se hace de su conocimiento que esta Unidad de Legislación Tributaria ha recibido su escrito y se le informa que será analizado jurídicamente, a efecto de que, de considerarse procedentes, se tomen en cuenta para posibles adecuaciones a las disposiciones aplicables.

Atentamente
México DF, a 10 de abril de 2008.--- Licenciado Rafael Sandoval Giles (rúbrica), Jefe de la Unidad.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a asignar a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recursos presupuestarios adicionales en el presente ejercicio fiscal para incrementar los gastos de operación en alimentación, combustibles y lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

La Junta de Coordinación Política, con fundamento por lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Roberto Badillo Martínez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asigne recursos presupuestales adicionales para el presente ejercicio fiscal que sean destinados a incrementar los gastos de operación en alimentación, combustibles y lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 21 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia, Diputada Gloria Lavara Mejía , Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, Diputada Silvia Luna Rodríguez , Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Social Demócrata.»

«El suscrito, diputado federal del Grupo Parlamentario del PRI, Roberto Badillo Martínez , integrante de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Al inicio de la presente administración federal, una de las prioridades del Ejecutivo fue intensificar la lucha en contra del narcotráfico y de la delincuencia organizada.

Para este efecto, en su carácter de comandante supremo de las Fuerzas Armadas, instruyó al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para que se pusieran al frente de esta lucha, aún cuando desde muchos años atrás el Ejército Mexicano ha sido coadyuvante de manera conjunta con las dependencias federales, estatales y municipales para realizar esta labor.

La capacitación, el adiestramiento, la disciplina y la profunda convicción de servir a México, son algunos de los valores que se reconocen a las fuerzas armadas para llevar a cabo el combate a este flagelo, que pone en grave riesgo la integridad de los mexicanos; los miembros de las fuerzas armadas trabajan incansablemente para cumplir con sus misiones, sin importar los obstáculos a que tengan que enfrentarse y aún cuando lo hacen con los escasos recursos técnicos y financieros que tienen a su alcance, siendo importante reconocer que éstos resultan insuficientes y no corresponsables con la entrega y resultados que arrojan las fuerzas armadas en este rubro, como en tantos otros en los que participan.

Las muertes de un jefe, dos oficiales y nueve elementos de tropa pertenecientes al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos ocurridas el viernes 18 de abril en Michoacán, en el cumplimiento del deber, con motivo de la aplicación de operaciones en contra del narcotráfico, se inscribe, y esto es muy grave, en las desgraciadas circunstancias de precariedad presupuestal que sufren las tres Fuerzas Armadas; en lo obsoleto de su material y vehículos de tierra mar y aire, en la falta de refacciones oportunas a fin de sostener un mantenimiento adecuado y también, en lo intenso del ritmo de operaciones que se le han asignado en el actual sexenio.

La precariedad presupuestal de las Fuerzas Armadas la conocen los diputados integrantes de los diferentes grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados y, afortunadamente, en su gran mayoría, han expresado su voluntad de proporcionar más recursos presupuestales al Ejército, Fuerza Aérea y Armada.

Muchos de los helicópteros y, en general, los vehículos de tierra, mar y aire, así como otros materiales, han cumplido su tiempo normal de servicio; su utilización actual se debe a que no han sido remplazados oportunamente y esto, aunado a la falta de presupuesto para la compra de refacciones y el consecuente mantenimiento adecuado, provoca que sucedan lamentables accidentes que, desafortunadamente, afectan a servidores que verdaderamente cumplen con sus obligaciones.

En razón de lo anterior, solicito a los compañeros diputados integrantes de los diferentes grupos parlamentarios que, por conducto del secretario de la Defensa Nacional, hagamos llegar a los familiares y deudos de los fallecidos el reconocimiento al espíritu del servicio y la solidaridad de nosotros los diputados, integrantes de la actual LX Legislatura, así como la preocupación y solicitud para el reemplazamiento de forma paulatina y permanente de todos los materiales obsoletos en las tres fuerzas, así como el refaccionamiento necesario para reforzar los programas de mantenimiento de las éstas.

La aeronave desplomada era un helicóptero multitareas modelo Bell 212, cuyo primer año de servicio fue en 1970, por lo que estamos hablando de un vehículo con por lo menos 38 años de servicio efectivo.

Compañeros diputados, vale la pena reflexionar frente a este hecho que la mayor parte de vehículos y aeronaves del Ejército Mexicano tienen, en general, un promedio de servicio efectivo de 25 años, lo que motiva a que puedan volver a presentarse accidentes como el citado.

El año pasado, en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de 2008, la Comisión de Defensa Nacional aprobó un acuerdo, de manera unánime, que incluía la solicitud de 356 millones de pesos para incrementar en un 30 por ciento los gastos de operación en alimentación, combustibles y lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones, destinados al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, lamentablemente está solicitud no tuvo la respuesta deseada, por lo que derivado de los hechos citados, la replanteo.

Compañeros diputados, tengan la plena certeza que las Fuerzas Armadas seguirán aportando, como hasta ahora, su entrega y esfuerzo en beneficio de México, siendo corresponsables con el último centavo que se les asigne.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito presentar ante esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente y obvia resolución.

Único. Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a asignar, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, recursos presupuestales adicionales para el presente ejercicio fiscal, que serán destinados a incrementar los gastos de operación en alimentación, combustibles y lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones, del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2008.--- Diputado Roberto Badillo Martínez (rúbrica).»

En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Permítame, me estaban llamando la atención ahorita... perdón, me distraje. Aunque ya se votó, vamos a dar el uso de la palabra al diputado Roberto Badillo Martínezy al diputado Jorge Justiniano González Betancourt. Tiene el uso de la palabra ahorita el diputado Roberto Badillo Martínez, para referirse al asunto que se acaba de votar.

Compañeros, antes de continuar, quisiera que brindaran un aplauso a las personas que nos visitan de Nayarit, porque no pudieron entrar al salón de plenos y están aquí con nosotros.

Continúe el diputado.

El diputado Roberto Badillo Martínez : Con su permiso, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Adelante, diputado.

El diputado Roberto Badillo Martínez : Inicialmente quisiera solicitar a usted que autorizara que guardemos un minuto de silencio por los 12 militares caídos en el cumplimiento de su deber, si fuera tan amable.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Les pido a todos ponerse de pie y guardar un minuto de silencio, por favor.

(Puestos todos de pie guardan el minuto de silencio)

Gracias.

El diputado Roberto Badillo Martínez : Honorable asamblea, al inicio de la presente administración federal, una de las prioridades del Ejecutivo fue intensificar la lucha en contra del narcotráfico y la delincuencia organizada. Para este efecto, en su carácter de comandante supremo de las Fuerzas Armadas, instruyó al Ejército, Fuerza Aérea y Marina ponerse al frente de esta lucha, aun cuando desde muchos años atrás el Ejército Mexicano la ha llevado a cabo como coadyuvante.

La muerte de un jefe, dos oficiales y nueve elementos de tropa pertenecientes al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, ocurrida el pasado día 18 de abril en Michoacán, en el cumplimiento de su deber, con motivo de aplicar operaciones en contra del narcotráfico se inscribe, y esto es muy grave, en las desgraciadas circunstancias de precariedad presupuestal que sufren las Fuerzas Armadas; en lo obsoleto de su material y vehículos de tierra, mar y aire; en la falta de refacciones oportunas, a fin de sostener un mantenimiento adecuado, y el intenso ritmo de operaciones que se han designado en el sexenio actual.

La precariedad presupuestal de las Fuerzas Armadas la conocen los diputados integrantes de los diferentes grupos parlamentarios representados en esta honorable Cámara de Diputados. Y afortunadamente, en su mayoría, han expresado su voluntad de proporcionar más recursos presupuestales al Ejército, Fuerza Aérea y Armada.

Muchos de los helicópteros y en general, los vehículos de tierra, mar y aire, así como otros materiales, han cumplido su tiempo normal de servicio, su utilización actual se debe a que no han sido reemplazados oportunamente. Todo esto aunado a la falta de presupuesto para la compra de refacciones y el consecuente mantenimiento que debe llevar, provoca que sucedan estos lamentables accidentes que afectan a servidores que verdaderamente cumplen con sus obligaciones.

En razón de lo anterior, solicito a los compañeros diputados de los diferentes grupos parlamentarios que, por conducto del secretario de la Defensa Nacional, hagamos llegar a los familiares y deudos de los fallecidos el reconocimiento al espíritu de servicio y la solidaridad de quienes integramos la actual LX Legislatura, así como la preocupación y solicitud para el reemplazamiento de forma paulatina pero permanente, de todos los materiales obsoletos en las tres Fuerzas Armadas.

El año pasado, en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de 2008, la Comisión de Defensa Nacional aprobó un acuerdo de manera unánime, que incluía la solicitud de 356 millones de pesos para incrementar en 30 por ciento los gastos de operación, alimentación, combustibles, lubricantes, refacciones y mantenimiento de instalaciones destinadas al Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México.

Compañeros diputados, tengan la plena certeza de que las Fuerzas Armadas seguirán aportando como hasta ahora su entrega, su esfuerzo en beneficio de México, siendo responsables hasta del último centavo que autoricemos. Quiero informarles que sólo en lo que va del presente sexenio se han destruido 2 mil 508 toneladas de marihuana; 19 toneladas de cocaína. Se han asegurado 13 millones de dólares, 21 millones de pesos. Se han asegurado a 5 mil 287 narcotraficantes nacionales y 116 extranjeros. Por otra, parte se ha asegurado la gran cantidad de 8 mil 896 armas de fuego y casi 1 millón de cartuchos.

Con estos datos muy generales de lo que han hecho las fuerzas armadas en el actual sexenio creo que con este punto de acuerdo estarán todas las fracciones parlamentarias listas para aprobarlos.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Gracias, diputado Roberto Badillo Martínez.

Antes de darle la palabra al siguiente orador quiero hacer mención de que se encuentra con nosotros el excelentísimo André Bugnon, presidente del Consejo Nacional de la Confederación Suiza.

Y voy a mencionar a otras personalidades que le acompañan:

Está también con nosotros el excelentísimo señor Urs Breiter, embajador de Suiza en México; la señora Pascale Bruderer, segunda vicepresidenta del Consejo Nacional de la Confederación Suiza, consejera nacional del cantón Argovia; el señor Ignazio Cassis, consejero nacional del cantón de Ticino; el señor Walter Donzé, consejero nacional del cantón Berná; la señora Therese Frösch, consejera nacional del cantón Berna; señor Yves Nidegyger, consejero nacional del cantón de Ginebra; y el señor Heinrich Schellenberg, consejero de la Embajada de Suiza en México. Todos ustedes sean bienvenidos. Muchas gracias, por encontrarse con nosotros en esta reunión.

Dicen que faltó nombrar a la señora Mariangela Wallimann-Bornatico, también secretaria general de Servicios Parlamentarios de la Confederación Suiza.

Continúe el diputado Jorge Justiniano González Betancourt para hacer referencia al tema que estamos presentando.

El diputado Jorge Justiniano González Betancourt : Con su permiso, diputada Presidenta.

Compañeras diputadas y compañeros diputados: el suscrito, Jorge Justiniano González Betancourt , diputado federal por la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión por el Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes consideraciones.

Las Fuerzas Armadas Mexicanas a lo largo de la historia han demostrado ser el pilar indefectible que sostiene la libertad, soberanía, institucionalidad y seguridad de todos los mexicanos. Son un solo cuerpo, una sola organización, un solo orden formado por mexicanos y mexicanas patriotas que ponen su vida entera a favor de la nación. Para todos ellos México se entiende como ``el lugar que he jurado defender hasta perder la vida''. Comienzan con el presidente de la república en su carácter supremo y terminan con el último de los mexicanos concebidos.

Es por ello que el artículo 73 de la ley suprema de México establece en su fracción XIV que el Congreso tiene la facultad para levantar y sostener a las Fuerzas Armadas de la Unión, a saber, Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea nacionales y para reglamentar su organización y servicio.

Derivado de este artículo y conscientes de la responsabilidad que tenemos todos nosotros, diputadas y diputados, como congresistas, hacia las Fuerzas Armadas Mexicanas, la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados acordó en su oportunidad exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la misma Cámara Baja, a efecto de que al elaborar el dictamen correspondiente al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación enviado por el Ejecutivo federal, se incrementara el Ramo 07, destinado a la ``Defensa Nacional'', en un monto de 7 mil 726 millones 146 mil 660 pesos, necesarios para la adquisición de recursos que mantengan y mejoren las actividades de nuestro instituto armado.

Como consecuencia de lo anterior, la propia Comisión de Presupuesto implantó, en el artículo 45 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la siguiente disposición.

Artículo 45. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público identificará los ahorros obtenidos a efecto de apoyar a las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, en materia de adquisición de equipamiento que permita mejorar su desempeño a favor de la población en situación de emergencia y, fortalecer la seguridad de la nación.

El Ejército Mexicano en las últimas décadas se ha sostenido merced a las privaciones que con gran disciplina y lealtad a México han padecido los soldados mexicanos. A últimas fechas, la presencia del Ejército Mexicano como el instrumento más eficaz y eficiente del pueblo mexicano para la resolución de los problemas que aquejan al país se ha demostrado, sin lugar a dudas.

Al Ejército Mexicano lo mismo se le llama para atender los efectos de una inundación en Tabasco y en Chiapas que para frenar el avance del voraz crimen organizado. Para nadie es desconocido que el Ejército Mexicano es el primero en atender estas circunstancias ---sobra decirlo--- tan graves y dañinas para el pueblo mexicano, sacrificándolo todo, incluso, hasta la propia alimentación mediante un ahorro de sus raciones diarias de comida a favor de la población mexicana afectada.

Nuestros soldados enfrentan inteligentemente estos desastres; todos los estados de la república, desde Yucatán hasta Baja California; desde Coahuila hasta Guerrero, todos han recibido el apoyo de nuestro Ejército Mexicano.

Señores, es hora de que todos correspondamos a nuestras Fuerzas Armadas mediante un ahorro en los recursos federales del Presupuesto de Egresos y así proporcionar lo necesario para la adquisición de vehículos Humvee, ya que los de hoy en día cuentan con más de 25 años de servicio; radios Falcon de intercomunicación; combustibles, lubricantes, refacciones.

Asimismo, 3 aviones caza 295, para reponer 3 aviones Hércules C130 de auxilio a la población; radares de largo alcance, necesarios para complementar el sistema de detección y control del espacio aéreo en el sureste del país y fortalecer la soberanía del espacio aéreo nacional; 2 helicópteros UH60L de combate al narcotráfico; nuevo vestuario y equipo de campaña.

Y lo más importante, señoras y señores, incrementar la compensación técnica del servicio de los elementos de tropa del país y abastecer suficientemente la atención médica a los militares y sus familias, lo que tendrán ambas cosas una repercusión moral alentadora en nuestro Ejército Mexicano y su conjunto.

Compañeros diputados, estoy seguro de que podemos lograr un ahorro económico y desde ahora hacer el compromiso de notificarle a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los mismos, para hacerlos llegar en su oportunidad al Ejército, Armada, Fuerza Aérea Mexicanos. Vengo ante ustedes para defender valores en los que creo y que me fueron inculcados por el más grande de los ejércitos del mundo: el nuestro. También los exhorto para que fomenten en sus respectivas entidades federativas a que se realicen ahorros económicos y juntos vigilemos a que estos se vayan directamente a nuestras fuerzas armadas.

Cumplamos realmente con la directriz que nos compete el artículo 173 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguientepunto de acuerdo.

Único. Se exhorta a los gobernadores de los estados de la república y a los titulares de la administración pública federal a que, en la medida de lo posible, realicen un ahorro monetario de los recursos recibidos del Presupuesto de Egresos de 2008 de la Federación, y de ésta manera estos mismos ahorros se trasladen directamente a las Fuerzas Armadas Mexicanas para la adquisición de equipo y mantenimiento del equipo del servicio que prestan.

Esto en cumplimiento del artículo 45 del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008.

Solicito a esta Presidencia que se inserte esta proposición integrante en el Diario de los Debates, adicionada con el acuerdo de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados mediante el cual se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para a que incremente el ramo 07, ``Defensa Nacional''. Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.

Punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobernadores de los estados de la República, y a los titulares de la Administración Pública Federal, para que en la medida de lo posible realicen un ahorro monetario de los recursos recibidos del Presupuesto de Egresos 2008 de la Federación.

El suscrito diputado. Jorge Justiniano González Betancourt , diputado federal de la LX Legislatura del H. Congreso de la Unión, por el Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Las fuerzas armadas mexicanas a lo largo de la historia han demostrado ser el pilar indefectible que sostiene la libertad, soberanía, institucionalidad y seguridad de todos los mexicanos. Son un solo cuerpo, una sola organización, un solo orden, formado por mexicanos y mexicanas patriotas que ponen su vida entera a favor de la nación; para ellos México se entiende, y cito, ``como el lugar que he jurado defender hasta la muerte''. Comienzan con el Presidente de la República, en su carácter de comandante supremo, y terminan con el último de los mexicanos concebidos; es por ello que el artículo 73 de la ley suprema de México establece en su fracción XIV, que: ``el Congreso tiene facultad para levantar y sostener a las Fuerzas Armadas de la Unión a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Área Nacionales, y para reglamentar su organización y servicio''.

Derivado de este artículo, y conscientes de la responsabilidad que tenemos todos nosotros, diputados y diputadas como congresistas hacia con las fuerzas armadas mexicanas, la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados acordó en su oportunidad exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la misma Cámara baja a efecto de que al elaborar el dictamen correspondiente al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación enviado por el Ejecutivo federal, se incrementara el Ramo 07, destinado a la Defensa Nacional por un monto de 7 mil 726 millones 146 mil 660 pesos, necesarios para la adquisición de recursos que mantengan y mejoren las actividades de nuestro instituto armado.

Como consecuencia de lo anterior la propia comisión de presupuesto implementó en el artículo 45 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación la siguiente disposición:

``Artículo 45. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público identificará los ahorros obtenidos, a efecto de apoyar a las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina en materia de adquisición de equipamiento que permita mejorar su desempeño a favor de la población en situación de emergencia y fortalecer la seguridad de la Nación.''

El Ejército mexicano en las últimas décadas se ha sostenido merced a las privaciones que con gran disciplina y lealtad a México, han padecido los soldados mexicanos .de más baja jerarquía, hay que reconocerlo, pero también lo ha hecho como consecuencia de no haber renovado en más de veinticinco años su flota terrestre, aérea y marina; de no haber adquirido armamento moderno, radares, tecnología de punta; además de no haber cubierto un requerimiento de nuevas plazas necesarias para un correcto funcionamiento operativo.

A últimas fechas la presencia del Ejército mexicano como el instrumento más eficaz y eficiente, del pueblo mexicano para la resolución de los problemas que aquejan al país, se ha demostrado sin lugar a dudas.

Al Ejército mexicano lo mismo se le llama para atender los efectos de una inundación en Tabasco y Chiapas, que para frenar el avance voraz del crimen organizado. Para nadie es desconocido que el Ejército mexicano es el primero en atender estas circunstancias, sobra decirlo, tan graves y dañinas para el pueblo de México. Sacrificándolo todo, incluso hasta la propia alimentación mediante un ahorro en sus raciones diarias de comida a favor de la población mexicana afectada, nuestros soldados enfrentan inteligentemente estos desastres. Todos los Estados de la República mexicana, desde Yucatán hasta Baja California; desde Coahuila hasta Guerrero, todos han recibido el apoyo del Ejército mexicano; y yo alzo la voz el día de hoy en la máxima tribuna del país para decir: Señores es hora de que todos correspondamos a nuestras fuerzas armadas mediante un ahorro en los recursos Federales del Presupuesto de Egresos, y así proporcionar lo necesario para la adquisición de:

• Vehículos Humvee, ya que los de hoy día cuentan con más de 25 años de servicio. • Radios Falcon de intercomunicación. • Combustibles, lubricantes y refacciones correspondientes. • 3 aviones casa 295 para reponer 3 aviones Hércules C-130, de auxilio a la población. • Radares de largo alcance necesarios para complementar el sistema de detección y control del espacio aéreo en el sureste del País y fortalecer la Soberanía del espacio aéreo nacional. • 2 helicópteros UH-60L de combate al narcotráfico. • Nuevo vestuario y equipo de campaña; y lo más importante señoras y señores: 1. Incrementar la compensación técnica al servicio de los elementos de tropa del país, y; 2.- Abastecer suficientemente la atención médica a los militares y sus familias, lo que tendrán, ambas cosas una repercusión moral alentadora en nuestro Ejército mexicano en su conjunto.

Señoras, señores, estoy seguro que podemos lograr un ahorro económico y desde ahora hacer el compromiso de notificarle a la Secretaría de Hacienda de los mismos para hacerlos llegar en su oportunidad al Ejército, Armada y Fuerza Aérea mexicanos. Ahorremos para invertir, invirtamos ahorrando.

Vengo anteustedes para defender valores en los que creo y que me fueron inculcados por el más grande de los ejércitos del mundo, el nuestro señores; porque un Ejército no se mide por la capacidad bélica que posee, sino por su modestia, altruismo solidaridad y heroísmo.

También los exhorto ustedes para que fomenten en sus respectivas entidades federativas a que se realicen ahorros económicos, y juntos vigilemos que estos se vayan directamente a nuestras fuerzas armadas. Cumplamos realmente con la directriz a que nos compele el artículo 73 de la Constitución General de la República.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los gobernadores de los estados de la República, y a los titulares de la Administración Pública Federal, para que en la medida de lo posible, realicen un ahorro monetario de los recursos recibidos del Presupuesto de Egresos 2008 de la Federación y de esta manera, estos mismos ahorros se trasladen directamente a las fuerzas armadas mexicanas para la adquisición de equipo y mantenimiento del servicio que prestan, esto en cumplimiento del articulo 45 del decreto de Presupuesto de Egresos de la federación 2008.

Diputado Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica).--- Palacio Legislativo de San Lázaro a 19 de Febrero de 2008.»

Presidencia del diputado Arnoldo Ochoa González

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Insértese en el Diario de los Debates y consulte la Secretaría a los diputados si se aprueba el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : Ya está aprobado.

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Ah. Se había aprobado anteriormente. Aprobado y comuníquese. Remítase a la Mesa Directiva.



CAMARA DE SENADORES

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores que a la letra dice:

Primero. Se faculta a la Mesa Directiva para que acuerde y designe los recintos alternos que podrán ser utilizados en tanto se logre el restablecimiento de las condiciones que permitan la utilización del salón de sesiones de Xicoténcatl número 9.
Segundo. La ubicación de los recintos que se designen se comunicará a la colegisladora y a los demás Poderes de la Unión, así como a las legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Asimismo, se hará difusión de su ubicación en los medios masivos.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.
México, DF, a 17 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Remítase a la Mesa Directiva.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

En cumplimiento del acuerdo aprobado en esta fecha, hago de su conocimiento que la Mesa Directiva acordó designar como recinto alterno de la Cámara de Senadores la sala situada en el piso quinto del edificio Torre del Caballito, en Paseo de la Reforma número 10, colonia Tabacalera, de esta ciudad.

Atentamente
México, DF, a 17 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : De enterado, remítase a la Mesa Directiva.



COMISION PERMANENTE

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se eligió a los senadores que integrarán la Comisión Permanente correspondiente al segundo receso del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Titulares Sustitutos
Santiago Creel Miranda Alejandro Zapata Perogordo
Humberto Aguilar Coronado José Guillermo Anaya Llamas
José González Morfín Andrés Galván Rivas
Rubén Camarillo Ortega Ramón Galindo Noriega
Fernando Elizondo Barragán Jorge Andrés Ocejo Moreno
Juan Bueno Torio Adriana González Carrillo
Gustavo Madero Muñoz Ulises Ramírez Núñez
Manlio Fabio Beltrones Rivera Fernando Jorge Castro Trenti
Carlos Aceves del Olmo Amira Gricelda Gómez Tueme
Francisco Arroyo Vieyra Melquiades Morales Flores
Mario López Valdez Fernando Eutimio Ortega Bernés
Carlos Lozano de la Torre Renán Cleominio Zoreda Novelo
Carlos Navarrete Ruiz José Guadarrama Márquez
Pablo Gómez Álvarez Francisco Javier Castellón Fonseca
Rosalinda López Hernández Claudia Sofía Corichi García
Arturo Escobar y Vega Francisco Agundis Arias
Dante Delgado Gabino Cue Mongteagudo
Alejandro González Yáñez Francisco Javier Obregón Espinoza
Atentamente
México, DF, a 17 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : De enterado.



DIA NACIONAL DE LA LUCHA CONTRA EL CANCER INFANTIL

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha se recibió acuerdo del Congreso del estado de Chihuahua por el que se adhiere al acuerdo tomado por esa Cámara de Diputados en relación con el Día Nacional de la Lucha en contra del Cáncer Infantil.

La Presidencia dispuso que dicho acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados, el cual se anexa.

Atentamente
México, DF, a 17 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo.--- Congreso del Estado de Chihuahua.--- LXII Legislatura.

Senador Santiago Creel Miranda, Presidente de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.

Para su conocimiento y efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 54/08 II P.O., así como de los documentos que le dieron origen, mediante el cual la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado se adhiere al acuerdo tomado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el sentido de exhortar al titular del Ejecutivo federal para que, en ejercicio de sus facultades, declare el 5 de enero de cada año como Día Nacional de la Lucha en contra del Cáncer Infantil.

Sin otro particular de momento, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Chihuahua, Chihuahua, a 18 de marzo de 2008.--- Diputado Jorge Alberto Gutiérrez Casas (rúbrica), Presidente del honorable Congreso del Estado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Congreso del Estado de Chihuahua.--- Secretaría.

La Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, reunida en su segundo periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio constitucional

Acuerda

Artículo Primero. Adherirse al acuerdo tomado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el sentido de exhortar al titular del Ejecutivo federal para que, en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Salud y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, declare el 5 de enero de cada año como Día Nacional de la Lucha en contra del Cáncer Infantil, como una forma de convocar y motivar a la sociedad entera y al gobierno del país, en todos los órdenes, a redoblar esfuerzos en la búsqueda de mejores condiciones de salud y calidad de vida para los niños de México.

Artículo Segundo. Exhortar respetuosamente al titular del Ejecutivo estatal, así como a los sesenta y siete ayuntamientos de nuestra entidad para que, atentos a la declaratoria que en su caso se sirva emitir el Ejecutivo federal sobre el asunto aquí tratado, prevean en sus ámbitos de competencia la institución del 5 de enero de cada año como Día Nacional de la Lucha en contra del Cáncer Infantil.

Artículo Tercero. Remítase copia del presente acuerdo, así como de los documentos que le dieron origen, a las autoridades señaladas, para los efectos a que haya lugar.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los trece días del mes de marzo del año dos mil ocho.--- Diputados: Jorge Alberto Gutiérrez Casas (rúbrica), presidente; María Ávila Serna (rúbrica), Jorge Alejandro Espino Balaguer (rúbrica), secretarios.»

«Escudo.--- Congreso del Estado de Chihuahua.

H. Congreso del Estado.--- Presente

La Comisión de Salud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración del pleno el presente dictamen, elaborado con base en los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha nueve de enero del año dos mil ocho, fue turnada para estudio y dictamen a esta comisión de dictamen legislativo, iniciativa de acuerdo presentada por el grupo parlamentario del Partido Nueva Alianza, por medio de la cual se adhiere al acuerdo tomado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de exhortar al titular del Ejecutivo del Federal para que en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Salud y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, declare el 5 de enero de cada año día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil.

II. La iniciativa se sustenta bajo los siguientes argumentos:

El pasado día 5 de diciembre del presente año fue aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

``Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, para que en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Salud y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, declare el 5 de enero de cada año día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil, como una forma de convocar y motivar a la sociedad entera y al gobierno del país en todos los órdenes, a redoblar esfuerzos en la búsqueda de mejores condiciones de salud y calidad de vida para los niños de México.Segundo. Se exhorta respetuosamente a los poderes Ejecutivo y Legislativo de los Estados, a la Jefatura de Gobierno, Asamblea Legislativa y Jefaturas delegacionales del Distrito Federal, así como a los ayuntamientos de la República, para que, atentos a la declaratoria que en su caso se sirva emitir el Ejecutivo Federal sobre el asunto aquí tratado, prevean en sus ámbitos de competencia la institución del 5 de enero de cada año como día nacional de la lucha contra el cáncer infantil.''

Lo anterior se aprobó tomando en cuenta como argumento que ``el activo más valioso de cualquier país es sin duda su población. La gente, el hombre en un sentido amplio, la población, constituye uno de los componentes esenciales del estado, por lo cual su bienestar y protección se erigen en el objetivo sustantivo de los órganos legislativos de cualquier ámbito y de la administración pública en todas sus modalidades y formas de organización.

Conforme a esta consideración, los niños del mundo, y de México en particular, constituyen un segmento que demanda protección de la sociedad en su conjunto, en razón de su fragilidad consustancial y condición, por naturaleza vulnerable. Estas circunstancias reclaman un esfuerzo permanente de todos los actores sociales, cuyos esfuerzos más decididos deben ser sumados para atender de la mejor manera el desarrollo, la educación, la seguridad y la salud de la infancia.

Una premisa insoslayable de todo esfuerzo para impulsar el desarrollo de una nación son las condiciones adecuadas de salud de su población; sin ellas, no es posible mantener ritmos sostenidos de crecimiento ni la salud misma del cuerpo social. Uno de los grandes flagelos que enfrenta la población mundial es el cáncer; que afecta cada año a volúmenes crecientes de la población del mundo, pues tan sólo en 2005 -se estima 8 millones de personas en el orbe murieron a causa de esa enfermedad crónico-degenerativa. La cifra muy posiblemente crecerá a 84 millones de defunciones a escala mundial en el horizonte de los próximos 10 años.

Los niños mexicanos forman un segmento poblacional afectado gravemente por el cáncer, la segunda causa de muerte infantil, precedida únicamente por el rubro de fallecimientos en accidentes. Se tiene registrado que en México, cada año, 7 mil infantes contraen este grave padecimiento. De este volumen, apenas mil 500 niños tienen acceso a la seguridad social; el resto tiene que buscar apoyos en otras instituciones, o buscar medios alternativos de atención, la mayor parte de éstos en condiciones in adecuadas. En esta dinámica de morbilidad-mortalidad, es indignante que en México se sigan registrando muertes de infantes afectados por el cáncer por causas relacionadas con la falta de medidas preventivas, por no contar con medios para un tratamiento médico oportuno o porque los familiares del menor no se percataron a tiempo de los síntomas de la enfermedad. Esto ha traído como consecuencia que anualmente mueran en México alrededor de 6 mil niños a consecuencia del cáncer.

Frente a este panorama, es imperativo instaurar en México diversas medidas para luchar contra esta enfermedad entre la población infantil. Tenemos que dar observancia plena a los instrumentos internacionales vigentes en el país, en el marco del artículo 133 constitucional, como es el caso de la convención internacional de los derechos del niño, la cual señala entre sus finalidades más importantes elevar la calidad de vida de todos los niños, siendo la salud uno de los requisitos sustantivos para tal fin.

Establecer en México una fecha-calendario como día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil es una señal visible de un compromiso social compartido; es el refrendo periódico de un esfuerzo permanente de la sociedad civil, del gobierno en todos sus órdenes y del sector privado por erradicar el cáncer entre la niñez, sobre todo en los sectores más desprotegidos económica y socialmente. Instituir un día para la lucha contra el cáncer infantil es considerar una fecha específica para hacer un recuento de logros y retos, es un esfuerzo tangible para privilegiar el interés superior del niño como principio rector que debe inspirar todos los esfuerzos a favor de la niñez.

El día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil sería una fecha idónea para evaluar los alcances y resultados del Consejo Nacional para la prevención y el tratamiento del cáncer en la infancia y adolescencia, cuyo decreto de creación fue publicado el 5 de enero de 2004. Acorde con esta fecha significativa en la lucha contra el cáncer entre la niñez, se propone en la presente que sea precisamente el día 5 del primer mes de cada año la fecha nacional en cuestión.

Instituir un día nacional en contra del cáncer infantil significará una motivación clara para toda la sociedad mexicana en la búsqueda de mejores condiciones de acceso de la niñez a medidas preventivas entre la población actualmente sana; la detección oportuna del cáncer y el mejor tratamiento a través de servicios médicos especializados, que permitan salvar vidas y aportar dignidad, calidad y calidez a los niños afectados, en congruencia con el derecho a la salud, establecido en el artículo 4°. Constitucional.

El día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil será oportunidad idónea para refrendar compromisos, evaluar logros, dimensionar retos y renovar metas y objetivos. Para esto es necesario, de manera inicial, que el ejecutivo federal dé el paso inicial necesario para la institución de esa fecha, como punto de partida para que en el resto del país los demás órdenes de gobierno y la sociedad civil respalden y adopten esa fecha como un esfuerzo más en la lucha permanente para erradicar el cáncer infantil.''

A las anteriores consideraciones se suma que en el estado de Chihuahua el grupo de edad de 1 a 14 años representa la tercera parte de la población general y la mortalidad infantil por cáncer ocupa el 4° lugar en edad preescolar y el 2° en niños de 5 a 14 años, lo que implica la necesidad de mejorar el acceso a medidas preventivas y de atención que permitan asegurar la calidad de vida de la niñez chihuahuense, futuro potencial de nuestro estado.

La Comisión Salud, después de entrar al estudio y análisis de la iniciativa de mérito, formula las siguientes

Consideraciones

Como se manifiesta en la iniciativa, tener una fecha en la que se recuerde la problemática del cáncer infantil que existe en nuestro país, nos va a permitir que todo el sector salud, así como las diferentes instituciones dedicadas a la investigación, tratamiento y cuidado del mismo, estén consientes de los avances que se tengan y con ello seguir desa-rrollando, por un lado, las campañas preventivas necesarias para tratar de minimizar esta enfermedad, así como estar al tanto de los avances científicos que se estén logrando para controlar al paciente y que puedan en los momentos de tratamiento tener una mejor calidad de vida dentro de lo posible, ya que sabemos que este tipo de medicamentos son sumamente agresivos pero necesarios para una posible cura o control de la enfermedad.

Instituir un día nacional en contra del cáncer infantil, debe de ser con la intención clara de una profunda evaluación de los compromisos, logros, retos alcances, prevención y acceso a los servicios médicos especializados de los niños que lo requieran; es decir, valorar las metas que fueron propuestas o proyectadas, medir el alcance de las mismas, medir el resultado de los programas preventivos y valorar el porcentaje de los que tuvieron acceso a los servicios médicos, todo esto con el único fin de que cada año se estén valorando los diferentes indicadores, con el propósito de que, de acuerdo con los resultados obtenidos se modifiquen las acciones para que cada año se obtengan mejores dividendos, es decir, que las campañas preventivas den como resultado una baja en los indicadores de incidencia, que en cuanto a los servicios médicos especializados requeridos, para la atención de esta enfermedad infantil, cada vez sea mayor el numero de infantes que los reciban, cuando sea el caso, que los mismos cada vez sean de mayor calidad y calidez, que los avances científicos para contrarrestar y controlar este tipo de enfermedad se apliquen con mayor rapidez, que las campañas preventivas en su caso sean permanentes y con mayor índice de penetración, utilizando todos los medios que el Estado tenga a su alcance para que permita convocar y motivar a la sociedad y gobierno- a redoblar esfuerzos para obtener mejores condiciones de salud y calidad de vida en nuestros niños.

Instituir el día 5 de enero de cada año ``día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil'', sirve como punto de partida para que los demás ordenes de gobierno y la sociedad civil respalden y adopten esta fecha como un esfuerzo mas en la lucha permanente para tratar de erradicar este tipo de enfermedad que aqueja a la población infantil siendo la segunda causa de muerte en este segmento poblacional.

Es por ello que la Comisión de Salud, con los planteamientos expuestos, considera que es el momento oportuno para que la Sexagésima Segunda Legislatura de H. Congreso del estado, se adhiera al acuerdo tomado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en el que se exhorta al Ejecutivo Federal para que se declare el día 5 de enero de cada año como ``día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil''.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del estado, la Comisión Salud somete a la consideración del Pleno el presente dictamen con el carácter de

Acuerdo

Primero. La Sexagésima Segunda Legislatura de H. Congreso del Estado de Chihuahua, se adhiere al acuerdo tomado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en el sentido de exhortar al Titular del Ejecutivo del Federal para que en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Salud y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, declarare el 5 de enero de cada año como ``día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil'', como una forma de convocar y motivar a la sociedad entera y al gobierno del país, en todos los órdenes, a redoblar esfuerzos en búsqueda dé mejores condiciones de salud y calidad de vida para los niños de México.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al ejecutivo estatal, así como a los sesenta y siete ayuntamientos de nuestra entidad para que, atentos a la declaratoria que en su caso se sirva emitir el Ejecutivo Federal sobre el asunto aquí tratado, prevean en sus ámbitos de competencia la institución del 5 de enero de cada año como ``día nacional de la lucha contra el cáncer infantil''.

Tercero. Remítase copia del presente acuerdo, así como de los documentos que le dieron origen, a las autoridades señaladas, para los efectos a que haya lugar.

Económico. Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la minuta de acuerdo en los términos correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los días del mes de marzo del año dos mil ocho.--- Por la Comisión de Salud, diputada Irma Patricia Alamillo Calvillo (rúbrica), Presidente; diputado José Luis Cisneros Carlos (rúbrica), Secretario; diputada Alma Rosa Núñez González, Vocal; diputado Jesús José Díaz Monarrez (rúbrica), Vocal; diputado Jesús Velásquez Rodríguez (rúbrica), Vocal.»

«Diputados integrantes de la LXII Legislatura del honorable Congreso del Estado de Chihuahua.--- Presente.

El grupo parlamentario del Partido Nueva Alianza de la LXII Legislatura de este honorable Congreso del estado de Chihuahua, con fundamento en los artículos 57 y 58 de nuestra Constitución política del Estado, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía; la presente proposición como punto de acuerdo en relación a la adhesión al acuerdo tomado por la LX Legislatura de ``exhortar al titular del Ejecutivo federal para instituir el 5 de enero como día nacional de lucha en contra del cáncer infantil'', con base en los siguientes:

Consideraciones

El pasado día 5 de diciembre del presente año fue aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

``Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del poder Ejecutivo Federal, para que en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Salud y la Ley Orgánica de la Administración pública Federal, declare el 5 de enero de cada año día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil, como una forma de convocar y motivar a la sociedad entera y al gobierno del país en todos los órdenes, a redoblar esfuerzos en la búsqueda de mejores condiciones de -salud y calidad de vida para los niños de México.Segundo. Se exhorta respetuosamente a los poderes Ejecutivo y Legislativo de los Estados, a la Jefatura de Gobierno, Asamblea Legislativa y Jefaturas delegacionales del Distrito Federal, así como a los ayuntamientos de la República, para que, atentos a la declaratoria que en su caso se sirva emitir el Ejecutivo Federal sobre el asunto aquí tratado, prevean en sus ámbitos de competencia la institución del 5 de enero de cada año como día nacional de la lucha contra el cáncer infantil.''

Lo anterior se aprobó tomando en cuenta como argumento que ``el activo más valioso de cualquier país es sin duda su población. La gente, el hombre en un sentido amplio, la población, constituye uno de los componentes esenciales del estado, por lo cual su bienestar y protección se erigen en el objetivo sustantivo de los órganos legislativos de cualquier ámbito y de la administración pública en todas sus modalidades y formas de organización.

Conforme a esta consideración, los niños del mundo, y de México en particular, constituyen un segmento que demanda protección de la sociedad en su conjunto, en razón de su fragilidad consustancial y condición, por naturaleza vulnerable. Estas circunstancias reclaman un esfuerzo permanente de todos los actores sociales, cuyos esfuerzos más decididos deben ser sumados para atender de la mejor manera el desarrollo, la educación, la seguridad y la salud de la infancia.

Una premisa insoslayable de todo esfuerzo para impulsar el desarrollo de una nación son las condiciones adecuadas de salud de su población; sin ellas, no es posible mantener ritmos sostenidos de crecimiento ni la salud misma del cuerpo social. Uno de los grandes flagelos que enfrenta la población mundial es el cáncer; que afecta cada año a volúmenes crecientes de la población del mundo, pues tan sólo en 2005 -se estima 8 millones de personas en el orbe murieron a causa de esa enfermedad crónico-degenerativa. La cifra muy posiblemente crecerá a 84 millones de defunciones a escala mundial en el horizonte de los próximos 10 años.

Los niños mexicanos forman un segmento poblacional afectado gravemente por el cáncer, la segunda causa de muerte infantil, precedida únicamente por el rubro de fallecimientos en accidentes. Se tiene registrado que en México, cada año, 7 mil infantes contraen este grave padecimiento. De este volumen, apenas mil 500 niños tienen acceso a la seguridad social; el resto tiene que buscar apoyos en otras instituciones, o buscar medios alternativos de atención, la mayor parte de éstos en condiciones inadecuadas. En esta dinámica de morbilidad-mortalidad, es indignante que en México se sigan registrando muertes de infantes afectados por el cáncer por causas relacionadas con la falta de medidas preventivas, por no contar con medios para un tratamiento médico oportuno o porque los familiares del menor no se percataron a tiempo de los síntomas de la enfermedad. Esto ha traído como consecuencia que anualmente mueran en México alrededor de 6 mil niños a consecuencia del cáncer.

Frente a este panorama, es imperativo instaurar en México diversas medidas para luchar contra esta enfermedad entre la población infantil. Tenemos que dar observancia plena a los instrumentos internacionales vigentes el país, en el marco del artículo 133 constitucional, como es el caso de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la cual señala entre sus finalidades más importantes elevar la calidad de vida de todos los niños, siendo la salud uno de los requisitos sustantivos para tal fin.

Establecer en México una fecha-calendario como día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil es una señal visible de un compromiso social compartido; es el refrendo periódico de un esfuerzo permanente de la sociedad civil, del gobierno en todos sus órdenes y del sector privado por erradicar el cáncer entre la niñez, sobre todo en los sectores más desprotegidos económica y socialmente. Instituir un día para la lucha contra el cáncer infantil es, considerar una fecha específica para hacer un recuento de logros y retos, es un esfuerzo tangible para privilegiar el interés superior del niño como principio rector que debe inspirar todos los esfuerzos a favor de la niñez.

El día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil sería una fecha idónea para evaluar los alcances y resultados del Consejo Nacional para la prevención y el tratamiento del cáncer en la infancia y la adolescencia, cuyo decreto de creación fue publicado el 5 de enero de 2004. Acorde con esta fecha significativa en la lucha contra el cáncer entre la niñez, se propone en la presente que sea precisamente el día 5 del primer mes de cada año la fecha nacional en cuestión.

Instituir un día nacional en contra del cáncer infantil significará una motivación clara para toda la sociedad mexicana en la búsqueda de mejores condiciones de acceso de la niñez a medidas preventivas entre la población actualmente sana; la detección oportuna del cáncer y el mejor tratamiento a través de servicios médicos especializados, que permitan salvar vidas y aportar dignidad, calidad y calidez a los niños afectados, en congruencia con el derecho a la salud, establecido en el artículo 4o. constitucional.

El día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil será oportunidad idónea para refrendar compromisos, evaluar logros, dimensionar retos y renovar metas y objetivos. Para esto es necesario, de manera inicial, que el ejecutivo federal dé el paso inicial necesario para la institución de esa fecha, como punto de partida para que en el resto del país los demás órdenes de gobierno y la sociedad civil respalden y adopten esa fecha como un esfuerzo más en la lucha permanente para erradicar el cáncer infantil.''

A las anteriores consideraciones se suma que en el estado de Chihuahua el grupo de edad de 1 a 14 años representa la tercera parte de la población general y la mortalidad infantil por cáncer ocupa el 4o. lugar en edad preescolar y el 2o. en niños de 5 a 14 años, lo que implica la necesidad de mejorar el acceso a medidas preventivas y de atención que permitan asegurar la calidad de vida de la niñez chihuahuense, futuro potencial de nuestro estado.

Por lo expresado, se somete a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Sexagésima Segunda Legislatura de este honorable Congreso del estado de Chihuahua, se adhiere al acuerdo tomado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de exhortar al Titular del Ejecutivo Federal para que en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Salud y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, declare el 5 de enero de cada año día nacional de la lucha en contra del cáncer infantil, como una forma de convocar y motivar a la sociedad entera y al gobierno del país en todos los órdenes, a redoblar esfuerzos en la búsqueda de mejores condiciones de salud y calidad de vida para los niños de México.

Palacio Legislativo del honorable Congreso del estado de Chihuahua, a 3 de Enero de 2008.--- Diputada Irma Patricia Alamillo Calvo (rúbrica).--- Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza»

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Remítase a las comisiones correspondientes, para su conocimiento.



LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO - LEY DE INVERSION EXTRANJERA - LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO - LEY ADUANERA - LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley Aduanera, y de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

En virtud de que ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes General de Títulos y Operaciones de Crédito, de Inversión Extranjera, General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Aduanera, y del Impuesto sobre la Renta

16 de abril de 2008.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, sometió a la consideración del Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley Aduanera.

Al efecto se llevaron a cabo diversas consultas y reuniones de trabajo con representantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con diversas entidades financieras interesadas en la materia de la iniciativa.

Los integrantes de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En fecha 13 de diciembre de 2007 el Diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de esta H. Cámara la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley Aduanera.

2. En la misma fecha la Mesa Directiva turnó la iniciativa antes señalada, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen.

3. En sesión ordinaria los Diputados integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público procedieron al análisis de la iniciativa antes enunciada, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los integrantes de esta comisión dictaminadora estiman necesario puntualizar la iniciativa del diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la cual a la letra señala:

...
Acorde con las constantes necesidades y retos que se presentan en la realidad económica y jurídica del país, de la cual no podemos excluir, por su absoluta trascendencia en la viabilidad del proyecto, al sector agrícola, resulta necesario mejorar la eficiencia y dotar de condiciones equitativas a los distintos participantes del sector agropecuario, para lo cual es fundamental promover acciones que se traduzcan en un aumento en el acceso al crédito y en incentivos para la inversión. Esta Iniciativa propone dos líneas de acción para la consecución de este objetivo: modernizar el régimen legal aplicable a los Almacenes Generales de Depósito y mejorar los flujos de información relacionados con la operación de los mismos.
Los Almacenes Generales de Depósito han representado un vínculo de suma importancia dentro de la cadena de suministro, principalmente de productos agropecuarios, pues es a través de ellos que se es posible conservar, mantener y administrar un gran número de productos, incluidas las principales cosechas del país así como importantes volúmenes de la producción agrícola y ganadera. Sin embargo, resulta necesario modernizar el marco legal y regulatorio al que están sujetos estos entes societarios, a efecto de fomentar la competencia y el desarrollo de este sector.
La modernización del régimen de los Almacenes Generales de Depósito, en congruencia con las nuevas exigencias de nuestro país, permitirá eliminar las barreras de entrada generadas por la excesiva carga regulatoria sin afectar la credibilidad en los títulos de crédito que éstos emiten y que representan un elemento de suma importancia para la comercialización de las cosechas del país. El surgimiento de nuevos participantes en el sector de almacenamiento promoverá la inversión y la innovación y, por ende, una reducción en los costos para los usuarios.
Bajo el esquema regulatorio que se propone, los productores individuales, así como sus organizaciones, tendrán mayores oportunidades para constituir un almacén general de depósito y de esta forma obtener un mayor control sobre sus inventarios, fortalecer sus mecanismos de negociación, así como gozar de diversas ganancias en eficiencia. Cuando los proyectos que desarrollen sean rentables, competitivos y técnicamente sólidos, el nuevo esquema regulatorio abre una oportunidad de progreso para los productores y sus organizaciones.
Por otra parte, contar con flujos de información oportunos y confiables traerá grandes beneficios para los distintos participantes del mercado y para el gobierno. Los primeros tendrán mejores insumos para la toma de decisiones ya que contarán con información relativa a la calidad tanto de los productos como de los almacenes con los que operan.
Para el gobierno, el tener una fuente de información que permita identificar la localización y capacidad de almacenaje de las bodegas, la procedencia y el destino de los productos y las características de los productos almacenados, mejorará sustancialmente la toma de decisiones, al permitir el adecuado abasto regional, así como el uso eficiente de los recursos destinados a subsidios.
La combinación de los dos elementos anteriores --la modernización del régimen de los Almacenes Generales de Depósito y el establecimiento de flujos de información oportunos y confiables-- generará condiciones más competitivas, facilitando la incorporación de nuevos participantes, la reducción en los costos de la intermediación financiera, el mejoramiento de las condiciones de financiamiento e incentivos para la inversión.
En los últimos años, diversas iniciativas han sido sometidas a consideración de este honorable Congreso de la Unión, buscando mejoras en el sector a través de una mayor participación del Estado y mediante la creación de nuevos órganos de coordinación, lo cual en ocasiones resulta costoso y poco eficaz. En contraste con estas propuestas, la presente Iniciativa busca alcanzar dichas mejoras a través de mecanismos de mercado.
La iniciativa que aquí se presenta está integrada por cuatro componentes principales: (i) la eliminación de la regulación financiera de los Almacenes Generales de Depósito; (ii) el fortalecimiento de los mecanismos del certificado de depósito y el bono de prenda: emisión, operación y ejecución; (iii) la introducción de elementos específicos para los Almacenes Generales de Depósito que emitan certificados sobre granos y oleaginosas; y (iv) la adecuación a los regímenes de depósito fiscal y de inversión extranjera.
I) Eliminación de la regulación financiera
De acuerdo con la literatura económica y la experiencia internacional, las razones para tener una regulación financiera que incluya un régimen de autorización y supervisión prudencial son principalmente dos: (i) proteger los intereses del gran público depositante, y (ii) evitar un problema de tipo sistémico.
Para el caso de los Almacenes Generales de Depósito, este esquema regulatorio incluye requerimientos de capital mínimo, reservas de contingencia, restricciones sobre razones financieras como los niveles de apalancamiento, limitaciones en las operaciones que pueden realizar, así como otros mecanismos que ya no obedecen a las necesidades actuales de carácter comercial y jurídico de estas instituciones.
En el nuevo contexto regulatorio y de competitividad nacional e internacional, es parecer de la presente iniciativa que los Almacenes Generales de Depósito ya no deben estar sujetos a esta regulación, pues no captan recursos del público en general y no están interconectados con el sistema de pagos. Adicionalmente, sus fuentes principales de financiamiento son la banca, que sí está regulada y supervisada por las autoridades financieras, y el mercado de valores, en donde, en adición de encontrarse regulado y supervisado, los requisitos de revelación reducen sustancialmente el problema de información asimétrica y de agencia. La combinación de estos elementos elimina completamente el riesgo de generar un problema de tipo sistémico.
De hecho, y estimando otra vez el nuevo contexto regulatorio nacional, la normativa existente para los Almacenes Generales de Depósito ha originado distorsiones, impedimentos y cargas hoy inadecuadas. En primer término, la percepción equivocada de que existe una protección especial del gobierno federal en favor de los acreedores de los Almacenes Generales de Depósito. Este entorno reduce los incentivos de análisis crediticio por parte de los fondeadores y de monitoreo de la calidad de los servicios por parte de los depositantes de mercancías, pues asumen que ante una situación adversa para los almacenes, el gobierno adoptará alguna medida de rescate. Al respecto, no existe ninguna base legal para mecanismos de esta naturaleza, lo cual es acorde con los principios modeladores de nuestro sistema financiero, toda vez que no captan recursos del público en general.
La eliminación de la regulación financiera transparentará esta percepción equivocada y aumentará la credibilidad en el sistema actual, pues se generarán los incentivos para que los acreedores y el mercado en general fortalezcan sus mecanismos de seguimiento, evaluación y monitoreo y como consecuencia, los almacenes incrementen las prácticas de revelación de información.
En segundo lugar, la autorización para constituirse como almacén general de depósito y la carga administrativa inherente a la regulación constituyen una barrera a la entrada en este sector que inhibe la competencia y eleva los costos para los usuarios. Al eliminar estas restricciones, se generarán condiciones más competitivas y la entrada de nuevos participantes, que traerán consigo el abatimiento de costos, la promoción de la innovación y los estímulos para la inversión de largo plazo.
En tercer lugar, los Almacenes Generales de Depósito no pueden llevar a cabo operaciones que sería deseable pudieran realizar, como son el otorgamiento de créditos diferentes al prendario, operar coberturas de precios y funcionar como controladoras de empresas que realicen operaciones relacionadas con el financiamiento. Su conocimiento del mercado los sitúa en una posición favorable para ampliar la gama de servicios a ofrecer. Al incrementarse los espacios de negocio, las expectativas de crecimiento de estos entes societarios serán mayores y éstos resultarán más atractivos para la inversión.
Por lo anterior, y ante las condiciones actuales, la eliminación del régimen de autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de supervisión a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se presenta como una gran oportunidad de desarrollo para el sector.
Para esto, se hace necesario modificar la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, a efecto de derogar las disposiciones aplicables a los Almacenes Generales de Depósito como entidades financieras sujetas a autorización y supervisión, y llevar las disposiciones en materia de operación a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Los Almacenes Generales de Depósito continuarán siendo sociedades constituidas en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, cuyos estatutos prevean esta actividad, mismas que operarán el certificado de depósito y el bono de prenda como hasta hoy lo han hecho.
II) Fortalecimiento de los mecanismos del certificado de depósito y el bono de prenda: emisión, operación y ejecución
La iniciativa busca fortalecer el certificado de depósito y el bono de prenda como herramientas para acceder a fuentes de financiamiento. De aprobarse esta iniciativa, ambos títulos podrán estar representados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra naturaleza que permita la tecnología, documentos informáticos que gozarán de las mismas características legales que los títulos físicos. Los títulos electrónicos coexistirán con los títulos físicos, pero se espera que de forma gradual los primeros sustituyan a los segundos.
Independientemente del medio en que se generen, los Almacenes Generales de Depósito deberán inscribir la emisión de los certificados de depósito susceptibles de otorgarse en garantía y de los bonos de prenda en el Registro Público de Comercio. Esta obligación generará una fuente de información centralizada sobre la emisión y operación de dichos títulos, lo que permitirá verificar de forma rápida y confiable los gravámenes que existan sobre las mercancías que los mismos amparan.
Adicionalmente, se flexibilizará el procedimiento de ejecución extrajudicial del que actualmente goza el bono de prenda, ya que se preservan los términos que se exigen para el cumplimiento de las obligaciones previstas en dicho título, pero se añade la posibilidad de que las partes involucradas pacten entre ellas términos distintos a los previstos en la legislación.
Los tres elementos anteriores, la posibilidad que el certificado de depósito y el bono de prenda estén representados en medios electrónicos, la inscripción en el Registro Público de Comercio y la flexibilización del procedimiento de ejecución extrajudicial, representan un gran avance en términos de eficiencia y credibilidad en la operación de dichos títulos de crédito, lo que permitirá potenciar su uso como herramientas de acceso al crédito para los distintos participantes del sector agropecuario.
III) Introducción de elementos específicos para los Almacenes Generales de Depósito que emitan certificados sobre granos y oleaginosas
Este componente es la parte central de la iniciativa, pues responde a grandes necesidades en el sector agropecuario que no habían sido atendidas con anterioridad. Dicho componente incluye: (i) mecanismos que promuevan la estandarización de los productos; (ii) un sistema de información sobre el sector para uso estratégico del Gobierno; y (iii) elementos de revelación de información para los Almacenes Generales de Depósito.
Primero, se establece que los certificados de depósito y los bonos de prenda que amparen granos y oleaginosas deberán contener tres elementos adicionales: (i) la especificación de la calidad de los productos de acuerdo a las normas que apliquen; (ii) la mención de si se cuenta o no con cobertura de precios; y (iii) la calidad del emisor de acuerdo a los estándares técnicos, operativos y financieros que determine el mercado.
Segundo, los Almacenes Generales de Depósito que emitan certificados sobre granos y oleaginosas deberán cumplir con los requerimientos de información del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, derivado de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en los términos de las disposiciones que al efecto se emitan. Con esto, se construirá una fuente de información estratégica para la toma de decisiones del gobierno, la que permitirá combatir la especulación, mejorar el abasto regional, así como promover un uso más eficiente de los recursos destinados a subsidios.
Por último, en beneficio de los usuarios de los Almacenes Generales de Depósito, se establecerá que en las bodegas de éstos, sean propias o habilitadas, deberá señalarse diariamente en un lugar visible al público, información relativa a: (i) las tarifas que cobran por los distintos servicios ofrecidos; (ii) el precio de las productos; y, (iii) la información que permita evaluar la calidad del almacén de acuerdo a estándares técnicos, operativos y financieros. Estas acciones, permitirán incrementar la certidumbre para los productores, consumidores, comercializadores, inversionistas e intermediarios financieros, lo que mejorará la toma de decisiones, aumentará el acceso a fuentes de financiamiento y favorecerá la canalización de recursos de forma más eficiente a los proyectos con mayor rentabilidad dentro del sector.
IV) Adecuación a los regímenes de depósito fiscal y de inversión extranjera
De acuerdo con la Ley Aduanera, el régimen de depósito fiscal consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en Almacenes Generales de Depósito autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que además cumplen con los requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria. Con la eliminación de la regulación financiera de estas sociedades se elimina la autorización de la Secretaría para su constitución, por lo que resulta necesario reformar la Ley Aduanera.
Las modificaciones consisten en incorporar nuevos requisitos para el otorgamiento de la autorización como prestador del servicio de almacenamiento de mercancías bajo el régimen de depósito fiscal, con el objeto de mantener el requisito de autorización y el control sobre este régimen aduanero. En otra materia, la inversión extranjera en los Almacenes Generales de Depósito está permitida al cien por ciento a través del régimen de filiales. Al dejar de ser entidades financieras, es necesario hacer modificaciones a Ley de Inversión Extranjera para que las sociedades extranjeras puedan invertir directamente en el capital de estas entidades sin tener que constituir una filial.
Esta iniciativa es un avance sustancial para incrementar la competitividad del sector agropecuario en la etapa de comercialización de la producción, enfocada a mejorar la eficiencia y dotar de condiciones equitativas a los distintos participantes del sector. Para tales efectos, se propone modificar la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; de Inversión Extranjera; y Aduanera...

Consideraciones de la comisión

Primera. Esta comisión resulta competente para dictaminar la iniciativa del diputado Héctor Padilla Gutiérrez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 60, 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Segunda. La iniciativa presentada por el Diputado Héctor Padilla Gutiérrez , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional propone realizar diversos ajustes en la legislación mercantil y financiera con la finalidad de establecer flujos de información oportunos y confiables en el sector agropecuario y modernizar el régimen de los Almacenes Generales de Depósito en México.

La que dictamina estima procedentes las consideraciones que se señalan en la iniciativa sujeta a estudio.

En efecto, resulta necesario mejorar la eficiencia y dotar de condiciones equitativas a los distintos participantes del sector agropecuario con acciones que se traduzcan en aumentar el acceso al crédito e incentivar la inversión.

Se considera un acierto que las acciones, arriba señaladas, se orienten a la modernización del régimen legal aplicable a los Almacenes Generales de Depósito y a mejorar los flujos de información relacionados con la operación de los mismos, toda vez que este sector juega un papel muy importante dentro de la cadena de suministros y en particular en la del suministro de productos agropecuarios. La que dictamina estima que las acciones propuestas redundarán también en una mayor competencia y en el desarrollo del sector, así como en la reducción en los costos de la intermediación financiera, el mejoramiento de las condiciones de financiamiento e incentivos para la inversión.

La modernización del régimen de los Almacenes Generales de Depósito, en los términos que plantea la iniciativa que nos ocupa, elimina las barreras de entrada generadas por la excesiva carga regulatoria a la que están sujetos actualmente, sin afectar la credibilidad en los títulos de crédito que éstos emiten y que representan un elemento trascendental para la comercialización de las cosechas del país.

Siempre una regulación adecuada, fomenta el interés en los inversionistas por incursionar a nuevos sectores y para los ya interesados la regulación deja de ser un factor que inhiba su participación. Por ello, esta Comisión coincide en que con la iniciativa, los productores y sus organizaciones tendrán mejores oportunidades para constituir y operar un almacén general de depósito que les permita un mayor control sobre sus inventarios, fortalecer sus mecanismos de negociación y ganar en eficiencia. Efectivamente, cuando los proyectos que desarrollen sean rentables, competitivos y técnicamente sólidos, el nuevo esquema regulatorio constituirá una oportunidad de progreso para los productores y sus organizaciones.

Esta comisión estima que las acciones que en materia de información contiene la iniciativa traerán grandes beneficios para los distintos participantes del mercado y para el gobierno. Los primeros tendrán mejores insumos para la toma de decisiones ya que contarán con información relativa a la calidad tanto de los productos como de los almacenes con que operan.

Para el gobierno, tener una fuente de información que permita identificar la localización y capacidad de almacenaje de las bodegas, la procedencia y el destino de los productos y las características de los productos almacenados, mejorará sustancialmente la toma de decisiones, al permitir el adecuado abasto regional, así como el uso eficiente de los recursos destinados a subsidios.

Con la iniciativa objeto de estudio se plantea: (i) eliminar la regulación financiera de los Almacenes Generales de Depósito; (ii) fortalecer los mecanismos del certificado de depósito y el bono de prenda: emisión, operación y ejecución; (iii) introducir elementos específicos para los Almacenes Generales de Depósito que emitan certificados sobre granos y oleaginosas, y (iv) adecuar los regímenes de depósito fiscal y de inversión extranjera.

I) Eliminación de la regulación financiera

Respecto a este tema, el Congreso de la Unión desde la legislatura pasada, ha coincidido con la literatura económica y la experiencia internacional, en el sentido de que las razones para tener una regulación financiera que incluya un régimen de autorización y supervisión prudencial principalmente son dos: (i) proteger los intereses del gran público depositante, y (ii) evitar un problema de tipo sistémico.

Después de analizar los servicios que proporcionan los Almacenes Generales de Depósito, la que Dictamina pudo concluir que su actividad es fundamentalmente comercial y en consecuencia que las razones antes señaladas no se actualizan, por lo que el esquema regulatorio al que actualmente está sujeto este sector, que incluye requerimientos de capital mínimo, reservas de contingencia, restricciones sobre razones financieras como los niveles de apalancamiento, limitaciones en las operaciones que pueden realizar, no se justifica.

Esta comisión coincide en que bajo el nuevo contexto regulatorio y de competitividad nacional e internacional, los Almacenes Generales de Depósito ya no deben estar sujetos a un régimen de autorización y supervisión prudencial, pues no captan recursos del público en general, no están interconectados con el sistema de pagos y sus fuentes principales de financiamiento son la banca, que sí está regulada y supervisada por las autoridades financieras y que efectivamente la combinación de estos elementos, elimina el riesgo de generar un problema de tipo sistémico.

Al eliminar la regulación financiera en los términos que se exponen en la iniciativa, desaparecen las distorsiones, impedimentos y cargas que la regulación financiera ha originado, que se indican a continuación, con los efectos que se mencionan en cada caso:

• La percepción de que existe una protección especial del gobierno federal en favor de los acreedores de los Almacenes Generales de Depósito, sin ninguna base legal, con el fin de generar los incentivos necesarios para que los acreedores y el mercado en general fortalezcan sus mecanismos de seguimiento, evaluación y monitoreo.
• Las restricciones para constituirse como almacén general de depósito y la carga administrativa inherente a la autorización a la que se encuentran sujetos, que constituyen una barrera de entrada al sector, para permitir la entrada de nuevos participantes, fomentar la competencia, abatir costos, promover la innovación y estimular la inversión de largo plazo.
• La prohibición impuesta a los Almacenes Generales de Depósito, de llevar a cabo operaciones que sería deseable pudieran realizar, como son el otorgamiento de créditos diferentes al prendario, operar coberturas de precios y funcionar como controladoras de empresas que realicen operaciones relacionadas con el financiamiento. Con esto, los almacenes podrán ampliar la gama de los servicios que actualmente ofrecen, sus expectativas de crecimiento serán mayores y resultarán más atractivos para la inversión.

Por las razones expresadas, esta comisión coincide en que para la consecución de los objetivos señalados es necesario reformar la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, a efecto de derogar las disposiciones aplicables a los Almacenes Generales de Depósito como entidades financieras sujetas a autorización y supervisión, y llevar las disposiciones que esta ley contiene relativas al servicio de depósito y conservación de mercancías, así como las de la emisión y operación del certificado de depósito y bono de prenda a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

No obstante lo señalado, en el artículo 79 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito que se propone reformar es necesario ajustar la redacción del segundo párrafo de su fracción I, para quedar de la siguiente manera este precepto:

Artículo 79. La disolución y liquidación de las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio se regirá por lo dispuesto en los Capítulos X y XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles o, según el caso, por la Ley de Concursos Mercantiles, con las siguientes excepciones:
I. El cargo de liquidador, conciliador o síndico, podrá recaer en instituciones de crédito, en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, o bien, en personas físicas o morales que cuenten con experiencia en liquidación de sociedades.
Cuando se trate de personas físicas, el nombramiento deberá recaer en personas que cuenten con calidad técnica, honorabilidad e historial crediticio satisfactorio.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores determinará en disposiciones de carácter general, la forma de acreditar el cumplimiento de los requisitos de las personas físicas o morales;
II. La Comisión Nacional Bancaria ejercerá, respecto a los liquidadores, conciliadores o síndicos, las funciones de vigilancia que tienen atribuidas en relación a las organizaciones auxiliares y casas de cambio; y
III. La Comisión Nacional Bancaria podrá solicitar la suspensión de pagos en las condiciones de la Ley de Concursos Mercantiles, y la declaración de quiebra.

II) Fortalecimiento de los mecanismos del certificado de depósito y el bono de prenda: emisión, operación y ejecución

En efecto, es necesario fortalecer el certificado de depósito y el bono de prenda como herramientas para acceder a fuentes de financiamiento y por ello se considera un importante avance en la materia, la propuesta para que ambos títulos puedan estar representados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra naturaleza que permita la tecnología. La legislación en este tema ha ido evolucionando y el Congreso no ha sido ajeno a la demanda de los diferentes sectores para regularlo, prueba de ello es la incorporación al Código de Comercio del título relativo al comercio electrónico que sienta las bases para que propuestas como la que nos ocupa puedan materializarse.

No obstante lo anterior, esta Comisión considera que es necesario realizar algunos ajustes al régimen propuesto, en particular al artículo 229 Bis, que se pretende adicionar a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito e incorporar un artículo más a la misma, como 234 Bis 1. Esto con el propósito de evitar el posible conflicto que puede existir, si los almacenes generales de depósito, emisores y obligados por los títulos, son los que emitieran las certificaciones necesarias para acreditar y ejercer los derechos inherentes a los títulos representados en medios informáticos, así como para incorporar algunas aspectos que han probado su eficacia, en materia de valores depositados en instituciones para el depósito de valores.

De esta manera el texto del artículo 229 Bis sería:

Artículo 229 Bis. Los certificados de depósito y bonos de prenda podrán estar documentados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
En la emisión, expedición, endoso, aval, protesto y demás operaciones que en los certificados de depósito y bonos de prenda se consignen, podrán utilizarse los medios señalados en el párrafo anterior.
No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria al título de crédito o a los actos referidos por la sola razón de que consten y se hayan formado utilizando medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra naturaleza.

Por su parte, el texto del artículo 234 Bis 1 que también se adicionaría a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito quedaría de la siguiente forma:

Artículo 234 Bis 1. Los responsables de las oficinas del registro público de comercio, los notarios y corredores públicos, así como las demás personas autorizadas para ello conforme a las disposiciones aplicables expedirán constancias no negociables relativas a la emisión, endoso, aval, protesto y demás operaciones que en los certificados de depósito y bonos de prenda se consignen, conforme a los datos que aparezcan en la base de datos del Registro Público de Comercio.
Las constancias señaladas, tratándose de certificados de depósito y bonos de prenda representados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y de los actos consignados en dichos títulos por los mismos medios, servirá para
I. Acreditar la emisión y titularidad de los títulos señalados; y
II. Legitimar el ejercicio de los derechos que otorgan los certificados de depósito y bonos de prenda, inclusive de carácter procesal en juicio, en los que sea necesario exhibir los referidos títulos.

Se considera acertado que, con independencia del medio en que se generen, los Almacenes Generales de Depósito deberán inscribir la emisión de los certificados de depósito y de los bonos de prenda en el Registro Público de Comercio, ya que para el tráfico mercantil y sobre todo para el otorgamiento de financiamientos, el contar con una fuente de información centralizada de estos títulos, permitirá verificar de forma rápida y confiable los gravámenes que existan sobre las mercancías que los mismos amparan.

Sin embargo, también se considera conveniente hacer algunas precisiones a la iniciativa. En este caso al artículo 234 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que se pretende reformar. Estas precisiones están orientadas a obtener mayor información de estos instrumentos ya que por la naturaleza de los certificados, que están respaldados por mercancías o bienes depositados, cualquier emisión de certificados de depósito negociables debe de inscribirse, con independencia de que sean o no susceptibles de otorgarse en garantía.

También en el artículo 234 señalado se incorporan algunas adecuaciones, para que además de la emisión, cuando los títulos se representen en medios informáticos, cualquier acto que deba constar en los mismos, se inscriba en el registro público de comercio. Estas precisiones y la adición del artículo 234 Bis 1 que sugiere adicionar la que Dictamina, complementan el régimen para acreditar y ejercer los derechos representados en los medios señalados.

Así, la redacción del artículo 234 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, quedaría de la siguiente manera:

Artículo 234. Los almacenes llevarán un registro de los certificados de depósito y bonos de prenda con los mismos datos de los títulos que haya expedido, según las constancias con que cuente o según el aviso de quien intervenga en la primera negociación del bono, y en el que se indique la forma en la que se encuentran representados.
El almacén deberá inscribir en el registro público de comercio, que lleve la Secretaria de Economía la emisión de los certificados de depósito negociables y de los bonos de prenda, en este último caso con los datos de quien intervino en su primera negociación.
Los endosos y cualquier acto que deba ser consignado sobre los certificados de depósito documentados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y de los bonos de prenda con independencia de la forma en que éstos se encuentren representados, deberán inscribirse en el registro señalado, por quien los realice.

Un aspecto que también se considera deseable es que los almacenes generales de depósito puedan ser el conducto para llevar a cabo la inscripción en el registro público de comercio, de los actos que deben constar en los títulos representados en medios informáticos. Por ello esta Comisión sugiere adicionar a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito un artículo 234 Bis:

Artículo 234 Bis. La inscripción a que se refiere el segundo párrafo del artículo anterior en el registro público se llevará a cabo en los términos de las disposiciones aplicables que emita la Secretaria de Economía y tratándose de los actos señalados en el último párrafo del artículo anterior, el obligado a realizarla, podrá hacerlo con su firma electrónica por conducto del almacén general de depósito que cumpla los requisitos que para tal efecto se establezcan.

Con motivo de las adecuaciones sugeridas por esta Comisión al artículo 229, 234 y la adición del artículo 234 Bis 1, se ha identificado que es necesario precisar la fracción VI del artículo 232 y el artículo 247 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que con la iniciativa se reformaría. Para quedar de la siguiente manera:

Artículo 232 ...
I. a V. ...
VI. La mención, suscrita por el almacén o por quien intervenga en la primera negociación del bono, de haberse hecho la anotación respectiva en el certificado de depósito o su inscripción en el registro público de comercio.
Artículo 247 . Los almacenes deberán hacer constar en el bono mismo, en hoja anexa, en su registro, o en el registro público de comercio, según corresponda la cantidad pagada sobre el bono con el producto de la venta de los bienes depositados, o con la entrega de las cantidades correspondientes que los almacenes tuvieren en su poder conforme al artículo 246. Igualmente deberán hacer constar, en su caso, que la venta de los bienes no puede efectuarse. Esta anotación hará prueba para el ejercicio de las acciones de regreso.

Toda vez que el régimen para acreditar y ejercer los derechos representados en medios informáticos se incorporó en el artículo 234 Bis 1, ya no es necesario adicionar dos párrafos al artículo 251 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el cual permanece en los términos actualmente vigentes.

En cuanto las modificaciones que se efectúan al procedimiento de ejecución del bono de prenda para flexibilizarlo, de tal manera que las partes puedan convenir términos distintos para llevarlo a cabo, esta Comisión coincide con los mismos y sugiere, con fines exclusivos de claridad, hacer algunas precisiones a los artículos 287 Bis 1 y 287 Bis 2 que, de aprobarse la iniciativa, se adicionaría a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y que recogen el procedimiento previsto actualmente en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Los textos de los artículos 287 Bis 1 y 287 Bis 2 que se adicionan a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, quedarían de la siguiente manera:

Artículo 287 Bis 1. Salvo pacto en contrario, cuando el precio de las mercancías o bienes depositados bajare de manera que no baste a cubrir el importe de la deuda más un 20 por ciento, el tenedor del bono de prenda correspondiente al certificado de depósito expedido por las mercancías o bienes de que se trate, solicitará al almacén que por su cuenta un corredor público certifique el hecho y se notifique por su conducto al tenedor del certificado de depósito, que tiene diez días para mejorar la garantía o cubrir el adeudo. Si dentro de dicho plazo no lo hiciere se procederá a la venta en remate público en los términos que se pacten o en los términos del artículo siguiente.
Artículo 287 Bis 2. Los almacenes efectuaran el remate de mercancías y bienes depositados en almoneda pública y al mejor postor, en el caso del artículo anterior, cuando se lo pidiere, conforme a la ley, el tenedor de un bono de prenda.
Los almacenes podrán también proceder al remate de las mercancías o bienes depositados cuando, habiéndose vencido el plazo señalado para el depósito, transcurrieren ocho días o los días convenidos para este propósito, sin que éstos hubieren sido retirados del almacén, desde la fecha de la notificación en la forma prescrita en el artículo anterior.
Salvo pacto en contrario, los almacenes efectuarán el remate en los términos siguientes:
I. Anunciarán el remate mediante aviso que se fijará en la entrada del edificio principal del local en que estuviere constituido el depósito y se publicará en un periódico de amplia circulación de la localidad, en cuya circunscripción se encuentre depositada la mercancía. Si no lo hubiere, la publicación se hará en un periódico de circulación nacional o regional, o bien en el Diario Oficial de la Federación;
II. El aviso deberá publicarse cuando menos con ocho días de anticipación a la fecha señalada para el remate. Cuando se trate del remate de mercancías o efectos que hubieren sufrido demérito, deberán mediar cuando menos tres días entre la publicación del aviso y el día del remate;
III. Los remates se harán en las oficinas o bodegas del almacén en presencia del comisario, auditor o fedatario público. Las mercancías o bienes que vayan a rematarse, estarán a la vista del público desde el día en que se publique el aviso de remate;
IV. Será postura legal, a falta de estimación fijada al efecto en el certificado de depósito, la que cubra al contado el importe del adeudo que hubiere en favor de los almacenes y, en su caso, el del préstamo que el bono o los bonos de prenda garanticen, teniendo los almacenes, si no hubiera postor, derecho a adjudicarse las mercancías o efectos por la postura legal; y
V. Cuando no hubiere postor, ni los almacenes se adjudicaren las mercancías o efectos rematados, podrán proceder a nuevas almonedas, previo el aviso respectivo, haciendo en cada una de ellas un descuento no mayor del cincuenta por ciento sobre el precio fijado como base para la almoneda anterior.
Cuando el producto de la venta de la mercancía o bienes depositados no baste para cubrir el adeudo a favor de los almacenes generales de depósito, por el saldo insoluto, éstos tendrán acción a través de la vía ejecutiva mercantil para reclamar al depositante original, el pago del adeudo existente. El convenio de depósito correspondiente junto con el estado de cuenta certificado por el contador del almacén de que se trate, será título ejecutivo sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito.
El tenedor del bono de prenda deberá notificar al almacén si acordó con el deudor prendario, un procedimiento de remate de mercancías distinto al previsto en este artículo. En el caso de que el almacén tenga a su cargo el procedimiento de remate o una parte del mismo, éste deberá manifestarle al tenedor del bono su consentimiento, para proceder en los términos pactados, en caso contrario se aplicará el procedimiento descrito en los párrafos precedentes.
Tratándose del remate de las mercancías por las causas señaladas en el segundo párrafo, sólo podrá seguirse un procedimiento distinto al descrito, si se prevé en el certificado de depósito.

III) Introducción de elementos específicos para los Almacenes Generales de Depósito que emitan certificados sobre granos y oleaginosas

Sin minimizar la importancia de los temas anteriores, esta Comisión coincide en que el eje central de la iniciativa, son las propuestas de regulación para los almacenes generales de depósito que emitan certificados de depósito sobre granos y oleaginosas, toda vez que responde a las grandes necesidades del sector agropecuario y también a la del gobierno federal. Por ello comparte las propuestas para

• Establecer que los certificados de depósito y los bonos de prenda que amparen granos y oleaginosas deben contener (i) la especificación de la calidad de los productos de acuerdo a las normas que apliquen; (ii) la mención de si se cuenta o no con cobertura de precios; y (iii) la calidad del emisor de acuerdo a los estándares técnicos, operativos y financieros que determine el mercado.
• Que los Almacenes Generales de Depósito que emitan certificados sobre granos y oleaginosas deberán cumplir con los requerimientos de información del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, derivado de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en los términos de las disposiciones que al efecto se emitan.
• Que en beneficio de los usuarios de los Almacenes Generales de Depósito, establecer que en las bodegas propias o habilitadas, se señalen en un lugar visible al público, información relativa a: (i) las tarifas que cobran por los distintos servicios ofrecidos; (ii) el precio de los productos; y, (iii) la información que permita evaluar la calidad del almacén de acuerdo a estándares técnicos, operativos y financieros.

No obstante lo anterior, se estima también conveniente hacer algunas adecuaciones a los términos de la iniciativa para fines de claridad, delimitar responsabilidad de la información que se proporciona y eliminar algunos aspectos que deben estar en regulación secundaria. En particular a los artículos 231 Bis y 279 Bis 2 que se adicionarían a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Los términos en que sugiere modificarlos son

Artículo 231 Bis . Tratándose de certificados de depósito que amparen granos y oleaginosas, los títulos deberán incluir la manifestación del depositante, respecto de lo siguiente:
I. El lugar de producción. En el caso de granos y oleaginosas de origen nacional, se deberá consignar la clave que le corresponda de acuerdo con el Catálogo de Integración Territorial de Estados, Municipios y Localidades, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;II. El año y el ciclo agrícola de producción;III. La especificación de la calidad de los granos y oleaginosas de acuerdo a las disposiciones aplicables;IV. Señalar si se cuenta con algún mecanismo de cobertura de precios y la información relacionada con ésta.
Artículo 279 Bis 2. Los almacenes que emitan certificados de depósito y bonos de prenda sobre granos y oleaginosas, en los términos de las disposiciones que al efecto se emitan, deberán proporcionar datos relativos a los granos y oleaginosas depositados, al Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a través del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, y revelar a sus usuarios la información relativa a las tarifas de sus servicios y precios de los productos.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, deberá hacer del conocimiento del público en general por el medio y periodicidad que considere conveniente, la denominación de los almacenes que cumplan con las obligaciones señaladas, así como la ubicación de sus instalaciones y bodegas, con el propósito de que los usuarios de sus servicios, los tenedores de los certificados de depósito y los tomadores de los bonos de prenda cuenten con la información del grado de cumplimiento de los almacenes a la normatividad que les es aplicable en esta materia.

También se considera conveniente que la información que permita evaluar la calidad del almacén de acuerdo a estándares técnicos, operativos y financieros, sea extensiva a todos los almacenes y no sea exclusivo para los que emitan certificados sobre granos y oleaginosas y que se puedan emitir normas mexicanas respecto a la prestación del servicio. Por ello, esta Comisión sugiere adicionar un artículo 279 Bis 1 a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, conforme a lo siguiente:

Artículo 279 Bis 1. Los almacenes generales de depósito deberán señalar en sus oficinas, bodegas propias o habilitadas, así como en la información que con fines de promoción de sus servicios utilicen, si cuentan o no con calificaciones o certificaciones relativas a la observancia de estándares técnicos, operativos o financieros y, en su caso, las calificaciones o certificaciones respectivas, así como cualquier otro dato que permita evaluar la calidad del almacén en esas u otras materias.
Los almacenes, para la prestación del servicio de almacenamiento, deberán contar con las condiciones mínimas de acuerdo a las mercancías y bienes depositados, así como a la región en que mantenga el depósito.
Los almacenes deberán recabar y verificar la autenticidad de la información y documentación relativas a la identificación de sus cliente y usuarios.''

La que dictamina sugiere hacer otras modificaciones a los textos propuestos y algunos otros que no se consideraban en la iniciativa objeto de estudio. Los artículos y las razones se indican a continuación:

Se sugiere precisar, en el artículo 230, que los certificados que pueden emitirse con bono de prenda son los negociables y para evitar redundancias no adicionar los párrafos sexto y séptimo que contiene la iniciativa. El penúltimo párrafo también se modifica para rescatar algunas obligaciones que actualmente prevé la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y que darán certeza al alcance de las responsabilidades de los almacenes.

En este sentido, el texto del artículo 230 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se quedaría en los siguientes términos:

Artículo 230. Los certificados negociables podrán expedirse con o sin bonos de prenda, según lo solicite el depositante, pero la expedición de dichos bonos deberá hacerse simultáneamente a la de los certificados respectivos, haciéndose constar en ellos, indefectiblemente, si se expide con o sin bonos.
El bono o bonos expedidos podrán ir adheridos al certificado o separados de él.
Cuando se trate de mercancías o bienes individualmente designados, los almacenes sólo podrán expedir un bono de prenda en relación con cada certificado de depósito. Si se trata de mercancías o bienes designados genéricamente, los almacenes podrán expedir, a voluntad del depositante, bonos de prenda múltiples. Cuando el certificado de depósito se emita con la mención expresa de no ser negociable, no se expedirá bono de prenda alguno en relación con él.
En el caso de que se emitan certificados de depósito sobre mercancías en tránsito el almacén, será responsable de su traslado hasta la bodega de destino, en la que seguirá siendo depositario de las mercancías hasta el rescate de los certificados de depósito y, en su caso, de los bonos de prenda. Para estos efectos, las mercancías en tránsito deberán asegurase a favor del almacén o de cualquier otra forma garantizar la responsabilidad que éste asuma.
Los documentos de embarque deberán estar expedidos o endosados a los almacenes.

Conviene incluir en el artículo 236 que los avisos que se hagan al almacén puedan realizarse por cualquier medio que deje prueba y sustituir ``documento'' por ``título''. De esta manera el texto de este artículo sería:

Artículo 236. El bono de prenda sólo podrá ser negociado por primera vez separadamente del certificado de depósito con intervención del almacén que haya expedido los documentos, o por el primer tomador del bono.
...
Las anotaciones a que este artículo se refiere, deberán ser suscritas por el tenedor del certificado y por el almacén o por el tomador del bono que en ellas intervengan, y que serán responsables de los daños y perjuicios causados por las omisiones o inexactitudes en que incurran.
El tomador que intervenga en la emisión del bono, deberá dar aviso de su intervención, por escrito o por algún otro medio que deje prueba de ello, al almacén que hubiere expedido el título.

También se sugiere precisar en el artículo 245, que del seguro y de la garantía se disminuyen los descuentos de la aseguradora y los gastos de ejecución, para evitar que los almacenes puedan tener algún reclamo sobre el particular. Así el texto de este precepto quedaría:

Artículo 245 . Si los bienes depositados estuvieren asegurados o garantizados, el importe correspondiente, menos los descuentos que haga la aseguradora o gastos de ejecución, se aplicará en los términos del artículo anterior.

Como la actividad que se encuentra actualmente reservada o sujeta a autorización es la emisión de certificados de depósito y bonos de prenda, se considera necesario aclarar en el artículo 279 Bis que se adicionaría a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que el objeto principal de los almacenes deberá ser la emisión de dichos instrumentos. También se estima conveniente requerir un capital mínimo para las sociedades que pretendan actuar como almacenes generales de depósito. En este sentido se sugiere que el texto quede redactado de la siguiente manera:

Artículo 279 Bis. Son Almacenes Generales de Depósito, las sociedades mercantiles que contemplen expresamente en sus estatutos, como objeto social principal la emisión de certificados de depósito, con o sin bonos de prenda, que amparen mercancías o bienes sobre los que proporcionen servicios de almacenamiento, guarda o conservación.
Estas sociedades deberán contar con un capital mínimo fijo pagado, equivalente a 500 mil unidades de inversión y agregar a su denominación, la expresión almacén general de depósito.

En el artículo 285 se sugiere precisar que las obligaciones en materia de depósito fiscal, deben ser cumplidas por los almacenes con independencia de que, emitan o no, certificados de depósito. De esta manera el texto se sería el siguiente:

Artículo 285. Cuando los Almacenes Generales de Depósito reciban y, en su caso, emitan certificados de depósito y bonos de prenda por mercancías o bienes de procedencia extranjera o nacional para su exportación bajo el régimen de depósito fiscal; los almacenes, las mercancías y las operaciones se sujetarán a las disposiciones en materia fiscal y aduanera aplicables a dicho régimen y estarán supeditados al control de las autoridades fiscales y aduaneras de conformidad con la Ley de la materia.

Un tema que esta comisión considera necesario fortalecer, es el de la habilitación de bodegas, con el fin de dotar a los almacenes de mejores herramientas para constatar la existencia de mercancías que se depositen en ellas y para inhibir algunas conductas. Por ello, se sugiere incorporar algunas precisiones al artículo 287 Bis 4 y crear un nuevo tipo penal en el artículo 287 Bis 5. Ambos textos se recogen de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y quedarían redactados en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en los términos siguientes:

Artículo 287 Bis 4. Cuando existan faltantes de mercancías depositadas en las bodegas habilitadas, los almacenes generales de depósito podrán solicitar en la vía ejecutiva el embargo de los bienes inmuebles afectados por el bodeguero habilitado o su garante para el cumplimiento de sus obligaciones con el almacén, tomando como base el documento en que se constituya dicha afectación en garantía y siempre que haya sido ratificado e inscrito en los términos del siguiente párrafo.
El documento en que se haga la afectación, deberá ser ratificado por el propietario del inmueble ante juez, notario o corredor público, y se inscribirá, a petición del almacén, en el Registro Público de la Propiedad respectivo.
Los bodegueros habilitados deberán dar acceso a los almacenes en todo tiempo o con la periodicidad que se acuerde, para que realicen visitas de inspección y levanten las actas correspondientes por conducto de las personas designadas por el almacén quienes, para estos efectos, tendrán facultades de certificación incluso para el caso de faltantes de bienes o mercancías amparados con certificados de depósito.
La oposición del bodeguero habilitado o sus bodegueros auxiliares o sus funcionarios o empleados, a la inspección presumirá salvo prueba en contrario, faltantes de bienes o mercancías depositados.
Artículo 287 Bis 5. Se impondrá pena de prisión de cinco a diez años a
I. Las personas que habiendo sido designadas como bodegueros habilitados en los términos de esta ley, dispongan o permitan disponer indebidamente de las mercancías depositadas o proporcionen datos falsos al almacén respecto de los movimientos y existencias de las mismas;
II. Las personas que sin causa justificada se nieguen a entregar, sustraigan, dispongan o permitan disponer de las mercancías depositadas en locales habilitados por medios distintos a los establecidos conforme al contrato respectivo o a los usos y costumbres imperantes en el medio almacenador; y
III. Las personas que obtengan más de un certificado de depósito sobre la misma mercancía almacenada en un local habilitado.

Finalmente, en cuanto a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, esta Comisión considera conveniente reformar el último párrafo del artículo 395, con el fin de eliminar el requerimiento de capital a los almacenes que actúen como fiduciarios en fideicomisos de garantía, para ser consistentes con el régimen que en este tema les es aplicable a las sociedades financieras de objeto múltiple y porque carecería de sentido que lo fijará la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando los almacenes dejan de ser de su competencia. La reforma que se sugiere es

Artículo 395. ...
I. a VI. ...
Las instituciones fiduciarias a que se refieren las fracciones II a IV de este artículo, se sujetarán a lo que dispone el artículo 85 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito.

IV) Adecuación a los regímenes de depósito fiscal y de inversión extranjera

En relación con la reforma a la Ley Aduanera, donde la Iniciativa propone reformar el Artículo 119 con el objeto de eliminar el requisito de que los almacenes generales de depósito deban estar autorizados para prestar servicios de conformidad con la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, así como de incorporar a la propia Ley nuevos requisitos para obtener la autorización para almacenar mercancías de comercio exterior, esta Comisión Dictaminadora considera que se debe tener en cuenta la coexistencia de los almacenes generales de depósito autorizados como una organización auxiliar del crédito hasta el 2013, y los que se constituyan conforme al artículo 279 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por lo cual deben establecerse nuevos requisitos de control, de vigilancia y para asegurar el interés fiscal, ya que son distintos para una sociedad mercantil y una organización auxiliar del crédito, facultando al Servicio de Administración Tributaria a establecer mediante reglas de carácter general los requisitos y obligaciones que deben satisfacer los almacenes general de depósito constituidos como una sociedad mercantil sin supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por lo anterior se propone:

En el primer párrafo del artículo 119 de la Ley Aduanera, tomando en consideración que hay una coexistencia de dos ordenamientos legales aplicables hasta 2013, se elimina la referencia a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, sin que se requiera señalar que se constituyan conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, ya que para los efectos de la autorización por parte de las autoridades aduaneras deberán acreditar una u otra circunstancia, así mismo las disposiciones legales aplican en forma general para el régimen aduanero de depósito fiscal.

Esta comisión dictaminadora considera procedente que se establezca un plazo de vigencia de la autorización de hasta por 20 años, así como la posibilidad de ser prorrogada, siempre que se cumplan los requisitos para su autorización. Así mismo se faculta al Servicio de Administración Tributaria a señalar en reglas de carácter general los requisitos para la autorización, para el control y vigilancia de las mercancías y para asegurar el interés fiscal, por lo cual esta dictaminadora propone el siguiente texto:

Artículo 119. El régimen de depósito fiscal consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en los almacenes generales de depósito que sean autorizados para ello, por las autoridades aduaneras. El régimen de depósito fiscal se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.
Para obtener la autorización se deberá cumplir con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Dicha autorización se podrá otorgar hasta por un plazo de veinte años, el cual podrá prorrogarse a petición del interesado hasta por un plazo igual siempre que se acredite que se cumplen con los requisitos previstos para su otorgamiento y las obligaciones derivadas de dicha autorización.
Los almacenes generales de depósito autorizados deberán cumplir en cada local en que mantengan las mercancías en depósito fiscal, con lo siguiente:
I. En cada local, ya sea bodega directa o habilitada, con los requisitos en materia de control, seguridad y vigilancia que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
II. ...
Los almacenes generales de depósito autorizados no podrán iniciar operaciones, mientras no acrediten el cumplimiento de lo señalado en las fracciones I y II de este artículo. El Servicio de Administración Tributaria cancelará la autorización a que se refiere este artículo, en los casos que se incumplan con los requisitos y las obligaciones que establezca esta Ley o la propia autorización.
...
...
...
...
Las personas físicas o morales residentes en el extranjero, en los casos que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, podrán promover el régimen de depósito fiscal por conducto de agente o apoderado aduanal.
...
...

Esta comisión dictaminadora, respecto del artículo 119-A, considera necesario acotar los casos en que el almacén general de depósito tiene una responsabilidad directa respecto de los créditos fiscales, así como asegurar el oportuno cobro del crédito fiscal de mercancías faltantes o que por cualquier motivo no sean entregadas transcurridos tres días a partir de que sean solicitadas para actos de conservación, toma de muestras o cualquier acto del que las mercancías puedan ser objeto, sin que se altere o modifique su naturaleza o las bases gravables, por lo que se propone el siguiente texto:

Artículo 119-A. Los almacenes generales de depósito autorizados conforme a esta Ley deberán responder directamente ante el Fisco Federal por el importe de los créditos fiscales en los siguientes casos:
I. Mercancías no arribadas, sobrantes o faltantes en relación con las mercancías manifestadas en el pedimento. Tratándose de operaciones realizadas por residentes en el extranjero, serán responsables desde la fecha en que emitan la carta de cupo, aún cuando presenten los avisos a que se refiere el artículo 119 de esta ley.
II. Mercancías faltantes en el registro permanente y simultáneo de las operaciones de mercancías en depósito fiscal.
III. Transcurridos tres días a partir de la fecha en que las mercancías sean solicitadas para cualesquier acto a que se refiere el artículo 119 de esta ley, para la colocación de marbetes, precintos o para su retiro, y no sean entregadas por el personal encargado de su custodia. El almacén deberá de dar aviso de tal circunstancia al Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expida.
IV. Mercancías que hubiesen entregado sin cumplir con los requisitos que establece la Ley.

Respecto de la propuesta de incluir un artículo 119-B, y reformar el artículo 121 fracción III, se considera innecesaria ya que dichas disposiciones se encuentran en el artículo 119 de la propia ley.

La iniciativa propuesta de incluir una fracción al artículo 186 y 187, tipificando en forma general la infracción y su sanción, esta Dictaminadora considera que debe precisarse la infracción en la fracción VI y no crear una nueva, así mismo reformar la fracción III del artículo 187 para señalar la sanción correspondiente:

Artículo 186. ...
I. a V. ...
VI. Los almacenes generales de depósito que permitan el retiro de las mercancías sujetas al régimen de depósito fiscal sin cumplir las formalidades para su retorno al extranjero o sin que se hayan pagado las contribuciones y, en su caso, cuotas compensatorias causadas con motivo de su importación o exportación definitivas o cuando no cumplan con las obligaciones previstas en esta ley.
VII. a XXIII. ...
Artículo 187. ...
I. y II. ...
III. Multa equivalente de 70 por ciento a 100 por ciento de las contribuciones y cuotas compensatorias omitidas, cuando no se haya cubierto lo que correspondía pagar o de 30 por ciento al 50 por ciento del valor comercial de las mercancías si están exentas o se trata de retorno al extranjero; o de $40,972.00 a $61,457.00, cuando se trate del incumplimiento de las demás obligaciones previstas en la Ley, a la señalada en la fracción VI.
IV. a XV. ...
...

La que dictamina coincide plenamente con la reforma que en materia de inversión extranjera se propone y estima que con ella se elimina un obstáculo más para la inversión.

V) Reformas del régimen fiscal

Por otra parte, la comisión que suscribe el presente dictamen considera que toda vez que las reformas en materia financiera propuestas en la Iniciativa en análisis implican que los almacenes generales de depósito dejen de ser considerados como organizaciones auxiliares del crédito y, por tanto, como integrantes del sistema financiero sujetos a autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como tales, se hace necesario efectuar modificaciones en el impuesto sobre la renta.

En efecto, existen disposiciones de carácter fiscal que otorgan a los almacenes generales de depósito un tratamiento específico en materia del impuesto sobre la renta por el hecho de tratarse de entidades financieras sujetas a regulación por parte de autoridades financieras, es decir, por ser considerados como integrantes del sistema financiero.

Por ello, considerando que los almacenes generales de depósito dejarán de estar regulados como integrantes del sistema financiero y, por lo tanto, que realizarán las operaciones propias de su actividad de manera semejante a la de cualquier otra sociedad mercantil, esta Comisión considera que el tratamiento fiscal que actualmente reciben en materia del impuesto sobre la renta ya no se justifica y que debe ser modificado para que estas instituciones tributen en los mismos términos que cualquier otro contribuyente que no se considere para efectos fiscales como integrante del sistema financiero.

Sin embargo, toda vez que las reformas a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, tienen como propósito promover la competencia económica eliminando las barreras de entrada generadas por la carga regulatoria a la que se enfrentan las empresas que desean constituirse como almacenes generales de depósito, así como promover el otorgamiento de créditos con garantía prendaria y operaciones de crédito distintas a las operaciones de crédito que actualmente pueden realizar los almacenes generales de depósito, esta Comisión dictaminadora considera que no se deben realizar adecuaciones al régimen fiscal aplicable a los almacenes generales de depósito en materia del impuesto al valor agregado, puesto que gravar con dicho impuesto a los intereses que reciban los almacenes generales de depósito por créditos otorgados incrementaría el costo financiero asociado con dicha actividad respecto a otros participantes en el mercado en detrimento de sus clientes y de los propios almacenes, quienes estarían en situación de desventaja respecto a otros participantes en el mercado, siendo que las actividades de intermediación financiera que dichas instituciones realizan, se llevan a cabo primordialmente con el sector agropecuario.

De esta forma, mantener el régimen fiscal en materia del impuesto al valor agregado a los almacenes generales de depósito, permite que no se encarezca el crédito para los clientes de estas instituciones en relación con los clientes de otras sociedades mercantiles que realizan las mismas operaciones crediticias, y logra la equidad económica y fiscal para los almacenes generales de depósito respecto a sociedades mercantiles que realizan el mismo tipo de operaciones que éstos. Asimismo, toda vez que una prioridad, plasmada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el fomento de las actividades económicas en el medio rural, la que Dictamina considera que mantener el régimen fiscal que en materia del impuesto al valor agregado le corresponde a los almacenes generales de depósito, reconoce la importancia que dichas instituciones tienen para el desarrollo de las actividades del sector agropecuario del país.

Lo expuesto en los dos párrafos anteriores, no es aplicable en el caso del impuesto sobre la renta, porque no se trata de un impuesto que se refleje en el precio del servicio, de la actividad o del producto que ofrezca una persona. En este sentido, los almacenes generales de depósito no deben gozar del tratamiento fiscal especial que la Ley del Impuesto sobre la Renta otorga a las instituciones que para efectos fiscales componen el sistema financiero, ya que no se tratará de instituciones que cuenten con una regulación y supervisión por parte de una autoridad financiera, por lo que la que Dictamina únicamente considera que se deben realizar las adecuaciones que se detallan a continuación.

Esta comisión propone a esta Cámara incorporar un artículo quinto al proyecto de Decreto, objeto de la presente, para reformar el artículo 8o. tercer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con la finalidad de excluir a los almacenes generales de depósito de la lista de personas que componen el sistema financiero para efectos de dicha ley, con lo cual, cuando se aluda en la citada ley al sistema financiero, no les serán aplicables a los almacenes generales de depósito los diversos tratamientos que para efectos del impuesto sobre la renta se otorgan a las personas que se consideran como integrantes del sistema financiero.

Lo anterior, en virtud de que como se ha señalado por esta Comisión Dictaminadora, derivado de las reformas que se proponen en materia financiera, los almacenes generales de depósito dejarán de ser entidades reguladas por una autoridad, circunstancia que justificaba en materia del impuesto sobre la renta el que se les diera el tratamiento de entidades del sistema financiero, por lo que, al ya no ser entidades financieras reguladas, tampoco deben ser consideradas para efectos del impuesto sobre la renta como integrantes del sistema financiero.

Así, el preámbulo del decreto quedaría:

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Por su parte, el texto del artículo 8o., tercer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta sería

Artículo 8o. ...
...
El sistema financiero, para los efectos de esta Ley, se compone por las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, sociedades controladoras de grupos financieros, administradoras de fondos para el retiro, arrendadoras financieras, uniones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades de inversión de renta variable, sociedades de inversión en instrumentos de deuda, empresas de factoraje financiero, casas de bolsa, casas de cambio y sociedades financieras de objeto limitado, que sean residentes en México o en el extranjero. Asimismo, se considerarán integrantes del sistema financiero a las sociedades financieras de objeto múltiple a las que se refiere la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito que tengan cuentas y documentos por cobrar derivados de las actividades que deben constituir su objeto social principal, conforme a lo dispuesto en dicha ley, que representen al menos el setenta por ciento de sus activos totales, o bien, que tengan ingresos derivados de dichas actividades y de la enajenación o administración de los créditos otorgados por ellas, que representen al menos el setenta por ciento de sus ingresos totales. Para los efectos de la determinación del porcentaje del setenta por ciento, no se considerarán los activos o ingresos que deriven de la enajenación a crédito de bienes o servicios de las propias sociedades, de las enajenaciones que se efectúen con cargo a tarjetas de crédito o financiamientos otorgados por terceros.
...
...
...

Asimismo, se propone derogar el artículo 49 de la citada Ley, el cual permite a los almacenes generales de depósito efectuar la deducción de la creación o incremento de la reserva de contingencia efectuados previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, toda vez que los mencionados almacenes, al no ser entidades reguladas por dicha Comisión, ya no estarán obligados a mantener la citada reserva. El texto propuesto es el siguiente:

Artículo 49. (Se deroga).

VI) Régimen transitorio

Esta comisión considera necesario puntualizar el régimen transitorio, en especial para empatar la entrada en vigor de las reformas, adiciones y derogaciones a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito que se plantean en la iniciativa objeto de estudio, con las efectuadas a esta ley mediante el Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley para Regular las Agrupaciones Financiera, Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley de Inversión Extranjera, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2006.

Por otra parte, es pertinente prever un plazo para que las diversas autoridades emitan las disposiciones relativas al registro público de comercio y las aplicables a los almacenes que emitan títulos sobre granos y oleaginosas. Esto es importante para que operen las reformas que plantea la iniciativa y se alcancen los objetivos trazados en la misma.

También se estima fundamental permitir que se incorporen al sector, almacenes generales de depósito sin autorización, hasta el momento en que al menos las disposiciones relativas al registro público de comercio previstas en el artículo 234 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, entren en vigor.

Como algunas obligaciones que se incorporan, están supeditadas a que se emitan disposiciones secundarias, se estima conveniente precisar, para evitar cualquier duda al respecto, que su cumplimiento será exigible a partir de la fecha que en las mismas, así como que los efectos que en algunos casos se atribuyen, se producirán cuando esté en operación todo el régimen.

En otro aspecto, tomando en cuenta que de conformidad con el artículo Primero transitorio que señala en su fracción I que las reformas al artículo Cuarto del Decreto, correspondiente a la Ley Aduanera, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, considera conveniente un nuevo texto para el artículo décimo tercero transitorio.

Asimismo, no pasa inadvertido para esta comisión dictaminadora que los almacenes generales de depósito que con anterioridad a la entrada en vigor de las reformas a las disposiciones financieras cuenten con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conservarán dicha autorización para operar como almacén general de depósito hasta el 18 de julio de 2013, por lo que durante ese periodo podrán estar obligados a constituir reservas de contingencia. De esta forma, la que Dictamina estima necesario establecer una disposición transitoria que permita a dichos almacenes continuar deduciendo las citadas reservas, en tanto conserven la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como almacenes generales de depósito, así como las reglas para acumular en cada ejercicio fiscal las disminuciones que se realicen de dichas reservas, tal y como se encontraba establecido en el artículo 49 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se propone derogar.

Ahora bien, de igual forma en la disposición transitoria que se propone se establece que cuando quede sin efectos la autorización que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hubiera otorgado a los almacenes generales de depósito, éstos deberán considerar cancelada la reserva de contingencia y acumular para efectos del impuesto sobre la renta el saldo que tenga dicha reserva, lo anterior en virtud de que la creación o el incremento de la reserva antes aludida constituyó una deducción que se tomó de manera anticipada, por lo que con objeto de no generar un beneficio indebido para los almacenes generales de depósito, dado que ya dedujeron una reserva que no fue afectada para cubrir pérdidas de mercancías sino que simplemente se cancela por no existir obligación de llevarla, los contribuyentes deben revertir el efecto de la deducción anticipada que tomaron.

Respecto al punto anterior, y con la finalidad de evitar el potencial impacto que pudiera tener para algunos almacenes generales de depósito el tener que acumular como ingreso la reserva en un solo ejercicio, se propone que puedan optar por acumularla en cinco ejercicios fiscales en partes iguales. De esta forma, esta comisión considera la inclusión de un artículo décimo cuarto dentro del régimen transitorio.

En este sentido quedan los textos de los artículos transitorios de la siguiente manera:

Primero. Entrarán en vigor el día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación:
I. Los artículos primero, segundo, cuarto y quinto del presente Decreto, salvo lo señalado en el artículo siguiente; y
II. Las reformas a los artículos 7o. y 79 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, contenidas en el artículo tercero de este decreto.
La Secretaría de Economía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Alimentación y Pesca, así como las demás autoridades que resulten competentes deberán emitir, dentro de los trescientos sesenta días naturales siguientes a la fecha de publicación del presente, las disposiciones a que se refieren los artículos 234 Bis y 279 Bis 2 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, reformados y adicionados por este decreto.
Una vez que entren en vigor las disposiciones que se indican en el artículo 234 Bis, cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 279 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, podrá emitir certificados de depósito y bonos de prenda sin contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público referida en el artículo 5 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
Segundo. La obligación de inscribir en el registro público de comercio señalado la emisión de los certificados de depósito negociables y del bono de prenda, así como la de los endosos y cualquier acto que deba ser consignado sobre los certificados de depósito documentados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, y de los bonos de prenda, con independencia de la forma en que éstos se encuentren representados, prevista en el artículo 234 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, será exigible a partir de la fecha que indiquen las disposiciones a que se refiere el artículo 234 Bis.
En la fecha señalada, la inscripción en el registro público de comercio de la emisión de los títulos y actos que en ellos se consignen, cuando están documentados en medios electrónicos producirán los efectos indicados en el artículo 234 Bis 1 que se adiciona a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y se acreditarán conforme al mismo.
La Secretaría de Economía deberá proveer lo necesario a efecto de que la inscripción de los actos señalados sea eficiente y con un costo total hasta de cincuenta unidades de inversión, con independencia del valor de los títulos, escuchando la opinión de los almacenes generales de depósito en el diseño del sistema y la elaboración de las disposiciones aplicables.
Las disposiciones a que se refiere el artículo 279 Bis 2 que igualmente se adiciona a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, establecerá la fecha a partir de la cual los almacenes generales de depósito estarán obligados a proporcionar los datos y revelar la información que dicho artículo establece.
Tercero. Las personas que, a partir de la fecha de entrada en vigor de las disposiciones que se indican en el artículo 234 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, emitan certificados de depósito y bonos de prenda, sin contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público referida en el artículo 5 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, se sujetarán a las disposiciones aplicables a dichos títulos y al Depósito de las Mercancías en Almacenes Generales de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. A dichas personas no les será aplicable el régimen que la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito prevé para los almacenes generales de depósito.
Las personas a que se refiere este artículo, deberán señalar expresamente que no cuentan con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público prevista en el artículo 5 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y que no están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Igual mención deberá señalarse en cualquier tipo de información que, con fines de promoción de sus servicios, utilicen las personas señaladas.
Cuarto. Entrarán en vigor el 18 de julio de 2013, las reformas a los artículos 5o., 6o., 8o., fracciones I y III numeral 1 segundo párrafo, 45 Bis 3, 48 B, 65, 78 primer párrafo, fracción VIII y antepenúltimo párrafo, 89 fracción XIII, 96, así como la derogación de los artículos 3o. fracción I, 11 a 23 del Capítulo I del Título Segundo, 48-A, 98 fracción V y 100 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito contenidas en el artículo tercero de este decreto.
A partir de la fecha en que entren en vigor las reformas y derogaciones señaladas en el párrafo anterior, las autorizaciones que haya otorgado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la constitución y operación de almacenes generales de depósito quedarán sin efecto por ministerio de ley, por lo que dichas sociedades dejarán de tener el carácter de organizaciones auxiliares del crédito.
Las sociedades señaladas en el párrafo anterior no estarán obligadas a disolverse y liquidarse por el hecho de que, conforme a lo dispuesto por el párrafo anterior, queden sin efecto las autorizaciones respectivas, aunque, para que puedan continuar operando deberán
I. Reformar sus estatutos sociales a efecto de eliminar cualquier referencia expresa o de la cual se pueda inferir que son organizaciones auxiliares del crédito y que se encuentran autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para constituirse y operar con tal carácter y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y
II. Presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar en la fecha en que entren en vigor las reformas y derogaciones señaladas en el primer párrafo de este artículo, el instrumento público en el que conste la reforma estatutaria referida en la fracción anterior, con los datos de la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio.
Las sociedades que no cumplan lo dispuesto en la fracción II anterior entrarán, por ministerio de ley, en estado de disolución y liquidación, sin necesidad de acuerdo de asamblea general de accionistas.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con independencia de que se cumpla o no con los requisitos señalados en las fracciones anteriores, publicará en el Diario Oficial de la Federación que las autorizaciones a que se refiere este artículo han quedado sin efecto.
La entrada en vigor de las reformas y derogación a que este artículo transitorio se refiere no afectará la existencia y validez de los títulos y contratos que, con anterioridad a la misma, hayan emitido y suscrito los almacenes generales de depósito autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni será causa de ratificación o convalidación de los mismos. Sin perjuicio de lo anterior, a partir de la entrada en vigor señalada, los certificados de depósito y el depósito de los bienes y mercancías se regirán por las disposiciones correlativas de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Las sociedades cuya autorización, conforme a lo dispuesto por este artículo, quede sin efecto deberán revelar que no cuentan con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Igual mención deberá señalarse en cualquier tipo de información que, con fines de promoción de sus servicios, utilicen las sociedades señaladas.
Quinto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público sólo dará trámite a las solicitudes de autorización que, para la constitución y operación de almacenes generales de depósito, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, hayan sido presentadas antes de la fecha en que se publique en el Diario Oficial de la Federación el presente decreto. Las autorizaciones que, en su caso se otorguen sólo estarán vigentes hasta el 18 de julio de 2013 y quedarán sujetas a lo dispuesto por el artículo que antecede.
Sexto. Los almacenes generales de depósito autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que, entre la fecha en que entren en vigor las disposiciones a que se refiere el artículo 234 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito reformado y antes del 18 de julio de 2013, pretendan emitir certificados de depósito y bonos de prenda, así como prestar el servicio de depósito de mercancías, en términos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito sin sujetarse al régimen de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, deberán
I. Acordar en asamblea de accionistas que la emisión de certificados de depósito y bonos de prenda que realice, así como el servicio de depósito de mercancías que proporcione se sujetará al régimen de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
II. Reformar sus estatutos sociales, a efecto de eliminar, según corresponda, cualquier referencia expresa o de la cual se pueda inferir que son organizaciones auxiliares del crédito, que se encuentran autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y
III. Presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el instrumento público en el que conste la celebración de la asamblea de accionistas señalada en la fracción I y la reforma estatutaria referida en la fracción II anterior, con los datos de la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio.
La autorización que haya otorgado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la constitución y operación de almacenes generales de depósito, quedará sin efecto a partir del día siguiente a la fecha en que se inscriba en el Registro Público de Comercio la reforma estatutaria señalada en la fracción II, sin que, por ello, la sociedad deba entrar en estado de disolución y liquidación. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación que la autorización ha quedado sin efecto.
Los títulos y contratos que hayan suscrito las sociedades cuya autorización queden sin efectos, no quedarán afectados en su existencia o validez ni deberán ser ratificados o convalidados por esa causa.
Las sociedades cuya autorización, conforme a lo dispuesto por este artículo, quede sin efecto deberán revelar que no cuentan con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Igual mención deberá señalarse en cualquier tipo de información que, con fines de promoción de sus servicios, utilicen las sociedades señaladas.
Séptimo. En tanto las autorizaciones otorgadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no queden sin efecto o sean revocadas, los almacenes generales de depósito seguirán, sujetos al régimen de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y a las disposiciones que conforme a la misma les resulten aplicables, así como a las demás que emita la citada Secretaría para preservar la liquidez, solvencia y estabilidad de las entidades señaladas.
Octavo. Los almacenes generales de depósito que a la fecha de publicación del presente decreto sean integrantes de algún grupo financiero, podrán seguir formando parte del mismo, sin tener el carácter de entidad financiera para efectos del artículo 7 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Las responsabilidades de la controladora subsistirán en tanto no queden totalmente cumplidas todas las obligaciones contraídas por los almacenes generales de depósito antes de la fecha en que se publique el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Noveno. Las instituciones de crédito que sean propietarias de acciones representativas del capital social de almacenes generales de depósito podrán conservar dichas acciones.
Décimo. Los procesos de conciliación y arbitraje seguidos conforme a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, que a la fecha de publicación del presente decreto se encuentren pendientes de resolver, seguirán rigiéndose por dicha ley, hasta su conclusión.
Décimo Primero. Los almacenes generales de depósito a que se refiere el articulo 279 Bis, que se adiciona a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y que por ello no cuenten con la autorización a que se refiere el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, o cuya autorización haya quedado sin efecto en los términos de los artículos cuarto y sexto transitorios de este decreto, no se considerarán como entidades financieras para los efectos de la fracción VI, del artículo 2 de la Ley del Mercado de Valores, como entidades del sector financiero o entidades financieras para los efectos de la fracción IV del artículo 3 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como entidades financieras para los efectos del artículo 7 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y como institución financiera para los efectos de la fracción IV del artículo 2o. de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
A los almacenes arriba señalados no les será aplicable la fracción I del artículo 29-D de la Ley Federal de Derechos.
Décimo Segundo. Por lo que se refiere a las arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero y sociedades financieras de objeto limitado, se estará al régimen transitorio que para las mismas se prevén en el Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley de Inversión Extranjera, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación de 18 de julio de 2006.
Décimo Tercero. Los almacenes que hayan sido autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal, de conformidad con las disposiciones vigentes antes de la entrada en vigor del presente Decreto, quedarán sin efectos el 18 de julio de 2013 o en la fecha en que dichos Almacenes reformen sus estatutos sociales para eliminar cualquier referencia expresa o de la cual se pueda inferir que son organizaciones auxiliares del crédito en los términos del artículo sexto transitorio del presente decreto.
Las personas que cuenten con la autorización a que se refiere el párrafo anterior para poder continuar prestando el servicio deberán, presentar una solicitud de autorización, previo al vencimiento de la autorización, cumpliendo con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
Los almacenes generales de depósito que cuenten con la autorización a que se refiere el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y que a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto no cuenten con autorización para operar el régimen de depósito fiscal, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria la autorización para prestar dicho servicio siempre que cumplan con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general y, en su caso, la autorización que se otorgue estará vigente hasta el 18 de julio de 2013.
Décimo Cuarto. Los almacenes generales de depósito que a la entrada en vigor de las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta previstas en el artículo quinto del presente decreto cuenten con autorización vigente por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como tales, podrán deducir la creación o incremento, efectuados previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la reserva de contingencia.
Cuando al término de un ejercicio proceda disminuir la reserva a que se refiere el párrafo anterior en relación con las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se acumulará como ingreso en el ejercicio en que proceda la disminución.
Cuando los almacenes generales de depósito a que se refiere este artículo cancelen en su totalidad la reserva de contingencia a que se refiere el primer párrafo de este artículo, para los efectos del impuesto sobre la renta, deberán acumular como ingreso en el ejercicio fiscal en el que se cancele la reserva, el saldo que tenga dicha reserva al último día del ejercicio fiscal inmediato anterior al ejercicio fiscal en el que se realice su cancelación. En el ejercicio fiscal en el que se cancele la reserva, los contribuyentes no deberán efectuar la deducción a que se refiere el primer párrafo de este artículo, por el monto de los incrementos que en dicha reserva se hubieran realizado en el ejercicio fiscal en el que se cancele.
Los almacenes generales de depósito en lugar de considerar como ingreso acumulable en un solo ejercicio fiscal el saldo de la reserva de contingencia al último día del ejercicio fiscal inmediato anterior al ejercicio en el que se cancele dicha reserva, podrán acumular en cinco ejercicios fiscales una quinta parte de dicho saldo en cada ejercicio fiscal, a partir del ejercicio fiscal en el que la citada reserva se cancele. La parte del saldo de la reserva de contingencia que se considere como ingreso acumulable en cada ejercicio, deberá actualizarse desde el último mes del ejercicio fiscal en el que la reserva en comento se cancele y hasta el último mes del ejercicio fiscal en el que ésta se considere como ingreso acumulable.
Para los efectos de este artículo, se considerará cancelada la reserva de contingencia cuando quede sin efectos la autorización que haya emitido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al almacén general de depósito de que se trate, para operar como tal.

Por lo anterior, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados el proyecto de

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Primero. Se reforma el segundo párrafo del artículo 229; el artículo 230; las fracciones XI y XII del artículo 231; la fracción VI del artículo 232; el artículo 234; el primero, tercero y último párrafos del artículo 236; el artículo 243; el artículo 245; el artículo 247; el artículo 285 y el último párrafo del artículo 395, se adiciona el artículo 229 Bis; la fracción XIII al artículo 231; el artículo 231 Bis; el artículo 234 Bis; el artículo 234 Bis 1; el artículo 279 Bis; el artículo 279 Bis 1; el artículo 279 Bis 2; un segundo párrafo al artículo 281; el artículo 287 Bis; el artículo 287 Bis 1, el artículo 287 Bis 2, el artículo 287 Bis 3, el artículo 287 Bis 4 y, el artículo 287 Bis 5, y se deroga el artículo 284 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 229. ...

Sólo los Almacenes Generales de Depósito, a que se refiere el artículo 279 Bis de la presente Ley, podrán expedir estos títulos.

...

Artículo 229 Bis. Los certificados de depósito y bonos de prenda podrán estar documentados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

En la emisión, expedición, endoso, aval, protesto y demás operaciones que en los certificados de depósito y bonos de prenda se consignen, podrán utilizarse los medios señalados en el párrafo anterior.

No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria al título de crédito o a los actos referidos por la sola razón de que consten y se hayan formado utilizando medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra naturaleza.

Artículo 230. Los certificados negociables podrán expedirse con o sin bonos de prenda, según lo solicite el depositante, pero la expedición de dichos bonos deberá hacerse simultáneamente a la de los certificados respectivos, haciéndose constar en ellos, indefectiblemente, si se expide con o sin bonos.

El bono o bonos expedidos podrán ir adheridos al certificado o separados de él.

Cuando se trate de mercancías o bienes individualmente designados, los almacenes sólo podrán expedir un bono de prenda en relación con cada certificado de depósito. Si se trata de mercancías o bienes designados genéricamente, los almacenes podrán expedir, a voluntad del depositante, bonos de prenda múltiples. Cuando el certificado de depósito se emita con la mención expresa de no ser negociable, no se expedirá bono de prenda alguno en relación con él.

En el caso de que se emitan certificados de depósito sobre mercancías en tránsito el almacén, será responsable de su traslado hasta la bodega de destino, en la que seguirá siendo depositario de las mercancías hasta el rescate de los certificados de depósito y, en su caso, de los bonos de prenda. Para estos efectos, las mercancías en tránsito deberán asegurase a favor del almacén o de cualquier otra forma garantizar la responsabilidad que éste asuma.

Los documentos de embarque deberán estar expedidos o endosados a los almacenes.

Artículo 231. ...

I. a X. ...
XI. La mención de estar o no asegurados los bienes o mercancías depositados, el importe del seguro, en su caso;
XII. La mención de los adeudos o de las tarifas en favor del Almacén o, en su caso, la mención de no existir tales adeudos; y
XIII. La indicación de si amparan mercancías en tránsito, en bodegas o en ambos supuestos.

Artículo 231 Bis. Tratándose de certificados de depósito que amparen granos y oleaginosas, los títulos deberán incluir la manifestación del depositante, respecto de lo siguiente:

I. El lugar de producción. En el caso de granos y oleaginosas de origen nacional, se deberá consignar la clave que le corresponda de acuerdo con el Catálogo de Integración Territorial de Estados, Municipios y Localidades, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;
II. El año y el ciclo agrícola de producción;
III. La especificación de la calidad de los granos y oleaginosas de acuerdo a las disposiciones aplicables; y
IV. Señalar si se cuenta con algún mecanismo de cobertura de precios y la información relacionada con ésta.

Artículo 232. ...

I. a V. ...
VI. La mención, suscrita por el Almacén o por quien intervenga en la primera negociación del bono, de haberse hecho la anotación respectiva en el certificado de depósito o su inscripción en el registro público de comercio.

Artículo 234. Los almacenes llevarán un registro de los certificados de depósito y bonos de prenda con los mismos datos de los títulos que haya expedido, según las constancias con que cuente o según el aviso de quien intervenga en la primera negociación del bono, y en el que se indique la forma en la que se encuentran representados.

El almacén deberá inscribir en el registro público de comercio que lleve la Secretaría de Economía, la emisión de los certificados de depósito negociables y de los bonos de prenda, en este último caso con los datos de quien intervino en su primera negociación.

Los endosos y cualquier acto que deba ser consignado sobre los certificados de depósito documentados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y de los bonos de prenda con independencia de la forma en que éstos se encuentren representados, deberán inscribirse en el registro señalado, por quien los realice.

Artículo 234 Bis. La inscripción a que se refiere el segundo párrafo del artículo anterior en el registro público se llevará a cabo en los términos de las disposiciones aplicables que emita la Secretaría de Economía y tratándose de los actos señalados en el último párrafo del artículo anterior, el obligado a realizarla, podrá hacerlo con su firma electrónica por conducto del almacén general de depósito que cumpla con los requisitos que para tal efecto se establezcan.

Artículo 234 Bis 1. Los responsables de las oficinas del registro público de comercio, los notarios y corredores públicos, así como las demás personas autorizadas para ello conforme a las disposiciones aplicables expedirán constancias no negociables relativas a la emisión, endoso, aval, protesto y demás operaciones que en los certificados de depósito y bonos de prenda se consignen, conforme a los datos que aparezcan en la base de datos del registro público de comercio.

Las constancias señaladas, tratándose de certificados de depósito y bonos de prenda representados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y de los actos consignados en dichos títulos por los mismos medios, servirá para:

I. Acreditar la emisión y titularidad de los títulos señalados; y
II. Legitimar el ejercicio de los derechos que otorgan los certificados de depósito y bonos de prenda, inclusive de carácter procesal en juicio, en los que sea necesario exhibir los referidos títulos.

Artículo 236. El bono de prenda sólo podrá ser negociado por primera vez separadamente del certificado de depósito con intervención del almacén que haya expedido los documentos, o por el primer tomador del bono.

...

Las anotaciones a que este artículo se refiere, deberán ser suscritas por el tenedor del certificado y por el almacén o por el tomador del bono que en ellas intervengan, y que serán responsables de los daños y perjuicios causados por las omisiones o inexactitudes en que incurran.

El tomador que intervenga en la emisión del bono, deberá dar aviso de su intervención, por escrito o por algún otro medio que deje prueba de ello, al almacén que hubiere expedido el título.

Artículo 243. El tenedor del bono de prenda protestado conforme al artículo que antecede, deberá pedir, dentro del plazo que se convenga posterior a la fecha del protesto o en su defecto dentro de los ocho días siguientes a esa fecha, que el almacén proceda a la venta de las mercancías o bienes depositados, en remate público.

Artículo 245. Si los bienes depositados estuvieren asegurados o garantizados, el importe correspondiente, menos los descuentos que haga la aseguradora o gastos de ejecución, se aplicará en los términos del artículo anterior.

Artículo 247. Los almacenes deberán hacer constar en el bono mismo, en hoja anexa, en su registro, o en el registro público de comercio, según corresponda la cantidad pagada sobre el bono con el producto de la venta de los bienes depositados, o con la entrega de las cantidades correspondientes que los almacenes tuvieren en su poder conforme al artículo 246. Igualmente deberán hacer constar, en su caso, que la venta de los bienes no puede efectuarse. Esta anotación hará prueba para el ejercicio de las acciones de regreso.

Artículo 279 Bis. Son Almacenes Generales de Depósito, las sociedades mercantiles que contemplen expresamente en sus estatutos, como objeto social principal la emisión de certificados de depósito, con o sin bonos de prenda, que amparen mercancías o bienes sobre los que proporcionen servicios de almacenamiento, guarda o conservación.

Estas sociedades deberán contar con un capital mínimo fijo pagado, equivalente a 500 mil unidades de inversión y agregar a su denominación, la expresión almacén general de depósito.

Artículo 279 Bis 1. Los almacenes generales de depósito deberán señalar en sus oficinas, bodegas propias o habilitadas, así como en la información que con fines de promoción de sus servicios utilicen, si cuentan o no con calificaciones o certificaciones relativas a la observancia de estándares técnicos, operativos o financieros y, en su caso, las calificaciones o certificaciones respectivas, así como cualquier otro dato que permita evaluar la calidad del almacén en esas u otras materias.

Los almacenes, para la prestación del servicio de almacenamiento, deberán contar con las condiciones mínimas de acuerdo a las mercancías y bienes depositados, así como a la región en que mantenga el depósito.

Los almacenes deberán recabar y verificar la autenticidad de la información y documentación relativa a la identificación de sus clientes y usuarios.

Artículo 279 Bis 2. Los almacenes que emitan certificados de depósito y bonos de prenda sobre granos y oleaginosas, en los términos de las disposiciones que al efecto se emitan, deberán proporcionar datos relativos a los granos y oleaginosas depositados, al Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a través del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, y revelar a sus usuarios la información relativa a las tarifas de sus servicios y precios de los productos.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, deberá hacer del conocimiento del público en general por el medio y periodicidad que considere conveniente, la denominación de los almacenes que cumplan las obligaciones señaladas, así como la ubicación de sus instalaciones y bodegas, con el propósito de que los usuarios de sus servicios, los tenedores de los certificados de depósito y los tomadores de los bonos de prenda cuenten con la información del grado de cumplimiento de los almacenes a la normatividad que les es aplicable en esta materia.

Artículo 281. ...

En caso de que se haya pactado, que el depositario realice o someta los bienes o mercancías a procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas, con el único fin de aumentar su valor y sin variar esencialmente su naturaleza, la obligación de restitución se entenderá referida a los bienes o mercancías que hayan resultado de dichos procesos.

Artículo 284. Se deroga.

Artículo 285. Cuando los Almacenes Generales de Depósito reciban y, en su caso, emitan certificados de depósito y bonos de prenda por mercancías o bienes de procedencia extranjera o nacional para su exportación bajo el régimen de depósito fiscal; los almacenes, las mercancías y las operaciones se sujetarán a las disposiciones en materia fiscal y aduanera aplicables a dicho régimen y estarán supeditados al control de las autoridades fiscales y aduaneras de conformidad con la ley de la materia.

Artículo 287 Bis. Las áreas destinadas para el depósito de mercancías deberán cumplir con los requisitos, características e instalaciones que determinen las disposiciones que resulten aplicables. Para el caso de acopio, acondicionamiento, industrialización, almacenamiento y transporte de productos alimenticios de consumo generalizado, los almacenes deberán cumplir con las normas que se dicten en los programas oficiales de abasto y las disposiciones aplicables para el depósito de mercancías.

Artículo 287 Bis 1. Salvo pacto en contrario, cuando el precio de las mercancías o bienes depositados bajare de manera que no baste a cubrir el importe de la deuda más un 20 por ciento, el tenedor del bono de prenda correspondiente al certificado de depósito expedido por las mercancías o bienes de que se trate, solicitará al almacén que por su cuenta un corredor público certifique el hecho y se notifique por su conducto al tenedor del certificado de depósito, que tiene diez días para mejorar la garantía o cubrir el adeudo. Si dentro de dicho plazo no lo hiciere se procederá a la venta en remate público en los términos que se pacten o en los términos del artículo siguiente.

Artículo 287 Bis 2. Los almacenes efectuaran el remate de mercancías y bienes depositados en almoneda pública y al mejor postor, en el caso del artículo anterior, cuando se lo pidiere, conforme a la ley, el tenedor de un bono de prenda.

Los almacenes podrán también proceder al remate de las mercancías o bienes depositados cuando, habiéndose vencido el plazo señalado para el depósito, transcurrieren ocho días o los días convenidos para este propósito, sin que éstos hubieren sido retirados del almacén, desde la fecha de la notificación en la forma prescrita en el artículo anterior.

Salvo pacto en contrario, los almacenes efectuarán el remate en los términos siguientes:

I. Anunciarán el remate mediante aviso que se fijará en la entrada del edificio principal del local en que estuviere constituido el depósito y se publicará en un periódico de amplia circulación de la localidad, en cuya circunscripción se encuentre depositada la mercancía. Si no lo hubiere, la publicación se hará en un periódico de circulación nacional o regional, o bien en el Diario Oficial de la Federación;
II. El aviso deberá publicarse cuando menos con ocho días de anticipación a la fecha señalada para el remate. Cuando se trate del remate de mercancías o efectos que hubieren sufrido demérito, deberán mediar cuando menos tres días entre la publicación del aviso y el día del remate;
III. Los remates se harán en las oficinas o bodegas del almacén en presencia del comisario, auditor o fedatario público. Las mercancías o bienes que vayan a rematarse, estarán a la vista del público desde el día en que se publique el aviso de remate;
IV. Será postura legal, a falta de estimación fijada al efecto en el certificado de depósito, la que cubra al contado el importe del adeudo que hubiere en favor de los almacenes y, en su caso, el del préstamo que el bono o los bonos de prenda garanticen, teniendo los almacenes, si no hubiera postor, derecho a adjudicarse las mercancías o efectos por la postura legal; y
V. Cuando no hubiere postor, ni los almacenes se adjudicaren las mercancías o efectos rematados, podrán proceder a nuevas almonedas, previo el aviso respectivo, haciendo en cada una de ellas un descuento no mayor del cincuenta por ciento sobre el precio fijado como base para la almoneda anterior.

Cuando el producto de la venta de la mercancía o bienes depositados no baste para cubrir el adeudo a favor de los almacenes generales de depósito, por el saldo insoluto, éstos tendrán acción a través de la vía ejecutiva mercantil para reclamar al depositante original, el pago del adeudo existente. El convenio de depósito correspondiente junto con el estado de cuenta certificado por el contador del almacén de que se trate, será título ejecutivo sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito.

El tenedor del bono de prenda deberá notificar al almacén si acordó con el deudor prendario, un procedimiento de remate de mercancías distinto al previsto en este artículo. En el caso de que el almacén tenga a su cargo el procedimiento de remate o una parte del mismo, éste deberá manifestarle al tenedor del bono su consentimiento, para proceder en los términos pactados, en caso contrario se aplicará el procedimiento descrito en los párrafos precedentes.

Tratándose del remate de las mercancías por las causas señaladas en el segundo párrafo, sólo podrá seguirse un procedimiento distinto al descrito, si se prevé en el certificado de depósito.

Artículo 287 Bis 3. Se entenderá por bodega habilitada a aquellos locales que formen parte de las instalaciones del depositante, trátese de bodegas propias, rentadas o recibidas en comodato, que el almacén general de depósito tome a su cargo para operarlos como bodegas y efectuar en ellos el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías propiedad del mismo depositante o de terceros.

El bodeguero habilitado será designado por el almacén para que en su nombre y representación se haga cargo del almacenamiento, la guarda o conservación de bienes o mercancías depositados y deberá garantizar al almacén el correcto desempeño de estas funciones mediante las garantías que el almacén estime pertinentes.

Artículo 287 Bis 4. Cuando existan faltantes de mercancías depositadas en las bodegas habilitadas, los almacenes generales de depósito podrán solicitar en la vía ejecutiva el embargo de los bienes inmuebles afectados por el bodeguero habilitado o su garante para el cumplimiento de sus obligaciones con el almacén, tomando como base el documento en que se constituya dicha afectación en garantía y siempre que haya sido ratificado e inscrito en los términos del siguiente párrafo.

El documento en que se haga la afectación, deberá ser ratificado por el propietario del inmueble ante juez, notario o corredor público, y se inscribirá, a petición del almacén, en el Registro Público de la Propiedad respectivo.

Los bodegueros habilitados deberán dar acceso a los almacenes en todo tiempo o con la periodicidad que se acuerde, para que realicen visitas de inspección y levanten las actas correspondientes por conducto de las personas designadas por el almacén quienes, para estos efectos, tendrán facultades de certificación incluso para el caso de faltantes de bienes o mercancías amparados con certificados de depósito.

La oposición del bodeguero habilitado o sus bodegueros auxiliares o sus funcionarios o empleados, a la inspección presumirá salvo prueba en contrario, faltantes de bienes o mercancías depositados.

Artículo 287 Bis 5. Se impondrá pena de prisión de cinco a diez años a

I. Las personas que habiendo sido designadas como bodegueros habilitados en los términos de esta ley, dispongan o permitan disponer indebidamente de las mercancías depositadas o proporcionen datos falsos al almacén respecto de los movimientos y existencias de las mismas;
II. Las personas que sin causa justificada se nieguen a entregar, sustraigan, dispongan o permitan disponer de las mercancías depositadas en locales habilitados por medios distintos a los establecidos conforme al contrato respectivo o a los usos y costumbres imperantes en el medio almacenador; y
III. Las personas que obtengan más de un certificado de depósito sobre la misma mercancía almacenada en un local habilitado.

Artículo 395. ...

I. a VI. ...
Las instituciones fiduciarias a que se refieren las fracciones II a IV de este artículo, se sujetarán a lo que dispone el artículo 85 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito.

Artículo Segundo. Se deroga el inciso h) de la fracción III del artículo 7o. de la Ley de Inversión Extranjera, para quedar como sigue:

Artículo 7o. ...

I. y II. ...

III. ...

a) a g)...

h) Se deroga

i) a x) ...

IV. ...

...

Artículo Tercero. Se reforman el artículo 5o.; el primer párrafo del artículo 6o.; el primer párrafo del artículo 7o.; el primer párrafo de la fracción I y el segundo párrafo del numeral 1 de la fracción III del artículo 8o.; el primer párrafo del artículo 45-Bis 3; el artículo 48-B; artículo 65; el primer párrafo, la fracción VIII y el antepenúltimo párrafo del artículo 78; el artículo 79; la fracción XIII del artículo 89; el artículo 96, y se derogan la fracción I del artículo 3o.; el Capítulo I, del Título Segundo con sus artículos del 11 al 23; el artículo 48-A; la fracción V del artículo 98, y el artículo 100 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 3o. ...

I. Se deroga.
II. a VI. ...

Artículo 5o. Se requerirá autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la constitución y operación de uniones de crédito.

La autorización podrá ser otorgada o denegada, discrecionalmente por la Comisión, según la apreciación sobre la conveniencia de su establecimiento y será por su propia naturaleza, intransmisible.

Dichas autorizaciones deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, así como las modificaciones a la misma.

Sólo las sociedades que gocen de autorización en los términos de esta ley podrán operar como uniones de crédito.

Artículo 6o. La solicitud de autorización para constituir y operar una organización auxiliar del crédito deberá acompañarse de la documentación e información que la Comisión Nacional Bancaria establezca mediante disposiciones de carácter general así como del comprobante de haber constituido un depósito en Nacional Financiera en moneda nacional a favor de la Tesorería de la Federación, igual al diez por ciento del capital mínimo exigido para su constitución, según esta ley.

...

Artículo 7o. Las palabras organización auxiliar del crédito, unión de crédito, casa de cambio u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, solo podrán ser usadas en la denominación de las sociedades a las que haya sido otorgada la autorización a que se refieren los artículos 5 y 81 de la presente ley.

...

...

Artículo 8o. ...

I. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México, determinará durante el primer trimestre de cada año, los capitales mínimos necesarios para constituir nuevas uniones de crédito y casas de cambio, así como para mantener en operación a los que ya estén autorizados, para lo cual tomará en cuenta el tipo y, en su caso, clase de las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio así como las circunstancias económicas de cada una de ellas y del país en general, considerando necesariamente el incremento en el nivel del índice nacional de precios al consumidor que, en su caso, se dé durante el año inmediato anterior.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
II. y III. ...
1. ...
Las entidades financieras del exterior, así como las personas físicas y morales extranjeras, podrán participar en el capital pagado de casas de cambio.
...
2. a 4. ...
IV. a XII. ...

Capítulo I De los Almacenes Generales de Depósito (Derogado)

Artículo 11. Se deroga.

Artículo 12. Se deroga.

Artículo 13. Se deroga.

Artículo 14. Se deroga.

Artículo 15. Se deroga.

Artículo 16. Se deroga.

Artículo 16-A. Se deroga.

Artículo 17. Se deroga.

Artículo 18. Se deroga.

Artículo 19. Se deroga.

Artículo 20. Se deroga.

Artículo 21. Se deroga.

Artículo 22. Se deroga.

Artículo 22-A. Se deroga.

Artículo 23. Se deroga.

Artículo 45 Bis 3. Para constituirse y operar como filial se requiere autorización del gobierno federal, que compete otorgar discrecionalmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México tratándose de casas de cambio, o autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuando se trate de Uniones de Crédito. Por su naturaleza estas autorizaciones serán intransmisibles.

...

Artículo 48-A. Se deroga.

Artículo 48-B. La emisión de las obligaciones subordinadas convertibles obligatoriamente a capital y demás títulos de crédito, en serie o en masa, a que se refiere el artículo 40, fracción III, de esta ley, requerirá del correspondiente dictamen emitido por una institución calificadora de valores.

Artículo 65. Las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio deberán dar aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Comisión Nacional Bancaria y al Banco de México, por lo menos con treinta días naturales de anticipación a la apertura, cambio de ubicación y clausura de cualquier clase de oficinas en el país, excepto cuando se trate del cambio de domicilio social, del cual se requerirá autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Tratándose de oficinas en el extranjero, se requerirá de la previa autorización de la citada Secretaría en cualquiera de los casos mencionados.

Artículo 78. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previa audiencia de la sociedad interesada, podrá declarar la revocación de la autorización otorgada a las uniones de crédito, en los siguientes casos:

I. a VII. ...
VIII. Si la organización obra sin autorización de la Comisión Nacional Bancaria, en los casos en que la ley así lo exija;
IX. y X. ...

La declaración de revocación se inscribirá en el Registro Público de Comercio, previa orden de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y se publicará en el Diario Oficial de la Federación. La revocación incapacitará a la sociedad para realizar sus operaciones a partir de la fecha en que se notifique la misma y se pondrá en estado de disolución y liquidación.

...

...

Artículo 79. La disolución y liquidación de las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio se regirá por lo dispuesto en los Capítulos X y XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles o, según el caso, por la Ley de Concursos Mercantiles, con las siguientes excepciones:

I. El cargo de liquidador, conciliador o síndico, podrá recaer en instituciones de crédito, en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, o bien, en personas físicas o morales que cuenten con experiencia en liquidación de sociedades.
Cuando se trate de personas físicas, el nombramiento deberá recaer en personas que cuenten con calidad técnica, honorabilidad e historial crediticio satisfactorio.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores determinará en disposiciones de carácter general, la forma de acreditar el cumplimiento de los requisitos de las personas físicas o morales;
II. La Comisión Nacional Bancaria ejercerá, respecto a los liquidadores, conciliadores o síndicos, las funciones de vigilancia que tienen atribuidas en relación a las organizaciones auxiliares y casas de cambio; y
III. La Comisión Nacional Bancaria podrá solicitar la suspensión de pagos en las condiciones de la Ley de Concursos Mercantiles, y la declaración de quiebra.

Artículo 89. ...

I. a XII. ...
XIII. Hasta 50,000 días de salario, a las personas que impidan o dificulten a los inspectores de la Comisión Nacional Bancaria, realizar las visitas correspondientes, verificar los activos, pasivos o se nieguen a proporcionar la documentación e información que les requieran; y
XIII Bis. a XIV. ...

Artículo 96. Se impondrá pena de prisión de tres meses a dos años y multa de treinta a trescientos días de salario a los directores generales o gerentes generales, miembros del consejo de administración, comisarios y auditores externos de las organizaciones auxiliares del crédito o de las casas de cambio que en el ejercicio de sus funciones, incurran en violación de cualquiera de las prohibiciones a que se refieren los artículos 45, fracción XII y 87-A, fracción VII de esta ley.

Artículo 98. ...

...

...

...

...

I. a IV. ...
V. Se deroga.

Artículo 100. Se deroga.

Artículo Cuarto. Se reforman los artículos 119, en su primer, segundo, tercero y octavo párrafos y la fracción I; 186, fracción VI; 187, fracción III; y, se adicionan los artículos 119, con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo párrafos, a ser tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo y décimo primero párrafos, respectivamente; y el artículo 119-A de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

Artículo 119. El régimen de depósito fiscal consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en los almacenes generales de depósito que sean autorizados para ello, por las autoridades aduaneras. El régimen de depósito fiscal se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.

Para obtener la autorización se deberá cumplir con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Dicha autorización se podrá otorgar hasta por un plazo de veinte años, el cual podrá prorrogarse a petición del interesado hasta por un plazo igual siempre que se acredite que se cumple con los requisitos previstos para su otorgamiento y las obligaciones derivadas de dicha autorización.

Los almacenes generales de depósito autorizados deberán cumplir en cada local en que mantengan las mercancías en depósito fiscal, con lo siguiente:

I. En cada local, ya sea bodega directa o habilitada, con los requisitos en materia de control, seguridad y vigilancia que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
II. ...

Los almacenes generales de depósito autorizados no podrán iniciar operaciones, mientras no acrediten el cumplimiento de lo señalado en las fracciones I y II de este artículo. El Servicio de Administración Tributaria cancelará la autorización a que se refiere este artículo, en los casos que se incumplan los requisitos y las obligaciones que establezca esta Ley o la propia autorización.

...

...

...

...

Las personas físicas o morales residentes en el extranjero, en los casos que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, podrán promover el régimen de depósito fiscal por conducto de agente o apoderado aduanal.

...

...

Artículo 119-A. Los almacenes generales de depósito autorizados conforme a esta Ley deberán responder directamente ante el Fisco Federal por el importe de los créditos fiscales en los siguientes casos:

I. Mercancías no arribadas, sobrantes o faltantes en relación con las mercancías manifestadas en el pedimento. Tratándose de operaciones realizadas por residentes en el extranjero, serán responsables desde la fecha en que emitan la carta de cupo, aún cuando presenten los avisos a que se refiere el artículo 119 de esta ley.
II. Mercancías faltantes en el registro permanente y simultáneo de las operaciones de mercancías en depósito fiscal.
III. Transcurridos tres días a partir de la fecha en que las mercancías sean solicitadas para cualesquier acto a que se refiere el artículo 119 de esta ley, para la colocación de marbetes, precintos o para su retiro, y no sean entregadas por el personal encargado de su custodia. El almacén deberá de dar aviso de tal circunstancia al Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expida.
IV. Mercancías que hubiesen entregado sin cumplir los requisitos que establece la ley.

Artículo 186. ...

I. a V. ...
VI. Los almacenes generales de depósito que permitan el retiro de las mercancías sujetas al régimen de depósito fiscal sin cumplir con las formalidades para su retorno al extranjero o sin que se hayan pagado las contribuciones y, en su caso, cuotas compensatorias causadas con motivo de su importación o exportación definitivas o cuando no cumplan las obligaciones previstas en esta ley.
VII. a XXIII. ...

Artículo 187. ...

I. y II. ...

III. Multa equivalente de 70 por ciento a 100 por ciento de las contribuciones y cuotas compensatorias omitidas, cuando no se haya cubierto lo que correspondía pagar o del 30 por ciento al 50 por ciento del valor comercial de las mercancías si están exentas o se trata de retorno al extranjero; o de $40,972.00 a $61,457.00, cuando se trate del incumplimiento de las demás obligaciones previstas en la Ley, a la señalada en la fracción VI.
IV. a XV. ... ...

Artículo Quinto . Se reforma el artículo 8o., tercer párrafo y se deroga el artículo 49, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 8o. ...

...

El sistema financiero, para los efectos de esta Ley, se compone por las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, sociedades controladoras de grupos financieros, administradoras de fondos para el retiro, arrendadoras financieras, uniones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades de inversión de renta variable, sociedades de inversión en instrumentos de deuda, empresas de factoraje financiero, casas de bolsa, casas de cambio y sociedades financieras de objeto limitado, que sean residentes en México o en el extranjero. Asimismo, se considerarán integrantes del sistema financiero a las sociedades financieras de objeto múltiple a las que se refiere la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito que tengan cuentas y documentos por cobrar derivados de las actividades que deben constituir su objeto social principal, conforme a lo dispuesto en dicha ley, que representen al menos el setenta por ciento de sus activos totales, o bien, que tengan ingresos derivados de dichas actividades y de la enajenación o administración de los créditos otorgados por ellas, que representen al menos el setenta por ciento de sus ingresos totales. Para los efectos de la determinación del porcentaje del setenta por ciento, no se considerarán los activos o ingresos que deriven de la enajenación a crédito de bienes o servicios de las propias sociedades, de las enajenaciones que se efectúen con cargo a tarjetas de crédito o financiamientos otorgados por terceros.

...

...

...

Artículo 49. (Se deroga).

Transitorios

Primero. Entrarán en vigor el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación:

I. Los artículos primero, segundo, cuarto y quinto del presente decreto, salvo lo señalado en el artículo siguiente; y
II. Las reformas de los artículos 7o. y 79 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, contenidas en el artículo tercero de este decreto.

La Secretaría de Economía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Alimentación y Pesca, y las demás autoridades que resulten competentes deberán emitir, dentro de los trescientos sesenta días naturales siguientes a la fecha de publicación del presente, las disposiciones a que se refieren los artículos 234 Bis y 279 Bis 2 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, reformados y adicionados por este decreto.

Una vez que entren en vigor las disposiciones que se indican en el artículo 234 Bis, cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 279 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, podrá emitir certificados de depósito y bonos de prenda sin contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público referida en el artículo 5 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Segundo. La obligación de inscribir en el Registro Público de Comercio señalado la emisión de los certificados de depósito negociables y del bono de prenda, así como la de los endosos y cualquier acto que deba ser consignado sobre los certificados de depósito documentados en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, y de los bonos de prenda, con independencia de la forma en que éstos se encuentren representados, prevista en el artículo 234 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, será exigible a partir de la fecha que indiquen las disposiciones a que se refiere el artículo 234 Bis.

En la fecha señalada, la inscripción en el registro público de comercio de la emisión de los títulos y actos que en ellos se consignen, cuando están documentados en medios electrónicos producirán los efectos indicados en el artículo 234 Bis 1 que se adiciona a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y se acreditarán conforme al mismo.

La Secretaría de Economía deberá proveer lo necesario a efecto de que la inscripción de los actos señalados sea eficiente y con un costo total hasta de cincuenta unidades de inversión, con independencia del valor de los títulos, escuchando la opinión de los almacenes generales de depósito en el diseño del sistema y la elaboración de las disposiciones aplicables.

Las disposiciones a que se refiere el artículo 279 Bis 2 que igualmente se adiciona a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, establecerá la fecha a partir de la cual los almacenes generales de depósito estarán obligados a proporcionar los datos y revelar la información que dicho artículo establece.

Tercero. Las personas que, a partir de la fecha de entrada en vigor de las disposiciones que se indican en el artículo 234 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, emitan certificados de depósito y bonos de prenda, sin contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público referida en el artículo 5 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, se sujetarán a las disposiciones aplicables a dichos títulos y al Depósito de las Mercancías en Almacenes Generales de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. A dichas personas no les será aplicable el régimen que la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito prevé para los almacenes generales de depósito.

Las personas a que se refiere este artículo, deberán señalar expresamente que no cuentan con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público prevista en el artículo 5 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y que no están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Igual mención deberá señalarse en cualquier tipo de información que, con fines de promoción de sus servicios, utilicen las personas señaladas.

Cuarto. Entrarán en vigor el 18 de julio de 2013, las reformas a los artículos 5o., 6o, 8o., fracciones I y III numeral 1 segundo párrafo, 45 Bis 3, 48 B, 65, 78 primer párrafo, fracción VIII y antepenúltimo párrafo, 89 fracción XIII, 96, así como la derogación de los artículos 3o. fracción I, 11 a 23 del Capítulo I del Título Segundo, 48-A, 98 fracción V y 100 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito contenidas en el artículo tercero de este decreto.

A partir de la fecha en que entren en vigor las reformas y derogaciones señaladas en el párrafo anterior, las autorizaciones que haya otorgado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la constitución y operación de almacenes generales de depósito quedarán sin efecto por ministerio de ley, por lo que dichas sociedades dejarán de tener el carácter de organizaciones auxiliares del crédito.

Las sociedades señaladas en el párrafo anterior no estarán obligadas a disolverse y liquidarse por el hecho de que, conforme a lo dispuesto por el párrafo anterior, queden sin efecto las autorizaciones respectivas, aunque, para que puedan continuar operando, deberán

I. Reformar sus estatutos sociales a efecto de eliminar cualquier referencia expresa o de la cual se pueda inferir que son organizaciones auxiliares del crédito y que se encuentran autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para constituirse y operar con tal carácter y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y
II. Presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a más tardar en la fecha en que entren en vigor las reformas y derogaciones señaladas en el primer párrafo de este artículo, el instrumento público en el que conste la reforma estatutaria referida en la fracción anterior, con los datos de la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio.

Las sociedades que no cumplan lo dispuesto en la fracción II anterior entrarán, por ministerio de ley, en estado de disolución y liquidación, sin necesidad de acuerdo de asamblea general de accionistas.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con independencia de que se cumplan o no los requisitos señalados en las fracciones anteriores, publicará en el Diario Oficial de la Federación que las autorizaciones a que se refiere este artículo han quedado sin efecto.

La entrada en vigor de las reformas y derogación a que este artículo transitorio se refiere no afectará la existencia y validez de los títulos y contratos que, con anterioridad a la misma, hayan emitido y suscrito los almacenes generales de depósito autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni será causa de ratificación o convalidación de los mismos. Sin perjuicio de lo anterior, a partir de la entrada en vigor señalada, los certificados de depósito y el depósito de los bienes y mercancías se regirán por las disposiciones correlativas de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Las sociedades cuya autorización, conforme a lo dispuesto por este artículo, quede sin efecto deberán revelar que no cuentan con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Igual mención deberá señalarse en cualquier tipo de información que, con fines de promoción de sus servicios, utilicen las sociedades señaladas.

Quinto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público sólo dará trámite a las solicitudes de autorización que, para la constitución y operación de almacenes generales de depósito, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, hayan sido presentadas antes de la fecha en que se publique en el Diario Oficial de la Federación el presente decreto. Las autorizaciones que, en su caso se otorguen sólo estarán vigentes hasta el 18 de julio de 2013 y quedarán sujetas a lo dispuesto por el artículo que antecede.

Sexto. Los almacenes generales de depósito autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que, entre la fecha en que entren en vigor las disposiciones a que se refiere el artículo 234 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito reformado y antes del 18 de julio de 2013, pretendan emitir certificados de depósito y bonos de prenda, así como prestar el servicio de depósito de mercancías, en términos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito sin sujetarse al régimen de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, deberán

I. Acordar en asamblea de accionistas que la emisión de certificados de depósito y bonos de prenda que realice, así como el servicio de depósito de mercancías que proporcione se sujetará al régimen de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
II. Reformar sus estatutos sociales, a efecto de eliminar, según corresponda, cualquier referencia expresa o de la cual se pueda inferir que son organizaciones auxiliares del crédito, que se encuentran autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y
III. Presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el instrumento público en el que conste la celebración de la asamblea de accionistas señalada en la fracción I y la reforma estatutaria referida en la fracción II anterior, con los datos de la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio.

La autorización que haya otorgado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la constitución y operación de almacenes generales de depósito, quedará sin efecto a partir del día siguiente a la fecha en que se inscriba en el Registro Público de Comercio la reforma estatutaria señalada en la fracción II, sin que, por ello, la sociedad deba entrar en estado de disolución y liquidación. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación que la autorización ha quedado sin efecto.

Los títulos y contratos que hayan suscrito las sociedades cuya autorización queden sin efectos, no quedarán afectados en su existencia o validez ni deberán ser ratificados o convalidados por esa causa.

Las sociedades cuya autorización, conforme a lo dispuesto por este artículo, quede sin efecto deberán revelar que no cuentan con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Igual mención deberá señalarse en cualquier tipo de información que, con fines de promoción de sus servicios, utilicen las sociedades señaladas.

Séptimo. En tanto las autorizaciones otorgadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no queden sin efecto o sean revocadas, los almacenes generales de depósito seguirán, sujetos al régimen de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y a las disposiciones que conforme a la misma les resulten aplicables, así como a las demás que emita la citada Secretaría para preservar la liquidez, solvencia y estabilidad de las entidades señaladas.

Octavo. Los almacenes generales de depósito que a la fecha de publicación del presente Decreto sean integrantes de algún grupo financiero, podrán seguir formando parte del mismo, sin tener el carácter de entidad financiera para efectos del artículo 7 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Las responsabilidades de la controladora subsistirán en tanto no queden totalmente cumplidas todas las obligaciones contraídas por los almacenes generales de depósito antes de la fecha en que se publique el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Noveno. Las instituciones de crédito que sean propietarias de acciones representativas del capital social de almacenes generales de depósito podrán conservar dichas acciones.

Décimo. Los procesos de conciliación y arbitraje seguidos conforme a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, que a la fecha de publicación del presente decreto se encuentren pendientes de resolver, seguirán rigiéndose por dicha ley, hasta su conclusión.

Décimo Primero. Los almacenes generales de depósito a que se refiere el articulo 279 Bis, que se adiciona a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y que por ello no cuenten con la autorización a que se refiere el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, o cuya autorización haya quedado sin efecto en los términos de los artículos cuarto y sexto transitorios de este decreto, no se considerarán como entidades financieras para los efectos de la fracción VI, del artículo 2 de la Ley del Mercado de Valores, como entidades del sector financiero o entidades financieras para los efectos de la fracción IV del artículo 3 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como entidades financieras para los efectos del artículo 7 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y como institución financiera para los efectos de la fracción IV del artículo 2o. de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

A los almacenes arriba señalados no será aplicable la fracción I del artículo 29-D de la Ley Federal de Derechos.

Décimo Segundo. Por lo que se refiere a las arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero y sociedades financieras de objeto limitado, se estará al régimen transitorio que para las mismas se prevén en el decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley de Inversión Extranjera, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2006.

Décimo Tercero. Los almacenes que hayan sido autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal, de conformidad con las disposiciones vigentes antes de la entrada en vigor del presente Decreto, quedarán sin efectos el 18 de julio de 2013 o en la fecha en que dichos Almacenes reformen sus estatutos sociales para eliminar cualquier referencia expresa o de la cual se pueda inferir que son organizaciones auxiliares del crédito en los términos del artículo sexto transitorio del presente decreto.

Las personas que cuenten con la autorización a que se refiere el párrafo anterior para poder continuar prestando el servicio deberán, presentar una solicitud de autorización, previo al vencimiento de la autorización, cumpliendo con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Los almacenes generales de depósito que cuenten con la autorización a que se refiere el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y que a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto no cuenten con autorización para operar el régimen de depósito fiscal, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria la autorización para prestar dicho servicio siempre que cumplan con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general y, en su caso, la autorización que se otorgue estará vigente hasta el 18 de julio de 2013.

Décimo Cuarto. Los almacenes generales de depósito que a la entrada en vigor de las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta previstas en el artículo quinto del presente decreto cuenten con autorización vigente por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como tales, podrán deducir la creación o incremento, efectuados previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la reserva de contingencia.

Cuando al término de un ejercicio proceda disminuir la reserva a que se refiere el párrafo anterior en relación con las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se acumulará como ingreso en el ejercicio en que proceda la disminución.

Cuando los almacenes generales de depósito a que se refiere este artículo cancelen en su totalidad la reserva de contingencia a que se refiere el primer párrafo de este artículo, para los efectos del impuesto sobre la renta, deberán acumular como ingreso en el ejercicio fiscal en el que se cancele la reserva, el saldo que tenga dicha reserva al último día del ejercicio fiscal inmediato anterior al ejercicio fiscal en el que se realice su cancelación. En el ejercicio fiscal en el que se cancele la reserva, los contribuyentes no deberán efectuar la deducción a que se refiere el primer párrafo de este artículo, por el monto de los incrementos que en dicha reserva se hubieran realizado en el ejercicio fiscal en el que se cancele.

Los almacenes generales de depósito en lugar de considerar como ingreso acumulable en un solo ejercicio fiscal el saldo de la reserva de contingencia al último día del ejercicio fiscal inmediato anterior al ejercicio en el que se cancele dicha reserva, podrán acumular en cinco ejercicios fiscales una quinta parte de dicho saldo en cada ejercicio fiscal, a partir del ejercicio fiscal en el que la citada reserva se cancele. La parte del saldo de la reserva de contingencia que se considere como ingreso acumulable en cada ejercicio, deberá actualizarse desde el último mes del ejercicio fiscal en el que la reserva en comento se cancele y hasta el último mes del ejercicio fiscal en el que ésta se considere como ingreso acumulable.

Para los efectos de este artículo, se considerará cancelada la reserva de contingencia cuando quede sin efectos la autorización que haya emitido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al almacén general de depósito de que se trate, para operar como tal.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados, a 16 de abril de 2008.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; David Figueroa Ortega (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel , Antonio Soto Sánchez , Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas , Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas , secretarios; José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero , Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García (rúbrica), José Martín López Cisneros (rúbrica), Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), María de Jesús Martínez Díaz (rúbrica), José Murat, Miguel Ángel Navarro Quintero , Raúl Alejandro Padilla Orozco (rúbrica), Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Faustino Soto Ramos , Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

Es de primera lectura.



LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que establece las Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se le dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento

9 de abril de 2008

Honorable Asamblea

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción I y 72, apartado H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal presentó ante esta H. Cámara de Diputados la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento.

Los integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

Con fecha 6 de diciembre de 2007, el Ejecutivo Federal, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, en esa misma fecha la Mesa Directiva, turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen.

Exposición de Motivos

La Asociación Internacional de Fomento (AIF), es un organismo financiero internacional, filial del Banco Mundial, creado en el año de 1960 con el objetivo de ayudar a elevar el nivel de vida de los países en desarrollo más pobres, a través del otorgamiento de asistencia financiera y técnica en términos concesionales. La AIF se ha constituido durante estos últimos años como el mecanismo más importante de financiamiento concesionario a los países en pobreza extrema. Desde de su creación, ha otorgado créditos a 106 países por un monto aproximado de 135 mil millones de dólares.

La asistencia de la AIF beneficia a los habitantes de los países que tienen un producto nacional bruto per cápita anual, menor a 875 dólares, por lo que actualmente 81 países con una población cercana a 2,500 millones de personas son elegibles para recibir beneficios a través de los proyectos y programas que son financiados por la Asociación.

Con el propósito de hacer más eficiente el uso y destino de sus recursos, la AIF realiza sus asignaciones con base en indicadores de desempeño, monitoreo y evaluación de resultados, estas asignaciones son revisadas en el marco de cada reposición de recursos.

Con este marco, de 1970 a 1998 se alcanzaron más avances en el combate a la pobreza y el incremento en la calidad de vida que en ningún otro período en la historia. Por ejemplo, según datos publicados por la Asociación en su informe ``Additions to IDA Resources: Twelfth Replenishment Partnership for Poverty Reduction '', en el segmento de países que han sido apoyados por la Asociación, se ha reducido la tasa de mortalidad a la mitad y la expectativa de vida se incrementó de 55 a 65 años; la producción de alimentos ha sobrepasado al crecimiento poblacional, mientras que la desnutrición infantil ha disminuido en 20%; la tasa de incorporación a la educación básica ha alcanzado casi el 80%, mientras que en la educación media el 45%, disminuyendo la disparidad entre géneros; por su parte, el analfabetismo de adultos se ha reducido de 54 a 30%. No obstante estos logros, aún queda mucho por hacer.

Con el propósito de avanzar en los retos futuros, la AIF ha establecido como uno de sus objetivos, que los países que son asistidos alcancen las Metas de Desarrollo del Milenio acordadas por diversos países en la Conferencia Internacional sobre Financiación al Desarrollo, celebrada en México durante el mes de marzo de 2002. Con este propósito, la AIF está otorgando asistencia a través de aproximadamente 900 proyectos distribuidos principalmente en África, Sur de Asia, Este de Europa y en algunos países latinoamericanos como es el caso de Bolivia, Haití, Honduras y Nicaragua. La mayor. parte de estas operaciones están dirigidas al combate a la pobreza extrema, a través del fortalecimiento de las instituciones de desarrollo nacionales y proyectos sociales en rubros como salud, educación y servicios básicos de infraestructura.

México ha sido miembro de la AIF desde su creación y sus relaciones con la misma quedaron reguladas en la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de dicha Asociación de fecha 30 de diciembre de 1960, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre del mismo año.

La suscripción inicial de México fue de $8'740,000.00 (ocho millones setecientos cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América), lo que correspondió al 0.874% del total, quedando abierta la posibilidad de aumentar los recursos por acuerdo de la Asamblea de Gobernadores de este organismo.

A la fecha se han realizado trece reposiciones de recursos. Para la primera y segunda sólo se solicitó la aportación de los países desarrollados. En la tercera y cuarta se invitó a los países en desarrollo miembros de la Asociación, para que efectuasen contribuciones adicionales de recursos. Sin embargo, en estas ocasiones México no participó.

Fue a partir de la quinta reposición que México reinició su participación en reposiciones posteriores, las cuales. fueron debidamente autorizadas por el H. Congreso de la Unión mediante decretos del 27 de diciembre de 1980, 21 de diciembre de 1981, 11 de octubre de 1983, 21 de noviembre de 1984, 22 de diciembre de 1987, 14 de julio de 1990, 6 de julio de 1993, 16 de abril de 1997 y 30 de abril de 2001, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1981, 28 de diciembre de 1981, 4 de noviembre de 1983, 24 de diciembre de 1984, 19 de enero de 1988, 26 de julio de 1990, 16 de julio de 1993, 7 de mayo de 1997 y 1 de junio de 2001, respectivamente.

Es importante señalar que a partir de la sexta reposición, la AIF ha venido otorgando sus créditos en Derechos Especiales de Giro (DEG), en tanto que las aportaciones de los países, en su mayoría, se solicitaban en Moneda Nacional, esta circunstancia originó la erosión del valor real de las reposiciones debido a las fluctuaciones cambiarias de las monedas de los países donantes. Por ello, la Asociación solicitó el apoyo de los países para denominar sus contribuciones en DEG, a fin de evitar la pérdida del valor real de sus contribuciones, así como brindar un marco de referencia estable para sus operaciones de financiamiento.

Ante la necesidad de recursos adicionales para dar continuidad a su mandato de reducir la pobreza extrema, la Asamblea de Gobernadores de la AIF, mediante resolución número 204, aprobó la Decimotercera Reposición de Recursos de este organismo, por un monto de 10,020'000,000.00 (diez mil veinte millones en DEG) equivalentes a.......................... $12,675'500,400.00 (doce mil seiscientos setenta y cinco millones quinientos mil cuatrocientos dólares), a un tipo de cambio de 1.26502 dólares por un Derecho Especial de Giro, mismos que serán utilizados para cubrir su programa de operaciones durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2002 y el 30 de junio de 2005.

México fue invitado a contribuir por la Asociación con el 0.05% del total de la reposición, tomando como base su contribución a la reposición anterior, esto equivaldría a 5´010,000 (cinco millones diez mil en DEG). Sin embargo, la escasez de recursos presupuestales de nuestro país obligan a replantear una contribución ligeramente menor, la cual se ubicaría en 4'000,000 (cuatro millones en Derechos Especiales de Giro) a valor presente neto, al tipo de cambio previamente señalado. Esta cifra corresponde a cerca del 0.04% del valor total de este nuevo incremento de recursos, lo que constituye la menor contribución de México en las reposiciones del organismo.

La aportación de nuestro país a la Decimotercera Reposición de Recursos de la AIF, constituye un elemento importante dentro de las relaciones globales de México con el Grupo del Banco Mundial, además de representar una medida concreta de apoyo al fortalecimiento de la asistencia que brindan las instituciones financieras multilaterales y de ser un factor determinante en la generación de una corriente de recursos financieros concesionales que favorecen el proceso de desarrollo de los países que carecen de acceso a recursos financieros en el mercado internacional en términos razonables.

Adicionalmente, la participación de México en la Asociación Internacional de Fomento es una muestra importante de solidaridad con los países de menor grado de desarrollo económico y contribuye a lograr una mayor integración y cooperación con la comunidad internacional. Las contribuciones de los países en desarrollo, como es el caso de México, complementan las contribuciones de los países industrializados.

Asimismo, constituye una medida concreta de apoyo al ``Consenso de Monterrey'' impulsado por nuestro país en el marco de la Conferencia Internacional sobre Financiación al Desarrollo celebrada en México, la cual entre otras cosas, propone que los países en desarrollo reciban apoyo de los organismos financieros internacionales para alcanzar al menos los indicadores sociales básicos que se postulan en las Metas de Desarrollo de la Declaración del Milenio.

Por último, es importante subrayar que la Asociación Internacional de Fomento constituye un elemento fundamental dentro de la iniciativa de la comunidad financiera internacional, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional para apoyar el Programa de Reducción de la Deuda de los Países Pobres Altamente Endeudados, ya que la ejecución de este programa de alivio financiero se lleva a cabo a través de este organismo.

Consideraciones de la Comisión

La Comisión que dictamina considera que es de aprobarse el decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que establece bases para la ejecución en México, por el poder Ejecutivo Federal, del convenio constitutivo de la asociación internacional de fomento (AIF) con base en las siguientes consideraciones:

La Asociación Internacional de Fomento (AIF), es un organismo financiero internacional filial del Banco Mundial, creado en el año de 1960 con el objetivo de ayudar a elevar el nivel de vida de los países miembros en desarrollo más pobres, a través del otorgamiento de asistencia financiera y técnica en términos concesionales. La AIF se ha constituido como el mecanismo más importante de financiamiento concesionario a los países en pobreza extrema. Desde de su creación, ha otorgado créditos a 106 países por un monto aproximado de 135 mil millones de dólares.

La asistencia de la Asociación Internacional de Fomento beneficia a los habitantes de los países que tienen un producto nacional bruto per cápita anual menor a 875 dólares, por lo que actualmente, de los 166 países afiliados, 80 países con una población cercana a 2,500 millones de personas son elegibles de recibir beneficios a través de los proyectos y programas financiados por la Asociación.

Modificaciones al Convenio Constitutivo de la AIF

México ha sido miembro de la Asociación Internacional de Fomento desde su establecimiento y sus relaciones con la misma quedaron señaladas en la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de dicha Asociación de fecha 30 de diciembre de 1960, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre del mismo año.

A la fecha se han realizado trece reposiciones de recursos. Para la primera y segunda sólo se solicitó la aportación de los países desarrollados. En la tercera y cuarta se invitó a los países en desarrollo, miembros de la Asociación, a efectuar contribuciones adicionales de recursos. Sin embargo, en estas ocasiones México no participó.

A partir de la quinta reposición, México reinició su participación en reposiciones posteriores, las cuales fueron debidamente autorizadas por el H. Congreso de la Unión por decretos del 27 de diciembre de 1980, 21 de diciembre de 1981, 11 de octubre de 1983, 21 de noviembre de 1984, 22 de diciembre de 1987, 14 de julio de 1990, 6 de julio de 1993, 16 de abril de 1997 y 30 de abril de 2001 publicados en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1981, 28 de diciembre de 1981, 4 de noviembre de 1983, 24 de diciembre de 1984, 19 de enero de 1988, 26 de julio de 1990, 16 de julio de 1993, 7 de mayo de 1997 y 01 de junio de 2001 respectivamente.

Ante la necesidad de recursos adicionales para dar continuidad a su mandato de reducir la pobreza extrema, la Asamblea de Gobernadores de la Asociación, mediante resolución número 204, aprobó su Decimotercera Reposición de Recursos, por 10,020'000,000.00 (diez mil veinte millones) de Derechos Especiales de Giro (DEG) equivalentes a 12,675'500,400.00 dólares a un tipo de cambio de 1.26502 dólares por DEG, mismos que fueron utilizados para cubrir su programa de operaciones durante el período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2005.

México fue invitado a contribuir a la Asociación el 0.05% del total de la reposición con base en su contribución a la reposición anterior (AIF12), esto equivaldría a DEG.............. 5'010,000. Sin embargo, la escasez de recursos presupuestales de nuestro país obligan a replantear una contribución ligeramente menor, la cual se ubicaría en DEG 4'000,000 (cuatro millones) equivalente al 0.04 por ciento del total (la menor contribución de México en cualquier otra reposición.

Por las consideraciones anteriores se somete al Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente

DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCIÓN EN MÉXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO.

Artículo Primero. Se reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1960, para quedar como sigue:

Artículo 2. Se autoriza al Gobierno Federal para que por conducto del Banco de México, realice la aportación correspondiente a la Decimotercera Reposición de Capital de la Asociación Internacional de Fomento, hasta por el equivalente de cuatro millones de Derechos Especiales de Giro, cantidad que se adicionará a las suscripciones anteriores efectuadas por los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Segundo. Se autoriza al Ejecutivo Federal para actualizar las aportaciones a que se refiere la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 9 de abril de 2008.
Por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; David Figueroa Ortega (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez , Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño , Joaquín Humberto Vela González , Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas , secretarios; José Alejandro Aguilar López (rúbrica), Samuel Aguilar Solís , José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez , Ramón Ceja Romero , Carlos Chaurand Arzate (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Juan Nicasio Guerra Ochoa , Javier Guerrero García , José Martín López Cisneros , Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), María de Jesús Martínez Díaz , José Murat, Miguel Ángel Navarro Quintero , Raúl Alejandro Padilla Orozco , Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Faustino Soto Ramos , Pablo Trejo Pérez (rúbrica).»

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Para fundamentar el dictamen no hay oradores, pero se han inscrito la diputada Martha Rocío Partida Guzmán, del PRI, y el diputado José Ignacio Rubio Chávez, del Partido Acción Nacional. Tiene la palabra la diputada Martha Rocío Partida Guzmán.

La diputada Martha Rocío Partida Guzmán : Posicionamiento del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a favor de la minuta con proyecto de decreto sobre la regulación sanitaria de cadáveres de seres humanos.

Con su permiso, señora Presidenta. Compañeras diputadas y compañeros diputados... ¿Todavía no?

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : No habiendo oradores en el tema del convenio constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, consulte la Secretaría a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se pide a la Secretaría que proceda a recoger la votación nominal, en lo general y en lo particular, en un solo acto.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Se va a proceder a tomar la votación nominal, en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Antes de que prosiga la Secretaría, queremos destacar la presencia de la excelentísima señora Rosalinda Bueso Asfura, embajadora de la República de Honduras en nuestro país, quien asiste hoy al acto de instalación del Grupo de Amistad México-Honduras de la Cámara de Diputados. Le damos la más cordial bienvenida y hacemos votos porque se fortalezcan los lazos de amistad y cooperación entre ambos países.

Prosiga la Secretaría.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : La diputada Patricia Chozas tomará la votación por la afirmativa. La diputada Esmeralda Cárdenas tomará la votación por la negativa.

Se les pide por favor, a los señores diputados y a las señoras diputadas, que digan su nombre y apellido, completo, cuando emitan su voto.

La diputada María Elena Álvarez Bernal (desde la curul): Álvarez de Vicencio María Elena, a favor.

La diputada María Mercedes Corral Aguilar (desde la curul): María Mercedes Corral Aguilar , a favor.

El diputado Juan José Rodríguez Prats (desde la curul): Rodríguez Prats Juan José , a favor.

El diputado Héctor Larios Córdova (desde la curul): Héctor Larios, a favor.

La diputada Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (desde la curul): Dolores de María Manuell-Gómez, a favor.

La diputada Silvia Luna Rodríguez (desde la curul): Silvia Luna, a favor.

La diputada Blanca Luna Becerril (desde la curul): Blanca Luna Becerril , a favor.

El diputado Humberto Dávila Esquivel (desde la curul): Humberto Dávila, a favor.

El diputado Wenceslao Herrera Coyac (desde la curul): Wenceslao Herrera, a favor.

El diputado Juan Francisco Rivera Bedoya (desde la curul): Juan Francisco Rivera Bedoya , a favor.

El diputado Samuel Aguilar Solís (desde la curul): Samuel Aguilar, a favor.

El diputado José Rosas Aispuro Torres (desde la curul): Aispuro, a favor.

El diputado Antonio de Jesús Díaz Athié (desde la curul): Díaz Athié, a favor.

El diputado Adolfo Mota Hernández (desde la curul): Mota Hernández, a favor.

El diputado Manuel Portilla Diéguez (desde la curul): Portilla Diéguez, a favor.

El diputado Francisco Javier Paredes Rodríguez (desde la curul): Francisco Javier Paredes, a favor.

El diputado Jorge Luis de la Garza Treviño (desde la curul): Jorge Luis de la Garza Treviño , a favor.

El diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (desde la curul): Ramos Covarrubias Héctor Manuel , a favor.

El diputado Carlos Armando Biebrich Torres (desde la curul): Biebrich, a favor.

El diputado Ariel Castillo Nájera (desde la curul): Castillo Nájera Ariel , sí.

El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (desde la curul): Monraz Ibarra, a favor.

El diputado Francisco Javier Plascencia Alonso (desde la curul): Plascencia Alonso Francisco Javier , a favor.

El diputado Alonso Manuel Lizaola de la Torre (desde la curul): Alonso Lizaola, a favor.

El diputado Gustavo Macías Zambrano (desde la curul): Macías Zambrano, a favor.

La diputada Dora Alicia Martínez Valero (desde la curul): Martínez Valero, en pro.

La diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández (desde la curul): Alma Alcaraz Hernández, a favor.

El diputado Carlos René Sánchez Gil (desde la curul): Carlos René Sánchez Gil , a favor.

La diputada Mirna Cecilia Rincón Vargas (desde la curul): Mirna Rincón Vargas , a favor.

El diputado José Gildardo Guerrero Torres (desde la curul): José Gildardo Guerrero Torres , en pro.

El diputado Silvio Gómez Leyva (desde la curul): Silvio Gómez Leyva , a favor.

El diputado Marco Antonio Peyrot Solís (desde la curul): Peyrot Solís Marco Antonio , a favor.

El diputado José Guadalupe Rivera (desde la curul): José Guadalupe Rivera, a favor.

El diputado José Antonio Muñoz Serrano (desde la curul): Antonio Muñoz, a favor.

El diputado José Luis Espinosa Piña (desde la curul): José Luis Espinosa Piña , a favor.

El diputado Jesús Vicente Flores Morfín (desde la curul): Jesús Flores Morfín, a favor.

La diputada Rubí Laura López Silva (desde la curul: Rubí Laura López Silva , a favor.

El diputado Jorge Quintero Bello (desde la curul): Jorge Quintero Bello , en pro.

El diputado Salvador Barajas del Toro (desde la curul): Salvador Barajas del Toro , a favor.

La diputada Arely Madrid Tovilla (desde la curul): Madrid Tovilla, a favor.

El diputado Emilio Gamboa Patrón (desde la curul): Emilio Gamboa, sí.

El diputado Jesús Ricardo Canavati Tafich (desde la curul): Ricardo Canavati, sí.

El diputado Carlos Alberto Puente Salas (desde la curul): Carlos Puente, a favor.

El diputado Jorge Emilio González Martínez (desde la curul): Jorge Emilio González, a favor.

La diputada Gloria Lavara Mejía (desde la curul): Gloria Lavara, a favor.

El diputado Francisco Elizondo Garrido (desde la curul): Francisco Elizondo, a favor.

El diputado Antonio Xavier López Adame (desde la curul): López Adame, a favor.

El diputado Diego Cobo Terrazas (desde la curul): Diego Cobo Terrazas , a favor.

El diputado Héctor Hugo Olivares Ventura (desde la curul): Olivares Ventura, sí.

El diputado Juan Manuel Parás González (desde la curul): Juan Manuel Parás, a favor.

El diputado Jesús Sesma Suárez (desde la curul): Jesús Sesma, a favor.

El diputado Faustino Javier Estrada González (desde la curul): Javier Estrada, a favor.

El diputado José Antonio Arévalo González (desde la curul): José Antonio Arévalo, a favor.

La diputada María Guadalupe Josefina García Noriega (desde la curul): Guadalupe García Noriega, a favor.

La diputada Elizabeth Morales García (desde la curul): Elizabeth Morales, a favor.

La diputada María Oralia Vega Ortiz (desde la curul): Oralia Vega, a favor.

La diputada Lourdes Quiñones Canales (desde la curul): Quiñones Canales, a favor.

La diputada Martha Hilda González Calderón (desde la curul): Martha Hilda González, sí.

El diputado Carlos Alberto Torres Torres (desde la curul): Carlos Torres, a favor.

El diputado Luis Gerardo Serrato Castell (desde la curul): Luis Serrato, a favor.

El diputado Juan Victoria Alva (desde la curul): Juan Victoria Alva , en pro.

El diputado José Luis Murillo Torres (desde la curul): José Luis Murillo Torres , a favor.

La diputada Beatriz Collado Lara (desde la curul): Collado Lara Beatriz , a favor.

La diputada María Esther Jiménez Ramos (desde la curul): María Esther Jiménez Ramos , a favor.

El diputado Antonio Sánchez Díaz de Rivera (desde la curul): Antonio Sánchez Díaz de Rivera , a favor.

El diputado Ramón Ceja Romero (desde la curul): Ceja Romero Ramón , a favor.

El diputado Leonardo Magallón Arceo (desde la curul): Leonardo Magallón, a favor.

El diputado Jesús de León Tello (desde la curul): Jesús de León, a favor.

La diputada María Gabriela González Martínez (desde la curul): Gabriela González, a favor.

El diputado Fabián Fernando Montes Sánchez (desde la curul): Fabián Montes, a favor.

El diputado Javier Zambrano Elizondo (desde la curul): Javier Zambrano Elizondo , a favor.

El diputado José Ignacio Alberto Rubio Chávez (desde la curul): Rubio Chávez José Ignacio, a favor.

La diputada Sara Shej Guzmán (desde la curul): Sara Shej Guzmán , a favor.

La diputada Beatriz Eugenia García Reyes (desde la curul: García Reyes Beatriz Eugenia , a favor.

El diputado Salvador Arredondo Ibarra (desde la curul): Salvador Arredondo, a favor.

El diputado Antonio Berber Martínez (desde la curul): Berber Martínez Antonio , a favor.

La diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (desde la curul): Medina Rodríguez Lizbeth, a favor.

La diputada Martha Margarita García Müller (desde la curul): García Müller Martha , a favor.

El diputado Alfredo Barba Hernández (desde la curul): Barba Hernández, sí.

El diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (desde la curul): Fernando Moctezuma, a favor.

El diputado Joel Guerrero Juárez (desde la curul): Joel Guerrero, a favor.

El diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo (desde la curul): Gustavo Caballero Camargo, a favor.

El diputado Israel Beltrán Montes (desde la curul): Israel Beltrán Montes , a favor.

El diputado Roberto Badillo Martínez (desde la curul): Roberto Badillo Martínez , a favor.

La diputada Guillermina López Balbuena (desde la curul): López Balbuena Guillermina , a favor.

El diputado Enrique Cárdenas de Avellano (desde la curul): Enrique Cárdenas, por la afirmativa.

El diputado Óscar Gustavo Cárdenas Monroy (desde la curul): Gustavo Cárdenas, por la afirmativa.

El diputado Rogelio Muñoz Serna (desde la curul): Rogelio Muñoz, a favor.

La diputada María Beatriz Pagés Llergo Rebollar (desde la curul): Pagés Llergo Beatriz, a favor.

El diputado Víctor Samuel Palma César (desde la curul): Samuel Palma, a favor.

El diputado Víctor Manuel Méndez Lanz (desde la curul): Víctor Méndez Lanz , a favor.

La diputada Martha Rocío Partida Guzmán (desde la curul): Martha Partida, a favor.

La diputada Lilia Guadalupe Merodio Reza (desde la curul): Lilia Merodio, a favor.

El diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo (desde la curul): Jesús Patrón, a favor.

El diputado José Edmundo Ramírez Martínez (desde la curul): Edmundo Ramírez, a favor.

El diputado Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui (desde la curul): Eduardo Espinosa, a favor.

El diputado José Luis Blanco Pajón (desde la curul): José Blanco Pajón, a favor.

El diputado Gerardo Sosa Castelán (desde la curul): Gerardo Sosa, a favor.

La diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros (desde la curul): Violeta, a favor.

El diputado Pedro Pulido Pecero (desde la curul): Pulido Pecero Pedro , a favor.

El diputado Gregorio Barradas Miravete (desde la curul): Gregorio Barradas, a favor.

El diputado José Nicolás Morales Ramos (desde la curul): José Nicolás Morales, a favor.

El diputado Pedro Armendáriz García (desde la curul): Armendáriz García Pedro , a favor.

El diputado David Lara Compeán (desde la curul). Lara Compeán David , a favor.

El diputado Ector Jaime Ramírez Barba (desde la curul): Ector Jaime Ramírez Barba , a favor.

El diputado Enrique Iragorri Durán (desde la curul): Iragorri Durán Enrique , a favor.

El diputado Rogelio Carbajal Tejada (desde la curul). Carbajal Tejada Rogelio , a favor.

El diputado Luis Gustavo Parra Noriega (desde la curul): Luis Gustavo Parra Noriega , a favor.

El diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez (desde la curul): Moreno Álvarez, a favor.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Pilar Ortega, a favor.

El diputado Carlos Alberto Navarro Sugich (desde la curul): Navarro Sugich Carlos , a favor.

La diputada Leticia Díaz de León Torres (desde la curul): Leticia Díaz de León, a favor.

El diputado David Figueroa Ortega (desde la curul): Figueroa Ortega David , a favor.

El diputado Alejandro Landero Gutiérrez (desde la curul): Alejandro Landero, a favor.

El diputado Efraín Arizmendi Uribe (desde la curul): Efraín Arizmendi Uribe , a favor.

El diputado Gerardo Buganza Salmerón (desde la curul): Buganza, sí.

El diputado Agustín Mollinedo Hernández (desde la curul): Agustín Mollinedo, a favor.

El diputado Daniel Pérez Valdés (desde la curul): Daniel Pérez Valdés , a favor.

La diputada María Sofía del Perpetuo Socorro Castro Romero (desde la curul): María Sofía Castro Romero , a favor.

El diputado Juan de Dios Castro Muñoz (desde la curul): Castro Muñoz Juan de Dios , a favor.

La diputada Martha Cecilia Díaz Gordillo (desde la curul): Martha Cecilia Díaz Gordillo , a favor.

La diputada Fernanda Elvira Villafranca Aguirre (desde la curul): Fernanda Villafranca Aguirre, a favor.

El diputado Joel Arellano Arellano (desde la curul): Arellano Arellano, a favor.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar (desde la curul): Javier Bolaños, a favor.

El diputado Ángel Rafael Deschamps Falcón (desde la curul): Deschamps Falcón, a favor.

La diputada Marisol Mora Cuevas (desde la curul): Marisol Mora Cuevas , a favor.

La diputada Elda Gómez Lugo (desde la curul): Elda Gómez Lugo , a favor.

La diputada María Mercedes Colín Guadarrama (desde la curul): Mercedes Colín, sí.

El diputado Alfredo Adolfo Ríos Camarena (desde la curul): Ríos Camarena, a favor.

El diputado José Rubén Escajeda Jiménez (desde la curul): Rubén Escajeda, a favor.

El diputado Daniel Amador Gaxiola (desde la curul): Daniel Amador, sí.

El diputado Diego Aguilar (desde la curul): Diego Aguilar, sí.

El diputado Andrés Bermúdez Viramontes (desde la curul): Andrés Bermúdez, sí.

La diputada Adriana Dávila Fernández (desde la curul): Dávila Fernández, a favor.

El diputado Antonio Vega Corona (desde la curul): Antonio Vega, sí.

El diputado Alejandro Enrique Delgado Oscoy (desde la curul): Delgado Oscoy Alejandro Enrique , sí.

El diputado José Amado Orihuela Trejo (desde la curul): Amado Orihuela, a favor.

El diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (desde la curul): Mendívil Amparán Gustavo , a favor.

El diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez (desde la curul): Jesús Alcántara, sí.

El diputado César Camacho Quiroz (desde la curul): César Camacho, sí.

La diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña (desde la curul): Mayra Peñuelas, sí.

El diputado Ramón Barajas López (desde la curul): Ramón Barajas López , sí.

El diputado Sergio Sandoval Paredes (desde la curul). Sergio Sandoval, a favor.

El diputado Ernesto Ruiz Velasco de Lira (desde la curul): Ruiz Velasco de Lira, a favor.

La diputada Silvia Emilia Degante Romero (desde la curul): Silvia Degante, a favor.

El diputado Constantino Acosta Dávila (desde la curul): Constantino Acosta Dávila , a favor.

El diputado Juan Manuel Sandoval Munguía (desde la curul): Juan Manuel Sandoval Munguía , a favor.

La diputada Alma Xóchil Cardona Benavídez (desde la curul): Carmona Benavídez, a favor.

La diputada María de los Ángeles Jiménez del Castillo (desde la curul): Jiménez del Castillo, a favor.

La diputada María Victoria Gutiérrez Lagunes (desde la curul): María Victoria Gutiérrez Lagunes , a favor.

El diputado José Luis Contreras Coeto (desde la curul): Contreras Coeto, a favor.

El diputado Armando Enríquez Flores (desde la curul): Armando Enríquez, a favor.

El diputado Víctor Manuel Torres Herrera (desde la curul): Víctor Torres Herrera, a favor.

El diputado Demetrio Román Isidoro (desde la curul): Demetrio Román, a favor.

La diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera (desde la curul): Yadhira Tamayo, a favor.

El diputado Juan Manuel Villanueva Arjona (desde la curul): Villanueva Arjona, a favor.

El diputado Jorge Justiniano González Betancourt (desde la curul): González Betancourt Jorge Justiniano , a favor.

El diputado Christian Martín Lujano Nicolás (desde la curul). Lujano Nicolás, por la afirmativa.

La diputada María Soledad Limas Frescas (desde la curul): María Soledad Limas Frescas , a favor.

El diputado Francisco Antonio Fraile García (desde la curul): Francisco Fraile, a favor.

La diputada Adriana Rebeca Vieyra Olivares (desde la curul): Adriana Vieyra, en pro.

El diputado Gerardo Aranda Orozco (desde la curul). Gerardo Aranda, a favor.

La diputada Omeheira López Reyna (desde la curul): Omeheira López Reyna , a favor.

La diputada Liliana Carbajal Méndez (desde la curul): Liliana Carbajal Méndez , a favor.

El diputado Enrique Rodríguez Uresti (desde la curul): Enrique Rodríguez Uresti , a favor.

El diputado Jorge Rubén Nordhausen González (desde la curul): Jorge Nordhausen, a favor.

El diputado Élmar Darinel Díaz Solórzano (desde la curul): Élmar Díaz Solórzano, a favor.

La diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (desde la curul): Yary Gebhardt Garduza , sí.

El diputado Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (desde la curul): Arnulfo Cordero, a favor.

El diputado José Murat (desde la curul): Murat, en pro.

El diputado José Jesús Reyna García (desde la curul): Jesús Reyna García, a favor.

El diputado Alejandro Olivares Monterrubio (desde la curul): Alejandro Olivares, a favor.

El diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (desde la curul): Gerardo Vargas Landeros, a favor.

El diputado Nemesio Domínguez Domínguez (desde la curul): Nemesio Domínguez, a favor.

El diputado Narcizo Alberto Amador Leal (desde la curul): Amador Leal, a favor.

El diputado Gerardo Antonio Escaroz Soler (desde la curul): Gerardo Escaroz, a favor.

El diputado José Víctor Sánchez Trujillo (desde la curul): Víctor Sánchez, a favor.

El diputado Antonio Valladolid Rodríguez (desde la curul): Antonio Valladolid, a favor.

El diputado Carlos Alberto García González (desde la curul): García González Carlos Alberto , a favor.

El diputado Alfonso Othón Bello Pérez (desde la curul): Alfonso Bello, a favor.

La diputada Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (desde la curul): Denegre Vaught Ramírez Rosaura, a favor.

El diputado Adolfo Escobar Jardinez (desde la curul): Escobar Jardinez Adolfo , a favor.

El diputado José Antonio Díaz García (desde la curul): Díaz García José Antonio , a favor.

La diputada Rocío del Carmen Morgan Franco (desde la curul): Morgan Franco Rocío del Carmen , a favor.

El diputado Carlos Armando Reyes López (desde la curul): Reyes López Carlos , a favor.

La diputada Margarita Arenas Guzmán (desde la curul): Arenas Guzmán, a favor.

El diputado David Maldonado González (desde la curul): David Maldonado, a favor.

El diputado Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (desde la curul): Daniel Ludlow, a favor.

El diputado José Martín López Cisneros (desde la curul): Martín López, a favor.

El diputado Cruz Pérez Cuéllar (desde la curul): Cruz Pérez, a favor.

La diputada Lorena Martínez Rodríguez (desde la curul): Lorena Martínez, a favor.

El diputado Francisco Dávila García (desde la curul): Francisco Dávila, a favor.

El diputado Nabor Ochoa López (desde la curul): Nabor Ochoa, a favor.

El diputado Benjamín Ernesto González Roaro (desde la curul): González Roaro, a favor.

El diputado Tomás del Toro del Villar (desde la curul): Tomás del Toro, a favor.

El diputado César Augusto Verástegui Ostos (desde la curul): Verástegui, a favor.

La diputada Claudia Sánchez Juárez (desde la curul): Claudia Sánchez Juárez , a favor.

La diputada Nelly Asunción Hurtado Pérez (desde la curul): Nelly Asunción Hurtado Pérez , a favor.

El diputado Apolonio Méndez Meneses (desde la curul): Apolonio Méndez Meneses , a favor.

El diputado Martín Malagón Ríos (desde la curul): Martín Malagón Ríos , a favor.

El diputado Antonio Medellín Varela (desde la curul): Antonio Medellín, a favor.

El diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (desde la curul): Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco , a favor.

El diputado Martín Stefanonni Mazzocco (desde la curul): Martín Stefanonni Mazzocco , a favor.

El diputado Gerardo Amezola Fonceca (desde la curul): Gerardo Amezola Fonceca , a favor.

El diputado Marco Salas Contreras (desde la curul): Marcos Salas, a favor.

El diputado Leobardo Curiel Preciado (desde la curul): Leobardo Curiel Preciado , a favor.

El diputado Daniel Chávez García (desde la curul): Daniel Chávez García , por la afirmativa.

La diputada María del Carmen Pinete Vargas (desde la curul): Pinete Vargas, a favor.

El diputado Víctor Leopoldo Valencia de los Santos (desde la curul): Valencia de los Santos Víctor, a favor.

El diputado Tomás Gloria Requena (desde la curul): Gloria Requena, a favor.

El diputado Manuel Salvador Salgado Amador (desde la curul): Manuel Salgado, a favor.

El diputado Manuel Cárdenas Fonseca (desde la curul): Manuel Cárdenas, a favor.

El diputado Luis Xavier Maawad Robert (desde la curul): Xavier Maawad, a favor.

La diputada María Eugenia Campos Galván (desde la curul): Campos Galván María Eugenia , a favor.

El diputado Ernesto Oviedo Oviedo (desde la curul): Oviedo Oviedo Ernesto , a favor.

El diputado Felipe González Ruiz (desde la curul): Felipe González Ruiz , a favor.

La diputada Laura Angélica Rojas Hernández (desde la curul): Laura Rojas, a favor.

El diputado Armando Jesús Félix Holguín (desde la curul): Félix Holguín Armando, a favor.

La diputada María del Carmen Fernández Ugarte (desde la curul): Fernández Ugarte María del Carmen , a favor.

El diputado Adrián Fernández Cabrera (desde la curul): Fernández Cabrera Adrián , a favor.

La diputada María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (desde la curul): Noriega Blanco María Nieves, a favor.

El diputado Moisés Alcalde Virgen (desde la curul): Alcalde Virgen, sí.

El diputado Alberto Vázquez Martínez (desde la curul): Vázquez Martínez Alberto , a favor.

El diputado Felipe Borrego Estrada (desde la curul): Felipe Borrego, a favor.

El diputado Antonio Vasconcelos Rueda (desde la curul): Vasconcelos Rueda Antonio , a favor.

El diputado Ramón Landeros González (desde la curul): Ramón Landeros González , a favor.

El diputado Jaime Verdín Saldaña (desde la curul): Verdín Saldaña Jaime , a favor.

El diputado José de Jesús Solano Muñoz (desde la curul): José Solano Muñoz, a favor.

El diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (desde la curul): Joaquín Díaz Mena , a favor.

El diputado Édgar Martín Ramírez Pech (desde la curul): Ramírez Pech Édgar, a favor.

El diputado Rolando Rivero Rivero (desde la curul): Rolando Rivero Rivero , a favor.

El diputado Ángel Humberto García Reyes (desde la curul): Ángel Humberto García Reyes , a favor.

El diputado Carlos Augusto Bracho González (desde la curul) Carlos Bracho, a favor.

El diputado José Guillermo Velázquez Gutiérrez (desde la curul): Guillermo Velázquez, a favor.

El diputado Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo (desde la curul): Eduardo de la Torre Jaramillo , a favor.

El diputado Jesús Arredondo Velázquez (desde la curul): Arredondo Velázquez Jesús , a favor.

La diputada Esperanza Morelos Borja (desde la curul): Esperanza Morelos Borja , a favor.

El diputado José Alejandro Aguilar López (desde la curul): Aguilar López José Alejandro , a favor.

El diputado Ricardo Franco Cazarez (desde la curul): Ricardo Franco Cazarez , a favor.

El diputado Felipe Díaz Garibay (desde la curul: Díaz Garibay, a favor.

El diputado Jorge Alejandro Salum del Palacio (desde la curul): Jorge Salum, a favor.

El diputado Mario Alberto Salazar Madera (desde la curul) Salazar Madera Mario , a favor.

El diputado Antonio del Valle Toca (desde la curul): Antonio del Valle, a favor.

El diputado Ricardo Rodríguez Jiménez (desde la curul): Ricardo Rodríguez Jiménez , a favor.

La diputada Elia Hernández Núñez (desde la curul): Elia Hernández Núñez , a favor.

El diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (desde la curul): Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo , a favor.

El diputado Artemio Torres Gómez (desde la curul): Torres Gómez Artemio , a favor.

El diputado Francisco Javier Murillo Flores (desde la curul): Murillo Flores Francisco Javier , a favor.

El diputado José Inés Palafox Núñez (desde la curul) Palafox Núñez, a favor.

El diputado Eduardo Ortiz Hernández (desde la curul) Eduardo Ortiz Hernández , a favor.

La diputada Marcela Cuen Garibi (desde la curul): Marcela Cuen Garibi , a favor.

La diputada Alma Hilda Medina Macías (desde la curul): Medina Macías Alma, a favor.

El diputado René Lezama Aradillas (desde la curul): Lezama Aradillas, a favor.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez (desde la curul): Duarte César, a favor.

El diputado Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (Desde la curul): Diódoro Carrasco, a favor.

La diputada Irma Piñeyro Arias (desde la curul): Piñeyro Arias, a favor.

El diputado Ismael Ordaz Jiménez (desde la curul) Ismael Ordaz, a favor.

La diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández (desde la curul): Alma Alcaraz, a favor.

La diputada Dora Alicia Martínez Valero (desde la curul): Martínez Valero, en pro.

La diputada Lucía Susana Mendoza Morales (desde la curul): Mendoza Morales, a favor.

La diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez (desde la curul): Parra Jiménez Dolores, a favor.

El diputado Raúl Cervantes Andrade (desde la curul): Raúl Cervantes, a favor.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Se va a proceder a tomar la votación de la Mesa Directiva.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Gómez Pasillas, a favor.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Patricia Villanueva Abraján , a favor.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : Esmeralda Cárdenas, a favor.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Olga Patricia Chozas y Chozas , a favor.

El Vicepresidente diputado Cristián Castaño Contreras : Castaño Contreras Cristián , a favor.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Ruth Zavaleta, abstención.

El Vicepresidente diputado Arnoldo Ochoa González : Arnoldo Ochoa, a favor.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Se emitieron 266 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Aprobado en lo general y en lo particular, con 266 votos, el proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley que establece las Bases para la Ejecución en México por el Poder Ejecutivo Federal del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.



LEY GENERAL DE SALUD

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 3, fracción XXVIII, 13, apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo; y adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3 de la Ley General de Salud.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputada Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se le dispensa la lectura.

«Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., fracción XXVIII, 13, Apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo; y adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 3o., fracción XXVIII, 13, fracción I, del apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo; y se adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud.

La Comisión de Salud con fundamento en las atribuciones que le otorgan los artículos 39, numerales 1o. y 3o., 43, 44, 45 y de los demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen de acuerdo con la siguiente

Metodología

La comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I.- En el capítulo ``Antecedentes'' se da constancia del trámite, del proceso legislativo, del recibo en turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la comisión dictaminadora.
II. En el capítulo correspondiente a ``Contenido'', se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.
III. En el capítulo ``Consideraciones'', la comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la propuesta en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada el 3 de mayo de 2007, ante el Pleno de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, se presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3o., fracción XXVIII; 13, apartado B, fracción I; 313, fracción II, y 350 bis 3, segundo párrafo, y se adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo de los senadores Guillermo Tamborrel Suárez y Ernesto Saro Boardman, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

En la misma fecha, la iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Salud, y de Estudios Legislativos, primera, para su estudio y dictamen.

Con fecha 11 de diciembre de 2007, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas. El proyecto de decreto se turnó a la Cámara de Diputados.

Con fecha 12 de diciembre de 2007, se recibió la minuta correspondiente en la Cámara de Diputados; la Mesa Directiva, turnó dicha minuta a la Comisión de Salud para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido

La iniciativa de la cual se derivan la minuta recibida y el presente dictamen, aborda el tema de la disposición de cadáveres, con la intención de fortalecer la normatividad sanitaria aplicable.

El objetivo es lograr un mejor aprovechamiento de los cuerpos, facilitando su disposición por parte de los gobiernos de los estados, para transplantes e investigación por instituciones educativas. También se busca dar claridad sobre la competencia de las autoridades en cuanto a la regulación y disposición de los cuerpos.

III. Consideraciones

A. Retomando el planteamiento de la exposición de motivos del proponente, esta comisión dictaminadora considera importantes los siguientes puntos:

El manejo y disposición de cadáveres es un área muy importante, pues el cuerpo humano sin vida tiene un valor estrictamente cultural, moral, sentimental, además de representar grandes posibilidades para la práctica de trasplantes de órganos sólidos, por lo cual se ha intensificado la procuración cadavérica multiorgánica por parte de las entidades federativas.

Se debe promover e incentivar la cultura de donación de órganos de personas fallecidas, ya que muchos pacientes que requieren transplante de órganos pueden ser beneficiados.

Actualmente, en la práctica médica y forense, la inhumación, incineración, embalsamamiento y exhumación lo autoriza la autoridad sanitaria competente en las entidades federativas, incluso ejercen el control sanitario de las personas que se dediquen a la prestación de servicios funerarios.

El proponente de la iniciativa considera que se debe reservar a la federación, a través de la Secretaría de Salud, el establecimiento de las disposiciones generales para el adecuado manejo y disposición de cadáveres y dotar de claridad normativa para que los estados lleven a cabo las acciones operativas y procedimientos necesarios para una disposición adecuada y eficaz de los cadáveres.

B. Analizando las consideraciones del dictamen de las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, la comisión dictaminadora retoma los siguientes puntos:

En la materia de disposición de cadáveres existen opiniones diversas de las diferentes organizaciones de salud. Las estadísticas sugieren promover la ``cultura de donación'' en general y particularmente, incentivar la donación de órganos de personas fallecidas, mediante un control sanitario adecuado.

La iniciativa incentivará un mejor aprovechamiento de los cuerpos, pues se facilitará su disposición por parte de los gobiernos de los estados, para transplantes e investigación por instituciones educativas. Y ello también dará claridad sobre la competencia de las autoridades en cuanto a la regulación y disposición de los cuerpos.

C. La Secretaría de Salud emitió opiniones sobre la iniciativa y la minuta que se analizan en el presente dictamen. A partir de dichas opiniones, se retoman los siguientes puntos:

La reforma propuesta para los artículos 3o. y 13 de la Ley General de Salud no actualiza tácitamente los artículos que se relacionan, por lo cual resulta jurídicamente procedente realizar una reforma integral al ordenamiento jurídico que nos ocupa.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios emitió la opinión de que en la reforma propuesta para los artículos 350 Bis 1 y 350 Bis 3, se debería sustituir el término ``autoridad sanitaria competente'' por `` Secretaría de Salud''.

Analizando la opinión de Cofepris, el artículo 4o. de la Ley General de Salud considera que son autoridades sanitarias el presidente de la República; el Consejo de Salubridad General; la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, incluido el del Distrito Federal, por lo cual, el concepto de ``autoridad sanitaria competente'' resulta más adecuado para la reforma propuesta, ya que hace referencia a la instancia facultada en términos de la distribución de competencia que señala el artículo 13 de la misma ley.

La Secretaría de Salud avala el proyecto decreto contenido en la minuta estudiada, ya que ayuda a fortalecer la normatividad sanitaria sobre disposición de cadáveres. La secretaría se pronuncia a favor del proyecto y le otorga una prioridad alta.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y para efecto de lo dispuesto en el artículo 72, inciso A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud de la LX Legislatura pone a consideración de la asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 3o., fracción XXVIII, 13, Apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo, y se adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud

Artículo Único. Se reforman los artículos 3o., fracción XXVIII, 13, Apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo; y se adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general

I. a XXVII. ...
XXVIII. El control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y sus componentes y células;
XXVIII Bis. El control sanitario de cadáveres de seres humanos;
XXIX. a XXX. ...

Artículo 13. La competencia entre la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. Corresponde al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud:

I. a X. ...

B. Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales:

I. Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII y XXVIII Bis del artículo 3o. de esta ley, de conformidad con las disposiciones aplicables;
II. a VII. ...

Artículo 313. Compete a la Secretaría de Salud:

I. ...
II. La regulación sobre cadáveres.

Artículo 350 Bis 3. Para la utilización de cadáveres o parte de ellos de personas conocidas, con fines de docencia e investigación, se requiere el consentimiento del disponente.

Tratándose de cadáveres de personas desconocidas, las instituciones educativas podrán obtenerlos del Ministerio Público o de establecimientos de prestación de servicios de atención médica o de asistencia social. Para tales efectos, las instituciones educativas deberán dar aviso a la autoridad sanitaria competente, en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La Comisión de Salud, diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares (rúbrica), Efraín Morales Sánchez , María Oralia Vega Ortiz (rúbrica), Antonio Xavier López Adame , Juan Abad de Jesús (rúbrica), Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe (rúbrica), Ricardo Cantú Garza , Maricela Contreras Julián , María Mercedes Corral Aguilar (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina , Daniel Dehesa Mora (rúbrica), Nemesio Domínguez Domínguez , Ángel Humberto García Reyes (rúbrica), Beatriz Eugenia García Reyes (rúbrica), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), Tomás Gloria Requena , Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Holly Matus Toledo , Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica), Roberto Mendoza Flores (rúbrica), Elizabeth Morales García , Gilberto Ojeda Camacho , Jorge Quintero Bello (rúbrica), José Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), María Gloria Guadalupe Valenzuela García (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : En consecuencia, está a discusión en lo general el dictamen.

No habiendo quien fundamente o fije posición a nombre del grupo parlamentario... Sí, hay dos, ya los vi. Se han registrado para fijar posición a nombre del grupo parlamentario la diputada Martha Rocío Partida Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRI, y el diputado José Ignacio Rubio Chávez, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

Tiene el uso de la palabra la diputada Martha Rocío Partida Guzmán.

La diputada Martha Rocío Partida Guzmán : Posicionamiento del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a favor de la minuta con proyecto de decreto sobre la regulación sanitaria de cadáveres de seres humanos.

Con su permiso, señora Presidenta. Compañeros diputados y compañeras diputadas, la reforma a la Ley General de Salud para fortalecer la normatividad sanitaria aplicable para la disposición de cadáveres resulta necesaria para lograr mejor aprovechamiento de los cuerpos, facilitando su disposición por parte de los gobiernos de las entidades federativas para trasplantes e investigación por instituciones educativas.

Compañeros y compañeras, es de suma importancia apoyar esta minuta, ya que con su aplicación se busca dar claridad sobre la competencia de las autoridades en cuanto a regulación y disposición de los cadáveres de seres humanos.

Si bien es cierto que la Ley General de Salud contempla actualmente el control sanitario de la disposición de cadáveres de seres humanos, la minuta en cometo fortalece la regulación de los mismos, ya que le da atribuciones directas a la Secretaría de Salud para emitir disposiciones generales para regular los cadáveres en el ámbito federal.

Por lo antes expuesto, el Grupo Parlamentario del PRI apoya la minuta en comento, para regular la utilización de cadáveres con fines de docencia e investigación dándoles facultades a las autoridades sanitarias competentes para ejercer su control sanitario.

Compañeros y compañeras diputados, llamo su atención para apoyar esta minuta sobre la regulación y control sanitario de los cadáveres de seres humanos, que va a permitir a la Secretaría de Salud el establecimiento de las disposiciones generales para el adecuado manejo y disposición de cadáveres y dotar de claridad normativa, para que los estados lleven a cabo las acciones operativas y procedimientos necesarios para una disposición adecuada y eficaz. Muchas gracias.

Presidencia del diputado Arnoldo Ochoa González

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Gracias, diputada Rocío Partida. Tiene la palabra el diputado José Ignacio Rubio Chávez, de la fracción del Partido Acción Nacional.

El diputado José Ignacio Alberto Rubio Chávez : Con su permiso, diputado Presidente.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, a nombre de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la Comisión de Salud quiero manifestarme a favor del dictamen que hoy se somete a su consideración, y explicar las razones de la importancia que tiene la reforma que estamos a punto de aprobar.

A simple vista, ésta parece una reforma puramente administrativa; sin embargo, resulta toral para un tema sumamente sensible y que lamentablemente no ha dado los frutos esperados en nuestro país. Me refiero específicamente a la donación de órganos de personas que han fallecido.

Según la ley vigente, el control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y sus componentes, células y cadáveres de seres humanos se considera materia de salubridad general, siendo responsabilidad de la Secretaría de Salud organizar y operar los servicios respectivos y vigilar su funcionamiento.

En la práctica, la inhumación, incineración, embalsamamiento, exhumación son autorizados por las autoridades sanitarias locales, mientras que la Secretaría de Salud establece las normas en el manejo, conservación y depósito de cadáveres, y fija las condiciones sanitarias exigibles a los establecimientos que manejen cadáveres.

El objetivo primordial de esta reforma es reservar a la Federación, a través de la Secretaría de Salud, el establecimiento de las disposiciones generales para el adecuado manejo y disposición de cadáveres y conferir una mayor claridad normativa para que las entidades federativas lleven a cabo las acciones operativas y procedimentales necesarias para una disposición adecuada y eficaz de los cadáveres.

Esto supondrá una mejora en el aprovechamiento de los cadáveres facilitando su disposición por parte de los gobiernos de las entidades federativas, lo cual se verá reflejado en un incremento de donaciones cadavéricas para trasplantes e investigación por instituciones educativas; otorgando asimismo una claridad respecto a la competencia de las autoridades en cuanto a la regulación y disposición de los cadáveres.

Por lo anterior, los diputados integrantes de la Comisión de Salud hemos analizado las bondades de la minuta, objeto que hoy se somete a votación, y estamos convencidos de que contribuirá a una mejor distribución de competencia entre las entidades federativas y el gobierno federal convirtiéndose en una herramienta efectiva para mayor aprovechamiento de los cadáveres.

Agradezco de antemano el voto aprobatorio que estoy seguro que será otorgado por todos ustedes, compañeros legisladores. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : No habiendo más oradores, consulte la Secretaría a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse a manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Diputado Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Arnoldo Ochoa González : Suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo quien quiera discutir en lo particular ningún artículo, se pide a la Secretaría que proceda a recoger la votación nominal, en lo particular, de los artículos no impugnados.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Se va a proceder a la votación nominal, en lo general y en lo particular, en un solo acto. Iniciamos por favor, rogando a los compañeros diputados manifestar claramente el sentido de su voto.

La diputada María Elena Álvarez Bernal (desde la curul): Álvarez de Vicencio María Elena, a favor.

La diputada María Mercedes Corral Aguilar (desde la curul): María Mercedes Corral Aguilar , a favor.

El diputado Juan José Rodríguez Prats (desde la curul): Rodríguez Prats, sí.

El diputado Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (desde la curul): Diódoro Carrasco, sí.

El diputado Héctor Larios Córdova (desde la curul): Héctor Larios, a favor.

La diputada Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (desde la curul): Manuell-Gómez Dolores, a favor.

La diputada Silvia Luna Rodríguez (desde la curul): Luna Rodríguez, a favor.

El diputado Humberto Dávila Esquivel (desde la curul): Humberto Dávila, a favor.

El diputado Wenceslao Herrera Coyac (desde la curul): Wenceslao Herrera, a favor.

El diputado César Horacio Duarte Jáquez (desde la curul): César Duarte, a favor.

El diputado Juan Francisco Rivera Bedoya (desde la curul): Rivera Bedoya, a favor.

El diputado Enrique Cárdenas del Avellano (desde la curul): Enrique Cárdenas, a favor.

El diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo (desde la curul): Gustavo Caballero Camargo, a favor.

El diputado Óscar Gustavo Cárdenas Monroy (desde la curul): Gustavo Cárdenas, por la afirmativa.

La diputada Lorena Martínez Rodríguez (desde la curul): Lorena Martínez, a favor.

El diputado José Rosas Aispuro Torres (desde la curul): Aispuro, a favor.

El diputado Samuel Aguilar Solís (desde la curul): Samuel Aguilar, a favor.

El diputado Antonio de Jesús Díaz Athié (desde la curul): Díaz Athié, a favor.

El diputado Raúl Cervantes Andrade (desde la curul): Raúl Cervantes, a favor.

El diputado Víctor Manuel Méndez Lanz (desde la curul): Víctor Méndez Lanz , a favor.

El diputado Carlos Armando Biebrich Torres (desde la curul): Biebrich, a favor.

El diputado Ariel Castillo Nájera (desde la curul): Castillo Nájera Ariel , a favor.

La diputada Elizabeth Morales García (desde la curul): Elizabeth Morales, a favor.

El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (desde la curul): Monraz Ibarra, a favor.

El diputado Francisco Javier Plascencia Alonso (desde la curul): Plascencia Alonso Francisco Javier , a favor.

El diputado Alonso Manuel Lizaola de la Torre (desde la curul): Alonso Lizaola, a favor.

El diputado Juan Manuel Villanueva Arjona (desde la curul): Juan Manuel Villanueva, a favor.

La diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández (desde la curul): Alma Alcaraz, a favor.

El diputado David Figueroa Ortega (desde la curul): Figueroa Ortega David , a favor.

El diputado Moisés Alcalde Virgen (desde la curul): Alcalde Virgen, sí.

La diputada Martha Margarita García Müller (desde la curul): García Müller Martha , a favor.

El diputado Felipe Borrego Estrada (desde la curul): Felipe Borrego, a favor.

El diputado Gustavo Macías Zambrano (desde la curul): Macías Zambrano, a favor.

El diputado Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (desde la curul): Emilio Flores, a favor.

El diputado Armando Jesús Félix Holguín (desde la curul): Félix Holguín Armando, a favor.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar (desde la curul): Bolaños Aguilar, a favor.

El diputado Luis Gerardo Serrato Castell (desde la curul): Luis Serrato, a favor.

El diputado Carlos René Sánchez Gil (desde la curul): Carlos René Sánchez Gil , a favor.

El diputado Joel Arellano Arellano (desde la curul): Arellano Arellano, a favor.

El diputado Silvio Gómez Leyva (desde la curul): Silvio Gómez Leyva , a favor.

La diputada Martha Cecilia Díaz Gordillo (desde la curul): Martha Díaz Gordillo, a favor.

El diputado José Guadalupe Rivera Rivera (desde la curul): José Guadalupe Rivera, a favor.

La diputada Rubí Laura López Silva (desde la curul): Rubí Laura López Silva , a favor.

El diputado Jorge Quintero Bello (desde la curul): Jorge Quintero Bello , en pro.

El diputado César Camacho Quiroz (desde la curul): César Camacho, sí.

El diputado Emilio Gamboa Patrón (desde la curul): Emilio Gamboa, sí.

El diputado Jesús Ricardo Canavati Tafich (desde la curul): Ricardo Canavati, sí.

La diputada Gloria Lavara Mejía (desde la curul): Gloria Lavara, a favor.

El diputado Jorge Emilio González Martínez (desde la curul): Jorge Emilio González, a favor.

El diputado Carlos Alberto Puente Salas (desde la curul): Carlos Puente, a favor.

El diputado Francisco Elizondo Garrido (desde la curul): Francisco Elizondo, a favor.

El diputado Antonio Xavier López Adame (desde la curul): Xavier López Adame, a favor.

El diputado Diego Cobo Terrazas (desde la curul): Diego Cobo Terrazas , a favor.

La diputada Guillermina López Balbuena (desde la curul): López Balbuena Guillermina , a favor.

La diputada Lilia Guadalupe Merodio Reza (desde la curul): Lilia Merodio, a favor.

El diputado Jorge Luis de la Garza Treviño (desde la curul): Jorge de la Garza, a favor.

El diputado José Edmundo Ramírez Martínez (desde la curul): Edmundo Ramírez, a favor.

El diputado Miguel Ángel González Salum (desde la curul): Miguel González Salum, a favor.

El diputado Manuel Portilla Diéguez (desde la curul): Portilla Diéguez, a favor.

El diputado Manuel Salvador Salgado Amador (desde la curul): Manuel Salgado, a favor.

El diputado Jesús Sesma Suárez (desde la curul): Jesús Sesma, a favor.

El diputado Adolfo Mota Hernández (desde la curul): Adolfo Mota, sí.

La diputada María Guadalupe Josefina García Noriega (desde la curul): García Noriega Guadalupe, a favor.

La diputada María Oralia Vega Ortiz (desde la curul): Oralia Vega, sí.

La diputada Lourdes Quiñones Canales (desde la curul): Quiñones Canales, sí.

La diputada Martha Hilda González Calderón (desde la curul): González Calderón, sí.

El diputado Tomás Gloria Requena (desde la curul): Gloria Requena, a favor.

El diputado Juan Victoria Alva (desde la curul): Juan Victoria Alva , en pro.

El diputado José Luis Murillo Torres (desde la curul): José Luis Murillo Torres , a favor.

La diputada Beatriz Collado Lara (desde la curul): Collado Lara Beatriz , a favor.

La diputada María Esther Jiménez Ramos (desde la curul): María Esther Jiménez, a favor.

El diputado Antonio Sánchez Díaz de Rivera (desde la curul): Antonio Sánchez Díaz de Rivera , a favor.

El diputado Ramón Ceja Romero (desde la curul): Ramón Ceja, a favor.

El diputado José Antonio Muñoz Serrano (desde la curul): Antonio Muñoz, a favor.

La diputada Dolores María del Carmen Parra Jiménez (desde la curul): Parra Jiménez Dolores, a favor.

El diputado Alejandro Enrique Delgado Oscoy (desde la curul): Delgado Oscoy Alejandro Enrique , sí.

El diputado Mario Alberto Salazar Madera (desde la curul): Salazar Madera, a favor.

La diputada Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (desde la curul): Denegre Vaught Ramírez Rosaura, a favor.

El diputado Gerardo Buganza Salmerón (desde la curul): Buganza, sí.

El diputado Marco Antonio Peyrot Solís (desde la curul): Peyrot Solís Marco Antonio , a favor.

El diputado Artemio Torres Gómez (desde la curul): Artemio Torres, a favor.

El diputado Raúl Alejandro Padilla Orozco (desde la curul): Raúl Alejandro Padilla, a favor.

El diputado Ricardo Rodríguez Jiménez (desde la curul): Ricardo Rodríguez Jiménez , a favor.

El diputado José Nicolás Morales Ramo s (desde la curul): José Nicolás Morales Ramos , a favor.

La diputada Alma Hilda Medina Macías (desde la curul): Medina Macías Alma Hilda , a favor.

La diputada Dora Alicia Martínez Valero (desde la curul): Martínez Valero, en pro.

El diputado Javier Martín Zambrano Elizondo (desde la curul): Javier Zambrano Elizondo , a favor.

El diputado José Ignacio Alberto Rubio Chávez (desde la curul): Rubio Chávez José Ignacio, a favor.

La diputada Sara Shej Guzmán (desde la curul): Sara Shej Guzmán , a favor.

La diputada Beatriz Eugenia García Reyes (desde la curul): García Reyes Beatriz Eugenia , a favor.

El diputado Salvador Arredondo Ibarra (desde la curul): Salvador Arredondo, a favor.

El diputado Francisco Javier Paredes Rodríguez (desde la curul): Paredes Rodríguez Francisco, a favor.

La diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (desde la curul): Medina Rodríguez Lizbeth, a favor.

El diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (desde la curul): Ramos Covarrubias Héctor Manuel , a favor.

El diputado Alfredo Barba Hernández (desde la curul): Alfredo Barba, sí.

El diputado Tomás del Toro del Villar (desde la curul): Tomás del Toro, a favor.

El diputado Víctor Samuel Palma César (desde la curul): Samuel Palma, a favor.

La diputada María del Carmen Pinete Vargas (desde la curul): Pinete Vargas María del Carmen , a favor.

La diputada Arely Madrid Tovilla (desde la curul): Madrid Tovilla, a favor.

El diputado Andrés Marco Antonio Bernal Gutiérrez (desde la curul): Bernal, a favor.

El diputado Joel Guerrero Juárez (desde la curul): Joel Guerrero, a favor.

El diputado Ramón Barajas López (desde la curul): Ramón Barajas López , sí.

El diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (desde la curul): Fernando Moctezuma, a favor.

El diputado Rogelio Muñoz Serna (desde la curul): Rogelio Muñoz Serna , a favor.

La diputada Martha Rocío Partida Guzmán (desde la curul): Martha Partida, a favor.

El diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo (desde la curul): Jesús Patrón, a favor.

El diputado Gerardo Sosa Castelán (desde la curul): Gerardo Sosa, a favor.

El diputado Pedro Pulido Pecero (desde la curul): Pulido Pecero Pedro , por la afirmativa.

La diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros (desde la curul): Violeta, a favor.

El diputado Pedro Armendáriz García (desde la curul): Armendáriz García Pedro , sí.

El diputado David Lara Compeán (desde la curul): Lara Compeán David , a favor.

El diputado Ector Jaime Ramírez Barba (desde la curul): Ector Jaime Ramírez Barba , a favor.

El diputado Daniel Chávez García (desde la curul): Daniel Chávez García , por la afirmativa.

El diputado Carlos Augusto Bracho González (desde la curul): Carlos Bracho, por la afirmativa.

El diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez (desde la curul): Moreno Álvarez, a favor.

El diputado Francisco Domínguez Servién (desde la curul): Francisco Domínguez, a favor.

El diputado Demetrio Román Isidoro (desde la curul): Demetrio Román, a favor.

El diputado José Inés Palafox Núñez (desde la curul): Palafox Núñez, sí.

El diputado Antonio Berber Martínez (desde la curul): Berber Martínez Antonio , a favor.

El diputado José de Jesús Solano Muñoz (desde la curul): José Solano Muñoz, a favor.

La diputada María Gabriela González Martínez (desde la curul): Gabriela González, a favor.

El diputado Alejandro Landero Gutiérrez (desde la curul): Alejandro Landero, a favor.

La diputada María Sofía del Perpetuo Socorro Castro Romero (desde la curul): Sofía Castro Romero, a favor.

El diputado Juan de Dios Castro Muñoz (desde la curul): Castro Muñoz Juan de Dios , a favor.

La diputada Fernanda Elvira Villafranca Aguirre (desde la curul): Fernanda Villafranca Aguirre, a favor.

La diputada Lucía Susana Mendoza Morales (desde la curul): Mendoza Morales Susana, a favor.

El diputado Ángel Rafael Deschamps Falcón (desde la curul): Deschamps Falcón, a favor.

La diputada Marisol Mora Cuevas (desde la curul): Mora Cuevas Marisol , a favor.

La diputada Elda Gómez Lugo (desde la curul): Elda Gómez Lugo , a favor.

La diputada María Mercedes Colín Guadarrama (desde la curul): Mercedes Colín, sí.

El diputado Daniel Amador Gaxiola (desde la curul): Daniel Amador, sí.

El diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (desde la curul): Gerardo Vargas Landeros, a favor.

El diputado Diego Aguilar (desde la curul): Diego Aguilar, favor.

El diputado Jesús Vicente Flores Morfín (desde la curul): Jesús Flores Morfín, a favor.

El diputado Roberto Badillo Martínez (desde la curul): Roberto Badillo Martínez , a favor.

El diputado Salvador Barajas del Toro (desde la curul): Salvador Barajas del Toro , a favor.

El diputado José Amado Orihuela Trejo (desde la curul): Amado Orihuela, a favor.

El diputado Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (desde la curul): Gustavo Amparán, a favor.

La diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña (desde la curul): Mayra Peñuelas, a favor.

El diputado Sergio Sandoval Paredes (desde la curul): Sergio Sandoval, a favor.

El diputado Ernesto Ruiz Velasco de Lira (desde la curul): Ruiz Velasco de Lira, a favor.

El diputado Constantino Acosta Dávila (desde la curul): Constantino Acosta Dávila , a favor.

El diputado Juan Manuel Sandoval Munguía (desde la curul): Juan Manuel Sandoval Munguía , a favor.

La diputada Alma Xóchil Cardona Benavídez (desde la curul): Cardona Benavídez, a favor.

La diputada María de los Ángeles Jiménez del Castillo (desde la curul): Jiménez del Castillo, a favor.

La diputada María Victoria Gutiérrez Lagunes (desde la curul): Victoria Gutiérrez Lagunes, a favor.

El diputado Armando Enríquez Flores (desde la curul): Armando Enríquez, a favor.

La diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera (desde la curul): Tamayo Herrera Yadhira, a favor.

El diputado Felipe Díaz Garibay (desde la curul): Díaz Garibay Felipe , a favor.

El diputado José Antonio Arévalo González (desde la curul): José Antonio Arévalo, a favor.

El diputado Christian Martín Lujano Nicolás (desde la curul): Lujano Nicolás, por la afirmativa.

El diputado Faustino Javier Estrada González (desde la curul): Javier Estrada, a favor.

El diputado Leonardo Magallón Arceo (desde la curul): Leonardo Magallón, a favor.

La diputada Silvia Emilia Degante Romero (desde la curul): Silvia Degante, a favor.

La diputada María Soledad Limas Frescas (desde la curul): María Soledad Limas Frescas , a favor.

El diputado Enrique Iragorri Durán (desde la curul): Iragorri Durán Enrique , a favor.

La diputada Adriana Rebeca Vieyra Olivares (desde la curul): Adriana Vieyra Olivares , en pro.

El diputado Gerardo Aranda Orozco (desde la curul): Gerardo Aranda, a favor.

La diputada Omeheira López Reyna (desde la curul): Omeheira López Reyna , a favor.

La diputada Nelly Asunción Hurtado Pérez (desde la curul): Nelly Hurtado Pérez, a favor.

La diputada Liliana Carbajal Méndez (desde la curul): Liliana Carbajal Méndez , a favor.

El diputado Enrique Rodríguez Uresti (desde la curul): Enrique Rodríguez Uresti , a favor.

El diputado Jorge Rubén Nordhausen González (desde la curul): Jorge Nordhausen, a favor.

La diputada Aracely Escalante Jasso (desde la curul): Aracely Escalante Jasso , sí.

El diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez (desde la curul): Jesús Alcántara, sí.

El diputado Alejandro Olivares Monterrubio (desde la curul): Alejandro Olivares, a favor.

El diputado Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui (desde la curul): Eduardo Espinosa, a favor.

El diputado Armando García Méndez (desde la curul): Armando García, a favor.

El diputado Antonio Valladolid Rodríguez (desde la curul): Antonio Valladolid, a favor.

El diputado Carlos Alberto García González (desde la curul): García González Carlos Alberto , a favor.

El diputado José Rubén Escajeda Jiménez (desde la curul): Rubén Escajeda, a favor.

El diputado Alfonso Othón Bello Pérez (desde la curul): Alfonso Bello Pérez , a favor.

El diputado Marcos Salas Contreras (desde la curul): Marcos Salas, a favor.

El diputado Gerardo Antonio Escaroz Soler (desde la curul): Gerardo Escaroz, a favor.

La diputada Rocío del Carmen Morgan Franco (desde la curul): Morgan Franco Rocío, a favor.

El diputado Carlos Armando Reyes López (desde la curul): Reyes López Carlos , a favor.

El diputado José Luis Espinosa Piña (desde la curul): Espinosa Piña José Luis , a favor.

El diputado Apolonio Méndez Meneses (desde la curul): Apolonio Méndez Meneses , a favor.

La diputada Margarita Arenas Guzmán (desde la curul): Arenas Guzmán, a favor.

El diputado Martín Malagón Ríos (desde la curul): Martín Malagón, sí.

El diputado Antonio Medellín Varela (desde la curul): Antonio Medellín, a favor.

El diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (desde la curul): Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco , a favor.

El diputado Martín Stefanonni Mazzocco (desde la curul): Martín Stefanonni Mazzocco , a favor.

El diputado Gerardo Amezola Fonceca (desde la curul): Gerardo Amezola Fonceca , a favor.

El diputado Leobardo Curiel Preciado (desde la curul): Leobardo Curiel Preciado , a favor.

El diputado José Víctor Sánchez Trujillo (desde la curul): Víctor Sánchez Trujillo, a favor.

La diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (desde la curul): Yolanda Rodríguez Ramírez, a favor.

El diputado Carlos Eduardo Felton González (desde la curul): Carlos Felton González , a favor.

El diputado Eduardo Ortiz Hernández (desde la curul): Eduardo Ortiz Hernández , a favor.

El diputado Luis Xavier Maawad Robert (desde la curul): Xavier Maawad, a favor.

La diputada María Eugenia Campos Galván (desde la curul): Campos Galván María Eugenia , a favor.

El diputado Ernesto Oviedo Oviedo (desde la curul): Oviedo Oviedo Ernesto , a favor.

El diputado Felipe González Ruiz (desde la curul): Felipe González Ruiz , a favor.

La diputada María Esperanza Morelos Borja (desde la curul): María Esperanza Morelos Borja , a favor.

La diputada María del Carmen Fernández Ugarte (desde la curul): Fernández Ugarte María del Carmen , a favor.

El diputado Carlos Alberto Torres Torres (desde la curul): Carlos Torres, a favor.

El diputado Carlos Alberto Navarro Sugich (desde la curul): Carlos Navarro Sugich , a favor.

El diputado Alberto Vázquez Martínez (desde la curul): Vázquez Martínez Alberto , a favor.

La diputada Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (desde la curul): Yolanda Garmendia, a favor.

La diputada Martha Angélica Romo Jiménez (desde la curul): Romo Jiménez, a favor.

El diputado Nabor Ochoa López (desde la curul): Ochoa López, a favor.

El diputado Antonio del Valle Toca (desde la curul): Antonio del Valle, a favor.

El diputado Ramón Landeros González (desde la curul): Ramón Landeros González , a favor.

El diputado Jaime Verdín Saldaña (desde la curul): Verdín Saldaña Jaime , a favor.

El diputado Antonio Vega Corona (desde la curul): Antonio Vega, en pro.

La diputada Marcela Cuen Garibi (desde la curul): Marcela Cuen Garibi , a favor.

El diputado Joaquín Jesús Díaz Mena (desde la curul): Joaquín Díaz Mena , a favor.

El diputado Rolando Rivero Rivero (desde la curul): Rolando Rivero, a favor.

El diputado Ángel Humberto García Reyes (desde la curul): Ángel Humberto García Reyes , a favor.

El diputado Francisco Antonio Fraile García (desde la curul): Francisco Fraile, a favor.

El diputado José Guillermo Velázquez Gutiérrez (desde la curul): Guillermo Velázquez, a favor.

El diputado José Luis Contreras Coeto (desde la curul): Contreras Coeto, a favor.

El diputado Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo (desde la curul): Eduardo de la Torre Jaramillo , a favor.

El diputado Jesús Arredondo Velázquez (desde la curul): Arredondo Velázquez Jesús , a favor.

El diputado Antonio Vasconcelos Rueda (desde la curul): Vasconcelos Rueda, a favor.

El diputado Efraín Arizmendi Uribe (desde la curul): Efraín Arizmendi Uribe , a favor.

El diputado Agustín Mollinedo Hernández (desde la curul): Agustín Mollinedo, a favor.

El diputado José Alejandro Aguilar López (desde la curul): Aguilar López José Alejandro , a favor.

El diputado Adolfo Escobar Jardinez (desde la curul): Escobar Jardinez Adolfo , a favor.

El diputado Fabián Fernando Montes Sánchez (desde la curul): Fabián Montes, a favor.

El diputado Jorge Alejandro Salum del Palacio (desde la curul): Jorge Salum, a favor.

El diputado Eduardo Sánchez Hernández (desde la curul): Eduardo Sánchez, a favor.

El diputado David Maldonado González (desde la curul): David Maldonado, a favor.

El diputado Édgar Martín Ramírez Pech (desde la curul): Ramírez Pech Édgar, a favor.

El diputado Ricardo Franco Cazarez (desde la curul): Ricardo Franco, a favor.

La diputada Elia Hernández Núñez (desde la curul): Elia Hernández Núñez , a favor.

El diputado Rogelio Carbajal Tejada (desde la curul): Carbajal Tejada Rogelio , a favor.

El diputado Francisco Javier Murillo Flores (desde la curul): Murillo Flores Francisco Javier , a favor.

El diputado José Antonio Díaz García (desde la curul): Díaz García José Antonio , a favor.

El diputado René Lezama Aradillas (desde la curul): René Lezama Aradillas , a favor.

La diputada Verónica Velasco Rodríguez (desde la curul): Verónica Velasco, a favor.

El diputado Nemesio Domínguez Domínguez (desde la curul): Nemesio Domínguez, a favor.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : ¿Falta alguna diputada o algún diputado de emitir su voto?

El diputado Carlos Ernesto Zataráin González (desde la curul): Zataráin González Carlos Ernesto, a favor.

El diputado Juan Manuel Parás González (desde la curul): Juan Manuel Parás, a favor.

La diputada María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (desde la curul): María Nieves Noriega, a favor.

La diputada Aída Marina Arvizu Rivas (desde la curul): Marina Arvizu, a favor.

El diputado Adrián Fernández Cabrera (desde la curul): Fernández Cabrera Adrián , a favor.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : ¿Alguien más? ¿No falta ninguna otra diputada o ningún otro diputado de emitir su voto? Se va a proceder a tomar la votación de la Mesa Directiva.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Patricia Villanueva Abraján , sí.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : Esmeralda Cárdenas, a favor.

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : Olga Patricia Chozas y Chozas , a favor.

El Vicepresidente diputado Cristián Castaño Contreras : Castaño Contreras Cristián , a favor.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta (desde la curul): Ruth Zavaleta, a favor.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas (desde la curul): Gómez Pasillas, a favor.

El Vicepresidente Arnoldo Ochoa González : Arnoldo Ochoa, a favor.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : Por favor, el diputado.

El diputado José Luis Blanco Pajón (desde la curul): Blanco Pajón, a favor.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas : ¿Algún diputado o alguna diputada que haya llegado en último momento?

Se emitieron 254 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : A favor en lo general y en lo particular, por 254 votos, el proyecto de decreto que reforma los artículos 3o, fracción XXVIII, 13, apartado B, fracción I, 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo; y adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Se acaban de recibir cuatro oficios de la Junta de Coordinación Política. Proceda la Secretaría a dar cuenta de éstos.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo vigésimo del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicitamos a usted atentamente consultar al Pleno, la modificación al orden del día para la incorporación y trámite correspondiente en el primer turno posible de los siguientes asuntos:

• Convocatoria para el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de Contralor General del Instituto Federal Electoral.• Convocatoria para el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral.
Palacio Legislativo, México, DF, 22 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza ; Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Social Demócrata.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo vigésimo del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicitamos a usted atentamente consultar al Pleno, la modificación al orden del día para la incorporación y trámite correspondiente en el primer turno posible del siguiente asunto.

• Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación y reforma a la fracción IX del tercer párrafo y el quinto párrafo del artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Palacio Legislativo, México, DF, 22 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Social Demócrata.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo vigésimo del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicitamos a usted atentamente consultar al Pleno, la modificación al orden del día para la incorporación y trámite correspondiente en el primer turno posible del siguiente asunto:

• Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados exhorta a las autoridades competentes en la materia de procuración de justicia del ámbito federal y estatal esclarezcan el homicidio perpetrado en contra de Teresa Bautista y Felícitas Martínez el pasado 7 de abril del 2008, en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca, que colaboraban en la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio .
Palacio Legislativo, México, DF, 22 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Social Demócrata.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de modificarse el orden del día.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos solicitados por la Junta de Coordinación Política. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Aprobado.

Se pide a la Secretaría dar lectura a cada uno de los acuerdos. Al finalizar, que la Secretaría consulte si son de aprobarse.



ESTADO DE OAXACA

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que la Cámara de Diputados exhorta a las autoridades competentes en procuración de justicia de los ámbitos federal y estatal a esclarecer el homicidio perpetrado en contra de Teresa Bautista y Felícitas Martínez el 7 de abril del 2008, en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Jorge Toledo Luis del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a las autoridades competentes en la materia de procuración de justicia del ámbito federal y estatal esclarezcan el homicidio perpetrado en contra de Teresa Bautista y Felícitas Martínez el pasado el pasado 7 de abril del 2008, en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca, que colaboraban en la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio.

Segundo. Que en un plazo no mayor de 30 días entreguen un informe detallado del avance de las investigaciones a esta soberanía.

Tercero. Que la Secretaría de Desarrollo Social y el gobierno del estado implanten un programa de combate a la pobreza en la región triqui del estado de Oaxaca con la finalidad de erradicar la pobreza, sin que se vulneren y alteren sus tradiciones y sus formas de vida.

Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 22 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica),Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Social Demócrata.»

«El suscrito, Jorge Toledo Luis , diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 7 de abril del 2008, en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, perecieron dos personas que colaboraban en la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio; dichas personas (del sexo femenino) fueron asesinadas cuando viajaban a bordo de un automóvil particular en la región mixteca.

La policía del estado informa que estas dos mujeres perdieron la vida y cuatro más resultaron lesionadas --entre ellas dos menores de edad-- al ser tiroteado el automóvil en el que viajaban en un poblado perteneciente a Putla de Guerrero en la región mixteca, a unos 350 kilómetros al poniente de la ciudad de Oaxaca.

Las mujeres fallecidas respondían en vida a los nombres de Teresa Bautista y Felícitas Martínez de 22 y 20 años de edad, respectivamente, ambas vecinas de la población de San Juan Copala, a unos 50 kilómetros de donde fue el tiroteo.

Para poder entender --a grandes rasgos-- la problemática que aqueja a esa región, es menester comprender la toponimia de la zona triqui:

Las comunidades triquis se encuentran en la zona más occidental de Oaxaca, algunas colindantes con Guerrero, y las atraviesan las montañas de la sierra de Chicahuaxtla que alcanzan alturas de entre 800 y 3 mil metros sobre el nivel del mar.

Esta es una de las regiones de mayor marginación y pobreza de Oaxaca. La carencia de caminos viables para su comunicación, de servicios de salud eficientes, de infraestructura educativa, la carencia de fuentes de empleo y la misma orografía, han contribuido para que la ignominia siga presente en la región.

En la zona triqui, ante la pobreza existente, se generaron grupos que aglutinaron a las personas de las comunidades pertenecientes a ese espacio geográfico, que buscan abanderar las causas, sin embargo, el resultado a ha sido un clima de violencia por la disputa de la región.

En la década de los años 80, se fundó el Movimiento Unificado de Lucha Triqui, MULT, organismo que como fin buscó la unificación del pueblo triqui. En 1998 surgió Unidad de Bienestar Social de la Región Triqui, Ubisort, como protesta contra y escindida del primer grupo. Fue ese el detonante para comenzar una lucha feroz; en 2003 se estableció el MULT-I quien en conjunto con la Ubisort instalaron el municipio autónomo de San Juan Copala, que fue el puntillazo para la disputa entre los grupos.

La instauración de ese municipio autónomo fue el detonante para que la violencia se hiciera presente en un grado mayor en la región, ya que representa el punto neurálgico de la zona.

Como he hecho alusión, en la zona triqui de Oaxaca históricamente viven día con día, se respira, se siente en al piel, se palpa con las manos y queman en los pies.

Ahora, distintos medios de comunicación han dado puntualmente la nota de la muerte de estas dos mujeres, que presuntamente fueron emboscadas por grupos antagónicos al que ellas pertenecían.

Es necesario, es urgente, erradicar la violencia, pero este logro sólo podrá conseguirse si se extermina la pobreza.

Es tiempo de soluciones, todos, debemos ser participes para que tanto la zona triqui, los municipios de Oaxaca y los municipios más pobres del país puedan superar el rezago y la pobreza que los aqueja.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a las autoridades competentes en la materia de procuración de justicia del ámbito federal y estatal para que esclarezcan el homicidio perpetrado en contra de Teresa Bautista y Felícitas Martínez el pasado el pasado 7 de abril del 2008, en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca, que colaboraban en la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio.

Segundo. Que en un plazo no mayor de 30 días entreguen un informe detallado del avance de las investigaciones a esta soberanía.

Tercero. Que la Secretaría de Desarrollo Social y el gobierno del estado implanten un programa de combate a la pobreza en la región triqui de Oaxaca con la finalidad de erradicar la pobreza, sin que se vulnere y alteren sus tradiciones y sus formas de vida.

Palacio Legislativo, a 22 de abril de 2008.--- Diputado Jorge Toledo Luis (rúbrica).»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Antes de continuar vamos a permitir el uso de la palabra a la diputada Patricia Villanueva para referirse al tema.

Ahora sí le damos la más cordial bienvenida a los estudiantes de Jalisco que se encuentran con nosotros.

La diputada Patricia Villanueva Abraján : Gracias, señora Presidenta.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, hemos sometido un punto de acuerdo, a través de la Junta de Coordinación Política, para esclarecer el homicidio perpetrado en contra de dos mujeres asesinadas de la región triqui de Oaxaca, que suscribimos el diputado Jorge Toledo y la de la voz, Patricia Villanueva Abraján , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Quisiera exponer a ustedes los motivos de este punto de acuerdo. El pasado 7 de abril de 2008 en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, perecieron dos personas que colaboraban en la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio . Dichas personas del sexo femenino, fueron asesinadas cuando viajaban a bordo de un automóvil particular en la región mixteca.

La policía del estado informa que esas dos mujeres perdieron la vida y cuatro más resultaron lesionados, entre ellos dos menores de edad, al ser tiroteado el automóvil en el que viajaban en un poblado perteneciente al municipio de Putla de Guerrero, de la región mixteca, a unos 350 kilómetros al poniente de la ciudad de Oaxaca.

Las mujeres fallecidas respondían en vida a los nombres de Teresa Bautista y Felícitas Martínez, de 22 y 20 años de edad, respectivamente. Ambas vecinas de la población de San Juan Copala, a unos 50 kilómetros de donde fue el tiroteo. Para poder entender a grandes rasgos la problemática que aqueja a esta región es menester comprender la toponimia de la zona triqui. Las comunidades triquis se encuentran en la zona más occidental de Oaxaca, algunas colindantes con Guerrero, y las atraviesan las montañas de la sierra Chicahuaxtla, que alcanzan una altura entre 800 y 3 mil metros sobre el nivel del mar.

Ésa es una de las regiones de mayor marginación y pobreza del estado de Oaxaca. La carencia de caminos viables para su comunicación, de servicios de salud eficientes, de infraestructura educativa, la carencia de fuentes de empleo y la misma orografía han contribuido a que la ignominia siga presente en la región.

En la zona triqui, ante la pobreza que existe, se generan grupos que aglutinan a personas de las comunidades pertenecientes a este espacio geográfico que buscan abanderar las causas. Sin embargo, el resultado ha sido un clima de violencia por la disputa de la región.

En la década de los ochenta se fundó el MULT (Movimiento Unificado de Lucha Triqui), organismo que como fines buscaba la unificación del pueblo triqui. En 1998 surgió el Ubisort (Unión por el Bienestar Social de la Región Triqui) como protesta contra la escisión del primer grupo, y fue ése el detonador para comenzar una lucha feroz. Y en 2003 se estableció el MULT, que junto con el Ubisort instalaron el municipio autónomo de San Juan Copala, que fue el puntillazo para la disputa entre los grupos.

La instalación de ese municipio autónomo fue el detonador para que la violencia se hiciera presente en un grado mayor en la región, ya que representa el punto neurálgico de la zona.

Como he hecho alusión, la zona triqui de Oaxaca históricamente vive día con día, y se despide, y se siente la piel, y se palpa con las manos, y se quema en los pies la pobreza y la violencia.

Ahora, distintos medios de comunicación han dado puntualmente la nota de la muerte de esas dos mujeres que presuntamente fueron emboscadas por grupos antagónicos al que ellas pertenecían.

Es necesario, es urgente erradicar la violencia. Pero este logro sólo se podrá conseguir si se extermina la pobreza. Es tiempo de soluciones. Todos debemos ser partícipes para que tanto la zona triqui, los municipios de Oaxaca y los municipios más pobres del país puedan superar el rezago y la pobreza que los aqueja.

Por lo expuesto, se somete a consideración este punto de acuerdo.

Primero. Solicitamos que la Cámara de Diputados exhorte a las autoridades competentes en la materia de procuración de justicia de los ámbitos federal y estatal a que esclarezcan el homicidio perpetrado en contra de Teresa Bautista y Felícitas Martínez el pasado 7 de abril del 2008 en la comunidad de San Juan Copala, municipio de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca, que colaboraban en la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio .

Segundo. Que en un plazo no mayor de 30 días entreguen un informe detallado del avance de las investigaciones a esta soberanía.

Tercero. Que la Secretaría de Desarrollo Social y el gobierno del estado de Oaxaca implanten un programa que combata la pobreza en la región triqui del estado de Oaxaca con la finalidad de erradicar la pobreza, sin que se vulneren y alteren sus tradiciones y su forma de vida.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Gracias, diputada Patricia Villanueva.

Voy a hacer una corrección porque los estudiantes de Jalisco ya se habían ido, pero los que llegaron son los de la Facultad de Economía de la Universidad Michoacana. Bienvenidos.

Continúe la Secretaría, por favor.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : En votación económica se pregunta si se aprueba. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Aprobado. Comuníquese.



INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Convocatoria de la Cámara de Diputados, para el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de contralor general del Consejo General del Instituto Federal Electoral

Con fundamento en los párrafos quinto y séptimo de la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el numeral 3 del artículo 388 del Código Federal del Instituciones y Procedimientos Electorales, el inciso i), numeral 2, del artículo 20, inciso h), del artículo 34 y el artículo segundo transitorio del decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 21 de abril de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Convoca

A las instituciones públicas de educación superior a presentar propuestas de ciudadanos, que reúnan los requisitos constitucionales y legales, al proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo del contralor general del Instituto Federal Electoral, bajo el siguiente:

Procedimiento

Primero. Los candidatos deberán cumplir y acreditar debidamente los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar;
c) Tener más de 30 años de edad, el día de la designación;
d) Poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura, de contador público u otro relacionado en forma directa con las actividades de fiscalización, expedida por autoridad o institución legalmente facultada para ello;
e) Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la república por un tiempo menor de seis meses;
f) No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
g) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
h) No ser secretario de Estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal, jefe del Gobierno del Distrito Federal, ni gobernador ni secretario de gobierno, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento;
i) No ser consejero electoral de cualquiera de los consejos del instituto, salvo que se haya separado del cargo tres años antes del día de la designación;
j) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte la buena fama en el concepto público, ello lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
k) Contar al momento de su designación con experiencia profesional de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, que le permitan el desempeño de sus funciones;
l) No pertenecer o haber pertenecido en los cuatro años anteriores a su designación a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios al instituto o a algún partido político.

Segundo. Las instituciones públicas de educación superior, a través de su representante legal o de persona facultad a para ello, deberán entregar dentro del plazo comprendido entre el 23 al 28 de abril de 2008, con horario de las 9:00 a las 19:00 horas, en la oficina de la Comisión de la Función Pública situada en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión sito en avenida Congreso de la Unión número 66, edificio G, tercer piso, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, CP 15960, México, Distrito Federal, la siguiente documentación:

1. Carta en la que se haga constar, mediante los mecanismos que la institución pública de educación superior considere idóneos, la decisión de proponer al candidato.
2. Currículo firmado por el candidato propuesto (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
3. Copia certificada del acta de nacimiento y copia de la credencial para votar del candidato propuesto.
4. Carta en la que el candidato propuesto manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido sancionado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; ni haber sido condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte la buena fama en el concepto público (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
5. Carta de aceptación de las bases y procedimientos de la presente convocatoria firmada por el candidato propuesto (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados. gob.mx).
6. Ensayo de máximo diez cuartillas sobre la propuesta de control, manejo y fiscalización de recursos del Instituto Federal Electoral.

Tercero. La Comisión de la Función Pública integrará los expedientes y revisará los documentos de los candidatos para verificar que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Para tales efectos, podrá allegarse de los elementos que estime pertinentes.

Cuarto. La Comisión de la Función Pública preparará un dictamen que contenga los candidatos aptos para ser votados junto con sus valoraciones y lo remitirá, a través de su presidente, a la Junta de Coordinación Política el 29 de abril del presente año.

Quinto. Para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en los párrafos quinto y séptimo de la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el numeral 3 del artículo 388 del Código Federal del Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta de Coordinación Política someterá a consideración del Pleno el nombre del contralor general del Instituto Federal Electoral.

Sexto. En sesión de la Cámara de Diputados se dará a conocer al Pleno la propuesta a que se refiere el numeral quinto, y se procederá a discutirla y votarla por cédula.

Séptimo. El contralor general del Instituto Federal Electoral durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez. Será elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados.

Octavo. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Junta de Coordinación Política, o en su caso por el Pleno de la Cámara de Diputados.

Noveno. La presente convocatoria entrará en vigor el día de su aprobación y publicación por la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2008.--- Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.»

El Presidente diputado Arnaldo Ochoa González: En votación económica consulte a la asamblea si se aprueba.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse a manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse a manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Aprobado, comuníquese. Continúe la Secretaría.



INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Convocatoria de la Cámara de Diputados, para el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral

Con fundamento en los párrafos tercero y séptimo de la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 112 del Código Federal del Instituciones y Procedimientos Electorales, el inciso i), numeral 2, del artículo 20 y el inciso h) del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos reformada por decreto publicado el 21 de abril de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Convoca

A los ciudadanos y ciudadanas que reúnan los requisitos constitucionales y legales, propuestos por grupos de la ciudadanía, organizaciones ciudadanas debidamente constituidas o por sí mismos, al proceso de selección de candidatos y candidatas a ocupar los cargos de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral que concluirán su encargo el 30 de octubre de 2013, bajo el siguiente

Procedimiento

Primero. Los candidatos y candidatas deberán cumplir y acreditar debidamente los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar;
c) Tener más de treinta años de edad el día de la designación;
d) Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura y contar con los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño de sus funciones;
e) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
f) Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la república por un tiempo menor de seis meses;
g) No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
h) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
i) No ser secretario de Estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal, jefe del Gobierno del Distrito Federal, ni gobernador ni secretario de Gobierno, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento; y
j) No ser ni haber sido miembro del servicio profesional electoral durante el último proceso electoral federal ordinario.

Segundo. Las organizaciones ciudadanas proponentes o los propios candidatos o candidatas, en su caso, dentro del plazo comprendido entre el 6 al 19 de mayo de dos mil ocho, con horario de las 9:00 a las 19:00 horas, deberán entregar en la oficina de Comisión de Gobernación, situada en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sito en avenida Congreso de la Unión número 66, edificio D, tercer piso, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal, la siguiente documentación:

1. Currículum vitae firmado por el candidato o candidata (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
2. Copia certificada del acta de nacimiento y copia de la credencial para votar.
3. Carta en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
4. Carta de aceptación de las bases y procedimientos de la presente convocatoria firmada por el candidato o candidata (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados. gob.mx ).
5. Ensayo, de un máximo de diez cuartillas, sobre la aplicación de la reforma constitucional en materia electoral y del Código Federal de instituciones y Procedimientos Electorales recientemente aprobados.
6. En caso de que la propuesta sea registrada por un grupo de la ciudadanía, deberá acompañarse con una carta en la que hagan constar su propuesta y de la copia de credencial de elector de los firmantes.
7. En caso de que la propuesta sea registrada por una organización de ciudadanos, deberá acompañarse con una copia certificada del acta constitutiva correspondiente, así como una carta del representante legal en la que se haga constar la decisión de la organización de postular al candidato.

Las personas que estuvieron consideradas dentro de la lista definitiva de candidatos a consejero presidente y consejeros electorales, elaborada por la Comisión de Gobernación, en términos del numeral cuarto de la convocatoria para la elección de consejero presidente y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, emitida por la honorable Cámara de Diputados el 20 de noviembre de 2007, y acrediten que cumplen con los nuevos requisitos establecidos por el artículo 112 del Código Federal del Instituciones y Procedimientos Electorales, podrán participar en la presente convocatoria con la sola manifestación por escrito de su voluntad de ser considerados, misma que deberá ser presentada ante la Comisión de Gobernación dentro del plazo establecido en el presente numeral.

Tercero. La Comisión de Gobernación, dentro del plazo comprendido del 20 al 22 de mayo del presente año, integrará los expedientes y revisará los documentos de los candidatos y candidatas para verificar que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Para tales efectos, podrá allegarse de los elementos que estime pertinentes.

Cuarto. El 23 de mayo de 2008 la Comisión de Gobernación elaborará la lista de candidatos y candidatas a consejeros electorales que cumplieron con los requerimientos señalados en la presente convocatoria, que será publicada en la Gaceta Parlamentaria y en el portal de Internet de la Cámara de Diputados (www.diputados.gob.mx). En dicha lista se señalará la fecha y hora en que deberán acudir los candidatos y candidatas para el desahogo de las entrevistas a que se refiere el numeral quinto. Tal publicación surtirá efectos de notificación a los candidatos y candidatas.

Cualquier ciudadano podrá presentar objeciones ante la Comisión de Gobernación cuando considere que alguno de los candidatos o candidatas incumple con los requisitos previstos en esta convocatoria. Tales objeciones deberán manifestarse por escrito, debidamente fundadas y aportando los elementos de prueba que correspondan. Al escrito de referencia se acompañará también copia de la credencial para votar del ciudadano o ciudadana que suscribe las objeciones y deberá entregarse en la oficina de la Comisión de Gobernación situada en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sito en avenida Congreso de la Unión número 66, edificio D, tercer piso, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal.

Quinto. La Comisión de Gobernación procederá a entrevistar a cada uno de los y las candidatas que cumplieron con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, del 26 al 30 de mayo del 2008, para exponer los puntos centrales de su ensayo y para responder los cuestionamientos que se les formulen.

Las entrevistas se realizarán en sesiones públicas y serán transmitidas por el Canal del Congreso. Para el desahogo de las mismas, la Comisión de Gobernación conformará un grupo de trabajo, buscando que en su integración se respete la pluralidad de los grupos parlamentarios representados en la propia comisión; en su caso citará a los y las candidatas mediante un sorteo en el que se definirá el orden de las comparecencias.

Sexto. La Junta de Coordinación Política recibirá las opiniones de la ciudadanía con relación a los candidatos a consejeros electorales.

Estas opiniones deberán presentarse por escrito acompañadas de copia de credencial para votar del ciudadano o ciudadana interesado en la oficina de la Junta de Coordinación Política, situada en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sito en avenida Congreso de la Unión número 66, edificio G, segundo piso, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal, a más tardar el día 30 de mayo del 2008.

Séptimo. Al término de las entrevistas la Comisión de Gobernación preparará un dictamen con sus valoraciones y lo remitirá, a través de su presidente, a la Junta de Coordinación Política el 5 de junio del presente año.

Octavo. Los Grupos Parlamentarios, a través de la Junta de Coordinación Política determinarán por el más amplio consenso posible la propuesta del nombre de los tres candidatos o candidatas a consejeros electorales del Instituto Federal Electoral.

En todo caso la Junta de Coordinación Política buscará mantener el mismo número de mujeres con que se contó en el pasado Consejo General del Instituto Federal Electoral.

Noveno. Los consejeros y consejeras electorales durarán en su encargo hasta el 30 de octubre de 2013 y no podrán ser reelectos. Serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los Grupos Parlamentarios, a través de la Junta de Coordinación Política, conforme a lo establecido en el numeral octavo.

Décimo. En sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados que se convoque para el efecto, se dará a conocer al pleno las propuestas a que se refieren los numerales octavo y noveno, y se procederá a discutirlas y votarlas por cédula.

Décimo Primero. Los consejeros y consejeras electas rendirán la protesta de ley ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral el 15 de agosto de 2008.

Décimo Segundo. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Junta de Coordinación Política o, en su caso, por el pleno de la Cámara de Diputados.

Décimo Tercero. La presente convocatoria entrará en vigor el día de su aprobación y publicación por la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintidós días de abril de dos mil ocho.--- Diputada Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.»

En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Presidencia del diputado Cristián Castaño Contreras

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Permítame, diputada Secretaria.

Diputada Marina Arvizu, ¿con qué objeto?

La diputada Aída Marina Arvizu Rivas (desde la curul): Para hacer un planteamiento de corrección a la convocatoria. Yo firmé junto con los coordinadores de los grupos parlamentarios la convocatoria y es correcta. Nada más solicito que se haga una corrección en el estilo de la convocatoria. Estamos sumando un punto de acuerdo que votó el pleno respecto al respeto en términos de la cuota de género, pero la convocatoria no trae lenguaje de género. No podemos decir a los ciudadanos.

Es decir, solamente me parece que es una corrección de estilo adecuada. Que se adecue todo y que diga a los ciudadanos y las ciudadanas, como normalmente se utiliza ya en el lenguaje. Por favor. ¿Sí?

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Consulte, en primer término, la Secretaría a la asamblea si son de aceptarse las modificaciones propuestas por la diputada Marina Arvizu.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : En votación económica se pregunta a la asamblea si se acepta la modificación propuesta por la diputada Marina Arvizu. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Consulte ahora la Secretaría si es de aprobarse el punto de acuerdo con las modificaciones aceptadas por la asamblea.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : En votación económica se pregunta si se aprueba con las modificaciones propuestas y aprobadas por esta asamblea. Los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Aprobado. Comuníquese. Continúe con la siguiente proposición.



CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION - LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que adiciona un párrafo tercero al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, y reforma la fracción IX del tercer párrafo, y el quinto párrafo del artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, presentada por el diputado Diódoro Carrasco Altamirano , del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión del martes 22 de abril de 2008

El que suscribe, diputado a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, y reforma la fracción IX del tercer párrafo, y el quinto párrafo del artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Con fecha 14 de noviembre de 2007 entró en vigor el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia electoral de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segunda. Con fecha 14 de enero de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que entró en vigor el día siguiente.

Tercera. Los párrafos once y doce de la Base V del artículo 41 de la Constitución establecen, respecto del órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral, responsable de la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos, lo siguiente:

La ley desarrollará la integración y funcionamiento de dicho órgano, así como los procedimientos para la aplicación de sanciones por el consejo general. En el cumplimiento de sus atribuciones, el órgano técnico no estará limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal.

El órgano técnico será el conducto para que las autoridades competentes en materia de fiscalización partidista en el ámbito de las entidades federativas puedan superar la limitación a que se refiere el párrafo anterior.

Cuarta. En correspondencia con las disposiciones constitucionales señaladas en el considerando inmediato anterior, el artículo 79 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales denomina al órgano técnico, que se refiere el artículo 41 de la Constitución como ``Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos'', como un ``órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral'' dotado de autonomía de gestión. En los párrafo 3 y 4 del mismo artículo se establece la reglamentación para que en el desempeño de sus facultades y atribuciones dicha unidad de fiscalización no esté limitada por los secretos bancario, fiscal o fiduciario establecidos por otras leyes, así como la forma en cómo, por conducto de la propia unidad de fiscalización, los órganos electorales de las entidades federativas pueden superar las limitaciones establecidas por los citados secretos.

Quinta. Que para la mejor comprensión y aplicación de las normas del artículo 41 constitucional y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales antes referidas es necesario que las leyes específicas en materia fiscal y bancaria sean adecuadas a fin de armonizarlas con aquellas.

Sexta. Que para tal propósito es necesario reformar el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación y el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, tal y como propone la presente iniciativa.

Por lo antes fundado y expuesto, someto a la aprobación del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 69 del Código Fiscal la Federación para quedar como sigue

Artículo 69. ...

...

Tampoco será aplicable dicha reserva a la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos establecidos por los párrafo 3 y 4 del artículo 79 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, ni a las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los asuntos contenciosos directamente relacionados con la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos.

...

Artículo Segundo. Se reforman la fracción IX del tercer párrafo y el quinto párrafo del artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito para quedar como sigue

Artículo 117. ...

...

...

I. a VIII. ...
IX. La Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en los términos establecidos por los párrafo 3 y 4 del artículo 79 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Las autoridades electorales de las entidades federativas solicitarán y obtendrán la información que resulte necesaria para el ejercicio de sus atribuciones legales a través de la unidad primeramente mencionada.
...
Las solicitudes a que se refiere el tercer párrafo de este artículo deberán formularse con la debida fundamentación y motivación, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Los servidores públicos y las instituciones señalados en las fracciones I y VII, y la unidad de fiscalización a que se refiere la fracción IX, podrán optar por solicitar a la autoridad judicial que expida la orden correspondiente, a efecto de que la institución de crédito entregue la información requerida, siempre que dichos servidores o autoridades especifiquen la denominación de la institución, el número de cuenta, el nombre del cuentahabiente o usuario y demás datos y elementos que permitan su identificación plena, de acuerdo con la operación de que se trate.

...

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a 23 de abril de 2008.--- Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano , Juan José Rodríguez Prats , Carlos Armando Torres Biebrich, Manuel Salvador Portilla Dieguez (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió de la diputada Juana Leticia Herrera Ale, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Juana Leticia Herrera Ale , del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil con objeto de incorporar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el Sistema Nacional de Protección Civil, a fin de que realice la función de garantizar que los apoyos que se otorgan a las personas en situación de desastre se realice de manera equitativa, igualitaria y, con ello, evitar la manipulación o mal uso de los mismos, en virtud de la siguiente

Exposición de Motivos

Las catástrofes naturales que ocurren en el planeta son cada vez más recurrentes. Los factores que las originan son de muy diversa índole, entre los que se incluyen los ocasionados por la propia naturaleza, además de los derivados de las actividades humanas y los efectos en el medio ambiente, hasta llegar a los errores humanos que derivan en afectaciones al ecosistema.

Un estudio elaborado por la Organización de las Naciones Unidas en 2007 nos menciona que en el mundo el número de víctimas de los diversos desastres naturales se ha incrementado de manera preocupante, alcanzando cerca de 220 millones de muertos en dicho año. En tanto que las pérdidas económicas derivadas de las catástrofes naturales ascienden a más de 80 mil millones de dólares, cifra que se incrementa año con año.

Durante las últimas tres décadas, la humanidad hemos sido testigos y participantes activos de los cambios climáticos que se presentan en el planeta, los cuales generan desastres naturales de gran impacto para los habitantes de los países y las regiones. En este contexto, México no está exento de padecer los efectos derivados de estos fenómenos; un ejemplo de ello son las catástrofes ocasionadas por los fenómenos meteorológicos que han azotado a nuestras costas y que cada vez incrementan más su intensidad, y con ello la magnitud de las pérdidas.

Es importante mencionar que existen riesgos y peligros asociados a las actividades desarrolladas por el hombre y estas acciones repercuten de manera importante en la seguridad de la sociedad, tal es el caso de los fenómenos de origen sanitario. Cabe destacar que muchos de los casos se presentan en regiones con un alto índice de pobreza y marginación, lo que agudiza la de por sí ya precaria situación que viven.

Otro tipo de riesgos son los provenidos del avance tecnológico, entre los que destacan los que se originan por la producción y manejo de energía. En este orden de ideas, los malos manejos en la elaboración, almacenamiento, transporte y utilización de productos químicos y sus derivados ocasionan la pérdida de vidas humanas y causan un severo daño al ambiente, debido a lo obsoleto de las instalaciones o porque el equipo utilizado no es el adecuado, por su mal manejo o por la falta de capacitación de quienes se hacen cargo del manejo de dichas sustancias.

Para subsanar las consecuencias derivadas de los acontecimientos descritos anteriormente, el Estado implanta acciones relacionadas con la provisión de bienes y de servicios para ayudar a las personas que se encuentran inmersas en dicha problemática. Lo anterior se realiza a través de lo que conocemos como la protección civil, la cual se puede definir como ``un servicio público que se orienta al estudio y la prevención de las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe extraordinaria o calamidad pública, en las que pueden peligrar, en forma masiva, la vida e integridad física de las personas y a la protección y auxilio de éstas y sus bienes, en los casos en que dichas situaciones se produzcan''.

En la historia de nuestro país se han presentado hechos que determinan nuestro presente; uno de ellos fue el desastre natural del terremoto de septiembre de 1985, fenómeno que ocasiono un número importante de pérdidas humanas. Lo anterior dio pauta para la creación del Sistema Nacional de Protección Civil, siendo éste el instrumento que permite agrupar a las dependencias públicas, estableciendo las disposiciones que permiten la cooperación entre las entidades federativas, el gobierno federal y otras instituciones para atender a la población en desgracia.

La solidaridad y apoyo de los mexicanos se hace presente cada vez que se presenta una catástrofe, a través donaciones de diferente índole, las cuales se obtienen mediante la implantación de diversos mecanismos. Las donaciones incluyen las de tipo monetario y aquellas que se realizan en especie y que son entregadas a la población afectada mediante la aplicación de diferentes estrategias y con la colaboración de distintas instituciones.

No se puede negar lo loable que resultan las donaciones y la forma en cómo se hacen llegar los recursos; sin embargo, son cada vez más recurrentes los casos en los que la manipulación y el mal uso de los apoyos se hacen presentes, afectando a la población que lo requiere. En este sentido, es prioritario diseñar mecanismos que permitan erradicar dichas prácticas, para ello es necesario que colaboren instituciones que tienen el objetivo de salvaguardar y garantizar los derechos fundamentales de los millones de mexicanos, tal es el caso de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Hemos sido testigos de cómo en el momento en que se hace entrega de los apoyos, éstos son objeto de manipulación por parte de las autoridades de los diferentes niveles gubernamentales, o son utilizados por personas que los usan para satisfacer intereses individuales. Las quejas que presentan las personas afectadas son numerosas y la mayoría de éstas giran en torno al tema de la displicencia en la entrega de los recursos, la tardanza de éstos, así como las prácticas discriminatorias y selectivas.

Como legisladores, tenemos la obligación de preservar y garantizar los derechos de los diferentes sectores sociales, en especial de aquellos que se encuentran inmersos en una situación de tragedia. Es prioritario que realicemos las adecuaciones normativas que permitan contar con leyes más eficientes en beneficio de la sociedad en general.

Los fenómenos naturales y las catástrofes no reconocen clases sociales, preferencias políticas, sexuales o religiosas, no distinguen entre ricos o pobres y afectan a todos por igual. Es por ello que resulta fundamental que los apoyos sean entregados con eficiencia, con total apego a los principios de equidad e igualdad, permitiendo que las personas afectadas puedan subsanar la situación tan apremiante por la que atraviesan.

Es imposible predecir los daños económicos o las pérdidas humanas que pueden ocasionar los fenómenos de la naturaleza, sin embargo, sí podemos diseñar el andamiaje normativo que nos permitan atender de manera pronta y equitativa, así como enfrentar de manera eficiente y eficaz las adversidades derivadas de las contingencias naturales.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se modifican los artículos 11, 14, 17, 29, 32 y 40, todos ellos de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 11. El Sistema Nacional se encuentra integrado por el presidente de la república, por el Consejo Nacional, por las dependencias, organismos e instituciones de la administración pública federal y autónomos, por el Centro Nacional de Prevención de Desastres, por los grupos voluntarios, vecinales y no-gubernamentales, y por los Sistemas de Protección Civil de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios.

Artículo 14. En una situación de emergencia [...]

... ...

...

En las actividades de atención de desastres y recuperación se dará prioridad a los grupos sociales vulnerables y de escasos recursos económicos.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos se encargará de vigilar que se cumpla con lo establecido en el párrafo anterior.

Artículo 17. El Consejo Nacional estará integrado por el presidente de la república, quien lo presidirá, y por los titulares de las Secretarías de Gobernación, de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional, de Marina, de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Agricultura, de Ganadería, de Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, de la Función Pública, de Educación Pública, de Salud, y de Derechos Humanos ; por los gobernadores de los estados y del jefe del Gobierno del Distrito Federal. Cada titular designará un suplente, siendo para el caso de los secretarios un subsecretario, para los gobernadores y jefe del Gobierno del Distrito Federal, el secretario general de Gobierno. En el caso del secretario de Gobernación, lo suplirá el coordinador general de Protección Civil.

Artículo 29. Cuando la capacidad [...]

...

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene la obligación de preservar y garantizar el pleno respeto de los derechos fundamentales de las personas que resultan afectadas por los desastres.

Artículo 32. ...

...

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos será el organismo encargado de vigilar que los recursos asignados, monetarios o en especie, se ejerzan cumpliendo con los principios de equidad, igualdad y eficiencia, evitando en todo momento la discriminación, así como la manipulación y el uso discrecional de los apoyos.

Artículo 40. ...

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos se encargará de vigilar que en la implantación de las medidas de seguridad se garantice el pleno respeto de los derechos humanos de las personas que habitan en las zonas afectadas o declaradas en situación de emergencia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El reglamento en la materia deberá adecuarse en un plazo no mayor a 30 días, una vez publicado el presente decreto.

Diputada Juana Leticia Herrera Ale (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Gobernación, con opinión de la Comisión de Derechos Humanos.



REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió de iniciativa que reforma el artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Adrián Fernández Cabrera, Juan Manuel Parás Gonzálezy Miguel Ángel Jiménez Godínez, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Nueva Alianza, respectivamente.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que reforma el artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Adrián Fernández Cabrera , Juan Manuel Parás González y Miguel Ángel Jiménez Godínez , de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRI, y de Nueva Alianza, respectivamente

Los suscritos diputados Miguel Ángel Jiménez Godínez , Juan Manuel Parás González y Adrián Fernández Cabrera , integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, respectivamente, integrantes de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con el artículo 55, fracción II, del Reglamento Interior para el Gobierno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de este pleno la iniciativa que reforma el artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Uno de los aspectos de mayor relevancia en la vida parlamentaria sin lugar a dudas son las intervenciones que los legisladores llevan a cabo en el Pleno de la Cámara.

Sin embargo la duración que actualmente contempla en el artículo 103 para las intervenciones siendo esta de media hora, no coadyuva al desahogo de todos los asuntos que se inscriben en las sesiones ordinarias.

Para ello en la Cámara de Diputados se aprobó por parte del Pleno el 26 de septiembre de 2006 el Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, cuya finalidad es interpretar, integrar y complementar el marco jurídico que rige la vida interna de la Cámara de Diputados en lo relativo a las instancias, los criterios y los mecanismos que deben seguirse para la formulación, integración y desahogo del orden del día de las sesiones, así como los procedimientos para las discusiones y las votaciones.

A su vez, en el Senado de la República, el 17 de octubre de 2006 se aprobó el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, que emiten las Reglas Provisionales sobre la conformación del Orden del Día, donde se establecen tiempos de intervenciones para la presentación de los asuntos en el Pleno de la Cámara de Senadores.

Derivado de lo anterior, ambas Cámaras reconocen la necesidad de acotar el tiempo para la presentación de diversos asuntos en el Pleno, por ello y para estar en concordancia con los acuerdos aprobados por las Cámaras que forman al Poder Legislativo se somete a consideración de este Pleno la siguiente iniciativa de reforma:

Proyecto de decreto que reforma el artículo 103 del Reglamento Interior para el Gobierno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único. Se reforma el artículo 103 del Reglamento Interior para el Gobierno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 103. Las intervenciones de los legisladores, no podrán durar más de diez minutos, salvo que el Pleno autorice la ampliación de su discurso.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su Publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal a 10 de abril de 2008.--- Diputados: Miguel Ángel Jiménez Godínez , Juan Manuel Parás González , Adrián Fernández Cabrera (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.



LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICO

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Alternativa, iniciativa que reforma los artículos 8o., 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que reforma los artículos 8, 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez , del Grupo Parlamentario de Alternativa

La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata y Campesina, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa de decreto que reforma los artículos 8, 29, 30, 32 y 33 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Considerando la creciente diversidad religiosa y moral en el seno de las sociedades actuales y los desafíos que los Estados modernos encuentran para favorecer la convivencia armoniosa, así como la necesidad de respetar la pluralidad de las convicciones ateas, agnósticas, filosóficas y religiosas, la presente iniciativa de reforma a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, tiene como objetivo fortalecer el marco legal en esta materia, con el fin de que se respeten las garantías individuales y los derechos humanos plasmados en nuestra Carta Magna.

En México, el Estado laico se ha constituido a través de los años en el garante de muchas libertades que antes no existían. Pero a pesar de este hecho, en la actualidad más de alguno cuestiona su eficacia como modelo político y, como consecuencia, en ocasiones se pone en entredicho su aplicación y validez social. De ahí la importancia de reformar el marco legal correspondiente con el fin de fortalecerlo y lograr su eficaz cumplimiento.

Bajo este contexto y por respeto a las creencias de los mexicanos, en cuanto al ámbito de sus libertades, debemos dar la transparencia y establecer las reglas claras que demanda la modernización del país. Y por ello esta iniciativa tiene la intención de reformar algunos preceptos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, con el fin de lograr el pleno desenvolvimiento de una sociedad libre, y respetuosa de derecho.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público fue publicada el 15 de julio de 1992 y está fundada en el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, así como en la libertad de creencias religiosas y es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público.

Dicho ordenamiento en su artículo 3° establece que el Estado mexicano es laico y que él mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, conservación del orden y la moral públicos, y la tutela de derechos de terceros. Además comenta que el Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa.

De igual forma dispone que las asociaciones religiosas deben sujetarse siempre a la Constitución y a las leyes que de ella emanan, y respetar las instituciones del país. Y no podrán asociarse con fines políticos, ni realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política. Ni podrán promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos.

En congruencia con lo anterior la ley decreta que las convicciones religiosas no eximen del cumplimiento de las leyes del país y que nadie podrá evadir responsabilidades y obligaciones legales por motivos religiosos.

A pesar de lo estipulado, tanto en la Constitución como en las leyes secundarias correspondientes, algunas iglesias, pero en especial la católica insisten en intervenir en la elaboración de las leyes y políticas públicas, particularmente las que afectan al género, la sexualidad y la salud reproductiva, incidiendo negativamente en las libertades de las personas.

Otro gran problema que se presenta se refiere a las actitudes de funcionarios públicos gubernamentales que no respetan la ley y violan el estado laico, alterando con ello la paz social y las conquistas de libertad.

De esta manera es obligación del Estado cuidar que se respete el estado laico y que se cumpla la Ley secundaria correspondiente. En este sentido corresponde a la Secretaría de Gobernación vigilar el cumplimiento de la misma, por ser la responsable de todo lo referente a las asociaciones religiosas y al culto público.

Por ello la Ley prevé que en caso de violaciones a la misma, la Secretaría de Gobernación será la encargada de aplicar las sanciones correspondientes a través de la figura denominada ``órgano sancionador''. Dicha comisión sancionadora actualmente está integrada por los titulares de la Dirección General y los de las Unidades de Asuntos Jurídicos y la de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, todos ellos dependientes de la misma secretaría.

Las infracciones a la ley se sancionarán tomando en consideración la naturaleza y la gravedad de la falta o infracción; la posible alteración de la tranquilidad social y el orden público que suscite la infracción; la situación económica y grado de instrucción del infractor y la reincidencia si la hubiere.

Sin embargo, desde el 6 de noviembre del 2003 en el que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley, dicho ``órgano sancionador'' no ha sido eficiente en el cumplimiento de su deber. No ha cumplido con su objetivo y la valoración que ha realizado sobre los casos de infracción que le ha tocado analizar, no han sido suficientemente motivados ni fundados en términos legales, y en ocasiones ha actuado de manera parcial y discrecional.

Prueba de ello son las resoluciones emitidas por la Secretaría en donde de 6 casos de presuntas violaciones a la ley, presentadas por diversos sectores de la población, se han sancionado en cuatro ocasiones a los infractores cuando no han cumplido con requisitos de carácter administrativo, pero no porque violenten el estado laico o por intervenir en asuntos políticos del país. Además casualmente han sido a otras iglesias diferentes a la católica a los que más se les ha sancionado.

Presunto infractor: Iglesia Católica Tradicional México-USA. Resolución del órgano sancionador: 29 abril de 2005 Boletín No. 87/05. Se cancela registro como asociación religiosa a la Iglesia Católica Tradicional México-USA (misioneros del sagrado corazón y San Felipe de Jesús) por desviar gravemente los fines establecidos. Presunto infractor: Iglesia Universal del Reino de Dios, Oración Fuerte al Espíritu Santo. Resolución del órgano sancionador: 29 abril de 2005 Boletín No. 87/05. Multa de 125 días de salario mínimo por cada uno de los 35 ministros, por omitir sus registros. Presunto infractor: Sacerdote de la Asociación Religiosa Iglesia Cristiana Católica Apostólica, Ortodoxa Mexicana. Resolución del órgano sancionador: 29 abril de 2005 Boletín No. 87/05. Por no acreditar su carácter de sacerdote se multó con 500 días de salario mínimo. Presunto infractor: Monseñor Enésimo Cepeda Silva, Obispo de Ecatepec. Quien denuncia: Por declaraciones dadas al Periódico El Universal de carácter proselitista. Resolución del órgano sancionador: El 20 de enero 2006 Boletín No. 014. La Segob consideró que no ha lugar a iniciar el procedimiento administrativo sancionatorio. Presunto infractor: Pastores Roberto Frías, Gerardo Acevedo, Carlos Joaquín Quiroga Cifuentes y Abner López Pérez. Quien denuncia: El Instituto Electoral del Estado de México envió video-grabación relativa a dos eventos realizados en marzo y agosto de 2005, en el que algunos ministros de culto evangélicos manifestaron su apoyo al Partido Unidos por México. Resolución del órgano sancionador: El 12 de febrero de 2006 Boletín No. 46. Se les apercibió para que se abstuvieran de realizar proselitismo o propaganda a favor del algún partido político. No se aplicó mayor sanción Presunto Infractor: Obispo de Cuernavaca, Monseñor Florencio Olvera Ochoa. Quien denuncia: El Partido del Trabajo denunció al Obispo de Cuernavaca, Monseñor Florencio Olvera Ochoa, por difundir un documento denominado ``Por un voto responsable''. Resolución del órgano sancionador: El 13 de julio de 2006 Boletín No. 194. No se ha emitido resolución alguna

Por ello, para lograr una mayor eficacia en la aplicación de las sanciones necesitamos una nueva conformación de la comisión sancionadora, en la que participen mayores actores, que garanticen imparcialidad y transparencia en las resoluciones.

En la iniciativa se propone integrar al ``órgano sancionador'', dos consejos, uno ciudadano y otro académico, que estarían conformados con tres expertos en el tema cada uno, con el fin de lograr una conformación más equitativa, sin quitarle la responsabilidad que tiene la Secretaría de Gobernación en este tema. Además se propone que la mencionada Comisión Sancionadora tome sus resoluciones por mayoría de votos.

Por lo que toca al artículo 8 de la misma Ley se propone agregar el inciso IV, en el que se establece claramente la obligación que tienen las asociaciones religiosas de respetar el Estado laico y las leyes correspondientes.

No se trata de inhibir la libertad religiosa que existe para todos los individuos pero, siendo la obligación de las autoridades garantizar imparcialmente a la ciudadanía el ejercicio de tal libertad, se requiere que durante el tiempo de su encargo reserven para el ámbito personal el ejercicio de sus convicciones religiosas.

Por los motivos expuestos, presento a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente

Iniciativa de decreto que reforma los artículos 8, 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público

Artículo Único. Se reforman los artículos 8, 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público en los términos siguientes:

Artículo 8o. Las asociaciones religiosas deberán:

I. .........; II. .........; III. .........; IV. Respetar el carácter laico del Estado Mexicano y las leyes correspondientes en la materia.

Artículo 29. Constituyen infracciones a la presente ley, por parte de los sujetos a que la misma se refiere:

I.-XII. ........ XIII. No respetar el carácter laico del Estado mexicano y las leyes correspondientes.

Artículo 30. La aplicación de las sanciones previstas en esta ley, se sujetará al siguiente procedimiento:

I. El órgano sancionador se integrará por el Titular de la Dirección General de Asociaciones Religiosas; los de las Unidades de Asuntos Jurídicos y la de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, y por un consejo ciudadano y un consejo académico, formado cada uno por tres reconocidos especialistas en la materia. El cual tomará sus resoluciones por mayoría de votos. II. ....... III. ....... IV. .......

Artículo 32. A los infractores de la presente ley se les podrá imponer una o varias de las siguientes sanciones, dependiendo de la valoración que realice la comisión de los aspectos contenidos en el artículo precedente:

I. Apercibimiento; II. Multa de veinte mil hasta cuarenta mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal; III. Clausura temporal o definitiva de un local destinado al culto público; IV. Suspensión temporal o definitiva de derechos de la asociación religiosa en el territorio nacional o bien en un Estado, municipio o localidad; y, V. Cancelación del registro de asociación religiosa.

La imposición de dichas sanciones será competencia del órgano sancionador en los términos del artículo 30.

Cuando la sanción que se imponga sea la clausura definitiva de un local propiedad de la nación destinado al culto ordinario, la Secretaría de Desarrollo Social, previa opinión de la de Gobernación, determinará el destino del inmueble en los términos de la ley de la materia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Una vez que entre en vigor el presente decreto se deberán llevar a cabo las adecuaciones correspondientes al Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Incluyendo la modificación al artículo 38 que deberá decir: Los miembros de esta Asamblea Consultiva serán propuestos por los sectores y comunidad señalados y nombrados por la Junta de Gobierno en términos de lo dispuesto en el Estatuto Orgánico

VI. El consejo ciudadano y académico será propuesto por los sectores señalados. La Cámara de Diputados a través de la Junta de Coordinación Política conformará la terna misma que se sujetará a votación del pleno. Sus integrantes serán designados por un periodo de tres años pudiendo ser ratificados por otro tiempo igual.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2008.--- Diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Gobernación.



LETRAS DE ORO

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió iniciativa de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de Valerio Trujano, Gaspar Yanga y Jacinto Canek, suscrito por diputados integrantes de la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de Valerio Trujano, Gaspar Yanga y Jacinto Canek, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución

Los suscritos, diputados federales integrantes de la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana de la LX Legislatura, con fundamento en lo establecido en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, conforme a las siguientes

Consideraciones

La historia del país comprende un sinnúmero de acontecimientos donde hombres y mujeres nos han brindado ejemplos de valentía, coraje e inteligencia.

Muchas veces hemos observado que las personas que han destacado en el movimiento de independencia eran militares, mujeres de sociedad, sacerdotes, pero también es importante destacar que hubo gente sencilla, gente del pueblo que, aun con sus limitaciones y sin riqueza, estaba dispuesta a dar todo sólo por algo: libertad.

Es el caso de los hombres que hoy presentamos, para ser considerados en estos muros, que nos recuerdan de manera constante su labor y endereza y las ganas de construir una mejor nación para todos

El primero propuesto es Valerio Trujano.

Fue un insurgente mexicano, que nació en Tepecoacuilco, hoy Guerrero, en 1767; murió en Tepeaca, Puebla, en 1812.

De origen indígena, era arriero de oficio y amigo del párroco de Nocupétaro, es decir, de don José María Morelos y Pavón.

Al estallar el movimiento independentista, vendió todas sus pertenencias y organizó un pequeño grupo armado, de 17 miembros.

Sirvió bien y con fidelidad al generalísimo Morelos, quien confiaba mucho en él y le encargó diversas comisiones. Trujano resistió durante 111 días a los realistas en el sitio de Huajuapan, hasta que le llegaron refuerzos al mando de Morelos y derrotaron a los sitiadores.

Por su hazaña se le ascendió a coronel. Posteriormente, se le mandó a Tehuacán a una comisión; por desgracia, fue sorprendido por los realistas en el rancho de La Virgen, en Tepeaca. Valerio Trujano se tuvo que parapetar en ella. Días después, incendió la finca y, rompiendo el sitio a punta de machete, se dispuso a huir. Lo habría conseguido, pero regresó para salvar a su hijo, quien quedó atrapado y fue muerto en el intento.

El segundo hombre es Gaspar Yanga.

Lo poco que se sabe de Yanga es que fue apresado en la región de Brang o Brong de Atabubu, también llamados ``Bore de la Nación Brong'', al parecer de la Guinea una vez perteneciente al imperio de Ghana, siguiendo la ruta hacia Cabo Verde, otrora principal centro ``comercial'' de esclavos, de dominio portugués. Este grupo étnico originario de Ghana lo desmarcaría en 1579 en la antigua Veracruz, y fue conducido encadenado a una de las fincas azucareras y de alcohol, en la provincia que tiene su nombre.

Su descripción era la de un hombre alto, más de lo común, fuerte e inteligente, quien dominaba bien el español, pronto huiría de sus amos y durante 30 años encabezaría la rebelión, siendo caudillo de los cimarrones.

El movimiento libertario consumado con Yanga empezaría en 1537, con la huida de los cimarrones. En 1546, el virrey Antonio de Mendoza ordenó ahorcar en la Plaza Mayor de la Ciudad de México a dos ``negros fugitivos'', Juan Román y Juan Venegas. La cacería de negros ya llevaba tiempo, y con cualquier mínimo pretexto podían ser ejecutados.

En esa cacería, muchos de los cimarrones huyeron por el istmo de Tehuantepec hasta lugares remotos de Perú. En 1609 corrió la noticia de que los negros pretendían matar a los capitalinos y coronar a uno de los suyos (Yanga). Así, el virrey tomó medidas extremas contra los rebeldes. Tres años después llegarían los rumores de que muchos negros habían sido vencidos, quienes fueron descuartizados y clavados sus cuerpos en picas por los caminos principales, para que sirviera de escarmiento a los sublevados.

La población negra del siglo XVI era de 6 por ciento, o 20 mil 569. Debido a la necesidad de mano de obra se incrementarían los envíos, ya para 1646, había un promedio de casi 168 mil esclavos negros en el territorio de la Nueva España.

En el siglo XVI, la corona española mandó un grupo formado por indios, criollos, mestizos y algunos negros a ``pacificar'' la zona de ``revoltosos'' en 1609 y poner fin a las acciones de los esclavos fugitivos. El sacerdote jesuita Juan Florencio Laurencio escribiría de esto, sobre el ``alzamiento de los negros'', a la corona.

Las tropas españolas que partieron de Puebla en enero de 1609 sumaban alrededor de 550. De ellos quizá 100 eran soldados españoles y los restantes reclutas y aventureros. Para ese entonces, Yanga padre llevaba ya 30 años de fugitivo, ya entrado en edad era el líder en las montañas de Orizaba, y quien decía que si no hubiese sido esclavo ya en su país sería rey. Su encargado militar o segundo después de él era otro cimarrón, de nombre Francisco de la Matosa o Matiza. Éstos para sobrevivir se dedicaban al asalto de carruajes y de viajeros, así como incursiones en las haciendas vecinas, aunque tiempo después serían reemplazados por la agricultura y cría de aves de corral.

Cuando se acercaban las tropas españolas, Yanga envió términos de paz por medio de un español capturado. Esencialmente, Yanga pidió un tratado para dar fin a las hostilidades entre los indígenas y los españoles: solicitó un área independiente, a cambio de tributo y promesas de apoyar a los españoles si fueran atacados. Además, sugirió que esta área propuesta devolvería a cualquier esclavo que pudiera huir e intentase refugiarse allí. Esta última concesión era necesaria para calmar las preocupaciones de muchos dueños de esclavos en la región.

Los españoles rechazaron los términos, y se desató una batalla, con grandes pérdidas para ambos bandos. Los españoles avanzaron en el asentamiento de Yanga y lo incendiaron. Sin embargo, la gente huyó a los alrededores que, por ser terreno difícil, impidió a los españoles alcanzar una victoria concluyente. Incapaces de una victoria definitiva, los españoles acordaron entrar en negociaciones. Eventualmente, los términos de Yanga fueron convenidos, con la cláusula adicional de que solamente los sacerdotes franciscanos atenderían a la gente, y concedieron a la familia de Yanga el derecho a gobernar en esa nueva área.

Entre 1608 y 1609, la corona española se vio obligada aceptar los convenios, y los ex esclavos se establecieron primero en un lomerío llamado ``Las Palmillas''. Al ir creciendo la comunidad, exigieron un terreno más grande, que sería concedido años después. En 1630 establecieron el primer pueblo libre del continente americano, llamado ``El Pueblo Libre de San Lorenzo de los Negros'', en las cercanías de Córdoba, Veracruz. Tiempo después se cambiaría el nombre por Yanga, en honor del libertario.

La rebelión de Yanga circularía por todos los ámbitos raciales y sociales de la Nueva España, lo que traería la rebelión continua de esclavos y la creencia de la rebelión nacional de Éstos. En 1612, para apaciguar a los sublevados, se daría en la historia de México un triste caso que no ha sido explorado a fondo, el conocido como Conjuración de los negros, escrito por el historiador Domingo Francisco de San Antón Muñón, o ``Chimalpahin Quauhtlehuanitzin'', un noble indígena chaleo. En esa conjuración serían ahorcados 35 negros, 7 mujeres y 28 hombres, temiendo la corona perder su territorio, así como los de linaje español, salvaguardar su vida, de todos modos la lucha de independencia mexicana en general, y la negra en particular seguiría.

Cinco décadas después de la independencia mexicana, Gaspar Yanga fue nombrado héroe nacional de México por el trabajo diligente de Vicente Riva Palacio, el influyente Riva Palacio (nieto del presidente negro --en realidad, era mestizo de mulato--) de México. En una larga vida, Vicente Guerrero fue historiador, novelista, general militar y alcalde de la Ciudad de México.

Existe un mural dedicado a los héroes de México, en la SHCP de México, tal vez el único que se reconoce a escala nacional sobre la contribución de la ``tercera raíz'' en México; el mural se intitula Canto a los héroes, en el que se encuentra Yanga detrás de Sor Juana y Moctezuma, pintado por el muralista José Gordillo en 1952.

El tercero es Jacinto Canek.

Su nombre verdadero fue Jacinto Uc de los Santos. Estudió latín e historia en Mérida, en el Convento Grande, pero fue expulsado por rebeldía.

Trabajó como panadero varios años. El 20 de noviembre de 1761, en la iglesia Cisteil, próxima a Sotuta, terminada la función religiosa, aprovechó la asamblea de los vecinos (junta) para arengar a los presentes en maya: ``Hijos míos, muy amados: no sé que esperáis para sacudir el esposado yugo de los españoles. He caminado por toda la provincia y he registrado todos sus pueblos y considerando con atención que utilidad nos trae la sujeción a los españoles; no hallé otra cosa penosa e inexplicable servidumbre''. Para inspirarles confianza, les hizo creer que estaba dotado de poderes de taumaturgo y que contaba con 15 brujos; coronado rey de los mayas, encabezó una rebelión general contra los españoles.

En el primer encuentro con éstos murieron el capitán Tiburcio Cosgaya y 10 soldados. Se difundió la creencia de que el triunfo de los mayas estaba escrito en el Chilam Balam. El gobierno español yucateco envió entonces mayores fuerzas al mando de Estanislao del Puerto y de un oficial Calderón, quienes vencieron a Canek el 26 de noviembre de 1761.

En la acción perecieron quemados 500 indios. Canek huyó a Huatulchac, donde fue de nuevo derrotado. Finalmente se le aprehendió en Sibac y se le condenó a morir ``atenaceado, roto su cuerpo y después quemado y echadas sus cenizas al viento''. La sentencia se cumplió puntualmente en la plaza mayor de Mérida el 14 de diciembre de ese año. Después fueron ahorcados ocho de sus cómplices y los días 17, 18 y 19 de diciembre se ejecutaron las sentencias, los azotes y las mutilaciones contra los participantes.

A Jacinto Uc de los Santos (Jacinto Canek) no importó morir por su pueblo. Guió a éste para poder revelarse contra los españoles porque no soportaban las humillaciones, la forma en que trataban a los esclavos en las cárceles.

Pese a tantas humillaciones, fue un personaje en la historia muy conocido porque luchó contra los españoles por el pueblo de Yucatán Jacinto Canek fue una persona muy humilde y aunque no fue un vencedor siempre luchó por su pueblo.

Como hemos visto, estos hombres de gran talante y amor a la patria, fueron inclusive de los primeros defensores de los pueblos indios contra los abusos e injusticias que pasaban estos pueblos.

Como gente sencilla, conocían de este sufrimiento y a pesar de sus limitaciones económicas, motivos más grandes los impulsaban a luchar con valor, para que estos abusos terminaran. Incluso, serian de los primeros defensores de los derechos humanos de los pueblos indígenas.

Hoy consideramos que éste sería un reconocimiento a todos los hombres y las mujeres del color de la tierra, que sufrieron injusticias y abusos, pero que con su testimonio y lucha dieron los primeros pasos para los movimientos que nos dieron una patria y una nación.

Por todo lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se inscriben con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados los nombres de Valerio Trujano, Gaspar Yanga y Jacinto Canek

Artículo Primero. Inscríbanse con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de Valerio Trujano, Gaspar Yanga y Jacinto Canek.

Artículo Segundo. Se instruye a la Mesa Directiva de esta Cámara para que, en coordinación con la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, organice la ceremonia en que se dé cumplimiento a este decreto.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, salón de sesiones, a 22 de abril de 2008.--- La Comisión Especial de Apoyo a los Festejos del Bicentenario de la Independencia y del Centenario de la Revolución Mexicana, diputados: Francisco Antonio Fraile García (rúbrica), presidente; Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), secretarios; Alan Notholt Guerrero , Emilio Ulloa Pérez , Carlos Eduardo Felton González (rúbrica), María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (rúbrica), Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), Víctor Samuel Palma César , Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Othón Cuevas Córdova , Camerino Eleazar Márquez Madrid , Carlos Augusto Bracho González , Martín Stefannonni Mazzocco (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY DE EXTRADICION INTERNACIONAL - LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley de Extradición Internacional y de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de las Leyes de Extradición Internacional, y General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández , secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

La suscrita diputada federal, Laura Angélica Rojas Hernández , secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, y los suscritos diputados integrantes de las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables y de Justicia, sometemos a consideración de este H. Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley de Extradición Internacional, así como de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de fortalecer el combate y la sanción de la explotación sexual comercial infantil en Internet, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Resulta difícil imaginar un obstáculo más problemático y horrible para la realización de los derechos humanos de las niñas y niños que la explotación sexual comercial infantil. Sin duda, este tipo de deplorables conductas constituye un delito que viene a agravar un problema dominante y profundamente enraizado como lo es la explotación sexual comercial infantil.

La explotación sexual comercial infantil marca completamente en sentido negativo su vida, lo que pueden repercutir gravemente en el desarrollo integral de la personalidad de los menores. Inclusive, lo que es aún más grave, es que, puede provenir de un pariente cercano o de un amigo, convirtiéndolos en enemigos. Lo anterior se puede producir en los lugares donde viven, aprenden y juegan, transformando los mismos en espacios prohibidos y peligrosos.

Bajo este orden de ideas, se estima pertinente señalar que la explotación sexual de menores de edad, ejercida para obtener beneficios económicos o de cualquier otro tipo, es un fenómeno cuyos antecedentes se remontan a etapas remotas de la historia, por lo que es necesario tomar en consideración el desarrollo de esta conducta atendiendo a contextos socioculturales y la evolución en la actualidad de tecnología para llevar acabo el citado ilícito ejemplo de ello es la utilización de medios electrónicos como Internet, la cual se extendió a nivel mundial para crear la moderna red mundial de computadoras que hoy conocemos. Atravesó los países occidentales e intentó una penetración en los países en desarrollo, creando un acceso mundial a información y comunicación sin precedentes, hecho que facilita la explotación sexual comercial infantil en todo sentido.

En este sentido, las estadísticas de la Policía Federal Preventiva (PFP), señalan que la explotación sexual de menores a través de Internet ocupa el tercer lugar en la lista de delitos cibernéticos.

Además, afirma que los sitios en la red incrementan a ritmos acelerados. Mientras en enero de 2004 se registraron 72 mil 100 sitios de pornografía sexual de menores de edad, a inicios del 2006 ya existían más de 100 mil sitios. Además, México es considerado segundo país a nivel mundial con mayor producción de pornografía infantil.

Hasta el año 2003 la Policía Cibernética de México clasificaba las imágenes de pornografía infantil, en Internet, como forma de explotación sexual comercial infantil en cuatro rangos: de cero a cuatro años, de cuatro a ocho, de ocho a doce y de doce a diecisiete; predominando las imágenes pertenecientes a este ultimo grupo. Sin embargo, durante el primer cuatrimestre del 2004, se tuvo que crear un nuevo rango ante el aumento en la detección de imágenes de pornografía con bebés.

Así, la nueva categoría comprende a niños y niñas de cero a un año de edad, debido al aumento del cinco por ciento en fotografías e imágenes de abuso de recién nacidos. 1

Según la Policía Federal Preventiva, un pederasta, una vez que conoció a un menor a través un chat en Internet, le toma 15 días tener relaciones sexuales con él.

Por otro lado, es de indicar que 13 mil niños en situación de calle se calcula que 95 por ciento ha tenido por lo menos una experiencia sexual con un adulto.

México ocupa el lugar 28 en el mundo, y el quinto en América Latina, con mayor comercio sexual de niños, superado por Brasil, Colombia, Guatemala, y República Dominicana.

La situación de los menores evidencia un problema mayúsculo: en los últimos dos años se ha incrementado la explotación sexual infantil, ya que se calcula que se explota a 20 mil niños en las zonas turísticas y principales capitales de los estados.

Se estima que, en el Distrito Federal, de las quinientas sexo-servidoras que operan en el perímetro de La Merced, el 18 por ciento son menores de edad más el hecho de que alrededor de cuatro mil niños de la calle han sido abusados sexualmente.

A esta lamentable situación debemos agregar que la prostitución infantil ha llegado a ser considerada como el tercer delito que más riqueza genera en el mundo. Tan sólo en el 2006, se estima que el comercio sexual infantil generó 12.000 millones de dólares en 2006, situándose sólo por detrás del narcotráfico y el tráfico de armas, como lo señala el coordinador de la Unidad de Análisis sobre Violencia de la UNAM, René Jiménez Ornelas. De acuerdo con él, México, Estados Unidos y Canadá se han convertido en uno de los mayores corredores de turismo sexual, sólo por detrás de Asia y África 2 .

En torno a lo hasta ahora señalado, la explotación sexual comercial y otras formas de violencia relacionadas con este tipo de conductas, constituyen violaciones a las garantías y los Derechos Humanos de las niñas, niños y adolescentes que, por sus múltiples implicaciones, atentan contra su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.

Por ello, la protección de las personas menores de edad y de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, en su carácter de grupos vulnerables, es una obligación no sólo de la familia sino de la sociedad y el Estado en su conjunto. Ello conlleva acciones concretas, como analizar cuáles son los mecanismos institucionales que se han diseñado para garantizar a esta población derechos y estándares básicos de calidad de vida y, en su caso, pugnar por su perfeccionamiento.

Sin embargo, es necesario reconocer los esfuerzos que han hecho tanto la comunidad internacional como nuestro propio Estado por combatir a las redes de delincuencia organizada y a las personas que comercian con niños y niñas.

El punto de partida de mayor peso lo constituye la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por Naciones Unidas en 1989, suscrita y ratificada por 192 países y adoptada por México en 1990. Al respecto, en su artículo 34 establece la obligación de los Estados Partes de proteger a los niños, niñas y adolescentes contra todas las formas de explotación y abusos sexuales, y de tomar las medidas necesarias (económicas, educativas, sociales, legales y de corte político criminal) para impedir, lo antes posible, estas graves situaciones.

Artículo 34. Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:
a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;
b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;
c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.

Entre otros antecedentes importantes de medidas internacionales adoptadas sobre este tema, cabe mencionar al Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, de 1904; la Convención internacional para la supresión de la trata de blancas, de 1910; la Convención relativa a la esclavitud, adoptada en 1926 y ratificada por México en 1934; así como el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, suscrita en 1950 y ratificada por nuestro país en 1956.

Durante la segunda mitad del siglo XX, la explotación sexual, tanto de adultos, como de personas menores de edad, fue mencionada en diversos documentos, diseñados para combatir el tráfico de personas con fines sexuales.

En efecto, en dicha etapa fueron aprobados el Convenio número 116 del Consejo de Europa, sobre indemnización a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual (1983); la Convención interamericana sobre tráfico internacional de menores (1994); la Declaración de la Organización Mundial del Turismo sobre la prevención del turismo sexual organizado (1995) y la Declaración y Plan de acción de los niños y jóvenes víctimas de la explotación sexual (1998). Instrumentos, algunos de ellos, generados después de foros tan importantes como la IX Conferencia internacional americana (Conferencia de Bogotá), celebrada en 1948; el Primer simposio internacional sobre victimología (1973); la Cumbre mundial en favor de la infancia (1990); la Conferencia mundial sobre derechos humanos (1993) y la undécima reunión de la Organización Mundial del Turismo (1995).

A mayor abundamiento, otros instrumentos importantes en el ámbito del derecho internacional, lo son la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño (1924); la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948); la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1950); la Declaración de los Derechos del Niño (1959); la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (1981); y la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), en la cual se determinó que los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de explotación y de abuso sexuales3.

Adicionalmente, a partir de la Convención sobre los Derechos del Niño, se diseñaron nuevas medidas e iniciativas para hacer frente a la explotación sexual comercial infantil-juvenil. Entre ellas, la asignación, por parte de Naciones Unidas, de un relator especial sobre la venta de niños(as), la prostitución infantil y la utilización de niños/as en la pornografía.

Inclusive la propia Organización Internacional del Trabajo (OIT), al igual que la UNICEF y otras instituciones internacionales ha reconocido, en las últimas décadas, el vínculo existente entre la pobreza extrema y formas denigrantes de explotación infantil; entre ellas, la explotación sexual de los niños, niñas y adolescentes. Motivos por los que la prostitución infantil quedó incluida en el Convenio (número 182) de la OIT, sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación; ratificado por México, este último instrumento, en el 2000 y publicado en marzo del año siguiente.

Durante la década de los ochenta en que la Convención estaba siendo elaborada, algunas organizaciones civiles tuvieron un papel relevante en llamar la atención de gobiernos e instituciones internacionales acerca de este tema. Entre ellas destaca ECPAT, que tuvo su origen en una campaña emprendida en Tailandia bajo las siglas End Child Prostitution in Asian Tourism , la cual, hoy en día, es un organismo de alcance mundial que se opone a todas las formas de explotación sexual de las niñas, niños y adolescentes.

Fue precisamente ECPAT, junto con UNICEF, el gobierno sueco y el grupo de trabajo de organismos no gubernamentales por los derechos de los niños/as; quienes convocaron a la realización del primer Congreso Internacional contra la Explotación Sexual Comercial de la Infancia, celebrado en Estocolmo, del 27 al 31 de agosto de 19964.

Este Congreso fue uno de los acontecimientos más productivos y significativos que han tenido lugar en la lucha contra la explotación sexual de las niñas, niños y adolescentes.

Su Declaración y Agenda de Acción fueron suscritas por 122 países que se comprometieron a encarar el problema. El evento permitió llamar la atención y desarrollar una conciencia internacional acerca de la magnitud del fenómeno. Paralelamente, en el seno de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, se discutió un protocolo opcional a la Convención sobre los Derechos del Niño, para hacer de la explotación sexual comercial de niñas/os un delito internacional. Este Protocolo, que fue aprobado en nuestro país, el 10 de diciembre de 2001 por el Senado de la República y entró en vigor el 15 de abril de 2002; abre la posibilidad para someter a la jurisdicción internacional los casos de venta de niñas/os, de prostitución y pornografía infantil, colocándolos como crímenes en contra de la humanidad y asegurando con ello la jurisdicción de todos los Estados Partes, independientemente de la nacionalidad de los agresores o del lugar en donde se hubiere cometido el delito.

Este Congreso fue fundamental, ya que a través de él se envió al mundo un mensaje claro e inequívoco: no es posible seguir tolerando estos vergonzosos abusos de los derechos de la infancia, que por mucho tiempo han constituido un secreto horrible.

Los gobiernos y la sociedad civil afirmaron en Estocolmo que los niños, como todos los seres humanos, no son una propiedad que se pueda vender y comprar; que es preciso contemplar sus derechos con la más absoluta seriedad; y que es preciso escuchar sus opiniones para alcanzar la plena realización de estos derechos.

Al mismo tiempo, el Congreso de Estocolmo reconoció que no existe una sola solución, sino muchas, y que cada una de ellas debe ajustarse a las diversas realidades nacionales, locales y culturales en las que se originan la explotación y el abuso de la niñez. Y el mundo sabe incluso algo más: que todas las soluciones pasan por aceptar que estas afrentas contra los derechos de la infancia son absolutamente intolerables.

Otros importantes instrumentos internacionales relacionados con el combate a la explotación sexual comercial infantil lo son el Convenio número 182 de la OIT, junto con su Recomendación número 190, sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (1999); el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional (2000); el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2001); el Compromiso mundial de Yokohama (2001) y la Sesión especial de Naciones Unidas en favor de la infancia, celebrada en Nueva York, en mayo de 2002.

Finalmente la Conferencia internacional de lucha contra la pornografía infantil en la Internet (1999); el Congreso interamericano contra la explotación sexual de niños (2001) y el II Congreso internacional contra la explotación sexual comercial de la infancia (2001), reconocen a las personas menores de edad el ser sujetos de derechos y obligaciones, particularmente el derecho a una vida libre de violencia, a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad. Lo anterior, sin descuidar el hecho de que requieren atención y protección especiales, en términos del grado de su desarrollo físico, cognitivo, social y emocional5.

Particularmente hablando, los países de la región de América Latina y el Caribe, reunidos en Uruguay, del 7 al 9 de noviembre de 2001, se congregaron, con apoyo de los organismos internacionales y no gubernamentales, y adoptaron el Compromiso para una estrategia contra la explotación sexual, comercial y otras formas de violencia sexual a la infancia y la adolescencia, en el cual consideraron que la explotación sexual comercial, así como otras formas de violencia sexual, constituyen violaciones graves de los derechos humanos de las niñas, los niños y los adolescentes.

Por otra parte, estimaron que la explotación sexual comercial está ligada a una transacción retribuida en dinero o en especie, y que comprende la utilización de un(a) niño(a) en actividades sexuales, a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución; y también la pornografía, el turismo sexual y el tráfico de niños(as) y adolescentes.

Promovieron, también, una estrategia de avance en la que el congreso regional se comprometió a la coordinación y cooperación para reafirmar los planes nacionales de los gobiernos partes, para el combate de la explotación comercial y no comercial de niños(as) y adolescentes, así como a la prevención de esas prácticas a través del desarrollo de políticas gubernamentales encaminadas a la educación, la eliminación de la violencia familiar y a la protección integral de los niños/as y adolescentes, mediante el desarrollo de políticas públicas según lo recomienda la Convención sobre los Derechos del Niño.

Su principal objetivo consiste en el monitoreo del cumplimiento de los compromisos y planes de acción adoptados en este Congreso, a través de la constitución de grupos de trabajo, compuestos por gobiernos, organizaciones internacionales y no gubernamentales, encargados de definir, promover y coordinar, la estrategia regional y dar seguimiento a las políticas y planes de acción nacionales y a los compromisos internacionales asumidos en la materia.

Por su parte, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), el Instituto Interamericano del Niño (IIN), el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, constituyen otros de los principales organismos internacionales, pertenecientes a la región, que, mediante foros, congresos, consultas, legislaciones y apoyo a proyectos especiales, han promovido los derechos humanos, así como los que son propios de los niños, niñas y adolescentes.

Respecto de la explotación sexual comercial, en sus variantes de trata de personas, lenocinio, turismo sexual, tráfico de personas con fines sexuales, pornografía y prostitución infantil; muchos son los países que han preparado planes de acción para combatir el problema, adoptando diversos compromisos internacionales y produciendo importantes cambios legislativos internos.

Lo anterior tiene su fundamento en la revisión efectuada a documentos y páginas oficiales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR); el Consejo Europeo; el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); el Instituto Interamericano del Niño (IIN); la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; la Oficina Internacional de los Derechos del Niño; la Organización Internacional del Trabajo (OIT); la Organización Mundial del Turismo (OMT); entre otras.

En virtud de la diversidad de importantes tratados, convenios o declaraciones que en el ámbito internacional se han celebrado en materia de explotación sexual comercial infantil; diversos países han modificado, según los requerimientos de cada caso, sus constituciones, leyes especiales, códigos de la niñez y la adolescencia, códigos penales y códigos de procedimientos penales, para tipificar y, en su caso, agravar, uno o varios delitos como el abuso sexual, la corrupción de menores e incapaces, el estupro, el lenocinio, el maltrato infantil, la pornografía infantil, la prostitución infantil, la trata de personas, el turismo sexual infantil, entre otras conductas relacionadas con la proyección de la niñez y la adolescencia.

Ejemplos de lo antes señalado, son las respuestas institucionales de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y nuestro país, México, mencionadas en el trabajo elaborado por Autrey Hepburn Children Foundation, Casa Alianza y ECPAT: Investigación regional sobre tráfico, prostitución, pornografía infantil y turismo sexual infantil en México y Centroamérica: síntesis regional (Costa Rica, 2002).

A pesar del creciente número de organizaciones civiles, conferencias mundiales e instrumentos internacionales que luchan por proteger a la niñez y a otros grupos vulnerables del uso no ético de la tecnología, de la explotación laboral, del abuso sexual y de la pérdida de condiciones mínimas de calidad de vida; el esfuerzo aún no es suficiente. Es preciso una construcción típica generadora de responsabilidad, plasmada en el ordenamiento punitivo, que, además de ser clara y estricta, sea lo suficientemente explícita como para abarcar aquellas conductas que ponen en peligro o lesionan los bienes jurídicos dignos de protección a escala penal, incluyendo las derivadas del uso de las nuevas tecnologías.

En efecto, pese a las importantes acciones realizadas por la comunidad internacional, entre ella nuestro país, el perfeccionamiento de las reformas legislativas que sistematicen, en forma completa, la protección de lo que es, y debe ser, la niñez y la adolescencia, no ha culminado. Es necesario pugnar por la adecuación plena del marco normativo existente al efecto, motivo por el cual uno de los objetivos de esta iniciativa es precisamente abonar de manera positiva y complementaria en la discusión y el perfeccionamiento del marco jurídico punitivo de la explotación sexual comercial infantil.

Además, es importante considerar, en todo momento, que las personas menores de edad experimentan una etapa muy importante en su desarrollo integral, debido a que en ella aprenden e introyectan las normas y valores culturales que, más adelante, formarán parte de su vida. Su autonomía como individuos se encuentra en formación y son, por ende, sujetos vulnerables, propensos a ser víctimas de agresiones y/o abusos que ponen en peligro o lesionan el libre desarrollo de su personalidad.

Lo anterior, en razón de los cambios físicos, preceptúales, cognitivos, emocionales y sociales que experimentan y que su misma inmadurez les permite procesar. Situación que es aprovechada indebidamente por algunos adultos mediante prácticas que van desde el maltrato psicológico, hasta la explotación y comercio sexual.

Por momentos, en lo que constituye un acto de autocrítica, jurídica y socialmente se trato a los menores, mediante actitudes y acciones paternalistas, como objetos de tutela y no como sujetos de derecho; con lo que se les restringió la posibilidad de hacer efectivas algunas de las garantías que otorga la Constitución, además de todos los derechos que se desprenden de los tratados internacionales de los que México forma parte.

Es por ello que, mediante la presenta iniciativa, se pretende actualizar y adecuar la norma a la realidad y lograr una mayor congruencia, dando cumplimiento a los instrumentos internacionales que, en materia de niñas, niños y adolescentes, han sido suscritos y ratificados por México, garantizando con ello sus derechos individuales.

Asimismo, se parte de la premisa de que un Estado democrático debe reconocer el derecho de todas las personas menores de edad a ser tratadas con dignidad y respeto en el marco de los derechos humanos y de las libertades fundamentales que tienen como niñas, niños o adolescentes, así como quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho. De esta forma, en los casos en que los niños, niñas, adolescentes y quienes no tengan capacidad para comprender el significado del hecho, no cuenten con el apoyo de sus padres o tutores, debe ser el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el organismo facultado para asistirlos, mediante la designación de un representante o con el auxilio del personal de las instituciones gubernamentales y no gubernamentales, previamente autorizadas y certificadas por dicho organismo para ello.

La presente iniciativa se apega a la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales que ubican a la persona menor de edad como sujeto de derechos y obligaciones, así como también recoge estudios y propuestas de instituciones especialistas en la materia como el Instituto Nacional de Ciencias Penales, constituyéndose como una propuesta de reforma complementaria al Título Octavo del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, cuyos principios respetan, en todo momento, el carácter especial de las niñas, niños, adolescentes y de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, logrando con ello canalizar, en leyes específicas, los avances de las ciencias penales y otras disciplinas sociales.

En cuanto a los avances legislativos que se han realizado, en los últimos años, se encuentra la reforma del Código Penal Federal, del Código Penal del Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, publicada en el DOF el 27 de marzo de 2007, la cual consistió en una modificación integral al Título Octavo del Código Penal Federal en materia de ``Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad'', que tipifica el lenocinio, la pornografía, el turismo sexual y la trata de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo. A la par se aprobó una reforma al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para sancionar estos delitos, conforme a este régimen de excepción.

Las reformas, que adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, son resultado de varias iniciativas promovidas por diversos legisladores, durante la legislatura pasada, que parten del objetivo de garantizar la protección de los derechos de las y los niños, niñas y adolescentes en contra de la explotación y abuso sexual.

Destaca la inclusión, como bien jurídicamente tutelado, el libre desarrollo de la personalidad; se establece con claridad la protección de las personas menores de dieciocho años de edad; y se incluye dentro de ésta a las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho y a aquéllas que no cuentan con la capacidad para resistirlo. Su redacción sustituye el viejo concepto de incapaces, de connotación claramente denigrante.

Se reformulan, asimismo, los delitos de corrupción, pornografía, turismo sexual, lenocinio, trata de personas, provocación de un delito y apología de éste o de algún vicio, junto con la inclusión del tipo de omisión de impedir un delito que atente contra el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana o la integridad física o mental.

Dicha reforma aumenta las penas de algunos delitos ya previstos con anterioridad (como es el delito de corrupción de menores de 18 años de edad), se incluyen o tipifican por primera vez en el Código Penal Federal como ``delitos graves'' los de turismo sexual contra personas menores de 18 años de edad; pornografía infantil en todas sus modalidades, incluida la de Internet; la trata de personas menores de dieciocho años de edad; así como el lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad.

Con estas reformas, se agravan también las sanciones cuando estos delitos son cometidos por familiares, tutores, funcionarios públicos, maestros ministros de culto, ente otras personas.

Se da un cambio sustancial al reconocer que, cuando se comete alguno de estos delitos, además de una flagrantes violación a un derecho consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño, se atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de las personas menores de 18 años de edad y personas que no tiene capacidad de comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, y no contra la moral y las buenas costumbres como se preveía con anterioridad, como bien jurídico tutelar por la ley penal.

La reforma establece hasta 30 años de prisión para los servidores públicos, ministros de culto religioso y padres de familia que abusen o exploten sexualmente a las y los niños.

Asimismo, la reforma protege a los menores de 18 años, así como a las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo.

De acuerdo con la reforma, la sanción se aumentará el doble cuando el infractor ejerza la patria potestad, guarda o custodia del menor, sea familiar en línea colateral hasta cuarto grado o sea tutor.

Avances sin duda significativos, pero cuyo análisis, bajo la óptica de la teoría de la legislación y las técnicas normativas, ha dejado ver diversos resquicios legales en la construcción típica y sanción de determinados delitos debido a que su redacción contempla una muy amplia cantidad de variantes, incluyendo el uso de algunos términos ambiguos y vagos, permitiendo al juzgador gran discrecionalidad.

Situación sin duda preocupante, dado que la existencia de dichas imprecisiones en la configuración típica de determinados delitos, aumenta la posibilidad de lograr un amparo, confundir a los operadores del derecho y lograr confundir a los juzgadores.

En concreto, se puede señalar que la reforma de diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada del 27 de marzo de 2007, e inclusive la reciente expedición de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; sin duda han logrado varios avances, pero estos no son suficientes, debido a que aún existe desprotección parcial de los derechos de la niñez, sobre todo cuando esta población se encuentra en situación de calle o es víctima de algún delito.

En efecto, pese a estos importantes avances, aún no se ha podido actuar con contundencia jurídica, puesto que aún existen lagunas legislativas para identificar y sancionar algunos delitos correspondientes a la explotación sexual comercial infantil. Esta situación de impunidad contribuye al incremento de este tipo de delitos.

Lo anterior lleva a considerar que aún quedan muchas áreas pendientes para adecuar la legislación mexicana a la normativa internacional, por ello, es necesario plantear una serie de reformas a diversas disposiciones del Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales, así como a la Ley de Extradición Internacional, a fin de complementar y subsanar algunas omisiones legislativas en la reforma del 27 de marzo de 2007, para hacer posible una mejor aplicación de marco normativo penal en materia de combate a la explotación sexual infantil, así como clarificar las herramientas con las que cuentan los operadores del sistema para evitar la diversidad de criterios y el uso arbitrario en las interpretaciones, lo cual generará mayor seguridad jurídica.

Lo anterior, no sin antes dejar de reconocer las importantes propuestas que al efecto han realizado instituciones educativas y científicas, así como de ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil y el sector empresarial; en un anhelo absolutamente compartido por impedir la comisión de aquellas conductas que atentan contra la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad, como lo son los delitos vinculados con la explotación y comercio sexual infantiles. Propuestas que resultan ser plausibles en todo momento, y cuya importancia y rigor científico merecen ser retomadas en un proyecto de reformas que le den viabilidad legislativa.

Al efecto, mención especial merece el Instituto Nacional de Ciencias Penales, concretamente todos los integrantes del grupo de investigación jurídica de propuestas para la elaboración de una reforma legislativa en materia de pornografía y explotación sexual infantil, coordinado por la doctora María Eloisa Quintero, cuyo arduo trabajo culminó con una serie de justificaciones y propuestas de reforma legislativa al Código Penal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley de Extradición Internacional, mismas que fueron retomadas en gran número, por la presente iniciativa, así como a la Secretaría de Seguridad Pública a través de su coordinador jurídico el licenciado Marco Tulio López y el ingeniero Armando Novoa Foglio, director de la iniciativa Navega Protegido quienes han sido decididos promotores de esta iniciativa.

En tal virtud la presente iniciativa plantea las siguientes:

Propuestas
A) En el Código Penal Federal
1. Perfeccionamiento del contenido y alcance del artículo 202 del Código Penal, relativo al delito de pornografía de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo.

Se propone armonizar las descripciones típicas previstas tanto en el primer párrafo como en el segundo de dicho artículo, en virtud de que el texto vigente sanciona en el primer párrafo a quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados , con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos, a través de diversos medios comisivos.

En tanto que en el segundo párrafo se sanciona propiamente a quien fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados.
Es decir, en una primera instancia se sanciona a quien procure, obligue, facilite o induzca, a realizar propiamente sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, en tanto que el objetivo perseguido del segundo párrafo es el de sancionar quien materialmente fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa dichos actos. Sin embargo, se advierte que la redacción establecida para el segundo párrafo genera cierta confusión en la redacción respecto a las características de los actos a sancionar, que no guardan plena sintonía con los actos señalados en el párrafo primero, lo que puede dar lugar a infundadas discusiones al respecto.
Por ello, con la presente reforma se pretende armonizar las referidas descripciones típicas, a fin de que las dos (es decir, las previstas tanto en el primer párrafo como en el segundo, de este artículo, respectivamente), hagan referencia ahora a ``actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados '', sin que existir cambios de redacción al respecto que generen confusión.

En el actual artículo 202 del CPF el legislador reprocha la conducta del sujeto que incite, obligue, procure que un menor de edad o persona que no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, realice actos sexuales o de exhibicionismo, con el objeto de video grabarlos, pero no tipifica que esta exposición ilegal del menor de edad se realice con el objeto de grabarlo, bajo el entendido que el alcance del verbo grabar es distinto a la video grabación, motivo por el cual resulta necesario tipificar esta situación dentro del tipo penal, a fin de no dejar impune esta conducta, ante una omisión legislativa, cuando la misma sea con el objeto de grabarlo. Ello así porque el tipo penal vigente no habla de grabaciones en general (las cuales incluirían sistemas de audio, entre otros) sino de video grabaciones, situación distinta al caso concreto que se plantea.

En tal virtud se plantea subsanar esta omisión tanto en el párrafo primero como en el segundo del referido artículo 202 del Código Penal Federal.

De la actual descripción típica prevista en el segundo párrafo del artículo 202 del Código Penal Federal, se establece de manera expresa, dentro de sus sanciones, el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, situación que resulta innecesaria y denota falta de técnica jurídico-legislativa, en virtud de que el propio artículo 24 del Código Penal Federal ya prevé esta dicha situación, y concretamente el artículo 40 del referido artículo lo regula, por lo que de una interpretación armónica y sistemática del texto normativo resulta innecesaria la previsión establecida en el artículo objeto de análisis. Se propone la eliminación de dicha mención dentro del párrafo segundo del artículo en comento.

2. Se crea un tipo penal equiparado, relativo a la llamada pseudo- pornografía infantil, encargado de sancionar las conductas realizadas con material de pornografía infantil, en la cual no participe un menor de dieciocho años de edad de manera real, por lo que se adiciona el artículo 202 Bis y el actual se recorre para pasar a ser el artículo 202 Ter, ambos del Código Penal Federal.

Se hacen penalmente reprochables las conductas realizadas con material de pornografía infantil en el cual no participa un menor de manera real. A tal efecto se incorpora el párrafo 202 Bis. Con él se pueden punir todas las conductas de comercialización y distribución de material pornográfico infantil (mencionadas en el 202) pero que sean realizadas a través de medios mecánicos, técnicos, eléctricos, entre otros: películas de tres dimensiones, comics, animaciones mecánicas o técnicas, los Hentai, etc. De esta forma, no sólo se están abarcando situaciones que al día de hoy resultan impunes, sino que al mismo tiempo se están respetando las tendencias de Derecho penal comparado, así como las directivas internacionales.

A saber, al día de hoy sólo se pune un aspecto de la pornografía de menores de dieciocho años: el enunciado en el punto a) del artículo 9, párrafo segundo del Convenio de Cibercriminalidad. Con la consagración del artículo 202 Bis en el Código Penal Federal, se cumpliría con los apartados b) y c) del citado párrafo.

Dice el artículo 9 del Convenio de Cibercriminalidad:

`` (...)
A los efectos del párrafo primero arriba descrito, la pornografía infantil comprende cualquier material pornográfico que represente de manera visual:
a) un menor adoptando un comportamiento sexualmente explícito;
b) una persona que aparece como un menor adoptando un comportamiento sexualmente explícito;
c) unas imágenes realistas que representen un menor adoptando un comportamiento sexualmente explícito
(...)''

Para tal efecto, el tratamiento jurídico que se propone a esta nueva figura delictiva, es el relativo al equiparamiento con relación del delito de pornografía de menores de dieciocho años de edad, previsto en el artículo 202 del Código Penal Federal, ya que al comparar ambas conductas, se consideran igualmente graves y asimiladas entre sí; en donde si bien, esta nueva conducta delictiva presenta diferencias con relación a la construcción típica del tipo penal básico, sancionando incluso aquellas conductas en donde propiamente hablando no existe un menor de edad determinado plenamente, al sancionar los actos sexuales o de exhibicionismo corporal, reales o simulados, que sean realizados a través de imágenes realistas que representen un menor adoptando un comportamiento sexualmente explícito, se estima que en todo caso, ambas conductas se asimilan en cuanto al bien jurídico a tutelar, en virtud de que este delito impacta de manera concomitante en el libre desarrollo de la personalidad de los menores de edad.

Las razones anteriormente aducidas, conllevan a equipara este delito, y por ende, a que no se de el mismo tratamiento penológico a las conductas previstas en el artículo 202, atendiendo a la naturaleza y razón de ser de los delitos equiparados.

3. Perfeccionamiento del contenido y alcance del tipo penal previsto por el artículo 202 Bis, que por virtud de esta reforma pasará a ser el artículo 202 Ter en el Código Penal Federal.

Resulta necesario eliminar el reenvío normativo incorrecto que se prevé en artículo 202 bis, al señalarse ``a los materiales a que se refieren los párrafos anteriores '', cuando en realidad sería al material ``a que se refiere el artículo anterior '', es decir el artículo 202 del Código Penal Federal, en virtud de que el artículo 202 bis consta de un párrafo único, por lo que el reenvío normativo es incorrecto y carente de técnica legislativa. Por ello, se propone subsanar dicha situación dentro del texto legal, estableciendo el correspondiente reenvío al mencionado artículo 202.

Con motivo de la incorporación del artículo 202 Bis y que por virtud de esta reforma el actual 202 Bis pasa a ser el artículo 202 Ter, ambos del Código Penal Federal, también se reforma lo conducente a que, será sancionado quien a sabiendas arriende, compre o almacene, sin fines de comercialización o distribución, el material a que se refiere tanto el artículo 202 y como el 202 Bis.

La redacción del actual tipo penal consagrado en el artículo 202 bis, hace que su contenido y alcance sea demasiado amplio e inclusive excesivo, toda vez que al omitirse el elemento ``a sabiendas'', el tipo penal puede llegar al extremo de que, por el simple hecho de cometer algunas de las conductas señaladas por el tipo penal, particularmente el almacenamiento y sin conocimiento de la ilicitud del material a almacenar; el sujeto puede, de un simple ejercicio en torno a la tipicidad de la conducta, sufrir una imputación penal en su contra...

Bajo este enfoque, es que a fin de dotar de mayor certeza jurídica al gobernado, se propone adicionar a la descripción típica, el elemento ``a sabiendas '', teniendo como consecuencia que quedara fuera de punición los supuestos en los que el sujeto no sabe ni debía saber que estaba incurriendo materialmente en algunas de dichas conductas (como por ejemplo quien almacena contenedores de material importado sin saber y poder saber que en el interior de dicho contenedor se encuentran videos de pornografía infantil). A fin de evitar excesos en la aplicación de la norma penal, y delimitar de manera clara y precisa, el alcance de la norma penal en cuestión.

Se propone eliminar del tipo penal previsto por el artículo 202 bis del CPF, la medida relativa al tratamiento psiquiátrico especializado, en virtud de las siguientes consideraciones:

Resulta cuestionable que dicha medida sólo se imponga en el supuesto del citado artículo, pero no en todos los casos anteriores, siendo el caso de que la naturaleza de las conductas previstas en el Título Octavo, resultan ser de similar naturaleza y a través de ellas se protegen bienes jurídicos íntimamente relacionados entre sí.
En segundo lugar, la medida puede ser necesaria en algunos casos (cuando los desórdenes que manifieste el inculpado lo ameriten) pero no en todos los casos (téngase presente que el artículo no pune la preferencia sexual, ni los hábitos, ni el consumo de pornografía infantil, sino el haber alquilado, almacenado o comprado material pornográfico infantil. Por ello se estima pertinente dejar a discreción del juez --conforme las circunstancias del caso y del inculpado- si el inculpado necesita un tratamiento especializado o no. Por ello se suprime la obligación de someter al imputado en todos los casos a tratamiento psiquiátrico especializado.
B) En el Código Federal de Procedimientos Penales.
1. Reforma al artículo 193 del Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de clarificar el concepto de flagrancia en cuanto a su alcance.

Reformar el artículo 193 del Código Federal de Procedimientos Penales a fin de esclarecer el concepto de flagrancia determinando con precisión los alcances de las facultades constitucionalmente establecidas y reguladas en el marco operativo mediante la ley secundaria adjetiva penal.

Lo anterior, partiendo del enfoque de que es necesario garantizar la plena protección de las garantías de los ciudadanos, bajo un marco normativo claro y preciso que establezca debidamente los casos y las formalidades en la actuación de las autoridades.

En tal virtud, es que se propone sustituir dentro de la fracción I, las palabras de ``inculpado'' por ``indiciado''; atento a que la primera expresión es más respetuosa del estado procesal que detenta el mismo.

Se propone también en la fracción I, sustituir el elemento ``detenido'' por ``sorprendido'', en virtud de que existe una confusión semántica respecto de dichos conceptos, toda vez que la flagrancia no es detener a alguien al momento de estar cometiendo el delito, sino el hecho de que el agente sea sorprendido al momento de estar cometiendo el delito.

Asimismo en dicha fracción, se propone sustituir también la acepción ``cometiendo el delito'' por ``participando del hecho delictivo'', ya que establecer que el indiciado se encuentra ``cometiendo un delito'' acarrea una doble imprecisión: por un lado parece señalar solamente el acto ejecutado por acción, y por otra parte, no es apropiado hablar de ``delito'' toda vez que, al momento de darse la flagrancia, sólo se puede apreciar la presencia de un hecho aparentemente delictivo. En el devenir del proceso se determinará si dicho hecho delictivo fue una acción típica y antijurídica, o no.

Respecto a la fracción II, se plantean las mismas reformas que en la fracción I, en torno al ``hecho delictivo'' e ``indiciado''.

Por otra parte, se adiciona un párrafo segundo y se recorren los subsecuentes, en el que se establece de forma expresa que ``la flagrancia debe ser percibida de modo previo a la detención, ya sea mediante el alcance normal de los sentidos o con auxilio de medios técnicos'', ya que si bien es claro que, existe una deliberación mental en el sujeto que detiene, originada por acciones propias de la intervención de los sentidos, en el que generalmente interviene la vista, que le permite discernir que se está cometiendo un hecho delictivo o lo hace perseguir después que realizó un ilícito, cierto es también que en ocasiones la conducta ilícitas pueden ser apreciada más allá del alcance normal de los sentidos a través de medios técnicos, por lo que al ser visualizada a través de estos medios, permiten que se actualicen la flagrancia, todo esto dentro de los límites de la licitud.

Se propone reformar el actual párrafo segundo que pasaría a ser tercero, a efecto de incorporar dentro de los requisitos que el Ministerio Público deberá acreditar para decretar la retención del indiciado, los elementos ``la razonabilidad y legalidad de la detención'', a efecto de dotar de mayor seguridad jurídica al gobernado, reforzando el mandato Constitucional que establece que todo acto de autoridad deberá estar debidamente motivado y fundamentado.

El requisito de razonabilidad y legalidad de la detención se plantea como sistema de control, puesto que una de las funciones del Ministerio Público es revisar la legalidad de las actuaciones policiales, estudiando la razonabilidad de las mismas. En este orden de ideas, para poder decretar la retención del indiciado, es necesario previamente analizar la legalidad y razonabilidad de la detención; pues caso contrario se ignorarían los vicios de origen, pudiendo llegar con esta omisión a la permisión fáctica de detenciones arbitrarias.

Se propone reformar el penúltimo párrafo del referido artículo 193, a efecto de que, quien detenga de forma a arbitraria a un indiciado, sea sujeto de responsabilidad penal, ello con la finalidad de castigar todo abuso que se cometa en contra de cualquier pretexto, so pretexto de ser sospecho de haber incurrido en una conducta delictuosa.

Finalmente, se propone reformar el último párrafo del artículo en cuestión, a fin de sustituir la acepción ``averiguación previa'' por ``investigación'', en virtud del cambio del sistema penal propuesto por la iniciativa de reforma Constitucional que actualmente se encuentra en etapa de análisis y discusión por parte de las Legislaturas de los Estados, para los efectos de los previsto por el artículo 135 constitucional.

2. Regulación específica de los medios de prueba electrónica mediante reforma al artículo 206 y adición de un artículo 278 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales (CFPP).

Se propone establecer una regulación en general de la prueba electrónica en los artículos 206 y 278 Bis del CFPP , en la que se podrá abarcar a la materia probatoria respecto del delito que no ocupa, con el fin de contar con una regulación específica atendiendo a la naturaleza del propio delito y que implica páginas de Internet, correos electrónicos, conversaciones tipo Chat, entre otros; medios que en determinado momento sólo pueden ser recabados de manera electrónica.

Al respecto, habría que señalar que si bien los aspectos relacionados con la prueba electrónica en el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad, tienen cabida en nuestra legislación por ser lo suficientemente amplia para aceptar como medio probatorio todo aquello que no sea contrario a derecho; resulta necesaria la reforma a fin de evitar interpretaciones contrarias al objetivo que persiguen en delitos tan específicos como los mencionados. Establecer una regulación explícita y aplicable a la información producida, conservada, transmitida y/o comunicada por medios electrónicos, informáticos, telemáticos ópticos o de cualquiera otro que los avances tecnológicos incorporen; favorece la identificación de los medios probatorios por los operadores del sistema de seguridad y justicia penal.
En efecto, muchas veces, por desconocimiento o falta de pericia en aspectos de argumentación e interpretación jurídica, parecieran necesarios preceptos legales explícitos e incorporar figuras cuya novedad (o poca habilidad en manejo o deficiente conocimiento técnico de la misma) deriva, muchas veces, de la tecnología.
Inclusive el propio Código Civil Federal ya señala respecto de la prueba electrónica, lo siguiente:
Artículo 210-A. Se reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología.
Para valorar la fuerza probatoria de la información a que se refiere el párrafo anterior, se estimará primordialmente la fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada y, en su caso, si es posible atribuir a las personas obligadas el contenido de la información relativa y ser accesible para su ulterior consulta.
Cuando la ley requiera que un documento sea conservado y presentado en su forma original, ese requisito quedará satisfecho si se acredita que la información generada, comunicada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, se ha mantenido íntegra e inalterada a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva y ésta pueda ser accesible para su ulterior consulta.
Dicha regulación expresa dentro del cuerpo normativo, permite a los sujetos procesales fundamentar la procedencia del medio probatorio de esta naturaleza (prueba electrónica); incorporando principios -para su valoración- de admisibilidad y utilidad.
Inclusive en derecho comparado, por ejemplo España, reconoce como medios probatorios, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los siguientes:
Artículo 299. Medios de prueba.
1. Los medios de prueba de que se podrá hacer uso en juicio son:
1.º Interrogatorio de las partes.
2.º Documentos públicos.
3.º Documentos privados.
4.º Dictamen de peritos.
5.º Reconocimiento judicial.
6.º Interrogatorio de testigos.
2. También se admitirán, conforme a lo dispuesto en esta Ley, los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, relevantes para el proceso.
3. Cuando por cualquier otro medio no expresamente previsto en los apartados anteriores de este artículo pudiera obtenerse certeza sobre hechos relevantes, el tribunal, a instancia de parte, lo admitirá como prueba, adoptando las medidas que en cada caso resulten necesarias.
En ese sentido, se propone adoptar dentro de nuestra Código Adjetivo Penal Federal, un esquema similar a los señalados con anterioridad, a fin de dar entrada formal en la ley procesal, a la presentación de medios probatorios de naturaleza electrónica.
3. Reformas a los artículos 50, 58 y 60 del Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de optimizar la colaboración entre autoridades en cuanto al cumplimiento de exhortos o requisitorias, a través de la utilización de medios electrónicos que permitan una comunicación rápida y confiable.

Otra propuesta importante que se retoma por virtud de la presente iniciativa, han sido una serie de propuestas del Convenio de Cribercriminalidad, emitido por el Consejo de Europa al 1 de julio del 2003, del cual, si bien México aún no aún parte, puede llegar a serlo, toda vez que a pesar de no ser miembro del Consejo de Europa, México participó en la elaboración del referido Convenio como país no miembro, siendo el caso que el propio Convenio prevé la posibilidad de que países que hubieren colaborado en su elaboración, aun y cuando no sean miembros, puedan adherirse a él, como en este caso nuestro país.

No obstante, independientemente de ello, el convenio sirve como marco referencial válido para el perfeccionamiento de nuestra legislación, en virtud de que proporciona herramientas y lineamientos claros con el objeto de prevenir los actos que atentan contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, de las redes y de los datos, así como el uso delictivo de tales sistemas, redes y datos, asegurando la incriminación de esos comportamientos. En dicho sentido, consagra la penalización de la falsedad informática, la estafa informática, las infracciones vinculadas a atentados al a propiedad intelectual y a derechos afines.

Tomando en cuenta lo expresado en relación con el Convenio de Cibercriminalidad, concretamente en el artículo 25.3 del Título Tercero del Convenio, es que se propone reformar el Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de permitir, en materia de solicitud de colaboración entre autoridades, el poder formular una demanda de colaboración, a través de un medio de comunicación rápido, como el fax o el correo electrónico (adhiriéndose la palabra cualquier otra tecnología a fin de atender a los avances de la ciencia), procurando que esos medios ofrezcan las condiciones suficientes de seguridad y de autenticidad (encriptándose si fuera necesario) y con confirmación posterior de la misma si el Estado requerido lo exigiera. Reforma que impacta en los artículos 50, 58 y 60 del Código Federal de Procedimientos Penales.

C) En la Ley de Extradición Nacional.
1. Adición de un último párrafo del artículo 6, a fin de garantizar que los delitos previstos por las fracciones V y VI de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, sean incorporados en los Tratados de Extradición, celebrados por el Estado Mexicano.

Bajo el mismo enfoque señalado en el apartado anterior, cabe señalar que igualmente, con base en el Convenio sobre Cibercriminalidad, que prevé el refuerzo de los principios relativos a la colaboración mutua lo más amplia posible con el objeto de investigar los procedimientos concernientes a infracciones penales vinculadas a sistemas y datos informáticos, como en el caso concreto que nos ocupa, ocurre en el caso de la llamada pornografía de menores de edad por Internet, es que se propone una reforma a la Ley de Extradición Internacional, a fin de establecer la obligación del Estado mexicano de asegurar que los delitos contenidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, particularmente los previstos en las fracciones V y VI (en donde se encuentran los relativos a la explotación sexual comercial infantil y los de trata de personas) se incluyan como delitos susceptibles de dar lugar a la extradición en todos los tratados de extradición que pueda suscribir.

D) En la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
1. Reformar el artículo 41, a fin de establecer como un criterio de registro de la base nacional de datos sobre personas probables responsables de delitos, indiciadas, procesadas o sentenciadas, el género de los delitos, en el cual deberá de preverse los delitos relativos al libre desarrollo de la personalidad.

El problema de la inseguridad no puede combatirse de manera eficaz, si no se genera un enfoque multidisciplinario que logre fortalecer las áreas de inteligencia en contra de la delincuencia, consolidando un sistema de información criminal, que suministre datos útiles para establecer estrategias y acciones coordinadas que combatan frontalmente la delincuencia con efectividad, a través de un sólo eje rector de la información criminal, evitando duplicidad, falta de coordinación y criterios dispares en la recolección, procesamiento y de información.

En ese sentido, actualmente se regula en el artículo 41 de la Ley en cuestión, la integración de una base nacional de datos sobre personas probables responsables de delitos, indiciadas, procesadas o sentenciadas, donde se incluyen sus características criminales, medios de identificación, recursos y modos de operación; sin embargo, no se explicita a nivel legal, un criterio de clasificación atendiendo el género de delitos que se les imputa, por lo que se propone reformar esta disposición a fin de que pueda existir un subregistro que atienda concretamente este nuevo criterio y, particularmente, en el caso concreto que no ocupa, que exista un registro de las personas probables responsables, indiciadas, procesadas o sentenciadas por los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad (llámese pornografía infantil, corrupción de menores, turismo sexual de menores, etc.), con la finalidad de que se suministre información útil para establecer estrategias y acciones coordinadas que combatan frontalmente los delitos de explotación sexual comercial infantil, cometidos en contra de menores de dieciocho años de edad o de quienes no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o que no tengan capacidad de resistirlo.

Lo anterior, a fin de abonar en la construcción de una política criminal más adecuada, que atienda a las características propias de la delincuencia, respecto a este tipo de delitos.

En virtud de lo señalado con anterioridad, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, preocupado por garantizar a los menores de edad y a las personas que no tienen la capacidad de comprender el significado del hecho ni capacidad para resistirlo, se pronuncia por realizar las reformas y adiciones necesarias al Título Octavo del Libro Segundo del Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales, a la Ley de Extradición Internacional así como a la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de complementar y subsanar algunas omisiones legislativas en la reforma del 27 de marzo de 2007, para hacer posible una mejor aplicación de marco normativo penal en materia de combate a la explotación sexual infantil, así como clarificar las herramientas con las que cuentan los operadores del sistema.

En tal sentido acudimos a esta soberanía a presentar, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley de Extradición Internacional, y de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de fortalecer el combate y la sanción de la explotación sexual comercial infantil.

Primero. Se reforma el artículo 202, así como el artículo 202 Bis que por virtud de esta reforma pasará a ser 202 Ter; se adiciona el artículo 202 Bis, recorriéndose en consecuencia el actual 202 Bis para pasar a ser 202 Ter; todos del Código Penal Federal para quedar como sigue:

Artículo 202. Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de grabarlos, video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. Al autor de este delito se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.

A quien fije, imprima, grabe, video grabe, fotografíe, filme o describa actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.

...

Artículo 202 Bis. Se equipara al delito de pornografía de menores de dieciocho años de edad y se sancionará con pena de tres a ocho años de prisión y de trescientos a mil días multa, a quien incurra en cualquiera de las conductas contempladas por el artículo 202, cuando los actos sexuales o de exhibicionismo corporal, reales o simulados, a que hace referencia dicho artículo, sean realizados:

a) Por una persona mayor de edad que aparece como un menor de edad adoptando un comportamiento sexualmente explícito, o
b) A través de audio o imágenes realistas que representen a un menor de edad adoptando un comportamiento sexualmente explícito, sean éstos creados, adaptados o modificados por medios manuales, mecánicos, electrónicos o sucedáneos.

Artículo 202 Ter. Quien a sabiendas arriende, compre o almacene, sin fines de comercialización o distribución, el material a que se refieren los artículos 202 y 202 Bis, se le impondrá pena de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa.

Segundo. Se reforman los artículos 50, 58 y 206; se adiciona el artículo 278 bis, así como se deroga el artículo 60, todos al Código Federal de Procedimientos Penales para quedar como siguen:

Artículo 50. En casos urgentes, notificado que fuere de ello previamente el Ministerio Público y quien corresponda conforme a la ley, podrá resolverse que se haga uso de un medio de comunicación rápida como el fax, el correo electrónico, o cualquier otra tecnología, procurando que esos medios ofrezcan las condiciones suficientes de seguridad y de autenticidad y con confirmación posterior en caso de ser necesario, expresándose con toda claridad las diligencias que han de practicarse, la parte que las solicitó, el nombre del inculpado, si fuere posible, el delito de que se trata y el fundamento de la providencia.

El cumplimiento de los exhortos o requisitorias urgentes se hará de manera inmediata. En caso de no ser así, se podrá promover una queja ante el superior jerárquico del tribunal requerido.

Artículo 58. Los exhortos dirigidos a los tribunales extranjeros se remitirán de la misma forma en la que se realizan entre los tribunales nacionales.

Artículo 60. Derogado.

Artículo 193. ...

I. El indiciado es sorprendido en el momento de estar participando del hecho delictivo;
II. Inmediatamente después de ejecutado el hecho delictivo, el indiciado es perseguido materialmente, o
...
La flagrancia debe ser percibida de modo previo a la detención, ya sea mediante el alcance normal de los sentidos o con auxilio de medios técnicos.

En esos casos, el Ministerio Público decretará la retención del indiciado si se acredita la razonabilidad y legalidad de la detención, están satisfechos los requisitos de procedibilidad y el delito merece pena privativa de libertad; o bien ordenará la libertad del detenido, cuando la sanción sea no privativa de la libertad o alternativa.

La violación a lo dispuesto en el presente artículo hará penalmente responsable a quien detenga arbitrariamente o decrete la indebida retención del indiciado. La persona detenida deberá ser puesta de inmediato en libertad.

De decretar la retención, el Ministerio Público iniciará desde luego la investigación correspondiente, si aún no lo ha hecho.

Artículo 206. Se admitirá como prueba en los términos del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo aquello que se ofrezca como tal, incluida la información generada por medios informáticos, telemáticos, electrónicos, ópticos o producto de cualquier otra tecnología, siempre que pueda ser conducente, y no vaya contra el derecho, a juicio del juez o tribunal. Cuando la autoridad judicial lo estime necesario, podrá por algún otro medio de prueba, establecer su autenticidad.

Artículo 278 bis. La información generada, comunicada, recibida o archivada por medios electrónicos, informáticos, telemáticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, hace prueba siempre que se acredite:

I. La fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada;
II. La integridad e inalteración de la información a partir del momento en que se genero en su forma definitiva; y
III. La vinculación directa, más allá de cualquier duda razonable, en cuanto a la generación, comunicación, recepción o conservación; a persona determinada.

Tercero. Se adiciona un último párrafo al artículo 6º de la Ley de Extradición Internacional para quedar como sigue:

Artículo 6. ...

I. a II. ...
El Estado mexicano asegurará, en el ámbito de su competencia, que los delitos contenidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, particularmente los previstos en las fracciones V y VI, se incluyan como delitos susceptibles de dar lugar a la extradición en todos los tratados de extradición que pueda suscribir.

Cuarto. Se reforma el artículo 41 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública para quedar como sigue:

Artículo 41. Se integrará una base nacional de datos sobre personas probables responsables de delitos, indiciadas, procesadas o sentenciadas, de consulta obligatoria en las actividades de seguridad pública, donde se incluyan sus características criminales, medios de identificación, recursos y modos de operación. Asimismo, dicha base de datos contendrá una clasificación correspondiente a cada género de delitos, entre la cual se encontrará la relativa a las personas probables responsables, indiciadas, procesadas o sentenciadas por delitos contra el libre desarrollo de la personalidad.

Esta base nacional de datos se actualizará permanentemente y se conformará con la información que aporten las instituciones de prevención, procuración y administración de justicia, readaptación social y en general, todas las instituciones que deban contribuir a la seguridad pública, relativa a las investigaciones, averiguaciones previas, órdenes de detención y aprehensión, sentencias o ejecución de penas.

Esta información servirá para lograr los propósitos que refiere el artículo 38 y para instruir la mejor detección y persecución de los delitos.

Dicha información se dará de baja de esta base de datos, por resoluciones de libertad por desvanecimiento de datos o falta de elementos para procesar, así como por sentencias absolutorias.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas: 1 Secretaría de Seguridad Pública. Estadística Pedofilia en Internet. Consultado el 10 de marzo de 2008: http://www.ssp.gob.mx/application?pageid=home_sub_2 amp; docId=2794 2 http://www.panorama-actual.es/noticias/not220838.htm 3 Con información obtenida de http://www.unicef.org 4 UNICEF, ``Explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes. Antecedentes y avances'', México, 1 de marzo de 2001. http://www.unicef.org/mexico 5 www.unicef.org/spanish
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diez días del mes de abril de 2008.--- Diputados: Laura Angélica Rojas Hernández , María Esperanza Morelos Borja , César Camacho Quiroz , Marcela Cuen Garibi , David Sánchez Camacho , Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui , Felipe Borrego Estrada , Violeta del Pilar Lagunes Viveros , Carlos Alberto Navarro Sugich , Luis Gustavo Parra Noriega , María del Pilar Ortega Martínez , Yadhira Tamayo Herrera, Rocío Morgan Franco, Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, Mario Eduardo Moreno Álvarez , Jorge Justiniano González Betancourt , Lizbeth Medina Rodríguez, Carlos Augusto Bracho González , Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió del diputado Jesús de León Tello, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penalesy de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Jesús de León Tello , del Grupo Parlamentario del PAN

Jesús de León Tello , Liliana Carbajal Méndez , Óscar Miguel Mohamar Dainitin, María del Carmen Fernández Ugarte , diputados federales del Partido Acción Nacional, en ejercicio de su facultad legislativa, presentan una iniciativa de reformas al Código Penal y al de Procedimientos Penales y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para establecer como delito grave el homicidio o desaparición de periodistas, así como la competencia federal para la investigación de dichos delitos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La libertad de expresión es una condición fundamental para la democracia. Sin libertad de prensa no hay democracia. La libertad de expresarse en una sociedad, así como la posibilidad de recibir información de interés público, es un presupuesto indispensable para hacer una sociedad más libre, abierta y justa.

Por ello, la protección a la vida y de la integridad física de los comunicadores sociales debe ser una prioridad. Todo asesinato o desaparición de cualquier persona es altamente reprochable, por supuesto, pero existen casos en donde, además de vulnerar el bien jurídico de la vida, se afecta también otros bienes jurídicos de los que dependen la cohesión de una sociedad democrática. Pues cuando se asesina o se desaparece a un periodista para callar su actividad profesional se vulnera el derecho de todos a conocer la información que no se debe ocultar y que, por tanto, es parte del derecho a conocer y a difundir las noticias que nos permita deliberar los asuntos públicos de nuestra comunidad.

De manera por demás lamentable, México, después de Irak, es el segundo lugar del mundo más peligroso para la actividad del periodista, según la asociación Reporteros sin Fronteras con sede en Paris. En los últimos años, hemos comenzado a vivir en México una vulneración grave de los derechos de las personas ante la desaparición de algunos compañeros periodistas, lo que obliga a legislar de manera especial para reconocer una protección prevalente en estos casos. Pues el asesinato, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta a los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad y para ello se propone una serie de medidas legislativas para asegurar la libre prensa.

En efecto, Amnistía Internacional ha declarado que los gobiernos están obligados a proteger los derechos humanos, en especial los que tienen que ver con la libertad de opinión, y poner fin al hostigamiento, tortura y homicidio de periodistas. Los periodistas se convierten a menudo en víctimas de los mismos actos de intimidación y hostigamiento que denuncian, en especial cuando sacan a la luz actos de la delincuencia organizada. Los que se dedican, pues, al periodismo de investigación corren con frecuencia un gran riesgo y ponen también en peligro a sus familias si descubren casos de corrupción y violación de derechos humanos.

Es de interés público, por tanto, que la ley reconozca los derechos de los profesionales de los medios de comunicación, a fin de proteger su vida e integridad física cuando realicen su importante y legítimo trabajo. Si los periodistas sufren hostigamiento e intimidación, los gobiernos deben realizar investigaciones exhaustivas sobre todos los casos que se denuncien, poner a disposición judicial a los responsables, garantizar la protección de los profesionales de los medios de comunicación y de sus familias y hacer respetar el derecho de las víctimas y sus parientes a una reparación adecuada.

Por tanto, las agresiones y actos de hostigamiento que se han convertido en gajes del oficio para los periodistas son totalmente inaceptables. Las autoridades deben asegurarse de que los periodistas pueden hacer trabajo de investigación que es una función legítima de los medios de comunicación, sin sufrir violaciones de derechos humanos.

No hay sociedad libre sin periodistas libres. Por ello, la ley penal debe establecer una figura típica como delito grave para tutelar de manera relevante el derecho a la información de la sociedad.

La propuesta, en consecuencia, implica:

1. Tipificar como delito calificado el homicidio o la desaparición de periodistas, con motivo del ejercicio de su actividad periodística.
2. Establecer dicho delito como grave para evitar que los probables responsables tengan derecho a la libertad bajo caución y otros beneficios o sustitutivos procesales, así como permitir que a los responsables del crimen se les pueda detener en casos urgentes, sin necesidad de una orden de aprehensión.
3. Por la experiencia que se cuenta, las procuradurías de las entidades federativas no investigan ni sancionan correctamente las conductas típicas por lo que consideramos que este tipo de delitos, por el bien jurídico tutelado, deberá ser competencia de la federación, para una mejor persecución y administración de justicia.

Por todo lo expuesto, tengo a bien presentar la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones legales al Código Penal Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a fin de fortalecer el marco jurídico de protección hacia los periodistas

Artículo Primero. Se adicionan los artículos 298 Bis y 315 Ter, así como un inciso f), a la fracción II del artículo 366, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 298 Bis. Al que cometa el delito de lesiones en contra de un periodista en el ejercicio de su actividad periodística o con motivo de ella, se le aplicará de uno a seis años de prisión, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan, conforme a los artículos anteriores.

Artículo 315 Ter. Se impondrá la pena del artículo 320 de este código cuando el homicidio se cometiera intencionalmente en contra de un periodista en el ejercicio de su actividad periodística o con motivo de ella.

Artículo 366. ...

I. ...
II. ...
a) a c) ...
d) Que se realice con violencia;
e) Que la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad, o que por cualquier otra circunstancia se encuentre en inferioridad física o mental respecto de quien ejecuta la privación de la libertad; o
f) Que la víctima sea un periodista y se haya realizado en el ejercicio de su actividad periodística o con motivo de ella.
III. ...
...
...
...
...

Artículo Segundo. Se reforman los incisos 21) y 22) de la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194. ...

I. ...
1) a 20) ...
21) Lesiones, previsto en los artículos 291, 292 y 293, cuando se cometa en cualquiera de las circunstancias previstas en los artículos 298 Bis, 315 y 315 Bis;
22) Homicidio, previsto en los artículos 302 con relación en los 307, 313, 315, 315 Bis, 315 Ter, 320 y 323;
23) a 35) ...
II. a XVI. ...
...

Artículo Tercero. Se adiciona un inciso n) a la fracción I del artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 50. ...

I. ...
...
a) a k) ...
l) Los cometidos por o en contra de funcionarios electorales federales o de funcionarios partidistas en los términos de la fracción II del artículo 401 del Código Penal;
m) Los previstos en los artículos 366, fracción III, 366 Ter y 366 Quáter del Código Penal Federal, cuando el delito sea con el propósito de trasladar o entregar al menor fuera del territorio nacional; y
n) Los cometidos en contra de un periodista en el ejercicio de su actividad periodística o con motivo de ella, previstos por los artículos 298 Bis, 315 Ter y 366, fracción II, inciso f), del Código Penal Federal.
II. y III. ...
Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los procedimientos penales que se estén substanciando a la entrada en vigor del presente decreto se seguirán conforme a las disposiciones vigentes al momento de la comisión de los hechos.

Sin otro particular, reiteramos las más altas y distinguidas consideraciones.

Diputados: Jesús de León Tello , Liliana Carvajal Méndez, Óscar Miguel Mohamar Dainitin, María del Carmen Fernández Ugarte (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Justicia.



CODIGO PENAL FEDERAL - LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se recibió del diputado César Camacho Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciativa que reforma los artículos 529 del Código Penal Federaly 223 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial, suscrita por diputados integrantes de la LX Legislatura.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : «Iniciativa que reforma los artículos 429 del Código Penal Federal y 223 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial, a cargo del diputado César Camacho Quiroz , del Grupo Parlamentario del PRI, y suscrita por diputados integrantes de la LX Legislatura

Los diputados Antonio de Jesús Díaz Athié , Jorge Mario Lescieur Talavera , y César Camacho del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y los diputados Jesús de León Tello , Liliana Carbajal Méndez , Óscar Miguel Mohamar Dainitin y María del Carmen Fernández Ugarte , del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, respectivamente, integrantes de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 429 del Código Penal Federal y 223 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial.

Exposición de Motivos

La doctrina ha puesto de manifiesto que los delitos que afectan los derechos e intereses de particulares se deben perseguir por querella de parte legítima, a diferencia de los delitos que afectan a la sociedad en su conjunto, así como al Estado mismo, que se persiguen de oficio, precisamente por afectar intereses y derechos generales.

El fenómeno delictivo conocido comúnmente como ``piratería'', es un delito que no sólo afecta intereses de particulares, sino que vulnera los derechos de diversos sectores de la sociedad y al propio Estado, que deja de percibir importantes ingresos por concepto de impuestos. Por la consumación de este delito, resultan perjudicados además los creadores de obras y productos intelectuales, los artistas, los músicos, los editores de música, los distribuidores y vendedores legalmente establecidos y las industrias culturales como los productores de fonogramas, videogramas y software, así como las empresas que invierten en el desarrollo de marcas, todos ellos generadores de empleos directos e indirectos, sin obviar los graves efectos negativos que atentan contra el desarrollo de la cultura musical y cinematográfica nacionales.

En este orden de ideas, los actos tendentes a la reproducción, distribución y la venta indiscriminada en plena vía pública de obras, incluyendo las audiovisuales, fonogramas, videogramas y libros, así como artículos y mercancías que ostentan marcas protegidas, sin la autorización correspondiente --que diariamente se hace en toda la República Mexicana-- contravienen la garantía que tutela el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consistente en que toda persona tiene la libertad de trabajar siempre y cuando el trabajo sea lícito y no ataque los derechos de terceros, pues al estarse realizando tales actividades, obviamente de manera ilícita, ya no se trata de ejercer la libertad de trabajo, puesto que no se están reuniendo los dos requisitos indispensables para que se cumpla con la garantía constitucional.

En efecto, quienes realizan esas conductas están violando los ordenamientos legales arriba enunciados y también se están atacando derechos de terceros, por principio, los de los legítimos titulares de los derechos de autor, de derechos conexos y de propiedad industrial. Ello debilita nuestro estado de derecho.

La sociedad civil debe tener la posibilidad de denunciar las infracciones a la ley como una manera de contribuir a su eficaz y expedita aplicación. Sin embargo, en la actualidad, las personas sin ninguna inhibición venden en los puestos de la vía pública mercancías aún sabiendo que su venta es ilícita. Esta situación representa un gran costo para el país, los inversionistas cancelan o posponen proyectos, pues consideran que el marco jurídico vigente y la aplicación de la ley adolecen de elementos eficientes que restan viabilidad a sus actividades.

La persecución de dichos delitos por querella, se ha vuelto ineficiente e ineficaz, por las crecientes conductas ilícitas desplegadas por grupos dedicados a estas actividades, aunado a las nuevas modalidades de la ``piratería'', surgidas por las nuevas tecnologías, como Internet, que requieren de un accionar inmediato y generalizado de la autoridad competente, por lo que es indispensable incorporar al artículo 424 Bis del Código Penal Federal, el derecho de puesta a disposición del público, de obras y productos protegidos por el derecho de autor y los derechos conexos.

Asimismo, la persecución de los delitos referidos con antelación, por querella, en la actualidad ocasiona una problemática en la persecución por parte del Ministerio Público federal, pues la autoridad ministerial se ve limitada por la existencia o no de una querella o en su caso, se cuestiona la legalidad de intervenir o no en los casos de flagrancia en este tipo de delitos por parte de la autoridad; en los casos en los que existe la querella, el Ministerio Público y posteriormente la autoridad judicial tienen por límite de su actuar en todo momento la figura del perdón, lo que ha ocasionado en la práctica, múltiples casos de abusos por parte de los querellantes que utilizan los órganos de procuración de justicia como órganos de cobranzas y presión, y en el mayor de los casos otorgan el perdón una vez que ven satisfechos sus intereses económicos.

Además, si tomamos en cuenta los miles de puestos que en la vía pública se dedican a vender obras, fonogramas, videogramas, libros, ropa, calzado, software y otras mercancías apócrifas, resulta que en la práctica es casi imposible demandar a cada uno de los posibles delincuentes, debido a su cantidad, sumando a la dificultad el hecho de identificarlos, pues constantemente cambian de ubicación, resultando extremadamente complicada la actuación de nuestras autoridades.

Es conveniente resaltar que otra razón para que el delito comúnmente conocido como ``piratería'' se persiga de oficio, consiste en que desde el año 2003 los delitos previstos y sancionados por el artículo 424 bis del Código Penal Federal, están considerados dentro del catálogo de delitos contenidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Por otro lado, nuestro país tiene con esta iniciativa la oportunidad de honrar compromisos de carácter internacional y modernizar el marco jurídico vigente, a fin de eficientarlo en beneficio de múltiples sectores de la población, pues no debe soslayarse que México forma parte de los Tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual relativo a Derechos de Autor y sobre Interpretación, Ejecución y Fonogramas, respectivamente, así como del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica, entre otros, los cuales contienen disposiciones legales encaminadas a exigir a los Estados miembros, que creen normas jurídicas que permitan un combate eficaz y ágil en contra de los delitos en contra de la propiedad intelectual.

Actualmente los artículos que se refieren a las conductas previstas y sancionadas penalmente, por la violación a los derechos de propiedad intelectual, prevén tales ilícitos dentro de los perseguibles por querella. En consecuencia, resulta indispensable, que se reformen, para continuar perfeccionando las herramientas legales, encaminadas a tratar de erradicar los delitos que cotidiana e impunemente se cometen contra la propiedad intelectual, dotando a las autoridades de la persecución oficiosa, para contribuir a facilitar su actuación y operatividad, todo ello dentro del marco que la misma ley delimita.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, nos permitimos someter a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 429 del Código Penal Federaly 223 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial.

Artículo Primero. Se reforma el artículo 429 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 429. Los delitos previstos en este título se perseguirán de oficio.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 223 bis de la Ley de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:

Artículo 223 Bis. Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de cien a diez mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al que venda a cualquier consumidor final en vías o en lugares públicos, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley. Si la venta se realiza en establecimientos comerciales, o de manera organizada o permanente, se estará a lo dispuesto en los artículos 223 y 224 de esta Ley. Este delito se perseguirá de oficio.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputados: César Camacho Quiroz , Jesús de León Tello , Antonio de Jesús Díaz Athié , Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Liliana Carbajal Méndez (rúbricas).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Túrnese a la Comisión de Justicia.

Esta Presidencia aprovecha para saludar a los representantes de los medios de comunicación de Jalisco que hoy nos visitan en la Cámara de Diputados. Bienvenidos.



CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras: Se concede el uso de la palabra a la diputada María de los Ángeles Jiménez del Castillo, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

La diputada María de los Ángeles Jiménez del Castillo : Gracias, señor Presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles

La que suscribe Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, diputada federal por Querétaro, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LX legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que otorga en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de este honorable Pleno la iniciativa de decreto en la cual se reforma artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La historia de las publicaciones se remonta al establecimiento de un lenguaje escrito; así tocó a los sumerios de Mesopotamia desarrollar, 3 mil 500 años antes de Cristo, una escritura ideográfica; a los egipcios, una escritura jeroglífica, 2 mil 900 años antes de Cristo, y a los fenicios, la creación del alfabeto, hacia el año 2 mil 500 antes de Cristo.

El principal soporte material de la escritura fue el papiro, creado en Egipto 2 mil 900 años antes de Cristo, remplazado posteriormente por el papel, trayendo la creación de la imprenta en el año mil 450 la impresión de noticias en hojas volantes, las cuales sólo se distribuían a los personajes más cultos, principalmente a los clérigos.

En el continente americano, y en relación con los testimonios escritos, debe anotarse que, a raíz de la conquista de Tenochtitlán, en 1521, los conquistadores españoles destruyeron entre otros valiosos testimonios de la cultura azteca los amoxcalli (casas de libros o estancias de escritura de Texcoco y Tenochtitlán). Ya constituida la Nueva España, hoy México, en 1538, se estableció la imprenta de Juan Pablos, la primera en Latinoamérica, en la cual se publicó en 1541 el relato sobre El espantable terremoto de Guatemala , publicación que se considera precursora del género informativo o noticioso en el continente americano.

En el año de 1666 se tienen en la Nueva España las primeras referencias (sin testimonio formal) de un impreso sencillo intitulado Gaceta, siendo hasta 1722 cuando Juan Ignacio María Castorena y Urzúa publicó regularmente la Gaceta de México y Noticias de Nueva España.

En el año de 1805 apareció la primera publicación cotidiana de la Nueva España llamada Diario de México , cuyo inicio fue de carácter oficial, hasta que en su fase final se pronunció por la causa insurgente.

La independencia de México con respecto a España, en 1810, al igual que otras luchas armadas posteriores, conllevó la emisión de ediciones por cada una de las fracciones en conflicto, así como consecuentes desplazamientos del lugar de edición, es importante señalar que, para el México independiente, al establecerse su primera Constitución Política en 1824, en su artículo 55, se estableció la obligación de publicar las leyes en el diario entonces denominado Gaceta del Gobierno Supremo de México.

Al término de la invasión francesa a México y la Guerra de Reforma, en 1867, en el primer número del Diario Oficial del Gobierno Supremo de la República, se obligó al cumplimiento de las leyes al ser publicadas en el mismo Diario Oficial.

Las noticias fueron eliminadas del Diario Oficial, en el año de 1896, quedando exclusivamente información oficial e instituyéndose de esta manera, el diario como el órgano de expresión del Estado, esencia que preserva hasta hoy.

En 1986, el gobierno mexicano promulgó la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, de donde se desprendieron del Diario Oficial, las gacetas de los gobiernos de los estados.

Como podrá apreciarse de la historia citada, así como del propio ordenamiento jurídico, Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, en sus artículos a saber:

Artículo 2o. El Diario Oficial de la Federación es el órgano del gobierno constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de carácter permanente e interés público, cuya función consiste en publicar en el territorio nacional, las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos, expedidos por los poderes de la federación en sus respectivos ámbitos de competencia, a fin de que éstos sean aplicados y observados debidamente.
Artículo 3o. Serán materia de publicación en el Diario Oficial de la Federación:
I. Las leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Unión;
II. Los decretos, reglamentos, acuerdos y órdenes del Ejecutivo federal que sean de interés general;
III. Los acuerdos, circulares y órdenes de las dependencias del Ejecutivo federal, que sean de interés general;
IV. Los tratados celebrados por el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos;
V. Los acuerdos de interés general emitidos por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
VI. Los actos y resoluciones que la Constitución y las leyes ordenen que se publiquen en el periódico oficial; y
VII. Aquellos actos o resoluciones que por propia importancia así lo determine el presidente de la república.
Artículo 4o. Es obligación del Ejecutivo federal publicar en el Diario Oficial de la Federación, los ordenamientos y disposiciones a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 5o. El Diario Oficial de la Federación se editará en la Ciudad de México, Distrito Federal, y será distribuido en todos los estados de la República Mexicana.
Artículo 8o. El Diario Oficial de la Federación será distribuido gratuitamente a los tres Poderes de la Unión. Los gobernadores de los estados recibirán una cantidad suficiente de ejemplares del Diario Oficial de la Federación, de tal manera que en forma oportuna lo hagan llegar a los demás poderes locales y a los ayuntamientos, para estar en posibilidad de cumplir y hacer cumplir las leyes federales.

El objetivo o fin primordial en sentido amplio del Diario Oficial de la Federación, es dar a conocer a nivel nacional las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares; llegando generalmente dicho documento a los órganos de gobierno y no a los ciudadanos.

Bien es sabido que no es costumbre, hábito o práctica de los ciudadanos adquirir el Diario Oficial de la Federación, documento que sólo se adquiere en caso de existir un interés particular; por tal razón si el espíritu de la ley o la intencionalidad de la misma, lo es el llamar a juicio y hacer de su conocimiento que existe una demanda o procedimiento en contra de determinada persona, luego entonces, dicho llamamiento o notificación debe de hacerse por un medio por el cual de manera real y material se haga, ciertamente, un llamamiento de la persona que se busca y que queremos sea enterada, pero que dicho medio deberá ser eficaz en cuanto a la finalidad, y no por un medio que hoy por hoy si es formal pero no es eficaz, debido a que no es adquirido por la mayoría de los ciudadanos, razón por la cual es que se propone la reforma al artículo 315 Código Federal de Procedimientos Civiles que a la letra dice:

Artículo 315. Cuando hubiere que citar a juicio a alguna persona que haya desaparecido, no tenga domicilio fijo o se ignore donde se encuentra, la notificación se hará por edictos, que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república, haciéndosele saber que debe presentarse dentro del término de 30 días, contados del día siguiente al de la última publicación. Se fijará, además, en la puerta del tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en la puerta del juzgado, y deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse.
Proyecto de Decreto

Único. Se reforma el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles para quedar como sigue:

Artículo 315. Cuando hubiere que citar a juicio a alguna persona que haya desaparecido, no tenga domicilio fijo o se ignore donde se encuentra, la notificación se hará por edictos, que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república , haciéndosele saber que debe presentarse dentro del término de 30 días, contados del día siguiente al de la última publicación. Se fijará, además, en la puerta del tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en la puerta del juzgado, y deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 4 de marzo de 2008.--- Diputada Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo (rúbrica).»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Gracias, diputada María de los Ángeles Jiménez del Castillo.Túrnese su iniciativa a la Comisión de Justicia.

Se acaba de recibir oficio de la Junta de Coordinación Política. Instruyo a la Secretaría que dé lectura de esta solicitud para consultar a la asamblea si se modifica el orden del día.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado , Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.--- Presente.

Con fundamento en el artículo 34, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo vigésimo del acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicitamos a usted atentamente consultar al Pleno, la modificación al orden del día para la incorporación y trámite correspondiente en el primer turno posible del siguiente asunto:

• Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone a la Cámara de Diputados la integración de la del Congreso de la Unión para el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura.
Palacio Legislativo, México, DF, 22 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de modificarse el orden del día.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Aprobado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se va a proceder a la elección de diputadas y diputados que formarán parte, en su calidad de titulares y sustitutos, de la Comisión Permanente.

Se pide a la Secretaría dar lectura a la lista de diputados propuestos para formar parte de la Comisión Permanente.



COMISION PERMANENTE

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Por instrucciones de la Presidencia, se va a dar cuenta a esta asamblea de los nombres de los diputados y las diputadas que formarán la Permanente, por grupo parlamentario.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone a la Cámara de Diputados la integración de la del Congreso de la Unión para el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura

Considerandos

I. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 117 de la Ley Orgánica del Congreso General, durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión Permanente compuesta por 37 miembros, de los cuales 19 serán diputados y 18 senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de los periodos de sesiones ordinarias. Asimismo, ambos disposiciones prevén que por cada titular se elegirá un sustituto.

II. Que en virtud de que en abril de 2008 concluye el segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional de la LX Legislatura, se actualiza el supuesto previsto en el artículo 78 de la Constitución Política y, en consecuencia, resulta procedente nombrar a las diputadas y a los diputados que integrarán la Comisión Permanente para el periodo de receso correspondiente.

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados nombra a las diputadas y a los diputados que habrán de integrar la del Congreso de la Unión para el segundo periodo de receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura.

Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Titular, diputado Héctor Larios Córdova .
Sustituta, diputada Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo.
Titular, diputada Liliana Carbajal Méndez .
Sustituta, diputada Elia Hernández Núñez .
Titular, diputado Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez .
Sustituta, diputada Margarita Arenas Guzmán .
Titular, diputada Beatriz Collado Lara .
Sustituto, diputado Martín Stefanonni Mazzocco .
Titular, diputada Nelly Asunción Hurtado Pérez .
Sustituto, diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez .
Titular, diputado José Luis Espinosa Piña .
Sustituta, diputada Martha Angélica Romo Jiménez .
Titular, diputado Felipe Díaz Garibay .
Sustituto, diputado Carlos Alberto Navarro Sugich .
Titular, diputado Ariel Castillo Nájera .
Sustituto, diputado Eduardo de la Torre Jaramillo .

Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Titular, diputada Ruth Zavaleta Salgado .
Sustituto, diputado Javier González Garza .
Titular, diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez .
Sustituto, diputado José Jacques y Medina .
Titular, diputado Joaquín Vela González.
Sustituto, diputado Pablo Trejo Pérez .
Titular, diputada Susana Monreal Ávila .
Sustituto, diputado Francisco Javier Santos Arreola .
Titular, diputada Valentina Valia Batres Guadarrama .
Sustituta, diputada Adriana Díaz Contreras .

Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Titular, diputado Raúl Cervantes Andrade .
Sustituto, diputado Emilio Gamboa Patrón .
Titular, diputada Yolanda Rodríguez Ramírez .
Sustituto, diputado Carlos Rojas Gutiérrez .
Titular, diputada María Oralia Vega Ortiz .
Sustituto, diputado Patricio Flores Sandoval .
Titular, diputado Tomás Gloria Requena .
Sustituto, diputado Jesús Ramírez Stabros .

Grupo Parlamentario del Partido de Convergencia

Titular, diputado Alejandro Chanona Burguete .
Sustituto, diputado Elías Cárdenas Márquez .

Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Titular, diputado Diego Cobo Terrazas .
Sustituta, diputada Gloria Lavara Mejía .

Segundo. Notifíquese a las instancias correspondientes.

Tercero. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo, México, DF, a 22 de abril de 2008.--- Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Javier González Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica) Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro Chanona Burguete , Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia; Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Cantú Garza , Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata.»

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Se pide a la Secretaría que proceda a recoger la votación por cédula, de la propuesta.

La Secretaria diputada Patricia Villanueva Abraján : Se va a proceder a recoger la votación por cédula, de las diputadas y los diputados, a esta propuesta. Vamos a pasar lista de asistencia para que puedan pasar cada una de las diputadas y los diputados. Iniciamos:

(Se pasa relación de diputados)

El Presidente diputado Cristián Castaño Contreras : Gracias, diputada Secretaria. Antes de que se retiren los niños que nos visitan hoy, que vienen del colegio Agnes Gonxha, de San Luis Potosí. Bienvenidos a la Cámara de Diputados. Gracias, diputada Secretaria. Continué.

La Secretaria diputada Esmeralda Cárdenas Sánchez : Señora Presidenta, se emitieron 300 votos en pro, 0 en contra, 0 abstenciones, de la planilla presentada en cédula.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Aprobada la propuesta por 300 votos a favor.

En consecuencia, se declara que forman parte de la del Congreso de la Unión que funcionará durante el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura los siguientes diputados y las siguientes diputadas... voy a nombrar primero a los titulares, todos de corrido, y luego a los sustitutos:

Del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, titulares: Héctor Larios Córdova , Liliana Carbajal Méndez , diputado Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez , Beatriz Collado Lara , Nelly Asunción Hurtado Pérez , José Luis Espinosa Piña , Felipe Díaz Garibay y Ariel Castillo Nájera ; sustitutos: María de los Ángeles Jiménez del Castillo , Elia Hernández Núñez , Margarita Arenas Guzmán , Martín Stefanonni Mazzocco , Mario Eduardo Moreno Álvarez , Martha Angélica Romo Jiménez , Carlos Alberto Navarro Sugich y Eduardo de la Torre Jaramillo .

Del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, titulares: Ruth Zavaleta Salgado , Cuauhtémoc Sandoval Ramírez , Joaquín Vela González, Susana Monreal Ávila , Valentina Batres Guadarrama ; sustitutos: Javier González Garza , José Jacques y Medina , Pablo Trejo Pérez , Francisco Javier Santos Arreola , Adriana Díaz Contreras .

Del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, titulares: Raúl Cervantes Andrade , Yolanda Rodríguez Ramírez , María Oralia Vega Ortiz , Tomás Gloria Requena ; sustitutos: Emilio Gamboa Patrón , Carlos Rojas Gutiérrez , Patricio Flores Sandoval , Jesús Ramírez Stabros .

Del Grupo Parlamentario de Convergencia, titular: Alejandro Chanona Burguete ; sustituto: Elías Cárdenas Márquez .

Del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, titular: Diego Cobo Terrazas ; sustituta: Gloria Lavara Mejía .

Comuníquese.

Esta Presidencia informa que se acaban de recibir de la Cámara de Senadores los siguientes documentos:



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.

Atentamente
México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta Proyecto de Decreto

Por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.

Artículo Único. Se reforma el artículo 7, fracción IX de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a VIII. ...
IX. Estimular la educación física y la práctica del deporte así como la cultura de una sana alimentación para prevenir desequilibrios nutricionales, trastornos derivados de la conducta alimentaria, obesidad y padecimientos crónicos degenerativos.
X. a XII. ...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senador Adrián Rivera Pérez (rúbrica), Secretario.
Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Dr. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Túrnese a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Salud.



LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVIII del artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Atentamente
México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta Proyecto de Decreto

Por el que se reforma la fracción XXVIII del artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Artículo Único. Se reforma la fracción XXVIII del artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entiende por:

I. a XXVII. ...
XXVIII. Recursos genéticos: Todo material genético, con valor real o potencial que provenga de origen vegetal, animal, microbiano, o de cualquier otro tipo y que contenga unidades funcionales de la herencia, existentes en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce soberanía y jurisdicción;
XXIX. a XXXVII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senador Adrián Rivera Pérez (rúbrica), Secretario
Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Dr. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Túrnese a las Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.



LEY GENERAL DE EDUCACION

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 33 de la Ley General de Educación, en relación con la enseñanza indígena.

Atentamente
México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta Proyecto de Decreto

Por el que se reforman los artículos 21 y 33 de la Ley General de Educación, en relación con la educación indígena.

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 21; se reforma la fracción I y se adiciona una fracción XIII, recorriendo la actual a la XIV del mismo artículo 33, para quedar como sigue:

Artículo 21. El educador es promotor, coordinador y agente directo del proceso educativo. Deben proporcionársele los medios que le permitan realizar eficazmente su labor y que contribuyan a su constante perfeccionamiento.

Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, los maestros deberán satisfacer los requisitos que, en su caso, señalen las autoridades competentes. En el caso de los maestros de educación indígena que no tengan licenciatura como nivel mínimo de formación, deberán participar en los programas de capacitación que diseñe la autoridad educativa y certificar su bilingüismo en la lengua indígena que corresponda y el español.

Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:

I. Atenderán de manera especial las escuelas en que, por estar en localidades aisladas, zonas urbanas marginadas o comunidades indígenas, sea considerablemente mayor la posibilidad de atrasos o deserciones, mediante la asignación de elementos de mejor calidad para enfrentar los problemas educativos de dichas localidades;
II. a XII. ...
XIII. Proporcionarán materiales educativos en las lenguas indígenas que correspondan en las escuelas en donde asista mayoritariamente población indígena, y
XIV. Realizarán las demás actividades que permitan ampliar la calidad y la cobertura de los servicios educativos, y alcanzar los propósitos mencionados en el artículo anterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senador Adrián Rivera Pérez (rúbrica), Secretario.
Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Dr. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Asuntos Indígenas.



LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.--- Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud, en materia de cuidados paliativos.

Atentamente
México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Senadores.--- México, DF.

Minuta Proyecto de Decreto

Por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud en materia de cuidados paliativos.

Primero. Se reforma la fracción I del inciso B del artículo 13, la fracción III del artículo 27; el artículo 59, la fracción III del artículo 112, y el artículo 421 bis; se adiciona la fracción XXX recorriéndose las demás al artículo 3, y la fracción IV al artículo 33, todos de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

I. a XXVIII. ...
XXIX. La sanidad internacional;
XXX. El tratamiento integral del dolor, y
XXXI. ...

Artículo 13. La competencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A.

I. a X. ...

B. Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales:

I. Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII y XXX del artículo 3o., de esta Ley, de conformidad con las disposiciones aplicables;
II. a VII. ...

Artículo 27. ...

I. y II. ...
III. La atención médica integral, que comprende actividades preventivas, curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias;
IV. a X. ...

Artículo 33. Las actividades de atención médica son:

I. ...
II. Curativas, que tiene como fin efectuar un diagnóstico temprano y proporcionar tratamiento oportuno;
III. De rehabilitación, que incluyen acciones tendientes a corregir las invalideces físicas o mentales, y
IV. Paliativas, que incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.

Artículo 59. Las dependencias y entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, promoverán y apoyarán la constitución de grupos, asociaciones y demás instituciones que tengan por objeto participar organizadamente en los. programas de promoción y mejoramiento de la salud individual o colectiva, así como en los de prevención de enfermedades y accidentes, y de prevención de invalidez y de rehabilitación de inválidos, así como en los cuidados paliativos.

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto:

I. y II. ... y
III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, salud mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, cuidados paliativos, riesgos de automedicación, prevención de fármacodependencia, salud ocupacional, salud visual, salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes, prevención y rehabilitación de la invalidez y detección oportuna de enfermedades.

Artículo 421 bis. Se sancionará con multa equivalente de doce mil hasta dieciséis mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, la violación de las disposiciones contenidas en los artículos 100, 122, 126, 146, 166 bis 20, 166 bis 21, 205, 235, 254, 264, 281, 289, 293, 298, 325, 327 y 333 de esta Ley.

Segundo. Se crea un Título Octavo Bis denominado ``De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en situación Terminal''.

Título Octavo Bis De los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal

Capítulo I Disposiciones Comunes

Artículo 166 Bis. El presente título tiene por objeto:

I. Salvaguardar la dignidad de los enfermos en situación terminal, para garantizar una vida de calidad a través de los cuidados y atenciones médicas, necesarios para ello;
II. Garantizar una muerte natural en condiciones dignas a los enfermos en situación terminal;
III. Establecer y garantizar los derechos del enfermo en situación terminal en relación con su tratamiento;
IV. Dar a conocer los límites entre el tratamiento curativo y el paliativo;
V. Determinar los medios ordinarios y extraordinarios en los tratamientos; y
VI. Establecer los límites entre la defensa de la vida del enfermo en situación terminal y la obstinación terapéutica.

Artículo 166 Bis 1. Para los efectos de este Título, se entenderá por:

I. Enfermedad en estado terminal. A todo padecimiento reconocido, irreversible, progresivo e incurable que se encuentra en estado avanzado y cuyo pronóstico de vida para el paciente sea menor a 6 meses;
II. Cuidados básicos. La higiene, alimentación e hidratación, y en su caso el manejo de la vía aérea permeable;
III. Cuidados Paliativos. Es el cuidado activo y total de aquéllas enfermedades que no responden a tratamiento curativo. El control del dolor, y de otros síntomas, así como la atención de aspectos psicológicos, sociales y espirituales;
IV. Enfermo en situación terminal. Es la persona que tiene una enfermedad incurable e irreversible y que tiene un pronóstico de vida inferior a seis meses;
V. Obstinación terapéutica. La adopción de medidas desproporcionadas o inútiles con el objeto de alargar la vida en situación de agonía;
VI. Medios extraordinarios. Los que constituyen una carga demasiado grave para el enfermo y cuyo perjuicio es mayor que los beneficios; en cuyo caso, se podrán valorar estos medios en comparación al tipo de terapia, el grado de dificultad y de riesgo que comporta, los gastos necesarios y las posibilidades de aplicación respecto del resultado que se puede esperar de todo ello;
VII. Medios ordinarios. Los que son útiles para conservar la vida del enfermo en situación terminal o para curarlo y que no constituyen, para él una carga grave o desproporcionada a los beneficios que se pueden obtener;
VIII. Muerte natural. El proceso de fallecimiento natural de un enfermo en situación terminal, contando con asistencia física, psicológica y en su caso, espiritual; y
IX. Tratamiento del dolor. Todas aquellas medidas proporcionadas por profesionales de la salud, orientadas a reducir los sufrimientos físico y emocional producto de una enfermedad terminal, destinadas a mejorar la calidad de vida.

Artículo 166 Bis 2. Corresponde al Sistema Nacional de Salud garantizar el pleno, libre e informado ejercicio de los derechos que señalan esta Ley y demás ordenamientos aplicables, a los enfermos en situación terminal.

Capítulo II De los Derechos de los Enfermos en Situación Terminal

Artículo 166 Bis 3. Los pacientes enfermos en situación terminal tienen los siguientes derechos:

I. Recibir atención médica integral;
II. Ingresar a las instituciones de salud cuando requiera atención médica;
III. Dejar voluntariamente la institución de salud en que esté hospitalizado, de conformidad a las disposiciones aplicables;
IV. Recibir un trato digno, respetuoso y profesional procurando preservar su calidad de vida;
V. Recibir información clara, oportuna y suficiente sobre las condiciones y efectos de su enfermedad y los tipos de tratamientos por los cuales puede optar según la enfermedad que padezca;
VI. Dar su consentimiento informado por escrito para la aplicación o no de tratamientos, medicamentos y cuidados paliativos adecuados a su enfermedad, necesidades y calidad de vida;
VII. Solicitar al médico que le administre medicamentos que mitiguen el dolor;
VIII. Renunciar, abandonar o negarse en cualquier momento a recibir o continuar el tratamiento que considere extraordinario;
IX. Optar por recibir los cuidados paliativos en un domicilio particular;
X. Designar, a algún familiar, representante legal o a una persona de su confianza, para el caso de que, con el avance de la enfermedad, esté impedido a expresar su voluntad, lo haga en su representación;
XI. A recibir los servicios espirituales, cuando lo solicite él, su familia, representante legal o persona de su confianza; y
XII. Los demás que las leyes señalen.

Artículo 166 Bis 4. Toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, puede, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, expresar su voluntad por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal y no le sea posible manifestar dicha voluntad. Dicho documento podrá ser revocado en cualquier momento.

Para que sea válida la disposición de voluntad referida en el párrafo anterior, deberá apegarse a lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones aplicables.

Artículo 166 Bis 5. El paciente en situación terminal, mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales, tiene derecho a la suspensión voluntaria del tratamiento curativo y como consecuencia al inicio de tratamiento estrictamente paliativo en la forma y términos previstos en esta Ley.

Artículo 166 Bis 6. La suspensión voluntaria del tratamiento curativo supone la cancelación de todo medicamento que busque contrarrestar la enfermedad terminal del paciente y el inicio de tratamientos enfocados de manera exclusiva a la disminución del dolor o malestar del paciente.

En este caso, el médico especialista en el padecimiento del paciente terminal interrumpe, suspende o no inicia el tratamiento, la administración de medicamentos, el uso de instrumentos o cualquier procedimiento que contribuya a la prolongación de la vida del paciente en situación terminal dejando que su padecimiento evolucione naturalmente.

Artículo 166 Bis 7. El paciente en situación terminal que esté recibiendo los cuidados paliativos, podrá solicitar recibir nuevamente el tratamiento curativo, ratificando su decisión por escrito ante el personal médico correspondiente.

Artículo 166 Bis 8. Si el enfermo en situación terminal es menor de edad, o se encuentra incapacitado para expresar su voluntad, las decisiones derivadas de los derechos señalados en este titulo, serán asumidos por los padres o el tutor y a falta de éstos por su representante legal, persona de su confianza mayor de edad o juez de conformidad con las disposiciones aplicables.

Artículo 166 Bis 9. Los cuidados paliativos se proporcionarán desde el momento en que se diagnostica el estado terminal de la enfermedad, por el médico especialista.

Artículo 166 Bis 10. Los familiares del enfermo en situación terminal tienen la obligación de respetar la decisión que de manera voluntaria tome el enfermo en los términos de este título.

Artículo 166 Bis 11. En casos de urgencia médica, y que exista incapacidad del enfermo en situación terminal para expresar su consentimiento, y en ausencia de familiares, representante legal, tutor o persona de confianza, la decisión de aplicar un procedimiento médico quirúrgico o tratamiento necesario, será tomada por el médico especialista y/o por el Comité de Bioética de la institución.

Artículo 166 Bis 12. Todos los documentos a que se refiere este título se regirán de acuerdo a lo que se establezca en el reglamento y demás disposiciones aplicables.

Capítulo III De las Facultades y Obligaciones de las Instituciones de Salud

Artículo 166 Bis 13. Las Instituciones del Sistema Nacional de Salud:

I. Ofrecerán el servicio para la atención debida a los enfermos en situación terminal;
II. Proporcionarán los servicios de orientación, asesoría y seguimiento al enfermo en situación terminal y o sus familiares o persona de confianza en el caso de que los cuidados paliativos se realicen en el domicilio particular;
III. De igual manera, en el caso de que los cuidados paliativos se realicen en el domicilio particular, la Secretaría pondrá en operación una línea telefónica de acceso gratuito para que se le oriente, asesore y dé seguimiento al enfermo en situación terminal o a sus familiares o persona de confianza;
IV. Proporcionarán los cuidados paliativos correspondientes al tipo y grado de enfermedad, desde el momento del diagnóstico de la enfermedad terminal hasta el último momento;
V. Fomentarán la creación de áreas especializadas que presten atención a los enfermos en situación terminal; y
VI. Garantizarán la capacitación y actualización permanente de los recursos humanos para la salud, en materia de cuidados paliativos y atención a enfermos en situación terminal.

Capítulo IV De los Derechos, Facultades y Obligaciones de los Médicos y Personal Sanitario

Artículo 166 Bis 14. Los médicos tratantes y el equipo sanitario que preste los cuidados paliativos, para el mejor desempeño de sus servicios, deberán estar debidamente capacitados humana y técnicamente, por instituciones autorizadas para ello.

Artículo 166 Bis 15. Los médicos tratantes y personal sanitario tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia.

En este caso la institución de salud presentará, al enfermo o a su familia o persona de su confianza, otras opciones de médicos que no presenten objeción de conciencia al caso.

Artículo 166 Bis 16. Los médicos especialistas en las instituciones de segundo y tercer nivel, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Proporcionar toda la información que el paciente requiera, así como la que el médico considere necesaria para que el enfermo en situación terminal pueda tomar una decisión libre e informada sobre su atención, tratamiento y cuidados;
II. Pedir el consentimiento informado del enfermo en situación terminal, por escrito ante dos testigos, para los tratamientos o medidas a tomar respecto de la enfermedad terminal;
III. Informar oportunamente al enfermo en situación terminal, cuando el tratamiento curativo no dé resultados;
IV. Informar al enfermo en situación terminal, sobre las opciones que existan de cuidados paliativos;
V. Respetar la decisión del enfermo en situación terminal en cuanto al tratamiento curativo y cuidados paliativos, una vez que se le haya explicado en términos sencillos las consecuencias de su decisión;
VI. Garantizar que se brinden los cuidados básicos o tratamiento al paciente en todo momento;
VII. Procurar las medidas mínimas necesarias para preservar la calidad de vida de los enfermos en situación terminal;
VIII. Respetar y aplicar todas y cada una de las medidas y procedimientos para los casos que señala esta ley;
IX. Hacer saber al enfermo, de inmediato y antes de su aplicación, si el tratamiento a seguir para aliviar el dolor y los síntomas de su enfermedad tenga como posibles efectos secundarios disminuir el tiempo de vida;
X. Solicitar una segunda opinión a otro médico especialista, cuando su diagnóstico sea una enfermedad terminal; y
XI. Las demás que le señalen esta y otras leyes.

Artículo 166 Bis 17. Los médicos tratantes podrán suministrar fármacos paliativos a un enfermo en situación terminal, aún cuando con ello se pierda estado de alerta o se acorte la vida del paciente, siempre y cuando se suministren dichos fármacos paliativos con el objeto de aliviar el dolor del paciente.

Podrán hacer uso, de ser necesario de acuerdo con lo estipulado en la presente Ley de analgésicos del grupo de los opioides. En estos casos será necesario el consentimiento del enfermo.

En ningún caso se suministrarán tales fármacos con la finalidad de acortar o terminar la vida del paciente, en tal caso se estará sujeto a las disposiciones penales aplicables.

Artículo 166 Bis 18. Los médicos tratantes, en ningún caso y por ningún motivo implementarán medios extraordinarios al enfermo en situación terminal, sin su consentimiento.

Artículo 166 Bis 19. Para garantizar una vida de calidad y el respeto a la dignidad del enfermo en situación terminal, el personal médico no deberá aplicar tratamientos o medidas consideradas como obstinación terapéutica ni medios extraordinarios.

Artículo 166 Bis 20. El personal médico que deje de proporcionar los cuidados básicos a los enfermos en situación terminal, será sancionado conforme lo establecido por las leyes aplicables.

Artículo 166 Bis 21. El personal médico que, por decisión propia, deje de proporcionar cualquier tratamiento o cuidado sin el consentimiento del enfermo en situación terminal, o en caso que esté impedido para expresar su voluntad, el de su familia o persona de confianza, será sancionado conforme lo establecido por las leyes aplicables.

Artículo 166 Bis 22. Queda prohibida, la práctica de la eutanasia, entendida como homicidio por piedad así como el suicidio asistido conforme lo señala el Código Penal Federal, bajo el amparo de esta ley. En tal caso se estará a lo que señalan las disposiciones penales aplicables.

Artículos Transitorios

Artículo Primero. La Secretaría de Salud deberá emitir los reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas que sean necesarios para garantizar el ejercicio de los derechos que concede este Título.

Artículo Segundo. La Secretaría de Salud tendrá 180 días naturales para expedir el Reglamento respectivo de este Título, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Artículo Tercero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Senador José González Morfín (rúbrica), Vicepresidente; Senador Adrián Rivera Pérez (rúbrica), Secretario.
Se remite a la honorable Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.--- México, DF, a 21 de abril de 2008.--- Dr. Arturo Garita, Secretario General de Servicios Parlamentarios.»

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado : Túrnese a la Comisión de Salud. Continúe la Secretaría, por favor.



ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Olga Patricia Chozas y Chozas : «Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Segundo Año de Ejercicio.--- LX Legislatura.

Orden del día

Jueves 24 de abril de 2008.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

Con el que remite contestación al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente.

Los asuntos no abordados en esta sesión, y los demás con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado (a las 15:14 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 24 de abril a las 11: 00 horas.

--------------- O ---------------



RESUMEN DE TRABAJOS



DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)